Marco legal de la administración electrónica local
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Marco legal de la administración electrónica local
José Luis Blasco DíazProfesor Titular de Derecho Administrativo
Precedentes y actualidad• Evolución más lenta que en las otras Administraciones Diversidad de
modelos y grados de implantación– Diferentes condicionantes (económicos, sociales, etc.)– Diferente tipología (municipios, provincias, comarcas, etc.)
• Momento actual de avance. Factores:– Externos
•Estrategias y ayudas de otras Administraciones•Aparición de la Ley de Administración Electrónica
– Internos•Sensibilidad hacia sus ventajas•Mayor demanda ciudadana
Existencia de un contexto propicio y de un marco normativoadecuado para su puesta en marcha
Marco general de la administración electrónica local
• Evolución normativa– Eficacia, participación, transparencia: idoneidad TIC– Mejor servicio a los ciudadanos
• Simplificando burocracia• Haciendo más fáciles sus relaciones• Mayor información
• Anteriormente, norma de referencia Ley 30/1992– Impulsaba su utilización y regulaba instrumentos– Luego Ley de Modernización y Ley General Tributaria de 2003– Supeditada su implantación a compatibilidad de medios técnicos– Falta de un marco legal claro: freno
• Garantías ciudadanos• Seguridad y certeza de la actuación administrativa
La Ley de Administración Electrónica• Corrige esa situación:
– Establece que la utilización TIC asegurará la disponibilidad, acceso, integridad, autenticidad, cofidencialidad y conservación de datos
– Reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos
– Finalidad: Garantizar los derechos de los ciudadanos y su tratamiento común Garantizar la validez y eficacia de la actividad administrativa en
condiciones de seguridad jurídica• Recoge aspectos básicos de utilización de las TIC y establece el
régimen común y general de la administración electrónica• Aplicabilidad(para el ejercicio de derechos que reconoce)
A partir del día siguiente de su publicación en el BOE a los procedimientos y actuaciones adaptados a ella
En otros casos, en relación con la totalidad de los procedimientos y actuaciones a partir del 31/12/2009, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias de la entidad local. Decisión propia.
• Condicionante: marco legal
Papel de las diversas entidades locales
• Municipio: mayor rentabilidad• Entidades supramunicipales: asistencia– Mancomunidades y comarcas– Diputaciones• Actualización de su papel de asistencia y cooperación• Ley de Modernización y Ley de Administración
Electrónica• Diversas acciones
– Otras figuras (consorcios, redes)
Ley de Administración Electrónica y normativa general
• Protección de datos– Impregna toda la filosofía de la administración electrónica– Recogida en la Ley de Administración Electrónica
• Principio general• Remisiones a la Ley de Protección de Datos (tratamiento y cesión)
• Garantía de la accesibilidad efectiva– Principal objetivo de la Ley: para el ejercicio de los derechos del artículo 35
LRJAP-PAC y para obtener informaciones, realizar consultas y alegaciones, etc.
– Igualdad de trato para quien utiliza esta vía y para quien no la utiliza– Comporta:
• Medidas de tipo material (puntos de acceso, wi-fi)• Multicanalidad• Eliminación de obstáculos
• Accesibilidad y usabilidad• Aplicación de la normativa específica (LSSI, RD 1494/2007, …)
• Requisitos tecnológicos: estándares abiertos y de uso generalizado
Normativa de aplicación en las relaciones con los ciudadanos
• Complementariedad normativa– Marco legal formado por diversas normas– Lectura integrada de la Ley de Administración Electrónica y de la
LRJAP-PAC– Ley de Firma Electrónica: remisión
• Disciplina de las relaciones con los ciudadanos– Intangibilidad de sus derechos y garantías y del procedimiento– Lugar central en la sistemática de la LAE– Aplicables en cualquier relación electrónica y procedimiento– Artículo 6 LAE + LRJAP-PAC:
Propios de la utilización de medios electrónicos (identificación, seguridad) No afectados por la forma de relación
• En algunos casos, mayor facilidad en su ejercicio (no aportar datos y documentos, consulta del expediente,…)
• Instrumentos de la administración electrónica
– La Ley impone condicionamientos a la implantación del procedimiento electrónico, de la identificación, el registro y las comunicaciones
– Esenciales para que sea realidad – Posibilitan 24 x 7 x 365– Importancia para que las relaciones tengan efectos
jurídicos– Su aplicación comporta decisiones que ha de adoptar la
Entidad local (publicidad)– Remisiones por la Ley a la normativa local
• La información por medios electrónicos
– Oportunidad para mayor transparencia y accesibilidad a la información
– Exigencia de obtenerla de manera segura y comprensible– Importancia de la sede electrónica• Presencia efectiva en la red• Responsabilidad sobre la información ofrecida. Calidad
– Hay que determinar la información que se ofrecerá– Administrativa e institucional– Tablones de edictos–Otra de interés para los vecinos
Normativa sectorial• Contratación electrónica
– La Ley de Contratos del Sector Público contiene diversas previsiones al efecto• Perfil del contratante• Subasta electrónica• Requisitos de los medios de comunicación• Otras (certificados, garantías, etc.)
– Permite cumplir con las exigencias de publicidad, transparencia y no discriminación
• Procedimientos tributarios– Ley General Tributaria y normativa de desarrollo regulan su
utilización en sus procedimientos (RD 1065/2007)– Siguen los principios de la Ley de Administración electrónica– Margen para regular lo relativo a la recaudación
Normativa local
• Fundamentada en su potestad de autoorganización • Remisiones y espacios que deja libres la Ley• Finalidad:
– Establecer marco jurídico adecuado y global de su incorporación a la entidad
– Visión de conjunto: fuerza innovadora y reformadora– Marco para la adecuación procedimental y de otras normas– Referencia para la propia Entidad y para los ciudadanos (seguridad y
confianza)– Vinculación por las finalidades y principios de la Ley
• Diversidad tipológica de la normativa local– En cuanto a sus pretensiones– En cuanto a su objeto