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NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA EDIFICACIONES EDUCATIVAS PARTICULARES, NO GUBERNAMENTALES, COMUNITARIAS Y CONGREGACIONES RELIGIOSAS - REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE EDUCACIÓN VICEMINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DIRECCIÓN NACIONAL DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA VERSIÓN 01 JUNIO 2018

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NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN

PARA EDIFICACIONESEDUCATIVAS PARTICULARES,

NO GUBERNAMENTALES, COMUNITARIASY CONGREGACIONES RELIGIOSAS

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REPÚBLICA DE PANAMÁMINISTERIO DE EDUCACIÓN

VICEMINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVADIRECCIÓN NACIONAL DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

VERSIÓN 01JUNIO 2018

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Para consultas acerca del uso de las normas, evaluaciones, inspecciones anuales y listado de profesionales, escribir a:

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NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN

PARA EDIFICACIONESEDUCATIVAS PARTICULARES,

NO GUBERNAMENTALES, COMUNITARIASY CONGREGACIONES RELIGIOSAS

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REPÚBLICA DE PANAMÁMINISTERIO DE EDUCACIÓN

VICEMINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVADIRECCIÓN NACIONAL DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

VERSIÓN 01JUNIO 2018

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CONTENIDO GENERAL

INTRODUCCIÓN

DIVISIÓN 01DISPOSICIONES GENERALES

Sección 01 – Generalidades

1. EL MEDUCA Y LA EDUCACIÓN PARTICULAR

2. BASE LEGAL

Sección 02 – Objetivo de las Presentes Normas

1. GENERALIDADES

2. ALCANCE DE LAS NORMAS

Sección 03 – Clasificación de las Edificaciones Particulares

1. CLASIFICACIONES

1.1 EDIFICACIONES SEGÚN SU FECHA DE CREACIÓN

1.1.1 Edificaciones Existentes 1.1.2 Edificaciones Nuevas

1.2 EDIFICACIONES SEGÚN ARQUITECTURA ORIGINAL

1.2.1 Residencia1.2.2 Local Comercial 1.2.3 Edificación Educativa Dedicada

1.3 EDIFICACIONES SEGÚN OFERTA EDUCATIVA

1.3.1 Edificaciones supervisadas por la Dirección Nacional de Educación Particular

1.3.1.1 Edificación Preescolar 1.3.1.2 Edificación Mixta 1.3.1.3 Edificaciones Integradas con COIF 1.3.1.4 Edificaciones Niveles Especiales

1.3.2 Edificaciones supervisadas por la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior

1.3.2.1 Edificaciones Institutos Técnicos Superiores1.3.2.2 Edificaciones Superior Especial

Sección 04 – Uso de las Abreviaturas Alfanuméricas

1. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

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DIVISIÓN 02DE LAS ESPECIFICACIONES Y REQUISITOS

Sección 01 – Especificaciones de Carácter General para el Edificaciones Educativas Planeamiento y Ubicación de Particulares

1. ESTÁNDARES

1.1 EMPLAZAMIENTO Y LOCALIZACIÓN (APLICA PARA EN)

2. IMPACTO AMBIENTAL (APLICA PARA EN)

3. IMAGEN (APLICA PARA EN)

Sección 02 – Requisitos

1. EDIFICACIONES Y ESPACIOS (APLICA PARA EN Y EE )

2. REUBICACIONES PERMANENTES (APLICA PARA EN Y EE )

3. REUBICACIONES TEMPORALES (APLICA PARA EN Y EE )

Sección 03 – Especificaciones para el Diseño EdificacionesEducativas y Espacios Particulares

1. GENERALIDADES

2. DIMENSIONES DEL TERRENO (APLICA PARA EN )

3. CERRAMIENTO (APLICA PARA EN Y EE )

4. BARANDALES (APLICA PARA EN Y EE )

5. ALTURA DE LAS EDIFICACIONES (APLICA PARA EN )

6. PASILLOS, ACERAS (APLICA PARA EN )

7. ESCALERAS (APLICA PARA EN )

8. SALIDAS (APLICA PARA EN )

9. MOBILIARIO (APLICA PARA EN Y EE )

10. CAPACIDAD (APLICA PARA EN Y EE )

11. ESTACIONAMIENTOS (APLICA PARA EN )

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12. ACCESIBILIDAD

12.1. Área de Ingreso (Aplica para: EN )12.2. ELIMINACIÓN DE BARRERAS PARA PERSONASCON DISCAPACIDAD (APLICA PARA: EN , EE )

13. MATERIALES Y ACABADOS

13.1. Materiales (Aplica para: EN ) 13.2. Acabados (Aplica para: EE , EN )

14. COLORES (APLICA PARA EN Y EE )

15. PROTECCIÓN CLIMÁTICA (APLICA PARA EN Y EE )

16. SISTEMA ELÉCTRICO (APLICA PARA EN Y EE )

17. REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD (APLICA PARA EN Y EE )

Sección 04 – Usos

1. USOS DE LAS EDIFICACIONES

1.1. EN EL CASO DE R (APLICA PARA EE - R Y EN - R )1.2. EN EL CASO DE LC (APLICA PARA: EE - LC , EN - LC )1.3. EN EL CASO DE ED (APLICA PARA: EE - ED , EN - ED )1.4. EN EL CASO DE MC (APLICA PARA: EE -MC , EN -MC )

Sección 05 – Los Espacios o Áreas

1. ESPACIOS RECREATIVOS (APLICA A EN )

2. ESPACIOS PEDAGÓGICOS

2.1. GENERALIDADES 2.2 AULAS TEÓRICAS

2.2.1 AULAS PREESCOLAR (APLICA A EE )2.2.2 AULAS PREESCOLAR (APLICA A EN )2.2.3 AULAS GENERALES (APLICA A EE )2.2.4 AULAS GENERALES (APLICA A EE )

2.3 AULAS TEÓRICAS PRÁCTICAS

2.3.1 LABORATORIOS Y TALLERES (APLICA A: EN - MP , EN - MC , EN - MX )2.3.2 LABORATORIOS Y TALLERES (APLICA A EE - MP , EE - MC Y EE - MX )2.3.3 LABORATORIOS O TALLERES ESPECIALIZADOS CON PROGRAMAS FUERA DE LA OFERTA ACADÉMICA MANEJADA POR EL MEDUCA (APLICA A: EE - MX , EN - MX , EE - ET , EN - ET , EN - ESX Y EE - EX )

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3. PLACA DE APROBACIÓN (APLICA PARA EN Y EE )

4. INFRAESTRUCTURA SANITARIA (APLICA A EE Y EN )

4.1 GENERALIDADES4.1 CARACTERÍSTICAS DE LAS BATERÍAS SANITARIAS4.3 CAPACIDAD DE LOS ELEMENTOS SANITARIOS4.4 FUENTE DE AGUA PARA BEBER

Sección 06 – De los Procedimientos de Construcción o Remodelación

1. PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN DE EDIFICACIONES, ANEXOS O EVALUACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS.

1.1. CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS NUEVOS(APLICA PARA EN - R , EN - LC , EN - ED )1.2. EVALUACIÓN POR CONSTRUCCIÓN DE ANEXOS O REMODELACIONES PARA CENTROS EDUCATIVOS EXISTENTES (APLICA PARA EE - R , EE - LC Y EE - ED )

Sección 07 – De los Criterios para la Evaluación de Anteproyecto

1. ANTEPROYECTOS PARA EDIFICACIONES EDUCATIVAS NUEVAS (APLICA PARA: EN - R , EN - LC , EN - ED , EN - PS , EN - MC , EN - MP , EN - MX , EN - ET , EN - EX )

1.1. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA 1.2. DE LAS ACLARACIONES REQUERIDAS 1.3. DESARROLLO DE LOS PLANOS DE ANTEPROYECTO 1.4. DE LAS CORRECCIONES PRESENTADAS 1.5. CARTA DE ACEPTACIÓN DEL ANTEPROYECTO

2. ANTEPROYECTOS DE REMODELACIONES O ANEXOS A EDIFICACIONES EDUCATIVAS EXISTENTES (APLICA PARA: EE - R , EE - LC , EE - ED , EE - PS , EE - MC , EE - MP , EE - MX , EE - ET , EE - EX )

2.1. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA2.2 . DE LAS ACLARACIONES REQUERIDAS2.3 . DESARROLLO DE LOS PLANOS DE ANTEPROYECTO2.4 . CARTA DE ACEPTACIÓN DEL ANTEPROYECTO

Sección 08 – De los Criterios para la Inspección Final

1. INSPECCIÓN A EDIFICACIONES EDUCATIVAS NUEVAS (APLICA PARA: EN - R , EN - LC , EN - ED , EN - PS , EN - MC , EN - MP , EN - MX , EN - ET , EN - EX )

1.1. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PREVIO A LA INSPECCIÓN

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Sección 09 – Del Informe de Inspección Anual

1. INFORME DE INSPECCIÓN DE CAMPO ANUAL PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES (Aplica para: EN , EE , R , LC , ED , PS , MP , MC , MX , ET , EX )

2. EVALUACIÓN E INFORME

3. ENTREGA DEL INFORME

Sección 10 – De los Criterios para la Actualización de las Normas

DIVISIÓN 03De Los Formularios

Sección 01 – Formularios Requeridos

1. GENERALIDADES

1.1 DOCUMENTOS QUE DEBE APORTAR EL PETICIONARIO:

1.1.1 CARTA DE ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES1.1.2 CARTA PARA SOLICITUD DE EVALUACIÓN DE PLANOS DE ANTEPROYECTO PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES 1.1.3 CARTA DE SOLICITUD DE INSPECCIÓN FINAL PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES1.1.4 CARTA DE ENTREGA DEL INFORME DE INSPECCIÓN DE CAMPO ANUAL PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES

1.2 DOCUMENTO QUE DEBE APORTAR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE MEDUCA

1.2.1 INFORME DE CAMPO PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES

2. MODELOS DE FORMULARIOS

2. INSPECCIÓN DE REMODELACIONES O ANEXOS A EDIFICACIONES EDUCATIVAS EXISTENTES (APLICA PARA EE - R , EE - LC , EE - ED , EE - PS , EE - MC , EE - MP , EE - MX , EE - ET , EE - EX )

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Actualmente, es observable en el país una marcada tendencia a la proliferación de centros educativos particulares como escuelas e institutos técnicos que demandan la creación o adecuación de espacios o edificios educativos concretos.

Para uno u otro caso, el régimen jurídico que regula las construcciones en la República de Panamá es amplio y ciertamente ofrece garantías básicas a las construcciones escolares; sin embargo, debido al nivel de generalidad que mantienen estas regulaciones, se hace necesario reglamentar algunos aspectos. En esto consiste el concepto de “Normas de Diseño” introducido en el título de este Capítulo.

El Ministerio de Educación de la República de Panamá (MEDUCA), a través de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del Viceministerio de Infraestructura Educativa, busca que el presente instrumento normativo, que surge de la necesidad de optimizar los espacios educativos, a través de una infraestructura que le asegure a la comunidad educativa una mejor calidad de vida y la posibilidad de formación y superación personal en términos sustentables.

De igual modo, la elaboración de las presentes Normas se respalda en los documentos y publicaciones técnicas de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), referidas a construcciones escolares; además, están dirigidas a regular tanto los nuevos diseños como la adaptación de la infraestructura existente, la construcción de nuevos establecimientos y la inspección de áreas educativas particulares, la cual se caracteriza por ser in situ, es decir, en el lugar donde se materializa la acción controlada por parte del MEDUCA, con el objetivo de vigilar y propiciar una infraestructura que cumpla con los requisitos (mínimos) generales de los espacios, recintos y el conjunto de las áreas educativas, procurando la racionalización de los espacios en beneficio de la comunidad escolar y de las áreas aledañas.

INTRODUCCIÓN

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DISPOSICIONESGENERALES

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SECCIÓN - 01GENERALIDADES

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El contenido de las Normas desarrolladas, solo cubrirán los aspectos mínimos de la estructura física, equipamiento y normas de seguridad humana, tomando como referencia los dos (2) aspectos primordiales: (i) planes de estudios aprobados por el MEDUCA; y, (ii) los estándares existentes para la construcción de los centros educativos del Estado.

El plan que se propone en este documento está dirigido a establecer un contenido de los conceptos oficiales utilizados para la construcción, remodelación y evaluación de los centros educativos particulares. En ese sentido, el presente trabajo queda sometido a la crítica, transformación y servicio de todos los intereses afectados.

Por otra parte, es importante señalar que para el establecimiento de estas instancias técnicas, se apelará, no solamente a la revisión de normas de carácter internacional y local, sino a la experiencia adquirida por el Ministerio de Educación, a través de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del Viceministerio de Infraestructura Educativa y sus Oficinas Regionales; además de otras entidades gubernamentales fuera del MEDUCA, tanto en el contexto socio-económico del sector público como privado.

En ese sentido, no han sido pocas las consideraciones en que la iniciativa privada, especialmente de los centros educativos con una trayectoria más larga, han marcado las pautas, al punto que una buena parte de los centros educativos privados, superan con creces varios de los parámetros de los centros educativos oficiales.

En el contenido de este documento, se desarrollarán cuatro aspectos básicos de la realidad educativa desde el punto de vista físico: Estructura, Operación, Electricidad y Sanitaria, contemplándose en cada uno fases de carácter cualitativo y cuantitativo de interés.

Como punto final, se buscará reforzar el concepto de inspecciones para los centros educativos particulares, por medio de la creación de normas y parámetros de inspección, que sean justos para estas instalaciones y que garanticen que se mantengan los estándares de seguridad y salud para los estudiantes, personal docente y administrativo.

En este orden de ideas, el Ministerio de Educación de la República de Panamá (MEDUCA), tiene como misión convertir la educación en el instrumento fundamental del desarrollo humano, de la prosperidad, de la equidad de oportunidades y de la movilidad social, por medio del cual se impulsará el desarrollo sostenible, en términos productivos, económicos y sociales en nuestro país; y, desde esta perspectiva, hacer énfasis en la educación particular.

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se ha conceptualizado bajo la premisa de que la educación es uno de los motores más poderosos y probados para garantizar el desarrollo sostenible. Con este fin, el objetivo aspira a proporcionar acceso igualitario a la formación técnica asequible y eliminar las disparidades de género e ingresos, además de lograr el acceso universal a educación superior de calidad.

En este contexto, este documento se desarrolla tomando como referencia la importancia que reviste para el sector público la adopción de instrumentos de control interno que contribuyan a fortalecer la capacidad del Estado para ejecutar eficazmente su función de gobierno, a través del establecimiento de un ambiente de control sólido y cónsono con los principios que rigen el actuar de la administración pública, tal como lo consideran las Normas de Control Interno Gubernamental para la República de Panamá dictadas por la Contraloría General de la República, mediante Decreto N° 214-DGA de 8 de octubre de 1999, publicado en la Gaceta Oficial del Estado N° 23.946 de 14 de diciembre de 1999.

Todos los establecimientos de enseñanza particular, al igual que los oficiales, dependerán del Ministerio de Educación tal como lo establece la Ley.

Toda escuela o institución docente de carácter general para poder funcionar debe llenar los siguientes requisitos ante el Ministerio de Educación:

1. Contar con un personal idóneo desde el punto de vista de su capacidad física, intelectual y moral, que debe ser comprobada ante el Ministerio de Educación con los documentos exigidos al personal de las instituciones oficiales de idéntica naturaleza y categoría.

2. Someter a la aprobación del Ministerio de Educación el prospecto contentivo de su organización, planes de estudio y programas de enseñanza.

3. Disponer de un local apropiado para fines educativos, con lo cual se busca que todos los establecimientos educativos en sus áreas interiores y exteriores cumplan una función que apoye la gestión.

Lo precedentemente enunciado, en razón de haberse determinado la creciente apertura de centros de enseñanza particulares en todos los niveles y ámbitos formativos que requieren, más allá de una general regulación por parte del Estado sobre las construcciones educativas, contar con requisitos específicos, normas y estándares que pretenden asegurar que los proyectos que se elaboren, liciten y construyan, cumplan con estándares aceptables de calidad y condiciones favorables para su funcionamiento, teniendo en cuenta, entre otras cosas, los recursos existentes: humanos, materiales y financieros.

Para ello, se ha convenido dirigir esfuerzos a fin de consolidar el sistema educativo en un sistema integral y pertinente, con los cambios de paradigmas que las normativas y el ambiente interno y externo imponen, haciéndolo capaz de responder a las exigencias del medio con su estructura curricular y su infraestructura física y tecnológica; forjando alianzas duraderas con la sociedad civil y el sector productivo y estableciendo una organización interna, eficaz y transparente, logrando institucionalizar los cambios a nivel de política de Estado, garantizando su continuidad y desarrollo.

Lo anterior, en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el cual prevee como Objetivo Mundial, lograr en los próximos 15 años una “Educación de Calidad”, lo que

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se ha conceptualizado bajo la premisa de que la educación es uno de los motores más poderosos y probados para garantizar el desarrollo sostenible. Con este fin, el objetivo aspira a proporcionar acceso igualitario a la formación técnica asequible y eliminar las disparidades de género e ingresos, además de lograr el acceso universal a educación superior de calidad.

En este contexto, este documento se desarrolla tomando como referencia la importancia que reviste para el sector público la adopción de instrumentos de control interno que contribuyan a fortalecer la capacidad del Estado para ejecutar eficazmente su función de gobierno, a través del establecimiento de un ambiente de control sólido y cónsono con los principios que rigen el actuar de la administración pública, tal como lo consideran las Normas de Control Interno Gubernamental para la República de Panamá dictadas por la Contraloría General de la República, mediante Decreto N° 214-DGA de 8 de octubre de 1999, publicado en la Gaceta Oficial del Estado N° 23.946 de 14 de diciembre de 1999.

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2. BASE LEGAL

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Todos los establecimientos de enseñanza particular, al igual que los oficiales, dependerán del Ministerio de Educación tal como lo establece la Ley.

Toda escuela o institución docente de carácter general para poder funcionar debe llenar los siguientes requisitos ante el Ministerio de Educación:

1. Contar con un personal idóneo desde el punto de vista de su capacidad física, intelectual y moral, que debe ser comprobada ante el Ministerio de Educación con los documentos exigidos al personal de las instituciones oficiales de idéntica naturaleza y categoría.

2. Someter a la aprobación del Ministerio de Educación el prospecto contentivo de su organización, planes de estudio y programas de enseñanza.

3. Disponer de un local apropiado para fines educativos, con lo cual se busca que todos los establecimientos educativos en sus áreas interiores y exteriores cumplan una función que apoye la gestión.

Lo precedentemente enunciado, en razón de haberse determinado la creciente apertura de centros de enseñanza particulares en todos los niveles y ámbitos formativos que requieren, más allá de una general regulación por parte del Estado sobre las construcciones educativas, contar con requisitos específicos, normas y estándares que pretenden asegurar que los proyectos que se elaboren, liciten y construyan, cumplan con estándares aceptables de calidad y condiciones favorables para su funcionamiento, teniendo en cuenta, entre otras cosas, los recursos existentes: humanos, materiales y financieros.

Para ello, se ha convenido dirigir esfuerzos a fin de consolidar el sistema educativo en un sistema integral y pertinente, con los cambios de paradigmas que las normativas y el ambiente interno y externo imponen, haciéndolo capaz de responder a las exigencias del medio con su estructura curricular y su infraestructura física y tecnológica; forjando alianzas duraderas con la sociedad civil y el sector productivo y estableciendo una organización interna, eficaz y transparente, logrando institucionalizar los cambios a nivel de política de Estado, garantizando su continuidad y desarrollo.

Lo anterior, en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el cual prevee como Objetivo Mundial, lograr en los próximos 15 años una “Educación de Calidad”, lo que

EL MEDUCA Y LA EDUCACIÓN PARTICULAR1.

Nº INSTRUMENTO GACETA OFICIAL Nº

FECHA

1

Constitución Política de la República de Panamá.

25.176

15/11/2004

2 Ley N° 38 “Que aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración, Regula el Procedimiento Administrativo General y dicta disposiciones especiales”.

