METODOLOGIA PARA LA · Jefe de la Unidad Administrativa . 3 ÍNDICE ... Código Financiero para el...

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1 METODOLOGÍA PARA LA ELABORACIÓN DE MANUALES ADMINISTRATIVOS

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METODOLOGÍA PARA LA

ELABORACIÓN DE MANUALES ADMINISTRATIVOS

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Mtro. Miguel Ángel Yunes Linares Gobernador del Estado de Veracruz

de Ignacio de la Llave

Act. Ramón Figuerola Piñera Contralor General

Lic. Pedro José Vargas Zarrabal Director General de Transparencia, Anticorrupción y Función Pública

M.A. Arturo Delgado Ávila Director General de Fiscalización Interna

M.A. Taurino Caamaño Quitano Director General de Fiscalización a Fondos Federales

Mtro. Roberto Guerrero Reyes Director Jurídico

L.C. Felipe de Jesús Santiago Virgen Jefe de la Unidad Administrativa

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ÍNDICE

Presentación......................................................................................................... 4

Fundamento Jurídico.............................................................................................. 5

1. Generalidades de los Manuales Administrativos….................................................. 6

1.1 Clasificación de Manuales…................................................................................ 6

1.2 Objetivos…...................................................................................................... 6

1.3 Etapas para la Elaboración de Manuales…............................................................ 6

1.4 Beneficios de Elaborar los Manuales Administrativos.............................................. 12

2. Manual de Organización.................................................................................... 12

2.1 Contenido del Manual de Organización................................................................ 13

2.2 Descripción del Contenido................................................................................. 13

3. Manual de Procedimientos................................................................................. 19

3.1 Contenido del Manual de Procedimientos............................................................. 19

3.2 Descripción de Procedimientos........................................................................... 20

3.3 Diagrama de Flujo............................................................................................ 24

3.4 ¿Manual de Procedimientos o de Procesos? ......................................................... 30

4. Manual de Trámites y Servicios.......................................................................... 32

4.1 Objetivos del Manual........................................................................................ 33

4.2 Contenido del Manual de Trámites y Servicios......................................................

34

5. Anexos........................................................................................................... 40

Anexo I Cuestionario...................................................................................... 41

Anexo II Manual de Organización...................................................................... 43

Anexo III Verbos Comunes para Describir Funciones Específicas............................ 56

Anexo IV Ejemplo de Procedimiento................................................................... 57

Anexo V Simbología para la Elaboración de Diagramas........................................ 60

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PRESENTACIÓN

Contar con un gobierno ordenado, honesto y transparente, constituye una demanda clara

de nuestra sociedad, es por ello que esta administración a través del Plan Veracruzano de

Desarrollo 2016-2018, advierte la necesidad de evitar la existencia de entes públicos, que

dupliquen funciones, así como de otros que no se encuentren plenamente justificados,

planteando como uno de sus objetivos el fortalecer las políticas de mejoramiento

administrativo y la revisión de los procesos administrativos para elevar la calidad de la

administración.

Con base en lo antes mencionado, y en cumplimiento al artículo 34 fracción XI de la Ley

Orgánica del Poder Ejecutivo, donde se faculta al Contralor General para “Emitir criterios y

lineamientos en materia de simplificación y desarrollo administrativo”, se promueve la

“Metodología para la Elaboración de Manuales Administrativos”, como una

herramienta reguladora de las Dependencias y Entidades.

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FUNDAMENTO JURÍDICO

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, artículo 12 fracción XVI, los titulares de las

dependencias centralizadas tienen como una de sus atribuciones el “Expedir los

Manuales de Organización, de Procedimientos y Servicios al Público necesarios para

el funcionamiento de la dependencia a su cargo, los que deberán contener

información sobre su estructura, organización y forma de realizar las actividades

que están bajo su responsabilidad, así como sobre sus sistemas de comunicación y

coordinación. Los manuales y demás instrumentos de apoyo administrativo interno

deberán mantenerse permanentemente actualizados”.

Código Financiero para el Estado de Veracruz, artículo 186 fracción IX, los

respectivos titulares de las unidades administrativas en las dependencias o

entidades de su adscripción, serán responsables de: “Evaluar y proponer al titular

de la dependencia las modificaciones a las estructuras orgánicas de las

dependencia, así como en coordinación con los órganos internos de control,

actualizar los manuales de organización y procedimientos”.

Reglamento Interior de la Contraloría General, artículo 25 fracciones VII y VIII,

corresponde a la Dirección General de la Función Pública: “Registrar, catalogar y

concentrar Manuales de Organización que contienen la definición de las estructuras

de las dependencias y entidades”, y “Evaluar, dictaminar, concentrar, catalogar y

registrar los Manuales de Operación de las dependencia y entidades y dar

seguimiento a sus actualizaciones”.

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1. GENERALIDADES DE LOS MANUALES ADMINISTRATIVOS

Los Manuales Administrativos son instrumentos que apoyan el funcionamiento de la

institución; concentran información amplia y detallada acerca de su quehacer, bases

jurídicas, atribuciones, estructura orgánica, objetivos, políticas, grado de autoridad y

responsabilidad, funciones, actividades, operaciones o puestos en general, sin duplicar los

ordenamientos legales emanados del poder Legislativo o Ejecutivo, tales como leyes,

decretos, acuerdos, reglamentos, etc.

1.1 CLASIFICACIÓN DE MANUALES

Los Manuales Administrativos reflejan en general la organización de la Dependencia o

Entidad, y de acuerdo a su naturaleza son y se entregan de la siguiente manera:

Manual General de Organización: es el primero que entrega la dependencia y

posteriormente los manuales específicos de organización de las áreas que la integran.

Manual general de Procedimientos: se entrega después de haber concluido con los

manuales de Organización, siguiendo con los específicos de procedimientos.

Manual de Trámites y Servicios; se entrega una vez que ya están actualizadas las

cédulas.

1.2 OBJETIVOS

Dependiendo del tipo de manual los objetivos pueden ser:

Presentar una visión en conjunto de la institución.

Precisar las funciones que se han encomendado a cada área, a fin de deslindar

responsabilidades, evitar duplicidades y detectar omisiones.

Coadyuvar a la correcta ejecución de las labores encomendadas al personal y propiciar

uniformidad en el trabajo.

Promover el aprovechamiento racional de los recursos humanos, materiales,

financieros y tecnológicos disponibles.

Orientar al personal de nuevo ingreso.

Informar a la ciudadanía sobre los trámites y servicios que proporciona el Gobierno del

Estado.

1.3 ETAPAS PARA LA ELABORACIÓN DE MANUALES

Para la elaboración o actualización de los Manuales Administrativos de una Dependencia o

Entidad se deben considerar las siguientes etapas:

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a) Planeación del Trabajo

b) Aplicación de Técnicas de Investigación

c) Análisis de la Información

d) Estructuración del Manual

e) Validación de la Información por parte de las Dependencias, Entidades y la Contraloría

General

f) Autorización del Manual por parte de las autoridades de la Dependencia o Entidad

g) Obtención del Registro Estatal de Manuales Administrativos de las Dependencias y

Entidades del Poder Ejecutivo del Estado

h) Distribución y Difusión del Manual

i) Revisión y Actualización

a) Planeación del Trabajo

Para establecer un programa de trabajo es necesario designar al grupo de personas que

elaborarán los manuales administrativos, de los cuales se nombrará un coordinador como

responsable de conducir las acciones para homogeneizar el contenido y la presentación de

la información.

Debe hacerse un estudio preliminar que permita conocer las funciones y actividades que se

realizan en las áreas a trabajar, para definir la estrategia general de levantamiento de

información, a través de fuentes más representativas como son:

Los documentos jurídicos y administrativos de la institución, que son base para la

realización de las funciones de la Dependencia o Entidad.

Archivos documentales de la Dependencia o Entidad.

Los Manuales Administrativos existentes.

Los directivos y empleados, por el conocimiento de las actividades y las limitaciones o

divergencias en cuanto a la documentación existente.

Una vez recabados los elementos preliminares, se debe elaborar un programa de trabajo

para establecer las estimaciones de tiempo para la recopilación de información, el orden

de las actividades, revisión e impresión y todos los demás aspectos para la elaboración de

los Manuales Administrativos, comprendiendo desde la integración del equipo de trabajo

hasta la autorización, registro y distribución.

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b) Aplicación de Técnicas de Investigación

Simultáneamente a la elaboración del programa de trabajo, se establecerán y diseñarán

las técnicas de investigación a utilizarse, entre las principales se encuentran las

documentales, la entrevista, el cuestionario y la observación directa.

Investigación documental.- Consiste en seleccionar y analizar los documentos que

contienen datos importantes relacionados con la estructura orgánica, procedimientos o

trámites y servicios, estos pueden ser: leyes, reglamentos, decretos, gacetas oficiales,

disposiciones normativas, manuales administrativos anteriores y todos aquellos que

contengan información relevante.

Entrevista.- Se refiere a obtener información verbal del personal que realiza directamente

las actividades a analizar. Este medio proporciona información completa y precisa, debido

a la interacción que se da con el personal entrevistado, permitiendo la percepción de

actitudes.

Es conveniente que la entrevista se realice en el lugar de trabajo del entrevistado, con el

fin de que pueda dar explicaciones que faciliten la comprensión. Para que esta técnica se

desarrolle con éxito es conveniente observar lo siguiente:

Utilizar las entrevistas libres, dirigidas o ambas.

Tener claro el objetivo de la entrevista.

Concertar previamente cita con el servidor público.

Escuchar con atención y objetividad para evitar el desvío del enfoque de la

entrevista.

Realizar las preguntas necesarias a efecto de entender completamente las

actividades que desarrolla el personal o esclarecer toda duda.

Cuestionario.- Diseñar una serie de preguntas escritas, predefinidas, procurando que

sean claras y concisas, con un orden lógico, redacción comprensible y facilidad de

respuesta. (Ver ejemplo en Anexo I)

Observación Directa.- Examinar visualmente las actividades específicas que realiza el

Servidor Público cuyas funciones nos interesa analizar para la elaboración de la descripción

del puesto y anotar todas las acciones en la secuencia correcta con la finalidad de

completar, confrontar y verificar datos obtenidos en la investigación documental.

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c) Análisis de la Información

Después de reunir todos los datos, el siguiente paso es organizarlos en forma lógica

mediante el desarrollo de un esquema de trabajo, es decir, el proyecto del manual.

Lo primero que se debe hacer es un análisis de la información, con la finalidad de facilitar

el manejo y ordenamiento de lo que debe incluirse en el contenido del manual, para lo cual

es necesario establecer la secuencia:

Conocer el hecho o situación que se analiza.

Describir ese hecho o situación.

Descomponerlo en todos sus detalles y elementos.

Examinarlos críticamente para comprender mejor cada elemento.

Ordenar cada elemento de acuerdo a criterios previamente establecidos.

Identificar y explicar su comportamiento con el fin de entender las causas que lo

originaron y el camino para su atención.

Precisar las relaciones entre cada elemento.

Para facilitar el análisis de la información podemos apoyarnos con los cuestionamientos

siguientes:

¿Qué trabajo se hace? ¿Para qué se hace?

¿Quién lo hace? ¿Cómo se hace?

¿Con qué se hace? ¿Cuándo se hace?

