NTC 3701
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PRLOGO
El Instituto Colombiano de Normas Tcnicas y Certificacin, nacional de normalizacin, segn el Decreto 2269 de 1993.
ICONTEC,
es el organismo
ICONTEC es una entidad de carcter privado, sin nimo de lucro, cuya Misin es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y proteccin al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del pas, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno xterno. La representaci est garantizad caracterizado p La NTC 3701 fu Esta norma est todo momento A continuacin travs de su Generalidades. 3M DE COLOM ACERAS PAZ ARSEG CARBOQuMIC INDUMIL INTERCOR MINISTERIO D Adems siguientes de las empr INSTITUT SEGUROS SOCIALES SECCIONAL CUNDINAMARCA MINISTERIO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARA DISTRITAL DE SALUD to de que responda en s sectores involucrados en el pro ts Tcnicos y el perodo de el pblico en general. Normalizacin Tcnica ta Pblica, este ltimo
tudio de esta norma y seguridad y 000012
a
LOMBIANA. S.A. EDELLN SA L DE EL CONSEJO EGURIDAD
a consideracin
de las
CAJA NACIONAL D FACOMEC INSTITUTO DE SEGUROS SECCIONAL ANTIOQUIA
SOCIALES
ICONTEC cuenta con un Centro de Informacin normas internacionales, regionales y nacionales.
que pone a disposicin
de los interesados
DIRECCiN
DE NORMALIZACiN
NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701
HIGIENE Y SEGURIDAD. GUA PARA LA CLASIFICACiN, DE ACCIDENTES DEL TRABAJO
REGISTRO Y ESTADSTICA Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
1. Esta gua da la trabajo y enfer sicos de accidentes de
2. Todos los emp presente gua p profesionales, e tras establecidos en la
trabajo y enfermedades
3. 3.1
DEFINI Accident bajo: de acuerdo co Ministerio de Trabajo y epentino que sobrevenga una lesin orgnica, perturb te de trabajo aquel que se produ a ejecucin de una labor bajo su au 1295 del 22 de junio de tiende por Accidente de sin del trabajo y que lidez o la muerte. jecucin de rdenes del n fuera del lugar y horas
1994, expedido Trabajo todo s produzca al tra Es tambin empleador, de trabajo. un o dur
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. 3.2 Acto subestndar: todo acto que realiza un trabajador inapropiada y que facilita la ocurrencia de un accidente del trabajo. 3.3 Atencin un trabajador. 3.4 Atencin de manera insegura o
en salud: para efectos de esta gua, es toda asistencia
en salud que se da a
mdica: toda atencin de salud realizada por un profesional
de la medicina.
NORMA TCNICA COLOMBIANA3.5 Casos enfermedades registrables: profesionales,
NTC 3701o
todas las muertes causadas por accidentes del trabajo que afectan al trabajador y la actividad normal de la empresa.
3.6 Causas bsicas: corresponden a las causas reales que se manifiestan despus de los sntomas; son las razones por las cuales ocurren las causas inmediatas. Las componen los factores personales y los factores del trabajo (vase el Anexo B). 3.7 Causas inmediatas: circunstancias que se presentan antes del contacto que produce prdida (enfermedad o accidente); se dividen en actos y condiciones subestndar. 3.8 Condicin subestndar: situacin caracteriza por la presencia de riesgos trabajo o enfermedades profesionales. 3.9 Condicin y el trabajador des Adems de los I la
que se presenta en el lugar de trabajo y que se no controlados que pueden generar accidentes de
ambiente de trabajo: est constituido ores inherentes al trabajo. consideran como parte del a xigencias fsicas y mentale de trabajo los equipos o labor desarrollada y las
materiales que derivadas de la 3.10 Declarac la informacin c 3.11 Das car
nte el cual la perso 'stro es veraz y la
onsable manifiesta ida con su firma.
que
una lesin ocasionada lesin origine lizan solamente al causaaa. muerte, para el
por un accident invalidez o nca clculo de los n 3.12 Dasde
inhabilitado par cuando los das se tomar nica 3.13 Das pe limitado para la tales como das nmero de das de trab
ales el trabajador est a el clculo de ndices, con los das cargados,
do est inhabilitado
o
o se incluyen los das en qu s, das de descanso, compensa erdidos se realiza a partir del da sig citante o como limitante a la enfermed
vo que asistir al trabajo, huelgas.
3.14 Enfermedad profesional: "Se considera enfermedad profesional todo estado patolgico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempea el trabajador o del medio ambiente en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinado como enfermedad profesional por el Gobierno Nacional" (Decreto 1295 del 22 de junio de 1994 del Ministerio de Trabajo). 3.15 Exposicin: condicin a la cual est sometido un trabajador en su jornada laboral.
3.16 Formato registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: formato utilizado para registrar en forma detallada todos los accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, casos de primeros auxilios e incidentes relacionados con el trabajo.
