Normas Sobre Equidad Contractual 2008

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Carey y Cia Curso Derecho del Curso Derecho del Consumidor Consumidor Facultad de Derecho Facultad de Derecho Universidad de Chile Universidad de Chile

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Curso Derecho del Curso Derecho del ConsumidorConsumidor

Facultad de DerechoFacultad de DerechoUniversidad de ChileUniversidad de Chile

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IntroducciónIntroducción

¿Cuándo fue la última vez que celebró o ejecutó un contrato? Contratos celebrados Hoy:

– Contrato de transporte ( Metro, Microbus, Taxi)– Contratos de compraventa ( casino, diario )

Contratos en ejecución Hoy (i.e. vigentes en el presente, cuyos efectos, las obligaciones y derechos se ejercen hoy)– Contrato de servicios educacionales– Contrato de suministro eléctrico, gas, agua potable– Contrato de telefonía móvil– Contrato de televisión pagada– Contrato de conexión a internet– Contrato de cuenta corriente

¿Cuándo fue la última vez que negoció un contrato? (i.e. participó en la determinación de sus condiciones)

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Contratos de AdhesiónContratos de Adhesión

Introducción ¿Qué tienen en común estos contratos/ situaciones

contractuales?– Contratos de consumo– Consumidor final y proveedor habitual– Comercialización de bienes y servicios– Pago de precio o tarifa

¿Se aplica a todos ellos la LPC?– ¿ Si hay ley especial ( LGB, LSSanitarios, Ley Eléctrica,

Decreto Transportes?– SIEMPRE se aplica, al menos en PUBLICIDAD,

PROCEDIMIENTOS COLECTIVOS

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Contratos de AdhesiónContratos de Adhesión

Principios del Derecho de los Contratos

Autonomía de la voluntad 1437 Libertad contractual/ Ley del contrato 1545 Efecto relativo de los contratos Consensualismo Libre disposición de derechos (renunciabilidad) Buena fe 1546

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Contratos de AdhesiónContratos de Adhesión

Contexto Economía Moderna Asimetría Negocial Asimetría informacional Costos de transacción Dificultad de acceso a la justicia Racionalidad limitada

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Contratos de AdhesiónContratos de Adhesión

Controles desde el OPE: Derecho a la equidad contractual

Limitaciones de la autonomía de la voluntad Prohibición de determinadas prácticas Ordenar ciertos comportamientos Sancionar contravenciones Disminuir costos para lograr el resarcimiento

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Contratos de AdhesiónContratos de Adhesión

Publicidad e Información ( etapa de los tratos preliminares )

Control de contenido de ofertas comerciales Sanciones a la publicidad falsa o engañosa Integración publicitaria de los contratos Efectos jurídicos de los tratos preliminares

(responsabilidad pre-contractual ?)

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Contratos de AdhesiónContratos de Adhesión

Contratos

Disposiciones sobre equidad en las estipulaciones y en el cumplimiento de los contratos de adhesión

Control formal y control de fondo Facultades jurisdiccionales Sanción Civil Modelo :Enumeración y norma abierta

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Contratos de AdhesiónContratos de Adhesión

Estado de la discusión La contratación imaginada en el Código Civil (en

el C. Napoleon) ha dejado de existir en gran parte de la contratación moderna

Las condiciones de los contratos, salvo excepciones, no son libremente negociadas.

Ni siquiera el precio es negociado, sino ofertado

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Contratos de AdhesiónContratos de Adhesión

Estado de la discusión Directiva 93/13 Union Europea sobre cláusulas

abusivas en contratos de consumo Unfair contract terms act ( UK 1978, 1993) Ley 78-23 de 1978 protección e información de

los consumidores Diseños institucionales

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Actos o contratos de Actos o contratos de consumoconsumo

Acto o contrato de consumo Acto jurídico bilateral y oneroso, por el cual un

proveedor se obliga a dar un bien, ceder su uso o goce o prestar un servicio a un consumidor, quien lo adquiere, usa o disfruta, obligándose a pagar por él un precio o tarifa.

