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MEDIDAS DE SEGURIDAD SANITARIAS PARA LA REACTIVACIÓN TURÍSTICA DE YUCATÁN

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MEDIDAS DE SEGURIDAD SANITARIAS PARA LA REACTIVACIÓN TURÍSTICA DE

YUCATÁN

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Contenido:

I. Introducción.

II. Marco Teórico.

III. Antecedentes.

IV. Reapertura Económica.

V. Niveles de Riesgo Laboral.

VI. Importancia del Turismo para Yucatán.

VII. Identificación de las Actividades Turísticas para la Reactivación.

VIII. Lineamientos Generales para el Turismo.

IX. Modelo de Apertura por Actividad Turística en el Estado de Yucatán.

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I. Introducción:

La pandemia por el virus SARS-COV2, causante de la COVID-19, impuso un reto para los sistemas sanitarios del país y del mundo. La implementación de las medidas masivas de prevención disminuye el impacto de la demanda de los servicios de atención médica hospitalaria, sin embargo, generó un duro golpe a la economía de los Estados.

Así como se implementaron medidas de contención y mitigación, es momento de establecer medidas que aseguren un regreso a una “nueva normalidad”, en donde compartiremos las actividades de la vida cotidiana con este nuevo virus. Una de estas medidas es la implementación de protocolos de seguridad sanitaria que permitan la reactivación económica, la cual debe ser de una manera escalonada por medio de olas de acuerdo al nivel de riesgo de la actividad.

Este documento es una herramienta de referencia obligatoria para la implementación de protocolos de

seguridad sanitaria y tiene como objetivo presentar las medidas para la puesta en operación del Modelo para la Reactivación Turística de Yucatán, en lo que se ha denominado la nueva normalidad.

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En este sentido, a continuación se presentan las normativas específicas que las actividades turísticas deben considerar para su reapertura de manera responsable, anteponiendo la salud de los yucatecos y de los visitantes, las cuales deberán cumplirse de manera rigurosa a partir de estos protocolos avalados por la Secretaría de Salud de Yucatán.

De igual forma, se analiza puntualmente la importancia del sector turismo para la economía del estado, debido a la especialización de los diversos giros que integran esta industria.

Finalmente, con estos lineamientos se responde a la demanda del sector privado turístico del estado para contar con reglas claras que les permitan iniciar con la indispensable reactivación.

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II. Marco Teórico:

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo cuatro, párrafo cuarto, establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, por lo que el estado mexicano tiene la obligación de garantizar y realizar todas las acciones necesarias para ello, además en su artículo 123, Apartado A, fracción XV establece la obligación del patrón de observar los preceptos sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, organizando este de tal manera que garantice la salud y la vida de los trabajadores.

En modo conforme, la Constitución Política del Estado de Yucatán en su artículo 1, establece que las todas las personas en el estado de Yucatán gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como las garantías para su protección, además de reconocer, proteger y garantizar el derecho a la vida de todo ser humano. Asimismo en su artículo 2 obliga a las autoridades y organismos autónomos del estado a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, entre los que se registra, la protección de la salud.

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Por su parte la Ley General de Salud en sus artículos 3, fracción XII, 13, Apartado B y 134 fracción II, disponen que es materia de salubridad general el control y la vigilancia de las enfermedades respiratorias; asimismo que corresponde a los gobiernos de las entidades federativas en materia de salubridad general como autoridades locales y dentro de sus jurisdicciones estatales las atribuciones específicas que la misma ley les establezca, tal y como lo es realizar actividades de prevención y control de infecciones agudas del aparato respiratorio.

En este orden de ideas, la Ley Federal del Trabajo establece en el artículo 132, fracción XVI que es obligación de los patrones que las instalaciones de los centros de trabajo cuenten con condiciones en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales. De la misma manera, el artículo 134 de la misma Ley, establece las obligaciones de las personas trabajadoras en materia de seguridad y salud.

Complementariamente la Ley de Salud de Yucatán, en sus artículos 5, párrafo segundo, 6, 7, Apartado A, fracción XIV, 7-H, fracción VI , 115, fracción II, 119, fracción VIII, 290, fracción XI y último párrafo, dispone que el estado ejercerá las facultades de autoridad sanitaria por conducto de los Servicios de Salud de Yucatán, siendo su facultad la aplicación de la referida Ley, ejerciendo la facultad de llevar a cabo acciones para prevenir y controlar enfermedades transmisibles que constituyan un problema real o potencial para la seguridad general en Yucatán, teniendo atribuciones para hacer efectivas las facultades que le confieren la Ley General de Salud y la propia Ley de Salud de Yucatán.

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Que los particulares deben observar las medidas para la prevención y control de enfermedades transmisibles, entre ellas las medidas de seguridad sanitaria que determinen las autoridades sanitarias que puedan evitar que se causen o continúen causando riesgos o daños a la salud.

Asimismo, la NOM-048-SSA1-1993 describe la evaluación de riesgo epidemiológico a la salud del hombre por exposición a agentes potencialmente dañinos en el ambiente general y de trabajo.

