Stiglitz - Los Bienes Publicos y Los Bienes Privados Sumunistrados Por El Estado
LOS SISTEMAS PUBLICOS Y PRIVADOS DE PENSIONES - DE LA RELACION ALTERNATIVA A LA COMPLEMENTARIA
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Los Sistemas Públicos y Privados de Pensiones:
de la relación alternativa a la complementaria
Javier Neves Mujica
Antecedentes
Previsión Social a cargo del Estado Sistemas:
Régimen de Prestaciones de salud:
• Trabajadores en actividad y pensionistas
1. Salud • Contingencias temporales: enfermedad
y maternidad
• Mayor gasto o incapacidad para el trabajo
• Prestaciones: asistenciales y económicas
Sistema Nacional de Pensiones: • Cesados
Pensiones • Contingencias permanentes: vejez,
invalidez y sobrevivencia • Reemplazar remuneración
• Solo prestaciones económicas
Gestión: Entidad autónoma y descentralizada afiliación y aportación obligatoria
Presencia marginal de actividad privada en campo de salud
CONSTITUCION 1979
• Derecho fundamental
• Capítulo específico y diferente al trabajo
• Dos modelos:
1. Universal• Seguridad Social• Grupos: trabajadores y familiares y otros.
Entidades distintas.• Implementación progresiva
2. Laboral
• Seguro Social• Una institución aseguradora, con afiliación y
aportación obligatoria.• Gestión: unidad y exclusividad• Contingencias• Otras entidades que ofrezcan prestaciones
mejores o adicionales.
Privatización
Ante grave crisis a fines de años ochenta,
surgieron dos enfoques:
Modificaciones legislativas
• Situación podía corregirse con Mejor gestión administrativa
Voluntad política
• Cuestión insalvable: solo cabe otorgar mayor margen a empresa privada
Se impone segunda tesis
Primeras medidas:
• D. Leg. 637 (Ley General de Instituciones Bancarias; Financieras y de Seguros).Empresas de Seguros pueden establecer sistemas de pensiones, etc. ¿alternativos o complementarios?
• D. Leg. 718 y 724 (Sistemas Privados de Salud y Pensiones) Sistemas alternativos con libre elección y redistribución de aportación entre empleador y trabajador.
Reformas:
Modelo alternativo en Pensiones (1992)Modelo complementario en Salud (1997)
Cambios coincidentes
• Modificación del Sistema Nacional de Pensiones
o Elevación de años de aportación
o Base de cálculo de remuneración de referencia
o Pensión máxima
o Aumento edad de jubilación
o Integro de aporte a trabajadores e incremento monto
• Creación del Sistema Privado de Pensiones
o Fácil acceso o traslado interno
o Beneficios por traslado
o Tasa de aportación
Gestión: no unidad ni autonomía
Constitución 1993
• Consagró reformas previas
• Modelo universal de acceso progresivo
• No relación de contingencias
• Libre acceso a través de entidades públicas, privadas o mixtas
Sobre lo último:
• Existencia necesaria de entidades públicas
• Existencia voluntaria de entidades privadas. Fomento estatal.
• Modelo complementario o alternativo
• Reglas que permitan subsistencia
Fracaso de modelo alternativo
• Competencia muy inequitativa
• Sistema Nacional de Pensiones:
o Traslado masivo de trabajadores
o Relación: activos / pensionistas
o Desequilibrio financiero
o Contribución del Estado
• Sistema Privado de Pensiones:
o Baja cobertura
o Diferencia: afiliados / aportantes
o Altas comisiones
o Mínima movilidad interna
o Infimos aportes voluntarios
o Mercado oligopolico
Hacia un modelo complementario
Rediseñar relación entre sistemas
Banco Mundial
Respaldo Organización Internacional del Trabajo
Superintendencia Banca, Seguros y AFP
Dos pilares básicos
Reemplazo de Sistemas Públicos existentes
Público Reparto
Solidaridad
Pensión básica
Sobre actual Sistema Privado de Pensiones
Privado Capitalización
Individual
Pensión adicional
Implementación
Carácter público del primer pilar
• Estado social y democrático de derecho
• Libre acceso a Sistemas Públicos o Privados
Esquema contributivo
• Opción: contributivo o asistencial
• Asistencial es más afin a modelo universal
• Contributivo es más viable
• Inscripción obligatoria de independientes
Trabajadores
• Opción: actuales o solo nuevos
• Aplicación para todos
• Actuales inscritos en Sistema Nacional de Pensiones
o Una porción de contribución a pilar público
o Resto a pilar privado
• Actuales inscritos en Sistema Privado de Pensiones
o A futuro: iguales reglas
o Fondos acumulados: intangibles. Cabria solidaridad
• Régimen transitorio