Para obtener la información que dará la pauta para formular los manuales administrativos,

es necesario que después de obtener las respuestas claras y precisas a las preguntas

anteriores, se someta a un nuevo interrogatorio planteando la pregunta ¿por qué?

Una vez obtenidos los resultados del análisis de la información se puede continuar con las

etapas de:

d) Estructuración de los Manuales

En esta etapa se establece el diseño y la presentación que se utilizará para la elaboración

de los Manuales Administrativos, es importante considerar lo siguiente:

1. Ortografía. Se deben redactar los manuales haciendo uso correcto de las reglas de

ortografía vigentes.

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2. Redacción. Se debe tomar en cuenta a quienes se va a dirigir el manual, de

manera que el vocabulario utilizado sea claro, sencillo, preciso y comprensible,

procurando no utilizar siglas ni abreviaturas. Además, con fundamento en el artículo

13, fracción VIII de la Ley para la igualdad entre mujeres y hombres para el Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave, se debe hacer uso de un lenguaje incluyente o no

sexista que distinga entre lo femenino y lo masculino, respetando las reglas del

género gramatical.

Cabe mencionar que el lenguaje empleado en la presente metodología, no busca

generar ninguna distinción, ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que

las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género, representan a

ambos sexos."

3. Elaboración de diagramas. Se utilizan los siguientes: estructura orgánica y

diagrama de flujo. Su elaboración deberá hacerse empleando los más sencillos y

conocidos en el medio, uniformando su presentación a fin de facilitar la comprensión

de los mismos.

4. Formato. Debe tomarse en cuenta que el manual presentado sea fácil de leer,

consultar, estudiar y conservar.

5. Manual de identidad del Gobierno del Estado. Se requiere utilizar las

recomendaciones (logos, colores, medidas etc.) contenidas en el Manual emitido por la

Coordinación General de Comunicación Social.

e) Validación de la Información por parte de las Dependencias, Entidades y la

Contraloría General

Es necesario que la validación la lleven a cabo los responsables de las áreas a las que

corresponden los manuales, con la finalidad de que la información que se presenta en

ellos, sea acorde con las atribuciones y las actividades que realizan. Para que

posteriormente sea validada por la Contraloría General como autoridad responsable.

f) Autorización del Manual por parte de las autoridades de la Dependencia o

Entidad

Una vez llevada a cabo la validación, debemos darle la formalidad al documento

solicitando la autorización del titular de la Dependencia o, en su caso, el Órgano de

Gobierno de la Entidad.

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g) Obtención del Registro Estatal de Manuales Administrativos de las

Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado

La Dependencia o Entidad deberá solicitar a la Contraloría General la inclusión de sus

Manuales Administrativos al Registro Estatal de Manuales Administrativos de las

Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado.

h) Distribución y Difusión de los Manuales

Obtenida la autorización se procede a la distribución en las áreas correspondientes, con la

finalidad de que el personal conozca y haga uso de esta herramienta administrativa. Así

mismo publicar los Manuales Administrativos en la página de internet de la Dependencia o

Entidad hasta que el documento cuente con el registro otorgado por la Contraloría

General.

i) Revisión y Actualización

La utilidad de los Manuales Administrativos radica en la veracidad de la información que

contiene, por lo que se recomienda mantenerlos permanentemente actualizados por medio

de revisiones semestrales con el propósito de que sean apegados a la realidad.

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1.4 BENEFICIOS DE ELABORAR LOS MANUALES

1.- Es fuente formal y permanente de información y orientación sobre la manera de

ejecutar un trabajo determinado y, en general, de la operación de la Unidad responsable.

2.- Permite al responsable de ejecutar los procedimientos, tomar mejores decisiones al

conocer los procesos que se realizan en su ámbito de competencia.

3.- Precisa la responsabilidad operativa del personal en cada área de trabajo.

4.- Facilita a los órganos de fiscalización, control y evaluación, la supervisión del trabajo.

5.- Es una herramienta para capacitar al personal en el desempeño de sus funciones. Por

lo tanto, también se utiliza para facilitar la incorporación del personal de nuevo ingreso.

6.- Evita la interrupción de actividades cuando se dan cambios de personal.

7.- Propicia un mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales.

2. MANUAL DE ORGANIZACIÓN

El Manual de Organización es un documento normativo que define concretamente las

funciones encomendadas a cada una de las áreas que integran la institución, permite

conocer la estructura orgánica de la Dependencia o Entidad en su conjunto o parte de ella,

y está integrado por la portada, índice, presentación, antecedentes, marco jurídico,

atribuciones, estructura orgánica, descripciones de puestos, funciones y responsabilidades,

relaciones de coordinación, directorio y firmas.

Los Manuales de Organización, por el alcance de su información se clasifican en:

Manual General de Organización.- Refleja la estructura orgánica de la Dependencia o

Entidad, considerando los puestos que se encuentren directamente subordinados al

titular de la Dependencia o Entidad.

Manual Específico de Organización.- Comprende las funciones y responsabilidades de

un área en especial, de acuerdo a la división administrativa que se tenga en la

Dependencia o Entidad, por ejemplo: Subsecretaría, Dirección General, Dirección,

Subdirección, Departamento, etc.

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2.1 CONTENIDO DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN

La información que deberá contener el Manual de Organización dependerá de lo que se

quiere mostrar o dar a conocer con este documento, sin embargo deben considerarse los

siguientes puntos: (Ver ejemplo en Anexo II)

Portada

Índice

Presentación

Antecedentes

Marco Jurídico

Atribuciones

Estructura Orgánica

Descripción de Puestos

Directorio

Firmas de Autorización

2.2 DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO

Portada

Es la cara exterior del Manual, que tiene como objetivo su identificación a través de los

siguientes datos:

Nombre de la Dependencia o Entidad.

Logotipo oficial.

Título y alcance del documento (manual general o específico).

Área responsable de su elaboración.

Lugar y fecha de elaboración.

Índice

Es una lista ordenada de las secciones y/o apartados que conforman el documento y

señala en qué página se encuentra cada uno de ellos. La numeración debe ir con números

romanos las páginas de los apartados y con números arábigos las páginas del contenido de

los mismos.

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Presentación

Es el texto que encabeza el manual y debe contener lo siguiente:

Importancia de contar con un manual.

Metodología utilizada en el desarrollo del trabajo.

Contenido del documento y una breve descripción o propósitos básicos que se

pretenden alcanzar.

Antecedentes

Comprende una breve descripción de cómo se originó la Dependencia o Entidad, la Ley o

Decreto que le da sustento y los principales aspectos de su evolución histórica hasta la

actualidad.

Marco Jurídico

Este apartado contiene una relación de los ordenamientos o disposiciones legales que

norman las actividades de la Dependencia o Entidad, de los cuales se derivan sus

atribuciones o facultades. Es recomendable mencionar la fecha de publicación en el Diario

Oficial de la Federación o en la Gaceta Oficial según sea el caso, su vigencia y que sigan

un orden jerárquico, como se indica:

Constitución

Tratados

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-de Ignacio de la Llave

Leyes

Códigos

Decretos

Reglamentos

Convenios

Acuerdos

Otros (lineamientos, políticas, normas, programas, etc.)

Asimismo, es importante mencionar que se debe hacer una clasificación de las

disposiciones legales en federales y estatales.

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Atribuciones

Se transcriben de manera completa y textual las facultades otorgadas a la Dependencia o

Entidad incluidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Reglamento Interior o

Decreto de Creación.

Para tal efecto, señalar el título completo del ordenamiento, capítulo, artículo, inciso y

texto de la misma.

Estructura Orgánica

Es la representación gráfica de la estructura orgánica de la Dependencia o Entidad

autorizada o validada por las instancias correspondientes, misma que muestra de manera

general los puestos o áreas que la integran y establece los niveles jerárquicos, canales

formales de comunicación, líneas de autoridad y asesoría.

Es conveniente que se escanee la Estructura Orgánica vigente con el sello del registro

otorgado por la Contraloría General con la finalidad de verificar que no exista alteración en

dicha Estructura.

Descripción de Puestos

Es la parte esencial del Manual, por tanto es importante definir que un puesto es la

unidad de trabajo específica e impersonal, constituida por un conjunto de operaciones que

debe realizar un servidor público y aptitudes que debe asumir en determinadas

condiciones de trabajo para la Dependencia o Entidad.

Es importante señalar que en el Manual General, los puestos se describen siguiendo el

orden jerárquico que se aprecia en la estructura orgánica correspondiente, iniciando de

izquierda a derecha, es decir, iniciando con el titular de la Dependencia o Entidad, los

puestos de apoyo (staff), y el primer nivel jerárquico; en el caso de los Manuales

Específicos, los puestos se describen a partir del primer nivel jerárquico por área

administrativa y los subordinados, siguiendo el mismo orden del manual general hasta el

último puesto de la misma.

La descripción de puestos debe contemplar las funciones inherentes a cada uno de los

puestos contenidos en la estructura orgánica autorizada, considerando todas aquellas

actividades que le permiten a la Dependencia o Entidad cumplir con sus atribuciones

legales.

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La descripción del puesto se integra con los siguientes elementos:

1. Identificación.- Indica el nombre del puesto, su unidad de mando y su tramo de control

(Es decir: nombre del puesto, jefe inmediato, subordinados inmediatos, suplencia en

caso de ausencia temporal).

2. Descripción General.- Muestra brevemente las funciones generales que se realizan en

el puesto para el logro de los objetivos.

3. Ubicación en la Estructura Orgánica.- Es la ubicación del puesto que se describe en

la estructura específica de un área, se debe plasmar un organigrama que incluya

el nivel jerárquico inmediato superior, los similares jerárquicos u homólogos y los

subordinados inmediatos, remarcando aquel que se describe.

Es importante mencionar que en los organigramas se identifican los puestos o áreas de

una institución. Ejemplo:

4. Descripción de Funciones.- Enuncia concretamente las funciones que corresponden al

puesto.

Las funciones incluidas en el manual de organización deberán denotar actividades de

dirección, programación, operación, supervisión, asesoría, etc. Todas serán presentadas

inicialmente en verbo infinitivo y deberán corresponder al ámbito de competencia de cada

puesto y a la responsabilidad de éste, de acuerdo a su nivel jerárquico. (Ver ejemplo en

Anexo III)

Las funciones específicas de los puestos deberán describirse de acuerdo a la importancia

de las mismas, es decir, en primer término las sustantivas y posteriormente las adjetivas;

además omitir aquellas que son implícitas a todo puesto, como consultar o acordar con el

jefe inmediato.

DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS

DEPARTAMENTO DE RECURSOS

HUMANOS

DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

DEPARTAMENTO DE TECNOLOGIAS DE LA

INFORMACIÓN

ANALISTA ADMINISTRATIVO

UNIDAD ADMINISTRATIVA

Nivel jerárquico

superior

Puesto que se describe

Subordinados inmediatos Homólogos

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Con el propósito de dar claridad a la descripción de las funciones, se debe adoptar el

siguiente esquema:

Verbo-Objeto-Condición

En donde:

El verbo, expresa la actividad; el objeto, es aquello por lo que se lleva a cabo la función; y

la condición el motivo por el cual se lleva a cabo esa acción.

Ejemplo:

Asesorar en la elaboración de estudios y establecimiento de acciones de modernización

y desarrollo administrativo para eficientar el desempeño de los servidores públicos.

Verbo.- Asesorar,

Objeto.- en la elaboración de estudios y establecimiento de acciones de modernización y

desarrollo administrativo.

