Lima, 02SF? 2019 2’3 -2O19-SV2VD4IL VISTOS: 2ZesoCucíón d ... · SUNAFIL, aprobado por Decreto...
Transcript of Lima, 02SF? 2019 2’3 -2O19-SV2VD4IL VISTOS: 2ZesoCucíón d ... · SUNAFIL, aprobado por Decreto...
2ZesoCucíón d Superintendencia
2’3 -2O19-SV2VD4IL
Lima, 02SF? 2019
VISTOS:
El Acta de Trabajo, de fecha 21 de junio de 2019; los Informes N°s 159 y 198-2019-SUNAFIL/INII, de fecha 3 de julio y 27 de agosto de 2019, respectivamente, de laIntendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva; el Informe N° 413-2019-SUNAFIL/OGPP, defecha 28 de agosto de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; elInforme N° 327-2019-S(JNAFIL/GG-QGAJ, de fecha 28 de agosto de 2019, de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica, y, demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de FiscalizaciónLaboral — SUNAFIL, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajoy Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimientodel ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así comobrindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobredichas materias;
Que, el artículo 95 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo,dispone que la inspección del trabajo está encargada de vigilar el cumplimiento de lasnormas de seguridad y salud en el trabajo, de exigir las responsabilidades administrativasque procedan, de orientar y asesorar técnicamente en dichas materias, y de aplicar lassanciones establecidas en la Ley N°28806, Ley General de Inspección del Trabajo;
Que, el artículo 123 del Decreto Supremo N° 005-2012-TR, Reglamento de la Ley deSeguridad y Salud en el Trabajo, establece que el Sistema de Inspección del Trabajo escompetente para la supervisión, fiscalización y sanción por incumplimiento de lasdisposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo en toda actividad, incluidas lasactividades de minería y energía, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General deInspección del Trabajo, su Reglamento y normas modificatorias.
Que, el tercer considerando de la Decisión 584 de la Comunidad Andina de Nacionesreconoce que uno de los pilares para lograr un trabajo decente es garantizar la protecciónde la seguridad y la salud en el trabajo;
Que, asimismo, el artículo 2 de la citada Decisión 584 señala que para disminuir o
eliminar los daños a la salud del trabajador, se debe implementar la aplicación de medidas
de control y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos
derivados del trabajo;
Que, el numeral 1 de la Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, hace
referencia al Principio de Prevención en cuanto señala que el empleador garantiza, en el
centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la
salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral,
prestan servicios ose encuentran dentro del ámbito del centro de labores;
Que, de conformidad con el artículo 18 de la Ley N 29981, la SUNAFIL es la autoridad
central yente rector del Sistema de Inspección del Trabajo a que se refiere la ey Nb 28806,
Ley General de Inspección del Trabajo y, en función a ello, dicta normas y establece
procedimientos para asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de su
competencia;
Que, de acuerdo al artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto
Supremo N° 009-2013-TR, la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, tiene por
función formular y proponer la política institucional en materia de inspección del trabajo, en
el marco de las políticas nacionales y sectoriales, así como formular y proponer las normas,
lineamientos técnicos, directivas, mecanismos y procedimientos que rigen el Sistema de
Inspección del Trabajo;
Que, a través del Informe N 159-2019-SUNAFIL/INII, la Intendencia Nacional de
Inteligencia Inspectiva propone y sustenta la aprobación del proyecto de ‘Protocolo para la
Fiscalización en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en la Acuicultura”, que tiene
como objeto uniformizar las reglas y pautas para la fiscalización de las obligaciones en
materia de seguridad y salud en el trabajo en acuicultura, previstas en la Ley N° 29783, el
Decreto Supremo W OOS-2012-TR, sus modificatorias y normas conexas sobre la materia,
solicitando la prepublicación de la mencionada norma;
Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 218-2019-SUNAFIL, publicada
en el Diario Oficial El Peruano ello de julio de 2019, se dispone la publicación del proyecto
de “Protocolo para la Fiscalización en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en la
Acuicultura”, a fin de que, en el plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de dicha resolución, los interesados presenten, por escrito, sus
comentarios y/o sugerencias en la Mesa de Partes de la SUNAFIL; información que, según el
Informe N° 198-2019-SUNAFIL/INII, emitido por la Intendencia Nacional de Inteligencia
Inspectiva, ha sido revisada y analizada para los fines de contar con una propuesta
actualizada;
Que, por su parte, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del
Informe N’ 4l3-2019-SUNAFIL/OGPP, emite opinión técnica favorable a la propuesta del
proyecto denominado “Protocolo para la Fiscalización en Materia de Seguridad y Salud en
el Trabajo en la Acuicultura”, presentado por la Intendencia Nacional de Inteligencia
Inspectiva, señalando que cumple con las disposiciones contenidas en la Versión 02 de la
Directiva N 00l-2014-SUNAFIL/OGPP - “Gestión de Instrumentos Normativos”, aprobada
por Resolución de Secretaría General N’ 014-2016-SUNAFIL-SG, actualizada mediante la
Resolución de Secretaría General N’ 059-2017-SUNAFIL-SG; por lo que corresponde emitir
la presente resolución;
ResoCución ck Suyeríntendncía.N’ 2(3 -2019-SWIVYIJJL
Con el visado del Gerente General, del Intendente Nacional de InteligencíaInspectiva, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de laOficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional deFiscalización Laboral, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por DecretoSupremo N’ 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Protocolo N 006-2019-SUNAFIL/INII, denominado“PROTOCOLO PARA LA FISCALIZACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOEN LA ACUICULTURA”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial ElPeruano, así como la publicación de la resolución y su Anexo en el Portal Institucional de laSUNAFIL (www.sunafil.gobpe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
c/ /
-
‘---- JUAN CARLOS REQUEJO ALEMANSuperintendente Nacional de
FIscalización t.aboralSUNAFIL
QTitulo: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01
SUN.FIL seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura Fecha de vigencia:
fl? SFP 7plg
PROTOCOLO N° W 2019-SUNAFIL/INII
PROTOCOLO PARA LA FISCALIZACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOEN LAACUICULTURA
Aprobado por Resolución de SuperintendenciaN3 -2019-Su NAFIL
1
Título: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01q SUN_FIL seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura
CONTROL DE CAMBIOS
1kems Descripción del cambio Versión
1Fecha de vigencia
1 - Versión Inicial del Documento 01
:
2
. SLJNFIL seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura Fecha de vigencia:•q
Titulo: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01
, 02SF? 2019
ÍNDICE
1. OBJETIVO 4
2. BASE LEGAL 4
3. ALCANCE 9
4. DEFINICIONES 10
5. ABREVIATURAS 16
6. DISPOSICIONES GENERALES 17
7. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 18
7.1. ORIGEN, PLANIFICACIÓN Y GENERACIÓN DE ÓRDENES DE INSPECCIÓN 18
7.2. TRÁMITE DE LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS Y COMPROBACIÓN DE DATOS18
7.3. VISITA DE INSPECCIÓN 18
7.4. FINALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS DE INVESTIGACIÓN 30
8. ANEXO 30
3
q SUtLFlLTítulo: Protocolo para la fiscalización en materia de
seguridad y salud en el trabajo en la acuiculturaVersión: 01
Fecha de vigencia:
ftZ SE? ?O1
1. OBJETIVO
Contar con un instrumento técnico normativo que establezca de forma clara y precisa las
reglas y criterios específicos para el adecuado ejercicio de la función inspectiva, con la
finalidad de coadyuvar a la verificación eficiente del cumplimiento de las normas de
seguridad y salud ene! trabajo en la Acuicultura.
2. BASE LEGAL
LZi Norma Legal Referencia aplicable
‘Articulo 1: Defensa de la persona humana
La defensa de la persona humana y el respeto de su
dignidad son el fin supremo de la sociedad y del
Estado.
Artículo 2: Derechos fundamentales de la persona
Toda persona tiene derecho:
1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral,
Constitución politica del Perú psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar.
Artículo 7, establece que todos tienen derecho a la
‘ protección de su salud, la del medio familiar y la de
la comunidad, así como el deber de contribuir a su
.promoción y defensa. La persona incapacitada para
1 velar por si misma a causa de una deficiencia física
o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y
. a un régimen legal de protección, atención,
[ jadatación y seguridad”.
Convenio OIT 81, Convenio
sobre la Inspección del Trabajo,
1947
“Artículo 3: 1. El sistema de inspección estará
encargado de: (a) velar por el cumplimiento de las
disposiciones legales relativas a las condiciones de
trabajo y a la protección de los trabajadores en el
ejercicio de su profesión, tales como las
disposiciones sobre horas de trabajo, salarios,
seguridad, higiene y bienestar, empleo de menores
y demás disposiciones afines, en la medida en que
los Inspectores del trabajo estén encargados de
velar por el cumplimiento de dichas disposiciones:
Artículo 9 establece: “Todo Miembro dictará las
medidas necesarias para garantizar la colaboración
de peritos y técnicos debidamente calificados, entre
los que figurarán especialistas en medicina,
ingenieria, electricidad y química, en el servicio de
inspección, de acuerdo con los métodos que se
consideren más apropiados a las condiciones
jjionales,_a fin de velar por el cumplimiento de las
4
q SUt&FIL WTitulo: Protocolo para la fiscalización en materia de
seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura
Versión: 01
Fecha de vigencia:
n s 7fliq
disposiciones legales relativas a la protección de la
salud y seguridad de los trabajadores en el ejercicio
de su profesión, e investigar los efectos de los
procedimientos empleados, de los materiales
utilizados y de los métodos de trabajo en la salud y
seguridad de los trabajadores”.
“Artículo 10: Los Países Miembros deberán adoptar
las medidas necesarias para reforzar sus respectivos
Decisión N 584, Instrumento servicios de inspección de trabajo a fin de que éstos
Andino de Seguridad y Salud en orienten a las partes interesadas en los asuntos
3 el Trabajo y su reglamento relativos a la seguridad y salud en el trabajo,
aprobado por Resolución N’ supervisen la adecuada aplicación de los principios,
957 las obligaciones y derechos vigentes en la materia y,
de ser necesario, apliquen las sanciones
correspondientes en caso de infracción’.
El artículo 3 inciso 1, literal b), establece que una de
Ley N’ 28806, Ley General de las finalidades de la inspección es la vigilancia,
4 Inspección del Trabajo y sus exigencia y cumplimiento de las normas legales y
modificatorias reglamentarias relacionadas con la prevención de
riesgos laborales.
