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NORMATIVA ACADÉMICA DE CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL ON LINE CURSO ACADÉMICO 2015-1016 © 2015. UCOC. Barcelona Aprobado el 25/05/2015 por la Dirección de UCOC Modificada el 25/05/2015 (Art. 13, 14, 23, 26, 30, 41, 42, 50, 55, 59, 66, 67, 72, 77, 78, 80, 82, 86, 87, 89, 91, 92, 93, 94, 98) Versión 01.3

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NORMATIVA ACADÉMICA DE CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL ON LINE

CURSO ACADÉMICO 2015-1016

© 2015. UCOC. Barcelona

Aprobado el 25/05/2015 por la Dirección de UCOC

Modificada el 25/05/2015 (Art. 13, 14, 23, 26, 30, 41, 42, 50, 55, 59, 66, 67, 72, 77, 78, 80, 82, 86, 87, 89, 91, 92, 93, 94, 98)

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CAPÍTULO I: DESCRIPCIÓN ............................................................................................................. 5

1. Ámbito de aplicación ............................................................................................................. 5

CAPÍTULO II: OFERTA FORMATIVA Y TITULACIÓN ........................................................................ 5

2. Descripción de la oferta ........................................................................................................ 5

3. Oficialidad de los títulos ........................................................................................................ 5

4. Paridad del título de formación a distancia .......................................................................... 5

5. El currículo académico .......................................................................................................... 5

6. Ordenación académica .......................................................................................................... 6

7. Tipos de Módulos Profesionales ........................................................................................... 6

8. Créditos y Unidades formativas ............................................................................................ 6

9. Títulos de Formación Profesional .......................................................................................... 6

10. Tramitación final del título ................................................................................................ 7

CAPÍTULO III: UCOC Y LOS CENTROS ADSCRITOS .......................................................................... 7

11. Autorización de los Centros .............................................................................................. 7

12. Pertenencia de un alumno a un Centro ............................................................................ 7

13. Cambio de Centro.............................................................................................................. 7

CAPÍTULO IV: LA MATRÍCULA: CONSIDERACIONES PREVIAS ........................................................ 8

14. Restricciones por Centro y ciclo ........................................................................................ 8

15. Posibilidad de cursar formación presencial y online en el mismo Centro ........................ 8

16. Presencialidad y formación a distancia ............................................................................. 8

17. Matrícula semestral .......................................................................................................... 8

18. Matriculación única por asignatura .................................................................................. 9

19. Oferta sostenida ................................................................................................................ 9

20. Repetición de asignaturas ................................................................................................. 9

21. Renovación de matrícula ................................................................................................... 9

22. Matrícula por módulos, créditos y Unidades Formativas ................................................. 9

23. Oferta libre estructurada en itinerarios formativos .......................................................... 9

24. Dedicación a los estudios .................................................................................................. 9

25. Número máximo de horas para la matrícula .................................................................. 10

26. Obligatoriedad de las horas presenciales en determinados módulos ............................ 10

CAPÍTULO V: LA MATRÍCULA: REQUISITOS DE ACCESO Y REQUERIMIENTOS ............................. 10

27. Requisitos de acceso ....................................................................................................... 10

28. Requerimientos de acceso a los módulos ....................................................................... 10

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29. Requerimientos para el módulo de Proyecto y Síntesis ................................................. 10

30. Requerimientos para el módulo de Formación en Centros de Trabajo .......................... 11

31. Información sobre el nivel de las asignaturas de idiomas .............................................. 11

32. Incorporación de la lengua inglesa en otras asignaturas ............................................... 11

33. Recomendaciones ........................................................................................................... 12

34. Especificaciones metodológicas ...................................................................................... 12

35. Requerimientos de competencias personales ................................................................ 12

36. Requerimientos técnicos ................................................................................................. 12

37. Responsabilidad de cumplimiento de los requisitos de acceso y de los requerimientos12

CAPÍTULO VI: EL CALENDARIO..................................................................................................... 12

38. El calendario lectivo ........................................................................................................ 12

CAPÍTULO VII: PROCESO DE MATRICULACIÓN ............................................................................ 13

39. Información y orientación ............................................................................................... 13

40. Inscripción ....................................................................................................................... 13

41. Prematrícula .................................................................................................................... 13

42. Matrícula ......................................................................................................................... 14

43. Anulación de la matrícula ................................................................................................ 15

CAPÍTULO VIII: LA MATRÍCULA. CONVOCATORIAS ..................................................................... 15

44. Alumno de UCOC ............................................................................................................. 15

45. Convocatorias por matrícula ........................................................................................... 15

46. Número de matrículas y evaluaciones máximas ............................................................ 16

47. Volver a matricularse en una asignatura ........................................................................ 16

CAPÍTULO IX: PLAN DE ESTUDIOS ............................................................................................... 16

48. Los Planes de estudio de los ciclos .................................................................................. 16

49. Modificación de los Planes de estudio ............................................................................ 16

50. Compromisos de UCOC en relación a los Planes de estudio........................................... 17

51. Orientación en situación de cambio de Planes de estudio ............................................. 17

CAPÍTULO X: LA FORMACIÓN EN UCOC ...................................................................................... 18

52. Características de la formación en UCOC ........................................................................ 18

53. Metodología .................................................................................................................... 18

CAPÍTULO XI: PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN ....................................................................... 19

54. Sistema de evaluación ..................................................................................................... 19

55. Evaluación Continua ........................................................................................................ 19

56. Calendario de entregas ................................................................................................... 19

57. Incorporación tardía de alumnos .................................................................................... 19

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58. Corrección y calificación de la evaluación continua ........................................................ 19

59. Presenciales ..................................................................................................................... 20

60. Convocatoria de exámenes ............................................................................................. 20

61. Convocatoria adicional de síntesis .................................................................................. 20

62. Exámenes mediante teleconferencia .............................................................................. 20

63. Publicación de las fechas y ciudades de exámenes ........................................................ 20

64. Horario y sede física ........................................................................................................ 21

65. Notificación de asistencia a exámenes ........................................................................... 21

66. Imposibilidad de asistir a los exámenes y alumnos con necesidades especiales ........... 21

67. Tribunal de incidencias de la convocatoria extraordinaria ............................................. 21

68. Publicación de notas provisionales ................................................................................. 22

69. Revisión de exámenes ..................................................................................................... 22

70. Juntas de evaluación ....................................................................................................... 22

71. Publicación de notas definitivas ...................................................................................... 22

72. Boletines de notas y certificados académicos................................................................. 23

73. Sistema de cálculo de notas finales ................................................................................ 23

74. Reclamaciones motivadas por las calificaciones ............................................................. 23

CAPÍTULO XII: EL CAMPUS VIRTUAL ............................................................................................ 23

75. Las claves de acceso ........................................................................................................ 23

76. Acceso a elementos del campus ..................................................................................... 24

77. Módulo 0 ......................................................................................................................... 24

78. Las aulas .......................................................................................................................... 24

79. Los materiales ................................................................................................................. 25

80. Las actividades: entregas y formato ................................................................................ 25

81. Las clases ......................................................................................................................... 25

82. La tutorización del módulo.............................................................................................. 25

83. Profesorado ..................................................................................................................... 25

84. Idioma de impartición ..................................................................................................... 26

CAPÍTULO XIV: RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS Y CONVALIDACIONES .................................... 26

85. Reconocimiento de estudios ........................................................................................... 26

86. No matriculación en convalidaciones directas y singulares tipificadas .......................... 26

87. Matriculación en Convalidaciones singulares no tipificadas ........................................... 26

88. Consecuencias de la matrícula para las convalidaciones ................................................ 27

89. Recomendación de tramitación de convalidaciones ...................................................... 27

CAPÍTULO XV: FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO (FCTs) ................................................... 27

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90. Definición de Formación en Centros de Trabajo ............................................................. 27

91. Normativa de Formación Práctica en Centros de Trabajo (FCTs) ................................... 27

92. Periodo y horario de la Formación en Centros de Trabajo ............................................. 28

93. Convenio.......................................................................................................................... 28

94. Lugar de realización de las prácticas ............................................................................... 28

95. Exención de la Formación en el Centro de Trabajo ........................................................ 28

CAPÍTULO XVI: TRÁMITES ............................................................................................................ 29

96. Solicitud de reconocimientos, convalidaciones directas o indirectas y exenciones ....... 29

97. Renuncia total o parcial a la matrícula ............................................................................ 29

98. Baja total o parcial ........................................................................................................... 30

99. Solicitud de la titulación oficial ....................................................................................... 31

CAPÍTULO XVII: NORMATIVA DE CONVIVENCIA .......................................................................... 31

100. UCOC se compromete a: ..................................................................................................... 31

101. El centro adscrito se compromete a: .................................................................................. 32

102. El alumno se compromete a: .............................................................................................. 32

CAPITULO XVIII: MEDIDAS CORRECTORAS Y SANCIONADORAS ................................................. 33

103. Normativa sancionadora aplicable ...................................................................................... 33

CAPÍTULO XIX: NORMATIVA ECONÓMICA ................................................................................. 33

104. Complementariedad con la normativa económica ............................................................. 33

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CAPÍTULO I: DESCRIPCIÓN

1. Ámbito de aplicación La Normativa académica de UCOC es el conjunto de normas y protocolos de actuación que

establece la relación académica entre los estudiantes y UCOC, y de la misma forma, entre los

estudiantes y los Centros Adscritos a UCOC. Esta Normativa es aplicable a todos los Ciclos de

Formación Profesional que se imparten mediante esta plataforma.

