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  • 5/27/2018 monograf a administraci n p blica e n bolivia

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    TECNOLGICO CETEEXCENTRO TCNICO EDUCATIVO EXCELSIOR

    CARRERAADMINISTRACIN DE EMPRESAS

    TALLER DE GRADO

    RECTOR:LIC.HUGO F.GUZMN MLAGA

    DIRECTORAACADMICA:LIC.SILVIA MURIEL MIRANDA

    POSTULANTE:MACARIO COCA GALLINATE

    2010 2013

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    DEDICATORIA

    Ami familia por apoyarme en el proceso deformacin para ser una persona competente y

    paciente en los momentos que yo ms necesitaba,

    para culminar el objetivo trazado.

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    AGRADECIMIENTO

    Al Tecnolgico Ceteex por su enseanza y a todo elpersonal del tecnolgico como ser al rector,

    director(a), a los docentes por su esfuerzo y por

    mejorar el pas con visin de futuro.

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    Taller de GradoInvestigacin sobre

    Administracin Pblica

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    NDICE GENERAL

    TEMA I .................................................................................................................... 1

    ADMINISTRACIN PBLICA ................................................................................. 11. Introduccin de administracin pblica ............................................................ 1

    2. Proceso o fundamento de administracin ........................................................ 1

    3. Desarrollo de la administracin pblica ........................................................... 1

    4. Evaluar el desempeo de funciones de los administradores ........................... 6

    4.1. Las funciones de los administradores pblicos ......................................... 6

    4.2. Poderes e Influencias de la Administracin Pblica. ................................. 6

    TEMA 2 ................................................................................................................. 13ESTRUCTURA Y COMPOSICIN DE LA ADMINISTRACIN PBLICA ............ 13

    1. Organizacin de la administracin central ..................................................... 13

    2. Ministerio de Estado despus de las reformas .............................................. 16

    3. Instituciones Pblicas .................................................................................... 18

    4. Empresa pblica y mixta ................................................................................ 19

    5. Corporaciones regionales de desarrollo ........................................................ 19

    TEMA 3 ................................................................................................................. 20

    ADMINISTRACIN PBICA DEPARTAMENTAL ................................................. 20

    1. La organizacin estructural de los poderes del Estado ................................. 42

    2. Poder Ejecutivo y la administracin ............................................................... 43

    3. Ministros del Estado ...................................................................................... 46

    4. Poder legislativo y la administracin pblica .................................................. 46

    5. Cmara de diputado ...................................................................................... 48

    6. Cmara de senadores ................................................................................... 49

    TEMA 4 ................................................................................................................. 50PODER JUDICIAL ................................................................................................. 50

    1. Corte Suprema de Justicia ............................................................................. 51

    2. Nmero de ministros y composicin .............................................................. 51

    3. Jurisdiccin ordinaria ..................................................................................... 51

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    4. Tribunal Supremo de Justicia ........................................................................ 52

    5. Jurisdiccin agroambiental ............................................................................ 52

    TEMA 5 ................................................................................................................. 53

    TRIBUNA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL ................................................ 531. Su funcin interpretativa ................................................................................ 53

    2. Ministro pblico .............................................................................................. 53

    3. Defensor del pueblo ....................................................................................... 53

    4. rgano Electoral Plurinacional ...................................................................... 54

    5. Organizacin territorial del Estado ................................................................. 54

    TEMA 6 ................................................................................................................. 55

    AUTONOMAS Y GOBIERNOS ............................................................................ 551. Autonoma departamental .............................................................................. 55

    2. Autonoma regional ........................................................................................ 55

    3. Autonoma municipal ..................................................................................... 55

    4. Autonoma indgena originaria ....................................................................... 56

    TEMA 7 ................................................................................................................. 56

    LOS PARTIDOS POLTICOS ................................................................................ 56

    1. Partidos polticos segn la ley ....................................................................... 56

    2. Como funciona ............................................................................................... 56

    3. Estructura ...................................................................................................... 57

    4. Candidatos ..................................................................................................... 57

    5. Infractores ...................................................................................................... 57

    6. Sanciones ...................................................................................................... 57

    TEMA 8 ................................................................................................................. 58

    LAS EMPRESAS DEL ESTADO ........................................................................... 58

    1. Razones para la creacin de las empresas del Estado ................................. 582. Empresa Pblica del Estado .......................................................................... 58

    3. Las relaciones internacionales ....................................................................... 60

    4. Tratados internacionales ................................................................................ 60

    5. Administracin privada................................................................................... 61

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    TEMA 9 ................................................................................................................. 62

    CAPITALIZACIN DE LAS EMPRESAS PBLICAS ............................................ 62

    1. Como podemos definir la privatizacin .......................................................... 62

    2. Para capitalizar las empresas ........................................................................ 633. La licitacin internacional ............................................................................... 63

    4. Empresas privadas ........................................................................................ 64

    CONCLUSIONES .................................................................................................. 65

    RECOMENDACIONES ......................................................................................... 65

    BIBLIOGRAFA ..................................................................................................... 65

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    TEMA I

    ADMINISTRACIN PBLICA

    1. Introduccin de administracin pblica

    En las ltimas dcadas el ritmo de los cambios se caracteriz por la increble

    aceleracin

    2. Proceso o fundamento de administracin

    A lo largo de la historia, el hombre ha desarrollado mtodos que le permitanrealizar actividades adecuadas para obtener mejores resultados, principios de

    administracin: Planeamiento, organizacin, direccin, control.

    3. Desarrollo de la administracin pblica

    A partir de la creacin de Bolivia como repblica, el 06 de agosto de 1825, nuestro

    pas ha sufrido una serie de transformaciones en la estructura gubernamental y

    como del estado mismo, a consecuencia de la necesidad de adaptacin a los

    movimientos sociales polticos y econmicos del mundo entero. En principio la

    administracin pblica su principal inters era de crear instituciones, reorganizar,

    implantar nuevos sistemas de trabajo, mientras que actualmente se da mayor

    importancia al factor humano y se dedica ms a los aspectos de educacin y

    liderazgo.

    En muchas ocasiones el aumento de personal gubernamental se debi a lainnovacin tecnolgica siempre presente, pues la diversidad y especializacin de

    la vida moderna oblig al gobierno a aumentar sus actividades, lo cual tambin

    llev al aumento en el nmero de empleados del gobierno aumentando tambin el

    costo de ste en la misma medida.

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    Se est produciendo un cambio en el ambiente cultural, nueva concepcin del

    gobierno como instrumento eficiente para servir al pueblo, la creciente aceptacin

    de que los cargos deben ocuparse por mrito. La formacin de personas ms

    capacitadas para aspirar a estos cargos , y como consecuencia de estos cambiosen los fundamentos , se necesita nuevas modalidades de organizacin y en los

    primeros tiempos en una estructura social sencilla, el costo la especializacin y el

    nmero de empleados limitaban al gobierno, sin embargo, el crecimiento de la

    poblacin y los adelantos de la tecnologa cambiaron la situacin , pues la

    sociedad moderna trajo consigo demanda de servicios y actividades

    gubernamentales convirtieron el gobierno en la empresa ms grande llegando a

    compararse el crecimiento de dichas actividades en proporcin a las inversionesindustriales.

    Gobierno Republicano Representativo.- Esto significa que los bolivianos gozaban

    de una nacin libre y soberana, adems podan elegir libremente a sus

    representantes nacionales.

    Poltica Administrativamente Unitaria.- Quiere decir que el poder est administrado

    por un solo poder Ejecutivo es decir que slo tendr un presidente.

    Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.- El poder ejecutivo es el primer poder del

    estado que se encarga de ejecutar las leyes que emanan del poder legislativo. El

    poder legislativo es el que se encarga de crear y dictar las leyes de un pas. El

    poder judicial es el encargado de interpretar estas leyes y hacerlas cumplir.

    Segunda Etapa (1926 1952). Esta etapa es denominada "Consolidacin de laRepblica", caracterizada fundamentalmente por la administracin estatal

    partiendo del desarrollo econmico y social del pas de una manera ms funcional

    y operativa. Adems de ellos introduce la planificacin en el desarrollo de la

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    economa boliviana a travs de la contratacin de los diferentes expertos y

    misiones internacionales.

    Misin Kemmerer, uno de los primeros expertos internacionales que vinieron alpas fue Edwin Kemmerer, catedrtico de la universidad norteamericana de

    Princeton. Durante el gobierno del Dr. Hernando Siles (1926 1910) que

    desarroll un estudio general de la administracin pblica de Bolivia, en el cual se

    establecieron normas y procedimientos respecto a las finanzas y el control del

    gasto pblico. Entre el aporte ms importante de esta misin, est la organizacin

    del Banco Central de Bolivia, entre otros.

    Ley Orgnica del Banco Central de Bolivia Ley General de Bancos

    Ley para la atribucin de la propiedad de inmueble Ley de Tesorera

    Ley de Contralora General de la Repblica Ley Orgnica de Aduana

    11 de Enero de 1930

    Se define la autonoma universitaria que otorga libre administracin de recursos

    econmicos, materiales y humanos a todas las universidades pblicas del sistema

    universitario.

    21 de Diciembre de 1936

    Creacin de YPFB que nacionaliz el petrleo que era explotado por empresas

    norteamericanas "Estndar Ol Compafly, que posteriormente vino a ser una de

    las causas principales para la Guerra del Chaco, el Paraguay quera apropiarse de

    todo el petrleo boliviano.