Condición.- para eficientar el desempeño de los servidores públicos.

Para precisar y definir adecuadamente las funciones de un puesto, se deben tomar en

cuenta los siguientes conceptos:

Atribución.- Es la competencia de las Dependencias y Entidades.

Función.- Conjunto de actividades afines y coordinadas que corresponde realizar a un

área determinada, se pueden clasificar en:

Funciones sustantivas.- Aquellas relacionadas directamente con el objeto de la

Dependencia o Entidad.

Funciones adjetivas.- Están relacionadas con campos de conocimientos específicos y

experiencia técnica especializada (de asesoría) o aquellas que son auxiliares o de

servicio (complementarias); son actividades que apoyan el cumplimiento de las

funciones sustantivas.

Al finalizar las funciones sustantivas del puesto descrito, es conveniente agregar de

manera genérica las funciones adjetivas que no se hayan enunciado con anterioridad:

“Realizar las actividades inherentes al puesto y todas aquellas que le sean encomendadas

por instancias superiores”.

Es importante señalar que, las leyes, reglamentos, decretos, estatutos, entre otros,

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confieren atribuciones

y facultades a las Dependencias y Entidades, y el Manual de

Organización define las funciones necesarias para cumplir con dichas atribuciones; por lo

tanto es incorrecto transcribir en la descripción de funciones dichos documentos.

5. Niveles de Coordinación.- Señala la relación que existe entre un puesto con las áreas

internas de la Dependencia o Entidad, o en su caso, con organismos externos a la

misma, considerando lo siguiente: en la parte de la coordinación interna así como en la

externa ocupar números arábigos en forma progresiva que se relacionen entre si el

“CON” y “PARA” a fin de que se identifique la relación de trabajo.

COORDINACION INTERNA

CON:

Este apartado deberá iniciar con un

artículo.

PARA:

Este apartado deberá iniciar con verbo en

infinitivo.

No transcribir textualmente las funciones del

puesto.

1. El jefe inmediato (nombre del puesto

o área).

1. Recibir instrucciones, proporcionar

información y coordinar actividades.

2. Los titulares de las Direcciones

Generales, Dirección, Coordinaciones,

Subdirección y demás áreas

administrativas.

2. Solicitar y proporcionar información, así

como coordinar actividades relativas a sus

funciones.

3. El personal subordinado. 3. Transmitir instrucciones, solicitar y

proporcionar información, así como coordinar

actividades.

COORDINACION EXTERNA

CON:

Este apartado deberá iniciar con un

artículo.

PARA:

Este apartado deberá iniciar con verbo en

infinitivo.

1. Escribir el nombre completo de

Secretarías, Entidades, Organismos

o Instituciones sin abreviar.

1. Ajustar la redacción a fin de indicar en

forma general para qué se coordina y

no transcribir textualmente las

funciones, esto es repetitivo.

Nota: El Órgano Interno de Control se considera como coordinación externa.

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Directorio:

Relación de los principales funcionarios del área descrita en el manual y los cargos que

ocupan dentro de la estructura de la Dependencia o Entidad.

Es conveniente que la secuencia de presentación sea acorde a la estructura orgánica.

Firmas de Autorización:

Indica el nombre, cargo y firma de los titulares de la Dependencia o Entidad que autorizan

el manual, así como de las áreas que los elaboran y revisan.

En el caso de las Entidades, los manuales deben ser autorizados por su Órgano de

Gobierno, con fundamento en el artículo No. 40 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del

Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

3. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

El Manual de Procedimientos es un documento que describe en forma lógica, sistemática y

detallada las actividades del área de acuerdo a sus atribuciones para la ejecución eficiente

de las mismas, señalando generalmente quién, cómo, cuándo, dónde y para qué han de

realizarse.

Los Manuales de Procedimientos por el alcance de su información se clasifican

en:

Manual General de Procedimientos.- Contiene la descripción de los

procedimientos de los puestos que se encuentren directamente subordinados

al titular de la Dependencia o Entidad.

Manual Específico de Procedimientos.- Comprende las actividades a

realizarse en un área en especial de la Dependencia o Entidad, por ejemplo:

Subsecretaría, Dirección General, Dirección, Subdirección, Departamento, etc.

3.1 CONTENIDO DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

La información que integrará el Manual de Procedimientos dependerá de lo que se

pretenda mostrar o dar a conocer con este documento, sin embargo, pueden considerarse

los siguientes puntos:

Portada

Índice

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Presentación

Estructura Orgánica

Simbología

Descripción de Procedimientos

Diagramas de Flujo

Directorio

Firmas de Autorización

El contenido del Manual de Procedimientos varía de acuerdo al objetivo de la Dependencia

o Entidad y es muy similar al de Organización, por lo que sólo se definirá la descripción de

procedimientos y los diagramas de flujo. (Ver ejemplo en Anexo IV).

3.2 DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS

El procedimiento es un conjunto de actividades ordenadas de una forma lógica,

sistemática y secuencial para realizar una o más funciones, de acuerdo a las atribuciones

conferidas a un área determinada.

En este sentido, la descripción de un procedimiento es la presentación escrita, en forma

narrativa y secuencial, de cada una de las actividades que se realizan en un

procedimiento, explicando en qué consiste, cuándo, cómo, dónde, con qué y en cuanto

tiempo se hacen; señalando el área responsable de llevarlo a cabo.

Cabe señalar que antes de iniciar la descripción de un procedimiento es importante tomar

en cuenta que toda actividad puede ser perfectible: puede mejorarse, eliminar

duplicidades o tareas innecesarias, reducir firmas, mejorar las decisiones, disminuir

tiempos y copias, reducir formatos y líneas de espera, equilibrar cargas de trabajo,

implementar nueva tecnología, entre otras.

Así mismo, cuando la descripción del procedimiento es general y comprende varias áreas,

deberá señalarse el nombre del área que hace la actividad.

La identificación del procedimiento se presenta mediante:

1.- Nombre.- Es el que se le asigna para distinguirlo, de acuerdo con la función o

actividad que se describa, debe iniciar en sustantivo, ejemplo: “Integración de la bitácora

del suministro de combustible y lubricantes de los vehículos oficiales”.

Cabe mencionar que las actividades inherentes al puesto, no se deben desarrollar como

procedimientos.

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2.- Objetivo.- Expresa claramente el resultado que se busca obtener al realizar las

actividades y operaciones que integran el procedimiento e inicia con verbo en infinitivo.

3.- Frecuencia.- Se detalla la periodicidad con que se realiza el procedimiento (diaria,

semanal, mensual, bimestral, trimestral, cuatrimestral, semestral, anual, periódica, even-

tual, etc.) Es importante señalar que la frecuencia indicada como “periódica” se utiliza para

denotar que el procedimiento no tiene periodicidad definida pero se realiza con cierta

regularidad. Asimismo, la frecuencia identificada como “eventual” se utiliza para indicar

que el procedimiento no tiene una frecuencia definida y que se realiza cuando se presente

el evento.

4.- Normas.- Refieren los lineamientos específicos contenidos en los documentos legales

y describen los lineamientos derivados de las prácticas administrativas, a los que se sujeta

la realización de una actividad o el procedimiento. Deben redactarse en afirmativo, iniciar

con sujeto y utilizar los verbos en presente. Es importante señalar que en este apartado

no se transcriben las disposiciones legales, sólo se hacen referencia.

Por ejemplo, para el procedimiento de Recepción y Revisión de Trámites de Pagos

Directos a Proveedores y Prestadores de Servicios, una norma específica que refiere un

documento legal es la siguiente:

“La Documentación soporte del Pago Directo que se tramite, debe cumplir con lo

establecido en el Código Fiscal de la Federación en su artículo 29A y con los Lineamientos

Internos establecidos por el Departamento de Recursos Financieros para la liberación de

recursos”.

Ejemplos de algunas normas derivadas de las prácticas administrativas, para el

procedimiento citado:

La Documentación soporte del trámite de Pago Directo que las áreas de la Contraloría

General presenten, debe integrarse por: Factura en original, Justificación de la

adquisición y/o contratación de servicios y el Oficio de autorización en original, a través

del cual el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales autoriza que se

realice la compra o contratación del servicio.

La Documentación soporte del trámite de Pago Directo que el Departamento de

Recursos Materiales y Servicios Generales y la Oficina de Adquisiciones presenten, debe

integrarse por: Factura en original, Pedido en un tanto, Contra recibo en un tanto,

Cuadro comparativo en un tanto, Cotizaciones en copia; y en el caso de derivarse de

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un evento de Licitación

Pública o Simplificada, anexar el Acta de Subcomité de Adquisiciones y Obras

Públicas y el Acta de fallo correspondiente en copia.

En la redacción de los objetivos y normas es necesario considerar lo siguiente:

- Evitar el uso de palabras que puedan entenderse en dos o más sentidos.

- Excluir adverbios de tiempo, lugar o modo, que denoten imprecisiones, por ejemplo:

mucho, poco o de gran responsabilidad.

Ejemplo: La documentación comprobatoria se recibe siempre y cuando cumpla con los

requisitos fiscales y de control interno establecidos.

5.- Descripción narrativa.- Es la explicación escrita, en forma lógica y secuencial, de

cada una de las actividades a realizar dentro de un procedimiento, expresa el orden en

que se desempeña el trabajo y señala el área responsable de su ejecución.

Para su redacción y presentación se consideran los siguientes criterios:

Las actividades se expresan en forma breve y precisa, e inician con un verbo en tiempo

presente, conjugado en tercera persona del singular (recibe, revisa, corrige, turna,

archiva, etc.).

La redacción de cada actividad debe ser clara, precisa y responder a las preguntas

¿Qué área es responsable de la actividad?, ¿qué hace?, ¿cómo? y ¿con qué se realiza la

actividad?

Todas las actividades descritas deben ser numeradas de manera secuencial; en el caso

de la pregunta se escribe sin número, posteriormente la numeración continúa en las

opciones derivadas de esa pregunta.

Los verbos que implican decisiones o alternativas en las actividades son: verifica,

coteja, revisa, analiza, determina, inspecciona, corrobora, compara.

En consecuencia, derivado de estas operaciones deben indicarse las diferentes

alternativas o cursos que puede tomar un procedimiento.

Las alternativas dentro de un procedimiento siempre se conectan con alguna actividad

anterior o posterior a la actividad que la originó mediante la frase: “Continúa con la

actividad número ___”. O bien, se concluye mediante un fin intermedio: “Fin”.

Cuando existan alternativas de decisión debe formularse la pregunta que dará

respuesta a las decisiones.

Asimismo, cuando se redactan se utilizan términos como “si”, “cuando”, “en caso”, etc.

23

Ejemplo:

¿Están completos los datos del trabajador?

En caso de no estar completos:

Informa al trabajador y devuelve el Formato de datos básicos del trabajador para su

afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social y la fotocopia de su Acta de

nacimiento.

Pasa el tiempo.

Continúa con la actividad número 1.

En caso de estar completos:

Integra un paquete de los Formatos de datos básicos del trabajador para su

afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social en original, recibidos durante los

primeros cuatro días del mes con el Acta de nacimiento y fotocopia ambos documentos.

