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NICSP más recientes: de la NICSP 26 a la NICSP 32

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Temario

NICSP más recientes Un resumen de estas Conclusiones y preguntas

Luis Diego León B, CPA, CISA

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Objetivo de las NICSP

Básicamente es uno:

Tener información para la toma de decisiones.

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Gaceta N° 196 del jueves 11 de octubre del 2007 Artículo 7º—Vigencia para la adopción e

implementación de las NICSP: Para la adopción e implementación de las dieciocho (18) Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP); las Instituciones afectas a ello, a partir de la publicación de este decreto ejecutivo, deberán iniciar el ajuste necesario en sus sistemas y registros contables, con el propósito de que a partir del 01 de enero del año 2009 sin excepción y en forma general, se inicie con la implementación definitiva.

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La Gaceta 238 - 9 Diciembre 2008

DECRETOS Nº 34918-H EL PRESIDENTE DE LA

REPÚBLICA EN EJERCICIO Y EL MINISTRO DE HACIENDA

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Objeto Artículo 1º—Objeto: Adoptar e implementar las

Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (de ahora en adelante NICSP), publicadas y emitidas en español, por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSPB por sus siglas en ingles) de ahora en adelante NICSPB, de la Federación Internacional de Contadores (IFAC por sus siglas en ingles), de ahora en adelante IFAC, en el ámbito de las Instituciones del Sector Público Costarricense, con salvedad de las denominadas Empresas Públicas y las instituciones bancarias, a las que por su naturaleza y por recomendación de las NICSP les son aplicables las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

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NICSP a implementar Artículo 3º—NICSP a implementar: Las

normas que serán adoptadas e implementadas son las emitidas oficialmente por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSPB) de la IFAC en español, sin perjuicio de las nuevas normas y modificaciones a las existentes que emita la IFAC, las que serán adoptadas e implementadas por la Contabilidad Nacional como ente rector del Subsistema de Contabilidad…

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Vigencia para la adopción e implementación de las NICSP:

Artículo 7º—Vigencia para la adopción e implementación de las NICSP: A partir de la publicación del presente Decreto Ejecutivo las instituciones incluidas en su alcance, deberán iniciar el ajuste necesario en sus sistemas y registros contables, para la adopción e implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), publicadas en español por el IFAC. Este proceso iniciará con implementaciones parciales a partir del 02 de enero del 2010 y un paralelo del sistema actual donde se implementen las NICSP a partir del 02 de enero de 2011, con la finalidad de que a partir del 02 de enero del año 2012 sin excepción, y en forma general, se inicie con la definitiva aplicación

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Ampliación del plazo MODIFICACIÓN AL DECRETO Nº 34918 DEL 19 DE NOVIEMBRE DEL 2008 (GACETA 25, 3 feb 2012)

“Artículo 7°—Vigencia para la adopción e implementación de las NICSP: A partir de la publicación del presente Decreto, las instituciones incluidas en su alcance, deberán continuar realizando los cambios necesarios en sus sistemas contables y en los sistemas informáticos de soporte a los procesos contables, de acuerdo a sus planes de acción y a las directrices que emita la Contabilidad Nacional, con el fin de que a partir

de enero de 2016,…

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Definición de activos y pasivos Activos (Assets) son recursos controlados por una

entidad como consecuencia de hechos pasados y de los cuales se espera que fluirán a la entidad beneficios económicos futuros o un potencial de servicio (esto es para las NICSP).

Pasivos (Liabilities) son las obligaciones presentes de la entidad que surgen de hechos pasados, y cuya liquidación se espera represente para la entidad un flujo de salida de recursos que incorporen beneficios económicos o un potencial de servicio.

Activos netos/patrimonio neto (Net assets/equity) es la porción residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos.

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Definición de ingresos y gastos Ingreso (Revenue) es la entrada bruta de beneficios

económicos o potencial de servicio habida durante el período sobre el que se informa, siempre que tal entrada de lugar a un aumento en los activos netos/patrimonio neto, que no esté relacionado con las contribuciones de los propietarios.

Gastos (Expenses) son las reducciones de los beneficios económicos o del potencial de servicio, acaecidos durante el ejercicio sobre el que se informa y que toman la forma de flujos de salida o consumo de activos o incremento de pasivos, produciendo una disminución en los activos netos/patrimonio neto, distintos a los relacionados con distribuciones a los propietarios.

