MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL DE ...

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DGCI Enero 2012 INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL DE SERVICIOS DE LABORATORIO CLÍNICO PRIVADO

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DGCI Enero 2012

INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

PARA EL CONTROL DE SERVICIOS DE

LABORATORIO CLÍNICO PRIVADO

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DE SERVICIOS DE LABORATORIO CLÍNICO PRIVADO

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Contenido

HOJA DE APROBACIÓN 3

REGISTRO DE ACTUALIZACIÓN DE DOCUMENTOS 4

CREACIÓN DEL DOCUMENTO: 4

CAPITULO I. GENERALIDADES DEL MANUAL ¡Error! Marcador no definido.

1. INTRODUCCIÓN ¡Error! Marcador no definido.

2. USO Y ACTUALIZACIÓN ¡Error! Marcador no definido.

3. OBJETIVO DEL MANUAL ¡Error! Marcador no definido.

4. BASE LEGAL ¡Error! Marcador no definido.

5. OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO ¡Error! Marcador no definido.

CAPITULO II. CONTENIDO DEL MANUAL 7

1. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO 7

1.1 OBJETIVO DEL PROCESO 7

1.2 NORMAS GENERALES 7

2. PROCEDIMIENTOS INCLUIDOS 8

2.1 PROCEDIMIENTO SUPERVISIÓN DE SERVICIOS DE LABORATORIO CLÍNICO

PRIVADOS CONTRATADOS. 8

2.1.1 NORMAS DEL PROCEDIMIENTO 8

2.1.2 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 8

2.1.3 DIAGRAMA DE FLUJO 10

2.2 TRÁMITE DE PAGO DEL SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PRIVADO

CONTRATADO 11

2.2.1 NORMAS DEL PROCEDIMIENTO 11

2.2.2 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 13

2.2.3 DIAGRAMA DE FLUJO 16

ANEXOS 17

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HOJA DE APROBACIÓN

Fecha de Elaboración: Febrero 2012

AUTORIZADO POR:

Dr. Carlos Ramón Menjívar Claros Lcda. Cecilia C. Rodas Zúniga

Subdirector de Salud Jefe Unidad de Planificación y

Desarrollo Institucional

_________________________________________

Dra. Yanira Bonilla de Avilés

Jefe División Monitoreo y Evaluación

REVISADO POR:

Lcda. Celina Roldan de Payés Lcda. Claudia Campos de Mayén

Colaborador Técnico en Salud I Jefe Depto. de Gestión de Calidad

Institucional

Ing. Jorge Baires

Jefe Sección Normas y Manuales

ELABORADO POR:

Lic. Ricardo Trujillo Segovia

Analista de Desarrollo Institucional

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REGISTRO DE ACTUALIZACIÓN DE DOCUMENTOS

VERSIÓN 3.0

CREACIÓN DEL DOCUMENTO:

Lcda. Celina de Payés Manuel Cruz Martínez Dr. Edgar A. Martínez . 0.0

Solicitado por Elaborado por Aprobado por VERSIÓN

Fecha: Mayo 2006 Fecha: Diciembre 2006 Fecha: Febrero 2007

REGISTROS DE ACTUALIZACIONES:

Lcda. Celina de Payés Inga. Guadalupe Chávez Dr. Santiago Almeida . 1.0

Solicitado por Elaborado por Aprobado por VERSIÓN

Fecha: Enero 2007 Fecha: Enero 2007 Fecha: Febrero 2007

MODIFICACIÓN: actualización del contenido del procedimiento.

Lcda. Celina de Payés Lic. Ricardo Trujillo Dr. Jorge Sandoval . 2.0

Solicitado por Elaborado por Aprobado por VERSIÓN

Fecha: septiembre 2008 Fecha: Octubre 2008 Fecha: Octubre 2008

MODIFICACIÓN: Se eliminó el formulario de trabajo y se modificaron los formularios:

REPORTE DE EXÁMENES REALIZADOS, CONSOLIDADO MENSUAL DE PRUEBAS

RELIZADAS y CONSOLIDADO MENSUAL POR CENTROS DE ATENCIÓN ADSCRITOS

La figura Depto. Calidad en la Atención Ambulatoria desaparece y la División de Evaluación

y Monitoreo abarcará tanto al Depto. De Atención Ambulatoria y el Depto. De Atención