CAPÍTULO II: OFERTA FORMATIVA Y TITULACIÓN

2. Descripción de la oferta La oferta formativa de UCOC se compone de Ciclos de Formación Profesional de Grado Medio,

Ciclos de Formación Profesional de Grado Superior y del Curso de Preparación para las Pruebas

de Acceso a los Ciclos de Grado Superior. A través de la web de UCOC (www.ucoc.es) se puede

consultar la oferta vigente de UCOC.

3. Oficialidad de los títulos Todos los títulos de Formación Profesional impartidos a través de UCOC son de carácter oficial,

en consecuencia, no son necesarias las pruebas libres para la obtención de la titulación. Estos

títulos están homologados por la Generalitat de Catalunya, reconocidos a nivel nacional y

tienen validez en toda la Unión Europea.

4. Paridad del título de formación a distancia El título de Formación Profesional que se obtiene con la modalidad a distancia es el mismo que

se obtiene con la modalidad presencial y por tanto, tiene la misma validez.

5. El currículo académico El sistema de Formación Profesional está regulado por el Ministerio de Educación, Cultura y

Deporte del Gobierno de España. La descripción de los títulos de los ciclos de Formación

Profesional se publica mediante Boletines Generales del Estado. La concreción curricular para

los centros de Catalunya, como son los Centros Adscritos a UCOC, la establece el Departament

d’Ensenyament de la Generalitat, mediante la normativa y los Decretos correspondientes.

El marco legal aplicable es:

REAL DECRETO 67/2007, de 20 de marzo, por el que se regulan las enseñanzas de formación

profesional inicial en la modalidad a distancia.

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ORDEN ENS/71/2012, de 8 de marzo, por la que se regulan las enseñanzas de formación

profesional inicial en la modalidad de educación no presencial en centros privados.

RESOLUCIÓN ENS/1308/2014, de 3 de junio, por la cual se especifica la impartición de forma

presencial o a distancia de diversos créditos en las enseñanzas profesionales a distancia.

6. Ordenación académica Los ciclos formativos son estudios que preparan en el ejercicio de una determinada profesión y

se ordenan en el sistema educativo como Ciclos de Grado Medio y Ciclos de Grado Superior.

Dentro del sistema educativo, los Ciclos Formativos de Grado Medio forman parte de la

enseñanza secundaria postobligatoria y los Ciclos Formativos de Grado Superior forman parte

de la educación superior.

El sistema de la Formación Profesional está compuesto por casi 90 ciclos estructurados en

veintidós familias profesionales.

La duración de los ciclos es variable y oscila entre las 1.300 y las 2.000 horas; un Ciclo

Formativo que tiene entre 1.300 y 1.400 horas corresponde a un curso académico mientras

que un ciclo de entre 1.700 y 2.000 horas corresponde a dos cursos académicos.

Hay dos legislaciones sobre las que están basadas organizativa y curricularmente los Ciclos de

Formación Profesional, una más antigua, la LOGSE y otra más reciente hacia la que están

migrando los ciclos, la LOE.

7. Tipos de Módulos Profesionales Los Ciclos Formativos incluyen, por lo general, los siguientes módulos profesionales:

a) Módulos específicos a los estudios correspondientes

b) Módulos comunes a diferentes ciclos, como puede ser Formación y Orientación

Laboral e Iniciativa Emprendedora

c) Módulo de Proyecto o Síntesis

d) Módulo de Formación en Centros de Trabajo (Prácticas en empresas)

8. Créditos y Unidades formativas Los módulos se subdividen en créditos para ciclos LOGSE y en Unidades Formativas para ciclos

LOE. Tanto los créditos como las Unidades Formativas son reconocidos y certificables por sí

mismos.

9. Títulos de Formación Profesional Los títulos de la Formación Profesional del sistema educativo son el de Técnico (para Grados

Medios) y el de Técnico Superior (para Grados Superiores).

Los títulos de Formación Profesional acreditan las competencias contempladas en el perfil

profesional, incluyendo competencias profesionales, personales y sociales para favorecer la

competitividad, la empleabilidad y la cohesión social, así como las cualificaciones profesionales

y las unidades de competencia incluidas en el título.

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10. Tramitación final del título Los Centros Adscritos proporcionan a los alumnos, una vez finalizado el ciclo, el certificado que

acredita sus estudios. El alumno debe solicitar ante la autoridad correspondiente, en este caso

la Generalitat de Catalunya, la emisión del título oficial, para el que deberá abonar las tasas

correspondientes.

CAPÍTULO III: UCOC Y LOS CENTROS ADSCRITOS

11. Autorización de los Centros La Generalitat de Catalunya autoriza a Centros de estudios privados y concertados de

Formación Profesional presencial de esta comunidad a impartir Formación Profesional a

distancia. UCOC es la plataforma a través de la cual diferentes Centros de estudios, y mediante

una relación de adscripción, imparten sus ciclos a distancia.

12. Pertenencia de un alumno a un Centro La autorización de la Generalitat de Catalunya está dirigida a los Centros y no a UCOC, que es la

plataforma que los Centros utilizan para impartir sus ciclos. Por tanto, oficialmente todo

alumno de UCOC está matriculado a un Centro Adscrito y es a todos los efectos alumnos de

ese Centro. Esto supone que:

El expediente del alumno se encuentra en el Centro Adscrito al que se ha matriculado,

por lo tanto, toda la documentación y la tramitación sobre requisitos de acceso,

reconocimiento de créditos, convalidaciones, notificación de notas y certificaciones es

responsabilidad del mismo. El Centro Adscrito crea y mantiene el expediente del

alumno, incluyéndolo en los registros oficiales y alimentándolo con las solicitudes y

justificaciones que presenta el mismo.

El Centro Adscrito imparte mediante UCOC, en parte o en su totalidad, ciclos de

Formación a distancia, delegando en esta plataforma la organización de la formación.

Al finalizar la impartición, cada centro incorpora las notas obtenidas mediante la

formación a distancia al expediente del alumno.

La gestión y evaluación del módulo de Formación en Centros de Trabajo (Prácticas en

empresas) es responsabilidad del Centro Adscrito. El responsable de prácticas de cada

centro gestiona la exención, desarrolla el convenio, tutoriza al alumno en las prácticas,

y le otorga la calificación final.

13. Cambio de Centro Un alumno puede cambiar de Centro donde realiza la formación y continuar sus estudios en

otro Centro, solicitando un traslado de expediente. Este trámite se realiza mediante la

formalización de una matrícula como nuevo alumno en el centro de destino y adicionalmente

el alumno debe entregar el expediente de la formación cursada para que sea reconocida por el

nuevo centro. Los Centros Adscritos a UCOC son administrativamente independientes y por

tanto, si un alumno realiza un cambio de centro debe realizar el traslado de expediente de la

forma descrita. Los cambios para la matrícula de estudios a distancia entre Centros Adscritos

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de UCOC recomendamos que se realicen al finalizar el curso lectivo, coincidiendo con la

matrícula del siguiente curso.

CAPÍTULO IV: LA MATRÍCULA: CONSIDERACIONES PREVIAS

14. Restricciones por Centro y ciclo Un alumno sólo puede estar matriculado de un ciclo en un único Centro simultáneamente, y

por consiguiente, un alumno no puede cursar al mismo tiempo el mismo un ciclo en varios

Centros. Esta restricción es aplicable también en el caso en que las asignaturas a las que se

matricule sean diferentes, e incluso, como norma general, aunque en un Centro esté

realizando formación presencial y en otro Centro formación a distancia.

15. Posibilidad de cursar formación presencial y online en el mismo

Centro Un alumno puede estar cursando simultáneamente asignaturas presenciales y a distancia

siempre que sea en el mismo Centro, cosa que ofrecen todos los Centros Adscritos a UCOC.

16. Presencialidad y formación a distancia Los ciclos que imparte UCOC son ciclos que se cursan completa o mayoritariamente a

distancia. La Formación en Centros de Trabajo (Prácticas en empresas) es el único módulo que

se realiza íntegramente de carácter presencial.

En el caso en que haya algún módulo que requiera sesiones presenciales, esta especificación

queda recogida en los Planes de estudio publicados en UCOC (www.ucoc.es).

Las sesiones presenciales vienen motivadas por la necesidad de realizar prácticas bien porque

se requiere manipulación de instrumental específico o porque se han de evaluar competencias

profesionales insitu.

17. Matrícula semestral En UCOC los estudios están organizados semestralmente: el primer semestre se extiende entre

septiembre y enero, realizándose las recuperaciones en febrero; el segundo semestre se

extiende entre enero y mayo, realizándose las recuperaciones en junio.

En cada curso lectivo, hay dos momentos de matrícula, la del primer semestre y la del segundo

semestre, permitiéndose la incorporación de estudiantes en esos dos momentos del año.

La matrícula para el primer semestre puede ser de ese primer semestre o de todo el curso y

mientras que la matrícula para el segundo semestre únicamente abarca hasta la finalización

del curso lectivo.

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18. Matriculación única por asignatura El alumno se puede matricular de una asignatura durante un mismo curso una única vez,

independiente de que esa asignatura se ofrezca en UCOC en dos semestres distintos. Si un

alumno se matricula de la misma asignatura en dos ocasiones en el mismo curso lectivo, la

matrícula de la segunda ocasión se considerará inválida, no teniendo en consideración la nota

que haya sacado en esa convocatoria, si es que se ha llegado a examinar.

