Marco salud y seguridad laboral

download Marco salud y seguridad laboral

If you can't read please download the document

Transcript of Marco salud y seguridad laboral

Presentacin de PowerPoint

PROGRAMA INTERNACIONALDE EDUCACIN CONTINUA EN:GERENCIA DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL

Modulo: Legislacin en Salud y Seguridad Laboral Presentacin: El y la trabajador/a y el ambiente laboral

Responsabilidades y compromisos en la Salud

Por la Defensa de la Vid y la Salud en el Trabajo!

Objetivos 1.- Analizar los aspectos legales y normativos de la salud de los trabajadores y trabajadoras.

2.- Aplicar normas legales en escenarios laborales reales

Comits de Seguridad y Salud Laboral

Metodologa Fundamento Legal de la Participacin Los Trabajadores y su participacin

Fundamento Legal de la Participacin Constitucin de la Repblica Bolivariana

de Venezuela Convenios Internacionales Ley Orgnica de Prevencin,

Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo Reglamento Parcial de la Lopcymat

El gobierno de la Repblica Bolivariana de Venezuela y de las entidades polticas que la componen es y ser siempre democrtico, participativo, electivo, descentralizado...

La participacin es un derecho y herramienta fundamental de los pueblos para canalizar y buscar alternativas en la solucin de sus problemas. Los trabajadores y trabajadoras como parte de ese pueblo, cuentan con herramientas para la participacin en la mejora de sus condiciones de trabajo y en especial las relativas a la salud y seguridad. Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela Artculo 6

Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela Artculo 83La Salud es un derecho social fundamental, obligacin del Estado que lo garantizara como parte del Derecho a la vida...

Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela Artculo 87Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar...Todo Patrono o Patrona garantizara a sus Trabajadores y Trabajadoras condiciones de Seguridad, Higiene y Ambiente de Trabajo adecuados...

Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela Artculo 89EL EMPLEADOREL ESTADOAdoptar medidas para la promocin y control de las Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo Garantizar condiciones de Seguridad y Salud a los trabajadores y trabajadoras El Trabajo es un hecho social y gozara de laproteccin del Estado...

Organizacin Internacional del Trabajo Convenio 155. Recomendacin 154Derecho de consulta y cooperacin de los trabajadores en la prevencin y control de los riesgos laborales que puedan afectar su salud y seguridad a travs de la figura de DELEGADOS DE SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES

Los trabajadores tiene derecho a participar activamente en la vigilancia, mejoramiento y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo y el la prevencin de enfermedades y accidentes profesionales Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo Articulo 5 y 54, Numeral 10

El ejercicio de sus atribuciones y facultades est dirigido a la defensa del inters colectivo, especialmente de los derechos humanos laborales relacionados con la seguridad y salud en el trabajo Reglamento Parcial de la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo Articulo 49, Segundo Pargrafo

Definicin Atribuciones y Facultades Proteccin y Garantas Tiempo InamovilidadLicencia Remunerada Informes Mensuales Revocatoria

Delegados y Delegadas de Prevencin

TITULO IIIDe la Participacin y Control SocialDe los Delegados o Delegadas de Prevencin.

Lopcymat Articulo 41: Son representantes de los trabajadores ante el Comit de Seguridad y Salud Laboral, que deben ser elegidos, en votacin universal y secreta, directas y libres para ejercer la vigilancia, control y evaluacin de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Reglamento Parcial Lopcymat Articulo 49: Podrn ser elegidos Delegados y Delegadas de Prevencin las personas con catorce (14) o ms aos de edad.

El ejercicio de sus atribuciones y facultades est dirigido a la defensa del inters colectivo, especialmente de los derechos humanos laborales relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.Definiciones

Registro de Delegados y Delegadas de Prevencin

El Instituto Nacional de Prevencin, Salud y Seguridad Laborales llevar un Registro Nacional de Delegados y Delegadas de Prevencin de carcter gratuito.

