Modulo 5 El Sistema Contable de Las Instituciones Financieras 2011-2012
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1
ÁREA JURÍDICA SOCIAL Y ADMINISTRATIVACARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
MÓDULO 5
Periodo Académico:
Septiembre de 2011 a Febrero de 2012
Loja – Ecuador
2011
MODULO 6
EL SISTEMA CONTABLE DE LASINSTITUCIONES FINANCIERAS
2
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJAÁREA JURÍDICA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA, CPA.
Módulo 5EL SISTEMA CONTABLE DE LASINSTITUCIONES FINANCIERAS
Dr. Gustavo Enrique Villacís Rivas, Mg.Sc.RECTOR
Dr. Ernesto Rafael González Pesántes, Mg.Sc.VICERRECTOR
Dr. Rogelio Castillo Bermeo, Mg.Sc.DIRECTOR DEL ÁREA
Dr. Mauricio Aguirre Aguirre,Mg.ScVOCAL DE GRADO
Dra. Beatríz Calle Oleas,Mg.Sc.COORDINADORA DE CARRERA
EQUIPO DE TRABAJO:Dra. Enma María Añazco Narvaéz Mgs.Dra. Andrea de los Ángeles Ayala MartínezDra. Consuelo Esther Briceño CastilloDra. Elsy Castillo Yaguana.Lic. Ruth EugenioLic. Fanny Yolanda González Vilela MAEDra. Gladys Ludeña Eras Mgs.Dra. Ignacia Luzuriaga Granda MAE.Lic. Rita Gladys Martínez OrdóñezDra. Paulina Moncayo Cuenca Mgs. ASPECTOS LEGALES.Dra. Sandra Peralta T.Dra. Daisy Tapia GodoyDra. Pilar Zhamungui T. Mgs. RESPONSABLE
Loja – Ecuador
3
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJAÁREA JURÍDICA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
CARRERA DE CONTABILIDAD YAUDITORÍA, CPA.
Módulo 5EL SISTEMA CONTABLE DE
LAS INSTITUCIONESFINANCIERAS
Estudiante -------------------------------------------------------
Jornada ………………. Paralelo ….
Bloque No ….. Aula No….
Docentes de Aspectos:
Específicos ………………………………………….
Legales ………………………………………….
4
UUNNIIVVEERRSSIIDDAADD NNAACCIIOONNAALL DDEE LLOOJJAAÁREA JURÍDICA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVACARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
MMIISSIIOONN::
Formar profesional generadores de cambio y mejoramiento continuo, con actitudescríticas, conocimientos y habilidades que les capaciten e impulsen a crear, liderar,gestionar organizaciones competitivas sobre la base del SAMOT, caracterizado por losprocesos de docencia, investigación con la colectividad, contribuyendo así a laconstrucción de una sociedad más justas y solidaria.
VVIISSIIOONN::
Lograr que sus profesionales y egresados se proyecten como verdaderos agentes deldesarrollo local, regional y nacional, mediante la aplicación de la calidad, excelencia y elmodelo educativo, para lograr la solución de problemas específicos de la Carrera concapacidad analítica y crítica, respecto de la realidad social, política, económica, cultural yambiental.
PPEERRFFIILL PPRROOFFEESSIIOONNAALL::
El Contador Auditor es un profesional que con formación humanística y conocimientoscientífico-técnicos deberá mantenerse en constante actualización en las áreas financierocontables, capaz de valerse de su experiencia y la de los demás para apoyar laplaneación de las organizaciones a través de la utilización de las técnicas de operatividady control de los aspectos económico financieros y de impulsar proyectos de reforma ocambio de los sistemas contables vigentes. Deberá estar capacitado para ejercer laboresde asesoramiento a nivel ejecutivo, tendrá formación suficiente para ejecutar en el campogubernamental las acciones y tareas que determine la normativa correspondiente dentrodel marco contable.
5
1. PRESENTACIÓN
El Sistema Académico Modular por Objetos de Transformación (SAMOT) se constituye en un
proyecto global de la Universidad Nacional de Loja fundamentado en una concepción de
vinculación entre la Universidad y la Sociedad, cuya estructura permite que cada Carrera en su
malla curricular se conforme por varios Módulos que en forma coherente, sistemática y
progresiva permitan la formación profesional de los estudiantes, en respuesta a las necesidades
planteadas por la realidad.
En este contexto la Carrera de Ingeniería en Contabilidad y Auditoría del Área Jurídica, Social y
Administrativa, incluye el Módulo Cinco denominado “El Sistema Contable de las Instituciones
Financieras”, mediante el ejercicio de su actividad fundamental de intermediación financiera
entre ahorradores e inversores de recursos. El proceso conceptual del módulo se sustenta en la
normatividad y disposiciones legales ecuatorianas vigentes hasta la fecha , considerando que
se encuentra en debate el Proyecto de Ley de Seguridad Financiera, la misma que originará
varias modificaciones, logrando según se manifiesta una ley mejorada y perfeccionada en algunos
aspectos, contribuyendo a darle al Estado una mayor responsabilidad acorde a lo que dice la
Constitución, dentro del proyecto se indica que conceptualmente es clara la situación del sistema
financiero, como un servicio de orden público.
El Módulo se estructura en dos unidades, la primera enmarcada en una línea lógica de
contenidos compilados sobre: los Bancos y sus Generalidades, la Contabilidad Bancaria, la
Organización y Departamentalización de un Banco, así como el Análisis Financiero aplicado a
Entidades Bancarias y la segunda unidad que trata del Cooperativismo, su Régimen Económico,
Cooperativas de Ahorro y Crédito, etc.
En el proceso de desarrollo del Módulo cinco Septiembre 2011 – Febrero 2012, Coordinadores y
Estudiantes, en forma individual y grupal consideraremos los datos vigentes que tengan que
observarse para efectuar prácticas y aplicaciones de Instituciones Financieras, con actitudes
6
críticas, reflexión analítica, logrando aprendizajes significativos, de tal manera que lo abordado
en este Módulo sea útil en su aplicación real, cuando surjan las inquietudes de solución para
objetos de transformación.
Procesos que cuentan con el apoyo de Normativas Legales Vigentes a la fecha de desarrollo
2. PROBLEMÁTICA
El Módulo cinco denominado El Sistema Contable de las Instituciones Financieras, considerando
los objetivos del Sistema Académico Modular por Objetos de Transformación “SAMOT” , ubicará
al estudiante en la realidad de la esfera de las Instituciones Financieras, partiendo de la
problemática determinada en el Plan de Estudios de la carrera de Ingeniería en Contabilidad y
Auditoría, CPA del Área Jurídica Social y Administrativa de nuestra Universidad, que considera que
los Sistemas de control financiero y contable están ligados con la corrupción administrativa y
financiera empresarial, que dan como efectos la inseguridad de los inversionistas para invertir, las
limitaciones para la competencia internacional, desorganización en los procesos de gestión, mal
aprovechamiento de los recursos, concentración de las decisiones en los dueños del capital, el
incumplimiento de normativos legales con relación a los controles financieros, administrativos y
contables, Igualmente el cooperativismo se ha visto deteriorado en cuanto a sus valores y
principios esenciales de la cual la empresa cooperativa debe ser portadora, por lo que se ha
producido una ruptura conformándose un cooperativismo economicista perdiendo la sustancia
ético-moral, por lo que algunos estudios demuestran algunos aspectos relacionados como la
pérdida de la naturaleza y la esencia cooperativa, insuficiente diversificación del Cooperativismo,
problemas contables- financieros así como falta de integración.
3. OBJETO DE TRANSFORMACIÓN
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Las Instituciones del sistema financiero en la actualidad se encuentran priorizando la
rentabilidad en decremento del bien social, por lo que se requiere dominar la normativa
vigente y desarrollar actividades contables sujetas a la Ley General de Instituciones del
Sistema Financiero, permitiendo generar información oportuna y confiable para orientar
la toma de decisiones.
4. OBJETIVOS
Proporcionar un marco referencial teórico-práctico sobre las actividades que se
cumplen en las Instituciones del Sistema Financiero como son los Bancos y
Cooperativas.
Lograr que el estudiante se encuentre preparado para la aplicación del proceso
contable en las Instituciones Financieras.
Conocer el marco jurídico que rige a las instituciones del sistema financiero
ecuatoriano, específicamente bancos y cooperativas de ahorro y crédito.
5. PRÁCTICAS PROFESIONALES QUE CUMPLIRÁ ELINGENIERO EN CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
1. Evalúa y explica la situación financiera del país.
2. Formula registros para el procesamiento de información económica-financiera
observando principios y fundamentos técnicos de control normativo.
3. Aplica indicadores relacionados al Sistema Financiero
4. Analiza la situación actual de las instituciones financieras
5. Organiza y analiza la información contable-financiera y económica asegurando la
confiabilidad de la información.
6. Analiza y determina la distribución de utilidades.
7. Interpreta los estados financieros a partir del empleo de las diferentes técnicas de
análisis.
8
8. Aplica las disposiciones legales y reglamentarias respecto a la constitución y
funcionamiento de bancos y cooperativas de ahorro y crédito.
6. PERFIL PROFESIONAL QUE CUBRE EL MÓDULO
El presente módulo es fundamental en la preparación de un Contador C.P.A., pues éste lepermitirá obtener conocimientos que serán aplicados por los profesionales en el áreacontable y con el desarrollo del módulo el estudiante estará en capacidad de realizar:
1. Dominio de conocimientos sobre la realidad histórica del sistema financieroecuatoriano
2. Formula registros para el procesamiento de información económico-financiero,observando la normatividad en las instituciones financieras.
3. Conocimientos sobre las características, origen y funciones de los bancos en elEcuador, plan de cuentas y actividades bancarias.
4. Encaje bancario, cuentas de ahorro, depósitos, cuentas de gastos, cuentas de ingreso,estados financieros.
5. Conocimientos elementales sobre el cooperativismo ecuatoriano y código de éticacooperativista.
6. Habilidad y capacidad para desarrollar, procesar, organizar, e interpretar lainformación financiera.
7. Presentar interpretativa y argumentativamente informes, resultados e indicadoresfinancieros.
8. Habilidad para interpretar las leyes, normas y disposiciones legales aplicables alsistema financiero.
7. PROCESO DE INVESTIGACIÓN DEL MÓDULO
PRIMER MOMENTO
Comprensión del Objeto de Transformación del Módulo: las variables del objeto de
transformación con sus correspondientes indicadores.
Planificación de la Investigación Modular:
Delimitar el objeto o problema de investigación en el ámbito del O.T. (el qué
investigar).
Establecer los resultados esperados, los cuales guardan correspondencia con las
9
prácticas profesionales para las que habilita el módulo.
Precisar en qué ámbito temporo-espacial (¿cuándo y dónde?) se desarrollará la
investigación.
Establecer, en una primera aproximación, los referentes teóricos para sustentar el
objeto de investigación y los procesos metodológico-prácticos necesarios.
Definir las metodologías e instrumentos ¿cómo y con qué? para la recolección de la
información y su procesamiento.
Definir si la investigación será individual o en grupo.
Establecer las estrategias, actividades y responsabilidades de los docentes del módulo
para orientar a los estudiantes en el desarrollo de la investigación.
Señalar la estructura del informe, su presentación y sustentación final.
SEGUNDO MOMENTO
ELABORACIÓN DEL INFORME DE INVESTIGACIÓN DEL MÓDULO
El informe de investigación que se presentará al finalizar el módulo, tendrá en su
estructura como mínimo los siguientes aspectos, en no más de quince hojas
Título Introducción El problema Marco teórico Materiales y métodos Diagnóstico de la situación Soluciones planteadas Bibliografía; y, Anexos
8. REFERENTES TEÓRICO-PRÁCTICOS POR UNIDADES
UNIDAD 1
LOS BANCOS Y SUS GENERALIDADES
10
Origen de los Bancos Historia de los Bancos en el Ecuador Concepto Importancia Características de las Actividades Bancarias Funciones de los Bancos en el Ecuador Organismo que controlan y regulan a los Bancos Impuestos aplicables a Instituciones Financieras
CONTABILIDAD BANCARIA
Concepto Importancia Procesos contables Catálogo Único de Cuentas
ORGANIZACIÓN Y DEPARTAMENTALIZACIÓN DE UN BANCO
Departamento Administrativo Departamento de Captaciones y Operaciones Departamento de Crédito Servicios Bancario Departamento de Contabilidad
ANÁLISIS FINANCIERO
Estructura y calidad de Activos Índices de Morosidad Cobertura de Provisión para Cartera Improductiva Eficiencia Microeconómica Rentabilidad del Ejercicio Índice de Liquidez Vulnerabilidad de Patrimonio Índice de Capitalización Neto
Apoyo Legal
LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO LEY DE CHEQUES
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UNIDAD 2
Historia del Cooperativismo Cooperativismo Ecuatoriano Principios Cooperativos Doctrina Cooperativista Clasificación de la Cooperativas Régimen económico Cooperativas de Ahorro y crédito Maneras de depositar en una cooperativa Servicios que presta la cooperativa Reparto de utilidades Administración de la Cooperativa
Apoyo Legal
LEY ORGÁNICA DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA Y DELSECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO.
DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO
9. METODOLOGÍA PARA EL DESARROLLO DEL MÓDULO
Se ha elaborado el presente material como guía del proceso de enseñanza - aprendizaje,
cimentando una cultura de evaluación continua y participativa.
El proceso de formación de los estudiantes es participativo, integral, productivo y de
conocimiento de la realidad, de tal manera que permita lograr aprendizajes significativos
cuya tendencia nos sirva para modificar esquemas y relacionar los contenidos teóricos en
el contexto real.
Las técnicas de trabajo a utilizarse son de tipo grupal, con dinámicas que logren la
motivación y ambientación. Orientando a los estudiantes en el contenido teórico que
cimentará la investigación que los llevará al conocimiento real de las problemáticas del
12
sistema financiero y a la práctica de los aspectos éticos del comportamiento
organizacional como instrumentos de gestión.
La soluciones alternativas a estas problemáticas se tratarán con la elaboración y
recepción de trabajos individuales y grupales para mediante los debates de las temáticas
propuestas, se socialice conocimientos, clarifique dudas e inquietudes, se guie y asesore,
se construya trabajos de investigación que permitan la formación integral de los señores
estudiantes y su vinculación con la colectividad.
La investigación también será utilizada como estrategia metodológica que ayudará al
proceso de vinculación con la realidad.
10. PRODUCTOS ACREDITABLES
En cada momento se tomará en cuenta los siguientes productos acreditables:
Participación Individual 10%
Participación Grupal 10%
Prueba Cognitiva 20%
Avance Investigación Modular 40%
Reporte Individual 10%
Participación Grupal 10%
TOTAL 100%
11. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CALIFICACIÓN DE
LOS APRENDIZAJES
La evaluación – acreditación – calificación de los aprendizajes se asumirá considerando
dos aspectos:
13
El dominio de conocimientos teóricos prácticos 60%
La Investigación Modular 40%
Para el Dominio de conocimientos teóricos prácticos:
Manejo de los contenidos teóricas prácticos estudiados en los diferentes
momentos del módulo, se evidenciará mediante pruebas de conocimientos orales y
escritas, ensayos demostraciones y exposiciones.
Participación individual y grupal referida a la contribución oportuna, pertinente y
fundamentada del estudiante.
Para el Desarrollo y sustentación de la investigación modular:
Informes de avances de la investigación
Informe final de la investigación
Sustentación individual del informe final
Para la evaluación – acreditación – calificación de los informes de investigación se
considerará:
La estructura del informe
La coherencia entre sus elementos
La fundamentación científica-técnica
La rigurosidad del trabajo de campo
La calidad de la discusión y las conclusiones
La claridad en la redacción
La sustentación de la investigación del módulo se evaluará- calificará teniendo en
cuenta:
14
El dominio de la temática
La claridad en la exposición de los resultados
La capacidad de resolver inquietudes
Los materiales de apoyo para la exposición
CALIFICACIÓN
La calificación final del módulo será el promedio ponderado de los conocimientos
teóricos- prácticos adquiridos, del desarrollo y sustentación del trabajo de investigación y
se expresará cuantitativamente los resultados de la evaluación-acreditación en una escala
de 0 a 10 puntos. Para aprobar el módulo se requiere un puntaje mínimo de 7/10 y de
asistencia el 80% de las clases dictadas.
12. EQUIPO DOCENTE
- Aspectos Específicos: DOCTOR Y/O LICENCIADO EN CONTABILIDAD Y AUDITORIA, CPA.
- Aspectos Legales: Doctor en Jurisprudencia.
13. BIBLIOGRAFÍA
Corporación de Estudios y Publicaciones. Quito. www.cep.org.ec
HERMANOS. NARANJO SALGUEIRO. Contabilidad de Costos, Bancaria y GubernamentalEdiciones, Desarrollo Escolar. Quito. Ecuador.
MENDOZA BRIONES Olinda Ing. Com . Contabilidad Bancaria. 3ra. Edición. 2004.
15
Servicio de Rentas Internas. www.SRI.gov.ec
Superintendencia de Bancos y Seguros www.superban.gov.ec
ANDRADE PASQUEL, Vinicio. Manual para la enseñanza de Contabilidad de
Cooperativas. Segunda Edición. Año, 1990.
ESTUDIOS Y PUBLICACIONES. Ley de Cooperativas. Quito – Ecuador.
PAREJA GONZALEZ, Pedro. Manual para Cooperativas de Ahorro y Crédito. Segunda
Edición. Editado por el Ministerio de Educación y Cultura. Quito – Ecuador.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS. Catálogo Único de Cuentas del Sistema Financiero.
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13. AGENDA DE DESARROLLO DEL MÓDULO
MÓDULO 5: EL SISTEMA CONTABLE DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS
OBJETIVO DE PROCESOS: Relacionar las fases del diseño metodológico de la investigación formativa con el objeto de transformacióndel módulo y desarrollar la investigación de campo en forma paralela con el desarrollo de los contenidos teóricos; y, determinar lasformas de presentación del Informe Final.OBJETIVO DE CONTENIDOS TEÓRICOS: Facilitar las teorías apropiadas que orientan la fase del proceso de investigación.
MOMENTO UNO: GENERALIDADES DEL SISTEMA FINANCIERO; LOS BANCOS Y LA CONTABILIDAD BANCARIA.
DURACIÓN: 35 días
Período: Septiembre 2011 – Febrero 2012
Tiempo de
Trabajo
Estrategias académicas Proceso deinvestigación
Estrategias de investigaciónReferentes Teóricos
Evaluación Aprendizajesacreditación-calificación
13 Septiembre al2 de Diciembredel 2011
8,75 créditosequivalente a140 horas
Diálogos Acuerdos Clase magistral Cuadros
sinópticos Mapas
conceptuales Lectura dirigida Técnicas de
trabajoindividual ygrupal
Comprensión del ObjetodeTransformación delmódulo
Selección delobjeto deEstudio
Definición ydelimitacióndelproblema
Encuadre Explicación del Objeto de
Transformación Construcción de la Matriz
problemática Conformación de grupos
de investigación Sondeo del problema
seleccionado Concreción de elementos
para la definición ydelimitación del problema
1. LOS BANCOS Y SUSGENERALIDADES
Origen de los Bancos Historia de los Bancos
en el Ecuador
Concepto Importancia Características de las
Actividades Bancarias
Funciones de losBancos en el Ecuador
Organismo quecontrolan y regulan a
Participación individualy grupal
Reporte individual ygrupal
Prueba cognitiva
Avances de lainvestigación
17
Diálogos Acuerdos Clase magistral Cuadros
sinópticos Mapas
conceptuales Manejo
Catálogo Únicode Cuentas
Lectura dirigida Técnicas de
trabajoindividual ygrupal
Planificación dela Investigación
Titulo Problemátic
a Justificación Objetivos Marco
teórico Metodología
Orientacionesmetodológicas
Planificación Concreción de los
proyectos de investigación Participación grupal Reportes grupalesSocialización
los Bancos
Impuestos aplicables aInstitucionesFinancieras
2.- CONTABILIDADBANCARIA
Concepto
Importancia
Procesos contables
Catálogo Único deCuentas
3. ORGANIZACIÓN YDEPARTAMENTALIZACIÓN DEUN BANCO
DepartamentoAdministrativo
Departamento deCaptaciones yOperaciones
Departamento deCrédito
Reportes grupalesparciales avances deinvestigación
Reportes individuales Participación individual
y grupal Prueba cognitiva
18
13 Septiembre al2 de Diciembredel 206 días1,5 créditosequivalente a24 horas
Cronograma Presupuesto
s yFinanciamiento
Bibliografía
Servicios Bancarios Departamento
Contabilidad
4.- ANÁLISIS FINANCIERO
Estructura y calidadde Activos
Índices de Morosidad Cobertura de
Provisión paraCartera Improductiva
EficienciaMicroeconómica
Rentabilidad delEjercicio
Índice de Liquidez Vulnerabilidad de
Patrimonio Índice de
Capitalización Neto
Apoyo Legal
Ley general deinstituciones delsistema financiero
Ley de cheques
19
MÓDULO 5: EL SISTEMA CONTABLE DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERASOBJETIVO DE PROCESOS: Relacionar las fases del diseño metodológico de la investigación formativa con el objeto de transformación del móduloy desarrollar la investigación de campo en forma paralela con el desarrollo de los contenidos teóricos; y, determinar las formas de presentacióndel Informe Final.OBJETIVO DE CONTENIDOS TEÓRICOS: Facilitar las teorías apropiadas que orientan la fase del proceso de investigación.
MOMENTO DOS: EL SISTEMA COOPERATIVO ECUATORIANO Y SU MANEJO CONTABLE EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÈDITO.
DURACIÓN: 39 días
Período: Septiembre 2011 – Febrero 2012
Tiempo deTrabajo
EstrategiasAcadémicas
Proceso deinvestigación
Estrategias deinvestigación
Referentes teóricos Evaluación de aprendizajesacreditación-calificación
5 de Diciembredel 2011 al 15 deFebrero del 2012
39 días
9,75 créditosequivalente a156 horas
Clase magistral Cuadros
sinópticos Mapas
conceptuales Lectura dirigida Técnicas de
trabajo individualy grupal
Clase magistral
Resultadosinvestigación decampo ybibliográfica
Análisis einterpretación delos resultados.
Contenido del Informefinal:
Revisionesparciales detrabajos deinvestigación
Aplicación detécnicas detrabajo individual
Conocimiento deresultados
Trabajo deanálisis y síntesisen lasconclusiones yrecomendaciones
Orientación sobre
Historia delcooperativismo
CooperativismoEcuatoriano
Principios cooperativos Doctrina cooperativista Clasificación de las
cooperativas Régimen económico de
las cooperativas
Reportes grupales parcialesavances investigación
Reporte individual Participación individual y
grupal Socialización de los
resultados de investigación Prueba cognitiva
20
5de Diciembredel 2011 al 15 deFebrero del 2011
6 días1,5 créditosequivalente a24 horas
Febrero 16 y17 de 2012
2días0,5 créditosEquivalente a8 horas
Cuadros sinópticosMapas conceptualesTécnicas de trabajoindividual y grupal
Título Introducción El Problema Marco Teórico Materiales y
métodos Diagnóstico de
la situación Soluciones
planteadas Bibliografía; y, Anexos
la socialización deresultados de lainvestigación Orientaciónmetodológica parael diseño ypresentación delInforme Final
Cooperativas de Ahorroy Crédito
Maneras de depositardinero en la cooperativa
Servicios que presta lacooperativa de Ahorro yCrédito
Reparto de losexcedentes
Administración de lacooperativa
APOYO LEGAL
Ley orgánica de laeconomía popular ysolidaria y del sectorfinanciero popular ysolidario.
De las cooperativas deahorro y crédito
Foros y conferencias sobreentidades financieras
Reporte grupal final,borrador investigación
Reportes individuales Participación individual y
grupal Reporte grupal Informe
Final Socialización del informe
final
22
1. LOS BANCOS Y SUS GENERALIDADES
ORIGEN DE LOS BANCOS
Los Bancos como tales no tienen fecha de nacimiento, sus orígenes se rastrean en épocas y
lugares lejanos.
En el proceso de los siglos, se ubica a los más poderosos capitalistas en Europa y posiblemente
en el medioevo Italiano, a quienes se los conoce como lombardos, ellos protegían su dinero
entregándolo a personas de reconocida solvencia y honradez. Los cuales les pagaban un
porcentaje o compensación por el servicio que prestaban estas personas que tomaron el
nombre de BANQUEROS porque permanecían durante varias horas y días sentados en bancos
de madera.
Las personas que prestaban el servicio de Banqueros se dieron cuenta que las cantidades de
dinero que guardaban por mucho tiempo no producían ningún beneficio, y que este dinero, lo
podían prestar a personas que lo necesitaban para trabajar, de esta manera comienzan a
prestar dinero y a cobrar un interés que era un poco más alto al que ellos pagaban a los
capitalistas en ese momento se empieza a obtener utilidades dando origen a las operaciones
de crédito.
En la ciudad de Florencia se fueron creando los términos: Banco, Cuenta, Caja, Débito, Crédito,
Bancarrota, Descuento, Cuenta Corriente, Partida Doble, Neta, Finanza; entre otras
terminologías que se usan en el lenguaje comercial a través de todo el mundo.
También los cambistas griegos, Egipcios y Romanos contribuyeron en el perfeccionamiento de
lo que hoy se conoce como BANCA.
HISTORIA DE LOS BANCOS EN EL ECUADOR.
23
Olinda Mendoza Briones, en su obra Contabilidad Bancaria, manifiesta, que el desarrollo de la
banca ecuatoriana es reciente, ya que la historia reseña que los primeros bancos se
establecieron a fines del siglo pasado de la siguiente forma:
• En 1859, en la ciudad de Guayaquil, se establece el primer banco emisor con el nombre
de Banco Particular de Luzarraga; y en febrero de 1861 se realiza la primera emisión de
billetes.
• En 1861 por gestiones del Señor Manuel Luzarraga se consigue la autorización del
gobierno para crear el Banco Particular de descuento y circulación y además se logra
finalmente la aceptación definitiva del papel moneda como medio de pago.
• Posteriormente el 5 de noviembre de 1868 se firma la escritura de constitución del
Banco Central del Ecuador, y el 14 de Diciembre de 1868 inicia sus operaciones el Banco
Quito.
• En 1871, Guayaquil ciudad comercial por excelencia funda el Banco de crédito
hipotecario.
• En 1885, se organiza en Guayaquil el Banco Anglo Ecuatoriano.
• En 1886, una vez más en la ciudad de Guayaquil se organiza el Banco territorial.
• En 1894 se crea el Banco Comercial y Agrícola de Guayaquil.
• En 1927, el Presidente provisional de la República del Ecuador, Dr. Isidro Ayora con
fecha 4 de marzo, decreta la Ley Orgánica del Banco Central que comienza a funcionar
el 12 de Marzo del mismo año. El primer Directorio del Banco Central del Ecuador se
inaugura en forma oficial en la capital de la República del 10 de Agosto del mismo año.
CONCEPTO.- Los Bancos “Son entidades de origen privado y público autorizadas y
constituidas legalmente para captar dinero del público en moneda nacional o extranjera en
forma habitual o continua; conceder créditos para estimular el desarrollo económico social y
productivo del país. Además canalizar el ahorro y la inversión”.
24
El término banca, es conocido también a juicio de los
tratadistas, como la “actividad” que administra y
comercia con los recursos monetarios de un estado o
nación, de la cual quien las lleva a cabo recibe como
compensación un beneficio.
Universalmente ésta concepción es de gran acierto ya que cualquier estado por diferente que
sea su sistema político, contempla dentro de su organización económica la existencia de
entidades dedicadas a las actividades bancarias.
IMPORTANCIA Cuando los bancos públicos y privados son correcta y éticamente
administrados, cumplen actividades trascendentales en la vida económica y social del país
pues cumplen entre otras, las siguientes funciones.
FUNCIÓN ECONÓMICA. Por cuanto promueve el intercambio de bienes y servicios, facilitando
recursos a las actividades de producción, elaboración, distribución y circulación de bienes. Así
mismo la banca sirve de mecanismos de control del medio circulante por el cumplimiento de
disposiciones de la Autoridad Monetaria (Encaje Bancario y otras políticas).
FUNCIÓN SOCIAL. Por cuanto el beneficio armónico de todos los sectores económicos, debe
primar el interés institucional o personal del cliente.
FUNCIÓN POLÍTICA. Apoya con financiamiento público los planes trazados por los gobiernos.
Canaliza a través del Sistema Financiero Nacional recursos para el desarrollo de los distintos
sectores productivos. (BEDE, CFN, BNF).
FUNCIÓN MONETARIA. Por cuanto de simples recolectores de recursos han pasado a ser
creadores de una moneda abstracta (los cheques), facilitando la compensación de pagos con
escaso uso de moneda fiduciaria (billetes).
CLASIFICACIÓN
BANCO
25
Según la propiedad del Capital
Bancos Públicos
Bancos Privados
Mixtos
Según sus actividades:
Comerciales
De Ahorros
Hipotecarios
Según la nacionalidad del capital:
Nacionales
Extranjeros
CARACTERÍSTICAS DE LAS ACTIVIDADES BANCARIAS
Las actividades bancarias están determinadas básicamente por el funcionamiento de los
bancos públicos y privados, quienes tienen una amplia gama de operaciones que permiten el
desarrollo de importantes sectores de la producción, en especial por el crédito, sustancial
característica de estas actividades.
Los bancos públicos tienen como característica, otorgar créditos que estimulen el desarrollo
económico y social; por lo tanto las condiciones de los préstamos tienen sus ventajas con
respecto de los bancos privados, sea por el plazo, tasas de interés, años de gracia, garantías y
formas de pago; por lo tanto este servicio está orientado fundamentalmente al apoyo de la
agricultura, ganadería, industria, vivienda, exportaciones, infraestructura, turismo, pesca,
artesanía, etc. pilares imprescindibles en la economía de las naciones.
Los bancos privados en cambio si bien apoyan el desarrollo productivo de un país, persiguen el
beneficio, por ello las condiciones de los préstamos son diferentes con relación a los bancos
públicos, por lo que tienen menor flexibilidad en el otorgamiento de los créditos en
comparación con los bancos estatales.
Para conocer el rol que desempeñan los bancos se estima conveniente el detalle desde el
origen del dinero hasta las transacciones específicas correspondientes a los bancos privados.
26
FUNCIONES DE LOS BANCOS EN EL ECUADOR
De acuerdo al Art. 51 de la ley de instituciones del Sistema Financiero. “Los Bancos podrán
efectuar las siguientes operaciones en moneda nacional o extranjera, o en unidades de cuenta
establecida en la ley.
a. Recibir recursos del público en depósitos a la vista.- Los depósitos a la vista son
obligaciones bancarias, comprenden los depósitos monetarios exigibles mediante la
presentación de cheques u otros mecanismos de pago y registro; los de ahorro exigibles
mediante la presentación de libretas de Ahorro y otros mecanismos de pago y registro; y,
cualquier otro tipo exigible en un plazo menor a treinta días. Podrán constituirse mediante
diversas modalidades y mecanismos libremente pactados entre el depositante y el
depositario;
b. Recibir a depósitos a Plazo.- Los depósitos a plazo son obligaciones financieras exigibles al
vencimiento de un período no menor de treinta días, libremente convenido por las partes.
Pueden instrumentarse en un título valor nominativo, a la orden o al portador, pueden ser
pagados antes del vencimiento del plazo, previo acuerdo entre el acreedor y deudor.
c. Asumir obligaciones por cuenta de terceros.- A través de aceptaciones, endosos o avales
de títulos de crédito, así como del otorgamiento de garantías, fianzas y cartas de crédito
internas y externas, o cualquier otro documento, de acuerdo con las normas y usos
internacionales.
d. Emitir obligaciones y cédulas garantizadas con sus activos y patrimonio.- Las obligaciones
de propia emisión se regirán por lo dispuesto en la Ley de Mercado de Valores;
e. Recibir préstamos y aceptar créditos.- De Instituciones Financieras del país y del exterior:
f. Otorgar préstamos hipotecarios y prendarios.- con o sin emisión de títulos; así como
préstamos quirografarios.
g. Conceder créditos.- en Cuenta Corriente, contratados o no;
h. Negociar letras de cambio, libranzas, pagarés, facturas y otros documentos.- que
representan obligaciones de pago creados por ventas a crédito, así como el anticipo de
fondos con respaldo de los documentos referidos.
27
i. Negociar documentos.- resultantes de operaciones de comercio exterior;
j. Negociar títulos valores y descontar letras documentarias sobre el exterior, o hacer
adelantos sobre ellas.
k. Constituir depósitos en Instituciones financieras del país y del exterior.
l. Adquirir, conservar o enajenar, por cuenta propia, valores de renta fija de los previstos en
la Ley de Mercado de Valores y otros títulos de crédito establecidos en el Código de
Comercio y otras leyes, así como valores representativos de derecho sobre éstos, inclusive
contratos a término, opciones de compra o venta y futuros; podrán igualmente realizar
otras operaciones propias de mercado de dinero; podrán participar directamente en el
mercado de valores extrabursátil, exclusivamente con los valores mencionados en esta
letra y en operaciones propias.
m. Efectuar por cuenta propia o de terceros operaciones con divisas, contratar reportes y
arbitrajes sobre éstas y emitir o negociar cheques de viajeros.
n. Efectuar servicios de caja y tesorería;
o. Efectuar cobranzas, pagos y transferencias de fondos, así como emitir giros contra sus
propias oficinas o las de instituciones financieras nacionales o extranjeras.
p. Recibir y conservar objetos muebles, valores y documentos en depósito para su custodia
y arrendar casilleros o cajas de seguridad para depósitos de valores;
q. Actuar como emisor u operador de tarjetas de crédito, de débito o tarjetas de pago;
r. Efectuar operaciones de arrendamiento mercantil de acuerdo a las normas previstas en la
ley;
s. Comprar, edificar y conservar bienes raíces para su funcionamiento, sujetándose a las
normas generales expedidas por la Superintendencia de Bancos y enajenarlos;
t. Adquirir y conservar bienes muebles e intangibles para su servicio y enajenarlos;
u. Comprar o vender minerales preciosos acuñados o en barra; y, emitir obligaciones con
respaldo de la cartera de crédito hipotecaria o prendaría propia o adquirida,
siempre que en este último caso, se originen en operaciones activas de crédito de otras
instituciones financieras.
v. Garantizar la colocación de acciones u obligaciones.
28
w. Efectuar inversiones en el capital social de las sociedades a que se refiere la letra b) del
artículo 57 de la Ley General de Instituciones Financieras.
Al respecto el Art. 57 señala: “Para efectos de esta Ley, se entenderá por grupo financiero al
integrado por:
Un Banco o Sociedad Financiera o Corporación de inversión y desarrollo que posea una
compañía de seguros y reaseguros, sociedades de servicios financieros o auxiliares previstas en
la ley. Las instituciones previstas en la Ley de Mercado de Valores, así como las subsidiarias del
país o del exterior de cualesquiera de estas y,
Efectuar inversiones en el Capital de otras instituciones financieras con las que hubieren
suscrito convenios de asociación de conformidad con el cuarto inciso del Art. 17 de ésta Ley.
El cuarto inciso del Art. 17 señala: “para superar deficiencias de Patrimonio técnico de alguna
de las instituciones que se asocie, en cuyo caso el convenio de asociación deberá concluir con
un programa de fusión.”
Tratándose de las operaciones determinadas en las letras q) y r) de este artículo, un Banco o
sociedad financiera o corporaciones de inversión y desarrollo podrá realizarlas directamente o
a través de una sociedad subsidiaria de servicios financieros, la que no podrá realizar
operaciones distintas a las mencionadas en dichas letras.
Para las operaciones en moneda extranjera se someterá a las normas que determina el
Directorio del Banco Central del Ecuador.
Para la realización de nuevas operaciones o servicios financieros, las instituciones requerirán
autorización de la Superintendencia, indicando las características de las mismas.
ORGANISMOS QUE CONTROLAN Y REGULAN A LOS BANCOS
Constitución de la República del Ecuador – 2011
SUPERINTENDENCIAS
29
Art. 213.- Las superintendencias son organismo técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y
control de las actividades económicas, sociales y ambientales; y, de los servicios que prestan
las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se
sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Las superintendencias actuarán de oficio por requerimiento ciudadano. Las facultades
específicas de las superintendencias y las áreas que requieran del control, auditoría y vigilancia
de cada una de ellas se determinará de acuerdo con la ley.
Las superintendencias serán regidas y representadas por las superintendentas o
superintendentes. La ley determinará los requisitos que deban cumplir quienes aspiren a
dirigir estas entidades.
Las superintendentas o superintendentes serán nombrados por el Consejo de Participación
Ciudadana y Control Social de una terna que enviará la Presidenta o presidente de la
República, conformada con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y
derecho de impugnación ciudadana.
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
Art. 303.- La formulación de las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera es
facultad exclusiva de las Función Ejecutiva y se instrumentará a través del Banco central. La ley
regulará la circulación de la moneda con poder liberatorio en el territorio ecuatoriano.
La ejecución de la política crediticia y financiera también se ejercerá a través de la banca
pública.
El Banco Central es una persona jurídica de derecho público, cuya organización y
funcionamiento será establecido por ley.
31
IMPUESTOS APLICABLES A INSTITUCIONES FINANCIERAS
INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO (AGENTES DE RETENCIÓN)
REGIMEN TRIBUTARIO OTROS TRIBUTOS GRAVADOS A INST. FINANCIERASOBLIGACIONES TRIBUTARIAS SEGÚN LTRI
UTILIDADESHECHO GENERADORBase Imponible: sobre la renta global
ESTADO FODINFASUJETO ACTIVO2 % UTILIDADESANUALES
IMPUESTO A LARENTA
25 %
Sujeto Activo: estado
INST. FINANC.CONTRIBUYENTES
SUJETO PASIVO
ACTIVIDADES INST. FINANCIERAS
Sujeto Pasivo: Inst. Financieras(Contribuyentes)
HECHO GENERADOR
1.5 POR MILACTIVOSTOTALES
MUNICIPIOS (Reciben)SUJETO ACTIVO
1 %. Compra de bienes muebles (exceptocombustibles), y servicios que la LRTI dispone
Actividades de construcción.
