Los Contratos y Su Trascendencia Fiscal

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    sLos contratos y su trascendencia fiscal

    L.D. y M.F. Armando Llanos Mendoza

    Licenciado en derecho por la Universidad Lasallista Benavente (ULSAB), incorporada a la UNAM. Especialista en impuestos al comercio exterior. Maestro en fiscal por la Facultad de Ciencias Administrativas (FCA) de la Universidad de Guanajuato. Catedrtico en diversas instituciones educativas, en los niveles de secundaria, preparatoria, licenciatura y maestra. Imparte la materia de auditora y revisin fiscal, en la Universidad del Centro del Bajo.

    De conformidad con el artculo 28 del Cdigo Fiscal de la Federacin (CFF), ltimo prrafo, se entiende por contabilidad: la documenta-cin comprobatoria de los asientos respectivos. Dentro de esa do-cumentacin estn incluidos los contratos que celebren los contribu-yentes para dar seguridad jurdica a sus derechos y obligaciones.

    Por su parte, el artculo 109, fraccin IV, del CFF indica que se sanciona con las mismas penas que corresponden al delito de defrau-dacin fiscal a las personas que simulen contratos para verse benefi-ciados fiscalmente.

    De esta manera, un contrato es parte de la contabilidad y debe ser verdico, en caso contrario se pueden tener perjuicios fiscales y pena-les por la simulacin de esos actos jurdicos.

    Por tanto, los contratos se convierten en parte importante de las relaciones jurdicas del contribuyente, por lo que deben existir, ser verdicos y conservarse por cinco aos, como lo seala el artculo 30 del CFF en su prrafo tercero.

    Es de resaltar que los contratos son documentos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y su nula existencia y carente validez tendr el efecto de que la contabilidad no est correc-ta y que, en su caso, los dictmenes del contador pblico registrado o certificado carezcan de veracidad y se llegue a fincar un crdito fiscal por incumplimiento a las disposiciones antes referidas.

    Los contratos son necesarios para el cumplimiento de los fines de las personas morales y de las personas fsicas, ya que requieren di-versos servicios o bienes para la consecucin de sus negocios u operaciones.

    Mediante la celebracin de contratos se formaliza el acuerdo de voluntades y da certeza y legalidad a las partes.

    Entenderemos por contrato el acuerdo entre dos o ms personas, que tiene por objeto establecer derechos y obligaciones para las partes que lo suscriben y atendern a la naturaleza propia del acto que se pretende celebrar: compraventa, servicios, arrendamiento, entre otros.

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    Los principales contratosLos principales contratos que puede celebrar un contribuyente, sea persona fsica o moral, son los siguientes:

    Una vez conocidas las principales figuras contractuales, es necesario considerar, antes de celebrar el contrato, que hay los siguientes requisitos:

    Principales contratos

    Prestacin de servicios

    Es uno de los contratos ms utilizados, mediante el cual una persona fsica o moral (prestador) proporciona sus servicios a otra persona (prestatario).

    Mediante el cual una persona fsica o moral (arrendador) proporciona de manera temporal a otra

    persona el uso de un bien mueble o inmueble (arrendatario).

    Es un contrato por medio del cual una persona (vendedor) transmite la propiedad de un bien mueble

    o inmueble a otra persona quien lo incorpora a su patrimonio de manera definitiva (comprador).

    Existir cuando una de las partes del contrato (comodante) otorga de manera gratuita

    a otra (comodatario) una cosa que deber ser consumida y restituida por otra igual.

    Arrendamiento

    Compraventa

    Comodato

    Necesidad contractual. Por

    lo que debe valorarse la viabilidad del

    contrato.

    Sujetos. Se debe verificar la conveniencia de signarlo con una persona fsica o moral.

    Dentro de las morales tenemos a las sociedades civiles

    y las mercantiles.

    Objetivo. Es lo que se

    pretende con el contrato.

    Formalidad. Debe considerarse inevitablemente para efectos fiscales que se

    formalicen por escrito.

    Consentimiento. No debe haber coaccin para la celebracin

    del contrato, la voluntad debe ser manifestada libremente.

    Capacidad y representacin. Es indispensable verificar

    que la persona sea capaz de obligarse y que cuente con poder para ello, cuando el

    contrato se celebre con una persona moral.

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    Importante:

    Los contratos deben ser verdicos (no simula-dos).

    Deben ser elaborados por profesionales en con-tratos: abogados fiscalistas, principalmente.

    Deben estar numerados en caso de que sean varios los que se celebren durante el ao.

