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Manual de Apoyo a la Gestión Municipal de las Explotaciones Ganaderas Intensivas de la Provincia de Granada

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ÍNDICE

1 OBJETO ................................................................................................................................. 4

2 ALCANCE .............................................................................................................................. 5

3 DESCRIPCIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN .................................................................. 6

3.1 Explotaciones por tipo de Ganado. Proceso productivo ............................................... 6

3.2 Explotaciones por Sistema Productivo ........................................................................ 12

3.3 Definiciones Generales ............................................................................................... 15

4 LA GANADERÍA INTENSIVA EN GRANADA ...................................................................... 18

4.1 Análisis de la Situación Actual .................................................................................... 18

4.2 Influencia en el Geoparque de Granada ..................................................................... 27

5 NORMATIVA DE APLICACIÓN ........................................................................................... 29

6 ASPECTOS AMBIENTALES GENERADOS ....................................................................... 32

7 INSTRUMENTOS DE APOYO A LA GESTIÓN MUNICIPAL .............................................. 37

7.1 Buenas Prácticas a incluir en la Calificación Ambiental .............................................. 37

7.2 Seguimiento y Control del condicionado de la Calificación Ambiental ....................... 38

7.3 Limitación de la capacidad de carga del territorio. ...................................................... 40

7.4 Iniciativas relacionadas con la Gestión de Licencias Municipales .............................. 45

7.5 Herramienta de Apoyo al trámite de Calificación Ambiental ....................................... 49

8 DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA ............................................................................... 56

9 ANEXOS .............................................................................................................................. 57

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1 OBJETO

Las explotaciones dedicadas a la Ganadería Intensiva en la Provincia de Granada están experimentando un incremento significativo en los últimos años y, debido a ello, los Técnicos Municipales de Medio Ambiente de diferentes Municipios encuentran dificultades a la hora de tramitar los expedientes iniciales y de seguimiento de las distintas instalaciones.

Por ello, la Diputación de Granada plantea la necesidad de disponer de un apoyo a la Gestión Municipal de las Explotaciones Ganaderas Intensivas, de modo que los Técnicos Municipales puedan disponer de una Herramienta útil que les facilite protocolos, modelos, plantillas e instrucciones claros, sencillos y normalizados para el desarrollo de los trámites correspondientes.

De este modo, los trabajos desarrollados durante el segundo semestre de 2019 se han concretado en la elaboración del presente Documento, complementado con sus Anexos, pretendiendo facilitar a los Técnicos Municipales de la Provincia de Granada los trámites y las pautas o protocolos a seguir para el desarrollo de los trámites iniciales y de seguimiento de las explotaciones ganaderas sometidas a Calificación Ambiental (aquellas que se encuentren recogidas en los epígrafes 10.10 y 10.23 del Anexo I de la Ley GICA).

Por tanto, este Documento incluye, de forma general, los siguientes elementos:

• Elementos de decisión para determinar si es posible la instalación o no de nuevas Explotaciones.

• Aspectos Principales del Procedimiento a seguir para la tramitación de calificaciones ambientales.

• Listado exhaustivo de documentación a presentar por parte del promotor de la explotación.

• Pautas a seguir y Normativa a considerar en los procesos de tramitación inicial, seguimiento y control y cierre de la instalación, a través de flujogramas y con un contenido claro y sencillo, incluyendo las diferentes posibilidades y problemas que se puedan dar durante los trámites (Inyección de purines, zonas de despiece, gestión de animales muertos, etc.).

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2 ALCANCE

Como ya se ha indicado, este Documento pretende ser un Apoyo a la Gestión Municipal de las Explotaciones Ganaderas Intensivas de la Provincia de Granada, es decir, a aquellas que están sometidas a Calificación Ambiental, que, de acuerdo con la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, son las siguientes:

EXPLOTACIONES GANADERAS SOMETIDAS A CALIFICACIÓN AMBIENTAL

Categoría Anexo 1 GICA Actuación

10.10

Instalaciones destinadas a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos que no sean para autoconsumo y dispongan de menos de:

a) 40.000 plazas si se trata de gallinas ponedoras o del número equivalente en excreta de nitrógeno para otras orientaciones productivas de aves de corral, siendo para el caso de pollos de engorde de 85.000.

b) 2.000 plazas para cerdos de cebo de más de 30 kg y 2500 plazas para cerdos de cebo de más de 20 kg.

c) 750 plazas para cerdas reproductoras (también 530 plazas para cerdas en ciclo cerrado, que equivalen a las 750 reproductoras)

Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas reguladas por el Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas, que no sean para autoconsumo y que no superen las siguientes capacidades (no incluidas en el epígrafe anterior):

a) 55.000 plazas para pollos de engorde o del número equivalente en excreta de nitrógeno para otras orientaciones productivas de aves de corral

b) 2.000 plazas para ganado ovino o caprino.

c) 300 plazas para ganado vacuno de leche.

d) 600 plazas para vacuno de cebo.

e) 20.000 plazas para conejos.

f) Especies no autóctonas no incluidas en apartados anteriores.

10.23 Emplazamientos para alimentación de animales con productos de retirada y excedentes agrícolas.

Fuente: Ley 7/2007

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3 DESCRIPCIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN

En el presente capítulo se muestran una serie de conceptos básicos que serán necesarios para un adecuado entendimiento del Manual.

3.1 Explotaciones por tipo de Ganado. Proceso productivo

Para la descripción de los diferentes Procesos Productivos se ha utilizado la Guía Práctica de Calificación Ambiental publicada por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de modo que, a continuación, se describen las actividades agrupadas dentro del sector de las Explotaciones Ganaderas Intensivas, detallándose el proceso productivo de cada una de ellas.

Se identifican a su vez dentro de las fases que conforman el proceso productivo, los impactos ambientales generados, clasificados en función de su afección al medio, como por ejemplo, la contaminación atmosférica, ruido, contaminación hídrica, generación de residuos, etc.

Dentro de las diferentes tipologías de explotaciones ganaderas cabe destacar las peculiaridades que diferencian al ganado avícola del resto del ganado (cunícola, ovino, caprino, bovino y porcino), por lo que a continuación se describen los procesos productivos tipo, específicos para granjas avícolas de cría intensiva y generales para otro tipo de ganado en cría intensiva o ganadería.

3.1.1 Cría intensiva de avícolas ponedoras

Este proceso productivo se basa en la explotación de la capacidad reproductiva de las aves, y a continuación, se describe el proceso para gallinas ponedoras aunque el mismo diagrama puede extenderse a otro tipo de aves en explotación (sobre todo codornices), con la modificación temporal de las fases del ciclo vital.

En concreto el proceso comienza con la recepción de las pollitas de la especie avícola en explotación. Las pollitas se colocan en jaulas donde se desarrolla la fase de cría hasta alcanzar la madurez reproductiva, que sucede en torno a las 20 semanas. Durante los primeros siete días se les proporciona calor, manteniéndose la temperatura de la nave en unos 30 ºC, hasta que el plumaje de las aves se ha desarrollado, se trasladan entonces las gallinas a la zona de puestas.

Una vez el ave se considera madura para la reproducción comienza el periodo de puestas, que se dilata en el tiempo en función de la especie en explotación. El periodo de puesta puede incluir o no la muda del plumaje del ave, en función de la productividad del animal.

Si se incluye la muda, en el caso de las gallinas el periodo de puesta comienza con una primera fase de producción que comprende desde las semanas 20-24 hasta la semana 72. Durante los primeros días la producción de huevos crece continua y rápidamente, hasta alcanzar un máximo de producción hacia la semana 30. A partir de este momento el rendimiento de las gallinas se estanca con una ligera tendencia al descenso. Hacia el mes 12-14, el porcentaje de puestas baja hasta unos niveles poco rentables, con lo cual se somete a los animales a un fuerte estrés hasta inducir la muda del plumaje. La muda se alarga por espacio de 8-9 semanas con producción de huevos prácticamente nula.

Por último, una vez concluida la muda, las gallinas reanudan el proceso de puesta en una nueva etapa que dura unas 25 semanas, comenzando con un rápido ascenso en la puesta de huevos, alcanzándose el nuevo máximo de producción a las dos semanas de iniciado el ciclo, y un ligero descenso que se prolonga durante 5 - 6 meses. Momento en el que el rendimiento vuelve a bajar y se procede al envío de las gallinas a matadero.

Si no se incluye la muda del plumaje, tras la primera fase de puesta las gallinas son enviadas a matadero.

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Por último, queda la recolección, clasificación y envasado de huevos, que se realiza a través de un sistema de cintas transportadoras y poleas que desplaza los huevos hasta la zona de clasificación y envasado, allí se realizan estas operaciones de manera automática.

Para codornices, el ciclo vital se resume a continuación:

Aves ponedoras Recepción de aves jóvenes Madurez reproductiva Periodo reproductivo

Codornices 4-5 semanas 5-6 semanas Hasta la semana 70 aprox.

Fuente: Guía Práctica de Calificación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía.

Figura 1: Proceso Productivo en Granjas Agrícolas de Ponedoras

Fuente: Guía Práctica de Calificación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía

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3.1.2 Explotaciones avícolas de carne

Para iniciar el proceso de producción en primer lugar hay que preparar el lugar que posteriormente ocuparán los pollitos.

Es la preparación de la camada, se trata de un manto de cascarilla de unos 10 cm de espesor que se extiende sobre el suelo de hormigón.

A continuación, se reciben los pollitos con un día de vida y se trasladan al interior de las naves acondicionadas con la camada, a partir de este momento comienza la etapa de engorde, que normalmente se compone de cuatro fases (para el caso de las gallinas):

• 1ª fase: Este periodo comprende desde que el pollo entra en la explotación, con un día de vida hasta los 10 días

• 2ª fase: Comprende desde los 11 días hasta los 22 días de estancia del pollo en la granja

• 3ª fase: Hasta los 32 días

• 4ª fase: Más de 50 días

La distribución del pienso y agua suele ser automática; se realiza por medio de unos tornillos sin fin que trasladan el pienso desde los silos de almacenamiento hasta las líneas de comederos de las naves en el caso del pienso, y por gravedad desde distintos depósitos de la red o el pozo para el caso del agua.

El proceso ha sido definido para pollos; para otras especies avícolas de carne, los plazos de crecimiento son:

Aves de carne Recepción de crías Periodo de engorde

Codornices 1-2 días 30 días Pavos 3-4 días 110-130 días (17 semanas aprox.)

Perdices 1-2 días 110-140 días (16-20 semanas aprox.) Ratites (Avestruces) 2-3 meses 12-14 meses

Faisanes 1 día 180 días (6 meses aprox.) Palmípedas (Patos y Ocas) 1-2 días 80-90 días

Fuente: Guía Práctica de Calificación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía.

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Figura 2: Proceso Productivo en Granjas Avícolas de Carne

Fuente: Guía Práctica de Calificación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía

3.1.3 Ganadería o cría intensiva. Explotaciones no Avícolas (Porcino, Vacuno, Ovino y Caprino)

Las explotaciones ganaderas pueden cubrir un ciclo vital completo o centrarse en una o varias de las fases de vida del animal.

De esta manera podemos hablar de explotaciones dedicadas a cría de ganado o producción de crías, a engorde de ganado (también llamados cebaderos) y de ciclo cerrado, donde se explota el ciclo vital completo.

Una explotación de ciclo cerrado contiene todos los procesos productivos presentes en el resto de las explotaciones. Así pues, el proceso productivo en una explotación ganadera de ciclo

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cerrado comienza con la llegada del ganado a las instalaciones y posterior ubicación en establos, en función de la especie en explotación.

Posteriormente hay que preparar a las hembras reproductoras primíparas, que serán madres por vez primera, trasladándolas con el resto de las hembras reproductoras.

El siguiente paso es la cubrición, que debe realizarse por lotes, para escalonar el número de hembras preñadas y en maternidad. En función del número de madres por lote y el número de lotes, la explotación requerirá un dimensionamiento de las instalaciones.

Tras la cubrición, la hembra pasa a la etapa de gestación y finalmente a la etapa de maternidad, donde se incluye el parto y la lactación de las crías. Tras esta etapa la hembra cierra el ciclo con su vuelta a la etapa de cubrición pasando antes por una fase de descanso.

Las crías resultantes de los partos son destetadas y pasan a la recría que conlleva el cebo del animal y posterior segregación entre sementales y hembras reproductoras que repondrán a los individuos que han concluido su ciclo de vida y demás cabezas de ganado que seguirán su desarrollo hasta sacrificio en matadero.

El proceso ha sido definido para ganado porcino; para otras especies, los plazos de crecimiento son:

Ganado de carne (no avícola)

Madurez reproductiva

Periodo reproductivo

Periodo de gestación

Recepción de crías

Periodo de engorde

Bovino 2 años 15-18 años 9 meses 5-7 meses Ternero: hasta 1 año

Añojo: entre 1- 2 años

Novillo: entre 2- 3 años

Buey, vaca, toro: entre 3-

5 años

Ovino 8- 14 meses 6-7 años 5 meses

(142-145 días)

3 meses (Pueden

darse destetes

precoces a los 45, 50, 60

ó 75 días)

Lechal: 1- 2 meses

Ternasco: 2- 3 meses

Caprino 7- 10 meses 5-7 años 5 meses 3 meses (Pueden

darse destetes

precoces a los 20, 30 ó

60 días)

Cabrito: menor de 4

meses

Chivo: 8-10 semanas

Cunícola 4,5- 5 meses 2-3 años 29- 31 días 30 días 8-10 semanas

Fuente: Guía Práctica de Calificación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía.