Partes: proveedor y consumidor Objeto: prestaciones, obligaciones de las partes

Proveedor: bien, uso o goce, servicio Consumidor: precio o tarifa

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Actos o contratos de Actos o contratos de consumoconsumo

Actos o contratos de consumo Elementos constitutivos Art. 1444 Elementos esenciales:

Proveedor Consumidor Precio o tarifa Bien o servicio

Elementos de la naturaleza (con reparos) Derechos irrenunciables artículo 3 y otros Obligaciones del proveedor

Elementos accidentales: Cláusulas no abusivas en los contratos

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Actos o contratos de Actos o contratos de consumoconsumo

En cuanto a las clasificaciones de los contratos Unilaterales o bilaterales (sinalagmáticos):

Bilaterales: Surgen obligaciones para ambas partes

Gratuitos u onerosos Onerosos: Utilidad de ambas partes

Conmutativos y aleatorios Equivalencia de las prestaciones recíprocas (¿puede

haber una contingencia incierta de ganancia o pérdida para el consumidor?)

Principales y accesorios Subsistencia del contrato accesorio Ej: telefonía móvil, contrato de arrendamiento

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Actos o contratos de Actos o contratos de consumoconsumo

Consensuales, solemnes y reales Perfeccionamiento por tradición, formalidad especial, solo

consentimiento Ej: venta de inmuebles, compra en multitienda,

Contratos de ejecución instantánea, ejecución diferida y tracto sucesivo Momento en que se cumplen las obligaciones Ej: compra en quiosco, taxi, servicios domiciliarios, compra

de un pasaje aéreo.

Contratos libremente discutidos y contratos por adhesión Deliberación en el contenido, acuerdo sobre las cláusulas

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Contrato Libremente discutido y Contrato por Adhesión:

– 1. Función Económica de los contratos: equivalencia de las prestaciones, beneficios mutuos, conmutatividad.

– 2. D° Civil: Acuerdo de Voluntades como garantía de reciprocidad y equivalencia de las prestaciones

» Excepciones: Lesión ( compraventa de inmuebles, 1888 ss., cláusula penal 1544, particiones 1348, mutuo 2206) Buena Fe, 1546

» ( como regla implícita)

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Contrato Libremente discutido y Contrato por Adhesión:– 3. Contratación moderna: capacidad negocial se

encuentra disminuida por la rapidez de los intercambios. La libre aceptación no es garantía de reciprocidad. La Ley ha establecido controles formales y materiales para evitar el abuso de posición dominante.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión Mecanismos del Dº Civil para resguardar la

equidad en los contratos

1. Teoría de la lesión: Originalmente incluido como un vicio de la voluntad, fue remitido a una institución particular, la lesión enorme, a propósito de la compraventa de inmuebles

2. Buena fe contractual: En la formación del contrato, las partes deben estar de buena fe, no solamente en la ejecución, tal como señala el artículo 1546. Los tribunales alemanes utilizan este principio para eliminar las cláusulas evidentemente abusivas

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión Mecanismos del Dº Civil para resguardar la

equidad en los contratos

3. Abuso del derecho : No existe un derecho protegido en el ofrecimiento de contratos claramente desequilibrados, cuyo propósito sea aprovechar la ignorancia o inexperiencia de los contratantes. La jurisprudencia rechaza admitir la teoría del abuso del derecho en materia contractual

4. Teoría de la causa : Un contrato a título oneroso es nulo si no contiene ninguna obligación por contrapartida. Ha sido utilizada por cierta jurisprudencia francesa en los años 90 para fundada en el artículo 1131 CCF anular cláusulas que contravienen obligaciones esenciales, especialmente aquellas que buscan restringir la responsabilidad de una de las partes.

.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Contratos de Adhesión: necesidad y resguardos

1. Los contratos de adhesión son indispensables en un sistema de producción en masa. Representan ventajas para las Empresas, pues aseguran la rapidez y la seguridad de las transacciones, y para los consumidores pues reduce los costos de transacción.

2. Son contratos potencialmente peligrosos para el consumidor, pues éstos adhieren, confiando en el contenido del contrato, a un texto redactado por quien debe a su vez cumplirlo, por lo que existe el riesgo evidente de que imponga condiciones más favorables, o abuse de las establecidas.

3. El control de estos contratos viene por dos vías: 1) proteger la elección libre e informada y 2) controlar el contenido del contrato.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Ejemplos de Contratos de Adhesión:

Contratos de Transporte: Terrestre (Metro, Microbús, Taxi, Tren), o Aéreo.

