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N°135-2016-INDECI 26 de Agosto VISTOS: Ei Memorándum 1298-2016-INDECI/4.0 del 23.MAY.2016 (OP: 1598035), el Informe 024-2016-ÍNDECI/AGS-AMD del 23.MAY0.2016, el Memorándum 1593-2016-INDECI/6.4 del 07.MAR.2016 y el Informe Técnico 087-2016-ÍNDECI/6.4 del 07.MAR.2016, sus antecedentes y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29151 "Ley General deí Sistema Nacional de Bienes Estatales" se crea Sistema Nacional de Bienes Estatales, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN como ente rector responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales; Que, el articulo 11 del Regiamente de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo 007-2008-VIVlENDA, establece que la planificación, coordinación y ejecución de las acciones referidas al registro, administración, supervisión y disposición de los bienes de propiedad de ia entidad y de los que se encuentren bajo su administración, son de responsabilidad de la Unidad Orgánica existente para tal fin; Que, mediante Resolución Jefaíural 110-2011-INDECÍ defecha23.MAY.2011 se aprobó la Directiva Q07-2011-INDECI/DNI_/UCP(12.2}, "Normas y Procedimientos para el Control, Uso, Conservación y Custodia de ¡os Bienes Muebles del INDECI"; Que, considerando los cambios en la estructura orgánica del INDECI y a la nueva normativídad emitida por e! ente rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, la Oficina General de Administración a través de la Oficina de Logística - Área de Control Patrimonial, considera necesario actualizar la Directiva citada precedentemente, para lo cual mediante el Memorándum 1593-2016- INDECI/6.4 la Oficina General de Administración sustentado el Informe Técnico 087-2016-INDECI/6.4 de la Oficina de Logística - Área de Control Patrimonial, solicita la aprobación del Proyecto de Directiva "Para el Uso, Control, Conservación, Custodia, Desplazamiento y Reposición de los Bienes Muebles del INDECt"; Que, por su parte, la Oficina General de Planificación y Presupuesto a través del Memorándum 1298-2016-INDECI/4.0 a través del informe 024-2016-INDECI/AGS-AMD, concluye que el citado proyecto de Directiva ha sido formulado en concordancia a lo dispuesto en la Directiva 11-2014- INDECI/4.0 V.2,0 y recomienda la aprobación del Proyecto de Directiva "Para el Uso, Control, Conservación, Custodia, Desplazamiento y Reposición de los Bienes Muebles del INDECI'1; Que, el proyecto de Directiva en mención tiene como finalidad establecer los lineamientos y procedimiento técnicos sobre los bienes patrimoniales del INDECI, permitiendo el uso, control, conservación, custodia, desplazamiento y reposición de los bienes muebles que constituyen el patrimonio Institucional, siendo necesario su aprobación;

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N°135-2016-INDECI26 de Agosto

VISTOS: Ei Memorándum N° 1298-2016-INDECI/4.0 del 23.MAY.2016 (OP: 1598035), elInforme N° 024-2016-ÍNDECI/AGS-AMD del 23.MAY0.2016, el Memorándum N° 1593-2016-INDECI/6.4 del07.MAR.2016 y el Informe Técnico N° 087-2016-ÍNDECI/6.4 del 07.MAR.2016, sus antecedentes y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29151 "Ley General deí Sistema Nacional de Bienes Estatales" secrea eí Sistema Nacional de Bienes Estatales, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales -SBN como ente rector responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración ysupervisión de los bienes estatales;

Que, el articulo 11 del Regiamente de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N°007-2008-VIVlENDA, establece que la planificación, coordinación y ejecución de las acciones referidas alregistro, administración, supervisión y disposición de los bienes de propiedad de ia entidad y de los que seencuentren bajo su administración, son de responsabilidad de la Unidad Orgánica existente para tal fin;

Que, mediante Resolución Jefaíural N° 110-2011-INDECÍ defecha23.MAY.2011 se aprobóla Directiva N° Q07-2011-INDECI/DNI_/UCP(12.2}, "Normas y Procedimientos para el Control, Uso,Conservación y Custodia de ¡os Bienes Muebles del INDECI";

Que, considerando los cambios en la estructura orgánica del INDECI y a la nuevanormativídad emitida por e! ente rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, la Oficina General deAdministración a través de la Oficina de Logística - Área de Control Patrimonial, considera necesarioactualizar la Directiva citada precedentemente, para lo cual mediante el Memorándum N° 1593-2016-INDECI/6.4 la Oficina General de Administración sustentado el Informe Técnico N° 087-2016-INDECI/6.4 dela Oficina de Logística - Área de Control Patrimonial, solicita la aprobación del Proyecto de Directiva "Para elUso, Control, Conservación, Custodia, Desplazamiento y Reposición de los Bienes Muebles del INDECt";

Que, por su parte, la Oficina General de Planificación y Presupuesto a través delMemorándum N° 1298-2016-INDECI/4.0 a través del informe N° 024-2016-INDECI/AGS-AMD, concluye queel citado proyecto de Directiva ha sido formulado en concordancia a lo dispuesto en la Directiva N° 11-2014-INDECI/4.0 V.2,0 y recomienda la aprobación del Proyecto de Directiva "Para el Uso, Control, Conservación,Custodia, Desplazamiento y Reposición de los Bienes Muebles del INDECI'1;