Intereses en inversiones entre institucionesfinancieras.
Transporte de carga.
Emisión de tarjetas de crédito a establecimientosafiliados.
INST. FINANCIERASSUJETO PASIVO
LAS ACTIVIDADES FINANCIERASHECHO GENERADOR
SUJETO ACTIVO MUNICIPIOSPATENTEMUNICIPAL
INST. FINANCIERASSUJETO PASIVO
2 %. Servicios PN, prevalezca M.O al intelecto.
Intereses en rendimientos financieros.
RETENCION FTE.
IMPUESTO A LARENTA
0.71 por mil del X de Activos Totales cadasemestre
CONTRIBUCIONORGANISMOS DE
CONTROL
8 %. Arrendamiento de local.
Notarios y Registradores de la propiedad.
Honorarios profesionales.
Entrenadores, deportistas, artistas.
SIB y Seg.
10 % del valor del cheque protestadoMULTAS CHEQUES
PROTESTADOS
25 %. Servicios ocasionales de personas naturalesno residentes del país..
MULTASCHEQUES
30 % Compra de bienes.
Contratos de construcción (excepto Bco. públicos).
Compra de uniformes.
Compra de tarjetas de crédito a establecimientosafiliados.
70 %. Utilización de servicios gravados.
100 %. Arrendam.de bienes inmuebles PNSC.
Compra de bienes con liquidación de servicios.
RETENCIÓN DEL IVA
33
2. CONTABILIDAD BANCARIA
Concepto.- Es un campo especializado de la Contabilidad General, que tiene por
objeto cuantificar las operaciones que se suscitan en los Bancos para lo cual se
fundamenta en métodos, técnicas y procedimientos que se enmarcan en disposiciones
legales, contables, con la finalidad de determinar, analizar e interpretar las situaciones
económicas y financieras que le permitan adoptar las decisiones más acertadas.
De manera similar que la Contabilidad General, la Contabilidad Bancaria es la técnica
mediante la cual se registra, elabora Estados Financieros e interpreta para la toma de
decisiones con la particularidad de las operaciones bancarias.
De conformidad con el Art. 77 de la Ley General de Instituciones del Sistema
Financiero, las entidades del Sistema Financiero Ecuatoriano, deben someterse en todo
momento a las normas contables dictadas por la Superintendencia de Bancos,
independientemente de las disposiciones tributarias
Importancia.- La economía gira en torno al capital financiero. Se ha producido un
cambio fundamental en la economía. Hay una nueva ruptura entre el proceso productivo
y el financiero, entre la producción y la especulación.
El capital productivo requiere de un tiempo desde el momento de la inversión inicial
hasta la ganancia pues tiene que pasar por el proceso productivo y el mercado. El capital
bancario acelera ese tiempo, pues no necesita paso intermedio. El dinero que funcionaba
como representación de valores se independiza y empieza a moverse bajo sus propias
leyes. El control de la economía pasa la Banca y a las Bolsas de Valores. Todos los
bienes se transforman en “acciones” que pueden intercambiarse “libremente”.
Por estas razones, el sistema bancario ecuatoriano, ha ido adquiriendo un peso
fundamental en la economía del país, Instituciones que se caracterizan y diferencian de
la generalidad de empresas de otros sectores económicos, no sólo por la naturaleza de
sus operaciones, sino también por su propia estructura financiera y operativa, lo que
hace indispensable la aplicación de la Contabilidad que como medio de control de las
diversas operaciones de una entidad bancaria, asegura el buen funcionamiento regular
de sus distintos mercados, así como por la vigilancia de la solvencia de las entidades
bancarias participantes en el sistema, y vigilancia en el cumplimiento de la
normatividad. El control contable tiene como finalidad evitar malos manejos
34
financieros y administrativos, para alcanzar la estabilidad, evitando crisis con efectos
perjudiciales, que afectan a la economía en general y especialmente a los ahorristas
minoritarios que son quienes mantienen las instituciones de intermediación financiera.
PROCESO CONTABLE
El proceso contable comprende desde el análisis de la documentación de soporte que
sustenta la transacción hasta la elaboración de estados financieros, por lo tanto contador
debe mantener un archivo ordenado de los documentos justificativos, correspondencia
y libros contables, por un tiempo no menor a seis años contados a partir de la fecha de
cierre del ejercicio.
CATÁLOGO DE CUENTAS
El plan de cuentas tiene el detalle de cuentas ordenadas y codificadas, en función del
Catálogo Único emitido por la Superintendencia de Bancos para el registro de las
operaciones, que permitan suministrar en forma homogénea información confiable y
oportuna de la situación económica financiera de los mismos, a través de los balances:
De situación, estados de pérdidas y ganancias, Estado de cambios en la Posición
Financiera y Estado de posición del patrimonio técnico.
Las cuentas contempladas en el catálogo corresponden a las que se han considerado
necesarias para el registro de las operaciones que realizan las Entidades involucradas de
acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes, sin embargo contempla la posibilidad
de que se incorporen nuevas operaciones que se autoricen en el futuro, así como las que
desarrollan las entidades que de acuerdo con la ley pasen a control de la
Superintendencia de Bancos.
La identificación de las cuentas se basa en el sistema de codificación decimal por
considerarlo el más idóneo para implantar sistemas de procesamiento computarizado de
las operaciones.
Horizontalmente, el catalogo prevé la utilización obligatoria hasta de seis dígitos que
identifican:
0 Elemento del estado financiero
00 Grupo de cuentas
0000 Cuentas
000000 Subcuentas
35
00000000 Subcuentas analíticas
Ejemplo:
1 Activo
11 Fondos Disponibles
1103 Bancos y otras instituciones financieras
110310 Bancos e instituciones financieras locales
11031005 Banco del Pichincha
Para la identificación de los elementos de los estados financieros se ha utilizado la
numeración del 1 al 7.
Los tres primeros dígitos comprenden las cuentas expresivas del activo, pasivo y
patrimonio, destinados a conformar el balance de situación financiera y de evolución en
el patrimonio.
Los elementos 4 y 5 agrupan las cuentas de gestión sintetizadas en las partidas de
resultados deudores y acreedores, indispensables para la elaboración del Estado de
Pérdidas y Ganancias.
El elemento 6 integra las cuentas contingentes que agrupan obligaciones eventuales y;
El elemento 7 resume las cuentas de orden y de control necesaria para una acertada
administración.
36
ORGANIZACIÓN DE UN BANCO
PROMOCIÓNCinco o más
personas
PresentanSolicitud
S.I.B
Antecedentes personalesPromotores
Condiciones de Representante. Estudio de factibilidad
Económica-Financiera con datosactualizados.
Proyecto de Constitución queincluyan estatutos
AprobaciónConstitución
SiguientesDocumentos
Escritura Pública que contengaEstatuto Social Aprobado
Listado de Accionistas Suscriptores Monto de Capital Suscrito y
Pagado y número de acciones Certificación del depósito de la
Integración de Capital.
SIB y Seguros.Autoriza que sepublique en elRegistro Oficial
Inscripción en elRegistro
Mercantil
FUNCIONAMIENTO INSTITUCIÓN FINANCIERA
Superintendencia de Bancos y Seguros entrega una autorización, que se ladebe exhibir en los lugares del banco que estén a la vista del Público, llevará lafirma y sello de dicho organismo.
37
REQUISITOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UN BANCO: Para la promoción de la constitución de
un Banco se requiere de cinco o más personas que actúen por sus propios derechos o en
representación de otras, en calidad de promotores de una institución financiera. y cabe
señalar que es de vital importancia conocer la base legal para la creación o constitución de un
Banco por lo que:
La Superintendencia autorizará la constitución de las instituciones financieras del sistema
financiero privado. Estas Instituciones se constituirán bajo la forma de una compañía anónima,
salvo las asociaciones, mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda y las cooperativas de
ahorro y crédito que realizan intermediación financiera con el público.
Acciones nominativas..-Las acciones de las instituciones del sistema Financiero privado
deberán ser nominativas. En el contrato social podrá estipularse que el capital se divide en
varias clases de acciones, con derechos especiales para cada clase, sin que pueda excluirse a
ningún accionista de la participación en las utilidades.
En el Estatuto Social, se determinará el valor nominal de las acciones que podrá ser cien o
múltiplo de cien
38
Modelo de Titulo de Acción
TÍTULO DE ACCIÓN
NOMBRE DE LA COMPAÑÍA:”EMPRENDEDORES” S.A. TÍTULO Nº 001
DOMICILIO PRINCIPAL: Loja, Ciudadela Universitaria Av. Reinaldo Espinosa. ECUADOR.ACCIONES Nº 400
SERIE: 001 VALOR TOTAL: 6’000.000
Capital Autorizado: $ 6´000.000
Capital suscrito: $ 4´000.000 dividido en 400 acciones ordinarias y nominativas de un valor de10.000 dólares cada una.
La compañía “EMPRENDEDORES” S.A. se constituyo mediante escritura pública de fecha 16 deabril del 20XX ante el Notario Público Dr. Eduardo Ortega Ordóñez del Cantón, inscrita en elregistro mercantil bajo el Nº 320 Tomo 4 Folio, de fecha 19 de abril del 20XX.
Este título acredita que la señorita: xxxxxxxxx es propietaria de cuatrocientas accionesordinarias y nominativas de un valor de 10000 dólares cada una señaladas con los números001 al 400 Con todos los derechos y obligaciones que corresponden a los accionistas quecorresponden a los accionistas según la Ley y Estatutos de la Compañía.
Lugar, Loja a 19 de abril del 2011.
f) Presidente
TALONARIO DE ACCIONES
NOMBRE DE LA COMPAÑÍA: “EMPRENDEDORES” S.A. TÍTULO Nº 001
DOMICILIO PRINCIPAL: Loja, Ciudadela Universitaria Av. Reinaldo Espinosa ECUADOR.ACCIONES Nº 400
SERIE: 001 VALOR TOTAL: $ 6’000.00
Capital Autorizado: $ 6’000.000
Capital suscrito: $ 4´000.00 dividido en 400 acciones ordinarias y nominativas de un valor de10.000 dólares cada una.
39
La compañía “EMPRENDEDORES” S.A. se constituyo mediante escritura pública de fecha 16 deabril del 20XX ante el Notario Público Dr. Eduardo Ortega Ordóñez del Cantón, inscrita en elregistro mercantil bajo el Nº 320 Tomo 4 Folio, de fecha 19 de abril del 2011.
RECIBÍ DE LA COMPAÑÍA 400 ACCIONES NOMINATIVAS LIBERADAS DE $ 10000 CADA UNA Nº012 QUE CORRESPONDE A LA SERIE 001.
Ciudad, Loja a 19 de abril del 2011.
f) ACCIONISTA
Del capital.-Las instituciones del sistema financiero privado pueden constituirse en solo acto,por convenio entre los que otorguen la escritura, o en forma sucesiva, por suscripción públicade acciones.
El Capital social de acuerdo a la ley se divide en capital autorizado, capital suscrito y capitalpagado.
Capital Autorizado: Es el monto fijado en el contrato social, hasta el cual un banco privado ouna sociedad financiera podrá disponer la suscripción y emisión de acciones.
Capital Suscrito: Es el que determina la responsabilidad de los accionistas y consiste en laparte del capital autorizado que cada accionista se compromete a pagar al momento de laconstitución o con cada aumento de capital que realice la institución, sujetándose a lostérminos en la Ley.
Capital Pagado: Es el que se halla efectivamente entregado a la entidad por parte de losaccionistas y se encuentra cubierto en cualesquiera de las formas previstas en la Ley,.
Al momento de constituirse deberá establecerse en el Estatuto Social el capital autorizado,hasta cuyo monto podrá la institución del sistema financiero privado aceptar suscripciones yemitir acciones. El capital suscrito, al tiempo de la constitución, no podrá ser menor delcincuenta por ciento (50%) del capital autorizado y por lo menos la mitad del capital suscritodeberá pagarse antes del inicio de las operaciones.
40
Los aportes de capital deberán pagarse totalmente en dinero efectivo, salvo que laSuperintendencia autorice que se capitalicen obligaciones por compensación de créditos.
Los suscriptores del capital deben comprometerse a entregar los aportes no pagados en dineroen efectivo, en el plazo máximo de un año contado desde la fecha de suscripción, o encualquier tiempo que sea necesario subsanar cualquier deficiencia de patrimonio técnico de lainstitución, ya sea en virtud del llamamiento que hagan los directores o bien porrequerimiento de la Superintendencia.
Para constituir un Banco la Ley del Sistema Financiero establece montos mínimos de capitalque son:
Para los Bancos US $ 2’628.940,00
Para las sociedades Financieras y Corporaciones de Inversión y desarrollo US $ 1.314.470,00
La superintendencia fijará el monto de capital mínimo con el que deban iniciar sus actividadeslas instituciones de servicios financieros y las demás entidades sujetas a su control, incluyendolas sociedades controladoras.
Entre los principales requisitos que se requiere para la creación de un banco tenemos:
Acta de Constitución
Es un escrito de lo sucedido, tratado y acordado en la Junta General de Accionistas
Nombramiento del presidente, gerente y subgerente el banco.
41
Minuta
En el Ecuador las compañías se constituyen por Escritura Pública; no por documento privado.
Elevación de la Escritura Pública
Es el acto que consiste en presentar ante un Notario Público para que eleve la Escritura Pública
y de fe de la presentación de los documentos necesarios para su constitución; su duración es
de dos días.
Solicitud de Aprobación
“La aprobación de la escritura de constitución del banco será pedida (con firma de abogado) al
Superintendente de Bancos y Seguros por los Promotores o por la persona en ella designada.
Si estos no lo hicieran dentro de los treinta días de suscrito el contrato, lo hará cualquiera de
los accionistas acosta del responsable de la omisión.
Resolución de Aprobación
El Superintendente aprueba la constitución del Banco mediante Resolución.
Publicación del Extracto de la Escritura Constitutiva
El superintendente o Intendente de Bancos en la Resolución mediante la cual apruebe la
constitución ordenará la publicación de un extracto de la escritura pública de constitución que
elaborará la Superintendencia o Intendencia. Este extracto se publicará por una sola vez en
42
uno de los periódicos de mayor circulación en el domicilio principal de compañía.- El extracto
de la escritura contendrá los datos señalados en los numerales 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, y 6º del art.
137 de esta Ley, y además la indicación del valor pagado del capital suscrito, la forma en que
se hubiere organizado la representación legal, con la designación del nombre del
representante, caso de haber sido designado en la escritura constitutiva y el domicilio de la
compañía.
Inscripción en el Registro Mercantil
La inscripción del Banco, con la cual nace como persona jurídica, la puede hacer el mismo día
de la publicación del extracto, con lo cual si hubiera oposición o reclamo es posterior a la
constitución jurídica de la Institución.
Nombramiento del Gerente General
El Gerente General es elegido por la Junta General de Accionistas, durará en su cargo un
período de dos años, pudiendo ser reelegido indefinidamente, el Gerente General será
personal y peculiarmente responsable si llegara a efecto una operación apartándose de la
facultad y límite acordado.
Nombramiento del Presidente
El Presidente será nombrado por la Junta General de Accionistas para un período de dos años,
pudiendo ser indefinidamente reelegido. Puede ser accionista o no.
Disolución y Liquidación del Banco
43
Artículo 148.- La Superintendencia mediante resolución aprobada por la Junta
Bancaria, podrá declarar la liquidación forzosa de una institución del sistema financiero,
designando a uno o más liquidadores1. No pagar cualquiera de sus obligaciones.
44
DEPARTAMENTALIZACIÓN DE UN BANCO
JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
DIRECTORIO
GERENTE GENERAL ASESORÍA JURÍDICAAUDITORÍA
SECRETARÍA GENERAL
DEPARTAMENTOADMINISTRATIVO
DEPARTAMENTO DECAPTACIONES YOPERACIONES
DEPARTAMENTODE CRÉDITO
DEPARTAMENTODE SERVICIOSBANCARIOS
DEPARTAMENTO DECONTABILIDAD
- GerenciaAdministrativa
- Organización- Proveeduría- Archivo General
- Cuentas Ahorros- Cuentas Corrientes- Giros y Cobranzas- Depósitos P/F
- Otorga Créditos- Recepción de
Cartera
- Transferencias- Pagos Varios
Servicios- Cajeros
- Contabilidad- Tesorería- Presupuesto- Revisoría y Control
45
Asientos Tipos de Constitución (Departamento Administrativo)
BANCO “DEL ESTUDIANTE S.A.”
LIBRO DIARIO
Folio Nro. 01
FECHA CÓDIGO DETALLE PARCIAL DEBE HABER
En la ciudad de LOJA al primer día del mes de junio del dosmil once. El Banco “Del Estudiante" inicia sus operacionescon los siguientes bienes, valores y obligaciones:
01/06/11
1 ACTIVO
16 CUENTAS POR COBRAR
1690 CUENTAS POR COBRAR A VARIOS 3.000.000,00
169030 Por la venta de bienes y acciones
Accionista A 600.000,00
Accionista B 600.000,00
Accionista C 600.000,00
Accionista D 600.000,00
Accionista E 600.000,00
2 PASIVOS
28 OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN
ACCIONES Y APORTE PARA FUTURA
CAPITALIZACIÓN
2801 OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN ACCIONES 3.000.000,00
280105 Obligaciones Convertibles en Acciones
P/r la suscripción de capital del banco Del Estudiante
03/06/11 2
1 ACTIVO
11 FONDOS DISPONIBLES
1103 BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINAN. 2.400.000,00
110310 Bancos y Otras Instituciones Financieras Locales.
1 ACTIVO
16 CUENTAS POR COBRAR
1690 CUENTAS POR COBRAR A VARIOS 2.400.000,00
46
169030 Por la Venta De Acciones y Bienes
Accionista A 480.000,00
Accionista B 480.000,00
Accionista C 480.000,00
Accionista D 480.000,00
Accionista E 480.000,00
P/r el pago del 80% del capital en la cuenta del banco deLoja por cada uno de los socios.
03/06/11 3
2 PASIVOS
28OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN ACCIÓNES Y APORTESPARA FUTURA CAPITALIZACIÓNES
2801 OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN ACCIÓNES 2.400.000,00
280105 Obligaciones convertibles en acciones 2.400.000,00
3 PATRIMONIO
PASAN... 7.800.000,00 5.400.000,00
BANCO “DEL ESTUDIANTE”
LIBRO DIARIO
Folio Nro. 02
FECHA CÓDIGO DETALLE PARCIAL DEBE HABER
... VIENEN 7.800.000,00 5.400.000,00
31 CAPITAL SOCIAL
3101 CAPITAL PAGADO 2.400.000,00
P/r el ajuste del 100% del capital pagado
04/06/11 4
1 ACTIVO
11 FONDOS DISPONIBLES
1101 CAJA 2.400.000,00
110105 Efectivo 2.400.000,00
1 ACTIVO
11 FONDOS DISPONIBLES
1103 BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINAN. 2.400.000,00
47
110310 Bancos y Otras Instituciones Locales 2.400.000,00
P/r el retiro del 100% del dinero y depositarlo en nuestrasbóvedas
05/06/11 5
1 ACTIVO
19 OTROS ACTIVOS
1906 MATERIAL, MERCADERÍAS E INSUMOS 65,50
190615 Proveeduría
4 chequera 60,00
1 libretín e comprobantes e reten 5,50
1990 OTROS 7,86
199005 Impuesto al Valor Agregado
2 PASIVO
23 OBLIGACIONES INMEDIATAS
2301 CHEQUES DE GERENCIA 72,71
25 CUENTAS POR PAGAR
2504 RETENCIONES 0,66
250405 Retenciones Fiscales 0,66
25040505 Retención en la Fuente Por pagar
05/06/11 6
1 ACTIVO
19 OTROS ACTIVOS
1905 GASTOS DIFERIDOS 950,00
1900505 Gastos de Constitución y Organización
1990 OTROS 114,00
199005 Impuesto al Valor Agregado
2 PASIVO
23 OBLIGACIONES INMEDIATAS
2301 CHEQUES DE GERENCIA 988,00
25 CUENTAS POR PAGAR
2504 RETENCIONES 76,00
250405 Retenciones Fiscales 76,00
P/r pago por gastos constitución al Dr. Eduardo Ortega
48
DEPARTAMENTO DE CAPTACIONES Y OPERACIONES
Dentro de las actividades bancarias que ofrece una entidad se encuentran: las cuentas de
Ahorro, Cuentas Corrientes y Depósito a Plazo Fijo.
CUENTAS DE AHORRO
Son depósitos que realizan los pequeños ahorristas en los bancos con la finalidad de
beneficiarse de los intereses que generan sus ahorros. Los bancos en su mayoría acreditan los
intereses en cada movimiento que se realiza sobre el último saldo de la cuenta y otros en
cambio al finalizar cada trimestre o semestre.
Las cuentas de ahorro constituyen una forma de ahorro, los clientes depositan su dinero en el
Banco utilizando papeles especiales para este propósito, para retirar el dinero en cualquier
momento deben presentar su libreta de ahorros. Este tipo de cuentas tienen su ventaja tanto
para el ahorrista como para el Banco. El primero gana intereses sobre los saldos de la cuenta y
el Banco tiene una mayor capacidad para utilizar este dinero así ahorrado para dar créditos a
causa de la poca movilización del dinero y al menor porcentaje de encaje bancario exigido por
la junta monetaria.
Requisitos para apertura Cuenta de Ahorros
PERSONA NATURAL
o Solicitud de apertura de cuentadebidamente llena.
o Copia de C.I.o Copia de Certificado de Votación
actualizadoo Copia e otro documento que lo
identifique.o Dos referencias comercial, y
personalo Copia de última carta de agua, luz o
teléfonoo Depósito mínimo para apertura,
depende de políticas del banco
PERSONA JURÍDICA
o Solicitud de apertura de cuentadebidamente llena
o Nombramiento del representantelegal
o Documentos que acrediten laConstitución de la Empresa
o Carta autorizando a los firmantes dela cuenta
o Nombramiento de los firmanteso Copias de las Cédulas y Certificados
de Votación de los firmantes.o Copia del RUC.o Depósito mínimo de apertura
,depende de políticas del banco
49
Una vez que el interesado ha cumplido con los requisitos y depositado el monto mínimo, el
banco le emite una libreta de ahorros, para que el ahorrista pueda realizar sus futuros
depósitos o retiros.
También algunos bancos entregan a sus clientes tarjetas inteligentes con banda magnética y
fotografía incorporada del titular, facilitando sus retiros que pude hacerlos en ventanilla con
libreta o retirar en los cajeros automáticos disponibles para el efecto.
Depósitos.- Para realizar un depósito no es indispensable presentar la libreta, solo se debe
llenar una papeleta y acompañar el dinero y/o cheque que se depositan.
Retiros.- Los retiros de la cuenta de ahorro deben hacerse obligadamente con la
presentación de la libreta, adjuntando la cédula de identidad del dueño de la cuenta, y si el
caso lo requiere la presentación de la cédula de identidad del dueño y de quién retira el
dinero.
Asientos Tipo: Cuentas de Ahorros
Ejemplo de apertura de Cuenta de Ahorros
16/04/2011.- El Sr. Joel Bravo apertura la cuenta de ahorros N. 4563-1458 en el Banco de Loja,
mediante depósito en efectivo de $1000,00 y un cheque del Banco de Guayaquil por 3000,00.
El registro en el libro diario se presenta así:
50
FECHA CODIGO DETALLE DEBE HABER
16-04-2011 11
----------------------- 6------------------------------
FONDOS DISPONIBLES
1101 CAJA 1.000,00
1104 Efectos de cobro inmediato 3.000,00
21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2101 DEPÓSITOS A LA VISTA 4.000,00
210135 Depósitos de ahorro
P/R apertura de cuenta de ahorros
Para realizar los depósitos en una cuenta de ahorros se debe acompañar al mismo unapapeleta de depósito.
Ejemplo de Retiro de Ahorros
20/04/2011 el Sr. Bravo, retira de su cuenta de ahorros la cantidad de 1500,00 dólares s/n de
retiro N. 1452645.
FECHA CODIGO DETALLE DEBE HABER
20/04/2011 21
------------------------ 7------------------------------
OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2101 DEPÓSITOS A LA VISTA 1.500,00
210135 Depósitos de ahorro
11 FONDOS DISPONIBLES
1101 CAJA 1.500,00
110105 Efectivo
P/R retiro de cuenta de ahorros
51
Ejemplo para Acreditar Intereses
FECHA CODIGO DETALLE DEBE HABER
24/04/2011 41
------------------------- 8-----------------------------
INTERESES CAUSADOS
4101 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO 1,00
410115 Depósitos de ahorro
21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2101 DEPÓSITOS A LA VISTA 1,00
210135 Depósitos de ahorro
P/R intereses en la cuenta de ahorros
Así mismo como en los depósitos, al momento de retirar dinero se debe llenar una papeleta deretiro, que para dicho efecto proporcionan los bancos.
Pérdida de Libreta de Ahorros
Cuando un cliente del banco se le pierde una libreta de ahorros debe concurrir al Banco
comunicando por escrito lo siguiente:
o El número de la Cuenta de Ahorros
o La fecha en que se produce la pérdida de la libreta
o Acompañar la fotocopia de la cédula de Identidad.
52
El Banco inmediatamente procede a bloquear los fondos de la cuenta de ahorros y a notificar
por anuncio publicitario la pérdida de la libreta de ahorros, valor de publicación que será
debitado del cuenta ahorrista.
Por lo tanto se contabilizará:
FECHA CODIGO DETALLE DEBE HABER
25/04/2011 21
-------------------------- 9-----------------------------
OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2101 DEPÓSITOS DE AHORRO 5,00
210135 Depósitos de ahorro
23 OBLIGACIONES INMEDIATAS
2301 CHEQUES DE GERENCIA 5,00
P/R la publicación por pérdida de libreta
CUENTAS CORRIENTES
Representa el dinero depositado a la vista, por un cliente en un banco, con valores disponibles
que exigen la emisión de un cheque para retirar fondos y notas de depósitos para los ingresos
a favor de la cuenta. Estos depósitos pueden efectuarse en efectivo o en cheques de otros
bancos locales y de otras plazas, y además las cuentas corrientes generan intereses sobre los
saldos promedios
Beneficios que otorga una Cuenta Corriente
53
Permite efectuar transacciones comerciales en cualquier parte del país con el uso del cheque
sin correr el riesgo de portar el dinero en efectivo. Además aperturada una cuenta corriente,
de acuerdo al promedio de los últimos noventa días después de abrirse la cuenta corriente, el
cliente puede beneficiarse de un crédito comercial, o un sobregiro ocasional.
Requisitos para apertura de una Cuenta Corriente
Contrato de Cuenta Corriente
La apertura de una cuenta de depósitos monetarios, o cuenta corriente bancaria requiere de
un contrato escrito que se celebra entre el titular de ella y el banco que lo reconozca como tal,
previa presentación de una solicitud aprobada por éste, bajo su responsabilidad.
Las cuentas corrientes bancarias pueden ser personales, colectivas o corporativas y de
instituciones públicas. No serán codificadas ni cifradas y se hallan amparadas por el sigilo
bancario.
Para aprobar una solicitud de cuenta corriente bancaria, el banco deberá verificar que el
interesado no se encuentre sancionado con el cierre, suspensión o cancelación, por mal uso de
PERSONA NATURAL
o Solicitud de apertura de cuenta debidamentellena.
o Copia de C.I.o Copia de Certificado de Votación actualizadoo Copia e otro documento que lo identifique.o Tres referencias comercial, bancaria y
personalo Copia de última carta de agua, luz o teléfonoo Depósito mínimo para apertura de $400,00
PERSONA JURÍDICA
o Solicitud de apertura de cuenta debidamentellena
o Nombramiento del representante legalo Documentos que acrediten la Constitución de la
Empresao Carta autorizando a los firmantes de la cuentao Nombramiento de los firmanteso Copias de las Cédulas y Certificados de Votación
de los firmantes.o Copia del RUC.o Depósito mínimo de apertura : $600,00
54
su cuenta en otro banco. Además deberá cerciorarse obligatoriamente sobre la identidad,
solvencia, honorabilidad y antecedentes del solicitante.
Contenido del Contrato de Cuenta Corriente
Todo contrato de cuenta corriente deberá contener:
o Lugar y fecha de celebración.
o La identificación del titular con los siguientes datos:
o Si es persona natural ecuatoriana, sus nombres y apellidos y el número de su cédula de
identidad.
o Si es persona extranjera su nombres, y apellidos completos, su nacionalidad, y el
número de su cédula de identidad o de pasaporte, y;
o Si es persona jurídica, su razón social, el número de inscripción en el registro único de
contribuyentes y el documento que pruebe su existencia y capacidad legal; los
nombres y apellidos completos, número de cédula de identidad o el número y
nacionalidad del pasaporte, si fuese del caso de quienes estuvieren para girar cheques
sobre su cuenta.
o En caso de sociedades de hecho o sociedades accidentales, se deberá abrir la cuenta
corriente a nombre de los socios de las mismas y a continuación deberá constar la
denominación de la sociedad;
o El número de la cuenta que se haya asignado,
55
o La especificación de la moneda en la que se abre la cuenta. Si se trata de una moneda
extranjera se podrá estipular que el pago de los cheques se hará en efectivo, en la
misma moneda extranjera o en cheque a cargo de otro banco del país o del exterior.
o La dirección domiciliaria del titular y la identificación precisa del lugar donde recibirá
las notificaciones relacionadas con el contrato, así como la modalidad de entrega del
estado de cuenta corriente y si fuera del caso, lugar de trabajo, fax, o teléfono, datos
que el titular mantendrá actualizados. Las personas jurídicas estarán obligadas a
mantener actualizados los nombramientos de sus representantes legales.
o Los bancos, obligatoriamente verificarán los datos relativos a la dirección domiciliaria
y de trabajo así como los cambios que hubieren.
o La declaración del origen lícito de los fondos y, además que no tienen relación
alguna con el narcolavado y más infracciones previstas en la Ley sobre
Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
o La autorización de que el titular de la cuenta da al banco para proporcionar su nombre
y dirección al tenedor de un cheque no pagado.
o Las causas de terminación del contrato entre las que debe constar expresamente el
mal uso de los cheques.
o La facultad del banco para bloquear los fondos de los cheques depositados por el
titular o un tercero mientras tales documentos no se hicieren efectivos, y la
autorización para debitar de la cuenta corriente el valor de los cheques que fueron
devueltos por cualquier causa.
o La autorización para efectuar pagos y cobros a terceros y de terceros mediante
convenios especiales.
56
o La obligación del titular de verificar la secuencia correlativa de los números y
formularios de cheques que reciba y la conservación de la chequera con diligencia y
cuidado bajo su total responsabilidad.
o La obligación de la cuenta correntista de mantener la provisión de los fondos
disponibles para el pago de cheques y la del banco de pagarlos, si reúnen los requisitos
legales sin apreciar a simple vista apariencias de falsificación o alteración.
o La obligación del titular de responder civil y administrativamente por el giro de
cheques sobre su cuenta corriente por personas autorizadas por él;
o Las demás cláusulas que acuerden las partes sin que ellas puedan contravenir
disposiciones legales, y;
o Las firmas de los intervinientes.
o Un ejemplar del contrato se entregará al cuentacorrentista luego de registrar la firma
o firmas y si fuera del caso los sellos correspondientes.
CHEQUE
Es una orden de pagos inmediatos contra un banco por una cantidad de dinero escrita en
números y letras en una fecha determinada. En un cheque por lo general participan tres
personas:
o El Girador.
o El Girado
o El beneficiario.
Contenido:
57
o La denominación de cheque inserta en el texto mismo del documento y expresada en
el idioma empleado para su redacción
o El mandato puro y simple de pagar una determinada suma de dinero
o El nombre de quien debe pagar o girado.
o La indicación del lugar de pago
o La indicación de la fecha y del lugar de la emisión del cheque, y
o La firma de quien expide el cheque.
Clases de Cheques
Razones para negar el pago de un cheque
o Protesto
o Devolución
o Revocación
Devolución
CLASIFICACIÓNDE LOS
CHEQUES
ORDEN: Aparece escrito elnombre del beneficiario y se loendosa para cobrarlo odepositarlo en la cuenta.
CRUZADO ESPECIAL: Esrestrictivo y en el espacio dedos líneas paralelas se haceconstar el nombre del Banco através del cual exclusivamentese cobrará el cheque
GERENCIA: Una instituciónbancaria es la que emite estecheque. Generalmente paracancelar gastos realizados porla entidad y eventualmente asolicitud del usuario
CRUZADO: Se gira porseguridad, tiene a su reversodos líneas paralelas y parahacerlo efectivo, esindispensable depositarlo enuna cuenta corriente
CERTIFICADO: Tiene laindicación de un beneficiario yes prestado al banco para lacertificación del valor queconsta en el cheque. El bancodebita de la cuenta corriente elmonto por anticipado
VIAJERO: Se emite en monedaextranjera para uso de turistasen diferentes países del mundoimpresos en montos de:
10, 20, 50 o 100 dólares
58
Un cheque es devuelto por defectos de forma y estos pueden ser:
o Firma del girador no es igual a la registrada
o Firma del girador no está registrada
o Alteración aparente de alguna parte del cheque
o Falta firma del girador
o Falta firma conjunta
o Falta sello de antefirma.
o Fecha caducada
o Fecha incompleta
o Cheque girado en chequera extraviada
o Cantidad mal escrita
o Por exceso e endosos
Revocatoria de Cheques
o Pérdida
o Sustracción
o Deterioro
Toda revocatoria de cheque se hará atención a lo que denomina el artículo 27 y 50 de la Ley
de cheques, y los artículos 1,2,3,4,5 y 6 del reglamento general de la Ley de Cheques.
Asientos Tipo en el departamento de Cuentas Corrientes
Ejemplo
11/05/11.- el señor Carlos Cajas, apertura la cuenta corriente N. 2900528585, en el banco de
Loja mediante depósito en efectivo de $600,00
59
FECHA CODIGO DETALLE DEBE HABER
11/05/11 11
-------------------------- 10----------------------------
FONDOS DISPONIBLES
1101 CAJA 600,00
21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2101 DEPOSITOS A LA VISTA 600,00
210110 Dep.Monet.que no Generan Intereses
P/R apertura de cuenta corriente
Entrega de Chequera con cargo a la Cuenta Corriente.
El Banco de Loja, le entrega en la misma fecha al señor Cajas, una chequera de100 cheques
numerados del 01 al 100, por un valor de $20,00. Realice los cálculos correspondientes:
FECHA CODIGO DETALLE PARCIAL DEBE HABER
14/05/2011 21
--------------------- 11--------------------------
OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2101 DEPOSITOS A LA VISTA 22.40
210110 Dep.monet.que no Genera Intereses
19 OTROS ACTIVOS
1906 MATERIALES MERC.E INSUMOS 20,00
190615 Proveeduría
25 CUENTAS POR PAGAR
2504 RETENCIONES 2.40
250405 Fiscales
IVA 2.40
p/r n/d por entrega de chequera
60
Depósitos de Cheques en una Cuenta Corriente
El 16 de mayo, el señor Cajas, deposita a su cuenta corriente un cheque del banco de
Pichincha por un valor de $500.00 y un cheque del Banco de Guayaquil por $800.00
FECHA CODIGO DETALLE DEBE HABER
15/05/2011 - 12 -
11 FONDOS DIPONIBLES
1104 EFECTOS DE COBRO INMEDIATO 1.300,00
21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2101 DEPOSITOS A LA VISTA 1.300,00
210110 Dep. monetarios que no generan intereses
P/R depósito de cheques en cta cte.
Devolución de un Cheque por Insuficiencia de Fondos
Mayo 18, el Banco de Loja, devuelve al Sr. Cajas el cheque del Banco de Guayaquil por falta de
fondos emitiendo una N/D por $1.50, para cubrir los gastos de devolución.
FECHA CODIGO DETALLE DEBE HABER
18/05/2009 - 13 -
21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2101 DEPÓSITOS A LA VISTA 801,50
210110 Dep.Monet. que no Generan Intereses
11 FONDOS DISPONIBLES
1104 EFECTOS DE COBRO INMEDIATO 800,00
54 INGRESOS POR SERVICIOS
5402 SERVICIOS ESPECIALES 1,50
P/R devolución de cheque sin fondos
Por el Pago de un Cheque
61
BANCO “XX”
LIBRO DIARIO
FECHA CÓDIG
O
DETALLE PARCIAL DEBE HABER
20/05/2011
2
21
2101
210110
1
11
1101
110105
-15-
PASIVO
OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO
DEPÓSITOS A LA VISTA
Depósitos Monetarios que no Generan Interesas
ACTIVO
FONDOS DISPONIBLES
CAJA
Efectivo
P/r El pago del cheque Nº…. en ventanilla
500,00
500,00
CÁMARA DE COMPENSACIÓN
Para agilitar y optimizar el sistema de cobro de cheques se reúnen cada día los
delegados de cada uno de los bancos de la ciudad, en una de las salas del Banco
Central del Ecuador o en las sucursales del Banco Nacional de fomento, en aquellos
lugares que no existan oficinas del Banco Central del Ecuador, y bajo la dirección de un
funcionario autorizado por el Banco Central para clasificar e intercambiar los cheques
recibidos en depósito en los diferentes bancos y confirmar la disponibilidad de fondos
de cada cheque.
62
Al respecto cada banco nombra un delegado principal y un suplente y se cumplen dos
sesiones, la una de carácter preliminar y la otra definitiva.
Cámara Preliminar
Se realiza a las 20h00 con la finalidad de canjear los cheques en poder de cada banco con
cargo a las otras instituciones del sistema bancario.
Procedimiento
o El jefe de cámara del Banco Central del Ecuador o su delegado, es quien preside y dirige la
sesión de la cámara de compensación, dará inicio a la misma, acto seguido los delegados de
cada banco efectuarán el intercambio entre sí de los sobres.
o Cada delegado del sistema bancario entrega en sobre cerrado, los cheques que
corresponden a cada uno de los bancos girados.
o Los delegados prepararán por duplicado la planilla de compensación, con el detalle de la
cantidad y el valor de los cheques que se entregan, y deben coincidir con el registrado en
los sobres.
o Los delegados de cada banco tomarán la información de la parte externa de los sobres
recibidos de los demás delegados, para anotar en la planilla de compensación la cantidad y
el valor de los cheques.
o Cada delegado presenta por triplicado el resultado de compensación, en la que consten la
cantidad y el valor de los cheques entregados y recibidos demostrando la diferencia a favor
o en contra.