Contratos de Servicios Domiciliarios: TV Pagada, Conexión a Internet, Alarmas

Contratos de Telefonía: telefonía móvil, fija, larga distancia Contratos de Seguro Contratación de Servicios básicos: electricidad, servicios

sanitarios. Contratación bancaria: Cuenta Corriente, Línea de Crédito Contratos de ejecución instantánea: Compraventa de bienes de

consumo.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión Concepto: Raymond Saleilles: “Pretendidos contratos que no tienen de contratos

más que el nombre (…) en los cuales existe predominancia exclusiva de una sola voluntad” (Declaration de volonté. Contribución a l’’etude de l’acte juridique dans le code civil allemand, 1929)

Georges Dereux, Louis Josserand: “Se designa una convención realizada por la simple adhesión de una persona a una oferta cuyos términos no ha podido discutir” (Course de droit positif francais,1939).

Marcel Planiol “Oferta en la que sólo queda la opción de someterse a la misma o dejar de contratar” (Traté Pratique de droit francais, 1946)

Ambroise Ripert y Henri Capitant “Se utiliza para indicar el papel borroso que representa la voluntad del más débil de los contratantes” (Course elementaire de Droit Civil, 1951)

Arturo Alessandri R. “ Es el que se forma sin discusión previa, mediante la aceptación lisa y llana que una de las partes hace de las condiciones señaladas por la otra” ( Los Contratos, 1940).

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Contrato de Adhesión y condiciones generales de contratación (CGC):

CGC “aquellas redactadas unilateralmente en forma previa a la celebración del acuerdo que están destinadas a integrar el contenido de una serie indeterminada de contratos”

Mientras el contrato de adhesión se refiere a una forma de contratación caracterizada por la ausencia de tratos preliminares, pudiendo versar sólo sobre precio y cosa (v.g.transporte) las CGC son cláusulas que integran la oferta, e informan los elementos esenciales, de la naturaleza y accidentales del contrato.

Además, las CGC pueden ser dirigidas a un número indeterminado de personas, mientras que el CA puede ser a una persona

Por su similitud son tratadas indistintamente en el Derecho comparado. Nuestro Derecho no hace la distinción.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Naturaleza Jurídica del C. de Adhesión: Teorías Normativistas: Saleilles, Duguit (les transformations de

droit privé, 1912) Estiman que su naturaleza contractual es dudosa, y que más bien se trata de reglamentos privados, por el que una parte impone a la otra la ley del contrato. No se trataría de un contrato sino de 2 actos jurídicos distintos entre sí: la creación y oferta de un estatuto y su aceptación.

Teorías Contractualistas:Ripert (La regle morale dans les obligations civiles,1935), Carbonnier (Flexible droit, 1971) Señalan que “no importa que la voluntad esté sujeta si ella es consciente y libre”. Para la perfección del contrato se requiere la concurrencia de voluntades, y el que acepta un contrato de adhesión, toma, al menos, la decisión de contratar. No se afecta la validez del consentimiento por no participar de la redacción del contrato.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Justificación del Control Legal a los C. de A. Abuso de posición dominante: el abuso del Contrato de

Adhesión es reflejo de una estructura de mercado en que no se respeta verdaderamente la libertad de los agentes económicos

Libertad del consentimiento: Se pretende cautelar la autonomía de la voluntad mediante la restricción de cláusulas “sorpresivas”

Bienestar del consumidor: el control tendría como fin último asegurar el acceso a bienes y servicios en condiciones justas de intercambio

Orden público de protección: Se busca cautelar el equilibrio razonable en las prestaciones Se protege al consumidor no por una debilidad constitutiva, sino por su posición relativa desfavorable en la contratación.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Definición Legal: Art.1 N°6 Contrato de Adhesión: “Aquel cuyas cláusulas han sido

propuestas unilateralmente por el proveedor sin que el consumidor para celebrarlo, pueda alterar su contenido”

Elementos: 1) Oferta: La propuesta (unilateral) debe contener las cláusulas

completas de un contrato, bastando que el consumidor acepte. 2) Imposición: El consumidor no puede alterar el contenido, no existe negociación general de los términos del contrato, sólo aceptación o negativa.

3) Aceptación: Al ser un verdadero contrato, para que surja a la vida del Derecho debe producirse el acuerdo de voluntades ( distinción entre Formación del Consentimiento, Acuerdo del Contrato y Ejecución).

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Problemas:

1. Condiciones negociadas– ¿Cambia la naturaleza del contrato si el consumidor tiene la

posibilidad de negociar?

