üüNTRATO NÚMERO ST 029-02-2019. En la ciu

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üüNTRATO NÚMERO ST 029-02-2019. En la ciu<Jad de Guatemala, el do$(02) de enero del ¿ifir¡ do$ mil diecinueve (2010). NOSOTROS: EDGAR ANTONIO JOSE OVALLE VILLA$HñOR, rJe cuarenla y cuatro años, casado, guatematteco, Licsnciado enAdnlinistraciÓn rJ¡* $isternas r1e Información, me identifico con el Documento Personal de ldentificaciÓn con *ótligo único de identificación número dos rnil cuatrocientos cuatro, setenta y siete mll $e¡${:¡entos cuarenta y dos, rero ciento uno t2404 7V642 0101 ), extendido por el Registro I'iaü¡oftal de las Personas de la República de Guaternala, con Número de identiflcaciÓn Tnh¡utaria setecientos se$enta mil novecientos noventa y dos guiÓn dos (7S0992-2), actúo en calirlaci de Subsecretario Ejecutivo de la Secretaría Ejecutiva de la ComisiÓn Contralas At1ircisnes y el Tráfico llícito de Drogasadssrita a la Vicepresidencia de la República de Gu6tenala, exlrsmo que acredito por mediodel Acuerdo Vicepresidenoial nümero cuarenla guión dos mildieciséis (40-?016) de feclra veintinueve (29)de enero delafrodos mildieciséis iZü1$) que contiene mi nombramiénto; y conel acta de toma de posesién delcargo para el cual fuinombrado, número cinco guión dos mildieciséis (5-2016), asentada en el libro de actas que se lleva en la Unidad de Recursos Humanos de la Dirección Administrativa Financiera de la $ecretar[a Hjecutiva de la Comisión Conira lasAdiccione$ y elTráflco llicito de Drogas a la Vicepresidencia de la República cleGuatemala, autorizado por la Contraloria Gener l: j "rfffi üuentas segun registro sesenta y ocho guión dosmiltrece (6S-2013) defecha veintiuno fZpS:'Q \ t¿," - febrero de dos rniltrece(2013), señalo comolugarpara recibirnotif¡caciones, c¡tacioneslOü;t ernplazamientos la sede de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Contra las Adicciones y el I rafica llícito de Drogas adscrita a h üicepresidencia de la República de Guatemala, ubicada enla segunda (24.) calle, uno guión cero cero (1-00)zona diez (10)de esta ciudad capitaly por ta ctra parte GABRIEL ROGEIIOPERN¡LLO ARGUETA, do cuarenta y un añosde edad, ca*ado, guatemalteco, de este domicilio, Bachiller en Ciencias y Letras, quien se identifica con el flocumento Peraonal de ldentif¡cación con Código ÚnicoOetdentificaciÓn número un mil quinientos ochenta y nuevé, cincuenta y un mílsetecientos, cerounocerouno(1589 51700 ,l t'.rl|tr f-i]t] ¿rut¡ if]. {iu;lt**1¡l,l 'li'hlúur*: .tsi l+.fi Xl{I

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üüNTRATO NÚMERO ST 029-02-2019. En la ciu<Jad de Guatemala, el do$ (02) de enero del

¿ifir¡ do$ mil diecinueve (2010). NOSOTROS: EDGAR ANTONIO JOSE OVALLE

VILLA$HñOR, rJe cuarenla y cuatro años, casado, guatematteco, Licsnciado en AdnlinistraciÓn

rJ¡* $isternas r1e Información, me identifico con el Documento Personal de ldentificaciÓn con

*ótligo único de identificación número dos rnil cuatrocientos cuatro, setenta y siete mll

$e¡${:¡entos cuarenta y dos, rero ciento uno t2404 7V642 0101 ), extendido por el Registro

I'iaü¡oftal de las Personas de la República de Guaternala, con Número de identiflcaciÓn

Tnh¡utaria setecientos se$enta mil novecientos noventa y dos guiÓn dos (7S0992-2), actúo en

calirlaci de Subsecretario Ejecutivo de la Secretaría Ejecutiva de la ComisiÓn Contra las

At1ircisnes y el Tráfico llícito de Drogas adssrita a la Vicepresidencia de la República de

Gu6tenala, exlrsmo que acredito por medio del Acuerdo Vicepresidenoial nümero cuarenla

guión dos mildieciséis (40-?016) de feclra veintinueve (29) de enero delafro dos mildieciséis

iZü1$) que contiene mi nombramiénto; y con el acta de toma de posesién del cargo para el cual

fui nombrado, número cinco guión dos mil dieciséis (5-2016), asentada en el libro de actas que

se lleva en la Unidad de Recursos Humanos de la Dirección Administrativa Financiera de la

$ecretar[a Hjecutiva de la Comisión Conira las Adiccione$ y elTráflco llicito de Drogas

a la Vicepresidencia de la República cle Guatemala, autorizado por la Contraloria Generl: j "rfffi

