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1 MEMORIA DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LA MANCOMUNIDAD DEL TXORIERRI 2.016 SERVICIOS SOCIALES DE BASE Son la unidad básica del sistema de servicios sociales, y se dirigen, sin discriminación, a toda la población. Constituyen unidades polivalentes y multidisciplinares de actuación, que tienen como objetivo central el desarrollo de la acción comunitaria, coordinando y gestionando en sus áreas de influencia el acceso a las diversas instancias del sistema de servicios sociales. Todos los municipios de Bizkaia disponen de un Servicio Social de Base. En algunos casos, los municipios de Bizkaia deciden agruparse y constituir un único Servicio Social de Base. En estos casos, pueden constituirse las Unidades Sociales de Base, que son oficinas de atención al público ubicadas en los municipios correspondientes. Igualmente, en los municipios grandes, el Servicio Social de Base se descentraliza en Unidades Sociales de Base ubicadas en barrios. Funciones: Informar, valorar y orientar a toda la población en cuanto a derechos y recursos sociales existentes. Prestar servicios o programas de convivencia y ayuda e el propio domicilio. Desarrollar programas de intervención, facilitando recursos y medios que favorezcan la integración social de personas, familias y grupos, y dando especial prioridad a la prevención de la marginación. Realizar programas de sensibilización y fomento de la participación social. Gestionar la tramitación de prestaciones económicas. Elaborar información homogénea, coordinada y sistemática. Determinar necesidades sociales en su ámbito de actuación.

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MEMORIA DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LA MANCOMUNIDAD DEL TXORIERRI 2.016 SERVICIOS SOCIALES DE BASE Son la unidad básica del sistema de servicios sociales, y se dirigen, sin discriminación, a toda la población. Constituyen unidades polivalentes y multidisciplinares de actuación, que tienen como objetivo central el desarrollo de la acción comunitaria, coordinando y gestionando en sus áreas de influencia el acceso a las diversas instancias del sistema de servicios sociales. Todos los municipios de Bizkaia disponen de un Servicio Social de Base. En algunos casos, los municipios de Bizkaia deciden agruparse y constituir un único Servicio Social de Base. En estos casos, pueden constituirse las Unidades Sociales de Base, que son oficinas de atención al público ubicadas en los municipios correspondientes. Igualmente, en los municipios grandes, el Servicio Social de Base se descentraliza en Unidades Sociales de Base ubicadas en barrios. Funciones:

Informar, valorar y orientar a toda la población en cuanto a derechos y recursos sociales existentes.

Prestar servicios o programas de convivencia y ayuda e el propio domicilio.

Desarrollar programas de intervención, facilitando recursos y medios que favorezcan la integración social de personas, familias y grupos, y dando especial prioridad a la prevención de la marginación.

Realizar programas de sensibilización y fomento de la participación social.

Gestionar la tramitación de prestaciones económicas.

Elaborar información homogénea, coordinada y sistemática.

Determinar necesidades sociales en su ámbito de actuación.

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Los Servicios Sociales de Base han realizado las siguientes tramitaciones durante el año 2.016: 1- INSERCION SOCIAL / AYUDAS Y PRESTACIONES ECONOMICAS - RENTA DE GARANTIA DE INGRESOS (R.G.I.).

Es una prestación económica dirigida a cubrir las necesidades de aquellas personas y familias que carecen de los recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas.

Se solicita en LANBIDE.

