Mercadeo internaciona importacion

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UNIVERSIDAD DE PANAMÁ CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO DE PANAMÁ OESTE MERCADEO INTERNACIONAL TEMA: EL MERCADO DE IMPORTACIÓN NOEL CASTILLO YAMILETH MORA

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UNIVERSIDAD DE PANAMÁCENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO DE PANAMÁ

OESTE

MERCADEO INTERNACIONAL

TEMA:EL MERCADO DE IMPORTACIÓN

NOEL CASTILLOYAMILETH MORA

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INTRODUCCIÓN

La Importación es la operación comercial que consiste en introducir legalmente al territorio nacional todo tipo de mercancía que sea permitida, procedente del extranjero a zonas o puertos libres establecidos en la República de Panamá.

A través del desarrollo de la asignación, se podrá observar los distintos aspectos que involucran el arancel de importación del Convenio de Bruselas, el arancel de importación de la República de Panamá y los documentos de importación. Además se enfoco en esta asignación algunos conceptos básicos respecto al tema de importación.

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EL ARANCEL DE IMPORTACIÓN DEL CONVENIO DE BRUSELAS

Desde tiempos remotos ha existido un interés en clasificar las

mercancías, y con el desarrollo de las sociedades industrializadas cobró

gran importancia saber el nivel de tal comercio aun cuando no se aplicaran

impuestos o peajes.

Los primeros "sistemas de clasificaciones de mercancías"

fueron de naturaleza muy simple.

ANTECEDENTES

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EL INICIO DEL ARANCEL DE IMPORTACIÓN DE BRUSELAS

La primera nomenclatura estadística uniforme en ser aprobada por una convención internacional parece haber sido adoptada en la Segunda Conferencia Internacional sobre Estadística Comercial, celebrada en Bruselas en 1913.

Animales vivos

Alimentos y bebidas

Materia prima o simplemente preparada

Productos manufactureros

Oro y plata.

La nomenclatura en sí, consistía en 186 artículos, distribuidos en cinco grupos:

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EL ARANCEL DE IMPORTACIÓN DEL CONVENIO DE BRUSELAS

La nueva nomenclatura se denominó " Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías ", que fue aprobado por el Consejo de Cooperación

Aduanera (CCA) en junio de 1983, entrando en vigencia en enero de 1988.

Este texto fue conocido originalmente como la " Nomenclatura de Bruselas“, pero en 1974 fue denominado como la "Nomenclatura del Consejo de Cooperación

Aduanera " (NCCA)

Se elaboró un proyecto en 1949 que, reajustado, resumido y simplificado se incorporó al Convenio de Bruselas del 15 de diciembre de 1959 sobre la

Nomenclatura para la Clasificación de las Mercancías en tarifas Aduaneras.

Constaba de 991 partidas, distribuidas en 86 capítulos que a su vez se agrupaban en 21 secciones.

En mayo de 1927, la idea de una estructura común para las tarifas aduaneras fue expuesta en una recomendación hecha por la Conferencia Económica Mundial (Esta

Nomenclatura se llegó a conocer como " Nomenclatura de Ginebra“)

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LA VALORACIÓN ADUANERA DE BRUSELAS

El Valor de Bruselas es el Valor Normal en Aduana que se establece de acuerdo con las normas y técnicas elaboradas por el Consejo de Cooperación Aduanera (CCA) de Bruselas (Bélgica).

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PRINCIPIOS DE LA VALORACIÓN ADUANERA

El valor en Aduana debe basarse en principios sencillos,

equitativos, que no estén en contradicción con la práctica

comercial.

La noción del valor en Aduana debe ser de fácil comprensión, tanto para el importador como

para la Administración de Aduanas.

El sistema de valoración no debe constituir un obstáculo para el

rápido despacho de las mercancías.

El sistema de valoración debe permitir al importador

determinar de antemano el valor en Aduana con suficiente

certeza.

El sistema de valoración debe asegurar al importador de buena

fe una protección contra la competencia desleal resultante de una subvaloración, sea o no

fraudulenta.

Cuando el servicio de Aduanas estime que el valor declarado

puede ser inexacto, la comprobación de los elementos

de hecho indispensables para determinar el valor en Aduana

debe ser rápida y precisa.

Las valoraciones deben dentro de lo posible, basarse en los

documentos comerciales.

El sistema de valoración debe reducir al mínimo las

formalidades.

Las controversias que surjan entre el declarante y la

Administración deben poder resolverse mediante un

procedimiento sencillo, rápido, equitativo e imparcial.