– ¿Tiene que poder negociar todas las cláusulas?

2. Aceptación tácita (enrolamiento negativo)– ¿Qué ocurre en el caso de un contrato de adhesión al que se

agregan servicios adicionales que el consumidor puede aceptar o rechazar?

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglamentación Titulo II, Párrafo 4º : “ Normas de equidad en las estipulaciones y en el cumplimiento de los contratos de adhesión”

La referencia a la Equidad está entendida en el propósito de las normas de morigerar las estipulaciones para hacerlas coincidir con un equilibrio razonable.

El equilibrio de prestaciones no es un recurso a cierta igualdad de resultados, pues la ganancia legítima se supone y no afecta la validez de la convención, sino a evitar excesos o abusos tanto en la celebración del contrato, como en su ejecución.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglamentación Titulo II, Párrafo 4º : “ Normas de equidad en las estipulaciones y en el cumplimiento de los contratos de adhesión”

Pueden clasificarse estas disposiciones de acuerdo a su propósito: Apuntan o bien a la formalidad del contrato o a su materialidad. Estas últimas son denominadas cláusulas abusivas.

Esta doble reglamentación corresponde a dos propósitos distintos 1)asegurar un consentimiento informado y 2) sancionar un consentimiento viciado

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales: asegurar un consentimiento informado– 1.Escrituración

– 2.Legibilidad

– 3.Idioma castellano

– 4.Espacios en Blanco

– 5.Entrega de Copia Cláusulas Abusivas:

– 1.Término, modificación, suspensión del contrato

– 2.Cláusulas que agravan la obligación del consumidor

– 3.Cláusulas que atribuyen al consumidor de deficiencias, omisiones o errores administrativos

– 4.Limitaciones de responsabilidad del proveedor

– 5.Inversión de la Carga de la Prueba

– 6.Designación de árbitro

– 7.Cláusula General de Abusividad

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales: Objetivos Asegurar un consentimiento informado Prueba de las obligaciones y derechos

contenidas en ellos Control de Forma

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales: – 1.Escrituración– 2.Legibilidad– 3.Redacción en Idioma castellano– 4.Prohibición de Espacios en Blanco– 5.Entrega de Copia

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales:

Artículo 17.- Los contratos de adhesión relativos alas actividades regidas por la presente ley deberán estar escritos de modo claramente legible, con un tamaño de letra no inferior a 2,5 milímetros y en idioma castellano, salvo aquellas palabras de otro idioma que el uso haya incorporado al léxico. Las cláusulas que no cumplan con dichos requisitos no producirán efecto alguno respecto del consumidor.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales: 1.Escrituración: Los contratos de adhesión deben

escriturarse (Art. 17) ¿Todos los contratos de adhesión deben

escriturarse? ¿Los de ejecución instantánea, se escrituran?

¿deberían escriturarse? Contratos celebrados por medios electrónicos Que regla de interpretación corresponde aplicar (19

inc. 2?)

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales:– 2.Legibilidad (tamaño letra): Redacción en

tamaño de letra no inferior a 2.5 milímetros (art. 17)

– Historia. Indicación Senador Naranjo, originalmente “Arial 12”

– Comentario:– Jerarquía normativa

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales:– 3.Idioma castellano: salvo – 1. Aquellas palabras de otro idioma incorporada al

léxico (¿Cuándo se debe entender incorporada al léxico?)

– Ejemplos: Web, internet, pay-per-view, call center, chat, light,

– Abreviaturas “ Msje txt $5. OK? s/n”– 2. Cuando el consumidor acepte expresamente y

tenga en su poder un contrato en castellano, al que se estará en caso de dudas.

– Ejemplos: pasaje aéreo

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales:– 3.Idioma castellano: salvo – 2. Cuando el consumidor acepte expresamente y

tenga en su poder un contrato en castellano, al que se estará en caso de dudas.

