MANUAL DE PUESTOS Y ESTRUCTURA...
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MANUAL DE PUESTOS Y ESTRUCTURA
SALARIAL
MUNICIPALIDAD DE EL PORVENIR, FRANCISCO MORAZN.
PROYECTO FACILITANDO EL MARCO REGULATORIO PARA LA DESCENTRALIZACIN-
-
Presentacin
El presente Manual de Clasificacin Funciones y Salarios para la Municipalidad de El
Porvenir Departamento de Francisco Morazn, fue elaborado con el apoyo de la
Federacin De Organizaciones No Gubernamentales Para El Desarrollo De
Honduras (FOPRIDEH) a travs de la Ejecucin del Proyecto Facilitando el Marco
Regulatorio para la Descentralizacin, en tal sentido, el manual desarrolla
ampliamente las descripciones de los puestos que conforman la estructura de los
recursos humanos involucrados en la prestacin directa de los servicios administrativos
y tcnicos de la Municipalidad, as como la estructura salarial; y fue elaborado basado
en los principios de justicia y equidad salarial que sirve de base para formular y ejecutar
otros aspectos de polticas de personal, tales como: reclutamiento, seleccin, definicin
clara de lneas de autoridad y patrones de responsabilidad, poltica salarial,
promociones, evaluacin del desempeo, transferencias, determinacin de necesidades
de capacitacin, distribucin adecuada de los recursos humanos y otras acciones de
personal. Tambin provee informacin real para elaborar el presupuesto de gastos por
servicios de personal, permite uniformar la nomenclatura de los cargos, precisa el tipo
de informacin necesaria para los registros de personal y proporciona insumos para la
planificacin de los recursos humanos.
El objetivo fundamental de ste instrumento, es orientar y fortalecer las buenas
prcticas de la gestin en la municipalidad y hacer ms eficiente la administracin de
los recursos humanos; siendo esta una de las reas que ms cambios experimenta. Los
cambios son tantos y tan grandes que hasta el nombre del rea ha cambiado. En
muchas de las organizaciones, la denominacin de Administracin de Recursos
Humanos (ARH) est sustituyndose por gestin del talento humano, gestin de socios
o de colaboradores, gestin del capital humano, administracin del capital intelectual, e
incluso gestin de personas. Todos estos nombres representan un espacio y la
configuracin de una nueva rea.
La Municipalidad es la instancia responsable de la gestin de los servicios
administrativos, tcnicos, su eficiencia la consolida la estructura orgnica con que opera
y las competencias del personal que las dirige. Razones estas, para determinar la
importancia de que la municipalidad, cuente con su propio Manual de Clasificacin de
Funciones y Salarios; sobre sta premisa se ha diseado el presente manual, y a partir
del cual la Municipalidad, puede hacer las adaptaciones y contextualizarlo conforme a
las necesidades e intereses como organizacin.
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El manual cuenta con una estructura, donde se abordan los contenidos de forma
simple, clara y por procedimientos. Inicia con la DESCRIPCIN DE LOS PUESTOS,
aqu se puntualiza aspectos claves como: naturaleza y objetivo del cargo, funciones,
dependencias jerrquicas, responsabilidades, relaciones identificadas en los cargos,
conocimientos y habilidades requeridas, requisitos de formacin y experiencia factibles.
Como segundo apartado se consigna LA ADMINISTRACION DE SALARIOS, basado
en la categorizacin o agrupacin de los cargos en IV niveles, ajustada al modelo oficial
de organizacin y funcionamiento de la Municipalidad y al desarrollo real funcional;
tambin se consignan o se cuantifican cinco factores: requisitos intelectuales, fsicos,
habilidades o aptitudes, responsabilidad, condiciones de trabajo; Relaciones
Profesionales y Complejidad, obteniendo la escala salarial propuesta, la que responde a
otros criterios del valor monetario y de poltica administrativa de salarios armonizada
con la legislacin vigente como Constitucin de la Repblica, Ley de Salario Mnimo,
Ley de Municipalidades y Ley de Carrera Administrativa Municipal.
MANUAL DE PUESTOS Y ESTRUCTURA SALARIAL DE EL PORVENIR, F.M: La
Elaboracin de este manual ha sido posible gracias al apoyo del pueblo de los Estados
Unidos de Amrica a travs de la Agencia de los Estados Unidos Para el Desarrollo
Internacional (USAID). El contenido del mismo es responsabilidad de FOPRIDEH y no
necesariamente refleja el punto de vista de la USAID o del Gobierno de los Estados
Unidos.
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----------------------------------------------CONTENIDO-------------------------------------------------- Aspectos Generales I. FINALIDAD DE LA ORGANIZACIN .....................................................................................5
II. OBJETIVO GENERAL ............................................................................................................6
III. OBJETIVOS ESPECFICOS ...................................................................................................7
IV. METODOLOGA UTILIZADA ..................................................................................................7
V. MARCO LEGAL ......................................................................................................................7
5.1 Constitucin de la Repblica de Honduras ................................................................................................................................ 8
5.2 Ley de Municipalidades .................................................................................................................................................................... 9
5.3 Ley de la Carrera Administrativa Municipal ........................................................................................................................... 10
VI. PLAN ANUAL DE GESTIN DE RECURSOS HUMANOS ................................................... 12
Descripcin de Puestos y Funciones VII. CLASIFICACIN DEL PERSONAL ...................................................................................... 13
VIII. CONCEPTOS GENERALES DEL PUESTO. ......................................................................... 14 8.1 Puesto de trabajo ............................................................................................................................................................................. 14
8.2 Descripcin del puesto ................................................................................................................................................................... 14
8.3 Perfil del puesto ................................................................................................................................................................................ 14
IX. ANLISIS Y VALORACIN DE PUESTOS .......................................................................... 14
X. CLASIFICACIN DE PUESTOS ........................................................................................... 15 10.1 Puestos directivos ............................................................................................................................................................................. 15
10.2 Puesto ejecutivos .............................................................................................................................................................................. 15
10.3 Puestos operativos ........................................................................................................................................................................... 15
10.4 Puestos de soporte / apoyo .......................................................................................................................................................... 15
XI. POLITICAS RETRIBUTIVAS ................................................................................................ 16
XII. ANLISIS DE PUESTOS ...................................................................................................... 16 12.1 Estudios comparativos de sueldos y salarios .......................................................................................................................... 17
12.2 Fuentes de datos sobre compensacin ..................................................................................................................................... 17
12.3 Asignacin de puestos y movilidad y/o remocin del puesto ............................................................................................. 17
12.4 Provisin de puestos........................................................................................................................................................................ 18
12.5 Nombramiento y cancelacin de puestos................................................................................................................................ 18
XIII. DESCRIPCION DE LOS PUESTOS ...................................................................................... 19 13.1 Funciones comunes a los puestos de jefatura ........................................................................................................................ 19
13.2 Deberes y Responsabilidades de Motivacin y Coordinacin .......................................................................................... 20
13.3 Deberes y Responsabilidades de Supervisin y Control ...................................................................................................... 20
13.4 Otros Deberes y Responsabilidades ......................................................................................................................................... 21
XIV. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA .......................................................................................... 21
Administracin Salarial
XV. ASPECTOS PROPIOS DE LA ADMINISTRACIN SALARIAL ............................................ 78
XVI. PRINCIPIOS DEL SISTEMA RETRIBUTIVO ......................................................................... 78
XVII. METODO DE VALORACIN DE PUNTOS POR FACTOR ................................................... 80
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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Aspectos Generales
La organizacin es la dotacin y ordenamiento de todos los recursos necesarios para el
buen funcionamiento de la Municipalidad y para lograr los objetivos que constituyen la
finalidad del municipio y consiste en la definicin de tareas, asignacin de
responsabilidades y la delegacin de autoridad para alcanzarlas; desenvolvindose
siempre en un ambiente de interaccin (trabajo) cuyo funcionamiento depende
esencialmente de la coordinacin entre las distintas unidades de personas. El propsito
de la organizacin es coordinar las diferentes funciones o acciones para lograr los
objetivos de la Municipalidad sin la prdida de esfuerzos y tiempo en un ambiente de
armona haciendo el mximo aprovechamiento de capacidades y habilidades de las
personas, los medios financieros y tcnicos de que se dispone.
El modelo de organizacin que se presenta en este Manual, es el producto de un
ordenamiento primario de las funciones y atribuciones que seala la Ley de
Municipalidades, la Ley de Carrera Administrativa Municipal (CAM),aprobada por
Decreto No. 74-2010 a los 10 das del mes de Junio de dos mil diez y del ordenamiento
secundario o sea la creacin y conformacin de unidades que la Ley permite, sean
hechas por voluntad de la Municipalidad, las que se han preparado en consideracin a
la dimensin del trabajo, las necesidades, los recursos humanos, tecnolgicos,
financieros y de capacidad instalada de la Municipalidad de El Porvenir , Departamento
de Santa Brbara. Es importante sealar que la organizacin no es un estructura rgida,
la misma puede ser modificada en base al crecimiento del trabajo y del desarrollo de los
recursos municipales. Las modificaciones deben basarse en una evaluacin que
identifique los elementos que no permiten que la Municipalidad cumpla con sus
responsabilidades y objetivos.
La administracin del recurso humano de la municipalidad se regir por los siguientes
principios:
Principio de Jerarqua: Cuanto ms claras sean las lneas de autoridad, que van desde el ms alto Funcionario de la Municipalidad hasta cada subordinado, ms efectivo ser el proceso de toma de decisiones y las comunicaciones.
Principio de Delegacin: La autoridad delegada en los administradores individuales deber ser adecuada para asegurar su capacidad en el logro de los resultados que de ellos se espera.
I. FINALIDAD DE LA ORGANIZACIN
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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Principio de Responsabilidad Absoluta: La responsabilidad de los subordinados ante sus superiores por la ejecucin es absoluta asimismo, el superior es responsable por las actividades de sus subordinados dentro de la organizacin.
