Manual Formacion Constitucional
-
Upload
darbyel-floresta -
Category
Documents
-
view
243 -
download
0
Transcript of Manual Formacion Constitucional
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
1/96
MANUAL BÁSICO
Y GUÍA PRÁCTICA DEFORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Manual adaptado a la Unidad Curricular Formación Constitucional del Área
de Ingeniería de Sistemas de la Universidad Rómulo Gallegos
Dr. Juan Carlos Barrios Aular
Profesor de la Universidad Rómulo Gallegos
Área de Ingeniería de Sistemas
Marzo 2014
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
2/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 2
2014
INDICE
INTRODUCCION…………………………………………………………………………………………..…….. Págs. 4-6
TEMA 1.
-Introducción a los aspectos constitucionales y antecedentes…………………………… Págs. 7-29
-Método de estudio sugerido para el Tema………………………………………………..…… Págs. 29-30
-Técnicas de estudios sugeridas para el Tema………………………………………………………… Pág. 30
-Prácticas de repaso sugeridas para el Tema 1………………………………………….……… Págs. 31-39
TEMA 2
-Bases ideológicas del sistema…………………………………………………………………………. Págs. 40-46
-Técnicas de estudios sugeridas para el Tema……………………………………………….……….. Pág. 46
-Prácticas de repaso sugeridas para el Tema 2…………………………………………………. Págs. 47-48
TEMA 3
-Principios Fundamentales………………………………………………………………………..…….. Págs. 49-51
-Técnicas de estudios sugeridas para el Tema………………………………………………………… Pág. 51
-Prácticas de repaso sugeridas para el Tema 3……………………………………………….. Págs. 52- 54
TEMA 4
-Espacio Geográfico y de la División Política……………………………………………………. Págs. 55-58
-Técnicas de estudios sugeridas para el Tema…………………………………………………. Págs. 58-59
-Prácticas de repaso sugeridas para el Tema 4………………………………………….…….. Págs. 59-60
TEMA 5
-Derechos Humanos y Garantías y de los Deberes……………………………………….….. Págs. 61-66
-Técnicas de estudios sugeridas para el Tema………………………………………………………... Pág. 66-Prácticas de repaso sugeridas para el Tema 5……………………………………………….… Págs. 67-68
TEMA 6
-Poder Público…………………………………………………………………………………………………. Págs. 69-71
-Técnicas de estudios sugeridas para el Tema………………………………………………………... Pág. 72
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
3/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 3
2014
-Prácticas de repaso sugeridas para el Tema 6……………………………………………….… Págs. 73-74
TEMA 7
-Sistema Socio-económico…………………………………………………………………………..…… Págs. 75-78
-Técnicas de estudios sugeridas para el Tema…………………………………………………..……. Pág. 79
-Prácticas de repaso sugeridas para el Tema 7………………………………………….……… Págs. 80-81
TEMA 8
-Seguridad de la Nación…………………………………………………………………………………… Págs. 82-86
-Técnicas de estudios sugeridas para el Tema…………………………………………………. Págs. 86-87
-Prácticas de repaso sugeridas para el Tema 8………………………………………….…….. Págs. 87-89
TEMA 9-Protección de la Constitución……………………………………………………………………….………. Pág. 90
-Prácticas de repaso sugeridas para el Tema 9………………………………………………..……… Pág. 90
TEMA 10
-Las Reformas Constitucionales……………………………………………………………………….. Págs. 91-92
-Prácticas de repaso sugeridas para el Tema 10………………………………………………….….. Pág. 93
CONSCLUSIONES…………………………………………………………………………………………….. Págs. 94-95
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS……………………………………………………………………….…….. Pág. 96
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
4/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 4
2014
INTRODUCCIÓN
El derecho constitucional es una rama del derecho público cuyo campo de estudio incluye
el análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado. De esta manera, es materia
de estudio todo lo relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos
fundamentales y la regulación de los poderes públicos, incluidas las relaciones entre los
poderes públicos y ciudadanos.
La Constitución es un texto de carácter jurídico-político fruto del poder constituyente que
fundamenta todo el ordenamiento, situándose en él como norma que recoge, define y
crea los poderes constituidos limitándolos al servicio de las personas. Además, tendrá el
carácter de norma suprema, de manera que prevalecerá sobre cualquier otra que fueseposterior y contraria a ella (jerarquía constitucional).
Los seres humanos viven formando sociedades, y para que en estos grupos haya orden,
seguridad y armonía entre todos sus miembros, se imponen determinadas reglas o
normas obligatorias a las cuales el hombre somete su conducta, ya sea en sus relaciones
constantes con los demás miembros del grupo social, o bien con la diversidad de grupos
humanos que se forman sucesivamente, hasta culminar en la conformación del Estado.
Esas reglas de conducta son de carácter general y exterior, y el conjunto de todas ellas es
lo que constituye el Derecho. Por ello, se acostumbra expresar el concepto de Derecho,
como el conjunto de reglas o normas obligatorias que son dictadas por autoridad superior
y competente, y que se hallan destinadas a regular las actividades de la vida social
humana a cuyo cumplimiento pueden ser obligados los individuos de la sociedad, por el
poder público del Estado, es decir que están sancionadas por la fuerza pública.
De ahí se desprende que, el objetivo fundamental del Derecho, es regular la conducta
humana en la sociedad, sometiendo a sus componentes a dichas normas obligatorias;
pero se debe tener en cuenta también que la finalidad suprema que busca el Derecho es
http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_p%C3%BAblicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Forma_de_Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Forma_de_gobiernohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_fundamentalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_fundamentalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_p%C3%BAblicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_constituyentehttp://es.wikipedia.org/wiki/Ordenamiento_jur%C3%ADdicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_constituidohttp://www.monografias.com/trabajos16/evolucion-sociedades/evolucion-sociedades.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-caracter/el-caracter.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/objetivos-educacion/objetivos-educacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-caracter/el-caracter.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/evolucion-sociedades/evolucion-sociedades.shtmlhttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_constituidohttp://es.wikipedia.org/wiki/Ordenamiento_jur%C3%ADdicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_constituyentehttp://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_p%C3%BAblicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_fundamentalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_fundamentalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Forma_de_gobiernohttp://es.wikipedia.org/wiki/Forma_de_Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_p%C3%BAblico
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
5/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 5
2014
establecer condiciones permanentes de paz, de orden y armonía en las sociedades
humanas, para que los hombres puedan cumplir sus propósitos vitales.
El Derecho interno, es decir, el sistema jurídico de cada Estado, comprende tanto su
Derecho público como su Derecho privado. Dentro del primero hay que considerar ante
todo el conjunto de normas que regulan la organización y funcionamiento del poder, es
decir, los elementos básicos de su vida política. Esas normas y la rama de los estudios
jurídicos dedicada a su análisis forman parte de lo que se denomina tradicionalmente
Derecho político.
La expresión Derecho político es, sin embargo, bastante confusa y su contenido un tanto
heterogéneo. Con ella se designa el estudio de un conjunto de temas que ciertamentetienen como referencia común el concepto, la organización y el funcionamiento del
Estado, pero contemplados desde distintos ángulos, de los cuales algunos resultan un
tanto ajenos al Derecho. La Teoría General del Estado, la sociología política, las técnicas
electorales, la historia constitucional, incluso la historia de las ideas políticas, son a veces
estudiadas bajo la denominación común de Derecho Político.
De aquí, surge la conveniencia de distinguir, dentro de ese conglomerado de materias, lo
que es propiamente jurídico y a lo que, por tanto, debe dedicar su atención preferente el
jurista. Esa parcela estrictamente jurídica es el Derecho Constitucional y comprende el
conjunto de normas e instituciones jurídicas fundamentales relativas a la organización y al
ejercicio del poder político y a los derechos y libertades básicas de los ciudadanos.