“Artículos, Ámbito de Actuación
La actuación de la Inspección del Trabajo se
extiende a todos los sujetos obligados o• Decreto Supremo N’ 019-2006-
responsables del cumplimiento de las normasTR, Reglamento de la Ley
sociolaboraes, ya sean personas naturales o5 General de Inspección del
jurídicas, públicas o privadas, aun cuando elTrabajo y sus modificatorias,
empleador sea del sector público o de empresas
pertenecientes al ámbito de la actividad
empresarial del Estado, siempre y cuando estén
sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
“Artículo 18, La Sunafil es la autoridad central del
Sistema de Inspección del Trabajo a que se refiere la
Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo; y
como ente rector de ese sistema funcional dicta
Ley N 29981, que crea la normas y establece procedimientos para asegurar el
6 Superintendencia Nacional de cumplimiento de las políticas públicas en materia de
Fiscalización Laboral —SUNAFIL. su competencia que requieren de la participación
de otras entidades del Estado, garantizando el
funcionamiento del Sistema con la participación de
los gobiernos regionales y de otras entidades del
Estado según corresponda”.
Decreto Supremo P 007-2013-“Artículo 32, inciso c) establece que la Intendenaa
TR,Reglamento de
Nacional de Inteligencia Inspectiva tiene comoOrganización y Funciones de la
función formular y proponer las normas,SUNAFIL y su modificatoria,
lineamientos técnicos, directivas, mecanismos y
5
qTítulo: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01
SUNF(L seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura Fecha de vigencia:
nl SP 7flj
procedimientos que rigen el Sistema de Inspección
del Trabajo.
“Artículo 95 (...) la inspección del trabajo está
encargada de vigilar el cumplimiento de las normas
de seguridad y salud en el Trabajo, de exigir las
responsabilidades administrativas que procedan,
de orientar y asesorar técnicamente en dichas
materias, y de aplicar las sanciones establecidas en
la Ley N 28806, Ley General de Inspección de
Trabajo II
“Artículo 1, el presente Reglamento desarrolla la
Ley Pr 29783, Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo, y tiene como objetivo promover una
cultura de prevención de riesgos laborales en el país
sobre la base de la observancia del deber de
prevención de los empleadores, el rol de
fiscalización y control del Estado y la
participación de los trabajadores y sus
organizaciones sindicales (...)“.
“Artículo 123; (...) el Sistema de Inspección del
Trabajo es competente para la supervisión,
fiscalización y sanción por incumplimiento de las
disposiciones en materia de seguridad y salud en el
trabajo en toda actividad, incluidas las actividades
de minería y energía, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley General del Inspección del
Trabajo, su reglamento y normas modificatorias
“Artículo 82, El Seguro Complementario de Trabajo
de Riesgo otorga cobertura adicional por accidentes
de trabajo y enfermedades profesionales a los
afiliados regulares del Seguro Social de Salud. Es
obligatorio y por cuenta de las entidades
empleadoras que desarrollan las actividades de alto
riesgoseñaladas en el Anexo 5. Están comprendidas
en esta obligación las Entidades Empleadoras
constituidas bajo la modalidad de cooperativas de
trabajadores, empresas de servicios temporales o
cualquier otra de intermediación laboral (.4”.Las Normas Técnicas del Seguro Complementario de
Trabajo de Riesgo, fueron aprobadas por el Decreto
_______________________________
Supremo Pr 003-98- SA.
Resolución Ministerial Pr 050- “Artículo 2, Los formatos considerados en el anexo
tí: -‘ , 2013 TR Formatos 1 son de caracte referencial en virtud del articulo11 referenciales con la información 34 del reglamento de la Ley N’ 29783 - Ley de
mínima que deben contenerlos seguridad y salud en el trabajo, aprobado mediante
jjçgistros obligatorios del Decreto Supremo Pr DOS- 2012-TR la informçj2J
Ley Pr 29783, Ley de Seguridad
8 y Salud en el Trabajo y sus
modificatorias.
Decreto Supremo Pr 005-2012-
TR, Reglamento de la Ley de
Seguridad y Salud en el Trabajo
y sus modificatorias
Decreto Supremo N’ 009-97-SA,
Reglamento de la Ley Pr 26790,
Ley de modernización de la
seguridad social en salud
6
r fl•’!’ Título: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01SLJN.FIL seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura Fech,
sistema de gestión de seguridad ínima que deben contener los registros esy salud en el trabajo obligatoria de acuerdo con lo establecido en el
artículo 33 del citado reglamento”.
!
“Artículo 3.- Los formatos considerados en losResolución Ministerial N’ 085- Anexos 2 Y 3 son de carácter referencial, en virtud2013-TR, Sistema simplificado del artículo 34 del Reglamento de la Ley N 29783,
12 de registros del Sistema de Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Sin embargo,Gestión de la Seguridad y Salud la información mínima que deben contener losen el Trabajo para MYPES registros del sistema simplificado es obligatoria de
acuerdo con lo establecido en el artículo 33’ delacotado Reglamento.”
‘ Decreto Supremo N 015-2005-SA, Reglamento sobre ValoresLímite Permisibles para Agentes “Artículo 1, Los Valores Límite Permisibles se
Químicos en el Ambiente de establecen para proteger la salud de los
13 Trabajo trabajadores de toda actividad ocupacional y a sudescendencia, mediante la evaluación cuantitativa ypara el control de riesgos inherentes a la exposición,prindpalmente por inhalación, de agentes químicospresentes en los puestos de trabajo”.
Resolución Ministerial N° 375 “Tiene como objetivo establecer los parámetros2008-TR, Norma Básica de que permiten la adaptación de las condicionesErgonomía y de Procedimiento físicas y mentales de los trabajadores con el fin de
14 de Evaluación de Riesgo proporcionar bienestar, seguridad y mayorDisergonómico eficiencia en su desempeño, tomando en cuenta
que la mejora en las condiciones de trabajocontribuye a una mayor eficacia y productividadempresarial”.“Artículo 1, En los centros de trabajo las mujeres
Ley N’ 28048, Ley de protección gestantes solicitarán al empleador no realizar
a favor de la mujer gestante que labores que pongan en peligro su salud y/o la delrealiza labores que pongan en desarrollo normal del embrión y el feto durante el
15 riesgo su salud y/o el desarrollo perícdo de gestación, el cual debe estar certificadonormal del embrión y el feto por el médico tratante.
El empleador después de tomar conocimiento de losolicitado asignará a la mujer gestante labores queno pongan en riesgo la salud y/o desarrollo normaldel embrión y el feto durante el período degestación, sin afectar sus derechos laborales”.
Resolución Ministerial N° 374- “Artículo 1, Aprobar el “Listado de los agentes2008-TR, Listado de los agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicosfísicos, químicos, biológicos, y psicosociales que generan riesgos para la saludergonómicos y psicosociales de la mujer gestante y/o el desarrollo normal del
15 que generan riesgos para la embrión y el feto, sus correspondientessalud de la mujer gestante y/o intensidades, concentraciones o niveles deel desarrollo normal del presencia y los periodos en los que afecta elembrión y el feto, sus embarazo”, el “Listado de actividades, procesos,correspondientes intensidades, operaciones o labores, equipos o productos de alto
7
q SUIL9LTítulo: Protocolo para la fiscalización en materia de
seguridad y salud en el trabajo en la acuiculturaVersión: 01
QS4RlOencia:
concentraciones o niveles
presencia y los períodos en
que afecta el embarazo
Resolución Ministerial N’ 312-
2011- MINSA, Protocolo de
exámenes médico
ocupacionales, guías y
diagnósticos de los exámenes
médicos obligatorios por
actividad y modificatorias.
de riesgo, y los ‘Lineamientos para que las empresas
los puedan realizar la evaluación de sus riesgos”, en
mérito a los fundamentos expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución ministerial,
que en ocho
(08) Anexos forman parte de la misma”.
Tiene por objetivo establecer el procedimiento de
vigilancia de la salud de los trabajadores para
identificar, y controlar los riesgos ocupacionales en
el trabajador, proporcionando Información
probatoria para fundamentar las medidas de
prevención y control en los ambientes de trabajo.
Resolución Ministerial N 480-
2008- MINSA, Norma Técnica
de Salud que establece el
Listado de Enfermedades
Profesionales, modificado por
Resolución Ministerial N’ 798-
2010-MINSk
Tiene por objetivo establecer el listado de
enfermedades profesionales, que servirá como
referencia oficial, para la evaluación y calificación
del grado de invalidez de los trabajadores
asegurados afectados, por parte de las entidades
que participan en el proceso. Asimismo,
define como enfermedades profesionales,
aquellas enfermedades en las que se ha establecido
la causa - efecto, entre los riesgos a los cuales están
expuestos los trabajadores, según la actividad
económica que desarrollan, con la enfermedad que
1 denuncian.
cJlo5,En toda exposición a agentes
cancerígenos y/o carcinógenos en las diversasDecreto Supremo N 039-93- actividades ocupacionales, se procederá aPCM, Reglamento de determinar la índole, grado y duración de
19[prevencion y control de cáncer exposición de los trabajadores para evaluar losocupacional riesgos que corre la seguridad y salud de éstos,
determinándose las medidas correctivas del caso
(y’.Decreto Supremo N’ 014-2013-
TR, Reglamento del Registro de “Artículo 1, El presente Reglamento tiene por
Auditores autorizados para la objeto establecer disposiciones que regulan el
1 20evaluación periódica del 1 Registro de Auditores autorizados para la
Sistema de Gestión de la evaluación del Sistema de Gestión de la Seguridad ySeguridad y Salud en el Trabajo Salud en el Trabajo, así como la periodicidad de las
Audito ías
Resolución Ministerial W2jArt(co3.-Obligat&iedad del registro de
información de seguridad y salud en el trabajo, Los21 2016-TR, modifica la R.M W
empleadores declaran en el Registro de Información121-2011-TR, que aprueba la
Laboral (T-REGISTRO) de la Planilla Electrónica lal
18
8
q SUNFIL.Titulo: Protocolo para la fiscalización en materia de
seguridad y salud en el trabajo en la acuiculturaVersión: 01
Fa&icia:
información de la Planilla existencia del Comité de Seguridad y Salud en elElectrónica Trabajo o del Supervisor de Seguridad y Salud en el
Trabajo, conforme a lo previsto en la Ley N° 29783,Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo 005—2012-TR, y demás normas complementarias.Esta obligación rige a partir del 1 de noviembre de2016”.“Artículo 6.-La acuicultura se define como el cultivo
Decreto Legislativo N 1195 de organismos acuáticos, que implica laDecreto Legislativo que intervención en el proceso de cría para aumentar laaprueba la Ley General de producción, como fuente de alimentación, empleoAcuicultura e ingresos, optimizando los beneficios económicos22
en armonía con la preservación del ambiente y laconservación de la biodiversidad, el uso óptimo delos recursos naturales y del territorio; garantizandola propiedad individual o colectiva del recursocultivado”.
