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DOCUMENTOS DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA CIUDAD DE FORMOSALPI Nº 22 / 10 Proyecto: Programa de Infraestructura Vial del Norte Grande - Contrato de Préstamo BID 1851/OC-AR Contratante:Unidad Ejecutora del Programa de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE) del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. PLIEGO DE OBRAS MAYORES DOCUMENTO VALIDO SOLO COMO CONSULTA

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DOCUMENTOS DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE

OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA

CIUDAD DE FORMOSA”

LPI Nº 22 / 10

Proyecto: Programa de Infraestructura Vial del Norte Grande -

Contrato de Préstamo BID 1851/OC-AR Contratante:Unidad Ejecutora del Programa de la Unidad de

Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE) del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

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Índice

PARTE 1 – Procedimientos de Licitación

Sección I. Instrucciones a los Oferentes

Sección II. Datos de la Licitación

Sección III. Criterios de evaluación y calificación (con precalificación)

Sección III. Criterios de evaluación y calificación (sin precalificación)

Sección IV. Formularios de Licitación

Sección V. Países elegibles

PARTE 2 - Requisitos de las obras

Sección VI. Requisitos de las obras

PARTE 3 - Condiciones contractuales y formularios de contrato

Sección VII. Condiciones generales (CG)

Sección VIII. Condiciones especiales (CE)

Sección IX. Anexo a las condiciones especiales. Formularios de contrato

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PARTE 1 – PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 4

Sección I. Instrucciones a los Oferentes

Índice de cláusulas

A. Generalidades ..................................................................................................................

1. Alcance de la Licitación ......................................................................................

2. Fuente de los fondos ...........................................................................................

3. Fraude y Corrupción ...........................................................................................

4. Oferentes elegibles ..............................................................................................

5. Materiales, equipos y servicios elegibles ............................................................

B. Contenido de los Documentos de Licitación ........................................................

6. Secciones de los Documentos de Licitación .......................................................

7. Aclaración del Documento de Licitación, visita al lugar de las obras y

reunión previa a la Licitación .............................................................................

8. Modificación del Documento de Licitación .......................................................

C. Preparación de las Ofertas ........................................................................................

9. Costo de participación en la Licitación ...............................................................

10. Idioma de la Oferta .............................................................................................

11. Documentos que conforman la Oferta ................................................................

12. Carta de la Oferta y formularios .........................................................................

13. Ofertas alternativas .............................................................................................

14. Precios y descuentos de la Oferta .......................................................................

15. Monedas de la Oferta y de pago .........................................................................

16. Documentos que conforman la Propuesta Técnica .............................................

17. Documentos que establecen las calificaciones del Oferente ...............................

18. Período de validez de las Ofertas ........................................................................

19. Garantía de mantenimiento de la Oferta .............................................................

20. Formato y firma de la Oferta ..............................................................................

D. Presentación y apertura de las Ofertas ..................................................................

21. Procedimiento para sellar y marcar las Ofertas ..................................................

22. Plazo para la presentación de las Ofertas ............................................................

23. Ofertas Tardías ....................................................................................................

24. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas ...............................................

25. Apertura de las Ofertas .......................................................................................

E. Evaluación y comparación de las Ofertas ..............................................................

26. Confidencialidad .................................................................................................

27. Aclaración de las Ofertas ....................................................................................

28. Desviaciones, reservas y omisiones ....................................................................

29. Evaluación de las Ofertas para determinar si cumplen las condiciones de la

Licitación ............................................................................................................

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 5

30. Inconformidades no significativas ......................................................................

31. Corrección de errores aritméticos .......................................................................

32. Conversión a una sola moneda ...........................................................................

33. Margen de Preferencia ........................................................................................

34. Evaluación de las Ofertas ....................................................................................

35. Comparación de las Ofertas ................................................................................

36. Calificación del Oferente ....................................................................................

37. Derecho del Contratante de aceptar cualquier Oferta y de rechazar algunas

Ofertas o todas ellas ............................................................................................

F. Adjudicación del contrato ..........................................................................................

38. Criterios de adjudicación ....................................................................................

39. Notificación de la adjudicación ..........................................................................

40. Firma del contrato ...............................................................................................

41. Garantía de Ejecución .........................................................................................

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 6

Sección I. Instrucciones a los Oferentes

A. Generalidades

1. Alcance de la

Licitación

1.1 El Contratante indicado en los Datos de la Licitación (DDL),

según la definición que consta en las ―Condiciones Generales del

Contrato‖ (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la

Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para la Contratación

de las Obras que se especifican en la Sección VI. Requisitos de

las Obras. El nombre y el número de identificación de lotes

(contratos) de la Licitación Pública Internacional están indicados

en las DDL.

1.2 Para todos los efectos de estos Documentos de Licitación:

(a) el término ―por escrito‖ significa comunicado en forma

escrita con prueba de recibido;

(b) salvo en los casos en que el contexto requiera otra cosa, las

palabras en singular también incluyen el plural y las

palabras en plural también incluyen el singular; y

(c) la palabra ―día‖ significa día calendario.

2. Fuente de los

fondos

2.1 El prestatario indicado en los DDL ha solicitado o recibido

financiamiento (en adelante denominados ―fondos‖) del Banco

Interamericano de Desarrollo (en adelante denominado ―el

Banco‖) para sufragar en parte el costo del proyecto

especificado en los DDL. El Prestatario destinará una porción

de dichos recursos para efectuar pagos elegibles en virtud del

contrato o los contratos para el cual o los cuales se emiten los

presentes Documentos de Licitación.

2.2 El Banco efectuará pagos solamente a pedido del Prestatario y una

vez que el Banco los haya aprobado de conformidad con las

estipulaciones establecidas en el acuerdo financiero entre el

Prestatario y el Banco (en adelante denominado ―el Contrato de

Préstamo‖). Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las

condiciones de dicho Contrato de Préstamo. Nadie más que el

Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato de

Préstamo ni tendrá ningún derecho a los fondos del financiamiento.

3. Fraude y

Corrupción

3.1 El Banco exige a todos los prestatarios (incluyendo los

beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y

organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades

o personas Oferentes por participar o participando en proyectos

financiados por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes,

Oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo

sus respectivos funcionarios, empleados y representantes),

observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco todo

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 7

acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tenga

conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y

las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de

fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción

comprenden actos de: (a) práctica corruptiva; (b) práctica

fraudulenta; (c) práctica coercitiva; y (d) práctica colusoria. Las

definiciones que se transcriben a continuación corresponden a los

tipos más comunes de fraude y corrupción, pero no son

exhaustivas. Por esta razón, el Banco también adoptará medidas

en caso de hechos o denuncias similares relacionadas con

supuestos actos de fraude y corrupción, aunque no estén

especificados en la lista siguiente. El Banco aplicará en todos los

casos los procedimientos establecidos en la Cláusula 3.1 (c).

(a) El Banco define las expresiones que se indican a

continuación:

(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar,

recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier

cosa de valor para influenciar las acciones de otra

parte;

(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión,

incluyendo la tergiversación de hechos y

circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a

alguna parte para obtener un beneficio financiero o de

otra naturaleza o para evadir una obligación.

(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o

causar daño, o amenazar con perjudicar o causar

daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a

sus bienes para influenciar las acciones de una parte;

y

(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más

partes realizado con la intención de alcanzar un

propósito inapropiado, incluyendo influenciar en

forma inapropiada las acciones de otra parte.

(b) Si el Banco comprueba que, de conformidad con los

procedimientos administrativos del Banco, cualquier firma,

entidad o persona actuando como Oferente o participando

en un proyecto financiado por el Banco incluyendo, entre

otros, prestatarios, Oferentes, proveedores, contratistas,

subcontratistas, consultores y concesionarios, organismos

ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus

respectivos funcionarios, empleados y representantes) ha

cometido un acto de fraude o corrupción, el Banco podrá:

(i) decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicación

de un contrato o de un contrato adjudicado para la

adquisición de bienes y la contratación de obras

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 8

financiadas por el Banco;

(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se

determina, en cualquier etapa, que existe evidencia

suficiente para comprobar el hallazgo de que un

empleado, agencia o representante del Prestatario, el

Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha

cometido un acto de fraude o corrupción;

(iii) cancelar y/o acelerar el pago de una parte del préstamo o

de la donación relacionada inequívocamente con un

contrato, cuando exista evidencia de que el

representante del Prestatario, o Beneficiario de una

donación, no ha tomado las medidas correctivas

adecuadas en un plazo que el Banco considere razonable

y de conformidad con las garantías de debido proceso

establecidas en la legislación del país Prestatario;

(iv) emitir una amonestación en el formato de una carta

formal de censura a la conducta de la firma, entidad o

individuo;

(v) declarar a una persona, entidad o firma inelegible, en

forma permanente o por determinado período de

tiempo, para que se le adjudiquen o participen en

contratos bajo proyectos financiados por el Banco,

excepto bajo aquellas condiciones que el Banco

considere ser apropiadas;

(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas

de hacer cumplir las leyes; y/o

(vii) imponer otras sanciones que considere ser apropiadas

bajo las circunstancias del caso, incluyendo la

imposición de multas que representen para el

Banco un reembolso de los costos vinculados con las

investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán

ser impuestas en forma adicional o en sustitución de

otras sanciones.

(c) El Banco ha establecido un procedimiento

administrativo para los casos de denuncias de fraude y

corrupción dentro del proceso de adquisiciones o la

ejecución de un contrato financiado por el Banco, el cual

está disponible en el sitio virtual del Banco

(www.iadb.org). Para tales propósitos cualquier denuncia

deberá ser presentada a la Oficina de Integridad

Institucional del Banco (OII) para la realización de la

correspondiente investigación. Las denuncias podrán ser

presentadas confidencial o anónimamente.

(d) Los pagos estarán expresamente condicionados a que la

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 9

participación en el proceso de adquisiciones y las

negociaciones o la ejecución de un contrato de quienes

soliciten dichos pagos se haya llevado de acuerdo con las

políticas del Banco aplicables en materia de fraude y

corrupción que se describen en esta Cláusula 3.1., y

(e) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el

Banco de conformidad con las provisiones referidas en el

literal b) de esta Cláusula podrá hacerse de forma pública o

privada, de acuerdo con las políticas del Banco.

3.2 El Banco tendrá el derecho a exigir que, en los contratos

financiados con un préstamo, se incluya una disposición que

exija que los Oferentes, proveedores, contratistas,

subcontratistas, consultores y concesionarios permitan al Banco

revisar sus cuentas y registros y cualquier otros documentos

relacionados con la presentación de propuestas y con el

cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por

auditores designados por el Banco. Para estos efectos, el Banco

tendrá el derecho a exigir que se incluya en contratos

financiados con un préstamo del Banco una disposición que

requiera que los Oferentes, proveedores, contratistas,

subcontratistas, consultores y concesionarios: (i) conserven

todos los documentos y registros relacionados con los proyectos

financiados por el Banco por un período de tres (3) años luego

de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y

(ii) entreguen todo documento necesario para la investigación

de denuncias de fraude o corrupción, y pongan a la disposición

del Banco los empleados o agentes de los Oferentes,

proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y

concesionarios que tengan conocimiento del proyecto

financiado por el Banco para responder las consultas

provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador,

agente, auditor o consultor apropiadamente designado para la

revisión o auditoria de los documentos. Si el Oferente,

proveedor, contratista, subcontratista, consultor o concesionario

incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma

obstaculiza la revisión del asunto por parte del Banco, el Banco,

bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra

el Oferente, proveedor, contratista, subcontratista, consultor y

concesionario.

3.3 Los Oferentes deberán declarar y garantizar:

(a) que han leído y entendido la prohibición sobre actos

de fraude y corrupción dispuesta por el Banco y se

obligan a observar las normas pertinentes;

(b) que no han incurrido en ninguna infracción sobre

fraude y corrupción descritas en este documento;

(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 10

sustancial durante el proceso de adquisición o

negociación del contrato o cumplimiento del contrato;

(d) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas

principales han sido declarados inelegibles para

que se les adjudiquen contratos financiados por el

Banco, ni han sido declarados culpables de delitos

vinculados con fraude o corrupción;

(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas

principales ha sido director, funcionario o accionista

principal de ninguna otra compañía o entidad que haya

sido declarada inelegible para que se le adjudiquen

contratos financiados por el Banco o ha sido declarado

culpable de un delito vinculado con fraude o corrupción;

(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de

representantes, pagos por servicios de facilitación o

acuerdos para compartir ingresos relacionados con el

contrato o el contrato de consultoría financiado por el

Banco; y

(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera

de estas garantías constituye el fundamento para la

imposición por el Banco de cualquiera o de un conjunto

de medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b).

4. Oferentes

elegibles

4.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán

ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes de otros

países no serán elegibles para participar en contratos financiados en

todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección V de este

documento se indican los países miembros del Banco al igual que los

criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el país de

origen de los bienes y servicios. Los Oferentes cuya nacionalidad sea

la de un país miembro del Banco, al igual que las obras y los bienes

suministrados en virtud del contrato, no serán elegibles si:

(a) las leyes o las reglamentaciones oficiales del país del

Prestatario prohíben las relaciones comerciales con ese país; o

(b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de

Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del

Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del

Prestatario prohíbe la importación de bienes de ese país o

pagos a una persona o una entidad.

4.2 Un Oferente no podrá tener conflictos de interés. Los Oferentes que

sean considerados que tienen conflictos de interés serán

descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de

interés con una o más partes en este proceso de Licitación, si ellos:

(a) tienen socios mayoritarios en común; o

(b) reciben o han recibido algún subsidio directo o indirecto de

cualquiera de ellos; o

(c) tienen el mismo representante legal para fines de esta

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 11

Licitación; o

(d) tienen una relación mutua, directa o a través de terceros en

común, que les permite tener acceso a información sobre la

Oferta de otro Oferente, o influir sobre la misma, o influir

sobre las decisiones del Contratante respecto de este

proceso de Licitación; o

(e) un Oferente participa en más de una Oferta en este proceso

de Licitación. Si un Oferente participa en más de una

Oferta, se descalificarán todas las Ofertas en las que

participa. Sin embargo, esta disposición no restringe la

inclusión del mismo subcontratista en más de una Oferta; o

(f) están o han estado asociados, directa o indirectamente, con

una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido

contratada por el Contratante para la prestación de

servicios de consultoría para la preparación del diseño, las

especificaciones y otros documentos que se utilizarán en la

Licitación para la contratación de las obras objeto de estos

Documentos de Licitación; o

(g) han estado Oferente afiliados a una empresa o entidad que

el contratante o el Prestatario haya contratado o haya

propuesto contratar en calidad de Ingeniero para el

contrato.

4.3 Un Oferente que en la fecha de adjudicación del contrato esté bajo

una declaración de inelegibilidad el Banco por el periodo de tiempo

determinado por éste, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula

3 de las IAO, será descalificado.

4.4 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles

solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y

financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no

dependen de ninguna agencia del Contratante.

4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia

satisfactoria de que continúan siendo elegibles, cuando el

Contratante razonablemente la solicite.

4.6 Esta Licitación está abierta únicamente a Oferentes precalificados.

Sin embargo, excepcionalmente, con el consentimiento previo del

Banco, podrá utilizarse la calificación ex-post.

5. Materiales,

equipos y

servicios

elegibles

5.1 Todos los bienes y servicios conexos que hayan de

suministrarse de conformidad con el Contrato y que sean

financiados por el Banco deberán tener su origen en un país

miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países

Elegibles, sujetos a las excepciones de los casos indicados en la

Cláusula 4.1 (a) y (b).

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 12

B. Contenido de los Documentos de Licitación

6. Secciones de

los

Documentos

de Licitación

6.1 Los Documentos de Licitación constan de las Partes 1, 2 y 3, que

incluyen todas las secciones que se indican más abajo, y deberán

leerse en conjunto con cualquier enmienda emitida de

conformidad con la Cláusula 8 de las IAO

PARTE 1 - Procedimientos de Licitación

Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)

Sección II. Datos de la Licitación (DDL)

Sección III. Criterios de evaluación y calificación

Sección IV. Formularios de la Oferta

Sección V. Países Elegibles

PARTE 2 - Requisitos de las obras

Sección VI. Requisitos de las obras

PARTE 3 – Condiciones y Formularios del Contrato

Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CG)

Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato (CE)

Sección IX. Apéndice a las Condiciones Especiales –

Formularios del Contrato

6.2 El llamado a Licitación emitido por el Contratante no forma

parte del Documento de Licitación.

6.3 El Contratante no se responsabiliza por la integridad de los

documentos de Licitación y sus enmiendas, si ellos no se

obtuvieren directamente de la fuente señalada por el Contratante

en el llamado a Licitación.

6.4 Los Oferentes deberán estudiar todas las instrucciones,

formularios, condiciones y especificaciones contenidas en el

Documento de Licitación. El incumplimiento por parte del

Oferente del suministro de toda la información o documentación

que se exige en los Documentos de Licitación podría traer como

consecuencia el rechazo de su Oferta.

7. Aclaración del

Documento de

Licitación,

visita al lugar

de las obras y

reunión

previa a la

7.1 Todo Oferente potencial que requiera alguna aclaración de los

Documentos de Licitación, deberá comunicarse con el

Contratante por escrito a la dirección correspondiente que se

suministra en los DDL o plantear sus inquietudes en la reunión

previa a la Licitación, si dicha reunión se especifica en la

Cláusula 7.4 de las IAO. El Contratante responderá por escrito a

todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas

solicitudes se reciban por lo menos (21) días antes de que se

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 13

Licitación venza el plazo para la presentación de las Ofertas. El

Contratante enviará copia de las respuestas, incluyendo una

descripción de las consultas realizadas, pero sin identificar su

fuente, a todos los que hayan adquirido los Documentos de

Licitación de conformidad con la Cláusula 6.3 de las IAO. Si

como resultado de las aclaraciones el Contratante considera

necesario enmendar el Documento de Licitación, deberá hacerlo

siguiendo el procedimiento indicado en las Cláusulas 8 y 22.2

de las IAO.

7.2 Se recomienda que el Oferente visite y examine el lugar de las

obras y sus alrededores y que obtenga por sí mismo, bajo su

propia responsabilidad, toda la información que pueda necesitar

para preparar la Oferta y celebrar un contrato para la

construcción de las obras. Los costos relativos a la visita al lugar

de las obras correrán por cuenta del Oferente.

7.3 El Contratante autorizará el acceso del Oferente y cualquier

miembro de su personal o representante a sus propiedades y

terrenos para los fines de la visita, sólo bajo la expresa condición

de que el Oferente y cualquier miembro de su personal o

representante eximan y mantengan indemnes al Contratante y a

su personal y representantes de cualquier obligación al respecto,

y se hagan responsables de cualquier muerte o lesión personal,

pérdida de propiedad o daños a la misma, así como de toda otra

pérdida, daño, costos y gastos que se incurran como resultado

de la inspección.

7.4 Se invitará al representante designado por el Oferente a asistir a

una reunión previa a la Licitación, si así se establece en los DDL.

Esta reunión tendrá como finalidad aclarar dudas y responder a

preguntas con respecto a cualquier tema que se plantee durante

esa etapa.

7.5 Se solicita que, en la medida de lo posible, los Oferentes hagan

llegar sus preguntas por escrito al Contratante a más tardar una

semana antes de la reunión.

7.6 El acta de la reunión previa a la Licitación, incluidas las

preguntas planteadas, sin identificar su procedencia, y las

respuestas a éstas, conjuntamente con cualesquiera otras

respuestas preparadas después de la reunión, se transmitirán sin

demora a todos los que hayan adquirido los Documentos de

Licitación de conformidad con la Cláusula 6.3 de las IAO. Toda

modificación de los Documentos de Licitación que pueda ser

necesaria como resultado de la reunión previa a la Licitación

deberá efectuarla el Contratante exclusivamente mediante la

emisión de una enmienda, conforme a la Cláusula 8 de las IAO y

no a través del acta de la reunión previa a la Licitación.

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 14

7.7 No se descalificará a los Oferentes que no asistan a la reunión

previa a la Licitación.

8. Modificación

del

Documento de

Licitación

8.1 El Contratante podrá, en cualquier momento antes del

vencimiento del plazo para la presentación de las Ofertas,

enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de

enmiendas .

8.2 Toda enmienda emitida formará parte de los Documentos de

Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que

hayan obtenido el Documento de Licitación en conformidad con

la Cláusula 6.3 de las IAO.

8.3 El Contratante podrá a su discreción, prorrogar el plazo de

presentación de las Ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes

un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las

enmiendas en la preparación de sus Ofertas, de conformidad con

la Subcláusula 22.2 de las IAO

C. Preparación de las Ofertas

9. Costo de

participación

en la

Licitación

9.1 El Oferente financiará todos los costos relacionados con la

preparación y presentación de su Oferta, y el Contratante no

estará sujeto ni será responsable en caso alguno por dichos

costos, independientemente del resultado del proceso de

Licitación.

10. Idioma de la

Oferta

10.1 La Oferta, así como toda la correspondencia y los documentos

relativos a dicha Oferta que intercambien el Oferente y el

Contratante deberán ser escritos en el idioma especificado en

los DDL. Los documentos de soporte y el material impreso que

formen parte de la Oferta podrán estar en otro idioma, con la

condición que las partes pertinentes estén acompañadas de una

traducción fidedigna al idioma especificado en los DDL. Para

los efectos de la interpretación de la Oferta, dicha traducción

prevalecerá.

11. Documentos

que

conforman la

Oferta

11.1 La Oferta comprenderá lo siguiente:

(a) carta de la Oferta;

(b) los correspondientes formularios debidamente

completados, incluida la Lista de Cantidades y sus Precios,

de acuerdo con lo establecido en las Cláusulas 12 y 14 de

las IAO;

(c) garantía de mantenimiento de la Oferta, de conformidad

con la Cláusula 19 de las IAO;

(d) Ofertas alternativas, si se permite, de conformidad con la

Cláusula 13 de las instrucciones a los Oferentes;

(e) confirmación escrita en la que se autorice al firmante de la

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 15

Oferta a comprometer al Oferente, de acuerdo con lo

establecido en la Cláusula 20.2 de las IAO

(f) de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, documentos

comprobantes que demuestren que el Oferente está

calificado para ejecutar el contrato en caso de que su Oferta

sea aceptada;

(g) Propuesta Técnica de conformidad con la Cláusula 16 de

las IAO; y

(h) cualquier otro documento requerido en los DDL.

11.2 Además de los requisitos señalados en la Cláusula 11.1 de las

IAO, las Ofertas presentadas por una Asociación en

Participación, Consorcio o Asociación (APCA), vendrán

acompañadas de una copia del convenio de la APCA celebrado

entre todos los socios. Alternativamente, los socios firmarán y

presentarán junto con la Oferta, una carta de intención para

celebrar un convenio que establezca una APCA en caso de que la

Oferta sea aceptada, junto con una copia del acuerdo propuesto.

12. Carta de la

Oferta y

formularios

12.1 La Carta de la Oferta y los formularios, incluida la Lista de

Cantidades, se prepararán con los formularios pertinentes que se

incluyen en la Sección IV, Formularios de la Oferta. Los

formularios deberán completarse sin realizar ningún tipo de

modificaciones al texto, y no se aceptarán sustituciones. Todos

los espacios en blanco deberán llenarse con la información

solicitada.

13. Ofertas

alternativas

13.1 A menos que se indique lo contrario en los DDL, no se

considerarán Ofertas alternativas.

13.2 Cuando se soliciten explícitamente plazos alternativos para la

terminación de los trabajos, ellos se especificarán en los DDL,

al igual que la metodología para evaluarlos.

13.3 Excepto en los casos contemplados en la Cláusula 13.4 de las

IAO, los Oferentes que deseen ofrecer alternativas técnicas a los

requisitos del Documento de Licitación deberán cotizar primero

el diseño propuesto por el Contratante, descrito en el

Documento de Licitación, deberán además presentar toda la

información necesaria para permitir que el Contratante efectúe

una completa evaluación de la alternativa, incluidos planos,

cálculos del diseño, especificaciones técnicas, desgloses de

precios y la metodología de construcción propuesta, así como

cualquier otro detalle pertinente. El Contratante sólo considerará

las alternativas técnicas, de haberlas, del Oferente cuya Oferta se

ajuste a los requisitos técnicos básicos y haya sido la evaluada

más baja.

13.4 Cuando así se especifique en los DDL los Oferentes podrán

presentar soluciones técnicas alternativas para componentes

específicos de las obras; los cuales se identificarán en los

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 16

DDL, junto con la metodología para su evaluación, y se

describirán en la Sección VI, Requisitos de las Obras.

14. Precios y

descuentos de

la Oferta

14.1 Los precios y descuentos que cotice el Oferente en la carta de la

Oferta y la lista de cantidades se ceñirán a los requisitos

indicados más abajo.

14.2 El Oferente indicará las tarifas y los precios unitarios

correspondientes a todos los rubros de las obras que se

especifican en la Lista de Cantidades. Los rubros para los cuales

el Oferente no haya indicado tarifas ni precios unitarios no serán

pagados por el Contratante cuando se ejecuten y se considerarán

incluidos en los precios de los otros rubros de la lista de

Cantidades.

14.3 El precio que se cotice en la Carta de la Oferta (literal c ), de

conformidad con la Cláusula 12.1 de las IAO, será el precio total

de la Oferta, excluido todo descuento ofrecido.

14.4 El Oferente cotizará separadamente cualquier descuento

incondicional e indicará la metodología para su aplicación en la

Carta de la Oferta (literal d), de conformidad con la Cláusula

12.1 de las IAO.

14.5 Salvo disposición en contrario en los DDL y el Contrato, los

precios unitarios y los precios cotizados por el Oferente estarán

sujetos a ajustes durante la ejecución del contrato, de

conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales

del Contrato. En dicho caso, el Oferente deberá señalar los

índices y los coeficientes de ponderación de las fórmulas de

ajuste de precios en el Formulario de Datos de Ajuste, y el

Contratante podrá exigir al Oferente que justifique los índices y

coeficientes de ponderación propuestos.

14.6 Si así se dispone en la Cláusula 1.1 de las IAO, las Ofertas se

harán por lotes individuales (contratos) o por combinación de

lotes (paquetes). Los Oferentes que quieran ofrecer un descuento

en caso de que se les adjudique más de un contrato especificarán

en su Oferta la reducción de precio aplicable a cada paquete o,

alternativamente, a cada contrato individual dentro del paquete.

La reducción de precio o descuento se presentará de

conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 14.4 de las IAO,

siempre y cuando las Ofertas de todos los lotes (contratos) se

presenten y abran al mismo tiempo.

14.7 Los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el

contratista en virtud del contrato, o por cualquier otro motivo, a

partir de 28 días antes de la fecha de presentación de las Ofertas,

se incluirán en los precios y los precios unitarios y en el precio

total de la Oferta que presente el Oferente.

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 17

15. Monedas de la

Oferta y de

pago

15.1 La moneda de la Oferta será la estipulada en los DDL.

15.2 El Contratante podrá requerir que los Oferentes justifiquen sus

necesidades de pagos en monedas extranjeras y sustenten las

cantidades incluidas en los precios y precios unitarios que se

indican en el Cuadro C ―Resumen de las Monedas de Pago‖, en

cuyo caso los Oferentes deberán presentar un desglose detallado

de las necesidades en moneda extranjera.

16. Documentos

que

conforman la

Propuesta

Técnica

16.1 El Oferente entregará una Propuesta Técnica con una descripción

de los métodos de trabajo, los equipos, el personal y el

calendario de las obras, así como cualquier otra información

estipulada en la Sección IV, con detalles suficientes para

demostrar que la propuesta del Oferente cumple adecuadamente

los requisitos de la obra y el plazo para completarla.

17. Documentos

que establecen

las

calificaciones

del Oferente

17.1 A fin de determinar sus calificaciones para ejecutar el contrato

de conformidad con la Sección III, Criterios de Evaluación y

Calificación, el Oferente proporcionará la información solicitada

en los correspondientes formularios de información que

aparecen en la Sección IV, Formularios de Licitación.

18. Período de

validez de las

Ofertas

18.1 Las Ofertas deberán mantenerse válidas durante el periodo

determinado en los DDL a partir de la fecha límite para

presentación de Ofertas establecida por el Contratante. Toda

Oferta con un plazo menor será rechazada por el Contratante por

incumplimiento.

18.2 En casos excepcionales, antes del vencimiento del período de

validez de la Oferta, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes

que extiendan el período de validez de sus Ofertas. Tanto la

solicitud como las respuestas se harán por escrito. Si se solicita una

garantía de la Oferta de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO,

también se prorrogará por un plazo de veintiocho (28) días la fecha

límite del período de validez prorrogado. Los Oferentes podrán

rechazar la solicitud sin por ello perder la garantía de la Oferta. A

los Oferentes que acepten la solicitud no se les pedirá ni se les

permitirá que modifiquen su Oferta, salvo en los casos

contemplados en la Cláusula 18.3 de las IAO.

18.3 En el caso de contratos a precio fijo, si la adjudicación se demora

por más de cincuenta y seis (56) días después de que venza la

validez inicial de la Oferta, podrá ajustarse el precio contractual

por un factor especificado en la solicitud de prórroga. La

evaluación de la Oferta se basará en el precio de la Oferta sin

tomar en cuenta la corrección mencionada.

19. Garantía de

mantenimient

o de la Oferta

19.1 Salvo que se estipule lo contrario en los DDL, el Oferente

deberá presentar como parte de su Oferta el original de una

Garantía de Mantenimiento de la Oferta por la cantidad y en la

moneda estipulada en los DDL.

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 18

19.2 Oferta A opción del Oferente, la Garantía de Mantenimiento de

la Oferta deberá ser una garantía a la vista, y a opción del

Oferente, en cualquiera de la siguientes formas:

(a) garantía bancaria incondicional;

(b) carta de crédito irrevocable;

(c) cheque de gerencia o cheque certificado; o

(d) otra garantía definida en los Datos de la Licitación,

emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si

la garantía de mantenimiento de la Oferta que presente el

Oferente es una fianza emitida por una aseguradora o una

compañía afianzadora situada fuera del país del Contratante, la

institución que emite la garantía deberá tener una institución

financiera corresponsal en el país del Contratante que permita

hacer efectiva la garantía. La Garantía de Mantenimiento de

Oferta, deberá estar sustancialmente de acuerdo con alguno de

los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta

incluidos en la Sección IV, Formularios de Licitación, u otro

formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la

presentación de la Oferta. En cualquier caso el formulario de la

Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá incluir el nombre

completo del Oferente. La Garantía de Mantenimiento de la

Oferta permanecerá válida por un período de 28 días

posteriores a la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del

período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la

Cláusula 18.2 de las IAO.

19.3 Si la Subcláusula 19.1 de las IAO exige una Garantía de

Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén

acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la Oferta ,

serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.

19.4 Las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes

cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan pronto

como sea posible, después que el Oferente al que se haya

adjudicado el Contrato suministre la Garantía de Cumplimiento,

de conformidad con la Cláusula 41 de las IAO.

19.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta del Oferente al que se

adjudica el contrato será devuelta, tan pronto como sea

posible, una vez que dicho Oferente haya firmado el contrato y

suministrado la garantía de cumplimiento del contrato.

19.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer

efectiva Oferta si:

(a) un Oferente retira su Oferta durante el período de validez

de la Oferta especificado por el Oferente en el Formulario

de Presentación de Oferta, salvo lo estipulado en la

Subcláusula 18.2 de las IAO; o

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 19

(b) si el Oferente seleccionado:

(i) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 40

de las IAO; o

(ii) no suministra la Garantía de Cumplimiento de

conformidad con la Cláusula 41 de las IAO.

19.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta Ofertade una APCA

deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la

Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el

momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento

de la Oferta Ofertadeberá estar en nombre de todos los futuros

socios de la APCA tal como se denomina en la carta de intención

mencionada enlas IAO 4.1.

19.8 Si en los DDL no se exige una Garantía de Mantenimiento de la

Oferta, el Contratante podrá, si así se contempla en los DDL,

declarar no elegible al Oferente para la adjudicación de un

contrato por el período de tiempo que figure en los DDL, si el

Oferente:

(a) retira su Oferta durante el período de validez que se señala en

el formulario de carta de presentación de Oferta, salvo en los

casos contemplados en la Cláusula 18.2 de las IAO; o

(b) al que se adjudica el contrato:

(i) no firma el contrato de conformidad con lo dispuesto en

la Cláusula 40 de las IAL; o

(ii) no suministra una Garantía de Cumplimiento de

conformidad con la Cláusula 41 de las IAO;

20. Formato y

firma de la

Oferta

20.1 El Oferente preparará un juego original de los documentos que

constituyen la Oferta, según se señala en la Cláusula 11 de las

Instrucciones a los Oferentes, marcándolo claramente como

―ORIGINAL‖. Las Ofertas alternativas, si se permiten de

conformidad con la Cláusula 13 de las instrucciones a los

Oferentes, se marcarán claramente como ―ALTERNATIVA‖.

Además, el Oferente presentará el número de copias de la Oferta

que se indica en los DDL y marcará claramente cada ejemplar

como ―COPIA‖. En el caso de discrepancias el texto original

prevalecerá sobre las copias.

20.2 El original y todas las copias de la Oferta serán mecanografiados o

escritos con tinta indeleble y deberán estar firmados por la persona

debidamente autorizada para firmar en nombre del Oferente. Esta

autorización consistirá en una confirmación escrita, según se

especifica en los DDL, que deberá acompañar a la Oferta. El

nombre y el cargo de cada persona que firme la autorización

deberá escribirse o imprimirse debajo de su firma.

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 20

Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán

válidos solamente si llevan la firma o las iniciales de la persona que

firma la Oferta.

D. Presentación y apertura de las Ofertas

21. Procedimiento

para sellar y

marcar las

Ofertas

21.1 Los Oferentes deberán entregar Ofertas el original y cada copia

de la Oferta, inclusive Ofertas alternativas si fueran permitidas

en virtud de la Cláusula 13 de las IAO, en sobres separados,

cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como

―ORIGINAL‖ y ―COPIA‖. Los sobres que contienen el original

y las copias serán incluidos a su vez en un solo sobre.

21.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán:

(a) llevar el nombre y la dirección del Oferente;

(b) estar dirigidos al Contratante y llevar la dirección que se

indica en la Cláusula 22.1 de las IAO;

(c) llevar la identificación específica de este proceso de

Licitación indicado en la Cláusula 1.1 de los DDL; y

(d) incluir una advertencia para no abrir antes de la hora y

fecha de la apertura de la Oferta..

21.3 Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere,

el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta

se extravíe o sea abierta prematuramente.

22. Plazo para la

presentación

de las Ofertas

22.1 El Contratante deberá recibir las Ofertas en la dirección y, a más

tardar, a la hora y fecha que se indican en los DDL.. Los

Oferentes tendrán la opción de presentar sus Ofertas

electrónicamente, cuando así se indique en los DDL. Los

Oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán

los procedimientos indicados en los DDL para la presentación

de dichas Ofertas.

22.2 El Contratante podrá, a su arbitrio, prorrogar la fecha límite de

presentación de las Ofertas mediante una enmienda del

Documento de Licitación, de acuerdo con la Cláusula 8 de las

Instrucciones a los Oferentes, en cuyo caso todas las

obligaciones y derechos del Contratante y los Oferentes

anteriormente sujetas a dicha fecha límite quedarán sujetas al

nuevo plazo.

23. Ofertas

Tardías

23.1 El Contratante no considerará ninguna Oferta que llegue con

posterioridad a la hora y fecha límite para la presentación de las

Ofertas, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Toda

Oferta que reciba el Contratante después del plazo límite para la

presentación de las Ofertas será considerada tardía, y será

rechazada y devuelta al Oferente remitente sin abrir.

24. Retiro, 24.1 El Oferente podrá retirar, sustituir o modificar su Oferta después

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 21

sustitución y

modificación

de las Ofertas

de presentada, debiendo enviar para ello una comunicación por

escrito, de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO,

debidamente firmada por un representante autorizado, y deberá

incluirá una copia de dicha autorización, según lo estipulado en

la Cláusula 20.2 de las IAO ( con excepción de la comunicación

de retiro, que no requiere copias). La sustitución o modificación

correspondiente de la Oferta deberá acompañar a dicha

comunicación por escrito. Todas las comunicaciones deberán

ser:

(a) presentadas de conformidad con las Cláusulas 20 y 21 de las

IAO (con excepción de la comunicación de retiro, que no

requiere copias), y los respectivos sobres deberán estar

claramente marcados ―RETIRO‖, ―SUSTITUCIÓN‖ o

―MODIFICACIÓN‖; y

(b) recibidas por el Contratante antes de la fecha límite

establecida para la presentación de las Ofertas, de

conformidad con la Cláusula 22 de las IAO.

24.2 Las Ofertas cuyo retiro fue solicitado de conformidad con la

Cláusula 24.1 de las IAO serán devueltas sin abrir a los

Oferentes remitentes.

24.3 Ninguna Oferta podrá ser retirada, sustituida ni modificada

durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para

presentar Ofertas y la expiración del período de validez de la

Oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta o

en cualquier otra extensión.

25. Apertura de

las Ofertas

25.1 El Contratante llevará a cabo el Acto de Apertura de las

Ofertas, en público en la dirección, fecha y hora que se señalen

en los DDL. El procedimiento para la apertura de Ofertas que

se hayan presentado electrónicamente en caso de que se permita

usar dicho sistema de conformidad con la Subcláusula 22.1

estará indicado en los DDL.

25.2 Primero se abrirán los sobres marcados como ―RETIRO‖ y se

leerán en voz alta y el sobre con la Oferta correspondiente no

será abierto sino devuelto al Oferente remitente. No se permitirá

el retiro de ninguna Oferta a menos que la comunicación de

retiro pertinente contenga la autorización válida para solicitar el

retiro y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas.

Seguidamente, se abrirán los sobres marcados como

―SUSTITUCION‖ se leerán en voz alta y se intercambiará con la

Oferta correspondiente que está siendo sustituida; la Oferta

sustituida no se abrirá y se devolverá al Oferente remitente. No

se permitirá ninguna sustitución a menos que la comunicación de

sustitución correspondiente contenga una autorización válida

para solicitar la sustitución y sea leída en voz alta en el acto de

apertura de las Ofertas. Los sobres marcados como

―MODIFICACION‖ se abrirán y leerán en voz alta con la Oferta

correspondiente. No se permitirá ninguna modificación a las

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 22

Ofertas a menos que la comunicación de modificación

correspondiente contenga la autorización válida para solicitar la

modificación y sea leída en voz alta en el Acto de Apertura de

las Ofertas. Solamente se considerarán en la evaluación los

sobres que se abren y leen en voz alta durante el Acto de

Apertura de las Ofertas.

25.3 Todos los demás sobres se abrirán de uno en uno, leyendo en voz

alta: el nombre del Oferente y si contiene modificaciones; los

precios de la Oferta, incluyendo cualquier descuento u Ofertas

alternativas; la existencia de la Garantía de Mantenimiento de la

Oferta de requerirse; y cualquier otro detalle que el Contratante

considere pertinente. Solamente los descuentos y Ofertas

alternativas leídas en voz alta se considerarán en la evaluación.

Si el Contratante así lo dispone en los DDL, los representantes

del Contratante que asistan a la apertura de Ofertas deberán

marcar sus iniciales en la carta de la Oferta y la Lista de

Cantidades de la manera indicada en los DDL. Ninguna Oferta

será rechazada durante el Acto de Apertura, excepto las Ofertas

tardías, de conformidad con la Subcláusula 23.1 de las IAO.

25.4 El Contratante preparará un acta del Acto de Apertura de las

Ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del Oferente y si

hay retiro, sustitución o modificación; el precio de la Oferta, por

lote si corresponde, incluyendo cualquier descuento y Ofertas

alternativas si estaban permitidas; y la existencia o no de la

Garantía de Mantenimiento de la Oferta, si se requería. Se le

solicitará a los representantes de los Oferentes presentes que

firmen la hoja de asistencia. La omisión de la firma de un

Oferente no invalidará el contenido y efecto del Acta. Una copia

del Acta será distribuida a los Oferentes.

E. Evaluación y comparación de las Ofertas

26. Confidencialidad 26.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté

oficialmente involucrada con el proceso de la Licitación,

información relacionada con la evaluación de las Ofertas, ni

sobre la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se

haya publicado la adjudicación del Contrato.

26.2 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al

Contratante en cuanto a la evaluación, comparación de las

Ofertas o la adjudicación del contrato podrá resultar en el

rechazo de su Oferta.

No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 26.2 de las IAO, si

durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha

de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con

el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 23

de la Licitación, deberá hacerlo por escrito.

27. Aclaración de

las Ofertas

27.1 Con el fin de facilitar el examen, evaluación y la comparación de

las Ofertas y la calificación de los Oferentes, el Contratante

podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Oferente aclaraciones

a su Oferta. No se considerarán aclaraciones a una Oferta

presentada por un Oferente cuando dichas aclaraciones no sean

respuesta a una solicitud del Contratante. La solicitud de

aclaración del Contratante y la respuesta, deberán ser hechas

por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los

precios ni en la esencia de la Oferta, excepto para confirmar

correcciones de errores aritméticos descubiertos por el

Contratante en la evaluación de las Ofertas, de conformidad con

la Cláusula 31 de las IAO.

27.2 Si un Oferente no ha entregado las aclaraciones a su Oferta en

la fecha y hora fijadas en la solicitud de aclaración del

Contratante, su Oferta podrá ser rechazada.

28. Desviaciones,

reservas y

omisiones

28.1 Durante la evaluación de las Ofertas, se aplican las siguientes

definiciones:

(a) ―desviación‖ es un apartamiento con respecto a los

requisitos especificados en el Documento de Licitación;

(b) ―reserva‖ es establecer condiciones limitativas o en

abstenerse de aceptar plenamente los requisitos

especificados en el Documento de Licitación; y

(c) ―omisión‖ es la falta de presentación de una parte o de la

totalidad de la información o de la documentación

requerida en el Documento de Licitación.

29. Evaluación de

las Ofertas

para

determinar si

cumplen las

condiciones de

la Licitación

29.1 Para determinar si la Oferta se ajusta sustancialmente a los

Documentos de Licitación, el Contratante se basará en el

contenido de la propia Oferta, según se define en las Cláusula 11

de las IAO.

29.2 Una Oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de

Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y

especificaciones estipulados en dichos documentos sin

desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una

desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:

(a) si es aceptada:

(i) afecta de una manera sustancial el alcance, la

calidad o el funcionamiento de las Obras

especificadas en el Contrato; o

(ii) limita de una manera sustancial, contraria a los

Documentos de Licitación, los derechos del

Contratante o las obligaciones del Oferente en

virtud del Contrato; o

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 24

(b) si es rectificada, afectaría injustamente la posición

competitiva de otros Oferentes que presentan Ofertas que

se ajustan sustancialmente a los Documentos de

Licitación.

29.3 El Contratante examinará los aspectos técnicos de la Oferta de

conformidad con la Cláusula 16 de las IAO, Propuesta Técnica,

en particular, con el fin de confirmar que satisface los requisitos

estipulados en la Sección VI, Requisitos de las Obras, sin

desviaciones ni reservas significativas.

29.4 Si una Oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos

de Licitación será rechazada por el Contratante y no podrá

convertirse posteriormente, mediante la corrección o el retiro de

las desviaciones, reservas u omisiones, en una Oferta que se

ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación.

30.

Inconformidades

no significativas

30.1 Si una Oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de

Licitación, el Contratante podrá dispensar inconformidades que

no constituyan una desviación, reserva u omisión significativa.

30.2 Cuando la Oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de

Licitación, el Contratante podrá solicitar al Oferente que

presente, dentro de un plazo razonable, la información o

documentación necesaria para rectificar inconformidades no

significativas en la Oferta, relacionadas con requisitos referentes

a la documentación. La solicitud de información o

documentación relativa a dichas inconformidades no podrá

estar relacionada de ninguna manera con el precio de la Oferta.

Si el Oferente no cumple la solicitud, podrá rechazarse su Oferta.

30.3 Siempre y cuando la Oferta se ajuste sustancialmente a las

condiciones establecidas, el Contratante rectificará las faltas de

conformidad no sustanciales relacionadas con el precio de la

Oferta. A esos efectos, se ajustará el precio de la Oferta,

únicamente para fines de comparación, para reflejar el precio de

un rubro o componente que falte o que presente faltas de

conformidad. Dicho ajuste se hará aplicando el método que se

indica en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.

31. Corrección de

errores

aritméticos

31.1 A condición de que la Oferta cumpla sustancialmente con los

Documentos de Licitación, el Contratante corregirá errores

aritméticos de la siguiente manera:

(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio

total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las

cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario

y el precio total será corregido, a menos que, en opinión del

Contratante, haya un error obvio en la colocación del punto

decimal en el precio unitario, entonces el precio total

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 25

cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario;

(b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o

resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se

corregirá el total; y

(c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá

el monto expresado en palabras, a menos que la cantidad

expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en

cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de

conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

31.2 Si el Oferente cuya Oferta fue evaluada como la más baja no

acepta la corrección de los errores, su Oferta será rechazada.

32. Conversión a

una sola

moneda

Para efectos de evaluación y comparación, el Contratante convertirá

todos los precios de las Ofertas expresados en diferentes monedas a la

moneda única indicada en los DDL, utilizando el tipo de cambio

vendedor establecido por la fuente y en la fecha especificada en los

DDL.

33. Margen de

Preferencia

33.1 No se aplicará el Margen de Preferencia.

34. Evaluación de

las Ofertas

34.1 Para evaluar las Oferta, el Contratante utilizará únicamente los

factores, metodologías y criterios definidos en esta Cláusula. No

se permitirá ningún otro criterio ni metodología.

34.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante considerará lo siguiente:

(a) el precio cotizado de la Oferta, excluidos los montos

provisionales y la reserva para imprevistos, de existir tal

reserva, que se indican en el resumen de la Lista de

Cantidades, pero incluidos los rubros correspondientes a

trabajos por día cuyos precios por día se hubiesen obtenido

competitivamente1;

(b) el ajuste de precios por correcciones de errores aritméticos,

de conformidad con la Cláusula 31.1 de las IAO;

(c) el ajuste de precios por descuentos ofrecidos, de

conformidad con la Cláusula 14.4 de las IAO;

(d) la conversión a una sola moneda del monto resultante de la

aplicación de los incisos (a), (b) y (c) supra, si procede, de

conformidad con la Cláusula 32 de las IAO;

(e) el ajuste por faltas de conformidad, según se establece en la

Cláusula 30.3 de las IAO;

1 Para que el trabajo por día pueda cotizarse competitivamente para propósitos de evaluación de las Ofertas, el

Contratante debe preparar una lista tentativa de cantidades para rubros individuales que hayan de utilizarse para

determinar costos de trabajo por día (por ejemplo, número de conductor-días de tractor, o cantidad de toneladas de

cemento Pórtland), que se vayan a multiplicar por los precios cotizados por el Oferente para incluirlos en el precio

total de la Oferta.

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 26

(f) ajustes debidos a la aplicación de los factores de

evaluación, indicados en la Sección III, Criterios de

Evaluación y Calificación.

34.3 En la evaluación de la Oferta no se tomará en cuenta el efecto de

las disposiciones de ajuste de precios que se hayan especificado

en las Condiciones del Contrato, aplicadas durante el período de

ejecución del Contrato.

34.4 Si los Documentos de Licitación permiten que los Oferentes

coticen precios separados para diferentes lotes (contratos), y que

se adjudiquen varios lotes (paquetes) a un solo Oferente, en la

Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación, se

especificará la metodología para determinar el precio evaluado

como el más bajo para los paquetes que resulten de combinar los

lotes ofrecidos en las diferentes propuestas, incluidos los

descuentos que se hayan ofrecido.

34.5 Si la Oferta, con el precio evaluado como el más bajo, está

seriamente desequilibrada o implica pagos iniciales abultados a

juicio del Contratante, éste podrá exigir al Oferente que entregue

un análisis detallado de los precios para todos o cualquiera de los

rubros de la lista de cantidades, a fin de demostrar la coherencia

interna de dichos precios con los métodos de construcción y el

calendario previsto. Tras la evaluación de los análisis de precios

y tomando en cuenta el calendario de pagos contractuales

previstos, el Contratante podrá exigir que por cuenta del

Oferente se aumente el monto de la Garantía de Cumplimiento,

para llevarlo a un nivel que proteja al Contratante de pérdidas

financieras en caso de incumplimiento bajo el contrato, por parte

del Oferente ganador.

35. Comparación

de las Ofertas

35.1 El Contratante comparará todas las Ofertas que se ajustan

sustancialmente a los Documentos de Licitación, para

determinar la Oferta evaluada como la más baja, de conformidad

con la Cláusula 34.2 de las IAO.

36. Calificación

del Oferente

36.1 El Contratante determinará a su entera satisfacción si el Oferente

seleccionado como el que ha presentado la Oferta evaluada

como la más baja y que se ajusta sustancialmente a los

Documentos de Licitación, cumple los criterios de calificación

que se especifican en la Sección III, Criterios de Evaluación y

Calificación.

36.2 El resultado se determinará después de analizar los documentos

de calificación presentados por el Oferente para demostrar su

capacidad, de conformidad con la Cláusula 17.1 de las

instrucciones a los Oferentes.

36.3 Una determinación afirmativa será requisito previo para la

adjudicación del Contrato al Oferente. Una determinación

negativa resultará en el rechazo de la Oferta del Oferente, en

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 27

cuyo caso el Contratante procederá a determinar si el Oferente

que presentó la siguiente Oferta evaluada como la más baja está

calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente.

37. Derecho del

Contratante

de aceptar

cualquier

Oferta y de

rechazar

algunas

Ofertas o

todas ellas

37.1 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar

cualquier Oferta, de anular el proceso de Licitación y de rechazar

todas las Ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación

del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna

ante los Oferentes. En caso de anular el proceso, el Contratante

devolverá con prontitud a todos los Oferentes las Ofertas y las

Garantías de Oferta que hubiera recibido.

F. Adjudicación del contrato

38. Criterios de

adjudicación

38.1 El Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta

haya sido evaluada como la más baja de conformidad con IAO

34.4 y cumpla sustancialmente con los requisitos de los

Documentos de Licitación, siempre y cuando el Contratante

determine que el Oferente está calificado para ejecutar el

contrato satisfactoriamente

39. Notificación

de la

adjudicación

39.1 Antes la expiración del período de validez de las Ofertas, el

Contratante notificará por escrito al Oferente seleccionado, que

su Oferta ha sido aceptada. En la carta de notificación

(denominada en lo sucesivo y en las condiciones contractuales y

en los formularios del contrato ―la carta de aceptación‖) se

especificará el monto que el Contratante pagará al contratista

por la ejecución y la terminación de las obras (denominado en lo

sucesivo y en las condiciones contractuales y en los formularios

del contrato ―el precio contractual‖), así como los requisitos para

que el contratista solucione cualquier defecto conforme se

estipula en el contrato. Al mismo tiempo, el Contratante también

notificará los resultados de la Licitación a todos los demás

Oferentes y publicará en los sitios de Internet de United Nations

Development Business y del Banco, los datos de identificación de

la Oferta y de los lotes, además de la siguiente información:

(i) nombre de cada uno de los Oferentes que presentó una Oferta;

(ii) precios de las Ofertas conforme se leyeron en voz alta en la

Apertura de las Ofertas; (iii) nombre y precios evaluados de cada

Oferta considerada; (iv) nombre de los Oferentes cuyas Ofertas

fueron rechazadas, y la razón para los rechazos; y (v) nombre del

Oferente ganador y el precio que ofreció, así como la duración y el

resumen del alcance del contrato adjudicado.

39.2 Mientras se prepara y perfecciona un contrato Formal, la

notificación de adjudicación constituirá el contrato.

39.3 El Contratante responderá con prontitud, por escrito, a todos los

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Sección I. Instrucciones a los Oferentes 28

Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas para

adjudicación y que, con posterioridad a la notificación de la

adjudicación, de conformidad con la Cláusula 39.1 de las IAO,

soliciten por escrito las razones por las cuales sus Ofertas no

fueron seleccionadas.

40. Firma del

contrato

40.1 Inmediatamente después de la notificación, el Contratante

enviará el contrato al Oferente seleccionado para la adjudicación

del contrato.

40.2 Dentro de un plazo de veintiocho (28) días siguientes de haber

recibido el contracto, el Oferente ganador deberá firmar, fechar y

devolver el contrato al Contratante.

41. Garantía de

Ejecución

41.1 Dentro de un plazo de veintiocho (28) días después de haber

recibido la notificación de la adjudicación por parte del

Contratante, el Oferente seleccionado deberá presentar la

Garantía de Cumplimiento de conformidad con las condiciones

del contrato, sujeto a la Cláusula 34.5 de las IAO, utilizando para

ello el formulario de Garantía de Cumplimiento incluida en la

Sección IX, Apéndice a las condiciones especiales – Formularios

de contrato u otro formulario aceptable para el Contratante. Si el

Oferente seleccionado suministra una fianza como Garantía de

Cumplimiento, dicha fianza deberá haber sido emitida por una

compañía afianzadora o una aseguradora que el Oferente

ganador haya determinado que es aceptable para el Contratante.

Si la fianza la emite una entidad extranjera, ésta deberá tener una

institución financiera corresponsal en el país del Contratante.

El incumplimiento por parte del Oferente seleccionado de sus

obligaciones de presentar la Garantía de Cumplimiento antes

mencionada o de firmar el contrato, constituirá causa suficiente para la

anulación de la adjudicación y para hacer efectiva la Garantía de la

Oferta. En este caso, el Contratante podrá adjudicar el contrato al

Oferente cuya Oferta sea evaluada como la siguiente más baja que se

ajusta sustancialmente a las condiciones de la Licitación y que el

Contratante considere calificado para ejecutar satisfactoriamente el

contrato.

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29

Sección II. Datos de la Licitación

A. Introducción

IAO 1.1 Número de llamado a Licitación: LPI Nº 22/10

Obra: ―VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN

DE LA CIUDAD DE FORMOSA‖.

Plazo: 12 (doce) meses.

Presupuesto oficial y fecha de su cálculo: $ 80.385.443,81 (Pesos Ochenta

Millones Trescientos Ochenta y Cinco Mil cuatrocientos cuarenta y tres

con ochenta y un centavos) al mes de Septiembre de 2010

IAO 1.1 Nombre del Contratante: El Contratante es la Unidad Ejecutora del

Programa de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con

Financiamiento Externo (UCPyPFE) del Ministerio de Planificación

Federal, Inversión Pública y Servicios.

IAO 1.2 (c) Se amplía como sigue: ―En los Documentos de Licitación un mes significa

el lapso hasta la misma fecha del mes anterior o siguiente según los casos,

excepto cuando se explicite mes calendario. Un año significa el lapso hasta

el mismo día del año anterior o siguiente según los casos, excepto cuando

se explicite año calendario. Salvo que se especifiquen que son hábiles, los

plazos en días son de días corridos.‖

IAO 2.1 Nombre del Prestatario: Es la Nación Argentina.

IAO 2.1 Nombre del Proyecto: Programa de Infraestructura Vial del Norte Grande,

Contrato de Préstamo BID1851/OC-AR.

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Sección II. Datos de la licitación 30

IAO 3.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―La sola presentación de la oferta

en esta licitación, importará por parte de los oferentes una autorización

tácita para que el Banco pueda revisar sus cuentas y registros y cualquier

otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el

cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores

designados por el Banco. De igual modo, se considerará que los oferentes

asumen el compromiso de: (i) conservar todos los documentos y registros

relacionados con los proyectos financiados por el Banco por un período de

tres (3) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo

contrato; y (ii) entregar todo documento necesario para la investigación

de denuncias de fraude o corrupción, y poner a la disposición del Banco los

empleados o agentes de los Oferentes, proveedores, contratistas,

subcontratistas, consultores y concesionarios que tengan conocimiento del

proyecto financiado por el Banco para responder las consultas provenientes

de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor o

consultor apropiadamente designado para la revisión o auditoria de los

documentos. Se considera que tal autorización comprende también a los

proveedores, subcontratistas, consultores y concesionarios del oferente,

devenido en contratista. Si el Oferente, proveedor, contratista,

subcontratista, consultor o concesionario incumple el requerimiento del

Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por

parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas

apropiadas contra el Oferente, proveedor, contratista, subcontratista,

consultor y concesionario.‖

IAO 4.2 (g) Se sustituye el inciso (g) por el siguiente: ―han estado afiliados a una

empresa o entidad que el contratante o el Prestatario haya contratado o

haya propuesto contratar en calidad de inspector de obra para el contrato‖.

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Sección II. Datos de la licitación 31

IAO 4.2 Se agrega:

―Tampoco son elegibles las siguientes personas:

a) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren sancionadas

en virtud de las disposiciones previstas en los apartados 2. y 3.

del inciso b) del artículo 29 del Decreto 1023/2001

b) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las

empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación

suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con

lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188.

c) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble

de la condena

d) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra

la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o

contra la fe pública o por delitos comprendidos en la

Convención Interamericana contra la Corrupción.

e) Las personas físicas o jurídicas que no hubieran cumplido con

sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con lo

que establezca la reglamentación.

f) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido en

tiempo oportuno con las exigencias establecidas por el último

párrafo del artículo 8° de la Ley N° 24.156, en cuanto a la

rendición de cuentas del empleo de subsidios o aportes

públicos.

Estas inhabilidades también se aplicarán a aquellas empresas cuyos

directores, síndicos o representantes legales, se encuentren comprendidos

en dichas causales o se hubieran desempeñado como directores, síndicos,

socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se

encuentren comprendidas en dichos supuestos; este extremo se aplica a

todos y cada uno de los integrantes de una UTE.‖

IAO 4.6 En el presente pliego se utiliza la postcalificación.

B. Documento de Licitación

IAO 7.1 Dirección del Contratante para fines de aclaración únicamente:

Atención: Mesa de Entradas de la Unidad Ejecutora del Programa de la

Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento

Externo (UCPyPFE) del Ministerio de Planificación Federal, Inversión

Pública y Servicios.

Calle/Avenida: Av. Pte. Roque Saenz Peña N° 938

Piso/Número de habitación: 6° Piso

Ciudad: Capital Autónoma de Buenos Aires

Código Postal: C1035AAQ

País: Argentina

Teléfono: 011-4322-0235/0332

Facsímil: 011-4328-8298

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Sección II. Datos de la licitación 32

Dirección electrónica: [email protected]

IAO 7.1 Se modifica:

“El Contratante responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración,

siempre que dichas solicitudes se reciban por lo menos diez (10) días

hábiles administrativos antes de que venza el plazo para la presentación de

las Ofertas‖

Se agrega:

―El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de clarificación

recibida por lo menos cinco (5) días hábiles administrativos antes de la

fecha límite para la presentación de las Ofertas.

Las comunicaciones se efectuarán por medio fehaciente a todos los

licitantes potenciales que hayan adquirido el Documento de Licitación

El Contratante publicará y mantendrá actualizada en su página de Internet

ucpypfe.gov.ar, la lista de las aclaraciones y enmiendas emitidas y su

texto. Esta publicación no tendrá el carácter de oficial.

La presentación de la oferta implica, sin admitirse prueba en contrario, que

el Licitante conoce y acepta el Documento de Licitación original y sus

modificaciones, aun cuando no haya adquirido la Documentación de

Licitación.‖

IAO 7.2 Se agrega:

―La presentación de una propuesta implica que el Oferente ha visitado y

examinado el Emplazamiento de la Obra y sus alrededores y que ha

obtenido por si mismo, bajo su propia responsabilidad y bajo su propio

riesgo, todos los datos necesarios sobre la configuración y naturaleza del

terreno, así como toda otra información que pudiera ser necesaria para

preparar la oferta y suscribir un Contrato para la construcción de la Obra.

Los costos que ello demande estarán también a cargo del Oferente. No se

realizará una visita al lugar de las obras, organizada por el Contratante.‖

IAO 7.4 No se realizará una reunión previa a la Licitación.

No se efectuará una visita al lugar de las obras, organizada por el

Contratante.

IAO 7.5; 7.6

y 7.7

No Aplican.

C. Preparación de las Ofertas

IAO 10.1 Idioma de la Oferta es el español.

IAO 11.1 a) Se sustituye por: ―Formulario de Oferta‖.

IAO 11.1 b) Se sustituye por: ―los correspondientes formularios debidamente

completados, incluido el Presupuesto de Oferta, de acuerdo con lo

establecido en las Cláusulas 12 y 14 de las IAO‖.

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Sección II. Datos de la licitación 33

IAO 11.1 d) No aplica.

IAO 11.1 e) Se sustituye por: ―El o los documentos de los que resulte en forma

indubitable que el firmante de la oferta tiene facultades suficientes para

obligar al titular de la misma, con todos los alcances requeridos en los

documentos de la licitación.‖

IAO 11.1 h) La oferta que presente el Oferente deberá comprender los siguientes

elementos agrupados en dos conjuntos:

Conjunto 1 - Documentación de calificación:

a) La remisión a los Antecedente de Uso Múltiple (ADUM),

que más abajo se explican, expresada en el Formulario de

Oferta, cuando así lo decida el Oferente.

b) La información y documentación señalada como punto 4 a

12 en la primera parte del Formulario para la Calificación, de

Autocontrol del Oferente y Control del Contratante, previsto

en la Sección IV.

c) Legajo Nº 1 Requisitos Jurídico Estatutarios.

d) Legajo Nº 2 Requisitos Económico Financiero Contables.

e) Legajo Nº 3 Requisitos Técnicos.

f) En su caso, Legajo Nº 4 para ofertas presentadas por UTEs.

g) Garantía de Mantenimiento de Oferta por el monto fijado en

esta Sección.

h) El Formulario para la Calificación, de Autocontrol del

Oferente y Control del Contratante, previsto en la Sección IV.

i) Y cualquier otro material que los licitantes deban llenar y

presentar de conformidad con lo especificado en los Datos de

la licitación, excluidos aquellos que directa o indirectamente

revelen el precio ofertado.

El contenido de los Legajos Nº 1, 2, 3 y 4 se detallan en la Sección

IV del Pliego, en el Formulario para la Calificación, de Autocontrol

del Oferente y Control del Contratante, previsto en la Sección IV,

siendo aplicables las siguientes consideraciones.

Legajo Nº 1:

Los requisitos se acreditarán mediante un acta notarial,

certificación notarial, o copia certificada de una de ellas, de

acuerdo con la ley del país del Contratante, y en la que el

escribano interviniente de fe de haber verificado el cumplimiento

por el Licitante de las condiciones exigidas en el Documento de

Licitación que se detallan en el Formulario para la Calificación,

de Autocontrol del Oferente y Control del Contratante, previsto en

la Sección IV. En la certificación deberá incluirse la mención

expresa de cada uno de los requisitos cuyo cumplimiento se ha

verificado.

En el caso de una oferta presentada por una UTE, la información

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Sección II. Datos de la licitación 34

precedente deberá estar referida a cada uno de los miembros del

consorcio, ya sea en una única acta o en un acta para cada

miembro.

Legajo Nº 2:

Todo Licitante deberá incluir en su oferta, una certificación

emitida por un Contador Público Nacional independiente del

Licitante y con firma certificada por el Consejo Profesional de

Ciencias Económicas de la jurisdicción que corresponda, en la

que se acredite que se ha verificado el cumplimiento por el

Licitante de los requisitos económico-financieros, contables y

patrimoniales detallados en el Formulario ―Documentación de

Calificación - Planilla de Autocontrol para el Licitante y Control

del Contratante‖, Legajo Nº 2, o la existencia, según

corresponda, de la documentación identificada en dicho Legajo.

En la certificación deberá incluirse la mención expresa de cada

uno de los requisitos cuyo cumplimiento se ha verificado.

Legajo N°3

A fin de acreditar los requisitos técnicos los oferentes deberán

acompañar documentación respaldatoria completa e indubitable

(original o copia certificada notarialmente), de la que surja

claramente los tipos de obras, las características técnicas

sobresalientes de las mismas, los plazos y montos contractuales

originales y definitivos, así como también las Fechas de

Comienzo y de Terminación. Asimismo, se incluirán certificados

de los comitentes que califiquen el desempeño del oferente.

Legajo N°4

En el caso de ofertas presentadas por una UTE deberá incluirse:

(a) La certificación del cumplimiento por cada uno de los

miembros de la UTE de los requisitos estipulados en el

Documento de Licitación para los Licitantes individuales a

los que se refiere el Pliego sin perjuicio del uso de las

facultades de integración y o complementación que el

mismo pliego establece a favor de los miembros de un

consorcio oferente.

(b) El contrato de constitución de la UTE y los datos de

inscripción si ya estuviere inscripto.

(c) Asimismo se deberá detallar como cumple la UTE

Oferente, en su conjunto, con los requisitos técnicos.

Cuando se haga uso de los Antecedentes de Uso Múltiple,

que más abajo se describen, se deberá detallar la

composición del cumplimiento de los requisitos de que se

trate.

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Sección II. Datos de la licitación 35

Conjunto 2 - Oferta Económica.

a) La Oferta en el Formulario de Oferta, incluido en la

Sección IV, con todas las declaraciones y datos

requeridos, según lo previsto en este Documento de

Licitación.

b) Presupuesto de la Oferta, según modelo incluido en la

Sección IV.

c) Análisis de Precios, según modelo incluido en la Sección IV.

d) Todo otro documento que deba presentar el Licitante que

forme parte de la oferta económica.

INTEGRACIÓN DE LA OFERTA CON ―ANTECEDENTES

DE USO MÚLTIPLE‖ (ADUM). Los oferentes que deseen

participar en varias licitaciones del contratante podrán

acompañar determinados antecedentes requeridos por el Pliego

para que sean integrados a su oferta en esta licitación y en las

que se presenten en el futuro. Para ello, deberán llenar y

presentar el formulario que al efecto se incluye en la Sección

IV junto a la documentación que allí se denuncia, si no lo

hubieran hecho previamente,.La oferta se considera integrada

por los ADUM presentados con la misma oferta o con

anterioridad por el oferente, bajo las siguientes condiciones:

Cuando los ADUM han sido presentados en la misma oferta, la

integración es automática.

Cuando los ADUM hayan sido presentados con anterioridad,

se interpretará que el oferente se remite a esos ADUM para

integrar su oferta únicamente si el oferente así lo pide

manifestándolo en forma expresa en el Formulario de Oferta

transcribiendo los datos del Recibo de Presentación de los

Antecedentes de Uso Múltiple.

Dado que es facultativa para el Oferente integrar su nueva

oferta con una ADUM ya presentada, en caso de silencio se

interpretará que en esa Oferta el Oferente decidió no remitirse

a la ADUM ya presentada.

NOTA PARA LOS 4 LEGAJOS y la PLANILLA PARA EL

AUTOCONTROL DEL LICITANTE Y CONTROL DEL

CONTRATANTE: En una Oferta integrada con los ADUM

presentados con anterioridad, no es necesario hacer ninguna

mención sobre los antecedentes en los Legajos o en la

PLANILLA DE AUTOCONTROL, siendo suficiente la

identificación de los mismos realizada en la nota de solicitud

de integración de la oferta con los ADUM.

La planilla de PRESUPUESTO DETALLADO DE LA

OFERTA Y LOS ANÁLISIS DE PRECIOS deberán

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Sección II. Datos de la licitación 36

presentarse en papel y en formato digital (planilla de cálculo

tipo Excel o similar), teniendo preeminencia la planilla

presentada en papel sobre la presentada en formato digital. Un

formulario de planilla de oferta en soporte magnético será

provisto por el contratante.

IAO 11.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―Además de los requisitos

señalados en la Cláusula 11.1 de las IAO, las ofertas presentadas por

Uniones Transitorias de Empresas (UTEs), en los términos de lo dispuesto

por el capítulo III, Sección II de la Ley de Sociedades (N°19.550), deberán

presentar el Convenio de Constitución, -o el Compromiso de Constitución,

si aún no estuviesen legalmente constituidas-, en el que deberá indicarse,

ineludiblemente, la responsabilidad solidaria y mancomunada de cada uno

de los integrantes del consorcio frente al contratante. También deberá

indicarse la firma que será representante de la UTE ante el contratante y el

porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la UTE.‖

IAO 12.1 Se sustituye la primera oración de la cláusula por la siguiente: ―El

Formulario de Oferta y el de Presupuesto de Oferta se prepararán con los

formularios pertinentes que se incluyen en la Sección IV.‖

IAO 13.1 No se permitirán Ofertas alternativas.

IAO 13.2 No se permitirán plazos alternativos de terminación de las obras.

IAO 13.4 No se permitirán soluciones técnicas alternativas.

Los oferentes incluirán en el Conjunto 2 - Oferta Económica, un plan de

ejecución de la obra, indicando los procedimientos constructivos a aplicar

para todas las partes de la misma.

IAO 14.1 Se sustituye el artículo por el siguiente: ―Los precios y descuentos que

cotice el Oferente en el Formulario de Oferta y en el Formulario de

Presupuesto de Oferta, se ceñirán a los requisitos indicados más abajo.‖

IAO 14.5 El precio del Contrato queda sujeto a la redeterminación de precios

prevista en la Sección VII Condiciones Generales del Contrato del Pliego.

IAO 14.6 No aplica.

IAO 15.1 La moneda del País del Contratante es el Peso de curso legal en la

República Argentina.

El Oferente deberá expresar el precio de su Oferta en la moneda del país

del Contratante.

IAO 15.2 El Oferente podrá requerir en su Oferta, que los pagos se efectúen hasta en

tres monedas extranjeras de su elección, las que deberán estar debidamente

justificadas y aceptadas por el Contratante.

Los valores requeridos en monedas extranjeras podrán ser expresados:

i) como porcentaje del precio ofertado o

ii) a valores nominales de las distintas monedas.

En el caso i), se establecerá el valor nominal de la/s moneda/s extranjera/s

aplicando la tasa de cambio tipo vendedor, informada por el Banco de la

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Sección II. Datos de la licitación 37

Nación Argentina a los 10 días hábiles anteriores a la fecha límite de

presentación de las ofertas.

En el caso ii), para determinar la parte del precio ofertado que deberá ser

abonado en moneda local, los valores nominales requeridos en moneda

extranjera serán convertidos a la moneda local, aplicando la misma tasa,

fuente y día de cotización establecida en el punto anterior.

IAO 18.1 Los oferentes están obligados a mantener su oferta durante un plazo de

noventa (90) días contados a partir de la fecha de apertura de la misma.

IAO 18.2 Se sustituye por la siguiente ―El plazo de mantenimiento de la Oferta

quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento de la adjudicación.

Dentro de dicha prórroga los oferentes podrán manifestar su voluntad de

retirar la Oferta, lo cual tendrá efecto a partir del día posterior a la

notificación fehaciente de dicha manifestación.‖

IAO 18.3 No aplica.

IAO 19.1 El oferente deberá asegurar el mantenimiento de su Oferta mediante la

constitución de garantía a favor del Contratante, cuyo monto será en pesos

y constituida por el uno por ciento (1%) del monto del presupuesto oficial

de la obra que se licita, en alguna de las formas indicadas en las

Instrucciones a los Oferentes, Cláusula 19.2 y en los DDL, cláusula 19.2.

IAO 19.2 Se agrega a la cláusula lo siguiente:

En caso de tratarse de garantías bancarias, el garante deberá constituirse

en fiador solidario, liso y llano y principal pagador, con expresa renuncia

a los beneficios de división y excusión en los términos del Articulo 2013 y

concordantes del Código Civil

Cuando la garantía de mantenimiento de Oferta se constituya mediante un

Seguro de Caución, éste deberá cumplir con los siguientes requisitos:

La correspondiente póliza deberá expresamente manifestar el

carácter del otorgante de fiador, liso y llano y principal pagador,

con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos

del artículo 2013 del Código Civil y artículo 480 del código de

Comercio.

El texto del seguro de caución deberá indicar la identificación del

proceso de licitación y cualquier otra norma o documento que exija

la emisión de la misma, y deberá indicar el período de duración,

que en ningún caso será inferior al período exigido al respecto, y

sus prórrogas. Las firmas de los representantes legales de la

aseguradora deberán hallarse certificadas por Escribano Público y

legalizadas por el Colegio de Escribanos respectivo.

En caso de coseguro, la póliza deberá contener los porcentajes que

cada asegurador toma a su cargo.

Los aseguradores deberán presentar un certificado de las entidades

de reaseguro con las que actúen que no registran deuda exigible con

dichas instituciones.

Las garantías que se otorguen por cualquier concepto deben establecer en

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Sección II. Datos de la licitación 38

forma expresa que no serán afectadas por ningún incumplimiento de la

tomadora, que no se encuentran sujetas a condición alguna que pudiera

afectar en forma total o parcial su vigencia, validez o ejecutabilidad.

IAO 19.7 Se sustituye por la siguiente: ―La Garantía de Mantenimiento de la Oferta

presentada por una UTE deberá ser emitida en nombre de ésta. Si la UTE

no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la

Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá estar a nombre de todos

los futuros socios del consorcio‖.

IAO 19.8 No aplica.

IAO 20.1 Número de copias de la Oferta, además del original: 2 (dos) copias.

La documentación incluida en la oferta deberá estar precedida por un índice e

incorporada conforme el orden en que fuera requerida en el Documento de

Licitación. En la oferta presentada por una asociación o grupo la

documentación de todos sus miembros deberá estar agrupada por capítulos

en forma conjunta, para cada uno de los temas requeridos en el Documento

de Licitación y en el orden mencionado.

El Licitante deberá verificar la corrección de su presentación a cuyo fin

deberá incluir en el Conjunto Nº 1, Documentación de Calificación, la

Planilla para Autocontrol del Licitante y Control del Contratante", completa y

firmada por Licitante, de acuerdo con el Formulario que se incluye en la

Sección IV ―Formularios de la Oferta‖.

Todos los documentos que integran la Oferta del Licitante deberán estar

foliados correlativamente. A fin de facilitar la incorporación de la

documentación al expediente de la licitación, los Licitantes deberán observar

las siguientes reglas:

(a) la documentación en lo posible debe ordenarse siguiendo el

esquema de la Planilla de Autocontrol ya mencionada,

(b) no usar el ángulo superior derecho para la foliatura,

(c) encarpetar mediante dos perforaciones centrales simétricas en

el margen izquierdo

(d) ordenar la documentación en volúmenes que no superen las

200 fojas aproximadamente y sin dividir documentos.

NOTA: Cuando con una oferta se presenten "Antecedentes de Uso

Múltiple" los aspectos formales de la presentación de estos se rigen

por lo dispuesto expresamente en el pliego a ese fin en la Nota Final

de la Subcláusula 11.1h)

IAO 20.2 No aplica la segunda oración y se agrega: ―La representatividad del

firmante de la oferta deberá ser acreditada a través de la documentación

que se especifica en el Legajo N°1 (requisitos jurídicos – estatutarios),

mencionados en el artículo 11.1 (h) de estos DDL.‖

D. Presentación y apertura de las Ofertas

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Sección II. Datos de la licitación 39

IAO 22.1 Dirección del Contratante para fines de presentación de las Ofertas

únicamente:

[Lugar de presentación de las ofertas]

Plazo para la presentación de Ofertas:

Fecha: ______________________________________________________

Hora: _______________________________________________________

Los Oferentes no tendrán la opción de presentar sus Ofertas de manera

electrónica.

IAO 25.1 Lugar donde se realizará la apertura de las Ofertas:

Calle/Avenida y número: _______________________________________

Piso/Número de habilitación: ____________________________________

Ciudad: _____________________________________________________

País: ________________________________________________________

Fecha: ______________________________________________________

Hora: _______________________________________________________

IAO 25.3 El formulario de la Oferta y la lista de cantidades no deberán ir marcadas

con las iniciales de los representantes del Contratante que asistan a la

apertura de las Ofertas.

E. Evaluación y comparación de Ofertas

IAO 30.2 Se agrega al artículo lo siguiente:

―No obstante, se consideran causales de rechazo de la oferta, y como tal no

subsanables, las siguientes circunstancias: no presentación del Formulario

de Oferta o falta de firma del mismo; no presentación de la garantía de

oferta; nacionalidad del oferente u origen de los bienes a ser incorporados a

la obra no elegibles; vínculo entre el oferente o subcontratista con el

Consultor o entidad que haya preparado el diseño, las especificaciones y

demás documentos del proyecto licitado; objeto social ajeno a la actividad

de ejecución de obras (art.58 ley de sociedades); incumplimiento de los

índices económicos exigidos; no haber ejecutado obras de naturaleza y

magnitud similar a la licitada, y/o no haber ejecutado una obra de

complejidad similar a la licitada, todo ello de acuerdo a los parámetros del

Pliego; no alcanzar la facturación mínima requerida en trabajos de

construcción en general; poseer mal desempeño en obras ejecutadas dentro

de los últimos cinco años; y cualquier otra causal que expresamente haya

sido establecida en este Pliego.

Se entenderá por mal desempeño en obras ejecutadas en los últimos 5 años,

a desempeños calificados como regular y malo por los Comitentes de las

obras antecedentes, en los respectivos certificados emitidos. El Contratante

se reserva el derecho de indagar sobre los compromisos contractuales

asumidos por los respectivos oferentes y podrá solicitar información sobre

su comportamiento en las obras ejecutadas, pudiéndo rechazar la oferta en

caso de verificar un mal desempeño.

Asimismo será causal de rechazo de la oferta la presentación en Concurso

Preventivo del Oferente, exceptuándose el supuesto procesal de Acuerdo

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Sección II. Datos de la licitación 40

de Acreedores. En el caso de que el Oferente concursado integre un

consorcio de empresas, esta condición será causal de rechazo de la oferta

de la U.T.E., con el eximente previsto en el párrafo anterior.

También podrá rechazarse una oferta cuando el precio ofertado presente

una diferencia en menos con el presupuesto oficial de tal magnitud que la

convierta al solo juicio del Comitente en una ―oferta temeraria‖ al

estimarse que el Oferente no podrá ejecutar las obras y/o proveer los bienes

por ese precio y en el plazo solicitado.

IAO 32.1

La(s) moneda(s) de la Oferta se convertirá(n) a una sola moneda de la

siguiente manera:

Los requerimientos en moneda extranjera realizados por los oferentes que

se encuentren debidamente justificados, se convertirán en una sola moneda

a los efectos de determinar el precio evaluado de la oferta.

