ÍNDICE 2 - Instituto Tecnológico de la Producción

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ÍNDICE 2 INTRODUCCIÓN 3 1. OBJETIVO 4 2. ALCANCE 4 3. BASE LEGAL 4 4. PLAN PARA LA VIGILANCIA PREVENCIÓN Y CONTROL 5 4.1 Comité de Salud y Seguridad en el Trabajo 5 4.2 Plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo 6 4.2.1 Lineamientos del Plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo 6 5. CONSIDERACIONES PARA EL REGRESO Y REINCORPORACIÓN AL TRABAJO 8 5.1 Regreso al trabajo 8 5.2 Reincorporación al trabajo 8 5.3 Con riesgo crítico según puesto de trabajo 8 5.4 Con factores de riesgo para COVID-19 8 6. PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL COVID-19 PARA LA REINICIACIÓN DE LA UNIDAD ACUÍCOLA

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6.1 Limpieza y Desinfección de la Unidad Acuícola 9 6.1.1 Ambientes de Trabajo y Áreas comunes 9 6.1.2 Mobiliario dentro de la unidad acuícola 9 6.2 Evaluación de sintomatología COVID-19 previo al ingreso a la unidad acuícola 9 6.2.1 Ficha de sintomatología COVID-19 9 6.2.2 Control de temperatura 9 6.3 Lavado y desinfección de manos obligatorio 10 7. PROTOCOLOS SANITARIOS PARA EL SECTOR ACUÍCOLA 10

7.1 Guia para el Establecimiento, Implementacion y Reforzamiento de Medidas Preventivas en Infraestructuras Pesqueras y Acuicolas frente a la propagacion del COVID-19. Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 027-2020-SANIPES-PE

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7.1.1 Disposiciones generales 10 7.1.2 Medidas específicas 11 7.1.3 Medidas de acción en caso de sospecha de personal con síntomas de COVID-19 11 7.2 Protocolo de Contingencia por COVID-19 para Establecimientos Acuícolas 11 7.2.1 Disposiciones generales 11 7.2.2 Para el personal 12 7.2.3 Para terceros 13 7.2.4 Para el establecimiento 13 7.2.5 Para la recepción de ovas y/o alevines 13 7.2.6 Para la recepción de alimento 13 8. ANEXOS 15

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INTRODUCCIÓN

El COVID-19 es un nuevo tipo de coronavirus que afecta a los humanos, esta enfermedad es

producida por el Virus del Síndrome Respiratorio Agudo Severo – 2 (SARS-coV-2); reportado por

primera vez en diciembre de 2019 en la ciudad de Wuhan, en China. La epidemia de COVID-19 se

extendió rápidamente, siendo declarada una pandemia por la Organización Mundial de la Salud el

11 de marzo del 2020.

Frente a esta situación de pandemia, el Gobierno Peruano a través del Ministerio de Salud, ha

aprobado la Resolución Ministerial N°448-2020-MINSA en el que se presentan los “Lineamientos

para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a

COVID-19", estableciéndose criterios generales a cumplir durante el periodo de emergencia y

posterior al mismo.

En el actual contexto el CITEacuícola Ahuashiyacu del Instituto Tecnológico de la Producción ha

elaborado la presente Guia para la elaboracion e implementacion del “Plan de Vigilancia, prevencion

y control de COVID-19 en el Trabajo para el sector acuícola”, con el objetivo de brindar la

información y pautas necesarias que faciliten la implementación de medidas y recomendaciones

sanitarias en las unidades acuícolas, teniendo como base la normatividad existente y pertinente

para el sector acuícola.

La presente Guía está dirigida a personas y empresas involucradas en el sector acuícola, para que

en el marco de sus responsabilidades cumplan con asegurar las condiciones adecuadas de las áreas

de trabajo para vigilar, prevenir y controlar el contagio del COVID-19 en el centro de trabajo.

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1. OBJETIVO

Brindar la información y pautas necesarias que faciliten la elaboración e implementación del Plan

de Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19, teniendo como base la normatividad existente y

pertinente, para el sector acuícola.