En este sentido la NOM-030-STPS-2009 establece en su numeral 7, inciso c) que los centros de trabajo del país, según su actividad, escala económica, procesos de trabajo, grado de riesgo y ubicación geográfica, tienen la obligación de incorporar e implementar las recomendaciones que emitan las autoridades competentes, para lograr una mayor efectividad y contribuir de manera colectiva a la labor de mitigación de emergencias y contingencias sanitarias.

En este orden de ideas la NOM-019-STPS-2004 desarrolla la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, además de establecer los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.

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Cabe destacar que el presente instrumento atiende lo dispuesto por la autoridad sanitaria federal mediante el ejercicio de la acción extraordinaria en materia de salubridad y las acciones contenidas en el ACUERDO por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia; ACUERDO por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19); ACUERDO por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19); ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2; ACUERDO por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias; ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, publicado el 14 de mayo de 2020.

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Asimismo se funda el presente documento en el DECRETO 195/2020 por el que se emite la Declaratoria de emergencia con motivo del alto riesgo generado por la pandemia de Covid-19 (coronavirus) en el estado de Yucatán, señalándose en su artículo 2, como ámbito de aplicación todos los municipios de la entidad y las acciones que se determinen necesarias para la prevención, seguridad, detección y mitigación de la propagación del Covid-19 (coronavirus), y en el ACUERDO SSY 01/2020 por el que se establecen medidas de seguridad sanitaria para evitar la propagación del virus SARS-CoV-2 por gotas y contacto directo entre la población del estado de Yucatán, señalándose en su artículo 1, la finalidad de proteger la salud de la población e impedir la propagación de la enfermedad a través del contacto directo entre personas y las gotas producidas al hablar, toser o estornudar; mientras que en su artículo 2 se dictaron, las acciones y medidas de seguridad sanitaria a implementar en virtud del avance de la enfermedad Covid-19.

Finalmente, toma referencia de los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno laboral así como de la Guía de acción para los centros de trabajo ante el Covid-19

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III. Antecedentes:

• Coronavirus SARS-COV2

Los coronavirus son una familia de virus que circulan entre humanos y animales (gatos, murciélagos, camellos, etc.) y causan enfermedades respiratorias que van desde el resfriado común hasta enfermedades más graves. El virus SARS-COV2 es parte de la familia de coronavirus, apareció por primera vez en Wuhan, China en diciembre de 2019 y es causante de la enfermedad COVID-19.

La forma de transmisión es directa por vía área entre humanos, mediante las gotas que son originadas al hablar, toser o estornudar por la persona enferma y que alcanzan a una persona no infectada. Otra forma de transmisión del virus, son las superficies y los objetos sólidos inanimados de uso común (llaveros, monedas, etc.) contaminados por secreciones de una persona enferma, seguidos por el contacto con las mucosas de ojos, boca o nariz.

El período de incubación esta descrito que puede ser desde 2 hasta 14 días, teniendo amplia variabilidad dependiendo de la persona contagiada.

Para establecer signos y síntomas de la enfermedad, y poder clasificar a un caso sospechoso, se toma en cuenta la definición operacional:

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• Caso sospechoso: Persona de cualquier edad que en los últimos 10 días haya presentado al menos uno de los siguientes signos y síntomas mayores: tos, fiebre, dificultad respiratoria (dato de gravedad) o dolor de cabeza.

Acompañados de al menos uno de los siguientes signos o síntomas menores: dolor muscular, dolor de garganta, escalofríos, dolor torácico, flujo nasal, pérdida del olfato, pérdida del gusto, enrojecimiento de los ojos

En menores de 5 años de edad, la irritabilidad puede sustituir al dolor de cabeza.

• Caso confirmado: Persona que cumpla con la definición operacional de caso sospechoso y que cuente con diagnóstico confirmado por algún laboratorio integrante de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública y/o laboratorios privados acreditados por el InDRE.

• Medidas de prevención Las medidas de prevención básicas son la higiene personal, el lavado de manos, uso de alcohol gel al 70%, estornudo de etiqueta e higiene respiratoria, uso de cubre boca en lugares públicos. Dichas medidas son detalladas en los siguientes gráficos:

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IV. Reapertura Económica:

Para la reapertura económica en el estado de Yucatán, se establecieron criterios de salud y laborales para el inicio de actividades por olas, dependiendo del nivel de riesgo de los entornos laborales. Entre los criterios de salud se estableció como parámetros de decisión, la capacidad máxima del sistema de salud y el comportamiento de la tasa de contagios. Entre los criterios laborales se establecieron 3 dimensiones: la exposición de la población, el riesgo intrínseco de contacto y la habilidad para salvaguardar de cada sector. Asimismo, se establecieron mesas de consulta con el objetivo de tomar en cuenta la sensibilidad de distintos grupos de los sectores público, privado y de educación superior sobre la situación específica de Yucatán.

Posterior a evaluaciones realizadas al modelo de reapertura por olas, se establecen modificaciones al plan, en donde se permita reaperturar la mayor parte de actividades con base a un semáforo epidemiológico, que contemple estrategias de movilidad bien estructuradas, horarios escalonados y bajo estrictas medidas de seguridad sanitaria establecidas en protocolos emitidos por los Servicios de Salud de Yucatán.