En realidad, el origen y fundamento del concepto de Derecho Constitucional hay que
buscarlo en la historia. Su arraigo en la vida académica surge cuando el Antiguo Régimen
es sustituido en diversos países, en forma más o menos completa y azarosa, por el
llamado Estado Constitucional, cuyos rasgos más característicos son: el principio de
separación de poderes como fundamento de la organización política, el reconocimiento
de una serie de derechos fundamentales del individuo frente al Estado y, generalmente, la
http://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtml#ANALIThttp://www.monografias.com/trabajos55/derecho-politico/derecho-politico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/sociol/sociol.shtml#cmarxhttp://www.monografias.com/trabajos6/juti/juti.shtmlhttp://www.monografias.com/Historia/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/poli/poli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/aceptacion-individuo/aceptacion-individuo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/aceptacion-individuo/aceptacion-individuo.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/poli/poli.shtmlhttp://www.monografias.com/Historia/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/juti/juti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/sociol/sociol.shtml#cmarxhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/derecho-politico/derecho-politico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtml#ANALIThttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
6/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 6
2014
incorporación de esos y otros elementos considerados básicos en la organización y
funcionamiento del Estado, a un texto escrito denominado Constitución.
La Constitución, así entendida, es ciertamente una ley, pero una ley que ocupa un lugar
privilegiado, pues es la ley suprema, la norma de normas a la que deben sujetarse todas
las demás leyes y el resto del ordenamiento jurídico, así como todos los gobernantes y
gobernados.
http://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/consti/consti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/consti/consti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
7/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 7
2014
TEMA 1
INTRODUCCION A LOS ASPECTOS CONSTITUCIONALES Y ANTECEDENTES
LA CONSTITUCIÓN (DEFINICIONES)
La Constitución es un documento contentivo de un conjunto de normas fundamentales
que acuerda una Nación como base de convivencia social. Estas normas o leyes
determinan la forma de gobierno, los derechos y deberes del gobierno ante los
ciudadanos y viceversa. Es el conjunto de reglas fundamentales que organizan la sociedad
política, estableciendo la autoridad y garantizando la libertad; es la ley magna de la
Nación.
Todo Estado tiene una Constitución, en el sentido amplio de esta palabra; o sea, como
conjunto de leyes que regula su vida y acción. En sentido estricto, La Constitución exige la
norma especial, votada por la Nación, y aplicada en forma regular, principalmente en el
conjunto de derechos y de deberes establecidos en forma general y particular para cada
ciudadano.
La constitución es la ley suprema de una Nación y superior a todos los poderes activos de
la sociedad, que deben respetarla como el único título, en cuya virtud ejercen sus
funciones. Siendo la Nación aquel conjunto de personas de un mismo origen étnico que
comparten vínculos históricos, culturales, religiosos, etc., tienen conciencia de pertenecer
a un mismo pueblo o comunidad, y generalmente hablan el mismo idioma y comparten un
territorio. Se denomina Territorio a un área (incluyendo tierras, aguas y espacio aéreo)
siempre con la posesión de una persona, organización, institución, Estado o un país. Por su
parte el Estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social,
económica, política soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones no
voluntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado.
País por su parte, puede referirse a una Nación, una Región, una Provincia, o un Territorio.
Es el principal sinónimo de Estado soberano, un área geográfica bien delimitada, y una
entidad políticamente independiente, con su propio gobierno, administración, leyes, y la
http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Instituci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Instituci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
8/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 8
2014
mayor parte de las veces una Constitución, una fuerza policial, fuerzas armadas, leyes
tributarias, y un grupo humano.
Según Hans Kelsen la Constitución puede ser contemplada en dos sentidos: en un sentido
material y en un sentido formal. En su sentido material está constituida por los preceptos
que regulan la creación de normas jurídicas generales y, especialmente, la creación de
leyes. Además de la regulación de la norma que crea otras normas jurídicas, así como los
procedimientos de creación del orden jurídico; también desde el punto de vista material,
la Constitución contempla a los órganos superiores del Estado y sus competencias. Otro
elemento que contiene dicho concepto material, son las relaciones de los hombres con el
propio poder estatal y los derechos fundamentales del hombre. La Constitución en
sentido material implica pues, el contenido de una Constitución. La Constitución en su
sentido material tiene tres contenidos: el proceso de creación de las normas jurídicas
generales, las normas referentes a los órganos del Estado y sus competencias, y las
relaciones de los hombres con el control estatal. La Constitución en sentido formal –dice
Kelsen—es cierto documento solemne, un conjunto de normas jurídicas que sólo pueden
ser modificadas mediante la observancia de prescripciones especiales, cuyo objeto es
dificultar la modificación de tales normas. La Constitución en sentido formal es el
documento legal supremo. Hay una distinción entre las leyes ordinarias y las leyes
constitucionales; es decir, existen normas para su creación y modificación mediante un
procedimiento especial, distintos a los abocados para reformar leyes ordinarias o leyes
secundarias.
¿Quién fue Hans Kelsen?
Profesor de Filosofía del Derecho de la Universidad de Viena, es considerado el máximo
postulante del Iuspositivismo, es decir, considera al Derecho Positivo (las normas) como el
núcleo fundamental del Derecho y prescinde de toda consideración de ideologías y éticas.
Kelsen nació en Praga en 1881 y murió en California (EE.UU) en 1973. Austriaco de origen
se había nacionalizado estadounidense.
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
9/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 9
2014
Resumió su ideología iuspositivista en un libro fundamental para el pensamiento jurídico
del siglo XX: su “Teoría pura del Derecho”.
Explicación de la Pirámide de Kelsen
Concibiendo todo el ordenamiento jurídico como un sistema de normas, y siendo el
objeto de la Ciencia del Derecho, precisamente la norma jurídica, Kelsen defiende que la
validez de todas las normas jurídicas emana y depende de otra norma superior, a la que el
resto deben su validez y su eficacia. El ordenamiento jurídico sería pues jerárquico,
escalonado, una especie de pirámide cuya cúspide ocuparía la Constitución como norma
suprema del sistema normativo de un Estado (más allá estaría el orden jurídico
internacional, en cuya superioridad Kelsen creía) y por debajo de las cuales, con unaeficacia derivada de la Grundnorm o norma fundamental, estarían las leyes, los
reglamentos, otras disposiciones gubernativas de carácter general, los actos
administrativos, etc., en función del rango jerárquico del órgano que la emana y de los
efectos (generales o particulares) que tales normas tengan.
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
10/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 10
2014
PIRÁMIDE DE HANS
KELSEN
CONSTITUCIÓN Art. 7 CRBV
(PODER CONSTITUYENTE)
PLANO
CONSTITUCIONAL
SUPRALEGAL
LEYES APROBATORIAS DE TRATADOS
INTERNACIONALES RELATIVOS A DD.HH.
Art. 23 CRBV (PODER LEGISLATIVO)
LEYES ORGÁNICAS Art. 203 CRBV
(PODER LEGISLATIVO)
LEY FORMAL Art. 202 CRBV
(PODER LEGISLATIVO)
1er. PLANOLEY HABILITANTE Art. 203 CRBV(PODER LEGISLATIVO)
DE LEGALIDAD
LEYES DE INTEGRACIÓN Art. 153 CRBV
(PODER LEGISLATIVO)
LEYES DE BASE Art. 165 CRBV
(PODER LEGISLATIVO)
ACTOS PARLAMENTARIOS SIN FORMA DE LEY
(PODER LEGISLATIVO)
DECRETOS LEYES Art. 236 CRBV
(PODER EJECUTIVO)
ACTOS DE GOBIERNO(PODER EJECUTIVO)
2do. PLANO
DE LEGALIDAD
REGLAMENTOS Art. 236 Ord. 10 CRVB
(PODER EJECUTIVO)
SENTENCIAS
(PODER JUDICIAL)
3er. PLANO
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS
(PODER EJECUTIVO)
DE LEGALIDAD
CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
(PARTICULARES)
NEGOCIOS JURÍDICOS
(PARTICULARES)
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
11/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 11
2014
ANTECEDENTES DE LA CONSTITUCION DE 1999
BREVE RECUENTO DE LAS CONSTITUCIONES DE VENEZUELA
CONSTITUCIÓN DE 1811
Sancionada en Caracas el 21 de Diciembre de 1811. El Congreso Constituyente, que había
iniciado sus sesiones en Caracas el 2 de Marzo de 1811 y proclamado la Independencia el
5 de Julio, aprobó el 21 de Diciembre del mismo año la Constitución Federal para los
Estados de Venezuela. Aunque su vigencia fue muy breve, pues no excedió de los 6 meses,
su proyección jurídica, ideológica y espiritual es considerable, ya que además de haber
sido la primera Constitución de Venezuela, lo fue también de toda Hispanoamérica. Sólo 2
la precedieron en el continente, la de Estados Unidos y la de Haití. El proyecto de
Constitución había sido encomendado meses antes a una comisión del Congreso formada
por Francisco Javier de Ustáriz, Gabriel de Ponte y Juan Germán Roscio. Fue el primero
de ellos quien llevó el peso principal en la elaboración del proyecto, en el cual trabajaba
inclusive antes de que se proclamase la Independencia.