Al indicar el origen, uso y destino de los documentos, se sugiere considerar la siguiente

clasificación:

Origen Uso Destino

Recibe, elabora,

obtiene, realiza,

reproduce

Revisa, verifica, fotocopia, llena,

sella, coteja, analiza, corrobora,

firma, recaba firma, imprime, folia,

autoriza, compara, corrige, etc.

Envía, turna,

distribuye, archiva,

destruye

El uso del término TURNA, se utiliza cuando se remiten documentos internamente y el

de ENVÍA es para los casos en que se remite la documentación fuera de la

organización.

Cuando en la descripción narrativa se mencione el nombre de un documento, la

primera letra del nombre deberá ir en mayúscula y en caso de que tenga clave, ésta se

colocará entre paréntesis, debe remarcarse en letras “negritas” el nombre del

documento y especificar el tipo. Por ejemplo: Acta de nacimiento en original y copia,

Boleta de calificaciones en original y copia, Solicitud de beca (DSP-3) en original.

Cuando una actividad implique utilizar un formato, se anota su nombre, hace

referencia a la trayectoria de su trámite y al número de copias.

Dentro de las actividades los nombres de los documentos, bases de datos y sistemas

de información deben ser consistentes y nombrarlos de una manera correcta.

24

La descripción del procedimiento se presenta en tres columnas, la primera señala el

área responsable de la actividad, la segunda el número de actividad y la tercera el

desarrollo de la actividad.

Al finalizar la descripción narrativa de los procedimientos es conveniente agregar la

frase en mayúsculas: FIN DEL PROCEDIMIENTO.

3.3 DIAGRAMA DE FLUJO

Es la representación gráfica de un procedimiento, el cual refleja el desarrollo de las

actividades de un área.

En los procedimientos que integran el Manual deberá existir congruencia entre la parte

narrativa y los diagramas de flujo, es decir, que cada actividad se vea reflejada en ambos

apartados.

Para su diseño y redacción se deben considerar los siguientes criterios:

Utilizar la simbología sugerida por el American National Standard Institute (ANSI) para

el desarrollo de los diagramas de flujo (Ver ejemplo en Anexo V).

Establecer claramente las actividades que integran el curso normal del procedimiento,

sin incluir situaciones esporádicas.

Mostrar de izquierda a derecha, las actividades de los procedimientos, desde la parte

superior de la hoja así como su secuencia a través de flechas.

Incluir en cada diagrama un encabezado con el nombre de la Dependencia o Entidad,

del Área Responsable y del Procedimiento.

Iniciar el procedimiento y finalizar el mismo con el siguiente símbolo:

INICIO FIN

25

Evitar mezclar en un mismo lado del símbolo varias líneas de entrada y salida.

Ejemplo:

Incorrecto Correcto

Establecer sólo una línea de unión entre dos símbolos.

Ejemplo:

Incorrecto Correcto

Representar mediante líneas rectas las líneas de unión, en caso necesario, utilizar

ángulos rectos.

UNIDAD ADMINISTRATIVA

OFICIO O

OFICIO DE NOTIFICACIÓN O

RECIBE, REALIZA Y TURNA

ELABORA

DEPARTAMENTO DE RECURSOS

HUMANOS

UNIDAD ADMINISTRATIVA

OFICIO O

OFICIO DE NOTIFICACIÓN O

RECIBE, REALIZA Y TURNA

ELABORA

DEPARTAMENTO DE RECURSOS

HUMANOS

26

Ejemplo: Incorrecto Correcto

Utilizar los símbolos con tamaño uniforme, mejorando así la presentación. Ejemplo:

Incorrecto Correcto

En cuanto a su contenido y/o uso:

En el símbolo de operación se deben plasmar únicamente los verbos que indican las

acciones a realizar en la actividad correspondiente, respetando el mismo orden,

27

Ejemplo:

Recibe de la Unidad Administrativa el Oficio de notificación en original, analiza y

determina su procedencia.

Si existen varios tantos de un documento, el original se tiene que identificar con la

letra “O” y las copias mediante dígitos “1”, “2”, “3”, etcétera. Es recomendable hacer

esta anotación en el extremo inferior derecho del símbolo:

Ejemplo:

FACTURA

O

OFICIO DE NOTIFICACIÓN

O-1

NÓMINA

O-2

Para el caso de utilizar varios documentos originales, estos se denominan “tantos” y se

indican con una letra “T” en el extremo inferior de cada documento.

En caso de utilizar varios documentos y que estos tengan el mismo origen y destino, se

puede denominar “Paquete de documentos” o “Expediente” y en el apartado de normas

se debe especificar su contenido.

El contenido del símbolo conector de actividad puede ser numérico o alfabético, éste

debe usarse de manera simultánea, es decir, para un conector de salida existe otro de

entrada, asimismo, debe enumerarse de manera consecutiva de acuerdo al número de

conectores dentro del procedimiento.

Es importante señalar, que el número del conector de salida y entrada, no se trata del

número de la actividad con la que se relaciona, sino del número consecutivo de

conector dentro del procedimiento.

28

Ejemplo:

Conector de salida Conector de entrada

CÉDULA DE REGISTRO O

COMPLEMENTA Y REGISTRA

2

CÉDULA DE REGISTRO O

VERIFICA E INTEGRA

2

Si la diagramación de un procedimiento requiere de 2 o más páginas, es recomendable

utilizar el conector de página numérico, poniendo un conector de salida para la página

que termina y uno de entrada para la que inicia, utilizándose de manera simultánea.

Es importante señalar que el número del conector no se trata del número de página

que termina o inicia, sino del número consecutivo de conector de página.

Ejemplo:

Salida entrada

1

1

29

Cuando a la mitad de la descripción narrativa del procedimiento indica que conecta

con otro se utiliza el símbolo de conector de procedimiento en el diagrama de flujo,

colocando el nombre del mismo en la parte interior del símbolo; y cuando en la

descripción narrativa del procedimiento indique después del símbolo de terminal que

indique FIN (último), con letra debajo del mismo se anota: conecta con el

procedimiento y el nombre correspondiente de éste.

Ejemplo:

En medio del procedimiento Al final del procedimiento

UNIDAD ADMINISTRATIVA

DISPONIBILIDA DE EFECTIVO

OFICIO DE NOTIFICACIÓN

O

RECIBE, ANALIZA Y DETERMINA

ELABORA

FOSES10O

RECIBE

FOSES10O

DOCUMENTOSO

ENTREGA

ALUMNO

C

FIN

CONECTA CON EL PROCEDIMIENTO:DISPONIBILIDAD DE EFECTIVO

Cuando se archive un documento la línea de flujo sale del símbolo del documento

hacia el símbolo del archivo.

Cuando se obtenga un documento del archivo la línea de flujo sale del símbolo del

archivo hacia el símbolo del documento.

Ejemplo

SOLICITUDO

ACTAO

OFICIO DE NOTIFICACIÓN O

RECIBE Y ARCHIVA

UNIDAD ADMINISTRATIVA

C

SOLICITUDO

ACTAO

OFICIO DE NOTIFICACIÓN O

RECIBE Y OBTIENE

UNIDAD ADMINISTRATIVA

C

30

3.4 ¿MANUAL DE PROCEDIMIENTOS O DE PROCESOS?

Un proceso es el conjunto de acciones o actividades sistematizadas que se realizan o

tienen lugar con un fin.

Un procedimiento es el conjunto de actividades ordenadas de una forma lógica,

sistemática y secuencial para realizar una o más funciones, de acuerdo a las atribuciones

conferidas a un área determinada, explicando detalladamente en qué consisten dichas

actividades, cuándo, cómo, dónde, con qué y en cuanto tiempo se hacen y señalando a los

responsables de llevar cabo cada una éstas.

Por tanto, se puede concluir que un procedimiento es un método de trabajo y forma parte

de un proceso. Es decir el proceso está formado por procedimientos interdependientes

unos de otros que se realizan para conseguir mayores resultados u objetivos.

Es importante señalar, que en un proceso se pueden identificar los siguientes elementos:

Entradas: son el conjunto de insumos o recursos con las características definidas

previamente que permiten ser aceptados o rechazados.

Salidas: producto, servicio o resultado destinado a los usuarios internos o externos.

Factores del proceso: formado por el conjunto de servidores públicos, materiales,

infraestructura, métodos que hacen posible la transformación de los insumos en

resultados.

Sistema de control: formado por los indicadores, sus objetivos y los cuadros de mando

resultantes para la toma de decisiones, que evalúan la marcha del proceso, permiten

corregir deficiencias y mejorar continuamente.

31

En este sentido, de conformidad con la norma UNE-EN-ISO 9000:2000, puede

considerarse como un proceso a cualquier actividad o conjunto de actividades, que utilice

recursos para transformar elementos de entrada en resultados.

Con base en lo antes mencionado, podemos concluir que los Manuales de Procesos

emitidos a través de la Norma ISO, no se contraponen a los Manuales de Procedimientos

elaborados bajo el esquema de la presente Metodología, tomando en consideración que un

proceso está formado por procedimientos interrelacionados, ejemplo:

En la Administración Pública Estatal existen instituciones que cuentan con algunos

procesos certificados bajo la norma ISO 9000:2000, por lo que para contar con sus

manuales de procedimientos, sin duplicar trabajo, deben cumplir con los siguientes

criterios:

1. Presentar ante la Dirección General de Desarrollo Administrativo, la acreditación

vigente bajo la norma ISO 9000:2000 de los procesos certificados, así como los

Manuales correspondientes a la misma.

2. Anexar un listado de los procedimientos que se encuentran incluidos en los procesos

certificados, a fin de determinar si se encuentran normados la totalidad de los

procedimientos o procesos de la dependencia o entidad.

En caso de no estar normados la totalidad de los procedimientos o procesos, éstos

deberán integrarse de acuerdo a los formatos utilizados para su certificación o en apego a

la presente Metodología.

32

4. MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS

El Manual de Trámites y Servicios integra información real y concisa acerca de los

trámites y servicios que una Dependencia o Entidad proporciona al público.

Es por ello que este Manual debe ser un documento de fácil consulta con información

clara, redacción sencilla y evitar el uso de términos técnicos que dificultan la comprensión

de los usuarios.

Para su mejor integración se deben considerar conceptos básicos como:

Trámite.- Gestión a través de la cual los particulares cumplen con las disposiciones

jurídicas, ya sea presentando o conservando información, es decir, cuando la gestión

solicitada por la Administración Pública tiene un carácter obligatorio.

Trámite de obligación. El Gobierno del Estado, por disposición de algún

ordenamiento jurídico, requiere de manera obligatoria la presentación de

determinada información, por lo que el particular debe presentarlo ante una

dependencia o entidad como condición necesaria para realizar una actividad

determinada. Esto puede implicar el pago de derechos y en caso de que el particular

no realice el trámite podría hacerlo merecedor de una sanción.

Trámite de conservación. El Gobierno del Estado, por disposición del algún

ordenamiento jurídico, requiere de manera obligatoria la conservación de

determinada información. El particular no tiene que presentarse ante ninguna

dependencia o entidad, simplemente debe conservar la información requerida.

Generalmente no hay pago de derechos y en caso de que el particular no conserve la

información este puede ser merecedor de una sanción.

Servicio.- Gestión a través del cual los particulares acuden con la autoridad, a efecto de

obtener determinados beneficios, servicios o allegarse de información. El usuario acude a

la Administración Pública sin que medie obligación, tiene un carácter potestativo.