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Definición del VR en las NICSP

Valor razonable (Fair value) es el importe por el que puede ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua.

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Norma Internacional de Información Financiera 13 Medición del Valor RazonableVigencia 1 de enero 2013

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Definiciones generales

Valor razonable se define como el precio que sería recibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de la medición. (Definición NIIF 9)

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NICSP 27Agricultura (activos biológicos)

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Objetivo

El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable, la presentación en los estados financieros y la información a revelar en relación con la actividad agrícola.

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Alcance

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Definiciones

Los costes de venta son los costes incrementales directamente atribuibles a la venta o disposición por otra vía de un activo, excluyendo los costes financieros y los impuestos sobre las ganancias.

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Reconocimiento y medición

Un activo biológico debe ser medido, tanto en el momento de su reconocimiento inicial como en la fecha de cada balance, a su valor razonable menos los costos estimados en el punto de venta, excepto en el caso de que el valor razonable no pueda ser medido con fiabilidad.

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Ganancias y pérdidas Las ganancias o pérdidas surgidas por

causa del reconocimiento inicial de un activo biológico a su valor razonable menos los costos estimados en el punto de venta, así como las surgidas por todos los cambios sucesivos en el valor razonable menos los costos estimados hasta el punto de su venta, deben incluirse en el superávit o déficit del periodo en que aparezcan.

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Ganancias y pérdidas

Las ganancias o pérdidas surgidas por causa del reconocimiento inicial de un producto agrícola, que se lleva al valor razonable menos los costos estimados hasta punto de venta, deben incluirse en el superávit o déficit del periodo en el que éstas aparezcan.González Consultores &

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Disposiciones para la transición Cuando la entidad reconoce

inicialmente el activo biológico o la producción agrícola en la adopción por primera vez de la contabilidad con base en devengado deber reportar el efecto del reconocimiento inicial de esos activos y que produce un ajuste en el balance de apertura en el superávit o el déficit acumulado del periodo en que esta norma es adoptada por primera vez.

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Vigencia

Después del 1 de abril del 2011.

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NICSP 28 y 29: Reconocimiento y medición de instrumentos financieros

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NICSP 28 – Instrumentos financieros: Presentación

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Definiciones

Instrumento Financiero: contrato que da lugar simultáneamente a

• un AF en un ente y

• un PF o un instrumento de capital en otro

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Definiciones

Activo Financiero: A. que posee una de las siguientes formas:• Efectivo• Un derecho contractual a recibir dinero u otro AF• Un derecho contractual a intercambiar IF con otra empresa, en

condiciones que sean potencialmente favorables• Un contrato que puede o debe ser cancelado con Instrumentos de

Capital (IC) del propio ente y es: I. no derivado por el que el ente puede o está obligado a recibir una

cantidad variable de sus IC ID que puede o debe ser cancelado de forma distinta a una

cantidad fija de dinero u otro AF en cambio de una cantidad fija de IC del propio ente

• Un instrumento de capital de otra empresa

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Definiciones

Pasivo Financiero: • una obligación contractual:

•De entregar dinero u otro AF a otro ente•De intercambiar IF con otro ente, bajo condiciones

potencialmente desfavorables• Un contrato que puede o debe ser cancelado con IC del propio ente y

es: I. no derivado por el que el ente puede o esté obligado a

entregar un numero variable de sus propios ICID que puede o deber ser cancelado, excepto por la entrega

de una cantidad fija de dinero u otros IF a cambio de una cantidad fija de sus propios IC

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Definiciones

Instrumento de capital:

Cualquier contrato que ponga de manifiesto intereses en los activos netos de un ente, una vez deducido sus pasivos

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Instrumentos financieros incluidos

Cuentas a cobrar

Cuentas a pagar

Participaciones en la propiedad de las empresas

Primarios

Opciones

Futuros

Contratos a plazo

Permutas de tasa de interés

Permutas de divisas

Derivados

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NICSP 29 – Reconocimiento y medición de instrumentos financieros

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Definiciones

Hay cuatro categorías de AF y PF:

a) Valor Razonable c/Resultados:

• Es el que se adquirió o forma parte de una cartera con el propósito de una ganancia por fluctuaciones de corto plazo o es un instrumento derivado, o