2. ALCANCE

Esta Guía está dirigida hacia las personas y empresas involucradas en el sector acuícola, a través del

desarrollo de la Guía efectúen y aseguren las condiciones necesarias en las áreas de trabajo para

vigilar, prevenir y controlar el contagio del COVID-19 en dicho sector.

3. BASE LEGAL

Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA - Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y

Control de la salud de los trabajadores.

Decreto Supremo N°117-2020-PCM - aprueba la reanudación de actividades comprendidas

en la Fase 03 y nuevamente modifican el procedimiento de registro de Plan de Vigilancia,

Prevención y Control del COVID-19 en el trabajo.

Decreto Supremo N°116-2020-PCM - Prorrogación del Estado de Emergencia,

levantamiento de la cuarentena y las nuevas medidas de inmovilización social hasta el 31

de julio

Decreto Supremo N°101-2020-PCM - aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades

Económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las

graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

Decreto Supremo N°094-2020-PCM - establece las medidas que debe observar la ciudadanía

hacia una nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las

graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

Decreto Supremo N°080-2020-PCM - aprueba la reanudación de actividades económicas en

forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria

Nacional. Actividades incluidas en la Fase 01: Minería, construcción, comercio, servicios y

turismo

Ley N°29783 “Ley en seguridad y salud en el trabajo” y sus modificatorias.

Decreto Supremo N°005-2012-TR. Reglamento Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Decreto Supremo N°008-2020-SA - Declara el estado de emergencia sanitaria a nivel

nacional por 90 días, y sus ampliaciones.

Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara estado de emergencia nacional por las

graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-

19.

Resolución Ministerial N°055-2020-TR “Guia para la prevencion ante el Coronavirus (COVID-

19) en el ámbito laboral”.

Resolución Ministerial N°135-2020-MINSA “Especificacion Técnica para la confeccion de

mascarillas faciales textiles de uso comunitario”.

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Resolución Ministerial N° 145-2020-MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria Nº 089-

MINSA/2020/CDC, para la Vigilancia Epidemiológica de la enfermedad por coronavirus

(COVID-19) en el Perú.

Resolución Ministerial Nº 193-2020/MINSA, que aprueban el Documento Técnico:

Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID-19 en el Perú.

Resolución Ministerial Nº 055-2020-TR, que aprueba la "Guía para la prevención del

Coronavirus en el ámbito laboral".

Resolución Ministerial N°773-2012-MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria Nº 048-

MINSADGPS-V.01 “Directiva Sanitaria para Promocionar el Lavado de Manos Social como

Práctica Saludable en el Perú”.

4. PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID-19

A través de la Resolución Ministerial N°448-2020-MINSA se aprobó el Documento Técnico que

establece los Lineamientos de vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con

riesgo de exposición al COVID-19, aplicables a todas las personas naturales con negocio y jurídicas

que desarrollan actividades económicas, así como también la elaboración del Plan para la vigilancia,

prevención y control del COVID-19 en el trabajo, de obligación y cumplimiento de todas las

empresas previo al reinicio de operaciones.

En el caso concreto de las personas y empresas relacionadas al sector acuícola, estarían clasificadas

dentro de los Niveles: Riesgo bajo de exposición o de precaución, aquellos que no requieren

contacto con personas que se conoce o se sospecha que están infectados con COVID-19 ni tienen

contacto cercano frecuente a menos de 2 metros de distancia con el público en general; o Riesgo

mediano de exposición, aquellos que requieren un contacto frecuente y/o cercano, menos de 2

metros de distancia, con personas que podrían estar infectadas con COVID-19, pero que no son

pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19.

4.1. Comité de Salud y Seguridad en el Trabajo

Según la Ley N° 29783 Seguridad y Salud en el Trabajo, detalla que todas las empresas,

independiente del rubro en que se encuentren, deben implementar un sistema de gestión de

seguridad y salud en el trabajo, para lo que deberán elegir un Comité o Supervisor de Seguridad y

Salud en el Trabajo, según el número de trabajadores.