Servicio o beneficios. La dependencia o entidad está facultada por algún

ordenamiento jurídico para otorgar a los particulares que lo soliciten, algún bien

directo tangible o intangible, que no sea una consulta, previo cumplimiento de los

33

requisitos

establecidos por el propio ordenamiento. Para hacerse acreedor a este beneficio el

particular debe presentarse en el espacio de contacto ciudadano que preste u

otorgue el mismo. El servicio o beneficio puede implicar el pago de un derecho y

en algunos casos generar alguna ventaja o privilegio de unos particulares frente a

otros según corresponda al sexo, edad, nivel de ingreso, entre otros factores. Su

realización es potestativa (opcional).

Servicio de consulta. Se entiende como tal a las gestiones en las cuales el

particular se presenta ante alguna dependencia o entidad a solicitar determinada

información. Generalmente no hay pago de derechos. Su realización es potestativa

(opcional).

Servicio de inicio de procedencia. El particular se presenta ante la dependencia o

entidad para iniciar un recurso administrativo o bien, un procedimiento que se sigue

en forma de juicio. El particular puede hacerlo de manera presencial o a través de los

medios que la dependencia o entidad ponga a su alcance. Generalmente no implica el

pago de derechos y su realización es potestativa (opcional).

Es importante señalar que no son trámites ni servicios los asuntos relacionados con:

acreedores y proveedores, procedimientos internos de la dependencia o entidad como son

recursos humanos, recursos financieros, recursos materiales y servicios generales, y

tecnologías de la información, nombres de programas institucionales ni de políticas

públicas.

4.1 OBJETIVOS DEL MANUAL

Concentrar en un documento la información real, referente a los diversos trámites y

servicios que la Dependencia o Entidad proporciona, así como de los requisitos que el

público solicitante debe realizar para obtenerlos.

Proporcionar a las áreas encargadas de atender al público un documento que sirva de

guía para orientar e informar correctamente a los usuarios.

Contribuir en la relación que existe entre las Dependencias, Entidades y el usuario, ya

sea en el ejercicio de sus derechos o en el cumplimiento de sus deberes.

Difundir entre la población en general, los servicios que se proporcionan en las

diferentes Dependencias o Entidades.

34

4.2 CONTENIDO DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS

El Manual de Trámites y Servicios varía de acuerdo con la naturaleza y los objetivos de

cada Dependencia o Entidad, por lo que se aconseja observar las siguientes

recomendaciones respecto a su contenido:

Portada

Índice

Presentación

Marco Jurídico

Estructura Orgánica

Cédulas de Trámites o Servicios Estatales

Directorio

Firmas de Autorización

Es relevante señalar que la parte central de este manual son las Cédulas de los Trámites o

Servicios Estatales que proporcionan las diferentes áreas y deben llenarse de la siguiente

manera:

35

Dependencia: Fecha de Actualización

INFORMACIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

Clave de registro Nombre del trámite o servicio Modalidad

¿El trámite o servicio corresponde a un Programa Presupuestario?

Sí No Otro

¿Quién debe o puede solicitar el trámite o servicio? ¿En qué casos se puede o debe solicitar el trámite

o servicio? Trámite Servicio

.

Obligación Conservación Beneficio Consulta Inicio de procedencia

Costo:

Comprobante a obtener:

¿Qué efectos tendría la eliminación de este trámite o servicio? Tiempo de respuesta:

Vigencia:

Formato a utilizar:

Derecho del usuario ante la falta de respuesta:

Requisitos: O C D Afirmativa ficta Negativa ficta No aplica

Fundamento jurídico

De los requisitos:

Del tiempo de respuesta:

Del costo:

O = Original, C = Copia y D = Digital

36

INFORMACIÓN DEL ESPACIO DE CONTACTO AL CIUDADANO

Entidad o Área responsable Oficina en la que se realiza el trámite o servicio Teléfono de la oficina

Ubicación de la oficina Horario de atención al usuario

INFORMACIÓN PARA CONSULTAS Y QUEJAS

Nombre y cargo del responsable Domicilio Horario de atención

Teléfonos Correo electrónico

Consultas

Quejas x

INFORMACIÓN PARA TRÁMITES Y SERVICIOS EMPRESARIALES

Tamaño de la empresa Actividad empresarial sujeta a este

trámite o servicio Propósito Momento de la apertura

Micro Pequeña Mediana Grande Industrial Comercial Servicios Apertura Operación Constitución Construcción Instalación

NOMBRE DEL RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN CARGO DEL RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN FIRMA DEL RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN

37

Instructivo de llenado.

En donde dice: Se anotará:

Dependencia o Entidad: El nombre de la Dependencia o Entidad que requiere el trámite u ofrece el servicio.

Fecha de solicitud de registro: ó

Fecha de actualización

La fecha en que la dependencia o entidad solicita a la Contraloría General y a la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario, la inscripción del trámite o servicio en el Registro Estatal de Trámites y Servicios (RETS), anotando en el primer cuadro dos dígitos para indicar el día, en el segundo dos para el mes y en el tercero dos para el año, ocupando el mismo recuadro para la fecha de actualización de la cedula.

Clave de registro La dependencia o entidad dejará en blanco ese espacio dejando que dicha clave sea asignada por la Contraloría General una vez que el trámite o servicio sea incluido en el Registro Estatal de Trámites y Servicios.

¿El trámite o servicio corresponde a un Programa Presupuestario?

Una X en la opción que corresponda considerando las siguientes opciones: Sí en caso de que el trámite o servicio sea regido por un Programa Presupuestario; No si el trámite o servicio no está regido por un Programa Presupuestario; Otro cuando el trámite o servicio corresponda a una actividad institucional.

Nombre del trámite o servicio

El nombre completo del trámite o servicio que se realiza o presta en la dependencia o entidad. Deberá contar con la estructura siguiente: Iniciar con una palabra que señale la acción que realiza el particular (solicitud, entrega, envío, presentación, conservación, etc.); continuar con el objeto del trámite o servicio (que se solicita; que se entrega; que se envía, que se presenta, que se conserva, etc.) y finalizar con el objetivo específico que persigue el particular. (Sustantivo de un verbo + el que + el para qué).

Tramite o servicio

Una X en uno de los cinco cuadros para especificar si es un trámite o servicio y de qué tipo, considerando las definiciones siguientes: Trámite de obligación. El Gobierno del Estado, por disposición de algún ordenamiento jurídico, requiere de manera obligatoria la presentación de determinada información, por lo que el particular debe presentarlo ante una dependencia o entidad como condición necesaria para realizar una actividad determinada. Esto puede implicar el pago de derechos y en caso de que el particular no realice el trámite podría hacerlo merecedor de una sanción. Trámite de conservación. El Gobierno del Estado, por disposición del algún ordenamiento jurídico, requiere de manera obligatoria la conservación de determinada información. El particular no tiene que presentarse ante ninguna dependencia o entidad, simplemente debe conservar la información requerida. Generalmente no hay pago de derechos y en caso de que el particular no conserve la información este puede ser merecedor de una sanción. Servicio o beneficios. La dependencia o entidad está facultada por algún ordenamiento jurídico para otorgar a los particulares que lo soliciten, algún bien directo tangible o intangible, que no sea una consulta, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el propio ordenamiento. Para hacerse acreedor a este beneficio el particular debe presentarse en el espacio de contacto ciudadano que preste u otorgue el mismo. El servicio o beneficio puede implicar el pago de un derecho y en algunos casos generar alguna ventaja o privilegio de unos particulares frente a otros según corresponda al sexo, edad, nivel de ingreso, entre otros factores. Su realización es potestativa (opcional). Servicio de consulta. Se entiende como tal a las gestiones en las cuales el particular se presenta ante alguna dependencia o entidad a solicitar determinada información. Generalmente no hay pago de derechos. Su realización es potestativa (opcional). Servicio de inicio de procedencia. El particular se presenta ante la dependencia o entidad para iniciar un recurso administrativo o bien, un procedimiento que se sigue en forma de juicio. El particular puede hacerlo de manera presencial o a través de los medios que la dependencia o entidad ponga a su alcance. Generalmente no implica el pago de derechos y su realización es potestativa (opcional).

¿Quién debe o puede solicitar el trámite o servicio?

Si corresponde a persona física, moral o institución gubernamental la que esté obligada a realizar un trámite o facultada para solicitar un servicio. Deberá incorporar características específicas de quien puede o debe solicitar el trámite o servicio, por ejemplo, sexo, edad, condición social, tipo de empresa, actividad económica, etc.

¿En qué casos se puede o debe solicitar el trámite o servicio?

Las condiciones que se deben cumplir para realizar el trámite o solicitar el servicio.

Costo

El importe en pesos que debe cubrir el usuario para que se le otorgue el servicio o realizar el trámite. Cuando el Código de Derechos señale el pago de derechos en unidad de medida actualizada, la dependencia o entidad deberá hacer la conversión de los mismos a pesos. Deberá escribir el costo total del trámite o servicio incluyendo el pago de impuestos adicionales al pago del derecho. En caso de que no genere algún costo se deberá ocupar la palabra “Gratuito”

38

En donde dice: Se anotará:

Comprobante a obtener El o los documentos finales que recibirá el usuario al realizar el trámite o servicio solicitado.

Tiempo de respuesta El lapso de tiempo que requiere la oficina responsable para atender la solicitud del usuario y realizar el trámite o prestar el servicio, es decir; el proceso total de la gestión. Este debe ser expresado en meses, semanas, días, horas o minutos.

Derecho del usuario ante la falta de respuesta

Una X si una vez que se ha cumplido el tiempo de respuesta y el solicitante del trámite o servicio no ha recibido una resolución de su gestión, aplica una afirmativa ficta o negativa ficta, para lo cual se entenderá como tal, lo siguiente: Afirmativa ficta: Decisión normativa de carácter administrativo por la cual todas las peticiones por escrito de los ciudadanos, usuarios, empresas o entidades que se hagan a la autoridad pública, si no se contestan en el plazo que marca la ley o las disposiciones administrativas se consideran aceptadas, bastando para ello conservar la copia del acuse de la solicitud realizada ante la instancia competente. La negativa ficta es la decisión normativa en el sentido opuesto.

¿Qué efectos tendría la eliminación de este trámite o servicio?

Una breve explicación de las consecuencias que traería no solicitar este trámite u ofrecer este servicio, tanto para el gobierno del Estado como para los usuarios de estas gestiones.

Vigencia El periodo de tiempo en que tendrá validez oficial el comprobante del trámite o servicio realizado o solicitado. Deberá ser expresado en meses, semanas, días, horas o minutos. En caso de no tener vigencia se ocupará la palabra “Indefinida”

Formato a utilizar

El nombre y clave de los formatos necesarios que debe llenar el usuario para realizar el trámite o servicio. Las dependencias y entidades deberán publicar en su página web los formatos relacionados con los trámites y servicios, a fin de facilitar y agilizar su atención. Anexar copia del (los) formato (s) a utilizar por el usuario en medio electrónico. Si la solicitud se hace por escrito sin mediación de formato deberá especificar que es mediante escrito libre.

Requisitos

La documentación o condiciones que debe cumplir el usuario para realizar el trámite o servicio. Es importante especificar el tipo de documento que se solicita y la cantidad, es decir, originales, fotocopias sencillas, copias certificadas, etc. En el caso de las fotografías deberá especificarse el tamaño, cantidad y las características necesarias.

