Mirando a los derechos de los niños, niñas y adolescentes
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Mirando a los derechos de los niños, niñas y adolescentes
Asociación Iberoamericana de Justicia Terapéutica
18 y 19 de
2020 noviembre
Diapositivas
Asociación Iberoamericana de Justicia Terapéutica
https://bit.ly/3mWags7
ÍNDICEJanet Tello GilardiJueza suprema y presidenta de la Comisión Permanentede Acceso a la Justicia de Personas en Condición deVulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad .................. Pág. 3
Xavier Abel LluchMagistrado de Familia, presidente de la Plataformade Derecho de Familia ............................................... Pág. 17
Patricia Beltrán PachecoJueza superior de la Corte Superior de Justiciade Lima ....................................................................... Pág. 31
Virginia Barber RiojaProfesora de la Universidad de Nueva York,directora de la clínica de salud mental en elCorrectional Health Services ...................................... Pág. 44
DRA. JANET TELLO GILARDI
PRESIDENTA DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE ACCESO A LA JUSTICIA
DE PERSONAS EN CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD Y JUSTICIA EN TU COMUNIDAD
REGLAS DE BRASILIA Y LA JUSTICIA TERAPÉUTICA
REGLAS DE BRASILIA SOBRE ACCESO A LA
JUSTICIA DE LAS PERSONAS EN CONDICION DE
VULNERABILIDAD
DOCUMENTO ADOPTADO EN LA CUMBRE JUDICIAL
IBEROAMERICANA EN EL 2008 Y ACTULIZADO EL 2018
100 REGLAS DE BRASILA Y JUSTICIA TERAPEUTICA
CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO PARADIGMA DE TRABAJO DE LOS JUECES Y
JUEZAS EN LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA PARA LAS PERSONAS EN CONDICIÓN DE
VULNERABILIDAD
100 REGLAS DE BRASILA Y JUSTICIA TERAPEUTICA
1.- VISIBILIZANDO EL FACTOR HUMANO, PARA REPARAR LOS DAÑOS SUFRIDOS, Y SUPERAR OBSTÁCULOS QUE IMPIDAN EL ACCESO A LA JUSTICIA EN CONDICIÓN DE IGUALDAD. (REGLA 1)
2.- MINIMIZANDO LA AFECTACIÓN A LA SALUD MENTAL Y EMOCIONAL, QUE SIGNIFICA EL CONTACTO CON EL SISTEMA JUDICIAL. (REGLA 38)
3.- EVITANDO QUE EL PROCESO JUDICIAL SEA DOLOROSO (REGLAS 10,11 Y 12)
4.- PREVINIENDO QUE SE JUDICIALICEN LOS CONFLICTOS POR EMPODERAMIENTO DE DERECHOS, Y/O USO DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN. (REGLAS 43 Y 44)
100 REGLAS DE BRASILA Y JUSTICIA TERAPEUTICA
5.- GARANTIZANDO LA APLICACIÓN DE LA LEY Y EL DERECHO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y EVITANDO LA REVICTIMIZACIÓN ESPECIALMENTE DE MUJERES, NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA. (REGLA 8, 24, 26)
6.- GARANTIZANDO LA PARTICIPACIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN ACTOS JUDICIALES, TENIENDO EN CUENTA SU EDAD Y DESARROLLO INTEGRAL. (REGLA 78)
7.- GARANTIZANDO LA ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD AL SISTEMA DE JUSTICIA (REGLA 77)
8.- RESPETANDO LA DIGNIDAD Y COSMOVISIÓN DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS (REGLA 79)
ACCIONES:1. FERIAS DE JUSTICIA “LLAPANCHIKPAQ”• DIFUSIÓN Y EMPODERAMIENTO DE DERECHOS • PREVENCIÓN• CULTURA JURÍDICA DE DERECHOS Y PAZ
2.- SERVICIOS DE JUSTICIA ITINERANTE• ACERCAR JUSTICIA • JUECES DE PAZ RECONOCIDOS EN SU COMUNIDAD
3.- ORIENTADORAS JUDICIALES• RECONOCIDAS EN SU COMUNIDADES
4.- FORMULARIOS VIRTUALES DE DEMANDAS5-. CAMARA GESSEL – PROTOCOLO – APPS6.- SISTEMA DE ALERTA JUDICIAL DE ADULTO MAYOR 7.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN JUDICIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
ACCIONES:8.-CAPACITACIÓN A LOS Y LAS ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL
9.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE NIÑAS. NIÑOS Y ADOLESCENTES EN LOS PROCESOS JUDICIALES
100 REGLAS DE BRASILA Y JUSTICIA TERAPEUTICA
EL PODER JUDICIAL BAJO LAS 100 REGLAS DE BRASILIA CON ENFOQUE DE JUSTICIA TERAPÉUTICA
CONSTITUYENDOSE COMO UN INSTRUMENTO DE DEFENSA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS EN CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA CULTURA JURÍDICA Y DE PAZ
GRACIAS
La audiencia de niños, niñas y adolescentes.
