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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Nº 41.037 Sábado 20 de Diciembre de 2014 Cuerpo I - 11 TRAMO V226-V198 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea sinuosa que une los vértices V226 y V198, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703-5885 C.R y comprende una longitud de 139,90 metros. TRAMO V198-V183 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea sinuosa que une los vértices V198 y V183, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703-5885 C.R y comprende una longitud de 75,20 metros. TRAMO V183-V157 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea sinuosa que une los vértices V183 y V157, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703-5885 C.R y comprende una longitud de 129,90 metros. TRAMO V157-V137 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea sinuosa que une los vértices V157 y V137, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703-5885 C.R y comprende una longitud de 99,90 metros. TRAMO VÉRTICE V137 Y V113 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea sinuosa que une los vértices V137 y V113, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703-5885 C.R y comprende una longitud de 120,00 metros. TRAMO V113-V94 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea sinuosa que une los vértices V113 y V94, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703- 5885 C.R y comprende una longitud de 94,80 metros. TRAMO V94-V84 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea recta que une los vértices V94 y V84, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703-5885 C.R y comprende una longitud de 50,00 metros. TRAMO V84-V66 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea recta que une los vértices V84 y V66, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703-5885 C.R y comprende una longitud de 89,90 metros. TRAMO V66-V43 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea recta que une los vértices V66 y V43, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703-5885 C.R y comprende una longitud de 115,40 metros. TRAMO V43-V22 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea recta que une los vértices V43 y V22, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703-5885 C.R y comprende una longitud de 132,80 metros. TRAMO V22-V1 Esta fijación de deslinde está determinada por una línea recta que une los vértices V22 y V1, identificados con las coordenadas indicadas en el plano 05703- 5885 C.R y comprende una longitud de 153,70 metros. Se deja expresa constancia que el “Cuadro de Coordenadas UTM” que completa el plano antes singularizado, es parte integrante de la presente resolución, para todos los efectos legales. II.- Una copia del plano deberá archivarse en el Conservador de Bienes Raíces de Llay Llay. III.- Los propietarios o cualquier otro interesado tendrán un plazo de sesenta (60) días, contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en el “Diario Oficial”, para pedir administrativamente la modificación del mismo, formulando el correspondiente reclamo ante la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Valparaíso. Anótese, regístrese, notifíquese y publíquese en el Diario Oficial.- Jorge Dip Calderón, Secretario Regional Ministerial Bienes Nacionales Región de Valparaíso. Ministerio del Medio Ambiente APRUEBA ANTEPROYECTO DE REVISIÓN DE LAS NORMAS DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES APLICABLES A LOS VEHÍCULOS MOTORIZADOS CONTENIDAS EN EL DECRETO Nº 4, DE 1994, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES (Resolución) Núm. 1.213 exenta.- Santiago, 28 de noviembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el DS Nº 38, de 2012, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión; la resolución exenta Nº 518, de 29 de abril de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el día 11 de mayo de 2011 y en el diario La Tercera el 15 del mismo mes, que dio inicio al proceso de revisión del DS 4/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y Considerando: Que por DS Nº 4, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, (D.O. 29.01.94) se establecieron las normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fijaron los procedimientos para su control. Que dichas normas de emisión han sido modificadas por el DS Nº 27, de 1997, del mismo Ministerio (D.O. 14.04.97); por el DS Nº 16, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República (D.O. 06.06.98); por el DS Nº 70, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (D.O. 30.06.99); por el DS Nº 131, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República (D.O. 13.03.02); por el DS Nº 61, de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (D.O. de 24.08.02), y por el DS Nº 58, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República (D.O. 29.01.04). Que por resolución exenta Nº 518, de 29 de abril de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el día 11 de mayo de 2011 y en el diario La Tercera el 15 del mismo mes, se dio inicio al proceso de revisión de las normas de emisión contenidas en DS 4/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión, elaborado el anteproyecto de norma, el Ministro dictará la resolución que lo apruebe y lo someta a consulta. Resuelvo: Apruébase el Anteproyecto de revisión de las normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados, contenidas en el DS Nº 4, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que es del siguiente tenor:

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.037 Sábado 20 de Diciembre de 2014 Cuerpo I - 11

TRAMO V226-V198Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalíneasinuosaqueunelos

vérticesV226yV198,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885 C.R y comprende una longitud de 139,90 metros.