Fundamento jurídico

Es la base legal específica que le atribuye al área responsable la prestación del trámite o servicio. Este debe considerar toda la normatividad jurídica que faculta para tal fin desde la Constitución, en su caso, hasta los reglamentos, lineamientos y políticas administrativas aplicables. Debe indicarse en el siguiente orden: Artículo, fracción, inciso y párrafo en su caso, y posteriormente el nombre del documento normativo.

Área responsable El área que tiene asignación financiera en el presupuesto del Estado, a la cual está adscrita la oficina que proporciona el trámite o servicio, de acuerdo a la estructura orgánica vigente de la Dependencia o Entidad.

Oficina en la que se realiza el trámite o servicio El nombre del o las áreas en donde se lleva a cabo el trámite o servicio, de acuerdo a la estructura orgánica vigente de la Dependencia o Entidad.

Teléfono de la oficina El número telefónico completo con clave Lada de la localidad en donde se encuentra ubicada la oficina donde se realiza el trámite o servicio.

Ubicación de la oficina El domicilio completo (calle, número, fraccionamiento o colonia, código postal, localidad y municipio) de la oficina donde acudirá el usuario a realizar el trámite o solicitar el servicio.

Horario de atención al usuario El lapso de tiempo en el que puede presentarse el usuario a realizar el trámite o solicitar el servicio. Este debe indicar los días y en su caso los turnos de atención.

Nombre y cargo del responsable para consultas El nombre del servidor público que tiene conocimiento del trámite o servicio realizado ante la dependencia o entidad y que tiene la facultad para proporcionar orientación acerca del mismo.

Domicilio El domicilio completo (calle, número, fraccionamiento o colonia, código postal, localidad y municipio) en donde encontrar al responsable para realizar una consulta.

Horario de atención El lapso de tiempo en que puede el usuario de un trámite o servicio realizar una consulta ante el responsable que corresponda.

Teléfonos El número telefónico completo con clave Lada de la localidad, del responsable para consultas relacionadas con el trámite o servicio ofrecido por la dependencia o entidad. Incluir el número de extensión en caso de que se tenga.

Correo electrónico La dirección de correo electrónico que el responsable de consultas relacionadas con el trámite o servicio, pone a disposición de los usuarios para atenderle.

39

En donde dice: Se anotará:

Nombre y cargo del responsables para quejas El nombre del servidor público facultado recibir una queja derivada de mala atención por parte de los servidores públicos del espacio de contacto ciudadano y dar respuesta, puede ser el correspondiente al Órgano Interno de Control.

Domicilio El domicilio completo (calle, número, fraccionamiento o colonia, código postal, localidad o municipio) en donde encontrar al responsable para presentar una queja, puede ser el correspondiente al Órgano Interno de Control.

Horario de atención El lapso de tiempo en que puede el usuario de un trámite o servicio interponer una queja ante el responsable que corresponda, puede ser el correspondiente al Órgano Interno de Control.

Teléfonos

El número telefónico completo con clave Lada de la localidad, del responsable para quejas relacionadas con el trámite o servicio ofrecido por la dependencia o entidad. Incluir el número de extensión en caso de que se tenga. Puede ser el correspondiente al Órgano Interno de Control.

Correo electrónico La dirección de correo electrónico que el responsable de quejas relacionadas con el trámite o servicio, pone a disposición de los usuarios para atenderle. Puede ser el correspondiente al Órgano Interno de Control.

Tamaño de la empresa

Una X si el tamaño de la empresa regulada a través del trámite es micro, pequeña, mediana o grande. Micro empresa: las que ocupan hasta 10 empleados y un rango de monto de ventas anuales hasta de 4 millones de pesos tanto para la industria, el comercio y los servicios. El tope máximo combinado debe ser de 4.6. Pequeña empresa: las que ocupan de 11 a 50 empleados en industria, de 11 a 30 en comercio y de 11 a 50 en servicios. Así como un rango de monto de ventas anuales que va de 4.01 hasta 100 millones de pesos para los tres tipos de actividad económica. El tope máximo combinado es de 95 en industria, 93 en comercio y 95 en servicios. Mediana empresa: las que ocupan entre 51 a 250 empleados en industria, 31 a 100 en comercio y de 51 a 100 en servicios. Las tres actividades con un rango de monto de ventas anuales de 100.1 hasta 250 millones de pesos. El tope máximo combinado es de 250 en Industria, 235 en comercio y 235 en servicios. Grande empresa: Resto de empresas que la Secretaría de Economía no considera dentro de los criterios para medir las empresas PYMES. Tope Máximo Combinado = (Número de trabajadores) x 10% + (Monto de ventas anuales) x 90% Nota: Según publicación D.O.F. del 30 de junio de 2009.

Actividad empresarial sujeta a este trámite o servicio

Una X si el giro de la empresa está relacionado con las actividades: industrial, comercial o servicio. Industrial: agrupa a los giros cuyas operaciones están destinadas a la obtención, transformación y transporte de materias primas. Comercial: agrupa giros relacionados con el vender, comprar o intercambiar géneros o productos para obtener beneficios. Servicios: agrupa giros de actividad destinados a satisfacer necesidades del público: servicio médico, de limpieza, de atención al cliente.

Propósito

Una X para señalar el momento en que el trámite se lleva a cabo, si es durante la apertura o durante la operación. Apertura: acto en que las empresas dan principio a sus funciones, refiere al menos una de las gestiones de Constitución, Construcción e Instalación e inicio de operaciones en un determinado territorio. Operación: se considera a todas las actividades propias de la empresa una vez que ha iniciado sus actividades. En este período se reportan gestiones por cambios de razón social, denominación, giro, producción de nuevas líneas de producto, permisos para importar o exportar insumos o productos terminados, cambios en las instalaciones de la empresa, entre otras.

Momento de la apertura

Una X para señalar el momento de la apertura: Constitución, Construcción e Instalación. Constitución: es el proceso a través del cual se estructura jurídicamente una empresa de acuerdo a lo que establece la Ley Federal para el Fomento a la Microindustria; el Código de Comercio; el Reglamento del Registro Público de Comercio y demás leyes en la materia. Construcción: el proceso a través del cual la empresa realiza las gestiones necesarias para crear la infraestructura adecuada a la actividad económica a desempeñar, en función a las leyes en materia de uso de suelo, equilibrio ecológico y protección al ambiente, protección civil, riesgos sanitarios, entre otras. Instalación: se consideran aquellos trámites realizados por las empresas una vez que se han constituido y construido, a fin de poder iniciar operaciones legalmente; incluye gestiones en materia de salubridad, seguridad social, registro de descargas a fuentes de agua y emisiones atmosféricas, permisos por la utilización de instalaciones especiales, contratación de servicios de electricidad, drenaje y agua potable etc.

Nombre del responsable de la información El nombre completo del titular del área responsable que da visto bueno a la información contenida en la cédula de trámites y servicios estatales.

Cargo del responsable de la información El cargo del titular del área responsable, dando visto bueno a la información contenida en la cédula de trámites y servicios estatales.

Firma del responsable de la información Firma del titular del área responsable de validar la información.

40

ANEXOS

41

ANEXO I.

CUESTIONARIO

1.- Nombre del servidor público____________________________________________

2.- Nombre del puesto___________________________________________________

3.- Ubicación física en la estructura orgánica _________________________________

4.- Área de adscripción __________________________________________________

5.- Nombre y puesto del jefe inmediato _____________________________________

6.- Nombre y puesto de los subordinados inmediatos

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

7.- Descripción general del puesto (en qué consiste su trabajo; qué funciones realiza

en general; qué fin tiene, etc.)

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

8.- Describa las actividades que realiza diariamente y el objetivo de éstas:

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

9.- Describa las actividades de periodicidad definida, ya sea semanal, quincenal,

mensual, etc. y para qué se realizan

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

10.- Describa las relaciones de coordinación que requiere el puesto con otras áreas de

su Dirección y otras áreas de la Dependencia y ¿para qué se realizan?

42

11.- Describa las relaciones de coordinación con otras Dependencias o Entidades y

¿para qué se realizan?

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

12.- Especifique la información documental (reportes, listados, resúmenes, etc.) que

elabora en su trabajo:

DOCUMENTO NO. DE

COPIAS

OBJETIVO DE SU

ELABORACIÓN

LO ENVIA A (DEPTO.

OFNA. ETC.)

OBJETIVO DEL

ENVIO

13.- Especifique la información documental (reportes, listados, resúmenes, etc.) que

recibe en su trabajo:

DOCUMENTO NO. DE

COPIAS

RECIBE DE DEPTO.

OFNA., ETC. CON OBJETO DE LO TURNA A:

14.- Sugerencias y comentarios:

_______________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________________________

43

MANUAL GENERAL

DE ORGANIZACIÓN DE

LA CONTRALORÍA GENERAL

Elaboró: Unidad Administrativa

Xalapa, Ver., octubre 2017

ANEXO II

APARTADOS DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Portada

44

Índice

Presentación I

Antecedentes II

Marco Jurídico III

Atribuciones IV

Estructura Orgánica V

Descripción de Puestos VI

Titular de la Contraloría General 1

Titular de la Dirección Jurídica 6

Titular de la Unidad Administrativa 9

Titular de la Unidad de Género 13

Titular de la Unidad de Transparencia 16

Titular de la Dirección General de Fiscalización Interna 21

Titular de la Dirección General de Fiscalización a Fondos Federales 26

Titular de la Dirección General de Transparencia, Anticorrupción y Función Pública 30

Directorio VII

Firmas de Autorización VIII

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Presentación

Para satisfacer las necesidades de la población, el Estado está obligado a implementar estructuras de

gobierno eficaces y eficientes, que permitan una sana administración pública.

En este sentido, regenerar la competitividad gubernamental es indispensable para cumplir con los fines

del gobierno, por lo que en el Plan Veracruzano de Desarrollo 2016-2018 se establece entre otras

estrategias: “Renovar la estructura de la administración pública estatal con criterios de calidad”. Para

lograrlo, se plantea además como una acción necesaria: “Elaborar manuales administrativos con criterios

de eficiencia y eficacia”.

La Contraloría General, en cumplimiento a estos preceptos, llevó a cabo la actualización de su marco

administrativo, el cual detalla las actividades que de manera sistemática realizan cada una de las áreas

que la integran.

El presente Manual de Organización es el resultado del proceso de actualización, realizado conjuntamente

por la Dirección General de Transparencia, Anticorrupción y Función Pública y la Unidad Administrativa.

Es un documento normativo que precisa las disposiciones jurídicas que rigen la actuación de la

Contraloría General, define su esquema de organización, sus funciones, responsabilidades y relaciones

de coordinación de cada una de las áreas que la integran, lo cual le permite cumplir efectivamente con las

atribuciones que le confiere el Reglamento Interior de la Contraloría General y está integrado por los

siguientes apartados:

Antecedentes, donde se describen los cambios organizacionales y funcionales que ha experimentado el área desde su creación.

Marco jurídico, en el que se mencionan los documentos que norman su funcionamiento y el ejercicio de sus atribuciones.

Atribuciones, que refiere aquellas asignadas en el Reglamento Interior.

Estructura Orgánica, que muestra las áreas que integran la Contraloría General.

Descripción de puestos, apartado que contempla la identificación, las funciones y las relaciones de coordinación de los puestos hasta el nivel mínimo sustantivo.