El Grupo de Estudios para la Unión Aduanera Europea formuló los siguientes principios a fin de redactar la Definición de Bruselas y sus Notas Interpretativas:

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EL ARANCEL DE IMPORTACIÓN EN LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

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IMPORTACIÓN

Operación comercial que consiste en introducir legalmente al territorio nacional todo tipo de mercancía que sea permitida, procedente del extranjero a zonas o puertos libres establecidos en la República de Panamá.

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Requisitos para Importar

La importación debe haberse realizado por uno de los puertos previamente designados.

Las mercancías deben estar amparadas por los documentos de embarque respectivos, certificados en forma legal.

Aquellas mercancías que llegan a través de oficinas postales deben traer su declaración de exportación del país de procedencia y la debida factura comercial.

Deben pagarse los impuestos y derechos establecidos por la Ley.

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¿Qué es un arancel?

Un arancel es el impuesto que pagan los bienes que son importados a un país.

Que son recopilados en una extensa lista o catálogo de impuestos aduaneros que están convertidos generalmente en una Ley.

Cada producto se registra por grupos, pero de forma que puedan intercalar posteriormente artículos nuevos.

Cada mercancía se designa primero por un número y después con su denominación.

Comúnmente los aranceles se aplican a las importaciones, para proteger los negocios, la agricultura y la mano de obra de la nación contra la competencia extranjera.

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Tipos de Aranceles

EL ARANCEL AD VALOREM: este impuesto o gravamen se especifican legalmente como un porcentaje fijo o valor del bien importado o exportado, incluyendo o

excluyendo los costos de transporte.

Por ejemplo, supóngase que se establece un impuesto ad valorem sobre las importaciones igual a 10% del

valor de estas excluyéndolos costos de transporte. Así un importador de bienes valorados en US $100 debe

pagar un impuesto de importaciones de US $ 10 al gobierno, es decir 0.10 x US 100 = US $ 10.

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EL ARANCEL ESPECÍFICO: este impuesto se especifica legalmente como una cantidad fija de

dinero por unidad física importada.

Por ejemplo a un importador estadounidense de un automóvil japonés puede exigírsele pagar al gobierno de Estados Unidos un impuesto a las

importaciones de US $1000, independientemente del precio pagado por el

vehículo.

Tipos de Aranceles

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Tipos de Aranceles • EL ARANCEL COMPUESTO:

esta es una combinación de un arancel ad valorem y un arancel específico.

• Por ejemplo al importador de un vehículo extranjero puede exigírsele pagar US $ 1000 más 1% del valor del automóvil.

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EL ARANCEL DE IMPORTACIÓN DE PANAMÁ

El arancel que está vigente actualmente es la Versión Quinta Enmienda, establecida mediante el Decreto de Gabinete No. 49 del 28 de febrero de 2011.

El nuevo arancel de importación de la República de Panamá consiste de 21 secciones, donde se detallan los productos de cada categoría. Las secciones son las siguientes:

• Sección I: Animales Vivos y Productos del Reino Animal• Sección II: Productos del Reino Vegetal • Sección II: Grasas y aceites animales o vegetales, Productos de su desdoblamiento,

grasas alimenticias elaboradas de origen animal o vegetal• Sección IV: Productos de la industria alimenticia, bebidas, líquidos alcohólicos y

vinagre y tabaco.

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Sección V: Productos Minerales

Sección VI: Productos de la industrias químicas o de las industrias conexas.

Sección VII: Plásticos, cauchos y su manufactura

Sección VIII: Pieles, peletería y manufactura de estos materiales, artículos de viaje, bolsos de mano (carteras)

Sección IX: Madera, carbón vegetal y manufactura de madera, corcho y cestería

Sección X: Pasta de madera o delas demás materias fibrosas, papel o cartón para reciclar, papel o cartón y sus aplicaciones

EL ARANCEL DE IMPORTACIÓN DE PANAMÁ

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Sección XI: Materias Textiles y sus manufacturas

Sección XII: Calzado, sombreros y demás tocados, paraguas, bastones, látigos, plumas preparadas, flores artificiales, manufacturas de cabello.

Sección XIII: Manufacturas de piedra, yeso, cemento, asbesto, mica, productos cerámicos, vidrio y manufactura de vidrio.

Sección XIV: Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso, bisuterías, monedas.