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NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701
3.17 Horas hombre trabajadas: el nmero de horas hombre trabajadas se obtiene mediante la sumatoria de las horas que cada trabajador efectivamente labor durante el perodo evaluado, incluyendo horas extras y cualquier otro tiempo suplementario. 3.18 Incapacidad permanente parcial: la incapacidad permanente parcial se presenta cuando el trabajador, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, sufre una disminucin parcial, pero definitiva, en alguna o algunas de sus facultades para realizar su trabajo habitual. Se considera como incapacitado permanente parcial al trabajador que, como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, presenta una disminucin definitiva, igual o superior al 5 %, pero inferior al 50 %, de su capacidad laboral, para la cual se ha contratado o capacitado. 3.19 Incapacidad cuadro agudo capacidad labo 3.20 lncident ral: se entiende por incapacidad te edad que presente el trabajad determinado. 'ento no deseado, que b siones a las personas, d ral, aqulla, que segn el impide desempear su
diferentes, podr el proceso. 3.21 ndice d
unstancias propiedad
ligeramente o prdida en
re el nmero
de casos
(accidentes, e ocurridos dura referidos a 200 3.22 ndice d
ados con el trabajo), das durante el mismo,
tre el nmero
de das
perdidos o carg durante el mis 3.23 ndice m y el nsidera invlido un trabaJ ente, hubiese perdido el 50 3.25 Lesin: individuo. Para enfermedad 3.26 profesi n estructural1.
oras hombre trabajadas
cin entre el ndice de
severidad
origen profesional, cidad laboral. de lo nos o sistemas accidente
no
o funcional
en un o
ito de esta gua,
es la ocasiona
de trabajo
Muerte: cesacin
de todo signo de vida. toda muerte que sea consecuencia de las
Para propsitos de esta gua, slo se registrar condiciones y medio ambiente de trabajo. 3.27 Primeros auxilios: es cualquier atencin por un accidente o enfermedad repentina.
de salud de las lesiones corporales
producidas
Para efectos de esta gua, se comporta independientemente de toda atencin en salud; los casos de primeros auxilios que se registrarn son aquellos que, despus de su aplicacin al trabajador, permiten el reingreso inmediato a su actividad laboral.
3
NORMA TCNICA COLOMBIANA3.28
NTC 3701
Trabajador: persona que voluntariamente presta sus servicIos retribuidos por cuenta ajena o propia y dentro del mbito de organizacin y direccin de otra persona natural o jurdica, denominada empleador o de s mismo.
4. 4.1
PROCEDIMIENTO UBICACiN,
DE REGISTRO Y ACTUALIZACiN DE LOS REGISTROS
ARCHIVO
Los registros de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales se llevarn para cada sede de la empresa, en donde labora el trabajador. Una sede se define como el lugar fsico donde se realiza un negocio o donde se llevan a cabo operaciones industriales o de servicios. Es funcional que los r en sta, para facilid del gobierno cua4.1.1
istros del personal que labora en cada ede se ubiquen y mantengan onsulta, para cumplir con la legislaci olaborar con las entidades ~uieran.
La ubicacin de no. Generalmen permanente. 4.1.1.1 Trabaja se ubicarn co
de si los trabajadores la un sitio dado para m
n sedes permanentes o ao se considera sede
para estos trabajadores
fbricas, almacenes, s, se mantendrn en el
tros para los trao en otras partes, se cada da. stros para los trabajadores n en sedes permanentes, per mantendrn en la base donde encuentra el personal de Recursos
sede permanente pero el cual los trabajadores
formacin personal se o trabajan en una sola el pago, o en la base
4.1.1.2 Trabajadores que laboran en sedes provisionales. Algunos trabajadores estn sujetos a la supervisin comn, pero no reportan o trabajan en una sede permanente. Los registros para estos trabajadores se localizarn en una oficina de campo, o en una base mvil de operaciones.4.1.2 Archivo de los registros
Los registros se archivarn permanentemente en cada sede.
4
NORMA TCNICA COLOMBIANA 4.1.3 Actualizacin de los registros
NTC 3701
Si en perodos posteriores se presentan secuelas o incapacidades adicionales por accidentes del trabajo o enfermedades ocupacionales ya registrados, se tomarn nicamente los das perdidos en el perodo actual, sin registrar un nuevo caso.
4.2
METODOLOGA GENERAL PARA REGISTRO DE CASOSpara el registro de un caso particular es la siguiente:
La metodologa
4.2.1
Establecer si hay responsabilidad de registrodel registro de todos los casos que se presenten a sus
El empleador es el responsable trabajadores directos. Se establece qu en el cual conc
or es directo cuando existe contra tes elementos esenciales:
abajo con el empleador,
or l mismo. abajador respecto miento de rdenes, e reglamentos. del en
Los empleador de otras firmas temporalmente ocurrir el accid corresponde a contratistas lIev En el caso de tr firma contratan departamento suministrado por supervisin inicial d res temporales, si stos se irma de servicios de ayuda anal y la firma contratante ervicio. Si los trabajadores tem agencia de servicios, los registros ser
tras de los trabajadores sanas estn trabajando ajo, en el momento de egistro de estos casos eben velar porque sus
upervisin directa de la simplemente, como un tros para el personal rmanecen sujetos a la ados por la agencia.