La Carta Constitucional, cuyo preámbulo se iniciaba así: "En el nombre de Dios
Todopoderoso, Nosotros el pueblo de los Estados de Venezuela, usando de nuestra
soberanía...", constaba de un "Preliminar" con las bases del pacto federativo, y 9
capítulos. Tanto Ustáriz como los demás diputados que intervinieron en la redacción del
proyecto o en el debate parlamentario tuvieron presente los antecedentes de la
Constitución de Estados Unidos y de las constituciones de la Francia revolucionaria, pero
se inspiraron también, al adoptar la forma federal de gobierno, en la realidad de las
provincias venezolanas. Tampoco olvidaron la posibilidad de establecer lazos de
confederación con otras regiones de Hispanoamérica si un día se reunían todas en "un
Congreso de la Colombia", tal como lo hicieron constar en un extenso y emocionado
párrafo final que precedía a la fecha y a las firmas, donde hacían un llamamiento " a la
vigilancia y virtudes de los padres de familia, madres, esposas y ciudadanos del Estado".
http://www.monografias.com/trabajos7/esun/esun.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/ortografia/ortografia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/tecnicas-didacticas/tecnicas-didacticas.shtml#DEBATEhttp://www.monografias.com/trabajos4/revolfrancesa/revolfrancesa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/verpro/verpro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/fami/fami.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/fami/fami.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/verpro/verpro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/revolfrancesa/revolfrancesa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/tecnicas-didacticas/tecnicas-didacticas.shtml#DEBATEhttp://www.monografias.com/trabajos14/ortografia/ortografia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/esun/esun.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
12/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 12
2014
CONSTITUCIÓN DE 1819
Sancionada por el Congreso de Angostura el 11 de agosto de 1819, en Angostura (hoy
Ciudad Bolívar). La Constitución de 1819 es la Segunda Carta Fundamental de la República
de Venezuela, aprobada el 15 de agosto de 1819 por el Congreso de Angostura, que había
iniciado sus sesiones el 15 de febrero de ese año en dicha ciudad, capital de la provincia
de Guayana y capital provisional de la República. El proyecto que sirvió de base para la
elaboración de esta Constitución fue redactado por el Libertador Simón Bolívar, quien el
15 de febrero de 1819 hizo entrega del mismo al Congreso en la sesión inaugural,
explicitando algunos de sus conceptos fundamentales en la pieza oratoria que pronunció
en aquella ocasión, el Discurso de Angostura.
La Constitución de 1811 tuvo corta vigencia, pues desapareció con la caída de la Primera
República en 1812. De ahí hasta el Congreso de Angostura en 1819 las necesidades y
vicisitudes de la guerra hicieron imposible la vida constitucional, como no fueran los
poderes militares, transitorios y de hecho que aquella imponía. Lograda el año 1817 una
nueva base territorial para el Estado venezolano se pensó de nuevo en la organización de
éste y por ello la reunión del Congreso de Angostura y la Constitución que lleva su
nombre. La Constitución de Angostura apenas si rige 2 años y ello precariamente pues la
guerra continuará y sólo una parte del territorio se encuentra liberado. Presenta como
rasgo fundamental trascendente para el futuro constitucional de Venezuela la idea del
Estado centralista y la repulsa al Estado federal y su organización, reflejando en esto el
pensamiento del Libertador, expresado en el Manifiesto de Cartagena (1812) y en la Carta
de Jamaica (1815), y en su discurso inaugural ante el Congreso de Angostura.
La Constitución fue suscrita el 15 de agosto de 1819, por 26 diputados, pertenecientes a
las provincias venezolanas de Caracas, Cumaná, Barcelona, Barinas, Guayana, y la
neogranadina (Colombiana) de Casanare, que era la única entonces libre de esa nación,
cuyos diputados fueron recibidos como hermanos en el Congreso de Angostura.
CONSTITUCIÓN DE 1821
http://www.monografias.com/trabajos31/bolivar/bolivar.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/la-republica-platon/la-republica-platon.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/oratoria/oratoria.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/genesispensamto/genesispensamto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/discurso/discurso.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/debate-multicultural-etnia-clase-nacion/debate-multicultural-etnia-clase-nacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/debate-multicultural-etnia-clase-nacion/debate-multicultural-etnia-clase-nacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/discurso/discurso.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/genesispensamto/genesispensamto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/oratoria/oratoria.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/la-republica-platon/la-republica-platon.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/bolivar/bolivar.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
13/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 13
2014
Sancionada por el Congreso General de Colombia, en Cúcuta el 30 de agosto de 1821 y
promulgada por el Libertador Simón Bolívar el 6 de octubre de 1821 como presidente de
la República de Colombia
La tercera Carta Fundamental que rigió para el territorio venezolano fue la Constitución de
Cúcuta. Fue sancionada por el Primer Congreso General de Colombia, el cual se reunió en
la Villa del Rosario de Cúcuta el 6 de mayo de 1821, con la asistencia de representantes de
las provincias de Venezuela y de Nueva Granada (actual Colombia). Estas 2 naciones se
habían unido jurídicamente mediante la Ley Fundamental de Colombia, que se promulgó
en Santo Tomás de Angostura el 17 de diciembre de 1819. Ecuador se incorporó en 1822.
Durante la discusión de la Constitución de 1821, se presentaron divergencias en cuanto al
sistema de gobierno por escogerse. Varios diputados neogranadinos defendieron la forma
federativa, en donde ambas secciones mantuvieran su autonomía. Prevaleció la opinión
de Bolívar y Antonio Nariño, quienes se pronunciaron por el centralismo.
La Constitución se caracteriza porque legisla para los colombianos, entendiéndose por
ello, a todos los hombres libres y sus hijos, nacidos dentro de las jurisdicciones de
Venezuela, Cundinamarca y Quito. También son colombianos aquellos que en tiempo de
la Independencia estuviesen establecidos en dicho territorio, con la condición de haber
permanecido fieles a la causa de la independencia. El territorio quedó dividido en
departamentos, provincias, cantones y parroquias, previéndose la futura adhesión de las
porciones aún no liberadas.
La Constitución de 1821, es la Constitución de la Gran Colombia. La Constitución de la
Gran Colombia aparte de su importancia política de querer plasmar el gran proyecto
integracionista del Libertador, revela igualmente, como para Venezuela lo hizo la
Constitución de 1819, los prejuicios antifederales y pro centralistas de éste, ya que en vez
de organizar a la Gran Colombia como un Estado federal, lo cual parecería más lógico,
dada la vastedad de territorio, prefirió una organización centralista, posiblemente por
miedo a los elementos desintegradores y centrífugos que existen en toda federación,
sobre todo en sus inicios y en momentos de crisis internas. Siempre quedará la duda de si
http://www.monografias.com/trabajos36/el-ecuador/el-ecuador.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/historia-de-quito/historia-de-quito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/mcrisis/mcrisis.shtml#QUEEShttp://www.monografias.com/trabajos11/mcrisis/mcrisis.shtml#QUEEShttp://www.monografias.com/trabajos36/historia-de-quito/historia-de-quito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/el-ecuador/el-ecuador.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
14/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 14
2014
una solución federal y por tanto, más flexible hubiera hecho más duradero el proyecto del
Libertador.