El diagrama siguiente representa el proceso productivo seguido en una explotación ganadera de ciclo cerrado, el cual engloba la actividad de cualquier granja de ganadería o cría intensiva y los emplazamientos para alimentación de animales con productos de retirada y excedentes agrícolas, cuya diferencia radica en el origen de la alimentación administrada a los animales.

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Figura 3: Proceso Productivo en Explotaciones Ganaderas no Avícolas

Fuente: Guía Práctica de Calificación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía

Con carácter general cabe destacar que el principal agente contaminador de una explotación ganadera es el purín, que además de la mezcla de heces y orina, contiene pienso, arena, agua, productos de lavado, restos de tratamientos fitosanitarios, etc.

Todo ello supone una alta DBO5 (Demanda Biológica de Oxígeno) y un alto poder eutrofizante, que convierte al purín en un contaminante feroz sobre todo en el medio acuático.

Con la correcta gestión del purín, como subproducto, se minimizan en su mayor parte los impactos ambientales que se generan en este tipo de instalaciones. Las explotaciones ganaderas no pueden obtener la autorización de la Consejería de Agricultura, si antes no cuentan con la aprobación de un Plan de Gestión de Estiércol.

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3.2 Explotaciones por Sistema Productivo

Atendiendo al Sistema Productivo utilizado en la Explotación, estas se clasifican en Intensivas o Extensivas, de acuerdo con la siguiente tabla:

EXPLOTACIONES GANADERAS POR SISTEMA PRODUCTIVO

Tipo Explotación Descripción

Explotación Ganadera Extensiva

Aquella en la que los animales no se encuentran alojados ni son alimentados dentro de las instalaciones de forma permanente, alimentándose fundamentalmente mediante el aprovechamiento directo de los recursos agroforestales de la explotación, principalmente mediante pastoreo, y pudiendo recibir alimentación suplementaria, sin superar, como norma general, una carga ganadera de 1,5 U.G.M. por hectárea (definición incluida en la Orden del 1 de Junio de 2015, por la que se aprueba el programa de actuación aplicable en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias designadas en Andalucía).

En caso de superar la carga ganadera total de la explotación las 1.5 U.G.M. por hectárea, tendrá la consideración de explotación intensiva, salvo que el titular acredite que las características agronómicas de la explotación permitan mantener una carga ganadera superior permitiendo el mantenimiento de la base territorial, tanto en los aspectos económicos como medioambientales, sin que en ningún caso se superen las 2.4 U.G.M. por hectárea.

Para el cálculo de la carga ganadera a los efectos de la consideración del sistema productivo se tendrán en cuenta todas las unidades productivas de la explotación, así como los aprovechamientos de pastos descritos por el titular en la memoria de actividad.

Explotación Ganadera Intensiva

Aquella en la que los animales se encuentran alojados y son alimentados dentro de las instalaciones de forma permanente (esta definición se incluye en la orden del 1 de Junio de 2015, por la que se aprueba el programa de actuación aplicable en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias designadas en Andalucía).

Se considerará una explotación intensiva en el caso de superar la carga ganadera total de la explotación de 1,5 UGM por hectárea y el sistema de manejo se base en el suministro de alimentación en la misma localización donde se encuentran los animales.

Explotación Mixta

Aquella en la que coexisten partes de los sistemas de producción intensivo y extensivo, entre las que se considerarán las explotaciones de rumiantes basadas en un sistema de manejo basado en el pastoreo durante el día, en el exterior de la base territorial de la explotación, y estabulación durante la noche, momento en el que pueden recibir alimentación suplementaria.

NOTA: Se entiende por UGM, las Unidades de Ganado Mayor, mediante las que se calcula la Carga Ganadera, como la relación entre la cantidad de animales y la superficie ganadera que ocupan en un tiempo determinado.

Fuente: Orden 1 Junio 2015

A continuación se incluye la Tabla de equivalencias en UGM por cabeza y especie publicada por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural:

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TABLA DE EQUIVALENCIAS EN UGM POR CABEZA Y ESPECIE Ganado Especie UGM

Avícola

Pavos 0,021 Pollos de carne 0,007 Gallinas ponedoras 0,014 Palmípedas 0,026 Perdices, Codornices y Faisanes 0,035 Ratites 0,03 Otras aves 0,015

Cunícola Conejos reproductores 0,01

Equino

Todo animal hasta los 6 meses de edad 0,2 Todo animal mayor de 6 meses y hasta los 12 meses de edad

0,5

Todo animal mayor de 12 meses de edad 1

Bovino Menor de 6 meses 0,2 De 6 meses a 2 años 0,6 De más de 2 años 1

Caprino

Menor de 4 meses 0,05 De más de 4 meses y menos de 1 año 0,10 Cabras 0,15 Machos adultos 0,12

Ovino

Menor de 4 meses 0,05 De más de 4 meses y menos de 1 año 0,10 Ovejas 0,15 Machos adultos 0,12

Porcino en Intensivo

Cerda en ciclo cerrado 0,96 Cerda con lechones hasta destete (de 0 a 6 kg) 0,25 Cerda con lechones hasta 20 kg 0,30 Cerda de reposición 0,14 Lechones de 6 a 20 kg 0,02 Cerdo de 20 a 50 kg 0,10 Cerdo de 50 a 100 kg 0,14 Cerdo de cebo de 20 a 100 kg 0,12 Verracos 0,30

Porcino en Extensivo

Cerda en ciclo cerrado (con crías hasta fin de cebo) 2 Cerda con lechones hasta destete (de 0 a 6 kg) 0,25 Cerda con lechones hasta 20 kg 0,30 Cerda de reposición 0,14 Lechones de 6 a 20 kg 0,02 Cerdo de 20 a 50 kg 0,08 Cerdo de 20 a 100 kg 0,14 Cerdo de 50 a 100 kg 0,15 Cerdo de 50 a 150 kg 0,20 Cerdo de 20 a 150 kg 0,25 Cerdo de 100 a 150 kg (explotaciones de cebo) 0,17 Verracos 0,30

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Por tanto, de acuerdo con las anteriores definiciones y según la Orden de 1 de junio de 2015, por la que se aprueba el programa de actuación aplicable en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias designadas en Andalucía, se consideran explotaciones intensivas las siguientes:

EXPLOTACIONES GANADERAS INTENSIVAS

Tipo Explotación Descripción

Explotación Porcina Intensiva

Aquella explotación ganadera que utiliza un sistema de producción ganadera alojando a los animales en las mismas instalaciones donde se les suministra una alimentación fundamentalmente a base de pienso compuesto, incluida la explotación al aire libre, denominada sistema camping o cabañas.

Explotación Avícolas

Intensivas

Con carácter general, y salvo que el titular acredite que se mantiene un régimen de producción extensivo, se considerarán como intensivas todas las explotaciones salvo las explotaciones avícolas de ocio y de autoconsumo.

Explotaciones de rumiantes intensivas

Con carácter general, y salvo que el titular acredite que se mantiene un régimen de producción extensivo o basado en el pastoreo, se considerarán como intensivas las explotaciones para las siguientes especies:

Bovino

Caprino

Ovino

Explotaciones cunícolas intensivas

Aquellas reguladas mediante el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.

Explotaciones equinas intensivas

Aquellas con un sistema de manejo conforme a lo definido en el artículo 1.2 del anexo II del Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino, constando en la base de datos del Sistema de Información de Gestión Ganadera como Intensiva o de «estabulación permanente».

Otras Aquellas otras que puedan tener esta consideración a criterio de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.

Fuente: Orden 1 Junio 2015

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3.3 Definiciones Generales

Con el fin de completar este apartado, a continuación, se incluyen una serie de definiciones que se consideran importantes para la correcta interpretación del Manual:

DEFINICIONES GENERALES

Concepto Definición

Impacto Ambiental Cualquier alteración positiva o negativa, producida por la introducción en el territorio de una determinada actividad, la cual interviene sobre distintos componentes naturales del medio físico; así como sobre las relaciones sociales y económicas del hombre en este medio.

Instalación

Cualquier unidad técnica fija donde se desarrolle una o más de las actuaciones enumeradas en el Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como cualesquiera otras actuaciones directamente relacionadas con aquella que guarden relación de índole técnica con las actuaciones llevadas a cabo en dicho lugar y puedan tener repercusiones sobre las emisiones y la contaminación.

Instalación ganadera extensiva

Aquella en el que el ganado se encuentra al aire libre, con una relación de carga ganadera por unidad de superficie baja, que mantenga la vegetación natural o un cultivo implantado sin afección apreciable.

Instalación ganadera intensiva

Aquella en la que los animales se encuentran estabulados, así como toda aquella que no cumpla la definición de instalación extensiva.

Instalación ganadera de cebo

Son aquellas instalaciones ganaderas dedicadas al engorde de animales con destino a matadero.

Instalación ganadera de ciclo

cerrado

Es aquella en el que todo el proceso productivo, es decir, el nacimiento, la cría, la recría y el cebo, tiene lugar en la misma explotación, utilizando únicamente la producción propia.

SANDACH Subproducto de Origen Animal No Destinado a Consumo Humano.

Zona residencial: Zonas ubicadas en suelo clasificado como urbano o urbanizable por el Plan General de Ordenación Urbanística o, en su caso, por el Plan de Ordenación Intermunicipal, destinadas a uso residencial, en contraposición

Aguas residuales Aguas de escorrentía pluvial que suelen estar mezcladas con estiércol, agua procedente de la limpieza de superficies (p. ej. suelos) y equipos, y agua generada por el funcionamiento de sistemas de depuración del aire. También se las denomina como aguas sucias.

Estiércol Purines y/o estiércol sólido.

Estiércol sólido Heces o excrementos y orina mezclados o no con restos de cama que no fluyen por gravedad y no pueden bombearse

Explotación Una instalación, tal como se define en el artículo 3, punto 3, de la Directiva 2010/75/UE, en la que se crían cerdos o aves de corral.

Explotación existente Una explotación que no es nueva

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DEFINICIONES GENERALES

Concepto Definición

Explotación nueva Explotación autorizada por primera vez en fecha posterior a la publicación de las presentes conclusiones sobre las MTD, o bien una sustitución completa de una explotación después de publicadas las presentes conclusiones.

Fósforo total El fósforo total, expresado en P2O5, incluye todos los compuestos de fósforo orgánicos e inorgánicos, disueltos o unidos a partículas.

Fósforo total excretado

El fósforo total que se elimina en los procesos del metabolismo animal a través de la orina y las heces.

Nave Una parte de la explotación en la que se llevan a cabo uno de los procesos o actividades siguientes: alojamiento animal, almacenamiento de estiércol, procesado del estiércol. Una nave consta de un único edificio (infraestructura) y/o del equipo necesario para llevar a cabo procesos o actividades.

Nave existente Una nave que no es nueva

Nave nueva Una nave autorizada por primera vez en el emplazamiento de la explotación en fecha posterior a la publicación de las presentes conclusiones sobre las MTD, o bien la sustitución completa de una nave sobre otra preexistente después de publicadas las presentes conclusiones

Nitrógeno total excretado

El nitrógeno total que se elimina en los procesos del metabolismo animal a través de la orina y las heces.

Plaza (de animal) Espacio previsto por animal en un sistema de alojamiento teniendo en cuenta la capacidad máxima de la nave

Purines Heces y orina, mezcladas o no con restos de cama y agua para obtener un estiércol líquido con un contenido de materia seca de hasta el 10 %, que pueden fluir por gravedad y ser bombeadas.

Receptor sensible

Zona que requiere una protección especial contra las molestias, en particular las siguientes zonas:

— zonas residenciales, — zonas en las que se realizan actividades humanas (por ejemplo, escuelas, centros de día, zonas de recreo, hospitales o residencias de ancianos), — ecosistemas/hábitats sensibles.

Aves de corral Gallinas (pollos), pavos, pintadas, patos, gansos, codornices, palomas, faisanes y perdices que se crían o mantienen en cautividad con fines de reproducción, producción de carne o huevos para el consumo o repoblación cinegética.

Cerdas reproductoras

Hembras de la especie porcina durante la cría, los períodos de reproducción, gestación y parto.

Cerdas en apareamiento Cerdas listas para la monta o inseminación y antes de estar preñadas.

Cerdas en lactación Cerdas entre el período perinatal y el destete de los lechones

Cerdas gestantes Las cerdas preñadas, incluyendo las cerdas jóvenes nulíparas

Cerdo Animal de la especie porcina de cualquier edad, destinado a la cría o al engorde

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DEFINICIONES GENERALES

Concepto Definición

Cerdos de engorde

Cerdos de producción criados normalmente desde un peso vivo de 30 kg hasta el sacrificio o el primer período de monta. En esta categoría se incluyen los cerdos en crecimiento, los cerdos al final del cebo y las cerdas jóvenes no gestantes.

Lechones destetados

Cerdos jóvenes criados desde el destete hasta su engorde en general a partir de un peso vivo de entre 8 y 30 kg, aproximadamente

Gallinas ponedoras Gallinas, a partir de 16 a 20 semanas de edad, que se crían para producir huevos.

Lechones Cerdos desde su nacimiento hasta el destete

Pollitas

Gallinas/pollos jóvenes antes de poner huevos. Cuando se crían para la producción de huevos, las pollitas se convierten en gallinas ponedoras entre las 16 y 20 semanas de edad, cuando empiezan a poner huevos para consumo humano. Cuando se crían para la reproducción, las hembras y los machos jóvenes se definen como pollitas hasta las 20 semanas de edad.

Pollos de engorde Pollos criados para la producción de carne.

Reproductores Machos y hembras reproductores que se crían para poner huevos para incubar.