Hospitalaria

Unidad de Planificación y

Desarrollo Institucional Lic. Ricardo Trujillo Dr. Carlos R. Menjivar

3.0

Solicitado por Elaborado por Aprobado por VERSIÓN

Fecha: Octubre 2011 Fecha: Noviembre 2011 Fecha: Enero 2012

MODIFICACIÓN: Se agregaron norma 1, 3 y 17 en la Normativa General

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CAPITULO I. GENERALIDADES DEL MANUAL DE NORMAS Y

PROCEDIMIENTOS

1. Introducción

En cumplimiento a las Normas Técnicas de Control Interno Especificas para el Instituto

Salvadoreño del Seguro Social, de mayo 2008 en su Art. 52 “Definición de Políticas y

Procedimientos de Autorización y Aprobación”; así como para lograr la mayor eficiencia en

las complejas operaciones del ISSS, es preciso establecer normas y procedimientos los

cuales sean cumplidos por los responsables de su ejecución con la mayor fidelidad en todo

momento.

Este manual ha sido diseñado para ser un documento dinámico y como tal, deberá ser

revisado para su actualización durante el desarrollo de la vida del Instituto. Las

revisiones y actualizaciones podrán ser hechas a iniciativa de los funcionarios del Instituto

y deberán siempre conservar o mejorar la calidad, el control y la eficiencia de los

procedimientos.

Debido a que este manual será el patrón bajo el cual operarán las dependencias del

Instituto y contra el cual serán medidas en su eficiencia por las auditorias que se realicen,

las revisiones y enmiendas del mismo serán permitidas solamente con la aprobación del

Departamento de Gestión de la Calidad Institucional.

Todos los cambios o adiciones que se aprueben serán parte integrante del manual y

deberán ser incorporados a este documento en los mismos formatos del original. El

Instituto tendrá así un manual completo y permanentemente actualizado que servirá como

base para sus operaciones.

2. Uso y Actualización

Las jefaturas deberán mantener en buenas condiciones y poner a disposición del personal

un ejemplar del manual para consulta y análisis del trabajo.

El personal de nuevo ingreso deberá estudiar el manual como parte de su inducción y

adiestramiento en el trabajo.

Las jefaturas del Instituto podrán proponer revisiones y enmiendas conservando o

mejorando la calidad, el control y la eficiencia de los procesos.

Las revisiones y enmiendas del mismo serán permitidas solamente una vez al año con la

aprobación del Departamento de Gestión de la Calidad Institucional (serán permitidas

más de una vez al año siempre que exista un acuerdo de Dirección General que lo ampare),

quien será responsable de documentar y distribuir los procesos actualizados a los

tenedores del manual, para ello existe una registro de actualizaciones donde aparece un

apartado que muestra la creación del documento y quienes participaron en la elaboración

del mismo; además contará con otro apartado que muestra el registro de actualizaciones

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que indica igualmente quienes participan en la actualización del documento y las causas

de la modificación.

3. Objetivo del Manual

El manual de normas y procedimientos ha sido diseñado para lograr los objetivos

siguientes:

Servir de guía al personal en el desarrollo de los diferentes procedimientos de los

procesos del Instituto, brindando los lineamientos específicos para mantener una

administración adecuada de los servicios prestados.

Lograr la mayor eficiencia, calidad y control en las complejas operaciones del Instituto,

ahorrando tiempo y esfuerzo en la ejecución del trabajo, al evitar la duplicidad de

funciones dentro de los procesos.

Servir de guía para la capacitación y orientación del personal involucrado en la

administración y control de los procesos del Instituto.

4. Marco Legal

NTCIE ISSS Mayo 2008

CAPÍTULO III

Actividades de Control

Documentación, actualización y divulgación de políticas y procedimientos.

Art. 48 al 51

CAPÍTULO V

Normas Relativas al Monitoreo

Monitoreo sobre la Marcha

Art. 102

Ley del Seguro Social

Reglamento para la Aplicación del Régimen del Seguro Social

Reglamento para Afiliación, Inspección y Estadística del Instituto Salvadoreño del

Seguro Social.

