NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA - ODYSA PRO : … · INTRODUCCIÓN El Airsoft es un juego de estrategia...

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NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA (VERSIÓN OCTUBRE 2007)

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NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA

(VERSIÓN OCTUBRE 2007)

NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA

ÍNDICE 1/2

INTRODUCCIÓNDefinición del Airsoft, antecedentes y objetivos de la Normativa …………………………………...

Pág. 3

Puntos de la Normativa Airsoft Barcelona:

1. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN PARTIDAS JUGADASBAJO LA NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA ……………………………………………………….. Pág. 4

2. MEDIDAS PERSONALES DE SEGURIDAD ……………………………………………………………….Pág. 4

3. DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA …………………………………………………………………………. Pág. 4

4. LÍMITES DE VELOCIDAD (POTENCIA) Y DISTANCIAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD

4.1. Límites de Velocidad y Distancias mínimaspara réplicas que usen bolas de 6mm …………………………………………….. Pág. 5

4.2. Límites de Velocidad y Distancias mínimaspara réplicas que usen bolas de 8mm ……………………………………………… Pág. 5

5. NORMAS DE CONDUCTA

5.1. Normas de Conducta Fuera del campo de juego …………………………….. Pág. 6

5.2. Normas de Conducta en el campo de juego ……………………………………. Pág. 7

5.3. Juego Limpio y Ética Deportiva ………………………………………………………… Pág. 8

5.4. Interrupciones del Juego ………………………………………………………………….. Pág. 8

6. RESTRICCIONES ……………………………………………………………………………………………………. Pág. 9

7. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CAMPOS DE JUEGO …………………………….. Pág. 10

8. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ORGANIZADORESDE PARTIDAS REGIDAS POR ESTA NORMATIVA …………………………………………………..Pág. 14

9. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS GRUPOS O ASOCIACIONESPARA ACOGERSE A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA …………………………… Pág. 15

10.ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN, CONVOCATORIAS Y PLAZOS DE REUNIÓN,PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y SISTEMA DE VOTACIONES

10.1. Órganos de Representación …………………………………..……………………….. Pág. 16

10.2. Convocatorias y Plazos de Reunión …………..……………………………………. Pág. 16

10.3. Presentación de Propuestas

10.3.1. Presentación de propuestas que no impliquen unamodificación de la Normativa y que no vayan a serincluidas en el orden del día de una reunión …………………. Pág. 16

10.3.2. Presentación de propuestas que no impliquen unamodificación de la Normativa y que se pretendenincluir en el orden del día de una reunión ……………………… Pág. 17

10.3.3. Presentación de propuestas que impliquen unamodificación de la Normativa .………………………………………… Pág. 17

10.4. Sistema de Votaciones …..……………………………………………………………….. Pág. 18

11.ASOCIACIONES ACOGIDAS A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA …………..Pág. 18

12.GRUPOS ACOGIDOS A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA ……………………… Pág. 19

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ÍNDICE 2/2

ANEXOS A LA NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA:

ANEXO I NORMAS DE JUEGO BÁSICAS EN UNA PARTIDA DE AIRSOFT.

ANEXO II TIPOS DE PARTIDAS.

ANEXO III ETIQUETA IDENTIFICATIVA PARA COLOCAR EN CAJAS O FUNDAS PARA EL TRANSPORTE DE RÉPLICAS DE AIRSOFT.

a) Etiqueta para pegar en fundas rigidasb) Etiqueta para colocar en la cremallera de las fundas “blandas”.

ANEXO IV TARJETA DE IDENTIFICACIÓN PARA JUGADORES DE AIRSOFT ASOCIADOS.

ANEXO V SEÑALIZACIÓN PARA LOS ACCESOS A LOS CAMPOS DE JUEGO.

ANEXO VI REQUISITOS A CUMPLIR POR LAS RÉPLICAS PARA SER CONSIDERADAS COMO “RÉPLICA DE APOYO” O “RÉPLICA DE FRANCOTIRADOR”.

ANEXO VII PASOS A SEGUIR PARA CONSTITUIR UNA ASOCIACIÓN.

ANEXO VIII MODELOS DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE RÉPLICAS DE ARMAS DESTINADAS A LA PRÁCTICA DEL AIRSOFT.

ANEXO IX SEÑALIZACIÓN DE LOS LÍMITES DEL TERRENO DE JUEGO (JUGADORES).

ANEXO X SEÑALIZACIÓN DE LA ZONA DE SEGURIDAD.

ANEXO XI MODELO DE COMUNICACIÓN DE ACTIVIDAD (SE DEBE USAR EN EL CASO DE QUE EL TERRENO DONDE SE CELEBRE EL EVENTO/CONCENTRACIÓN CUENTE CON PERMISO DE ACTIVIDADES Y POR TANTO ESTÉ AUTORIZADO A CELEBRAR ACTIVIDADES DE ESE TIPO)

ANEXO XII MODELO DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDAD (SE DEBE USAR EN EL CASO DE QUE EL TERRENO DONDE SE CELEBRE EL EVENTO/CONCENTRACIÓN NO CUENTE CON PERMISO DE ACTIVIDADES)

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INTRODUCCIÓN

El Airsoft es un juego de estrategia y simulación. Es una actividad lúdica y deportiva de ámbito competitivo o simplemente recreativo. Para practicarlo los jugadores utilizan réplicas de armas a escala 1:1 que lanzan bolas de materiales biodegradables a menos de 3 Julios de potencia. Su práctica no implica ninguna vinculación política, religiosa, excluyente o ilícita.

La Normativa Airsoft Barcelona es un conjunto de reglas creado con el objetivo de conseguir un juego más regulado y seguro. La Normativa recibe su nombre del portal de Internet Airsoft Barcelona, www.airsoftbarcelona.com, puesto que fue en este portal donde se gestó en un primer momento y donde actualmente está alojado el Foro de Representantes de los grupos acogidos a la misma.

La Normativa de Airsoft Barcelona está abierta a cuantos grupos quieran aceptarla como suya y, de forma voluntaria, formar parte a través de sus representantes de los órganos de gestión de la misma, así como, en un futuro, de la Federación de Asociaciones que se constituya a partir de ella. Lo reflejado en esta Normativa es de obligado cumplimiento para los grupos que voluntariamente se han acogido a ella, y solo podrán tener acceso al Foro de Representantes y a las Reuniones que se convoquen, y por tanto derecho a voto, los grupos que la acepten y por tanto la cumplan en su totalidad.

Los puntos recogidos en esta Normativa han sido redactados por los representantes de los grupos presentes en las reuniones que se han ido celebrando a lo largo del tiempo, y se han aprobado a través de votaciones por el sistema de mayoría simple.

El respeto y la honradez entre jugadores es la primera norma y la más importante para que este juego se desarrolle con normalidad y todos podamos disfrutar de él, de igual forma, el respeto a las decisiones tomadas por mayoría en las reuniones o en el Foro de Representantes es indispensable para el correcto funcionamiento de la Normativa y de los órganos de representación que de ella puedan derivar.

El Airsoft, por su naturaleza de juego de simulación, puede fácilmente crear una imagen equivocada en la sociedad y las autoridades, que pueden considerar nuestra actividad como violenta y peligrosa. Es responsabilidad de los practicantes de Airsoft a través de nuestro comportamiento y de nuestra capacidad para autorregular nuestra actividad el cambiar esa imagen equivocada.

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1. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN PARTIDAS JUGADAS BAJO LA NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA.

Los jugadores de Airsoft deberán cumplir los siguientes requisitos para participar en las partidas jugadas bajo la presente Normativa, el incumplimiento de alguno de los requisitos supondrá la expulsión inmediata de la partida:

- Ser mayor de edad.

- Cumplir la Normativa en su totalidad.

2. MEDIDAS PERSONALES DE SEGURIDAD

Con el objetivo de practicar el airsoft de una forma segura, es obligatorio cumplir las siguientes medidas personales de seguridad:

- Es obligatorio el uso de gafas de protección que cumplan la norma Europea EPI-89/686/CEE (EN166) o el estándar americano ANSI Z87.1 y que impidan el paso de bolas hacia los ojos. Las gafas se deberán llevar puestas en todo momento, salvo en las zonas de seguridad habilitadas.