63
o El Jefe de Cámara del Banco Central del Ecuador o su delegado, quien preside, clausurará la
sesión y autorizará a los delegados de los diferentes bancos a que abandonen la sala.
Resultado de la Cámara de Compensación
Individualmente los delegados de los bancos deben establecer el resultado de la
cámara de compensación, éste dependerá de la diferencia entre los valores de los
cheques receptados y los valores de los cheques entregados.
A favor.- Cuando el valor de los cheques remitidos a su cobro son mayores (los que
entregan) al valor de los cheques a cargo del banco recibidos por todas las entidades.
En contra.- Cuando el banco recibe una cifra menor en dólares que la que entrega.
Cámara Definitiva
Esta sesión se realizará a las 13h30; cada uno de los delegados de los diferentes
bancos proceden a intercambiar los cheques que recibieron en la sesión preliminar del
día anterior y cuyo pago se ha negado por defectos de forma, cuenta cerrada, orden
de no pago o por falta de fondos, es decir según las causales que establece la ley de
cheques.
Procedimiento
o El jefe de cámara del Banco Central del Ecuador o su delegado también preside y dirige
esta sesión.
o Los cheques protestados o devueltos deberán tener el sello de protesto o leyenda alusiva
a la devolución y serán entregados a cada delegado, engrapados con una cinta de papel
en la que se registre la suma del valor y la cantidad de cheques.
64
o Los delegados del sistema bancario deben verificar en la sala de la cámara de
compensación, que los cheques no pagados que reciben cumplan con las siguientes
formalidades.
1. El sello de endoso correspondiente al banco que representa
2. Causal del protesto o devolución
3. Que conste la fecha de la sesión preliminar
4. Verificar el valor correcto de la suma de los cheques no pagados y devueltos
o El jefe de cámara del Banco Central o su delegado dará por terminada la sesión y
dispondrá que los delegados pueden retirarse.
Contabilización:
La contabilización se la hace con los resultados de la cámara definitiva, es decir con los saldos
efectivos.
Los cheques que se les ha rehusado el pago por alguna causal, regresan al día siguiente a la
cámara definitiva, se los devuelve al delegado del banco que los entregó para que a su vez y de
inmediato sean entregados a sus respectivos clientes (depositarios).
ENCAJE BANCARIO
A partir de Enero del 2009, establece un encaje único del 2% para todos los depósitos y
captaciones en dólares de los Estados Unidos de América realizado por los bancos y
demás instituciones del sistema financiero público y privado sujeto a control de la
Superintendencia de Bancos.
65
Para el cálculo de este requerimiento de encaje se considerarán todos los depósitos y
captaciones correspondientes a cada semana.
En encaje de los bancos y demás instituciones del sistema financiero público y privado sujetos
al control de la Superintendencia de Bancos, estará constituido sobre la base del total de los
depósitos y captaciones en dólares de los Estados Unidos de América.
Instrucciones del Formulario de Depósito para Encaje
El formulario para depósitos de encaje contiene las siguientes instrucciones:
1. El período de información es de jueves a miércoles
2. En el caso de que cualquiera de los días informados correspondan a feriados, en la
columna del día no laborable se consignarán los saldos del día hábil inmediato anterior.
3. Los saldos informados serán a nivel consolidado
4. El informe será enviado a la Superintendencia de bancos después de cinco días a más
tardar, después vencido el período semanal a que se refiere los datos.
DEPÓSITOS A PLAZO FIJO
Son inversiones que las personas naturales o jurídicas realizan con el propósito de
ahorrar sus recursos y obtener una utilidad de los intereses que generan sus capitales
a un plazo determinado, para lo cual reciben un título –valor emitido por el banco, de
acuerdo a la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero.
El sustento contable de estas operaciones se encuentra en la parte correspondiente al grupo
21 DEPÓSITOS A PLAZO FIJO de su catálogo de cuentas.
El Registro contable por estas transacciones que son muy usuales en el sistema bancario es el
siguiente:
o Registra la captación
o Registra la provisión de intereses
o Registra la cancelación.
Los intereses para una operación de Depósito a Plazo Fijo son de libre contratación entre la
entidad financiera y el cliente, el porcentaje de intereses es diferente en las ofertas que hacen
los distintos Bancos y obedece a la mayor o menor necesidad de captar dinero de sus clientes.
66
Ejemplo
Juan Diego Castillo, realiza un depósito a plazo fijo con cheque por $20.000,00 a 90 días plazo
con un interés anual de 7.5% , el señor Castillo, solicita la acreditación mensual de los
intereses a su cuenta de ahorros N. 27587 que mantiene en el Banco.
FECHA CODIGO DETALLE DEBE HABER
22/062011 - 16 -
11 FONDOS DISPONIBLES
1104 EFECTOS DE COBRO INMEDIATO 20.000,00
21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2103 DEPÓSITOS A PLAZO 20.000,00
210315 de 61 a 90 días
P/R, depósito a plazo fijo
Registro mensual de intereses
FECHA CODIGO DETALLE DEBE HABER
22/07/2011 -17 -
41 INTERESES CAUSADOS
4101 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO 125,00
410130 Depósitos a plazo
21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2101 DEPÓSITOS A LA VISTA 122,50
210135 Depósitos de ahorro
2504 RETENCIONES 2,50
250405 RETENCIONES FISCALES
P/R, Intereses del primer mes
Al vencimiento del depósito a plazo fijo
67
FECHA CODIGO DETALLE DEBE HABER
22/092011 - 18 -
21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
2103 DEPÓSITOS A PLAZO 20.000,00
210315 de 61 a 90 días
41 INTERESES CAUSADOS
4101 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO 375,00
410130 Depósitos a plazo
2301 CHEQUES DE GERENCIA 20367,50
2504 RETENCIONES 7,50
250405 Retenciones fiscales
P/r. retiro de inversión.
DEPARTAMENTO DE CRÉDITO
Comprende los saldos de capital de las operaciones de crédito otorgadas por la entidad bajo
las distintas modalidades autorizadas y en función al giro especializado que le corresponde a
cada una de ellas, incluye todas las operaciones otorgadas con recursos propios o con fuentes
de financiamiento interno o externo, operaciones contingentes pagadas por la institución por
incumplimiento de los deudores principales, contratos de arrendamiento mercantil financiero,
sobregiros en cuentas corrientes de los clientes, valores por cobrar a tarjetahabientes; así
como los montos provisionados para cubrir créditos de dudosa recuperación, de acuerdo a las
disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos.
68
INTERESES, COMISIONES, SEGUROS E IMPUESTOS EN LOS CRÉDITOS
C
L
A
S
I
F
I
C
A
C
I
Ó
N
D
E
C
R
É
D
I
T
O
S
68
INTERESES, COMISIONES, SEGUROS E IMPUESTOS EN LOS CRÉDITOS
C
L
A
S
I
F
I
C
A
C
I
Ó
N
D
E
C
R
É
D
I
T
O
S
68
INTERESES, COMISIONES, SEGUROS E IMPUESTOS EN LOS CRÉDITOS
C
L
A
S
I
F
I
C
A
C
I
Ó
N
D
E
C
R
É
D
I
T
O
S
69
TABLA DE AMORTIZACIÓN DE UN CRÉDITO
Es un cuadro donde se detallan el número de cuotas, el interés, los seguros cuandocorresponda según crédito, el dividendo y fecha de vencimiento.
Obtención del Dividendo con amortización cuota Fija
11
1
n
n
i
iiCD
1011466666.01
01146666.01011466666.06000 18
18
D
22782037.0
2278020371.1011466666.06000D
061802765.06000D
82.370D
69
TABLA DE AMORTIZACIÓN DE UN CRÉDITO
Es un cuadro donde se detallan el número de cuotas, el interés, los seguros cuandocorresponda según crédito, el dividendo y fecha de vencimiento.
Obtención del Dividendo con amortización cuota Fija
1011466666.01
01146666.01011466666.06000 18
18
D
22782037.0
2278020371.1011466666.06000D
69
TABLA DE AMORTIZACIÓN DE UN CRÉDITO
Es un cuadro donde se detallan el número de cuotas, el interés, los seguros cuandocorresponda según crédito, el dividendo y fecha de vencimiento.
Obtención del Dividendo con amortización cuota Fija
70
Asientos tipo a la concesión de un crédito:
Cuando el Banco concede el préstamo al cliente en cualquiera de las modalidades, y esdepositada en su cuenta corriente.
CODIGO CONCEPTO PARCIAL DEBE HABER
14
--------------------------------- 21-----------------------------------
CARTERA DE CRÉDITOS
1401 CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL POR VENCER xxxxx
140105 De 1 a 30 Días Xxxxx
21 OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO
2101 DEPOSITO A LA VISTA Xxxxx
210110 Deposito Monet. Que no generan Intereses Xxxxx
P/r concesión de crédito con depósito a Cta. Cte.
Registro contable para el retiro del crédito de la cuenta corriente del cliente.
CODIGO CONCEPTO PARCIAL DEBE HABER
21
-------------------------------- 22----------------------------------
OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO
2101 DEPOSITO A LA VISTA xxxxx
210110 Deposito Monet. Que no generan Intereses Xxxxx
11 FONDOS DISPONIBLES
1101 CAJA Xxxxx
110105 Efectivo Xxxxx
P/r.el retiro del dinero de la cuenta corriente
71
Al momento del pago del crédito con los intereses
CODIGO CONCEPTO PARCIAL DEBE HABER
21
------------------------------- 23 -------------------------------------
OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO
2101 DEPOSITO A LA VISTA xxxxx
210110 Deposito Monet. Que no generan Intereses Xxxxx
14 CARTERA DE CRÉDITOS
1401 CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL POR VENCER Xxxxx
140105 De 1 a 30 días Xxxxx
51 INTERESES Y DESCUENTOS GANADOS
5104 INTERESES DE CARTERA DE CRÉDITOS Xxxxx
510405 Intereses de cartera de créditos Xxxxx
P/r. el pago del crédito más intereses con depósito en Cta.Cte
Renovación de Créditos
Cuando el deudor no ha podido cancelar su deuda hasta su vencimiento se da lugar anegociaciones internas con el banco para que el cliente realice un abono que cubrirá parte dela deuda y el saldo se constituirá en un nuevo crédito a un plazo e interés diferente.
SERVICIOS BANCARIOS
Concepto.- Son beneficios diseñados por los bancos para cubrir las necesidades de susclientes en sus actividades económicas. El sector bancario ofrece diversidad de servicios y porcada uno de éstos el banco cobra una comisión que significa ingreso para el banco.
Entre estos servicios tenemos:
- Arrendamientos de casilleros de seguridad- Microfilm y copia de documentos- Cajero Automático- Certificación de cheques- Revocatoria de cheques- Transferencia de fondos- Emisión de estados de cuentas- Cortes de estado de cuenta- Entre otros.
72
Asiento Tipo a la prestación de un servicio.
CODIGO CONCEPTO PARCIAL DEBE HABER
21
------------------------ 24-------------------------
OBLIGACIONES CON EL PÚBLICO
2101 DEPÓSITOS A LA VISTA xxxxx
210110 Dep. Monetario que no genera intereses xxxxx
56 OTROS INGRESOS
5603 ARRENDAMIENTOS xxxxx
560305 Casillero de Seguridad xxxxx
25 CUENTAS POR PAGAR
2504 RETENCIONES xxxxx
250405 Retenciones Fiscales xxxxx
Iva 12 % xxxxx
P/r. ingreso por arrendamiento de
casillero de seguridad, con descuento a la
cuenta corriente
DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
Funciones del Departamento de Contabilidad
1. “Lleva o supervisa el registro contable de todas las operaciones del Banco y elabora
las consiguientes informaciones. Planifica, organiza, coordina y controla las labores
de la contabilidad y del personal a su cargo en función de lo normado en los
procedimientos internos de cada institución.
73
2. Lleva los libros de contabilidad general supervisa e implementa los registros
contables que se practican en todos los departamentos del Banco, sucursales,
agencias y oficinas.
3. Mantener actualizada la contabilidad de acuerdo con los principios generalmente
aceptados y de conformidad con las disposiciones y resoluciones emitidas por la
Superintendencia de Bancos, así como lo a estipulado en la Ley de Régimen
Tributario Interno. Ley General de Instituciones Financieras y su Reglamento.
4. Le corresponde elaborar el balance general, balance mensual, estados de pérdidas
y ganancias y otros documentos contables requeridos por los organismos de
control y por los niveles superiores del Banco. Al mismo tiempo le compete
mantener actualizado el plan de cuentas de la contabilidad del Banco.
5. Presentar a los órganos administrativos y de control pertinentes en forma mensual
y anual de los estados financieros con sus respectivos anexos, así como presentar
informes contables cuando sean requeridos por la administración de la entidad.
Para efecto revisara y autorizara con su firma los estados financieros.
6. Practica las conciliaciones contables de operaciones efectuadas entre la matriz y
sucursales y agencias, así como de las cuentas que el banco mantiene en el Banco
Central y otras instituciones financieras del país y del exterior.
7. Determina las obligaciones impositivas y prepara las declaraciones y pagos, tanto
los referentes a impuestos directos como a obligaciones derivada de su calidad de
agentes de retención.
Responsabilidad de la Contabilidad
La contabilidad comprende el registro de las operaciones de la entidad desde la elaboración de
los comprobantes hasta la formulación de los estados financieros y más informes para su
74
correspondiente análisis, interpretación y consolidación contable; comprende, además, los
documentos, registros y archivos de las transacciones.
En los Bancos, la responsabilidad legal de la contabilidad le corresponde al Contador General y
será llevada por una unidad administrativa especializada, independiente de las áreas
operativas.
El Contador General deberá ser profesional titular con suficiente entrenamiento, capacidad y
experiencia y debidamente inscrito en los registros de los colegios de Contadores del país
(CPA) con suficiente entrenamiento, capacidad y experiencia. En las sucursales y oficinas que
tengan la calidad de tales, la responsabilidad será de los respectivos gerente y contador.
Corresponde al Contador el control del correcto funcionamiento de la unidad a su cargo, la
adecuada elaboración y conservación de comprobantes de contabilidad y de la oportuna
presentación de los estados financieros contables. El contador desarrollara su actividad con
sujeción a las normas de ética profesional.
Los procedimientos contables se establecerán claramente en los manuales de contabilidad que
elabora cada entidad en forma narrativa y grafica, los mismos que deben responder a la
conveniencia en el Catalogo Único de Cuentas.
Exigencias del Control contable en los Bancos
Los libros de contabilidad registraran una por una todas las transacciones que realiza la
entidad.
El registro contable de las transacciones se efectuara diariamente o a mas tardar dentro del
primer día hábil posterior a su ejecución y se registraran en las cuentas cuyo título
corresponde a su naturaleza.
75
La documentación de respaldo de las operaciones y en especial de los comprobantes de
contabilidad, serán archivados siguiendo un orden lógico y de facial acceso. Los comprobantes
de contabilidad y documentos fuente que respaldan las transacciones serán elaborados en
formularios pre numerados y adecuadamente controlados.
Las transacciones concretadas a través de medios de comunicación inmediata deberán
registrarse el mismo día que se producen debiendo estar sustentadas por la documentación
pertinente y las efectuadas telefónicamente deberán ser reconfirmadas vía fax o cualquier
otro medio que deje constancia escrita de la operación y que contenga, en cada caso, la firma
del funcionario competente.
Las transacciones efectuadas mediante notas de debito y crédito, serán registradas a la fecha
de emisión o recepción de la misma.
Los comprobantes de contabilidad deberán contener la codificación completa de las cuentas
afectadas, una descripción clara y precisa de la transacción realizada, el visto bueno de los
funcionarios autorizados y la referenciación correspondiente que deberá constar en el libro
diario y mayor general para su fácil localización.
Los sistemas contables que se procesen en medios electrónicos serán programados de tal
forma que sea posible la elaboración de registros de entrada original, de diario general y libro
mayor.
Relación con otros departamentos
El departamento de Contabilidad tiene relación directa con todos los departamentos
generadores de transacciones derivadas de la prestación de servicios y venta de productos
bancarios, en razón de que este Departamento se realiza el proceso de consolidación de todas
las operaciones, a fin de preparar y emitir los estados financieros correspondientes.
76
Adicionalmente el Departamento de Contabilidad presta asesoría contable directa a todos los
departamentos del Banco, así como emite las directrices correspondientes en materia
contable.
ESTADOS FINANCIEROS
Concepto.- Los estados financieros en una empresa son el resultado del movimiento
económico en un periodo determinado. Además son una representación financiera
estructurada de la posición financiera y las transacciones realizadas por una empresa
Otra definición de estados financieros es que estos son el medio principal para suministrar
información contable a quienes no tienen acceso a los registros de un ente económico.
Mediante una tabulación formal de nombres y cantidades de dinero derivadas de tales
registros, reflejan a una fecha de corte, la recopilación y resumen de datos contables
Clasificación:
Estado de Resultados.- “Es el que determina la utilidad o perdida de un ejercicio
económico, como resultado de los ingresos y gastos; en base a este estado se puede medir
el rendimiento económico que ha generado la actividad de la empresa”1.
Estado de Situación Financiera.- Es el que demuestra la situación económica, financiera
de una empresa al final de un ejercicio económico. En la columna del activo estarán los
valores de las diferentes cuentas que posee la empresa, y en la columna de pasivos
estarán los valores de las diferentes cuentas que adeuda la empresa a terceras personas
Estado de Cambios en el Patrimonio.- Este informe contable revela una síntesis de las
variaciones de los componentes del patrimonio
INDICADORES FINANCIEROS
Los indicadores financieros son calculados para todas las entidades sujetas al control de la
Superintendencia de Bancos que remiten sus estados financieros en medios magnéticos.
Los indicadores que presenta el boletín financiero, permiten observar la estructura y calidad
de activos, la rentabilidad, la eficiencia financiera y administrativa, la liquidez, los costos y
rendimientos, la capitalización y apalancamiento de las instituciones del sector. A través de
1 MENDOZA BRIONES, Olinda; MENDOZA DE GUTIERREZ, Isabel. Contabilidad Bancaria. Séptima edición. Pág.120.
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estos índices se puede evaluar la solvencia, la cobertura sobre el riesgo crediticio y la
eficiencia de la gestión de las entidades sujetas al control de la Superintendencia de Bancos.
Estructura y Calidad de Activos
• La verdadera utilidad de la Calidad de los Activos dependerá de que los activos estén
correctamente valorados al momento de formularse los balances de la institución,
partiéndose del principio de que cualquier pérdida de valor de los activos por situaciones
de mercado o por desvalorización en función a su valor probable de realización, la
gerencia ha tomado las precauciones estableciendo la provisión para compensar dicha
merma o desvalorización
• Mediante la evaluación de estos indicadores se puede obtener una idea más clara sobre la
eficiencia, competitividad y productividad de la gerencia y hacia dónde va el banco con la
gerencia actual.
Total Pasivo / Patrimonio Mide el nivel de endeudamiento asumido por la entidaden relación al patrimonio. La relación mientras más bajaes mejor.
Activos Improductivos /Patrimonio
Mide el nivel de contribución de los recursospatrimoniales para la adquisición de activosimproductivos. Una relación mayor al 100 % implica eluso de recursos de terceros. La relación mientras másbaja es mejor.
Activos Inmovilizados /Patrimonio
Mide el nivel de contribución de los recursospatrimoniales destinados a la adquisición de activos fijosy de bienes recibidos en dación. La relación mayor al100 % implica el uso de recursos de terceros. La relaciónmientras más baja es mejor.
Total Pasivo / Total Activo Mide el nivel en que los activos han sido financiados porrecursos de terceros. La relación mientras más baja esmejor.
Índices de Morosidad
Miden el porcentaje de la cartera improductiva frente al total de la cartera, los ratios demorosidad se calculan para el total de la cartera bruta y por actividad económica.
78
Se obtienen de dividir:
Cartera Improductiva Comercial / Cartera Bruta Comercial
Cartera Improductiva de Consumo / Cartera Bruta de Consumo
Cartera Improductiva de Vivienda / Cartera Bruta de Vivienda
Cartera Improductiva para la Microempresa / Cartera Bruta para la Microempresa
Cartera Improductiva Total / Cartera Bruta Total
Para lo cual se debe considerar lo siguiente:
Cartera Bruta = Carteras por Vencer + Cartera que no Devenga Intereses + Cartera Vencida
Cartera Neta = Cartera Bruta - Provisiones para créditos incobrables
Cartera Improductiva = Cartera que no Devenga Intereses + Cartera Vencida
Cartera que no Devenga Intereses
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS PARA LA MICROEMPRESA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL REESTRUCTURADA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO REESTRUCTURADA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA REESTRUCTURADA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS PARA LA MICROEMPRESA REESTRUCTURADA QUE NO DEVENGA INTERESES
TOTAL CARTERA QUE NO DEVENGA INTERESES
Cartera Vencida
79
CARTERA COMERCIAL:
CARTERA POR VENCER
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL POR VENCER
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL REESTRUCTURADA POR VENCER
CARTERA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL REESTRUCTURADA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL REESTRUCTURADA VENCIDA
CARTERA IMPRODUCTIVA
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL REESTRUCTURADA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL REESTRUCTURADA VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS PARA LA MICROEMPRESA VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL REESTRUCTURADA VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO REESTRUCTURADA VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA REESTRUCTURADA VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS PARA LA MICROEMPRESA REESTRUCTURADA VENCIDA
TOTAL CARTERA VENCIDA
80
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO POR VENCER
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA POR VENCER
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA REESTRUCTURADA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO POR VENCER
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO REESTRUCTURADA POR VENCER
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO REESTRUCTURADA QUE NO DEVENGA INTERESES
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO REESTRUCTURADA VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA POR VENCER
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA REESTRUCTURADA POR VENCER
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CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA VENCIDA
CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA REESTRUCTURADA VENCIDA
Cobertura de Provisiones para la Cartera Improductiva
Miden el porcentaje de las provisiones constituidas con respecto a la cartera productiva bruta,éstos índices se computan para el total de la cartera bruta y por actividad económica.
Se obtienen de dividir las provisiones para créditos incobrables para cada tipo decartera para cada una de las carteras improductivas:
Provisiones para cartera comercial/ cartera improductiva comercial
Provisiones para cartera de consumo/ cartera improductiva de consumo
Provisiones para cartera de vivienda/ cartera improductiva de vivienda
Provisiones para cartera para la microempresa/ cartera para la microempresa improductiva.
Las cuentas de provisiones son las siguientes:
(PROVISIONES PARA CRÉDITOS INCOBRABLES)
(CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL)
(CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO)
(CARTERA DE CRÉDITOS DE VIVIENDA)
(CARTERA DE CRÉDITOS PARA LA MICROEMPRESA)
(CARTERA DE CRÉDITOS REESTRUCTURADA)
(PROVISIÓN GENERAL PARA CARTERA DE CRÉDITOS)
82
INDICADORES DE MANEJO ADMINISTRATIVO
• Este uno de los factores más complejos de evaluar, ya que está cargada de elementos
subjetivos de tipo cualitativos cuya información en su mayoría no está disponible a terceros
interesados en el negocio bancario, o no es fácilmente detectable por los propios
supervisores, lo que hace que los indicadores financieros tradicionales presenten
limitaciones para evaluar los factores claves y medir los niveles de eficiencia de la gerencia
bancaria.
• Para suplir la falta de información, los supervisores y los analistas financieros se dan a la
tarea de capturar información estratégica para comprender, ponderar y evaluar los factores
relativos a la eficiencia en el manejo y asignación de recursos, capacidad en la
administración y manejo de riesgos, calidad de los procesos de gestión, eficiencias de los
sistemas de control internos y de gestión, planificación de operaciones, políticas de créditos
y de inversiones, planes futuros, planes tecnológicos, cumplimientos de normas legales,
normas de valoración de activos y políticas de saneamientos de activos.
Estos indicadores reflejan la proporción de los componentes operativos del costo, en relación
a los recursos de intermediación y a los activos.
ACTIVOS PRODUCTIVOS / PASIVOS CON COSTO
En el numerador los activos productivos:
Numerador:
Activos productivos / pasivos con costo Mide la eficiencia en la colocación de recursos captados. Larelación mientras más alta es mejor.
Gastos operativos / total activo promedio Representa la carga operacional implícita en el financiamientode los activos. La relación entre más baja es mejor.
Gastos operacionales/margen financiero Miden cuanto representan los gastos de operación en elmargen neto financiero, mientras más bajo mejor.
.
Gastos de personal / activo totalpromedio
Representa el costo de personal implícito en el manejo deactivos. La relación entre más baja es mejor.
83
ACTIVOS PRODUCTIVOS
BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS
OPERACIONES INTERBANCARIAS
INVERSIONES
TOTAL CARTERA POR VENCER
DEUDORES POR ACEPTACIONES
TERRENOS
OBRAS EN URBANIZACION
OBRAS EN EDIFICACION
INVERSIONES EN ACCIONES Y PARTICIPACIONES
INVERSIONES
CARTERA DE CREDITOS POR VENCER
CARTERA DE CREDITOS REESTRUCTURADA POR VENCER
DEUDORES POR ACEPTACION
OTRAS INVERSIONES EN PARTICIPACIONES
En el denominador
PASIVOS CON COSTODEPÓSITOS A LA VISTA
- DEPÓSITOS MONETARIOS QUE NO GENERAN INTERESES
- CHEQUES CERTIFICADOS
- DEPÓSITOS POR CONFIRMAR
OPERACIONES DE REPORTO
- OPERACIONES DE REPORTO POR CONFIRMAR
DEPÓSITOS A PLAZO
- DEPÓSITOS POR CONFIRMAR
DEPÓSITOS DE GARANTÍA
OPERACIONES INTERBANCARIAS
- OPERACIONES POR CONFIRMAR
OBLIGACIONES FINANCIERAS
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VALORES EN CIRCULACION
- PRIMA O DESCUENTO EN COLOCACIÓN DE VALORES EN CIRCULACIÓN
OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN ACCIONES
FONDOS EN ADMINISTRACIÓN
FONDO DE RESERVA EMPLEADOS
Total
GASTOS DE OPERACIÓN /TOTAL ACTIVO PROMEDIO
Numerador: grupo “Gastos de Operación”
Denominador: El promedio de los saldos de elemento uno desde el mes anterior al primero
del ejercicio económico hasta el de la fecha del análisis.
Este indicador se estima para un ejercicio económico, dividiendo el numerador para el mes
que corresponde el informe y multiplicando por el número de meses que incluye el ejercicio
económico.
GRADO DE ABSORCION: GASTOS DE OPERACIÓN / MARGEN FINANCIERO
Numerador: el grupo 45 “Gastos de Operación”
Denominador: Margen Neto Financiero:
+ INTERESES Y DESCUENTOS GANADOS
- INTERESES CAUSADOS
= MARGEN NETO INTERESES
+ COMISIONES GANADAS
+ INGRESOS POR SERVICIOS
- COMISIONES CAUSADAS
85
+ UTILIDADES FINANCIERAS
- PERDIDAS FINANCIERAS
= MARGEN BRUTO FINANCIERO
- PROVISIONES
= MARGEN NETO FINANCIERO
GASTOS DE PERSONAL / ACTIVO TOTAL PROMEDIO
Miden cuanto representan los gastos de personal con respecto al total activo, mientras
más bajo mejor.
Numerador: la cuenta “Gastos de personal”
Denominador: El promedio de los saldos de elemento uno desde el mes anterior al primero
del ejercicio económico hasta el de la fecha del análisis.
Este indicador se estima para un ejercicio económico, dividiendo el numerador para el mes
que corresponde el informe y multiplicando por el número de meses que incluye el ejercicio
económico.
RENTABILIDAD O LAS GANANCIAS (E)
• La evaluación de la rentabilidad está asociada con el potencial actual y futuro de la
institución para generar utilidades, el rendimiento de los activos, así como equilibrio entre
el rendimiento de los activos y el costo de los recursos captados y con conceptos tales
como el retorno de la inversión.
Toda gerencia busca maximizar la rentabilidad, bajo el concepto de asignar recursos con
adecuados niveles de rentabilidad y bajo riesgo y captar recursos a costos bajos, logrando una
mezcla de depósitos que guarde equilibrio con los plazos de los activos.
86
Los promedios se calculan considerando todos los saldos que han tenido el patrimonio y el
activo desde el mes de cierre de balance más próximo.
• Para medir la Rentabilidad o las ganancias, se establecen indicadores básicos:
Estas relaciones establecen el grado de retorno de la inversión de los accionistas y los
resultados obtenidos por la gestión operativa del negocio de intermediación.
Resultado de ejercicio / patrimoniopromedio ROE
• Mide el nivel de retorno generado por el patrimonio. La relaciónentre más alta es mejor. Mide el rendimiento del patrimonio delbanco, una vez efectuadas las transferencias necesarias paraapartados.
Este indicador muestra la tasa de retorno de la inversión hecha porlos socios e informa también sobre el comportamiento general delbanco como actividad empresarial. Comparando con el de otrasactividades similares del sistema bancario permite apreciar si estáo no dentro de los rangos normales
Resultado operativo del ejercicio /patrimonio promedio
Mide el nivel de utilidad o pérdida que generó la gestión operativa dela entidad en relación al patrimonio. La relación entre más alta esmejor.
Resultado del ejercicio / total activopromedio ROA
Mide el nivel de retorno generado por el activo. La relación entremás alta es mejor.
Determina la capacidad generadora de rentas del activo de laentidad, guardando su cuantía estrecha relación con la calidad o lacapacidad de retorno de este último.
Resultado operativo del ejercicio /total activo promedio
Mide el nivel de utilidad o pérdida que generó la gestión operativa dela entidad en relación al activo. La relación entre más alta es mejor.
Ingresos extraordinarios netos /resultado operativo
Mide el nivel de utilidad o pérdida generada por actividades que noson propias del giro del negocio. La relación entre más baja es mejor.
Resultados operativos / margenbruto financiero
Mide el nivel de utilidad o pérdida generada por actividades deintermediación. La relación entre más alta es mejor.
LIQUIDEZ: en el caso de las instituciones financieras esta variable toma mayor importancia
debido a que constantemente atienden demandas de efectivo por parte de sus clientes. La
necesidad de liquidez de los depositantes suele aumentarse en épocas anteriores a las crisis,
desencadenando corridas bancarias que debilitan la entidad, incluso hasta su quiebra.
87
La liquidez es un elemento que a menudo tiene poca atención en épocas en que las
economías se encuentran estables, por el contrario, cuando las variables macroeconómicas
comienzan a deteriorarse, se inicia un proceso de contracción en la actividad económica,
donde los depósitos se hacen más volátiles y los deudores se debilitan en su capacidad de
pagos, lo que trae como consecuencia que los bancos débiles financieramente corren el riesgo
de salir del mercado, cuya sintomatología se inicia con un proceso de retiro de fondos,
trasladables con mucha velocidad de banco a banco, formándose una masa de dinero que
busca mejor rentabilidad y cierta seguridad en los mercados.
Los niveles de liquidez dependerán de las políticas de cada banco, algunos bancos sacrifican
rentabilidad para mantenerse con altos niveles de liquidez, otros bancos son menos
conservadores, prefiriendo colocar los excedentes de liquidez en inversiones temporales en la
búsqueda de una mejor rentabilidad, corriendo el riesgo de tener que
Fondos disponibles / depósitoshasta 90 días
Mide el nivel de disponibilidad quetiene la entidad para atender el pagode pasivos de mayor exigibilidad. Larelación mientras más alta es mejor.
Liquidezampliada:
Mide el nivel de recursos líquidos quetiene la entidad para atender el pagode pasivos exigibles. La relaciónmientras más alta es mejor.
INDICE DE LIQUIDEZ
FONDOS DISPONIBLES / TOTAL DEPÓSITOS A CORTO PLAZO
Numerador: el grupo “Fondos disponibles”
Denominador:
DEPÓSITOS A LA VISTA
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OPERACIONES DE REPORTO
DE 1 A 30 DÍAS
DE 31 A 90 DÍAS
COBERTURA 25 MAYORES DEPOSITANTES
Numerador:
COBERTURA DE 25 MAYORES DEPOSITANTES
FONDOS DISPONIBLES
- REMESAS EN TRÁNSITO
FONDOS INTERBANCARIOS VENDIDOS
- FONDOS INTERBANCARIOS COMPRADOS
OPERACIONES DE REPORTO CON
INSTITUCIONES FINANCIERAS
ENTREGADAS PARA OPERACIONES DE
REPORTO
- OPERACIONES DE REPORTO
- OPERACIONES DE REPORTO CON
INSTITUCIONES FINANCIERAS
DE 1 A 30 DÍAS
DE 31 A 90 DÍAS
DE 1 A 30 DÍAS
DE 31 A 90 DÍAS
DE 1 A 30 DÍAS
DE 31 A 90 DÍAS
DE 1 A 30 DÍAS
DE 31 A 90 DÍAS
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Denominador: Saldo de los 25 mayores depositantes.
COBERTURA 100 MAYORES DEPOSITANTES
Numerador:
COBERTURA DE 100 MAYORES DEPOSITANTES
COBERTURA DE 25 MAYORES DEPOSITANTES
DE 91 A 180 DÍAS
DE 91 A 180 DÍAS
DE 91 A 180 DÍAS
DE 91 A 180 DÍAS
DE 1 A 30 DÍAS
DE 31 A 90 DÍAS
DE 91 A 180 DÍAS
DE 1 A 30 DÍAS
DE 31 A 90 DÍAS
DE 91 A 180 DÍAS
Denominador: Saldo de los 100 mayores depositantes.
VULNERABILIDAD DEL PATRIMONIO
Esta relación señala el grado en que el patrimonio mas la gestión operativa del instituto estácomprometido en el financiamiento de activos no generadores de ingresos por concepto deinterés y comisiones o que estén fuera de la normativa legal
CARTERA IMPRODUCTIVA BRUTA/(PATRIMONIO + RESULTADOS)
En el numerador el total de la cartera improductiva
90
Acudir al mercado interbancario ante cualquier apremio de liquidez permite relacionar las
captaciones con las colocaciones.
El denominador como se explicó en el indicador uno ; o ,
– C1 = Activo improductivo/ (Patrimonio + Gestión Operativa)
INDICE DE CAPITALIZACION NETO:
Estos indicadores tratan de medir la capacidad que cada institución posee para absorber
Pérdidas o desvalorizaciones de sus activos, ya que cualquier deterioro en la calidad de los mmismos deberá ser absorbido por el patrimonio, para no afectar los depósitos del público.
FK / FI
FK = (Patrimonio - Ingresos Extraordinarios ) / Activos totales
FI = 1 + (Activos Improductivos / Activos Totales) ¸o,
– C2 = (Patrimonio + Gestión Operativa)/ (Activo Total)
– C2 = (Patrimonio + Gestión Operativa) / (Activo Total):
Para este indicador se establece un mínimo del 10%. Su tendencia correcta que debiesetener este indicador es ser mayor al 10%..