Directorio, que enlista los nombres de los principales servidores públicos de la Dependencia y

Firmas de autorización, a través de las cuales se precisa la responsabilidad de cada área en la elaboración, revisión y autorización del documento.

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Antecedentes

La Contraloría General se crea como una Dirección General, dependiente de la Secretaría General de

Gobierno; sustentando su creación en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, publicada

en la Gaceta Oficial del 17 de agosto de 1985, en la cual se establecen sus atribuciones; mediante el

decreto No. 58 de modificación a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, publicado en la

Gaceta Oficial del 30 de diciembre de 1989, se instituye como la Contraloría General del Estado,

dependiendo jerárquicamente del Ejecutivo Estatal.

A partir de esta fecha, da cumplimiento a sus atribuciones como órgano encargado del control y la

evaluación gubernamental, así como de la inspección, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos,

recursos y obligaciones de la Administración Pública Estatal centralizada y paraestatal. Para tal efecto,

establece su estructura orgánica con las Direcciones Generales de Control y Evaluación, Auditoría

Gubernamental, Responsabilidades y Situación Patrimonial, Coordinación Administrativa y Coordinación

de Informática, la cual estuvo vigente hasta diciembre de 1998.

Sin embargo, dos acontecimientos en un contexto nacional hacen impostergable replantear sus

propósitos, funciones y ámbitos de actuación; primero, las políticas delineadas por la Secretaría de la

Contraloría y Desarrollo Administrativo, ahora de la Función Pública como órgano rector en la materia, a

nivel federal, enfocadas a reforzar los esquemas de modernización y desarrollo de la administración

pública, como elementos fundamentales en el proceso de Reforma del Estado y segundo, la necesidad

de incrementar la productividad global de la economía, y la aceleración del proceso democrático que vivía

el país en esa década, que requerían de una administración pública más accesible, moderna y eficiente.

Por lo que la Contraloría General del Estado, se transformó de una dependencia eminentemente

fiscalizadora y sancionadora en una instancia preventiva, promoviendo el quehacer gubernamental. Para

tal fin, emite su Reglamento Interior, en mayo de 1999, mediante el cual se crean la Dirección General de

Desarrollo Administrativo y la Dirección de Asuntos Jurídicos. Así mismo se cambia la denominación de la

Coordinación Administrativa por la Dirección General de Administración y Finanzas, además, los Órganos

Internos de Control de las Dependencias y Entidades, se adscriben jerárquicamente a la Contraloría

General.

Con la modificación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz-Llave, publicada el

19 de mayo del 2000, se adiciona a la Contraloría General la atribución de “Llevar el registro y control

de las propiedades inmuebles de la Administración Pública Estatal, así como …

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Marco Jurídico

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Leyes:

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

...

Códigos y Decretos:

Código Nacional de Procedimientos Penales.

Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

...

Reglamentos:

Reglamento Interior de la Contraloría General.

Reglamento Interior del Comité para las Adquisiciones y Obras Públicas del Gobierno del Estado.

Reglamento de la Ley Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público.

Reglamento de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

...

Otros:

Plan Veracruzano de Desarrollo 2016-2018.

...

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Atribuciones

De acuerdo con el artículo 23 del Reglamento Interior de la Contraloría General, publicado en la Gaceta Oficial del Estado No. Ext. 314 de fecha 8 de agosto de 2017, son facultades del Titular de la Dirección General de Transparencia, Anticorrupción y Función Pública, las siguientes:

I. Desarrollar los sistemas y procedimientos para la promoción y difusión de las acciones para la prevención y vigilancia en materia de la transparencia y combate a la corrupción, en coordinación con la Dirección General de Fiscalización Interna y los Órganos Internos de Control de las Dependencias y Entidades;

II. Realizar acciones de evaluación sectorial en campo en cuanto al cumplimiento de las medidas de

transparencia y anticorrupción en coordinación con la Dirección General de Fiscalización Interna y los Órganos Internos de Control de las Dependencias y Entidades, para determinar las calificaciones sobre estos temas y derivar de ellas un esquema de incentivos y reconocimientos;

III. Estructurar el programa de capacitación en los temas de transparencia y combate a la corrupción;

IV. Proponer la generación o actualización de leyes, reglamentos, normas y directrices necesarias en

materia de transparencia y anticorrupción;

V. Incoar en el ámbito de la competencia de la Contraloría, el procedimiento disciplinario administrativo a los servidores y ex servidores públicos del Poder Ejecutivo que en ejercicio de sus funciones realicen conductas contrarias a los valores morales y principios éticos que deben observar y bajo los cuales deben conducirse los mismos, en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, de conformidad con el Código de Ética de los Servidores Públicos de la entidad, así como en lo estipulado por las leyes de la materia;

VI. Tramitar, sustanciar y resolver los procedimientos disciplinarios administrativos derivados de las

quejas, denuncias, así como de la Fiscalización Interna relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones de los servidores y ex servidores públicos de las Dependencias y Entidades, así como de todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos públicos en términos del ordenamiento legal aplicable;

VII. Citar al presunto responsable, a la audiencia de ley correspondiente en los términos de la ley de la materia;

VIII. Ordenar la práctica de las diligencias de investigación que se estimen procedentes y citar a otra u

otras audiencias, cuando no se hayan agotado las diligencias necesarias para emitir la resolución respectiva;

IX. Emitir cuando proceda, la determinación de suspensión temporal de los presuntos responsables de

sus cargos, empleos o comisiones en los términos del ordenamiento legal de la materia, si de la sustanciación del procedimiento o investigaciones una vez analizadas las constancias de autos, se desprenden elementos que hagan pertinente la citada medida sujeta a confirmación o modificación;

X. Practicar las diligencias que se estimen procedentes, a fin de integrar debidamente el expediente relacionado con presuntas irregularidades cometidas por servidores y ex servidores públicos de la Administración Pública Estatal; …

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Estructura Orgánica

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Identificación

Nombre del Puesto: Titular de la Contraloría General.

Jefe (a) inmediato(a): Gobernador(a) del Estado.

Subordinados(as) Inmediatos(as):

Área de Apoyo del C. Contralor(a). Titular de la Dirección Jurídica. Titular de la Unidad Administrativa. Titular de la Unidad de Género. Titular de la Unidad de Transparencia. Titular de la Dirección General de Fiscalización Interna. Titular de la Dirección General de Fiscalización a Fondos Federales. Titular de la Dirección General Transparencia, Anticorrupción y Función Pública.

Suplencia en caso de ausencia temporal:

La o el servidor público que designe la o el Titular del Poder Ejecutivo del Estado.

Descripción general

La o el Titular de este puesto es responsable de dirigir las funciones de control, vigilancia, evaluación y modernización en la Administración Pública Estatal, con la finalidad de verificar que los recursos humanos, financieros, tecnológicos y materiales se administren con apego a las disposiciones normativas aplicables, y conforme a los criterios de eficiencia, eficacia y transparencia, para dar cumplimiento a las metas establecidas en el Plan Veracruzano de Desarrollo y así proporcionar servicios de calidad a la sociedad veracruzana.

Ubicación en la estructura orgánica

Fecha Elaboró Revisó Autorizó

Elaboración Autorización Dirección General de Transparencia, Anticorrupción

y Función Pública

Contraloría General

Contraloría General

Octubre, 2017 Octubre, 2017

Descripción de puestos

ÁREA DE APOYO DEL C. CONTRALOR(A)

UNIDAD DE TRANSPARENCIA

DIRECCIÓN JURÍDICA

UNIDAD DE GÉNERO

UNIDAD ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN

INTERNA

DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN A FONDOS FEDERALES

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA, ANTICORRUPCIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

GOBERNADOR(A) DEL ESTADO

CONTRALORÍA GENERAL

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Funciones

1. Establecer y dirigir las políticas públicas para el cumplimiento de las atribuciones de la Contraloría General, en apego a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el Reglamento Interior y la normatividad aplicable en la materia.

2. Determinar la planeación y coordinación de las actividades encaminadas a la instrumentación, seguimiento y evaluación de los programas sectoriales, regionales y especiales de la Contraloría General, con la participación que corresponda, en su caso de las Dependencias y Entidades, con el propósito de asegurar su cumplimiento.

3. Someter a la consideración de la o el Gobernador del Estado, los asuntos competencia de la Contraloría General, así como los programas sectoriales, regionales y especiales previstos en el Plan Veracruzano de Desarrollo, para su aprobación.

4. Desempeñar las comisiones y funciones especiales que le encomiende la o el Titular del Ejecutivo del Estado, manteniéndolo informado sobre el desarrollo de las mismas.

5. Disponer la emisión de políticas, normas y lineamientos para la organización y funcionamiento del Sistema Estatal de Control y Evaluación Gubernamental, así como verificar su cumplimiento.

6. Planear e instrumentar el Programa de Fiscalización Interna, de Transparencia, Anticorrupción y Función Pública, en el ámbito de competencia de la Contraloría, con el fin de verificar y evaluar el ejercicio del gasto público, el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de gestión, así como la actuación de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones.

7. Establecer la coordinación y colaboración con la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, el Órgano de Fiscalización Superior del Estado y con las Dependencias Federales y autoridades de otras Entidades Federativas en materia de fiscalización interna que comprende auditoría, control y evaluación gubernamental; transparencia y combate a la corrupción; modernización de los servicios públicos; contraloría social y capacitación.

8. Establecer la coordinación y colaboración con los órganos de control administrativos de los Poderes Legislativo y Judicial del Estado, así como de los municipios, para el eficaz cumplimiento de sus atribuciones, suscribiendo los acuerdos y convenios correspondientes en términos de la legislación aplicable.

9. Impulsar políticas y lineamientos que fortalezcan la revisión y el control interno de los recursos, así como la evaluación de la gestión pública, para contribuir en la prevención y disminución de las prácticas de corrupción, así como promover y fomentar la transparencia en las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado.

25. Realizar todas aquellas actividades que le asigne la o el Gobernador del Estado y las demás que expresamente le atribuyan las leyes del Estado, el Reglamento Interior de la Contraloría General y demás disposiciones legales aplicables.

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Coordinación interna

CON PARA

1. La o el Gobernador del Estado. 2. El personal subordinado.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información y

coordinar actividades. 2. Transmitir instrucciones, solicitar y proporcionar

información, así como coordinar actividades.

Coordinación externa

CON PARA

1. La Secretaría de la Función Pública. 2. La Auditoría Superior de la Federación. 3. La Comisión Permanente de Contralores

Estados-Federación. 4. Las Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Estatal.

5. La H. Legislatura del Estado.

6. Los Poderes Legislativo y Judicial del Estado, así como los Municipios.

7. El Órgano de Fiscalización Superior del Estado. 8. La ciudadanía.

1. Convenir, disponer y vigilar las acciones para el

buen desempeño de los servidores públicos, su capacitación y profesionalización, así como la fiscalización de recursos federales.

2. Proporcionar la información y atención

necesarias a las auditorías ordenadas para la fiscalización de la Cuenta Pública.

3. Participar en las acciones de coordinación de

esa instancia con la Secretaría de la Función Pública.

4. Vigilar la correcta aplicación de los recursos, el

buen desempeño de los servidores públicos, así como para la evaluación gubernamental y el desarrollo administrativo.

5. Comparecer e informar, a petición de ésta, del

estado que guarda el despacho de asuntos competencia de la Contraloría.