üuentas segun registro sesenta y ocho guión dos miltrece (6S-2013) de fecha veintiuno fZpS:'Q\

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febrero de dos rnil trece (2013), señalo como lugarpara recibirnotif¡caciones, c¡tacioneslOü;t

ernplazamientos la sede de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Contra las Adicciones y el

I rafica llícito de Drogas adscrita a h üicepresidencia de la República de Guatemala, ubicada

en la segunda (24.) calle, uno guión cero cero (1-00)zona diez (10)de esta ciudad capitaly por

ta ctra parte GABRIEL ROGEIIO PERN¡LLO ARGUETA, do cuarenta y un años de edad,

ca*ado, guatemalteco, de este domicilio, Bachiller en Ciencias y Letras, quien se identifica con

el flocumento Peraonal de ldentif¡cación con Código Único Oe tdentificaciÓn número un mil

quinientos ochenta y nuevé, cincuenta y un míl setecientos, cero uno cero uno (1589 51700

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01ü1). extendirJo por el Registro Nac¡onal de las Personas de la República de Guaternala, con

t!úrnsro de ldentificac¡ón Tributar¡a dos m¡llones diecis¡ete mil setecientoe cincuellta y siete

guión siete (2O17757-7), señalo lugar para recibir notificaciones, citaciones y/o emplaearnientos

la veinriqcho (18) calte *B" doce guión sesenta y seis (12-66) zona trece (13), Colonia $anta Fe,

{iu;lteru¡lla, Guaternala- Ambus comparecientes aseguramos: a) $er de los clatos de

i#*ntil'icauón personal consignados; b) Haltarnos en el libre ejercicio de ttuestros derechos

clvÍle*; c) Que se tienen a Ia vista los doqumentos de identificaciÓn relacionados y que la

re¡:r'e*eintación que se ejercita es suficiente conforme a la Ley y a nuestro juicio para la

c*i*bración del presente contu'ato; d) Quo en lo sucesivo nos denominaremos simplemente

r:*nro "SECCATID" y "EL CONTRATISTA', respectivamente; y e) Que convenimos en celel¡rar

i;üntrato <ie SEllVlClO$ TÉCNICOS de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA:

H&SÉ t EGAI.: El presente contrato se c,elebra con fundamento en lo que para el efecto

establ*cen los srticulos cuarenta y cuatro (44) irrciso e), cuarenta y siete (47), cuarenta y ocho

t48i, ft*refita y nueve (49),'sesenta y cinco (65) y sesenta y nueve (09) del Decreto número

cincr¡enta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la RepÚblica que contiene la

¡*y de Cgntratacione$ del Estado y Decreto núme¡o nueve guión dos milquince (9-?015) que

c**ti*ne las Reformas a la Ley de Contrataciones del Estado; treinta y dos (32) y cuarenta y

da* {42) delAcuerdo Gubernativo número ciento veintidós guión dos mildieciséis (122-2016)

que *ontiene el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Reformado por el Acuerda

G¡.¡bernativo número ciento cuarenta y siete guién clos mil dieciséis (1a7-2016); uno (1) del

¡irlrlsrdo Gr¡bernativo ciento cuarenta y'tres guión noventa y ilatro (1¡f3-94); doce (12), trece

{13} literal h), catürce (14) literal c) del Acuerdo Gubernativo noventa y cinco guión dos mil doce

{95-l$12); lo estipulado en la circular conjunta del Ministerío de Finanzas Públicas, Oficina

Nacicnal de $ervicio Civil y Contraloria General de Cuentas publicada en el Diario de Centro

America con feiha once (1 1) de enero de dos mil diecisiete (2017), Acuerdo Ministerial Número

vüiilt¡crratro guión dos mil diez (24-2010) del trilinisterio de Finanzas Públicas, el artictrlo

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¿l¡:scientos s€tanta y dos (272) del Código de Trabajo, Decreto mil cuatrocientos cuarenta y uncr

{1441i, lo$ art¡culos dos (2) literal c), quince {15) y veintidós (22) delAcuerdo Gubernativc¡ cienlo

setenta guion rlos mil dieciocho (170-2018) que contiene Reglarnento del Registro General de

Adquisiciones del Estado y los artículo$ uno (1), dos (2), cuatro (4) ]r once (11) del Acuerdo

fr¡iirristerial número quinientos sesenta y tres guion dos mil dieciocho (563-2018) del Ministerío

dn Fin¿nzas públicas que contiene Requisitos y metodologia de inscripción y precalificación

ent* elRegisr,ro GsneraldeAdquisiciones delE$tado" $EGUNDA: QilETo DEf QpNIEATOI'üt CCINTRATISTA'se compromete a prestar sus SERVICIOS TÉCNICOS a "$ECCATID", con