- Se evitará portar elementos que puedan resultar peligrosos en caso de caída (palas, cuchillos, etc…) (ver Punto 6)

- A criterio de la organización, las Medidas Personales de Seguridad podrán ampliarse, obligando por ejemplo al uso de máscaras o ropa gruesa en partidas CQB (ver Anexo II), pero nunca podrán reducirse.

- No se permitirá participar en partidas jugadas cumpliendo la Normativa de Airsoft Barcelona a las personas que muestres síntomas claros de embriaguez, anomalía psíquica aparente o que se encuentren bajo la influencia notoria de sustancias estupefacientes.

3. DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA

Los miembros de las asociaciones o grupos acogidos a esta Normativa deben llevar consigo la siguiente documentación cuando participen en un evento o partida:

- Documento Nacional de Identidad o equivalente (Carné de Conducir , Pasaporte, Tarjeta de Residencia)

- Factura de compra o documento acreditativo de la propiedad de la réplica o réplicas que porte.

- Tarjeta de identificación que acredite al jugador como miembro de una asociación acogida a la Normativa, en caso de ser miembro. (ver Anexo IV)

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4. LÍMITES DE VELOCIDAD (POTENCIA) Y DISTANCIAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD.

Para la práctica de este juego, se permite el uso de réplicas eléctricas, de gas o de muelle, de tiro simple, semiautomático o automático, preparadas para el uso de bolas destinadas a la práctica del airsoft de 6mm o 8mm. Quedan prohibidas las bolas metálicas y las explosivas. El uso de las bolas de pintura queda a criterio de la organización.

4.1. Límites de Velocidad y Distancias mínimas para réplicas que usen bolas de

6mm.

TIPO DE RÉPLICA CAL. VEL. MÁXIMAFPS M/S

DISTANCIA MÍNIMA DE SEGURIDAD

PISTOLA 6 mm 330 100,58 5 metrosESCOPETA 6 mm 350 106,68 5 metrosSUBFUSIL 6 mm 350 106,68 5 metrosFUSIL 6 mm 350 106,68 5 metrosAMETRALLADORA APOYO 6 mm 400 121,92 15 metrosFRANCOTIRADOR SEMIAUTO 6 mm 450 137,16 20 metrosFRANCOTIRADOR CERROJO 6 mm 550 167,64 30 metros

Todas las réplicas pasarán la prueba del Cronógrafo para medir su velocidad antes de comenzar la partida, con bolas de 6mm de 0,20 gramos y el Hop-Up regulado al mínimo.

Para las réplicas que puedan tirar a más de 350 fps (Ametralladoras de Apoyo y Francotirador Semi o Cerrojo), se recomienda llevar una réplica secundaria (Pistola, Escopeta, Subfusil o Fusil), que permita disparar a distancias más reducidas, que nunca podrán ser inferiores a 5 metros.

Para consultar los requisitos que una réplica debe cumplir para ser considerada de Apoyo o de Francotirador, consultar el Anexo VI.

4.2. Límites de Velocidad y Distancias mínimas para réplicas que usen bolas de

8mm. (PROVISIONAL – EN ESTUDIO)

TIPO DE RÉPLICA CAL. VEL. MÁXIMAFPS M/S

DISTANCIA MÍNIMA DE SEGURIDAD

PISTOLA 8 mm 194 59,13 5 metrosESCOPETA 8 mm 206 62,79 5 metrosSUBFUSIL 8 mm 206 62,79 5 metrosFUSIL 8 mm 206 62,79 5 metrosAMETRALLADORA APOYO 8 mm 235 71,63 15 metrosFRANCOTIRADOR SEMIAUTO 8 mm 265 80,77 20 metrosFRANCOTIRADOR CERROJO 8 mm 323 98,45 30 metros

Todas las réplicas pasarán la prueba del Cronógrafo para medir su velocidad antes de comenzar la partida, con bolas de 8mm de 0,34 gramos y el Hop-Up regulado al mínimo.

Para las réplicas que puedan tirar a más de 206 fps (Ametralladoras de Apoyo y Francotirador Semi o Cerrojo), se recomienda llevar una réplica secundaria (Pistola, Escopeta, Subfusil o Fusil), que permita disparar a distancias más reducidas, que nunca podrán ser inferiores a 5 metros.

Para consultar los requisitos que una réplica debe cumplir para ser considerada de Apoyo o de Francotirador, consultar el Anexo VI.

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5. NORMAS DE CONDUCTA

En vistas a conseguir un juego fluido y una buena convivencia entre jugadores, así como con el resto de la sociedad y autoridades, se deberán seguir las siguientes Normas Básicas de Conducta:

5.1. Normas de Conducta Fuera del campo de juego:

- Se evitará vestir uniforme militar completo, así como vestir chalecos tácticos, pistoleras, cananas, o cualquier otra prenda que pueda provocar confusión o pueda intimidar a personas que desconozcan nuestra actividad.

- No se permite exhibir las réplicas fuera del campo de juego, incluyendo el interior de los vehículos que se encuentren estacionados o circulen por la vía pública.

- Llevaremos con nosotros la documentación reflejada en el Punto 3 de esta Normativa.

- El transporte de las réplicas al campo de juego se realizará de la siguiente forma:

En su caja original, o en una funda adecuada donde se indique claramente que es una réplica de Airsoft. (ver Anexo III)

En el interior de la caja o funda, la réplica deberá:

o Tener el seguro puesto.o Tener colocado en la punta del cañón un distintivo o

tapón rojo.o Tener la batería desconectadao Llevar el cargador de bolas vacío y por separado de la

réplica.

En el interior de la caja o funda, se deberá llevar junto a la réplica:

o Factura o contrato de compra venta, o cualquier otra documentación que nos acredite como propietarios de la misma.

o Una muestra de bolas

Si el transporte se realiza en coche, las réplicas deberán colocarse en el maletero del vehículo cumpliendo con todos los puntos reflejados anteriormente.

No son aptas para el transporte de réplicas las fundas de guitarra o similares, puesto que puede entenderse que hay ánimo de ocultación al transportar las réplicas en dichas fundas.

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<Continúa 5.1. Normas de Conducta Fuera del campo de juego>

- En caso de ser requeridos por las autoridades.

En caso de que un agente de la autoridad nos solicite que nos identifiquemos y que mostremos el contenido de la caja o funda donde transportamos nuestra réplica, o del maletero del vehículo donde nos trasladamos, actuaremos de la siguiente forma:

Nos identificaremos como miembros de una asociación destinada a la práctica del airsoft legalmente constituida. Le entregaremos nuestro D.N.I. (o documento equivalente), y le entregaremos también cualquier documento que nos acredite como miembros de una asociación destinada a la práctica del airsoft. (Ver Anexo IV)

En caso de que nos solicite que abramos el maletero si viajamos en coche, o que mostremos el contenido de la funda o caja donde transportemos la réplica, le informaremos de antemano del contenido del maletero si es que viajamos en coche, o del contenido de la funda o caja donde transportemos nuestra réplica. Le indicaremos que nos dirigimos a jugar una partida o que volvemos de jugarla (indicando de donde venimos y el lugar a donde vamos), a continuación le mostraremos el contenido.

Si el agente de la autoridad decide requisar las réplicas, le solicitaremos una copia del acta de intervención en la que figuren nuestros datos, el material requisado, el lugar, fecha y hora y el motivo de la actuación, y nos informaremos de donde deberemos acudir posteriormente a recogerlas o a presentar la documentación que nos requieran. En ningún caso nos enfrentaremos al agente ni perderemos los nervios.

5.2. Normas de Conducta en el campo de juego:

- Respetaremos las zonas de seguridad y los límites del campo de juego, así como los horarios y normas específicas establecidos por los organizadores de la partida.

