MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA...

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MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA GENERAL ENERO-DICIEMBRE 2018 PROGRAMA ATENCIÓN A PERSONAS MIGRANTES Número de Expediente / Folio Autoridad a la que se dirige N° de Oficios y Fecha de Envió Aceptada o No aceptada Medias solicitadas Estatus de Cumplimiento 1 Sin expediente Comisionado Nacional de Seguridad QVG/2550/2018 24-01-2018 ACEPTADA Única: Que de manera coordinadora, en el ámbito competencial que les corresponda, se realicen las acciones necesarias para localizar el paradero del señor Samier Sabrey Amein Alnajar y salvaguardar su integridad, así como su seguridad personal y su vida. Cumplidas 2 Comisionado del Instituto Nacional de Migración ACEPTADA Cumplidas 3 Sin expediente Subprocuradora de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad de la Procuraduría General de la República. QVG/06445/201 8 07- 02-2018 ACEPTADA Única: Que de manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, se realicen las acciones necesarias para localizar el paradero del señor Kevin Alexander Izaguirre Padilla, y salvaguardar su integridad, así como su seguridad personal y su vida, brindándole la protección y cuidados necesarios en atención a su calidad de víctima de delito Cumplidas 4 Secretario General de Gobierno del Estado de Tamaulipas. ACEPTADA Cumplidas 5 Procurador General de Justicia del Estado de Tamaulipas ACEPTADA Cumplidas 6 Sin expediente Secretario de Gobierno del Estado de Tlaxcala. CNDH/QVG/1356 9 07-03-2018 ACEPTADA PRIMERA: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, se establezcan las medidas que sean necesarias a fin de brindar seguridad y protección a las personas en contexto de migración que viajan y transitan por las vías de comunicación dentro del Estado de Tlaxcala. Asimismo, de Cumplidas

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MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA GENERAL

ENERO-DICIEMBRE 2018

PROGRAMA ATENCIÓN A PERSONAS MIGRANTES

N° Número de Expediente

/ Folio Autoridad a la que se dirige

N° de Oficios y Fecha de Envió

Aceptada o

No aceptada

Medias solicitadas Estatus de Cumplimiento

1

Sin expediente

Comisionado Nacional de Seguridad

QVG/2550/2018 24-01-2018

ACEPTADA

Única: Que de manera coordinadora, en el ámbito competencial que les corresponda, se realicen las acciones necesarias para localizar el paradero del señor Samier Sabrey Amein Alnajar y salvaguardar su integridad, así como su seguridad personal y su vida.

Cumplidas

2 Comisionado del Instituto Nacional

de Migración ACEPTADA Cumplidas

3

Sin expediente

Subprocuradora de Derechos Humanos, Prevención del Delito y

Servicios a la Comunidad de la Procuraduría General de la

República. QVG/06445/2018 07-

02-2018

ACEPTADA

Única: Que de manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, se realicen las acciones necesarias para localizar el paradero del señor Kevin Alexander Izaguirre Padilla, y salvaguardar su integridad, así como su seguridad personal y su vida, brindándole la protección y cuidados necesarios en atención a su calidad de víctima de delito

Cumplidas

4 Secretario General de Gobierno del

Estado de Tamaulipas. ACEPTADA

Cumplidas

5 Procurador General de Justicia del

Estado de Tamaulipas ACEPTADA

Cumplidas

6 Sin

expediente Secretario de Gobierno del Estado

de Tlaxcala.

CNDH/QVG/13569

07-03-2018 ACEPTADA

PRIMERA: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, se establezcan las medidas que sean necesarias a fin de brindar seguridad y protección a las personas en contexto de migración que viajan y transitan por las vías de comunicación dentro del Estado de Tlaxcala. Asimismo, de

Cumplidas

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7 Procurador General de Justicia del

Estado del Tlaxcala. ACEPTADA

aquellas que se encuentran alojadas en el albergue "La Sagrada Familia", y de sus colaboradores y voluntarios, para evitar que se pongan en riesgo su integridad física e incluso su vida, y puedan seguir realizando de manera ordinaria su labor de defensa de los derechos humanos en el Estado de Tlaxcala. SEGUNDA: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias se realicen las acciones de prevención que resulten pertinentes en el caso, con el objeto de evitar nuevos actos de violencia y ataques armados hacia las personas migrantes. TERCERA: De manera particular, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala, tomando en cuenta los hechos delictivos de conocimiento oficioso, inicie la investigación que conforme a derecho corresponda. CUARTA: Igualmente, se hace énfasis a la Presidencia Municipal de Apizaco, que los elementos adscritos a la Policía Municipal, se abstengan de ingresar sin autorización u orden debidamente emitida por autoridad competente de por medio a las instalaciones del albergue "La Sagrada Familia" en ese Municipio, con el objeto de respetar la privacidad, integridad psicológica y física, tanto de las personas en contexto de migración que ahí se alojan así como de las que colaboran con ellas, garantizando que estos últimos puedan seguir ejerciendo su labor ordinaria de

Cumplidas

8 Comisado Estatal de Seguridad del

Estado de Tlaxcala ACEPTADA

Cumplidas

9 Presidente Municipal de Apizaco,

Tlaxcala ACEPTADA

Cumplidas

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asistencia, protección y defensa de los derechos humanos de las personas en contexto de migración que transitan por el municipio de Apizaco, Tlaxcala.

10

Sin expediente

Secretario General de Gobierno del Estado de Chiapas

CNDH/QVG/17960/2018

22-03-2018

ACEPTADA

PRIMERA: Que, de manera inmediata, de acuerdo a sus competencias y de forma coordinada entre distintas autoridades estatales y municipales se les garantice la satisfacción de las necesidades básicas de alimentación, salud y alojamiento de las familias que tuvieron que desplazarse de manera forzada, debido a los actos de violencia cometidos en su contra por pertenecer a la comunidad religiosa Adventista del Séptimo Día. SEGUNDA: Que de manera inmediata, de acuerdo a sus competencias y de forma coordinada, entre las distintas autoridades estatales y municipales, para que no sean nuevamente víctimas de agresiones ni hostigamientos por parte de otras personas de la comunidad de de San Miguel Chiptic, debido a sus decisión de pertenecer a la comunidad religiosa Adventista del Séptimo Día, así como garantizar su derecho a la integridad física, e incluso, la vida.

Parcialmente cumplido

11 Secretario de Protección Civil del

Estado de Chiapas. ACEPTADA

Parcialmente cumplido

12 Secretario de Protección y

Seguridad Ciudadana del Estado de Chiapas.

ACEPTADA

Parcialmente cumplido

13 Presidente municipal de

Altamirano, Chiapas ACEPTADA

Parcialmente cumplido

14

Sin expediente

Comisionado del Instituto Nacional de Migración CNDH/QVG/1751

3/2018 24-03-2018

ACEPTADA PRIMERA: En el ámbito de sus competencias y de manera coordinada se determine el inmediato traslado al Centro de Asistencia Social, adecuado a las necesidades de los adolescentes Jorge Alberto Ramírez Dubon, Juana

Cumplidas

15 Coordinadora General de la

Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados

ACEPTADA

Cumplidas

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16 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes ACEPTADA

Nohemí Santos López y Stanley Edison Rodríguez Perdido. SEGUNDA. Que la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con la participación de la Procuraduría Estatal de Protección de la Familia y de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Tabasco, determinen el interés superior de los adolescentes Jorge Alberto Ramírez Dubon, Juana Nohemí Santos López y Stanley Edison Rodríguez Perdido, y dicten las medidas de protección especiales que requieren, atendiendo a la situación específica de cada uno de ellos. TERCERA: Que el Instituto Nacional de Migración en coordinación con la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, emita, en su caso, las tarjetas de residentes permanentes a favor de los adolescentes Jorge Alberto Ramírez Dubon y Juana Nohemí Santos López, y la tarjeta de visitante por razones humanitarias al adolescente Stanley Edison Rodríguez Perdido. CUARTA: Que la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados priorice la resolución de la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado presentada por el adolescente Stanley Edilson Rodríguez Perdido.