Cuantías mensuales 2016:

Nº PERSONAS DE LA CUANTIA MAXIMA AL MES UNIDAD DE UNA UNIDAD SIN INGRESOS

1 672,67€ 2 863,77€ 3 ó más 955,50€

Las cuantías mínimas garantizadas como complemento de pensiones pasaron

a ser las siguientes:

Nº PERSONAS DE LA CUANTIA MAXIMA AL MES UNIDAD DE UNA UNIDAD SIN INGRESOS

1 764,40€ 2 955,50€ 3 ó más 1031,94€

La perciben las siguientes Unidades Familiares:

Enero Diciembre

Loiu 22 24

Sondika 60 63

Derio 70 84

Zamudio 61 69

Lezama 19 23

Larrabetzu 32 29

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- PRESTACIÓN COMPLEMENTARIA DE VIVIENDA (PCV). La Prestación Complementaria de Vivienda, configurada como un derecho

subjetivo en la Ley 18/2008 de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, es una prestación periódica, de naturaleza económica, articulada como un complemento de la Renta de Garantía de Ingresos en cualquiera de sus modalidades, y dirigida a responder a las necesidades relacionadas con la vivienda o alojamiento habitual de las personas titulares de esta última prestación.

La cuantía máxima de la Prestación es de 250€/mes.

Se solicita en LANBIDE.

La perciben las siguientes Unidades Familiares:

enero diciembre

Loiu 4 6

Sondika 24 31

Derio 25 32

Zamudio 22 29

Lezama 8 9

Larrabetzu 16 14

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- AYUDAS ECONOMICAS DE EMERGENCIA SOCIAL (AES).

Son Ayudas de naturaleza económica destinadas a aquellas personas cuyos

recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos de carácter ordinario o extraordinario, necesarios para paliar o evitar situaciones de marginación social.

Se solicitan en instancia normalizada en el Servicio Social de Base del

Ayuntamiento de residencia del solicitante. Las Ayudas de Emergencia Social se conceden o deniegan por el Servicio

Social de Base del Ayuntamiento o Mancomunidad.

1- Gastos de alquiler.

2- Gastos derivados de intereses y amortización de créditos contraídos con anterioridad a la situación de emergencia social, como consecuencia de la adquisición de una vivienda o alojamiento.

3- Gastos necesarios para el disfrute y mantenimiento de la vivienda.

4- Gastos de mobiliario y de electrodomésticos de la denominada “línea

blanca”.

5- Gastos de adaptación, reparación y/o de instalaciones básicas en la vivienda.

6- Gastos relativos a las necesidades primarias de una o más personas de

la unidad económica de convivencia independiente, tales, como vestido, educación y formación y atención sanitaria, no cubiertos por los diferentes sistemas públicos.

7- Gastos de endeudamiento previo originados por alguno de los

conceptos de gasto señalados con anterioridad.

A la cantidad que el Gobierno Vasco concede a los municipios de la Mancomunidad que es 137.846€, hay que añadir lo que algunas Entidades, Partidos Políticos y Ayuntamiento han donado a sus respectivos municipios, sumando un total de 41.693,51€

Se gastó la totalidad distribuido de la siguiente manera:

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Loiu 11.761€ (GV) 11.761€

Sondika 31.651€ (GV) + 1.310€ (Entidad) + 1.944€ (Bildu) 34.905€

Derio 41.682€ (GV) + 10.000€ (Ayto) 51.682€

Zamudio 25.425€ (GV) + 21.500€ (Bildu) + 1.100€ (Entidad) + 2.839,51€ (Ayto)

50.864,51€

Lezama 14.182€ (GV) + 3.000€ (Entidad) 17.182€

Larrabetzu 13.145€ (GV) 13.145€

Teniendo en cuenta el escaso presupuesto existente, las cuantías en la

mayoría de las solicitudes que se presentan se minorizan a 6 meses y no se contemplan conceptos como, por ejemplo, gastos de dentista con lo cual en estos casos no se cubren las necesidades que se solicitan.