Que, el proyecto de Directiva en mención tiene como finalidad establecer los lineamientos yprocedimiento técnicos sobre los bienes patrimoniales del INDECI, permitiendo el uso, control, conservación,custodia, desplazamiento y reposición de los bienes muebles que constituyen el patrimonio Institucional,siendo necesario su aprobación;

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Con la visación de la Secretaria General, de la Jefa de la Oficina General deAdministración, de! Jefe de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, del Jefe de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica y del Jefe de la Oficina de Logística;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional deGestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, la Directiva N° 001-2015-SBN "Procedimientos deGestión de los Bienes Muebles Estatales" aprobada por Resolución N° 046-2015/SBN y en uso de lasfacultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civilaprobado por Decreto Supremo N° 043-2013-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar ía Directiva N° ¿?/¿? -2Q16-INDECI/6.4 "Para el Uso, Control,Conservación, Custodia, Desplazamiento y Reposición de ios Bienes Muebles del INDECI", la misma quecomo Anexo en 16 páginas forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatura! N° 110-2011-INDECI de fecha3.MAY.2011 que aprobó la Directiva N° 007-2011-INDECI/DNL/UCP(12.2), "Normas y Procedimientos para

,/el Control, Uso, Conservación y Custodia de los Bienes Muebles del INDEDCI".

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución y la Directivaaprobada en la página web e Intranet Institucional.

Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General, registre la presente Resolución en elArchivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario a la Oficina de Logística y a la Oficina

INSenerai de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para^nocimiento y fines correspondientes.

Regfátresev Comuniqúese y Archívese

. MurgueytioGeneral de Djvisióji /R).

fe del Instituto Nacional dáoMensa Civil

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Ministerio deDefensa

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"

"Año de la Consolidación del Mar de Grau"

DIRECTIVA N° ¿W-2016-INDECI/6.4

PARA EL USO, CONTROL, CONSERVACIÓN, CUSTODIA, DESPLAZAMIENTO Y REPOSICIÓN

DE LOS BIENES MUEBLES DEL INDECI.

I. OBJETIVO

Establecer la responsabilidad, el uso, control, conservación, custodia, desplazamiento y reposición de losbienes muebles que constituyen el patrimonio del Instituto Nacional de Defensa Civií - INDECÍ, en elmarco de fas normas legales vigentes y en atención a los fines y objetivos de la institución.

II. FINALIDAD

Orientar a los usuarios y al personal de la entidad para el buen uso, conservación, custodia,desplazamiento y reposición de los bienes muebles de propiedad o bajo administración del INDECI, loque permitirá el uso racional de los mismos.

BASE LEGAL

Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.Ley N° 29664, Creación del Sistema de Gestión de! Riesgo de Desastres - SINAGERD.Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisospara ¡a Promoción y dinamización de la inversión en el país,Decreto Legislativo N° 276, Aprueba la Ley de Bases de la Carrera Administrativa en el SectorPúblico.Decreto Legislativo N° 1057, que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa deServicios.Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Aprueba el Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa.Decreto Supremo N° 007-2008-Vivienda, Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional deBienes Estatales y modificatorias.Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, Aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057.Decreto Supremo N° 048-2011-PCM "Aprueba el Reglamento de la Ley N° 29664"Decreto Supremo N° 043-2013-PCM, Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones delInstituto Nacional de Defensa Civil,Decreto Supremo N° 002-2016-DE, Aprueba la adscripción del Instituto Nacional de Defensa Civil alMinisterio de Defensa.Resolución Jefatural N° 115-80-INAP/PDA, Aprueba las Normas Generales del Sistema deAbastecimiento,Resolución Jefatural N° 335-90-INAP, Aprueba el Manual de Administración de Almacenes para elSector Público Nacional,Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG - Normas Técnicas de Control Interno para el SectorPúblico.Resolución N° 046-2015/SBN, Aprueba la Directiva N° 001-2015/SBN, Procedimientos de Gestión delos Bienes Muebles Estatales,

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"

"Año de la Consolidación del Mar de Grau"

o Resolución Jefatura! N° 187-2014-INDECI, Aprueba la Directiva N° 11-2014-1NDECI (4.0) V.2.0Directiva para la Formulación, Aprobación y Modificación de Directivas del Instituto Nacional deDefensa Civil.

IV. ALCANCE

La presente Directiva es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todos los Órganos y UnidadesOrgánicas del ÍNDECI.

V. RESPONSABILIDAD

Son responsables del cumplimiento de la presente Directiva:

5.1 Los funcionarios, trabajadores y el personal que se encuentre laborando en el ÍNDECI, cualquierasea su nivei jerárquico, condición laboral o contractual, que tengan asignados bajo suresponsabilidad bienes muebles.

i

£ 5.2 Los Directores y Jefes de Oficina de los Órganos y Unidades Orgánicas del ÍNDECI, quienes> dispondrán las acciones necesarias para garantizar una correcta aplicación de la presente Directiva.

5.3 El personal responsable del registro y control de los bienes muebles de-la Oficina de Logística -Control Patrimonial.

5.4 E! personal de seguridad y vigilancia de todas las instalaciones del ¡NDECI.

VI. DISPOSICIONES GENERALES

6.1 Las Entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales deben otorgar un eficienteuso y aprovechamiento económico y/o social de sus bienes y de los que se encuentran bajo suadministración, conforme a los procedimientos establecidos en el reglamento de la ley N° 29151 yatendiendo a los fines y objetivos institucionales, de acuerdo a lo señalado en el Articulo 57° de laLey 30230, que modificó el artículo 18° de la Ley N° 29151.