Cumplidas

17

Procuradora Estatal de Protección de la Familia y los Derechos Humanos e Niñas, Niños y

Adolescentes

ACEPTADA

Cumplidas

18 Directora de Enlace Institucional del

Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia en Tabasco

ACEPTADA

Cumplidas

19 Coordinador General del Sistema

Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia en Tenosique, Tabasco.

ACEPTADA

Cumplidas

20 Sin

expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación.

CNDH/QVG/20825/2018

05-04-2018 ACEPTADA

PRIMERA: Que, de manera inmediata, de acuerdo a sus competencias y de forma coordinada entre distintas

Parcialmente cumplido

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21 Comisionado Ejecutivo de la

Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

ACEPTADA

autoridades estatales y municipales, se realice un censo de las personas víctimas de DFI, por los hechos de violencia generados desde el mes de diciembre en varias comunidades del municipio de Aldama, Chiapas, y se les garantice la satisfacción de sus necesidades básicas de alimentación, salud y alojamiento. SEGUNDA: Que de manera inmediata de acuerdo a sus competencias y de forma coordinada, brinden la protección y resguardo de las personas víctimas de DFI, por los hechos de violencia generados en los últimos días en la comunidad de Santa Martha, ubicada entre los municipios de Chenalhó y Aldama, Chiapas, ante el estado de vulnerabilidad en el que se encuentran, y garantizar su derecho a la integridad física, incluso, su vida.

Parcialmente cumplido

22 Secretario General de Gobierno del

Estado de Chiapas. ACEPTADA

Parcialmente cumplido

23 Secretario de Protección Civil del

Estado de Chiapas ACEPTADA

Parcialmente cumplido

24 Secretario de Protección y

Seguridad Ciudadana del Estado de Chiapas.

ACEPTADA Parcialmente cumplido

25 Presidenta del Municipio de

Aldama, Chiapas. ACEPTADA

Parcialmente cumplido

26

Sin expediente

Comisionado Nacional de Seguridad

CNDH/QVG/24449/2018

20-04-2018

ACEPTADA Única: De manera coordinada, en el

ámbito de sus facultades y competencias territoriales, realicen acciones urgentes y necesarias que

permitan brindar seguridad y protección a las personas en contexto de migración del "Viacrucis Migrante" 2018" que transitan en los Estados de

Sinaloa, Sonora y Baja California.

Cumplidas

27 Secretario General de Gobierno del

Estado de Sinaloa ACEPTADA

Cumplidas

28 Secretario General de Gobierno del

Estado de Sonora ACEPTADA

Cumplidas

29 Secretario General de Gobierno del

Estado de Baja California ACEPTADA

Cumplidas

30

Sin expediente

Comisionado del Instituto Nacional de Migración

CNDH/QVG/33093/2018

28-05-2018

ACEPTADA

PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito de sus competencias, sean trasladados los adolescentes Luisa Fernanda Centeno López, Sherlin Deniceth Navarro Valle, Willians Alexander Mejía Bonilla, Edin Gabriel García Soriano, Yordis Aaron Escobar Morales, Dimer Sais Garmendia Pineda, Erickson Asiel Padilla Berrios,

Cumplidas

31 Procurador de Protección de Niñas,

Niños y Adolescentes en San Luis Potosí

ACEPTADA Cumplidas

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Jimy Arnaldo García Enríquez, Keneth Isaac Rosales Castillo, Mayra Fidencia Graciela Choc Caal, Jasmin Edith Mejía Ramos, Edgar lván Fernández Chacón, Byron Bertzain Díaz de León, Alex Neptali Reyes Díaz, Jonathan Mendoza Rojas, Anderson Rocael Banegas Guzmán, Eddy Geovany Banegas Guzmán, Mario Adolfo Ventura Gómez, y el niño Jayden Eduardo Antoneo Pop Choc, a un Centro de Asistencia Social (CAS) o alberge adecuado para su estancia y se les otorgue la asistencia y protección especializada que requieren. SEGUNDO: Que la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en San Luis Potosí, de manera inmediata determine el interés superior de los adolescentes Luisa Fernanda Centeno López, Sherlin Deniceth Navarro Valle, Willians Alexander Mejía Bonilla, Edin Gabriel García Soriano, Yordis Aaron Escobar Morales, Dimer Sais Garmendia Pineda, Erickson Asiel Padilla Berrios, Jimy Arnaldo García Enríquez, Keneth Isaac Rosales Castillo, Mayra Fidencia Graciela Choc Caal, Jasmin Edith Mejía Ramos, Edgar lván Fernández Chacón, Byron Bertzain Díaz de León, Alex Neptali Reyes Díaz, Jonathan Mendoza Rojas, Anderson Rocael Banegas Guzmán, Eddy Geovany Banegas Guzmán, Mario Adolfo Ventura Gómez, y el niño Jayden Eduardo Antoneo Pop Choc, y se dicte el plan de restitución de derechos que requieren, atendiendo a la situación específica de cada uno de ellos.

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32 Sin

expediente Comisionado del Instituto Nacional

de Migración

CNDH/QVG/34151/2018

31-05-2018 ACEPTADA

PRIMERO: De manera inmediata se giren las instrucciones que correspondan para que se lleven a cabo las reparaciones necesarias al mobiliario de los baños en el área femenil y varonil adulta de la estación migratoria de Acayucan, Veracruz, a fin de garantizar el correcto funcionamiento en las instalaciones hidráulicas. SEGUNDO: De manera inmediata se giren las instrucciones que correspondan para que se lleven a cabo acciones necesarias de fumigación a efecto de erradicar la fauna nociva que se ubica en las coladeras de la Estación Migratoria de Acayucan, Veracruz. TERCERA. De manera inmediata se giren las instrucciones que correspondan para que realicen las acciones necesarias con la finalidad de entregar a las personas migrantes alojadas en la estación migratoria de Acayucan, Veracruz, cobijas y colchonetas limpias y recién lavadas. CUARTA: De manera inmediata se giren las instrucciones que correspondan para que la calidad de los alimentos suministrados sea la adecuada, ración suficiente, en el horario establecido y con la dieta necesaria con el fin de que la salud de los extranjeros, principalmente niñas, niños y adolescentes, no se vea afectada en tanto sea. definida su situación migratoria."

Cumplidas

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33

Sin expediente

Comisionado del Instituto Nacional de Migración

CNDH/QVG/36015/2018

06-06-2018

ACEPTADA

PRIMERA. Que, de manera inmediata y coordinada, en el ámbito de sus competencias, sean trasladados tanto el adolescente Maydi Obel Hernández Calderón y su señor padre Pedro Oliverio Hernández Deras, a un Centro de Asistencia Social (CAS) o alberge, garantizando en todo momento su unidad familiar, y que sea adecuado para la asistencia y protección especializada que el adolescente requiere. SEGUNDA: Que de manera inmediata se giren instrucciones para que, en tanto se concretiza el traslado del adolescente Maydi Obel Hernández Calderón y su señor padre Pedro Oliverio Hernández Deras, se garantice por el Instituto Nacional de Migración la integridad física y psicológica de dichas personas, brindando la protección y seguridad que requieren. TERCERA: Que de manera inmediata personal especializado de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Tlaxcala, determine el interés superior del adolescente Maydi Obel Hernández Calderón, y se dicte el plan de restitución de derechos que requiere, atendiendo a su situación de vulnerabilidad en la que se encuentran. CUARTA: Que de manera inmediata se giren las instrucciones correspondientes para que al adolescente Maydi Obel Hernández

Cumplidas

34 Protección de Niñas, Niños y

Adolescentes en Tlaxcala ACEPTADA Cumplidas

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Calderón y al señor Pedro Oliverio Hernández Deras, se les brinde la atención médica y psicológica que requieran, por lo hechos sucedidos en la estación migratoria de Tlaxcala.

