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Manual para la Declaración del Impuesto a la Renta de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad Juan Manuel Martínez Erazo

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Manual para la Declaración del Impuesto a la Renta de personas

naturales no obligadas a llevar contabilidad

Juan Manuel Martínez Erazo

Personas no obligados a llevar contabilidad

Las personas naturales que realicen actividades empresariales yque operen con un capital propio menor a US$60.000,00 al 1rode enero de cada ejercicio impositivo u obtengan ingresos brutosanuales del ejercicio inmediato anterior inferiores aUS$100.000.00, o cuyos costos y gastos anuales hayan sidomenores o iguales a US$80.000.00; así como los profesionales,comisionistas, artesanos, agentes, representantes y demástrabajadores autónomos no están obligados a llevarcontabilidad, pero deberán llevar una cuenta de ingresos yegresos para determinar su renta imponible. (Reglamento para laAplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno,Capítulo V Art. 37 y 38)

María Teresa Tapia Samaniego

Gastos personales deducibles

Las personas naturales podrán deducir sus gastos personales, sinIVA e ICE, así como los de su cónyuge o conviviente e hijosmenores de edad o con discapacidad, que no perciban ingresosgravados y que dependan del contribuyente. Los gastospersonales que se pueden deducir, corresponde a los realizadospor concepto de vivienda, educación, salud, alimentación yvestimenta.

La deducción total por gastos personales no podrá superar el 50%del total de los ingresos gravados del contribuyente y, en ningúncaso será mayor al equivalente a 1.3 veces la fracción básicadesgravada de Impuesto a la Renta de personas naturales, esto esUS$13.234,00, ya que para el año 2013 la fracción básicadesgravada fue de US$10.180,00.

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Tabla de Gastos personales deducibles

Vivienda: 0,325 veces --- US$ 3.308,50 (2013)

Educación: 0,325 veces --- US$ 3.308,50 (2013)

Alimentación: 0,325 veces --- US$ 3.308,50 (2013)

Vestimenta: 0,325 veces --- US$ 3.308,50 (2013)

Salud: 1,3 veces --- US$ 13.234,00 (2013)

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Gastos personales deduciblesVIVIENDA

Gastos destinados a la adquisición, construcción, remodelación, ampliación, mejora y mantenimiento de unúnico bien inmueble destinado a vivienda, pago de arrendamiento de vivienda, así como los pagos porconceptos de servicios básicos que incluyen agua, gas, electricidad, teléfono convencional y alícuotas decondominio de un único inmueble.

ALIMENTACION

Gastos relacionados con la adquisición de productos naturales o artificiales que el ser humano ingiere parasubsistir o para su nutrición, así como compra de alimentos en centros de expendio de alimentospreparados y pensiones alimenticias.

EDUCACIÓN

Gastos relacionados con la enseñanza que se recibe de una persona o intrucción por medio de la accióndocente, tales como matrícula, pensión, derechos de grado, útiles y textos escolares, cuidadoinfantil, uniformes, transporte escolar, equipos de computación y materiales didácticos para el estudio, asícomo el pago de intereses de créditos educativos otorgados por instituciones debidamente autorizadas.

SALUD

Gastos relacionados para el bienestar físico y mental, tales como pagos por honorarios médicos yprofesionales de la salud, servicios de salud prestados por hospitales, clínicas y laboratorios debidamenteautorizados, medicina prepagada, prima de seguro médico, deducibles de seguros médicos, medicamentose insumos médicos.

VESTIMENTA

Gastos relacionados por cualquier tipo de prenda de vestir. No incluye accesoriosMaría Teresa Tapia Samaniego

La persona natural que trabaja únicamente en relación de dependencia en unasola empresa y su ingreso anual no ha superado en el año 2013 los $10.180,00 nopaga Impuesto a la Renta, pero debe presentar el Formulario 107.