- Respetaremos los límites de potencia y distancias de seguridad reflejados en el Punto 4 de esta Normativa.

- Seremos honestos y al recibir un impacto levantaremos los brazos y gritaremos “VALE” (o actuaremos de la forma indicada por los organizadores de la partida).

- Si resultamos eliminados guardaremos silencio y evitaremos actitudes que puedan descubrir al rival que nos ha eliminado, salvo que las normas específicas de la partida indiquen lo contrario.

- En la trayectoria de una bola de airsoft pueden influir muchos factores, nunca podemos estar seguros al cien por cien de si impactamos o no en otro jugador. Si pese a esto tenemos cualquier discrepancia sobre este u otro punto con otro jugador, se canalizará a través de los representantes de grupo y de los organizadores de la partida.

- Mientras estemos eliminados o a la espera de incorporarnos a una partida en curso, evitaremos hablar en voz alta y disparar nuestras réplicas. Estas actitudes pueden confundir a los jugadores que continúan activos en la partida.

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<Continúa 5.2. Normas de Conducta en el campo de juego >

- Evita los disparos a cortas distancias (5 metros o menos). Para eliminar a estas distancias basta con tocar al contrincante o apuntarle y decirle “ELIMINADO”, siempre que se encuentre en una posición que no le permita reaccionar. En caso de duda los dos jugadores están eliminados.

- No se puede “eliminar por voz” (tal como se indica en el texto anterior) a un jugador que se encuentre a más de 5 metros de nosotros.

- Deben evitarse, en la medida de lo posible, los disparos a la cabeza.

- Queda terminantemente prohibido molestar a ningún animal que se encuentre en el campo de juego.

- Queda terminantemente prohibido disparar contra personas que no estén jugando la partida.

- El campo de juego debe ser respetado, debe evitarse arrojar desperdicios o causar destrozos en el campo.

- Queda prohibido encender fuegos en el campo de juego, así como el uso de hornillos o artefactos similares en épocas de riesgo de incendio. En épocas en que no haya riesgo de incendio el uso o no de este tipo de elementos deberá ser autorizado por el dueño del campo.

- Si acceden a la zona de juego personas ajenas o no a la partida que no lleven la protección ocular indicada en el Punto 2 de esta Normativa, informaremos de este punto al resto de jugadores y a la organización y pararemos inmediatamente la partida.

- Se evitará practicar el airsoft en campos que no cumplan lo reflejado en el Punto 7 de esta Normativa.

5.3. Juego Limpio y Ética Deportiva:

Los jugadores deben:

- Respetar y tratar con dignidad a los compañeros de equipo, rivales, árbitros organizadores y otros participantes.

- Acatar las decisiones de los árbitros y/o organizadores.

- No instigar, fomentar o participar en discusiones ni actitudes violentas.

- Cumplir los Puntos de esta Normativa en su totalidad.

5.4 Interrupciones del Juego

Debe interrumpirse una partida o evento de Airsoft de manera inmediata cuando:

- Aparezcan en el terreno de juego personas ajenas a la actividad. Los jugadores y/o la organización deben informar a los foráneos de la actividad que se está llevando a cabo e indicarles la necesidad de protección ocular adecuada.

- Aparezcan en el terreno de juego autoridades policiales. Los jugadores deben interrumpir inmediatamente la actividad, deben colgarse la réplica a la espalda y permanecer en el lugar en que se encuentren. Un miembro de la organización, o un representante de los jugadores, se acercará a los agentes para informarles de la actividad y atender a sus requerimientos.

- Se produzca una emergencia o una situación de peligro para la integridad física de cualquiera de los participantes.

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6. RESTRICCIONES

Con el objetivo de evitar accidentes, así como malentendidos que puedan perjudicar la imagen de nuestra afición, se imponen las siguientes restricciones:

- No se permite ningún tipo de simbología política.

- No se permiten símbolos racistas o excluyentes, así como las actitudes antisociales y/o violentas.

- No se permite portar banderas, estandartes, símbolos o emblemas no recogidos por la Constitución Española, así como las prohibidas expresamente por Ley. Exceptuando:

Las banderas en uso por otros países y que estén recogidas por sus respectivas Constituciones.

Los Emblemas, Símbolos o Banderas propios de cada Grupo o Asociación, siempre que estos no incumplan la Ley.

En partidas Históricas, las banderas, estandartes, símbolos o emblemas aprobados previamente por la organización de la partida.

- No se permite portar emblemas o distintivos de Rango o Unidad en uso por las Fuerzas Armadas o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, a no ser que el portador esté autorizado por su profesión.

- No se permite llevar ningún tipo de arma no simulada, ni para el juego ni como elemento decorativo, quedando así prohibida la entrada a la partida a jugadores con armas blancas, pistolas detonadoras o de señales, armas de balines o perdigones, artefactos pirotécnicos, etc... Se permitirá llevar multiusos o multiherramientas, siempre que sea en lugar no visible y de forma segura, y solo se podrán usar en la zona de seguridad.

- Se prohibe expresamente el uso de artefactos que puedan conllevar riesgo de incendio o riesgo para la integridad física de los jugadores. (botes de humo, petardos, etc…)

- Se prohibe disparar en automático las réplicas asimiladas como Francotirador Semiautomático, y que por tanto pasen de 350 fps.

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7. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CAMPOS DE JUEGO

Se podrá practicar el airsoft en propiedades privadas o de titularidad pública que cumplan los siguientes requisitos:

- Terrenos de propiedad privada en los que se pueda impedir el acceso de personas ajenas a la partida, por estar estos vallados, y en los que desde el exterior de la propiedad no se pueda observar las actividades que se desarrollen en su interior:

Se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el desarrollo de la actividad.

Disponer una zona de seguridad a la que no se pueda acceder durante el juego, y que discurra a lo largo del perímetro del campo, dejando la distancia suficiente, o tomando las medidas oportunas, para evitar que las bolas disparadas puedan superar el límite de la propiedad, y para evitar que los jugadores se acerquen demasiado al límite del campo y puedan ser vistos desde el exterior.

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.

- Terrenos de propiedad privada en los que no se pueda impedir el acceso de personas ajenas a la partida, por no estar estos vallados, pero en los que desde el exterior de la propiedad no se pueda observar las actividades que se desarrollen en su interior:

Se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el desarrollo de la actividad.

Disponer una zona de seguridad a la que no se pueda acceder durante el juego, y que discurra a lo largo del perímetro del campo, dejando la distancia suficiente, o tomando las medidas oportunas, para evitar que las bolas disparadas puedan superar el límite de la propiedad, y para evitar que los jugadores se acerquen demasiado al límite del campo y puedan ser vistos desde el exterior.

Señalizar los accesos al campo con carteles en los que se informe de la actividad que se desarrolla en su interior y de que puede resultar peligroso acceder a la zona de juego sin la protección ocular adecuada. (Ver Anexo V)

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.

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<Continúa 7. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CAMPOS DE JUEGO >

- Terrenos de propiedad privada en los que se pueda impedir el acceso de personas ajenas a la partida, por estar estos vallados, pero en los que desde el exterior de la propiedad se pueda observar las actividades que se desarrollen en su interior:

Se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el desarrollo de la actividad.

Informar a las autoridades de la zona de la celebración de la actividad, por escrito y con antelación suficiente a criterio de la autoridad competente.

Disponer una zona de seguridad a la que no se pueda acceder durante el juego, y que discurra a lo largo del perímetro del campo, dejando la distancia suficiente, o tomando las medidas oportunas, para evitar que las bolas disparadas puedan superar el límite de la propiedad.

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.

- Terrenos de propiedad privada en los que no se pueda impedir el acceso de personas ajenas a la partida, por no estar estos vallados, y en los que desde el exterior de la propiedad se pueda observar las actividades que se desarrollen en su interior:

Se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el desarrollo de la actividad.

Informar a las autoridades de la zona de la celebración de la actividad, por escrito y con antelación suficiente a criterio de la autoridad competente.