24.109 02/08/2000

3 Decreto Ejecutivo N° 305 “Por el cual se Aprueba el Texto Único de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación ...”

25.042 04/05/2004

4 Ley N° 6 “Que dicta Normas para la transparencia en la gestión pública, establece la acción de Habeas Data y dicta otras disposiciones”.

24.476 23/01/2002

5 Ley N° 66 "Por la cual se aprueba el Código Sanitario".

10.467 06/12/1947

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BASE LEGAL2.

Nº INSTRUMENTO GACETA OFICIAL Nº

FECHA

5 Ley N° 66 "Por la cual se aprueba el Código Sanitario".

10.467 06/12/1947

6 Decreto Ejecutivo N° 306 “Que adopta el reglamento para el control de los ruidos en espacios públicos, áreas residenciales o de habitación, así como en ambientes laborales”.

N/A

04/09/2002

7 Decreto Ejecutivo N° 246 “Por el cual se dicta el Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos”

N/A 15/12/2004

8 Decreto N° 136-2015-DMySC expedido por la Contraloría General de la República. Por el cual se aprueba el documento titulado “Procedimiento para la Reparación y/ o Mantenimiento de Centros Educativos del Programa “Mi Escuela Primero Comunitario” del Ministerio de Educación.

27.721-B 13/02/2015

9 Decreto Ejecutivo 210, Que crea la Dirección Nacional de Mantenimiento en el Ministerio de Educación

28.024 29/04/2016

10 Decreto Ejecutivo 211, Que establece la Estructura Organizativa de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura en El Ministerio de Educación.

28.024 29/04/2016

11 Resolución N° 169-2004, Por el cual se aprueban los Códigos de Zonificación Residencial para la Ciudad de Panamá, en sus diferentes modalidades.

25.158-A 08/10/2004

12 Ley N° 42 de 1999, “Por la cual se establece la Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad en la República de Panamá”, SENADIS

23.876 31/08/1999

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BASE LEGAL2.

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Nº INSTRUMENTO GACETA OFICIAL Nº

FECHA

13 Resolución N° 3142, de la Secretaría Nacional de Energía, “Que adopta la guía de construcción sostenible para el ahorro de energía en edificaciones y medidas para el uso racional y eficiente de la energía, para la construcción de nuevas edificaciones en la República de Panamá”.

28.165 24/11/2016

14 Decreto N° 214-DGA de fecha 08 de octubre de

1999, “Por la cual se emiten Normas de Control Interno Gubernamental para la República de Panamá”, dictadas por la Contraloría General de la República.

23.946 14/12/1999

15 Ley N° 47, Ley Orgánica de Educación.

10.113 02/10/1946

16 Decreto Ejecutivo Nº 50, “Por el cual se reglamenta el funcionamiento de los centro de enseñanza superior, oficiales y particulares, y se dictan otras disposiciones”

23.765 31/03/1999

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SECCIÓN - 02OBJETIVO DE LAS

PRESENTES NORMAS

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Establecer de forma clara, ordenada y oportuna criterios específicos para que el Ministerio de Educación de la República de Panamá (MEDUCA), pueda verificar el cumplimiento de las disposiciones normativas, por parte del sector particular, que han sido dictadas por el Estado y por organismos de carácter internacional, tanto en el diseño de la infraestructura educativa como en su adaptación y la construcción de nuevos establecimientos, mediante la realización de inspecciones que garanticen que las áreas educativas cumplan con estándares aceptables de calidad y tengan condiciones favorables para su funcionamiento.

En los aspectos antes mencionados este documento busca proporcionar lo siguiente:

• Proveer información sobre las normas y estándares que debe cumplir el sector particular, en cuanto al diseño y construcción de áreas educativas, a fin de asegurar a la comunidad educativa una mejor calidad de vida y la posibilidad de formación y superación personal en términos sustentables.

• Proporcionar una herramienta metodológica, que sirva de guía para la supervisión del cumplimiento de los estándares de calidad en los centros de enseñanza particulares, a fin de asegurar una educación de calidad.

• Brindar las herramientas necesarias para que los funcionarios públicos del Ministerio de Educación (MEDUCA) o aquellos que actúen por delegación o en representación de éste, ejerzan funciones de inspección sobre la infraestructura educativa, disponiendo de lineamientos claros sobre los requisitos generales de los espacios, recintos y el conjunto de las áreas educacionales.

Estas Normas son de aplicación a todas las edificaciones educativas particulares y las instancias del Ministerio de Educación (MEDUCA), encargadas de la verificación del cumplimiento de los requisitos generales de los espacios, recintos y el conjunto de las áreas educacionales. A partir de su fecha de implementación, el desconocimiento de las normas por parte de agentes particulares o funcionarios del MEDUCA no limitará la implementación de las mismas.

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2. ALCANCE DE LAS NORMASSe

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GENERALIDADES1.

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Se tomará como punto de referencia el día 1 de agosto del año 2018 como la fecha de implementación de las normas aquí establecidas, para definir el Antes y el Después de la aplicación de las mismas.

La aplicación de este documento será acondicionada para dos tipos de edificaciones:

1. Edificaciones existentes: Construidas o remodeladas antes de la implementación de las normas y que ya cuentan con la aprobación de la Dirección Nacional de Ingeniera y Arquitectura del MEDUCA.

2. Edificaciones nuevas: Construidas o remodeladas después de la implementación de las normas y que aún no cuentan con la aprobación de la Dirección Nacional de Ingeniera y Arquitectura del MEDUCA.

Se hará referencia a cuáles normas aplicarán para cada uno de los tipos de edificaciones antes mencionados, entendiendo que no todas las estructuras existentes o en proceso podrán realizar los nuevos cambios solicitados de manera inmediata debido a recursos financieros o que las instalaciones simplemente no cuentan con el espacio físico para realizarlas, por lo cual las normas establecerán criterios especiales para su evaluación; igualmente, existirán criterios que deberán ser aplicados de manera absoluta para todas la edificaciones existentes, en proceso o nuevas, los mismos buscarán siempre garantizar y mejorar la seguridad, salud y calidad de la educación de todos los que asisten a la edificación educativa.

Las normas que se describen en este instrumento, son la guía para todas aquellas personas que de forma particular proyectan construir instituciones educativas, tal como lo hace el Estado, pero en menor o igual proporción; por lo que busca flexibilizar, pero a la vez estandarizar la actividad, de tal modo que se convierta en refencia tanto para unos como para los otros.

En este sentido, no se pretende contradecir especificaciones técnicas, normas generales o precepto alguno, establecido en cualquiera de los manuales del MEDUCA para la construcción de edificaciones educativas oficiales; sino que ésta sea una herramienta para facilitar el desarrollo de la actividad y brindar una flexibilidad, basados en el origen de los recursos económicos con los cuales se construirán las edificaciones, las mismas no deben ser usadas aisladamente sino en conjunto, en apoyo con todas las normas para las edificaciones oficiales, siempre garantizando el desarrollo del proyecto con criterios de calidad. Para esto se han creado criterios para mantener comunicación entre los agentes que administran, renuevan o construyen las edificaciones educativa particulares y los funcionarios del MEDUCA con la potestad de interpretar y aplicar las normas.

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2. ALCANCE DE LAS NORMAS

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SECCIÓN - 03CLASIFICACIÓN DE LAS

EDIFICACIONES PARTICULARES

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1.1 EDIFICACIONES SEGÚN SU FECHA DE CREACIÓN:

1.1.1 EDIFICACIONES EXISTENTES (EE)

(EN)

22

En la extensión de este documento se mencionaran las normas que aplicarán para cada tipo de edificación educativa, tomando en cuenta la variedad de centros educativos que existen y que existirán; además, tomando en consideración que en el pasado existieron parámetros diferentes a los actuales, se ha decidido crear varias categorías para cumplir de la manera más organizada posible los objetivos de estas Normas.

Para identificar las clases de edificaciones de manera resumida en este documento, se colocará entre paréntesis “( )” una abreviatura alfa numérica en cada sub categoría para facilitar su llamado dentro este documento.

Tal y como se mencionó en secciones anteriores, se tomarán en cuenta si el centro educativo ya cuenta con un permiso por parte de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA, haremos nuevamente mención, con mayor detalle a los criterios de esta clasificación:

Construidas o remodeladas antes de la implementación de las normas y que ya cuentan con la aprobación de la Dirección Nacional de Ingeniera y Arquitectura del MEDUCA.

Todas las remodelaciones realizadas después de la implementación de las Normas dentro de una edificación/es certificada por la Dirección Nacional de Ingeniaría y Arquitectura antes de la aplicación de las Normas serán evaluadas como EE (Edificaciones Existentes).

Todas las edificaciones en etapa de diseño, construcción o remodelación, que puedan comprobar que debido a que iniciaron sus trámites de creación antes de la implementación de las Normas y que debido a esta situación los diseños o estructuras finales no contemplaron las Normas, serán evaluadas como EE (Edificaciones Existentes).

1.1.2 EDIFICACIONES NUEVAS

Construidas o remodeladas, después de la implementación de las Normas y que aún no cuentan con la aprobación de la Dirección Nacional de Ingeniera y Arquitectura del MEDUCA. Esto incluye la re-ubicación de centros educativos en nuevas edificaciones.

Todas las edificaciones anexas, que se construyan después de la aplicación de las Normas, dentro de un lote de terreno, que ya contaba con edificación/es certificadas por la Dirección Nacional de Ingeniaría y Arquitectura antes de la aplicación de las normas establecidas en estas Normas para la construcción de edificaciones educativas particulares, serán evaluadas como EN (Edificaciones Nuevas), pero las edificaciones originales se mantendrán con los parámetros de EE (Edificaciones Existentes).

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CLASIFICACIÓN1.

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CLASIFICACIÓN1.

1.2 EDIFICACIONES SEGÚN SU ARQUITECTURA ORIGINAL

1.2.1 RESIDENCIA (R)

La calidad de las instalaciones educativas tienen que estar relacionadas con los recursos. Estos pueden ser humanos, materiales, financieros y en cuanto a las instalaciones se refiere, son interdependientes. Por estos motivos se definen los siguientes tipos de edificaciones:

Edificación dentro de un lote de terreno que desde su construcción inicial, fue concebida para uso residencial sin importar sus adecuaciones internas o externas, o si su uso más reciente fue de carácter comercial, la cual solo será remodelada o anexada para su uso como edificación educativa.

1.3 EDIFICACIONES SEGÚN OFERTA EDUCATIVA

Los planes de estudios, los programas de enseñanza y la organización de las instituciones de enseñanza privada, requieren la aprobación del Ministerio de Educación de la República de Panamá, como garantía para la ciudadanía de que cumplen con los fines sociales y nacionales así como los objetivos específicos que se proponen y anuncian; y en tal virtud, están sometidos a su inspección y vigilancia.

La oferta educativa de cada centro educativo definirá el tipo y la cantidad de espacios o ambientes dentro de las edificaciones escolares del centro educativo.

1.2.2 LOCAL COMERCIAL (LC)

Estructura o espacio dentro de una edificación, ubicado dentro de un lote de terreno que desde su construcción inicial fue concebido para funcionar como un local comercial, el cual solo será remodelado o anexado para su uso como edificación educativa.

1.2.3 EDIFICACIÓN EDUCATIVA DEDICADA (ED)

Edificación dentro de un lote de terreno que desde su construcción fue concebida para funcionar como un centro educativo. Se considerará como una Edificación Educativa Dedicada en el caso de la completa demolición de todas las edificaciones residenciales o locales comerciales dentro de un mismo lote de terreno para posteriormente construir una Estructura Educativa Dedicada.

Las edificaciones para propósitos educativos en lotes de terrenos sin edificaciones previas, solo podrán ser Estructuras Educativas Dedicadas.

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1.3.1 EDIFICACIONES SUPERVISADAS POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PARTICULAR:

1.3.1.1 EDIFICACIÓN PREESCOLAR (PS)

Está compuesta por una o más aulas de Kinder y Pre-kinder. La ausencia de alguno de los niveles antes mencionados mantendrá a la edificación en la misma clasificación.

Ejemplo: Una edificación que solo tenga un (1) aula de pre-kinder aún se le considerará una edificación Preescolar.

1.3.1.1 EDIFICACIÓN MIXTA (MP)

Está compuesta por una o más aulas de Kinder, Pre-kinder; además de aulas que contemplen la educación del Primero hasta el Doceavo grado. La ausencia de alguno de los niveles antes mencionados mantendrá a la edificación en la misma clasificación.

Ejemplo 1: Una edificación que solo tenga un (1) aula de kinder y aulas del primero hasta sexto grado, aún se le considerará una edificación mixta.

Ejemplo 2: Una edificación que solo tenga aulas de primero a noveno grado aún se le considerará una edificación mixta.

1.3.1.3 EDIFICACIONES INTEGRADAS CON COIF (MC)

Es el caso donde en el mismo lote de terreno existan edificaciones de un COIF en conjunto con cualquiera de los tipos de edificaciones antes mencionados.

Todos los estándares de diseño referentes a las edificaciones de los COIF’s son responsabilidad de Ministerio de Desarrollo Social.

24

Este conjunto de Normas no definirá la oferta educativa de las edificaciones, simplemente comprobará que la edificación cuente con las instalaciones para ofrecer la oferta educativa correspondiente.

La implementación de las ofertas académicas en cuales se basan las normas son manejadas por las siguientes unidades administrativas dentro del MEDUCA:

• Dirección Nacional de Educación Particular

• Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior.

Basado en estos conceptos se definen los siguientes tipos de edificaciones:

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CLASIFICACIÓN1.

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1.3.1.4 EDIFICACIONES NIVELES ESPECIALES (MX)

Está compuesta por una o más aulas con otros sistemas educativos aprobados por la Dirección Nacional de Educación Particular de MEDUCA (no incluye Preescolares).

1.3.2.1 EDIFICACIONES INSTITUTOS TÉCNICOS SUPERIORES (ET)

Está compuesto por una o más aulas con ofertas educativas aprobadas por la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior del MEDUCA.

1.3.2.2 EDIFICACIONES SUPERIOR ESPECIAL (EX)

está compuesta por una o más aulas con sistemas educativos distintos a los institutos técnicos y que su oferta educativa requiera la aprobación por la Dirección nacional de Coordinación del tercer nivel de enseñanza o superior del MEDUCA.

En esta clasificación de edificaciones según oferta educativa, solo se hizo mención de las aulas teóricas para dejar claro el nivel educativo de las estructuras y se sobreentenderá que existen otros espacios que garantizan la apropiada ejecución de la oferta educativa, como por ejemplo: laboratorios, talleres, áreas recreativas, oficinas administrativas, entre otros.

Ejemplo 1: Un lote de terreno con una edificación Preescolar y además una edificación de COIF.

Ejemplo 2: Un lote de terreno con una edificación Mixta y además una edificación de COIF.

1.3.2 EDIFICACIONES SUPERVISADAS POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL TERCER NIVEL DE ENSEÑANZA O SUPERIOR:

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CLASIFICACIÓN1.

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SECCIÓN - 04USO DE LAS ABREVIATURAS

ALFANUMÉRICAS

Page 27: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

= Solo las edificaciones existentes preescolares y todas las edificaciones nuevas.

Para indicar el uso de clasificaciones en una edificación específica, se usará el guión “-” entre las abreviaturas y el mismo indicará que nos referimos a una edificación con esas características específicas. La Norma aplicará para edificaciones que tengan cada una de esas características, sin importar el orden en que se presenten las abreviaturas.

Ejemplo 1: = Solo las edificaciones nuevas de tipo residencial

Ejemplo 2: = Solo las edificaciones existentes de preescolar

Para indicar el uso de las clasificaciones para varios tipos de edificaciones se usará la coma “,” entre las abreviaturas y el mismo indicará que nos referimos a todas las edificaciones con esas características. La Norma aplicará a cualquier edificación que tenga una o más de esas características.

Ejemplo 1: , = Todas las edificaciones nuevas y todos las edificaciones existentes.

Ejemplo 2:

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DEFINICIÓN DE TÉRMINOS1.

Si solo se usa una abreviatura sin agregar ninguna otra, indicará que la regla aplica para todas las edificaciones con esa característica.

Para indicar qué normas aplican a cuáles edificaciones, se colocará la frase “Aplica para” o “En el caso de” e inmediatamente después la abreviatura alfanumérica de la clasificación correspondiente la misma será interpretada de la siguiente manera:

• Si la frase “Aplica para” se ubica al final del título, indicará que todo el desarrollo del título aplicara para esa/s categorías.

Ejemplo 1: Baños (Aplica para , ) = Significa que todo lo referente a este título aplicará para todas la edificaciones nuevas y existentes.

Ejemplo 2: Aulas (Aplica para - ) = Significa que todo lo referente a este título aplicará solo para las edificaciones existentes preescolares.

• Si la frase “Aplica para” se coloca al final de un subtítulo indicará que todo el desarrollo del subtítulo aplicará para esa/s categorías.

Ejemplo 1: Baños (Aplica para , ) = Significa que todo lo referente a este subtítulo aplicará para todas la edificaciones nuevas y existentes.

Ejemplo 2: Aulas (Aplica para - ) = Significa que todo lo referente a este subtítulo aplicará solo para las edificaciones existentes preescolares.

• Si la frase “En el caso de” se coloca dentro de un párrafo, indicará que solo ese párrafo aplicará para esa/s categoría.

Ejemplo: En el caso de = Significa que aplicará para todas las edificaciones existentes.

• En el caso del uso de tablas, se colocará una columna con la frase “Aplica para” y se colocará la/s abreviatura dentro de la casilla correspondiente.

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ESPECIFICACIONES, REQUISITOS YPROCEDIMIENTOS

Page 30: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

SECCIÓN - 01ESPECIFICACIONES DE CARÁCTER

GENERAL PARA EL PLANEAMIENTO Y UBICACIÓN DE EDIFICACIONES

EDUCATIVAS PARTICULARES

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ESTÁNDARES1.

1.1 EMPLAZAMIENTO Y LOCALIZACIÓN (APLICA PARA:

Para el planeamiento, diseño y especificación de nuevos proyectos escolares, a continuación se desarrollan aquellas recomendaciones y estándares que permitan asegurar un acertado manejo de las condiciones arquitectónicas y técnicas de la Planta Física Escolar, con el fin de facilitar todos y cada uno de los procesos pedagógicos y administrativos que en ella se llevarán a cabo.

Este documento señalará los mecanismos de comunicación entre los agentes privados que desarrollan el proyecto de edificación educativa y los funcionarios del ministerio de educación, durante toda la etapa de diseño de la edificación, para garantizar que estas especificaciones sean interpretadas y aplicadas de manera apropiada en la etapa de construcción de la obra.

Los establecimientos escolares deben ubicarse en lugares seguros para el alumno, se debe evitar situarlos cerca de:

• Ríos • Lagunas • Zonas de posibles derrumbes • Zonas inundables• Otras situaciones riesgosas (industrias peligrosas y/o contaminantes, línea de

ferrocarril, metro o tren, carretera de alta velocidad, otros).

(EN)

1.2 Los terrenos deberán contar con buenos drenajes pluviales y una adecuada topografía que permita un uso apropiado de áreas libres y de las edificaciones en general.

1.3 Todo terreno escolar estará debidamente inscrito y demarcado por un polígono. El polígono constituye el límite de aplicación de las presentes normas.

1.4 El polígono constituye un espacio único e integral, por lo que de existir divisiones que impliquen separaciones físicas de carácter permanente, a cada porción resultante deberá cumplir con los presentes requerimientos como si fueran polígonos independientes.

1.5 1.5 El polígono escolar puede ser propio o alquilado, pero en cualquier caso deberá cumplir con los requisitos estipulados en las presentas Normas. Los terrenos en que se construya un centro educativo serán de uso exclusivo para tal fin.

Page 32: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

El emplazamiento del establecimiento educacional deberá considerar la infraestructura vial suficiente para asegurar:

1.8.1 La accesibilidad de los alumnos, profesores, funcionarios y familiares, por aceras peatonales y calles laterales para vehículos.

1.8.2 La factibilidad de relación del establecimiento y la posibilidad de uso por la comunidad circundante.

1.8.3 La disponibilidad de acceso vehicular para los carros-bombas de incendio, ambulancias y de transporte de pasajeros.