Con base a lo anterior, se estructura el plan de reapertura conforme a 4 pilares priorizando la salud de los yucatecos, que serán descritos a continuación incluyendo sus particularidades:

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• El escalonamiento de las actividades por horarios que permitirá que los sectores económicos cuenten con distintos horarios de entrada y salida y con esto se reduzcan las aglomeraciones en el transporte público, quedando de la siguiente manera:

1. Este escalonamiento es válido únicamente para la ciudad de Mérida, En caso de que existan

“brotes” localizados en municipios en particular, la SSY informará sobre las medidas específicas que se deberán realizar en dichas localidades.

2. Operación de los comercios de martes a sábado a partir del 1º de septiembre de 2020. 3. Operación de la industria manufacturera no esencial de lunes a viernes a partir del 1º de

septiembre de 2020. 4. Operación del sector de la construcción de lunes a viernes a partir del 1º de septiembre de

2020. 5. Operación de los servicios de profesionistas y de gobierno que no brinden atención al público

de lunes a jueves de manera presencial dando prioridad al “trabajo en casa” de lunes a viernes a partir del 1º de septiembre de 2020.

6. Operación de la industria restaurantera de miércoles a domingo a partir del 16 de septiembre de 2020 en servicio de comedor manteniendo la operación a domicilio o ventanilla los 7 días de la semana.

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• Mejoras al sistema de Transporte Público que permitirá reducir aglomeraciones, mejorar la movilidad peatonal y propicien la sana convivencia, todos ellos con el objetivo de reducir los posibles contagios. La medida contempla una nueva distribución del transporte público en el centro de Mérida, ampliación de la zona peatonal, redistribución de paraderos y organización de vialidades.

• Escalonamiento de Sectores y Actividades Económicas que permita mantener de manera constante

la movilidad y con ello evitar aglomeraciones en los distintos sectores económicos, lo anterior con el objetivo de permitir el ingreso de actividades económicas que al día de hoy permanecen cerradas, y

• Apertura gradual de nuevas actividades no esenciales con el objetivo de apoyar los empleos que

generan las actividades no esenciales. Estos dos últimos pilares contemplan de forma general las siguientes medidas:

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1. Las empresas se comprometen a aplicar al máximo y de manera puntual los protocolos que se hayan autorizado por parte de la SSY para cada giro o actividad comercial.

2. Las empresas se comprometen a sumarse a los esfuerzos de difusión de las medidas sanitaria como el uso correcto del cubrebocas, la sana distancia y la limpieza de manos entre sus empleados, clientes y proveedores.

3. Inicio de operación de la industria alcoholera con fines exclusivos de abastecimiento y suministro de los locales a partir del día 28 de agosto.

4. Se permitirá la venta de alcohol en su modalidad a domicilio y en restaurantes con venta de alimentos a partir del 1º de septiembre de 2020 con un horario restringido a las 22:00 horas de lunes a jueves y a las 18:00 horas los días viernes, sábados y domingos.

5. Apertura de centros comerciales y cines de lunes a viernes con un horario de 11:00 a 20:00 horas a partir del 1º de septiembre.

6. Apertura gradual de los espacios o áreas comunes de los servicios de alojamiento como piscinas y restaurantes a partir del 1º de septiembre de 2020 homologando su operación a los protocolos de salud existentes para dichas actividades.

7. Apertura de zonas arqueológicas en cuanto el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) lo permita.

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8. Apertura de las actividades relacionadas con los servicios turísticos complementarios como guías de turistas, agencias de viajes, transportadoras turísticas, operadoras de aventuras y buceo a partir del 1º de septiembre.

9. Apertura de recorridos turísticos a cenotes, haciendas, entre otros atractivos con guías y establecimientos que cuenten con el certificado de buenas prácticas sanitarias del sector turístico de Yucatán, u otro certificado avalado por algún organismo federal o internacional, o en su defecto que se encuentren en el proceso de dicha certificación a partir del 1º de septiembre de 2020.

10. Apertura de gimnasios, centros deportivos y espacios al aire libre para el desarrollo de deportes que no sean de contacto ni de conjunto a partir del 14 de septiembre de 2020.

11. Apertura de museos privados, bibliotecas y galerías de arte a partir del 14 de septiembre de 2020. 12. Apertura de los servicios religiosos a partir del 15 de septiembre de 2020. 13. Ampliación del horario de las medidas para reducir la movilidad vehicular nocturna en el estado de las

23:30 horas a las 5:00 horas a partir del 17 de septiembre de 2020. 14. Apertura de congresos, convenciones y reuniones de negocios con aforo limitado y gradual a partir del 12

de octubre de 2020. 15. Incremento gradual en la ocupación de los servicios de alojamiento a partir del 1º de septiembre de

acuerdo a las condiciones epidemiológicas del estado. 16. Incremento del aforo gradual en restaurantes a partir del 28 de septiembre de acuerdo a las condiciones

epidemiológicas del estado.

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Restricciones generales:

A. La población vulnerable: las personas adultas mayores de 60 años, estado de embarazo o puerperio inmediato, o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardiaca o pulmonar crónica, inmunosupresión (VIH, enfermedades autoinmunes), insuficiencia renal o hepática, se recomienda resguardo domiciliario corresponsable, hasta que se declare por los Servicios de Salud de Yucatán, el fin de la emergencia sanitaria por la pandemia de la enfermedad COVID-19).