Para fines de evaluar y comparar las Ofertas, la moneda que se usará para

convertir a una sola moneda todos los precios de las Ofertas expresados en

diferentes monedas será la siguiente: Pesos de la República Argentina.

Fuente de la tasa de cambio: Banco de la Nación Argentina.

Fecha de la tasa de cambio: 10 días hábiles antes de la fecha límite para la

presentación de las ofertas.

IAO 34.4 No aplica.

IAO 38.1 Donde dice ―IAO 34.4‖ debe decir ―IAO 35 y 36‖.

IAO 40 Se agrega como 40.3 IAO, lo siguiente:

―Es condición para la Contratación contar con la inscripción en el Registro

de Constructores de Obras Públicas Nacional, adjuntar el Certificado de

Capacidad de Adjudicación (art.26 Decreto 1724/93) y con el Certificado

Fiscal para Contratar expedido por el AFIP (Resolución General 1814),

vigentes.

Los Oferentes extranjeros que no reúnan los requisitos legales para operar

en la República Argentina como empresas locales, deberán cumplirlos

como condición de firma del contrato.‖

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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 41

Sección III. Criterios de evaluación y

calificación

Esta Sección contiene todos los criterios que el Contratante deberá usar para evaluar las

Ofertas y calificar a los Oferentes. De conformidad con las Cláusulas 34 y 36 de las

Instrucciones a los Oferentes, no se usarán otros factores, métodos ni criterios. El Oferente

deberá proporcionar toda información solicitada en los formularios incluidos en la Sección IV,

Formularios de Licitación.

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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 42

1. Evaluación

Será adjudicada la oferta evaluada como la más baja que se ajuste sustancialmente

a los Documentos de Licitación.

2. Calificación

El Oferente proporcionará la información requerida para evaluar su calificación,

de acuerdo a los parámetros que más abajo se detallan, debiendo usar para ello, en

los casos que corresponda, los formularios que se incluyen en la Sección IV,

Formularios de Licitación.

2.1 Elegibilidad

Con los alcances exigidos en los en las Secciones I del Pliego, se verificará

el cumplimiento de los siguientes aspectos:

2.1.1 Nacionalidad

2.1.2 Conflicto de Intereses, según lo dispuesto en la cláusula IAO 4.2.

2.1.3 Declaración de no Elegibilidad por parte del Banco

2.1.4 Entidad de propiedad del Estado

2.1.5 Exclusión en virtud de las disposiciones legales o la

reglamentación oficiales del país del Prestatario o en cumplimiento de una

decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

2.2 Historial de Incumplimiento de Contratos

2.2.1 Antecedente de Incumplimiento de Contratos.

El Oferente deberá gozar de buen concepto en las obras en que haya

participado en los últimos cinco (5) años. Deberá adjuntar certificaciones

emanadas de los comitentes que acrediten su desempeño en las obras que

denuncie como antecedentes para evaluar su experiencia técnica. El

Comitente se reserva el derecho de indagar sobre los datos relativos al

cumplimiento de los compromisos contractuales oportunamente asumidos

por el licitante, aún cuando no hubiesen sido denunciados en la oferta. El

Contratante podrá rechazar la oferta en caso de observar un mal

desempeño en las obras en que el licitante, o cualquiera de las

consorcistas, en caso de UTE, haya participado en el período establecido.

2.2.2 Litigios pendientes.

Corresponderá el rechazo de la Oferta de un Oferente individual cuando la

suma total de los importes de todos los litigios judiciales pendientes en los

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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 43

cuales el solicitante es demandado represente mas del veinte por ciento

(20%) del patrimonio neto del mismo, siempre que se cumplan alguna de

las dos circunstancias a continuación descriptas:

Exista una sentencia judicial favorable respecto de la pretensión o

demanda (aunque aquella no esté firme), y

Cuando se demandare en virtud de un título que traiga aparejada ejecución.

Aún cuando se dieran todas las circunstancias antes descriptas no

corresponderá el rechazo de la oferta cuando el solicitante hubiese

previsionado el monto del pleito, incorporando el mismo al pasivo del

último estado contable presentado.

Los juicios en los que la empresa sea demandante no serán considerados.

En el caso de una UTE si uno cualquiera de los miembros de la misma

estuviera en la situación descripta corresponderá asimismo el rechazo de la

oferta presentada.

2.3 Situación Económico - Financiera

2.3.1 Situación Financiera

Los oferentes individuales y cada miembro en caso de una UTE, deberán

tener capacidad económico-financiera suficiente conforme a los

parámetros de medición que a continuación se establecen, los que se

calcularán promediando los coeficientes de los tres últimos ejercicios

cerrados a la fecha del acto de apertura de las ofertas:

Liquidez (Activo Corriente/ Pasivo Corriente) = ó > a 1

Liquidez Seca o Prueba Ácida (Activo Corriente – Bienes de Cambio/

Pasivo Corriente) = ó > 0,80

Endeudamiento (Total Pasivo/ Patrimonio Neto) = ó < a 1,40

Rentabilidad (Utilidades antes de Impuestos/ Total Ingreso) > a 0

2.3.2 Volumen Anual de Producción de Obras de Construcción

El oferente individual deberá demostrar haber alcanzado en obras de

construcción, en doce meses consecutivos dentro de los últimos cuatro (4)

años, contados desde el mes anterior a la fecha de apertura de las ofertas,

una facturación por un valor expresado en PESOS, igual o superior al

monto que surge del producto del Presupuesto Oficial por nueve (9),

dividido el Plazo de Ejecución en meses de la obra licitada. Los oferentes

que tengan una antigüedad menor a cuatro años deberán cumplir, en su

período de actividad, con el requisito solicitado. En el supuesto de que el

oferente acredite facturación en otras monedas, la conversión a pesos se

realizará de acuerdo a la tabla indicada más abajo. La facturación

expresada en moneda local será actualizada mediante el Factor de

Actualización también indicado en la tabla referida precedentemente. El

cumplimiento de esta exigencia deberá ser acreditada, para el caso de

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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 44

oferentes nacionales, a través de una certificación emitida por un contador

público independiente, -o funcionario o profesional con incumbencia y

facultades similares, de acuerdo a la legislación del país del oferente, en el

caso de extranjeros-, con los requisitos que se describen en el formulario

de la Sección IV del Pliego, denominado Documentación de Calificación –

Planilla para el Autocontrol del Oferente y Control del Contratante.

En el caso de UTE, el volumen anual de trabajos de construcción de cada

empresa miembros del consorcio podrá ser sumado para cumplir con el

mínimo requerido, debiendo cada una de las socias cumplir con al menos

el 25%, y al menos una de ellas con el 40%, de la facturación mínima

exigida a un oferente individual.

El Volumen Anual de Producción de Obras de Construcción que se

requiere para ejecutar la obra no podrá ser inferior a: $33.165.352,26

(Pesos Treinta y Tres Millones Ciento Sesenta y Cinco Mil Trescientos

Cincuenta y Dos con 26/100)

2.4 Experiencia

A los efectos de acreditar su experiencia, de acuerdo a los parámetros que

a continuación se indican, los oferentes deberán adjuntar documentación

completa e indubitable (originales o copias autenticadas) de la que surja

claramente los tipos de obras, las características técnicas sobresalientes,

los plazos insumidos, los montos efectivamente ejecutados, sus Fechas de

Comienzo y de Terminación. Asimismo incluirá un certificado de buen

desempeño emanado del comitente de la obra. Las obras deberán estar

ejecutadas como mínimo en un setenta (70) por ciento. En caso que la

fecha de comienzo fuera anterior al lapso a evaluarse, sólo se considerarán

los trabajos ejecutados dentro de ese período.

2.4.1 Experiencia General en Obras Viales de Magnitud Similar a la

Licitada

Los oferentes individuales deberán acreditar haber ejecutado al menos una

obra en la especialidad vial, de cualquier clase, en los últimos cinco años,

cuya certificación, en los mejores doce meses consecutivos o anualizada,

sea igual o mayor al presupuesto oficial dividido el plazo de la obra

licitada en meses por doce (12), por ochenta centésimos (0,80). Por lo

tanto, el mínimo requerido será de $ 35.376.375,75 (Pesos Treinta y Cinco

Millones Trescientos Setenta y Seis Mil Trescientos Setenta y Cinco con

75/100) Sólo serán anualizables aquellas obras cuyo plazo de ejecución sea igual o

mayor a ocho meses.

Si la certificación ha sido expresada en moneda extranjera, la conversión a

pesos se realizará de acuerdo a la tabla indicada más abajo. La facturación

expresada en moneda local será actualizada mediante el Factor de

Actualización también señalada en la tabla referida precedentemente.

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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 45

En el caso de UTE, la certificación mínima exigida podrá ser acreditada a

través de las sumas de los antecedentes de los socios. No obstante, cada

consorcista deberá tener experiencia en la ejecución de una obra de la

especialidad, cuya certificación no sea inferior al 25%, y al menos una de

ellas, no inferior al 40%, del parámetro referido. Los antecedentes

adquiridos como parte de una UTE, tanto en el caso de un oferente

individual, o de un miembro de una UTE oferente, se computan en

proporción a su participación en la UTE que ejecutó la obra denunciada

como antecedente.

2.4.2 Experiencia Específica en Obras de Naturaleza y Complejidad

Similar a la Licitada

Los oferentes individuales deberán acreditar haber ejecutado, en los

últimos cinco años, al menos una obra que se encuadre en las categorías

que se indican al final de esta Sección.

La presente obra se encuadra en la Categoría I De Naturaleza

Esencialmente Caminera, complejidad 4 a)

Para cumplir con la exigencia, en caso de UTE, uno o más miembros

deberán tener dicha experiencia específica, siempre que su participación en

el consorcio, individualmente o en conjunto, no sea ser inferior al 50%.

2.5 Personal

El Oferente deberá demostrar que cuenta con personal clave con

experiencia y calificación acordes a la obra licitada.

A tal efecto, se exigirá que el Representante Técnico y el Jefe de Obra

posean título Universitario en la especialidad, posean una antigüedad en la

matrícula no inferior a la indicada en el siguiente cuadro y experiencia

desempeñando los cargos propuestos en obras de características similares a

la licitada.

El personal para los cargos clave deberá cumplir con los siguientes

requisitos:

No. Cargo

Experiencia

Total en

Obras

(años)

Experiencia

en obras

similares

(años) 1 Representante Técnico 5 5

2 Jefe de Obra 5 5

3 Capataz de Obra 10 5

4 Topógrafo 7 7

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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 46

5 Laboratorista 7 7

El Oferente deberá proporcionar los datos detallados sobre el personal

propuesto y su experiencia, identificándolos en el formulario PER-1

incluido en la Sección IV, Formularios de Licitación y adjuntando sus

Currícula Vitae.

2.6 Equipos

El Oferente deberá demostrar que dispone de los equipos mínimos

necesarios para ejecutar la obra que se enumeran a continuación.

Asimismo deberá denunciar si los mismos son propios o alquilados,

acreditando, según corresponda, propiedad o compromiso cierto de

alquiler y disponibilidad.

No. Tipo de equipo y características Número

mínimo exigido 1 Camionetas 140 HP MÍN 2

2 Camiones volcadores 165 HP MÍN. 8

3 Cargadores frontales 140 HP MÍN. 2

4 Tractores Neumáticos 110 HP MÍN. 2

5 Motoniveladoras 120 HP MÍN. 3

6 Camiones regadores de agua 140 HP MÍN. 2

7 Rastra de discos semipesada 1

8 Rodillo pata de cabra doble ó Rodillo pata de cabra

autopropulsado 115 HP MÍN.

1

9 Rodillo vibrante autopropulsado 120 HP MÍN. 1

10 Rodillo neumático autopropulsado 110 HP MÍN. 1

11 Depósitos de Hormigón 2

12 Planta dosificadora p/hormigón 70 HP MÍN 1

13 Retroexcavadora cargadora 80 HP MÍN. 2

14 Excavadora 145 HP MÍN. 2

15 Grupo electrógeno. 1

16 Hormigoneras de 240 litros 2

17 Vibradores de inmersión 2

18 Aserradora de Juntas 1

19 Sellador de juntas 1

El Oferente deberá proporcionar detalles adicionales sobre los equipos

propuestos en el formulario EQU incluido en la Sección IV, Formularios de

Licitación.

2.7 Propuesta Técnica

El Oferente entregará una Propuesta Técnica con una descripción de los

métodos de trabajo, los equipos, el personal y el calendario de las obras,

así como cualquier otra información estipulada en la Sección IV, con

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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 47

detalles suficientes para demostrar que su propuesta cumple

adecuadamente los requisitos de la obra y el plazo para completarla.

2.8 Capacidad de Contratación o Volumen Anual Disponible (V.A.D.)

Los oferentes deberán tener una capacidad de contratación o un volumen

anual disponible igual o superior al monto del presupuesto oficial

anualizado. En caso de UTE, tal requisito deberá ser cumplido en

conjunto.

Los oferentes locales inscriptos en el Registro Nacional de Constructores

de Obras Públicas, acreditarán su capacidad de contratación a través del

Certificado de Contratación Anual del Registro referido. Para el caso de

oferentes extranjeros o empresas locales que no se encuentren inscriptas en

dicho Registro, se evaluará la Capacidad de Contratación mediante el

cálculo del Volumen Anual Disponible, aplicándose la siguiente

metodología:

VAD = CEA – CO

Donde:

CEA = Capacidad de ejecución anualizada

CO = Compromiso de Obra

La CEA se determinará de la siguiente manera: CEA = PB x 1,30

PB = Producción Básica

La Producción Básica (PB) será la mejor facturación obtenida por el

oferente en obras de construcción, en doce meses consecutivos dentro de

los últimos cuatro (4) años, contados desde el mes anterior a la fecha de

apertura de las ofertas. A tal efecto, se tendrá en cuenta facturación

actualizada que acredite para el cumplimiento del requisito exigido por el

numeral 2.3.2 de esta Sección.

El Compromiso de Obra (CO) se determinará como el compromiso

contractual remanente de los doce (12) meses posteriores al mes anterior a

la fecha de apertura, tomados de las obras viales en ejecución o encargadas

o bajo compromiso, denunciadas en el formulario de la Sección IV,

denominado ―Detalle de Obras en Ejecución‖.

Para determinar el Compromiso de Obra (CO), se realizará, para cada obra

contratada, el siguiente cálculo:

CO = A / B x 12

Donde:

A = Saldo del monto contractual actualizado con el Factor de

Actualización y Conversión a Moneda Local.

B = Saldo del plazo contractual en meses.

No obstante, para obras de plazo de hasta seis (6) meses, la ecuación queda

reducida a CO = A

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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 48

La suma de los parciales hará el total de CO que se utilizará en la fórmula

del VAD.

El VAD se calculará con relación a todos los contratos que le hayan sido

adjudicados al Licitante a título individual, y la parte proporcional de los

contratos que le hayan sido adjudicados como miembro de una UTE,

computando el valor del contrato ponderado por el porcentaje de

participación del Licitante en la UTE contratista de la obra.

La Capacidad de Contratación Anual o el VAD que se requiere para

ejecutar la obra no podrá ser inferior a: $ 44.220.469,69 (Cuarenta y

Cuatro Millones Doscientos Veinte Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve

con 69/100).

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN Y CONVERSIÓN A MONEDA LOCAL

Los valores en pesos referidos a los requisitos exigidos en los numerales 2.3.2 y

2.4.1 se actualizarán al 1° de enero del año de la apertura de la licitación

utilizando los factores incluidos en la siguiente tabla. Para realizar el cálculo se

multiplicarán los montos históricos por el Factor de Actualización.

AÑO FACTOR DE

ACTUALIZACIÓN*

2005 1,71

2006 1,42

2007 1,29

2008 1,14

2009 1,07

2010 1.00

*corresponde al IPIM relevado por el INDEC

Para los contratos firmados en el exterior y cuyos precios no hayan sido

estipulados en pesos, los montos deberán ser expresados en Dólares

Estadounidenses (U$S), debiendo señalarse el tipo de cambio y su fuente. Dicha

información será convertida a pesos, de acuerdo a la tabla siguiente y luego

actualizada con el FACTOR DE ACTUALIZACIÓN señalado ut supra.

AÑO VALOR DE

CONVERSIÓN A

PESOS

2002 a 2005 1 Dólar = 3 Pesos

2006 en adelante 1 Dólar = 3,10 Pesos

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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 49

CATEGORÍAS DE OBRAS

Las obras a licitarse serán encuadradas, según sus características, en alguna de las

siguientes categorías:

I De Naturaleza Esencialmente Caminera

Cuando abarcando los rubros típicos de una obra vial nueva, reconstrucción,

repavimentación o tratamientos superficiales, no incluya puentes, o éstos –

individualmente considerados – no superen los 30 metros de luz total. En el segundo caso,

la incidencia presupuestaria global de los mismos no superará el 50 % del presupuesto

total de la obra.

Dentro de la categoría se considerarán las siguientes complejidades:

1) Movimiento de Suelos y Bases no Cementadas:

Cuando se trate de obras camineras que no incluyan la ejecución de pavimentos

asfálticos o de hormigón ni bases o sub-bases cementadas.

2) Pavimentos Rígidos

3) Pavimentos Flexibles

Cuando se trate de obras camineras que incluyan la ejecución de pavimentos

asfálticos con cualquier tipo de capa de rodamiento y bases o sub-bases u obras

básicas.

4) De repavimentación, refuerzo o reacondicionamiento de la capa de rodamiento. En

este caso las complejidades serán las siguientes:

a) De mezclas asfálticas elaboradas en planta.

b) De tratamientos superficiales triples, dobles o simples.

c) De lechadas asfálticas.

II De Naturaleza Esencialmente de Estructuras Mayores

Construcción, ampliación y/o reparaciones de Puentes de más de 30 metros de luz total

(individualmente considerados), con o sin accesos, y siempre que la incidencia

presupuestaria global de los primeros supere el 50 % del presupuesto total de la obra.

Se considerarán las siguientes complejidades:

1) Puentes de Grandes Luces (Atirantados, Suspendidos, Colgantes, Voladizos

Sucesivos, Por Dovelas, etc.)

2) Puentes Convencionales

a) De Hormigón

b) Metálicos

c) Mixtos

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Sección III. Criterios de evaluación y calificación 50

d) De Madera

III De Naturaleza Esencialmente de Estructuras Menores

Construcción, ampliación y/o reparaciones de Alcantarillas y Puentes de 30 metros o

menos de luz total (individualmente considerados), con o sin accesos.

IV De Naturaleza Esencialmente Viales Integrales

Cuando abarcando los rubros típicos de una obra vial nueva, reconstrucción,

repavimentación o tratamientos superficiales, incluya uno o más puentes, que –

individualmente considerados– superen los 30 metros de luz total. Se considerarán las

complejidades descriptas en los Rubros I y II complementariamente.

V De Naturaleza Esencialmente de rubros Accesorios del Camino

1. Demarcación Horizontal

2. Señalamiento Vertical

3. Iluminación y/o Semaforización

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51

Sección IV. Formularios de Licitación

Índice de formularios

1. Formulario de Oferta y de Declaración de Elegibilidad

Apéndice del Formulario de la Oferta.

Tabla A. Resumen de las monedas de pago expresados en porcentaje.

Tabla B. Resumen de las monedas de pago expresados en valor nominal.

2. Formulario de Presupuesto de la Oferta.

3. Análisis de Precios Tipo.

4. Formulario Modelo de Información para la Evaluación y Calificación de la

Oferta.

5. Formulario de Detalle de Obras en Ejecución (solo para oferentes extranjeros o

locales no inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública)

6. Formulario para la calificación, de autocontrol del Oferente y control del

Contratante

7. Formulario de presentación de Antecedentes De Uso Múltiple (ADUM)

8. Formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta (Bancaria o Fianza)

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Sección IV. Formularios de Licitación 52

1. Formulario de Oferta y de Declaración de Elegibilidad

Licitación Pública Internacional Nº para la adjudicación del CONTRATO DE OBRA

PÚBLICA de la Obra: ____________________________________________(Nombre de la

obra)

Para: Unidad Ejecutora del Programa de la Unidad de Coordinación de Programas y

Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE) del Ministerio de Planificación Federal,

Inversión Pública y Servicios)

Domicilio: Hipólito Irigoyen 250 – Piso 12- Oficina 1201 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ofrecemos ejecutar las obras de acuerdo con el Proyecto, demás detalles y condiciones que

figuran en el Pliego de la Licitación ya mencionada, por el Precio total de PESOS.................

.......................($............)

La presente oferta .......(*) se integra con los Antecedentes de Uso Múltiples, ADUM,

presentados con anterioridad por mi representada según Recibo de Presentación de Antecedentes

de Uso Múltiple con los siguientes datos: Presentado con fecha../.../200…, en la Licitación Nº

/...... La presentación del ADUM de que se trata fue identificada con el Nº ....

* SI o NO (Completar según corresponda).

El precio total cotizado es la suma de los precios parciales cotizados según se detalla en el

Formulario de Presupuesto de Oferta y es la contraprestación por la ejecución de todas las

actividades, inclusive las que no han sido individualizadas para las cotizaciones parciales,

necesarias para ejecutar íntegramente la obra proyectada.

Todos los conceptos se usan según la definición dada en el Pliego.

Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la oferta más baja ni ninguna otra que

puedan recibir.

Cualquier comisión o gratificación, si la hay, pagada o a ser pagada por nosotros a agentes en

relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, están indicadas a

continuación:

Nombre y dirección Monto y moneda Propósito de la

del Agente Comisión/Gratificación

______________________ ___________________ ___________________

(Nota: Si no hay comisiones/gratificaciones, indicar ―ninguna‖)

Confirmamos por la presente que esta oferta cumple con el período de validez y con la garantía

de Oferta requerida por los Documentos de la Licitación.

También confirmamos por la presente que hemos revisado el Proyecto de la obra y su

documentación accesoria incluida o referida en los documentos de la licitación, y que lo

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Sección IV. Formularios de Licitación 53

adoptamos como propios y aptos para obtener los resultados establecidos en las Condiciones

Generales y Particulares del Contrato.

Somos una empresa local (u originaria de un país miembro del BID). Asimismo, declaramos

expresamente y garantizamos que este oferente, (y todos sus miembros si se trata de una UTE),

no se encuentran incursos en ninguno de los actos de fraude y corrupción enumerados en el

numeral 3.3. de la Sección I del Pliego, no poseen conflictos de interés, de acuerdo a lo previsto

en los distintos apartados de la cláusula 4.2 de la misma Sección, y no están incluidos en

ninguna de las causales de inelegibilidad previstas en la Cláusulas 4 de la Sección 1 y 2 del

Pliego de la Licitación.

Firma Autorizada_____________________________

Nombre y Cargo del Firmante

Empresa : ______________________ [el Oferente] _____________________________

Dirección : ______________________________________________________________

Fecha : _____________

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Sección IV. Formularios de Licitación 54

Apéndice del Formulario de la Oferta

Formulario de Requerimientos de Moneda Extranjera

En el caso de que el Oferente realizara requerimientos de pago en moneda extranjera, deberá

presentar como Apéndice del Formulario de la Oferta, las Tablas A o B siguientes, según si

su requerimiento sea expresado en forma porcentual o a valor nominal respectivamente.

Tabla A. Resumen de las monedas de pago expresados en porcentaje

Obra: Oferente:

Oferta en moneda local: $ …………………….. [1]

Nombre de la

moneda de pago

A

%

(porcentaje)

B

Equivalente en

moneda local

(pesos)

B = A x [1]

C

Tasa de cambio

(unidades de

moneda local por

unidad de moneda

extranjera)

D

Equivalente del

precio ofertado

en moneda local y

extranjeras

(unidades

monetarias)

D = B / C

Moneda local

1,00

Moneda extranjera

No. 1

Moneda extranjera

No. 2

Moneda extranjera

No. 3

Total

100% $ [1]

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Sección IV. Formularios de Licitación 55

Se justifica a continuación las razones que respaldan el requerimiento de pago en moneda extranjera:

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

____________________________

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Sección IV. Formularios de Licitación 56

Tabla B. Resumen de las monedas de pago expresados en valor nominal

Obra:

Oferente:

Nombre de la

moneda de pago

A

Monto en la

en la moneda

extranjera

B

Tasa de cambio

(unidades de

moneda local por

unidad de moneda

extranjera)

C

Equivalente en

moneda local

C = A x B

Moneda extranjera

No. 1

Moneda extranjera

No. 2

Moneda extranjera

No. 3

Subtotal 1

D. Oferta en moneda local: $ ……………………..

E. Subtotal 1: $...................................

F= D - E. A abonar en moneda local: $ ……………………..

Se justifica a continuación las razones que respaldan el requerimiento de pago en moneda extranjera:

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

____________________________

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Sección IV. Formularios de Licitación 57

2. Formulario de Presupuesto de la Oferta

OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA CIUDAD DE FORMOSA”.

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 73.700.782,81 EMPRESA: DOMICILIO: FECHA:

Importante: La presentación del Formulario deberá ser efectuada en una copia facsímil del mismo o en uno elaborado por el oferente

que tenga idéntica estructura

Firma:..........................................................

DOCUMENTO VALIDO

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Sección IV. Formularios de Licitación 58

2. Formulario de Presupuesto de la Oferta (continuación)

OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA CIUDAD DE FORMOSA”.

En Letras En numeros

Precio UnitarioImporteCantidadItem

Sub

ItemDesignación Un.

10 Solados de lajas rosadas irregulares

a Contrapiso de Hº pobre

m³ 924,26

b Lajas rosadas irregulares

m2

16.058,13

11 Obras de arte menor - Alcantarillas, Sumideros y Rápidos

a Excavación para Fundación

m³ 1.161,89

b Hormigón H-21

m³ 52,41

c Hormigón H-17

m³ 1.139,66

d Hormigón H-13

m³ 168,00

e Hormigón H-8

m³ 30,22

f Acero especial en barras colocado

Kg 54.645,42

g Caño de chapa de acero D=1.30 - e=1.6mm

m 248,40

h Acero de perfiles laminados para Compuerta

Kg 961,38

Importante: La presentación del Formulario deberá ser efectuada en una copia facsímil del mismo o en uno elaborado por el oferente que

tenga idéntica estructura

Firma:.............................................................. DOCUMENTO VALID

O

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Sección IV. Formularios de Licitación 59

2. Formulario de Presupuesto de la Oferta (continuación)

OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA CIUDAD DE FORMOSA”.

Importante: La presentación del Formulario deberá ser efectuada en una copia facsímil del mismo o en uno elaborado por el oferente que

tenga idéntica estructura

Firma:..............................................................

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Sección IV. Formularios de Licitación 60

2. Formulario de Presupuesto de la Oferta (continuación)

OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN DE LA CIUDAD DE FORMOSA”.

Importante: La presentación del Formulario deberá ser efectuada en una copia facsímil del mismo o en uno elaborado por el oferente que

tenga idéntica estructura

Firma:.............................................................. DOCUMENTO VALIDO

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Sección IV. Formularios de Licitación 61

3. Análisis de Precios Tipo

FORMULARIO MODELO DE DETALLE DE LOS PRECIOS UNITARIOS

COTIZADOS

I) Encabezamiento donde se detalle: título y tipo de obra; jornales básicos; mejoras

sociales; etc.

II) Análisis correspondientes a cada uno de los trabajos y materiales que componen la

obra (Los valores de alícuotas aduaneras correspondientes a materiales o equipos de

importación, deberán ser incluidos separadamente del costo de los mismos).:

A) MATERIALES COMERCIALES

Tipo de material

- Costo s/camión o vagón en: (origen) = ................... $/U

- Transporte con ferrocarril: (Detalle) = ........................‖

- Transporte con camión:

................................ km x .................$/kmU = ........................‖

- Incidencia por cruce en balsa, túnel, etc. = ........................‖

- Incidencia por manipuleo y acopio = ........................‖

................... $/U

- Pérdidas: % = ........................‖

........X........ $/U

- Gastos Generales y otros Gastos

Indirectos % s/X =

Beneficios % s/X = ........................‖

...........P...........‖

- Gastos Financieros % s/P = ..........................

..........Q...........‖

- I.V.A. % s/Q = ........................‖

................... $/U

ADOPTADO: ................ $/U DOCUMENTO VALIDO

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Sección IV. Formularios de Licitación 62

B) MATERIALES EXPLOTADOS POR EL CONTRATISTA:

Tipo de material .........................

Procedencia .............................

D.M.T. .................................Km

1.- MATERIAL (Excluido el transporte)

- Equipo (Extracción; procesamiento; carga;

etc.)

................HP ........................$

...................‖ ........................‖

.......Z......HP

..........Y...........$

- Rendimiento: .......... U/d

- Amortización e intereses:

......Y......$ x 8 h/d + ......Y......$ x .../a x 8

h/d

= .....................$/d

h 2 x 2.000 h/a

- Reparaciones y repuestos:

.................% de amortización ................. $/d = ........................‖

- Combustibles:

Gas oil: ..... l/HPh x .... Z .... HP x 8 h/d x ......

$/l

= ........................‖

Nafta: ..... l/d x ...... $/l ................ = ........................‖

- Lubricantes:

..... % de combustibles ......... x ......... $/d = ........................‖

- Mano de Obra:

Oficiales: ....... x ...... $/d = ........... $/d

Peones: ....... x ....... ― = ...............‖

............... $/d

Vigilancia: .................. % ...................‖ ........................‖

COSTO DIARIO

= .................... $/d

Costo por U: ............... $/U = ................... $/U

............... U/d

Pérdidas: ............ % = ................... $/U

................... $/U

2.- TRANSPORTE A OBRA

......................Km x ..................$/U Km = ................... $/U

Pérdidas:......... % = ................... $/U

................... $/U

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Sección IV. Formularios de Licitación 63

3.- EXPLOSIVOS: Para obtener el precio de los

mismos en obra, proceder de acuerdo a lo

indicado en A).- Dichos precios deberán

afectarse de los coeficientes que corresponden

para expresarlos en la unidad de medida del ítem.

................... $/U

COSTO TOTAL

1º) + 2º) + 3º) = .... $/u + .... $/u + .... $/u = .........X........$/U

- Gastos Generales y otros Gastos

Indirectos % s/X = ........................‖

Beneficios % s/X = ........................‖

..........P............‖

- Gastos Financieros % s/P = ........................‖

..........Q...........‖

- I.V.A % s/Q = ........................‖

....................$/U

ADOPTADO: ................ $/U

C) DESARROLLO DEL ITEM TIPO CUANDO LOS MATERIALES SE PAGAN

POR ITEM SEPARADOS

Ejecución:

- Equipo: Para obtener su costo diario se

sigue el mismo procedimiento que el

indicado en B-1.

- Rendimiento: .................. U/d

Costo por U: .................. $/d = ........X...$/

U

................. U/d

- Gastos Generales y otros Gastos

Indirectos % s/X = ..................‖

Beneficios % s/X = ..................‖

...........P.....

- Gastos Financieros % s/P = ..................‖

..........Q.....‖

- I.V.A % s/Q = ..................‖

..............$/

U

ADOPTADO: ................ $/U

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Sección IV. Formularios de Licitación 64

EL MISMO ITEM

1) Ejecución:

- Equipo: Para obtener su costo diario se sigue

el mismo procedimiento que el indicado en B-1.

- Rendimiento: .................. U/d

Costo por U: .................. $/d = ................... $/U

................. U/d

2º) Materiales:

Para obtener su precio en obra proceder de

acuerdo a lo indicado en A) ó en B), según

sea comercial o local. Dicho precio deberá

afectarse de los coeficientes que

corresponden para expresarlo en la unidad de

medida del ítem

=

................... $/U

COSTO DEL ITEM

1) + 2) = ................... $/U + .................$/U = .........X........$/U

- Gastos Generales y otros Gastos

Indirectos % s/X = ........................‖

Beneficios % s/X = ........................‖

..........P............‖

- Gastos Financieros % s/P = ........................‖

= ..........Q...........‖

- I.V.A % s/Q = ........................‖

= ........................‖

ADOPTADO: ................ $/U DOCUMENTO VALIDO

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Sección IV. Formularios de Licitación 65

D) ITEM TIPO DE HORMIGONES PARA ALCANTARILLAS Y PUENTES

1º) Mano de Obra:

Elaboración, hormigonado, etc.:

Oficial: ......... h/m3 x .......$/h = ................ $/m3

Peón: ............. ― x ....... ― = ................ $/m3

Encofrado, desencofrado, etc.:

Oficial: ......... h/m3 x .......$/h = ................ $/m3

Peón: ............ ― x ....... ― = ................ $/m3

......................‖

Vigilancia: ........... % = ......................‖

Incidencia por equipo, combustible y

herramientas menores

.......................‖

................ $/m3

2º) Materiales:

0

El precio de los materiales será analizado por

separado con el título ―Materiales para

hormigones‖ de acuerdo lo indicado en A) ó

B).

Cemento: ..................t/m3 x ........$/t = ................ $/m3

Agregado fino: .......m3/m3 x .......$/m3 = .......................‖

Agregado grueso: .......‖ x ....... ― = .......................‖

Agua: ..........................‖ x ........ ― = .......................‖

Madera: ......................‖ x ......... ― = .......................‖

Clav. y alambre: ......kg/m3 x ........ $/kg = .......................‖

Otros: ......................... = ................ $/m3

COSTO DEL ITEM

1) + 2) = .................. $/m3 + ................. $/m3 = .......X.......$/m 3

- Gastos Generales y otros Gastos

Indirectos % s/X = ........................‖

Beneficios % s/X = ........................‖

..........P............‖

- Gastos Financieros % s/P = ........................‖

..........Q...........‖

- I.V.A % s/Q = ........................‖

..................$/m

ADOPTADO: ................ $/m3

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Sección IV. Formularios de Licitación 66

E) ITEM TIPO PARA TERRAPLENES

Tipo de material .........................

Procedencia .............................

- Equipo (Extracción; proce- ...............HP ......................$

samiento; carga; transporte ..................‖ ........................‖

distribución, etc.) ...................‖ ........................‖

......Z.......HP ........Y.............$

- Rendimiento: .......... m3/d

- Amortización e intereses:

......Y......$ x 8 h/d + ......Y......$ x .../a x 8 h/d = .....................$/d

h 2 x 2.000 h/a

- Reparaciones y repuestos:

.................% de amortización .................$/d = ........................‖

- Combustibles:

Gas oil: ..... l/HPh x .... Z .... HP x 8 h/d x ......

$/l

= ........................‖

Nafta: ..... l/d x ...... $/l ................ = ........................‖

- Lubricantes:

..... % de combustibles ......... x ......... $/d = ........................‖

- Mano de Obra:

Oficiales: ....... x ...... $/d = ........... $/d

Peones: ....... x ....... ― = ...............‖

........... ......‖

Vigilancia: .................. % ..................‖ ........................‖

COSTO DIARIO = .................... $/d

Costo por m3: ............... $/d = .......X....... $/m3

............... m3/d

- Gastos Generales y otros Gastos

Indirectos % s/X =

Beneficios % s/X = ........................‖

........................‖

- Gastos Financieros % s/P = ...........P...........‖

........................‖

- I.V.A % s/Q = ..........Q...........‖

........................‖

..................$/m

ADOPTADO: ................... $/m3

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Sección IV. Formularios de Licitación 67

4. Formulario Modelo de Información para la

Evaluación y Calificación de la Oferta

Los números se corresponden con las cláusulas de la Sección III del Pliego.

2.2.2 Información sobre litigios pendientes en que el Licitante esté involucrado

Parte (s) Causa de la controversia Monto involucrado

______________________

______________________

______________________

______________________

______________________________

______________________________

______________________________

______________________________

______________________________

__________________

__________________

__________________

__________________

2.3.1 Situación Financiera

Ejercicio N°1

Coeficiente Fórmula Desarrollo Resultado

Liquidez Activo Cte.

Pasivo Cte.

Prueba Activo Cte.

Ácida Bienes de Cambio

Pasivo Cte.

Endeudamiento Total Pasivo

Patrim. Neto

Rentabilidad Ut. antes de imp.

Total Ingreso Debe realizarse un cuadro por cada ejercicio.

PROMEDIO

Índice

Financiero

Promedio

ejercicios

Parámetro Califica/ No

Califica

Liquidez > ó = 1

Prueba > ó = 0,80

Ácida

Endeudamiento < ó = 1,40

Rentabilidad > a 0

2.3.2.- Volumen Anual de Producción en Obras de Construcción en 12 meses consecutivos

(dentro de los últimos cuatro años)

PERIODO CONSIDERADO: __/__/__ al __/__/__

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de Licitación 68

OBRAS INCLUIDAS CERTIFICACIÓN HISTÓRICA

CERTIFICACIÓN ACTUALIZADA

MES 1 Obra 1:

Obra 2:

Obra n:

MES 2 Obra 1:

Obra 2:

Obra n:

. Obra 1:

. Obra 2:

. Obra n:

. Obra 1:

. Obra 2:

. Obra n:

MES 12 Obra 1:

Obra 2:

Obra n:

NOTA: La actualización de la certificación histórica deberá realizarse mediante el factor de actualización previsto en la

Sección III del Pliego.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de Licitación 69

2.4.1 Obras Viales de Magnitud Similar (últimos cinco años)

OBRA CARACTERÍSTICAS

RELEVANTES

COMITENTE FECHA DE

INICIO/

TERMINACIÓN

CERTIFICACIÓN

TOTAL MEJORES

DOCE MESES

CONSECUTIVOS

CERTIFICACIÓN

MÍNIMA EXIGIDA*

*Para realizar el cotejo con las obras denunciadas por el oferente, se considerará como

certificación mínimo exigida a aquella que surge de dividir el presupuesto oficial de la obra a

licitar por el plazo de ejecución de la misma, multiplicado por 0,80 centésimos (Conforme el

numeral 2.4.1 de la Sección III del Pliego).

NOTA: La actualización de la certificación histórica deberá realizarse mediante el factor de

actualización contemplado en la Sección III del Pliego.

2.4.2 Obras de Naturaleza y Complejidad Similar (últimos cinco años)

OBRA CARACTERÍSTICAS

RELEVANTES

COMITENTE FECHA DE INICIO/ TERMINACIÓN

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de Licitación 70

2.5. Calificación y experiencia del personal clave.

Formulario PER -1

Personal Propuesto

Los Oferentes deberán suministrar los nombres de miembros del personal debidamente calificados para cumplir los requisitos que se señalan en la Sección III. La información sobre su experiencia anterior deberá ser suministrada mediante la presentación de su Currículum Vitae para cada candidato.

1. Cargo*

Nombre

2. Cargo*

Nombre

3. Cargo*

Nombre

4. Cargo*

Nombre

* Según se especifica en la Sección III.

Adjuntar el Currículum Vitae del personal clave propuesto.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de Licitación 71

2.6 Equipos principales del Contratista propuestos para la ejecución de las Obras.

Formulario EQU

El Oferente proporcionará la información adecuada para demostrar claramente que tiene la capacidad para cumplir los requisitos relativos al equipo clave enumerado en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. Se preparará un formulario separado para cada uno de los equipos señalados o para los equipos alternativos propuestos por el Oferente.

Equipo

Información sobre el equipo

Nombre del fabricante

Modelo y potencia nominal

Capacidad

Año de fabricación

Situación actual

Ubicación actual

Información sobre compromisos actuales

Fuente Indique la fuente del equipo

propio alquilado arrendamiento financiero

fabricado especialmente

Omita la siguiente información para los equipos que sean propiedad del Oferente.

Propietario Nombre del propietario

Dirección del propietario

Teléfono Nombre y cargo de la persona de contacto

Facsímile Télex

Acuerdos Información sobre acuerdos de alquiler / arrendamiento / fabricación relacionados específicamente con el proyecto

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de Licitación 72

Subcontratos propuestos y empresas comprendidas (art.4.4 de la Sección VII).

Secciones de las

Obras

Valor del subcontrato Subcontratista

(nombre y dirección)

Experiencia en

trabajos similares

______________

______________

______________

_________(etc.)

__________________

__________________

__________________

____________

__________________

__________________

__________________

____________

__________________

__________________

__________________

____________

Nombre, dirección y números de teléfonos, telex y fax de los bancos que puedan proporcionar

al Contratante, si éste lo requiere, referencias del Contratista.

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

__________________________________________________________________

2.7 Propuesta Técnica. Descripciones, planos y gráficos que sean necesarios para su cabal

entendimiento.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección IV. Formularios de Licitación 73

5. Formulario de Detalle de Obras en Ejecución (solo para oferentes extranjeros o

locales no inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° ............

Obra:......................................... Tramo: .................................

Oferente:

Fecha:

DATOS

IMPORTE ($)

PLAZO (en meses)

MONTO DE OBRA COMPROMETIDA

DE LA

OBRA

TOTAL

MES

BASE

CERTIFICADO

A LA FECHA

SALDO

(A)

Según

Contrato

Prórroga

conced.

TOTAL

Trans-

currido

SAL

DO

(B)

MENSUAL

A / B = C

ANUAL

C x 12 FA

Actua-lizado

Lugar:

Designación:

Comitente:

Fecha inicio:

Lugar:

Designación:

Comitente:

Fecha inicio:

TOTAL CO

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de Licitación 74

6. Formulario para la calificación, de autocontrol del Oferente y control del Contratante

Leg. DESCRIPCION DOCUMENTACIÓN -

OBSERVACIONES

UBICACIÓN AUTOCONT

OFERENTE

CONTROL

CONTRATANTE

INSCRIPCIONES, CERTIFICACIONES Y OTROS RECAUDOS EXIGIBLES

Tomo Pág.

1 FORMULARIO DE OFERTA

2 FORMULARIO DE PRESUPUESTO DE OFERTA

3 ANÁLISIS DE PRECIOS

4 INDIVIDUALIZACION DE FIRMANTES DE LA OFERTA

5 CARÁCTER DEL QUE FIRMA LA OFERTA EN

REPRESENTACIÓN DEL OFERENTE

(REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO)

6 TESTIMONIO O COPIA CERTIFICADA DEL PODER

7 GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.

INDICAR MONTO Y MODALIDAD

8 DECLARACIÓN DEL OFERENTE SOBRE

NACIONALIDAD, CONFLICTO DE INTERESES Y DE

NO ESTAR ENCUADRADO EN NINGUNA CAUSAL DE

INELEGIBILIDAD DEFINIDA EN EL PLIEGO (En el

Formulario de Oferta)

9 LISTADO DE LITIGIOS PENDIENTES

10 CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR EXPEDIDO

POR LA AFIP

5

11 CERTIFICADO DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN

ANUAL EXPEDIDO POR EL REGISTRO NACIONAL DE

CONSTRUCTORES DE OBRAS PÚBLICAS (PARA

OFERENTES NACIONALES)

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección IV. Formularios de Licitación 75

12 FORMULARIO MODELO DE INFORMACIÓN PARA LA

EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LA OFERTA

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de Licitación 76

Leg. Dato DESCRIPCION DOCUMENTA -CIÓN Y

OBSERVACIONES

UBICACIÓN AUTOC.

OFERENTE

CONTROL

CONTRATANTE

1 LEGAJO Nº 1 REQUISITOS JURIDICO

ESTATUTARIOS

TOMO Pag.

DEBERA ACREDITARSE A TRAVÉS DE ACTA NOTARIAL,

en la que conste:

1 IDENTIFICACION Y REFERENCIAS DEL CONTRATO O

ESTATUTO, DE SU INSCRIPCION EN REGISTRO PÚBLICO

DE COMERCIO U ORGANISMO GUBERNAMENTAL

CORRESPONDIENTE. CON RELACION AL MISMO

DEBERÁ CERTIFICAR QUE CUMPLE CON LOS SIG.

ASPECTOS:

2 QUE EL OBJETO DE LA SOCIEDAD INCLUYE EJECUCIÓN

DE OBRA PUBLICA

3 QUE LA DURACION DE LA SOCIEDAD ES SUPERIOR AL

PLAZO DE GARANTÍA Y CONSERVACIÓN DE LA OBRA

LICITADA.

4 QUE NINGUNA DISPOSICION DEL ESTATUTO OBSTA A

SU ACTUACION COMO CONTRATISTA DEL ESTADO

NACIONAL

5 AUTORIDADES SOCIETARIAS EN EJERCICIO

6 ACTO DE DESIGNACION

7 IDENTIFICACIÓN DEL O LOS REPRESENTANTES

LEGALES

8 LAPSO DE VIGENCIA DE SU MANDATO.

9 ALCANCE DE LAS FACULTADES DEL O LOS

REPRESENTANTES LEGALES para decidir la participación

en la licitación, ofertar, contratar, designar apoderados con esas

facultades o parte de ellas y para designar representante técnico.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de Licitación 77

Leg Dato DESCRIPCION Documentación -

Observaciones

UBICACIÓN AUTOC.

OFERENTE

CONTROL

CONTRATANTE

2 LEGAJO Nº 2 REQUISITOS ECONOMICO FINANCIERO Tomo Pag.

DEBERÁ ACREDITARSE A TRAVÉS DE CONTADOR PÚBLICO

NACIONAL. La certificación abarcará a) los datos declarados por el

oferente y verificados por el certificante y b) los documentos verificados

por el certificante que se adjuntan a la certificación y que respaldan las

conclusiones. Los elementos correspondientes a cada grupo se detallan

en los apartados siguientes.

a) DATOS DECLARADOS POR EL OFERENTE Y VERIFICADOS POR EL

CERTIFICANTE.

1 COMPARACIÓN DE LOS LITIGIOS PENDIENTES CON EL

PATRIMONIO NETO (>, = , o < al 20% DEL PATRIMONIO NETO)

2 ÍNDICES FINANCIEROS (Liquidez, Prueba Ácida, Endeudamiento y

Rentabilidad). Mencionar que los resultados arrojados surgen de balances

cerrados y aprobados, debidamente certificados por Contador Público, y que el

profesional deberá identificar.

3 VOLUMEN ANUAL DE PRODUCCIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN

(en los últimos 4 años).

4 EQUIPOS PROPIOS. Referenciar títulos o documentación que acredite

propiedad.

b) DOCUMENTOS APORTADOS POR EL OFERENTE Y

VERIFICADOS POR EL CERTIFICANTE AGREGADOS COMO

ADJUNTO A LA CERTIFICACIÓN, EN ORIGINAL O COPIA

CERTIFICADA

1 Balances, cuenta de resultados e informes de auditoría correspondientes a los

últimos tres ejercicios cerrados. Certificados por Contador Publico Nacional

con firma certificada por el Consejo Profesional.

2 Facturas y cualquier otra documentación contable o impositiva que respalde el

Volumen Anual de Producción de Obras de Construcción. DOCUMENTO VALID

O

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de Licitación 78

Leg Dato DESCRIPCION UBICACIÓN AUTOCONT.

OFERENTE

CONTROL

CONTRATANTE

3 LEGAJO N°3 REQUISITOS TÉCNICOS TOMO Pag.

ANTECEDENTES TÉCNICOS

1.1 EXPERIENCIA GENERAL EN OBRAS VIALES DE MAGNITUD

SIMILAR. Denuncia de datos.

1.2 EXPERIENCIA GENERAL EN OBRAS VIALES DE MAGNITUD

SIMILAR. Documentación Respaldatoria acompañada

2.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN OBRAS DE NATURALEZA Y

COMPLEJIDAD SIMILAR. Denuncia de Datos.

2.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN OBRAS DE NATURALEZA Y

COMPLEJIDAD SIMILAR. Documentación respaldatoria acompañada.

3 DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE BUEN DESEMPEÑO EN LAS

OBRAS DENUNCIADAS COMO ANTECEDENTES TÉCNICOS

4.1 FORMULARIO DE DETALLE DE OBRAS EN EJECUCIÓN (SOLO PARA

OFERENTES EXTRANJEROS)

4.2 DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA DE LAS OBRAS EN EJECUCIÓN

(CONTRATOS Y ÚLTIMOS CERTIFICADOS DE OBRA)

RECURSOS ACTUALES

PROFESIONALES

1 IDENTIFICACIÓN Y CURRICULUM VITAE DEL REPRESENTANTE

TÉCNICO

2 IDENTIFICARION Y CURRÍCULUM VITAE DE JEFE DE OBRA

EQUIPOS

1 IDENTIFICACIÓN DEL EQUIPO MÍNIMO INCLUIDO EN LA OFERTA

PROPUESTA TÉCNICA

1 DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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79

Leg Dato DESCRIPCION UBICACIÓN AUTOCONTROL

OFERENTE

CONTROL

CONTRATANTE

4 LEGAJO Nº 4 PARA OFERENTES CONSTITUIDOS

COMO UTE

Tomo Pag.

1 CONTRATO DE UTE O COMPROMISO DE

CONSTITUCIÓN

2 DESIGNACION DE REPRESENTANTE O APODERADO

UNICO SI NO CONSTA EN EL CONTRATO

3.1 DETALLE DE LA CAPACIDAD MÍNIMA EXIGIDA POR

MIEMBRO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL REQUISITO DE

EXPERIENCIA EN OBRAS VIALES DE MAGNITUD SIMILAR

3.2 CUMPLIMIENTO EN CONJUNTO DEL REQUISITO DE

EXPERIENCIA EN OBRAS VIALES DE MAGNITUD SIMILAR

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de licitación 80

7. Formulario de presentación de Antecedentes De Uso

Múltiple (ADUM)

EN LICITACIONES DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA VIAL DEL NORTE GRANDE, CONTRATO DE PRÉSTAMO BID 1851/OC-AR

.

Señores UEP - UCPyPFE

I ................................................, me dirijo a usted en representación de

........................................................., y en nombre de mi representada digo:

II Que mi representada ha considerado la posibilidad de presentarse en más de una licitación

para la operatoria del título.

II Que ha decidido hacer uso de la posibilidad prevista en el Pliego citado consistente en

hacer esta presentación de sus antecedentes para que sean integrados a las ofertas en las que

así lo manifieste.

III Que acepta expresamente que cuando sus ofertas se integren con los antecedentes de uso

múltiple, sean evaluadas por estos últimos en los puntos respectivos.

IV Que asume la obligación de notificar a la UCPyPFE/DNV de todo cambio de cualquier

dato o antecedente exigido por el Pliego, incluido esta presentación de Antecedentes para Uso

Múltiple, dentro de los tres días de haber tomado conocimiento de la misma.

V Que acepta que los Antecedentes de Uso Múltiple (ADUM) únicamente integrarán la oferta

cuando: Haya incluido en la oferta una manifestación expresa en ese sentido en la nota de

presentación que permita identificar los ADUM a que se remite, ó haya incluido en la oferta

una copia, firmada por el oferente, del recibo de presentación de Antecedentes de Uso

Múltiple.

VI Los Antecedentes de Uso Múltiple que se incluyen son los siguientes:

1) Acreditación de la representación conferida al firmante de la oferente, siendo el

alcance de las facultades conferidas apto para uso múltiple.

2) Antecedentes Jurídico Institucionales. (Acta notarial)

3) Volumen Anual de Producción de Obras de Construcción

4) Informes sobre la situación financiera del Licitante

5) Información sobre litigios.

6) Certificado Fiscal para Contratado emitido por la AFIP.

7) Etc.

La documentación de esta presentación tiene un total de.............. fojas contando las que

corresponden a esta solicitud y se incluyen en un tomo aparte del resto de la oferta.

VII Solicito se reciba esta presentación de Antecedentes de Uso Múltiple (ADUM) y se la

considere parte de las ofertas que presente mi representada en las Licitaciones referidas y o de

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de licitación 81

toda otra en la que sus pliegos incluyan el uso de ADUM, en que así lo haya solicitado en la

oferta de que se trate.

VIII Pide identifique según corresponda la Presentación de Antecedentes de que se trata y se

me otorgue recibo de la presentación efectuada.

Firma y aclaración del representante del oferente.

FORMULARIO DE RECIBO DE PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES PARA USO

MÚLTIPLE EN LICITACIONES CREMA

En la Licitación Nº convocada por el PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA VIAL

DEL NORTE GRANDE, con fecha de apertura........, se ha recibido como parte de la Oferta

presentada por.........................................., una Presentación de Antecedentes Para Uso

Múltiple en un total de fojas............. incluida la solicitud que la encabeza. La presentación ha

sido identificada en la UCPyPFE/DNV con el Nº......... Conste.

Firmado:

Por el contratante

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección IV. Formularios de licitación 82

8. Formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta

(Bancaria o Fianza)

Garantía de Seriedad de Oferta

(Garantía Bancaria)

______________________ [nombre del banco y dirección de la sucursal u oficina emisora]

Beneficiario: __________________________ [nombre y dirección del Contratante]

Fecha: __________________________

No. de GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: __________________________ [indicar el número de Garantía]

Se nos ha informado que __________________________ [nombre del Oferente] (en adelante

denominado ―el Oferente‖) les ha presentado su Oferta el ___________ [indicar la fecha de

presentación de la oferta] (en adelante denominada ―la Oferta‖) para la ejecución de

________________ [nombre del contrato] bajo el Llamado a Licitación número

___________.

Asimismo, entendemos que, de conformidad con sus condiciones, una Garantía de

Mantenimiento de la Oferta deberá respaldar dicha Oferta.

A solicitud del Oferente, nosotros ____________________ [nombre del banco] por medio de

la presente Garantía nos obligamos irrevocablemente a pagar a ustedes una suma o sumas,

que no exceda(n) un monto total de ___________ [monto en cifras] (____________) [monto

en palabras] al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito y acompañada

de una comunicación escrita que declare que el Oferente está incumpliendo sus obligaciones

contraídas bajo las condiciones de la Oferta, porque el Oferente

a) ha retirado su Oferta durante el período de validez establecido por el Oferente en

el Formulario de Presentación de Oferta; o

b) habiéndole notificado el Comprador de la aceptación de su Oferta dentro del

período de validez de la Oferta como se establece en el Formulario de

Presentación de Oferta, o dentro del período prorrogado por el Comprador antes

de la expiración de este plazo, i) no firma o rehúsa firmar el Contrato, si

corresponde, o ii) no suministra o rehúsa suministrar la Garantía de

Cumplimiento, de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (IAO).

Esta garantía expirará a) en el caso del Oferente seleccionado, cuando recibamos en nuestras

oficinas las copias del Contrato firmado por el Oferente y de la Garantía de Cumplimiento

emitida a ustedes por instrucciones del Oferente; o b) en el caso de no ser el Oferente

seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: i) haber recibido nosotros

una copia de su comunicación al Oferente indicándole que el mismo no fue seleccionado; o

ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de la Oferta.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección IV. Formularios de licitación 83

Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta garantía deberá recibirse en esta

institución en o antes de la fecha límite aquí estipulada.

Esta garantía está sujeta a las ―Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías contra

primera solicitud‖ (Uniform Rules for Demand Guarantees), publicación de la Cámara de

Comercio Internacional No.458.

_____________________________

[firma(s)]

Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva sirve de guía para preparar este

formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.

DOCUMENTO VALIDO

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Sección IV. Formularios de licitación 84

Garantía de Seriedad de Oferta

(Fianza)

FIANZA NO. __________ FECHA DE FIRMA DE LA FIANZA ___________

Por la presente fianza,_____________[nombre de Licitante] (en adelante denominado "el

Principal") en calidad de principal y _____________[nombre del Fiador] de

___________________________[nombre del país del Fiador], con autorización para desarrollar

operaciones en_________________[nombre del país del Contratante] (en adelante denominado

"el Fiador")se constituyen en Fiadores frente a________________[nombre del Contratante](en

adelante denominado "el Contratante"),por la suma de____________ a cuyo pago en legal forma

los mencionados principal obligado y fiador, sus sucesores y cesionarios se obligan colectiva y

solidariamente por esta fianza.

ESTAMPADOS nuestros sellos a los_______________días del mes de_____________de 20__.

CONSIDERANDO QUE el Principal ha presentado al Contratante una oferta por escrito de

fecha__________ de _____________ 20__, para la construcción de ____________________(en

adelante denominada "la oferta").

POR LO TANTO, esta obligación esta sujeta a las siguientes condiciones.

(1) Si el Licitante retirare su oferta durante el período de validez de la misma en ella

especificado; o

(2) Si después de haber sido notificado de la aceptación de su oferta por Contratante durante

el período de validez de la misma, el Principal:

(a) habiéndose solicitado la firma del Contrato de conformidad con lo previsto en las

Instrucciones para los Licitantes, omitiere o se negare a hacerlo; o

(b) omitiere o se negare a presentar la garantía de cumplimiento de acuerdo con lo

establecido en las Instrucciones para los Licitantes,esta obligación tendrá plena vigencia y

efecto, y será nula y sin valor en toda otra circunstancia.

ESTIPULANDOSE, SIN EMBARGO, que el Fiador no será responsable por:

(a) una suma mayor que la multa especificada en esta fianza, ni por

(b) una suma mayor que la diferencia entre el monto de la propuesta mencionada del Principal

y el monto de la oferta que sea aceptada por el Contratante.

El Fiador firmante de este documento acuerda por el mismo que esta obligación tendrá vigencia

hasta, inclusive, la fecha que resulte de sumar ____ días al vencimiento del plazo para la

presentación de las ofertas que se haya estipulado en las Instrucciones para los Licitantes o el

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Sección IV. Formularios de licitación 85

que resulte de la prórroga concedida por el Contratante a tales efectos. Por el presente

documento se invalida toda notificación al fiador con respecto de cualquier prórroga.

PRINCIPAL OBLIGADO______________ FIADOR____________________

FIRMAS___________________________ FIRMAS____________________

NOMBRE Y CARGOS_______________ NOMBRES_________________

SELLO______________________________

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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86

Sección V. Países Elegibles

Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras

y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco

1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de

Desarrollo.

a) Países Prestatarios:

(i) Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile,

Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guyana,

Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá,

Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam, Trinidad y

Tobago, Uruguay, y Venezuela.

b) Países no Prestatarios:

(i) Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, Croacia, Dinamarca,

Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Israel,

Italia, Japón, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido,

Republica de Corea, República Popular de China, Suecia y Suiza.

2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios

Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles

para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y

servicios, se utilizarán los siguientes criterios:

A) Nacionalidad

a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si el o ella satisface

uno de los siguientes requisitos:

(i) es ciudadano de un país miembro; o

(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente ―bona

fide‖ y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.

b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes

requisitos:

(i) está legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un

país miembro del Banco; y

(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de

propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.

Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con

responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los

requisitos arriba establecidos.

B) Origen de los Bienes

DOCUMENTO VALIDO

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Sección IV. Formularios de licitación 87

Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados,

cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando

mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo

comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son

substancialmente diferentes de sus partes o componentes.

En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren

interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero)

para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el

Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los

componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación

de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como

una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y

embarcado con destino al comprador.

Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como ―hecho en la Unión

Europea‖, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico

de la Unión Europea.

El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma

productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de

los mismos

C) Origen de los Servicios

El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios

conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los

servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje,

ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.

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PARTE 2 –

REQUISITOS DE LAS OBRAS

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Sección VI. Requisitos de las obras. 89

Sección VI. Requisitos de las obras

Índice

Alcance de las obras ...................................................................................................................

Especificaciones ..........................................................................................................................

Planos .........................................................................................................................................

Cómputos Métricos....................................................................................................................

Alcance de las obras

Memoria descriptiva

DESCRIPCIÓN

El presente estudio desarrolla el proyecto correspondiente a la obra: ―Pavimentación,

desagües, señalización e iluminación de la Av. de Circunvalación de la Cuenca del Riacho

Formosa entre Av. E. L. Maradona y Av. Gonzalez Lelong - Av. Elias de Canepa‖

Las obras de infraestructura proyectadas tienen el objetivo de mejorar la movilidad en los

acceso a los Barrios - Zona Norte de la ciudad de Formosa; la reconstrucción de la Estructura

sobre el Riacho Formosa; y la Reconstrucción de Defensa Contra Inundaciones de los Barrios

San Agustín y Militar

La zona norte de la ciudad se encuentra separada del área central por el Riacho Formosa, que

debido a la proximidad de su desembocadura en el Río Paraguay, se encuentra afectado

directamente por las crecidas del mismo.

Esta situación ocasiona que durante las crecidas ordinarias y extraordinarias del Río

Paraguay, se vea afectada una importante área densamente urbanizada ubicada sobre ambas

márgenes del Riacho Formosa. Por tal motivo se construyeron defensas con suelo cohesivos

en los barrios conocidos como Militar y San Agustín, complementados con estaciones de

bombeo que permiten descargar las aguas provenientes de las lluvias por fuera del anillo de

defensa.

Como consecuencia del tiempo transcurrido y del crecimiento urbanístico resulta necesario

proceder a la reconstrucción del sistema hídrico del sector, manera de brindar las garantías

necesarias de protección a un importante número de habitantes en caso de crecidas del Río.

El proyecto consta de tres puntos diferenciados:

1. Reconstrucción de Defensa Contra Inundaciones Barrio San Agustín y Barrio

Militar.

2. Reconstrucción de la Estructura sobre el Riacho Formosa.

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Sección VI. Requisitos de las obras. 90

3. Reconstrucción Acceso a los Barrios - Zona Norte de la ciudad de Formosa

La Obra permitirá la interconexión de los barrios de la zona norte de la Ciudad de Formosa

con el Centro de la misma

Ubicación General

En cuanto a la ubicación de la obra dentro de la Ciudad de Formosa, el mismo se desarrolla

en la Zona Norte de la Ciudad, más precisamente vinculando la zona central, a través del

Barrio San Miguel con la RP Nº 2, abarcando los barrios Las Delicias, Militar, San Agustín,

El Palomar y Stella Maris. La ubicación de estos barrios dentro de la Ciudad de Formosa

puede observarse en la Figura Nº 1.

Figura Nº 1: Croquis de ubicación.

Descripción de la obra:

La obra consiste en la ejecución de la Obra Básica en un ancho de coronamiento de 30,00 m.,

construcción de sub-base y base granulares y pavimentación. Compuesto por dos calzadas

pavimentadas, de hormigón de 20cm de espesor y 7,00 m de ancho, (incluidos sendos

cordones a cada lado). Se ejecutara un cantero central de 1,40m libre entre cordones.

Por fuera de las calzadas y anejas a cada lado van ciclovías de 2,0 m de ancho, en hormigón

simple cepillado de 0,15 m de espesor y veredas peatonales de 1,50 m de ancho con losetas

de hormigón de 0,05 m de espesor. Además hay detalles de parquización y otra vereda

peatonal, que difieren según sección:

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Sección VI. Requisitos de las obras. 91

Sección: Prog. 0,00 hasta 2.047,06 (Zona Suburbana) De un lado a continuación de lo ya

visto lleva un espacio verde de 1,40 m y luego vereda peatonal de 1,50 y finalmente una

baranda s/detalle. Del lado opuesto es similar salvo que el espacio verde es de 5,40m.

Sección: Prog. 2107,66 a 3561,60 y Prog. 3561,60 a 4711,76 (Zona Urbana) A cada lado de

lo general, van sendas veredas peatonales de 1,50 m de ancho y respectivos espacios verdes

de 3,80 m de ancho. En la zona suburbana las veredas peatonales y ciclovías están asentadas

sobre una base de suelo del lugar, mejorada con 2% de cal vial y de 0,15 m de espesor, las

losetas de las veredas peatonales se asientan sobre buna capa intermedia de hormigón pobre

de 0,05m de espesor.

Las calzadas principales de hormigón tendrán un espesor de 0,18 m y van asentadas sobre una

base de suelo cemento de 0,15 m de espesor y 15,70 m de ancho total.

Las obras básicas incluyen terraplenes de altura variable (hasta unos 10m), obras de

alcantarillado y complementariamente pavimento rígido, en anchos variables en zona

intersecciones.

La obra se desarrolla en una longitud total de 4711,76 metros.

Obras a ejecutar

La presente documentación se refiere a los trabajos necesarios para la ejecución del camino.

Se ejecutarán los siguientes trabajos:

Desbosque, destronque, limpieza y emparejamiento del terreno, en todo el ancho

requerido para asentar los terraplenes. Además limpiar y conformar hasta los límites

de la zona de camino.

Excavación y remoción del suelos contaminado por elementos orgánicos de apoyo de

los terraplenes y su depósito debidamente acondicionado.

Movimiento y compactación de suelos para construcción de terraplenes, desmontes,

cunetas y desagües, con suelo del lugar; ancho de coronamiento de 30,00 m.

Construcción de obras de control de escurrimientos (zanjas, tapones, espaldones,

revestimientos de hormigón).

Demolición de alcantarillas existente y construcción de alcantarillas nuevas.

Construcción de puente de hormigón pretensado de 60 metros de luz.

Construcción de una base de suelo – cemento de 15,70 m de ancho y 0,15m de

espesor, bajo las calzadas principales.

Construcción de dos calzadas principales, paralelas, de hormigón de 0,20 m de

espesor y 7,00 m de ancho, incluidos cordones a cada lado, con un cantero central de

1,40m entre cordones.

Construcción, aneja al cordón, del lado externo de las clazadas principales de una

calzada de hormigón simple (H-13) cepillado, de 2,00m de ancho y 0,10m de espesor

para las ciclovías, asentada sobre una sub-base de suelo mejorado con 2% de cal vial

de 0,15m de espesor.

En el sector Suburbano, construcción de bases de suelo – cemento de 0,15 m de

espesor en un ancho de 1,50m para apoyo de las losetas de hormigón de las sendas

peatonales. Las losetas se asientan mediante una delgada capa de mortero de

cemento..

En el sector Urbano, aneja a la ciclovía, construir una senda peatonal de 1,50m de

ancho, en losetas de hormigón H-13 de 0,05m de espesor, asentadas sobre un

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Sección VI. Requisitos de las obras. 92

contrapiso de 0,05m de espesor de hormigón H-8. Todo apoyado sobre una sub-base

de suelo mejorado con 2% de cal vial, de 0,15m de espesor y 3,50m de ancho.

Provisión, montaje y emplazamiento de carteles de señalización.

Demarcación horizontal con material reflectante de aplicación en caliente.

Iluminación de toda la traza e intersecciones.

Ejecución de la semaforización de las intersecciones conforme al plano de proyecto

respectivo.

Construcción de una Baranda a cada lado en la zona Suburbana, con pilares de

ladrillo, núcleo de hormigón armado, tres caños de acero negro de 4‖ (11,6cm) de

diámetro, pintados, postes intermedios de planchuela de acero de 8cm x 0,635cm.

Construcción de un puente de 60 m de largo entre apoyos y 20,40m de ancho sobre el

Riacho Formosa

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Sección VI. Requisitos de las obras 93

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Sección VI. Requisitos de las obras 94

SECCION TRANSVERSAL TIPO II-ZONA URBANA

(PROGRESIVA DE APLICACIÓN 2+158.71 A 4+711.76

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Sección VI. Requisitos de las obras 95

Proceso Constructivo

Introducción

El presente estudio desarrolla el proyecto correspondiente a la obra: ―Pavimentación,

desagües, señalización e iluminación de la Av. de Circunvalación de la Cuenca del Riacho

Formosa entre Av. E. L. Maradona y Av. Gonzalez Lelong - Av. Elias de Canepa‖.

Las obras de infraestructura proyectadas tienen el objetivo de mejorar la movilidad en los

acceso a los Barrios - Zona Norte de la ciudad de Formosa; la reconstrucción de la Estructura

sobre el Riacho Formosa; y la Reconstrucción de Defensa Contra Inundaciones de los Barrios

San Agustín y Militar.

La ejecución de la obra requerirá la realización de una cuidadosa selección de los

procedimientos constructivos, a partir de una planificación que permita instrumentar la

logística más conveniente para el aprovisionamiento, en tiempo y forma, de los materiales e

insumos, observando y haciendo cumplir los plazos establecidos en la contratación.

El Contratista de los trabajos deberá velar por el respeto de las normas y disposiciones

nacionales, provinciales y municipales, sobre todo en lo referido al cuidado del medio

ambiente y a la accesibilidad de los vehículos en especial en las áreas urbanizadas.

Las tareas a realizar consisten, básicamente, en:

El montaje de los obradores y la movilización de los equipos afectados a la

construcción de las obras

La obra comprende:

o La preparación de los terrenos por medio de desbosque, destronque y

movimientos de suelo, remoción y reposición de servicios

o La materialización de un sistema de drenaje por medio de la demolición de

alcantarillas existentes y la construcción de nuevas obras de arte, junto con

obras de control de escurrimientos (zanjas, tapones, espaldones, revestimientos

de hormigón).

o El movimiento de suelo para la ejecución de obras básicas, configurando

terraplenes, desmontes, cunetas y desagües.

o Construcción de un puente de hormigón pretensado de 60 metros de luz entre

apoyos.

o La construcción del paquete estructural por medio de sub-base, base y carpeta

de hormigón (con riegos de imprimación necesario)

Tareas accesorias como: materialización de señalización vertical y horizontal,

construcción de calzadas destinada a ciclovía y veredas peatonales, barandas,

semaforización e iluminación de toda la traza e intersecciones.

A continuación se detallan más en profundidad las tareas a realizarse para el materializado de

la obra.

Tareas especificas a realizar

a. La obra comienza con la ubicación del obrador y campamento, que por la accesibilidad a

la obra (menor recorrido de los abastecimientos y personal), aparece conveniente ubicar el

mismo en cercanías a las progresivas 2+200 a 2+800, donde existen terrenos que pueden

servir para el desarrollo del obrador.

b. En el obrador se asentarán las oficinas de la empresa constructora y de la Inspección de

Obra, los locales sanitarios y los vestuarios para el personal, el depósito de materiales, el

taller mecánico para pequeñas reparaciones y el laboratorio de la obra. Previamente, se

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Sección VI. Requisitos de las obras 96

acondicionarán las superficies disponibles, de modo de permitir la instalación de las

construcciones propias del obrador, la circulación, algunos acopios, guarde de equipos, etc.

c. Todos los locales serán mantenidos en perfectas condiciones de conservación e higiene

durante el período que demande la ejecución de las obras.

d. El agua potable puede obtenerse del río Paraguay y según la poca del año podría

obtenerse del Riacho Formosa, siempre que los estudios realizados por la empresa así lo

permitan.

e. Por aspectos ambientales es conveniente que el obrador se ubique alejado de las

poblaciones (entre 1 y 2 Km) para evitar la generación de ruidos molestos y disminuir los

efectos del polvo en suspensión.

f. Se deberán realizar sus delimitaciones, limpiezas de los terrenos y alambrados. En estas

tareas se emplearán motoniveladoras y cuadrillas que colocarán el alambrado y realizarán

tareas menores en forma manual.

g. Paso seguido se colocarán las diversas dependencias que conforman el obrador y el

campamento (construcciones que pueden materializarse con contenedores pre acondicionados

a tal fin) y se procurarán los suministros de agua, electricidad y el pozo ciego para desagüe de

las aguas residuales que genere el mismo. Se realizará en el obrador los primeros acopios de

materiales y maquinarias necesarios para el inicio de obra.

h. Con relación a la movilización de las instalaciones y equipos afectados a la realización de

las obras, los mismos arribarán al obrador principal en camiones semirremolques y en

carretones playos. Se comenzará por los que estén asignados a los trabajos de implantación

del obrador y los que participen en la realización de los estudios previos de campo.

i. Luego se realizará la limpieza del terreno, y sectores de monte en la zona a lo largo de la

traza, según lo establecido en el ítem, quitando únicamente los árboles que interfieran

directamente sobre el área específica a construir y removiendo la capa de suelo vegetal. La

remoción de los árboles se realizará con retroexcavadora y motosierra, y la de la capa de

suelo vegetal con motoniveladora, para luego con palas mecánicas cargar los troncos, ramas,

y el suelo suelto en camiones. Al mismo tiempo que se realicen estas limpiezas se demolerán

las estructuras de hormigón, mampostería, etc. que deban ser removidos, y retiradas de la

zona de camino.

j. Una vez identificados los servicios que se encuentran dentro de la zona de camino, en

especial en los sectores urbanos e intersecciones, se procederá al traslado de aquellos que se

vean afectados, tales como líneas de tendido eléctrico, telefónico, gas natural, canales, etc.

Previo a comenzar estas tareas la empresa contratista deberá tramitar los permisos ante el

Ente correspondiente, cumpliendo ante el mismo con todas las exigencias que demande dicho

trabajo, tanto técnicas como económicas, debiendo presentar ante la inspección de obra las

autorizaciones respectivas antes de iniciar las tareas de traslado y o protecciones.

k. La primera obra a encarar será la construcción de las obras de arte menores, tales como

alcantarillas transversales y las de accesos a propiedades. Se realizará la excavación

acopiando el suelo en sectores donde no se vea afectada la circulación ni el movimiento de

equipos, mientras se prepara en obrador las armaduras que conformarán las estructuras de

paredes y la solera del mismo, procediéndose al hormigonado para lograr liberar al servicio

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Sección VI. Requisitos de las obras 97

los sectores ya construidos. Esta tarea se realizará respetando los materiales y las

características especificadas en los planos tipo.

l. Seguidamente y a medida que las alcantarillas y desagües se completen, se comenzará

con los trabajos de movimientos de suelos, mediante equipo pesado, para la construcción de

terraplenes con un ancho de coronamiento de 13,30m., desmontes, cunetas y desagües, con

suelo del lugar. El traslado de suelo de canteras a la traza deberá realizarse teniendo los

recaudos de protección mediante lonas para evitar la dispersión de polvo, principalmente al

atravesar zonas urbanas. En todo momento deberá procurarse no interrumpir el tránsito,

utilizando la metodología de desvíos con un estricto cumplimiento de las normas de

seguridad.

m. La construcción del terraplén se efectuará hasta lograr las cotas de planos, considerada

como cota de subrasante. Posteriormente, sobre dicha cota se realizará la construcción de una

sub-base granular de 0,30 m de espesor y 8,40 m de ancho. la que será transportada en

camiones, colocada y recortada con motoniveladoras y compactada mediante rodillos pata de

cabra y rodillos lisos y neumáticos. Para lograr humedades óptimas de compactación se

emplearán camiones regadores.

n. En esta etapa se deberán ejecutar las canalizaciones de cruces bajo calzada para la

alimentación de electricidad para el sistema de iluminación y de semaforización, y sus

circuitos de control, cámaras y gabinetes de conexión y operación.

o. Posteriormente se procederá a la construcción de una base de suelo cemento de 0,15 m de

espesor y 15,70 m de ancho, con equipo y proceso constructivo. Esta tarea se extenderá al

recubrimiento de las calzadas colectora previstas en zonas urbanas.

p. Mediante camiones regadores se procederá a la ejecución del riego de imprimación como

protección de las capas de base para calzadas principales ejecutadas. Posteriormente se

procederá a la construcción de la calzada de hormigón de cemento Pórtland de 6,60m de

ancho más dos cordones de 0,20m de ancho y 0,20m de espesor, para cada mano. Incluida la

provisión de materiales. Se utilizarán camiones mezcladores para el transporte del hormigón

el cual se elaborará en una planta y máquina distribuidora – terminadora, y los elementos de

terminación superficial establecidos.

q. En la medida que se concluyan las tareas hasta la calzada se habilitará al tránsito, de

manera de disminuir la longitud de tramos con desvíos.

r. Con el pavimento concluido se acondicionarán los sectores laterales y se construirán las

sendas peatonales, ciclovías, espacios verdes y barandas, aportando el material faltante,

utilizándose camiones para el transporte, motoniveladoras para la distribución y equipo de

compactación.

s. Simultáneamente a la pavimentación de los tramos rurales se realizarán las travesías

urbanas, comenzándose con el traslado de los servicios, la construcción de los canales y las

obras de arte menores. Para ello se respetarán las pendientes y dimensiones especificadas en

los planos, además de las características de los materiales a utilizar. Se utilizará mano de obra

intensiva, y las armaduras se prepararán en el campamento, trasladándose a obra mediante

camiones. Los hormigones se elaborarán en planta transportándose en camiones Mixer.

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Sección VI. Requisitos de las obras 98

t. En los casos de las intersecciones con las diferentes rutas nacionales y provinciales se

prevé la demolición de la calzada existente, el retiro del material de demolición y la

construcción de la nueva conforme al detalle planialtimétrico. Se deberá excavar o terraplenar

con material de cantera según corresponda. Para la realización de la excavación se utilizará

motoniveladora, cargador frontal y camiones para el transporte del material. La tarea se

comenzará sobre uno de los lados, completándose hasta los niveles de pavimento,

desviándose el tránsito por el otro, siguiendo la misma metodología que las travesías urbanas.

u. Una vez concluida la construcción de las intersecciones se procederá a la iluminación de

las mismas. Se comenzará excavándose las bases para las columnas, al mismo tiempo que se

realiza el zanjeo para la instalación de la línea subterráneas, y se procede al hormigonado de

las bases y al tendido de las líneas eléctricas, y la línea de PAT con sus correspondientes

jabalinas de puesto a tierra. Se prosigue con el relleno de la zanja según las especificaciones

técnicas. Fraguado el hormigón de base se procede a la colocación de las columnas de

alumbrado, que una vez alineadas se realiza la conexión de las columnas en los tableros

correspondiente y se ejecuta el montaje de la luminaria con su cableado. Finalmente se

procede a realizar la pintura final de las columnas y a construir los coronamientos de

hormigón de las mismas. Independiente a este trabajo se realizará la instalación de la SET y

el puesto de medición y encendido, al cual será conectada toda la instalación.

v. Para la semaforización se actuará similarmente a la iluminación.

w. Se construirán los refugios para pasajeros, elaborados según la especificación técnica

correspondiente, respetándose todas las características de los materiales a utilizar descriptas

en el plano tipo.

x. A continuación se realizará la demarcación horizontal, por pulverización y extrusión; y la

señalización vertical definitiva de la obra, con la colocación de las señales laterales, pescantes

con sus respectivos carteles.

y. Seguidamente se deberán completar las sendas peatonales, cilcovías, barandas y

materializar los elementos de seguridad contemplados en el pliego, como barandas, guard-

rails, etc.

z. Durante toda la construcción de la obra se deberá contar con elementos de señalamiento

provisorio, siguiendo lo establecido por la Ley 24.449. Para posibilitar la liberación de los

diversos tramos que componen la obra se deberá materializar la demarcación horizontal y el

señalamiento vertical de los mismos en forma previa. Para estas tareas se requiere de

cuadrillas que realizan la mayoría de los trabajos en forma manual, o mediante el empleo de

maquinaria menor.

aa. Como última tarea de obra se procederá a la parquización y forestación de la zona de

caminos. Para esto se emplearán camiones que movilizan los nuevos árboles a plantar, y el

suelo vegetal necesario, utilizándose motoniveladoras que lo distribuyen y cuadrillas que

efectúan las tareas en forma manual.

bb. Se finaliza la obra con la remoción del obrador y el campamento (el cual irá perdiendo

dimensión a medida que se concluyen con los diferentes ítems de la obra, hasta ocupar un

espacio mínimo), con el cierre del pozo ciego y la desconexión a los servicios de electricidad

y provisión de agua.