35

Sin expediente

Comisionado del Instituto Nacional de Migración

CNDH/QVG/38668/201820/06/20

18

ACEPTADA

PRIMERA: En el ámbito de sus competencias y de manera coordinada se determine el inmediato traslado al Centro de Asistencia Social, adecuado a las necesidades de los niños Jonni Alexander Padilla Martínez, Britney Natalia Matute Guerra y Samara Belem Aguirre Guerra, en compañía de sus padres, los señores Jonny Giovanni Padilla Acosta, Denis Javier Aguirre Murillo y Rosibel Guerra Vazquez y se les brinde la atención médica y psicológica que requieran. SEGUNDA: Que la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, determine el interés superior de los niños Jonni Alexander Padilla Martínez, Britney Natalia Matute Guerra y Samara Belem Aguirre Guerra, y dicten las medidas de protección especiales que requieren,

Cumplidas

36 Coordinadora General de la

Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados

ACEPTADA

Cumplidas

37 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes ACEPTADA

Cumplidas

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38 Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en

la Ciudad de México ACEPTADA

atendiendo a la situación específica de cada uno de ellos. TERCERA: Que el Instituto Nacional de Migración en coordinación con la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, emita, en su caso, las tarjetas de visitantes por razones humanitarias a favor del señor Jonny Giovanni Padilla Acosta, su hijo el niño Jonni Alexander Padilla Martínez. CUARTA. Que el Instituto Nacional de Migración, emita, en su caso, las tarjetas de Residentes Permanentes a favor de Denis Javier Aguirre Murillo, Rosibel Guerra Vazquez, y su hija la niña Britney Natalia Matute Guerra, toda vez que cuentan con vínculo familiar con una persona mexicana, que es la lactante Samara Belem Aguirre Guerra.

Cumplidas

39

Sin expediente

Consejero Presidente del Instituto Nacional Electoral

CNDH/QVG/40252/2018

20/06/2018 ACEPTADA

Único. Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, de forma inmediata se lleven a cabo las acciones necesarias para la implementación de las medidas preventivas y de seguridad que se requieran a fin de garantizar la integridad física del grupo de personas desplazadas del municipio de Chenalhó, Chiapas, y puedan acudir a ejercer su derecho e emitir su sufragio en la casilla extraordinaria que para tal efecto instalarán las autoridades electorales federales y estatal, el 1 de julio del año en curso en el campamento referido. Tales acciones deberán ejecutarse antes, durante y después de verificarse la jornada electoral.

Parcialmente cumplidas

40 Secretario General de Gobierno de

Chiapas

Parcialmente cumplidas

41 Consejero Presidente del Instituto

de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas

Parcialmente cumplidas

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42

Sin expediente

Secretario General de Gobierno del Estado de Veracruz

CNDH/QVG/53089/201831/08/20

18 ACEPTADA

Primero: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, se establezcan las medidas que sean necesarias a fin de brindar seguridad y protección a los integrantes y colaboradores del albergue Monseñor Guillermo Ranzahuer González, y de las personas en contexto de migración que ahí se alojan, para evitar que se ponga en riesgo su integridad física e incluso su vida. Segundo: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, realicen las actividades correspondientes para brindar seguridad y vigilancia en las inmediaciones del albergue “Monseñor Guillermo Ranzahuer González” de Oluta, Veracruz, a efecto de que pueda continuar operando en favor de las personas en contexto de migración. Tercero. De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias realicen las labores de prevención que resulten pertinentes en el caso, con el objeto de evitar todo acto intimidatorio que tenga como consecuencia impedir que el albergue “Monseñor Guillermo Ranzahuer González” de Oluta, Veracruz, deje de prestar sus servicios, y que sus integrantes, continúen ejerciendo su actividad como defensores de derechos humanos de los migrantes

Cumplidas

43 Secretario de Seguridad Pública del

Estado de Veracruz

Cumplidas

44 Presidenta municipal de Villa de

Oluta, Veracruz

Cumplidas

45 Sin

expediente Comisionado Nacional de Migración

CNDH/QVG/56689/201814/09/20

18 ACEPTADA

Primero: A todas las autoridades para que de manera coordinada en el ámbito de sus competencias, se establezcan las

Cumplidas

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46 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes

medidas que sean necesarias a fin de que de manera inmediata seas trasladados los NNA junto con sus familiares que los acompañan, cuyos nombre se indican en el presente oficio, a las instalaciones del DIF nacional, del sistema DIF Tamaulipas, o bien del DIF Reynosa, Tamaulipas, o un Centro de Asistencia Social, o albergue adecuado para su estancia y puedan recibir la atención especializada integral que requieran. Segunda: Que de manera inmediata personal especializado de la Procuraduría Federal de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes, así como de la Procuraduría de Atención a Niños, Niños y Adolescentes en Tamaulipas, determinen el interés superior de los NNA mencionados, y se dicte el plan de restitución de derechos que se requieren, atendiendo la situación de vulnerabilidad en que se encuentran. Tercera: Al Comisionado Nacional de Migración, para que gire las instrucciones que correspondan a fin de que se repare de manera inmediata las instalaciones sanitarias, así como el aire acondicionado para generar condiciones de alojamiento dignas para los extranjeros que sean alojados en la estación migratoria de Reynosa, Tamaulipas.

Cumplidas

47 Secretario General de Gobierno del

Estado de Tamaulipas.

Cumplidas

48 Presidenta Municipal de Reynosa,

Tamaulipas

Cumplidas

49 Encargado de Despacho de la

Procuraduría de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes en Tamaulipas

Cumplidas

50 Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia

del Estado de Tamaulipas

Cumplidas

51 Sin

expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación.

CNDH/QVG/63485/2018

16/10/2018 ACEPTADA

A todas las autoridades: Primera: Que de manera coordinada y de acuerdo a sus competencias,

Parcialmente Cumplidas

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52 Subsecretaria de Población,

Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación

instruya a quien corresponda para que de forma inmediata se implementen las medidas humanitarias necesarias y se proporcionen protección y auxilio a las niñas, niños, y adolescentes, mujeres embarazadas, personas mayores, con discapacidad, y a todas aquellas que requieran de una atención especial. Segunda: Que de manera coordinada y de acuerdo a sus competencias, se implementen acciones inmediatas para que en los lugares que se habiliten para el alojamiento proporcionen a las personas beneficiadas de estas medidas alimentación, atención médica-psicológica, a fin de brindar el cuidado adecuado, priorizando en todo momento a las niñas, niños, y adolescentes, personas mayores y con discapacidad, con pleno respeto a su dignidad y derechos humanos. Al Instituto Nacional de Migración. Primera: En caso de que en el ámbito de sus facultades, ese instituto realice acciones de verificación migratoria, las mismas se practiquen en el marco del respeto a los derechos humanos de las personas en contexto de migración, tomando en consideración a las que presenten especial vulnerabilidad como lo son niñas, niños, adolescentes, personas mayores, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, y a cualquier otra persona que presente algún condición que requiera de una atención especializada.

Parcialmente Cumplidas

53 Subsecretario de Prevención y

Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.

Parcialmente Cumplidas

54 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas

55 Comisionado del Instituto Nacional

de Migración Parcialmente Cumplidas

56 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas

57 Procurador Federal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes. Parcialmente Cumplidas

58 Secretario General de Gobierno del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

59

Encargado de Despacho de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana del Estado de Chiapas

Parcialmente Cumplidas

60 Secretario de Protección Civil del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

61 Encargada del Despacho de la

Secretaría de Salud del Estado de Chiapas

Parcialmente Cumplidas

62 Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

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63 Procuradora de Protección de

Niñas, Niños y Adolescente y la Familia del DIF Chiapas

Segunda: Gire sus instrucciones a quien corresponda, a efecto de que atendiendo el principio de no devolución se realicen las acciones correspondientes para que las personas que pretendan solicitar refugio les sea respetado dicho derecho. Tercera: Gire sus instrucciones a quien corresponda, a efecto de que, en caso de realizar labores de supervisión migratoria, con apoyen o no de otras instancias federales, estatales o municipales, se lleven con estricto respeto a los derechos humanos. Cuarta: Que de manera coordinada y de acuerdo a sus competencias, se implementen acciones inmediatas a efecto de brindar a las personas en contexto de migración, la seguridad necesaria en los lugares de pernocta y durante la espera para ser atendidos por la autoridad migratoria. A la Policía Federal, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de Chiapas, Presidente Municipal de Tapachula, y Presidenta Municipal de Suchiate, Chiapas. Única: Cualquier actividad que realicen en relación con la "caminata del migrante", se efectúe en el marco irrestricto del respeto a los derechos humanos de todas las personas en contexto de migración, atendiendo de manera específica las particularidades de cada grupo o persona.