4.2.2
Establecer la relacin del caso con el trabajo
La relacin con el trabajo se establece cuando el caso resulta de un acontecimiento o exposicin en el ambiente de trabajo o donde est presente el trabajador como una condicin del mismo. Debe existir una relacin con el trabajo para que el caso se califique como tal, cuando un trabajador no est en el establecimiento del empleador. Cuando est all, se presume que esta relacin existe.
5:{"'
NORMA TCNICA COLOMBIANASe consideran relacionadas
NTC 3701en las siguientes situaciones:
con el trabajo las lesiones ocurridas
El trabajador se lesiona durante la ejecucin de rdenes del empleador o en la prestacin de un servicio bajo la autoridad de ste, aun fuera de la sede o fuera de las horas de trabajo habituales. El trabajador se lesiona en el local de trabajo durante el curso de interrupcin del trabajo (descansos para tomar el almuerzo o el caf, etc.). El trabajador trabajo. se lesiona por accin de tercera persona, durante la ejecucin una
del
dar se lesiona mientras va o viene de u turno de trabajo, siempre que se haya efectuado por cuenta del e ador, en un vehculo de la tratado expresamente por sta. ntacin de la empresa. o ataque de un animal n de ste.
No se consider
como tales, entre otros, mplimiento manifiesto e mpresa y la emb~iaguez crita mdica mente.
4.2.3
Decidir tecimiento o de la exposicin de trabajo o una enfermedad so, es lo que determina condicin resultante del
La naturaleza d si ste es un ac trabajador afecta
pro
Los accidentes del tra ajo son causados por acontecimientos instantneos en el ambiente de trabajo. Se consideran enfermedades profesionales los casos resultantes de las condiciones y medio ambiente de trabajo, diferentes a un acontecimiento instantneo. Este concepto incluye las enfermedades agudas resultantes de exposiciones de duracin relativamente corta. Bajo algunas condiciones, las lesiones pueden c1asificarse como accidente o enfermedad (pero no ambas cosas), dependiendo de la naturaleza del acontecimiento que produjo la condicin. Por ejemplo, una prdida auditiva resultante de una explosin (acontecimiento instantneo), se clasifica como accidente; la misma condicin que surge de la exposicin al ruido industrial durante un perodo de tiempo, se clasifica como enfermedad.
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NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701
4.2.4 Si el caso es una enfermedad profesional, registrarlo y sealar la categora apropiada de la enfermedad en el formato. Las enfermedades profesionales deben calificarse por el Gobierno Nacional. Adems de registrar las enfermedades profesionales, en una de las siguientes categoras en el formato: los empleadores clasificarn cada caso
a) b)
Enfermedades
de la piel (dermatitis
ocupacionales)
Enfermedades respiratorias causadas por material particulado o txico (silicosis, asbestosis, neumoconiosis, neumonitis, faringitis, rinitis o congestin aguda debido a qumicos, polvos, gases o humos). es y envenenamiento (efectos sistm lomo, mercurio, cadmio, y otro de hidrgeno y otros gases; entes orgnicos; por insectici s con agentes fsicos ipotermia y efectos d de radiacin agud c.). de materiales txicos, les; por monxido nceno, tetracloruro ros qumicos). por de de
c)
d)
usia, golpe de calor, ciones ionizantes y no queratitis, conjuntivitis,
e) f)
tenosinovitis,
bursitis).
4.2.5
Si el ca be estar basado en el
El criterio para concepto de at o reubicacin. S
trabajo o el movimiento registrar como tal. BLES COMO TALES entes del trabajo como tales est ientes condiciones: asos que involucran, al
4.3
4.3.1 Atencin mdicaTodo accidente registrado. que requiera una atencin mdica diferente a los pnmeros auxilios ser
4.3.2 Prdida del conocimientoSi un trabajador pierde el conocimiento como resultado de un accidente, el caso ser registrado, independientemente del tipo de tratamiento que se brinde. La razn de este requisito de registro, es que la prdida de conocimiento se encuentra asociada generalmente a lesiones ms serias.