Disponer una zona de seguridad a la que no se pueda acceder durante el juego, y que discurra a lo largo del perímetro del campo, dejando la distancia suficiente, o tomando las medidas oportunas, para evitar que las bolas disparadas puedan superar el límite de la propiedad.

Señalizar los accesos al campo con carteles en los que se informe de la actividad que se desarrolla en su interior y de que puede resultar peligroso acceder a la zona de juego sin la protección ocular adecuada. (Ver Anexo V)

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.

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<Continúa 7. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CAMPOS DE JUEGO >

- Edificaciones de propiedad privada en las que desde el exterior de la propiedad no se pueda observar las actividades que se desarrollen en su interior, y que se encuentren aisladas de otras edificaciones habitadas:

Se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el desarrollo de la actividad.

Se entiende que siendo una edificación de propiedad privada, esta no será de libre acceso a personas ajenas al juego, pero si hubiera riesgo de entrada de terceras personas, se deberán señalizar los accesos con carteles en los que se informe de la actividad que se desarrolla en su interior y de que puede resultar peligroso acceder a la zona de juego sin la protección ocular adecuada. (Ver Anexo V)

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.

- Edificaciones de propiedad privada en las que desde el exterior de la propiedad no se pueda observar las actividades que se desarrollen en su interior, y que se encuentren en la cercanía de otras edificaciones habitadas:

Se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el desarrollo de la actividad.

Informar a las autoridades de la zona de la celebración de la actividad, por escrito y con antelación suficiente a criterio de la autoridad competente.

Se entiende que siendo una edificación de propiedad privada, esta no será de libre acceso a personas ajenas al juego, pero si hubiera riesgo de entrada de terceras personas, se deberán señalizar los accesos con carteles en los que se informe de la actividad que se desarrolla en su interior y de que puede resultar peligroso acceder a la zona de juego sin la protección ocular adecuada. (Ver Anexo V)

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.

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<Continúa 7. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CAMPOS DE JUEGO >

- Edificaciones o Terrenos propiedad de Instituciones Públicas

Se deberán cumplir las condiciones reflejadas en los puntos anteriores, dependiendo de las características de cada terreno o edificación, además de contar con:

Permiso expreso de la Institución propietaria del terreno o la edificación.

Permiso expreso del Ayuntamiento de la localidad donde esté ubicada la propiedad.

En todos los terrenos o edificaciones se deberá realizar una inspección por parte de los organizadores de la partida, en la que se deberán acotar y señalizar las zonas que puedan suponer un peligro para la integridad física de los jugadores. Se prohibirá el paso de jugadores a dichas zonas.

Los campos de juego deben contar con las siguientes zonas delimitadas:

- Zona de juego.

Por “zona de juego” se entiende la zona delimitada del terreno donde se desarrolle la partida, incluyendo la zona o zonas de eliminados. En la zona de juego es obligatorio en todo momento el uso de protección ocular adecuada.

- Zona de pruebas.

Por “zona de pruebas” se entiende la zona delimitada del terreno donde se realice la prueba de cronógrafo, así como los ajustes de la réplica que requieran realizar disparos (ajuste del hop-up, comprobación de baterías, ajuste de elementos de puntería, etc…). En la zona de pruebas es obligatorio en todo momento el uso de protección ocular adecuada.

- Zona de seguridad.

Por “zona de seguridad” se entiende cualquier zona delimitada del terreno donde los jugadores puedan despojarse de la protección ocular sin riesgo. En la zona de seguridad está terminantemente prohibido disparar. Se considerarán obligatoriamente como “zona de seguridad” las zonas designadas como aparcamiento de vehículos y zonas para cambiarse, dependiendo del tipo y duración de la partida pueden considerarse también como zona de seguridad las zonas de acampada, zonas de descanso, zonas destinadas al personal de organización, etc…

La “zona de seguridad” debe estar situada en una zona lo suficientemente alejada de la zona de juego, o contar con los medios suficientes, para evitar el paso de bolas disparadas al interior de la misma.

En caso de ser necesario realizar reparaciones en la réplica, o ajustes que requieran su desmontaje, se realizarán obligatoriamente en la zona de seguridad.

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8. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ORGANIZADORES DE PARTIDAS REGIDAS POR ESTA NORMATIVA

Los grupos o asociaciones acogidos a esta Normativa y que pretendan organizar partidas regidas por el mismo deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Deberán contar obligatoriamente con los medios suficientes para garantizar el cumplimiento de lo reflejado en los Puntos 2 y 4 de esta Normativa, es decir:

Cronógrafo para poder medir la velocidad de las replicas a usar en la partida.

Gafas de protección de reserva para poder solventar los problemas de roturas, o protección inadecuada de los participantes.

Si se exigen por parte de la organización medidas personales de seguridad superiores a las reflejadas en el Punto 2 de esta Normativa, y que conlleven la utilización de otros elementos a parte de las gafas (máscaras, cascos, etc…), se deberá contar con unidades de reserva de los mismos.

- Deberán contar también obligatoriamente con, al menos, un botiquín de primeros auxilios, así como medios para contactar con servicios de emergencia en el caso de ser necesaria la evacuación de algún participante.

- Se ha de dar notificación escrita a las autoridades locales competentes (cuerpos de seguridad, Bomberos y ayuntamiento obligatoriamente, y Protección Civil y Hospital General más cercano de forma voluntaria) informando de la celebración de la partida.

- Se recomienda que cuenten con réplicas de reserva para sustituir a las que sobrepasen los límites establecidos en el Punto 4. Se prohibe el uso de bocachas reductoras, puesto que solo son efectivas en réplicas que funcionen tiro a tiro, perdiendo efectividad en réplicas que disparen a ráfaga.

- Deberán contar con un campo de juego que cumpla lo reflejado en el Punto 7 de esta Normativa.

- Deberán disponer una zona de seguridad en la que no se permita disparar, en el interior o contigua a la zona de juego.

- Si el campo de juego no cuenta con un Seguro de Responsabilidad Civil, es obligatoria la contratación de uno que cubra a los participantes durante las fechas de celebración de la partida.

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9. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS GRUPOS O ASOCIACIONES PARA ACOGERSE A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA.

El objetivo de esta Normativa es unificar criterios entre los grupos en vistas a conseguir en un futuro cercano la constitución de una Federación de Asociaciones de Airsoft en Catalunya. Para poder cumplir este objetivo es necesario que los grupos acogidos a la Normativa se constituyan como asociaciones, inscribiéndose en el Departament de Justicia de la Generalitat de Catalunya.

Temporalmente, y hasta el 31 de diciembre de 2007, se permitirá la asistencia con voz y voto a las reuniones de los representantes de los grupos que aún no estén constituidos como Asociaciones, si bien una vez cumplido este plazo solo tendrán voto en las reuniones las Asociaciones, pudiendo acudir los grupos no constituidos como tales con voz pero sin voto.

Los requisitos a cumplir por los grupos son los siguientes:

- Deben estar formados por al menos tres personas, puesto que es el mínimo legal requerido para formar asociación.

- Deben constituirse como asociación o tener presentados los papeles antes de la fecha límite marcada en el Punto 9 de esta Normativa.

- Todos sus miembros deben cumplir en su totalidad lo reflejado en esta Normativa, recayendo la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la misma, por parte de sus miembros, en la dirección de cada grupo.

- Las propuestas y las discusiones sobre las mismas deben canalizarse a través del Foro de Representantes de Airsoft Barcelona (www.airsoftbarcelona.com), o en las reuniones que se convoquen a través de él. Se evitará iniciar discusiones en público que pongan en entredicho el trabajo realizado por todos, tenemos herramientas para comunicarnos de forma eficiente sin necesidad de hacerlo en público, usémoslas.

