MATERIALES PELIGROSOS - IPLACEXcursos.iplacex.cl/CED/MPE2004/S4/ME_4.pdf · 2018. 8. 22. · SEMANA...
Transcript of MATERIALES PELIGROSOS - IPLACEXcursos.iplacex.cl/CED/MPE2004/S4/ME_4.pdf · 2018. 8. 22. · SEMANA...
-
www.iplacex.cl
MATERIALES PELIGROSOS UNIDAD Nº II
MANIPULACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS
PELIGROSAS. LEGISLACIÓN Y FUENTES DE INFORMACIÓN
-
www.iplacex.cl 2
SEMANA 4
Introducción
En esta semana abordaremos aquellas temáticas y ejemplos que nos permitirán identificar los requisitos para el transporte (conductor, vehículo, empresa receptora y proveedora, normas) de sustancias peligrosas, reconociendo la normativa vigente y aplicar las denominadas hojas de datos de seguridad para sustancias peligrosas, siguiendo las especificaciones de sus fichas técnicas. En términos generales, recordemos que el almacenamiento y transporte de sustancias peligrosas requieren de instalaciones y vehículos especialmente habilitados para tales efectos y que su manipulación debe realizarse en condiciones adecuadas a las características de las mismas. Además, existe etiquetado y señalética específica respecto a las características de los mismos, dado que los envases con sustancias peligrosas deben ser fácilmente reconocibles a distancia, dando cuenta del riesgo en su manipulación, transporte y almacenamiento. Según la Norma Chilena Nro. 382, una sustancia peligrosa es aquella que, por su naturaleza, produce o puede producir daños momentáneos o permanentes a la salud humana, animal o vegetal, a los bienes y/o l medio ambiente. También definidos como materiales, mercancías o cargas peligrosas, han sido categorizadas según diversos criterios.
-
www.iplacex.cl 3
Esta clasificación, como todas aquellas que permiten al especialista evitar riesgos de
accidentabilidad deben ser aprendidas y aplicadas no sólo en el manejo de sustancias o
materiales peligrosos, por lo que nunca está de más recordar las siguientes definiciones:
• Sustancia peligrosa: produce o puede producir daños a la salud, ambientes o
instalaciones.
• Comburente: sustancia que proporciona el oxígeno para la combustión
• Combustible: sustancia que es capaz de entrar en combustión
• Combustión: oxidación de una sustancia por acción de oxígeno u otro comburente, con
desprendimiento de calor, gases y llama.
• Inflamación: iniciación de la combustión provocada por la elevación local de la
temperatura.
-
www.iplacex.cl 4
1. Transporte de sustancias peligrosas
Debemos comprender, como profesionales de la seguridad y salud de los trabajadores,
que ninguna actividad laboral se puede separar de otra por el nivel de riesgo de estas.
Si bien, para efectos de ley (Decreto Supremo 110), se hace una diferencia, esta es sólo
para establecer una escala para la determinación de una cotización adicional
diferenciada por actividades laborales. Por consiguiente, todas las actividades deben
evaluarse con el mismo criterio y medición. Frente a esta postura, la seguridad durante
el transporte de sustancias peligrosas es tan o más delicada que el almacenamiento de
estas, por lo que es correcto prestarle igual atención.
Las carreteras del país hoy en día no están totalmente diseñadas para la circulación del
transporte de sustancias peligrosas. Por lo que en muchas ocasiones se aprecian estos
vehículos transitando por calles o avenidas densamente pobladas por la ciudadanía.
Queda la sensación que más que un problema asociado al conductor, es una
responsabilidad de las autoridades de gobierno.
En las ciudades donde se enclavan faenas mineras transitan diariamente una gran
cantidad de productos químicos, muchos de ellos potencialmente peligrosos, que no ser
manejados en forma adecuada pueden producir efectos graves sobre el medio ambiente
de las ciudades o pueblos locales (Por ejemplo, tierra amarilla y su entorno de mineras,
Caserones y la localidad de Los Loros), las finanzas y la reputación de las empresas
involucradas y también afectadas. En relación a la reputación, imagen y prestigio de una
empresa frente al manejo de situaciones de emergencia los expertos aseguran que: “el
mayor desafío que pone a prueba la experiencia de la alta dirección sea el manejo una
crisis. Es en circunstancias severas cuando mejor queda expuesta la capacidad de
gestión de los líderes de una organización. La noción de crisis se define en base a dos
criterios. Por un lado, es un cambio que pone en peligro la imagen, la reputación y el
equilibrio de la organización, marcando una ruptura entre la situación anterior a la crisis
-
www.iplacex.cl 5
y la situación posterior. Por otro lado, este cambio se presenta como un acontecimiento
inesperado, súbito y extraordinario, frente al cual una organización tiene que reaccionar
y es en esa reacción donde se juega y compromete su imagen, su reputación, su
equilibrio interno y sobretodo su equilibrio externo ante los diferentes públicos o grupos
de interés con los que interactúa” (Fuente: Curso Experto Seguridad Minera 2014. Plan
de Contingencia y Emergencia en faenas mineras).