1.8.4 La posibilidad de acceso de vehículos para el ingreso de insumos y extracción de basuras.

1.8.5 Estacionamiento y bahías de desembarque para transporte colegial.

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ESTÁNDARES1.

• Uso permitido• Usos compatibles• Afectaciones• Aislamientos• Antejardines• Alineamientos• Alturas permitidas• Empates exigidos• Densidad máxima exigida• Estacionamientos exigidos• Disponibilidad de servicios

1.6 Se debe verificar que las normas gubernamentales referidas al contexto urbanístico en el sector donde se desarrollará la futura construcción, sean compatibles con las recomendaciones y los estándares del MEDUCA.

Entre los aspectos a tener en cuenta están:

1.7 Los edificios escolares deberán proyectarse en terrenos que permitan accesos independientes para la enseñanza preescolar, educación primaria y secundaria.

1.8

Page 33: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

ESTÁNDARES1.

IMPACTO AMBIENTAL (APLICA PARA: 2. (EN)

(EN)

Se debe verificar en cada caso, si el proyecto de construcción escolar debe cumplir con las directrices ambientales expedidas por la entidad pública con competencia en materia ambiental y particularmente con aquellas directrices ambientales específicas para proyectos de construcciones escolares si así existiesen.

3.1 La construcción escolar deberá ser claramente reconocible como un edificio institucional en medio de su contexto urbano. El edificio escolar deberá proyectar una imagen con sólido carácter de entidad educativa y deberá ejercer una positiva influencia en el desarrollo y consolidación de su entorno urbano inmediato.

3.2 La edificación escolar debe colaborar en la creación de una nueva imagen institucional acorde a los lineamientos de la política educativa: generador de espacio público, propiciador de procesos de participación comunitaria y co-gobierno, y ser capaz de traducir en sus exteriores, la imagen de una nueva institución educativa.

3.3 Se deberá estudiar en cada caso la generación de un espacio público en la zona de acceso, que caracterice al edificio respecto a la ciudad en general y a su sector en particular, en donde además de las puertas de entrada se ubiquen los símbolos patrios, al igual que los símbolos representativos del propio establecimiento educativo. Asimismo se deberá incluir en el diseño el letrero con el nombre y nomenclatura del establecimiento.

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1.9 El emplazamiento del establecimiento deberá considerar la factibilidad de dotación de servicios, de acuerdo a: El emplazamiento de los terrenos se seleccionará en zonas protegidas de ruidos ambientales, considerando barreras acústicas para evitar ruidos al entorno circundante, con una separación mínima de treinta (30) metros de residencias de densidad baja, de esparcimiento, de turismo, otros.

1.10 Los establecimientos educacionales se proyectarán protegidos de la contaminación acústica exterior con pantallas de protección acústica naturales y/o artificiales.

IMAGEN (APLICA PARA:3.

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SECCIÓN - 02REQUISITOS

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EDIFICACIONES Y ESPACIOS (APLICA PARA: Y1. (EN)

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1.1 Todas las edificaciones y espacios físicos funcionales que se deriven directa e indirectamente de las actividades escolares en general, incluyendo en las señaladas en el presente documento, cumplirán con las leyes de la República de Panamá y demás requisitos expedidos por autoridades competentes:

• Ministerio de Educación de la República de Panamá (MEDUCA).• Ministerio de Desarrollo Social de la República de Panamá (MIDES).• Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial de la República de

Panamá (MIVIOT).• Ministerio Obras Públicas de la República de Panamá (MOP).• Ministerio de Salud de la República de Panamá (MINSA).• Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, a través

de su Oficina de Seguridad.• Secretaria Nacional de la Discapacidad de la República de Panamá

(SENADIS).• Sistema Nacional de Protección Civil de la República de Panamá

(SINAPROC).• Dirección de Ingeniería Municipal.• Otros

1.2 Se permite la construcción dentro de un lote de terreno para todo tipo edificaciones escolares o espacios escolares tales como:

1.2.1. Aulas Teóricas.

1.2.2. Aulas Teórico-Prácticas:

- Laboratorios.- Talleres.

1.2.3. Áreas Recreativas.

1.2.4. Áreas Administrativas.

1.2.5. OTRAS CONSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS: Siempre y cuando no obstruyan el carácter escolar del sitio y constituyan actividades totalmente subordinadas e integradas al uso escolar principal, el MEDUCA determinará, basado en el origen de la edificación, cuáles de los siguientes espacios podrán ser agregados a la edificación educativa, a saber:

(EE)

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En el caso de que un centro educativo quiera re-ubicarse en un nuevo lote de terreno, deberá continuar con todos los procesos para buscar una nueva aprobación por parte MEDUCA, a través de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura correspondiente. La certificación del terreno y de la edificación anterior que otorgó la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura no es transferible al nuevo terreno o edificación.

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Versión 01 - 2018Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Centros Educativos Particulares

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3.1 El criterio de reubicación temporal solo aplica a centros educativos que contaban previamente con una edificación aprobada por la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA antes de la reubicación.

EDIFICACIONES Y ESPACIOS (APLICA PARA: Y1. (EN) (EE)

REUBICACIONES PERMANENTES (APLICA PARA Y2. (EN) (EE)

REUBICACIONES TEMPORALES (APLICA PARA Y3. (EN) (EE)

• Kioscos.• Casetas.• Cobertizos. • Piscinas.• Canchas Abiertas o Techadas.• Espacios Habitacionales.• Depósitos Generales.• Espacios de Culto Religioso.• Cuartos Eléctricos, de Aires Acondicionados y de Bombas.• Cocina y Comedor.

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REUBICACIONES TEMPORALES (APLICA PARA Y3. (EN) (EE)

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3.2 En cuanto a las ubicaciones temporales que se originen por alguna contingencia natural o cualquier otra causa que amerite la reubicación temporal del centro educativo, la misma será aceptada bajo criterios especiales, en virtud de darle prioridad al proceso educativo sin demoras; tratando en lo posible de guardar los índices de ocupación y cantidad suficiente de espacios sanitarios, y letreros distintivos con las especificaciones requeridas en cada salón.

3.3 La Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura de MEDUCA no otorgará certificación final a una edificación de reubicación con la salvedad de que el sitio, espacio, construcción, edificio, local, o casa en que ocurra la reubicación, llene todos los requisitos establecidos en estas Normas, para ser una ubicación permanente.

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SECCIÓN - 03CLASIFICACIÓN DE LAS

EDIFICACIONES PARTICULARES

Page 39: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

Según el nivel educativo del centro escolar, los terrenos contarán con un área capaz de albergar todas las estructuras y edificaciones necesarias para desarrollar la oferta educativa correspondiente:

2.1.1. Aulas Teóricas.

2.1.2. Aulas Teórico-Prácticas (Laboratorios y Talleres).

2.1.3. Áreas Recreativas.

2.1.4. Áreas Administrativas.

2.1.5. OTRAS CONSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS: Siempre y cuando no obstruyan el carácter escolar del sitio y constituyan actividades totalmente subordinadas e integradas al uso escolar principal, el MEDUCA determinará, basado en el origen de la edificación, cuáles de los espacios podrán ser agregados a la edificación educativa.

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GENERALIDADES1.

Corresponden a aquellos aspectos a tener en cuenta para asegurar las condiciones adecuadas constructivas, de seguridad y confort en cada uno de los espacios pedagógicos y otras estructuras, de acuerdo con sus necesidades específicas.

Este documento señalará los mecanismos de comunicación entre los agentes públicos que desarrollan el proyecto de edificación educativa y los funcionarios del Ministerio de Educación, durante toda la etapa de diseño de la edificación, para garantizar que estas especificaciones sean interpretadas y aplicadas de manera apropiada en la etapa de construcción de la obra.

DIMENSIONES DEL TERRENO (APLICA PARA2. (EN)

2.1

Las dimensiones generales mínimas, de frente y fondo del terreno, serán las indicadas en la zonificación vigente.

2.2.1. En el caso de EE, se aceptarán las dimensiones existentes del terreno.

2.2

(EE)

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Todos los desniveles y sitios con altura igual o mayor a 0.45 metros y que representen un peligro potencial, llevarán baranda o antepecho de un 1.00 metro de altura como mínimo.

4.1

En el caso de barandas metálicas, se debe evitar el diseño de barandas tipo "escalera" que facilitan a los niños subirse con alto riesgo de caídas.

4.2

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Versión 01 - 2018Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Centros Educativos Particulares

CERRAMIENTO (APLICA PARA 3.

Se entiende como una medida de seguridad, que sin debilitar la protección, debe facilitar una clara relación visual con el entorno. Se establece una transparencia del 90% del cerramiento a partir de un zócalo o base de 0.6 metros de altura, con una altura mínima de 2.00 metros. En ningún caso, el cerramiento servirá para ubicar propaganda o avisos comerciales no relacionados a las actividades realizadas en la edificación educativa.

Y(EN) (EE)BARANDALES (APLICA PARA 4.

En el caso de EN - PS, EN - MP, EN - MC, solo se permitirá la ubicación de las aulas preescolares en la planta baja.

5.1

(EN)ALTURA DE LAS EDIFICACIONES (APLICA PARA5.

(EN)(EN)(EN) (PS) (MP) (MC)

Page 41: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

(EN)ALTURA DE LAS EDIFICACIONES (APLICA PARA5.

(EN)

El ancho mínimo de pasillo será de 1.8 metros tránsitos iguales o menores de 110 personas, se agregarán a esta medida 0.60 metros por cada 140 personas que transiten por ésta hacia la salida; se podrá incrementar en 0.30 metros para fracciones menores o iguales de 70 personas.

PASILLOS, ACERAS (APLICA PARA 6.

6.1

Accesos, aceras y senderos de patios y otras áreas exteriores, se proyectarán libres de obstáculos con un ancho mínimo de 1.20 metros.

6.2

Todos los pasillos y aceras dentro de la edificación y en su periferia externa deberán estar debidamente techados y pavimentados.

6.3

Las aulas de clases no podrán servir de acceso a otras aulas de clase o espacios del centro educativo, cada aula deberá ser accedida desde la entrada del colegio por medio de pasillos cerrados o abiertos que pasen por el exterior de las aulas.

6.4

En el caso de EE los pasillos existentes serán aceptados tal y como están. 6.5

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En el caso de EN - MC, EN - MP, EN - MX la planta baja y dos (2) altos como máximo serán permitidos para uso de los estudiantes.

5.2

En el caso de EN - EX, EN - ET se permitirán edificaciones mayores a dos (2) altos.

5.3

Los locales nuevos de uso prolongado o permanente para estudiantes tendrán una altura mínima de 3.00 metros y hasta 2.40 metros de altura en proyectos de adecuación, modelación o anexos.

5.4

Otros locales que no sean de uso prolongado tendrán una altura mínima de 2.20 metros incluyendo los pasillos.

5.5

(EE)

(EN)

(EN)

(EN)

(EN)

(EN)(MP)(MC) (MX)

(ET)(EX)

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En las edificaciones de más de una (1) planta el acceso a la escalera en las plantas superiores debe estar a un máximo de veinticinco (25) metros medidos desde el puesto de trabajo o de estudio más lejano.

7.1

No se permite diseñar escaleras con ángulos reducidos, lo mismo que escaleras de caracol.

7.2

Todas las dimensiones, formas y cantidades de las escaleras deberán cumplir con los parámetros de evacuación señalados por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República Panamá.

7.3

En el caso de EE las escaleras existentes serán aceptadas tal y como están.7.4

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Versión 01 - 2018Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Centros Educativos Particulares

ESCALERAS (APLICA PARA 7.

Los espacios cerrados con una carga de ocupación igual o mayor de treinta y cinco (35) personas, tendrán una (1) puerta de 0.9 metros de ancho.

8.1

Los espacios cerrados mayores de 80 m2 de área útil, requieren puertas de hoja doble (apertura igual o mayor a 1.8 metros de ancho) o dos (2) puertas ubicadas a cada extremo del espacio.

8.2

Todas las puertas de los centros educativos abrirán hacia el exterior de los espacios, dejando prevista un área para que éstas no invadan la circulación en el momento de abrir. No podrán ser, en ningún caso, puertas de correr ni de vaivén cuando la carga de ocupación del espacio sea mayor de diez (10) personas.

8.3

(EN)SALIDAS (APLICA PARA 8.

(EE)

Page 43: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

(EN)SALIDAS (APLICA PARA 8.

Las salidas en planta baja deben estar a 45 metros medidos desde el puesto de trabajo o estudio más lejano hasta la salida más próxima a nivel del terreno. Si el pasillo que conecta al puesto de trabajo o estudio más lejano con la salida al exterior está al mismo nivel, sin ningún tipo de desnivel o rampa para ser superados, esta distancia se puede incrementar en un treinta por ciento (30%).

8.5

En las plantas superiores la salida más próxima al nivel del terreno debe estar a cuarenta y cinco metros (45 m), medidos del puesto de estudio o trabajo más lejano hasta la salida más próxima al nivel de terreno.

8.6

Las aulas preescolares deberán estar ubicadas lo más cerca posible de una salida al exterior de la edificación.

8.7

Entre el nivel de la puerta de salida y el nivel de piso exterior no puede haber más de medio piso o siete (7) escalones de diferencia.

8.8

La salida/entrada principal de la edificación deberá tener como mínimo dos (2) metros de ancho para centros educativos con más de setenta (70) estudiantes.

8.9

En el caso de EE las salidas existentes serán aceptados tal y como están.8.10

Número de salidas mínimas de una edificación hacia el exterior:

P Una (1) salida hasta 100 personas.P Dos (2) salidas hasta 500 personas.P Tres (3) salidas hasta 1000 personas.P Una (1) salida adicional cada 500 personas.P Una (1) salida adicional en terreno con una edificación de más de una planta.

8.4

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(EE)

La organización y distribución del mobiliario y los recursos didácticos para niños y niñas de 3 a 6 años, requiere de un estudio y análisis de adecuación de la calidad, pertinencia, resistencia, seguridad, contexto social y cultural y tipo de atención (convencional y no convencional).

9.2

(EN)

Se debe seleccionar mobiliario para distintas edades y medidas antropométricas.

9.1

MOBILIARIO (APLICA PARA9.

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La utilización de mobiliario que se transporte con facilidad permite cambiar la distribución de los espacios o rincones dependiendo de las necesidades, capacidad física, matrícula y edad de niños y niñas. Las mesas y sillas permitirán a los niños trabajar cómodamente, por lo que deben estar a su altura.

9.3

Las mesas deben tener los bordes redondeados y superficies que permitan limpiarlas con facilidad. Las estanterías permiten tener el material al alcance de los niños y niñas y poder ordenarlo para fomentar su autonomía. Son preferibles los muebles bajos que no impidan la visión global del aula a los niños, niñas y adultos.

9.4

Hay algunos elementos, como biombos, cortinas, cintas que pueden cumplir una función de separación dentro de cada espacio, en las estructuras de poca capacidad física, pero los mismos no serán usados para dividir dos espacios adyacentes.

9.5

De manera general todos los mobiliarios deberán estar acorde a las actividades realizadas en el espacio donde se encuentran, basados en la oferta educativa.

9.644

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Versión 01 - 2018Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Centros Educativos Particulares

La matrícula del centro educativo en un turno específico no podrá ser mayor a la suma de la capacidad máxima de estudiantes en cada de las aulas teóricas, basado en el índice de ocupación correspondiente a cada tipo de aula teórica; la ecuación correspondiente se describe de la siguiente manera: Capacidad de Aula (CA) será igual al Área Útil del Aula (Au) entre el índice de ocupación correspondiente al Aula (IOA).

En secciones posteriores haremos mención a los distintos índices de ocupación por cada tipo de aula.

CAPACIDAD (APLICA PARA10.

(EN)MOBILIARIO (APLICA PARA9.

Page 45: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

Se proyectarán estacionamientos en cantidad suficiente de acuerdo al flujo vehicular, paraderos de autobuses de acuerdo a la capacidad del establecimiento y a la zona climática donde el establecimiento esté ubicado y que eviten congestionamiento a las horas de llegada y salida, pasarelas o pasos peatonales seguros, áreas verdes y el mobiliario urbano necesario para acoger estas situaciones.

• Un (1) estacionamiento por cada aula de preescolar.

• Un (1) estacionamiento por cada 3 aulas teóricas.

• Un (1) estacionamiento para personas con movilidad reducida como mínimo.En el caso de EE los estacionamientos existentes serán aceptados tal y como están.

12.1.5. Debe contar con un acceso de servicio independiente que permita el ingreso de un vehículo de carga. Este acceso debe estar protegido y ser independiente del ingreso principal. Debe tener zona de descarga. Debe considerar acceso de los vehículos del Benemérito Cuerpo de Bomberos y/o de ambulancia hacia zona de fácil evacuación.

12.1.6. En el caso de EE las áreas de ingreso existentes o la no existencia de las mismas serán aceptadas tal y como están.

12.1. Área de Ingreso (Aplica para:

12.1.1. Este espacio debe albergar situaciones de llegada y salida del establecimiento del alumnado.

12.1.2. Espera, en el exterior, por parte de los padres y en el interior por parte de los niños, que se plantee como un filtro permeable. Los establecimientos educacionales deben considerar los espacios de acceso necesarios para albergar tanto situaciones de encuentro y espera, como un espacio intermedio que permite una perspectiva que realce el carácter educativo de las funciones que el edificio alberga.

12.1.3. Es el espacio urbano del centro educativo y es desde acá donde se integrará, con el ambiente circundante.

12.1.4. Este espacio debe estar techado y poseer piso.

(EE)

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(EN)ESTACIONAMIENTOS (APLICA PARA 11.

Todo establecimiento educacional debe tener un área de ingreso, zona entre interior y exterior del establecimiento, de acuerdo a:

(EN)

(EN)ACCESIBILIDAD12.

Page 46: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

12.1.5. Debe contar con un acceso de servicio independiente que permita el ingreso de un vehículo de carga. Este acceso debe estar protegido y ser independiente del ingreso principal. Debe tener zona de descarga. Debe considerar acceso de los vehículos del Benemérito Cuerpo de Bomberos y/o de ambulancia hacia zona de fácil evacuación.

12.1.6. En el caso de EE las áreas de ingreso existentes o la no existencia de las mismas serán aceptadas tal y como están.

12.2. ELIMINACIÓN DE BARRERAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

(APLICA PARA:12.1.1. Este espacio debe albergar situaciones de llegada y salida del establecimiento del alumnado.

12.1.2. Espera, en el exterior, por parte de los padres y en el interior por parte de los niños, que se plantee como un filtro permeable. Los establecimientos educacionales deben considerar los espacios de acceso necesarios para albergar tanto situaciones de encuentro y espera, como un espacio intermedio que permite una perspectiva que realce el carácter educativo de las funciones que el edificio alberga.

12.1.3. Es el espacio urbano del centro educativo y es desde acá donde se integrará, con el ambiente circundante.

12.1.4. Este espacio debe estar techado y poseer piso.

Y(EN) (EE)

(EE)

(EN)ACCESIBILIDAD12.

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Comprende las características de diseño de los distintos ambientes y espacios que conforman las instalaciones escolares, para garantizar unas condiciones básicas de accesibilidad por parte de los usuarios de las mismas, sin ningún tipo de discriminación o impedimento a deficiencias motrices.

El proyecto de arquitectura para todos los niveles de enseñanza considerará y aplicará las leyes, decretos y demás normas vinculados a la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad y sus familias, promulgadas por el Estado Panameño mediante le Ley Nº 42 de 1999, “Por la cual se establece la Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad en la República de Panamá”, publicada en la Gaceta Oficial Nº 23,876 de 31 de agosto de 1999; así como, los documentos técnicos emanados de la Secretaría Nacional de Discapacidad de la República de Panamá (SENADIS).

Page 47: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

13.1. MATERIALES (APLICA PARA: (EN)

13.1.1. Considerar materiales para las características climáticas de la zona del país para lo cual se proyecte el establecimiento educacional.

13.1.2. Cumplir con lo que establecen las normas que reglamentan el ordenamiento territorial para el desarrollo urbano, dictadas por el Estado Panameño.

