Material de Lectura Derecho a La Paz

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UCV SEDE LIMA NORTE CONSTITUCIÓN Y DERECHOS HUMANOS DERECHO A LA PAZ “Las semillas de la destrucción han sido sembradas en la injusticia institucionalizada. Negar los medios para el pleno desarrollo de un sector, de una sociedad o nación determinada (…,) fomenta el odio, la división y destruye toda esperanza de paz”. Juan Pablo II LA PAZ La cultura es un conjunto de interrelaciones que la historia encierra a partir de la experiencia de los individuos y los grupos en la humanidad; precisamente es la socialización la forma más peculiar de actuar de los diferentes grupos a través de la historia, las mismas que han asegurado el éxito de la misma especie humana. Al respecto, las propias normas culturales cohesionan y aseguran las propias prácticas individuales y grupales de cooperación, colectividad e igualdad. Sin embargo, la historia ha estado caracterizada por los conflictos; ésta no existiría sin ellos, es decir sin que los individuos no hubieran desarrollado distintas propuestas o planteamientos ante situaciones que muchas veces son similares. Precisamente, son los mismos conflictos los que permiten que nos adaptemos a contextos diferentes para cada sociedad. Así, podemos afirmar que cada momento o circunstancia histórica es producto de la experiencia de los actores que la conforman; por ejemplo la socialización y pacificación que se producen en cualquier momento histórico, surgen como consecuencia de haber alcanzado

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UCV SEDE LIMA NORTECONSTITUCIN Y DERECHOS HUMANOS

DERECHO A LA PAZLas semillas de la destruccin han sido sembradas en la injusticia institucionalizada. Negar los medios para el pleno desarrollo de un sector, de una sociedad o nacin determinada (,) fomenta el odio, la divisin y destruye toda esperanza de paz. Juan Pablo II