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Sección VI. Requisitos de las obras 99

Plazo de la obra

El plazo para la total terminación de la obra se ha fijado en 20 (veinte) meses corridos

contados a partir de la fecha de replanteo. El plazo de garantía se ha fijado en 365 (trescientos

sesenta y cinco) días corridos contados a partir de la Recepción Provisoria.

Presupuesto

El Presupuesto Oficial de la presente obra asciende a la suma consignado en la carátula.

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Sección VI. Requisitos de las obras 100

Especificaciones Técnicas Generales

Para la obra regirá el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales de la D.N.V. -1998-, en

sus puntos:

CAPÍTULO A: CALZADA DE HORMIGÓN.

CAPÍTULO B: MOVIMIENTO DE SUELOS.

CAPÍTULO C: BASES Y SUBBASES NO BITUMINOSAS.

CAPÍTULO D: IMPRIMACION, TRATAMIENTOS SUPERFICIALES, BASES,

CARPETAS Y BACHEOS BITUMINOSOS.

CAPÍTULO F: BARANDAS PARA DEFENSA.

CAPÍTULO H: OBRAS DE ARTE.

CAPÍTULO K: LABORATORIO, MUESTREO, NORMAS COMPLEMENTARIAS.

CAPITULO L: MATERIALES Y TAREAS VARIAS. En sus SECCIONES:

L-II: MORTEROS.

L-V: MAMPOSTERÍA DE LADRILLOS ASENTADA SOBRE MORTERO.

L-VI: AGREGADOS FINOS PARA MORTEROS Y HORMIGONES.

L-VII: LADRILLOS Y CASCOTES.

L-X: COMPACTACIÓN DE TALUDES Y CONOS.

L-XVI: LOSETAS DE HORMIGÓN PREMOLDEADAS, CON JUNTAS

ASFÁLTICAS.

L-XIII: CAÑOS DE HIERRO GALVANIZADO PARA BARANDAS Y

DESAGÜES DE PUENTES.

L-XVI: PRUEBAS DE RECEPCIÓN DE PUENTES.

L-XVII: CORDONES DE HORMIGÓN ARMADO.

L-XVIII: APOYOS DE POLICLOROPRENO COLOCADOS.

L-XIX: SEÑALAMIENTO DE OBRAS EN CONSTRUCCIÓN.

L-XX: MANTENIMIENTO DE RUTINA.

CAPÍTULO M: GESTIÓN AMBIENTAL.

ANEXO I: a la SECCIÓN DI: DISPOSICIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE

IMPRIMACION, TRATAMIENTOS SUPERFICIALES, BASES, CARPETAS Y

BACHEOS BITUMINOSOS. Resolución Administración General Nº 1294 de fecha

12/07/05.

Especificaciones Técnicas Particulares

De acuerdo a los siguientes puntos:

1. Desbosque, destronque, limpieza y emparejamiento de zona de camino.

2. Terraplén de Avance.

3. Terraplenes.

4. Preparación de subrasante.

5. Mezclas para la elaboración de Bases y Subbases Granulares.

6. Riegos Asfálticos.

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Sección VI. Requisitos de las obras 101

7. Pavimento de hormigón.

8. Cordón de hormigón.

9. Hormigón simple cepillado.

10. Solados de lajas rosadas irregulares.

11. Excavaciones.

12. Hormigón armado para obras de arte.

13. Compuertas.

14. Puentes.

15. Señalización vertical.

16. Demarcación horizontal.

17. Baranda de Mampostería y Caños.

18. Iluminación.

19. Semáforos.

20. Mobiliario Urbano.

21. Forestación.

22. Demolición de Obras Varias.

23. Traslado y protección de interferencias

24. Plan de Gestión Ambiental.

25. Especificaciones Técnicas Ambientales

Estos puntos se detallan a continuación en los artículos siguientes:

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Sección VI. Requisitos de las obras 102

ARTÍCULO 1- DESBOSQUE, DESTRONQUE, LIMPIEZA Y EMPAREJAMIENTO DE

ZONA DE CAMINO.

DESCRIPCIÓN

En principio deben eliminarse todos los árboles que existan en la superficie de asiento de los

terraplenes a construir.

En las zonas urbanas, donde la obra presenta escasa diferencia de nivel con respecto al

terreno natural, podrá eventualmente preservarse algún ejemplar en la medida que no

interfiera los trabajos y obras a ejecutar y si así lo solicitasen las Autoridades Provinciales.

Previo a la iniciación de los trabajos mencionados dentro de la zona de camino, el

Representante Técnico, mediante Nota de Pedido, solicitará que la Inspección de obra

determine las especies arbóreas que a fin de proteger el medio ambiente no serán removidas,

en la medida en que no afecten la seguridad del tránsito.

En el caso de que Autoridades Provinciales requieran la preservación de ciertos ejemplares

deberá mantenerse limpia de otras especies vegetales y su superficie deberá estar emparejada;

y así mantenerse hasta la Recepción Definitiva.

MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

Serán pagados al precio del contrato establecido en el ítem ―Desbosque, Destronque y

Limpieza del Terreno‖, y su precio incluirá la totalidad de los costos que demande su

ejecución conforme a lo especificado. No se hará ningún pago adicional en concepto de

repetición de las operaciones o removidas adicionales de los desechos provenientes de los

trabajos abarcados por esta sección.

ARTÍCULO 2 – TERRAPLEN DE AVANCE DESCRIPCION

La construcción de terraplenes de avance se ejecutará en los sectores de obra que se

encuentren cubierto por agua y donde se deberá ejecutar con posterioridad el terraplén con

compactación especial.

Para el mismo se utilizará suelo cohesivo que cumpla con las condiciones establecidas en la

Sección B.III - Terraplenes del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales de la D.N.V.

edición 1998, y el trabajo consiste en realizar los rellenos de los sectores, mencionados a

efectos de conformar una base para el recrecimiento del terraplén.

Para ello se realizará el transporte de suelos desde yacimiento y se lo distribuirla por medio

de topadora de manera de volcar el suelo hacia las depresiones y avanzar pisando el material

esparcido.

La compactación se realizará por el pisado de los propios equipos, no siendo necesario algún

otro trabajo de compactación adicional.

El terraplén de avance se ejecutará hasta el nivel donde la inspección considere que se podrá

realizar la tarea de compactación especial.

MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El terraplén de avance se medirá por metro cúbico de material colocado, medido en

yacimiento desde donde fue extraído, de acuerdo a los perfiles transversales aplicando el

método de las áreas medias.

Se pagará al precio unitario establecido para el ítem y su costo será la compensación total por

los trabajos de limpieza del terreno de la zona de yacimiento, extracción del suelo, carga,

transporte y descarga de los materiales, distribución, compactación por pisado de los equipos,

y por todo otro trabajo, equipo o material necesario para la correcta terminación del ítem

según lo especificado.

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Sección VI. Requisitos de las obras 103

ARTÍCULO 3 - TERRAPLENES

DESCRIPCION

Este trabajo consistirá en la provisión (excavación y transporte), colocación y compactación

de los suelos provenientes de los préstamos fijados en la documentación del proyecto y de

otras excavaciones aptas que ordene la Supervisión, necesarios para la construcción de los

terraplenes hasta las cotas de subrasante, en un todo de acuerdo a estas especificaciones y en

conformidad a las alineaciones, cotas, secciones transversales y dimensiones dadas en los

planos y u órdenes de la Supervisión.

MATERIALES

No se colocará en la capa superior de 0,30 m de terraplén nuevo, o del ensanche de

terraplenes existentes, materiales predominantemente limosos.

No se permitirá la construcción de terraplenes nuevos, o ensanches de los existentes, en zonas

sujetas a inundaciones prolongadas, con material que por su característica de plasticidad y

granulometría, se presente notoriamente con poca cohesión, permeable y fácilmente

erosionable.

OBTENCIÓN Y TRANSPORTE DE SUELO

La Empresa Contratista no podrá extraer suelo de préstamos dentro de la zona de camino.

Todos los suelos necesarios para la obra, deberán ser provistos por la Contratista, la cual

deberá gestionar los yacimientos y ejecutar su extracción, transporte, todo ello a su exclusivo

cargo. Los costos de gestión de yacimientos, su destape, extracción, carga, y transporte de

suelos se considerarán incluidos dentro del precio del ítem, pues no recibirán pago directo

alguno, ello incluye el reacondicionado de los yacimientos conforme a lo acordado con los

propietarios y o con las Normas Ambientales.

Cuando el Contratista prevea utilizar un yacimiento de suelos ubicado fuera de la zona de

camino, previo a su explotación deberá solicitar la aceptación del mismo por parte de la

Inspección de Obra.

Adjunto a la solicitud de aprobación, deberá incluir el convenio firmado con el propietario, en

el cual explícitamente se deslinde a la Comitente de toda responsabilidad respecto del uso de

dicho yacimiento y su estado final.

La Inspección de Obra podrá requerir la verificación de los títulos de propiedad y/o de las

firmas, si así se estimara conveniente para preservar los intereses de la Comitente.

Deberá adjuntarse ensayos de caracterización de los suelos que han de extraerse de los

mismos, para que su aptitud vial quede establecida. En caso de verificarse en las

inmediaciones de la zona de obra la inexistencia de suelos cuyo Límite Líquido sea igual o

inferior al 35 % y su Índice de Plasticidad sea igual o inferior a 15, la Inspección de Obra

podrá a su juicio aceptar suelos que excedan los parámetros antedichos.

Todos los suelos a aportar por el Contratista desde los yacimientos de fuera de la zona de

camino, o desde ésta, deberán encontrarse libres de toda materia vegetal, su calidad vial

deberá ser igual o superior a la calidad de los suelos de extracción lateral previamente

utilizados en el núcleo actual, lo que a solo juicio de la Inspección de Obra será determinado

en base a los resultados de ensayos que se sometan a su consideración y a la correspondencia

que estos tengan – según juzgue el Inspector – con los suelos que existen en los yacimientos

presentados.

Los accesos a préstamos y/o yacimientos, deberán ser construidos y mantenidos por la

Contratista así como mantenerse transitables para asegurar la accesibilidad a los mismos.

CONSTRUCCIÓN

a) Limpieza preliminar: antes de proceder a la colocación del material para terraplenes,

en cualquier área de trabajo, se debe concluir todo el trabajo de limpieza del terreno

de acuerdo a las especificaciones correspondientes.

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Sección VI. Requisitos de las obras 104

b) Preparación de la base de asiento del terraplén: ya sea en terraplenes existentes o a

construirse, deberá removerse cualquier material que a juicio de la Supervisión sea

considerado inadecuado como base de asiento de fundación y/o capa superior.

Cuando esta excavación se ejecute utilizando equipos y procedimientos corrientes,

hasta los 0,20 m de profundidad no recibirá pago directo considerándose el costo de la

tarea incluida dentro del ítem terraplenes. Para profundidades mayores a 0,20 m, la

excavación será considerada y pagada como excavación no clasificada.

En los sectores de desmonte que presenten áreas de material inadecuado, también

serán removidos si así lo indica la Supervisión, con interpretaciones arriba

mencionadas para la clasificación del tipo de excavación.

Previo a la colocación de material de préstamo, la superficie de la plataforma del

terraplén existente, y siempre que no se presente inestable (material inadecuado),

deberá ser escarificada suficientemente y si fuera necesario humedecida y aireada a fin

de obtener una buena ligazón entre material viejo y nuevo.

c) Preparación del asiento en los taludes existentes: en los ensanches de terraplenes, el

talud existente, cuando sea más escarpado que 1:2 (uno vertical, dos horizontal),

deberá ser cortado en escalones, distanciados verticalmente a no más de 0,30 m a

medida que el ensanche se vaya elevando por capas horizontales sucesivas. La

superficie horizontal del área cortada así como el material cortado y el material

agregado, serán compactados a la densidad requerida.

Para prevenir la tendencia al desplazamiento de los macizos de ensanche de

terraplenes, se procederán a arar surcos de una profundidad de 0,30 m en el área de

asiento comprendida entre el pie de talud existente y el pie del talud del ensanche

proyectado.

d) Colocación del material: Los materiales para el terraplén deberán ser colocados en

capas horizontales sucesivas, de no más de 0,30 m de espesor suelto, ni exceder

espesores tales que después de compactados sobrepasen los 0,20 m. Aquél espesor

máximo será reducido a lo que se estipula específicamente para ubicaciones

especiales. Las capas deberán ser distribuidas en todo su ancho, incluyendo bermas si

las hubiere excepto en casos de alteos donde se deba trabajar en medio ancho del

terraplén para mantener el tránsito. El desplazamiento del equipo de transporte y

distribución del material deberá ser regulado de manera que utilice todo el ancho de

cada una de las capas de material colocado. Cada capa deberá emparejarse y alisarse

por medio de motoniveladoras y compactadas según las especificaciones

correspondientes.

Los trabajos, materiales, así como todo otro gasto que demanden las operaciones de

escalonamiento de taludes y compactación de la capa superior de terraplenes

existentes, donde fuera necesario, serán considerados incluidos dentro del trabajo

descrito en esta sección y no recibirán pago directo.

e) Saneamiento de base de asiento de terraplén: cuando las características del suelo de

asiento del terraplén no sean las adecuadas, se procederá a la excavación, retiro y

traslado, incluyendo carga y descarga, del material producto de la excavación del

material no apto.

La excavación se practicará en los lugares establecidos por la Inspección de Obra

hasta profundidades también indicadas por la misma; una vez terminadas las

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Sección VI. Requisitos de las obras 105

excavaciones y perfectamente conformadas, se procederá al relleno con suelo común

apto y en condiciones de humedad adecuadas para proceder a su compactación. Esta

se realizará en capas no mayores de 0,30 m y el suelo empleado en la construcción no

deberá contener ramas, troncos, raíces u otros materiales orgánicos.

No se permitirá utilizar en relleno, suelos con humedad igual o mayor que el Límite

Plástico; cuando el nivel donde se haya determinado la profundidad de excavación

esté saturado.

El material se colocará en una sola capa hasta la elevación mínima a la cual puede

hacerse trabajar el equipo. Por encima de esta elevación, el relleno se construirá por

capas en el espesor especificado.

Este trabajo no recibirá pago directo, estando su costo incluido en el ítem

―Terraplenes‖.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

El volumen medido se pagará al precio unitario establecido para el ítem "Terraplenes con

compactación especial, incluido provisión de suelo".

Si no estuvieran definidos los perfiles de proyecto, los volúmenes de terraplenes y desmontes

serán medidos sobre la base del relevamiento planialtimétrico previo y el perfil final indicado

por la inspección, aplicando el método de la media de las áreas.

ARTÍCULO 4 – PREPARACION DE SUBRASANTE

DESCRIPCION

La subrasante será conformada y perfilada de acuerdo con los perfiles incluidos en los planos

u ordenados por la Supervisión, y luego la Contratista adoptará el procedimiento constructivo

que le permita lograr la densidad exigida. La compactación de suelos de subrasante, para el

caso de realizarse sobre suelos existentes, deberá ser en los 0,15 cm superiores, como mínimo

95% de la densidad máxima determinada según ensayo 1, descrito en la norma VN E-5-93 y

su complementaria.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

No recibirá pago directo estando su costo incluido en el ítem "subbase de suelo cemento".

ARTÍCULO 5 – MEZCLAS PARA ELABORACIÓN DE BASES Y SUB-BASES

GRANULARES.

SECCION C II - BASE O SUB BASE DE AGREGADO PETREO Y SUELO Y CAL

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARTICULAR.

El TITULO C.IV – BASE O SUB-BASE DE SUELO CEMENTO, queda complementado

con lo siguiente:

1) La mezcla deberá ejecutarse en Planta Fija. Se exigirá un (1) silo para cada fracción

integrante de la mezcla.

2) Suelo:

Deberá responder a las siguientes características:

Pasa tamiz N° 200, máximo: 80%

Límite Líquido, máximo: 35

Índice de Plasticidad, máximo: 10

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Sección VI. Requisitos de las obras 106

3) El proyecto de mezcla propuesto, acompañado de muestra de los materiales a utilizar

deberá ser presentado por el contratista a la inspección para su aprobación con una

anticipación de 20 (veinte) días corridos previo a la ejecución del Ítem correspondiente

El índice de plasticidad del material deberá ser el fijado para material sin degradar con

una tolerancia de una unidad.

4) MEZCLA EN PLANTA FIJA

Se controlará la mezcla en dos oportunidades (mañana y tarde) índice de plasticidad y

granulometría de la mezcla, a la salida de la mezcladora. De la capa compactada sólo se

controlará su densidad. Se deberá utilizar un silo por cada fracción que integre la mezcla.

5) MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El ítem BASE DE SUELO CEMENTO, se medirá por su volumen teórico terminado, y se

pagará al precio establecido en el Contrato para dicho ítem. Ese precio incluye el perfilado y

compactación de cada capa, las operaciones de preparación de la subrasante, con los

ensanches que puedan corresponder en cada caso, la provisión, transportes, clasificación,

selección, mezcla de los materiales componentes, del cemento Pórtland, y eventualmente el

agua de humedecimiento y mantenimiento.

ARTÍCULO 6 – RIEGOS ASFÁLTICOS

Los trabajos consisten en la aplicación de riegos de material bituminoso de imprimación.

Para riego de imprimación se utilizara emulsión asfáltica tipo CL Emulsión asfáltica catiónica

de imprimación. IRAM 6691-2001.

Este riego recibirá pago por su respectivo ítem.

ARTÍCULO 7 – PAVIMENTO DE HORMIGON

La SECCIÓN A.I CONSTRUCCIÓN DE CALZADA DE HORMIGÓN DE CEMENTO

PORTLAND, se complementa con lo siguiente:

1. Las losas no llevarán otra armadura que la especificada para Barras de Unión y

Pasadores y la correspondiente a los cordones según el plano tipo respectivo.

2. Las barras Pasadoras serán de 25mm de diámetro, de 0,45m de largo y con una

separación de 0,30m entre sí.

3. Las Barras de Unión serán de 12mm de diámetro, 0,50m de largo y una

separación de 0,60m entre barras.

4. Las losas llevarán una junta longitudinal al medio de cada calzada. (O sea a

3,30m del cordón)

5. Las losas tendrán una junta transversal de contracción cada 4,40m.

6. l material para relleno de las juntas aserradas de contracción y las de dilatación

será: ―Caucho de siliconas de bajo módulo‖.

7. El espesor de las losas será de 0,20m.

8. La Resistencia Característica del Hormigón será: 370Kg/cm².

MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO.

El ítem ―Carpeta de Hormigón‖, se medirá por su volumen teórico terminado, y se pagará al

precio establecido en el Contrato para dicho ítem. Ese precio incluye la provisión, transporte,

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Sección VI. Requisitos de las obras 107

preparación y colocación de todos los materiales; curado del hormigón; mano de obra y por

todo otro trabajo, equipos, herramientas, etc., necesarios para la correcta terminación de este

trabajo de acuerdo a esta especificación y a las órdenes que imparta la Supervisión.

ARTÍCULO 8 – CORDON DE HORMIGON

DESCRIPCION

Con el objeto de brindar protección al borde del pavimento a construir, en los lugares

indicados en el proyecto, se ejecutarán cordones de hormigón embutidos que tendrán las

dimensiones de 0,20x0,20m., por el largo previsto en la documentación, utilizándose

hormigón de piedra clase "H-13", elaborado y colocado conforme a las normas insertas en la

Sección H-Il del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales (Ed. 1998). Cuando no está

detallada la longitud se adoptará la siguiente, siendo AC el ancho de la calzada transversal de

acceso: L cordón = AC + 20m.

Para su ejecución se abrirá una zanja donde se colocará un molde de madera que siga el perfil

longitudinal del borde de la calzada, compactándose previamente la superficie de asiento sin

dejar puntos flojos. El cordón ejecutado deberá quedar perfectamente adosado a la calzada y

con su cara superior al nivel de la rasante de ella, rellenándose el lado opuesto con suelo

fuertemente compactado.

Los cordones se curarán durante 15 días como mínimo cubriéndolos con tierra o paja mojada,

o regándolos permanentemente.

Cuando la calzada tenga un ancho inferior a 3,65m, el cordón protector se ejecutará para esta

dimensión y el espacio que falte para integrarla al pavimento existente, se completará como

lo establece la especificación ―Refuerzo de Borde de calzadas existentes‖

MEDICION Y FORMA DE PAGO

Se medirán por metro (m.) lineal, y se pagarán al precio unitario de contrato establecido para

el ítem: "Cordón de hormigón", de 0,20x0,20m., para protección de bordes del pavimento", el

que comprende: excavación, relleno y preparación de la superficie de asiento; provisión,

transporte, preparación y colocación de todos los materiales; curado del hormigón; mano de

obra y por todo otro trabajo, equipos, herramientas, etc., necesarios para la correcta

terminación de este trabajo de acuerdo a esta especificación y a las órdenes que imparta la

Supervisión.

Los ensanches necesarios cuando resulte de aplicación el Refuerzo de borde de calzadas

existentes. Se pagarán conforme lo establece la especificación respectiva.

ARTÍCULO 9 – HORMIGON SIMPLE CEPILLADO

DESCRIPCION

Se utilizará en los trazados de ciciovías de acuerdo a planos de detalles. Sobre base de suelo

cal se hará una carpeta no menor a los 10cm de espesor con mortero tipo H-13, el cual será

nivelado perfectamente y terminado a llana. Antes de su fragüe se pasará un rodillo metálico

a efectos de lograr una textura antideslizante, se incorporará a la mezcla en debida proporción

para tonalizar la carpeta, ferrite de color verde.

Se preverán juntas de dilatación en paños de 9m2 como máximo rellenadas con sellador

elástico.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

Se medirán por metro cúbico, y se pagarán al precio unitario de contrato establecido para el

ítem: ―Hormigópn simple cepillado‖, el que comprende: provisión, transporte, preparación y

colocación de todos los materiales; curado del hormigón; mano de obra y por todo otro

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Sección VI. Requisitos de las obras 108

trabajo, equipos, herramientas, etc., necesarios para la correcta terminación de este trabajo de

acuerdo a esta especificación y a las órdenes que imparta la Supervisión.

ARTÍCULO 10 – SOLADOS DE LAJAS ROSADAS IRREGULARES

Artículo 10.a. CONTRAPISO DE HORMIGON POBRE

Antes de la ejecución del contrapiso se procederá a limpiar el suelo, quitando toda materia

orgánica, desperdicio, etc. Se consolidará el terreno mediante un apisonamiento adecuado y

riego en caso de ser necesario.

Se ejecutara con un hormigón de cemento-arena-agregado pétreo triturado grueso.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

En este ítem se medirán los metros cúbicos correspondientes al sub item ―Contrapiso de

hormigón pobre‖; y se pagarán conforme a los precios unitarios de contrato establecidos para

el sub ítem.

Artículo 10.b. LAJAS ROSADAS IRREGULARES

El solado de las sendas peatonales estará materializado por lajas rosadas de forma irregular y

su espesor mínimo será de 2 cm. Deberán presentar aspecto sano, fundamentalmente no

escamosas, o sea, que ante cambios de humedad y temperatura no se escamen perdiendo así

su espesor, y la dimensión mínima de la pieza colocada no deberá ser menos de 50 cm. La

Supervisión rechazará cualquier pieza que no cumpla con estos requisitos. Las piezas, se

mojarán perfectamente y se asentarán con MAR 1/2: 1: 1/4, sobre el contrapiso de suelo

cemento, perfectamente nivelado, dejando la menor junta posible entre piezas (junta máxima

2cm); luego, se deberán rellenar las juntas con MC 1:3 suficientemente líquido con pastina al

tono de la laja, como para que la misma penetre perfectamente en la junta entre las piezas.

Las pastinas a usar deberán ser de primera calidad; será ferrite rojo. Las juntas de dilatación

se dispondrán a una distancia de no más de 4m, siendo lo óptimo, 3m, se cortarán con

amoladora de mano con disco de diamante, y de ningún modo se aceptarán juntas de

dilatación que se corten a mano. La disposición de las juntas se ejecutarán conforme a planos

o bien, ante la omisión de este tema en ellos, se resolverá en obra a satisfacción de la

Supervisión. Las juntas se llenarán con sellador elástico, y no se permitirá el uso de arena u

otro relleno para disminuir el volumen de la misma; la profundidad de la junta será del

espesor de la laja más la del mortero de fijación, como mínimo.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

En este ítem se medirán los metros cuadrados del sub ítem ―lajas rosajas irregulares

colocadas‖ y se pagarán conforme a los precios unitarios de contrato establecidos para el sub

ítem.

ARTÍCULO 11 – EXCAVACIONES

Ésta especificación, se encuentra incorporada en la Publicación ―PLIEGO DE

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES‖, y se complementa con lo siguiente:

SECCIÓN B-II EXCAVACIONES. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARTICULAR

En el título B-II.3 - CONSTRUCCIÓN, apartado B II.3.12 se establece una distancia de

transporte de 1.000 metros.

ARTÍCULO 12 – HORMIGÓN ARMADO PARA OBRAS DE ARTE

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Sección VI. Requisitos de las obras 109

La presente especificación se refiere a la construcción de sumideros, cámaras, espaldones y

cunetas revestidas indicadas en los planos del proyecto.

Los hormigones a ejecutar deberán ajustarse a lo establecido por el Reglamento CIRSOC

201.

Todas las obras serán construidas con las dimensiones, espesores, cotas y armaduras

establecidas en los planos de detalle. Rigen las disposiciones de la sección H.II. del PET. Año

1998.

Todas las obras de arte de ―hormigón armado‖ construidas, deberán presentar paramentos

internos lisos, sin huecos, protuberancias o fallas. Las deficiencias que se notaren deberá

subsanarlas la contratista, por su cuenta.

La fundación de las obras de arte se ejecutará en la forma especificada en los planos de

detalle. Rigen las disposiciones de la sección H.I. del PET. Año 1998.

Los aceros a utilizar responderán a las especificaciones sección H.II. Las armaduras serán

dobladas, siempre en frío, y donde lo indican los planos respectivos. Los empalmes de barras

se realizarán por medio de superposición de atadura de alambres. No se admitirán empalmes

soldados. No se admitirán ataduras o armaduras pasantes que atraviesen el hormigón.

El relleno de las excavaciones, una vez ejecutadas las estructuras de hormigón previstas, se

realizarán con el material previamente acopiado producto de las mismas.

El relleno y compactación de las excavaciones a ambos lados de las estructuras construidas

hasta alcanzar una tapada mínima de 0.30m por encima del techo de las mismas, deberá

realizarse con suelos libres de piedras, cascotes y materiales putrescibles.

El material sobrante no utilizado para el relleno y tapada de las excavaciones en los cuales se

debe alcanzar el nivel original de rasante de la calle o vereda según el caso, obtenido de las

excavaciones realizadas, será retirado del lugar depositado donde lo indique la inspección,

hasta una distancia máxima de 5km.

El relleno de las excavaciones, a ambos lados de las estructuras de hormigón construidas y

hasta alcanzar 0.30m de tapada sobre las mismas, salvo indicación en contrario por parte de la

inspección, se ejecutará con pala y a mano, en capas sucesivas de 0.20m de espesor, de

manera de llenar perfectamente los huecos entre la estructura y el terreno firme.

La compactación de dichas capas se realizará mediante vibrocompactadores, cuidando que el

contenido de humedad sea el óptimo determinado a partir del ensayo próctor, debiendo

alcanzarse una densidad no inferior al 90% de la obtenida con dicho ensayo. El trabajo de

relleno a ambos lados de las estructuras de hormigón construidas se deberá realizar entre los 7

y 14 días de completado el desencofrado de las estructuras de hormigón.

En las capas inferiores podrá realizarse compactación manual, con herramientas adecuadas.

EQUIPOS

Se utilizarán los equipos y encofrados más apropiados a la naturaleza del terreno y al lugar

donde serán ejecutados los trabajos.

MEDICIÓN

Los hormigones para obras de arte se medirán por metro cúbico medido en su posición

definitiva, según las dimensiones teóricas contenidas en los planos

FORMA DE PAGO

Se medirán en la forma establecida, y su precio será la compensación total por el encofrado,

curado del hormigón, relleno de excavaciones con compactación manual, mano de obra y

equipo necesario para terminar la obra.

ARTÍCULO 13 – COMPUERTAS

DESCRIPCIÓN

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Sección VI. Requisitos de las obras 110

Las tres alcantarillas de caño de chapa galvanizada ondulada, situadas en proa. 0,680, tienen

1,37m de diámetro interno.

Estas alcantarillas se emplazaran con una equidistancia entre ejes de 4,90m y en su extremo

de entrada llevarán cabeceras con alas abocinadas s/plano tipo J-7138, en su extremo de

salida llevarán un muro de cabecera del tipo ―Contrafuerte para luces múltiples‖ según el

mismo plano J-7138.

En el muro de contrafuerte se empotrarán los marcos ―L‖ para conformar una salida cuadrada

de 1,37 x 1,37m., según el plano de detalle de compuertas.

Las compuertas llevan un bastidor de 1,45m x 1,45m, constituido por 18 perfiles verticales

doble T de 80 x 42 x 6 de 136cm de largo, soldados a dos perfiles horizontales ―C‖ de 80 x 45

x 6 uno superior y otro inferior. Estos dos perfiles ―C‖ se extienden hasta encajar soldados, en

el contorno del caño vertical de eje de giro. Este caño debe ser de 50mm de diámetro externo

y 6mm de pared.

La compuerta estará sellada por el lado Río con una chapa de 1,5mm de espesor de 145 x 145

cm, la cual debe soldarse a los perfiles extremos de contorno en forma estanca y a los perfiles

intermedios en la zona central de cada ala de los perfiles doble‖T‖, con el fin de que resista

eventuales presiones diferenciales entre sus caras, de hasta 0,15 Kg/cm2, causadas por una

lluvia en la ciudad estando las compuertas cerradas.

En la cara interna o de apoyo del cierre de la compuerta, se soldará un contorno de chapa de

1,5mm de espesor. (dejando libre un cuadrado de 136 x 136cm, para no cerrar el bastidor de

la compuerta). Esta chapa tendrá un volado del orden de 15mm sobresaliendo del perfil, para

poder adaptarse bajo presión al marco de apoyo y cierre y proveer una menor posibilidad de

filtraciones. La soldadura de fijación de esta chapa también debe ser estanca.

El caño de giro rotará y se apoyará en un quicio o pivote , constituido por un eje de 25mm de

diámetro soldado a una placa de fijación de 10 x10 cm y 1cm de espesor asegurada al

hormigón de la platea mediante bulones. Entre el caño y el eje del pivote se colocarán bujes

de bronce y una arandela. Este pivote deberá tener un huelgo entre los cojinetes,

suficientemente amplio para evitar se agarrote por incrustaciones u óxido y que además

permita a la compuerta adaptarse al apoyo en el marco de cierre. Esto también se aplica al

cojinete superior.

El caño de giro se soportará en la parte superior con un cojinete constituido por un perfil ―L‖

de 80 x 80 x 6 abulonado al perfil de marco de 115 x 65 x 6, en el cual se practicará el

orificio de 51mm de diámetro para que pase el caño.

La manija de accionamiento deberá tener un brazo del orden de 75 a 80cm, con elementos

para posibilitar su fijación en posición cerrada o abierta. En principio se situará en una cota

de 56,90m. Para la posición cerrada se debe poder asegurar la palanca con alambres a modo

de fusible para un esfuerzo de unos 250 a 300 kg, con el objeto de que la compuerta se abra

cuando el nivel del agua en la alcantarilla supere en unos 25 a 30cm el nivel externo y

posibilite la automática evacuación de una lluvia en la ciudad.

El proponente deberá cotizar como alternativa la extensión del caño de giro y manija hasta

cota 59,50, sostenidas en columnas de hormigón armado, con escaleras, montadas desde el

muro de contrafuerte de cabecera.

Todos los elementos metálicos deberán someterse a tratamientos de limpieza superficial y

recubrimientos y pinturas antioxidantes, adecuados para perdurar bajo inundación frecuente.

MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El precio del ítem será global, comprenderá la realización de los proyectos de detalle

complementarios conforme al diseño que proponga el contratista, la construcción y montaje

de las tres compuertas, la adecuación de los empotramientos de las columnas de hormigón

armado en los muros de cabecera, y las propias columnas hasta las alturas indicadas para

sostener las manijas y sus elementos de fijación y comando, los marcos fijos y sus anclajes en

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Sección VI. Requisitos de las obras 111

el muro de cabecera, las articulaciones, cojinetes, ejes, los soportes de cojinetes y todo otro

elemento necesario para que el sistema opere en forma adecuada y completa.

ARTÍCULO 14 – PUENTES

1.- ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN ARMADO

Esta especificación se refiere a las condiciones y características que rigen para la ejecución de

las losas (tablero y losas de aproximación), vigas principales y de arriostramiento, pilas y

estribos. Las mismas se ejecutarán de acuerdo a lo indicado en los planos y detalles

contenidos en la documentación de licitación, debiendo ajustarse su ejecución y recepción al

Reglamentos CIRSOC 201 y Anexo.

Materiales

Las estructuras mencionadas serán de hormigón armado.

El hormigón elaborado tendrá una tensión característica mínima de cn=210 kg/cm2 y de

cn=380 kg/cm2 según sea el caso. Los materiales utilizados deberán responder a lo

especificado en la Sección H.II ―Hormigones de Cemento Portland para Obras de Arte‖ del

Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Edición 1998 de la Dirección Nacional de

Vialidad.

Las armaduras serán barras de acero torsionadas con tensión de fluencia mínima st=4200

kg/cm2 y responderán a lo establecido en la Sección H.III "Aceros especiales en barras

colocados" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Edición 1998.

Construcción

Los procedimientos constructivos adoptados se pondrán a consideración de la Inspección

respetando la normativa establecida en el Reglamento CIRSOC 201 en los capítulos: 9-10-11-

12-13 y 14.

Recepción

Las condiciones para la recepción o aceptación de las estructuras terminadas se efectuarán de

acuerdo a lo especificado en la Sección H.11 "Hormigones de Cemento Pórtland para Obras

de Arte" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Edición 1998 y a lo dispuesto en

el Capitulo 8 del Reglamento CIRSOC 201.

Medición y forma de pago

Se medirán por metro cúbico de hormigón colocado, incluida la armadura correspondiente.

Se pagarán al precio unitario de contrato establecido para el metro cúbico de hormigón

armado del elemento estructural que fuera medido y certificado.

Dicho precio unitario comprende la provisión, transporte, carga y descarga de los materiales

necesarios para la elaboración del hormigón armado, mano de obra, equipos, herramientas,

cimbras, apuntalamientos, encofrados, corte, doblado y colocación de la armadura,

elaboración, colocación y curado del hormigón, reparación y terminación de superficies,

ejecución de las juntas, ensayos, prueba de carga directa y conservación de las mismas hasta

el momento de la recepción provisoria y todos aquellos trabajos adicionales necesarios para la

correcta ejecución del ítem en cuestión.

2.- PILOTES EXCAVADOS HORMIGONADOS "IN SITU"

La ejecución del pilotaje se hará de acuerdo a lo establecido en la Sección I.II "Pilotes

excavados hormigonados in situ" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales -

Edición 1998.

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Sección VI. Requisitos de las obras 112

Se realizarán fundaciones con pilotes excavados hormigonados "in situ" perforando

previamente el terreno y rellenando la excavación con hormigón fresco y las correspondientes

armaduras.

Se dispondrán grupos de pilotes vinculados a través de cabezales, bajo los estribos y las pilas

y columnas ubicadas en el canal del riacho, según se indica en la documentación gráfica.

Materiales

El hormigón elaborado tendrá una tensión característica mínima cn=210 kg/cm2 y los

materiales utilizados deberán responder a lo especificado en la Sección H.11 "Hormigones de

Cemento Portland para Obras de Arte" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales,

Edición 1998. Se utilizará cemento Portland tipo ARS.

Las armaduras serán barras de acero torsionadas con tensión de fluencia mínima st=4200

kg/cm2 y responderán a lo establecido en la Sección H.III "Aceros especiales en barras

colocados" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Edición 1998.

Equipos necesarios para la ejecución de las obras

Deberá ofrecer las máximas garantías en lo que se refiere a:

- Continuidad de los pilotes

- Calidad del hormigón

Construcción

En el hormigonado se deberá garantizar que cada pilote tenga en toda su longitud, sección

completa, sin vacíos, bolsadas de aire o agua, coqueras, corte ni estrangulamiento. Se deberá

evitar el deslavado y segregación del hormigón fresco.

Los extremos de las armaduras longitudinales se separarán del fondo de la excavación (cota

de fundación definida), como mínimo 0.20m.

El hormigonado del pilote se deberá realizar sin interrupciones de modo que entre la

colocación de dos masas sucesivas no pase tiempo suficiente para el inicio del fraguado. Si

por alguna razón esta condición no se cumpliera se procederá a realizar un estudio, a cargo de

la Contratista, que en forma conjunta con la Inspección decidirán el arreglo o rechazo del

pilote en cuestión.

Recepción

Los pilotes deberán estar colocados en una posición que no difiera en más de diez centímetros

(10cm) de la señalada en los planos y con una inclinación tal que la desviación del extremo

respecto de la prevista no sea superior al 2% de la longitud del pilote.

Medición y forma de pago

Las fundaciones por pilotes moldeados "in situ" se medirán en metros cúbicos (m3) de

hormigón. Para el cálculo del volumen se medirá la longitud del pilote entre el extremo

inferior del cabezal y la cota de fundación, en el caso de los estribos; y entre la cota del

terreno natural o fondo del cauce y la cota de fundación en el caso de las pilas. Los metros

cúbicos de suelo excavado para pilotes se pagarán al precio unitario de contrato establecido

para el ítem respectivo

Los metros cúbicos de hormigón para pilotes se pagarán al precio unitario de contrato

establecido para el ítem respectivo. Dicho precio unitario comprende la provisión, transporte,

carga y descarga de los materiales necesarios para la elaboración del hormigón armado,

estudio de suelos para fundaciones, excavación del pilote, mano de obra, equipos,

herramientas, encofrados, encarnizados, corte, doblado y colocación de la armadura,

elaboración y colocación del hormigón, demolición de la cabeza del pilote cuando resulte

necesario, ensayos, pruebas de carga y todos aquellos trabajos adicionales necesarios para la

correcta ejecución del ítem en cuestión.

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Sección VI. Requisitos de las obras 113

3.- APOYOS DE NEOPRENO ARMADOS COLOCADOS

Las características, instalación medición y forma de pago, responderán a lo establecido en la

Sección L.XVIII "Apoyos de policioropreno colocados" del Pliego de Especificaciones

Técnicas Generales, Edición 1998.

Cada unidad de apoyo estará constituida por placas de policioropreno intercaladas con chapas

de acero. La perfecta adherencia de policioropreno y chapas de acero se logrará mediante un

proceso de vulcanización de todo el conjunto.

Colocación

Para los apoyos de vigas, cada unidad deberá colocarse sobre una superficie perfectamente

plana y horizontal. Esto se logrará mediante la construcción de bases de apoyo en dinteles de

pilas y bancadas de estribos. El ajuste final para el posicionamiento de los apoyos se hará con

una placa de mortero de cemento (1:2) con un sobreancho de 1 cm en todo el contorno con

respecto al apoyo.

Ensayos para la Recepción

El compuesto de policioropreno deberá responder a las exigencias indicadas a continuación:

- Propiedades físicas originales:

a - Dureza Shore (IRAM 113-003): 600 +/- 5º

b - Resistencia a la tracción (IRAM 113-004): mín. 17,5 MPa

c - Alargamiento a la rotura: mín. 350%

- Comportamiento bajo envejecimiento térmico a 100ºC durante 72 horas

a - Modificación de la dureza Shore (IRAM 113-003/005): máx. 15º

b - Modificación de la resistencia a la tracción: máx. -15%

c - Modificación del alargamiento a la rotura: máx. -40%

Deformación por compresión después de 24 horas a 1 OOIC: máx. 35% Resistencia al ozono.

Para una concentración de 1 ppm. En volumen de aire, a una deformación del 20% durante

100 horas a 38ºC+/-1ºC: NO SE AGRIETARA.

Las probetas se extraerán de planchas del mismo material con que se elaboren los apoyos.

Todos los apoyos serán inspeccionados visualmente mientras se hallen sometidos a una carga

de compresión igual a 1.5 veces la tensión de trabajo a compresión, verificándose que no se

produzcan: sopladuras, desprendimientos, desplazamientos ni grietas. Ante alguna falla el

apoyo será rechazado.

Medición y forma de pago

Se medirán por números de apoyos de policloropreno armados colocados. Se pagarán al

precio unitario de contrato estipulado por ítem correspondiente e incluye la provisión,

transporte, preparación y colocación de todos los materiales que los constituyen, mano de

obra, provisión y mantenimiento del equipo y ejecución de todas las operaciones

indispensables para la correcta colocación de los mismos en la obra.

4.- CARPETA DE RODAMIENTO

La ejecución de la carpeta, se realizará con materiales y métodos en un todo conforme a lo

indicado en el documento mencionado en Especificaciones Generales, en la Sección A.l:

"Construcción de la calzada de hormigón de Cemento Portland".

La carpeta se ejecutará de 0,05m de espesor como mínimo, sobre la losa de tablero, previa

limpieza, barrido y soplado de la superficie.

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Sección VI. Requisitos de las obras 114

5.- DEFENSA CENTRAL DE HORMIGON

Esta barrera o defensa, consistirá en módulos de hormigón premoldeados que contendrán

elementos embutidos para su interconexión. Deberá pintarse de blanco con elementos

reflectivos o luminosos para su visualización nocturna. Los extremos de la defensa deberán

estar protegidos con amortiguadores de impacto debidamente señalizados con la antelación

suficiente y alejados del carril de circulación.

La sección transversal corresponderá a la indicada en la figura Nº 9 de la Sección L.XIX

"Señalamiento de Obras en Construcción" del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales,

Edición 1998.

6.- BARANDA METÁLICA CINCADA PARA DEFENSA.

Las defensas se colocarán respetando las instrucciones del Plano Tipo H-10237.

Para esta obra los materiales a utilizar cumplirán con las siguientes características:

Defensa: Clase B

Espesor: Calibre 10 (B.G) – 3,2mm

Postes: Pesados con Wx (cm3) x Wy (cm3) > 1578 cm6

P.N.U - Laminados en frío.

Separación de los mismos 3,81m

Se deben prever arandelas reflectantes y dos alas terminales comunes para cada tramo

colocado.

Forma de pago

La baranda metálica (flexbeam) aprobada y medida, será certificada y pagada al precio

unitario de contrato para el ítem ―BARANDA METÁLICA CINCADA PARA DEFENSA‖.

Este precio será compensación total por la provisión, transporte, acopio, carga y descarga,

colocación de postes y brandas cíncadas, medidas de seguridad y toda otra operación o

insumo necesario para dejar la calzada demarcada en la forma especificada, como así también

los costos de conservación necesarios hasta la recepción definitiva.

7.- BARANDA PEATONAL METALICA DE CAÑOS DE HIERRO NEGRO

En el extremo de la losa del tablero en voladizo, como protección peatonal, se realizará todo

un trayecto de barandas compuestas por travesaños de caños de hierro negro de Ø4" y 2mm

de espesor, soldados a planchuelas de 50 mm x 1/2" de espesor, amuradas a la losa del

tablero. Cada 2,00m se colocarán planchuelas como parantes refuerzos de 80 mm x ¼" de

espesor. Todo el conjunto se terminará con dos manos de antióxido y dos manos de esmalte

sintético color de acuerdo a lo indicado por la Inspección. La distancia promedio entre eje de

será de 6,40m.

Todos los elementos metálicos integrantes deberán cumplir las exigencias establecidas en las

Normas IRAM.

La baranda se medirá y pagará por metro lineal. El precio unitario de contrato cotizado para

el ítem respectivo comprende el costo de la provisión, transporte, preparación y colocación de

todos los materiales, armado, pintado, equipos, herramientas, mano de obra y todo otro

elemento adicional necesario para dejar terminado el trabajo de acuerdo con la

documentación gráfica y esta especificación.

8.- PRUEBAS DE RECEPCIÓN DEL PUENTE

Antes de la recepción provisional, deberán efectuarse las pruebas estáticas y/o dinámicas de

acuerdo a lo estipulado en la Sección L-XVI "Pruebas de Recepción de Puentes" Edición

1998.

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Sección VI. Requisitos de las obras 115

Todos los gastos que impliquen las pruebas á ejecutar son por cuenta exclusiva de la

Contratista y por lo tanto se consideran incluidos dentro de los precios cotizados para los

distintos ítem del proyecto.

9.- VARIOS

La Empresa Constructora podrá proponer otro tipo de estructura de puentes, siempre que se

respeten las cotas y progresivas de proyecto. En este caso los costos del proyecto ejecutivo

correrán por su exclusiva cuenta.

El proyecto deberá ser aprobado por la Inspección y se deberá ajustar a los requerimientos

que la misma realice al respecto.

ARTÍCULO 15 – SEÑALIZACIÓN VERTICAL

DESCRIPCION

La señalización vertical comprende la construcción, montaje y emplazamiento de las señales

siguiendo los lineamientos establecidos en el Anexo L – Sistema de Señalización Vial

Uniforme, Decreto 779/95 Texto Reglamentario del Art.22 de la ley de Tránsito N° 24.449 y

plano de detalle con la excepción de las modificatorias introducidas en la presente

especificación técnica particular y/o las instrucciones que imparta la Inspección de Obra

Las chapas a ser utilizadas en la conformación de las señales podrán ser de aluminio ó en su

defecto de hierro galvanizado. Los postes de sostén deberán ser de madera dura, no

aceptándose los postes de hierro galvanizado. Los dorsos de las chapas y los postes de sostén

deberán ser perfectamente pintados.

Las leyendas y fondos de las señales se ejecutarán por medio de láminas reflectantes,

termoadhesivas y colores normalizados. Las dimensiones, leyendas y metodología de

colocación se ejecutarán siguiendo las especificaciones en la materia de la D.N.V. y planos.

Las señales serán colocadas en las posiciones que determine la Inspección de Obra,

atendiendo al estado y cantidad de señalización existente, prioridades relativas en la obra,

condiciones particulares de visibilidad, etc.

MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

La señalización vertical se medirá y certificará por m2 de unidad de señal ubicada en su

posición definitiva, con excepción de los pórticos que se medirá y certificará por unidad de

pórtico ubicada en su posición definitiva.

El pago es compensación total por los materiales, postes, pintura de dorso, transporte, mano

de obra para colocación y toda otra tarea no detallada pero necesaria para su correcta

ejecución y uso.

ARTÍCULO 16 – DEMARCACION HORIZONTAL

NORMAS GENERALES DE LA GEOMETRÍA

DESCRIPCION: La presente especificación comprende la aplicación de una capa de pintura

reflectiva (conteniendo microesferas premezcladas, más el sembrado posterior de otra

cantidad de microesferas) por métodos mecánicos sobre la superficie de los pavimentos con

el fin de demarcar señales en los mismos, para el movimiento y/o ordenamiento de vehículos,

cruce de peatones y toda otra finalidad específica de señalamiento que oportunamente se

determine, y en extensión que forma parte de la presente documentación.

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Sección VI. Requisitos de las obras 116

FORMA, DIMENSIONES Y UBICACION DE LAS DEMARCACIONES: La forma,

dimensión, ubicación y variedad de las demarcaciones serán las que indican a continuación o

se indiquen en los planos que se acompañan, y en generales de detalle, de acuerdo a la

característica que ofrezca el trazado de las rutas a demarcar.

NORMAS GENERALES

Eje y Separación de Carriles:

- En zona rural en trazos discontinuos de 4,50 m. de largo y 0,10 m. de ancho, color blanco,

alternados con 7,50 m. sin pintar. (Relación 0,375)

- En zona urbana con trazos discontinuos de 3,00 m. de largo y 0,10 m. de ancho, color

blanco, alternado con 5,00 m. sin pintura o bien en trazos discontinuos de 1,00 m. de largo y

0,10 m. de ancho, color blanco, alternados con 1,66 m. sin pintar. (Relación 0,375).

- En curvas horizontales y verticales, en puentes, en cruces con otras rutas nacionales y

provinciales y 124,50 m. antes de los pasos a nivel, los trazos del eje serán en amarillo y

continuos en 0,10 m. de ancho, efectuándose cortes de 0,05 m. de longitud donde la

Inspección lo indique, para evitar la acumulación de agua. Con respecto a cruces con caminos

rurales, vecinales o comunales se efectuará este señalamiento en aquellos casos que así lo

estimara la Inspección de Obra, en virtud del tránsito que posean.-

- Las distancias mínimas de prohibición de sobrepaso serán de 156 m. en curvas horizontales

y verticales, 148,50 m. en cruces con otras rutas y de 156 m. en accesos a puentes.-

- En curvas horizontales con 1.200 m. de radio o mayores se demarcará el eje con el trazo

blanco discontinuo de la zona rural, sin zona de prohibición de sobrepaso.-

- En obras de arte de hasta 10 m. de luz y con ancho de calzada como mínimo de 8 m., no se

demarcarán zonas de prohibición de sobrepaso, continuándose la franja central discontinua

color blanco común del eje del pavimento.-

- Bordes: franja en trazo continuo de 0,10 m. de ancho, color blanco.-

La demarcación de bordes será interrumpida en:

a) Todos los cruces con otras rutas y caminos ya sean estas nacionales, provinciales,

comunales, etc. de la siguiente forma: Con rutas y/o caminos pavimentados y con

señalización horizontal, se continuará demarcando el borde de la curva hasta empalmar el

trazo existente. Con rutas y/o caminos pavimentados sin señalización horizontal se continuará

demarcando el borde hasta el fin de la misma. Con rutas y/o caminos sin pavimentar, al llegar

al punto de arranque de una curva teórica de empalme de 10 m, de radio.-

b) En los puentes y alcantarillas cuando el ancho de la calzada sea igual al del pavimento y

el cordón del guarda rueda continúa la línea del borde de esta.-

c) En todos los accesos a las estaciones de servicio sin excepción y a los de establecimientos

comerciales, industriales, etc. que ha juicio de la Inspección de la Obra resultara conveniente

por el volumen de tránsito que accede a los mismos.

En todos los casos deberá procederse así:

En los accesos no pavimentados la interrupción deberá hacerse al llegar al punto de

arranque de una curva teórica de empalme de 6 m. de radio.-

d) En toda otra situación en presencia de cordones.-

e) En los puntos donde así lo establezca la Inspección, para impedir la acumulación de agua

y facilitar su escurrimiento, se efectuarán cortes perpendiculares al eje del camino de 0,05 m.

de ancho.-

f) Cuando sea necesario demarcar sendas peatonales en zonas urbanas éstas estarán

constituidas por dos trazos paralelos, continuos de color blanco en 0,30 m. de ancho cada uno

y separados entre sí 1,80 m. Además, en media calzada se demarcará la línea de frenado,

paralela a la senda peatonal a 1,00 m. de distancia color blanco trazo continuo y también en

0,30 m. de ancho.-

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Sección VI. Requisitos de las obras 117

MATERIALES: Los materiales serán provistos por el Contratista, quién se constituye en

responsable de los mismos. La cantidad a proveer será la necesaria para ejecutar la

demarcación horizontal prevista.

CONDICIONES GENERALES DE ACEPTACION: La aceptación de los materiales con que

se propone la realización del ítem demarcación horizontal quedará condicionada a la

presentación de los siguientes recaudos:

1.-Certificado del Fabricante donde se indique:

a- el material es específicamente destinado a la Demarcación Vial y se atiene a lo indicado

en el Punto Característica Técnicas del Material.

b- localización de la planta de producción del mismo.

c- Posee instalaciones de laboratorio adjuntas a la planta de producción, para efectuar el

adecuado control de calidad.

2.- Garantía de Durabilidad: La pintura deberá estar garantizada por la firma oferente contra

fallas debidas a una adhesión deficiente, ya sea por defectos del material o método de

aplicación, por un plazo de 12 meses, bajo las condiciones estipuladas en el artículo

Conservación de la Obra Durante el Plazo de Garantía.

La falta de presentación de uno o mas de los recaudos solicitados mas arriba, podrá ser causal

de rechazo de la oferta.

El ente contratante se reserva el derecho de interpretar el resultado de los ensayos y

fundamentar la aceptación o rechazo de la pintura y/o esferas de vidrio (incorporadas o a

sembrar) en base a los mismos o a resultados de ensayos no previstos en estas

especificaciones.

a)- El replanteo de la señalización horizontal se indica con pintura de corta durabilidad, tiza u

otros elementos fácilmente removible.

b)- El sustrato será cepillado, soplado y secado a efectos de lograr la eliminación de toda

materia extraña a la pintura. La Inspección controlará que este trabajo se ejecute en forma efi-

ciente, no autorizando la aplicación de material en las zonas preparadas en forma deficiente.

Para la ejecución de estos trabajos se usarán equipos mecánicos cuando ellos se hallen

indicados (Artículo: Para Equipos de Aplicación Mecánica).

c)- La aplicación propiamente dicha se efectuará por medio de los equipos autorizados y la

superficie a obtenerse deberá ser de ancho uniforme, presentar sus bordes bien definidos,

rectos y nítidos, libre de burbujas y cráteres, grietas, surcos, ondulaciones superficiales ("piel

de naranja"), alteraciones del color, o cualquier otra anormalidad proveniente del material.

Simultáneamente con la aplicación de la pintura se procederá al sembrado de esferas de

vidrio.

Dicha operación se sincronizará de tal forma que las esferas no se sumerjan totalmente ni

sufran falta de adherencia por un incorrecto secado superficial de la pintura. Además se

deberán dispersar uniformemente en toda la superficie de la marca. Si fuese necesario para la

obtención inmediata de la reflectancia adecuada, se deberá incrementar la cantidad a sembrar

mínima por m2 especificada.

Si las esferas a sembrar están húmedas o fluyen con dificultad, la inspección podrá exigir su

reemplazo.

d)- Para la doble línea amarilla o blanca, divisoria de calzada, es de fundamental importancia

mantener la alineación de la demarcación de modo que el final de cada tramo deberá estar

perfectamente alineado con el comienzo del siguiente al cruzar la intersección.

La doble línea amarilla deberá terminar en una línea de pare.

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Sección VI. Requisitos de las obras 118

Cuando por razones de diseño se deben pintar ejes transpasables, estos serán intermitentes y

observarán el mismo módulo descrito para las líneas de carril de 0,375.

En el caso de carriles reversibles se marcarán el doble eje y las líneas de carril, en amarillo en

forma intermitente según el módulo indicado. Las líneas del doble eje podrán ser de 0,20 m.

de ancho, las de carril serán de 0,10 m.

e)- El marcado de las sendas peatonales en la arteria principal se realizará antes que en las

transversales.

f)- Diseño de las sendas peatonales:

Se utilizarán sendas peatonales denominadas "cebradas" donde los volúmenes peatonales

sean importantes, donde existan "bolsones de acumulación de tránsito" que superen los 10 m.

recomendándose especialmente bajo las siguientes condiciones:

En intersecciones y/o cruces peatonales donde no exista señalización luminosa. Los cruces

peatonales en las proximidades del acceso a establecimientos educacionales, industrias, zonas

de trasbordo de transporte público o adyacente a área peatonales deberán pintarse cebradas.

Donde al volumen de tránsito peatonal sea bajo, podrá utilizarse el diseño de líneas llenas (de

0,30 m. de ancho cada una) para delimitar el área de tránsito peatonal que atraviesa la calle,

como así también el método denominado "de pancitos" o punteado.

g)- Las franjas peatonales (cebrado) o los extremos virtuales de ellas (pancitos) deberán estar

alineado paralelamente al cordón de la arteria que se está demarcando.

h)- La línea de frenado deberá ser paralela a la alineación que se le de a la senda peatonal,

salvo expresa indicación en contrario.

i) Las líneas de carril deberán ser paralelas en el tramo comprendido entre dos sendas

peatonales.

Su módulo de intermitencia será de 0,375, observándose las siguientes relaciones de longitud:

VIAS SEGMENTOS

LLENO VACIO TOTAL

Calles y Avenidas 1,00 m 1,65 m 2,65 m

Rutas 3,00 m 5,00 m 8,00 m

Autopistas 4,50 m 7,50 m 12,00 m

j)- Los finales y comienzos de carriles deberán mantener su alineación aún en los casos de

transiciones en el ancho del pavimento.

k)- Las líneas punteadas deberán comenzar, siguiendo la dirección del tránsito, a partir de la

senda peatonal, dejando un espacio no menor de 1,65 m. (o al de la longitud que corresponda

al segmento de vacío cuando este sea superior al indicado), no pudiéndose variar la relación

lleno/vacío según el módulo establecido de 0,375.

l)- La geometría de las líneas de carril será tal que los bastones queden alineados

transversalmente entre si.

m)- La demarcación de líneas de borde se hará con una línea continua de 0,10 m. de ancho,

esta se interrumpirá en las intersecciones, o accesos indicados por la Inspección.

*Inspección:

Las operaciones que se llevarán a cabo para el control de calidad de aplicación son las

siguientes:

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Sección VI. Requisitos de las obras 119

1)- Se constatará si el color del material listo para su instalación (blanco y amarillo) es

similar al de la muestra tipo conforme a lo estipulado en las NORMAS IRAM 1221/92

(pintura reflectante de aplicación en frío) NORMAS IRAM 1211 y 1212/71 y/o la última

NORMA IRAM aprobada (pintura reflectante de aplicación en caliente) que anula las

anteriores, y los métodos de ensayo especificados en las mismas y se verificará el estado de

conservación de las esferas.

2)- Se tomarán las muestras de la pintura y esferas de vidrio desde el recipiente donde serán

aplicados.

3)- Se verificará el correcto funcionamiento del equipo de limpieza, y que la zona a demarcar

quede limpia de polvo, grasitud y humedad.

4)- Durante la aplicación de los materiales se controlará el ancho, espesor y buena

terminación de las marcas.

5)- Se verificará el sembrado de las esferas según visibilidad diurna y nocturna de la siguiente

forma:

Observación Directa

Verificación Diurna: El Inspector se colocará de espaldas al sol y haciendo coincidir la visual

con la trayectoria de los rayos incidentes deberá observarse que la distribución de las

microesferas de vidrio sea uniforme en toda la superficie del material aplicado. Respecto al

grado de inmersión de las esferas, podrá constatarse haciendo uso de una lente de 20

aumentos en diversas zonas del material aplicado.

Método Instrumental: Mediante el uso de aparatos, tales como el "Reflectómetro". Este

método permite una evaluación exacta del nivel de servicio de reflectividad (visibilidad

nocturna) ofrecido por la demarcación.

Y que deberá cumplir con los valores fijados en la Especificación Particular para cada tipo de

pintura.

*Criterios de rechazo de trabajos realizados:

Será rechazado, debiendo ser ejecutado nuevamente por cuenta exclusiva del Contratista, el

tramo donde existan las siguientes anomalías:

a)- Cuando en los ensayos de las muestras recogidas de materiales surgieran resultados que

estuviesen fuera del rango de tolerancias indicadas en la Norma IRAM 1221/92.

b)- En general, en los tramos donde se hubiesen encontrado incumplimiento de los requisitos

de calidad de los trabajos, bajo las condiciones de Inspección descriptas más arriba.

*Registro Generales de Mediciones:

Las obras ejecutadas de conformidad se medirán y asentarán en el Libro de Medición en la

fecha en que lleven a cabo, debiendo constar la conformidad del Contratista o del Profesional

Responsable de lo manifestado en dicha acta y computo.

Dicha medición deberá estar adecuadamente identificada en cuanto a la ubicación del

tramo computado.

Conservación de la Obra durante el plazo de Garantía:

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Sección VI. Requisitos de las obras 120

Durante el plazo de garantía, la Inspección llevará a cabo un control del estado de la obra

realizada en forma periódica, conjuntamente con el Profesional Responsable o el

Representante Técnico.

A resultas del mismo, se consignará los resultados de la evaluación en un acta que será

firmada por ambos.

En caso de superarse estos límites, el Contratista reparará dentro de los 30 días de la fecha

de inspección periódica y a su cargo, toda parte de la obra que se haya considerado

defectuosa, dejándola en las condiciones iniciales.

DEMARCACION HORIZONTAL CON MATERIAL TERMOPLASTICO

REFLECTANTE DE APLICACIÓN EN CALIENTE POR PULVERIZACION

1.- ALCANCE

Esta Especificación alcanza a la ejecución de franjas demarcatorias constituidas por carriles

de circulación, líneas divisorias de calzada, líneas de borde, etc. Mediante la aplicación de

material termoplástico reflectante, en el ancho, espesor, cantidad y color especificado y

terminado con un ―sembrado‖ de microesferas de vidrio de las características y calidad

especificadas.

Los trabajos se ejecutarán en un todo de acuerdo a estas Especificaciones, a las órdenes dadas

por la Inspección de la Obra y a las Normas Generales de la Geometría, Replanteo y

Seguridad para el Desarrollo de Obras de Señalización.

2.- CARACTERISTICAS TECNICAS

2.1- Materiales

Serán provistos por el Contratista quien será el responsable de la calidad de los mismos.

La cantidad a proveer será la necesaria para ejecutar la demarcación prevista. Las mismas

deberán cumplir con las siguientes condiciones:

2.1.1- Material termoplástico

Deberá cumplir con Norma IRAM 1211 y 1212 Edición Diciembre de 1971. Un ejemplar de

dicha Norma acompaña esta Especificación, encontrándose próxima a su publicación la

Edición Actualizada de dichas Normas al año 1994 por IRAM, su aparición por si implicará

su puesta en vigencia, anulándose la validez de las Normas IRAM de ediciones anteriores a

1994.

2.1.2- Microesferas de vidrio

Las microesferas de vidrio deberán ser adicionadas en dos etapas:

Incorporadas a la pintura antes de su aplicación (Tipo PREMIX) a razón mínima de 200

gramos/kg. De material termoplástico.

Sembradas por aspersión inmediatamente después de aplicada la pintura (Tipo DROP-ON) a

razón mínima de 400 gramos/m2.

Las microesferas deberán cumplir los siguientes requisitos:

REQUISITOS UNID MINIMO MAXIMO METODOS DE

ENSAYO

Granulometría de las esferas a

incorporar

pasaje por:

TAMIZ IRAM 180 (Nº 80)

TAMIZ IRAM 105 (N° 140)

TAMIZ IRAM 62 (N° 230)

%

%

%

90

10

0

100

55

10

IRAM 1221

IRAM 1221

IRAM1221

Índice de refracción - 1,5 - IRAM 1212

Esferas perfectas

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Sección VI. Requisitos de las obras 121

Granulometría de las esferas a

sembrar,

pasaje por:

TAMIZ IRAM 590 (N° 30)

TAMIZ IRAM 180 (N° 80)

%

%

90

0

100

10

IRAM 1221

IRAM 1221

2.1.3 – Presentación de Muestras:

Los oferentes deberán presentar hasta un día antes de la fecha de apertura de la Licitación, en

el Laboratorio Central del Consejo Provincial de Vialidad, muestras de los materiales a

emplear. Se conformarán los respectivos remito o notas de entrega, (siempre que se cumpla el

plazo más arriba estipulado), y dicho comprobante los oferentes deberán adjuntar en su

propuesta. (Sobre N° 1)

Muestras a presentar:

- 4 Kg. de material termoplástico para demarcación de pavimento de color blanco con

microesferas incorporadas.

- 4 Kg. de material termoplástico para demarcación de pavimento color amarillo con

microesferas incorporadas.

- 3 Kg. de microesferas de vidrio para sembrar.

- 1 Litro de material imprimador.

De registrarse diferencias entre las muestras presentadas y los materiales a emplear se

procederá automáticamente al rechazo de las partidas con las penalidades correspondientes.

Los oferentes deberán adjuntar en su oferta los resultados de los ensayos establecidos en

Normas IRAM 1221/92 avalados por alguna entidad o institución oficial como ser IRAM,

CIDEPINT (Centro de Investigaciones de pinturas del LEMIT) o INTI (Instituto Nacional de

Tecnología Industrial).

2.1.4 – Toma de muestras para ensayo:

Al iniciar los trabajos, la Inspección de la Obra, deberá proceder a la extracción de las

muestras del material termoplástico y de las esferas de vidrio a sembrar en las cantidades que

considere necesario, tomando como mínimo una muestra cada 200 m2 de demarcación.

2.2 – CARACTERISTICAS DE LOS EQUIPOS

El Contratista deberá utilizar máquinas especialmente construidas, en cantidad suficiente para

realizar la obra en el período establecido, respondiendo las mismas como mínimo a los

siguientes requerimientos:

2.2.1 – Equipo para limpieza y barrido:

Podrá ser manual o mecánico. En cualquier caso deberá garantizar una superficie del

pavimento libre de suciedad o polvo. Deberá disponerse de un sistema de soplado de acción

posterior al cepillo. Dicho sistema de soplado podrá estar incorporado al equipo aplicador.

2.2.2 – Equipo de aplicación:

Distribuidor de Imprimación: el dispositivo de riego tendrá boquillas de funcionamiento a

presión neumática o hidráulica que permita mantener el ancho uniforme de la franja regada y

el control de la cantidad de material regado y estará incluido en el regador de pintura.

Aplicador de material termoplástico y esferas reflectantes: Será autopropulsado, estarán

reunidos en él todos los mecanismos operativos, como compresor de aire, sistema presurizado

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Sección VI. Requisitos de las obras 122

de imprimador y de material termoplástico, tuberías, boquillas de riego, tanque y boquillas

para el sembrado de microesferas a presión, etc.

La unidad será apta para pintar franjas amarillas simples o dobles en forma simultánea, y/o

blancas de trazos continuos o alternados, dispondrá de conjuntos de boquillas de riego

adecuadas a tales efectos.

Las boquillas de riego del material de imprimación y el termoplástico reflectante pulverizarán

los mismos mediante la adición de aire comprimido y la boquilla de distribución de las

esferas de vidrio, también funcionará mediante aire comprimido, para proyectar las mismas

con energía sobre el material termoplástico con el fin de lograr su máxima adherencia sobre

aquel.

3- EJECUCION DE OBRAS

3.1 – Replanteo

Deberá aplicarse lo establecido Normas Generales de la Geometría, Replanteo y Seguridad

para el desarrollo de Obras de Señalización.

3.2 –Preparación de la superficie

La superficie sobre la cual se efectuará la demarcación será raspada, cepillada, soplada y

secada a efectos de lograr la eliminación de toda materia extraña a la calzada.

La inspección controlará que este trabajo se ejecute en forma prolija, no autorizando la

colocación del material en las zonas preparadas que considere deficientes.

3.3 – Ejecución de señalización

3.3.1 – Condiciones ambientales

La pintura debe ser aplicada con temperaturas ambientes comprendidas entre 5ºC y 45ºC.

3.3.2 – Espesor

El espesor del material después de la aplicación, debe ser como mínimo de 1,5 mm no

pudiendo resultar menor a 1,2 mm.

3.3.3 – Aplicación

Las marcas deben ser aplicadas en lugares y con las dimensiones y espacios indicados en

proyectos.

La pintura debe ser aplicada de tal forma que no sea necesaria una nueva aplicación para

atender al espesor al espesor especificado.

Riego del material de imprimación: se efectuará inmediatamente después de la limpieza, se

empleará material imprimador adecuado, que permita aplicar el termoplástico reflectante

inmediatamente después de alcanzadas las condiciones adecuadas (secado y limpieza).

La franja de imprimación tendrá un mayor ancho de cinco centímetros (5 cm) que la del

termoplástico, excedente que quedará repartido en ambos lados por partes iguales.

Para el caso de utilizar materiales termoplásticos que produzcan una comprobada adherencia

con el pavimento, podrá suprimirse el empleo del riego imprimador.

Aplicación del material termoplástico reflectante: se aplicará en caliente, a la temperatura

y presión adecuada para lograr su pulverización (por sistema neumático) con el fin de obtener

buena uniformidad en la distribución y las dimensiones (espesor y ancho de las franjas), que

se indiquen en los pliegos.

El ancho de las franjas no presentará variaciones superiores al 5 % en más ó en menos y si las

hubiera en el porcentaje indicado, estas no se manifestarán en forma de escalones a simple

vista. Cuando se pinten dobles franjas en el eje de la calzada las mismas mantendrán el

paralelismo, admitiéndose desplazamientos que no excedan de 0,01 m cada 100 m. La

variación del paralelismo dentro de los límites indicados no será brusco a fin de que no se

noten a simple vista.

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Sección VI. Requisitos de las obras 123

El paralelismo entre las líneas centrales y bordes de calzadas demarcatorias de carriles, no

tendrá diferencias en más o menos, superiores al 5 % del semiancho de la calzada por

kilómetro.

En virtud de las variaciones que suelen producirse en los anchos de los pavimentos, previo a

la determinación de cada uno de los carriles, se efectuarán mediciones con la suficiente

frecuencia para fijar la medida más conveniente, a fin de evitar cambios de alineación

considerables, o la posibilidad que las líneas laterales, queden muy al borde la calzada.

Entre el borde exterior de la línea central y el borde del pavimento, la distancia promedio

deberá ser de 0,10 m no resultando nunca inferior a 0,05 m. La franja no presentará

ondulaciones ni cualquier otra anormalidad proveniente de la aplicación del material.

3.3.4 – Distribución de esferas de vidrio

Se distribuirán sobre la pintura recién aplicada y antes de su endurecimiento a los efectos de

lograr la adherencia en aquella.

La distribución deberá resultar uniforme de modo que la superficie de la franja quede cubierta

en toda su longitud. La aplicación se hará a presión, proyectándolas directamente sobre la

franja pintada mediante un sistema que permita retener como mínimo el 90 % de las esferas

arrojadas.

3.3.5 – Retrorreflectorización

La Retrorreflectorización inicial de la señalización es producida por la aplicación de

microesferas de vidrio tipo DROP-ON. La retrorreflectancia inicial mínima de la señalización

deberá ser de 220 microcandelas/lux por m2.

3.3.6 – Protección

El material aplicado deberá ser protegido, durante el tiempo de secado, de todo tráfico de

vehículos así como de peatones. El Contratista será directamente responsable y debe colocar

señales de aviso adecuados.

4 – CONTROL DE CALIDAD DE SERVICIOS

4.1 – Espesor de la película

4.1.1 – El espesor de la película debe ser medido a través de la masa de material aplicada

sobre un área conocida o con un calibre sobre una chapa perfectamente lisa de 0,20 m x 0,40

m. Las medidas deben ser realizadas sin adición de microesferas de vidrio tipo II.

4.1.2. Para cada 200 m2 de área demarcada o en cada jornada de aplicación, podrá ser

retirada, como mínimo, una muestra para verificación de espesor de la película aplicada.

4.1.3. Deberán ser realizadas en mínimo diez medidas de espesor en cada muestra y el

resultado deberá ser expresado por la media de las medidas.

4.1.4 Las muestras deberán atender a lo especificado en 3.3.2.

4.2. Medida de Retrorreflectorización

4.2.1. La medición de la reflectancia se efectuará sobre sectores de pavimentos planos, de

textura rugosa y perfectamente limpia debiéndose prever el lavado previo con agua con

frotamiento suave para no agredir la faja.

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Sección VI. Requisitos de las obras 124

4.2.2. Deberán ser realizadas tres medidas como mínimo en cada punto y el resultado

deberá ser expresado por la media de las medidas. Se harán mediciones cada 3 Km. Como

mínimo en cada faja.

4.2.3. Las muestras deberán atender a lo especificado en 3.3.2.

4.3. Aceptación o rechazo

Previo a la Recepción provisional de los trabajos, cada sección que no cumpla con los

requisitos constructivos exigidos en este Pliego de Especificaciones será rechazada, debiendo

ser la misma nuevamente demarcada por cuenta exclusiva del Contratista. Se establecerá

como fecha de terminación de la obra, a los efectos de la aplicación de lo establecido en el

periodo de garantía, la correspondiente a la terminación de las partes rehechas, es decir

cuando la demarcación se encuentra en condiciones de recepción.

5. GARANTIA DE LOS TRABAJOS La garantía de los trabajos se establece en función del tránsito y del estado del pavimento sobre el cual se aplica

la señalización.

El tránsito se identifica a través del Tránsito Medio Diario Anual (TMDA).

El estado del pavimento se evalúa a partir de la determinación de la macrotextura mediante el ensayo de altura

de arena verdadera (Norma Francesa NF-P-98-216-1) cuya copia traducida se encuentra en la Dirección

principal de Estudios y Proyectos.

Los parámetros de comportamiento que se exigen para el establecimiento de la garantía de las fajas de

señalización son los siguientes: Retrorreflexión y desgaste superficial.

La Retrorreflexión se mide según lo especificado en 4.2.

Exigencias a lo largo del período de garantía para fajas de bordes y/o eje:

Inicial 220 Mc./lux m2 Final 130 Mc./lux m2

Vida Útil 12 meses

El Contratista se compromete a reponer a su exclusivo cargo los trabajos que no cumplieran con las exigencias

precedentes.

El periodo de garantía se computa a partir de la fecha de habilitación al tránsito o sea desde su fecha de

ejecución.

Cumplido el período de garantía y previa verificación de no haberse superado las exigencias especificadas, se

procederá a la recepción definitiva.

6. PENALIDADES

Para el caso de incumplimiento de las condiciones estipuladas en este Pliego, que a juicio exclusivo del Consejo

Provincial de Vialidad no haga necesaria la reconstrucción del trabajo ejecutado, se impondrán los siguientes

descuentos, expresados en porcentajes del precio unitario contractual. Estos descuentos se efectuarán en la

certificación de los trabajos donde los resultados de laboratorio y medición correspondiente acusen deficiencias

y no cumplan con lo establecido en este pliego.

DCT CUANDO: UNIDAD MAXIMO MINIMO

10 % Contenido de esferas de vidrio

Esferas perfectas

Espesor de la franja

Ancho de la faja

gr./Kg.

%

mm

cm

200

70

1,5

10

170

50

1,4

9

20 % Contenido de esferas de vidrio

Ancho de la faja

Espesor de la faja

Incumplimiento de la Granulometría de las esferas de vidrio

incorporadas y sembradas dentro del 10 % de deficiencias con

respecto a lo especificado.

Gr./Kg.

Cm

mm

170

9

1,4

150

8

1,3

25 % Contenido de esferas de vidrio

Espesor de la faja

Incumplimiento de la Granulometría de las esferas de vidrio

incorporadas y sembradas en un porcentaje mayor del 10 % de

deficiencias con respecto a lo especificado.

Gr./kg.

mm

150

1,3

120

1,2

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Sección VI. Requisitos de las obras 125

El Consejo Provincial de Vialidad aplicará este descuento, cuando considere que los márgenes de diferencias

puedan ser admisibles, caso contrario dispondrá la reconstrucción de los sectores demarcados con el material

observado.

7.- MEDICION

La señalización horizontal se medirá en metros cuadrados de demarcación ejecutada y aprobada por la

inspección en los anchos y espesores especificados.

No se medirán los sobreanchos o diferencias en largo respecto de los planos de proyecto.

En caso en que las longitudes señalizadas sean menores a las especificadas, se medirá la demarcación realizada

8 - FORMA DE PAGO

La señalización horizontal aprobada y medida, será certificada y pagada al precio unitario de

contrato para el ítem ―DEMARCACION HORIZONTAL CON MATERIAL

TERMOPLASTICO REFLECTANTE DE APLICACIÓN EN CALIENTE‖. Este precio será

compensación total por la provisión, transporte, acopio, carga y descarga, aplicación del

material, limpieza del pavimento receptor del material, provisión y sembrado de las esferas de

vidrio, medidas de seguridad y toda otra operación o insumo necesario para dejar la calzada

demarcada en la forma especificada, como así también los costos de conservación necesarios

hasta la recepción definitiva.

ARTÍCULO 17 – BARANDA DE MAMPOSTERÍA Y CAÑOS

DESCRIPCION

En el paseo costanero como protección peatonal se realizará todo un trayecto de barandas con

pilares de mampostería de ladrillos comunes de 0,40x0,40m y terminación pintura de

siliconada, el núcleo de los pilares se hormigonará colocando una armadura de 4Ø8 y estribos

Ø4.2 c/15cm, como travesaños se colocarán caños de hierro negro de Ø 4" y 3.2mm de

espesor, soldados a planchuelas insertas en los pilares, cada 2m se colocarán planchuelas

como parantes refuerzos de 8cm x 0,635cm (3‖1/8‖x1/4‖) de espesor. Todo el conjunto se

terminará con dos manos de antióxido y dos manos de esmalte sintético color de acuerdo a lo

indicado por la Supervisión. La distancia promedio entre eje de pilares será de 6,40m

debiendo modularse dichas separaciones en cambios de dirección. Como base de fijación de

la baranda y protección de los solados se realizará siguiendo el trazado de la baranda una viga

de HºAº a modo de cordón de 0,20x0,20m con 4Ø8 y estribos Ø 4.2 c/20cm, bajo cada pilar

se hormigonará un pilotan de HºAº de Ø 0,20m x 1,20m de profundidad con 1 Ø 10 en

gancho.

En el sector de recuperación de la costanera, en las zonas donde existen barandas sobre las

defensas de hormigón, éstas consisten en pilares de HºAº y travesaños de hormigón; en esta

situación, se mantendrán los pilares realizando la carcaza con mampostería y se reemplazarán

los travesaños existentes por los descriptos en el párrafo anterior.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

La medición será por metro lineal de baranda termina, y se pagara al precio estipulado para el

ítem ―Baranda de Mampostería y Caños‖

ARTÍCULO 18 – ILUMINACION

MANO OBRA

COLOCACION DE COLUMNAS

a) Bases de fundación

Las bases de fundación serán del tipo prefabricadas ―in situ‖, utilizando moldes

desmontables, perfectamente construidos y conservados para obtener superficies lisas

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Sección VI. Requisitos de las obras 126

y líneas de unión mínimas.- Se dispondrán las ―escotaduras‖ respectivas para la

entrada de los conductores subterráneos.

b) Bases especiales

Se construirán cuando la resistencia del suelo o la presencia de otras instalaciones,

previstas o no, o el declive del terreno por presencia de zanjones o terraplenes impidan

o dificulten la construcción de bases normales estipuladas en este Pliego.