Reproductores de pollos de engorde

Machos y hembras reproductores que se crían para poner huevos destinados a la producción de pollos de engorde

Fuente: Elaboración propia

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4 LA GANADERÍA INTENSIVA EN GRANADA

4.1 Análisis de la Situación Actual

En España, debido a las costumbres y a la tradición alimentaria, la alimentación se basa en gran medida en el consumo de carne, y aunque la media de consumo por habitante y año ha bajado de los 80 Kg por habitante y año de los años 60 a los 50 kg que se dan en la actualidad, el incremento de la población y, sobre todo, el aumento de la exportación, hacen que la producción se haya incrementado.

Un dato que dimensiona el peso de la exportación es que, durante el año 2018, más del 50% de la producción derivada del porcino se exportó, situando a España, como la 4ª potencia mundial en producción de carne de porcino según datos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En este contexto, la situación de la Ganadería Intensiva en la Provincia de Granada ha experimentado un importante crecimiento en los últimos años, según un Informe de Ecologistas en Acción publicado en Mayo de 2018 con datos de 2015 que indica que, debido a que algunos países Europeos como Alemania o Dinamarca han disminuido su producción relacionada con este tipo de instalaciones y a que en otros territorios españoles el crecimiento se ha estancado, por que se han endurecido las exigencias legales, como en Cataluña o Aragón o porque se encuentran ya saturados de granjas, como Murcia.

Así, la Provincia de Granada, según este Informe, contaba en 2018 con plazas para unos 200.000 cerdos y para casi 5 millones de pollos, distribuidos en un total de 298 Granjas en 2015, 110 porcinas y 188 avícolas.

Por otra parte, durante la elaboración del presente Manual, se ha solicitado la información de las granjas y cabezas de ganado existentes en la actualidad y, de acuerdo con los datos facilitados por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, a fecha de 31 de Octubre de 2019, en la Provincia hay 110 Granjas Porcinas con 241.942 Cerdos y 188 Granjas Avícolas con 3.362.749 pollos.

Por tanto, tal y como se muestra en los siguientes Gráficos, el nº de Granjas Porcinas y Avícolas se mantiene estable y, mientras que el nº de plazas de Porcino ha experimentado un incremento del 20% en los últimos 4 años, el nº de plazas avícolas ha disminuido un 30%

020406080

100120140160180200

Granjas Porcinas Granjas Avícolas

Evolución de las Granjas 2015-2019

2015 2019

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Considerando las Granjas Avícolas y Porcinas por Municipios, se observa que los 11 Municipios con más Granjas en 2019 son los mismos que en 2015, aunque con algunas variaciones, como se muestra a continuación:

Por tanto, en la actualidad, el Municipio con más granjas avícolas y porcinas en funcionamiento es Castilléjar, con un total de 21 (12 porcinas y 9 avícolas), seguido por Benamaurel (14 avícolas

0

50.000

100.000

150.000

200.000

250.000

300.000

Evolución Plazas Porcinas 2015-2019

2015 2019

0

1.000.000

2.000.000

3.000.000

4.000.000

5.000.000

6.000.000

Plazas Avícolas

Evolución Plazas Avícolas 2015-2019

2015 2019

1

811

4 31 1

75

15

84

148 9

10 9

24

9

0

2

4

6

8

10

12

14

16

18

Municipios con más Granjas en la Provincia de Granada (2015)

Granjas Porcinas Granjas Avícolas

12

3

94 4

7 5 7

9

1417

6

7 710 9

27

0

5

10

15

20

25

Municipios con más Granjas en la Provincia de Granada (2019)

Granjas Porcinas Granjas Avícolas

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y 3 porcinas) y Valle del Zalabí (17 Avícolas), mientras que en 2015 eran Benamaurel (16), Castilléjar (16) y Guadix (15).

Por otra parte, atendiendo únicamente a las Granjas Porcinas, los Municipios con un mayor número en Octubre de 2019 son Castilléjar (12), Guadix (9), Chimeneas (7) y Guadahortuna (7), mientras que si se consideran las Explotaciones Avícolas, son Valle del Zalabí (17), Benamaurel (14) y Huéneja (10).

Además, si se añaden la Granjas de Explotaciones Caprinas, Ovinas y Bovinas, a 31 de Octubre de 2019, la situación de la Provincia es la mostrada en la siguiente tabla

Muniicipio Comarca nª

Granjas Caprino

nº Cabezas Caprino

nª Granjas Ovino

nª Cabezas

ovino

nª Granjas Bovino

nª Cabezas bovino

nª Granjas Porcino

nª Cabezas Porcino

nª Granjas Avícola

nª Cabezas Avícola

Alamedilla Los Montes 2 7 1 1389 Albolote Área Metropolitana Oeste 3 1603 2 713 1 6 Albondón Alpujarra 1 305 Albuñan Comarca de Guadix 1 6 1 2 5 200545 Albuñol Litoral Costa Tropical 7 1627 1 230

Albuñuelas Valle de Lecrín- Costa Interior 5 933 1 2

Aldeire Comarca de Guadix 3 75400 Algarinejo Poniente de Granada 10 124 1 1 1 627 Alhama de Granada Poniente de Granada 9 1935 4 356 5 2102 1 195 1 8100

Alhendin Valle de Lecrín- Costa Interior 1 9 1 706 2 21566

Almuñécar Litoral Costa Tropical 4 156 Alquife Comarca de Guadix 1 276 1 40 Arenas del Rey Poniente de Granada 2 468 1 28500 Atarfe Área Metropolitana Oeste 2 122660 Armilla Área Metropolitana Oeste 1 7 Baza Altiplano de Granada 29 2128 14 13967 1 772 4 5452 7 37366 Beas de Guadix Comarca de Guadix 1 32000 Beas de Granada Área Metropolitana Este 5 317 2 20 1 15 Benalúa Comarca de Guadix 1 33 3 1109 1 850 Benalúa de las Villas Los Montes 1 165 Benamaurel Altiplano de Granada 9 1790 1 803 3 2869 14 225291 Bérchules Alpujarra 1 5 Busquístar Alpujarra 1 1 Cacín Poniente de Granada 1 4 Cadiar Alpujarra 1 61 Caniles Altiplano de Granada 10 1265 3 2271 2 175 4 7700 1 13872 Campotéjar Los Montes 3 21110 Capileira Alpujarra 1 7 1 17 Cástaras Alpujarra 1 422 1 412 Castillejar Altiplano de Granada 3 572 1 361 12 89327 9 234635 Castril Altiplano de Granada 5 1391 1 12 6 3316 5 77018 Cenes de la Vega Área Metropolitana Este 1 83 1 16 1 4 Chauchina Área Metropolitana Oeste 1 2 1 162

Chimeneas Valle de Lecrín- Costa Interior 4 1541 1 42 4 10163 7 19044

Cogollos de Guadix Comarca de Guadix 1 23 1 1568 3 13467 Cogollos de la Vega Área Metropolitana Este 2 18 1 10460 Colomera Los Montes 1 113 2 102 Cortes de Baza Altiplano de Granada 8 1267 1 42 4 41085 Cortes y Graena Comarca de Guadix 1 266 1 15 1 27 Cuevas del Campo Altiplano de Granada 5 1235 1 7 1 1160 4 13713 Cúllar Altiplano de Granada 8 1699 5 105 5 8598 2 13400 Cúllar Vega Área Metropolitana Oeste 1 24 1 96 Cijuela Área Metropolitana Oeste 2 6306 1 96 Darro Comarca de Guadix 1 3605 1 6320 1 45 Deifontes Los Montes 1 4 1 14 1 320 Diezma Comarca de Guadix 2 1204 1 3219 Dólar Comarca de Guadix 1 46 9 256960

Dúrcal Valle de Lecrín- Costa Interior

2 30 2 2208 1 6521

Escúzar Valle de Lecrín- Costa Interior 2 636 2 381

El Pinar Valle de Lecrín- Costa Interior

1 305

Freila Altiplano de Granada 2 10 1 69 6 5503 Fuente Vaqueros Área Metropolitana Oeste 2 60 1 23 Fonelas Comarca de Guadix 2 3241 3 63584 Ferreira Comarca de Guadix 2 8856 1 27700 Galera Altiplano de Granada 1 5 1 35088 Gójar Área Metropolitana Este 2 367 2 707 1 11 2 142 Gor Comarca de Guadix 3 174 2 279 1 2781 3 78800

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Muniicipio Comarca nª

Granjas Caprino

nº Cabezas Caprino

nª Granjas Ovino

nª Cabezas

ovino

nª Granjas Bovino

nª Cabezas bovino

nª Granjas Porcino

nª Cabezas Porcino

nª Granjas Avícola

nª Cabezas Avícola

Granada Área Metropolitana Oeste 1 1 1 438 7 4586 1 657 1 169 Guadix Comarca de Guadix 6 962 4 1783 7 13002 9 26920 6 41688 Guejar Sierra Área Metropolitana Este 7 1234 1 22 2 184 Guadahortuna Los Montes 1 6 7 7183 Hueneja Comarca de Guadix 3 1405 10 195295 Huescar Altiplano de Granada 12 3046 2 556 1 2906 Huétor Santillán Área Metropolitana Este 1 4 Huétor Tájar Poniente de Granada 2 235 1 68 1 84 Íllora Poniente de Granada 4 158 4 72 2 516 3 8263 Iznalloz Los Montes 5 1921 2 17 1 1 4 24082 Játar Poniente de Granada 3 450 3 69860 Jayena Poniente de Granada 5 938 2 235 Jerez del Marquesado Comarca de Guadix 1 5 15 2028 5 140630

La Calahorra Comarca de Guadix 2 409 1 219 5 152062

La Malaha Valle de Lecrín- Costa Interior 1 202

La Peza Comarca de Guadix 3 544 1 7 3 235 La Taha Alpujarra 1 1 1 31 La Zubia Área Metropolitana Este 2 8 1 33 Láchar Área Metropolitana Oeste 1 1000 1 3885 1 60 Lanjaron Alpujarra 5 509 1 32 1 1 Las Gabias Área Metropolitana Oeste 2 730 1 65 2 12 Lanteira Comarca de Guadix 5 1987 4 159480

Lentejí Valle de Lecrín- Costa Interior

1 9392

Lecrín Valle de Lecrín- Costa Interior 1 123 1 1014

Loja Poniente de Granada 25 5858 15 627 1 12 3 2080

Los Guajares Valle de Lecrín- Costa Interior 4 165 1 24

Lújar Litoral Costa Tropical 1 3 Lugros Comarca de Guadix 7 2236 Marchal Comarca de Guadix 1 37393 Maracena Área Metropolitana Oeste 1 1198 Moclín Poniente de Granada 1 77 1 131 1 2 2 84 1 3500

Molvízar Valle de Lecrín- Costa Interior 7 1772 4 59500

Monachil Área Metropolitana Este 7 1371 4 79 2 80 Montefrío Poniente de Granada 19 646 12 148 1 6 3 853 Montejícar Los Montes 3 1501 1 1 1 18955 Montillana Los Montes 6 433 1 5 4 2788 7 118738 Moraleda de Zafayona Poniente de Granada 3 674 2 4729 3 19651 1 642 1 3600

Morelábor Comarca de Guadix 1 3 1 20 Motril Litoral Costa Tropical 11 3228 4 49 1 126 1 15200 Murtas Alpujarra 4 1159 1 55 Nevada Alpujarra 1 28

Nigüelas Valle de Lecrín- Costa Interior

1 1069

Orce Altiplano de Granada 1 2 1 7500 Órgiva Alpujarra 3 462 3 473 3 311 1 30 Otura Área Metropolitana Oeste 2 126

Padul Valle de Lecrín- Costa Interior 2 761 2 22 2 2 7 225290

Pampaneira Alpujarra 2 246 Pedro Martínez Comarca de Guadix 1 1445 Piñar Los Montes 5 1351 3 475 1 38 Pinos Puente Área Metropolitana Oeste 5 11001 1 2522 1 105 Polícar Comarca de Guadix 1 708 1 45 2 4521 Polopos Litoral Costa Tropical 2 665 Puebla de D. Fadrique Altiplano de Granada 1 31 2 5293 1 2 3 6776 1 1500

Pulianas Área Metropolitana Oeste 1 110 Purullena Comarca de Guadix 2 294 1 299 1 140 Rubite Litoral Costa Tropical 3 387 1 6 Salar Poniente de Granada 2 76 1 14 2 1570 Salobreña Litoral Costa Tropical 7 1314 1 18300 Santa Cruz Comercio Poniente de Granada 3 327 2 12 Santa Fe Área Metropolitana Oeste 6 1633 1 10 9 6020 1 1155 1 5100 Torvizcón Alpujarra 1 7 1 80 Turón Alpujarra 1 3 Ugíjar Alpujarra 3 870 1 60 Valle del Zalabí Comarca de Guadix 1 308 4 62 17 299912

Vélez de Benaudalla Valle de Lecrín- Costa Interior 6 719

Ventas de Huelma Valle de Lecrín- Costa Interior

1 200 4 87390

Vegas del Genil Área Metropolitana Oeste 1 481 3 8518

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Muniicipio Comarca nª

Granjas Caprino

nº Cabezas Caprino

nª Granjas Ovino

nª Cabezas

ovino

nª Granjas Bovino

nª Cabezas bovino

nª Granjas Porcino

nª Cabezas Porcino

nª Granjas Avícola

nª Cabezas Avícola

Villamena Valle de Lecrín- Costa Interior 1 160 1 776

Villanueva Mesía Poniente de Granada 2 662 4 1767 Víznar Área Metropolitana Este 2 194 2 179 Zafarraya Poniente de Granada 4 2160 1 3 Zagra Poniente de Granada 3 231 2 5 Zújar Altiplano de Granada 3 421 1 4269 1 2 TOTAL 382 68617 148 47516 135 95899 110 241942 188 3362749

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Así, si consideramos la distribución por Comarcas, atendiendo a la división mostrada en el mapa adjunto, publicado por la Diputación de Granada, se puede comprobar cuáles son las zonas de la Provincia con mayor incidencia de este tipo de instalaciones.