• Al momento del reconocimiento es definido como tal por el ente

• No incluye los costos de transacción

b) Inversiones a ser mantenidas hasta el vencimiento

c) Préstamos y cuentas por cobrar

d) AF disponibles para la venta: el resto

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Inversiones a ser mantenidas hasta el vencimiento

Activos financieros no derivados

Cuantía fija o determinable

Vencimiento fijo

El ente tiene la intención y la capacidad de conservarlos hasta el vencimiento

Distintos a:

• Los que el ente ha designado al inicio al VR con cambios en resultados

• Los que ha designado como activos disponibles para la venta

• Los que cumplan con la definición de préstamos y partidas a cobrar

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Préstamos y partidas por cobrar

Activos financieros no derivados

Cuantía fija o determinable

No se negocian en un mercado activo

Distintos a:

• Los que el ente intente vender inmediatamente o en un futuro próximo (se clasifican como mantenidos para negociar)

• Los que ha designado al inicio, al VR con cambios en resultados

• Los que ha designado al inicio como disponibles para la venta

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AF disponibles para la venta

Activos financieros no derivados

Designados específicamente como disponibles para la venta o que no son clasificados como:

a) Préstamos y partidas por cobrar b) Inversiones mantenidas hasta el vencimiento o c) AF al valor razonable con cambios en resultados.

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Costo amortizado de un AF o PF

Medida inicial del AF o PFMenosReembolsos del principalmás o menos la amortización acumulada —calculada con el

método de la tasa de interés efectiva— de cualquier diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento,

menoscualquier deterioro del valor o incobrabilidadPara los AF el V Razonable es más apropiado que el costo amortizado

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Reconocimiento y Baja

• Reconocimiento Inicial:

• Solo cuando el ente es parte del contrato por el I F

• Baja de un activo financiero:

• El derecho contractual a los flujos de fondos expira, o

• El ente transfiere el AF transfiriendo sustancialmente todos los riesgos y beneficios asociados con la propiedad

• Baja de un pasivo financiero:

• La obligación es cancelada o expira

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Medición inicial de activos financieros y pasivos financieros

45. Al reconocer inicialmente un activo financiero o un pasivo financiero, una entidad lo medirá por su valor razonable más los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la compra o emisión del mismo, en el caso de un activo financiero o un pasivo financiero que no se contabilice al valor razonable con cambios en resultados (ahorro o desahorro).

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Medición Inicial

El ente puede determinar que cualquier instrumento se valúe a su Valor Razonable con cargo a resultados de sus variaciones

(excepto que su V R no pueda medirse en forma confiable)

Esta clasificación no puede ser cambiada en el futuro

Los restantes I F se medirán a su Valor Razonable más los costos directos de adquisición o emisión de los instrumentos

El valor razonable es normalmente el precio de la transacción)

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Medición posterior de AF

AF en general y IFD Activos Por su valor razonable sin deducir los Gastos de ventas

Préstamos y Cuentas a Cobrar

Inversiones a mantener al vtoPor su costo amortizado utilizando el método del interés efectivo

Al Costo

Instrumentos de Capital que no tenga cotización en mercado activo y cuyo valor razonable no es fiable y derivados relacionados

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Medición posterior de PF

PF a Valor Razonable con cargo a Resultados

Por su valor razonable

Garantías Financieras y compromisos de concesión de un préstamo a un interés inferior al de mercado

El mayor entre:• El importe determinado de acuerdo

con la NICSP de provisiones• El valor inicialmente reconocido

menos la amortización acumulada cuando correspondiera

Restantes PF Por su costo amortizado utilizando el método del interés efectivo

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Tratamiento diferencia de Medición

Medición al valor razonable de AF y PF que no es operación de cobertura

AF y PF a Valor Razonable con cargo a Resultados:

• A Resultados

AF Disponible para la venta:• PN (y posteriormente a resultados)

(excepto devengamiento de interés a la tasa efectiva)

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Deterioro de valor de los A F

El valor recuperable cuando se mide a:

Costo amortizado: VAFF con tasa original

Costo:

VAFF con TIR de similar Instrumento

Evaluación de indicio de deterioro. Si hay se determina el valor recuperable

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Desreconocimiento instrumentos financieros

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Desreconocimiento instrumentos financieros (continúa)

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Desreconocimiento instrumentos financieros (continúa)

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Desreconocimiento instrumentos financieros (continúa)

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Vigencia

Una entidad aplicará esta Norma para los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2013. Se aconseja su aplicación anticipada. Si una entidad aplica esta Norma en periodos que comiencen antes del 1 de enero de 2013, deberá revelar este hecho.

