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IES ISAAC PERAL Torrejón de Ardoz NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

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IES ISAAC PERAL Torrejón de Ardoz

NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

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Contenido

CAPÍTULO 1. INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS DEL CENTRO. ..................................... 6

Espacios del centro...................................................................................................................................6

Norma de uso de los espacios. .................................................................................................................6

Aulas. ........................................................................................................................................................6

Aulas específicas.......................................................................................................................................7

Aulas tecnológicas. ...................................................................................................................................7

Instalaciones deportivas. ..........................................................................................................................7

Biblioteca. .................................................................................................................................................8

Sala de Profesores. ...................................................................................................................................8

Sala de guardias. ......................................................................................................................................8

Salón de Actos. .........................................................................................................................................9

Sala de atención a las familias. .................................................................................................................9

Aula multidisciplinar. ................................................................................................................................9

Recursos Informáticos. .............................................................................................................................9

Material didáctico de los departamentos. ...............................................................................................9

Cafetería. (Actualmente cerrada).............................................................................................................9

Reprografía. ........................................................................................................................................... 10

Servicios de alumnos ............................................................................................................................. 10

Conserjería ............................................................................................................................................ 10

Página Web ........................................................................................................................................... 10

CAPÍTULO 2: ÓRGANOS DE GOBIERNO UNIPERSONALES. ........................................... 11

El Equipo Directivo. ............................................................................................................................... 11

El Director. ............................................................................................................................................. 11

El Jefe de Estudios. ................................................................................................................................ 12

Las Jefaturas de Estudios Adjuntas. ...................................................................................................... 12

El Secretario. ......................................................................................................................................... 13

CAPÍTULO 3: ÓRGANOS DE GOBIERNO COLEGIADOS Y DE COORDINACIÓN

DOCENTE. ............................................................................................ 14

El Consejo Escolar. ................................................................................................................................. 14

La Comisión Económica del Consejo Escolar. ........................................................................................ 16

La Comisión de Convivencia del Consejo Escolar. ................................................................................. 16

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Claustro de Profesores. ......................................................................................................................... 17

Cauces de coordinación docente. ......................................................................................................... 18

La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP). .................................................................................. 18

El Departamento de Orientación. ......................................................................................................... 19

El Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares. ................................................. 19

Los Departamentos Didácticos y Familias Profesionales. ..................................................................... 19

El Equipo Docente. ................................................................................................................................ 21

La Junta de Evaluación. ......................................................................................................................... 22

CAPÍTULO 4. LOS PROFESORES. .................................................................................. 23

Derechos de los profesores. .................................................................................................................. 23

Funciones y deberes del profesorado. .................................................................................................. 23

Profesores Tutores. ............................................................................................................................... 26

El Tutor de FCT ...................................................................................................................................... 28

Guardias del profesorado en el centro. ................................................................................................ 29

Organización de las guardias en el centro. ........................................................................................... 29

CAPÍTULOS 5. LAS FAMILIAS ....................................................................................... 31

Instrucciones para los padres sobre el uso de la agenda del alumno de ESO ...................................... 31

Asociaciones de Madres y Padres de alumnos ..................................................................................... 31

Información a las familias ..................................................................................................................... 32

CAPÍTULO 6. LOS ALUMNOS ....................................................................................... 33

Cauces de participación de los alumnos. .............................................................................................. 33

Delegado y subdelegado. Delegado Tecnológico.................................................................................. 33

La junta de delegados ........................................................................................................................... 34

Representantes de los alumnos en el Consejo Escolar. ........................................................................ 35

Carné de alumno. .................................................................................................................................. 35

Agenda escolar. ..................................................................................................................................... 35

Atención a los alumnos enfermos. ........................................................................................................ 36

Información a los alumnos. ................................................................................................................... 36

CAPÍTULO 7 NORMAS DE ORGANIZACIÓN ACADÉMICA............................................. 37

Entradas y salidas del centro. ................................................................................................................ 37

Jornada escolar ..................................................................................................................................... 37

La jornada lectiva en el aula. ................................................................................................................. 38

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Tránsito entre dos clases. ...................................................................................................................... 38

Periodos de descanso o recreos. ........................................................................................................... 39

Retraso o ausencia de un profesor ....................................................................................................... 39

Finalización de la jornada lectiva .......................................................................................................... 39

Permanencia en pasillos, patios y otras zonas. ..................................................................................... 39

Puntualidad en las actividades del centro ............................................................................................ 40

Comida y bebida. ................................................................................................................................... 40

Material escolar. ................................................................................................................................... 41

Material no escolar. .............................................................................................................................. 41

Faltas de asistencia a clase. Retrasos .................................................................................................... 41

Justificación de las faltas de asistencia ................................................................................................. 42

Absentismo escolar ............................................................................................................................... 42

Inasistencia a clase. Evaluación continua. ............................................................................................. 42

Convivencia en el centro escolar ........................................................................................................... 44

Actividades complementarias y extraescolares .................................................................................... 45

Prohibición de utilización de teléfonos móviles y similares. ................................................................. 45

Limpieza y mantenimiento de las instalaciones. ................................................................................... 45

Reparación de daños intencionados en las instalaciones/materiales. ................................................. 45

Consumo de alcohol, tabaco u otras drogas. ........................................................................................ 46

Indumentaria. ........................................................................................................................................ 46

CAPÍTULO 8. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES. ...................... 48

Programación de Actividades. ............................................................................................................... 48

Tramitación de las actividades. ............................................................................................................. 48

Criterios a seguir mientras se realiza una actividad. ............................................................................. 49

Normas de comportamiento para los alumnos. ................................................................................... 49

Evaluación de las Actividades................................................................................................................ 49

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CAPÍTULO 1. INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS DEL CENTRO.

Espacios del centro. El I.E.S. Isaac Peral es un centro dotado de amplias y variadas instalaciones. La distribución de los edificios es la siguiente:

Edificio A: Se imparte las enseñanzas de 1º y 2º de E.S.O, y las aulas específicas de Música, Educación Plástica y Audiovisual así como el taller de Tecnología. También se encuentran en este edificio la Sala de Profesores, varios departamentos, entre ellos el de Orientación, la Biblioteca, Administración, Secretaría, Sala de Guardias, Despacho Coordinación Bilingüe, Jefatura de Estudios y Dirección. Las aulas tecnológicas de este edificio son: A11, A16, A17, A21, A22, A27 y A28.

Edificio B: En él se encuentran las aulas de los Ciclos Formativos de grado medio y superior de la familia de Electricidad-Electrónica, las aulas y los talleres del grupo de FPB de Informática y Comunicaciones y el departamento de Electricidad-Electrónica.

Edificio C: Alberga los talleres y aulas para el desarrollo de las enseñanzas del Ciclo Formativo de grado medio de la familia de Transporte y Mantenimiento de vehículos, las aulas y los talleres del grupo FPB especialidad de Operaciones Auxiliares en Mantenimiento de Vehículos y el departamento de la familia profesional.

Edificio D: En él se imparten clases de 1º y 2º de Bachillerato y de los ciclos formativos de la Familia Profesional de T.M.V y un aula interdisciplinar. En este edificio se encuentra también el Salón de Actos donde se desarrollan a lo largo del curso distintos actos académicos.

Edificio E: Alberga las aulas de 3º y 4º curso de E.S.O, así como los laboratorios de Ciencias de la Naturaleza, Física y Química. Hay cuatro aulas tecnológicas: E01, E04, E11 y E14 y los departamentos de Lengua y Literatura, Física y Química y Biología y Geología y el espacio para la convivencia: Hilo de Ariadna

En cuanto a la dotación, en la actualidad el Centro cuenta con 11 Aulas Tecnológicas, así como proyectores y pizarras digitales en la casi todas las aulas.

Norma de uso de los espacios. Todos los miembros de la Comunidad Escolar deben respetar las instalaciones, mobiliario y material. Lo utilizarán responsablemente y colaborarán en la limpieza y orden del Centro.

Toda la comunidad educativa debe velar por la limpieza y embellecimiento del centro. El aula debe presentar un aspecto cuidado, limpio y ordenado, con el objetivo de favorecer la creación de un ambiente agradable para el trabajo y la convivencia.

Aulas. Las Aulas son el espacio destinado a impartir las clases de cada uno de los grupos:

a) En el aula, los alumnos son responsables del cuidado y mantenimiento del mobiliario que contenga quedando obligados a reparar o hacerse cargo del coste económico de su reparación cuando, individual o colectivamente, se causen daños de forma intencionada o negligente. Los alumnos podrán quedarse durante el recreo para subsanar daños en el mobiliario; limpiando pintadas, recogiendo papeles etc… dejando el aula preparada y limpia para la siguiente clase. Para tal efecto se llevará un control de limpieza en cada aula.

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b) Se promoverá la limpieza de aulas a través de diferentes proyectos contemplados en el Plan de Acción Tutorial, para que los alumnos se hagan responsables de la limpieza de las aulas.

c) Todos los profesores, y especialmente el profesor tutor, cuidarán de que las aulas se mantengan en buen estado de limpieza y conservación. En caso de observar desperfectos o averías en un aula, tanto profesores como alumnos deben avisar de los mismos a través de un cuaderno, que se encuentra en conserjería del edificio A, que el profesional de mantenimiento revisará para llevar a cabo las reparaciones necesarias.

d) Los alumnos no permanecerán en las aulas durante los recreos. El profesor que se encuentre en una clase al iniciarse el recreo saldrá el último del aula, se asegurará de que el aula queda vacía y cerrará la puerta con llave.

Aulas específicas. Existe una diversidad de aulas específicas: Música (A02), Educación Plástica y Audiovisual (A20 Y D10), Tecnología (A10), Laboratorios y Talleres de distintas disciplinas. (ver normas en los anexos)

Los Departamentos y Familias Profesionales que hacen uso de aulas específicas deberán reglamentar el uso y cuidado tanto del aula como del material y hacerlo público en algún lugar visible. Además, al comienzo del curso, se deberá informar a los alumnos de las normas de utilización y de las consecuencias que puede acarrear el no cumplirlas; los profesores deberán revisar y actualizar dichas normas, adecuándolas a las nuevas circunstancias de cada curso escolar.

El profesor que utilice estas aulas debe promover, en el seno del departamento correspondiente, la reposición, reparación y modernización del mobiliario o útiles del aula y procurar que el personal de mantenimiento retire el material o mobiliario inservibles para una posible reparación o baja en el inventario que el jefe de departamento debe actualizar cada año.

Aulas tecnológicas. Para el correcto funcionamiento de las aulas tecnológicas es conveniente que los profesores que utilizan dichas aulas tengan un control riguroso del material informático del aula y de los programas que se utilizan durante las clases, sobre todo con el uso de Internet. Para llevar a cabo este control, se deberán seguir las siguientes pautas:

a) Al comienzo del curso, se deberá informar a los alumnos de las normas de utilización de las aulas (normas en el anexo) y de las consecuencias que puede acarrear el no cumplirlas.

b) En las prácticas de Internet, con la ayuda del AB Tutor los profesores deben controlar que los alumnos no entran en páginas ajenas a los objetivos de la actividad educativa.

c) Al comienzo de cada clase el profesor pasará a los alumnos el cuaderno de incidencias en el que los alumnos deben anotar si los equipos se encuentran en buen estado o hay algún desperfecto. En caso de que haya desperfectos el profesor debe enviar en el momento un mensaje haciendo click en la pestaña de incidencias que aparece la página web del instituto. Los alumnos tienen puestos asignados y se harán responsables de ellos.

Instalaciones deportivas. El IES Isaac Peral cuenta con un gimnasio además de pistas deportivas para la práctica de fútbol, baloncesto, balón volea en los diferentes patios, así como una mesa de ping pong.

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Además, las clases de Educación física y Deporte también se imparten en el pabellón deportivo municipal Sonia Abejón que se encuentra frente al instituto.

Será obligatorio el uso de indumentaria deportiva adecuada a la modalidad que se va a realizar, así como el uso del calzado deportivo que corresponda, con arreglo a la superficie de juego.

Biblioteca. Es el lugar donde se encuentran disponibles los libros para su consulta o servicio de préstamo durante los últimos quince minutos del recreo y uso de medios informáticos únicamente para la realización de trabajos y búsqueda de información en Internet.

Los alumnos con asignaturas convalidadas o aprobadas de segundo de bachillerato y de ciclos podrán utilizar este espacio para estudiar durante el horario lectivo de esa materia o asignatura.

La biblioteca permanecerá abierta en el horario en que se determine al comienzo de cada curso académico, en función de la disponibilidad de profesorado. Un profesor o persona responsable vigilará su uso como sala de lectura, estudio o trabajo con los recursos informáticos.

La biblioteca es un lugar de trabajo y estudio por lo que se procurará seguir además de las de carácter general, las siguientes normas de convivencia:

1. Guardar silencio y seguir las indicaciones del responsable de la biblioteca.

2. Devolver los libros utilizados en las salas.

3. No comer ni beber en la sala y dejar limpias las mesas.

Para el servicio de préstamo, los alumnos deberán presentar el carné del instituto. No se permitirá el préstamo a aquellos alumnos que tengan algún libro sin devolver. El periodo normal de préstamos será de 15 días naturales, pudiéndose retirar, como máximo, dos libros a la vez.