Sección XV: Metales comunes y manufactura de estos metales

Sección XVI: Maquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes, aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión y las partes y accesorios de estos aparatos

EL ARANCEL DE IMPORTACIÓN DE PANAMÁ

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Sección XVII: Material de transporte

Sección XVIII: Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control y precisión, instrumentos y aparatos medico-quirúrgicos, aparatos de relojería, instrumentos musicales, partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos

Sección XIX: Armas, municiones y sus partes y accesorios

Sección XX: Mercancías y productos diversos

Sección XXI: Objetos de arte o colección y antigüedades

EL ARANCEL DE IMPORTACIÓN DE PANAMÁ

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Se calcula en base al precio CIF de la Factura Comercial, además se le adiciona el ITMBS a los productos que se les aplica.

Los aranceles pueden variar dependiendo de la clase del artículo y puede ser del 3% al 15% por ciento, pero existen casos que el impuesto es mucho mayor.

Además se le adiciona un 7% por el ITBMS a los productos que no comestibles, el 10% a las bebidas alcohólicas y el 15% al tabaco y cigarrillos.

Los productos de consumo alimenticio son exentos del ITBMS, hay unos que son libres de impuesto arancelario y a otros que sí le les aplica.

Cálculo del arancel aduanero de importación

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• Ejemplo: Panamá aplica un derecho aduanero o arancel de un 15% para la importación de fresas.

• Si Canadá exporta a Panamá fresas por un valor CIF de 1,000 balboas, debe hacerse la siguiente evaluación:

• Arancel aplicado por Panamá a importación de fresas: 15%

• Arancel a pagar se calcula de la siguiente manera:

• (valor CIF x % del arancel) = el arancel a pagar.• El arancel a pagar será de: 1,000 X 15% = B/.

150.00• En este caso no se aplica el ITBMS, ya que es un

producto de consumo alimenticio.

Cálculo del arancel aduanero de importación

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• Ejemplo: Panamá aplica un derecho aduanero o arancel de un 10% para la importación de carteras de cuero.

• Si Canadá exporta a Panamá carteras de cuero por un valor CIF de 20,000 balboas, debe hacerse la siguiente evaluación:

• Arancel aplicado por Panamá a importación de carteras de cuero: 10%

• Arancel a pagar se calcula de la siguiente manera:

• (valor CIF x % del arancel) + ITBMS = el arancel a pagar.

• El arancel a pagar será de: 20,000 X 10% = B/. 2,000.00 + 7% ITBMS = 2,140.00

Cálculo del arancel aduanero de importación

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Ejemplo de productos y el arancel aduanero

Código Descripción Derecho Aduanero

ITBMS

0203.19.10 Chuletas frescas porcino 70% -

0206.22.00 Hígado bovino Libre -

2203.00.20 Cerveza 15% 10%

0207.13.13 Muslos o encuentros unidos o separados de pollo

260% -

0207.13.11 Pechugas de pollo 15% -

0302.51.00 Bacalao fresco 15% -

0305.51.00 Bacalao seco Libre -

2204.10.90 Vinos 10% 10%

0306.16.00 Camarones, langostinos congelados 15% -

0402.91.92 Leche evaporada 155% -

0402.99.93 Leche condensada 30% -

0804.30.10 Piñas frescas 15% -

2402.10.00 Cigarrillos 15% 15%

0808.10.00 Manzanas frescas Libre -

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LA PREFERENCIA ARANCELARIA REGIONAL

Consiste en una reducción porcentual del Arancel Nacional de Importación o de Nación Más Favorecida (NMF) a las importaciones desde terceros países (preferencia arancelaria), que los países miembros se otorgan recíprocamente sobre las importaciones de productos originarios de sus respectivos territorios.

Abarca al universo arancelario admitiéndose lista de excepciones cuya extensión se establece según la categoría del país.

Podrá ser profundizada mediante negociaciones multilaterales:

• PMDER (Países de Menor Desarrollo Económico Relativo): Bolivia, Ecuador y Paraguay. • PDI (Países de Desarrollo Intermedio): Cuba, Colombia, Chile, Perú, Uruguay, Venezuela y

Panamá. • Resto: Argentina, Brasil, México. • Med. ó PM (Países Mediterráneos): Bolivia y Paraguay.

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Panamá otorga un porcentaje de descuento sobre el arancel de importación vigente, es decir

sobre el arancel NMF.