Seminario Internacional de Justicia Terapeútica.
Xavier Abel Lluch Magistrado-Juez.
Doctor en Derecho Noviembre, 2020
Regulación legal
ü A nivel supranacional.
Art. 12 Convención Derechos Niño.
Art. 24 Carta Europea Derechos Fundamentales.
Art. 6 Convenio Europeo sobre derechos de los menores.
ü En España
Art.92.6 CC: guarda y custodia.
Art. 770 regla 4ª LEC: separación y divorcio.
Art. 9 LOPJM
Art. 18.4 Ley Jurisdicción Voluntaria.
ü En Cataluña
Art.221-6.2 CCCat.
Decálogo buenas prácticas audiencia
1.- De señalamiento: evitar la coincidencia entre la audiencia del menor y el juicio principal. De 20 a 40 minutos.
2.- De lugar: Sala mulitusos/biblioteca. Cercanía física entre juez y menor.
3.- De modo: evitar la toga y el lenguaje infantiloide.
4. - De intervención : con Minister io Fiscal y excepcionalmente expertos.
Decálogo buenas prácticas audiencia 5.- Del protocolo de acogida: informar derecho, “las reglas de la entrevista”, identificar asistentes y liberarle de la decisión final.
6.- De desarrollo del acto: iniciar con temas periféricos (edad, curso, nombre del colegio o instituto, asignaturas, hobbies, etc) y entrar en la relación familiar (descripción su cotidianeidad durante la semana y el fin de semana).
7.- De desarrollo del acto: escucha continua, evitar preguntas directas, respetar silencios.
8.- De desarrollo del acto: situación interactiva y no rígidamente predeterminada, en atención al grado de madurez del menor y su estado emocional.
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Decálogo de buenas prácticas audiencia
9.- De protocolo de despedida: ü con un tema neutro.
ü con satisfacción por haber conocido al menor-
ü con transmisión que se va a ponderar sus manifestaciones.
10.- Dejar constancia de la audiencia: ü Grabación.
ü Acta.
ü Acta y grabación
Los datos previos
I.- Datos previos a la audiencia:
Ø Nombre y apellidos:
Ø Fecha de nacimiento:
Ø Nombre del padre:
Ø Nombre de la madre:
Ø Hermanos y edades:
Ø Otras personas de referencia:
Ø Colegio y curso de estudios:
Ø Otra información previa relevante:
Los intervinientes
II.- Presentación de los intervinientes (con nombre y expresión de su función ajustada a la comprensión del NNA):
Ø Letrado de la Administración de Justicia.
Ø Ministerio fiscal.
Ø En su caso, psicólogo o trabajador social.
Ø Juez
El conocimiento previo
III.- Información previa al NNA al inicio de la audiencia: (con expresiones adaptadas a la comprensión y nivel de madurez del menor) (Fuente: EATAF)
a) Conocimientos que el NNA dispone sobre la audiencia
“Me gustaría saber si sabes por qué estás aquí..