Sala de Profesores. Es un lugar de trabajo, estancia y reunión de los profesores del Centro y en ella los profesores tendrán información y documentos de interés general.

Sala de guardias. Es el lugar en el que deben permanecer los profesores de guardia que no entran a ningún aula. A esta aula acuden los alumnos que llegan tarde a primera hora o que han sido expulsados de clase. En la Sala de guardias los profesores tendrán información relativa a horarios del profesorado y grupos de alumnos, y horarios de guardias.

El profesor de guardia debe registrar la entrada en esta sala de los alumnos. A tal efecto existe un cuaderno de registro o de un registro on line a través de una hoja de cálculo.

Cuando el alumno llega a la sala tras una expulsión, el profesor de guardia debe llamar a la familia para informar del hecho, debe dejar constancia de la llamada en el libro de registro de llamadas y debe entregar al alumno el trabajo a realizar de la asignatura a la que haya llegado tarde.

El profesor que expulse a un alumno debe entregarle la tarea que debe realizar. Si el alumno no realiza los ejercicios propuestos por el profesor será sancionado.

Durante el recreo la Sala de guardias se usará exclusivamente para los alumnos que han llegado injustificadamente tarde al centro, donde permanecerán trabajando realizando las tareas que se le encomienden en silencio y supervisados, en todo momento, por un profesor de guardia que tomará

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nota de los alumnos según la hora en la que van llegando. Estos alumnos tienen derecho a cinco minutos para comer bocadillo o ir al baño.

Salón de Actos. El uso del Salón de Actos por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa vendrá regulado por la Dirección del Centro, en Jefatura de estudios. Como tal espacio, se utilizará manteniendo un especial cuidado en su orden, limpieza y mantenimiento.

El cuadrante para reservar el salón de actos se encuentra en Jefatura de estudios.

El uso del Salón de Actos por personas ajenas a la comunidad educativa deberá ser autorizado por la Dirección del Centro, además de hacerse cargo de la limpieza del Salón y de sus servicios, haciéndose responsables los solicitantes de los incidentes y de los desperfectos que pudieran tener lugar durante el acto o como consecuencia inmediata del mismo.

Sala de atención a las familias. En el edificio A disponemos dos salas una de ellas compartida con el AMPA para que los profesores puedan atender a las familias en el marco de las actividades de tutoría.

Aula multidisciplinar. En el edificio A el aula A01 se usa durante los recreos para que los alumnos se puedan reunir a realizar trabajos en grupo, jugar al ajedrez y otros juegos de mesa. Habrá un profesor de guardia encargado del orden. Los alumnos son responsables de dejar limpia y recogida el aula una vez finalice el recreo.

Recursos Informáticos. Dado que el centro se encuentra dentro del Proyecto de Innovación Tecnológica, todas las aulas se encuentran equipadas con pizarra digital y ordenador para el profesor. Además, hay once aulas tecnológicas que cuentan con 30 puestos de ordenador. Asimismo, hay ordenadores en todos los espacios comunes: sala de profesores, departamentos, sala de guardias y biblioteca.

Material didáctico de los departamentos. Los Departamentos podrán adquirir, los materiales que consideren más apropiados para desarrollar la actividad docente. Los acuerdos sobre adquisición de materiales se realizarán en reunión de Departamento con el mayor consenso posible.

La custodia y mantenimiento del material de los Departamentos es responsabilidad del Jefe del Departamento que controlará su uso y hará un inventario a comienzo de curso

A principios del curso, los Departamentos evaluarán sus previsiones de gasto en material inventariable, a fin de confeccionar el Presupuesto del Centro en este apartado. Para adquirir este tipo de material, el Jefe de Departamento lo comunicará al Consejo Escolar, a través del Secretario.

Con independencia del inventario que cada Departamento mantenga de sus recursos, el material inventariable deberá ser registrado en el Inventario del Centro por parte del Secretario.

Cafetería. (Actualmente cerrada) La cafetería es un servicio que está a disposición de todos los miembros de la Comunidad educativa y de cuantas personas acudan al Centro para realizar gestiones relacionadas con el mismo.

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El horario de servicio coincidirá con el horario escolar, el cual se podrá ampliar en función de las necesidades del personal del Centro: celebración de claustros, juntas de evaluación, cursos de formación. Los alumnos podrán usar la cafetería exclusivamente durante los recreos, antes de empezar la primera sesión lectiva y al finalizar la última. El uso o la permanencia en la cafetería fuera de este horario será sancionado.

Queda prohibida la instalación de cualquier máquina recreativa y el desarrollo de juegos de azar en la cafetería.

La Dirección del Centro, a propia iniciativa o del Consejo Escolar, promocionará que no se vendan productos que puedan perjudicar la salud. Actualmente está prohibido la venta de chicles. El Equipo Directivo promoverá la venta de fruta y de otros alimentos saludables

Reprografía. Hay un servicio de reprografía para la realización de fotocopias. En cumplimiento de la legalidad vigente, queda prohibida la reproducción en todo o en parte de libros o textos sujetos a derechos de autor.

Servicios de alumnos Los servicios de alumnos están señalizados según sean para chicos o para chicas y se distribuyen por las distintas plantas y espacios del centro.

Se hará un uso correcto de los mismos. Los servicios estarán abiertos durante los recreos y en los cambios de clase. Durante el periodo lectivo, en caso de urgencia quedará a criterio de cada profesor permitir su uso.

Conserjería Es el espacio desde donde realizan sus funciones los auxiliares de control. El acceso al mismo está prohibido para alumnos, padres y toda persona ajena al centro.

Página Web La página Web del instituto tiene como finalidad informar a la comunidad educativa sobre los diversos aspectos de interés para dicha comunidad: estudiantes, padres, profesores y trabajadores del Centro.

La parte de contenidos estática, que variará muy poco, como la oferta formativa, será definida por todos y publicada por el Webmaster. Otra parte de los contenidos se actualiza de forma continua, por medio de formularios de la propia página Web. La actualización de esta zona dinámica, sometida en principio a cambios más frecuentes, será responsabilidad del Equipo directivo a quien le corresponde actualizar la información referente a todos aquellos aspectos que afecten a todo el Centro. Para la actualización se tendrán en cuenta todas las propuestas de los diferentes departamentos didácticos.

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CAPÍTULO 2: ÓRGANOS DE GOBIERNO UNIPERSONALES. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013 para la Mejora de la Calidad Educativa en su título V sobre participación, autonomía y gobierno de los centros, en su capítulo IV, regula la Dirección de los centros públicos.

Los Órganos Unipersonales son aquellos cuyo titular es una sola persona miembro del Equipo Directivo. Estos son:

El Director.

El Jefe de Estudios.

Los Jefes de Estudios Adjuntos.

El Secretario.

El Equipo Directivo. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno del IES Isaac Peral está constituido por: Director, Jefe de Estudios, Secretario, y Jefes de Estudios Adjuntos para ESO, Bachillerato y Formación Profesional. Aunque las funciones individuales de todas estas personas vienen detalladas por la legislación vigente, ello no debe impedir su funcionamiento como equipo. El Equipo Directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de las funciones conforme a las instrucciones del Director.

El Equipo Directivo es el grupo que trabaja como dinamizador y coordinador de toda la actividad del Instituto para lo cual deberá tener reuniones periódicas entre sus miembros y cuantas sean necesarias con los distintos órganos para el buen funcionamiento del Centro. Decidirá su régimen de funcionamiento, así como la forma en que se tomarán los acuerdos en su seno.

Funciones asignadas:

a) Velar por el buen funcionamiento del centro. b) Estudiar y presentar a la Comisión de Coordinación Pedagógica, Claustro y Consejo

Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del centro.

c) Proponer a la Comunidad Educativa actuaciones que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y mejoren la convivencia en el centro.

d) Establecer los criterios para la elaboración del proyecto de presupuesto y elaborar la propuesta del Proyecto Educativo del Centro, la Programación General Anual y la memoria final del curso.

e) Aquellas otras funciones que delegue en él el Consejo Escolar en el ámbito de su competencia.

Los miembros de la comunidad educativa podrán solicitar al Equipo Directivo, individualmente o a través de sus representantes, las actuaciones que se crean necesarias para una mejora del funcionamiento del Centro.

El Director. El Director es el representante de la Administración en el Centro y tiene que garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. Corresponde a la Dirección dedicar el tiempo necesario a poner los medios para crear un ambiente educativo adecuado, favorecer las relaciones humanas y apoyar el trabajo del profesorado.

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Es el Director quien ejerce la jefatura de todo el personal adscrito al Centro y es él el que debe

facilitar la tarea de los profesores y personal de administración y servicios. Son funciones del

Director, además de las señaladas por la Legislación, las que se derivan del decreto 32/2019.

a) Intervenir directamente en la solución de los conflictos derivados de las relaciones laborales, pedagógicas y humanas en general, que se establecen entre las personas que componemos la Comunidad Educativa.

b) Gestionar la búsqueda de los apoyos necesarios para el mejor desenvolvimiento de las funciones de quienes componemos nuestra Comunidad Educativa.

c) Crear y mantener cauces de comunicación abiertos entre todos los sectores que componen la Comunidad Educativa. Impulsar la colaboración con las familias, con Instituciones Locales y con organismos que faciliten la relación del Centro con el entorno.

d) Fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el trabajo.

e) Potenciar el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.

El Jefe de Estudios. El Jefe de Estudios es el responsable de la coordinación y seguimiento de las actividades de carácter académico. Este cargo será desempeñado por el profesor nombrado de acuerdo con la ley. Son funciones de la Jefatura de Estudios, además de las señaladas por la Legislación, las que se derivan del decreto 32/2019

a) Colaborar con la Dirección en el cumplimiento de las funciones del Equipo Directivo. En caso de ausencia o enfermedad del Director, será éste quien le sustituya en sus funciones.

b) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico. El control de asistencia y cumplimiento del horario del profesorado. Para ello contará con la colaboración de los Jefes de Estudios Adjuntos y de los Profesores de Guardia.

c) Coordinar las tareas de la Comisión de Coordinación Pedagógica y las actividades de enseñanza-aprendizaje de la Comunidad Educativa.

d) Asegurarse de que las faltas de asistencia del profesorado perjudiquen lo menos posible al normal desarrollo de las actividades del Centro, mediante la planificación y organización de las guardias del profesorado.

Las Jefaturas de Estudios Adjuntas. En nuestro Centro y dadas las características de número de unidades y complejidad de la oferta educativa, la Jefatura de Estudios tiene varias Jefaturas adjuntas ajustadas al número de grupos según la legislación vigente. Sus funciones serán las que en ellos delegue el Jefe de Estudios, siéndole asignadas éstas por el Director:

a) Colaborar con la Dirección y, de modo muy especial, con la Jefatura de Estudios en el desarrollo de sus funciones.

b) El Jefe de Estudios Adjunto más antiguo suplirá al Jefe de Estudios y el más joven al Secretario, en caso de ausencia de estos.

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c) El Jefe de Estudios Adjunto de Formación Profesional coordina y gestiona la FCT para los ciclos formativos que se imparten en el centro.

El Secretario. Este cargo es fundamental para agilizar los procesos económicos y administrativos del centro tales como: compras, contrataciones, matrícula, certificaciones, informaciones de las novedades normativas interesantes para el desarrollo de la vida escolar o la formación permanente del profesorado.

Sus funciones y competencias se describen en el Reglamento Orgánico por el que se rige el centro. Destacan las siguientes:

a) Colaborar con la Dirección en el desarrollo de sus funciones.

b) Ejercer, por delegación del Director, la jefatura del personal de administración y servicios adscritos al instituto y velar por el cumplimiento de la jornada y las tareas establecidas. Levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos adoptados con el visto bueno de la persona titular de la dirección. Custodiar las actas, libros, archivos del centro docente y los documentos oficiales de evaluación, así como expedir, con el visto bueno de la persona titular de la dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas. Asimismo, cotejar y compulsar documentos administrativos, conforme a la normativa vigente.

c) Realizar el inventario general del instituto y mantenerlo actualizado y custodiar y coordinar la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.

d) Ordenar el régimen económico y administrativo del Instituto, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

e) Velar por el mantenimiento del material del Instituto en todos sus aspectos y coordinar la utilización y aprovechamiento de los recursos comunes.

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CAPÍTULO 3: ÓRGANOS DE GOBIERNO COLEGIADOS Y DE COORDINACIÓN

DOCENTE. Las competencias de cada uno de estos órganos están reguladas por La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013 para la Mejora de la Calidad Educativa. En su título V sobre participación, autonomía y gobierno de los centros, en su capítulo III sobre órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos.

Los órganos colegiados de gobierno del centro son:

El Consejo Escolar.

El Claustro de Profesores.

El Consejo Escolar.

