Manual de convivencia (enero 2014)

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TÚ ERES EL RESULTADO DE TI MISMO.

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(Pablo Neruda)

No culpes a nadie, nunca te quejes de nada ni de nadie porquefundamentalmente Tú has hecho tu vida.

Acepta la responsabilidad de edificarte a ti mismo y el valor deacusarte en el fracaso para volver a empezar, corrigiéndote.

El triunfo del verdadero hombre surge de las cenizas del error.Nunca te quejes del ambiente o de los que te rodean, hay quienes en tumismo ambiente supieron vencer, las circunstancias son buenas o malas

según la voluntad o fortaleza de tu corazón.No te quejes de tu pobreza, de tu soledad o de tu suerte, enfrenta con

valor y acepta que de una u otra manera son el resultado de tus actos yla prueba que has de ganar.

No te amargues con tu propio fracaso ni se lo cargues a otro,Acéptate ahora o seguirás justificándote siempre,

Recuerda que cualquier momento es bueno para comenzar yQue ninguno es tan terrible para claudicar.

Deja ya de engañarte, eres la causa de ti mismo,De tu necesidad, de tu fracaso.

Si Tú has sido el ignorante, el irresponsable,Tú únicamente Tú, nadie pudo haberlo sido por ti.

No olvides que la causa de tu presente es tu pasado, Como la causa de tu futuro es tu presente.

Aprende de los fuertes, de los audaces, imita a los enérgicos, a los vencedores,a quienes no aceptan situaciones violentas, a quienes vencieron a pesar de todo.

Piensa menos en tus problemas y más en tu trabajoy tus problemas sin alimento morirán.

Aprende a nacer del dolor y a ser más grande que el más grande de los obstáculos.Mírate en el espejo de ti mismo.

Comienza a ser sincero contigo mismo reconociéndote por tu valor, Por tu Voluntad y por tu debilidad para justificarte.

Recuerda que dentro de ti hay una fuerza que todo puede hacerlo,reconociéndote a ti mismo, más libre y fuerte, Dejaras de ser un títere de las circunstancias,

Porque Tu mismo eres el destino y nadie puede sustituirte En la construcción de tu destino.

Levántate y mira por las montañas y respira la luz del amanecer.Tú eres parte de la fuerza de la vida.

Nunca pienses en la suerte, porque la suerte es el pretexto de losfracasados

Contenido del Manual de ConvivenciaTÍTULO I. HORIZONTE INSTITUCIONAL...........................................................................................5

Capítulo I. Marco legal y objetivos del Manual de Convivencia.........................................................5Artículo 1. Fuentes legales ............................................................................................................5

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Artículo 2. Objetivos del Manual de Convivencia.........................................................................5Artículo 3. Visión institucional.........................................................................................................5Artículo 4. Misión institucional........................................................................................................6Artículo 5. Principios......................................................................................................................6Artículo 6. Valores institucionales...................................................................................................6Artículo 7. Símbolos institucionales................................................................................................7Artículo 8. Objetivos institucionales...............................................................................................9Artículo 9. Perfil del Estudiante de la IE. Boyacá. La Institución Educativa Boyacá.......................9

TÍTULO II. LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA BOYACÁ.......................................................................10Capítulo I. Naturaleza e Instalaciones.............................................................................................10Capítulo II. Mobiliario y material de la institución.............................................................................10Capítulo III. Servicios Educativos.....................................................................................................10

Artículo 10. La Tienda Escolar....................................................................................................10Artículo 11. La Biblioteca..............................................................................................................11Artículo 12. Los laboratorios.........................................................................................................12Artículo 13. Las salas de informática............................................................................................12Artículo 14. Los Restaurantes Escolares.....................................................................................13

TÍTULO III. DERECHOS.....................................................................................................................14Capítulo I. Fundamentación:............................................................................................................14

Artículo 15. Derechos de los estudiantes.....................................................................................14Artículo 16 Derechos de los padres de familia ó acudientes......................................................15Artículo 17. Los derechos de los docentes...................................................................................16Artículo 18. Los derechos del personal administrativo y de servicios..........................................17

TÍTULO IV. DEBERES........................................................................................................................19Artículo 19. Los deberes de los estudiantes................................................................................19Artículo 20. Deberes de los padres de familia.............................................................................20Artículo 21. Los deberes de los docentes....................................................................................21Artículo 22. Deberes del coordinador..........................................................................................23Articulo 23. Deberes del Director de Grupo.................................................................................24Artículo 24. Deberes de los profesores de disciplina....................................................................24Artículo 25. Deberes del personal de administración y de servicios...........................................25

TÍTULO V. NORMAS DE CONVIVENCIA, FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES......................25Capítulo I. Normas de convivencia..................................................................................................25

Artículo 26. Normas generales de convivencia...........................................................................25Artículo 27. Normas específicas de convivencia para estudiantes..............................................27Artículo 28. Normas especiales de convivencia en la Institución Educativa Boyacá:................28Artículo 29. Normas específicas de convivencia para padres de familia....................................29Articulo 30. Uniforme Institucional...............................................................................................29

Capítulo II. Del comité Escolar de Convivencia...............................................................................30Articulo 31. Conformación del comité Escolar de Convivencia....................................................30Articulo 32. Funciones del Comité de Convivencia Escolar.........................................................30Artículo 33. Responsabilidad de la Institución Educativa en el Sistema Nacional de Convivencia..................................................................................................................................................... 31Artículo 34. Responsabilidades de la Rectora de la Institución Educativa Boyacá......................32Articulo 35. Responsabilidades de los docentes.........................................................................32Articulo 36. Ruta de atención integral para la Convivencia Escolar.............................................33

Capítulo III. FALTAS.....................................................................................................................35Artículo 37. Faltas leves...............................................................................................................36

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Artículo 38. Faltas Graves............................................................................................................36Artículo 39. Faltas muy graves.....................................................................................................37Artículo 40. Criterios de valoración de las faltas.........................................................................38Artículo 41. Circunstancias atenuantes o agravantes:...............................................................38

Capítulo IV. Correctivos o mecanismos de formación.....................................................................39Artículo 42. Criterios para aplicar los correctivos........................................................................39Artículo 43. Correctivos para faltas leves...................................................................................39Artículo 44. Correctivos para faltas graves.................................................................................40Artículo 45. Otros correctivos.......................................................................................................40

Capítulo V. SANCIONES.................................................................................................................41Artículo 46. Sanciones..................................................................................................................41Artículo 47. Sanciones o correctivos para faltas graves...............................................................41Artículo 48. Sanciones para faltas muy graves............................................................................41Artículo 49. Procedimiento para la aplicación del Correctivo.......................................................41Artículo 50. Prescripción de las faltas leves.................................................................................42Artículo 51. Prescripción de las faltas graves..............................................................................42Artículo 52. Recursos de reposición y apelación.........................................................................42

Capítulo VI. Trámite del proceso disciplinario..............................................................................42Artículo 53. Tramite del proceso Disciplinario..............................................................................42

TÍTULO VI. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.......................................................................43Capítulo I: Orientaciones..................................................................................................................43

Artículo 54. Procedimiento:..........................................................................................................43TÍTULO VII. ESTÍMULOS..................................................................................................................47

Capítulo I. Estímulos y distinciones a los diferentes participantes de la Comunidad Educativa....47Artículo 55. Estímulos para estudiantes.......................................................................................47Artículo 56. Estímulos a los padres de familia o acudientes........................................................47Artículo 57. Estímulos a los docentes..........................................................................................48Artículo 58. Estímulos al personal administrativo y de servicios.................................................48

TÍTULO VIII.ORGANOS DE GOBIERNO Y PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA....48Artículo 59. Escuela de padres o de familia.................................................................................49

TÍTULO IX. ACTIVIDADES DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO, PRACTICA EMPRESARIAL Y DEPORTIVA EN LA INSTITUCIÓN.....................................................................................................49

Artículo 60. Generalidades:..........................................................................................................49Artículo 61. Responsabilidad del estudiante de la Media Técnica...............................................49Artículo 62. Responsabilidades de los padres de familia con el estudiante de la media Técnica 49Artículo 63. Servicio Social Obligatorio........................................................................................50Artículo 64. Servicio Social Obligatorio en otras Entidades..........................................................50

TÍTULO X. DISPOSICIONES FINALES..............................................................................................50Artículo 65. Consideraciones........................................................................................................50Artículo 66. Vigencia.....................................................................................................................50Artículo 67.Otras disposiciones....................................................................................................51Artículo 68.Aprovación.................................................................................................................51Artículo 69. Divulgación................................................................................................................51Artículo 70. Publíquese y Cúmplase...........................................................................................51

TÍTULO I. HORIZONTE INSTITUCIONAL

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Capítulo I. Marco legal y objetivos del Manual de Convivencia.

Artículo 1. Fuentes legales: Las fuentes legales para la elaboración de este Pacto de Convivencia son:

1) Carta Universal de los Derecho Humanos de 19482) Declaración de los Derechos del Niño: Ley 12 de Enero 22 de 19913) La Constitución Política de Colombia de 1991. 4) Ley General de Educación: Ley 115 de 1994. 5) Decreto 1860 de Agosto 10 de 1994.6) Decreto 1108 de 1994 sobre Porte y Consumo de estupefacientes7) Ley 734 de 2002.8) Código de La Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 20069) Decreto 1290 de 2009 Sistema de evaluación y promoción institucional.10) Ley 1620 de 201311) Doctrina y Jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Artículo 2. Objetivos del Manual de Convivencia:

a. Ser la norma jurídica exigible y aplicable dentro de la Institución Educativa Boyacá. b. Establecer un orden acordado en la Institución Educativa Boyacá ya que su condición y

característica primordial es ser el resultado de la participación activa, la deliberación y la concertación de toda la comunidad educativa.

c. Establecer el conjunto de normas destinadas a regular la convivencia armónica de los estudiantes y de los diferentes miembros de la comunidad escolar, los procesos académico y disciplinario, los estímulos y medios formativos que dinamicen el desarrollo de la participación y la democracia en la institución.

d. Establecer las directrices y los criterios que permitan a la Comunidad Educativa tomar decisiones acordes a la Constitución Política Nacional. La Ley General de Educación y la filosofía del plantel.

e. Facilitar el normal y adecuado desarrollo del plan curricular.f. Establecer pautas de comportamiento con relación al cuidado del medio ambiente escolar.g. Ofrecer las garantías necesarias para el debido proceso disciplinario y académico.h. Brindar un instrumento pedagógico que facilite formar ciudadanos íntegros y competentes. i. Informar a estudiantes, padres y madres de Familia o acudientes sobre los criterios y

procedimientos para evaluar el comportamiento, el aprendizaje, el rendimiento y el desarrollo de capacidades de los educandos, según hayan sido definidos en el PEI.

Artículo 3. Visión institucional:

La Institución Educativa Boyacá en el 2015 será reconocida a nivel regional y local por su liderazgo deportivo y comercial, líder en la proyección de ciudadanos que encaminan sus acciones al crecimiento personal y social, cimentadas en el saber-ser, saber-saber y saber-hacer.

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Artículo 4. Misión institucional:

La institución Educativa Boyacá, fomenta el liderazgo comunitario, la convivencia democrática y el conocimiento, formando al estudiante de manera integral para la competitividad en el campo académico, científico-técnico y laboral, mediante una educación de calidad.

Artículo 5. Principios

Acorde a la orientación filosófica la Institución educativa centra su acción en despertar y promover el desarrollo humano, en formar ciudadanos con valores que se manifestarán en su vida cotidiana. Los valores institucionales fundamentales se desarrollan a través de los proyectos institucionales y para ello se tendrán en cuenta los siguientes principios:

a. Respeto y consideración por el ser humano, principio y centro de todo el proceso educativo integral.

b. Respeto a la vida, a la dignidad y sus posibilidades de desarrollo como valores fundamentales.

c. Respeto a la libertad en forma consecuente y responsable.d. Fomento y práctica de los valores sociales, cívicos, políticos, científicos, éticos, estéticos y

religiosos que se definen en la Ley General de Educación.e. Fomento y práctica de las formas de participación y convivencia democráticas.f. Desarrollo y práctica de los preceptos constitucionales, el Código de La Infancia y La

Adolescencia y Los Derechos del Niño.

Artículo 6. Valores Institucionales. Se expresan en el eslogan del escudo del colegio. Ellos son:

Orden: Es el fruto de la organización y disposición armoniosa de las personas y las cosas; implica el cumplimiento del pacto o manual de convivencia y los requisitos necesarios para el buen funcionamiento de la institución.

Dedicación: Es la atención, esmero y buen cuidado con que se realizan las actividades académicas y escolares, con entrega, perseverancia, entusiasmo o sacrificio si se requiere, como una ofrenda a sí mismo y a la sociedad; implica la formación de hábitos de estudio.

Altruismo: Es la generosidad y el deseo de hacer el bien a los demás, con entrega y sentido de humanidad, sin esperar más recompensa que la satisfacción por el bien cumplido; implica ponerse en el lugar del otro y el trabajo de ayuda a la comunidad.

Otros valores institucionales son:

Respeto: Es la consideración y trato cortés a las personas de la comunidad educativa; implica acatar la autoridad, el Pacto de convivencia.

Democracia: Es el orden construido con la participación de todos, basado en el respeto a los derechos humanos y donde la libertad llega hasta donde llega la libertad de los demás; implica fortalecer el gobierno escolar.

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Responsabilidad: Es el cumplimiento de los deberes y los acuerdos establecidos, procurando el bienestar de todos; implica la superación y el compromiso académico.

Creatividad: Es la búsqueda de alternativas de solución a las situaciones de la vida cotidiana aprovechando los recursos disponibles, buscando realizar el propio proyecto de vida.

Pertenencia: Significa apropiarnos de nuestra institución, dignificarla y engrandecerla día a día, con orgullo y afecto.

Perseverancia: Es la actitud constante, firme, persistente, que permite la realización de las metas; implica la participación en el desarrollo da las actividades institucionales.

Eficacia: Es la realización de las actividades de la mejor manera posible; implica la sumatoria de esfuerzos y cosecha de triunfos.

Artículo 7. Símbolos Institucionales. Los símbolos institucionales son:

La Bandera: Está formada por 4 franjas iguales con los colores: Azul, rojo, amarillo y verde.