Para las personas naturales que perciban ingresos únicamente en relación dedependencia de un solo empleador y que no utilicen sus gastos personales paradeducir su base imponible de Impuesto a la Renta; los comprobantes de retenciónentregados por el empleador, se constituirán en la declaración del impuesto y, porlo tanto, no deben presentar declaración del Impuesto a la Renta en el Formulario102A. El comprobante de retención del Impuesto a la Renta sobre ingresos deltrabajo en relación de dependencia es el Formulario 107 que obligatoriamente ledebe entregar su agente de retención, hasta el 31 de enero del año siguiente, elmismo que se constituye en su declaración de Impuesto a la Renta.

Las personas naturales que de haber utilizado sus gastos personales, no tenganvalores que reliquidar por las retenciones realizadas por su empleador, no estaránen la obligación de presentar su declaración del Impuesto a la Renta.

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Con el fin de que los gastos personales sean consideradosen las retenciones mensuales que realizan los empleadores,los contribuyentes que laboran bajo relación dedependencia presentarán a su empleador, en documentoimpreso, en dos ejemplares iguales, una proyección delos gastos personales susceptibles de deducción paraefecto del cálculo del Impuesto a la Renta que considerenincurrirán en el respectivo ejercicio económico. Eldocumento que el empleado presentará a su empleadorcon la proyección de sus gastos personales será elFormulario SRI-GP, disponible en la página web del SRI.

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Las personas naturales que aparte de percibir ingresos enrelación de dependencia perciben, adicionalmente,ingresos de otras fuentes, como por ejemplo:arrendamiento de inmuebles, actividades empresariales,honorarios profesionales, rendimientos financieros, etc.,están obligadas a sumar a los ingresos del trabajo enrelación de dependencia estos otros ingresos y aplicar lasdeducciones de gastos personales y todas las demásdeducciones asociadas a sus otras fuentes de ingresos paradeclarar el Impuesto a la Renta en el Formulario 102A, solosi los ingresos totales anuales superan los US$10.180,00para el año 2013.

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Tabla para el cálculo del Impuesto a la Renta de personas naturales, ejercicio 2013:

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EJEMPLO CASO 1

El Sr. Luis López recibe ingresos mensuales por US$550,00.Suponiendo que ha tenido gastos deducibles deUS$1.500,00 en el 2013, tenemos que:

Nota: Se ubica en el primer rango de la tabla de 0.00 a 10.180

DATOS

Ingresos anuales 6.600

Gastos deducibles 1.500

Base imponible 5.100

APLICANDO TABLA DE AÑO 2013

Fracción Básica 0

Impuesto a Fracción Básica 0

Impuesto Fracción Excedente 0%

Impuesto a la Renta 0

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EJEMPLO CASO 2

El Sr. José Sánchez recibe ingresos mensuales porUS$2.500,00. Suponiendo que ha tenido gastos deduciblesde US$6.800,00 en el 2013, tenemos que:

DATOS

Ingresos anuales 30.000

Gastos deducibles 6.800

Base imponible 23.200

APLICANDO TABLA DE AÑO 2013

Fracción Básica 19.470

Impuesto a Fracción Básica 855

Impuesto Fracción Excedente 15%

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(BI-FB) x (IFE) + IFB = IR(23.200 - 19.470) x (15%)+ 855 = 1414,50BI = Base imponibleFB = Fracción básicaIFE = Impuesto fracción excedente del rango correspondienteIFB = Impuesto fracción básica del rango correspondienteIR = Impuesto a la Renta

Impuesto a la Renta 1414,50

CÁLCULO DEL IMPUESTO A LA RENTA

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Forma de presentar la declaración

Según el Registro Oficial 635 del 7 de febrero del 2012publicada la resolución NAC-DGERCGC12-00032, la cual enel artículo 1, señala:

“Artículo1.- Las declaraciones de impuesto administradaspor el Servicio de Rentas Internas por parte de loscontribuyentes, se realizarán exclusivamente en mediomagnético y vía Internet, de acuerdo a las herramientastecnológicas establecidas para tal efecto por el Servicio deRentas Internas, cualquiera que sea el monto de susobligaciones tributarias, aún cuando la declaración que sepresente no tenga impuesto u otros valores a pagar”

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Pasos para declarar impuestos por Internet

1. Solicitar la clave de acceso, en las oficinas del SRI con lasu cédula de ciudadanía y papeleta de votación.

1. Obtener el programa de Declaración de Información enMedio Magnético - DIMM, disponible en la direcciónelectrónica: www.sri.gob.ec o en cualquier oficina delSRI.

