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Los sindicatos y Los sindicatos y su rol en la sociedad actualsu rol en la sociedad actual

Relator: Marcelo Tapia V.Relator: Marcelo Tapia V.

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¿QUE ES UN SINDICATO?¿QUE ES UN SINDICATO?

ALGUNAS DEFINICIONES:ALGUNAS DEFINICIONES:

““El sindicato no es sólo una organización que representa al trabajo asalariado El sindicato no es sólo una organización que representa al trabajo asalariado como agente económico a través de la contratación colectiva de la fuerza de como agente económico a través de la contratación colectiva de la fuerza de

trabajo, sino un actor social, que expresa la identidad social de los trabajo, sino un actor social, que expresa la identidad social de los trabajadores en su conjunto y que se relaciona por tanto con el resto de los trabajadores en su conjunto y que se relaciona por tanto con el resto de los

actores que interactúan en el sistema de relaciones laborales.”actores que interactúan en el sistema de relaciones laborales.”

““El sindicato es una respuesta defensiva, en un momento El sindicato es una respuesta defensiva, en un momento de dominación histórica y social de la burguesía, para de dominación histórica y social de la burguesía, para

lograr reivindicaciones materiales: incremento del salario, lograr reivindicaciones materiales: incremento del salario, pensión, vacaciones, mejores condiciones físicas de pensión, vacaciones, mejores condiciones físicas de

trabajo, entre otras. Sin embargo, su función está estrechamente trabajo, entre otras. Sin embargo, su función está estrechamente vinculada con la reproducción de la sociedad capitalista.”vinculada con la reproducción de la sociedad capitalista.”

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Finalidades de un sindicatoFinalidades de un sindicato

Si los funcionarios de la organización sindical Si los funcionarios de la organización sindical consideran que la legalidad industrial como un consideran que la legalidad industrial como un compromiso necesario pero no a perpetuidad, si compromiso necesario pero no a perpetuidad, si hacen uso de todos los medios que el sindicato hacen uso de todos los medios que el sindicato puede disponer para mejorar las relaciones de puede disponer para mejorar las relaciones de fuerza en sentido favorable para la clase obrera, fuerza en sentido favorable para la clase obrera, si desarrollan toda la labor de preparación si desarrollan toda la labor de preparación espiritual y material necesaria para que la clase espiritual y material necesaria para que la clase obrera pueda, en un momento determinado, obrera pueda, en un momento determinado, iniciar una ofensiva victoriosa contra el capital y iniciar una ofensiva victoriosa contra el capital y someterlo a su ley, entonces el sindicato es un someterlo a su ley, entonces el sindicato es un instrumento democrático” instrumento democrático”

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Fines principales de las organizaciones Fines principales de las organizaciones sindicales sindicales (Código del Trabajo – art. 220)(Código del Trabajo – art. 220)

1.- Representar a los afiliados en las diversas instancias de la 1.- Representar a los afiliados en las diversas instancias de la negociación colectiva, suscribir los instrumentos colectivos del negociación colectiva, suscribir los instrumentos colectivos del trabajo que corresponda, velar por su cumplimiento y hacer valer trabajo que corresponda, velar por su cumplimiento y hacer valer los derechos que de ellos nazcan;los derechos que de ellos nazcan;

2.- Representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos 2.- Representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individuales de trabajo, cuando sean emanados de los contratos individuales de trabajo, cuando sean requeridos por los asociados. No será necesario requerimiento de requeridos por los asociados. No será necesario requerimiento de los afectados para que los representen en el ejercicio de los los afectados para que los representen en el ejercicio de los derechos emanados de los instrumentos colectivos de trabajo y derechos emanados de los instrumentos colectivos de trabajo y cuando se reclame de las infracciones legales o contractuales que cuando se reclame de las infracciones legales o contractuales que afecten a la generalidad de sus socios. En ningún caso podrán afecten a la generalidad de sus socios. En ningún caso podrán percibir las remuneraciones de sus afiliados;percibir las remuneraciones de sus afiliados;