Principio de Igualdad, Autoridad y Responsabilidad: La responsabilidad que se exija no puede ser mayor ni menor que la correspondiente al grado de autoridad que se haya delegado.
Principio de Unidad de Mando: Cuando ms completa sea la definicin de autoridad entre un subordinado y un superior, menor ser el problema de conflictos en las instituciones recibidas, y mayor el sentimiento de responsabilidad personal por los resultados.
Principio de Nivel de Autoridad: Para que se mantenga la delegacin de autoridad tal como se planeo, es necesario que quien reciba tome las decisiones que sean de su competencia, transferencias a los niveles superiores de la organizacin.
Principio de Divisin del Trabajo: Cuando ms refleje la estructura organizacional una clasificacin de las tareas o actividades necesarias para alcanzar las metas, cuanto ms se elaboren las funciones y las relaciones de coordinacin para adecuarse a la capacidad y motivacin de las personas responsables de ejecutarlas, ms eficiente y eficaz ser la estructura de la organizacin.
Principio de la Definicin Funcional: Cuanto ms clara sea la definicin que tenga un puesto o departamento de los resultados esperados, de las actividades que han de llevarse a cabo, de la autoridad organizacional delegada y de las relaciones de la autoridad y de informacin con otros puesto, ms eficazmente podrn los individuos responsabilizados contribuir al logro de los objetivos de la institucin.
Principio de Separacin: Si algunas actividades estn estructuradas para realizar comprobaciones sobre otras, los individuos encargados de las primeras no pueden ejercer bien su responsabilidad si reportan al departamento cuya actividad deben evaluar
El objetivo principal de la elaboracin de este manual es proporcionar una gua u
orientacin para la implementacin de la carrera administrativa municipal basada en
una gestin pblica de calidad, y con principios de igualdad, mrito y capacidad,
resultante de un proceso democrtico, y en consecuencia, la instrumentalizacin para la
consolidacin de una carrera administrativa conforme a lo establecido por las leyes
vigentes.
II. OBJETIVO GENERAL
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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1) Promover el ordenamiento y mejoramiento interno de la Alcalda Municipal de El
Porvenir , departamento de Francisco Morazn, identificando las tareas inherentes a cada puesto y las exigencias o requisitos mnimos que debe tener el recurso humano para establecer las necesidades de capacitacin que se requieren.
2) Presentar el perfil de cada puesto para contratar personal calificado e idneo en cada plaza vacante, capaz de asumir responsabilidades con eficiencia y eficacia, de tal forma que permita una efectiva prestacin de servicios a los ciudadanos.
3) Facilitar y apoyar la formulacin de polticas y la toma de decisiones para el crecimiento y desarrollo organizacional de la Alcalda Municipal, centrados en la importancia que tiene el recurso humano disponiendo de un procedimiento tcnico para la administracin de sueldos y salarios.
La informacin obtenida especficamente para la determinacin de las funciones de
cada puesto de trabajo, se aplic al personal de la municipalidad una encuesta que
comprende detallar las funciones diarias o de rutina, mensuales y anuales que
desempean, adicionalmente se consideraron las funciones definidas en el manual
genrico de puestos y salarios de la AMHON, las funciones que establece la Ley de
Municipalidades para personal especfico y la revisin de otros manuales y que facilitan
la gestin municipal en nuestro pas. Como parte fundamental de la metodologa utilizada, se realizaron visitas,
reuniones y entrevistas interactivas con el Responsable de la administracin del
Recurso Humano y a los diferentes miembros con las diferentes jefaturas, las cuales
arrojaron insumos para abastecer nuestro anlisis. Otros elementos de apoyo utilizados
fueron el diagnostico aplicado a la municipalidad en materia de recursos humanos y el
uso de normas, reglamentos internos y organigramas de la municipalidad.
El Alcalde a alcaldesa tiene la responsabilidad de definir la estructura de
funcionamiento de la Municipalidad y de alimentarla con el tipo y cantidad de personal
que crea necesario para desarrollar su gestin, tratando de incrementar la eficiencia y
reducir costos y asegurndose de que para cada funcionario o empleado dentro de la
estructura exista una asignacin de funciones clara, con la correspondiente definicin
de lneas de autoridad y responsabilidad.
III. OBJETIVOS ESPECFICOS
IV. METODOLOGA UTILIZADA
V. MARCO LEGAL
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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Es responsabilidad de la Corporacin analizar si la estructura propuesta es la idnea
para alcanzar los objetivos, o si se requiere reestructurar el aparato burocrtico
municipal, de tal manera que este constituya un equipo de trabajo eficiente y con el
personal absolutamente necesario, en correspondencia a la situacin financiera y al
trabajo que hay que hacer en la Municipalidad.
La Ley de Municipalidades y Ley de Carrera Administrativa Municipal, establecen las
bases de la organizacin municipal definiendo responsabilidades especficas y
sealando la creacin de algunas unidades o puestos de trabajo. Fuera de estas
disposiciones, la Corporacin Municipal tiene potestad de crear su estructura
organizativa y definir su forma de funcionamiento de acuerdo al mejor inters del
municipio y conforme a las posibilidades econmicas de la Municipalidad.
El marco legal para el funcionamiento del Recurso Humano, mediante la
implementacin de la carrera administrativa municipal, se basa en el siguiente
ordenamiento jurdico:
La constitucin como ley primaria del ordenamiento jurdico del pas, en su Artculo
294: encontramos de forma tcita la autonoma Municipal, en el que nos dice: Los
departamentos se dividirn en municipios autnomos administrados por corporaciones
electas por el pueblo, de conformidad con la Ley.
El Artculo 296, expresa : La Ley establecer que la municipalidad y funcionamiento
de las municipalidades y los requisitos para ser funcionario o empleado municipal.
Este articulo, es explcito cuando manda a una ley a desarrollar todo lo relacionado a la
municipalidad y funcionamiento, ya que dentro de estos conceptos nos
encontramos que para una buena municipalidad es necesaria la descripcin y
especificacin de los grupos ocupacionales, clases de puestos, responsabilidades,
competencias y que en consecuencia, son acciones con las cuales se realizan cambios
que encaminen al funcionamiento de la administracin en vas del desarrollo de los
gobiernos locales en Honduras. En su CAPITULO VIII DEL SERVICIO CIVIL, del Artculo 256 al 259 y nos menciona
el siguiente articulado: Artculo 256.Que el Rgimen de Servicio Civil regula las relaciones de empleo y funcin
pblica que se establecen entre el Estado y sus servidores, fundamentados en
5.1 Constitucin de la Repblica de Honduras
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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principios de idoneidad, eficiencia y honestidad. La administracin de personal estar
sometida a mtodos cientficos basados en el sistema de mritos. El Estado proteger a sus servidores dentro de la carrera administrativa. Artculo 257. La ley regular el Servicio Civil y en especial las condiciones de ingreso a
la administracin pblica; las promociones y ascensos a base de mritos y
aptitudes; la garanta de permanencia, los traslados, suspensiones y garantas; los
deberes de los servidores pblicos y los recursos contra las resoluciones que los
afecten.
Artculo 258. Tanto en el gobierno Central como en los organismos
descentralizados del estado, ninguna persona podr desempear a la vez dos o ms
cargos pblicos remunerados, excepto quienes presten servicios asistenciales de salud
y en la docencia. Ningn funcionario, empleado (a) o trabajador pblico que perciba un
sueldo regular, devengar dieta o bonificacin por la prestacin de un servicio en
cumplimiento de sus funciones. Artculo 259. Las disposiciones de este Captulo se aplicarn a los funcionarios y
empleados de las Instituciones descentralizadas y Municipales. En conclusin estos articulados nos establecen la base para la elaboracin del presente
manual ya que la Constitucin misma nos habla de la carrera administrativa y
entendemos por carrera administrativa, la seleccin cientfica de los funcionarios
pblicos, capacidad, especializacin, deberes y derechos. Esta es considerada esencial
en el logro del mximo rendimiento y perfeccin en el servicio pblico. Y para llegar a
esta perfeccin el recurso humano juega tal importancia, que la competencia como
principio de la carrera administrativa, se determina como la continua demostracin de
poseer la aptitud requerida para ejercer eficiente y eficazmente un puesto pblico.
En la Ley de Municipalidades en ARTCULO 12.- (Segn reforma por Decreto 143-
2009), define a la autonoma municipal, al conjunto de potestades o facultades
otorgadas por la Constitucin de la Repblica y la presente Ley al municipio y a la
municipalidad como su rgano de Gobierno, que se organiza y funciona en forma
independiente de los poderes del Estado, con capacidad para gobernar y administrar
los asuntos que afecten sus intereses y ejercer su competencia para satisfacer las
necesidades y aspiraciones de su poblacin en el trmino municipal.
5.2 Ley de Municipalidades
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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Artculo 25. La Corporacin Municipal es el rgano deliberativo de la
Municipalidad, electa por el pueblo y mxima autoridad dentro del trmino municipal;
en consecuencia, y dentro de las facultades que le corresponde ejercer se encuentra la
nmero 4) Emitir los reglamentos y manuales para el buen funcionamiento de la
Municipalidad;
El presente manual desarrollar esa facultad, en el sentido que para logro del buen
funcionamiento de la Municipalidad es necesario complementar y fortalecer el proceso
de gestin del talento humano, y en consecuencia, darles un instrumento tcnico como
el presente manual para facilitar el diseo y ajuste de la estructura ocupacional. La Ley
de Municipalidades prev la existencia indiscutible de un Manual de Clasificacin de
Puestos y Salarios, en su Artculo 47 en numeral 5) y que literalmente nos dice:
El Alcalde someter a la consideracin y aprobacin de la Corporacin el Manual de
clasificacin de Puestos y Salarios; Asimismo el Artculo 103 de La Ley de Municipalidades nos dice: Las Municipalidades
estn obligadas a mantener un Manual de Clasificacin de Puestos y Salarios,
actualizados. Lo anterior, nos establece una de varias obligaciones a las que estn sujetas las
municipalidades, como lo es la instrumentalizacin, objetivo del presente manual,
aunada que tiene que estar actualizada y esto, es un reflejo de una realidad
cambiante en que las municipalidades afrontan desafos que los induce a hacer
cambios en su estructura ocupacional promoviendo la contratacin y el desarrollo del
recurso humano tanto en la experiencia como en las capacidades requeridas en los
puestos.
