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DIRECCION DE COMERCIO, ALCOHOLES Y ESPECTACULOS PUBLICOS
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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA
DIRECCIÓN DE COMERCIO, ALCOHOLES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
DEL MUNICIPIO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.
DIRECCION DE COMERCIO, ALCOHOLES Y ESPECTACULOS PUBLICOS
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I N D I C E
1 Introducción.
2 Misión.
3 Objetivo.
4 Marco jurídico.
5 Organograma estructural.
6 Funciones sustantivas Dirección de Comercio, Alcoholes y Espectáculos
Públicos.
6.1 Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.
6.1.1 Coordinación operativa de Alcoholes y Espectáculos Públicos.
6.1.1.2 Sección de Inspección y Vigilancia.
6.1.1.3 Sección de Permisos y Registros.
6.1.1.4 Sección de Eventos y Espectáculos Públicos.
6.1.1.5 Sección de Salones, eventos Sociales y Videojuegos.
6.2 Subdirección de Comercio.
6.2.1 Coordinador Operativo de Comercio en la Vía Pública.
6.2.1.2 Sección de inspección y vigilancia.
6.2.1.3 Sección de Permisos y Registros.
6.3 Subdirector de UEPSE.*
6.3.1 Sección de inspección y vigilancia.
6.3.2 Sección de permisos y apoyo técnico.
*Unidad de Espacios Públicos y Sano Esparcimiento.
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1. INTRODUCCIÓN.
La Dirección de Comercio, Alcoholes y Espectáculos Públicos, tiene como responsabilidad
sustantiva vigilar con transparencia y eficacia, que los establecimientos autorizados para la
venta de bebidas con graduación alcohólica, así como el desarrollo del comercio en la vía
pública, en el municipio de Ensenada, Baja California, se realice en estricto apego a los
lineamentos establecidos en la Ley para la venta de bebidas alcohólicas del estado de Baja
California, así como de los reglamentos de Alcoholes y Comercio para el municipio de
Ensenada; a efecto de que el desarrollo de dichas actividades se efectúen en un marco de
respeto al orden y al interés social.
Asimismo en el ámbito de la actividad comercial relacionada con la venta de bebidas con
graduación alcohólica, tiene la delicada responsabilidad de vigilar el correcto y eficiente
desarrollo de los programas orientados a motivar y fomentar el consumo responsable de
bebidas con graduación alcohólicas, y los relacionados con la seguridad en el tráfico vehicular;
así como impedir todo tipo de promociones y/o prácticas comerciales que alienten o estimulen
el consumo inmoderado de bebidas alcohólicas.
Para el eficaz cumplimento de sus responsabilidades, la Dirección de Comercio, Alcoholes y
Espectáculos Públicos emite el presente manual de organización, teniendo como referencia la
eficiencia operativa, a través de una clara identificación y vinculación entre actores y procesos
y en un marco que favorezca la transparencia y la rendición de cuentas.
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2. MISIÓN.
Cumplir y hacer cumplir con lealtad institucional, respeto, honestidad y eficiencia, los
Ordenamientos jurídicos y administrativos que rigen la administración pública, así como las
Leyes y Reglamentos que regulan la venta y consumo de bebidas con graduación alcohólica,
los espectáculos públicos y el comercio en la vía pública, en el municipio de Ensenada Baja
California.
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3. OBJETIVO.
Fortalecer los procesos de gestión, control y vigilancia de la Dirección de Comercio, Alcoholes y
Espectáculos Públicos en los diferentes ámbitos de operación, que permitan consolidar su
misión, y generar servicios congruentes con las expectativas de transparencia y eficiencia
requerida por la ciudadanía, así como por la propia autoridad municipal.
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4. MARCO JURÍDICO.
Ley para la venta almacenaje y consumo público de bebidas alcohólicas del estado de
Baja California
Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California
Ley de ingresos del municipio de Ensenada, Baja California
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos…………..
Ley que establece las bases mínimas para el control de explotación de aparatos mecánicos,
electrónicos, y musicales para el Estado de Baja California.