3.- Velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo o de la 3.- Velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo o de la seguridad social, denunciar sus infracciones ante las autoridades seguridad social, denunciar sus infracciones ante las autoridades administrativas o judiciales, actuar como parte en los juicios o administrativas o judiciales, actuar como parte en los juicios o reclamaciones a que den lugar la aplicación de multas u otras reclamaciones a que den lugar la aplicación de multas u otras sanciones;sanciones;

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Fines principales de las organizaciones sindicales (Código Fines principales de las organizaciones sindicales (Código del Trabajo – art. 220)del Trabajo – art. 220)

4.- Actuar como parte en los juicios o reclamaciones, de carácter 4.- Actuar como parte en los juicios o reclamaciones, de carácter judicial o administrativo, que tengan por objeto denunciar prácticas judicial o administrativo, que tengan por objeto denunciar prácticas desleales. En general, asumir la representación del interés social desleales. En general, asumir la representación del interés social comprometido por la inobservancia de las leyes de protección, comprometido por la inobservancia de las leyes de protección, establecidas en favor de sus afiliados, conjunta o separadamente establecidas en favor de sus afiliados, conjunta o separadamente de los servicios estatales respectivos;de los servicios estatales respectivos;

5.- Prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperación 5.- Prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperación mutua entre los mismos, estimular su convivencia humana e mutua entre los mismos, estimular su convivencia humana e integral y proporcionarles recreación;integral y proporcionarles recreación;

6.- Promover la educación gremial, técnica y general de sus 6.- Promover la educación gremial, técnica y general de sus asociados;asociados;

7.- Canalizar inquietudes y necesidades de integración respecto de 7.- Canalizar inquietudes y necesidades de integración respecto de la empresa y de su trabajo;la empresa y de su trabajo;

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Fines principales de las organizaciones sindicales (Código Fines principales de las organizaciones sindicales (Código del Trabajo – art. 220)del Trabajo – art. 220)

8.- Propender al mejoramiento de sistemas de 8.- Propender al mejoramiento de sistemas de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, sin perjuicio de la enfermedades profesionales, sin perjuicio de la competencia de los Comités Paritarios de Higiene y competencia de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, pudiendo además, formular planteamientos y Seguridad, pudiendo además, formular planteamientos y peticiones ante éstos y exigir su pronunciamiento;peticiones ante éstos y exigir su pronunciamiento;

9.- Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a 9.- Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a mutualidades, fondos u otros servicios y participar en mutualidades, fondos u otros servicios y participar en ellos. Estos servicios pueden consistir en asesorías ellos. Estos servicios pueden consistir en asesorías técnicas, jurídicas, educacionales, culturales, de técnicas, jurídicas, educacionales, culturales, de promoción socioeconómica y otras;promoción socioeconómica y otras;

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Fines principales de las organizaciones sindicales (Código Fines principales de las organizaciones sindicales (Código del Trabajo – art. 220)del Trabajo – art. 220)

10. Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a 10. Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a instituciones de carácter previsional o de salud, instituciones de carácter previsional o de salud, cualquiera sea su naturaleza jurídica y participar en cualquiera sea su naturaleza jurídica y participar en ellas;ellas;

11.- Propender al mejoramiento del nivel de empleo y 11.- Propender al mejoramiento del nivel de empleo y participar en funciones de colocación de trabajadores, yparticipar en funciones de colocación de trabajadores, y

12.- En general, realizar todas aquellas actividades 12.- En general, realizar todas aquellas actividades contempladas en los estatutos y que no estuvieren contempladas en los estatutos y que no estuvieren prohibidas por ley.prohibidas por ley.

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Ética sindicalÉtica sindicalDefiniciones RAEDefiniciones RAEÉtica: Ética: parte de la filosofía que trata de la moral y de las parte de la filosofía que trata de la moral y de las

obligaciones del hombreobligaciones del hombre

Moral: Moral: Perteneciente o relativo a las acciones o caracteres de Perteneciente o relativo a las acciones o caracteres de las personas, desde el punto de vista de la bondad o la las personas, desde el punto de vista de la bondad o la maliciamalicia

Tal como la ética de una persona se construye y se expresa a través de su Tal como la ética de una persona se construye y se expresa a través de su accionar, de accionar, de

la misma manera, la ética de una organización se construye en su toma de la misma manera, la ética de una organización se construye en su toma de decisiones. decisiones.