Para dar un concepto sencillo de La Carrera Administrativa Municipal (L-CAM)
podemos decir que es una institucin esencial del derecho pblico, y que, la relacin
jurdica laboral que se establece entre las municipalidades y sus servidores es de
naturaleza estatutaria y no contractual, regulada por el Derecho Administrativo. Pero la
Ley de La Carrera Administrativa Municipal nos establece un concepto en su Artculo 33
que dice Concepto y Elementos de La Carrera Administrativa Municipal. La Carrera Administrativa Municipal del empleado consiste en la progresin en las
diversas categoras, clases y puestos, segn las modalidades de estructura de puestos
de cada Municipalidad, Mancomunidad o Asociacin de Municipios y otros Entes locales
5.3 Ley de la Carrera Administrativa Municipal
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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adscritos al sistema. La progresin en de La Carrera Administrativa Municipal estar
basada en la educacin y experiencia adquirida por el desempeo de puestos, en la
antigedad y en la evaluacin del desempeo. De tal manera que para la
elaboracin del presente manual es esencial el concepto de La Carrera
Administrativa Municipal que nos da la misma ley, ya que ste desarrolla las categora,
clases y puestos que se implementarn en las municipalidades, para el logro del
recurso humano ms tecnificado, moderno y que a la vez, dichas municipalidades
cuenten con instrumentos efectivos como lo pretende el presente manual. De tal
manera que se encuentran una serie de articulados que nos enmarcan la existencia de
un Manual de Clasificacin de Puestos y Salarios como lo son los siguientes artculos:
Artculo 5. A la Corporacin Municipal como una de sus facultades le corresponde b)
Aprobar el Manual de Clasificacin de Puestos y la Estructura de Salarios de
conformidad con el catlogo general elaborado por la Secretara Tcnica de La Carrera
Administrativa Municipal. Artculo 9 al 12 se nos hace mencin sobre el Manual Especial de Clasificacin de
Puestos y Salarios. Que nos dice que : Toda Municipalidad deber contar con un
Manual Especial de Clasificacin de Puestos y Salarios, instrumento mediante el cual
las Municipalidades ordenan el conjunto de plazas de trabajo disponibles de acuerdo
con las necesidades de los servicios; as como la denominacin y caractersticas
esenciales de los puestos, los perfiles de competencias requeridos para su desempeo,
los requisitos y procedimientos para ingresar al servicio, las retribuciones que les
correspondan y los requisitos exigidos para su desempeo, todo ello enmarcado dentro
del manual general de puestos y salarios elaborado por la Secretara Tcnica de La
Carrera Administrativa Municipal. Las vacantes de personal se organizarn por categoras de puestos y otras
modalidades de agrupacin de acuerdo con el Manual General de Clasificacin de
Puestos y Salarios, as como las dems normas tcnicas o reglamentarias establecidas.
En el CAPTULO II ASIGNACIN DE PUESTOS Y MOVILIDAD encontramos: Artculo 35 nos habla sobre la Remocin del Puesto. Y dice literalmente: Los servidores
permanentes que accedan a otro puesto de trabajo podrn ser removidos por causas
derivadas de una alteracin en el contenido del puesto, realizada a travs del
Manual de Clasificacin de Puestos, que modifica los factores y requisitos que
sirvieron de base a la convocatoria o de una falta de capacidad para su desempeo
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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manifestada por rendimiento insuficiente, que impida realizar con eficacia las funciones
atribuidas al puesto A los servidores removidos se les reintegrar al puesto que desempeaba antes de su
promocin. La remocin se efectuar previa formacin de expediente contentivo de
argumentos de las partes y mediante resolucin motivada del rgano que realiz el
nombramiento. Artculo 35. Provisin de Puestos por el Procedimiento de Libre Designacin. Se
denomina libre designacin al procedimiento de provisin de puestos de trabajo
especficos en los que stos se adjudican tras la valoracin de los mritos alegados por
el candidato en relacin con los requisitos exigidos para su desempeo y aquellos otros
que se consideren necesarios por parte del Alcalde del Municipio. Podrn proveerse por
este sistema los puestos de carcter directivo o de especial responsabilidad en los
casos que determine el reglamento y las descripciones o especificaciones de los
puestos de trabajo.
Las municipalidades cuentan con diferentes clases en su personal administrativo,
y es este recurso humano el que lograr la eficacia y la eficiencia del servicio pblico,
dentro del sector municipal, es por esa razn que la profesionalizacin es uno de los
puntos de mayor inters al momento de la proyeccin de La Carrera Administrativa
Municipal esta representa un elemento primordial para fomentar el
comportamiento tico en los servidores pblicos y la excelencia en el desempeo de
sus funciones.
Es de mencionar, que con el presente manual se contribuye a favorecer una de las
herramientas bsicas del combate a la corrupcin, la cual, al otorgar estabilidad laboral
a los servidores pblicos, coadyuva, sin duda alguna, al desarrollo productivo y eficiente
de la gestin gubernamental y a la optimizacin de la capacidad de respuesta de la
administracin pblica, para atender, a cabalidad, las demandas de la sociedad a la que
sirve.
Los responsables de la Administracin del Recurso Humano de la Municipalidad, debe
contar con el Plan Anual de Gestin de Recursos Humanos, de acuerdo a la Ley de
Carrera administrativa Municipal, en su artculo 11, en el que se establecern:
VI. PLAN ANUAL DE GESTIN DE RECURSOS HUMANOS
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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1) Previsiones sobre modificacin de estructuras organizativas y de puestos de trabajo;
2) Previsin y, en su caso, suspensin e incorporaciones de personal a un sector de trabajo de la Municipalidad;
3) Medidas de movilidad forzosa;
4) Cursos de formacin y capacitacin especficos;
5) Planes especficos de provisin de puestos de trabajo;
6) Medidas especficas de promocin interna;
7) Prestacin de servicios a tiempo parcial; y,
8) Otras disposiciones que procedan conforme a sus objetivos y disponibilidades presupuestarias.
Descripcin de Puestos y Funciones
La clasificacin de personal sirve de base para la ubicacin del personal, en cuanto a
puestos y salarios para los servidores o empleados municipales permanentes, en este
sentido la Ley CAM dice lo siguiente:
El Artculo12: Aqu se establecen las Funciones Bsicas de Personal, y literalmente nos
dice que: El personal al que se refiere esta Ley deber cumplir las funciones que
se le encomiende segn la naturaleza y descripcin del puesto.
Son servidores o empleados sujetos al servicio civil municipal quienes son nombrados
legalmente para el desempeo de servicios personales permanentes retribuidos,
circunstancia que los vincula a una de las entidades a que se refiere el Artculo 1de esta
Ley. (Artculo13).
En consecuencia se toma la siguiente clasificacin de los Empleados Permanentes.
(Artculo 18 L-.CAM)
Los servidores municipales permanentes se integran en:
Grupos Ocupacionales, Categoras, Clases; y Puestos Especficos y otras modalidades que se adopten por medio de normas tcnicas, manuales o reglamentarias.
VII. CLASIFICACIN DEL PERSONAL
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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Son varios autores los que definen al puesto de trabajo, por lo que aplicaremos alguna
de ellas, a fin de facilitar el aprendizaje de los trminos en la poblacin
municipalista, y no slo para aquellos/as que tengan que ver directamente con la
responsabilidad del recurso ms importante de cualquier organizacin, sino para
el/a servidor/a en general, esperando que sea de mucha utilidad.
Entenderemos que es el conjunto de funciones y actividades que dentro de un contexto
organizativo, la Municipalidad individualiza para conseguir unos resultados que han de
contribuir a la finalidad y objetivos para sta.
Este aspecto viene a ser el ms importante pues constituye el detalle pormenorizado de
las caractersticas de cada puesto, las funciones y normas a cumplir, as como los
servicios esperados.
Las caractersticas de las que ste habla son las que definen a la persona
necesaria para el desempeo del puesto y comprende las competencias requeridas
de cada puesto, las caractersticas personales y profesionales que requiere tener el
ocupante del puesto, como es la formacin profesional, experiencia, conocimientos,
aptitudes, incluyendo la condicin ambiental y riesgos del puesto.
Este concepto comprende el anlisis de los contenidos organizativos, expresados en la
descripcin del puesto, sobre el cual se determina su importancia relativa dentro de la
municipalidad, por medio de la aplicacin de los factores de competencias, solucin de
problemas y responsabilidades, mediante los cuales se asigna el nivel de complejidad
en la escala salarial.
VIII. CONCEPTOS GENERALES DEL PUESTO.
8.1 Puesto de trabajo
8.2 Descripcin del puesto
8.3 Perfil del puesto
IX. ANLISIS Y VALORACIN DE PUESTOS
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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Es el procedimiento por el cual se organizan los puestos de acuerdo a su naturaleza,
importancia relativa de sus contenidos en la municipalidad y nivel de responsabilidad
que ocupan, de forma que facilite la definicin y aplicacin de polticas de gestin de los
recursos humanos. Como la Municipalidad es una organizacin, cuyo personal, debe de
conformar un equipo de trabajo, en donde necesariamente hay niveles entre los que
citamos, los Puestos Directivos, Ejecutivos, Operativos y de Soporte / Apoyo, en donde
todos, son necesarios.
Tiene como objetivo dirigir, planificar y organizar el trabajo, definiendo o
participando en el diseo de las polticas generales y ejecutar acciones tendientes
a lograr los objetivos de la municipalidad, consiguen resultados a travs de otros de
forma ms o menos lejana, actan en un plano estratgico y tctico a nivel de Polticas
o Planes.