(CENTRALISMO: consiste en un sistema de organización estatal en el cual las decisiones
de gobierno son únicas y emanan de un mismo centro, es decir sin tenerse en cuenta a la
hora de decidir, las diferentes culturas o pueblos sobre las cuales influye. FEDERALISMO:
es un sistema político en el cual las funciones del gobierno están repartidas entre un
poder central y un grupo de estados asociados).
CONSTITUCIÓN DE 1830
Sancionada por el Congreso Constituyente en Valencia el 22 de Septiembre de 1830 y
promulgada por el Presidente José Antonio Páez el 24 del mismo mes y año. La Cuarta
Carta Fundamental que rigió para el territorio venezolano fue la Constitución del Estado
de Venezuela. La Constitución de 1830 consta de un preámbulo y 228 artículos,
distribuidos en 28 títulos. En ella, se estableció que el territorio nacional comprendía todo
aquel que hasta 1810 se denominó Capitanía General de Venezuela. Venezuela era
independiente de toda dominación extranjera y no podría ser nunca patrimonio personal
de ninguna familia o individuo.
En cuanto a la forma de Estado establece un sistema que se ha llamado centro federal,
pues aunque consideraba al Estado como unitario, centralista, daba a las provincias que lo
componían considerable autonomía, con una Asamblea o Diputación provincial electa por
los cantones (entidades territoriales de carácter subnacional) que componían a cada
provincia, con facultades de proposición en el nombramiento o designación de los
gobernadores de ellas y en los miembros de las cortes superiores de los distritos judiciales
en que a estos fines se dividió la República.
Se mantuvo como en toda la historia constitucional del país la división de poderes, con un
sistema presidencialista, pero prohibió la reelección inmediata del presidente de la
República.
http://www.monografias.com/trabajos14/patrimonio/patrimonio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/aceptacion-individuo/aceptacion-individuo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/aceptacion-individuo/aceptacion-individuo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/patrimonio/patrimonio.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
15/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 15
2014
El Poder Legislativo se mantuvo bicameral, igualmente como a través de las varias
constituciones que nos han regido, con una Cámara del Senado y una de Representantes,
pero la Cámara del Senado está compuesta por 2 senadores por cada provincia, afirmando
así la igualdad de cada una de ellas, principio éste que es una de las características
normales de los estados federales y que ha sido continuo en nuestra historia, hasta las
últimas constituciones que en cierta forma lo atenúan y se separan en algo del mismo.
La materia de derechos individuales continúa la tendencia ya expresada en la Constitución
de 1811 y resume éstos en la libertad civil, la seguridad individual, la propiedad y la
igualdad. Nada dice la Constitución sobre la libertad religiosa y de cultos, quizás por
considerarla subsumida dentro de la libertad de expresión o regulada por la Ley de
patronato eclesiástico, adoptada por la Gran Colombia en 1824.
CONSTITUCIÓN DE 1857
Sancionada por el Congreso el 16 de abril de 1857 y promulgada por el Presidente José
Tadeo Monagas el 18 del mismo mes y año. La Constitución de 1857 es la Quinta carta
fundamental de la República de Venezuela. Este código quedó previsto por un decreto del
Congreso con fecha de 10 de marzo de 1856, mediante el cual se autorizaba su redacción
e igualmente, se modificaba el procedimiento legal para aprobarlo. El día 18 le fue
consignado el ejecútese por parte de José Tadeo Monagas como Presidente de la Nación.
El nuevo proyecto constitucional fue elaborado por Antonio Paredes, Pascual Casanova,
Guillermo Tell Villegas, T. Paz Castillo, Juan Vicente González Delgado, Rafael Arvelo, Jesús
María Blanco, Juan Nepomuceno Orta, Antonio María Salom, Tiburcio Troconis y Luis
Ugarte. Se introdujo el 2 de marzo de 1857 con la recomendación del Presidente José
Tadeo Monagas y la de sus Ministros Francisco Aranda y Carlos Castelli para que fuese
aceptado. En la primera discusión se impidió que el Poder Ejecutivo tomara injerencias en
la formulación de las leyes, quedando limitado al ejecútese y a cuidar de su promulgación.
Otro punto que se objetó, sin llegar a la polémica, fue el último título de este código
denominado "Disposiciones transitorias". Su letra le concede al Congreso la facultad de
http://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/dereabs/dereabs.shtml#pensamhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/origenestado/origenestado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/origenestado/origenestado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/dereabs/dereabs.shtml#pensamhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
16/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 16
2014
escoger al presidente y al vicepresidente de la República para el período gubernamental
inmediato.
La Constitución de 1857 consta de un preámbulo y 23 títulos divididos en 131 artículos.
Finaliza con un aparte denominado "Disposiciones transitorias" que contiene 3 artículos.
La exigencia de saber leer y escribir para poder ejercer el derecho del voto se aplaza hasta
1880. El Poder Público quedó dividido en 4 áreas: Ejecutivo, Legislativo y Judicial,
estableciéndose un cuarto poder denominado "Municipal". El Ejecutivo está a cargo del
Presidente de la República, cuyo período presidencial se extiende a 6 años, permitiéndose
su reelección inmediata.
Por otra parte, la Constitución de 1857, en el título XXIII, denominado "Confederacióncolombiana" precisó que el Congreso podía dictar las leyes convenientes e invitar a los
gobiernos de Nueva Granada y Ecuador a constituir la Confederación de los Estados que
formaron la antigua Colombia, conservando la soberanía interior. La reacción contra la
administración de José Tadeo Monagas obligó a éste a presentar su renuncia ante el
Congreso, el 15 de marzo de 1858. El gobierno provisional encabezado por Julián Castro,
convocó entonces una Convención Nacional que se instaló en Valencia el 5 de julio de
1858; en ésta se resolvió, el día 8, que mientras se redactara y aprobara la próxima
Constitución, rigiera nuevamente la Carta Fundamental de 1830, quedando así derogada
la Constitución de 1857.
CONSTITUCIÓN DE 1858
Sancionada por la Convención Nacional en Valencia el 24 de Diciembre de 1858 y
promulgada por el jefe provisional del Estado, General Julián Castro, el 31 del mismo mes
y año. La Sexta Carta Fundamental que rigió para la República de Venezuela fue la
Constitución de 1858. Ante la Asamblea valenciana se presentaron 2 proyectos de Ley
Fundamental. El primero denominado "Bases transitorias", se asemejaba a la Constitución
de 1830 y había sido redactado por un grupo de diputados encabezados por Pedro Gual. El
segundo proyecto defendía el régimen federalista, pero fue retirado antes de llegar a
http://www.monografias.com/trabajos/sobeydcho/sobeydcho.shtmlhttp://www.monografias.com/Administracion_y_Finanzas/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Administracion_y_Finanzas/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos53/julian-castro/julian-castro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos53/julian-castro/julian-castro.shtmlhttp://www.monografias.com/Administracion_y_Finanzas/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Administracion_y_Finanzas/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sobeydcho/sobeydcho.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
17/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 17
2014
discutirse. El 29 de julio comenzaron los debates en torno a las bases cardinales de la
nueva Constitución. Al tratar la soberanía del territorio nacional y sus límites con las
repúblicas vecinas, Valentín Espinal y Pedro Gual, aludieron a la necesidad de aumentar la
población venezolana y la conveniencia de promover la colonización pacífica con
inmigración del mismo continente y de diversos países de Europa, con el fin de
incrementar el progreso cultural de Venezuela y como un medio de impedir la expansión
imperialista de Estados Unidos de Norteamérica.