Los requisitos, procedimientos, organizacin y funcionamiento de este Registro ser regulado mediante providencia del Presidente o la Presidenta del Instituto. El Comit de Seguridad y Salud Laboral o el patrono o la patrona tienen el deber de suministrar peridicamente al Registro previsto en este artculo, toda la informacin que le sea requerida por el Instituto.Registro

Lopcymat Articulo 42 Reglamento Parcial Lopcymat Articulo 50

Constituir con representantes de los empleadores el Comit de Seguridad y Salud Laboral.

Recibir y tramitar denuncias de los trabajadores relativas a condiciones inseguras de trabajo, instalaciones para la recreacin, utilizacin del tiempo libre y descanso.

Participar activamente en la mejora de la accin preventiva y de promocin de la salud y seguridad en el trabajo.

Promover y fomentar la cooperacin de los trabajadores en la ejecucin de la normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo.

Coordinar con las organizaciones sindicales, las acciones de defensa, promocin, control y vigilancia de la seguridad y salud en el trabajoAtribuciones

Lopcymat Articulo 42 Reglamento Parcial Lopcymat Articulo 50

Asistir y participar en los procesos de formacin, capacitacin bajo la Coordinacin de MINTRASS e INPSASEL.

Recibir las comunicaciones de los trabajadores y las trabajadoras cuando ejerzan su derecho a rehusarse a trabajar, a alejarse de una condicin insegura o a interrumpir una tarea o actividad de trabajo para proteger su seguridad y salud laboral.

Presentar informe sobre las actividades realizadas en el ejercicio de sus atribuciones y facultades ante el INPSASEL.

Atribuciones

Lopcymat Articulo 43

Acompaar a los tcnicos de la empresa, asesores externos o a los funcionarios de inspeccin de los organismos oficiales

Tener acceso a la informacin relativa a las condiciones de trabajo.

Solicitar informacin a los empleadores sobre daos ocurridos a la salud de los trabajadores.

Solicitar a los empleadores informes procedentes de las personas u rganos encargados de las actividades seguridad y salud en el trabajo en la empresa.

Visitar los lugares de trabajo y las reas destinadas a la recreacin y descanso, para ejercer la labor de vigilancia y control de las condiciones del medio ambiente de trabajoFacultades

Facultades Lopcymat Articulo 43

Demandar de los empleadores la adopcin de medidas preventivas para la mejora de los niveles de proteccin de seguridad y la salud de los trabajadores.

Proteccin Del Tiempo Utilizado para el Ejercicio de sus Funciones

El tiempo invertido por los delegados y delegadas para desempear sus funciones as como su proceso de formacin, ser considerado como parte de su jornada diaria de trabajo.

Si las actividades son realizadas durante la jornada de trabajo se considerar como si hubiere laborado efectivamente la misma, debiendo pagarse al Delegado o Delegada de Prevencin la remuneracin correspondiente, as como las dems obligaciones derivadas de la relacin de trabajo.

Si las actividades son realizadas fuera de la jornada de trabajo se otorgar al Delegado o Delegada de Prevencin, dentro de la semana siguiente, un tiempo de descanso remunerado igual al utilizado en las mismas.

Proteccin Lopcymat Articulo 44

Una vez elegidos y hasta tres(3) meses despus de vencidos los dos (2) aos que debe durar en sus funciones, los delegados de prevencin quedan investidos de la inamovilidad especial establecida.

Reglamento Parcial Lopcymat Articulo 55

Efectos: No podrn ser despedidos trasladados y desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo La violacin de esta inamovilidad laboral, acarrear sanciones para el empleador con multas de 76 a 100 U.T. (Art. 120, numeral 18).

Proteccin Reglamento Parcial Lopcymat Articulo 55

La inamovilidad laboral de los Delegados (a) de Prevencin es irrenunciable, Intransferible e indisponible y se otorga para garantizar la defensa del inters colectivo y la autonoma en el ejercicio de sus funciones.

La violacin de este derecho comprende tanto al Delegado (a) de Prevencin como al colectivo de trabajadores (a) que representa. En consecuencia, se considerarn expuestos a dicha violacin todos los trabajadores y trabajadoras del centro de trabajo, establecimiento, faena o unidad de explotacin.