Figura 4: Comarcas de la Provincia de Granada

Fuente: Diputación de Granada

De este modo, considerando las 9 Comarcas indicadas, las granjas existentes en la Provincia en Octubre de 2019 se muestran en el siguiente gráfico, destacando las Comarcas del Altiplano de Granada con 229 Granjas, la Comarca de Guadix, con 190 y el Poniente de Granada, con 187.

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Atendiendo únicamente a las Granjas Porcinas y Avícolas, los datos de Octubre de 2019 muestran como son las Comarcas del Altiplano de Grabada y Guadix las que mayor número de Granjas albergan, con un total del 53% del total de Granjas Porcinas y del 64% de Granjas Avícolas de las presentes en la Provincia.

En el caso de las Granjas de Porcino, además del Altiplano y Guadix, también destaca la Comarca del Poniente de Granada, con un total de 20 Granjas.

26

96

29

18

23

35

24

97

34

10

33

13

7

14

6

9

49

7

4

10

6

30

55

5

14

11

41

1

5

18

1

12

20

12

2

49

3

11

80

2

15

7

19

0 20 40 60 80 100 120

Alpujarra

Altiplano de Granada

Área Metropolitana Este

Área Metropolitana Oeste

Comarca de Guadix

Litoral Costa Tropical

Los Montes

Poniente de Granada

Valle de Lecrín- Costa Interior

Granjas por Ganado y Comarca 2019

Granjas Avícola Granjas Porcino Granjas Bovino Granjas Ovino Granjas Caprino

41

15

18

1

12

20

12

05

1015202530354045

Granjas Porcino por Comarcas 2019

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En cuanto a las Explotaciones Avícolas, como se puede comprobar, la diferencia entre las dos Comarcas con más instalaciones (Altiplano y Guadix) y el resto es muy clara.

Por otra parte, si se analizan los datos por cabezas de ganado, se observa que la tendencia se mantiene, siendo las Comarcas con mayor nº de cabezas las correspondientes a Guadix, el Altiplano y el Valle de Lecrín.

Finalmente si se consideran los datos desagregados de nº de cabezas de ganado porcino y avícola, se obtienen los siguientes resultados.

0102030405060708090

Granjas Avícolas por Comarca 2019

5588

877643

15548

181340

1868488

41291

200719

173438

452668

0 400000 800000 1200000 1600000 2000000

Alpujarra

Altiplano de Granada

Área Metropolitana Este

Área Metropolitana Oeste

Comarca de Guadix

Litoral Costa Tropical

Los Montes

Poniente de Granada

Valle de Lecrín- Costa Interior

nº total cabezas ganado por Comarca (2019)

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En el caso del Ganado Porcino, la Comarca del Altiplano alberga el 54% del total de cerdos presentes en la Provincia, cifra que asciende al 75% del total provincial si se le suma la Comarca de Guadix.

Finalmente, en el caso del número de ejemplares en Explotaciones Avícolas, es la Comarca de Guadix la que se sitúa en el 53% del total Provincial, ascendiendo hasta el 74% si añadimos los ejemplares avícolas presentes en la Comarca del Altiplano.

Por tanto, se puede concluir que las Comarcas con una incidencia más importante en cuanto a presencia de Granjas y Ejemplares de Ganado Porcino y Avícola son las del Altiplano de Granada y Guadix, sumando entre ambas más del 50% de las Granjas Porcinas y del 60% de las Avícolas y en torno al 75% del nº de ejemplares en ambos casos.

130298

410640

51150

12611360 15538 22826

020000400006000080000

100000120000140000

nº Cabezas Porcino por Comarca 2019

110

700468

10602136804

1775161

33500182885 113560

409659

0200000400000600000800000

100000012000001400000160000018000002000000

nº Cabezas Avícola por Comarca 2019

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4.2 Influencia en el Geoparque de Granada

Según la UNESCO, los Geoparques son áreas geográficas únicas y unificadas donde se ubican lugares y paisajes que contienen una importancia geológica internacional, donde se maneja un concepto holístico de protección, educación y desarrollo sostenible.

En este sentido, la Provincia de Granada cuenta con una propuesta de Geoparque que incluye 70 lugares de interés geológico, algunos de ellos de relevancia internacional y tiene una extensión de 1.410 km2, repartidos en 47 municipios que pertenecen principalmente a las Comarcas del Altiplano de Granada, Guadix y los Montes Orientales.

Por tanto, de acuerdo con las conclusiones del apartado anterior, una parte importante de las Comarcas con mayor presencia de Granjas Intensivas Porcinas y Avícolas se encuentran incluidas en el Proyecto de Geoparque, como se muestra a continuación:

Figura 5: Ubicación del Geoparque en Andalucía

Fuente: Universidad de Granada

Figura 6: Municipios incluidos en el Geoparque

Fuente: Universidad de Granada

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En este Contexto, la Universidad de Granada comisionada por la Diputación de Granada, ha publicado en Mayo de 2019 un informe sobre el impacto de actividades en la zona del Geoparque, refiriéndose a los posibles impactos producidos por la Ganadería Intensiva en el Área y destacando los siguientes:

• Contaminación de Aguas y Suelos por Estiércoles y Purines

• Impacto visual

• Generación de Olores

• Contaminación de suelos por exceso de compuestos nitrogenados

• Utilización de estiércoles y purines como fertilizantes

• Emisiones de Gases contaminantes

• Uso de residuos orgánicos en suelo agrícola

• Presencia de Sustancias antimicrobianas

De acuerdo con dicho Estudio, la baja densidad poblacional y dispersión de municipios en un territorio tan extenso, determina que el Geoparque de Granada desde un punto de vista operativo sea una zona geográfica atractiva para la ubicación de explotaciones ganaderas de carácter intensivo ya que sus características poblacionales y geográficas se aproximan a los requerimientos de expansión de este tipo de instalaciones, como ya se ha evidenciado en otros territorios de España.

Según el Informe, de las explotaciones ganaderas porcinas ubicadas en el Geoparque de Granada, ocho se encuentran activas con Autorización Ambiental Integrada o unificada (AAI). Una explotación ha comunicado a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía inicio de actuación en fase de construcción, dos explotaciones no han comunicado a la Consejería de Medio Ambiente el inicio de actividad sujeta a AAI y finalmente una última explotación se encuentra en fase de consultas previas. El resto de las explotaciones se encuentran activas sin AAI, ya que les aplica Calificación Ambiental, lo que reduce de forma evidente el nivel de seguimiento de la ejecución y control de estos proyectos, así como el correcto funcionamiento en su caso.

De igual forma que las explotaciones porcinas, las avícolas se enmarcan en un conjunto reducido de instalaciones con AAI y una mayoría que no requieren esta consideración. En este sentido son siete las explotaciones avícolas que en la actualidad se encuentran ubicadas en el Geoparque de Granada con AAI, aunque de entre ellas una no ha comunicado el inicio de actividad y dos más están en proceso de tramitación. El resto de las explotaciones, no requieren por normativa AAI, sino Calificación Ambiental, encontrándose activas en la actualidad.

Así el Informe concluye que las explotaciones afectadas por AAI están sometidas durante su actividad a la supervisión específica de la administración autonómica en materia medio ambiental, y poseen un marco legislativo de supervisión más restrictivo que las instalaciones que no necesitan esta supervisión, mientras que el resto se encuentran reguladas por los Ayuntamientos que poseen una capacidad de seguimiento y control ambiental que mucho más limitada, hecho que podría afectar de forma directa al Geoparque de Granada.

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5 NORMATIVA DE APLICACIÓN

Respecto a la Normativa de Aplicación a las Explotaciones Ganaderas Intensivas, en este capítulo se ha llevado a cabo un Análisis de la Legislación aplicable en Andalucía, considerando Normativa Europea, Estatal y Autonómica. Así, se ha realizado una recopilación de la Normativa de Aplicación al Sector (Anexo I) considerando especialmente la legislación relacionada con el trámite de Calificación Ambiental y se incluye un desglose de los principales requisitos a satisfacer en todas las fases del trámite (apertura, seguimiento y cierre), incluyendo elementos de decisión para determinar si es posible la instalación (usos del suelo, gestión de residuos, características de instalaciones, LOUA, Emisiones, etc.) y otros problemas asociados (Gestión de purines, zonas de despiece, gestión de animales muertos, etc.).

En este punto hay que destacar que como Anexo I, se incluye un Listado de Normativa aplicable a Explotaciones Ganaderas Intensivas en la que se podrá filtrar por columnas, considerando la siguiente información:

Norma: Se incluye el título de la Norma de la que se extrae el requisito

Ámbito: Se indica si es de ámbito andaluz, estatal o europeo

Fase de Tramitación: Se especifica si es un requisito aplicable en la Fase de Apertura, Seguimiento o Cierre de la Instalación

Elemento: Se indica si la legislación es relativa a la Calificación Ambiental, Gestión de Residuos, Purines, Vertidos, etc.

Tipo Granja: Se incluye si el requisito es de aplicación a cualquier granja o a algunas en concreto

Artículo : Se especifica el artículo de la legislación en el que se encuentra el requisito

Requisito: Se muestra el requisito legal considerado

Por otra parte, respecto a las Mejores Técnicas Disponibles para el Sector, recogidas en la Decisión de ejecución (UE) 2017/302 de la Comisión, de 15 de febrero de 2017, por la que se establecen las conclusiones sobre las MTD en el marco de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos, estas han sido extraídas e incluidas en el Anexo II Buenas Prácticas y Mejores Técnicas Disponibles aplicables al Sector, tal y como se muestra en el Capítulo 7.

Finalmente, hay que indicar que en la actualidad se encuentran en proceso de exposición pública y aprobación final dos Proyectos legislativos de aplicación directa al sector, que se incluyen como Anexos XI y XII, como son los siguientes:

Proyecto de Real Decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas (Noviembre 2018).

Esta nueva normativa incluirá normas de ordenación zootécnica y sanitaria de las explotaciones porcinas en régimen intensivo relativas a:

• Define una nueva clasificación de las granjas • Establece nuevas responsabilidades del titular y el veterinario de la explotación • Determina requisitos mínimos en bioseguridad, infraestructuras, equipamientos

y manejo • Introduce el Sistema Integral de Gestión de las Granjas • Revisa las distancias mínimas • Establece nuevos sistemas de identificación individual

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• Incluye nuevos requisitos relativos a capacidad máxima productiva, ubicación, condiciones higiénico-sanitarias y aspectos medioambientales

.

Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas (Agosto 2019).

En este caso, el objetivo es actualizar la legislación vigente respecto a la ordenación de la Avicultura, planteando los siguientes elementos principales:

• Incluye la avicultura de puesta, no regulada hasta el momento • Actualiza el censo y unifica el sistema de registro • Fija un techo de emisiones • Aumenta los requisitos de profesionalización del avicultor y toda la cadena • Crea la figura de granja para autoconsumo o microgranja • Define tamaños de granjas y fija límites • Revisa las distancias mínimas • Cambia el nombre: de explotación a granja

Por tanto, la Normativa considerada ha sido la siguiente:

• Ley 7/2007, de 9 de julio, Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y modificaciones posteriores

• Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental.

• Decisión de ejecución (UE) 2017/302 de la Comisión, de 15 de febrero de 2017, por la que se establecen las conclusiones sobre las MTD en el marco de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos

• Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas.

• Reglamento 1069/2009 de 21 de octubre, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1774/2002

• Decreto 68/2009, de 24 de marzo, por el que se regulan las disposiciones específicas para la aplicación de la normativa comunitaria y estatal en materia de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.

• Orden de 1 de junio de 2015, por la que se aprueba el programa de actuación aplicable en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias designadas en Andalucía.

• Decreto 248/2007, de 18 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.

• Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, y modificaciones posteriores.

• Decreto 65/2012, de 13 de marzo, por el que se regulan las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales (modifica en parte al Decreto 14/2006, en cuanto a Subproductos Ganaderos).

• Decreto 281/2002, de 12 de noviembre, por el que se regula el régimen de autorización y control de los depósitos de efluentes líquidos o de lodos procedentes de actividades industriales, mineras y agrarias.

• Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas de protección de los cerdos.

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• Real Decreto 1392/2012, de 5 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos.

• Real Decreto 542/2016, de 25 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte

• Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.

• Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas, y modificaciones posteriores

• Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas.

• Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (artículos 42-46)

• Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo, por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios

• Reglamento (UE) 2016/1012 sobre condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio y la entrada en la UE de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo

• Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal y modificaciones posteriores

• Real Decreto 1084/2005 de Ordenación de la Avicultura de Carne y modificaciones posteriores

• Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.

• Real Decreto 980/2017, de 10 de noviembre, por el cual se introducen cambios en la aplicación de la Política Agrícola Común (PAC) en España

• Orden de 30 de julio de 2012, por la que se establecen y desarrollan las normas para el proceso de retirada de cadáveres de animales de las explotaciones ganaderas y la autorización y Registro de los Establecimientos que operen con subproductos animales no destinados al consumo humano en Andalucía

• Instrucción de 27 de Octubre de 2015, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se establecen criterios de coordinación relativos a la aprobación de los PGSG de subproductos ganaderos y sobre el procedimiento para la autorización de centros gestores de estiércoles y por la que se deja sin efecto la Instrucción de 2 de Noviembre de 2011 (por la que se establecen criterios de coordinación relativos a la aprobación de los PGSG) y la Instrucción de 1 de julio de 2013 (sobre procedimiento para la autorización de centros gestores de estiércoles).

