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1 ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 1: PAGO DE APORTES PARAFISCALES Y PRESTACIONES SOCIALES Introducción La preocupación del Estado en relación a otorgar garantías a los trabajadores en materia de seguridad social, no es nueva, desde principio de siglo XX, se realizaron las primeros acercamientos, con Ley 57 de 1915 y en adelante se fue estructurando su marco normativo hasta llegar la Ley 100 de 1993, todo con el propósito de generar bienestar social y calidad de vida en torno a la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como salud, vejez o discapacidades. Este documento contiene la información general y estructural del Sistema de Seguridad Social en Colombia SSSC, hace un recorrido histórico normativo que le permitirá entender los avances del Estado Colombiano en esta materia, siguiendo con una descripción detallada del Sistema incluyendo conceptos, principios y descripción de los regímenes, así mismo se abordan temas como obligaciones del empleador y aportes parafiscales, está diseñado para que el aprendiz se inicie en el camino de formación y genere las bases para lograr sus expectativas y las del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA. Contenido 1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL. .................................................................................................................. 3 2. CONFORMACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. ............................... 4 3. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS QUE RIGEN EL SISTEMA. ...................................... 4 a. Eficiencia: ................................................................................................................................... 4 b. Universalidad: ............................................................................................................................ 4 c. Solidaridad: ................................................................................................................................ 5 d. Integralidad: .............................................................................................................................. 5 e. Unidad: ....................................................................................................................................... 5 f. Participación: .............................................................................................................................. 5 4. NORMATIVIDAD VIGENTE: CARACTERÍSTICAS, OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS EMPLEADORES Y TRABAJADORES. .................................... 5 4.1 Características ....................................................................................................................5 4. 2 Régimen de Seguridad Social en Salud..........................................................................5 A. Régimen Contributivo: ................................................................................................................ 5 B. Régimen Subsidiado: ................................................................................................................... 5 4.3 Régimen de Pensiones .....................................................................................................6 A. Régimen solidario de prima media con prestación definida.................................................... 6 B. Régimen de ahorro individual con solidaridad .......................................................................... 6

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ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 1: PAGO DE APORTES PARAFISCALES Y PRESTACIONES SOCIALES Introducción La preocupación del Estado en relación a otorgar garantías a los trabajadores en materia de seguridad social, no es nueva, desde principio de siglo XX, se realizaron las primeros acercamientos, con Ley 57 de 1915 y en adelante se fue estructurando su marco normativo hasta llegar la Ley 100 de 1993, todo con el propósito de generar bienestar social y calidad de vida en torno a la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como salud, vejez o discapacidades. Este documento contiene la información general y estructural del Sistema de Seguridad Social en Colombia SSSC, hace un recorrido histórico normativo que le permitirá entender los avances del Estado Colombiano en esta materia, siguiendo con una descripción detallada del Sistema incluyendo conceptos, principios y descripción de los regímenes, así mismo se abordan temas como obligaciones del empleador y aportes parafiscales, está diseñado para que el aprendiz se inicie en el camino de formación y genere las bases para lograr sus expectativas y las del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Contenido

1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL. .................................................................................................................. 3

2. CONFORMACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. ............................... 4

3. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS QUE RIGEN EL SISTEMA. ...................................... 4 a. Eficiencia: ................................................................................................................................... 4

b. Universalidad: ............................................................................................................................ 4

c. Solidaridad: ................................................................................................................................ 5

d. Integralidad: .............................................................................................................................. 5

e. Unidad: ....................................................................................................................................... 5

f. Participación: .............................................................................................................................. 5

4. NORMATIVIDAD VIGENTE: CARACTERÍSTICAS, OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS EMPLEADORES Y TRABAJADORES. .................................... 5

4.1 Características .................................................................................................................... 5

4. 2 Régimen de Seguridad Social en Salud.......................................................................... 5

A. Régimen Contributivo: ................................................................................................................ 5

B. Régimen Subsidiado: ................................................................................................................... 5

4.3 Régimen de Pensiones ..................................................................................................... 6

A. Régimen solidario de prima media con prestación definida .................................................... 6

B. Régimen de ahorro individual con solidaridad .......................................................................... 6

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4.4. Régimen Riesgos Laborales ............................................................................................ 6