üerJicación, diligencia y con aneglo a las prescripciones de la ciencia de la cusl es conocedor,

en la prestación de servicit¡s técnicos que se deecriben a continuación, sin ser e$ta$ lim¡tat¡vas,

$ino únicámente enunc¡átivas, asesorando en las siguiente$ activ¡dadÉs: a) Desarrollar

inveetigaciones, estudios e informes estadísticos sobre drogas y otras sustancias adictivas que

se realicen; b) Elaborar gráficos para informes técnicos estadísticos sobre drogas y otrü$

sristansia$ adictivas; c) Validar los procesos de calidad y comparabilidad de datos recolectados

o brindados por otras inst¡tucione$ para la integración de información ssbre drogas y otra$

sr¡slancias adictivas; d) Desarrollar apiicaciones para la automatizeción de procesos

genemción de reportes; e) Velar por el uso adecuado, razonado y mantenim¡cntoI t é .

rnabiliario, material e insumos que le fueren asignados y f) Asesorar en otras actlvioa.tes q[áS' \ l\

seari asignada$ Én materia de su competenc¡a cuando le sea requerido por la Autoriod*llutl

$u¡:erior. TEI{üER/\: 4l DE LO.S HOI'IORARIOS POR LOS SERVICIOS FACU\DOS-Y

r!?R.ftlA DE PAGO: 'SECCATID', pagara a "EL CONTRATISTA', por lo servicios TÉCNICOS

que pre$te, la cantidad totalde CINCUENTA MfL $ETECIENTOS VEINTICINCO QUETZALES

C0fl OCHENTA Y UN CENTAVOS (Q.50,725.81), monto que incluye el lmpuesto al Valor

Agregado -lVA- en concepto de honorarios que serán cubiertoe en periodo$ mensuales, conlra

ia presentacióñ de la factura contable correspondiente e informe de las actividades reali¿adas

durante el mes que se cancela, documentos que deberán eer debidamente aceptados y a

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s*ti¡ifáfi:¡ón de ,'$ECCATID". Los honorarios descr¡tos serán santelados en SEIS pagos, UN

¡:ag* r1e QCr-io M¡L DO$CITNTOS VEINTICINCO QUETZALES CÜN OCHENTA Y Ul'¡

Cüf.¡TAVOS (Q.s,225.81) y CINCO pagos de OCI{O MIL QUI|{IENTO$ QUETZAIñS

[.&\f,TüS, (Q.8,500.00), a partir del inicio de la vigencia del plazo del presente contrato"

Llr$ pags$ $srán cubiertos con cargo a la partirla presupuestaria número dos mil diecinueve

üurtí;r r:nce rnillones cietlto tfeinta mil d¡erliséi$ guión closcientos veintidés guiÓn cero cero guirrI

c*{ü $iento uilo guión géro cero cero cero guión cero cefo guión trcinta y seis guiÓn celo cefo

guión cero cerc) cero guión cero csro uno guión cero cero cero guión cero veintinueve EuiÓn.

onr.s {2019-11130016-222-00-0101-0000-00-3S.00*000-00{-000-02S-11), del Presupuesto

{}enerai de Ingresos y Egresos propios del ejercicio fiscal vigente o la que en el futuro

cr.rnesponda; gI lEt ruA¿q: El plazo de este contrato es de cinco (5) meses con treinta (3ü)

d¡a$, qile inician et <los (2) de enero del año dos mil diecinueve (2019) y finaliza el treinta (30)

de junio detañr: dos mildiecinueve (2019); y C) DE LA AFROBACIÓN DEL CONIRATq pE

$gs&cigs-lEgslggs De conformidrd con la Ley de contrataciones del Estfldo, este

ürrfllrÍ¡to nec.ssita aprotración por el Secretario Ejecutivo de "$ECCATID", para lo cual deberá

*mitirse el correspondiente acuerdo, nlismo qile es necesario para que tenga validez.

üll,&RTA: GARAI.¡TIA .pE CUlvlPLlMlqNTO:. Para garantizar el cumplimiento de las

uiriigaciones contenidas en el presente contrato de acuerdo al artículo sesenta y cinco (05) de

la t-eiy de Cc¡ntratasiones del Estado 'EL CONTRATISTA" deberá adquirir a favor de

"$Et'C.ATlD' una fianza (caución) de cumplimiento equ¡valente al diez por ciento (10olo) del

nioílto total del contrato de cclnformidrO con los artículos cincuenla y cinco (55) y cincuenta y

sris (5S) d€l Regtansnto de la Ley de Contrataciones del Estado y con las formalidades que

estahiece el artículo $esénta y nueve (69) de la Ley de Contrataciones del Fstado. Dicha fianza

**ni eiecutada por -$ECCATID" de conformidad con lo que para tal efecto disponga el acuerdo

q*e cancele tá relación contractual, contra la aseguradora conespondiente, a efecto de