LA PAZLa cultura es un conjunto de interrelaciones que la historia encierra a partir de la experiencia de los individuos y los grupos en la humanidad; precisamente es la socializacin la forma ms peculiar de actuar de los diferentes grupos a travs de la historia, las mismas que han asegurado el xito de la misma especie humana.Al respecto, las propias normas culturales cohesionan y aseguran las propias prcticas individuales y grupales de cooperacin, colectividad e igualdad. Sin embargo, la historia ha estado caracterizada por los conflictos; sta no existira sin ellos, es decir sin que los individuos no hubieran desarrollado distintas propuestas o planteamientos ante situaciones que muchas veces son similares. Precisamente, son los mismos conflictos los que permiten que nos adaptemos a contextos diferentes para cada sociedad. As, podemos afirmar que cada momento o circunstancia histrica es producto de la experiencia de los actores que la conforman; por ejemplo la socializacin y pacificacin que se producen en cualquier momento histrico, surgen como consecuencia de haber alcanzado la conciencia de uno mismo, a partir de su reconocimiento e interiorizacin de los otros (Muoz y Lpez ,2008,p.46).El papel de la solidaridad y la cooperacin por ejemplo, as como el de otras actitudes, pueden explicar gran parte de nuestros comportamientos habituales, cuya utilidad aparece en los grupos bsicos sociales como las familias, las tribus, entre otros; as como en comunidades ms complejas como las naciones. Por ello, la paz queda fijada en la escritura desde el momento que es abstrada por el lenguaje, actividad humana por excelencia.En ese sentido, las normas, la cultura y el derecho deben buscar los mecanismos para armonizar y debilitar la lucha entre las sociedades, evitando as la destruccin. As, podemos afirmar que la historia es resultado de la lucha entre individuos por el control y satisfaccin de sus necesidades.La paz como signo de bienestar, felicidad y armona, nos hace ms humanos y permite relacionarnos, adems de darle salidas satisfactorias a los conflictos. As, lo define como una prctica universal y forma parte indisoluble de nuestra condicin humana. En la actualidad sin embargo, se hace ms difcil identificarla debido precisamente a que se tiene mayores problemas de violencia y es por este motivo que se hace ms necesaria. Por eso, la paz es una de las grandes preocupaciones en la actualidad que conlleva a un punto de inters de la opinin pblica en general (gobernantes, religiosos, mujeres, organizaciones, entre otros) (Muoz, 2008, prr.1).La paz se ha manifestado de diversas maneras, produciendo convenciones culturales, instituciones, entre otros; adems debemos recordar que ordena las relaciones en comunidades mayores como por ejemplo: ciudades o poblados. Adems, existen otra serie de acuerdos a nivel internacional que buscan que las relaciones sean las ms pacficas posibles. Como hemos observado hasta el momento la paz, es resultado de las mismas relaciones y experiencias de los distintos pueblos del mundo a lo largo de la historia y va a depender mucho de la capacidad para dialogar y escuchar los aportes de los diferentes pueblos o actores involucrados. As podemos considerar que la paz es una prctica social profunda, ya que los conflictos son circunstancias propias de nuestra condicin humana, debido a que tenemos necesidades, intereses diferentes (Muoz, 2008, p.48).As, la paz es el mayor grado de bienestar o satisfaccin de necesidades; a pesar de que reconoce que no siempre se opta con la mejor salida y por eso la existencia de la violencia. La comprensin de las diferentes circunstancias de los conflictos nos acerca ms a la paz, adems de permitirnos conocer las causas y dinmicas de las relaciones que establecemos los seres humanos, situacin que no solo nos permite conocer nuestra propia condicin humana, sino que promueve situaciones de bienestar (Muoz, 2008, p.50).De esta forma, consideramos que la paz ha sido un elemento esencial no slo del bienestar social, sino tambin personal, a pesar que no ha sido una realidad esttica sino todo lo contrario, su prctica ha estado sujeta a la dinmica de las sociedades a lo largo de la historia. Para Moyano (1993) en el desarrollo del concepto de paz se distinguen tres perodos: el primero que significa solo la ausencia de guerra, por lo que su objetivo era solo evitar los conflictos y enfrentamientos militares; el segundo con una connotacin ms amplia y que ya no solo supone la ausencia de guerra, sino de violencia interna como internacional, es decir las formas de violencia fsica, social, econmica y el tercer perodo caracterizado por un concepto no negativo(ausencia de violencia) sino ms bien como una forma de cooperacin