Es el órgano máximo de participación y control en nuestra Comunidad Educativa. Según lo previsto por la Legislación, estará compuesto por los siguientes miembros: El Director del Centro, que será su Presidente, el Jefe de Estudios, siete profesores, elegidos por el Claustro, tres representantes de los padres de alumnos, cuatro representantes de alumnos, un representante del Personal de Administración y Servicios del Centro, un concejal o representante del Ayuntamiento, un representante de los empresarios y el Secretario del Centro, que actuará como secretario del Consejo con voz y sin voto.

En ningún caso podrá ser elegido un alumno que haya sido objeto de sanción por conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro durante el curso en que tenga lugar la celebración de las elecciones.

Normas de funcionamiento:

a) El orden del día será fijado por el Presidente teniendo en cuenta, en su caso, la petición de cualquiera de los miembros formulada con suficiente antelación.

b) El Consejo Escolar se reunirá, al menos una vez cada uno de los trimestres. Podrá ser convocado por la persona que ostente la Dirección, a iniciativa propia, o cuando lo soliciten, al menos, cuatro de sus componentes.

c) Las reuniones del Consejo Escolar se celebrarán en el día y con el horario que faciliten la asistencia de todos sus miembros. En la primera sesión de cada curso académico se fijará el día y la hora en que se realizarán todas las sesiones ordinarias.

d) En las reuniones ordinarias, el secretario enviará a los miembros del consejo escolar la convocatoria conteniendo el orden del día de la reunión y la documentación que vaya a ser objeto de debate y, en su caso, aprobación, de forma que éstos puedan recibirla con una antelación mínima de una semana.

e) Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de 48 horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

f) No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure en el orden del día, salvo que estén de acuerdo todos los presentes y sea declarado urgente el asunto a tratar.

g) El quórum requerido para la constitución del Consejo Escolar será: Presidente, Secretario y la mitad, al menos, del resto de los Consejeros. En caso de no alcanzarse el

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quórum, se constituirá en segunda convocatoria, media hora después de la primera convocatoria, con los Consejeros presentes.

h) Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple de votos. Las votaciones se realizarán a mano alzada excepto en aquellas cuestiones en que están implicadas personas, que se realizará mediante procedimiento secreto e igualmente cuando así lo solicite algún consejero.

El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:

a) Evaluar los proyectos y las normas referidas a la autonomía de los centros y evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

b) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

c) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley d) Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros

del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Al Consejo Escolar, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 127 de la LOE, le corresponden

las siguientes funciones relacionadas con la convivencia:

a) Realizar un informe anual del seguimiento y evaluación del plan de convivencia del centro.

b) Garantizar la participación de todos los sectores de la comunidad educativa en la elaboración del plan de convivencia.

c) Elegir a las personas integrantes de la comisión de convivencia.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 16

d) Garantizar que las normas de convivencia establecidas se adecuen a la realidad del centro.

e) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, cuando el alumno es menor, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

f) Velar por el correcto ejercicio de los derechos y cumplimiento de deberes de los alumnos.

g) Establecer directrices para la elaboración del plan de convivencia y de las normas de convivencia del centro.

h) Proponer actuaciones de mejora de la convivencia para todos los sectores de la comunidad educativa, especialmente las relacionadas con la resolución de conflictos y la igualdad entre hombres y mujeres.

i) Designar a una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

j) Informar las normas y los planes de convivencia y sus modificaciones previstas en los artículos 12.4 y 13.1 del Decreto 32/2019.

La Comisión Económica del Consejo Escolar. La Comisión Económica es el órgano de información al Consejo Escolar sobre cuantas materias de índole económica se le encomiende. Está integrada por el Director, el Secretario, un Profesor y un Padre. Todos ellos serán miembros del Consejo Escolar del Centro.

La Comisión de Convivencia del Consejo Escolar. El Consejo Escolar del centro constituirá la Comisión de Convivencia, cuyos componentes se elegirán de entre sus miembros, por los sectores del mismo.

Formarán parte de la Comisión de convivencia el Director, el Jefe de Estudios, un profesor, un padre de alumno, un alumno y el representante del personal de administración y servicio. Podrá actuar presidida por el Jefe de Estudios por delegación al efecto del Director del centro.

Las competencias de la Comisión son las siguientes:

a) Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el respeto, la tolerancia, el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes, la igualdad entre hombres y mujeres, así como proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro la prevención y lucha contra el acoso escolar y la LGTBIfobia.

b) Proponer el contenido de las medidas a incluir en el plan de convivencia del centro. c) Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la

observancia de las normas de convivencia. d) Evaluar periódicamente la situación de la convivencia en el centro y los resultados de

aplicación de las normas de convivencia. e) Informar de sus actuaciones al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro,

así como de los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas. f) Elaborar el plan de convivencia y las normas de convivencia, así como sus

modificaciones. g) Participar en las actuaciones de planificación, coordinación y evaluación del plan de

convivencia.

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h) Velarporquelasnormasdeconvivenciadeaulaesténenconsonanciaconlasestablecidas con carácter general para todo el centro.

Claustro de Profesores. El Claustro del profesorado es el órgano máximo para el debate y la toma de decisiones sobre todos los aspectos pedagógicos del centro. Es el órgano propio de participación de los profesores en el control y gestión del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos docentes del centro.

El Claustro será presidido por el Director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

El Claustro se reunirá una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. Además, se realizará una sesión de claustro a principio de curso y otra al finalizar este.

Sus competencias, establecidas en la LOMCE y reglamentos que la desarrollan, son las siguientes:

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

Al Claustro de profesores, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 129 de la LOE, le corresponden las siguientes funciones relacionadas con la convivencia:

a) Realizar propuestas para la elaboración del plan de convivencia y de las normas de convivencia del centro.

b) Participar en la evaluación anual de la convivencia en el centro, incidiendo especialmente en el desarrollo del plan de convivencia.

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Cauces de coordinación docente. La coordinación docente se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en RD 83/96 a través de Comisión de coordinación pedagógica.

Departamento de orientación.

Departamentos didácticos y departamentos de familias profesionales.

Departamento de actividades complementarias y extraescolares.

Tutores y Juntas de Profesores de grupo.

En el Instituto existen Departamentos Didácticos y Familias Profesionales, que se encargan de la organización y desarrollo de las enseñanzas propias de las asignaturas o módulos que se les encomiende.

Es competencia de la Jefatura de Estudios coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores y alumnos, coordinar las actividades de los Departamentos, Familias Profesionales y de los tutores, con la colaboración, en su caso, del Departamento de Orientación, y organizar los actos académicos.

Cualquier modificación de la normalidad académica por razón de actividades complementarias, extraescolares, pruebas o exámenes debe contar con la aprobación de Jefatura de Estudios para su coordinación con el resto de las actividades del Instituto.

La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP). La Comisión de Coordinación Pedagógica está formada por todos los Jefes de Departamentos didácticos y Familias profesionales, el coordinador TIC, el Director y el Jefe de Estudios, la Coordinadora del Bilingüismo y el jefe del departamento de extraescolares. Se reúne como mínimo una vez al mes y entre sus principales funciones están:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas de los Departamentos y Familias profesionales.

b) Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias.

c) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo e impulsar planes de mejora.

La CCP es la responsable de la realización y seguimiento del Proyecto Educativo y de las Programaciones. Constituye el órgano de coordinación entre todos los Departamentos con el fin de aunar esfuerzos pedagógicos en una misma dirección.

Criterios de procedimiento para el funcionamiento de la Comisión de Coordinación Pedagógica del I.E.S. Isaac Peral:

a) Al principio de cada curso, durante la primera reunión de la CCP, Jefatura de Estudios propondrá un calendario de trabajo para todo el curso académico.

b) Cada miembro de la CCP deberá tener previsto un sustituto, miembro de su Departamento o Familia profesional, para que asista en su lugar, siempre que la ausencia del titular esté justificada. El sustituto asistirá con voz y voto.

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c) Se facilitarán a los Departamentos y Familias profesionales la documentación que se adjunte.

d) Los Departamentos que deseen incluir propuestas en el orden del día de las reuniones de CCP podrán hacerlo con una semana de antelación a la celebración de las reuniones ordinarias o con dos días de antelación.

e) Las propuestas aprobadas por la comisión tendrán validez hasta que se revisen, según lo previsto en las disposiciones vigentes, o cuando circunstancias extraordinarias, acordadas por la CCP, motiven su revisión.

El Departamento de Orientación. Sus funciones, así como las del Jefe del Departamento, están definidas en el Reglamento Orgánico de los IES y en las instrucciones que regulan su organización y funcionamiento.

Los miembros de la comunidad educativa podrán aportar todas aquellas sugerencias que estimen oportunas y participar en actividades dependientes del Departamento de Orientación.

El Equipo Directivo facilitará al Jefe del Departamento aquellos recursos humanos y materiales, que estén a su disposición, para la realización de las actuaciones del departamento. Entre las que se destacan:

a) Coordinar la orientación educativa, psicopedagógica y profesional de los alumnos, velando para que la acción tutorial sea efectiva.

b) Colaborar en la prevención y detección de problemas de aprendizaje y en la elaboración de las propuestas de diversificación para los alumnos con necesidades educativas.

c) Realizar la evaluación psicológica y pedagógica previa, participar en la elaboración del consejo orientador, coordinar la orientación laboral y profesional y asesorar a la Comisión de Coordinación Pedagógica, en el ámbito de su competencia.

El Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares. El jefe de departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares, además de las funciones que les son propias por su jefatura, deberá:

a) Promover y coordinar las actividades complementarias y extraescolares en colaboración con la comunidad educativa.

b) Distribuir los recursos económicos destinados a dichas actividades.

c) Confeccionar un calendario de actividades extraescolares al principio de curso con el fin de que afecten lo menos posible al normal desarrollo de las actividades del centro.

d) Para su desarrollo coherente se seguirán las pautas establecidas en el Protocolo para Actividades Complementarias y Extraescolares.

Los Departamentos Didácticos y Familias Profesionales. Los Departamentos Didácticos y Familias Profesionales son los equipos de trabajo en los que se organiza el profesorado para desarrollar su actividad docente, evaluarla y realizar las modificaciones pertinentes. Están formados por cuantas personas imparten la docencia de las áreas adscritas al Departamento o Familia Profesional.

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Los Departamentos estudiarán todos aquellos asuntos que le sean trasladados, a través del Jefe del Departamento, por la Comisión de Coordinación Pedagógica. El Jefe del Departamento remitirá a esta las conclusiones y acuerdos adoptados en sus reuniones.

Los Departamentos homogeneizarán sus actividades didácticas: objetivos, pruebas globales, actividades extraescolares, así como criterios de evaluación, también se responsabilizarán de las adaptaciones curriculares con la ayuda del Departamento de Orientación.

Los Departamentos deben promover la formación permanente de los profesores en el ámbito de sus posibilidades: constituir grupos de trabajo, elaborar proyectos de investigación, comentar novedades bibliográficas, intercambiar experiencias y trabajos entre los profesores del departamento y colaborar con las universidades e instituciones de investigación.

a) Organización interna de los departamentos (RD83/96)

La periodicidad de las reuniones será semanal para el control de actividad lectiva cotidiana, según el horario de reuniones que establezca Jefatura de Estudios. Se levantará acta de todas las reuniones. Al menos una vez al mes se realizará un seguimiento de la programación de los diferentes cursos, y si es posible se realizará un análisis de los resultados. Se propondrán medidas correctoras o planes de mejora que el departamento considere oportunas. Esta información se enviará a Jefatura de estudios trimestralmente.

Las reuniones serán convocadas y dirigidas por quien ostenta la Jefatura que es también quien redacta el informe mensual indicado en el punto anterior. Pueden reunirse también a instancias de, al menos, el 25% de sus miembros.

En cada departamento existirá un libro de actas de sus reuniones y dispondrá de un libro de inventario de los que será responsable el Jefe del Departamento.

En caso de baja por enfermedad de algún miembro del departamento, este deberá proporcionar la documentación necesaria para uso de su sustituto o para los exámenes y evaluaciones.

b) Funciones del Jefe de Departamento o Familia Profesional

Son funciones de la Jefatura de Departamento o Familia Profesional, además de las que las normas establecen, las siguientes:

i) Proponer el plan de trabajo anual del departamento, velar por su cumplimiento, y valorar su desarrollo.

ii) Coordinación entre las diversas asignaturas de su departamento y de las actividades docentes de los profesores que imparten una misma asignatura a diferentes grupos.

iii) Control y mantenimiento del material, recursos, instalaciones, material audiovisual del departamento y aulas-materia adscritas.

iv) Redactar presupuestos, efectuar compras, únicamente materiales fungibles y controlar los gastos del departamento.

v) Promover la colaboración, la participación y la asunción de responsabilidades del profesorado del departamento en las tareas del mismo.

c) A principio de curso, el Jefe del Departamento dará publicidad, a través de sus profesores en cada uno de los cursos en que imparten clases, y en el aula virtual de la página web de los siguientes aspectos:

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i) Los bloques de contenidos que se van a impartir durante el curso.

ii) Los contenidos mínimos que se exigen para aprobar la materia o módulo.

iii) Los criterios de evaluación y calificación, tanto en periodo ordinario como extraordinario, aprobados en la programación del departamento.

iv) El número de faltas de asistencia por área y materia que originan la pérdida de la evaluación continua e informará también de los sistemas extraordinarios de evaluación previstos para estos alumnos.

v) El plan de actividades y la evaluación de los alumnos con materias o módulos pendientes.

d) Funciones del profesorado respecto al Departamento o Familia Profesional

El profesorado requiere, para una mejor eficiencia docente, realizar tareas de organización, coordinación didáctica, renovación metodológica e innovación. Estas tareas se realizan en el seno de los departamentos y equipos docentes a los que pertenece.