Parcialmente Cumplidas

64 Presidente Municipal de Tapachula,

Chiapas Parcialmente Cumplidas

65 Presidenta Municipal de Suchiate,

Chiapas Parcialmente Cumplidas

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66

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación.

CNDH/QVG/64303/2018

20/10/2018 ACEPTADA

Primera: Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de manera especial, agua, suero hidratante, alimentación que contenga cítricos, cereales, personal médico, medicamentos, ambulancias, para conducciones a hospital, especialistas que brinden atención psicológica, instrumentos de aseo personales, pañales desechables, entre otras, a las personas que se encuentren en el puente internacional Rodolfo Robles, y en albergues temporales habilitados o que se habiliten en favor de las personas que se encuentran a la espera de ser atendidas por la autoridad migratoria mexicana. Segunda: Que de manera coordinada y ante la situación de urgencia que se ha presentado por el arribo extraordinario de personas en contexto de migración, especialmente de niñas, niños y adolescentes, las Procuradurías de Protección de los Derechos de Niñas, Niños, Adolescentes y los Sistemas DIF de los tres niveles de Gobierno, determinen el interés superior de la niñez que han ingresado a territorio nacional, y dicten las medidas de protección especiales que requieran, atendiendo a la situación específica de cada uno de ellos y a su interés superior y la unidad familiar.

Parcialmente Cumplidas

67 Subsecretaria de Población,

Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación

Parcialmente Cumplidas

68 Subsecretaría de Prevención y

Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud

Parcialmente Cumplidas

69 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas

70 Comisionado del Instituto Nacional

de Migración Parcialmente Cumplidas

71 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas

72 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

73

Encargado de Despacho de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana del Estado de Chiapas

Parcialmente Cumplidas

74 Secretario de Protección Civil del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

75 Encargado de Despacho d ela

Secretaría de Salud del Estado de Chiapas

Parcialmente Cumplidas

76 Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

77 Procurado de Protección de Niñas,

Niños y Adolescentes y la Familia en el Estado de Chiapas

Parcialmente Cumplidas

78 Presidente Municipal de Tapachula,

Chiapas Parcialmente Cumplidas

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79 Presidente Municipal de Suchiate,

Chiapas Parcialmente Cumplidas

80

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación.

CNDH/QVG/64762 23/10/2018

ACEPTADA

Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, tomando en consideración la ruta a seguir de dicha Caminata Migrante, se prevean con tiempo suficiente todas aquellas acciones necesarias, suficientes, y efectivas, para garantizar la atención humanitaria de urgencia, a las personas en contexto de migración internacional que conforman a la "Caravana Migrante", de manera especial, sin ser limitativas, alimentación, agua, atención médica y psicológica, privilegiando aquellas personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad como NNA, mujeres embarazadas, y lactantes, personas mayores, y con discapacidad. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las Procuradurías de Protección, tanto Federal, Estatal, y Municipal, conformen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, para brindar protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman la "Caravana Migrante", y así coadyuvar, con su protección integral tomando en consideración que antes de ser personas migrantes, independientemente de su situación migratoria, son niñas, niños y adolescentes, ante quienes todas las autoridades tienen la obligación de

Parcialmente Cumplidas

81 Subsecretaria de Población,

Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación

Parcialmente Cumplidas

82 Subsecretario de Prevención y

Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.

Parcialmente Cumplidas

83 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas

84 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

85 Secretario General de Gobierno del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

86 Secretario de Protección Civil de

Chiapas Parcialmente Cumplidas

87 Secretario de Salud del Estado de

Chiapas Parcialmente Cumplidas

88 Procuradora de Protección de

Niñas, Niños y Adolescente y la Familia del DIF Chiapas

Parcialmente Cumplidas

89 Presidente Municipal de Escuintla,

Chiapas Parcialmente Cumplidas

90 Presidente Municipal de

Mapastepec, Chiapas Parcialmente Cumplidas

91 Presidente Municipal de Pijijiapan,

Chiapas Parcialmente Cumplidas

92 Presidente Municipal de Tonalá,

Chiapas Parcialmente Cumplidas

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93 Presidente Municipal de Arriaga,

Chiapas

velar por el respeto a sus derechos humanos. Parcialmente Cumplidas

94

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación.

CNDH/QVG/64763/2018

23/10/2018 ACEPTADA

Primera: Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, tomando en consideración la ruta a seguir de dicha Caminata Migrante, se prevea con tiempo suficiente todas aquellas acciones necesarias, suficientes y efectivas, para garantizar la atención humanitaria de urgencia, a las personas en contexto de migración internacional que conforman a la "Caravana Migrante", de manera especial, sin ser limitativas, alimentación, agua, atención médica y psicológica, privilegiando aquellas personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad como NNA, mujeres embarazadas y lactantes, personas mayores con discapacidad. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las Procuradurías de Protección, tanto Federal, Estatal y Municipal, conformen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, para brindar protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman la "Caravana Migrante", y así coadyuvar con su protección integral tomando en consideración que antes que ser personas migrantes, independientemente de su situación migratoria, son niñas, niños,

Parcialmente Cumplidas

95 Subsecretaria de Población,

Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación

Parcialmente Cumplidas

96 Subsecretario de Prevención y

Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.

Parcialmente Cumplidas

97 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas

98 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

99 Secretario General de Gobierno del

Estado de Oaxaca Parcialmente Cumplidas

100 Secretario de Salud del Estado de

Oaxaca Parcialmente Cumplidas

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101 Presidente Municipal de Ciudad

Ixtepec, Oaxaca

adolescentes ante quienes todas las autoridades tienen la obligación de velar por el respeto a sus derechos humanos

Parcialmente Cumplidas

102

Sin expediente

Presidenta Municipal de Juchitán de Zaragoza, Oaxaca

CNDH/QVG/65282/2018

25/10/2018 ACEPTADA

Única: De manera coordinada con las autoridades federales y estatales, y en el ámbito de sus competencias, tomando en consideración la ruta a seguir de dicha Caminata Migrante, se prevean con tiempo suficiente todas aquellas acciones necesarias, suficientes y efectivas, para garantizar la atención humanitaria de urgencia, a las personas en contexto de migración internacional que conforman a la "Caravana Migrante", de manera especial, sin ser limitativas, alimentación, agua, atención médica y psicológica, privilegiando aquellas personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad como NNA, mujeres embarazadas y lactantes, personas mayores y con discapacidad.

Parcialmente Cumplidas

103 Presidente Municipal de Ixtepec,

Oaxaca Parcialmente Cumplidas

104

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación.

CNDH/QVG/65626/2018

26/10/2018 ACEPTADA

Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se otorgue inmediatamente una alternativa de alojamiento adecuado a las NNA y sus familiares, quienes se encuentran en el "Recinto Federal", de la ciudad de Tapachula, Chiapas, y que, al mismo tiempo, sean solicitantes de la condición de refugiado, con la finalidad de otorgar su protección integral y el pleno respeto a los derechos humanos. Segunda: Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se

Parcialmente Cumplidas

105 Subsecretaria de Población,

Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación

Parcialmente Cumplidas

106 Comisionado del Instituto Nacional

de Migración Parcialmente Cumplidas

107 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas

108 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

109 Encargada de la Coordinación

General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados

Parcialmente Cumplidas

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110 Procuradora de Protección de

Niñas, Niños y Adolescente y la Familia del DIF Chiapas

llevan a cabo acciones conjuntas con alguna organización o institución, como puede ser la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), para generar espacios de alojamiento alternativo en distintos albergues de la Sociedad Civil en el Estado de Chiapas, a donde pueden ser canalizadas las personas migrantes solicitantes de refugio del "Recinto Ferial" de Tapachula, Chiapas.