Según datos de accidentabilidad de las mutualidades y gobierno, el 90%
aproximadamente de los accidentes con vehículos motorizados se originan por las
siguientes causas:
1. Falta de conocimiento de los riesgos de las sustancias por parte de los conductores.
2. Deficiente mantención de los vehículos de transporte.
Las fallas ocasionadas por los conductores se pueden controlar mediante
un programa de selección de personal idóneo para estas labores, capacitación y
supervisión a los conductores nuevos y experimentados. Así también exámenes
rigurosos de conducción que midan sus habilidades y aptitud sicológica. Desarrollo de
programas de mantención de los vehículos, asignación de recursos por parte de la alta
gerencia para atender situaciones subestándares de los vehículos y el empoderamiento
de los conductores en la negativa de asumir riesgos no controlados en los vehículos
(desgaste de neumáticos, problemas de frenos y dirección).
-
www.iplacex.cl 6
Podemos otorgar varios capítulos en relación a accidentes en el transporte de sustancias
peligrosas. Si bien, no es la temática del presente material, es necesario crear conciencia
en los futuros profesionales de la prevención de riesgos laborales acerca de la
conducción responsable de este tipo de transporte. En esta misma línea, se presenta un
relato verídico de un accidente ocurrido en Santiago.
Por favor, analice y preste atención a lo siguiente:
“En agosto de 2006 la producción de agua potable de cinco plantas que abastecen al
sector oriente de Santiago debió paralizar a raíz del volcamiento en la misma zona de un
camión que llevaba sustancias tóxicas para la mina de Anglo American. Fueron 18 mil
litros de nitrato de amonio los que se derramaron. Sólo unos meses antes, otro camión
que llevaba combustible a la Mina Los Bronces, volcó contaminando las aguas del Río
Mapocho lo que también obligó a paralizar las plantas potabilizadoras de agua.
“Yo iba detrás del camión y cuando me disponía a pasarlo, me di cuenta que ese
vehículo no venía muy bien balanceado: en cada curva, a pesar de que venía entre 40 y
60 kilómetros por hora, la tolva se movía mucho de un lado a otro. Al llegar a la curva del
kilómetro 7,5 el chofer perdió totalmente el control y se fue cuesta abajo, cayendo primero
la parte de atrás. Yo paré de inmediato un poco más adelante y vi como salía el chofer,
sangrando y en shock” -contó a CIPER Andrés Tomas, quien vive a un costado del
kilómetro 11 del Camino a Farellones.
La primera en socorrer al chofer fue la dueña del sitio donde se desbarrancó el camión:
-
www.iplacex.cl 7
Escuché el estruendo y salí. Vi una gran nube de polvo y un camión volcado en mi
terreno. De repente, asomó un joven desde la cabina del camión y como pudo se sentó
al lado del vehículo. Se le notaba aturdido. Yo comencé a gritarle que saliera de ahí, que
el camión no estaba muy asegurado y que podía seguir cayendo. Me escuchó y comenzó
a subir por la quebrada hasta mi jardín Venía sangrando por un lado de su cabeza… Le
pase una silla, se sentó al tiempo que se agarraba la cabeza y decía: “perdí mi trabajo”,
“me van a echar” y “yo no debería estar aquí ya que hoy era mi día de descanso, pero
me mandaron igual” –relata María Cristina Destres.
Poco después el lugar era acordonado y completamente aislado por trabajadores de la
Municipalidad de Lo Barnechea, de la minera Los Bronces, la Seremi de Salud y
bomberos, todos los cuales comenzaron a trabajar para retirar la sustancia del roquerío.
Había urgencia.
El nitrato de amonio no sólo es contaminante: este insumo con agua explota. Por lo tanto,
es peligroso. Potencialmente podría causar gran daño, podríamos tener personas
heridas y a nosotros lo que nos interesa es salvar vidas. Por eso tiene mucha importancia
que nos hagamos presente para coordinar y trabajar aquí de inmediato -manifestó a
CIPER Miguel Muñoz Barraza, director de la Onemi de la Región Metropolitana, quien
inspeccionó la zona del accidente en la misma tarde del miércoles”.
El camión es el medio de transporte más utilizado en el transporte de sustancias
peligrosas y ello no significa un riesgo mayor, siempre y cuando se sigan las normas.
Según el decreto 298 del Ministerio de Transportes (modificado por el decreto supremo
198 del 2000), los vehículos que se usan para llevar sustancias peligrosas (9 categorías
definidas en las normas chilenas oficiales), deben tener una antigüedad máxima de 15
-
www.iplacex.cl 8
años, contar con dispositivos que registren la velocidad y distancia recorridas y portar
letreros indicando el nombre común de la carga peligrosa, identidad y teléfono del
destinatario, del expedidor y del transportista. Teniendo en cuenta, además, las
diferentes características de los camiones y su disposición de rótulos.
-
www.iplacex.cl 9
El traslado de productos explosivos y materiales radiactivos debe efectuarse además
conforme a las normas específicas dictadas por el Ministerio de Defensa Nacional y el
de Minería, respectivamente.
La carga deberá estibarse de tal forma que se evite un desplazamiento riesgoso y está
prohibido su transporte junto con animales, alimentos y medicamentos de consumo
humano y deben contar con un sistema de radio o telefonía celular de cobertura nacional.