– No obstante lo previsto en el inciso primero,– tendrán validez los contratos redactados en idioma– distinto del castellano cuando el consumidor lo acepte– expresamente, mediante su firma en un documento escrito– en idioma castellano anexo al contrato, y quede en su– poder un ejemplar del contrato en castellano, al que se– estará, en caso de dudas, para todos los efectos– legales.( Art.17 inc 3)

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales:

– Sanción: Las cláusulas que no cumplan con estos requisitos no producirán efecto alguno respecto del consumidor.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales:– 4.Espacios en Blanco (16 letra f )– Se contiene en el catálogo de cláusulas abusivas

aquellas que “Incluyan espacios en blanco, que no hayan sido llenados o inutilizados antes de que se suscriba el contrato”

– En verdad, lo abusivo es lo que asume el legislador se contendrá en los espacios en blanco o no inutilizados

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales:– 5.Entrega de Copia (17 inc final)

Tan pronto el consumidor firme el contrato, elproveedor deberá entregarle un ejemplar íntegrosuscrito por todas las partes. Si no fuese posiblehacerlo en el acto por carecer de alguna firma,entregará de inmediato una copia al consumidor conla constancia de ser fiel al original suscrito poréste. La copia así entregada se tendrá por el textofidedigno de lo pactado, para todos los efectoslegales.

– Tan pronto el consumidor firme el contrato, – ejemplar íntegro suscrito por todas las partes. – Si falta alguna firma, copia con la constancia de ser fiel al original

suscrito por éste, la que será texto fidedigno.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Cláusulas agregadas Art.17 inc.2º: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso

anterior, en los contratos impresos en formularios prevalecerán las cláusulas que se agreguen por sobre las del formulario cuando sean incompatibles entre sí”

– Posibilidad de agregar cláusulas– Siempre que el consumidor tenga una copia– Interesante porque reconoce cierto espacio de actividad de las

partes en la redacción

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales:– 5.¿Que ocurre con la copia en los contratos

electrónicos o a distancia? Art. 12 inc. 3º

“Una vez perfeccionado el contrato, el proveedor

estará obligado a enviar confirmación escrita del mismo.

Ésta podrá ser enviada por vía electrónica o por

cualquier medio de comunicación que garantice el debido

y oportuno conocimiento del consumidor, el que se le

indicará previamente. Dicha confirmación deberá contener

una copia íntegra, clara y legible del contrato”.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Reglas Formales: asegurar un consentimiento informado– 1.Escrituración

– 2.Legibilidad

– 3.Idioma castellano

– 4.Espacios en Blanco

– 5.Entrega de Copia Cláusulas Abusivas:

– 1.Término, modificación, suspensión del contrato

– 2.Cláusulas que agravan la obligación del consumidor

– 3.Cláusulas que atribuyen al consumidor de deficiencias, omisiones o errores administrativos

– 4.Limitaciones de responsabilidad del proveedor

– 5.Inversión de la Carga de la Prueba

– 6.Designación de árbitro

– 7.Cláusula General de Abusividad

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Cláusulas Abusivas: Definición: La ley no las define, pero recurriendo al

Art. 16 G ( norma de cierre), podemos decir que son “Aquellas

cláusulas o estipulaciones, no negociadas individualmente, contrarias a la buena fe que causan un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes, en perjuicio del consumidor”

Enumeración: Antes de la Reforma, las letras a) a f) establecían un catálogo cerrado“numerus clausus”. En la actualidad esta enumeración no es excluyente pues se abre en la letra g)

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Tratamiento comparado US: Section 5 (a) Federal Trade Commission prohibe:

“ unfair or deceptive acts or practices”, Uniform Commercial Code

UK: Unfair Contract Terms Act (1977), Unfair Terms in Consumer Contract Regulations (1999)

France: Loi N° 78-23 (1978), Loi 5 janvier 1988 (action en suppression des clauses abusives)

EU: Directive on Unfair Terms in Consumer Contracts 93-13-CEE

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores

Artículo 3

1. Las cláusulas contractuales que no se hayan negociado individualmente se considerarán abusivas si, pese a las exigencias de la buena fe, causan en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.

2. Se considerará que una cláusula no se ha negociado individualmente cuando haya sido redactada previamente y el consumidor no haya podido influir sobre su contenido, en particular en el caso de los contratos de adhesión.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993,

sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores

Artículo 3

El hecho de que ciertos elementos de una cláusula o que una cláusula aislada se hayan negociado individualmente no excluirá la aplicación del presente artículo al resto del contrato si la apreciación global lleva a la conclusión de que se trata, no obstante, de un contrato de adhesión.

El profesional que afirme que una cláusula tipo se ha negociado individualmente asumirá plenamente la carga de la prueba.