Panamá

País que otorga la

Preferencia

País que recibe el Beneficio Arancelario (PMDR)BOLIVIA ECUADOR PARAGUAY

28% 28% 28%

País que recibe el Beneficio Arancelario (Mediterráneo)

BOLIVIA PARAGUAY

34 % 34%

País que recibe el Beneficio Arancelario (PID)

Cuba Colombia Chile Perú Uruguay Venezuela

20 % 20% 20% 20% 20% 20%

País que recibe el Beneficio Arancelario (Resto)

Argentina Brasil México

12 % 12% 12%

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Cálculo de Preferencia País PMDR - Mediterráneo

• Ejemplo: Panamá aplica un derecho aduanero o arancel NMF de un 15% para la importación de fresas.

• Si Bolivia exporta a Panamá fresas por un valor CIF de 1,000 balboas, debe hacerse la siguiente evaluación:

• Arancel NMF aplicado por Panamá a importación de fresas: 15%• % de Descuento preferencial otorgado por Panamá al grupo de países PMDR:

34%.• Arancel a pagar por preferencia de ALADI se calcula de la siguiente manera: • El 34% de una tasa NMF de 15% es igual a 5.1%. (Descuento :0.34 *0.15= 5.1%)• AP = NMF - % Descuento del Arancel NMF Vigente• AP = 15% -5.1%• AP = 9.9%• Por lo tanto, el arancel preferencial (AP) aplicable a Bolivia sería: 9.9%.• El derecho aduanero preferencial a pagar será: 1,000 X 9.9% = $99

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Cálculo de Preferencia País PDI

• Ejemplo: Panamá aplica un derecho aduanero o arancel NMF de un 15% para la importación de fresas.

• Si Colombia exporta a Panamá fresas por un valor CIF de 1,000 balboas debe hacerse la siguiente evaluación:

• Arancel NMF aplicado por Panamá a importación de fresas: 15%• % de Descuento preferencial otorgado por Panamá al grupo de países PDI:

20%.• Arancel a pagar por preferencia de ALADI se calcula de la siguiente manera: • El 20% de una tasa NMF de 15% es igual a 3%. (Descuento: 0.20 * 0.15= 3%)• AP = NMF -% Descuento del Arancel NMF Vigente• AP = 15% -3%• AP = 12%• Por lo tanto, el arancel preferencial (AP) aplicable a Colombia sería: 12%• El derecho aduanero preferencial a pagar será: 1,000 X 12% = $120

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Cálculo de Preferencia a Resto• Ejemplo: Panamá aplica un derecho aduanero o arancel NMF de un 15% para la

importación de fresas.• Si México exporta a Panamá fresas por un valor CIF de 1,000 balboas debe

hacerse la siguiente evaluación:• Arancel NMF aplicado por Panamá a importación de fresas: 15%• % de Descuento preferencial otorgado por Panamá al “Resto” de países ALADI:

12%.

• Arancel a pagar por preferencia de ALADI se calcula de la siguiente manera: • El 12% de una tasa NMF de 15% es igual a 1.8%. (Descuento: 0.12 *0.15= 1.8%)• AP = NMF -Preferencia arancelaria• AP = 15% -1.8%• AP = 13.2%• Por lo tanto, el arancel preferencial (AP) aplicable a México sería: 13.2%• El derecho aduanero preferencial a pagar será: 1,000 X 13.2% = $132

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EXENCIONES DE IMPUESTOS ARANCELARIOS

Exoneraciones a la Industria: Exoneración total 100% de los impuestos de introducción, contribuciones y tasas o deudas aduaneros a las empresas que destinen el total de su producción a la exportación.

Exoneraciones a Diplomáticos:

• Exoneración de Vehículos Diplomáticos: Los Agentes Diplomáticos extranjeros podrán importar libres de derechos de aduanas, impuestos y gravámenes conexos, un (1) automóvil para uso particular cada dos (2) años, salvo el jefe titular de la misión diplomática , quien podrá importar dos automóviles”.

• Exoneración de Menaje de Casa y Valija Diplomática: Los agentes diplomáticos extranjeros gozarán a su entrada al país, de la exención de toda clase de derechos de aduanas, impuestos y gravámenes anexos, salvo los gastos de almacenaje, acarreo y servicios análogos, para su equipaje y efectos de menaje doméstico y demás objetos destinados al uso personal del agente diplomático o de miembros de su que forman parte de su casa.

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Exoneración A Personas Con Discapacidad Física: para exonerar del pago de la totalidad de los derechos arancelarios, la importación de medicamentos, aparatos médicos de ortesis y prótesis, de vehículos adaptados y calificados para uso personal, para ser utilizados por las personas con discapacidad o

por las instituciones encargadas de su atención.