Reglamento de Alcoholes para el Municipio de Ensenada, Baja California
Reglamento de Comercio para el Municipio de Ensenada, Baja California.
Reglamento para el funcionamiento de establecimientos para eventos sociales o fiestas para
el municipio de Ensenada, Baja California.
Reglamento para el funcionamiento de espectáculos públicos y centros de reunión para el
municipio de Ensenada, Baja California
Reglamento para el control de la explotación de aparatos mecánicos, electrónicos,
electromecánicos y musicales para el municipio de Ensenada, Baja California.
Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Ensenada, Baja California
Reglamento interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California
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6. Funciones sustantivas de la Dirección de Comercio, Alcoholes y
Espectáculos Públicos.
Recibir, revisar y enviar al Secretario del Ayuntamiento los expedientes de solicitud de nuevos
permisos debidamente integrados, para que estos sean analizados y canalizados a la instancia
correspondiente.
Recibir, revisar y enviar al Secretario del Ayuntamiento para su análisis y resolución
procedente, los expedientes que corresponden a solicitudes de cambios a permisos
permanentes de: propietario, giro, domicilio y nombre comercial, debidamente integrados y
foliados por el Subdirector de Alcoholes y Espectáculos Públicos.
Recibir, solicitudes de permisos eventuales con los sustentos documentales que acreditan el
cumplimiento exigido por el presente Reglamento, y previo análisis turnarlos ante la autoridad
competente para su autorización o rechazo.
Ordenar visitas de inspección a los establecimientos a que se confiere este ordenamiento.
Calificar las infracciones que en su caso contengan las actas circunstanciadas de inspección.
Llevar un registro actualizado de los permisos permanentes otorgados, así como de los
cambios debidamente autorizados.
Autorizar o suspender el trámite de revalidación de los permisos cuando sea procedente,
teniendo en cuenta los elementos que contemple el expediente respectivo y considerando la
reincidencia en cuanto al número de sanciones graves, así como a adeudos pendientes de
cubrir derivados de sanciones por irregularidades detectadas en visitas de inspección.
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Efectuar los procedimientos de revocación de permisos, reubicación y clausura de los
establecimientos.
Coordinar las labores de las Subdirecciones dependientes de la Dirección de Comercio,
Alcoholes y Espectáculos Públicos.
Efectuar las funciones que le corresponden como Secretario Técnico del Consejo,
Consultivo Municipal de Alcoholes, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de
Alcoholes para el municipio de Ensenada. Baja California.
Verificar que el presupuesto anual de operación de las Subdirecciones de su competencia se
aplique en forma y tiempo, de acuerdo a la normatividad vigente emitida por la autoridad
municipal correspondiente.
Integrar y dirigir la ejecución de programas de visitas de evaluación y apoyo a las Delegaciones
Municipales, a fin de evaluar las funciones desconcentradas y efectuar el seguimiento
correspondiente.
Verificar que se lleven a cabo los programas anuales de trabajo de la Subdirecciones
dependientes, de conformidad con los tiempos y formas establecidos.
Verificar que las Subdirecciones de su competencia, den seguimiento a las sanciones aplicadas
como consecuencia de visitas de inspección, en tiempo y forma de conformidad con los
reglamentos de la materia correspondientes.
Establecer coordinación con la Dirección Jurídica para el desahogo de demandas, actos de
clausura y revocación de permisos, modificaciones a reglamentos, opiniones y asesorías.
Dirigir y evaluar el seguimiento y control de acciones correctivas, para solventar desviaciones
observadas por auditorias correspondientes a su ámbito de responsabilidad.
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Efectuar acciones de evaluación, seguimiento y control en las Subdirecciones bajo su
responsabilidad, a efecto de validar la correcta aplicación de Leyes y Reglamentos, así como
vigilar el correcto ejercicio de sus funciones.
Evaluar las acciones y compromisos de las Subdirecciones a su cargo establecidos en sus
respectivos programas de trabajo, así como el desempeño del personal a su cargo para medir
su contribución al cumplimiento de la misión de la Dirección de Comercio, Alcoholes y
Espectáculos Públicos.