4.4 Obligaciones de los empleadores para la afiliación al sistema de seguridad

social 6

E. Liquidación de aportes planilla integrada pila: ................................................................ 7

Empleador con 200 o más cotizantes: ..................................................................................... 8

Empleador con menos de 200 cotizantes: ............................................................................... 9

Trabajadores independientes: ................................................................................................. 9

5. NORMATIVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA APLICADA EN APORTES PARAFISCALES ..................................................................................... 10

6. APORTES PARAFISCALES (SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA) / INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) / CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR). ................................................................................. 10

6. 1 Servicio Nacional de Aprendizaje SENA....................................................................... 11

6.2 Distribución de los Recursos Regionales ..................................................................... 12

6. 3 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ................................................................. 12

7. IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD (CREE). ............................ 13 7. 1¿Qué es el CREE? ............................................................................................................ 13

7.2 ¿A quiénes se les debe hacer retenciones en pagos por concepto del CREE? ...... 14

7.3 ¿Cuál es la situación de los Consorcios y Uniones Temporales? ............................. 14

7. 4¿A quiénes no se les debe hacer retenciones por concepto del CREE? .................. 15

8. CONCLUSIONES .................................................................................................. 15

Referencias ............................................................................................................... 15

Imágenes .................................................................................................................. 17

Tablas........................................................................................................................ 17

CONTROL DE DOCUMENTO ................................................................................... 17

Créditos .................................................................................................................... 18

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1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL.

En Colombia, el antecedente de ley para los trabajadores del sector privado es la

Ley 57 de 1915, esta aclaraba procedimientos referidos a la asistencia médica e

indemnizaciones por accidente o muerte, luego la Ley 37 de 1921 implementó el

seguro obligatorio de vida, pero la reforma constitucional de 1936 introdujo varios

cambios de tipo social y de política laboral y la Ley 53 de 1938 reconoce la

protección a la maternidad.

Por otro lado la Ley 6ª de 1945 consagró los derechos a pensiones, salud y riesgos

profesionales de los trabajadores, luego la Ley 90 de 1946, crea el Instituto

Colombiano de Seguros Sociales -ICSS-.

Para el caso de los trabajadores gubernamentales del nivel central, la Caja Nacional

de Previsión Social -Cajanal- fue fundada más tarde, mucho antes, la Ley 82 de

1912 había creado la pionera Caja de Auxilios de los Ramos Postal y Telegráfico,

que sólo hasta 1960 se transformaría en Caja de Previsión Social de

Comunicaciones -Caprecom-, entidad pública agregada al Ministerio de

Comunicaciones, que en 1995 sería adscrita al Ministerio de Salud.

En años posteriores se amplió la oferta de previsión social para garantizar los

Ley 100 de 23 de diciembre de 1993 Estatuto General SSSC

Sistema General de Pensiones -SGP-

Sistema de Seguridad Social en Salud -SGSSS-

Sistema General de Riesgos Laborales -SGRL-

Régimen de ahorro individual con solidaridad

Régimen Solidario de prima media con prestación definida

Régimen Contributivo

Régimen Subsidiado

Régimen de Riesgos Laborales

APORTES PARAFISCALES

SENA

ICBF

Cajas de Compensación Familiar

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beneficios de cesantías. En 1964 con el decreto 3170 se reglamentan los seguros

de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. El Instituto de Seguro Social -

ISS- nace como un establecimiento independiente para empleados particulares con

régimen económico tripartito, con aportes de los patronos, los trabajadores y el

Estado. Al realizar un análisis de toda esta situación, el gobierno mediante la

constitución de 1991 en su artículo 48, reglamenta la seguridad social como un

servicio público de carácter obligatorio para todos los habitantes del territorio

nacional, por lo cual se crea la Ley 100 del 23 de diciembre de 1993 que da las

pautas del funcionamiento del Sistema General de Seguridad Social integral actual.

2. CONFORMACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. El Sistema de Seguridad Social en Colombia está conformado de la siguiente manera:

Sistema General de Pensiones -SGP-. Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS-. Sistema General de Riesgos Laborales -SGRL-.

Cada afiliado puede escoger de manera separada la entidad administradora del régimen de salud, del régimen de pensiones. Sin embargo en materia de Riesgos Laborales es el empleador quien selecciona cual administradora será la responsable de sus trabajadores para los riesgos y contingencias.