    8 de Diciembre de 1940

    Se aprueba la ley de "Organizacin Poltica y Administrativa de la Nacin que

    ampla los ministerios creados en 1888, en el cual se incorpora el gabinete

    nacional, tres ministerios del rea social, los cuales son:

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    Ministerio de trabajo

    Salud pblica

    Asuntos indgenas.

    14 de Septiembre de 1942

    Se crea la Corporacin Boliviana de Fomento,( C.B.F.), la Caja Nacional de

    Seguridad Social, (C.N.S.S.), y la Superintendencia de Minas.

    Tercera Etapa (1952 1985)

    Denominada tambin como "Modernizacin de la Repblica% esta etapa estmarcada por un hecho trascendental como fue la revolucin del 9 de Abril de

    1952, protagonizada por el MNR, encabezada pr el Dr. Vctor Paz Estensoro, que

    derroc al gobierno del Gral. Hugo Ballivin y cuyo gobierno puso en nfasis los

    siguientes aspectos:

    Nacionalizacin de las Minas

    Reforma Agraria

    Voto Universal

    Reforma Urbana

    Reforma Educativa.

    El Plan de Cenal (Plan de Desarrollo Econmico), producto de la asistencia

    tcnica de las naciones unidas; cuyos objetivos eran desarrollar un esfuerzo

    coordinado y sistemtico para romper el estancamiento de la economa.

    Promover la extensin econmica necesaria para absorber la desocupacin de la

    reforma administrativa nacional.

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    Cuarta Etapa (19851994)

    Los cambios que se dieron en sta etapa actualmente se siguen cuestionando

    porque coaccionaron el cambio de una economa planificada por el gobierno, a

    una economa de libre mercado, denominada "Reforma del Estado", a partir delcontrovertido Decreto Supremo N 21060, impuesto durante el gobierno del Dr.

    Vctor Paz Estensoro, se puso en vigencia el Modelo Econmico denominado

    "Liberalismo Econmico", que est siendo implantado en muchos pases

    latinoamericanos.

    Quinta Etapa (19942000)

    En sta etapa la continuidad de las re formas de la anterior etapa, lastransformaciones radicales se produjeron durante el gobierno del Lic. Gonzalo

    Snchez de Lozada.

    Sexta Etapa (2001adelante)

    Al inicio del siglo XXI, al igual que todos los pases del m undo, Bolivia a ingresado

    a la etapa de la "Globalizacin de la Economa", cuyas caractersticas son:

    Apertura de mercado.

    Desarrollo de alianzas estratgicas entre empresas nacionales e internacionales.

    Ser competitivo en forma permanente.

    Implementacin de sistema de la calidad en la elaboracin de productos y

    presentacin de servicios.

    Actualizacin de la tecnologa fsica y la tecnologa del conocimiento. Capacitacinpermanente de recursos humanos.

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    4. Evaluar el desempeo de funciones de los administradores

    Como dirigir la administracin pblica y sociedades, compaas, organizaciones,

    su servicio en lo econmico, financiero, comercial, junto con todas susorganizaciones profesionales

    4.1. Las funciones de los administradores pblicos

    Los administradores pblicos son simples funcionarios que supervisan a otros y

    prestan sus servicios al gobierno, siendo estos usualmente personas muy

    allegadas al que ejerce en funcin de gobierno

    La Organizacin Administrativa Pblica.- La administracin pblica es la principal

    actividad que corresponde desarrollar al Poder Ejecutivo para la prestacin de los

    servicios pblicos.

    Las entidades que forman parte de la Administracin Pblica Central o

    Centralizada reciben la denominacin de rganos Administrativos, en la misma

    escala, las entidades desconcentradas de los rganos pblicos centralizados

    reciben el nombre de organismos administrativos.

    4.2. Poderes e Influencias de la Administracin Pblica.

    La Constitucin Poltica del Estado seala que el pueblo de Bolivia no delibera ni

    gobierna si no a travs de sus representantes y por tanto el ejercicio de la

    soberana popular est delegado a los Poderes Pblicos: Legislativo, Ejecutivo,Judicial y electoral.

    El Poder Ejecutivo, es el responsable de normar y definir las polticas nacionales

    para los sectores de salud, educacin, cultura, deportes, caminos. Todo el

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    personal responsable de ejecutar dichas polticas queda bajo la dependencia del

    gobierno nacional. El poder ejecutivo tiene como funcin, ejecutar y hacer cumplir

    las leyes expidiendo los decretos y rdenes convenientes.

    La principal atribucin de la primera autoridad del Poder Ejecutivo es precisamente

    la Ejecutiva, por la cual debe ejecutar y hacer cumplir las leyes de la Repblica,

    expidiendo los Decretos y rdenes que sean convenientes, sin que ello signifique

    la privacin de derechos, la alteracin de los definidos por ley o la contradiccin a

    las disposiciones legales vigentes. Esta atribucin principal debe realizarla

    guardando las restricciones consignadas en la Constitucin Poltica del Estado.

    El poder Ejecutivo presenta la siguiente estructura: Presidente de la Repblica

    Ministros de Estados

    Instituciones Pblicas Nacionales

    Empresas Pblicas y de Economa Mixta

    Sistema de Regularizacin y Supervisin

    o Contralora General de Repblica

    o Cortes Electorales

    o Banco Central de Bolivia

    o Superintendencias

    o Fuerzas Armadas

    o Polica Nacional

    Poder Legislativo.- Tiene la funcin especfica de dictar leyes, abrogarlas,

    modificarlas e interpretarlas y est constituido por la Cmara de Diputados y la

    Cmara de Senadores las cuales conforman el Congreso Nacional cuyo

    Presidente Nato es el Vicepresidente de la Repblica.

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    Cmara de Diputados, est compuesta por 130 miembros, el nmero de

    diputados por Departamento est regulado por la Ley Electoral en funcin al

    nmero de habitantes.

    Cmara de Senadores,est compuesta por 27 miembros tres por departamentos,

    los senadores son elegidos en elecciones generales y su periodo de funciones de

    cinco aos.

    Los Senadores y Diputados sesionan de manera independiente; en este mbito el

    nivel superior de decisin de cada Cmara es el Pleno Camaral, espacio en el que

    los legisladores tienen la facultad de presentar Proyectos de Ley, debatir , aprobaro vetar una Ley por separado. La Constitucin tambin prev sesiones conjuntas

    de ambas Cmaras, a las que se denominan Sesiones de Congreso o Pleno

    Congresal. El Pleno Congresal tiene asignadas atribuciones especiales. Durante el

    receso de trabajo de las Cmaras entra en funcionamiento una Comisin de

    Congreso que atiende temas especficos.

    En cada legislatura (que dura un ao), ambas Cmaras eligen internamente su

    Directiva, Comisiones y Comits, instancias que se nombran de manera plural y

    democrtica de entre los miembros de los partidos polticos que hubieran obtenido

    representacin nacional. Los Senadores y Diputados elegidos por un mismo

    partido poltico integran una instancia poltico-partidaria denominada Bancada. Los

    Legisladores de ambas Cmaras representantes de un mismo departamento o

    regin, de manera conjunta conforman las Brigadas Departamentales,

    organizadas con el fin de coordinar acciones de inters regional. Cada Brigada

    Departamental tiene una Directiva.

    El Poder Judicial.- Es el encargado de administrar la justicia en la sociedad,

    mediante la aplicacin de normas jurdicas , en la resolucin de conflictos con

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    imparcialidad y autonoma , est compuesto por: La Corte Suprema de Justicia, el

    Consejo de la Judicatura, Tribunal Agrario y Cortes Superiores

    La Corte Suprema de Justicia, La Corte Suprema es el mximo tribunal dejusticia ordinaria, contenciosa y contencioso-administrativa de la Repblica, es un

    tribunal de ltima instancia, es decir que su dictamen es inapelable y definitivo,

    puede juzgar a los altos dignatarios del Estado, las demandas de

    inconstitucionalidad de las leyes, decretos y resoluciones. La Corte Suprema de

    Justicia tiene 10 Vocales y se divide en dos salas: La sala Civil, La sala Penal y

    Administrativa.

    El consejo de la Judicatura, El Consejo de la Judicatura es el rgano

    Administrativo y Disciplinario del Poder Judicial de Bolivia.

    Tribunal Constitucional, Garantiza el sistema democrtico, la primaca de la

    Constitucin, ejerce el control de la constitucionalidad, resguardar la vigencia de

    los valores superiores como los de libertad, igualdad, justicia, dignidad y los

    principios del orden constitucional y el ejercicio de los derechos fundamentales y

    garantas de las personas, El Tribunal Constitucional es un rgano independiente

    de los poderes del Estado al ser vicio de la sociedad, que ejerce el control de la

    constitucionalidad, resguarda y protege los derechos y garantas de las personas,

    defiende el rgimen democrtico, mantiene el equilibrio de los poderes pblicos y

    la convivencia pacfica del pas, bajo los principios de pluralismo jurdico, celeridad

    y probidad, con sede en la ciudad de Sucre, el nivel jerrquico del Tribunal

    Constitucional est integrado por cinco magistrados titulares y cinco suplentes,

    designados por dos tercios del Congreso Nacional, por un periodo personalimprorrogable de diez aos. Pueden ser enjuiciados penalmente por delitos

    cometidos en el ejercicio de sus funciones, en base a las normas establecidas

    para los Ministros de la Corte Suprema de Justicia. En este nivel, el Tribunal est

    estructurado en: El Pleno, conformado por los cinco magistrados titulares; el

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    Presidente, elegido por dos tercios de votos de sus miembros; el Decano,

    calificado en base a su mayor antigedad en el ejercicio de funciones como

    magistrado; la Comisin de Admisin, integrada por tres magistrados, que decide

    sobre la admisin o rechazo de los recursos presentados; los magistradossuplentes, que reemplazan a los titulares temporalmente en los casos de

    impedimento por excusa, licencia, viaje, enfermedad u otras causas.