6.2 De acuerdo al Artículo 32° del Reglamento de Organización y Funciones del ÍNDECI, la Oficina deLogística es la responsable de establecer e implementar los procesos para la adquisición,almacenamiento, custodia, control patrimonial, conservación y distribución de bienes y servicios parala administración interna y para las funciones misionales de la Institución; así como de los bienesdonados.

6.3 La Oficina de Logística realizará inspecciones técnicas de los bienes muebles de la institución y delos que se encuentren bajo su administración, para verificar el uso y destino, a fin de lograr unaeficiente gestión de los mismos, en concordancia con lo señalado en el literal b), del Artículo 10° delReglamento de la Ley N° 29151.

6.4 Los Directores y Jefes de Oficina de los Órganos y Unidades Orgánicas del ÍNDECI darán a conoceral personal a su cargo, la importancia sobre el uso, control, conservación, custodia y desplazamientode los bienes muebles de la Institución, dictando las medidas correspondientes para dicho fin.

6.5 Los bienes muebles no podrán ser modificados, ni utilizados para obtener de ellos partes osuministros con ía finalidad de lograr la operatividad de otros equipos. De igual forma, los bienesmuebles dados de baja no podrán ser utilizados para ser desmantelados con la pretensión dereparar bienes semejantes.

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Ministerio deDefensa

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"Año de la Consolidación del Mar de Grau"

Los pasillos de los Órganos y Unidades Orgánicas del INDECI deben quedar ubres; por lo que,ningún bien mueble deberá permanecer en ellos, siendo responsabilidad de! usuario del bienasignado y de su Jefe inmediato.

6.7 Cualquier desplazamiento temporal o definitivo de un bien mueble debe ser comunicado a la Oficinade Logística, adjuntando el formato correspondiente, en el cual se indique la justificación.

6.8 La Oficina de Servicios Generales - SSGG será responsable de realizar el mantenimiento y/oreparación de los bienes muebles que se encuentren en mal estado por el uso normal, debiendocuidar de no dañar las etiquetas de código de barras y en caso de deterioro deberán solicitar a laOficina de Logística, el reemplazo de dicha etiqueta.

6.9 El Almacén General comunicará a la Oficina de Logística sobre los bienes muebles querecepcíone, a fin de cotocar las etiquetas de código de barras para la identificación del bien ycontrol respectivo, antes que sean distribuidos a los usuarios.

6.10 Eí personal de seguridad y vigilancia de las instalaciones del INDECI es responsable de velar por laseguridad de todos y cada uno de los bienes de la entidad, en cada una de las puertas de ingreso ysalida de los Órganos y Unidades Orgánicas del INDECI; para lo cual, deberá solicitar el formatorespectivo que se describe a continuación, contrastando las características descritas en el formatopresentado, con el bien físico.

• Formato N° 01, de Movimiento interno de bienes muebles, cambio de usuario, reparación ydevolución.

• Formato N° 02, de Salida de bienes muebles del INDECI al exterioro Formato N° 03, de ingreso de bienes muebles del exterior al INDECI• Formato N° 04, de ingreso o salida de bienes muebles de propiedad personalo Formato N° 05, de reposición de bienes muebles respectivo de autorización de desplazamiento

de! bien o bienes y contrastando las características descritas en ei formato con el bien físico.

La administración y control de los equipos informáticos y aparatos telefónicos está a cargo de laOficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - OGTIC; ios desplazamientosque se realicen al interior o exterior de la institución, bajo responsabilidad, deberá efectuarse en e!formato que le corresponda, señalados en el numeral 6.10 de la presente Directiva, los cualesdeberán contar con el Vo B° de la Oficina de Logística, entregando un juego del documento por eldespiazamiento realizado,

6.12 La Oficina de Servicios Generales y la Oficina General de Administración - OGA son las encargadasde administrar y controlar en la Sede Central los vehículos adquiridos por la entidad, donados oafectados en uso por otras instituciones y en las Direcciones Desconcentradas, es el Director quienreportará a la OGA,

DISPOSICIONES ESPECIFICAS

7.1 INGRESO DE BIENES

a. Todos los bienes muebles adquiridos mediante orden de compra, donados, transferidos orecibidos en calidad de reposición por los usuarios o ia Compañía de Seguros, seránrecepcionados a través del Almacén General, con excepción de aquellos que por su volumeno complejidad deben ser instalados en forma directa, para tal efecto deberán comunicar a losencargados del Almacén General y la Oficina de Logística ,

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INDECI,

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REERLJ I Ministerio deI Defensa de

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Los bienes muebles no podrán ser recepcionados en forma directa por el usuario; casocontrario, será bajo su responsabilidad, estando expuesto a la aplicación de las accionescorrectivas correspondientes,

Las Direcciones Desconcentradas del INDECI que adquieran o reciban bienes mueblesmediante donación, u otra modalidad deberán comunicar a la Oficina Genera! deAdministración, adjuntando la documentación respectiva que detalle las características de losbienes (marca, modelo, serie, color, estado de conservación y dimensiones, de ser el caso)fotografías y su valor comercial, declaración jurada o tasación del valor.