En ese caso el Contratista deberá construir bases especiales teniendo en cuenta:

1) En caso de reducir la longitud del empotramiento deberá aumentar el

diámetro, de forma tal que no supere el momento de vuelco.

2) En caso que la superficie superior de la base quede por debajo del nivel del

pavimento, se deberá prolongar la misma (sin reducir la longitud de

empotramiento de la base) en una altura equivalente al desnivel.

El Contratista será el único responsable por la estabilidad, verticalidad, alineación y

aplomo de la columna, no pudiendo solicitar ampliación del plazo ni reclamar mayor

costo por la construcción de este tipo de bases o por deterioros a ―cañerías‖ de otros

Entes, cuya reparación quedará bajo su exclusivo cargo.

c) Excavación para bases de columnas

Las excavaciones para la construcción de las bases de las columnas serán replanteadas

y ubicadas en cada caso, de común acuerdo entre el Contratista, la Supervisión de

Obra y personal técnico especializado en la materia de la Repartición.

Si aparecieran obstáculos imprevistos, el Contratista deberá ponerlo en conocimiento

de la Supervisión de Obra y respetar las instrucciones que se le impartan para

solucionar el inconveniente.

d) Fraguado de bases

La colocación de las columnas será permitida luego de transcurridos siete (7) días

como mínimo desde el hormigonado de las bases.

e) Materiales para construcción de bases

Arena: Será limpia, no contendrá sales, sustancias orgánicas ni arcilla.

Cemento: Se los proveerá en envases cerrados, con sellos de procedencia y marca

reconocida de primera calidad. Cumplirá con las normas IRAM 1504 y 1619.

Agregado grueso para hormigones: Estará constituido por canto rodado o piedra

partida proveniente de piedras silíceas, granito o balastro.

La resistencia a la compresión media deberá ser de 230 kg/cm2 como mínimo y la

resistencia característica a la compresión a los veintiocho (28) días, será igual o mayor

a 170 g/cm2. La relación agua-cemento, en peso, podrá variar entre 0,5 y 0,6.

El asentamiento podrá variar entre 0,05 m y 0,10 m.

La cantidad de cemento no será inferior a 300 kg/m3 ni superior a 400 kg/m3.

El dosaje a utilizar será 1:3:3 (cemento-arena gruesa-canto rodado).

f) Izaje de columnas

El izaje de columnas se efectuará con las precauciones necesarias para evitar el

deterioro de la pintura. Para ello se cuidará de colocar bandas de goma en los lugares

en que se sujetará la columna para efectuar su izado.

g) Fijación de columnas

Las columnas serán colocadas teniendo en cuenta, asimismo, la contra flecha la que

será igual al uno por ciento (1%) de la altura total de la columna.

h) Pintura y numeración de las columnas

Una vez terminados la totalidad de los trabajos de instalación se aplicará la última

mano de pintura del tipo epóxica y de color blanco puro IRAM RAL 9010, efectuando

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Sección VI. Requisitos de las obras 127

previamente retoques de la pintura anticorrosiva (convertidor de óxido) donde

correspondiere.

La aplicación de la pintura no se efectuará cuando por el estado del tiempo, las

condiciones atmosféricas pudieran hacer peligrar su bondad o resultado final. Se

deberán tomar las debidas precauciones para evitar deterioros por efectos de la lluvia

o del polvo durante el trabajo.

A posteriori se efectuará la numeración de las mismas indicando además número de

circuito y fase según planos de proyecto, caso contrario será determinado por la

Supervisión de Obra. Se efectuará con plantilla y esmalte sintético.

i) Distancia de la columna al borde de la calzada

Las columnas estarán ubicadas a una distancia mínima de 3,00 m respecto al borde de

la calzada. Cuando exista defensa protectora (guard-rail) a una distancia menor a la

indicada, podrán estar ubicadas detrás de la defensa, respetando una distancia mínima

de 1,00 m a fin de permitir la deflexión de la baranda.

En los casos donde exista cordón las columnas deberán respetar una distancia mínima

de 0,50 m desde el extremo del mismo.

El personal técnico de la Repartición, especializado en la materia, estará facultado a

ajustar la ubicación de las columnas en el momento de realizar el replanteo de los

trabajos, en función de las características del tramo a iluminar, el que dará la

autorización por escrito para efectuar las perforaciones de empotramiento.

COLOCACION DE ARTEFACTOS

Una vez instaladas las columnas, se procederá a la colocación de los artefactos, los que

deberán estar fijados firmemente al extremo del pescante o acople. Su instalación se efectuará

respetando la alineación respecto a los demás artefactos.

Si no se conservara la alineación y verticalidad de las columnas una vez instalados los

artefactos, se procederá a una nueva alineación y aplomado de las mismas.

CRUCE SUBTERRÁNEO

El Contratista efectuará los cruces de calzada indicados en los planos y en los lugares que se

consideren necesarios e imprescindibles. Los mismos se realizarán a cielo abierto y se tendrá

en cuenta la menor longitud de recorrido.

Los caños camisa serán de policloruro de vinilo rígido PVC tipo reforzado de un diámetro de

110 mm y con un espesor de pared de 3,2 mm, debiéndose instalar en calidad de reserva,

similar cantidad de caños a los empleados para el pasaje de los conductores.

La instalación de los caños camisa será adecuada considerando una tapada mínima de 1,00 m

respecto al punto de menor cota del nivel de calzada o de la cota de fondo de los desagües

existentes (conductos, cunetas, etc.).

La longitud de los caños camisa será tal que deberá sobresalir como mínimo 3,00m de cada

lado del borde de la calzada. Esta distancia podrá ser menor en el caso de que las columnas

estén ubicadas a una menor separación del respectivo borde.

En toda la longitud del caño se dejará instalado en su interior un cordel de plástico de un

diámetro mínimo de 6 mm para su posterior utilización en el tendido del conductor y ambos

extremos del caño se llenarán con mezcla de cal pobre.

El Contratista está obligado a notificar a la Supervisión de Obra, respecto al comienzo,

desarrollo y finalización de los trabajos.

EXCAVACION DE ZANJAS PARA EL TENDIDO DE CONDUCTORES

Las excavaciones serán efectuadas a cielo abierto. Las mismas tendrán una profundidad de

1,00 m y de un ancho mínimo de 0,30 m y variable según sean ejecutadas con equipo de

zanjeo o en forma manual.

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Sección VI. Requisitos de las obras 128

Una vez iniciadas las excavaciones, las mismas deberán mantenerse cubiertas con tablones o

rejas de madera, de dimensiones y rigidez adecuadas, o bien por medio de empalizadas de

madera o de tejido, en todo su perímetro y de una altura mínima de 1,50 m, durante todo el

tiempo que no se trabaje en las mismas y sin excepción en horas de la noche.

El Contratista deberá disponer de cajones o bolsas en toda la longitud de la excavación para el

encajonamiento de la tierra y escombros que se extraigan.

El Contratista efectuará por su cuenta el retiro de la tierra y los escombros sobrantes,

debiendo entregar el terreno totalmente limpio y en la misma forma que se encontraba antes

de las excavaciones.

Esta operación será realizada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores a que se

efectuara el relleno de la zanja, debiendo contar con los medios necesarios para tal fin.

En las zonas de vereda, efectuará un contrapiso de cascote y cal, de un espesor mínimo de

0,15 m, previo a la reposición de las baldosas.

En los lugares en que existan losas, contrapisos de hormigón y/o cañerías de cualquier tipo,

que resultaren deterioradas como producto de la excavación, serán restituidos por el

Contratista al estado inicial.

Se repondrán canteros, plantas, césped y se dejará perfectamente en condiciones, apisonado y

nivelado el terreno circundante a las excavaciones.

TENDIDO DE CONDUCTORES

Previo al tendido de los conductores, el Contratista solicitará la respectiva autorización a la

Supervisión de Obra la cual verificará el ancho y profundidad de la zanja.

Autorizado el tendido, con presencia de personal de la Supervisión de Obra, el Contratista

dará comienzo a las tareas. En los cruces de calzada, o donde sea necesario, el Constructor irá

colocando los caños de PVC de un diámetro de 110 mm y de un espesor de pared de 3,2 mm

en el fondo de la zanja, sobre una cama de arena de 0,10 m de espesor, perfectamente

alineados, en posición horizontal, sin solución de continuidad y enchufables, entre cada

acometida de conductores.

Con la previa autorización de la Supervisión de Obra, se realizará una protección mecánica de

los caños instalados, efectuando la colocación de una hilera de ladrillos enteros dispuesta

longitudinalmente al eje de la zanja, la que irá asentada sobre una nueva cama de arena de

0,10 m de espesor.

A posteriori se colocarán los conductores, por el interior de los caños de PVC, no

admitiéndose empalmes de los mismos en los tramos entre columnas, como asimismo y de

igual forma los que salen del gabinete de comando. Los empalmes, únicamente, se podrán

realizar en los tableros, cajas de derivación y artefactos. En cada acometida se dejara un rulo

de 1,00 m de longitud. El deterioro circunstancial del conductor obligará al Contratista a

remover totalmente el tramo en que se produjo y su reemplazo por uno nuevo.

En el caso de que el Contratista proceda a efectuar el cierre de las zanjas donde se encuentren

enterrados los conductores sin contar con la respectiva autorización, la Supervisión de Obra

procederá a ordenar la apertura de las mismas para inspeccionar debidamente los trabajos,

siendo los gastos que esto origine por cuenta del Contratista, aún cuando no se comprobaren

vicios ocultos.

TOMAS DE ENERGIA

La ubicación de las tomas de energía de la presente obra, deberá ser confirmada y verificada

por el Contratista ante la Empresa prestadora de la energía eléctrica.

Los trámites que sean necesarios efectuar, como así también los gastos en concepto de

presentación de solicitud, tramitación, aprobación, derechos, tasas, impuestos, conexión

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Sección VI. Requisitos de las obras 129

eléctrica y todo otro que fije el proveedor del fluido eléctrico estarán y serán a cargo del

Contratista.

No se podrán instalar conductores de líneas de alimentación a gabinetes desde el punto de

toma de energía, en la misma zanja y en conjunto con los cables de distribución de energía

entre columnas.

En los casos de bajadas desde los transformadores aéreos ubicados sobre postes o sobre

plataformas, los conductores estarán protegidos en su recorrido con un caño camisa de HºGº

de un diámetro de 2‖ hasta el nivel del terreno natural.

MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS

El Contratista deberá proveer y/o entregar toda la mano de obra, materiales, herramientas;

plantel, equipos, incluido grúa para izaje de columnas y colocación de artefactos, necesarios

para la ejecución de los presentes trabajos.

Todos los equipos, instrumentos, herramientas, deberán estar en perfectas condiciones de uso

para la obra a realizar y deberán contar con reposición automática en caso de algún

desperfecto, para la inmediata continuación de las tareas. No se reconocerá pago alguno por

demora en la realización de los trabajos por la falta de algún equipo, instrumento y/o

herramienta, en condiciones de ser utilizados.

MATERIALES

COLUMNAS TUBULARES

Serán de acero SAE 1010/1020 IRAM 2619/2620/2591/2592 construidas con tubos nuevos

de una sola pieza, de un diámetro mínimo en la base de 168 mm y en el brazo de 89 mm, con

un radio de 800 mm. El límite de fluencia mínimo será de 30 kg/mm2 y la carga de rotura

mínima de 45 kg/mm2.

El escalonado entre los distintos diámetros habrá de hacerse con una curva de transición, por

medio del sistema de abocardado en frío, el que tendrá una longitud mínima de 150 mm no

admitiéndose otro tipo de unión, debiendo ser la resistencia de conjunto la exigida.

El espesor mínimo del tubo será de 4,85 mm en cualquier lugar de su longitud en que se lo

mida y tendrá perforaciones y aberturas para pasaje de cables y alojamiento de tablero.

La flecha admisible en la dirección más desfavorable con una carga en el extremo del

pescante de 30 kg no excederá del 1% de la longitud desarrollada en la parte exterior del

empotramiento. El ensayo de flecha se realizará estando la columna en forma vertical,

empotrada en una longitud mínima al 10% de la altura libre de la misma y suspendiendo en

su extremo un peso de 30 kg. Como altura libre de columna se considerará a la distancia

existente desde la cota de nivel del eje de calzada hasta su extremo superior.

Las columnas poseerán una ventana para la colocación de un tablero de derivación y de

conexionado, la que tendrá una dimensión mínima de 101 mm x 170 mm para las columnas

de un diámetro de 168 mm o mayor y de 80 mm x 150 mm para las columnas de un diámetro

de 140 mm. La tapa de cierre será metálica de un espesor no menor a 3 mm, la que deberá

contar con un sistema de enganche tal, que una vez extraída quede sujeta a la columna.

Las dimensiones mínimas de las placa base de las columnas serán de 500 mm x 500 mm x 1‖

con pernos de anclaje y placa de fijación de chapa de acero de 1‖ con refuerzo de cartelas de

chapas de acero de 1‖ de espesor, para las columnas de una altura total de 11,00 m o 12,00 m

y de 400 mm x 400 mm x ¾‖ con pernos de anclaje y placa de fijación de chapa de acero de

¾‖ con refuerzo de cartelas de chapas de acero de ¾‖ de espesor, para las columnas de una

altura total menor a las indicadas.

Las columnas serán provistas con su tramo base galvanizado o con protecciónanticorrosiva de

convertidor de óxido, según se indique en cada caso en particular y ser aptas para soportar

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Sección VI. Requisitos de las obras 130

una presión ejercida por el viento de 140 km/h (38,66 m/seg.), mientras la superficie expuesta

efectiva del artefacto no sea superior a 0,28 m2 (en el plano normal a la columna) y a 0,14 m2

(en el plano paralelo a la misma).

El proveedor deberá solicitar por escrito con una anticipación mínima de diez (10) días

hábiles, una inspección en fábrica, a los efectos de verificar la construcción y calidad del

material empleado en la misma. En caso de indicarse el tratamiento del galvanizado, esta

inspección se solicitará previo a la aplicación del mismo, el que se realizará por inmersión en

caliente (debiendo tener un espesor mínimo de sesenta (60) micrones en toda su extensión);

caso contrario se rechazará el material presentado.

El Contratista presentará un certificado emitido por el Proveedor donde deberá constar que el

tubo de acero a emplear es nuevo y no ha sido utilizado en otras obras.

La flecha máxima admitida para la acción del viento sobre la superficie de la columna y el

artefacto proyectado será del 2,5% de la longitud desarrollada en la parte exterior del

empotramiento.

Tolerancias

Serán admitidas las siguientes:

* Sobre el diámetro exterior de los tramos 1,5 %

* Sobre la longitud de los tramos 40 mm

* Sobre la longitud total 50 mm

Ventanas de inspección

Las columnas presentarán dos perforaciones opuestas entre sí, en forma de óvalo, ubicadas a

90º con respecto al eje del brazo. Las mismas estarán destinadas al paso de los conductores.

Las dimensiones mínimas de las ventanas de inspección serán las siguientes:

- Para un diámetro en la base menor o igual a 89 mm 60mm x 120mm

- Para un diámetro en la base menor o igual a 140 mm 80mm x 150mm

- Para un diámetro en la base mayor o igual a 168 mm 101mm x 170mm

La terminación exterior de la columna será efectuada con la aplicación de un esmalte sintético

color blanco puro IRAM RAL 9010, cuyo espesor no será inferior a los ciento cuarenta (140)

micrones, el que sumado al espesor del galvanizado o de la pintura anticorrosiva dará un

espesor total de doscientos (200) micrones.

Además, se presentarán cálculos detallados de las bases de las columnas por el método de

Sulzberger, según el siguiente detalle:

a) Presión ejercida por el viento.

b) Volumen de hormigón.

c) Cargas estabilizantes.

d) Momentos estabilizantes.

e) Coeficientes de compresibilidad.

f) Coeficiente de estabilidad.

El fabricante dispondrá de todos los elementos necesarios, para ejecutar los ensayos de flecha

y de rotura.

ARTEFACTOS

Su diseño será adecuado para funcionar en las mejores condiciones, con lámpara de vapor de

sodio alta presión de la potencia que se indica en el proyecto. Su rendimiento en el hemisferio

inferior no será inferior al sesenta y cinco por ciento (65 %) con lámpara tubular clara de

vapor de sodio alta presión de 250 W.

Serán destinados a montaje sobre columnas con brazo pescante o sobre columnas rectas con

acople. Poseerán un sistema de fijación establecidos en el punto E-6 de las normas IRAM

AADL J 2020.

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Sección VI. Requisitos de las obras 131

El artefacto será de equipo auxiliar incorporado y poseerá una cámara porta-equipo (equipo

auxiliar) con acceso independiente a la óptica. La cámara porta-equipo deberá estar

convenientemente ventilada, no admitiéndose aquéllas que constructivamente sean del tipo

―herméticas‖.

Los artefactos propuestos deberán ser de fabricación nacional y tener como mínimo tres años

de utilización, debidamente comprobables, en obras de iguales características.

- La terminación exterior será con pintura termocontraible en polvo poliéster horneada

de color blanco.

- El grado de hermeticidad del sistema óptico debe ser IP 65.

- El grado de hermeticidad de la cámara porta-equipo debe ser IP 54.

Cuerpo:

El cuerpo será totalmente de aluminio inyectado al silicio y de acuerdo al punto

E-18 de las normas IRAM AADL J 20-20. Se deberá indicar su composición química.

No se admitirán artefactos con cuerpo de poliéster o fibra de vidrio.

El cuerpo contendrá:

a) Una pieza para la fijación de la cubierta de vidrio prensado al boro silicato tulipa).

b) Una bandeja porta-equipo.

Las características de los incisos a) y b) serán tales que permitirán en forma independiente la

apertura y el cierre mediante un sistema de bisagra de manera que la fuerza de a gravedad

tienda a abrirla y no a cerrarla, permitiendo el retiro de éstos sin necesidad de utilizar

herramientas. El sistema de cierre será tal que impida el desprendimiento de estos elementos

por cualquier eventualidad.

Superficie reflectora:

El reflector será independiente del cuerpo del artefacto y del material indicado en los puntos

E-21 y E-22 de las normas IRAM AADL J 20-20. No se admitirán espejos de metales

simplemente pulidos, niquelados, plateados, cromados o de acero inoxidable; ni superficies

difusoras blancas, pintadas o enlozadas. Los espejos deberán ser, indefectiblemente, del tipo

enterizos, no admitiéndose espejos laterales simplemente.

El reflector será de aluminio con una pureza mínima del 95%, estampado, pulido, anodizado

y sellado.

Enfoque:

El artefacto contará con un dispositivo de enfoque, pero en todos los casos se asegurará la

posición correcta de la lámpara respecto al sistema óptico.

El dispositivo será de accionamiento seguro y sencillo, sin movimientos laterales que puedan

modificar indebidamente la distribución luminosa.

Deberá proveerse con índices fijos para verificar la posición a dar al dispositivo para cada

tipo y potencia de lámpara, que puedan colocarse en el artefacto.

Cubierta:

La cubierta de vidrio además de proteger al sistema óptico podrá actuar como difusor. La

cubierta cumplirá con las condiciones indicadas en el punto E-24 de las normas IRAM AADL

J 20-20. La cubierta deberá poder ser retirada para su limpieza o recambio, no pudiendo ser

del tipo fija o del tipo integrante del cuerpo, que impida su reemplazo.

La cubierta o refractor será de vidrio al borosilicato, prismado. La verificación de la

resistencia térmica se efectuará según la norma IRAM AADL J 20-21 (5.20 choque térmico

para cubiertas de vidrio). La cubierta poseerá, indefectiblemente, un aro metálico para su

sostén el que además cumplirá la función de impedir deformaciones en el contacto con la

junta por deformaciones que pudieran producirse a través del tiempo por la acción de rayos

UV.

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Sección VI. Requisitos de las obras 132

No se admitirán artefactos con cubierta de policarbonato, acrílico y/o metacrilato, por ser

degradables.

Juntas:

Entre la cubierta y el cuerpo del artefacto existirá una junta doble, la que deberá ser de goma

silicona, que impida la entrada de polvo, agua o insectos al interior del sistema óptico. Estas

juntas no se deben degradar por la acción del calor de la lámpara, presión de cierre, humedad,

etc. Deberán cumplir con lo indicado en los puntos E-26, E-27 y E-28 de las normas IRAM

AADL J 20-20.

La prueba de estanqueidad será efectuada colocando el artefacto bajo la solicitación de

chorros de agua de lluvia a presión. Cumplirá con las normas IRAM AADL J 20-20 y J 20-

21.

El ensayo de hermeticidad se efectuará colocando el artefacto bajo el sometimiento de una

cámara de polvo.

Portalámparas:

Serán de porcelana para uso eléctrico con rosca tipo GOLIATH E-40, de largo suficiente para

cubrir todo el casquillo metálico de la lámpara una vez roscada ésta.- Conforme a normas

IRAM AADL J 20-20 E 30/31/32/33.

Tendrán conexiones posteriores a mordaza; un sistema de freno que evite el aflojamiento de

las lámparas por efecto de vibraciones y contacto central a pistón sobre resorte de bronce

fosforoso y/o de acero inoxidable.

La totalidad de las partes metálicas serán exclusivamente de cobre o sus aleaciones, inclusive

las que no conducen energía eléctrica. No se admiten partes de hierro tratadas o no. No se

admiten partes de aluminio ni soldaduras de punto.

Los portalámparas deberán soportar una tensión de prueba variable hasta los 3000 V.

Cumplirán con las normas IRAM 2015; 2045 e IRAM AADL J 20-20 E 29 y J 20-28.

Tortillería:

Todas las piezas serán de acero, según normas IRAM 1010, cadmiadas o zincadas, bronce

plateado o cadmiado y acero inoxidable del tipo no magnetizadas.

Puesta a tierra:

El artefacto deberá llevar identificado el tornillo de puesta a tierra según norma IRAM AADL

J 20-20 D 11 y un sujetador del cable de alimentación.

Bornera de conexiones:

En el interior del artefacto se dispondrá una bornera amplia y cómoda para el conexionado,

mediante presión por tornillos de bronce, prohibiéndose el uso de ataduras.

El Contratista solicitará la inspección y aprobación de los artefactos propuestos, debiéndose

verificar y cumplimentar los ensayos mecánicos, eléctricos y fotométricos de las luminarias,

sin cuyo requisito no se podrán enviar los mismos a la obra. Estos ensayos se efectuarán en la

C.I.C., cuyos gastos estarán incluidos en los demás ítems del contrato.

Condiciones fotométricas de los artefactos:

La documentación a presentar deberá estar actualizada, no pudiendo tener una antigüedad

mayor a los seis (6) años a la fecha de la licitación. El oferente deberá presentar los

certificados de los ensayos correspondientes a cada luminaria a utilizar en la obra.

Los ensayos fotométricos que serán exigidos son:

a) Curvas Isolux

b) Curvas Isocandelas

c) Curvas Polares Radiales o de Distribución

d) Curvas de Utilización

Los valores de la intensidad luminosa, se indicarán cada 10º (diez grados) como mínimo, en

el intervalo de 0º (cero grado) a 90º (noventa grados). Los ensayos de los artefactos deberán

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Sección VI. Requisitos de las obras 133

ser realizados en la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires

(C.I.C.), debiendo cumplir de todos modos con las normas IRAM AADL J 20-20 y J 20-21.

Una vez acopiadas las luminarias, se elegirá una de ellas para someterla a todos los ensayos y

verificar que realmente cumple con las curvas presentadas en la propuesta. Todos estos

ensayos se realizarán a costo y cargo del Contratista de la obra en la C.I.C.

Si se obtuvieran diferencias en menos entre los valores certificados por los laboratorios

mencionados y los obtenidos en los ensayos, con una tolerancia del 5 % (cinco por ciento), el

adjudicatario una vez notificado de dicho resultado, deberá proceder al cambio de todos los

artefactos por otros que cumplan con las curvas propuestas, sin que ello signifique mayor

costo o ampliación de plazo alguno.

Todos los ensayos y cálculos se referirán a la tensión nominal de 220 Volts, para la luminaria

que se ofrezca.

El artefacto deberá cumplir con todos los requisitos anteriores, además de ser del tipo cut-off

o semi cut-off para la prevención al deslumbramiento, de acuerdo a lo estipulado en las

normas CIE para el alumbrado de rutas.

Los elementos pintados deberán soportar un ensayo de envejecimiento que equivalga a una

exposición de cinco (5) años a la intemperie, según lo especificado en las normas IRAM

correspondientes.

Luego de este ensayo acelerado, las luminarias mostrarán un brillo razonable y el

agrietamiento solamente podrá afectar la capa superficial. No serán admitidas oxidaciones,

ampollados o grietas que afecten a los elementos pintados.

La Inspección está facultada para requerir al oferente se efectúe un ensayo que verifique el

nivel lumínico y las uniformidades requeridas en este Pliego, previo a la aceptación de la

propuesta y adjudicación de la obra. Dicho ensayo se efectuará en la C.I.C. y los gastos

estarán a cargo del oferente sin derecho a reclamo alguno.

Nivel lumínico:

A los efectos del cálculo del presente proyecto, deben tenerse en cuenta los siguientes valores

mínimos, para una superficie de pavimento de calzada tipo R 3 y un coeficiente de

mantenimiento 0,7.

Ensayo luminotécnico de artefactos:

Los artefactos propuestos por el oferente o adjudicatario podrán ser sometidos a ensayos

fotométricos, a los efectos de verificar su comportamiento y ajuste a las exigencias del Pliego,

en especial al cumplimiento de los valores mínimos indicados en el Ítem Nivel Lumínico.

Las instalaciones precarias para la realización de los ensayos, serán ejecutadas por el oferente

o adjudicatario a su exclusivo cargo y los materiales empleados como columnas, artefactos,

cables, etc. serán devueltos a los mismos al finalizar los ensayos.

Estos ensayos no eximirán al Contratista de las verificaciones definitivas que se llevarán a

caboprevias a la Recepción Provisoria de las Obras. El no cumplimiento de los valores

mínimos exigidos en el ítem Nivel Lumínico dará lugar a un nuevo ensayo, previo ajuste de

los elementos de la instalación.

De no ser satisfactorios los resultados de esta última verificación, el Contratista deberá

proceder sin cargo alguno al reemplazo de la totalidad de los artefactos ofrecidos o instalados,

por otros que verifiquen los valores mínimos exigidos.

LAMPARAS

Se utilizarán Lámparas de vapor de sodio a alta presión clara NAV-T con las siguientes

características:

- Potencia nominal de 150 W. Flujo luminoso nominal 13.400lm.

- Potencia nominal de 400 W. Flujo luminoso nominal 48.000lm.

- Vida útil promedio de 24.000 hs.

- Corriente de línea en el encendido con factor de potencia 0,9: 3,0 amperes.

- Corriente de línea en funcionamiento con factor de potencia 0,9: 1,5 amperes.

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Sección VI. Requisitos de las obras 134

Las lámparas deberán consignar en el casquillo y en la parte inferior de la ampolla, de manera

indeleble, la tensión de línea, frecuencia, potencia nominal y tipo.

Las lámparas serán tipo PHILIPS, OSRAM o calidad superior.

EQUIPO AUXILIAR

Los artefactos serán provistos completos con lámpara y equipo auxiliar incluido, no

admitiéndose bajo ningún concepto, luminarias con equipos vacíos, al realizarse la inspección

de los mismos.

El equipo auxiliar deberá satisfacer estrictamente las características eléctricas de la lámpara.

Estará compuesto por balasto, un elemento auxiliar para proveer pulsos de alta tensión como

el ignitor, para el segundo encendido de la lámpara y además los condensadores o capacitores

para corregir el factor de potencia a 0,90 como mínimo.

Balasto:

El balasto deberá reunir las características de fabricación y ensayo determinado en el

esquema I de la norma IRAM 2312.- Estarán fabricados para una tensión nominal de red de

220V-50 Hz.

Los balastos serán tipo ITALAVIA o calidad superior.

Condensadores:

Los capacitores serán del tipo "hermético", en baño de impregnante sintético no inflamable.

La capacidad será adecuada para corregir el factor de potencia del conjunto lámpara-balasto a

0,90 como mínimo, funcionando a tensión normal y estarán provistos de resistencia de

descarga.

Se ajustarán a las normas IRAM 2170-1/2 (1994), IEC 1048/49 (1991) e ISO 9002.

Los capacitores serán tipo ELECOND o calidad superior.

Ignitores:

Los ignitores deben ser capaces de proveer los pulsos de alta tensión necesarios para el

arranque seguro de la lámpara. El ignitor será del tipo derivación.

La Repartición está facultada para solicitar al Contratista los certificados, firmados por el

fabricante, de cumplimiento de todos los requisitos de la presente especificación.

Asimismo podrá solicitar los respectivos protocolos de ensayos debidamente certificados.

Los ignitores serán tipo ITALAVIA o calidad superior.

CONDUCTORES ELECTRICOS

a) Conductor subterráneo:

Se empleará conductor antillana de cobre para la red de acometida a las columnas, al tablero

general y a las cajas de empalme y derivación para la alimentación de los artefactos. No se

podrán utilizar secciones de conductores superiores a 25 mm2 ni menor a 4 mm2.

Los conductores podrán ser unipolares o multipolares, con aislación de PVC aptos para

trabajar a una tensión de 1,1 Kv y con una temperatura máxima del conductor de 70º C. La

identificación de las fases estará realizada mediante la colocación del aislante.

La envoltura exterior será una cubierta continua y ajustada destinada a proteger el núcleo del

cable, siendo su composición de policloruro de vinilo PVC y deberá llevar indefectiblemente

marcada en forma durable e indeleble el tipo y la sección del conductor, normas IRAM a la

que responde y nombre del fabricante.

Deberá ajustarse su fabricación a la norma: IRAM 2178

Los conductores subterráneos serán tipo SINTENAX VALIO o calidad superior.

b) Conductor de tablero de columna a equipo auxiliar del artefacto:

La alimentación de cada artefacto se realizará en forma independiente, por lo que para el caso

de las columnas de doble artefacto (dos lámparas) se utilizarán dos conductores de cobre

tripolar de una sección mínima de 2,5 mm2.

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Sección VI. Requisitos de las obras 135

Los conductores podrán ser unipolares o multipolares, con aislación de PVC aptos para

trabajar a una tensión de 1,1 kV y con una temperatura máxima del conductor de 70º C. La

identificación de las fases estará realizada mediante la colocación del aislante.

Deberá ajustarse su fabricación a la norma: IRAM 2178

Los conductores serán tipo SINTENAX VALIO o calidad superior.

c) Conductor de tablero de comando a fotocélula:

Se utilizará un conductor de cobre unipolar de una sección de 2,5 mm2.

El conductor será tipo VN 2000 o calidad superior.

d) Cableado en tablero de comando:

Se realizará con un conductor de cobre unipolar flexible de una sección mínima de 2,5 mm2.

Su aislación será de policloruro de vinilo PVC apto para soportar una tensión de 1,1 kv.

Todos los conductores deberán llevar anillos numerados para su identificación o tarjetas del

tipo GRAFOPLAST.

Deberá ajustarse su fabricación a las siguientes normas:

- IRAM 2183

- IRAM 2289 Cat. C

- IEC 227

Los conductores serán tipo VN 2000 o calidad superior.

Ensayos de los conductores:

El Contratista comunicará en forma fehaciente a la CPV, con una anticipación mínima de

siete (7) días hábiles, la realización de los ensayos que a continuación se describen, en las

bobinas de los conductores. Sin la correspondiente aprobación de la Repartición las mismas

no podrán ser enviadas a obra para su utilización. Las bobinas de los conductores llevarán

marcadas en ambas caras y en lugar visible las indicaciones especificadas en el Ítem D – 26

de la norma IRAM 2220.

Ensayo de tensión:

Se sumergirá la bobina del conductor en agua, durante un lapso no menor a doce (12) horas y

permaneciendo ésta en el agua, el conductor deberá soportar la aplicación de una tensión

alternada de 1500 V / 50 Hz durante cinco (5) minutos.

Ensayo de resistencia de aislación:

A posteriori de ser sometida al ensayo de tensión y mientras permanezca aún sumergida la

bobina, se determinará la resistencia de aislación entre conductores y el agua, la cual no será

menor de 1000 ohm/km a temperatura ambiente.

Ensayo de doblado en frío:

Después de mantener el conductor como mínimo durante un lapso de dos (2) horas a

temperatura de 30º C el material no debe agrietarse al ser arrollado sobre un mandril de cinco

(5) centímetros de diámetro.

La realización de estos ensayos podrán ser realizados en el laboratorio del fabricante y en

caso de mediar una solicitud de la Repartición, los mismos se llevarán a cabo en la C.I.C.

(Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires) por cuenta y orden

del Contratista.

El Contratista no podrá dar comienzo a la instalación de los conductores, sin contar

previamente en su poder con los resultados de los ensayos aprobados por la Repartición.

TABLERO DE DERIVACION

Estará alojado en el interior de la columna, conteniendo los elementos para la alimentación y

protección de la luminaria.

El tablero contendrá una bornera tetrapolar con bornes de bronce para el conexionado de los

conductores mediante el empleo de terminales preaislados de compresión de cobre de ojal

redondo de tamaño adecuado a la sección de los conductores cuyos extremos poseerán un

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Sección VI. Requisitos de las obras 136

capuchón termocontraible, un interceptor fusible del tipo tabaquera KELAND J 15 de 6 A o

un interruptor termomagnético unipolar de 6 A, tipo Siemens/Merlin Gerin o calidad superior,

dispuestos sobre una base de resina epóxica.

Los tableros serán tipo EPOXIFORMAS o calidad superior.

GABINETES DE COMANDO

Estarán construidos en chapa de acero calibre BWG14. Las puertas serán rebatibles mediante

bisagras del tipo interior, abertura de puerta 180º, cierre del tipo "Destornillador".

Burlete tipo neopreno.

Estarán constituidos por dos secciones: una para uso de la Empresa proveedora del suministro

de energía y la restante para alojar los elementos de accionamiento y protección del sistema

de iluminación. En la entrada correspondiente al suministro público se deberán instalar

indicadores de presencia de tensión. El grado de protección será IP 55. Los gabinetes estarán

identificados en su frente con una placa de acrílico negro y letras blancas, con la leyenda

correspondiente al número de tablero (Tablero Nº - - -).

Todos los componentes serán fácilmente reemplazados, trabajando únicamente desde el

frente del tablero y sin necesidad de tener que remover más que la unidad a reemplazar. Se

dispondrá de una contratapa calada que cubrirá todos los interruptores dejando al acceso

manual únicamente la palanca de comando de los interruptores.

Todos los tornillos, grampas, etc. serán de acero galvanizado o bronce.

Cada tablero deberá poseer un esquema topográfico y un esquema eléctrico adosado al

interior y a resguardo del deterioro mediante una cubierta de acetato transparente o acrílico.

Todas las puertas y paneles se pondrán a tierra mediante malla extraflexible de cobre. Cuando

se trate de puertas sin ningún aparato eléctrico montado en ellas, la sección no será inferior a

10 mm2. No se permitirá utilizar la estructura del tablero como elemento conductor de puesta

a tierra de otros elementos.

El cableado interior será del tipo VN 2000, flexible, de una sección mínima de 2,5 mm2 para

los circuitos de comando y se canalizará mediante un cablecanal tipo Hoyos o Zoloda

construidos en PVC, accesibles desde el frente con tapas desmontables.

El gabinete dispondrá en su parte superior de un sector para la instalación de la fotocélula.

La luz entrará por una ventana dispuesta para tal fin.

Todas las entradas y salidas del tablero, llevarán boquillas con tuercas de diseño adecuado al

diámetro de los caños camisa para la protección mecánica de los conductores. Los cables de

salida deberán identificarse con el circuito que alimentan, según la nomenclatura alfa

numérica que se adopte en los planos.

Las dos secciones estarán formadas básicamente por:

- Un recinto independiente para la instalación de: Medidor de energía trifásico conforme lo

solicitado por la empresa prestadora del servicio eléctrico y 3 bases portafusibles del tipo

ACR con sus correspondientes fusibles NH de protección.

- Un recinto independiente para la instalación de:

- Seccionador fusible bajo carga ACR tipo Siemens/Merlín Gerin o calidad superior.

- Contactor trifásico tipo Siemens/Merlín Gerin o calidad superior.

- Contactor auxiliar para encendido de fotocélula con retardo de tiempo (delay), tipo

Siemens/ Merlín Gerin o calidad superior.

- Interruptor termomagnético bipolar para protección de los tomacorrientes, tipo

Siemens/ Merlín Gerin o calidad superior.

- Interruptor diferencial de 2 x 25 A - 30 mA para protección de servicios internos,

tipo Siemnes/ Merlín Gerin o calidad superior.

- Tomacorriente 220V-10 A tipo RIDRU o calidad superior.

- Tomacorriente 220V-16 A tipo RIDRU o calidad superior.

- Borneras componibles tipo Zoloda SSK con tapa, tope y placa separadora.

- Barra de cobre con bulón de bronce para neutro rígido.

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Sección VI. Requisitos de las obras 137

- Borne para puesta a tierra.

- Llave conmutadora de 3 posiciones a palanca, tipo Vefben o calidad superior.

- Fotocélula tipo Italavia o calidad superior.

- Reloj diario con reserva de marcha mayor a 200 horas, alimentación 220 V - 50 Hz,

tipo Dile o calidad superior.

- Ventana mirilla para fotocélula.

- Termostato para el contactor de la resistencia de la calefacción.

- Interruptores termomagnéticos unipolares para salidas de circuitos, tipo

Siemens/Merlín Gerin o calidad superior.

- Receptáculo para lámpara tipo Dulux a rosca de 20W e interruptor termomagnético

bipolar, tipo Siemens/Merlín Gerin o calidad superior.

- Ojos de buey tres (3) - 220 V - 50 hz.

Las borneras serán montadas en rieles DIN. Se preverá una reserva equipada de un 20% en la

cantidad de bornes, más idéntico porcentaje de espacio de reserva.

Los interruptores manuales de entrada y los cartuchos de protección serán de una capacidad

nominal adecuada al consumo total requerido por cada tablero. Los interruptores

termomagnéticos deberán poseer la capacidad apropiada a la intensidad de corriente del

circuito a comandar.

La totalidad de los componentes eléctricos de los gabinetes contarán con un cartel de acrílico

de fondo negro con letras blancas identificando como mínimo el número de circuito, fase, etc.

PUESTA A TIERRA

Se colocarán jabalinas de Puesta a Tierra individuales por columna y gabinete. Estarán

hincadas a una profundidad no menor de un (1) metro del nivel del terreno natural y

separadas a igual distancia de la base de la columna.

La puesta a tierra se realizará con una jabalina con alma de acero trefilado y recubrimiento

exterior de cobre tipo "COPPERWELD" o calidad superior con toma cables y bulón roscado

de bronce para la sujeción del conductor de cobre verde-amarillo.- Se ajustará a la norma

IRAM 2309.

Las jabalinas tendrán una longitud mínima de 1500 mm y un diámetro mínimo de 3/4" y

deberán llevar impreso en su alma el tipo de jabalina, su fabricante y la Norma IRAM

respectiva.

En caso de no obtenerse los niveles de aislación requeridos se podrá:

a) Profundizar la jabalina.

b) Interconectar las jabalinas entre columnas con un conductor de cobre desnudo de una

sección mínima de 16 mm2 el que estará ubicado en la zanja para el tendido de conductores.

c) Interconectar con jabalinas adicionales en paralelo con un conductor de cobre desnudo de

una sección mínima de 16 mm2.

En todos los casos la conexión de la jabalina a la columna será realizada con un conductor de

cobre verde-amarillo de 16 mm2 de sección.

El cable de puesta a tierra ingresará al interior de la columna con el resto de los cables de

alimentación y para su conexionado se deberá contar con un borne, a tal efecto, en la columna

a la altura de la ventana de la misma.

Finalizados los trabajos y antes de la Recepción Provisoria, el Contratista deberá entregar a la

Inspección de Obra un reporte avalado por el Representante Técnico, consignando los valores

de la puesta a tierra de cada una de las columnas y gabinetes de comando.

Niveles de aislación:

La resistencia de puesta a tierra de cualquier elemento metálico de la instalación no deberá

ser en ningún caso superior a los cinco (5) ohm.

La resistencia de aislación, medida entre conductores de un mismo cable, de éstos a tierra y

de cualquier elemento conductor a tierra, no será en ningún caso inferior a un (1) ohm.

No se permitirá alterar las condiciones del terreno para lograr los cinco (5) ohm requeridos.

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Sección VI. Requisitos de las obras 138

CELULAS FOTOELECTRICAS

El aparato estará diseñado para operar sobre circuitos de 220 V - 50 Hz, siendo su función la

de comandar con un contactor de mayor capacidad, el mando directo de las lámparas.

La fotocélula se instalará en el gabinete de comando el cual contará con un recinto para tal

fin.

El zócalo de conexión será del tipo orientable, con contactos de bloqueo que impidan su

desconexión o giro.

En caso de falla de algún componente, el circuito a controlar deberá quedar energizado.

La capacidad del fotocontrol será de 10 A.

Cumplirá con las normas IRAM AADL J 20-24 y J 20-25.

El fotocontrol será tipo ITALAVIA o calidad superior.

DISTRIBUCION DE FASES

La distribución de cargas estará equilibrada en las tres (3) fases, permitiendo el desequilibrio

en una sola fase en un amperaje no mayor al que circula por una luminaria. No podrá

conectarse sobre una misma fase dos (2) luminarias consecutivas.

CALCULO DE REDES

El oferente deberá verificar las secciones de los conductores especificados en los planos de

ante proyecto, teniendo en cuenta que la caída de tensión no podrá ser mayor al 3 %, al final

de línea.

En caso de ser necesario, deberá proceder a disminuir o aumentar la sección de los

conductores, y recalcular para el ajuste definitivo, la estipulada en los planos.

Al momento de efectuarse la Recepción Provisoria se procederá a realizar dos (2) mediciones

con voltímetro:

a) Entre fase y neutro en la línea de alimentación de la Empresa prestataria del servicio.

b) Entre fase y neutro correspondiente a la última columna perteneciente a la fase más

cargada y de mayor extensión.

La diferencia entre ambas mediciones no deberá superar los 6,6 voltios, en el momento de la

medición. De no cumplirse dicho requisito, se deberá adecuar la sección de los conductores

hasta cumplir con los valores de caída de tensión exigidos.

ENSAYOS

A la finalización de los trabajos la Supervisión de Obra juntamente con el personal técnico de

la Repartición, especializado en la materia, procederá a efectuar en presencia del Contratista o

su Representante Técnico los siguientes ensayos:

- Continuidad

- Fases R-S-T

- Aislación

- Fallas a Tierra

- Resistencia de Puesta a Tierra

- Caída de tensión

- Medición de niveles de iluminancia y uniformidades, a fin de verificar los valores indicados

en la propuesta

- Verificación de aplomado de columnas y alineación de artefactos

- Verificación de reglas de arte

Para la ejecución de los ensayos y verificaciones el Contratista deberá prestar la colaboración

necesaria para tal fin, brindando la mano de obra, instrumentos de medición, material y

movilidad y todo lo que fuere necesario para las tareas descriptas, no pudiendo reclamar pago

alguno por los costos que demandare la realización de los mismos.

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Sección VI. Requisitos de las obras 139

Para la medición de niveles de iluminancia y uniformidades el Contratista deberá solicitar la

presencia del laboratorio de ensayos C.I.C. encontrándose dichos gastos incluídos en los

demás ítems de la obra.

Si lo estima conveniente y a fin de un mejor proveer la Supervisión de Obra podrá solicitar y

efectuar otros ensayos no indicados en este Pliego, los que mientras se trate de ensayos

complementarios a los indicados, serán por cuenta y cargo del Contratista.

El Contratista comunicará en forma fehaciente con una anticipación mínima de quince (15)

días hábiles la fecha de terminación de los trabajos.

A la finalización de los ensayos se labrarán las correspondientes actas, sin las cuales no se

podrá solicitar la Recepción Provisoria de las Obras.

GRUPO ELECTROGENO PARA PRUEBAS

De no existir a la fecha de las Recepciones Provisoria y Definitiva el suministro de energía

eléctrica por parte de la Empresa que provee el fluido, el Contratista deberá disponer para

ambas Recepciones el o los grupos electrógenos necesarios para realizar las pruebas de las

instalaciones de Iluminación.

Sin dicha provisión no se otorgarán las citadas Recepciones, quedando el gasto que la

utilización de éstos grupos electrógenos demande, a cargo exclusivo del Contratista.

DOCUMENTACION TECNICA A PRESENTAR

Se deberá presentar con carácter obligatorio la siguiente documentación:

1º) Memoria Descriptiva. Memoria de Ingeniería.

2º) Proyecto ejecutivo insertado en un plano de replanteo de la obra existente o a construir y

contará, como mínimo, con los siguientes datos:

- Relevamiento planimétrico de hechos existentes; plano de ubicación de la obra; Km. del

tramo de ruta a iluminar y Progresiva del proyecto; líneas eléctricas de: alta, media o baja

tensión y/o de servicios; corte transversal del ancho de la zona de camino; isletas: cordones

cuneta existentes o proyectados; distancia a la iluminación periférica más cercana de la zona a

iluminar; distancia de las columnas y de las barandas de defensa al borde de la calzada;

anchos de calzada, de banquina y/o sobreanchos de las mismas; de las dársenas, ramas de

ingreso y egreso de la ruta; desagües en general; alcantarillas; gasoductos; obras de arte;

distancia a las localidades más próximas; paradas de transporte; accesos a estación de

servicio, paradores, viviendas; principio, fin y desarrollo de los carriles de aceleración,

desaceleración y longitud de los mismos; sentido de dirección vehicular; norte geográfico y

todo otro dato que a criterio del proyectista se considere necesario para una mejor evaluación

de lo solicitado.

No se podrán dejar tramos de ruta sin iluminar de una longitud menor o igual a los dos (2)

Km. entre dos sectores iluminados o a iluminar.

Se proyectará con ubicación de columnas unilaterales o enfrentadas, no se podrá efectuar en

tresbolillo.

Cuando el cantero central tenga un ancho superior a los seis (6) metros no se podrán ubicar

columnas centrales, salvo excepciones especiales que pueda autorizar la Repartición.

Circuitos eléctricos numerados y con distinto trazo que permitan su rápida visualización;

secciones de los conductores.

Los Planos de Proyecto se ejecutarán en escala 1:1.000 cuando se trate de tramos rectos de

rutas y en escala 1:500 los sectores comprendidos de puentes, intersecciones, rotondas,

distribuidores, accesos a estaciones de servicio, paradores, paradas de transporte y cualquier

otro sector que por su singularidad a criterio del proyectista o de la Repartición se considere

necesario para una mejor evaluación del proyecto. Ubicación de los tableros de comando

general, indicando el consumo de los mismos en Kw y ubicación de los transformadores para

la toma de energía.

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Sección VI. Requisitos de las obras 140

Se acompañarán croquis de detalles, que podrán ser efectuados fuera de escala con la

condición de que deberán ser legibles a simple vista, los que podrán conformar un solo plano,

donde se indicarán la formación de los distintos tramos de las columnas; bases de fundación

de las mismas; tendido subterráneo de los conductores; cruces baja calzada; puestas a tierra;

tableros de conexionado en columnas; tablero de comando general, indicando componentes

eléctricos e intensidad de corriente máxima en amperes; esquema unifilar y tetrafilar.

3°) Cálculo de niveles de Iluminancia y de coeficientes de Uniformidad, para un pavimento

de calzada tipo R 3 y un coeficiente de uniformidad 0,7 acompañados con las respectivas

copias legalizadas de curvas y protocolos de ensayos de los artefactos a instalar. La presente

documentación deberá estar refrendada con firma y aclaración del fabricante de la luminaria.

4º) Cálculo de niveles de luminancia.

5º) Curvas ISOLUX, POLARES y de UTILIZACION.

6º) Cálculo de columnas y cálculo de las bases de fundación de las mismas, por el método de

Sulzberger.

7º) Cálculo desarrollado de las redes eléctricas con el método empleado y planimetría del

proyecto con las secciones de las redes, desde los puntos de toma de energía indicados en los

planos.

8º) Prospectos con vistas de las columnas, artefactos, equipos auxiliares, lámparas y cables

ofrecidos.

El Oferente en su propuesta solo podrá ofrecer una sola marca y modelo de dichos materiales

los que obligatoriamente deberán ser respetados al efectuar la obra.

9º) Listado de equipos e instrumentos de medición eléctrica, de puesta a tierra (telurómetro) y

de niveles luminotécnicos (luxómetro).

10º) Declaración de que se aceptarán todas las condiciones y especificaciones técnicas que se

detallan en los Pliegos y Planos

11º) Ente que proveerá la energía necesaria para la obra desde los distintos puntos de toma.

12º) Toda la documentación precedentemente solicitada se entregará firmada por el

Contratista y su Representante Técnico con aclaración de las respectivas firmas.

IMPORTANTE:

Toda esta documentación técnica deberá presentarse completa y la no presentación de la

misma dará lugar a la no consideración de la oferta.

CLAUSULAS GENERALES

Conocimiento del lugar de las obras:

En los planos que forman el presente Pliego de Especificaciones Técnicas se indica

claramente la ubicación de las distintas obras a realizar.

La presentación de la propuesta implica por parte del Contratista el conocimiento del lugar de

ejecución de las obras, todas las informaciones necesarias para presupuestar los trabajos,

condiciones climáticas, características del terreno, medios de comunicación y transporte,

precio y facilidad para obtener materiales y mano de obra.

Por lo tanto, su presentación, compromete el perfecto conocimiento de las obligaciones que

vaya a contraer y la renuncia previa a cualquier reclamo posterior a dicha presentación,

basado en el desconocimiento del lugar de la construcción de las obras.

Forma de cotizar:

El oferente deberá incluir en su cotización todos aquellos elementos y/o trabajos que aún no

encontrándose detallados en el Formulario de Presupuesto de la Oferta o especificados en el

presente Pliego de Especificaciones Técnicas o indicados en los Planos que acompañan y

forman parte de la presente documentación sean necesarios para el correcto funcionamiento

de las instalaciones.

Inspecciones de los materiales a emplear en obra:

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Sección VI. Requisitos de las obras 141

Se deberá solicitar a la Supervisión de Obra (o en su defecto al ente supervisor) la inspección

de los materiales a emplear previo a su envío a obra. La misma se efectuará en la fábrica de

cada proveedor.

Garantía de los trabajos:

Durante el período de garantía, el Contratista estará obligado a efectuar todos los trabajos

necesarios para mantener en pleno funcionamiento y en condiciones de total seguridad a las

instalaciones.

La tolerancia de fallas de lámparas que se admitirá como máximo es la siguiente:

a) Lámparas encendidas durante el día (2 %).

b) Lámparas apagadas durante la noche (2 %).

El incumplimiento a cualquiera de dichas causales prorrogará automáticamente en la misma

proporción del atraso en efectuar las reparaciones, el período de garantía de la obra.

Cualquier falla de lámpara o en alguno de los elementos que integren el equipo auxiliar, será

considerado a los efectos de la garantía como una falla del conjunto.

Obligaciones del contratista:

Durante el plazo de ejecución de la obra y/o durante el plazo de garantía de la misma, si se

produjeran accidentes de tránsito u otros que dañasen las instalaciones o se produjeran

sustracciones por terceros, el Contratista deberá reponer el elemento dañado o sustraído, sin

cargo ni reconocimiento de ampliación de plazo alguno por parte de la Repartición, aún en el

caso de que los mismos hayan sido certificados y/o recepcionados por la Repartición.

Recepción definitiva: Se producirá a los treinta (30) días hábiles de la fecha de la

RECEPCION PROVISORIA.

PLANOS

a) Planos de obra:

El Contratista entregará a la Supervisión de Obra al comienzo de la misma, cuatro (4) juegos

de copias de los planos de proyecto y de detalles en papel y en soporte magnético,

correspondientes a la totalidad de las instalaciones a ejecutar.

Los mismos incluirán planos y croquis de detalle y/o constructivos que sean necesarios para

un mejor control y seguimiento de los trabajos por parte del personal afectado a la

Supervisión de las Obras a ejecutar.

Todo plano o croquis suplementario que sea necesario y solicitado por la Supervisión de Obra

deberá ser presentado por el Contratista en un plazo de 48 horas. El no cumplimiento

facultará a la suspensión de los trabajos en el sector de que se trata y su prosecución será a

exclusiva responsabilidad del Contratista.

Los planos de detalle corresponderán entre otros a los planos constructivos de tableros y

dimensiones de los equipos a instalar, forma de instalación y montaje, conexionado,

características generales y particulares, etc.

En los planos se indicarán todos los circuitos de iluminación, ubicación de las tomas de

alimentación, ubicación de los gabinetes de comando y tableros seccionales, puesta a tierra de

las instalaciones, identificación de los conductores, fases y circuitos, etc. debiéndose observar

la colocación de la mayor cantidad de datos posibles.

b) Planos conforme a obra:

Finalizados los trabajos y en un plazo de treinta (30) días corridos de producida la Recepción

Provisoria, el Contratista deberá entregar a la Supervisión de Obra los respectivos PLANOS

CONFORME A OBRA.

El original se entregará en AUTOCAD, adjuntando cinco (5) copias impresas en papel de

Proyecto y los croquis de detalle, en film poliéster y su correspondiente soporte magnético.

Los planos a presentar serán todos aquellos utilizados durante la marcha de los trabajos y

ejecutados en escala adecuada según normas IRAM.

Los croquis conformarán un plano general según sea para cada uno de los ítems

intervinientes, pudiendo incluirse los mismos en los planos generales respectivos.

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Sección VI. Requisitos de las obras 142

Los planos observados por la Supervisión de Obra serán devueltos y corregidos por el

Contratista para una nueva presentación, la que deberá ser efectuada previa a la RECEPCION

DEFINITIVA.

Los planos una vez revisados y aprobados serán firmados por la Supervisión de Obra

juntamente con el personal técnico de la Repartición (especializado en la materia: Área

Iluminación) y el contratista o su Representante Técnico.

Los originales serán entregados protegidos en cilindros de material plástico. Los juegos de

copias se entregarán dobladas y encarpetadas. Cada juego de carpetas de tapa dura, tendrá en

la misma y en el lomo, el logotipo de la CPV y los nombres de la obra y del Contratista.

El incumplimiento de la entrega dentro del plazo fijado prorrogará automáticamente en la

misma proporción del atraso, el período de garantía de la obra.

NORMAS IRAM: Para todas aquéllas especificaciones técnicas que no figuren en el presente

Pliego, las mismas se regirán por las normas IRAM que existan en la materia. Las normativas

y exigencias de la Dirección Nacional de Vialidad estarán por encima de cualquier otra norma

que rija en el tema.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

Se medirán y pagarán por número (Nº) de columna colocada, sin distinción de tipo, y

aprobada por la Supervisión, al precio unitario de contrato establecido para el ítem respectivo.

Dicho precio será compensación total por: la provisión, carga, transporte y descarga de todos

los materiales; por el izado, colocación, alineación, aplomado y fijación de la columna;

ejecución de las zanjas, entubados y canalizaciones, su relleno compactado, provisión e

instalación de los cables, luminarias, lámparas, gabinetes con sus cerraduras, aparatos de

control y alimentación, puestas a tierra, pintado; mano de obra; equipos, herramientas,

pruebas y ensayos para su aprobación y cualquier otro material o trabajo necesario para dejar

correctamente terminada y operativa la totalidad de la iluminación proyectada.

ARTÍCULO 19 – SEMAFOROS

Criterios generales

Se deben tener en cuenta las siguientes reglamentaciones:

- Norma IRAM 2442 y 10000.-

- Ley Nacional de Transito Nº 24449 y su Decreto Reglamentario.-

La optimización de las variables de diseño

- Columnas con brazos acordes a su ubicación

- Semáforos de secciones acorde a la seguridad vial.

- Encendido de luces por LED.

Los retiros de las columnas desde las calzadas, se toman en función a los requerimientos de la

Obra vial ejecutada, siendo su medida mínima de 3,50 m.-

Diseño Semáforos

De acuerdo al tipo y flujo vehicular de las vías.

Diseño eléctrico

Por sus características constructivas, los circuitos son monofásicos, alimentados desde un

Controlador Electrónico, el cual a su vez es alimentado desde la S.E.T.A del Alumbrado.-

El tendido eléctrico entre las columnas y la S.E.T.A. será totalmente subterráneo, con

circuitos independientes. El cableado eléctrico dentro de las columnas y los semáforos será

del tipo TPR. La red de alimentación al Controlador está conformada por conductor

subterráneo bipolar con sección mínima de 4 mm2. La red de interconexión entre Controlador

y Semáforos está conformada por conductor tripolar con una sección mínima de 2,5 mm2.-

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Sección VI. Requisitos de las obras 143

Como medida de protección contra contactos directos, la totalidad de las columnas estarán

conectadas rígidamente a tierra mediante conductor de cobre aislado (bicolor amarillo/verde)

de 16 mm2 de sección y jabalina de Cu con alma de acero, de 3/8‖ x 1,2 m (verificando que

la resistencia del conjunto no supera los 10 ohm). El borne de conexión de la PAT estará en el

interior de la columna, a la altura de la ventana de conexionado.-

Materiales – Especificaciones Técnicas – Descripción

Se proveerá la totalidad de los materiales que resulten necesarios para la correcta realización

de los trabajos, y al buen arte, para cumplimentar debidamente las exigencias legales,

reglamentarias, normas y disposiciones técnicas aplicables.

Columnas para Semáforos

Es el elemento que soporta los semáforos y controlador de tránsito, los mismos satisfacen las

exigencias técnicas establecidas en toda su extensión, debiéndose en sus partes y en un todo

la más alta expresión técnica, a efectos de lograr máxima confiabilidad y mínima necesidad

de mantenimiento.-

Se construyen en todos los casos con caños de acero, con o sin costura, SAE 1020.

Se realizan en tramos soldados, según las especificaciones de dimensiones mínimas

detalladas a continuación: Caños de 168 mm de diámetro y espesor 4,85 mm, Caños de 140

mm de diámetro y espesor 4,85 mm, Caños de 114 mm de diámetro y espesor 4,10 mm,

Caños de 90 mm de diámetro y espesor 3,65 mm.-

La construcción por tramos se realiza mediante la introducción del caño de menor diámetro

dentro del caño de mayor diámetro, como mínimo 10 centímetros, y colocándose entre ambos

caños suplementos para evitar la flexión y aumentar la rigidez de la unión, finalmente al caño

de mayor diámetro se le realizará una boquilla con medio mecánico y prolijo a efectos de

acercar el extremo del mismo a la superficie exterior del caño de menor diámetro, finalmente

se soldará y pulirá mediante piedra.-

Las columnas con brazo se construyen en dos partes, un tramo recto y un tramo curvo (brazo)

ambos por separado. Su unión se realizará por medio de un sistema de perfecto ajuste y

ampliamente seguro, utilizándose como mínimo cuatro bullones de 1/2‖ que deberán

disponerse para tal fin, asimismo será estanco a efectos de lluvias.

Los tramos curvos se realizan con un radio entre 0,80 m y 1 m, totalmente mecanizado, no

existiendo disminuciones del diámetro interior ni arrugas y/o fisuras en su exterior.-

Las columnas llevan una tuerca RW 3/8 para conexión a tierra, se suelda según la altura

indicada en cada caso. Asimismo disponen de un agujero ovalado de como mínimo 30 mm x

60 mm para ingreso de conductor subterráneo.-

Las columnas disponen de una ventana para conexiones de 80 mm x 170 mm. En todos los

casos se soldará interiormente una planchuela de hierro de espesor no menor de 3 mm. con un

agujero roscado (RW 3/16) para poder tomar un fusible o bornera. La posición de la

planchuela respecto a la parte exterior del caño será menor a 60 mm. La ventana lleva una

tapa construida con chapa de acero no menor a 2 mm que cubre la abertura de la ventana con

un exceso de 10 mm por lado y se fija mediante 2 tornillos de bronce, las tapas tomaran la

forma del caño.-

Todas las columnas son tratadas por lo menos con dos manos de antióxido al cromato de cinc,

previo tratamiento de limpieza mediante fosfatizantes o arenado, luego se aplica pintura

esmalte sintético de color amarillo vial, con franjas color verde pino intercaladas (de 0,40 a

0,50 cm) hasta los 3 m.-

Semáforos

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Sección VI. Requisitos de las obras 144

Los semáforos y soportes satisfacen las exigencias técnicas del Proyecto, debiéndose en sus

partes y en un todo la más alta expresión técnica, a efectos de lograr máxima confiabilidad y

mínima necesidad de mantenimiento.-

Por razones de perfecto acoplamiento y seguridad de estanqueidad, la adquisición de los

semáforos y soportes se realizará a un mismo fabricante.-

Los semáforos cumplen con lo indicado por las normas IRAM 2442.-

Son del tipo seccional, cada sección es intercambiable y unidas entre sí en forma rígida,

utilizando para asegurar la estanqueidad, arandelas de goma sintética y bulonería cincada o de

alta resistencia.-

Las secciones normales son de diámetro 200 mm y las de gran tamaño son de 300 mm. Cada

sección dispone de una fuente luminosa compuesta por ópticas de LED, una puerta del mismo

material que el cuerpo y diseñado con bisagras para evitar robos, el cierre es por medio de

mariposa de bronce imperdible; visera construida de chapa de aluminio de espesor no menor

a un milímetro y tomada a la puerta con cuatro tornillos como mínimo.-

Los semáforos aseguran una perfecta hermeticidad, para lo cual se utilizan doble burletes de

goma siliconada. Los conductores que conectan cada fuente luminosa son de cobre con

aislamiento plástico antillama de 1 mm2 de sección y terminarán en la bornera dispuesta

interiormente en una sección.-

El material a utilizar para los semáforos es de fundición de aluminio o aluminio inyectado

únicamente. La pintura a utilizar es horneada del tipo termoendurecible (polvo con poliéster

con agregado de filtro U.V.), totalmente de color amarillo vial, con tratamiento previo de

limpieza y desengrasado, secado por calor y aplicación de ―mordiente‖ para la correcta

adherencia de la pintura.-

Opticas LED para Semáforos

Son del tipo de pantalla completa, con LED de alto rendimiento (distribución homogénea),

fresnel y lente de policarbonato con protección UV.-

Construidas completamente estancas y una vida útil mayor de 60.000 hs.-

Los consumos energéticos de cada óptica no será inferior a 6W ni mayor a 13W, dependiendo

de su diámetro y color.-

Soportes para Semáforos

Son los elementos destinados a mantener los semáforos en su posición y vinculados con las

columnas. Son de fundición de aluminio o aluminio inyectado únicamente, de dimensiones

que aseguran una adecuada resistencia mecánica.-

Están pintados de color negro brillante, con pintura horneada, con bulonería cincada, tuercas

y arandelas. Disponen de conductos interiores para el pasaje de conductores a los semáforos,

los soportes se definen para cada caso en particular según la posición de los semáforos,

utilizándose en este caso los del tipo Basculante a Lengüeta, laterales simple o laterales

doble.-

Conductores Eléctricos

Se utilizará conductores de potencia de marca y calidad reconocida, su fabricación responderá

a la normas IRAM 2178 - 2289.-

Conductores Subterráneos: Serán bipolar o tripolar, según corresponda. La tensión nominal

de aislación será de 1,1 kV y con una temperatura máxima del conductor de 70º C. Estarán

constituidos por conductores de cobre electrolítico y los conductores se identificarán por

medio de colores (manteniéndose los mismos colores para los mismos fines).

Conductores TPR: Serán tripolares. La tensión nominal de aislación será de 1,1 kV y con una

temperatura máxima del conductor de 70º C. Estarán constituidos por conductores de cobre

electrolítico y los conductores se identificarán por medio de colores (manteniéndose los

mismos colores para los mismos fines).

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Sección VI. Requisitos de las obras 145

Conductores Unipolares: La tensión nominal de aislación será de 1,1 kV y con una

temperatura máxima del conductor de 70º C. Estarán constituidos por conductores de cobre

electrolítico, la vaina será bicolor (amarillo / verde).

Controlador Electrónico

El controlador satisface las exigencias técnicas establecidas, debiéndose en sus partes y en un

todo la más alta expresión técnica, a efectos de lograr máxima confiabilidad y mínima

necesidad de mantenimiento.-

El equipo dispondrá en su interior de una llave de corte y un porta fusible con fusible de

capacidad adecuada o de un interruptor termomagnético bipolar de 6 Amper mínimo,

convenientemente dispuestos en un bastidor de chapa. La plaqueta se enchufara en una base

dispuesta para tal fin y todo el conjunto estará dentro de una caja blindada, cableado y listo

para funcionar.

La fuente de alimentación de energía del equipo y de las lámparas será de 220 V.C.A. y 50

Hz debiendo tener capacidad de funcionamiento entre + 5% y - 15% de ese voltaje nominal.

La caja o gabinete donde se alojará el equipo estará construida en chapa de acero de espesor

no menos de 1.65 mm, con una puerta soportada por dos bisagras donde se dispondrá la

cerradura tipo YALE de igual combinación para todos y con un juego de llaves. El cierre de

la puerta contra la caja se hará mediante un burlete de goma sintética para asegurar

hermeticidad contra el ingreso de agua y polvo. La terminación será con pintura especial para

intemperie del tipo poliuretánicas color gris perla tanto en su exterior como interior, previo

tratamiento fosfatizado y antióxido. EL gabinete dispondrá de una abrazadera que se usará

para tomar el mismo a la columna, con bulones de por lo menos 5/16 pulgadas con arandelas

planas, grower y tuercas hexagonales, todo cincado. La abrazara deberá tener el diámetro

adecuado a la columna donde se fijará el equipo.

Puesta a Tierra

Se colocarán puestas a tierra individuales por columna y tablero. La misma se realizará con

una jabalina de cobre tipo COPPERWELD con toma cable y bulón roscado de bronce para la

sujeción del conductor de cobre.

Tendrá una longitud mínima de 1500 mm y un diámetro mínimo de 1/2‖ y estarán hincadas a

una profundidad no menor de 1,00 m.

Los niveles de aislación para la resistencia a tierra de cualquier elemento metálico de la

instalación no deberán ser en ningún caso superior a los 10 ohm.

La conexión de jabalina a la columna se efectuará con un conductor de cobre aislado (bicolor)

de 16 mm2 de sección.

Las jabalinas se ajustarán a la norma IRAM 2309. Construidas con alma de acero trefilado y

recubrimiento exterior de cobre.

Morsetería y Herrajes

La morsetería y herrajes, así como todos los Materiales Normalizados (MN o PK), a proveer,

serán nuevos, sin uso, de primera calidad y reconocida marca ajustándose a las Normas

IRAM o NIME correspondientes. El cincado de los mismos responderá a la Especificación

Técnica Norma IRAM 252.

Fundaciones para Columnas de Semáforos:

Se realizarán en hormigón simple Tipo H:17. Las dimensiones de las mismas serán acorde a

lo requerido por cálculo, en ningún caso será inferior a 0,70 m x 0,70 m x 1,20 m. Dispondrá

de un cono de protección que deberá sobresalir 0,30 m como mínimo sobre el nivel del

terreno. Se ejecutará el hormigonado directamente contra la tierra externa. Toda la tierra

sobrante de las excavaciones que se efectúen para la construcción de las bases, se colocarán

donde indique la Supervisión y con preferencia fuera de los límites de la Obra.

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Sección VI. Requisitos de las obras 146

Mano de Obra

Para la ejecución de los trabajos, conforme al proyecto, se tendrá en cuenta la

Reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina (en los casos de aplicación),

Normas IRAM, Normas para este tipo de obra exigidas por la Empresa Prestataria del

Servicio Energético, y las establecidas por las Direcciones de Vialidad Provincial y Nacional,

y el O.C.C.O.V.I.-

Construcción de Zanjas

Las zanjas se excavarán a mano o por medio de equipos mecánicos.

El fondo de la zanja se dejará completamente liso y libre de agregado grueso, disponiéndose

una cama de arena de 10 cm de espesor en su lecho para iniciar el tendido de los conductores,

la profundidad será de 0,70m como mínimo, excepto en los casos en que existieran obstáculos

como conductos, otras canalizaciones, alcantarillas o desagües, en cuyo caso se podrá

profundizar hasta el obstáculo siempre que no sea menor a 0,50 m., de lo contrario se

realizará el cruce de las mismas, mediante el uso de caño de HºGº de Ø 2‖. El diámetro podrá

variar dependiendo del número de conductores y su respectiva sección.-

Los conductores se dispondrán sobre una cama de arena de 10 cm de espesor, y cubiertos por

otra capa de igual espesor. De ser necesario mas de un conductor en la misma zanja, la

separación entre los conductores será de 10 cm. como mínimo, debiendo quedar paralelos

entre sí. Los conductores que deban quedar en un mismo sitio o sigan una misma dirección se

instalarán en una misma zanja.

Tendidos de Cable

Una vez colocados los conductores en el lecho de la zanja según se explicó en el párrafo

anterior y dado que las secciones de los cables son reducidas, la colocación de los mismos

dentro de la zanja se hará en forma manual.-

Los conductores que se crucen deberán tener una separación vertical mínima de 7,5 cm con el

conductor superior, respetándose la profundidad mínima especificada con respecto al nivel

del terreno.-

Relleno de Zanja

Una vez colocado los cables en su interior, dentro de la zanja se colocará una capa de arena

de un espesor de 10 cm que cubrirá el mismo. Se usará arena común de grano fino. Para

desparramar la arena se usarán dispositivos adecuados y verificando un espesor correcto.

Sobre esta capa de arena se colocará una protección mecánica de ladrillos colocados

transversalmente al eje de la zanja y una malla de advertencia de plástico o tipo cima

cubriendo el ancho total de la zanja. Luego se irá echando tierra procurando que no contenga

agregados gruesos como partículas de 5 mm, especialmente en la zona de acometidas a

columnas, donde el conductor queda fuera de las profundidades requeridas. El relleno total se

apisonará hasta obtener una densidad máxima no menor de 90 % en condiciones de humedad

óptima, según las pruebas de compactación para el terreno. Para obtener la compactación

adecuada, el material de relleno se humedecerá o se aireará, según sea necesario.

Durante la operación de relleno las zanjas no estarán excesivamente húmedas ni tener pozos

de agua. La zanja se apisonará hasta tener el nivel del terreno original.

No se efectuará empalmes ni juntas de ninguna clase en los cables instalados, los mismos se

realizarán exclusivamente en los tableros de alimentación de columnas. Los cañeros de cruce

de calzada y/o alcantarillas, y donde se interrumpan para acometida a columnas, se sellaran

una vez colocados los cables en los conductos.

Toda tierra sobrante de las excavaciones quedará en el terreno debidamente apisonada y

niveladas.

Marcadores de Cable

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Sección VI. Requisitos de las obras 147

El recorrido de los cables será marcado por medio de cintas demarcadoras que seguirán las

especificaciones conforme Normas (micronaje y leyendas) y que se instalarán

horizontalmente en el terreno sobre la protección mecánica descripta más arriba, a una

distancia de 0,20 m.-

Limpieza de Obra

Se aclara que la obra, durante su ejecución, se mantendrá limpia de residuos, todo el

hormigón que se derrame será limpiado inmediatamente antes de su fraguado.

Varios

Los trámites de factibilidad de suministro eléctrico ante la Empresa Prestataria del servicio

energético en la Provincia están a cargo de la Empresa Contratista, dentro de los límites

detallado del proyecto.-

Todas las modificaciones que se hicieren sobre el trazado o los tipos constructivos y que sean

necesarios para la ejecución de la obra, se someterán a juicio de la Supervisión, o Inspección

de Obra.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

Se medirán y pagarán por número (Nº) de columna de semáforo colocada, sin distinción de

tipo, y aprobada por la Supervisión, al precio unitario de contrato establecido para el ítem

respectivo. Dicho precio será compensación total por: la provisión, carga, transporte y

descarga de todos los materiales; por el izado, colocación, alineación, aplomado y fijación de

la columna; ejecución de las zanjas, entubados y canalizaciones, su relleno compactado,

provisión e instalación de los cables, ópticas, leds, gabinetes con sus cerraduras, aparatos de

control y alimentación, puestas a tierra, pintado; mano de obra; pruebas y ensayos para su

aprobación, equipos, herramientas y cualquier otro material o trabajo necesario para dejar

correctamente terminada y operativa la totalidad de la semaforización proyectada.

ARTÍCULO 20 – MOBILIARIO URBANO

DESCRIPCION

La cantidad y la ubicación final de todo el mobiliario urbano se coordinara al momento de

ejecución con la Supervisión de Obra.

1 - BANCOS DE MADERA.

Las patas se construirán con una estructura de caño negro semipesado de 4" que se curvarán

según plano de detalle y se soldarán a planchuelas de hierro de 45cm de ancho por ½‖ de

espesor, la misma se fijará a una planchuela de espesor de 45x5cmx3/16" de espesor sobre un

dado de hormigón de dimensiones según plano de detalles. Las tablas del asiento y del

respaldo serán de madera dura tipo lapacho de 10cmx ½‖ de espesor, deberán estar

perfectamente estacionadas, y no deberán presentar rajaduras, fisuras, ni imperfecciones; las

mismas se terminarán con tres manos de impregnante para madera mientras que las partes

metálicas del banco se les dará dos manos de base antióxido y dos manos de esmalte sintético

color de acuerdo a lo indicado oportunamente por la Supervisión.

Deberá el contratista colocar un mínimo de 380 bancos de madera, los que serán

adecuadamente ubicados por la inspección.

2 - CESTOS DE RESIDUOS.

Las patas se construirán con caños de hierro negro de diámetro de 1½‖. Consiste de un tacho

de chapa lisa galvanizada Nº18 (cilindro lateral y fondo), que va contenido en una estructura

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Sección VI. Requisitos de las obras 148

de malla tipo sima 50x50x4mm con un bastidor circular en su boca superior de hierro

redondo de 8mm liso; esta última va fijada a la pata por medio de unos travesaños de

planchuela de 1/8‖x 2‖. Por último, todo el elemento posee una tapa rebatible por bisagra, de

chapa lisa galvanizada Nº18 que se sostiene en su parte anterior por medio de una planchuela

de 1/8‖x1‖ al bastidor superior del recipiente de malla tipo sima. Toda la pieza se deberá

pintar con dos manos de antióxido y dos manos de esmalte sintético color de acuerdo a lo

indicado por la Supervisión.

Deberá el contratista colocar un mínimo de 60 cestos de residuos, los que serán

adecuadamente ubicados por la inspección.

3 - CARTELES INDICADORES VARIOS

Se seguirán los lineamientos planteados en planos de detalles, construidos en chapa negra

Nº14 y columna de sostén de caño de hierro negro de Ø2‖ con fijación a dados de hormigón,

terminación esmalte sintético color de acuerdo a planos de detalles.

Deberá el contratista colocar un mínimo de 15 carteles indicadores, los que serán

adecuadamente ubicados por la inspección.

4 - EQUIPAMIENTO PARA GIMNASIA.

Se proveerán y colocarán según el siguiente detalle, los mismos se fijarán al terreno natural

mediante dados de Hº sin armar de 0.30x0.30x0.60m de profundidad:

4.1 - EJERCICIO PARA ABDOMINAL X 4: Consiste en un elemento urbano que

está formado por un cuadro cuadrado de 1,20m de lado y a una altura de 0,40m de

tubo circular de 3‖ de diámetro x 2mm con cuatro parantes cortos que lo cimientan al

piso a través de dados de Hº sin armar, que soporta cuatro tablones de madera de

lapacho 2‖x18‖ (en lo posible, de una sola pieza en la dimensión longitudinal, caso

contrario, la unión deberá ser cuidadosamente ejecutada de modo de no presentar

labios a distinta altura, ni astillamientos o aristas vivas que sean peligrosos para los

usuarios y deberán unirse por media madera, con elementos de refuerzo en la parte

inferior). La fijación de la madera a los dados de Hº se ejecutará a través de

planchuelas de perfil ―L‖ 3/4"x1/8‖, a razón de dos por cada tablón, de 15cm de largo

en el sector de fijación al tablón, y de 20cm en el anclaje en el dado de Hº. Otro

elemento similar se dispondrá para fijar el tablón al soporte central, de largo 15cm en

el sector de fijación del tablón, con dos bulones de 3‖x1/2‖ con cabeza rehundida y

tapón de madera encolada. La fijación al cuadro metálico se hará por soldadura, y el

largo del brazo del soporte será de 3cm.

4.2 - PARALELAS: Consiste en un cuadro metálico de dos parantes y una pieza

horizontal, de tubo circular de 3‖ de diámetro x 2mm.

4.3 - BARRAS DE EMPUJE: Consiste en una columna de 6‖ de diámetro, de hierro

fundido, con barras de 20cm de 2‖ de diámetro x 1,20mm (se deberá tapar el extremo

visto), a ambos lados en tres alturas diferentes. Las uniones de los elementos se

ejecutarán con electrodo apto para hierro fundido.

Deberá el contratista colocar un mínimo de 6 juegos de equipamientos para gimnasia, los que

serán adecuadamente ubicados por la inspección.

5 - EQUIPAMIENTO PARA JUEGOS INFANTILES.

Se proveerán y colocarán según el siguiente detalle, los mismos se fijarán al terreno natural

mediante dados de Hº sin armar de 0.30x0.30x0.60m de profundidad.

5.1 - HAMACA 4 ASIENTOS: de 3,00m de altura, largo del travesaño de 6,00m.

Travesaño de tubo estructural de 3‖x 2mm de esp. con codos de unión en hierro

fundido, 8 patas: 4 de 2½‖x2mm, 2 de 2‖x2mm y 2 de 1½‖x2mm. Asientos de madera

dura colgando con cadenas Nº50 reforzadas, terminación del conjunto con dos manos

de base antióxido y dos manos de esmalte sintético.

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Sección VI. Requisitos de las obras 149

5.2 - TOBOGAN COMPUESTO: de 2,30m de altura, cubriendo 4,50m x 1,00m de

ancho. Escalera de tubo estructural de 30x40mm, bajada en chapa plegada Nº20, dos

patas adicionales en tubos de 1½‖x2mm, con hamaca barra gimnasia y pasarela

(baranda de pasarela de caños de 1½‖x2mm), terminación del conjunto con dos manos

de base antióxido y dos manos de esmalte sintético.