B. El Estado por medio de las autoridades facultadas, podrá realizar visitas a los establecimientos de cualquier giro y tamaño, así como disponer la realización de pruebas de laboratorio a los empleados.

C. El Estado por medio de las autoridades facultadas podrá realizar visitas deverificación del cumplimiento de las medidas establecidas y del presente protocolo.

D. Se establece un horario escalonado de entrada y salida de los sectores, para disminuir el transporte público y el hacinamiento de la gente en las calles, de la siguiente manera:

07:00-18:00hrs – Manufactura, Minería, Construcción (Lunes a Sábado)

09:00-19:00hrs- Industria manufacturera no esencial (Lunes a Sábado)

5:30-18:00hrs- Marinas (Lunes a Domingo)

11:00-21:00hrs- Comercios fuera del centro histórico de Mérida (Lunes a Domingo)

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11:00-21:00hrs – Centros comerciales (Lunes a Domingo)

11:00-21:00hrs – Cines (Lunes a Domingo)

06:00-21:00hrs – Comercio (Centro) (Lunes a Domingo)

10:00-18:00hrs -Museos privados, bibliotecas y galerías (Lunes a Domingo)

11:00-21:00hrs – Teatros públicos y privados (Miércoles a domingo)

11:00-21:00hrs- Casino (Martes a Domingo)

06:00-22:30hrs – Gimnasios y Centros deportivos (Lunes a Viernes) 50% de aforo

09:00-17:00hrs- Servicios gubernamentales que no brinden atención al público en Mérida (Lunes a Viernes)

09:00-17:00hrs – Servicios Profesionales/ Gobierno (Lunes a Viernes) Priorizando el trabajo en casa.

07:00-21-00hrs – Servicios Religiosos (Lunes a Domingo)

06:00-22:30hrs- Actividades Artísticas (ballet, música no instrumentos de viento, pintura, escultura, cine, literatura y fotografía (Lunes a Viernes)

06:00-22:30hrs- Actividades Deportivas (Tenis, Pádel, Spinning, Gimnasia, Atletismo, Ciclismo, Artes Marciales sin combate, Golf, Equitación, Entrenamiento de

acondicionamiento funcional, yoga, Pilates, halterofilia) (Lunes a Viernes)

06:00-22:30hrs – Entrenamiento de equipos deportivos (Lunes a Viernes)

10:00-18:00hrs- Servicios:

• Transporte no esencial

• Correos y almacenamiento

• Medios masivos

• Servicios en general

• Servicios financieros y de seguros

• Corporativos y trabajos de oficina

• Servicios inmobiliarios y de alquiler

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• Servicios sociales y de salud no esenciales (no urgencias médicas)

• Alojamiento temporal

• Servicios educativos (De acuerdo a las condiciones epidemiológicas del estado)

• Esparcimiento, deporte y cultura

11:00-21:00hrs- Billares y Boliches (Lunes a Viernes)

5:30-22:00hrs- Playas (Lunes a Domingo)

06:00-22:00hrs- Parques (Lunes a Domingo)

08:00-22:00hrs- Restaurantes con servicio a comedor (Lunes a Domingo)

Servicios Turísticos (Zonas Arqueológicas): De acuerdo a las condiciones del Instituto Nacional de Antropología e Historia INAH

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V. Niveles de Riesgo Laboral:

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, elaboró una clasificación de riesgos por ocupación o condición de vulnerabilidad, que para efectos de COVID-19, se identifica cuatro niveles de riesgo en razón de la cercanía del trabajador con personas contagiadas, o del nivel de contacto repetitivo o extendido con fuentes posibles de contagio con motivo de su actividad laboral.

Tipo Ocupación Personal ocupacionalmente expuestos

Riesgo Muy Alto Aquellas con potencial elevado de exposición a altas concentraciones de fuentes conocidas o con sospecha de contagio.

Médicos, enfermeras, dentistas, laboratoristas

Riesgo Alto Aquellas con alto potencial de exposición a fuentes conocidas o con sospecha de contagio.

Médicos, enfermeras, paramédicos, técnicos médicos, médicos forenses, personal que labora en depósitos de cadáveres, choferes y personal de ambulancias, personal de intendencia en hospitalización.

Riesgo Medio Aquellas que implican contacto frecuente y cercano con posibilidad de contagio

Trabajadores con contacto altamente frecuente con público en general, personas en edad escolar, compañeros de trabajo, clientes y otros individuos o grupos.

Riesgo Bajo Aquellas que no implican contacto frecuente y cercano de exposición a fuentes con posibilidad de contagio.

Trabajadores que tienen contacto ocupacional mínimo con el público en general y otros compañeros de trabajo.

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Para identificar a la población trabajadora vulnerable por condiciones ajenas a su riesgo ocupacional, se incluye la siguiente tabla:

Clasificación de riesgo

Riesgo bajo o poco vulnerable Riesgo adulto o vulnerable

• Sin antecedentes de enfermedades crónicodegenerativas.

• Sin problemas en el sistema inmunológico.

• Personas menores de 65 años.