7.2 ASIGNACIÓN Y USO DE BIENES MUEBLES

a. Se asignarán bienes muebles al persona! que labore en e! INDECI para el desempeño de susfunciones o actividades, independientemente de su vínculo laboral o contractual, bienes queserán registrados en el formato respectivo, el cual se encuentra adjunto a la presenteDirectiva.

b. Es responsabilidad del usuario, cualquiera sea su nivel jerárquico, condición laboral ocontractual, el uso correcto y diligente de los bienes muebles que le sean asignados,asumiendo la responsabilidad de su uso, control, conservación, custodia y desplazamiento,

c. Ningún trabajador, bajo responsabilidad, efectuará el movimiento de un bien mueble que nose encuentre a su cargo, haciéndose acreedor a la sanción correspondiente.

d. El usuario responsable dei bien mueble deberá comunicar a la Oficina de Logística , cuando¡a etiqueta de código de barras (12 dígitos) de algún bien se encuentre deteriorada, a fin deproceder a su reemplazo, lo que evitará confusión en la identificación y control respectivo.

e. El Director, Jefe de la Oficina del Órgano o Unidad Orgánica del INDECI, definirá laresponsabilidad de la custodia del bien o bienes muebles de uso común, cuando seanutilizados por varias personas.

f. Los Directores y Jefes de Oficina de los Órganos y Unidades Orgánicas del INDECI están enia obligación de comunicar a la Oficina de Logística sobre la asignación de bienes mueblesal nuevo personal que se incorpore a laborar a su unidad,

g. El personal que deje de tener vínculo laboral o contractual con el INDECI deberá entregar asu Jefe inmediato los bienes muebles que le hubieran sido asignados, formulando eldocumento de Entrega - Recepción de los bienes con el Vo B° de la Oficina de Logística concopia a la OGA, Control Patrimonial y Tesorería, en resguardo de los bienes de propiedad dela Entidad, antes que ie efectúen el depósito bancario correspondiente a los beneficiossociales y/o remuneración a que tuviera derecho.

7.3 UNIDADES VEHICULARES DE LA ENTIDAD

a. Las unidades vehiculares de ta entidad son asignadas por la Alta Dirección, en coordinacióncon la OGA y la Oficina de Servicios Generales de acuerdo a las necesidades de la Entidad.

b. Realizada la distribución de las unidades vehiculares, la responsabilidad de su administraciónoperaíividad y custodia estará a cargo en forma conjunta por la Oficina de ServiciosGenerales y la Dirección Desconcentrada, Órgano o Unidad Orgánica donde haya sidoasignada.

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RIERLJ

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c. Cualquier desplazamiento de unidad vehicular que se realice en forma temporal opermanente entre Órganos o Direcciones Desconcentradas, o cambio de personal deberá sercomunicado a la Oficina de Logística y a la Oficina de Servicios Generales dentro de las 48horas (02 dias), adjuntando el formato de movimiento de bienes respectivo, a fin de actualizarla información.

d. La Oficina de Servicios Generales y las Direcciones Desconcentradas deberán informar a laOficina de Logística sobre el cambio de placas de las unidades vehiculares, con la finalidadde comunicar a ía Compañía de Seguros para la actualización de datos en la póliza deseguros.

e. Los ofrecimientos de unidades vehiculares usadas, en caüdad de donación o afectación enuso, que a favor del INDECI realice persona natural o institución pública o privada, deberá sercomunicada previamente a la Alta Dirección, la OGA y a la Oficina de Servicios Generales,quienes aprobarán el trámite y la recepción, con la finalidad de incorporar a la entidad,unidades vehiculares debidamente saneadas física y legalmente y no incurrir en costosonerosos.

f. Las devoluciones de unidades vehiculares para baja que se efectúen a la Oficina de Logísticaserán en forma completa, sin que les falte el motor, batería, I antas, etc., con el debidoinforme técnico de la Oficina de Servicios Generales y de acuerdo ai formato establecido porla Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN y en caso de las DireccionesDesconcentradas, deberán remitir el Informe Técnico suscrito por un especialista en lamateria.

7.4 EQUIPOS DE CÓMPUTO E INFORMÁTICOS Y DE TELECOMUNICACIONES

a. Los equipos de cómputo, de telecomunicaciones y afines son asignados por la OGTIC, queen coordinación con la OGA y la Alta Dirección, realizarán la distribución y reasignación detales bienes muebles a nivel nacional, de acuerdo a las necesidades presentadas ysustentadas por cada Director o Jefe de del Órgano o Unidad Orgánica del INDECI, debiendoinformar a la Oficina de Logística para el ingreso y control en el Software inventario MobiliarioInstitucional - SIMI.

b. Los Órganos y Unidades Orgánicas coordinarán la devolución de sus equipos de cómputo einformáticos y telecomunicaciones a través de la OGTIC.

7.5 DEL MANTENIMIENTO DE LOS BIENES MUEBLES ASIGNADOS EN USO

a. Es responsabilidad de! usuario informar a su Jefe inmediato que el bien mueble que le hanasignado necesita mantenimiento o reparación, lo cual será hecho de conocimiento a laOficina de Servicios Generales a fin que realice los trabajos que correspondan y en caso deequipos de cómputo e informáticos y telecomunicaciones deberá comunicar a la OGTIC.

b. Cuando un bien paírimonial sea enviado a la Oficina de Servicios Generales para reparación,el usuario responsable det bien deberá suscribir el Formato N° 01, de Movimiento interno debienes muebles, cambio de usuario, reparación y devolución, el que será remitido a la Oficinade Logística.

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e.

Instituto Nacide Defensa <

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Concluido el mantenimiento y/o reparación del bien patrimonial, la Oficina de ServiciosGenerales efectuará la devolución al usuario mediante el Formato N° 01, con copia a laOficina de Logística y aquellos bienes muebles que resulten inoperaíivos o su reparación seaonerosa, deberán ser remitidos a la Oficina de Logística con el Informe Técnico respectivopara la baja correspondiente.