IMPORTANTE:
El número de identificación del riesgo en la mitad superior del panel naranja
consiste en dos o tres dígitos . Generalmente los dígitos indican los siguientes
riesgos:
2 - Emanación de gases resultantes de presión o reacción química
3 - Inflamabilidad de materias líquidas (vapores) y gases o materia líquida
susceptible de autocalentamiento
4 - Inflamabilidad de materia sólida o materia sólida susceptible de
autocalentamiento
5 - Oxidante (comburente) (favorece el incendio)
6 - Toxicidad o peligro de infección
7 - Radiactividad
8 - Corrosividad
9 - Peligro de reacción violenta espontánea
-
www.iplacex.cl 10
Es obligación, además, que el transportista solicite al expedidor que la guía de despacho
detalle los productos e incluya las instrucciones escritas en caso de accidente,
incluyendo su clasificación y número de emergencia. Éstas deben mencionar la
naturaleza del peligro, las medidas de protección para afrontarlo y qué hacer en caso de
que una persona entre en contacto con las sustancias.
Se deben especificar las protecciones en caso de incendio, los medios de extinción
prohibidos (Agua, u otros materiales que puedan ser reactivos) y qué hacer en caso de
rotura o deterioro de los envases, en especial cuando las sustancias peligrosas se
desparramen por la carretera. También mencionar las advertencias sobre el traslado o
la prohibición absoluta de su manipulación cuando el vehículo no pueda continuar su
viaje.
El problema es que la población común no está preparada para reaccionar frente a una
emergencia de este tipo. Por lo que las autoridades deberían informar a la comunidad de
qué tipo de sustancias se trata, las precauciones que se deben tener ante cada una de
ellas y dónde llamar en caso de accidente. Ya que, no es lo mismo que se derramen 10
mil litros de petróleo que 10 mil litros de ácido sulfúrico, pues cada sustancia requiere un
trato diferente.
Ya sea el gobierno o los empleadores. El administrador de la seguridad y salud de las
personas es íntimamente responsable de sus deberes ante la ley. Dando respuesta a
sus funciones descritas en el artículo 8 del decreto supremo N° 40. Además de cumplir
y hacer cumplir todo lo que respecta al transporte de sustancias peligrosas según los
diferentes estatutos legales.
1.1. De los vehículos y su equipamiento
Los materiales peligrosos que son transportados por vehículos son capaces de poner en
riesgo la salud, seguridad de las personas, propiedad y el medio ambiente. Sustancias
cuya peligrosidad es conocida por muchos: ácidos, combustibles, explosivos y reactivos.
Esta actividad forma parte de una trilogía interesante para las partes interesadas en
contar con sustancias peligrosas para sus procesos. Por una parte, la constituye el
vehículo en sí. El cual debe en todo momento encontrarse en óptimas condiciones de
funcionamiento, como también, poseer la documentación legal reglamentaria para el
transporte de sustancias peligrosas (Permisos de la autoridad). Segundo, la mercancía
que se transporta debe encontrarse en recipientes o envases adecuados a la sustancia
que se almacena, rotuladas y con sus respectivas medidas de seguridad en su sellado.
Tercero, el conductor que dirige las sustancias peligrosas a un sitio determinado, debe
-
www.iplacex.cl 11
cumplir con las capacitaciones necesarias, exámenes de aptitud sin contraindicaciones,
equipos de protección personal en caso de derrames, licencia de conducir apropiada al
vehículo, etc.
Ante esta realidad social que involucra el transporte de sustancias peligrosas por calles
y caminos del país. El gobierno se ha hecho cargo de esta responsabilidad y a través de
normativas informa a la ciudadanía y organizaciones los resguardos que se deben tener
en cuenta cuando se transportan mercancías peligrosas. Es así, que en el año 1995 se
publica en Chile el decreto supremo número 298 cuya finalidad es:
Establecer las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga,
por calles y caminos, de sustancias o productos que, por sus características, sean
peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública
o el medio ambiente.
Entendiendo por sustancias peligrosas aquellas que se definen en las Normas Chilenas
Oficiales NCh 382 y NCh 2120.
Tomando como referencia el decreto supremo 298, se construyen medidas preventivas
tanto para el transporte como para el transportista. Así mismo, cualquier medida
referente a evitar daños a las personas, comunidad, patrimonios, propiedad y medio
ambiente. Cuando inicie la lectura, se recomienda poner atención a las palabras
ennegrecidas con formato de cursiva.
Los vehículos motorizados que se utilicen en el transporte de sustancias peligrosas
deberán tener una antigüedad máxima de 15 años. Para este efecto, la antigüedad se
calculará restando al año en que se realiza el cómputo, el año de fabricación anotado en
el Registro de Vehículos Motorizados.
Durante las operaciones de carga, transporte, descarga, transbordo y limpieza, los
vehículos deberán portar los rótulos a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh
2190.Of93, los que deberán ser fácilmente visibles por personas situadas al frente, atrás
o a los costados de los vehículos.
-
www.iplacex.cl 12
Fig. N° 1. Norma Chilena Oficial NCh 2190.Of93,
Para el transporte de sustancias peligrosas, los vehículos motorizados deberán estar
equipados con tipógrafo u otro dispositivo electrónico que registre en el tiempo, como
mínimo, la velocidad y distancia recorrida.