- AYUDAS ESPECIALES PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL Ayuda Especial para la Inclusión Social Es una ayuda periódica de naturaleza económica de carácter finalista y subsidiario, que tiene por finalidad atender las necesidades básicas y facilitar la integración social de aquellas personas que se encuentren en situación de riesgo de exclusión social. Las cuantías de la Ayuda según es número de miembros son: Nº MIEMBROS DE LA CUANTIA MAXIMA AL MES

UNIDAD CONVIVENCIAL DE UNA UNIDAD SIN INGRESOS

1 336,34€

2 431,89€

3 o más 477,75€

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En el municipio de Loiu se han concedido 9 solicitudes, en Sondika 2 y en Derio 1. - PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS Pensión No Contributiva de Invalidez Es una prestación económica periódica que se reconoce por padecer un determinado grado de minusvalía y carecer de rentas o ingresos suficientes. Son beneficiarias las personas que padezcan deficiencias, previsiblemente permanentes, de carácter físico o psíquico, congénitas o no, que anulen o modifiquen su capacidad física, psíquica o sensorial, y con tener un 65% o más de minusvalía. Pensión No Contributiva de Jubilación Es una prestación económica periódica que se reconoce a personas mayores de 65 años y que carecen de rentas o ingresos suficientes. - PENSIONES DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL Es una prestación económica de carácter periódico, complementaria de los Servicios Sociales para aquellas personas que bien por su avanzada edad o debido a su incapacidad, no pueden acceder al trabajo ni disponer de otros ingresos con que atender las necesidades básicas. Hay dos tipos de pensiones, por Ancianidad o por Incapacidad. - DERIVACIONES A CARITAS.

Loiu 4

Sondika 12

Derio 11

Zamudio 10

Lezama 14

Larrabetzu 6

- CRUZ ROJA

Durante el 2016 Cruz Roja ha repartido los siguientes lotes de higiene familiar y del hogar, y de alimentación e higiene infantil:

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7

Loiu 3

Sondika 10

Derio 30

Zamudio 14

Lezama 3

Larrabetzu 3

Tanto en julio como en octubre de 2016 ha habido reparto de alimentos:

Loiu 6

Sondika 20

Derio 49

Zamudio 51

Lezama 8

Larrabetzu 11

Continúan los dos talleres del Programa de Éxito Escolar en los

municipios de Derio y Zamudio que se desarrollan en sus respectivas escuelas públicas con 15 niños y niñas de edades comprendidas entre los 6 y los 12 años de edad.

- FAMILIAS DEL BANCO DE ALIMENTOS.

Loiu 14

Sondika 33

Derio 50

Zamudio 32

Lezama 9

Larrabetzu 13

- Información sobre las SUBVENCIONES POR NACIMIENTO DE HIJOS/AS del Gobierno Vasco y de la Seguridad Social.

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2- PERSONAS MAYORES - SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. Es un servicio destinado a todas aquellas personas o familias que presentan problemas de autonomía para la realización de actividades de la vida diaria; pero, fundamentalmente, se atiende a personas mayores. Es un servicio cada vez más asentado, que las personas conocen mejor y; por tanto, cada vez más solicitado debido a que la población está más envejecida y los casos de dependencia y de necesidad de apoyos son cada vez mayores. De hecho, desde la aprobación de la Ley de la Dependencia a las personas reconocidas como Grandes Dependientes se les da la posibilidad de solicitar el Servicio de Ayuda a Domicilio también para los fines de semana y festivos.

A lo largo del año se han atendido los siguientes casos:

Loiu 10

Sondika 46

Derio 48

Zamudio 20

Lezama 8

Larrabetzu 9

- VALORACIONES DE SITUACION DE DEPENDENCIA.

La dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas por la edad, la enfermedad o la discapacidad y ligadas, a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental de otros apoyos para su autonomía personal.

Las solicitudes de valoración de la dependencia se solicitan en el Servicio

Social de Base correspondiente al Ayuntamiento de empadronamiento de la persona solicitante.