Tienen como funcin desarrollar funciones tcnicas o administrativas especializadas y
complejas, que contribuyan a la consecucin de los objetivos y metas institucionales.
Actan en un plano tctico /operativo a nivel de objetivos, programas, normas o
estndares, consiguen resultados a travs de otros de forma ms o menos prxima.
Tienen como funcin desarrollar funciones tcnicas, de apoyo administrativo, tcnico,
cuya ejecucin requiere de habilidades especficas para su desempeo, actan en
un plano operativo y a nivel de objetivos, programas, normas o estndares,
consiguen resultados por s mismos.
X. CLASIFICACIN DE PUESTOS
10.1 Puestos directivos
10.2 Puesto ejecutivos
10.3 Puestos operativos
10.4 Puestos de soporte / apoyo
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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Tienen como funcin desarrollar funciones complementos de las dems
funciones, pues siendo la municipalidad un ente de servicio, son los que realizan los
servicios generales.
Tambin existen puestos que de acuerdo a su naturaleza se clasifican en:
1) Puestos comunes: Ejecutan funciones de asistencia tcnica, apoyo y servicios a las funciones sustantivas. Por su contenido genrico existen y son similares en todas las municipalidades.
2) Puestos propios: Ejecutan funciones de naturaleza tcnica o especializada cuyo mbito de accin est directamente vinculado al quehacer de cada municipalidad.
Son varias las polticas que una Municipalidad debe tener acerca del manejo de su
personal, las cuales van tanto en el sentido del/la servidor/a-municipalidad, y viceversa,
y entre ellas estn:
1) Poltica retributiva: Consiste en la adquisicin de compromisos por cada empleado (a) de la municipalidad con todo aquello que requiere la Municipalidad
2) Poltica de equidad: Se poseen diversas formas de garantizar que el factor de las remuneraciones se asegurar la transparencia y equilibrio.
3) Poltica de conocimiento: En este apartado pueden existir uno, dos o ms puestos que guarden similitud, por lo tanto, habr que promover una remuneracin de acuerdo al nivel de conocimiento adquirido.
4) Poltica de empleo: Es necesario el establecimiento de parmetros de rendimiento del funcionario (a) que ejerce un puesto especfico, de tal forma que pueda parametrizarse su evolucin basada en anlisis y estudios del puesto ejecutado
Las polticas antes mencionadas, debern ponerse en prctica, para tener una
poblacin municipalita satisfecha del equilibrio en sus relaciones.
Para que el/la encargada/o de los recursos humanos, sepa la forma de ubicar a sos
dentro de la organizacin municipal existen toda una gama de tcnicas para
XI. POLITICAS RETRIBUTIVAS
XII. ANLISIS DE PUESTOS
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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obtener informacin sobre los distintos puestos laborales, incluyendo herramientas
como las encuestas, la observacin directa y las discusiones entre los empleados (as)
y supervisores. Estas tcnicas permiten proceder a la descripcin de puestos. La
informacin obtenida ayuda a proporcionar las bases que determinan los niveles de
desempeo de cada puesto.
El departamento de recursos humanos de la municipalidad establece un sistema de
informacin sobre los recursos de personal a disposicin de la misma. De esta forma,
los especialistas en compensacin pueden iniciar la siguiente fase de la administracin
de la compensacin, que son las evaluaciones de puestos.
Las tcnicas de evaluacin de puestos conducen a la jerarquizacin de estos ltimos,
basndose en su valor relativo. Esto garantiza igualdad interna: los puestos de mayor
valor reciben mayor compensacin.
Al margen de esto, es necesario conocer las condiciones del entorno. Al conocerlas, se
evitan grandes disparidades en los niveles de compensacin y se asegura la estabilidad
del personal.
Los datos obtenidos en los estudios comparativos de sueldos y salarios son indicadores
que sirven para establecer si los niveles de la municipalidad se ajustan a las realidades
de las otras municipalidades.
Los estudios suelen concentrarse en aspectos macroeconmicos de gran utilidad. Pero
adolecen de dos limitaciones: pueden ser tan generales que tengan escasa preparacin
y especificidad, y producirse con demasiado retraso respecto a las necesidades a corto
plazo.
Los servidores permanentes que accedan a otro puesto de trabajo podrn ser
removidos por causas derivadas de una alteracin en el contenido del puesto, realizada
a travs del Manual de Clasificacin de Puestos, que modifica los factores y requisitos
que sirvieron de base a la convocatoria o de una falta de capacidad para su desempeo
manifestada por rendimiento insuficiente, que impida realizar con eficacia las funciones
atribuidas al puesto.
12.1 Estudios comparativos de sueldos y salarios
12.2 Fuentes de datos sobre compensacin
12.3 Asignacin de puestos y movilidad y/o remocin del puesto
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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A los servidores removidos se les reintegrar al puesto que desempeaba antes de su
promocin. La remocin se efectuar previa formacin de expediente contentivo de
argumentos de las partes y mediante resolucin motivada del rgano que realiz el
nombramiento. (Artculo 35 L-CAM).
Se denomina libre designacin al procedimiento de provisin de puestos de
trabajo especficos en los que stos se adjudican tras la valoracin de los mritos
alegados por el candidato en relacin con los requisitos exigidos para su desempeo y
aquellos otros que se consideren necesarios por parte del Alcalde de la Municipalidad.
Podrn proveerse por este sistema los puestos de carcter directivo o de especial
responsabilidad en los casos que determine el reglamento y las descripciones o
especificaciones de los puestos de trabajo.
En todo caso, esta ser la forma de provisin de los puestos de Secretario, Auditor y
Tesorero municipales. A estos efectos, el Alcalde presentar, siempre que el nmero de
candidatos lo permita, una terna a la Corporacin Municipal.
El acto de nombramiento se realizar por el Alcalde, salvo en el caso de los puestos
mencionados en el prrafo tercero del artculo anterior (Art 36 L-CAM) que se realizarn
por la Corporacin Municipal a propuestas del Alcalde. (Artculo 37 L-CAM)
Los nombramientos debern efectuarse en el plazo mximo de un mes contado
desde la fecha de presentacin de la solicitud por parte del o los servidores. Dicho
plazo podr prorrogarse por una sola vez sin exceder de diez das adicionales.
Las resoluciones de nombramiento se motivarn con referencia al cumplimiento por
parte del candidato seleccionado de los requisitos exigidos para su desempeo.
Los servidores pblicos nombrados para puestos de trabajo de libre designacin podrn
ser cesados con carcter discrecional de dichos cargos pero tendrn derecho a su
reintegro al puesto que desempeaban en la entidad municipal antes de acceder al
puesto de libre designacin
12.4 Provisin de puestos
12.5 Nombramiento y cancelacin de puestos
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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Es uso de los procesos de la organizacin de la estructura que permite asignar
responsabilidades por reas de especializacin para ejecutar un adecuado control
operacional. Es as, que a travs de la departamentalizacin se diferencian las distintas
labores en sentido horizontal y vertical, definiendo entre ellas los mecanismos de control
y coordinacin; sin embargo, para que se pueda producir un adecuado control, es
necesario establecer tambin el nmero de unidades y personas que pueden ser
supervisadas por un jefe.
Las Unidades Establecidas por la Ley de Municipalidades son:
- Corporacin Municipal - Eleccin Art. 25
- Alcalde Municipal - Eleccin Art. 43
- Alcalde s Auxiliares - Nombramiento Art. 59
- Comisionado Municipal - Nombramiento Art. 59
- Auditora Municipal - Nombramiento Art. 52
- Secretara Municipal - Nombramiento Art. 49
- Tesorera Municipal - Nombramiento Art. 56
- Consejo de Desarrollo Municipal - Nombramiento Art. 48
Cuando las condiciones econmicas lo permitan y el trabajo, queda facultado el Alcalde
para nombrar los titulares de otros rganos administrativos, y dems que creare la
Corporacin Municipal.
Previo a la descripcin de los puestos y funciones de la estructura organizativa de la
Municipalidad, es importante resaltar funciones y deberes comunes de los puestos de
Jefatura. Asimismo definir la Departamentalizacin de la estructura organizativa y
Niveles jerrquicos.
Todos los puestos de jefatura que coordinan departamentos, tienen en comn una serie
de deberes y responsabilidades inherentes al proceso de administrar el trabajo de un
grupo de personas subordinadas, por esta razn se enuncian a continuacin las
siguientes: Deberes y Responsabilidades de Organizacin
XIII. DESCRIPCION DE LOS PUESTOS
13.1 Funciones comunes a los puestos de jefatura
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Manual de Puestos y Estructura Salarial de la Municipalidad de El Porvenir s 2014
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1) Desarrollar e implementar, con la participacin de sus subordinados, un eficiente desarrollo organizacional para su rea, en consonancia con la estructura global de organizacin de la Municipalidad.
2) Definir los deberes, responsabilidades y autoridades de sus subordinados y dirigir su implementacin, asegurando que entienden claramente sus deberes, la forma de desempearlos y las responsabilidades que corresponde asumir.
3) A este respecto debe procurarla mxima delegacin de responsabilidades y autoridades a sus subordinados, dentro de los lmites de sus capacidades y otras consideraciones por las que debe reservarse para s mismo.
4) Desarrollar e implementar con la participacin de sus subordinados, mtodos, sistemas y procedimientos que aseguren el elevado nivel efectividad y eficiencia en el cumplimiento de las funciones asignadas en el rea.
Aqu se identifica lo siguiente:
1) Procurar una amplia comunicacin y participacin de sus subordinados en todos los asuntos que le conciernen o puedan ser de su inters.
2) Apoyar el desarrollo del recurso humano a travs de su constante evaluacin, orientacin y entrenamiento, a fin de mejorarlo en el desempeo de su trabajo y crearle posibilidades de progreso.
3) Establecer y mantener adecuada coordinacin del trabajo y crearle posibilidades de progreso.