El Escudo: Está formado por un óvalo en el cual está inscrito en el borde con letras blancas sobre fondo azul Institución Educativa y en la franja central ondeante Boyacá. En el centro 3 franjas anchas de igual tamaño en su orden roja, amarilla y verde, separadas por 2 franjas delgadas de color blanco. Sobre ellas se destaca un libro abierto y una antorcha.

El Azul simboliza el conocimiento, el saber que se imparte en una institución educativa. El rojo simboliza la vida que fluye en los estudiantes, razón de ser de la institución educativa. El amarillo simboliza el calor humano, el compañerismo y ambiente agradable que se

comparte. El verde simboliza el cuidado del entorno, la necesidad de estar en paz con la naturaleza y

conservar la nuestro patrimonio natural. El óvalo significa la unidad institucional y la formación integral que se pretende impartir en la

institución. El libro abierto significa el conocimiento, la investigación y la formación de los estudiantes,

pilares para la proyección institucional. La antorcha ardiendo significa la búsqueda de los mejores logros y niveles de competencia

para lograr las metas y los triunfos.

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c. El Himno:

Coro

¡Adelante compañeros!Que alegría estudiar

Nuestra patria sagrada reclama Amor, justicia y libertad

Santo Domingo, Independencia y BoyacáTres sedes un mismo sentir

Se fundieron como una familiaPara amar, crear y compartir

Vivamos con fe en el creador Caminemos por sendas cimeras

Orden y bien son banderasPara lograr un mundo mejor

Boyacá nos libró del verdugoDe un lejano y violento invasor,

La ignorancia también es un yugoQue anulamos con mucho tesón.

Letra:Colectivo Docentes del Boyacá

Música:Jairo Bermúdez y Luis Alberto Monroy

Arreglos:Luis Alberto Monroy

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Artículo 8. Objetivos Institucionales. Son los siguientes:

a. Contribuir a la formación de estudiantes líderes, que puedan gestionar cambios sociales a nivel local, regional nacional e internacional.

b. Desarrollar la concepción social de la gestión y la valoración práctica del trabajo.c. Fomentar en los estudiantes una convivencia armónica desde la práctica de los valores:

respeto, tolerancia, justicia y equidad, propiciando una fuerte valoración de la autonomía, la crítica, la autocrítica y la organización como herramientas importantes para el desarrollo de sus proyectos de vida.

d. Dinamizar programas que capaciten al estudiante y le permitan desarrollar su creatividad utilizando los recursos del medio y los conocimientos técnicos y científicos.

e. Formar estudiantes que al término de su educación media estén en la posibilidad de ingresar con éxito a la educación superior y / o al sistema laboral.

Artículo 9. Perfil del Estudiante de la I.E. Boyacá. La Institución Educativa Boyacá se propone formar estudiantes con el siguiente perfil:

a. Ser cognitivamente competente, valorar el estudio y la investigación como instrumento de

conocimiento. Es reflexivo y analítico.

b. Participar en procesos democráticos para apropiarse de principios y valores inherentes a la organización ciudadana.

c. Convertirse en una persona con evidente deseo de servicio al prójimo, con alto grado de compromiso con la sociedad y con objetivos dedicados a hacer de su región y su país, un territorio mejor.

d. Valorar el trabajo personal, su propia identidad y la de sus compañeros.

e. Adoptar como meta la búsqueda de la paz y la justicia social.

f. Hacer uso racional del tiempo. Tener un plan de vida, metas definidas y conocer sus habilidades y limitaciones.

g. Tener alto sentido de pertenencia, solidaridad y compromiso.

h. Valorar la disciplina y el trabajo como medios para lograr el crecimiento individual y social.

i. Expresar una sana sexualidad a través de la equidad de los sexos y la afectividad que le permita prepararse para una vida armónica y responsable.

Perfil del Bachiller de la I.E. Boyacá tendrá dominio satisfactorio en las áreas de formación de valores sociales y humanos a través del deporte para estimular su autonomía intelectual, su ética y su compromiso con la sociedad.

Técnico Deportivo: Promotor deportivo en esparcimiento y recreación; promotor de programas de actividades deportivas en sectores comunitarios, públicos, empresariales y de la salud.

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Técnico Comercial: Gestor de su propia empresa con conocimiento en sistemas, contabilidad, comercio y finanzas.

TÍTULO II. LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA BOYACÁ

Capítulo I. Naturaleza e Instalaciones.

La Institución Educativa Boyacá, esta constituida por las siguientes sedes: Sede Principal Boyacá, ubicada en Carrera 33A con calle 26 esquina, No. 25 - 25 Barrio Boyacá; Sede La Independencia, ubicada en Carrera 39 No. 26C-30, Barrio La Independencia y la Sede Santo Domingo Savio ubicada en la Carrera 29 No. 26B-64, Barrio El Jardín.

La Institución ofrece los niveles de Preescolar, Básica Primaria y Secundaria, y Educación Media Técnica con 3 Especialidades: Técnico en Recreación y Deportes, Técnico en auxiliar de Administración y la Educación Formal de Jóvenes y Adultos EFJA (Educación por ciclos).

En la organización de los espacios de la Institución, serán prioritarios los derechos de l@s estudiantes, el centro de la Educación.

El uso de las instalaciones e implementos de la institución se hará de acuerdo con las siguientes normas:

1. Primará el interés general por encima del interés particular. 2. Cualquier daño será reparado por la persona o personas que lo ocasionen, previa

investigación, respetando el debido proceso, las prácticas restaurativas y las instancias del gobierno escolar si fuere necesario.

3. Se tendrán siempre presentes las disposiciones del Consejo Directivo al respecto.

Capítulo II. Mobiliario y material de la institución.

Los bienes muebles e inmuebles de la institución deben ser cuidadosamente utilizados por la comunidad educativa. Cuando algún miembro de la comunidad cause daños, por descuido, de forma intencionada o por negligencia, al mobiliario y material de la institución queda obligado a reparar el daño causado o hacerse cargo del costo económico de su reparación. En el caso de los estudiantes, sus padres o acudientes serán responsables civiles.

Las instalaciones de la institución deben permanecer en condiciones de limpieza y conservación de acuerdo a las debidas normas de higiene. De su mantenimiento se encargan los auxiliares de servicios generales bajo las orientaciones de la Rectoría y la Coordinación de la institución.

Capítulo III. Servicios Generales Educativos.

Artículo 10. La Tienda Escolar. Es el servicio que provee alimentos a bajo costo a los miembros de la comunidad educativa en todas las sedes. Los alimentos que ofrece deben ser de máxima calidad conservando las normas de higiene y nutrición y las exigencias de Salud Publica Su funcionamiento y control está a cargo de la Rectoría y Coordinación.

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Las normas de funcionamiento de la Tienda Escolar son:

a. Prestar el servicio a los estudiantes solo en las horas de descanso o las debidamente autorizadas por Jefe de disciplina, Coordinación o Rectoría.

b. Ofrecer productos de buena calidad y nutritivos, que satisfagan los gustos de los y las estudiantes.

c. Fijar la lista de precios en un lugar visible a toda la comunidad. d. Destinar canecas de basura en su entorno para que los y las estudiantes puedan depositar

los residuos, deshechos y desperdicios. e. Colaborar con los docentes de disciplina, la coordinación y el personal de vigilancia para que

este servicio funcione correctamente. f. Mantener en perfecto estado de aseo e higiene las instalaciones y mobiliario de la tienda

escolar conforme los mandatos de la Secretaría de Salud.g. Las manipuladoras de alimentos siempre deben portar su carné, uniforme y demás elementos

de higiene exigidos por la secretaría de salud.

Artículo 11. La Biblioteca. Es el servicio que permite la consulta de libros y textos a los estudiantes, docentes y miembros de la comunidad educativa. En la sede principal es también un espacio para el desarrollo de charlas, talleres y actividades que requieran el uso de ayudas audiovisuales y cuenta con una persona a su cargo. Su utilización se rige por las siguientes normas:

a. Los estudiantes que requieran hacer uso de los textos o libros, deben identificarse con el carné y presentarse debidamente uniformados.

b. Para el préstamo de material bibliográfico, se requiere que el estudiante presente su carné y si es funcionario de la Institución que firme la ficha de préstamo y devolución. El préstamo externo de material bibliográfico solo se concederá cuando existan varios ejemplares del texto.

c. Los libros, textos, materiales y mobiliario de la biblioteca están al servicio de todos, por ello deben ser cuidados y utilizados de manera adecuada; de lo contrario el infractor debe someterse a reponer el daño y a las consecuencias disciplinarias del hecho.

d. Todos los usuarios de la biblioteca deben presentar orden, silencio y abstenerse de consumir alimentos en su interior.

e. Tratar con respeto y consideración al bibliotecario o persona encargada.f. Atender las normas reglamentarias que para la seguridad del material bibliográfico se expidan

por parte de la Institución.g. Cuando la Sala de Biblioteca sea utilizada para otras actividades educativas, debidamente

autorizadas por la Rectoría o Coordinación, el docente responsable asumirá el cumplimiento de las normas establecidas para el trabajo en dicha Sala.

h. El responsable de la Biblioteca informará a la Coordinación cualquier anomalía en el comportamiento de los usuarios, para establecer acciones de mejora de acuerdo al caso.

i. Es prerrequisito para renovar su matrícula u optar por el Titulo de bachiller que el estudiante esté a paz y salvo con la Biblioteca.

j. El horario de atención en la Biblioteca será el establecido por la Rectoría de la Institución para el funcionario responsable de esta sala o por la Coordinación cuando se tengan auxiliares del Servicio social. El horario será publicado en lugar visible.

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Artículo 12. Los Laboratorios de la institución se utilizarán bajo los siguientes lineamientos:

a. El trabajo en el laboratorio estará bajo la responsabilidad del respectivo docente, por lo tanto ningún estudiante tendrá acceso sin su autorización.

b. Los trabajos prácticos se realizarán con la debida seriedad para prevenir accidentes y atendiendo estrictamente las orientaciones del profesor responsable de la actividad.

c. Los y las estudiantes se abstendrán de realizar en el laboratorio experiencias no autorizadas debidamente por el profesor responsable quien guiará las prácticas teniendo en cuenta los lineamientos legales al respecto.

d. El profesor responsable informará oportunamente a la Coordinación de cualquier novedad en el salón de laboratorio para que se tomen las medidas disciplinarias o administrativas pertinentes.

e. En especial el o la estudiante tendrá en cuenta las recomendaciones del profesor para prevenir accidentes en el laboratorio.

f. Los y las estudiantes y demás usuarios se abstendrán de consumir alimentos en el Laboratorio.

g. Los materiales del laboratorio están al servicio de todos por ello deben ser cuidados y utilizados de manera adecuada, de lo contrario el infractor debe someterse a reponer el daño y a las consecuencias disciplinarias del hecho.

h. Es prerrequisito para renovar la matrícula u optar por el Titulo de bachiller que el o la estudiante este a paz y salvo con el Laboratorio.

Artículo 13. Las Salas de Informática de la institución se utilizarán bajo los siguientes lineamientos en todos los niveles educativos:

a. El trabajo en cada sala estará bajo la responsabilidad del respectivo profesor, por lo tanto el acceso de los estudiantes u otros miembros de la comunidad educativa se hará bajo su responsabilidad y con su autorización.

b. El o la estudiante seguirá estrictamente las orientaciones que le haga el profesor sobre el cuidado en el manejo de los equipos de la sala.

c. Las indicaciones sobre las condiciones de los insumos a utilizar serán de estricta observancia para prevenir alteración o daño en los equipos.

d. El profesor responsable de la sala reportará oportunamente a Coordinación cualquier novedad y dejará por escrito el reporte en la bitácora para tomar las medidas disciplinarias o administrativas del caso.

e. Al terminar la sesión de trabajo en la sala, los y las estudiantes harán entrega de los equipos al profesor observando las reglas que él les ha recomendado.

f. Cuando el computador tenga acceso a Internet, el acceso de estudiantes solo se producirá bajo la guía del profesor.

g. Los estudiantes y demás usuarios se deben abstener de consumir alimentos en la sala de informática.

h. Los computadores están al servicio de todos por ello deben ser cuidados y utilizados de manera adecuada, de lo contrario el infractor debe someterse a reponer el daño y a las consecuencias disciplinarias del hecho.

i. Todas las salas de informática de la Institución manejarán una bitácora donde los docentes que hagan uso de ella deberán registrarse, diligenciando la información requerida y reportar todas las novedades que ocurran durante su uso.

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j. Los docentes que hagan uso de la sala de informática en la básica primaria, además, estarán encargados de revisar que todos los equipos se encuentren apagados y dejarlos guardados en sus respectivas UMAS al final de la jornada.

Artículo 14. Los Restaurantes Escolares: Se presta el servicio en ellos, con el fin de realizar el fortalecimiento nutricional de los estudiantes y se realiza con la participación de el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, la Alcaldía Municipal o la Gobernación, quienes establecen los criterios para el disfrute de este servicio. Las normas de funcionamiento del Restaurante Escolar son:

a. Conformar un comité que coordine, organice vigile y garantice la óptima prestación del servicio.

b. Coordinar con los docentes el acompañamiento en el momento de la prestación del servicio. c. Ofrecer alimentos de buena calidad y con criterios nutricionales. d. Destinar canecas para depositar los residuos y utensilios. e. Mantener en perfecto estado de aseo e higiene las instalaciones y mobiliario del restaurante

conforme los mandatos de la Secretaría de Salud.f. Las manipuladoras de alimentos siempre deben portar su carné, uniforme y demás elementos

de higiene exigidos por la secretaría de salud.g. Colaborar con los docentes de disciplina, la coordinación y el personal de vigilancia para que

este servicio funcione correctamente.

HOY PUEDE SER UN GRAN DÍA

Hoy puede ser un gran día plantéatelo así.Aprovéchalo,

que pase de largo depende en parte de ti.Dale vía libre a la experiencia para comenzar

y recíbelo como si fuera fiesta de guardar.No consientas que se esfume

asómate y consume la vida a granel¡Hoy puede ser un gran día! ¡Duro con él!

¡Hoy puede ser un gran día!donde todo está por descubrir,

si lo empleas como el único que te toca vivir.Saca de paseo a tus instintos y ven, tíralos al sol

y no dosifiques los placeres si puedes derrochar hoy.Si la rutina te aplasta dile que ya basta de mediocridad.

¡Hoy puede ser un gran día! Date una oportunidad.¡Hoy puede ser un gran día!, imposible de recuperar.