Los bienes muebles asignados en uso a los trabajadores de la institución que resultenmalogrados o deteriorados por descuido o negligencia serán reparados por cuenta de ellos,con fondos de su propio peculio en el plazo máximo de treinta (30) días calendarios,procediendo a informar por escrito a la OGA y a la Oficina de Logística sobre las accionesadoptadas para la reparación del bien o bienes,

Transcurrido el plazo indicado sin que la persona responsable hubiera cumplido con lareparación o reposición dei bien, la Oficina de Logística comunicará a la OGA a fin de tomarlas acciones correctivas correspondientes.

DESPLAZAMIENTO INTERNO Y EXTERNO DE BIENES

a. Todo desplazamiento interno de bienes muebles deberá realizarse a través del FormatoN° 01, con la autorización de! Director o Jefe del Órgano o Unidad Orgánica de INDECI,indicando las características generales del bien (código patrimonial, marca, modelo, serie,color, estado) y con el Vo B° de la Oficina de Logística.

b. Las Direcciones Desconcentradas comunicarán formalmente a la Oficina de Logística dentrode las cuarenta y ocho (48) horas, mediante el Formato N° 01, sobre los cambios de usuarioque realicen sobre los bienes muebles. Podrán comunicar al correo electrónico delresponsable de la Oficina de Logística y responsable de Control Patrimonial, adjuntando elformato escaneado debidamente firmado por ei usuario responsable quien hace la entregadel bien y el usuario que recepciona, con el Vo B° del Director.

c. En caso de desplazamiento de bienes muebles al exterior de las instalaciones del INDECI,sean por motivos de reparación, garantía, préstamo o comisión de servicios, deberáefectuarse en ei Formato N° 02, con la autorización del Director o Jefe del Órgano o UnidadOrgánica donde se encuentre el bien y con ei Vo B° del encargado de Control Patrimonial,remitiéndose el original a la Oficina de Logística.

d. La salida de un bien mueble de la institución, que en el formato de desplazamiento no tengael Vo B° de la Oficina de Logística, será de responsabilidad del usuario del Órgano o UnidadOrgánica y del personal de seguridad y vigilancia en forma conjunta,

e. La Oficina de Servicios Generales de la OGA supervisará que el personal encargado delservicio de seguridad y vigilancia de la Sede Central, Anexos y de las DireccionesDesconcentradas soliciten al personal, antes de ingresar o retirar un bien mueble, iapresentación de los formatos respectivos debidamente firmados, verificando lascaracterísticas del bien,

f. El personal encargado del servicio de seguridad y vigilancia deberá tener mayor cuidado conel ingreso o salida de bienes muebles durante los días sábados, domingos y feriados,solicitando el formato correspondiente, detallados en el numeral 6.10 de las DisposicionesGenerales, los cuales serán remitidos a la Oficina de Logística, e primer dia útil de labores; loque servirá para llevar el control de los bienes muebles.

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"Año de la Consolidación del Mar de Grau"

g. El personal encargado del servicio de seguridad y vigilancia registrará el ingreso de losbienes muebles que sean de propiedad de los funcionarios y/o servidores, debiendocomunicar a la Oficina de Logística,

7.7 DE LOS BIENES EXCEDENTES O EN DESUSO

a.

b.

c.

Los Directores y Jefes de Oficina de los Órganos y Unidades Orgánicas del iNDECIcomunicarán a ta Oficina de Logística, sobre los bienes que no son de utilidad o que seencuentren en la condición de excedentes, a fin de efectuar la baja, o asignación a otrasUnidades Orgánicas.

En la Sede Centra!, los Órganos y las Unidades Orgánicas remitirán los bienes muebles a laOficina de Logística, con la finalidad de reasignar aquellos que se encuentren en buen estadoo llevar a cabo la baja de los que se encuentren en mal estado, en coordinación con laOficina de Servicios Generales y la OGTIC del INDECI.

Los equipos de cómputo e informáticos y telecomunicaciones solicitados para baja por laOGTIC a la Oficina de Logística, deberán tener sus componentes completos y contar con elinforme técnico que señale la causal de la baja.

DE LA PÉRDIDA DE LOS BIENES

Los Directores y Jefes de Oficina de ios Órganos y Unidades Orgánicas del INDECí seránresponsables de los bienes muebles que les son asignados, debiendo informar por escrito encaso se produzca la pérdida, hurto o robo de los mismos; de igual forma, efectuarán elseguimiento para su reposición, en coordinación con la Oficina de Logística.

7.8.1 POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR

a. El robo o hurto de bienes muebles será comunicado por escrito por el usuario a su Jefeinmediato; para lo cual, deberá adjuntar en el plazo de 24 horas del suceso, un informe de laocurrencia y la denuncia policial, documentos que serán remitidos a la OGA y Oficina deLogística,

b. La Oficina de Logística elaborará el expediente, adjuntando copia de la denuncia policial, elinforme de lo ocurrido y demás documentos exigidos por la Compañía de Seguros, encoordinación con el Asesor de Seguros, con la finalidad de iniciar el procedimiento dereposición de! bien, independientemente de las acciones legales y responsabilidad quecorrespondan.