4) Establecer y mantener adecuada coordinacin del trabajo de sus subordinados, fomentando la confianza, buenas relaciones interpersonales y espritu entre su rea de trabajo y las dems reas de la Municipalidad, asegurando as el progreso de la misma.
Los principales deberes y responsabilidad de supervisin y control son:
1) Establecer metas, estndares y otras bases para evaluar el progreso de su departamento y cada uno de sus miembros, en el cumplimiento de los objetivos y programas establecidos.
2) Evaluar de manera constante la efectividad y eficiencia global de su departamento.
3) Ejercer un control permanente sobre el desempeo individual de sus subordinados para:
a) Determinar su grado de eficiencia en el cumplimiento de sus deberes.
13.2 Deberes y Responsabilidades de Motivacin y Coordinacin
13.3 Deberes y Responsabilidades de Supervisin y Control
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b) Corregir oportunamente las faltas que se observen y las desviaciones de los sistemas y procedimientos establecidos.
c) Controlar con buenos elementos de juicio para fines de calificacin y mritos.
d) Mantener entres sus subordinados un alto nivel de disciplina y un ambientes de trabajo que propicie la productividad.
Efectuar aquellas responsabilidades que, no estando enunciada en su descripcin de
puesto, sean de competencia y le sean encomendadas por su superior inmediato, tales
como garantizar un eficiente servicio a los contribuyentes u otros.
Este manual presenta una reagrupacin de funciones conforme a su naturaleza para
mejorar el control y definir una estructura organizativa funcional y flexible que puede ser
modificada conforme cambie la situacin financiera y los intereses de la Municipalidad.
13.4 Otros Deberes y Responsabilidades
XIV. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
NOMBRE DEL PUESTO: CORPORACIN MUNICIPAL
UNIDAD CORPORACIN MUNICIPAL
GRUPO OCUPACIONAL DIRECCIN SUPERIOR
OBJETIVO DEL PUESTO
Garantizar tanto la correcta planificacin, organizacin y fiscalizacin poltica de la corporacin municipal, como el cumplimiento del programa de gobierno inscrito por el Alcalde para el desarrollo del municipio.
Garantizar la gobernabilidad y desarrollo local en el Municipio de El Porvenir , Departamento de Francisco Morazn, con el fin de asegurar su continuidad, su eficiencia, su adaptacin a todo cambio en el rgimen legal, o en la necesidad social que satisfacen y la igualdad en el trato a los destinatarios, usuarios o beneficiarios.
Actuar como rgano deliberativo de la Municipalidad por ser la mxima instancia jerrquica superior dentro del trmino municipal y segn lo dispuesto en el (Artculo 25 L.M.). El gobierno local est compuesto por un cuerpo deliberativo denominado Corporacin Municipal, integrado por los regidores y Alcalde, todos de eleccin popular.
SUPERIOR INMEDIATO: AUTONOMA MUNICIPAL
FUNCIONES SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES 1. Normativos locales de conformidad con esta Ley; 2. Crear, suprimir, modificar y trasladar unidades administrativas. Asimismo, podr crear y suprimir
empresas, fundaciones o asociaciones, de conformidad con la Ley, en forma mixta, para la prestacin de los servicios municipales;
3. Aprobar el presupuesto anual a ms tardar el treinta (30) de noviembre del ao anterior, as como sus modificaciones. Efectuar el desglose de las partidas globales y aprobar previamente
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los gastos que se efecten con cargo a las mismas; 4. Emitir los reglamentos y manuales para el buen funcionamiento de la Municipalidad; 5. Nombrar los funcionarios sealados en esta Ley; 6. Dictar todas las medidas de ordenamiento urbano; 7. Aprobar anualmente el Plan de Arbitrios, de conformidad con la Ley; 8. Conferir, de conformidad con la Ley, los poderes que se requieran; 9. Celebrar asambleas de carcter consultivo en cabildo abierto con representantes de
organizaciones locales, legalmente constituidas, como ser: comunales, sociales, gremiales, sindicales, ecolgicas y otras que por su naturaleza lo ameritan
10. Convocar a plebiscito a todos los ciudadanos vecinos del trmino municipal, para tomar decisiones sobre asuntos de suma importancia, a juicio de la Corporacin. El resultado del plebiscito ser de obligatorio cumplimiento y deber ser publicado;
11. Recibir, aprobar o improbar todo tipo de solicitudes, informes, estudios y dems que de acuerdo con la Ley deben ser sometidos a su consideracin y resolver los recursos de reposicin;
12. Crear premios y reglamentar su otorgamiento; 13. Aprobar la contratacin de emprstitos y recibir donaciones, de acuerdo con la Ley; 14. Conocer en alzada de las resoluciones de las dependencias inmediatas inferiores; 15. Declarar el estado de emergencia o calamidad pblica en su jurisdiccin, cuando fuere
necesario y ordenar las medidas de convenientes; 16. Designar los Consejeros Municipales; 17. Planear el desarrollo urbano determinando, entre otros, sectores residenciales, cvicos,
histricos, comerciales, industriales y de recreacin, as como zonas oxigenantes, contemplando la necesaria arborizacin ornamental;
18. Disponer lo conveniente sobre trazado, apertura, ensanche y arreglo de las calles de las poblaciones y caseros; y conceder permiso para ocuparlas con canalizacin subterrnea y postes para alambres y cables elctricos, rieles para ferrocarriles, torres y otros aparatos para cables areos y en general, con accesorios de empresas de inters municipal;
19. Sancionar las infracciones a los acuerdos que reglamenten el urbanismo y planeamiento de las ciudades, con la suspensin de las obras, demolicin de lo construido y sanciones pecuniarias; y, Ejercitar de acuerdo con su autonoma toda accin dentro de la Ley.
20. Para atender estas facultades, la Corporacin Municipal nombrar las comisiones de trabajo que sean necesarias, las cuales sern presididas por el Regidor nombrado al efecto.
INTEGRACIN Alcalde, Vice- alcalde y Regidores segn Artculo 26. L.M.
REQUISITOS DEL PUESTO
- Ser hondureo nacido en el municipio o estar domiciliado en el mismo por ms de cinco aos consecutivos;
- Ser mayor de dieciocho aos y estar en el goce de sus derechos polticos
- Saber leer y escribir. (Artculo 27 L.M.)
FUNCIONES Y/O ACTIVIDADES BSICAS 1) Crear, reformar y derogar los instrumentos 2) Asistir puntualmente y permanecer a las sesiones de la Corporacin y de Cabildo Abierto. 3) Cumplir a cabalidad todas sus funciones con diligencias. 4) Ejercer su voto en los asuntos que requiere la Corporacin. En ningn caso podrn abstenerse
de votar; salvo que tuviesen inters personal; 5) Cumplir las comisiones que le sean asignadas; 6) Justificar las solicitudes de licencia para no asistir a sesiones; 7) Responder solidariamente por los actos de la Corporacin Municipal, a menos que salven su
voto; y
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8) Mantener un contacto directo con la comunidad para conocer sus necesidades. 9) Dar cumplimiento a la Ley de Municipalidades, su Reglamento, acuerdos, ordenanzas y
dems disposiciones. 10) Velar por la conservacin del patrimonio municipal y el buen uso de sus recursos humanos y
econmicos, denunciando, en el seno de la corporacin cualquier anormalidad contraria a lo dispuesto;
11) Cumplir con los procedimientos parlamentarios establecidos durante las sesiones y reuniones llevadas a cabo a nivel de Corporacin Municipal
12) Formular mociones y/o proposiciones; 13) Pedir revisin de los Acuerdos Municipales; 14) Solicitar informacin al Alcalde sobre el manejo y avance de las obras por contrato o
administracin; 15) Llamar al orden al Alcalde cuando en el desempeo de sus funciones violente las disposiciones. 16) Las dems que la Ley seale.
FACULTADES SEGN LA LEY DE CARRERA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL Artculo 5.- Corresponde a la Corporacin Municipal, las facultades siguientes: 1) Crear, modificar y suprimir los puestos de la carrera administrativa municipal; 2) Aprobar el Manual de Clasificacin de Puestos y la Estructura de Salarios de
conformidad con las directrices generales elaboradas por la Secretara Tcnica de la Carrera Administrativa Municipal;
3) Fijar las retribuciones de los empleados municipales dentro de los rangos propuestos por la Secretara Tcnica de la Carrera Administrativa Municipal y de la categorizacin municipal;
4) Aprobar el Plan Anual de Gestin de Recursos Humanos 5) Aprobar la cantidad de puestos de confianza propuestos por el Alcalde, con sus
caractersticas y retribuciones correspondientes. 6) Aprobar reglamentos especiales y manuales para el desarrollo de la presente ley; 7) Conocer en apelacin los reclamos contra las sanciones impuestas por el Alcalde. 8) Las dems que resulten atribuidas en el texto de la presente ley o por otras normas legales
complementarias. 9) Otras Facultades de la Corporacin Municipal 10) La promocin de programas de salud y saneamiento ambiental en coordinacin con la
Secretara de Salud Pblica y otras instituciones con fines similares. 11) La Promocin de la educacin, la cultura y recreacin en coordinacin con instituciones
responsables de estas actividades. 12) Promover y contribuir al asentamiento de actividades econmicas en el trmino municipal que
contribuyan a mejorar los niveles de vida de la comunidad. 13) Promover y asegurar la participacin de la comunidad, en la solucin de los problemas del
municipio. 14) Definir la poltica tarifaria para el cobro de la renta de los bienes municipales, tasas por servicios,
contribucin por mejoras e impuestos de bienes inmuebles. 15) Elaborar, aprobar e implantar los reglamentos que normen la administracin, operacin y el
mantenimiento de mercados, terminales de transporte, rastros, cementerios, agua potable, alcantarillado sanitario y dems servicios pblicos municipales.