no violenta, igualitaria, no explotadora.ANTECEDENTES HISTRICOS DEL DERECHO A LA PAZ:Como hemos mencionado la historia de la humanidad est caracterizada por una serie de actos de violencia en sus diferentes manifestaciones (guerras, marginacin, explotacin) unos ms crueles que otros; sin embargo, a partir del holocausto de la II guerra mundial; se han dado esfuerzos por evitar todo tipo de guerras y conflictos blicos; esta pareciera ser una de las pticas con las que se mira el derecho a la paz, enfocada a evitar todo tipo de agresin y enfrentamiento, en otras palabras la ausencia de guerra. Al respecto, Moyano (1993) sostiene que en la dcada de los sesenta la paz no guardaba ninguna relacin directa con los derechos humanos, ya que como hemos manifestado slo se circunscriben a evitar la guerra, entre otros. No obstante, este concepto no es el nico que se tiene respecto a la paz, ya que tambin supone una visin ms amplia del derecho a la paz, referida a la ausencia de violencia en todo los mbitos (nacional e internacional); en razn de que la vida humana tambin es destruida por la propia violencia social y econmica que implican muchas veces las propias relaciones sociales; la misma que se evidencia en la desigualdad que existe entre los pueblos, caracterizados por el hambre, la miseria, la delincuencia, la inseguridad y formas de explotacin del hombre por el hombre, que existen actualmente en el mundo. La interrogante surge de forma natural de qu derecho a la paz hablamos en un mundo caracterizado por la violencia?En ese sentido, Moyano (1993) manifiesta el derecho a la paz, puede parecer extrao, utpico y reido con la realidad, pues todo parece indicar que es la violencia quien impera en las relaciones sociales. Asimismo, considera que este derecho se encuentra en proceso de aceptacin y reconocimiento por la comunidad internacional, mediante la doctrina y la prctica de los estados, tal como acontece con los derechos humanos de tercera generacin, categora a la cual pertenece. Precisamente, el derecho a la paz, se configura no slo como el derecho que implica vivir en paz, sino ms bien como un derecho que corresponde y engloba a todos los dems derechos, en cuanto se presenta no slo como un derecho individual, sino colectivo; segn Gros (2005, p.62) la paz se integra necesariamente con una idea de justicia. La paz no puede ser el orden de los cementerios, sino un orden armnico de libertad, en un equilibrio de derechos y deberes.Por tanto, paz y derechos humanos son trminos ligados en cuanto la existencia de uno depende del otro; decir que el derecho a la paz es slo a nivel internacional y no al interior de cada estado es un error; como ya se ha manifestado las formas y condiciones de vida de un pueblo son formas de vulnerar y violar este derecho muchas veces por parte del propio Estado. Una mirada semejante es aquella que sostiene Moyano (1993) y que est referida a la paz como una forma de cooperacin no violenta, igualitaria, no explotadora, ni represiva entre los pueblos. Es decir, que la paz persigue el uso de la libertad y la consecucin del bienestar; aboliendo todo tipo de esclavitud, razn por la cual no podra existir si no se desarrolla a plenitud los derechos conocidos como de primera y segunda generacin; las mismas que tienen reconocimiento, a diferencia del derecho a la paz que recin se viene considerando como tal. Federico Mayor, Director General de la UNESCO (1997) sostuvo en su Declaracin sobre el derecho humano a la paz que esta es premisa y requisito para el ejercicio de los derechos humanos; sin embargo, es necesario aclarar que hablamos de una paz de la libertad y no de una paz de naciones que se encuentran privadas o vulneradas de sus derechos como: el de opinin y de libertades fundamentales, haciendo que estas se encuentren silenciadas, donde los derechos humanos realmente se comparten y se conviven respecto a todos los ciudadanos sin discriminacin alguna.Por otro lado, tendremos que definir que ser imposible lograr la paz y ejercer por lo tanto este derecho sin el respeto a la democracia y a los estamentos de un Estado que busca su desarrollo, donde la desigualdad se impone y marca la diferencia entre la poblacin. Por ello, identificar las causas de los problemas que surgen precisamente del dominio y la imposicin que caracterizan muchas veces a las autoridades de un Estado, es uno de los primeros pasos a seguir para lograr la paz en el mundo; as como tomar una actitud de prevencin ante cualquier indicio de conflicto o violencia que ponga en riesgo no slo la integridad de las personas sino tambin la forma democrtica de vivir en un Estado, por ello, podemos decir que la paz y su bsqueda en s, no slo es facultad de nuestras autoridades, sino