Lo señalado anteriormente no será obligatorio tratándose de vehículos motorizados
destinados a la distribución domiciliaria de cilindros de gas licuado de petróleo.
-
www.iplacex.cl 13
Los vehículos de transporte de sustancias peligrosas deberán contar con un sistema de
radio comunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura
nacional.
De la carga, su acondicionamiento, estiba, descarga y manipulación. Los bultos de un cargamento de productos peligrosos deberán estibarse en forma
conveniente en el vehículo y estar sujetos por medios apropiados, de forma que se evite
el desplazamiento riesgoso de ellos, entre sí y con relación a las paredes y plataforma
del vehículo.
Se entiende por bulto, al conjunto de componentes necesarios para alojar con seguridad
una sustancia peligrosa, tal como se presenta para el transporte.
Queda prohibido el transporte de sustancias peligrosas conjuntamente con:
a) animales;
b) alimentos o medicamentos destinados al consumo humano o animal, o con embalajes
de productos destinados a estos fines;
c) otro tipo de carga, salvo de existir compatibilidad entre los distintos productos
transportados.
Se entenderá por compatibilidad entre dos o más sustancias, la ausencia de riesgo
potencial de que ocurra una explosión, desprendimiento de calor o llamas, formación de
gases, vapores, compuestos o mezclas peligrosas, así como de una alteración de las
características físicas o químicas originales de cualquiera de los productos
-
www.iplacex.cl 14
transportados, puestos en contacto entre sí, por vaciamiento, ruptura del embalaje o
cualquier otra causa.
Cuando el cargamento comprenda sustancias peligrosas y no peligrosas compatibles entre sí,
éstas deberán estibarse separadamente.
Se prohíbe emplear materiales fácilmente inflamables para estibar los bultos en el interior de los
vehículos.
Los bultos cuyos embalajes estén constituidos por materiales sensibles a la humedad, deberán
cargarse en vehículos cerrados o en vehículos abiertos debidamente protegidos con lona
impermeable o similar.
Después de la descarga de un vehículo en que se haya transportado sustancias peligrosas, éste
y especialmente el depósito o plataforma destinada a la carga, deberá limpiarse a la brevedad
posible, y en todo caso antes de cualquier nuevo cargamento, a menos que se haya transportado
productos peligrosos a granel y el nuevo cargamento esté compuesto del mismo producto que el
que haya constituido el cargamento precedente.
El transportista y el nuevo expedidor responderán solidariamente por los daños que se puedan
ocasionar por una inadecuada limpieza de los vehículos antes de un nuevo cargamento, salvo que
en el vehículo se hubiere efectuado con antelación transporte de sustancias peligrosas de
características especiales, que impidan usar dicho vehículo para el transporte de otras sustancias
peligrosas incompatibles, en cuyo caso la responsabilidad recaerá sólo en el transportista.
Las disposiciones relativas a la limpieza de los vehículos se aplicarán también a la limpieza de los
contenedores. Los líquidos provenientes de la limpieza serán considerados como residuos
industriales líquidos para efectos de su tratamiento.
Las normas relativas a la carga y descarga de los vehículos, así como a la estiba y manipulación
de los productos peligrosos, se aplicarán igualmente a la carga o descarga de los productos
peligrosos en los contenedores.
El motor del vehículo deberá estar detenido mientras se realizan las operaciones de carga y
descarga, a menos que su utilización sea necesaria, bajo estrictas condiciones de seguridad, para
el funcionamiento de bombas y otros mecanismos que permitan la carga o descarga del vehículo.
Durante el proceso de carga y descarga el vehículo deberá encontrarse inmovilizado mediante un
dispositivo que lo asegure, como cuñas u otros elementos, que eviten su desplazamiento.
-
www.iplacex.cl 15
De la circulación y estacionamiento
Los vehículos que transporten sustancias peligrosas deberán evitar el uso de vías en áreas
densamente pobladas y no podrán circular por túneles cuya longitud sea superior a 500 m, cuando
éstos tengan una vía alternativa segura, como es el caso de Lo Prado, Zapata y Chacabuco.
La autoridad podrá fijar restricciones al uso de las vías, señalizando los tramos restringidos y
asegurando la ruta alternativa correspondiente. Igualmente podrá establecer restricciones
respecto de los lugares y horarios de estacionamiento, carga y descarga de los vehículos que
transporten sustancias peligrosas.
El itinerario deberá programarse de forma de evitar la presencia del vehículo transportando
sustancias peligrosas en vías de gran flujo de tránsito, en los horarios de mayor intensidad de
tráfico.
Los vehículos que transporten sustancias peligrosas no deberán circular cerca de zonas de fuego
abierto, a menos que el conductor tome previamente las precauciones para asegurarse que el
vehículo puede pasar seguro la zona sin detenerse.
Los vehículos que transporten sustancias peligrosas sólo podrán estacionarse para el descanso
o alojamiento de los conductores en áreas previamente determinadas por la autoridad competente
y, en la inexistencia de tales áreas, deberá evitarse el estacionamiento en zonas residenciales,
lugares públicos o de fácil acceso al público, áreas densamente pobladas o de gran concentración
de personas o vehículos.