Exoneración a diputados del órgano legislativo: Importación libre de derechos de introducción y demás gravámenes de un vehículo cada (2) años

para uso personal y de sus familiares dependientes.

EXENCIONES DE IMPUESTOS ARANCELARIOS

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DOCUMENTOS DE IMPORTACIÓNDocumentos de Embarque Comercial

Utilizados para la importación de mercancías de acuerdo con las vías de comunicación.

Son aquellos documentos que se envían al importador u a otro usuario del comercio exterior, con que puede gestionar un documento de destinación aduanera.

Conocimiento de embarque

Guías aéreas

Guía de transporte y carta Porte

Factura comercial

Certificado de origen

Notas de gastos

Paking list (lista de empaque), etc.

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Documentos de Embarque ComercialLA FACTURA COMERCIAL

Este Documentos contiene alguna información que la diferencia de una factura propia del comercio interno de un país, como: condiciones en que se proporcionará la mercancía vía de Transporte; Cláusula de compra, nombre del exportador y del comprador; número del registro del importador, etc.

FACTURA CONSULAREsta factura debe contener por lo menos:•El nombre del remitente o cargador Nombre del consignatario o comprador en Panamá •El nombre de la nave que transporta la mercancía •Nombre del puerto de salida y de desembarque, y el lugar de destino final de la mercancía•Debe contener el detalle de marca, número y clase de bultos, cantidad, peso, descripción de la mercancía•Precio en la moneda que se efectuó la transacción y el equivalente a la moneda nacional•Detalle de todos los gastos involucrados para embarcar la mercancía

La factura comercial debe Contener por lo menos los datos siguientes:

1. Nombre del lugar en donde se encuentra establecido o domicilio de la persona, casa o firma que vende las mercancías y su dirección.

2. Fecha en que se verifica la venta

3. Nombre del comprador en Panamá y del consignatario

4. Clase, cantidad y descripción de la mercancía

5. El precio parcial y total de las mercancías.

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CONOCIMIENTO DE EMBARQUEPara los efectos fiscales el conocimiento de embarque debe extenderse a nombre del consignatario de las mercaderías, a fin de poder establecer la persona que debe pagar los impuestos con que están gravadas y para poder hacerla responsable en casos de contrabando o fraude.

El conocimiento de embarque deberá contener, por lo menos los siguientes datos:

El nombre del cargador o remitente, nombre del consignatario, nombre de la nave y de la persona o firma que opera la nave, nombre del puerto de salida y de llegada y el destino final de la mercancía.

En cuanto a la misma mercancía, deberá detallarse la marca, el número, la cantidad y clase de bultos, el contenido, peso y valor del flete convenido.

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PERMISO RESPECTIVO EN CASOS DE MERCANCÍAS CONTROLADAS, RESTRIGIDA O PROHIBIDA IMPORTACIÓN

Aquellas mercancías de importación restringida, tales como plantas y drogas para fines medicinales, armas de fuego que no sean de guerra, municiones y otros artículos no letales de defensa personal, deberán obtener un permiso especial de las leyes del país para que pueda ser aceptada su entrega en nuestros puertos.

Los órganos Anuentes que controla las, restringida o prohibida importación son:

A.N.A.N - Autoridad Nacional del Ambiente

M.O.P. - Ministerio de Obras Públicas

A.T.T.T. - Autoridad del transito Transporte Terrestre

M.I.D.A. - Ministerio de Desarrollo Agropecuario

I.P.A.T. - Instituto Panameño de Turismo

E.R.S.P. - Ente Regular de los Servicios Públicos

D.G.A. - Dirección General de Aduanas

D.G.I. - Dirección General de Ingreso

M.G.J. - Ministerio Gobierno y Justicia

M.I.C.I. - Ministerio de Comercio e Industrias

M.I.N.S.A. - Ministerio de Salud

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DOCUMENTOS DE IMPORTACIÓNDocumentos de Transporte Internacional

Documentos de Embarque Requeridos en la Importación, Por Vía Aérea

1. Factura Comercial, debe contener el juramento

2. Guía Aérea debe contener la información, indicada anteriormente,

3. Permiso de mercancías restringidas si es necesario, esto es de acuerdo con la clase de mercancía, por

ejemplo: medicina, alimentos, animales vivos, etc.