Cumplir con las demás funciones encomendadas por el Presidente Municipal o Secretario de
Ayuntamiento.
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6.1. SUBDIRECCIÓN DE ALCOHOLES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS.
Verificar que se efectúen las labores de inspección y vigilancia para cerciorarse que los
establecimientos cumplan con las deposiciones de la Ley y el presente Reglamento, y autorizar
a los inspectores que deban ejecutarlas.
Ordenar y calificar inspecciones de factibilidad, motivadas por solicitudes de permisos nuevos
permanentes o por solicitudes de cambios a los ya existentes.
Levantar las actas de inspección o infracciones a los establecimientos por medio de los
inspectores adscritos a la Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.
Calificar las infracciones que en su caso contengan las actas administrativas derivadas de
visitas de inspección a los establecimientos.
Atender a permisionarios citados por irregularidades detectadas en visitas de inspección, y en
casos de inconformidad por parte de éstos, levantar las actas de comparecencia que den lugar
al derecho de audiencia, a efecto de que presenten las pruebas y alegatos que conforme a
derecho consideren pertinentes.
Ordenar la imposición de sellos o símbolos de clausura o reimposición encaso de violación a
los mismos.
Ordenar la notificación a los operadores de establecimientos diferentes al titular del permiso,
sobre la autorización de cierre o suspensión temporal, solicitada por este último.
Atender inconformidades y recursos de revisión presentados por permisionarios, como
consecuencia de sanciones aplicadas por irregularidades detectadas en visitas de inspección.
Supervisar a los inspectores adscritos a la Subdirección.
Autorizar o suspender el trámite de revalidación de los permisos cuando sea procedente,
teniendo en cuenta los elementos que contemple el expediente respectivo y considerando la
reincidencia en sanciones graves, y los adeudos pendientes de cubrir derivados de sanciones
por irregularidades detectadas en visitas de inspección.
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Recibir y procesar las solicitudes de permisos permanentes e integrar los respectivos
expedientes de conformidad con lo establecido en la Ley y el presente Reglamento, formular
los proyectos de resolución que correspondan y turnarlos al Director de Comercio, Alcoholes y
Espectáculos Púbicos para su revisión y análisis.
Integrar los expedientes con número de folio en los casos de solicitudes de permiso temporal y
cambios a permisos permanente como son: cambios de propietario, cambio de giro, cambio de
domicilio y cambio de nombre comercial y turnarlos al Director de Comercio, Alcoholes y
Espectáculos Púbicos para su revisión y análisis.
Verificar que los pagos correspondientes a permisos permanentes, cambios a permisos
permanentes y permisos eventuales o transitorios se realicen en estricto apego a lo establecido
en la Ley Municipal de Ingresos.
Llevar un padrón o registro actualizado de permisos otorgados por el ayuntamiento, así como
de los cambios autorizados a dichos permisos.
Llevar un registro actualizado y acreditado de asociaciones civiles, instituciones educativas,
deportivas, partidos políticos y demás instituciones contempladas en la Ley de Ingresos y
Hacendarias, que resultan favorecidas en el pago de impuestos. ………………
Integrar el programa anual de actividades de las diferentes secciones operativas dependientes
de la Subdirección, el cual deberá contemplar líneas de acción encausadas a la calidad y
transparencia del los servicios de inspección y tramites relacionados con el otorgamiento o
cambios a permisos.
Definir indicadores de desempeño y productividad de los trabajadores adscritos a las
diferentes secciones operativas que integran la Subdirección.
Dar seguimiento a los acuerdos y compromisos contraídos en el seno del consejo consultivo
municipal de alcoholes.
Vigilar que se atiendan en tiempo y forma las solicitudes de información sustentadas en la
aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información relacionadas con las diferentes
secciones operativas a cargo de la Subdirección.
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Revisar los informes de productividad y de avance relacionado con las metas y objetivos
contemplados en el programa anual de actividades, para su posterior envío al Director de
Comercio, Alcoholes y Espectáculos públicos.
Integrar y mantener actualizado el acervo normativo e informativo necesario para el correcto
complimiento de las funciones a cargo de las diferentes secciones operativas que integran la
Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.