Cuando, por emergencia, parada técnica, falla mecánica o accidente, el vehículo efectúe una
parada en un lugar no autorizado, deberá permanecer señalizado y bajo vigilancia de su conductor
o de la autoridad, salvo que su ausencia fuese indispensable para comunicar el hecho, pedido de
auxilio o ayuda médica.
Sólo en caso de emergencia el vehículo podrá estacionar o detenerse en la berma de los caminos.
-
www.iplacex.cl 16
Un vehículo transportando materiales peligrosos sólo deberá estacionar a más de cien metros
(100 m) de una zona de fuego abierto.
Todo vehículo que transporte materiales peligrosos deberá estacionarse con su freno de
estacionamiento accionado.
Los vehículos destinados al transporte de sustancias peligrosas deberán portar uno o más letreros,
visibles para otros usuarios de las vías, con las siguientes indicaciones:
*Nombre común de la carga peligrosa
* Nombre y teléfono del destinatario de la carga
* Nombre del expedidor de la carga
* Nombre y teléfono del transportista''
-
www.iplacex.cl 17
Las personas que participan en las operaciones de transporte
El transportista o su representante antes de iniciar la operación de transporte, deberá
inspeccionar el vehículo asegurándose de sus perfectas condiciones para el transporte
para el cual se destina, con especial atención en el estanque, si se tratare de un vehículo
de transporte de gases o líquidos a granel, carrocería y demás elementos que puedan
afectar a la seguridad de la carga transportada.
El conductor del vehículo es el responsable durante el viaje, de la custodia, conservación
y buen uso de los elementos, equipos y accesorios del vehículo, incluidos los exigidos
en función de la naturaleza específica de los productos transportados.
El conductor deberá examinar regularmente y en lugares adecuados, las condiciones
generales del vehículo, incluyendo la condición de los neumáticos y la integridad de la
carga, en aspectos tales como, existencia de pérdidas o fugas del producto, seguridad
de las amarras y posicionamiento de los rótulos.
Cuando ocurrieren alteraciones respecto de las condiciones iniciales del viaje capaz de
poner en riesgo la seguridad de las personas, de los bienes o del medio ambiente, el
conductor interrumpirá el viaje y tomará contacto con el transportista, autoridad o
entidades.
Se prohíbe al conductor y auxiliares abrir un bulto que contenga materiales peligrosos.
El conductor no participará en la operación de carga, descarga o transbordo, salvo si
está debidamente autorizado por el expedidor o por el destinatario, y cuente con el
consentimiento del transportista.
Todo el personal que participe en las operaciones de carga, descarga y transbordo de
cargas peligrosas, deberá usar vestimenta adecuada y equipo de protección personal,
conforme con las normas e instrucciones que indican los reglamentos respectivos y en
la inexistencia de éstos, según las instrucciones del expedidor cuando se trate de la
carga o el transbordo, o del destinatario en la operación de descarga.
Durante el transporte, el conductor del vehículo está obligado a utilizar los elementos de
protección personal que corresponden, cuando participe en una acción para la que se
requieran estos elementos de protección personal.
Los conductores sujetos al presente reglamento no deberán ingerir bebidas alcohólicas
durante el tiempo de conducción ni en las seis horas que preceden al mismo.
-
www.iplacex.cl 18
El conductor no podrá viajar acompañado de personas que no hayan sido expresamente
autorizadas por el transportista.
Ni el conductor ni el acompañante autorizado de un vehículo que contenga explosivos,
materiales oxidantes o inflamables, o que haya sido usado para transportar líquidos o
gases inflamables, podrán fumar o mantener un cigarrillo u otro producto del tabaco
encendido a una distancia menor de diez metros (10 m) del vehículo, no pudiendo
tampoco mantener productos del tabaco, encendedores ni otras fuentes de ignición en
la cabina del vehículo.
De las obligaciones del transportista El transportista deberá exigir del expedidor de la carga:
a) La Guía de Despacho o Factura, que además de los contenidos básicos establecidos
en normas específicas, detalle él o los productos peligrosos a transportar con su
respectiva clasificación y Número de Naciones Unidas.
b) Las instrucciones escritas que se deben seguir en caso de accidente, las que se
consignarán junto al nombre del producto, su clase, número de Naciones Unidas y
número de teléfono de emergencia, basadas en la Hoja de Datos de Seguridad a que se
refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2245.Of2015.
Estas instrucciones deberán mantenerse en la cabina del vehículo y precisar en forma
concisa, a lo menos, lo siguiente:
• La naturaleza del peligro presentado por los productos transportados, así como las
medidas de protección inmediatas para afrontarlo.
• Las disposiciones aplicables para el caso de que una persona entre en contacto con las
sustancias transportadas o con productos que pudieran desprenderse de ellos.
• Las medidas que se deben tomar en caso de incendio y en particular los medios de
extinción que no se deben emplear.
• Las medidas que se deben tomar en caso de rotura o deterioro de los envases,
especialmente cuando las sustancias peligrosas se desparramen por la carretera.
• Lo referente al traslado de la carga o la prohibición absoluta de su manipulación cuando
por cualquier motivo el vehículo no pueda continuar con el transporte.
-
www.iplacex.cl 19
c) Los productos peligrosos identificados con sus respectivas etiquetas y marcas
conforme a la Norma Chilena Oficial NCh.2190.Of93.