Video Prestaciones sociales en Colombia. https://www.youtube.com/watch?v=v2ZjLxD6IJc

3. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS QUE RIGEN EL SISTEMA. El Sistema de Seguridad Social en Colombia es el conjunto de instituciones

(públicas y privadas), normas y procedimientos, con los cuales las personas y la

comunidad pueden gozar de derechos relacionados con su calidad de vida, gracias

al cumplimiento progresivo de los planes de beneficios que el Estado desarrolla, y

por los cuales se proporciona una cobertura integral de las contingencias,

especialmente las que afectan la salud y la capacidad económica, de la población

Colombiana, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la

comunidad. Tiene 6 principios que lo rigen a saber:

a. Eficiencia: adecuada utilización social y económica de los recursos

administrativos, técnicos y financieros disponibles, para que el servicio se preste en

forma adecuada, oportuna y suficiente.

b. Universalidad: Protección para todas las personas, de cualquier raza, género

y a cualquier edad.

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c. Solidaridad: Garantía de seguridad social para la población pobre y vulnerable

d. Integralidad: Cobertura de todo lo que afecta a la salud, la capacidad

económica y en general las condiciones de vida de todas las personas, recibiendo

los beneficios descritos por la Ley.

e. Unidad: Integración de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y

prestaciones para brindar adecuadamente los servicios de la seguridad social.

f. Participación: las personas intervienen en la organización, control, gestión y

fiscalización

de las instituciones y del sistema integral.

4. NORMATIVIDAD VIGENTE: CARACTERÍSTICAS, OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS EMPLEADORES Y TRABAJADORES. 4.1 Características Apreciado aprendiz a continuación se describen las principales características del marco legal vigente aplicable al Sistema de Seguridad Social en Colombia. La Ley 100 del 23 de diciembre de 1993, es el Estatuto General del Sistema de Seguridad Social en Colombia, ordena las instituciones y los recursos necesarios para alcanzar los siguientes objetivos:

1. Garantizar las prestaciones económicas y de salud a quienes tienen una relación

laboral o capacidad económica suficiente para afiliarse al sistema.

2. Garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios en los términos

de la ley 100 de 1993.

3. Garantizar la ampliación de cobertura hasta lograr que toda la población acceda al

sistema, mediante mecanismos que en desarrollo del principio constitucional de

solidaridad, permitan que sectores sin la capacidad económica suficiente como

campesinos, indígenas y trabajadores independientes, artistas, deportistas, madres

comunitarias, accedan al sistema y al otorgamiento de las prestaciones en forma

integral.

Así mismo establece los regímenes de la Seguridad Social en Colombia, a saber:

4. 2 Régimen de Seguridad Social en Salud Este régimen se encuentra compuesto por 2 regímenes que son:

A. Régimen Contributivo: a este régimen pertenecen los trabajadores con contrato

laboral formal, los servidores públicos, los pensionados y los independientes con

capacidad de pago.

B. Régimen Subsidiado: a este régimen pertenecen las personas sin capacidad de

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pago que pertenezcan a nivel 1 y 2 del SISBEN.

4.3 Régimen de Pensiones

En el cual existen 2 regímenes que son:

A. Régimen solidario de prima media con prestación definida El monto de la pensión es preestablecido, así como la edad de jubilación y las

semanas mínimas de cotización. En este régimen no se hacen cotizaciones

voluntarias, ni se puede optar por pensiones anticipadas.

B. Régimen de ahorro individual con solidaridad Los afiliados tienen una cuenta individualizada, en la cual se abona el valor de sus

cotizaciones y las de su empleados, las cotizaciones voluntarias, los bonos

pensionales y los subsidios del Estado si hubiere lugar a ellos, más todos los

rendimientos financieros que genere la cuenta individual. El monto de pensión es

variable y depende entre otros factores, del monto acumulado en la cuenta, de la

edad a la cual decida retirarse el afiliado, de la modalidad de la pensión, así como de

las semanas cotizadas y la rentabilidad de los ahorros acumulados.

4.4. Régimen Riesgos Laborales Encargado de proteger a los trabajadores, de los accidentes o enfermedades

ocasionadas por el desarrollo de su trabajo.