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6.1.1. COORDINACIÓN OPERATIVA DE ALCOHOLES Y ESPECTÁCULOS
PÚBLICOS.
Coordinar y supervisar que las labores de inspección y vigilancia a los establecimientos con
venta de bebidas con graduación alcohólica, se realicen en estricto apego al presente
Reglamento.
Coordinar y supervisar las labores de inspección en espectáculos públicos, eventos masivos y
privados donde se venda y/o se consuman bebidas con graduación alcohólica.
Supervisar, revisar y evaluar las inspecciones de factibilidad realizadas por los inspectores, a
efecto de garantizar que los resultados se apeguen a lo establecido en el reglamento de la
materia.
Levantar actas de circunstanciadas de inspección a través de los inspectores adscritos a la
subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos, cuando se detecten irregularidades en la
operación de los establecimientos autorizados.
Notificar y ejecutar las órdenes de clausura temporal o definitiva y la revocación de permisos
decretada por la autoridad competente.
Efectuar la imposición y retiro de sellos de clausura.
Mantener coordinación y comunicación permanente con C-4 en el desarrollo de las labores de
inspección.
Ejecutar las medidas de apremio de conformidad con lo establecido en el Reglamento de
Alcoholes, Espectáculos o Salones para Eventos Sociales según sea el caso.
Notificar a los operadores de establecimientos diferentes al titular del permiso, sobre la
autorización de suspensión temporal de actividades del permiso solicitada por este último.
Vigilar que la productividad de las secciones operativas a su cargo, se realice dentro de los
indicadores de calidad previamente establecidos, mantener actualizada la información
estadística y elaborar informes de actividades, mensuales y anuales.
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Elaborar los roles y programación de actividades de los inspectores con la periodicidad que las
propias condiciones operativas lo requieran.
Elaborar reportes diarios de inspección.
Controlar el parque vehicular asignado para las labores de inspección, así como su debido
mantenimiento y distribución de combustible.
Coordinar y supervisar el correcto desarrollo de los procesos de integración de expedientes
correspondientes a solicitudes de cambios a permisos permanentes para la venta, almacenaje y
consumo de bebidas con graduación alcohólica.
Coordinar y supervisar el correcto desarrollo de los procesos de integración de expedientes
correspondientes a solicitudes de permisos nuevos permanentes para la venta, almacenaje y
consumo de bebidas con graduación alcohólica.
Coordinar y supervisar que los procesos de integración de expedientes correspondientes a
solicitudes de permisos transitorios y eventuales para el desarrollo de espectáculos públicos,
eventos particulares o familiares, a efecto de que se cumplan los requisitos establecidos en los
reglamentos y leyes hacendarias correspondientes.
Coordinar y supervisar los procesos de integración de expedientes correspondientes a
solicitudes de permisos nuevos para la operación de salones para eventos sociales y fiestas.
Coordinar y supervisar los procesos de integración de expedientes correspondientes a
solicitudes de permisos nuevos para la operación de aparatos mecánicos, electrónicos y
musicales.
Turnar al Subdirector de Alcoholes los expedientes integrados, correspondientes a permisos
nuevos permanentes, cambios a permisos permanentes, así como los correspondientes a
permisos transitorios, para su revisión y posterior envío al Director de Comercio, Alcoholes y
Espectáculos Públicos.
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6.1.1.2 SECCIÓN DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA
Realizar labores de vigilancia y visitas de inspección a los establecimientos con venta, venta
para el consumo, consumo y almacenaje para la venta de bebidas con graduación alcohólica, a
efecto de verificar que la actividad se desarrolle en estricto apego a los reglamentos de la
materia.
Realizar inspecciones factibilidad derivadas de solicitudes de permisos permanentes o
cambios a permisos permanentes, a efecto de verificar las condiciones establecidas en los
artículos 19, 20 y 25 del Reglamento de Alcoholes para el municipio de Ensenada, B.C.
Realizar inspecciones de campo que permitan la depuración y actualización del padrón de
permisionarios.