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CAPITULO II. CONTENIDO DEL MANUAL

1. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO

1.1 OBJETIVO DEL PROCESO

Establecer las relaciones básicas entre los centros de atención y dependencias

participantes (laboratorios clínicos privados) y que éstos a su vez, conozcan la

responsabilidad que tienen para darle cumplimiento al control interno en la

operativización de los servicios y se garantice su correcta aplicación y efectividad.

1.2 NORMAS GENERALES

1. Cuando exista compra de servicios diagnósticos a empresas externas, la solicitud de

examen deberá ser autorizada por el director del centro de atención y deberá llevar

además el nombre, la firma y el sello del jefe del servicio diagnóstico1.

2. El director de cada centro de atención será el responsable de la administración y

supervisión de los contratos2 cuando no exista laboratorio clínico en los centros de

atención respectivos, debiendo informar de dichos contratos al Departamento

Evaluación y Monitoreo de Contratos y Proveedores de la UACI.

3. El director de cada centro de atención verificará en forma permanente lo relativo a

las obligaciones del contratista contenidas en los contratos vigentes.

4. El colaborador técnico en salud del área de laboratorio clínico de la División

Evaluación y Monitoreo, deberá participar en coordinación con un designado del

Departamento de Planificación de Necesidades de Bienes y Servicios (DPLAN), en la

elaboración de los términos de referencia para la adquisición de servicios de

laboratorio clínico privado.

1 Laboratorio Clínico. 2 Los contratos generados de las compras de servicios de laboratorio clínico privado por licitaciones

públicas.

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2. PROCEDIMIENTOS INCLUIDOS

1. Supervisión de servicios de laboratorio clínico privados contratados.

2. Trámite de pago del servicio de laboratorio clínico privado contratado.

2.1 PROCEDIMIENTO SUPERVISIÓN DE SERVICIOS DE LABORATORIO

CLÍNICO PRIVADOS CONTRATADOS.

2.1.1 NORMAS DEL PROCEDIMIENTO

1. El colaborador técnico en salud del área de laboratorio clínico de la División

Evaluación y Monitoreo, realizará al menos una visita programada por año a los

centros de atención que tienen contratado el servicio de laboratorio clínico privado, a

fin de verificar la labor de administración y supervisión de los contratos vigentes.

2. El colaborador técnico en salud del área de laboratorio clínico de la División

Evaluación y Monitoreo, revisará conjuntamente con el director del centro de atención

el grado de cumplimiento de las obligaciones de los contratistas plasmadas en los

contratos respectivos.

2.1.2 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Director del centro de atención

1. De acuerdo a los términos del contrato, la orden de inicio a la prestación de servicios

de laboratorio clínico privado, notifica a Departamento Evaluación y Monitoreo de

Contratos y al colaborador técnico en salud del área de laboratorio clínico de la

División Evaluación y Monitoreo.

Colaborador técnico en salud área de laboratorio clínico de la División Evaluación y

Monitoreo

2. Efectúa visita programada a centros de atención que han contratado el servicio de

laboratorio clínico privado.

3. Realiza supervisión con base a normas de laboratorio clínico3 de control establecidas.

3 Manual de Normas de Laboratorio Clinico Enero 2004

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Director del centro de atención

4. Se reúne según sea requerido por Ley de Contratos de la Unidad Normativa de

Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, (UNAC) con colaborador

técnico en salud del área de laboratorio clínico de la División Evaluación y Monitoreo

para verificar observaciones y cumplimiento sobre el servicio que brinda el laboratorio

clínico privado contratado.

Colaborador técnico área de laboratorio clínico de la División Evaluación y Monitoreo

5. Elabora informe de supervisión y lo envía al director del centro de atención con

visto bueno de las jefaturas del Departamento de Atención Ambulatoria o del

Departamento de Atención Hospitalaria.

Director del centro de atención

6. Recibe informe de supervisión y da seguimiento a las observaciones, si hubiere,

solicitando en caso necesario, el apoyo del colaborador técnico en salud del área de

laboratorio clínico de la División Evaluación y Monitoreo.