Un ejemplar único, no lo dejes escapar;que todo lo que te rodea lo han puesto para ti.

No lo mires desde la ventana y siéntate al festín.Pelea por lo que quieres

y no desesperes si algo no anda bien¡Hoy puede ser un gran día! Y mañana también.

Joan Manuel Serrat

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TÍTULO III. DERECHOS.

Capítulo I. Fundamentación:

Los Derechos Humanos son un conjunto de facultades que concretan en cada época histórica las demandas de dignidad, libertad e igualdad de los seres humanos. El ejercicio de los derechos implicará el reconocimiento y respeto de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa, por tanto se tiene unos derechos y deberes que cumplir, entre ellos:

Artículo 15. Derechos de los Estudiantes. Los estudiantes de la Institución Educativa Boyacá, tendrán los siguientes derechos:

a. Recibir trato digno y respetuoso, con criterios de inclusión, respecto a su integridad física, moral y dignidad personal, sin discriminación alguna, y protección contra el maltrato, la tortura y toda clase de tratos y penas crueles, inhumanos, humillantes, degradantes y los abusos de toda índole por parte de la comunidad educativa. Los y las estudiantes con discapacidad tienen derecho a que se les proporcionen las condiciones necesarias para que puedan integrarse en la institución.

b. Recibir una formación integral, eficaz con el apoyo académico permanente, que le asegure el pleno desarrollo de su personalidad, le permita fomentar su autoestima, deseo de superación y lo habilite como ciudadano útil a sí mismo y a la sociedad.

c. Libre expresión, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones.

d. Conocer los programas con sus indicadores de desempeño, saberes y criterios de evaluación de las áreas o asignaturas al inicio de cada periodo, conforme a lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes (SIEE) de manera objetiva y oportuna. Así mismo que se le programen actividades de refuerzo en clase o extra clase. Además solicitar al docente explicación o justificación de las valoraciones obtenidas parcial o definitivamente antes de ser registradas en las planillas oficiales de evaluación y que las evaluaciones sean debidamente programadas y ejecutadas, para evitar la concentración de pruebas al final del período. También, obtener la devolución oportuna de los trabajos y pruebas realizados, debidamente corregidos.

e. A las garantías del Debido Proceso en las decisiones administrativas relacionadas con situaciones académicas y disciplinarias; lo cual incluye ser escuchado, que sus opiniones sean tenidas en cuenta, reclamar y defenderse de manera verbal o escrita en caso de acusación o sanción. Para ello puede presentar respetuosamente descargos o apelaciones ante la autoridad competente, o instancia superior en su orden: docente, director de grupo, coordinador, Rector, Consejo Directivo o Consejo Académico y demás instancias legales establecidas.

f. Reclamar de manera respetuosa y por escrito las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al finalizar un periodo o año lectivo y que la valoración de su rendimiento escolar no sea utilizada como sanción disciplinaria.

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g. Los egresados podrán asociarse y colaborar en el desarrollo de las actividades de la institución.

h. Participar democráticamente en la conformación del Gobierno Escolar y en las actividades institucionales y de bienestar estudiantil que contribuyan a su proyección personal, además en las promovidas por el Personero de los estudiantes y el Consejo Estudiantil; para lo cual se debe concertar con el Coordinador o Rector el cronograma de reuniones y actividades.

i. A recibir información oportuna por parte de los diferentes estamentos de la institución educativa a través de los canales dispuestos para tal fin.

j. A disfrutar del descanso pedagógico o recreo escolar y gozar de un ambiente sano y agradable con las debidas condiciones de seguridad e higiene.

k. Utilizar adecuadamente las instalaciones y bienes de la institución con las limitaciones derivadas de la programación de actividades escolares y extraescolares y con las precauciones necesarias con relación a la seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos.

l. A la prevención contra el consumo de tabaco, sustancias psicoactivas, estupefacientes o alcohólicas, su promoción, tráfico, distribución o comercialización en la institución escolar; así mismo contra la explotación sexual, la pornografía y cualquier otra conducta que atente contra la libertad, integridad y formación sexual de los estudiantes.

m. Recibir distinciones y estímulos correspondientes a sus méritos y buen desempeño, establecidos por la ley y la institución educativa.

Artículo 16. Derechos de los Padres de Familia o Acudientes.

Los derechos de los padres de familia en relación con la educación de sus hijos en la Institución Educativa Boyacá son los siguientes:

a. Conocer las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el Manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas y el sistema de evaluación.

b. Ser reconocido a partir del momento de la matrícula como representante legal del menor matriculado.

c. Recibir trato cortés y amable por parte de los funcionarios e integrantes de la comunidad educativa.

d. Ser atendido por la persona a quien corresponda, en los horarios para atención a padres y/o acudientes establecidos por la Institución.

e. Expresar de manera respetuosa y siguiendo el conducto regular sus inquietudes, observaciones, reclamos y sugerencias respecto al proceso educativo de sus hijos.

f. Participar activa y responsablemente en el proceso educativo que se desarrolla en la institución de manera especial, en el desarrollo curricular, la construcción, ejecución y modificación del (PEI) Proyecto Educativo Institucional.

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g. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información verbal y escrita debidamente notificada, sobre la evaluación, el rendimiento académico, el comportamiento de sus hijos o acudidos y de todas las actividades curriculares y extracurriculares que se desarrollan en la institución.

h. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar, en los términos previstos en la Ley General de Educación y su reglamentación y a los conferidos en la ley de infancia y Adolescencia (1098), en el artículo 39.

Artículo 17. Los Derechos de los Docentes en la Institución Educativa Boyacá, además de los establecidos en la legislación vigente son los siguientes:

a. Recibir la asignación académica de acuerdo a su perfil.b. Recibir trato digno y respetuoso por parte de todos los integrantes de la comunidad

educativa.c. Ser atendido y escuchado por las directivas en cualquier inquietud que tenga con respecto al

manejo de su área, a las relaciones con cualquier miembro de la comunidad educativa o al funcionamiento del plantel.

d. Participar activamente en la elaboración y actualización del Proyecto Educativo Institucional PEI e intervenir en la gestión de la institución a través de los órganos establecidos para tal efecto.

e. Ser informado oportunamente sobre cualquier evaluación o crítica que se haga de su trabajo y presentar sus descargos ante la autoridad competente.

f. Tener un ambiente de trabajo armónico, sano, digno y cómodo; además que se proporcionen los recursos pedagógicos y la dotación necesarias para el cumplimiento de la labor docente, priorizando éstas posibilidades en el presupuesto institucional.

g. Recibir estímulos específicos, que le motiven y dinamicen su participación y compromiso docente. Asistir a convocatorias de actualización académica y participar de los programas de capacitación de acuerdo a su perfil, convocados por la Secretaría de Educación Municipal SEM y la institución Educativa Boyacá.

h. Presentar de manera respetuosa inquietudes, sugerencias, peticiones, quejas o recursos, solicitar informes o realizar reclamos formulados razonablemente y por escrito ante el personal directivo de la institución.

i. A participar en las reuniones convocadas por la organización sindical. Realizar reuniones informativas o profesionales y promover convocatorias de los docentes, sin perjuicio de los derechos de los menores. Estas reuniones serán comunicadas a los directivos con antelación.

j. Ser informados por sus representantes en los órganos colegiados de los acuerdos adoptados por los mismos. Conocer las actas y decisiones de las reuniones de los Consejos Directivo y Académico y de Rectoría y Coordinadores, de manera ágil y oportuna.

k. Ser informados por parte de Rector y Coordinador de los comunicados, decretos, leyes y resoluciones emanadas de las distintas autoridades educativas que se reciban en la institución o por el Rector y que afecten laboral y profesionalmente a los docentes, a través del correo institucional o penal.

l. Elegir y ser elegido en cargos de representación ante el Consejo Directivo, el Consejo Académico y demás órganos colegiados.

m. Ser respetado en su tiempo libre. Cuando se requieran los servicios docentes en jornada extraordinaria deberá concertarse y programarse con suficiente anticipación.

n. Solicitar y obtener permisos para ausentarse de su labor docente en casos de enfermedad,

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calamidad doméstica, capacitación o fuerza mayor debidamente soportada.o. Igualdad de oportunidades, expresadas en la no discriminación por razón de sus opiniones,

raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

p. Recibir los manuales de funciones de la institución, así como los elementos y formatos indispensables para el cumplimiento de su labor académica y pedagógica. Recibir con antelación los boletines para su revisión y corrección si hubiere lugar.

q. Participar en la construcción de un orden democrático y en las decisiones de la vida institucional, especialmente en la elaboración, revisión y actualización del Manual de Convivencia y la organización, elección y desarrollo del Gobierno Escolar.

Artículo 18. Los Derechos del Personal Administrativo y de Servicios. Además de los establecidos en la legislación vigente serán los siguientes:

a. A ser tratado en todo momento con dignidad, cordialidad y respeto por parte de estudiantes, docentes, directivos y personal en general.

b. Presentar de manera respetuosa inquietudes, sugerencias, peticiones, quejas o recursos, formulados razonablemente y por escrito ante el órgano de gobierno que corresponda.

c. Celebrar reuniones y entregar resultados, respetando el normal desarrollo de las actividades de la institución.

d. Solicitar y obtener permisos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, acogiendo el procedimiento para su aprobación.

e. Igualdad de oportunidades, expresadas en la no discriminación por razón de sus opiniones; raza; sexo; capacidad económica; nivel social; convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

f. Participar en la construcción de un orden democrático y en las decisiones de la vida institucional, especialmente en las actividades y programas que propendan por la proyección institucional.

g. Conocer su manual de funciones de la Institución y la de su cargo con relación a la norma.

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Elogio del estudio

¡Estudia lo elemental!Para aquellos cuya hora llegó ¡Nunca es demasiado tarde!

¡Estudia el «ABC»! No basta, ¡pero estúdialo!¡No te canses! ¡Empieza! ¡Es preciso saberlo todo!

¡Tú tienes que gobernar!¡Estudia, hombre en el asilo! ¡Estudia, hombre en la cárcel!

¡Estudia, mujer en la cocina! Anciano, ¡Estudia!¡Tú tienes que gobernar!

No tienes casa, ¡ve a la escuela!Muerto de frío, ¡adquiere conocimiento!

Tienes hambre, empuña un libro: ¡Es un arma!¡Tú tienes que gobernar!

¡No tengas vergüenza de preguntar, compañero!¡No te dejes convencer! ¡Compruébalo tú mismo!

El que no sabe por cuenta propia, no sabe.Controla tú la cuenta, que la tienes que pagar.

Apunta con tu dedo sobre cada tema y pregunta:« ¿Qué es esto?»

¡Tú tienes que gobernar!

Bertolt Brecht

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TÍTULO IV. DEBERES.

Como personas libres y autónomas que buscan el interés general, en la Institución Educativa Boyacá, los estudiantes se comprometen a cumplir con lo siguiente:

Artículo 19. Los Deberes de los Estudiantes son:

a. Cumplir a conciencia, con eficacia y puntualidad, las labores académicas según las orientaciones de los docentes: trabajos en clase, tareas, lecciones, talleres, investigaciones, exámenes, profundizaciones, actividades de refuerzo y demás acciones curriculares y extracurriculares que se programen de acuerdo al Sistema de Evaluación Institucional.

b. Tener puntualidad en los horarios, la asistencia diaria a las clases y en el cumplimiento de la jornada escolar correspondiente.

c. Aprovechar al máximo sus capacidades intelectuales, habilidades y destrezas, haciéndolo lo mejor posible, para ser mejor ser humano.

d. Respetar y valorar el derecho a la educación de sus compañeros y al propio.

e. Asistir a la institución con el uniforme completo y aseado o sea bien presentado y a usar el uniforme de Educación Física los días indicados.

f. Utilizar correctamente las instalaciones y bienes de la institución. Respetar, cuidar y reparar todos los muebles y enseres que la institución pone a disposición de los estudiantes para su uso y comodidad; así mismo respetar y devolver las pertenencias de los demás.

g. Promover el trato respetuoso y digno a nivel físico, verbal, sicológico y moral, con todos los miembros de la comunidad educativa, sin discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, discapacidad o por cualquier otra circunstancia personal o social.

h. Respetar, honrar y enaltecer los símbolos patrios y de la institución, así como los valores culturales y los que hacen parte de nuestra nacionalidad, demostrado en las diferentes actividades cívicas dentro y fuera de la institución.

i. Participar y colaborar en las actividades que se programan para el buen funcionamiento institucional como campañas de ornato, jornadas ecológicas, elaboración de ayudas educativas, actividades cívicas, deportivas, culturales y solidarias, propuestas por la institución, informando a sus acudientes.

j. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa sin discriminación ni conjeturas.

k. Asumir un comportamiento en el colegio y fuera de él de acuerdo a las normas de convivencia pacífica, las competencias ciudadanas, los valores y principios de la institución y los valores democráticos; observar un comportamiento digno y velar por el prestigio y buen nombre del plantel, sintiéndose orgulloso de ello.

l. Buscar la solución de los conflictos por medio del diálogo, usando los procedimientos de mediación escolar entre compañeros, profesores, directivos o demás personas vinculadas con la institución.

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m. Demostrar, permanentemente un esfuerzo de superación académica, disciplinaria y en todos los aspectos de su formación.

n. Presentar excusa escrita, cuando por enfermedad, calamidad doméstica u otro motivo haya faltado al colegio. La excusa deberá ser firmada por el padre de familia o acudiente y presentarla dentro de los dos (2) días siguientes de terminada la novedad. En caso de enfermedad, anexar el certificado médico y presentarlo oportunamente a su reingreso; al colegio al Coordinador y docentes. En todo caso deberá ponerse al día en las actividades desarrolladas por el resto del grupo.

o. Conservar buen comportamiento a la hora de entrada y salida de la institución hacia las casas y mientras espera el medio de transporte y en el acceso a ellos; demostrando civismo especialmente cuando porta el uniforme.

p. Denunciar o comunicar a la entidad correspondiente los actos arbitrarios que ocurran por parte de estudiantes, docentes o directivos, si hubiere lugar.

Artículo 20. Deberes de los Padres de Familia. Según el Artículo, 7 de la Ley 115 de 1994, a los acudientes les compete:

Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos y sobre la marcha de la institución y en ambos casos, participar en acciones de mejoramiento.

Contribuir solidariamente con la institución educativa para la formación de sus hijos.

Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos y de acuerdo al código de la Infancia y la adolescencia, Ley 1098 de 2006, corresponden a los padres de familia los siguientes deberes:

a. Ser atendido y recibir orientación y respuesta suficiente y oportuna, por parte de docentes, coordinación y rectoría, teniendo en cuenta los horarios establecidos por la institución para hacer sus requerimientos e inquietudes sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos y sobre la buena marcha del establecimiento.

b. Matricular oportunamente a sus hijos y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria, asegurando así el acceso a la educación se los niños y niñas. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el pacto o manual de convivencia, para facilitar el proceso de educativo.

c. Proveer las condiciones y medios para el aprendizaje de los estudiantes, tales como: implementos, útiles escolares y uniformes.

d. Respetar a los docentes y mantener las debidas normas de cortesía para acceder a la atención por parte de los profesores.

e. Velar por el cumplimiento de los deberes y obligaciones de sus hijos e hijas dentro y fuera de la Institución Educativa.

f. Contribuir en la construcción de un clima democrático, de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua entre la institución escolar y el hogar, para favorecer la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.

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g. Apoyar el tipo de educación adoptada en el PEI y a la institución en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los Planes de Mejoramiento Institucional.

h. Apoyar a la institución en las acciones formativas, correctivas o sancionatorias, ya que éstas están encaminadas a la formación integral de los educandos. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y, en el desarrollo de su autonomía.

i. Acompañar y controlar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para contribuir en la formación de hábitos de estudio, realizar orientación permanente y contribuir el desarrollo de valores ciudadanos.

j. Atender los horarios estipulados para la atención a Padres de Familia por parte de rectoría, coordinación, directores de grupo y docentes.

k. Atender y firmar las citaciones o notificaciones que se le hagan, de manera individual o general. Excusarse por escrito y concertar nueva cita en el tiempo más pronto posible, en caso de fuerza mayor para su incumplimiento.

l. Seguir el conducto regular: profesor, director de grupo, coordinador, rectora, para hacer sus peticiones, recomendaciones, sugerencias o reclamos verbales o escritos. Conocer y utilizar correctamente los canales de comunicación, teniendo siempre presente que es el diálogo la primera vía para la solución pacífica de los conflictos, si los hubiere.

m. Asistir, colaborar y participar en las actividades programadas por rectoría, coordinación, docentes, los diferentes comités y a nivel grupal o institucional.

n. Responder y contribuir de manera permanente por la buena presentación personal, moral y comportamental de sus hijos e hijas.

o. Informar al director de grupo sobre las situaciones que puedan afectar el rendimiento académico de sus hijos y que puedan contribuir al mejoramiento del proceso educativo.

p. Comunicar oportunamente por escrito, y en primer lugar a las autoridades de la institución educativa, las irregularidades que tenga conocimiento, entre otras: maltrato infantil, matoneo o acoso escolar, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.

q. Contribuir con el Proyecto de Prevención del Consumo de Sustancias Psico-Activas, SPA y mantener informados a sus hijos, hijas sobre los efectos nocivos del uso y el consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales. Así mismo promover la salud preventiva, la higiene y el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con institución en la educación sobre este tema.

r. Dejar a sus hijos e hijas en la puerta de la institución y velar por la puntualidad para en el inicio y finalización de la jornada escolar.

s. Participar en el proceso de evaluación anual del establecimiento educativo.t. Asistir bien presentado a la institución escolar.

Artículo 21. Los Deberes de los Docentes son los siguientes:

a. Dar trato cortés, amable y respetuoso de los derechos y la dignidad humana a estudiantes, compañeros, padres de familia o acudientes, directivos y en general a todos los integrantes de la comunidad educativa.

b. Estimular a los estudiantes a aprender a partir de sus logros y progresos antes que desde sus dificultades y fallas; brindar a los estudiantes alternativas de aprendizaje, actividades de refuerzo y promover su participación activa en las actividades escolares y de superación

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personal.c. Hacer de los derechos de los estudiantes, un criterio primordial en su relación con ellos y en el

desempeño de su labor docente. Cumplir el debido proceso establecido en el presente Pacto de convivencia.

d. Dirigir, planear, orientar, revisar y evaluar las actividades de los estudiantes con el fin de lograr el pleno desarrollo de su personalidad, promoviendo la participación, la práctica de la convivencia pacífica, los valores ciudadanos, sociales y culturales, dando ejemplo formativo.

e. Atender con amabilidad los reclamos de los educandos, padres o acudientes y demás miembros de la Comunidad Educativa, siempre y cuando sean hechos en forma oportuna, respetuosa y además, darles adecuada y pronta solución.

f. Devolver oportunamente en el tiempo a los educandos las evaluaciones y trabajos debidamente corregidos y darle a conocer las dificultades y fortalezas antes de pasarlas a coordinación para que puedan ejercer su derecho a reclamo cuando sea del caso.

g. Programar y organizar en el tiempo establecido las actividades de enseñanza-aprendizaje y de refuerzo y superación en las asignaturas y áreas que le sean asignadas, de acuerdo con los criterios y cronograma establecidos por el Consejo Académico y la respectiva programación del área o del grado. Elaborar y entregar oportunamente a la Coordinación los planeamientos curriculares de las asignaturas y áreas que le correspondan.

h. Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que le sean asignados o confiados.

i. Controlar y resolver problemas disciplinarios dentro y fuera del salón de clase y no excluir de él a los educandos como sanción.

j. Participar desde su condición de docente, en actos comunitarios como: reuniones convocadas por las directivas del plantel, actividades complementarias, comités y proyectos pedagógicos para los que sea requerido.

k. Presentar a Coordinación, de acuerdo al cronograma establecido el informe del rendimiento de los estudiantes a su cargo al término de cada uno de los períodos de evaluación y certificar las valoraciones con sus firmas.

l. Elaborar oportunamente las planillas de calificaciones y presentar el informe correspondiente a los estudiantes. Escuchar las inquietudes de éstos.

m. Atender a los Padres de familia en los horarios establecidos para ello; hacer el registro correspondiente en la hoja de vida del estudiante con firmas de los participantes y fecha de elaboración.

n. Controlar la asistencia de los estudiantes y presentar el correspondiente reporte a la Coordinación.

o. Informar en primera instancia al padre de familia o acudiente sobre las anomalías que se presentan en el rendimiento, comportamiento y asistencia de los estudiantes y citarlos oportunamente. En segunda instancia informar al director de grupo o al coordinador según corresponda y a las entidades de protección de los menores cuando haya lugar.

p. Llevar a cabo, conjuntamente con las directivas y el comité organizador, la reunión de evaluación periódica del rendimiento de sus estudiantes.

q. Dirigir según le corresponda, las reuniones de Padres de familia e informarles periódicamente acerca del rendimiento de sus hijos.

r. Elaborar en equipo, con los docentes de su área/grado, la programación y demás actividades curriculares.

s. Cumplir la jornada laboral y dedicar el tiempo reglamentario al desarrollar las labores propias de su cargo. Cumplir los turnos disciplinarios asignados para el acompañamiento de los estudiantes en el descanso.

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t. Colaborar en el mantenimiento de las instalaciones y material de la institución, comunicando inmediatamente a la dirección cualquier anomalía o deterioro que detecte.

u. Solicitar permiso escrito para ausentarse en horas laborales y presentar el respectivo documento que soporte su ausencia, sea de salud, sindical o fuerza mayor. En estos casos debe dejar talleres y/o actividades de trabajo para los estudiantes según el horario de clases. Se tendrán en cuenta las situaciones excepcionales.

v. Velar por el orden en el ingreso y salida de los estudiantes de un curso cuando le corresponda la primera o última hora.

w. Desempeñar con solicitud y eficiencia sus funciones y las disposiciones emanadas por el gobierno escolar de la institución, la Secretaría de Educación Municipal y el Ministerio de Educación Nacional.

x. Cumplir y hacer cumplir las normas fijadas en este Manual de Convivencia.

Los docentes y directivos docentes están obligados a guardar reserva sobre toda aquella información de que dispongan acerca de las circunstancias personales y familiares del estudiante. No obstante, comunicarán a la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar malos tratos para el estudiante o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por la Ley de Infancia y Adolescencia.

Artículo 22. Deberes del Coordinador:

a. Dar trato cortés, amable y respetuoso de los derechos y la dignidad humana a estudiantes, docentes, padres de familia o acudientes, directivos y en general a todos los integrantes de la comunidad educativa.

b. Hacer de los derechos de los estudiantes, un criterio primordial en su relación con ellos y en el desempeño de su labor docente. Cumplir el debido proceso establecido en el presente Manual de convivencia.

c. Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.

d. Participar en el Consejo Académico, el Comité de Evaluación y Convivencia y en los demás en que sea requerido.

e. Coordinar y tramitar los asuntos disciplinarios de los estudiantes, de acuerdo a debido proceso establecido.

f. Colaborar con la Rectora en la Planeación y Evaluación Institucional. Informar permanentemente sobre las necesidades de la sede y ser canal de comunicación con la rectoría y la sede encargada.

g. Establecer canales y mecanismos de comunicación ágiles y efectivos, entre la sede principal y las demás sedes, a través de los Coordinadores, con los docentes y los estudiantes.

h. Dirigir orientar y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas dentro y fuera de Institución.

i. Rendir periódicamente informe a la rectoría del plantel sobre el resultado de las actividades académicas.

j. Fomentar las actividades pertinentes que conduzcan al logro de las metas institucionales y el plan de mejoramiento institucional.

k. Adelantar acciones para mejorar la retención escolar.l. Proyectar la asignación académica de los docentes y elaborar horario general de clases del

plantel. Presentarlos a la rectoría para su aprobación.

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m. Supervisar el personal de docentes y estudiantes a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.

n. Presentar a la rectoría, las necesidades del material didáctico de las áreas, de acuerdo al reporte de los docentes.

o. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo por sede.

p. Atender a los docentes y estudiantes en los aspectos académicos y disciplinarios, de evaluación y de promoción.

q. Orientar en su desempeño a los docentes de acuerdo con el plan de estudios. r. Velar por la integración y participación de la comunidad educativa buscando el bienestar

general. Para ello podrá impulsar programas y proyectos que respondan a las necesidades institucionales.

s. Hacer reporte de las novedades al ente encargado sobre la asistencia del personal docente a su cargo.

t. Cumplir efectivamente con su jornada laboral. u. Informar y coordinar con los docentes las acciones a realizar cuando se ausente de la sede.v. Desempeñar con solicitud y eficiencia sus funciones y las disposiciones que le sean

asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo, emanadas por Rectoría, la Secretaría de Educación Municipal y el Ministerio de Educación Nacional.

Articulo 23. Deberes del Director de Grupo:

a. Ejecutar el programa de inducción, orientación y seguimiento permanente de los estudiantes del grupo confiados a su dirección.

b. Planear acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.c. Programar y dirigir actividades de integración y relaciones armónicas en el curso a su cargo.d. Conmemorar fechas especiales.e. Servir de conciliador o mediador en los conflictos que se presenten entre los estudiantes y

entre éstos y los docentes. f. Dar trato cortes, amable y respetuoso de los derechos y la dignidad humana a estudiantes,

compañeros, padres de familia o acudientes, directivos y en general a todos los integrantes de la comunidad educativa.

g. Hacer de los derechos de los estudiantes, criterio primordial en su relación con ellos y en el desempeño de su labor docente. Cumplir el debido proceso establecido en el presente Manual de Convivencia.

Artículo 24. Deberes de los Profesores de Disciplina:

a. Dar trato cortés, amable y respetuoso de los derechos y la dignidad humana a estudiantes, compañeros, padres de familia o acudientes, directivos y en general a todos los integrantes de la comunidad educativa.

b. Hacer de los derechos de los estudiantes, criterio primordial en su relación con ellos y en el desempeño de su labor docente. Cumplir el debido proceso establecido en el presente Pacto de convivencia.

c. Contribuir para que los estudiantes ingresen y se retiren de la institución de manera ordenada.d. Tocar el timbre o campana al iniciar y terminar la jornada, así mismo en los cambios de clase

y en el descanso.

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e. Estar atentos y acompañar durante el descanso a los estudiantes, para que no cometan infracciones contra las normas de convivencia de la institución, ni contra ellos mismos y otros miembros.

f. Reportar a coordinación las irregularidades disciplinarias y en general las novedades que se presenten durante la jornada.

g. Realizar acompañamiento pedagógico a los estudiantes durante el receso escolar en cuanto a las inquietudes o dificultades que se presenten.

Artículo 25. Deberes del Personal Administrativo y de Servicios: desempeña una labor de apoyo y contribuye a la buena imagen institucional, por ello sus deberes son:

a. Dar trato cortés, amable y respetuoso de los derechos y la dignidad humana a estudiantes,

compañeros, padres de familia o acudientes, directivos y en general a todos los integrantes de la comunidad educativa.

b. Hacer de los derechos de los estudiantes y los demás integrantes de la comunidad educativa, criterio primordial en su relación con ellos y en el desempeño de sus funciones.

c. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo y a la normatividad vigente igualmente a las asignadas por su superior jerárquico dentro de su cargo.

TÍTULO V. NORMAS DE CONVIVENCIA, FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES.

Capítulo I. Normas de convivencia.Las normas de convivencia internas que se han establecido en la Institución Educativa Boyacá son un punto de referencia para el comportamiento y la actuación de los estudiantes y su papel principal es ayudar a lograr un ambiente agradable y sereno de trabajo, donde prime el auto-control, el orden y la colaboración de todos puesto que expresan los límites que la libertad de los demás impone a la propia libertad.

Estas normas más que sancionar, recompensar o penalizar, se constituyen en el estímulo de las disposiciones positivas de los estudiantes y buscan corregir aquellos comportamientos que no favorezcan la convivencia respetuosa o que impidan el normal desarrollo de las actividades escolares e institucionales. Para que las normas internas cumplan se finalidad es necesario que sean conocidas y aceptadas por todos: padres, profesores y estudiantes y comunidad educativa en general, además que se exija su cumplimiento; para ello se deben emplear los procedimientos legales previstos en el presente Manual.

Artículo 26. Normas Generales de Convivencia. Para fomentar la sana convivencia las normas generales que deben cumplir los estudiantes son:

a. Cumplir con las disposiciones, indicaciones y orientaciones de la Rectoría, la coordinación y de los docentes, personal administrativo y de servicios.

b. Tener responsabilidad y puntualidad en el cumplimiento de sus deberes académicos y actividades que garanticen su óptimo aprendizaje. Mostrar respeto y consideración a los docentes. Convenir con ellos las actividades de mejoramiento académico y presentarlas demostrando compromiso e interés en el tiempo establecido.