Levantar las actas circunstanciadas cuando en el desarrollo de las actividades de inspección se
detecten irregularidades en la operación de establecimientos o giros.
Notificar y ejecutar las órdenes de clausura temporal o definitiva y la revocación de los
permisos decretada por la autoridad competente.
Llevar a cabo el retiro o reimposición de los sellos, símbolos o señalamientos de clausura, en
cumplimiento al acuerdo que para tal efecto dicte la autoridad competente.
Aplicar las medidas de apremio contempladas en los reglamentos de la materia, cuando las
condiciones de irregularidad detectadas, pongan en riesgo el interés y el orden social.
Acudir a los llamados de apoyo por parte de la Dirección de Seguridad Publica, Protección Civil
y Bomberos.
Entregar un reporte diario de actividades al coordinador de inspectores.
Las demás que señalen los Reglamentos municipales.
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6.1.1.3 SECCIÓN DE PERMISOS Y REGISTROS
Recepción de solicitudes de permisos permanentes para la venta, almacenaje para la venta, o
venta para el consumo de bebidas con graduación alcohólica, verificando que éstas se ajusten a
lo establecido en artículo 36-I de Reglamento de Alcoholes para el municipio de Ensenada BC
Recepción de solicitudes de cambios a permisos permanentes, verificando que se cumplan a
cabalidad los requisitos y condiciones exigidos en el artículo 59-II del Reglamento de Alcoholes
para el Municipio de Ensenada.
Solicitar al responsable de la sección de inspección y vigilancia la realización de un estudio de
factibilidad, a efecto de definir si las solicitudes de nuevos permisos o cambios a permisos
permanentes cumplen con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 25 respecto
de las solicitudes de nuevos
Dar seguimiento al proceso de revisión y evaluación efectuado por el coordinador operativo,
Subdirector de Alcoholes y Director de Comercio, Alcoholes y Espectáculos Públicos.
Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del H Cabildo cuando se trate
de expedientes correspondientes a solicitudes de nuevos Permisos permanentes.
Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del C. Presidente Municipal
cuando se trate de expedientes correspondientes a solicitudes de cambios a permisos
permanentes.
Mantener actualizado el padrón de permisionarios, mediante el registro oportuno de nuevos
permisos autorizados por el H. Cabildo, así como con los cambios a permisos permanentes
autorizados por el C. Presidente Municipal.
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6.1.1.4 SECCIÓN DE EVENTOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
Recepción de solicitudes de permisos eventuales para la realización de eventos o
espectáculos públicos.
Orientar a los solicitantes respecto a los requisitos que deberán reunir, dependiendo de la
calidad del solicitante; es decir, si se trata de personas físicas o morales; Asociaciones
Civiles, Partidos Políticos, Dependencias Gubernamentales, Instituciones o Asociaciones
sin fines de lucro.
Integrar expedientes de cada solicitud, atendiendo los requisitos y condiciones establecidos
en el Reglamento para el Funcionamiento de Espectáculos Públicos y Centros de Reunión
para el Municipio de Ensenada; la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California;
Ley de Procedimientos Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Baja
California; así como en la Ley de Ingresos Municipal vigente, dependiendo de la calidad del
solicitante.
Solicitar por conducto de solicitantes, dictámenes de Seguridad Publica, Protección Civil,
Bomberos, Ecología y Control Urbano.
Aplicar Sellado de Boletaje, cuando se trate de eventos con costos por asistencia.
Emitir recibos por pago de derechos de conformidad con la Ley de Ingresos Municipal
Vigente.
Una vez integrados a cabalidad los expedientes de cada solicitud y cubiertos los derechos
por parte del solicitante, los permisos deberán turnarse a la autoridad correspondiente,
para su revisión y autorización.
Dar cuenta por escrito al responsable de la sección de inspección y vigilancia sobre los
eventos autorizados, a efecto de que se realicen las labores de verificación e inspección que
permitan garantizar su correcto desarrollo.
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6.1.1.5 SECCIÓN DE SALONES, EVENTOS SOCIALES Y VIDEO JUEGOS.