13.1.3. Cumplir con las normas dictadas por la Secretaría Nacional de Energía, en cuanto a construcciones sostenibles para el ahorro de energía en edificaciones y medidas para el uso racional y eficiente de la energía, para la construcción de nuevas edificaciones en la República de Panamá.

13.1.4. Considerar para la construcción, la utilización de materiales de origen local.

13.1.5. Todos los espacios físicos estarán en adecuadas condiciones de mantenimiento y servicio, incluyendo buenas condiciones de aseo y limpieza, así como los materiales empleados deben tener las características ya establecidas.

13.1.6. En el caso de EE los materiales que no sean parte de los acabados de paredes y pisos, que no presenten riesgos para los estudiantes y a la vez no cumplan con los requerimientos aquí establecidos serán aceptados.

13.1.7. Especificar materiales y elementos con una calidad:

Los materiales que se especifiquen en los proyectos de áreas educativas deberán:

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(EE)

MATERIALES Y ACABADOS13.

• No contengan asbesto cemento.• No se deformen al impacto (ejemplo: fibro-cemento).• Eviten el deslizamiento de los usuarios.• Aseguren la estanquiedad del agua (impermeabilidad) de materiales y elementos.• Aseguren la higiene de los recintos húmedos (materiales fácilmente lavables)• Aseguren la disminución de los ciclos de mantenimiento, como revestimientos de acero pre-pintado o de PVC.Reduzcan el calentamiento y/o enfriamiento de las paredes y cubiertas con materiales de baja conductividad térmica o cámaras de aire.

Page 48: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

Puertas con cerraduras de fácil apertura en caso de evacuación.PUERTAS

En el caso de que el techo de las aulas esté en contacto directo con el exterior se deberá colocar un aislamiento, de preferencia cielo raso para aislar del calor.

TECHOS

13.2. ACABADOS (APLICA PARA:

13.2.1. Los acabados utilizados no deberán representar peligro alguno para la integridad física de los usuarios.

13.2.2. Así mismo se considerará lo siguiente:

Y (EN)(EE)

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MATERIALES Y ACABADOS13.

- En los recintos destinados a educación primaria los pisos no podrán estar cubiertos por alfombras.- Utilizar en las superficies interiores materiales de baja emisividad térmica.- Todas las superficies de los pisos serán acabados con un material duro y liso, fácil de lavar, de fácil higienización y desinfección con colores agradables a la vista y con buena reflexión a la luz.- Las superficies de tránsito contarán con propiedades antideslizantes. En general las superficies evitarán la acumulación de la humedad y el estancamiento de aguas.- Las aulas pre-escolares llevarán un recubrimiento de baldosa, vinyl o similar en el piso.

PISOS

- Los recintos destinados a educación primaria no podrán tener revestimientos de papel mural.- Utilizar en las superficies interiores materiales de baja emisividad térmica.- Todas las superficies de las paredes serán acabados con un material duro y liso, fácil de lavar, de fácil higienización y desinfección con colores agradables a la vista y con buena reflexión a la luz.- Las superficies de tránsito contarán con propiedades antideslizantes. En general, las superficies evitarán la acumulación de la humedad y el estancamiento de aguas.- Las paredes de las aulas de clases serán de un material que permita la absorción del ruido, igual o semejante a la pared de bloques de hormigón de 4” de espesor con repello liso de hormigón de 1 cm de espesor en ambas caras.

PAREDES

Page 49: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

13.2.3. En el caso de EE los materiales que sean recubrimientos o acabados para paredes y pisos serán reemplazados para cumplir con las normas establecidas.

(EE)

Los espacios educativos se proyectarán en colores claros, sin contrastes que puedan tranquilizar y permitir una concentración adecuada. Además no deben producir deslumbramientos.

13.2. ACABADOS (APLICA PARA: Y (EN)(EE)

Y (EN)(EE)

MATERIALES Y ACABADOS13.

COLORES (APLICA PARA 14.

Son aspectos que inciden y afectan el ambiente, como consecuencia de las condiciones físicas variables del sector y deben ser considerados en el diseño de la edificación.

Y (EN)(EE)PROTECCIÓN CLIMÁTICA (APLICA PARA15.

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- Proteger los muros expuestos utilizando materiales de baja conductividad térmica o cámaras de aire.- En cubiertas utilizar, al exterior, materiales de alta reflec-tividad, resistente al paso del calor y del frío, según la zona climática, o sea de baja conductividad térmica y al interior materiales de baja emisividad.- Utilizar, en las superficies exteriores, materiales que refle-jen las radiaciones y que devuelvan al exterior el calor radiante que puedan absorber.- Utilizar aleros, volúmenes edificados o vegetación para sombrear, en zonas con sobrecalentamiento solar según zona climática.- Utilizar pérgolas en fachadas con sobrecalentamiento solar (cumple el doble propósito de dotar de sombra a las fachadas sobre calentadas y conformar área semi protegi-da para esparcimiento).- Los vidrios tendrán que ser protegidos para evitar el calentamiento y frío excesivo en el interior de los recintos como consecuencia de la trampa de calor conocida como efecto invernadero.

EXTERIORES

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16.1. Todo el sistema eléctrico debe cumplir con todas las normas y requerimientos establecidos en la República de Panamá para las Instalaciones Eléctricas para el óptimo funcionamiento de equipos de iluminación y funcionamiento de máquinas. 16.2. En las aulas de educación preescolar y otros recintos donde circulen o permanezcan los estudiantes de edades desde los 3 hasta 6 años de edad, los enchufes se ubicarán a 1.30 m de altura mínima.16.3. En el caso de EE donde los tomacorrientes se encuentren a una altura accesible para los estudiantes en aulas preescolares, los mismos deberán ser reemplazados por tomacorrientes diseñados con protecciones especiales para infantes.16.4. Todos los tomacorrientes ubicados a menos de cinco (5) metros de una fuente de agua serán de tipo falla a tierra (GFCI).

(EE)

17.1. Todas edificaciones deberán contar con un sistema de alarma de incendio aprobado por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá.17.2. Todas edificaciones deberán contar con la cantidad y tipo de extintores de incendio aprobados por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá.17.3. Todas edificaciones deberán contar con las señalizaciones de rutas de evacuación aprobadas por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá.17.4. Todas los Laboratorios y Talleres deberán contar con sus respectivos sistemas de seguridad y protección operativa, basados en las actividades desarrolladas en los mismos y será responsabilidad del centro educativo buscar la aprobación de la debida entidad local o internacional responsable de certificar la seguridad de dichas actividades.

Y (EN)(EE)PROTECCIÓN CLIMÁTICA (APLICA PARA15.

Y (EN)(EE)REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD (APLICA PARA:17.

Y (EN)(EE)SISTEMA ELÉCTRICO (APLICA PARA:16.

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1.5.1 Régimen de lluvias del sector: Las tendencias de lluvias del sector, deben tener respuesta en cuanto a la determinación de aleros, canales y comportamiento de estas en el terreno para el diseño de canalizaciones.

1.5.2 Tendencias de los vientos: Aspecto importante de determinar para dar una respuesta acertada a las condiciones de ventilación cruzada de los espacios interiores del colegio.

Page 51: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

SECCIÓN - 04USOS

Page 52: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

1.1.1.5. Construcción de estructuras anexas en el mismo lote de terreno y al mismo nivel de la edificación existente para su uso como áreas administrativas.

1.1.1.6. Construcción de estructuras anexas en el mismo lote de terreno y al mismo nivel de la edificación existente para su uso como otras construcciones complementarias, siempre y cuando no obstruyan el carácter escolar del sitio y constituyan actividades totalmente subordinadas e integradas al uso escolar principal.

1.1.1.7. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos sanitarios de la edificación.

1.1.1.8. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos de accesibilidad para estudiantes, profesores, administrativos.

1.1.1.9. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos de accesibilidad para personas con movilidad reducida.

1.1.1.10. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos de acceso y desalojo seguro de la edificación.

1.1.1 PERMITIDO:

1.1.1.1. Techado de áreas abiertas para uso como espacio recreativo.

1.1.1.2. Cerramiento de áreas abiertas para uso como espacio recreativo.

1.1.1.3. Pavimentado de áreas verdes para su uso como áreas recreativas.

1.1.1.4. Redistribución por medio de remodelaciones a los espacios internos en la edificación existente para su uso como aulas teóricas o aulas teórico-prácticas (laboratorio y talleres).

USOS DE LAS EDIFICACIONES1.

USO

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Este aspecto busca traducir y resolver físicamente el problema pedagógico en el terreno.

Para esto es importante un claro criterio de organización de las áreas del centro educativo, de acuerdo con los lineamientos y procesos pedagógicos que en él se desarrollan. Igualmente, con esto se determinará qué niveles educativos son los más apropiados dentro una edificación especifica.

Además se debe asegurar una utilización de las instalaciones libre de riesgos para toda persona en circunstancias normales o de emergencia y la preservación de los bienes físicos de la institución. Se contemplan los aspectos de: accesibilidad, evacuación, protección contra vandalismo y robo, protección contra incendio.

En el caso de EE que ya tengan una construcción no permitida debido a que fue hecha antes de la implementación de las Normas, la misma será aceptada siempre y cuando no represente un riesgo inmediato para estudiantes, profesores y personal administrativo.

Basados en todos los aspectos antes mencionados, se presenta una clasificación indicando las construcciones anexas, remodelaciones y otras limitantes permitidas y no permitidas en cada tipo de edificación, que hemos encontrado importante ampliar para la apropiada selección de futuras edificaciones educativas así como también el uso de edificaciones que ya funcionan como centros educativos

1.1. EN EL CASO DE R ( APLICA PARA: (EE) Y (EN)(R) (R)(R)

(EE)

Page 53: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

1.1.1.5. Construcción de estructuras anexas en el mismo lote de terreno y al mismo nivel de la edificación existente para su uso como áreas administrativas.

1.1.1.6. Construcción de estructuras anexas en el mismo lote de terreno y al mismo nivel de la edificación existente para su uso como otras construcciones complementarias, siempre y cuando no obstruyan el carácter escolar del sitio y constituyan actividades totalmente subordinadas e integradas al uso escolar principal.

1.1.1.7. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos sanitarios de la edificación.

1.1.1.8. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos de accesibilidad para estudiantes, profesores, administrativos.

1.1.1.9. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos de accesibilidad para personas con movilidad reducida.

1.1.1.10. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos de acceso y desalojo seguro de la edificación.

1.1.2 NO PERMITIDO:

1.1.2.1. Construcción de estructuras anexas en el mismo lote de terreno de la edificación existente para su uso como aulas teóricas.

1.1.2.2. Construcción de estructuras anexas con el fin de crear plantas por encima del nivel de la edificación original, para uso de los estudiantes, profesores o administrativos.

USOS DE LAS EDIFICACIONES1.

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USO

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1.2.1.1. Techado de áreas abiertas para uso como espacio recreativo.

1.2.1.2. Cerramiento de áreas abiertas para uso como espacio recreativo.

1.2.1.3. Pavimentado de áreas verdes para su uso como áreas recreativas.

1.2.1.4. Redistribución por medio de remodelaciones a los espacios internos en la edificación existente para su uso como aulas teóricas o aulas teórico-prácticas (laboratorio y talleres).

1.2.1.5. Construcción de estructuras anexas en el mismo lote de terreno y al mismo nivel de la edificación existente para su uso como aulas teóricas-practicas (laboratorios y talleres).

1.2.1.6. Construcción de estructuras anexas en el mismo lote de terreno y al mismo nivel de la edificación existente para su uso como áreas administrativas.

1.2.1.7. Construcción de estructuras anexas en el mismo lote de terreno y al mismo nivel de la edificación existente para su uso como otras construcciones complementarias, siempre y cuando no obstruyan el carácter escolar del sitio y constituyan actividades totalmente subordinadas e integradas al uso escolar principal.

1.2.1.8. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos sanitarios de la edificación.

1.2.1.9. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos de accesibilidad para estudiantes, profesores, administrativos.

1.2.1.10. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos de accesibilidad para personas con movilidad reducida.

1.2.1.11. Remodelaciones que busquen adecuar los requerimientos de acceso y desalojo seguro de la edificación.

USOS DE LAS EDIFICACIONES1.

(LC) (LC)

1.2.1 PERMITIDO:

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1.2. EN EL CASO DE LC ( APLICA PARA: (EE) Y (EN)(LC)

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USOS DE LAS EDIFICACIONES1.

(ED) (ED)

1.3.1.1. Todas las edificaciones descritas en las normas para la construcción de edificaciones educativas particulares con sus limitaciones de área e índice de ocupación.

1.3.1 PERMITIDO:

1.3.2.1. Construir estructuras fuera de los límites establecidos en estas normas.

1.3.2 NO PERMITIDO:

1.3. EN EL CASO DE ED ( APLICA PARA: (EE) Y (EN)

1.2.2 NO PERMITIDO:

1.2.2.1. Uso de locales en planta alta para ubicar preescolares.

1.2.2.2. Uso de locales que no cumplan con las normativas de accesibilidad del SENADIS.

1.2.2.3. Uso de locales sin la cantidad apropiada de elementos sanitarios.

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Versión 01 - 2018 Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Centros Educativos Particulares

USO

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(ED)

1.4.1.1. Se permitirá construir edificaciones para COIF dentro del lote de terreno de la edificación escolar, siempre y cuando las mismas cumplan con los parámetros exigidos por el Ministerio de Desarrollo Social de la República de Panamá.

1.4.1 PERMITIDO:

1.4.2.1. Construir estructuras fuera de los límites establecidos en las Normas.

1.4.2 NO PERMITIDO:

1.4. EN EL CASO DE MC ( APLICA PARA: (EE) Y (EN)(MC) (MC) (MC)

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USOS DE LAS EDIFICACIONES1.

1.4.2.2. Que los estudiantes del centro educativo aprobado por el MEDUCA, que no pertenezcan al COIF utilicen las áreas destinadas o pertenecientes al COIF, esto incluye aulas, sanitarios y áreas recreativas. Esto aplica que aun cuando el COIF se encuentre en el mismo lote de terreno, su uso deberá ser independiente de la edificación aprobada por el MEDUCA, es decir que el uso de las áreas del COIF son exclusivas para los alumnos del COIF.

USO

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SECCIÓN - 05LOS ESPACIOS, ÁREAS O AMBIENTES

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ESPACIOS RECREATIVOS (APLICA A: 1.

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En general se dispondrán los espacios físicos necesarios para el desarrollo de las siguientes actividades:

• Deportivas• Recreos• Actos cívicos• Actividades Culturales• Eventos Comunitarios• Actividades aprobadas por el MEDUCA

1.1.

Deben estar localizados, de manera que no haya cruce de actividades para evitar accidentes.

1.2.

Podrán ser techadas o abiertas, y todas deberán tener cerramientos con 90% de transparencia por medio de barandas, rejas o cerramientos que no sean escalables y no permitan el atrapamiento de la cabeza de los niños.

1.3.

Índice de Ocupación: Cuatro metros cuadrados (4 m2) por estudiante. Se mantendrá constante sin importar las dimensiones del espacio.

1.4.

Área útil Recreativa (AR) será calculada sumando la Capacidad Máxima de Estudiantes (CPAMAX) que puede albergar la edificación y multiplicarla por el índice de ocupación del Área Recreativa (IOCAR):

1.5.

Dentro de un mismo terreno podrá haber más de un área recreativa, en estos casos la suma de cada área recreativa independiente deberá ser igual o mayor a la calculada por medio de la ecuación anterior. Las aulas preescolares tendrán un área recreativa separada y de uso exclusivo para los estudiantes en preescolar, independiente de las áreas recreativas para estudiantes de otros niveles.

1.6.

1.8. En el caso de EE, se aceptará el Área Útil de los espacios recreativos existentes sin importar que no cumpla con el índice de ocupación de la edificación; sin embargo, se solicitará en todos los casos que se garantice el cerramiento para la protección de los estudiantes en las áreas que la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente considere necesarias.

1.6.

Pendiente máxima: de 1% a 2%, por concepto de drenaje de aguas. 1.7.

(EN)

(EE)

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AULA PREESCOLAR (APLICA PARA: )

2.1. GENERALIDADES

2.2.1.1. Índice de Ocupación: 2.90 m2 por estudiante. Se mantendrá constante sin importar las dimensiones o forma del espacio.

2.2.1.2. Área Útil: 90 m2 para máximo veinticinco (25) estudiantes, Se permitirán áreas menores, siempre y cuando las longitudes de ancho y el largo no varíen una a otra en más de un 12%.

2.2.1.3. Ventanas: Área de ventana mínima será el 20% del área útil de piso del espacio.

Aula de clases, destinada a actividades de enseñanza; es la unidad básica de todo recinto destinado a la educación general o preescolar.

(EN)

AULA TEÓRICA:

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ESPACIOS PEDAGÓGICOS2.

2.1.1

2.2. AULAS TEÓRICAS

2.2.1

Aula multiuso o aulas especializada, diferenciadas tales como laboratorios, talleres u otros.

AULA TEÓRICO–PRÁCTICA2.1.2

Deberán existir rincones que funcionen autónomos. Espacios para mesas y sillas, pizarrón, superficies de fichaje, lugar para guardar material didáctico y equipos e implementos escolares.

2.1.3

Todos los paramentos verticales no vidriados considerarán superficies de pizarrón, fichaje, guardar, colgar, otros. Pavimentos lavables, incorporar estructuras y elementos para colgar (paneles, afiches, otros), considerar mueble móvil para TV, video y equipo musical.

2.1.4

Típicamente, el MEDUCA demarca sus espacios pedagógicos por medio de dos (2) figuras geométricas: rectángulos y cuadrados; no obstante, si alguna institución particular deseara presentar otro tipo de figura geométrica, que garantice que la oferta educativa se desarrolle de manera apropiada, quedará a criterio de los representantes de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente aceptar estos diseños.

2.1.5

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ESPACIOS PEDAGÓGICOS2.

2.2.2.1. Índice de Ocupación: 2.44 m2 por estudiante. Se mantendrá constante sin importar las dimensiones o forma del espacio.

2.2.2.2. Área Útil: Se aceptará la condición existente.

2.2.2.3. Ventanas: Se aceptará la condición existente.

2.2.2.5. Nivel de Iluminación: Las luminarias deberán proveer mínimo 400Lux y máximo 500Lux, a una altura sobre el piso de 0.4 metros.

AULA PREESCOLAR (APLICA PARA: ) 2.2.2

2.2.1.4. Iluminación Natural: Todo diseño debe favorecer iluminación natural dentro del aula, pero adicionalmente siempre deberá existir iluminación artificial por medio de luminarias.

2.2.1.5. Nivel de Iluminación: Las luminarias deberán proveer mínimo 400Lux y máximo 500Lux, a una altura sobre el piso de 0.4 metros.

2.2.1.6. Ventilación Natural: Todo diseño debe favorecer la ventilación natural, la misma podrá ser reforzada por medio de abanicos internos.

2.2.1.7. Ventilación Mecánica: Se colocarán sistemas de ventilación de bajo nivel de ruido. Todos los sistemas de ventilación buscarán siempre la inyección de aire fresco exterior. Se permitirá el uso de unidades de aire acondicionado, siempre y cuando se cumpla con el área mínima de ventana establecida.

2.2.1.8. Baño Preescolar: Cada salón preescolar deberá contar con un (1) baño con artefactos diseñados para uso de niños con edades entre 3 y 6 años, y con características para personas con movilidad reducida.

2.2.1.8.1. Contendrá: Un (1) inodoro, un (1) lavamanos, una (1) ducha.

2.2.1.8.2. El baño solo tendrá una (1) puerta de acceso y de salida dentro del salón correspondiente, no dispondrá de otros medios de entrada o de salida.

2.2.1.8.3. No podrá ser compartido con ningún otro salón, incluyendo otro salón preescolar.

(EE)

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AULAS GENERALES (APLICA PARA: )

AULAS GENERALES (APLICA PARA: )

(EN)

ESPACIOS PEDAGÓGICOS2.

(EE)

2.2.3.1. Índice de ocupación: 1.7 m2 por estudiante. Se mantendrá constante sin importar las dimensiones del espacio.