El transportista no deberá recibir carga de sustancias peligrosas si el expedidor no le
hace entrega de las instrucciones escritas respecto de la carga, debiéndose dejar
constancia de la entrega en la Guía de Despacho o Factura
Si el transportista no estuviere en conocimiento del carácter peligroso de la mercancía
por no haberse así consignado en la Guía de Despacho o en la Factura, el expedidor
será responsable de todos los perjuicios resultantes de la expedición de la misma, y ésta
podrá en cualquier momento ser descargada, destruida o transformada en inofensiva,
según requieran las circunstancias, sin que haya lugar a indemnización.
El transportista no será responsable por el daño a personas o cosas que se originen en
la utilización de embalajes inapropiados para el transporte de productos peligrosos.
El transportista es responsable que el vehículo circule portando los rótulos a que se
refiere la Norma Chilena Oficial NCh2190.Of93
De la fiscalización Carabineros de Chile e Inspectores Fiscales y Municipales fiscalizarán el cumplimiento
de las normas contenidas en el presente decreto
-
www.iplacex.cl 20
Medidas de seguridad específicas para el transporte de sustancias peligrosas
En caso de que el remitente o proveedor desee relacionarse con productos químicos
peligrosos, este debe considerar de manera las siguientes medidas preventivas:
1. Capacitar a los bodegueros/pañoleros y personal que se relaciona con la operación
de manipulación de los productos (Entendiendo por manipulación a lo dispuesto por la
ley 20949), sobre la manera correcta de cargar.
2. Mantener en buen estado las fichas técnicas de los envases o recipientes de los
productos. En caso de que la etiquete se encuentre desprendida del envase, se deberá
corregir la situación antes de que el producto sea utilizado.
3. Elaborar u obtener las hojas de datos de seguridad de los materiales a remitir en cada
vehículo y entregarla al transportador de la carga.
4. Informar al transportador el carácter peligroso del producto a transportar.
5. En caso de derrame actúe rápidamente según sea el producto vertido al interior de la
bodega de almacenamiento. En caso de derrames en el trasporte, colabore con las
autoridades y personal de emergencias dispuestas al control.
6. Mantener un registro de los vehículos que transportan las sustancias peligrosas con
datos como patente, tipo de recipiente, números telefónicos, número de conductores,
cantidades que se transportan.
7. Todo el personal que se relaciona directa o indirectamente con las sustancias
peligrosas debe ser capacitados en el conocimiento de las normativas vigentes, de los
peligros y consecuencias graves que puede ocasionar una manipulación inadecuada,
como también el equipo de protección personal adecuado para cada sustancia peligrosa.
8. Entregar a los conductores los medios para el control de derrames como los equipos
de protección personal para el control de estos.
-
www.iplacex.cl 21
En resumen, el transporte de sustancias peligrosas por calles y caminos del país, resulta
ser una actividad de alto riesgo para los conductores, la comunidad, el medio ambiente,
la producción, la imagen de la organización y la propiedad. La legislación vigente
contenida en el decreto supremo 298 sobre transporte de sustancias peligrosas
constituye un apoyo fundamental para la gestión preventiva de las empresas. Por lo
tanto, el administrador de seguridad y salud deberá asesorar a la alta gerencia en esta y
otras normativas relacionadas al transporte de mercancías peligrosas. La información
relevante de los peligros de estas sustancias se rescata de las HDS que entregan las
empresas que las proporcionan para un uso preventivo en las empresas.
HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD En Chile, el Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales DS 40, establece
en su artículo 21: …la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus
trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores… Especialmente deben
informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban
utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los
mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles
de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las DS N°594, Artículo
42: …El empleador mantendrá disponible permanentemente en el recinto de trabajo, un
plan detallado de acción para enfrentar emergencias, y una hoja de seguridad donde se
incluyan, a lo menos, los siguientes antecedentes de las sustancias peligrosas: nombre
comercial, fórmula química, compuesto activo, cantidad almacenada, características
físico químicas, tipo de riesgo más probable ante una emergencia…
DS N° 43, varios artículos: … Se deberá contar con las hojas de datos de
seguridad de cada una de las sustancias almacenadas a disposición de quienes las
manejan… …Deberá existir, fuera de la bodega, un registro escrito o electrónico en
idioma español de las sustancias almacenadas dentro de la instalación…
adicionalmente, deberán estar disponibles las hojas de datos de seguridad de las
sustancias almacenadas de acuerdo a Norma Chilena Oficial Nº 2245 del 2015.
...Adicionalmente, en la portería deberán estar disponibles en forma impresa o digital las
hojas de datos de seguridad de las sustancias almacenadas, de acuerdo a Norma
Chilena Oficial Nº 2245 del 2015., otorga una especial importancia a las Hojas de Datos
de Seguridad, como una herramienta que permite cumplir con parte de esta obligación
de informar, ya que es en ésta, donde se informan las características esenciales y los
grados de riesgo que presentan las sustancias químicas, entregando información
pertinente sobre seguridad, salud y medio ambiente.
Es por ello la relevancia que implica la elaboración, tenencia y conocimiento de
las Hojas de Datos de Seguridad por parte de trabajadores, empleadores, profesionales
-
www.iplacex.cl 22
de la salud y seguridad, personal de servicios de emergencia, organismos
gubernamentales pertinentes o miembros de la comunidad.