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6 ASPECTOS AMBIENTALES GENERADOS

Una vez analizado el Proceso productivo y la Legislación de aplicación, en este capítulo se detalla un listado de los aspectos ambientales generados según el tipo de instalación y etapa del proceso asociado, que puede ayudar a los Técnicos Municipales para emitir las resoluciones de Calificación Ambiental y los condicionados correspondientes.

ASPECTOS AMBIENTALES GENERADOS POR INSTALACIÓN Y ETAPA DEL PROCESO PRODUCTIVO

Aspectos Ambiental Instalación Etapa

CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA

Emisión difusa de partículas (Polvo)

Explotaciones Avícolas de Puesta

• Recepción y estabulación de animales

• Alojamiento de animales

• Preparación y almacenamiento de pienso

• Transporte de animales a sacrificio

Explotaciones Avícolas de carne

• Acondicionamiento de la camada

• Recepción y estabulación de animales

• Alojamiento de animales

• Preparación y almacenamiento de pienso

• Transporte de animales a sacrificio

Explotaciones no avícolas

• Acondicionamiento de la camada

• Recepción y estabulación de animales

• Alojamiento de animales

• Preparación y almacenamiento de pienso

• Transporte de animales a sacrificio

• Almacenamiento de estiércol sólido

• Aplicación agrícola del estiércol sólido

Emisión de Amoniaco Explotaciones Avícolas de Puesta

• Alojamiento de animales

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones Avícolas de carne

• Alojamiento de animales

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones no avícolas

• Alojamiento de animales

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Emisión de Metano Explotaciones Avícolas de Puesta

• Alojamiento de animales

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

• Alojamiento de animales

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ASPECTOS AMBIENTALES GENERADOS POR INSTALACIÓN Y ETAPA DEL PROCESO PRODUCTIVO

Aspectos Ambiental Instalación Etapa

Explotaciones Avícolas de carne

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones no avícolas

• Alojamiento de animales

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Emisión de óxido nitroso

Explotaciones Avícolas de Puesta

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones Avícolas de carne

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones no avícolas

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Emisiones de dióxido de carbono

Explotaciones Avícolas de Puesta

• Alojamiento de animales

• Energía usada para iluminación

• Energía usada para ventilación

• Transporte de animales

Explotaciones Avícolas de carne

• Alojamiento de animales

• Energía usada para iluminación

• Energía usada para ventilación

• Transporte de animales

Explotaciones no avícolas

• Alojamiento de animales

• Energía usada para iluminación

• Energía usada para ventilación

• Transporte de animales

Emisiones de olores Explotaciones Avícolas de Puesta

• Alojamiento de animales

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones Avícolas de carne

• Alojamiento de animales

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones no avícolas

• Alojamiento de animales

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

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ASPECTOS AMBIENTALES GENERADOS POR INSTALACIÓN Y ETAPA DEL PROCESO PRODUCTIVO

Aspectos Ambiental Instalación Etapa

RUIDO

Generación de Ruido

Explotaciones Avícolas de Puesta

• Recepción de animales

• Estabulación de animales

• Alojamiento de animales

• Transporte de animales a sacrificio

• Clasificación y envasado de huevos

• Equipos de ventilación, alimentación y bebida

Explotaciones Avícolas de carne

• Recepción de animales

• Estabulación de animales

• Alojamiento de animales

• Transporte de animales a sacrificio

• Equipos de ventilación, alimentación y bebida

Explotaciones no avícolas

• Recepción de animales

• Estabulación de animales

• Alojamiento de animales

• Partos

• Cría

• Transporte de animales a sacrificio

• Equipos de ventilación, alimentación y bebida

CONTAMINACIÓN HÍDRICA

Contaminación potencial de aguas subterráneas por

estiércoles/ deyecciones

Explotaciones Avícolas de Puesta

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones Avícolas de carne

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones no avícolas

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Contaminación potencial de aguas

superficiales estiércoles/ deyecciones

Explotaciones Avícolas de Puesta

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación y valorización de excrementos/ deyecciones

Explotaciones Avícolas de carne

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación y valorización de excrementos/ deyecciones

Explotaciones no avícolas • Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación y valorización de excrementos/ deyecciones

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ASPECTOS AMBIENTALES GENERADOS POR INSTALACIÓN Y ETAPA DEL PROCESO PRODUCTIVO

Aspectos Ambiental Instalación Etapa

GENERACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS

Contaminación por envases de

medicamentos y otros materiales sanitarios

Explotaciones Avícolas de Puesta • Alimentación de animales

Explotaciones Avícolas de carne

• Alimentación de animales

Explotaciones no avícolas

• Alimentación de animales

• Cubrición

• Gestación

• Maternidad

Contaminación por aceites de maquinarias

Explotaciones Avícolas de Puesta • Actividades de mantenimiento y situaciones de avería

Explotaciones Avícolas de carne

• Actividades de mantenimiento y situaciones de avería

Explotaciones no avícolas • Actividades de mantenimiento y situaciones de avería

Contaminación por envases de productos

de limpieza y desinfectantes

Explotaciones Avícolas de Puesta • Actividades de acondicionamiento y limpieza

Explotaciones Avícolas de carne

• Actividades de acondicionamiento y limpieza

Explotaciones no avícolas • Actividades de acondicionamiento y limpieza

Residuos de envases y embalajes

Explotaciones Avícolas de Puesta

• Alimentación de animales

• Clasificación y envasado de huevos

Explotaciones Avícolas de carne

• Alimentación de animales

• Acondicionamiento de la camada

Explotaciones no avícolas • Alimentación de animales

GENERACIÓN DE RESIDUOS NO PELIGROSOS

Producción de estiércoles/

deyecciones (purines, gallinaza, etc.)

Explotaciones Avícolas de Puesta • Alojamiento de animales

Explotaciones Avícolas de carne

• Alojamiento de animales

Explotaciones no avícolas • Alojamiento de animales

Cadáveres de animales y otros restos

orgánicos

Explotaciones Avícolas de Puesta

• Recepción de animales

• Alojamiento de animales

• Puestas

Explotaciones Avícolas de carne

• Recepción de animales

• Alojamiento de animales

Explotaciones no avícolas

• Recepción de animales

• Alojamiento de animales

• Recepción de animales

• Alojamiento de animales

• Partos

• Cría

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ASPECTOS AMBIENTALES GENERADOS POR INSTALACIÓN Y ETAPA DEL PROCESO PRODUCTIVO

Aspectos Ambiental Instalación Etapa

CONTAMINACIÓN DEL SUELO

Contaminación potencial del suelo

Explotaciones Avícolas de Puesta

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones Avícolas de carne

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Explotaciones no avícolas

• Almacenamiento de estiércoles/ deyecciones

• Aplicación agrícola de estiércoles/ deyecciones

• Tratamiento de estiércoles/ deyecciones

Fuente: Elaboración propia

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7 INSTRUMENTOS DE APOYO A LA GESTIÓN MUNICIPAL

Una vea analizada de forma general la situación y problemática del Sector de la Ganadería Intensiva, en el presente capítulo se pretenden incluir una serie de instrumentos de apoyo a la Gestión Municipal de las Calificaciones Ambientales y Licencias para este tipo de Instalaciones.

Así, en los siguientes apartados se incluyen los siguientes elementos:

Buenas Prácticas a incluir en el condicionado de la Resolución de Calificación Ambiental.

Seguimiento y Control del condicionado de la Calificación Ambiental.

Limitación de la capacidad de carga del territorio.

Iniciativas Municipales para la limitación de Explotaciones Ganaderas Intensivas.

Herramienta de apoyo al trámite de Calificación Ambiental

7.1 Buenas Prácticas a incluir en la Calificación Ambiental

Como ya se ha indicado, se ha considerado útil la elaboración de un Documento de Apoyo que incluye un listado de Buenas Prácticas y Mejores Técnicas Disponibles aplicables al Sector, considerando diferentes Guías publicadas, Resoluciones de AAI aplicables al sector y, especialmente, la Decisión de Ejecución (UE) 2017/302 de la Comisión de 15 de febrero de 2017 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) en el marco de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos.

El objeto es el de facilitar una herramienta que permita seleccionar acciones para incluir en el condicionado ambiental de la Resolución de Calificación Ambiental. Así, en el Anexo II. Buenas Prácticas y Mejores Técnicas Disponibles aplicables al Sector, se incluyen las siguientes columnas:

Referencia: Se incluye la fuente de origen de la Buena Práctica

Elemento: Se indica si la Buena Práctica es relativa a Emisiones, Olores, Gestión de Residuos, Purines, Vertidos, Gestión Nutricional, Energía, etc.

Tipo Granja: Se especifica si la Buena Práctica es de aplicación a cualquier granja o a algunas en concreto

Objetivo: Se muestra el Objetivo pretendido con la Buena Práctica

Técnica: Se detalla la Buena Práctica identificada

Condiciones de Aplicabilidad: Si es necesario, se indican las condiciones necesarias para aplicar la Buena Práctica

Así, concretamente, en el listado de Buenas Prácticas y Mejores Técnicas Disponibles aplicables al sector, se incluyen prácticas relacionadas con los siguientes elementos:

• Sistemas de Gestión Ambiental

• Buenas Prácticas Ambientales

• Gestión nutricional

• Uso eficiente del agua

• Vertidos de aguas residuales

• Uso eficiente de la energía

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• Emisiones de ruido

• Emisiones de polvo

• Emisiones de olores

• Emisiones del almacenamiento de estiércol sólido

• Emisiones generadas por el almacenamiento de purines

• Procesado in situ del estiércol

• Aplicación al campo del estiércol

• Emisiones generadas durante el proceso de producción completo

• Supervisión de emisiones y parámetros del proceso

• Emisiones de amoniaco de las naves para cerdos

• Emisiones de amoniaco en naves de gallinas ponedoras, reproductores de pollos de engorde o pollitas

• Emisiones de amoniaco en naves de pollos de engorde

• Emisiones de amoniaco en naves para patos

• Emisiones de amoniaco en naves de pavos

• Atmósfera. Emisiones canalizadas

• Atmósfera. Emisiones difusas

• Residuos no peligrosos

• Almacenamiento Residuos Peligrosos

• Gestión de residuos peligrosos

• Gestión de SANDACH

• Gestión de Purines

• Contaminación del suelo

• Riesgo Ambiental

• Fugas y Fallos de funcionamiento

• Clausura y desmantelamiento de la instalación

7.2 Seguimiento y Control del condicionado de la Calificación Ambiental

Según establece el artículo 43 de la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, corresponde a los Ayuntamientos la tramitación y resolución de los procedimientos de Calificación Ambiental y declaración responsable de los efectos ambientales en su caso, así como la vigilancia, control y ejercicio de la potestad sancionadora con respecto a las actividades sometidas a dichos instrumentos.

En este contexto, uno de los principales problemas con que se encuentran los Municipios de la Provincia de Granada en relación con la gestión ambiental de las Explotaciones Ganaderas Intensivas es el de la vigilancia y control de los límites y condiciones impuestas mediante la concesión de la Calificación Ambiental, debido fundamentalmente a la limitación de Recursos Técnicos en la mayoría de los Municipios.

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Una posible solución podría ser la utilización de las Entidades Colaboradoras en materia de Calidad Ambiental (ECCAs), que son aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras en materia de Calidad Ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Estas entidades actúan a petición de las personas o entidades titulares de actividades o instalaciones en cumplimiento de una exigencia normativa o por mandato expreso de la Consejería competente en materia de medio ambiente, que establece los requisitos, funciones y obligaciones que afectan a dichas entidades mediante el Decreto 334/2012, de 17 de julio.

Así entre los ámbitos de actuación de estas entidades se encuentran los siguientes (art. 3):

a) Prevención y control ambiental, en el que se incluyen las siguientes actividades:

1. Control Ambiental. Actuaciones de comprobación o de ensayo realizadas según normas correspondientes. (…)

6. Otras actuaciones relacionadas con la prevención y el control ambiental.

b) Calidad del medio ambiente atmosférico, en el que se incluyen las siguientes actividades:

1. Contaminación atmosférica. Actuaciones de comprobación o de ensayo en el campo de emisiones o inmisiones atmosféricas.

2. Contaminación acústica. Actuaciones de comprobación o de ensayo en el campo de emisiones o inmisiones acústicas.

3. Contaminación lumínica. Actuaciones de comprobación o de ensayo en el campo de la contaminación lumínica.

c) Calidad del medio hídrico. Actuaciones de comprobación o de ensayo en el campo de emisiones o inmisiones hídricas.

d) Calidad del suelo. Actuaciones de comprobación o de ensayo en el campo de suelos potencialmente contaminados y aguas subterráneas asociadas realizadas según normas correspondientes.

e) Residuos. Actuaciones de comprobación o de ensayo en el campo de residuos realizadas según normas correspondientes.

Y entre sus funciones generales (art. 4) están las mostradas a continuación:

1. La certificación, previa a la puesta en marcha de una nueva actividad, su ampliación, modificación o traslado, de que la ejecución del proyecto ha cumplido los condicionantes impuestos en la resolución del procedimiento de prevención ambiental que corresponda.

2. La comprobación durante la puesta en marcha de una nueva actividad, ampliación, modificación o traslado de la misma, para verificar el respeto a los límites legales establecidos de emisión o generación de contaminantes.