5.3 - TREPADOR VERTICAL: altura 3,00m, 2 tubos estructurales centrales de

1½‖x2mm de esp., 18 agarraderas en "U" de tubos de 1‖, terminación del conjunto

con dos manos de base antióxido y dos manos de esmalte sintético.

5.4 - SUBE Y BAJA 4 ASIENTOS: caballetes de tubo estructural; travesaño de

3‖x2mm de esp. Tablas de madera dura de 3,00m de largo, 0,25m de ancho y 1½‖ de

espesor, terminación del conjunto con dos manos de base antióxido y dos manos de

esmalte sintético.

Deberá el contratista colocar un mínimo de 12 equipos de juegos infantiles, los que serán

adecuadamente ubicados por la inspección.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

Los componentes de este ítem se medirán en forma global se pagaran al precio estipulado

para el ítem ―Mobilario Urbano‖ y su costo será la compensación total por los materiales,

mano de obra, transporte y colocación de los elementos terminados, y todo el trabajo

necesario para completar este ítem.

ARTÍCULO 21 – FORESTACIÓN

- El CONTRATISTA deberá efectuar la parquización y forestación con especies nativas a

los efectos de compensar la limpieza de la vegetación y cobertura vegetal a lo largo de

todo el tramo de la avenida y una vez concluidas las tareas en el obrador, campamento y

depósito de materiales.

- La ubicación, alcance y cantidad definitiva de esta forestación de reposición será

acordada durante el desarrollo de la obra y ajustada con las autoridades locales.

- Las especies adecuadas para arbolado paisajístico en la zona de camino son:

Autóctonas: Tabebuia avellanedae (Lapacho rosado), Tabebuia Caraiba - Tabebuia

Aurea o Tabebuia Nodosa (Lapacho amarillo), Schinopsis balansae (Quebracho

colorado chaqueño), Calycophyllum multiflorum (Palo blanco).

Exóticas: Eucaliptis y Leucaena.

- Se recomienda la implantación de especies tales como Tabebuia avellanedae (Lapacho

rosado), Tabebuia Caraiba - Tabebuia Aurea o Tabebuia Nodosa (Lapacho amarillo).

- La contratista deberá observar que el árbol más próximo a la banquina no podrá estar a

una distancia menor a diez metros. El diseño geométrico del arbolado deberá asegurar

permeabilidad y visibilidad.

- El esquema de plantación puede ser triangular o rectangular con distancias entre planta y

planta de cinco metros, no menor, para permitir una adecuada labor de conservación y

posterior raleo.

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Sección VI. Requisitos de las obras 150

- La labor de plantación puede realizarse en cualquier época del año, en época invernal

pueden ser plantines a raíz desnuda y en verano deben ser necesariamente con piló,

debiéndose realizar un riego de base en el pozo de plantación.

- La revegetación y arbolado en este tramo de la avenida se recomienda que se realice una

vez concluidas las tareas que pudieran afectar la zona a arbolar, hacia el inicio y final de

la obra, y en los tramos impactados tales como las zonas residenciales de los barrios San

Miguel, Las Delicias, Militar, San Agustín, Stella Maris, El Palomar y en los predios

utilizados como obrador, campamento y depósito de materiales.

- Tentativamente se asume una forestación de 500 árboles.

- El CONTRATISTA deberá proveer los recursos necesarios para lograr la supervivencia

de los ejemplares plantados y su posterior reposición por daños, muerte del plantín, etc,

durante el período de garantía de la obra.

- Finalizada la obra el CONTRATISTA deberá reponer todos los ejemplares plantados que

no hubieren prosperado.

PLANTADO DE CÉSPED

El césped nuevo a plantar será del tipo misionero de segunda calidad, en panes de modo de

cubrir el 50% de la superficie pues se deberá colocar los panes en filas dejando entre filas una

fila vacía de modo de que con el tiempo el césped crezca y cubra el área no sembrada. Su

emplazamiento será definido por la Supervisión de la obra.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

Los componentes de este ítem se medirán en forma global se pagaran al precio estipulado

para el ítem ―Forestación‖ y su costo será la compensación total por los materiales, mano de

obra, transporte, descarga colocación de plantas, y todo el trabajo necesario para completar

este ítem.

ARTÍCULO 22 – DEMOLICIÓN DE OBRAS VARIAS

DESCRIPCION

El Contratista se encuentra obligado a realizar las demoliciones de estructuras y/o

construcciones que afecten el normal desenvolvimiento de los trabajos, previa autorización

por parte de la supervisión de la obra.

Se deberán extremar los cuidados tendientes a preservar obras o construcciones o aledañas

que no deban ser afectadas; en caso de ocurrir tal situación será responsabilidad de la

contratista su reparación o reconstrucción, no recibiendo compensación alguna por tales

conceptos.

MEDICION Y FORMA DE PAGO

Este trabajo se medirá en forma global y se pagará al precio estipulado para el ítem ―

demolición de obras varias‖, y su costo será la compensación total por la mano de obra,

equipos, carga, descarga y transporte del material producto de la demolición hasta una

distancia de 5km, y todo otro trabajo necesario para completar la tarea.

ARTÍCULO 23 - TRASLADO Y PROTECCIÓN DE INTERFERENCIAS

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Sección VI. Requisitos de las obras 151

DESCRIPCIÓN INSTALACIONES AÉREAS Y SUBTERRÁNEAS EN LA ZONA DE

CAMINO

Para la localización y protección de los servicios que interfieran con las obras previstas, el

CONTRATISTA deberá realizar todas las investigaciones previas que sean necesarias para

detectarlos fehacientemente y lograr las aprobaciones de los Entes y/o Empresas prestatarias

que correspondan, informando de todo ello a la Inspección y/o Supervisión.

RECAUDOS:

El CONTRATISTA deberá adoptar todos los recaudos que impongan las circunstancias para

evitar causar daños a las instalaciones de servicios existentes aéreos y subterráneos, en la

zona de camino afectada (gasoductos, líneas de energía eléctrica, telefónicas, cable y otros

medios de comunicación, acueductos, etc.), siendo responsable de su propia actuación y de la

de sus Subcontratistas.

INSTALACIONES DE SERVICIOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS:

El CONTRATISTA efectuará las gestiones pertinentes ante los Entes y/o Empresas

propietarias de dichas instalaciones para la reubicación de las mismas, previo a la realización

de las tareas u obras que puedan afectar a su seguridad y funcionamiento.

Este ítem consiste en el traslado y protección de las líneas eléctricas, de gasoductos,

acueductos, relocalización de sistemas de cables, y todo aquel servicio público que se

encuentre en la zona de camino e interfiera con las obras.

Para tal fin, se deberán hacer todos los trámites ante las empresas proveedoras de los

Servicios públicos, lograr la autorización y realizar de los trabajos necesarios para proceder al

traslado y/o a la relocalización y/o protección de las instalaciones.

MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

Se medirá y pagará en forma global (gl) según el precio unitario correspondiente al ítem

INTERFERENCIAS Y REMOCIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS Y OBSTACULOS,

incluyendo el precio la excavación, provisión y transporte de todos los materiales que

aseguran el correcto funcionamiento, como así también, la mano de obra y equipos cualquiera

fuera su tipo, sellados y/o aranceles de aprobación y autorización fijados por la empresa

prestadora del servicio y toda otra tarea necesaria para la correcta terminación del ítem.

ARTÍCULO 24 – PLAN DE GESTION AMBIENTAL

24.1. Proyecto Ejecutivo de Implementación de las Medidas de Mitigación

Se presenta a continuación el conjunto de las Medidas de Mitigación recomendadas para

lograr una correcta gestión ambiental vinculada a la obra.

El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) realizado para el proyecto permite concluir que no

existen conflictos ambientales relevantes que impidan la ejecución de la obra o que requieran de

cambios importantes en su planteo.

De todos modos, el éxito de la Gestión Ambiental y la consecuente minimización de

conflictos requieren de una correcta planificación y ejecución de los trabajos, del estricto

control del desempeño ambiental de los contratistas y de una fluida comunicación con las

autoridades de control y la población de las localidades cercanas al área del proyecto.

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Sección VI. Requisitos de las obras 152

Todo ello en el marco de un sistema organizado de gestión ambiental que permita

tratar los conflictos que pudieran ocurrir utilizando de manera adecuada los mecanismos de

comunicación, cumplimiento legal y normativo, monitoreo y control operativo.

Las Medidas de Mitigación recomendadas pueden ser ajustadas a medida que los

trabajos se desarrollan y en virtud de las modificaciones que se presenten. El objetivo

prioritario será arbitrar los medios necesarios para lograr la minimización de los eventuales

conflictos ambientales y sociales vinculados a la obra.

La Medidas de Mitigación se desarrollan en FICHAS donde se codifica la misma y se

establecen los efectos ambientales que se desea prevenir, se describe la medida, ámbito de

aplicación, momento y frecuencia, recursos necesarios, etapa del proyecto en que se aplica,

costo global estimado, efectividad esperada, indicadores de éxito, responsable de

implementación, periodicidad de fiscalización del grado de cumplimiento y efectividad así

como el responsable de la fiscalización.

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Sección VI. Requisitos de las obras 153

CODIGO MEDIDAS DE MITIGACION

MIT – 1 Control de Vehículos, Equipos y Maquinaria Pesada

MIT – 2 Control de Emisiones Gaseosas, Material Particulado y Ruidos y Vibraciones

MIT – 3 Control de la Correcta Gestión de los Residuos Tipo Sólido Urbano y Peligrosos

MIT – 4 Control de la Correcta Gestión de Efluentes Líquidos

MIT – 5 Control de Excavaciones, Remoción del Suelo y Cobertura Vegetal

MIT – 6 Control del Acopio y Utilización de Materiales e Insumos

MIT – 7 Forestación y Revegetación

MIT – 8 Control del Plan de Prevención de Emergencias y Contingencias Ambientales

MIT – 9 Control de la Señalización de la Obra

MIT – 10 Control del Desempeño Ambiental de los CONTRATISTAS y SUBCONTRATISTAS

MIT – 11 Control de Notificaciones a los Pobladores de las Tareas a Realizar

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Sección VI. Requisitos de las obras

154

24.1.1. MIT – 1: Control de Vehículos, Equipos y Maquinaria Pesada

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 1

CONTROL DE VEHÍCULOS, EQUIPOS Y

MAQUINARIA PESADA

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Afectación de la Fauna, Paisaje y Actividades

Económicas

- Afectación de la Seguridad de Operarios y Población

- Afectación al Sistema Vial y Transporte Liviano y

Pesado

Descripción de la Medida:

- El CONTRATISTA deberá controlar el correcto estado de manutención y

funcionamiento del parque automotor, camiones, equipos y maquinarias pesadas,

tanto PROPIO como de los SUBCONTRATISTAS, así como verificar el estricto

cumplimiento de las normas de tránsito vigentes, en particular la velocidad de

desplazamiento de los vehículos.

- El contratista deberá elaborar manuales para la operación segura de los diferentes

equipos y máquinas que se utilicen en labores de excavación y el operador estará

obligado a utilizarlos y manejarse en forma segura y correcta.

- Los equipos pesados para el cargue y descargue deberán contar con alarmas acústicas

y ópticas, para operaciones de retroceso. En las cabinas de los equipos no deberán

viajar ni permanecer personas diferentes al operador, salvo que lo autorice el

encargado de seguridad.

- Se deberá prestar especial atención a los horarios de trabajo de la máquina

compactadora o rodillo pata de cabra, en el período de compactación del terreno, con

el objetivo de no entorpecer la circulación de vehículos sobre la zona de proyecto, en

las inmediaciones del obrador, campamento y en las áreas pobladas e intentando

alterar lo menos posible la calidad de vida de los habitantes de los barrios

residenciales San Miguel, Militar, Las Delicias, Stella Maris, El Palomar, San

Agustín y Eva Perón.

- El contratista deberá realizar un plan o cronograma de tareas (montaje de puente,

paquete estructural y obras complementarias) con el fin de obstaculizar lo menos

posible el tránsito local.

- El contratista deberá tener en cuenta todas las actividades que se desarrollan cerca de

la zona de proyecto (venta de ladrillos, etc.) procurando afectar minimamente a las

mismas.

- Esta medida tiene por finalidad prevenir accidentes hacia las personas que circulan

por la zona de proyecto y los operarios de los equipos y maquinarias pesadas, de esta

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

155

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 1

CONTROL DE VEHÍCULOS, EQUIPOS Y

MAQUINARIA PESADA

manera minimizar al máximo la probabilidad de ocurrencia de incidentes. Así como

prevenir daños a la fauna silvestre.

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.

Momento / Frecuencia: La medida se implementa mediante controles sorpresivos que

realiza el Supervisor Ambiental, durante toda la construcción con una frecuencia

mensual.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada MEDIA Operación

Indicadores de Éxito:

Ausencia de no conformidades por parte del auditor. Ausencia de reportes de accidentes

de operarios y población.

Responsable de la Implementación de la

Medida

El CONTRATISTA

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Mensual durante toda la obra

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

156

24.1.2. MIT – 2: Control de Emisiones Gaseosas, Material Particulado y Ruidos y

Vibraciones

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 2

CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS, MATERIAL

PARTICULADO Y RUIDOS Y VIBRACIONES

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Afectación de la Calidad del Aire, Flora y Fauna

- Afectación de Agua, Suelo y Paisaje

- Afectación a Seguridad de Operarios y Salud de la

Población

Descripción de la Medida:

Material Particulado y/o Polvo

- Se deberán organizar las excavaciones y movimientos de suelos de modo de

minimizar a lo estrictamente necesario el área para desarrollar estas tareas.

- .Las mismas deberían ser evitadas en días muy ventosos, debido a que existen a lo

largo de la traza algunas zonas pobladas y con características netamente urbanas,

como los barrios residenciales San Miguel, Militar, Las Delicias, Stella Maris, El

Palomar, San Agustín y Eva Perón.

- La preservación de la vegetación en toda la zona de obra, minimizando los raleos a lo

estrictamente necesario, contribuye a reducir la dispersión de material particulado.

- Se deberá regar periódicamente, solo con AGUA, los caminos de acceso y las playas

de maniobras de las máquinas pesadas en el obrador, depósito de excavaciones y

campamento, y además en las proximidades de las áreas pobladas nombradas

anteriormente, reduciendo de esta manera el polvo en la zona de obra.

- La medida antes descripta se complementará con la adopción de banderilleros en

estas áreas que tendrán la función, además de señalizar los desvíos y maniobras de la

obra, hacer respetar la velocidad máxima de 40 km/h con el objetivo de minimizar al

máximo la voladura de polvo y disminuir el riesgo de accidentes en este nuevo tramo

de la avenida.

Ruidos y Vibraciones

- Las vibraciones de los equipos y maquinarias pesadas y la contaminación sonora por

el ruido de los mismos, durante su operación, pueden producir molestias a los

operarios y pobladores locales, como por ejemplo durante la excavación, nivelación y

compactación del terreno, movimientos de suelos y/o durante la construcción y

montaje del puente, obras complementarias, etc, y además afectar apostaderos de

aves y a la fauna terrestre cuando los trabajos se desarrollen cerca de áreas sensibles.

Por lo tanto, se deberá minimizar al máximo la generación de ruidos y vibraciones de

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

157

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 2

CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS, MATERIAL

PARTICULADO Y RUIDOS Y VIBRACIONES

estos equipos, controlando los motores y el estado de los silenciadores.

- Las tareas que produzcan altos niveles de ruidos, como el movimiento de camiones

de transporte de hormigón elaborado, suelos de excavaciones, materiales, insumos y

equipos; y los ruidos producidos por la máquina de excavaciones (retroexcavadora),

motoniveladora, pala mecánica y la máquina compactadora en la zona de obra, ya sea

por la elevada emisión de la fuente o suma de efectos de diversas fuentes, deberán

estar planeadas adecuadamente para mitigar la emisión total lo máximo posible, de

acuerdo al cronograma de la obra.

- Concretamente, la CONTRATISTA evitará el uso de máquinas que producen niveles

altos de ruidos (martillo neumático, retroexcavadora, motoniveladora y máquina

compactadora) simultáneamente con la carga y transporte de camiones de los suelos

extraídos, debiéndose alternar dichas tareas dentro del área de trabajo.

- No podrán ponerse en circulación simultáneamente más de tres camiones para el

transporte de suelos de excavación hacia el sitio de depósito y la máquina que

distribuirá y asentará los suelos en este sitio deberá trabajar en forma alternada con

los camiones.

- El contratista deberá colocar en las cercanas a los barrios pantallas arbóreas de

manera de minimizar al máximo el incremento del nivel sonoro debido al

funcionamiento de la nueva avenida, la cual conlleva un mayor número de vehículos

circulando por este sector.

Emisiones Gaseosas

- Se deberá verificar el correcto funcionamiento de los motores a explosión para evitar

desajustes en la combustión que pudieran producir emisiones de gases fuera de

norma.

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.

Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada ALTA Operación x

Indicadores de Exito:

- Ausencia de altas concentraciones de material particulado y/o polvo en suspensión,

cursos de agua y suelo. Disminución de emisiones gaseosas e inexistencia de humos

DOCUMENTO VALIDO

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Sección VI. Requisitos de las obras

158

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 2

CONTROL DE EMISIONES GASEOSAS, MATERIAL

PARTICULADO Y RUIDOS Y VIBRACIONES

en los motores de combustión. Ausencia de enfermedades laborales en operarios y

migración de la fauna silvestre. Ausencia de reclamos por parte de los pobladores

locales.

Responsable de la Implementación de la

Medida

El CONTRATISTA

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Mensual durante toda la obra

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

159

24.1.3. MIT – 3: Control de la Correcta Gestión de los Residuos Tipo Sólido Urbano y

Peligrosos

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 3

CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN

DE LOS RESIDUOS TIPO SOLIDO URBANO Y

PELIGROSOS

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Afectación de las Condiciones Higiénico Sanitarias

(Salud, Infraestructura Sanitaria y Proliferación de

Vectores)

- Afectación de la Calidad de Aire, Agua, Suelo y Paisaje.

Descripción de la Medida:

- El CONTRATISTA deberá disponer los medios necesarios para lograr una correcta

gestión de residuos durante todo el desarrollo de la obra, aplicando el Programa de

Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes.

- En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Supervisor

Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la solución

de las no conformidades.

- El CONTRATISTA deberá evitar la degradación del paisaje por la incorporación de

residuos y su posible dispersión por el viento.

- Recoger los sobrantes diarios, hormigón, maderas y plásticos de manera de hacer un

desarrollo y finalización de obra prolijo.

- Los residuos y sobrantes de material que se producirán en el obrador y campamento,

y durante la demolición de las estructuras existentes y la construcción del paquete

estructural, obras civiles (alcantarillas, estribos, pilas, etc.) y complementarias

(defensas, refugios, cerco perimetral, iluminación, semaforización, señalización,

forestación, etc.), deberán ser controlados y determinarse su disposición final de

acuerdo con lo estipulado en el Programa de Manejo de Residuos de la obra.

- Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el

almacenamiento seguro de los residuos producidos.

- El CONTRATISTA dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para retirar

y disponer los residuos generados de acuerdo a las normas vigentes.

- El CONTRATISTA será responsable de capacitar adecuadamente al personal para la

correcta gestión de los residuos de la obra.

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.

Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

160

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 3

CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN

DE LOS RESIDUOS TIPO SOLIDO URBANO Y

PELIGROSOS

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada ALTA Operación

Indicadores de Éxito:

Ausencia de residuos dispersos en el frente de obra / Ausencia de reclamos por parte de

las autoridades y pobladores locales. Ausencia de potenciales vectores de enfermedades.

Responsable de la Implementación de la

Medida

El CONTRATISTA

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Mensual durante toda la obra

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

161

24.1.4. MIT – 4: Control de la Correcta Gestión de los Efluentes Líquidos

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 4

CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN

DE LOS EFLUENTES LIQUIDOS

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Afectación de la Flora y Fauna

- Afectación de Agua, Suelo y Paisaje

- Afectación a la Salud de la Población

Descripción de la Medida:

- El CONTRATISTA deberá disponer los medios necesarios para lograr una

correcta gestión de los efluentes líquidos durante todo el desarrollo de la obra,

aplicando el Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes.

- En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Supervisor

Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la

solución de las no conformidades.

- El CONTRATISTA deberá evitar la degradación del paisaje por la generación de

efluentes líquidos durante la etapa de Montaje y Funcionamiento del Obrador y

Campamento.

- Los efluentes que se pudieran generar durante las distintas etapas de la obra como

ser montaje y funcionamiento del obrador y campamento, deberán ser

controlados de acuerdo con lo estipulado en el Programa de Manejo de Residuos,

Emisiones y Efluentes.

- Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el

almacenamiento seguro de los efluentes líquidos generados.

- El CONTRATISTA dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para

retirar y disponer los efluentes líquidos de acuerdo a las normas vigentes.

- El CONTRATISTA será responsable de capacitar adecuadamente al personal

para la correcta gestión de los efluentes líquidos de la obra.

- El CONTRATISTA será el responsable de evitar el lavado o enjuague de

maquinarias y equipos que puedan producir escurrimientos y/o derrames de

contaminantes cerca del Río Paraguay y del Riacho Formosa. Este requerimiento

se deberá cumplir en todo el frente de obra y especialmente en el obrador,

campamento y lugares cercanos a la población urbana cercana a la zona de obras.

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.

Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción una frecuencia mensual.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

162

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 4

CONTROL DE LA CORRECTA GESTIÓN

DE LOS EFLUENTES LIQUIDOS

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada ALTA Operación

Indicadores de Éxito:

Ausencia de efluentes líquidos dispersos en el frente de obra / Ausencia de reclamos por

parte de las autoridades y pobladores locales. Ausencia de potenciales vectores de

enfermedades.

Responsable de la Implementación de la

Medida

El CONTRATISTA

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Mensual durante toda la obra

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

163

24.1.5. MIT – 5: Control de Excavaciones, Remoción del Suelo y Cobertura Vegetal

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 5

CONTROL DE EXCAVACIONES, REMOCION DEL

SUELO Y COBERTURA VEGETAL

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Afectación de la Calidad de Suelo, Estabilidad y

Escurrimiento Superficial, Flora y Fauna.

- Afectación del Paisaje y la Seguridad de Operarios.

Descripción de la Medida:

- El CONTRATISTA deberá controlar que las excavaciones, remoción de suelo y

cobertura vegetal que se realicen en toda la zona de obra, principalmente en el área

del obrador, campamento, depósito de excavaciones, y puente, sean las estrictamente

necesarias para la instalación, montaje y correcto funcionamiento de los mismos.

- Deberán evitarse excavaciones y remociones de suelo innecesarias, ya que las

mismas producen daños al hábitat, perjudicando a la flora y fauna silvestre, e

incrementan procesos erosivos, inestabilidad y escurrimiento superficial del suelo.

Asimismo se afecta al paisaje local en forma negativa.

- En los casos que la secuencia y necesidad de los trabajos lo permitan se optará por

realizar, en forma manual, las tareas menores de excavaciones, remoción de suelo y

cobertura vegetal, siempre y cuando no impliquen mayor riesgo para los

trabajadores.

- Se PROHIBE el control químico de la vegetación con productos nocivos para el

medio ambiente. En caso de resultar indispensable aplicar control químico sobre la

vegetación, todos los productos que se utilicen deberán estar debidamente

autorizados por el comitente y contar con su hoja de seguridad en el frente de obra.

- La aplicación de estos productos estará a cargo de personal capacitado y entrenado y

previo a cada aplicación deberán ser notificadas las autoridades locales.

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra

Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

164

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 5

CONTROL DE EXCAVACIONES, REMOCION DEL

SUELO Y COBERTURA VEGETAL

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada ALTA Operación

Indicadores de Éxito:

No detección de excavaciones y remociones de suelo y vegetación innecesarias /

Ausencia de no conformidades del auditor / Ausencia de reclamos por parte de las

autoridades y pobladores locales.

Responsable de la Implementación de la

Medida

El CONTRATISTA

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Mensual durante toda la obra

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

165

24.1.6. MIT – 6: Control del Acopio y Utilización de Materiales e Insumos

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 6

CONTROL DEL ACOPIO Y

UTILIZACION DE MATERIALES E INSUMOS

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Afectación de Calidad de Suelo y Escurrimiento

Superficial

- Afectación a la Seguridad de Operarios y al Paisaje

Descripción de la Medida:

- Durante todo el desarrollo de la obra el CONTRATISTA deberá controlar los sitios

de acopio y las maniobras de manipuleo y utilización de materiales e insumos como

productos químicos, pinturas y lubricantes, en el obrador, el campamento y depósito

de materiales, a los efectos de reducir los riesgos de contaminación ambiental. Este

control debe incluir la capacitación del personal responsable de estos productos en el

frente de obra.

- El CONTRATISTA deberá controlar que tanto los materiales de obra como los

insumos anteriormente mencionados sean almacenados correctamente. Además los

últimos se acopien en recintos protegidos del sol y cercados (con restricciones de

acceso) y piso impermeable (o recipientes colocados sobre bateas).

- Todo producto químico utilizado en la obra debe contar con su hoja de seguridad en

un lugar accesible donde conste claramente la peligrosidad del producto, las medidas

de prevención de riesgos para las personas y el ambiente y las acciones a desarrollar

en caso de accidente a las personas o al medio ambiente.

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.

Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada ALTA Operación

Indicadores de Éxito:

Ausencia de no conformidades por parte del auditor / Ausencia de accidentes

relacionados con estos productos / Ausencia de reclamos por parte de las autoridades y

pobladores locales.

Responsable de la Implementación de la

Medida

El CONTRATISTA

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Mensual durante toda la obra

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

166

24.1.7. MIT – 7: Forestación y Revegetación

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 7

FORESTACIÓN Y REVEGETACION

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Afectación de la Calidad de Suelo, Estabilidad y

Escurrimiento superficial.

- Afectación de la Flora, Fauna y Paisaje.

Descripción de la Medida:

- El CONTRATISTA deberá efectuar la parquización y forestación con especies

nativas a los efectos de compensar la limpieza de la vegetación y cobertura vegetal a

lo largo de todo el tramo de la avenida y una vez concluidas las tareas en el obrador,

campamento y depósito de materiales.

- La ubicación, alcance y cantidad definitiva de esta forestación de reposición será

acordada durante el desarrollo de la obra y ajustada con las autoridades locales.

- Las especies adecuadas para arbolado paisajístico en la zona de camino son:

Autóctonas: Tabebuia avellanedae (Lapacho rosado), Tabebuia Caraiba - Tabebuia

Aurea o Tabebuia Nodosa (Lapacho amarillo), Schinopsis balansae (Quebracho

colorado chaqueño), Calycophyllum multiflorum (Palo blanco).

Exóticas: Eucaliptis y Leucaena.

- Se recomienda la implantación de especies tales como Tabebuia avellanedae

(Lapacho rosado), Tabebuia Caraiba - Tabebuia Aurea o Tabebuia Nodosa

(Lapacho amarillo).

- La contratista deberá observar que el árbol más próximo a la banquina no podrá estar

a una distancia menor a diez metros. El diseño geométrico del arbolado deberá

asegurar permeabilidad y visibilidad.

- El esquema de plantación puede ser triangular o rectangular con distancias entre

planta y planta de cinco metros, no menor, para permitir una adecuada labor de

conservación y posterior raleo.

- La labor de plantación puede realizarse en cualquier época del año, en época invernal

pueden ser plantines a raíz desnuda y en verano deben ser necesariamente con piló,

debiéndose realizar un riego de base en el pozo de plantación.

- La revegetación y arbolado en este tramo de la avenida se recomienda que se realice

una vez concluidas las tareas que pudieran afectar la zona a arbolar, hacia el inicio y

final de la obra, y en los tramos impactados tales como las zonas residenciales de los

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

167

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 7

FORESTACIÓN Y REVEGETACION

barrios San Miguel, Las Delicias, Militar, San Agustín, Stella Maris, El Palomar y en

los predios utilizados como obrador, campamento y depósito de materiales.

- Tentativamente se asume una forestación de 500 árboles.

- El CONTRATISTA deberá proveer los recursos necesarios para lograr la

supervivencia de los ejemplares plantados y su posterior reposición por daños,

muerte del plantín, etc, durante el período de garantía de la obra.

- Finalizada la obra el CONTRATISTA deberá reponer todos los ejemplares plantados

que no hubieren prosperado.

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra y

minimamente en los sitios determinados anteriormente.

Momento / Frecuencia: Una concluidas las tareas que pudieran afectar la zona a

arbolar y/o hacia el final de la obra.

Recursos necesarios: Contratación de viveros locales para la provisión de los

ejemplares y tareas de plantación.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada MEDIA Operación x

Indicadores de Éxito:

Desarrollo exitoso de nuevas áreas forestadas en la nueva avenida y en los sectores antes

señalados.

Responsable de la Implementación de la

Medida

El CONTRATISTA

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Mensual durante toda la obra y un año

posterior a la finalización de la misma.

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

168

24.1.8. MIT – 8: Control del Plan de Prevención de Emergencias y Contingencias

Ambientales

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 8

CONTROL DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE

EMERGENCIAS Y CONTINGENCIAS

AMBIENTALES

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Eventual generación de impactos ambientales derivados

de catástrofes naturales o antrópicas sobre la obra

- Afectación a Suelo, Agua, Flora, Fauna y Seguridad

Población

Descripción de la Medida:

- Existen eventos naturales que por su naturaleza deben ser tratados como

contingencias particulares. Son contingencias relacionadas con eventos climáticos,

tectónicos o humanos que cobran gran dimensión con efectos de gran escala. Entre

ellos se destacan los tornados, las inundaciones, los terremotos, los incendios y

derrames.

- Para la construcción de la obra, el CONTRATISTA deberá controlar la elaboración e

implementación del Programa de Prevención de Emergencias y Contingencias

Ambientales para atender estos eventos catastróficos teniendo en cuenta como

mínimo los siguientes aspectos:

La identificación y zonificación de los principales riesgos ambientales en

la zona.

Estructura de responsabilidades y roles dentro de la compañía

CONTRATISTA para atender las emergencias.

Mecanismos, criterios y herramientas para la prevención de estos riesgos.

Mecanismos y procedimientos de alerta.

Equipamiento necesario para afrentar las emergencias identificadas.

Necesidades de capacitación para el personal destinado a atender estas

emergencias.

Mecanismos para la cuantificación de los daños y los impactos

producidos por las contingencias.

Procedimientos operativos para atender las emergencias.

Identificación de los mecanismos de comunicación necesarios durante las

emergencias.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada ALTA Operación

Indicadores de Éxito:

Existencia en obra de un Plan de Contingencias Ambientales de la obra. Conformidad

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

169

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 8

CONTROL DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE

EMERGENCIAS Y CONTINGENCIAS

AMBIENTALES

del auditor ambiental.

Responsable de la Implementación de la

Medida

El CONTRATISTA

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Una vez antes de iniciar la obra

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

170

24.1.9. MIT – 9: Control de la Señalización de la Obra

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 9

CONTROL DE LA SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Afectaciones a la Seguridad de Operarios y Población

- Afectaciones al Tránsito Local

Descripción de la Medida:

- Durante toda la construcción del proyecto el contratista dispondrá los medios

necesarios para lograr una correcta señalización de los frentes de obra, especialmente

en las áreas de obrador, campamento y depósito de materiales, muy especialmente en

las proximidades de la zonas urbanas de los barrios San Miguel, Las Delicias, San

Agustín, Militar, Stella Maris, El Palomar y Eva Perón.

- La señalización de riesgo será permanente, incluyendo vallados, carteles indicadores

y señales luminosas cuando correspondan.

- Debido a que la obra se desarrollará en un tramo sobre la actual traza de la avenida,

siendo esta una vía actualmente transitada por vehículos tanto livianos (autos y

motos) como pesados, el contratista estará obligado a colocar en las áreas de playas

de maniobras de maquinarias y equipos, sobre la misma avenida y en las zonas de

desvíos de la nueva traza, una señalización que resulte visible durante las horas

diurnas y nocturnas mediante la colocación de las señales lumínicas pertinentes.

- La señalización de riesgo de la obra debe implementarse de acuerdo con el estado

actual del arte en señaléctica de seguridad con el objeto de minimizar los riesgos

hacia la población en general y principalmente aquella que circule por la zona de

proyecto.

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra

Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada ALTA Operación

Indicadores de Exito:

Ausencia de accidentes. Ausencia de reclamos por partes de las autoridades y pobladores

locales. Ausencia de no conformidades por parte del supervisor ambiental.

Responsable de la Implementación de la

Medida

El CONTRATISTA

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Mensual durante toda la obra

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

171

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 9

CONTROL DE LA SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

172

24.1.10. MIT – 10: Control del Desempeño Ambiental de la Obra

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 10

CONTROL DEL DESEMPEÑO AMBIENTAL

DE LA OBRA

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Impactos Ambientales no persistentes previstos por mal

desempeño ambiental del Contratista

Descripción de la Medida:

- Durante toda la etapa de construcción, el CONTRATISTA dispondrá los medios

necesarios para maximizar el desempeño ambiental de su obra, a los efectos de

potenciar los beneficios de la gestión ambiental.

- Deberá implementar el Programa de Control Ambiental de la obra.

- Controlará la ejecución de los programas de manejo ambiental y la implementación

de las medidas de mitigación.

- El CONTRATISTA será calificado por el Auditor Ambiental del COMITENTE de

acuerdo con el desempeño ambiental de su obra y esta calificación servirá de

antecedente para futuras contrataciones que se realicen.

- El incumplimiento por parte del CONTRATISTA del Plan de Manejo Ambiental de

la obra será condición suficiente para no certificar los trabajos realizados. En caso de

incumplimiento de magnitud severa que pudiera derivar en daños ambientales y/o

sociales de magnitud relevante se podrá rescindir su contrato.

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.

Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada ALTA Operación

Indicadores de Éxito:

Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental de la obra.

Responsable de la Implementación de la

Medida

EL CONTRATISTA

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Mensual durante toda la obra

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

173

24.1.11. MIT – 11: Control de Notificaciones a los Pobladores de las Tareas a Realizar

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 11

CONTROL DE NOTIFICACIONES A LOS

POBLADORES DE LAS TAREAS A REALIZAR

Efectos Ambientales que

se desea Prevenir o

corregir:

- Eventuales conflictos con los pobladores por intereses no

deseados como consecuencia del desarrollo de la obra.

- Afectación a la Calidad de Vida de las personas.

Descripción de la Medida:

- Durante todo el desarrollo de la obra el CONTRATISTA dispondrá los medios

necesarios para que exista una comunicación y notificación permanente a las

autoridades, superficiarios y pobladores locales respecto de las tareas que se van a

desarrollar con una anticipación suficiente como para que éstos puedan organizar sus

actividades en caso de ser necesario.

- Deberá implementarse el Programa de Comunicaciones durante todo el desarrollo de

la obra.

- El CONTRATISTA deberá contar con un sistema de comunicación que permita

informar a los interesados y al mismo tiempo recibir cualquier requerimiento de éstos

aún cuando no sean superficiarios afectados directamente por las obras. El

CONTRATISTA deberá documentar el proceso de información con terceros en

forma fehaciente.

- Se deberán utilizar canales institucionales (carta, fax, e-mail), canales públicos

(periódicos locales, radios y/o televisión) entrevistas y reuniones con los grupos de

interesados, para notificar aquellas acciones que requieran de una difusión amplia

como avisos de cortes de caminos o de rutas.

- Así mismo el CONTRATISTA deberá disponer de mecanismos efectivos para que

tanto los particulares directamente afectados por las obras como la comunidad en

general puedan hacer llegar sus requerimientos, reclamos o sugerencias (líneas 0-

800, buzones de sugerencias en el obrador, e-mail).

Ámbito de aplicación: Esta medida debe aplicarse en todo el frente de obra.

Momento / Frecuencia: Durante toda la construcción con una frecuencia mensual.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Global

Estimado

$

Efectividad

Esperada ALTA Operación

Indicadores de Éxito:

Ausencia de reclamos por parte de los pobladores locales. Ausencia de no conformidades

por parte del auditor ambiental

Responsable de la Implementación de la

Medida

El CONTRATISTA

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

174

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

MEDIDAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS

Medida

MIT – 11

CONTROL DE NOTIFICACIONES A LOS

POBLADORES DE LAS TAREAS A REALIZAR

Periodicidad de Fiscalización del grado

de Cumplimiento y Efectividad de la

Medida

Mensual durante toda la obra

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

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ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

175

24.2. Especificaciones Técnicas Ambientales

Ver Anexo Item 24 ETA (Especificaciones Técnicas Ambientales del Proyecto)

24.3. Términos del Referencia del Plan de Manejo Ambiental

24.3.1. Aspectos Generales del Plan de Manejo Ambiental

El Plan de Manejo Ambiental para el desarrollo de las obras consiste en la

estructuración en Programas específicos de las medidas de mitigación, monitoreo y control

previamente descriptas, necesarios para minimizar o evitar los impactos ambientales que se

puedan derivar de la ejecución de la obra. Las medidas de los correspondientes Programas

son desarrolladas para cada uno de los impactos negativos más significativos identificados.

Las medidas de un PMA deben basarse, preferentemente, en la prevención y no en el

tratamiento de los efectos indeseados de la obra. Este criterio se apoya, por un lado, en la

necesidad de minimizar dichos efectos y por otro en que el costo de su tratamiento es

generalmente mucho mayor que el de su prevención.

Los Programas del PMA describen al conjunto de acciones de prevención, control,

atenuación, restauración y compensación de impactos ambientales negativos que deben

acompañar el desarrollo del proyecto para asegurar el uso sostenible de los recursos naturales

involucrados y la protección del medio ambiente, incluyendo tanto los aspectos que hacen a

la integridad del medio natural como aquellos que aseguran una adecuada calidad de vida

para la comunidad involucrada.

Las medidas a aplicarse en el marco del PMA pueden clasificarse en términos

generales en varias categorías:

Las que evitan la fuente de impacto.

Las que controlan el efecto limitando el nivel o intensidad de la fuente.

Las que mitigan el impacto por medio de la rehabilitación o restauración del medio

afectado.

Las que compensan el impacto reemplazando o proveyendo recursos o ecosistemas

sustitutos.

23.3.2. Actividades Preconstructivas

Se considera etapa preconstructiva aquella de planificación de la construcción y

diseño de Ingeniería de Detalle de las obras, métodos y cronogramas de construcción.

Durante esta etapa se recomienda:

Incorporar a la construcción y operación todos los aspectos normativos, reglamentarios y

procesales establecidos por la legislación vigente relativos a la protección del ambiente, a

la autorización y coordinación de cruces e interrupciones con diversos elementos de

infraestructura, etc. En el Capítulo 1 del presente estudio se describe en detalle los

aspectos más relevantes del marco jurídico que debe ser considerado.

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Sección VI. Requisitos de las obras

176

Elaborar un programa de actividades constructivas y de coordinación que minimicen los

efectos ambientales indeseados. Esto resulta particularmente relevante en relación a la

planificación de obradores, secuencias constructivas, técnicas de hormigonado y

colocación de asfalto, etc.

Planificar una adecuada información y capacitación del personal de obra sobre los

problemas ambientales esperados, la implementación y control de medidas de protección

ambiental, los planes de contingencia y las normativas y reglamentaciones ambientales

aplicables a las actividades y sitios de construcción.

Planificar la necesidad de asignar responsabilidades específicas al personal de obra en

relación a la implementación, operación, monitoreo y control de las medidas de

mitigación.

Tener en cuenta, sobre la base del presente estudio, la necesidad de elaborar planes de

contingencia detallados y precisos para atender situaciones de emergencia (derrames de

combustible y aceite de maquinaria, incendios, etc.) que puedan ocurrir y tener

consecuencias ambientales significativas.

Planificar los mecanismos a instrumentar para la coordinación y consenso de los

programas de mitigación con los organismos públicos competentes.

Planificar una eficiente y apropiada implementación de mecanismos de comunicación

social que permita establecer un contacto efectivo con todas las partes afectadas o

interesadas respecto de los planes y acciones a desarrollar durante la construcción y

operación de la obra.

El Plan de Manejo Ambiental deberá contener las nociones generales de protección

ambiental y social e higiene y seguridad a ser implementadas durante la obra por parte de

todos los participantes de la misma, cualquiera sea su función y tarea e incluye como puntos

particulares y fundamentales los siguientes ítems:

La capacitación y conocimiento, por parte de todos los involucrados en la obra.

Los mecanismos estipulados para el monitoreo ambiental de todas las tareas

desarrolladas, de forma de incorporar la temática ambiental en el seno del desarrollo de

cada acción particular, procurando la protección ambiental y social.

Control de emisiones en actividades de obra, Manejo de residuos y control de efluentes.

El PMA que se propone deberá contener los siguientes Programas básicos mínimos

sin perjuicio de la inclusión de otros adicionales:

1. Programa de seguimiento de las medidas de mitigación

2. Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes.

3. Programa de Prevención de Emergencias y Plan de Contingencias.

4. Programa de Seguimiento del Plan de Seguridad e Higiene.

5. Programa de Control Ambiental de la Obra.

6. Programa de Monitoreo Ambiental.

7. Programa de Comunicaciones a la comunidad.

Los procedimientos, programas, acciones y recomendaciones incluidos en el Plan de

Manejo serán considerados parte de integrante de las Especificaciones Técnicas Ambientales

que forman parte del Pliego de Obra y su cumplimiento será controlado por la Supervisión.

El Plan de Manejo Ambiental está compuesto por Programas relativos al Manejo de

cada actividad susceptible de generar impactos negativos sobre el medio receptor.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

177

El Plan de Manejo Ambiental y sus correspondientes Programas y Procedimientos

deben estar debidamente registrados de manera de favorecer el seguimiento de posibles

anomalías, identificando las posibles causas y actuando en su modificación para la

remediación de no conformidades.

La identificación de acciones, productos, responsables, cronograma de ejecución y

procedimientos definitivos se realizará, sobre la base de los datos de diseño definitivo de

proyecto en el Plan de Manejo Ambiental.

El Plan de Manejo Ambiental corresponde a un documento de tipo genérico que

contiene el compromiso con la protección ambiental y la sociedad en su conjunto (Política de

Medio Ambiente e Higiene y Seguridad para la obra), en completa concordancia con el marco

regulatorio vigente para la provincia.

Deben formar parte del PMA, los Programas particulares previamente definidos en

virtud de acciones específicas susceptibles de generar impactos, así como también los

Procedimientos Operativos a ser seguidos para la ejecución de las distintas acciones referidas,

los cuales son dependientes de la organización que la Empresa Constructora proponga para la

ejecución de la Obra.

En cuanto a Higiene y Seguridad se deben tomar en cuenta detalladamente las

siguientes consideraciones, entre otras:

Programas de Prevención de Riesgos laborales.

Planes de Emergencia para atender situaciones críticas.

Reuniones para la Asignación de Tareas con personal de Seguridad.

Emergencias Médicas, comunicaciones, dotación de médicos o enfermeros

habilitados.

Listado de establecimientos de atención médica de baja, media y alta complejidad

dentro del área de influencia.

Procedimientos de seguridad para la ejecución de tareas.

Instalaciones de seguridad en obrador.

Sistemas de control de incidentes.

Programas de capacitación para el personal involucrado.

Instrucción de personal para combatir incendios, el uso de los matafuegos y elementos

contra incendio.

Instrucción de trabajadores sobre riesgos en obra, puestos de trabajo y la manera de

efectuar la prevención de los mismos.

Comunicación al personal de las Normas y Procedimientos de trabajo que se apliquen

en la Obra.

Depósito de elementos de seguridad.

Instalación de Servicio Sanitario en obrador.

Plan de Emergencia y evacuación de obrador y emplazamientos de obra.

Control y Manejo de depósitos de sustancias especiales (combustibles, lubricantes,

resinas, etc.)

Sistemas y procedimientos para la protección y evacuación en caso de incendios.

En síntesis, el Contratista deberá presentar un Plan de Trabajo que:

Releve e incorpore a la planificación todos los aspectos reglamentarios, normativos y

procesales establecidos por las normas vigentes relativas a la protección del ambiente.

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Sección VI. Requisitos de las obras

178

El Capítulo 1 del presente Estudio de Impacto Ambiental, describe en forma sintética

los aspectos más relevantes del marco jurídico que debe ser considerado como punto

de partida para su desarrollo.

Establezca la secuencia de actividades constructivas y de coordinación que minimicen

los efectos ambientales. En particular deberá enfatizarse la planificación de las

secuencias, los procedimientos constructivos y el desarrollo del obrador.

Elabore planes de contingencia detallados para situaciones de emergencia (incendios,

derrames de combustible, tormentas extraordinarias, etc.) que puedan ocurrir y causar

significativos impactos sobre el ambiente.

Elabore un programa de capacitación para el personal sobre los problemas

ambientales esperados, las medidas de protección ambiental a ser implementadas, los

planes de contingencia desarrollados y las reglamentaciones ambientales de

aplicación.

Asigne responsabilidades específicas al personal en relación con la implementación,

operación, monitoreo y control de las medidas de mitigación.

Permita coordinar y consensuar los planes de mitigación y de contingencia con los

Organismos Públicos competentes.

Permita implementar mecanismos de comunicación efectivos con todas las partes

involucradas o interesadas respecto de los planes y acciones desarrolladas durante la

construcción.

Estos aspectos deben incluirse en el Plan de Manejo Ambiental para la etapa de obra,

elaborado sobre la base de los presente términos de referencia, el que deberá contener una

descripción detallada de todas las medidas específicas de mitigación adoptadas para

minimizar los impactos ambientales de las obras, especialmente en áreas y componentes

ambientales críticos.

24.3.3. Programas Específicos Mínimos del Plan de Manejo Ambiental

Con el propósito de lograr una máxima racionalidad en la prevención, conservación,

protección y mejora del medio ambiente, durante las distintas etapas del proyecto, se han

desarrollado Programas básicos mínimos que pretenden ser el marco general que deberá tomar

como base la empresa contratista para generar su propio Plan de Manejo Ambiental. Los objetivos

mínimos del PMA serán los siguientes:

Asegurar un balance neto positivo de las acciones del proyecto sobre el sistema ambiental

al que se incorpora.

Disponer de programas de evaluación y gestión ambiental, que hagan posible el

monitoreo y control de las variables ambientales involucradas.

Disponer de una herramienta de coordinación interinstitucional, para compatibilizar las

diversas acciones conducentes a una óptima gestión ambiental del proyecto.

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Sección VI. Requisitos de las obras

179

Se incorporan en este capítulo programas específicos para el logro de los

objetivos generales señalados.

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Sección VI. Requisitos de las obras

180

24.3.4. Programas Ambientales

Se han desarrollado siete programas que incluyen las medidas cuyos objetivos son la

prevención de la contaminación, la minimización y adecuada disposición de residuos,

emisiones y efluentes, la preservación de la seguridad de los trabajadores y la población, y la

adecuada atención de los trabajadores y la población, ante contingencias o emergencias

producidas durante alguna de las etapas de la obra. Estos programas se describen por medio

de fichas y se desarrollan a continuación.

Los programas ambientales mínimos que se describen a continuación, son los que

deberá desarrollar y ampliar el contratista, para implementar durante la construcción de la

obra son los siguientes:

CODIGO PROGRAMA

P – 1 Programa de Seguimiento de las Medidas de Mitigación

P – 2 Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes

P – 3 Programa de Prevención de Emergencias y Plan de

Contingencias

P – 4 Programa de Seguimiento del Plan de Seguridad e Higiene

P – 5 Programa de Control Ambiental de la Obra

P – 6 Programa de Monitoreo Ambiental

P – 7 Programa de Comunicaciones a la Comunidad

Los programas ambientales que presente el contratista deberán ser aprobados por el

comitente antes de su implementación.

Los programas ambientales serán implementados por el responsable de medio

ambiente del contratista o por terceros calificados designados especialmente y serán

fiscalizados regularmente por el comitente. DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

181

24.3.4.1. P – 1. Programa de Seguimiento de las Medidas de Mitigación

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 1

PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DE

LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN

Descripción del Programa:

- El programa de seguimiento de las Medidas de Mitigación será instrumentado por el

Supervisor de Medio Ambiente del CONTRATISTA o por terceros calificados

designados especialmente.

- Se confeccionarán a tal efecto listas de chequeo elaboradas a partir de las medidas de

mitigación propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.

- El supervisor de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar el

cumplimiento de las medidas de mitigación. Deberá evaluar la eficacia de las

medidas propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer al COMITENTE

para su aprobación los cambios necesarios cuando lo considere oportuno. El objetivo

será en todo momento minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.

- El supervisor de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al

intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran

enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de los superficiarios

directamente involucrados y de las autoridades.

- El supervisor de medio ambiente controlará quincenalmente el grado de

cumplimiento de las Medidas de Mitigación aplicando listas de chequeo y emitirá un

Informe Ambiental Mensual. En el informe se indicarán las acciones pertinentes para

efectuar los ajustes necesarios. El supervisor presentará su Informe Ambiental

Mensual al COMITENTE destacando la situación, las mejoras obtenidas, los ajustes

pendientes de realización y las metas logradas.

- Finalizada la obra, el supervisor emitirá un INFORME AMBIENTAL DE FINAL

DE OBRA donde consten las metas alcanzadas.

- El cumplimiento de las Medidas de Mitigación por parte del CONTRATISTA será

condición necesaria para la aprobación de los certificados de obra. Debe ser puesta

en evidencia en los informes y debe notificarse a las autoridades correspondientes.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcción x Costo

Estimado

$

Operación

Ámbito de Aplicación: En toda la zona de proyecto.

Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA

Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Continuo, durante toda la obra.

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

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Sección VI. Requisitos de las obras

182

24.3.4.2. P – 2. Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 2

PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS,

EMISIONES Y EFLUENTES

Descripción del Programa:

- El Plan de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes que presente el

CONTRATISTA deberá considerarse englobado y subordinado a los Planes

Generales del COMITENTE.

- Dadas las características de la obra, se desprende que durante la etapa constructiva,

no se producirán emisiones gaseosas desde fuentes fijas y efluentes líquidos -obrador

y campamento- los que se volcarán a pozos absorbentes según la propuesta. La obra

no generará residuos peligrosos.

- La generación de residuos comprenderá básicamente desperdicios de tipo sólido o

líquido remanentes de alguna de las actividades durante la etapa de construcción.

Durante la etapa de operación de la nueva avenida de circunvalación, los principales

residuos devienen de la operación y mantenimiento de la misma. Como norma

general, los residuos producidos serán de cuatro tipos:

Tipo 1: Domiciliarios, Papeles, Cartones, Maderas, Guantes, Plásticos, etc.

El procedimiento indicado es acopiar adecuadamente los residuos y trasladarlos al

vaciadero municipal más próximo para su disposición junto al resto de los residuos

urbanos.

Considerando que la obra se encuentra cercana al centro urbano de Formosa

Capital, no será necesario el acopio de una gran cantidad de residuos de este tipo.

Se instalarán en el obrador contenedores debidamente rotulados para el acopio de

los residuos generados por los trabajos. Los contenedores deberán tener tapa

adecuada para evitar la dispersión de residuos en el campo por acción del viento.

El supervisor ambiental verificará que los contenedores cuenten con volumen

suficiente antes de iniciar los trabajos. En caso contrario organizará de forma

inmediata el reemplazo del contenedor por otro vacío. El objetivo será evitar el

acopio de residuos fuera del contenedor por falta de volumen disponible.

El supervisor ambiental verificará el estado del contenedor, organizando de forma

inmediata su reemplazo por otro vacío cuando estime que el volumen disponible

resulta insuficiente para las labores del día siguiente. El supervisor no autorizará

bajo ningún concepto en acopio de residuos fuera del contenedor.

DOCUMENTO VALIDO

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Sección VI. Requisitos de las obras

183

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 2

PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS,

EMISIONES Y EFLUENTES

Tipo 2: Alambres, Varillas, Soportes, Cadenas, Restos metálicos.

Este tipo de residuos debe ser almacenado en un recinto de chatarras transitorio,

clasificando los elementos de acuerdo a sus características de manera tal de

facilitar su reutilización, posterior, venta como chatarra o disposición final una vez

concluida la obra.

Para su acopio en obra se dispondrá de un contenedor específico o sector de acopio

debidamente cercado y señalizado.

El objetivo es concentrar en un solo punto este tipo de desperdicios y organizar su

traslado regular al recinto de chatarras.

Tipo 3: Aceites, Grasas, Trapos y Estopas con Restos de Hidrocarburos.

Todos los residuos de estas características que pudieran generarse durante la

construcción de la obra deberán acopiarse debidamente para evitar toda

contaminación eventual de suelos y agua.

Se dispondrá en obra de tambores plásticos debidamente rotulados para almacenar

trapos y estopas con hidrocarburos, para los cuales rigen los mismos

procedimientos establecidos para los residuos de tipo 1.

Se dispondrá de tambores plásticos resistentes, debidamente rotulados y con tapa

hermética para almacenar aceites y grasas no reutilizables.

Considerando el poco volumen esperable y la naturaleza de estos residuos, la

alternativa recomendable como disposición final es trasladarlos a la estación de

servicio más próxima a la obra para que sean incluidos en los residuos que esta

produce.

Tipo 4: Suelos Afectados por Derrame Accidental de Combustible o Rotura de

Vehículos.

La acción inmediata en estos casos es atender rápidamente el accidente para

minimizar el vuelco de hidrocarburos. En este sentido la acción prioritaria será

interrumpir el vuelco evitando su propagación y eventual afectación de suelos o

cursos de agua.

Si por cuestiones de pendiente local existiera el riesgo de arrastre de hidrocarburos

a algún curso de agua (Río Paraguay o Riacho Formosa), deberán implementarse

barreras de contención de escurrimientos que funcionen como ―trampas de

DOCUMENTO VALIDO

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Sección VI. Requisitos de las obras

184

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 2

PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS,

EMISIONES Y EFLUENTES

fluidos‖.

Aplicar sobre los líquidos derramados material absorbente especial para

hidrocarburos (hidrófugo). Este tipo de materiales deben estar almacenados en

lugar seguro en el Obrador durante el desarrollo de las tareas.

Cuando el derrame supere los 5 m2, el suelo afectado debe ser delimitado (cercado)

y señalizado como sitio en ―recuperación ambiental‖ y aplicar en él técnicas de

laboreo y tecnologías de biorremediación. El sitio debe ser monitoreado

bimensualmente, mediante extracción de muestras para verificar el decaimiento en

la concentración de hidrocarburos. Una vez saneado definitivamente puede

liberarse el sitio a sus usos originales.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcción x Costo

Estimado

$

Operación

Ámbito de Aplicación: En toda la zona de proyecto.

Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA

Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Continuo, durante toda la obra.

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

185

24.3.4.3. P – 3. Programa de Prevención de Emergencias y Plan de Contingencias

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 3

PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS

Y PLAN DE CONTINGENCIAS

Descripción del Programa:

- El Plan de Prevención de Emergencias y Plan de Contingencias que presente el

CONTRATISTA deberá considerarse englobado y subordinado a los Planes

Generales del COMITENTE.

- El CONTRATISTA deberá elaborar el Plan de Prevención de Emergencias y Plan de

Contingencias específico para la obra, que formará parte de su OFERTA y deberá ser

aprobado por el COMITENTE previo a su implementación.

Prevención de Emergencias

Como medida prioritaria el CONTRATISTA implementará a través de un

supervisor técnico habilitado, una inspección exhaustiva de todos los equipos de

involucrados en la construcción de la obra y controlará la vigencia del programa de

mantenimiento de todo el equipamiento.

El supervisor emitirá cuando corresponda un INFORME DE DEFECTO a partir

del cual se organizarán las tareas de reparación necesarias y el reemplazo de

elementos defectuosos para minimizar riesgo de emergencias.

El supervisor controlará la presencia en obra y el buen acondicionamiento de

TODOS los elementos seguridad y el cumplimiento de TODAS las condiciones de

seguridad vinculadas a las tareas de obra.

41.1.d.i.1.1.1.1.1 Plan de Contingencias

Los objetivos del Plan de Contingencias son:

Minimizar las consecuencias negativas sobre el ambiente, de un evento no

deseado.

Dar rápida respuesta a un siniestro.

Proteger al personal que actúe en la emergencia.

Proteger a terceros relacionados con la obra.

Tipos de respuesta

Se consideran tres niveles de respuesta según la gravedad del evento y medios

requeridos para resolver la emergencia.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

186

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 3

PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS

Y PLAN DE CONTINGENCIAS

Nivel 1: Eventos solucionables con recursos disponibles propios.

Nivel 2: Eventos solucionables con ayuda externa limitada.

Nivel 3: Eventos solucionables con ayuda externa significativa y que revisten alta

gravedad.

Organización para la Emergencia

Según el nivel de gravedad de una emergencia se involucrarán en forma inmediata

distintos niveles de acción y decisión, según se presenta en la siguiente figura.

Nivel de

Respuesta

Nivel de Decisión Participan

1 Supervisor

Personal de Mantenimiento

Dto. Mantenimiento

2 Jefe Dto. Seguridad Higiene y Medio

Ambiente

Jefe de Mantenimiento

Dto. Mantenimiento, Dto.

Seguridad Higiene y Medio

Ambiente, Apoyo Externo

Limitado

3 Gerente Dpto. Mantenimiento / Dpto.

Seguridad Higiene y Medio

Ambiente / Dpto. RRHH / Dpto.

Administrativo / Dpto. Asuntos

Legales

Apoyo Externo

Las responsabilidades de cada nivel deberán estar fijadas en los procedimientos de

crisis que establezca el CONTRATISTA.

Comunicaciones durante la emergencia

Cuando se recibe un mensaje de alerta o se declara una emergencia, el sistema

telefónico o el canal de radio se mantiene inmediatamente abierto solo para atender

la misma. Los operadores de turno coordinarán y confirmarán quien toma el

control de la emergencia y procederán a realizar las llamadas de convocatoria de

personal y demás avisos previstos. Las comunicaciones de emergencias se

centralizan en el operador de turno a:

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

187

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 3

PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS

Y PLAN DE CONTINGENCIAS

PLAN DE LLAMADAS – TELEFONOS DE EMERGENCIAS

Teléfono Dirección

COMITENTE – Oficinas centrales

CONTRATISTA – Oficinas

centrales

COMITENTE – Oficina en obra

CONTRATISTA – Oficina en

obra

Hospital

Policía

Bomberos

Gobernación Provincial

Municipalidad

Defensa Civil

Centro de Control de Emergencia

Dirección de Medio Ambiente

Dirección de Tránsito

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcción x Costo

Estimado

$

Operación

Ámbito de Aplicación: En toda la zona de proyecto.

Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA

Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Antes de iniciar los trabajos y luego

continuo durante toda la obra.

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

188

24.3.4.4. P – 4. Programa de Seguimiento del Plan de Seguridad e Higiene

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 4

PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE

SEGURIDAD E HIGIENE

Descripción del Programa:

- El Programa General de Seguridad e Higiene que presente el CONTRATISTA,

para todas las actividades que desarrolla vinculadas a la obra, se deberá adaptar a

los Programas Generales del COMITENTE.

- Con respecto a la construcción del proyecto, las acciones a desarrollar por el

CONTRATISTA para mantener una baja incidencia de accidentes personales y

alto grado de seguridad en las instalaciones y procedimientos operativos se

sintetizan en:

Capacitación periódica de empleados y SUBCONTRATISTAS.

Control médico de salud.

Emisión y control de Permisos de Trabajo.

Inspección de Seguridad de los Equipos.

Auditoria Regular de Seguridad de Equipos y Procedimientos.

Programa de Reuniones Mensuales de Seguridad.

Informes e Investigación de Accidentes y difusión de los mismos.

Revisión Anual del Plan de Contingencias de Obra.

Curso de inducción a la seguridad para nuevos empleados.

Curso de inducción a la seguridad para nuevos SUBCONTRATISTAS.

Actualización de procedimientos operativos.

Mantenimiento de Estadísticas de Seguridad propias y de

SUBCONTRATISTAS.

El supervisor de Higiene y Seguridad del CONTRATISTA controlará

periódicamente a todo el personal propio y de los SUBCONTRATISTAS

afectados a las tareas aplicando listas de chequeo y emitirá un informe de

situación. En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar los

ajustes necesarios.

El supervisor presentará mensualmente un informe técnico destacando la situación,

las mejoras obtenidas, los ajustes pendientes de realización y las estadísticas

asociadas a la obra.

Finalizada la obra, el supervisor incluirá en el informe ambiental final de la obra

las estadísticas de Higiene y Seguridad.

El cumplimiento de las condiciones exigibles de Higiene y Seguridad por parte del

CONTRATISTA será condición necesaria para la aprobación de los certificados de

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

189

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 4

PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DE

SEGURIDAD E HIGIENE

obra. Debe ser puesta en evidencia en los informes y debe notificarse a la ART

correspondiente.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcción x Costo

Estimado

$

Operación

Ámbito de Aplicación: En toda la zona de proyecto.

Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA

Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Antes de iniciar los trabajos y luego

continuo durante toda la obra.

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

190

24.3.4.5. P – 5. Programa de Control Ambiental de la Obra

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 5

PROGRAMA DE CONTROL AMBIENTAL

DE LA OBRA

Descripción del Programa:

- El programa de Control Ambiental de la Obra será instrumentado por el

responsable de medio ambiente del CONTRATISTA o por terceros calificados

designados especialmente.

- Durante la etapa de construcción, este programa estará muy ligado al de

verificación de cumplimiento de las Medidas de Mitigación. Sin embargo su

espectro de acción debe ser más amplio para detectar eventuales conflictos

ambientales eventualmente no percibidos en el Estudio de Impacto Ambiental y

aplicar las medidas correctivas pertinentes.

- Se confeccionarán listas de chequeo a partir del Estudio de Impacto Ambiental

elaborado, con posibilidad de incluir elementos ambientales nuevos.

- El supervisor de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar

la situación ambiental del proyecto. Deberá evaluar la eficacia de las medidas

propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer los cambios necesarios

cuando lo considere necesario. El objetivo será en todo momento minimizar

efectos no deseados vinculados a la obra.

- El supervisor de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al

intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que

pudieran enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de las autoridades

y pobladores locales.

- El supervisor de medio ambiente controlará quincenalmente la situación ambiental

de la obra aplicando listas de chequeo y emitirá un INFORME AMBIENTAL

MENSUAL de situación.

- En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar los ajustes

necesarios. El supervisor incluirá en su Informe Ambiental Mensual todos los

resultados del Monitoreo Ambiental, destacando resultados y proponiendo al

COMITENTE para su aprobación, los ajustes que crea oportuno realizar.

- Finalizada la obra, el supervisor incluirá en el informe ambiental final de la obra

los resultados obtenidos en el Programa de Control Ambiental de la Obra y las

metas logradas.

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Sección VI. Requisitos de las obras

191

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 5

PROGRAMA DE CONTROL AMBIENTAL

DE LA OBRA

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcción x Costo

Estimado

$

Operación

Ámbito de Aplicación: En toda la zona de proyecto.

Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA

Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Continuo durante toda la obra.

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

Page 192: OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 CIUDAD DE FORMOSA DOCUMENTO · 2011-01-06 · DOCUMENTOS DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE . OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2. POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN

Sección VI. Requisitos de las obras

192

24.3.4.6. P – 6. Programa de Monitoreo Ambiental

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 6

PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL

Descripción del Programa:

- Durante la construcción de la obra el CONTRATISTA desarrollará e

implementará un programa de Monitoreo Ambiental cuyos resultados serán

presentados regularmente al COMITENTE en los Informes Ambientales

Mensuales.

- El CONTRATISTA incluirá en su Plan de Manejo Ambiental de la Obra, un

Programa de Monitoreo Ambiental que deberá incluir como mínimo el monitoreo

de aire y agua superficial.

Monitoreo de Aire

En la zona de proyecto el CONTRATISTA deberá monitorear la calidad de

aire, midiendo los niveles de ruido y material particulado, producto de las

emisiones de las máquinas y herramientas (martillo neumático, sierra, etc.) y

de los vehículos y maquinarias pesadas (retroexcavadora, pala mecánica,

motoniveladora, máquina compactadora, camiones, etc.).

Los parámetros mínimos a considerar son: Ruido audible en dBA (Norma

IRAM 4062 Ruidos Molestos al Vecindario) y Material Particulado en

suspensión (PM 10), CO, SO2 y COVs.

Ámbito de aplicación: La aplicación de esta medida será a lo largo de toda la

obra, especialmente en las proximidades de las poblaciones locales.

Momento / Frecuencia: El muestreo tendrá una frecuencia mensual durante la

construcción de la obra para el ruido y material particulado.

Responsable de la implementación: El CONTRATISTA

Monitoreo de Agua Superficial

En la zona de proyecto el CONTRATISTA deberá monitorear la calidad del

agua superficial en dos puntos ubicados sobre el Riacho Formosa, aguas arriba

y aguas debajo de la zona de obras, durante el período de construcción de la

avenida.

Ámbito de aplicación: Se explicitó anteriormente.

Momento / Frecuencia: El muestreo se hará al inicio y luego tendrá una

frecuencia semestral.

Responsable de la implementación: El CONTRATISTA

DOCUMENTO VALIDO

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Sección VI. Requisitos de las obras

193

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 6

PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcció

n

x Costo

Estimado

$

Operación

Ámbito de Aplicación: Se explicita en el monitoreo

Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA

Periodicidad /Momento / Frecuencia: Se explicita en el monitoreo

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

194

24.3.4.7. P – 7. Programa de Comunicaciones a la Comunidad

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

PROGRAMAS AMBIENTALES

Programa

P – 7

PROGRAMA DE COMUNICACIONES

A LA COMUNIDAD

Descripción del Programa:

- El Programa de comunicaciones a la comunidad incluye un conjunto de acciones

tendientes a articular el proyecto con el entorno social en que se desenvuelve para

minimizar eventuales conflictos que pudieran producirse entre la obra y los

intereses sociales de la zona.

- El Programa de Comunicaciones será desarrollado por el CONTRATISTA y

deberá ser aprobado por el COMITENTE. Será implementado por el responsable

de medio ambiente del CONTRATISTA o por terceros calificados designados

especialmente.

- Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes:

Colocar un cartel en cada frente de obra indicando: Nombre del Proyecto,

nombre del COMITENTE, nombre del CONTRATISTA, sus direcciones y

teléfonos.

Establecer un procedimiento de comunicación formal y documentado, que

facilite la comunicación con la sociedad y al mismo tiempo permita recibir sus

opiniones, sugerencias o reclamos relacionados con el desarrollo de la obra.

Realizar consultas a los directamente relacionados con el desarrollo del

proyecto (comunidades locales) respecto de la obra y sus alternativas de

ejecución, con el propósito de incorporar sus observaciones al proceso de toma

de decisiones y de esta manera minimizar el riesgo de conflictos sociales.

Comunicar a las autoridades, vecinos, empresas u organismos que posean

instalaciones próximas a la obra, con la suficiente anticipación a las obras que

se ejecutarán en los días subsiguientes.

Comunicar con anticipación a los posibles afectados o a las autoridades

pertinentes aquellas acciones de la obra que pudieran generar conflictos con

actividades de terceros. La notificación podrá realizarse telefónicamente y

registrarse en un libro para su seguimiento.

Notificar mensualmente a las autoridades locales, provinciales y nacionales del

avance de la obra y lo programado para el mes siguiente.

Etapa de

Proyecto en

que se Aplica

Construcción x Costo

Estimado

$

Operación

Ámbito de Aplicación: En todo el frente de obra.

Responsable de la Implementación: El CONTRATISTA

Periodicidad/ Momento/ Frecuencia: Durante toda la obra.

Responsable de la Fiscalización: EL COMITENTE

DOCUMENTO VALIDO

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ONSULTA

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Sección VI. Requisitos de las obras

195

24.3.5. Términos de Referencia del Plan de Comunicación Social

El Plan de Comunicación a la Población o Plan de Comunicación Social deberá

contener información sobre los siguientes aspectos:

* Duración total de las obras y el programa de ejecución estableciendo fechas

aproximadas de los diferentes avances de obra.

* Caminos o Rutas sobre los cuales se desplazaran vehículos pesados con materiales

para la obra.

* Desvíos imprescindibles de tránsito que será necesario realizar.

* Presencia de personal de obra en las localidades cercanas y las medidas tomadas

para evitar conflictos con la población local.

* Información sobre los Programas del Plan de Manejo Ambiental sobre todo aquellos

más vinculados a la población afectada por la obra:

Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes

Programa de Prevención de Emergencias y Plan de Contingencias

Programa de Control Ambiental de la Obra

Programa de Monitoreo Ambiental

Programa de Comunicaciones a la Comunidad

*Información sobre las medidas tomadas para la protección de la fauna silvestre.

*Información sobre medidas preventivas ante incendios forestales.

25. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS AMBIENTALES

25.2.1. Objeto

La presente especificación establece las normas a seguir para cumplir con las Medidas

de Prevención, Mitigación y Plan de Manejo Ambiental previstos para la etapa de

construcción, mantenimiento y operación de las obras hasta su recepción definitiva, con el

objeto de prevenir y mitigar los Impactos Ambientales negativos y potenciar los positivos,

producidos por la ejecución de las distintas tareas necesarias para su materialización.

Complementa lo establecido en el Pliego General de las Obras, constituyendo una

Especificación Técnica Particular para la Licitación de las Obras, en cuanto a Obligaciones

del Contratista con relación a aspectos específicos con el Medio Ambiente.

El Objetivo fundamental del Plan de Manejo Ambiental es:

El desarrollo del Plan de Manejo para el cumplimiento de la Legislación Ambiental

vigente

El mismo comprende:

La elaboración de los Requerimientos Ambientales a incorporar, dentro del marco del

Pliego de Bases y Condiciones y de Especificaciones Técnicas - Generales y

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Sección VI. Requisitos de las obras

196

Particulares para la Licitación de las Obras, como obligaciones a cumplir por El

Contratista, para garantizar el cumplimiento de la Legislación aplicable a la Obra.

En dicho marco se presenta el Plan de Manejo Ambiental, comprendiendo los

diferentes Programas relacionados directamente con las Especificaciones Técnicas de las

Obras, que determina las responsabilidades a asumir por El Contratista como parte de su

Oferta, para la evaluación y adjudicación de la Propuesta más conveniente.

En este Documento se incorporan las Especificaciones Técnicas Particulares

enmarcadas dentro del Plan de Manejo Ambiental, consideradas como obligaciones básicas a

cumplir por El Contratista, durante la Etapa de Construcción y Operación Inicial de la Obra,

pruebas de recepción, hasta su Recepción Definitiva.

25.2.2. Introducción

La Legislación Ambiental vigente aplicable a las obras principales y complementarias

del Proyecto ―PAVIMENTACIÓN, DESAGÜES, SEÑALIZACIÓN E ILUMINACIÓN DE

LA AV. DE CIRCUNVALACIÓN DE LA CUENCA DEL RIACHO FORMOSA ENTRE

AV. E. L. MARADONA Y AV. GONZÁLEZ LELONG- AV. ELIAS DE CANEPA –

PUENTE SOBRE EL RIACHO FORMOSA‖ y los requerimientos de los Organismos de

Crédito en materia Ambiental, deberán ser considerados como requisitos de cumplimiento

obligatorio por parte del Contratista, en los ajustes de los diseños y de la planificación para

ejecución de la Obra, la construcción, puesta en marcha, pruebas de recepción e instrucciones

para la operación y el mantenimiento de la obra, los que formarán parte de la Oferta.

En particular deberá dar cumplimiento a la Ley Nacional N ° 25.675, Ley General del

Ambiente, sancionada el 6 de noviembre de 2002, promulgada parcialmente el 27 de

noviembre de 2002, que establece en su Artículo 1°, los presupuestos mínimos para el logro

de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la

diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable y su Decreto

Reglamentario Decreto N ° 2413/02, del 27/12/2002 y a la normativa Provincial concurrente.

25.2.3. Requerimientos Generales a Considerar por el Oferente

El Oferente deberá tener en cuenta, en la preparación de su propuesta, que ante

eventuales discrepancias en la Legislación, requerimientos de los Organismos de Crédito y lo

indicado en los pliegos y anexos, se deberán considerar los requerimientos más exigentes.

El Oferente deberá incluir en su propuesta los lineamientos fundamentales de la

Gestión Ambiental.

El Oferente deberá incluir en su propuesta el Organigrama Funcional del área

responsable de la Gestión Ambiental. A tal fin deberá incorporar un listado detallado del

Personal Profesional y Técnico que se desempeñará en la obra, acompañando el Curriculum

Vitae, el Compromiso de ejecutar las tareas asignadas y los meses hombre asignados para el

cumplimiento de las tareas.

El Oferente deberá incluir el Presupuesto Total de los Costos del Plan de Manejo

Ambiental, incorporando los Costos dentro del Costo de la Obra.

El Contratista deberá cumplir, durante todo el período del contrato, con todas las

normativas ambientales, laborales, de riesgos del trabajo y de higiene y seguridad, y con toda

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Sección VI. Requisitos de las obras

197

aquella legislación que preserve el derecho del trabajador y de terceros, que corresponda

aplicar, vigente a la fecha de la adjudicación, se encuentre o no indicada en las

especificaciones técnicas del Pliego de Licitación. Asimismo deberá cumplir con las normas

que pudieran dictarse durante el desarrollo del contrato.

El Contratista deberá cumplir con las observaciones, requerimientos o sanciones

realizadas por las autoridades y organismos de control, nacionales, provinciales y/o

municipales, asumiendo a su exclusivo cargo los costos, impuestos, derechos, multas o sumas

debidas por cualquier concepto.

El Contratista, tendrá la obligación de cumplir con lo indicado en los puntos

precedentes, no aceptándose por estos conceptos y bajo ninguna circunstancia, la solicitud de

pagos adicionales ni de ampliación de los plazos de entrega de la Obra.

El Contratista deberá respetar estrictamente las medidas que correspondan aplicar, en

lo referente a contaminación de suelos, aguas subterráneas y superficiales, aire, ruido y

vibraciones, contingencias tales como incendios, derrames, etc., utilización de productos

peligrosos o contaminantes y explosivos, disposición final de residuos contaminados,

peligrosos o patológicos, áreas de préstamo y diseño de explotación, protección del

patrimonio histórico cultural, arqueológico, paleontológico, arquitectónico, escénico,

antropológico y natural, prevención de enfermedades endémicas, epidémicas o infecto

contagiosas, higiene y seguridad, riesgos del trabajo, protección de la flora y la fauna, control

de procesos erosivos y calidad de vida del personal de la obra y de la población afectada,

evitando afectar la infraestructura y equipamiento de servicios existente en el Área de

localización e influencia directa de las obras.

El Contratista previo a la iniciación de excavaciones o movimientos de suelos para la

preparación del terreno deberá realizar un reconocimiento cuidadoso del sitio, analizar su

historial, la información disponible y sacar sus propias conclusiones respecto de la naturaleza

de las condiciones existentes que acompañarán el desarrollo de los trabajos de la obra. En

función de ello determinará las medidas de seguridad que será necesario tomar en cada una de

las áreas de trabajo de preparación del terreno.

En particular, frente al hallazgo de restos de interés Arqueológico, Antropológico,

Histórico, Cultural, Paleontológico, procederá a detener las tareas, en el punto del hallazgo, y

notificar a la Inspección y a las Autoridades de Aplicación en la materia, según corresponda,

en cada jurisdicción. Podrá continuar con las tareas que realice en los frentes de trabajo

situados fuera del punto de hallazgo y su entorno inmediato.

El Contratista deberá mantener indemne a El Comitente frente a cualquier reclamo

judicial o extrajudicial por incumplimiento de la reglamentación ambiental en las tareas a su

cargo.

A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista será responsable del

análisis y evaluación de los datos climáticos, con el objeto de establecer mecanismos de alerta

y actuaciones frente a contingencias, que resulten necesarios para adoptar medidas que eviten

afectaciones a las obras, personas y bienes corriendo a su exclusivo riesgo los potenciales

daños por contingencias climáticas.

A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista será responsable del

análisis y evaluación del estado de situación de los cursos de aguas superficiales y de los

niveles freáticos, con el objeto de establecer los mecanismos de alerta, que resulten

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

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Sección VI. Requisitos de las obras

198

necesarios para adoptar medidas que eviten afectaciones a las obras, corriendo a su exclusivo

riesgo los potenciales daños a las mismas por contingencias por inundaciones y

anegamientos.

Las Normativas y Reglamentaciones (Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones

Nacionales, Provinciales y Municipales, etc.) que se indican dentro de este pliego, deben ser

consideradas como referencia y al simple título de informativas. En consecuencia El

Contratista tendrá la obligación de respetar la totalidad del ordenamiento jurídico, sin que ello

de motivo a la solicitud de pagos adicionales ni de ampliación de los plazos de entrega, ni

responsabilidad alguna del Comitente.

25.2.4. Responsabilidades Ambientales

25.2.4.1. Del Contratista

El Contratista asumirá la responsabilidad total de los requerimientos ambientales,

incluyendo Higiene y Seguridad, Medicina del Trabajo y Riesgos del Trabajo, debiendo

contar, dentro de su personal, con profesionales habilitados para el ejercicio de las funciones

bajo su responsabilidad, en las etapas de diseño, construcción, puesta en marcha y período de

prueba hasta la recepción final de la obra.

Los Profesionales designados por El Contratista para ejercer las funciones de

Responsable Ambiental y Responsable en Higiene y Seguridad, deberán poseer habilitación

profesional, y antecedentes adecuados para la función a desarrollar.

25.2.4.2. Permisos Ambientales

El Contratista obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización,

aprovechamiento o afectación de los recursos correspondientes. Está facultado para contactar

las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales o en la eventualidad de ser

necesaria una modificación a cualquiera de los permisos o autorizaciones requeridos para la

ejecución de proyecto

El Contratista deberá presentar a la Inspección un programa detallado y un plan de

manejo de todos los permisos y licencias requeridos para la obra que no les sean

suministrados y que se requieran para ejecutar el trabajo.

Los permisos que debe obtener el Contratista incluyen (pero no estarán limitado a) los

permisos operacionales tales como:

Autorización ambiental provincial

Certificado de calidad ambiental o declaración de impacto ambiental de las canteras

(Marco jurídico Ambiental para la Actividad Minera)

Disposición de materiales de desbosque y de excavaciones

Localización de campamentos

Disposición de residuos sólidos

Disposición de efluentes.