19. Oferta sostenida UCOC replica la oferta de módulos semestrales de año a año, siempre que se adapte a la

normativa de la Administración y que no haya modificaciones en el Plan de Estudios vigente.

20. Repetición de asignaturas Para matricularse de una asignatura suspendida y repetirla, el alumno debe esperar al

semestre en el que se volverá a impartir, que será el mismo en el que se ha impartido, a

excepción de que haya algún cambio en el Plan de estudios.

21. Renovación de matrícula El alumno es el responsable de renovar su matrícula semestre a semestre o curso a curso,

según los procesos de matriculación que estipula UCOC para estudiantes. El proceso de

rematrícula es similar al proceso de matrícula, con la diferencia de que el estudiante no

necesita presentar ya la documentación básica porque ya está admitido.

22. Matrícula por módulos, créditos y Unidades Formativas UCOC permite la matriculación por módulos completos o por créditos y Unidades Formativas

para adaptarse al máximo a las necesidades del estudiante.

23. Oferta libre estructurada en itinerarios formativos UCOC estructura su oferta formativa semestralmente, ofreciendo módulos formativos, o parte

de los mismos, para ser iniciados y concluidos en ese periodo de tiempo.

La matrícula de los diferentes módulos, créditos o Unidades Formativas de UCOC es libre,

siempre que se cumplan determinados requerimientos. UCOC recomienda seguir los

itinerarios formativos que están descritos en el Plan de estudios de cada ciclo para garantizar

la coherencia del itinerario y evitar la concurrencia de exámenes de diferentes módulos.

24. Dedicación a los estudios Los itinerarios formativos propuestos por UCOC son de uno o dos años, en el caso de los ciclos

LOGSE; de dos o tres años en el caso de ciclos LOE y contemplan la disponibilidad de los

alumnos de cara a los estudios:

Ciclos LOGSE: Itinerario de 1 año, de 30 a 35 horas de dedicación a la semana.

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Itinerario de 2 años, de 20 a 25 horas de dedicación a la semana.

Ciclos LOE: Itinerario de 2 años, de 25 a 30 horas de dedicación a la semana.

Itinerario de 3 años, de 18 a 20 horas de dedicación a la semana.

Estos itinerarios sirven de orientación a los alumnos, pero cada alumno, siempre que cumpla

los requisitos, puede escoger los módulos, créditos y Unidades Formativas que desee de la

oferta formativa.

25. Número máximo de horas para la matrícula UCOC permite la matriculación de módulos, créditos o Unidades Formativas cuyas horas

lectivas sumen hasta 450 horas en ciclos LOE y de 525 horas en ciclos LOGSE en un mismo

semestre. A estas horas deben añadirse las horas lectivas del módulo de Proyecto o Síntesis y

las del módulo de Formación en Centros de Trabajo (Prácticas en empresas).

Este límite de horas puede ampliarse hasta un 40% con horas correspondientes a asignaturas

cursadas anteriormente, es decir, con asignaturas suspendidas en cursos anteriores y que el

alumno repite.

26. Obligatoriedad de las horas presenciales en determinados módulos La descripción de las horas presenciales que contempla un módulo, si es que existen, viene

estipulado en el Plan de estudios de cada ciclo publicadas en la web. Las horas de prácticas que

tiene un módulo son obligatorias para los alumnos y han de aprobarse.

CAPÍTULO V: LA MATRÍCULA: REQUISITOS DE ACCESO Y REQUERIMIENTOS

27. Requisitos de acceso Puede matricularse a un Centro Adscrito a UCOC cualquier alumno que tenga los requisitos

específicos de acceso al ciclo que desea, bien sea de Grado Medio o bien sea de Grado

Superior. Los requisitos de acceso a los diferentes ciclos son los solicitados por la Generalitat

de Catalunya y están publicados en la web de UCOC (www.ucoc.es)

28. Requerimientos de acceso a los módulos Para matricularse de ciertos módulos es necesario tener conocimientos previos y por tanto,

haber superado parcial o totalmente otros módulos. En el Plan de estudios de cada ciclo

aparece qué requerimientos son necesarios para matricularse de cada módulo.

29. Requerimientos para el módulo de Proyecto y Síntesis El módulo de Proyecto o Síntesis tiene el objetivo de poner en relación los contenidos y

competencias adquiridos en todos los módulos del ciclo y obtener así una visión global. Por

tanto, este módulo se puede cursar cuando ya se han cursado o se están cursando todos los

módulos del ciclo. Los requerimientos del módulo de Proyecto o Síntesis están publicados en el

Plan de estudios de cada ciclo.

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30. Requerimientos para el módulo de Formación en Centros de Trabajo En el marco de los ciclos de Formación Profesional, la Formación de Centros de Trabajo

(Prácticas en empresas) es un módulo presencial, obligatorio y evaluable.

Este módulo contempla la posibilidad de declararse exento total o parcialmente dependiendo

de la cantidad de tiempo y el tipo de trabajo que ha realizado el alumno hasta el momento. Los

requisitos de la exención están descritos en la normativa de UCOC para la Formación en el

Centro de Trabajo.

En la Formación en Centros de Trabajo el alumno pone en práctica las competencias

adquiridas durante el ciclo, y por tanto, puede realizarse cuando el alumno tenga todas o

buena parte de esas competencias adquiridas. Los requerimientos para matricularse del

módulo de Formación en Centros de Trabajo están descritos en el Plan de estudio del ciclo.

En el proceso de matrícula, hay dos opciones para las FCTs:

Estudio para la tramitación de la exención, que puede solicitarse desde el momento en que el

alumno se matricula al ciclo, todo y que se recomienda que se realice en el semestre anterior

al inicio previsto de las prácticas.

Si del estudio se resuelve que corresponde la exención total, el alumno no debe hacer nada

más. Si del estudio se resuelve que el alumno no tiene exención o tiene exención parcial,

deberá escoger también la opción de Realización y gestión de las FCTs en matrículas

posteriores.

La realización y gestión de las FCTs, se debe solicitar en el semestre que el alumno tiene

previsto iniciar las prácticas y una vez cumpla los requerimientos para realizarlas descritos en

el Plan de Estudios del Ciclo. Esta opción debe escogerse si se han de realizar las prácticas,

bien total o bien parcialmente.

31. Información sobre el nivel de las asignaturas de idiomas Los ciclos formativos habitualmente incorporan asignaturas de aprendizaje de idiomas. En el

Plan de estudios del ciclo, se describe el nivel de impartición del idioma según el marco común

europeo de las lenguas. Por tanto, para seguir la asignatura el alumno debería tener el nivel

inmediatamente anterior al descrito por la asignatura en el momento en que ésta se inicia.

32. Incorporación de la lengua inglesa en otras asignaturas Hay ciertos módulos que se imparten en castellano y que incorporan recursos y elaboración de

actividades de enseñanza y aprendizaje en inglés.

En determinados ciclos, el módulo de Proyecto incluye el desarrollo de actividades o la

ejecución de alguna de las fases en inglés (elaboración de la memoria o presentación de la

actividad).

Las especificaciones en relación a la incorporación de la lengua inglesa a los ciclos están

descritas en los Planes de estudio.

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33. Recomendaciones Los Planes de estudio pueden contener determinadas recomendaciones que pretenden

orientar al alumno en la estructuración de la secuencia de módulos a estudiar. Estas

recomendaciones pueden seguirse según la voluntad del alumno, pero en ningún caso son de

obligado cumplimiento.

34. Especificaciones metodológicas El desarrollo de algunas asignaturas de UCOC puede comportar ciertas prácticas especiales

como la grabación de vídeos, el trabajo en grupo, o la conexión síncrona en idiomas. UCOC

facilitará en todo lo posible estas prácticas.

35. Requerimientos de competencias personales Para realizar estudios en UCOC, los alumnos han de tener las siguientes competencias:

a) Capacidades propias de la formación a distancia como son la disciplina, la constancia,

la motivación por los estudios o la gestión del propio aprendizaje.

b) Conocimientos y habilidades vinculadas con las Tecnologías de la Información y la

Comunicación.

36. Requerimientos técnicos El modelo de aprendizaje de UCOC es el de la educación a distancia haciendo uso de las TIC

(Tecnologías de la Información y la Comunicación), por tanto, se requieren dispositivos

electrónicos, software y conexión a Internet. Los requisitos tecnológicos están publicados en

la web de UCOC.

37. Responsabilidad de cumplimiento de los requisitos de acceso y de los

requerimientos El alumno de UCOC, con anterioridad a realizar la matrícula, se informa mediante la web y los

Planes de estudio, de las vías de acceso a los estudios correspondientes y de todos los

requerimientos y recomendaciones de los estudios a los que se incorpora. Por consiguiente el

alumno de UCOC en el momento de iniciar la matrícula, es conocedor de los mismos y

responsable de su cumplimiento.

CAPÍTULO VI: EL CALENDARIO

38. El calendario lectivo El calendario lectivo de UCOC está compartido por toda la comunidad educativa y se hace

público desde el inicio del proceso de matrícula en la web www.ucoc.es. La matriculación en

UCOC implica el conocimiento y aceptación del calendario lectivo y en especial las fechas de

entregas y de convocatorias de exámenes.

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CAPÍTULO VII: PROCESO DE MATRICULACIÓN

El proceso de matrícula se divide en cuatro pasos: información y orientación, inscripción,

prematriculación y matriculación.

39. Información y orientación El proceso de matrícula se inicia con la elección del ciclo y el itinerario o los módulos que se

quieran realizar (se recomienda estudiar cuidadosamente el Plan de estudios) así como

habiéndose informado de cómo funciona UCOC mediante los diferentes apartados de la web, y

especialmente teniendo conocimiento de la metodología y el calendario lectivo.