4. La lista de empaque juega un papel importante, se requiere un mínimo de Tres.

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DOCUMENTOS DE IMPORTACIÓNDocumentos de Transporte Internacional

Documentos de embarque requeridos por vía marítima

1. Factura Comercial debe estar debidamente juramentada y firmada por el vendedor o fabricante.

2. Conocimiento de embarque, debe contener los datos que contempla.

3. Permiso de mercancías restringidas si es necesarios.

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Documentos de Embarque, requeridos por Vía Terrestre, Aduana de Paso Canoas, Provincia de Chiriquí

a) Importación de mercancías amparadas los Tratados de Intercambio Preferencial y Libre Comercio entre Panamá y Costa Rica, Panamá y Nicaragua; Panamá y El Salvador; Panamá y Guatemala y Panamá y Honduras:

1. Factura Comercial

2. Formulario Aduanero del Tratado y Certificado de Origen

3. Guía de Transporte o Carta de Porte.

DOCUMENTOS DE IMPORTACIÓNDocumentos de Transporte Internacional

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DOCUMENTOS DE IMPORTACIÓN Declaración Unificada de Aduanas • Como parte de los

procesos relacionados con el comercio exterior que atañen al sistema aduanero la Declaración Aduanera es el eje fundamental de los trámites que ocurren dentro de las operaciones aduaneras.

• Está constituido por: • El conjunto de

procedimientos (automatizados y manuales) que permiten tramitar las entradas y salidas de mercancías y que apuntan a facilitar dicho proceso en favor del sistema de intercambio comercial.

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LA DECLARACIÓN DE IMPORTACIÓN/EXPORTACIÓN

• Es el documento donde se expresa información relativa a las mercancías en términos de cantidad, naturaleza, origen, estado, calidad, valor y partida arancelaria entre otros.

Se dan dos situaciones en que puede encontrarse en un momento dado una Declaración de Importación/Exportación:

PREDECLARACIÓN: Corresponde a la Declaración en borrador o proforma.

LA DECLARACIÓN SIMPLIFICADA: es la segunda clase y se utiliza para equipajes, mercancías de viajeros en cantidades no comerciales y envíos por encomiendas postales hasta por un valor de B/.500.00.

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DOCUMENTOS DE IMPORTACIÓN Manifiesto de Carga • Documentos mediante

el cual el transportador (transportista, agente Operador de Carga; Naviera, etc.), comunica a la aduana el detalle de los conocimientos de embarque que amparan a carga que transporta.

INDICA:

El código o número de identificación de dichos conocimientos y especificando si se destinarán en tránsito, trasbordo o a consumo local

El código o numeración de lo contenedores

La cantidad de bultos, naturaleza y peso de las mercancías quo dice contener y nombre de los consignatarios respectivos.

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DOCUMENTOS DE IMPORTACIÓN

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CONCLUSIONES

Que el Sistema Armonizado De Designación Y Codificación De Mercancías es una clasificación de mercancías, ordenadas de acuerdo con los criterios de clasificación basados en las materias primas y etapa de producción de las mercancías, dado en el Acuerdo de Bruselas el 14 de junio de 1983. Además que es la base del Arancel de importación de Panamá.

Que la importación es Operación comercial que consiste en introducir legalmente al territorio nacional todo tipo de mercancía que sea permitida, procedente del extranjero a zonas o puertos libres establecidos en la República de Panamá.

Que el arancel aduanero es el impuesto que pagan los bienes que son importados a un país. El cual existen tres tipos, que son el Ad valoren, el especifico y el compuesto. Que el arancel que está vigente actualmente en Panamá es la Versión Quinta Enmienda, establecida mediante el Decreto de Gabinete No. 49 del 28 de febrero de 2011, que consiste de 21 secciones, donde se detallan los productos por categoría..

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BIBLIOGRAFÍA• El Arancel de Importación de Panamá, Versión Quinta Enmienda,

establecida mediante el Decreto de Gabinete No. 49 del 28 de febrero de 2011.

• Información proporcionada por la señora encargada de la Biblioteca de la Autoridad Nacional de Aduanas

• http://proinvex.mici.gob.pa/index.php?option=com_content&view=article&id=107&Itemid=111&lang=es

• http://www.buenastareas.com/ensayos/Arancel-DeImportaci%C3%B3n/5355211.html

• http://www.buenastareas.com/ensayos/Arancel-De-Importacion/992319.html

• http://www.comproexpress.com/index.php?option=com• http://www.mici.gob.pa/detalle.php?cid=15&sid=57&clid=167&id=3615

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Gracias!