Verificar que se efectúen las labores de inspección y vigilancia en salones sociales, eventos y
video Juegos, para cerciorarse que los establecimientos cumplan con las deposiciones de la Ley
y el presente Reglamento.
Ordenar inspecciones de factibilidad, motivadas por solicitudes de permisos nuevos o por
cambios a los ya existentes.
Levantar las actas de inspección o infracciones a los establecimientos por medio de los
inspectores adscritos a la Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.
Calificar por la autoridad facultada las infracciones que en su caso contengan las actas
administrativas derivadas de visitas de inspección a los establecimientos.
Atender a citados por irregularidades detectadas en visitas de inspección, y en casos de
inconformidad por parte de éstos, levantar las actas de comparecencia que den lugar al
derecho de audiencia, a efecto de que presenten las pruebas y alegatos que conforme a
derecho consideren pertinentes.
Recepción de solicitudes de permisos permanentes para la operación de salones para eventos
sociales en el municipio de Ensenada BC
Recepción de solicitudes de cambios a permisos permanentes, verificando que se cumplan a
cabalidad los requisitos y condiciones exigidos en el reglamento de la materia.
Solicitar al responsable de la sección de inspección y vigilancia la realización de un estudio de
factibilidad, a efecto de definir si las solicitudes de nuevos permisos o cambios a permisos
permanentes cumplen con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 25 respecto
de las solicitudes de nuevos
Dar seguimiento al proceso de revisión y evaluación efectuado por el coordinador operativo,
Subdirector de Alcoholes y Director de Comercio, Alcoholes y Espectáculos Públicos.
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Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del H Cabildo cuando se trate
de expedientes correspondientes a solicitudes de nuevos Permisos permanentes.
Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del C. Presidente Municipal
cuando se trate de expedientes correspondientes a solicitudes de cambios a permisos
permanentes.
Mantener actualizado el padrón de permisionarios, mediante el registro oportuno de nuevos
permisos autorizados por el H. Cabildo, así como con los cambios a permisos permanentes
autorizados por el C. Presidente Municipal.
Integrar los expedientes con número de folio en los casos de solicitudes de permiso nuevos y
cambios a permisos.
Verificar que los pagos correspondientes a permisos, se realicen en estricto apego a lo
establecido en la Ley Municipal de Ingresos.
Llevar un padrón o registro actualizado de permisos otorgados por el ayuntamiento, así como
de los cambios autorizados a dichos permisos.
Vigilar que se atiendan en tiempo y forma las solicitudes de información sustentadas en la
aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información relacionadas con las diferentes
secciones operativas a cargo de la Subdirección.
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SECCIÓN DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA
Realizar labores de vigilancia y visitas de inspección a los establecimientos, a efecto de
verificar que la actividad se desarrolle en estricto apego a los reglamentos de la materia.
Realizar inspecciones factibilidad derivadas de solicitudes de permisos nuevos.
Realizar inspecciones de campo que permitan la depuración y actualización del padrón de
permisionarios.
Levantar las actas circunstanciadas cuando en el desarrollo de las actividades de inspección se
detecten irregularidades en la operación de establecimientos o giros.
Notificar y ejecutar las órdenes de clausura temporal o definitiva y la revocación de los
permisos decretada por la autoridad competente.
Llevar a cabo el retiro o reimposición de los sellos, símbolos o señalamientos de clausura, en
cumplimiento al acuerdo que para tal efecto dicte la autoridad competente.
Aplicar las medidas de apremio contempladas en los reglamentos de la materia, cuando las
condiciones de irregularidad detectadas, pongan en riesgo el interés y el orden social.
Acudir a los llamados de apoyo por parte de la Dirección de Seguridad Publica, Protección Civil
y Bomberos.
Entregar un reporte diario de actividades al coordinador de inspectores.
Las demás que señalen los Reglamentos municipales.
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6.2. SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO.
Verificar que se efectúen las labores de inspección y vigilancia para cerciorarse que los
comerciantes fijos, semifijos y ambulantes cumplan con las deposiciones de Ley y del
reglamento que los regule, y autorizar a los inspectores que sean cumplidos como lo
establecen los ordenamientos antes mencionados.