üompensar los daños y perjuicios ocasionados por "EL CONTRATI$TA' por 6l ¡ncumpl¡miento

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de sus obl¡gaciones. QUINTA: DI$SOSICIONE$ GEJI¡ERI\LE$ A) Forman parte de este

cc¡ntrato y quedan incorporados a é1, el oxpediente que sirvió de base para su faccionamiento,

asi corno toda documentaciór'r que se produzca hasta el otorgamiento del corre$pondiente y

recíproco finiquito entre las parte$ contratantes; ts) "EL CONTRATISfA' preslará sus sarvicios

l.éc¡:icos en la "SECCATID" de acuerdo fl la naturaleza de este tipo cle contrato; C) .HL

üOI{TRATISTA", para los efectos del sisterna de evaluación, deborá prssÉntat sn forma

rriensual lü {actura conespondiénte y un info¡me que describa los servicios técnicos prestado$,

según lo estipulado en la cláusula segunda del presente mntrato, informe que deberá ser

agrrolrado por" quien coordina dichas acth/idade$, y a través dsl cual, de c¿nformidad con la

rmfuraleaa del servicio prestado, $e evaluará el producto y la cal¡dad del mismo. En virtud de lo

*ual se deberá permitir que en cualquier momento la autoridad superior que designe

"$f:üCATID' evalúe la prestación de los servicios TECNICOS que "EL CONI"RATISTA' realice.

Asímismo presentar informe final del resultado de la prestación de servicio al finalizar el plazo

d*l presente csntrato; y D) A "EL CüNTRATISTA', puede eventualmente dotársele de snseres

ylo equipos para la realieación de sus actividades, de conformidad con lo que para tal efecto

rlisponga el $ecretario Ejecutivo de "SECCATID'. EEXTA: PB9SElAlOruEft A 'ÉL

*üNTRATI$TA" le queda expre$amenle prohibido ceder los derechos provenienles

pr*s€ntÉ contrato cle servicios TECNICOS, asl como proporcionar información I terceros

pago de honorarios que se te h'aga a "EL CONTRATISTA", estará afecto al lmpuesto al

Vsl{rr Agregado (lVA) del monto total del contrato, el lmpuesto sobre la Renta (lSR) y otros de

conf*rrnidad con los por$entajes y la periodicidad que de acuerdo con la ley conesponda,

asirnisnro que "EL CONTRATISTA' será responsable del control y pago de los impuestos

cnnespondiéntee según la constancia de Registro Tributario Unificado -RTU-. OCTAVA:

Wa),.ELCoNTRATlsTA,manif iestaque$6encuentrá¡nscr i táen0t

, l ¡ ' , r l l i ' i . r l i ) ¡ rn¡ l {1. { ; r r , , l t l . . t } , t lü'fi'

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i{*giutro tlerner¿l de Adquisicitrnes del Hstado, habiendo cumplido con la presentiiciÓn de

iiüi:r.r{r¡enrüs y fcqut{¡tt0$ conterlirlos err el AcuetrJo GubernatiVo número c¡ento setenla guiorr

i1ü¡i t*'l rliecit¡cfts (170-201S) y en el Acuerdn Ministerial número quinientos sesenla y tres glrloll

d,;¡; ntitr clreüiüühQ (563-?018) emitido por el Ministerio de Finanzas Públicas; b) Los düc¡Jmerrto$

i: l:ritr.,u¡ií¡$ qüs r;e oríginen de este üontrato serán propiodarl exclusiva de "SECÜATIü"; *;) Los

r¡iirviüiú$ que prestara "t-.'.1 CONrRATI$TA'son cle carácter e$trictamelrte TÉCNICOS y rlicha

ii"tiiül]* n0 t¡*ne la callclad cle servidor o funcionario pútrlico por lo que tarnpoüo tisne clereql¡g

ii t¡irlg*na pre$tilüiÓn d* carácter laboral, administrativa funcional, y los horrorarios léctttcos

í:¡fii-:iüdü,$ no l¡ürren la calitJad cle sueldo o salario' tal corno se estipula en la descripc¡Ón del

t-itiiülrin de gasl0 cero veintirlueve (029) "Otras Remunerac¡ones de Personal Temporal"' del

i'"4a¡luai cle clasiticaclgne$ presupuestaria$ para el $ector Público de Guatenrala' aprobadas

i]*i ül Aüilerdo Min¡$leri¿rl número tfesciento$ selenta y nueve guiÓn dos mil diec¡siete t37fj-

,r,ü i7) dei Mini¡;terio de Finan¿as Públicas del veintinueve (29) de diciembre del dos mil die{risiete

i:ii)l l) f,io o[$l¡¡nts lu anterior, además cle las retribuciones pactadas por los servicios téunicas