    El Tribunal Agrario, La Judicatura Agraria es el rgano de Administracin de

    justicia agraria. Est constituida por el Tribunal Agrario Nacional y los Juzgados

    Agrarios estos ltimos iguales en jerarqua. El Tribunal Agrario Nacional es el ms

    alto tribunal de justicia agraria; est compuesto por diez (10) vocales incluido suPresidente; divididos en tres salas, cada una con tres (3) vocales. El Presidente

    slo integra sala plena. La sede de sus funciones es la ciudad de Sucre.

    "La judicatura agraria es el rgano de administracin de justicia agraria, tiene

    jurisdiccin y competencia para la resolucin de los conflictos emergentes de la

    posesin, derecho de propiedad y actividad agraria, as como de la actividad

    forestal y de uso y aprovechamiento de aguas y, otros que le seala la Ley".

    Cortes Superiores, Las Cortes Superiores de Distrito estn constituidas por

    magistrados llamados Vocales cuyo nmero guarda relacin con la densidad

    demogrfica y el movimiento judicial de los departamentos de la Repblica. El

    asiento de funciones de estas Cortes est en la capital del respectivo

    departamento y su jurisdiccin se extiende a todo el territorio del mismo.

    Las Cortes Superiores de Distrito se dividen en salas denominadas: civil, penal ysala social, de minera y administrativa. La reunin de ellas constituye la Sala

    Plena.

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    Las Cortes Superiores organizarn la conformacin de sus salas de acuerdo con

    sus requerimientos y necesidades en coordinacin con la Corte Suprema de

    Justicia.

    El Poder Electoral.-Es el encargado de los procedimiento, desarrollo, vigilancia y

    control del proceso electoral para la conformacin del Poder Legislativo, eleccin

    del Presidente y Vicepresidente de la Repblica, eleccin para la seleccin de

    Prefectos(as) Departamentales, de los Gobiernos Municipales y la realizacin del

    Referndum.

    El rgimen electoral es la base del sistema democrtico, participativo yrepresentativo, y responde a los siguientes principios fundamentales:

    a) Principio de Soberana Popular.Las elecciones expresan la voluntad popular

    y constituyen el mecanismo constitucional de renovacin peridica de los Poderes

    del Estado y de realizacin del Referndum.

    b) Principio de Igual dad.Todos los ciudadanos gozan de los mismos derechos y

    garantas consagrados por la Constitucin Poltica del Estado y las Leyes.

    c) Principio de Participacin.Los ciudadanos tienen el derecho de participar a

    plenitud y con absoluta libertad en la constitucin democrtica de los poderes

    pblicos y en el Referndum, con las nicas limitaciones y restricciones que

    determina el ordenamiento legal de la Repblica. Los derechos y

    responsabilidades cvicas de la ciudadana se ejercen fundamentalmente en los

    procesos electorales y mediante los partidos polticos, Agrupaciones Ciudadanas y

    Pueblos Indgenas jurdicamente reconocidos.

    Los partidos polticos, Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indgenas, son

    tambin instancias de intermediacin entre el poder pblico y la sociedad y como

    tales son iguales ante la Ley.

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    d) Principio de Transparencia. Los actos que surgen del proceso electoral son

    pblicos y se rigen por los preceptos legales que lo reglamentan.

    e) Principio de Publicidad. Las actuaciones que derivan de la realizacin de

    elecciones, desde su convocatoria hasta su culminacin, sern de conocimientode los agentes involucrados en el proceso eleccionario.

    f) Principio de Preclusin. Las etapas del proceso electoral no se repetirn ni se

    revisarn.

    g) Principio de Autonoma e Independencia. Los rganos electorales son

    autnomos para administrar el proceso electoral y no tienen dependencia

    funcional en esta labor con institucin alguna de los Poderes del Estado ni se

    subordinan a ellos.h) Principio de Imparcialidad. El rgano electoral es imparcial y slo ajusta sus

    actos y decisiones a los preceptos de la Constitucin Poltica del Estado y Leyes

    de la Repblica, dentro de su mbito jurisdiccional y competencia.

    i) Principio de Legalidad. Los actos de los miembros de los organismos Electorales

    se rigen y se ejercen de acuerdo con la Constitucin Poltica del Estado, el Cdigo

    Electoral y el ordenamiento jurdico del pas.

    La Corte Nacional Electoral estar compuesta por cinco Vocales, de los cuales al

    menos dos debern ser de profesin abogado, y las Cortes Departamentales

    Electorales por cinco Vocales, a excepcin de las Cortes Departamentales de La

    Paz y Santa Cruz que se compondrn de diez Vocales que funcionarn en dos

    Salas y la Corte Departamental de Cochabamba que se compondr de siete

    Vocales; todos ellos elegidos de entre ciudadanos idneos, que garanticen la

    autonoma, independencia e imparcialidad de estos organismos.

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    TEMA 2

    ESTRUCTURA Y COMPOSICIN DE LA ADMINISTRACIN PBLICA

    La administracin es una consecuencia del estado social, como este lo es de lasociabilidad del hombre su naturaleza es un resultado de la comunidad pues

    desde el momento en que existe una pacto social hay administracin de sistemas

    de administracin pblica que son la descentralizacin y centralizacin

    administrativa.

    1. Organizacin de la administracin central

    Conjunto de rganos que tienen a su cargo asuntos de competencia nacional

    existe el rgimen de centralizacin administrativa cuando los rganos se agrupan

    colocndose unos respecto a otros en una situacin de dependencia tal que entre

    todos existe un vnculo que partiendo del rgano de nfima categora a travs de

    diversos grados en los que existen ciertas facultades esta administracin

    corresponde a la presidencia de la repblica y a los ministerios del estado su

    autoridad se irradia desde la sede de gobierno a todo el territorio nacional.

    Administracin Descentralizada.- Es una tendencia que se-opone a la

    centralizacin consiste en delegar autoridad y poder de decisin por parte de la

    unidad central a la unidades es una forma jurdica en que se organiza la

    administracin pblica mediante la creacin de entes pblicos por el legislador

    dotados de personalidad jurdica y patrimonio propio y responsables de una

    actividad especfica de inters pblico a travs de estas forma de organizacin y

    administrativas

    Que es la descentralizacin administrativas se atienden fundamentalmente

    servicios pblicos especficos.

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    21

    14

    Objetivos de la Descentralizacin

    1.- Busca conformar una estructura administrativa del Estado.

    2.- Consolidar un gobierno nacional fuerte e eficiente y que sea ms normativo.3.- Que defina grandes polticas nacionales

    4.- Promover un desarrollo armnico e integral del pas

    La Descentralizacin puede ser:

    Territorial.- Que tiene base geogrfica en la cual la entidad se administra a si

    misma Pero est sujeta al rgano central.

    Institucional.-O por servicio basado en un servicio al que se otorga autonoma

    bajo la Tutela del estado cuando se habla de autonoma no hay que confundir los

    trminos y para Ello nos remitiremos a lo que expresa la real academia espaola

    cuando esta dice AUTONOMA que proviene del latn y significa:

    1ra. Potestad que dentro de un estado tienen municipios provincias regiones u

    otras Entidades naciones para regirse mediante normas y rganos de gobierno

    propio.

    2da. Condicin de quien para ciertas cosas no depende de nadie. Ventajas y

    desventajas de la Descentralizacin.

    1. La descentralizacin administrativa disminuye los atrasos caudados por las

    consultas al poder central.

    2.- Los jefes estn ms cerca del punto donde deben tomarse las decisiones y

    tienen Mayor informacin sobre ella.

    3.- La mayor participacin promueve una alta moral y motivaciones

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    15

    4.- El gobierno delega a las regiones una parte de sus recursos para una mejor

    Administracin de los mismos y para que los problemas se resuelve con mas

    eficacia.

    Administracin Desconcentrada.- La desconcentracin surge como un medio

    para facilitar el dinamismo de la actividad de determinados rganos de la

    administracin.

    Los organismos desconcentrados dependen en todo momento del rgano

    administrativo al que se encuentran subordinados, sin embargo, el organismo no

    guarda una relacin de subordinacin jerrquica respecto a los otros rganos queforman parte de la administracin pblica central.

    Los organismos desconcentrados dependen directamente del titular de la entidad

    central de cuya estructura forman parte.

    Administracin Local.- La administracin local est formada por las Alcaldas

    Municipales. El Gobierno y la Administracin de los municipios estn a cargo de

    gobiernos municipales autnomos y de igual jerarqua.

    En los cantones municipales habr agentes municipales bajo supervisin y control

    del gobierno municipal de su jurisdiccin.