Permisos de transporte: incluyendo de materiales y de residuos peligrosos

(combustibles, lubricantes)

Continuación de la construcción después de hallazgos Arqueológicos Históricos,

Culturales, Paleontológico, etc.

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Sección VI. Requisitos de las obras

199

Cierre temporal de accesos a propiedades privadas, o construcción de vías de acceso

Permisos para el manejo de especies naturales protegidas

El Contratista debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los

requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecución de las obras a las resoluciones

y dictámenes que emitan las autoridades provinciales competentes.

252.4.2.1. Responsable Ambiental

El Contratista designará una persona física, profesional con título universitario, como

Responsable Ambiental, que tendrá a su cargo el cumplimiento de los requerimientos

ambientales durante la totalidad de las etapas de la Obra.

El profesional deberá poseer amplios y probados conocimientos y experiencia como

Responsable Ambiental de proyectos y obras; quien asimismo deberá acreditar el

cumplimiento de las normas y reglamentaciones provinciales que lo habiliten a desempeñarse

en tales funciones.

El Contratista deberá presentar su currículum, y constancias de los principales

antecedentes, a los efectos de su aprobación por la Inspección del Comitente.

El Responsable Ambiental efectuará las presentaciones, ante las autoridades

nacionales, provinciales y/o municipales y/o Organismos de Control, según corresponda y

será el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.

El Responsable Ambiental será el representante del Contratista en relación con la

Inspección designada por El Comitente.

El Responsable Ambiental actuará como interlocutor en todos los Aspectos

Ambientales entre la Empresa Contratista, las Autoridades Municipales, Provinciales y

Nacionales Competentes y la Comunidades Locales.

25.2.4.2.2. Responsable en Higiene y Seguridad

El Contratista designará un profesional responsable de la Higiene y Seguridad de la

Obra, que posea título universitario que lo habilite para el ejercicio de sus funciones.

El profesional deberá poseer amplios y probados conocimientos sobre el tema bajo su

responsabilidad y experiencia en obras de similar magnitud y características a la sujeta a

contrato. El Contratista deberá presentar su currículum, a los efectos de su aprobación por la

Inspección del Comitente.

El profesional deberá estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde

con los requerimientos de la legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.

El Responsable de Higiene y Seguridad efectuará las presentaciones pertinentes a su

área y solicitará los permisos correspondientes, ante las autoridades nacionales, provinciales

y/o municipales y/u Organismos de Control, según corresponda y será el responsable de su

cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.

Será obligación del Profesional Responsable del Servicio de Higiene y Seguridad del

Contratista llevar durante todo el desarrollo de la Obra, un libro en donde asentará los

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Sección VI. Requisitos de las obras

200

aspectos más importantes y relevantes relacionados con el tema a su cargo. Este libro será

firmado en su primer hoja, por el responsable del Contratista, según corresponda, y por la

inspección del Comitente. En este libro la inspección asentará sus observaciones, a los efectos

de que El Contratista las implemente. El Contratista tiene la obligación de asentar en el citado

libro los aspectos más relevantes en Higiene y Seguridad, tales como accidentes, incendios,

contingencias, cursos de capacitación, entrega de elementos de protección personal, etc., que

se presenten o desarrollen durante la obra.

El Responsable de Higiene y Seguridad será el representante de El Contratista, sobre

los temas de su competencia, en relación con la Inspección designada por El Comitente.

25.2.4.2.3. Responsable en Medicina del Trabajo

El Contratista arbitrará los medios para cumplir con las disposiciones de las

normativas aplicables en materia de Medicina del Trabajo. Asimismo, El profesional deberá

estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los requerimientos de la

legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.

La Empresa o el Profesional designado, deberá poseer amplios y probados

conocimientos sobre el tema bajo su responsabilidad y experiencia en obras similares a la

sujeta a contrato. El Contratista deberá presentar sus antecedentes y currículum del/los

Profesionales habilitados, a los efectos de su aprobación por la Inspección del Comitente.

Deberá estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los

requerimientos de la legislación vigente en las diferentes jurisdicciones.

El Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo efectuará las presentaciones y

solicitará los permisos correspondientes, sobre los temas de su competencia, ante las

autoridades nacionales, provinciales y/o municipales y/u Organismos de Control, según

corresponda y será el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.

Será obligación del Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo llevar durante

todo el desarrollo de la Obra, un libro con hojas foliadas por triplicado, en donde asentará los

aspectos más importantes y relevantes relacionados con el tema a su cargo. Este libro será

firmado en su primer hoja, por el responsable del Contratista, según corresponda, y por la

inspección del Comitente. En este libro la inspección asentará sus observaciones, a los efectos

de que el Contratista las implemente.

El Contratista tiene la obligación de asentar en el citado libro los aspectos más

relevantes, tales como enfermedades, control de vectores de enfermedades, exámenes

médicos, derivaciones frente a contingencias, entrega de documentación estadística, cursos de

capacitación en salud, medidas correctivas, etc., que se presenten o desarrollen durante la

ejecución del Proyecto.

El Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo será el representante del

Contratista, sobre los temas de su competencia, en relación con la Inspección designada por

El Comitente.

25.2.4.3. Del Comitente

25.2.4.3.1. Inspección

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Sección VI. Requisitos de las obras

201

La Inspección designada por El Comitente, tendrá a su cargo el control del Área

Ambiental, de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo durante todo el desarrollo del

Proyecto y será el representante del Comitente frente a El Contratista.

Toda la documentación elaborada por El Contratista, en el marco de los Programas

específicos o ante requerimiento del Comitente o de Autoridades de Aplicación, deberá ser

presentada a la Inspección.

Durante la ejecución de la Obra, la Inspección tendrá libre acceso, a todos los sectores

de obra, a campamentos, obradores, gabinetes o laboratorios del Contratista, estando

facultada para verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del compromiso

contractual y para efectuar observaciones por escrito.

El Contratista esta obligado a considerar las observaciones de la Inspección Ambiental

y a desarrollar las acciones requeridas, sin que ello de motivo a la solicitud de reclamos o a la

ampliación de los plazos de entrega.

25.2.4.4. Medidas y Acciones de Prevención, Mitigación de Impactos Negativos y

Optimización de Impactos Positivos

Las medidas y acciones de prevención, mitigación de impactos negativos y de

optimización de impactos positivos deben ser consideradas como una parte fundamental del

Plan de Manejo Ambiental, tanto como en los criterios aplicables al planeamiento y a su

desarrollo concreto, durante las etapas de construcción y de operación de la obra,

comprendiendo las Condiciones Generales de Diseño relacionadas con:

1. Construcción de las Obras

2. Áreas de asentamientos humano

3. La protección contra accidentes y contingencias

4. La protección de la salud

5. El control de ruidos

6. La geología y geomorfología

7. La hidrología superficial y subterránea

8. La protección de los suelos

9. La vegetación

10. La fauna

11. El paisaje

12. El Desarrollo Sustentable

13. La Capacitación Laboral

Para la programación de las medidas y acciones de prevención y mitigación deberán

considerarse los aspectos relacionados con:

1. Medidas de Ingeniería

2. Medidas de manejo de la obra y del sistema ambiental

3. Medidas de política de desarrollo económico social sustentable

4. Medidas de participación social

Las medidas de Ingeniería se fundamentan en la incorporación de criterios de

Ingeniería Ambiental dentro del diseño del Proyecto, Programación de la Obra y su efectiva

aplicación durante la ejecución de la obra.

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Sección VI. Requisitos de las obras

202

Los lineamientos principales a los que se ajustará la construcción y operación de las

obras deberán demostrar que:

1. Las condiciones de vulnerabilidad ambiental a que pudiera estar sometido el proyecto,

han sido compensadas por el diseño de obras y estrategia constructiva, y/o a través de

medidas preventivas o correctivas específicas, de manera de garantizar la

sustentabilidad de las inversiones y la protección del ambiente, y el bienestar de la

población afectada.

2. Los potenciales impactos negativos del proyecto, tanto en su etapa de construcción

como de operación, han sido neutralizados apropiadamente por el diseño de obras, y/o

a través de medidas de mitigación que garanticen que no se afecta a la población y que

no disminuye la calidad ambiental tanto en el nivel local como regional.

3. Las condiciones ambientales positivas han sido puestas en valor por el proyecto,

mantenidas o incrementadas por el diseño de obras, y/o acciones ambientales

recomendadas para sus etapas de construcción y de operación.

Las medidas de manejo de la obra y del sistema ambiental involucran el conocimiento

de las condiciones de operación del aprovechamiento y de las ofertas y demandas sobre el

medio natural y socioeconómico, ejercidas por la operación, con el objeto de adecuar el

proceso operativo al ambiente.

Las medidas de política de desarrollo sustentable comprenden al marco legal e

institucional que regirá durante la operación del aprovechamiento y a los criterios de

desarrollo socioeconómico aplicables a los distintos recursos y usos involucrados en y por la

obra.

Las medidas de participación social comprenden:

La adopción de formas eficaces y eficientes de comunicación e intercambio de

opiniones con la comunidad involucrada con la obra, con las Autoridades

Competentes a Nivel Nacional, Provincial y Municipal, con las Entidades Intermedias

y con Universidades, entre otros, respecto del proyecto, de los planes y acciones

previstas durante la Etapa de Construcción y de Operación de las Obras.

La incorporación dentro del Proyecto de las opiniones y observaciones, de los actores

sociales involucrados, que resulten pertinentes.

La inducción a la participación de los actores sociales locales y regionales, en la

prestación de servicios directos e indirectos relacionados con la Construcción y

Operación de la Obra, comprendiendo la capacitación laboral pertinente para el caso

de prestación de servicios directos a El Contratista.

Se denominan medidas de mitigación de impactos negativos a aquellas que:

a) Minimizan el impacto negativo, mediante el correcto diseño del Proyecto, y lo ubican

dentro de una magnitud de importancia de valor bajo, existiendo dentro de la región,

recursos que constituyan réplicas o son análogos al sistema afectado.

b) Permiten alcanzar un nuevo equilibrio sustentable a corto plazo.

c) Posibilitan que a mediano o largo plazo se revierta el proceso, por la adopción de

operaciones de conservación y manejo, restituyéndose las condiciones iniciales, total

o parcialmente.

d) Constituyan mecanismos de respuestas frente a contingencias, para acotar los efectos

y posibiliten la restauración de la situación original.

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Sección VI. Requisitos de las obras

203

e) Permitan la remediación de las áreas afectadas, por métodos viables desde la

perspectiva económica y ambiental.

f) Compensan el efecto negativo mediante el suministro de recursos sustitutivos al

ecosistema.

En el caso particular de la obra sujeta a estudio, cabe incorporar dentro del punto:

a) Diseño: la selección de la ubicación de las obras, campamentos y obradores, evitando las

áreas sensibles tanto del sistema natural como socioeconómico.

El Contratista deberá dar prioridad a las medidas de atenuación comprendidas en los

puntos a, b y c; tomar medidas de prevención y de capacitación laboral para las situaciones

comprendidas en el punto d y dar cumplimiento a los compromisos asumidos en su Oferta

con relación a los puntos e y f.

Se denominan medidas de optimización de Impactos Positivos a todas aquellas

concurrentes a alcanzar un máximo de beneficio durante las etapas de construcción de la obra

y de su operación.

Tanto las medidas de prevención, mitigación de impactos negativos como de

optimización de impactos positivos, deberán constituir un conjunto integrado de medidas y

acciones, que se complementen entre sí, para alcanzar superiores metas de beneficio de la

obra durante su construcción y operación, con especial énfasis en los beneficios locales y

regionales.

Para la elaboración de su propuesta el Oferente deberán considerarse cuatro (4)

escenarios temporales para la incorporación de los criterios de Ingeniería ambiental a la Obra:

* Medidas y acciones de prevención, mitigación de impactos negativos y optimización de

impactos positivos durante:

a) La ejecución de los ajustes de la Ingeniería de detalle y de la Ampliación del Estudio

de Impacto Ambiental Básico (AEIAB).

b) La planificación de la construcción durante el período de movilización de obra,

comprendiendo la toma y capacitación de mano de obra, de preparación de la

infraestructura y del equipamiento para la ejecución de la obra y de acopio de

insumos.

c) La Etapa de Construcción de la Obra.

d) El Manual de Operación a entregar por El Contratista con la Recepción de la Obra.

25.2.5. Estudio de Impacto Ambiental

24.2.5.1. Estudio de Impacto Ambiental Básico

El Oferente deberá tener en cuenta para la elaboración de su Oferta, la documentación

de Estudio de Impacto Ambiental, desarrollada en el marco del Proyecto, el cual como Anexo

forma parte del presente pliego. Esta documentación debe ser tomada como referencia,

denominándosela a tal efecto como Estudio de Impacto Ambiental Básico.

El Comitente pondrá a disposición del Oferente toda la documentación existente, para

su consulta.

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Sección VI. Requisitos de las obras

204

25.2.5.2. Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental

El Contratista tendrá la obligación contractual de profundizar el Estudio de Impacto

Ambiental Básico, en función de los ajustes del Proyecto de Ingeniería a desarrollar según

tecnología constructiva, debiendo elaborar un informe de Ampliación del Estudio de Impacto

Ambiental Básico, a desarrollar durante la Etapa de movilización de Obras y a entregar al

finalizar dicha etapa.

En función de los avances registrados en los distintos Programas del Plan de Manejo

Ambiental, durante la Construcción de la Obra, completará y ajustará en forma sistemática las

conclusiones de la Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental, incorporando los

resultados alcanzados durante la ejecución de los Programas y sus correspondientes

relevamientos en el medio natural o en el medio socioeconómico directamente involucrados

con la Obra.

Al finalizar la Obra, La Contratista elaborará un documento de Estudio de Impacto

Ambiental de la Etapa Constructiva, ajustada según los resultados alcanzados durante la

ejecución de los Programas y sus relevamientos

A tal fin procederá a elaborar mensualmente un informe de avance del Plan de Manejo

Ambiental (PMA), que refleje los avances registrados en el Estudio de Impacto Ambiental,

que demanden adecuaciones del PMA. Un Informe Final de los resultados del Estudio de

Impacto Ambiental correspondientes a la ejecución de la Etapa de Construcción y un Estudio

de Impacto Ambiental de la Etapa de Operación, a partir de la experiencia acumulada durante

la Construcción del Proyecto formará parte de la Documentación a entregar con la Recepción

de la Obra.

25.2.6. Plan de Manejo Ambiental - Programas

Las medidas y acciones que conformarán el Plan de Manejo Ambiental (P.M.A.),

deberán integrarse en un conjunto de Programas organizados en actividades singulares dentro

de cada uno de ellos, pero a la vez planificados dentro de una red de actividades

complementarias, relacionadas entre sí, con el objeto de optimizar los objetivos de la Obra,

atenuando sus efectos negativos.

Los Programas y las medidas del P.M.A. considerarán los efectos de la Obra durante

las Etapas de Construcción y de Operación.

Las actividades previstas dentro de ellos, considerarán los impactos de la Obra,

positivos y negativos, en forma integral, comprendiendo los efectos sobre el medio natural y

sobre el medio socioeconómico, los aspectos relacionados con el trabajo, la higiene y

seguridad, los riesgos y las contingencias.

Las medidas y acciones previstas y las actividades resultantes de su desarrollo deberán

fundamentarse en aspectos preventivos, adoptados en el marco del Estudio de Impacto

Ambiental y de los Riesgos propios de las condiciones del medio ambiente en el que se

desarrollará la Obra, métodos constructivos, recursos humanos y materiales utilizados para la

construcción y operación.

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Sección VI. Requisitos de las obras

205

En función del Estudio de Impacto Ambiental, deberán extremarse las precauciones a

adoptar para evitar acciones accidentales y, en el caso de su ocurrencia tener previsto la

adecuada planificación de medidas para actuar frente a contingencias y la capacitación del

Personal para su ejecución.

El conjunto de medidas, a adoptar por El Contratista, no solamente comprenderá los

aspectos estructurales de diseño y construcción de las obras principales y complementarias,

sino que también incorporarán las medidas no estructurales preventivas de acciones

accidentales no deseadas, correctivas de situaciones de degradación del medio natural o de

problemáticas del medio social preexistentes o generadas por la obra y de mejoramiento

integral de los sistemas.

En particular deberá dar énfasis a las acciones de capacitación para el trabajo, la

higiene y seguridad, la salud y la protección ambiental, concentrando los esfuerzos en la

generación de capacidades y empleos en los que participen con carácter prioritario la

población local y regional. Los mecanismos de Comunicación Social deberán de mantener, en

forma permanente, correctamente informado al Comitente, Las Autoridades y la población,

en la medida de sus competencias, sobre el desarrollo del P.M.A.

Las actividades deberán estar programadas para toda la vida útil de la obra, por lo que

con la Recepción de la misma, El Contratista, deberá incorporar dentro del Manual de

Operación a aquellos Programas requeridos para el buen manejo del sistema ambiental, en el

marco de la legislación aplicable a dicha Etapa.

25.2.6.1. Programa de Higiene y Seguridad en la Obra

El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Higiene y Seguridad en la

Obra que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa

responsabilidad, en la zona de obras y de afectación directa, incorporando los costos del

Programa dentro del Costo de la Obra. La Oferta deberá cumplir con las obligaciones

emergentes de la Legislación vigente.

El Oferente deberá incorporar en su Oferta una propuesta de organización del Servicio

para el desarrollo del Programa.

A este Programa General deben acoplarse todos los Subcontratistas que operen bajo su

órbita.

El Contratista será el único responsable frente a las autoridades pertinentes y a

terceros, del cumplimiento de sus obligaciones, acorde con las leyes y reglamentaciones en

materia de Higiene y Seguridad vigentes, con la ley sobre Riesgos de Trabajo y de la

transferencia de responsabilidades a sus subcontratistas y proveedores.

Todo trabajador que ingrese a la Obra deberá disponer de capacitación sobre las

medidas de Higiene y Seguridad, de Riesgos del Trabajo y del Programa de Contingencias,

implementadas para la ejecución del Proyecto. Para el cumplimiento de este requerimiento, el

responsable de Higiene y Seguridad del Contratista preparará cursos simplificados a dictarse

previo a la incorporación de los trabajadores y en forma sistemática durante todo el desarrollo

de la obra.

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Sección VI. Requisitos de las obras

206

Todo trabajador que ingrese a la Obra deberá disponer de vestimenta adecuada y de

medios de seguridad acorde con cada puesto y ambiente de trabajo, y recibirá capacitación

previa al inicio de sus tareas, sobre el correcto uso y mantenimiento de los elementos de

seguridad provisto por el contratista, para cada tipología de trabajo y características

particulares del terreno en el que se realice la tarea. Para el cumplimiento de este

requerimiento, el responsable de Higiene y Seguridad del Contratista preparará cursos

simplificados.

El diseño y mantenimiento de los obradores y de existir, de los campamentos, la

planificación de las tareas en los distintos frentes de obras, las prevenciones adoptadas para

cada puesto de trabajo y los planes de contingencia deberán tener especialmente en cuenta las

características de cada zona de desarrollo de la obra, condiciones climáticas e hidrológicas

particulares y existencia de enfermedades endémicas y/o infecciosas del lugar.

El Contratista, para la consideración y aprobación del Comitente y previo a la

iniciación de sus trabajos en obra, deberá presentar documentación suficiente que acredite la

organización de su Servicio de Higiene y Seguridad. Dicha documentación deberá contar con

especificaciones referidas a los aspectos de su organización y funcionamiento, al

cumplimiento de las previsiones y contenidos que establece la legislación vigente y a los

planes que hayan elaborado para la integración y operación de sus programas en el contexto

de las políticas globales definidas para la atención de estas materias en todo el ámbito del

Proyecto.

De modificarse la planificación de las tareas por la introducción de nueva maquinaria,

modificación de la existente o la incorporación de nueva tecnología, El Contratista entregará

los planes especiales de seguridad aplicables al caso, para su aprobación por El Comitente.

El Contratista, haciendo uso de la tecnología más moderna en materia de higiene y seguridad,

en cada área o etapa de la obra, adoptará todas las medidas necesarias para evitar que los

trabajadores y terceros, se encuentren expuestos a accidentes o enfermedades.

Será responsabilidad ineludible del Contratista eliminar o reducir los riesgos que

puedan amenazar la seguridad y salud de los trabajadores y de terceros, como consecuencia

de la obra, como también disminuir los efectos y consecuencias de dichos riesgos.

Se deberán enfatizar las acciones preventivas, tomándose los recaudos necesarios para

la inmediata y efectiva atención en los casos en que se produzcan accidentes o daños. En

particular deberá realizar en forma permanente, sistemática y periódica programas de

formación del personal, por los que se capacite al mismo en lo referido a los riesgos de las

actividades a cumplir, como también respecto de los medios disponibles para evitarlos y de

las medidas de prevención y protección que se deberán tomar en cada caso.

El Contratista deberá prever sistemas preventivos para eliminar potenciales riesgos,

que puedan amenazar la seguridad de los trabajadores por acciones delictivas, dentro de los

sectores afectados por las obras.

Con respecto a la construcción del proyecto, las acciones a desarrollar por el

Contratista para mantener una baja incidencia de accidentes personales y alto grado de

seguridad en las instalaciones y procedimientos operativos se sintetizan en:

Capacitación periódica de empleados y SUBCONTRATISTAS.

Control médico de salud.

Emisión y control de Permisos de Trabajo.

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Sección VI. Requisitos de las obras

207

Inspección de Seguridad de los Equipos.

Auditoria Regular de Seguridad de Equipos y Procedimientos.

Programa de Reuniones Mensuales de Seguridad.

Informes e Investigación de Accidentes y difusión de los mismos.

Revisión del Plan de Contingencias de Obra.

Curso de inducción a la seguridad para nuevos empleados.

Curso de inducción a la seguridad para nuevos SUBCONTRATISTAS.

Actualización de procedimientos operativos.

Mantenimiento de Estadísticas de Seguridad propias y de SUBCONTRATISTAS.

El Responsable de Higiene y Seguridad presentará informes mensuales al Comitente.

Estos informes incluirán una descripción sintética de nuevos asientos y constancias que se

hayan registrado en el período, todo ello acorde con sus planes y programas operativos

aprobados, y de conformidad con las obligaciones establecidas.

Finalizada la obra, el responsable incluirá en el informe ambiental final de la obra las

estadísticas de Higiene y Seguridad.

El cumplimiento de las condiciones exigibles de Higiene y Seguridad por parte del

CONTRATISTA será condición necesaria para la aprobación de los certificados de obra.

Debe ser puesta en evidencia en los informes y debe notificarse a la ART correspondiente

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Sección VI. Requisitos de las obras

208

25.2.6.2. Programa de Salud

El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Salud que comprenda los

servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y

de afectación directa, considerando la atención médica y el saneamiento, incorporando los

costos del Programa dentro del Costo de la Obra. El Programa deberá cumplir con las

obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Oferente será responsable de los exámenes médicos y del cumplimiento de los

requerimientos de la Legislación vigente en materia de Medicina del Trabajo, en particular de

los análisis médicos reglamentados por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, según el

Artículo 9º del Decreto 1338/96 y toda otra legislación que lo reemplace, modifique o

complemente, y los aconsejados por las Autoridades Sanitarias de cada zona en particular,

adoptando todos los controles y requerimientos que indiquen. Es obligación del Contratista

disponer de los servicios autorizados necesarios para cumplir con estos exámenes.

El Contratista, dada la naturaleza y características propias del Proyecto, deberá dar

cumplimiento, a las siguientes funciones:

a) Proveer a la atención primaria completa de las enfermedades que sufra el personal

afectado a la obra.

b) Programar y efectuar campañas de protección de la salud, que se refieran a riesgos

particulares del ámbito de trabajo en el que se desarrollan las tareas. En particular se

ubicarán los sectores contaminados por basuras, residuos industriales y efluentes de

diverso tipo y se determinarán los riesgos de contraer enfermedades, así como aquellos

en los que existe riesgo para el personal frente al potencial ataque de animales

ponzoñosos o peligrosos, para efectuar la planificación de la limpieza del área y

saneamiento previo al inicio de las actividades constructivas, en el sector directamente

afectado por la localización de las obras principales y complementarias, según

cronograma de trabajo para cada frente de obra colaborando con el Programa de higiene y

seguridad para determinar la vestimenta y medios de seguridad adecuado a cada caso.

c) Establecer pautas para la atención de los diferentes tipos de accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales, y disponer de medios y formas operativos que permitan una

rápida y eficaz derivación a centros de salud o unidades hospitalarias bien equipadas para

la atención de todo tipo de accidentes, inclusive aquellos de tratamiento complejo. A tal

fin, durante el período de movilización de Obra, previo al inicio de las actividades de

construcción, El Contratista deberá presentar un plan de acción para derivación de

accidentados según frente de trabajo, para su aprobación por parte de la inspección.

d) Mantener, en estrecha colaboración con los órganos técnicos del Comitente, un contacto

permanente con las instituciones y centros asistenciales de la comunidad.

e) Organizar entre los trabajadores brigadas de primeros auxilios y capacitarlas para el

cumplimiento de su cometido.

El Contratista deberá cumplir con los requerimientos establecidos en

reglamentaciones vigentes en materia Primeros Auxilios.

Deberá contar en lugar visible y de fácil acceso con un número adecuado de

botiquines de primeros auxilios, dotados de elementos que permitan la atención inmediata en

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Sección VI. Requisitos de las obras

209

caso de accidentes. Es responsabilidad de Medicina del Trabajo determinar el instrumental y

los medicamentos que deberán contener dichos botiquines, de acuerdo con las necesidades

particulares que puedan preverse en los distintos lugares en que se ejecuta la obra y de

instrumentar un Servicio de Emergencias Médicas para derivación de Accidentados.

25.2.6.3. Programa de Riesgos del Trabajo

El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Riesgos del Trabajo que

comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo la directa responsabilidad del

Contratista, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa

deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Oferente deberá presentar su propuesta de Programa de Riesgos del Trabajo en el

marco de la Ley 24.557 y sus Decretos Reglamentarios y toda otra que la reemplace o

complemente.

El Oferente deberá incorporar en su Oferta una propuesta de relación con una empresa

Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, y de poseer antecedentes en otras obras,

incorporarlos en la documentación.

El Contratista deberá desarrollar el análisis de los riesgos particulares de cada puesto

de trabajo, para el desarrollo detallado del Programa de Riesgos del Trabajo y contratar los

Servicios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

Mediante el Programa de Riesgos del Trabajo El Contratista deberá:

Asegurar la reducción de la siniestralidad laboral a través de la prevención de los

riesgos derivados del trabajo.

Reparar los daños derivados de los accidentes de trabajo y de las enfermedades

profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado, acorde con la

legislación vigente.

Promover la recalificación y la recolocación de los trabajadores damnificados.

El Contratista será el único responsable del cumplimiento de los requerimientos de la

Legislación vigente en materia de Riesgos del Trabajo.

25.2.6.4. Programa de Calidad de Vida y Condiciones de Trabajo en Obra

El Objetivo es diseñar y formular propuestas para garantizar un elevado nivel de

calidad de vida y de condiciones de trabajo que comprendan la adecuada provisión y

operación de instalaciones sanitarias, agua potable y transporte. En el caso de que la empresa

ofrezca alojamiento y comida a sus operarios debe extenderse la obligación a los comedores y

alojamientos.

El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Calidad de Vida y

Condiciones de Trabajo que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su

directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.

El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Oferente deberá incorporar en su Oferta la planificación de los servicios y

prestaciones e informar sobre las características de los mismos, acorde con la legislación

vigente, con las características de las obras y con las particularidades en los distintos frentes

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Sección VI. Requisitos de las obras

210

de trabajo en materia de provisión de agua potable, alimentos, servicios sanitarios,

alojamientos, comedores y transportes.

El Contratista será responsable del cumplimiento de los requerimientos de la

Legislación vigente en la materia y de las obligaciones asumidas en su Oferta.

El Oferente deberá presentar su Oferta considerando la Provisión de Agua para Bebida

de los Trabajadores a cumplir por El Contratista, acorde con los requisitos de Calidad

exigibles. El Contratista, deberá adoptar preferentemente el sistema de abastecimiento de

agua a partir de un servicio de agua potable corriente. De no disponerse de sistemas de agua

potable corriente, El Oferente deberá especificar, los medios previstos para la Provisión de

Agua Potable.

El Contratista tomará a su cargo la instalación de baños aptos desde el punto de vista

higiénico, en número suficiente, y en condiciones adecuadas de mantenimiento para su uso

por los trabajadores. Deberán responder a las más avanzadas tecnologías y adecuarse a las

particularidades de la obra, diversos frentes de trabajo y amplia longitud de avance de las

tareas, en función de asegurar la correcta prestación del servicio, evitar riesgos sobre la salud

y la contaminación del ambiente y asegurar el mantenimiento de estos servicios en buenas

condiciones de uso.

La desinfección, supresión de emanaciones, ventilación, luz y desniveles de los pisos

deberán permitir el mantenimiento de condiciones satisfactorias de higiene. Cuando se

disponga de alcantarillado, deben unirse a éste los inodoros, letrinas, mingitorios u orinales.

En caso de no existir dicho alcantarillado, deberá recurrirse a fosas sépticas u otra clase de

tratamiento adecuado.

Las instalaciones o grupos sanitarios deberán ser ubicados en lugares cercanos a los

sitios de trabajo.

El Contratista deberá proveer locales destinados al aseo del personal, los que deberán

tener amplitud suficiente y buenas condiciones de higiene, pudiendo estar ubicados sobre

vehículos, debiendo proveer los elementos de aseo. Los servicios para el personal femenino y

los del personal masculino deberán ser instalados separadamente.

El agua utilizada en los lavabos y duchas no debe presentar ningún peligro para la

salud de los trabajadores. Cuando el agua que se use en los mismos no sea potable, deberá

procederse a la señalización de dicha situación.

En el caso de que se programen alojamientos transitorios para el personal, los mismos

deberán cumplir con las condiciones de higiene, seguridad y confort que aseguren una

adecuada calidad de vida de los trabajadores.

En el caso de que se programen comedores, se localizarán en sitio separado y alejado

de todo lugar donde exista la posibilidad de exposición a sustancias tóxicas o contaminantes.

Sus instalaciones podrán ser fijas o móviles, al igual que las de la cocina, en función de las

características particulares de las Obras y de los diferentes frentes de trabajo, debiendo en

todos los casos cumplir con los requisitos de aptitud desde el punto de vista higiénico

sanitario.

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Sección VI. Requisitos de las obras

211

Las características de construcción del comedor deberán asegurar un adecuado

confort. Deben observarse las normas básicas sobre ventilación e iluminación y cantidad y

calidad de artefactos.

Los comedores deberán ser sometidos a procesos de desinfección y de control de

insectos con la debida periodicidad, conservarse en las mejores condiciones de limpieza y con

instalaciones que permitan mantener condiciones satisfactorias de iluminación, ventilación y

temperatura, atendiendo a la humedad ambiente característica de la zona.

De proveer El Contratista la alimentación, los comedores deberá observar las reglas de

una dieta sana, acorde con las determinaciones de la Organización Mundial de la Salud, y en

relación con el clima de la zona. La dieta podrá ser controlada por el Comitente, sin perjuicio

del control de alimentos que deberá realizar Medicina del Trabajo del Contratista.

La eliminación de residuos de los comedores deberá realizarse con una frecuencia que

evite la descomposición de los mismos, de acuerdo con la normativa. Este proceso deberá

efectuarse con camiones con caja preparada con ese fin, los que deberán descargar los

residuos en el sitio que señalen las oficinas técnicas de El Comitente o establezcan la

Autoridades locales.

En todos los casos, no podrá ubicarse instalación alguna para las prestaciones de

servicios de aseo, sanitarios, comedores, provisión de agua, prestaciones de salud, depósitos

de materiales y equipos, obradores, campamentos, etc, dentro de áreas detectadas como

contaminadas por el Programa de Salud, hasta que se realice el saneamiento total de las

mismas. A tal fin el Contratista deberá presentar, para su aprobación por la Inspección, una

propuesta de ubicación de las distintas instalaciones a su cargo y los planos de distribución de

las distintas unidades de servicio.

El tránsito en el área de la localización de la obra estará sujeto al cumplimiento de las

normas jurisdiccionales vigentes en materia de tránsito. Las características y condiciones de

los vehículos que circulen y operen en el ámbito del Proyecto deberán observar la normativa

que sobre el particular prescribe la Legislación vigente, en particular la establecida por la

Resolución 38/96 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Grupo II Varios, 18:

Vehículos, Reglamentaria de la Ley 24.557 y toda otra posterior que la reemplace o

complemente. Los vehículos deberán estar sujetos a mantenimiento cuidadoso y permanente

Las velocidades a desarrollar para el tránsito en el emplazamiento de las obras,

campamentos, obradores, accesos y otras áreas controladas por el Contratista, deberán ser

establecidas, en el marco de la legislación vigente, por el Servicio de Higiene y Seguridad de

el Contratista, debiendo también ser de responsabilidad de dicho servicio el control del

cumplimiento de los límites y regulaciones que se establezcan con ese fin. La normativa

correspondiente deberá instrumentarse con especial consideración a las características de los

caminos y accesos, los tipos de vehículos y los riesgos potenciales existentes, tanto para los

trabajadores y para terceros, cuanto para edificios y construcciones.

El Contratista implantará un sistema de control de conductores que asegure el

entrenamiento permanente en el manejo seguro de los vehículos y equipos, y el cumplimiento

de las normas legales de habilitación de los operadores de todos los vehículos en obra, en

especial los de maquinarias y camiones pesados.

Los caminos que construya el Contratista para el acceso a los lugares de trabajo,

deberán ser adecuados para el transporte del personal y, en general, para la circulación de los

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Sección VI. Requisitos de las obras

212

vehículos que deban transitarlos. Deberán tenerse en especial consideración las condiciones

de seguridad que presente cada caso particular. En el caso de ser accesos temporarios, la

restauración del sitio deberá formar parte del Programa de Retiro de la Contratista

incorporado en este Plan de Manejo Ambiental.

En las zonas de la obra que entrañen peligro para los vehículos de carretera y para el

personal y terceros, se deberán colocar vallas de protección, señales y avisos adecuados,

fácilmente observables. Las señales de peligro deberán ser claramente visibles de día y de

noche.

En general y en particular para el caso de Excavaciones, deberá incluirse dentro del

Plan de Capacitación del Personal de la Obra, en Higiene y Seguridad y Riesgo en el Trabajo,

la formación del Personal en cuanto a procedimientos de entubamiento y refuerzos de los

trabajos en pozos de drenaje durante la construcción, de Iluminación y ventilación de los

sitios de trabajo y de manejo de circuitos y cables eléctricos.

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Sección VI. Requisitos de las obras

213

25.2.6.5. Programa de Capacitación

El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Capacitación que

comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad,

incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá

cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista deberá desarrollar su Programa de Capacitación, en sus aspectos

laborales, en el marco de la Ley de Empleo vigente, incorporando la formación profesional

como componente básico de las políticas y programas de empleo, fomentando las

oportunidades de empleo para los grupos que enfrentan mayores dificultades de inserción

laboral y para los jóvenes locales y de la región, sin formación previa, en busca de su primer

empleo, con el fin de adquirir una formación teórica práctica para desempeñarse en un puesto

de trabajo.

El Contratista deberá desarrollar su Programa de Capacitación, en Higiene y

Seguridad y Riesgos del Trabajo, en el marco del Decreto 351/79, Reglamentario de la Ley

19.587/72, Título VII, Capítulo 21, Artículos 208 a 214 y Ley 24.557/95, Decreto 170/ 96,

Resolución Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Grupo III, 16, Capacitación y Decreto

1338/96, Artículo 5º, Servicio de Medicina del Trabajo, acciones de Educación Sanitaria y

toda otra legislación pertinente que la reemplace, complemente o modifique.

El Contratista tomará los recaudos necesarios y acordará las facilidades

correspondientes, para la concurrencia de su personal a cursos de capacitación laboral y

formación profesional que organice, por sí mismo o por terceros, con el fin de optimizar la

capacitación de los trabajadores en todo el ámbito del Proyecto, con particular énfasis en la

capacitación de la mano de obra local y regional.

El Contratista tomará a su cargo el financiamiento de los Programas de Capacitación,

pudiendo recurrir a las fuentes de financiamiento a cargo de terceros, ya sean Organismos

Gubernamentales o Privados, existentes en nuestro país u otra fuente del exterior.

El Contratista elaborará y desarrollará un Plan Especial de Entrenamiento y

Capacitación del Personal frente a Contingencias, necesario para que una efectiva operación

en los distintos frentes de trabajo asegure que los trabajadores puedan cumplir sus funciones

de una manera segura y efectiva para responder ante emergencias y contingencias.

El Contratista informará mensualmente a El Comitente respecto del cumplimiento del

Proyecto de Capacitación, actividades cumplidas y programadas.

En su propuesta deberá incluir distintas formas de prevención y de ejecución.

Recibirá capacitación todo el personal en sus distintos niveles:

La planificación y ejecución del Programa de Capacitación para Contingencias será

responsabilidad conjunta de los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo.

El Oferente, deberá incorporar en su oferta un Proyecto General de Capacitación Laboral

local ya regional, en función de sus demandas de Mano de Obra y de la Oferta Local y

Regional del área en la que se inserta la obra. El Contratista desarrollará dicho proyecto en

forma detallada, sometiéndolo a su aprobación por El Comitente.

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Sección VI. Requisitos de las obras

214

El Proyecto General de Capacitación Laboral, deberá incluir Proyectos Específicos de

Capacitación según Puestos de Trabajo, en particular para aquellos que entrañen mayor riesgo

(conducción de vehículos y manejo de maquinarias; y zanjas; manejo de instalaciones

eléctricas; uso de elementos químicos, desmontes y deforestaciones, etc.), debiendo definir el

Responsable en Higiene y Seguridad de El Contratista, los puestos de trabajo de mayor riesgo

y presentar los Proyectos Específicos de Capacitación para su aprobación por la Inspección.

25.2.6.6. Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes

El Oferente deberá incorporar en su Oferta un Programa de Manejo de Residuos que

comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la

zona de localización de las obras, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del

Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación

vigente.

El Oferente deberá incorporar en su Oferta la planificación de los servicios y

prestaciones y un informe sobre las características de los mismos, acorde con la legislación

vigente y con las características de las obras principales y complementarias. A tal efecto

deberá adoptar las precauciones y prever la disponibilidad del equipamiento adecuado para la

recolección, almacenamiento y disposición final de los desechos, excedentes y desperdicios.

Los mismos comprenden la adecuada disposición de los materiales residuales

producidos durante la limpieza de los sitios de trabajo, los materiales excedentes de las

excavaciones y cualquier otro material desechable, excedente y desperdicios generados

durante las acciones de preparación y construcción de obra y del funcionamiento de

campamentos y obradores.

Involucran la localización e identificación adecuada de contenedores para almacenar

diferentes materiales de desecho, la recolección y disposición de residuos orgánicos, de

grasas, aceites, combustibles y el desarrollo de medidas y acciones para evitar los derrames,

pérdidas y la generación innecesaria de desperdicios.

Comprenden los lugares en que se emplazarán los vaciaderos.

El Contratista, al inicio de las obras, según frente de trabajo, deberá proceder a la

limpieza y acondicionamiento del sector afectado por las obras principales y

complementarias, de las áreas aledañas según requerimientos constructivos, sectores de

sistematización de desagües, accesos y otras áreas necesarias de afectar por requerimientos

constructivos. Previo a la puesta en marcha de las obras deberá proceder a la limpieza de los

residuos existentes Todos los residuos procedentes de las obras y limpiezas deberán estar

sujetos a un proceso de disposición final autorizado por la Autoridad de Aplicación y El

Comitente.

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Sección VI. Requisitos de las obras

215

El Programa será de estricto cumplimiento para todos los subcontratistas.

El Contratista será responsable del cumplimiento de los requerimientos de la

Legislación vigente en la materia, según los diferentes tipos de residuos, y de las obligaciones

asumidas en su Oferta.

El Contratista deberá proveer un sistema adecuado de contenedores para el

almacenamiento transitorio de residuos sólidos contaminados, debiendo prever su retiro del

lugar de su instalación, con una periodicidad adecuada a cada circunstancia, debiendo cumplir

con las indicaciones de la Inspección.

El Contratista destinará un sector específico del obrador para la disposición transitoria

de los residuos peligrosos dentro del cual se ubicarán los contenedores especialmente

habilitados para tal fin, debidamente rotulados e identificados respecto al tipo de

contaminantes que poseen los residuos y los riesgos que implican. Dicho sector deberá

presentar carteles en los que se advierte el riesgo. Asimismo deberá disponer de piso de

cemento y un peralte lateral o muro de contención en todo su entorno que asegure la retención

del material dentro del sector, ante cualquier derrame.

El Contratista deberá realizar el transporte de los distintos residuos, en equipos

habilitados según la naturaleza de los residuos, en el marco de la legislación aplicable a esas

tareas y de los requerimientos específicos de la o las autoridades de aplicación.

La disposición final de los residuos peligrosos deberá efectuarse en lugares o plantas

de tratamiento expresamente autorizadas para tal fin, por la Autoridad de Aplicación que

corresponda.

Todo otro tipo de residuo sólido no contaminado, deberá ser convenientemente

recolectado y almacenado en un sistema de contenedores apropiados, con tapa hermética,

debiendo ser transportados por transportistas habilitados a tal fin, hasta las áreas aprobadas

por las autoridades locales para su disposición final.

El contratista deberá contar con la autorización previa de la Inspección para la

utilización de materiales productos de las excavaciones y limpieza que resulten aptos para ser

usados como rellenos demandados por la construcción de las obras.

En el caso de que se prevea el almacenamiento de combustibles y lubricantes

demandados por los equipos afectados a la construcción de la obra, dentro del sector de

obradores, los depósitos de combustibles y lubricantes deben cumplir con las reglas de

máxima seguridad, incluyendo un recinto de contención. La impermeabilización del piso y de

bordes es obligatoria, para evitar que cualquier derrame contamine el suelo. Las cañerías

deberán estar a la vista, protegidas del tránsito, evitando derrames subterráneos. Se dispondrá

en obra de tambores plásticos debidamente rotulados para almacenar trapos y estopas con

hidrocarburos. El almacenamiento de combustibles debe cumplir con la normativa vigente

provincial que fijen las normas de seguridad para estas instalaciones.

En el caso de que se prevea la provisión de combustibles y el cambio de lubricantes

demandados por los equipos y vehículos afectados a la construcción de la obra, dentro del

sector de obradores, El Contratista deberá presentar un proyecto que comprenda los

mecanismos para la provisión y las instalaciones afectadas a tales fines, el que deberá ser

autorizado mediante aprobación explícita de la Inspección y, de requerirse, de los organismos

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Sección VI. Requisitos de las obras

216

de aplicación. Deberá asegurar la disposición final de los lubricantes utilizados según la

normativa vigente.

En el caso que se prevea la provisión de combustible y el cambio de lubricantes

demandados por los equipos y vehículos afectados a la construcción de la obra, por servicios

de terceros, el servicio pertinente deberá estar habilitado para la prestación de dichos

servicios, por la autoridad competente.

Para suelos Afectados por Derrame Accidental de Combustible o Rotura de

Vehículos, la acción inmediata es atender rápidamente el accidente para minimizar el vuelco

de hidrocarburos. En este sentido la acción prioritaria será interrumpir el vuelco evitando su

propagación y eventual afectación de suelos o cursos de agua.

Si por cuestiones de pendiente local existiera el riesgo de arrastre de hidrocarburos a

algún curso de agua, deberán implementarse barreras de contención de escurrimientos que

funcionen como ―trampas de fluidos‖.

Aplicar sobre los líquidos derramados material absorbente especial para

hidrocarburos. Este tipo de materiales deben estar almacenados en lugar seguro en el Obrador

durante el desarrollo de las tareas.

Cuando el derrame supere los 5 m2, el suelo afectado debe ser delimitado (cercado) y

señalizado como sitio en ―recuperación ambiental‖ y aplicar en él técnicas de laboreo y

tecnologías de biorremediación. El sitio debe ser monitoreado bimensualmente, mediante

extracción de muestras para verificar el decaimiento en la concentración de hidrocarburos.

Una vez saneado definitivamente puede liberarse el sitio a sus usos originales.

Para todos los casos en que la legislación vigente exija la adopción de mecanismos de

transporte y de disposición final de residuos por operadores autorizados, El Contratista deberá

presentar a la Inspección, constancia del cumplimiento de la norma legal.

Todos los materiales procedentes de las excavaciones que no sean necesarios para

rellenos u otros fines, deberán llevarse a las zonas designadas como escombreras o a sitios de

disposición final a cargo del Contratista, quien deberá sometidas a la aprobación del

Comitente, Autoridades locales y competentes, siendo la tramitación y el logro de las

autorizaciones correspondientes de exclusiva responsabilidad del mismo. Deberá preverse

dentro del Programa de Capacitación del punto anterior, la capacitación general del Personal

sobre el manejo de residuos, y la capacitación específica según puesto de trabajo y residuos

específicos resultantes del desarrollo de su tarea.

El Contratista deberá tomar todas las medidas del caso para preservar las vías de

drenaje existentes, prevenir cualquier acumulación de agua objetable que resulte de la

formación de las escombreras y la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas

por residuos de distinto tipo.

El Contratista deberá tomar las medidas que se establezcan en los planos del Proyecto,

Especificaciones Particulares o en su proposición de escombrera, para la preservación de los

aspectos ambientales y ecológicos que pudieran alterarse.

25.2.6.7. Programa de Prevención de Emergencias Plan de Contingencias

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Sección VI. Requisitos de las obras

217

El Oferente deberá diseñar un Programa de Contingencias comprendiendo planes

particulares de Contingencias, según distintos riesgos, para la Etapa de Construcción de la

Obra, el que formará parte de la Propuesta Técnica de la Obra y de las Obligaciones a

cumplimentar bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y de afectación directa,

incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá

cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista deberá elaborar un Programa detallado y ajustado de prevención y de

actuación frente a Contingencias, en función de los lineamientos de la oferta. El programa

debe ser elevado para su aprobación por la Inspección, previo al inicio de las obras. Una vez

autorizado El Contratista deberá ejecutarlo, siendo su responsabilidad mantenerlo en

funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar la construcción de la misma y ser

recibida en conformidad por el Comitente.

El Contratista deberá elaborar un Programa para la Etapa de Operación,

comprendiendo los diferentes planes específicos, programa que deberá formar parte del

Manual de Operación de la Obra a entregar como parte del proceso de Recepción de la Obra.

El Objetivo de dichos Programas es el de dar respuestas a Contingencias para cada

una de dichas Etapas.

Los Programas y sus Planes particulares se sustentarán en el análisis previo de los

distintos factores de riesgos que existan, tanto sean físicos, químicos o biológicos. También

se considerará la magnitud en que se presenten dichos riesgos.

El Contratista está obligado a denunciar, inmediatamente de conocido, todo accidente

de trabajo o enfermedad profesional que sufran sus dependientes. La denuncia deberá

contener como mínimo los datos que a tal fin requiera la Superintendencia de Riesgos del

Trabajo.

25.2.6.8. Programa de Comunicación Social

El Oferente deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de Comunicación Social

que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su directa

responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El

Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente y con el

compromiso asumido en la Oferta.

El Objetivo del Programa será el de desarrollar formas eficaces y eficientes de

comunicación entre y con la comunidad involucrada con la obra, con las Autoridades

Competentes a Nivel Nacional, Provincial y Municipal, con El Comitente, con los

Subcontratistas, con las Entidades Intermedias y Universidades, entre otros, respecto de los

planes y acciones previstas y desarrolladas durante la Etapa de Construcción.

En particular deberá desarrollar mecanismo de comunicación efectivo respecto a la

información sobre los impactos ambientales del Proyecto y las previsiones adoptadas, las

fuentes de trabajo para la construcción y operación de la obra, los propósitos de la obra, los

cursos de capacitación laboral, los planes de contingencia y todo otro efecto y actividad

relacionada con el medio ambiente de la obra.

El Contratista deberá relevar, en forma permanente, los temas relacionados con el Plan

de Manejo Ambiental que requieran difusión y un intercambio activo de opiniones o acciones

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Sección VI. Requisitos de las obras

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con las Autoridades, Actores Sociales, Instituciones Intermedias, Universidades,

Organizaciones No Gubernamentales, Población afectada, El Comitente y Organizaciones o

personas involucradas. En particular deberá mantener actualizada la información del

desarrollo de los distintos Programas, para dar respuesta inmediata a todo tipo de consulta,

observaciones u objeciones, identificando los problemas y adoptando las acciones para su

solución

En el caso de que como resultado de procedimientos administrativos o judiciales,

petición de Autoridades, Organizaciones o personas, resulte necesario o conveniente, a juicio

de El Comitente, celebrar reuniones, seminarios, talleres u otra forma de comunicación y

discusión de la Obra, de carácter privado o público, incluidas las denominadas Audiencias

Públicas, El Contratista deberá preparar toda la documentación y prestar el apoyo técnico

necesario durante el desarrollo de las mismas. Para el caso de las Audiencias Públicas deberá

tomar como referencia las instrucciones que a sus efectos determinará El Comitente o los

Organismos de Aplicación.

El Programa de Comunicaciones será desarrollado por el Contratista y deberá ser

aprobado por el Comitente. Será implementado por el responsable de medio ambiente del

Contratista o por terceros calificados designados especialmente.

Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes:

Colocar un cartel al frente de la obra indicando: Nombre del Proyecto, nombre del

Comitente, nombre del Contratista, sus direcciones y teléfonos.

Establecer un procedimiento de comunicación formal y documentado, que facilite la

comunicación con la sociedad y al mismo tiempo permita recibir sus opiniones,

sugerencias o reclamos relacionados con el desarrollo de la obra.

Realizar consultas a los directamente relacionados con el desarrollo del proyecto

respecto de la obra y sus alternativas de ejecución, con el propósito de incorporar sus

observaciones al proceso de toma de decisiones y de esta manera minimizar el riesgo

de conflictos sociales.

Comunicar a las autoridades, vecinos, ocupantes de campos, empresas u organismos

que posean instalaciones próximas a la obra, con la suficiente anticipación a las obras

que se ejecutarán en los días subsiguientes.

Comunicar con anticipación a los posibles afectados o a las autoridades pertinentes

aquellas acciones de la obra que pudieran generar conflictos con actividades de

terceros. La notificación podrá realizarse telefónicamente y registrarse en un libro

para su seguimiento.

Notificar mensualmente a las autoridades locales, provinciales y nacionales del

avance de la obra y lo programado para el mes siguiente.

25.2.6.9. Programa de Seguimiento de las Medidas de Mitigación

El Oferente deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de seguimiento de las

medidas de que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su

directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.

El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente y con

el compromiso asumido en la Oferta.

El Contratista deberá elaborar un Programa detallado y ajustado de seguimiento de las

medidas de mitigación. El programa debe ser elevado para su aprobación por la Inspección,

previo al inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deberá ejecutarlo, siendo su

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Sección VI. Requisitos de las obras

219

responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar la

construcción de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.

El programa de seguimiento de las Medidas de Mitigación será instrumentado por el

Responsable de Medio Ambiente del Contratista o por terceros calificados designados

especialmente.

Se confeccionarán a tal efecto listas de chequeo elaboradas a partir de las medidas de

mitigación propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.

El responsable de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar el

cumplimiento de las medidas de mitigación. Deberá evaluar la eficacia de las medidas

propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer al Comitente para su aprobación

los cambios necesarios cuando lo considere oportuno. El objetivo será en todo momento

minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.

El responsable de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al

intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran

enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de aquellos directamente involucrados y

de las autoridades.

El responsable de medio ambiente controlará quincenalmente el grado de

cumplimiento de las Medidas de Mitigación aplicando listas de chequeo y emitirá un Informe

Ambiental Mensual. En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar los

ajustes necesarios. El responsable presentará su Informe Ambiental Mensual al Comitente

destacando la situación, las mejoras obtenidas, los ajustes pendientes de realización y las

metas logradas.

Finalizada la obra, el responsable emitirá un INFORME AMBIENTAL DE FINAL

DE OBRA donde consten las metas alcanzadas.

El cumplimiento de las Medidas de Mitigación por parte del Contratista será

condición necesaria para la aprobación de los certificados de obra. Debe ser puesta en

evidencia en los informes y debe notificarse a las autoridades correspondientes.

25.2.6.10. Programa de Control Ambiental de la Obra

El Oferente deberá incorporar en su Propuesta, un Programa de de control ambiental

de la obra que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su

directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.

El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente y con

el compromiso asumido en la Oferta.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.

El Contratista deberá elaborar un Programa de Control Ambiental de la Obra detallado

y ajustado. El programa debe ser elevado para su aprobación por la Inspección, previo al

inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deberá ejecutarlo, siendo su

responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar la

construcción de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.

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Sección VI. Requisitos de las obras

220

El programa de Control Ambiental de la Obra será instrumentado por el responsable

de medio ambiente del Contratista o por terceros calificados designados especialmente.

Durante la etapa de construcción, este programa estará muy ligado al de verificación

de cumplimiento de las Medidas de Mitigación. Sin embargo su espectro de acción debe ser

más amplio para detectar eventuales conflictos ambientales eventualmente no percibidos en el

Estudio de Impacto Ambiental y aplicar las medidas correctivas pertinentes. En función de

los ajustes del Proyecto de Ingeniería a desarrollar según tecnología constructiva y

singularidades Empresarias.

En función de los avances registrados en los distintos Programas del Plan de Manejo

Ambiental, durante al Construcción de la Obra, completará y ajustará en forma sistemática las

conclusiones de la Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental, incorporando los

resultados alcanzados durante la ejecución de los Programas y sus correspondientes

relevamientos en el ámbito físico del medio natural o en el medio socioeconómico

directamente involucrados con la Obra. Se confeccionarán listas de chequeo a partir del

Estudio de Impacto Ambiental elaborada, con posibilidad de incluir elementos ambientales

nuevos.

El responsable de medio ambiente inspeccionará la obra regularmente para verificar la

situación ambiental del proyecto. Deberá evaluar la eficacia de las medidas propuestas para

mitigar los impactos negativos y proponer los cambios cuando lo considere necesario. El

objetivo será en todo momento minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.

El responsable de medio ambiente deberá manifestar disposición al diálogo y al

intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran

enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de las autoridades.

El responsable de medio ambiente controlará quincenalmente la situación ambiental

de la obra aplicando listas de chequeo y emitirá un INFORME AMBIENTAL MENSUAL de

situación.

En el informe se indicarán las acciones pertinentes para efectuar los ajustes

necesarios. El responsable incluirá en su Informe Ambiental Mensual todos los resultados del

Monitoreo Ambiental, destacando resultados y proponiendo al Comitente para su aprobación,

los ajustes que crea oportuno realizar.

Finalizada la obra, el responsable incluirá en el informe ambiental final de la obra los

resultados obtenidos en el Programa de Control Ambiental de la Obra y las metas logradas.

25.2.6.11. Instalación de Campamentos

Previo a la instalación del/los campamento/s, el Contratista presentará para aprobación

de la Inspección, un croquis detallado, mostrando ubicación del/los campamento/s, sus partes

y los detalles necesarios. Además, deberá presentar un registro gráfico de la situación previa a

la obra, para asegurar su restitución plena.

En la construcción de campamentos se evitará realizar cortes de terreno, rellenos, y

remoción de vegetación. En lo posible las instalaciones serán prefabricadas. Por ningún

motivo se verterán aguas servidas en los cursos de agua o sobre terreno natural.

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Sección VI. Requisitos de las obras

221

No se arrojarán desperdicios sólidos de los campamentos a las corrientes de agua.

Estos se depositarán adecuadamente y se dispondrán conjuntamente con los de los

Municipios de la zona.

Para los residuos peligrosos incluidos en la Ley Provincial 1.135, de adhesión a la Ley

Nacional 24.051 rigen las normas sobre manipulación, transporte y disposición final

especificadas en dicha ley y en sus decretos reglamentarios.

Los campamentos contendrán equipos de extinción de incendios y un responsable con

material de primeros auxilios y cumplir con la Normativa sobre seguridad e higiene laboral.

Los campamentos deberán mantenerse en perfectas condiciones de funcionamiento durante

todo el desarrollo de la obra.

Los campamentos serán desmantelados una vez que cesen las obras, dejando el área

en perfectas condiciones e integrada al medio ambiente circundante. En el caso que sus

instalaciones pudieran ser donadas a las comunidades locales para beneficio común, como

para ser destinados a escuelas o centros de salud, el Contratista presentará para aprobación de

la Inspección el convenio de donación donde conste las condiciones en que se entregan las

instalaciones y la responsabilidad de su mantenimiento.

Los Campamentos y sus instalaciones, aprobados por la Inspección deberán

mantenerse en perfectas condiciones de funcionamiento durante todo el desarrollo de la obra.

25.2.6.12. Ejecución y Movimiento de Suelo y Remoción de Cobertura Vegetal

El Contratista deberá controlar que las excavaciones, remoción de suelo y cobertura

vegetal que se realicen en el área de obrador, campamento, depósitos y zonas de acopio de

materiales e insumos, así como los sectores de emplazamiento de las obras civiles (paquete

estructural, alcantarillas y puente) sean las estrictamente necesarias para la instalación y

correcto funcionamiento de los mismos.

Deberán evitarse excavaciones y remociones de suelo innecesarias, ya que las mismas

producen daños al hábitat, perjudicando a la flora y fauna silvestre, e incrementan procesos

erosivos, inestabilidad y escurrimiento superficial del suelo. Asimismo se afecta al paisaje

local en forma negativa.

Los trabajos de limpieza del terreno deberán llevarse al ancho mínimo compatible con

la construcción de la obra a fin de mantener la mayor superficie posible con la cubierta

vegetal existente. No se permitirá eliminar el producto no utilizable de estos trabajos por

medio de la acción del fuego.

En los casos que la secuencia y necesidad de los trabajos lo permitan se optará por

realizar, en forma manual, las tareas menores de excavaciones, remoción de suelo y cobertura

vegetal.

En la ejecución de los cortes del terreno y en los rellenos, las crestas deben ser

modeladas con el objeto de evitar terminaciones angulosas. Las cunetas, zanjas de guardia y

de desagüe y demás trabajos de drenaje, se ejecutarán con anterioridad a los demás trabajos

de movimiento de suelos o simultáneamente con estos, de manera de lograr que la ejecución

de excavaciones, la formación de terraplenes, tengan asegurado un desagüe correcto en todo

tiempo, a fin de protegerlos de la erosión.

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Sección VI. Requisitos de las obras

222

El suelo o material sobrante de las excavaciones, se depositará en lugares previamente

aprobados por la Inspección. Cuando sea posible se evitará el depósito en pilas que excedan

los dos metros de altura. Dichas pilas deberán tener forma achatada para evitar la erosión y

deberán ser cubiertas con la tierra vegetal extraída antes de su disposición.

Los suelos vegetales que necesariamente serán removidos, deberán acumularse y

conservarse para ser utilizados posteriormente en la recomposición de la cobertura vegetal.

Toda biomasa no comercializada como madera, leña o arbustos, debe ser cortada,

desmenuzada y depositada en pilas en lugares expresamente autorizados por la Inspección.

En caso de vertidos accidentales, los suelos contaminados serán retirados y sustituidos

por otros de calidad y características similares. Los suelos retirados serán llevados a un

depósito controlado.

Se prohíbe el control químico de la vegetación con productos nocivos para el medio

ambiente. En caso de resultar indispensable aplicar control químico sobre la vegetación, todos

los productos que se utilicen deberán estar debidamente autorizados por el comitente y contar

con su hoja de seguridad en el frente de obra.

Se prohíbe el uso de defoliantes. En el caso de que fuera indispensable, se deben

utilizar sólo aquellos que no contengan dioxinas y que estén inscriptos en el Registro

Nacional de Terapéutica Vegetal publicado en el Manual de Procedimientos, Criterios y

Alcances para el Registro de Productos Fitosanitarios de la República Argentina del Instituto

Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal dependiente del SENASA.

La aplicación de estos productos estará a cargo de personal capacitado y entrenado y

previo a cada aplicación deberán ser notificadas las autoridades locales.

Para el transporte de suelos se recomienda la utilización de equipos adecuados y en

óptimo estado de funcionamiento, humedeciendo la carga, cuidando de enrasar la misma y, en

caso de ser necesario, cubrirla para el traslado de modo de evitar la diseminación de los

materiales transportados por voladura o vuelco, en las vías de transporte.

Con los materiales excavados que no fuesen utilizados para los propósitos

anteriormente especificados, se conformaran los terraplenes laterales de depósito, para su

posterior traslado. Los materiales desechables, excedente y/o desperdicios, debieran ser

retirados y volcados en depósitos destinados a tal efecto.

Se recomienda utilizar equipos adecuados para la excavación, conservándolo en

buenas condiciones.

25.2.6.13. Caminos Auxiliares y Estacionamientos

El Contratista previo a la iniciación de la obra, presentará a la Inspección para su

aprobación, los planos correspondientes a los desvíos o caminos auxiliares y áreas de

estacionamientos de equipos que utilizará durante la construcción. El Contratista deberá

proceder a una correcta señalización diurna y nocturna de estos desvíos transitorios de

manera de poder asegurar el tránsito en forma permanente y segura.

25.2.6.14. Erosión y Sedimentación

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Sección VI. Requisitos de las obras

223

El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de control de la Erosión

Eólica e Hídrica y de Protección de las Excavaciones en la zona de afectación directa de las

obras así como en los caminos de accesos necesarios para la construcción de las obras, que

comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su directa

responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.

El Contratista deberá ejercer la máxima precaución en la ejecución de las obras,

tendientes a controlar la erosión y minimizar la sedimentación.

El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza y de movimiento de tierras

dentro de la zona directamente afectada por las obras, deberá revisar el ámbito físico a afectar

con el objeto de detectar la existencia de procesos erosivos actuales o la potencialidad de

ocurrencia de los mismos como resultado de las Obras. En particular deberá tomar especiales

precauciones en aquellas áreas con mayor susceptibilidad a este tipo de procesos en las que

deberá realizar un detallado estudio de la topografía, la geomorfología y los procesos

edáficos existentes en el terreno.

Las vías de concentración de escurrimientos y los focos de erosión hídrica y eólica

serán ubicadas en forma detallada con el objeto de ajustar las obras de drenaje de forma tal

que aseguren una eficaz conducción de los excedentes hídricos y permitan adoptar las

medidas de protección contra la erosión eólica, respectivamente.

En los sectores directamente afectados por razones constructivas de las obras,

susceptibles a procesos erosivos deberá de tratar de mantener la vegetación existente al

máximo posible, debiéndose asegurar la construcción e implementación de medidas tales

como protección de taludes, cárcavas, sectores con pendientes excesivas, sectores con suelos

sueltos, etc., antes de proceder a la remoción de la vegetación y movimiento de suelos

En los trabajos de excavación deberá adoptar las precauciones necesarias para evitar

derrumbamientos y erosiones, según la naturaleza y las condiciones del terreno y la forma de

realización de las tareas. A tal fin y dentro del contexto de la Protección de las Excavaciones,

El Contratista proveerá y se hará responsable de todos los soportes temporarios y

permanentes de las excavaciones, durante todo el período que dure el Contrato y hasta la

finalización del plazo de garantía.

El producto de la excavación que no haya de retirarse inmediatamente, así como los

materiales que hayan de acopiarse y que sean susceptibles a voladuras por erosión eólica o a

erosión hídrica se apilarán a distancia suficiente del borde de la excavación con el fin de que

no constituyan una sobrecarga que pueda dar lugar a desprendimientos, deslizamiento o

aportes de material erosionado. En los casos que resulten necesarios serán protegidos

mediante métodos eficaces para evitar su dispersión y los daños a la obra, su personal, a

terceros o afectaciones a la Calidad del Aire que excedan la normativa aplicable al caso y a la

Calidad del Agua.

El Contratista inspeccionará los dispositivos de control de erosión y sedimentación

transitorias y permanentes para verificar deficiencias después de cada lluvia. Las deficiencias

serán corregidas de inmediato. La Inspección se reserva el derecho a tomar las medidas

apropiadas para exigir que el Contratista deje de trabajar en otras áreas y concentre sus

esfuerzos para rectificar las deficiencias especificadas dentro de 24 hs después de la

notificación.

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Sección VI. Requisitos de las obras

224

25.2.6.15. Control de Drenajes, Desagües y Anegamientos en Zona de Obra

El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de Control de Drenajes,

Desagües y de los sectores que sufren procesos de anegamientos en la zona de localización de

las obras, que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a desarrollar,

bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del

Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación

vigente.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.

El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza y de movimiento de tierras,

trabajos de extracción de suelos de cualquier naturaleza, dentro de la zona de localización de

las obras, deberá revisar el ámbito físico a afectar con el objeto de detectar la existencia de

vías de drenajes, de desagües y de sectores sujetos a procesos de anegamientos actuales,

evaluando la potencialidad de afectación a las obras existentes y a construir, o al medio como

resultado de las tareas constructivas.

En todos los casos deberá mantener el correcto funcionamiento de los desagües

pluviales existentes, hasta que se encuentren terminados y en funcionamiento las nuevas

estructuras resultantes de las acciones de adecuación y sistematización de los desagües

pluviales.

En particular deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas con mayor

presencia y/o susceptibilidad a este tipo de procesos en las que deberá realizar un detallado

estudio de la topografía, la geomorfología y los procesos edáficos existentes en el terreno, con

el objeto de proceder a confeccionar planos en los que se reflejen los procesos, actuales y

potenciales. Las vías de drenaje y las áreas anegables serán señaladas en forma detallada con

el objeto de ajustar las obras de forma tal que aseguren una eficaz captación y conducción de

los excedentes hídricos.

En los trabajos de excavación, en general, deberá adoptar las precauciones necesarias

para asegurar el desvío y conducción controlada de las aguas superficiales y subterráneas,

desaguar los excedentes de agua y mantener en seco las excavaciones, debiendo prever la

provisión y mantenimiento de las instalaciones de drenaje y de bombeo, que sean necesarias

para asegurar la estabilidad de los taludes, evitar derrumbamientos y erosiones, según la

naturaleza y las condiciones del terreno y la forma de realización de las tareas.

Deberán extremarse las precauciones en los lugares en que las excavaciones se

encuentren aledañas a obras de infraestructura o edificaciones de cualquier tipo, incluyendo a

las propias de la obra en construcción.

El agotamiento del agua producida por lluvias, filtraciones u otros motivos se realizará

de forma tal que el personal pueda realizar la tarea en las mejores condiciones posibles,

incluyendo la iluminación y ventilación de los sitios de trabajo, en los casos que lo

demanden.

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Sección VI. Requisitos de las obras

225

25.2.6.16. Alerta Frente a Precipitaciones y Crecidas

El Oferente deberá incorporar en su oferta un Programa de Alerta frente a

precipitaciones y crecidas, que permita la aplicación de Planes de Contingencia ante la

ocurrencia de lluvias que provoquen crecidas en forma torrencial, que puedan afectar el

desarrollo de la Etapa Constructiva de las Obras. A tal fin deberá prever la adopción de un

sistema de alerta temprana, que evite riesgos sobre la vida humana, bienes y daños a las

obras.

Conjuntamente con este Programa de Alerta, deberá incorporar medidas de

prevención y actuación frente a situaciones de este tipo, dentro del Programa de

Contingencias.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en la oferta y actuar en

consecuencia bajo su entera responsabilidad.

25.2.6.17. Protección de la Vegetación y el Hábitat

El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de Manejo de la Vegetación

y de la Fauna que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a

desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del

Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la

Legislación vigente.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.

El Contratista deberá realizar los trabajos de limpieza y remoción de la vegetación, en

la zona de obra y de accesos, reduciendo las tareas a un mínimo compatible con los

requerimientos constructivos y los criterios establecidos en la presente especificación. No

podrá en ningún caso, operar equipamiento o remover vegetación fuera de la zona de obra

delimitada, sin contar con un permiso específico por parte del Propietario o de la autoridad

competente y la autorización de la Inspección de El Comitente.

El Contratista deberá atenuar y limitar los impactos ambientales vinculados con la

limpieza, el desmalezado y el desmonte, para disminuir el peligro de erosión del suelo, la

afectación del paisaje natural, las interferencias con la actividad económica del sitio y las

alteraciones en los hábitats naturales de la flora y de la fauna autóctona o adaptada.

A tal efecto El Contratista deberá:

Mantener al máximo posible la vegetación natural.

Utilizar maquinarias y equipamiento que minimice la perturbación del suelo, su

compactación y la pérdida de la cubierta vegetal.

Conservar la cubierta del suelo removida para su uso posterior y para la restauración

de los sitios afectados que lo demanden, en el caso de que resulte apta para tal fin.

En la limpieza de vegetación deberá adoptar medidas de seguridad para el derribo de

árboles, en el caso de que resulte indispensable por razones constructivas, y para el corte de

plantas, que puedan ser nocivos para el personal por contacto o por inhalación de los gases

producidos por la quema.

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Sección VI. Requisitos de las obras

226

Durante el desarrollo de todas las tareas, deberá adoptar medidas preventivas respecto

de mordeduras o picaduras de las alimañas existentes en el área de emplazamiento de la obra.

Deberá instrumentar los mecanismos de tratamiento en el lugar y las estrategias de derivación

del personal para el caso de accidentes por mordeduras o picaduras.

De resultar necesaria la limpieza de vegetación arbórea, todas las maquinarias que

realicen tareas de derribo de árboles deberán tener un techo protector resistente, que

resguarde al conductor de cualquier contingencia producida por las caídas de los troncos. Los

árboles a talar deben estar orientados, según su corte, para que caigan sobre la zona de

camino, evitando así que en su caída, deterioren la masa forestal restante.

No se permitirá en horarios nocturnos la realización de tareas operación de máquinas

para la limpieza de vegetación, si no es con la autorización expresa de La Inspección, con la

presencia de un responsable de las tareas y, con la provisión de un adecuado sistema de

iluminación, que evite potenciales daños sobre los operarios, personas, animales, patrimonio

cultural, obras de infraestructura o bienes de terceros.

El Contratista deberá prever el retiro y disposición final de los materiales provenientes

de la limpieza de vegetación. Los materiales serán propiedad de El Contratista, excepto en

aquellos casos en que los mismos sean reclamados como propiedad por terceros. El

Contratista deberá solicitar a La Inspección autorización para la entrega del material a

terceros, manteniendo El Contratista su responsabilidad por el destino o disposición final del

material.

El Contratista deberá cumplir con la restauración de los sitios según su propuesta.

El Contratista deberá solicitar autorización a La Inspección para proceder a quemar

aquellos productos no aprovechables de la limpieza de la vegetación. La autorización por

parte de La Inspección no elimina las responsabilidades de El Contratista en cuanto a la

disposición final de los residuos, por lo que ejercerá especial control frente a las posibilidades

de incendio del material vegetal dentro de las áreas de las Obras y desarrollará, bajo su entera

responsabilidad, los mecanismos previstos frente a contingencias por incendio, de producirse

hechos de esta naturaleza.

De resultar necesaria la utilización de herbicidas, por parte del Contratista deberá ser

efectuada mediante el empleo de productos adecuados, y con la utilización de técnicas de

aplicación y manipuleos de acuerdo a las normas ambientales y de higiene y seguridad que

correspondan. La disposición final de los recipientes que han contenido herbicidas, deberá

realizarse en los lugares habilitados para materiales peligrosos y/o contaminantes y de

acuerdo a las normas vigentes. Para el uso de herbicidas El Contratista deberá contar con la

autorización previa de la Inspección.

El Contratista deberá incorporar en su oferta el desarrollo de un Proyecto de

Forestación Compensatoria a implantar

El Contratista deberá presentar al Comitente un proyecto Ejecutivo de Forestación

Compensatoria con la finalidad de mejorar las condiciones escénicas paisajísticas y de

adecuación ambiental de las obras, en particular de compensación por la vegetación afectada

por la construcción de las obras y de mejoramiento de las condiciones ambientales.

Queda expresamente prohibido que los trabajadores efectúen actividades predatorias

sobre la fauna y la flora; tampoco podrán colocar clavos en los árboles, cuerdas, cables o

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Sección VI. Requisitos de las obras

227

cadenas sin la protección adecuada; manipular combustibles, lubricantes o productos

químicos en las zonas de raíces; apilar material contra los troncos, circular con maquinaria

fuera de los lugares previstos; cortar ramas y seccionar raíces importantes; dejar raíces sin

cubrir en zanjas y desmontes.

En el caso que resulte necesaria la utilización de biocidas, por parte del Contratista,

para las tareas de control de la fauna que por razones de salud, de seguridad, o constructivas

resulten indispensables, deberá ser efectuada mediante el empleo de productos adecuados, y

con la utilización de técnicas de aplicación y manipuleos de acuerdo a las normas ambientales

y de higiene y seguridad que correspondan. La disposición final de los recipientes que han

contenido biocidas, deberá realizarse en los lugares habilitados para materiales peligrosos y/o

contaminantes y de acuerdo a las normas vigentes. Para el uso de biocidas El Contratista

deberá contar con la autorización previa de la Inspección.

El Contratista deberá manejar a la Fauna existente dentro de zona de Obra, impidiendo

mediante mecanismos de control, que los propios trabajadores o terceros desarrollen

actividades que pudieran dañarla.

El Contratista tomará todas las precauciones razonables para impedir y eliminar los

incendios, evitando que los trabajadores enciendan fuegos no imprescindibles a las tareas

propias de la obra. El PMA identificará un responsable del manejo de equipos e instalaciones

de extinción de fuego, que en caso de ser necesario avisará con celeridad a la autoridad local

competente colaborando con la misma en el informe, prevención y eliminación de los

incendios. Si por algún motivo debieran hacerse quemas, deberán contar en caso de necesidad

con la autorización de la autoridad competente.

Sé prohíbe estrictamente al personal de la Obra la portación y uso de armas de fuego

en el área de trabajo, excepto por el personal de vigilancia expresamente autorizado para ello.

Quedan prohibidas las actividades de caza o la pesca en las áreas aledañas a la zona de

construcción, obradores, campamentos, así como la compra o trueque a lugareños de

animales silvestres (vivos, embalsamados, pieles, y otros subproductos), cualquiera sea su

objetivo.

En el caso de detectar nidales o madrigueras deberá implementarse (habiendo

notificado previamente a las autoridades locales) un rescate y desplazamiento a zona segura

de los individuos o nidos que podrían ser afectados. Esta tarea debe ser realizada por personal

especializado, con la anuencia de las autoridades locales

Para resguardar adecuadamente la fauna y sus hábitats durante el período de

construcción, las labores de desbroce se realizarán fuera de los periodos reproductivos de la

fauna.

25.2.6.18. Hallazgos Arqueológicos, Paleontológicos y de Minerales de Interés Científico

El Contratista, previo al inicio de las tareas de limpieza de la vegetación y de

movimiento de tierras deberá revisar, el ámbito físico a afectar con el objeto de detectar la

existencia de restos del patrimonio arqueológico, antropológico, paleontológico, histórico

cultural, cuya denuncia resulte obligatoria en el marco de la legislación vigente.

En particular deberá tomar especiales precauciones en aquellas áreas propicias para

este tipo de hallazgo. A tal efecto deberá efectuar consultas por escrito, en forma permanente,

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Sección VI. Requisitos de las obras

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a la Autoridad Competente e Instituciones Oficiales y Privadas con capacidad técnica sobre la

materia, analizar las respuestas y documentaciones e incorporarlas en sus informes.

En el caso de algún descubrimiento de material arqueológico, sitios de asentamiento

indígena o de los primeros colonos, cementerios, reliquias, fósiles, meteoritos, u otros objetos

de interés arqueológico, paleontológico o de raro interés mineralógico durante la realización

de las obras, el Contratista tomará de inmediato medidas para suspender transitoriamente los

trabajos en el sitio de descubrimiento, colocará un vallado perimetral para delimitar la zona

en cuestión y dejará personal de custodia con el fin de evitar los posibles saqueos.

Dará aviso a la Inspección, la cual notificará de inmediato a la Autoridad Estatal a

cargo de la responsabilidad de investigar y evaluar dicho hallazgo. Quedará prohibida la

explotación de yacimientos de materiales para la construcción del camino en las

proximidades de yacimientos arqueológicos, paleontológicos o etnográficos.

25.2.6.19. Protección del Patrimonio Antropológico-Social de Lugar

El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de Detección y Rescate del

Patrimonio Cultural que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las prestaciones a

desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del

Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la

normativa vigente.

Frente a la detección de restos de interés o hallazgo de materiales o piezas, El

Contratista deberá interrumpir, en el punto de hallazgo y su entorno inmediato, el desarrollo

de las tareas que pudieran dañar al material o dificultar su rescate y notificar, a la Inspección

y a la Autoridad Competente, tal circunstancia, hasta que la Autoridad y El Comitente

autoricen la continuación de las tareas, El Contratista deberá asegurar la protección de los

restos. El Contratista no podrá solicitar mayores costos ni ampliación de los plazos de entrega

de la Obra causados por hallazgos de material del patrimonio cultural protegido por la

legislación vigente.

El Contratista deberá informar a la Dirección de Patrimonio Cultural acerca de las

obras a realizarse en esta sección.

En el caso de fiestas populares y/o conmemoraciones religiosas, el Contratista evitará

cierres y/o clausuras en las calles o rutas en proximidad de las respectivas fechas, para no

entorpecer el desplazamiento de vehículos y personas.

De ser necesarios movimientos de estructuras de valor histórico o cultural deberán ser

discutidos o acordados con la población.

25.2.6.20. Control de Emisiones Gaseosas, Material Particulado y Ruidos y Vibraciones

El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de Control de Ruidos,

Vibraciones y de la Contaminación del Aire en la zona de afectación directa de las obras,

yacimientos y caminos de acceso, que comprenda las tareas, las obras, los servicios y las

prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del

Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones

emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista deberá cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.

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Sección VI. Requisitos de las obras

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El Contratista, previo al inicio de las tareas de instalación del obrador y campamento,

de desmonte y de movimiento de suelos, accesos y sectores directamente afectados por las

obras, deberá revisar sus equipos móviles o fijos, para garantizar que los ruidos se ubiquen

dentro de los requerimientos de la normativa vigente, según el ámbito físico en el que se

desarrollen las obras.