7.8.2 POR NEGLIGENCIA

a. La pérdida o destrucción de un bien mueble por descuido o negligencia del personal que iohubiera tenido en uso, será repuesto por el personal con un bien mueble de característicassimilares o mejores, previa presentación de un informe por escrito al Jefe inmediato,adjuntando la denuncia policial en el período de 24 horas de sucedido el hecho.

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INDECI,

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en e! Perú"

"Año de ¡a Consolidación del Mar de Grau"

b, Recibido el informe del usuario, la Oficina de Logística emitirá opinión sobre ef caso yalcanzará el informe correspondiente a la OGA, donde se determinará la negligencia de partedel usuario responsable de la custodia y se procederá a las acciones correspondientes.

c. La reposición dei bien o bienes muebles es por cuenta del usuario o del responsable del dañode los mismos, o en su defecto el pago del deducible, en ei caso que la Compañía deSeguros ejecute la reposición.

d. La reposición del bien o bienes muebles se efectuará en un plazo máximo de treinta (30) díascalendarios de efectuado el requerimiento correspondiente, debiendo suscribirse eí Acta deEntrega - Recepción, entre la persona que ha repuesto el bien y la Oficina de Logísticaacompañando copia del documento de adquisición del bien repuesto en el cual se describa elvalor y las características del bien mueble entregado en calidad de reposición (factura, boleta,declaración jurada}. En el caso de equipos de naturaleza compleja, serán evaluadospreviamente por las oficinas técnicas correspondientes (OGTIC, OF. SSGG.) a fin que sedetermine si los mismos cuentan con las características similares ó mejores que el biensiniestrado.

e. Transcurrido ei plazo fijado y el usuario no haya cumplido con la reposición del bien mueble,la Oficina de Logística remitirá un informe a la OGA a fin de adoptar las medidascorrespondientes.

f. La empresa contratada para brindar el servicio de seguridad y vigilancia será la responsablede los bienes muebles que resulten perdidos o sustraídos fuera del horario laboralestablecido por la entidad y en ausencia del personal del bien asignado.

SANCIONES

La sanción tiene como objetivo orientar la conducía de los funcionarios y servidores públicos, prevenircomportamientos que atenten contra el cumplimiento de obligaciones, prever que la comisión de iaconducta sancionable no resulte más ventajosa para el infractor que cumplir las disposicionesinfringidas, cumplir con su carácter punitivo.

8.1 El personal que incurra en responsabilidad sobre !os bienes muebles asignados a su cargo seránsancionados administrativa, civil o penalmente por los perjuicios que irroguen al patrimonio delEstado.

8.2 La Oficina de Logística elevará a ia OGA el Informe con el expediente correspondiente, respectode ia presunta falta que hubiese cometido la persona responsable de los bienes mueblesasignados, recomendando se derive a la Secretaria Técnica de los Órganos Instructores delProcedimiento Administrativo Disciplinario dei INDECI.

8.3 La Oficina General de Administración elevará el respectivo Informe a la Alta Dirección del INDECI,a efectos que disponga las acciones pertinentes para la determinación de la presunta faltacometida sobre los bienes muebles asignados,

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IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARÍAS

9.1 Los bienes muebles que se encuentren internados en el Almacén General de la Institución, sinconocimiento de la Oficina de Logística, serán de única y exclusiva responsabilidad del encargadodel Almacén o quien haga sus veces.

9.2 Cualquier mejora que sufra un bien mueble deberá ser informado a la Oficina de Logística para laadecuación de sus características con los registros existentes y conciliar la información con laOficina de Contabilidad.

9.3 El ingreso de bienes de propiedad personal deberán ser declarados por el propietario en elFormato N° 04, con las firmas respectivas indicadas en dicho documento, señalando lascaracterísticas del bien o bienes y adjuntando el documento que acredite su pertenencia. Sucustodia será responsabilidad del propietario, no estando cubierto en la póliza de seguroscontratada por la entidad.

9.4 Cuando por necesidad o emergencia se requiera ingresar bienes muebles al INDECI que no sonde propiedad de la entidad, éstos deberán ser autorizados por la OGA y registrados por la Oficinade Logística, igual trámite se seguirá para su posterior salida. El personal de seguridad y vigilanciaque preste servicio en la puerta principal de la institución exigirá su cumplimiento, por disposiciónde la OGA y supervisados por la Oficina de Servicios Generales.

9.5 Todo lo no previsto en la presente Directiva será de cumplimiento, de acuerdo a la normatividadvigente que regula los Bienes Muebles de Propiedad Estatal.

GLOSARIO DE TÉRMINOS

- ACTIVOS FIJOS

Bienes Patrimoniales adquiridos por la Entidad Pública, a través de las formas y procesos deselección establecidos por las normas legales, cuya vida útil estimada sea mayor de un (01) año.

- ASIGNACIÓN

Entrega provisional a un trabajador de la entidad, un determinado bien patrimonial adquirido por lainstitución del cual el usuario se hace responsable directo.

- BIENES MUEBLES

Son todos aquellos bienes que se encuentran descritos en el Catálogo Nacional de Bienes Mueblesdel Estado - CNBME, que hayan sido adquiridos, donados, transferidos o entregados medíanteconvenio.

- BIENES MUEBLES ASIGNADOSSon los bienes muebles que se encuentran destinados al personal del INDECI, con la finalidad derealizar las funciones y/o actividades, y cumplir con los objetivos y metas institucionales.

- BIENES MUEBLES Y EQUIPOS EN CALIDAD DE DESUSO (EXCEDENTE)Son aquellos bienes que a una fecha determinada el usuario determina que no los utiliza, ni utilizarápróximamente por diversas razones.