    Los Alcaldes tienen las siguientes funciones: Velar por el abastecimiento de las

    poblaciones.

    Reprimir la especulacin. Fijar y controlar los precios. Impulsar la cultura popular.

    Cooperar con los servicios de asistencia y beneficencia social

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    16

    Organizacin de la Administracin Central

    a) Organizacin del Poder Ejecutivo

    El poder ejecutivo dentro de las actividades del poder pblico de un estado esaquella encargada fundamentalmente de lograr el cumplimiento general de las

    sanciones por el Poder Legislativa en todo el territorio de la nacin.

    Administracin Nacional:

    Conformado por el Presidente de la Republica, Ministros de Estado, Instituciones

    Pblicas Nacionales, Empresas Publicas y los Sistemas de Regulacin y

    Supervisin

    b) Presidencia de la Republica

    El Presidente de la repblica es la ms alta autoridad del pas y tiene a su cargo la

    direccin, coordinacin y control de la Administracin Central y los organismos del

    sector pblico. Adems de su facultad privada de designar a los ministros del

    Estado. El Presidente de la Republica ser elegido por sufragio directo, al mismo

    tiempo y en igual forma se elegir al Vicepresidente. El periodo de gobierno del

    Presidente y Vicepresidente constitucional ser de cinco arios de la terminacin de

    su mandato constitucional.

    2. Ministerio de Estado despus de las reformas

    1. Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos

    2. Ministerio de la Presidencia

    3. Ministerio de Gobierno4. Ministerio de Defensa Nacional

    5. Ministerio de Justicia

    6. Ministerio de Planificacin del Desarrollo

    7. Ministerio de Hacienda

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    17

    8. Ministerio del Agua

    9. Ministerio de Produccin y Microempresa

    10. Ministerio de Obras Pblicas, Servicios y Vivienda

    11. Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente12. Ministerio de Hidrocarburos y Energa

    13. Ministerio de Minera y Metalurgia

    14. Ministerio de Trabajo

    15. Ministerio de Educacin y Culturas

    16. Ministerio de Salud y Deportes

    Contralora General de la Republica.- Contralora General de la Repblica: es elrgano rector del sistema de control gubernamental (interno y externo posterior) y

    autoridad superior de auditoria del Estado.

    Emite las normas bsicas de control interno y externo, evala la eficacia de. Los.

    Sistemas

    De control interno, realice y supervisa el control externo, y ejerce la supervigilancia

    normativa de los sistemas contables del sector pblico a cargo de la Contadura

    General del Estado del Ministerio de Finanzas. Segn la Constitucin tiene el

    control fiscal sobre las operaciones de entidades autnomas, autrquicas y

    sociedades de economa mixta. El Contralor General depende directamente del

    Presidente de la Republica, es nombrado por este de la terna propuesta por el

    Senado y goza de inamovilidad en el ejercicio de funciones.

    Defensor del Pueblo: vela por la vigencia y el cumplimiento de los derechos ygarantas de las personas en relacin con la actividad administrativa de todo el

    sector pblico. Asimismo vela por la defensa, promocin y divulgacin de los

    derechos humanos. No recibe instrucciones de los poderes pblicos. El

    presupuesto del Poder Legislativo contempla una partida para el funcionamiento

  • 5/27/2018 monograf a administraci n p blica e n bolivia

    25

    18

    de esta institucin. El Defensor del Pueblo es elegido por los miembros del

    Congreso Nacional, puede ser reelecto por una sola vez y su periodo de ejercicio

    es de cinco aos.

    Ministerio Pblico: tiene por finalidad promovera accin de la justicia, defender la

    legalidad, los intereses del Estado y la sociedad, conforme a lo establecido en la

    Constitucin y las leyes. Se ejerce por las comisiones que designen las Cmaras

    Legislativas, por el Fiscal General de la Republica y dems funcionarios

    designados conforme a la ley. Igualmente tiene a su cargo la direccin de las

    diligencias de polica judicial. El Fiscal General de la Republica es designado por

    el Congreso Nacional, desempea sus funciones en un lapso improrrogable dediez anos y puede ser reelecto despus de transcurrido un tiempo igual al que

    hubiese ejercido su mandato; adems, no puede ser destituido sino en virtud de

    sentencia condenatoria de la Cmara de Diputados y juicio en nica instancia en

    la Cmara de Senadores.

    3. Instituciones Pblicas

    Las instituciones pblicas son entidades descentralizadas creadas para atender

    programas o servicios que puedan ser de formato, de educacin, salud, seguridad

    social y otros.

    Goza de personalidad jurdica, de autonoma administrativa y patrimonio

    independiente constituido por bienes fondos pblicas y otras contribuciones

    pblicas, es presidido por el ministerio del ramo, o su representante y en la

    autoridad ejecutiva es el Director Ejecutivo, designado por el ministro del ramo,con la aprobacin del Presidente de la Republica.

    Las instituciones pblicas estn sujetas a la fiscalizacin y supervisin de la

    Contralora General de la Republica.

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    26

    19

    4. Empresa pblica y mixta

    Las empresas pblicas y mixtas son organismos constituidos para desarrollar

    actividades econmicas y/o socialmente rentables, en los ramos industrialescomerciales o de servicios.

    Gozan de personera jurdica y de autonoma administrativa de acuerdo a sus

    estatutos y capital, patrimonio propio constituido por fondos pblicos, bienes y

    otras contribuciones especiales.

    El directorio de las empresas pblicas ser presidido por el Ministro del ramo, o surepresentante con la aprobacin del Presidente de la Republica. Las empresas

    pblicas y mixtas estn sujetas a la fiscalizacin y supervisin de la Contralora de

    la Republicas.

    5. Corporaciones regionales de desarrollo

    Las Corporaciones Regionales de Desarrollo tienen como objetivo promover el

    desarrollo socioeconmico de la regin mediante el planteamiento regional, la

    realizacin, los estudios, la elaboracin de programas y proyecto, as como su

    ejecucin e implementacin, conforme lo establecen sus funciones y atribuciones

    de acuerdo con los objetivos nacionales.

    Las corporaciones regionales de Desarrollo previa aprobacin de ley podran

    canalizar operaciones de crdito, inclusive mediante la emisin de valores para

    administrar lneas de crdito externas o internas y para promover la constitucinde empresas pblicas, mixtas y privadas, que pueden contribuir al desarrollo

    regional.

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    TEMA 3

    ADMINISTRACIN PBICA DEPARTAMENTAL

    Segn el Decreto Supremo No. 24833 del 4 de septiembre de 1997, establece unanueva estructura organizativa del poder ejecutivo a nivel departamentos crea un

    nmero determinado de servicios departamentales dependientes del prefecto.

    El prefecto de cada departamento es el representante del Presidente de la

    Republica y depende del Ministerio del Interior, Migracin y Justicia; es el

    encargado de garantizar el orden y la seguridad interna, controlar las migraciones

    y hacer cumplir las resoluciones emanadas del Poder Ejecutivo.

    Los prefectos de Departamento tienen bajo su dependencia.

    a) Subprefectos.-A quienes les corresponde cumplir las mismas funciones que la

    de Prefecto del Departamento en el lmite territorial de su provincia,

    b) Corregidores.-A quienes les corresponde cumplir las mismas funciones que la

    del prefecto del departamento, en el lmite territorial de un cantn, Niveles que

    implica la administracin departamental Nivel Poltico

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    21

    EL PODER EJECUTIVO PRESENTA:

    Presidente de la

    Repblica

    Ministros de Estado

    Instituciones

    pblicas nacionales

    Empresas pblicas y

    de economa mixta

    Sistema de

    regulacin y

    supervisin

    Contralora General

    de la Repblica

    Cortes Electorales

    Banco Central de

    Bolivia

    Superintendencias

    Fuerzas Armadas

    Polica Nacional

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    MINISTERIO DE ESTADO

    Ministerio de Relaciones Exteriores

    BOLIVIAPer Brasil

    ParaguayChile

    Argentina

    Mxico

    Estados

    Unidos

    Cuba

    Venezuela

    Espaa

    Alemania

    Rusia

    CoreadelS

    ur

    Japn

    China

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    30

    23

    MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

    GOBIERNO DE ESTADO

    La Paz

    Oruro

    Potos

    Cochabamba

    Santa Cruz

    Pando

    Beni

    Tarija

    Chuquisaca

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    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