“Artículo 1.- El presente Reglamento tiene porobjeto regular las disposiciones, criterios, procesos
Decreto Supremo N’ 003-2016- y procedimientos contenidos en a Ley General dePRODUCE, Reglamento de la Acuicultura aprobada por el Decreto Legislativo NLey General de Acuicultura, 1195, a fin de fomentar, desarrollar y regular la23 aprobada por el Decreto acuicultura, en sus diversas fases productivas enLegislativo N’ 1195 ambientes marinos, estuarinos y continentales, así
como normar, orientar, promover y regular lasactividades de acuicultura, filando las condiciones,requisitos, derechos y obligaciones para sudesarrollo sostenible en el territorio nacional.”
3. ALCANCE
3.1. El presente Protocolo se aplica a todos los funcionarios y servidores de los órganosy dependencias del Sistema de Inspección del Trabajo, quienes son responsables desu cumplimiento.
3.2. La Intendencia Nacional de Supervisión del Sistema lnspectivo de la SUNAFILsupervisa y evalúa su cumplimiento.
4. DEFINICIONES
4.1. Actuaciones inspectivas de investigación: son las diligencias que la Inspección delTrabajo sigue de oficio, con carácter previo al inicio del procedimientoadministrativo sancionador, para comprobar si se cumplen las disposicionesvigentes en materia sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo, y poderadoptar las medidas inspectivas que en su caso procedan, para garantizar elcumplimiento de las mismas.
9
Titulo: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01
SUN_FiL seguridad y salud en & trabajo en la acuicultura
4.2. Accidente de trabajo: Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con
ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una
perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo
aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la
ejecución de una labor bajo su autoridad, y aun fuera del lugar y horas de trabajo.
4.3. Accidente Leve: Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación y diagnóstico
médico, genera en el accidentado un descanso con retorno máximo al día siguiente
a las labores habituales de su puesto de trabajo.
4.4. Accidente Incapacitante: Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica y
diagnóstico médico da lugar a descanso mayor a un día, ausencia justificada al
trabajo y tratamiento. Para fines estadísticos, no se toma en cuenta el día de
ocurrido el accidente. Según el grado de la incapacidad generada en el trabajador,
los accidentes de trabajo pueden ser:
4.4.1. Total temporal: cuando la lesión genera en el accidentado la imposibilidad
total de utilizar su organismo; se otorgará tratamiento médico hasta su
plena recuperación.
4.4.2. Parcial permanente: cuando la lesión genera la pérdida parcial de un
miembro u órgano o de las funciones del mismo.
4.4.3. Total permanente: cuando la lesión genera la pérdida anatómica o
funcional total de uno o más miembros u órganos, y que incapacita
totalmente al trabajador para laborar.
4.5. Accidente mortal: Suceso cuyas lesiones producen la muerte del trabajador. Para
efectos estadísticos debe considerarse la fecha del deceso.
4.6. Acuicultura: Se define como el cultivo de organismos acuáticos, que implica la
intervención en el proceso de cría para aumentar la producción, como fuente de
alimentación, empleo e ingresos, optimizando los beneficios económicos en
armonía con la preservación del ambiente y la conservación de la biodiversidad, el
uso óptimo de los recursos naturales y del territorio; garantizando la propiedad
individual o colectiva del recurso cultivado.
4.7. Actividades de la Acuicultura: Las actividades que comprende la acuicultura son:
4.7.1. Selección y acondicionamiento del medio: proceso mediante el cual se
determina, según la especie objetivo, el ambiente apropiado para la
realización de las actividades acuícolas, ajustando o modificando el
ambiente natural o artificial, para favorecer el desarrollo del cultivo.
4.7.2. Producción u obtención de semilla: proceso mediante el cual se obtienen
en forma natural o artificial, individuos seleccionados para sembrar y se
refiere a ovas embrionadas, larvas, post larvas, alevines, juveniles o
plantulas.
4.7.3. Siembra: proceso por el cual se introducen semillas, en un ambiente
% 7 previamente acondicionado con el objetivo que crezcan y se desarrollen
4.7.4. Cultivo: proceso que abarca la producción controlada de especies
hidrobiológicas en cualquiera de sus fases, en ambientes naturales o
artificiales debidamente seleccionados y acondicionados.
10
Titulo: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01_q SLJN.FIL r: seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura vicia:
4.7.5. Cosecha: corresponde a la fase final del proceso de cultivo, en la cual,empleando determinadas técnicas, se recogen recursos hidrobiológicosde un centro de producción acuícola. La cosecha puede ser parcial o total.
4.7.6. Procesamiento primario: es el tratamiento previo de desvalvado,descabezado, eviscerado, fileteado, secado, picado y limpieza, bajoacciones de manipuleo y condiciones de temperatura, higiene y otras quesean aplicables, orientadas únicamente a la obtención de productos alestado fresco y refrigerado; antes de ser sometido al proceso decongelado, envasado o curado, con fines de conservación ycomercialización.
4.7.7. Investigación, desarrollo e innovación tecnológica: proceso mediante elcual se obtiene y proporciona permanentemente bases científicas ytecnológicas que sustentan el desarrollo integral y sostenible de laacuicultura.
4.8. Actividades7 procesos, operaciones o labores de alto riesgo: aquellas queimpliquen una probabilidad elevada de ser la causa directa de un daño a la saluddel trabajador con ocasión o como consecuencia del trabajo que realiza. La relaciónde actividades calificadas como de alto riesgo será establecida por la autoridadcompetente.
4.9. Fases productivas de la Acuicultura: La acuicultura se puede dar en ambientesmarinos, estuarinos y continentales.
4.10. Archivo Activo: Es el archivo físico o electrónico donde los documentos seencuentran en forma directa y accesible a la persona que lo va a utilizar.
4.11. Archivo Pasivo: Es el archivo físico o electrónico donde los documentos no seencuentran en forma directa y accesible a la persona que lo va a utilizar.
4.12. Capacitación: Actividad que consiste en transmitir conocimientos teóricos yprácticos para el desarrollo de competencias, capacidades y destrezas acerca delproceso de trabajo, la prevención de los riesgos, la seguridad y la salud.
4.13. Categorías productivas de la Acuicultura:
4.13.1. Acuicultura de Recursos Limitados (AREL): Es la actividad desarrolladamediante cultivos a nivel extensivo, practicada de manera exclusiva ocomplementaria por personas naturales; alcanza cubrir para la canastabásica faniliar; y, es realizado principalmente para el autoconsurno y
V°13 ‘%, emprendimientos orientados al autoempleo. La producción anual de lar,rdrj
e AREL no supera las 3.5 toneladas brutas.In spbctw
4.13.2. Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE): Es la actividaddesarrollada mediante cultivos a nivel extensivo, semi intensivos eintensivos, practicada con fines comerciales por personas naturales ojurídicas. La producción anual de la AMYPE no supera las 150 toneladasbrutas. Se encuentran comprendidos dentro de esta categoría los centrosde producción de semilla, cultivo de peces ornamentales,independientemente de su volumen de producción.
11
Titulo: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01
q SUN.FIL seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura Fehje videncia:
4.13.3. Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE): Es la actividad
desarrollada mediante cultivos a nivel semi intensivo e intensivo,
practicada con fines comerciales por personas naturales o jurídicas. La
producción anual de los AMYGE es mayor a las 150 toneladas brutas.
4.14. Causas de los Accidentes: Son uno o varios eventos relacionados que concurren
para generar un accidente. Se dividen en:
4.14.1. Falta de control: Son fallas, ausencias o debilidades administrativas en la
conducción del empleador o servicio yen la fiscalización de las medidas de
protección de la seguridad y salud en el trabajo.
4.14.2. Causas Básicas: Referidas a factores personales y factores de trabajo:
• Factores Personales: Referidos a limitaciones en experiencias, fobias y
tensiones presentes en el trabajador.
• Factores del Trabajo: Referidos al trabajo, las condiciones y medio
ambiente de trabajo: organización, métodos, ritmos, turnos de trabajo,
maquinaria, equipos, materiales, dispositivos de seguridad, sistemas de
mantenimiento, ambiente, procedimientos, comunicación, entre otros.
4.14.3. Causas Inmediatas: Son aquellas debidas a los actos condiciones:
• Condiciones Subestándares: Es toda condición en el entorno del trabajo
que puede causar un accidente.
• Actos Subestándares: Es toda acción o práctica incorrecta ejecutada por el
trabajador que puede causar un accidente.
4.15. Centro de producción acuícola: Infraestructura destinada a la producción de
especies hidrobiológicas en cualquiera de sus fases, mediante la aplicación de
técnicas de cultivo.
4.16. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Órgano bipartito y paritario constituido
por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y
obligaciones previstas por la legislación y la práctica nacional, destinado a la
consulta regular y periódica de las actuaciones del empleador en materia de
prevención de riesgos en Seguridad y Salud en el Trabajo.
4.17. condiciones de Salud: Son el conjunto de variables objetivas de orden fisiológico,
psicológico y sociocultural que determinan el perfil sociademográfico y de
morbilidad de la población trabajadora.
4.18. contaminación del Ambiente de Trabajo: Es toda alteración o nocividad que afecta
la calidad del aire, suelo, agua del ambiente de trabajo cuya presencia y
permanencia puede afectar la salud, la integridad física y psíquica de los
trabajadores.
12
Título: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01SUN..FIL seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura Fecha diig1%ia:
4.19. Contratista: Persona o empresa que presta servicios remunerados a un empleadorcon especificaciones, plazos y condiciones convenidos.
4.20. Control de riesgos: Es el proceso de toma de decisiones basadas en la informaciónobtenida en la evaluación de riesgos. Se orienta a reducir los riesgos, a través de lapropuesta de medidas correctivas, la exigencia de su cumplimiento y la evaluaciónperiódica de su eficacia.
4.21. Emergencia Médica: La emergencia médica constituye un evento que se presentasúbitamente con la implicancia del riesgo de muerte o de incapacidad inmediata yque requiere de una atención oportuna, eficiente y adecuada para evitarconsecuencias nefastas como la muerte ola minusvalía.
4.22. Enfermedad profesional: Es una enfermedad contraída como resultado de laexposición a factores de riesgo relacionadas al trabajo.
4.23. Equipo de Protección Personal (EPP): Son dispositivos, materiales e indumentaria,específicos, destinados a cada trabajador, de uso obligatorio para protegerlo deuno o varios riesgos presentes en el trabajo que puedan amenazar su seguridad ysalud.
4.24. Ergonomia: Llamada también ingeniería humana, es la ciencia que busca optimizarla interacción entre el trabajador, máquina y ambiente de trabajo con el fin deadecuar los puestos, ambientes y la organización del trabajo a las capacidades ycaracterísticas de los trabajadores, a fin de minimizar efectos negativos y mejorarel rendimiento y la seguridad del trabajador.