En relación a la Ley 3/2.006 se establecen los siguientes grados: a) Gran Dependencia: Grado III, 90-100 puntos

Grado III, 75-89 puntos b) Dependencia Severa: Grado II, 65-74 puntos Grado II, 50-64 puntos c) Dependencia Moderada: Grado I, 40-49 puntos

Grado I, 25-39 puntos A 31/12/2016 están valoradas como personas dependientes:

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9

Loiu 188

Sondika 346

Derio 412

Zamudio 236

Lezama 167

Larrabetzu 146

Además, están percibiendo la PRESTACION ECONOMICA PARA CUIDADOS EN EL ENTORNO FAMILIAR las siguientes personas dependientes:

Loiu 39

Sondika 56

Derio 79

Zamudio 56

Lezama 39

Larrabetzu 34

- SERVICIO DE TELEASISTENCIA. El Gobierno Vasco facilita un servicio de ayuda inmediata a personas mayores de 60 años y personas discapacitadas de cualquier edad que se encuentren en una situación socio-sanitaria de riesgo derivada de su edad, discapacidad, enfermedad, aislamiento u otras causas. El Servicio de Teleasistencia se presta las 24 horas del día y todos los días del año y consiste, como mínimo, en las siguientes prestaciones:

La atención de las situación de emergencia (sanitarias o de otro tipo: fuego en el domicilio, robos, etc.) en que se puedan encontrar las personas usuarias movilizando los recursos comunitarios procedentes

La atención y seguimiento de las situaciones de necesidad social (crisis personales, de soledad, angustia, caídas que no precisen atención sanitaria, etc.) en que se puedan encontrar las personas usuarias y, en su caso, atención domiciliaria a las mismas mediante unidades móviles.

La formación y gestión de agendas de las personas usuarias que permita recordarles la necesidad de realizar una actividad concreta fijada para un momento predeterminado, de forma esporádica o con la periodicidad establecida (consultas médicas, ingesta de medicamentos, realización de gestiones, etc.)

Información sobre los recursos sociales existentes de utilidad para las personas usuarias, e información, en general, de interés para las mismas.

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Solicitudes tramitadas:

Loiu 9

Sondika 27

Derio 21

Zamudio 22

Lezama 15

Larrabetzu 12

- PROTOCOLO DE ACTUACION SOCIOSANITARIA EN COMARCA URIBE

DIRIGIDO A PERSONAS MAYORES EN SU ENTORNO HABITUAL DE

RESIDENCIA.

OBJETIVO GENERAL

Mejorar la atención de las personas mayores dependientes o en riesgo de

dependencia, a través del desarrollo de equipos de atención primaria

sociosanitaria que se comprometen a intervenciones conjuntas interdisciplinares e

interinstitucionales.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

a) Desarrollar actividades preventivas que permitan reorientarnos hacia

intervenciones proactivas basadas en la prevención de la dependencia y la

promoción de la autonomía.

b) Realizar intervenciones conjuntas de los casos detectados favoreciendo

el mantenimiento en el entorno habitual de residencia.

c) Garantizar la continuidad de cuidados entre los diferentes entornos

habituales de residencia: domiciliario o residencial y a través de las diferentes

rutas asistenciales y sociosanitarias que se puedan producir.

d) Elaborar herramientas y consensuar criterios construyendo un lenguaje

común de interoperabilidad sociosanitaria.

Se ha consensuado una Ficha para interconsulta, con información a

transmitir para un primer contacto.

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FICHA PARA INTERCONSULTA SOCIO-SANITARIA

FICHA PARA INTERCONSULTA SOCIO-SANITARIA

Fecha

Subgrupo población diana

Edad

Motivo de interconsulta

SITUACION FUNCIONAL

Capacidad funcional para las ABVD

Deterioro cognitivo no

si

Movilidad

temporal

permanente

SITUACION SOCIO-FAMILIAR

Convivencia solo

acompañado por :

Otra persona mayor

Apoyos socio-familiares no

si Especificar

Usuario/a recursos socio-sanitarios

no

si

Especificar

Vivienda Barreras arquitectónicas no

si

Especificar

Condiciones habitabilidad e higiene

OBSERVACIONES:

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- Tramitación de solicitudes de VIAJES de Adineko e IMSERSO y de BALNEARIOS del IMSERSO.

- Tramitación de solicitudes del ABONO SOCIAL DE TELEFONICA. - Información sobre los PASES de tren, metro y Bizkaibus.

3- PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Prevención y detección precoz de discapacidades, así como al desarrollo de recursos y servicios que facilite la asistencia o, en su caso, la integración en la comunidad de las personas con discapacidad, así como el diagnóstico, valoración y orientación a las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. - RECONOCIMIENTO Y REVISION DE LA DISCAPACIDAD.

Las situaciones de minusvalía se califican en grados según el alcance de las mismas. Esta calificación responde a criterios técnicos unificados, fijados mediante baremos que recoge la normativa reguladora. Solicitudes tramitadas:

Loiu 5

Sondika 14

Derio 24

Zamudio 18

Lezama 6

Larrabetzu 4

- TARJETA DE ESTACIONAMIENTO. Es competencia municipal, la tramitación de tarjetas de estacionamiento para aquellas personas que estén afectadas de una deficiencia física o psíquica grave, y que hayan obtenido dictamen afirmativo de la Diputación Foral de Bizkaia. Estas tarjetas únicamente deben ser utilizadas cuando la persona titular conduzca un vehículo o sea transportada en él. Se han tramitado 55 nuevas tarjetas:

Loiu 1

Sondika 12

Derio 26

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13

Zamudio 10

Lezama 5

Larrabetzu 1

4- INFANCIA Y FAMILIA Los casos de desprotección infantil no constituyen un grupo homogéneo pues presentan muy diferentes niveles de gravedad en cuanto a la peligrosidad para la integridad física y psicológica del niño/a y muy diferentes niveles de complejidad en los factores que provocan y mantienen la situación de desprotección. En la organización actual de los Servicios Sociales de Bizkaia, se asume que los casos de riesgo y desprotección infantil de menor gravedad y complejidad que no requieren una intervención especializada han de ser atendidos por los Servicios Sociales de Base, mientras que los casos de desprotección infantil de mayor gravedad y complejidad que requieren una intervención especializada o la separación temporal o definitiva del/la menor de su entorno familiar han de ser atendidos por los Servicios Especializados de la Diputación. - SERVICIO DE INTERVENCION SOCIO-EDUCATIVA (E.I.S.E.)

El Servicio constituye un recurso de apoyo y complementario a los Servicios Sociales de Base cuya finalidad es prevenir y compensar situaciones de riesgo, desprotección y dificultad socio-familiar.

Las personas destinatarias de este Servicio son las familias y personas

adultas con menores a su cargo. Las Educadoras Familiares de la Mancomunidad trabajan con 45 familias con

menores con dificultades tanto en intervención individual como grupal. Número de familias en Programa por Municipios:

cerrados

Loiu 4 0

Sondika 8 3

Derio 16 8

Zamudio 10 1

Lezama 3 0

Larrabetzu 4 3

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- SERVICIO DE EVALUACION, DIAGNOSTICO E INTERVENCION PSICOLOGICA. Es un servicio es un programa de Evaluación, Diagnóstico e Intervención

Psicológica para menores y familias, puesto en marcha en octubre del 2005, y que surge como respuesta a las peticiones por parte de los Centros Educativos de Primaria y Secundaria que integran la Mancomunidad y que demandaban un Servicio de Orientación Psicológica para la población escolar que complementara los recursos existentes en la red social, educativa y sanitaria.

El Servicio tiene un carácter preventivo a través de la intervención, la

detección y el tratamiento precoz de los problemas psicológicos y comportamentales en la infancia y es una forma de prevención de la cronificación de los trastornos mentales que generan un elevado riesgo de exclusión social.

Así mismo, junto con las Trabajadoras Sociales y las Educadoras Familiares,

realiza labores de evaluación de riesgo y desamparo de los/las menores recogidas en el Instrumento de Valoración BALORA, en su apartado de daño psíquico y emocional, en los casos derivados a este Servicio que así lo requieran.

