NIIF y tratamiento tributario de los IFD - ifaperu.org · - Cambio en el valor del IFD se reconoce...
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NIIF y tratamiento tributario de los IFD Arturo Tuesta M. Febrero 2015
1. Existen 3 tipos de coberturas permitidas por la NIC 39.
2. Generalmente, las opciones emitidas no pueden ser designadas como elementos de cobertura.
4. La porción efectiva del cambio en el valor del derivado en una cobertura de valor razonable se reconoce en GyP y en Patrimonio (ORI) en el caso de la cobertura de flujo de efectivo.
3. Para calificar para una cobertura de flujo de efectivo, la transacción pronósticada debe ser altamente probable e identificable de manera separada.
Contabilidad de cobertura actual (NIC 39)
6. En la cobertura de flujo de efectivo, las ganancias /pérdidas se reciclan en GyP cuando ya no se espera que la transacción cubierta ocurra.
7. Cualquier proporción de un elemento de cobertura puede ser designado como elemento de cobertura.
8. La designación y la documentación formal debe ser completada al inicio de la relación de cobertura.
5. La cobertura de una operación extranjera se denomina una cobertura de inversión neta.
Contabilidad de cobertura actual (NIC 39)
PwC
¿Qué ha cambiado?
PwC
¿Cuáles son los problemas de las coberturas bajo NIC 39? 1. Test de efectividad : 80-125%
2. No alineada con la estrategia de cobertura económica
3. Componentes de elementos no-financieros
4. Designación y documentación
5. Cobertura con opciones
Cambios en el Instru- mento de cobertura
Cambios en el elemento cubierto
80% 125% < <
Guía General
Criterios de calificación de cobertura bajo NIIF 9
• Sólo ciertos elementos elegibles para cubrir y de cobertura.
• Al inicio : designación formal y documentación de la relación de cobertura y el objetivo de gestión de riesgo y estrategia.
• El requerimiento de efectividad se cumple por :
Ø Relación económica.
Ø Ratio de cobertura apropiado.
PwC
¿Cuáles son los problemas de las coberturas bajo NIC 39? 1. Test de efectividad : 80-125%
2. No alineada con la estrategia de cobertura económica
3. Componentes de elementos no-financieros
4. Designación y documentación
5. Cobertura con opciones
Evitando el desbalance
Evitando el desbalance
Evitando el desbalance
Elemento cubierto Elemento de cobertura
Evitando el desbalance
Elemento cubierto Elemento de cobertura
Rebalance “mandatorio”
Rebalance “mandatorio”
Rebalance mandatorio – Opción 1
Elemento cubierto Elemento
de cobertura
Rebalance mandatorio – Opción 2
Elemento cubierto Elemento de cobertura
Rebalance mandatorio
• Se debe analizar las fuentes de ineficacia de la cobertura para evaluar si cambios en la compensación:
Ø Fluctuación alrededor del ratio de relación de cobertura sigue siendo válido
Ø Un indicador que el ratio de cobertura no refleja más la relación entre el elemento de cobertura y el elemento cubierto.
• Cambios en los objetivos de la gestión de riesgos finaliza la relación de cobertura en lugar de un rebalance.
• El rebalance conlleva a una actualización de la documentación de cobertura –
Ø Aún se considera una continuación de la relación original.
PwC
¿Cuáles son los problemas de las coberturas bajo NIC 39? 1. Test de efectividad : 80-125%
2. No alineada con la estrategia de cobertura económica
3. Componentes de elementos no-financieros
4. Designación y documentación
5. Cobertura con opciones
Elemento cubierto permitido : Componentes de riesgo no-financiero • Componentes del riesgo pueden ser cubiertos si:
- Se pueden identificar separadamente; y
- Cambios en el valor razonable o flujos se pueden mediar de forma fiable.
• Este criterio se puede cumplir cuando los componentes del riesgo:
- Se especifican en el contrato de forma explícita; o
- Tienen un valor o flujo implícito.