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NICSP-30 Instrumentos financieros: Información a revelar (vigencia 1 de enero del 2013)

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Vigencia y objetivo

Fecha efectiva: Periodos que empiezan después del 1 de enero del 2013.

Objetivo: prescribir las revelaciones que permitan a los usuarios de los estados financieros evaluar la importancia de los instrumentos financieros en la entidad, la naturaleza y la extensión del riesgo, así como la entidad administra estos riesgos.

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Definiciones Riesgo de Crédito (Credit risk) es el riesgo de

que una de las partes de un instrumento financiero cause una pérdida financiera a la otra parte por incumplir una obligación

Riesgo de liquidez (Liquidity risk) es el riesgo de que una entidad encuentre dificultad para cumplir con obligaciones asociadas con pasivos financieros que se liquiden mediante la entrega de efectivo u otro activo financiero.

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Definiciones Riesgo de mercado (Market risk) es el

riesgo de que el valor razonable o los flujos de efectivo futuros de un instrumento financiero puedan fluctuar como consecuencia de variaciones en los precios de mercado. El riesgo de mercado comprende tres tipos de riesgo: riesgo de tasa de cambio, riesgo de tasa de interés y otros riesgos de precio.

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Revelaciones La NICSP 30 requiere revelaciones acerca de

los instrumentos financieros significativos para la posición y desempeño de la entidad. Estos incluyen:

 Revelaciones acerca de la posición financiera de la entidad – incluyendo información acerca de los activos financieros y pasivos financieros por categoría, revelaciones especiales cuando la opción de valor razonable es usada, reclasificaciones, desreconocimientos, garantías de los activos, derivados implícitos y el incumplimiento de términos de acuerdos;

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Revelaciones (continúa) Revelaciones relacionadas al desempeño de la

entidad en el periodo- incluyendo información acerca de los ingresos, gastos, ganancias y pérdidas reconocidas; ingresos por interés y gastos, ingresos por comisiones y pérdidas;

Revelaciones especiales para préstamos en condiciones favorable; y

Otras revelaciones- incluyendo información sobre las políticas contables, la contabilidad de cobertura y los valores razonables para cada clase de active financiero y pasivo.

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La NICSP 30 requiere información acerca la naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros:

Revelaciones cualitativas acerca de la exposición a cada clase de riesgos y cómo estos riesgos son administrados; y

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La NICSP 30 requiere información acerca la naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros:

Revelaciones cuantitativas acerca de la exposición a cada clase de riesgo, separadamente para el riesgo de crédito, riesgo de liquidez y riesgo de mercado. La revelación del riesgo de liquidez incluye análisis de vencimiento para los pasivos derivados y no derivados, tales como los contraltos de garantías. Revelaciones sobre el riesgo de mercados incluyen análisis de sensibilidad.

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NICSP 31 Activos Intangibles

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Objetivo

El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados específicamente en otra Norma. Esta Norma requiere que las entidades reconozcan un activo intangible si, y sólo si, se cumplen ciertos criterios.González Consultores &

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Activos intangibles de patrimonio Esta Norma no requiere que una

entidad reconozca los bienes intangibles del patrimonio histórico, artístico y/o cultural que satisfagan la definición y los criterios de reconocimiento de los activos intangibles. Si una entidad reconoce los activos intangibles de patrimonio, debe aplicar los requerimientos de esta norma.

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Definiciones Desarrollo es la aplicación de los

resultados de la investigación o de cualquier otro tipo de conocimiento científico, a un plan o diseño en particular para la producción de materiales, productos, métodos, procesos o sistemas nuevos, o sustancialmente mejorados, antes del comienzo de su producción o utilización comercial.

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Definiciones Un activo intangible es un activo

identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física.

Investigación es todo aquel estudio original y planificado, emprendido con la finalidad de obtener nuevos conocimientos científicos o tecnológicos.

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Reconocimiento y medición

Un activo intangible se reconocerá si, y sólo si: (a) es probable que los beneficios

económicos futuros que se han atribuido al mismo fluyan a la entidad; y

(b) el costo del activo puede ser valorado de forma fiable.