16) Verificar los servicios de polica e inspectora municipal para que se cumplan los acuerdos, ordenanzas y dems disposiciones municipales y en caso necesario solicitar el auxilio de la autoridad competente.
17) Aprobar el Manual de Organizacin y Funciones y otros que se elaboren 18) Coordinar con la Comisin de Transparencia y Comisionado Municipal en el desarrollo del Plan
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de Inversin anual, implementacin de polticas y otras asignaciones. 19) Definir, aprobar y velar porque se cumplan los planes de desarrollo municipal (urbano rural)
con definicin de objetivos estratgicos, metas e instrumentos para su ejecucin, revisin y actualizacin permanente.
20) Definir, aprobar y velar porque se cumplan los planes de desarrollo municipal (urbano rural) con definicin de objetivos estratgicos, metas e instrumentos para su ejecucin, revisin y actualizacin permanente
OTROS ASPECTOS No podrn optar a cargos para miembros de la Corporacin Municipal: (Art. 31 L.M.) 1) Los deudores morosos con el Estado o con cualquier Municipalidad; 2) Quienes ocupen cargos en la administracin pblica por Acuerdo o por Contrato del Poder
Ejecutivo y los militares en servicio. Se exceptan los cargos de docencia del rea de salud pblica y asistencia social, cuando no haya incompatibilidad para el ejercicio simultneo de ambas funciones;
3) Quienes habiendo sido electos en otros perodos, no hubiesen asistido a las sesiones de la Corporacin Municipal en ms de 60% en forma injustificada;
4) Quienes fueren contratistas o concesionarios de la Municipalidad; 5) Los ministros de cualquier culto religioso; y, 6) Concesionarios del Estado, sus apoderados o representantes para la explotacin de riquezas
naturales o contratistas de servicios y obras pblicas que se costeen con fondos del municipio y quienes por tales conceptos tengan cuentas pendientes con este.
EXPERIENCIA PREVIA Ninguna HABILIDADES Ninguna RELACIONES INTERNAS
Alcalde, Vice-Alcalde, Regidores, Secretario Municipal, Auditor Municipal, Tesorero Municipal, Administrador Municipal, Jefes de Departamento y Pblico en general
RELACIONES EXTERNAS
Con el Gobernador Departamental, Comunidad en general, Representantes de patronatos, Organismos del Estado, Organismos de cooperacin externa, Representantes de la Banca y Comercio del Municipio
SUPERVISIN EJERCIDA Miembros de la Corporacin, Administrador Municipal, Jefes de departamentos y Unidades.
SUPERVISIN RECIBIDA La Ley de Municipalidades en su Artculo 12, le confiere autonoma a las Municipalidades.
RESPONSABILIDAD
Por equipo y materiales de oficina, informacin confidencial y valores, por supervisin de colaboradores y por faltas
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NOMBRE DEL PUESTO: REGIDOR / A
UNIDAD CORPORACIN MUNICIPAL
GRUPO OCUPACIONAL DIRECCIN SUPERIOR
OBJETIVO DEL PUESTO
Emitir su voto en los asuntos que se sometan a decisin de la Corporacin sin abstenerse de votar, salvo que tuviese inters personal;
SUPERIOR INMEDIATO CORPORACIN MUNICIPAL
PERSONAL BAJO SU MANDO Ninguna
FUNCIONES Y/O ACTIVIDADES BSICAS 1) Cumplir las comisiones que le sean asignadas. 2) Velar porque la Ley de Municipalidades, su Reglamento, acuerdos, ordenanzas y dems
disposiciones se cumplan. 3) Responder solidariamente por los actos de la Corporacin Municipal, a menos que salven su
voto; 4) Realizar estudios, tratar asuntos, hacer planteamientos, investigaciones y participar en la
elaboracin de Reglamentos a fin de que la Corporacin pueda adoptar resoluciones oportunas en aplicacin de sus facultades y,
5) Dems que le asigne la Constitucin de la Repblica y la Ley de Municipalidades
OTROS ASPECTOS 1) Los cargos de docencia del rea de salud pblica y asistencia social, cuando no haya
incompatibilidad para el ejercicio simultneo de ambas funciones; 2) Quienes habiendo sido electos en otros perodos, no hubiesen asistido a las sesiones No
podrn optar a cargos para miembros de la Corporacin Municipal: (Artculo 31 L.M.) 3) Los deudores morosos con el Estado o con cualquier Municipalidad; 4) Quienes ocupen cargos en la administracin pblica por Acuerdo o por Contrato del Poder
Ejecutivo y los militares en servicio. Se exceptan de la Corporacin Municipal en ms de sesenta por ciento (60%) en forma injustificada;
5) Quienes fueren contratistas o concesionarios de la Municipalidad; 6) Los ministros de cualquier culto religioso; y, 7) Los concesionarios del Estado, sus apoderados o representantes para la explotacin de
riquezas naturales o contratistas de servicios y obras pblicas que se costeen con fondos del municipio y quienes por tales conceptos tengan cuentas pendientes con este
INTEGRACIN Un nmero de regidores segn Artculo 26 L.M
FUNCIONES SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES
No tiene
FACULTADES SEGN LA LEY DE CARRERA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL 1) No tiene (La Corporacin en su conjunto, si: Artculo de la Ley de la CAM. Art. 5: 2) Crear, modificar y suprimir los puestos de la Carrera Administrativa Municipal; 3) Aprobar el Manual de Clasificacin de Puestos y la Estructura de Salarios de conformidad
con las directrices generales elaboradas por la Secretara Tcnica de la Carrera Administrativa Municipal;
4) Fijar las retribuciones de los empleados municipales dentro de los rangos propuestos por la Secretara Tcnica de la Carrera Administrativa Municipal y de la categorizacin Municipal;
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NOMBRE DEL PUESTO ALCALDE / SA MUNICIPAL
OBJETIVO DEL PUESTO Ser mxima autoridad ejecutiva dentro del trmino municipal, y sancionar los acuerdos, ordenanzas y resoluciones emitidas por la Corporacin Municipal, convirtindolas en normas de obligatorio cumplimiento para los habitantes y dems autoridades. (Artculo 44 L.M y 39 del Reglamento)
UNIDAD ALCALDE MUNICIPAL
GRUPO OCUPACIONAL EL ALCALDE MUNICIPAL, DEPENDER JERRQUICAMENTE DE LA CORPORACIN MUNICIPAL.
SUPERIOR INMEDIATO Corporacin Municipal
FUNCIONES SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES 1. Conocer los problemas socio econmico del municipio. 2. Concebir un Plan Estratgico de la Municipalidad que incluya los siguientes elementos: - Una clara definicin de las polticas del gobierno local en todas las reas del quehacer municipal. - Objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo. - Priorizacin de objetivos estratgicos que pudieran ser entre otros: 3. Hacer efectiva por va administrativa y judicial el cobro de impuestos, tasas, servicios,
contribuciones, multas, y recargos establecidos por la Ley y Plan de arbitrios aprobados por la Corporacin Municipal.
4. Otorgar poderes especiales para pleitos a profesionales del derecho, para que demanden o defiendan a la Municipalidad en juicios civiles, criminales, administrativos, contenciosos administrativos, laborales y otros.
5. La administracin general y representacin legal de la Municipalidad corresponden al Alcalde
5) Aprobar el Plan Anual de Gestin de Recursos Humanos 6) Aprobar los puestos de confianza propuestos por el Alcalde, con sus caractersticas y
retribuciones correspondientes. 7) Aprobar reglamentos especiales y manuales para el desarrollo de la presente ley; 8) Conocer en apelacin los reclamos contra las sanciones impuestas por el Alcalde
Municipal y; 9) Las dems que resulten atribuidas en el texto de la presente ley o por otras normas legales
complementarias.
EXPERIENCIA PREVIA Ninguna
HABILIDADES Ninguna
RELACIONES INTERNAS
Alcalde Municipal Vice- Alcalde Municipal Corporacin Municipal.
RELACIONES EXTERNAS
Alcalde Municipal Vice- Alcalde Municipal Corporacin Municipal
SUPERVISIN EJERCIDA Ninguna
SUPERVISIN RECIBIDA Corporacin Municipal
RESPONSABILIDAD
Por equipo y materiales de oficina Por informacin confidencial y valores Por supervisin de colaboradores Por faltas
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Municipal. 6. Presidir todas las sesiones, asambleas, reuniones y dems actos que realizase la Corporacin. 7. Sancionar los acuerdos, ordenanzas y resoluciones emitidos por la Corporacin Municipal,
convirtindolas en normas de obligatorio cumplimiento para los habitantes y dems autoridades. En consecuencia, toda otra autoridad, civil o de polica, acatar, colaborar y asistir en el cumplimiento de dichas disposiciones.
8. Presentar a la Corporacin Municipal un informe trimestral sobre su gestin y uno semestral al Gobierno Central por conducto de la Secretara de Estado en los Despachos de Gobernacin y Justicia
9. Someter a la consideracin y aprobacin de la Corporacin Municipal, los asuntos siguientes: - Presupuesto por programas del Plan Operativo Anual; - Plan de arbitrios; - Ordenanzas municipales; - Reconocimientos que se otorguen a personas e instituciones por relevantes servicios prestados
a la comunidad; - Manual de Clasificacin de Puestos y Salarios; - Reglamentos especiales; y, - Los dems que de conformidad con esta Ley sean de competencia de la Corporacin
OTROS ASEPCTOS - El Alcalde no podr ausentarse de sus labores por ms de diez (10) das, sin autorizacin de la
Corporacin Municipal, so pena de incurrir en responsabilidad. - En ausencia o incapacidad del Alcalde lo sustituir el Vice Alcalde. Cuando vacare
definitivamente el Alcalde y el Vice Alcalde, ambos sern sustituidos conforme al procedimiento establecido por la Ley. Si la ausencia fuese temporal, el cargo ser llenado por el regidor que designe l.