¿Qué has venido a hacer… ¿Quién te lo ha explicado y qué te ha explicado...? ¿Con quién has venido?”
La finalidad sería poder conocer cuan precisa es la información que el NNA tiene y en su caso, posteriormente (en la fase de encuadre), corregir las malas impresiones o la información errónea que pueda aparecer.
La información previa b) Encuadre de la audiencia. Información al NNA respecto al contexto y finalidad de la audiencia. Ejemplos (Fuente: EATAF):
Ø “Tus padres no están de acuerdo en algunos aspectos y han decidido que los ayude una tercera persona, que soy yo.
Ø - “Tú, como parte de la familia, tienes una opinión y tienes el derecho de que sea escuchada. Tu opinión es importante para mí. La voy a tener en cuenta, pero quiero que sepas que soy yo quien tomará las decisiones, porque no es tu responsabilidad ¿Lo entiendes?
Ø “Si quieres participar, recogeremos tu opinión por escrito o grabaremos esta sesión, ya que cualquier acto en el juzgado tiene que quedar recogido. Vamos a extender una acta resumen y se dará a los abogados.
Ø “Me gustaría saber, antes de empezar, si has comprendido todo esto o si tienes alguna duda
Ø “¿Quieres explicarme tu opinión y cómo estás?
Ø Si prefieres no hacerlo, estás también en tu derecho. Igualmente, si no quieres hablar de algunos temas, también estás en tu derecho de no hacerlo. Sólo tienes que decírmelo
El rapport y las preguntas iniciales
IV.- Manifestaciones relevantes del NNA (recogidas por el LAJ).
Ø Iniciar la audiencia con temas periféricos para crear “rapport” y para poder observar el estilo de lenguaje y/o comunicación del NNA: aficiones, hobbies, deportes.
ej. me gustaría saber si practicas algún deporte.
Ø Seguir la audiencia con preguntas abiertas sobre la dinámica del NNA en el ámbito escolar.
ej: ¿cómo te va el colegio/instituto? ¿Qué curso haces? ¿Qué asignaturas te gustan más? ¿Cómo se llama tu tutor? ¿Tienes amigos? ¿A qué jugáis?
La conversación
Ø Seguir la audiencia con preguntas abiertas sobre la dinámica del NNA en el ámbito familiar.
ej. ¿Con quién vives? Me gustaría que me describieras un día de la semana, desde que te levantas hasta que te acuestas;
Y el fin de semana, ¿Qué soléis hacer?; y lo mismo alguna actividad especial de estas pasadas vacaciones.
Ø Atender particularmente a las manifestaciones del NNA sobre sus afinidades, vinculaciones con los progenitores, con los hermanos y la familia extensa.
ej. Me gustaría que me dijeras tres cosas buenas de tu papá y de tu mamá;
y ahora un cosa que no te guste tanto de tu papá y de tu mamá.
El cierre
Ø Protocolo de cierre: Pedir al NNA si tiene alguna duda o si quiere añadir algo que no se haya preguntado y para cerrar retomar un tema neutro aparecido durante la conversación (aficiones, hobbies, deportes).
ej. Espero que el partido del sábado te vaya muy bien; y a ver si marcas algún gol;
ya verás cómo este año el barça/español/athletic gana la liga y lo celebramos.
Ø Despedida: trasmitirle un mensaje positivo y acompañar con padres
ej. me ha gustado mucho conocerte y tener esta conversación contigo.
Voy a pensar sobre todo lo que me has comentado.
Ahora te acompaño con tu padre/madre.
La post-audiencia
V.- Percepción judicial (del juez): (a modo de resumen sobre el desarrollo de la audiencia o destacando la percepción judicial más relevante). Ejemplos (no exhaustivos):
Ø Vínculo afectivo con ambos progenitores consolidado.
Ø Vínculo afectivo preferente con el padre/madre.