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NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701
4.3.3 Transferencia a otro trabajoLos accidentes que requieren la transferencia temporal o permanente de un trabajador a otra tarea, son registrables independientemente del tipo de tratamiento que se brinde. Las transferencias raramente son el nico criterio para la registrabilidad, ya que los casos de accidentes casi siempre son registrables por otros motivos, principalmente debido a atencin mdica o restriccin del trabajo o el movimiento. 4.4 CLASIFICACiN DE CASOS DE ACUERDO CON SU SEVERIDAD
Para cada uno de los casos de accidentes del trabajo que no involucran atencin de primeros auxilios, o enfermedades profesionales, se determinar su magnitud o consecuencia. Se establecen tres cate as: muertes, casos con tiempo perdid y casos sin tiempo perdido. Cada caso se ubic mente en una de stas categoras.
4.4.1Para propsito exposicin en el cuencia de un evento o
4.4.2 Casos cEstn represen cuando el trab actividad diaria, que debe perd condiciones de aun cuando est Para el caso parcial), se ano el anexo A. Los accidentes prdida de das el da de comie trabajo o de act que laborar (festi bajo y enfermedades pro ajo, a menos que afecten a la enfermedad. Cuando se ea aboral restringida, no se incluyen as de descanso, compensatorios, h rofesionales no fatales, sufra restriccin de su tra afectado :3 tal punto, peracin, o no est en turno normal de trabajo,
nvalidez permanente o rgados de acuerdo con ideran como casos con del da del accidente o de das de ausencia de e el trabajador no tiene ncias).
4.4.2.1 Casos con tiempo perdido que involucran das de ausencia al trabajo: son los das en que el trabajador tena que laborar, pero no lo hizo debido al accidente de trabajo (que gener una incapacidad temporal), o enfermedad profesional. 4.4.2.2 Casos con tiempo perdido, que involucran das de actividad laboral restringida: son los das en los cuales al trabajador se le asigna otra tarea en forma temporal, trabaja en su tarea habitual un tiempo inferior al de una jornada completa, o trabaja en la misma sin cumplir con todas las obligaciones habituales relacionadas con ella, debido al accidente del trabajo o enfermedad profesional.
8
NORMA TCNICA COLOMBIANA4.4.3 Casos sin tiempo perdido
NTC 3701
Estos casos estn constituidos por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales relativamente menos graves, que satisfacen los criterios presentados en el numeral 4.2.2 y que no dan por resultado la muerte, o no requieren que el trabajador afectado tenga que ausentarse del trabajo o presente actividad laboral restringida, ms all de la fecha del accidente o comienzo de la enfermedad. 4.5 REGISTRO DE CASOS
Para efectos de la gua, se utiliza el formato de registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (vase el anexo D), el cual permite registrar la ocurrencia, magnitud y resultado de los accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, Incidentes y casos de primeros au . ios, presentados durante un perodo de iempo. Proporciona los datos clave para llevar a anlisis estadstico planteado en est a y facilita la visualizacin de los casos par revisin, por parte de las entidades . ilancia y control. El formato con sobre cundo ocurri el cas in, cul era el trabajo se contrat, la clase de atencin de primeros
regular de la pe lesin, cunto ti auxilios. El formato cons que cubre la m' aquellos casos incluye el tipo respectivo instr Existen algunos a continuacin 4.5.1
epartamento o seccin para caso gener una muerte
abajador y el caso; una ofesionales, incluyendo eros auxilios, y la otra stra el formato, con su
se diligencia
el formato;
Columna A.
nico para cada caso. E rse y examinarse por separ r el mejor; por ejemplo, 1, 2, 3.
porque cada uno debe simple de numeracin
Columna
B.
I caso. En caso de accidente del tra loca la fecha en que ste ocurn para enfermedad profesional, la fec el diagnstico inicial de la misma, o la fecha del primer da de ausencia atn uible a sta; para incidente o caso de primeros auxilios, la fecha de atencin. Identificacin Ocupacin trabajando del trabajador. habitual aun si ste estaba
Columna Columna
C. D.
del trabajador. Se coloca su ocupacin fuera de sta en ese momento. o seccin para la cual el trabajador
Columna Columna Columna
E. F. G.
Departamento
lesionado trabaja.
Sitio donde ocurri el accidente. Se describe profesiona l. brevemente el caso, sea accidente del trabajo o enfermedad
9
uL
NORMA TCNICA COLOMBIANAColumna H.
NTC 3701
Se coloca el cdigo correspondiente para las causas bsicas (factores personales o factores del trabajo), o causas inmediatas (actos o condiciones subestndar). Para diligenciar esta casilla, previamente se debe hacer el anlisis de causalidad correspondiente (vase el anexo C).
Nota. Cuando el caso involucra transferencia derecha de la fila de registro de ste.
permanente
o pensin
por invalidez,
se marca
un asterisco
(*) a la
4.5.2
Magnitud
y resultado del evento
Columna Columna
1. 2.
Nmero nico para cada caso; debe coincidir con el de la columna A. a X en la columna que corresponde s, accidente del trabajo, enfermed so presentado: sional. Incidente,
Columna Columna Columna
3. 4. 5. on la definicin 3.11.
A, si el caso involucra
Columna
6a. I restringida. Columna 7.