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c. Participar y colaborar con docentes y compañeros en el buen desarrollo de las clases, actividades curriculares, deportivas, artísticas y culturales de la institución. Acatar de buena manera las indicaciones, orientaciones y sugerencias de los profesores y/o los compañeros de clase o de la institución.

d. Llegar 10 minutos antes de iniciar la jornada; En caso de faltar a clases se debe presentar al docente o docentes correspondientes en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles la excusa justificada firmada por el acudiente. La puntualidad y asistencia a clases es obligatoria y es responsabilidad del estudiante y sus padres.

e. Ponerse al día con las obligaciones contraídas por ausencia a las clases y cumplir con las tareas y trabajos asignados durante la misma.

f. Tener y cuidar los implementos necesarios para el buen desarrollo de las actividades escolares (cuadernos, textos, lapiceros, lápices, etc.). Reparar o reponer lo que dañe o deje perder, en un término máximo de diez (10) días. Responder por el cuidado del pupitre que se le asigne.

g. Fundamentar su disciplina, comportamiento y relaciones interpersonales en: el respeto a la dignidad, integridad e intimidad de las personas, el diálogo, la cortesía, la tolerancia, la veracidad, la convivencia pacífica y principios filosóficos institucionales.

h. Considerar el diálogo y la paz como valores fundamentales, para ello se debe fomentar el espíritu de comprensión y tolerancia en la raíz del conflicto.

i. Dar un trato adecuado a los demás utilizando actitudes respetuosas, evitando las riñas, lo vulgar, grotesco o soez, los comentarios falsos, humillantes o denigrantes que atentan contra la moral y las buenas costumbres.

j. Abstenerse de traer a clases o a la institución elementos que puedan causar distracción o entorpecer las actividades académicas o institucionales, tales como: radios, celulares, mp4, Ipods u otros aparatos tecnológicos.

k. Promover el buen desarrollo académico y la integración con los compañeros, propiciando un ambiente agradable en el aula de clase y fuera de ella.

l. Portar con pulcritud y sentido de pertenencia los uniformes de diario y de Educación Física establecidos y según corresponda en el horario de clases.

m. Abstenerse de utilizar modas extravagantes: piercings, maquillajes, peinados, tintes, aretes, manillas, esmaltes, tatuajes y cortes excéntricos. Los hombres deben mantener su cabello corto.

n. Portar diariamente el carné vigente, el cual lo identifica como estudiante de la Institución.o. Cumplir las normas de aseo e higiene personal básicas que demuestren su autoestima y

permitan la convivencia en comunidad.

p. Contribuir con la buena marcha institucional comunicando a los docentes, coordinador o rectoría, los actos de vandalismo o cualquier evento que vaya en contra vía de las normas, los deberes y el bien común.

q. Contribuir con el cuidado, aseo y buen mantenimiento de los salones, corredores, patios, demás espacios físicos, instalaciones e implementos de la institución. Dejar ordenados los salones al salir.

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r. Mantener una posición corporal acorde con la actividad que se desarrolle: clase, descanso, izada de bandera, fila, actos culturales, eucaristía, educación física, entre otros.

s. Los conflictos entre los miembros de la comunidad educativa deben ser resueltos en su propio ámbito, es decir entre las personas implicadas en primera instancia con base en el diálogo, la mediación y la conciliación. Si no quedase resuelto asumirá su conocimiento el Comité Escolar de Convivencia.

t. Conocer, cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente Manual de convivencia.u. Permanecer en clase o en las distintas actividades curriculares o extra curriculares que se

desarrollen en la institución, en los espacios determinados para su desarrollo; para retirarse de clase o de un acto determinado debe contar con la autorización del docente o persona

encargada. v. Recurrir a la coordinación para solicitar cualquier permiso, utilizando los medios y formatos

adecuados (por seguridad, sólo se permite el retiro de los estudiantes del plantel en compañía de su acudiente y no se dan permisos por teléfono).

w. Evitar el consumo, porte, venta, distribución y comercialización de cigarrillos, licor y sustancias psicotrópicas o psicoactivas. (Código de la infancia y adolescencia, ley 1098, artículo 20, numeral 3; Art. 17 Ley 30 de 1986) tanto dentro del colegio, como fuera de él.

x. Entregar oportunamente al acudiente las citaciones y/o circulares que por su conducto envía la Institución.

Artículo 27. Normas Específicas de Convivencia para Estudiantes:

a. Guardar silencio y prestar atención en clase mientras el profesor está explicando o cuando algún miembro de la comunidad educativa hace uso de la palabra.

b. Realizar en el tiempo convenido las actividades académicas propuestas durante el desarrollo de las clases.

c. En las horas de descanso, los estudiantes no podrán estar dentro de las aulas de clase, salvo que estén acompañados por el profesor o en caso de enfermedad o lesión.

d. Atender con prontitud los diferentes toques del timbre o campana que indican iniciación o suspensión de clases, de los descansos, entre otras.

e. Los estudiantes entrarán al salón de clase, a la institución y en general a cualquier dependencia institucional en orden, sin correr ni empujarse.

f. Demostrar especial aprecio y cuidado por las zonas verdes, vegetación, árboles y plantas de la institución.

g. Cuidar el aspecto decorativo de las aulas de clase, corredores y paredes. Evitar arrojar papeles o basura al piso, utilizar las canecas para ello.

h. El material de las instalaciones de la institución es para uso común de los que conviven en ella; a todos los miembros de la Comunidad educativa les corresponde su cuidado y conservación.

i. El cuidado y mantenimiento de las pertenencias de cada estudiante es responsabilidad individual. Es necesario que todas las pertenencias estén debidamente marcadas, sin embargo, todos y todas deben respetar y cuidar las pertenencias ajenas.

j. Los daños realizados de manera individual o colectiva, de forma intencionada o no o por negligencia, a las instalaciones de la institución o en su material deben ser obligatoriamente reparados o pagados. Igualmente, restituir los bienes sustraídos, sin perjuicio de las sanciones correspondientes. En todo caso, los padres o acudientes de los estudiantes serán

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responsables civilmente en los términos previstos en la ley.k. El uso de los teléfonos móviles o celulares está restringido a las horas de receso de clases.

En todo caso es responsabilidad del estudiante su buen uso y cuidado. No se responderán por su pérdida ni se permitirá entorpecer las labores académicas por el uso o abuso del celular, sin perjuicio de las sanciones correspondientes en caso de hurto de celulares.

l. El monitor o delegado de cada curso diariamente registrará la ausencia de los estudiantes, y entregará el listado a la coordinación al finalizar la jornada.

m. Cada aula de clase ha de quedar ordenada a la salida, los estudiantes deben cumplir los acuerdos que se establezcan para ello.

n. Realizar las actividades de descanso en las áreas determinadas para ello, según los acuerdos establecidos por la Institución, docentes y coordinadores.

o. Abstenerse de jugar con balones en corredores, salones, patios y dependencias distintas a las canchas y espacios determinados para las actividades deportivas.

p. Abstenerse de comprar a los vendedores ambulantes, especialmente en la jornada escolar.q. No comer en el salón y especialmente en clase, salvo en las actividades en que haya

celebración especial.r. Solicitar por escrito y con las firmas de sus acudientes a la autoridad escolar competente,

permiso para retirarse del plantel durante la jornada escolar. Solo se permitirá el retiro del estudiante de las instalaciones de la institución en compañía de su representante legal.

s. En las salidas de clase, al finalizar el horario escolar, los estudiantes abandonarán la institución en forma ordenada, a la mayor brevedad posible.

t. Preservar la buena presentación de todas las dependencias de la institución es deber de todos los miembros de la comunidad educativa.

u. Durante todos los días y en todas las actividades curriculares y extracurriculares planeadas y desarrolladas por la Institución, el estudiante debe cumplir normas de higiene personal, como: Bañarse todos los días. Cepillar los dientes. Tener las uñas limpias. Mantener el cabello limpio, peinado, Limpiar sus oídos. Traer el uniforme completo, limpio, planchado y los zapatos lustrados.

Artículo 28. Normas Especiales de Convivencia en la Institución Educativa Boyacá:

De manera categórica los estudiantes deben Evitar:

a) Actitudes de irrespeto, agresividad, desacato e irritabilidad; expresadas de forma verbal, de hecho, gestual, psicológico e intimidatorias, a los docentes, directivos docentes, personal administrativo y de servicios y en general a los miembros de la comunidad educativa.

b) El uso de apodos, burlas, vocabulario soez, las manifestaciones eróticas u obscenas y la excesiva confianza en el trato personal.

c) La agresión física, maltrato, abuso, intimidación o amenaza, verbal o Psicológica (cualquier forma de bullying o matoneo), utilizando cualquier medio para ello, con algún integrante de la comunidad educativa. (Ley 1620 de Marzo 15 de 2013)

d) Rayar o deteriorar carteleras, paredes, baños, pupitres y en general los enseres de la institución.

e) Traer a clase o a la institución cualquier elemento que pueda generar distracción, perturbar el desarrollo de las clases o la buena marcha institucional, tales como reproductores de mp3 y

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mp4, teléfonos celulares, aparatos tecnológicos, gorras, juguetes, material pornográfico en cualquier presentación, etc.

f) Presentarse a la institución en estado de embriaguez, consumir licor o fumar cigarrillo dentro de la institución.

g) El consumo, porte y / o tráfico de cualquier tipo de sustancias psicoactivas, fármaco-dependientes o alucinógenas, conforme al artículo 16 del Código Nacional de Policía y artículo 9 del Decreto 1108 de 1994 Código Nacional de Estupefacientes. (Código de la infancia y adolescencia, ley 1098, artículo 20, numeral 3; Art. 17 Ley 30 de 1986)

h) El uso y / o porte de cualquier tipo de arma, blanca, de fuego, contundente, corto punzante, hechiza, etc., de acuerdo al Código Nacional de Policía.

i) Promover la pornografía y la prostitución de las estudiantes de la institución ya sea de forma directa o a través de cualquier otro medio.

j) Inducir a la venta y consumo de sustancias psicoactivas dentro de la institución

k) incitar agresiones físicas y psicológicas a compañeros dentro de la institución y fuera de ella o por cualquier medio.

Artículo 29. Normas Específicas de Convivencia para Padres de Familia.

a. Asistir a las citaciones ordinarias que haga la institución y las extraordinarias que hagan los coordinadores o directores de curso con permanencia total y cumplimiento de los horarios estipulados.

b. Todos los padres, madres o acompañantes deben traer y recoger puntualmente a las niñas hasta la puerta de la institución, sin pasar al interior.

c. Se restringe el ingreso de los padres, acudientes o familiares a las aulas en horas de clase sin la debida autorización.

d. La atención general de madres, padres o acudientes se realiza de acuerdo al horario establecido, los acudientes deben informarse de dichos horarios. La atención a acudientes en horario no establecido queda sujeto a la disponibilidad en el momento, del docente o coordinador.

e. La atención específica de madres, padres o acudientes por parte de los docentes, coordinación o rectoría se realizará de acuerdo a citación o notificación escrita.

f. Devolver firmadas las citaciones y notificar por escrito su inasistencia a una citación.g. Los padres, madres o acudientes que requieran la atención de docentes, coordinación o

rectoría deben notificarlo de manera escrita y concertar el momento de dicha atención.h. Participar o permitir la participación de sus acudidos en las actividades formativas curriculares

y extra-curriculares que se planteen para contribuir a la formación integral de los estudiantes.i. Presentarse a la institución con ropa adecuada, decorosa, acorde con la naturaleza moral y

los valores de la institución.j. Colaborar con el cumplimiento de los estudiantes de las normas establecidas en el presente

Manual.

Articulo 30. Uniforme Institucional. El uniforme debe ser portado con sencillez y pulcritud. Se debe evitar el uso de accesorios que no correspondan:

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a. UNIFORME DIARIO: Unificado por la Secretaría de Educación Municipal. Alcaldía de Santiago de Cali, así:

HOMBRES: Pantalón clásico de dril verde caña con correa negra y ancho de la bota recta cubriendo los tobillos (no es bota tubo). Camibuso blanco con el escudo de la institución, zapatos negros. El camibuso va por dentro del pantalón y medias blancas arriba del tobillo

MUJERES: Falda de cuadros, Camibuso blanco con el escudo de la institución, zapatos negros. Camibuso por dentro, el largo de la falda debe ser a la altura de la rodilla, medias blancas arriba del tobillo.

b. UNIFORME EDUCACIÓN FÍSICA. Camibuso blanco con el escudo de la institución, sudadera azul con el logotipo de la Institución, ancho de la bota recta (no es bota tubo), medias blancas arriba del tobillo y zapatillas blancas completamente lisas.

Los estudiantes nuevos tienen un plazo máximo de 30 días calendario para adquirir completamente el uniforme institucional completo.

Capítulo II. Del comité Escolar de Convivencia

Articulo 31. Conformación El comité Escolar de Convivencia de la Institución Educativa Boyacá, estará integrado por:

La Rectora quien lo preside El Personero EstudiantilUn Docente del nivel de educación básicaUn Coordinador designado por La RectoraEl Presidente del Consejo de Padres de FamiliaEl Presidente del Consejo EstudiantilUn Docente del nivel de educación media

Articulo 32. Funciones del Comité de Convivencia Escolar: El Comité de Convivencia Escolar tendrá las siguientes funciones:

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios

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irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento Educativo.

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la Ley 1620/13, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por el comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

Artículo 33. Responsabilidad de la Institución Educativa en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:

La Institución Educativa Boyacá acogiéndose a la ley 1620 acoge lo siguiente:

1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de la Institución Educativa, el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

2. Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la Ley 1620/13.

3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de

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derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.

6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir

de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

Artículo 34. Responsabilidades de la Rectora de la Institución Educativa Boyacá. Además de las señaladas en la normatividad vigente y que le son propias, la Rectora de la Institución Educativa, tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la Ley 1620/13.

2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

3. Liderar la revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia y el Sistema Institucional de Evaluación Estudiantil anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

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Articulo 35. Responsabilidades de los Docentes. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades:

1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

4. Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia de la Institución.