- Para que se le facilite el acceso al Foro de Representantes a un solicitante, se deberán facilitar obligatoriamente al administrador del foro en un plazo de dos semanas los siguientes datos:

- Nombre del Grupo- Nick del representante- Datos personales del representante- En caso de formar parte de una asociación legalmente constituida se deberá facilitar el nombre de la asociación y el número de registro en la Direcció General de Dret i Entitats Jurídiques del Departament de Justicia de la Generalitat de Catalunya.- Número de miembros del grupo- Página web (en caso de disponer de ella)- Email del grupo

- Los grupos acogidos a la Normativa Airsoft Barcelona están obligados a designar un representante que sea su voz en el Foro de Representantes y en las reuniones, pudiendo ser sustituido por otro miembro del grupo cuando este no pueda desempeñar sus funciones como representante o cuando le sea imposible acudir a las reuniones. Tanto el representante designado en primer termino como los posibles suplentes de este, deberán estar autorizados por la Junta Directiva del grupo o asociación representado.

- Ningún grupo esta obligado a acogerse a la Normativa de Airsoft Barcelona, él que lo hace lo hace por voluntad propia, y por tanto se compromete de forma voluntaria a cumplir punto por punto con lo reflejado en esta Normativa. El incumplimiento por parte de un grupo de los puntos reflejados en la Normativa debe suponer por tanto la expulsión de dicho grupo de los órganos de representación de la misma.

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10. ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN, CONVOCATORIAS Y PLAZOS DE REUNIÓN, PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y SISTEMA DE VOTACIONES.

10.1. Órganos de Representación.

Hasta la constitución de una Federación de Asociaciones de Airsoft en Catalunya, el órgano de representación, así como el foro de discusión, de los grupos acogidos a la Normativa de Airsoft Barcelona, es el Foro de Representantes de Airsoft Barcelona.

Se concederá acceso al Foro de Representantes de Airsoft Barcelona a una persona por grupo, siempre y cuando el grupo que solicite el acceso cumpla lo reflejado en el punto 9 de esta Normativa. Esa persona deberá cumplir con los siguientes requisitos:

- Ser mayor de edad.

- Estar autorizado por la Junta Directiva del Grupo o Asociación al que se representa.

Puesto que el Foro de Representantes de Airsoft Barcelona es, por ahora, el órgano de representación de los grupos y asociaciones acogidos a la Normativa de Airsoft Barcelona, así como una herramienta de discusión y votación de los mismos, se hace necesario revocar el acceso a los representantes de grupos no acogidos a la Normativa de Airsoft Barcelona que a febrero de 2007 cuentan con él. En lo sucesivo no se dará acceso al foro de Representantes a personas que no cumplan los requisitos reflejados en el segundo párrafo de este mismo punto.

10.2. Convocatorias y Plazos de Reunión.

Hasta la constitución de una Federación de Asociaciones de Airsoft en Catalunya que pueda convocar asambleas tanto ordinarias como extraordinarias, se celebrará un mínimo de una reunión anual de representantes de los grupos y asociaciones acogidos a la Normativa Airsoft Barcelona.

Las reuniones de representantes se convocarán a través del Foro de Representantes de Airsoft Barcelona con, al menos, un mes de antelación sobre la fecha de celebración de la reunión.

Se abrirá un plazo de presentación de puntos para el orden del día de la reunión, no siendo este en ningún caso inferior a 15 días contando siempre a partir de la fecha en la que se publique la convocatoria de reunión. El plazo de presentación de puntos para el orden del día finalizará como máximo 10 días antes del la fecha en la que se celebre la reunión.

10.3. Presentación de propuestas.

Los representantes de los grupos acogidos a la Normativa de Airsoft Barcelona pueden presentar propuestas a través del Foro de Representantes de Airsoft Barcelona.

10.3.1. Presentación de propuestas que no impliquen una modificación de la Normativa y que no vayan a ser incluidas en el orden del día de una reunión.

Si las propuestas presentadas no implican una modificación de la Normativa y no hay una reunión prevista, se podrán votar directamente a través del Foro de Representantes. Para poder realizar la votación, el representante de grupo que presente la propuesta deberá abrir un post en el Foro de Representantes con el título de la propuesta que presenta precedido del texto “PROPUESTA:”, en el cuerpo del mensaje realizará una exposición de la propuesta.

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<Continúa 10.3.1. Presentación de propuestas que no impliquen una modificación de la Normativa y que no vayan a ser incluidas en el orden del día de una reunión.>

Por ejemplo:

Si el representante de la Asociación X quiere presentar una propuesta para, por ejemplo, realizar un reportaje con un medio de comunicación local, actuará de la forma siguiente:

Abrirá un post con el título:

PROPUESTA: Reportaje en medio de comunicación local

Y en el cuerpo del mensaje explicará la propuesta, por ejemplo:

En la Asociación X hemos recibido un email del medio de comunicación local XXXX en el que nos brindan la posibilidad de realizar un reportaje sobre nuestra actividad. Desde la Asociación X consideramos que puede ser beneficioso para dar a conocer el Airsoft en la zona y para la imagen de los grupos y asociaciones acogidos a la Normativa de Airsoft Barcelona, es por eso que abrimos este post para votar sobre el tema antes de dar una respuesta.

Una vez abierto el post, cada representante de grupo podrá votar a favor o en contra argumentando su voto, durante un periodo de tiempo prudencial (que puede variar dependiendo de la complejidad del tema a votar).

10.3.2. Presentación de propuestas que no impliquen una modificación de la Normativa y que se pretenden incluir en el orden del día de una reunión.

Si hay una reunión prevista, las propuestas que no requieran una modificación de la Normativa podrán ser incluidas en el orden del día siempre y cuando no se manifiesten en contra de dicha inclusión un mínimo de un tercio más uno del total de los representantes de grupo registrados en el Foro de Representantes.

El sistema a seguir para incluir una propuesta que no suponga una modificación de la Normativa en el orden del día de una reunión es idéntico al explicado en el punto 10.3.1 de esta Normativa, con la salvedad que una vez abierto el post solo se pronunciarán los representantes que estén en contra de la inclusión de la propuesta en el orden del día. Si finalizado el plazo de presentación de puntos para el orden del día no se han pronunciado en contra un numero suficiente de representantes, la propuesta será incluida como punto en el orden del día de la reunión.

10.3.3. Presentación de propuestas que impliquen una modificación de la Normativa.

Si la propuesta presentada implica una modificación de la Normativa, se deberá votar obligatoriamente en una reunión.

Deberá incluirse en el orden del día de la primera reunión que se celebre a partir de la fecha en que se presente la propuesta, por tanto deberá cumplir lo indicado en el punto 10.3.2 de esta Normativa en lo referente a la inclusión de puntos en el orden del día de las reuniones.

Para aprobar una propuesta que implique una modificación de la Normativa, esta deberá ser aprobada por dos tercios de los representantes de grupo presente en la reunión en que se celebre la votación.

Este punto no afectará a la aceptación de nuevos grupos o asociaciones que expresen su deseo de acogerse a la Normativa de Airsoft Barcelona, y a la consiguiente modificación de los listados de los puntos 11 y 12 de la Normativa para incluir dichos grupos o asociaciones. Esta modificación podrá hacerse sin necesidad de votación, siempre y cuando los solicitantes cumplan lo estipulado en el punto 9 de esta Normativa.

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10.4. Sistema de Votaciones.

Las propuestas presentadas por los representantes de los grupos se votarán, dependiendo de su complejidad, en las reuniones o a través del Foro de Representantes por el sistema de mayoría simple, siempre y cuando en la votación no se decida una modificación de la Normativa vigente, en cuyo caso se actuará tal y como se indica en el punto 10.3.3.

Tanto si la votación se realiza a través del Foro de Representantes, como si se realiza en una Reunión, se cumplirá lo reflejado en el segundo párrafo del punto 9, y en el punto 10 de esta Normativa.

En las votaciones realizadas a través del Foro de Representantes podrán votar todos los Representantes de Grupo registrados en el foro, si un Representante de Grupo no ejerce su derecho a voto se contabilizará como abstención.

En las reuniones solo tendrán derecho a voto los Representantes de Grupo que acudan a la reunión, no se permite delegar votos en otros representantes. En caso de que el Representante de Grupo registrado en el Foro de Representantes no pueda acudir a la reunión, se permitirá que sea sustituido por otro miembro de la Junta Directiva de su grupo o asociación.