Prevaleció fundamentalmente la tendencia descentralizadora, aun cuando no se utilizó la
palabra "federación". La Constitución de 1858 consta de un preámbulo y 25 títulos,
divididos en 165 artículos. Separa dentro de aquél las porciones destinadas a colonias y las
ocupadas por los indígenas, previendo para ellas un régimen legal especial. Establece que
pueden ejercer los derechos ciudadanos los venezolanos mayores de 20 años o aquellos
que, sin haber llegado a esa edad, estuviesen o hubieren sido casados. En relación al goce
de los derechos individuales, determina que éstos les corresponden a todos los
venezolanos, pues no sólo reitera abolida la esclavitud, sino que declara libres a los
esclavos que se establezcan en el territorio nacional. Precisa que el gobierno de Venezuela
será republicano, popular, representativo, responsable y alternativo. El pueblo ejerce la
soberanía a través de elecciones directas y mediante el funcionamiento de los poderes
públicos.
Es una nueva edición, reformada y mejorada de la Constitución de 1830; amplía la
autonomía de las provincias, estableciendo la elección directa de los gobernadores; las
legislaturas provinciales eligen a los miembros de la Corte Suprema de Justicia y a los de
las cortes superiores; organizan los cantones y parroquias en su jurisdicción; Establece el
sufragio universal y directo para presidente de la República y para diputados.
La Constitución es de corta vida, pues casi de inmediato estalla la Revolución Federal y
comienza la Guerra Federal o Guerra Larga, la cual impide el funcionamiento normal de la
Constitución, que caduca con la dictadura de Páez el 10 de septiembre de 1861.
http://www.monografias.com/trabajos14/frenos/frenos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/inmigracion/inmigracion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/geogeur/geogeur.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/nuevas-tecnologias-edicion-montaje/nuevas-tecnologias-edicion-montaje.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/forgob/forgob.shtml#DICThttp://www.monografias.com/trabajos11/forgob/forgob.shtml#DICThttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/nuevas-tecnologias-edicion-montaje/nuevas-tecnologias-edicion-montaje.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/geogeur/geogeur.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/inmigracion/inmigracion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/frenos/frenos.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
18/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 18
2014
CONSTITUCIÓN DE 1864
Sancionada por la Asamblea Constituyente en Caracas el 28 de marzo de 1864 y
promulgada en Santa Ana de Coro por el General en Jefe y presidente de la República,
Juan Crisóstomo Falcón el 13 de abril de 1864 y refrendada por los ministros en Caracas el
22 del mismo mes y año, es la Séptima Carta Fundamental de la República. Es una de las
principales constituciones de Venezuela, ya que, aunque su vigencia es de apenas 10 años,
constituye por lo menos en su texto, una transformación del sistema constitucional
venezolano al establecer la forma federal del Estado, que no obstante no haberse aplicado
en la realidad, negada quizás por ésta, ha sido formalmente la estructura del Estado
venezolano y se podría decir que toda la evolución constitucional y política posterior de
Venezuela ha sido el desmontaje del sistema federal, ya en la práctica, ya en la normativa,
pero quedando siempre en todas las constituciones posteriores unas reminiscencias o
reliquias federales. Debe notarse que la Constitución de 1864 en el fondo lo que hace es
acentuar la descentralización político territorial contenida en la Carta de 1858 y ponerle
nombre, esto es, llamarla "federal".
La Constitución de 1864 consta de un preámbulo y 7 títulos divididos en secciones y éstas
a su vez, en 123 artículos. La Constitución declara que las antiguas provincias constituyen,
en adelante, 20 estados independientes, cuyo conjunto forman una nación libre y
soberana que lleva por nombre Estados Unidos de Venezuela. Los límites de cada entidad
corresponderán a los fijados por la ley de 28 de abril de 1856 y los de la nación a aquellos
establecidos en la Capitanía General de Venezuela, vigentes para 1810. La nacionalidad
venezolana se adquiere por nacimiento, filiación y naturalización. Los extranjeros pueden
optar a ella llenando los requisitos exigidos por la ley; los oriundos de los países
hispanoamericanos y de las Antillas, tienen derecho a ella, con sólo fijar su residencia en
Venezuela y manifestar el deseo de nacionalizarse. Cada estado es soberano, salvo en los
casos expresamente señalados por la Constitución; los estados gozan de igualdad política
entre sí, establecen su propio régimen interno, de acuerdo a los principios del gobierno
popular, electivo, federal, representativo, alternativo y responsable. Las garantías de los
http://www.monografias.com/trabajos10/debu/debu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/debu/debu.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
19/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 19
2014
venezolanos cubren la inviolabilidad de la vida y de la correspondencia; el respeto a la
propiedad, al hogar doméstico; la libertad de pensamiento, reunión y asociación pública y
privada. Con respecto a las elecciones, concede el derecho al sufragio a todos los
venezolanos, sin más restricciones que la condición femenina y la de contar menos de 18
años de edad . La Carta Fundamental de 1864 decreta la educación primaria como
obligatoria y gratuita, así como también aquella que se dicte en las escuelas de artes y
oficios. Autoriza la libertad de cultos aun cuando conserva la religión católica como credo
oficial de la nación.
En materia de derechos fueron abolidas la pena de muerte y la pena de expulsión y se
amplió la libre expresión del pensamiento.
CONSTITUCIÓN DE 1874 Y 1881
Constitución de 1874, sancionada en Caracas el 23 de mayo y promulgada por el
Presidente, Antonio Guzmán Blanco el 27 del mismo mes y año. A la caída del presidente
Falcón en 1868, toma el poder el general José Tadeo Monagas como jefe de la Revolución
Azul. El gobierno "azul" es a su vez, depuesto por la llamada Revolución de Abril, que
encabezó Antonio Guzmán Blanco, quien como presidente constitucional, sancionó una
nueva Carta Fundamental en 1874, quedando así derogada la Constitución de 1864. Es la
Octava Carta Fundamental que rigió el territorio venezolano.
Constitución de 1881, también conocida con el nombre de Constitución Suiza, por haberse
inspirado de la Carta Magna de la Confederación Helvética, es la novena Carta
Fundamental que rigió el territorio venezolano. Sancionada en Caracas por el Congreso de
los Estados Unidos de Venezuela el 4 de abril de 1881 y promulgada por el presidente
Antonio Guzmán Blanco el 27 del mismo mes y año. La Constitución consta de un
preámbulo y 9 títulos divididos en secciones. Una de las principales características de la
Constitución de 1881 reside en la reforma de las 20 entidades político-territoriales que
integraban la Unión. Estas 2 constituciones cubren el período de la hegemonía de Guzmán
Blanco. Las únicas características dignas de mención con respecto a ellas son:
http://www.monografias.com/trabajos28/sufragio/sufragio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos-pdf/credos/credos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/era/era.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/era/era.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos-pdf/credos/credos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/sufragio/sufragio.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
20/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 20
2014
(1874), el período constitucional se reduce a 2 años de los 4 que, hasta ese momento y
siguiendo el modelo americano, había prevalecido.
(1874), el voto deja de ser secreto, para instaurarse el voto público, escrito y firmado.
(1881), crea la Corte de Casación aparte de la Alta Corte Federal, para así poder unificar la
jurisprudencia de los tribunales, que siguen siendo competencia de los estados federales,
aunque para mantener el principio federalista se dice que la Corte de Casación es tribunal
de los estados.
(1881) La venezolanidad se adquiere por nacimiento o por nacionalización y no se pierde
aun cuando se fije la residencia en el extranjero, o se obtenga la nacionalidad de otro país.