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Pasos para instalar el programa DIMM

Ejecutar el programa DIMM. (dando clic en el icono)

A continuación aparecerá un recuadro en el cuál lepregunta si desea que el programa haga cambios en elequipo, debemos elegir Aceptar.

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En el recuadro del asistente damos clic en Siguiente paracontinuar con la instalación, después debemos aceptarlas condiciones de la licencia del programa.

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El archivo se instalará en el directorio que indica, parainstalarlo en otra ubicación damos clic en examinar, casocontrario damos clic en siguiente

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Damos clic en Instalar.

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Una vez instalado el programa aparecerá la siguienteventana, en la cual debemos dar clic en siguiente.

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En la siguiente ventana nos indica que la instalación se hacompletado y debemos dar clic en finalizar

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Cómo elaborar la declaración

Concluida la instalación se mostrará un acceso directo enel escritorio, damos clic para iniciar la aplicación

En la ventana que se muestra elegimos el Menú DIMMFormularios para poder acceder al formato quecorresponde.

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Aparecerá una ventana en la cual debemos elegirElaborar Nueva Declaración

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En esta sección tenemos que elegir RegistrarContribuyente.

El siguiente paso es ingresar los datos solicitados

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Seleccionamos y registramos los datos correspondientesque aparecen en la pantalla Registro de Contribuyente ypresionamos el botón “Guardar”.

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A continuación, marcamos el sujeto declarante con elque deseamos generar la declaración y presionamos elbotón “Siguiente”.

En este punto, la aplicación nos permitirá editar o eliminar losdatos de los sujetos declarantes que se encuentren registrados

Seleccionamos el tipo de formulario de la declaración quedeseamos generar y presionamos el botón “Siguiente”.

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Después seleccionamos el período fiscal al quecorresponde la declaración que deseamos generar ypresionamos el botón “Siguiente”.

A continuación seleccionamos el tipo de declaraciónque deseamos generar (Original o Sustitutiva). Recuerdeque si se trata de una declaración sustitutiva, de maneraobligatoria deberá ingresar el número de formulario quedesea sustituir. Presione el botón “Siguiente”.

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Aparecerá en pantalla el formulario seleccionado, paraque podamos registrar en los campos que requiera losvalores o datos correspondientes

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Seleccione la forma de pago de su declaración:

Declaración sin valor a pagar: para declaraciones que nogeneren valor a pagar o pagadas en su totalidad mediantenotas de crédito o compensaciones.

Otras formas de pago. Para cancelar su declaración deacuerdo a las opciones que brindan para el efecto lasInstituciones Financieras: ventanillas, cajero automático,tarjeta de crédito, pagina web de la IFIS, etc.

Convenio de débito. Debe firmar una autorización de débitobancario disponible en cualquier oficina del SRI a nivelnacional. Al escoger esta opción deberá seleccionar laInstitución Financiera a la cual pertenece la cuenta dedonde se realizará el débito.

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Una vez que haya llenado el formulario, presionamos el botón “Grabar” y laaplicación ejecutará las validaciones correspondientes para verificar que losvalores o datos ingresados sean consistentes.En caso de encontrar errores graves, aparecerá un mensaje que señala que ladeclaración no puede ser generada, por lo que necesita ser revisada.Si detecta errores leves, aparecerá un mensaje indicando que lainformación ingresada puede ser incorrecta o requiere de su revisión demanera opcional.Si el aplicativo no detectó inconsistencias graves y acepta las advertencias (encaso de tenerlas), aparecerá una ventana en la cual usted puede cambiar elnombre del archivo XML que por defecto es asignado, así como tambiénseleccionar la ubicación donde quiere guardarlo.

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Cómo enviar su declaración.

Ingresamos a la página web www.sri.gob.ec y seleccionamosla opción Servicios.