91
ESTADO DE PÉRDIDAS Y GANANCIASDEL 01 AL 30 DE JUNIO DEL 2008
INGRESOS
51 INTERESES Y DESCUENTOS GANADOS5103 INTERESES Y DESCUENTOS DE INVERSIÓNES EN TÍT. 11.093,335104 INTERESES DE CARTERA DE CRÉDITO 61,72
TOTAL DE INTERESES Y DESCUENTOS 11.155,0554 INGRESOS POR SERVICIOS
5490 OTROS SERVICIOS 1011,50
TOTAL DE INGRESOS POR SERVICIOS 1011,5056 OTROS INGRESOS
5690 OTROS( Bloqueo de cuenta de ahorro) 7,50
TOTAL OTROS 7,50
TOTAL DE INGRESOS 12.174,05
GASTOS41 INTERESES CAUSADOS
4101 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO (Intereses) 7,23
TOTAL DE INTERESES CAUSADOS 7,2344 PROVISIONES
4402 CARTERA DE CRÉDITO 10,424403 CUENTAS POR PAGAR 500,00
TOTAL DE PROVISIONES 510,4245 GASTOS DE OPERACIÓN
4501 GASTOS DE PERSONAL 6257,854503 SERVICIOS VARIOS 90,004505 DEPRECIACIONES 2044,274506 AMORTIZACIONES 15,834507 OTROS GASTOS 468,50
TOTAL DE GASTOS DE OPERACIÓN 8876,45
TOTAL GASTOS 9394,10
36 RESULTADOS3603 UTILIDAD DEL EJERCICIO 2.779,95
15% TRABAJADORES 416,9925% IMPUESTO A LA RENTA 590,742% UTILIDADES 35,4310% RESERVA LEGAL 173,67SUPERAVIT DE CAPITAL 1563,11
________________ ______________________ ___________________GERENTE AUDITOR INTERNO CONTADORA
REG. Nº 2846
92
BANCO "DEL ESTUDIANTE"BALANCE GENERAL
AL 30 DE JUNIO DEL 2008
1 ACTIVO11 FONDOS DISPONIBLES1101 CAJA 948.392,831102 DEPOSITO PARA ENCAJE 909,601103 BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS 0,00
TOTAL FONDOS DISPONIBLES $ 956,422,4313 INVERSIONES1104 EFECTOS DE COBRO INMEDIATO 7.140,00
TOTAL INVERSIONES $ 960,000,0014 CARTERA DE CREDITO1301 PARA NEGOCIAR ENTIDADES DEL SECTOR PRIVADO 960.000,00 959.994,171499 CARTERA DE CRÉDITOS VIVIENDA POR VENCER -5,831401 CARTERA DE CRÉDITOS COMERCIAL POR VENCER 7.000,00 6.999,581499 CARTERA DE CRÉDITOS VIVIENDA POR VENCER -0,421402 CARTERA DE CRÉDITOS CONSUMO POR VENCER 500,00 495,831403 CARTERA DE CRÉDITOS VIVIENDA POR VENCER -4,17
TOTAL CARTERA DE CREDITO $ 12,489,5816 CUENTAS POR COBRAR1499 (PROVISIÓN PARA CRÉDITOS INCOBRABLES) -10,421602 INTERESES POR COBRAR DE INVERSIONES 11.093,331603 INTERESES POR COBRAR CARTERA DE CRÉDITOS 61,02 -438,981690 CUENTAS POR COBRAR A VARIOS -500,00
TOTAL CUENTAS POR COBRAR $ 610,654,3518 PROPIEDADES Y EQUIPO1801 TERRENOS 0,001802 EDIFICIOS 227.500,00 225.739,581899 DEPRECIACION ACUMULADA189905 (EDIFICIOS) -1.760,421805 MUEBLES, ENSERES Y EQUIPOS DE OFICINA 422.500,00 422.494,581899 DEPRECIACION ACUMULADA189905 (MUEBLES ENSERES, EQUIPOS DE OFICINA) -5,421805 MUEBLES Y ENSERES, EQUIPOS DE OFICINA 650,00 371,561899 DEPRECIACION ACUMULADA189905 (EQUIPOS DE COMPUTACION) -278,44
TOTAL PROPIEDAD Y EQUIPO $658,730,7219 OTROS ACTIVOS1904 GASTOS Y PAGOS ANTICIPADOS 90,001905 GASTOS DIFERIDOS 934,17
TOTAL OTROS ACTIVOS $ 53,215,11
TOTAL ACTIVO $ 3251,532,20
2 PASIVO21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO2101 DEPÓSITO A LA VISTA 17.932,282103 DEPOSITO A PLAZO 1.500,00
TOTAL OBLIGACIONES CON EL PUBLICO 19.432,2825 CUENTAS POR PAGAR2501 INTERESES POR PAGAR 3,972503 OBLIGACIONES PATRONALES 1.816,002506 PROVEEDORES 227.500,002801 OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN ACCIONES 600.000,00
15% TRABAJADORES 416,9925% IMPUESTO A LA RENTA 590,74TOTAL CUENTAS POR PAGAR 830.327,70
28 OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN ACCIONES YAPORTES PARA FUTURAS CAPITALIZACIONES
#¡REF! 2% UTILIDADES 35,43
TOTAL OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN ACCIONES 35,43
93
Y APORTES PARA FUTURAS CAPITALIZACIONESTOTAL PASIVOS 849.795,41
3 PATRIMONIO31 CAPITAL SOCIAL3101 CAPITAL PAGADO 2.400.000,00
TOTAL CAPITAL SOCIAL 2.400.000,0033 RESERVAS3301 LEGALES 173,67
TOTAL RESERVAS 173,6736 RESULTADOS3603 UTILIDAD DEL EJERCICIO 1563,11
TOTAL RESULTADOS 1563,11
TOTAL PATRIMONIO 2401736,78
TOTAL PASIVO + PATRIMONIO 3.251.532,19
____________________ _____________________ ____________________GERENTE AUDITOR INTERNO CONTADORA
REG. Nº 2846
94
REPUBLICA DEL ECUADORFORMULARIO 229P
SUPERINTENDENCIA DE BANCOSENTIDAD REPORTANTE: XXCÓDIGO DE LA ENTIDAD: 2800FECHA: AL 30 DE JUNIO DEL 2008
CÓDIGO DESCRIPCIÓN31 CAPITAL PAGADO3201 PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES3301 RESERVAS LEGALES3302 RESERVAS GENERALES330310 RESERVAS ESPECIALES PARA FUTURAS CAPITALIZACIONES34 OTROS APORTES PATRIMONIALES3601 UTILIDADES O EXCEDENTES ACUMULADOS SALDOS AUDITADOS3602 PÉRDIDAS ACUMULADAS - SALDOS AUDITADOS2608 PRÉSTAMOS SUBORDINADOS2802 APORTES PARA FUTURAS CAPITALIZACIONES
MENOS190530 PLUSVALÍA MERCANTIL3202 DESCUENTO EN COLOCACIÓN DE ACCIONESA TOTAL PATRIMONIO TÉCNICO PRIMARIO
CÓDIGO DESCRIPCIÓN2801 OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN ACCIONES3303 RESERVAS ESPECIALES3305 RESERVAS POR REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO3310 45% RESERVAS POR RESULTADOS NO OPERATIVOS35 45% SUPERÁVIT POR VALUACIONES3601 UTILIDADES O EXCEDENTES ACUMULADAS3602 PÉRDIDAS ACUMULADAS3603 UTILIDAD DEL EJERCICIO3604 PÉRDIDA DEL EJERCICIO(5)-(4) INGRESOS MENOS GASTOSMAS149930 PROVISIÓN GENERAL PARA CARTERA DE CRÉDITO
MENOS
Deficiencia de provisiones, amortizaciones y depreciaciones. Perdidasactivadas que fueron detectadas a través de auditorías de la propia entidad,de la superintendencia de bancos o de las auditorías externas y el valor de losaumentos de capital realizados contraviniendo las disposiciones del artículo125 de la codificación de la ley general de Instituciones del Sistema Financiero
1613 PAGOS DE DIVIDENDOS ANTICIPADOSB TOTAL PATRIMONIO TÉCNICO SECUNDARIOC=A+B(**) PATRIMONIO TÉCNICO TOTAL
95
REPUBLICA DEL ECUADORFORMULARIO 229P
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
RELACIÓN ENTRE EL PATRIMONIO TÉCNICO TOTAL Y LOS ACTIVOS Y CONTINGENTESPONDERADOS POR RIESGO EN U.S. DÓLARES
ENTIDAD REPORTANTE: XX
CÓDIGO DE LA ENTIDAD: 2800FECHA: AL 30 DE JUNIO DEL 2008
MENOS El capital asignado a una sucursal o agencia en el exterior -
Los requerimientos de patrimonio técnico de las entidades que de acuerdo con lasdisposiciones vigentes así lo requieran de acuerdo con las disposiciones transitoria
-
El valor de su participación en el capital pagado más las reservas, exectuando lasprovenientes de valuaciones del activo, en una institución subsidiaria o afiliada
-
Inversiones en otras instituciones del Sistema financiero, que las conviertan ensubsidiarias o afiliadas de dicha institución -
Los saldos registrados en la subcuentas 1611 "Anticipo para adquisición paraadquisición de acciones" cuando corresponda a inversiones en acciones, anticipan en lacapitalización o constitución de compañías subsidiarias o afiliadas
-
D DEDUCCIONES AL PATRIMONIO TÉCNICO TOTALE=C-D PATRIMONIO TÉCNICO CONSTITUIDO 2.999.687,10
ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO
ACTIVOS PONDERADOS CON 0,00 0,00ACTIVOS PONDERADOS CON 0,10ACTIVOS PONDERADOS CON 0,20ACTIVOS PONDERADOS CON 0,25ACTIVOS PONDERADOS CON 0,40ACTIVOS PONDERADOS CON 0,50 480.000,00ACTIVOS PONDERADOS CON 1,00 2.295.089,76
F TOTAL ACTIVOS CONTINGENTES PONDERADOS PORRIESGO
2.775.089,76
POSICIÓN, REQUERIMIENTO Y RELACIÓN DEL PATRIMONIO TECNICO
PATRIMONIO TECNICO REQUERIDO 249.758,08EXCEDENTE O DEFICIENCIA DE PATRIMONIO TECNICO REQUERIDO 2.749.929,02ACTIVOS TOTALES Y CONTINGENTES X 4% 130061,28
________________ ________________ ________________GERENTE AUDITOR INTERNO CONTADOR
REG N° 2846
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BANCO "DEL ESTUDIANTE"
ANÁLISIS FINANCIERO
ÍNDICE DE LIQUIDEZ= FONDOS DISPONIBLES
TOTAL DEPÓSITOS A CORTO PLAZO
ÍNDICE DE LIQUIDEZ= $ 956,422,43
19.432,28
ÍNDICE DE LIQUIDEZ= 49,22
INTERPRETACIÓN: Significa que el banco del Estudiante dispone de $49,22 para hacer frente a sus pasivos a corto plazo.
ÍNDICE DE RENTABILIDAD = RESULTADO DEL EJERCICIO
CAPITAL + TOTAL ACTIVO
ÍNDICE DE RENTABILIDAD = 1563,11
$ 3251,532,20 + 2400000
ÍNDICE DE RENTABILIDAD = 0,0003
INTERPRETACIÓN: Significa que la rentabilidad de banco del Estudiante es insignificante en relación a su capital y activo invertido esto es debidoa las escasas operaciones que tuvo el banco en el periodo especialmente aquellas que generan ingresos
ÍNDICES DE RIESGO CREDITICIO = CARTERA DE CRÉDITO
CARTERA DE CRÉDITO POR VENCER + CARTERA DE CRÉDITO VENCIDA
ÍNDICES DE RIESGO CREDITICIO = $ 12,489,58
$ 12,489,58
ÍNDICES DE RIESGO CREDITICIO = 1,00
MANEJO ADMINISTRATIVO = GASTOS OPERATIVOS
TOTAL ACTIVO
MANEJO ADMINISTRATIVO = 8876,45
$ 3251,532,20
MANEJO ADMINISTRATIVO = 0,003
INTERPRETACIÓN: Significa que el Banco del Estudiante tiene un gasto mínimo de sus activos para cancelar los gastos operativos del periodo.
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CONTABILIDAD DE COOPERATIVAS
DETALLE DE CONTENIDOS
1. HISTORIA DEL COOPERATIVISMO
2. COOPERATIVISMO ECUATORIANO
3. PRINCIPIOS COOPERATIVOS
4. DOCTRINA COOPERATIVISTA
5. CLASIFICACIÓN DE LAS COOPERATIVAS
6. RÉGIMEN ECONÓMICO DE LAS COOPERATIVAS
7. COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO
8. MANERAS DE DEPOSITAR DINERO EN LA COOPERATIVA
9. SERVICIOS QUE PRESTA LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO
10. REPARTO DE LOS EXCEDENTES
11. ADMINISTRACIÓN DE LA COOPERATIVA
12. EJERCICIO DE APLICACIÓN
13. CATÁLOGO GENERAL DE CUENTAS
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COOPERATIVISMO
HISTORIA DEL COOPERATIVISMO
El Cooperativismo como doctrina social y económica se
inició es Escocia en 1844 en la época de la llamada
revolución industrial en Europa, que fue a fines del siglo
XVIII y continuó hasta comienzos del siglo XIX. Esta
revolución trajo profundas transformaciones sociales,
económicas y técnicas.
Las industrias textiles que funcionaban con telares accionados manualmente, cambiaron a los
telares impulsados a vapor, ocasionando el desplazamiento de obreros que quedaron en la
desocupación y se vieron obligados a enfrentar la necesidad de sobrevivir. El rendimiento de
las industrias y de las cosechas se incrementó con la mecanización, pero las condiciones de
vida del trabajador empeoraron, pues vivían en lugares hacinados que no contaban ni siquiera
con suministro de agua ni de servicios sanitarios.
El estado estaba empeñado en impulsar la industria para competir internacionalmente por eso
daba todo su apoyo al empresario, sin preocuparse mucho de la suerte de los trabajadores.
Recién nacía el sindicalismo concebido como la unión de obreros para mejorar las condiciones
de trabajo y defender los intereses del obrero. El sindicalismo y cooperativismo son
contemporáneos y nacen para resolver los problemas de los trabajadores; el primero
mediante la confrontación con los patrones y el segundo mediante el esfuerzo propio de los
obreros.
Con la creación de la cooperativa de Rochdale en Inglaterra el 24 de Octubre de 1844, dejando
instaurados los principios cooperativos que hasta la actualidad constituyen la base de la
creación de las cooperativas existentes en el mundo.
Constituida por 28 tejedores de una fábrica que iniciaron ofreciendo artículos de primera
necesidad personal y familiar, los inicios fueron muy difíciles pero su fortaleza estaba
fundamentada con los principios de: la agrupación y la solidaridad, la comprensión, el esfuerzo
propio, la ayuda mutua y el trabajo en común.
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Pronto aprendieron a administrar sus actividades comunes, compraban al contado mercadería
de calidad, iban tomando seguridad de si mismos, adquirían hábitos de orden y economía, su
ejemplo fue limitado de inmediato y el éxito del sistema fundió no solamente en Inglaterra,
sino también a otros países europeos y luego en todo el mundo.
La cooperativa de Rochdale es una obra de 28 caracteres, de 28 obreros de los cuales 27 eran
hombres y una mujer. La cooperativa tenía como escenario un desconocido pueblito inglés
llamado Rochdale; el drama se desarrollaba en una casucha vieja de una calle a tras mano
conocida como “el callejón del sapo” La cooperativa de Rochdale, que en rigor fue una
cooperativa de consumo, se propagó rápidamente en el mundo entero y aparecieron las
nuevas clases de cooperativas que ahora existen.
Veinte años después, en 1864, se originó en Alemania el cooperativismo de Ahorro y Crédito,
cuando Friefrich funda en 1864 la Asociación de Cajas de Préstamo para aliviar, mediante la
auto ayuda. En 1872 se creó el Banco cooperativo Agrario Renano de Neuwied.
En 1885 nació en Inglaterra la Alianza Cooperativa Internacional que se encargó de difundir los
principios cooperativos, de relacionar entre si a las organizaciones de los problemas que
afecten al movimiento.
COOPERATIVISMO ECUATORIANO
Antecedentes históricos del cooperativismo ecuatoriano
Orígenes y primeras manifestaciones
En los orígenes y consolidación del movimiento cooperativo ecuatoriano se pueden distinguir
por lo menos tres etapas fundamentales: a) la primera se inicia aproximadamente en la última
década del siglo XIX. cuando se crean -especialmente en Quito y Guayaquil- una serie de
organizaciones artesanales y de ayuda mutua: b) la segunda empieza a partir de 1937, año en
el cual se dicta la primera Ley de Cooperativas con el propósito de dar mayor alcance
organizativo a los movimientos campesinos, modernizando su estructura productiva y
administrativa, mediante la utilización del modelo cooperativista; c) la tercera etapa, comienza
a mediados de los años sesenta, con la expedición do la Ley de Reforma Agraria, (en 1964) y de
la nueva Ley de Cooperativas (en 1.966), aún vigente (Da Ros, 1985: 13).
La etapa mutua
100
Las primeras organizaciones mutuales que surgieron en el país, a fines del siglo XIX, se
caracterizaron por ser entidades gremiales y multifuncionales; “su autonomía respecto de la
Iglesia Católica y de los partidos políticos variaba según los casos, pero era generalmente
precaria” (Ayala Mora, 1982:231).
En efecto, en la conformación de gran parte de las organizaciones mutualistas guayaquileñas
estuvieron involucrados sectores de la pequeña burguesía, vinculados al partido liberal, por un
lado, y algunos inmigrantes anarquistas y socialistas por el otro.
Por el contrario, en la Sierra, fue la Iglesia Católica la que jugó un papel fundamental en la
organización de los sectores populares. En conjunto, las instituciones mutualistas que
surgieron en ese período fueron “un conglomerado multiclasista que reunía en su seno a
artesanos, pequeños industriales, obreros, comerciantes, empleados y patronos” (Chiriboga,
1980:322). Dichas instituciones eran una combinación de mutuo socorro, beneficencia y
defensa profesional.
Los objetivos que perseguían las organizaciones mutualistas eran, por lo general, similares:
contribuir al mejoramiento social, moral e intelectual de sus asociados mediante la ayuda
mutua (en caso de enfermedad, indigencia o muerte), la organización de cajas de ahorro y la
creación de planteles educacionales y talleres para los afiliados y sus hijos. En algunos casos,
los estatutos establecían la constitución de cooperativas de consumo (como en el caso del
Gremio de Carpinteros) para la distribución de artículos de primera necesidad, como
mecanismo para contrarrestar el abuso de ciertos comerciantes.
A pesar de la buena acogida que tuvieron las ideas del militarismo entre las organizaciones
populares a principios del siglo XX. el movimiento de autoayuda empezó paulatinamente a
perder importancia en la medida en que los gremios adquirieron un papel más clasista y
reivindicativo, en particular, con la creación de los primeros sindicatos.
En efecto, “no obstante los mejores esfuerzos de Virgilio Drouet y de sus anónimos
colaboradores y seguidores, el cooperativismo avanzó a pasos lentos desde sus primeros
brotes mutualistas hasta su definitiva consolidación como sector reconocido de la economía
nacional” (Mills, 1989:211V De ahí que entre la fundación de la organización Asistencia Social
“Sociedad Protectora del Obrero” (Guayaquil 1919), considerada la primera cooperativa del
país, y la aparición de la segunda (la Caja de Ahorro y Cooperativa de Préstamos de la
Federación Obrera de Chimborazo) pasaron alrededor de ocho años. En 1937, año de la
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promulgación de la primera Ley de Cooperativas, sólo existían seis organizaciones (ver Cuadro
n. 1. Anexo l).
Puesto que no existía un adecuado conocimiento de los principios cooperativos ni de su
estructura de funcionamiento, dichas organizaciones “tuvieron una vida efímera y nominal...
(Pues) sin un marco jurídico-institucional que las protegiera y sin contar con servicios
educativos y financieros, no tenían ninguna posibilidad de operar” (Hurtado y Herudek,
1974:31).
LAS 10 PRIMERAS COOPERATIVAS QUE SE FUNDARON EN EL ECUADOR
No. COOPERATIVA CLASE DOMICILIO FECHA DEREGISTRO
No. SOCIOS CAPITAL INICIAL
1. Asistencia Social Protectora delObrero
……………. Guayaquil 1919-16-09 …………… ……………….
2. Caja de Ahorro y Cooperativade Préstamos de la FederaciónObrera de Chimborazo
Ahorro yCrédito
Riobamba 1927 …………… ……………….
3. Juján
Agrícola Juján-Guayas 1927-31-10 …………… 3000
4. Hermandad FerroviariaConsumo Quito 1928-16-01 …………… 94000
5. Montufar
Agrícola San Gabriel 1937-15-06 …………… ……………….
6. Sindicato Textil el Prado
Consumo Riobamba 1937-15-06 …………… ……………….
7. Obreros de ConsumoConsumo Cuenca 1938-15-06 237 11850
8. Tejedores de Sombrero dePaga Toquilla
Industria Tabacundo 1938-19-06 200 5000
9. Cayambe
Agrícola Cayambe 1938-07-07 62 6200
10. Empleados Públicos No. 1
Producción yMercadeo
Quito 1938-16-06 50 5000
“En el Ecuador: el camino más idóneo para el cambio de las estructuras sociales y económicas,
es el Cooperativismo”.
De éstas, de la que hemos podido encontrar la mejor documentación y mayores testimonios,
corresponde a la Cooperativa de Consumo de la Hermandad Ferroviaria Guayaquil-Quito. En
efecto, el 12 de enero de 1928, según consta en el libro de actas, la Comisión Ejecutiva de la
Hermandad Ferroviaria, autorizaba a su Presidente, para que en nombre de ella suscriba la
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fundación de la Sociedad que se denominará “Cooperativa de Consumo y Fondo de Previsión
del Obrero” con 942 acciones de cien sucres.
El Presidente provisional de la República, Dr. Isidro Ayora por intermedio del Ministro de Pre-
visión Social que lo ejercía entonces el Dr. Pablo Egüez Baquerizo, aprobó el Estatuto de
conformidad con el Art. 537 del Código Civil y dispuso además se protocolizara ante uno de los
Escribanos de Quito. En efecto el día 16 de enero del mismo año se suscribió la Escritura
Constitutiva ante el Escribano del Cantón Rómulo Emilio Tamayo.
El primer Directorio estuvo conformado así: Presidente, señor Leopoldo Rivas; Vicepresidente,
señor James Gillespie: Vocales principales, señores Manuel A. Navarro, Robert Dunhan. Pedro
Pinto Guzmán, Luis Chiriboga y Reynaldo Bastidas. Comisario Harry Robinson. Gerente, señor
Manuel Jarrín.
El primer almacén funcionó en la calle Guayaquil, muy cerca de San Blas. Más tarde lo hizo en
otro local de la calle Bolivia, hoy Espejo. La revista “La Nariz del Diablo”, órgano mensual de los
trabajadores y empleados del Ferrocarril, publicaba informes de precios de las mercaderías de
los almacenes de la Cooperativa, con distinción de precios para los socios y el público, desde
un paño de agujas de coser a $. 0,10 hasta cortes de casimir de tres y media varas a $. 30,00
para socios y $. 34,15 para particulares.
PRINCIPIOS COOPERATIVOS
PRIMER PRINCIPIO
“LA ADHESIÓN A UNA SOCIEDAD COOPERATIVA DEBE SER VOLUNTARIA Y ESTARAL ALCANCE, SIN RESTRICCIÓN ARTIFICIAL NI CUALQUIER DISCRIMINACIÓNSOCIAL, POLÍTICA, RACIAL O RELIGIOSA, DE TODAS LAS PERSONAS QUE PUEDANUTILIZAR SUS SERVICIOS Y ESTÉN DISPUESTAS A ASUMIR LASRESPONSABILIDADES INHERENTES A LA CALIDAD DE ASOCIADOS”
Formulación Aprobada en 1937
“ADHESIÓN LIBRE”
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La norma de adhesión voluntaria indica que el ingreso y egreso de los socios depende de su
voluntad, sin que exista imposición legal o de hecho que obligue a cualquier persona a
asociarse a las cooperativas o a permanecer dentro de ellas contra su deseo. Por lo tanto a una
cooperativa se ingresa libre y espontáneamente y de igual manera se retira. Existen desde
luego requisitos y un trámite tanto para afiliarse como para dejar de ser socio.
El precioso don del hombre, LA LIBERTAD, es consagrado por este principio universal del coo-
perativismo; pues la cooperación nunca se impone porque es fruto de la iniciativa privada. La
colaboración cooperativa se levanta sobre la confianza con los demás miembros y sobre la
confianza no se edifica sino lo que libremente seda.
Las cooperativas sin embargo reglamentan la facultad de excluir a sus socios, pero sólo por
causas justificadas por la Ley de la materia y sus Estatutos, otorgando como es natural los
derechos y garantías para la defensa de los mismos. Los miembros de una cooperativa se
adhieren o se retiran de acuerdo a su voluntad.
SEGUNDO PRINCIPIO
El principio de organización democrática es uno de los que más nítidamente destacan los
caracteres sociales junto a los económicos, destacando la importancia que debe asignarse en
las entidades cooperativas al elemento humano en relación con el capital. En las cooperativas
todos los asociados tienen iguales obligaciones e iguales derechos y esa igualdad se manifiesta
tanto en el ejercicio del voto como en la elección para los cargos directivos y el uso de los
“LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS SON ORGANIZACIONES DEMOCRÁTICAS, LASOPERACIONES DEBEN SER ADMINISTRADAS POR PERSONAS ELEGIDAS ONOMBRADAS DE ACUERDO CON EL PROCEDIMIENTO ADOPTADO POR LOSMIEMBROS Y RESPONSABLES ANTE ESTOS”
Formulación Aprobada en 1937
“CONTROL DEMOCRÁTICO”
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servicios y beneficios que proporciona la entidad. Ni siquiera los iniciadores o fundadores de la
cooperativa pueden reservarse derechos especiales, ventajas o privilegios.
En la cooperación, para los sitios de mando, son elegidos los socios en reconocimiento al
mérito personal; por los valores morales e intelectuales que la persona encarna; por la estima
en que se las tiene y la confianza que despiertan, cualidades reconocidas por los demás en
deliberación con voto personal.
En la democracia cooperativa el individuo descubre que trabajar por el interés de los demás,
es trabajar por su propio interés y encuentra también que los otros miembros trabajando para
ellos, trabajan para él. Cada cual tiene interés común, todos sirven a uno, cada uno está al
servicio de todos. El móvil propulsor ideológico de asociación es el sentimiento de fraternidad
humana que acerca a los hombres para conseguir con el apoyo reciproco, una ventaja común.
TERCER PRINCIPIO
Es evidente que las cooperativas requieren de capitales para organizar, implementar y
desarrollar la empresa económica que pueda cumplir los propósitos y servicios sociales del
grupo y la comunidad. Y mientras mayores son los saldos de esos capitales es de comprender
que la empresa es más sólida y solvente y además le será más fácil el cumplimiento de sus
aspiraciones. Sin embargo el sistema cooperativo desde la célebre Cooperativa de Rochdale,
tiene establecido como principio universal, no reconocer al capital el papel preponderante que
le concede la empresa de lucro. Es decir, así una cooperativa cuente con óptimos excedentes
al término del ejercicio económico anual, los dividendos ganados por el capital, siempre serán
limitados.
“SI SE PAGA UN INTERÉS SOBRE EL CAPITAL ACCIONARIO, SU TASA DEBE SERESTRICTAMENTE LIMITADA”
Formulación Aprobada en 1937
“INTERÉS LIMITADO AL CAPITAL
105
Este principio es una de las mayores novedades doctrinarias del sistema, al preconizar que no
se debe dar toda la ganancia al capital, porque se convertiría en amo y señor de la cooperativa,
tal como lo es en las empresas llamadas de capital. En el caso de la legislación ecuatoriana, la
tasa máxima es el 6% anual.
Conviene aclarar desde luego, que esta tasa tiene acción sobre el capital social, o sea sobre los
certificados de aportación; de manera que si la cooperativa recibe ahorros, depósitos, firma
obligaciones o realiza otro tipo de operaciones, podrá pagar por el uso del dinero la
correspondiente taso legal en vigencia, dentro del mercado económico en que actúa. En el
caso de las cooperativas de ahorro y crédito por ejemplo, están facultadas por la Ley, a pagar
hasta el 10% anual de dividendos sobre ahorros.
CUARTO PRINCIPIO
Los excedentes o las economías eventuales que resulten de las operaciones de una sociedad
cooperativa pertenecen a los miembros de esa sociedad y deben ser distribuidos de manera
que se evite que un miembro gane a expensas de otros. Esto puede hacerse de acuerdo con la
decisión de los miembros de la siguiente manera:
a. Aplicación al desarrollo de las actividades de la cooperativa.
b. Aplicación a servicios comunes, o
c. Distribución entre los miembros en proporción a sus operaciones con la sociedad.
La distribución de las ganancias, o excedentes que es el término preciso del cooperativismo, en
proporción a las operaciones o pago de servicios efectuados por sus miembros, constituye el
rasgo que más caracteriza y distingue a la empresa cooperativa. Esta distribución en forma de
“LAS COOPERATIVAS ESTIMULAN LAS INICIATIVAS INDIVIDUALES Y EL SENTIDO DERESPONSABILIDAD SOCIAL”
Formulación Aprobada en 1937
“RETORNO DE EXCEDENTES”
106
retornos, en relación con las compras si se trata de las cooperativas de consumo; a las horas
de trabajo en las cooperativas de producción; a los intereses pagados por los préstamos en las
cooperativas de crédito, etc., prueba nuevamente la supremacía del valor humano, al
reconocer los excedentes en proporción a la participación social.
QUINTO PRINCIPIO
La educación cooperativa es la piedra angular del sistema, por eso es conocido este principio
como la regla de oro del cooperativismo. La educación ha figurado siempre entre los artículos
doctrinarios más importantes del sistema. Ya en 1844 los “Probos Pioneros de Rochdale” lo
inscribieron en el Estatuto de la sociedad como uno de los principales fines. Desde entonces,
donde quiera que se ha practicado la cooperación, ha habido una especial preocupación por la
educación cooperativa. Tal es la importancia que hasta se ha preguntado si el movimiento
cooperativo es un movimiento para la educación basado en lo económico o es un movimiento
económico basado en la educación,
Desde el punto de vista práctico cabe anotar que las cooperativas basadas en el esfuerzo
propio y la ayuda mutua de sus miembros, colocan en manos de éstos, funciones de
deliberación general, dirección y control interno de las actividades comunes, de modo que los
asociados han de adquirir los conocimientos que les permita llevar acertadamente sus
“TODAS LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DEBEN TOMAR MEDIDAS PARAPROMOVER LA EDUCACIÓN DE SUS MIEMBROS, DIRIGENTES, EMPLEADOS YPÚBLICO EN GENERAL, EN LOS PRINCIPIOS Y MÉTODOS DE LA COOPERACIÓNDESDE EL PUNTO DE VISTA ECONÓMICO Y DEMOCRÁTICO”
”
Formulación Aprobada en 1937
“EDUCACIÓN COOPERATIVA”
107
importantes funciones. Pero también desde el punto de vista espiritual, en su carácter .de
asociaciones de personas que aspiran a regir sus relaciones bajo normas de igualdad,
solidaridad, justicia y equidad, las cooperativas necesitan difundir el espíritu cooperativo a
través de la educación.
La educación cooperativa es la transformación del individuo para hacerlo capaz de una acción
social más consciente; obra sobre todo en el orden moral, en el mundo de las conciencias
individuales para adaptarlas en una convivencia más humana y popular. Puesta la empresa en
pie, los socios como propietarios y usuarios a la vez y teniendo como obligación primordial la
participación consciente en la administración, resulta imperiosa la necesidad de una adecuada
educación cooperativa. La grandeza y prosperidad de una cooperativa se mide por la
educación de sus miembros y su acción sobre la comunidad en que actúa.
SEXTO PRINCIPIO
“CON EL OBJETO DE SERVIR MEJOR LOS INTERESES DE SUS MIEMBROS Y LACOMUNIDAD, TODAS LAS ORGANIZACIONES COOPERATIVAS DEBEN COOPERARACTIVAMENTE, DE LAS MANERAS POSIBLES CON OTRAS COOPERATIVAS A NIVEL LOCAL,NACIONAL E INTERNACIONAL”
”
“INTEGRACIÓN COOPERATIVA”Unidos por un mundo mejor
EN CONCLUSIÓN LA EDUCACIÓN COOPERATIVA ES LA REGLA DE ORO DEL SISTEMA
108
En su afán por proporcionar más y mejores servicios a mayor número de asociados, las
cooperativas advirtieron tempranamente la posibilidad de asociarse entre sí a través de
entidades de segundo, tercer y cuarto grado, o sea, Uniones, Ligas, Federaciones y
Confederaciones de Cooperativas.
Esta tendencia hacia la integración responde a la naturaleza cooperativa, pues se basa en la
unidad de esfuerzos (esfuerzo propio) y la colaboración recíproca (ayuda mutua). Además
procura decisivas ventajas de diverso orden. Por ello los cooperadores de todo el mundo
recibieron jubilosamente la consagración que la Alianza Cooperativa Internacional hizo en
1966, de esta tendencia, al asignarle el carácter de Principio Cooperativo Universal.
La fórmula cooperación facilita la integración de las personas e instituciones afines. El coopera-
tivismo forma una gran familia universal. Las necesidades de la gente son las mismas en todas
partes. Las personas forman las Cooperativas, éstas las Uniones, Ligas y Federaciones; las
Federaciones, las Confederaciones y así hasta llegar al pináculo del Consejo Mundial del
Sistema. El día que se unan sinceramente los eslabones de esta gran cadena, se habrá
implantado en el mundo una nueva sociedad: LA SOCIEDAD COOPERATIVISTA; en ella el
hombre vivirá más digna y humanamente
DOCTRINA COOPERATIVISTA
“Son cooperativas las sociedades de derecho privado
formadas por personas naturales o jurídicas que sin
perseguir finalidades de lucro, tienen por objeto
planificar y realizar actividades o trabajos de beneficio
social o colectivo, a través de una empresa manejada en
común y formada con la aportación económica,
intelectual y moral de sus miembros”.
Art. 1 Ley de Cooperativas en el Ecuador
“Una Cooperativa es una asociación de personas en número variable que se enfrentan con las
mismas dificultades económicas y que libremente unidas sobre la base de igualdad de sus
derechos y obligaciones, se esfuerzan por resolver esas dificultades, principalmente
administrando por su cuenta y riesgo, con miras al provecho material y moral común, y
109
mediante la colaboración de todos, una empresa en la cual delegaron una o varias de las
funciones económicas que responden a las necesidades comunes”.
Se define también a una cooperativa como la sociedad organizada voluntariamente por un
grupo de personas cuyos intereses afines lo dispongan para rendirse así mismo o a la
comunidad, un buen servicio. Es una asociación libre del pueblo enfrentando un problema
común, que lo resuelven bajo principios democráticos.
Para que exista una entidad cooperativa no basta que un grupo de personas asocien un
esfuerzo propio al esfuerzo de los demás, sino también que desarrollen una empresa
económica capaz de reemplazar, coexistir o competir con las demás empresas.
Los asociados asumen el carácter de copropietarios y toman a su cargo la administración de la
empresa y participan de las ventajas y riesgos correspondientes. Como toda empresa está
constituida por los dos elementos fundamentales: el elemento SOCIAL y el elemento
ECONÓMICO.
El elemento social que es el que agrupa a la gente de buena voluntad de un municipio, una
parroquia, una fábrica, una institución cualquiera que requiere satisfacer exigencias comunes,
tales como: vivienda, transporte, crédito, etc., y que bajo un espíritu de unión, de esfuerzo
propio y ayuda mutua logran solucionar cooperativamente esas necesidades.
El elemento económico que desarrolla la empresa a partir de las aportaciones sistemáticas y
que permite luego resolver los propósitos y necesidades del grupo asociado y de la comunidad.
Se trata de una distinción muy importante de este sistema socio-económico, ya que ninguna
asociación de personas es verdaderamente cooperativa mientras no organice y administre una
empresa económica propia y ninguna empresa económica es verdaderamente cooperativa si
descuida los aspectos sociales inherentes a ella.
En otras palabras, es preciso que junto a los factores económicos de la empresa, se verifique la
existencia del ESPIRITIU COOPERATIVO de la asociación marcado indeleblemente con los
principios de libertad, igualdad y solidaridad.
El cooperativismo hermana en un solo sistema el idealismo con el sentido práctico de los
negocios. Para los cooperadores es la forma en que se acomodan los principios de la libre
empresa a una filosofía que permita a los hombres ser sus propios dueños y patronos.
110
Las cooperativas permiten preservar la autonomía, dignidad y libertad de las personas, sin
alterar la unidad de esfuerzos y la labor común, porque sus miembros se adhieren o se retiran
de acuerdo con su voluntad; adoptan decisiones por mayada de personas y no de capitales y
se someten a una disciplina libremente consentida.
Al basarse en el esfuerzo propio y la ayuda mutua estimulan las iniciativas individuales y el
sentido de responsabilidad social. Además al colocar la administración en manos de los
mismos socios elegidos en deliberación popular, las cooperativas se constituyen en verdaderas
escuelas de democracia y fuentes de preparación técnica y económica de vastos sectores de la
población.
COOPERATIVAS
DEFINICIÓN
“Es toda sociedad que sometiéndose a los principios y disposiciones de la Ley, realiza un
régimen de empresa común, cuya actividad económica social licita para la mutua y equitativa
ayuda entre sus miembros y al servicio de estos y de la comunidad”.
“La cooperativa es una sociedad de derecho privado, formada por personas naturales o
jurídicas que sin perseguir finalidades de lucro, tienen por objeto planificar y realizar
actividades o trabajos de beneficio social o colectivo a través de una empresa manejada en
común y formado con la aportación económica, intelectual y moral de sus miembros”.
La cooperativa es una sociedad legalmente constituida, en donde sus socios, deciden libre,
voluntaria y equitativamente, aportar con capitales que le permitan prestar un servicio a la
colectividad y a ellos mismos.
IMPORTANCIA
Las cooperativas permiten preservar la autonomía, dignidad y libertad de las personas son
alterar la unidad de esfuerzos y la labor común, debido a que sus miembros se adhieran a se
retiren de acuerdo con su voluntad, se basa en el esfuerzo propio y ayuda mutua, se en
verdaderas escuelas de democracia y fuentes de preparación técnica y económica de vastos
sectores de la población.
CARACTERÍSTICAS
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1. Valor Moral.- El ser humano debe evaluarse por su valor más que por su posición
social o económica.
2. Educación en Cooperativismo.- El desarrollo de los valores humanos debe estimularse a
través de la educación en cooperativismo para conquistar y vencer la apatía el egoísmo,
la hipocresía, la desconfianza y la inmoralidad, en otras palabras eliminar las actitudes
impropias del ser humano.
3. Valor Democrático.- es sólo en las instituciones democráticas donde puede
salvaguardarse los derechos de hombre a la vez que se asegura el progreso humano.
4. Responsabilidades del Individuo.- Un sistema democrático es efectivo solamente
cuando sus integrantes reconocen sus propias responsabilidades de la cuales la más
importante son el pensar inteligente, objetivos e independiente.
5. Libertad Económica.- El hombre debe ser amo, no el esclavo del sistema económico.
6. Forma Práctica.- El sistema cooperativo ofrece la forma más real para poner en
prácticas estos ideales.
CLASIFICACIÓN DE LAS COOPERATIVAS
POR SU ACTIVIDAD
COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN
Esta clasificación básica incluye las cooperativas formadas por productores. Esta incluye
tanto la producción agrícola como artesanos y la industria.
a) De Mercado.- Las cooperativas de mercadotecnia, en la que los agricultores unen sus
producciones agrícolas para llevarlas al mercado en forma cooperativa, alcanzando mayores
precios y una más efectiva y rápida venta, además consiguen mejorar su producción ya que
la cooperativa les ofrece más ayuda, mejorar métodos de cultivo y labores.
b) De Abasto.- Cooperativas de abasto agrícola, por medio de las cuales los agricultores
adquieren conjuntamente semillas, abonos y herramientas de labranza, insecticidas y
cualquier otro material necesario para la explotación agrícola y ganadera. En algunas
112
ocasiones la cooperativa de abastos pueden producir los materiales que necesita el
agricultor.
c) De relación crédito agrícola.- Las cooperativas de refacción (crédito agrícola funcionan en
igual forma que las cooperativas de crédito en la vida, pero en los primeros préstamos se
limitan a las necesidades propias de la explotación agrícola, en algunos países las
cooperativas de refacción, agrícola son auspiciados y hasta sostenidos por el estado.
d) Producción de artesanos e industriales.- Además de la producción agrícola, los artesanos y
trabajadores industriales han formado cooperativas que como las de agricultores, ofrecen
los servicios de mercadotecnia de la producción de aquellos que necesitan para operar sus
talleres y fábricas.