Las empresas con más de 20 trabajadores deben tener un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

y para el caso de las empresas con hasta 19 trabajadores deberán tener un Supervisor de Seguridad

y Salud en el Trabajo; la función del Comité o Supervisor serán las actividades de prevención

vinculadas al COVID-19.

Para la elaboración del Plan de vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo, lo podrá

elaborar un especialista de la salud o una persona con conocimientos en salud, seguidamente dicho

Plan deberá ser revisado y aprobado por el Comité o el Supervisor, según corresponda.

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4.2. Plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo

El Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo, proporcionará la

información necesaria para la implementación de esta, detallará las actividades y acciones que se

realizará la unidad acuícola.

Considerando el número de trabajadores de la unidad acuícola, se elaborará uno de los siguientes

documentos:

● Lista de chequeo de vigilancia de la COVID-19 (empresas de 1 a 4 trabajadores)

● Plan para la vigilancia, prevencion y control de COVID-19 en el trabajo (empresas de 5 a más

trabajadores)

Al término de la elaboración, para el registro del “Plan para la vigilancia, prevención y control de

COVID-19 en el trabajo” o la Lista de chequeo de vigilancia de la COVID-19 se deberá ingresar al

siguiente link: https://saludtrabajo.minsa.gob.pe/, web proporcionada por el Ministerio de Salud

Tanto el Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el Trabajo, como la Lista de

chequeo de vigilancia de la COVID-19, dependiendo del caso, deberán estar accesibles para la

posterior fiscalización por parte del CENSOPAS, así como también fiscalización del SUNAFIL.

El Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo o la Lista de chequeo de

vigilancia de la COVID-19 en empresas de 1 a 4 trabajadores, deberán especificar lo siguiente:

Número de trabajadores

Nómina de trabajadores según el riesgo de exposición a COVID-19 por puesto de trabajo

(Muy Alto, Alto, Mediano o Bajo)

Las características de vigilancia, prevención y control por riesgo de exposición al COVID-19.

4.2.1. Lineamientos del Plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo

Todo plan recibido es verificable, conteniendo los 07 lineamientos básicos para las actividades,

acciones e intervenciones planteadas por el lugar de trabajo:

a) Limpieza y desinfección de los centros de trabajo:

• Previo al inicio de labores: Limpieza y desinfeccion total (áreas, muebles, máquinas, vehiculos,

entre otros).

• Periodicidad de la desinfeccion de los lugares de trabajo.

• Se deben establecer métodos de limpieza.

• Medidas de proteccion y dar capacitacion a trabajadores que realizarán dicha labor.

• Disponibilidad de sustancias a emplear.

b) Evaluación de la condición de salud del trabajador, previo al regreso o reincorporación al centro

de trabajo:

• Identificacion del riesgo de exposición de cada trabajador.

• Completar ficha sintomatológica COVID-19.

• Control de temperatura (Aleatoria o no obligatoria en >20 trabajadores).

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• Aplicacion de pruebas rápidas (Alto y muy alto riesgo).

• Para puestos de bajo y mediano riesgo las pruebas son facultativas.

• No se recomienda la realizacion de pruebas rápidas y moleculares a trabajadores que hayan

presentado previamente una prueba positiva y/o tengan un alta epidemiológica.

c) Lavado y desinfección de manos obligatorio:

• Cantidad y ubicación de puntos de lavado de manos (lavadero, jabón líquido o jabón desinfectante

y papel toalla, alcohol en gel).

• Uno de los puntos de lavado o dispensador debe estar en el ingreso del centro de trabajo,

estableciéndose el lavado de manos o desinfección previo al inicio de sus actividades laborales.

• Usar carteles ilustrativos para lavado de manos.

• El alcohol en gel o liquido no reemplaza el lavado de manos.

d) Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo:

• Brindar informacion sobre el coronavirus y medios de proteccion laboral en las actividades de

capacitación, que incluya distanciamiento social, uso de mascarilla e higiene de manos.