Con la finalidad de brindar seguridad a los vehículos que circulan y de proteger el

hábitat en general, se deberá impedir la generación de nubes de polvo durante la etapa de

construcción. Estas tareas deberán ser evitadas en días muy ventosos.

Para ello el Contratista realizará el riego con agua con el caudal y la frecuencia que

sean necesarias para evitar el polvo en suspensión, en los lugares dónde haya receptores

sensibles y dónde indique la Inspección.

Durante la fase de construcción, el Contratista controlará las emisiones de polvo

procedentes de las operaciones de carga y descarga de camiones y otras instalaciones de obra.

Las tolvas de carga de materiales deberán estar protegidas con pantallas contra el polvo y los

camiones que circulen con materiales áridos o pulverulentos, deberán llevar su carga tapada

con un plástico o lonas para evitar fugas de los mismos. Asimismo controlará el correcto

estado de la maquinaria para evitar emisiones contaminantes superiores a las permitidas.

En los ambientes Periurbanos y Urbanos, deberá cumplimentar con la legislación

sobre Ruidos y Vibraciones aplicables a cada Jurisdicción en particular, debiendo extremar

las medidas para evitar la afectación de las personas y de la fauna. Si la Inspección Ambiental

lo considera conveniente, El Contratista deberá realizar la medición del nivel sonoro y de

vibraciones de todas sus maquinarias y vehículos de transporte, procediendo al análisis de

bandas de octavas, a los efectos de la evaluación de las frecuencias y constatación del

cumplimiento de las normas pertinentes.

El Contratista, de ser posible, establecerá vías de transporte que alejen a sus vehículos

de zonas pobladas y aseguren que las molestias ocasionadas por las operaciones de transporte

se reduzcan al mínimo. La Inspección se reserva el derecho a prohibir o restringir en ciertas

porciones del proyecto cualquier trabajo que produzca un ruido objetable en horas normales

de descanso, de 22 hs a 06 hs, o en los horarios establecidos por las ordenanzas locales.

Las vibraciones de los equipos y maquinarias pesadas y la contaminación sonora por

el ruido de los mismos, durante su operación, pueden producir molestias a los operarios, y

afectar apostaderos de aves y a la fauna terrestre cuando los trabajos se desarrollen cerca de

áreas sensibles. Por lo tanto, se deberá minimizar al máximo la generación de ruidos y

vibraciones de estos equipos, controlando los motores y el estado de los silenciadores.

Las tareas que produzcan altos niveles de ruidos, como el movimiento de camiones o

de hormigón elaborado, suelos de excavaciones, materiales, insumos y equipos; y los ruidos

producidos por la máquina de excavaciones (retroexcavadora), motoniveladora, pala

mecánica y la máquina compactadora en la zona de obra, ya sea por la elevada emisión de la

fuente o suma de efectos de diversas fuentes, deberán estar planeadas adecuadamente para

mitigar la emisión total lo máximo posible, de acuerdo al cronograma de la obra.

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Sección VI. Requisitos de las obras

230

Concretamente, la contratista evitará el uso de máquinas que producen niveles altos de

ruidos (martillo neumático, retroexcavadora, motoniveladora y máquina compactadora)

simultáneamente con la carga y transporte de camiones de los suelos extraídos, debiéndose

alternar dichas tareas dentro del área de trabajo.

No podrán ponerse en circulación simultáneamente más de tres camiones para el

transporte de suelos de excavación hacia el sitio de depósito y la máquina que distribuirá y

asentará los suelos en este sitio deberá trabajar en forma alternada con los camiones.

Si los equipos produjeran emisiones gaseosas o que los niveles de ruido de

maquinarias superen parámetros razonables que exceden la normativa vigente El Contratista

deberá adoptar las medidas necesarias para reducir la emisión de contaminantes, hasta

alcanzar los valores aceptables.

Se deberá verificar el correcto funcionamiento de los motores a explosión para evitar

desajustes en la combustión que pudieran producir emisiones de gases fuera de norma.

En particular se deberán tomar especiales precauciones en aquellas áreas con mayor

concentración de personal y/o susceptibilidad de la fauna.

25.2.6.21. Control de la Correcta Gestión de los Efluentes Líquidos

El Contratista deberá disponer los medios necesarios para lograr una correcta gestión

de los efluentes líquidos durante todo el desarrollo de la obra, aplicando el Programa de

Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes.

En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Responsable

Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la solución de las no

conformidades.

El Contratista deberá evitar la degradación del paisaje por la generación de efluentes

líquidos durante la etapa de Montaje y Funcionamiento del Obrador y Campamento.

Los efluentes que se pudieran generar durante las distintas etapas de la obra, deberán

ser controlados de acuerdo con lo estipulado en el Programa de Manejo de Residuos,

Emisiones y Efluentes.

Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el

almacenamiento seguro de los efluentes líquidos generados.

El Contratista dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para retirar y

disponer los efluentes líquidos de acuerdo a las normas vigentes.

El Contratista será responsable de capacitar adecuadamente al personal para la

correcta gestión de los efluentes líquidos de la obra.

El Contratista será responsable de evitar el lavado o enjuague de maquinarias y

equipos que pueda producir escurrimientos y/o derrames de contaminantes.

25.2.6.22. Control de la Correcta Gestión de los Residuos Tipo Sólido Urbano y

Peligrosos

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Sección VI. Requisitos de las obras

231

El Contratista deberá disponer los medios necesarios para lograr una correcta gestión

de residuos durante todo el desarrollo de la obra, aplicando el Programa de Manejo de

Residuos, Emisiones y Efluentes.

En caso de verificar desvíos a los procedimientos estipulados, el Responsable

Ambiental deberá documentar la situación dando un tiempo acotado para la solución de las no

conformidades.

El Contratista deberá evitar la degradación del paisaje por la incorporación de residuos

y su posible dispersión por el viento.

Recoger los sobrantes diarios, hormigón, maderas y plásticos de manera de hacer un

desarrollo y finalización de obra prolijo.

Los residuos y sobrantes de material que se producirán en el obrador y campamento, y

durante la demolición de las estructuras existentes y la construcción del paquete estructural,

obras civiles (alcantarillas, pilas y estribos) y complementarias (defensas, refugios, cerco

perimetral, iluminación, semaforización, forestación, etc.), deberán ser controlados y

determinarse su disposición final de acuerdo con lo estipulado en el Programa de Manejo de

Residuos de la obra.

Se deberá contar con recipientes adecuados y en cantidad suficiente para el

almacenamiento seguro de los residuos producidos.

El Contratista dispondrá de personal o terceros contratados a tal fin para retirar y

disponer los residuos generados de acuerdo a las normas vigentes.

El Contratista será responsable de capacitar adecuadamente al personal para la

correcta gestión de los residuos de la obra.

25.2.6.23. Control del Acopio y Utilización de Materiales e Insumos

Durante todo el desarrollo de la obra el contratista deberá controlar los sitios de acopio

y las maniobras de manipuleo y utilización de materiales e insumos como productos

químicos, pinturas y lubricantes, en el obrador, campamento y depósito de materiales, a los

efectos de reducir los riesgos de contaminación ambiental. Este control debe incluir la

capacitación del personal responsable de estos productos en el frente de obra.

El Contratista deberá controlar que tanto los materiales de obra como los insumos

anteriormente mencionados sean almacenados correctamente. Además los últimos se acopien

en recintos protegidos del sol y cercados (con restricciones de acceso) y piso impermeable (o

recipientes colocados sobre bateas).

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Sección VI. Requisitos de las obras

232

Todo producto químico utilizado en la obra debe contar con su hoja de seguridad en

un lugar accesible donde conste claramente la peligrosidad del producto, las medidas de

prevención de riesgos para las personas y el ambiente y las acciones a desarrollar en caso de

accidente a las personas o al medio ambiente.

25.2.6.24. Programa de Protección, Señalización y Acondicionamiento de la Obra y

Accesos

El Oferente deberá incluir en su oferta los lineamientos de un Programa de Protección

y señalización de la Obra, tanto durante el período diurno como nocturno, que comprenda

vallados efectivos, señalizaciones de precaución y medios de mantenimiento y control

permanente para evitar daños e inconvenientes a las personas, actividades y bienes,

incorporando los costos dentro del precio total de la obra.

El contratista deberá cumplir con sus obligaciones siendo el único responsable de los

accidentes, daños y afectaciones durante el desarrollo de la obra, debiendo asumir bajo su

responsabilidad y costo, la solución inmediata del problema y afrontar los costos de los daños

que se generen.

El Contratista habilitará la señalización necesaria y accesos seguros para la

maquinaria de obra y camiones de modo que produzca las mínimas molestias al tránsito

habitual como a las viviendas e instalaciones próximas.

El Contratista será responsable de preservar la circulación, estableciendo y haciéndose

cargo de los costos respectivos, incluyendo el mantenimiento de los medios alternativos de

paso, con el fin de no interrumpir el acceso a las propiedades.

El Contratista deberá mantener los accesos dando prioridad al uso de los existentes.

De no ser posible se construirán nuevos accesos, con el acuerdo del responsable del predio o

propiedad y/o de la autoridad competente.

La señalización de riesgo de la obra debe implementarse de acuerdo con el estado

actual del arte en señaléctica de seguridad con el objeto de minimizar los riesgos hacia la

población en general.

Durante toda la construcción del proyecto el contratista dispondrá los medios

necesarios para lograr una correcta señalización de los frentes de obra, especialmente en las

áreas de obrador, campamento y depósito de materiales, muy especialmente en las

proximidades de la zonas urbanas de los barrios San Miguel, Las Delicias, San Agustín,

Militar, Stella Maris, El Palomar y Eva Perón.

La señalización de riesgo será permanente, incluyendo vallados, carteles indicadores y

señales luminosas cuando correspondan.

El Contratista estará obligado a colocar una señalización que resulte visible durante

las horas diurnas y nocturnas mediante la colocación de las señales lumínicas pertinentes.

25.2.6.25. Control de Vehículos, Equipos y Maquinaria Pesada

El Contratista deberá controlar el correcto estado de mantenimiento y funcionamiento

del parque automotor, equipos y maquinarias pesadas, tanto PROPIO como de los

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Sección VI. Requisitos de las obras

233

SUBCONTRATISTAS, así como verificar el estricto cumplimiento de las normas de tránsito

vigentes, en particular la velocidad de desplazamiento de los vehículos.

El contratista deberá elaborar manuales para la operación segura de los diferentes

equipos y máquinas que se utilicen en labores de excavación y el operador estará obligado a

utilizarlos y manejarse en forma segura y correcta.

Los equipos pesados para el cargue y descargue deberán contar con alarmas acústicas

y ópticas, para operaciones de retroceso. En las cabinas de los equipos no deberán viajar ni

permanecer personas diferentes al operador, salvo que lo autorice el encargado de seguridad.

Se deberá prestar especial atención a los horarios de trabajo de la máquina

compactadora o rodillo pata de cabra, en el período de compactación del terreno, con el

objetivo de no entorpecer la circulación de vehículos sobre la zona de proyecto, en las

inmediaciones del obrador, campamento y en las áreas pobladas e intentando alterar lo menos

posible la calidad de vida de los habitantes de los barrios residenciales San Miguel, Militar,

Las Delicias, Stella Maris, El Palomar, San Agustín y Eva Perón.

El contratista deberá realizar un plan o cronograma de tareas (montaje de puente,

paquete estructural y obras complementarias) con el fin de obstaculizar lo menos posible el

tránsito local.

Esta medida tiene por finalidad prevenir accidentes hacia las personas, que circulan

por la zona de proyecto, y operarios de los equipos y maquinarias pesadas, especialmente en

la zona de obra y de esta manera minimizar al máximo la probabilidad de ocurrencia de

incidentes. Así como prevenir daños a la fauna silvestre.

25.2.6.26. Atenuación de las Afectaciones a los Servicios Públicos e Infraestructura

Sociales durante la Obra

El Oferente deberá incluir en su oferta los lineamientos de un Programa de

Atenuación de las afectaciones a los Servicios Públicos e infraestructura social afectada

durante la construcción de las Obras, incluyendo aquella resultante del desplazamiento o

transporte de maquinarias y equipos afectados a la construcción, incorporando los costos de

las afectaciones dentro del precio total de la obra.

El Contratista deberá identificar toda Obra de Infraestructura y de Servicios Públicos,

factible de ser afectada, comprendiendo las tareas necesarias para la construcción de las obras

y las actividades de transporte de insumos o de movimiento de equipos y maquinarias que

pudieran generar el deterioro de la infraestructura o limitaciones en la prestación de los

servicios.

El Contratista deberá mantener permanentemente en servicio toda la infraestructura

afectada por las obras y actividades conexas con la construcción, comprendiendo aquella

emplazada sobre el espacio aéreo, sobre la superficie o soterrada.

El Contratista deberá efectuar los trámites para lograr la autorización por parte de los

propietarios o responsables de los servicios e infraestructura que serán afectadas y/o, de la

autoridad de aplicación, y asumir los gastos, por pérdidas en la prestación de los servicios y

por restitución de la infraestructura afectada. Asimismo, deberá coordinar con los organismos

públicos o privados prestatarios de los servicios o responsables de la infraestructura y con las

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Sección VI. Requisitos de las obras

234

autoridades de control pertinentes, las medidas y acciones a encarar, para mantener el servicio

y restaurar las afectaciones, efectuando los trabajos a entera satisfacción de los mismos.

Para el caso de los caminos de uso público en las inmediaciones de la avenida, El

Contratista deberá coordinar el desarrollo de las obras, evitando interrumpir la circulación

pública, ya sea de vehículos o de personas. De resultar necesario cortar, cerrar u obstruir vías

de comunicación de uso público, deberá establecer y hacerse cargo de los costos y

responsabilidades de mantenimiento de los medios alternativos de paso para evitar

inconvenientes en la circulación del tránsito.

Los medios alternativos de tránsito deberán cumplir con condiciones para el tránsito,

similares a las existentes en la vía de comunicación afectada, aún frente a situaciones de

circulación intensiva, de cargas pesadas o voluminosas o de condiciones meteorológicas

adversas.

El Contratista será el directo y único responsable de la correcta protección y

señalización en las zonas de afectación de la infraestructura, debiendo colocar vallados

efectivos y señalizaciones de precaución, que funcionen correctamente frente a cualquier

situación meteorológica, de día y de noche, debiendo mantener permanentemente el sistema

en correcto estado de funcionamiento.

Ante la posibilidad de provocar daños o inconvenientes a la infraestructura y servicios

públicos, prestado por el estado o privados, se deberán suspender los trabajos o actividades

hasta haber tomado los recaudos necesarios para su protección y obtenido la autorización

aplicable en cada caso.

El Contratista será el único responsable por los accidentes, daños y limitaciones o

inconvenientes que se produzcan por afectaciones en los servicios e infraestructura, durante el

desarrollo de la obra, debiendo asumir a su exclusivo cargo la solución inmediata del

problema.

25.2.6.27. Desocupación del Sitio – Fase de Abandono

El Oferente deberá incorporar en su Oferta, un Programa de Retiro de la Contratista al

Finalizar la Construcción de la Obra, comprendiendo el levantamiento de obrador y, de

existir, campamento y comedor, la adecuación del paisaje en la zona de obra, el saneamiento

y/o remediación de las áreas contaminadas por actividades de las obras, la disposición final

de residuos, el traslado de los materiales reciclables, las maquinarias y equipamientos

utilizados en la construcción, la restauración de los accesos transitorios, las restauración de

los sitios afectados por socavación, perforaciones, etc. señalando los servicios y las

prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del

Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deberá cumplir con las obligaciones

emergentes de la Legislación vigente.

El Contratista deberá cumplir con lo establecido en la Oferta.

Solo podrán permanecer los elementos que signifiquen una mejora, o tengan un uso

posterior claro, determinado y beneficioso para la comunidad. Se deberá contar con la

solicitud expresa del Propietario del terreno particular donde se instalarán las mejoras y la

autorización fehaciente de la Inspección

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Sección VI. Requisitos de las obras

235

25.2.6.28. Plan de Manejo Ambiental Específico de Mantenimiento y Operación

En función de los resultados del Ajuste del Estudio de Impacto Ambiental y de los

Indicadores del Plan de Manejo Ambiental, El Contratista deberá elaborar un Manual de

Gestión Ambiental, comprendiendo los Programas y Acciones a desarrollarse durante la

Operación de la Obra, para la correcta Vigilancia y Monitoreo Ambiental del funcionamiento

y mantenimiento ambiental de la misma durante su vida útil.

25.2.6.29. Medición y Forma de Pago

El Contratista no recibirá pago directo alguno por el cumplimiento de la presente

especificación. El costo que demande el cumplimiento de la misma, se deberá incluir en los

distintos ítems de la obra. Se deja expresa constancia que toda disposición contenida en la

presente documentación que se oponga a lo antes expresado queda anulada.

25.2.6.30. Penalidades

En el caso que El Contratista no cumpla con alguna de las condiciones establecidas en

estas Especificaciones será advertido la primera vez mediante Orden de Servicio por la

Inspección, la que dará un plazo para su corrección. Si el contratista no cumple con lo

solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección se

aplicara la multa correspondiente a incumplimiento de Ordenes de Servicio.

No se realizará la Recepción provisional de la Obra hasta tanto no se hayan ejecutado

a satisfacción de la Inspección, los trabajos de limpieza, revegetación y restauración de las

zonas de préstamo y conforme a lo indicado en esta Especificación.

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Sección VI. Requisitos de las obras

236

Especificaciones Técnicas Complementarias

De acuerdo a los siguientes puntos:

1. Colocación de letreros de obra y en los vehículos y maquinas del contratista.

2. Equipo mínimo exigido.

3. Señalamiento de obras en construcción.

4. Condiciones de seguridad en la obra.

5. Conformación de Cunetas.

6. Materiales: Origen y calidad.

7. Conservación durante el plazo de garantía

8. Pintura Epoxi

Estos puntos se detallan a continuación en los artículos siguientes:

ARTÍCULO 1 – COLOCACIÓN DE LETREROS DE OBRA Y EN LOS VEHÍCULOS Y

MAQUINAS DEL CONTRATISTA. a) El Contratista deberá proveer y colocar en los extremos de esta obra, dos (2) Carteles de

6,00 m. de largo por 3,00 m. de alto, que deberán responder a las características indicadas en

el plano tipo Nº 812.

Plazo de colocación: dentro de los 10 (diez) días corridos contados a partir de la firma del

contrato.

b).- El Contratista deberá proveer y colocar letrero en obrador: según plano tipo N° 811-b,

colocado al inicio de los trabajos.

c.-) Todos los vehículos y equipos de la contratista ó al servicio de ésta, deberán estar

identificados con el logo ó nombre de la empresa, en lugar visible, aprobado por la

Inspección de Obra.

El costo de provisión, colocación, conservación y todo otro gasto originado por la colocación

de los letreros indicados se considerará incluido en el ítem Movilización de Obra.

ESPECIFICACIONES: Se requiere para la obra vial cartelería con importante impacto

visual, que incluya imágenes fotográficas impresas, las que serán indicadas por la Repartición

con la debida anticipación.

1- Cartel de 18 m2 (6m x 3m):

Gigantografía impresa en gran tamaño, a todo color, con tintas al solvente sobre lona de alta

durabilidad para exteriores (no con vinilo autoadhesivo).

La lona será tensada sobre un bastidor nervado, reforzado con caño estructural en la periferia

(de al menos 80x40mm), con 2 nervaduras horizontales (de al menos 80x40mm) y 5

nervaduras verticales (de al menos 30x20mm), con chapa galvanizada del 27 sirviendo de

respaldo a la lona impresa.

2- Sistema de torres soporte.

Dos torres reticuladas, con sección 18x 25cm; altura mínima de 4m sobre nivel de piso,

siendo insertadas en el suelo 1m mínimo, en base de hormigón de piedra.

Las torres serán construidas con hierro torsionado:

4 Ø 12 para nervaduras principales

Ø 8 para dos reticulados de lado 25cm (perpendiculares al plano del cartel)

Ø 6 para dos reticulados de lado 18cm (paralelos al plano del cartel).

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Sección VI. Requisitos de las obras

237

Cada torre debe tener un soporte trasero construido de la misma forma que la torre, a modo de

contrapunto y con un ángulo inferior a 45º. El punto de unión superior de este contrapunto

con la torre no debe alejarse más de 1m del borde superior del cartel.

3- Herrería.

Sistema completo de herrajes para torre y ajuste del bastidor.

El sistema de ajuste del bastidor debe ser el utilizado para la sujeción de estructuras livianas,

con ganchos de ajuste ―J‖ de alta resistencia.

El cartel se montará con toda la herrería necesaria; se respetarán los planos y/o indicaciones

de colocación del proveedor y el plano de emplazamiento.

ARTÍCULO 2 – EQUIPO MÍNIMO EXIGIDO El equipamiento mínimo a incorporar y

afectar con exclusividad a la obra licitada, que para esta obra debe considerarse, es el

siguiente:

2 (dos) Camionetas 140 HP MÍN.

8 (ocho) Camiones volcadores 165 HP MÍN.

2 (dos) Cargadores frontales 140 HP MÍN.

2 (dos) Tractores Neumáticos 110 HP MÍN.

3 (tres) Motoniveladoras 120 HP MÍN.

2 (dos) Camiones regadores de agua 140 HP MÍN.

1 (un) Rastra de discos semipesada

1 (un) Rodillo pata de cabra doble ó

1 (un) Rodillo pata de cabra autopropulsado 115 HP MÍN.

1 (un) Rodillo vibrante autopropulsado 120 HP MÍN.

1 (un) Rodillo neumático autopropulsado 110 HP MÍN.

2 (dos) Depósitos de Hormigón

1(un) Planta dosificadora p/hormigón 70 HP MÍN.

2(dos) Retroexcavadora cargadora 80 HP MÍN.

2(dos) Excavadora 145 HP MÍN.

1(un) Grupo electrógeno.

2(dos) Hormigoneras de 240 litros

2(dos) Vibradores de inmersión

1(un) Aserradora de Juntas

1(un) Sellador de juntas

En el caso que el oferente no disponga de la totalidad de los equipos detallados

precedentemente, podrá presentar un contrato de asociación temporal con un Subcontratista

que ponga a su libre disposición el equipo faltante.

Los equipos propuestos serán verificados y su existencia, disponibilidad y estado serán

factores determinantes para la adjudicación de las obras.

Es responsabilidad del Contratista aportar este equipamiento y todo otro que fuera necesario

para cumplimentar el Contrato dentro de los plazos previstos.

ARTÍCULO 3 – SEÑALAMIENTO DE OBRAS EN CONSTRUCCIÓN

DESCRIPCIÓN

Deberá responder a lo prescripto en la Ley 24.449 – Anexo L: Sistema Uniforme de

Señalización Vial - Capitulo VIII. Ley de adhesión Nº 6283/96.

Con el propósito de garantizar la seguridad de los usuarios en la ruta, terceros y personal

afectado a la obra, el Contratista deberá disponer bajo su exclusiva responsabilidad, el

señalamiento adecuado en las zonas en que debido a los trabajos realizados y/o ejecutados o

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Sección VI. Requisitos de las obras

238

por causas imputables a la obra, se originen situaciones de riesgo tales como: estrechamiento

de calzada, desvíos provisorios, banquinas sueltas o descalzadas, excavaciones o cunetas

profundas, desniveles en el pavimento o entre trochas adyacentes, riego con material

bituminoso, voladuras, máquinas u obreros trabajando, etc.-

Los dispositivos y elementos a emplear y el esquema de ubicación de los mismos en el lugar

deberán responder a las características y formas específicas. En todos los casos el Contratista

podrá incorporar dispositivos o elementos de tecnología superior u otros esquemas de

señalamiento para aumentar o brindar las condiciones de seguridad que requiera cada caso.-

DISPOSITIVOS Y ELEMENTOS

CARTELES

Las señales preventivas y reglamentarias serán de las medidas normalizadas. Los colores y

símbolos serán:

PREVENTIVAS E INFORMACION ESPECIAL: Fondo Naranja y símbolos Negros o

Blancos.-

REGLAMENTARIAS: Fondo Blanco letras y símbolos Rojo y Negro.-

En todo los casos se utilizarán láminas reflectivas de alto índice (tipo alta intensidad o tipo

grado diamante) y chapas de aluminio (de 3 mm de espesor) o hierro galvanizado (de 2 mm

de espesor).-

Los carteles estarán provistos de sostenes móviles o fijos según el uso que deba darse a los

mismos, debiendo presentar su borde inferior una altura de 1.30 m respecto de la cota del eje

de la calzada.-

Las señales deberán mantenerse visibles, limpias, reflectantes y emplazadas en los lugares

previstos en el esquema aprobado durante el tiempo en que su mensaje sea necesario para el

fin propuesto.-

DISPOSITIVOS DE CANALIZACIÓN

Vallas

Este dispositivo se utiliza para indicar una variación en la dirección del tránsito motivada por

la presencia de un riesgo en la calzada.

Las barreras serán de tres tipos Tipo ―I‖, Tipo ―II‖, y Tipo ―III‖ según las características en la

tabla siguiente:

TIPOS DE BARRERAS

CARACTERISTICAS I II III

Ancho de barrera 0,2 m .min 0,2 m.min. 0,2 m.min.

Largo de la barrera 1,5 a 2 m. 1,5 a 2m. 1,5 m.min. máx. variable

Ancho de las franjas 0,15 m. 0,15 m. 0,15m

Altura 0,70m.min. 0,7m.min. 0,7m.min.

Tipo de instalación Desmontable Desmontable Desm. o Fija

Flexibilidad Portátil Portátil Permanente

Las franjas de las barreras serán alternadamente blancas y naranja con una inclinación de 45

grados.-

Las vallas Tipo ―II‖ y ―III‖ podrán modificarse en el caso de indicar desvíos reemplazando

las bandas de la primera placa por una flecha de color blanco con la dirección del mismo.-

Las franjas deberán ser reflectantes y visibles en condiciones atmosféricas normales, a una

distancia mínima de 300 m cuando se iluminen con las luces altas de un vehículo normal. Los

soportes y el reverso de la barrera serán de color blanco.-

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Sección VI. Requisitos de las obras

239

Conos

Son dispositivos fabricados con diversos materiales que permitan soportar el impacto sin que

se dañen ni produzcan daños al ser embestidos por los vehículos. Se emplean en general en

los casos en los cuales el reducido tiempo de duración de las tareas y el peligro que estas

traen aparejadas no justifique la instalación de barreras. La altura de estos elementos será

como mínimo 0,50m. con la base más ancha para asegurar una adecuada sustentación. Se

emplearán conos de mayor tamaño cuando el volumen del tránsito, seguridad u otros factores

lo requieran. Los conos serán de color naranja y para permitir su visualización nocturna

estarán provistos de un elemento reflectivo color blanco o bien ser reflectante en toda su

superficie.

La separación entre los dispositivos de canalización debe ser como máximo en metros el 20%

de la velocidad expresada en km./h.-

Tambores

Podrán ser tambores vacíos de aceite o combustible que presentan la ventaja de su mayor

visibilidad. Deberán ser pintados de color naranja para su visualización nocturna y deberán

tener aplicadas tres bandas de material reflectante blanco de 0,15m. de ancho separadas 0,20

m. unas de otras.

Barreras Portátiles de Hormigón

Este tipo de dispositivo se utilizará para canalizar el tránsito en obras de larga duración y/o

alto volumen de tránsito. Estas barreras consistirán en secciones premoldeadas o módulos de

hormigón que contendrán elementos embutidos para su interconexión. Estarán pintadas de

blanco con elementos reflectivos o luminosos para su visualización nocturna.-

Los extremos de la barrera deberán estar protegidos con amortiguadores de impacto

debidamente señalizados con la antelación suficiente o alejados del carril de circulación.

Deberá demarcarse la calzada con una línea continua de color blanco reflectivo adyacente a la

base de la barrera.

DISPOSITIVOS LUMINOSOS

Reflectores

Cuando se deban realizar trabajos nocturnos, la zona donde se ejecuten los mismos deberán

estar convenientemente iluminada mediante el empleo de reflectores Las unidades de

iluminación se deberán colocar de forma tal que no produzcan deslumbramiento a los

conductores de vehículos y permitan una correcta iluminación de la zona de trabajo. Los

artefactos deberán estar montados sobre columnas las cuales serán fácilmente transportables.

El nivel lumínico para áreas de trabajo será de 20 a 24 lux.-

Lámparas de Encendido Continuo

Están constituido por una larga serie de lámparas protegidas por dispositivos translúcidos de

color rojo que se emplea para indicar obstrucciones , peligros o delinear la calzada o una zona

en construcción.-

Luces Intermitentes Eléctricas y/o Fotovoltaicas.

Las luces de identificación de peligro son tipo intermitente con una luz amarilla con una lente

mínima de 0,20 de diámetro .Las mismas podrán operar durante las 24 hs del día

unitariamente o en grupos.-

Luces de Advertencia en Barreras

Son luces portátiles con lentes dirigidas de color amarillo que constituyen una unidad de

iluminación. Se pueden utilizar en forma continua o intermitente y deberán estar en

concordancia con los requerimientos señalados en la tabla siguiente:

Tipo A Tipo B Tipo C

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Sección VI. Requisitos de las obras

240

Baja Intensidad Baja Intensidad Luz Permanente

Caras de lentes 1 ó 2 1 1ó 2

Intermitencias / min.

constante

55 a 75 55 a 75

Duración de la

constante

10% 8%

Intermitencia

Intensidad mín.

efectiva

40candelas 35 candelas

Potencia mín. rayo

2 candelas

Horas de operación Del atardecer al

amanecer

24 h/día Del atardecer al

amanecer

El tiempo de duración de la intensidad instantánea es igual o mayor que la intensidad

efectiva.-

Estos valores deben mantenerse dentro de un ángulo sólido de 2 x 9 grados en el plano

vertical y 2 x 5 grados en el plano horizontal.

Candela: Unidad de intensidad de iluminación.-

Las luces de advertencia intermitentes de baja intensidad Tipo ―A‖ se instalarán comúnmente

en barreras Tipo ―I‖ y ―II‖, tambores, paneles verticales o señales de prevención. Las luces de

advertencia Tipo ― B‖ de alta intensidad se instalan normalmente en dispositivos de

prevención o soporte independiente Cuando existen condiciones extremadamente peligrosas

dentro del área de trabajo es necesario colocar las luces sobre barreras Tipo ―I‖ u otro

soporten. Estas luces son necesarias durante el día y la noche por lo que deben utilizarse las

24 horas. Las luces de encendido eléctrico continuo de Tipo ―C‖ se usarán para delinear el

borde de la calzada, curvas de desvío, cambios de carril, cierres de carril u otras condiciones

similares.-

8.4.2.3.5. El Contratista deberá prever la alimentación de todos los dispositivos luminosos

durante los períodos de operación establecidos, pudiendo ser alimentación de red, grupos

generadores, baterías, paneles solares, etc.-

8.4.2.3.6. Quedan prohibido la utilización de dispositivos a combustible de cualquier tipo.-

CONTROL DE TRÁNSITO EN ÁREAS DE TRABAJO.

Descripción

En cada zona de trabajo deberá utilizarse un esquema de control de tránsito el que estará

integrado por las áreas que a continuación se detallan las que se ilustran en la figura N°11.

Con una anticipación mínima de quince (15) días hábiles a la iniciación de los trabajos, el

Contratista está obligado a elevar a la Inspección de Obra para su aprobación, un esquema de

―señalamiento de obra en construcción‖.-

Área Adelantada de Precaución

Marca el inicio de la zona de tránsito controlado, su longitud desde la primera señal hasta el

comienzo del área de transición será como mínimo de 450 m. La primera señal será un cartel

que indicará el inconveniente a atravesar y la distancia al mismo (desvío, calzada reducida ,

estrechamiento de carril , etc.).En la parte superior se dispondrá una baliza Tipo ―B‖ Dentro

de esta área se colocarán más carteles de las mismas características del anterior indicando

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Sección VI. Requisitos de las obras

241

además velocidades máximas. Las que serán establecidas en base a las características del

lugar.-

Áreas de Transición.

En esta zona se canaliza el tránsito que circula por el carril clausurado hacia el provisorio La

longitud (L) de la citada área estará dada por la siguiente expresión:

L = 0,6 AV para velocidad de 70 km/h o mayores

L = AV2 para velocidades de 65 km/h o menores

Donde:

L = Longitud mínima en metros del estrechamiento.-V = Velocidad máxima permitida en el

camino antes de las obras, en km/h o velocidad del percentil 85.-A = Reducción del ancho en

metros.

El número de elementos canalizadores será función de la longitud de la transición y del

elemento que se utilice. La inspección de Obra podrá exigir la colocación de balizas Tipo ―A‖

sobre los elementos canalizadores.

Áreas de Prevención

Es una zona libre de obstáculos que se deben dejar entre el área de transición y el área de

trabajo. Tendrá la misma longitud del área de transición e igual cantidad de dispositivos de

canalización.

Área de Trabajo

Se trata de la zona en la que se desarrollarán las tareas previstas. No se permitirán áreas de

trabajo con longitudes mayores de 200 m. salvo autorización por escrito de la Inspección de

Obra. A lo largo del área de trabajo se continuará con el emplazamiento de los dispositivos de

canalización.

Área Final

Área donde finaliza la zona de tránsito controlado a partir de la cual los conductores retoman

la circulación normal. Para señalizar esta zona se colocará como mínimo un cartel que

indique ―FIN ZONA DE OBRA‖. Además para canalizar el tránsito hacia el carril

correspondiente se marcará una transición cuya longitud y cantidad de dispositivos se

indicará en el esquema.-

Esquema de Señalización y Canalización

Los esquemas se elaborarán en base a los lineamientos enunciados en la normativa vigente

citada anterioremte.

Control de Tránsito en Sectores con un solo Carril de Uso

Cuando el tránsito en ambos sentidos, debe por una distancia limitada utilizar un solo carril se

tomarán las precauciones necesarias para que el paso de los vehículos sea alternado. Los

controles en cada extremo del tramo deben determinarse en forma tal que permitan la fácil

circulación de filas opuestas de vehículos. La regulación del tránsito alternado se realizará a

través de semáforos y banderilleros.-

Semáforos

Se usan preferentemente para regular la circulación de los vehículos en tramos de un solo

carril que por su extensión, condiciones de la ruta u otro motivo no permitan el contacto

visual de los extremos del sector a controlar. Los semáforos deben estar compuestos por tres

lentes circulares con un diámetro no menor de 20 cm. de color rojo, amarillo y verde de arriba

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Sección VI. Requisitos de las obras

242

hacia abajo, deberán estar ubicados sobre una base móvil a una altura no menor de 2,50 m ni

mayor de 4,50 m. desde la calzada a su parte inferior.-

Banderilleros

Para controlar la zona con un solo carril se podrán emplear dos banderilleros ubicados en

ambos extremos los que controlarán el sentido de circulación mediante testigos entregados a

los conductores o comunicándose mediante equipos de radio receptores.-

Dispositivos Manuales de Señalización

Para controlar el tránsito en áreas de trabajo se utilizarán además una serie de dispositivos

manuales de señalización, tales como banderas rojas o paletas con mensajes ―PARE‖ y

―DESPACIO‖. Estos dispositivos se utilizarán durante las horas del día teniendo las banderas

un mínimo de 0,60 m x 0,60m de color rojo asegurado en un asta de 0,90 m. de color blanco;

las paletas tendrán un mínimo de 0,45 m. de ancho con letras de por lo menos 0,15m. de alto

.El fondo de la paleta ―PARE‖ será rojo con letras y borde blanco y la paleta ―DESPACIO‖

será anaranjada con letras y borde negro. En caso de ser necesario su uso en horario nocturno

será de material reflectivo.-

Disposiciones generales

1. Todo el personal que realice tareas en el camino deberá estar vestido con un mameluco o

camisa y pantalón color claro con logotipo, elementos reflectantes en pecho y espalda. El

personal que se desempeñe como banderillero deberá estar provisto con chaleco o ponchos

reflectivos.

2. Todos los equipos que la empresa utilice en la ejecución de los trabajos estarán

debidamente señalizados de acuerdo a las características de cada uno. Las movilidades

deberán estar provistas con balizas destellantes o giratorias de color ámbar.

3. Sé prohíbe totalmente el estacionamiento de elementos, equipos o materiales durante las 24

hs. en zonas de calzada, banquinas o zonas de camino que pudiera significar peligro o riesgo

de accidente para el tránsito vehicular.

4. Cuando el señalamiento horizontal de la calzada en el esquema de control de tránsito

provoque confusión a los conductores deberá ser eliminado, restableciéndose inmediatamente

de finalizados los trabajos.

5. En todos aquellos casos en que sea necesario el empleo de señalamiento horizontal

provisorio en el pavimento el mismo deberá removerse inmediatamente de finalizado su

cometido.

6. En caso que se ejecuten zanjas en la calzada de hasta 1,20m de ancho que por el tipo de

obra permanezcan abiertas por un período mayor de 8 hs., las mismas deberán cubrirse con

planchas de acero conformadas adecuadamente para permitir la circulación sin riesgos de los

vehículos.

7. Si al llevar la práctica el esquema de control aprobado por la Inspección de Obras se

observaran deficiencias que impliquen riesgos de cualquier tipo el Contratista estará obligado

a corregirlos y mejorarlos, presentando un nuevo esquema a consideración de la Inspección

de obra.

8. El Contratista estará obligado a mantener la totalidad de los carteles, dispositivos y

elementos en sus lugares de emplazamiento y en perfecto estado de funcionamiento. Para ello

deberá implementar el control permanente durante las 24 hs. del esquema aprobado. Cuando

la zona de obra esté afectada por niebla se reforzará el señalamiento luminoso aumentando la

cantidad de elementos dotándolos de focos rompeniebla

9. El gasto que demande la implementación del señalamiento de obra en construcción, su

mantenimiento y posterior retiro no recibirá pago directo alguno, estando su precio incluido

en los demás ítems del contrato. En caso de demoras, deficiencias, falta de mantenimiento o

incumplimiento de órdenes de la Inspección de Obras respecto del ―Señalamiento de Obras

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Sección VI. Requisitos de las obras

243

en Construcción‖, se aplicará una multa por día de incumplimiento, de quinientos pesos

($500,00), a descontar de cualquier crédito que tenga a percibir el Contratista.

ARTÍCULO 4 – CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LA OBRA

La Contratista está obligada al conocimiento y respeto de la LEY NACIONAL Nº 1987 y su

Reglamentación, adecuada con las disposiciones de la LEY NACIONAL Nº 24.557 de

Riesgos del Trabajo y DECRETO NACIONAL Nº 9121/96, en lo referente a las Condiciones

de Higiene y Seguridad en el trabajo.

La Contratista deberá proveer al Laboratorio de Obra de solventes atóxicos y no inflamables.

ARTÍCULO 5 – CONFORMACIÓN DE CUNETAS

Este trabajo comprende todas las tareas necesarias para realizar el conformado de las cunetas

de modo de dar cumplimiento tanto al perfil transversal y longitudinal de las mismas.

Previo a su ejecución se deberán realizar todos los ensayos necesarios para identificar y

delimitar los suelos del lugar que puedan tener cualidades de ―colapsable‖, estos suelos no se

deberán utilizar para los terraplenamientos.

El suelo a emplear podrá ser proveniente de extracción lateral, respetando la solera mínima,

máxima y las cotas de desagüe establecidas por los planos respectivos o en su defecto por las

instrucciones que imparta la Inspección de Obra.-

En caso de resultar insuficiente el suelo de extracción lateral para la construcción de las

cunetas, el Contratista deberá obtener y explotar yacimientos de suelos, estando a su cargo la

provisión del suelo y su transporte, no recibiendo compensación económica adicional alguna

por estas tareas, debiendo considerar que estas se encuentran anexadas e incorporadas en el

precio del ítem ―Terraplenes‖ de la presente obra.-

El suelo de los yacimientos a explotar por el Contratista deberá ser previamente aprobado

por la Inspección de Obra. La calidad de los suelos a aportar por el Contratista desde los

yacimientos de fuera de la zona de camino deberá ser igual o superior a la calidad de los

suelos de extracción lateral previamente utilizados en el cuneta actual.-

El grado de compactación que deberá alcanzar como mínimo será el necesario para que el

sector sea transitable normalmente por los usuarios, tomando como parámetro de

comparación que al paso de un camión cargado con 10.600 kg. Por eje no se generen

ahuellamientos visibles cuando los suelos de la capa superior del terraplén se encuentren con

un grado de humedad de un entorno del +/- 3% de la humedad optima de compactación.-

Durante la realización de las obras, es dable encontrar suelos con exceso de humedad

respecto a la Optima de Compactación o de su Límite Plástico, en cualquiera de los casos y/o

procedencia de esos suelos, (yacimiento o extracción lateral), La Contratista deberá

implementar medidas que aseguren la continuidad de las obras con materiales de calidad

adecuada, debiendo modificar los procesos o técnicas constructivas, incorporar más o

distintos equipos, hasta lograr efectivamente las producciones que aseguren la calidad de

obra y cumplimiento de los plazos. En caso de habilitar ―canchas‖ para secado-oreo o

ventilación de suelos, las mismas deberán ubicarse fuera de la calzada, a fin de no perturbar o

restringir la transitabilidad de los usuarios del camino. Cualesquiera sean de las dichas

acciones que la Contratista deba implementar para solucionar los problemas derivados del

exceso de humedad en los suelos, las mismas no han de dar lugar ni derecho a solicitar

ampliaciones de plazo o reconocimiento económico adicional alguno, partiendo de la

circunstancia que estas condiciones de contrato son de conocimiento previo de la Contratista

al momento de formular su oferta, la que deberá contener las previsiones pertinentes.-

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Sección VI. Requisitos de las obras

244

ARTÍCULO 6 – MATERIALES

Materiales asfálticos

Se suprime el uso de asfaltos diluidos. Las emulsiones asfálticas a utilizar en obra deberán ser

del tipo y calidad adecuada a las normas vigentes y requerirán aprobación previa del C.P.V.

Norma IRAM 6691/06

ARTÍCULO 7 – CONSERVACIÓN DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA

Será responsabilidad del Contratista a partir de la fecha de terminación de la obra, ó de

cada parte de la misma, y hasta la recepción definitiva, la conservación de las obras en las

condiciones de aprobación inicial, aún cuando el camino fuere total o parcialmente librado al

tránsito público con anterioridad a dicha fecha de aprobación.

Durante el plazo de garantía y hasta la recepción definitiva la conservación de las obras se

hará en forma permanente y sistemática. Comprenderá el mantenimiento de las condiciones

que merecieron la aprobación de los trabajos y la reparación inmediata de todos los

desperfectos que surjan por vicios de construcción o cualquier otra causa imputable al

Contratista; durante los trabajos, se tomarán las medidas necesarias para que los usuarios del

camino puedan transitar por las zonas permitidas con la mayor seguridad y comodidad.

Estos trabajos no recibirán pago directo alguno pues su precio se considera incluido dentro de

los ítems del contrato.

Previo a la recepción definitiva, se hará la evaluación final de estado de las obras.

Los trabajos a ejecutar durante el período de garantía son que se detallan a continuación:

a) Conservación de la calzada.

b) Conservación de banquina, desagües, zona de camino; con especial atención en este

apartado al mantenimiento (vegetación permanentemente cortada) de taludes y zona entre pie

de talud y alambrado.

c) Conservación de las estructuras y obras de arte. En todo momento y hasta la recepción

definitiva, las obras de arte tendrán sus partes vitales, sus barandas, guardarruedas, calzada y

riostramientos en buenas condiciones de integridad y de pintura.

d) Conservación del señalamiento vertical, incluido semáforos y barandas; y de cualquier

otra instalación existente en la zona de camino correspondiente a la obra.

e) Reposición de señalamiento vertical.

f) Mantenimiento de condiciones de seguridad.

Reparación de fallas:

Cuando en las obras se produzcan desperfectos que por su naturaleza o magnitud, pueden

constituir un peligro para el tránsito, el Contratista tomará las providencias necesarias para

reparar de inmediato dichas fallas. Estas reparaciones se harán utilizando la misma clase de

materiales de la construcción en las mismas proporciones y siguiendo las instrucciones

técnicas que dicte la Inspección. A ese efecto proveerá oportunamente el personal, equipo y

materiales que requiera la ejecución de esos trabajos.

Desde el momento en que haya sido localizada la falla de la índole apuntada, el Contratista

deberá colocar señales adecuadas de prevención con el objeto de advertir al tránsito la

existencia de esos lugares de peligro.

Asimismo, el Contratista será responsable del señalamiento preventivo, de precaución y de

peligro y/o desvíos que corresponda a los sectores donde se encuentren trabajando equipos

y/o cuadrillas, en la ejecución de las tareas inherentes al presente ítem.

Deberá tratarse por todos los medios, de ejecutar las tareas diariamente, en forma completa,

evitando en lo posible dejar trabajos inconclusos que impliquen algún riesgo a la circulación

de vehículos.

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Sección VI. Requisitos de las obras

245

Cuando por razones operativas no resulte factible la terminación de las tareas iniciadas en el

día, el Contratista deberá adoptar los recaudos necesarios para evitar accidentes de tránsito

que pudieran generarse por tal circunstancia.

Penalidades

La obra deberá mantenerse en perfectas condiciones de tránsito y serviciabilidad durante el

período de conservación especificado.

Si se comprobara falta de cumplimiento de las condiciones que anteceden, la Repartición

contratante podrá prorrogar el plazo de conservación por un período igual al contractual, a

contar del día en que éste se constatara.

En caso de nuevo incumplimiento, la Repartición podrá realizar dichos trabajos, descontado

al contratista el importe de los gastos originados más una multa igual a dicho valor, monto

que se deducirán de las sumas que tenga a cobrar el Contratista, sin que el mismo tenga

derecho a reclamo alguno.

ARTICULO 8 – PINTURA EPOXI PARA CORDONES EN INTERSECCIONES

Se utilizará la misma pintura especificada para la demarcación horizontal amarilla en la

calzada.

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Planos

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247

Cómputos Métricos

Parciales Totales

1 Desbosque, Destronque y Limpieza de Terreno

Prog.: 0+000.00 - 3+561.60 Ha 21,00

Imprevistos ( 5% ) Ha 1,05

Ha 22,05

2 Terraplén de Avance

Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 m³ 31672,95

Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+100.00 m³ 11319,48

Imprevistos ( 5% ) m³ 2149,62

m³ 45.142,06

3 Terraplén Compactado (Incluye Tpte. a 10 km)

Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 m³ 506488,96

Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.60 m³ 180939,42

Imprevistos ( 10% ) m³ 68742,84

m³ 756.171,22

4 Excavación para caja y prep. de la base, incluido demolición de pav. Exist. y retiro del material sobrante

Zona Urbana. Prog.: 3+690,14 - 4+819,34 m³ 16322,62

Imprevistos ( 10% ) m³ 1632,26

m³ 17954,88

5 Subbase de suelo cemento (e = 0,15 m)

Construcción de Calzada (15,70m de ancho y 0,15 m. de espesor)

Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 m³ 4.941,05

Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.60 m³ 3.303,81

Zona Urbana. Prog.: 3+690,14 - 4+819,34 m³ 2.880,46

Construcción de Ciclovías y Veredas (ancho variable y 0,15 m. de espesor)

Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.000 - 2+098.11 m³ 2.203,02

Zona Urbana. Prog.: 2+158.710 - 3+561.599 m³ 1.473,03

Zona Urbana. Prog.: 3+690,14 - 4+819,34 m³ 1.211,21

Imprevistos ( 5% ) m³ 800,63

m³ 16.813,20

Item

Sub

Item Designación Un.

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248

Parciales TotalesItem

Sub

Item Designación Un. 6 Riego de Imprimación (CI)

Según perfil de calzada en 15,70m de ancho

Construcción de Calzada m² 74.168,79

Imprevistos ( 5% ) m² 3708,44

m² 77.877,23

7 Carpeta de Hormigón

Construcción de Calzada (s/ perfil de calzada en 7,00m de ancho x 2 carriles, esp:0.20m) m³ 13.318,02

Carpeta de desgaste en Puente (esp:0.05m). Prog:2+098.11- 2+158.71 m³ 40,00

Imprevistos ( 5% ) m³ 667,90

14.025,92

8 Cordón de hormigón

En construcción de Calzada m 16.498,19

En construcción de Calzada en Intersección m 800,00

Imprevistos ( 10% ) m 1729,82

m 19.028,01

9 Hormigón simple cepillado (e = 0.10 m)

Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.000 - 2+098.11 m² 8.392,44

Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.599 m² 5.611,56

Zona Urbana. Prog.: 3+690,14 - 4+819,34 m² 4614,12

Imprevistos ( 10% ) m² 1861,81

m² 20.479,93

10 Solados de lajas rosadas irregulares

a Contrapiso de Hº pobre

Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.000 - 2+098.11 m³ 503,55

Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.599 m³ 336,69

Imprevistos ( 10% ) m³ 84,02

m³ 924,26

b Lajas rosadas irregulares

Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.000 - 2+098.11 m² 6.294,33

Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.599 m² 4.208,67

Zona Urbana. Prog.: 3+690,14 - 4+819,34 m² 3460,59

Imprevistos ( 15% ) m² 2094,54

m² 16.058,13

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249

Parciales TotalesItem

Sub

Item Designación Un.

11 Obras de arte menor - Alcantarillas, Sumideros y Rápidos

a Excavación para Fundación

Para alcantarillas tipo O-41211- "C" s/ Planilla anexa de alcantarillas m³ 117,27

Para cabeceras plano tipo J-7138 s/ Planilla anexa de alcantarillas y sumidero m³ 23,01

Excavación para sumideros s/ Planilla anexa de sumideros (A) m³ 24,72

Excavación para sumideros s/ Planilla anexa de sumideros (B) m³ 845,33

Imprevistos ( 15% ) m³ 151,55

m³ 1.161,89

b Hormigón H-21

Para alcantarillas tipo O-41211- "C" s/ Planilla anexa de alcantarillas m³ 45,57

Imprevistos ( 15% ) m³ 6,84

m³ 52,41

c Hormigón H-17

Para Sumidero, s/ Planilla anexa de sumidero (A) m³ 23,11

Para Sumidero, s/ Planilla anexa de sumidero (B) m³ 12,84

Para Caño A-82, s/ Planilla anexa de sumidero (A) m³ 47,46

Para Caño A-82, s/ Planilla anexa de sumidero (B) m³ 221,92

Para Cunetas trapezoidales de hormigón, s/ Planilla anexa sumidero m³ 580,13

Para Rápido de descarga Alcantarillas, s/ Planilla anexa rápidos de descarga m³ 20,52

Para Rápido de descarga Sumideros, s/ Planilla anexa rápidos de descarga m³ 85,03

Imprevistos (15%) m³ 148,65

m³ 1.139,66

e Hormigón H-13

Para alcantarillas tipo O-41211- "C" s/ Planilla anexa de alcantarillas m³ 101,56

Para cabecera tipo J.7138 s/ Planilla anexa de alcantarillas y sumidero m³ 44,53

Imprevistos ( 15% ) m³ 21,91

m³ 168,00

e Hormigón H-8

Para alcantarillas tipo O-41211- "C" s/ Planilla anexa de alcantarillas m³ 26,28

Imprevistos ( 15% ) m³ 3,94

m³ 30,22

f Acero especial en barras colocado

Para alcantarillas tipo O-41211- "C" s/ Planilla anexa de alcantarillas Kg 2662,53

Para caño A-82 s/Planilla anexa de alcantarillas Kg 6996,24

Para caño A-82 s/Planilla anexa de alcantarillas (B) Kg 18641,23

Para sumidero s/Planilla anexa de sumidero (A) Kg 3266,21

Para sumidero s/Planilla anexa de sumidero (B) Kg 2314,56

Para Cunetas trapezoidales de hormigón, s/Planilla anexa sumidero Kg 13369,62

Para Rápido de descarga Alcantarillas, s/Planilla anexa rápidos de descarga Kg 27,62

Para Rápido de descarga Sumideros, s/Planilla anexa rápidos de descarga Kg 239,75

Imprevistos ( 15% ) Kg 7127,66

Kg 54.645,42

g Caño de chapa de acero D=1.30 - e=1.6mm

Caño de chapa de acero - Ondulación 100x20. s/Planilla anexa alcantarilla m 216,00

Imprevistos ( 15% ) m 32,40

m 248,40

h Acero de perfiles laminados para Compuerta

Peso Total de Compuertas (tres) Kg 915,60

Imprevistos ( 5% ) Kg 45,78

Kg 961,38

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250

Parciales TotalesItem

Sub

Item Designación Un.

12 Puente

a Hormigón H-21

Hormigon H-21 p/ Estribos m³ 287,94

Hormigon H-21 p/ Pilas m³ 252,33

Hormigon H-21 p/ Losa de tablero y vigas riostras m³ 226,55

Hormigon H-21 p/ Prelosas m³ 31,15

Hormigón H-21 p/ Losa de Aproximación m³ 65,95

Imprevistos ( 15% ) m³ 129,59

m³ 993,50

b Hormigón H-38

Hormigon H-38 p/ viga pretensada m³ 210,02

Imprevistos ( 15% ) m³ 31,50

m³ 241,52

c Excavación de Pilotes de Hº

*Pilote columna p/Estribos - *Pilotes p/Pilas m³ 359,35

Imprevistos ( 15% ) m³ 53,90

m³ 413,25

d Acero especial en barras colocado

Acero Normal tipo III ADN 420 Kg 141980,45

Imprevistos ( 15% ) Kg 21297,07

Kg 163.277,52

e Acero pretensado

σr = 190 kg/mm² Kg 11205,19

Imprevistos ( 15% ) Kg 1680,78

Kg 12.885,97

13 Señalización Vertical

a Reglamentación (Circulares, Triangulares, Octogonales) m2

18,72

Imprevistos ( 15% ) m² 2,81

m² 21,53

b Prevención (Cuadradas, Rectangulares) m2

26,62

Imprevistos ( 15% ) m² 3,99

m² 30,61

c Información (Rectangulares) m2

36,43

Imprevistos ( 15% ) m² 5,46

m² 41,89

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251

Parciales TotalesItem

Sub

Item Designación Un.

14 Demarcación Horizontal

a Continuas y Discontinuas

H 3-3. Línea de borde de calzada (e = 0,10m), (blanca) m² 3.354,45

H 2-2. Línea de carril (relación = 0,038 m²/m), (blanca) m² 652,40

Imprevistos ( 15% ) m² 601,03

m² 4.607,88

b Extrusión

H 5 m² 362,67

H 9 - 4_5_6 m² 331,83

Imprevistos ( 15% ) m² 104,17

m² 798,67

15 Baranda metálica cincada para defensa (flexbeam)

Puente: Prog.: 2+098.11 - 2+158.71 m 242,40

Imprevistos ( 5% ) m 12,12

m 254,52

16 Baranda de Mampostería y Caños

Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 m 4.197,00

Imprevistos (10%) m 419,70

m 4.616,70

17 Iluminación

a Columna recta de 12,00 m de altura con luminaria SAP 400 W

Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 u 57,00

Zona de Puente. Prog.: 2+098.11 - 2+158.71 u 3,00

Zona Urbana. Prog.: 2+158.71 - 3+561.60 u 40,00

Zona Urbana. Prog.: 3+561.60 - 4+715,13 u 34,00

Imprevistos u 6,00

u 140,00

b Columna recta de 3,00 m de altura con luminaria SAP 150 W

Zona Sub-urbana. Prog.: 0+000.00 - 2+098.11 u 84,00

Imprevistos u 2,00

u 86,00

18 Semáforos

a Cantidad de unidades con columna con mensula u 8,00

b Cantidad de unidades con columna recta u 17,00

u 25,00

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PARTE 3 –

CONDICIONES CONTRACTUALES Y

FORMULARIOS DE CONTRATO

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Sección VII. Condiciones generales 253

Sección VII. Condiciones Generales (CG)

1. Disposiciones Generales ................................................................................................ 1.1 Definiciones .........................................................................................................

1.2 Interpretación .......................................................................................................

1.3 Comunicaciones .........................................................................................................

1.4 Ley e Idioma ........................................................................................................

1.5 Orden de Prioridad de los Documentos ...............................................................

1.6 Convenio ..............................................................................................................

1.7 Cesión ..................................................................................................................

1.8 Cuidado y Suministro de los Documentos ...........................................................

1.9 Demoras de los Planos o Instrucciones................................................................

1.10 Uso de los Documentos del Contratista por Parte del Contratante ....................

1.11 Uso de los Documentos del Contratante por Parte del Contratista .....................

1.12 Detalles Confidenciales .......................................................................................

1.13 Cumplimiento de la Legislación ..........................................................................

1.14Responsabilidad Conjunta y Solidaria ......................................................................

1.15 Inspecciones y Auditorías por Parte del Banco ...................................................

2. El Contratante ............................................................................................................... 2.1 Derecho de Acceso al Lugar de las Obras ...........................................................

2.2 Permisos, Licencias y Aprobaciones ...................................................................

2.3 Personal del Contratante .....................................................................................

2.4 Arreglos Financieros del Contratante .................................................................

2.5 Reclamaciones del Contratante ...........................................................................

3. El Ingeniero .................................................................................................................... 3.1 Obligaciones y Facultades del Ingeniero .............................................................

3.2 Delegación por el Ingeniero .................................................................................

3.3 Instrucciones del Ingeniero ..................................................................................

3.4 Reemplazo del Ingeniero .....................................................................................

3.5 Decisiones ..................................................................................................................

4. El Contratista ................................................................................................................. 4.1 Obligaciones Generales del Contratista ...............................................................

4.2 Garantía de Cumplimiento ...................................................................................

4.3 Representante del Contratista ..............................................................................

4.4 Subcontratistas ...........................................................................................................

4.5 Cesión de Beneficio de Subcontrato ....................................................................

4.6 Cooperación .........................................................................................................

4.7 Trazado ................................................................................................................

4.8 Procedimientos de Seguridad..............................................................................

4.9 Control de Calidad ...............................................................................................

4.10 Datos del Lugar de las Obras ...............................................................................

4.11 Suficiencia del Monto Contractual Aceptado ......................................................

4.12 Condiciones Físicas Imprevisibles.......................................................................

4.13 Servidumbre de Paso y Dependencias .................................................................

4.14 No interferencia ...................................................................................................

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Sección VII. Condiciones generales 254

4.15 Ruta de Acceso ....................................................................................................

4.16 Transporte de Bienes ...........................................................................................

4.18 Protección del Medio Ambiente ..........................................................................

4.19 Electricidad, Agua y Gas .....................................................................................

4.22 Seguridad del Lugar de las Obras ........................................................................

4.23 Operaciones del Contratista en el Lugar de las Obras .........................................

4.24 Fósiles ..................................................................................................................

5. Subcontratistas Designados .......................................................................................... 5.1 Definición de ―Subcontratista Designado‖ ..........................................................

5.2 Objeciones a las Designaciones ...........................................................................

5.3 Pagos a Subcontratistas Designados ....................................................................

5.4 Comprobantes de Pago ........................................................................................

6. Personal y Mano de Obra ............................................................................................. 6.1 Contratación de Personal y Mano de Obra ..........................................................

6.2 Nivel Salarial y Condiciones de Trabajo .............................................................

6.3 Personas al Servicio del Contratante ..................................................................

6.4 Leyes laborales ....................................................................................................

6.5 Horas de Trabajo ..................................................................................................

6.6 Instalaciones para el Personal y la Mano de Obra ...............................................

6.7 Salud y Seguridad ................................................................................................

6.8 Supervisión del Contratista ......................................................................................

6.9 Personal del Contratista .......................................................................................

6.10 Registro del Personal y los Equipos del Contratista ...........................................

6.11 Alteración del Orden ............................................................................................

6.12 Personal Extranjero ..............................................................................................

6.13 Suministro de Alimentos .....................................................................................

6.14 Abastecimiento de Agua ......................................................................................

6.15 Medidas contra Plagas e Insectos ........................................................................

6.16 Bebidas Alcohólicas y Drogas .............................................................................

6.17 Armas y Municiones ............................................................................................

6.18 Días Festivos y Costumbres Religiosas ...............................................................

6.19 Preparativos de Sepelio ........................................................................................

6.20 Prohibición de Trabajo Forzoso u Obligatorio ....................................................

6.21 Prohibición de Trabajo Infantil Perjudicial .........................................................

6.22 Registro de Historia Laboral de los Trabajadores ...............................................

7. Equipos, Materiales y Mano de Obra .......................................................................... 7.1 Modo de Ejecución ..............................................................................................

7.2 Muestras ...............................................................................................................

7.3 Inspección ............................................................................................................

7.4 Pruebas .................................................................................................................

7.5 Rechazo ................................................................................................................

7.6 Medidas Correctivas ............................................................................................

7.7 Propiedad de los Equipos y los Materiales ..........................................................

7.8 Regalías ................................................................................................................

8. Inicio, Demoras y Suspensión ....................................................................................... 8.1 Inicio de las Obras ...............................................................................................

8.2 Plazo de Terminación ..........................................................................................

8.3 Programa ..............................................................................................................

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Sección VII. Condiciones generales 255

8.4 Prórroga del Plazo de Terminación .....................................................................

8.5 Demoras Ocasionadas por las Autoridades .........................................................

8.6 Avance .................................................................................................................

8.7 Indemnización por Demora .................................................................................

8.8 Suspensión de las Obras ......................................................................................

8.9 Consecuencias de la Suspensión ..........................................................................

8.10 Pago de los Equipos y Materiales en Caso de Suspensión .................................

8.11 Suspensión Prolongada ........................................................................................

8.12 Reanudación de las Obras ....................................................................................

9. Pruebas a la Terminación ............................................................................................. 9.1 Obligaciones del Contratista ................................................................................

9.2 Demora en las Pruebas .........................................................................................

9.3 Repetición de las Pruebas ....................................................................................

9.4 Fracaso de las Pruebas a la Terminación ............................................................

10. Recepción de las Obras por parte del Contratante ................................................... 10.1 Recepción de las Obras y Secciones ....................................................................

10.2 Recepción de partes de las Obras ........................................................................

10.3 Interferencia con las Pruebas a la Terminación ...................................................

10.4 Superficies que Requieren Reacondiciona-miento ..............................................

11. Responsabilidad por Defectos ....................................................................................... 11.1 Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de Defectos .........................

11.2 Costo de Reparación de los Defectos ..................................................................

11.3 Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos ...........................................

11.4 Incumplimiento en Cuanto a la Reparación de Defectos .........................................

11.5 Retiro de Trabajos Defectuosos ...........................................................................

11.6 Pruebas Adicionales .............................................................................................

11.7 Derecho de Acceso ..............................................................................................

11.8 Búsqueda por parte del Contratista .....................................................................

11.9 Certificado de Cumplimiento...............................................................................

11.10 Obligaciones no Cumplidas .................................................................................

11.11 Despeje del Lugar de las Obras ...........................................................................

12. Medición y Evaluación .................................................................................................. 12.1 Trabajos que se medirán ......................................................................................

12.2 Método de Medición ............................................................................................

12.3 Evaluación ...........................................................................................................

12.4 Omisiones ............................................................................................................

13. Variaciones y Ajustes..................................................................................................... 13.1 Derecho a Variar ..................................................................................................

13.2 Ingeniería de Valor ..............................................................................................

13.3 Procedimiento de Variación.................................................................................

13.4 Pago en Monedas Aplicables ...............................................................................

13.5 Montos Provisionales ...........................................................................................

13.6 Trabajos por día ...................................................................................................

13.7 Ajustes por Cambios en la Legislación................................................................

13.8 Ajustes por Cambios en el Costo .........................................................................

14. Precio del Contrato y Pago ........................................................................................... 14.1 Precio del Contrato ..............................................................................................

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Sección VII. Condiciones generales 256

14.2 Pago Anticipado ...................................................................................................

14.3 Solicitud de Certificados de Pago Provisionales .................................................

14.4 Calendario de Pagos.............................................................................................

14.5 Equipos y Materiales para las Obras...................................................................

14.6 Emisión de Certificados de Pago Provisionales ..................................................

14.7 Pagos ....................................................................................................................

14.8 Retraso en los Pagos ............................................................................................

14.9 Pago del Monto Retenido ....................................................................................

14.10 Declaración de Terminación ................................................................................

14.11 Solicitud de Certificado de Pago Final ................................................................

14.12 Finiquito ...............................................................................................................

14.13 Emisión de Certificado de Pago Final .................................................................

14.14 Fin de la Responsabilidad del Contratante ..........................................................

14.15 Monedas de Pago .................................................................................................

15. Terminación por Parte del Contratante ...................................................................... 15.1 Notificación Para Hacer Correcciones ................................................................

15.2 Terminación por parte del Contratante ...............................................................

15.3 Valoración en la Fecha de Terminación ..............................................................

15.4 Pagos después de la Terminación ........................................................................

15.5 Derecho del Contratante de Terminar el Contrato por Conveniencia .................

15.6 Prácticas Corruptivas o Fraudulentas ..................................................................

16. Suspensión y Terminación por parte del Contratista................................................. 16.1 Derecho del Contratista a Suspender los Trabajos ..............................................

16.2 Terminación por parte del Contratista .................................................................

16.3 Cese de las Obras y Retiro de los Equipos del Contratista .................................

16.4 Pago a la Terminación .........................................................................................

17. Riesgos y Responsabilidades ......................................................................................... Indemnizaciones ..............................................................................................................

17.2 Cuidado de las Obras por parte del Contratista ...................................................

17.3 Riesgos del Contratante ......................................................................................

17.4Consecuencias de los Riesgos del Contratante ........................................................

17.5 Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial ...................................................

17.6 Limitación de Responsabilidad ............................................................................

17.7 Uso del Alojamiento y las Instalaciones del Contratante .......................

18. Seguro ............................................................................................................................. 18.1 Requisitos Generales en Materia de Seguros .......................................................

18.2 Seguro de las Obras y los Equipos del Contratista ..............................................

18.3 Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad ..............................

18.4 Seguro para el Personal del Contratista ...............................................................

19. Fuerza Mayor ................................................................................................................. 19.1 Definición de Fuerza Mayor ................................................................................

19.2 Notificación de Casos de Fuerza Mayor ..............................................................

19.3 Obligación de Reducir las Demoras ................................................................

19.4 Consecuencias de laFfuerza Mayor ...................................................................

19.5 Fuerza Mayor que Afecte a un Subcontratista .....................................................

19.6 Terminación Opcional, Pago y Finiquito .............................................................

19.7 Liberación del Cumplimiento del Contrato ......................................................

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Sección VII. Condiciones generales 257

20. Reclamaciones, Controversias y Arbitraje .................................................................. 20.2 Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias .................

20.3 Desacuerdo sobre la Composición de la Comisión para la Resolución de

Controversias .......................................................................................................

20.4 Obtención de Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias .....

20.5 Transacción Amigable .........................................................................................

20.6 Arbitraje ...............................................................................................................

20.7 Incumplimiento de una Decisión de la Comisión para la Resolución de

Controversias .......................................................................................................

20.8 Vencimiento del Nombramiento de la Comisión para la Resolución de

Controversias .......................................................................................................

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Sección VII. Condiciones generales 258

Sección VII. Condiciones Generales (CG)

Unidad Ejecutora del Programa – Unidad de Coordinación de

Programas y Proyectos con Financiamiento Externo (U.C.P.yP.F.E.)

– Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

OBRA: _______________________________________________

Las Condiciones Generales que figuran a continuación corresponden a la edición armonizada

del Banco de las condiciones contractuales para construcción preparadas y registradas por la

Federación Internacional de Ingenieros Consultores (FIDIC), FIDIC 2005 - Todos los

derechos reservados. Esta publicación es para su uso exclusivo de los prestatarios del Banco y

sus organismos ejecutores de proyectos conforme se estipula en el convenio de concesión de

licencia celebrado entre el BID y la FIDIC, el 11 de marzo del 2005. Por consiguiente,

ninguna parte de esta publicación podrá reproducirse, traducirse, adaptarse, almacenarse en

un sistema de recuperación de datos ni transmitirse en forma alguna o por medio alguno, ya

sea mecánico, electrónico o magnético, mediante fotocopias, grabación u otros medios, sin la

previa autorización por escrito de la FIDIC, salvo por el Contratante identificado

anteriormente y con el único propósito de elaborar estos documentos estándar de licitación

para el Contrato señalado supra.

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Sección VII. Condiciones generales 259

Condiciones Generales

1. Disposiciones Generales

1.1 Definiciones En las Condiciones del Contrato (―estas Condiciones‖), que comprenden

las Condiciones Especiales, las partes A y B y estas Condiciones

Generales, los siguientes términos y expresiones tendrán el significado

que se señala en el documento. Los términos que se refieran a personas o

partes incluirán empresas y otras entidades jurídicas, salvo en los casos

en que el contexto requiera algo diferente .

1.1.1 El Contrato 1.1.1.1 ―Contrato‖ es el Convenio, la Carta de Aceptación, la Carta de

la Oferta, estas Condiciones, las Especificaciones, los Planos,

los Cronogramas y los demás documentos que se enumeran

en el Convenio o en la Carta de Aceptación.

1.1.1.2 ―Convenio‖ es el Convenio al que se hace referencia en la

Subcláusula 1.6 [Convenio].

1.1.1.3 ―Carta de Aceptación‖ es la carta de aceptación formal, firmada

por el Contratante, de la Carta de la Oferta, que incluye los

memorandos que se adjunten sobre acuerdos celebrados y

firmados por las Partes. De no existir una carta de aceptación

en los términos señalados, la expresión ―Carta de Aceptación‖

significará el Convenio , y la fecha de emisión o recibo de la

Carta de Aceptación significará la fecha de suscripción del

Contrato.

1.1.1.4 ―Carta de la Oferta‖ significa el documento titulado carta de

oferta o carta de licitación, que elabora el Contratista, y que

incluye la oferta firmada dirigida al Contratante para las Obras.

1.1.1.5 ―Especificaciones‖ significa el documento de ese mismo

título, conforme se incluye en el Contrato, y cualquier adición o

modificación al mismo de conformidad con lo estipulado en el

Contrato. En ese documento se especifican las Obras.

1.1.1.6 ―Planos‖ son los planos de las Obras, conforme se incluyen en

el Contrato, y cualquier plano adicional o modificado emitido

por el Contratante (o en su nombre) de conformidad con el

Contrato.

1.1.1.7 ―Formularios‖ son los documentos que llevan ese mismo título,

que elabora el Contratista y presenta con la Carta de la Oferta,

conforme se incluyen en el Contrato. Dichos documentos

pueden incluir la Lista de Cantidades, datos, listas y

formularios de tarifas y/o precios.

1.1.1.8 ―Oferta‖ es la Carta de la Oferta y todos los demás documentos

que presenta el Contratista con la misma, conforme se incluye

en el Contrato.

1.1.1.9 ―Lista de Cantidades‖, ―Listado de Trabajos por Día‖ y

―Formulario de Monedas de Pago‖ son los documentos (si los

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Sección VII. Condiciones generales 260

hubiere) así titulados en la Sección de Formularios.

1.1.1.10 ―Datos del Contrato‖ son las planillas elaboradas por el

Contratante que llevan ese mismo título y constituyen la Parte

A de las Condiciones Especiales.

1.1.2 Partes y

Personas

1.1.2.1 ―Parte‖ es el Contratante o el Contratista, según lo requiera el

contexto.

1.1.2.2 ― Contratante‖ es la persona referida como tal en los Datos del

Contrato, y todos sus sucesores legales.

1.1.2.3 ―Contratista‖ es la persona o personas referida(s) como tal(es)

en la Carta de la Oferta, aceptada por el Contratante, y todos

sus sucesores legales.

1.1.2.4 ―Ingeniero‖ es la persona designada por el Contratante como

tal para los fines del Contrato y que se señala en los Datos del

Contrato, o cualquier otra persona designada periódicamente

por el Contratante con notificación al Contratista de

conformidad con la Subcláusula 3.4 [Reemplazo del Ingeniero].

1.1.2.5 ―Representante del Contratista‖ es la persona designada por el

Contratista en el Contrato o periódicamente con arreglo a la

Subcláusula 4.3 [Representante del Contratista], para que actúe

en nombre del Contratista.

1.1.2.6 ―Personal del Contratante‖ significa el Ingeniero, los

asistentes mencionados en la Subcláusula 3.2 [Delegación por

el Ingeniero] y el resto del personal, mano de obra y otros

empleados del Ingeniero y del Contratante; así como cualquier

otro personal sobre el cual se notifique al Contratista por el

Contratante o el Ingeniero, como Personal del Contratante.

1.1.2.7 ―Personal del Contratista‖ significa el Representante del

Contratista y todo el personal que utilice el Contratista en el

Lugar de las Obras, que puede incluir el personal, la mano de

obra y otros empleados del Contratista y de cada

Subcontratista; así como cualquier otro personal que asista al

Contratista en la ejecución de las Obras.

1.1.2.8 ―Subcontratista‖ es cualquier persona definida como tal en el

Contrato, o cualquier persona designada como subcontratista

para una parte de las Obras, y todos los sucesores legales de

cada uno de ellos.

1.1.2.9 ―Comisión para la Resolución de Controversias‖ significa la

persona o las tres personas designadas con arreglo a la

Subcláusula 20.2 [Nombramiento de la Comisión para la

Resolución de Controversias] o la Subcláusula 20.3

[Desacuerdo Sobre la Composición de la Comisión para la

Resolución de Controversias].

1.1.2.10 ―FIDIC‖ significa la Fédération Internationale des Ingénieurs-

Conseils, es decir, la Federación Internacional de Ingenieros

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Sección VII. Condiciones generales 261

Consultores.

1.1.2.11 ―Banco‖ significa la institución financiera (si la hubiere) que se

señala en los Datos del Contrato.

1.1.2.12 ―Prestatario‖ es la persona (si la hubiere) designada como tal en

los Datos del Contrato.

1.1.3 Fechas,

Pruebas,

Plazos y

Terminación

1.1.3.1 ―Fecha Base‖ es la fecha que corresponde a 28 días previos a la

fecha límite de presentación de las Ofertas.

1.1.3.2 ―Fecha de Inicio‖ es la fecha notificada como tal con arreglo a

la Subcláusula 8.1 [Inicio de las Obras].

1.1.3.3 ―Plazo de Terminación‖ significa el plazo para terminar las

Obras o una Sección de las mismas (según corresponda) con

arreglo a la Subcláusula 8.2 [Plazo de Terminación], según

consta en los Datos del Contrato (incluida cualquier prórroga en

virtud de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de

Terminación]), calculado a partir de la Fecha de Inicio.

1.1.3.4 ―Pruebas a la Terminación‖ son las pruebas que se especifican

en el Contrato, o que se acuerdan entre ambas Partes o que se

ordenan como Variación y que se llevan a cabo en virtud de la

Cláusula 9 [Pruebas a la Terminación] antes de que el

Contratante reciba las Obras o una Sección de las mismas

(según corresponda).

1.1.3.5 ―Certificado de Recepción de Obra‖ es el certificado que se

emite en virtud de la Cláusula 10 [Recepción por -Parte del

Contratante].

1.1.3.6 ―Pruebas Posteriores a la Terminación‖ son las pruebas (si las

hubiere) especificadas en el Contrato y que se llevan a cabo de

conformidad con las Especificaciones una vez que el

Contratante recibe las Obras o una Sección de las mismas

(según corresponda).

1.1.3.7 ―Período para la Notificación de Defectos‖ significa el plazo

para notificar cualquier defecto de las Obras o una Sección de

las mismas (conforme proceda) con arreglo a la Subcláusula

11.1 [Terminación de Trabajos Tendientes y Reparación de

Defectos], el cual se extiende por doce meses, salvo que se

establezca algo diferente en los Datos del Contrato (incluida

cualquier prórroga en virtud de la Subcláusula 11.3 [Prórroga

del Plazo para la Notificación de Defectos]), calculado a partir

de la fecha en que se terminen las Obras o la Sección conforme

se certifique de acuerdo con la Subcláusula 10.1 [Recepción de

las Obras y Secciones].

1.1.3.8 ―Certificado de Cumplimiento‖ es el certificado que se emite en

virtud de la Subcláusula 11.9 [Certificado de Cumplimiento].

1.1.3.9 ―Día‖ significa un día calendario y ―año‖, 365 días.

1.1.4 Moneda y 1.1.4.1 ―Monto Contractual Aceptado‖ es la suma aceptada en la Carta

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Sección VII. Condiciones generales 262

Pagos de Aceptación para la ejecución y terminación de las Obras y la

reparación de cualquier defecto.

1.1.4.2 ―Precio del Contrato‖ es el precio que se define en la

Subcláusula 14.1 [Precio del Contrato], e incluye ajustes de

conformidad con el Contrato.

1.1.4.3 ―Costo‖ significa todos los gastos en que haya incurrido (o

incurra) razonablemente el Contratista, ya sea en el Lugar de

las Obras o fuera de éste, incluyendo costos fijos y cargos

,similares pero no las utilidades.

1.1.4.4 ―Certificado de Pago Final‖ significa el certificado de pago

emitido en virtud de la Subcláusula 14.13 [Emisión del

Certificado de Pago Final].

1.1.4.5 ―Declaración Final‖ es la declaración que se define en la

Subcláusula 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final].

1.1.4.6 ―Moneda Extranjera‖ es la moneda en que sea pagadera una

parte (o la totalidad) del Precio del Contrato, sin incluir la

Moneda Local.

1.1.4.7 ―Certificado de Pago Provisional‖ significa un certificado de

pago emitido con arreglo a la Cláusula 14 [Precio del Contrato

y Pago], que no sea el Certificado de Pago Final.

1.1.4.8 ―Moneda Local‖ es la moneda del País.

1.1.4.9 ―Certificado de Pago‖ es un certificado de pago emitido en virtud

de la Cláusula 14 [Precio Contractual y Pago].

1.1.4.10 ―Monto Provisional‖ significa una suma (si procede)

especificada como tal en el Contrato para la ejecución de

cualquier parte de las Obras, el suministro de Equipos o

Materiales o la prestación de servicios en virtud de la

Subcláusula 13.5 [Montos Provisionales].

1.1.4.11 ―Monto Retenido ‖ significa los montos acumulados que

retenga el Contratante con arreglo a la Subcláusula 14.3

[Solicitud de Certificados de Pago Provisionales] y pague en

virtud de la Subcláusula 14.9 [Pago del Monto Retenido ].