Imagen 1.

Fuente: (SENA – LP, Risaralda. 2014). 4.4 Obligaciones de los empleadores para la afiliación al sistema de seguridad social

Según la Ley 100 de 1993, los empleadores tienen la obligación de inscribir a

todas las personas que tengan contrato laboral al SGSSS, SGRL y al SGP,

descontando del salario de los trabajadores la suma establecida por la Ley, y de

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aportar un porcentaje calculado con base en el salario mensual del trabajador, para

completar las contribuciones, según los siguientes parámetros: Tabla 1. Contribución a la seguridad social

Fuente:(SENA. Risaralda, Sin Fecha).

EJEMPLO:

Pedro Pérez, tiene una fábrica de calzado con 10 operarios, uno de sus operarios es José Méndez, quien tiene un salario mensual de $7000.000 pesos y otro empleado es Carlos Medina quien tiene un salario de $1.000.000 pesos, entonces los aportes se realizarán de la siguiente manera:

Tabla 2. Aportes de empleador y trabajador

Pedro Pérez EMPLEADOR

José Méndez TRABAJADOR

Pedro Pérez EMPLEADOR

Carlos Medina TRABAJADOR

SGP SGP SGP SGP

$84000 (12%) $28.000 (4%) $120.000 (12%) $40.000(4%)

SGSSS SGSSS SGSSS SGSSS

$59.500 (8,5%) $28.000 (4%) $85.000 (8,5%) $40.000(8,5%)

SGRL SGRL SGRL SGRL

60900 (8,7%) N/A $87.000 (8,7%) N/A

Fuente:(SENA Risaralda, Sin Fecha).

Estas contribuciones que deben realizar tanto los empleadores, como los

empleados dependientes e independientes, se deben realizar a través de una

Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) donde se paga la salud, la

pensión y la aseguradora de riesgos laborales de cada persona.

E. Liquidación de aportes planilla integrada pila: La planilla Integrada de Liquidación de Aportes es un formato inteligente, permite liquidar los aportes al SGSS según el ingreso base de cotización (IBC) y condiciones personales del aportante. Se utiliza para integrar los aportes al SGSS en un solo instrumento, lo que permite:

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• Ahorrar tiempo. • Conocer la situación de la persona respecto a cada subsistema. Para gestionar los aportes se deben seguir los siguientes pasos: Primer Paso: Inscripción ante un operador de información, se puede realizar

de 2 formas: a. Asistida (Decreto 1931 de 2006) b. Electrónica (Decreto 1465 de 2005) Segundo Paso: Diligenciar la planilla por medio del registro ante el operador y

determinar la modalidad de planilla. Tercer Paso: Verificar el resultado.

Cuarto Paso: Autorizar el pago.

Quinto Paso: Pago seguro y transparente. Con el objetivo de mantener un orden en los recaudos es preciso tener en cuenta las fechas establecidas para ello. Las fechas definidas para el pago de los aportes, se encuentran estipuladas en el

decreto 1670 de 2007 (Mayo 14 de 2007) y son los siguientes: Empleador con 200 o más cotizantes: Los empleadores cuyas nóminas de

trabajadores activos o pensionados contengan 200 o más cotizantes, efectuarán

sus aportes en las fechas que se indican a continuación:

Tabla 3. Pago de 200 o más cotizantes

Fuente:(SENA. Risaralda, Sin Fecha).

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Empleador con menos de 200 cotizantes: Los empleadores cuyas nóminas de trabajadores activos o pensionados contengan menos de 200 cotizantes, efectuarán sus aportes en las fechas que se indican a continuación:

Tabla 4. Pago de 200 o menos cotizantes

Fuente:(SENA. Risaralda, Sin Fecha).

Trabajadores independientes: Efectuarán sus aportes en las fechas que se indican a continuación:

Tabla 5. Pago de aportes, cotizantes independientes

Dos últimos dígitos del documento de

identificación

Día hábil de vencimiento

00 al 07 1°

08 al 14 2°

15 al 21 3°

22 al 28 4°

29 al 35 5°

36 al 42 6°

43 al 49 7°

50 al 56 8°

57 al 63 9°

64 al 69 10°

70 al 75 11°

76 al 81 12°

82 al 87 13°

88 al 93 14°

94 al 99 15°

Fuente:(SENA. Risaralda, Sin Fecha).