;,1 ¡t:i¡ti:r¡¡r¡;e, "n. CüNTRA"fl$'fA', tisne dereüho a qu,ii 5e le paguen los gastos erl que incutl'¡,

,: ¿.¡;:irt.i1¡ prtr ntnriVO de IOS SetViCioS preStAdOS, tenga que tfa$larJArSe al irttertor t) extef¡or del

i:*il, dr* cortfnrinidad aon to estipt¡lacJo en la Circular Conjunla del Ministerio de Finan¿as

ilr¡bli*lrLi, $fiuini¡ Nactonal del $ervicio Civil y Contral¡:ria Oeneral de Cuentas, public'rda ett el

Lji;*rur ü¡l {-larr¡tr* Arniirica con fecha ünce (1 1) de enero de dos mil diecisiete (2017) y derr¡¿$

ii,'.,l¡i.itrval rntilflor¡ada con la rnateria. NOVENA: SUJ!:CIqN*A tA$, l.gyis -DE !f

{t$'fUS.USA*Y--$SJS*EI3$!.1$'' f "t" C O Urnnr l STA" se som ete expf *sa m snte a l¿rs lsves

rie la l-(epiiblic* cle Guater¡ala, en todo lo relacignadg a este contratg, por lo iantt' "EL

{'li-lf,{ l{tATls-IA." renuncia al fuero de su dornic¡lio y se solnete a los tribunalos que el4*

"$l;CtAl"f n", ni*f,al*nqlo como lugar para recibir citaciones, notific¿ciones y/o empla:anieittn$

i* ¿jire,;uión $$:i"¡ñliaüá ul inicio rje este üontrato. t)ÉclMA: nf;ctAEaqlg¡LJUB'4pA: -Et-

l.;i.lrr^iT-¡tATl$Tl\" dec¡ara hajo juranrenta tle Lev y aclvertid0 de la pena qrte se impontl ¡ror el

l . . l l i ' 1 ¡ l i ) , ' i , l l ¡ l l . l { . ! r r ' : { 1 , ' r 1 i , 1 i . r

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ds¡¡to de perjurin, que no se encuentra comprendido dentro de las prohibiciones contenidas en

el A.r1í*r¡io ocfrerrta (S0) de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número c¡ncuenta y

siete guión noventa y rlos (57-ü2) del Congreso de la República de Guatemala y que no es

drlufior r¡oroso del Hstado ni cle las entidades a que se refiere el arlículo uno (1) del mismo

üuerpü legal. A,uilniemo, deslara de conform¡dad con e¡ artículo dosciento$ $stenta y clos (?i?)

t1*i üótligo de Trabajo, Decreto mil cuatrocientos cuarenta y uno (1441) del Congreso de la

tt*priblica, que no se tiene pend¡ente el pago de sanciones administrativas o la correff:iÓn del

irrcumplimiento de r:lrligaciones relativas a concliciones generales mín¡rnas de empleo, tratlajo,

ceggridad y salr"id ocupacional, no teniendo ninguna limitación para la celebraciÓn del presente

üsfitrato. Declara además que no tiene procs$o administrativo o judicial pendiente en contra de

"$EüfATlD' c sus unidades ejecutoras; garantizando el cumplimiento de tal condiciÓn con

todüs sus bienes pre$entes y futuros sin que esto lo exirna de las demás responsabilidades en

que pudiera incurrir. DÉclMA PRIMERA: IERMINA:C|QN DEL coNTEq,Tp A\lTEs DEl.

tjffiüplUlgNTA,DEt-BLAU0: "$ECCATID" sin rosponsabilidad alguna d€ $u parte podrá dar

prr:r fenninado unilaloralmente el pre$ente contrato si "EL CONTRATISTA" incumple con toda$

o uualesquiere de las cláusulas y condiciones de este contrato; asimismo, "SECCATID" se

tE$,e[\.a el derecho de dar por term¡narJo el presente contrato en forma unilateral en cualquier

íil$meilto sin incurrir en rssponsab¡lidad de su parte ni por el pago de daños o perjuicios que

Í)irdieren causarse, siendo imputables a "EL CONTRATISTA'cualquiera de las causas quo

fueran invocadas y además por las siguientes: (i) En caso de negl¡gencia de "EL

CüNTRATISTA" en Ia prestación de loé servicios contratados; (ii) Por negativa infundada en la

entrega de los informes de los serrvicios prestados; (iii) Por negativa Infundada en la

prerentación mensual de la faciura conespondiente para el pago da honorados; sin porjuicio de

Bjecu{ar en todos los casos la fianza de cumplirniento contenida en la cláusula cuarta del

prssente contrato. En cualquiora de los casos anteriores el contrato se rescindirá sin

respon*abilidad alguna para "$ECCATID"" Asimismo, se podrá rescindir el presente contrato

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üe fltutLjo consentimiento entre las partes. DÉCIMA $ÉGUNDA: CLAUSULA RFLATIVF AL