Son funciones del Profesorado con respecto a su asignatura o módulos:

i) Colaborar en las tareas de programación, coordinación, evaluación e innovación didáctica que se lleven a cabo en el departamento.

ii) Colaborar con los equipos docentes a los que pertenezca en orden a lograr los objetivos comunes que para cada grupo se planteen.

iii) Colaborar con el Jefe del departamento en la elaboración, seguimiento, valoración y renovación de los desarrollos curriculares asignados al departamento.

iv) Participar en las tareas de gestión y organización de su departamento, así como en la gestión de los materiales y recursos didácticos.

v) Elaborar ACIs con ayuda del Departamento de Orientación.

El Equipo Docente. El equipo docente es el órgano de coordinación docente de un grupo/clase. Está compuesto por todos los profesores del grupo y el tutor, que actuará como coordinador asistido, en caso necesario, por el Jefe de Estudios y/o el Orientador.

Sus funciones como equipo son:

a) Llevar a cabo la evaluación y el seguimiento global de los alumnos del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje, en los términos establecidos por la legislación específica sobre evaluación.

b) Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo las medidas adecuadas para resolverlos.

c) Procurar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan a los alumnos del grupo.

d) Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a las familias de cada uno de los alumnos del grupo.

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Los equipos docentes se reunirán al menos una vez por trimestre para cumplir las tareas de evaluación y las que sean necesarias para coordinar su intervención, determinar las personas del grupo que presentan dificultades en las diversas áreas y estudiar las medidas de orientación y apoyo que sea preciso establecer.

En los grupos con alumnado que presente necesidades educativas especiales, el Departamento de Orientación organizará, en las fechas más cercanas posibles a las de comienzo del curso, una sesión del Equipo Docente para informar de las características de este alumnado y los planes inicialmente establecidos con él.

La Junta de Evaluación. La Junta de Evaluación es el cauce de participación conjunta de profesores para valorar la marcha de un grupo durante un período determinado.

La Junta de Evaluación se reunirá al menos una vez al trimestre presidida por el Tutor y a ella asistirán los profesores del grupo, un miembro del Departamento de Orientación y/ equipo directivo, el delegado y/o el subdelegado: estos dos últimos sólo en el momento de la sesión durante el que se traten aspectos de carácter general sobre el grupo.

Sus funciones son:

a) Evaluar la marcha del grupo y los casos individuales, llegar a acuerdos y proponer soluciones.

b) Poner en común criterios de evaluación y recuperación. Atender y, en lo posible, anticiparse a las dificultades más generales de aprendizaje de los alumnos, así como a sus necesidades específicas, para tomar las medidas oportunas.

c) Recoger información del grupo y prever los problemas. Tomar decisiones de intervención referentes a cuestiones educativas o disciplinarias para los alumnos del grupo de modo individual o colectivamente.

d) Decidir sobre la promoción de un alumno al finalizar el curso y sobre la titulación al finalizar la etapa o el ciclo.

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CAPÍTULO 4. LOS PROFESORES.

Derechos de los profesores. El profesorado del centro, en su condición de funcionario, tiene los derechos individuales y colectivos previstos en la legislación básica de la función pública.

Asimismo, y en el desempeño de su actividad docente tiene, además, los siguientes derechos individuales:

Derecho de los profesores a realizar su trabajo.

Este derecho debe garantizar al profesorado a ejercer su actividad docente en las debidas condiciones de seguridad e higiene y a que los órganos gestores del Centro le proporcionen el material y los medios que considere necesarios para su labor pedagógica, dentro de las posibilidades existentes.

Todos los profesores de un área tienen el derecho de participar en el diseño y la redacción de las programaciones didácticas y, si fuese necesaria, en su modificación.

Los profesores concretarán en clase la opción pedagógica que consideren más correcta, ateniéndose a la programación y directrices del departamento y lo establecido en el currículo oficial.

Derecho de los profesores a ejercer su autoridad.

Los profesores tienen derecho a ser respetados por toda de la comunidad educativa y a desarrollar su tarea en unas condiciones de trabajo dignas, esto es, que las clases transcurran con orden, atención y participación. Si no se cumplen estas condiciones deberá amonestar a los alumnos, tanto dentro como fuera del aula, por su comportamiento en relación con la actitud, higiene, deterioro del material o cualquier otro motivo que se considere reprochable.

Derecho a la formación

Todos los profesores tienen derecho a participar en cursos y actividades que contribuyan a su formación permanente.

Derecho a la información.

Los profesores tienen derecho a recibir información del Centro respecto a sus funciones educativas, administrativas o laborales, a la legislación vigente sobre las mismas: concursos, cursos de formación, etc.

Derecho a la participación.

Los profesores tienen el derecho a expresar sus opiniones sobre aspectos referidos a la organización y actividades del centro en el seno de los órganos de representación y participación del centro. En el caso de órganos colegiados donde la representación de profesores no sea general los miembros presentes en ellos están obligados a transmitir las opiniones de éstos, tanto cuando son individuales como cuando lo son de grupo

Funciones y deberes del profesorado. Las funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes:

a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.

b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.

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c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.

e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.

f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro y fuera del recinto educativo, programadas por los centros.

g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

j) La participación en la actividad general del centro. k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones

educativas o los propios centros. l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de

enseñanza correspondiente. m) Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el

principio de colaboración y trabajo en equipo.

Funciones y deberes del profesorado relativos a la convivencia.

El profesor, como educador, debe propiciar un clima de diálogo, confianza y comunicación entre todos los miembros de la Comunidad Educativa que facilite una convivencia agradable y un trabajo eficaz.

El profesor debe respetar las normas básicas de organización y convivencia del centro desde una perspectiva de ejemplaridad respecto a los alumnos y restantes miembros de la Comunidad Educativa y colaborar con el Jefe de Estudios en el mantenimiento y mejora de la convivencia y de la disciplina académica del Centro comunicando incidencias, sugerencias o propuestas de mejora.

Derechos del profesorado

Al profesorado, dentro del marco legal establecido y en el ámbito de su función docente, se le reconocen los siguientes derechos:

a) Al respeto y consideración hacia su persona por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

b) A desarrollar su función docente en un ambiente educativo de orden, disciplina y respeto a sus derechos en el que se garantice y preserve su integridad física, moral y profesional.

c) A la libertad de cátedra, en consonancia con el marco constitucional.

d) A participar y recibir la ayuda necesaria para la mejora de la convivencia escolar, con la colaboración de la comunidad educativa.

e) A participar en la elaboración del plan de convivencia del centro y hacer propuestas para mejorarlo.

f) A comunicarse con los padres o tutores del alumnado menor de edad en el proceso de seguimiento escolar de estos ante cuestiones vinculadas con la convivencia escolar.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 25

g) A recibir la colaboración necesaria por parte de los padres, o tutores del alumnado para poder proporcionar un clima adecuado de convivencia escolar y facilitar una educación integral al alumnado.

h) A la protección y asistencia jurídica adecuada a sus funciones docentes, así como la cobertura de su responsabilidad civil, en el caso de los profesores de los centros públicos y, en relación con los hechos que se deriven de su ejercicio profesional y de las funciones que realicen dentro o fuera del recinto escolar, de acuerdo con la normativa vigente.

i) A acceder a la formación necesaria en materia de atención a la diversidad, convivencia escolar, gestión de grupos, acoso y ciberacoso escolar, así como a recibir los estímulos y herramientas más adecuados para promover la implicación del profesorado en actividades y experiencias pedagógicas de innovación educativa relacionadas con la convivencia escolar y la resolución de conflictos.

j) A participar en la vida y actividades del centro y en la organización, funcionamiento y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes educativas vigentes.

k) A informar y ser informado en todo lo relativo a los aspectos educativos, administrativos, legales y profesionales en general que afectan al ejercicio de sus funciones.

l) A poder ejercer el derecho de reunión, que se facilitará de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes.

Deberes del profesorado en el ámbito de la convivencia escolar

Son deberes del profesorado en el ámbito de la convivencia escolar los siguientes:

a) Respetar y hacer respetar las normas de convivencia escolar, la libertad de conciencia y las convicciones religiosas, ideológicas, políticas y morales, así como la integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

b) Cumplir los acuerdos y normas aprobados por el Claustro de profesores y/o Consejo Escolar del centro en materia de participación educativa y convivencia escolar, en el marco de la legislación vigente.

c) Proporcionar al alumnado una enseñanza de calidad, igualdad y equidad, respetando su diversidad y fomentando un buen clima de participación y convivencia que permita el buen desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.

d) Aplicar las normas de convivencia del centro de forma rápida, proporcionada y eficaz, para mantener un ambiente adecuado de estudio y aprendizaje durante las clases, así como en las actividades complementarias y extraescolares, tanto dentro como fuera del recinto escolar.

e) Informar a los padres o tutores del alumnado sobre el progreso del aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos o tutelados.

f) Colaborar en la prevención, detección, intervención y resolución de las conductas contrarias a la convivencia y gestionar la disciplina y el orden, tomando las medidas correctoras educativas que correspondan en virtud de este decreto y de conformidad con las normas de convivencia del centro.

g) Poner en conocimiento del tutor del alumnado, de los miembros del equipo directivo y de los padres o tutores, cuando corresponda, los incidentes relevantes en el ámbito de la

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convivencia escolar para que se puedan tomar las medidas oportunas, guardando reserva, confidencialidad y sigilo profesional sobre la información y circunstancias personales y familiares del alumnado, conforme a la normativa vigente, y sin perjuicio de prestar a sus alumnos la atención inmediata que precisen.

h) Poner en conocimiento del equipo directivo aquellas situaciones de violencia infantil, juvenil o de género que presenten indicios de violencia contra niños y niñas o mujeres, de conformidad con la normativa vigente.

i) Controlar las faltas de asistencia y los retrasos de los alumnos e informar a los padres o tutores, cuando el alumno es menor, según el procedimiento que se establezca en las normas de convivencia del centro.

j) Velar por la igualdad de oportunidades de todos los alumnos y en especial del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

k) Actualizarse en su formación sobre atención a la diversidad, convivencia escolar y gestión de grupos, así como promover actividades y experiencias pedagógicas de innovación educativa relacionadas con la convivencia escolar.

l) La tutoría de los alumnos, la dirección y orientación en su aprendizaje, así como el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con los padres o tutores.

m) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.

n) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.

ñ) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.

o) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

p) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas y la colaboración y trabajo en equipo con los compañeros.

q) Hacer públicos al comienzo del curso los contenidos, procedimientos, instrumentos y criterios de evaluación y calificación de las diferentes asignaturas

Profesores Tutores. La tutoría y orientación de los alumnos forma parte de la función docente, en el Instituto habrá un Tutor por cada grupo de alumnos. El profesor tutor será designado por el Director.

El profesor tutor es el encargado de coordinar a los profesores que imparten clase a un mismo grupo y de tutelar a los alumnos en su estancia en el Instituto. Ayudará a canalizar y resolver los problemas de adaptación al centro y de enseñanza-aprendizaje que puedan surgir, a lo largo del curso académico.

Los profesores tutores tendrán las siguientes funciones, además de las contempladas en el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria:

a) Funciones relativas a los alumnos de sus tutorías:

i) Organizar y presidir las sesiones de Evaluación de su grupo, y cumplimentar la documentación correspondiente.