Como indica nuestro estudio de la historia del cooperativismo, a través de la época del
hombre ha sido usándolo para aplicarlo a sus necesidades según estos van cambiando. Una
cosa no cambiará y esa es la que a través del cooperativismo el hombre puede efectiva y
colectivamente con éxito o cualquier reto de su época, y crear un clima de unidad, amistad y
solidaridad humanas para una mayor comprensión entre todos.
COOPERATIVAS DE CONSUMO
Son aquellas que tienen por objeto abastecer a los socios de cualquier clase de artículos de
libre comercio.
Se puede organizar una cooperativa de consumo para venta de materiales y productos de
artesanías, la misma que tendría que proveer a los socios de las materias primas y
herramientas necesarias; y a la vez se encargaría de la venta de los productos terminados.
Las cooperativas de consumo se clasifican en:
De artículo de primera necesidad (venden productos agrícolas e industriales para el
hogar)
De semillas, abonos y herramientas
De materiales y productos de artesanía.
De vendedores autónomos (adquieren y elaboran los productos que venden
individualmente los socios).
De vivienda urbana (para dar a los socios vivienda, locales profesionales u oficinas).
113
De vivienda rural.
COOPERATIVAS DE CRÉDITO
Son las que reciben ahorros y depósitos, hacen descuentos y préstamos a sus socios y
verifican pagos y cobros a cuenta de ellos.
Dentro del grupo de estas cooperativas, se pueden organizar las siguientes:
De crédito agrícola;
De crédito artesanal e industrial; y,
De ahorro y crédito
a) Cooperativas de Crédito Agrícola.- Tienen por objeto el facilitar crédito a sus socios
para el desarrollo agrícola pecuario, o para la adquisición de semillas, abonos,
herramientas, maquinaria para la agricultura.
b) Cooperativas de Crédito Artesanal e Industrial.- Son las que hacen préstamos a los
socios para la compra de materiales, herramientas, maquinarias para mejoramiento
de sus talleres individuales para que mantengan o establezcan pequeñas industrias o
trabajos autónomos.
c) Cooperativas de Ahorro y Crédito
Las cooperativas de ahorro y crédito son las que reciben ahorros, depósitos,
préstamos a sus socios, verificar pagos que cobra por cuenta de ellos.
Estas cooperativas de ahorro y crédito son las que más se han desarrollado y se
calcula que tienen un millón 400 mil afiliados es todo el país.
El ahorro y crédito cooperativo llega a un 13% de la población económicamente activa
de todo el país. Con sus operaciones las cooperativas de ahorro y crédito captan el
1.7% del mercado financiero, tienen el 4% de los activos de todo el sistema, el 2% de
la cartera y el 1% de activos y captaciones.
114
COOPERATIVA DE SERVICIO
Son las que, sin pertenecer a los grupos anteriores, se organizan con el fin de llevar diversas
necesidades comunes de los socios, o de la colectividad.
Entre las cooperativas de servicios, podemos mencionar las siguientes líneas y clases:
De seguros (aseguran contra riesgos personales o patrimoniales)
De transporte (de pasajeros de carga: terrestre, marítima y aérea)
De electrificación (proporcionan servicio eléctrico)
De irrigación (presas y canales para riego)
Del alquiler de maquinaria agrícola
De almacenamiento (ensilaje) de producción agrícola
De refrigeración y conservación de productos mediante frigoríficos
De asistencia médica y funeraria
De educación (creación y mantenimiento de escuelas, colegios u otros establecimientos
de enseñanza)
POR SU CAPACIDAD
COOPERATIVAS ABIERTAS
Son las que agrupan en su seno a socios de diferentes grupos sociales o captan dinero del
público en general.
En nuestra localidad tenemos las siguientes cooperativas en este orden:
• Cooperativa de ahorro y crédito "Padre Julián Lorente CÍA. Ltda.”
• Cooperativa de ahorro y crédito "El Porvenir"
• Cooperativa de ahorro y crédito "29 de Octubre"
• Cooperativa de ahorro y crédito "Manuel Esteban Godoy CÍA. Ltda."
• Cooperativa de ahorro v crédito de la pequeña empresa CACPE-LOJA,
• Cooperativa de ahorro y crédito "Cristo Rey", entre otras.
115
COOPERATIVAS CERRADAS
Son aquellas que se agrupan a socios que pertenecen a un solo grupo del trabajo por ejemplo:
los trabajadores del Consejo Municipal.
En esta clase de cooperativas ingresan miembros de una determinada entidad actividad en
calidad de socios y por lo tanto sus servicios están orientados hacia este sector específico.
En nuestra localidad tenemos:
• Cooperativa de ahorro y crédito "Policía Nacional” Cía. Ltda.
• Cooperativa de ahorro y crédito de "Obras Públicas”
RÉGIMEN ECONÓMICO DE LAS COOPERATIVAS
En este sentido la ley señala las características especiales del capital, el mismo que es variable
ilimitado e indivisible conformado por los siguientes rubros:
Certificados de aportaciones, que son las aportaciones que los socios realizan al
momento de ingresar a la institución en calidad de tal.
Cuota de ingreso son las erogaciones que pagan los socios por ingresar y gozar de los
derechos puestos en marcha.
Multas, son erogaciones que pagan los socios por ingresar y gozar de los derechos
puestos en marcha.
Multas, son erogaciones que pagan por incumplimiento de aspectos reglamentarios.
Fondo irrepartibles de reserva, fondos de educación, fondo de previsión y asistencia
social.
Las subvenciones y donaciones legados y herencias que se reciben.
Todo lo adquirido como bienes muebles e inmuebles, con fondos institucionales etc
COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO
CONCEPTO
Las Cooperativas de Ahorro y Crédito son las que hacen préstamos a los obreros o
trabajadores para que mantengan o establezcan pequeñas industria o trabajos autónomos.
116
ORGANIZACIÓN
Para organizar una Cooperativa, en general, deben concurrir dos elementos indispensables:
1. La necesidad común y apremiante de un grupo de personas.- Tales como: vivienda,
crédito artículos de primera necesidad, transporte, et., las mismas que de manera
aislada no las pueden resolver.
2. La predisposición del grupo.- Para resolver esa necesidad común, mediante el
procedimiento de cooperación, que entraña principios eminentemente democráticos de
sincera solidaridad humana, de esfuerzo propio y ayuda mutua.
Tratándose de la Cooperativa de AHORRO Y CRÉDITO, la necesidad que se quiere resolver es:
LA OBTENCIÓN DE DINERO EN CALIDAD DE PRÉSTAMO, en condiciones ventajosas para
atender a problemas de trabajo, pago de deuda, salud, mejoras del hogar, vivienda, educación,
etc. De contar con los elementos indicados, deberán darse los siguientes pasos para organizar
la Cooperativa de Ahorro y Crédito:
PRIMER PASO:
LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA DE LA PRE- COOPERATIVA
El primer paso consiste en celebrar la Asamblea Constitutiva de la Pre- Cooperativa, llamada
así hasta el momento en que la Autoridad pertinente le apruebe el Estatuto, con lo cual
adquiere la verdadera calidad de Cooperativa.
Al respecto lo que dice el Reglamento General de la Ley de Cooperativas.
Constitución y Responsabilidad
Art. 6 “Ninguna Cooperativa se formará con menos de once personas naturales o naturales y
jurídicas o de tres jurídicas solamente, con excepción de las Cooperativas de consumo, de
artículos d primera necesidad, a que se refiere el Art. 83 de este Reglamento, que deberán
tener un mínimo de cincuenta socios”.
Art. 7 “Para constituir una Cooperativa de deberá, previamente, realizar una Asamblea
General de a la que concurrirán las personas interesadas en ella, bajo el asesoramiento de un
difusor o experto en una doctrina cooperativa, que hará conocer a los asistentes las ventajas el
sistema cooperativo, las conveniencias y posibilidades de organizar la Cooperativa. En esta
117
Asamblea se estudiará todos los problema y aspectos relacionados con la organización y sí la
mayoría estimaré conveniente formar la Cooperativa, se designará un Directorio Provisional,
compuesto de un: Presidente, tres Vocales, Secretario y Tesorero, que se encargará de
formular o hacer redactar el Estatuto, de solicitar su tramitación y de obtener su tramitación
Legal”.
Reunido el grupo interesado, luego de una amplia información del Promotor de Cooperativas,
este deberá tomar las siguientes resoluciones, a mismas que hacemos constar en un modelo
de Acta de la Asamblea Constitutiva, ofrecida a continuación:
ACTA DE LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA DE LA PRECOOPERATIVA DE AHORRO Y
CRÉDITO
En la ciudad de Loja a los …… días del mes de ……. del 2008, en el local de
……………………………………………….,siendo las……… de la …………., se instala en sesión las personas
que suscriben la presente Acta, interesadas en fundar la cooperativa de Ahorro y Crédito.
Invitado de manera especial se halla presente el Promotor de Cooperativas Señor.
…………………………………. quien a petición del grupo hace una amplia exposición acerca de la
forma como se organizan estas entidades, sus propósitos, los fundamentos doctrinarios del
sistema cooperativo, las obligaciones y responsabilidades de los miembros, etc.
Acto seguido, los participantes resuelven fundar la Cooperativa y luego de cruzar sus opiniones
toman por mayoría de votos los siguientes acuerdos:
1. Designan el Directorio Provisional de la Pre-Cooperativa el mismo que queda
conformado de la siguiente manera:
Presidente: ……………………………………….
Vocales: ………………………………………..
Secretaria: ………………………………………..
Tesorera: ………………………………………...
2. Se denominó a la entidad con la siguiente razón social: Cooperativa de Ahorro y
Crédito……………………..
118
3. Se señala la Cantidad de $.......... como cuota de ingreso, cuyo valor tiene el carácter de
irrembolsable.
4. Se fija la cantidad de $ …… como Certificados de Aportación suscritos por cada miembro,
los mismos que serán pagados, el 50% de inmediato y el saldo en el plazo máximo
de……….. Días.
5. Se designa al Banco……………………….., para abrir la Cuenta Corriente a Nombre de la Pre-
Cooperativa, debiendo registrar las firmas de Presidente y Tesorero el Directorio
Provisional.
Además, la Asamblea encarga a los miembros del Directorio para que en la próxima reunión,
que tendrá lugar el día….……………… del año en curso presente el Estatuto de la Cooperativa.
A continuación y como constancia de las resoluciones tomadas se procede a la suscripción de
la presente Acta de la Asamblea Constitutiva de la Pre- Cooperativa de Ahorro y
Crédito………………………., por parte de todos o miembros presentes;
DIRECTORIO PROVISIONAL----------------------------------- -----------------------------------PRESIDENTE PRIMER VOCAL
------------------------------------ -----------------------------------
SEGUNDO VOCAL TERCER VOCAL
------------------------------------ ------------------------------------TESORERA SECRETARIA
SOCIOS FUNDADORES------------------------------------- -----------------------------------
------------------------------------- -----------------------------------
------------------------------------- -----------------------------------
No habiendo otro asunto que tratar, el Presidente procede a clausurar la Asamblea, siendo las
……………………………….. de la ………………, invocando el espíritu de unión y responsabilidad de
cada uno de los socios.
119
SEGUNDO PASO
DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ESTATUTO
Siguiendo el trámite de la organización de la cooperativa los socios deberán realizar tres
reuniones de fecha diferente, con el fin de discutir y aprobar el proyecto de estatuto. En lo
posible deberá contarse con el asesoramiento del difusor de las cooperativas para que oriente
y explique ciertos aspectos durante la discusión.
TERCER PASO
DOCUMENTACIÓN COMPLETA PARA PRESENTAR EN EL MINISTERIO DE INCLUSIÓN
ECONÓMICA Y SOCIAL
(Dirección Nacional de Cooperativas)
Al respecto, el Reglamento General de Cooperativas, estipula lo siguiente:
Art. 9 “Para obtener la aprobación del estatuto de la Cooperativa en su constitución legal, el
Directorio Provisional deberá presentar ante el Ministerio de Inclusión Económica y Social, los
siguientes documentos:
1. Una solicitud de aprobación del Estatuto, dirigida al Ministerio de Inclusión Económica y
Social;
2. Una certificación del técnico, difusor o promotor, que haya asesorado a la Cooperativa,
de que los miembros de ella se hayan bien enterado de sus objetivos y de que ha
recibido suficiente instrucción doctrinaria;
3. Una copia del Acta Constitutiva de la Asamblea General en la que se haya designado el
Directorio Provisional, con la nomina de sus miembros;
4. El Estatuto en tres ejemplares escrito con claridad y que contendrá las siguientes
especificaciones:
Nombre, domicilio y responsabilidad de la Cooperativa;
Sus finalidades y campo de acción;
Los derechos y obligaciones de los socios
Su estructura y organización interna;
120
Las medidas de control y vigilancia;
La forma de constituir, pagar o incrementar el capital social;
El principio y el termino del año económico;
El uso y distribución de los excedentes;
Las causas de liquidación y disolución de la Cooperativa;
El procedimiento para reformar el Estatuto; y
Las demás disposiciones que se considere necesarias para el buen funcionamiento
de la Cooperativa, en tanto no se opongan a la ley y al presente Reglamento.
5. Una certificación del secretario al final del estatuto, de que este fue discutido en tres
sesiones diferentes y aprobada;
6. Tres copias de la lista de los socios fundadores, con las especificaciones siguientes:
nombre, domicilio, estado civil, ocupación y nacionalidad de cada socio; número y valor
de los Certificados de Aportación que suscribe, cantidad que paga al contado, el número
de la cedula de identidad y su firma;
7. Certificación de la autoridad competente, al final de la lista a que se refiere el número
anterior, de que los miembros de la Cooperativa la firmaron en su presencia. Esta
certificación la podrá extender el Gobernador, jefe político, Teniente Político o un
Funcionario de la Dirección Nacional de Cooperativas;
8. Comprobante del depósito bancario de por lo menos el 50% del valor de los certificados
que hayan suscrito los socios
9. Plan inicial y de financiamiento de la cooperativa. En este plan se hará constar: la clase
de actividades que va a desempeñar la cooperativa; el capital inicial que se requiere
para realizar tales actividades, indicando los costos de operación, el rendimiento posible
de la empresa en el lapso de un año; la manera de cómo se incrementará a base de
cuotas, préstamos o capitalización de intereses o beneficios; las ventajas sociales,
culturales y de cualquier otra índole que obtendrán los socios y las proyecciones futuras
de la empresa después del lapso indicado.
A esta documentación hay que añadir, la declaración juramentada de que los socios
fundadores, no pertenecen a otra cooperativa de la misma línea.
CUARTO PASO
PRIMERA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS DE LA COOPERATIVA
121
Una vez que ha sido aprobado el Estatuto mediante acuerdo conferido por el Ministerio de
Inclusión Económica y Social, e inscrito en la Dirección Nacional de Cooperativas, deberá
celebrarse la primera asamblea General de Socios fundadores de la Cooperativa, con el fin de
nombrar los organismos de administración y control de la entidad como son el Consejo de
Administración y el de Vigilancia, respectivamente. En algunas Cooperativas por disposición de
su Estatuto la Asamblea General nombra también la comisión de crédito, mientras que en
otras lo hace el Consejo de Administración al igual que las demás comisiones: educación,
asuntos sociales, etc. En esta Asamblea termina su gestión el directorio provisional de la Pre-
Cooperativa.
El número de miembros del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia está
regulado por el Art. 35 del Reglamento General de Cooperativas, así como el número de
miembros de las comisiones especiales, será de tres tal como estipula el Art. 36 del mismo
Reglamento.
Los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia, reciben de esta primera Asamblea
General, la Representación de tres, dos y un año, de acuerdo al orden de su elección; y a partir
de la segunda Asamblea Ordinaria anual son nombrados para periodos de tres años. Esto tiene
como finalidad establecer la alternabilidad de experiencias, entre directores experimentados
con los elementos nuevos en la administración de la empresa.
Una vez que se hallan designados los consejos y comisiones especiales, cada uno de estos
organismos en un plazo máximo de 8 días se reunirán por separado para nombrar estas
dignidades: presidentes, secretarios, etc. el Consejo de Administración en su primera reunión
tomará las siguientes resoluciones:
Designará a su presidente y secretario quienes son presidente y secretario de la
cooperativa. El nombramiento de presidente dura un año, pudiendo ser reelegido las
veces que lo estipule el reglamento interno de la cooperativa.
Nombrará al gerente de la cooperativa. Le asignará un sueldo, el tipo y cuantía de una
caución que la rendirá previamente al desempeño de sus funciones.
En el caso de que la asamblea no hubiere nombrado las comisiones especiales, crédito,
educación y asuntos sociales, lo hará el Consejo de Administración.
122
De la realización de la Asamblea General, de la conformación de los consejos y comisiones con
sus respectivos dignatarios, del nombramiento del gerente y de la caución rendida e inscrita
ante la autoridad competente, se participará de inmediato a la Dirección Nacional de
Cooperativas, iniciando de esta manera, la vida jurídica de una nueva cooperativa de Ahorro y
Crédito.
MANERAS DE DEPOSITAR DINERO EN UNA COOPERATIVA
Los socios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito pueden depositar dinero en su empresa de
tres maneras, o sea en tres cuentas diferentes, las mismas que son:
a) Certificados de Aportación
b) Ahorros y
c) Depósitos a Plazo Fijo
a) LOS CERTIFICADOS DE APORTACIÓN
Los Certificados de Aportación son los valores que le dan al socio la verdadera calidad de
ACCIONISTA y COPROPIETARIO de la empresa. Son valores que tienen el carácter de estables,
que no se los puede retirar sino cuando muere o se desafilia el socio. Por eso, junto con otros
valores que tienen naturaleza de ireembolsables e irrepartibles como son: las cuotas de
ingreso y multas que se impusieren; el fondo irrepartible de la reserva, de los fondos
destinados a la educación, previsión y asistencia social; de las subvenciones, donaciones,
legados y herencias que la Cooperativa reciba con beneficio de inventario y de los bienes
muebles e inmuebles que por cualquier otro concepto adquiera la Cooperativa, forman EL
CAPITAL SOCIAL o lo que es lo mismo, LOS BIENES PATRIMONIALES DE LA COOPERATIVA. La
Ley de Cooperativas estipula al respecto lo siguiente:
Art. 51 “Las aportaciones de los socios estarán representadas por certificados nominativos,
indivisibles y de igual valor, que serán transferibles sólo entre socios o a favor de la
Cooperativa, previa autorización del Consejo de Administración. Y el Reglamento General de
Cooperativas, lo siguiente:
Art. 51 “Solamente en el caso de separación o muerte de un socio o de liquidación de una
Cooperativa se podrá compensar las deudas del socio a la institución con el valor de sus
certificados de aportación”
123
Los certificados son la parte fundamental de los bienes comunes o patrimoniales de la
empresa; son los valores que representan la solidez, solvencia y estabilidad de la Cooperativa.
Los certificados son los documentos que reposan en manos de los asociados y pueden ser de
los siguientes valores:………………………….y por disposición estatutaria están obligados a poseer
un mínimo o un máximo. El mínimo sería un certificado de……………………… y el máximo es el
10% del capital social. Esta limitación en el máximo tiene el propósito de evitar que la
seguridad económica y financiera de la Cooperativa dependa de pocos socios. El certificado es
un documento que lleva en su texto como elementos indispensables los siguientes datos: el
nombre de la República del Ecuador; la razón social de la entidad; el grupo y clase de la
Cooperativa; el número del acuerdo ministerial y la fecha de aprobación del Estatuto; el
domicilio de la Cooperativa; las firmas de puño y letra del Presidente y Gerente; el nombre del
socio poseedor del certificado y la fecha de otorgamiento. Para que adquiera su valor legal
debe contener la firma del Director Nacional de Cooperativas con el sello respectivo. Son
numerados y tienen un talonario con los mismos elementos del Certificado que queda en el
archivo de la institución. En el reverso lleva los espacios correspondientes para anotar las
transferencias. A continuación insertaremos un modelo de Certificado, el mismo que es
confeccionado en papel llamado de seguridad.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO…………………………………….
GRUPO: CRÉDITO CLASE: AHORRO Y CRÉDITO
RESPONSABILIDAD LIMITADA
CONTITUCIÓN ACUERDO MINISTERIAL Nº………
REGISTRO Nº……………
PROVINCIA……………...CANTÓN…………….PARROQUIA…………
CERTIFICADO DE APORTACIÓN
NOMINATIVO Y TRANSFERIBLE ENTRE SOCIOS O CON LA COOPERATIVA
124
b) LOS AHORROS
La cooperativa que ocupa nuestro estudio tiene como finalidad fundamental la de ofrecer a
sus afiliados el servicio de PRESTAMOS; ahora, para contar con las disponibilidades monetarias
que le permita ofrecer el servicio tiene que formar primero un capital accionario o de
operación a base de los depósitos económicos efectuados por todos los miembros de la
sociedad. Este capital, a más de los certificados de aportación, proviene también de otra
fuente muy importante como son LOS AHORROS. Con la recepción de ahorros se completa el
ciclo de funcionalidad y propósitos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito, que es: RECIBIR
AHORROS Y CONCEDER CRÉDITOS. Por consiguiente, los ahorros son el principal remanente
para el otorgamiento de los préstamos, pues los montos de estos se hallan en íntima relación
con los saldos de aquellos.
El ahorro es un depósito educativo que los socios están obligados a hacer de manera
sistemática, conforme tengan, conforme puedan, sin importar tanto la cantidad, cuanto la
disciplina y perseverancia. El dinero depositado en la cuenta de ahorros es prácticamente un
DEPÓSITO A LA VISTA susceptible de ser retirado en cualquier momento, salvo el caso de
estar ignorado como garantía de los préstamos. Esta es la gran diferencia del dinero
depositado en la cuenta de certificados, el cual no puede ser retirado sino cuando el socio se
desafilia de la entidad.
Los ahorros ganan dividendos, cuya tasa máxima es el 10% anual.
La acción del ahorro sistemático expresa fielmente el contenido filosófico de la cooperación,
del esfuerzo propio y de la ayuda mutua. Ahorrar sistemáticamente es la mejor forma de
cooperar consigo mismo y con los demás miembros de la sociedad. En el gráfico siguiente se
puede apreciar una libreta de ahorros llevada sistemáticamente; además se puede ver el
préstamo conseguido sobre el saldo de los mismos y el pago puntual de una amortización
mensual más los intereses respectivos. Finalmente se puede ver que el ahorro sistemático
continúa a pesar del pago del préstamo, asunto muy importante ya que el dueño de esa libreta
podrá operar un nuevo préstamo por un monto mucho más elevado, porque también el saldo
de sus ahorros es mucho mayor.
EL AHORRO NO ES OTRA COSA QUE EL ORDEN EN LA VIDA Y EL BUENJUICIO EN LOS GASTOS
125
c) DEPÓSITOS A PLAZO FIJO
Los socios de una Cooperativa de Ahorro y Crédito, a más de depositar dinero en las cuentas
de Certificados y Ahorros, pueden hacerlo también en otra que sea denominada depósitos a
plazo fijo. Este dinero gana un interés convenido de acuerdo al plazo que dura el depósito,
cuyas tasas constan en le Reglamento respectivo y que generalmente son las siguientes:
Depósitos a 6 meses
Depósitos a 9 meses
Depósitos a 12 meses o más
El interés del 6 % anual, el interés del 8% anual y el interés del 10% anual. El interés de estos
depósitos pueden ser cobrados mensual, trimestral o semestralmente. Por otra parte, estos
depósitos no sirven para obtener el servicio de los préstamos, como los son los certificados y
los ahorros. Además no puede ser retirado mientras no se cumpla el plazo, porque se supone
que se encuentra en manos de los socios en calidad de préstamos, salvo casos especiales que
contemple el reglamento respectivo.
SERVICIOS QUE PRESTA LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO
La Cooperativa de ahorro y crédito concede a sus afiliados, de preferencia los siguientes
servicios:
a) Préstamos
b) Ayuda mortuoria, y
c) Seguros de vida
SOLICITE DINERO EN SUCOOPERATIVA, ES UN DERECHODE TODO ASOCIADO QUE HACUMPLIDO PRIMERO EN SUSOBLIGACIONES DE COOPERADOR
126
a) LOS PRÉSTAMOS
Los préstamos constituyen el principal y más significativo de los servicios. Es un derecho que
utiliza el socio como reconocimiento al merito de la cooperación. Es un acto de solidaridad y
confianza, los miembros de la sociedad se prestan dinero y se garantizan mutuamente, bajo
normas justas que contribuyen al mejoramiento económico y la solución de sus necesidades
financieras.
Requisitos para obtener los Préstamos
Los socios de una Cooperativa de Ahorro y Crédito deben cumplir con un mínimo de requisitos
obligatorios para merecer el servicio de los préstamos, siendo las más conocidas las siguientes:
1. Encontrarse en el pleno goce de los derechos de asociado;
2. Haber ahorrado sistemáticamente por lo menos durante tres meses si se trata del
primer préstamo;
3. Contar con el certificado de haber asistido a un curso de cooperativismo otorgado por la
cooperativa; y
4. Ofrecer garantías a satisfacción de la Comisión de Créditos.
Líneas de Préstamos
Las cooperativas tienen abierta una amplia línea de préstamos, los mismos que se adaptan a
todas las necesidades del pueblo. Por la finalidad de su inversión se dividen en dos grandes
grupos:
PRÉSTAMOS DE PRODUCCIÓN
PRÉSTAMOS DE CONSUMO.
127
CLASES DE PRÉSTAMOS
Desde el punto de vista del trámite, se dividen así mismo en dos grupos: PRÉSTAMOS
ORDINARIOS Y PRÉSTAMOS EXTRAORDINARIOS.
a) Los Préstamos Ordinarios
Son aquellos que están sometidos a un trámite tomado como normal, esto es: que
el interesado formula una solicitud que pone a consideración de la Cooperativa y
está sujeta a la aprobación de la Comisión de Crédito; los prestamos pueden ser
destinados tanto para fines de producción como de consumo; los montos son
siempre mayores a la suma de los saldos de certificados de ahorros, motivo por el
cual requieren de garantías personales, prendarías o hipotecarias.
b) Los Préstamos Extraordinarios
Son aquellos que sirven para cubrir necesidades siempre de consumo, tales como:
calamidad domestica, accidentes, enfermedades inusitadas, imprevistos, etc. Son
LÍNEAS DEPRODUCCIÓN
ARTESANÍA PEQUEÑAINDUSTRIA
COMERCIO
AGROPECUARIAS
LÍNEAS DE CONSUMO
VIVIENDA
MEJORAS DEL HOGAR
EDUCACIÓN
PAGO DE DEUDAS
GASTOS MÉDICOS
LÍNEAS DE PRÉSTAMOS
128
atendidos directamente por Gerencia y los montos nunca sobrepasan de las simas
de los certificados y ahorros, razón por la cual no requieren de garantías personales.
Tramite para obtener los Préstamos Ordinarios
1. La solicitud de préstamos
Es el formulario que presenta el socio a consideración de la Cooperativa y es conocida por la
Comisión de Crédito para su estudio y aprobación. El formulario es llenado conjuntamente con
el Gerente o Empleado correspondiente.
2. Estudio y aprobación de la solicitud
Las solicitudes de los préstamos son conocidas en sesión legalmente constituida por la
Comisión de Crédito, Organismo que en base de las normas del Reglamento de Prestaciones
puede tomar las resoluciones: aprobarlas, rechazarlas o aplazarlas hasta que el solicitante
llene ciertos requisitos indispensables.
3. Despacho del Préstamo
Las solicitudes aprobadas por la comisión de créditos, con la firma de la mayoría de sus
miembros, retoman a la Gerencia para la tramitación final y entrega del dinero. Previa su
suscripción de obligaciones departe del beneficiario y los garantes.
El trámite descrito se observa tratándose de préstamos de un determinado monto, para los
cuales el Reglamento exige únicamente garantías personales de otros socios o de personas
particulares solventes. En caso de montos mayores, la Cooperativa exige garantías prendarías
o hipotecarías, es natural que primero deban cumplirse las formalidades legales pertinentes,
previas a la entrega del dinero.
NORMAS FUNDAMENTALES PARA EL SERVICIO DE LOS PRÉSTAMOS
Las normas para el otorgamiento de préstamos constan en el Reglamento de Prestaciones
aprobado por el Consejo de Administración y entregado a la Comisión de Crédito para su
estricta aplicación. Las normas fundamentales son las que tienen que ver con los: MONTOS,
PLAZOS, INTERESES, Y GARANTÍAS. Estas varían en cada cooperativa y aún dentro de cada una
se modifican constantemente de acuerdo al desarrollo de la empresa y el resultado de las
129
políticas crediticias. En el cuadro siguiente presentamos un ejemplo de las normas mínimas
contempladas en el Reglamento de Prestaciones:
REFERENCIAS PRESTAMO ORDINARIO P. EXTRAORDINARIO
MONTOS
Primer préstamo ………... 2:1
80% de ahorros certificadosEn adelante; consumo ………... 3:1
Producción hasta ………... 5:1
Monto máximo ………...
PLAZOS
Hasta ………………… 12 meses
Máximo ……… 12 mesesHasta ………………… 24 meses
Hasta ………………… 36 meses
INTERÉS1.20% mensual sobre los saldos
1% sobre saldos12% anual en préstamos a plazo fijo
1.40% mensual a partir del tercer mes de morosidad
GARANTIA
Los ahorros y certificados personales desocios o particulares solventeshasta……………………….
En adelante: hipotecarios, prenda, industrial,agrícola, comercial.
Los mismos certificados y ahorros
TRÁMITES Solicitud de préstamo Aprobación de la Comisión de Crédito Suscripción de obligaciones Entrega del dinero
Solicitud al gerente, Suscripción de obligaciones, Entrega de dinero
RENOVACIONES Únicamente por desempleo, fallecimiento,calamidad domestica
Calamidad domestica muy grave
AMPLIACIONES Cuando esta pagado el 75% del préstamoanterior
Un préstamo más
NOTA: Los valores y porcentajes, varían de conformidad al tipo de cooperativas.
130
REPARTO DE EXCEDENTES
La Cooperativa desde el punto de vista de empresa, debe trabajar con iniciativa, si ha de vivir y
prosperar, debe tener superávit en el ejercicio de sus operaciones económicas, llámese a esto
ganancias o EXCEDENTES que es el término propio de la empresa cooperativa. Al respecto
veamos lo que señala la legislación cooperativa ecuatoriana:
Art. 60 “Los beneficios económicos que obtiene una cooperativa se denominan excedentes y
son el resultado de retenciones hechas a los socios, por previsión o de sumas cobradas en
exceso en los servicios de la institución, y que le son devueltos, en el tiempo y forma y con las
deducciones que se establece en el Reglamento General. Por lo mismo, tales excedentes no se
consideran utilidades para efectos señalados en las leyes tributarias y de comercio”
Art. 61 “Las Cooperativas distribuirán obligatoriamente los excedentes entre los socios,
después de efectuado el balance correspondiente al final del año económico. Dicha
distribución se realizará en proporción a las operaciones o al trabajo efectuado por los socios
en la Cooperativa y con las deducciones que establece el Reglamento General”
El ejercicio económico se inicia el 1 de enero y termina el 31 de diciembre y las cooperativas
de ahorro y Crédito, deberán cerrar sus libros de contabilidad para determinar los excedentes
o pérdidas obtenidos durante el período anual.
Sumados los ingresos provenientes de los intereses pagados por los socios por concepto de los
préstamos, de ciertas contribuciones pagadas por los mismos para gastos de administración y
otros ingresos derivados de actividades sociales, rifas, almacén, etc., se deducen los gastos que
de mandó la administración general, tales como: sueldos, arriendos, materiales de oficina,
asambleas, viáticos, etc. Esta operación arroja el excedente neto del ejercicio económico anual
cuya cantidad, de acuerdo a disposiciones legales tiene el siguiente destino en la empresa
cooperativa:
1. Sirve para pagar dividendos sobre los ahorros y certificados
2. Para establecer reservas; y
3. El sobrante para distribuir como patrocinio a los socios que utilizaron y pagaron los
servicios de la cooperativa.
131
ADMINISTRACIÓN DE UNA COOPERATIVA
ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS
La Asamblea General de Socios es el organismo de
mayor jerarquía dentro de la estructura de la
cooperativa.
A los socios en calidad de dueños y copropietarios de la empresa les corresponde tomar
las decisiones que conlleva la gestión social, económica y administrativa de la entidad; y así lo
hacen reunidos en Asamblea, utilizando procedimientos eminentemente democráticos. Es en
ASAMBLEA GENERALDE SOCIOS
CONSEJO DEADMINISTRACIÓN
CONSEJO DEVIGILANCIA
COMISIÓN DECRÉDITO
COMISIÓN DEEDUCACIÓN
COMISIÓN DEASUNTOS SOCIALES
GERENTE
EMPLEADOSCOMISIÓN DEMOROSIDAD
PAREJA GONZALES, Pedro. Manual para Cooperativas
132
este evento cuando se vive con mayor evidencia el segundo principio universal del
cooperativismo: CONTROL DEMOCRÁTICO.
Reunida uno o dos veces al año, la Asamblea General de Socios, revisa y aprueba las
operaciones realizadas durante el semestre o año anterior y establece las normas de
operación a desarrollarse en adelante. Cada miembro de la cooperativa tiene derecho a
expresar sus opiniones y registrar su voto en las resoluciones. Así los socios retiren el Control
Democrático de la Cooperativa. Pero es la mayoría de opiniones en vez del dinero lo que
gobierna la empresa; todos los socios tienen iguales obligaciones y derechos, todos hacen uso
del voto y en deliberación democrática y popular eligen o pueden ser elegidos para cargos
directivos, sin tomar en cuenta los saldos de las aportaciones económicas.
La Asamblea General de Socios, legalmente constituida es la autoridad suprema de la entidad y
los acuerdos en ella son tomadas obligatorios para los demás organismos de la cooperativa y
para todos los miembros tanto presentes como ausentes.
Hay dos clases de Asamblea General: las Ordinarias y las Extraordinarias.
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
La Asamblea General Ordinaria estará formada por todos los socios la misma que será
efectuada por el o la secretario (a) de la Junta Directiva, con el visto bueno del presidente, con
treinta días de antelación al menos, de la fecha prevista para la reunión; además los asuntos
que en ella se traten, corresponden a las de una administración normal o regular. La Asamblea
General Ordinaria es convocada dos veces al año; una la ANUAL, en enero y la otra SEMESTRAL
en julio.
Al respecto las atribuciones que le asigna la Ley de Cooperativas en su Reglamento General:
1. Reformar los estatutos
2. Aprobar el plan de trabajo de la cooperativa
3. Autorizar la adquisición de bienes o enajenación o gravamen total o parcial de ellos.
LA ASAMBLEA GENERAL, ES EL ACTO DE MAYOR IMPORTANCIA EN LA VIDA DE LACOOPERATIVA
133
4. Conocer los balances semestrales y los informes relativos a la marcha de la cooperativa y
aprobarlos o rechazarlos.
5. Decretar la distribución de los excedentes en conformidad con la Ley, Reglamento y el
Estatuto.
6. Elegir y renovar con causa justa a los miembros del Consejo de Administración y
Vigilancia de las Comisiones Especiales y a sus delegados ante cualquier institución a la
que pertenezca la entidad, con sujeción a lo prescrito en el Estatuto.
7. Relevar de sus funciones al Gerente, con causa justa
8. Acordar la disolución de la Cooperativa, su fusión con otra u otras y su afiliación a
cualquiera de las Organizaciones de Integración Cooperativa, cuya afiliación no es
obligatoria.
9. Autorizar la emisión de certificados de aportación
10. Resolver en apelación, sobre reclamaciones o conflictos de los socios entre sí o de éstos
con cualquiera de los Organismos de la Cooperativa.
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
La Asamblea General Extraordinaria puede ser convocada en cualquier fecha, porque en ella se
trata asuntos que tienen carácter de emergencia o de imprevistos que no puedan espera la
fecha de una asamblea ordinaria. Las mismas que tendrán que ser convocadas con 15 días
antes de la fecha prevista, para tratar los siguientes asuntos:
1. Reformar el Estatuto;
2. Adquisición o enajenación de bienes;
3. Afiliación o desafiliación de la Cooperativa de los Organismos de integración Cooperativa
que no obliga la Ley de la materia, y nombramientos de delegados ante los mismos;
4. Resolver sobre conflictos y reclamos de socios, y organismos de la cooperativa;
5. Tratar sobre la fusión con otra u otras cooperativas; y
6. Resolver sobre la liquidación de la cooperativa.
LA ASAMBLEA GENERAL DE REPRESENTANTES
El Decreto Ejecutivo Nro. 2572 del 7 de junio de 1978 establece la realidad de Asambleas
Generales de Representantes. Tiene como fundamento la disposición del Art. 25 del que
faculta a las Cooperativas que tiene más de doscientos socios, realizar Asambleas Generales
por medio de delegados distritales, barriales o parroquiales. El mencionado decreto publicado
134
en el Registro Oficial Nro. 615 del 26 de junio de 1978, en su parte resolutiva dice
textualmente lo siguiente:
Art. 1 “Cuando una Cooperativa esté formada por dos mil o más afiliados las Asambleas
Generales se constituirán, obligatoriamente, con representantes o delegados, que serán
elegidos por los asociados en votación personal, directa y de su Afiliación, en los Registros de
la Cooperativa, en la siguiente forma y proporción:
a. Las que fluctúen entre dos mil socios y menos de cinco mil, elegirán un representante
principal y un suplente, por cada serie numérica de cien socios.
b. Las que estuvieren constituidas por cinco mil socios y menos de diez mil, elegirán un
suplente, por cada serie numérica de doscientos asociados.
c. Las que estén formadas por diez mil socios y menos de veinte mil, elegirán un
representante por cada serie numérica de quinientos socios; y
d. Las que tengan veinte mil o más afiliados, elegirán un delegado principal y dos
suplentes, por cada serie numérica de mil asociados.
Art. 2 Serán miembros natos de las Asambleas Generales de Delegados, los miembros de los
Consejos de Administración y Vigilancia que se encontraren en ejercicio de sus funciones.
Art. 3 Los delegados o representantes a la Asamblea General, durarán en sus funciones el
período de un año, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
Art. 4 La convocatoria a Asamblea General de Delegados o Representantes, se hará de
conformidad con lo establecido en el Art. 32 de la Ley de Cooperativas y en los Art. 28, 29 y 30
del Reglamento General de esta Ley.