Ø NNA no preservado del conflicto.
Ø NNA que vivencia un alto nivel de conflictividad interparental.
Ø Indicios de mediatización del menor.
Ø NNA que conserva una “equidistancia” entre progenitores.
La post-audiencia
Ø NNA que expresa verbalizaciones compatibles con algún posible trastorno.
Ø NNA que se expresa en lenguaje impropio de su edad.
Ø NNA con relación escasa o poco fluida con algún progenitor.
Ø NNA que expresa episodio doloroso/traumático.
Ø NNA que posiblemente requerirá de apoyo/seguimiento psicológico.
Relevancia de la Justicia
Terapéutica en el Derecho de
Familia
PATRICIA JANET BELTRAN PACHECO
¿Que entendemos por Justicia Terapéutica?
La justicia terapéutica implica una nueva visión y misión por parte de cada uno de
los operadores jurídicos, por lo tanto, invita a que se viabilice una nueva forma de
Administrar Justicia.
La sociedad y las familias deben aprender a SANAR, a CURARSE en beneficio de las
relaciones familiares, conyugales y parentales.
Encontrando una salida ante el dolor y el sufrimiento que causan cada una de las
situaciones de conflicto en el grupo familiar, así como la incertidumbre y el
daño que se genera como consecuencia de ello.
El Derecho de Familia contemporáneo
exige considerar en la resolución de los
casos justiciables, la aplicación de un
enfoque de Derechos Humanos.
Es importante recordarles que con la
constitucionalización de la especialidad, el
análisis de las normas jurídicas así como su
interpretación y aplicación, deben
orientarse no sólo a resolver controversias.
Recordemos que nuestras decisiones van
mas allá del proceso, generando un gran
impacto en la vida de las personas, por lo
que es fundamental analizar el caso con
una visión humanista, fundamentándolas adecuadamente.
Compromiso de los jueces y juezas
La justicia terapéutica nos obliga a
cambiar de postura en el ejercicio de
nuestro rol como magistrado o magistrada
de familia, puesto que nos lleva a ser
operadores jurídicos de cambio, activistas,
constructivos, con gran responsabilidad y
compromiso social para ayudar a
recomponer por un lado las relaciones
familiares y por otro, alentar que las
relaciones parentales sean acordes a los
derechos de los niños, niñas, los/las adolescentes.
¿Que más esperamos al aplicar la
Justicia Terapéutica?
AL incorporar a nuestro ejercicio jurisdiccional, los parámetros de la Justicia Terapéutica
también seremos impulsadores del cambio en el ejercicio profesional de la abogacía, sobretodo
de aquellos que conocen de los procesos de familia.
Lo cual nos llevara a instaurar una nueva visión del Derecho Familiar donde no prime la excesiva
litigiosidad, encontrándose la solución de los conflictos e incertidumbres jurídicas conforme a
una visión humanista.
Para ello es importante que se considere la importancia de los medios alternativos de
resolución de conflictos, como lo es la conciliación extrajudicial.
Por otro lado, la Justicia terapéutica no se preocupa sólo de medir el impacto de las reglas y procedimientos legales, sino que también busca que la aplicación de
las formalidades por parte de los diferentes actores legales – sean jueces, juezas, abogados, abogadas, los y las
policía , miembros de los equipos multidisciplinarios y peritos que
colaboran con los despachos judiciales-se viabilicen conforme a los derechos
humanos y las garantías idóneas.
Busca ofrecer a los magistrados y magistradas ciertas recomendaciones
con la finalidad de que la conducta respecto a los justiciables que acuden a
los despachos judiciales, tengan un potencial terapéutico.
La justicia terapéutica en los casos de
tenencia compartida
En estos casos es de suma importancia la intervención de un
psicólogo/psicóloga
1. Al tomar las declaraciones de los niños, niñas y los/las adolescentes.
2. Como observador de la dinámica familiar y parental.
3. En el establecimiento de los parámetros mínimos que permitan afianzar las relaciones parentales,
garantizándose la presencia de ambos padres en la vida de sus
hijos e hijas.