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ii) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del instituto, ayudándoles a superar sus problemas y dificultades.

iii) Velar por el control de asistencia del alumnado. Hacerse cargo de las amonestaciones disciplinarias recibidas por los alumnos de su tutoría, controlarlas, tomar las primeras medidas para evitar su reiteración y, en caso de reincidencia, dar cuenta a Jefatura para tomar las medidas oportunas.

iv) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales en colaboración con el departamento de Orientación. Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos del grupo de todo aquello que les concierna, en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.

v) Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos, y mediar, en colaboración con el delegado del grupo, ante el resto de los profesores en los problemas que se planteen.

vi) Informarse de la asistencia a clase de sus alumnos y contactar con los padres si las faltas de asistencia no están justificadas, y poner en conocimiento de la jefatura de estudios aquellos casos que se consideren de cierta gravedad o importancia.

vii) Conocer y motivar individualmente a sus alumnos en todo lo concerniente a su progreso educativo. Realizar entrevistas con los alumnos en el horario complementario del profesor.

viii) Informar a los alumnos sobre los aspectos organizativos del Centro y, al principio de curso, dar a conocer el RRI. Informar a los alumnos de las funciones del delegado y del proceso de elección.

ix) Preparar la participación de los alumnos en la Junta de Evaluación e informarles de las propuestas y acuerdos. Recibir sugerencias o quejas de los alumnos, resolverlas dentro de sus competencias o darles cauce reglamentario. Mediar en posibles situaciones de conflicto.

b) Funciones relativas a los profesores:

i) Coordinar y convocar las reuniones del Equipo Docente, coordinar las juntas de evaluación y ejecutar los acuerdos que se tomen.

ii) Intercambiar información con el resto de profesores, sobre cualquier aspecto relacionado con los alumnos del grupo de modo individual o colectivamente.

c) Funciones relativas a los padres:

i) Los tutores celebrarán en el centro una reunión a principio de curso con las familias de los alumnos en las que se les informará de todos aquellos aspectos docentes de su interés. Convocarán a los padres de alumnos a una reunión extraordinaria cuando lo estimen oportuno.

ii) Los tutores mantendrán una comunicación fluida con las familias de los alumnos y realizarán entrevistas individuales con las mismas. En la ESO los tutores contactarán con cada de las familias al menos una vez durante el primer trimestre.

iii) Comunicarán a los padres o tutores legales las medidas adoptadas desde tutoría o desde Jefatura de Estudios, con el fin de corregir los actos de indisciplina de sus hijos.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 28

iv) Los tutores comunicarán las faltas de asistencia a las familias, según la información que les suministran los profesores.

El Jefe de Estudios, con la ayuda y el asesoramiento del Departamento de Orientación, coordinará el trabajo de los tutores y el desarrollo del Plan de Acción Tutorial a través de las respectivas programaciones y mantendrá las reuniones necesarias para el buen funcionamiento de la acción tutorial.

En materia de convivencia, corresponde a los tutores:

a) En el ámbito del plan de acción tutorial y en la materia objeto de este decreto, la coordinación del profesorado que imparte docencia al grupo de alumnos de su tutoría.

b) Mediar y garantizar la comunicación entre el profesorado, el alumnado y los padres o tutores a fin de que se cumplan los objetivos del plan de convivencia.

c) Impulsar las actuaciones que se lleven a cabo, dentro del plan de convivencia, con el alumnado del grupo de su tutoría e incorporar en sus sesiones contenidos proactivos para la mejora de la convivencia escolar.

d) Valorar la justificación de las faltas de asistencia de sus alumnos en casos reiterativos.

e) Poner en conocimiento de los padres o tutores, cuando el alumno sea menor, las normas de convivencia.

f) Fomentar la participación del alumnado en las actividades programadas en el plan de convivencia.

g) Orientar y velar por el cumplimiento del plan de convivencia y de las normas de convivencia establecidas por el centro.

El Tutor de FCT El profesor tutor de Formación en Centro de Trabajo, FCT, es el responsable de la correcta realización del Módulo Profesional de Formación en Centros de Trabajo; es, además, el tutor del grupo. Su función es de vital importancia en la inserción laboral del alumno, ya que debe conocer perfectamente el perfil del alumno, sus inquietudes laborales y académicas.

El profesor-tutor de FCT deberá cumplir con los siguientes artículos de la Orden 2694/2009 (BOCM de 22 de junio de 2009):

Artículo 5: Características del módulo de FCT.

Artículo 6: Convenio de colaboración.

Artículo 7: Períodos y lugares de realización.

Artículo 8: Programa formativo

Artículo 9: Profesor-tutor del módulo de FCT. Las funciones del tutor de FCT se encuentran recogidas en el punto 3 de este artículo. Estas funciones se complementan en este Centro con las siguientes:

a) Depositará en Jefatura de Estudios la documentación referente a la FCT del grupo: Programa formativo, hojas de seguimiento semanal, informe de valoración del tutor de la empresa, etc.

b) Tramitará las ofertas de trabajo recibidas en el Centro a través de la bolsa de trabajo.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 29

c) Informará a la Familia Profesional de las posibles innovaciones o demandas del sector empresarial en el que se insertan los alumnos del Ciclo.

Guardias del profesorado en el centro. Los profesores de guardia velarán por el mantenimiento del orden tanto en las aulas como en el resto del centro, sin que esto suponga por parte del resto del profesorado una inhibición de este mismo cometido. Asimismo, colaborará con el Equipo Directivo en cuantas incidencias se produzcan durante el período de guardia. El profesor de guardia debe:

a) Orientar las actividades del grupo sin profesor durante ese período.

b) Velar por el orden y buen funcionamiento del Centro en colaboración con el personal de conserjería.

c) Anotar, en el parte de guardia correspondiente, las ausencias o retrasos de los profesores y cualquier otra incidencia que se haya producido.

Los profesores que tengan guardias de Biblioteca harán cumplir las normas de uso de la misma a toda persona que permanezca en esta estancia.

En las guardias en el recreo, los profesores de guardia vigilarán y velarán para que los recreos transcurran con normalidad y los alumnos se comporten correctamente.

Organización de las guardias en el centro. La labor del profesor de guardia comienza cuando suena el timbre y finaliza cuando termina la clase. En la mesa de la Sala de Guardias figurarán los partes de cada día, en los que se consignarán los profesores ausentes, aula sin profesor, incidencias y las firmas de los profesores de guardia y habrá un listado que servirá para apuntar cuántas veces se ocupa cada profesor de sustituir en el aula a los profesores ausentes.

Guardias de aula.

En cada hora, de cada día lectivo, habrá los profesores de guardia encargados de velar por el normal desarrollo de la actividad docente del Centro.

En caso de ausencia de algún profesor, como norma general para todos:

a) El profesor de guardia colaborará con los auxiliares de control en el control de personas ajenas al centro y velará por que no haya movimiento de alumnos en los pasillos.

b) En ningún caso el profesor de guardia abandonará su zona de guardia y comunicará a la Jefatura de Estudios cualquier incidente que pueda presentarse. Una vez finalizada, el profesor cumplimentará el parte de guardias.

c) Auxiliar oportunamente a aquellos alumnos y alumnas que sufran algún tipo de accidente, gestionando, en colaboración con el equipo directivo del instituto, el correspondiente traslado a un centro sanitario en caso de necesidad y comunicarlo a la familia

d) El profesor siempre que conozca su ausencia con antelación, dejará la tarea con el listado de la clase. El profesor de guardia dejará la actividad hecha por los alumnos en la casilla de dicho profesor con la lista de los alumnos que han faltado.

e) Acompañar al alumno a la instalación deportiva Sonia Abejón si la situación lo requiere.

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En el caso de que el número de ausencias sea mayor que el de profesores de guardia y no haya posibilidad de atender a todos los grupos, tendrán prioridad los grupos de alumnos de menor edad. Cuando no falte ningún profesor, las guardias se realizarán en la Sala de Guardias para su pronta localización.

Guardias de recreo

La vigilancia de los patios correrá a cargo del profesorado de guardia de recreo que velarán para que los recreos transcurran con normalidad.

Las funciones del profesorado de guardia de recreo son:

a) Velar por el normal desarrollo de las actividades en el tiempo de recreo, dedicando una mayor atención al alumnado de los primeros cursos de la educación secundaria obligatoria y FPB a fin de garantizar su integración en el instituto en las mejores condiciones posibles.

b) Auxiliar oportunamente a aquellos alumnos y alumnas que sufran algún tipo de accidente, gestionando, en colaboración con el equipo directivo del instituto, el correspondiente traslado a un centro sanitario en caso de necesidad y comunicarlo a la familia.

c) Apoyar a las auxiliares en el control del acceso al centro.

d) Velar por la limpieza de las zonas de recreo.

e) Vigilar que los alumnos no se acerquen a la valla.

Los alumnos no podrán abandonar el recinto escolar durante el período lectivo en general y durante el recreo en particular.

Guardias de Biblioteca

Los profesores atenderán dentro de su horario complementario la Biblioteca del centro, según horario que establecerá el Jefe de Estudios a principio de curso.

La biblioteca está a disposición de los alumnos y profesores como sala de estudio, sala de ordenadores, consulta y préstamo de libros y, para ello, los profesores de la Biblioteca:

a) Acudirán a la Biblioteca en la hora que le corresponda.

b) El profesor consignará en el parte de incidencias los grupos sin profesor que son derivados a ella por no poder ser atendidos por los profesores de guardia, los alumnos que son enviados por motivos disciplinarios y cualquier otra contingencia que pueda ocurrir.

c) Velarán por el cumplimiento de la normas de convivencia de la Biblioteca.

d) Los profesores de las últimas horas apagarán el ordenador dedicado al préstamo.

e) Siempre que sea posible, la biblioteca estará atendida en el recreo por un profesor de guardia.

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CAPÍTULOS 5. LAS FAMILIAS Los padres son responsables de la formación de sus hijos y, como tales, cooperarán en el proceso educativo y participarán en la vida del Centro a través de sus representantes en los órganos colegiados del instituto y de la Asociación de padres.

Instrucciones para los padres sobre el uso de la agenda del alumno de ESO a) Se recomienda a los padres la revisión, al menos semanal, de la agenda.

b) Además de los medios habituales de comunicación, como son el teléfono o las entrevistas personales, los padres pueden, a su vez, usar la agenda para enviar o solicitar información sobre la marcha escolar de sus hijos. A tal efecto, disponen de las páginas de la agenda tituladas: “Observaciones de los padres”.

c) El padre, la madre o ambos deberán firmar cualquier comunicado que aparezca en la agenda.

d) Cuando acumule más de tres amonestaciones leves su comportamiento, el tutor actuará de acuerdo al procedimiento establecido por el Centro.

e) Supervisar las anotaciones, respecto a la asistencia y puntualidad a clase, que los profesores realizan en la agenda.

Asociaciones de Madres y Padres de alumnos El Título VIII del Reglamento Orgánico de los Centros recoge las acciones que las asociaciones de padres podrán ejercer en los centros docentes. Además:

a) De acuerdo con el R.D. 1533/1986 que regula las asociaciones de padres, la admisión de asociados será voluntaria y previa solicitud de inscripción.

b) Las asociaciones no podrán desarrollar en el centro otras actividades que las previstas en sus estatutos de acuerdo con la legislación vigente. De dichas actividades deberá ser informado el Consejo Escolar y podrán participar todos los alumnos cuando vayan dirigidas a éstos.

c) El AMPA mayoritaria en el centro podrá designar directamente a uno de los tres representantes de los padres al Consejo Escolar. El designado ocupará su puesto, salvo causa de fuerza mayor, por un periodo mínimo de dos años.

d) Para la elección de los representantes de los padres en el Consejo Escolar las asociaciones podrán presentar candidaturas diferenciadas. En el acto de la votación, las asociaciones de padres podrán presentar supervisores.

e) Las Asociaciones de padres, legalmente constituidas, dispondrán de una dependencia en el instituto para su uso. El horario de reunión del AMPA se ajustará al horario de apertura del centro recogido en la Programación General Anual, salvo asambleas o reuniones con padres que se celebren con conocimiento del director. Así mismo, previa solicitud al director, se le cederá cualquier instalación necesaria para sus actividades.

f) Las asociaciones podrán hacer uso del servicio de reprografía siempre que sea necesario para aquellas actividades que planifiquen para los alumnos del centro.

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Información a las familias Periódicamente, al menos tres veces a lo largo del curso, y cuando se den las circunstancias que así lo aconsejen, el tutor informará por escrito a las familias y a los alumnos sobre el aprovechamiento académico de éstos y la marcha de su proceso educativo. A tal efecto, se utilizará la información recogida en la evaluación continua.

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CAPÍTULO 6. LOS ALUMNOS Puesto que la visión que tenemos de nuestro centro se dirige a dar respuesta a las necesidades educativas de todo el alumnado, es imprescindible contar con su participación, desde las decisiones que han de tomarse para el buen funcionamiento de una clase hasta la propia gestión del Centro que realiza el Equipo Directivo y el Consejo Escolar.

El presente diseño de organización y responsabilidades de los alumnos pretende cubrir el mencionado objetivo.

Cauces de participación de los alumnos. Los alumnos deben quedar integrados en la marcha general del Centro no solo como receptores pasivos de enseñanza y cumplidores de normas. Deben ser realmente protagonistas de su propia formación participando, en la medida de sus posibilidades, en la gestión general del Centro.

Constituyen un deber y un derecho del alumnado la participación en:

a) El funcionamiento y en la vida del instituto.

b) Las Juntas de delegados y delegadas del alumnado.

c) El Consejo Escolar del centro.

Delegado y subdelegado. Delegado Tecnológico Cada grupo de estudiantes elegirá, por sufragio directo y secreto, durante el primer mes de curso escolar, un delegado de grupo, que formará parte de la Junta de delegados. Se elegirá también un subdelegado, que sustituirá al delegado en caso de ausencia y le apoyará en sus funciones.