4.5.3
Tipo de 8. nfermedad profesional, el numeral 4.2A.
Columna
a) b) c) d) e) f) envenenamiento enfermedades enfermedades debidas a agentes fsicos producidas por traumas repetitivos
dems enfermedades
profesionales
5.
DECLARACiN
DE VERACIDAD
DE LOS REGISTROS se
Todas las entradas del formato se pueden totalizar para un perodo de tiempo determinado; plantea mximo un ao para un mejor control.
10
NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701
Cada empleador, o el funcionario del empleador que supervisa la preparacin del formato y el resumen de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, debe declarar que el resumen anual de stas es verdadero y est completo. El empleador revisa el formato para estar seguro de que las entradas son correctas y estn actualizadas. Cada caso se revisar para asegurar que est en una sola de las categoras en el formato (muertes, casos con prdida de tiempo, casos sin prdida de tiempo). Cualquier caso abierto que involucre prdida de tiempo y que contina en el momento en que se totaliza el formato, debe completarse estimando el nmero de das de trabajo futuros que el trabajador perder. El nmero estimado de das de trabajo perdidos se debe aadir al nmero de das de trabajo que se han perdido, y el total combinado se debe consignar en el formato e incluir en el resumen. (El formato se debe revisar ms adelante para verificar el nmero de das que realmente se perdieron). Si un caso se prol aos; la entrada la cuenta del n caso. sta el ao siguiente, no puede apare ar en el ao en el que sucedi el ectivos perdidos, los cuales son en los registros en los dos Es importante no perder dida de la severidad del
6.
INDICA ormas legales vigentes, dicadores establecidos
Para la evaluaci las autoridades en la presente g Estos indicador Estas medicion de una organi organizacin e despus del he pueden calcular
ao o lesin ocurrido. iento de accidentalidad I rendimiento de esa similares. Se aplican s siguientes ndices se
6.1
NDICE resentados, se utilizar
Para obtener el la siguiente rela
No . de casos Horas hOIll bre
reportados trabajadas
en el pen en el mislllo
El indicador as calculado se interpretar como el nmero de casos ocurridos ao por cada 200 000 h hombre de exposicin.
durante el ltimo
6.2
NDICE DE SEVERIDAD
GLOBAL
Para obtener el ndice de Severidad o Gravedad (I.S.) de los casos presentados (accidentes ocupacionales, enfermedades profesionales o relacionadas con el trabajo, o ambos), se utilizar la relacin:
11
NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701
1.5. = No. de dios perdidos
o cargados por causa de los casos de ATER durante el ltimo periodu Horas hom bre trabajadas en el mismo periodo
xk
El indicador as obtenido se interpretar como el nmero de das perdidos o cargados durante el ltimo ao a causa de todos los casos presentados por cada 200 000 h hombre de exposicin. El nmero de das cargados se tomar de las tablas contenidas en las normas ANSI Z-16-1 y Z-16-2 (anexo A). En casos en que los das de incapacidad debido a la lesin sean diferentes a los das cargados, se tomar er nmero de das ms alto, nunca los dos.
6.3
NDICE MEDIO DE DAS PERDIDOS POR LESIONES
1"
perdidos
o c(Ilgados
pur causa de lesiones perdid
I periodo
Total de casos con tiempo
6.4
NDICEvidiendo el cociente por
Se calcula mult mil(1 000).
Nota. En los caso ltimo ao, este de
ras hombre trabajadas en el
Donde: HHT
Ij . XTHTD DTM No. horas hombre trabajadas al da Das trabajados en el mes No. total de horas extras y otro tiempo suplementario laborado durante el mes No. total de horas de ausentismo durante el mes.
NHENHA
l
La constante k que se utiliza en los ndices que se presentan a continuacin, es igual a 200 000 de acuerdo con parmetros internacionales (Norma OSHA) para propsitos de comparacin en este nivel.
12
NORMA TCNICA COLOMBIANA 7. APNDICEpor
NTC 3701
Este documento fue elaborado Colombiano de Seguridad.
la Unidad
Sectorial
de
Normalizacin
del
Consejo
7.1
ANTECEDENTESOF LABOR STATISTICS. Injuries and Diseases. a Brief Guide to
U.S. DEPARTMENT OF LABOR, BUREAU Recordkeeping Requirements for Occupational
Ministerio del trabajo y Seguridad Social. Decreto 1295 de 1994. Organizacin del Sistema General de Riesgos Profesionales.
y Administracin
8.Resolucin Reglamento Administracin 101 Ge al y de Salud.
o de 1964.
13
NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701
ro
o
oII e-
I
I
1
1
Io, I e~ , i5 etI,I I ~t ]jI,XII,Falanges,I I I 'o \Q) o...