TRAMO V198-V183Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalíneasinuosaqueunelos

vérticesV198yV183,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885 C.R y comprende una longitud de 75,20 metros.

TRAMO V183-V157Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalíneasinuosaqueunelos

vérticesV183yV157,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885 C.R y comprende una longitud de 129,90 metros.

TRAMO V157-V137Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalíneasinuosaqueunelos

vérticesV157yV137,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885 C.R y comprende una longitud de 99,90 metros.

TRAMO VÉRTICE V137 Y V113Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalíneasinuosaqueunelos

vérticesV137yV113,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885 C.R y comprende una longitud de 120,00 metros.

TRAMO V113-V94Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalíneasinuosaqueunelos

vérticesV113yV94,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885 C.R y comprende una longitud de 94,80 metros.

TRAMO V94-V84Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalínearectaqueunelosvértices

V94yV84,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885C.R y comprende una longitud de 50,00 metros.

TRAMO V84-V66Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalínearectaqueunelosvértices

V84yV66,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885C.R y comprende una longitud de 89,90 metros.

TRAMO V66-V43Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalínearectaqueunelosvértices

V66yV43,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885C.R y comprende una longitud de 115,40 metros.

TRAMO V43-V22Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalínearectaqueunelosvértices

V43yV22,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885C.R y comprende una longitud de 132,80 metros.

TRAMO V22-V1Estafijacióndedeslindeestádeterminadaporunalínearectaqueunelos

vérticesV22yV1,identificadosconlascoordenadasindicadasenelplano05703-5885 C.R y comprende una longitud de 153,70 metros.

Se deja expresa constancia que el “Cuadro de Coordenadas UTM” que completa el plano antes singularizado, es parte integrante de la presente resolución, para todos los efectos legales.

II.- Una copia del plano deberá archivarse en el Conservador de Bienes Raíces de Llay Llay.

III.- Los propietarios o cualquier otro interesado tendrán un plazo de sesenta (60) días, contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en el“DiarioOficial”,parapediradministrativamentelamodificacióndelmismo,formulando el correspondiente reclamo ante la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Valparaíso.

Anótese,regístrese,notifíqueseypublíqueseenelDiarioOficial.-JorgeDipCalderón, Secretario Regional Ministerial Bienes Nacionales Región de Valparaíso.

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APRUEBA ANTEPROYECTO DE REVISIÓN DE LAS NORMAS DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES APLICABLES A LOS VEHÍCULOS MOTORIZADOS CONTENIDAS EN EL DECRETO Nº 4, DE 1994, DEL MINISTERIO DE

TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES

(Resolución)

Núm. 1.213 exenta.- Santiago, 28 de noviembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el DS Nº 38, de 2012, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión; la resolución exenta Nº 518, de 29 de abril de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, publicada enelDiarioOficialeldía11demayode2011yeneldiarioLaTercerael15delmismo mes, que dio inicio al proceso de revisión del DS 4/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Que por DS Nº 4, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, (D.O. 29.01.94) se establecieron las normas de emisión de contaminantes aplicables alosvehículosmotorizadosyfijaronlosprocedimientosparasucontrol.

QuedichasnormasdeemisiónhansidomodificadasporelDSNº27,de1997, del mismo Ministerio (D.O. 14.04.97); por el DS Nº 16, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República (D.O. 06.06.98); por el DS Nº 70, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (D.O. 30.06.99); por el DS Nº 131, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República (D.O. 13.03.02); por el DS Nº 61, de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (D.O. de 24.08.02), y por el DS Nº 58, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República (D.O. 29.01.04).