Art. 5 La Asamblea General de Representantes, tratará de los asuntos establecidos en el Art.
31 del Reglamento General de la Ley de Cooperativas.
Art. 6 Los Consejos de Administración de las Cooperativas que tengan dos mil o más afiliados
deberán elaborar el correspondiente Reglamento de Elecciones dentro de los sesenta días, con
todos a partir de la vigencia del presente Decreto y someterlo a la aprobación de la Dirección
Nacional de Cooperativas. En lo posterior, cuando una Cooperativa alcance los dos mil socios,
elaborará el correspondiente Reglamento de Elecciones, dentro del plazo señalado.
135
Art. 7 El presente Decreto, por ser especial, prevalecerá sobre todas las leyes, decretos o
acuerdos que se le opusieren y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro
Oficial.
Creemos necesario aclarar en este punto, que los procedimientos de las Asambleas Generales
de Socios como de las Asambleas Generales de Representantes, en ambos casos son los
mismos, en cuanto a ser Ordinarias ~ Extraordinarias, a las convocatorias, quórum, normas
parlamentarias, etc.
LA CONVOCATORIA A LAS ASAMBLEAS GENERALES
Al respecto, el Reglamento General de Cooperativas dice lo siguiente:
Art. 28 “Las citaciones a las Asambleas Generales Ordinarias o Extraordinarias las firmará el
Presidente de la Cooperativa, por iniciativa propia o a pedido del Consejo de Administración,
del Consejo de Vigilancia, del Gerente o de la tercera parte de los socios”
Art. 29 “Si ha pedido escrito de los Consejos de Administración o de Vigilancia, del Gerente o
de la tercera parte de los socios, el Presidente se negare sin causa justa a firmar la
convocatoria, ésta la podrá firmar el Presidente de la respectiva Federación o a falta de ella, el
Director Nacional de Cooperativas.”
La Convocatoria a las Asambleas Generales tienen que hacerse de tal manera que todos los
socios se enteren de ella oportunamente. En lo posible la citación la deben recibir
personalmente y por escrito o a través de la prensa, la radio, cartelones, etc. La convocatoria
debe señalar contada exactitud la fecha, la hora y el lugar de la reunión. Deberá estar firmada
indefectiblemente por el Presidente y contendrá el Orden del Día de la Asamblea. A con-
tinuación insertamos un modelo de la convocatoria.
MODELO DE CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS
De acuerdo al Art...... del Estatuto, convoco a los socios de la Cooperativa de Ahorro y
Crédito........................... Ltda. a la Asamblea General Ordinaria Anual, para el día............. a
las............ en el local de................. En caso de no contar a esa hora con el quórum
reglamentario, la Asamblea se instalará legalmente una hora después, con el número de
miembros presentes, tal como lo dispone el Art. 30 del Reglamento General de Cooperativas.
136
Loja a, ……………………. de 2008
f. ………………………………………….
PRESIDENTE
ORDEN DEL DIA DE LA ASAMBLEA
1. Constatación del quórum
2. Instalación de la Asamblea
3. Aprobación del Orden del Día
4. Lectura y aprobación del acta de la Asamblea anterior
5. Lectura de comunicaciones recibidas
6. Lectura y aprobación de informes:
a. Del Consejo de Administración
b. Del Consejo de Vigilancia
c. De las Comisiones Especiales
d. Del Gerente
7. Aprobación del plan anual de Trabajo
8. Aprobación del Presupuesto
9. Elección y posesión de nuevos dirigentes
10. Asuntos varios
11. Clausura de la Asamblea
UNIDOS SOMOS FUERTES, UNIDOS EN COOPERATIVAS
INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA
Se considera legal la Asamblea que se instala con el quórum establecido por el Estatuto.
Algunas Cooperativas lo señalan en las dos terceras partes de los socios en pleno goce de
derechos y obligaciones; otras lo estipulan en la tercera parte de los mismos y la mayoría en la
mitad más uno. Al respecto hay que anotar que en el medio ambiente nacional, las personas
integradas a las cooperativas, son renuentes en la asistencia a las Asambleas a pesar de que
conocen que son el mayor acontecimiento institucional. De ahí que la legislación cooperativa
137
ha tenido que ofrecer un camino ágil que facilite la realización de las mismas, tal como lo
establece el Reglamento General de Cooperativas en el Art. 30 que dice así:
“En la citación que se haga para la Asamblea General, además de señalar en el Orden del Día,
la hora, el lugar y la fecha de la reunión, se podrá indicar que de no haber quórum para la hora
señalada, los socios quedarán citados por segunda, para una hora después de la primera
citación; y la Asamblea se realizará con el número de socios que haya entonces”. En la
actualidad la mayor parte de las Cooperativas lo ha incorporado a su Estatuto o Reglamento,
pero en todo caso la disposición debe constar en la convocatoria para que la Asamblea tenga
validez.
LAS MOCIONES
Moción es la proposición verbal o escrita que hace un socio (s) ante la Asamblea, con el
propósito de conseguir un determinado acuerdo de parte de la misma. Para que una moción
pueda ser considerada por la Asamblea deberá contar con el apoyo de otro socio por lo
menos.
Una vez que ha tenido apoyo la moción, su contenido será registrada por el Secretario, el
mismo que dará lectura previamente a la iniciación del debate. El Presidente concederá la
palabra de acuerdo al orden que fue solicitada. A este respecto es conveniente que la
Cooperativa tenga reglamentado el tiempo máximo y el número de veces que pueden
intervenir los socios inscritos para el debate, pues la falta de esta reglamentación da lugar a
interminables y cansadas discusiones que aburren a los demás y vuelven indeseables las
Asambleas.
Cuando la Presidencia considere que se ha discutido lo suficiente sobre la moción y la
Asamblea esté en plena conciencia de tomar un acuerdo, procederá a cerrar el debate y
ordenar se tome votación. De creer necesario, pedirá al Secretario dar una lectura más del
contenida de la moción que va a votar.
LA VOTACIÓN
Existen tres procedimientos muy conocidos para recibir los sufragios, los mismos que son:
a. Votación simple u ordinaria,
b. Votación nominal, y
138
c. Votación secreta
La votación simple u ordinaria es aquella en que los socios levantan la mano o se ponen
de pie para expresar su voto.
La votación nominal es la que cada miembro consigna de viva su voz su voto, pudiendo
en este caso inclusive razonarlo.
La votación secreta es aquella en que los socios expresan su voto por escrito en una
papeleta que se deposita en una ánfora. Se considera este procedimiento más
democrático, más libre y es utilizado sobre todo para resol ver asuntos de mucha
importancia.
Sea cual fuere el procedimiento deberán colaborar dos escrutadores designados en ese
momento por el Presidente. Los resultados serán proclamados por la Secretaría y en el caso de
empate se dirimirá la situación de acuerdo a lo prescrito por el Reglamento Interno, es decir,
por sorteo o por medio del voto den mente del presidente de la Asamblea.
Hemos mencionado que la Asamblea General de Socios es el acontecimiento de mayor relieve
y trascendencia que se realiza durante el año, por consiguiente debe ser cuidadosamente
planificada y ejecutada. La Comisión de Asuntos Sociales tiene una excelente oportunidad de
colaborar propiciando números que le den solemnidad y atracción. Será la ocasión de que los
socios y de ser posible sus familias se conozcan y unan entre sí. A continuación presentamos
un esquema resumido de las principales funciones y responsabilidades que le corresponden a
la Asamblea General de Socios.
URNA
Cada miembro tiene derecho aopinar y a registrar su voto endeliberación libre y democrática
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Elige o remueve con causa justa a los Miembros delos Consejos, Comisiones y Delegados anteOrganismos de integración cooperativa, consujeción a lo prescrito en el Estatuto y elReglamento INTERNO
Aprueba Planes de Trabajo y Presupuesto
Reforma el Estatuto
Conoce la marcha administrativa y económica de lacooperativa a través de los informes de losConsejos, Comisiones y Gerencia. Los aprueba,observa o rechaza.
Autoriza la emisión de certificados de aportación
Acuerda la afiliación o desafiliación de laCooperativa ante los Organismos de Integraciónque no obliga la Ley
Toma acuerdos sobre la liquidación de lacooperativa
Decreta la distribución de excedentes
Resuelve la fusión con otra u otras Cooperativas
similares y demás acuerdos que aseguren el
desarrollo de la institución y el ofrecimiento de
varios servicios para los socios y la comunidadResuelve en apelación sobre las reclamaciones o
conflictos de los socios entre sí o de éstos con
cualquiera de los Organismos de la CooperativaAutoriza la adquisición de bienes o la enajenación ogravamen total o parcial de ellos
FACULTADES, RESPONSABIIDADES Y PRINCIPALES FUNCIONES
ASAMBLEAGENERAL DE
SOCIOS
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CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
La Asamblea General de Socios, mediante proceso
democrático elige y delega su autoridad en un
grupo de socios escogidos que puedan reunirse
frecuentemente, tomar decisiones oportunas y
realizar con facultades ejecutivas la administración
general de la Cooperativa. Ese grupo de socios
elegidos conforman el Organismo denominado
CONSEJO DE ADMINISTRACION, el mismo que al
recibir la autoridad de la Asamblea, tiene a su vez la
obligación de responder e informar de su labor ante
la misma.
El número de miembros del Consejo de Administración está en relación con el número de
socios de la Cooperativa, conforme lo estipula en Art. 35 del Reglamento General de
Cooperativas, el mismo que dice: “Los Consejos de Administración y Vigilancia tendrán un
número variable de miembros, según la cantidad de socios con que cuente la Cooperativa. Así
en las Cooperativas que tengan el mínimo legal, el Consejo de Administración y el de Vigilancia
tendrán tres miembros cada uno. En las Cooperativas que lleguen a cincuenta socios, el
Consejo de Administración tendrá cinco miembros y tres el de vigilancia.
En las Cooperativas que tengan más de cincuenta y menos de cien, el Consejo de
Administración tendrá siete miembros y tres el de Vigilancia. Y en la Cooperativas que pasen
de cien socios, el Consejo de Administración tendrá nueve miembros y cinco el de Vigilancia.”
Dentro del grupo, en los ocho días subsiguientes a la elección, eligen al Presidente, Secretario
y más dignidades que duren un año en sus funciones pudiendo ser reelegidos cuantas veces
indique el Reglamento Interno. El Presidente del Consejo es a la vez Presidente de la
Cooperativa. De igual manera el Secretario del Consejo lo es también de la Cooperativa.
El Consejo haciendo uso de sus facultades ejecutivas organiza y dirige la administración, para
lo cual nombra un Gerente y se rodea de Comisiones Especiales a las mismas que las asigna
labores específicas como: Crédito, Educación, Asuntos Sociales, etc. Con la colaboración del
Gerente y las Comisiones formula planes de trabajo, elabora presupuestos, aprueba
141
reglamentos y toma decisiones que aseguran en términos generales el desarrollo de la Entidad
y el ofrecimiento de buenos servicios para los asociados y la comunidad a la que sirve.
Los dirigentes de una Cooperativa trabajan voluntariamente, sin remuneración económica
alguna; por lo tanto el Consejo contrata un Gerente que puede ser o no socio, para que realice
la administración diaria y ponga en ejecución las resoluciones de la Asamblea General y del
Consejo de administración El Gerente rinde una caución previa al desempeño de su cargo y
puede ser removido por el mismo Consejo, por motivos establecidos en la Ley de Cooperativas
y el Estatuto de la Entidad.
Los miembros del Consejo de Administración reciben en la Primera Asamblea general, la re-
presentación de 3, 2 y 1 año según el número de sufragios de su elección. A partir de la
Segunda Asamblea son nombrados siempre para 3 años. La finalidad es establecer la
alterabilidad de personeros experimentados con elementos nuevos en la administración. Esta
modalidad característica de la empresa cooperativa, fruto de su inspiración democrática, se
puede apreciar gráficamente a continuación con un ejemplo de un Consejo conformado de
cinco miembros.
TIEMPO DE REPRESENTACIÓN DE UN CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
COMPUESTO DE CINCO MIEMBROS
REPRESENTACION PARA 3 AÑOS PARA 2 AÑOS PARA 1 AÑO
PRIMER AÑO Ortiz Gómez López Vega Pinto Suarez
SEGUNDO AÑO Guzmán Pérez Ortiz Gómez López Vega
TERCER AÑO Flores Ruiz Guzmán Pérez Ortiz Gómez
CUARTO AÑO Arias Mena Flores Ruiz Guzmán Pérez
142
EL PRESIDENTE
El Presidente del Consejo de Administración es a la vez el Presidente nato de la Cooperativa.
En su calidad de primer personero de la agrupación ostenta por un lado la más honrosa distin-
ción otorgada por sus con socios y a la vez la más seria responsabilidad de conducir con éxito
la Institución. El Presidente es el factor predominante de una buena administración. Un buen
Presidente planifica, organiza, dirige y control a la gestión administrativa en general y tiene la
representación oficial de la Entidad.
Junto con el secretario firma y legaliza las actas de las Asambleas Generales, del Consejo de
Administración, de las reuniones conjuntas con los demás Organismos y toda la
correspondencia oficial. En cambio, con el Gerente, firma y legaliza las cuentas bancarias,
cheques, comprobantes de pago, contratos y certificados de aportación. A continuación
presentamos un esquema resumido de las principales funciones y responsabilidades del
Consejo de Administración.
FUNCIONES DEL PRESIDENTE:
Presidir las asambleas
Cumplir y vigilar el fiel cumplimiento del estatuto, reglamento, resoluciones del Consejo
de Administración y Asambleas
Disponer la citación y presidir las reuniones del Consejo de Administración
Firmar con el secretario las escrituras públicas para otorgar poderes especiales o
generales que hayan sido autorizadas por el Consejo de Administración
Firmar con el secretario y tesorero balances y estado de resultados
Firmar con el secretario la correspondencia institucional
UN BUEN PRESIDENTE PLANIFICA,ORGANIZA, DIRIGE Y CONTROLA LAADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA
COOPERATIVA
143
FUNCIONES DEL SECRETARIO:
Citar a reunión a los miembros del Consejo de Administración cuando lo disponga el
presidente.
Citar a los asociados a asamblea cuando corresponda.
Redactar as actas de reuniones del Consejo de Administración y asambleas y extenderlas
en los libros correspondientes
Organizar y vigilar el archivo de la cooperativa
FUNCIONES DEL TESORERO
Controlar los ingresos de la cooperativa y su depósito en las cuentas bancarias
respectivas.
Firmar de acuerdo al método que se establezca, los cheques y demás documentación
bancaria que emita la cooperativa.
Disponer el pago de sueldos, remuneraciones, obligaciones, compromisos con
proveedores y demás egresos, previa autorización del Consejo de Administración cuando
corresponda
RESPONSABILIDADES
El Consejo de Administración es responsable del Sistema de Control Interno, de su
adecuado funcionamiento, apropiado seguimiento y de difundir la importancia del
Control Interno dentro de la cooperativa.
Aprobar los manuales de organización y funciones de políticas y procedimientos.
Establecer los incentivos, sanciones y medidas correctivas que fomenten el adecuado
funcionamiento del Sistema de Control Interno.
Llena vacantes de los Consejos y Comisiones Especiales, los nombramientos duran hasta
la próxima Asamblea General Ordinaria.
Tener la correspondencia al día
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Dictar las normas de administracióninterna de la sociedad, con sujeción a laLey, el Reglamento General deCooperativas y el Estatuto
Aceptar o rechazar las solicitudes deingreso de nuevos socios.
Nombrar y remover, con causa justa alGerente y Subgerente.Administradores, Jefes de Oficina yEmpleados caucionados.
Exigir al Gerente y demás empleadosque manejen fondos de laCooperativa, la caución que juzgareconveniente
Sancionar a los socios que infrinjan lasdisposiciones legales, reglamentarias oestatutarias
Reglamentar las atribuciones y funcionesdel Gerente y personal técnico yadministrativo de la cooperativa
Autorizar los pagos cuya aprobaciónle corresponda de acuerdo al Estatuto
Autorizar los contratos en los queintervenga la Cooperativa, y someterlosa consideración de la Asamblea General.
Elaborar la proforma presupuestaria y elplan de trabajo de la Cooperativa, ysometerlos a consideración de laAsamblea General.
Someter a consideración de la AsambleaGeneral el proyecto de reformas alEstatuto
Presentar a la aprobación de laAsamblea General la memoria anual ylos balances semestrales de laCooperativa, conjuntamente con eldictamen emitido por el Consejo deVigilancia
Autorizar la transferencia de losCertificados de aportación, que solopodrá hacerse entre socios a favor dela cooperativa
Llena vacantes de los Consejos yComisiones Especiales. Losnombramientos duran hasta lapróxima Asamblea General Ordinaria.
Sesiona ordinariamente cada 8 o 15días. Convoca a sesiones conjuntasde Consejos y Comisiones paraarmonizar la administración general dela Cooperativa
Nombra las Comisiones Especialescomo: Crédito, Educación, AsuntosSociales, Etc. Les asigna presupuesto yrecibe informes de sus labores
Designa delegados ante Organismos deIntegración Cooperativa.
PRINCIPALES FUNCIONES, FACULTADES Y RESPONSABILIDADESEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
145
Representa judicial yextrajudicialmente a la Cooperativa
Organiza la administración de laempresa y se responsabiliza de ella. Seencarga de a todos los serviciosofrecidos por la Cooperativa a los socios
Controla ingresos y egresos,documentos, archivos, balances.Firma, cheques, contratos, órdenesde pago, certificados de aportaciónjuntamente con el Presidente
Es el principal ejecutor de planes detrabajo, promoción de socios y capital.Controla el presupuesto y las finanzas engeneral.
Director Financiero; orienta lapolítica crediticia, planifica y tramitacapitales externos
Es agente de relaciones públicas,mantiene contacto directo con socios,dirigentes, empleados, organismos deintegración, autoridades y público engeneral.
Nombra, acepta renuncias y cancelaa los empleados cuya designación oremoción no corresponde a otrosorganismos de la cooperativa
Presenta un informe administrativo y losbalances semestrales a consideraciónde los consejos de administración,vigilancia y la Asamblea General.
Suministra todos los datos que lesolicitan los socios o los organismosde la cooperativa
Cumple y hace cumplir a los socios lasdisposiciones emanadas de la AsambleaGeneral y de los Socios.
GERENTE
PRINCIPALES FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL GERENTE
GERENTE
EL GERENTE ESTA LISTO A DARINFORMACIÓN DE LOS ASPECTOSADMINISTRATIVOS Y FIANCIEROS
DE LA EMPRESA
146
El gerente de la cooperativa es el personero central de la administración, ejecutor de la
actividad global de la entidad y quien la representa legalmente. Generalmente el triunfo o el
fracaso de una cooperativa se lo atribuye e identifica con la gestión del Gerente
El Gerente recibe los delineamientos generales de los planes de trabajo aprobados por la
Asamblea General y el Consejo de administración y los lleva a la práctica, debiendo informar
periódicamente de los resultados. Es nombrado por el Consejo de Administración y puede ser
removido por el mismo Organismo, por causas legales. Antes de entrar al desempeño de sus
funciones y responsabilidades debe rendir una caución o suscribir una póliza de fidelidad. En el
cuadro siguiente se resuelve las principales funciones del Gerente:
CONSEJO DE VIGILANCIA
Los socios de la Cooperativa reunidos en
Asamblea General, luego de nombrar al Consejo
encargado de la administración, designan
también otro Organismo llamado CONSEJO DE
VIGILANCIA, al que le asigna específica mente
funciones y responsabilidades fiscalizadoras,
tales como:
a. Asegurar que los funcionarios de la administración, cumplan sus deberes sin abusar de la
autoridad otorgada por la Asamblea.
b. Que la administración en general se desenvuelva por cauces de legalidad y moralidad.
c. Que los servicios que reciben los asociados de parte de la Cooperativa, sean concedidos
sin privilegios y con la oportunidad debida.
d. Que los servicios ofrecidos por la Cooperativa, a sus socios, se cumplan con la máxima
corrección y esmero.
e. Que los bienes sociales de la Institución se hallen debidamente asegurados.
Para cumplir su importantísima misión deberá efectuar verificaciones periódicas que abarquen
los aspectos administrativos, contables, financieros y legales. Es caso de encontrar deficiencias
y problemas deberán informar de inmediato al Consejo de Administración que tiene facultades
ejecutivas y de ser muy graves, pedir al mismo Organismo la convocatoria de una Asamblea
General Extraordinaria, para conocimiento y resolución de los socios.
147
El Consejo de Vigilancia tiene como herramientas principales de trabajo: la Ley y el Reglamento
General de Cooperativas, el Estatuto y Reglamento Interno de la Cooperativa y los archivos en
general.
El Consejo está conformado por 3 o 5 miembros. De su seno eligen Presidente y Secretario que
duran en sus funciones un año pudiendo ser reelegidos. De sus labores tiene obligación de
informar a la Asamblea General de Socios. Igual que el Consejo de Administración reciben la
representación de 3, 2 y 1 año en la primera Asamblea anual; en adelante son nombrados
siempre para panados de 3 años. A continuación presentamos el esquema resumido de las
principales funciones y responsabilidades.
Es un organismo fiscalizador, fiscaliza y controla las actividades económicas-financieras de la
cooperativa a través de funciones y responsabilidades.
SUPERVISAR. Todas lasinversiones económicas que sehagan en la Cooperativa.
CONTABILIDADRealizar frecuentes controles sobres los sistemas,libros, documentos y archivo en general. Refrendarlos balances económicos semestrales, anuales ysupervisar que se remitan a la Dirección Nacional deCooperativas, Federación Nacional d y otrosOrganismos de Integración de Cooperativas.AUDITORIAS
Efectuar periódicamente auditoríasinternas por su cuenta y obligarque se realice una auditoríaexterna anual por parte deOrganismos especializados.
SUPERVISAREl correcto cumplimiento de planes de trabajo,presupuesto, Reglamentos , libros de actas deasambleas, consejos, comisiones, y archivo engeneral.Dar el visto bueno o votar con causa
justa los actos o contratos en que secomprometan bienes o crédito de laCooperativa, cuando no están deacuerdo con los intereses de lainstitución o pasen del modoestablecido en el Estatuto
SUPERVISARLas cauciones de Gerente y otros empleados quetengan obligación de rendirles
CONSTATARPeriódicamente el inventariogeneral de la Cooperativa
CONTROLAR
La entrega correcta y oportuna de los beneficiossociales a los socios, en los casos de enfermedad,accidentes o muerte
ARREGLARLos problemas y litigios de socios,directivos, empleados yOrganismos de la Entidad
VIGILARQue los diferentes servicios de la cooperativa lleguen alos socios con oportunidad y en iguales condiciones
CONTROLARLa correcta observación de losbeneficios sociales de losempleados.
CUIDARDe la correcta distribución de los excedentes
CONSEJO DE VIGILANCIA
148
COMISIONES
La Asamblea General o el Consejo de Administración designarán a los miembros de comisiones
especiales, las mismas que estarán compuestas por 3 miembros. Dichas comisiones serán:
De Crédito
De Educación
De Asuntos Sociales y
De Morosidad
O de otra actividad que necesite desarrollar la cooperativa.
COMISIÓN DE CRÉDITO
La Asamblea General en unas Cooperativas o el Consejo de
Administración en otras, nombra la Comisión de Crédito,
asignándole la función específica de atender el servicio de
los préstamos.
La Comisión de Crédito conocida como el corazón de la cooperativa, tiene la oportunidad
excepcional de servir a sus compañeros; pues, en sus manos está la delicada e importante
misión de facilitar los recursos, de tal forma que impacten y se promuevan las economías
individuales y por consiguiente las de la comunidad. El procedimiento para desarrollar dicha
actividad consiste en prestar los ahorros depositados a quienes lo requieran en una ocasión
determinada y por plazo razonable.
Para cumplir conexito esa labor, los miembros de este organismo deben estar adornados de
una serie de cualidades siendo las de mayor relieve, las siguientes:
o Espíritu de servicio, o sea el mismo afán de servir a los socios motivando el uso del
ahorro popular como medio de mejoramiento familiar y prosperidad colectiva.
149
o Capacidad de trabajo, los apremios de la gente deben ser atendidos con la oportunidad
debida. Por lo tanto la frecuencia de sus reuniones debe asegurar el servicio ágil y
oportuno.
o Integridad Mora, para considerar las solicitudes con imparcialidad, ecuanimidad y sin
favoritismo de alguna clase. Deben estar liberados de perjuicios y cumplir su misión con
altura, procurando la mejor solución a los problemas financieros de los socios.
o Discreción, al guardar con prudencia la información de carácter confidencial de las
solicitudes. A nadie le gusta que sus problemas y necesidades se divulguen, por que al
hacerlo traería como consecuencia la violación de los principios éticos que inspiran la
vida de las cooperativas; además los socios perderían la confianza en su organización.
La Comisión de Crédito está conformada por tres Miembros: Presidente, Secretario y Vocal.
Las dignidades duran un año pudiendo ser reelegidos. Su labor se fundamenta en las normas
señaladas en el Reglamento de prestaciones que le proporciona el Consejo de Administración.
Esas normas que principalmente tiene que ver con los MONTOS, PLAZOS, INTERESES, y
GARANTIAS, deben ser analizadas frecuentemente y modificadas si fuere del caso; pues hay
que mirar con suma atención que los resultados y aspiraciones financieras de los asociados
sean siempre favorables, gracias a las buenas políticas crediticias del Reglamento. Además la
Comisión como normas de trabajo deben tener presente ciertas exigencias, criterios y
procedimientos frente a los usuarios con miras a perfeccionar los servicios y a la precautela la
estabilidad financiera
Educación Cooperativa.- La Comisión debe exigir que junto a la solicitud se presente el
certificado de asistencia a un curso de cooperativismo como requisito indispensable
para merecer el crédito. Se observa que a las cooperativas de ahorro y crédito del país,
los ciudadanos ingresan sin conocer ni elementalmente el contenido filosófico de la
doctrina de la cooperación ni la forma de operación de estas empresas. Por lo menos un
curso a nivel básico, le capacitaría en el cumplimiento de sus obligaciones y utilización
correcta de los servicios y beneficios que ofrecen las cooperativas a sus socios.
Solvencia Moral.- Esta notable cualidad se aprecia desde la forma ordenada y
permanente de ahorrar luego en el cumplimiento honorable de los compromisos con su
cooperativa y otras entidades particulares. Es el socio que no engaña a su institución y
respeta el destino de los créditos, conservando su buen nombre al cumplir con seriedad
las obligaciones. La comisión debe estimular esas virtudes dando atención inmediata a
150
esa clase óptima de afiliados. Los riesgos de morosidad en estos casos son ver-
daderamente mínimos.
Necesidad y Cantidad del Préstamo.- La presentación de una dudosa inversión debe
obligar que comparezca el socio ante la Comisión para un diálogo cordial. A veces
solicitan cantidades inferiores y otras veces cantidades superiores a la real necesidad de
la inversión. Los defectos de ambos casos se puede corregir a tiempo para bien del socio
y seguridad de la cooperativa. Es buena política crediticia: no conceder préstamos
pequeños a muchos socios, ni préstamos grandes a pocos socios.
Solvencia Económica.- El endeudamiento fácil en la cooperativa puede acarrear
desmejoramiento financiero del socio y dar inicio al serio problema de la morosidad en
la entidad. La Comisión debe tener presente en todos los casos, el presupuesto familiar,
para decidir la capacidad de endeudamiento y ego. Se ha llegado a establecer que por lo
menos el 50% de la morosidad en las cooperativas de ahorro crédito ecuatorianas, se
origina en la falta de estudio de esa particular.
Garantías.- La Comisión debe tener celo frente a este aspecto, pues la seguridad de una
correcta recuperación del crédito radica en gran parte, en la solvencia y suficiencia de
una buena garantía.
Prioridad en la Aprobación.- En el caso que la cooperativa no cuente con una liquidez
monetaria suficiente para atender todas las solicitudes, la Comisión establecerá un
orden de prioridad que puede ser así:
- Los préstamos de emergencia
- Los de menor cuantía
- Los de mayor necesidad por la finalidad de la inversión
Finalmente la Comisión de Crédito deberá estar muy enterada de los propósitos, políticas y
metas generales que se propone satisfacer la cooperativa, tanto a nivel individual de sus
miembros como de la colectividad asociada, a fin de que su importante labor corrobore en
esas aspiraciones.
151
ESTATUTO Y REGLAMENTOS
La comisión debe preocuparseque todos los miembros de laCooperativa tengan el Estatuto yel reglamento Interno y deServicios
CURSOS
- A nivel básico para socios- Seminarios y talleres de trabajo
para entrenamientoespecializado de Consejos yComisiones
- Cursos especializados paraGerentes y Empleados
- Cursos de relaciones humanas,para Dirigentes, Gerentes yEmpleados
MATERIAL DIDÁCTICO
- Hojas, folletos, afiches paracontribuir a socios y comunidad
- Creación de la biblioteca de laentidad
CONFERENCIAS
De técnicos y difusores delsistema cooperativo
COMISIÓN DE EDUCACIÓN
COMISION DE EDUCACIÓN
La prosperidad de la cooperativa depende de la
calidad de sus miembros: EDUCADOS y
CAPACITADOS cooperativamente para una
efectiva acción individual y social.
La comisión de educación es designada por el Consejo de Administración para el periodo de un
año, pudiendo ser reelegidos; le prevé el presupuesto adecuado para llevar a cabo su
trascendental labor y recibe de ellas informes mensuales. El número de miembros puede ser
de 3 o 5 y dentro del grupo eligen Presidente, Secretario y Vocales.
FUNCIONES PRIMORDIALES
Educar y capacitar cooperativamente a socios, dirigentes y empleados
Difundir y promover al sistema toda la comunidad correspondiente al domicilio de la
cooperativa
Para cumplir esa importante misión, generalmente emplea los siguientes recursos:
152
COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES
Esta comisión es nombrada por la asamblea
General o el Consejo de Vigilancia. Las funciones
duran un año y de su seno eligen presidente,
secretario y vocales. Lleva un libro de actas y es
obligación informar mensualmente de su labor al
Consejo, el mismo que le asigno una partida
presupuestaria a más de los fondos provenientes
de la Reserva de Previsión y Asistencia Social.
Su función principal de la Comisión es promover la solidaridad de los asociados, para lo cual
lleva a la práctica una serie de actividades de carácter cultural, social y deportivas entre las que
se destacan las siguientes:
FONDO MORTUORIOGestión y entrega inmediata a losfamiliares cercanos.
SEGUROS DE VIDAContratación, gestión y entregainmediata a beneficiarios
AUXILIOSEn caso de calamidad domésticade los socios
ACTOS SOCIALESPresencia de la comisión enacontecimientos notables de lossocios, grados, matrimonios etc.
SERVICIOS MEDICOSObtención de estos servicios encondiciones favorables para lossocios
COMISARIATOArtículos de primera necesidadindividual y familiar
REINA DE LA COOPERATIVAY otros actos sociales depromoción
FESTIVIDADES PATRIAS YLOCALES
ANIVERSARIO DE LACOOPERATIVA
ASAMBLEAS GENERALESUna excelente oportunidad decolaborar con el Curso deAdministración para hacer lasAsambleas Solemnes yatractivas
DIA MUNDIAL DEL
COOPERATIVISMO
El primer sábado de julio de cadaañoDIA MUNDIAL DELCOOPERATIVISMO DEAHORRO Y CREDITOEl tercer jueves de octubre decada año
COMISIÓN DE ASUNTOS SOCIALES
153
COMISIÓN DE MOROSIDAD
La comisión de morosidad la elige la Asamblea General de Socios el periodo depende de los
estatutos de la cooperativa que generalmente suele ser de 2 a 4 años en sus funciones
pudiendo ser reelegidos.
Esta Comisión está integrada por 3 ó 5 miembros dependiendo del número de socios de la
cooperativa; dentro del mismo eligen a un Presidente, Secretario y Vocales.
FUNCIONES
Su función primordial es la verificación permanente de la cartera vencida; es decir los riesgos
que presente el dinero de la cooperativa.
EJERCICIO DE APLICACIÓN
o Enero 1. En la ciudad de Loja, el 1 de enero del 2011 se constituye legalmente la
Cooperativa de Ahorro y Crédito "FORJADORES DEL FUTURO" LTDA., con 15 socios
fundadores quienes suscriben 100 Certificados de Aportación cada uno por un valor de
100,00 dólares cada certificado, de los cuales cancelan el 60% en efectivo; además $ 50,00
para ahorros; 20,00 dólares como cuota de Ingreso y 10,00 dólares como aporte para
Gastos Administrativos cada uno.
# CTA.NOMBRES YAPELLIDOS
CERTIF.APORT.
AHORROCUOTA
INGRESOGASTOS
ADM.001 Luis Jácome 6.000,00 50,00 20,00 10,00002 Beatriz Vargas 6.000,00 50,00 20,00 10,00003 Carlos Riofrío 6.000,00 50,00 20,00 10,00
004 Benito Sarmiento 6.000,00 50,00 20,00 10,00
005 Luisa Sarango 6.000,00 50,00 20,00 10,00
006 Patricio Pardo 6.000,00 50,00 20,00 10,00
007 Miguel Orellana 6.000,00 50,00 20,00 10,00
008 Rita Valverde 6.000,00 50,00 20,00 10,00
009 Carla Briceño 6.000,00 50,00 20,00 10,00
010 Edgar Gutiérrez 6.000,00 50,00 20,00 10,00
154
011 Rodrigo Tapia 6.000,00 50,00 20,00 10,00
012 Fabricio Vélez 6.000,00 50,00 20,00 10,00
013 Sofía Castillo 6.000,00 50,00 20,00 10,00
014 Paulina Vivar 6.000,00 50,00 20,00 10,00
015 Santiago Peralta 6.000,00 50,00 20,00 10,00
TOTAL 90.000,00 750,00 300,00 150,00
o Enero 1. Se cancela $ 300,00 más IVA en efectivo al Dr. Marco Castro (PNS) por concepto
de trámites de Constitución y Legalización de la Cooperativa; dicho valor se amortizará en
2 años.
o Enero 2. Se apertura la cuenta corriente No 2900675877 en el Banco del Pichincha,
depositando todo el efectivo disponible.
o Enero 2. Se contrata a "Gráficas Cosmos" (PNC), la Impresión de 500 cartolas para ahorros
y 500 cartolas para Certificados de Aportación por un valor de 100 dólares, 200 hojas
impresas por un valor de $ 10,00; 2 reciberas a $ 5,00 c/u; 100 pagarés por $ 50,00; se
cancela el 50% con el ch. 0001 como anticipo.
o Enero 3. Se dispone el traspaso de $ 50.000,00 de la Cta. Cte. del banco a un depósito a
180 días (plazo fijo) en el mismo banco a un interés del 12%.
o Enero 4. Gráficas Cosmos nos hace la entrega del material contratado, por lo que se
cancela el saldo con el ch. 0002.
o Enero 4. Se adquiere 2 computadoras a "Comandato" (PNC), (incluye impresora) por
1.200,00 c/u se cancela el 50% con el ch. 0003 y la diferencia a crédito personal.
o Enero 5. Se efectúa el retiro de $ 10.000,00 del banco con el ch. 0004 para dar comienzo a
las operaciones de la cooperativa.
o Enero 6. Los socios 008, 009 y 010 depositan en sus respectivas cuentas $ 800,00
o Enero 7. Se cancela por 3 meses de arriendo al Sr. Eduardo Flores (PNS) por el local $
210,00 más IVA con el ch. 0005
o Enero 8. Se apertura un fondo de caja chica por el valor de $ 150,00; para lo cual se gira el
ch. 0006.
o Enero 9. Se adquiere en Imprenta el Dorado (PNS): lapiceros, grapas, clips, borradores,
correctores, papelería, por un valor de $ 120,00; se cancela con el ch. 0007.
155
o Enero 10. Se concede un crédito al Sr. Edgar Gutiérrez por $ 5.000,00 a dos años plazo con
un interés del 20%, con pagos mensuales (cuota fija) y el 2,5% de comisión; dicho monto
es acreditado a su cuenta de ahorros.
o Enero 11. Los socios No 001, 002, 005, 009 y 012 depositan en sus cuentas de ahorros, $
250,00 c/u; mientras que los socios 003 y 013 depositan $ 300,00 c/u.
o Enero 12. El señor Edgar Gutiérrez retira de su cuenta el monto de $ 4.800,00.
o Enero 12. Se efectúa un deposito a 90 días (plazo fijo) de $ 3.500,00 en el Banco de
Guayaquil, a un interés del 11%.
o Enero 13. Se adquiere materiales de aseo por $ 30,00 incluido IVA; se cancela con fondos
de caja chica.
o Enero 14. Se adquiere un programa computarizado por un valor de $ 1.000,00 incluido
IVA, se cancela con el ch. 0008; dicho valor se lo amortizará en 4 años.
o Enero 15. El Sr. Francisco Peláez ingresa a la cooperativa depositando $ 5,00 por cuota de
ingreso; $ 5,00 para gastos de administración; $450,00 en Ahorros y $ 50,00 en
certificados de aportación.
o Enero 18. Se adquiere a Novimueble (PNC): 3 escritorios por $ 280,00 c/u, 10 sillas a $
60,00 c/u y un archivador en $ 100,00; se cancela el 75% con el ch. 0009 y por la diferencia
se firma una letra a 15 d/p sin intereses.
o Enero 20. Se cancela el crédito por la adquisición de las computadoras con el ch. 0010.
o Enero 22. Se contrata los servicios del Ing. Vicente Toscano (PNS) para capacitar al
personal de la cooperativa por $ 300,00; se le cancela con el ch. 0011; dicho valor se
amortizado en 3 años.
o Enero 23. Los socios 004, 006, 007, 008, depositan 120,00 c/u en Ahorros.
o Enero 24. Se efectúan los siguientes retiros: Socio 001 - 25,00; socio 005 - 42,00; socio
013-65,00.
o Enero 25. El Consejo Provincial hace una donación de los siguientes bienes: una
computadora valorada en $ 800,00; 2 máquinas de escribir valoradas en $ 100,00 c/u y 3
mesas valoradas en $80,00 c/u.
o Enero 26. Los socios 010, 011, 014 y 015 depositan $ 180,00 c/u en ahorros, mientras la
Sra. Patricia Estévez apertura su cuenta 0017 depositando $ 600,00 en ahorros; $ 5,00
por cuota de ingreso; $ 5,00 para gastos administrativos y $ 100,00 en Certificados de
Aportación.