EJEMPLO:

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41 al 48 6º día hábil El caso de Pedro Pérez, quien tiene una fábrica de calzado con 10 operarios. El

Nit. de su empresa es 52.864.945, entonces los aportes se realizarán teniendo en

cuenta que la tabla de referencia para empleadores con menos de 200

trabajadores, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del Nit. (45), el aporte lo

debe realizar antes del sexto día hábil del mes. 5. NORMATIVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA APLICADA EN APORTES PARAFISCALES

A continuación se relaciona el marco normativo legal vigente aplicado a los aportes parafiscales.

Subsidio familiar: Es administrado por las Cajas de Compensación Familiar, está regulado por la ley 21 de 1982 y decreto 3667 de 2004. No es un salario, es una prestación social, que consiste en aliviar las cargas económicas a los trabajadores de medianos y bajos ingresos, según el número de personas que tengan a cargo.

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF): Los aportes del ICBF están regulados por la ley 89 de 1988, se calculan y pagan teniendo como base de liquidación el concepto de nómina mensual de salarios establecidos en el artículo 17 de la Ley 21 de 1982.

Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA): El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, está encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país. Los aportes al SENA están reglamentados por la ley 119 de 1994. 6. APORTES PARAFISCALES (SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA) / INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) / CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR). En este aparte se explican los aportes parafiscales del SENA, ICBF y Cajas de Compensación, identificando las características del sistema general del subsidio familiar y de los aportes, las obligaciones de los empleadores y el trámite de afiliación con el ingreso base de cotización.

Todas las empresas o unidades productivas que tengan trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo, deben hacer un aporte equivalente al 9% de su nómina para los aportes parafiscales, los cuales se distribuirán de la siguiente forma:

• 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

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• 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

• 4% para el subsidio familiar (Cajas de Compensación Familiar).

6. 1 Servicio Nacional de Aprendizaje SENA

Los aportes al SENA están reglamentados por la ley 119 de 1994 y dentro de sus principales características se puede encontrar que el patrimonio del SENA está conformado por:

1. Los bienes que actualmente posee y los que reciba o adquiera a cualquier título.

2. Los ingresos generados en la venta de productos y servicios como resultado de acciones de formación profesional integral y desarrollo tecnológico.

3. Las donaciones y contribuciones de terceros y las asignaciones por ley de bienes y re cursos. 4. Los aportes de los empleadores para la inversión en el desarrollo social y técnico de los trabajadores, recaudados por las cajas de compensación familiar o directamente por el SENA, así:

a. El aporte mensual del medio por ciento (1/2%) que sobre los salarios y jornales

deben efectuar la Nación y las entidades territoriales, dentro de los primeros diez (10) días de cada mes.

b. El aporte del dos por ciento (2%) que dentro de los diez (10) primeros días de cada mes deben hacer los empleadores particulares, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta, sobre los pagos que efectúen como retribución por concepto de salarios.

5. Las sumas provenientes de las sanciones que imponga el Ministerio de Trabajo

y Seguridad social por violaciones a las normas del Código Sustantivo del Trabajo y demás disposiciones que lo adicionen o reformen, así como las impuestas por el SENA.

6. Los recaudos captados por las Cajas de Compensación Familiar y la Caja Agraria serán girados al SENA, así:

• Lo recaudado dentro de los primeros diez (10) días de cada mes, a más tardar el día 20 calendario del mismo mes.

• Lo recaudado entre el día once (11) y el último día del mes, dentro de los primeros diez (10) días calendario del mes siguiente.

7. Con destino a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales el SENA expedirá un paz y salvo a los empleadores que a la fecha del mismo hayan

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cumplido con la obligación. 6.2 Distribución de los Recursos Regionales

Cada regional financieramente autosuficiente aplicará a la realización de la misión hasta un 70% de sus recaudos. Por su parte, las demás regionales aplicarán al mismo objetivo hasta un 80% de sus recaudos.

Los remanentes se destinarán a:

a. Sostenimiento de la Dirección General. b. Apoyar o financiar los programas de formación profesional que deban ejecutarse en regiones y sectores con ingresos insuficientes para la realización de los mismos.