    Ministerio de Defensa

    Nacional

    Santa Cruz

    Ranger

    Beni

    Infantera

    Pando

    Naval

    Chuquisaca

    Infantera

    Tarija

    Escuela de Cndores

    La Paz

    Colegio Militar

    Ejrcito

    Cochabamba

    CITE

    Potos

    Ranger A

    Oruro

    Infantera

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    25

    MINISTERIO DE JUSTICIA

    Departamento

    Provincias

    Cantn

    Comunidad

    Y otros sectores

    San Javier

    San Ramn

    Pailn

    MINISTERIO DE

    JUSTICIA

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    MINISTERIO DE PLANIFICACIN DEL DESARROLLO

    Desarrollo

    La Paz

    Desarrollo

    Santa Cruz

    Desarrollo

    Beni

    Desarrollo

    Tarija

    Desarrollo

    Pando

    Universidad

    Colegios

    Universidad

    Escuelas

    Universidad

    Caminos

    Aviacin

    Ciudades

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    MINISTERIO DE HACIENDA

    Ministerio de Hacienda

    Bienes de Estado

    La Paz

    Bienes de Estado

    Oruro

    Bienes de Estado

    Potos

    Bienes de Estado

    Pando

    Hacienda de

    Estado

    Santa Cruz

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    35

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    MINISTERIO DE AGUA

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    29

    Ministerio de Aguas,

    Ros Mares

    Santa Cruz La Paz

    Servicio de

    agua a la

    ciudad

    Rio San Pablo

    Rio Pital

    Rio Palacios

    Servicio

    Riegos

    Cochabamba

    Rios Nor

    Yugas

    Ros Eslabon

    Ros Chimor

    Ros Villa

    Tunari

    Lago Colomi

    MINISTERIO DE PRODUCCIN Y MICROEMPRESAS

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    Ministerio de

    Produccin y

    Microempresas

    Microempresa

    comercial

    Microempresa

    Farmacias

    Microempresa

    Muebles

    Microempresa

    Restaurant

    Produccin

    Pantalones

    Produccin

    Medicina

    Produccin

    Muebles

    Microempresa

    Agronoma

    Produccin

    Comidas

    Produccin Soya

    MINISTERIO DE OBRAS PBLICAS, SERVICIO Y VIVIENDA

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    31

    Ministerio obras

    pblicas servicio y

    vivienda

    Viviendas

    Barrios

    pobres

    Viviendacomunidades

    Viviendas en

    caso

    accidentales

    Servicio

    Emp.

    Construccin

    ServicioLimpieza

    Servicio

    Alimentaria

    Servicio de

    Caminos

    Servicio de vas

    Obras

    universidades

    Obras Colegios

    Obras Escuelas

    Obras Caminos

    Obras Vas de

    ciudad

    MINISTERIO RURAL, AGROPECUARIA Y MEDIO AMBIENTE

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    Ministerio rural,

    agropecuario y medio

    ambiente

    Santa Cruz

    Comunidad San

    Julin

    Comunidadnegros

    Comunidad

    Guarayos

    Siembra de

    Caa

    No quemar con

    fuego

    Siembra detomate

    No contaminarcon qumico

    Siembra de soyaNo contaminar

    los campos

    MINISTERIO HIDROCARBUROS Y ENERGA

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    Ministerio Hidrocarburos

    y Energa

    Santa Cruz

    Petrolera

    Guarayos

    PetroleraSan Juan

    Petrolera Don

    MarioEnerga Dpto. 3

    Energa Dpto. 2

    Energa Central

    Energa Dpto. 4

    MINISTERIO DE MINERA Y METALURGIA

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    Ministerio de

    Minera y

    Metalurgia

    Potos

    Minera N 1

    Minera N 2

    Minera N 3

    Minera N 4

    Metalurgia

    Santa Cruz

    MetalurgiaPando

    Metalurgia

    Beni

    Metalurgia

    Tarija

    MINISTERIO DE TRABAJO

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    35

    Ministerio de

    Trabajo

    La Paz

    Oruro

    Potos

    Chuquisaca

    Santa Cruz

    Beni

    Pando

    Tarija

    Cochabamba

    MINISTERIO DE EDUCACIN Y CULTURA

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    43

    36

    Ministerio de

    Educacin y

    Cultura

    Educacin

    Escuela

    EducacinColegios

    Educacin

    Institutos

    Educacin

    Universidades

    Cultura Religin

    Cultura Msica

    Cultura de moda

    o modelo

    costumbre

    Cultura Tpica

    MINISTERIO DE SALUD Y DEPORTES

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    44

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    Ministerio de

    Salud y

    Deportes

    Salud intelectual

    Salud cerebral

    Salud de corazon

    Salud fsica

    Deportes de

    fuego

    Deportes denatacin

    Deportes de

    atletas

    Deportes de

    carrera

    HABITANTES EN BOLIVIA

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    47

    40

    TOTAL DOMINIO

    POLTICA FINGIDA

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    MODELO NORTEAMRICA DURANTE EL GOBIERNO DR. HERNANDO SILES

    (1926)

    Catedrtico Edwin

    Kemnerer de

    Universidad Princeton

    Estudio

    general a

    Bolivia

    Ley Banco

    Central de

    Bolivia

    Ley General

    de Bancos

    Ley para

    propiedad

    Ley tesorera

    Establecer normas

    a finanzas

    Expertos en

    misiones

    internacionales

    Ley aduana

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    49

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    1. La organizacin estructural de los poderes del Estado

    Bolivia est regida oficialmente por un estado unitario democrtico organizado

    segn la separacin de poderes (ejecutivo, legislativo, judicial y electoral) y demanera descentralista y presidencialista. El estado se rega segn la antigua

    constitucin poltica de Bolivia aprobada en el ao 1967 que entro en vigor ese

    mismo ao y fue revisada en 1994 y en 2004; sin embargo, en el ao 2008 se

    llev a cabo una asamblea constituyente para redactar una nueva constitucin y

    en enero del 2009 se aprob la nueva constitucin mediante un referndum

    constituyente

    El poder del estado se actualiza y se determina en la funcin asignada a sus

    rganos esenciales que son cuatro: ejecutivo, legislativo, judicial y Electoral.

    El poder estatal se manifiesta en funcin de ejecucin de legislativos, jurisdiccin y

    eleccin que son los medios para realizar los fines estatales.

    Cada uno de los rganos esenciales aparte de sus funciones especficas ejerce o

    realiza rganos.

    El Congreso, actualmente Asamblea Legislativa Plurinacional legisla, juzga a su

    manera, igual ocurre con el judicial juzga sin prejuicio, realiza actos de naturaleza

    legislativa y otros donde acta ejecutivamente como administrador. Pero el

    carcter sustancial distintivo de esas actividades no se modifica, cualquiera que

    fuesen los organismos que las produzcan.

    No hay que confundir poder que es atributo estatal con potestades que en lo que

    respecta a su ejercicio pueden se prerrogatica inherentes a una funcin, por

    ejemplo de las funciones correspondientes de la administracin pblica, pues esta

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    43

    ciertamente tiene diversas potestades, la reglamentaria, la imperativa y

    sancionada.

    2. Poder Ejecutivo y la administracin

    Segn la constitucin poltica del estado

    Articulo 85 A.C.P.E.

    El poder ejecutivo se ejerce por el presidente de la repblica conjuntamente con

    los ministros de estado.

    Articulo 165 N.C.P.E.

    El rgano Ejecutivo est compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado,

    la Vicepresidenta o el vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de

    Estado.

    ARTICULO 86. A.C.P.E.

    El presidente de la repblica ser elegido por sufragio directo al mismo tiempo y

    en igual forma se elegir al Vicepresidente.

    Artculo 90. A.C.P.E.

    Si en las Elecciones Generales ninguna de las frmulas para Presidente y

    Vicepresidente de la Repblica obtuvieran la mayora absoluta de sufragios

    vlidos el congreso elegir por mayora absoluta de votos vlidos, en votacin oral

    y nominal, entre las dos frmulas que hubieran obtenido el mayor nmero desufragios vlidos.

    II. en caso de empate, se repetir la votacin por dos veces consecutivas, en

    forma oral y nominal. De persistir el empate, se proclamar Presidente y

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    44

    Vicepresidente a los candidatos que hubieran logrado la mayora simple de

    sufragios vlidos en la eleccin general.

    Artculo 166. N.C.P.E.La Presidenta o el Presidente y la Vicepresidenta o Vicepresidente de Estado

    sern elegidos o elegidos por sufragio universal, obligatorio, directo, libre y

    secreto. Sera proclamada a la Presidencia y a la Vicepresidencia a la candidatura

    que haya reunido el cincuenta por ciento ms uno de los votos vlidos; o que haya

    obtenido un mnimo del cuarenta por ciento de los votos validos, con una

    diferencia de al menos diez por ciento en relacin con la segunda candidatura.

    Artculo 172. N.C.P.E. Atribuciones de la Presidenta y Presidente del Estado

    Son atribuciones de la Presidenta o del Presidente del Estado, adems de las que

    establece esta Constitucin y la Ley:

    1.- Cumplir y hacer cumplir la Constitucin y las Leyes.

    2.- Mantener y preservar la unidad del Estado Boliviano.

    3.- Proponer y dirigir las polticas de gobierno y de Estado.

    4.- Dirigir la Administracin Pblica y coordinar la accin de los Ministros de

    Estado.

    5.- Dirigir la poltica Exterior; suscribir tratados internacionales; nombrar servidores

    pblicos diplomticos y consulares de acuerdo a la ley; y admitir a los funcionarios

    extranjeros en general.

    6.- Solicitar la convocatoria a sesiones extraordinarias al Presidente o Presidenta

    de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

    7.- Promulgar las Leyes sancionadas por la Asamblea Legislativa Plurinacional.8.- Dictar Decretos Supremos y Resoluciones

    9.- Administrar las rentas estatales y decretar su inversin por intermedio del

    Ministro del ramo, de acuerdo a las leyes y con estricta sujecin al Presupuesto

    General del Estado.

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    52

    45

    10.- Presentar el plan de desarrollo econmico y social a la Asamblea Legislativa

    Plurinacional.