• Adultos mayores de 60 años. • Mujeres embarazadas o en periodo de

lactancia. • Menores de 5 años. • Personas con discapacidad. • Personas con enfermedades no transmisibles

(personas con hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes, mellitus, obesidad, insuficiencia hepática o metabólica, enfermedades cardiacas.

• Personas con algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico

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VI. Importancia del turismo para Yucatán:

Según el INEGI, el sector turístico en Yucatán aporta el

10.1% del PIB estatal.

Del total de empresas que hay en Yucatán, el 10.5% son del ramo turístico y el 9.5% de las remuneraciones generadas en Yucatán provienen del sector turístico.

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Llegada de visitantes y ocupación hotelera

• Durante 2019 Yucatán recibió más de 2 millones de turistas con pernocta, lo que implica un incremento global del 14.5% respecto al año pasado. Esto significó un aumento de 10.9% en la llegada de turistas nacionales y 26.9% internacionales.

• De manera global, el movimiento de pasajeros al estado

superó los 3.2 millones de personas por las vías aérea y marítima, siendo esta una cifra histórica para Yucatán.

• En 2019, el porcentaje de ocupación hotelera en

Yucatán se ubicó en 55.5%, lo que supone un incremento de +0.52 puntos porcentuales con respecto a 2018, aún contando con 5.2% más habitaciones disponibles en el inventario.

• En el mismo año, el porcentaje de ocupación hotelera en la Ciudad de Mérida se ubicó en 60.9%.

• En 2019 y comparando a la ciudad de Mérida con 42 ciudades del interior de la República Mexicana, esta ocupó el 3er. lugar en llegada de turistas con pernocta y el 4to. lugar en porcentaje de ocupación hotelera a nivel nacional.

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Movimiento de pasajeros vía

aérea

Durante 2019, el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Mérida registró un movimiento acumulado de 2.8 millones de pasajeros, lo que representa un incremento de 13.8% con respecto al mismo periodo de 2018; esto ubica como el octavo aeropuerto con mayor llegada de pasajeros en la República Mexicana.

Derrama económica

Durante el 2019, se estimó una derrama económica de los visitantes con pernocta al estado por $8,264.9 millones de pesos, lo que significa un incremento del 17.7% respecto al 2018.

Inversión privada turística

Entre octubre 2018 y abril 2020, hemos identificado y coadyuvado con proyectos de inversión privada con un valor de más de 17 mil millones de pesos, ubicados en distintos puntos del estado. Se espera que dichos proyectos generen casi 11 mil empleos directos y 26 mil empleos indirectos.

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Cruceros

En 2019 el Puerto de Progreso recibió más de 470 mil pasajeros en 146 cruceros, un incremento del 6.1% con respecto a los recibidos al año pasado.

El Puerto de Progreso ocupa el 6to. lugar en arribo de pasajeros por cruceros entre los principales puertos de la República Mexicana.

Turismo de Reuniones

Durante 2019 se realizaron 228 eventos de congresos y convenciones en el Estado de Yucatán, con una afluencia de 122,733 personas, lo que significó un incremento del 46.9% respecto al número de visitantes del año pasado.

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VII. Identificación de Actividades Turísticas para la Reactivación:

Hospedaje

Alimentos y

bebidas

Turismo de Reuniones

Servicios Turísticos Complementarios

Transportadoras turísticas, agencia de viajes, arrendadoras de autos, guías de turistas, operadoras de aventura, operadoras de naturaleza, operadoras de buceo, actividades acuáticas (incluye cenotes), parques acuáticos y balnearios, parques temáticos y parques públicos.

Grupos, incentivos, convenciones, eventos sociales, DMC's, congresos, ferias y exposiciones y viajes de inspección.

Restaurantes, fondas, cocinas económicas, marisquerías, restaurant-bar, loncherías, taquerías, cafeterías, bares y cantinas.

Hoteles, moteles, haciendas, plataformas de hospedaje, hoteles boutique.

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y en bolsas transparentes para su clara identificación por parte del personal de recolección de basura.

VIII. Lineamientos Generales para el Turismo:

• La operación de los eventos deberá estar a cargo de un organizador que cuente con el Certificado de Buenas Prácticas Sanitarias Yucatán.

• En el primer punto de contacto al recinto se instalará un sistema de sanitización y se realizará la medición de temperatura corporal (puede ser el estacionamiento o valet parking).

• Todo el personal que labore en un recinto deberá portar en todo momento los materiales de protección adecuados (cubrebocas, caretas, guantes, gel antibacterial con base alcohol al 70%, etc.).

• Los elementos de seguridad contarán con equipo para tomar la temperatura y ofrecer gel antibacterial con base de alcohol a 70%.

• Todos los proveedores que ingresen al recinto deberán portar en todo momento su equipo de protección personal.

• Usar el mínimo de trabajadores necesarios.

• Se limitará el número de personas en labores de montaje y se sugiere simplificar diseños para mayor eficiencia en los tiempos.

• Respetar el aforo establecido por la Secretaría de Salud manteniendo 1.5 mts. de separación entre cada persona y evitar aglomeraciones.