Obligación para los Empleadores

A pagar el subsidio familiar y a efectuar aportes para el Servicio Nacional de Aprendizaje Sena (SENA):

1. La Nación por intermedio de los Ministerios, Departamentos Administrativos y Superintendencias.

2. Los Departamentos, Intendencias, Comisarías, Bogotá y los Municipios.

3. Los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales y las empresas de economía mixta de los órdenes nacional, departamental, intendencial, distrital y municipal.

4. Los empleadores que ocupen uno o más trabajadores permanentes.

5. Las Universidades Públicas no están obligadas a efectuar aporte para el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA. Las deudas que las Universidades Públicas hayan adquirido con el SENA por concepto de dichos aportes, serán compensadas mediante el suministro, por parte de las Universidades Públicas, de programas de capacitación según los requerimientos y necesidades del SENA.

6. Las Universidades Privadas, aprobadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, que sean entidades sin ánimo de lucro, no están obligadas a efectuar aportes para el SENA. 6. 3 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Los aportes del ICBF están regulados por la ley 89 de 1988, se calculan y pagan teniendo como base de liquidación el concepto de nómina mensual de salarios establecidos en el artículo 17 de la Ley 21 de 1982. Existen hogares comunitarios de bienestar constituidos a través de becas del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) a las familias, con miras a que conjuntamente con sus vecinos y utilizando un alto contenido de recursos locales,

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atiendan las necesidades básicas de nutrición, salud, protección y desarrollo individual y social de los niños pobres del país. Las características de los aportes parafiscales con destino al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar son: a. El incremento de los recursos, se dedicará exclusivamente a dar continuidad, desarrollo y cobertura a los Hogares Comunitarios de Bienestar de las poblaciones infantiles más vulnerables del país. b. Las entidades del sector público liquidarán y pagarán el aporte correspondiente al ICBF al tiempo que liquidan y pagan el subsidio familiar a los respectivos organismos, sin que medie cuenta de cobro. c. El ICBF reconocerá a las cajas recaudadoras por concepto de gastos de administración, hasta medio punto porcentual (1/2%) del total de los valores recaudados. d. Los recaudos captados por las Cajas de Compensación, ISS, y la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, con destino al ICBF, serán girados a las pagadurías regionales de la citada entidad, así: • Lo recaudado dentro de los primeros diez (10) días de cada mes, a más tardar el día veinte (20) del mismo mes. • Lo recaudado entre el día once (11) y el último del mes, dentro de los primeros diez (10) días calendario del mes siguiente. Video Liquidación de aportes a EPS, pensión y parafiscales en salarios integrales https://www.youtube.com/watch?v=ZaqorbmYkpo 7. IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD (CREE). 7. 1¿Qué es el CREE? Por años, expertos en mercado laboral e informalidad han llamado la atención sobre cómo los impuestos sobre la nómina son un obstáculo para la creación de empleo formal en Colombia. Escuchando este llamado, el Congreso de la República aprobó en el marco de la reforma tributaria, una reducción en dichos impuestos con la eliminación de los aportes parafiscales a SENA e ICBF pagados por empresas y personas naturales empleadoras por empleados que ganen menos de 10 salarios mínimos. Este alivio tributario abarata la contratación de empleados e incentiva su formalización. Para garantizar la sostenibilidad y la independencia financiera del SENA y el ICBF (importantes entidades con una invaluable labor con jóvenes y niños), el Congreso creó el nuevo impuesto sobre la renta para la equidad – CREE.

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Imagen 2.

Fuente: (SENA – LP, Risaralda. 2014). Como lo sugiere su nombre, el CREE representa un cambio en tanto no grava la nómina sino las utilidades de las empresas. Esto implica que una parte de la carga tributaria se desplaza de sectores creadores de empleo, como la industria y la agricultura a sectores de mayor rentabilidad como la minería y el sector financiero. Finalmente, aunque estarán exentas del CREE, las personas naturales que tienen empleados (más de uno) estarán exoneradas de los aportes parafiscales a SENA e ICBF, lo cual representa un impulso para el emprendimiento. El impuesto sobre la renta para la equidad –CREE, nace como el aporte con el que contribuyen las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, en beneficio de los trabajadores, la generación de empleo, y la inversión social. 7.2 ¿A quiénes se les debe hacer retenciones en pagos por concepto del CREE? - Sociedades y personas jurídicas y asimiladas nacionales contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios. - Sociedades y entidades extranjeras contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta por sus ingresos de fuente nacional, obtenidos mediante sucursales y establecimientos permanentes. 7.3 ¿Cuál es la situación de los Consorcios y Uniones Temporales?