Las elecciones de delegados serán organizadas por el Jefe de Estudios, en colaboración con el Departamento de Orientación y los Tutores de los grupos. Antes de la convocatoria de elecciones, establecida por la Ley, se iniciará el siguiente proceso:

a) El tutor informará a la clase de las funciones y responsabilidades del Delegado.

b) Los interesados en ser elegidos presentarán sus candidaturas a la clase. En caso de ausencia de candidatos, todos los alumnos del grupo se convierten en posibles candidatos. Todos los alumnos son electores y elegibles.

c) A continuación, se procederá a la votación y será designado como Delegado el que obtenga mayor número de votos, quedando como Subdelegado el segundo más votado.

d) Se dejará constancia del proceso de elección en un acta.

e) Los delegados y subdelegados podrán ser revocados, previo informe razonado dirigido al Tutor, por la mayoría absoluta de los alumnos del grupo que los eligieron y perderán su cargo si, por acumulación de amonestaciones o falta grave, debe ser expulsado del Centro por uno o más días. En estos casos, se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones, en un plazo de quince días y de acuerdo con lo establecido en el punto anterior, siempre y cuando no exista en la lista de la primera votación un tercer candidato votado.

Las funciones del delegado son:

a) Exponer a las autoridades académicas las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 34

b) Fomentar la convivencia entre los alumnos de su grupo.

c) Colaborar con los profesores y con las autoridades del Instituto para el buen funcionamiento del mismo.

d) Cuidar de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del Instituto.

e) Colaborar con el Tutor y con la Junta de Profesores del grupo en los temas que afecten al funcionamiento de éste.

f) Comunicar al profesor de guardia la inasistencia de un profesor que tuviera que estar con el grupo.

g) Comunicar a jefatura de estudios la inasistencia del profesor de guardia.

El cese o destitución del Delegado de grupo se hará únicamente como consecuencia de:

a) Petición escrita del interesado al tutor del grupo.

b) Petición mediante escrito dirigido al Tutor del grupo de la mitad más uno de los componentes del grupo.

c) Solicitud del Tutor del grupo.

d) El Subdelegado asume, interinamente, las funciones del Delegado ante el cese definitivo del mismo.

e) En el caso de cese o destitución del Delegado del grupo se procederá a una nueva elección en el plazo máximo de 10 días lectivos.

El delegado tecnológico de cada grupo, será elegido al principio del curso escolar por el responsable del Proyecto Tecnológico del centro con la colaboración del tutor, con el fin de velar y preservar las aulas digitales así como de su buen uso y cuidado del material

La junta de delegados Es el órgano de participación integrado por los representantes de los alumnos de los distintos grupos y por los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar.

La Junta de delegados podrá reunirse en pleno o, cuando la naturaleza de los problemas lo haga más conveniente, en comisiones que reúnan a los delegados de un curso o de una de las etapas educativas que se impartan en el Instituto.

La Junta de delegados tendrá las siguientes funciones:

a) Elevar al Equipo Directivo propuestas para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro y elaborar propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interior.

b) Informar a los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar de los problemas de cada grupo o curso, elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste y debatir los asuntos que vaya a tratar el Consejo Escolar en el ámbito de su competencia.

c) Recibir información de los representantes de los alumnos en dicho Consejo sobre los temas tratados en el mismo.

d) Formular propuestas para la elaboración de los horarios de actividades docentes y extraescolares.

e) Informar a los estudiantes de las actividades de dicha Junta.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 35

El Jefe de Estudios facilitará a la Junta de Delegados, previa solicitud, un espacio adecuado para que pueda celebrar sus reuniones y los medios materiales necesarios para su correcto funcionamiento.

Representantes de los alumnos en el Consejo Escolar. De acuerdo con el Real Decreto sobre el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, el número de alumnos representantes en el Consejo Escolar, será de cuatro, y serán electores todos los alumnos matriculados en el Centro.

Carné de alumno. El carné de alumno es el documento acreditativo de la condición del estudiante del Instituto. Este documento será entregado al alumno en los primeros días de curso, debiendo llevarlo siempre consigo.

El carné de estudiante de las diferentes etapas será identificado mediante la foto de éste.

Todo alumno tiene la obligación de identificarse, mediante el carné de estudiante, cuando sea requerido para ello por los profesores o personal no docente del Instituto, ya sea dentro del centro o durante las actividades complementarias o extraescolares realizadas fuera del centro.

Agenda escolar. A todos los alumnos del instituto se les facilitará un cuaderno-agenda al comenzar el curso. El alumno traerá siempre la agenda a clase y deberá facilitarlo a cualquier profesor que se lo pida.

Siempre que sea enviado a Jefatura de Estudios, lo hará con ella.

La agenda escolar como instrumento de comunicación con las familias

a) En la agenda del alumno, el profesor podrá comunicar cualquier falta de disciplina del mismo, solicitar entrevista con los padres y comprobar las justificaciones de las ausencias y retrasos del alumno.

b) Toda anotación deberá llevar la fecha y la firma del profesor. El profesor se encargará de comprobar que la información enviada esté debidamente firmada por los padres.

c) Cuando lo considere oportuno, el profesor solicitará la agenda al alumno y, en el caso de no tenerlo, se deja a juicio del profesor sancionar al alumno mediante un parte de comunicación a los padres.

d) No se permitirá impedir o manipular Ia comunicación entre el Centro y los padres o tutores, ni Ia alteración de cualquier documento del Centro, ni Ia suplantación de Ia personalidad, ya que atentan contra Ia honestidad y Ia sinceridad que son principios fundamentales del Centro.

e) Existen unas hojas en la agenda para que los padres rellenen autorizando a una persona mayor de edad a recoger al alumno menor de edad.

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Utilización de la agenda escolar en el aula.

a) Los alumnos deberán ir anotando en la agenda las notas que van obteniendo en las diferentes asignaturas en la sección de la agenda diseñada para ello. De esta manera los padres podrán estar al tanto de la evolución del rendimiento de sus hijos.

b) El profesor vigilará, sobre todo a principio de curso, que el alumno anote diariamente las tareas encomendadas en su materia, así como los controles y exámenes previstos con antelación.

c) Los tutores deberán revisarlas periódicamente e informarán a Jefatura si el alumno tiene varios partes o si la gravedad de los mismos requiere la intervención del Jefe de Estudios.

Atención a los alumnos enfermos. El alumno que durante su permanencia en el centro no se encontrase bien para poder continuar el normal desarrollo de las actividades lectivas, lo comunicará al profesor, el cual, si lo considerase oportuno, encargará al delegado del grupo a que lo acompañe a la Jefatura de Estudios. El miembro del equipo directivo que se encuentre de guardia, junto al profesorado de guardia, tomará las medidas oportunas:

a) Llamada telefónica a la familia.

b) Llamada a los servicios de urgencia.

Información a los alumnos. Los tutores y los profesores de las distintas áreas o materias mantendrán una comunicación fluida con los alumnos en lo relativo a las valoraciones sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos, con el fin de propiciar las aclaraciones precisas para una mejor eficacia del propio proceso. El centro guardará reserva sobre toda aquella información de que disponga acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno.

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CAPÍTULO 7 NORMAS DE ORGANIZACIÓN ACADÉMICA. Para crear un ambiente educativo adecuado en el que el respeto al estudio (deber básico de los alumnos) y a la dignidad de las personas estén presentes, debemos participar y colaborar activamente, junto con el resto de los miembros de la Comunidad Educativa, con el propósito de favorecer el mejor desarrollo de la enseñanza y de la convivencia en el Centro.

En un Centro donde se imparten tantas enseñanzas diferentes a alumnos de distintas edades que parece necesario establecer unas normas de comportamiento que, por básicas, es conveniente recordar y asumir.

En cualquier lugar del Centro, se mantendrá siempre la compostura y las buenas formas. No está permitido correr, ni gritar, ni sentarse en el suelo y se procurará evitar aglomeraciones, fundamentalmente en los lugares de entrada, salida y escaleras. Se evitarán las demostraciones afectuosas íntimas dentro del centro. Se evitarán las gesticulaciones amenazantes, despectivas, etc. Se debe utilizar una expresión verbal correcta, evitar groserías, gritos, palabrotas, etc. y procurar utilizar fórmulas de cortesía como el tratamiento de usted y el pedir las cosas por favor.

La formación completa del alumnado incluye la educación en valores, entre ellos el respeto, y que este es competencia de todos. Por ello toda la Comunidad Educativa debe respetar las normas ya que son de obligado cumplimiento para todos: profesores, alumnos, personal no docente y padres de alumnos.

Entradas y salidas del centro. El centro abrirá sus puertas a las 8:00 horas, tanto para profesores como para alumnos, pero los alumnos no subirán a las aulas hasta el comienzo de la actividad lectiva, momento que será marcado con una señal acústica, pudiendo permanecer hasta el comienzo de las clases en cafetería o en el patio del centro.

La entrada al Centro está prohibida a personas ajenas al mismo, salvo aquellas que tengan que realizar alguna gestión dentro del horario previsto a tal efecto. A efectos de entrada de personas ajenas al recinto escolar, se entenderá también como horas de clase el tiempo dedicado al recreo. Los alumnos tienen la obligación de presentar el carnet de estudiante si el profesorado o personal auxiliar de control considera conveniente su identificación en cualquier momento.

Las salidas de alumnos del Centro dentro del horario escolar solamente se llevarán a cabo por motivos de urgencia y con el permiso de la Dirección del Centro. Los alumnos sorprendidos en horas lectivas fuera del recinto del Centro serán sancionados con una falta disciplinaria grave o muy grave.

Los menores de edad solo podrán salir del centro si van acompañados de una persona mayor de edad autorizada previamente por los progenitores.

Jornada escolar La jornada escolar permite realizar todas las actividades lectivas y complementarias que se programen. El horario lectivo del instituto es de PENDIENTE DE MODIFICAR.

El último periodo lectivo es de ampliación de horario lectivo reservado de forma general para los alumnos de programa o sección lingüística, Bachillerato, las tutorías y para actividades de recuperación y refuerzo de alumnos. También para sanciones y reuniones interdisciplinares o de coordinación del profesorado.

Es obligatorio asistir a clase y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de

estudio.

Se deben respetar los horarios para el desarrollo de las actividades del Centro Escolar.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 38

Es obligatoria la puntualidad en todos los actos programados por el centro.

No se puede salir del aula, salvo causa de fuerza mayor, durante el período lectivo correspondiente.

No se deben utilizar los servicios durante las horas de clase, excepto en casos justificados.

La jornada lectiva en el aula. Cada grupo de alumnos tiene asignadas en su horario diferentes aulas según las materias pertenezcan al proyecto tecnológico o no. Cada grupo de alumnos es responsable del mantenimiento del orden y del perfecto estado de su aula.

Los alumnos se colocarán en el aula según el orden que determine el tutor del grupo, salvo que otro profesor estime que en su clase la distribución deba ser diferente.

Los alumnos no deben entrar en aulas que no les pertenezcan, siendo responsables, en caso contrario, de las acciones que en dichas clases cometan.

Se debe atender en todo momento a las explicaciones e indicaciones del Profesor y permanecer, durante la clase, sentados correctamente hasta que el profesor dé por terminada la misma.

Es obligatorio realizar los trabajos que los Profesores manden para casa.

Se deben pedir previamente la palabra para poder intervenir y respetar el turno de palabra de los demás.

No se debe interrumpir el desarrollo normal de la clase con conversaciones, ruidos o cualquier otro acto que pueda ser considerado como interrupción de la actividad.

Se debe mantener una actitud de trabajo teniendo preparado el material de la asignatura, prestando atención al profesor en silencio y realizando las tareas que éste considere más convenientes en cada momento.

En ningún caso se permitirá realizar tareas correspondientes a otras asignaturas.

No se podrá utilizar ningún tipo de material no didáctico en horario de clase.

Cualquier objeto que pueda distraer al alumno o a sus compañeros de Ia actividad académica deberá permanecer guardado.

Hacer trampas y copiar en los exámenes es una falta muy grave y será duramente sancionado, ya que constituye un fraude y un agravio hacia los compañeros.

Tránsito entre dos clases. El timbre que señala el final de la clase sonará con intervalos de cincuenta y cinco minutos. La señal acústica determinará, así mismo, el comienzo del siguiente período lectivo.

Los servicios no deben constituir un lugar de reunión entre clase y clase.

Cuando el grupo deba cambiar de clase, lo hará inmediatamente y se desplazará a la nueva aula por el camino más corto o por el indicado por el profesor.

Los alumnos no pueden acceder a cafetería o biblioteca entre dos periodos lectivos. Los alumnos con asignaturas o módulos exentos o convalidados podrán permanecer en la biblioteca durante los periodos en que su asistencia a clase no sea obligatoria.

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Periodos de descanso o recreos. En cada jornada, los alumnos dispondrán de un periodo de descanso. Durante el recreo, los alumnos no podrán permanecer en las aulas, salvo para realizar actividades propuestas por un profesor que deberá permanecer con ellos. Cuando las inclemencias del tiempo lo aconsejen, Jefatura de Estudios podrá autorizar la permanencia de los alumnos en su aula durante el recreo. Esta circunstancia será debidamente comunicada.

Durante los periodos de descanso (recreos), los alumnos no podrán abandonar el recinto educativo excepto los mayores de 18 años que se identifiquen convenientemente.

En el periodo del recreo los alumnos no podrán acercarse a la valla perimetral de los patios sin permiso del profesor de guardia.