Entonces, más allá de lo que quede escrito en la misión, la visión y el plan Entonces, más allá de lo que quede escrito en la misión, la visión y el plan estratégico de estratégico de

una organización, es en situaciones concretas cuando se puede evaluar una organización, es en situaciones concretas cuando se puede evaluar claramente claramente

sobre que bases éticas se desarrolla la organización.sobre que bases éticas se desarrolla la organización.

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Valores y principios Valores y principios universales que sustentan universales que sustentan

el sindicalismoel sindicalismo

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SINDICALISMO - SINDICATOSSINDICALISMO - SINDICATOS

Sindicalismo:Sindicalismo: movimiento o corriente de organización de diversas movimiento o corriente de organización de diversas categorías socio-profesionales que, por lo general, tiene como categorías socio-profesionales que, por lo general, tiene como principal objetivo, la defensa de los intereses económicos de sus principal objetivo, la defensa de los intereses económicos de sus miembros. El sindicalismo es fundamentalmente sindicalismo miembros. El sindicalismo es fundamentalmente sindicalismo obrero, pero el término se puede aplicar a todas las asociaciones obrero, pero el término se puede aplicar a todas las asociaciones profesionales, organizadas sobre el sistema de sindicato.profesionales, organizadas sobre el sistema de sindicato.

Sindicato:Sindicato: del griego síndicos, de sin "junto" y un derivado de dike del griego síndicos, de sin "junto" y un derivado de dike "justicia". "justicia".

En su sentido amplio, asociación de personas morales o físicas que En su sentido amplio, asociación de personas morales o físicas que tiene por objeto la representación y la defensa de sus intereses tiene por objeto la representación y la defensa de sus intereses comunes. comunes.

Sin embargo, en su acepción corriente, se trata de las asociaciones Sin embargo, en su acepción corriente, se trata de las asociaciones de obreros y de empleados, de una profesión (sindicato de oficio) o de obreros y de empleados, de una profesión (sindicato de oficio) o de una rama industrial (sindicato de industria), que se agrupan con de una rama industrial (sindicato de industria), que se agrupan con el propósito de defender sus derechos e intereses inmediatos: el propósito de defender sus derechos e intereses inmediatos: salarios, horarios, condiciones de trabajo, de seguridad, etc.salarios, horarios, condiciones de trabajo, de seguridad, etc.

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Valores y principiosValores y principios

"Los sindicatos, han formado inconscientemente "Los sindicatos, han formado inconscientemente hogares de organización para la clase obrera, hogares de organización para la clase obrera, como los Municipios y Comunidades de la Edad como los Municipios y Comunidades de la Edad Media lo hicieron para la burguesía. Si los Media lo hicieron para la burguesía. Si los Sindicatos, por su primer carácter, son Sindicatos, por su primer carácter, son rigurosamente necesarios para las luchas rigurosamente necesarios para las luchas cotidianas entre el capital y el trabajo, por su cotidianas entre el capital y el trabajo, por su segundo carácter, son mucho más importantes segundo carácter, son mucho más importantes aún como vehículos organizados para la aún como vehículos organizados para la supresión del salario y de la dominación del supresión del salario y de la dominación del capital".capital".

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Fines y objetivosFines y objetivos

Los sindicatos son, efectivamente, instrumentos de incorporación Los sindicatos son, efectivamente, instrumentos de incorporación de los trabajadores en la lucha por la defensa de sus intereses y la de los trabajadores en la lucha por la defensa de sus intereses y la elevación de sus condiciones de vida, al tiempo que ayudan a la elevación de sus condiciones de vida, al tiempo que ayudan a la formación de una clase obrera organizada y combativa.formación de una clase obrera organizada y combativa.

Estas luchas reivindicativas – desde el aumento de salarios, Estas luchas reivindicativas – desde el aumento de salarios,

pasando por las demandas de reducción de la jornada de trabajo, pasando por las demandas de reducción de la jornada de trabajo, hasta la participación en la ganancia y la cogestión- son el punto de hasta la participación en la ganancia y la cogestión- son el punto de partida para que la clase obrera asuma su papel protagónico en la partida para que la clase obrera asuma su papel protagónico en la lucha por la liberación y llegue a un cierto grado de autonomía y lucha por la liberación y llegue a un cierto grado de autonomía y organización, logrando una percepción directa de su valor organización, logrando una percepción directa de su valor cuantitativo, especialmente en las luchas federativas y cuantitativo, especialmente en las luchas federativas y confederativas en el seno de las organizaciones sindicales. confederativas en el seno de las organizaciones sindicales.