1rJ)ID ro
,
ro
,
450 400
Meique
Anular
Medio Indice
Falanges
Figura 1. Cargos para la mano y el pie
14
NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701Anexo A
Tabla de das cargados
A.1
Por prdida traumtica
o quirrgica
de miembros
Dedos pulgar y mano (vase la Figura 1) Amputacin que comprende todo o parte del hueso' Falange distal Falange media Falange prxima Metacarpo Mano hasta la m 1er dedo (das)300 20 dedo 100 200 400 600
Dedos (das) 3er dedo 4 dedo 5 dedo 50100 200 400
75150 300 500
Amputacin que
Cualquiera de los otros dedos del pie (das) 35 75 150 350
. Falange distal Falange media Falange prxima1
11
I pie nasta el tobill
Metatarso
Arriba del codo y Arriba de la mu
4500 3600
d d
Cualquier punto Cualquier punto A.2 Perdida de Un ojo (prdida Ambos ojos en u Un odo (prdida to Ambos odos, en un ac Hernia no reducida aya o no visin en el otro) te (prdida de la vista) sentido) haya o no percepcin en el otro ente (prdida total del sentido auditivo)
4500
d
3600 d
1 800 d6000 d 600 d 3000 d
50 d
15
NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701 Anexo B
"registro
Instructivo para el diligenciamiento del formato de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales"
Columna A. Columna B. Columna C.
Nmero nico para cada caso; por ejemplo, 1, 2, 3. Fecha del caso. Identificacin del trabajador.
Columna D. Ocupacin del trabajador. Se coloca su ocupacin habitual. Columna E. Columna F. S trabajo o enfermedad
Columna G. SP
Columna H.
s (factores personales ciones subestndar). columna A. esentado: atencin en accidente del trabajo, S S S S
Columna 1. Columna 2.
Columna 3. Columna 4. Columna 5. Columna 6. Columna 7. Columna 8.
Se marca X en la columna a la cual pertenece la enfermedad profesional detectada de acuerdo con la clasificacin presentada en el numeral 4.2.4. (Se debe marcar solamente una (1) columna:
a) b) c) d)
enfermedades en la piel enfermedades respiratorias envenenamiento enfermedades debidas a agentes fsicos
16
NORMA TCNICA COLOMBIANA e) f) g)
NTC 3701
enfermedades producidas por traumas repetitivos otras enfermedades osteomusculares dems enfermedades profesionales
17
NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701Anexo C Anlisis de causalidad
CAUSAS BSICAS
FACTORES PERSONALES
000
CAPACIDAD
FSICA/FISIOLGICA
INADECUADA
001 002 003
Altur
talla, fuerza, alcance, etc. inadecuado ovimiento corporal limitada para mantenerse en determina iciones corporales
eeS V A
004005 006 007 008 0090"10
s
ustancias o alergias s extremos sensoriales atura, sonido, etc.)
011
100
101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 Inca
Y fobias s emocionales dad mental inteligencia ad de comprensin
Falta de juicio Escasa coordinacin Bajo tiempo de reaccin Aptitud mecnica deficiente Baja aptitud de aprendizaje Problemas de memoria
18
LesindeFSICA la FISIOLGICA Inde Restri debido riesgos a problem Entrenamiento temperaturas extremas Orientacins COLOMBIANA TENSiNdebidoena O insuficiente la salud Reentrenamiento oxgeno de duracin Variaciones adeficiente inadecuado NTC las tareas Exposicinmal de la presin o atmosfrica Insuficiencia conflictivas falta Ordenes experienciasobrecarga sensorial Falta o enfermedad debido carga NORMA Fatigamovimiento inicial contradescanso de 3701 TCNICAcin interpretadas 302 308 307 306 300 400 201 301 401
tremasmental tarea nCla
,
19
NORMA TCNICA COLOMBIANA 500 FALTA DE HABILIDAD
NTC 3701
501 502 503 504
Instruccin inicial insuficiente Prctica insuficiente Operacin espordica
Falta de preparacin
600
MOTIVACiN DEFICIENTE
R 601 S des El N D P F SUPER E
eo subestndar
es ms gratificante
000 ES DE
estndar causa desagrado
o de tiempo y esfuerzo 'ncomodidad
001 002 003 004 005 006 007 008 009 010 011 012 013
s jerrquicas
poco claras o con poco clara
'n de responsabilidades
. n insuficiente o inadecuada Definir polticas, procedimientos, Formulacin Programacin prcticas o lneas Be accin inadecuadas que ocasionan conflictos
de objetivos, metas o estndares o planificacin
insuficiente del trabajo insuficientes de consulta, de instrucciones y de
Instruccin, orientacin Entrega insuficiente publicaciones guas Identificacin