11. ASOCIACIONES ACOGIDAS A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA(ordenadas por identificador).

0001 Associació Airsoft Barcelona (29.480)0002 Associació d’ Esports d’ Aventura ODYSA (32.217)0003 Associació Red Dragons Airsoft Squad (32.689)0004 Associació Akkadios Airsoft Club (33.101)0005 Associació Corbera Corbs Airsoft (33.368)0006 Associació Lúdica Esportiva d’ Airsoft CGG (33.468)0007 Associació d’ Airsoft del Maresme (33.488)0008 Associació Lúdica pel Foment de l’ Airsoft (33.546)0009 Associació Catalana de Jocs d'Estrategia i Aventura (33.337)0010 Asociación de Airsoft del Vallés (32.681)

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12. GRUPOS ACOGIDOS A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA.(por orden alfabético)

Advanced SoldiersAirsoft Guerrilla (Associació Lúdica Esportiva d’ Airsoft CGG)Airsoft Hunting ClubAkkadios Airsoft Club (Associació Akkadios Airsoft Club)ALFA Airsoft Club (Associació Lúdica pel Foment de l’ Airsoft)Barcelona RangersBatallón de Castigo (Associació Lúdica Esportiva d’ Airsoft CGG)Bulldogs Airsoft TeamCélula NimrodClan CobretyClan DOG Tactical Airsoft TeamComando de Asalto Tiger (Associació Airsoft del Vallés)Comando CAT Comando Airsoft TácticoCompañía Barcelonesa de Airsoft Táctico COM.B.A.T. (Associació Airsoft Barcelona)Corbera Corbs Airsoft Group (Associació Corbera Corbs Airsoft)Corsarios BarcelonaDelta Frikis Airsoft ClanDesviaosGearbox Division (Associació Lúdica Esportiva d’ Airsoft CGG)Odysa Forces (Associació d’ Esports d’ Aventura ODYSA)Plastic WarriorsR.A.T.S. Recon Airsoft Team of Spain (Associació d’ Airsoft del Maresme)RSM Recon-Sentinels MilSimRed Dragons Airsoft Squad (Associació Red Dragons Airsoft Squad)Red Devils AirsoftRenegados (Asociación de Airsoft del Vallés)S.E.T.A.S.S.F.S. Saturday Fear squadSección 8Spartans BCN (Associació Catalana de Jocs d'Estrategia i Aventura)Spartans TARRACO (Associació Catalana de Jocs d'Estrategia i Aventura)Tigers L.P.D.M. / Det Alpha 9th Platoon SEAL Team TwoUAT AirsoftViernes 13

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ANEXO I

NORMAS DE JUEGO BÁSICAS EN UNA PARTIDA DE AIRSOFT

Las partidas se organizarán y se jugarán cumpliendo en todo momento lo indicado en la Normativa de Airsoft Barcelona.

Antes de empezar cualquier tipo de partidas, debe medirse la velocidad de salida de las réplicas que se van a utilizar mediante cronógrafo (Ver Punto 4 de la Normativa). Acto seguido debe acordarse el tipo de juego, su duración y la forma de finalización, así como los límites físicos del terreno de juego y la zona de eliminados.

Cualquier jugador que llegue a la zona de juego después de que la partida haya empezado tendrá que esperar a la siguiente partida para incorporarse (en la zona de eliminados), dejando este punto siempre al criterio de los organizadores.

En ningún momento se podrá abandonar el terreno de juego, dando al jugador que lo incumpla por eliminado.

Como norma general, la partida da inicio con un pitido y finaliza con tres pitidos, o cuando finalice el tiempo de duración, o cuando se cumpla un objetivo pactado de antemano. Estas condiciones pueden ser cambiadas por la organización.

Eliminación

Como norma general, y a no ser que la organización establezca otras condiciones, un impacto equivale la eliminación del jugador, incluso si el disparo ha sido efectuado por un jugador del mismo bando. Se considera impacto de eliminación el que se produce sobre cualquier parte del jugador, incluso réplicas y equipamiento, excepto los rebotes sobre superficies duras.

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< Continúa ANEXO I >

No se considerarán rebotes las bolas que pasan a través de hojas o arbustos, así como las bolas que al tocar en un objeto situado entre los dos jugadores cambien ligeramente de trayectoria pero no inviertan el sentido en que han sido disparadas.

Al recibir un impacto, el eliminado gritará "VALE", alzará los brazos y la réplica, y en silencio saldrá de la zona de juego, dirigiéndose a la zona de eliminados.

Una vez eliminado de la partida no puede comunicarse con el resto de jugadores, ni continuar en el área de juego.

No se permite simular la eliminación.

Si te dan no lo dudes, di que estas eliminado. En ningún caso el jugador eliminado debe quitarse las gafas o máscara de seguridad. Si la eliminación se produce de “forma silenciosa” mediante contacto físico (un jugador toca con la mano a otro). El jugador eliminado debe quedarse en el sitio quieto y callado hasta que el oponente se aleje; en este momento anunciará su eliminación y se dirigirá a la zona de eliminados.

Ante la duda, estás eliminado. Si crees que te ha dado una ráfaga pero no has sentido nada, date por eliminado: es probable que haya impactado en el chaleco, rodilleras, bota, gafas, o que las bolas iban con tan poca fuerza que no sientes el impacto.

Si crees que has dado a alguien pero no estás seguro, no digas nada ni acuses a esa persona de hacer trampas, posiblemente no hayas impactado. Si la situación se repite en más de una ocasión con la misma persona, coméntaselo a la organización o al responsable de tu grupo.

Como norma general, los eliminados no pueden prestar equipamiento o réplicas de armas, aunque la organización puede decidir modificar este punto.

Se prestará especial atención a lo indicado en los puntos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la Normativa de Airsoft Barcelona.

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ANEXO II

TIPOS DE PARTIDAS

Por sus características, existen tipos de partidas que pueden regirse por normas especiales. Los tipos recogidos en esta Normativa son:

PARTIDAS “CQB”

Se entiende por CQB (Close Quarters Battle) la partida que se realice en el interior de edificaciones o en poblado. En este tipo de partidas, debido a la habitual cercanía física de los jugadores, se reduce la distancia de seguridad de 5 a 0 metros para las réplicas de PISTOLA, ESCOPETA, SUBFUSIL y FUSIL.

Para evitar lesiones físicas, es de uso obligado la protección fijada por la organización a parte de las gafas. (máscara, ropa gruesa, etc.)

La organización de la partida decidirá en última instancia si la protección que porta el jugador es adecuada o no, y por tanto le permitirá o no jugar.

PARTIDAS CON GUIÓN

Se entiende por partida “CON GUIÓN” aquella en la que se utilice un guión de juego, que exponga unos objetivos y condiciones de victoria para los bandos enfrentados.

En una partida con guión pueden utilizarse objetos o puede existir personajes que interaccionen con el resto de jugadores y que supongan la realización de misiones específicas que decanten el resultado final de la partida. La utilización de dichos objetos, así como la participación de dichos personajes será reglamentada por la organización de la partida.

PARTIDAS “HISTÓRICAS”

Se entiende por partida “HISTÓRICA” la que se juegue recreando un conflicto bélico pasado, y que para jugarla se exijan unas normas concretas de uniformidad y equipamiento.

Las Normas de uniformidad, el equipamiento y las réplicas permitidas, así como otros puntos que tengan que ver con la ambientación histórica de la partida quedan a criterio de la organización de la misma, aunque siempre teniendo en cuenta la legislación vigente.

PARTIDAS “MIL-SIM”

Se entiende por partida “MIL-SIM” aquella que se juegue con un guión de juego que incluya simulación de operaciones reales, que por su duración permita adoptar iniciativas al margen del guión inicial, que no altere su desarrollo por inclemencias meteorológicas, y que incluya la utilización de roles de juego concretos, como pueden ser sanitarios, mandos, comunicaciones, etc…

A criterio de la organización queda el sistema de sanitarios a utilizar, los roles de mando, la limitación o no de bolas por jugador, los requisitos en materia de equipamiento y réplicas a utilizar, así como la utilización de vehículos y la interacción de estos con el resto de jugadores.