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Derechos fundamentales Derechos fundamentales del trabajo y convenios del trabajo y convenios

internacionales de la OIT: internacionales de la OIT: el trabajo como bien social el trabajo como bien social

y el principio de libertad y el principio de libertad sindicalsindical

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DERECHOS HUMANOS DERECHOS HUMANOS DERECHOS FUNDAMENTALESDERECHOS FUNDAMENTALES

DD.HHDD.HH: : Son títulos o facultades inherentes a la Son títulos o facultades inherentes a la persona humana, que los posee por el solo persona humana, que los posee por el solo hecho de pertenecer a la especie humana, por hecho de pertenecer a la especie humana, por su propia naturaleza y dignidad.su propia naturaleza y dignidad.

DERECHOS ESENCIALES: DERECHOS ESENCIALES: Son aquellas Son aquellas facultades cuyo ejercicio resulta indispensable facultades cuyo ejercicio resulta indispensable para que cada individuo se realice como para que cada individuo se realice como persona a través de la vida, atendida la persona a través de la vida, atendida la naturaleza y dignidad propias de la especie naturaleza y dignidad propias de la especie humana. ( J. Galiano).humana. ( J. Galiano).

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DERECHOS DERECHOS FUNDAMENTALESFUNDAMENTALES

““Todos aquellos Todos aquellos derechos subjetivos derechos subjetivos que corresponden que corresponden universalmente a todos los seres humanos dotados del universalmente a todos los seres humanos dotados del status de personas, de ciudadanos o personas con status de personas, de ciudadanos o personas con capacidad de obrar; capacidad de obrar;

entendiendo por derecho subjetivo cualquier expectativa entendiendo por derecho subjetivo cualquier expectativa positiva (de prestaciones) o negativa (de no sufrir positiva (de prestaciones) o negativa (de no sufrir lesiones) adscrita a un sujeto por una norma jurídica y lesiones) adscrita a un sujeto por una norma jurídica y por status la condición de un sujeto, prevista asimismo por status la condición de un sujeto, prevista asimismo por una norma jurídica positiva, como presupuesto de su por una norma jurídica positiva, como presupuesto de su idoneidad para ser titular de situaciones jurídicas y/o idoneidad para ser titular de situaciones jurídicas y/o autor de los actos que son ejercicio de éstas". autor de los actos que son ejercicio de éstas". FERRAJOLI, LUIGI, FERRAJOLI, LUIGI,

“Derechos y Garantías. La ley del más débil”, Editorial Trotta, Quinta Edición, 2006, Madrid, España, pág.37.“Derechos y Garantías. La ley del más débil”, Editorial Trotta, Quinta Edición, 2006, Madrid, España, pág.37.

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Opinión de la Inspección del Trabajo – Opinión de la Inspección del Trabajo – jurisprudencia administrativajurisprudencia administrativa