3. El Anexo de la presente Directiva contiene una lista indicativa y no exhaustiva de cláusulas que pueden ser declaradas abusivas.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las

cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores

Artículo 4

1. Sin perjuicio del artículo 7, el carácter abusivo de una cláusula contractual se apreciará teniendo en cuenta la naturaleza de los bienes o servicios que sean objeto del contrato y considerando, en el momento de la celebración del mismo, todas las circunstancias que concurran en su celebración, así como todas las demás cláusulas del contrato, o de otro contrato del que dependa.

2. La apreciación del carácter abusivo de las cláusulas no se referirá a la definición del objeto principal del contrato ni a la adecuación entre precio y retribución, por una parte, ni a los servicios o bienes que hayan de proporcionarse como contrapartida, por otra, siempre que dichas cláusulas se redacten de manera clara y comprensible.

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Contrato de AdhesiónContrato de Adhesión

Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores

Artículo 5

En los casos de contratos en que todas las cláusulas propuestas al consumidor o algunas de ellas consten por escrito, estas cláusulas deberán estar redactadas siempre de forma clara y comprensible. En caso de duda sobre el sentido de una cláusula, prevalecerá la interpretación más favorable para el consumidor.

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

Control de las cláusulas abusivas en la LPC

1. Cláusulas prohibidas

2. Cláusula general de abusividad

3. Requisitos: ¿es necesario evaluar la concurrencia del desequilibrio, mala fe y perjuicio al consumidor en el catálogo de cláusulas prohibidas?

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

1.Término, modificación, suspensión del contrato (a)– Otorguen a una de las partes la facultad:– de dejar sin efecto o modificar a su solo arbitrio el contrato o de

suspender unilateralmente su ejecución.

– Discusión: ¿pueden variarse los precios de comisiones? ¿Qué ocurre si no se estipula reajuste? ¿Qué margenes en la redacción puede darse el proveedor para prevenir la variación de circunstancias?¿Que ocurre con los riesgos y la teoría de la imprevisión?

– ¿Indica la redacción que si favorece al consumidor es nula? ¿Cómo salvar el problema interpretativo?

– Excepción: salvo cuando ella se conceda al comprador en las modalidades de venta por correo, a domicilio, por muestrario, usando medios audiovisuales, u otras análogas, y sin perjuicio de las excepciones que las leyes contemplen;

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

2.Cláusulas que agravan la obligación del consumidor (b)

Establezcan incrementos de precio por servicios, accesorios, financiamiento o recargos.

Ej: seguros, revistas, beneficios salvo que dichos incrementos correspondan a prestaciones

adicionales que sean susceptibles de ser aceptadas o rechazadas en cada caso

y estén consignadas por separado en forma específica; Esta Norma busca evitar la contratación inadvertida de

servicios adicionales, que producen un detrimento patrimonial al consumidor

Eventualmente si son gratuitos ¿podrían permitirse?

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

(c) Pongan de cargo del consumidor los efectos de deficiencias, omisiones o errores administrativos, cuando ellos no le sean imputables.

– Cuando ellos no le sean imputables; – ¿Cuándo le son imputables? – Ejemplos:– El consumidor pagó fuera de plazo porque no llegó la

cuenta Deficiencia en el correo que provoca la no entrega de la cuenta ¿es deber del consumidor pagar igual?

– Se “cae” el sistema informático mientras el consumidor está en la Oficina que recibe los pagos.

– Apagón generalizado que impide el pago– Le cobraron de menos en la cuenta ¿puede revisar la

Empresa? ¿En qué plazo?

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

(d) Inviertan la carga de la prueba en perjuicio del consumidor– ¿Cuál es el régimen general en cuanto a la

prueba? 1698– ¿Se ve alterado este régimen en la LPC?

– Profesionalidad– Asimetrías de información– Seguridad y Deber de advertencia– Buena fe ¿se presume?– La polémica sobre la responsabilidad objetiva o

subjetiva en la LPC, a propósito del artículo 23.

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

5.Limitaciones de responsabilidad del proveedor– e) Contengan limitaciones absolutas de responsabilidad frente al

consumidor que puedan privar a éste de su derecho a resarcimiento frente a deficiencias que afecten la utilidad o finalidad esencial del producto o servicio;

– ¿Qué ocurre con las limitaciones relativas?

– ¿Si las limitaciones son frente a otros derechos?

– Ejemplo:

– “La empresa solo responde por pérdidas hasta los 10.000 pesos”

– ¿es absoluta o relativa?