Si el alumno requiere orientación o más información para matricularse, UCOC dispone de un

canal de información por correo electrónico y/o teléfono, recogido en la web, que el alumno

puede utilizar en el momento que lo requiera.

40. Inscripción El proceso de inscripción se realiza desde la web de UCOC mediante la plataforma de

matriculación, e incluye:

Paso 1: Incluir datos personales.

Paso 2: Seleccionar la formación y calcular el importe a abonar.

Paso 3: Revisar la selección y aceptar las condiciones de matrícula, así como la

Normativa académica y económica.

Paso 4: Formalizar el pago de la inscripción.

41. Prematrícula Paso 5: Adjuntar en formato digital la documentación correspondiente:

o Documentación básica: DNI o acreditación, tarjeta sanitaria y la

documentación justificativa conforme se poseen los requisitos de acceso.

o Formulario de convalidaciones: Formulario en el que el alumno informa de la

solicitud o la renuncia a convalidaciones.

o Documentación complementaria: Documentación acreditativa de

reconocimiento de estudios, convalidación directa, convalidación indirecta, y

exención de las FCTs (Prácticas)

Paso 6: Validación digital

En este paso el Centro Adscrito valida cuatro aspectos:

o Que el alumno ha adjuntado toda la documentación básica.

o Que el alumno ha adjuntado el formulario de convalidaciones.

o Que el alumno cumple los requisitos de acceso al ciclo.

o Que el alumno ha realizado correctamente la prematrícula, en relación a los

requerimientos de matriculación de los módulos.

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Una vez el alumno ha enviado toda la documentación digital y llega a este estado, el

Centro Adscrito debe mirarse toda la documentación y comprobar los requerimientos,

hay cuatro posibles resoluciones:

Prematrícula incompleta: Documentación básica incompleta y cumplimiento

de requerimientos de acceso y de matrícula. Se comunicará al alumno que en

el menor plazo de tiempo adjunte la documentación.

Prematrícula inválida: El alumno no cumple los requerimientos de acceso. Este

alumno no puede matricularse por lo que se procederá a anular la matrícula.

Prematrícula incorrecta: Documentación básica completa y cumplimiento de

requerimientos de acceso pero no de matrícula. Se procederá a anular la

matrícula a y el alumno deberá realizar una nueva correctamente.

Prematrícula validada: El alumno presenta digitalmente la documentación

básica, es válida para el acceso al ciclo, y cumple los requerimientos

correspondientes.

Las Secretarías de los Centros Adscritos deben pronunciarse respecto a la validez de la

prematrícula en un plazo máximo de una semana y de 48 horas en días laborables

quince días antes y después de la fecha de inicio de impartición del semestre en UCOC.

Cuando el alumno incluye una nueva documentación, este mismo plazo vuelve a

abrirse para la validación de la prematrícula.

Todas las prematrículas que no hayan sido validadas en un plazo de quince días del

inicio de la impartición del semestre, ya no serán admitidas, provocándose una

anulación de matrícula.

El envío de los libros y el acceso al campus son servicios reservados a alumnos

prematriculados.

La documentación acreditativa digital para el reconocimiento de estudios,

convalidación directa, convalidación indirecta o exención de las FCTs únicamente son

obligatorias si sirven para cumplir los requerimientos de un módulo.

42. Matrícula Paso 7: Validación física

El alumno debe llevar o enviar a la Secretaría del Centro Adscrito al que se ha matriculado

la documentación física siguiente en un plazo máximo de quince días desde que se haya

iniciado el semestre:

Fotocopia del Documento de acreditación personal (DNI, NIE o Pasaporte)

Fotocopia de la Tarjeta sanitaria

Fotocopia compulsada del Título de acceso al ciclo (el alumno puede presentarse

presencialmente con el original y la copia y el centro lo compulsará insitu)

Formulario de convalidaciones firmado

En el caso en que el alumno no presente esta documentación física en el plazo acordado,

se le instará a que lo haga en la semana siguiente días siguientes. En el caso en que el alumno

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no lo presente en ese segundo plazo, su matrícula no será efectiva, y en este caso, el Centro

Adscrito decidirá qué medidas adoptar. Las medidas a adoptar pueden ir desde la

desactivación del alumno campus hasta la anulación definitiva de la matrícula.

El alumno también debe enviar en ese plazo máximo de quince días a partir de que se haya

iniciado el curso y en el caso que lo haya solicitado reconocimiento de estudios,

convalidaciones directas o indirectas y/o exenciones:

Fotocopia compulsada del Documento que acredita esa solicitud o solicitudes (el

alumno puede presentarse presencialmente con el/los originales y las copias y el

centro las compulsará insitu)

En el caso en que falte la documentación acreditativa física para el reconocimiento de

estudios, convalidación directa, convalidación indirecta o exención de las FCTs (prácticas) se

dará un aviso de que se subsane la situación en quince días. Si no se entrega la

documentación física pertinente en ese plazo, la solicitud será desestimada automáticamente.

43. Anulación de la matrícula Una matrícula puede ser anulada posteriormente a su formalización, si se demuestra que el

alumno ha incurrido en falsedad documental, o por otras causas atribuibles al alumno.

CAPÍTULO VIII: LA MATRÍCULA. CONVOCATORIAS

44. Alumno de UCOC Se considera alumno de UCOC durante un curso lectivo una persona que ha

formalizado una matrícula durante el año académico (en uno o en los dos semestres)

en los estudios online de los Centros Adscritos que se imparten en UCOC. Estar

matriculado en un ciclo significa estar inscrito como alumno de Formación Profesional

en el Registro de la Generalitat.

45. Convocatorias por matrícula Con cada matrícula a la Unidad Formativa o crédito, el alumno tiene derecho a ser

evaluado en dos convocatorias en ese semestre. La primera convocatoria u ordinaria

se consume siempre. La segunda convocatoria o extraordinaria únicamente se

consume en función de si el alumno hace uso o no de ella.

Si el alumno no aprueba una Unidad Formativa o crédito ese curso, debe volver a

matricularse para acceder a nuevas convocatorias, independientemente de si ha

consumido una o las dos convocatorias de la matrícula anterior.

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46. Número de matrículas y evaluaciones máximas Según Normativa vigente, en un ciclo y Centro, un alumno puede estar matriculado

tres veces de una Unidad Formativa o crédito y ser evaluado en cuatro convocatorias

de los mismos, a excepción del módulo de Formación en Centros de Trabajo (FTC) del

que únicamente puede ser evaluado en dos convocatorias. Con carácter excepcional,

el alumno puede solicitar una quinta convocatoria extraordinaria por motivos de

enfermedad, discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo de los

estudios. El director del Centro Adscrito resolverá si la concede o no.

47. Volver a matricularse en una asignatura La mayoría de las Unidades Formativas o créditos se ofrecen en semestres alternos,

por lo que el alumno que deba volver a presentarse a una convocatoria de evaluación,

podrá hacerlo en el semestre en que ésta Unidad Formativa o crédito se imparta.

Volver a matricularse de una Unidad Formativa o crédito conlleva realizar la solicitud

de rematrícula y el pago de la misma.

CAPÍTULO IX: PLAN DE ESTUDIOS

48. Los Planes de estudio de los ciclos Los Planes de estudio de los ciclos de UCOC son de acceso público y están publicados

en la página web www.ucoc.es

Los Planes de estudio comprenden:

a. Información general del ciclo: descripción, familia profesional, competencias,

titulación, etc.

b. Horas totales del ciclo, entre las que encontramos horas de FCTs (prácticas en

empresas) y horas de impartición; entre estas últimas encontramos horas

presenciales y horas online.

c. Idioma de impartición

d. Objetivos de ciclo

e. Programa en el que se detalla las Unidades Formativas o créditos en los que se

incluyen las horas de formación presencial.

f. Oferta semestral de módulos (semestral), donde aparece también las

especificaciones de ciclo, así como los requerimientos y recomendaciones, y la

introducción de la lengua inglesa.

g. Itinerarios formativos recomendados.

49. Modificación de los Planes de estudio Todo y que los Planes de estudio tienen vocación de permanencia, pueden sufrir

variaciones debido a:

a. Nueva normativa o requisitos estipulados por la Administración pertinente

(Gobierno de España o Generalitat de Catalunya). UCOC no se hace

responsable de esos cambios, propiciados por la Administración.

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b. Por necesidades académicas u organizativas de UCOC. UCOC realizará las

modificaciones de los Planes de estudios por necesidades académicas u

organizativas antes de iniciarse el curso correspondiente.

Siempre que haya modificaciones en el Plan de estudios, UCOC informará a los

alumnos que se vean o puedan verse afectados de los ítems siguientes:

Nuevo Plan de estudios.

Plan antiguo.

Itinerarios recomendados para pasar del Plan antiguo al Plan nuevo.

Plan de impartición para los años en que se produce este tránsito.

Un alumno puede anular su matrícula quince días después de ser comunicado un

cambio en su Plan de estudios, no así con posterioridad. Esta anulación puede ser

parcial (en los módulos que han variado) en el caso de razones atribuibles a la

Administración y parcial o total en el caso de ser un cambio imputable a UCOC.

50. Compromisos de UCOC en relación a los Planes de estudio UCOC informará a los alumnos lo antes posible de los cambios propiciados por la

Administración y que alteran los Planes de Estudio. UCOC no se hace responsable

de los agravios producidos a los alumnos por los cambios de Planes de estudio

imputables a la Administración.