156
o Enero 27. Se contrata a la empresa "Carpinteca" (PNS) para que efectúe adecuación y
mejoras al local por un valor de $ 400,00 de los cuales el 50% cancelamos al momento del
contrato con el ch. 0012, mientras que la diferencia se cancelará a la entrega de la obra.
o Enero 28. Se concede un crédito por $ 2.000,00 al Sr. Francisco Peláez a 180 días plazo,
acreditando dicho valor a su cuenta, de igual forma un 2,5% del monto del crédito será
retenido como encaje.
o Enero 29. El señor Francisco Peláez efectúa el retiro de $ 1.900,00
o Enero 30. Se contrata los servicios de la empresa "SerSeg" (CE) para seguridad por 5
meses por un valor de $ 400,00; se cancela con el ch. 0013.
o Enero 30. Se deposita en la Cta. Cte. #2900675877 del Banco del Pichincha el valor de $
6.500,00.
o Enero 31. Se cancela los sueldos al siguiente personal:
NOMBRE CARGOSALARIO BÁSICO
UNIFICADO
NRO.
CHEQUE
Sergio Torres Gerente 290,00 0014
Tania Sarango Contadora 220,00 0015
Rita Aguilar Cajera 200,00 0016
DATOS ADICIONALES
o Amortizar por el mes de enero todas las cuentas que están prepagadas.
o Provisionar Décimo Tercero y Décimo Cuarto.
o Depreciar los activos de acuerdo al método legal.
o Ajustar el interés sobre las inversiones.
o Consumo de materiales 50%.
INDICADORES FINANCIEROS APLICADOS A LAS INSTITUCIONESFINANCIERAS VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS.
3.1. CAPITAL
3.1.1 COBERTURA PATRIMONIAL
157
Determina que proporción de los activos no líquidos puedan ser cubiertos por los recursos de
los socios de la entidad. Mide el respaldo patrimonial en relación a las obligaciones con
terceros. La interpretación de este indicador debe evaluarse en base al promedio del sistema
financieros – bancarios (cooperativas de ahorro y crédito vigiladas por la SIB) en los últimos
doce meses ajustados al 99.0 % de confiabilidad estadística.
Formula:
(3/1411+1412+1413+1414+1415+1416+1417+1418+1421+1422+1423+1424+1425+1426+1427
+1428+16+(17-170105-170110-171015)+18+19-1901-190205-190210-190225-190240-190280-
1903+1499)
3.1.2 SOLVENCIA.
Este indicador representa la relación de patrimonio técnico sobre los activos ponderados de
riesgo.
Patrimonio Técnico Constituido
Activos y contingentes ponderados por riesgo
3.2. CALIDAD DE ACTIVOS.
Al evaluar la calidad de activos, se mide la habilidad de la gerencia para administrar, controlar
y reconocer los riesgos inherentes en las operaciones que realiza la institución financiera, así
como el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.
La característica más importante de los activos está relacionada con la cartera de crédito, este
rubro representa la parte más primordial de los estados financieros debido a que constituye
la fuente de generación de ingresos como también de mayor riesgo.
3.2.1 MOROSIDAD BRUTA TOTAL.
(1411 + 1412+ 1413+ 1414+ 1415 + 1416 + 1417 + 1418 + 1421+ 1422 + 1423 1424 + 1425 +
1426 + 1427 + 1428 ) / (14-1499)
3.2.2 MOROSIDAD CARTERA COMERCIAL
(1411 +1415 + 1421 + 1425) / (1401+ 1405 + 1411 + 1415 + 1421 + 1425)
158
3.2.3 MOROSIDAD CARTERA DE CONSUMO
(1412 + 1416 + 1422 + 1426 ) / (1402 + 1406 + 1412 + 1416 + 1422 + 1426)
3.2.3 MOROSIDAD CARTERA DE VIVIENDA
(1413 + 1417+1423+1427) / (1403 + 1407+1413+1417+1423+1427)
3.2.3 MOROSIDAD CARTERA DE MICROEMPRESA
(1414 + 1418 + 1424+ 1428) / (1404 + 1408 + 1414 + 1418 + 1424 + 1428)
3.2.6 PROVISIONES / CARTERA DE CREDITO IMPRODUCTIVA
1499 / (1411+1412+1413+1414+1415+1416 + 1417 + 1418 +1421 + 1422 +1423 + 1424 + 1425
+ 1426 + 1427 + 1428) * (-1)
3.2.7 COBERTURA DE LA CARTERA COMERCIAL
(149905 + 741405 + 741425) / (1411 + 1415 + 1421 + 1425)
3.2.8 COBERTURA DE LA CARTERA DE CONSUMO
(149910 + 741410 + 741430) / (1412 + 1416 + 1422 + 1426)
3.2.9 COBERTURA DE LA CARTERA DE VIVIENDA
(149915 + 741415 + 741435) / (1413 + 1417 + 1423 +1427)
3.2.10 COBERTURA DE LA CARTERA DE MICROEMPRESA
(149920 + 741420 + 741440) / (1414 + 1418 + 1424 + 1428)
3.3. MANEJO ADMINISTRATIVO.
3.3.1 ACTIVOS PRODUCTIVOS / PASIVOS CON COSTO
3.3.2 GRADO DE ABSORCION – Gastos Operacionales / margen financiero
(45/ ( 51-41+52+53+54-42-43-44)
159
3.3.3 GASTOS DE PERSONAL / ACTIVO TOTAL PROMEDIO
( 4501*12 /Numero de meses ) / (promedio elemento 1)
3.3.4 GASTOS OPERATIVOS / ACTIVO TOTAL PROMEDIO
( 45 * 12 / Numero de meses ) ( promedio elemento 1 )
3.4. RENTABILIDAD
Los indicadores de rentabilidad buscan medir la capacidad de una entidad financiera de
generar ingresos para expandirse, mantener una posición competitiva en el mercado reponer
y aumentar sus fondos patrimoniales.
3.4.1. RENDIMIENTO OPERATIVO SOBRE ACTIVO – ROA
3603 / elemento 1
En caso que la entidad registre pérdidas:
3604 / elemento 1
3.4.2 RENDIMIENTO SOBRE PATRIMONIO – ROE
3603 / (3-3603)
En caso que la entidad tenga pérdidas
3604 / 3 + valor absoluto de la cuenta 3604
3.5 LIQUIDEZ.
La liquidez nos permite evaluar la capacidad de la entidad financiera (cooperativas) para
enfrentar sus compromisos a corto plazo y debe ser analizada tomando en consideración la
naturaleza de los pasivos.
3.5.1 FONDOS DISPONIBLES / TOTAL DEPOSITOS A CORTO PLAZO
11 / (2101 + 2102 + 210305 + 210310)
160
BIBLIOGRAFÍA
ANDRADE PASQUEL, Vinicio. Manual para la enseñanza de Contabilidad de
Cooperativas. Segunda Edición. Año, 1990.
ESTUDIOS Y PUBLICACIONES. Ley de Cooperativas. Quito – Ecuador.
PAREJA GONZALEZ, Pedro. Manual para Cooperativas de Ahorro y Crédito. Segunda
Edición. Editado por el Ministerio de Educación y Cultura. Quito – Ecuador.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS. Catálogo Único de Cuentas del Sistema Financiero.
162
ASPECTOS LEGALES
Módulo V
INTRODUCCIÓN
El Estado al igual que cualquier otra persona se ve en la necesidad de generar recursos paraadministrarlos y ejercer su autonomía.
Desde el punto de vista político, social, jurídico y económico la noción de Estado estáíntimamente vinculada a la consecución del bien común.
El poder Ejecutivo es titular de la Administración Pública, y esta tiene la primordial función deprestar servicios públicos para la satisfacción de necesidades colectivas.
Resulta evidente que el gobierno del Estado, a través de la Administración Pública Central, estaconminada a realizar actividades de carácter financiero que presupuesten, administren,recauden y destinen los recursos al cumplimiento de los fines del Estado. Esta actividadfinanciera se lleva a cabo a través de las normas y preceptos del Derecho Financiero que regulalas actividades jurídicas financieras encargadas de la percepción de recursos y suadministración para destinarlo al cumplimiento de los fines del Estado que permiten lasatisfacción de las necesidades públicas. Esto es la organización económica de los ingresos ygastos públicos.
Las instituciones del Sistema Financiero se encuentran estructuradas de la siguiente manera:
1. Instituciones del Sistema Financiero Público
2. Instituciones del Sistema Financiero Privado; y
3. Las demás entidades controladas por la Superintendencia de Bancos
Dentro de las Instituciones del Sistema Financiero Público tenemos:
a.) El Banco Central del Ecuador;b.) El Banco del estado;c.) El MIDUVI,d.) El Banco Nacional de Fomento;e.) La Corporación Financiera Nacional, entre otras.
El Sistema Financiero privado está constituido por entidades que realizan intermediaciónfinanciera unas, otras de servicios financieros, y, finalmente otras de servicios auxiliares. Asítenemos: Bancos Nacionales, Extranjeros y sus subsidiarias, Sociedades Financieras, Casas deCambio, Casas de Valores, Compañías de Seguros y Reaseguros y de Servicios Auxiliares, entreotras.
163
Es importante señalar que a partir de la promulgación de la Constitución de la República delEcuador en el año 2008, se viene realizando una reforma del marco jurídico de manera que seajuste a los nuevos requerimientos, sociales, políticos y económicos que vive el país.
El aspecto de las Finanzas Públicas no se aparte de ello , así tenemos que los Artículos308,309,310 y 311 de la Constitución establecen las disposiciones respecto del sistemafinanciero y se ha derogado expresamente la LOAFYC ( Ley Orgánica de administraciónFinanciera y Control), la cual ha sido sustituida por el COPFP( Código Orgánico deAdministración y Finanzas Públicas).
El estudio de disposiciones generales de carácter Constitucional, Ley General de InstitucionesFinancieras, Ley de Cheques, Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y de InstitucionesFinancieras Populares y Solidarias serán abordadas en el Taller de Aspectos Legales, que sinduda alguna contribuirán al cumplimiento de los Objetivos del módulo, a su formaciónacadémica integral y a la futura práctica profesional.
LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO
ÁMBITO DE LA LEY
Esta ley regula la creación, organización, actividades, funcionamiento y extinción de lasinstituciones del sistema financiero privado, así como la organización y funciones de laSuperintendencia de Bancos y Seguros, en la órbita de su competencia, entidad encargada dela supervisión y control del sistema financiero, en todo lo cual se tiene presente la protecciónde los intereses del público.
Las instituciones financieras públicas, las compañías de seguros y de reaseguros se rigen porsus propias leyes en lo relativo a su creación, actividades, funcionamiento y organización. Sesometerán a esta ley en lo relacionado a la aplicación de normas de solvencia y prudenciafinanciera y al control y vigilancia que realizará la Superintendencia.
Para los propósitos de esta ley, son instituciones financieras privadas los bancos, lassociedades financieras o corporaciones de inversión y desarrollo, las asociaciones mutualistasde ahorro y crédito para la vivienda y las cooperativas de ahorro y crédito que realizanintermediación financiera con el público. Los bancos se caracterizan principalmente por serintermediarios en el mercado financiero, en el cual actúan de manera habitual, captandorecursos del público para obtener fondos a través de depósitos o cualquier otra forma decaptación, con el objeto de utilizar los recursos así obtenidos, total o parcialmente, enoperaciones de crédito e inversión.
CONSTITUCIÓN Y ORGANIZACIÓN
La Superintendencia autorizará la constitución de las instituciones del sistema financieroprivado. Estas instituciones se constituirán bajo la forma de una compañía anónima, salvo las
164
asociaciones y cooperativas de ahorro y crédito que realizan intermediación financiera con elpúblico.
En su denominación las instituciones del sistema financiero harán constar su calidad de"banco" o "sociedad financiera" o "corporaciones de inversión y desarrollo".
Las acciones de las instituciones del sistema financiero privado deberán ser nominativas ypodrán ser de cien o múltiplo de cien.
Las instituciones del sistema financiero privado pueden constituirse en un sólo acto, porconvenio entre los que otorguen la escritura, o en forma sucesiva, por suscripción pública deacciones.
Al momento de constituirse deberá establecerse en el Estatuto Social el capital autorizado .Elcapital suscrito, al tiempo de la constitución, no podrá ser menor del cincuenta por ciento(50%) del capital autorizado y por lo menos la mitad del capital suscrito deberá pagarse antesdel inicio de las operaciones.
La cuenta de integración de capital deberá acreditarse mediante el comprobante de depósitode la suma correspondiente en cualquier banco del sistema financiero del país.
Los suscriptores del capital deben comprometerse a entregar los aportes no pagados en dineroefectivo, en el plazo máximo de un año contado desde la fecha de suscripción a fin desubsanar el patrimonio técnico de la institución.
La promoción para la constitución de compañías que se propongan operar como institucionesdel sistema financiero, deberá ser previamente autorizada por la Superintendencia.
Los promotores deben presentar la solicitud de autorización a la Superintendencia, incluyendola siguiente documentación:
a) Los antecedentes personales de los promotores, que permitan verificar su responsabilidad,probidad y solvencia. Cada promotor deberá justificar su solvencia económica y declarar bajojuramento que los recursos provienen de actividades lícitas;
b) La que demuestre su condición de representantes de los promotores;
c) El estudio de factibilidad económico y financiero de la compañía por constituirse, el quedebe fundamentarse en datos actualizados; y,
d) El proyecto de contrato de constitución, que debe incluir el estatuto previsto para lainstitución financiera.
Recibida la solicitud, la Superintendencia ordenará la publicación de la petición, incluida lanómina de los promotores, por tres veces, con intervalos de al menos un día entre una y otra,en un periódico de circulación nacional.
165
Quien considere que el proyecto perjudica a los intereses del país o tenga reparos respecto dela solvencia o idoneidad de cualesquiera de los promotores, podrá presentar ante laSuperintendencia, debidamente identificado y con fundamentos, las oposiciones de las que secrea asistido, dentro del término de veinte días, contados a partir de la última publicación.
De presentarse oposiciones dentro del término legal, la Superintendencia correrá traslado alos promotores para que, en el término improrrogable de diez días, las contesten.
La Superintendencia deberá resolver la solicitud en el término de sesenta días, contados apartir de la fecha de la última publicación o de la contestación a las oposiciones que sehubiesen presentado. La Superintendencia aceptará la solicitud para la continuación deltrámite o, de ser del caso, la negará.
Si la decisión fuere favorable a los peticionarios, la autorización para promover la sociedad deque se trate se concederá por resolución de la Superintendencia, indicando la duraciónmáxima del período de promoción, el cual no podrá exceder de seis meses, prorrogables porigual período por una sola vez.
Concluida la promoción pública, dentro del período señalado, los interesados deberánconstituir la institución financiera en un plazo que no podrá exceder de seis meses, para lo cualdeberán solicitar a la Superintendencia la autorización respectiva acompañando:
a) La escritura pública que contenga:
- El Estatuto Social aprobado;
- El listado de los accionistas suscriptores y su nacionalidad; y,
- El monto del capital suscrito y pagado y el número de acciones que les corresponde.
b) El certificado en el que conste la integración del capital aportado extendido por el bancoque haya recibido el depósito.
Verificados los requisitos exigidos y una vez calificada la responsabilidad, idoneidad ysolvencia de los suscriptores del capital, la Superintendencia en un plazo de treinta días,aprobará la constitución de la institución financiera mediante resolución, la que se publicaráen el Registro Oficial y se inscribirá en el Registro Mercantil del cantón donde tendrá sudomicilio principal la institución.
Concluido el plazo de promoción pública y si no se hubiera presentado los documentosmencionados, quedarán sin efecto la autorización y los compromisos y las obligaciones quehubiesen sido asumidos por los promotores quienes devolverán a los suscriptores del capitallas sumas que hayan aportado, más los intereses generados en el depósito.
Cuando se trate de fundar una institución del sistema financiero privado sin promociónpública, los interesados podrán presentar de una vez la solicitud de constitución,
166
acompañando simultáneamente todas las informaciones; y la Superintendencia tramitará yresolverá la solicitud como se indico anteriormente.
Los promotores intervendrán en los trámites de constitución y convocarán a la primerareunión de la junta general de accionistas, para comprobar y aprobar la suscripción del capital,designar a los directores, administradores y al auditor interno, y conocer los gastos deconstitución. Copia del acta de esta reunión deberá remitirse a la Superintendencia, a partir delo cual podrá solicitarse el certificado de autorización que habilite a la institución financierapara operar como tal.
Las instituciones financieras deberán notificar a la Superintendencia la fecha en que iniciaránsus operaciones. Si la institución no inicia las operaciones al público en el transcurso de seismeses, contados a partir de la fecha de otorgamiento del certificado de autorización, éstequedará sin valor ni efecto, y ello será causal de liquidación de la sociedad; salvo que, porcausas debidamente justificadas, la Superintendencia antes del vencimiento del plazoseñalado lo amplíe por una sola vez hasta por seis meses.
Inscrita la resolución que aprueba la constitución de la institución financiera, el bancodepositario de la cuenta de integración de capital pondrá a disposición de los administradoresde la institución constituida, los valores depositados más los intereses devengados.
Las sucursales y agencias no poseerán personería jurídica independiente de la casa matriz.
DE LAS OFICINAS DE LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO EXTRANJERO
Las instituciones financieras constituidas con arreglo a las leyes extranjeras que se proponganestablecer sucursales en el país, para realizar las operaciones de los bancos o sociedadesfinancieras o corporaciones de inversión y desarrollo, deberán obtener autorización previa dela Superintendencia.
Para ello debe obligatoriamente:
a) Demostrar que está legalmente establecida de acuerdo con las leyes del país en donde estáconstituida su casa matriz;
b) Demostrar que conforme a dichas leyes y a sus propios estatutos, puede acordar la creaciónde sucursales que cumplan los requisitos que esta ley señala y que la disposición de operar enel Ecuador ha sido debidamente autorizada;
c) Mantener permanentemente en el país, cuando menos un apoderado, cuyo poder serápreviamente calificado por la Superintendencia, y deberá inscribirse en el Registro Mercantil.
d) Asignar y mantener en el país el monto de capital y reservas que de acuerdo con lasdisposiciones de esta ley se exige a los bancos o sociedades financieras o corporaciones deinversión y desarrollo; y,
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e) Reconocer expresamente la sumisión a las leyes, tribunales y autoridades del país yrenunciar a la reclamación por la vía diplomática.
DEL GOBIERNO Y DE LA ADMINISTRACIÓN
En la Junta General de Accionistas, cada acción pagada dará derecho a un voto. Los accionistaspodrán conferir poder o carta poder para votar en ella.
La Junta General de Accionistas se reunirá en la forma y para los efectos determinados en laLey de Compañías, dentro de los noventa días siguientes al cierre de cada ejercicio anual, conel fin de conocer y resolver sobre el informe del Directorio relativo a la marcha del negocio, losestados financieros y distribución de utilidades, el informe del auditor externo y el informe delauditor interno.
Toda elección que realice la Junta General de Accionistas se efectuará por voto escrito, decuyo escrutinio se dejará constancia en el acta respectiva.
La administración de las instituciones del sistema financiero privado estará a cargo delDirectorio o del Consejo de Administración, según corresponda, y más organismos quedetermine su estatuto.
Los miembros del Directorio serán civil y penalmente responsables por sus acciones uomisiones en el cumplimiento de sus respectivas atribuciones y deberes.
El Directorio de una institución del sistema financiero privado estará integrado siempre por unnúmero impar, no menor de cinco, ni mayor de quince vocales principales, elegidos por unperíodo de hasta dos años por la junta general de accionistas, pudiendo ser indefinidamentereelegidos.
DEL PATRIMONIO
CAPITAL Y RESERVAS
El monto mínimo de capital pagado para constituir una institución financiera sujeta a esta leyserá:
a) Para los bancos: US$ 2.628.940;
b) Para las sociedades financieras o corporaciones de inversión y desarrollo: US$ 1.314.470; y,
c) La Superintendencia fijará el monto de capital mínimo con el que deban iniciar susactividades las instituciones de servicios financieros y las demás entidades sujetas a su control,incluyendo a las sociedades controladoras.
Sólo con la autorización de la Superintendencia, una institución del sistema financieroprivado, podrá acordar la reducción de su capital.
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Las instituciones del sistema financiero deben constituir un fondo de reserva legal queascenderá al menos al cincuenta por ciento (50%) de su capital suscrito y pagado. Para formaresta reserva legal, las instituciones financieras destinarán, por lo menos, el diez por ciento(10%) de sus utilidades anuales.
Los aumentos del capital autorizado serán resueltos por la Junta General de accionistas y luegode cumplidas las formalidades pertinentes, se inscribirán en el Registro Mercantilcorrespondiente y serán notificados a la Superintendencia.
Pueden ser accionistas de instituciones del sistema financiero privado:
a) Las personas naturales;
b) Las instituciones financieras, nacionales o extranjeras y sus subsidiarias
c) Las personas jurídicas o sociedades mercantiles
d) Las fundaciones, corporaciones, sindicatos, congregaciones u otras personas jurídicas confines de lucro;
e) Las compañías de seguros y reaseguros;
f) Las compañías administradoras de fondos y de fideicomisos y las casas de valores; y,
g) Los fondos de inversión o mutuos, de cesantía y de pensiones legalmente constituidos,previamente calificados por la Superintendencia.
PATRIMONIO TÉCNICO
Con el objeto de preservar su solvencia, las instituciones del sistema financiero deberánmantener, en todo tiempo, el conjunto de relaciones técnicas que establezca la Junta Bancariamediante resolución de carácter general, siguiendo los estándares internacionales.
El patrimonio técnico estará constituido por la suma del capital pagado, reservas, el total de lasutilidades del ejercicio corriente, las utilidades acumuladas de ejercicios anteriores, aportes afuturas capitalizaciones, obligaciones convertibles, menos la deficiencia de provisiones,amortizaciones y depreciaciones requeridas, desmedros y otras partidas que la instituciónfinanciera no haya reconocido como pérdidas y que la Superintendencia las catalogue comotales.
DE LAS OPERACIONES Y FUNCIONAMIENTO
OPERACIONES
Los bancos podrán efectuar las siguientes operaciones en moneda nacional o extranjera, o enunidades de cuenta establecidas en la ley:
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a) Recibir recursos del público en depósitos a la vista que son obligaciones bancarias,comprenden los depósitos monetarios exigibles mediante la presentación de cheques u otrosmecanismos de pago y registro; los de ahorro exigibles mediante la presentación de libretas deahorro u otros mecanismos de pago y registro; y, cualquier otro exigible en un plazo menor atreinta días. Podrán constituirse bajo diversas modalidades y mecanismos libremente pactadosentre el depositante y el depositario;
b) Recibir depósitos a plazo. Los depósitos a plazo son obligaciones financieras exigibles alvencimiento de un periodo no menor de treinta días, libremente convenidos por las partes.Pueden instrumentarse en un título valor, nominativo, a la orden o al portador, pueden serpagados antes del vencimiento del plazo, previo acuerdo entre el acreedor y el deudor;
c) Asumir obligaciones por cuenta de terceros a través de aceptaciones, endosos o avales detítulos de crédito, así como del otorgamiento de garantías, fianzas y cartas de crédito internasy externas, o cualquier otro documento, de acuerdo con las normas y usos internacionales;
d) Emitir obligaciones y cédulas garantizadas con sus activos y patrimonio. Las obligaciones depropia emisión se regirán por lo dispuesto en la Ley de Mercado de Valores;
e) Recibir préstamos y aceptar créditos de instituciones financieras del país y del exterior;
f) Otorgar préstamos hipotecarios y prendarios, con o sin emisión de títulos, así como,préstamos quirografarios;
g) Conceder créditos en cuenta corriente, contratados o no;
h) Negociar letras de cambio, libranzas, pagarés, facturas y otros documentos que representenobligación de pago creados por ventas a crédito, así como el anticipo de fondos con respaldode los documentos referidos;
i) Negociar documentos resultantes de operaciones de comercio exterior;
j) Negociar títulos valores y descontar letras documentarias sobre el exterior, o haceradelantos sobre ellas;
k) Constituir depósitos en instituciones financieras del país y del exterior;
l) Adquirir, conservar o enajenar, por cuenta propia, valores de renta fija, de los previstos en laLey de Mercado de Valores y otros títulos de crédito establecidos en el Código de Comercio yotras leyes,
m) Efectuar por cuenta propia o de terceros, operaciones con divisas, contratar reportos yarbitraje sobre éstas y emitir o negociar cheques de viajeros;
n) Efectuar servicios de caja y tesorería;
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ñ) Efectuar cobranzas, pagos y transferencias de fondos, así como emitir giros contra suspropias oficinas o las de instituciones financieras nacionales o extranjeras;
o) Recibir y conservar objetos muebles, valores y documentos en depósito para su custodia yarrendar casilleros o cajas de seguridad para depósitos de valores;
p) Actuar como emisor u operador de tarjetas de crédito, de débito o tarjetas de pago;
q) Efectuar operaciones de arrendamiento mercantil de acuerdo a las normas previstas en laley;
r) Comprar, edificar y conservar bienes raíces para su funcionamiento, sujetándose a lasnormas generales expedidas por la Superintendencia y enajenarlos, entre otras.
FUNCIONAMIENTO Y ATENCIÓN AL PÚBLICO
Toda institución financiera notificará a la Superintendencia la fecha de inicio de susoperaciones; y no podrá suspender o poner término a la atención al público sin previanotificación a la Superintendencia, con al menos quince días de anticipación.
La Superintendencia fijará, por resolución de carácter general, el horario mínimo obligatoriode atención al público de las instituciones del sistema financiero que operen en el país.
Las instituciones financieras podrán prestar sus servicios fuera de dicho horario mínimoobligatorio, debiendo notificar sobre este particular a la Superintendencia y al público antes deiniciar el servicio en horario extendido.
DE LOS ACTIVOS Y DE LOS LÍMITES DE CRÉDITO
Las instituciones del sistema financiero, de conformidad con las normas que dicte laSuperintendencia, a efecto de reflejar la verdadera calidad de los activos, realizarán unacalificación periódica de los mismos y constituirán las provisiones que sean necesarias paracubrir los riesgos de incobrabilidad o pérdida del valor de los activos. Presentarán a laSuperintendencia en la forma y con la periodicidad que ésta lo determine, los resultados de talcalificación, la que podrá ser examinada por los auditores externos o por la Superintendencia.
Provisión es una cuenta de valuación del activo que afecta a los resultados y que se constituyepara cubrir eventuales pérdidas por cuentas incobrables o por desvalorización de los activos ode los contingentes.
El valor de todo préstamo, descuento o cualquier otra obligación cuyo deudor estuviese enmora tres años, será obligatoriamente castigado por la institución del sistema financiero.
DE LA INFORMACIÓN
CONTABILIDAD, INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD
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Las instituciones del sistema financiero estarán obligadas a dar todas las facilidades para quela Superintendencia cumpla sus funciones y deberán dar acceso a su contabilidad, libros,correspondencia, archivos o documentos justificativos de sus operaciones al Superintendenteo a sus delegados.
Las instituciones financieras se someterán en todo momento a las normas contables dictadaspor la Superintendencia, independientemente de la aplicación de las disposiciones tributarias.
Las instituciones financieras remitirán en forma mensual a la Superintendencia los estados desituación, pérdidas y ganancias, estado de cambios en la posición financiera y la posición depatrimonio técnico. Las instituciones financieras publicarán para circulación nacional, losestados de situación, pérdidas y ganancias, posición de patrimonio técnico e indicadores deliquidez, solvencia, eficiencia y rentabilidad, que muestren su situación y la del grupofinanciero, de conformidad con las normas establecidas por la Superintendencia de Bancos ySeguros, en la órbita de su competencia, al cierre de cada ejercicio al 31 de diciembre, y por lomenos cuatro veces al año, en las fechas que determine la Superintendencia.
Las copias de la información que remitan las instituciones del sistema financiero a laSuperintendencia, certificadas en la forma que ésta determine, servirán como medio deprueba conforme al Código de Procedimiento Civil, y su falsificación o alteración acarrearáresponsabilidad penal.
Las instituciones financieras mantendrán sus archivos contables, incluyendo los respaldosrespectivos por un periodo no menor de seis años contados a partir de la fecha del cierre delejercicio.
Las instituciones financieras deberán exhibir para conocimiento del público, en un lugar visibleen todas sus oficinas y agencias, información relacionada con sus principales indicadores enforma comparativa con los registrados por el sector en su conjunto, proporcionados por laSuperintendencia.
Las instituciones financieras deberán presentar a los accionistas y tener a disposición delpúblico en general su memoria anual, la misma que deberá incluir al menos la siguienteinformación:
a) Informe de la Administración;
b) Balances de situación comparativos de los dos últimos años;
c) Estado de cambios en la situación financiera correspondiente al último año;
d) Estado de pérdidas y ganancias de los dos últimos años;
e) Informe del Auditor Externo;
f) Posición del patrimonio técnico;
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g) Indicadores de liquidez, solvencia, eficiencia y rentabilidad; y,
h) Calificación de activos de riesgo del último ejercicio económico.
AUDITORÍAS
Toda institución del sistema financiero, tendrá un auditor interno y un auditor externo,calificados en cuanto a su idoneidad y experiencia por la Superintendencia. Respecto delsegundo, la Superintendencia llevará el registro correspondiente.
Los auditores internos y externos serán nombrados en cualquier tiempo por la Junta General.
El auditor interno será removido en cualquier tiempo por la Junta General de accionistas. Elauditor externo, para ser removido, tiene que ponerse en conocimiento del Superintendentede Bancos y Seguros.
El auditor interno velará, al menos, porque las operaciones y procedimientos de la instituciónse ajusten a la ley, al estatuto, a los reglamentos internos, a la técnica bancaria y a losprincipios contables aceptados por la Superintendencia. Además son responsabilidadespropias del auditor interno vigilar el funcionamiento adecuado de los sistemas de controlinterno; velar por el cumplimiento de las resoluciones de la junta general de accionistas, delDirectorio y de la Superintendencia; y, suscribir los estados financieros, conjuntamente con elrepresentante legal y el contador general.
El auditor externo, persona natural o jurídica, hará las veces de comisario de la institución enlos términos establecidos en la Ley de Compañías y además tendrá las funciones que sedeterminan en esta ley y en las leyes de carácter tributario, así como en las disposiciones quedicte la Superintendencia.
El auditor externo será designado para períodos de un año y podrá ser designadosucesivamente y tendrá las siguientes obligaciones y funciones:
a) Opinar o abstenerse explícita y motivadamente sobre la veracidad o exactitud de losestados financieros, los sistemas de contabilidad y sus comprobantes y soportes;
b) Opinar sobre la suficiencia y efectividad de los sistemas de control interno, la estructura yprocedimientos administrativos de la institución auditada y evaluarlos;
c) Opinar si las operaciones y procedimientos se ajustan a las disposiciones legales,estatutarias, reglamentos internos y a las instrucciones que al efecto imparta laSuperintendencia;
d) Opinar si los estados financieros concuerdan con las anotaciones efectuadas en los registroscontables de la institución y si éstos se han llevado de conformidad con las disposicioneslegales vigentes;
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e) Proporcionar la información pormenorizada de las inversiones en acciones que la instituciónfinanciera mantenga en otras empresas, tanto en el país como en el exterior;
f) Pronunciarse o abstenerse explícita y motivadamente sobre otros aspectos que requiera laSuperintendencia o la institución auditada;
g) Opinar sobre el cumplimiento de las medidas correctivas ,y
h) Efectuar revisiones trimestrales o semestrales de la institución financiera correspondiente,cuando así lo requiera la Superintendencia.
No puede ser auditor externo la persona que hubiese prestado servicios remunerados a lainstitución en el año inmediatamente anterior.
SIGILO Y RESERVA BANCARIA
Los depósitos y demás captaciones de cualquier índole que se realicen en las instituciones delsistema financiero, estarán sujetos a sigilo bancario, por lo cual las instituciones financierasreceptoras de los depósitos y captaciones, sus administradores, funcionarios y empleados nopodrán proporcionar información relativa a dichas operaciones sino a su titular o a quien lorepresente legalmente.
Las instituciones del sistema financiero podrán dar a conocer las operaciones anteriores, entérminos globales, no personalizados ni parcializados, solo para fines estadísticos o deinformación.
Podrán también proporcionar información general respecto del comportamiento de clientesen particular, para fines de evaluación de crédito a requerimiento de otra institución delsistema financiero o de establecimientos comerciales autorizados por aquellos, sin que elloimplique la facultad de revelar transacciones individualizadas.
Las instituciones del sistema financiero están obligadas a mantener sistemas de controlinterno que permitan una adecuada identificación de las personas que efectúan transaccionescon la institución.
Las operaciones activas y contingentes de las instituciones financieras no están sujetas areserva. El sigilo solo es aplicable a las operaciones pasivas.
Cuando se hubiese iniciado un proceso de investigación en una institución del sistemafinanciero, los informes de auditoría no tendrán el carácter de reservados ni gozarán de sigilobancario ante La Asamblea Nacional, Fiscalía General de la Nación, Contraloría General delEstado y Comisión de Control Cívico de la Corrupción.
CENTRAL DE RIESGOS
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La Superintendencia establecerá un sistema de registro, denominado Central de Riesgos, quepermita contar con información individualizada debidamente consolidada y clasificada sobrelos deudores principales de las instituciones del sistema financiero ecuatoriano, incluyendo loscasos en que éstas actúen en su nombre por cuenta de una institución bancaria o financieradel exterior.
La institución financiera que proporcione deliberadamente información falsa o maliciosa a laCentral de Riesgos será sancionada por el Superintendente de Bancos y Seguros.
REGULARIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
Cuando una institución del sistema financiero no cumpliese con las resoluciones, disposicionesy normas aplicables, el Superintendente obligatoriamente exigirá y aprobará los programas deregularización que fueren necesarios y verificará su cumplimiento; dispondrá todas aquellasmedidas de carácter preventivo y correctivo que sean necesarias e impondrá las sancionespertinentes, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar.
Lo hará cuando registre pérdidas en los dos últimos trimestres o cuando la proyección de susnegocios indique que dentro de los dos trimestres siguientes, podría caer por debajo del nivelmínimo de patrimonio técnico requerido.(Inferior al cuatro y medio por ciento (4.5%).
En este supuesto los nuevos administradores de la institución del sistema financieropresentarán un informe económico, jurídico y contable previo a la valoración de los activos,respecto de la situación de la institución.
La Junta Bancaria fijará el plazo, para el otorgamiento de los actos societarios delrepresentante legal, del órgano de administración y de la junta general de accionistas u órganoque haga sus veces, necesarios para su implementación.
Cuando una institución se encuentre en deficiencia de patrimonio técnico requerido y no hayaregularizado su situación financiera, la Superintendencia dispondrá su liquidación forzosa.
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
El Superintendente de Bancos, previa a la declaratoria de liquidación forzosa de una instituciónfinanciera en la que aparezcan indicios de fraude bancario o financiero, deberá solicitar al juezcompetente medidas cautelares sobre los bienes de los directores, administradores,accionistas privados y/o representantes legales de la institución financiera declarada enliquidación forzosa, que hayan participado en los actos o en la administración que seanmateria de los indicios.
La Superintendencia de Bancos, en un plazo no mayor a sesenta días contados a partir de ladeclaratoria de liquidación, procederá a emitir un informe sobre la situación financiera de lainstitución financiera de que se trate, a la fecha de declaratoria de liquidación forzosa,instrumento que constituirá la constancia legal de las obligaciones que se determinen en elmismo.
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Cuando la Superintendencia disponga la liquidación forzosa de una institución financiera, susadministradores cesarán en sus funciones.
Al día siguiente de la declaratoria de la liquidación forzosa de una institución financiera, elSuperintendente de Bancos realizará la convocatoria pertinente para la conformación delConsejo Temporal de Liquidación de la Institución Financiera.
Una vez conformada la Junta de Acreedores, el Consejo Temporal de Liquidación cesaráautomáticamente en sus funciones.
La Superintendencia, mediante resolución aprobada por la Junta Bancaria, expedirá las normasde carácter general concernientes a la disolución o liquidación voluntaria y a la reactivación delas instituciones por ella controladas.
LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS
La Superintendencia, organismo técnico con autonomía administrativa, económica y financieray personería jurídica de derecho público, está dirigida y representada por el Superintendentede Bancos y Seguros, en la órbita de su competencia. Tiene a su cargo la vigilancia y el controlde las instituciones del sistema financiero público y privado, así como de las compañías deseguros y reaseguros, determinadas en la Constitución y en la ley.
El Superintendente de Bancos y Seguros, en la órbita de su competencia, no podrá ejercerninguna otra actividad pública o privada remunerada, salvo la docencia universitaria.
La Superintendencia tendrá una Junta Bancaria conformada por cinco miembros: elSuperintendente de Bancos y Seguros, en la órbita de su competencia, quien la presidirá; elGerente General del Banco Central del Ecuador; dos miembros con sus respectivos alternos,que serán designados por el Presidente Constitucional de la República; y un quinto miembro, ysu alterno, que serán designados por los cuatro restantes. A excepción del Superintendente deBancos y Seguros, en la órbita de su competencia, y del Gerente General del Banco Central delEcuador, los miembros de la Junta Bancaria no desempeñarán otra función pública. ElSuperintendente de Bancos y Seguros, en la órbita de su competencia, tendrá como alterno ala persona que le subrogue en el ejercicio de sus respectivas funciones.
El Secretario General de la Superintendencia actuará como Secretario de la Junta Bancaria.