Parcialmente Cumplidas

111 Sin

expediente Comisionado del Instituto Nacional

de Migración

CNDH/QVG/65627/2018

26/10/2018 ACEPTADA

Primera: Se brinde protección, seguridad y atención médica, a la persona que fue asegurada por el INM el 25 de octubre de 2018, garantizándole el respeto a sus derechos humanos. Segunda: Se realice una investigación exhaustiva sobre los hechos sucedidos, y, en su momento, de ser el caso, se establezcan las responsabilidades correspondientes. Tercera: En tanto se deslindan las responsabilidades correspondientes, el personal del INM, que participó en el aseguramiento de las personas en contexto de migración, y que se identifican en el video de la citada nota periodística, se abstenga de realizar funciones de verificación migratoria o de contacto con personas migrantes, en tanto se resuelve la investigación que por dichos hechos se realice al interior de dicho instituto.

Parcialmente Cumplidas

112 Sin

expediente Comisionado del Instituto Nacional

de Migración

CNDH/QVG/65639/2018

28/10/2018 ACEPTADA

Primera: Que de manera coordinada y de acuerdo con sus competencias, se realicen las acciones inmediatas para

Parcialmente Cumplidas

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113 Titular del Sistema Nacional DIF

alojar a las personas migrantes detenidas, referidas en el presente documento, a un espacio digno en que se les pueda brindar la atención necesaria en materia de salud, alimentación, información clara y verídica sobre su situación migratoria y los programas a los que se puede acceder, dentro del respeto a sus derechos humanos.

Segunda: Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, especialistas de atención a la niñez de las Procuradurías de Protección referidas, establezcan las acciones necesarias a seguir, para brindar a las niñas, niños y adolescentes migrantes localizados en la referida estancia provisional y a las afueras de la misma, así como a sus familiares, la atención integral que requieren, y la alternativa de alojamiento. Tercera: Que el personal del INM informe correctamente a las personas en contexto de migración su situación jurídica y los programas que existen para regularizar su estancia, así como el derecho a solicitar la condición de refugiado, sin confundirlos respecto a un posible permiso para transitar libremente por el país.

Parcialmente Cumplidas

114 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

115 Procuradora de Protección de

Niñas, Niños y Adolescente y la Familia del DIF Oaxaca

Parcialmente Cumplidas

116 Presidenta del DIF del Municipio de

San Pedro Tapanatepec, Oaxaca Parcialmente Cumplidas

117 Sin

expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación. CNDH/QVG/6682

5/2018 02/11/2018

ACEPTADA

Primera: Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia a las personas

Parcialmente Cumplidas

118 Subsecretaria de Población,

Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación

Parcialmente Cumplidas

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119 Subsecretario de Prevención y

Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.

integrantes de la "Caminata Migrante", en especial la provisión de agua, suero hidratante, y alimentación balanceada; así como personal médico, medicamentos, y especialistas en atención psicológicas; ambulancias para conducciones a hospitales, incluida una que permanezca las 24 horas del día para esos mismos efectos, enseres o utensilios, de aseo personal, y pañales, desechables, asimismo, la instalación de sanitarios suficientes, que permitan brindar servicio a más de 3 mil personas, y la instalación de lonas, carpas, o toldos, que aseguren a la población permanecer resguardada de las inclemencias del clima. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen acciones urgentes y necesarias que permitan brindar seguridad y protección perimetral a las personas en contexto de migración de la "Caminata Migrante" que transita en México. Tercera: De manera coordinada, y ante la situación de urgencia que se ha presentado por el arribo extraordinario de personas en contexto de migración, especialmente de niñas, niños y adolescentes que han ingresado a territorio nacional, las Procuradurías de los Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes, así como los Sistemas DIF de los tres niveles de Gobierno, determinen el interés superior de la

Parcialmente Cumplidas

120 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas

121 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas

122 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

123 Secretario de Gobierno del Estado

de Veracruz Parcialmente Cumplidas

124 Secretario de Protección Civil del

Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas

125 Secretario de Salud y Director

General de Servicios de Salud del Estado de Veracruz

Parcialmente Cumplidas

126 Fiscal General del Estado de

Veracruz Parcialmente Cumplidas

127 Directora General del Sistema DIF

del Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas

128

Procuradora Estatal de Protección de la Familia y los Derechos Humanos e Niñas, Niños y

Adolescentes del Estado de Veracruz

Parcialmente Cumplidas

129 Presidente Municipal de Sayula de

Alemán, Veracruz Parcialmente Cumplidas

130 Presidente Municipal de Acayucan,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

131 Presidente Municipal de Oluta,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

132 Presidente Municipal de Hueyapan

de Ocampo, Veracruz Parcialmente Cumplidas

133 Presidente Municipal de Juan

Rodríguez Clara, Veracruz Parcialmente Cumplidas

134 Presidente Municipal de San Juan

Evangelista, Veracruz Parcialmente Cumplidas

135 Presidente Municipal de

Cosamaloapan de Carpio, Veracruz Parcialmente Cumplidas

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136 Presidente Municipal de Isla,

Veracruz.

niñez, y dicten las medidas de protección especiales que requieran, atendiendo a la situación específica de cada uno de ellos, y a su interés superior y la unidad familiar.

Parcialmente Cumplidas

137 Presidente Municipal de José

Azueta, Veracruz Parcialmente Cumplidas

138 Presidente Municipal de Cotaxtla,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

139 Presidente Municipal de Tierra

Blanca, Veracruz Parcialmente Cumplidas

140 Presidente Municipal de Cuitláhuac,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

141 Presidente Municipal de Yanga,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

142 Presidente Municipal de Córdoba,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

143 Presidenta Municipal de Amatlán de

los Reyes, Veracruz Parcialmente Cumplidas

144 Presidente Municipal de Fortín de

las Flores, Veracruz Parcialmente Cumplidas

145 Presidente Municipal de Orizaba,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

146 Presidente Municipal de Ixtaczoquitlán, Veracruz

Parcialmente Cumplidas

147 Presidente Municipal de Río Blanco Parcialmente Cumplidas

148 Presidente Municipal de Nogales,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

149 Presidente Municipal de Camerino

Mendoza, Veracruz Parcialmente Cumplidas

150 Presidenta Municipal de Aquila,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

151

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación. CNDH/QVG/6682

7/2018 03/11/2018

ACEPTADA

Único: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la seguridad y vigilancia en las rutas y lugares por donde las personas que integran la "Caminata Migrante" transitan, durante su trayecto a la Ciudad de México, así

Parcialmente Cumplidas

152 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas

153 Secretario de Gobierno del Estado

de Veracruz Parcialmente Cumplidas

154 Secretario de Seguridad Pública del

Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas

Page 23: MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA …informe.cndh.org.mx/images/uploads/nodos/40318/content/...28-05-2018 ACEPTADA PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito

155 Secretario General de Gobierno del

Estado de Puebla como en los sitios en los que de manera visible se ubican para descansar o pernoctar, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran, para ello en todo momento se deben de respetar sus derechos humanos.

Parcialmente Cumplidas

156 Secretario de Seguridad Pública del

Estado de Puebla

157 Secretario General de Gobierno de

la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

158 Secretario de Seguridad Pública de

la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

159

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación.

CNDH/QVG/66828/2018

03/11/2018 ACEPTADA

Única: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la seguridad y vigilancia en las rutas y lugares por donde las personas defensoras de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil, brindan acompañamiento y asesoría a los integrantes de la "Caminata Migrante", durante su trayecto a la Ciudad de México, así como en los sitios en los que de manera visible se ubican para descansar o pernoctar, respetando sus derechos humanos y el libre ejercicio de la labor o defensa que realizan.

Parcialmente Cumplidas

160 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas

161 Secretario de Gobierno del Estado

de Veracruz Parcialmente Cumplidas

162 Secretario de Seguridad Pública del

Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas

163 Secretario General de Gobierno del

Estado de Puebla Parcialmente Cumplidas

164 Secretario de Seguridad Pública del

Estado de Puebla Parcialmente Cumplidas

165 Secretario General de Gobierno de

la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

166 Secretario de Seguridad Pública de

la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

167

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación.

CNDH/QVG/66829/2018

04/11/2018 ACEPTADA

Primera: En el ámbito de sus competencias, se lleven a cabo todas aquellas acciones de manera coordinada para proporcionar la atención humanitaria de las personas en contexto de migración internacional que conforman a la "Caminata Migrante", de manera especial alimentación, agua, así como atención médica y psicológica permanente, durante su estancia en la Ciudad de México.