A lo largo del ejercicio 2016 se han abierto 18 expedientes de los diferentes municipios de la Mancomunidad. Se han trabajado además, con 14 expedientes correspondientes a años anteriores. Esto supone que se ha trabajado un total de 32 expedientes

Cantidad Porcentaje

Loiu expedientes nuevos 0 0 %

Sondika expedientes nuevos 4 23%

Derio expedientes nuevos 5 28%

Zamudio expedientes nuevos 7 39%

Lezama expedientes nuevos 1 5%

Larrabetzu expedientes nuevos 1 5 %

- CARNET DE FAMILIA NUMEROSA.

Se considera familia numerosa a la compuesta por 1 ó 2 ascendientes con 3 ó más hijos, sean o no comunes; con 2 hijos/as si uno/a tiene reconocida la condición de discapacitado/a.

5- MUJER El Servicio de Mujer y Familia tiene como objetivo fundamental la promoción e integración de la mujer, dentro de la política de igualdad entre los sexos, así como la atención y apoyo a la familia.

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- PRESTACIONES ECONOMICAS A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA

DE GENERO

La finalidad de estas ayudas sociales es la de facilitar unos recursos mínimos de subsistencia que permitan a la víctima independizarse de su agresor con el fin de facilitar su integración social y autonomía personal.

La ayuda podrá solicitarse durante la vigencia de la orden de protección, del

informe del Ministerio Fiscal o, en su caso, de las medidas para la protección establecidas en la sentencia condenatoria.

- ACOGIMIENTO TEMPORAL DE MUJERES en residencias o centros específicos de atención dirigidos a atender situaciones críticas y/o graves conflictos convivenciales que pongan en peligro la integridad física o emocional de tales mujeres y, en su caso, los/las hijos/as menores a su cargo. - SERVICIO DE ASESORAMIENTO JURIDICO del Servicio de Mujer y Familia. Es un programa de asesoramiento jurídico, dirigido a mujeres y varones, en materia de derecho de familia, así como en supuestos de malos tratos y/o agresiones sexuales. La asistencia es gratuita a mujeres y varones que carezcan de recursos económicos suficientes, quedando excluídas las personas residentes en municipios que dispongan de este tipo de recurso. - SERVICIO DE ATENCION PSICOLOGICA EN SUPUESTOS DE MALTRATO

(Zutitu) del Servicio de Mujer y Familia. El Programa de Atención Psicológica de Intervención Familiar en supuestos de maltrato y agresiones sexuales pretende abordar las secuelas derivadas de los malos tratos, de las agresiones sexuales a mujeres, varones y menores y modificar las conductas violentas. La intervención consiste en:

Diagnóstico y valoración.

Atención Psicológica Individualizada: tratamientos individuales de apoyo psicológico y de psicoterapia a las personas beneficiarias

Seguimiento de los casos atendidos

Evaluación de los casos tratados La asistencia psicológica prestada será urgente (en los casos de riesgo inminente), gratuita y especializada.

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6- INMIGRANTES - Derivaciones para ASESORAMIENTO JURIDICO-SOCIAL A INMIGRANTES

de Gobierno Vasco.

Es el servicio vasco de integración y convivencia intercultural para personas inmigrantes, dependiente del Gobierno Vasco y que trabaja en red con todos los municipios vascos. 7-OTROS

- Se han mantenido las siguientes CITAS:

Loiu 238

Sondika 533

Derio 575

Zamudio 502

Lezama 237

Larrabetzu 241

- Se han realizado las siguientes VISITAS DOMICILIARIAS:

Loiu 33

Sondika 142

Derio 144

Zamudio 71

Lezama 25

Larrabetzu 29

- Se han mantenido REUNIONES periódicas con: Equipo de Intervención Socio-Educativa (E.I.S.E.) Psicóloga Manuela Egaz y Lanbide Cáritas Centros de Salud de la Mancomunidad Empresas de servicios privados varios - Tramitación del BONO SOCIAL PARA PENSIONISTAS, FAMILIAS NUMEROSAS Y DESEMPLEADOS. - Derivación a Lanbide y Egaz y otros servicios.

En Derio, a 13 de marzo de 2.017 TRABAJADORAS SOCIALES

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