    11.- Presentar a la anualmente a la Asamblea Plurinacional, dentro de las treinta

    primera sesiones, el proyecto de Ley del Presupuesto General del Estado para lasiguiente gestin fiscal y proponer, durante su vigencia, las modificaciones que

    estime necesarias.

    El informe de los gastos pblicos conforme al presupuesto se presentar

    anualmente.

    12.- Presentar anualmente la Asamblea Legislativa Plurinacional, en su primera

    sesin, el informe escrito acerca del curso y estado de la Administracin Pblica

    durante la gestin anual, acompaado por las memorias ministeriales.13.- Hacer cumplir las sentencias de los tribunales.

    14.- Decretar amnista o indulto, con la aprobacin de la Asamblea legislativa

    plurinacional.

    15.- Nombrar, de entre las ternas propuestas por la Asamblea Legislativa

    Plurinacional, a la Contralora o Contralor General del Estado, a la Presidenta o

    Presidente del Banco Central de Bolivia, a la mxima autoridad del rgano de

    regulacin de Bancos y Entidades Financieras, y a las Presidentas o a los

    Presidentes de entidades de funcin econmica y social en las cuales interviene el

    Estado.

    16.- Preservar la Seguridad y la defensa del Estado.

    17.- Designar y destituir al Comandante en jefe de las fuerzas Armadas y a los

    Comandantes del Ejrcito, de la Fuerza Area y de la Armada.

    18.- Designar y destituir al Comandante General de la Polica Boliviana.

    19.- Proponer a la Asamblea Legislativa Plurinacional los ascensos a general de

    Ejrcito, de fuerza Area, de Divisin y de Brigada; a Almirante, vicealmirante yContralmirante, y a General de la Polica, de acuerdo a informe de sus servicios y

    promociones.

    20.- Crear y habilitar puertos.

    21.- Designar a sus representantes ante el rgano electoral.

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    22.- Designar a las Ministras y a los Ministros de Estado, respetando el carcter

    Plurinacional y la equidad de gnero e la composicin del gabinete ministerial.

    23.- Designar a la Procuradora y al Procurador General del Estado.

    24.- Presentar Proyectos de Ley de urgencia econmica, para su consideracinpor la Asamblea Legislativa Plurinacional, que deber tratarlos con prioridad.

    25.- Ejercer el Mando de Capitana o Capitn general de la Fuerzas Armadas, y

    disponer de ellas para la defensa del Estado, su Independencia y la Integridad del

    territorio.

    26.- Declarar el estado de excepcin.

    27.- Ejercer la autoridad mxima del Servicio Boliviano de Reforma Agraria y

    otorgar ttulos ejecutoriales e la distribucin y la redistribucin de tierras.

    3. Ministros del Estado

    Artculo 99.-A.C.P.E.

    Los negocios de la administracin pblica se despachan por los ministros del

    estado, cuyo nmero y atribuciones determina la ley. Para su nombramiento o

    remocin bastara decreto del presidente de la repblica

    4. Poder legislativo y la administracin pblica

    Disposiciones generales

    Articulo 46.- A.C.P.E.

    El poder legislativo reside en el congreso nacional compuesto de las cmaras: un

    de diputados y otra de senadores

    Articulo 145.- N.C.P.E.

    El rgano Legislativo esta conformado por la Asamblea Legislativa Plurinacional

    que est conformada por dos Cmaras: la Cmara de Diputados y la Cmara de

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    Senadores, y es la nica con la facultad de aprobar y sancionar leyes que rigen

    para todo el territorio Boliviano.

    Articulo 59.-A.C.P.E. Son atribuciones del poder legislativo:

    1 Dictar leyes, abrogarlas, derogarla, modificarlas e interpretarlas.

    2 A iniciativa del poder ejecutivo, imponer atribuciones de cualquier clase o

    naturaleza, suprimir las existentes y determinar su carcter nacional,

    departamental o universitario, as como decretar los gastos fiscales.

    Sin embargo el poder legislativo a pedido a uno de sus miembros podr requerirdel ejecutivo la presentacin de proyectos sobre aquellas materias. Si el ejecutivo,

    en el trmino de veinte das no presentase el proyecto solicitado, el representante

    que lo requiri u otro parlamentario podr presentar el suyo para la consideracin

    y aprobacin. Las contribuciones se concretaran por tiempo indefinido, salvo que

    las leyes respectivas sealen un plazo determinado para su vigencia.

    3 Fijar para cada gestin financiera los gastos de la administracin pblica, previa

    presentacin del proyecto de presupuesto por el poder ejecutivo

    4 Considerar los planes de desarrollo que el poder ejecutivo pase a su

    conocimiento

    5 Autorizar y aprobar la contratacin de emprstitos que comprometan las rentas

    generales del estado as como los contratos relativos a la explotacin de las

    riquezas nacionales

    6 Conceder subvenciones o garantas de inters para la realizacin e incremento

    de obras pblicas y necesidad social

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    7 Autorizar la enajenacin de bienes nacionales. Departamentales, municipales,

    universitarios, y de todo lo que sean de dominio pblico

    8 Autorizar al ejecutivo la adquisicin de bienes inmuebles.

    9 Autorizar a las universidades la contratacin de empresas.

    10 Establecer el sistema monetario y el de pesas y medida

    11 Aprobar anualmente la cuenta de gastos e inversiones que se debe presentar

    el ejecutivo en la primera seccin de cada legislatura.

    12 Aprobar los tratados, concordados y convenios internacionales

    13 Ejercitar influencia diplomtica sobre actos no consumados o compromisos

    internacionales del poder ejecutivo

    14 Aprobar en cada legislatura, la fuerza militar que ha de mantenerse en tiempo

    de paz

    15 Permitir el trnsito de tropas extranjeras por el territorio de la repblica,

    determinando el tiempo de su permanencia

    5. Cmara de diputado

    I. La cmara de diputados se compone de ciento treinta miembros

    II. Encada departamento, la mitad de los diputados se eligen en circunscripciones

    uninominales, la otra mitad en circunscripciones departamentales, de listas

    encabezadas por los candidatos a presidente vicepresidente y senadores de la

    repblica. Los candidatos son postulados por los partidos polticos

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    III. Las circunscripciones uninominales deben tener continuidad geogrfica,

    afinidad y armona territorial, no trascender los lmites de cada departamento y

    basarse en criterios de poblacin. La corte nacional electoral delimitara las

    circunscripciones uninominales.

    IV. Los diputados son elegidos en votacin universal directa y secreta. en las

    circunscripciones uninominales por simple mayora de sufragio. En las

    circunscripciones plurinominales mediante el sistema de representacin que

    establece la ley.

    6. Cmara de senadores

    Artculo 63.- A.C.P.E. El senado se compone de tres senadores por cada

    departamento, elegidos mediante voto universal directos, dos por mayora y uno

    por minora, de acuerdo a la ley

    Articulo 148 N.C.P.E la cmara de senadores estar conformada por un total de

    Treinta y seis miembros.

    ll.- En cada departamento se eligen cuatro senadores en circunscripcin

    departamental, por votacin universal, directa y secreta.

    lll.- La asignacin de los encao de senadores en cada departamento se har

    mediante el sistema proporcional de acuerdo a la ley.

    Artculo 64.- A.C.P.E para ser senador se necesita tener treinta y cinco aos de

    edad cumplidos y reunir los requisitos para diputado

    Artculo 65.-los senadores ejercern sus funciones por el trmino sealado por los

    diputados, con renovacin total al cumplimiento de este periodo

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    Artculo 66.- A.C.P.E son atribuciones de esta cmara:

    I. Tomar conocimiento de las acusaciones hechas por la amara de diputados a los

    ministros de la corte suprema, magistrado del tribunal constitucional, consejeros

    de la judicatura y fiscal general de la repblica conforme a esta constitucin y laley

    El senado juzgara en nica instancia a los ministros de la corte suprema, a los

    magistrados del tribunal constitucional, consejeros de la judicatura y al fiscal

    general de la repblica imponindoles la sancin y responsabilidad

    correspondiente por acusacin de la cmara de diputados motivada por querella

    de los ofendidos o a denuncia de cualquier ciudadano

    En los casos previstos por los prrafos anteriores ser necesario el voto de dostercios de los miembros presentes. Una ley especial dispondr el procedimiento y

    formalidades de estos juicios

    II. Rehabilitar como boliviano s, o como ciudadanos a quienes hubiesen perdidos

    estas calidades

    III. Autorizar a los bolivianos el ejercicio de empleo y la admisin de ttulos o

    emolumentos de gobierno extranjero

    IV. Aprobar las ordenes municipales relativas a tasas patente s

    V. Decretar honores pblicos a quienes lo merezcan por servicios eminentes a la

    nacin

    TEMA 4

    PODER JUDICIAL

    El poder judicial es el encargado de administrar la justicia y aplicar la ley. Se dice

    que el poder judicial es el guardia de la constitucin porque en cada caso que esllamado a hacerlo debe pronunciarse sobre la constitucin o la inconstitucionalidad

    de las leyes.