– “ La empresa no responde por el uso incorrecto que el consumidor haga del producto, sin seguir las instrucciones”

– “ La empresa no responde por daños o pérdidas en los vehículos. Es deber del consumidor asegurarse de las condiciones de seguridad del vehículo”

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

6.Designación de árbitro– Art. 16 inc final.– En todo contrato de adhesión en que se designe un árbitro,

será obligatorio incluir una cláusula que informe al consumidor de su derecho a recusarlo, conforme a lo establecido en el inciso anterior. Lo que se entiende sin perjuicio del derecho que tiene el consumidor de recurrir siempre ante el tribunal competente.

– ¿Qué efecto tiene entonces la cláusula compromisoria?

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7. Cláusula General de Abusividad– g) En contra de las exigencias de la buena fe, atendiendo

para estos efectos a parámetros objetivos, causen en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones que para las partes se deriven del contrato.

– Concepto: Directiva Europea 93/13, art. 3.1.– “Las cláusulas contractuales que no se hayan negociado

individualmente se considerarán abusivas si, pese a las exigencias de la buena fe, causan en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato”

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

Cláusula General de Abusividad: Elementos Contra la Buena Fe: Atendiendo a parámetros objetivos Se refiere a un deber de comportamiento correcto y leal en la

preparación, conclusión y ejecución del negocio jurídico. (Buena fe objetiva), y no a la creencia interna de estar actuando conforme a Derecho (Buena fe subjetiva)Profesionalidad como guía interpretativa. Modelo de conducta susceptible de ser exigido in abstracto, durante todo el inter contractualEn el caso de las cláusulas abusivas la exigencia se produce mayormente en la fase de redacción y celebración del contrato.

Desequilibrio importante en derechos y obligaciones de las partes

Nivel de importancia del desequilibrio En derechos y obligaciones

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivasCláusula General de Abusividad:

Perjuicio al Consumidor ¿siempre perjudica al consumidor el desequilibrio?

Concurrencia copulativa de los elementos anteriores ¿Qué elemento “pesa” más?

Discreción judicial

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

Regla de Interpretación Para ello se atenderá a la finalidad del contrato y a las disposiciones especiales o generales que lo rigen. – Finalidad del Contrato– Disposiciones especiales o generales que los rijan

Presunción simplemente Legal: Se presumirá que dichas cláusulas se encuentran ajustadas a exigencias de la buena fe, si los contratos a que pertenecen han sido revisados y autorizados por un órgano administrativo en ejecución de sus facultades legales– Revisión y autorización– Órgano administrativo en uso de sus facultades legales

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

Interpretación del Contrato de Adhesión: Regla de la Interpretación contra el redactor

Art. 1566 CCv inc 2º Pero las cláusulas ambiguas que hayan sido extendidas o dictadas por una de las partes, sea acreedora o deudora,se interpretarán contra ella, siempre que la ambigüedad provenga de la falta de una explicación que haya debido darse por ella

Regla de la prevalencia de la voluntad particular Art 17. inc 2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, en los

contratos impresos en formularios prevalecerán las cláusulas que se agreguen por sobre las del formulario cuando sean incompatibles entre sí.

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas

SANCIONES Nulidad del Contrato de Adhesión

– Artículo 16.- No producirán efecto alguno en los contratos de adhesión las cláusulas o estipulaciones que:

– Artículo 16 A Nulidad Absoluta Art. 10, 1462, 1682 CC, 16, 17 LPC “No producirán efecto

alguno” ¿Puede o debe el juez declarar la nulidad de una cláusula

abusiva aún de oficio? ( Art. 1683 CC)

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas Efectos de la declaración de nulidad Art. 16 A Declarada la nulidad, el contrato subsistirá en las restantes

cláusulas A menos que: Por la naturaleza misma del contrato Atendida la intención original de los contratantes

Nulidad Total Si no es posible debe declarar la nulidad del acto o contrato en

su integridad

Integración del Contrato

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Cláusulas abusivasCláusulas abusivas Procedimiento Aplicable: Párrafo 2º Título III, Art. 16B El procedimiento será el contemplado en el Título IV ¿Siempre se aplica el procedimiento colectivo? Art. 50 A inciso 3º Procedimiento general no se aplica a las acciones

mencionadas en el artículo 2 bis incluidas las acciones de interés colectivo o difuso derivadas de los artículos 16,16A y 16B

¿Pueden haber acciones de nulidad individuales?