y/o entrenamiento de documentos
y evaluacin deficiente de las exposiciones en el trabajo de supervisin/ de acuerdo
a prdida
Falta de conocimiento
administracin con sus cualidades y con las
Ubicacin inadecuada del trabajador, exigencias que demanda la tarea
Medicin y evaluacin deficientes del desempeo Retroalimentacin deficiente o incorrecta en relacin con el desempeo
20
NORMA TCNICA COLOMBIANA100 INGENIERA INADECUADA
NTC 3701
101 210 106 105 104 103 102 107 308 307 306 305 302 211 209 208 206 205 203 202 304 303 204 207
Evaluacin
insuficiente de las exposiciones
a prdidas
Preocupacin 301 201 Estndares,
deficiente en cuanto a los factores humanos/ergonmicos especificaciones y/o criterios de diseo inadecuados de las construcciones para operar
300 200
Control e inspecciones
inadecuados
Evaluacin deficiente de la condicin conveniente
Evaluacin deficiente para el comienzo de una operacin Evaluacin insuficiente respecto a los cambios que se produzcan
icientes en cuanto a los requer e respecto a las materias y s para los vendedores inadecuada tacin deficientes spectos de seguridad yUIPOS
preventivos preventivos Aspecto preventivos
inadecuados inadecuados inadecuados inadecuados inapropiados inapropiados
para ev para lubrica para ajuste/ en para limpieza o pulimento para comunicacin para programacin de necesidades del trabajo
Aspectos preventivos Aspectos correctivos Aspectos correctivos
Aspectos correctivos inapropiados Aspectos correctivos inapropiados
para revisin de las piezas para reemplazo de partes defectuosas
400
HERRAMIENTAS
Y EQUIPOS INADECUADOS
401 402
Evaluacin deficiente de las necesidades Preocupacin
y los riesgos
deficiente en cuanto a los factores humanos/ergonmicos
21
NORMA TCNICA COLOMBIANA403 404 405 406 407 Estndares
NTC 3701inadecuadas
o especificaciones inadecuada
Disponibilidad
Ajustes/reparacin/mantencin
deficiente de materiales
Sistema deficiente de reparacin y recuperacin Eliminacin y reemplazo inapropiados
de piezas defectuosas
500
ESTNDARES
DEFICIENTES
DE TRABAJO
501 502 503 504 505 506 507 508 509 510 511 512
Desarrollo inadecuado y necesidades Desar pro D D inadecuado
de normas para inventario y evaluacin de normas para coordin
de las exposiciones disean el
n con quienes trabajador
uado de normas para compromis do de normas para estn
procedimientos/
reglas
las lenguas respectivas iento mediante afiche,
I flujo de trabajo de uso de normas,
600
USO Y
601 602 603 604 605 606 607
in inadecuada del uso cin excesiva de la vida til del eleme Inspecc 'n o control deficientes Sobrecarga o proporcin de uso excesivo Manutencin deficiente Empleo del elemento por personas no calificadas o sin preparacin Empleo inadecuado para otros propsitos
700
ABUSO O MALTRATO 701 702 703 704 Permitidos por la supervisin Permitidos por la supervisin intencionalmente no intencionaimente intencionalmente no intencional mente
No permitidos por la supervisin No permitidos por la supervisin
22
NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701
CAUSAS INMEDIATAS
CONDICIONES 000
AMBIENTALES
SUBESTNDARES
DEFECTO
DE LOS AGENTES
001 035 025 015 010 005 113 299 260 250 230 220 210 099 030 020 199 240 100 200 110 205
Elaborado con materiales inadecuados Romo, embotado, Elaborado, Disea obtuso inapropiadamente
construido, ensamblado inapropiadamente
rado, roto, etc. . ados en otra parte
inadecuado
de los pasillos, sali para movimiento objetos
libre inadecuado
adecuado del trfico Ventila . n general inadecuada, espacio de trabajo inadecuada (insuficiente luz para la operacin, brillo, etc.) en otra parte no debida a equi
Insuficiente Iluminacin
Riesgos ambientales
no especificados
300
MTODOS
O PROCEDIMIENTOS
PELIGROSOS
310 320 330 339
Uso de material o equipo de por s peligroso (no defectuoso) Uso de mtodos o procedimientos Uso de herramientas de por s peligrosos o inapropiado (no defectuoso) en otra parte
o equipo inadecuado
Mtodos o procedimientos
peligrosos, no especificados 23
NORMA TCNICA COLOMBIANA340 350 Ayuda inadecuada
NTC 3701
para levantar cosas pesadas inapropiada (sin tener en cuenta las limitaciones fsicas,
Ubicacin del personal habilidades, etc.)