A continuación debemos ingresar los datos solicitados.

A continuación, seleccione la opción “General” y luego laopción “Declaraciones

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A continuación seleccionamos “Declaración de Impuestos”,y se desplegará el listado de formularios, en este casoseleccione Declaración de Impuesto a la Renta PersonasNaturales Formulario 102.

Recupere el archivo XML que generó en el programa DIMMMultiplataforma, seleccionamos la “Forma de pago” yposteriormente la opción “Subir Archivo”

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Si escogió la opción “Sí, continuar” el sistema ledesplegará el detalle de la transacción realizada y podráimprimir el Comprobante Electrónico de Pago, el cual esla constancia de la presentación de la declaración.

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Intereses y multas por declaraciones tardías en la declaración y pago del Impuesto a la Renta

Los contribuyentes personas naturales, que presenten susdeclaraciones fuera de los plazos previstos en el Reglamento, debencalcular e incluir en sus declaraciones los intereses y las multascorrespondientes:

Multa: se calcula esta sanción cuando el contribuyente no hapresentado la declaración del Impuesto a la Renta en los plazosprevistos en el reglamento:

Infracciones Impuesto a la Renta Anual

Si causa Impuesto 3% del Impuesto causado por mes o fracción de mes, con un límite máximo del 100% del impuesto causado.

Si no causa Impuesto y tiene ingresos

0,1% sobre los ingresos brutos obtenidos en el año, por mes o fracción de mes, sin que el valor de la multa exceda del 5% de dichos ingresos

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Interés por Mora: se calcula esta sanción cuando elcontribuyente no ha pagado el valor del Impuesto a laRenta en los plazos previstos en el Reglamento. El interésaplicado es el interés anual equivalente al 1.5 veces de latasa activa referencial para noventa días establecida por elBanco Central del Ecuador.

AÑO / TRIMESTRE 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013

Enero - Marzo 0,736 0,824 0,904 1,340 1,143 1,149 1,085 1,021 1,021

Abril - Junio 0,825 0,816 0,860 1,304 1,155 1,151 1,081 1,021 1,021

Julio- Septiembre 0,814 0,780 0,824 1,199 1,155 1,128 1,046 1,021 1,021

Octubre - Diciembre 0,712 0,804 0,992 1,164 1,144 1,130 1,046 1,021 1,021

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Anticipo

El anticipo del Impuesto a la Renta lo determina el contribuyenteen su declaración del ejercicio económico anterior, mismo que seconsiderará para el pago del ejercicio fiscal corriente. El anticipose paga en dos cuotas, la primera en julio, la segunda enseptiembre y el saldo del anticipo pagado se liquidará dentro delos plazos establecidos para presentar la declaración delImpuesto a la Renta conjuntamente con la correspondientedeclaración.

El valor del anticipo para el caso de personas naturales noobligadas a llevar contabilidad, es el equivalente al 50% delImpuesto a la Renta determinado en el ejercicio anterior, menoslas retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta que le hayansido practicadas en el mismo ejercicio

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Devolución de Impuesto a la Renta

En el caso de que las retenciones que le hubieren efectuadosean mayores al impuesto causado, el contribuyente podrásolicitar la devolución enviando su solicitud por Internet opresentándola en las oficinas del Servicio de RentasInternas.

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Presentación del Anexo de Gastos Personales

Deben presentar la información relativa a los gastospersonales, correspondiente al año inmediato anterior, laspersonas naturales que en dicho período hayan tenidogastos personales deducibles superiores a los US$5.090,00.(Valor para el año 2013).

La información del anexo de Gastos Personales se elaboraráde acuerdo al formato previsto por el Servicio de RentasInternas, el mismo que se encuentra disponible de formagratuita en las oficinas del SRI o en su página web:www.sri.gob.ec

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El anexo de Gastos Personales deberá enviarse a través deInternet, según el siguiente calendario en consideración alnoveno dígito de su cédula o RUC

Para el caso de pasaportes la fecha máxima de presentaciónde esta obligación será hasta el 28 de febrero

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Bibliografía

http://www.sri.gob.ec/

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