2.2.3.2. Área Útil: 60 m2 para treinta y cinco (35) estudiantes. Se permitirán áreas menores, siempre y cuando las longitudes del largo y ancho no varíen una de la otra en más de un 8%.

2.2.3.3. Ventanas: Área de ventana mínima será el 27% del área útil de piso del espacio.

2.2.3.4. Iluminación Natural: Todo diseño debe favorecer la iluminación natural dentro del aula, pero, adicionalmente, siempre deberá existir iluminación artificial por medio de luminarias.

2.2.3.5. Nivel de Iluminación: Las luminarias deberán proveer mínimo 400Lux y máximo 500Lux, a una altura sobre el piso de 0.8 metros.

2.2.3.6. Ventilación Natural: Todo diseño debe favorecer la ventilación natural; la misma podrá ser reforzada por medio de abanicos internos.

2.2.3.7. Ventilación Mecánica: Se colocarán sistemas de ventilación de bajo nivel de ruido. Todos los sistemas de ventilación buscarán siempre la inyección de aire fresco exterior. Se permitirá el uso de unidades de aire acondicionado, siempre y cuando se cumpla con el área mínima de ventana establecida.

2.2.3

2.2.4.1. Índice de Ocupación mínima: 1.44 m2 por estudiante. Se mantendrá constante sin importar las dimensiones o forma del espacio.

2.2.4.2. Área Útil: Se aceptará la condición existente.

2.2.4.3. Ventanas: Se aceptará la condición existente.

2.2.4

2.2.2.6. Ventilación Natural: Se aceptará la condición existente.

2.2.2.7. Ventilación Mecánica: Se aceptará la condición existente.

2.2.2.8. Baño Preescolar: Se aceptará el uso de baterías sanitarias fuera de las aulas, pero las mismas deberán contar con los artefactos higiénicos diseñados para uso de niños con edades entre 3 y 6 años, y con características para personas con movilidad reducida. Deberá haber un (1) inodoro y un (1) lavamanos por cada aula preescolar.

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LABORATORIOS Y TALLERES(APLICA PARA: )- - - -(MP) (MC) (MX) (ET) (EX)(EN) -(EN)

ESPACIOS PEDAGÓGICOS2.

2.3.1.1. Índice de Ocupación: 2.57 m2 por estudiante. Se mantendrá constante sin importar las dimensiones del espacio.

2.3.1.2. Área Útil: 90 m2 para treinta y cinco (35) estudiantes. Se permitirán áreas menores, siempre y cuando las longitudes del largo y ancho no varíen una de la otra en más de un 28%.

2.3.1.3. Ventanas: Área de ventana mínima será el 20% del área útil de piso del espacio.

2.3.1.4. Iluminación Natural: Todo diseño debe favorecer la iluminación natural dentro del aula, pero, adicionalmente, siempre deberá existir iluminación artificial por medio de luminarias.

2.3.1.5. Nivel de Iluminación: Las luminarias deberán proveer mínimo 400Lux y máximo 500Lux, a una altura sobre el piso de 0.8 metros.

2.3.1.6. Ventilación Natural: Todo diseño debe favorecer la ventilación natural, la misma podrá ser reforzada por medio de abanicos internos.

2.3.1.7. Ventilación Mecánica: Se colocarán sistemas de ventilación de bajo nivel de ruido. Todos los sistemas de ventilación buscarán siempre la inyección de aire fresco exterior. Se permitirá el uso de unidades de aire acondicionado, siempre y cuando se cumpla con el área mínima de ventana establecida.

2.3.1.8. Parámetros de Seguridad: Los laboratorios deberán contar con los equipos de seguridad correspondientes a la actividad desarrollada en cada uno de ellos, ya sean establecidos por el MEDUCA u otras instituciones encargadas de velar por la seguridad operativa de los mismos.

(EN) (EN) (EN)

2.3. AULAS TEÓRICAS PRÁCTICAS

2.3.1

2.2.4.4. Iluminación Natural: Se aceptará la condición existente.

2.2.4.5. Nivel de Iluminación: Las luminarias deberán proveer mínimo 400Lux y máximo 500Lux, a una altura sobre el piso de 0.8 metros.

2.2.4.6. Ventilación Natural: Se aceptará la condición existente.

2.2.4.7. Ventilación Mecánica: Se aceptará la condición existente.

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2.3.2.1. Índice de Ocupación: 2.16 m2 por estudiante. Se mantendrá constante sin importar las dimensiones o forma del espacio.

2.3.2.2. Área Útil: Se aceptará la condición existente.

2.3.2.3. Ventanas: Se aceptará la condición existente.

2.3.2.4. Iluminación Natural: Se aceptará la condición existente.

2.3.2.5. Nivel de Iluminación: Las luminarias deberán proveer mínimo 400Lux y máximo 500Lux, a una altura sobre el piso de 0.8 metros.

2.3.2.6. Ventilación Natural: Se aceptará la condición existente.

2.3.2.7. Ventilación Mecánica: Se aceptará la condición existente.

2.3.2.8. Parámetros de Seguridad: Los laboratorios deberán contar con los equipos de seguridad correspondientes a la actividad desarrollada en cada uno de ellos, ya sean establecidos por el MEDUCA u otras instituciones encargadas de velar por la seguridad operativa de los mismos.

(ET) (EX)

(ET) (EX)(EN) (EN)

ESPACIOS PEDAGÓGICOS2.

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LABORATORIOS Y TALLERES(APLICA PARA: ) - - - - -(MP) (MC) (MX)

2.3.3.1. Cuando el centro educativo maneje carreras, bachilleratos u otros estudios, que requieran de laboratorios o talleres especializados fuera de los manejados en las ofertas académicas comúnmente manejadas por el MEDUCA y que se requieran para el proceso de formación educativa en dicho centro educativo, estos deberán contar con:

PCertificación donde estén claramente indicada las especificaciones técnicas, índice de ocupación y parámetros de seguridad del espacio de laboratorio o taller.PPresentar documentación de la idoneidad de los profesores en el uso de los equipos y manejo de los materiales en estos espacios. PManuales Operativos de todos los equipos y materiales de los laboratorios o talleres.

2.3.2, , , , (EE) (EE) (EE) (EE) (EE)

LABORATORIOS O TALLERES ESPECIALIZADOS CON PROGRAMAS FUERA DE LA OFERTA ACADÉMICA MANEJADA POR EL MEDUCA(APLICA PARA: )- - -(MX) (MX)

2.3.3

, , , (EE) (EE) (ET)- , (EN) -

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ESPACIOS PEDAGÓGICOS2.

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PManuales con las medidas de seguridad dentro del laboratorio o taller específico.PCualquier otra documentación no mencionada anteriormente pero que la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente considere necesario para garantizar la seguridad de los estudiantes dentro de este espacio

2.3.3.2. Todos los documentos antes mencionados deberán ser emitidos por una entidad local o internacional certificada en la materia de las carreras, bachilleratos u otros estudios que maneje el centro educativo.

2.3.3.3. El MEDUCA verificará la valides de estos documentos con las entidades emisoras de los mismos.

2.3.3.4. Quedará a criterio de los representantes de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente aceptar los diseños de laboratorios y talleres basados en la documentación antes mencionada.

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PLACA DE APROBACIÓN (APLICA PARA 3.

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Todas las aulas teóricas y las aulas teóricas-prácticas deberán contar con una placa colocada en la parte exterior de la misma con la siguiente información:

• Cantidad máxima de estudiantes: Será la cantidad máxima de estudiantes permitida basada, en el tamaño del aula y el índice de ocupación.

• Tipo de aula: Indicará si es un aula preescolar, aula de 1 a 12 grado, multigrado, otros niveles, laboratorio, taller, etc.

• Fecha de aprobación del aula: Fecha (con mes y año) en que se aprobó el aula. En el caso de EE se colocara la fecha de inicio de actividades del centro educativo.

Podrá ser de cualquier material y los textos deberán estar grabados en bajo relieve (no pintada, ni serigrafiada), instalada a un lado de la puerta de entrada; a continuación se mostrará una figura a modo de ejemplo:

(EN) , (EE)

(EE)

INFRAESTRUCTURA SANITARIA (APLICA A4. ,(EN) (EE)

AULA DE PRE-ESCOLARCantidad máxima de estudiantes: 21

Fecha de aprobación del aula: 02/08/2018

Dentro de los baños no se permite la construcción de lavabos o urinales de manera artesanal, siempre se utilizarán elementos de una sola pieza de cerámica prefabricados y aprobados para uso sanitario. Tampoco está permitido el uso de bebederos artesanales para el consumo de agua potable, deberán tenerse fuentes de agua de beber, construidas con materias de grado alimenticio.

Todos los elementos, antes y después, mencionados para su uso en baños y fuentes de agua deberán contar con la aprobación del Ministerio de Salud de Panamá.

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4.1.1. El centro escolar contará con abastecimiento de agua potable directamente de la red nacional. En áreas desprovistas de acueducto se utilizará agua de pozo sanitario accionado con bomba mecánica, como mínimo.

4.1.2. La disposición de excretas y aguas residuales se efectuará a través de la red nacional de alcantarillado. En áreas desprovistas de alcantarillado, pero servidas con acueducto, se utilizará sistemas de tratamientos debidamente aprobados por el IDAAN.

4.1.3. El centro escolar contará con dispositivos y sistemas temporales o definitivos para la eliminación de la basura, que estén debidamente aprobados por las autoridades competentes.

4.1. GENERALIDADES:

4.2.1. Las baterías sanitarias estarán estratégicamente ubicadas respecto a la población usuaria. Se establecerá una batería sanitaria por planta como mínimo para uso de los estudiantes y docentes en general, separados por sexo. En centros preescolares se reservará una batería sanitaria para uso exclusivo de los niños y otro para uso general.

4.2.2. Las baterías sanitarias serán de uso escolar exclusivo.

4.2.3. Todos los artefactos básicos que integran la batería sanitaria estarán en adecuadas condiciones de servicio.

4.2.4. Las baterías sanitarias para varones se compondrán de los siguientes artefactos básicos: inodoro(s), lavamanos, urinal(s).

4.2.5. Las baterías sanitarias para mujeres: inodoro(s) y lavamanos.

4.2.6. Cada salón preescolar deberá contar con un (1) baño con accesorios diseñados para uso exclusivo de niños de edades entre 3 y 6 años, y con características para personas con movilidad reducida.

Contendrá: Un (1) inodoro, un (1) lavamanos y una (1) ducha. En baterías para pre-escolares no se requieren urinales.

4.2. CARACTERÍSTICAS DE LAS BATERÍAS SANITARIAS:

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INFRAESTRUCTURA SANITARIA (APLICA A4. ,(EN) (EE)

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La capacidad de las baterías sanitarias queda determinada por los artefactos básicos y complementarios que componen las baterías sanitarias. En ningún caso la matrícula total del centro escolar será mayor a la capacidad de los artefactos sanitarios. Las capacidades máximas de los artefactos serán las siguientes:

4.3.1. INODOROS:• Uno (1) para cada veinticinco (25) estudiantes o menos de preescolar, ubicado en el baño preescolar.

• Cuatro (4) es la cantidad mínima aceptada para edificaciones menores de 175 estudiantes; divididos de la siguiente manera:

- Dos (2) para el baño de mujeres;- Dos (2) para el baño de varones.

4.3. CAPACIDAD DE LOS ELEMENTOS SANITARIOS:

4.2.7. Se complementarán también los siguientes artefactos y salidas: fuentes de agua de beber, tinas, duchas, fregador de cocina, fregador de trapeador, grifos para conectar manguera.

4.2.8. En los lugares donde existan instalaciones sanitarias como fregadores, tinas, duchas, lavamanos, inodoros y similares, las paredes llevarán zócalos de azulejos, epóxico o material similar de fácil desinfección e higienización, no deslizantes con las siguientes alturas:

• 1.20 metros mínimo en lavamanos, inodoros y urinales.

• 1.50 metros en duchas.

4.2.9. En los lugares donde existan instalaciones sanitarias como fregadores, tinas, duchas, lavamanos, inodoros y similares, los pisos llevarán zócalos de azulejos, epóxico o material similar de fácil desinfección e higienización, no deslizantes.

4.2.10. Deberán existir ventanas para la salida de malos olores al exterior; en el caso de que las ventanas no puedan cumplir este propósito se deberá colocar un sistema de extracción mecánica.

INFRAESTRUCTURA SANITARIA (APLICA A4. ,(EN) (EE)

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• Siete (7) para cada 175 estudiantes, divididos de la siguiente manera:

- Cuatro (4) para el baño de mujeres.- Tres (3) para el baño de varones.

• La fracción mínima aceptada para incremento de inodoros por incrementos de estudiantes será de dos (2) inodoros por cada treinta y cinco (35) estudiantes adicionales, divididos de la siguiente manera:

- Uno (1) para el baño de mujeres; - uno (1) para el baño de varones.

• Uno (1) adicional en el baño de mujeres por cada urinal colocado en un baño de varones.

Los inspectores de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, podrán aprobar otras cantidades si así consideren que estas satisfagan la necesidad sanitaria de la matrícula de estudiantes.

4.3.2. URINALES:

• Uno (1) por cada dos (2) inodoros.

Los inspectores de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, podrán aprobar otras cantidades si así consideren que estas satisfagan la necesidad sanitaria de la matrícula de estudiantes.

4.3.3. LAVAMANOS:

• Dos (2) es la cantidad mínima aceptada para edificaciones menores de 175 estudiantes; divididos de la siguiente manera: Uno (1) para el baño de mujeres y uno (1) para el baño de varones.

• Uno (1) por cada dos (2) inodoros extras.

Los inspectores de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, podrán aprobar otras cantidades si así consideren que estas satisfagan la necesidad sanitaria de la matrícula de estudiantes.

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INFRAESTRUCTURA SANITARIA (APLICA A4. ,(EN) (EE)

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• Una (1) por cantidades menores o iguales a setenta y cinco (75) estudiantes.

• Una (1) adicional por incremento en cantidades menores o iguales a setenta y cinco (75) estudiantes.

Los inspectores de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente podrán aprobar otras cantidades menores o mayores si así consideran que estas satisfagan la necesidad sanitaria de la matrícula de estudiantes.

4.4. FUENTE DE AGUA PARA BEBER:

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SECCIÓN - 06DE LOS PROCEDIMIENTOS DE

CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN

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1.1. CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS NUEVOS (APLICA PARA

PASO 1:

Descripción:

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PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN DEEDIFICACIONES, ANEXOS O EVALUACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS

1.

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Todo centro educativo particular deberá seguir una serie de pasos y en cada uno de ellos generar documentación u obtener documentación relevante a cada uno de los mismos en el orden establecido en estas Normas, durante su proceso de construcción o remodelación, antes de ser inspeccionada por la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente.

Reconocimiento de la existencia de las “Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Edificaciones Educativas Particulares, No Gubernamentales, Comunitarias y Congregaciones Religiosas” de MEDUCA.

Todos los interesados en realizar actividades educativas en edificaciones particulares deben conocer las Normas de MEDUCA para la construcción de edificaciones educativas particulares.

Documentación:1. Los interesados en crear un centro educativo deberán solicitar al MEDUCA copia física o digital de las normas que aplican a edificaciones particulares, en la Oficina Regional correspondiente o en la sede principal de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA.

2. Los interesados en crear un centro educativo deberán redactar y entregar dos (2) cartas a la Dirección Nacional de Educación Particular o a la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior del Ministerio de Educación, dependiendo de cuál sea la oferta académica del centro educativo, donde se indique claramente que recibieron una copia física o digital de las “Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Edificaciones Educativas Particulares, No Gubernamentales, Comunitarias y Congregaciones Religiosas”. El formato de esta carta está en la División 03 - Formularios del presente Manual, y esta titulado “CARTA DE ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES”, ambas deberán estar firmadas por el representante legal del futuro centro educativo. Una copia de esta carta deberá permanecer en poder del representante del centro educativo y la misma deberá estar debidamente sellada y firmada por la dirección correspondiente, que maneje la oferta académica del centro educativo en cuestión.

- , , )- -(LC) (ED)(EN) (EN) (EN)(R)

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PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN DEEDIFICACIONES, ANEXOS O EVALUACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS

1.

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PASO 2:

Descripción:

Certificación del Terreno o Edificación que indique están en una zona libre de riesgos.

Garantizar que se tomaron en cuenta los aspectos de las Normas de MEDUCA y otras entidades del Estado para la construcción de edificaciones educativas particulares referentes a la ubicación segura de los centros educativos.

Documentación:1. Obtener Certificación, Carta de Viabilidad u otro documento emitido por el Sistema Nacional de Protección Civil de la República de Panamá (SINAPROC), donde se apruebe que el terreno o edificación están en una zona fuera de riesgos.

2. Obtener Certificación, Informe de Inspección u otro documento emitido por la Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá donde se apruebe que el terreno o edificación están en una zona fuera de riesgos.

PASO 4:

Descripción:

Comunicación entre los desarrolladores del centro educativo y las oficinas correspondientes en el MEDUCA.

Durante el proceso del diseño, la comunicación entre los diseñadores de la edificación educativa y los funcionarios evaluadores del anteproyecto por parte del MEDUCA, se realizará por medio de un profesional de enlace cuyas características están establecidas en estas Normas.

PASO 3:

Descripción:

Uso de Suelo.

Garantizar que la ubicación elegida cuente con el uso de suelo apropiado para ubicar un centro educativo.

Documentación:1. Obtener Certificado, Carta de Viabilidad u otro documento emitido por la entidad regional correspondiente donde se indique que la ubicación elegida cuenta con un uso de suelo, que permita la ubicación de un centro educativo.

Page 73: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN DEEDIFICACIONES, ANEXOS O EVALUACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS

1.

PASO 5:

Descripción:

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DE

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Anteproyecto.

El centro educativo presentará los planos del anteproyecto para que sean revisados por los profesionales de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, en conjunto con el profesional que sirve como enlace entre el centro educativo y el MEDUCA. El objetivo de esta revisión es garantizar el cumplimiento de los estándares establecidos en estas normas.

Documentación:1. Redactar carta firmada por el representante legal del centro educativo y dirigida a la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, solicitando iniciar el proceso de revisión del anteproyecto, se le debe anexar a la misma todos los documentos redactados y obtenidos en todos los pasos anteriores a este. El formato de esta carta está en la División 03 - Formularios y está titulado “CARTA PARA SOLICITUD DE EVALUACIÓN DE PLANOS DE ANTEPROYECTO PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES”.

2. Obtener Informe/s indicando los cambios solicitados por el MEDUCA a los planos del anteproyecto. 3. Obtener Carta de Aceptación Final, donde la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente aprueba los planos del anteproyecto presentados por el contratista.

4. Obtener planos del anteproyecto aprobados por las oficinas municipales correspondientes.

Documentación:1. Obtener carta firmada por un profesional con las características que están descritas en las normas para la construcción de edificaciones educativas particulares, donde hace saber que servirá como profesional de enlace entre los desarrolladores del proyecto y el MEDUCA en el proceso de desarrollo del anteproyecto para el centro educativo.

2. Adjuntar carta firmada por el Departamento de Diseño y Desarrollo de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura de MEDUCA, donde indica que el profesional antes mencionado cuenta con las certificaciones necesarias para servir como profesional de enlace en el desarrollo del anteproyecto.

Page 74: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

Descripción:Posterior a la aprobación del anteproyecto por parte del MEDUCA, el centro educativo puede proceder con los trámites para iniciar la construcción o remodelación de su edificación.

Documentación:1. Deberán tener en su poder copias de los Planos Finales de Construcción aprobados por todos los profesionales y las entidades correspondientes.

PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN DEEDIFICACIONES, ANEXOS O EVALUACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS

1.

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PASO 6:

Ejecución de la construcción o remodelación.

Descripción:La Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá deberá realizar su inspección reglamentaria para asegurar que la edificación cumple con sus estándares.

El interesado debe solicitar al SENADIS una visita para que inspeccionen y verifiquen que se cumplieron las normas establecidas por dicha institución.

Documentación:1. Permiso de Ocupación emitido por la Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, donde claramente se indique la ubicación y nombre del centro educativo.