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    1. Corte Suprema de Justicia

    La corte suprema de justicia es el ms alto tribunal de justicia de la repblica. Su

    jurisdiccin se extiende a todo el territorio nacional. La sede de sus funciones es lacapital de la repblica (Sucre)

    2. Nmero de ministros y composicin

    II. La corte suprema de justicia la componen doce Ministros, incluido el presidente

    y se divide en salas por materia cuyo numero e integrantes ser determinado por

    la sala plena, conforme a las necesidades y requerimiento del servicio de laadministracin de justicia. La reunin de todos los ministros constituye una sala

    plena; el presidente de la corte suprema de justicia solo integra la corte de la

    judicatura

    III. Designacin.- los ministros de la corte suprema de justicia sern elegidos por el

    congreso nacional por dos tercios del total de los votos de sus miembros, de

    nominas propuestas por el consejo de la judicatura

    Desempean sus funciones por un periodo personal e improrrogable de 10 aos,

    computable desde el da de su posesin.

    IV. El presidente de la corte suprema de justicia es elegido por la sala plena por

    los dos tercios de los votos del total de sus miembros ejerce sus funciones de

    acuerdo a ley.

    3. Jurisdiccin ordinaria

    La Jurisdiccin Ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad,

    publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad,

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    eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e

    igualdad de las partes ante el juez.

    II. Se garantiza el principio de impugnacin en los procesos judiciales.

    III. La jurisdiccin ordinaria no reconocer fueros, privilegios ni tribunales de

    excepcin.

    4. Tribunal Supremo de Justicia

    El Tribunal Supremo de Justicia es el mximo tribunal de la jurisdiccin ordinaria.Est integrado por Magistradas y Magistrados. Se organiza internamente en salas

    especializadas. Su composicin y organizacin se determinar por la Ley.

    Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia sern

    elegidas y elegidos mediante sufragio universal.

    5. Jurisdiccin agroambiental

    El Tribunal Agroambiental es el mximo tribunal especializado de la jurisdiccin

    agroambiental. Se rige en particular por los principios de funcin social,

    integralidad, inmediatez, sustentabilidad e interculturalidad.

    Para ser elegida Magistrado o elegido Magistrado del Tribunal Agroambiental

    sern necesarios los mismos requisitos que los miembros del Tribunal Supremo

    de Justicia, adems de contar con especialidad en estas materias y haber ejercidocon idoneidad, tica, y honestidad la judicatura agraria, la profesin libre o la

    ctedra Universitaria en el rea, durante ocho aos. En la preseleccin de las

    candidatas y los candidatos se garantizar la composicin plural, considerando

    criterios de plurinacionalidad.

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    TEMA 5

    TRIBUNA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL

    1. Su funcin interpretativa

    El Tribunal Constitucional Plurinacional vela por la supremaca de las Constitucin,

    ejerce el control de constitucionalidad, y precautela el respeto y la vigencia de los

    derechos y las garantas constitucionales.

    En su funcin interpretativa, El Tribunal Constitucional Plurinacional aplicar como

    criterio de interpretacin, con preferencia, la voluntad del constituyente, deacuerdo con sus documentos, actas y resoluciones, as como el tenor literal del

    texto.

    2. Ministro pblico

    Segn la N.C.P.E. El Ministerio Publico defender la legalidad y los Intereses

    generales de la sociedad, y ejercer la accin penal pblica. El Ministerio Publico

    tiene Autonoma funcional, administrativa y financiera.

    El Ministerio pblico ejercer sus funciones de acuerdo con los principios de

    legalidad, oportunidad, objetividad, responsabilidad, autonoma, unidad y

    jerarqua.

    3. Defensor del pueblo

    Vela por la vigencia y el cumplimiento de los derechos y garanta de las personas

    en relacin a las actividades administrativas de todo el sector publico as mismo,

    vela por la defensa, promocin y divulgacin de los derechos humanos.

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    El defensor del pueblo o recibe instrucciones de los poderes pblicos. El

    Presupuesto del Poder Legislativo contemplar una partida para el funcionamiento

    de esta institucin.

    4. rgano Electoral Plurinacional

    El rgano electoral plurinacional est compuesto por:

    1. El tribunal supremo electoral.

    2. Los tribunales electorales departamentales.

    3. Los juzgados electorales.

    4. Jurados de mesa de sufragio.5. Los notarios electorales

    5. Organizacin territorial del Estado

    Bolivia se organiza territorialmente e departamentos, provincias, municipios y

    territorios indgenas originarios campesinos.

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    TEMA 6

    AUTONOMAS Y GOBIERNOS

    1. Autonoma departamental

    El Gobierno Autnomo Departamental est constituido por una asamblea

    Departamental, con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa departamental

    en el mbito de sus competencias y por un rgano ejecutivo.

    El rgano Ejecutivo Departamental est dirigido por la gobernadora o el

    Gobernador, e condicin de mxima autoridad ejecutiva.

    2. Autonoma regional

    La Regin, conformada por varios municipios o provincias con continuidad

    geogrfica y sin trascender lmites departamentales que compartan cultura,

    lenguas, historia, economa y ecosistema en cada departamento, se constituir

    como un espacio de planificacin y gestin.

    El gobierno de cada Autonoma Regional est constituido por una Asamblea

    Regional con facultad Deliberativa, normativaadministrativa y fiscalizadora, en el

    mbito de sus competencias y u rgano ejecutivo.

    3. Autonoma municipal

    El gobierno Autnomo municipal est constituido por un conejo municipal confacultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el mbito de sus

    competencias; y un rgano ejecutivo, presidido por la alcaldesa o el alcalde.

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    El concejo municipal estar compuesto por concejalas y concejales elegidas y

    elegidos mediante sufragio universal.

    4. Autonoma indgena originaria

    La Autonoma Indgena Originaria Campesina cosiste en el autogobierno como

    ejercicio de la libre determinacin de las naciones y los pueblos indgenas

    originario campesinos, cuya poblacin comparte territorio, cultura, historia, lengua

    y organizacin o instituciones jurdicas, polticas, sociales y econmicas propias.

    Cada Autonoma Indgena Originario Campesino elaborar su Estatuto de acuerdoa sus normas y procedimientos propios segn la Constitucin y la Ley.

    TEMA 7

    LOS PARTIDOS POLTICOS

    1. Partidos polticos segn la ley

    Los ciudadanos que se propongan fundar un partido se reunirn en Asamblea

    Constitutiva. Los apellidos, profesin u ocupacin deben estar registrados en el

    padrn Electoral de cada uno de los fundadores no deben tener militancia e otros

    partidos polticos. Se debe aprobar la declaracin de principio, el estatuto orgnico

    y el programa de gobierno.

    2. Como funciona

    Todo partido debe someterse a la Constitucin Poltica del Estado Debe defender

    los derechos humanos. Rechazar toda forma discriminacin. Establecer

    procedimientos democrticos para su organizacin y funcionamiento. Garantizar la

    plena participacin de la mujer.

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    3. Estructura

    Un partido deber tener como organismo mximo un congreso, asamblea,

    convencin nacional o su equivalente. Tambin una direccin y organismo dedireccin a nivel territorial. FIRMAS Y MILITANTES

    Los libros de registro de militantes debern acreditar la inscripcin de una

    militancia igual o mayor al dos por ciento del total de los votos validos en las

    elecciones presidenciales inmediatamente anteriores.

    4. Candidatos

    Los rganos y procedimiento para la nominacin de candidatos estarn contenidos

    en el estatuto orgnico del partido

    5. Infractores

    Militancia en dos o ms partidos. Toda forma de coaccin para lograr la afiliacin

    del ciudadano al partido poltico o alianza. Utilizacin de vienes del estado con

    fines proselitistas. Por la comprobada participacin institucional partidaria en

    golpes de estados y sediciones.

    6. Sanciones

    Multa hasta el mximo el 10% o 5% del financiamiento estatal. Suspensin del

    mandato del dirigente infractor hasta un ao. Al partido, la suspensin delfinanciamiento estatal, as como la participacin en elecciones.

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    TEMA 8

    LAS EMPRESAS DEL ESTADO

    1. Razones para la creacin de las empresas del Estado

    Con el fortalecimiento de una conciencia nacional en Bolivia las empresas del

    estatales se formaron a partir de la guerra del chaco 1932 1935 se crea con la

    finalidad de que el Estado debe controlar todas las actividades importantes que se

    realicen en el territorio nacional.

    Los motivos por los cuales se crea las empresas del Estado ponen en relieve elcarcter instrumental de las mismas; podemos citar las siguientes:

    El rol de los monopolios naturales, o sea evitar que un empresario solo

    quiera acaparar todo el mercado dentro del Estado.

    La necesidad de promover infraestructura econmicamente como estado

    por ejemplo: divisas, toda clase de impuestos, transporte de las diferentes

    modalidades, ferrocarriles, energa, servicios sanitarios, educacin, salud,

    vivienda, etc. Quiere decir, que los que componen la infraestructura, son

    considerados como el capital social fijo de un pas.

    El control racional de los recursos no renovables, ya que estos carecen de

    la propiedad de reproducirse lo contrario que caracteriza a los renovables.

    2. Empresa Pblica del Estado

    Empresa Siderrgica del Mutn (EMS) En construccin. Sociedad con Jindal.

    Creada en noviembre del 2007.

    Empresa Naviera Boliviana (ENB) Modificaron Directorio. Aportaron capital en

    abril, 2009.

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    Empresa Boliviana de Aviacin (Boa) Empez a volar en las rutas nacionales.

    Aprobaron escala salarial en junio.

    Cofadena La Corporacin de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional,

    desde junio es empresa estratgica.