Articulo 36. Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Tendrá los siguientes componentes:

1. COMPONENTE DE PROMOCION. La Institución Educativa BOYACA, fomentará el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos y reproductivos a través de los procesos pedagógicos en forma integral dentro del Currículo y el Plan de Estudios. En tal sentido se propenderá porque al interior de la institución y de cada grupo escolar reine un ambiente escolar que favorezca la formación y el crecimiento personal de quienes lo integran.

2. COMPONENTE DE PREVENCION. El eje fundamental de este componente gira en torno a la correcta aplicación del principio de igualdad definido en el artículo 13 de la Constitución Política y así contribuir a la disminución de las brechas sociales, culturales y contextuales brindando un trato justo, equitativo y humano a todos los estudiantes y demás miembros de la Comunidad Educativa y de esta forma tratar de minimizar los factores que puedan generar actos de violencia al interior de la Institución Educativa.

3. COMPONENTE DE ATENCIÓN. Se basa en el acompañamiento permanente que se debe brindar a los estudiantes, en primera instancia el Director o Directora de Grupo y coetáneamente el docente encargado del proceso pedagógico en cada instante de la vida escolar. Cuando se presente un hecho de violencia, acoso escolar o comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos y reproductivos, el docente que conozca en primera instancia utilizará métodos disuasivos para evitar que este prospere y dará aviso inmediato la rectora de la institución Educativa, para su evaluación y de considerar conveniente citar al Comité de Convivencia Escolar para los fines pertinentes.

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Todos los hechos serán registrados (escritos) para ser remitidos al Sistema Nacional de Convivencia Escolar para los efectos pertinentes.

La Institución Educativa Boyacá adopta la ruta de atención para situaciones de violencia escolar que a continuación se diagrama:

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Para los casos de violencia escolar, la Institución Educativa Boyacá, seguirá el esquema que a continuación se detalla:

Capítulo III. FALTAS.

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El fin básico de la institución es la formación ética y moral de los estudiantes, reforzando su autonomía y responsabilidad personal, para salvaguardar el interés colectivo y la integridad institucional. Cuando un estudiante comete una falta, da origen a un proceso disciplinario.

Al iniciar un proceso disciplinario se tendrán en cuenta los siguientes artículos. Las faltas se clasifican así:

Artículo 37. Faltas Leves: : Constituidas por actitudes y comportamientos que alteran la convivencia, pero que no involucran daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad educativa. Se consideran faltas leves los siguientes comportamientos de los estudiantes:

a. Gritar en los corredores o el salón, cuando se está en clase.b. Jugar en el salón de clase.c. Hablar reiteradamente con sus compañeros o estar inquieto mientras el docente explica su clase.d. Comer mientras se está en clase.e. Esconder los objetos personales de sus compañeros.f. Permanecer en el aula de clase durante el descanso sin autorización del docente.g. Presentarse a clase sin los materiales necesarios.h. Incumplir con el trámite de la correspondencia enviada a los padres.i. Realizar, dentro de la institución y a titulo propio, cualquier tipo de compraventas, rifas y

actividades comerciales no autorizadas.j. Comportamiento inadecuado en los homenajes a la bandera o actividades extracurriculares.k. Permanecer en la institución por fuera de su respectiva jornada sin autorización de Coordinación.l. Comprar en la tienda escolar en horas de clase.m. Llegar tarde a clase sin justificación.n. Usar objetos ajenos sin la debida autorización del dueño.o. Presentarse a la institución sin el debido aseo e higiene personal.p. Presentarse a la institución sin el uniforme, con el uniforme no correspondiente al horario y/o con

el uniforme mal presentado.q. Atentar contra el patrimonio ecológico de la institución.r. Hacer basura o arrojarla fuera de los sitios destinados para este fin. s. Todos aquellos comportamientos que no atentan contra la dignidad y la integridad de la

comunidad educativa, pero que afecten el normal desarrollo de las actividades escolares.

Artículo 38. Faltas Graves: Constituidas por actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afectan la convivencia. Se consideran faltas graves los siguientes comportamientos:

a) Irrespeto, agresión, intimidación a los docentes ya sea de hecho, de forma verbal, gestual, actitudinal, sicológica o de cualquier otra forma y el atentado contra las pertenencias del docente, directivo docente y demás miembros de la comunidad educativa.

b) Indisciplina constante, saboteo, burlas, desorden y desacato persistente a las indicaciones de los profesores en las clases y en los actos de comunidad.

c) Incumplimiento de las actividades de plan de mejoramiento en cada periodo y al finalizar el año lectivo.

d) Amenazar, forzar, acosar y presionar física, mental o sexualmente a cualquier integrante de la comunidad educativa.

e) Quitar las pertenencias incluido los alimentos.

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f) Evasión del colegio en jornada de clase.

g) Evasión de clase y de cualquier actividad curricular y extra curricular

h) Atentar contra la integridad física, la dignidad, el buen nombre, los bienes o enseres de la institución o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

i) La injuria, la difamación u ofensas graves de palabra, con gestos o acciones, contra los miembros de la comunidad educativa.

j) El incumplimiento de las normas especiales del artículo 33.

k) El incumplimiento reiterado de los compromisos adquiridos con los docentes o la coordinación.

l) Participar en riñas o agresiones físicas dentro o fuera de la institución.

m) Maltrato a los compañeros, utilización de sobrenombres y toda actitud que ridiculice, humille o rebaje a cualquier persona de la institución.

n) La suplantación de identidad en actos de la vida escolar y la falsificación o sustracción de documentos académicos.

o) Atentar contra el prestigio y el buen nombre de la institución a través de cualquier medio.

p) Utilizar redes sociales o cualquier medio de comunicación para amenazar y/o denigrar a los miembros de la comunidad educativa.

q) La complicidad o la omisión de denuncia oportuna de actos que afectan la moral, la buena conducta, la seguridad de los integrantes de la comunidad educativa y los intereses de la institución.

r) Irrespeto a los valores y símbolos patrios y del colegio.

s) Los daños causados por uso indebido o mal intencionado en los locales, materiales o documentos de la institución o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

t) El incumplimiento de correctivo o sanción impuesta.

u) El vandalismo y daño a los objetos y enseres de la institución.

v) El porte de elementos que contribuyan a la distracción, el desorden o la indisciplina en clase o en las actividades curriculares.

w) Hurto, extorsión, amenaza, intimidación o actitudes similares, realizados contra cualquier miembro de la comunidad educativa

x) Incumplir cualquier de las normas especiales establecidas en el artículo 30 y 32 del presente Pacto de Convivencia

y) Todas aquellas faltas que atentan contra la dignidad, honra e integridad de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.

z) Falsedad en información y/o en cualquier tipo de documento relacionado con el cumplimiento y desempeño en las pasantías.

aa)Comportamientos inadecuados que atenten contra la empresa donde se haga las pasantías.

bb)Traer armas corto punzantes o de fuego a la Institución Educativa.

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Artículo 39. Faltas muy Graves: Son aquellos comportamientos o actitudes que atentan contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Se consideran faltas muy graves, los siguientes comportamientos:a. El incumplimiento sistemático de compromisos adquiridos con las diferentes instancias del

conducto regular.b. Incumplimiento reiterado de correctivos y sanciones impuestas. c. Acordar la realización de actos violentos con estudiantes del plantel y/o personas ajenas a la

institución en las que se ocasionen lesiones personales.d. Agresión física utilizando armas u objetos contundentes en otro miembro de la comunidad

educativa.e. El incurrir en matoneo o acoso escolar, bullying o ciberbullying sobre otros compañeros

estudiantes.

Artículo 40. Criterios de Valoración de las Faltas: Para la aplicación de correctivos o sanciones se tendrá en cuenta el grado de participación en la comisión de la falta. Las faltas se valoran con los siguientes criterios:

a.b. Grado de culpabilidad o perjuicio causado.c. Reiteración de la falta.d. El abuso de confianza.e. El reconocimiento o confesión de la falta.f. Las circunstancias en que se comete la falta.g. El grado de madurez física y psicológica del estudiante.

Artículo 41. Para la Valoración de la Falta:: Se tendrán en cuenta la existencia de circunstancias atenuantes o agravantes:

a. Circunstancias atenuantes: son aquellos comportamientos presentados en el tiempo como:

1) Obrar en defensa propia. 2) La buena disciplina, comportamiento y convivencia observada hasta el momento.3) Ser inducido por otra persona.4) Obrar de buena fe.5) Aceptar la falta oportunamente. 6) Colaborar en la investigación de los hechos.7) Reparar el daño causado antes del proceso disciplinario.8) Cometer la falta en estado de ofuscación, o motivado por la concurrencia de circunstancias y

condiciones imprevisibles.

b. Circunstancias agravantes son aquellos actos que aumentan su culpabilidad con el hecho, como:

1) Reincidencia en la comisión de la falta o de otras faltas.2) Rehuir o negar la responsabilidad o atribuírsela a otra persona.3) El uso de la violencia.4) La complicidad, el engaño o actuación clandestina.5) Incumplir un compromiso académico y/o disciplinario realizado de antemano.

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6) Cometer una falta para ocultar otra.7) Infringir varias obligaciones con la misma falta u omisión.8) La premeditación.9) Abusar de la situación de indefensión de la otra persona, o aprovecharse de su edad, grado

y/o tamaño.10)Entorpecer el proceso disciplinario.11)No entregar citaciones al acudiente.

Capítulo IV. Correctivos o mecanismos de formación.

Con el fin de lograr la formación integral y el desarrollo de la persona, la Institución Educativa Boyacá aplicará diferentes mecanismos de formación o correctivos, teniendo en cuenta acciones restaurativas.

Artículo 42. Criterios para Aplicar los Correctivos: Para aplicar las acciones correctivas se deben tener en cuenta los siguientes criterios:

a. Los correctivos que se apliquen por el incumplimiento de las normas de convivencia tendrán carácter formativo y restaurativo, buscarán garantizar el respeto a los derechos de los estudiantes y mejorar la convivencia y las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa.

b. La imposición de los correctivos serán proporcionales con la conducta del estudiante y deberán contribuir a mejorar su proceso educativo, en ningún momento atentarán contra la integridad física o la dignidad personal del estudiante.

c. Los órganos competentes en el procedimiento disciplinario o para la imposición de los correctivos tendrán en cuenta la edad del estudiante y las circunstancias atenuantes y agravantes.

d. Se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del estudiante para realizar el procedimiento formativo. Para tal efecto, se podrán solicitar los informes que se estimen necesarios y recomendar, en su caso, a los padres o acudientes del estudiante la adopción de las medidas necesarias.

e. El diálogo con el niño que infringe la norma y con sus padres es fundamental en todo procedimiento disciplinario. El dialogo es el recurso pedagógico que nos permite determinar las causas que llevaron al niño a cometer la falta, valorarla y determinar las acciones o correctivos más convenientes para que mejore su comportamiento.

f. Se tendrán en cuenta acciones restaurativas que implican: disculpa, cambio en la conducta, restitución y generosidad.

g. Podrán corregirse, de acuerdo con lo dispuesto en este Manual, los actos contrarios a las normas de convivencia de la institución realizados por los estudiantes en el recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y extraescolares. Igualmente podrán corregirse las actuaciones del estudiante que, aunque realizadas fuera del recinto escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros miembros de la comunidad educativa.

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h. Los correctivos a aplicar y las instancias que actúan siguiendo el conducto regular se definen en el presente Manual de convivencia.

Artículo 43. Correctivos para Faltas Leves: Se aplicarán los siguientes pasos para la corrección de la falta:

a. Amonestación verbal. Dialogo formativo estudiante-profesor que detecte la falta, invitación a reflexionar y mejorar.

b. Llamado de atención verbal por parte del Director de curso.c. Amonestación escrita por parte del profesor que detecta la falta o del director de grupo.d. Llamado de atención con anotación en el Observador del estudiante y el Establecimiento de

compromisos a cumplir por parte del estudiante. e. Realización de trabajos específicos en horario lectivo o no. f. Realización de actividades formativas que contribuyan a reconocer la falta e interiorizar la

norma prestando algún tipo se servicio institucional o grupal, como: mejorar y desarrollar las actividades de la institución: carteleras, charlas a los compañeros, capacitación, reparación, actividades de apoyo institucional, entre otras.

Artículo 44. Correctivos para Faltas Graves: Buscando la formación, la interiorización de las normas, la autonomía y auto-control por parte de los y las estudiantes se establecen los siguientes correctivos:

a. Presentación a la coordinación y llamado de atención verbal por parte del coordinador encargado Establecimiento de compromisos escritos por parte del estudiante.

b. Citación del acudiente por parte del coordinador, establecer compromisos a realizar por parte del estudiante-acudiente además de amonestación escrita por parte del coordinador en el observador.

c. Desarrollo de actividades a nivel individual que impliquen responsabilidad y compromiso institucional del infractor (en biblioteca, áreas deportivas, monitoria, elaboración de carteleras, murales, círculos de apoyo, servicio institucional, entre otras.), definidos por el coordinador y / o la Comisión de Mediación Escolar. Se valoran los esfuerzos de los estudiantes infractores por compensar lo que hicieron.

d. Desarrollo de actividades de reflexión estudiante – acudiente, con presentación de aprendizaje y compromisos.

e. Citación si la situación lo amerita, del Comité Escolar de Convivencia, Mediación o de Conciliación, para que reciba los informes y tome determinaciones.

f. Remisión del caso a la Rectoría de la Institución.

Artículo 45. Otros Correctivos. Cuando la situación presentada en la Institución lo amerite se aplicarán los siguientes procedimientos formativos:

a. Reparación, reposición o pago de objetos o materiales dañados, o que deje perder, de la institución o de cualquiera de sus miembros.

b. Reparación de los daños causados a cualquier miembro de la institución educativa.

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c. Remisión a orientación sicológica, según convenio que defina y establezca la institución.d. Realizar un tratamiento de rehabilitación en caso de uso de SPA, como requisito para continuar

en la institución.

Capítulo V. SANCIONES.El proceso educativo no puede ser solamente correctivo; como alternativa, ante la ineficacia de las acciones correctivas, se dará inicio al proceso disciplinario y la Coordinación, la Rectora o el Consejo Directivo, pondrán en práctica sanciones que tienen una finalidad protectora, educativa y restaurativa, las cuales se aplicarán con el apoyo de los acudientes de los estudiantes.

Las sanciones se caracterizan de acuerdo a la gravedad, ellas son:

Artículo 46. Sanciones: Se procederá a sancionar un estudiante cuando la aplicación de correctivos no ha producido efectos en la interiorización y cumplimiento de los deberes y las normas de los estudiantes.