Las garantías de los venezolanos incluyen la inviolabilidad de la vida y de la
correspondencia; la del hogar y la propiedad está sujeta a algunas limitaciones. Son
elegibles los venezolanos hombres, mayores de 21 años de edad. Sus derechos e
inmunidad tienen vigencia en todos los estados de la Unión. Existe libertad de sufragio
para las elecciones populares, sin más restricciones que la condición femenina y la de
contar menos de 18 años de edad. La enseñanza está protegida en toda su extensión: la
educación primaria se incluye entre las obligaciones del Poder Público y por lo tanto es
gratuita, igualmente la de artes y oficios; con respecto a las escuelas generales, a los
colegios y a las universidades, queda a cargo del Estado tomar las provisiones necesarias
para la creación y progreso de las mismas.
CONSTITUCIÓN DE 1891
Sancionada por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela en Caracas, el 9 de abril
de 1891, y promulgada por el Presidente Raimundo Andueza Palacio el 16 del mismo mesy año. Su objetivo fue prolongar el período constitucional a 4 años y favorecer así el
mantenimiento en el poder del presidente en ejercicio y eliminar el Consejo Federal,
volviendo a la elección directa del presidente.
CONSTITUCIÓN DE 1893
http://www.monografias.com/trabajos11/parcuno/parcuno.shtml#JURISPhttp://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/metodos-ensenanza/metodos-ensenanza.shtmlhttp://www.monografias.com/Educacion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Educacion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/mantenimiento-industrial/mantenimiento-industrial.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/mantenimiento-industrial/mantenimiento-industrial.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/Educacion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Educacion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/metodos-ensenanza/metodos-ensenanza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/parcuno/parcuno.shtml#JURISP
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
21/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 21
2014
Sancionada en Caracas el 12 de junio de 1893 por la Asamblea Nacional Constituyente y
promulgada por el Presidente Joaquín Crespo el día 21. Esta Constitución en cierta forma
es una mezcla de la Constitución de 1864 con las que le siguen, pues vuelve al período
constitucional de 4 años, continúa el proceso de centralización del año 1881 y mantiene a
la Corte de Casación. Sin embargo, debe hacerse notar que introduce un cambio de gran
importancia teórica, que, con modificaciones y perfeccionamiento de detalles, ha
continuado en todas las posteriores, al establecer el control de la constitucionalidad de las
leyes y otros actos del poder público nacional o "estatal" (de los estados federados), por
vía de acción, también llamado control objetivo, confiriéndole esta potestad a la Alta
Corte Federal, con lo cual es la primera Constitución en el mundo en establecer tal tipo de
control, que sólo va a iniciarse y extenderse por el resto del mundo, aunque con
características a veces diferentes y más limitadas, a partir de 1918.
CONSTITUCIONES DE 1901 Y 1904
Constitución de 1901 sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente en Caracas el 26
de marzo de 1901 y promulgada por el Presidente Cipriano Castro, el 29 del mismo mes y
año. Derrotada la Revolución Libertadora (julio 1903) y pacificado el país, el General
Castro buscó promover una reforma a la Constitución de 1901 que, como todas las
anteriores, establecía la no reelección inmediata del presidente de la República (artículo
73) para así extender su período constitucional de 6 años que finalizaba en febrero de
1908, hasta mayo de 1911 (artículo 132 de la Constitución de 1904).
Constitución de 1904 sancionada por el Congreso Constituyente de los Estados Unidos de
Venezuela, en Caracas el 27 de abril de 1904 y promulgada el mismo día por el Presidente
Cipriano Castro. Son las constituciones del castrismo. No contienen ningún cambio
fundamental con respecto a las anteriores. En materia de nacionalidad equipara el jus soli
(derecho del suelo) y el jus sanguinis (derecho de sangre), sistema que va a continuar casi
igual hasta las constituciones de 1947 y 1961 que regresan, aunque atenuadamente, al
reinante en el siglo XIX de predominio del jus soli;
http://www.monografias.com/trabajos4/descent/descent.shtml#_Toc480978441http://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/descent/descent.shtml#_Toc480978441
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
22/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 22
2014
Se acentuó la decadencia del federalismo, pues se aumentaron y detallaron las
competencias del Congreso Nacional y del Presidente de la República.
CONSTITUCIONES DEL GOMECISMO (1909-1931)
Constitución de 1909: Sancionada por Acuerdo del Congreso de los Estados Unidos de
Venezuela, adoptado en Caracas el 4 de agosto de 1909 y promulgada al siguiente día por
el presidente Juan Vicente Gómez.
Constitución de 1914: Sancionada por el Congreso de Diputados Plenipotenciarios en
Caracas, el 13 de junio de 1914 y promulgada por el Presidente provisional Victorino
Márquez Bustillos el día 19. Esta Constitución fue precedida curiosamente de un Estatuto
Constitucional Provisorio sancionado por el nombrado Congreso de Diputados el 19 de
abril de 1914.
Constitución de 1922: Sancionada en Caracas por el Congreso de los Estados Unidos de
Venezuela el 19 de junio de 1922 y promulgada al día siguiente por el presidente
provisional Victorino Márquez Bustillos.
Constitución de 1925: Sancionada por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela enCaracas el 24 de junio de 1925 y promulgada el 1 de julio del mismo año por el presidente
Juan Vicente Gómez.
Constitución de 1928: Sancionada por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela el
22 de mayo de 1928 y promulgada el siguiente día por el general Juan Vicente Gómez.
Constitución de 1929: Sancionada por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela, en
Caracas, el 29 de mayo de 1929 y promulgada el mismo día por el presidente Juan Bautista
Pérez.
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
23/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 23
2014
Constitución de 1931: Sancionada, en Caracas, por el Congreso de los Estados Unidos de
Venezuela el 7 de julio de 1931 y promulgada por el presidente encargado Pedro Itriago
Chacín el día 9.
Todas estas constituciones pueden tratarse como una unidad ya que en la mayoría de los
casos no son sino modificaciones de la anterior en detalles aunque en casos importantes y
en otros simplemente para reflejar circunstancias políticas momentáneas.
CONSTITUCIONES DE 1936 Y DE 1945
La primera sancionada por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela en Caracas el
16 de julio de 1936 y promulgada por el Presidente de la República, General Eleazar López
Contreras, el 20 del mismo mes y año reformando la de 1931. La segunda, una reforma de
aquélla, sancionada por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela el 23 de abril de
1945 y promulgada por el Presidente de la República, General Isaías Medina Angarita, el 5
de mayo del mismo año.
Jurídicamente la Constitución de 1936 y su reforma de 1945 no significan un cambio
importante respecto a las anteriores; sin embargo, representa un verdadero salto
cualitativo, pues se puede decir que se pasa de un sistema de constituciones de papel,
sobre todo en lo que se refiere a los derechos individuales, incluidos los políticos, hasta
ese momento prácticamente inexistentes, a uno en el que progresivamente se van
afirmando y haciendo realidad la eliminación de las torturas y de las prisiones sin juicio, el
respecto a la persona y a su dignidad, el reconocimiento de las asociaciones políticas de
oposición o disidentes, la tolerancia frente a la libre expresión del pensamiento; esto es,
de una vigencia efectiva de la letra y espíritu de la Constitución.
Es así, más un cambio de espíritu que de normativa. Este cambio se ejemplifica en el
hecho de que la Constitución de 1936 reduce el período constitucional de 7 a 5 años, no
siéndole aplicable en derecho al presidente López Contreras, por cuanto había sido
elegido en abril de 1936, bajo la vigencia de la anterior Constitución; y sin embargo, éste,
http://www.monografias.com/trabajos10/poli/poli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/esun/esun.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/dignidad-persona/dignidad-persona.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/poli/poli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/tole/tole.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/tole/tole.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/poli/poli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/dignidad-persona/dignidad-persona.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/esun/esun.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/poli/poli.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
24/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 24
2014
por voluntad propia, se la aplicó y redujo así la duración de su mandato. Primero y único
caso en la historia de Venezuela, donde el problema y el hecho varias veces repetido era
lo contrario, la prórroga o extensión de los períodos presidenciales a favor del ocupante
del cargo. Debe hacerse mención, sin embargo, de algunas reformas importantes que se
hicieron ya en 1936 ya en 1945 y que marcan tendencias desarrolladas luego en las
constituciones de 1947 y 1961.