2. Se debe obtener certificación, informe o constancia de inspección u otro documento emitido por SENADIS, donde se indique que la estructura cumple con los parámetros establecidos para personas con movilidad reducida.

PASO 7:

Permiso de Ocupación expedido por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá e Inspección del SENADIS.

5. En caso de que alguna de las oficinas municipales requieran cambios para la aprobación del anteproyecto después de la aprobación de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, el centro educativo deberá presentar estos cambios al MEDUCA para su reevaluación y posterior re-aprobación para verificar si el diseño aun cumple con las normas para la construcción de edificaciones educativas particulares; posterior a esta revisión se deberá generar una nueva carta de aceptación basada en los planos finales si los mismos cumplen con las presentes normas.

Page 75: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

1. En el caso de EN-PS, EN-MP, EN-MC y EN-MX deben obtener un documento firmado por la Dirección Nacional de Educación Particular donde se indiquen los niveles educativos aprobados para el centro educativo; además, los tipos de laboratorios o talleres con los cuales debe contar para satisfacer la oferta educativa.

(PS) (MP) (MC) (MX)(EN)(EN)(EN)(EN)

PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN DEEDIFICACIONES, ANEXOS O EVALUACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS

1.

Descripción:Los espacios físicos del centro educativo deben satisfacer la oferta educativa aprobada por el MEDUCA.

Documentación:

PASO 10:

Oferta Educativa.

PASO 8:

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Croquis de Ocupación.

El centro educativo deberá presentar un diagrama de planta representativo de la construcción o remodelación terminada y dentro de cada espacio dibujado se colocará, de manera clara y legible, la siguiente información:

1. Tipo de espacio (Aula, Laboratorio, Taller, Depósito, Administración, etc.).

2. Área total del espacio (en metros cuadrados).

3. Cantidad máxima de estudiantes permitidos (basados en el índice de ocupación y solo aplicará para aulas, laboratorios y talleres).

Documentación:1. Desarrollar Croquis de Ocupación firmado por el representante legal del centro educativo; el mismo deberá presentarse en una hoja o más hojas de tamaño mínimo de 11”x17”.

PASO 9:

Anexo de COIF (Aplica para: EN-MC).

Documentación:1. Obtener permiso final o documento del Ministerio de Desarrollo Social de la República de Panamá que indique que ya se tiene o se están tramitando los permisos para el funcionamiento de un COIF dentro del terreno del centro educativo.

Page 76: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

2. En el caso de EN-ET y EN-EX deben obtener un documento firmado por la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior, donde se indiquen los niveles educativos aprobados para el centro educativo, además de los tipos de laboratorios o talleres con los cuales debe contar para satisfacer la oferta educativa. En caso de que la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior no pueda indicar el tipo los laboratorios o talleres debido a que la carrera está fuera de la oferta educativa manejada por la Dirección, el centro educativo deberá solicitar una carta a la Dirección donde indiquen este hecho.

(EN) (EN)

PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN DEEDIFICACIONES, ANEXOS O EVALUACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS

1.

(ET) (EX)

Descripción:El centro educativo debe solicitar, por escrito, la inspección final de la edificación a la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente.

Documentación:1. Redactar carta a la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, solicitando la inspección final de la edificación; a esta carta se anexará copia de toda la documentación redactada y obtenida en los puntos anteriores, además de cualquier otra documentación que sustente el diseño de los espacios educativos que serán evaluados, con sus debidas firmas y aprobaciones. El formato de esta carta estará en la División 03 - Formularios de las Normas y está titulado “CARTA DE SOLICITUD DE INSPECCION FINAL PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES”.

Nota: El MEDUCA no inspeccionará centros educativos que no entreguen la totalidad de los documentos aquí requeridos; además, podrá solicitar otros documentos que aquí no estén descritos y que el inspector considere relevantes para realizar la inspección final.

2. Obtener informe final de aceptación o de subsanaciones por parte de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA, correspondiente.

Nota: El centro educativo deberá mantener un registro con las copias de todos los informes o documentos entregados por el la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA antes, durante y después de los procesos de evaluación, subsanación y aceptación de las edificaciones educativas de dicho centro educativo. En el caso de que se realizaran subsanaciones a la edificación del centro educativo debido a un informe de subsanaciones, el mismo deberá adjuntar a la carta de solicitud de nueva inspección, una copia del informe anterior donde se indicaban cuáles eran las subsanaciones a realizar.

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PASO 11:

Inspección Final de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente.

Page 77: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

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PASO 1:

Descripción:

Reconocimiento de la existencia de las “Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Edificaciones Educativas Particulares, No Gubernamentales, Comunitarias y Congregaciones Religiosas” de MEDUCA.

Todos los que realizan actividades educativas en edificaciones particulares deben conocer las “Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Edificaciones Educativas Particulares, No Gubernamentales, Comunitarias y Congregaciones Religiosas”.

Documentación:1. Los interesados en ampliar, remodelar o adicionar estructuras a un centro educativo deberán solicitar copia física o digital de las Normas que aplican a edificaciones particulares, en la Oficina Regional correspondiente o en la sede principal de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA.

2. Los interesados en crear un centro educativo deberán redactar y entregar dos (2) cartas a la Dirección Nacional de Educación Particular o a la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior, dependiendo de cuál sea la oferta académica del centro educativo, donde se indique claramente que recibieron una copia física o digital de las normas para la construcción de centros educativos particulares, el formato de esta carta estará en la División 03 - Formularios de las Normas y está titulado CARTA DE ACEPTACIÓN de las “Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Edificaciones Educativas Particulares, No Gubernamentales, Comunitarias y Congregaciones Religiosas”, ambas deberán estar firmadas por el representante legal del futuro centro educativo, una copia deberá permanecer en poder del representante del centro educativo y la misma deberá estar debidamente sellada y firmada por la Dirección correspondiente, que maneje la oferta académica del centro educativo en cuestión.

Nota: si el centro educativo contaba con una carta previa debidamente sellada y firmada, deberá presentar copia de la carta.

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Versión 01 - 2018 Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Centros Educativos Particulares

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Page 82: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

Descripción:Durante el proceso del diseño, la comunicación entre los diseñadores de la edificación educativa y los funcionarios evaluadores del anteproyecto por parte del MEDUCA se realizará por medio de un profesional de enlace cuyas características están establecidas en estas Normas.

Documentación:1. Obtener carta firmada por un profesional cuyas características están descritas en las Normas para la construcción de edificaciones educativas particulares, donde hace saber que servirá como enlace entre los desarrolladores del proyecto y el MEDUCA en el proceso de desarrollo del anteproyecto para el centro educativo.

2. Adjuntar carta firmada por la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura, a través de su Departamento de Diseño y Desarrollo, donde indica que el profesional antes mencionado cuenta con las certificaciones necesarias para servir como enlace en el desarrollo del anteproyecto.

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PASO 2:

Comunicación entre los desarrolladores del centro educativo y las oficinas correspondientes en el MEDUCA.

Descripción:El centro educativo presentará los planos del anteproyecto para que sean revisados por los profesionales de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, en conjunto con el profesional que sirve como enlace entre el centro educativo y el MEDUCA, el objetivo de esta revisión es garantizar el cumplimiento de los estándares establecidos en estas Normas.

Documentación:1. Entregar Informe de Evaluación Anual actualizado.

2. Redactar carta firmada por el representante legal del centro educativo, dirigida a la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, solicitando se inicie el proceso de revisión del anteproyecto. A esta carta se le deben anexar todos los documentos redactados y obtenidos en todos los pasos anteriores a este. El formato de esta carta está en la

PASO 3:

Anteproyecto.

1.2. EVALUACIÓN POR CONSTRUCCIÓN DE ANEXOS OREMODELACIONES PARA CENTROS EDUCATIVOS EXISTENTES(APLICA PARA - , , )- -(LC) (ED)(EE) (EE) (EE)(R)

Page 83: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

1. Entregar Informe de Evaluación Anual actualizado.

2. Redactar carta firmada por el representante legal del centro educativo, dirigida a la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, solicitando se inicie el proceso de revisión del anteproyecto. A esta carta se le deben anexar todos los documentos redactados y obtenidos en todos los pasos anteriores a este. El formato de esta carta está en la

1.2. EVALUACIÓN POR CONSTRUCCIÓN DE ANEXOS OREMODELACIONES PARA CENTROS EDUCATIVOS EXISTENTES(APLICA PARA - , , )- -(LC) (ED)(EE) (EE) (EE)(R)

PASO 4:

Descripción:

Ejecución de la construcción o remodelación.

Posterior a la aprobación del anteproyecto por parte del MEDUCA, el centro educativo puede proceder con los trámites para iniciar la construcción o remodelación de su edificación.

Documentación:1. Deberán tener en su poder copias de los Planos Finales de Construcción, aprobados por todos los profesionales y las entidades correspondientes.

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División 03 - Formularios de estas Normas y está titulado “CARTA PARA SOLICITUD DE EVALUACIÓN DE PLANOS DE ANTEPROYECTO PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES”.

3. Obtener Informe/s indicando los cambios solicitados por el MEDUCA a los planos del anteproyecto.

4. Obtener Carta de Aceptación Final donde la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente aprueba los planos del anteproyecto presentado por el Contratista.

5. Obtener los planos del anteproyecto aprobados por las oficinas municipales correspondientes.

6. En caso de que alguna de las oficinas municipales requieran cambios para la aprobación del anteproyecto después de la aprobación de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, el centro educativo deberá presentar estos cambios al MEDUCA para su reevaluación y posterior re-aprobación para verificar si el diseño aun cumple con las normas para la construcción de edificaciones educativas particulares; posterior a esta revisión se deberá generar una nueva carta de aceptación basada en los planos finales si los mismos cumplen con las presentes normas.

Page 84: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

Descripción:La Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá deberá realizar su inspección reglamentaria para asegurar que la edificación cumple con sus estándares.

Se debe solicitar al SENADIS que inspeccionen y verifiquen que se cumplieron las normas establecidas por dicha institución.

Documentación:1. Permiso de Ocupación emitido por la Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, donde claramente se indique la ubicación y nombre del centro educativo. 2. Se debe obtener certificación, informe o constancia de inspección u otro documento emitido por SENADIS, donde se indique que la estructura cumple los parámetros establecidos para personas con movilidad reducida.

Documentación:1. Desarrollar Croquis de Ocupación firmado por el representante legal del centro educativo, el mismo deberá ser presentado en una hoja o más hojas de tamaño mínimo de 11”x17”.

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PASO 5:

Permiso de Ocupación del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá e Inspección del SENADIS.

Descripción:El centro educativo deberá presentar un diagrama de planta representativo de la construcción o remodelación terminada y dentro de cada espacio dibujado se colocará, de manera clara y legible, la siguiente información:

1. Tipo de espacio (Aula, Laboratorio, Taller, Depósito, Administración etc.).

2. Área total del espacio (en metros cuadrados).

3. Cantidad máxima de estudiantes permitidos (basados en el índice de ocupación y solo aplicará para aulas, laboratorios y talleres).

PASO 6:

Croquis de Ocupación.

1.2. EVALUACIÓN POR CONSTRUCCIÓN DE ANEXOS OREMODELACIONES PARA CENTROS EDUCATIVOS EXISTENTES(APLICA PARA - , , )- -(LC) (ED)(EE) (EE) (EE)(R)

Page 85: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

Anexo de COIF (Aplica para: EE - MC).(MC)(EE)

1. En el caso de EE - PS, EE - MP, EE - MC y EE - MX deben obtener un documento firmado por la Dirección Nacional de Educación Particular donde se indiquen los niveles educativos aprobados para el centro educativo, además de los tipos de laboratorios o talleres con los cuales debe contar para satisfacer la oferta educativa.

2. En el caso de EE - ET y EE - EX deben obtener un documento firmado por la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior, donde se indiquen los niveles educativos aprobados para el centro educativo, además de los tipos de laboratorios o talleres con los cuales debe contar para satisfacer la oferta educativa.

(PS) (MP) (MC) (MX)(EE)(EE)(EE)(EE)

(EE) (EE)

Descripción:Los espacios físicos del centro educativo deben satisfacer la oferta educativa aprobada por el MEDUCA.

Documentación:

Oferta Educativa.

1.2. EVALUACIÓN POR CONSTRUCCIÓN DE ANEXOS OREMODELACIONES PARA CENTROS EDUCATIVOS EXISTENTES(APLICA PARA - , , )- -(LC) (ED)(EE) (EE) (EE)(R)

Descripción:

PASO 7:

PASO 8:

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1. Obtener permiso final o documento del Ministerio de Desarrollo Social de la República de Panamá, que indique que ya se tiene o se están tramitando los permisos para el funcionamiento de un COIF dentro del terreno del centro educativo.

(ET) (EX)

Descripción:El centro educativo debe solicitar, por escrito, la inspección final de la edificación a la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente.

Inspección Final de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente.

PASO 9:

Page 86: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

Documentación:1. Redactar carta a la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, solicitando la inspección final de la edificación; a esta carta se anexará copia de toda la documentación redactada y obtenida en los puntos anteriores, además de cualquier otra documentación que sustente el diseño de los espacios educativos que serán evaluados, con sus debidas firmas y aprobaciones. Nota: El MEDUCA no inspeccionará centros educativos que no entreguen la totalidad de los documentos aquí requeridos; además, podrá solicitar otros documentos que aquí no estén descritos y que el inspector considere relevantes para realizar la inspección final. El formato de esta carta estará en la División 03 - Formularios de las Normas y está titulado “CARTA DE SOLICITUD DE INSPECCIÓN FINAL PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES”.

2. Obtener Informe Final de aceptación o de Subsanaciones por parte de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente. Nota: El centro educativo deberá mantener un registro con las copias de todos los informes y documentos entregados por el la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA antes, durante y después de los procesos de evaluación, subsanación y aceptación de las edificaciones educativas de dicho centro educativo. En el caso de que se realizaran subsanaciones a la edificación del centro educativo debido a un informe de subsanaciones, el mismo deberá adjuntar a la carta de solicitud de nueva inspección, una copia del informe anterior donde se indicaban cuáles eran las subsanaciones a realizar.

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1.2. EVALUACIÓN POR CONSTRUCCIÓN DE ANEXOS OREMODELACIONES PARA CENTROS EDUCATIVOS EXISTENTES(APLICA PARA - , , )- -(LC) (ED)(EE) (EE) (EE)(R)

Page 87: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

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SECCIÓN - 07 DE LOS CRITERIOS PARA LA

EVALUACIÓN DE ANTEPROYECTO

Page 91: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

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Es responsabilidad de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA del área en donde se encuentra o se encontrará el centro educativo, hacer la evaluación de los planos del anteproyecto.

En el caso de que la Oficina Regional correspondiente no pueda realizar la Evaluación de Planos de Anteproyecto, debido a la falta de personal idóneo, remitirá carta formal a la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura, en la que solicitará que, a través del Departamento de Diseño y Desarrollo, se les brinde el apoyo con profesionales para realizar el debido proceso.

El proceso se realizará obedeciendo los siguientes parámetros:

Verificar que toda la documentación requerida antes del desarrollo del anteproyecto haya sido entregada junto con los planos:

1.1.1. Constancia de aceptación de la existencia de las Normas para la construcción de edificaciones educativas particulares.

1.1.2. Certificación, carta de viabilidad u otro documento emitido por el Sistema Nacional de Protección Civil de la República de Panamá (SINAPROC).

1.1.3. Certificación, Informe de Inspección u otro documento emitido por la Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá.

1.1.4. Certificado, carta de viabilidad u otro documento emitido por la entidad regional correspondiente, donde se indique que la ubicación elegida cuenta con un uso de suelo complementario para centro educativo.

1.1.5. Carta firmada por un profesional de enlace cuyas características están descritas en las Normas para la construcción de edificaciones educativas particulares donde hace saber que servirá como enlace en el proceso de desarrollo del anteproyecto para el centro educativo.

1.1.6. Carta firmada por el Departamento de Diseño y Desarrollo de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura donde indica que el profesional antes mencionado cuenta con las certificaciones necesarias para servir como enlace en el desarrollo del anteproyecto.

1.1.7. Planos del anteproyecto en hojas de 2’x3’.

1.1. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

ANTEPROYECTOS PARA EDIFICACIONES EDUCATIVAS NUEVAS(APLICA PARA: EN - R , EN - LC , EN - ED , EN - PS , EN - MC , EN - MP , EN - MX , EN - ET , EN - EX )

1.(PS) (MP)(MC)

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1.2. EVALUACIÓN POR CONSTRUCCIÓN DE ANEXOS OREMODELACIONES PARA CENTROS EDUCATIVOS EXISTENTES(APLICA PARA - , , )- -(LC) (ED)(EE) (EE) (EE)(R)

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1.2. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

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Versión 01 - 2018Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Centros Educativos Particulares

Indicar, por medio de carta formal, si hace falta alguna documentación o si alguno de los documentos requieren aclaración, de no ser así continuar con el proceso.

1.3. DESARROLLO DE LOS PLANOS DE ANTEPROYECTO

Verificar que los planos del anteproyecto han sido desarrollados siguiendo los parámetros descritos en estas Normas.

1.4. DE LAS CORRECCIONES PRESENTADAS

Indicar, por medio de un informe y rayado en planos, las correcciones necesarias, si es que las hubiera, para que los planos cumplan con las normas descritas.

1.5. CARTA DE ACEPTACIÓN DEL ANTEPROYECTO

Si todos los documentos son entregados satisfactoriamente y los planos cumplen con las normas para la construcción de edificaciones educativas particulares se la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, deberá generar una Carta de Aceptación del Anteproyecto.

En el caso de que alguna Oficina Municipal requiera cambios para la aprobación del anteproyecto, después de la aprobación de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, el centro educativo deberá presentar estos cambios al MEDUCA para su reevaluación y posterior a ésta verificar si el diseño aun cumple con las normas para la construcción de edificaciones educativas particulares; posterior a esta revisión se deberá generar una nueva carta de aceptación basada en los planos finales si los mismos cumplen con la normas.

ANTEPROYECTOS PARA EDIFICACIONES EDUCATIVAS NUEVAS(APLICA PARA: EN - R , EN - LC , EN - ED , EN - PS , EN - MC , EN - MP , EN - MX , EN - ET , EN - EX )

1.(PS) (MP)(MC)

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2.1. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

Verificar que toda la documentación requerida antes del desarrollo del anteproyecto haya sido entregada junto con los planos.

2.2. DE LAS ACLARACIONES REQUERIDAS

Indicar, por medio de carta formal, si hace falta alguna documentación o si alguno de los documentos requieren aclaración, de no ser así continuar con el proceso.

2.3. DESARROLLO DE LOS PLANOS DE ANTEPROYECTO

Indicar, por medio de un informe y rayado en planos, las correcciones necesarias, si es que las hubiera, para que los planos cumplan con las normas descritas en las Normas para la construcción de edificaciones educativas particulares.

2.1.1. Constancia de Aceptación de la existencia de las Normas para la construcción de edificaciones educativas particulares.

2.1.2. Certificación, carta de viabilidad u otro documento emitido por el Sistema Nacional de Protección Civil de la República de Panamá (SINAPROC).

2.1.3. Certificación, Informe de Inspección u otro documento emitido por la Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá.

2.1.4. Certificado, carta de viabilidad u otro documento emitido por la entidad regional correspondiente, donde se indique que la ubicación elegida cuenta con un uso de suelo complementario para centro educativo.

2.1.5. Carta firmada por un profesional de enlace cuyas características están descritas en estas Normas, donde hace saber que servirá como enlace en el proceso de desarrollo del anteproyecto para el centro educativo.

2.1.6. Carta firmada por el Departamento de Diseño y Desarrollo de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura donde indica que el profesional antes mencionado cuenta con las certificaciones necesarias para servir como enlace en el desarrollo del anteproyecto.

2.1.7. Informe de Evaluación Anual de Centros Educativos actualizado, debidamente firmado por el profesional de enlace correspondiente y debidamente firmado y sellado por la Oficina Regional del MEDUCA correspondiente.

2.1.8. Planos del anteproyecto en hojas de 2’x3’.

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2.4. CARTA DE ACEPTACIÓN DEL ANTEPROYECTO

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Si todos los documentos son entregados satisfactoriamente y los planos cumplen con las normas para la construcción de edificaciones educativas particulares se deberá generar una carta de aceptación del anteproyecto por parte de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente.

