Los 10 Derechos de Las Personas Que Profesan Una Creencia Religiosa

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Los 10 derechos de las personas que profesan una creencia religiosa

Declogo construido a partir de las sentencias ms relevantes de la Corte sobre libertad de cultos.

Por: DERECHO JUSTO | 9:37 a.m. | 11 de mayo de 2015 Un hombre y su hija, en una iglesia en Cali.Foto: Archivo / EL TIEMPOUn hombre y su hija, en una iglesia en Cali.1. Profesar cualquier religin, cambiarla o no profesar ninguna sin que ello pueda ser objeto de reproche

La libertad religiosa implica que nadie puede ser obligado a obrar en contra de su propia conciencia ni se le puede prohibir a actuar conforme a ella, tanto en privado como en pblico. Entonces el poder del Estado no puede interferir directa o indirectamente en la decisin personal e ntima sobre si se adopta o no un credo religioso, o si se persevera en la prctica de un determinado culto.

2. Mantener sus creencias religiosas en reserva

Los actos dirigidos a obligar a las personas a revelar sus creencias o convicciones religiosas van en contrava de este derecho. De este modo, las instituciones y la comunidad en general deben abstenerse de emprender acciones que constituyan una amenaza grave y real a esta garanta constitucional.

3. Actuar siempre acorde a la religin que profesa

Nadie puede ser obligado, incluso si hay autorizacin de una ley, a desatender sus ms profundas creencias religiosas, bajo amenaza de consecuencias altamente gravosas. La Corte ha sido insistente en ello. Se requiere que se respeten esas creencias, sin imponer a otro un comportamiento que desconozca las mismas, pues pertenecen al fuero interno de la persona.

4. Rehusar la educacin religiosa en instituciones educativas oficiales

Una persona puede negarse a recibir la imparticin de una clase que va en contrava de sus creencias. Los colegios pblicos deben mantener una posicin neutral y preguntarle al estudiante o a sus padres si desea estudiar o no la asignatura de religin.

5. Presentarse a exmenes de Estado en una fecha distinta

Uno de los elementos de la libertad de cultos es permitir la comunicacin con el ser superior y las prcticas que el credo le seale. Por tanto, si una iglesia previ en su credo destinar un da nicamente para actividades espirituales, las entidades pblicas que organizan los exmenes de Estado o de admisin a una universidad estatal tienen la obligacin de autorizar al demandante presentar el examen un da diferente.

6. Vestirse de acuerdo a sus creencias

Las personas tienen derecho a proclamar, difundir, defender y practicar sus convicciones y a la inalienabilidad de su propia esfera de pensamiento, de modo tal que ni el Estado, ni los particulares, ni institucin alguna pueden compelerlas a actuar contra su conciencia. As, la exigencia, por ejemplo, del uso de pantaln para las mujeres en instituciones educativas, vulnera sus derechos cuando el uso de esa prenda de vestir va en contra de sus creencias religiosas.

7. Objetar por razones de conciencia la prestacin del servicio militar obligatorio

Se reconoci la existencia del derecho a objetar el deber de prestar servicio militar obligatorio siempre que las convicciones o creencias que den lugar a negarse a la prestacin del servicio militar sean profundas, fijas y sinceras. Por esa razn, las autoridades militares deben tramitar las solicitudes que por esta razn se alleguen y excluir de la prestacin del servicio militar a las personas que cumplan con los presupuestos establecidos por la Corte Constitucional.

8. Renunciar a tratamientos mdicos

Con fundamento en sus creencias religiosas, un paciente puede rehusar la prctica de procedimientos mdicos siempre que exista su consentimiento informado, de manera voluntaria, libre y razonada y en virtud de su autonoma personal. En ese escenario, las EPS estn en el deber de continuar con la prestacin del servicio de salud y ofrecer una alternativa que supla efectivamente el tratamiento inicialmente prescrito. Dependiendo de la edad del paciente y del riesgo para su vida, este privilegio tiene limitaciones.

9. Recibir asistencia religiosa o confesional en determinados lugares como crceles, cuarteles o centros mdicos

Sin importar si su religin es mayoritaria o no, las personas tienen derecho a que se les preste asistencia religiosa en igualdad de condiciones. Por eso las crceles, los cuarteles y los centros mdicos deben promover las labores necesarias para garantizar que las personas cuenten con el tiempo adecuado para realizar su respectivo culto y que se permita un ingreso igualitario de sacerdotes y pastores de todas las iglesias y cultos reconocidos.

10. Recibir sepultura conforme al culto, ritos y preceptos del difunto o de sus familiares

Los rituales son de trascendental importancia para el creyente, debido a que le ayudan a incorporar el nuevo suceso (la muerte del ser querido) a su vida. As, el derecho a la libertad de cultos tiene un contenido especfico que protege la manifestacin externa de la ceremonia, el rito o acto de entierro. Cuando una entidad se niega a trasladar el cadver para que se le d santa sepultura, se vulnera el derecho a la libertad de cultos, y por lo tanto, es obligatorio emitir rdenes para suspender la vulneracin de los derechos fundamentales.

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DERECHO [email protected]@invulnerables