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2.1.3 DIAGRAMA DE FLUJO

Página 1/1

PROCEDIMIENTO SUPERVISIÓN DE SERVICIOS DE LABORATORIO CLÍNICO PRIVADOS

CONTRATADOS

COLABORADOR

TÉCNICO EN SALUD

(ÁREA DE

LABORATORIO)

DIRECTOR CENTRO

DE ATENCIÓN

SUBDIRECTOR

RESPECTIVO

Inicio

Elabora informe de

supervisión y lo

envía al director del

centro de atención

con VoBo

respectivo

Efectúa visita

programada a

centros de atención

que han contratado

el servicio

Da orden de inicio a

la prestación de

servicios de

laboratorio clínico

privado y lo notifica

a quien

corresponde

Realiza supervisión

con base a normas

de laboratorio

clínico de control

establecidas

Se reúne con

colaborador técnico

en salud

para verificar

observaciones y

cumplimiento sobre

el servicio

Margina solicitud

para su atención a

la subdirección

respectiva

1

1

DIRECTOR CENTRO

DE ATENCIÓN

Recibe informe de

supervisión y da

seguimiento a las

observaciones

FIN

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2.2 TRÁMITE DE PAGO DEL SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO

PRIVADO CONTRATADO

2.2.1 NORMAS DEL PROCEDIMIENTO

1. La solicitud de examen de laboratorio clínico privado contratado la completará el

médico responsable del paciente en original y copia, en formatos del ISSS en

todos sus espacios, tales como: examen general de orina, química, hematología,

bacteriología, baciloscopía, etc. el original servirá para efectos de pago y la copia

para archivar el resultado de la prueba realizada en el respectivo expediente

clínico.

2. La solicitud de examen deberá estar libre de borraduras, testaduras o

enmendaduras y deberá tener el sello del centro de atención, así como el sello y la

firma del médico que prescribe el examen. Si la solicitud de examen presenta

inconsistencias, ésta deberá ser autorizada por el director del centro de atención,

o una persona designada.

3. La dirección del centro de atención, mandará formato de reporte de exámenes

realizados en el período correspondiente; para que el responsable del laboratorio

clínico privado contratado, complete y envíe (el formato deberá detallar como

mínimo: fecha, nombre y número de afiliación del paciente y nombre(s) de

examen(es) que se le han realizado, así como el precio unitario de cada examen

(Anexo Nº1).

4. El director del centro de atención o quien éste designe, confrontará el reporte de

exámenes realizados en el período correspondiente contra los originales de las

solicitudes de exámenes realizados, los cuales solicitará al laboratorio clínico

contratado que los presente (semanal, quincenal o mensual) según requerimiento

del centro de atención, dicho reporte deberá ser validado por el director de dicho

centro o quién éste designe.

5. El responsable del laboratorio clínico privado contratado, completará el reporte

de exámenes realizados en el período correspondiente detallando fecha, nombre y

número de afiliación del paciente y nombre(s) de examen(es) que se le han

realizado, así como el precio unitario de cada examen (Anexo Nº1).

6. El centro de atención deberá resguardar los reportes de exámenes realizados por

el laboratorio clínico privado (anexo 1) para los efectos que sean requeridos (ley

AFI4)

7. El designado por el director realizara controles de forma aleatoria de los boletines

de pruebas realizadas de determinado período con el reporte de exámenes

realizados (Anexo 1) en dicho período.

4 Toda esta documentación deberá ser archivada por un periodo de 5 años

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8. El responsable del laboratorio clínico privado contratado, tomando como base los

reportes de exámenes realizados (anexo N° 1) en el período correspondiente que

han sido firmados de aprobado, elaborará el consolidado mensual de exámenes

realizados (anexo N° 2) y el consolidado mensual de exámenes por centro de

atención adscritos (anexo N° 3).

9. El director del centro de atención o quien el designe velará porque el contratista

presente los siguientes reportes dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de

cada mes:

Consolidado mensual de pruebas realizadas que incluye código (1), prueba de

laboratorio (2) (nombre), pruebas contratadas (3), pruebas realizadas en el

mes (4), pruebas acumuladas a la fecha (5), precio unitario(6), sub-total (7),

pruebas pendientes (8) y total general (9)(anexo Nº 2).