- BIENES MUEBLES Y EQUIPOS 1NOPERATIVOS

PARA EL USO, CONTROL, CONSERVACIÚN, CUSTODIA, DESPLAZAMIENTO Y REPOSICIÓN DE LOS BiENES MUEBLES DEL

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Ministerio de I InstitutoDefensa I de De"

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Se considera así a los Bienes que dada su continua operatividad y/o falta de mantenimientopreventivo oportuno, sufren un deterioro acelerado. El costo elevado de su reparación haceimposible su pronta operatividad.

- CUSTODIAEs la responsabilidad que asume una persona por el cuidado físico de un bien.

- DESPLAZAMIENTO INTERNOSe considera al traslado de un bien mueble a otra Unidad Orgánica o Usuario, en forma temporal,dentro de ia misma sede institucional.

- DESPLAZAMIENTO EXTERNOSe considera al traslado de un bien mueble fuera de las instalaciones de la Sede Central, LocalesAnexos u Órgano Desconcentrado, por necesidad del servicio o para reparación y/o mantenimiento.

~ DESTRUCCIÓN ACCIDENTALEs cuando e bien ha sufrido un daño grave a causa de hechos accidentales que no sean calificadoscomo siniestro.

- ETIQUETA DE CÓDIGO DE BARRAEtiqueta que se coloca al bien patrimonial, donde se encuentra especificado el código del grupogenérico, clase, tipo, así como, el número correlativo que corresponde al bien, de acuerdo como seencuentra registrado en e! SIMl.

- HURTOEs la sustracción de! bien sin el uso de violencia para quedarse con bienes ajenos.

- PÉRDIDAEs cuando el bien ha desaparecido físicamente de la entidad.

- ROBOQue implica la comisión del delito de robo, esto es la desposesión del bien empleando violencia ointimidación en las personas.

- SUSTRACCIÓN CON VIOLENCIA

Es el apoderamiento por parte de personas extrañas a los bienes muebles, por medios violentos ode fuerza, ejercidos para penetrar al establecimiento o residencia que contiene dichos bienes, enforma tal que queden huellas visibles de tal acto de violencia en el lugar de entrada o salida de dichapersona o personas.

- SINIESTRODaño parcial o total sufrido a un bien por causa de un fenómeno de la naturaleza. Para lascompañías de seguros, este término se usa ante un evento de daño, perjuicio, hurto, robo, u otro deun bien o conjunto de bienes que conforma parte de la materia asegurada, el cual da origen a.unareclamación bajo el contrato de seguro.

- ESTADO DE CONSERVACIÓNEs la evaluación de la condición en que se encuentra el bien.

- RESPONSABILIDAD CIVIL

En ¡a que incurren los servidores o funcionarios públicos que, en el ejercicio de sus funciones, hayanocasionado un daño económico a su entidad o al Estado.

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INDECI,

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"

"Año de la Consolidación del Mar de Grau"

RESPONSABILIDAD PENAL

Es en la que incurren los servidores o funcionarios públicos que, en el ejercicio de sus funciones hanefectuado un acto u omisión tipificado como delito o falta.

BIENES SUSTRAÍDOS

Bienes Patrimoniales asignados en uso por la entidad a sus trabajadores, que desaparecenfísicamente por descuido o negligencia o por causas fortuitas.

TRANSFERENCIAS

Se entiende por Transferencia, el traslado de bienes patrimoniales a otros Órganos Administrativos

- usoEs la acción de utilización permanente de un bien, asignado a una persona.

ABREVIATURAS

CNBMESSGGOGTICOGAVo B°SlívllSBN

Catálogo Nacional de Bienes Muebles del EstadoOficina de Servicios GeneralesOficina General de Tecnologías de la Información y ComunicacionesOficina General de AdministraciónVisto buenoSoftware Inventario Mobiliario InstitucionalSuperintendencia Nacional de Bienes Estatales

ANEXOS

- Formato N° 01 Movimientos Internos de Bienes Muebles.- Formato N° 02 Saudade Bienes Muebles del INDECl al Exterior.- Formato N° 03 Ingreso de Bienes Muebles del Exterior al INDECL- Formato N° 04 Ingreso o Salida de Bienes Muebles de Propiedad Personal.- Formato N° 05 Reposición de Bienes Muebles.

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Oficina General de AdministraciónOficina de Logística

FORMATO N°01

MOVIMIENTO INTERNO DE BIENES MUEBLES (ASIGNACIÓN. CAMBiO DE USUARIO.REPARACIÓN Y DEVOLUCIÓN)

Marcar con un aspa el casillero que corresponda

ASIGNACIÓN

REPARACIÓN Y/OMANTENIMIENTO

DE LA UNIDAD ORGÁNICA: .....

A LA UNIDAD ORGÁNICA:

REFERENCIA :

FECHA:

N° :

CAMBIO DE USUARIO

DEVOLUCIÓN

ENTREGA DE CARGO

CódigoPatrimonial

Denominación delbien Marca Modelo Serie Estado

Conserv.N°

Invent.

OBSERVACIO M : „

NOTA: El usuario es el responsable directo del buen uso, permanencia y conservación de cada uno delos bienes descritos, por lo que se recomienda tomar las medidas necesarias a fin de evitar pérdidas,sustracciones, o deterioro y comunicar a la Oficina de Logística • Control Patrimonial, sobre cualquierdesplazamiento de los bienes que realice.