4.25. Estándares de Trabajo: Son los modelos, pautas y patrones establecidos por elempleador que contienen los parámetros y los requisitos mínimos aceptables demedida, cantidad, calidad, valor, peso y extensión establecidos por estudiosexperimentales, investigación, legislación vigente o resultado del avancetecnológico, con los cuales es posible comparar las actividades de trabajo,desempeño y comportamiento industrial. Es un parámetro que indica la formacorrecta de hacer las cosas. El estándar satisface las siguientes preguntas: ¿Qué?,¿Quién?, ¿Cómo? y ¿Cuándo?
4.26. Examen Médico Ocupacional: Es la evaluación médica especializada que se realizaal trabajador al iniciar, durante y al concluir su vínculo laboral, así como cuandocambia de tarea o reingresa a la empresa.
4.27. Evaluación de Riesgos: Es el proceso posterior a la identificación de los peligros,que permite valorar el nivel, grado y gravedad de los mismos, proporcionando lainformación necesaria para que la empresa esté en condiciones de tomar unadecisión apropiada sobre la oportunidad, prioridad y tipo de acciones preventivasque debe adoptar.
4.28. Exposición: Presencia de condiciones y medio ambiente de trabajo que implican undeterminado nivel de riesgo a los trabajadores.
13
Título: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión:
seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura FeIy gpiinia:
4.29. Gestión de la Seguridad y Salud: Aplicación de los principios de la administración
moderna a la seguridad y salud, integrándola a la producción, calidad y control de
costos.
4.30, Higiene Ocupacional: Es una especialidad no médica orientada a identificar,
reconocer, evaluar y controlar los factores de riesgo ocupacionales (físicos,
químicos, biológicos, psicosociales, disergonómicos y otros) que puedan afectar la
salud de los trabajadores, con la finalidad de prevenir las enfermedades
ocupacionales.
4.31. Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Medidas de Control (IPERC):
Proceso sistemático utilizado para identificar los peligros, evaluar los riesgos y sus
impactos y para implementar los controles adecuados, con el propósito de reducir
los riesgos a niveles establecidos según las normas legales vigentes.
4.32. Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en
el que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en el que éstas sólo
requieren cuidados de primeros auxilios.
4.33. Incidente peligroso: Todo suceso potencialmente riesgoso que pudiera causar
lesiones o enfermedades a las personas en su trabajo o a la población.
4.34. Inducción: Capacitación inicial dirigida a otorgar conocimientos e instrucciones al
trabajador para que ejecute su labor en forma segura, eficiente y correcta. Se divide
en:
4.34.1. Inducción General: Es la capacitación al trabajador, con anterioridad a la
asignación al puesto de trabajo, sobre la política, beneficios, servicios, facilidades,
reglas, prácticas generales y el ambiente laboral de la empresa.
4.34.2. Inducción del Trabajo Específico: Es la capacitación que brinda al
trabajador la información y el conocimiento necesario a fin de prepararlo para el
trabajo específico.
4.35. Investigación de Accidentes e Incidentes: Proceso de identificación de los factores,
elementos, circunstancias y puntos críticos que concurren para causar los
accidentes e incidentes. La finalidad de la investigación es revelar la red de
causalidad y de ese modo permite a la dirección del empleador tomar las acciones
correctivas y prevenir la recurrencia de los mismos.
4.36. Inspección: Verificación del cumplimiento de los estándares establecidos en las
disposiciones legales. Proceso de observación directa que acopia datos sobre el
trabajo, sus procesos, condiciones, medidas de protección y cumplimiento de
dispositivos legales en seguridad y salud en el trabajo.
‘s’ \ 4.37. Inspección del trabajo en seguridad y salud en el trabajo: Es el servicio público
rq jct encargado de vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el
trabajo, de exigir las responsabilidades administrativas que procedan, de orientar y
14
« Titulo; Protocolo para la fiscalización en materia de Versión 01—SUFLFIL t 1 seguridad y salud en el trabajo en la acuicuftura
asesorar técnicamente en dichas materias, y de aplicar las sanciones establecidasen la Ley N ¿8806, Ley General de Inspección del Trabajo.
4.38. Lesión: Alteración física u orgánica que afecta a una persona como consecuenciade un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, por lo cual dicha personadebe ser evaluada y diagnosticada por un médico titulado y colegiado.
4.39. Medidas de Prevención: Las acciones que se adoptan con el fin de evitar o disminuirlos riesgos derivados del trabajo y que se encuentran dirigidas a proteger la saludde los trabajadores contra aquellas condiciones de trabajo que generan daños quesean consecuencia, guarden relación o sobrevengan durante el cumplimiento desus labores.
4.40. Peligro: Situación o característica intrínseca de algo capaz de ocasionar daños a laspersonas, equipos, procesos y ambiente.
4.41, Política de Seguridad y Salud en el Trabajo: Dirección y compromiso de unaorganización, relacionadas a su desempeño en Seguridad y Salud en el Trabajoexpresada formalmente por la Alta Gerencia deja organización.
4.42. Programa anual de seguridad y salud: Conjunto de actividades de prevención enseguridad y salud en el trabajo que establece la organización, servicio o empresapara ejecutar a lo largo de un año.
4.43. Primeros Auxilios: Protocolos de atención de emergencia brindados a una personacuando en el centro de trabajo ha sufrido un accidente o enfermedad ocupacional.
4.44. Representante de los Trabajadores: Trabajador elegido, de conformidad con lalegislación vigente, para representar a los trabajadores en el Comité de Seguridady Salud en el Trabajo.
4.45. Riesgo: Probabilidad de que un peligro se materialice en determinadas condicionesygenere daños a las personas, equipos y al ambiente.
4.46. Salud ocupacional: Rama de la salud pública que tiene como finalidad promover ymantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores entodas las ocupaciones; prevenir todo daño a la salud causado por las condicionesde trabajo y por los factores de riesgo; y adecuar el trabajo al trabajador,atendiendo a sus aptitudes y capacidades.
4.47. Sistemas de cultivo: Estos pueden realizarse con agua de mar tanto en la costacomo en alta mar, agua dulce o una mezcla de ambos. Se puede cultivardirectamente en el medio acuático (sistema abierto) o en instalaciones bajocondiciones totalmente controladas (sistema cerrado). De acuerdo con estecontrol, los cultivos pueden ser:
4.47.1. Extensivos: La intervención humana es muy poca. Este sistema esutilizado para los programas de repoblamiento en lagunas, embalses orepresas en beneficio de una comunidad o uso recreativo.
15
Título: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01
[q SUNkFIL seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura j Fecha de vigencia: 1
O? SEP 2oig
4.47.2. Intensivos: Esta técnica se da cuando existen altos costos para el uso de
agua y competencia por el espacio a utilizar. La siembra se realiza en altas
densidades, con dietas diseñadas por edades. Hay recambio continuo de
agua con flujo mecánico y oxigenación, y las temperaturas se mantienen
constantes.
4.41.3, Semi intensivos: Comúnmente esta técnica es utilizada en las
acuiculturas industriales, Se caracteriza por mantener a los animales en
espacios confinados de grandes estructuras, como jaulas o estanques, en
los cuales se maneja la densidad de siembra, alimentación artificial,
recambio de agua que se complementa con aireación de esta.
4.48. Sujeto inspeccionado: obligado o responsable del cumplimiento de las normas
sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo que se encuentra inmerso en el
desarrollo de actuaciones inspectivas.
4.49. Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo: Trabajador capacitado, elegido por
los trabajadores de la empresa con menos de veinte (20) trabajadores. El supervisor
tiene las mismas obligaciones y responsabilidades del Comité de Seguridad y Salud
en el Trabajo.
4.50. Supervisores Inspectores, Inspectores del Trabajo e Inspectores Auxiliares: Son
los servidores públicos, cuyos actos merecen fe, seleccionados por razones
objetivas de aptitud y con la consideración de autoridades, responsables de la
función inspectiva que corresponde a las competencias del Poder Ejecutivo a través
de la SUNAFIL, el MTPE y los Gobiernos Regionales.
4.51. Vigilancia en Salud Ocupacional: Es un sistema de alerta orientado a la actuación
inmediata, para el control y conocimiento de los problemas de salud en el trabajo.
El conjunto de acciones que desarrolla proporciona conocimientos en la detección
de cualquier cambio en los factores determinantes o condicionantes de la salud en
el trabajo.
5. ABREVIATURAS
- CSST:
- EPP:
- INSSI:
- 1617:
- LSST:
- OIT:
- RLGIT:
- RLSST:
RSST:
517:
- SST:
- SUNAFII.:
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Equipo de Protección Personal
Intendencia Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo.
Ley General de Inspección del Trabajo.
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Organización Internacional del Trabajo.
Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
Reglamento de la Ley Seguridad y Salud en el Trabajo.
Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Sistema de Inspección del Trabajo.
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral.
16
Tftulo: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01SLJW:FIL seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura Fecha de vigencia:
DZSEP 20196. DISPOSICIONES GENERALES
6.1. El presente Protocolo es un instrumento dinámico que se evalúa y actualizaperiódicamente dentro de un proceso de mejora continua del Sistema Inspectivo,atendiendo a las modificaciones que se introduzcan en la normativa vigente sobrela materia y los aportes extraídos de los informes mensuales de los Inspectores delTrabajo, a nivel nacional; así como los comentarios o sugerencias que realicen lostrabajadores y empleadores y/o las organizaciones que los representen.
6.2. Establece pautas de fiscalización en materia de SST aplicables a la Acuicultura ycomprende a todos los empleadores y los trabajadores, bajo el régimen laboral dela acuicultura1, régimen general o especial que corresponda en todo el territorionacional.
6.3. Para la aplicación del presente Protocolo debe tenerse en consideración lodispuesto en la LSST, RLSST y normas modificatorias; así como las normas deaplicación transversal que regulen el cumplimiento de materias en SST en todos lossectores económicos y de servicios.
6.4. De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria y Finalde la LSST y artículo 4 del RLSST, las disposiciones de los Reglamentos sectorialescontinuarán vigentes, siempre y cuando no resulten incompatibles con lo dispuestopor éstas. En todo caso, cuando los Reglamentos sectoriales establezcanobligaciones y derechos superiores a los contenidos en la LSST y el RLSST, aquéllasprevalecerán sobre éstos.
6.5. Con la finalidad de garantizar la aplicación sistemática de los instrumentosnormativos en materia inspectiva, el presente Protocolo tiene como referencia lasdisposiciones de la LGIT, RLGIT y modificatorias, la Directiva denominada “Reglasgenerales para la fiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo” onorma que la sustituya, en cuanto le sea aplicable; asimismo, considera lasdisposiciones normativas que son de mayor uso o que tienen especial relevancia enel desarrollo cotidiano de las actuaciones inspectivas.
6.6. En toda mención que se haga a las Intendencias Regionales debe entenderseincluida la Intendencia de Lima Metropolitana y sus Zonales de Trabajo. Todamención a las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción delEmpleo, incluye a a Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de LimaMetropolitana. Asimismo, toda mención a los órganos o dependencias del SIT debeentenderse referida a todas las entidades antes citadas.