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ANEXO III

ETIQUETA IDENTIFICATIVA PARA COLOCAR EN CAJAS O FUNDAS PARA EL TRANSPORTE DE RÉPLICAS DE AIRSOFT.

La etiqueta debe colocarse sobre la caja o funda donde se transporte la réplica.

a) Etiqueta para pegar en cajas o fundas rígidas

b) Etiqueta para el cierre o cremallera de las fundas “blandas”. (ANVERSO Y REVERSO)

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ANEXO IV

TARJETA DE IDENTIFICACIÓN PARA JUGADORES DE AIRSOFT ASOCIADOS.

Tarjeta que acredita a su titular como miembro de una Asociación para la práctica del Airsoftlegalmente constituida.

Medidas: 86 x 54 mm (incluyendo el plastificado)

Datos reflejados y características:

ANVERSO

- Fondo azul (#5D6A94).- Leyenda en la parte superior derecha:

JUGADOR DE AIRSOFT ASOCIADO (en blanco resaltado en negro).JUGADOR D’ AIRSOFT ASSOCIAT (en gris resaltado en negro).

- Fotografía en color del titular en la parte superior izquierda.- Bajo la leyenda, dos recuadros con fondo blanco rotulados como:

“DATOS DEL JUGADOR / DADES DEL JUGADOR” (el primero (superior)).“DATOS DE LA ASOCIACIÓN / DADES DE LA ASSOCIACIÓ” (el segundo (inferior)).

El primero indica los siguientes datos del titular:

- Nombre (Verdana - Regular - 24pt - Fuerte - Color Negro)

- Apellidos (Verdana - Regular - 24pt - Fuerte - Color Negro)

- N.I.F. (Verdana - Regular - 17pt - Fuerte - Color Negro)

- Identificador de Jugador* (Verdana - Regular - 24pt - Fuerte - Color Negro)

* El identificador lo forman 8 dígitos separados en dos cifras de 4 dígitos cada una por una barra inclinada. La primera cifra corresponde al identificador de la Asociación (ver Punto 11 de la Normativa Airsoft Barcelona). El segundo corresponde al número de asociado del titular en la asociación a la que pertenece.

El segundo indica los siguientes datos correspondientes a la asociación a la que pertenece el titular:

- Nombre de la Asociación (Verdana - Negrita - 17pt - Fuerte - Color Negro)

- Número de Registro en la DGDEJ del Departament de Justicia de laGeneralitat de Catalunya (Verdana - Negrita - 24pt - Fuerte - Color Negro)

- Dirección de la Sede Social (Verdana - Regular - 17pt - Fuerte - Color Negro)

- Bajo la fotografía aparece el logotipo de la Asociación a la que pertenece el titular.

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<continúa Anexo IV>

REVERSO

- Fondo azul (#5D6A94).- Se puede leer el siguiente texto:

“Esta tarjeta identificativa acredita a su titular como miembro de una asociación para la práctica del Airsoft legalmente constituida. Esta tarjeta es propiedad de la asociación que la expide, y en caso de darse de baja de la misma será obligatorio devolverla.

Aquesta targeta identificativa acredita al seu titular com a membre d' una associació per a la pràctica de l' airsoft legalment contituïda. Aquesta targeta es propietat de l' associació que l' ha expedit, i en cas de donar-se de baixa de la mateixa serà obligatori retornar-la.

TARJETA INTRANSFERIBLE / TARGETA INTRANSFERIBLE

Se ruega a quien la encuentre que contacte con:Es prega a qui la trobi que contacti amb:”

- Bajo el texto se indican los siguientes datos:

- Nombre de la Asociación (Verdana - Negrita - 17pt - Fuerte - Color # B7C1E5)

- Dirección de la Sede Social (Verdana - Regular - 17pt - Fuerte - Color # B7C1E5)

- Dirección de correo electrónico (Verdana - Regular - 17pt - Fuerte - Color # B7C1E5)

Las tarjetas deben estar termo-plastificadas en funda rígida. Quedando las medidas de la mismas en 86x54mm una vez plastificadas.

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ANEXO V

SEÑALIZACIÓN PARA LOS ACCESOS A LOS CAMPOS DE JUEGO.

Debe colocarse en los accesos a los campos que, por sus características, así lo requieran.

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ANEXO VI

REQUISITOS A CUMPLIR POR LAS RÉPLICAS PARA SER CONSIDERADAS COMO “RÉPLICA DE APOYO” O “RÉPLICA DE FRANCOTIRADOR”.

Se considerarán de APOYO las siguientes réplicas:

- Las que hayan sido concebidas por el fabricante como Réplicas de Ametralladoras de Apoyo, y por tanto no necesiten ninguna modificación. (M249 Minimi, M60, MG42, etc…)

- Las que hayan evolucionado a partir de un kit que incluya obligatoriamente bípode, cargador de gran capacidad y cañón largo. (M16 mod.742, RPK47/74, MG36, L74 LSW, etc…)

Para ser considerada como réplica de apoyo, obligatoriamente debe ser réplica de un modelo de arma que exista y que tenga esa categoría. No se considerarán réplicas de apoyo las réplicas que no se correspondan con un modelo de arma real.

Una vez considerada una réplica como RÉPLICA DE APOYO, podrá superar los 350 fps sin sobrepasar nunca los 400 fps. A partir del momento en que supere los 350 fps, la distancia mínima para disparar esa réplica será de 15 metros, es decir, las réplicas consideradas “DE APOYO” tendrán una distancia mínima de seguridad de 15 metros a partir de 351 fps.

Se considerarán de FRANCOTIRADOR SEMIAUTO las siguientes réplicas:

- Las que hayan sido concebidas por el fabricante como Réplicas de Rifles de Francotirador semiautomáticos, así como las réplicas de Fusiles de Tirador Selecto de Pelotón, y por tanto no necesiten ninguna modificación. (PSG-1, Dragunov, G3 SG1, SR-25, SL-9, etc…)

- Las que hayan evolucionado a partir de un kit que incluya obligatoriamente bípode, cañón largo y culata específica.

Para ser considerada como réplica de francotirador semiautomática, obligatoriamente debe ser réplica de un modelo de arma que exista y que tenga esa categoría. No se considerarán réplicas de francotirador semiautomáticas las réplicas que no se correspondan con un modelo de arma real.

Una vez considerada una réplica como RÉPLICA DE FRANCOTIRADOR SEMIAUTOMÁTICA, podrá superar los 350 fps sin sobrepasar nunca los 450 fps. A partir del momento en que supere los 350 fps, la distancia mínima para disparar esa réplica será de 20 metros, es decir, las réplicas consideradas “DE FRANCOTIRADOR SEMIAUTOMÁTICA” tendrán una distancia mínima de seguridad de 20 metros a partir de 351 fps.

Las réplicas de francotirador semiautomáticas no podrán ser usadas en tiro automático, aunque cuenten con esa opción. El incumplimiento de este punto supondrá la expulsión inmediata de la partida.

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< Continúa ANEXO VI >

Se considerarán de FRANCOTIRADOR CERROJO las siguientes réplicas:

Todas las réplicas que se correspondan con modelos de armas de francotirador o tirador selecto de pelotón, y que necesiten ser amartilladas manualmente para efectuar cada disparo, ya sea a través de un cerrojo o a través de la palanca de carga de la réplica. No podrán incluirse en esta categoría las réplicas que utilicen un sistema eléctrico para ser amartilladas.

Una vez considerada una réplica como RÉPLICA DE FRANCOTIRADOR DE CERROJO, podrá superar los 350 fps sin sobrepasar nunca los 550 fps. A partir del momento en que supere los 350 fps, la distancia mínima para disparar esa réplica será de 30 metros, es decir, las réplicas consideradas “FRANCOTIRADOR DE CERROJO” tendrán una distancia mínima de seguridad de 30 metros a partir de 351 fps.