un compromiso a asumir por todos nosotros es decir la sociedad en su conjunto.Todos los esfuerzos por la bsqueda de vivir en condiciones de igualdad implica en si mismo la participacin constante en la elaboracin y prctica de las leyes que regulen la convivencia de los miembros de una sociedad, ya que la paz en si tiene un contenido cultural, social y econmico, ms ahora en el contexto globalizado en el que nos encontramos. Esto podr realizarse si en el mundo evitamos los conflictos, guerras y todas las formas de destruccin; para ello deben eliminarse en el mundo, todo tipo de inversin en armas y destinar esa inversin en construir la paz. EL DERECHO A LA PAZ COMO DERECHO HUMANOPara Jares (1999) la Declaracin Universal de los Derechos Humanos recoge derechos de primera y segunda generacin; los primeros menciona son aquellos derechos de las libertades y estn referidos a los derechos individuales y polticos mientras que los otros hacen referencia a los derechos sociales, econmicos y culturales, derechos; los mismos que para Ora y Gomez Isa (citado por Jares, 1999) eran los derechos defendidos por los pases de tendencia socialista.Sin embargo, para Borrelli, (citado por Jares, 1999) el verdadero desarrollo de los seres humanos depende de la globalidad del goce de los derechos humanos. Por ello, es que se viene buscando reconocer una serie de derechos que no son reconocidos como tal en la Declaracin Universal y que algunos han denominado de tercera generacin o simplemente de solidaridad.Jares (1999) sostiene que si bien estos derechos no son reconocidos como tales, han sido abordados en diferentes acontecimientos y declaraciones internacionales como: Declaracin de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente (1972) Derecho de los Pueblos firmada en Argel (1976) Resolucin de 1978, por la que la Asamblea General aprob la Declaracin sobre la Preparacin de las Sociedades para vivir en Paz. Conferencia General del Organismo para la Proscripcin de las Armas Nucleares en Amrica Latina, celebrada en Quito (1979). Manifiesto de Varsovia, aprobado en la Tercera Conferencia Armand Hammer sobre Paz y Derechos Humanos-Derechos Humanos y Paz (1980). Carta Africana sobre los Derechos de los Hombres y de los Pueblos (1981). Declaracin sobre el Derecho de los Pueblos a la Paz (1984). Declaracin sobre el Derecho al Desarrollo (1986). Declaracin de la Conferencia de Ro sobre el medio ambiente y el desarrollo (1992).Por otro lado, este grupo de derechos no est referido especficamente al ser humano como ser individual sino ms bien como colectivo, como grupos de naciones, es decir la propia humanidad en general. No obstante, Abelln (citado por Jares, 1999, p.39) manifiesta que son derechos que slo se formulan a nivel internacional, y donde su garanta de ejercicio no depende de un Estado, sino del esfuerzo conjunto de todos: Estados, organizaciones pblicas y privadas e individuos.Otro aspecto a considerar es que este grupo de derechos observados hasta ahora generan un debate de intereses entre los derechos proclamados de unos y los intereses propios de otros; por ello, Bobbio, (citado por Jares, 1999, p.40) sostiene que no se puede instituir un derecho en favor de una categora de personas sin suprimir un derecho de otras categoras de personas...Al respecto, esta situacin se observa cuando la mayor parte de la poblacin no disfruta de los derechos humanos precisamente porque una minora acapara sus recursos (sistema de dominacin).En lo concerniente al derecho a la paz Jares (1999, p.40) manifiesta que en la Carta fundacional de las Naciones Unidas se reconoce que la paz y la estabilidad entre las naciones est vinculada al cumplimiento, reconocimiento y respeto de los derechos humanos. Sin embargo, el derecho a la paz es una construccin posterior, dcada de los sesenta. Por ello, podemos afirmar que actualmente la realizacin del derecho a la paz, necesariamente se encuentra condicionada a la prctica de los dems.Refirindonos al prrafo anterior podemos decir que el derecho a la paz, supone los dems derechos, por lo tanto se encuentran vinculados, ya que significan prcticamente lo mismo; de tal modo que la paz exige la realizacin y el cumplimiento de las necesidades humanas bsicas, que coinciden bsicamente con la realizacin de los derechos humanos. Esto nos lleva a reflexionar sobre la situacin actual que se vive en el mundo y que est caracterizada por las diferentes formas de dominio que impiden la realizacin del derecho a la paz. As Kelly (citado por Jares 1999, p.49) sostiene que mientras una raza domine a otra, mientras un pueblo, una nacin, o un sexo desprecie al otro no se podr hablar de paz.Gros (2005) sostiene que como vivimos en una sociedad internacional