6.7. A los efectos del presente Protocolo, con carácter general la mención al “personalinspectivo”, “Inspector actuante” o “Inspector comisionado” se entenderá referido
‘cuarta Disposición complementaria Transitoria de la Decreto Legislativo N’ 1195, Decreto Legislativo que aprueba laLey General de Acuiculturacuarta.- Régimen Laboral y de la Seguridad socialLas disposiciores contenidas en los articucs 28y 29 de la Lev N 27450- Ley de Promoción y Desarroilo de la Acuicuturamantienen su vigencia, sujetándose a lo disauesto en el artícjio 3 de la Ley N 27360- Ley que Aprueoa las Normas dePromoción del SectorAgrario.
17
r .TuIo: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01
SUNkFIL t’L seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura 1Fecha de vigencia:
L ‘
________
‘________
de forma indistinta a los servidores que se encuentren dentro de tres grupos
ocupacionales correspondientes a la carrera de Inspector de Trabajo: Supervisores
Inspectores, Inspectores del Trabajo e Inspectores Auxiliares; salvo mención
expresa de cada uno de estos grupos.
7. DISPOSICIONES ESPECIFICAS
7.1. ORIGEN, PLANIFICACIÓN Y GENERACIÓN DE ÓRDENES DE INSPECCIÓN
7.1.1. El origen de las actuaciones inspectivas de investigación en materia de SST
se sujetará a lo establecido en el artículo 12 de la LGIT, el artículo 8 del
RLGIT y artículo 100 de la LSST.
7.1.2. Los órganos o dependencias del SIT en la planificación y generación de
órdenes de inspección de origen interno o externo deberán sujetarse a las
disposiciones de la Directiva denominada Reglas generales para la
fiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo o norma que la
sustituya, en cuanto les sea aplicables.
7.2. TRÁMITE DE LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS Y MODALIDADES DE ACTUACIÓN
7.2.1. Las actuaciones inspectivas de investigación se desarrollarán mediante
comprobación de datos, visitas y requerimiento de comparecencias del
sujeto inspeccionado ante el inspector comisionado para aportar la
documentación o efectúe aclaraciones pertinentes.
7.2.2. El trámite de las actuaciones inspectivas de investigación y las
modalidades de actuación, se sujetarán a las disposiciones de la LGIT y el
RLGIT, sus modificatorias y la Directiva denominada “Reglas generales
para la fiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo” o
norma que la sustituya, en cuanto le sea aplicable.
7.2.3. A efectos de lo señalado en el numeral anterior, en caso no exista
información de la empresa inspeccionada, el Inspector comisionado
podrá buscar información de otras de similares caracteristicas, a través de
diferentes fuentes, ya sea vía internet o indagaciones directas a instancias
públicas y privadas, con la finalidad de tomar conocimiento general sobre
los riesgos asociados a cada una de las etapas del proceso. Esta búsqueda
de información permite identificar las materias primas utilizadas, los
insumos químicos, materiales peligrosos y la forma de su
almacenamiento, las máquinas y equipos que utilizan, los estándares de
trabajo, los EPP necesarios para el desarrollo de la visita, entre otros.
7.3. VISITA DE INSPECCIÓN
7.3.1. En el momento de la visita y antes de iniciar el recorrido, el Inspector
comisionado solicita al empleador o a quien designe este, la Identificación
de peligros y evaluación de riesgos-IPER y el Mapa de Riesgos. En caso no
cuente con lo solicitado, se graficará con el empleador, o a quien designe
o un representante del CSST, un mapa de distribución que comprenda las
18
Tftulo: Protocolo para la fiscalización en materia de Versión: 01seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura Fecha de vi encía:
qSUwvILr. O2SEPO19
diversas actividades y etapas del proceso en el que se detalle los riesgosmás importantes, solicitando al empleador la relación de los trabajadoresque se encuentran en cada una de ellas.
7.3.2. El Inspector comisionado recorre las instalaciones o áreas del centro detrabajo, según la materia de SST a verificar y debe tener en cuenta losiguiente:
V Usar equipos de protección personal para riesgos específicos,dependiendo de los procesos, etapas y actividades de la empresaAcuícola, tales como: calzado de seguridad, casco de seguridad,chaleco, lentes, entre otros, según corresponda a la realidad delsujeto inspeccionado. A efectos de protegerse de los factores depeligro que se encuentre expuesto, para lo cual el titular de laactividad brinda las facilidades requeridas para el desarrollo de lasactuaciones inspectivas.
V En el ingreso a las áreas donde puede generarse un riesgo, solicitaral sujeto inspeccionado que facilite EPPs específicos, así como que leindiquen las medidas preventivas para salvaguardar su seguridad.
« Asimismo, el Inspector para la visita de inspección y comparecenciatendrá en cuenta la Directiva denominada “Reglas generales para lafiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo” o normaque la sustituya, en cuanto le sea aplicable.
7.3.3. Durante el desarrollo de las actuaciones inspectivas, el Inspectorcomisionado toma en cuenta la “Lista de verificación de materias deseguridad y salud en el trabajo en Acuicuitura” que se detaila en el Anexo01 del presente Protocolo, en función de las materias y sub materiasconsignadas en la orden de inspección, sin perjuicio de aplicar lasdisposiciones referidas a la ampliación de materias.
7.3.4. Cabe precisar, que este Listado permitirá al Inspector actuantedeterminar las obligaciones legales en materia de SST que incumpla laempresa inspeccionada, a fin de identificar las posibles infracciones enmateria de SST previstas en los artículos 26 al 28 del RLGIT, y proponersegún corresponda, las multas respectivas, conforme al artículo 48 de lanorma en mención.
7.3.5. Asimismo, en la medida que sea aplicable y corresponda, el Inspectorcomisionado debe tener en cuenta los principales peligros y riesgos, asícomo medidas preventivas en la Acuicultura de langostinos y conchas deabanico, considerando las particularidades de cada sujeto inspeccionado.
19
!T
itul
o:P
roto
colo
para
lafi
scal
izac
ión
enm
ater
iade
Ver
sion
01
qSU
NFI
Lgr
segu
rida
dy
salu
den
eltr
abaj
oen
la
1.A
cuic
ultu
rade
lang
osti
nos2
:
Eta
pa!
Pro
ceso
3P
elig
ros
Rie
sgos
Med
idas
pre
ven
tivas
•R
otul
arla
ssu
stan
cias
ypr
oduc
tos
quím
icos
.
•C
oloc
aren
elár
eade
trab
ajo
las
hoja
sde
segu
rida
d(M
SDS)
delo
spr
oduc
tos
y
sust
anci
asqu
ímic
asqu
ein
gres
anal
área
.
•Lo
spr
oduc
tos
quím
icos
seen
cuen
tran
alm
acen
ados
sobr
eses
tiba
su
otro
s
elem
ento
squ
eev
iten
elco
ntac
todi
rect
o
con
elpi
so.
Cap
acit
ary
entr
enar
alper
sonal
en
emer
gen
cia
enca
sode
der
ram
e!in
cend
ios.
Exp
osic
ión
ain
hala
ción
de•
Cap
acit
ary
entr
enar
alpe
rson
alen
la
Lab
orat
orio
Man
ejo
desu
stan
cias
quim
icas
..
.-,
.-
sust
anci
asqu
rmic
as.
man
ipul
acio
nse
gura
depro
duct
os
quim
icos
.
•S
ensi
bili
zar
alper
sonal
sobre
elas
eo
per
sonal
tras
real
izar
sus
acti
vida
des
yus
ar
sust
anci
asy
pro
duct
os
quím
icos
.
•C
apac
itar
yen
tren
aral
per
sonal
sobre
elus
o
adec
uad
ode
EPP
reco
men
dad
os:
mas
cari
lla
con
filt
ropa
raqu
ímic
os,
gafa
sde
segu
rida
d,
guan
tes
deni
tril
oo
dem
ater
ial
que
sea
imper
mea
ble
,m
andi
l,te
nie
ndo
en
consi
der
ació
nla
valo
raci
ónde
este
ries
go
_______________________________
__________
________________
_______
segú
nla
IPER
dela
empre
sa.
2Es
impo
rtan
tese
ñala
rqu
een
iaA
cuic
uitu
rade
Lan
gost
inos
,as
íco
mo
enla
deco
ncha
sde
aban
ico
exis
ten
proc
esos
cone
xos
com
otr
ansp
orte
,m
ante
nim
ient
o,ár
eas
adm
inis
trat
ivas
,en
tre
otra
s,ia
scu
aies
tien
enpe
tgro
sy
ries
gos
que
debe
rán
anai
izar
seto
man
doen
cons
ider
ació
nno
rmas
sect
oria
les
com
ola
dein
dust
ria
Est
ospr
oces
osso
nre
fere
ncia
les
depe
nder
ánde
cada
empr
esa
enpa
rtic
uiar
,
20
SUNK
FIL
hjr
Tit
ulo:
Pro
toco
lopa
rala
fisc
aliz
ació
nen
mat
eria
dese
guri
dad
ysa
lud
enel
trab
ajo
enla
acui
cult
ura
Ver
sión
:01
Fec
hade
vien
cia:
0251
(201
9
Util
izac
ión
detr
asv
ases
enpr
obet
asyc
ubas
prop
ias
dela
acti
vida
dde
lla
bora
tori
o
•C
apac
itar
yen
treg
arlo
sEP
Pap
ropi
ados
para
laac
tivi
dad:
uso
dem
asca
rill
aco
nfi
ltro
adec
uado
ala
ssu
stan
cias
quím
icas
que
seut
iliz
an,
gafa
sde
segu
rida
d,en
tre
otro
s,te
nie
ndo
enco
nsi
der
ació
nla
valo
raci
ónde
este
ries
gose
gún
laIP
ERde
laem
pre
sa.
colu
mna
yle
sion
esm
úscu
loes
quel
étic
as.
Rea
lizar
paus
asac
tiva
sde
3-5
min
utos
cada
1-1,
5ho
rade
trab
ajo
dura
nte
lajo
rnad
a.•
Rea
lizar
insp
ecci
ónde
pre-
uso
(Che
cklis
t)pa
rave
rifi
caci
ónde
les
tado
dela
pues
taa
tier
ra.
•V
erif
icar
que
elcu
adro
eléc
tric
oal
que
esté
cone
ctad
ala
máq
uina
este
prov
isto
deun
inte
rrupto
rdi
fere
ncia
lde
sens
ibil
idad
adec
uada
.S
eñal
izar
los
ries
gos
eléc
tric
os,
segú
nla
IPER
dela
empr
esa.