En caso de que alguna de las oficinas municipales requieran cambios para la aprobación del anteproyecto después de la aprobación de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, el centro educativo deberá presentar estos cambios al MEDUCA para su reevaluación y posterior a esta verificar si el diseño aun cumple con las normas para la construcción de edificaciones educativas particulares; posterior a esta revisión se deberá generar una nueva carta de aceptación basada en los planos finales si los mismos cumplen con la normas.

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SECCIÓN - 08DE LOS CRITERIOS PARA LA

INSPECCIÓN FINAL

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Es responsabilidad de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA del área en donde se encuentra o se encontrará el centro educativo, realizar la inspección final del centro educativo.

En el caso de que la Oficina Regional correspondiente no pueda realizar la Inspección Final, debido a la falta de personal idóneo, remitirá carta formal a la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura, en la que solicitará que, a través del Departamento de Diseño y Desarrollo, se les brinde el apoyo con profesionales para realizar el debido proceso.

El proceso se realizará obedeciendo los siguientes parámetros:

1.1. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PREVIO A LA INSPECCIÓN

Antes de realizar la visita se debe verificar que toda la documentación requerida para la inspección haya sido entregada junto con los planos:

1.1.1. Constancia de Aceptación de la existencia de las Normas para la construcción de edificaciones educativas particulares.

1.1.2. Certificación, carta de viabilidad u otro documento emitido por el Sistema Nacional de Protección Civil de la República de Panamá (SINAPROC).

1.1.3. Certificación, Informe de Inspección u otro documento emitido por la Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá.

1.1.4. Certificado, carta de viabilidad u otro documento emitido por la entidad regional correspondiente, donde se indique que la ubicación elegida cuenta con un uso de suelo complementario para centro educativo.

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1.1.5. Carta firmada por un profesional de enlace cuyas características están descritas en las normas, donde hace saber que servirá como enlace en el proceso de desarrollo del anteproyecto para el centro educativo.

1.1.6. Carta firmada por la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura, a través del Departamento de Diseño y Desarrollo, donde indica que el profesional antes mencionado cuenta con las certificaciones necesarias para servir como enlace en el desarrollo del anteproyecto.

1.1.7. Planos del anteproyecto aprobados por las oficinas municipales correspondientes.

1.1.8. Carta de Aceptación del anteproyecto por parte de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente.

1.1.9. Planos finales de construcción aprobados por todos los profesionales y las entidades correspondientes.

1.1.10. Permiso de Ocupación emitido por la Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, donde claramente se indique la ubicación y nombre del centro educativo.

1.1.11. Certificación, informe u otro documento expedido por el SENADIS que indique que ha cumplido con los parámetros para personas con capacidad reducida.

1.1.12. Croquis de Ocupación firmado por el representante legal del centro educativo, el cual debe presentarse mínimo en una hoja de 11”x17” ó más de una hoja de tamaño igual o mayor, donde se presentará un diagrama de planta representativo de la construcción o remodelación terminada y dentro de cada espacio dibujado se colocará de manera clara y legible la siguiente información:

• Tipo de espacio (Aula, Laboratorio, Taller, Depósito, Administración etc.).• Área total del espacio (en metros cuadrados).• Cantidad máxima de estudiantes permitidos (basados en el índice de ocupación y solo aplicará para aulas, laboratorios y talleres).

1.1.13. En el caso de EN - MC , permiso final o documento del Ministerio de Desarrollo Social de la República de Panamá que indique que ya se tiene o se están tramitando los permisos para el funcionamiento de un COIF dentro del terreno den centro educativo.

1.1.14. En el caso de EN - PS , EN - MP , EN - MC y EN - MX deben obtener un documento firmado por la Dirección Nacional de Educación Particular donde se indiquen los niveles educativos aprobados para el centro educativo, además de los tipos de laboratorios o talleres con los cuales debe contar para satisfacer la oferta educativa.

1.1.15. En el caso de EN - ET y EN - EX deben obtener un documento firmado por la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior, donde se indiquen los niveles educativos aprobados para el centro educativo, además de los tipos de laboratorios o talleres con los cuales debe contar para satisfacer la oferta educativa.

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1.2.

Indicar, por medio de carta formal a los desarrolladores del proyecto de la edificación educativa, si hace alguna falta documentación o que se aclare alguna, de no ser así continuar con el proceso.

1.3.

Durante la visita a las instalaciones se inspeccionará toda la edificación educativa según los aspectos señalados en el formulario denominado “INFORME DE CAMPO PARA CENTROS EDUCATIVOS”, el cual se encuentra un formato guía en la División 03 - Formularios de este Manual.

1.4.

Si al terminar la inspección la misma revela que la edificación cumple con los requisitos marcados en el informe de campo, se le indicará a los representantes del centro educativo del centro educativo que retiren una copia del Informe de Campo en la Oficina Regional correspondiente y el mismo será equivalente al Informe de Inspección Final.

1.5.

Si al terminar la inspección la misma revela que la edificación no cumple con los requisitos marcados en el informe de campo, se le indicará a los representantes del centro educativo que retiren una copia del Informe de Campo en la Oficina Regional correspondiente y el mismo indicará cuáles son las correcciones que se deben hacer en la edificación y que deberá solicitar una nueva inspección, después de haber realizado las correcciones pertinentes.

1.6.

En el caso de EN-ET, EN-EX se realizarán dos (2) inspecciones de campo, una es la inspección para un “RESUELTO DE FUNCIONAMIENTO PROVICIONAL” y otra inspección para el “RESUELTO DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVO”; la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior será la encargada de informar a los inspectores el tipo de resuelto que está tramitando el centro educativo.

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2.1.1. Constancia de aceptación de la existencia de las Normas para la construcción de edificaciones educativas particulares.

2.1.2. Carta firmada por un profesional cuyas características están descritas en las normas, donde hace saber que servirá como enlace en el proceso de desarrollo del anteproyecto para el centro educativo.

2.1.3. Carta firmada por la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura, a través del Departamento de Diseño y Desarrollo, donde indica que el profesional antes mencionado cuenta con las certificaciones necesarias para servir como enlace en el desarrollo del anteproyecto.

2.1.4. Planos del anteproyecto aprobados por las oficinas municipales correspondientes.

2.1.5. Carta de Aceptación del anteproyecto por parte de la Oficina Regional de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente.

2.1.6. Planos finales de construcción aprobados por todos los profesionales y las entidades correspondientes.

2.1.7. Permiso de Ocupación emitido por la Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, donde claramente se indique la ubicación y nombre del centro educativo.

2.1.8. Certificación, informe u otro documento expedido por el SENADIS, que indique que ha cumplido con los parámetros para personas con capacidad reducida.

2.1.9. Croquis de Ocupación firmado por el representante legal del centro educativo; el mismo deberá ser presentado mínimo en una hoja de 11”x17” ó más de una hoja de tamaño igual o mayor, donde se presentará un diagrama de planta representativo de la construcción o remodelación terminada y dentro de cada espacio dibujado se colocará de manera clara y legible la siguiente información:

• Tipo de espacio (Aula, Laboratorio, Taller, Depósito, Administración etc.).• Área total del espacio (en metros cuadrados).• Cantidad máxima de estudiantes permitidos (basados en el índice de ocupación y solo aplicará para aulas, laboratorios y talleres).

2.1.10. Informe de Evaluación Anual de Centros Educativos actualizado, debidamente firmado por el profesional de enlace correspondiente y debidamente firmado y sellado por la Oficina Regional del MEDUCA correspondiente.

INSPECCIÓN DE REMODELACIONES O ANEXOS A EDIFICACIONESEDUCATIVAS EXISTENTES (APLICA PARA:

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2.1.

Antes de realizar la visita se debe verificar que toda la documentación requerida para la inspección haya sido entregada junto con los planos:

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2.1.11. En el caso de EE - MC permiso final o documento del Ministerio de Desarrollo Social de la República de Panamá que indique que ya se tiene o se están tramitando los permisos para el funcionamiento de un COIF dentro del terreno del centro educativo.

2.1.12. En el caso de EE - PS , EE - MP , EE - MC y EE - MX deben obtener un documento firmado por la Dirección Nacional de Educación Particular donde se indiquen los niveles educativos aprobados para el centro educativo, además de los tipos de laboratorios o talleres con los cuales deben contar para satisfacer la oferta educativa.

2.1.13. En el caso de EE - ET y EE - EX deben obtener un documento firmado por la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior, donde se indiquen los niveles educativos aprobados para el centro educativo, además de los tipos de laboratorios o talleres con los cuales deben contar para satisfacer la oferta educativa.

2.1.14. Cualquier otra documentación requerida por los Inspectores del MEDUCA que sustente el diseño de los espacios educativos que serán evaluados, con sus debidas firmas y aprobaciones.

INSPECCIÓN DE REMODELACIONES O ANEXOS A EDIFICACIONESEDUCATIVAS EXISTENTES (APLICA PARA:

2.

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2.2.

Indicar, por medio de carta formal a los desarrolladores del proyecto de la edificación educativa, si hace falta o que se aclare alguna documentación, de no ser así continuar con el proceso.

2.3.

Durante la visita a las instalaciones se inspeccionarán solo las estructuras nuevas ya sean anexos o remodelaciones a espacios existentes, según los aspectos señalados en el Formulario denominado “INFORME DE CAMPO PARA CENTROS EDUCATIVOS”, el cual se encuentra un formato guía en la División 03 - Formularios de estas Normas.

2.4.

Si al terminar la inspección la misma revela que la edificación cumple con los requisitos marcados en el informe de campo, se le indicará a los representantes del centro educativo que retiren una copia del Informe de Campo en la Oficina Regional correspondiente y el mismo será equivalente al Informe de Inspección Final.

Page 107: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

En el caso de EE - ET , EE - EX se realizarán dos (2) inspecciones de campo, una es la inspección para un “RESUELTO DE FUNCIONAMIENTO PROVICIONAL” y otra inspección para el “RESUELTO DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVO”; la Dirección Nacional de Coordinación del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior será la encargada de informar a los inspectores el tipo de resuelto que está tramitando el centro educativo.

INSPECCIÓN DE REMODELACIONES O ANEXOS A EDIFICACIONESEDUCATIVAS EXISTENTES (APLICA PARA:

2.

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Si al terminar la inspección la misma revela que la edificación no cumple con los requisitos marcados en el informe de campo, se le indicará a los representantes del centro educativo que retiren una copia del Informe de Campo en la Oficina Regional correspondiente y el mismo indicará cuales son las correcciones que se deben hacer en la edificación y que deberá solicitar una nueva inspección después de haber realizado las correcciones pertinentes.

2.6.

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2.3.

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2.4.

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1.5.

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2.6.

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SECCIÓN - 09DEL INFORME DE INSPECCIÓN ANUAL

Page 111: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

2.1.

El formato de esta carta estará en la División 03 - Formularios de estas Normas y está

CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES”.

por el representante legal del mismo.

CARTA DE ENTREGA DEL INFORME DE INSPECCIÓN DE CAMPOANUAL PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES:

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presente anualmente una evaluación del estado de sus edificaciones y otros

obligatorio y se debe presentar un informe actualizado antes de aprobar cualquier inspección por parte de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del

su primer Informe en un período menor o igual a seis (6) meses calendario, desde la fecha de implementación de las normas con una prórroga de hasta seis (6) meses adicionales en el caso de retraso en las evaluaciones.

doce (12) meses calendario desde la fecha a entrega en la Oficina Regional de Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente,

treinta (30) días calendario para presentar su siguiente Informe de Evaluación Anual

INFORME DE INSPECCIÓN DE CAMPO ANUAL PARA CENTROSEDUCATIVOS PARTICULARES (APLICA PARA:

1.

, , , , , , , , , ,(EN) (EE) )(PS) (MP) (MC) (MX) (ET) (EX)(R) (LC) (ED)

EVALUACIÓN DE INFORME2.

La evaluación debe ser presentada a la Oficina Regional del MEDUCA correspondiente, por medio de un Informe de Inspección de Campo Anual para

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2.2.

elementos antes mencionados.

INFORME DEL ESTADO FÍSICO DEL CENTRO EDUCATIVO

2.3.

debe estar respaldado por fotos actualizadas.

INFORME ESCRITO DEL ESTADO DEL MOBILIARIO

2.4.

respaldado por fotos actualizadas; a estas copias se debe adjuntar copia de la documentación de la inspección previa por parte del Ministerio de Salud de la República de Panamá.

INFORME SOBRE EL ESTADO DE LOS SISTEMAS SANITARIOS

2.5.

Informe escrito sobre el estado de los equipos de laboratorios y talleres, debe estar respaldado por fotos que muestren el estado actual de los equipos además de los

mantenimiento de estos equipos.

INFORME SOBRE EL ESTADO DE LOS EQUIPOSDE LABORATORIOS Y TALLERES

2.6.

para la operación y seguridad de laboratorios y talleres cuya operación requiera

CERTIFICACIONES PARA LA OPERACIÓN Y SEGURIDADDE LABORATORIOS Y TALLERES

EVALUACIÓN DE INFORME2.

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EVALUACIÓN DE INFORME2.

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2.7.

fotos actualizadas de los paneles eléctricos, tomacorrientes, interruptores, luces y

INFORME DEL ESTADO DEL SISTEMA ELÉCTRICO

2.8.

Informe escrito sobre el estado de sistemas de bombas, aires acondicionados y

INFORME DEL ESTADO DEL SISTEMA DE BOMBAS,AIRES ACONDICIONADOS Y VENTILADORES

2.9.

Informe escrito del estado del sistema de alarma contra incendio, respaldado por fotos actualizadas del panel de incendio; además adjuntar copia de la carta de

INFORME DEL ESTADO DEL SISTEMA DE ALARMA CONTRA INCENDIO

2.10.

letreros correspondientes a las mismas, respaldado por fotos actualizadas donde se muestre el estado de las rutas de evacuación.

INFORME ESCRITO DEL ESTADO FÍSICO DE LAS RUTASDE EVACUACIÓN Y LETREROS

2.11.

indique que se le ha dado el mantenimiento requerido por norma hasta la fecha.

INFORME DEL ESTADO DE LOS EXTINTORES DE INCENDIO

2.12.

Informe escrito del estado del sistema húmedo contra incendios, respaldado por fotos actualizadas las mangueras, aspersores y bombas además de la documentación que indique que se le ha dado el mantenimiento requerido por norma hasta la fecha.

INFORME DEL ESTADO DEL SISTEMA HÚMEDO CONTRA INCENDIOS

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EVALUACIÓN DE INFORME2.

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2.12.

Cualquier otro informe que sea requerido por la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA.

constante desgaste y por consiguiente en constante reparación, por lo cual si la evaluación anual revela equipos en deterioro o en mal estado, se deberá indicar de manera clara en el informe que los mismo serán reparados antes de la siguiente evaluación y se debe actualizar su estado en la siguiente Inspección Anual.

Queda a la discreción de la Oficina Regional de Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, si se debe o no corroborar que los arreglos presentados en el Informe Anual han sido realizados.

La evaluación de campo anual y el informe correspondiente, debe coordinarla y firmarla un profesional de enlace; éste profesional también servirá como enlace en el

el mismo deberá cumplir con los siguientes requerimientos:

1. Ser panameño.

2. Idoneidad comprobada por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura de la República de Panamá (JTIA), en una de las siguientes carreras:

• Arquitectura,• Ingeniería Civil,• Ingeniería Electromecánica.

3. Experiencia comprobada de un (1) año o más en el diseño o supervisión de

4. momento realizar las evaluaciones.

5.

Page 115: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

EVALUACIÓN DE INFORME2.

1: Código de Incendios.3: condicionamiento y prueba de integración de sistemas de protección contra incendios y seguridad humana.4: Estándar para pruebas integradas de protección contra incendios y sistemas de seguridad de la vida.10: 11A: Estándar para los medianos y alta expansión #sistemas de espuma.11C: El aparato estándar para la espuma móvil12: estándar de dióxido de carbono en

12A: De serie en el Halón 13$1

13: Norma para la instalación de sistemas de rociadores.13D: Norma para la instalación de sistemas de rociadores en viviendas de uno y de dos familiares casas prefabricadas.13E:Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá de operaciones en Propiedades protegidas por

14: Norma para la instalación de la

sistemas.15: Estándar para el chorro del agua sistemas fijos de protección contra incendios.16: Norma para la instalación de rociadores de agua, espuma, espuma de agua disperso sistemas.17: Productos químicos secos estándar

17A: Estándar para sistemas de

20: Norma para la instalación de bombas estacionario de Protección contra Incendios.

22: Estándar para tanques de agua para protección contra incendios privada.24: Norma para la instalación de Fuego privada #servicio de red y sus accesorios.25: Norma para la inspección, comprobación y manutención de sistemas hidráulicos de protección contra incendios.30: Código de Líquidos Inflamables y

30A: código de estaciones de servicio

50: Norma para los sistemas de

Consumido.51: Norma para el diseño e instalación

oxígeno para soldadura corte y procesos afines.56: Norma para la Prevención de incendio y explosión durante la limpieza y purga de gas inflamable.70: Código Eléctrico Nacional.70A: Requisitos Código Eléctrico Nacional para una y dos viviendas de la familia.70B:mantenimiento de equipos eléctricos.70E: Estándar para seguridad eléctrica en el lugar de trabajo.72: Código Nacional de Alarmas de Incendios73: Estándar para Inspecciones Eléctricas para Viviendas Existentes.75: Estándar para la protección de los equipos de tecnología de la información.77:

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EVALUACIÓN DE INFORME2.

Todo aquel que sirva como profesional de enlace deberá entregar la siguiente documentación al Departamento de Diseño y Desarrollo de la oficina central de la

1.

2. Copia de la Resolución de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura de la República de Panamá.

3. Copia de carta firmada por el Director de la Dirección Nacional de Ingeniería y

confirma la experiencia de un (1) año o más en la construcción de centros

4.

5. Copia de carta por parte de la Oficina de Seguridad del Benemérito Cuerpo de

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80: Norma sobre puertas cortafuego.80A: protección de edificios de exposiciones exteriores de fuego87:calentadores de fluidos.88A: Estándar para estructuras de estacionamientos88B: Normas para talleres de reparación.96: Estándar para control de

incendios de operaciones comerciales de cocina.99: Instalaciones para atención de salud.

101: Código de Seguridad Humana.101A:de la seguridad humana.101B: Códigos para medios de egresos para edificios y estructuras.110: Normas para la emergencia y sistemas de energía de reserva.170: Símbolos de Seguridad Contra el Fuego.501: De serie en viviendas prefabricadas.501A: Estándar para los criterios de seguridad contra incendios para

casas prefabricadas.

Page 117: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

EVALUACIÓN DE INFORME2.

ENTREGA DEL INFORME3.

Regional correspondiente y la otra copia deberá ser sellada y firmada en cada hoja, con el sello de la Oficina Regional del MEDUCA correspondiente, para ser devuelta al

Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA. Una copia actualizada será entregada a todo funcionario MEDUCA que realice una inspección a las edificaciones

una inspección solicitada al MEDUCA.

La Oficina Regional de Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA correspondiente, no tendrá que realizar una inspección a la edificación del centro

pero siempre estará en la libertad de realizar cualquier inspección de campo para comprobar el estado de las edificaciones.

Todo informe de inspección anual debe adjuntar una copia de la carta firmada por el Departamento de Diseño y Desarrollo de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA, que indique que el profesional de enlace que evaluó el

servir como profesional de enlace, según el listado que lleva la Dirección.

Una vez presentada esta documentación al Departamento de Diseño y Desarrollo de la oficina central de la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura del MEDUCA, el profesional será incorporado a una lista que llevará éste Departamento. A su vez, éste Departamento entregará al profesional una carta, donde indica que el

enlace.

Habrá una excepción para los profesionales que sean inscritos en el listado antes de

ni la carta del Benemérito Cuerpo de Bomberos, pero sí todos los demás documentos

retrasadas.