    No deben tener una vigencia indefinida, se reco-mienda una vigencia anual.

    El contrato debe contener anexos, como identifi-caciones de las partes, su poder, cotizacin, planos, entre otros.

    En materia de seguridad social, debe redactarse claramente sobre quin caer la responsabilidad en la materia.

    De igual manera, debe plasmarse la responsabilidad laboral, penal, civil en materia de derechos de autor, de propiedad industrial, as como la confidencialidad de las partes respecto a la infor-macin que sea manejada.

    Los convenios

    Deben ser utilizados para modificar algn error o ampliar el contrato original. Esto es, puede ocurrir que el contrato no contempl algunos conceptos que

    Se debe cuidar en los contratos que previamente a la realizacin del servicio, compraventa, arrenda-miento o el comodato se firme el contrato; generalmente no es observada esta situacin y puede causar futuras afectaciones por la inseguridad jurdica que hay en la celebracin de contratos verbales.

    Cabe resaltar que para efectos fiscales solamente tienen validez los contratos escritos, ya que se inte-grarn a la contabilidad y se conservarn en los mismos trminos que la contabilidad. Para cumplir con este mandato legal, los contratos deben contener esencialmente los siguientes:

    Proemio Declaraciones Suscripcin

    Elementos

    ClusulasDonde se anota el tipo de contrato y las partes que lo celebran.

    Se redactan los datos de cada una de las partes, su personalidad y domicilio.

    Se hace contar la fecha y lugar de firma, las partes que lo celebran.

    De los contratos

    Se establece: el objetivo del contrato, sus alcances, los derechos, obligaciones, vigencia, precio, lugar de cumplimiento de obligaciones y de solucin de conflictos entre otros.

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    surgieron con posterioridad o los montos aumentaron por la necesidad de varios servicios extra, en estos casos se recomienda redactar un convenio modificatorio, o bien, celebrar un nuevo contrato.

    De ninguna manera se pueden celebrar contratos o pactos verbales, ya que como se coment previamente, no tendrn efectos de carcter fiscal (cabe recordar que quien afirma est obligado a probar, para ello sirven los contratos escritos).

    Los convenios tendrn los elementos de un contrato, agregando solamente como antecedente el contrato original y la clusula de inalterabilidad, es decir, que el contrato original subsiste en todos sus trminos que no fueron modificados por el convenio.

    Principales errores que se deben evitar al elaborar los contratos

    Derivado del anlisis de contratos que generalmente se realiza, se encuentran como principales errores los siguientes:

    En los nombres de las partes. En las fechas de inicio y terminacin de contratos. Alguna de las partes no tiene personalidad para suscribirlos. No se establecen con claridad las obligaciones de carcter fiscal

    y los lmites de la responsabilidad en la materia. Los montos o precio no son los correctos en nmero y/o letra. No se encuentran los domicilios de las partes ni el lugar de presta-

    cin de los servicios. No se describen en algn anexo los datos detallados, los servicios,

    bienes a adquirir o en comodato y no se redacta la entregarecepcin del bien mueble o inmueble a arrendar.

    Conclusin

    Los contratos son parte esencial del resultado contable y finan-ciero, tendrn repercusin fiscal y podrn ser solicitados por la

    autoridad fiscal en el ejercicio de sus facultades de comproba-cin.

    Son elemento esencial para el dictamen contable y financiero, por lo que el contrato y sus anexos influyen en el resultado del dictaminador. Es as que los con tratos deben estar elabora-dos con una adecuada tcnica jurdica; por lo que en ningn caso se sugiere utilizar formatos o machotes de contratos, ya que cada acto jurdico tiene sus alcan-ces y texto.

    Si el contrato carece de los elementos necesarios o no con-tiene los anexos correspon dientes, el resultado contable o financiero no ser el correcto y se podrn determinar crditos fiscales por la autoridad fiscal en el ejercicio de sus facultades de comproba-cin.

    Si en los contratos no est cla-ramente establecida la responsa-bilidad en materia fiscal o de se-guridad social, las par tes se convertirn en responsables soli-darios, con la implicacin fiscal de ser sujetos del impuesto. Por lo que es de trascendental importan-cia que los contratos sean redac-tados adecuadamente, para esta-blecer con claridad los derechos y obligaciones de las partes que lo firmen.

    LLos convenios tendrn los elementos de un contrato, agregando solamente como antecedente el contrato original y la clusula de inalterabilidad, es decir, que el contrato original subsiste en todos sus trminos que no fueron modificados por el convenio