En cambios de Plan de estudios imputables a UCOC:

UCOC se compromete a mantener la impartición tal y como la tenía prevista

para el itinerario de 2 años que se inició en septiembre.

UCOC se compromete a diseñar unos itinerarios de tránsito para el resto de

alumnos (planes de 2 y 3 años iniciados en enero y planes de 3 años iniciados

en septiembre de tal forma que los alumnos puedan finalizar sus estudios en

los plazos previstos)

UCOC se compromete a posibilitar una vía para que los alumnos que han

suspendido y deben repetir una asignatura en un semestre diferente al que se

impartió y por dicha causa, no puedan finalizar sus estudios en los plazos

previstos. Estos alumnos podrán entrar en un aula con todos los recursos,

incluidas las clases grabadas, y su evaluación será como la que se desarrolla

para la convocatoria extraordinaria.

51. Orientación en situación de cambio de Planes de estudio UCOC ofrecerá una orientación sobre los cambios de Planes de estudio a aquellos

alumnos que consulten cómo proseguir los estudios.

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CAPÍTULO X: LA FORMACIÓN EN UCOC

52. Características de la formación en UCOC Es una formación a distancia que utiliza las TIC y que requiere la presencialidad

mínima establecida por la normativa vigente.

Se trata de una formación dirigida a un grupo de alumnos en la que el

participante se encuentra acompañado y en contacto con otros estudiantes.

Es una formación tanto teórica como práctica que requiere actividad constante

por parte del alumno.

Hay una evaluación continua que garantiza la adquisición progresiva de las

competencias requeridas.

Los estudios se pueden llevar a cabo de forma asíncrona (sin estipular una hora

concreta de conexión). La formación contempla la posibilidad de participar en

elementos síncronos (que requerirán una hora concreta de conexión) como es

el caso de las clases virtuales, aunque éstas no son obligatorias para aprobar y

pueden recuperarse en diferido ya que quedan grabadas.

La intervención de los profesores es activa, impartiendo clases, corrigiendo

actividades, moderando foros, etc.

Los alumnos cuentan con servicios de referencia y soporte, a los que podrán

dirigirse para orientarse y resolver las dudas o incidencias necesarias.

53. Metodología La metodología en UCOC se caracteriza por su dinamismo y se centra en la actividad

del alumno. La guía didáctica y el plan de trabajo conforman la estructura y la

actividad de aprendizaje del aula, que se asienta en tres elementos principales:

Los materiales: Cada módulo cuenta con contenidos de todos los temas que se abordan. Entre estos contenidos se pueden encontrar materiales didácticos específicos y recursos de aprendizaje como pueden ser artículos, vídeos, referencias bibliográficas, etc.

Las actividades: Para garantizar la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos y la integración de los contenidos de cada tema, se encuentran las actividades. Éstas son corregidas y evaluadas de forma individual por los profesores. Entre las actividades se pueden encontrar trabajos de desarrollo, resolución de casos, foros de debate, búsquedas en internet, etc.

Las clases virtuales: Sirven a modo de resumen de la materia impartida y de las actividades realizadas y tienen el objetivo de ampliar y reforzar el aprendizaje. Estas clases son impartidas en directo por el profesor de la asignatura a través de un sistema de videoconferencia y permiten a los alumnos expresar dudas sobre la materia a través de un chat habilitado durante la sesión. Las clases virtuales de cada asignatura se imparten regularmente y quedan almacenadas en el campus virtual para que, aquellos alumnos que no han podido asistir en el momento en que se celebran, puedan consultarlas en cualquier otro momento.

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CAPÍTULO XI: PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

54. Sistema de evaluación UCOC utiliza un sistema de evaluación mixto, que comprende una evaluación continua de

carácter obligatorio, que consiste en la evaluación de trabajos y actividades entregados por el

alumno durante el curso, unas prácticas presenciales (en el caso en que se realicen) y unos

exámenes presenciales. El sistema de evaluación de cada módulo se comunica al inicio de

curso mediante la guía didáctica del módulo y el plan de trabajo publicado en cada aula.

Cualquier modificación en un módulo del sistema de evaluación o de los elementos que lo

componen es comunicada con antelación a los alumnos facilitando los cambios que se hayan

podido producir.

55. Evaluación Continua El sistema de evaluación continua es público desde el momento en que se inicia el curso y se

compone de diferentes elementos como test, actividades, visualización o resúmenes de clases,

etc.

Para la convocatoria extraordinaria, se prevé un único examen presencial que incorporará

elementos de la evaluación continua.

56. Calendario de entregas El sistema de trabajo de evaluación continua de UCOC es quincenal, y el calendario de entregas

está reflejado en el calendario lectivo de UCOC, publicado en la web www.ucoc.es desde el

momento de la matrícula.

Si por un motivo justificado y documentado, no se pueden entregar las actividades o

resúmenes en el tiempo previsto, el alumno deberá presentar una solicitud y justificación a

UCOC mediante el sistema de Tickets. UCOC puede admitir la solicitud, si lo considera

pertinente, y permitir la entrega tardía de actividades o resúmenes, siempre que éstas se

presenten en el plazo máximo de una semana desde la fecha y hora de entrega prevista

inicialmente. UCOC no permitirá entregas de actividades o resúmenes fuera de ese plazo.

Los foros y test no se pueden recuperar, éstos no se pueden realizar fuera del periodo

establecido inicialmente.

57. Incorporación tardía de alumnos Los alumnos que se incorporen tardíamente a UCOC tienen la posibilidad de entregar todos los

elementos de la evaluación continua de la primera quincena coincidiendo con la entrega de la

segunda quincena.

58. Corrección y calificación de la evaluación continua Las entregas, actividades, resúmenes o contestaciones de las clases y foros serán calificados en

el plazo máximo de 10 días de la fecha máxima de entrega. La publicación de la solución,

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ejemplo o pautas de corrección con finalidades didácticas depende del criterio del profesor y

será realizada después de la calificación (ocho días después de la fecha límite de la entrega).

La calificación y solución de los test se producirá de forma inmediata una vez cerrados los

mismos.

Como excepción y para facilitar la incorporación de alumnos de forma tardía, la calificación y

solución de los elementos de evaluación continua de la primera entrega (primera quincena)

será publicada en el mismo momento que los de la segunda quincena.

59. Presenciales Hay algunos módulos que tienen sesiones o prácticas presenciales según se especifica en el

Plan de estudios. Estas sesiones o prácticas se desarrollarán en un único fin de semana

anterior a los exámenes, pudiendo incluir el viernes, en la provincia de Barcelona.

Las sesiones presenciales o prácticas son obligatorias y se han de superar.

60. Convocatoria de exámenes Los exámenes son presenciales y por cada semestre hay dos convocatorias de exámenes:

primera convocatoria u ordinaria (para todos) y segunda convocatoria o extraordinaria

(únicamente para los que hayan suspendido o no se hayan presentado en la primera

convocatoria u ordinaria).

61. Convocatoria adicional de síntesis Así mismo, hay una convocatoria específica para la presentación del Proyecto de síntesis que

puede ser presencial o a distancia (mediante teleconferencia). La convocatoria primera u

ordinaria para el Proyecto o Síntesis se realiza algunas semanas después de la primera

convocatoria u ordinaria de los exámenes de los módulos. La segunda convocatoria o

extraordinaria del proyecto o síntesis coincide con el fin de semana de exámenes de la

segunda convocatoria o extraordinaria.

62. Exámenes mediante teleconferencia La parte oral de los exámenes de idiomas y la presentación de los Proyectos de Síntesis en

sedes diferentes de Barcelona se realizarán o bien mediante sistema de teleconferencia si la

realiza el mismo profesor o bien evaluándose con otro profesor. UCOC estipulará la modalidad

a la que quedará acogido el alumno en cada convocatoria.

63. Publicación de las fechas y ciudades de exámenes Las fechas y provincias en que se celebran los exámenes y las prácticas están publicadas en el

calendario lectivo y en la web de UCOC desde el inicio del proceso de matrícula.

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64. Horario y sede física El horario concreto y la sede física en que se realizarán los exámenes en diferentes ciudades se

publicará en el campus de UCOC, como mínimo, 30 días antes de la celebración de los mismos.

65. Notificación de asistencia a exámenes El alumno debe confirmar la asistencia a los exámenes y la ciudad donde se presentará, si para

el ciclo que está cursando tiene varias opciones.

Aquellos alumnos que no confirmen su presencia en los exámenes, no serán admitidos para

realizarlos, aunque se personen en la convocatoria.

66. Imposibilidad de asistir a los exámenes y alumnos con necesidades

especiales UCOC realiza los exámenes en las fechas, horarios y lugares establecidos. Si un alumno no

puede asistir a los exámenes en la convocatoria ordinaria, deberá presentarse en la

convocatoria extraordinaria.

Los alumnos que pueden justificar documentalmente mediante un certificado de disminución

que necesitan unas condiciones específicas para los exámenes, deberán solicitar las mismas

con un mes de antelación a los exámenes, enviando la solicitud correspondiente colgada en el

campus de UCOC. UCOC resolverá en qué términos se adaptan las condiciones de exámenes

que, en todos los casos, han de ser presenciales.

Si un alumno no puede asistir a los exámenes se le considerará No presentado y se le

computará una convocatoria en la primera convocatoria u ordinaria y no se le computará una

convocatoria en segunda convocatoria o extraordinaria.