es posible afirmar que existe, un claro reconocimiento de la idea de es posible afirmar que existe, un claro reconocimiento de la idea de "ciudadanía en la empresa", "ciudadanía en la empresa", al contemplarse en el sistema normativo al contemplarse en el sistema normativo constitucional no sólo derechos fundamentales de corte específicamente constitucional no sólo derechos fundamentales de corte específicamente laboral, sino que laboral, sino que también el trabajador es titular de derechos también el trabajador es titular de derechos fundamentales fundamentales –inespecíficos o de la personalidad–, que, –inespecíficos o de la personalidad–, que, sin ser sin ser netamente laborales se aplican a la relación de trabajo en cuanto son netamente laborales se aplican a la relación de trabajo en cuanto son inherentes a la condición de ciudadano del trabajador,inherentes a la condición de ciudadano del trabajador, tales como el tales como el derecho a la integridad física y psíquica (artículo 19 Nº1 de la Constitución); derecho a la integridad física y psíquica (artículo 19 Nº1 de la Constitución); derecho de igualdad y de no discriminación (19 Nºs. 2 y 16), libertad de derecho de igualdad y de no discriminación (19 Nºs. 2 y 16), libertad de conciencia y de religión (artículo 19 Nº6), derecho al honor y a la intimidad conciencia y de religión (artículo 19 Nº6), derecho al honor y a la intimidad personal (artículo 19 Nº4), inviolabilidad de las comunicaciones (artículo 19 personal (artículo 19 Nº4), inviolabilidad de las comunicaciones (artículo 19 Nº5), libertad de opinión –expresión– e información (artículo 19 Nº12), Nº5), libertad de opinión –expresión– e información (artículo 19 Nº12), derecho de reunión (artículo 19 Nº13), libertad para el ejercicio de actividades derecho de reunión (artículo 19 Nº13), libertad para el ejercicio de actividades económicas (artículo 19 Nº21), etc.; así como también, otras garantías que económicas (artículo 19 Nº21), etc.; así como también, otras garantías que están consagradas y reconocidas en Tratados Internacionales ratificados por están consagradas y reconocidas en Tratados Internacionales ratificados por Chile y que se han incorporado al Derecho interno por esa vía (artículo 5º, Chile y que se han incorporado al Derecho interno por esa vía (artículo 5º, inciso segundo, de la Constitución Política). inciso segundo, de la Constitución Política).

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CLASIFICACION DE LOS DDHHCLASIFICACION DE LOS DDHH

Primera Generación o derechos individuales.Primera Generación o derechos individuales. Responden:Responden: a la aspiración de a la aspiración de LIBERTADLIBERTAD; protegen ; protegen

libertad, seguridad e integridad física y moral de las libertad, seguridad e integridad física y moral de las personas. personas.

Titular:Titular: el el Individuo.Individuo. Rol del Estado:Rol del Estado: es de es de AbstenciónAbstención, se limita dimensión , se limita dimensión

represiva del Estado, que no debe invadir ciertos represiva del Estado, que no debe invadir ciertos ámbitos y privilegios del individuo.ámbitos y privilegios del individuo.

Reconocidos:Reconocidos: siglo XVIII, con la Declaración de los siglo XVIII, con la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, y Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, y Declaración de Independencia de EEUU. Independencia de EEUU.

Instrumento Jurídico: Pacto de Derechos Civiles y Instrumento Jurídico: Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 1966.Políticos de 1966.

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CLASIFICACIÓN DE LOS DD.HHCLASIFICACIÓN DE LOS DD.HH

Segunda Generación o Derechos SocialesSegunda Generación o Derechos Sociales Responden:Responden: a la aspiración de a la aspiración de IGUALDADIGUALDAD; buscan justicia social ; buscan justicia social

progresiva, nivel de vida digno, bienestar económico y acceso a la progresiva, nivel de vida digno, bienestar económico y acceso a la educación para todas las personas.educación para todas las personas.

Titulares: Titulares: los los IndividuosIndividuos y y Grupos SocialesGrupos Sociales (mujeres, familia, niños, (mujeres, familia, niños, minorías).minorías).

Rol del Estado: Rol del Estado: de de Acción;Acción; debe proveer condiciones que permitan que debe proveer condiciones que permitan que todos puedan gozar de estos derechos. Son de desarrollo progresivo.todos puedan gozar de estos derechos. Son de desarrollo progresivo.

Reconocidos: Reconocidos: 2° década siglo XX, Revolución Mexicana, la URSS en 2° década siglo XX, Revolución Mexicana, la URSS en 1917, La República de Weimar en Alemania en 1918.1917, La República de Weimar en Alemania en 1918.

Instrumento Jurídico: Pacto DESC de 1966Instrumento Jurídico: Pacto DESC de 1966

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CLASIFICACIÓN DE LOS DD.HHCLASIFICACIÓN DE LOS DD.HH

Tercera Generación o Derechos de los PueblosTercera Generación o Derechos de los Pueblos Responden:Responden: a la aspiración de a la aspiración de SOLIDARIDAD; SOLIDARIDAD; una vida mas justa una vida mas justa

para todos.para todos.