La justicia terapéutica en los casos de
tenencia exclusiva y régimen de visitas
El juez o jueza podrá establecer los parámetros
idóneos considerando la opinión de un
psicólogo/ psicóloga que tenga el rol de
mediador ante los padres para garantizar que los
derechos de sus hijos e hijas sean cumplidos a
pesar de cualquier circunstancia que la familia
deba de afrontar.
Asimismo, la intervención del equipo
multidisciplinario ante y post sentencia, permitirá
el establecimiento de un plan de visitas que
considerando la opinión de los niños, niñas y
las/los adolescentes, permitirá un adecuado
tiempo mínimo de convivencia.
La justicia terapéutica en los casos de
Violencia contra la mujer e integrantes del
grupo familiar
La justicia terapéutica permite lograr la finalidad de la ley , emitiéndose medidas de protección
considerando el enfoque de los derechos humanos, por lo que se tendrá en cuenta el lado humano, emocional y psicológico en torno a las
personas comprometidas en el proceso.
Es así, que se podrá otorgar un adecuado soporte que le permitirá a las personas
involucradas afrontar las consecuencias de los momentos de violencia vividos, pero además
viabilizara un nuevo rol dentro de la familia y de esta respecto a la sociedad.
La justicia terapéutica en los procesos
de divorcio
Como consecuencia del divorcio
por causal se suele observar que la
ruptura de la pareja influye en las
relaciones parentales.
Situaciones de interferencia
parental suelen afectar gravemente
el interés superior y el desarrollo
integral de los niños, niñas y los/las
adolescentes involucrados en un
intenso y permanente conflicto
conyugal.
La justicia terapéutica en los casos de
adolescentes en conflicto a la ley penal
La incorporación de enfoques terapéuticos,
implica que se ejerzan los actos
jurisdiccionales , fiscales y policiales
considerando al adolescente como sujeto
de derechos con autonomía y decisión.
En estos casos se deben considerar las
alternativas que proponen los equipos
multidisciplinarios con la finalidad de que
los/las adolescentes en conflicto con la ley
penal, independientemente de su situación
ante el proceso cuenten con un
acompañamiento psicológico idóneo que
le permita establecer un adecuado soporte
emocional, que involucre también a la
victima y a su familia.
En los procesos de impugnación de
paternidad
En estos casos, la tendencia
jurisprudencial es tutelar el derecho a la
identidad olvidándose muchas veces de
los sentimientos de los involucrados.
Por ello, cuando en el proceso judicial se
logre identificar al verdadero padre
biológico, se debería establecer el
acompañamiento de un psicólogo
durante y post proceso, con la finalidad
de construir un vinculo parental idóneo,
el cual se fortalecerá con el transcurso
del tiempo.
Capítulo Perú de la Asociación
Iberoamericana de Justicia Terapéutica
Reitera su compromiso de colaborar con la
Administración de Justicia a favor de las familias y de los
niños, niñas y los/las adolescentes del Perú.
Quedan todos y todas invitados a participar.