CONSTITUCIÓN DE 1947
Sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente, en Caracas, el 5 de julio de 1947 y
promulgada ese mismo día por la Junta Revolucionaria de Gobierno encargada del Poder
ejecutivo, presidida por Rómulo Betancourt. Es la iniciadora de un nuevo estilo deConstitución. Hasta su promulgación había predominado en Venezuela, por lo menos, en
los textos constitucionales, la concepción liberal del Estado, las declaraciones de derechos
contenidas en sus diversos articulados respondían a esa doctrina e ideología. La de 1947
va a implicar una ruptura, siguiendo las tendencias doctrinales de la primera postguerra,
acentuadas en la segunda, que comenzaba, ya no a separarse de aquélla, pero sí a
yuxtaponerle la concepción del "Estado de bienestar" y del Estado intervencionista, del
Estado activo en la solución de los problemas sociales y económicos y en la promoción del
desarrollo, con una cierta idea de capitalismo de Estado. Todo esto se comprueba al
analizar el espacio dedicado en la Constitución de 1947 a los derechos sociales,
comparado con el que le dedica a los derechos individuales liberales tradicionales y con
las constituciones precedentes; lo mismo en cuanto a los derechos del Estado en materia
económica, a las potestades de intervención.
Por otra parte universaliza el derecho de sufragio a todas las personas, supieren o no leer
y escribir, dando así el voto a los analfabetos, que todavía en esa época eran mayoría o
cuando menos la mitad de los ciudadanos; estableció el voto femenino en las mismas
condiciones que el masculino; introdujo el voto obligatorio. En lo demás sigue las pautas
de la tradición constitucional anterior, mejorando o modificando en detalles el sistema
tradicional.
http://www.monografias.com/trabajos10/venez/venez2.shtml#hhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/poder-ejecutivo/poder-ejecutivo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/poder-ejecutivo/poder-ejecutivo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/memoriacolect/memoriacolect.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/aglo/aglo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/promoproductos/promoproductos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/promoproductos/promoproductos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/aglo/aglo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/memoriacolect/memoriacolect.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/poder-ejecutivo/poder-ejecutivo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/poder-ejecutivo/poder-ejecutivo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/venez/venez2.shtml#h
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
25/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 25
2014
CONSTITUCIÓN DE 1953
Sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente en Caracas, el 11 de abril de 1953 y
promulgada por el Presidente Marcos Pérez Jiménez, el día 15. Como Constitución es un
regreso a la Constitución de 1936, pero manteniendo el sistema electoral de la
Constitución de 1947. Sus disposiciones transitorias hicieron nugatoria (engañosa), por lo
menos durante los años de la dictadura, de 1953 a principios de 1958, la declaración de
derechos contenida en su articulado. Fue una Constitución para la dictadura y sobrevivió a
ésta 3 años, porque precisamente se prestaba para resolver los problemas políticos
complejos que se presentaron a la caída de aquélla. Cambió el nombre del Estado, de
Estados Unidos de Venezuela al de República de Venezuela, reconociendo así la efectiva
desaparición de la forma de Estado federal en Venezuela, aunque en el propio texto
constitucional se continuó manteniendo tal forma como definitoria del Estado
venezolano.
CONSTITUCIÓN DE 1961
Sancionada por el Congreso de la República, en Caracas, el 23 de Enero de 1961 y
promulgada ese mismo día por el Presidente Rómulo Betancourt.
El 23 de enero de 1958 una revuelta cívico-militar iniciada el 1 de Enero y culminada ese
día, derroca al régimen del General Marcos Pérez Jiménez. Se inicia un período provisorio,
presidido por una Junta Militar de Gobierno, que el mismo día de su instalación cambia su
composición, excluyendo a 2 de los miembros militares e incluyendo a 2 civiles, y su
nombre por el de Junta de Gobierno. La Junta Militar en su Acta Constitutiva mantiene la
vigencia del orden jurídico existente y con ello la vigencia de la Constitución de 1953, en
todo lo que no colidiera con las disposiciones del nuevo gobierno. Se dio así el caso
curioso de un régimen que derrocaba a otro, pero mantenía la Ley Fundamental de éste, y
lo que es más, un régimen dictatorial era suplantado por otro cuya misión era
precisamente restablecer el ejercicio de la democracia, como efectivamente lo hizo y sin
embargo, en vez de regresar provisionalmente a una de las constituciones anteriores, la
http://www.monografias.com/trabajos11/forgob/forgob.shtml#DICThttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANThttp://www.monografias.com/trabajos28/vico-primer-antimoderno/vico-primer-antimoderno.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/gepla/gepla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/democracia/democracia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/democracia/democracia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/gepla/gepla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/vico-primer-antimoderno/vico-primer-antimoderno.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANThttp://www.monografias.com/trabajos11/forgob/forgob.shtml#DICT
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
26/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 26
2014
de 1945 o la de 1947, mantuvo en vigencia la constitución de un régimen de fuerza, que
así tuvo una prolongación inesperada de 3 años. En todo caso, en Diciembre de 1958, se
realizaron elecciones para presidente de la República, Congreso Nacional, Asambleas de
los Estados y Concejos Municipales, conforme al sistema de la Constitución de 1953, que
era el mismo de la del año 1947.
A los pocos días de instaladas tanto la Cámara del Senado como la de Diputados, en Enero
de 1959, acordó cada una designar una Comisión con la misión de estudiar y redactar un
nuevo proyecto de Constitución. Estas comisiones, una vez electas, se reunieron el 2 de
febrero y convinieron en sesionar conjuntamente como una sola entidad con el nombre
de Comisión Bicameral de Reforma Constitucional, en la que estuvieron representadas en
forma más o menos proporcional todas las fuerzas políticas en el Parlamento. La base de
discusión o papel de trabajo de la comisión fue la Constitución de 1947. Sobre ella se
fueron haciendo ponencias, se consultaron expertos juristas y se fue estructurando un
proyecto que contó con el consenso de las fuerzas políticas mayoritarias, que por otra
parte, en su inmensa mayoría formaban parte del Gobierno. Se buscó asimismo que los
debates de fondo se hicieran en el seno de la comisión y no en el Congreso, para evitar así
la discusión pública violenta y agria que se había producido en la Constituyente de 1947.
Por ello, puede decirse que la Constitución de 1961 es una edición corregida, mejorada y
aumentada de la de 1947, donde sin embargo, el proyecto político de aquélla queda
básicamente incólume (intacto). Algunos quisieron acelerar el proceso de discusión y
aprobación pero, no obstante, éste tardó 2 años entre la comisión y el Congreso.
La Constitución de 1961 fue enmendada 2 veces:
La enmienda núm. 1, sancionada por el Congreso de la República el 9 de mayo de 1973 y
promulgada por el presidente Rafael Caldera, el 11 del mismo mes y año. Estableció una
causal de inelegibilidad para presidente de la República, senador o diputado al Congreso
Nacional y para magistrado de la Corte Suprema de Justicia, a quienes habían sido
condenados a pena de presidio o prisión superior a 3 años, por delitos cometidos en el
http://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/nuevas-tecnologias-edicion-montaje/nuevas-tecnologias-edicion-montaje.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos901/nuevas-tecnologias-edicion-montaje/nuevas-tecnologias-edicion-montaje.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
27/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 27
2014
desempeño de funciones públicas o con ocasión de éstas. Esta enmienda fue presentada y
aprobada por circunstancias políticas del momento.