Además del etiquetado en los productos químicos, los fabricantes o importadores
deben proporcionar las Hojas de datos de seguridad (MSDS en Inglés), de las sustancias
peligrosas. Ahora bien, es conocida la problemática a nivel mundial de los secretos
comerciales de la industria química. Ya sea el Fabricantes o el importador y a su vez los
empleadores pueden no revelar identidades en la HDS. Por ejemplo, un tema más que
conocido era lo referente a los contenidos que formaban la bebida cola llamada Coca-
Cola. Era un misterio lo que todo el mundo se encontraba ingiriendo. Y obviamente las
políticas al respecto eran poco claras para los fabricantes del producto en entregar
información fidedigna. Es así, como aún muchos de los componentes de los productos
no son revelados. No obstante, nuevas normas impulsan a los fabricantes a justificar sus
posturas con base en criterios específicos y responsables ante la información a las
personas.
El proveedor de productos químicos peligrosos debería proporcionar al empleador
las informaciones esenciales relativas a los productos que le suministra, mediante las
hojas de datos de seguridad preparadas para tal efecto. En este documento se describen
los riesgos de un producto y se ofrecen instrucciones sobre el modo de manipularlo,
utilizarlo y almacenarlo en condiciones de seguridad.
Las HDS son elaboradas por el fabricante o el importador de las sustancias
peligrosas. El fabricante debe remitir estas fichas a los distribuidores y otros clientes en
la primera adquisición del producto en cuestión y si la HDS es objeto de modificación, los
distribuidores deben suministrar automáticamente las HDS a sus clientes comerciales.
Por consiguiente, los trabajadores y sus representantes deberían tener el derecho a
obtener las hojas de datos de seguridad, así como a recibir información de las mismas,
presentada en una forma y lenguaje tales que permitan su fácil comprensión. Esta
afirmación anterior, es sumamente importante para la comprensión del documento, ya
que muchos trabajadores-especialmente en la agricultura y construcción- no tienen un
nivel cultural adecuado para la comprensión de conceptos técnicos. Por lo que el
lenguaje del administrador de la seguridad y salud debe poder adecuarse a esta situación
especial.
Puesto que parte de la información requerida puede estar dirigida a especialistas,
es posible que sea necesario consultarlas al empleador. La HDS es sólo una fuente de
información más sobre un producto y, por tanto, debe utilizarse junto con folletos
técnicos, etiquetas, material pedagógico y otros documentos.
-
www.iplacex.cl 23
La Hoja de datos de seguridad (HDS), referente a un producto químico peligroso
debería proporcionar información sobre su identificación, su proveedor, su clasificación,
su peligrosidad, medidas de seguridad y los procedimientos en caso de emergencia. Por
lo tanto, debería incluir los datos que hayan sido establecidos por la autoridad
competente en esta materia o por un organismo aprobado o reconocido por la autoridad
competente. A continuación, se describen algunos puntos de interés que debería
contener por lo mínimo una HDS.
1.- Identificación de los productos químicos del fabricante. La información debería ser la misma que se haya utilizado en la etiqueta de un producto
químico peligroso, ya sea el nombre común del producto químico o una denominación
comercial de uso corriente (Por ejemplo, en construcción se utiliza mucho la marca del
producto antes que su nombre químico). Se podrá hacer también referencia a otras
denominaciones en caso de que ello contribuya a la identificación por parte del
trabajador.
Debería también incluirse el nombre completo, la dirección y el teléfono del proveedor.
También debería indicarse un número de teléfono que permita comunicarse con quien
corresponda en una situación de urgencia. Este número de urgencia puede ser el del
proveedor mismo o el de un organismo reconocido, con la condición de que tanto un
servicio como otro estén o sean accesibles en todo momento.
2.- Información sobre los componentes (composición).
Esta información debería permitir que el empleador identifique con claridad los riesgos
inherentes a un producto químico determinado. En general, se debería indicar la
composición de un producto químico en forma detallada y completa.
3.- Identificación de los riesgos.
Se debería mostrar, en forma clara y concisa, los riesgos más importantes, incluidos los
riesgos más significativos para la salud, físicos y para el medio ambiente. La información
proporcionada debería ser compatible con la que figure en la etiqueta.
-
www.iplacex.cl 24
4.- Medidas para los primeros auxilios.
Las medidas para los primeros auxilios y la auto asistencia se deberían explicar
cuidadosamente al personal que requiera atención. Se deberían definir las situaciones
en que será necesario intervenir con atención médica de urgencia y cuáles serán las
medidas que deberán aplicarse en tales intervenciones.
5.- Medidas en caso de incendio. Se deberían incluir las disposiciones relativas a la extinción de incendios en instalaciones
que contengan productos químicos, precisando, por ejemplo:
• Los equipos extintores adecuados (Según normas chilenas).
• Los equipos extintores que no deberían utilizarse por razones de seguridad.
• El equipo de protección especial para las personas encargadas de la extinción de incendios.
Se debería proporcionar también información sobre las propiedades de los productos
químicos que entran en combustión, los riesgos especiales que entraña la exposición y
las precauciones que se deberían adoptar al respecto.
6.- Medidas en caso de emisión accidental.