• El personal de limpieza designado para recolección de desechos de equipos de protección (cubrebocas y guantes de látex) y desechos de los servicios sanitarios, deberá contar con protección adicional (caretas y overoles).

• Contratación de equipo profesional certificado para desinfección, como nebulización y termonebulizadores.

• Se reforzarán los procedimientos de limpieza y desinfección en todas las instalaciones del recinto, sobre todo los días del evento en áreas de alto contacto como puertas, mobiliario, baños, manijas, grifos de agua, barandales, etc.

• La frecuencia de limpieza y desinfección también aumentará en las áreas de alto tráfico como pasillos de servicio, entradas de personal, etc.

• Los desechos de equipos de protección (cubrebocas y guantes) deberán depositarse en las áreas designadas

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línea exclusiva 800 YUCATAN (800 9822826) o en la página https://reactivacion.yucatan.gob.mx

ALIMENTOS Y BEBIDAS:

• Todos los elementos de tela se cambiarán diariamente y se lavarán a 60°C (tintorería). Los utensilios de tela (capuchones, manteles,

cubresillas, etc.) se retirarán y colocarán en bolsas de plástico de un solo uso o bien en carros desinfectados para evitar el contacto mientras se transporta a la lavandería.

• Todo el personal de A y B deberá tener su equipo de protección personal (cubrebocas, caretas, guantes de látex) mismos que deberán usar antes, durante y después de los eventos.

• Cada vez que se recepciona y/o manipula algún producto en su embalaje original se deberá proceder a desinfectar la mercancía.

• Cada 3 horas o cambio de servicio, el personal de A y B deberá cambiarse el cubrebocas y los guantes.

• Se deberá contar con gel antibacterial con base de alcohol al 70% en las mesas de catering y áreas de trabajo (cocinas, áreas de servicio y estaciones).

• Se deberán mantener limpias todas y cada una de las áreas de trabajo y al término de la jornada se deberá limpiar con detergente y con cloro todas las áreas usadas.

• Procedimiento para preparar solución desinfectante con cloro: Diluir 5ml de cloro por cada litro de agua potable para una solución con concentración equivalente a 200 partes por millón (ppm). Si en el área hay sospecha o confirmación de un caso de contagio por COVID- 19, la concentración del desinfectante deberá incrementarse a 1,000 ppm, utilizando de 25 a 30 ml de cloro por cada litro de agua.

• Se deberán de retirar todos los residuos de basura, ya sea orgánica e inorgánica, así como desechar sus equipos de protección en bolsas transparentes para mejor identificación del personal del servicio de recolección de basura.

• Aplicación de arquitectura táctica en restaurantes.

Medidas sujetas a cambio de acuerdo a las indicaciones del Gobierno del Estado. Para mayor información puede consultar la

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• Se destinará un contenedor exclusivamente para los desechos y equipo de protección.

• En la medida de lo posible, se deberá privilegiar la ventilación natural.

• La frecuencia de reemplazo del filtro de aire y la limpieza del sistema de aire acondicionado se incrementará y se maximizará el intercambio de aire fresco en salones y salas.

• El sistema de registro deberá llevarse a cabo en línea con la facilidad de que el invitado imprima su gafete en casa, evitando así aglomeraciones.

• Se le informará al cliente la relación entre asistentes y metros cuadrados del evento de acuerdo con las disposiciones emitidas por la Secretaría de Salud.

• Se deberán considerar espacios más amplios entre stands y pasillo, permitiendo una mayor movilidad. Se deberá respetar la distancia de 1.5 mts. como mínimo entre persona y persona.

• Solicitar al expositor que cuente con sistema de desinfección para su stand y todo su material promocional. Todo el material promocional deberá ser digital y no se permitirá la entrega de amenidades.

• Evitar decibeles en el sonido que obligue a alzar la voz (se expulsan más gotas por la boca).

• En caso de presunto contagio los salones involucrados serán bloqueados por el área comercial, sometidos a un proceso de desinfección y no podrán ser utilizados en las siguientes 72 horas.

• En caso de presentarse algún congresista, proveedor o empleado con síntomas de COVID-19 se contará con un cuarto de aislamiento y se dará aviso a las autoridades de los servicios de salud al teléfono 800 982 28 26.

• Se deberá contar con los manuales de protocolos BUPSY emitidos por la Secretaría de Fomento Turístico del Estado.

• Se deberá mantener el orden y el respeto a las buenas prácticas por parte de los asistentes.

• El comité organizador (DMC, PCO, WP, agencias y asociaciones) será responsable de dar a conocer y hacer valer estas medidas con el recinto, sus montadores, expositores e invitados.

En general, para las actividades turísticas mencionadas en el presente protocolo la operación es permitida de Lunes a Domingo, considerando únicamente los horarios de restricción de movilidad

vigentes, así como aquellos establecidos para cada giro específico.

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IX. Modelo de Apertura por Actividad Turística en el Estado de Yucatán:

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Hospedaje Comprende: Hoteles, moteles, haciendas, plataformas de hospedaje, hoteles boutique. NOTA: Hoteles que cuenten con zona de playa deberán llevar un control del aforo, respetando la distancia de seguridad entre personas; en la playa no se hará uso de camastros ni comedores y no se permiten eventos ni actividades de esparcimiento.