Muchas Gracias.https://www.facebook.com/CapituloPeruJusticiaTerapeutica
Valoración del Riesgo de Violencia y Reincidencia en Adolescentes Infractores: Una Perspectiva desde la Justicia Terapéutica
Virginia Barber Rioja, Ph.DCo-chief of Service, Mental Health
Correctional Health Services/NYC Health + HospitalsProfessor, New York University
Clinical Instructor, Columbia Univeristy
Seminario Internacional de Justicia TerapéuticaMirando a los Derechos de Los Niños, Niñas y Adolescentes
19 de Noviembre, 2020
Agenda
• Aproximaciones neurocognitivas & psicosociales a el proceso de toma de decisiones de los adolescentes
• Trayectorias delictivas en adolescentes
• Valoración de riesgo desde la perspectiva de la Justicia Terapéutica:– Centrado en la rehabilitación
– Juicio Clínico Estructurado vs. Actuarial
– Modelo RNR
Adolescencia
• Proceso de transición entre la niñez (dependencia) y edad adulta (autonomía)
• Etapa del desarrollo asociado a la presencia de conductas de riesgo y al pobre desempeño en la toma de decisiones
Curvas de Delincuencia
England & Wales, 2000U.S., 1940s Netherlands, 1977
Toma de Decisiones Adaptativas
• Decisiones que, una vez pasado el tiempo, tienden a tener consecuencias positivas:– Tener en cuenta los objetivos
– Considerar si los objetivos son realistas
– Basarse en experiencia o conocimiento previo
– Contrarrestar factores de desregulación
• Se requiere:– Habilidades cognitivas intactas
– Capacidad de implementar habilidades cognitivas en servicio de los objetivos
Byrnes, 2005 Slide translated from Tina Zottoli, PhD
Toma de Decisiones Adaptativas
• Decisiones que, una vez pasado el tiempo, tienden a tener consecuencias positivas:– Tener en cuenta los objetivos
– Considerar si los objetivos son realistas
– Basarse en experiencia o conocimiento previo
– Contrarrestar factores de desregulación
• Se requiere:– Habilidades cognitivas intactas
– Capacidad de implementar habilidades cognitivas en servicio de los objetivos
Byrnes, 2005 Slide translated from Tina Zottoli, PhD
Desarrollo Cognitivo
• La capacidad cognitiva madura aproximadamente a la edad de 16– Memoria y atención– Pensar, calcular, razonar, resolver problemas, generar
hipótesis
• Que es lo que se descarrila?– La habilidad de implementar el pensamiento analítico
• Contextos “fríos” vs. “calientes”
• Porque es peor en la adolescencia?– Capacidad inmadura de auto-regulación – Capacidad inmadura de basarse en los componentes
esenciales
Reyna & Brainerd, 1995 Slide translated from Tina Zottoli, PhD
Modelo de Desbalance del Desarrollo Cerebral o Modelo del Sistema Dual
• Asincronismo en el desarrollo entre las estructuras subcorticales y las corticales del cerebro durante la adolescencia
• Los componentes “fríos” del sistema de control cognitivo maduran antes que los componentes “calientes” de tipo emocional
• Resulta en limitaciones para coordinar la relación entre las emociones y racionalidad en la adolescencia
Casey et al., 2005; Steinberg, 2008 Slide translated from Tina Zottoli, PhD
En Resumen
• La adolescencia es un importante periodo de transición a nivel social, cognitivo y neurobiológico
• Las tomas de decisiones de los adolescentes generalmente reflejan una insensibilidad hacia las consecuencias en el futuro y una incapacidad de apreciar el riesgo
• Los adolescentes demuestran dificultad controlando influencias de desregulación emocional lo que les hace vulnerables a tomar malas decisiones especialmente en situaciones de mucha carga emocional o en presencia de sus iguales
• Slide translated from Tina Zottoli, PhD
Teoria del Desarrollo de la Delincuencia(Moffit 1993; 2003; 2006)
• Adolescente infractor-limitada (~90%)
• Adolescente infractor persistente (~10%)
Pathways to Desistence Study (2000-2010)
Steinberg, Cauffman & Monahan, 2015 Slide translated from Tina Zottoli, PhD
11%
37%
31%
7.5%
13.5%3.5%
Adolescent Limited: 79%
37.2%
31.3%
10.5%
7.5%