Deberían indicarse las medidas necesarias en caso de que se produzca una emisión
accidental de productos químicos. Entre ellas, deberían incluirse:
• Las precauciones relativas a la salud y la seguridad, como, por ejemplo, eliminación de las
fuentes de ignición, suministro de ventilación suficiente y de los equipos de protección
individual adecuados.
-
www.iplacex.cl 25
• Las precauciones ambientales, por ejemplo, mantenerse alejado de los sistemas de
desagüe, alertar a los servicios de urgencia y de ser necesario, avisar a la población más
próxima sobre riesgos inminentes.
• Los métodos para realizar la limpieza de los lugares o áreas contaminadas en condiciones
de seguridad, por ejemplo, el uso de materiales absorbentes adecuados, el no uso del agua
o de otros diluyentes que puedan causar reacciones de gases o vapores.
• La difusión de consejos para evitar acciones peligrosas.
7.- Manipulación y almacenamiento.
Se deberían indicar las condiciones de seguridad que el proveedor recomiende para la
manipulación y almacenamiento de los productos químicos, como, por ejemplo:
• La incompatibilidad entre determinados productos químicos.
• Las condiciones para el almacenamiento, como por ejemplo, la temperatura y la
humedad adecuadas o la protección contra la luz solar.
• La eliminación de las fuentes de ignición, con especial atención a aquellas que presentan
cargas electrostáticas.
• El suministro de ventilación tanto local como general.
8.- Controles en caso de exposición y protección personal.
Se deberían proporcionar informaciones sobre la necesidad de hacer uso de
equipo de protección personal al utilizar productos químicos, así como una protección
adecuada y conveniente para el trabajador. Además de presentar información sobre los
límites de exposición o los productos químicos dentro o fuera de las instalaciones.
9.- Otras informaciones.
-
www.iplacex.cl 26
Deberían incluirse otras informaciones que puedan ser importantes para la
salud y la seguridad de los trabajadores, como, por ejemplo, capacitar a los trabajadores
en la utilización del producto, recomendaciones sobre usos y restricciones, referencias,
fuentes de información esenciales, entre otras.
Ahora bien, nuestra legislación actual vigente ha sido responsable respecto a la
información que se debe entregar a las personas de los productos químicos. Norma
chilena 2245 Hoja de Datos de Seguridad de productos contenidos y disposición de los
temas.
-
www.iplacex.cl 27
El objetivo de esta norma es proporcionar información respecto a distintos aspectos
relativos a estos productos, aspectos que corresponden a seguridad, salud y protección
del medio ambiente, en esencia, proporciona conocimiento básico del producto y entrega
recomendaciones sobre medidas de protección y acciones en el tratamiento de
emergencias. Además, la información que entrega la HDS es un complemento que
permite, también, cumplir, con la obligación legal de dar a conocer los riesgos laborales
(derecho a saber).
Una HDS debe entregar las informaciones sobre el producto químico dentro de cada
una de las 16 secciones que corresponda, las que se establecen a continuación:
• Identificación química.
• Descripción.
• Identificación de riesgos para la salud.
• Primeros auxilios.
• Medidas en caso de incendio.
• Medidas para controlar derrames y fuego.
• Manejo y almacenamiento.
• Protección personal y control de exposición.
• Propiedades físico químicos.
• Estabilidad y reactividad.
• Información toxicología.
• Información ecológica.
• Consideración sobre la disposición final.
• Información sobre transporte.
• Normas vigentes.
• Otros.
-
www.iplacex.cl 28
Conclusión El transporte de sustancias peligrosas juega un rol determinante para la industria química e industria en general, debido a que la producción de los productos químicos se realiza en lugares que no necesariamente corresponde a su lugar de uso. Los principales tipos de transporte de sustancias peligrosas son los siguientes: • Terrestre: Carretera, ferrocarril y por ductos (poliductos, oleoductos, gasoductos). • Aéreo: Mediante aviones comerciales y de cargo. • Marítimo: A través de buques que cuentan con zonas especialmente habilitadas para ello. En el caso de Chile, el tipo de transporte que mueve prácticamente la totalidad de las cargas peligrosas, es el transporte terrestre por carreteras, tema sobre el cual se compartirán conocimientos en el presente documento. Cada día se transportan por carretera importantes cantidades de productos químicos catalogados como mercancías peligrosas. Tanto para las autoridades competentes en la materia como para los industriales productores, expedidores y consumidores de estas mercancías, es prioritario garantizar al máximo posible la seguridad integral de este tipo de transporte. Sin embargo, y a pesar de todas las medidas preventivas que se adoptan, tanto reglamentarias como de gestión, y que abarcan desde el diseño de los vehículos, hasta los procesos de carga y descarga, o la formación de los conductores, no puede ser excluida la posibilidad de que se produzca un accidente en el transporte de estas mercancías peligrosas. En este capítulo revisamos este tema relevante en el manejo de sustancias peligrosas.
-
www.iplacex.cl 29
Bibliografía Según formato APA http://www.cva.itesm.mx/biblioteca/pagina_con_formato_version_oct/apa.htm D.S. 298 NCh 2190 NCh 382.
http://www.cva.itesm.mx/biblioteca/pagina_con_formato_version_oct/apa.htm
-
www.iplacex.cl 30