3. La realización de actuaciones con objeto de comprobar que continúan cumpliéndose las condiciones ambientales establecidas en las autorizaciones administrativas, de todo tipo de actividades, instalaciones y actuaciones.

Así, los Ayuntamientos podrían incluir en las resoluciones de Calificación Ambiental concedidas un Plan de Vigilancia Ambiental considerando los diferentes elementos recogidos en la resolución y el condicionado establecido en la misma e indicando cuáles de los controles establecidos deberían ser realizados por ECCAs.

En este sentido, como Anexo VIII se incluye un Modelo de Plan de Vigilancia y Control general en el que se podrán añadir, quitar o modificar los diferentes ítems de inspección planteados, así como el tipo de inspección, contenido y frecuencia.

Este Modelo de Plan de Vigilancia se ha estructurado en los siguientes apartados:

• Inspecciones condicionado Calificación Ambiental

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• Emisiones a la Atmósfera

• Vertido de Aguas Residuales

• Gestión de Residuos

• Incidencias

• Informe Anual

Por otra parte, además de las labores de vigilancia y control realizadas por ECCAs, los Técnicos Municipales de los Ayuntamientos podrían llevar a cabo Inspecciones del condicionado de la Calificación Ambiental, que podrían ser de tres tipos, Inicial, Programada y No Programada, y que también podrían ser Integrales, considerando la totalidad de las condiciones fijadas en la Calificación Ambiental o Parciales, inspeccionando elementos concretos, como son:

• Condiciones Generales

• Emisiones a la Atmósfera

• Vertido de Aguas Residuales

• Gestión de Residuos

• Instalaciones y almacenamientos

• Gestión de Estiércoles y Purines

• Gestión de SANDACH

• Otros

Así, como Anexo IX se incluye un Modelo de Acta de Inspección de Calificación Ambiental estructurada en 4 apartados (Datos de la instalación, datos de la inspección, cumplimiento de las condiciones evaluadas y actuaciones a realizar), que podría ser utilizada por los Técnicos Municipales en caso de que estos realizaran Inspecciones.

7.3 Limitación de la capacidad de carga del territorio.

Uno de los principales problemas consecuencia de la intensificación de los rendimientos productivos tanto de explotaciones agrícolas como ganaderas, ha sido la contaminación de aguas subterráneas y superficiales por nitratos procedentes de fertilizantes y otros medios de producción agrarios. En consecuencia y, para reducir ésta, así como para prevenir dicha contaminación, la UE aprobó la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias, que fue incorporada al ordenamiento jurídico español por el Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.

En cumplimiento de lo establecido en dicho Real Decreto, una vez que los órganos competentes identificaron las aguas afectadas por tal contaminación, la Comunidad Autónoma de Andalucía procedió a designar las zonas vulnerables en su ámbito territorial, mediante el Decreto 261/1998, de 15 de diciembre y posteriormente, por Orden conjunta de las Consejerías de Agricultura y Pesca y Medio Ambiente, de 27 de junio de 2001, se aprobó un Programa de Actuación aplicable a dichas zonas.

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Finalmente, el Decreto 36/2008, de 5 de febrero (modificado por la Orden de 7 de julio de 2009) por el que se designan las zonas vulnerables y se establecen medidas contra la contaminación por nitratos de origen agrario, viene a designar, siguiendo las directivas de la Unión Europea, nuevas delimitaciones más precisas de las zonas vulnerables y establece medidas contra la contaminación por nitratos de origen agrario.

Así, las zona vulnerables establecidas en la Provincia de Granada se muestran en el siguiente mapa, publicado en la web de Rediam (Red de Información Ambiental de Andalucía) de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

Figura 7: Zonas Vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario

Fuente: Rediam (Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible)

Por tanto, en la Provincia de Granada se sitúan 3 zonas designadas como vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario, que son las siguientes:

10: Vega de Granada

11: Litoral de Granada

20: Sierra Gorda – Zafarraya

De forma más concreta y según se informa en la web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, para saber si una explotación está en Zona Vulnerable, se deberá acceder a la página del visor SIGPAC http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/sigpac/, pulsar el icono SIGPAC de la barra de herramientas que aparece en la parte inferior, e introducir los datos de cada uno de los recintos que la componen, obteniéndose la información de la parcela que incluye la designación de zonas vulnerables.

Así, si una explotación ganadera intensiva se encuentra en una zona designada como vulnerable a la contaminación por nitratos de origen agrario, deberá cumplir con lo establecido en el Anexo II de la Orden de 1 de junio de 2015, por la que se aprueba el programa de actuación aplicable en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias designadas en Andalucía.

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a) Las explotaciones ganaderas intensivas y las mixtas, para las instalaciones correspondientes a la fase o fases intensivas, ubicadas en zonas vulnerables que desarrollen actividades citadas en el punto anterior deberán cumplir, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica, las siguientes condiciones:

– Disponer de un Plan de Gestión de Subproductos Ganaderos aprobado por la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de ganadería

– Las áreas exteriores de espera y ejercicio deberán estar diseñadas y dotadas de la suficiente pendiente para asegurar la correcta evacuación de los efluentes hacia los lugares de almacenamiento propios o de los estiércoles, de forma que se evite la filtración y escorrentía de las deyecciones.

– Las aguas de limpieza deberán ser recogidas en los puntos de almacenamiento de otros efluentes, de forma que se evite la filtración y escorrentía de las mismas.

– El ensilado de forrajes deberá hacerse sobre superficies impermeables y dotadas de un punto bajo, donde se puedan recoger los líquidos de rezume para su evacuación hacia las instalaciones de almacenamiento de efluentes.

– Las obras de almacenamiento de estiércoles estarán alejadas al menos 25 m de los cursos de agua.

– Las aguas pluviales de las cubiertas se evacuarán directamente al medio natural sin que pasen a formar parte del conjunto de efluentes.

– La cantidad de estiércol aplicable a la tierra cada año, incluida la aportación directa de los animales, no podrá superar el equivalente de 170 UFN por hectárea.

b) Para el cálculo de la capacidad de los depósitos de estiércoles y purines se deberán tener en cuenta los módulos de producción de deyecciones ganaderas que se reflejan en el cuadro A del Anexo II.

c) Las personas titulares de explotaciones ganaderas deberán acreditar, en el caso de valorización orgánicomineral, la disponibilidad de superficie agrícola suficiente, respetando como distancia mínima en la distribución del mismo la de 500 metros con respecto a núcleos urbanos. En el caso de entrega a gestores de estiércoles y purines, se acreditará mediante el correspondiente contrato.

Con relación a los cursos de aguas se regirá por lo establecido en el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, y lo dispuesto en los diferentes planes hidrológicos de cuenca.

Por otra parte, algunas Comunidades Autónomas han ido un poco más allá en la limitación de la capacidad de carga de algunos territorios, limitando o impidiendo la ampliación o construcción de nuevas explotaciones ganaderas intensivas cuando se superan ciertos valores.

De este modo, Cataluña establece el límite en un índice de carga ganadera (ICG) superior al 1,2, calculado mediante la división del nitrógeno que generan los excrementos de las explotaciones ganaderas de un municipio y los colindantes entre el nitrógeno admisible en las tierras fertilizables de esas mismas localidades, mientras que Aragón define el criterio para considerar a un municipio con sobrecarga ganadera como aquel en el que su balance de nitrógeno procedente de las explotaciones ganaderas intensivas y de la superficie agrícola útil sea superior a 220 kg de N/Ha en zonas no vulnerables y 170 kg/Ha en zonas vulnerables a la contaminación de aguas por nitratos.

A continuación se incluye un resumen de la Legislación publicada en ambas Comunidades Autónomas para limitar las explotaciones intensivas en zonas con sobrecarga de nitrógeno.

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NORMATIVA AUTONÓMIVA PARA LA LIMITACIÓN DE EXPLOTACIONES

Territorio Descripción Normativa

Cataluña

Normativa que impide en algunas poblaciones con una alta carga ganadera (que la tierra de la zona afectada este sobresaturada de nitrógeno), cualquier ampliación o construcción de nuevas naves avícolas o ganaderas, durante dos años.

• La finalidad es tratar de mejorar la calidad de la tierra y de las aguas subterráneas, que se ven afectadas por la gran cantidad de purines y excrementos de animales.

• Los municipios incluidos en la moratoria (66) son aquellos que registran un índice de carga ganadera (ICG) superior al 1,2. Este indicador resulta de dividir el nitrógeno que generan los excrementos de las explotaciones ganaderas de un municipio y los colindantes entre el nitrógeno admisible en las tierras fertilizables de esas mismas localidades. En las zonas afectadas por la moratoria se considera que hay más residuos procedentes de las explotaciones ganaderas de lo que puede absorber la tierra como fertilizante.

• El decreto también establece limitaciones para aquellas granjas situadas en zonas con un índice de carga ganadera entre 0,8 y 1,2. En estos casos pueden ampliar ganado siempre y cuando depositen, en zonas autorizadas, y exporten los excrementos producidos fuera de las áreas consideradas como zonas vulnerables.

• La nueva normativa pretende tener un mayor control de los residuos generados por las explotaciones ganaderas y, de esta manera, mejorar la calidad de la tierra y de las aguas subterráneas, que actualmente registran unos niveles insalubres de nitratos

Del mismo modo, se busca potenciar la valorización de los excrementos animales como un recurso dentro del esquema de bioeconomía circular, con el aprovechamiento sobre el terreno cuando se preste y con la exportación cuando haya excedentes de nutrientes

• Decreto 153/2019, de 3 de julio, de gestión de la fertilización del suelo y de las deyecciones ganaderas y de aprobación del programa de actuación en las zonas vulnerables en relación con la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias

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NORMATIVA AUTONÓMIVA PARA LA LIMITACIÓN DE EXPLOTACIONES

Territorio Descripción Normativa

Aragón

Para alcanzar una correcta distribución de la ganadería intensiva que sea sostenible para el territorio y el medio ambiente y respetuosa con actividades y alternativas de desarrollo rural, y en especial de las relacionadas con el turismo, es necesario establecer los municipios en los que el nitrógeno procedente de las deyecciones ganaderas intensivas sea excesivo en relación con la superficie agrícola útil disponible para la aplicación de estiércoles.

• Así, el criterio para considerar a un municipio con sobrecarga ganadera será aquel en el que su balance de nitrógeno procedente de las explotaciones ganaderas intensivas y de la superficie agrícola útil sea superior a 220 kg de N/Ha en zonas no vulnerables y 170 kg/Ha en zonas vulnerables a la contaminación de aguas por nitratos.

• Conforme a los criterios mencionados en el párrafo anterior se hace necesario declarar los municipios del territorio de Aragón sobresaturados de nitrógeno con el objetivo de no permitir que se instalen nuevas explotaciones ganaderas intensivas en los municipios que sean así definidos, con el fin de proteger las aguas superficiales y subterráneas y por ende el medio ambiente y de hacerlo compatible el crecimiento sostenible de los sectores ganaderos intensivos.

• En este contexto, se ha publicado la Orden DRS/333/2019, de 25 de marzo, por la que se declaran, en base al índice de carga ganadera, los municipios con sobrecarga ganadera por exceso de nitrógeno de origen orgánico procedente de la actividad ganadera.

Por otra parte, se ha publicado la Orden DRS/330/2019, que establece las distancias mínimas obligatorias desde las instalaciones ganaderas a los núcleos de población y a los elementos relevantes del territorio, así como la distancia mínima que debe haber entre las explotaciones ganaderas y entre las explotaciones de porcino.

Finalmente, con el fin de regular la gestión y control de los purines, el Gobierno de Aragón ha publicado el Decreto 53/2019, que regula:

• El procedimiento y las condiciones exigidas para acreditar la adecuada gestión de estiércoles producidos en instalaciones destinadas a la cría intensiva.

• El procedimiento y las condiciones de autorización de los centros gestores de estiércoles.

• Los procedimientos de acreditación y control de las operaciones de gestión de estiércoles que precisen de parcelas de uso agrícola para su realización.

Así, este Decreto se aplicará a las explotaciones ganaderas intensivas sujetas a los regímenes de intervención ambiental consistentes en autorización ambiental integrada o licencia ambiental de actividades clasificadas, así como a los centros de gestión de estiércoles.

• Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas.

• Orden DRS/333/2019, de 25 de marzo, por la que se declaran, en base al índice de carga ganadera, los municipios con sobrecarga ganadera por exceso de nitrógeno de origen orgánico procedente de la actividad ganadera.

• Orden DRS/330/2019, de 26 de marzo, por la que se actualizan varios anexos de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, cuya revisión se aprobó por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón

• Decreto 53/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la gestión de estiércoles y los procedimientos de acreditación y control

Fuente: Elaboración propia

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7.4 Iniciativas relacionadas con la Gestión de Licencias Municipales

Una vez concluido el trámite y otorgada la Calificación Ambiental a una actividad determinada, los Ayuntamientos han de otorgar la correspondiente Licencia Municipal, tal y como se indica en el Procedimiento incluido en el siguiente apartado.

Estas Licencias, que generalmente dependen de los Servicios de Urbanismos están conformadas por dos elementos que se suelen tramitar de forma conjunta, la Licencia Urbanística y la Licencia de Actividad o Apertura.

