Mineria critica

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Legislación Nacional

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Legislación Nacional

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Artículo 1°. Objetivos. El presente Código tiene como objetivos de interés público fomentar la exploración técnica y la explotación de los recursos mineros de propiedad estatal y privada; estimular estas actividades en orden a satisfacer los requerimientos de la demanda interna y externa de los mismos y a que su aprovechamiento se realice en forma armónica con los principios y normas de explotación racional de los recursos naturales no renovables y del ambiente, dentro de un concepto integral de desarrollo sostenible y del fortalecimiento económico y social del país.

LEY 685 DE 2001

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Ley 1382 del 2010"POR EL CUAL SE

MODIFICA LA LEY 685 DE 2001 CODIGO DE

MINAS"

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Legislación Internacional

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El marco para «proteger, respetar y remediar» del relator especial de la ONU, John Ruggie, sobre derechos humanos y empresas transnacionales y otros negocios (2008)

Elabora un marco definiendo responsabilidades y buenas conductas que deberían acatar tanto Estados como empresas.

Atribuye las violaciones de los derechos humanos

por razones económicas al vacío de regulación estatal creado por la globalización

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Los principios rectores sobre derechos humanos y empresas transnacionales y otros negocios del relator especial de la ONU John Ruggie (2011)

Formula recomendaciones a Estados y empresas para guiar la aplicación del Marco para «proteger, respetar y remediar» y ponerlo en práctica.

Su aporte fundamental reside en precisar las implicaciones de las normas y métodos actuales para los Estados y las empresas

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La declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas (2007)

Afirma el derecho de los pueblos indígenas a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído o utilizado (artículos 3, 20 y 26);

el deber de los Estados de obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas antes de aprobar cualquier proyecto que les afecte, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo

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Principios rectores del desplazamiento forzado interno de naciones unidas (1998) Indica que «se encuentran

prohibidos internacionalmente los reasentamientos arbitrarios en caso de proyectos de desarrollo a gran escala que no estén justificados sobre un interés público superior o primordial» y añade que «antes de decidir el desplazamiento de personas, las autoridades competentes se asegurarán que se han explorado todas las alternativas viables para evitarlo».