Ocupación permitida

Distribución habitaciones

0% 30%* 50%* 75%*

- 1 de por medio Libre* Todas*

Alimentos y bebidas

Áreas Sociales (jardines, terrazas)

Alberca

0% Room service +

Restaurante: interior 30%,

exterior 50% *

(8:00 hrs – 22:00 hrs)

Cerrado Interior 30% * Exterior 50% *

con distanciamiento

Cerrado Previa reserva por familia Tiempo max. 1.5 horas

Sin camastros

Room service + Restaurante: interior 60%,

exterior 75%

(8:00 hrs – 22:00 hrs)

Interior 60% * Exterior 75% * con

distanciamiento

Previa reserva hasta 40% aforo con 1 pax x 3 M2 Sin

camastros

Room service + Restaurante

Abierto*

Abierto*

Abierto*

Playa

Gimnasio

Cerrado 1 pax x 3 m2 1 pax x 3 m2 Abierto*

Cerrado Cerrado 40% Aforo Abierto*

* Ampliación gradual durante el mes de septiembre conforme a la ocupación hasta el 50%. Para hoteles con menos de 20 habitaciones aplica el 50% desde el semáforo naranja. Los semáforos amarillo y verde podrán ser modificados de acuerdo a las condiciones epidemiológicas. Normativa sanitaria vigente en https://reactivacion.yucatan.gob.mx

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Cerrado 8:00 hrs – 22:00 hrs 08:00 hrs – 22:00 hrs Libre* *Con permiso para la

salida personal.

Cerrado Interior 30% * Interior 60% * Libre* Exterior 50% * Exterior 75% *

+ arquitectura táctica.

Cerrado 4 (hasta 6, misma familia, Libre* Libre* previa reserva)

Cerrado Cerrado Con servicio de mesero, Libre* quien sirve, es personal

del establecimiento*

NO SÍ* SÍ* SÍ*

Cerrado Cerrado 1 cada 3 m2 y Libre* cap. máx 40%

Cerrado Cerrado SÍ* SÍ*

Alimentos y Bebidas Comprende: Restaurantes, fondas, cocinas económicas, marisquerías, restaurant-bar, loncherías, taquerías, cafeterías, bares y cantinas.

* Con normativa sanitaria vigente en https://reactivacion.yucatan.gob.mx

Horario

% Capacidad del establecimiento

Capacidad de comensales por mesa

Buffet

Venta de Alcohol

Área de niños

Valet Parking

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Turismo de Reuniones Comprende: Grupos, incentivos, convenciones, DMC's, congresos, ferias y exposiciones y viajes de inspección. Solo podrán ser atendidos por PCO’s certificados.

Visitas Inspección Cerrado Permitida hasta 5 visitantes*

Permitida* Libre*

Capacidad de salones y duración de evento

Cerrado 30%*

Duración máx. 4 horas

60%*

Duración máx. 6 horas

75%*

Duración máx. 6 horas

Áreas al aire libre Cerrado 50%* 75%* 85*

Áreas públicas y

comunes

Número de pax

por mesa

Cerrado Hasta 30% de ocupación en espacios cerrados, hasta 50% al aire libre*

Cerrado Máx. 4 pax, distancia de 2m entre mesas

Hasta 60% de ocupación en espacios cerrados, hasta 75%

al aire libre*

Máx. 6 pax, distancia de 1.5m entre mesas

Abierto*

Máx. 6 pax, distancia de 1m

entre mesas

Distancia entre pax Cerrado 2 metros 1.5 metros 1 metro

Buffet Cerrado Cerrado Con servicio de mesero, quien sirve, es personal del establecimiento*

Con servicio de mesero, quien sirve, es personal del establecimiento*

Capacidad elevadores

Distancia escalera

eléctrica

Cerrado 25%* 50%* 75%*

Cerrado 1 pax cada 3 escalones* 1 pax cada 2 escalones* 1 pax cada 2 escalones*

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* Con intervalos de recesos de 15 minutos, cada 2 horas, para fomento de ventilación natural. Uso obligatorio del cubrebocas. Normativa sanitaria vigente en https://reactivacion.yucatan.gob.mx (actualizado 17 de septiembre, 2020).

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Servicios Turísticos Complementarios Comprende: Transportadoras turísticas, agencia de viajes, arrendadoras de autos, guías de turistas, operadoras de aventura, operadoras de naturaleza, operadoras de buceo, actividades acuáticas (incluye cenotes), parques acuáticos y balnearios, parques temáticos y parques públicos.

Giros de este rubro permitidos

Ninguno Todos los listados Todos los listados Todos los listados

Tiempo de apertura Cerrado Previa reserva por un mismo grupo. Atención

individual

Previa reserva por un mismo grupo, máximo 6

horas por día*

Libre*

Aforo Cerrado 1 pax por 3 m2 con un aforo del 30%.

45%* 75%*

Transportadoras turísticas

Cerrado 40%* 60%* Libre*

Distanciamiento en actividades de

naturaleza, buceo, acuáticas, entre otras.

Cerrado 1 pax por 3 m2 con un aforo del 30%.

Se mantendrá junto un mismo grupo,

conservando una distancia de 1.5 mts.