ENTREGUE CONFORME:

Firma

Nombre

RECIBÍ CONFORME:

(Legible y Completo)

Distribución:Original : C, Patrimonial1ra, Copia: Ofic, Entrega2da.Copia: Ofic.Recibe

Autorizado por

Firma

Nombre(Legible y Completo)

V°B. Control Patrimonial

Director o Jefe de Oficina

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INDECIiNSfiruTo FincioNAL nt ni'f tr-sa CIVIL

Oficina General de AdministraciónOficina de Logística

FORMATO N° 02

SALIDA DE BIENES MUEBLES DEL INDECI AL EXTERIOR

FECHA :

Por Reparación Por Préstamo Com. Servicio Por Garantía

Otros Doc. Autoriza

DESTINO (Lugar donde se traslada el bien)

Día Mes AñoFecha Probable de Retorno

CódigoPatrimonial

Denominación del nn0. MaBien rea Modelo Serie

OBSERVACIOr4:

Estado N°Conserv. Invent.

NOTA: El usuario es el responsable directo del buen uso, permanencia y conservación de cada uno de tosfiíenes descritos, por lo que se recomienda tomar las medidas necesarias a fin de evitar pérdidas,sustracciones, o deterioro y comunicar a la Oficina de Logística - Control Patrimonial, sobre cualquierdesplazamiento de los bienes que realice.

(ENTREGUÉ CONFORME)

FIRMA: --..

Nombres y Apel

(Leg

FIRMA CONTR

Nombres y Ape

idos

ible y Completo)

OL BIENES:

idos

(Legible y Completo)

RECIBÍ CONFORME

FIRMA:

Nombres y Apellidos

(Legible y Completo)

FIRMA SEGURIDAD: ,

Nombres y Apellidos

(Legible y Completo)

Distribución :Original :1ra. Copia:2da.Copia:3ra,Copia :

C, PatrimonialOfic, EntregaOfíc, RecibeSeguridad

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Oficina General de AdministraciónOficina de Logística

FORMATO N°03

INGRESO DE BIENES MUEBLES DEL EXTERIOR AL 1NDECI

FECHA:

Marcar con un aspa el casülero que corresponda.

Término de Reparacióno Mantenimiento

Devolución por

PréstamoTérmino de Comisión

de Servicio

Otros Documento que Autoriza ..

DESTINO:UNIDAD ORGÁNICA

USUARIO

Código

Patrimonial

Denominación del .. M . . c . Estado N°D. Marca Modelo Sene _ .Bien Conserv. hvent

OBSERVACIÓN:

NOTA: El usuario es e/ responsable directo del buen uso, permanencia y conservación de cada uno de losbienes descritos, por lo que se recomienda tomar las medidas necesarias a fin de evitar pérdidas,

/sustracciones, o deterioro y comunicar a la Oficina de Logística - Control Patrimonial, sobre cualquierdesplazamiento de los bienes que realice.

(ENTREGUÉ CONFORME) RECIBÍ CONFORME

FIRMA : - - FIRMA :

Nombres y Ape!

(Leg

FIRMA CONTR(

Nombres y A

idos . Nombres y Apellidos

ble y Completo) (Legible y Completo)

X BIENES : FIRMA SEGURIDAD:

oellidos Nombres y Apellidos

(Legible y Completo) (Legible y Completo)

Distribución,:Original1ra. Copia2da.Copia3ra.Copia

C. PatrimonialOfic. EntregaOfic. RecibeSeguridad

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JNDECI"PáginaS

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oOficina General de Administración

Oficina de Logística

FORMATO N° 04

INGRESO O SALIDA DE BIENES MUEBLES DE PROPIEDAD PERSONAL

INGRESO

FECHA:

N° :

SALIDA

DOCUMENTO SUSTENTATORIO :

DE PROPIEDAD PERSONAL :

Denominación del bien Modelo Marca Serie EstadoConservac.

OBSERVACIÓN:

DIRECTOR Y/O JEFE AUTORIZA INGRESOY/O SALIDADEL BIEN

PERSONAL DE SEGURIDAD

Firma ..

Nombre(Legible y Completo)

Firma

Nombre(Legible y Completo)

PROPIETARIO DEL BIEN

Firma

Nombres y Apellidos

DistribuciónOriginal1ra. Copia2da.Copia3ra. Copia

(Legible y Completo)

C. PatrimonialDirecc y/o oficina ingresa el bienPropietario del bienPers. Seguridad

(V°B) Control Patrimonial

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Oficina General de AdministraciónOficina de Logística

FORMATO N° 05

REPOSICIÓN DE BIENES MUEBLES

FECHA

OBSERVACIÓN:

DOCUMENTO : ...

DE REFERENCIA

(INGRESO)

Denominación del Bien Modelo Marca SerieEstado

Conservac.

PERSONA QUE INGRESA EL BIEN

Firma

Nombre(Legible y Completo)

PERSONAL DE SEGURIDAD

Firma

Nombre(Legible y Completo)

pistribuclón_Original :1ra. Copia:2da.Copia:3ra. Copia:

RECEPCIÓN DEL BiEN REPUESTO

Firma

Nombre(Legible y Completo)

C, PatrimonialPers.ingresa,bienPers, Recibe bienPers. Seguridad

(V°B) Control Patrimonial

DIRECTIVA PARA EL USO, CONTROL, CONSERVACIÓN, CUSTODIA, DESPLAZAMIENTO Y REPOSICIÓN DE LOS BIENES MUEBLES DEL

INDECI"Página 5