EXPERIENCIA PREVIA Ninguna HABILIDADES Ninguna RELACIONES INTERNAS
Corporacin Municipal Vice- alcalde Regidores Secretario Municipal Auditor Municipal Tesorero Municipal Asesor Legal Administrador Municipal Jefes de Departamentos y
Unidades
Pblico en general.
RELACIONES EXTERNAS
Alcalde Municipal Vice- Alcalde Municipal Corporacin Municipal.
SUPERVISIN EJERCIDA Ninguna
SUPERVISIN RECIBIDA Ninguna
RESPONSABILIDAD
Por equipo y materiales de oficina Por informacin confidencial Por supervisin de colaboradores Por faltas Por valores
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NOMBRE DEL PUESTO VICE ALCALDE MUNICIPAL
UNIDAD ALCALDE MUNICIPAL
GRUPO OCUPACIONAL DIRECCIN SUPERIOR/ APOYO
OBJETIVO DEL PUESTO Sustituir al Alcalde Municipal en ausencia de ste
SUPERIOR INMEDIATO ALCALDE MUNICIPAL / CORPORACIN MUNICIPAL
FUNCIONES SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES 1. En ausencia o incapacidad del Alcalde lo sustituir Artculo 45 Inciso 2 y cumplir las funciones
que le delegue el Alcalde Municipal 45 inciso 4 Funciones inherentes al Alcalde Municipal
REQUISITOS DEL PUESTO
- Ser hondureo nacido en el municipio o estar domiciliado en el mismo por ms de cinco aos consecutivos;
- Ser mayor de dieciocho aos y estar en el goce de sus derechos polticos, y;
- Saber leer y escribir
FUNCIONES Y(O ACTIVIDADES BSICAS 1. Funciones inherentes al Alcalde Municipal
FACULTADES SEGN LA LEY DE CARRERA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL
- En ausencia o incapacidad del Alcalde lo sustituir Artculo 45 Inc. 2
- Cumplir las funciones que le delegue el Alcalde Municipal 45 INC 4
RELACIONES INTERNAS
Corporacin Municipal Alcalde Municipal Alcaldes auxiliares Regidores Secretario Municipal Auditor Municipal Tesorero Municipal Asesor Legal Administrador Municipal Jefes de Departamentos y
Unidades
Pblico en general.
RELACIONES EXTERNAS
Con el Gobernador Departamental Comunidad en general Organismos del Estado Gobierno central Organismos Internacionales Instituciones Educativas
SUPERVISIN EJERCIDA Secretario Municipal, Auditor Municipal, Tesorero Municipal, Asesor Legal, Administrador Municipal y Jefes de Departamentos y Unidades
SUPERVISION RECIBIDA Corporacin Municipal RESPONSABILIDAD
Por equipo y materiales de oficina Por informacin confidencial valores Por supervisin de colaboradores Por faltas
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NOMBRE DEL PUESTO Secretario/a Municipal
UNIDAD Corporacin Municipal
GRUPO OCUPACIONAL Apoyo
OBJETIVO DEL PUESTO Velar por la reproduccin, seguimiento y custodia de toda la documentacin producida y acordada por la Corporacin Municipal, sus Comisiones y al Alcalde Municipal
SUPERIOR INMEDIATO Corporacin Municipal
PERSONAL BAJO SU MANDO Asistente Secretaria
FUNCIONES SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES 1) Analizar antecedentes y emitir certificaciones de dominio pleno. 2) Velar porque se cumplan los requisitos de ley y se conformen los expedientes
respectivos previa celebracin de actos matrimoniales. 3) Organizar y coordinar las actividades relacionadas con el levantamiento de actas en
sesiones de comparacin, cabildos abiertos y otros as como su lectura y traslado para notificacin y firma de los asistentes.
4) Informar mensualmente al Registro Nacional de las Personas de los actos matrimoniales realizados en el periodo.
5) Agilizar y dar seguimiento a los expedientes en litigio por tierras, remitidas a la asesora legal para su anlisis y dictamen.
6) Colaborar con las comisiones nombradas por la Corporacin Municipal proporcionndoles informacin y datos a fin de facilitarles la labor encomendada.
7) Coordinar las actividades de entrega oportuna de certificados de dominio pleno a fin de que sean debidamente inscritos en el registro de la propiedad.
8) Dems que le asigne la Corporacin Municipal 9) Manejar adecuadamente la correspondencia del departamento de secretaria y de la oficina del
seor Alcalde Municipal. 10) Llevar un control y manejo eficiente del archivo los documentos de Secretaria Municipal y del
seor Alcalde Municipal. 11) Atender la planta telefnica llevando un registro y control de llamadas telefnicas efectuadas. 12) Elaborar o transcribir toda la comunicacin interna y externa como circulares, memorndums,
cartas, notas y otras relacionadas. 13) Coordinar con instituciones la realizacin de convocatorias para talleres o reuniones de trabajo. 14) Enviar a la Secretaria del Interior y Poblacin en las fechas estipuladas en la Ley de
Municipalidades, documentos tales como: Plan de Arbitrios, Presupuesto de ingresos /egresos, Liquidacin Presupuestara, informes de gestin, etc.
15) Elaboracin de Ordenes de compras segn formato aprobado por la Corporacin Municipal. 16) Elaboracin de expedientes de los diferentes matrimonios celebrados en el municipio y
remitirlos al Registro Nacional de las Personas. 17) Llevar un registro de las personas que visitan la municipalidad, segn libro de visitas 18) Atender a las personas que visitan el departamento y la municipalidad 19) Otras inherentes que el jefe inmediato le asigne
DEBERES DEL CARGO SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES
1) Concurrir a las sesiones de la Corporacin Municipal y levantar las actas correspondientes; 2) Certificar los acuerdos, ordenanzas y resoluciones de la Corporacin Municipal; 3) Comunicar a los miembros de la Corporacin Municipal las convocatorias a sesiones incluyendo
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el orden del da; 4) Archivar, conservar, custodiar los libros de actas, expedientes y dems documentos; 5) Remitir anualmente copia de actas a la Gobernacin Departamental y al Archivo Nacional; 6) Transcribir y notificar a quienes correspondan los acuerdos, ordenanzas y resoluciones de la
Corporacin Municipal; 7) Auxiliar a las comisiones nombradas por la Corporacin Municipal; 8) Coordinar la publicacin de la Gaceta Municipal, cuando haya recursos econmicos suficientes
para su edicin; 9) Autorizar con su firma los actos y resoluciones del Alcalde y de la Corporacin Municipal y, las
dems atinentes al cargo de Secretario.
EXPERIENCIA PREVIA Tres aos en puestos similares HABILIDADES Con capacidad analtica, de comunicacin,
Facilidad de Relaciones interpersonales y Liderazgo Con Enfoque proactivo, Disciplina, Dinmico e integridad
RELACIONES INTERNAS
Corporacin Municipal Alcalde Municipal Unidades de la
municipalidad.
RELACIONES EXTERNAS
Pblico en General Registro Nacional de las personas
SUPERVISIN EJERCIDA Ninguna
SUPERVISIN RECIBIDA
Corporacin Municipal Alcalde Municipal
REQUISITOS DEL PUESTO Ser mayor de 18 aos Ttulo de educacin media o Tcnico en Computacin, Ser hondureo, ciudadano en el pleno goce de sus
derechos civiles y polticos,
Redaccin y Ortografa, Buenas relaciones humanas, Habilidad para trabajar en equipo, Habilidad para comunicarse en forma oral y escrita
RESPONSABILIDAD
Por equipo y materiales de oficina Por informacin confidencial Por supervisin de colaboradores Por faltas Por valores
NOMBRE DEL PUESTO AUDITOR /A INTERNA MUNICIPAL
UNIDAD CORPORACIN MUNICIPAL
GRUPO OCUPACIONAL DIRECCIN SUPERIOR
OBJETIVO DEL PUESTO Fiscalizar las operaciones financieras y administrativas de la Municipalidad a travs de acciones orientadas a contribuir y verificar el empleo racional del potencial humano, de los recursos materiales y financieros y su adecuacin al cumplimiento de los objetivos, polticos y planes institucionales de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control, emitiendo criterio sobre la suficiencia y efectividad del sistema de control interno, as como garantizar la apropiada
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fiscalizacin del accionar de la institucin
SUPERIOR INMEDIATO Corporacin Municipal
PERSONAL BAJO SU MANDO Ninguno
FUNCIONES SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES 1) Emisin del Plan Operativo Anual de la Unidad
2) Elaborar el Plan Anual de Trabajo de la Auditoria y sus modificaciones, acorde con los lineamientos emitidos por el Tribunal Superior de Cuentas.
3)
DEBERES DEL CARGO SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES
1) Es el encargado del control, prevencin y fiscalizacin de la administracin municipal. Se basa en el Artculo No.52 de la Ley de Municipalidades y sus funciones en el Artculo No.44 del Reglamento de la Ley., de acuerdo al Art. 50 del Tribunal Superior de Cuentas (decreto 10- 2002-E).
2) Tiene la obligacin de informar a la Corporacin Municipal, si como resultado de sus funciones, descubriere hechos que puedan generar responsabilidades administrativas para que se dicten las medidas correctivas que corresponda, dndole seguimiento a las decisiones adoptadas: En caso de no aplicar las medidas necesarias el auditor, deber de comunicarlo al TSC en un plazo mximo de quince (15) das.
FUNCIONES Y/O ACTIVIDADES BASICA 1) Elaborar el Plan Anual de Trabajo de la Auditoria y sus modificaciones, acorde con los
lineamientos emitidos por el Tribunal Superior de Cuentas. 2) Elaborar un Informe Anual de la ejecucin del Plan de Trabajo y del estado de las
recomendaciones de la Auditoria y de las disposiciones del Tribunal Superior de Cuentas. 3) Establecer un Programa de Aseguramiento de la Calidad para la Auditora Interna. 4) Velar porque los funcionarios de la Auditoria, cumplan en el ejercicio de sus competencias, con
la normativa jurdica y tcnica pertinente, as como con las polticas, procedimientos, prcticas y dems disposiciones administrativas de la Municipalidad y de la propia Auditora Interna, que le sean aplicables.