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Serán los socios quienes se consideren de manera individual para efectos de la práctica de la retención, por ello quien efectúe el pago o abono en cuenta deberá practicar al consorcio o unión temporal, la respectiva retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE, y corresponderá a cada uno de sus miembros asumir la retención a prorrata de su participación en el ingreso facturado, considerando para cada caso si es o no sujeto pasivo del mismo impuesto. 7. 4¿A quiénes no se les debe hacer retenciones por concepto del CREE? - Las personas naturales; - Las entidades no contribuyentes, como los entes territoriales o las propiedades horizontales; - Las entidades sin ánimo de lucro; - Sociedades y entidades extranjeras sin sucursal o establecimiento permanente en el país, o sea los inversionistas de portafolio; - Los usuarios industriales de bienes y servicios de Zonas Francas y las sociedades constituidas como Zonas Francas a 31 de diciembre de 2012 o aquellas que hubieren radicado la respectiva solicitud ante el Comité Intersectorial de Zonas Francas. - Quienes no hayan sido previstos en la ley expresamente como sujetos pasivos. Video Pago de seguridad social y parafiscales del hijo del dueño de una empresa https://www.youtube.com/watch?v=UgXPXU3cCwo 8. CONCLUSIONES Es importante recordar que la Seguridad Social Integral, es un derecho de todas las

personas y permite que estas tengan una calidad de vida óptima, gracias a la

cobertura que se realiza a nivel de salud, pensión y riesgos laborales, teniendo en

cuenta principios como la eficiencia, la universalidad, la solidaridad la integridad, la

unidad y la participación, que contribuyen al adecuado funcionamiento del sistema y

que además se debe cumplir con ciertas normas estipuladas, para la realización de

los aportes mensuales al sistema, que garantiza el adecuado manejo de los

recursos.

Referencias

Actualícese puntocom. (2011). Liquidación de aportes a EPS, pensión y parafiscales en salarios integrales. Consultado el 19 de julio de 2014 en:

https://www.youtube.com/watch?v=UgXPXU3cCwo

Actualícese puntocom. (2013). Pago de seguridad social y parafiscales del hijo del dueño de una empresa. Consultado el 19 de julio de 2014 en:

https://www.youtube.com/watch?v=UgXPXU3cCwo

Caja de compensación compensar. (2011). Siatema de seguridad en

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Colombia. Consultado el 19 de julio de 2014 en: http://www.comfenalcoantioquia.com/infolocal/Documentos/seguridadsocial/SeguridadSocial/Propuesta_La_pirinola_del_bienestar.pdf

Consuelo Uribe mallarino. (1.999). alcances de la seguridad social en Colombia. Consultado el 19 de julio de 2014 en: http://www.javeriana.edu.co/politicas/publicaciones/documents/5.ALCANCESDELASEGURIDAD.pdf

consultores aliados. (2013). Prestaciones sociales en Colombia. Consultado el 19 de julio de 2014 en: https://www.youtube.com/watch?v=v2ZjLxD6IJc

Fanny Cisneros G. (2003). Sistema de seguridad social en Colombia. Consultado el 19 de julio de 2014 en: http://artemisa.unicauca.edu.co/~pivalencia/archivos/SistemaSeguridadSocialColombia.pdf

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República de Colombia, gobierno nacional.(1.993). ley 100 de 1993 sistema de seguridad social integral. Consultado el 19 de julio de 2014 en: http://www.laseguridad.ws/consejo/consejo/html/biblioteca-legis/ley_100.pdf