67. Tribunal de incidencias de la convocatoria extraordinaria Si por causa mayor y justificada un alumno no puede presentarse a la convocatoria

extraordinaria, puede solicitar examinarse mediante el Tribunal de incidencias, solo de

aquellos exámenes que son teóricos.

El Tribunal de incidencias es una instancia de último recurso que autoriza el aplazamiento de

exámenes de convocatoria extraordinaria en las siguientes circunstancias:

Operaciones, convalecencias y bajas médicas

Defunciones, nacimientos, bodas, bautizos o comuniones de familiares de primer

grado

Negación de permiso laboral

Concordancia con otra convocatoria de examen oficial

Otras circunstancias justificables

Un alumno puede solicitar presentarse al Tribunal de incidencias antes de las 24,00h del

domingo del fin de semana en que se celebran los exámenes de la convocatoria extraordinaria

y con la solicitud, situada en el espacio de Secretaría del Campus, deberá adjuntar el

justificante acreditativo.

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El Tribunal de incidencias ha de resolver si autoriza o no al alumno a presentarse, cosa que

realizará en un término máximo de 24 horas del cierre de las solicitudes.

El tribunal de incidencias permite examinarse de contenidos teóricos, excluyendo prácticas o

exámenes prácticos, presentación de Proyecto o Síntesis o exámenes orales de idiomas.

Los exámenes del Tribunal de incidencias se realizarán en las dependencias centrales de UCOC,

calle Pelayo 8 de Barcelona y se desarrollan la semana siguiente de la segunda convocatoria o

convocatoria extraordinaria de exámenes. Al Tribunal de incidencias el alumno debe

presentarse con la autorización impresa de UCOC y el justificante acreditativo original.

68. Publicación de notas provisionales Las notas provisionales se publican en el campus como máximo quince días después de la

celebración de los exámenes. Estas notas son provisionales, en tanto no se ha procedido a la

revisión de exámenes y no se ha celebrado la Junta de evaluación correspondiente y por tanto,

no tienen validez académica.

69. Revisión de exámenes Los alumnos tienen derecho a ver el examen realizado y comentarlo con el profesor y en UCOC

este proceso se realiza mediante videoconferencia.

Juntamente con las notas provisionales se publican los horarios de revisión de exámenes. Los

alumnos pueden solicitar la revisión de exámenes como mínimo en las siguientes 24 horas de

días lectivos a partir de la fecha de publicación.

Los alumnos recibirán la confirmación de la revisión, la hora en que se realizará y el enlace

para conectarse a la misma como mínimo 12 horas antes de celebrarse.

En el supuesto en que la nota del examen se vea modificada en la revisión, ésta se publicará

en el campus.

70. Juntas de evaluación Todos los profesores de un ciclo se reúnen en la Junta de evaluación para comentar los

resultados de los alumnos y evaluarlos. En la Junta de evaluación se hacen observaciones

generales del grupo y particulares de los alumnos, se valida la corrección de los cálculos de las

notas y se cierran las notas definitivas.

71. Publicación de notas definitivas Las notas definitivas se obtienen después del proceso de revisión y de celebrarse las Juntas de

evaluación y se publican en el campus en un plazo inferior a 30 días naturales después de la

celebración de los exámenes.

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72. Boletines de notas y certificados académicos Los Centros Adscritos dispondrán de las notas integradas en el expediente académico en un

plazo máximo de 60 días naturales (en meses hábiles) a partir de la celebración de los

exámenes. Los centros enviarán las notas del curso escolar después de la convocatoria

extraordinaria del último semestre o en su defecto, darán acceso al alumno para la

visualización de su expediente en ese plazo.

Los certificados académicos se expedirán una vez los Centros Adscritos dispongan de las actas

de notas firmadas por el profesorado. El centro enviará un boletín de notas durante el curso,

siempre previa solicitud del alumno.

Dado el calendario lectivo de UCOC y las convocatorias de exámenes, UCOC facilitará pero no

garantizará, la disposición de las notas para las inscripciones de selectividad o las inscripciones

a otros centros.

73. Sistema de cálculo de notas finales El cálculo de las notas por crédito y Unidad Formativa que se realiza en UCOC está recogido en

la Normativa de evaluación publicada en la Secretaría del Campus.

El cálculo de las notas de módulo y ciclo está basado en la normativa vigente de Formación

Profesional Documento para la organización y la Gestión de Centros y que está resumido en la

Normativa del sistema de evaluación de UCOC publicado en la Secretaría del Campus.

74. Reclamaciones motivadas por las calificaciones UCOC sigue el procedimiento descrito en el Documento para la organización y la Gestión de

Centros vigente para las reclamaciones motivadas por las calificaciones obtenidas y

comunicadas a los alumnos al final de las Unidades Formativas o créditos.

CAPÍTULO XII: EL CAMPUS VIRTUAL

75. Las claves de acceso Los alumnos reciben las claves de acceso al campus virtual de UCOC, una vez prematriculados,

uno o dos días antes del inicio del módulo 0. Las claves de acceso al campus son el nombre de

usuario y la contraseña (que el usuario puede modificar).

El acceso al campus es personal e intransferible, y por ello el alumno ha de mantener en

secreto su contraseña sin proporcionársela a terceros. En el campus, el alumno realiza su

actividad lectiva y mediante el mismo es informado de sus notas. Si un tercero entrara en su

nombre, UCOC se exime de cualquier responsabilidad siendo ésta asumida enteramente por

el alumno. Por eso, recomendamos que si el alumno sospecha este hecho, lo comunique

inmediatamente a UCOC para restituirle su contraseña.

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76. Acceso a elementos del campus El acceso al campus incluye el acceso al módulo 0, a las aulas de los módulos o créditos a los

que el alumno está matriculado, y a los espacios comunes de información y socialización.

El alumno tiene acceso a un aula desde el inicio del módulo o crédito hasta quince días

después de la publicación definitiva de las notas de la segunda convocatoria o extraordinaria,

momento en que ésta ya no será accesible.

77. Módulo 0 UCOC desarrolla un módulo formativo inicial unos días antes del inicio del semestre, el

denominado módulo 0, que tiene los siguientes objetivos:

Introducir a los alumnos en el uso del campus, utilizando las principales opciones del

mismo.

Simular un aula en un entorno de prueba donde los alumnos puedan familiarizarse

con la metodología que seguirán posteriormente y puedan realizar actividades

formativas en un entorno sin riesgos.

Detectar y tratar los posibles problemas e incidencias técnicas que los alumnos puedan

tener con su ordenador, software y red.

Dar la bienvenida a los estudiantes y conocer tanto al tutor que tendrán, como los

diferentes sistemas de espacios de información y ayuda con los que contarán.

Realizar el módulo 0 es obligatorio para los alumnos la primera vez que se incorporan al

sistema, aunque los resultados del mismo no quedan recogidos en el expediente.

Para los alumnos incorporados en anteriores semestres, en septiembre se realiza una

sesión inaugural donde quedan recogidos las novedades de este año que hacen referencia a la

organización, metodología y sistema de evaluación UCOC.

Para determinados ciclos y módulos, en los que se ha detectado que los alumnos

necesitan una familiarización con la materia antes de iniciar los estudios, el módulo 0 puede

realizarse con anterioridad acompañando una formación introductoria específica. En los ciclos

en que esto se produce, esta formación introductoria queda recogida en los Planes de estudio.

78. Las aulas Por cada módulo o crédito matriculado se habilita un aula, y por cada Unidad Formativa se

habilita un espacio dentro del aula.

Todas las aulas de UCOC tienen una estructura semejante y cuentan con:

Un tablón del profesor, donde éste realiza sus notificaciones

Un foro donde tanto profesores como alumnos escriben

Una guía didáctica del módulo o crédito

Un plan de trabajo del módulo o crédito

Diferentes elementos como materiales, actividades, test, acceso a las clases, etc.

Visualización de notas de las convocatorias ordinarias y extraordinarias

Herramientas propias del aula, como el calendario o el calificador

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Todos los elementos de las aulas no son visibles desde el primer momento, sino que son

accesibles a medida que va avanzando el curso y son necesarios.

Las aulas dejarán de estar disponibles para los alumnos quince días después de la publicación

de notas definitivas de la convocatoria extraordinaria.

79. Los materiales En UCOC se utilizan materiales de editoriales o propios diseñados específicamente para ciclos

de Formación Profesional.

En general, los materiales cuentan con una doble versión: una versión digital, colgada en el

aula y una versión impresa, que llega por mensajería a los alumnos. Excepcionalmente, algún

material puede contar con una única versión. La lista de materiales que se utilizan en un curso

y las versiones en que encuentra se publica en el campus.

80. Las actividades: entregas y formato En las actividades que presenten los alumnos, además del contenido, también se valora:

La redacción, gramática y ortografía, que han de ser correctas.

La originalidad del trabajo, que ha de estar garantizada.

La presentación o imagen del trabajo.

El formato en dos sentidos: que esté realizado con el software admitido (consultar los

requerimientos técnicos en la web de UCOC) y que no sobrepase el peso admitido para

esa actividad.

81. Las clases Las clases en directo se desarrollan mediante un sistema de teleconferencia, y la conexión en

directo es voluntaria aunque recomendable. Únicamente en algunas asignaturas de idiomas en

que se trabaja la oralidad, la conexión puede ser obligatoria.

82. La tutorización del módulo El profesor de cada asignatura con posterioridad a la clase virtual realiza media hora de tutoría

en la que el alumno puede realizar consultas en directo (mediante chat escrito o de forma

oral). El profesor tiene la posibilidad de responderle de forma inmediata utilizando el sistema

de videoconferencia.