ü$f tk$nO;Yc,"ELCON'rRATISTA' , rnani f iestoqueconoeto laspenasrelat ivasaldel i todt :

üsr¡scrtü asi {:amo las dlspooiciones contenidas 6n el capÍtulo lll del Título xlll, del Docreto

ciieüisiete guión setenta y tres (17-73) del Congreso de la República de Guatemala' CÓdigo

perral. Adrcloralmente, conozco las normas jurldicas que facultan a la Autoridad $uperior rle; ia

*ntidarJ áfeütüda para aplicar las sanciones admlnistrativas que pudieren corresponderme'

inctuyer¡cio lir inhabilitación en el sistema GUA ¡ECOMpp,q$. pÉCtfvln TERCERA:

RñAUÉruMtqNT0 pE tCIHf!¡TlFlCApl0¡J)F CUENTAQANCIAT En cumplimiento de lafi

erlriigaciones conteniüas en el Acuerdo número A guiÓn ciento die¿ guiÓn dos mil trece (A-110-

2ü13) de fecha dieciocho (1S) de noviembre del año dos mil trece (2013) em¡t¡do por la

Ocntraloría General de Cuentas se consigng el registro de cuentadancia número S uno guiÓn

quince (s1-15) de la ofieina de Registra y Trárnite Presupuestalde'$ECCATID',y/o DirectjÓn

de Servicios,{drninistrativos y Financieros. OÉC|MR CUARTA:SSEHfACljb¡: Fn los términos

y concliuiones descritas,'$ECCATID' y "EL coNTRATlsTA" man¡füstamos nuestra exprs$a

a;,e¡rtación a lcldas y cada una de las cláusulas del presente contrato' Leínros Integramenie lo

v¡$ürlto y enteraclos de $u c0ntenido, objeto, validez y demás efecf0s iegales' ac€ptamos' lo

ra{ifi*amr:s y {inramas en cuatro {4) hoja$ de papel bond tamaño oficio con el membrete de la

ü*c¡etaría Ejecutiva de la Com¡sién Contra las Adicciones y el Tráfico llícito de Drogas adsfiita

a i* Viceprcsidencia de la Rop(rblic?;{e Guatemalá,'las cuales están impresa$ en ambo$ lad05

L.lc. Eelgar Antonio José Ovalte VillasenorSubsecretario Ejecutivo

$ECTATID

-".-"í7)

tro,{*ffim;ArsuetaEL CONTRATI$TA

1 r , . r l l ' ^ I - i . l 1 l , ' \ 1 t i . i ] { } . l . l r . ¡ , ; i ¡ ¡ 1 ¡ ¡ , ¡ 1 ' ,

l ' ' ! , ' 1 , ' t i ' r : r ¡ i l l " f i l l r1 l i i

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Page 9: üüNTRATO NÚMERO ST 029-02-2019. En la ciu

ffi&ffiruffiffi.A$-f l añigo qua te aYuda a creccr ASEGURADORA RUIIAL, S.A.

DATOS DEL FIADO

GABI] IEL ROGELIO PE{ iNILLO ARGU ETA

28 CA|' LE B 12..66 CoLoNlA SANI-A FE, , ZONA 13, GUATEMALA, GUATEMALA

a s t

KIJffi.&l-l , : J Y - ¡ J J . , ( t r r L r u r o , i f J r ' q ü l d

Gubernat ivo No.700-99, enl i t ido aAutor izadi l pafa opcrar Seguros en la Repúbl ica de Guatcmala, conforrne Acuerc lo

t ravés r jc l t / l in is ter io dr : Ecotronr ía e l d ía 10 de sept iembre de 1999'

Por Q,.51077..58

füornbrr::

Di recc ión:

cu\sI c-2 sEGURo or cnuctóru DE cuMPLIMlENTo DE coNTRATo

No. 10-908-381864

AStüURADOttA RURAI- , S.A. en uso r le la autor ización que le fue otorgada por EL MINISTERIO DE ECONOMIA, se '

c 'nsf i tuyr : f i ¡ r jora sot idar ia hasta por la suma de CINCO MIL SETENTA Y DOS QUETZALES CON 58/100 {Q'5 '072'58) '

ANT[: sI,(RETARíA EJEcunvA DE LA coMrsróN coNTRA LAs ADlccloNEs Y EL TRÁFlco lLiclro DE DR0GAS

para Garant izar : A nombre c ie GABRIEt ROGELIO pERNILLo ARGUETA, e l cumpl imiento de las obl igarc iones que le

im¡:onc s[Rvtc lo5 TECNtcos No. 029-02-2019 óelebrado en c luDAD DE GUATEMALA, e l d ia 02 de [nero del 2019,

por r r rec l io c ie l cuat se cornpromete a prestar sEt tVlClos rÉcNlcos a parür del 02 de Enero del 201"9 a l 30 de Junio del