Segunda: En el ámbito de sus competencias, de manera coordinada

Parcialmente Cumplidas

168 Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Parcialmente Cumplidas

169 Secretario General de Gobierno de

la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

170 Secretario de Seguridad Pública de

la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

171 Secretario de Salud de la Ciudad de

México Parcialmente Cumplidas

172 Secretario de Protección Civil de la

Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

173 Secretario de Desarrollo Social de la

Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

Page 24: MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA …informe.cndh.org.mx/images/uploads/nodos/40318/content/...28-05-2018 ACEPTADA PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito

174 Titular del Sistema para el

Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México

mediante un grupo multidisciplinario, se brinde de manera permanente las condiciones básicas de salud, higiene, y estancia digna a los integrantes de la "Caminata Migrante", especialmente a las niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas mayores para un pleno respeto de sus derechos humanos. Tercera: Se establezcan de manera coordinada reuniones de diálogo interinstitucional, con la finalidad de que exista una adecuada organización en la ayuda humanitaria hacia las personas que integran la "Caminata Migrante", a fin de garantizar el pleno respeto a sus derechos humanos.

Parcialmente Cumplidas

175

Directora Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de

México

Parcialmente Cumplidas

176 Secretaria de Desarrollo Rural y

Equidad para las Comunidad de la Ciudad de México

Parcialmente Cumplidas

177 Sin

expediente Encargado de Despacho de la Fiscalía del Estado de Puebla

CNDH/QVG/66863/2018

05/11/2018 ACEPTADA

Primera: Se realicen todas aquellas acciones necesarias y suficientes para agilizar la búsqueda y localización de las personas en contexto de migración internacional, integrantes de la "Caminta Migrante", que fueron conducidas con rumbo desconocido por una mujer que les ofreció trabajo y vivienda en el Estado de Sonora, tal como consta en la carpeta de investigación CDI 16771/2018/ZC. Segunda: Se efectúen todas aquellas diligencias que sean necesarias para agilizar la investigación de los hechos que dieron origen a la citada carpeta de investigación, para garantizar el derecho de acceso a la justica en su modalidad de procuración de las personas en contexto de migración internacional posibles víctimas de delito

Parcialmente Cumplidas

Page 25: MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA …informe.cndh.org.mx/images/uploads/nodos/40318/content/...28-05-2018 ACEPTADA PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito

denunciado en la referida carpeta de investigación. Tercera: Gire instrucciones a quien corresponda a efecto de que lleven a cabo las diligencias necesarias para garantizar el resguardo de las videograbaciones del 1, 2, y 3 de noviembre de 2018, tomadas dentro de las instalaciones de la gasolinera ubicada en la autopista México-Puebla, colonia La María, así como de todas aquellas cámaras localizadas en las inmediaciones de dicha gasolinera, para en su momento ser incluidas dentro de la carpeta de investigación referida.

178

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación.

CNDH/QVG/66866/2018

05/11/2018 ACEPTADA

Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde transitan las personas que integran la caminata migrante y las otras dos caravanas, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de su competencia, se generen acciones desde una perspectiva humanitaria y de respeto a los derechos humanos de cualquier persona, que permitan, en particular a mujeres, niñas, niños y adolescentes acompañados y no acompañados, personas con discapacidad, personas

Parcialmente Cumplidas

179 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas

180 Subsecretaria de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y

Transportes Parcialmente Cumplidas

181 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

182 Secretario General de Gobierno del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

183

Encargado de Despacho de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana del Estado de Chiapas

Parcialmente Cumplidas

184 Secretario de Transportes del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

185 Procuradora de Protección de

Niñas, Niños y Adolescentes y la Familia del DIF Chiapas

Parcialmente Cumplidas

186 Secretario de Gobierno del Estado

de Veracruz Parcialmente Cumplidas

Page 26: MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA …informe.cndh.org.mx/images/uploads/nodos/40318/content/...28-05-2018 ACEPTADA PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito

187 Secretario de Seguridad Pública del

Estado de Veracruz mayores, que integran la caminata migrante y las otras dos caravanas, acceder a un traslado humanitario adecuado, tomando en cuenta la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, así como el interés superior de la niñez que obliga a toda autoridad a priorizar la protección integral de la misma. Tercera: Con independencia de las acciones que cada autoridad pueda realizar en lo individual, que la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación coordine y articule las acciones que realicen las autoridades federales y locales, para la implementación efectiva de las presentes medidas cautelares.

Parcialmente Cumplidas

188 Secretaria de Infraestructura y

Obras Públicas de Veracruz Parcialmente Cumplidas

189 Procuradora Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del

Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas

190 Secretario General de Gobierno del

Estado de Puebla Parcialmente Cumplidas

191 Secretario de Seguridad Pública del

Estado de Puebla Parcialmente Cumplidas

192

Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y Dirección de

Asistencia Jurídica del Estado de Puebla

Parcialmente Cumplidas

193 Secretario General de Gobierno del

Estado de México Parcialmente Cumplidas

194 Secretaria de Seguridad del Estado

de México Parcialmente Cumplidas

195 Secretario de Movilidad del Estado

de México Parcialmente Cumplidas

196 Procuraduría de Protección de

Niñas, Niños y Adolescentes Sistema DIF Estado de México

Parcialmente Cumplidas

197 Secretario General de Gobierno de

la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

198 Secretario de Seguridad Pública de

la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

199 Secretario de Movilidad de la

Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

200

Directora Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de

México

Parcialmente Cumplidas

Page 27: MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA …informe.cndh.org.mx/images/uploads/nodos/40318/content/...28-05-2018 ACEPTADA PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito

201

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación.

CNDH/68934/2018

08/11/2018 ACEPTADA

Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de las personas en contexto de migración internacional que conforman las caravanas, de manera especial alimentación adecuada, agua, así como atención médica y psicológica permanente, durante su trayecto por México. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las Procuradurías de Protección, asignen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, que se encuentre de manera permanente brindando protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman las caravanas. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde transitan las personas que integran la caravana, así como en los lugares en los que pernoctan, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Cuarta: De manera coordinada y en el ámbito de su competencia, se generen acciones desde una perspectiva

Parcialmente Cumplidas

202 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas

203 Subsecretaria de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y

Transportes Parcialmente Cumplidas

204 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

205 Secretario de Gobierno del Estado

de Querétaro Parcialmente Cumplidas

206 Secretario de Seguridad Ciudadana

del Estado de Querétaro Parcialmente Cumplidas

207 Secretario de Salud del Estado de

Querétaro Parcialmente Cumplidas

208 Director General del Sistema Estatal

para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Querétaro

Parcialmente Cumplidas

209 Procurador de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de

Querétaro Parcialmente Cumplidas

210 Presidente Municipal de

Tequisquiapan, Querétaro Parcialmente Cumplidas

211 Presidente Municipal de San Juan

del Río, Querétaro Parcialmente Cumplidas

212 Presidente Municipal de Querétaro Parcialmente Cumplidas

213 Secretario General de Gobierno del

Estado de Guanajuato Parcialmente Cumplidas

214 Secretario de Seguridad Pública del

Estado de Guanajuato Parcialmente Cumplidas

215 Secretario de Salud del Estado de

Guanajuato Parcialmente Cumplidas

216 Director General del Sistema Estatal

para el Desarrollo Integral de la Familia de Guanajuato

Parcialmente Cumplidas

217

Encargada de Despacho de la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del

Estado de Guanajuato

Parcialmente Cumplidas

Page 28: MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA …informe.cndh.org.mx/images/uploads/nodos/40318/content/...28-05-2018 ACEPTADA PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito

218 Presidente Municipal de Apaseo El

Grande humanitaria y de respeto a los derechos humanos de cualquier persona, que permitan, en particular a mujeres, niñas, niños y adolescentes acompañados y no acompañados, personas con discapacidad, personas mayores, que integran las caravanas, acceder a un traslado humanitario adecuado, tomando en cuenta la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, así como el interés superior de la niñez que obliga a toda autoridad a priorizar la protección integral de la misma. Quinta: Con independencia de las acciones que cada autoridad pueda realizar en lo individual, que la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación coordine y articule las acciones que realicen las autoridades federales y locales, para la implementación efectiva de las presentes medidas cautelares