Titulares: Titulares: los los IndividuosIndividuos y la y la Comunidad InternacionalComunidad Internacional. (son . (son derechos de doble carácter).derechos de doble carácter).

Rol del Estado: Rol del Estado: de de AbstenciónAbstención y de y de Acción; Acción; no debe violarlos y no debe violarlos y debe crear condiciones para su realización. (ej. Políticas de debe crear condiciones para su realización. (ej. Políticas de desarrollo y de protección del medio ambiente)desarrollo y de protección del medio ambiente)

Reconocidos: Reconocidos: a partir de los años 1970. Protocolo Canadiense con a partir de los años 1970. Protocolo Canadiense con la matanza de las focas y el Atolón de Mororua. la matanza de las focas y el Atolón de Mororua. Instrumento Instrumento Jurídico: Protocolo de Kioto.Jurídico: Protocolo de Kioto.

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La Organización Internacional del Trabajo (1919)La Organización Internacional del Trabajo (1919)

Es la organización del sistema de las Naciones Unidas Es la organización del sistema de las Naciones Unidas especializada en el establecimiento de normas cuya especializada en el establecimiento de normas cuya finalidad es mejorar las condiciones de vida y de trabajo finalidad es mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los pueblos del mundo entero, sin discriminación por de los pueblos del mundo entero, sin discriminación por motivos de raza, género de vida o extracción social.motivos de raza, género de vida o extracción social.

La OIT, fundada en 1919, cree que “La OIT, fundada en 1919, cree que “la pobreza, en la pobreza, en

cualquier lugar, constituye un peligro para la cualquier lugar, constituye un peligro para la prosperidad de todosprosperidad de todos”. ”.

La OIT se distingue de las demás organizaciones del La OIT se distingue de las demás organizaciones del sistema de las Naciones por ser la única que no se sistema de las Naciones por ser la única que no se compone exclusivamente de gobiernos, pues en ella compone exclusivamente de gobiernos, pues en ella coparticipan gobiernos, empleadores y trabajadorescoparticipan gobiernos, empleadores y trabajadores..

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Órganos principales de la Organización Órganos principales de la Organización Internacional del TrabajoInternacional del Trabajo

1. La Conferencia Internacional del Trabajo1. La Conferencia Internacional del Trabajo Es un foro que permite la discusión y el examen de importantes temas Es un foro que permite la discusión y el examen de importantes temas

sociolaborales. Adopta normas y es el principal órgano decisorio de la sociolaborales. Adopta normas y es el principal órgano decisorio de la Organización. Junio de cada año.Organización. Junio de cada año.

En la Conferencia anual de la Organización, representan a cada uno de sus En la Conferencia anual de la Organización, representan a cada uno de sus 175 Estados miembros cuatro delegados: dos gubernamentales, uno de las 175 Estados miembros cuatro delegados: dos gubernamentales, uno de las organizaciones nacionales de empleadores y uno de las organizaciones organizaciones nacionales de empleadores y uno de las organizaciones nacionales de trabajadores.nacionales de trabajadores.

2. El Consejo de Administración2. El Consejo de AdministraciónEstablece el proyecto de Programa y Presupuesto de la OIT cuya aprobación Establece el proyecto de Programa y Presupuesto de la OIT cuya aprobación definitiva corresponde a la Conferencia, cuyo orden del día también establece.definitiva corresponde a la Conferencia, cuyo orden del día también establece. 3. La Oficina Internacional del Trabajo3. La Oficina Internacional del TrabajoRepresenta el punto central de las actividades de la Organización. Es suRepresenta el punto central de las actividades de la Organización. Es susecretaría permanente y un centro de investigación y documentación. Tiene susecretaría permanente y un centro de investigación y documentación. Tiene susede en Ginebra y cuenta con 58 oficinas regionales o locales.sede en Ginebra y cuenta con 58 oficinas regionales o locales.

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C87 Convenio sobre la libertad sindical y la protección C87 Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948del derecho de sindicación, 1948

DERECHO DE CONSTITUCIÓNDERECHO DE CONSTITUCIÓN Artículo 2Artículo 2Los trabajadores y los empleadores, sin Los trabajadores y los empleadores, sin

ninguna distinción y sin autorización ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.observar los estatutos de las mismas.