La enmienda núm. 2, sancionada por el Congreso el 16 de marzo de 1983 y promulgada
por el presidente Luis Herrera Campins el mismo día. Estrictamente hablando no es una
sola enmienda, sino varias en una, pues contiene varios artículos que modifican no una
sola materia sino varias como el sistema electoral, para permitir en las elecciones
municipales sistemas distintos a los de representación proporcional de las minorías; y el
sistema nacional de jubilaciones, para permitir en una ley orgánica la regulación de las
jubilaciones a todos los niveles, nacional, estatal y municipal, de la administración central
y de la descentralizada, y así acabar con la multiplicidad de sistemas de jubilaciones, o por
lo menos ordenarlos.
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DE 1999.
Es la Carta Magna vigente en Venezuela, adoptada el 15 de diciembre de 1999, y el 15 de
febrero de 2009, le fue introducida la Enmienda Nº 1. Fue impulsada por Hugo Chávez,
recibiendo un gran respaldo de diversos sectores y el rechazo de los partidos
tradicionales. El Presidente de la República y sus seguidores la llaman la "Constitución
Bolivariana", por inspirarse en los ideales de Simón Bolívar y su ideología el
Bolivarianismo, además establece el inicio de la Quinta República de Venezuela.
La constitución venezolana de 1999 se convirtió en la primera en reconocer los derechos
de los pueblos indígenas, estableciendo como oficiales sus lenguas y reconociendo
derechos sobre los territorios ocupados ancestralmente.
Desde el punto de vista ambiental, esta constitución es pionera en la región al reconocerel derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
Entre otros asuntos de índole ambiental, la constitución establece; todas las actividades
susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de
estudios de impacto ambiental y sociocultural. El Estado impedirá la entrada al país de
http://www.monografias.com/trabajos15/indicad-evaluacion/indicad-evaluacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/hugo-chavez/hugo-chavez.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/bolivar/bolivar.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/las-fuentes-escritas/las-fuentes-escritas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/medio-ambiente-venezuela/medio-ambiente-venezuela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/ecosistema-contaminacion/ecosistema-contaminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/impac/impac.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/impac/impac.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/ecosistema-contaminacion/ecosistema-contaminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/medio-ambiente-venezuela/medio-ambiente-venezuela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/las-fuentes-escritas/las-fuentes-escritas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/bolivar/bolivar.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/hugo-chavez/hugo-chavez.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/indicad-evaluacion/indicad-evaluacion.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
28/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 28
2014
desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas
y biológicas.
El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural
integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población.
Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en
beneficio de sí misma y del mundo futuro.
Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un
ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los
procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de
especial importancia ecológica.
El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios
bioéticos regulará la materia.
Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad,
garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en
donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas,
sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
La Constitución que fue aprobada por referéndum el 15 de Diciembre de 1999, no fue
publicada sino el día 30 de ese mismo mes en la Gaceta Oficial No. 36.860. La Disposición
Final Única indica que, la Constitución estableció que entraría en vigencia el mismo día de
su publicación. Ahora bien, en la Gaceta Oficial No. 5453 del 24 de marzo de 2000, se lee
en el Sumario, como contenido de la misma lo siguiente: “Asamblea Nacional
Constituyente. Exposición de Motivos. Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela. (Se reimprime por error material del ente emisor)” . Es decir, que la
http://www.monografias.com/trabajos13/arbla/arbla.shtmlhttp://www.monografias.com/Agricultura_y_Ganaderia/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/segu/segu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/contam/contam.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/aire/aire.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/problemadelagua/problemadelagua.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos33/suelos/suelos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/clima/clima.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/capaozono/capaozono.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/capaozono/capaozono.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/clima/clima.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos33/suelos/suelos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/problemadelagua/problemadelagua.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/aire/aire.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/contam/contam.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos5/segu/segu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/Agricultura_y_Ganaderia/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/arbla/arbla.shtml
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
29/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 29
2014
Constitución inicialmente publicada en Diciembre de 1999, fue reeditada en marzo de
2000 para enmendar los errores materiales que la afectaban.
METODO DE ESTUDIO SUGERIDO AL ESTUDIANTE PARA EL TEMA
METODO DE ESTUDIO
MOTIVACIÓN Y AUTOMOTIVACIÓN
Puedes probar intentando saber algo más de ti como estudiante. El siguiente ejercicio te
será útil: Haz una lista con ideas que empiecen: “No soy capaz de...” ó “Me es difícil...” y
otra lista con ideas que empiecen: “Soy capaz de...” ó “Me gusta, se me da bien...” Ahoraanaliza la primera lista y piensa si eso puede cambiar y qué puedes hacer tú para eso.
Finalmente tacha las frases de la primera lista y vuelve a escribirlas de la siguiente forma:
“Soy capaz de concentrarme bien” en lugar de “Me es difícil mantener la concentración”.
Esas listas ponlas en un lugar visible de tu lugar de estudio y repítelas en voz alta de vez en
cuando.
LUGAR DE ESTUDIO. CARACTERÍSTICAS:*Trata de que el lugar de estudio siempre sea el mismo, en virtud de que es una Unidad
Curricular Teórica.
*Si puede ser con luz natural, en el caso contrario se debe usar la luz blanca
preferiblemente para evitar el cansancio de los ojos.
*No debe haber objetos personales que puedan distraer, fotografías a la vista, aunque sí
pueden estar en la habitación pero sin que se vean desde el lugar donde se estudia.
*Debe ser un lugar agradable donde se esté a gusto: con una temperatura adecuada si esposible, amplio para colocar el material de estudio que debe estar al alcance de la mano
así como libros de consulta y diccionarios. Encima de la mesa de estudio lo mínimo, sólo lo
necesario para trabajar.
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
30/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 30
2014
*Si es posible deben evitarse todo tipo de ruidos audiovisuales: radio, televisión, imágenes
que distraigan, conversaciones de otros, etc.
TECNICA DE ESTUDIO SUGERIDA PARA EL TEMA
1.- Realiza una lectura rápida en VOZ ALTA de todo el Tema y haces una pausa entre 5 y
10 minutos tratando de recordar (REPASO MENTAL) algo relacionado a lo leído, no
importa recuerdes poco o mucho.
2.- Realiza nuevamente una lectura rápida EN TOTAL SILENCIO de todo el Tema y haces
una pausa entre 5 y 10 minutos tratando de recordar algo relacionado a lo leído.
3.- Realiza una LECTURA PROFUNDA Y LENTA, EN TOTAL SILENCIO de todo el Tema,
cuando encuentres palabras del cual no sabes el significado, subráyalas y búscala en el
diccionario, en Internet o pregúntale al Docente, anota el significado en una libreta de
apuntes y continúa la lectura.
4.- Descansa aproximadamente 1 hora y realiza nuevamente una lectura rápida EN TOTAL
SILENCIO de todo el Tema. Finalizada la lectura elabora un RESUMEN ESCRITO de todo el
Tema (Se sugiere tener una Libreta de Apuntes y busca información en tu CEREBRO, no
copies del Manual, recuerda que si lo haces te estarás engañando a ti mismo).
5.- Esta secuencia de estudio la puedes hacer cuando quieras, te recomiendo 1 sesión por
día, siempre tratando de no saturar al cerebro.
6.- Una vez aplicada esta técnica de estudio tal como se sugiere hasta el Punto 4, pasa a
responder las preguntas de la Guía Práctica sobre el Tema.
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
31/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 31
2014
PRÁCTICA DE REPASO PARA EL TEMA No. 1
PREGUNTAS:
1.- De acuerdo a la lectura realizada, define Constitución.
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
2.- De acuerdo a la lectura realizada, define Nación.
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
3.- De acuerdo a la lectura realizada, define Territorio.
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
4.- De acuerdo a la lectura realizada, define Estado.
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
-
8/15/2019 Manual Formacion Constitucional
32/96
MANUAL BÁSICO Y GUÍA PRÁCTICA DE FORMACIÓN CONSTITUCIONAL
Dr. Juan Carlos Barrios Aular (UNERG) Página | 32
2014
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
5.- De acuerdo a la lectura realizada, define País.
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
___________________________________________________________________