Consolidado mensual por centros de atención adscritos que incluye cantidad

de exámenes y total (Anexo Nº 3).

10. El director del centro de atención o quien éste designe, confrontará el consolidado

mensual de exámenes realizados y el consolidado mensual por centro de atención

contra los reportes de exámenes realizados en el período correspondiente.

11. La factura para el pago del servicio (duplicado-cliente) deberá llevar firma y sello

del responsable del laboratorio clínico privado contratado y visto bueno del

director del centro de atención.

12. Para efectos de pago del servicio, el responsable del laboratorio clínico privado

contratado deberá presentar la siguiente documentación de pago:

Factura duplicado cliente.

Acta de recepción.

Consolidado mensual de exámenes realizados (anexo 2).

Consolidado mensual de exámenes por centro de atención (anexo 3).

Fotocopia de contrato (pago 1ª vez).

Fotocopia de recibo de ingreso por cotizaciones al ISSS.

13. El contratista presentará una fotocopia del contrato únicamente para el primer

pago que solicite.

14. El director del centro de atención o quien éste designe, archivará juntos y

correctamente referenciados: originales de solicitudes de examen y copias de

reportes de exámenes realizados en el período correspondiente, consolidado

mensual de exámenes realizados, consolidado mensual por centro de atención,

factura y acta de recepción, debiendo permanecer esta documentación archivada

como mínimo por un período de cinco años, en cumplimiento al Art. 19 de la Ley

AFI.

15. Es obligación del director del centro de atención mantener controles internos

necesarios para verificar los saldos de exámenes contratados.

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16. Se prohíbe que los centros de atención entreguen formularios de solicitud de

examen a los laboratorios clínicos privados contratados.

17. El laboratorio clínico deberá presentar, un reporte semanal, de las enfermedades

transmisibles comprobadas por el laboratorio, según formato entregado por el

centro de atención y láminas de baciloscopias para control de calidad.

2.2.2 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Asistente clínico(a) o enfermera de consulta del centro de atención

1. Completa solicitud de examen de laboratorio clínico en original y copia y la entrega

al paciente.

2. Instruye al paciente en la ubicación del laboratorio clínico privado contratado en

donde le realizarán el examen.

Laboratorio clínico privado

3. Recibe a paciente a quien deberán realizar examen ó recibe muestras tomadas del

centro de atención (cuando aplique) solicitándole además su tarjeta de afiliación y

su certificado vigente.

4. Remite en copia de solicitud de examen de laboratorio clínico el resultado o en su

defecto el reporte que emite el equipo automatizado al cual se le anexara una

solicitud del examen solicitado por el médico, al archivo clínico del centro de

atención o a quien el director del centro de atención designe conservando los

originales para efectos de pago.

5. Con base en originales de solicitudes de examen de laboratorio clínico elabora y

envía reporte de exámenes realizados en el período correspondiente, anexo N° 1 (en

original y copia).

6. Entrega informe semanal de enfermedades transmisibles y láminas de baciloscopía

para control de calidad en formato establecido por el ISSS al director del centro de

atención.

Director del centro de atención o designado

7. Revisa reporte de exámenes realizados en el período correspondiente (anexo N° 1)

contra originales de solicitudes de examen respectivos.

8. Si después de la revisión los valores no corresponden, señala observaciones

detectadas en reporte de exámenes realizados en el período correspondiente (anexo

N° 1) y devuelve al laboratorio clínico privado para su corrección.

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Laboratorio clínico privado

9. Realiza las correcciones señaladas en el reporte de exámenes realizados en el

período correspondiente (anexo N° 1) y entrega al director del centro de atención

con dichas correcciones.

Director del centro de atención o designado

10. Si después de la revisión los valores corresponden, aprueba reporte de exámenes

realizados en el período correspondiente (anexo N° 1) firmando y sellando original y

copia.

11. Archiva y custodia la copia del reporte de exámenes realizados en el período

correspondiente (anexo N° 1) junto con los originales de solicitudes de exámenes.