Libre*

Eventos especiales Cerrado Cerrado Bajo normatividad Turismo de Reuniones

Bajo normatividad Turismo de Reuniones

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Modelo para Apertura de Zonas Arqueológicas en Yucatán

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Protocolo de apertura para la Zona arqueológica de Chichén Itzá: Capacidad de carga: Diario: 3,000 personas diarias. Solo se permitirá entrada de grupos de máximo 10 personas (incluido el guía de turistas).

Horario: 8:00 hrs. a 17:00 hrs.

(El último acceso a estos sitios será a las 16:00 hrs.)

Distribución sugerida:

8:00 hrs. a 11:00 hrs. 60% Agencias, 40% Público en general.

11:00 hrs. a 14:00 hrs. 80% Agencias, 20% Público en general.

14:00 hrs. a 17:00 hrs. 80% Público en general, 20% Agencias.

Se sugiere tener diferentes filas de acceso para grupos e individuales.

Modelo para apertura de zonas arqueológicas en Yucatán.

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Recorrido sugerido zona arqueológica de Chichén Itzá:

Modelo para apertura de zonas arqueológicas en Yucatán.

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Los horarios especiales, al igual que el espectáculo de Noches de Kukulcán, están suspendidos hasta nuevo aviso.

Modelo para apertura de zonas arqueológicas en Yucatán.

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Protocolos de apertura para zonas arqueológicas:

El aforo de visitantes no deberá exceder más del 30% de la capacidad de carga de la zona arqueológica durante el horario del recorrido. Este porcentaje de aforo se irá incrementando gradualmente conforme las condiciones sanitarias lo permitan.

En el acceso se contará con filtros sanitarios para detección de síntomas de enfermedades respiratorias (fiebre, tos, flujo nasal, dificultad para respirar), con el fin de remitir a su domicilio en aislamiento voluntario a quien los presente y disminuir el riesgo de contagio para el resto de las personas.

En los accesos contar con tapetes húmedos con hipoclorito de sodio y/o similar.

Se favorecerá el acceso a recorridos acompañados por guías de turistas acreditados, en grupos no mayores a 10 personas.

Establecer un tamaño máximo de los grupos que aseguren seguir durante el recorrido la sana distancia, respentando el circuito establecido y manteniendo un flujo constante.

Modelo para apertura de zonas arqueológicas en Yucatán.

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Protocolos de apertura para zonas arqueológicas:

Para ingresar a las zonas arqueológicas, el público deberá portar cubrebocas desde su arribo, para protección del personal que le expedirá el boleto, así como de quienes revisan los boletos en los módulos de entrada. No se permitirá el acceso a quienes no porten cubrebocas.

Asegurar disponibilidad de jabón para manos y/o gel antibacterial de alcohol mínimo al 70% para higiene de manos.

Se exhorta a los visitantes a evitar el contacto físico con barandales, puertas, señalética o superficies, así como como a portar caretas con gorra para evitar cualquier tipo de contagios.

El visitante deberá de mantener, en todo momento, una sana distancia, estableciendo una separación entre personas de al menos 1.5 metros; con excepción de los niños, que deberán estar acompañados de un adulto.

Fomentar el pago con tarjeta u otros medios electrónicos evitando el uso de efectivo. Si no fuera posible, centralizar el cobro en un único trabajador de forma que se coloque el dinero en bandejas, vaso o algo similar.

Modelo para apertura de zonas arqueológicas en Yucatán.

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Protocolos de apertura para zonas arqueológicas:

Los grupos deberán ser de un mismo registro.

Recorridos se realizarán en un sólo sentido.

Los vestigios arqueológicos deberán estar acordonados.

Evitar la instalación de vendedores fuera de locales comerciales establecidos y se prohíbe afectar los espacios destinados a circulación.

Prestar especial atención al área de sanitarios. Incrementar frecuencia de limpieza en lo general y en objetos de contacto frecuente como manijas, grifos, dispensadores, etc.

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Protocolos de apertura para zonas arqueológicas:

Todos los productos y artesanías que tengan los vendedores deberán desinfectarse antes de su exposición y evitar su contacto frecuente por los visitantes.

Asignar, mediante marcas en el piso, espacios destinados para descansar donde no se obstruya la circulación.

Priorizar el uso de material gráfico y visual en lugar del impreso.

Controlar el acceso de visitantes, evitando aglomeración dentro y fuera del establecimiento, así como en filas de pago.

En ventanillas para cualquier trámite, pago o servicio, minimizar el intercambio de objetos y desinfectar las manos después de la manipulación de objetos, papeles, efectivo, boletos, etc. de cada visitante.

Modelo para apertura de zonas arqueológicas en Yucatán.

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Protocolos de apertura para zonas arqueológicas:

De forma permanente, el Centro INAH Yucatán contará con una comisión de trabajadores que vigilará y dará seguimiento a los protocolos de salud, a fin de garantizar que estos se apeguen a los estándares en la materia, en términos del Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como lo señalado en el Plan de retorno e incorporación del INAH a la nueva normalidad.

Toda esta información esta sujeta a cambios y actualización por parte de las autoridades sanitarias competentes, favor consultar la página https://reactivacion.yucatan.gob.mx

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