Se considera nulo el despido, traslado o desmejora de las condiciones de trabajo de los Delegados (a) de Prevencin sin justa causa debidamente calificada por el Inspector del Trabajo. En estos casos, podrn solicitar su reenganche o restitucin de la situacin jurdica infringida, as como el pago de los salarios cados.

Proteccin Reglamento Parcial Lopcymat Articulo 55

Se entiende por TRASLADO cuando el patrono o patrona decide cambiar la ubicacin o sitio donde el Delegado o Delegada de Prevencin presta sus servicios, as como el cambio de su cargo o puesto de trabajo.

Se entiende por DESMEJORA cuando el patrono o patrona decide cambiar las condiciones laborales del Delegado o Delegada de Prevencin que afecte sus derechos, garantas, deberes o intereses

Informe Lopcymat Articulo 44

El delegado o delegada de prevencin deber presentar informe sobre las actividades desarrolladas ante el CSSL, y ante el INPSASEL, de acuerdo con lo establecido con el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Reglamento Parcial Lopcymat Articulo 52LOS INFORMES DE ACTIVIDADES QUE DEBEN PRESENTAR ANTE INPSASEL, CONTENDR:

1. Actividades de promocin y prevencin de la salud y seguridad en el trabajo.

2. Actividades realizadas para promover y fomentar la cooperacin de los trabajadores y las trabajadoras en la ejecucin de la normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo.

Informe Reglamento Parcial Lopcymat Articulo 52LOS INFORMES DE ACTIVIDADES QUE DEBEN PRESENTAR ANTE INPSASEL, CONTENDR:

3. Enfermedades ocupacionales diagnosticadas y accidentes de trabajo ocurridos.

4. Denuncias recibidas de los trabajadores y las trabajadoras relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo, as como sobre los programas e instalaciones para la recreacin y utilizacin del tiempo libre.

5. Solicitudes de informacin realizadas al patrono (a) en el ejercicio de sus funciones o sobre los daos ocurridos en la salud de los trabajadores (a) .6. Visitas realizadas para la vigilancia y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, as como a las reas destinadas a la recreacin y descanso.

Informe Reglamento Parcial Lopcymat Articulo 52LOS INFORMES DE ACTIVIDADES QUE DEBEN PRESENTAR ANTE INPSASEL, CONTENDR:

7. Demandas y solicitudes de medidas preventivas, correctivas y mejoras en materia de seguridad y salud en el trabajo realizadas al patrono (a), indicando si las mismas fueron adoptadas o no.

8. Denuncias de obstaculizacin, impedimento, dificultad, desmejora, acoso laboral o cualquier accin u omisin que dificulte el cumplimiento de sus funciones.

9. Cualquier otra observacin que el Delegado (a) estime pertinente. Este informe deber ser remitido mensualmente al INPSASEL, con copia al Comit, utilizando los formularios previstos a tal efecto por el Instituto.

Revocatoria Reglamento Parcial Lopcymat Articulo 64Supuestos para Revocar

1. La inasistencia injustificada en tres (3) oportunidades seguidas a las reuniones o dems actividades convocadas por el CSSL.

2. La omisin de la presentacin de tres (3) informes seguidos al CSSL.

3. El incumplimiento de las convocatorias y requerimientos expresos del INPSASL en tres (3) oportunidades seguidas.

En caso de incumplimiento de las convocatorias y requerimientos expresos del Inpsasel, ste informar a los trabajadores (a) representados por el Delegado (a) de Prevencin, a los fines de que stos decidan si ejercen su derecho a revocarlos.

Comits de Seguridad y Salud Laboral

Definicin Lopcymat Articulo 46

En todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotacin de las diferentes empresas o instituciones pblicas o privadas, debe constituirse un Comit de Seguridad y Salud Laboral. rgano paritario y colegiado de participacin, destinado a la consulta regular y peridica de las polticas, programas y actuaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Se compone por representantes de trabajadores y empleadores, que de manera simultanea y en situacin de igualdad (plano horizontal) llevan a cabo las funciones del CSSL, de tal manera que las decisiones colectivamente expresadas sean la manifestacin del rgano y no de las personas que la integran..

[email protected]

Abogado Hctor Mauricio Benavides MrquezCelular: 0424-933.84.44