• El uso obligatorio de mascarillas.

• Sensibilizar en la importancia de reportar tempranamente presencia de COVID-19.

• Facilitar medios para responder inquietudes de los trabajadores.

• Educar sobre medidas preventivas.

• Educar sobre prevencion de la estigmatizacion a raiz del contagio.

e) Medidas preventivas de aplicación colectiva:

• El uso de mascarilla de manera adecuada.

• Asegurar la capacitacion a los trabajadores sobre la prevención.

• Distanciamiento minimo 1 metro entre trabajadores.

• Reuniones deben ser preferentemente virtuales. Promover uso de medios virtuales.

• Uso de mamparas o pantallas protectoras para personal expuesto a atención al público.

• Evitar aglomeraciones dentro y fuera del centro de trabajo.

• Establecer puntos de acopio de EPP’s en desuso, manejarlo como material contaminado.

• Prohibido rociar al trabajador con sustancias que pongan en riesgo su salud.

f) Medidas de protección personal:

• De acuerdo con el nivel de riesgo de los puestos de trabajo, se debe considerar los minimos

estándares de protección respiratoria.

• Los de mediano riesgo deben cumplir con el estándar minimo de mascarillas quirúrgicas o de lo

contrario la combinación de mascarillas comunitarias con careta facial.

• Los de bajo riesgo deben utilizar mascarillas comunitarias como mínimo estándar de protección

las cuales deben ser reutilizables y lavables (empleador debe entregar 3 mascarillas).

• Equipos proteccion respiratoria N95 o FFP2 es exclusivo para personal con riesgo alto y muy alto.

g) Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto del COVID-19:

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• La vigilancia será durante el tiempo que establezca el MINSA.

• Control de temperatura al ingreso y salida.

• Se indicará la evaluacion médica de síntomas COVID-19 > 38ºC.

• La vigilancia a la exposicion de otros factores de riesgo como consecuencia del COVID-19

(ergonómicos, psicosociales, u otros que se generen por COVID-19).

• El plan debe considerar medidas de salud mental para mantener el clima laboral.

5. CONSIDERACIONES PARA EL REGRESO Y REINCORPORACIÓN AL TRABAJO

5.1. Regreso al trabajo:

Orientado a los trabajadores que estuvieron en cuarentena social y que no presentaron

sintomatología COVID-19. En estos casos el regreso es automático.

5.2. Reincorporación al trabajo:

• Aquellos con alta epidemiologica de COVID-19.

• En caso de pacientes con diagnostico confirmado de la COVID19 que presenten sintomas, el alta

se dará 14 días después del inicio de síntomas, puede extenderse según médico tratante.

• En el caso de pacientes moderados o graves con diagnóstico confirmado de COVID-19, el alta lo

establece el médico tratante.

5.3. Con riesgo crítico según puesto de trabajo:

• El empleador debe brindar capacitacion en el puesto (reforzamiento técnico).

5.4. Con factores de riesgo para COVID-19:

Se deberán considerar en este grupo los trabajadores que presenten los siguientes factores de

riesgo para COVID -19:

o Gestante

o Edad mayor de 65 años

o Hipertensión arterial no controlada

o Enfermedades cardiovasculares graves

o Cáncer

o Diabetes Mellitus

o Obesidad con IMC de 40 a más

o Asma moderado o grave

o Enfermedad pulmonar crónica

o Insuficiencia renal crónica con hemodiálisis

o Enfermedad o tratamiento inmunosupresor

• La información clínica debe ser valorada por el médico tratante a fin de evaluar su modalidad de

trabajo.

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• Aquellos trabajadores con factores de riesgo que hayan superado la enfermedad de la COVID-19

y deseen reanudar sus actividades podrán hacerlo aplicando todas las medidas de protección y de

higiene descritas en el presente documento.

6. PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL COVID-19 PARA LA REINICIACIÓN DE LA UNIDAD

ACUÍCOLA

6.1 Limpieza y Desinfección de la Unidad Acuícola

Asegurando las medidas de protección para todo el personal de la unidad acuícola, se realizará la

limpieza y desinfección de los ambientes de trabajo según las características del lugar de trabajo y

tipo de actividad que se realiza.

6.1.1 Ambientes de Trabajo y Áreas comunes

Antes del inicio de las labores diarias, se deberá efectuar la limpieza de superficies

utilizando agua y detergente o limpiador líquido.

Es necesario realizar la desinfección utilizando productos desinfectantes efectivos

(peróxido de hidrógeno de 5ta generación, amonio cuaternario, hipoclorito de sodio)

para neutralizar y erradicar agentes patógenos.

Una vez realizado el proceso de limpieza de las superficies, se procederá a realizar la

desinfección aplicando productos desinfectantes a través de rociadores, toallas, paños

de fibra o microfibra y trapeadores.

Las opciones de desinfectantes de superficies inertes para el COVID-19 son las

siguientes:

o Hipoclorito de Sodio (Lejía) al 0.1%, comercialmente al 5%)

o Alcohol al 70%.

o Peróxido de Hidrógeno (Agua oxigenada a concentración de 0.5% de peróxido

de hidrógeno), comercialmente a una concentración de 3%.

6.1.2 Mobiliario dentro de la unidad acuícola

El mobiliario tales como escritorios, sillas y estantes se deben limpiar del polvo. Luego

se debe pasar un trapo húmedo con desinfectante preparado con hipoclorito de sodio

y agua.

6.2 Evaluación de sintomatología COVID-19 previo al ingreso a la unidad acuícola

6.2.1 Ficha de sintomatología COVID-19

Previo al ingreso a la unidad acuícola, todos los trabajadores deberán llenar la Ficha de

Sintomatología COVID-19, donde detallará si presenta o no los síntomas del coronavirus, la cual será

entregada al empleador. Esta información tiene el carácter de declaración jurada.

6.2.2 Control de la temperatura

Al ingresar a la unidad acuícola se debe tomar la temperatura a cada uno de los trabajadores

(opcional).

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En caso que el trabajador tenga temperatura mayor a 37.5 °C el encargado de Seguridad y Salud en

el Trabajo hará el seguimiento del trabajador durante el desarrollo de sus actividades. En caso tenga

temperatura mayor de 38.0 °C deberá regresar a su casa (tomando las precauciones del caso) y

avisar a la autoridad de salud competente. Los trabajadores que tengan algún tipo de sintomatología

del COVID-19 (fiebre, tos, estornudos, problemas para respirar) no deberán salir de casa y deben

reportar, por teléfono, a su jefe inmediato

6.3 Lavado y desinfección de manos obligatorio

Se colocarán los maniluvios en lugares estratégicos como la entrada y salida a la

unidad acuícola, para el lavado de las manos con agua y jabón líquido.

La desinfección de manos se realizará con alcohol en gel al 70%

Los insumos que se deberán tener en los servicios higiénicos para que los trabajadores

puedan lavarse y desinfectarse las manos son los siguientes:

o Dispensadores de jabón líquido

o Agua potable

o Solución alcohólica (alcohol en gel al 70%)

o Material para secado de mano (papel toalla)

7. PROTOCOLOS SANITARIOS PARA EL SECTOR ACUÍCOLA

7.1 Guia para el Establecimiento, Implementacion y Reforzamiento de Medidas Preventivas en

Infraestructuras Pesqueras y Acuicolas frente a la propagacion del COVID-19. Resolución de

Presidencia Ejecutiva N° 027-2020-SANIPES-PE

Objetivo: Brindar orientación a los operadores de infraestructuras pesqueras y acuícolas para el

establecimiento, implementación y/o reforzamiento de medidas preventivas para hacer frente a la

expansión del COVID–19.

Alcance: La presente Guía es de alcance para todos los operadores de infraestructuras pesqueras y

acuícolas, sus trabajadores, proveedores y usuarios de la cadena productiva y logística como centros

de producción acuícola.