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Reconocimiento y medición

Un activo intangible se valorará inicialmente por su costo. Cuando un activo intangible es adquirido por medio de una transacción de no intercambio, su costo inicial a la fecha de adquisición deber ser medida al valor razonable a esa fecha. González Consultores &

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Fase de investigación No se reconocerán activos

intangibles surgidos de la investigación (o de la fase de investigación en proyectos internos). Los desembolsos por investigación (o en la fase de investigación, en el caso de proyectos internos), se reconocerán como gastos del periodo en el que se incurran.González Consultores &

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Fase de desarrollo Un activo intangible surgido del

desarrollo (o de la fase de desarrollo en un proyecto interno), se reconocerá como tal si, y sólo si, la entidad puede demostrar todos los extremos siguientes: (a) Técnicamente, es posible

completar la producción del activo intangible de forma que pueda estar disponible para su utilización o su venta.

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Fase de desarrollo (b) Su intención de completar el activo

intangible en cuestión, para usarlo o venderlo.

(c) Su capacidad para utilizar o vender el activo intangible.

(d) La forma en que el activo intangible vaya a generar probables beneficios económicos en el futuro. Entre otras cosas, la entidad debe demostrar la existencia de un mercado para la producción que genere el activo intangible o para el activo en sí, o bien, en el caso de que vaya a ser utilizado internamente, la utilidad del mismo para la entidad. González Consultores &

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Fase de desarrollo (e) La disponibilidad de los

adecuados recursos técnicos, financieros o de otro tipo, para completar el desarrollo y para utilizar o vender el activo intangible.

(f) Su capacidad para valorar, de forma fiable, el desembolso atribuible al activo intangible durante su desarrollo.González Consultores &

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Fase de desarrollo

No se reconocerán como activos intangibles las marcas, las cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares que se hayan generado internamente.

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Reconocimiento como gasto

Los desembolsos realizados sobre una partida intangible se reconocerán como gastos cuando se incurra en ellos, a menos que forme parte del costo de los activos intangibles que cumpla con el criterio de reconocimiento.

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Prohibición de reconocer como activos los gastos de periodos anteriores

Los desembolsos sobre un activo intangible reconocidos inicialmente como gastos del periodo no se reconocerán posteriormente como parte del costo de un activo intangible.

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Medición posterior al reconocimiento inicial

La entidad elegirá como política contable entre el modelo del costo ó el modelo de revaluación. Si un activo intangible se contabiliza según el modelo de revaluación, todos los demás activos pertenecientes a la misma clase también se contabilizarán utilizando el mismo modelo, a menos que no exista un mercado activo para esa clase de activos.

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Modelo del costo

Con posterioridad a su reconocimiento inicial, un activo intangible se contabilizará por su costo menos la amortización acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor.

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Vida útil

La vida útil de un activo intangible que surja de un contrato o de otros derechos legales no excederá el periodo del contrato o de los citados derechos legales, pero puede ser inferior, dependiendo del periodo a lo largo del cual la entidad espera utilizar el activo.

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Activos intangibles con vidas útiles finitas

Periodo y método de amortización El importe amortizable de un activo

intangible con una vida útil finita, se distribuirá sobre una base sistemática a lo largo de su vida útil. La amortización comenzará cuando el activo esté disponible para su utilización, es decir, cuando se encuentre en la ubicación y condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia.

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Activos intangibles con vidas útiles finitas

La amortización finalizará en la fecha más temprana de las siguientes: la fecha en la que el activo se clasifique como disponible para la venta (o se incluya en un grupo de elementos en desapropiación que se clasifique como disponible para la venta) de acuerdo con la normas contables internacionales (NIIF en nuestro caso).

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NICSP 32: Acuerdos de concesión de servicio

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Objetivo

1. El objetivo de esta es prescribir la contabilización de un acuerdo de concesión de servicio por un garante, una entidad del sector público.

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Alcance

Un garante que prepara y presente EF bajo el devengo debe aplicar esta norma en la contabilización de los acuerdos de concesión de servicio.

Esta norma aplica a todas las entidades del sector público que no sean Empresas Públicas de Gobierno. GONZÁLEZ CONSULTORES &

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Definiciones

Un operador, para el propósito de esta norma, es la entidad que usa el activo de concesión de servicio para proveer servicios sujetos al control del garante del activo.