•Cap
acit
aral
pers
onal
enri
esgo
sel
éctr
icos
.C
apac
itar
yen
treg
arEP
Pap
ropi
ados
para
laac
tivi
dad:
uso
dem
asca
rill
aco
nfi
ltro
adec
uado
ala
ssu
stan
cias
que
seut
iliza
n,ga
fas
dese
guri
dad,
entr
eot
ros,
tenie
ndo
enco
nsi
der
ació
nla
valo
raci
ónde
este
ries
gose
gún
¡aPE
Rde
aem
pres
a.
Eta
pa/
Pro
ceso
3P
elig
ros
Rie
sgos
Med
idas
pre
ven
tivas
Pro
yec
ción
defr
agm
ento
so
par
tícu
las
Pos
tura
sin
adec
uada
sen
elti
empo
Tra
bajo
que
impl
ica
esfu
erzo
físi
coR
iesg
ode
infl
amac
ión
real
izan
dom
ovim
iento
sre
pet
itiv
os
prog
resi
vade
arti
cula
cion
es,
endi
vers
asp
arte
sde
lcu
erpo
tendones
,ne
rvio
s.
Inst
alac
ione
sel
éctr
icas
,eq
uipo
sy
maq
uina
ria
enm
ales
tado
osi
nla
debi
dapr
otec
ción
Ele
ctro
cuci
ón
Pre
para
dos
biol
ógic
osen
los
labo
rato
rios
dela
rvas
Exp
osic
ión
aco
nta
min
ante
sbi
ológ
icos
21
Tít
ulo:
Pro
toco
lopa
rala
fisc
aliz
ació
nen
mat
eria
deV
ersi
ón:
01
.QSU
N_F
ILi’
-se
guri
dad
ysa
luden
eltr
abai
oen
laac
uicu
ltur
aF
eca5.a
vgcia
:
Eta
pa/
Pro
ceso
3P
elig
i4,s
Rie
sgos
Med
idas
pre
venti
vas
•In
stal
arsu
elos
anti
des
liza
nte
sen
las
zona
s
húm
edas
.
•C
apac
itar
yen
treg
arEP
Pap
ropia
do:
bota
s
oca
lzad
ode
segu
rida
dan
tides
liza
nte
sen
agua
osu
elos
moj
ados
.
Pos
tura
sin
adec
uad
asen
elti
empo
•S
ensi
bili
zar
yca
pac
itar
alpe
rson
also
bre
higi
ene
post
ural
ypr
even
ción
deda
ños
ala
colu
mna
yle
sion
esm
úscu
loes
quel
étic
as.
•R
eali
zar
paus
asac
tiva
sde
3-5
min
utos
cada
1-1,
5ho
rade
trab
ajo
dura
nte
lajo
rnad
a.
Man
ipul
ació
nde
carg
as
Cap
acit
ary
entr
egar
deEP
Pte
nie
ndo
en
Conta
do
con
bact
eria
s,ho
ngos
entr
eD
erm
atit
is,
aler
gias
,co
nsid
erac
ión
lava
lora
ción
dees
teri
esgo
otr
os
infe
ccio
nes
uotr
os
segú
nla
IPER
dela
empre
sa.
Vig
ilar
lasa
lud
con
real
izac
ión
depru
ebas
Cap
acit
ary
entr
enar
alpe
rson
also
bre
sobre
elre
scat
ey
supe
rviv
enci
aen
elag
ua
(mar
opo
za).
Man
ipul
ació
nde
cano
asC
aída
sal
agua!
ahogam
iento
•Im
ple
men
tar
sist
emas
dedet
enci
ón
de
caíd
as.
Cap
acit
ary
entr
egar
EPP:
chal
ecos
salv
avid
asy
otr
os
equip
os
tenie
ndo
en
cons
ider
ació
nla
valo
raci
ónde
este
ries
go
segú
nla
IPER
dela
empre
sa.
_____
Des
nive
les
Caí
das
alm
ism
oo
dis
tinto
njve
l
1T
raba
joque
impl
ica
esfu
erzo
físi
co
real
izan
do
movim
iento
sre
pet
itiv
os
div
ersa
spar
tes
del
cuer
po
Rie
sgo
dein
flam
ació
n
prog
resi
vade
arti
cula
cion
es,
tendones
,ne
rvio
s,
lum
balg
ias.
Sie
mbr
a
Eng
orde
22
Tit
ula:
Pro
toco
lopa
rala
fisc
aliz
ació
nen
mat
eria
deV
ersi
ón:
01SU
FIkF
IL--
segu
rida
dy
salu
den
eltr
abaj
oen
laac
uicu
ltur
aF
echa
de,i
n(a:
Tra
bajo
que
impl
ica
esfu
erzo
físi
core
aliz
ando
movim
iento
sre
pet
itiv
os
endi
vers
asp
arte
sde
lcu
erpo
Exp
osic
ión
ala
radi
ació
nso
lar.
Exp
osic
ión
ala
radi
ació
nso
lar.
Eta
pa!
Pro
ceso
3P
elig
ros
Rie
sgos
Med
idas
pre
ven
tiv
as
Rad
iaci
ónul
trav
iole
ta
•In
form
ara
ros
trab
ajad
ore
sso
bre
los
efec
tos
noci
vos
para
lasa
lud
por
laex
posi
ción
prol
onga
daa
lara
diac
ión
sola
r.•
Cap
acit
ary
entr
egar
elem
ento
s,ad
itam
ento
so
acce
sori
osde
prot
ecci
ónso
lar
idón
eos,
com
opro
tect
or
sola
r,so
mbr
eros
,go
rros
yan
teoj
os,
entr
eot
ros,
ten
ien
do
enco
nsid
erac
ión
lava
lora
ción
dees
teri
esgo
segú
nla
IPER
dela
em
presa.
_______
_______
______
Man
ipul
ació
nde
carg
as
a
Rie
sgo
dein
flam
ació
npr
ogre
siva
dear
ticu
laci
ones
,te
ndon
es,
nerv
ios,
lum
balg
ias.
tabiecer
pro
cedim
ieZ
áetraJa
acom
paña
mie
nto
ysu
jeci
ón.
Señ
aliz
arel
área
detr
abaj
o.
Sen
sibi
liza
ry
capa
cita
ral
pers
onal
sobr
ehi
gien
epo
stur
aly
prev
enci
ónde
daño
sa
laco
lum
nay
lesi
ones
mús
culo
esqu
elét
icas
.R
ealiz
arpa
usas
acti
vas
de3-
5m
inut
osca
da1-
1,5
hora
detr
abaj
odura
nte
lajo
rnad
a.R
ealiz
ares
tudi
oer
gonó
mic
ode
lpu
esto
para
prop
oner
post
uras
men
osda
ñina
sy
alte
rnan
cia
Ter
reno
sir
regu
lare
sC
aída
sal
mis
mo
od
isti
nto
nive
l
bA
Pla
mie
nto
deca
rgas
,tales
Ca:d
esa
cos
depi
enso
Cos
echa
Rad
iaci
ónul
trav
iole
ta
•R
ealiz
arun
corr
ecto
apil
amie
nto
dem
ater
ial.
•M
ante
ner
elor
den
yli
mpi
eza
•In
form
ara
los
trab
ajad
ore
sso
bre
los
efec
tos
noci
vos
para
lasa
lud
por
laex
posi
ción
prol
onga
daa
lara
diac
ión
sola
r.•
Cap
acit
ary
entr
egar
elem
ento
s,ad
itam
ento
so
acce
sori
osde
prot
ecci
6nso
lar
idón
eos,
com
o
23
SUN
.9L
uIo:C
colo
para
lafi
scal
izac
ión
enm
ater
iade
Ver
sión
:01
segu
rida
dy
salu
den
eltr
abaj
oen
laac
uicu
ltur
aF
eñly
giy
4ia
:
Rie
sgo
dein
flam
ació
n
prog
resi
vade
arti
cula
cion
tendones
,ne
rvio
s,
lum
balg
ias.
pro
tect
or
sola
r,so
mbre
ros,
gorr
osy
ante
ojo
s,1
entr
eot
ros,
tenie
ndo
enco
nsi
der
ació
nla
resc
ate
ysu
perv
iven
cia
enel
agua
(mar
opo
za).
•C
apac
itar
yen
treg
arEP
P:ga
fas
dese
guri
dad,
entr
eot
ros,
tenie
ndo
enco
nsid
erac
ión
la
valo
raci
ónde
este
ries
gose
gún
laIP
ERde
la
empre
sa.
•S
ensi
bili
zar
yca
pac
itar
alpe
rson
also
bre
higi
ene
post
ural
ypr
even
ción
dedañ
os
ala
colu
mna
yle
sion
esm
úscu
loes
quel
étic
as.
•R
eali
zar
paus
asac
tiva
sde
3-5
min
utos
cada
1
es,
1,5
hora
detr
abaj
odura
nte
lajo
rnad
a.
•R
eali
zar
estu
dio
ergo
nóm
ico
del
pues
topa
ra
pro
poner
post
ura
sm
enos
dañi
nas
yal
tern
anci
a
deta
reas
.pr
even
ción
de
lafa
tiga
.•
Imple
men
tar
detu
rnos
rota
tivo
s.
•En
lam
edid
ade
lopo
sibl
eev
itar
laque
un
mis
mo
pers
onal
real
ice
turn
os
cons
ecut
ivos
en
hora
rio
noct
urn
o.
•C
apac
itar
yen
treg
arE
PP:
com
oin
dum
enta
ria
con
cint
asre
flec
tora
sy
otr
os
tenie
ndo
en
cons
ider
ació
nla
valo
raci
ónde
este
ries
go
laIP
ERde
laem
pre
sa.
Eta
paj
proc
esos
Pel
igro
sR
iesg
os
Med
idas
pre
venti
vas
V°B
°‘3
.\
e.C
aída
alag
ua!
ahogam
iento
Vac
iado
dees
tanques
Apr
ehen
sión
yco
mpr
esió
n
_7ante
nid
aen
las
man
os
1L
evan
tam
ient
ode
carg
aco
ntin
ua
(ata
rray
asco
nla
ngos
tino
s)
Tra
baio
sen
turn
os
noct
urn
os
Rie
sgo
defa
tiga
,an
sied
ad
24
SU
N9L
..:l
:::ura
Eta
pa!
Proc
eso3
Pelig
ros
Rie
sgos
Med
idas
prev
enti
vas
Rui
do(e
nca
sode
util
izar
sem
aqui
narí
apa
rasu
cció
na
rese
rvor
ios)
1C
onta
cto
con
prod
ucto
shi
drob
ioló
gico
s(l
ango
stin
os,
conc
has
con
bord
esfi
loso
s)
__
__
__
__
Inst
alac
ione
sel
éctr
icas
,eq
uipo
sy
maq
uina
ria
enm
ales
tado
osi
nla
debi
dapr
otec
ción
Exp
osic
ión
aru
ido
Cor
tes,
golp
es
Ele
ctro
cuci
ón
•M
edir
cada
pues
tode
trab
ajo
susc
epti
ble
dese
rev
alua
do,
atr
avés
del
mon
itor
eode
ries
gos
físi
cos:
ruid
o.•
Cap
acit
ary
entr
egar
EPP:
pro
tect
ore
sau
diti
vos
depe
ndie
ndo
dela
valo
raci
ónde
este
ries
go,
segú
nla
IPER
dela
empr
esa.