No se permiten en el patio ni en el resto del recinto escolar juegos o actividades que puedan ser peligrosas para Ia integridad de cualquier miembro de Ia comunidad educativa.

Retraso o ausencia de un profesor En caso de ausencia o retraso de algún profesor, los alumnos deberán esperar la llegada del profesor de guardia, quien tomará las decisiones correspondientes en función de las circunstancias y les informará de lo que deben hacer. Mientras tanto, los alumnos no deberán molestar al resto de las clases.

Finalización de la jornada lectiva Los alumnos no deben quedarse en las aulas después del horario lectivo. Al finalizar la jornada, los alumnos deberán subir las sillas y salir asegurándose de apagar la luz y cerrar las ventanas. El profesor será el último en abandonar el aula que cerrará con llave, después de apagar monitores y equipos.

Permanencia en pasillos, patios y otras zonas. La permanencia en pasillos, patios y otras zonas se regirán por las siguientes normas:

a) Durante las horas de clase no se permitirá a los alumnos permanecer en los pasillos u otras zonas del Centro distintas a las aulas. Los alumnos deberán permanecer en sus clases con sus respectivos profesores.

b) La permanencia en la Biblioteca u otras dependencias dependerá de la disponibilidad del momento y lo establecido en las normas de uso de dichas instalaciones.

Durante el primer recreo no se podrá permanecer en las aulas, que deberán permanecer vacías y cerradas, ni en los pasillos, excepción hecha de la Biblioteca, Cafetería y de los pasillos que dan acceso a los servicios. No obstante, en los días de fuerte inclemencia meteorológica, la Jefatura de Estudios podrá autorizar la permanencia de grupos en los pasillos y aulas.

c) El profesorado de tercera y sexta hora se cerciorará de que el alumnado abandona el aula y cerrará la puerta con llave. El profesorado de guardia de recreo y los auxiliares de control verificarán que esta norma se cumpla.

d) La estancia en los aseos, por más tiempo del estrictamente necesario o utilizarlos como lugar de reunión, está totalmente prohibido. La misma consideración tiene la permanencia en la zona de patios y pistas deportivas.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 40

e) El alumnado permanecerá en su aula entre clase y clase salvo que tenga que desplazarse a un aula específica o salga de un aula tecnológica, lo cual debe hacer con diligencia y responsabilidad, evitando carreras, juegos, empujones, gritos, etc. El profesorado debe colaborar para evitar que el alumnado permanezca en los pasillos entre clase y clase.

f) Las aulas de grupo, serán cerradas con llave por el profesor cuando los alumnos se desplacen a otra aula.

Si el alumnado, después de un cambio de clase, llega al aula específica antes que el profesor, permanecerá en silencio en el pasillo, dejando paso a las personas que se desplacen por el mismo, hasta que el profesor responsable abra la instalación.

Si, transcurrido un tiempo prudencial, no llega el profesor, el delegado de grupo se dirigirá a la zona de la Sala de Guardia para buscar a un profesor de guardia para que les abra el aula y les atienda.

g). Durante el cambio de clase, el alumnado no cambia de aula debe permanecer en la misma, salvo que sea aula tecnológica, con la puerta abierta, en buen orden, hasta que llegue el profesor, o el profesor de guardia.

Si por cualquier razón, transcurridos diez minutos desde el toque del timbre, no hubiese llegado un profesor, el delegado se dirigirá a la zona de la Sala de Guardias para buscar a uno de los profesores de guardia.

h). Mientras el alumno permanece en el aula, no deberá consumir alimentos o bebidas, (salvo agua, con el permiso del profesor).

i). En el periodo del recreo no podrá acercarse a la valla perimetral de los patios sin permiso del profesor de guardia.

Puntualidad en las actividades del centro La puntualidad es una de las condiciones básicas para el correcto funcionamiento del Instituto y es exigible para todos los miembros de la Comunidad Educativa. Los profesores se encargarán de tomar las medidas oportunas para corregir los retrasos de los alumnos. Cualquier entrada al centro injustificada posterior a las 8.30 horas se sancionará con la permanencia en la Sala de guardias durante el recreo. Los alumnos mayores de edad no podrán entrar al centro hasta la hora lectiva siguiente. El incumplimiento de esta sanción conllevará otra más grave.

El alumno que llegue tarde debe incorporarse a su aula inmediatamente, no pudiendo permanecer ni en los pasillos ni en los servicios ni en cafetería. Si el retraso es superior a cinco minutos, el alumno será enviado por el profesor a la sala de guardias. En caso de retraso justificado, el alumno podrá entrar en el aula en cualquier momento.

Jefatura de Estudios velará por el cumplimiento de la puntualidad de toda la Comunidad Educativa.

A los alumnos mayores de edad que lleguen tarde no se les permitirá el acceso al recinto escolar.

Comida y bebida. Está prohibido comer y beber en el interior del edificio, salvo en cafetería y en el patio. Los envoltorios, botellas o recipientes utilizados deben ser eliminados en los contenedores apropiados para evitar el deterioro ambiental de nuestro patio de recreo.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 41

Material escolar. Los alumnos deben acudir a clase con todos los útiles y materiales didácticos que le permitan aprovechar las enseñanzas recibidas.

Durante todo el periodo lectivo, el alumnado es responsable del cuidado de su material, por lo que deberá vigilarlo y controlarlo en todo momento.

La agenda escolar es un elemento imprescindible en el seguimiento del alumno, por lo cual el alumno siempre deberá llevarla consigo.

El material de uso común y demás elementos del aula deben ser respetados y cuidados con esmero.

Es obligatorio respetar el material ajeno, procurando no tocarlo y no utilizarlo en beneficio propio,

sin permiso.

Material no escolar. No se podrá traer ningún tipo de material no didáctico en horario lectivo (aquellos objetos cuya

manipulación en el centro perturben el desarrollo normal de las actividades lectivas, ni ningún objeto

de apariencia agresiva). No se permite Ia introducción de objetos que pudieran causar daños,

deterioros o accidentes en el recinto escolar.

Faltas de asistencia a clase. Retrasos Los alumnos están obligados a asistir a todas las clases, y deben ser rigurosamente puntuales en la entrada a las mismas.

La asistencia a clase es un deber de los alumnos, y serán los padres los responsables de que este deber se cumpla. Los profesores tienen la obligación de controlar la asistencia de los alumnos a sus clases dejando constancia de ausencias y retrasos en Raíces al comienzo de cada clase. La acumulación de ausencias y retrasos implicará el cumplimiento de diversas sanciones según su gravedad.

Normas sobre asistencia y puntualidad:

a) Abandono del centro. Los alumnos no pueden salir del centro durante el horario lectivo, salvo en casos muy excepcionales y justificados con la autorización de Jefatura de Estudios. En la agenda existe un documento para que rellenen los padres autorizando a alguien mayor de edad a recoger al menor.

b) Faltas o retrasos del profesorado. Ante la falta o retraso de un profesor, los alumnos permanecerán en su aula hasta que sean atendidos por el profesor de guardia. En ningún caso los alumnos podrán decidir individual o colectivamente el abandono del aula. El delegado se dirigirá a la zona de la Sala de Guardias para buscar a uno de los profesores de guardia.

Para garantizar el cumplimiento de la asistencia a clase, las faltas se computarán y totalizarán a lo largo de cada evaluación y se notificarán en el correspondiente boletín de calificaciones. Todas las faltas se acumularán de evaluación en evaluación. La acumulación de cuatro faltas de retraso del alumno en una misma materia se computará como una falta de asistencia injustificada

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 42

Justificación de las faltas de asistencia Las faltas de asistencia del alumnado serán justificadas por las familias a través de la agenda. Es obligación de los alumnos presentar a los profesores la justificación de dichas faltas el primer día de su incorporación al Centro. Pasado este plazo, la falta se considerará injustificada.

La justificación de la falta será mostrada al profesor con el que se produjo la ausencia y finalmente, se entregará al tutor, quien guardará los justificantes. Queda a juicio de los profesores aceptar algunas justificaciones dudosas presentadas por los alumnos, para lo cual podrán ponerse en contacto con los padres y solicitar aclaraciones.

Absentismo escolar Un alumno entra en situación de absentismo escolar cuando acumule un porcentaje de faltas no justificadas superior al 5% del total de materias, en torno a 250 horas.

En el caso de los alumnos de ESO, a petición del tutor o de la jefatura de estudios, el departamento de orientación procederá a iniciar el protocolo de absentismo escolar.

Inasistencia a clase. Evaluación continua. El Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador

de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, en su artículo 36.2 determina

que “Los procedimientos extraordinarios de evaluación para los alumnos que superen el máximo de

faltas fijado en el plan de convivencia para la pérdida del derecho a la evaluación continua se

concretarán para cada asignatura en la correspondiente programación didáctica”

Se establece que los alumnos de Bachillerato que no hayan superado la evaluación continua de una

asignatura por faltas de asistencia superior a un 15% de dicha asignatura serán evaluados según el

procedimiento extraordinario fijado por la programación didáctica del departamento

correspondiente.

La medida correctora por inasistencia injustificada a una determinada clase será impuesta por el

profesor de la misma, por el tutor o por el jefe de estudios.

ESO

La evaluación continua del alumnado requiere su asistencia regular a las clases y a las actividades

programadas para las distintas materias que constituyen el plan de estudios.

Los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria de las materias que no hayan superado en la

evaluación continua. Esta prueba, que se celebrará en el plazo establecido al efecto por el calendario

escolar vigente, será elaborada por los departamentos de coordinación didáctica responsables de

cada materia, que también establecerán los criterios de calificación.

En ESO se activará el protocolo de absentismo correspondiente. (ORDEN 2398/2016; Artículo 16).

Bachillerato

La evaluación continua del alumnado requiere su asistencia regular a las clases y a las actividades

programadas para las distintas materias que constituyen el plan de estudios.

Por ello, los Departamentos Didácticos deben establecer, en sus programaciones, el número máximo

de faltas por curso y materia, justificadas o no, a partir del cual se hace imposible la aplicación de la

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 43

evaluación continua, así como los procedimientos extraordinarios de evaluación para los alumnos

que superen dicho máximo. (ORDEN 2582/2016; Artículo 18).

FPB

Pérdida del derecho a la evaluación continua por faltas de asistencia a las actividades de formación,

justificada o no, de un 15 % del total de las horas de cada módulo.

La base de cálculo para determinar la pérdida del derecho a la evaluación continua será la suma de

las horas anuales asignadas en el currículo a los módulos profesionales de formación en el centro

educativo en los que se encuentre matriculado el alumno en un determinado curso académico,

excluyendo los módulos profesionales pendientes de cursos anteriores, si los hubiere, y los que

hayan sido objeto de convalidación.

El alumno que haya perdido el derecho a la evaluación continua será evaluado en las condiciones y

de acuerdo con el procedimiento que se determine en aplicación de lo dispuesto en el artículo 17.4.f)

de la Orden 1409/2015. En las programaciones didácticas de los módulos profesionales o unidades

formativas se establecerán el procedimiento extraordinario de evaluación para los alumnos que

hayan perdido el derecho a la evaluación continua.

CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL.

En ciclos formativos de formación profesional la evaluación continua se establece en el Decreto

63/2019, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la ordenación y organización de

la formación profesional en la Comunidad de Madrid. En sus artículos 11.1. y 11.4 establece que en el

régimen presencial la asistencia a las actividades de formación es obligatoria para la superación de

los módulos profesionales y que la única evaluación que hay en la modalidad presencial de la

Formación Profesional es la continua. Si un alumno renuncia tácitamente a su derecho a la

evaluación continua no asistiendo a clase, renuncia a ser evaluado.

En virtud de lo anterior, cuando un alumno de ciclo formativo supera un 15% de faltas no

justificadas se inicia el procedimiento para anulación de matrícula (art.18 ) o anulación de

convocatoria (art.20 ) de la Orden 2694/2009 modificada por la Orden 11783/2012.

Procedimiento Extraordinario a seguir por la pérdida de la evaluación continua:

El primer día de clase los profesores informarán a los alumnos sobre el número máximo de faltas

(injustificadas o justificadas) en cada materia, asignatura, módulo y los procedimientos

extraordinarios de evaluación (BACHILLERATO-FPB).

El tutor de cada grupo dará esta información en las reuniones de inicio de curso que se hacen con las

familias.

Cuando un alumno supere el 50% del número máximo de faltas establecido (ver tabla siguiente), el

profesor de dicha materia, si así lo estima, lo comunicará al tutor e informará a la familia mediante

documento escrito (con registro de salida y Visto Bueno del Jefe de Estudios), si el alumno es menor

de edad, o al propio alumno, si es mayor, de la posible pérdida de evaluación continua.

Cuando un alumno acumule el 100% del número máximo de faltas se procederá de la siguiente

manera: el profesor de la materia, si así lo estima, lo comunicará al tutor y enviará documento

escrito (con registro de salida y Visto Bueno del Jefe de Estudios) a la familia, si el alumno es menor

de edad, o al propio alumno, si es mayor, informando de la pérdida efectiva del derecho a la

evaluación continua e indicando que la prueba extraordinaria se realizará durante las fechas de

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 44

exámenes finales que establezca Jefatura de Estudios. El alumno podrá seguir asistiendo a clase, pero

no realizará, si las hubiera, las pruebas establecidas en la evaluación continua. (BACHILLERATO-FPB).