6. Suscribir acuerdos y convenios en términos de la legislación aplicable.

7. Establecer la coordinación y colaboración en los asuntos de sus respectivas competencias.

8. Atender las solicitudes presentadas para darle solución a la problemática o requerimiento de que se trate, para trabajar en beneficio de la sociedad.

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DIRECTORIO

Act. Ramón Figuerola Piñera Contralor General

M.A. Arturo Delgado Ávila Director General de Fiscalización Interna

M.A. Taurino Caamaño Quitano Director General de Fiscalización a Fondos Federales

Lic. Pedro José Vargas Zarrabal Director General de Transparencia, Anticorrupción y Función Pública

Mtro. Roberto Guerrero Reyes Director Jurídico

L.C. Felipe de Jesús Santiago Virgen Jefe de la Unidad Administrativa

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FIRMAS DE AUTORIZACIÓN

ELABORACIÓN

_________________________________

LIC. PEDRO JOSÉ VARGAS ZARRABAL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPARENCIA,

ANTICORRUPCIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

REVISIÓN

__________________________________________

L.C. FELIPE DE JESÚS SANTIAGO VIRGEN JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA

AUTORIZACIÓN

__________________________________________

ACT. RAMÓN FIGUEROLA PIÑERA CONTRALOR GENERAL

Ejemplo del apartado de firmas de autorización para dependencia.

NOTAS:

ELABORACIÓN.- Área que tenga la atribución de acuerdo con el Reglamento Interior

de la Dependencia para la elaboración de los Manuales Administrativos, por ejemplo:

Unidad Administrativa, Dirección de Administración, Unidad de Planeación, etc.

REVISIÓN: Para manuales generales, firman todos los titulares de las áreas de la

Dependencia que estén directamente subordinados al titular.

Para manuales específicos, firma el titular del área correspondiente.

AUTORIZACIÓN.- Titular de la Dependencia.

55

FIRMAS DE AUTORIZACIÓN

ELABORACIÓN

_________________________________

AREA CORRESPONDIENTE

REVISIÓN

__________________________________________

AREA CORRESPONDIENTE

AUTORIZACIÓN

INTEGRANTES DEL LA H. JUNTA DE GOBIERNO

_________________________________

PRESIDENTE

________________________________

SECRETARIO

_________________________________

VOCAL

Ejemplo del apartado de firmas de autorización para Entidad

NOTAS:

ELABORACIÓN.- Área que tenga la atribución de acuerdo con el Decreto de Creación

o reglamento interior de la Entidad para la elaboración de los Manuales

Administrativos, por ejemplo: Unidad Administrativa, Dirección de Administración,

Unidad de Planeación, etc.

REVISIÓN: Para manuales generales, firman todos los titulares de las áreas de la

Entidad que estén directamente subordinados al titular.

Para manuales específicos, firma el titular del área correspondiente.

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AUTORIZACIÓN.- Los integrantes del Órgano de Gobierno ó H. Junta Directiva que

participen en la sesión en la que se autorice el documento.

ANEXO III Verbos comunes para describir

Funciones específicas Acreditar Conservar Emplazar Intervenir Publicar

Actualizar Consolidar Entablar Investigar Realizar

Adecuar Contratar Enterar Jerarquizar Recabar

Administrar Contribuir Enviar Manejar Recibir

Analizar Controlar Establecer Mantener Recopilar

Aplicar Convocar Estimar Marcar Registrar

Apoyar Cuantificar Estudiar Notificar Regular

Asegurar Definir Expedir Observar Rehabilitar

Asignar Depurar Fijar Obtener Remitir

Atender Desahogar Fincar Operar Rendir

Autorizar Desarrollar Fomentar Opinar Representar

Canalizar Designar Formular Orientar Requerir

Capacitar Detectar Fundamentar Otorgar Resolver

Captar Determinar Generar Participar Reunir

Capturar Diagnosticar Gestionar Planear Revisar

Certificar Dictaminar Globalizar Practicar Sancionar

Clasificar Dictar Grabar Preparar Seleccionar

Coadyuvar Difundir Hacer Prestar Sistematizar

Codificar Diseñar Identificar Prever Solicitar

Colaborar Disponer Impartir Procesar Sugerir

Compatibilizar Distribuir Implantar Producir Suministrar

Compilar Divulgar Informar Programar Tramitar

Comprobar Documentar Inscribir Promover Turnar

Comunicar Efectuar Inspeccionar Proponer Validar

Concentrar Ejecutar Instruir Proporcionar Valorar

Conciliar Ejercer Instrumentar Proteger Verificar

Conducir Elaborar Integrar Proveer Vigilar

Conformar Emitir Interpretar Proyectar Vincular

Verbos comunes para

Indicar funciones

DIRECCIONES SUBDIRECCIONES DEPARTAMENTOS

Planear Organizar Organizar

Organizar Integrar Integrar

Dirigir Dirigir Operar

Controlar Controlar Programar

Autorizar Supervisar Informar

Evaluar Desarrollar Proponer

Definir Formular Sistematizar

Establecer Instrumentar Participar

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ANEXO IV

Ejemplo de procedimiento

Procedimiento

Nombre: Recepción de materiales y útiles de oficina, material de limpieza, material y útiles de cómputo, material fotográfico, refacciones, accesorios y herramientas, partes de equipo de cómputo, neumáticos, materiales y suministros varios, material eléctrico.

Objetivo: Verificar la entrega de artículos por parte de los proveedores, de acuerdo a las condiciones y características establecidas en el Pedido y registrar la entrada del material al Almacén.

Frecuencia: Periódica.

Normas

La recepción de artículos debe realizarse en forma completa, no debe aceptarse entregas parciales, con la excepción de haberse establecido en el Pedido. El proveedor debe entregar la Factura en original y copia a la Oficina de Servicios Generales y Control de Inventarios para obtener el sello de recibido. Los artículos recibidos deben detallarse en el Kardex por artículo para mantener actualizada la información de existencias. La entrada de artículos a la Oficina de Servicios Generales y Control de Inventarios debe controlarse a través de Kardex por artículo y del Sistema Interno de la Oficina de Servicios Generales y Control de Inventarios.

Fecha Elaboró Revisó Autorizó

Elaboración Autorización

Dirección General de la Función Pública

Unidad Administrativa Contraloría General

Abril, 2016 Mayo, 2016

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Descripción narrativa

Área Actividad Descripción

Oficina de Servicios Generales y Control de Inventarios

1

1 A 2 3 4

Recibe del proveedor los materiales y la Factura en original y copia y los coteja contra la copia del Pedido que obtiene del archivo cronológico temporal. ¿Coincide lo recibido con lo solicitado? En caso de no coincidir con lo solicitado: Entrega al proveedor el total del material pactado de acuerdo a las especificaciones y cantidades acordadas en el Pedido realizado y le entrega la Factura en original y copia así como los materiales y archiva la copia del Pedido de manera cronológica temporal. Pasa el tiempo Continúa con la actividad número 1. En caso de coincidir con lo solicitado: Recaba firma del Jefe de la Oficina de Servicios Generales y Control de Inventarios y sella de recibido en la Factura original y copia; entrega la Factura en original al proveedor y archiva de manera cronológica temporal la copia de la Factura y la copia del Pedido. Registra el material recibido en el Kardex por artículo, mismo que obtiene previamente del archivo alfabético permanente, así como en el Sistema Interno de Almacén. Clasifica los materiales recibidos, los acomoda en los anaqueles correspondientes; archiva el Kardex por artículo de manera alfabética permanente. FIN DEL PROCEDIMIENTO.

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ANAQUELES

Unidad Administrativa/ Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales/Oficina de Servicios Generales y Control de Inventarios. Recepción de Materiales y Útiles de Oficina, Material de Limpieza, Materiales y Útiles de Cómputo, Material Fotográfico, Refacciones, Accesorios y Herramientas, partes de Equipo de Cómputo, Neumáticos, Materiales y Suministros

Varios, Material Eléctrico, Pinturas y Productos Farmacéuticos.

KARDEX POR ARTÍCULO

MATERIALES

MATERIALES

MATERIALES

KARDEX POR ARTÍCULO

RECIBE, COTEJA Y OBTIENE

FACTURA O-1

PROVEEDOR

¿COINCIDE LO RECIBIDO CON LO SOLICITADO?

NO

SI

REGISTRA Y

OBTIENE

PROVEEDOR

C

SISTEMA INTERNO DE ALMACÉN

RECABA, SELLA, ENTREGA Y ARCHIVA

JEFE DE LA OFICINA DE SERVICIOS GENERALES Y CONTROL DE INVENTARIOS

MATERIALES

PEDIDO 1

C

FACTURA O-1

PEDIDO 1

1

1

ENTREGA Y ARCHIVA

SI

FACTURA O

PROVEEDOR

1

PEDIDO 1

C

FIN

CLASIFICA, ACOMODA Y ARCHIVA

A

A

INICIO

60

ANEXO V Simbología para la elaboración de

Diagramas de flujo (ANSI)

Terminal

Indica el inicio del procedimiento y el final del mismo.

Operación

Representa la ejecución de una actividad operativa o acciones a realizar

con excepción de decisiones o alternativas.

Decisión y/o alternativa

Indica un punto dentro del flujo en que son posibles varios caminos o

alternativas (preguntas o verificación de condiciones).

Documento

Representa cualquier tipo de documento que se utilice, reciba, se

genere o salga del procedimiento, los cuales pueden identificarse

anotando en el interior del símbolo la clave o nombre correspondiente;

así como el número de copias.

Archivo definitivo

Indica que se guarda un documento en forma permanente. Se usa

generalmente combinado con el símbolo “Documento” y se le pueden

agregar en su interior las siguientes instrucciones:

A Alfabético.

N Numérico.

C Cronológico.

Archivo Provisional

Indica que el documento se guarda en forma eventual o provisional. Se

rige por las mismas condiciones del archivo permanente.

Conector

Representa una conexión o enlace de una parte del diagrama de flujo

con otra parte lejana del mismo.

Conector de página

Representa una conexión o enlace con otra hoja diferente, en la que

continúa el diagrama de flujo.

Dirección de flujo o Líneas de unión

Conecta los símbolos señalando el orden en que deben realizarse las

distintas operaciones.

Preparación o Conector de procedimiento

Indica conexión del procedimiento con otro que se realiza de principio a

fin para poder continuar con el descrito.

Pasa el tiempo

Representa una interrupción del proceso.

Sistema Informático

Indica el uso de un sistema informático en el procedimiento.

Efectivo o Cheque

Representa el efectivo o cheque que se reciba, genere o salga del

procedimiento

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Aclaración

Se utiliza para hacer una aclaración correspondiente a una actividad del

procedimiento.

Dirección de flujo de actividades simultáneas

Conecta los símbolos señalando el orden simultáneo de dos o más

actividades que se desarrollan en diferente dirección de flujo.

Disco compacto

Representa la acción de respaldar la información generada en el

procedimiento en una unidad de lectura óptica.

Objeto

Es la representación gráfica de un objeto tangible descrito dentro del

procedimiento.

USB

Representa un archivo digital en memoria USB.

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® DERECHOS RESERVADOS Contraloría General

Dirección General de Transparencia, Anticorrupción y Función Pública Av. Manuel Ávila Camacho Nº 156

Col. Unidad Veracruzana, C.P. 91030. Edición 2018.

marzo de 2018. Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, México.