7.1.1 Disposiciones generales

Optar con el personal mínimo indispensable que garantice la continuidad de la

extracción, producción y comercialización.

No deben estar comprendidos dentro de la población vulnerable.

Personal presente síntomas respiratorios de cualquier índole, no deberá asistir al

trabajo

Establecer horarios de atención u otras medidas que eviten la aglomeración.

Servicios higiénicos con agua potable, jabón y alcohol desinfectantes, y en óptimas

condiciones de limpieza e higiene.

Implementar puntos adicionales de desinfección.

Colocar contenedores cerrados específicos

Poner a disposición mascarillas e implementos de protección.

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Reforzar el correcto lavado y desinfección de manos, y EPP

Capacitaciones

7.1.2 Medidas específicas

Incrementar la frecuencia de desinfección de las instalaciones.

Implementar la toma de temperatura al ingreso del personal (y terceros) a las

infraestructuras pesqueras y acuícolas.

Las medidas de protección individual deben ser adecuadas según el riesgo de la

actividad laboral.

Las instalaciones deben poseer un área aislada que pueda proveer de atención médica,

para efectos de atender de manera ambulatoria a las personas que manifiestan

síntomas de la enfermedad, hasta su traslado al centro médico más cercano.

g) El superior está obligado a aislar a algún trabajador que tenga síntomas de COVID-19

y a reportar inmediatamente al MINSA.

7.1.3 Medidas de acción en caso de sospecha de personal con síntomas de COVID-19

En caso alguna persona presente síntomas o se sospeche algún caso de COVID-19, el

operador debe comunicar dicha situación al MINSA, llamando a la Línea 113.

De confirmarse un caso de COVID-19, los administradores de dichas infraestructuras

deberán suspender las actividades por el periodo correspondiente a la desinfección y/o

fumigación de la infraestructura en general.

En caso suceda el cierre de algún establecimiento por un caso de COVID-19, su

reapertura deberá supeditarse al cumplimiento de las medidas preventivas

establecidas.

La persona que conoce ser portadora del COVID-19, se encuentra impedida de realizar

cualquier tipo de actividad laboral o comercial que genere riesgo de propagación o de

contagio a otras personas.

7.2 Protocolo de Contingencia por COVID-19 para Establecimientos Acuícolas

Objetivo: El presente protocolo tiene como objetivo prevenir la entrada y proliferación del

coronavirus (COVID – 19), a través de la implementación de medidas básicas necesarias, que

permitirá a los dueños de centros acuícolas precautelar la salud de sus trabajadores.

Alcance: El presente protocolo es de alcance para las unidades acuícolas, sus trabajadores,

proveedores, practicantes y visitantes.

7.2.1 Disposiciones Generales:

Las empresas acuícolas (hatchery y granjas) deben operar con el personal mínimo

indispensable que garantice la continuidad de la producción y comercialización de los

productos hidrobiológicos.

Los trabajadores que garanticen dicha continuidad no deben pertenecer a la población

vulnerable, como personas mayores de 65 años, y aquellos que presenten algún factor

de riesgo, de lo contrario deberán presentar una declaración jurada

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Implementar puntos adicionales de desinfección: al ingreso y salida del establecimiento,

al ingreso de los vehículos, área de administración, almacén de alimentos, entre otros

puntos de riesgo.

Colocar contenedores cerrados específicos para pañuelos usados u otros desechos

comunes en los puntos de desinfección. Se recomiendan recipientes con tapa/cerrados

y con apertura de pie, no manipularlos manualmente para su apertura o cierre.

Poner a disposición del personal mínimo indispensable que asista al centro de trabajo,

mascarillas (alternativamente con protectores faciales o de ojos) e implementos de

protección (botas, mandiles y overoles lavables).

Reforzar el correcto lavado y desinfección de manos, colocando infografía sobre ello en

cada zona de lavado, y el uso adecuado de indumentaria (infografía sobre colocación de

mascarillas y desinfección de calzado o indumentaria), así como la capacitación a los

operarios sobre las formas de contagio y síntomas del COVID-19.