Son atribuciones de la Junta Bancaria las siguientes:
a) Formular la política de control y supervisión del sistema financiero, aprobar lasmodificaciones del nivel requerido de patrimonio técnico y las ponderaciones de los activos deriesgo y pronunciarse sobre el establecimiento y liquidación de las instituciones financieras, asícomo de la remoción de sus administradores;
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b) Resolver los casos no consultados en esta ley, así como las dudas en cuanto al carácterbancario y financiero de las operaciones y actividades que realicen las instituciones financierasy dictar las resoluciones de carácter general para la aplicación de esta ley;
c) Determinar las operaciones y servicios no señalados expresamente en esta ley que seancompatibles con las actividades de las instituciones financieras;
d) Resolver los recursos de revisión de orden administrativo planteados ante este órgano;
e) Aprobar el presupuesto y la escala de remuneraciones del personal de la Superintendencia;y,
f) Conocer la memoria que elabore el Superintendente en forma previa a su
Los funcionarios o empleados de la Superintendencia son servidores públicos y estánsometidos a la Ley de Servicio Público, no obstante su carácter bancario.
El Superintendente presentará a la Asamblea Nacional, antes del 10 de agosto de cada año,una memoria que contenga el detalle de las principales labores realizadas por la institución yun resumen de la situación económica de las instituciones controladas, relacionados con elejercicio del año anterior, y los disponibles al 30 de junio del año en curso.
La Junta Bancaria fijará el monto de las contribuciones de las instituciones sujetas a su controly vigilancia.
La Superintendencia está exenta del pago de toda clase de impuestos y contribuciones fiscalesy municipales.
El examen de las cuentas de ingresos, egresos e inversiones de la Superintendencia estará acargo de la Contraloría General del Estado.
LEY DE CHEQUES
INTRODUCCIÓN
El cheque es un título privilegiado, dotado por la Ley de especiales características queaseguran eficacia en el ejercicio de los derechos del titular; y, que permite un confiable uso delmismo. Su circulación facilita las transacciones mercantiles.
En las actividades bancarias y empresariales en general es cotidiano y hasta obligatorio su uso.Ahí precisamente radica la importancia de su estudio en el presente módulo. A continuaciónuna breve síntesis del contenido mismo de la LCH del Ecuador.
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CONCEPTO
El cheque es un titulo mediante el que un cuenta corriente expide una orden incondicional depago de una suma determinada de dinero, a la vista, al Banco en que ha hecho el depósitomonetario.
REQUISITOS
Según lo dispuesto en el Art.1 de la Ley de Cheques a este deberá contener los siguientesrequisitos:a.) La denominación de cheque, inserta en el texto del mismo documento y expresada en elidioma empleado para su redacción.
b.)El mandato puro y simple de pagar una suma determinada de dinero.
c.)El nombre de quien debe pagar, o el girado.
d.) La indicación del lugar del pago.
e.) La indicación de la fecha y del lugar de la emisión del cheque.
f.) La firma de quien expide el cheque o girador.
ELEMENTOS PERSONALES DEL CHEQUE
En la emisión del cheque intervienen tres elementos personales:
a.) EL GIRADOR, es quien crea o emite el cheque en base al contrato de cuentacorriente con un banco en el que ha hecho el depósito monetario correspondiente.Puede ser una persona natural o jurídica .Puede firmar como girador más de unapersona.
Según el beneficiario que se indique, el cheque puede ser girado:
1.) A favor de una persona determinada.- Puede girarse con o sin cláusula expresa“a la orden”. El cheque puede extenderse a la orden del mismo girador.2.) A favor de una persona determinada con la clausula “no a la orden” u otraequivalente. Este es un cheque nominativo.b.) EL GIRADO, es quien debe pagar el cheque. Debe ser un banco o instituciónfinanciera autorizada para recibir depósitos monetarios, que tiene fondos a disposicióndel girador, quien tiene derechos a disponer por cheque de esos fondos.
Principales obligaciones del girado (banco):
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1.) A la presentación del cheque el banco girado tiene dos alternativas: pagarlo o negar elpago. Podrá negar el pago por:
a.)Protestándolo por insuficiencia de fondos, por cuenta cerrada o por cuenta cancelada; o,
b.) Devolviéndolo por causas que determina la Ley y el reglamento.
2.) El banco debe entregar mensualmente a sus cuenta corrientitas un estado de cuenta con elmovimiento respectivo.
3.) El banco que paga un cheque está obligado a comprobar la identidad de la persona aquien paga.
4.) El girado que tuviere conocimiento de la quiebra del girador, debe negar el pago delcheque.
5.) El girado está obligado a pagar el importe del cheque hasta el total de los fondos quetenga a disposición del girador.
c. EL BENEFICIARIO, es el tenedor del cheque, siempre habrá un primer beneficiario conocido,pues está prohibido el giro de cheques al portador. Pudiendo extenderse a la orden del mismogirador. Es decir que puede confundirse en una misma persona las calidades de girador ytenedor.
NATURALEZA DEL CHEQUE
El cheque es un medio de pago a la vista y facilita la circulación del dinero y los pagos, evita eltener que portar el dinero y, a la vez, a su presentación en el Banco se convierte en moneda decurso legal.
DEL ENDOSO
Naturaleza y condiciones del endoso
1. El endoso del cheque debe ser puro y simple: es decir no sujeto a condición alguna.
2. El endoso debe ser por el valor total del cheque. El endoso parcial es nulo.
3. El girado no puede endosar el cheque .Es nulo el endoso del girado.
4. Es prohibido el endoso de cheques por parte de beneficiarios personas jurídicas; por lotanto, es nulo el endoso realizado por perdonas jurídicas;
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5. Están prohibidos los endosos en blanco o al portador; debe designarse la persona delendosatario;
6. Será nulo el segundo endoso;
El endoso, para la validez como tal, debe realizarse dentro del plazo comprendido entre suemisión y el vencimiento del plazo para su presentación al cobro, que es de veinte días paracheques girados y pagaderos en Ecuador y de noventa días para los que han sido girados en elexterior y deben pagarse en el Ecuador.
Solo podrán endosar cheques los primeros beneficiarios personas naturales. Lo pueden hacerpor una sola vez, siempre que el cheque haya sido girado por una suma de dinero de hastaquinientos dólares de los Estados Unidos de América.
Aquellos que se emitan por sumas superiores a quinientos dólares no podrán ser endosados;por lo tanto deben ser pagados a los primeros beneficiarios.
No se considera endoso para efectos de aplicar la limitación a la circulación de chequesimpuesta por la Ley, lo siguiente:
1. La firma que estampe el beneficiario en el cheque para la presentación y cobro del girado.
2. La firma que estampe el beneficiario del cheque para efectos de constituir un simplemandato.
FORMALIDADES DEL ENDOSO
1. El endoso debe escribirse en el cheque o en una hoja añadida al mismo,denominada suplemento que debe contener los datos relativos al número de cheque,a la cuenta corriente , al banco girado y al importe.2. El endoso debe ser firmado por el endosante3. El endoso de los queches entregados al Banco Central para el trámite por lacámara de compensación, podrá hacerse sólo con el sello del banco endosante, sinrequerir la firma para el efecto.
EFECTOS DEL ENDOSO
1. El endoso transmite todos los derechos resultantes del cheque. Enconsecuencia el endosatario adquiere el derecho de poder demandar a todas laspersonas obligadas en virtud del cheque, en razón de que están solidariamenteobligadas respecto al portador o tenedor.(Art.44LCH)2. El endosante, salvo cláusula en contrario, garantiza el pago.(Art.17LCH)
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El endosante es garante del pago del cheque; pero al contrario del girador, elendosante puede insertar una cláusula de exoneración de esa garantía, porque elendosante es un obligado accidental.3. El beneficiario de un cheque endosable no de acuerdo a lo indicado en elArt.14, es considerado como tenedor legítimo.
PROHIBICIONES SOBRE GIRO Y PAGOS DE CHEQUES
1. Se prohíbe el giro de cheques al portador .Al efecto el Art.9 del Código Civil dice “Losactos que prohíbe la Ley son nulos y de ningún valor”. Por tanto los cheques debengirarse a nombre de una determinada persona.2. Se prohíbe el endoso de cheques por parte de beneficiarios personas jurídicas.3 .Será nulo el segundo endoso .Los bancos no pagarán los cheques que contengan unsegundo endoso.
DE LA PRESENTACIÓN Y PAGO
El cheque es un medio de pago y como tal es pagadero a la vista. El cheque para supago debe ser presentado al Banco girado dentro de los plazos previstos en la Ley, quefueron señalados anteriormente y este tiene tres alternativas: pagarlo, protestarlo odevolverlo según el caso . Si no lo hace responderá por daños y perjuicios que ocasioneal posterior.El cheque presentado para el pago antes del día indicado como fecha de emisión, debeser pagado o protestado.
DEL PROTESTO
Es el acto por el cual se deja constancia escrita de la falta de pago el cheque.Puede hacerse en cualquiera de las siguientes formas:a.) Por declaración del girado , fechada y escrita en el cheque.b.) Cuando el girado se negare a extender el protesto el Juez Civil o Notario,extenderá el protesto haciendo constar la negativa del banco.c.) Por declaración fechada de una cámara de compensación, en la que conste queel cheque ha sido enviado en tiempo hábil y no ha sido pagado.
El banco girado debe protestar el cheque en los siguientes casos:
CASOS EN LOS QUE EL BANCO DEBE PROTESTAR LOS CHEQUES
a.)Por insuficiencia de fondos
b.)Por cuenta cerrada
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c.)Por cuenta cancelada
El girador pagará la multa del cinco por ciento sobre el valor del cheque protestado porinsuficiencia de fondos, multa que debitará el banco de las cuentas del girador.
CLASES DE CHEQUES
Los Cheques pueden clasificarse en:
CHEQUES REGULARES:
CHEQUE CRUZADO
Es aquel que sólo puede ser cobrado por un banco; y, por consiguiente debe ser depositado enuna cuenta corriente .El cruzamiento puede hacerlo el girador, el portador o el tenedor delcheque.
El cruzamiento puede ser de forma general o especial.
General se efectúa por medio de dos líneas paralelas sobre el anverso o también con las frase“cheque cruzado” sin designación de banco alguno. Es especial cuando entre las líneas sedesigna al banco que debe cobrar ese cheque o se lo hace con la frase “cheque cruzado” y elnombre del banco destinado para el cobro, insertada en el anverso.
El cruzamiento general puede transformarse en especial, pero este no en general.
El cruzamiento tiene por objeto dar mayor garantía al cheque, evitando el cobro por tenedoresilegítimos.
CHEQUE PARA ACREDITAR EN CUENTA
La LCH, faculta al girador así como al tenedor para prohibir el pago en efectivo, insertando enel anverso del cheque la mención transversal “para acreditar en cuenta” .En este caso el giradosólo podrá abonar el cheque mediante un asiento en os libros, lo que equivale al pago.
CHEQUE CERTIFICADO
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Es el cheque que contiene la acreditación escrita del banco de que existen fondos disponibles yque será pagado a su presentación .Asegura el pago pues obliga al banco a pagarlo a supresentación.
CHEQUES IRREGULARES:
DEL CHEQUE POSDATADO
Es el pagadero a la vista; pues es un medio de pago que no admite condiciones .Porconsiguiente no puede ser utilizado ni convertirse en instrumento de crédito; y, por ello, no seadmiten cheques pos datados y se sanciona a quien gira y a quien recibe un cheque posdatado. El cheque es sustituto de moneda.
DEL CHEQUE SIN FONDOS
Es aquel que ha sido girado sin provisión de fondos en el banco al tiempo de giro del mismo.
Constituye un delito contra la fe pública, previsto en el Código Penal. Se consuma al momentode la entrega del cheque.
DEL CHEQUE FALSIFICADO
El giro de cheques sin provisión de fondos, da lugar al cierre de la cuenta. Respecto al giro ycierre de la cuenta pueden presentarse dos situaciones:
1.) Que el cheque haya sido girado en fecha posterior al cierre de la cuenta;
2.) Que se lo haya girado antes del cierre de la cuenta.
Tiene lugar respecto de la firma del girador o sobre el contenido o menciones del cheque.
Es obvio que una firma no auténtica no puede obligar a la persona por quien se ha firmado elcheque; pero estas firmas falsas no afectan la validez de los otros firmantes.
CHEQUE GIRADO EN CUENTA CANCELADA
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Tanto el banco como el titular de una cuenta corriente pueden cancelarla .El banco podráunilateralmente notificando al titular con sesenta día de anticipo .Asimismo el titular de lacuenta podrá pedir la cancelación en cualquier tiempo, devolviendo los formularios decheques aún no utilizados y retirará el saldo a su favor. En estos casos la cancelación noacarrea responsabilidad entre el banco y el titular y no será notificado a la Superintendencia,quedando a salvo los derechos de terceros.
Los bancos tendrán la obligación de protestar un cheque girado sobre cuenta canceladacuando se presente al cobro, con la leyenda:”PROTESTADO POR CUENTA CANCELADA”.
CHEQUE GIRADO EN CUENTA BLOQUEADA
Las cuentas inmovilizadas no pueden ser manejadas por el titular, ni recibir depósitos niefectuar pagos. Si se presentan al cobro el banco los devolverá con la leyenda:”DEVUELTO PORCUENTA BLOQUEDA”.
CHEQUE CADUCADO
Si vencido el plazo de trece meses posteriores a la fecha de emisión, se presentare un chequepara el pago, el banco lo devolverá insertando la leyenda “DEVUELTO POR CADUCIDAD”.
ACCIONES JUDICIALES
De la falta de pago de un cheque derivan acciones civiles y penales.
El pago de un cheque, según la situación legal del mismo ,se puede reclamar por las siguientesvías o trámites:
1. Juicio Ejecutivo;
2. Juicio Verbal Sumario;
3. Juicio Ordinario.
4. Acciones Penales
PRESCRIPCIÓN
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El Art. 50 LCH, dice que las acciones que corresponden ejercer al portador o tenedor contra elgirador, los endosantes y demás obligados, prescriben a los seis meses, contados desde laexpiración del plazo de presentación.(acciones civiles).
La prescripción del ejercicio de la acción penal se rige por lo dispuesto en el Código Penal.
“LEY ORGÁNICA DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA Y DEL SECTORFINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO
Para efectos de la presente Ley, integran la Economía Popular y Solidaria las organizacionesconformadas en los Sectores Comunitarios,
Asociativos y Cooperativistas, así como también las Unidades Económicas Populares.
PERSONALIDAD JURÍDICA.- Las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria seconstituirán como personas jurídicas, previo el cumplimiento de los requisitos
que contemplará el Reglamento de la presente Ley.
La personalidad jurídica se otorgará mediante acto administrativo del Superintendente que seinscribirá en el Registro Público respectivo.
Las organizaciones en el ejercicio de sus derechos y obligaciones actuarán a su nombre y no anombre de sus socios.
En el caso de las cooperativas, el procedimiento de constitución, los mínimos de socios ycapital social, serán fijados en el Reglamento de esta Ley, tomando en cuenta la clase decooperativa, el vínculo común de sus socios y el ámbito geográfico de sus operaciones.
ORGANIZACIONES DEL SECTOR COOPERATIVO
Es el conjunto de cooperativas entendidas como sociedades de personas que
se han unido en forma voluntaria para satisfacer sus necesidades económicas, sociales yculturales en común, mediante una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática,con personalidad jurídica de derecho privado e interés social.
OBJETO.- El objeto social principal de las cooperativas, será concreto y constará en su estatutosocial y deberá referirse a una sola actividad económica, pudiendo incluir el ejercicio de
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actividades complementarias ya sea de un grupo, sector o clase distinto, mientras seandirectamente relacionadas con dicho objeto social.
GRUPOS.- Las cooperativas, según la actividad principal que vayan a desarrollar, pertenecerána uno solo de los siguientes grupos: producción, consumo, vivienda,
ahorro y crédito y servicios.
COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN.- Son aquellas en las que sus socios se dedicanpersonalmente a actividades productivas lícitas, en una sociedad de propiedad colectiva ymanejada en común, tales como: agropecuarias, huertos familiares, pesqueras, artesanales,industriales, textiles.
COOPERATIVAS DE CONSUMO.- Son aquellas que tienen por objeto abastecer a sus socios decualquier clase de bienes de libre comercialización; tales como: de consumo de artículos deprimera necesidad, de abastecimiento de semillas, abonos y herramientas, de venta demateriales y productos de artesanía.
COOPERATIVAS DE VIVIENDA.- Las cooperativas de vivienda tendrán por objeto la adquisiciónde bienes inmuebles para la construcción o remodelación de viviendas
u oficinas o la ejecución de obras de urbanización y más actividades vinculadas con éstas enbeneficio de sus socios.
COOPERATIVAS DE SERVICIOS.- Son las que se organizan con el fin de satisfacer diversasnecesidades comunes de los socios o de la colectividad, los mismos que
podrán tener la calidad de trabajadores, tales como: trabajo asociado, transporte, vendedoresautónomos, educación y salud.
En las cooperativas de trabajo asociado sus integrantes tienen, simultáneamente, la calidad desocios y trabajadores, por tanto, no existe relación de dependencia.
COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO.- Estas cooperativas serán analizadas más adelante.
SOCIOS.- Podrán ser socios de una cooperativa las personas naturales legalmente capaces olas personas jurídicas que cumplan con el vínculo común y los requisitos establecidos en elreglamento de la presente Ley y en el estatuto social de la organización.
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PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIO.- La calidad de socio de una cooperativa, se pierde por lassiguientes causas:
a) Retiro Voluntario;
b) Exclusión;
c) Fallecimiento; o,
d) Pérdida de la personalidad jurídica.
ESTRUCTURA INTERNA.- Las cooperativas contarán con una Asamblea General de socios o deRepresentantes, un Consejo de Administración, un Consejo de Vigilancia y una gerencia, cuyasatribuciones y deberes constarán en su Reglamento y en el estatuto social de la cooperativa.
ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS.- La Asamblea General es el máximo órgano de gobierno dela cooperativa y estará integrada por todos los socios, quienes tendrán derecho a un solo voto,sin considerar el monto de sus aportaciones y que podrá ser ejercido en forma directa omediante delegación a otro socio.
ASAMBLEA GENERAL DE REPRESENTANTES.- Las cooperativas que tengan más de doscientossocios, realizarán la asamblea general a través de representantes, elegidos en un número nomenor de treinta, ni mayor de cien.
ELECCIÓN DE REPRESENTANTES.- Los representantes a la Asamblea General serán elegidos porvotación personal, directa y secreta de cada uno de los socios, mediante un sistema deelecciones universales.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.- Es el órgano directivo y de fijación de políticas de lacooperativa, estará integrado por un mínimo de tres y máximo nueve vocales principales y susrespectivos suplentes, elegidos en
Asamblea General en votación secreta, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de estaLey.
Los vocales durarán en sus funciones el tiempo fijado en el estatuto social, que no excederá decuatro años y podrán ser reelegidos por una sola vez.
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PRESIDENTE.- El presidente del Consejo de Administración lo será también de la cooperativa yde la Asamblea General, será designado por el Consejo de Administración de entre susmiembros, ejercerá sus funciones dentro del periodo señalado en el estatuto social y podrá serreelegido por una sola vez mientras mantenga la calidad de vocal de dicho consejo, quientendrá voto dirimente cuando el Consejo de Administración tenga número par.
CONSEJO DE VIGILANCIA.- Es el órgano de control interno de las actividades económicas que,sin injerencia e independiente de la administración, responde a la Asamblea General; estaráintegrado por un mínimo de tres y máximo cinco vocales principales y sus respectivossuplentes, elegidos en Asamblea General en votación secreta, de acuerdo a lo establecido enel Reglamento de esta Ley.
Las atribuciones y deberes de la Asamblea General, de los Consejos de Administración yVigilancia, del Presidente y Gerente, constan en la presente Ley y en su reglamento, sinperjuicio de las que se determinen en los estatutos sociales.
PATRIMONIO.- El patrimonio de las cooperativas estará integrado por el capital social, elFondo Irrepartible de Reserva Legal y otras reservas estatutarias y constituye el medioeconómico y financiero a través del cual la cooperativa puede cumplir con su objeto social.
CAPITAL SOCIAL.- El capital social de las cooperativas será variable e ilimitado, estaráconstituido por las aportaciones pagadas por sus socios, en numerario, bienes o trabajodebidamente avaluados por el Consejo de Administración.
Las aportaciones de los socios estarán representadas por certificados de aportación,nominativos y transferibles entre socios o a favor de la cooperativa.
Cada socio podrá tener aportaciones de hasta el equivalente al cinco por ciento (5%) delcapital social en las cooperativas de ahorro y crédito y hasta el diez por ciento (10%) en losotros grupos.
FONDO IRREPARTIBLE DE RESERVA LEGAL.- El Fondo Irrepartible de Reserva Legal loconstituyen las cooperativas para solventar contingencias patrimoniales, se integrará eincrementará anualmente con al menos el cincuenta por ciento (50%) de las utilidades y almenos el cincuenta por ciento (50%) de los excedentes anuales obtenidos por la organización.No podrá distribuirse entre los socios, ni incrementar sus certificados de aportación, bajoninguna figura jurídica, y podrá ser distribuido exclusivamente al final de la liquidación de lacooperativa de acuerdo con lo que resuelva la Asamblea General.
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También formarán parte del Fondo Irrepartible de Reserva Legal, las donaciones y legados,efectuados en favor de la cooperativa.
Las cooperativas podrán, a más de la reserva legal, crear las reservas que, por la naturaleza dela entidad, considere necesarias.
UTILIDADES.- Para efectos de la presente Ley se definen como utilidades todos los ingresosobtenidos en operaciones con terceros, luego de deducidos los correspondientes costos,gastos y deducciones adicionales, conforme lo dispuesto en esta Ley.
EXCEDENTES.- Son los valores sobrantes o remanentes obtenidos por las cooperativas en lasactividades económicas realizadas con sus socios, una vez deducidos los correspondientescostos, gastos y deducciones adicionales, conforme lo dispuesto en esta Ley.
DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Y EXCEDENTES.-
Las utilidades y excedentes, en caso de generarse se distribuirán de la siguiente manera:
a) Por lo menos el cincuenta por ciento (50%) se destinará al incremento del Fondo Irrepartiblede Reserva Legal;
b) Hasta el cinco por ciento (5%) como contribución a la Superintendencia, según lasegmentación establecida; y,
c) El saldo se destinará a lo que resuelva la Asamblea
General.
FUSIÓN Y ESCISIÓN.- Las cooperativas de la misma clase podrán fusionarse o escindirse pordecisión de las dos terceras partes de los socios o representantes, previa aprobación de laSuperintendencia.
La expresión de voluntad por escrito de los socios que no estuvieren de acuerdo con la fusión oescisión, se considerará como solicitud de retiro voluntario y dará derecho a la liquidación delos haberes.
DISOLUCIÓN.- Las cooperativas podrán disolverse, por las siguientes causas:
a) Vencimiento del plazo de duración establecido en el estatuto social de la cooperativa;
b) Cumplimiento de los objetos para las cuales se constituyeron;
c) Por sentencia judicial ejecutoriada;
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d) Decisión voluntaria de la Asamblea General, expresada con el voto secreto de las dosterceras partes de sus integrantes; y,
e) Por resolución de la Superintendencia, en los siguientes casos:
1. Violación de la Ley, su Reglamento o de los estatutos sociales, que pongan en riesgo suexistencia o causen graves perjuicios a los intereses de sus socios o de terceros;
2. Deterioro patrimonial que ponga en riesgo la sostenibilidad de la organización o lacontinuidad en sus operaciones o actividades;
3. La inactividad económica o social por más de dos años;
4. La incapacidad, imposibilidad o negativa de cumplir con el objetivo para el cual fue creada;
5. Disminución del número de sus integrantes por debajo del mínimo legal establecido;
6. Suspensión de pagos, en el caso de las Cooperativas de Ahorro y Crédito; y,
7. Las demás que consten en la presente Ley, su Reglamento y el estatuto social de lacooperativa.
INACTIVIDAD.- La Superintendencia, a petición de parte o de oficio, podrá declarar inactiva auna cooperativa que no hubiere operado durante dos años consecutivos Se presume estainactividad cuando la organización no hubiere remitido los balances o informes de gestióncorrespondientes.
Para las Cooperativas de Ahorro y Crédito la Superintendencia fijará el tiempo y las causas paradeclarar la inactividad.
La resolución que declare la inactividad de una cooperativa, será notificada a los directivos ysocios, en el domicilio legal de la cooperativa, a más de ello mediante
una publicación en medios de comunicación escritos de circulación nacional.
Si la inactividad persiste por más de tres meses desde la publicación, la Superintendenciapodrá declararla disuelta y disponer su liquidación y cancelación del Registro Público.
REACTIVACIÓN.- La Superintendencia podrá resolver la reactivación de una cooperativa que seencontrare en proceso de liquidación, siempre que se hubieren superado las causas quemotivaron su disolución.
LIQUIDACIÓN.- Salvo en los casos de fusión y escisión, una vez disuelta la cooperativa seprocederá a su liquidación, la cual consiste en la extinción de las
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Obligaciones de la organización y demás actividades relacionadas con el cierre; para cuyoefecto, la cooperativa conservará su personalidad jurídica, añadiéndose a su razón social, laspalabras “en liquidación”.
DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO
DEFINICIÓN.-Son organizaciones formadas por personas naturales o jurídicas que se unenvoluntariamente con el objeto de realizar actividades de intermediación financiera y deresponsabilidad social con sus socios y, previa autorización de la Superintendencia, conclientes o terceros con sujeción a las regulaciones y a los principios reconocidos en la presenteLey.
CONSTITUCIÓN.- Para constituir una cooperativa de ahorro y crédito, se requerirá contar conun estudio de factibilidad y los demás requisitos establecidos en el Reglamento de la presenteLey.
ACTIVIDADES FINANCIERAS.- Las cooperativas de ahorro y crédito, previa autorización de laSuperintendencia, podrán realizar las siguientes actividades:
a) Recibir depósitos a la vista y a plazo, bajo cualquier mecanismo o modalidad autorizado;
b) Otorgar préstamos a sus socios;
c) Conceder sobregiros ocasionales;
d) Efectuar servicios de caja y tesorería;
e) Efectuar cobranzas, pagos y transferencias de fondos, así como emitir giros contra suspropias oficinas o las de instituciones financieras nacionales o extranjeras;
f) Recibir y conservar objetos muebles, valores y documentos en depósito para su custodia yarrendar casilleros o cajas de seguridad para depósitos de valores;
g) Actuar como emisor de tarjetas de crédito y de débito;
h) Asumir obligaciones por cuenta de terceros a través de aceptaciones, endosos o avales detítulos de crédito, así como por el otorgamiento de garantías, fianzas y cartas de créditointernas y externas, o cualquier otro documento, de acuerdo con las normas y prácticas y usosnacionales e internacionales;
i) Recibir préstamos de instituciones financieras y no financieras del país y del exterior;
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j) Emitir obligaciones con respaldo en sus activos, patrimonio, cartera de crédito hipotecaria oprendaria propia o adquirida, siempre que en este último caso, se originen en operacionesactivas de crédito de otras instituciones financieras;
k) Negociar títulos cambiarios o facturas que representen obligación de pago creados porventas a crédito y anticipos de fondos con respaldo de los documentos referidos;
l) Invertir preferentemente, en este orden, en el Sector
Financiero Popular y Solidario, sistema financiero nacional y en el mercado secundario devalores y de manera complementaria en el sistema financiero internacional;
m) Cualquier otra actividad financiera autorizada expresamente por la Superintendencia.
CERTIFICADO DE FUNCIONAMIENTO.- Las cooperativas de ahorro y crédito tendrán, tanto enmatriz, como en sus agencias, oficinas o sucursales, la obligación de exhibir en lugar público yvisible, el certificado de autorización de funcionamiento concedido por la Superintendencia.
SOLVENCIA Y PRUDENCIA FINANCIERA.- Las cooperativas de ahorro y crédito deberánmantener índices de solvencia y prudencia financiera que permitan cumplir sus obligaciones ymantener sus actividades de acuerdo con las regulaciones que se dicten para el efecto, enconsideración a las particularidades de los segmentos de las cooperativas de ahorro y crédito.
Las regulaciones deberán establecer normas al menos en los siguientes aspectos:
a) Solvencia patrimonial;
b) Prudencia Financiera;
c) Índices de gestión financiera y administrativa;
d) Mínimos de Liquidez;
e) Desempeño Social; y,
f) Transparencia.
CAPITALIZACIÓN.- Las cooperativas de ahorro y crédito podrán resolver a través de laAsamblea General, capitalizaciones con nuevos aportes de los socios. Sin embargo, si laasamblea general resuelve capitalización que involucre la transferencia de ahorros odepósitos, requerirá de la autorización escrita del socio.
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REDENCIÓN DE CERTIFICADOS.- Ninguna Cooperativa podrá redimir el capital social, en casode retiro de socios, por sumas que excedan en su totalidad el cinco por ciento (5%) del capitalsocial pagado de la cooperativa, calculado al cierre del ejercicio económico anterior.
ADMINISTRACIÓN Y CALIFICACIÓN DE RIESGO.- Las cooperativas de ahorro y crédito deberáncontratar calificadoras de riesgo y realizar la administración integral de riesgos de acuerdo alsegmento al que pertenezcan, de conformidad a lo dispuesto por el órgano regulador.
PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS.- Las cooperativas de ahorro y crédito implementaránmecanismos de prevención de lavado de activos conforme a las disposiciones constantes en lalegislación vigente.
Los informes anuales de auditoría, deberán incluir la opinión del auditor, referente alcumplimiento de los controles para evitar el lavado de activos provenientes de actividadesilícitas.
INFORMACIÓN.- Las cooperativas de ahorro y crédito pondrán a disposición de los socios ypúblico en general, la información financiera y social de la entidad, conforme a las normasemitidas por la Superintendencia.
SIGILO Y RESERVA.- Los depósitos y demás captaciones de cualquier índole que se realicen enlas organizaciones del sector financiero popular y solidario, determinadas por laSuperintendencia, excluyendo las operaciones activas, estarán sujetos a sigilo, por lo cual lasinstituciones receptoras de los depósitos y captaciones, sus administradores, funcionarios yempleados, no podrán proporcionar información relativa a dichas operaciones, sino a su titularo a quien lo represente legalmente.
AUDITORIAS.- Las cooperativas de ahorro y crédito deberán contar con auditoría externaanual y auditoría interna, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de esta Ley.Previamente calificados por la Superintendencia.
Los auditores internos y externos deberán ser previamente calificados por laSuperintendencia, desarrollarán su actividad profesional cumpliendo la Ley y su Reglamento.
Los auditores internos y externos serán responsables administrativa, civil y penalmente de losdictámenes y observaciones que emitan.
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INTERVENCIÓN.- Cuando una cooperativa de ahorro y crédito por cualquier causa nocumpliese con la ley o regulaciones en particular las referidas a las normas de solvencia yprudencia financiera o cuando se presuma la existencia de prácticas
ilegales de tal magnitud que pongan en grave peligro los recursos del público o incumpliere losprogramas de vigilancia preventiva o de regularización establecidos por la Superintendencia,este órgano de control podrá ordenar su intervención, disponiendo todas aquellas medidas decarácter preventivo y correctivo que sean necesarias e impondrá las sanciones pertinentes, sinperjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar.
La Superintendencia dispondrá la disolución y liquidación de una cooperativa si luego de laintervención no se han subsanado las causas quela motivaron.
SEGMENTACIÓN.- Las cooperativas de ahorro y crédito serán ubicadas en segmentos, con elpropósito de generar políticas y regulaciones de forma específica y diferenciada atendiendo asus características particulares, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Participación en el Sector;
b) Volumen de operaciones que desarrollen;
c) Número de socios;
d) Número y ubicación geográfica de oficinas operativas a nivel local, cantonal, provincial,regional o nacional;
e) Monto de activos;
f) Patrimonio; y,
g) Productos y servicios financieros.
FONDO DE LIQUIDEZ Y SEGURO DE DEPÓSITOS.-
Créanse el Fondo de Liquidez y el Seguro de Depósitos del Sector Financiero Popular ySolidario, como mecanismos articulados y complementarios. Para conceder créditos deliquidez, de liquidez contingente y para cubrir deficiencias en la cámara de compensación.
Contarán con un Directorio único y dos Secretarías Técnicas, ejercidas por el Banco Central delEcuador y por la Corporación del Seguro de Depósitos COSEDE.
El Directorio único estará conformado por el Ministro encargado de la Coordinación delDesarrollo Social o su delegado, que lo presidirá y tendrá voto dirimente; el Ministroencargado de la Coordinación de la Política Económica o su delegado; un delegado del ComitéInterinstitucional y un técnico delegado por el Directorio de la Corporación.
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Asistirán, con voz informativa y sin voto, los presidentes del Banco Central del Ecuador y delDirectorio de la Corporación de Seguro de Depósitos.
FONDO DE LIQUIDEZ
Se financiará con los aportes reembolsables y no reembolsables, periódicos, obligatorios ydiferenciados de todas las organizaciones del Sector Financiero Popular y Solidario, que seránfijados por la Superintendencia y por los rendimientos que generen las operaciones de créditoy las inversiones del Fondo.
DEL SEGURO DE DEPÓSITO
El patrimonio del fondo del Seguro de Depósitos será inembargable y no podrá ser afectadopor las obligaciones que los aportantes mantengan con terceros.
La constitución y operación del fondo del Seguro de Depósitos estará exenta de toda clase deimpuestos.
El Seguro de Depósitos operará mediante la constitución de un fideicomiso mercantil, que serácontrolado exclusivamente por la Superintendencia y será administrado por la Secretaría
Técnica.
Los recursos disponibles en el Seguro de Depósitos deberán invertirse observando losprincipios de seguridad, liquidez, diversificación y rentabilidad y enmarcarse en las políticas deinversión aprobadas por el Directorio.
COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA Y DEL SECTORFINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO
Créase el Comité Interinstitucional como ente rector de la Economía Popular y Solidaria y delSector Financiero Popular y Solidario. Se integrará por los ministros
de Estado que se relacionen con la Economía Popular y Solidaria, según lo determine elPresidente de la República y se organizará conforme al Reglamento a la presente Ley.
El Comité Interinstitucional será responsable de dictar y coordinar las políticas de fomento,promoción e incentivos, funcionamiento y control de las actividades económicas de laspersonas y organizaciones regidas por la presente Ley, con el propósito de mejorarlas yfortalecerlas. Así mismo evaluará los resultados de la aplicación de las políticas de fomento,promoción e incentivos.
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
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El control de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario estaráa cargo de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, que se crea como organismotécnico, con jurisdicción nacional, personalidad jurídica de derecho público, patrimonio propioy autonomía administrativa y financiera y con jurisdicción coactiva.
La Superintendencia tendrá la facultad de expedir normas de carácter general en las materiaspropias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar las disposiciones legales.
ATRIBUCIONES.- La Superintendencia tendrá las siguientes atribuciones:
a) Ejercer el control de las actividades económicas de las personas y organizaciones sujetas aesta Ley;
b) Velar por la estabilidad, solidez y correcto funcionamiento de las instituciones sujetas a sucontrol;
c) Otorgar personalidad jurídica a las organizaciones sujetas a esta Ley y disponer su registro;
d) Fijar tarifarios de servicios que otorgan las entidades del sector financiero popular ysolidario;
e) Autorizar las actividades financieras de las organizaciones del Sector Financiero Popular ySolidario;
f) Levantar estadísticas de las actividades que realizan las organizaciones sujetas a esta Ley;
g) Imponer sanciones; y,
h) Las demás previstas en la Ley y su Reglamento.
DEL INSTITUTO NACIONAL DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
El Instituto es una entidad de derecho público, adscrita al ministerio de Estado a cargo de lainclusión económica y social, con jurisdicción nacional, dotado de personalidad jurídica,patrimonio propio y autonomía técnica, administrativa y financiera que ejecuta la políticapública, coordina, organiza y aplica de manera desconcentrada, los planes, programas yproyectos relacionados con los objetivos de esta Ley.
DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DE FINANZAS POPULARES Y SOLIDARIAS
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Créase la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias, como un organismo dederecho público, dotado de personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomíaadministrativa, técnica y financiera, con jurisdicción nacional.
La Corporación en lo relativo a su creación, actividades, funcionamiento y organización seregirá por esta Ley y su correspondiente Estatuto social que deberá ser aprobado por laSuperintendencia de Economía Popular y Solidaria.
La Corporación ejercerá la jurisdicción coactiva, para el cobro de los créditos y obligaciones asu favor.
INFRACCIONES EN EL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO
Son infracciones a La ley y por lo tanto sancionadas por organismos competentes lassiguientes:
a) Ejercer actividades no autorizadas por la Superintendencia;
b) No entregar la información sobre la situación económica y de gestión de la organización;
c) Incumplir las normas de solvencia y prudencia financiera;
d.)Incumplir con los aportes al Fondo de Liquidez y Seguro de Depósitos del Sector FinancieroPopular y Solidario;
e) Ocultar, alterar fraudulentamente o suprimir en cualquier informe de operación, datos ohechos respecto de los cuales la Superintendencia y el público tengan derecho a estarinformados y,
f) Obstaculizar la supervisión, la intervención y el control de la Superintendencia o a susrepresentantes debidamente autorizados u ocultar la verdadera situación de la organización.
SANCIONES.- Las personas y organizaciones amparadas por esta Ley, serán sancionadas deacuerdo con lo siguiente:
a) Multas pecuniarias, de una a cien salarios básicos unificadas que se aplicarán en formadiferenciada de acuerdo con la clase, capacidad económica y naturaleza
jurídica de las personas y organizaciones;
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b) Suspensión temporal del Registro hasta un máximo de un año; y,
c) Suspensión definitiva del Registro.
Se aplicarán estas sanciones sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas,civiles o penales contempladas en la normativa jurídica vigente.
La potestad sancionadora de la Superintendencia establecida en esta Ley, se cumpliráobservando las garantías al debido proceso determinadas en la Constitución de la República.
Todas las infracciones previstas en esta Ley, prescribirán en tres años, contados desde la fechaen que se hubiese cometido el hecho u ocurrida la omisión.
La prescripción se interrumpe desde el momento en que la Superintendencia inicia elprocedimiento administrativo.
BIBLIOGRAFÍA:
-Constitución de la República del Ecuador
-Ley General de Instituciones del Sistema Financiero
-Reglamento a la Ley Orgánica de Instituciones del Sistema Financiero
-Ley de Cheques
-Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria Y de Instituciones del Sistema FinancieroPopular y Solidario.
-Curso de Legislación Mercantil. (Dr. Carlos M. Ramírez R.)