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ANEXO VII

PASOS A SEGUIR PARA CONSTITUIR UNA ASOCIACIÓN.

La documentación necesaria, así como los trámites a realizar para convertir un grupo, club o clan de Airsoft en una Asociación legalmente constituida en Catalunya pueden encontrarse en la web del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya: www.gencat.net/justicia

Los trámites pueden consultarse en

www.gencat.net/justicia/serveis/tramits/informa/index.html#assoc

Los formularios necesarios pueden descargarse de

www.gencat.net/justicia/serveis/tramits/formularis/index.html

solo necesitaremos los siguientes formularios:

- Sol·licitud d’ inscripció de la constitució d’ una associacióSolicitud de inscripción de la constitución de una asociaciónwww.gencat.net/justicia/doc/doc/_31378180_1.pdf

Es un formulario en formato .pdf, para activar el formulario debe introducirse el NIF del solicitante.

Una vez activado, se nos asignará un número de solicitud y podremos rellenar el formulario con los datos que nos soliciten:

Datos de identificación personal del solicitante

- Nombre y Apellidos- Tipo de documento identificativo y número del mismo (DNI, NIF, etc...)

- Cargo que ocupa en la entidad

Datos relativos a las notificaciones

- Dirección de correo electrónico- Dirección de correo ordinario

Datos de identificación de la Entidad

- Tipo de Entidad Jurídica (en nuestro caso Asociación)

- Nombre (en el nombre es conveniente evitar palabras que puedan inducir a errores o que puedan ser políticamente incorrectas, y que pueden provocar que nuestra solicitud de asociación sea denegada)

Dirección de la Entidad

- Dirección- Teléfono- Dirección de correo electrónico- URL Web

Las últimas hojas del formulario corresponden a la hoja de liquidación de la tasa por la inscripción de la constitución de una asociación. Podemos realizar el pago on-line con un importante descuento, o realizar el pago en cualquier entidad bancaria presentando la hoja de liquidación. Sea cual sea la forma de pago que escojamos, deberemos imprimir este formulario, ya que nos será de utilidad cuando tengamos que realizar los trámites con la Agencia Tributaria.

(*) Para poder realizar el pago on-line es necesario inscribirse en la web de la Generalitat de Catalunya www.gencat.net, nos facilitarán a través de correo ordinario un usuario y una clave de acceso. Entre el momento de la inscripción como usuarios en la web y el momento en que recibamos el usuario y la clave pueden pasar de 15 a 30 días.

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< Continúa ANEXO VII >

- Acta fundacional de l’ associacióActa fundacional de la asociaciónwww.gencat.net/justicia/doc/doc/_22147312_1.dot

Documento en formato .dot, puede abrirse con la mayoría de programas de tratamiento de texto.

Deberemos reflejar la fecha, hora y lugar en que se ha celebrado la reunión para constituir la Asociación, así como los datos personales de los participantes (Nombre, NIF,

dirección), y los acuerdos alcanzados en la misma (Constitución de la Asociación, Aprobación de los Estatutos y elección y composición de la Junta Directiva).

Los miembros de la Junta Directiva deben ser mayores de edad, y el documento debe estar firmado por la totalidad de los participantes en la reunión.

- Model d’ Estatuts d’ una AssociacióModelo de Estatutos de una Asociaciónwww.gencat.net/justicia/doc/doc/_40361723_1.dot

Formulario en formato .dot, puede abrirse con la mayoría de programas de tratamiento de texto.

Deberemos modificar lo mínimo imprescindible para evitar problemas a la hora de que nuestra solicitud sea aceptada. Nos limitaremos a indicar:

- Denominación de la Asociación- Fines de la Asociación (debe hacerse constar que queda excluido el ánimo de lucro)- Domicilio de la Asociación- Edad mínima para acceder a la asociación- Periodo de ejercicio de la Junta Directiva- Periodicidad de las Asambleas

El resto de Artículos de los Estatutos quedarán tal cual se encuentran en el modelo original que podemos descargar en el enlace arriba indicado.

Los Estatutos deben firmarse por la totalidad de los socios fundadores (todos los que aparecen en el Acta de Constitución).

Una vez cumplimentada la documentación podemos optar por entregarla físicamente o, en el caso de que hayamos presentado la solicitud on-line, enviarla por correo certificado a:

Direcció General de Dret i Entitats JurídiquesDepartament de Justícia de la Generalitat de Catalunya

C/ Pau Clarís, 81 (Casal Sant Jordi)08010 Barcelona

en el caso de enviarla por correo, también podemos hacerlo al

Apartado de Correos 31036, código postal 08010 de Barcelona

En un plazo máximo de 3 meses recibiremos respuesta sobre nuestra solicitud.

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< Continúa ANEXO VII >

El horario de atención al público, así como el teléfono y fax de la Direcció General de Dret i Entitats Jurídiques son:

Horarios de atención al público:

Lunes a jueves:

Del 11/1 al 30/6 y del 1/10 al 14/12 de 8:30 a 17:00 horasDel 1/7 al 30/9 de 8:00 a 14:30 horasDel 15/12 al 10/1 de 8:00 a 14:30 horas

Viernes:

Todos los viernes de 8:30 a 14:30 horas

Teléfonos de contacto: 933164123 y 933164124

Fax: 933164126

Información complementaria:

Atención telefónica:

Servei d’ atenció ciutadana de la Generalitat de Catalunya 012

Información on-line:

www.gencat.net y www.cat365.cat

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ANEXO VIII

MODELO DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE RÉPLICAS DE ARMAS DESTINADAS A LA PRÁCTICA DEL AIRSOFT.

En ……………………………., a ……. de ………………………… de 200….

REUNIDOS:

Por una parte y como VENDEDOR, D. ………………………………………………………………, con D.N.I. nº …………………………., con domicilio en ………………………………………………………, C/ …………………………………….. nº ……….

Y de otra parte y como COMPRADOR, D. ……………………………………………………………, con D.N.I. nº …………………………., con domicilio en ………………………………………………………, C/ …………………………………….. nº ……….

INTERVINIENDO:

Ambas partes en su propio nombre y representación, reconociéndose mutuamente la capacidad legal plena para poder actuar y así poder otorgar el presente contrato de compra-venta por el que

MANIFIESTAN:

Que D. ………………………………………………………………………. es dueño de una réplica de ……………………………(fusil/subfusil/rifle/escopeta/pistola/revolver/ametralladora) destinada a la práctica del Airsoft, de tipo …………..(AEG/AEP/ECM/GBB/GNBB/Spring), marca …………………………, modelo ………………………………………, con nº de serie ………………………….

La propiedad detallada se vende funcionando correctamente, acompañada de los siguientes accesorios: …………………………………………………………………………………………………

ESTIPULAN:

D. ……………………………..……………………………………………….. vende la propiedad antes descrita a D. …………………………………………..………………………………….., quien la compra y adquiere.

El precio de venta es de (en letra mayúscula) ………………………………………………….. Euros que recibe la parte vendedora en este acto, sirviendo de recibo de pago la firma de este contrato.

Todos los gastos e impuestos que se originen por esta transmisión, serán por cuenta de la parte compradora.

Y para que conste y a los efectos oportunos, se firma el presente contrato por duplicado y a un sólo efecto, en el lugar y fecha al principio consignados.

LA PARTE VENDEDORA LA PARTE COMPRADORA

Fdo. D. ………………………………………. Fdo. D. ……………………………………….

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ANEXO IX

SEÑALIZACIÓN DE LOS LÍMITES DEL TERRENO DE JUEGO (JUGADORES).

DEBE SER VISIBLE TANTO A LA LUZ DEL DÍA COMO DE NOCHE.

33

ANEXO X

SEÑALIZACIÓN DE LA ZONA DE SEGURIDAD.

34

ANEXO XI

MODELO DE COMUNICACIÓN DE ACTIVIDAD

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ANEXO XII

MODELO DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDAD

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