201g i je r :onforn l ic lad con todas y ca<Ja una de las especi f icac iones contenidas en e l refer ido inst rurnento legal , E l va lor

rcra i cJel c i tado SERVICIOS TECNICOS es de CINCUENTA MIL SETECIENTOS VEINTICINCo QUETZALES CON 81/100

1(e,50,725.81) lNcLUyE tMpuESTO AL vALoR AGREGADO IVA; este seguro de caución se otorga por e l equivalentc a l

r l iez ¡ :or c icnto (1-0920) de su valor to ta l , o sea hasta por la suma de CINCO MIL SETENTA Y DOS QUETZAI- IS CoN

5S/100 (e.5,072.53) y estará v igente por e l per íodo conrprendido del 02 de Enero del 2019 hasla que SECRETARíA

FJHCUT|vA DE LA coMrsróN coNTRA LAs ADrccroNES y ELTRÁFrco tLíc t ro DE DROGAS, ext ienda la constancia de

recc¡ :c ión <-r a l 30 c jeJr , rn io del 2019, ' lo que ocurra pr i rnero. , Aseguradora Rural , S.A. no pagará e l incumpl i rn iento de la

obl i ¡ , ;ac ión garanüzada por medio c le este seguro de caución, cuan<jo e l mismo se deba a consecuencia de caso for tu i to

v tuerza r f layor entendiér ldose estos términos como todo aconteci rn iento o suceso que no se puede prever o quc

prcv is to t ro s , : puede res is t i r .

l_a presentc pól iza se expi tJe con sujec ión a las concJic iones que se expresan en las Condic iones Genc' ra les adl rer idas a

c,sta pól iza.

ASIGURADOR.A RURAL, S. A., conforme al artículo L027 del código cje comercio de Guatemala' no gozará del

benef ic io ce excuslón a que se ref iere e l Código Civ i l de la Repúbl ica de Guatemala, y para la in terpretac iÓn y

cumpl i rn ie ' to de la gararr la que esta pól iza representa, se somete expresamente a la jur isd icc iónde los Tr ibunales dc

u u J t l ' r n 1 l ¡ .

ESTE CONTMTO INCLUYE UN ACUERDO DE ARI] ITRAJE

l in fe c le lo cual , ext ieni le , se l la y f i rma la presente pól iza en la Ciudacl de Guatemala, a los l '4 días del mes de Enero

de zo19

ASEGURAD.RA R,RAL, s' A'

, Revisado Representante [egal

Este texto es responsabi l idad de la Aseguradora y fue registrado por la

Super intendencia de Bancos según Resgluc¡ón No' 299-?91

coD. 186984

} t r . l ; R;Ñntt g-3r) Zona I Tercer Nivel . emai l :serv¡c io.c l ¡enteG)aseguradorarural .corr) .gt" -Teféfono de información y emergenc¡a: 2338-9999

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i, : : , i ,il i

AüUfiñüut) rN"rn¡{ru$ NUMER{} TRES üU¡Óü\¡ üüs sdlL ÜlÉclNu&vü {3-Í019}Ciuaterltala, quirlc* {t$} dü ene¡r¡ de do$ m¡f rliscis¡$eve t*019}

LA $r.ct iÉ"rAf r iA L.JFCUTTVA 0E LA coMls¡Ów cof,¡rRA LAS ADICCIONE$ Y E¡- T}IÁFICO

ILii:f"! ü g}H üfi(}6A$ ¡IO$I}RITA A I-A VITEI¡$THSID€T'ISIA DE I...4 REPÚBLúCA DE GUATEMAL{I

GfifSIiIT}HRÁfiDÚ:

*ue e:; iuncién Llij lii É,|1t*iiri"l¿1{j fiorrriüad$ra ap{Obár kis procesos de rgclutarniento, selecl'iúil y

ijllr¡¡ili¿:i:;¡rlrl ttt* ¡,r;r$gg:ti p.ara ei adeüuarlo funcio¡:am¡ento de ¡a $sc¡'ütalía bjecuiiva de la üoniisiÓ¡l

il,.irlt1¡,i :ii$ A{liccriii]8s y el Trafic.u lli{:¡ts dü nrogas

CüN$IDEI(ANDO:

ti;¡r: r,rl ¡¡ijüe$¡¡Niú l¿{ üü¡lralÍidüri Cc sery¡dos técnicos y profesionales para el üurilplirn¡cfiti.} de iÜ$

iiilietiyüti dül ülflilü*iü i+gal que i;$rresponde a SHCC¡{TID en el árnb¡to de las droEas y sd¡üüiÜnc$,

i¡cr.-riü,r'¡es y proijucios quÉ n$ puedi]n ser düsaffo¡ladas por s¡ pclssna¡ parmanente, princip¡lirnen{e por

la ratte y dispcinihitirlarl de pues{ris cleflvacie al bajo presupuesto autorizado a la Inslilt¡cion para el manejo