Artículo 47. Sanciones o Correctivos para Faltas Graves:

a) Exclusión temporal de actividades curriculares y / o extra – curriculares, no sobrepasando el porcentaje para su perdida por inasistencia.

b) Suspensión de clases de uno a diez días. Se tendrán en cuenta los criterios del Director de curso, coordinador; el Consejo de profesores, la Rectoría; una vez analizadas las circunstancias atenuantes o agravantes de la falta. Durante el tiempo que dure la suspensión el estudiante deberá ponerse al día con los deberes o trabajos que se asignen.

c) La aplicación de la suspensión de clases será acorde con la reiteración o reincidencia en la comisión de la falta.

d) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias de la institución.

e) Exclusión de la ceremonia de graduación para el caso de estudiantes que estén cursando grado11°.

PARAGRAFO: Los estudiantes que incurran en las faltas tipificadas en el Articulo 36 literales U y V, serán excluidos de la ceremonia de graduación.

f) Negación de cupo para el año lectivo siguiente.

g. Reubicación del estudiante que no se haya adaptado, en otra institución educativa.

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Artículo 48. Sanciones para Faltas muy Graves: Exclusión definitiva de la institución, a través de Acto Administrativo debidamente motivado por parte de la Rectoría de la Institución Educativa.

Artículo 49. Procedimiento para la Aplicación del Correctivo. Cuando se tenga conocimiento de la ocurrencia de una falta violatoria al Manual de Convivencia se procederá de la siguiente manera:

1. Comunicación formal (escrita) de la apertura del proceso disciplinario al estudiante a quien se le imputa la conducta posible de sanción. 

2. La formulación de los cargos imputados, que puede ser verbal o escrito los cuales deben constar de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas conductas disciplinarias dan lugar (con la indicación de las normas reglamentarias que consagran las faltas) y la calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias. De este hecho se notificara al padre de familia o acudiente debidamente acreditado para que asista a su representado durante el proceso. Si el padre de familia o acudiente lo solicita puede ser representado durante el mismo por un profesional del derecho.

3. El traslado de Institución al imputado de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados.

4. La indicación del término durante el cual el acusado puede formular sus descargos (de manera oral o escrita), controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos.

5. El pronunciamiento definitivo del competente mediante acto motivado y congruente.

6. La imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron.

7. La posibilidad de que el indicado pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, todas y cada una de las decisiones de la autoridad competente.

8. la Rectora será la autoridad competente para imponer los correctivos contemplados en el presente Manual de Convivencia.

PARAGRAFO: El Personero Estudiantil acompañara al imputado durante todo el proceso como garante y defensor de los derechos y en ejercicio de su función como tal.

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Artículo 50. Prescripción de las Faltas Leves. Las faltas leves a las normas de convivencia prescribirán en el plazo de un mes a partir de la comisión de la falta. Las correcciones se harán dentro de este periodo y las correctivos impuestos y asociados a estas conductas prescribirán totalmente a la finalización del año escolar.

Artículo 51. Prescripción de las Faltas Graves. Las faltas graves a las normas de convivencia prescribirán en el plazo de cuatro meses a partir de la comisión de la falta. Las correcciones se harán dentro de este periodo y las correctivos impuestos y asociados a estas conductas prescribirán totalmente a la finalización del año escolar.

Artículo 52. Recursos de Reposición y Apelación. Los estudiantes o sus padres o acudientes podrán interponer recursos de reposición ante la Rectora de la Institución y en subsidio el Superior Jerárquico.

Capítulo VI. Trámite del proceso disciplinario.

Artículo 53. Tramite del Proceso Disciplinario.

1. La instrucción del procedimiento disciplinario se llevará a cabo por un docente de la Institución designado por la Rectoría. Dicha iniciación del procedimiento disciplinario se comunicara a los padres o acudientes del estudiante.(Director de grupo)

2. El estudiante y en su caso, sus padres o acudientes podrán recusar al docente ante la Rectoría cuando de su conducta o manifestaciones pueda inferirse falta de objetividad o parcialidad en la instrucción del procedimiento disciplinario.

3. Excepcionalmente, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción, la Rectoría por decisión propia o a propuesta, en su caso, del docente, podrá adoptar las medidas provisionales que estime convenientes. Las medidas provisionales podrán consistir en el cambio temporal de grupo o sede o en la suspensión del derecho de asistencia a la institución por un periodo que no será superior a tres (3) días. Las medidas adoptadas serán comunicadas por escrito al Consejo Directivo por parte de Rectoría.

4. La instrucción del procedimiento disciplinario deberá acordarse en un plazo no superior a los diez días, desde que se tuvo conocimiento de los hechos o conductas merecedoras de corrección.

5. Instruido el procedimiento disciplinario se dará audiencia al estudiante, además de los padres o acudiente de este, comunicándoles en todo caso las conductas que se le imputan y las medidas correctivas y formativas que se propondrán a la Rectoría de la Institución. El plazo de instrucción del procedimiento disciplinario no deberá exceder de siete días hábiles.

6. La resolución del procedimiento disciplinario deberá producirse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de iniciación del mismo y contra la resolución de la Rectoría podrán interponerse recursos de reposición o el de apelación ante el Consejo Directivo de la Institución, los cuales deberán interponerse dentro de los tres (3) días a la notificación del Acto Administrativo.

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TÍTULO VI. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.

Capítulo I: Orientaciones

Artículo 54. Procedimiento: Diversas situaciones de la vida escolar se resuelven con los siguientes procedimientos:

SITUACION PROCEDIMIENTO INSTANCIA(S) QUE ACTÚA(N)

1. PERMISO PARA SALIR DE LA INSTITUCION.

1.1 El estudiante de cualquier grado, en toda ocasión debe presentar una solicitud expresa de sus padres o acudientes.1.2 El estudiante debe salir con autorización y en compañía de su acudiente o una persona adulta responsable que haya sido delegada.1.3 El acudiente o adulto responsable debe firmar el formato de salida.

Coordinación.Encargado de la disciplina (en ausencia del Coordinador)

2. PERMISO Y AUTORIZACION PARA SALIR DEL SALÓN.

2.1 El estudiante debe solicitar la autorización en la clase del docente a quien corresponde según el horario y éste determinará la urgencia para autorizar o denegar el permiso.

Docente.Coordinación.

3. RETRASOS EN LA HORA DE INICIACION DE LA JORNADA ESCOLAR.

3.1 Los estudiantes que lleguen con retraso al inicio de la jornada escolar, ingresarán a la Institución, se escuchará sus justificaciones y se hará la anotación en su hoja de vida, pero no podrán dirigirse al salón a la primera hora, si la clase ya ha empezado.El Coordinador debe hacer seguimiento de los retrasos de los estudiantes.3.2 Después del tercer retraso se citará al padre de familia o acudiente, se le informará de la situación y se pactará un compromiso, que quedará registrado en su hoja de vida.3.3 Al siguiente retraso se aplicará un correctivo por falta grave.

Coordinación. Comité de Convivencia

Coordinador

Docentes

4. AUSENCIA A CLASES POR INCAPACIDAD, DURANTE 2 Ó MÁS DÍAS.

4.1 El estudiante o acudiente deberá presentar a la coordinación por escrito, la justificación acompañada de la incapacidad médica. De requerirse más tiempo, se deberá diligenciar un compromiso académico. Con el visto bueno de la coordinación se presentará a los respectivos docentes.4.2 La incapacidad debe presentarse a la coordinación dentro de los dos (2) días siguientes a su expedición. 4.3 En todos los casos, es responsabilidad del estudiante, supervisado por sus padres o acudientes, cumplir y ponerse al día con sus deberes escolares, una vez se reintegre a la Institución. 4.4 Si la ausencia es por más de tres días, el estudiante tendrá un plazo de una semana para ponerse al día y cumplir con sus deberes escolares, después de reintegrarse.

Padres de Familia o Acudientes.Estudiantes.Coordinación.Docentes.

5. PRESENTACIÓN DE EVALUACIÓN EN FORMA EXTEMPORÁNEA.

5.1 Para la presentación extemporánea de evaluaciones o trabajos que se hayan hecho en ausencia del estudiante, éste deberá presentar solicitud por escrito a la coordinación, después de agotar el procedimiento por ausencia o incapacidad. En primaria la solicitud debe hacerse al director de curso.

Coordinación.Docentes.

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6. ASISTENCIA A CLASES CON PRENDAS DISTINTAS AL UNIFORME.

6.1 Los estudiantes deben portar el uniforme establecido por la Institución, de acuerdo con el horario, según se indique, en todas las actividades del Colegio. Si por alguna circunstancia incumple con lo anterior, los padres o acudientes deberán justificar la situación por escrito ante la coordinación o jefe de grupo (en ausencia del coordinador(a)

Coordinación.Docentes

7. CITACIÓN A PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES RESPONSABLES.

7.1 Los Padres de Familia o Acudientes serán citados antes de la terminación de cada periodo, para la entrega de informes de calificaciones.7.2 Serán citados extraordinariamente por: acumulación de llamados de atención, bajo rendimiento académico o falta grave de los estudiantes a su cargo.7.3 La citación extraordinaria será comunicada por escrito y con copia a la hoja de vida del estudiante, en donde se llevará el registro de los comunicados que se dieren a lugar.7.4 Se dejará registro de lo acordado o informado al Padre de Familia o Acudiente.7.5 Cuando el Padre de Familia o Acudiente no pueda asistir a una citación, deberá comunicarlo por escrito y concertar una nueva cita, en tiempo no mayor a dos días.7.6 En caso de incumplimiento de una citación escrita, se procederá a la comunicación telefónica, para definir si el problema es por falta de comunicación o negligencia.7.7 Si se presenta renuencia o negligencia para cumplir con las citaciones escolares, se dará aviso a la Comisaría de Familia. (De acuerdo al Código de la infancia y la Adolescencia)

Coordinación.Directores de grupo.Padres de Familia o Acudientes.Comisaría de Familia.

8. RECLAMOS POR ABUSO DE AUTORIDAD O FALTAS DE RESPETO.

8.1 Los reclamos por abuso de autoridad se presentarán en forma respetuosa ante el superior jerárquico, siguiendo el conducto regular, para llegar a soluciones concertadas.8.2 Los estudiantes que incurran en faltas de respeto a cualquier integrante de la Comunidad, deberán responder de acuerdo a las normas del Manual de convivencia.

Docentes.Director de grupo.Coordinación.Rectoría.Consejo Directivo.

9. ERRORES EN LOS REPORTES DE CALIFICACIONES O INCONFORMIDAD CON LA EVALUACIÓN.

9.1 En caso de presentarse errores en los reportes de calificaciones o en las evaluaciones, el estudiante debe presentar por escrito una solicitud de corrección ante el respectivo docente, en un plazo no mayor de dos días, aportando los soportes que evidencien el error, además solicitar la firma de recibido.9.2 El plazo del docente para definir las situaciones será de tres días hábiles.9.3 Si la inconformidad del estudiante persiste, podrá acudir en apelación en segunda y última instancia ante el Consejo Académico, para que se tome una decisión final inapelable, en la siguiente sesión.9.4 Si el error del reporte, se debe a fallas de sistematización se informará a la Coordinación en donde se registrará la novedad, luego se informará a la Secretaría Académica, para la respectiva corrección en un plazo no mayor de tres días.9.5 En cualquier caso el estudiante tendrá derecho a ser escuchado y atendido, y su solicitud respetuosa se revisará siguiendo el conducto regular.

Docentes.

Director de grupo.

Coordinación.

Secretaría Académica

Consejo Académico.

10. LLAMADOS DE ATENCIÓN.

10.1 Los llamados de atención se realizarán de acuerdo con lo estipulado en los correctivos del siguiente Manual.10.2 Los llamados de atención se registrarán en los respectivos formatos y se anexarán al Observador del Estudiante con el propósito de hacer seguimiento al debido proceso.10.3 El estudiante tiene derecho a hacer sus descargos en el

Docentes.Director de grupo.Coordinación.Rectoría.Consejo Directivo.

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formato de llamado de atención y firmar.

11. RECLAMOS 11.1 Todos los integrantes de la Comunidad Educativa tienen derecho a realizar reclamos respetuosos de manera verbal o escrita.11.2 En caso de inconformidad con una decisión tomada, los estudiantes tienen derecho a utilizar los recursos de reposición (ante quien tomó la decisión) y apelación (ante el superior jerárquico). Estos recursos deben presentarse por escrito.11.3 En todo caso de reclamo se debe dar a conocer los argumentos por los cuales se realiza.

Docentes.Director de grupo.Coordinación.Rectoría.Consejo Directivo.

12.REPOSICION DE DAÑOS

12.1 Todo daño causado por un estudiante, deberá ser informado por cualquier miembro de la comunidad que lo detecte ante el superior inmediato y en todo caso será reparado.

12.2 En caso de intencionalidad, además de la reparación, de acuerdo con la circunstancia se aplicará el correctivo previsto en el Manual de Convivencia. 12.3 En caso de que el daño sea ocasionado sin intención, deberá repararse o reponerse, de todas maneras, según se acuerde con el superior inmediato. 12.4 Los daños causados por los estudiantes serán reportados a los acudientes, para contar con el apoyo a la reposición o reparación del mismo

Docentes.

Coordinación.

Director de grupo.

Personal administrativo.

Rectoría.

13. APLICACIÓN DE CORRECTIVOS Y SANCIONES.

13.1 Se aplicarán los correctivos, según lo establecido en el Manual de Convivencia. 13.2 Los correctivos por faltas leves las realizará el docente y/o director de grupo.13.3 Los correctivos para faltas graves y las sanciones serán aplicadas por la Rectoría de la Institución Educativa.

Docentes.

Coordinación. Rectoría.

14. CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS(SPA)

14.1 Cuando se conozca de la situación, se informará inmediatamente a los Padres de Familia o Acudientes del estudiante, para iniciar un proceso de rehabilitación y/o desintoxicación, factor que le permitirá al continuar en la Institución.14.2 Cualquier integrante de la comunidad educativa que detecte un caso de consumo, porte o tráfico de sustancias psicoactivas, está en obligación de informar a los docentes o directivos de la Institución. Estos a su vez darán aviso inmediato a la Policía de Infancia y Adolescencia y se dará aplicación a las normas del Manual de Convivencia.