De este modo resulta que estará sujeta a licencia administrativa toda apertura de establecimiento mercantil e industrial con el fin de ser comprobada la adecuación de los locales, e instalaciones a las condiciones de salubridad, seguridad y tranquilidad, y a las normas particulares que sobre usos contemple el PGOU (art. 10 LOUA) en las distintas clases de suelo (en suelo urbano la regulación del uso pormenorizado; en suelo urbanizable los usos globales de casa sector, y en su caso, los usos complementarios o incompatibles, y en suelo no urbanizable, los usos admisibles, entendiéndose que aquellos no expresamente autorizados son usos prohibidos), los Planes Parciales de Ordenación (art. 13. 3. b) LOUA), y los Planes Especiales y Ordenanzas Municipales de Edificación (art. 24 LOUA).

Por tanto, es en este punto es donde los Ayuntamientos podrían regular la instalación de Explotaciones Ganaderas Intensivas mediante modificaciones o innovaciones del Planeamiento vigente estableciendo limitaciones de distinto tipo como:

Definición de zonas de exclusión

Establecimiento de distancias mínimas

Regulación de usos de suelo no urbanizable

Generalmente, para la realización del correspondiente estudio de modificación, los Ayuntamientos suelen suspenden de forma cautelar la tramitación de licencias para Explotaciones Ganaderas Intensivas por un periodo de 1 año.

Por otra parte, además de estas modificaciones del Planeamiento Urbanístico, algunos Ayuntamientos han tomado otra serie de iniciativas para limitar la presencia de este tipo de instalaciones, generalmente mediante la elaboración o modificación de Ordenanzas Municipales que regulan elementos como las siguientes:

Limitación de las autorizaciones de conexión a la red de abastecimiento de agua, con el fin de garantizar el suministro a la población.

Limitaciones por motivos ambientales (acuíferos contaminados, olores, gestión de residuos, etc.).

Limitaciones por motivos turísticos (cercanía a rutas y lugares de interés turístico, establecimientos hosteleros, etc.).

Incremento de los Impuestos y Tasas Municipales a determinadas instalaciones.

Por último, en algunos Ayuntamientos también se han tomado iniciativas como aprobación de mociones o posiciones políticas para intentar influir en la toma de decisiones por parte de Entidades Supramunicipales como Diputaciones o Comunidades Autónomas.

Así, a continuación se resumen algunas de estas iniciativas y los Ayuntamientos que las han puesto en marcha.

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INICIATIVAS REGULADORAS MUNICIPALES

Iniciativa Descripción Ayuntamientos

Innovación del PGOU determinando zonas de exclusión y distancias mínimas

El Pleno del Ayuntamiento de Huércal-Overa aprobó una innovación del PGOU del municipio que supone un avance para conseguir un desarrollo sostenible en el municipio a través de una actuación parcial del PGOU que debe atender a las nuevas realidades y necesidades del municipio. Así, esta innovación supone:

• La regulación especial del sector porcino que limita la instalación de nuevas granjas en zonas de exclusión, siendo estas 4 núcleos urbanos, zonas de exclusión por vía pública 100 m desde la Autovía del Almanzora y 25 para el resto de las vías públicas y las zonas de exclusión por planeamiento.

• Con la aprobación de esta innovación, también se amplía la zona de especial protección por planeamiento, dentro del suelo no urbanizable del PGOU a un paraje que se trata de una zona seminatural de piedemonte junto a la Sierra de Almagro, donde todavía se conservan a usos tradicionales del territorio, con unos ambiéntales de flora, fauna y suelos, dignos de ser protegidos como otras zonas de Huércal-Overa ya protegidas desde 2007.

• Huércal-Overa (Almería)

Suspensión Cautelar de nuevas Licencias de Ampliación o Instalación y Proyecto de Modificación del PGOU

Durante los últimos años, principalmente 2018 y 2019, en muchos Ayuntamientos con una alta presencia de Explotaciones Ganaderas Intensivas, y por motivos de afección al Medio Ambiente, el Turismo o la Población, han tomado la iniciativa de suspender cautelarmente la concesión de nuevas Licencias de Ampliación o Instalación de este tipo de Instalaciones para estudiar y elaborar Proyectos de Modificación del Planeamiento Urbanístico Vigente en diferentes aspectos como los siguientes:

• Definición de zonas de exclusión

• Establecimiento de distancias mínimas

• Regulación de usos de suelo no urbanizable

• Cieza (Murcia)

• Aínsa (Huesca)

• Jaca (Huesca)

Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias

En este caso, se trata de una de una modificación puntual de las Normas Subsidiarias cuyo objeto es regular los usos en el suelo no urbanizable del Municipio y su objetivo, concretamente, es asegurar la preservación del medio ambiente para impedir la contaminación ambiental, del suelo y de los recursos

• Alpera (Albacete)

Moratoria de nuevas Licencias de Ampliación o Instalación por escasez de agua en el Municipio

El Ayuntamiento ha planteado la moratoria por dos razones principales, que son la necesidad de modificar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para regular el suelo no urbanizable y la escasez de agua en el municipio por la falta de capacidad de los depósitos.

De este modo, el Ayuntamiento trata de ordenar la creciente demanda de solicitudes de implantación o ampliación de explotaciones ganaderas en el municipio, y decide suspender las autorizaciones de conexión a la red de abastecimiento de agua de las nuevas instalaciones ganaderas que pretendan radicarse en el Municipio, así como el incremento del suministro de aquellas que ya están conectadas. Esto supone denegar las solicitudes que estaban pendientes de resolución.

Por otra parte, la modificación del PGOU pretende incorporar una regulación más específica y protectora del suelo no urbanizable y los recursos naturales del municipio.

• Siétamo (Huesca)

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INICIATIVAS REGULADORAS MUNICIPALES

Iniciativa Descripción Ayuntamientos

Modificación del Plan de Ordenación Municipal en base a la capacidad de acogida en el suelo rústico del Municipio

El Ayuntamiento ha determinado la suspensión cautelar del otorgamiento de licencias para la explotación intensiva de ganado porcino en el suelo rústico del Plan de Ordenación Municipal (POM) del Municipio hasta la aprobación de la modificación del POM, toda vez que se obtenga la distancia de estas macro granjas porcinas a núcleos urbanos, algo que determinará la Universidad regional.

Para ello, se han contratado los los servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha y de la Facultad de Ciencias Ambientales para la realización de un estudio sobre la capacidad de acogida en el suelo rústico del Municipio de este tipo de granjas.

De este modo, el Estudio especificará la regulación de las distancias a los núcleos de población para la implantación de explotaciones intensivas de ganado porcino, lo que servirá de soporte para la modificación del POM en suelo rústico.

• Talavera de la Reina (Toledo)

Suspensión Cautelar de nuevas Licencias de Ampliación o Instalación y Proyecto de Modificación del Planeamiento por contaminación de acuíferos

En este caso, el Pleno del Ayuntamiento acordó la suspensión del otorgamiento de licencias urbanísticas en relación con licencias ambientales de actividades ganaderas en todo el término municipal para proceder al estudio de la modificación del planeamiento vigente.

Se trata de una medida preventiva, sobre todo para regular lo referente a las distancias a las que pueden instalarse nuevas granjas, debido fundamentalmente a la presencia de nitratos en el acuífero, que ha provocado incluso que el agua haya sido declarada no apta para el consumo en algún momento.

• Chimillas (Huesca)

Incremento de Impuestos para Instalaciones Ganaderas

El Ayuntamiento ha modificado las ordenanzas fiscales, de modo que se ha aumentado en un 30% el impuesto de construcciones e inicio de obra (ICIO) para las instalaciones ganaderas.

• Lorca (Murcia)

Proyecto de Ordenanza de gestión de residuos procedentes de la actividad ganadera

Este Municipio se ha planteado la posibilidad de elaborar una ordenanza municipal que regule la gestión y evacuación de los residuos que genere la actividad de la ganadería intensiva en el Municipio, y que prohíba el vertido de purines procedentes de otros términos municipales.

• Sabiñánigo (Huesca)

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INICIATIVAS REGULADORAS MUNICIPALES

Iniciativa Descripción Ayuntamientos

Aprobación de una moción política contra la instalación o ampliación de Macrogranjas

Aprobación en Pleno de una moción contra la instalación o ampliación de Macrogranjas en intensivo en el Altiplano de Granada y, en consecuencia:

• Que el Ayuntamiento de Baza no declare de utilidad pública o interés social la instalación de granjas de cerdos en intensivo. Se crean más puestos de trabajo en las pequeñas y medianas explotaciones agropecuarias en extensivo y en los alojamientos rurales y con un desarrollo sostenible del medio rural.

• Que teniendo en cuenta el proyecto de Geoparque del Norte de la Provincia de Granada, la potenciación del turismo rural, el crecimiento de productores ecológicos, el patrimonio geológico, cultural y naturaleza viva que disfrutamos todavía en nuestras comarcas, la instalación de estas granjas es incompatible por la contaminación del suelo, del aire y de los acuíferos; emisión de gases que provocan el efecto invernadero coadyuvando al cambio climático; el agotamiento de los recursos hídricos, etc.

• Que no se autoricen más granjas de cerdos en intensivo ni se amplíen las ya existentes por parte de la Junta de Andalucía ni de las Corporaciones Locales, ya que la salud de las personas y su bienestar social es lo primero.

• Elevar los acuerdos de todos los Ayuntamientos que resuelvan sobre la presente moción a la Diputación Provincial de Granada, a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como a la Consejería de Agricultura Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía.

• Baza (Granada)

Fuente: Elaboración propia

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7.5 Herramienta de Apoyo al trámite de Calificación Ambiental

Como ya se ha indicado, la Calificación Ambiental es el procedimiento mediante el cual se analizan las consecuencias ambientales de la implantación, ampliación, modificación o traslado de las actuaciones, tanto públicas como privadas, así señaladas en el Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (modificado por el Decreto 356/2010, de 3 de agosto), y sus modificaciones sustanciales, siempre que dichas actuaciones se extiendan a un único municipio.

Este instrumento tiene por objeto la evaluación de los efectos ambientales de determinadas actuaciones, así como la determinación de la viabilidad ambiental de las mismas y las condiciones en que deben realizarse, y el trámite corresponde a las Entidades Locales.

Por otro lado, como señala el artículo 27 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, las actividades que puedan afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, cuando así lo decida la Consejería competente en materia de medio ambiente, deberán ser sometidas a Autorización Ambiental Unificada (AAU).

La Calificación Ambiental se integra en el procedimiento de otorgamiento de la licencia necesaria para la implantación, ampliación, modificación o traslado de la actividad que se pretende realizar, por lo que no puede otorgarse licencia municipal referida a las actuaciones sujetas a Calificación Ambiental hasta que no se dé total cumplimiento a dicho trámite, ni en contra de lo que se establezca en la resolución de Calificación Ambiental.

Por otra parte, hay que destacar que la resolución de Calificación Ambiental se producirá en el plazo máximo de 3 meses contados a partir de la fecha de presentación correcta de la documentación exigida.

Por tanto, en este contexto, para la Descripción y apoyo al Trámite de Calificación Ambiental por parte de los Técnicos Municipales, se ha elaborado una Herramienta de Apoyo que se ha estructurado en un Diagrama de Flujo en el que, de acuerdo con el Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental, se han considerado tres fases que se muestran a continuación:

A través de los distintos Diagramas de Flujo, y en aquellos cuadros, trámites o documentos representados con forma de botón, se incluyen enlaces a páginas que incluyen una breve descripción de dicho trámite o documento, así como un Documento de Apoyo al mismo.

Por tanto, a continuación se incluyen los Diagramas de Flujo considerados en la Herramienta de Apoyo y los diferentes trámites o documentos para los que se han incluido documentos de apoyo.

FASEI. Inicio del Procedimiento

FASE3. Vigilancia Ambiental

FASE2. Información Pública y Resolución

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7.5.1 Fase I. Inicio del Procedimiento

Esta primera Fase comprende desde la solicitud inicial de información por parte del Promotor de una Actividad relacionada con la implantación, ampliación, modificación o traslado de Explotaciones Ganaderas Intensivas, hasta que la documentación presentada por parte del Promotor es adecuada y, por tanto, se abre el Expediente correspondiente al Trámite de Calificación Ambiental.

Así, en esta Fase se incluyen documentos de apoyo, tanto en el análisis de la Información Previa, como en el Requerimiento de Documentación al Promotor por parte de los Técnicos Municipales y la Comunicación al Promotor en caso de que, en lugar de Calificación Ambiental, le sea de aplicación Autorización Ambiental Integrada (AAI) o Autorización Ambiental Unificada (AAU).

A continuación se incluye un resumen del contenido en estos documentos de apoyo.

DOCUMENTOS DE APOYO A LA FASE I (Inicio del Procedimiento)

Trámite / Documento Descripción Documentos de Apoyo

Información Previa

En relación con la Información Previa, se ha elaborado un listado de documentación a considerar en los trámites inicial y de modificación o ampliación en un formato Excel, de modo que aparecen las siguientes columnas, mediante las que se podrá filtrar la información de diferentes maneras:

• Tipo de Información: Se indica el tipo de información a solicitar (Promotor, Instalaciones, Procesos, Consumos, Gestión Ambiental. Etc.)

• Trámite: Se especifica la información a aportar por el promotor en caso de trámite inicial o la que adicionalmente habría que considerarse en caso de modificación o ampliación.

• Elemento: Describe la Información, documento o registro a aportar por el promotor y considerar por el Técnico Municipal

• Estado: En esta columna, el Técnico Municipal seleccionará si la información entregada es completa, incompleta, no se ha entregado o no es de aplicación. Se ha incorporado un código de colores semafórico para facilitar su interpretación. Así, la información pendiente o incompleta aparecerá en color rojo.

• Observaciones: Campo abierto para que los Técnicos Municipales incluyan comentarios, enlaces a documentos, etc.