Ordenar y calificar inspecciones de factibilidad, motivadas por solicitudes de permisos nuevos
permanentes o por solicitudes de cambios a los ya existentes.
Levantar las actas de inspección o infracciones a los comerciantes por medio de los inspectores
adscritos a la Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.
Atender a comerciantes citados por irregularidades detectadas en visitas de inspección, y en
casos de inconformidad por parte de éstos, levantar las actas de comparecencia que den lugar
al derecho de audiencia, a efecto de que presenten las pruebas y alegatos que conforme a
derecho consideren pertinentes.
Ordenar la cancelación de permisos a comerciantes cuando sean acreedores a esta sanción.
Atender inconformidades y recursos de revisión presentados por comerciantes, como
consecuencia de sanciones aplicadas por irregularidades detectadas en visitas de inspección.
Supervisar a los inspectores adscritos a la Subdirección.
Autorizar o suspender el trámite de revalidación de permisos a comerciantes cuando sea
procedente, teniendo en cuenta los elementos que contemple el expediente respectivo y
considerando la reincidencia en sanciones graves, y los adeudos pendientes de cubrir
derivados de sanciones por irregularidades detectadas en visitas de inspección.
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Recibir y procesar las solicitudes de permisos para comerciantes e integrar los respectivos
expedientes de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento, formular los
proyectos de resolución que correspondan y turnarlos para su revisión y análisis.
Verificar que los pagos correspondientes a permisos se realicen en estricto apego a lo
establecido en la Ley Municipal de Ingresos.
Llevar un padrón o registro actualizado de permisos otorgados por el ayuntamiento, así como
de los cambios autorizados a dichos permisos.
Integrar el programa anual de actividades de las diferentes secciones operativas dependientes
de la Subdirección, el cual deberá contemplar líneas de acción encausadas a la calidad y
transparencia del los servicios de inspección y tramites relacionados con el otorgamiento o
cambios a permisos.
Definir indicadores de desempeño y productividad de los trabajadores adscritos a las
diferentes secciones operativas que integran la Subdirección.
Dar seguimiento a los acuerdos y compromisos contraídos en el seno del consejo consultivo
municipal.
Vigilar que se atiendan en tiempo y forma las solicitudes de información sustentadas en la
aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información relacionadas con las diferentes
secciones operativas a cargo de la Subdirección.
Revisar los informes de productividad y de avance relacionado con las metas y objetivos
contemplados en el programa anual de actividades, para su posterior envío al Director de
Comercio, Alcoholes y Espectáculos públicos.
Integrar y mantener actualizado el acervo normativo e informativo necesario para el correcto
cumplimiento de las funciones a cargo de las diferentes secciones operativas que integran la
Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.
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6.2.1. COORDINADOR OPERATIVO DE COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA.
Coordinar y supervisar que las labores de inspección y vigilancia a los comerciantes de
comercio fijo, semifijo y ambulante, se realicen en estricto apego al presente Reglamento.
Supervisar, revisar y evaluar las inspecciones de factibilidad realizadas por los inspectores, a
efecto de garantizar que los resultados se apeguen a lo establecido en el reglamento de la
materia.
Levantar actas de circunstanciadas de inspección a través de los inspectores adscritos a la
subdirección de Comercio, cuando se detecten irregularidades con los comerciantes en la vía
publica.
Notificar y ejecutar las órdenes de cancelación de permisos decretada por la autoridad
competente.
Efectuar decomisos por inspectores adscritos a la subdirección de comercio.
Mantener coordinación y comunicación permanente con C-4 en el desarrollo de las labores de
inspección.
Vigilar que los productos sean los autorizados por la subdirección y, se realice dentro de los
indicadores de calidad previamente establecidos, mantener actualizada la información
estadística y elaborar informes de actividades, mensuales y anuales.
Elaborar los roles y programación de actividades de los inspectores con la periodicidad que las
propias condiciones operativas lo requieran y Elaborar reportes diarios de inspección.
mantenimiento y distribución de combustible.
Coordinar y supervisar el correcto desarrollo de los procesos de integración de expedientes de
los comerciantes inscritos al padrón que cuenta la subdirección de comercio.