Rectoría

Coordinación

Docentes

Padres de familia

Autoridades competentes

15. PORTE DE SUSTANCIAS SICOACTIVAS SPA

15.1 Porte es la acción de llevar de una parte a otra una sustancia psicoactiva SPA, por un precio convenido o no. El porte de éste tipo de sustancias está prohibido en la institución. Cualquier integrante de la comunidad educativa que detecte un caso de porte de sustancias psicoactivas SPA, está en la obligación de informar la situación.Se dará aviso a la Policía de Infancia y Adolescencia y se iniciará el respectivo proceso disciplinario.

DocentesCoordinadorRectoríaPadres de familia.Autoridades competentes.

16. TRÁFICO DE SUSTANCIAS SICOACTIVAS SPA

16.1 El Tráfico de sustancias psico-activas SPA consiste en comerciar, negociar, realizar expendio de forma indebida de éstas sustancias ilegales. El tráfico de éste tipo de sustancias está prohibido en la institución por lo tanto Comunidad Educativa

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cualquier integrante de la comunidad educativa que detecte un caso de tráfico de sustancias psicoactivas SPA, está en la obligación de informar la situación a su superior jerárquico.16.2 El dará aviso a la Policía de la Infancia y adolescencia. 16.3 Se realizará la instrucción del proceso disciplinario.

17. PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS SICOACTIVAS SPA

17.1 La institución realizará planes y programas de prevención del consumo, porte y tráfico de estupefacientes.17.2 Los programas de Prevención serán integrales e implica un equipo de trabajo en torno a la prevención, abordaje, atención con el ICBF, comisaría de familia, juez de paz, ONG’S, sicóloga(o). La prevención debe ser transversal, todos los docentes participan en su ejecución.17.3 Se realizan talleres reflexivos con los estudiantes que tengan conductas de riesgo o sean consumidores para que lleven a cabo acciones pedagógicas de prevención con sus compañeros y demuestren su compromiso para evitar el consumo de SPA.17.4 Se solicitará permanentemente a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo de sustancias Psico-activas SPA en los alrededores de las instalaciones educativas.

Directivos

Docentes

Autoridades Competentes

TÍTULO VII. ESTÍMULOS

Todo acto humano tiene trascendencia y cuando es positiva nos lleva a la satisfacción del deber cumplido y es preciso resaltarlo. La Institución educativa Boyacá lo resalta de manera individual y grupal.

Capítulo I. Estímulos y distinciones a los diferentes participantes de la Comunidad Educativa.

Artículo 55. Estímulos para Estudiantes: La institución otorga los siguientes estímulos a los actos de trascendencia positiva de los estudiantes:

a. Programación de convivencias y jornadas de integración de grupos, por sedes o institucionales.

b. Celebración del día del estudiante.

c. Encargos honoríficos como: monitorías, representación del grupo o de la institución en actividades específicas.

d. Elogios públicos o privados, cuando realice acciones meritorias.

e. Reconocimiento público mensual, en los actos de izada de bandera, por buen rendimiento, compañerismo, colaboración, liderazgo entre otros.

f. Reconocimiento mediante mención de honor con Diploma a los estudiantes destacados en actividades deportivas, culturales, artísticas, científicas, tecnológicas.

g. Exaltación pública y mención de honor en el acto de clausura a los estudiantes destacados por su rendimiento académico, disciplinario cultural, artístico, científico y deportivo durante todo el año escolar.

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h. Exaltación pública y medalla al mérito deportivo al estudiante o estudiantes que representen a la institución en eventos municipales, departamentales o nacionales.

i. Exaltación en la clausura a los dos estudiantes con mejor rendimiento y comportamiento de cada curso y a los deportistas que representen bien a la institución en eventos municipales, departamentales o nacionales.

j. Medalla al mejor bachiller de cada jornada, de acuerdo con su desempeño académico.

k. Medalla Cruz de Boyacá, para el reconocimiento al bachiller que haya demostrado un esfuerzo excepcional en su desempeño.

l. Medalla al mejor ICFES de la institución.

m. Medalla a la Perseverancia: Otorgada a los bachilleres que estudiaron en la institución desde pre-escolar hasta grado 11.

n. Titulo honoris póstumo.

Artículo 56. Estímulos a los Padres de Familia o Acudientes.

Los padres de familia participan en la vida escolar y colaboran en el desarrollo de los planes y programas institucionales, para resaltar y reconocer a quienes se destaquen en esta labor, los estímulos son:

a. En reunión de entrega de evaluaciones en cada periodo y al finalizar el año escolar, destacar y exaltar a los padres de familia que han sobresalido por su participación, apoyo y responsabilidad en las actividades que se plantean en cada grupo.

b. Exaltación pública a los padres de familia y acudientes integrantes del Consejo de padres, Aso-familia y los diferentes comités institucionales que se han destacado en su espíritu emprendedor tendiendo al mejoramiento y bienestar institucional.

c. Representación de la institución ante organismos oficiales o privados.d. Realización de jornadas de integración de las familias.e. Celebración del día de la madre, el padre o la familia.

Artículo 57. Estímulos a los Docentes: Los estímulos para los docentes son:

a. Reconocimiento público a los docentes destacados por su dedicación y cumplimiento de sus labores pedagógicas.

b. Mención de honor con diploma en reconocimiento a los méritos y buen desempeño de los docentes.

c. Reconocimiento escrito con anexo a la hoja de vida, por su participación, colaboración o logro meritorio en el desarrollo efectivo de las actividades a su cargo.

d. Designación por su competencia para representar a la institución ante organismos públicos o privados.

e. Designación para participar en eventos de capacitación o de perfeccionamiento docente de acuerdo a su perfil.

f. Desarrollo de jornadas de integración.g. Apoyo a trabajos de investigación o publicaciones pedagógicas que redunden en beneficio de la

institución.

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h. Medalla Cruz de Boyacá para el docente más destacado y con mejor desempeño en cada año lectivo.

Artículo 58. Estímulos al Personal Administrativo y de Servicios. Los estímulos para el personal administrativo y de servicios son:

a. Reconocimiento público o privado por las gestiones realizadas y logros obtenidos que redunden en beneficio de la comunidad educativa.

b. Resaltar la abnegación y responsabilidad en el cumplimiento de su importante labor para el bien de la institución.

c. Desarrollo de jornadas de integración y participación en actividades de desarrollo y crecimiento personal.

d. Designación para participar en eventos de capacitación.

TITULO VIII. ÓRGANOS DE GOBIERNO Y PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

Los órganos de Gobierno y participación de la Comunidad Educativa, serán los exigidos por la ley 115 de 1994 y sus documentos anexos se acogerán con su reglamentación y debido procedimiento para su conformación.

Artículo 59. Escuela de Padres o de Familia. Es el órgano de participación, formación y asesoría conformada por los padres de familia de la comunidad educativa, con una estructura organizada y operativa propia, cuyos propósitos son:

a. Fortalecer la relación de pareja.b. Fomentar de la relación Familia – Escuela.c. Estimular las buenas relaciones sociales de la familia.d. Orientar la función de los padres como ciudadanos.e. Fomentar la relación entre Padres e Hijos.f. Participación de los padres en la solución de conflictos juveniles.

TITULO IX. ACTIVIDADES DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO, PRÁCTICA EMPRESARIAL Y DEPORTIVA EN LA INSTITUCIÓN

Artículo 60. Generalidades: La práctica empresarial y deportiva, es el espacio de aprendizaje que programa y coordina la Institución Educativa y permite al estudiante de Media Técnica la actualización y familiarización con el ambiente laboral. Requiere establecer contactos con empresas o instituciones tutoras y significa un compromiso explicito por parte de Directivos, Padres de familia y acudientes, docentes en general y específicamente del área Técnica. La práctica empresarial y Deportiva, hace parte de los programas y proyectos de la Institución Educativa, la cual se encargará de dinamizarla con el fin de mantener las modalidades de la institución a la vanguardia de los avances técnicos y tecnológicos y los requerimientos del medio. A cada estudiante se le asigna la empresa o institución educativa en donde debe cumplir su práctica, allí tendrá un tutor u orientador quién mantendrá contacto permanente con el docente encargado de

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coordinar las practicas. Las prácticas no tienen carácter remunerativo, ni esta mediada por ello. En casos excepcionales se puede contar con un auxilio, pero este no será factor para realizarla o no.

Artículo 61. Responsabilidad del Estudiante de la Media Técnica.El cumplimiento de la práctica empresarial y deportiva, es responsabilidad de los estudiantes de media Técnica y permite garantizar la continuidad de su proceso educativo. Las prácticas tienen el tratamiento de asignatura y se tiene en cuenta para la promoción del estudiante al grado siguiente.Las prácticas no tienen recuperación, si la evaluación es insuficiente o deficiente, se debe repetir.

El estudiante prácticamente debe cumplir con las horas reglamentadas, solicitar certificación y valoración de la Empresa o Institución, al finalizar la práctica. El estudiante practicante debe cumplir los requisitos que solicita la Empresa o Institución y cumplir las normas y el horario establecido. Debe presentar excusa cuando falte y en todo caso responder el tiempo de la inasistencia. El incumplimiento de las normas dará inicio al proceso disciplinario acorde a los establecidos en el presente Manual de Convivencia.Las relaciones de los estudiantes del servicio social obligatorio y de las prácticas con la Instituciones o Empresas donde participan estarán presididas por la cortesía, el mutuo respeto y el acatamiento a la normatividad que regula el funcionamiento de la institución.

Artículo 62. Responsabilidades de los Padres de Familia con el Estudiante de la Media Técnica:

Los padres de familia de los estudiantes practicantes deben facilitar los recursos económicos y los medios necesarios para el cumplimiento de las prácticas empresariales y deportivas; así mismo informarse de los pormenores de la práctica de sus hijos, tales como: sitio, horario, duración, normas, entre otros y apoyar continuamente al estudiante para que logre el mejor desempeño de ésta actividad.

Artículo 63. Servicio Social Obligatorio al Interior de la Institución: las actividades que podrán realizar los estudiantes del Servicio Social Obligatorio en la institución serán las siguientes; para las cuales debe portar el uniforme de la Institución a cabalidad:

a. Facilitar que la Institución este disponible para la comunidad educativa fuera del horario lectivo.

b. Contribuir a incrementar la oferta y el tiempo de utilización de determinados servicios escolares, tales como salas de estudio, bibliotecas, instalaciones deportivas y similares. Igualmente su participación en la ejecución de los proyectos transversales de la Institución.

c. Colaborar en la organización de las actividades complementarias y extraescolaresd. Atender a los estudiantes durante el desarrollo de las actividades complementarias y

extraescolares, asumiendo la responsabilidad de su realización o ejerciendo funciones de apoyo.

e. Cualquier otra actividad acorde con las finalidades perseguidas y que determine la dirección de la institución

Artículo 64. Servicio Social Obligatorio en otras Entidades: Los estudiantes del servicio social obligatorio que realicen actividades en las otras instituciones tendrán las siguientes obligaciones:

1. Actuar de acuerdo con el carácter educativo de las actividades que tengan encomendadas.

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2. Respetar el proyecto educativo de la institución.3. Respetar el presente Manual de Convivencia.4. Hacer frente a los compromisos que hubieran adquirido con la institución o con la entidad

colaboradora.5. Atender en todo momento las indicaciones de los responsables de las actividades que estén

llevando a cabo.

TÍTULO X. DISPOSICIONES FINALES.

Artículo 65. Consideraciones: En la elaboración, deliberación y aprobación del presente Manual de Convivencia de la Institución Educativa Boyacá, participaron activamente representantes de la comunidad educativa, liderados por el Comité de Democracia y el Consejo Directivo; para su modificación o reestructuración, a iniciativa de los representantes del gobierno escolar y de la comunidad educativa se iniciará un nuevo proceso de concertación y aprobación dirigido por el Consejo Directivo, el cual, según sus funciones definirá el proceso a seguir.

Artículo 66. Vigencia: El presente Manual de Convivencia entrará en vigor al día siguiente en que se firme el acta por medio de la cual el Consejo Directivo, después de haberlo sometido a debate y aprobación de sus miembros, adopta el Manual de Convivencia de la institución con base en el literal c del articulo 23 del decreto 1860 de 1994.

La Rectoría establecerá el procedimiento adecuado para garantizar la difusión, interiorización y apropiación del presente Manual de Convivencia por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. Ejemplares del mismo, se entregarán a cada funcionario de la Institución y para las familias, a los estudiantes que se encuentran previamente matriculados en el presente año lectivo.

Artículo 67. Otras disposiciones Las situaciones especiales de la vida escolar que no estén contempladas en el presente Manual de Convivencia serán analizadas y definidas por el Consejo Directivo de la institución quien tomará las decisiones pertinentes.

Artículo 68. Aprobación: Este Manual de Convivencia fue aprobado, por el Consejo Directivo de la Institución Educativa Boyacá, en Cali a los _______ días del mes de _______ de 201__ y entrará en vigencia a los _______ días del mes de _________ de 201__

Artículo 69. Divulgación: El presente Manual de Convivencia deberá ser adquirido por cada estudiante en el momento de la matrícula para lograr su completa divulgación e interiorización.

Artículo 70. Publíquese y cúmplase.

DECÁLOGO DE LA CONVIVENCIA

Admite que no siempre tienes la razón y nunca toda la razón y reconoce al otro su razón o su parte de razón.

Respeta los derechos de los demás, iguales a los tuyos y jamás abuses de los que te pertenecen.

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Tus intereses merecen ser defendidos, pero tienes que aceptar que los de los otros son igualmente valiosos.

Muy pocas cosas o ninguna, justifica el empleo de la fuerza, a menos que se atente contra tu vida.

Busca las identidades, las afinidades y las coincidencias constructivas, haciendo a un lado lo que genera pugnas y encono.

Témele al ventajoso, al aprovechado y oportunista, y tiéndele la mano al que carece de habilidades para la ganancia deshonesta.

Dedica una parte de tu tiempo al servicio de la comunidad, devolviendo así algo de lo que de ella recibes.

Corresponde a la frialdad con el compañerismo que aproxima y solidariza las voluntades y los corazones.

Concierta, acuerda, dialoga, sin discutir estérilmente; que tus palabras tiendan puentes al entendimiento mutuo y la amistad.

Reconoce a tu hermano y reconcíliate con tu enemigo; en este sentido da siempre el primer paso.

Luis Carlos Sáchica

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