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Definiciones Un acuerdo de concesión de

servicio es un acuerdo vinculante entre el garante y un operador en el cual: (a) El operador usa el activo en concesión

de servicio para proveer un servicio publico por parte del garante por un periodo específico de tiempo; y

(b) El operador es compensado por sus servicios por el periodo del acuerdo de concesión de servicio. GONZÁLEZ CONSULTORES &

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Definiciones

Un activo en concesión de servicio es un activo usado para proveer servicios públicos en un acuerdo de concesión de servicios que:

(a) Es provisto por un operador en que: (i) El operador construye, desarrolla o

adquiere de un tercero; o (ii) Es un activo existente del

operador; o

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Definiciones

(b) Es provisto por el garante en que: (i) Es un activo existente del garante;

o (ii) Es una mejora a un activo

existente del garante.

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Reconocimiento y medición de una activo de concesión de servicio

9. El garante debe reconocer el activo provisto por el operador y una mejora a un activo existente del garante como un activo en concesión si:

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Reconocimiento y medición de una activo de concesión de servicio

(a) El garante controla o regula que servicios el operador deba proveer con el activo, a quién se los provee y a qué precio; y

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Reconocimiento y medición de una activo de concesión de servicio

(b) El garante controla—por medio de la propiedad, derechos de beneficios u otros—cualquier interés residual significativo del activo al final del término del acuerdo.

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Reconocimiento y medición de una activo de concesión de servicio

10. Esta norma aplica a un activo usado en un acuerdo de concesión de servicio para su entera vida útil (“toda la vida” del activo) si la condición del párrafo 9(a) se cumple.

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Reconocimiento y medición de una activo de concesión de servicio

11. El garante debe inicialmente medir el reconocido activo en concesión de servicio de acuerdo con el párrafo 9 ( o el párrafo 10 “toda la vida” del activo) a su valor razonable, excepto por lo anotado en el párrafo 12.

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Reconocimiento y medición de una activo de concesión de servicio

12. Cuando un activo existente de un garante especificado en los párrafos 9(a) y 9(b) (o el párrafo 10 para toda la vida de un activo), el garante deberá reclasificar el activo existente como activo de concesión de servicio de acuerdo con esta norma.

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Reconocimiento y medición de una activo de concesión de servicio.

El activo reclasificado de concesión de servicio debe continuar siendo contabilizado de acuerdo con NICSP 17, PP&E o NICSP 31 activos intangibles, la que sea adecuada.

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Reconocimiento y medición de una activo de concesión de servicio

13. Después del reconocimiento inicial o reclasificación, el activo en concesión de servicio debe ser contabilizado como un clase separado de activos de acuerdo con las NICSP 17 o la NICSP 31, como sea adecuado.

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Reconocimiento y medición de pasivos 19. Cuando el garante reconoce un activo de

concesión de servicios de acuerdo con el párrafo 9 (o el párrafo 10 para toda la vida del activo), el garante debe también reconocer un pasivo. El garante no deberá reconocer un pasivo cuando el activo existente del garante es reclasificado como un activo en concesión de servicio de acuerdo con el párrafo 12, excepto en aquellas circunstancias cuando consideración adicional es provista por el operador, como se anota en el párrafo 15.

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Reconocimiento y medición de pasivos 18. Cuando el garante tiene una

obligación incondicional de pagar efectivo u otro activo financiero para la construcción, desarrollo, adquisición o mejora de una activo en concesión de servicio, el garante debe contabilizar un pasivo reconocido de acuerdo con el párrafo 14 como un pasivo financiero.

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Transición

35. Una entidad que previamente no ha reconocido los activos de concesión de servicio y pasivos, ingreso y gastos relacionados y usa la base de devengado deberá aplicar este norma prospectivamente. Sin embargo, aplicación retrospectiva es permitida.

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Fecha efectiva

Esta norma entra en vigencia para los periodos que empiezan el 1 de enero del 2014.

Cuando se adopta las NICSP por primera vez, esta norma aplica para el periodo de los estados financieros de la fecha de la adopción.

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Consultas adicionales Freddy A. González Alpízar y Luis Diego

León BarqueroGonzález Consultores & Asociados

Teléfono (506) 2234-9975

Correo electrónico: [email protected] y [email protected]

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