Nota aclaratoria En esta nueva versión del programa de formación Actualización de la Seguridad Social en Colombia, se incluye en el titulo La integralidad del sistema de Seguridad Social en Colombia; además los materiales de formación nuevos se actualizaron cambiando las tasas de cotización por las vigentes, para cotizantes, empresarios y trabajadores. También se referenciaron nuevas leyes que entraron a regular el Sistema de Seguridad Social en Colombia como la 1562 de 2012, la cual modificó el sistema de riesgos laborales y se dictaron otra disposiciones en materia de salud ocupacional. Respecto a la estructura del programa, este responde a la norma de competencia 230101003 con título Apoyar el proceso de afiliación de la población al sistema general de seguridad social en salud según normativa vigente, puesto que la anterior venció el 16 de junio de 2014. Por último, con motivo de cumplir lineamientos de la formación profesional integral respecto a metodología, pedagogía y didácticas, se ajustaron los materiales de formación, para estimular el aprendizaje significativo mediante la inclusión de actividades interactivas multimediales, el análisis de una situación a partir de una caso que facilita la metacognición, las nuevas leyes, la configuración de la estructura de contenidos, ilustraciones e imágenes para el material perteneciente al programa de formación (antes conocido como curso) Actualización de la Seguridad Social Integral en Colombia, creado por el SENA Risaralda.

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Imágenes

Imagen 1. Copyright, SENA. Risaralda, 2014.

Imagen 2. Copyright, SENA – LP Risaralda, 2014.

Tablas

Tabla 1. Contribución a la seguridad social SENA .Risaralda. Sin fecha.

Tabla 2. Aportes de empleador y trabajador SENA .Risaralda. Sin fecha.

Tabla 3. Pago de 200 o más cotizantes SENA .Risaralda. Sin fecha.

Tabla 4. Pago de 200 o menos cotizantes SENA .Risaralda. Sin fecha.

Tabla 3. Pago de aportes, cotizantes independientes SENA .Risaralda. Sin fecha.

Webgrafía:

Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura.(2012) Marco Estratégico y Programático. Consultado el 28 de julio de 2014 en: http://iica.int/Esp/Programas/Innovacion/Documentos%20de%20Tecnologa%20e%20Innovacin/Marco%20estrat%C3%A9gico%20PIPC.pdf

David Medianero Burga Guía metodológica para el diseño de planes estratégicos en el sector público. Consultado el 28 de julio de 2014 en: http://www.pnuma.org/agua-miaac/REGIONAL/MATERIAL%20ADICIONAL/BIBLIOGRAFIA-WEBGRAFIA%20(2)/Guia%20metodologica%20planes%20estrategicos%20sector%20publico.pdf

LP- Risaralda (2014). Institucionalidad de la productividad y competitividad en la organización. Consultado el 29 de julio de 2014 en: https://www.youtube.com/watch?v=qsG1_V24bPs

CONTROL DE DOCUMENTO

Autores Nombre Cargo Dependencia Fecha

Expertos temáticos

Paulo Andrés Muriel Montes Natalia Hincapié Cardona.

Expertos temáticos.

Centro de Atención al Sector Agropecuario. SENA Regional Risaralda.

30 de julio de

2014.

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Revisión John Jairo Alvarado González.

Guionista.

Sena - Centro de

Diseño e Innovación Tecnológica Industrial –Regional Risaralda.

1 de Agosto

de 2014

Luz Elena Montoya Rendón.

Líder línea de producción.

Sena - Centro de Diseño e Innovación Tecnológica Industrial –Regional Risaralda

1 de Agosto 2014

Créditos Asesor pedagógico: Edward Abilio Luna Díaz. Centro de Diseño e Innovación Tecnológica Industrial – Risaralda. Elaboración de contenidos y expertos temáticos: Paulo Andrés Muriel Montes Centro de Atención al Sector Agropecuario. SENA Regional Risaralda. Natalia Hincapié Cardona Centro de Atención al Sector Agropecuario. SENA Regional Risaralda.

Equipo Línea de Producción. Centro de Diseño e Innovación Tecnológica Industrial. Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - Dosquebradas,

Risaralda. Subdirector de Centro: Andrés Aurelio Alarcón Tique. Líder Línea de Producción: Luz Elena Montoya Rendón. Asesor Pedagógico: Edward Abilio Luna Díaz. Guionistas: John Jairo Alvarado González. Sandra Milena Henao Melchor.

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Diseñadores: Lina Marcela Cardona Orozco. Mario Fernando López Cardona. Desarrolladores Front End: Julián Giraldo Rodríguez. Ricardo Antonio Bermúdez Osorio. César Manuel Castillo Rodríguez. Cristian Fernando Dávila López.