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• En el caso de EE que no tengan ningún Informe previo de Evaluación Anual (EE)

trámite de edificaciones, será manejado de la siguiente forma:

• En el caso de EN que requieran realizar un trámite, si el Informe de Campo

meses calendario a la fecha que se realizará el trámite, el mismo tendrá la validez

realizar sus trámites.

Informe anual sobre la edificación temporal.

(EN)

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ENTREGA DEL INFORME3.

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SECCIÓN - 10DE LOS CRITERIOS PARA LA

ACTUALIZACIÓN DE LAS NORMAS

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De acuerdo con la evolución de los parámetros sociales y económicos del país y sus implicaciones en la educación, se procederá a realizar los ajustes de los valores

evolucionen hacia mejores condiciones integrales.

Para esto, se deja claro que para realizar cualquier cambio a las Normas para

de los funcionarios del MEDUCA que conocen sobre la construcción de las escuelas oficiales, como de los agentes privados que constantemente ven la realidad de los

establecidas deban ser modificadas en un futuro, la Mesa Técnica de Trabajo para la

del MEDUCA de las Oficinas Regionales, que son los encargados de verificar los Anteproyectos y realizar las Inspecciones de Campo, así como también la de los Profesionales de Enlace encargados de coordinar los Anteproyectos y realizar las

Toda modificación a las Normas buscará fortalecer y nunca debilitar la calidad de las

adoptados por el MEDUCA u otros organismos gubernamentales o privados.

de las publicaciones de los Manuales Lineamientos Básicos Generales para la Planificación, Diseño, Construcción e Inspección de la Infraestructura Escolar, expedido por el Ministerio de Educación de la República de Panamá; además de la confección de un documento independiente donde solo se haga referencia a las

Page 121: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

FORMULARIOS

Page 122: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

SECCIÓN - 01FORMULARIOS REQUERIDOS

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1.1 DOCUMENTOS QUE DEBE APORTAR EL PETICIONARIO:

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GENERALIDADES1.

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A lo largo de este documento encontramos indicaciones de la documentación que el interesado o peticionario debe presentar para formalizar su solicitud, ya sea para la Construcción y/o Inspección de Edificaciones Educativas Particulares, Centros No Gubernamentales; Centros Comunitarios y Congregaciones Religiosas, por lo cual, nos permitimos anexar los modelos de los distintos documentos.

Documento mediante el cual el peticionario declara haber leído el Manual denominado “Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Edificaciones Educativas Particulares, No Gubernamentales, Comunitarias y Congregaciones Religiosas” , expedido por el Ministerio de Educación de la República de Panamá.

Con este documento el peticionario queda comprometido a cumplir con las normas especificadas por MEDUCA en el presente documento.

Este documento debe ser firmado por la persona que ostenta la Representación Legal del centro educativo correspondiente y legitimizado por Notario Público. Debe estar acompañada por la cédula de identidad personal del que firma.

CARTA DE ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES:

1.1.1

Documento mediante el cual el peticionario solicita a MEDUCA que realice la evaluación correspondiente.

Este documento debe ser firmado por la persona que ostenta la Representación Legal del centro educativo y legitimizada por Notario Público. Debe estar acompañada por la cédula de identidad personal del que firma.

CARTA PARA SOLICITUD DE EVALUACIÓN DE PLANOS DE ANTEPROYECTO PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES:

1.1.2

Una vez evaluados los planos sometidos a revisión por MEDUCA, y realizado los ajustes correspondientes por el interesado, éste solicitará a MEDUCA que realice la inspección en campo; y, en consecuencia, se le otorgue el visto bueno requerido para proceder con el trámite correspondiente.

CARTA DE SOLICITUD DE INSPECCIÓN FINAL PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES:

1.1.3

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GENERALIDADES1.

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1.2 DOCUMENTO QUE DEBE APORTAR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE MEDUCA:

En este documento MEDUCA da el resultado del informe en campo y procede a detallar las anomalías (si la hubiere) y hace las recomendaciones necesaria, para luego hacerle entregada de este informe al peticionario.

INFORME DE CAMPO PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES: 1.2.1

Este documento es el resultado de la inspección visual en campo, realizada por el profesional de enlace, que se entregará a MEDUCA.

Se trata del informe en el cual detalla el estado real, por área, de la o las edificaciones escolares particulares, previo al visto bueno correspondiente, ya que en alguno de los casos el peticionario deberá corregir áreas que no cumplen con los mínimos establecidos en este manual de Normas de MEDUCA.

Este documento debe ser firmado por la persona que ostenta la Representación Legal del centro educativo y legitimizada por Notario Público. Debe estar acompañada por la cédula de identidad personal del que firma.

MODELOS DE FORMULARIOS2.

A continuación presentamos los modelos de formularios que serán utilizados en el proceso de solicitud de centros educativos particulares:

CARTA DE ENTREGA DEL INFORME DE INSPECCIÓN DE CAMPO ANUAL PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES:

1.1.4

Page 125: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

CARTA DE ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES

Panamá, _____ de_________ de ______

Sr/a Director/a

Dirección correspondiente

Respetado señor (a):

Yo, ___________________, con cédula de identidad personal número ______________, actuando en mi condición de Representante Legal del Centro Educativo Particular:______________________________________________, ubicado en: (detallar dirección exacta e incluir provincia, distrito y corregimiento), con número de teléfono___________________ y dirección de correo electrónico: ______________________________, declaro haber recibido, de parte del Ministerio de Educación de la República de Panamá (MEDUCA), un (1) ejemplar de las “Normas de Diseño, Construcción e Inspección para Edificaciones Educativas Particulares, No Gubernamentales, Comunitarias y Congregaciones Religiosas”; por lo cual me comprometo a dar cumplimiento a lo indicado por MEDUCA en dicho Manual de Normas.

Atentamente,

________________

Page 126: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

CARTA PARA SOLICITUD DE EVALUACIÓN DE PLANOS DE ANTEPROYECTO PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES

Panamá, _____ de_________ de ______

Sr/a Director/a

Dirección correspondiente

Respetado señor (a):

Yo, ________________________________________________, con cédula de identidad personal número ______________, actuando en mi condición de Representante Legal del Centro Educativo Particular:________________________________________________________, ubicado en: ____________(detallar dirección exacta e incluir provincia, distrito y corregimiento), con número de teléfono:___________ y dirección de correo electrónico: ______________________________, solicito de manera formal que se realice la Evaluación de los Planos de las edificaciones para nuestro centro educativo, con el fin de obtener la aprobación de su oficina.

Adjunto toda la documentación contemplada en el documento de NORMAS DE DISEÑO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN DE EDIFICACIONES EDUCATIVAS PARTICULARES, NO GUBERNAMENTALES, COMUNITARIAS Y CONGREGACIONES RELIGIOSAS.

Atentamente,

________________

Page 127: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

CARTA DE SOLICITUD DE INSPECCIÓN FINAL PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES

Panamá, _____ de_________ de ______

Sr/a Director/a

Dirección correspondiente

Respetado señor (a):

Yo, ________________________________________________, con cédula de identidad personal número ______________, actuando en mi condición de Representante Legal del Centro Educativo Particular:________________________________________________________, ubicado en ____________(detallar dirección exacta e incluir provincia, distrito y corregimiento), con número de teléfono___________ y dirección de correo electrónico ______________________________, solicito de manera formal que se realice la Inspección Final a nuestro centro educativo, con el fin de obtener el visto bueno de su oficina y por ende del Ministerio de Educación (MEDUCA), adjunto se entrega toda la documentación contemplada en el documento de NORMAS DE DISEÑO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN DE EDIFICACIONES EDUCATIVAS PARTICULARES, NO GUBERNAMENTALES, COMUNITARIAS Y CONGREGACIONES RELIGIOSAS.

Atentamente,

________________

Page 128: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

CARTA DE ENTREGA INFORME DE INSPECCIÓN DE CAMPO ANUAL

PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES

Panamá, _____ de_________ de ______

Sr/a Director/a

Dirección correspondiente

Respetado señor (a):

Yo, ________________________________________________, con cédula de identidad personal número ______________, actuando en mi condición de Representante Legal del Centro Educativo Particular:________________________________________________________, ubicado en ____________(detallar dirección exacta e incluir provincia, distrito y corregimiento), con número de teléfono___________ y dirección de correo electrónico ______________________________, declaro que el mismo ha sido elaborado conforme a lo establecido en el documento de NORMAS DE DISEÑO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN DE EDIFICACIONES EDUCATIVAS PARTICULARES, NO GUBERNAMENTALES, COMUNITARIAS Y CONGREGACIONES RELIGIOSAS, y por el profesional de enlace de acuerdo a listado de MEDUCA.

Firma del Representante Legal

_________________________

Page 129: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

VICEMINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVADIRECCIÓN NACIONAL DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

INFORME DE CAMPO PARA CENTROS EDUCATIVOS PARTICULARES

# __________________

Presentado por:

DEPARTAMENTO DE DISEÑO Y DESARROLLO

CENTRO EDUCATIVO:

Nombre: Dirección: Provincia: Distrito: Corregimiento: Teléfonos:

Fecha de la Inspección: _____/______/_____

INFORME DE CAMPO

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

Page 130: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

(Provincia), _____ de ________ de ___

Sr/a Director/aDirección correspondienteMinisterio de EducaciónPresente.-

Respetado señor (a):

En atención a la solicitud de ______________________________, fechada ________________, recibida en MEDUCA el día ______________; y a la nota ______________ del _________, mediante la cual nos fue asignada la inspección y evaluación del plantel educativo particular, denominado: “____________________________________________________________________”, ubicado en ____________________________, nos permitimos presentar el Informe Técnico # _____________, correspondiente a la inspección realizada el día ___ de ___________ de _____.

El equipo de evaluadores e inspectores, para el desarrollo de este informe, está conformado por profesionales idóneos en el objeto de las especialidades de Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Mecánica, Ingeniería Civil y Arquitectura. Los mismos realizaron una verificación minuciosa de las instalaciones y los propósitos específicos de las mismas, aplicando la metodología de verificación y evaluación establecida por los departamentos encargados dentro del MEDUCA.

En virtud de lo anterior, firmamos el presente Informe Técnico de Evaluación en Campo.

INFORME DE CAMPO

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

Firma________________________________________(Nombre y Número de Idoneidad)

Firma________________________________________(Nombre y Número de Idoneidad)

Firma________________________________________(Nombre y Número de Idoneidad)

Firma________________________________________(Nombre y Número de Idoneidad)

Page 131: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPOINICIONOMBRE DEL CENTRO EDUCATIVO

Provincia: Distrito: Corregimiento: Dirección: Número de Casa o Local: Adicional:

FECHA DE INSPECCIÓN

ARQUITECTURA ORIGINAL

Leyenda:

R: Residencial LC: Local Comercial ED: Edificación Dedicada

UBICACIÓN

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

DÍA MES AÑO

R LC ED

Page 132: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPOINICIOOFERTA EDUCATIVA

DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PARTICULAR

TRABAJO A INSPECCIONAR

DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL TERCER NIVEL DE ENSEÑANAZA O SUPERIOR

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

ANEXO REMODELACIÓN EDIFICACIÓN COMPLETA

NORMA APLICABLE

EE EN

ET

EX

PERMISOFINAL SI NO

PERMISOEN PROCESO SI NO

Leyenda: PS: Edificación PreescolarMP: Edificación MixtaMC: Edificaciones Integradas con COIFMX: Edificación de Nivel EspecialET: Edificaciones Institutos Técnicos SuperioresEX: Edificaciones Superior EspecialEE: Edificaciones ExistentesEN: Edificaciones Nuevas

PS MP MX

MC

Page 133: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPOGENERALIDADESFECHA DE APERTURA DEL CENTRO EDUCATIVO:

TURNOS:

ADICIONAL:

MATRICULA A LA FECHA DE LA INSPECCIÓN:

CANTIDAD TOTAL DE PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO,U OTROS QUE LABORAN EN EL CENTRO EDUCATIVO:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

MES AÑO/

Page 134: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

MONOLITO O LETREROEL NOMBRE DEL CENTRO EDUCATIVO ESTA ESCRITO DE MANERA LEGIBLE:

SUBSANACIONES:

OTROS ARREGLOS:

SI NO

SI NO

OFERTA ACADEMICA LEGIBLE:

Page 135: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPOCERRAMIENTO PERIMETRALEL NOMBRE DEL CENTRO EDUCATIVO ESTA ESCRITO DE MANERA LEGIBLE:

MATERIAL:

ACABADO:

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

Page 136: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

OTROS ARREGLOS:

PARED EXTERIORDE EDIFICACIONES

ACABADO:

PINTURA:

SUBNACIONES:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

Page 137: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPOÁREA DE INGRESO

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

SI NO

ACCESO A DISCAPACITADOS:

TECHADO:

PISO:

SI NO

ZONA DE ESPERA:

TECHADO:

PISO:

SI NO

PUERTA COCHERA:

TECHADO:

PISO:

SI NO

ACERA EXTERNA:

Page 138: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPOÁREA DE INGRESO

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

Page 139: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPOSALIDAS

CANTIDAD DE SALIDAS:

DISTANCIA ENTRE SALIDA Y EL PUESTO MÁS LEJANO:

ANCHO DE LAS SALIDAS:

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

Page 140: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

ESTACIONAMIENTOS

CANTIDAD DE ESTACIONAMIENTOS GENERALES:

CANTIDAD DE ESTACIONAMIENTOSPARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

Page 141: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

ÁREA ÚTIL:

TECHADO:

PISO:

CERRAMIENTO:

CANTIDAD MÁXIMA DE ESTUDIANTESSEGÚN ÍNDICE DE OCUPACIÓN:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

ÁREA RECREATIVAÍndice de Ocupación = 4 m2 por cada estudiante

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INFORME DE CAMPO

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

ANCHO:

TECHADO:

PISO:

BARANDALES:

SEÑALIZACION DE EVACUACIÓN:

PASILLO

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INFORME DE CAMPO

ÁREA ADMINISTRATIVAÁREA ÚTIL:

PISOS:

PUERTAS:

CIELO RASO:

VENTANAS EXTERNAS:

VENTANAS INTERNAS:

VETILACIÓN MECÁNICA:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

Page 144: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

ÁREA ADMINISTRATIVA

Page 145: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

AULA GENERALÍndice de Ocupación antes aplicación de normas = 1.44 m2 por cada estudianteÍndice de Ocupación actual = 1.7 m2 por cada estudiante

ÁREA ÚTIL:

PAREDES:

PISOS:

PUERTAS:

CIELO RASO:

ILUMINACIÓN:

VENTANAS EXTERNAS:

VENTANAS INTERNAS:

VENTILACIÓN MECÁNICA:

MOBILIARIOS:

PLACA:

CANTIDAD MÁXIMA DE ESTUDIANTES SEGÚN ÍNDICE DE OCUPACIÓN:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

Page 146: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

AULA GENERAL

Page 147: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

AULA PREESCOLARÍndice de Ocupación antes aplicación de normas = 2.44 m2 por cada estudianteÍndice de Ocupación actual = 2.9 m2 por cada estudiante

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

ÁREA ÚTIL:

PAREDES:

PISOS:

PUERTAS:

CIELO RASO:

ILUMINACIÓN:

VENTANAS EXTERNAS:

VENTANAS INTERNAS:

VENTILACIÓN MECÁNICA:

MOBILIARIOS:

PLACA:

CANTIDAD MÁXIMA DE ESTUDIANTES SEGÚN ÍNDICE DE OCUPACIÓN:

TOMACORRIENTES:

Page 148: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPOINFORME DE CAMPO

BAÑO

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

AULA PREESCOLAR

PAREDES:

PUERTAS:

CIELO RASO:

ILUMINACIÓN:

VENTANAS EXTERNAS:

VENTANAS INTERNAS:

EXTRACION FORZADA:

INODOROS:

LAVAMANOS:

DUCHAS:

PISOS:

Page 149: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

AULA PREESCOLAR

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INFORME DE CAMPO

BATERÍA SANITARIA

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

HOMBRES MUJERES

PAREDES:

PUERTAS:

CIELO RASO:

ILUMINACIÓN:

VENTANAS EXTERNAS:

VENTANAS INTERNAS:

EXTRACION FORZADA:

INODOROS:

LAVAMANOS:

DUCHAS:

PISOS:

Page 151: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

BATERÍA SANITARIAHOMBRES MUJERES

Page 152: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

LABORATORIO / TALLERÍndice de Ocupación mínimo antes aplicación de normas = 2.16 m2 por cada estudianteÍndice de Ocupación mínimo actual = 2.57 m2 por cada estudiante

ÁREA ÚTIL:

PAREDES:

PISOS:

PUERTAS:

CIELO RASO:

ILUMINACIÓN:

VENTANAS EXTERNAS:

VENTILACIÓN MECÁNICA:

MOBILIARIOS:

PLACA:

MEDIDAS DE SEGURIDAD POR RIESGO OPERACIONAL:

CANTIDAD MÁXIMA DE ESTUDIANTES SEGÚN ÍNDICE DE OCUPACIÓN:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

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VENTANAS INTERNAS:

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INFORME DE CAMPO

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

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LABORATORIO / TALLER

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ÁREA EXTRA

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

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INFORME DE CAMPO

SUBNACIONES:

OTROS ARREGLOS:

HOJA EXTRA PARA EL ESPACIO

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

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Page 156: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

DE ACUERDO A LA INSPECCIÓN Y SUBSIGUIENTE EVALUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO, SE CONCLUYE QUE EL MISMO CUMPLE CON LAS NORMAS ESTABLECIDAS POR EL MEDUCA EN CUANTO AL ESPACIO FÍSICO DE SUS ESTRUCTURAS; EN CONSECUENCIA, SE LE OTORGA EL VISTO BUENO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DEL MEDUCA A LAS EDIFICACIONES DEL CENTRO EDUCATIVO,

EVALUADAS EN ESTE DOCUMENTO.

CONCLUSIÓN

NOMBRE:

FIRMA:

FECHA:

NOMBRE:

FIRMA:

FECHA:

Se debe prestar la debida atención a las notas en las Secciones de “Otros Arreglos”, señaladas en cada una de las áreas del centro educativo; cualquier punto descrito en esta Sección NO AFECTARA la aprobación del centro educativo, pero debe ser considerada para mejorar la calidad del plantel.

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

Page 157: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

NOMBRE:

FIRMA:

FECHA:

NOMBRE:

FIRMA:

FECHA:

Se debe prestar la debida atención a las notas en las secciones de “Otros Arreglos”, señaladas en cada una de las áreas del centro educativo; cualquier punto descrito en esta Sección NO AFECTARA la aprobación del centro educativo, pero debe ser considerada para mejorar la calidad del plantel.

DE ACUERDO A LA INSPECCIÓN Y SUBSIGUIENTE EVALUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO, EL MISMO NO CUMPLE CON LAS NORMAS ESTABLECIDAS POR EL MEDUCA EN CUANTO SUS ESTRUCTURAS; SE DEBERÁN REALIZAR LOS ARREGLOS DESCRITOS EN LA SECCIÓN DE “SUBSANACIONES” DE CADA ÁREA, LAS MISMAS DEBERÁN SER ATENDIDAS Y UNA VEZ SOLVENTADAS, LA ADMINISTRACIÓN DEL PLANTEL DEBERÁ SOLICITAR UNA NUEVA INSPECCIÓN COMPLEMENTARIA, A FIN DE QUE SE LE OTORGUE EL RESPECTIVO VISTO BUENO, POR PARTE DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DEL MEDUCA.

CONCLUSIÓN

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

Page 158: NORMAS DE DISENO, CONSTRUCCIÓN E INSPECCIÓN PARA ...

INFORME DE CAMPO

NOMBRE:

FIRMA:

FECHA:

NOMBRE:

FIRMA:

FECHA:

Se debe prestar la debida atención a las notas en las secciones de “Otros Arreglos”, señaladas en cada una de las áreas del centro educativo; cualquier punto descrito en esta Sección NO AFECTARA la aprobación del centro educativo, pero debe ser considerada para mejorar la calidad del plantel.

CONCLUSIÓN

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

Informe de Campo # ___________________Plantel: _____________________________ Página___ de ___

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INFORME DE CAMPO

Fecha: _______/________/________Iniciales de los profesionales _______

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