Laboratorio clínico privado

12. Recibe originales de reporte de exámenes realizados en el período correspondiente

(anexo N° 1) en base a los que elaborara los siguientes informes: consolidado

mensual de pruebas realizadas (anexo N° 2) que incluye código, nombre de la

prueba de laboratorio, pruebas contratadas, pruebas acumuladas en el mes,

pruebas de exámenes realizadas a la fecha, precio unitario, sub total, pruebas

pendientes y total general y consolidado mensual por centros de atención adscritos

(anexo N° 3) que incluye cantidad de exámenes y total.

Director del centro de atención o designado

13. Revisa informes consolidados mensuales (anexos N° 2 y 3) contra originales de

reportes de exámenes realizados en el período correspondiente (anexo N° 1).

14. Si después de la revisión los valores no corresponden, señala diferencias detectadas

entre reportes de exámenes realizados en el periodo (anexo N° 1) e informes

consolidados mensuales (anexo N° 2 y 3) y devuelve al laboratorio clínico privado.

Laboratorio clínico privado

15. Realiza las correcciones señaladas en informes consolidados mensuales (anexo N° 2

y 3) y devuelve al director del centro de atención con las respectivas correcciones.

Director del centro de atención o designado

16. Si después de la revisión los valores corresponden, aprueba informes consolidados

mensuales de pruebas realizadas (anexo N° 2) firmando y sellando original y copia.

Laboratorio clínico privado

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17. Firma y sella original y copia de informes consolidados mensuales de pruebas

realizadas (anexo N° 2) en base a los que elabora la factura.

Director del centro de atención

18. Revisa factura contra informes consolidados mensuales de pruebas realizadas

(Anexo N° 2).

19. Si después de la revisión los valores no corresponden, señala diferencias detectadas

entre factura e informes consolidados mensuales de pruebas realizadas (anexo N°

2) y devuelve al laboratorio clínico privado.

Laboratorio clínico privado

20. Realiza las correcciones señaladas entre factura e informes consolidados mensuales

de pruebas realizadas (anexo N° 2) y entrega al director del centro de atención.

Director del centro de atención o designado

21. Si después de la revisión los valores corresponden, firma y sella factura y elabora

acta de recepción.

22. Adjunta a la factura y acta de recepción, los originales de informes consolidados

mensuales de pruebas realizadas (Anexo N° 2).

Laboratorio clínico privado

23. Presenta a cobro documentación para pago: factura duplicado cliente, acta de

recepción, consolidado mensual de exámenes realizados en el período (anexo 2),

consolidado mensual por centro de atención adscritos (anexo 3), fotocopia de

contrato (únicamente para primera vez) y fotocopia de recibo de ingresos por

cotizaciones al ISSS.

Director del centro de atención o designado

24. Archiva documentos de respaldo: fotocopias de factura, copias de acta de recepción

y de informes consolidados mensuales (Anexo N° 1, 2 y 3).