Que por resolución exenta Nº 518, de 29 de abril de 2011, del Ministerio del MedioAmbiente,publicadaenelDiarioOficialeldía11demayode2011yenel diario La Tercera el 15 del mismo mes, se dio inicio al proceso de revisión de las normas de emisión contenidas en DS 4/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión, elaborado el anteproyecto de norma, el Ministro dictará la resolución que lo apruebe y lo someta a consulta.

Resuelvo:

Apruébase el Anteproyecto de revisión de las normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados, contenidas en el DS Nº 4, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que es del siguiente tenor:

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 12 Sábado 20 de Diciembre de 2014 Nº 41.037

“I. Fundamentación y Antecedentes:

Los vehículos son una importante fuente emisora de contaminantes, principalmentedematerialparticuladofino(MP2,5)tantodemaneradirectacomoporsusprecursores(NOxySO2),influyendoconestoenlasaluddelaspersonas.Adicionalmente, el parque automotriz posee una alta y sostenida tasa de crecimiento, por lo que su regulación mediante normativas ambientales es fundamental para la mantención y/o mejora de la calidad del aire.

Con objeto de reducir estas emisiones, el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) estárevisandonormativasafinestalescomoelDSNº4,de1994,delMinisteriode Transportes y Telecomunicaciones, que establece las Normas de emisión de contaminantesaplicablesalosvehículosmotorizadosyfijalosprocedimientosparasucontrol,demanerademodificarloslímitesdeemisiónvigentescorrespondientesa opacidad, entre otras normativas. El objetivo de la revisión es armonizar las normas de emisión del resto del país con las que rigen en Región Metropolitana y actualizar los estándares de emisión de los vehículos nuevos que ingresan al parque automotriz.

II. Texto Anteproyecto de Revisión

Artículo primero.-IntrodúcenselassiguientesmodificacionesalDSNº4,de 7 de enero de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establecelanormadecontaminantesaplicablesalosvehículosmotorizadosyfijalos procedimientos para su control:

1.- Reemplácese la letra b.2) del artículo 3°, por la siguiente:“b.2)LaopacidadenflujoparcialmedidaenlosvehículosDiésel,enelensayo

de aceleración libre, en todo el territorio nacional, deberá ser inferior o igual al valor que en la tabla siguiente se indica:

2.- Reempláceseelincisofinaldelartículo3°,porelsiguiente:“Lamedicióndeopacidadenflujoparcialmedidaenelensayodeaceleración

libre, será obligatoria para los vehículos con motor diésel que circulen en todo el país.”.

2º.- Sométase a consulta pública el presente anteproyecto de revisión de norma de emisión. Para tales efectos:

a) Remítase copia del expediente al Consejo Consultivo Nacional del Ministerio del Medio Ambiente para que emita su opinión sobre el presente anteproyecto de revisión de norma de emisión. Dicho Consejo dispondrá de 60 días hábiles, contados desde la recepción de la copia del expediente, para el despacho de su opinión. La opinión que emita el Consejo Consultivo será fundada, y en ella se dejará constancia de los votos disidentes.

b) Dentro del plazo de 60 días hábiles, contados desde la publicación en el Diario Oficialdelextractodelapresenteresolución,cualquierpersona,naturalojurídica,podrá formular observaciones al contenido del anteproyecto de revisión de norma de emisión. Dichas observaciones deberán ser presentadas, por escrito, en el Ministerio del Medio Ambiente o en la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente correspondiente al domicilio del interesado, y deberán ser acompañadas de los antecedentes en los que se sustentan, especialmente los denaturalezatécnica,científica,social,económicayjurídica.Asimismo,talesobservaciones podrán realizarse en formato digital en la casilla electrónica o sitio electrónico que para tales efectos habilite el Ministerio.

Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Pablo Badenier Martínez, Ministro del Medio Ambiente.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Marcelo Mena Carrasco, Subsecretario del Medio Ambiente.