Así mismo, el profesor realiza una tutorización continua durante todo el curso mediante la

respuesta a los foros donde los alumnos exponen sus dudas.

83. Profesorado El profesorado que imparte en UCOC tiene la titulación requerida. El profesor de UCOC tiene

libertad para orientar e impartir la formación como considere conveniente, siempre que se

ciña al currículum que marca la Administración.

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84. Idioma de impartición El idioma en que se imparten los estudios en UCOC es el castellano, por tanto toda la

información y comunicación se realiza como mínimo en este idioma. También puede haber

módulos que se impartan en otros idiomas, posibilidad que queda reflejada en la oferta.

Los alumnos de UCOC han de respetar el idioma en que se imparte un módulo para realizar las

aportaciones en el foro y otras comunicaciones públicas, todo y que también, se les reconoce

la posibilidad de entregar las actividades, los trabajos de síntesis y los exámenes en catalán.

CAPÍTULO XIV: RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS Y CONVALIDACIONES

85. Reconocimiento de estudios Se entiende por reconocimiento de estudios cuando un estudiante que ha realizado parte de

un ciclo en un Centro quiere seguir realizándolo en otro y desea que se le reconozca la

formación realizada. El reconocimiento se produce siempre que se trate de un mismo ciclo y

de un mismo marco legislativo. El reconocimiento de estudios en UCOC se solicita en el

procedimiento de matrícula.

86. No matriculación en convalidaciones directas y singulares tipificadas Son convalidaciones directas las que pueden solicitar aquellas personas que han cursado un

Ciclo Formativo de Formación Profesional específico y están cursando otro del mismo Grado o

de Grado superior.

Las convalidaciones directas las resuelve el Centro Adscrito y UCOC recomienda no

matricularse de las mismas, siempre que el objeto de la solicitud esté claramente recogido en

la información sobre convalidaciones publicada en la web de UCOC.

Son convalidaciones singulares las que pueden solicitar personas que han cursado enseñanzas

universitarias vigentes, extinguidas o en el extranjero. Las convalidaciones singulares las

resuelve la Generalitat de Catalunya, su resolución puede tardar varios meses, y no tiene

garantías de ser positiva.

Dentro de las convalidaciones singulares encontramos las convalidaciones singulares

tipificadas, que son convalidaciones que generalmente tienen una resolución positiva; y las

convalidaciones singulares no tipificadas, de las que no hay ningún tipo de referencia.

Las convalidaciones singulares tipificadas están recogidas en la web de UCOC, en el apartado

de las Preguntas Frecuentes. Dado que hay altas posibilidades de que las convalidaciones

singulares tipificadas se resuelvan positivamente, UCOC recomienda no matricularse a las

mismas.

87. Matriculación en Convalidaciones singulares no tipificadas Las convalidaciones singulares no tipificadas son casos particulares que no tienen prevista una

convalidación y que se resuelven individualmente por la Dirección General de Enseñanzas

Profesionales, Artísticas y Especializadas.

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Las convalidaciones singulares no tipificadas las resuelve la Generalitat de Catalunya, su

resolución puede tardar varios meses, y su resolución es incierta, por eso, recomendamos que

el alumno se matricule a los módulos de los que solicita dicha convalidación.

88. Consecuencias de la matrícula para las convalidaciones Un alumno que ha solicitado una convalidación y se ha matriculado de la asignatura, tiene dos

posibilidades:

Si la convalidación ha sido aceptada, puede optar entre incorporar al expediente la

convalidación o la nota que ha sacado cursándola.

Si la convalidación ha sido denegada, se incorporará en el expediente la nota que haya

sacado en la asignatura.

Un alumno que ha solicitado una convalidación y no se ha matriculado de esa asignatura, tiene

dos posibilidades:

Si la convalidación ha sido aceptada, esta resolución se incorporará al expediente.

Si la convalidación no ha sido aceptada, esta resolución no se incorporará al

expediente y el año siguiente deberá cursar la asignatura.

89. Recomendación de tramitación de convalidaciones Se recomienda solicitar las convalidaciones en la primera matrícula que se realiza en UCOC o

como mínimo, un semestre anterior a la fecha publicada de inicio de la asignatura de la que se

aspira la convalidación, para que se resuelva lo antes posible y así configurar una matrícula

coherente.

El alumno de UCOC en el momento de la matrícula está obligado a pronunciarse en relación a

la solicitud o renuncia de convalidaciones, rellenando y adjuntando el formulario

correspondiente.

CAPÍTULO XV: FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO (FCTs)

90. Definición de Formación en Centros de Trabajo La formación práctica en centros de trabajo (FCT) es un módulo de carácter obligatorio para la

obtención del título oficial del ciclo formativo y que tiene como objetivo completar el

conocimiento y las competencias del alumno adquiridas en el ámbito académico, acercándole

a la realidad del mundo productivo con la finalidad de enfocar su proyecto de futuro

profesional y mejorar sus posibilidades de inserción laboral.

91. Normativa de Formación Práctica en Centros de Trabajo (FCTs) El documento Normativa de la Formación Práctica en Centros de Trabajo de la Generalitat de

Catalunya, con sus Instrucciones de Aplicación para cada curso escolar, es el marco legal de las

prácticas gestionadas por los Centros Adscritos a UCOC.

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En UCOC por norma general el periodo de prácticas en empresas se inicia cuando el alumno

haya superado el 50% de la formación del ciclo, pero cada ciclo estipula los requerimientos

específicos para la realización del módulo FCT en el Plan de estudios.

La gestión y seguimiento de las FCTs son competencia del Centro Adscrito al que se matricula

el alumno. Toda realización de prácticas irá acompañada de la aceptación por escrito de la

normativa interna referida a las FCTs del Centro Adscrito.

92. Periodo y horario de la Formación en Centros de Trabajo Las prácticas se realizarán desde el 1 de septiembre hasta el 31 de Julio (queda excluido agosto

como período de prácticas).

En los Centros Adscritos a UCOC, las prácticas se pueden realizar en el horario comprendido

entre las 8h y las 22h de lunes a viernes, exceptuando los días festivos.

En general, un alumno puede hacer un máximo de 7 horas de prácticas diarias, y por tanto, de

35 horas de prácticas semanales.

93. Convenio El Centro Adscrito articula un convenio con la empresa o institución en la que el alumno

realiza las prácticas. El alumno puede proponer la empresa o institución en la que desea

realizar las prácticas, y el Centro Adscrito procurará establecer un convenio regulador con la

misma, siempre y cuando valide la adecuación de la empresa propuesta.

El Centro Adscrito se compromete a ofrecer al alumno un máximo de 3 propuestas de

empresas para realizar las prácticas. Si por motivos de preferencias de horarios o ubicación, o

por la no admisión del centro de prácticas al alumno, estas tres propuestas son desestimadas,

será el alumno el encargado de proponer un centro de prácticas, y el Centro Adscrito

procurará establecer un convenio regulador con la misma, siempre y cuando valide la

adecuación de la empresa propuesta.

94. Lugar de realización de las prácticas El alumno puede realizar las prácticas en cualquier Comunidad Autónoma de España o en

cualquier país del Espacio Económico Europeo, previa solicitud y gestión del Centro Adscrito y

pago del seguro específico correspondiente. La posibilidad de realizar las prácticas en el

espacio Económico Europeo, está sujeta a la validación por parte del Centro Adscrito y el

Departament d’Ensenyament de la Generalitat de Catalunya.

95. Exención de la Formación en el Centro de Trabajo La cantidad de horas a realizar como Formación en el Centro de Trabajo puede reducirse si se

solicita una exención de las mismas, que puede ser:

La exención del 100% del total de las horas del crédito o módulo del ciclo se otorga si

el alumno acredita la experiencia profesional correspondiente a un número de horas

igual o superior a las del crédito o módulo de Formación en un Centro de Trabajo

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(FCT), relacionada con el ámbito profesional y de trabajo y las principales ocupaciones

y lugares de trabajo del ciclo formativo.

La exención parcial del 50% del total de horas del módulo FCT se otorga si el alumno

acredita la experiencia profesional correspondiente a un número de horas igual o

superior al 50% de las módulo FCT., relacionado con el ámbito profesional y de trabajo

y las principales ocupaciones y lugares de trabajo del ciclo formativo.

La exención parcial del 25% del total de horas del módulo FCT siempre y cuando el

alumno acredite como mínimo el doble de las horas del crédito o módulo de prácticas

del ciclo formativo del cual se solicita la exención.

Documentación a adjuntar para la exención:

a) Trabajadores por cuenta ajena:

Informe de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social o

Certificado o informe de la entidad o empresa, donde consten las horas de experiencia

laboral, que detalle la actividad y las funciones que ha realizado el alumno.

b) Trabajadores por cuenta propia:

Certificado de alta de actividad económica

Recibos de cotización a la Seguridad Social

Cuota de régimen de autónomos

Declaración trimestral positiva de la actividad económica (modelo 130)

Una vez el centro haya validado la documentación digital, el alumno deberá enviarla o

presentarla físicamente al centro.

El Centro Adscrito resolverá la solicitud de exención total o parcial del módulo profesional de

FCT. La resolución se comunicará al interesado para su conocimiento indicando si se trata de

exención total o parcial y, en este último caso, las prácticas a realizar, y se incorporará copia en

el expediente del alumno.