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2.2.3 DIAGRAMA DE FLUJO

Página 1/1

Remite copia de

solicitud de

examen, el

resultado o el

reporte que emite el

equipo

Recibe a paciente a

quien deberán

realizar examen ó

recibe muestras

tomadas

Completasolicitud

de examen de

laboratorio clínico e

instruye a paciente

sobre ubicación de

laboratorio

Elabora y envía

reporte de

exámenes

realizados en el

período

correspondiente

ASISTENTE

CLÍNICO/

ENFERMERA

LABORATORIO

CLÍNICO PRIVADO

DIRECTOR DE

CENTRO DE

ATENCIÓN

Firma y sella

original y copia de

Informes

consolidados

mensuales de

pruebas realizadas

Aprueba informes

consolidados

mensuales de

pruebas realizadas

Firma y sella factura

y elabora acta de

recepción y adjunta

a

los originales de

informes

consolidados

Entrega informe

semanal de

enfermedades

transmisibles y

láminas de

baciloscopía

FIN

PROCEDIMIENTO TRÁMITE DE PAGO DEL SERVICIO DE LABORATORIO CLÍNICO PRIVADO

CONTRATADO

INICIO

LABORATORIO

CLÍNICO PRIVADO

Revisa factura

contra informes

consolidados

mensuales de

pruebas realizadas

Valores

corresponden

Señala diferencias

detectadas entre

factura e informes

consolidados

mensuales

NO

Realiza las

correcciones

señaladas

y entrega al director

del centro de

atención

DIRECTOR DE

CENTRO DE

ATENCIÓN

SI

Presenta a cobro

documentación

para pago

Archiva

documentos de

respaldo

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ANEXO

ANEXOS Anexo1

INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL

REPORTE DE EXÁMENES REALIZADOS

Centro de Atención Fecha

Laboratorio Clínico Contratado

N° de Contrato

N° de Licitación Período del al

TOTAL

NOMBRE, SELLO Y FIRMA DE DIRECTOR DE CENTRO DE ATENCIÓN O DESIGNADO

Form. 512201-71-10-08

FECHA REALIZACIÓN

EXÁMENESN° DE AFILIACIÓN NOMBRE DEL PACIENTE PRUEBAS REALIZADAS

PRECIO

UNITARIO

SUB-TOTAL

PACIENTES

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Anexo 2

INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL

CONSOLIDADO MENSUAL DE PRUEBAS RELIZADAS

Centro de Atención Fecha

Laboratorio Clínico Contratado

N° de Contrato

N° de Licitación

1 2 3 4 5 6 7= 4 x 6 8

CÓDIGO PRUEBA DE LABORATORIOPRUEBAS

CONTRATA DAS

PRUEBAS

REALIZADAS

EN EL MES

PRUEBAS

ACUMULDAS A

LA FECHA

PRECIO

UNITARIOSUB-TOTAL

PRUEBAS

PENDIENTES

TOTAL

9

Nombre, firma y Sello de Contratista Nombre, Firma y Sello de Director de Centro de Atención

HOJA ______ DE _______

Form. 512201-72-10-08

TOTAL GENERAL

Page 19: MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL DE ...

NOMBRE: MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL

DE SERVICIOS DE LABORATORIO CLÍNICO PRIVADO

DEPENDENCIA: DIVISIÓN DE EVALUACIÓN Y MONITOREO

COD: MNPS20120100006 Página 19 de 20

ANEXO Nº 2

INSTRUCTIVO PARA COMPLETAR EL FORMULARIO

“CONSOLIDADO MENSUAL DE PRUEBAS REALIZADAS”

OBJETIVO DEL FORMULARIO:

Presentar la información necesaria para agilizar el trámite de pago del Servicio de Laboratorio

Clínico Privado Contratado.

INSTRUCCIONES:

1. CÓDIGO: colocar el código de la prueba respectiva según se presenta en el Contrato.

2. PRUEBA DE LABORATORIO: colocar el nombre de la prueba de laboratorio que se le ha

realizado al paciente.

3. PRUEBAS CONTRATADAS: colocar el número de pruebas contratadas para el año de

acuerdo al contrato respectivo.

4. PRUEBAS REALIZADAS EN EL MES: colocar el número de pruebas que se han realizado en

el mes.

5. PRUEBAS ACUMULADAS A LA FECHA: colocar el número de pruebas que se han

acumulado desde el inicio del contrato hasta la fecha.

6. PRECIO UNITARIO: colocar el precio unitario por cada prueba de laboratorio según el

contrato respectivo.

7. SUB-TOTAL: colocar el resultado de multiplicar la columna 4 por la columna 6.

8. PRUEBAS PENDIENTES: colocar el resultado de restar la columna 5 de la columna 3.

Page 20: MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL DE ...

NOMBRE: MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL

DE SERVICIOS DE LABORATORIO CLÍNICO PRIVADO

DEPENDENCIA: DIVISIÓN DE EVALUACIÓN Y MONITOREO

COD: MNPS20120100006 Página 20 de 20

Anexo 3

INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL

CONSOLIDADO MENSUAL POR CENTROS DE ATENCIÓN ADSCRITOS

Centro de Atención Fecha

Laboratorio Clínico Contratado

N° de Contrato

Centro de Costo

N° de Licitación

NOMBRE, SELLO Y FIRMA DE DIRECTOR DE CENTRO DE ATENCIÓN O DESIGNADO

Form. 512201-73-10-08

TOTAL

CENTRO ADSCRITO CANTIDAD DE PRUEBAS COSTO CON IVA