Cel ';:fill)ü üefüCON$II]ERANüO:

üud *^s üficesüilo emitif la nisposicián len¡al, a través de la cual se formalice la conlratac¡Ón dsl pel$orlál

i{io¡ric páia el desalrpeñn rJe las awiones y pr'üducto$ ohjeto del seru¡c¡o a real¡zarse.

tsOfi Tl[tr¡Tt]:

ll¡¡ el¡ticiciu di] ta$ iuilcionsfi r.lite le ff)rtfieren ios artlculon ?4 de la Ley contra ia Ni¡fcofrctiviüad, decleto

48-ü: ds{ üorrg¡esc cie la Repú[rlica de Guatefitala; 1 del Acuerdo Gubernat¡vo núffeto 143-$4; lS literat

i1) r¡ ¡¡) cel Acu*;it::¡ Guhernatlvo l¡üme¡o $5."2$12 qr.¡e conti{irrNe el Reglamüilo de ia CornisiÓn Contra lsil

*\ü¡{-;ciru¡eri y el fr;ltico llíciiu de f}rcq¡as; 48 de la t-üy do t$nlratadones de¡ Esl¡¡do, Desrelo ni¡mero 57-

ü?; y 4t del Acr¡errto Gubemat¡vi] fiúrüe{$ 12?-?016 que üüñt¡ens el R€'Elqrnenlo de la Ley ite

*üitif;*lafi$nes dei Ésiad0, Relonrladc pof el Acuerdü $utlemativo número "147-.?ü10.

ACUERüA:

A¡{T¡{:IJLO '1. AF¡obar ¡il$ üontrutos de ssrv¡cios tempJrales üün caruo o¡ rsng¡ún cero veintir}ueve {029)

dei presupuesto general de ingresos y eqresos dül Eslado as¡gnados a la $ecrt.tafía Ejecutiva de la

Csniisién C$fitra las Arlicciones y el Tráiicti ilicitc ele Drogiis, de confonnidad c$il la padida

irtcslt l r trcslüria t lue se r lcscl ' ibe a cottt tnuaciétt:

Psrlida fqo. 2019- 11 13001F222-00'0101^0000-00.36-00-00$'001-000-029-11:

NO&IBRE 5[nvtft05

!1eréndida Mería Flr¡res Sa¡rdoval {J2/OU2s19 Q. 2-1,1t70"97 Tócni[ú!

q"ry_guq$ q.50"725.81

q.4,838..?2

Serg¡o A¡ex Mrjus lle Pa? J7&_1¿29U sUALl2üL9 Q_ Z0,f{X).ft)

Mari¿ úel Rosario salázar Mo6c[tso o¿/Ou2s19 3ü106/f2019 {lll¡.1ql.q1.

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ACUFRDO INTERNO I\¡I.'!ERO TRES GU6II D(}S MIL DIECINUEVÉ, (3.?019i

Part¡da No. ?01 S-1 1 1 3CI0i 6-?Z?-0s.01ti1':0ü00-00-3&"0G0ü0.002-000-0A9-1 r :

F¡a ¡lida No" 201 9- 1 1 1 3001 6-22?-0&01 01 -ü0OS.0().96.0F0üG(F$0fi),02$.t 1 :

COMUNIQUESE,

COMISION CONTRA LAS AD¡CCIüNES Y ILITITO DE DROGAS

, l l : : J j r . : J . ( l i l ; i r i t r " t l i l , t r r . t ; ) l r ! r * í i i ; l' l .rt lúlrot r ¡,: ?ti i i .. l ... {r{ }{ }t l

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No- NI]MBRü ¡tü. Cü$TnATOlflGEitctA

TOTAT6ONTftATO

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I Í-" y{lrYgsjs-.F.:nsrsit{, n: sT 023.04-201S ou01/2s1s 10/06/2019 q" 35,8trr.45 Técnic0s

l'¡s. N0f,¡tsR€ !{o- Cf}l\aTtATOvfiGef{ctA

TOTAIc0uTnATo

sERVrCtOssÉ1. AI

1 !*lg': jqll¡:Iyrlt st 02903-2019 O2lct/f,ol9 :10lü612o19 Q.20,887.lf) Técn¡cos2 Éswin Rorneü M¡neto VáiQue¿ sF s29-2-¡O19 s2/0rl2a\9 30/ii6/ro19 Q.41,774.19 Proieshnale

lMayr;i Edelmira Césre¡ L¡¡¡rcerioDe üu¿mán sP 029-3-2019 o2¡oa2oL9 30/ffi12019 Q.2E,838.71 Profelionales

ARTIüUL0 X. El presente acusñlo cobra vigencía de forma inmediata

I GYy'^ t.-Qg,{.rgm ñn¡4Ér sl

SECRETARIO EJE

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