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6.2.1.2 SECCION DE INSPECCION Y VIGILANCIA.
Realizar labores de vigilancia y visitas de inspección a los comerciantes fijos semifijos y
ambulantes de en la vía publica, a efecto de verificar que la actividad se desarrolle en estricto
apego a los reglamentos de la materia.
Realizar inspecciones factibilidad derivadas de solicitudes de permisos, a efecto de verificar
las condiciones establecidas en el Reglamento de comercio para el municipio de Ensenada, B.C.
Realizar inspecciones de campo que permitan la depuración y actualización del padrón de
comerciantes en la vía publica.
Levantar las actas circunstanciadas cuando en el desarrollo de las actividades de inspección se
detecten irregularidades en la operación de comercio en la vía publica.
Acudir a los llamados de apoyo por parte de la Dirección de Seguridad Publica, Protección Civil
y Bomberos.
Entregar un reporte diario de actividades al coordinador de inspectores.
Las demás que señalen los Reglamentos municipales.
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6.2.1.3 SECCION DE PERMISOS Y REGISTROS.
Recepción de solicitudes de permisos para realizar comercio en la vía publica, verificando que
éstas se ajusten al Reglamento de Comercio para el municipio de Ensenada B.C.
Solicitar al responsable de la sección de inspección y vigilancia la realización de un estudio de
factibilidad, a efecto de definir si las solicitudes de nuevos permisos o cambios a permisos
permanentes cumplen con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 25 respecto
de las solicitudes de nuevos
Dar seguimiento al proceso de revisión y evaluación efectuado por el coordinador operativo,
Subdirector de Comercio y Director de Comercio, Alcoholes y Espectáculos Públicos.
Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del Secretario del
Ayuntamiento correspondiente a solicitudes de renovación y nuevos Permisos.
Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del Director de Comercio,
Alcoholes y Espectáculos Públicos correspondiente a solicitudes de renovación y nuevos
Permisos.
Mantener actualizado el padrón de permisos, mediante el registro oportuno de nuevos
permisos autorizados por el Director de de Comercio, Alcoholes y Espectáculos Públicos, así
como con los cambios que pudieran darse.
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6.3 SUBDIRECCIÓN DE UNIDAD DE ESPACIOS PÚBLICOS
Y SANO ESPARCIMIENTO, (UEPSE*)
Verificar que se efectúen las labores de inspección y vigilancia por parte de la subdirección de
comercio a los comerciantes fijos, semifijos y ambulantes y cumplan con las disposiciones de
Ley y del reglamento que los regule y acciones de coordinación con servicios públicos
municipales para que las instalaciones se mantengan en aptas condiciones, en los espacios de
sano esparcimiento.
Autorizar o suspender el trámite de permisos a comerciantes y promotores de evento cívicos
culturales y sociales que se realicen en espacios públicos, y turnar a los eventos a la sección
espectáculos cuando sean masivos o exista venta de alcohol.
Verificar que los pagos correspondientes a permisos se realicen en estricto apego a lo
establecido en la Ley Municipal de Ingresos.
Llevar un padrón o registro de las actividades que se realicen en espacios públicos.
Integrar el programa anual de actividades de las diferentes secciones operativas dependientes
de la Subdirección, el cual deberá contemplar líneas de acción encausadas a la calidad y
transparencia del los servicios de inspección y tramites relacionados con el otorgamiento o
cambios a permisos.
Definir indicadores de desempeño y productividad de los trabajadores adscritos a las
diferentes secciones operativas que integran la Subdirección.
Vigilar que se atiendan en tiempo y forma las solicitudes de información sustentadas en la
aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información relacionadas con las diferentes
secciones operativas a cargo de la Subdirección.
Revisar los informes de productividad y de avance relacionado con las metas y objetivos
contemplados en el programa anual de actividades, para su posterior envío al Director de
Comercio, Alcoholes y Espectáculos públicos.
Integrar y mantener actualizado el acervo normativo e informativo necesario para el correcto
cumplimiento de las funciones a cargo de las diferentes secciones operativas que integran la
Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.