Parcialmente Cumplidas

219 Presidenta Municipal de Celaya,

Guanajuato Parcialmente Cumplidas

220 Presidente Municipal de Irapuato,

Guanajuato Parcialmente Cumplidas

221

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación

CNDH/QVG/68982/2018

09/11/2018 ACEPTADA

Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de las personas en contexto de migración internacional que conforman las dos caravanas, de manera especial alimentación adecuada, agua, así como atención médica y psicológica permanente, durante su trayecto por México. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las

Parcialmente Cumplidas

222 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas

223 Subsecretaria de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y

Transportes Parcialmente Cumplidas

224 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

225 Secretario General de Gobierno del

Estado de Oaxaca Parcialmente Cumplidas

226 Encargado de Despacho de la

Secretaría de Salud del Estado de Oaxaca

Parcialmente Cumplidas

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227

Procuradora Estatal de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños

y Adolescentes del Estado de Oaxaca

Procuradurías de Protección asignen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, que se encuentre de manera permanente brindando protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman las dos caravanas. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde transitan las personas que integran las dos caravanas, así como en los lugares en los que pernoctan, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Cuarta: De manera coordinada y en el ámbito de su competencia, se generen acciones desde una perspectiva humanitaria y de respeto a los derechos humanos de cualquier persona, que permitan, en particular a mujeres niñas, niños y adolescentes acompañados y no acompañados, personas con discapacidad, personas mayores, que integran las dos caravanas, acceder a un traslado humanitario adecuado, tomando en cuenta la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, así como el interés superior de la niñez obliga a toda autoridad a priorizar la protección integral de la misma. Quinta: Con independencia de las acciones que cada autoridad pueda

Parcialmente Cumplidas

228 Presidente Municipal de Matías

Romero, Oaxaca Parcialmente Cumplidas

229 Presidente Municipal de Loma

Bonita, Oaxaca Parcialmente Cumplidas

230 Secretario de Gobierno de Veracruz Parcialmente Cumplidas

231 Secretario de Seguridad Pública del

Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas

232 Secretaria de Infraestructura y

Obras Públicas de Veracruz Parcialmente Cumplidas

233 Procuradora Estatal de Protección

de Niñas, Niños, y Adolescentes del Estado de Veracruz

Parcialmente Cumplidas

234 Presidente Municipal de Sayula de

Alemán, Veracruz Parcialmente Cumplidas

235 Presidente Municipal de Oluta,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

236 Presidente Municipal de Isla,

Veracruz.

237 Presidente Municipal de Tierra

Blanca, Veracruz Parcialmente Cumplidas

238 Presidente Municipal de Córdoba,

Veracruz Parcialmente Cumplidas

239 Presidente Municipal de Fortín de

las Flores, Veracruz Parcialmente Cumplidas

240 Secretario General de Gobierno de

Puebla Parcialmente Cumplidas

241 Secretario de Seguridad Pública de

Puebla Parcialmente Cumplidas

242 Secretario de Infraestructura,

Movilidad, y Transporte del Estado de Puebla

Parcialmente Cumplidas

243 Procuradora de Protección de los

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y Dirección de

Parcialmente Cumplidas

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Asistencia Jurídica del Estado de Puebla

realizar en lo individual, que la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, coordine y articule las acciones que realicen las autoridades federales y locales, para la implementación efectiva de las presentes medidas cautelares.

244 Secretario General de Gobierno del

Estado de México Parcialmente Cumplidas

245 Secretario de Seguridad del Estado

de México Parcialmente Cumplidas

246 Secretario de Movilidad del Estado

de México Parcialmente Cumplidas

247 Procuradora de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

Sistema DIF Estado de México Parcialmente Cumplidas

248 Presidente Municipal de Chalco,

Estado de México Parcialmente Cumplidas

249 Presidente Municipal de Valle de

Chalco, Estado de México Parcialmente Cumplidas

250 Presidente Municipal de

Nezahualcóyotl, Estado de México Parcialmente Cumplidas

251 Secretario General de Gobierno de

la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

252 Secretario de Seguridad Pública de

la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

253 Secretario de Movilidad de la

Ciudad de México Parcialmente Cumplidas

254

Directora Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de

México

Parcialmente Cumplidas

255

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobierno

CNDH/5VG/68983/2018

09/11/2018 ACEPTADA

Primera: De manera coordinad y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de las personas en contexto de migración internacional que conforman las caravanas, de manera especial alimentación adecuada, agua, así como atención médica y psicológica

Parcialmente Cumplidas

256 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas

257 Subsecretaria de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y

Transportes Parcialmente Cumplidas

258 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

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259 Secretario General de Gobierno del

Estado de Jalisco permanente, durante su trayecto por México. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las Procuradurías de Protección asignen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, que se encuentren de manera permanente brindando protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman las caravanas. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde las personas que integran las caravanas transitan, así como en los lugares en los que pernoctan, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Cuarta: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se generen acciones desde una perspectiva humanitaria y de respeto a los derechos humanos de cualquier persona, que permitan, en particular a mujeres, niñas, niños y adolescentes acompañados y no acompañados, personas con discapacidad, personas mayores, que integran las caravanas, acceder un traslado humanitario adecuado, tomando en cuenta la

Parcialmente Cumplidas

260 Comisionado de Seguridad Pública

del Estado de Jalisco Parcialmente Cumplidas

261 Secretario de Salud del Estado de

Jalisco Parcialmente Cumplidas

262 Directora General del Sistema DIF

del Estado de Jalisco Parcialmente Cumplidas

263 Titular de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y

Adolescentes del estado de Jalisco Parcialmente Cumplidas

264 Presidente Municipal de

Guadalajara, Jalisco Parcialmente Cumplidas

265 Presidente Municipal de Tepatitlán,

Jalisco Parcialmente Cumplidas

266 Presidente Municipal de Atotonilco

el Alto, Jalisco Parcialmente Cumplidas

267 Secretario General de Gobierno del

Estado de Nayarit Parcialmente Cumplidas

268 Secretaría de Seguridad Pública del

Estado de Nayarit Parcialmente Cumplidas

269 Secretario de Salud del Estado de

Nayarit Parcialmente Cumplidas

270 Director General del Sistema

Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Nayarit

Parcialmente Cumplidas

271 Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de

Nayarit Parcialmente Cumplidas

272 Presidente Municipal de Tepic,

Nayarit Parcialmente Cumplidas

273 Secretario de Gobierno del Estado

de Sinaloa Parcialmente Cumplidas

274 Secretario de Seguridad Pública de

Sinaloa Parcialmente Cumplidas

275 Secretario de Salud y Director

General de los Servicios de Salud del Estado de Sinaloa

Parcialmente Cumplidas

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276 Presidente del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia

del Estado de Sinaloa

situación de vulnerabilidad en que se encuentran, así como el interés superior de la niñez que obliga a toda autoridad a priorizar la protección integral de la misma. Quinta: Con independencia de las acciones que cada autoridad pueda realizar en lo individual, que la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación coordine y articule las acciones que realicen las autoridades federales y locales, para la implementación efectiva de las presentes medidas cautelares.

Parcialmente Cumplidas

277 Procuraduría de Protección de

Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa

Parcialmente Cumplidas

278 Presidente Municipal de Culiacán,

Sinaloa Parcialmente Cumplidas

279 Presidente Municipal de Mazatlán,

Sinaloa Parcialmente Cumplidas

280 Presidente Municipal de Ahome,

Sinaloa Parcialmente Cumplidas

281 Secretario de gobierno del Estado

de Sonora Parcialmente Cumplidas

282 Encargado de Despacho de la

Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Sonora

Parcialmente Cumplidas

283 Directora General del Sistema

Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Sonora

Parcialmente Cumplidas

284 Procurador de Protección de Niñas,

Niños, y Adolescentes de Sonora Parcialmente Cumplidas

285 Presidente Municipal de Hermosillo,

Sonora Parcialmente Cumplidas

286 Presidente Municipal de Nogales,

Sonora Parcialmente Cumplidas

287 Presidente Municipal de Caborca,

Sonora Parcialmente Cumplidas

288 Secretario General de Gobierno de

Baja California Parcialmente Cumplidas

289 Secretario de Seguridad Pública de

Baja California Parcialmente Cumplidas

290 Secretario de Salud y Director

General de ISESALUD del Estado de Baja California

Parcialmente Cumplidas

291 Director General del Sistema Estatal

para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Baja California

Parcialmente Cumplidas

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292 Procuraduría para la Defensa de los Menores y la Familia del Estado de

Baja California Parcialmente Cumplidas

293 Presidente Municipal de Mexicali,

Baja California Parcialmente Cumplidas

294 Presidente Municipal de Tijuana,

Baja California Parcialmente Cumplidas

295

Sin expediente

Secretaria General de Gobierno del Estado de Baja California

CNDH/5VG/69291/2018

13/11/2018 ACEPTADA

Única: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para salvaguardar la vida, integridad y seguridad personal de Nakai Flotte y de los integrantes del colectivo "Diversidad Sin Fronteras" que se encuentran en Tijuana, Baja California, que puedan estar en condición de riesgo durante su permanencia en esa ciudad de Tijuana.