Precio de venta = Niquel (P x Q) + Cobalto (P x Q) + Cobre (P x Q) – cargo por refinamiento
Elemento de cobertura permitido: Componente de riesgo no financiero
Niquel
Concentrado
Cobalto
Cobre
Precio de venta = Niquel (P x Q) + Cobalto (P x Q) + Cobre (P x Q) – cargo por refinamiento
Elemento de cobertura permitido: Componente de riesgo no financiero
Niquel
Concentrado
Cobalto
Cobre
NIC 39
Precio de venta = Niquel (P x Q) + Cobalto (P x Q) + Cobre (P x Q) – cargo por refinamiento
Elemento de cobertura permitido: Componente de riesgo no financiero
Niquel
Concentrado
Cobalto
Cobre
NIC 39
Precio de venta = Niquel (P x Q) + Cobalto (P x Q) + Cobre (P x Q) – cargo por refinamiento
Elemento de cobertura permitido: Componente de riesgo no financiero
Niquel
Concentrado
Cobalto
Cobre
NIIF 9
PwC
¿Cuáles son los problemas de las coberturas bajo NIC 39? 1. Test de efectividad : 80-125%
2. No alineada con la estrategia de cobertura económica
3. Componentes de elementos no-financieros
4. Designación y documentación
Acreedor
Interest rate swap
Emisor ($)
€
€
€
Cross-currency Interest Rate
Swap $
€
Relación de cobertura
Elemento de cobertura permitido : exposición agregada
Acreedor
Interest rate swap
Emisor ($)
€
€
€
Cross-currency Interest Rate
Swap $
€
Relación de cobertura NIC 39
Elemento de cobertura permitido : exposición agregada
Acreedor
Interest rate swap
Emisor ($)
€
€
€
Cross-currency Interest Rate
Swap $
€
Relación de cobertura
Elemento de cobertura permitido : exposición agregada
Acreedor
Interest rate swap
Emisor ($)
€
€
€
Cross-currency Interest Rate
Swap $
€
Relación de cobertura NIIF 9
Elemento de cobertura permitido : exposición agregada
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Aspectos tributarios
Calificación del IFD como de Cobertura
Instrumento financiero con fines de cobertura
Son aquellos contratados en el curso ordinario del negocio, empresa o actividad con el objeto de evitar, atenuar o eliminar el riesgo, por el efecto de futuras fluctuaciones en precios de mercaderías, commodities, tipos de cambio, tasas de interés o cualquier otro índice de referencia, que pudieran recaer sobre activos y bienes, destinados a generar rentas o ingresos gravados, o pasivos u obligaciones relacionadas con el giro de negocio.
Requisitos 1. Se celebre entre partes independientes, salvo que la contratación se
efectúe en mercados reconocidos.
2. Los riesgos deben ser claramente identificables y no riesgos generales del negocio y deben afectar los resultados de dicho negocio
3. El deudor debe contar con documentación que le permita sustentar:
(i) El IFD celebrado, cómo opera y sus características
(ii) El contratante del IFD
(iii) Los activos, bienes y obligaciones específicos que reciben cobertura (cantidad, monto, plazos, precios, etc.)
(iv) El riesgo que busca eliminar, atenuar o evitar
(v) La forma en que el contratante medirá la eficacia del IFD celebrado para compensar la exposición a riesgos.
Reconocimiento tributario de resultados
a) Entrega física del elemento subyacente.
b) Liquidación en efectivo. c) Cierre de posiciones. d) Abandono de la opción en
la fecha en que la opción expira, sin ejercerla.
e) Cesión de posición contractual; o,
f) Fecha fijada en el contrato de swap financiero para la realización del intercambio de flujos financieros.
Régimen General
Reconocimiento financieros de resultados
• Cobertura de valor razonable:
- Determinación del cambio en el valor razonable a la fecha de reporte financiero (Ej.cierre anual de balance).
- Variación afecta directamente GyP.
• Cobertura de flujos futuros:
- Cambio en el valor del IFD se reconoce en patrimonio
- La porción del cambio que corresponde a la variación de la partida cubierta que afecta GyP en un ejercicio, se reconoce en GyP en el mismo ejercicio.
Por tanto ……
• Conciliación tributaria:
- Calificación de los resultados como de cobertura o no.
- Adición / Deducción de los IFD liquidados en el ejercicio
- Adición / Deducción de los importres reconocidos contablemente.
A tomar en cuenta: Los efectos contables pueden presentarte en ejercicios posteriores al término de ambas transacciones