7.2.2 Para el personal

Medidas específicas

Antes de acercarse al área de ingreso del centro productivo, todos los trabajadores

deberán portar mascarillas (opcionalmente junto con un protector facial), ropa en

buenas condiciones y limpias, estar bien de salud y con su material o equipo necesario

para realizar sus labores diarias.

En la zona de ingreso limpiar con un escobillón y agua su calzado, luego pasar por un

pediluvio de plástico o cemento con un desinfectante. Asimismo, al salir del centro

acuícola deberá realizar el mismo procedimiento.

Tomar y registrar la temperatura (termómetro infrarrojo) de cada trabajador,

descartando fiebre, al entrar y salir del centro acuícola.

Prohibir el ingreso de trabajadores con cuadros gripales (tos, estornudo, fiebre) o

diarreicos, e indicarles que reporten sus síntomas al número de teléfono 113 u otros

emitidos por el estado.

Lavarse las manos con jabón líquido por más de 20 segundos en un maniluvio y

complementar con la aplicación de desinfectante a base de alcohol. En caso de no

contar con servicio constante de agua potable, utilizar un desinfectante en gel a base

de alcohol.

j) Mantener el distanciamiento social de 1 metro durante todo el horario de trabajo.

k) Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca con las manos. Para ello se podrían utilizar

protectores faciales.

l) Cubrirse la boca y la nariz al toser o estornudar con el codo flexionado o, de

preferencia, con un pañuelo desechable. Tirar el pañuelo desechable. Nunca estornudar

o toser en las manos.

m) Ventilar espacios comunes (Ejemplo: área de administración, sala de espera de

clientes, comedor, etc.)

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7.2.3 Para terceros

Medidas específicas

Desinfectarse el calzado en pediluvios de plástico o cemento con sustancia

desinfectante al entrar y salir de cada área o ambiente.

Implementar la toma de temperatura (termómetro infrarrojo), descartando fiebre, y

terceros (visitantes, extensionistas, compradores, distribuidores) al entrar y salir del

centro acuícola.

Limitar el movimiento de terceros dentro de la empresa acuícola a sólo algunas áreas,

para cumplir con el objetivo de su visita.

7.2.4 Para el establecimiento

Medidas específicas

Para el ingreso al establecimiento se deberá acatar las indicaciones de bioseguridad

señalados por el establecimiento (limpieza y desinfección, etc.).

La empresa deberá proveer a los trabajadores los equipos de protección personal

descritos previamente, así como de proveer los insumos y/o materiales para

desinfección y limpieza.

Establecer un plan de limpieza y desinfección diaria (preferiblemente varias veces al día)

en comedor, baños, oficina, y en todas aquellas áreas donde haya mayor presencia de

los colaboradores a lo largo del día.

7.2.5 Para la recepción de ovas y/o alevines

Medidas específicas

El personal del centro acuícola designado para recibir las ovas y/o alevines deberá

portar mascarilla (opcionalmente junto con un protector facial).

Los vehículos que contienen las ovas y/o alevines deberán desinfectarse antes de

ingresar al establecimiento, y establecer un punto de recepción.

Antes de descargar o manipular las cajas o bolsas con las ovas y/o alevines, estas

deberán ser desinfectadas externamente con alcohol al 70%.

7.2.6 Para la recepción de alimento

Medidas específicas

El personal del centro acuícola designado para recibir los costales de alimentos deberá

portar mascarilla (opcionalmente junto con un protector facial), guantes y

desinfectante.

Los vehículos que contienen las bolsas de alimento deberán desinfectarse antes de

ingresar al establecimiento, y establecer un punto de recepción.

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Antes de descargar o manipular los costales de alimento, estos deberán ser desinfectados

externamente (de preferencia con alcohol al 70°, por su rapidez de acción y evaporación) por el

representante o trabajador de la empresa.

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8. ANEXOS

Anexo 1

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Anexo 2

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Anexo 3

18

Anexo 4

19

Anexo 5

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Anexo 6