NÚMERO DE HORAS MÁXIMAS ESTABLECIDAS PARA EL PROCEDIMIENTO DE PÉRDIDA DE EVALUACIÓN CONTINUA, (según el número de horas de cada materia)

HORAS SEMANALES DE LA MATERIA

5 4 3 2 1

HORAS APROXIMADAS ANUALES

175 140 105 70 35

15% DEL TOTAL DE HORAS ANUALES

26 21 16 10 4

INICIO PROCEDIMIENTO 50% FALTAS DEL MAXIMO ESTABLECIDO

13 10 8 5 2

PÉRDIDA EVALUACIÓN CONTINUA 100% FALTAS DEL MAXIMO ESTABLECIDO

26 21 16 10 5

4 retrasos en una materia serán equivalentes a una falta no justificada

Convivencia en el centro escolar Se debe respetar la autoridad del Profesor, tanto dentro de la clase como en el resto del recinto

escolar.

Se debe respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas, así como la dignidad,

integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Se debe respetar a los conserjes y al resto del personal de administración y servicio y atender, en

todo momento, sus indicaciones.

Se debe respetar al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

Se debe mantener un trato correcto hacia los compañeros, no permitiéndose, en ningún caso, el

ejercicio de violencia física o verbal. Los insultos, intimidaciones y otros tipos de violencia producidos

a través de teléfonos móviles, redes sociales u otros medios electrónicos se consideran

especialmente graves, por lo que serán sancionados.

No se permitirá impedir o manipular Ia comunicación entre el Centro y los padres o tutores, ni Ia

alteración de cualquier documento del Centro, ni Ia suplantación de Ia personalidad, ya que atentan

contra Ia honestidad y Ia sinceridad que son principios fundamentales del Centro.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 45

Actividades complementarias y extraescolares Cada actividad tiene un sentido diferente y requiere un comportamiento social apropiado.

Para que las actividades tengan el mayor éxito y sean formativas, es necesario tener en cuenta que los alumnos deben conocer el tipo de actividad previamente a su realización, tanto el sentido de la misma como las normas de comportamiento y deberán aceptar y cumplir dichas normas. Del incumplimiento de dichas normas se derivarán las sanciones correspondientes, de acuerdo con lo establecido en este plan de convivencia; además, los alumnos deben realizar los trabajos que de estas actividades se deriven.

Prohibición de utilización de teléfonos móviles y similares. No está permitido traer al centro teléfonos móviles, cámaras digitales, reproductores MP3/MP4 o cualquier otro dispositivo electrónico de grabación, reproducción, publicación y distribución de imágenes y sonidos salvo autorización expresa de un profesor con una finalidad educativa que estará prevista en las programaciones.

El centro no es responsable de los posibles deterioros, extravíos, roturas o pérdidas de los mencionados aparatos.

Queda terminantemente prohibido tomar fotografías y hacer cualquier tipo de grabación dentro del recinto escolar. El uso de cualquiera de estos elementos será sancionado según lo establecido en el Reglamento de Convivencia de la Comunidad de Madrid ( Decreto 32/2019). En caso de que el alumno/a use o exhiba cualquiera de estos elementos dentro del recinto escolar será sancionado con la retirada del mismo durante la jornada lectiva y con la expulsión del centro durante un día. Sólo los padres podrán recogerlo al finalizar la jornada

Limpieza y mantenimiento de las instalaciones. Todos los miembros de la comunidad educativa se preocuparán de mantener la limpieza y el orden en las dependencias del Centro. El aula debe presentar un aspecto cuidado, limpio y ordenado. Ello favorece la creación de un ambiente agradable para el trabajo y la convivencia.

Los alumnos deben colaborar en mantener la limpieza del Centro. Cada uno es responsable del buen uso y pulcritud de su mesa y silla, y todos los alumnos de un grupo, del buen estado general de su aula así como de las parcelas de pasillos y servicios aledaños.

Los alumnos que tiren papeles u otros objetos al suelo o no cuiden las aulas, pasillos, patio y zonas ajardinadas circundantes serán sancionados, después de analizar cada caso, colaborando con el servicio de limpieza en la forma y tiempo que se establezca.

Los carteles, avisos, fotografías se deberán colocar en los correspondientes tablones de anuncios.

Reparación de daños intencionados en las instalaciones/materiales.

La responsabilidad y reparación de daños se regirán por lo establecido en el artículo 41 del DECRETO 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las medidas disciplinarias que se adopten por dicha actuación:

a. Los alumnos quedan obligados a restituir cualquier pertenencia ajena que hubieran sustraído y a

reparar los daños que causen, individual o colectivamente, de forma intencionada o por negligencia

grave, a las instalaciones, a los materiales del centro y a las pertenencias de otros miembros de la

comunidad educativa, o, en su caso, deberán contribuir al coste económico de su reparación, coste

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 46

que deberán asumir los padres, o tutores del alumnado menores de edad sobre los que ejerzan la

patria potestad o la tutela. Asimismo, los padres o tutores asumirán la responsabilidad civil que les

corresponda en los términos previstos por la Ley. La reparación económica no eximirá de la medida

de corrección.

En las normas de organización, funcionamiento y convivencia se podrán fijar aquellos supuestos en

los que la reparación material de los daños pueda sustituirse por la realización de tareas que

contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro, o a la mejora del entorno ambiental del

mismo.

2. Asimismo, cuando se incurra en conductas tipificadas como faltas de respeto, agresión física o

moral a sus compañeros o demás miembros de la comunidad educativa, se deberá reparar el daño

moral causado mediante la presentación de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad en los

actos, bien en público o bien en privado, según corresponda por la naturaleza de los hechos y de

acuerdo con lo que determine el órgano competente para imponer la corrección.

Consumo de alcohol, tabaco u otras drogas. Se regirá por la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos (ver Anexo 5) que en su artículo 33 expresa la prohibición de fumar en todo el recinto escolar, en cualquiera de las dependencias del centro educativo sin exclusión alguna.

a) La venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas está prohibida en el Instituto. Asimismo, está prohibido distribuir a los alumnos y alumnas carteles, invitaciones o cualquier tipo de publicidad en que se mencionen bebidas alcohólicas, sus marcas, empresas productoras o establecimientos en los que se realice el consumo. Contravenir esta prohibición se considerará falta gravemente perjudicial para la convivencia.

b) La venta y distribución de tabaco está prohibida en el Instituto.

c) Está totalmente prohibido fumar dentro del recinto del Instituto y en sus inmediaciones (puertas de entrada).

d) La venta, distribución o consumo de cualquier otra droga está totalmente prohibida. Contravenir esta prohibición se considerará falta gravemente perjudicial para la convivencia y se sancionará como falta muy grave

e) Jefatura de Estudios, en caso de que exista denuncia o sospechas del consumo de tabaco, alcohol o drogas por parte de un alumno, informará a los padres de los hechos y facilitará una entrevista con el Departamento de Orientación para ofrecer alternativas o contactos con instituciones especializadas en la resolución del problema. Todos los casos serán comunicados a los Cuerpos de Seguridad correspondientes o del Ministerio Fiscal siguiendo la legislación vigente.

Indumentaria. Todos los miembros de la comunidad educativa asistirán al instituto con la higiene e indumentaria adecuada para un centro educativo.

Para la práctica de ejercicio físico y clases de Educación Física, el alumnado asistirá provisto de chándal, zapatillas y ropa adecuada. Se promoverá el uso de una camiseta exclusiva para dichas actividades.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 47

No está permitido:

a) Llevar el torso desnudo o semidesnudo.

b) El uso de gorra o capucha o cualquier otra prenda que cubra la cabeza

c) Ir embozado o con elementos que no permitan la visión del rostro.

d) Camisetas de tirantes, chanclas o ropa de baño, faldas o pantalones muy cortos, transparencias o top.

Se respetará la imagen física del alumnado favoreciendo su derecho a vestir del modo que mejor se

adecue a su identidad y/ o expresión de género, preservando en todo momento las normas

establecidas con carácter general de respeto en la indumentaria dentro del centro educativo.

En cualquier caso se seguirán las normas relativas a la indumentaria recogidas en la agenda escolar.

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CAPÍTULO 8. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES. El programa anual de actividades complementarias y extraescolares será elaborado por el Jefe del Departamento de Actividades Extraescolares, que recogerá las sugerencias de los distintos Departamentos, del Equipo Directivo, de las Asociaciones de Padres y de los Alumnos.

Los Departamentos Didácticos y la Familias Profesionales, a la hora de proponer Actividades Complementarias y Extraescolares, tomarán en consideración los siguientes criterios: carácter formativo e incidencia curricular, incidencia en la dinámica del Centro, idoneidad de las fechas propuestas y participación de la totalidad del alumnado implicado. Tendrán que aclarar todos los aspectos organizativos y económicos, valorando, en su caso, la propuesta de financiación.

Los alumnos con problemas de disciplina podrán ser excluidos según la norma.

Programación de Actividades. Las actividades culturales, deportivas y extraescolares serán propuestas por el Claustro de profesores durante el primer trimestre y aprobadas por el Consejo Escolar, sin que ello sea obstáculo para que, a lo largo del curso, puedan variarse las mismas, aumentando o suprimiendo de acuerdo con las necesidades del curso. Toda su programación y desarrollo correrá a cargo del Jefe del Departamento de Actividades Extraescolares en colaboración con los distintos Departamentos.

Las citadas actividades irán encaminadas a completar la educación del alumnado, teniendo, por tanto, un carácter eminentemente pedagógico. Para respetar este principio, cualquier actividad deberá ser programada con suficiente antelación y evaluada posteriormente.

La participación de los alumnos en las actividades extraescolares deberá ser aprobada, con anterioridad a su realización, por los padres de los mismos, mediante la oportuna autorización escrita y, aquellos alumnos que no participen en las mismas deberán asistir normalmente a clase.

Las actividades complementarias se realizan fuera del aula con o sin desplazamientos del alumnado y del profesorado correspondiente. Toda actividad complementaria debe ser evaluada; así mismo, debe evaluarse la actividad alternativa, que será obligatoria para los alumnos que no realicen la actividad programada. Todas las actividades complementarias deben incluirse en las Programaciones de los diferentes Departamentos y deben incluirse en la Programación General Anual y de acuerdo al protocolo establecido

Las actividades extraescolares se realizan generalmente fuera del horario escolar y tienen carácter voluntario. No forman parte del proceso de evaluación.

Tramitación de las actividades. La tramitación de estas actividades seguirá el procedimiento fijado por el Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares que será publicado al comienzo del curso para conocimiento de toda la comunidad educativa.

Es necesario, en caso de salida del Centro, comunicar a las familias la realización de la actividad, y solicitar su conformidad para el caso de alumnos o alumnas menores de edad.

Los Departamentos que organicen actividades realizarán las gestiones económicas y de transporte necesarias a través de Administración.

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NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO 49

Criterios a seguir mientras se realiza una actividad. En las fechas en que se ha programado la realización de alguna actividad complementaria o extraescolar, no se deberán realizar exámenes en los grupos implicados en la actividad. Durante las dos semanas que precede a las Juntas de Evaluación, no se podrá realizar ninguna actividad complementaria o extraescolar.

Cuando en una actividad participe menos de un 70% de los alumnos de un grupo o nivel, se suspenderá dicha actividad. Los alumnos y profesores que no estén implicados en actividades están obligados a seguir con su horario habitual, adaptando el desarrollo de las clases a la nueva situación, apoyando a los profesores de guardia si fuera necesario. Asimismo, el profesor de guardia atenderá a los alumnos del profesor que se desplaza por la actividad correspondiente. Los profesores que realicen más de una actividad intentarán que no coincidan en el mismo día de la semana, para que sus alumnos no pierdan las mismas clases.

Cuando haya una actividad dirigida a varios cursos, los profesores de guardia podrán agrupar a los alumnos que no participen en la misma.

Normas de comportamiento para los alumnos. Cada actividad tiene un sentido diferente y requiere un comportamiento social apropiado. Para que las actividades tengan el mayor éxito y sean formativas, es necesario tener en cuenta que los alumnos deben conocer el tipo de actividad previamente a su realización, tanto el sentido de la misma como las normas de comportamiento y deberán aceptar y cumplir dichas normas. Del incumplimiento de dichas normas se derivarán las sanciones correspondientes, de acuerdo con lo establecido en este reglamento de régimen interior; además, los alumnos deben realizar los trabajos que de estas actividades se deriven.

Evaluación de las Actividades. Al final del curso, cada Departamento redactará un informe de evaluación de las actividades realizadas. Estos informes se incluirán en la memoria de gestión, y servirán para modificar la programación de futuras actividades complementarias o extraescolares.

La jefatura del Departamento de AA.EE. elaborará una memoria a final de curso con la evaluación de las actividades realizadas, que se incluirá en la memoria de dirección.