• Anexo III: Documentación a Presentar por el Promotor

Prom

otor

Ayun

tam

iento

Solicitud de Información

Presentación Solicitud

Aporte Documentación

Información Previa

¿DocumentaciónCompleta?

Requerimiento Documentación

Actividad sometida a AAI o

AAU?

Comunicación a Promotor

FASE2

SI

NO

SI

NO

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DOCUMENTOS DE APOYO A LA FASE I (Inicio del Procedimiento)

Trámite / Documento Descripción Documentos de Apoyo

Requerimiento de Documentación

Una vez recibida la Documentación por Parte del Promotor, se puede utilizar el Listado Excel descrito anteriormente para comprobar el cumplimiento y solicitar la documentación pendiente.

Por otra parte, como apoyo a los Técnicos Municipales, se ha elaborado un Listado de Normativa aplicable a Explotaciones Ganaderas Intensivas en la que se podrá filtrar por columnas, considerando la siguiente información:

• Norma: Se incluye el título de la Norma de la que se extrae el requisito

• Ámbito: Se indica si es de ámbito andaluz, estatal o europeo

• Fase Tramitación: Se especifica si es un requisito aplicable en la Fase de Apertura, Seguimiento o Cierre de la Instalación

• Elemento: Se indica si la legislación es relativa a la Calificación Ambiental, Gestión de Residuos, Purines, Vertidos, etc.

• Tipo Granja: Se incluye si el requisito es de aplicación a cualquier granja o a algunas en concreto

• Artículo: Se especifica el artículo de la legislación en el que se encuentra el requisito

• Requisito: Se muestra el requisito legal considerado

• Anexo I. Normativa aplicable a Explotaciones Ganaderas Intensivas

Comunicación a Promotor AAI / AAU

El Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, define las Categorías de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental (Calificación Ambiental, Autorización Ambiental Integrada y Autorización Ambiental Unificada).

Así, de forma general, las Explotaciones Ganaderas Intensivas sometidas a Calificación Ambiental son las incluidas en la tabla incluida en el Capítulo 2, por lo que, en caso de que la Actividad en trámite no se encuentre en esas categorías, habría que comprobar si se encuentra en el Anexo I de la Ley 7/2007 y está sometida a los trámites de AAI o AAU.

De este modo, en la Herramienta de Apoyo se incluye un enlace a la Ley 7/2007, y otro a un Modelo de Comunicación de aplicación de AAI o AAU.

• Anexo IV. Modelo de comunicación de aplicación de AAI o AAU

• Anexo X. Ley GICA

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7.5.2 Fase II. Información Pública y Resolución

Esta Fase se inicia con la apertura del expediente y la exposición pública del mismo y pasa por la posible presentación de alegaciones y su análisis, hasta la resolución favorable o desfavorable del trámite, que condicionará el otorgamiento de Licencia Municipal, como máximo 3 meses después, tal y como se muestra en el Diagrama de Flujo adjunto.

En cuanto a los documentos de apoyo, en esta Fase se han incluido las comunicaciones de la Información Pública y de la Resolución Favorable y Desfavorable de Calificación Ambiental, y diferentes documentos de apoyo para la emisión de la Propuesta de Resolución y Resolución definitiva, tal y como se muestra a continuación.

DOCUMENTOS DE APOYO A LA FASE II (Información Pública y Resolución)

Trámite / Documento Descripción Documentos de Apoyo

Información Pública

De acuerdo con el Decreto 297/1995, de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental, una vez recibida toda la documentación del Promotor y considerarse esta completa, el Ayuntamiento ha de someter a Información Pública el Expediente, poniéndolo a la disposición de la ciudadanía durante un periodo de 20 días, tras el que aquellos interesados que así lo consideren, dispondrán de 15 días para plantear alegaciones.

La información del Expediente generalmente se encuentra de forma física en las dependencias Municipales, aunque también puede publicarse algún enlace en la página web de Ayuntamiento.

Se incluye un Modelo de Inicio de Exposición Pública que se puede utilizar para publicarlo en los tablones de anuncios, páginas web, etc.

• Anexo V. Modelo de comunicación de inicio de exposición pública

Ayun

tam

iento

Información Pública

¿Presentación Alegaciones?

Apertura de Expediente

Inte

resa

dos

Propuesta de Resolución

Periodo de Alegaciones

Análisis de Alegaciones

Prom

otor

Resolución

¿Es favorable?

Comunicación Resolución a

Promotor

Otorgamiento de Licencia

Denegación de Licencia

Comunicación Resolución a

CMA

FASE3

SISI

NO NO

20 días

15 días

20 días

20 días

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DOCUMENTOS DE APOYO A LA FASE II (Información Pública y Resolución)

Trámite / Documento Descripción Documentos de Apoyo

Propuesta de Resolución

En relación con la Propuesta de Resolución se incluye como Documento de Apoyo un listado de Buenas Prácticas y Mejores Técnicas Disponibles aplicables al Sector, considerando diferentes Guías publicadas, Resoluciones de AAI aplicables al sector y, especialmente, la Decisión (UE) 2017/302. Mejores Técnicas Disponibles (MTD) cría intensiva de aves de corral o de cerdos. El objeto es el de facilitar una herramienta que permita seleccionar acciones para incluir en el condicionado ambiental de la Resolución de Calificación Ambiental. Así en esta taba se incluyen las siguientes columnas:

• Referencia: Se incluye la fuente de origen de la Buena Práctica

• Elemento: Se indica si la Buena Práctica es relativa a Emisiones, Olores, Gestión de Residuos, Purines, Vertidos, Gestión Nutricional, Energía, etc.

• Tipo Granja: Se especifica si la Buena Práctica es de aplicación a cualquier granja o a algunas en concreto

• Objetivo: Se muestra el Objetivo pretendido con la Buena Práctica

• Técnica: Se detalla la Buena Práctica identificada

• Condiciones de Aplicabilidad: Si es necesario, se indican las condiciones necesarias para aplicar la Buena Práctica

• Anexo II. Buenas Prácticas y Mejores Técnicas Disponibles aplicables al sector

Resolución

Respecto a la Resolución, el artículo 15 del Decreto 297/1995 establece:

A la luz de la propuesta de resolución, el órgano local competente resolverá con relación a la misma calificando la actividad:

Favorablemente, en cuyo supuesto se establecerán los requisitos y medidas correctoras de carácter ambiental que, en su caso, resulten necesarios.

Desfavorablemente.

La resolución calificatoria se integrará en el expediente de otorgamiento de la licencia solicitada, y determinará en todo caso la denegación de la misma cuando la actividad sea calificada desfavorablemente.

El acto de otorgamiento de licencia incluirá las condiciones impuestas en la resolución de Calificación Ambiental y hará constar expresamente la prohibición de iniciar la actividad hasta tanto se certifique por el director técnico del proyecto que se ha dado cumplimiento a todas las medidas y condiciones ambientales impuestas detallando las mediciones y comprobaciones técnicas realizadas al efecto.

La calificación ambiental favorable de una actuación no será óbice para la denegación de la licencia por otros motivos.

Por tanto, se incluyen modelos de Resolución Favorable y Desfavorable de AAI, así como modelo del Anexo correspondiente al Plan de Vigilancia y Control.

• Anexo VI. Modelo de Resolución de Calificación Ambiental Favorable

• Anexo VII. Modelo de Resolución de Calificación Ambiental Desfavorable

• Anexo II. Buenas Prácticas y Mejores Técnicas Disponibles aplicables al sector

• Anexo VIII. Modelo de Plan de Vigilancia y Control

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7.5.3 Fase III. Vigilancia Ambiental

Como última Fase, aparece la etapa de Vigilancia y Seguimiento Ambiental, que se inicia tras la resolución favorable de Calificación y otorgamiento de Licencia Municipal y se mantiene activa durante toda la vida de la instalación.

Así, la Fase III se inicia con el otorgamiento de la Licencia e incluye la Inspección Inicial tras la Puesta en Marcha de la actuación y la posterior aplicación del Plan de Vigilancia Ambiental establecido, según se muestra en el Diagrama de Flujo.

En este caso, los modelos de apoyo aportados a los Técnicos Municipales son los correspondientes al Plan de Vigilancia Ambiental y el Acta de Inspección, con los contenidos resumidos a continuación.

DOCUMENTOS DE APOYO A LA FASE III (Vigilancia Ambiental)

Trámite / Documento Descripción Documentos de Apoyo

Plan de Vigilancia Ambiental

En relación con el Plan de Vigilancia Ambiental, este podrá ser establecido en la Calificación Ambiental, considerando los diferentes elementos recogidos en la resolución y el condicionado establecido en la misma.

En este sentido, se adjunta un modelo de Plan de Vigilancia general en el que se podrán añadir, quitar o modificar los diferentes ítems de inspección planteados, así como el tipo de inspección, contenido y frecuencia.

Este Modelo de Plan de Vigilancia se ha estructurado en los siguientes apartados:

• Inspecciones condicionado Calificación Ambiental

• Emisiones a la Atmósfera

• Vertido de Aguas Residuales

• Gestión de Residuos

• Incidencias

• Informe Anual

• Anexo VIII. Modelo de Plan de Vigilancia y Control

Ayun

tam

iento

Prom

otor

Otorgamiento de Licencia

Ejecución Proyecto

Envío Certificación

Puesta en Marcha

Inspección Inicial

Acta de Inspección

¿Existen Deficiencias?

Planteamiento Acciones

Correctivas

Aplicación Plan Vigilancia Ambiental

Actividad en funcionamiento

10 días

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DOCUMENTOS DE APOYO A LA FASE III (Vigilancia Ambiental)

Trámite / Documento Descripción Documentos de Apoyo

Acta de Inspección

En relación con las Inspecciones del condicionado de la Calificación Ambiental por parte del Ayuntamiento, estas podrán ser de tres tipos, Inicial, Programada y No Programada, y podrán ser Integrales, considerando la totalidad de las condiciones fijadas en la Calificación Ambiental o Parciales, inspeccionando elementos concretos, como pueden ser:

• Condiciones Generales

• Emisiones a la Atmósfera

• Vertido de Aguas Residuales

• Gestión de Residuos

• Instalaciones y almacenamientos

• Gestión de Estiércoles y Purines

• Gestión de SANDACH

• Otros

Así, se incluye un modelo de Acta de Inspección estructurada en 4 apartados (Datos de la instalación, datos de la inspección, cumplimiento de las condiciones evaluadas y actuaciones a realizar).

• Anexo IX. Modelo de Acta de Inspección de Calificación Ambiental

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8 DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Para la elaboración de este Manual, se han utilizado como referencia los siguientes documentos:

Guía Práctica de Calificación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía. 2011.

Guía Práctica de Calificación Ambiental en Explotaciones Ganaderas. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía. 2011

Guía de Prácticas Correctas de Higiene para las Explotaciones de Ganado Porcino Intensivo. Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. Gobierno de Aragón. 2014

Guía de Buenas Prácticas de Higiene para el control y la prevención de Salmonella Zoonótica en Explotaciones Avícolas de producción de carne de pollo. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 2015

Guía de Buenas Prácticas de Higiene en Explotaciones Cunícolas. Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. 2011

Guía de Buenas Prácticas de Higiene en Granjas Avícolas de Puesta. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 2004

Guía de buenas prácticas en la agricultura y ganadería que contribuyan a la lucha contra los efectos nocivos del cambio climático. Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras. Gobierno del Principado de Asturias. 2010

Evaluación de Técnicas de Gestión de Deyecciones en ganadería. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. 2015

Tramitación de Expedientes de Explotaciones Porcinas. Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Junta de Extremadura. 2007

Guía Jurídico-Administrativa para hacer frente a la Ganadería Industrial. Ecologistas en Acción. 2019

Informe sobre Granjas en Granada. Ecologistas en Acción. Mayo de 2018

Huella ecológica, económica, social y sanitaria de la Ganadería en España. Fundación Entre Tantos. 2018

Manual de trabajo del Plan de Gestión de Subproductos Ganaderos. Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural. Junta de Andalucía. 2015

Manual de trabajo para el Registro de Explotaciones Ganaderas. Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural. Junta de Andalucía. 2015

Informe sobre el impacto de actividades en el Geoparque de Granada. Universidad de Granada. 2019

Régimen jurídico general de la licencia municipal de obras y apertura de establecimientos en Andalucía. Consejería de Gobernación. Junta de Andalucía. 2008

Una aproximación al procedimiento de otorgamiento de licencia municipal de obras y apertura de establecimientos en Andalucía. Consejería de Gobernación. Junta de Andalucía. 2004

Listado de Explotaciones Ganaderas Intensivas en Granada a 31/10/2019. Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

Legislación incluida en el capítulo 5.

Resoluciones de Autorización Ambiental Integrada emitidas por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

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9 ANEXOS

Anexo I. Normativa aplicable a Explotaciones Ganaderas Intensivas

Anexo II. Buenas Prácticas y Mejores Técnicas Disponibles aplicables al sector

Anexo III: Documentación a Presentar por el Promotor

Anexo IV. Modelo de comunicación de aplicación de AAI o AAU

Anexo V. Modelo de comunicación de inicio de exposición pública

Anexo VI. Modelo de Resolución de Calificación Ambiental Favorable

Anexo VII. Modelo de Resolución de Calificación Ambiental Desfavorable

Anexo VIII. Modelo de Plan de Vigilancia y Control

Anexo IX. Modelo de Acta de Inspección de Calificación Ambiental

Anexo X. Ley GICA

Anexo XI. Proyecto de Real Decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas (Noviembre 2018).

Anexo XII. Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas (Agosto 2019).