Teoria del Desarrollo de la Delincuencia(Moffit 1993; 2003; 2006)
• Adolescente infractor-limitada (~90%)
• Adolescente infractor persistente (~10%)
– Factores biológicos
– Factores sociales/ambientes criminógenos
• Maltrato/trauma
• Slide translated from Tina Zottoli, PhD
The Foster Care to Prison Pipeline(Juvenile Law Center, 2016)
12/2/2020 13
Trastorno de Estrés Postraumático complejo (TEPT-C (CIE-11)-Exposición a estrés grave y prolongado-Perturbaciones en la regulación del yo:
Impulsividad, agresividad, desatención imprudente a la seguridad de los demás o comportamiento autodestructivo
Valoración de Riesgo
• Como factor mitigante/atenuante
• Programas de alternativas a la privación de liberta
• Kent v. U.S (1966)
– Madurez
• Cognitiva, emocional, autonomía
– Riesgo (peligrosidad)
– Potencial para la rehabilitación
Valoración de Riesgo desde la JT
• Considera el momento evolutivo
• Se centra no solo en la predicción, pero sobre todo en la prevención y rehabilitación
• Se centra en factores de riesgo dinámicos y criminógenos
• Se centra en el adolescente, la familia y el contexto (aproximación ecológica)
De la Peligrosidad al Riesgo
Peligrosidad
Concepto Legal
Predicción
Factores estáticos
Riesgo
Cconepto clinico
Predicción y gestión/manejo
Factores dinámicos
16
Tipos de Valoraciones de Riesgo
Juicio Clínico no guiado o
puro
Juicio clínico guiado: juicio
clínico estructurado
(HCR-20)
Variables estáticas y dinámicas
Método puramente
actuarial (VRAG)
Variables estáticas
Pasos:
1. Recoger información
2. Presencia de factores de
riesgo
3. Relevancia de factores de
riesgo
4. Formulación5. Escenarios
6. Estrategias de manejo
7. Opiniones finales
12/2/2020 18
Valoracion Estructurada del Riesgode Violencia en Jovenes; SAVRY
Borum, Bartel, & Forth (2005)
SAVRY
• Factores Históricos1. Violencia previa2. Historia de actos delictivos no violentos3. Inicio temprano de la violencia4. Seguimiento en el pasado/fracaso de intervenciones anteriores5. Intentos de autolesión o suicidio anteriores6. Exposición a violencia en el hogar7. Historia de Maltrato infantil8. Delincuencia de los padres o cuidadores9. Separación temprana de los padres o cuidadores10. Bajo rendimiento en la escuela
SAVRY
• Factores Sociales/Contextuales
11. Delincuencia en el grupo de iguales
12. Rechazo del grupo de iguales
13. Estrés experimentado e incapacidad para enfrentar dificultades
14. Escasa habilidad de los padres para educar
15. Falta de apoyo personal-social de otros adultos
16. Entorno marginal
SAVRY
• Factores Individuales/Clínicos
17. Actitudes negativas
18. Tendencia a asumir riesgo-impulsividad
19. Problemas de consumo de sustancias
20. Problemas con el manejo del enfado
21. Bajo nivel de empatía-remordimiento
22. Problemas de concentración-hiperactividad
23. Baja colaboración con las intervenciones
24. Bajo interés-compromiso escolar
SAVRY
• Factores de Protección
25. Implicación prosocial
26. Apoyo social solido
27. Fuertes vínculos y lazos con al menos un adulto prosocial
28. Actitud positiva hacia las intervenciones y la autoridad
29. Fuerte compromiso con la escuela
30. Perseverancia como rasgo de personalidad
Gestión del Riesgo
Modelo Riesgo-Necesidad-Responsividad (RNR) (Andrews & Bonta)
• Principio del riesgo: los casos de mayor riesgo requieren mas intensidad en el manejo/supervisión
• Principio de la necesidad: las intervenciones del manejo deben centrase en las necesidades dinámicas (criminógenas)
• Principio de responsividad: los programas deben ser seleccionados en una manera que tenga sentido según los estilos de aprendizaje del individuo.
Principio de Responsividad
• Intervenciones cognitivo-conductuales
• Intervenciones multisistémicas
• Consideración de la cultura:
– Idioma, educación, religión/espiritualidad, raza, etnia, identidad de genero, orientación sexual, discapacidad, estatus socioeconómico
• Juzgados/Tribunales de jurisprudencia especial
Gracias