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C87 Convenio sobre la libertad sindical y la protección C87 Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948del derecho de sindicación, 1948

AUTONOMÍAAUTONOMÍA Artículo 3Artículo 31. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el 1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el

derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.acción.

2. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención 2. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.

Artículo 4Artículo 4Las organizaciones de trabajadores y de empleadores no están Las organizaciones de trabajadores y de empleadores no están

sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa.sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa.

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Protección del Derecho de SindicaciónProtección del Derecho de Sindicación

Artículo 11Artículo 11

Todo Miembro de la Organización Todo Miembro de la Organización Internacional del Trabajo para el cual está Internacional del Trabajo para el cual está en vigor el presente Convenio se obliga a en vigor el presente Convenio se obliga a adoptar todas las medidas necesarias y adoptar todas las medidas necesarias y apropiadas para garantizar a los apropiadas para garantizar a los trabajadores y a los empleadores el libre trabajadores y a los empleadores el libre ejercicio del derecho de sindicación.ejercicio del derecho de sindicación.

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Artículo 19: la Constitución asegura a todas Artículo 19: la Constitución asegura a todas las personas:las personas:

N° 1: derecho a la vida y a la integridad N° 1: derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la personafísica y psíquica de la persona

N° 2: igualdad ante la leyN° 2: igualdad ante la ley

N° 3: igual protección de la ley en el N° 3: igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechosejercicio de sus derechos

N° 4: El respeto y protección a la vida N° 4: El respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la privada y pública y a la honra de la persona y su familiapersona y su familia

N° 5: N° 5: La inviolabilidad del hogar yLa inviolabilidad del hogar y de toda de toda forma de comunicación privadaforma de comunicación privada

N° 6: La libertad de conciencia, la N° 6: La libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden públicocostumbres o al orden público

N° 7: El derecho a la libertad personal y a la N° 7: El derecho a la libertad personal y a la seguridad individualseguridad individual

N° 8: El derecho a vivir en un medio N° 8: El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminaciónambiente libre de contaminación

N° 9: El derecho a la protección de la saludN° 9: El derecho a la protección de la salud

N° 10: El derecho a la educaciónN° 10: El derecho a la educación

N° 11: La libertad de enseñanzaN° 11: La libertad de enseñanza

N° 12: La libertad de emitir opinión y la N° 12: La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier mediocualquier forma y por cualquier medio

N° 16: La libertad de trabajo y su N° 16: La libertad de trabajo y su protección (OJO!)protección (OJO!)

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TEMAS GRUPALESTEMAS GRUPALES

Rol y fin de nuestros sindicatosRol y fin de nuestros sindicatos Los derechos laborales, como parte de los Los derechos laborales, como parte de los

DD.HHDD.HH Protección de los derechos de los Protección de los derechos de los

trabajadorestrabajadores

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GRACIAS POR VUESTRA GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓNATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN

Sólo pueden existir hombres libres si todos gozan de modo real e igualitario deSólo pueden existir hombres libres si todos gozan de modo real e igualitario delas libertades que se proclaman. las libertades que se proclaman.

Las libertades que reconoce el sistema capitalista son libertades destinadas a dar Las libertades que reconoce el sistema capitalista son libertades destinadas a dar visos de equidad al contrato mediante el cual el trabajador enajena su trabajo visos de equidad al contrato mediante el cual el trabajador enajena su trabajo personal como una mercancía, a un precio que apenas le permite subsistir. personal como una mercancía, a un precio que apenas le permite subsistir.

Únicamente igualdad y protección económica harán posible una real libertad e Únicamente igualdad y protección económica harán posible una real libertad e igualdad de los hombres. Mientras ellas no se logren, las pretendidas libertades igualdad de los hombres. Mientras ellas no se logren, las pretendidas libertades individuales serán una trampa destinada a ocultar la opresión que unos ejercen individuales serán una trampa destinada a ocultar la opresión que unos ejercen

contra otros. contra otros. Eduardo Novoa Monreal Eduardo Novoa Monreal

Relator: Marcelo Tapia V.Relator: Marcelo Tapia [email protected]@gmail.com