integrada por Estados, miembros de las Naciones Unidas, han renunciado por mandato de la Carta, al uso de la fuerza, uso que es ilcito. Al respecto los Estados cuyo deber es resolver sus controversias pacficamente, poseen tambin recprocamente el derecho de actuar y desarrollarse en un contexto internacional donde predomine la paz. Por tanto, esa reciprocidad que se establece entre los Estados no es sino una contrapartida de reconocer un derecho internacional a la paz, titularidad que corresponde a todos los Estados que integran la comunidad internacional; as existen deberes respecto al derecho a la paz; el ms importante es no recurrir a la fuerza ni a la amenaza de su uso. Sin embargo, la realidad es muchas veces distinta a lo establecido normativamente, los pases que gozan de poder econmico continan invirtiendo en armamento blico y no existe un compromiso por el desarme; es decir hay una gran abismo incluso entre los principios que resultan muchas veces de los propios documentos y palabras que surgen de las diferentes proclamaciones de este derecho.Gros (2005) adems manifiesta que si el derecho a la paz es un derecho colectivo pues los Estados son los primeros obligados en tener que respetarlo, por tanto es negativo y contraproducente no incluir entre sujetos del derecho colectivo a la paz a los propios Estados. Adems, al ser considerado este derecho como de los pueblos, es un derecho al que se encuentran sujeto todos los estados a que se respete la libre determinacin cuando luchan contra una dominacin extranjera, convirtindose para stos en una obligacin no solo de respetar la paz sino tambin de promoverla.El colonialismo y toda forma de dominio de un Estado sobre otro, de un pueblo o de un gnero sobre otro es una violacin a este derecho; al respecto podemos decir incluso que aparentemente una situacin colonial puede aparecer como una situacin que asegura una aparente paz, pero como hemos mencionado este derecho implica a otros y mientras por ejemplo no se evidencie que impera la justicia no sera una verdadera paz. Para culminar Gros (2005) nos plantea una tercera mirada respecto al derecho a la paz y es que si todos los seres humanos son titulares de este derecho, reconocidos normativamente y si partimos de que toda persona debe velar por la proteccin de este derecho, respecto a lo establecido por el derecho internacional; debe evitar toda actividad que promueva directa o indirectamente la violacin de la paz. Sin embargo, Gros (2005) hace referencia al derecho a la objecin de conciencia, motivo por el cual el individuo puede decir: me niego a hacer el servicio militar obligatorio, debido a que constituye una preparacin para la guerra y yo tengo el derecho no actuar en cualquier actividad que promueva la violencia. Sin duda que la mirada desde esta perspectiva es polmica, como lo es el derecho a la paz como derecho individual y colectivo; sin embargo es evidente que los individuos tienen derecho a la paz y como hemos analizado a lo largo de este material engloba la realizacin de los dems derechos humanos.Como se manifest en los primeros prrafos actualmente se vive con mucha violencia ya sea interna o a nivel internacional y es donde deseamos llevar a la reflexin, nuestro pas por ejemplo es testigo de las diferentes formas de violencia e inseguridad en que se vive; a nivel internacional la tensin entre los pases y los conflictos internos que viven con muestras de que este derecho se encuentra muy lejos de lo esperado. Por ello debemos insistir en el respeto y la promocin de los derechos humanos que de una u otra forma se encuentran vinculados a la realizacin del derecho a la paz.

ACTIVIDADAnaliza con tono crtico, las opiniones que buscan la obtencin de la paz a travs de un dptico de difusin y la exhibicin de un polo blanco con lema alusivo.

BIBLIOGRAFA:

Gros H. (2005) El derecho a la paz. Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano.UNAM. Recuperadode:http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/dconstla/cont/2005.2/pr/pr7.pdf

Jares, X. (1999)Educacin y derechos humanos: estrategias didcticas y organizativas. Madrid: Editorial Popular.

Lopez M. y Muoz F. (2008) Manual de Paz y Conflictos. Instituto de la Paz y los Conflictos. Universidad de Granada.Recuperadode:http://www.ugr.es/~eirene/publicaciones/eirene_manual.html

Moyano C. (1993)El derecho a la paz.1a Ed. de 1993 Publicacin: (Mxico D.F. (Mxico)) Academia Mexicana de Derecho Internacional, A.C. Recuperadode:http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/21/pr/pr19.pdf

Muoz F. (2008)Manual de Paz y Conflictos. Instituto de la Paz y los Conflictos. Universidad de Granada. 2008.Recuperadode:http://www.ugr.es/~eirene/publicaciones/eirene_manual.html