400
RIESGO DE COLOCACiN O EMPLAZAMIENTO EXCEPTUANDO LAS PERSONAS)
(MATERIALES,
EQUIPOS,
ETC.,
410 420 430
Inapropiadamente Colocados
apilado inadecuadamente contra movimientos inconvenientes (exceptuando
o emplazados
Inadecuadamente asegurados apilami to inestable)
500
510520
do riesgos
elctricos
y
s exceptuando
riesgos
. 530 540 550560 570 580 590
minera, excavaciones,
599
600
IENT ALES EN TRABAJOS ICOS
EXT
INTOS A LOS OTROS
610 620 630 640
Predios o cosas defectuosas
de extraos
Materiales o equipo defectuoso de extraos Otros riesgos asociados con la propiedad u operaciones de extraos
Riesgos naturales (riesgos de terrenos irregulares e inestables, exposicin a elementos, animales salvajes, etc., encontradas en operaciones a campo abierto)
700
RIESGOS PBLICOS
710 720
Riesgos del transporte pblico Riesgo del trfico
24
NORMA TCNICA COLOMBIANA780
NTC 3701de lugares pblicos a los cuales tambin est
Otros riesgos pblicos (riesgos expuesto el pblico en general)
980
CONDICIONES
AMBIENTALES PELIGROSAS NO ESPECIFICADAS
EN OTRA PARTE
990 999
Indeterminada
informacin insuficiente
No hay condicin ambiental peligrosa
ACTOSSUBESTNDARES
050
L1MPIE DE PRE
MVIL ELCTRICO O
051 052056 057 059
(recipientes
a presin,
misa del supervisor eligrosas, etc. radares, lneas, etc.)
con
100150 DE ATUENDO PER
PONIBLE
zapatos
de tacn alto,
gas largas, ropa suelta, a
200 201 rrar, bloquear o asegurar los vehcul otras h ramientas, materiales y equipo, contra m corriente elctrica, vapor, etc. Omitir el cierre del equipo que no est en uso Omitir la colocacin de avisos, seales, tarjetas, etc. Soltar o mover pesos, etc., sin dar aviso o advertencia adecuada ruptores, vlvulas, prensas, mientas inesperados, flujo de
202 203 205 207 209
Iniciar o parar vehculos o equipos sin dar el aviso adecuado No especificados en otra parte
250
BROMAS O JUEGOS PESADOS (Distraer, fastidiar, molestar, asustar, reir, chansearse pesadamente, lanzar materiales, exhibirse burlonamente, etc.)
25
NORMA TCNICA COLOMBIANA300 USO INADECUADO DEL EQUIPO
NTC 3701
301 305 309
Uso del material o equipo de una manera para la cual no est indicado Recargar de pesos (vehculos, andamios, etc.) No especificados en otra parte
350
USO INAPROPIADO
DE LAS MANOS O PARTES DEL CUERPO
353 355 356
Agarrar los objetos insegura mente Agarrar Usa r s objetos en forma errada os en lugar de las herramientas etc.) otra parte ma s (para alimentar, limpiar,
359
400
FALTA
VECINDADES
450
452
453 454
456
capacidad inapropiada idad de baja capacidad,
459
500 502 503 505 506 508 509 Operar Correr r o suministrar muy rpidamente
sde partes elevadas (vehculos, plata s vehculos de la planta a velocidad inse
Lanzar material en lugar de cargarlo o pasarlo No especificados en otra parte
26
NORMA TCNICA COLOMBIANA550 ADOPTAR
NTC 3701
UNA POSICiN INSEGURA
552 609 557 608 607 606 605 604 602 603 558 559 655 556 555
Entrar en tanques, cajones u otros espacios encerrados supervisor Viajar en posicin insegura (en plataformas, en el gancho de una gra, etc.) Exponerse Exponerse Exponerse innecesariamente innecesariamente innecesariamente
sin el debido permiso del elevadores,
600 650
653 601
horquillas o levantadores,
bajo cargas suspendidas a cargas oscilantes a materiales o equipos que se mueven
No especificados
en otra parte
pido o demasiado
despacio
por el lado del trfico ara, se voltea o se r o de va
mezclar o combinar una s explosin, fuego u otro 'n insegura de vehculos o ar, situar, parar, o dejar vehculos e insegura para cargar o descargar)
manera que se cree un imiento de materiales paratos de transporte en
posi 657 659
Colocac n insegura de materiales, herramientas, sechos, etc. (como para crear riesgos de derrumbe, tropezn, choque o resbaln, etc.) No especificados en otra parte
750
USAR EQUIPO INSEGURO (Equipo rotulado o conocido como defectuoso)
900
ACTO SUBESTNDAR 998 999
NO ESPECIFICADO
EN OTRA PARTE
Ningn acto subestndar Sin clasificacin (Datos insuficientes).
27
NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701
Anexo D
Formato de registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionalesNo. (A) Fecha del I del trabajador Identificacin evento (B) (C) Anlisis de causalidad (H) Causas bsicas Factores personales Factores del trabajo
28
NORMA TCNICA COLOMBIANA
NTC 3701
Nombre de la compaa: Nombre de la sede: Direccin:
Formato de trabajo Registro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Tipo de enfermedad (8)
No. (1)
Tipo de evento (2) P.A. I 1. I A.T. I E.P. (e) (d) (e)(f)
29