    CartonBol Producir cartn. Instalan maquinaria.

    Empresa Boliviana de Almendras y Derivados Creada en julio de este ao.

    Complejo Agroindustrial Buena Vista Restituido en agosto del 2007 bajo tuicindel Ministerio de Defensa.

    EMAPA Empresa de Apoyo a la Produccin de Alimentos. El 15 de agosto

    cumple un ao.

    Lacteosbol Creada en septiembre del 2007. En construccin tres plantas.

    Papel Bol Instalan maquinara. Contralora hace auditora. Creada en septiembre

    del 2007.

    EDCO Empresa de comercializacin de materia prima, insumos, equipos de

    trabajo. Huanuni Empresa minera estratgica desde febrero 2008.

    ENDE Empresa Nacional de Electricidad estratgica desde julio del 2008.

    Cementos de Bolivia Creada en agosto del 2008. Con apoyo de Irn y

    Venezuela. DAB En septiembre del 2008 crean la empresa Depsitos Aduaneros

    Bolivianos.

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    AzucarBol En construccin. Creada en diciembre del 2008.

    ENTEL Empresa Nacional de Telecomunicaciones. Creada en 2009

    3. Las relaciones internacionales

    Segn Rafael Calduch, son "todas aquellas relaciones sociales, y los actores que

    las generan, que gozan de la cualidad de la internacionalidad por contribuir de

    modo eficaz y relevante a la formacin, dinmica y desaparicin de una sociedad

    internacional considerada como una sociedad diferenciada.

    As, relaciones internacionales puede aplicarse tanto al objeto de estudio como a

    la disciplina acadmica. En espaol, por eso se asigna el nombre en minsculas al

    conjunto de relaciones ya sealadas y en maysculas -Relaciones

    Internacionales- al corpus acadmico. Si bien la perspectiva inicial fue histrico-

    poltica, en la actualidad, se privilegian el resto de los componentes como los

    econmicos, culturales, sociolgicos, entre otros.

    4. Tratados internacionales

    Un tratado internacional es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho

    internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o

    varios instrumentos jurdicos conexos, y siendo indiferente su denominacin.

    Como acuerdo implica siempre que sean, como mnimo, dos personas jurdicas

    internacionales quienes concluyan un tratado internacional. Por ejemplo los

    gobernantes de cada pas se renen para ponerse de acuerdo con sus lmites depases para no tener problemas con sus territorios.

    Lo ms comn es que tales acuerdos se realicen entre Estados, aunque pueden

    celebrarse entre Estados y organizaciones internacionales. Los primeros estn

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    regulados por la Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969;

    los segundos, por la Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados

    celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales de 1986.

    Los acuerdos entre empresas pblicas de un Estado y Estados no son tratados

    internacionales. La Corte Internacional de Justicia tuvo la oportunidad de

    pronunciarse acerca de esta cuestin en el caso "Anglo-Iranian Oil" (1952). Irn

    haba firmado un acuerdo con la empresa "Anglo-Iranian Oil" para la explotacin

    de los recursos petrolferos. Este acuerdo tena dos caras: era un acuerdo de

    concesin y al mismo tiempo tena la naturaleza de un Tratado entre Irn y el

    Reino Unido. Esta tesis no fue aceptada por la Corte Internacional de Justiciaporque los Tratados internacionales solo pueden tener lugar entre estados y

    porque los acuerdos con empresas se rigen por las normas del Derecho

    internacional privado.

    5. Administracin privada

    la administracin privada se distingue en el desarrollo socioeconmico de un pas

    por lo cual podemos decir, es la que se especializa en desarrollar por medio de

    utilidades dadas por particulares la mxima produccin de bienes o servicios,

    dando como resultado un beneficio para su organismo.

    una empresa privada o corporacin cerrada es una empresa dedicada a los

    negocios, cuyos dueos pueden ser organizaciones no gubernamentales o que

    est conformada por un relativo nmero de dueos que no comercian

    pblicamente en las acciones de las bolsas.

    sus dueos pueden ser personas jurdicas y tambin personas fsicas. en otras

    palabras este tipo de administracin se da en una empresa privada y no en una

    del estado.

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    TEMA 9

    CAPITALIZACIN DE LAS EMPRESAS PBLICAS

    1. Como podemos definir la privatizacin

    La privatizacin es un proceso jurdico-econmico mediante el cual las actividades

    empresariales son transferidas del sector pblico al sector privado, es decir,

    traspasadas o tomadas ya sea desde el Estado o la comunidad (ver Bien pblico y

    propiedad comunitaria) hacia agentes econmicos privados. Es uno de los pilares

    de la libre empresa, existiendo empresas que libremente otorguen a clientes

    cualquier servicio que haya dado anteriormente el Estado, ahora bajo la libreempresa y competencia para evitar monopolios e intervencin estatal a favor de

    sectores econmicos. Sin restriccin comercial del Estado ni servicios estatales

    obligatorios los ingresos privados deben ser resultado de la inversin privada, es

    decir son los ciudadanos y no el Estado quienes contratan servicios privados en

    un sistema privatizado.

    Este proceso permite a los actores no-gubernamentales intervenir en la

    financiacin y produccin de bienes prestacin de servicios. As mismo la

    privatizacin introduce cambios en las funciones y responsabilidades pblicas y

    privadas. No necesariamente se limita a la venta de empresas pblicas. La

    privatizacin fundamentalmente es desmontar el Estado y dejar en manos de

    agentes privados y del mercado lo que anteriormente haba sido administrado por

    el Estado. En sus versiones radicales se plantea que incluso es posible volver

    privados servicios como el poder judicial, que actualmente es estatal y nico o la

    planificacin urbana.

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    2. Para capitalizar las empresas

    Para Capitalizar las empresas se siguieron los siguientes pasos:

    Se transform cada empresa pblica en mixta, mediante la venta de

    acciones de la empresa a los trabajadores interesados en participar.

    Se emiti una cantidad igual a las acciones de la sociedad de la economa

    mixta y se busc venderlas a un socio estratgico. Lo anterior significa que

    cada sociedad contaba con el 50% de las acciones (en parte del estado y

    en parte de los trabajadores) y emita el 50% restante para el socio

    estratgico.

    Se licito a nivel internacional la venta de las acciones emitidas (50%) y laadministracin de la empresa.

    Los trminos de referencia de la licitacin internacional establecieron

    requisitos mnimos para los que quisieran comprar las acciones emitidas.

    La calificacin exiga el cumplimiento de requisitos de capacidad tcnica,

    eficiencia, calidad, solvencia financiera y otros.

    Se adjudic a quien hiciera el pago mayor por el paquete accionario

    ofertado.

    3. La licitacin internacional

    Los programas de Cooperacin de la Comisin Europea, de los Bancos de

    Desarrollo, de las Naciones Unidas y de los Organismos bilaterales con terceros

    pases tienen como objetivo fomentar el desarrollo de los pases beneficiarios

    mediante la aplicacin de prstamos y donaciones dirigidos a fortalecer las

    capacidades en gestin y gobernabilidad y a construir infraestructuras o

    suministrar bienes que faciliten el desarrollo econmico de estos pases. De estas

    actuaciones derivan las oportunidades de negocio para las empresas a travs de

    licitaciones.

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    As, es muy habitual que estos programas tengan un componente de inversin en

    infraestructuras (carreteras, puertos, ferrocarril, edificios e instalaciones), otro

    componente para la adquisicin de bienes y equipos, un tercero dirigido a la

    capacitacin de dirigentes y funcionarios, y finalmente un ltimo componente deConsultora y Asistencia Tcnica para la mejora de procedimientos,

    organizaciones y sistemas de gestin.

    Cada componente se articula mediante la ejecucin de proyectos concretos, por

    ejemplo, la construccin de una carretera entre dos poblaciones, el diseo y

    ejecucin de una planta depuradora en una ciudad, la implementacin de un

    sistema de gestin de impuestos para un Ministerio de Hacienda o el desarrollo deun sistema de Gestin para un Ayuntamiento.

    4. Empresas privadas

    Una empresa privada o empresa de capital cerrado es una empresa dedicada a

    los negocios cuyos dueos pueden ser organizaciones no gubernamentales, o que

    estn conformadas por un relativo nmero de dueos que no comercian

    pblicamente en una bolsa de valores. Para entrar a esa empresa hace falta ser

    socio o trabajador. Sus dueos pueden ser personas jurdicas y tambin personas

    fsicas. Lo opuesto es una empresa de capital abierto.

    A veces se usa tambin esta frase concepto para referirse a:

    El sector privado de la economa.

    Los conceptos, en parte ideolgicos en parte econmicos y en parte

    jurdicos, de iniciativa privada o libre iniciativa, de libre empresa, y deempresa capitalista.

  • 5/27/2018 monograf a administraci n p blica e n bolivia

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    CONCLUSIONES

    Se concluye la investigacin que sea para informacin de mucha utilidad para

    mejorar

    RECOMENDACIONES

    Se recomienda leer libros fundamentales, desarrollar su conocimiento

    BIBLIOGRAFA

    C.P.E. de Bolivia

    La Administracin Pblica en la Constitucin Boliviana

    Autor: Barrio Z. Franz Xavier

    La Asamblea Constituyente en nuevo consenso

    Autor: Lazar R. Jorge