Parcialmente Cumplidas

296 Secretario de Seguridad Pública de

Baja California Parcialmente Cumplidas

297 Presidente Municipal de Tijuana,

Baja California Parcialmente Cumplidas

298 Sin

expediente Presidente Municipal de Guaymas,

Sonora

CNDH/5VG/69938/2018

15/11/2018 ACEPTADA

Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de las personas en contexto de migración internacional que conforman las caravanas, de manera especial alimentación adecuada, agua, así como atención médica y psicológica permanente, durante su trayecto por México. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se asigne un grupo multidisciplinario, compuesto

Parcialmente Cumplidas

Page 34: MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA …informe.cndh.org.mx/images/uploads/nodos/40318/content/...28-05-2018 ACEPTADA PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito

299 Presidente Municipal de Navojoa,

Sonora

por médicos, psicológicos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, que se encuentre de manera permanente brindando protección integral a las niñas, niños, y adolescentes, que conforman las caravanas. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde las personas que integran las caravanas transitan, así como en los lugares en los que pernoctan, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Cuarta: De manera coordinada y en el ámbito de su competencia, se generen acciones desde una perspectiva humanitaria y de respeto a los derechos humanos de cualquier persona, que permitan, en particular a mujeres, niñas, niños, y adolescentes acompañados y no acompañados, personas con discapacidad, personas mayores, que integran la caravana, acceder a un traslado humanitario adecuado, tomando en cuenta la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, así como el interés superior de la niñez que obliga a toda autoridad a priorizar la protección integral de la misma

Parcialmente Cumplidas

Page 35: MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA …informe.cndh.org.mx/images/uploads/nodos/40318/content/...28-05-2018 ACEPTADA PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito

300

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación

CNDH/5VG/69940/2018

15/11/2018 ACEPTADA

Primera: En el ámbito de sus competencias, y de manera coordinada con el Gobierno del Estado de Baja California, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar durante su permanencia en Tijuana, Baja California, sus alrededores, y otros lugares en dicha entidad federativa, la atención humanitaria de urgencia, de las personas en contexto de migración internacional, que conforman las caravanas, de manera especial con el apoyo logístico y material para las cuestiones de alimentación adecuada, agua, lugar de pernocta, así como atención médica y psicológica permanente, durante su estancia. Segunda: Con independencia de las acciones que cada autoridad pueda realizar en lo individual, que la Subsecretaría de Derechos humanos de la Secretaría de Gobernación, coordine y articule las acciones que realicen las autoridades federales y locales, para la implementación efectiva de las presentes medidas cautelares.

Parcialmente Cumplidas

301 Comisionado del Instituto Nacional

de Migración Parcialmente Cumplidas

302

Sin expediente

Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de

Gobernación

CNDH/QVG/71914/2018

23/11/2018 ACEPTADA

Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de las personas que conforman la Caravana de Indígenas Desplazados, denominada "Pies Cansados" de manera especial alimentación adecuada, agua, así como atención médica y psicológica, en tanto subsista el desplazamiento.

Parcialmente Cumplidas

303 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas

304 Procurador Federal de Protección

de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas

305 Secretario General de Gobierno del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

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306

Encargado de Despacho de la Secretaría de Seguridad y

Protección Ciudadana del Estado de Chiapas

Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las Procuradurías de Protección asignen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicológicos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, que se encuentren de manera permanente brindando protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman la Caravana de Indígenas Desplazados, denominada "Pies Cansados", en tanto subsista el desplazamiento. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde las personas que integran la caravana transitan, así como en los lugares en los que pernoctan tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Cuarta: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias se lleven a cabo las acciones necesarias dentro del marco jurídico, que permitan dar solución a los hechos generados en los municipios de Chenalhó, Zinacantán, y Ocosingo, Chiapas, privilegiando el diálogo y mediación entre las partes para evitar hechos de violencia, con la finalidad de que en el menor tiempo posible las víctimas de desplazamiento forzado interno, puedan tener un

Parcialmente Cumplidas

307 Secretario de Protección Civil del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

308 Secretario de Desarrollo Social del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

309 Secretario de Educación del Estado

de Chiapas Parcialmente Cumplidas

310 Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del

Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas

311 Procuradora de Protección de

Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del DIF Chiapas

Parcialmente Cumplidas

312 Presidente Municipal de Chenalhó,

Chiapas Parcialmente Cumplidas

313 Presidente Municipal de Zinacantán,

Chiapas Parcialmente Cumplidas

314 Presidente Municipal de Ocosingo,

Chiapas Parcialmente Cumplidas

Page 37: MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA …informe.cndh.org.mx/images/uploads/nodos/40318/content/...28-05-2018 ACEPTADA PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito

retorno seguro y duradero a sus comunidades.

315

Sin expediente

Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

V5/78416 /2018 16/12/2018

ACEPTADA

Primera: el ámbito de sus competencias y de manera coordinada, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la seguridad y protección personal de José Salomón Ortez Núñez, así como la atención médica y psicológica que requiera acorde a su situación, tomando en cuenta la extrema vulnerabilidad en que se encuentra y su ·interés superior. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones indispensables y necesarias para lograr la localización de Jaysson Ricardo Acuña Polanco y Jorge Alexander Ruiz Suban, privilegiando en todo momento el interés superior de la niñez que obliga a toda autoridad a priorizar su protección integral. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realice una investigación exhaustiva, profesional y efectiva, que lleve a esclarecer lo sucedido a José Salomón Ortez Núñez, Jaysson Ricardo Acuña Polanco y Jorge Alexander Ruiz Suban, y para que los responsables de estos hechos sean presentados ante las instancias impartidoras de justicia y reciban la sanción que conforme a derecho corresponda.

Parcialmente Cumplidas

316 Secretario General de Gobierno del

Estado de Baja California Parcialmente Cumplidas

317 Procuradora General de Justicia del

Estado de Baja California Parcialmente Cumplidas

318 Secretario de Seguridad Pública del

Estado de Baja California Parcialmente Cumplidas

319 Procurador para la Defensa de los Menores y la Familia del Estado de

Baja California Parcialmente Cumplidas

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320

Sin expediente

Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

V5/78551 /2018 17/12/2018

ACEPTADA

Primera: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, se establezcan las medidas que sean necesarias a fin de brindar seguridad y protección a los integrantes y colaboradores del albergue "Casa YMCA para Menores Migrantes", y de las personas en contexto de migración que ahí se alojan, para evitar que se ponga en riesgo su integridad física e incluso su vida. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se brinde seguridad y vigilancia en las inmediaciones del albergue "Casa YMCA para Menores Migrantes", a efecto de que pueda continuar operando dicho albergue en apoyo de las personas en contexto de migración. Tercera: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias realicen las labores de prevención que resulten pertinentes en el caso, con el objeto de evitar todo acto que tenga como consecuencia impedir que el albergue "Casa YMCA para Menores Migrantes" en Tijuana, Baja California, deje de prestar sus servicios, y que sus integrantes , continúen ejerciendo su actividad como defensores de derechos humanos de los migrantes.

Parcialmente Cumplidas

321 Secretario General de Gobierno del

Estado de Baja California Parcialmente Cumplidas

322 Procuradora General de Justicia del

Estado de Baja California Parcialmente Cumplidas