NORMAS GENERALES Y PERMISOS ESPECIALEScrecemype.pe/portal/images/stories/files/Cooperativas...
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ESTATUTOESTATUTO
NORMAS
PERMISOS
NO
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S G
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ALE
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PERM
ISO
S ES
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CO
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S
Colección CRECEMYPE¡No te pongas límites... Crece!
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TEMA1 ¿Qué normas deben cumplir
las cooperativas?
Las normas que regulan la naturaleza, principios y forma de operar de las cooperativas están establecidas
en la Ley General de Cooperativas (LGC).
Debes tener en cuenta que la constitución y formalización de todos los tipos de cooperativas,
independientemente del sector al cual pertenecen, está a cargo del Ministerio de la Producción, a través de la
Dirección General de MYPE y Cooperativas.
La Ley General de Cooperativas tiene 135 artículos, los cuales están organizados en ocho títulos según
el tema que busque cubrir.
Ley General de Cooperativas(Decreto Legislativo No 085)*
Título IGeneralidades Estructura orgánica y
funcional de lascooperativas
Integracióncooperativa
Título II Título III
Título IVRégimen deprotección
Instituto Nacionalde Cooperativas
(derogado)
SancionesTítulo V Título VI
Título VIIDisposiciones
finalesDisposiciones
transitorias
Título VIII
*El Texto Único Ordenado del referido Decreto Legislativo fue aprobado por el D.S. Nº 074-90-TR.
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TEMA TEMA2 3Régimen societario de la cooperativaNormas para constituir una cooperativa
Las normas básicas que orientan la constitución de una cooperativa también están contempladas en la Ley
General de Cooperativas y son:
En una cooperativa coexiste un régimen de propiedad colectiva e individual con las siguientes características:
La cooperativase administra a
través de losórganos de gobierno
Las normas que rigen los órganos de gobierno están descritas en la Ley
y en el estatuto detoda cooperativa
Los órganos de gobiernoson: Asamblea General,
Consejo de Administración,Consejo de Vigilancia,
el Comité de Educación yel Comité Electoral
La gerencia es elórgano ejecutivo y
representante legalde la cooperativa.
Normas de la cooperativa
El capital social surge por
aportaciones de los socios.
Puede aportarse en dinero, muebles o inmuebles.
El tipo y monto de aportación se define en el
estatuto.
La aportación origina un
“certificado de aportación”.
S/.S/.
ESTATUTO
S/.S/.S/.S/.
CERTIFICADO DEAPORTACIÓN
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Permiso o registro Base legal Aplicación
Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes
Inscripción en los Registros Públicos (Sunarp)
Registro de propiedad industrial (Indecopi)
Uso de planillas electrónicasdel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Decreto LegislativoN° 943
Ley N° 26366 de Registros Públicos – Sunarp. Resolución Suprema Nº 135- 2002-JUS, aprobación de estatuto de la Sunarp.
Decreto Legislativo N° 823
Planilla electrónica R.M. Nº 250-2007-TR
Obtención del RUC
Inscripción comopersona jurídica.
Registro de marca
Informe de planillas de pago de trabajadores
SUPERINTENDENCIA NACIONALDE LOS REGISTROS PÚBLICOS
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TEMA4Otras normas que debes cumplir para
formalizar tu cooperativa
Además de cumplir con las normas establecidas en la ley, es importante que cumplas con los requisitos y permisos comunes a todas las empresas y aquellos específicos para el tipo de actividad que realizas.
Debe tener: RUC, boletas de pago, facturas, guías
de remisión y llevar contabilidad.
Las cooperativas tienen las mismas obligaciones tributarias formales que establece la Sunat para las empresas que se acogen a cualquiera de sus
regímenes tributarios.
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Permisos especiales que requieres
Cada sector económico considera requisitos
o registros especiales para determinadas
actividades. Es necesario que te
orientes para cumplir con la normativa
existente.
Si deseas conocer los permisos especiales que debes obtener para formalizar tu cooperativa, solicita orientación en una de las ventanillas de la Dirección Mi Empresa del Ministerio de la Producción.
Para constituir una institución educativa cooperativa, por ejemplo, requieres la autorización de creación y registro de instituciones educativas de gestión privada que te brinda la UGEL del Ministerio de Edcucación.
MI EMPRESA