5) Asesorar debidamente a la Corporacin Municipal, en concordancia y apego a su dependencia orgnica con ste.
6) Evaluar la suficiencia y efectividad del sistema de control interno institucional. 7) Fiscalizar el cumplimiento eficiente y eficaz de las metas y objetivos de la organizacin. 8) Cumplir con los requisitos establecidos en el Manual de Puestos y Estructura salarial de la
Municipalidad, as como tambin con los lineamientos dictados por el TSC. 9) Realizar las funciones definidas segn su nivel de competencias en el Manual de Organizacin y
Funcionamiento de la Auditora Interna de la Municipalidad y a la normativa legal y tcnica que le resulte aplicable.
10) Analizar y dictaminar de forma previa el Manual de Procedimientos Financiero-Contable de la institucin.
11) Ejercer atribuciones con independencia funcional y de criterio, respecto de la Corporacin y del Alcalde, de los dems funcionarios de la admn. y de terceros.
12) Revisar y dictaminar sobre los estados financieros, Rendiciones de cuentas y Ejecucin presupuestaria y proyectos desarrollados o en ejecucin.
13) Realizar cualquier otra labor que sea atinente segn su nivel de competencias, con las funciones y deberes establecidos en el Reglamento de Organizacin y Funcionamiento de la Auditora
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Interna.
EXPERIENCIA PREVIA Tres aos de experiencia en puestos similares HABILIDADES tica y Solvencia moral,
Buenas relaciones interpersonales, Capacidad de sntesis y anlisis, y para toma de decisiones Rapidez sobre el clculo y creatividad Manejo de paquetes computacionales y de registros
Contables
RELACIONES INTERNA
Corporacin Municipal Alcalde Municipal, Tesorera
Municipal, Secretaria Municipal, Direccin Municipal de Justicia otros deptos.
RELACIONES EXTERNA
Tribunal Superior de Cuentas. Comisin de Transparencia. Ministerio de Gobernacin y Justicia. Instituciones Bancarias. Contratistas, empresas, ciudadana Otras necesarias.
SUPERVISIN EJERCIDA Ninguna
SUPERVISIN RECIBIDA
Corporacin Municipal y Tribunal Superior de Cuentas REQUISITOS DEL PUESTO Formacin bsica: Nivel acadmico Licenciado en
Contadura Pblica o Contador Pblico/a Certificado/a
Conocimientos especficos:, de paquetes computacionales; contabilidad Gubernamental; leyes Municipales y relacionadas con la gestin pblica municipal
Ser nombrado de una terna propuesta por la Contralora General de la Repblica (Artculo 31 B Ley de Municipalidades)
Ser mayor de 18 aos RESPONSABILIDAD Por equipo y materiales de oficina, por informacin
confidencial y valores, por supervisin de colaboradores y por faltas
NOMBRE DEL PUESTO JEFE DE RECURSO HUMANO MUNICIPAL
UNIDAD Administrativa
GRUPO OCUPACIONAL Apoyo
OBJETIVO DEL PUESTO Administrar el Recurso Humano de la Municipalidad a fin de mejorar su capacidad en el desarrollo de sus funciones bajo un ambiente agradable.
SUPERIOR INMEDIATO CORPORACION MUNICIPAL PERSONAL BAJO SU MANDO Todo el Personal permanente y eventual
FUNCIONES SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES Es responsable de la administracin del recurso humano, en cuanto a direccin, coordinacin, control y supervisin de los empleados de la Municipalidad. Tiene su fundamento legal en el Art. 25, Numeral 2 y Art. 63 de la Ley de Municipalidades
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DEBERES DEL CARGO 1. Elaborar y tramitar las acciones correspondientes para legalizar los actos administrativos de
los diferentes movimientos de personal que se realicen como ser nombramientos, contrataciones, cancelaciones, despidos, traslados, ascensos, etc., previa autorizacin del Alcalde Municipal.
2. Promover y coordinar programas de capacitacin y adiestramiento de acuerdo a los requisitos municipales y la calidad del recurso humano existente.
3. Promover y mantener el ms alto nivel motivacional en los empleados para el logro de los objetivos de la Municipalidad.
4. Proveer informacin, ideas y sugerencias a las distintas dependencias municipales, para la toma de decisiones relacionadas con la administracin de los recursos humanos.
5. Mantener informado al Alcalde Municipal sobre requisitos legales que afecten las prcticas vigentes de la administracin de personal.
6. Implantar, coordinar, y administrar polticas y procedimientos en el rea de recursos humanos.
7. Mantener actualizado el Manual de Organizacin y Funciones, Clasificacin de Puestos y Salarios y otros relacionados con la administracin de los recursos humanos.
8. Identificar, analizar y proponer, programas efectivos que contribuyan al mejor desempeo del personal.
9. Promover actividades y programas sociales y deportivos para el personal. 10. Administrar el programa de calificacin de mritos. 11. Implantar y hacer cumplir el Reglamento de Personal y otros aprobados por la Corporacin
Municipal. 12. Velar por el cumplimiento de compromisos institucionales relacionados con la administracin
del personal. 13. Llevar el control de asistencia, licencias, permisos y vacaciones del personal. 14. Apoyar al Departamento de Contabilidad y Presupuesto en la elaboracin de las planillas
para el pago de sueldos y salarios del personal permanente y por contrato. 15. Disear y poner en prctica formatos relacionados con la administracin de personal. 16. Aplicar las medidas disciplinarias correspondientes. 17. Efectuar en colaboracin con el Jefe de Departamento respectivo, evaluaciones peridicas
del personal. 18. Organizar un expediente por empleado, el cual contenga la documentacin relativa a su
nombramiento, curriculum vitae, traslados, ascensos, premiaciones, amonestaciones, sanciones disciplinarias, control de vacaciones, cursos y seminarios promovidos por la Municipalidad, hasta su cesanta o despido.
19. Presentar informacin sobre la gestin del departamento bajo su cargo, cada trimestre para ser incluido en el informe sobre la gestin municipal que el Alcalde Municipal est obligado por Ley a rendir ante los regidores y a la Secretara del Interior y Poblacin.
20. Participar en la preparacin del presupuesto anual en el rea de su competencia. 21. Otras inherentes que el jefe inmediato le asigne .
EXPERIENCIA PREVIA De 3 a 5 aos de experiencia en labores relacionadas con la administracin de Recursos Humanos.
HABILIDADES Enfoque proactivo, Disciplina, Autocontrol
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tica, Solvencia moral y Capacidad de anlisis de problemas
RELACIONES INTERNAS
Corporacin Municipal Alcalde y auditor Municipal Los deptos de la Municipalidad
RELACIONES EXTERNAS
Tribunal Superior de Cuentas Servicio Civil Municipal
SUPERVISIN EJERCIDA
A todo el personal SUPERVISIN RECIBIDA
Alcalde Municipal Corporacin Municipal.
REQUISITOS DEL PUESTO Ser hondureo, ciudadano en el pleno goce de sus derechos civiles y polticos, saber leer y escribir
preferiblemente ser un profesional de la Administracion de Empresas, Perito Mercantil.
Conocimientos sobre el uso y manejo de paquetes bsicos de computacin.
RESPONSABILIDAD
Por equipo y materiales de oficina Por informacin confidencial y valores Por supervisin de colaboradores Por faltas
NOMBRE DEL PUESTO TESORERO/A MUNICIPAL
UNIDAD Tesorera Municipal
GRUPO OCUPACIONAL Apoyo
OBJETIVO DEL PUESTO
Realizar el recaudo y custodia de los fondos, garantas y valores municipales; as como tambin de la ejecucin de los diversos pagos que efecta la Municipalidad.
Ejercer control, custodia y registro de los fondos municipales que se recauden y de las erogaciones efectuadas, haciendo cumplir los requerimientos del presupuesto y de las disposiciones legales de la Ley de Municipalidades del Tribunal Superior de Cuentas. Se rige por los Artculos 56, 57 y 58 de la Ley de Municipalidades Recaudar, custodiar y administrar los fondos de la Corporacin Municipal.
SUPERIOR INMEDIATO CORPORACION MUNICIPAL PERSONAL BAJO SU MANDO Auxiliar, Encargado de Cuentas corrientes
Encargado de recuperacin de mora Colector
FUNCIONES SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES 1) Preparacin del Plan Operativo Anual de la unidad 2) Efectuar los pagos contemplados en el Presupuesto y que llenen los requisitos legales
correspondientes; 3) Registrar las cuentas municipales en libros autorizados al efecto; 4) Depositar diariamente en un Banco local preferentemente del Estado, las recaudaciones que
reciba la Corporacin Municipal. De no existir Banco local, las Municipalidades establecern las medidas adecuadas para la custodia y manejo de los fondos;
5) Informar mensualmente a la Corporacin del Movimiento de Ingresos y Egresos; 6) Informar en cualquier tiempo a la Corporacin Municipal, de las irregularidades que daaren
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los intereses de la Hacienda Municipal; y, 7) Las dems propias a su cargo. (Artculo. 58 Ley de Municipalidades)
DEBERES DEL CARGO SEGN LEY DE MUNICIPALIDADES 1) Efectuar los pagos contemplados en el Presupuesto y que llenen los requisitos legales
correspondientes; 2) Registrar las cuentas municipales en libros autorizados al efecto; 3) Depositar diariamente en un Banco local preferentemente del Estado, las recaudaciones que
reciba la Corporacin Municipal. de no existir Banco local, la Municipalidad establecer medidas adecuadas para l custodia y manejo de los fondos;
4) Informar mensualmente a la Corporacin del Movimiento de Ingresos y Egresos; 5) Informar en cualquier tiempo a la Corporacin Municipal, de las irregularidades que daaren los
intereses de la Hacienda Municipal; y, 6) Analizar y verifi