•R
ealiz
arpr
oced
imie
ntos
adec
uado
sco
nEP
Pte
nien
doen
cons
ider
ació
nla
IPER
dela
empr
esa.
•R
ealiz
arin
spec
ción
depr
e-us
o(C
heck
list)
para
veri
fica
ción
del
esta
dode
lapu
esta
ati
erra
.‘V
erif
icar
que
elcu
adro
eléc
tric
oal
que
esté
cone
ctad
ala
máq
uina
este
prov
isto
deun
inte
rrupto
rdi
fere
ncia
lde
sens
ibil
idad
adec
uada
.‘S
eñal
izar
los
ries
gos
eléc
tric
os,
segú
nla
IPER
dela
empr
esa.
‘Cap
acit
aral
pers
onal
enri
esgo
sel
éctr
icos
. 25
Titu
lo:
Pro
toco
lopa
rala
fisc
aliz
ació
nen
mat
eria
Ver
sión
:01
SLJN
.FIL
segu
rida
dy
salu
den
eltr
abaj
oen
laac
uicu
ltur
aF
echa
de
L___J
oz__
___
2.M
aric
ult
ura
:C
ulti
vosu
spen
did
ode
conch
asde
aban
ico
Eta
pa!
Pro
ceso
Pel
igro
sR
iesg
os
-
Med
idas
pre
ven
tivas
•R
otul
arla
ssu
stan
cias
ypr
oduc
tos
quím
icos
.
•C
oloc
aren
elár
eade
trab
ajo
las
hoja
sde
segu
rida
d
(MSD
S)de
los
prod
ucto
sy
sust
anci
asqu
ímic
asqu
e
ingr
esan
alár
ea.
•Lo
spr
oduc
tos
quím
icos
seen
cuen
tran
alm
acen
ados
sobr
eses
tiba
su
otro
sel
emen
tos
que
evit
enel
cont
acto
dire
cto
con
elpi
so.
Cap
acit
ary
entr
enar
alpe
rson
alen
emer
gen
cia
en
caso
deder
ram
e!in
cend
ios.
v•
Cap
acit
ary
entr
enar
alpe
rson
alen
la
Exp
osic
ión
ain
hala
ción
dem
anip
ulac
ión
segura
depro
duct
os
quím
icos
.
Uso
desu
stan
cias
quím
icas
sust
anci
asqu
ímic
as.
Sen
sibi
liza
ral
per
sonal
sobre
elas
eope
rson
altr
as
Lab
ora
tori
o.
.
.
real
izar
sus
acti
vida
des
yus
arsu
stan
cias
y
pro
duct
os
quím
icos
.
•C
apac
itar
yen
tren
aral
per
sonal
sobre
elus
o
adec
uad
ode
EPP
reco
men
dad
os:
mas
cari
lla
con
filt
ropa
raqu
ímic
os,
gafa
sde
segu
rida
d,guan
tes
deni
tril
oo
dem
ater
ial
que
sea
imper
mea
ble
,
man
dil,
tenie
ndo
enco
nsi
der
ació
nla
valo
raci
ónde
este
ries
gose
gún
aIP
ERde
laem
pre
sa.
detr
abaj
ow
n
Cai
das
alm
ism
oo
dist
into
—.
Des
nive
les
.
acom
pana
mie
nto
ysu
jeci
on.
nive
l..
___lizacionadecuada.
Est
ospr
cces
osso
nre
’e’-
enci
aies
deo
ender
ánde
cada
empr
esa
enpa
rtic
ular
.
-
25
Tit
ulo:
Pro
toco
lopa
rala
fisc
aliz
ació
nen
mat
eria
deV
ersi
ón:
01q
SUN
FIL
:‘
segu
rida
dy
salu
den
eltr
abaj
oen
laac
uicu
ltur
aF
ec4i
2csçjg
4a:
Tra
bajo
que
impl
ica
esfu
erzo
físi
core
aliz
ando
movim
iento
sre
pet
itiv
os
endiv
ersa
spar
tes
del
cuer
po
Rie
sgo
dein
flam
ació
npr
ogre
siva
dear
ticu
laci
ones
,te
ndones
,ne
rvio
s,lu
mba
lgia
s.
iaá)
Pio
ceso
4‘
Pel
igró
sR
isgoi
Med
idas
pre
ven
tivas
-
Post
ura
sfo
rzad
as
Inst
alac
ione
sel
éctr
icas
,eq
uipo
sy
maq
uina
ria
enm
ales
tado
osi
nla
debi
dapr
otec
ción
Ele
ctro
cuci
ón
•C
onci
enti
zar
yca
paci
tar
alpe
rson
also
bre
higi
ene
post
ural
ypr
even
ción
deda
ños
ala
colu
mna
yle
sion
esm
úscu
loes
quel
étic
as.
•R
ealiz
arpa
usas
acti
vas
de3-
5m
inut
osca
da1-
1,5
hora
detr
abaj
odura
nte
lajo
rnad
a.•
Rea
lizar
estu
dio
ergo
nóm
ico
del
pues
topa
rapro
poner
post
uras
men
osda
ñina
sy
alte
rnan
cia
deta
reas
.
Reali
zar
insp
ecci
ónde
pre-
uso
(Che
cklis
t)pa
rave
rifi
caci
ónde
les
tado
dela
pues
taa
tier
ra.
•V
erif
icar
que
elcu
adro
eléc
tric
oal
que
esté
cone
ctad
ala
máq
uina
este
prov
isto
deun
inte
rrupto
rdi
fere
ncia
lde
sens
ibil
idad
adec
uada
.•
Señ
aliz
arlo
sri
esgo
sel
éctr
icos
,se
gún
laIP
ERde
laem
pres
a.•
Cap
acit
aral
pers
onal
enri
esgo
sel
éctr
icos
.•
Ent
rega
rro
pade
trab
ajo
adec
uada
aca
daes
taci
óny
cam
bios
hora
rios
ein
tens
ivos
para
lim
itar
laex
posi
ción
enla
sm
ayor
esho
ras
deca
lor.
•C
apac
itar
yen
treg
arel
emen
tos
depr
otec
ción
idón
eos,
com
opro
tect
or
sola
r,en
tre
otro
s,te
nie
ndo
enco
nsid
erac
ión
lava
lora
ción
dees
teri
esgo
segú
nla
IPER
dela
empre
sa.
Sie
mbra
/Engord
e/C
ose
cha
ene1
mar
5
Em
barc
acio
nes
expu
esta
sa
lam
eteo
rolo
gía
ambi
ente
Exp
osic
ión
ate
mper
atura
sam
bien
tale
sex
trem
as
Los
ries
gos
ype
ligro
sen
esto
spr
oces
osde
lam
aric
ultu
rade
conc
has
deab
anic
oso
nsi
mila
res,
sin
emba
rgo,
¡osi
n,se
podr
ánid
enti
fica
rot
ros
depe
ndie
ndo
dela
real
idad
deca
daem
pres
a.
27
E 1T
ítulo
:P
roto
colo
para
lafi
scal
izac
ión
enm
ater
iade
Ver
sión
:01
qSU
N.F
ILse
guri
dad
ysa
lud
enel
trab
ajo
enla
acui
cult
ura
Sobre
esfu
erzo
sca
usa
dos
por
man
ipul
aciá
nm
anua
lde
equi
pos
detr
abaj
o,es
peci
esca
ptur
adas
,
etc.
Tar
eas
mon
óton
asy
repe
titi
vas
enci
clos
cort
o
Gol
pes
cont
raob
jeto
s
inm
óvile
s,at
rapam
iento
s
con
los
equi
pos
detr
abaj
oa
bord
o.
Cor
tes
por
elus
ode
herr
amie
ntas
yeq
uipo
sde
_______________________________
trab
ajo.
Oper
acio
nes
debu
ceo
Rie
sgo
dede
scom
pres
ión
•C
onci
enti
zar
yca
paci
tar
alpe
rson
also
bre
higi
ene
post
ural
ypr
even
ción
deda
ños
ala
colu
mna
y
lesi
ones
mús
culo
esqu
elét
icas
.
•R
ealiz
arpa
usas
acti
vas
de3-
5m
inut
osca
da1-
1,5
hora
detr
abaj
odura
nte
lajo
rnad
a.
•R
ealiz
ares
tudi
oer
gonó
mic
ode
lpu
esto
para
1pr
opon
erpo
stur
asm
enos
dañi
nas
yal
tern
anci
ade
tare
as.
Impl
emen
tar
sist
emas
dede
tenc
ión
deca
ídas
.
Cap
acit
ary
entr
enar
alpe
rson
also
bre
sobr
eel
resc
ate
ysu
perv
iven
cia
enel
agua
(mar
opo
za).
Man
teni
mie
nto
adec
uado
dela
ses
cale
ras.
Los
peld
años
será
nde
supe
rfic
ies
anti
desl
izan
tes.
Man
tene
rel
piso
dela
emba
rcac
ión,
libre
de
hum
edad
,re
sidu
osde
gras
a,lu
bric
ante
s,et
c.
•R
ecog
er,
enro
llar
yes
tiba
rca
bos,
cabl
esy
cade
nas
des
pués
desu
uso.
•C
onse
rvar
enbu
enes
tado
yen
núm
ero
sufi
cien
telo
s
J_al
vav
idas
para
elpe
rson
alde
•E
stab
lece
rpr
oced
imie
ntos
detr
abaj
ose
guro
s
escr
itos
.•
Util
izac
ión
deEP
Pad
ecua
dos,
tenie
ndo
en
cons
ider
ació
nla
valo
raci
ónde
este
ries
gose
gún
la
IPER
dela
empr
esa.
•F
orm
ació
nre
quer
ida
por
Reg
lam
ento
del
Dec
reto
Leg
isla
tivo
N11
47,
que
regu
lael
fort
alec
imie
nto
de
las
fuer
zas
arm
adas
enla
sco
mpe
tenc
ias
dela
Eta
pa/
Pro
ceso
4P
elig
ros
Rie
sgos
.M
édid
aspré
venti
vas
Rie
sgo
dein
flam
ació
n
prog
resi
vade
arti
cula
cion
es,
tendones
,ne
rvio
s,
lum
balg
ias.
Caí
das
depe
rson
asa
dife
rent
eni
vel
por
trop
iezo
s,
resb
alon
es,
caíd
asal
mar
Inun
daci
ones
Mar
eas
Con
tact
oco
nobje
tos,
maq
uina
ria
ysu
perf
icie
s
28
Tít
ulo:
Pro
toco
lopa
rala
fisc
aliz
ació
nen
mat
eria
dese
guri
dad
ysa
lud
enel
trab
ajo
ena
acui
cult
ura
Ver
sión
:01
Fec
hade
vige
ncia
:
asçp
7O1
Exp
osic
ión
ala
radi
ació
nR
adia
ción
ultr
avio
leta
sola
r.