CAPÍTULO XVI: TRÁMITES

96. Solicitud de reconocimientos, convalidaciones directas o indirectas y

exenciones Estas solicitudes se realizan en el proceso de matrícula, tal y como se ha descrito

anteriormente.

97. Renuncia total o parcial a la matrícula El alumno puede solicitar, atendiendo determinadas causas, la renuncia total o parcial a la

matrícula, perdiendo así todos sus derechos, solicitándolo por escrito y por una sola vez, al

director del centro, a través de UCOC.

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Las causas que se consideran suficientes, siempre que se justifiquen

documentalmente, para aceptar la renuncia total o parcial a la matrícula son:

Enfermedad o accidente del alumno o familiares

Atención a familiares

Maternidad o paternidad

Cambio de condiciones en el trabajo o incorporación a un puesto de trabajo

Otras circunstancias personales de carácter extraordinario

Si se acepta la renuncia de la matrícula, el alumno afectado:

Conserva el derecho de reserva de plaza para el curso siguiente.

No se computan las convocatorias de unidades formativas no calificadas.

En el caso de haberse iniciado, sin completar en el momento de la anulación

de la matrícula, la formación en centros de trabajo (FCT), se computan las

horas de formación en centros de trabajo efectivamente realizados.

La solicitud de renuncia a la matrícula deberá realizarse quince días antes de la fecha

de examen de la convocatoria ordinaria o primera convocatoria. Se podrán valorar renuncias a

la matrícula desde esa fecha hasta el momento del examen siempre que sean justificadas y

motivadas por causas impredecibles.

98. Baja total o parcial La baja puede ser motivada por el alumno o por el Centro Adscrito.

Se contemplan las siguientes razones para dar de baja un alumno por parte del Centro

Adscrito:

a) Por falta de pago (en el caso de pago fraccionado)

b) Por falsedad o irregularidad en los datos de acceso u otros datos facilitados a

UCOC

c) Por incumplimiento de los requisitos de acceso

d) Por incumplimiento de los requerimientos del plan de estudios de UCOC.

e) Por expediente disciplinario

La baja puede ser motivada por el alumno alegando cualquier circunstancia.

La baja total o parcial no requiere ser aceptada por la otra parte, aunque sí debe de

notificarse.

Si se produce una baja, para el alumno afectado:

No pierde la calificación obtenida en las unidades formativas o créditos

superados.

No se computan las convocatorias de unidades formativas o créditos no

calificados.

En el caso de haberse iniciado, sin completar en el momento de la anulación de

la matrícula, la formación en centros de trabajo (FCT), se computan las horas

de formación en centros de trabajo efectivamente realizados.

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La solicitud de baja total o parcial por parte del alumno puede realizarse en

cualquier momento pasados 15 días oficiales desde la inscripción.

99. Solicitud de la titulación oficial Una vez superados todos los módulos del ciclo, incluyendo la Formación en Centros de Trabajo

(FCT) el alumno puede solicitar el título oficial del ciclo. Para ello, debe presentarse

personalmente en el Centro Adscrito en el que está matriculado o mediante autorización

expresa a una tercera persona, y solicitar la documentación del pago de tasas que deberán

abonar y devolver al centro, sellada por la entidad bancaria. El Centro en ese momento inicia

el proceso de solicitud del título. Una vez el título haya llegado al Centro, trámite que puede

llevar algún o algunos años, éste debe notificárselo al alumno para que lo vaya a recoger

personalmente o por una tercera persona autorizada, junto con el resguardo de pago.

CAPÍTULO XVII: NORMATIVA DE CONVIVENCIA

100. UCOC se compromete a: Poner a disposición del alumno un sistema de comunicación eficaz (sistema de tickets),

que permita atender dudas o solicitudes del alumno en un plazo máximo de:

o 48 horas en días laborables

o 72 horas en días no laborables

o Una semana en período no lectivo, excluyendo las vacaciones de verano

El sistema de tickets es el canal de comunicación preferencial del alumno con UCOC y

permite gestionar aspectos peticiones, sugerencias, y reclamaciones de las siguientes

áreas:

o Secretaría académica y gestiones

o Gestión docente, metodología, orientación para los estudios, etc.

o Comunicación de circunstancias personales y problemáticas que impiden el

desarrollo normal de los estudios.

o Incidencias técnicas, ayuda informática, pérdida de contraseña, etc.

Mantener la Secretaría abierta según el calendario académico de lunes a viernes de

9,00h a 14,00h y de 16,00h a 19,00h. Poner a disposición del alumno un buzón

electrónico de la Secretaría: [email protected] y atención telefónica

mediante el número 933 019 890

Informar a los alumnos mediante la web, el correo electrónico, el campus o la

comunicación telefónica sobre los trámites académicos, metodología, Planes de

estudio, calendario docente y otros eventos relevantes para los estudios.

Contestar a las consultas ordinarias sobre la materia y las actividades de estudio,

mediante la figura del profesor, en un plazo máximo de:

o 48 horas en días laborables

o 72 horas en días no laborables

o Una semana en periodo no lectivo, excluyendo las vacaciones de verano

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Si por alguna circunstancia extraordinaria no se pudiera contestar en este plazo, el

profesor y el centro informarán al alumno de este hecho y propondrán las vías para

corregir el servicio.

Mantener en periodo lectivo un campus (plataforma virtual de aprendizaje) en servicio

permanente de 24h * 7 días a la semana. Si se detectara una incidencia en este

sentido, el Centro se compromete a restaurar inmediatamente el servicio.

Poner a disposición de los alumnos todos los recursos necesarios para su aprendizaje.

Evaluar al alumno de forma objetiva y acceder a la revisión de los exámenes, bajo

petición previa de los mismos.

101. El centro adscrito se compromete a: Validar y requerir a los alumnos la información y documentación para la prematrícula y

matrícula.

Matricular al alumno en el Centro y comunicar su matrícula a la Generalitat de

Catalunya según procedimientos habituales.

Tramitar las solicitudes de reconocimiento de estudios y las convalidaciones directas e

indirectas, gestionándolas en el marco del centro o llevándolas al órgano competente

para su resolución y comunicando al alumno su resolución.

Crear el expediente del alumno, incorporar los trámites y notas y custodiar el mismo.

Emitir y enviar el boletín de notas al alumno desde la celebración de los exámenes.

Emitir los certificados que los alumnos requieran y que estén contemplados en el

marco de la administración escolar.

Preparar de forma prioritaria la documentación que requieran los alumnos para

presentarse a selectividad y/o matricularse en la universidad, siempre que éstos lo

requieran anteriormente.

Gestionar el título oficial del alumno cuando éste lo solicite.

Gestionar y tutelar las prácticas o la Formación en Centros de Trabajo.

102. El alumno se compromete a: Garantizar la veracidad y actualización de los datos y documentación que pone a

disposición de UCOC.

No permitir el acceso al campus con su usuario y contraseña a un tercero, y comunicar

inmediatamente a UCOC este hecho si sospechara que se está produciendo.

Hacer un correcto uso del campus y los materiales que se ponen a disposición del

mismo.

Cumplir con los requisitos tecnológicos establecidos, realizar el taller inicial, leer las

guías y seguir las indicaciones en relación al acceso y uso del campus de aprendizaje.

Conocer y aceptar el calendario lectivo y el sistema de evaluación de los estudios, que

incluye la evaluación continua y los exámenes.

Aceptar los acuerdos adoptados por la dirección de los estudios y los profesores de los

mismos, en los diferentes órganos de decisión y en las Juntas de evaluación.

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Colaborar en la continuidad y eficacia de la actividad de enseñanza-aprendizaje,

realizando las actividades propuestas.

Visitar la web, entrar en el campus, y consultar el correo electrónico con regularidad

para informarse de los trámites y eventos y poder seguir los estudios.

Consultar, realizar peticiones, sugerencias o reclamaciones a las personas indicadas y

según los canales previstos.

Acatar la normativa específica, publicada en la Secretaría del campus, referente a:

o La utilización del campus de aprendizaje

o La utilización de los foros y otros espacios de comunicación pública

o Los exámenes

o Las prácticas (módulo FCT)

Comunicar de inmediato a UCOC cualquier circunstancia que pueda afectar al

seguimiento de los estudios.

No incurrir, sin justificación, en prevaricación de UCOC o el Centro en redes sociales u

otros espacios públicos de amplia difusión.

Ceder los datos personales para la gestión académica del expediente y las

comunicaciones habituales con el centro.

Respetar la integridad física y moral de todos los miembros de la comunidad educativa.

CAPITULO XVIII: MEDIDAS CORRECTORAS Y SANCIONADORAS

103. Normativa sancionadora aplicable Las conductas contrarias o que no respeten las normas de convivencia serán objeto de

medidas correctoras y sancionadoras de acuerdo con lo que recoge el Decreto 279/2006, del

cuatro de julio, que establece la Normativa de convivencia de los Centros educativos no

universitarios de Catalunya.

Las conductas gravemente perjudiciales podrán conducir a la inhabilitación provisional o

definitiva para que el alumno curse estudios en el Centro Adscrito a UCOC al que está

matriculado.

CAPÍTULO XIX: NORMATIVA ECONÓMICA

104. Complementariedad con la normativa económica Esta Normativa académica se complementa con la Normativa económica, que regula la

relación económica entre el alumno y UCOC o los Centros Adscritos. Esa normativa describe

cómo se resuelven a nivel económico, los casos y situaciones descritas en la Normativa

académica que tienen vinculaciones con este ámbito.

La Normativa económica de UCOC está publicada en la Secretaría del Campus.