Aut
orid
adM
arít
ima
Nac
iona
l-D
irec
ción
Gen
eral
deC
apit
anía
sy
Gua
rdac
osta
spo
rel
que
sele
otor
gala
1
licen
cia
debu
zo.
•C
apac
itar
entr
egar
EPP
adec
uado
sa
laac
tivi
dad
que
real
izan
.•
Info
rmar
alo
str
abaj
adore
sso
bre
los
efec
tos
noci
vos
para
lasa
lud
por
laex
posi
ción
prol
onga
daa
lara
diac
ión
sola
r.‘C
apac
itar
yen
treg
arel
emen
tos,
adit
amen
tos
oac
ceso
rios
depro
tecd
ón
sola
rid
óneo
s,co
mo
pro
tect
or
sola
r,so
mbr
eros
,go
rros
yan
teoj
os,
entr
eot
ros,
tenie
ndo
enco
nsi
der
ació
nla
valo
raci
ónde
este
ries
gose
gún
laIP
ERde
laem
pre
sa.
•P
ropo
rcio
nar
ropa
yca
lzad
ose
gún
las
cond
icio
nes
ambi
enta
les,
conf
orm
ea
lava
lora
ción
del
ries
gose
gún
laIP
ERde
laem
pres
a.•
Intr
oduc
irpe
riod
osde
desc
anso
bajo
som
bra
dura
nte
lajo
rnad
a.•
Pro
veer
deag
uapo
tabl
ee
inge
sta
peri
ódic
ade
Llu
ido.
--
--
--
-
-.
J
..
.E
tapa/
Pro
ceso
4P
elig
ros
Rie
sgos
Med
idas
pre
ven
tivas
Alta
ste
mper
atura
sy
hum
edad
Est
rés
Tér
mic
opo
rca
lor
29
SUP&9LTítulo: Protocolo para la fiscalización en materia de
seguridad y salud en el trabajo en la acuicultura
Versión: 01
Fechad
7.4. FINALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES Ir.JspEaIvAs DE INVESTIGACIÓN
8. ANEXO:
7.4.1 Concluida las actuaciones inspectivas de investigación y de no haberse
advertido incumplimientos el Inspector actuante emite el
correspondiente Informe de Actuaciones Inspectivas.
1.4.2. En caso el personal inspectivo advierta la comisión de infracciones, de ser
el caso, adopta una medida inspectiva, y con posterioridad a ello, emite
un Informe de Actuaciones Inspectivas o un Acta de infracción, según
corresponda, de conformidad con lo establecido en el articulo 17 del
RLGIT, teniendo en cuenta lo dispuesto en el numeral 7.3.4 deI presente
Protocolo.
ANEXO 01: “LISTA DE VERIFICACIÓN DE MATERIAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO EN LA ACUICULTURA”
30
Anexo 01: Lista de verificación de materias de seguridad y salud en el trabajo en la Acuicultura
17
ymapl!epeScIUaIidaaQel R.i.steade)
2 35,58
ElpIad’haaeçmeadcsP,.ad-lePea*_azadçel3Est,tiei
drIslemO de ageides tis[eas, qsp,idos. hiológsps. osicmsocialespiactc,,s 1 31 36 13EPgdd5edflCmdv1 1 1
El ,nipleadse ha ip]plemea,lado ymantiepe actuaLizado pi Regules de
5 pçi a dusd!cas de SST. 28
— — —
18 33sa6_j
E]aaaepleadgha!nnpIemenuado yu,aantieeeacuualiaddoellagustud3e
:: pd:lm
3
II ddd aS.28 “p36
EW SH.’ 4-
e empiaadoe ha paranaad yuarme id. la a a
t18m8m1
E : ---±----__flemphadmbaesenrado y eeaflaaIladdel1esUo d
:::m:tt::erne_13eeseaaa.nl Lzl
,lepIeadoehaeepleneeauadavePanl!eneacdsaiaaadaelRag]sarodeI le 3d
e%c
.dǼO .—. e .
-.
‘lJ . DSOO5-’
p 014
Dr 4r,el
;“Zdj.z
#4— —f—F— —H——t———————iUm_M0smm0t1
gody
‘ -. —°‘
=1 1111 oEFsIa:!Laampesaceeiargeeh Pu grIma AadaaaldeSEl. mp]ecenl pl es
eeq asele peaap,obadapepeican’,dedalrp al — rae ascIi 50:?&IIJa ‘danesa)
a recia cela RVNOSD.2013T12 col
a. . . e :
. *.r e.- ¡
!I ossnvAaolla .
elerooieaaarocaoapoesroóeríabaoepoereanalrsere’to.encocs..tacono’ 07 771
traba2adore.ossn.te3nesentantenante elcomateosn.pero-seraesr
riempleaoor,dent.SLa laspeigros. evalotIosr.esgosemplemenbloa—
conioralesctp-etporoentns.aVercshll qeral,Aocomomtnpr.s
cambien lasntr.d:naon-esaso-’a-,-a- çodcnuea da?aa: o’ conojO cmi a. 4.64.t,aba1aaore.. ron a oesaac4n. pcal oecomttea saalcv.so’ Je 631. 65, o’segúnreloaso 67.7$ ¿
31
El empleado. coma medidas de pie oc.ónpp.oIeEElóe aplicó elsigoserite
o rd nr de peto. tda*
-Olimteaoior.
-suslttbctofl.
33 -control a dmiristratiod II. 339260 6 77
-control de tellalitaci de. alemas,37
-peqoipode protección personal
-. .
gff gr Çc*M1fldd £ ØOR%*OÓ s UaARO*O YWSaD aanAsddo ‘ ! OBSERV*W*IS O39-16-TR Resbonenmo
Elerrnfradorbms’di rparrUay sdn(Ua orma 300Çac4açbi e—SIPal trabaiaoan o o’ rrt baicuteng arrogo ¿ lee. ma 4Ea7o: ti u o-es
3,19‘ 17 26 23
alaC
Elempleadorcoeolaconrn Programadjrualdeclpacttacion deSSTaprobado pnt rl Cdn’ité dr Ingle dad ysalodeneltíabaic 13,17 42
Las capacitact0001 se brindar nr nl horario de liahajo pcI (ollo. dr las 13.13,mismas sor asumidos por nl empleador. 7d
31.3336
El emplraaoreirieegaadjur.loaloscoonnates de leabalo lasmecomeodaçoeesdesso otnsideoedolosnteatos delcennro detaboresylol 35c 30
Ioelacioradotconel3besto o lEcción del lrabaiador.‘II
1— — E E 4
1ti 2
1Fhoreiedo d plrrrpntalu (a, entre otros idertoificodos roso IPER.
36Ulempleadr,lrorealirademor.toroosdeln,agentes biológicos,tales como: hon3os, bacterias, p004 sites y otros agerles que ynedar
preselrtarsennlaslaboreseinutalacionrs,evailua
r le sean a. ociados
36Clenipinador ptarnaisaadoiripnitoreosdelo,resddsnngoróirricos
4oconicunrenrrs rtelceolrodrtrabajo,amnidr qorest050gedtrlno
generen dado, nr la sato a dr 1 os
Ete,—tndeact’teahna .‘eoa’loepoderiesgss2s.costc,alel,lurourctrs
las ciettcmaçdas qb -melo, sea tapten a la ree dan 4e ia empresa
36E’nn.pleador ha eaiaooo tnonitoreos de los igetries cui’.cos, a lsderemmraroçe-aioncentraci- de las sustancIo çsairdalol,c rrJLcvi
2deptto de los ea oees’lri te. perr-s.es. cçot’onoce ‘o esta,lecr o a0.3. u•
56El emplrad pi morir oteo ue tirmpo dr ron osiçsoo al ruida rrd ostrl al
TITULO43 nne los telbatoso la,eause rncoertte dentro dr loo Entres seralados
en la 0.14. 5 375-2228-Tu.139 24
Los logaren de trabalo tieten ilumiraci do homogéora y bien
d’,strbuida. do tal lerma 31° no sea nr lacto, de riesgo pata la salud TITULO dlio’
de 1 01 rraba1od orelalrealiaaislusactinidodns 31 931
56
Se tn,yritorra qsa las rl-arles mineros de ilsm,rau idr on el lotan derecto cii
83 trabaloeste, dentro de tas caletee do ilsimtnancias esrablncidrs ¿o -
la 0Y S a7s-2o-r’. -—
‘
¿0
n03
apdP0,ad?D:P0dai0OQ..flp
9SATSeJapiuooIqflapoiaodapuoçapqjopa1da
-•-
—a..¡--- apE1ifl?rCTO£&5T-
:i:!=lowvnuroL
JI—[———-—--------——-—------——-————--—:—1j
aOprndInbs
soIJadso’urnsoJedso,ase,poofl.cdoJdasOpoa!qap
‘opofl1apeSan”esSauQ!)!pOO,00000Ja[O!SSSOS0001
ue000000000eIeqeSop0000000poo[55005eI0555
NJ00?-SLE.N050qUOSPSl000000)o,uoV05000wai
001D000100Wta0:05.050500sojap005)000
005)00’to0EI0S.a0—Sor000.01r_E
i0wn4w4
soONODVAflS9G
E
zz
SS000151w501001p0005010E0000S00000rSJ500000.0050Pl000
55000!,0000300501500100001opod’spsuoOasSopenoape
On00-t,•0503005)0,550050,oo’oi,ódoíd5.esajOasae’
Ea
La, ‘u-uGt-ssoSG
0905’30000S00
000P0000,005Oie000000130e500,epS,q0000Il100000400pel00000s
oreqosopioGe’oJOu05050000
abs5000srIoep50500,30030000000p0000o550p100sn000
0000150tÁ,oi.wnsçcaoi.iapoajxaa,,-oSOo_a,:,p0a0_,s
11Sa
,Toz-ow.51bfl
5.9
•njw••...•
%çflVn)VAiAçOlaFoflIfliNGVd3fl1‘sonsow
ÇOP#d4‘‘sON)VG15W4VSWS1S1.IOJbONQIOvEVrnd
-:
os
90
50
sooas,so00150050000)005)005Sa
50)95001oscOosorordas0l00.000055000010)0000.0So6
-soawoasss0seoiÁOj.otoqiooOoooorow
esedooo,osuo0000io,0000300Ip0000000005100000000IC000
ob
00,0000500.515qn5soooçoods,
lo0000oJoj0000000500,000950055.oojeop.,oqeISoSos0015
0000I000q!00000ISoJso,onb00101.00.000000IdolaIi