1.1.4.12 ―Declaración‖ es una declaración que presenta el Contratista

como parte de una solicitud de un certificado de pago, en

virtud de la Cláusula 14 [Precio del Contrato y Pago].

1.1.5 Obras y

Bienes

1.1.5.1 ―Equipos del Contratista‖ son todos los aparatos, maquinarias,

vehículos y demás elementos necesarios para la ejecución y la

terminación de las Obras y la reparación de cualquier defecto.

Sin embargo, los Equipos del Contratista excluyen Obras

Temporales, Equipos del Contratante (si los hubiere), Equipos,

Materiales y cualquier otro elemento que forme parte o esté

destinado a formar parte de las Obras Permanentes.

1.1.5.2 ―Bienes‖ son los Equipos del Contratista, los Materiales, los

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Sección VII. Condiciones generales 263

Equipos y las Obras Temporales, o cualquiera de éstos según

corresponda.

1.1.5.3 ―Materiales‖ son elementos de todo tipo (aparte de los Equipos)

que forman parte o están destinados a formar parte de las

Obras Permanentes, incluidos los materiales de suministro

único (si los hubiere) a ser proveídos por el Contratista en

virtud del Contrato.

1.1.5.4 ―Obras Permanentes‖ significa las Obras Permanentes a ser

ejecutadas por el Contratista en virtud del Contrato.

1.1.5.5 ―Equipos‖ son los aparatos, maquinarias y otro equipo que

formen parte o estén destinados a formar parte de las Obras

Permanentes, incluyendo vehículos adquiridos por el

Contratante y relacionados con la construcción u operación de

las Obras.

1.1.5.6 ―Sección‖ es una parte de las Obras definida como tal en los

Datos del Contrato (si la hubiere).

1.1.5.7 ―Obras Temporales‖ son las obras temporales de todo tipo (

diferentes de los Equipos del Contratista) que se necesitan en

el Lugar de las Obras para la ejecución y terminación de las

Obras Permanentes y la reparación de cualquier defecto.

1.1.5.8 ―Obras‖ son las Obras Permanentes y las Obras Temporales, o

cualquiera de ellas según corresponda.

1.1.6 Otras

Definiciones

1.1.6.1 ―Documentos del Contratista‖ son los cálculos, programas de

computación y otros programas informáticos, planos, manuales,

modelos y otros documentos de naturaleza técnica (si los

hubiere) proporcionados por el Contratista en virtud del

Contrato.

1.1.6.2 ―País‖ significa el país donde se encuentra el Lugar de las

Obras (o la mayor parte de ellas), y donde se ejecutarán las

Obras Permanentes.

1.1.6.3 ―Equipos del Contratante‖ son los aparatos, maquinaria y

vehículos (si los hubiere) que el Contratante pone a disposición

del Contratista para la ejecución de las Obras, conforme se

señala en las Especificaciones; pero no incluyen los Equipos

que no haya recibido el Contratante.

1.1.6.4 ―Fuerza Mayor‖ se define en la Cláusula 19 [Fuerza Mayor].

1.1.6.5 ―Leyes‖ significa toda legislación nacional (o estatal),

estatutos, ordenanzas y otras leyes , así como las regulaciones

y estatutos de cualquier autoridad pública legalmente

constituida.

1.1.6.6 ―Garantía de Cumplimiento‖ es la garantía (o garantías, si

procede) en virtud de la Subcláusula 4.2 [Garantía de

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Sección VII. Condiciones generales 264

Cumplimiento].

1.1.6.7 ―Lugar de las Obras‖ significa los sitios donde se ejecutarán

las Obras Permanentes, incluyendo almacenes y áreas de

trabajo, y donde deben ser enviadas los equipos y materiales,

así como cualquier otro sitio que se defina en el Contrato como

parte del Lugar de las Obras.

1.1.6.8 ―Imprevisible‖ significa que no se puede prever

razonablemente por un Contratista con experiencia a la Fecha

Base.

1.1.6.9 ―Variación‖ significa cualquier cambio a las Obras que es

requerido o aprobado como una variación en virtud de la

Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes].

1.2 Interpretación En el Contrato, salvo que el contexto requiera algo diferente,

(a) las palabras en masculino también incluyen el femenino y

viceversa;

(b) las palabras en singular también incluyen el plural y viceversa;

(c) las disposiciones que incluyen la palabra ―acordar,‖ ―acordado‖ o

―acuerdo‖ exigen que el acuerdo se haga constar por escrito;

(d) ―escrito‖ o ―por escrito‖ significa escrito a mano, mecanografiado,

impreso o elaborado de manera electrónica, que produce un registro

permanente; y

(e) la palabra ―propuesta‖ es sinónimo de ―oferta‖; ―proponente‖ es

sinónimo de ―oferente‖ y ―documentos de la oferta‖ es sinónimo de

―documentos de licitación‖.

Las palabras al margen y otros encabezamientos no se tomarán en cuenta

en la interpretación de estas Condiciones.

En estas Condiciones, las disposiciones que incluyan la expresión "costo

más utilidades" requieren que las utilidades sean de 1/20 (5%) del

costo, salvo indicación diferente en los Datos del Contrato.

1.3 Comunicaciones

En los casos en que en estas Condiciones se contemple la entrega o

emisión de aprobaciones, certificados, consentimientos, Decisiones,

notificaciones, solicitudes y finiquitos, estas comunicaciones deberán

ser:

(a) por escrito y entregadas personalmente (con acuse de recibo);

enviadas por correo o con servicio de encomienda especial

(courier), o remitidas mediante cualquiera de los sistemas de

transmisión electrónica acordados conforme figura en los Datos del

Contrato; y

(b) entregadas, enviadas o transmitidas a la dirección del receptor para

fines de comunicaciones que figure en los Datos del Contrato. Sin

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Sección VII. Condiciones generales 265

embargo,

(i) cuando el receptor haga una notificación de cambio de

dirección, de ahí en adelante las comunicaciones se enviarán

a la dirección correspondiente; y

(ii) si el receptor no indicare algo diferente en las solicitudes de

aprobación o consentimiento, las comunicaciones podrán

enviarse a la dirección desde la cual se haya efectuado la

solicitud.

Las aprobaciones, certificados, consentimientos y Decisiones no deberán

retenerse ni demorarse sin razones válidas. Cuando se emita un

certificado a una Parte, el emisor enviará una copia a la otra Parte.

Cuando una Parte o el Ingeniero emitan una notificación a la otra Parte,

se deberá enviar una copia al Ingeniero o a la otra Parte, según

corresponda.

1.4 Ley e Idioma

El Contrato se regirá por la legislación del País u otra jurisdicción que se

estipule en los Datos del Contrato.

El idioma que haya de regir el Contrato será el que se señale en los Datos

del Contrato.

El idioma para las comunicaciones será el que se indique en los Datos

del Contrato. De no especificarse, se utilizará el idioma que rija el

Contrato.

1.5 Orden de

Prioridad de los

Documentos

Los documentos que conformen el Contrato deberán considerarse

mutuamente explicativos. Para fines de interpretación, el orden de

prioridad de los documentos se ceñirá a la siguiente secuencia:

(a) el Contrato (si lo hubiere),

(b) la Carta de Aceptación,

(c) la Oferta,

(d) las Condiciones Especiales – Parte A,

(e) las Condiciones Generales – Parte B,

(f) las Especificaciones,

(g) los Planos, y

(h) los Formularios y cualquier otro documento que forme parte del

Contrato.

Si se encuentra alguna ambigüedad o discrepancia en los documentos, el

Ingeniero emitirá las aclaraciones o instrucciones necesarias.

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Sección VII. Condiciones generales 266

1.6 Convenio Las partes celebrarán un Convenio dentro de un plazo de 28 días

contados a partir de la fecha en que el Contratista reciba la Carta de

Aceptación, a menos que en las Condiciones Especiales se acuerde otra

cosa. El Convenio se basará en el formulario que se anexa en las

Condiciones Especiales. Los costos de los sellos fiscales y cargos

similares (si los hubiere) que exija la ley para celebrar el Convenio

correrán por cuenta del Contratante.

1.7 Cesión Ninguna de las Partes podrá ceder total o parcialmente el Contrato, como

así tampoco ningún otro beneficio o interés en el Contrato o con arreglo

al Contrato. Sin embargo, cualquiera de las Partes:

(a) podrá ceder la totalidad o parte del Contrato con el consentimiento

previo de la otra Parte, a la sola discreción de dicha Parte, y

(b) podrá, como garantía a favor de un banco o entidad financiera,

ceder su derecho a recibir cualquier pago vencido o adeudado en

virtud del Contrato.

1.8 Cuidado y

Suministro de los

Documentos

El Contratante será responsable del cuidado y la custodia de las

Especificaciones y los Planos. Salvo indicación diferente en el Contrato,

se suministrarán dos copias del Contrato y de cada Plano subsiguiente al

Contratista, quien podrá hacer o solicitar copias adicionales, por su

propia cuenta.

El Contratista será responsable del cuidado y la custodia de todos los

documentos contractuales, salvo que se hayan entregado al Contratante o

hasta dicha entrega. Salvo indicación en sentido diferente en el

Contrato, el Contratista proporcionará al Ingeniero seis copias de cada

uno de los Documentos del Contratista.

El Contratista guardará, en el Lugar de las Obras, una copia del

Contrato, las publicaciones que se señalan en las Especificaciones, los

Documentos del Contratista (si los hubiere), los Planos y las

Variaciones, así como cualesquier otras comunicaciones que se realicen

en virtud del Contrato. El personal del Contratante tendrá el derecho de

acceder a todos los documentos mencionados en cualquier horario

razonable.

Si una de las Partes detecta algún error o defecto en un documento

elaborado para la ejecución de las Obras, dicha Parte notificará

inmediatamente a la otra al respecto.

1.9 Demoras de los

Planos o

Instrucciones

El Contratista deberá notificar al Ingeniero sobre cualquier posible

demora o interrupción de las Obras en caso de que no se emitan a dicho

Contratista los planos o las instrucciones necesarias en un determinado

plazo, que deberá ser razonable. La notificación incluirá información

detallada sobre los planos o instrucciones que se necesiten, la razón por

la que deban emitirse y el plazo para hacerlo, así como la naturaleza y el

costo del posible retraso o interrupción que se podría sufrir por la

demora en la emisión de tales documentos.

Si el Contratista sufre demoras o incurre en algún Costo debido a que el

Ingeniero no ha emitido el plano o la instrucción señalados en un plazo

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Sección VII. Condiciones generales 267

razonable y que se especifique en la notificación con información

complementaria, el Contratista enviará otra notificación al Ingeniero y,

sujeto a lo dispuesto en la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del

Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si la

terminación de las obras se ha retrasado o se anticipa que se

retrasará , en virtud de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de

Terminación], y

(b) el pago de dicho Costo más utilidades, que se incluirá en el Precio

del Contrato.

Tras recibir esta segunda notificación, el Ingeniero procederá de

conformidad con la Subcláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a

un acuerdo o decisión al respecto.

Sin embargo, si el incumplimiento del Ingeniero se debe a algún error o

demora del Contratista, incluido un error o demora en la entrega de

cualquiera de los Documentos del Contratista, el Contratista no tendrá

derecho a la prórroga del plazo ni al Costo o utilidades mencionados.

1.10 Uso de los

Documentos del

Contratista por

Parte del

Contratante

En lo que se refiere a las Partes, el Contratista retendrá los derechos de

autor y otros derechos de propiedad intelectual respecto de los

Documentos del Contratista y otros documentos de diseño elaborados

por el Contratista (o en su nombre).

Se considerará que (con la firma del Contrato) el Contratista otorga al

Contratante una licencia sin plazo determinado, transferible, no

exclusiva y libre de regalías para copiar, usar y transmitir los

Documentos del Contratista, así como para realizar y usar

modificaciones de los mismos. Dicha licencia:

(a) será válida a lo largo de la vida útil real o prevista (lo que sea más

largo) de las partes pertinentes de las Obras,

(b) permitirá que cualquier persona que esté en debida posesión de la

parte pertinente de las Obras copie, use y transmita los

Documentos del Contratista con el fin de terminar, operar,

mantener, alterar, ajustar, reparar y demoler las Obras, y

(c) en caso de que los Documentos del Contratista estén en forma de

programas de computación y otros programas informáticos,

permitirá el uso de los mismos en cualquier computadora en el

Lugar de las Obras y otros sitios, conforme figure en el Contrato,

incluidos los reemplazos de las computadoras que proporcione el

Contratista.

Ni el Contratante, ni ninguna otra persona en su nombre, podrá, sin el

consentimiento previo del Contratista, usar, copiar ni transmitir a

terceros los Documentos del Contratista ni otros documentos de diseño

elaborados por o en nombre del Contratista para otros fines que no sean

los que se señalan en esta Subcláusula.

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Sección VII. Condiciones generales 268

1.11 Uso de los

Documentos del

Contratante por

Parte del

Contratista

En lo que se refiere a las Partes, el Contratante retendrá todos los

derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual respecto de

las Especificaciones, los Planos y otros documentos elaborados por el

Contratante (o en su nombre). El Contratista podrá, a sus expensas,

copiar, usar y obtener transmisiones de esos documentos para fines del

Contrato. El Contratista no podrá, sin el consentimiento previo del

Contratante, copiar, usar ni transmitir dichos documentos a terceros,

salvo en la medida necesaria para los fines del Contrato.

1.12 Detalles

Confidenciales

El Contratista y el personal del Contratante divulgarán toda la

información confidencial y de otra índole que se solicite razonablemente

para verificar el cumplimiento del Contrato y permitir su debida

ejecución.

Cada uno de ellos, deberá tratar la información del Contrato con carácter

privado y confidencial, salvo en la medida necesaria para cumplir las

obligaciones contraídas por cada uno de ellos en virtud del Contrato o

para cumplir las leyes pertinentes. Ninguno de ellos publicará ni

divulgará información acerca de las Obras preparada por la otra Parte sin

el consentimiento previo de dicha Parte. Sin embargo, el Contratista

podrá divulgar cualquier información de dominio público o información

que se requiera para demostrar sus calificaciones para competir en otros

proyectos.

1.13 Cumplimiento de

la Legislación

En el cumplimiento del Contrato, el Contratista cumplirá las leyes

pertinentes. Salvo indicación en otro sentido en las Condiciones

Especiales:

(a) el Contratante deberá haber obtenido ( o deberá obtener) los

permisos de planificación, zonificación, edificación o de índole

similar para las Obras Permanentes, así como cualquier otro

permiso que, según se establezca en las Especificaciones, deba

haberse obtenido (o deba obtenerse) por el Contratante. El

Contratante indemnizará y amparará al Contratista de las

consecuencias que se deriven de cualquier incumplimiento al

respecto; y

(b) el Contratista deberá hacer todas las notificaciones, pagar todos los

impuestos, derechos y tasas, y obtener todos los permisos,

licencias y aprobaciones que exija la ley para la ejecución y

terminación de las Obras y para la reparación de cualquier defecto.

El Contratista indemnizará y amparará al Contratante de las

consecuencias que se deriven de cualquier incumplimiento al

respecto, salvo que el Contratista esté impedido para realizar estas

acciones y muestre evidencia de su diligencia.

1.14Responsabilidad

Conjunta y

Solidaria

Si el Contratista establece (al amparo de leyes aplicables) una

asociación en participación, consorcio u otra asociación de hecho, de

dos o más personas:

(a) dichas personas serán consideradas responsables en forma

conjunta y solidaria ante el Contratante por el cumplimiento del

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Sección VII. Condiciones generales 269

Contrato;

(b) dichas personas notificarán al Contratante el nombre de su

representante, quien tendrá la autoridad para obligar en forma

vinculante al Contratista y a cada una de esas personas; y

(c) el Contratista no modificará su composición ni su situación

jurídica sin el consentimiento previo del Contratante.

1.15 Inspecciones y

Auditorías por

Parte del Banco

El Contratista permitirá al Banco y a personas designadas por éste

inspeccionar el Lugar de las Obras y las cuentas y registros del

Contratista relacionados con el cumplimiento del Contrato, y someter

dichas cuentas y registros a una auditoria por auditores designados por

el Banco, si éste así lo exige.

2. El Contratante

2.1 Derecho de Acceso

al Lugar de las

Obras

El Contratante concederá al Contratista derecho de acceso a, y posesión

de, todas las partes del Lugar de las Obras durante el plazo (o plazos)

señalados en los Datos del Contrato. El derecho de acceso y la posesión

pueden no ser exclusivos del Contratista. Si, en virtud del Contrato, se

exige que el Contratante conceda (al Contratista) la posesión de

cualquier cimiento, estructura, instalación o medio de acceso, el

Contratante lo hará en el plazo y de la manera que se indiquen en las

Especificaciones. Sin embargo, el Contratante podrá retener ese derecho

o posesión hasta que reciba la Garantía de Cumplimiento.

De no especificarse ese plazo en los Datos del Contrato, el Contratante

concederá al Contratista el derecho de acceso al, y la posesión del,

Lugar de las Obras en los períodos que sean necesarios para permitir al

Contratista proceder sin interrupción de conformidad con el programa

presentado con arreglo a la Subcláusula 8.3 [Programa].

Si el Contratista sufre alguna demora o incurre en algún Costo debido a

que el Contratante no le ha concedido dicho derecho o posesión en el

plazo establecido, el Contratista notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a

lo dispuesto en la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista],

tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por cualquier demora de esa índole, si se ha

retrasado o se retrasará la terminación de las obras, en virtud de la

Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el

Precio del Contrato.

Tras recibir dicha notificación, el Ingeniero procederá de conformidad

con lo que se establece en la Subcláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de

llegar a un acuerdo o decisión al respecto.

Sin embargo, si el incumplimiento del Contratante se debe a algún error

o demora del Contratista, incluido un error o demora en la entrega de

cualquiera de los Documentos del Contratista, el Contratista no tendrá

derecho a dicha prórroga ni al Costo o utilidades mencionados.

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Sección VII. Condiciones generales 270

2.2 Permisos,

Licencias y

Aprobaciones

El Contratante prestará asistencia razonable al Contratista, cuando éste

así lo solicite, para obtener:

(a) copias de las Leyes del País que sean pertinentes para el Contrato

pero que no se encuentren fácilmente disponibles, y

(b) cualesquier permiso, licencia y aprobaciones que exijan las Leyes

del País:

(i) que el Contratista esté obligado a obtener de conformidad con

la Subcláusula 1.13 [Cumplimiento de la Legislación],

(ii) para la entrega de Bienes, incluido su despacho de aduana, y

(iii) para la exportación de los Equipos del Contratista, cuando se

retiren del Lugar de las Obras.

2.3 Personal del

Contratante

El Contratante tendrá la responsabilidad de asegurarse que el Personal

del Contratante y los demás Contratistas del Contratante en el Lugar de

las Obras:

(a) cooperen con el Contratista de conformidad con la Subcláusula 4.6

[Cooperación], y

(b) tomen medidas análogas a las que debe tomar el Contratista con

arreglo a los incisos (a), (b) y (c) de las Subcláusula 4.8 [

Procedimientos de Seguridad] y 4.18 [Protección del Medio

Ambiente].

2.4 Arreglos

Financieros del

Contratante

El Contratante deberá presentar, antes de la Fecha de Inicio y, de ahí en

adelante, dentro de e un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en

que reciba una solicitud del Contratista, evidencia razonable de que se

han hecho y se mantienen los arreglos financieros que han de permitir

que el Contratante pague puntualmente el Precio del Contrato (según se

calcule en ese momento) de conformidad con la Cláusula 14 [Precio

Contractual y Pago]. Antes de hacer cualquier cambio sustancial a sus

arreglos financieros, el Contratante deberá notificar al Contratista y

proporcionar información detallada al respecto.

Además, si el Banco notifica al Prestatario que ha suspendido los

desembolsos al amparo de su préstamo, el cual financia total o

parcialmente la ejecución de las Obras, el Contratante notificará dicha

suspensión al Contratista, con los detalles correspondientes, incluida la

fecha de la notificación, con copia al Ingeniero, en un plazo de 7 días

contados a partir de la fecha en que el Prestatario reciba del Banco la

notificación de suspensión. En caso de que el Contratante tenga acceso a

fondos alternativos en las monedas adecuadas para seguir pagando al

Contratista más allá del décimo sexto (60º) día contado desde la fecha de

notificación de suspensión por parte del Banco, el Contratante deberá

presentar en dicha notificación evidencia razonable de la medida en que

dichos recursos estarán disponibles.

2.5 Reclamaciones del

Contratante

Si el Contratante considera que tiene derecho a recibir un pago en virtud

de cualquier cláusula de estas Condiciones o de otra manera relacionada

con el Contrato y/o a una prórroga del Período para la Notificación de

Defectos, el Contratante o el Ingeniero notificarán detalladamente al

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Sección VII. Condiciones generales 271

Contratista . Sin embargo, no será necesario hacer notificaciones de

pagos adeudados con arreglo a la Subcláusula 4.19 [Electricidad, Agua y

Gas], la Subcláusula 4.20 [Equipos del Contratante y Materiales de

Libre Disposición], o de otros servicios que solicite el Contratista.

La notificación deberá hacerse tan pronto como sea posible y no más de

28 días después que el Contratante se haya enterado, o debiera haberse

enterado, de la situación o circunstancias que originaron la reclamación.

Se enviará una notificación sobre cualquier prórroga del Período para la

Notificación de Defectos antes de que venza dicho plazo .

La información detallada incluirá la cláusula u otra base de la

reclamación, así como pruebas del monto y/o la prórroga que el

Contratante considere que le correspondan en relación con el Contrato.

El Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5

[Determinaciones] a fin de llegar a un acuerdo o decisión respecto de (i)

el monto (si procede) que le corresponda pagar al Contratista a favor del

Contratante, y/o (ii) la prórroga (si procede) del Plazo para la

Notificación de Defectos de conformidad con la Subcláusula 11.3

[Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos].

Este monto podrá incluirse como una deducción en el Precio del

Contrato y los Certificados de Pago. El Contratante sólo tendrá derecho

a compensar o deducir una suma de un monto certificado al amparo de

un Certificado de Pago, o a presentar otra reclamación en contra del

Contratista, de conformidad con esta Subcláusula.

3. El Ingeniero

3.1 Obligaciones y

Facultades del

Ingeniero

El Contratante designará al Ingeniero quien cumplirá las obligaciones

que se le asignen en el Contrato. El personal del Ingeniero incluirá

ingenieros debidamente calificados y otros profesionales competentes

para cumplir esas obligaciones.

El Ingeniero no tendrá la potestad de modificar el Contrato.

El Ingeniero podrá ejercer las facultades que se le confieran

explícitamente en el Contrato o se deriven implícitamente del mismo.

Si el Ingeniero debe obtener la aprobación del Contratante antes de

ejercer una facultad en particular, los requisitos serán los que se indican

en las Condiciones Especiales. El Contratante informará sin demora al

Contratista sobre cualquier cambio en las facultades conferidas al

Ingeniero.

Sin embargo, cuando el Ingeniero ejerza una facultad específica que

requiera la autorización del Contratante, entonces (para los fines del

Contrato) se considerará que este último ha concedido su aprobación.

Salvo indicación diferente en estas Condiciones:

(a) cuando el Ingeniero cumpla sus obligaciones o ejerza sus

facultades, ya sea que éstas se especifiquen en el Contrato o que se

deriven en forma implícita del mismo, se considerará que actúa en

nombre del Contratante;

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Sección VII. Condiciones generales 272

(b) el Ingeniero no tendrá autoridad para eximir a ninguna de las Partes

de cualesquiera deberes, obligaciones o responsabilidades en

virtud del Contrato;

(c) ninguna aprobación, verificación, certificado, consentimiento,

examen, inspección, orden, notificación, propuesta, solicitud,

prueba o acto de esa índole del Ingeniero (incluida la no

desaprobación) eximirá al Contratista de cualquier responsabilidad

que tenga en virtud del Contrato, incluida la responsabilidad en

cuanto a errores, omisiones, discrepancias e incumplimientos; y

(d) Salvo que se indique algo diferente en forma expresa, , cualquier

acto realizado por el Ingeniero en respuesta a una solicitud del

Contratista deberá ser notificado por escrito al Contratista dentro

del plazo de 28 días de recibida la solicitud.

Se aplicarán las siguientes disposiciones:

El Ingeniero obtendrá la aprobación específica del Contratante antes de

actuar de conformidad con las siguientes Subcláusulas de estas

Condiciones:

(a) Subcláusula 4.12: Acuerdo o establecimiento de una prórroga y/o

costo adicional.

(b) Subcláusula 13.1: Orden de Variación, a excepción de:

(i) situaciones de emergencia conforme lo determine el

Ingeniero, o

(ii) el caso en que una Variación aumente el Monto Contractual

Aceptado, en un porcentaje inferior al especificado en los

Datos Contractuales.

(c) Subcláusula 13.3: Aprobación de una propuesta de Variación por

parte del Contratista de conformidad con la Subcláusula 13.1 ó

13.2.

(d) Subcláusula 13.4: Especificación del monto pagadero en cada una

de las monedas aplicables.

(e) Sin perjuicio de la obligación de obtener aprobación, como se

indica supra, si a juicio del Ingeniero ocurre una emergencia que

afecte la seguridad personal, la seguridad física de las Obras o de

la(s) propiedad(es) colindante(s), éste podrá, sin eximir al

Contratista de sus deberes y responsabilidades en virtud del

Contrato, ordenar al Contratista que lleve a cabo las obras o

actividades que sean necesarias, según el Ingeniero, para mitigar o

reducir el riesgo. El Contratista cumplirá inmediatamente cualquier

instrucción de esa índole que le dé el Ingeniero, aún a falta de la

aprobación de dicha instrucción por parte del Contratante. El

Ingeniero determinará un aumento del Precio del Contrato por

concepto de dicha orden, de conformidad con lo dispuesto en la

Cláusula 13, y notificará debidamente al Contratista, con copia al

Contratante.

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Sección VII. Condiciones generales 273

3.2 Delegación por el

Ingeniero

El Ingeniero podrá ocasionalmente asignar deberes y delegar autoridad a

los asistentes, y también podrá revocarlas . Entre los asistentes puede

incluirse un ingeniero residente y/o inspectores independientes

designados para examinar y/o probar elementos de los Equipos y/o los

Materiales. La asignación, delegación o revocación deberán hacerse por

escrito y no entrarán en vigor hasta que ambas Partes hayan recibido

copia de la notificación.

Sin embargo, salvo que ambas Partes acuerden otra cosa, el Ingeniero no

podrá delegar la autoridad para resolver cualquier asunto de conformidad

con la Subcláusula 3.5 [Decisiones].

Los asistentes serán personas debidamente calificadas, con capacidad

para llevar a cabo esos deberes y ejercer dicha autoridad y tendrán pleno

dominio del idioma para comunicaciones que se define en la

Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma].

Cada asistente a quien se le hayan asignado deberes o en quien se haya

delegado autoridad, estará autorizado únicamente a impartir

instrucciones al Contratista en la medida definida en la delegación.

Cualquier aprobación, verificación, certificado, consentimiento, examen,

inspección, orden, notificación, propuesta, solicitud, prueba o acto de esa

índole por parte de un asistente, efectuado de conformidad con la

delegación, tendrá el mismo efecto que si proviniera del Ingeniero. Sin

embargo:

(a) el hecho de no haber desaprobado un trabajo, Equipos o Materiales

no constituirá la aprobación de los mismos, por lo que no afectará

el derecho del Ingeniero a rechazar dichos trabajos, Equipos o

Materiales;

(b) si el Contratista cuestiona una decisión u orden de un asistente, el

Contratista podrá remitir el asunto al Ingeniero, quien con la

debida prontitud confirmará, revertirá o modificará la decisión u

orden.

3.3 Instrucciones del

Ingeniero

El Ingeniero podrá impartir instrucciones al Contratista en cualquier

momento, y proporcionarle los Planos adicionales o modificados que se

necesiten para la ejecución de las Obras y la reparación de cualquier

defecto, de conformidad con el Contrato. El Contratista sólo responderá

a las instrucciones del Ingeniero, o del asistente en el que se haya

delegado la autoridad pertinente en virtud de esta Cláusula. En el caso de

que una orden constituya una Variación, se aplicará la Cláusula 13

[Variaciones y Ajustes].

El Contratista cumplirá las instrucciones que imparta el Ingeniero o el

asistente en quien se haya delegado dicha autoridad, en relación con

cualquier asunto del Contrato. Siempre que sea posible, las instrucciones

se impartirán por escrito. Si el Ingeniero o un asistente autorizado:

(a) da una orden verbal,

(b) recibe del Contratista (o en su nombre) una confirmación escrita de

la orden en un plazo de dos días laborales a partir de la fecha en

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Sección VII. Condiciones generales 274

que se dio la instrucción, y

(c) no responde con una negativa u orden escrita dentro de dos días

después de recibir la confirmación,

entonces la confirmación pasará a constituir la orden escrita del

Ingeniero o el asistente en quien se ha delegado dicha autoridad (según

corresponda).

3.4 Reemplazo del

Ingeniero

Si el Contratante prevé reemplazar al Ingeniero, el Contratante deberá

notificar al Contratista, por lo menos 21 días antes de la fecha prevista

del reemplazo, el nombre, la dirección y la experiencia pertinente del

potencial Ingeniero sustituto. Si el Contratista considera que el potencial

Ingeniero sustituto no es adecuado, tendrá el derecho a presentar

objeciones al nombramiento, mediante notificación al Contratante, con

información que fundamente su posición, y el Contratante dará plena y

justa consideración a dicha objeción.

3.5 Decisiones

En los casos en que estas Condiciones contemplen que el Ingeniero

proceda de conformidad con esta Subcláusula 3.5 para acordar o resolver

algún asunto, el Ingeniero consultará con cada una de las Partes con el

ánimo de alcanzar un acuerdo. De no lograrse un acuerdo, el Ingeniero

tomará una decisión justa de conformidad con el Contrato, tomando en

cuenta todas las circunstancias pertinentes.

Salvo que se especifique algo diferente, el Ingeniero notificará a ambas

Partes sobre cada uno de los acuerdos o decisiones, con los detalles del

caso dentro del plazo de 28 días de haber recibido la correspondiente

queja o solicitud. Cada una de las Partes dará cumplimiento a los

acuerdos o decisiones, salvo (y en ese caso, hasta) que se sometan a

reconsideración con arreglo a la Cláusula 20 [Quejas , Controversias y

Arbitraje].

4. El Contratista

4.1 Obligaciones

Generales del

Contratista

En la medida en que se especifique en el Contrato, el Contratista

diseñará, ejecutará y terminará las Obras de conformidad con el Contrato

y con las instrucciones del Ingeniero y reparará cualquier defecto de las

Obras.

El Contratista suministrará los Equipos y los Documentos del Contratista

que se especifiquen en el Contrato, así como todo el Personal del

Contratista, los Bienes, los bienes consumibles y otros bienes y

servicios, permanentes o temporales, necesarios para, y en relación con,

el diseño, la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de sus

defectos.

Todos los equipos, materiales y servicios que incorporen en, o se

requieran para, las Obras deberán provenir de cualquier país elegible de

conformidad con la definición que establece el Banco.

El Contratista velará por el carácter adecuado, la estabilidad y la

seguridad de todas las operaciones y los métodos de construcción en el

Lugar de las Obras. Salvo en la medida en que se especifique en el

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Sección VII. Condiciones generales 275

Contrato, el Contratista i) será responsable de todos los Documentos del

Contratista, las Obras Temporales y el diseño que pueda ser necesario en

relación con cada elemento de los Equipos y los Materiales para que

dicho(s) elemento(s) se ciña(n) al Contrato; y ii) no será responsable del

diseño o las especificaciones de las Obras Permanentes.

El Contratista suministrará al Contratante, a solicitud del Ingeniero, la

información sobre los arreglos y los métodos que propone adoptar para la

ejecución de las Obras. Dichos arreglos y métodos no podrán

modificarse de manera significativa sin que antes se haya notificado de

ello al Ingeniero.

En caso de que en el Contrato se especifique que el Contratista diseñará

cualquier parte de las Obras Permanentes, entonces, salvo indicación

diferente en las Condiciones Especiales:

(a) el Contratista suministrará al Ingeniero los Documentos del

Contratista correspondientes a dicha parte de conformidad con los

procedimientos que se especifican en el Contrato;

(b) esos Documentos del Contratista se ceñirán a las Especificaciones

y los Planos; estarán escritos en el idioma para comunicaciones

definido en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma] e incluirán la

información adicional solicitada por el Ingeniero para agregar a los

Planos a fin de coordinar los diseños de cada una de las Partes;

(c) el Contratista será responsable de esta parte, la cual, una vez

terminadas las Obras, servirá para el propósito para la que fue

concebida de conformidad como se señala en el Contrato; y

(d) antes de que inicien las Pruebas a la Terminación, el Contratista

proporcionará al Ingeniero la documentación ―conforme a obra‖ y

según corresponda, los manuales de operación y mantenimiento,

de conformidad con las Especificaciones y en suficiente detalle

como para que el Contratante pueda operar, mantener, desmontar,

reensamblar, ajustar o reparar esta parte de las Obras. Dicha parte

no se considerará terminada para los fines de la recepción con

arreglo a la Subcláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones]

hasta que se hayan proporcionado al Ingeniero la documentación y

los manuales mencionados.

4.2 Garantía de

Cumplimiento

El Contratista obtendrá (a su costo) una Garantía de Cumplimiento por el

monto y monedas estipulados en los Datos del Contrato. Esta

Subcláusula no se aplicará en los casos en que no se especifique un

monto en los Datos del Contracto.

El Contratista suministrará la Garantía de Cumplimiento dentro de un

plazo que no exceda de 28 días después de haber recibido la Carta de

Aceptación, y enviará una copia al Ingeniero. La Garantía de

Cumplimiento deberá haber sido emitida por una entidad y provenir de

un país (u otra jurisdicción) aprobados por el Contratante, y tendrá la

forma que se adjunte a las Condiciones Especiales u otra forma que

apruebe el Contratante.

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Sección VII. Condiciones generales 276

El Contratista se asegurará de que la Garantía de Cumplimiento sea

válida y exigible hasta que el Contratista ejecute y termine las Obras y

repare cualquier defecto. Si en los términos de la Garantía de

Cumplimiento se estipula una fecha de vencimiento y 28 días antes de

ésta el Contratista todavía no está en condiciones de recibir el Certificado

de Cumplimiento, el Contratista deberá prorrogar el período de validez

de la Garantía de Cumplimiento hasta que se terminen las Obras y se

reparen los defectos.

El Contratante no podrá hacer reclamaciones en virtud de la Garantía de

Cumplimiento, salvo por los montos que le correspondan al amparo del

Contrato. El Contratante indemnizará y amparará al Contratista contra y

de todos los daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de

abogados y gastos legales) que se generen a raíz de una reclamación al

amparo de la Garantía de Cumplimiento en la medida en que el

Contratante no hubiera tenido derecho a hacer la reclamación.

El Contratante devolverá la Garantía de Cumplimiento al Contratista

dentro del plazo de 21 días de haber recibido una copia del Certificado

de Cumplimiento.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el resto de esta Subcláusula, en los casos

en que el Ingeniero decida aumentar o reducir el Precio del Contrato a

raíz de un cambio en el costo y/o la legislación o como resultado de una

Variación que supere el 25% de la porción del Precio del Contrato

pagadera en una moneda específica, el Contratista, a solicitud del

Ingeniero, procederá sin demora a aumentar o reducir, según

corresponda, el valor de la Garantía de Cumplimiento en esa moneda, en

el mismo porcentaje.

4.3 Representante del

Contratista

El Contratista nombrará al Representante del Contratista y le conferirá

todas las facultades necesarias para que actúe en nombre del Contratista

para los fines del Contrato.

Salvo que el nombre del Representante del Contratista aparezca en el

Contrato, el Contratista suministrará al Ingeniero para su aprobación,

antes de la fecha de inicio, el nombre y la información de la persona que

propone como Representante del Contratista. Si se niega la aprobación o

se revoca según la Subcláusula 6.9 [Personal del Contratista], o si la

persona designada no ejerce sus funciones como Representante del

Contratista, el Contratista seguirá el mismo procedimiento para presentar

el nombre y la información de otra persona adecuada para el cargo en

cuestión.

El Contratista no podrá revocar el nombramiento del Representante del

Contratista, ni nombrar a un sustituto, sin el consentimiento previo del

Ingeniero.

El Representante del Contratista dedicará todo su tiempo a dirigir el

cumplimiento del Contrato por parte del Contratista. Si el Representante

del Contratista debe ausentarse temporalmente del Lugar de las Obras

durante la ejecución de éstas, se nombrará a un sustituto adecuado, con

el previo consentimiento del Ingeniero, a quien deberá darse la debida

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Sección VII. Condiciones generales 277

notificación.

El Representante del Contratista recibirá instrucciones en nombre del

Contratista, de conformidad con la Subcláusula 3.3 [Instrucciones del

Ingeniero].

El Representante del Contratista podrá delegar facultades, funciones y

poderes en cualquier persona competente, y podrá revocar dicha

delegación en cualquier momento. Las delegaciones o revocaciones no

entrarán en vigor sino una vez que el Ingeniero haya recibido una

notificación previa firmada por el Representante del Contratista en la que

se señale el nombre de la persona y se especifiquen las facultades, las

funciones y los poderes delegados o revocados.

El Representante del Contratista hablará con fluidez el idioma para

comunicaciones definido en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma]. Si los

delegados del Representante del Contratista no hablan con fluidez el

idioma mencionado, el Contratista se asegurará de que haya intérpretes

competentes durante todas las horas de trabajo, en un número que el

Ingeniero considere suficiente.

4.4 Subcontratistas

El Contratista no subcontratará la totalidad de las obras.

El Contratista será responsable de las acciones u omisiones de cualquier

Subcontratista, sus agentes o empleados, como si fueran las suyas

propias. Salvo indicación en contrario en las Condiciones Especiales:

(a) el Contratista no estará obligado a obtener aprobación cuando se

trate de proveedores de Materiales únicamente, o para la

contratación de un Subcontratista que esté designado en el

Contrato;

(b) se obtendrá el consentimiento previo del Ingeniero cuando se trate

de la contratación de otros Subcontratistas que propongan;

(c) el Contratista notificará al Ingeniero, con al menos 28 días de

anticipación, sobre la fecha prevista de inicio del trabajo de cada

Subcontratista, y del comienzo de dicho trabajo en el Lugar de las

Obras; y

(d) cada subcontrato incluirá disposiciones que den al Contratante el

derecho de exigir que se le ceda el subcontrato con arreglo a la

Subcláusula 4.5 [Cesión de Beneficio de Subcontrato] (conforme

proceda) o en el caso de terminaci6n en virtud de la Subcláusula

15.2 [Terminación por parte del Contratante].

El Contratista se asegurará de que los requisitos que se le imponen en la

Subcláusula 1.12 [Confidencialidad] se apliquen igualmente a todos los

Subcontratistas .

En la medida de lo posible, el Contratista dará justas y razonables

oportunidades a contratistas del País, para ser nombrados

Subcontratistas.

4.5 Cesión de

Beneficio de

Subcontrato

Si las obligaciones de un Subcontratista siguen vigentes después de la

fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos

pertinente, el Contratista deberá ceder al Contratante el beneficio de

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Sección VII. Condiciones generales 278

dichas obligaciones, si el Ingeniero así se lo exige antes de esa fecha.

Salvo indicación diferente en la cesión, el Contratista no será

responsable ante el Contratante por los trabajos que realice el

Subcontratista después de la entrada en vigor de la cesión.

4.6 Cooperación

El Contratista ofrecerá, conforme se estipule en el Contrato o indique el

Ingeniero, suficientes oportunidades de trabajo a :

(a) el Personal del Contratante,

(b) otros contratistas contratados por el Contratante, y

(c) el personal de cualquier entidad pública legalmente constituida,

quienes podrán estar empleadas en el Lugar de las Obras o en sus

inmediaciones para la ejecución de trabajos no incluidos en el Contrato.

Cualquiera de esas instrucciones constituirá una Variación en la medida

en que obligue al Contratista a sufrir retrasos y a incurrir en un Costo

Imprevisto. Los servicios para ese personal y otros Contratistas pueden

incluir el uso de Equipos del Contratista, Obras Temporales o arreglos en

materia de acceso que son responsabilidad del Contratista.

Si en virtud del Contrato se exige al Contratante que conceda al

Contratista posesión de cualquier cimiento, estructura, instalación o

medio de acceso de conformidad con los Documentos del Contratista, el

Contratista suministrará dichos documentos al Ingeniero en el plazo y la

forma indicados en las Especificaciones.

4.7 Trazado

El Contratista trazará las Obras en función de los puntos originales,

líneas y niveles de referencia especificados en el Contrato o

notificados al Ingeniero. El Contratista será responsable del correcto

posicionamiento de todas las partes de las Obras, y rectificará cualquier

error en las posiciones , niveles, dimensiones o alineamiento de las

mismas.

El Contratante será responsable de cualquier error en los parámetros de

referencia señalados o notificados, pero el Contratista tratará

razonablemente de verificar la precisión de dichos datos antes de que se

utilicen.

Si el Contratista sufre una demora o incurre en Costos por realizar

trabajos requeridos a raíz de un error en los parámetros de referencia,

que un contratista con experiencia no hubiera podido detectar

razonablemente dicho error y evitar esa demora o ese Costo, el

Contratista notificará de ello al Ingeniero y, con arreglo a la Subcláusula

20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha

retrasado o se retrasará la Terminación de las Obras, en virtud de la

Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el

Precio del Contrato.

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Sección VII. Condiciones generales 279

Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con

la Subcláusula 3.5 [Decisiones] con el fin de acordar o decidir i) si y (si

procede) en qué medida no se hubiera podido detectar el error de manera

razonable, y ii) si los asuntos que se señalan en los incisos (a) y (b) supra

se relacionan con dicha medida.

4.8 Procedimientos de

Seguridad

El Contratista deberá:

(a) cumplir con todas las regulaciones de seguridad aplicables ,

(b) velar por la seguridad de todas las personas autorizadas a estar en el

Lugar de las Obras,

(c) hacer lo razonable para mantener el Lugar de las Obras y las

propias Obras libres de obstrucciones innecesarias a fin de evitar

situaciones peligrosas para dichas personas,

(d) proporcionar cercas, alumbrado, protección y vigilancia para las

Obras hasta que éstas se terminen y entreguen con arreglo a la

Cláusula 10 [Recepción por parte del Contratante], y

(e) proporcionar cualesquiera Obras Temporales (incluidos caminos,

senderos, guardias y cercas) que puedan ser necesarias a raíz de la

ejecución de las Obras, para el uso y la protección del público y los

propietarios y ocupantes de los terrenos adyacentes.

4.9 Control de

Calidad

El Contratista establecerá un sistema de control de calidad para

demostrar el cumplimiento de los requisitos del Contrato. El sistema se

ceñirá a la información que figura en el Contrato. El Ingeniero podrá

auditar cualquier aspecto del sistema.

Deberán presentarse al Ingeniero, para su información, detalles de todos

los procedimientos y documentos de cumplimiento antes del inicio de

cada etapa de diseño y ejecución. Todos los documentos de naturaleza

técnica que se emitan para el Ingeniero deberán ostentar comprobante de

la aprobación previa del propio Contratista.

El cumplimiento del sistema de control de calidad no eximirá al

Contratista de ninguno de sus deberes, obligaciones o responsabilidades

en virtud del Contrato.

4.10 Datos del Lugar de

las Obras

Antes de la Fecha Base, el Contratante deberá haber proporcionado al

Contratista, para su información, todos los datos pertinentes de los que

disponga sobre las condiciones subterráneas e hidrológicas del Lugar de

las Obras, incluidos aspectos ambientales. A su vez, el Contratante

pondrá a disposición del Contratista todos los datos de esa índole que

obtenga después de la Fecha Base. El Contratista será responsable de

interpretar todos esos datos.

En la medida en que fuera posible (tomando en cuenta el costo y el

tiempo), se considerará que el Contratista ha obtenido toda la

información necesaria acerca de los riesgos, imprevistos y otras

circunstancias que puedan tener influencia o incidencia en la Oferta o las

Obras. En la misma medida, se considerará que el Contratista ha

inspeccionado y examinado el Lugar de las Obras, sus alrededores, los

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Sección VII. Condiciones generales 280

datos mencionados anteriormente y otra información disponible, y que

antes de presentar la Oferta estaba satisfecho con respecto a todos los

asuntos pertinentes, incluidos ( más no de manera exclusiva):

(a) la forma y la naturaleza del Lugar de las Obras, incluidas las

condiciones subterráneas,

(b) las condiciones hidrológicas y climáticas,

(c) la medida y la naturaleza de los trabajos y Bienes necesarios para la

ejecución y terminación de las Obras y la reparación de

cualesquiera defectos,

(d) la legislación, los procedimientos y las prácticas laborales del País,

y

(e) los requisitos del Contratista en cuanto a acceso, alojamiento,

dependencias, personal, electricidad, transporte, agua y otros

servicios.

4.11 Suficiencia del

Monto

Contractual

Aceptado

Se considerará que el Contratista:

(a) está satisfecho con el Monto Contractual Aceptado en términos de

su idoneidad y suficiencia, y

(b) basó el Monto Contractual Aceptado en los datos, las

interpretaciones, la información necesaria, las inspecciones, los

exámenes y el cumplimiento de todos los asuntos pertinentes que se

especifican en la Subcláusula 4.10 [Datos del Lugar de las Obras].

Salvo indicación en otro sentido en el Contrato, el Monto Contractual

Aceptado cubre todas las obligaciones del Contratista en virtud del

Contrato (incluidas las que se establezcan bajo Montos Provisionales, si

los hubiere) y todos los aspectos necesarios para ejecutar y terminar

adecuadamente las Obras y reparar cualesquiera defectos.

4.12 Condiciones

Físicas

Imprevisibles

En esta Subcláusula, ―condiciones físicas‖ se refiere a condiciones

físicas naturales y artificiales, así como otras obstrucciones y

contaminantes físicos que el Contratista encuentre en el Lugar de las

Obras durante la ejecución de las mismas, incluidas condiciones

subterráneas e hidrológicas pero no climáticas.

Si el Contratista se enfrenta con condiciones físicas adversas que

considere Imprevisibles, notificará de ello al Ingeniero tan pronto como

sea posible.

En esa notificación se describirán las condiciones físicas, de manera que

el Ingeniero pueda inspeccionarlas, y se expondrán las razones por las

que el Contratista las considera condiciones Imprevisibles. El

Contratista seguirá con la ejecución de las Obras adoptando las medidas

que sean adecuadas y razonables para las condiciones físicas, y cumplirá

las instrucciones que pueda darle el Ingeniero. Si alguna orden constituye

una Variación, se aplicará la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes].

Si, habiendo encontrado condiciones físicas que sean Imprevisibles, el

Contratista hace la notificación al respecto y sufre demoras o incurre en

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Sección VII. Condiciones generales 281

Costos a raíz de las condiciones mencionadas, el Contratista tendrá

derecho a la notificación indicada en la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones

del Contratista], a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha

retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, de

conformidad con la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de

Terminación], y

(b) el pago de dichos Costos, que se incluirán en el Precio del

Contrato.

Tras recibir la notificación y examinar o investigar las condiciones

físicas, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5

[Decisiones] con el fin de acordar o resolver i) si y (si procede) en qué

medida esas condiciones físicas eran Imprevisibles, y ii) si los asuntos

que se describen en los incisos (a) y (b) supra guardan relación con esa

medida.

Sin embargo, antes de llegar a un acuerdo definitivo o decisión respecto

del Costo adicional con arreglo al inciso (ii), el Ingeniero también podrá

analizar si otras condiciones físicas en partes similares de las Obras (si

las hubiere) eran más favorables de lo que podría haberse previsto

cuando el Contratista presentó la Oferta. Si, y en la medida en que fueren

encontradas esas condiciones más favorables, el Ingeniero podrá

proceder de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] con el fin

de llegar a un acuerdo o decisión respecto de las reducciones de Costo

originadas por dichas condiciones, que podrán incluirse (como

deducciones) en el Precio del Contrato y los Certificados de Pago. Sin

embargo, el efecto neto de todos los ajustes en virtud del inciso (b) y

todas las reducciones mencionadas, por todas las condiciones físicas que

se encuentren en partes similares de las obras, no darán lugar a una

reducción neta del Precio del Contrato.

El Ingeniero deberá tomar en cuenta cualquier evidencia de las

condiciones físicas previstas por el Contratista cuando presentó la Oferta,

evidencias que el Contratista deberá facilitar; sin embargo, la

interpretación de esas evidencias por parte del Contratista no tendrá

carácter obligatorio para el Ingeniero.

4.13 Servidumbre de

Paso y

Dependencias

Salvo indicación diferente en el Contrato, el Contratante deberá proveer

acceso al, y posesión del, Lugar de las Obras, incluyendo las servidumbres

de paso especiales y/o temporales que puedan ser necesarias para las Obras.

El Contratista también obtendrá, a su riesgo y expensas, cualquier

servidumbre de paso o instalaciones adicionales fuera del Lugar de las

Obras que pueda necesitar para fines de las Obras.

4.14 No interferencia

El Contratista no interferirá en forma innecesaria ni inadecuada con:

(a) la comodidad del público, ni

(b) el acceso a y uso y ocupación de todos los caminos y senderos,

independientemente de que sean públicos o estén en posesión del

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Sección VII. Condiciones generales 282

Contratante o de otros.

El Contratista deberá indemnizar y amparar al Contratante de todos los

daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados )

que se generen a raíz de una interferencia innecesaria o inadecuada de

esa índole.

4.15 Ruta de Acceso

Se considerará que el Contratista está satisfecho con la conveniencia y

disponibilidad de las rutas de acceso al Lugar de las Obras el día de la

Fecha Base. El Contratista hará lo razonablemente posible por evitar los

daños que pueda sufrir cualquier camino o puente como resultado del

tráfico del Contratista o su personal. Ello incluye el uso adecuado de

vehículos y rutas apropiados.

Salvo indicación diferente en estas Condiciones:

(a) el Contratista será (al igual que entre las Partes) responsable de

cualquier mantenimiento que sea necesario por el uso que haga de

las rutas de acceso;

(b) el Contratista proporcionará todas las señalizaciones o

instrucciones necesarias a lo largo de las rutas de acceso, y

obtendrá los permisos necesarios de las autoridades pertinentes

para usar dichas rutas, señalizaciones e instrucciones;

(c) el Contratante no será responsable de las reclamaciones que surjan

del uso de cualquier ruta de acceso, ni por otro motivo en relación

con la misma;

(d) el Contratante no garantiza la idoneidad ni la o disponibilidad de

ninguna ruta de acceso en particular; y

(e) los costos que se generen por la falta de idoneidad o disponibilidad

de las rutas de acceso para el uso requerido por el Contratista,

correrán por cuenta de éste.

4.16 Transporte de

Bienes

Salvo disposición en sentido diferente en las Condiciones Especiales:

(a) el Contratista notificará al Ingeniero con al menos 21 días de

anticipación sobre la fecha de entrega de cualquier Equipo u otra

parte importante de otros Bienes en el Lugar de las Obras;

(b) el Contratista será responsable de empacar, cargar, transportar,

recibir, descargar, almacenar y proteger todos los Bienes y demás

elementos necesarios para las Obras; y

(c) el Contratista indemnizará y amparará al Contratante de todos los

daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de

abogados y gastos legales) que se generen del transporte de Bienes,

y negociará y pagará todas las reclamaciones que surjan a raíz del

transporte de los mismos.

4.17 Equipos del

Contratista

El Contratista será responsable de todos sus Equipos. Una vez que se

lleven al Lugar de las Obras, se considerará que los Equipos del

Contratista se usarán exclusivamente para la ejecución de las Obras. El

Contratista no retirará del Lugar de las Obras ningún elemento

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Sección VII. Condiciones generales 283

importante de sus Equipos sin el consentimiento previo del Ingeniero.

Sin embargo, dicho consentimiento no será necesario para vehículos que

transporten Bienes o Personal del Contratista fuera del Lugar de las

Obras.

4.18 Protección del

Medio Ambiente

El Contratista tomará todas las medidas razonables para proteger el

medio ambiente (tanto dentro como fuera del Lugar de las Obras) y para

limitar los daños y las alteraciones que se puedan crear a las personas y

las propiedades como consecuencia de la contaminación, el ruido y otros

resultados de sus operaciones.

El Contratista velará por que las emisiones y las descargas superficiales

y efluentes que se produzcan como resultado de sus actividades no

excedan los valores señalados en las Especificaciones o dispuestas por

las leyes aplicables .

4.19 Electricidad, Agua

y Gas

Salvo en los casos que se señalan más abajo, el Contratista será

responsable de suministrar la electricidad, el agua y los demás servicios

que necesite para las actividades de construcción y, en la medida

establecida en las Especificaciones, para las pruebas.

El Contratista tendrá derecho a usar para los fines de las Obras los

suministros de electricidad, agua, gas y otros servicios que se encuentren

disponibles en el Lugar de las Obras y cuyos detalles y precios figuren

en las Especificaciones. El Contratista suministrará, a su riesgo y

expensas, los aparatos necesarios para hacer uso de esos servicios y

medir las cantidades consumidas.

El Ingeniero dará su aprobación , o determinará, las cantidades

consumidas y los montos pagaderos (a esos precios) por concepto de

dichos servicios, de conformidad con las Subcláusulas 2.5

[Reclamaciones del Contratante] y 3.5 [Decisiones]. El Contratista

pagará dichos montos al Contratante.

4.20 Equipos del

Contratante y

Materiales de

Libre Disposición

El Contratante pondrá sus Equipos (si los hubiere) a disposición del

Contratista para la ejecución de las Obras, de conformidad con los detalles,

arreglos y precios señalados en las Especificaciones. Salvo indicación en

sentido diferente en las Especificaciones:

(a) el Contratante será responsable de sus Equipos, salvo que

(b) el Contratista será responsable de cada elemento de los Equipos del

Contratante cuando cualquiera de los miembros del Personal del

Contratista los opere, conduzca, dirija o esté en posesión o control

de los mismos.

El Ingeniero acordará o determinará las cantidades adecuadas y los

montos pagaderos (a los precios establecidos) por el uso de los Equipos

del Contratante de conformidad con las Subcláusulas 2.5

[Reclamaciones del Contratante] y 3.5 [Decisiones]. El Contratista

pagará dichos montos al Contratante.

El Contratante proporcionará, sin costo alguno, los ―materiales de libre

disposición‖ (si los hubiere) de conformidad con la información que se

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Sección VII. Condiciones generales 284

señale en las Especificaciones. El Contratante proporcionará, a su riesgo

y expensas, dichos materiales en la fecha y lugar señalados en el

Contrato. El Contratista los inspeccionará visualmente y notificará con

prontitud al Ingeniero sobre cualquier falta, defecto u omisión al

respecto. A no ser que las Partes acuerden otra cosa, el Contratante

rectificará de inmediato la falta, defecto u omisión que se le haya

notificado.

Tras esa inspección visual, los materiales de libre disposición pasarán a

estar bajo el cuidado, custodia y control del Contratista. Las obligaciones

del Contratista en materia de inspección, cuidado, custodia y control no

eximirán al Contratante de su responsabilidad por cualquier falta,

defecto u omisión no advertida en una inspección visual.

4.21 Informes de

Avance

Salvo que se exprese otra cosa en las Condiciones Especiales, el

Contratista elaborará informes mensuales de avance, que presentará al

Ingeniero en 6 copias . El primer informe cubrirá el período desde la

Fecha de Inicio hasta el final del primer mes calendario. De ahí en

adelante se presentarán informes mensuales, cada uno dentro del plazo

de 7 días contados a partir del último día del período en cuestión.

Se presentarán informes hasta que el Contratista haya terminado todo el

trabajo que se sepa que está pendiente a la fecha de terminación que se

indique en el Certificado de Recepción de Obra.

Los informes incluirán:

(a) gráficos y descripciones detalladas del avance alcanzado, incluida

cada etapa de diseño (si la hubiere), los Documentos del

Contratista, las adquisiciones, las fabricaciones, las entregas en el

Lugar de las Obras, la construcción, el montaje y las pruebas; y

también incluye estas mismas etapas de trabajo correspondientes a

cada uno de los Subcontratistas designados (conforme se define en

la Cláusula 5 [Subcontratistas Designados]);

(b) fotografías que reflejen el correspondiente estado de fabricación y

el avance alcanzado en el Lugar de las Obras;

(c) en cuanto a la fabricación de cada elemento importante de los

rubros de Equipos y Materiales, el nombre del fabricante, la

ubicación de la fábrica, el porcentaje de avance y las fechas reales

o previstas para

(i) el inicio de la fabricación,

(ii) las inspecciones del Contratista,

(iii) las pruebas, y

(iv) el envío y la llegada al Lugar de las Obras;

(d) la información que se detalla en la Subcláusula 6.10 [Registros del

Personal y Equipos del Contratista];

(e) las copias de los documentos de control de calidad, resultados de

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Sección VII. Condiciones generales 285

las pruebas y certificados de Materiales;

(f) la lista de las notificaciones realizadas en virtud de las Subcláusulas

2.5 [Reclamaciones del Contratante] y 20.1 [Reclamaciones del

Contratista];

(g) estadísticas de seguridad, incluidos detalles sobre incidentes

peligrosos y actividades en cuanto a aspectos ambientales y

relaciones públicas, y

(h) comparaciones entre el avance realmente alcanzado y el previsto,

con detalles sobre cualquier hecho o circunstancia que pueda

afectar la terminación de las Obras de conformidad con el Contrato,

y las medidas que se estén tomando (o que se tomarán) para superar

las demoras.

4.22 Seguridad del

Lugar de las

Obras

Salvo disposición en sentido diferente en las Condiciones Especiales:

(a) el Contratista será responsable de mantener fuera del Lugar de las

Obras a personas no autorizadas, y

(b) las personas autorizadas se limitarán al Personal del Contratista y

del Contratante, y a cualquier otro empleado que el Contratante o el

Ingeniero notifiquen al Contratista, como personal autorizado de

los otros contratistas del Contratante en el Lugar de las Obras.

4.23 Operaciones del

Contratista en el

Lugar de las

Obras

El Contratista limitará sus actividades al Lugar de las Obras y a cualquier

otros sitios adicionales que obtenga como zonas adicionales de trabajo

con el acuerdo del Ingeniero. El Contratista tomará todas las

precauciones necesarias para mantener sus Equipos y su Personal dentro

del Lugar de las Obras y dichas zonas adicionales y mantenerlos fuera de

los terrenos adyacentes.

Durante la ejecución de las Obras, el Contratista mantendrá el Lugar de

las Obras libre de obstrucciones innecesarias y almacenará, o dispondrá

de, los Equipos del Contratista o los materiales excedentes. El

Contratista despejará el Lugar de las Obras y eliminará los escombros, la

basura y las Obras Temporales que ya no se necesiten.

Al emitirse un Certificado de Recepción de Obra, el Contratista

despejará y retirará de la parte del Lugar de las Obras y las Obras a que

se refiere dicho Certificado todos sus Equipos, materiales excedentes,

desperdicios, basura y Obras Temporales. El Contratista dejará esa parte

del Lugar de las Obras y las Obras referidas limpias y seguras. Sin

embargo, el Contratista podrá retener en dicho Lugar, durante el plazo

para la Notificación de Defectos, los Bienes que necesite para cumplir

sus obligaciones en virtud del Contrato.

4.24 Fósiles

Los fósiles, monedas, artículos de valor o antigüedad y estructuras y

otros restos o elementos de interés geológico o arqueológico que se

encuentren en el Lugar de las Obras quedarán bajo el cuidado y la

autoridad del Contratante. El Contratista tomará precauciones

razonables para evitar que su Personal u otras personas retiren o dañen

cualquiera de esos objetos encontrados.

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Sección VII. Condiciones generales 286

Al descubrirse cualquiera de esos objetos, el Contratista notificará

rápidamente de ello al Ingeniero, quien le impartirá instrucciones al

respecto. Si el Contratista sufre alguna demora y/o incurre en algún

Costo por cumplir las instrucciones, hará una nueva notificación al

Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del

Contratista], tendrá derecho a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora, si se ha

retrasado o se anticipa que se retrasará la terminación de las Obras,

en virtud de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de

Terminación], y

(b) el pago de dicho Costo, el que se incluirá en el Precio del Contrato.

Tras recibir esa nueva notificación, el Ingeniero procederá de

conformidad con la Subcláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a

un acuerdo o determinación al respecto.

5. Subcontratistas Designados

5.1 Definición de

“Subcontratista

Designado”

En el Contrato se entiende por ―Subcontratista designado‖ un

subcontratista:

(a) que figure en el Contrato como tal, o

(b) que el Contratista deba emplear como tal por orden del Ingeniero,

con arreglo a la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes] y la

Subcláusula 5.2 [Objeciones a las Designaciones].

5.2 Objeciones a las

Designaciones

El Contratista no tendrá ninguna obligación de contratar a un

Subcontratista designado contra el que presente objeciones razonables

mediante notificación al Ingeniero, tan pronto como sea posible, junto

con los detalles al respecto. Salvo que el Contratante acuerde por escrito

eximir al Contratista de las respectivas consecuencias, las objeciones se

considerarán razonables si se derivan (entre otros) de cualquiera de los

siguientes aspectos:

(a) existen razones para creer que el Subcontratista no posee la

competencia, los recursos o la solidez financiera suficientes;

(b) el Subcontratista designado no acepta indemnizar al Contratista

contra y de cualquier negligencia o mal uso de los Bienes por parte

del Subcontratista designado, sus representantes y empleados; o

(c) el subcontratista designado no acepta el contrato de subcontratista,

el cual estipula que para el trabajo subcontratado (incluido el

diseño, si procede), el Subcontratista designado deberá:

(i) comprometerse frente al Contratista a asumir las

obligaciones y responsabilidades que le permitan a éste

cumplir sus obligaciones y responsabilidades en virtud del

Contrato, y

(ii) indemnizar al Contratista de todas las obligaciones y

responsabilidades que se deriven del Contrato o se vinculen

con él, así como de las consecuencias de cualquier

incumplimiento del Subcontratista en relación con dichas

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Sección VII. Condiciones generales 287

obligaciones o responsabilidades.

(iii) ser pagado sólo cuando el Contratista haya recibido del

Contratante los pagos de cantidades adeudadas en virtud del

subcontrato referido, de conformidad con lo indicado en la

Subcláusula 5.3 [Pagos Para los Subcontratistas Designados].

5.3 Pagos a

Subcontratistas

Designados

El Contratista pagará al Subcontratista designado los montos de los

recibos del Subcontratista designado aprobados por el Contratista y que

el Ingeniero certifique como pagaderos de conformidad con el

subcontrato. Esos montos y demás cargos se incluirán en el Precio del

Contrato de acuerdo con el inciso (b) de la Subcláusula 13.5 [Montos

Provisionales], salvo lo dispuesto en la Subcláusula 5.4 [Comprobantes

de Pago].

5.4 Comprobantes de

Pago

Antes de emitir un Certificado de Pago que incluya un monto pagadero a

un Subcontratista designado, el Ingeniero podrá solicitar al Contratista

que demuestre razonablemente que el Subcontratista designado ha

recibido todos los montos adeudados de conformidad con Certificados

de Pago anteriores, menos las deducciones aplicables por retención u

otros conceptos. A menos que el Contratista:

(a) presente dichas pruebas razonables al Ingeniero, o

(b)

(i) demuestre al Ingeniero por escrito que el Contratista tiene

razonablemente el derecho de retener dichos montos o

denegar el pago de los mismos, y

(ii) presente al Ingeniero pruebas razonables que el Subcontratista

designado ha sido notificado sobre el derecho del Contratista,

el Contratante podrá (a su sola discreción ) pagar, directamente al

Subcontratista designado, parcial o totalmente, los montos certificados

con anterioridad (menos las deducciones correspondientes) que sean

pagaderos al Subcontratista designado y para los cuales el Contratista no

haya presentado las pruebas que se señalan en los incisos (a) o (b) supra.

En ese caso, el Contratista devolverá al Contratante el monto que éste

haya pagado directamente al Subcontratista.

6. Personal y Mano de Obra

6.1 Contratación de

Personal y Mano

de Obra

Salvo disposición en sentido diferente en las Especificaciones, el

Contratista deberá encargarse de contratar a todo el personal y la mano

de obra, de origen nacional o de otra procedencia, así como de su

remuneración, alimentación, transporte, y cuando corresponda,

alojamiento.

Se alentará al Contratista a que, en la medida de lo posible y razonable,

contrate dentro del País personal y mano de obra que cuenten con las

calificaciones y la experiencia adecuadas.

6.2 Nivel Salarial y El Contratista deberá pagar niveles salariales y adoptar condiciones de

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Sección VII. Condiciones generales 288

Condiciones de

Trabajo

trabajo que no sean inferiores a los establecidos para la profesión o la

industria donde se lleve a cabo el trabajo. De no haber niveles salariales

ni condiciones laborales aplicables, el Contratista pagará niveles

salariales y se ceñirá a condiciones que no resulten inferiores al nivel

general de remuneraciones y condiciones observados localmente por

contratantes cuyo negocio o industria sean similares a los del

Contratista.

El Contratista informará a su Personal acerca de su obligación de pagar

impuestos sobre la renta en el País respecto de sus sueldos, salarios,

subsidios y cualesquiera otros beneficios gravables en virtud de las leyes

del País vigentes en ese momento, y el Contratista cumplirá las

obligaciones que por ley le correspondan en relación con las respectivas

deducciones.

6.3 Personas al

Servicio del

Contratante

El Contratista no contratará, ni tratará de contratar, personal ni mano de

obra que forme parte del Personal del Contratante.

6.4 Leyes laborales

El Contratista cumplirá todas las Leyes laborales pertinentes aplicables

al Personal del Contratista, incluidas las Leyes en materia de empleo,

salud, seguridad, bienestar social, inmigración y emigración, y permitirá

que gocen de todos sus derechos legales .

El Contratista exigirá a sus empleados que obedezcan las leyes

aplicables, incluidas aquellas relacionadas con la seguridad en el lugar

de trabajo.

6.5 Horas de Trabajo

En el Lugar de las Obras no se trabajará en días localmente reconocidos

como de descanso ni fuera de las horas regulares de trabajo que se

establezcan en los Datos del Contrato, a menos que:

(a) en el Contrato se estipule otra cosa,

(b) el Ingeniero así lo apruebe, o

(c) el trabajo sea inevitable o necesario para la protección de la vida o

la propiedad o para la seguridad de las Obras, en cuyo caso el

Contratista informará de ello inmediatamente al Ingeniero.

6.6 Instalaciones para

el Personal y la

Mano de Obra

Salvo que se indique otra cosa en las Especificaciones, el Contratista

proporcionará y mantendrá todas las instalaciones para alojamiento y

bienestar social que sean necesarios para su personal. El Contratista

también proporcionará instalaciones para el Personal del Contratante

conforme se señala en las Especificaciones.

El Contratista no permitirá que ningún integrante de su Personal resida

temporal o permanentemente dentro de las estructuras que conforman las

Obras Permanentes.

6.7 Salud y Seguridad

El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones

razonables para mantener la salud y la seguridad del Personal del

Contratista. En colaboración con las autoridades sanitarias locales, el

Contratista se asegurará de que el Lugar de las Obras y cualesquiera

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Sección VII. Condiciones generales 289

lugares de alojamiento para el Personal del Contratista y el Personal del

Contratante estén siempre provistos de personal médico, instalaciones de

primeros auxilios y servicios de enfermería y ambulancia, y de que se

tomen medidas adecuadas para satisfacer todos los requisitos en cuanto a

bienestar e higiene, así como para prevenir epidemias.

El Contratista nombrará a un oficial de prevención de accidentes en el

Lugar de las Obras, que se encargará de velar por la seguridad y la

protección contra accidentes. Esa persona estará calificada para asumir

dicha responsabilidad y tendrá autoridad para impartir instrucciones y

tomar medidas de protección para evitar accidentes. Durante la ejecución

de las Obras, el Contratista proporcionará todo lo que dicha persona

necesita para ejercer esa responsabilidad y autoridad.

El Contratista enviará al Ingeniero, a la mayor brevedad posible,

información detallada sobre cualquier accidente que ocurra. El

Contratista mantendrá un registro y hará informes acerca de la salud, la

seguridad y el bienestar de las personas, así como de los daños a la

propiedad, según lo solicite razonablemente el Ingeniero.

Prevención del VIH/SIDA. El Contratista llevará a cabo un programa

de concientización sobre el VIH/SIDA por medio de un proveedor de

servicios aprobado, y tomará todas las demás medidas que se

especifiquen en el Contrato para reducir el riesgo de transmisión del

virus VIH entre el personal del Contratista y la comunidad local,

promover diagnósticos oportunos y brindar asistencia a las personas

afectadas.

Durante la vigencia del Contrato (incluido el Período para la

Notificación de Defectos), el Contratista (i) realizará campañas de

comunicación con fines de información, educación y consulta (IEC), al

menos cada dos meses, dirigidas a todo el personal y la mano de obra del

Lugar de las Obras (incluidos todos los empleados del Contratista, los

Subcontratistas y los empleados de los Consultores, así como todos los

camioneros y obreros que hagan entregas en el Lugar de las Obras para

actividades de construcción) y a las comunidades locales adyacentes,

sobre los riesgos, el peligro, el impacto y las medidas adecuadas para

evitar las enfermedades transmitidas sexualmente —o infecciones

transmitidas sexualmente en general y VIH/SIDA en particular;

(ii) suministrará preservativos masculinos o femeninos a todo el personal

y la mano de obra del Lugar de las Obras según corresponda; y

(iii) ofrecerá servicios de examen, diagnóstico, asesoramiento y envío de

casos a un programa nacional exclusivo sobre infecciones transmitidas

sexualmente y VIH/SIDA (salvo que se acuerde de otra manera), a todo

el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras.

El Contratista incluirá en el programa que se presentará para la ejecución

de las Obras en virtud de la Subcláusula 8.3 un programa paliativo para

el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras y sus familiares,

sobre infecciones y enfermedades transmitidas sexualmente, incluido el

VIH/SIDA. En dicho programa se indicará la fecha, la manera y el costo

que tenga previsto el Contratista para cumplir los requisitos que se

señalan en esta Subcláusula y las especificaciones conexas. Para cada

componente, el programa desglosará los recursos que se proporcionarán

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Sección VII. Condiciones generales 290

o utilizarán y cualquier subcontratación que se proponga. El programa

incluirá asimismo una estimación de costos pormenorizada y la

documentación correspondiente. El pago que recibirá el Contratista por

elaborar y poner en marcha este programa no superará el Monto

Provisional destinado a este fin.

6.8 Supervisión del

Contratista

Durante la ejecución de las Obras y posteriormente por el tiempo que sea

necesario para cumplir las obligaciones del Contratista, éste

proporcionará toda la supervisión necesaria para planificar, organizar,

dirigir, administrar, inspeccionar y poner a prueba el trabajo.

La labor de supervisión estará a cargo de un número suficiente de

personas que posean conocimientos adecuados del idioma para

comunicaciones (definido en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma]) y de las

operaciones que se llevarán a cabo (incluidos los métodos y técnicas

requeridos , los posibles peligros y los métodos de prevención de

accidentes), para la ejecución satisfactoria y segura de las Obras.

6.9 Personal del

Contratista

El Personal del Contratista contará con las calificaciones, aptitudes y

experiencia adecuadas en sus respectivos campos de actividad u

ocupaciones. El Ingeniero podrá exigir al Contratista que despida (o que

haga que se despida) a cualquier persona empleada en el Lugar de las

Obras o en las Obras, incluido el Representante del Contratista si

procede, quien :

(a) cometa repetidos actos de mal comportamiento o falta de cuidado,

(b) realice sus labores en forma incompetente o negligente,

(c) no cumpla alguna(s) de las disposiciones establecidas en el

Contrato, o

(d) persista en un comportamiento que sea perjudicial para la

seguridad, la salud o la protección del medio ambiente.

Si procede, el Contratista nombrará (o hará que se nombre) en su

reemplazo a otra persona adecuada.

6.10 Registro del

Personal y los

Equipos del

Contratista

El Contratista presentará al Ingeniero detalles sobre el número de cada

una de las clases de miembros de su Personal y de cada tipo de Equipos

que tiene en el Lugar de las Obras. Esos detalles se presentarán cada mes

calendario, en la forma que apruebe el Ingeniero, hasta que el Contratista

termine todos los trabajos que queden pendientes en la fecha de

terminación que se señala en el Certificado de Recepción de Obra.

6.11 Alteración del

Orden

El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones que sean

necesarias para evitar cualquier conducta ilegal, o que altere o perturbe

el orden por parte del Personal del Contratista o entre los miembros de

dicho Personal, y para preservar la paz y la protección de las personas y

los bienes que se encuentren en el Lugar de las Obras y los alrededores.

6.12 Personal

Extranjero

En la medida en que lo permitan las leyes aplicables, el Contratista podrá

traer al País al personal extranjero que sea necesario para la ejecución de

las Obras. El Contratista se asegurará que esas personas obtengan los

visados de residencia y los permisos de trabajo necesarios. Si el

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Sección VII. Condiciones generales 291

Contratista así lo solicita, el Contratante hará todo lo posible para

ayudarlo rápida y oportunamente a obtener los permisos locales,

estatales, nacionales o gubernamentales que sean necesarios para traer al

País dicho personal.

El Contratista será responsable de que esos miembros del personal

regresen a su lugar de contratación o a su domicilio. En el caso de que

alguno de esos empleados o alguno de sus familiares fallezca en el País,

el Contratista será igualmente responsable de hacer los arreglos

necesarios para su regreso o entierro.

6.13 Suministro de

Alimentos

El Contratista se encargará de que se suministre al Personal del

Contratista una cantidad suficiente de alimentos adecuados a precios

razonables, conforme se señale en las Especificaciones, para los fines del

Contrato o en relación con éste.

6.14 Abastecimiento de

Agua

Tomando en cuenta las condiciones locales, el Contratista suministrará

en el Lugar de las Obras una cantidad adecuada de agua potable y de otra

clase para el consumo del Personal del Contratista.

6.15 Medidas contra

Plagas e Insectos

El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones

necesarias para proteger a su Personal en el Lugar de las Obras contra

plagas e insectos, y para disminuir los consiguientes peligros para la

salud. El Contratista cumplirá todas las normativas de las autoridades

sanitarias locales, incluido el uso de insecticidas adecuados.

6.16 Bebidas

Alcohólicas y

Drogas

Salvo en la medida autorizada por las leyes del País, el Contratista no

importará, venderá, regalará, hará objeto de trueque ni dará otro destino

a bebidas alcohólicas o drogas, ni tampoco permitirá que su personal las

importe, venda, regale, haga objeto de trueque o deseche.

6.17 Armas y

Municiones

El Contratista no regalará , hará objeto de trueque ni dará otro destino a

armas o municiones de ningún tipo, ni tampoco permitirá que su

Personal lo haga.

6.18 Días Festivos y

Costumbres

Religiosas

El Contratista respetará los días festivos, los días de descanso y las

costumbres religiosas y de otra índole que se reconozcan en el País.

6.19 Preparativos de

Sepelio

El Contratista será responsable, en la medida en que lo exija la

legislación local, de hacer los preparativos de sepelio para cualquiera de

sus empleados locales que fallezca mientras trabaja en las Obras.

6.20 Prohibición de

Trabajo Forzoso u

Obligatorio

El Contratista no empleará ninguna forma de ―trabajo forzoso u

obligatorio‖. Por ―trabajo forzoso u obligatorio‖ se entiende todo trabajo

o servicio, realizado de manera involuntaria, que se obtenga de una

persona bajo amenaza de fuerza o sanción.

6.21 Prohibición de

Trabajo Infantil

Perjudicial

El Contratista no empleará a ningún niño para que realice un trabajo que

tenga características de explotación económica, pueda ser peligroso o

pueda interferir en la educación del niño, o sea perjudicial para su salud

o su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.

6.22 Registro de

Historia Laboral

El Contratista mantendrá un registro completo y preciso sobre el empleo

de trabajadores en el Lugar de las Obras. El registro incluirá los

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Sección VII. Condiciones generales 292

de los

Trabajadores

nombres, edades, sexos, horas trabajadas y salarios de todos los

trabajadores. El registro se resumirá una vez al mes y se enviará a el

Ingeniero, poniéndose a disposición de los Auditores para su inspección

durante horas regulares de trabajo. El registro se incluirá en los informes

detallados que debe presentar el Contratista en virtud de la Subcláusula

6.10 [Registro del Personal y Equipos del Contratista].

7. Equipos, Materiales y Mano de Obra

7.1 Modo de

Ejecución

El Contratista se encargará de la fabricación de los Equipos, la

producción y fabricación de los Materiales y toda otra tarea de ejecución

de las Obras:

(a) de la forma (si la hubiere ) que se señale en el Contrato,

(b) de manera profesional y cuidadosa, de conformidad con las mejores

prácticas reconocidas, y

(c) con dependencias debidamente equipadas y materiales no

peligrosos , salvo especificación diferente en el Contrato.

7.2 Muestras

El Contratista presentará al Ingeniero, para su aprobación, las siguientes

muestras de Materiales, e información pertinente, antes de usar los

Materiales en o para las Obras:

(a) muestras estándar de fábrica de Materiales y las muestras que se

especifiquen en el Contrato, todas por cuenta y cargo del

Contratista, y

(b) muestras adicionales encargadas por el Ingeniero como Variación.

Cada muestra se etiquetará según su origen y uso previsto en las Obras.

7.3 Inspección

En toda oportunidad que se considere razonable, el Personal del

Contratante:

(a) tendrá pleno acceso a todas las partes del Lugar de las Obras y a

todos los lugares de donde se están siendo extraídos Materiales

naturales, y

(b) durante la producción, fabricación y construcción (en el Lugar de

las Obras y en otros lugares ), tendrá derecho a examinar,

inspeccionar, medir y poner a prueba los materiales y la calidad del

trabajo de manufactura, así como a verificar el progreso de la

fabricación de los Equipos y de la producción y fabricación de los

Materiales.

El Contratista dará al personal del Contratante plena oportunidad de

llevar a cabo dichas actividades, incluyendo el acceso, las facilidades,

los permisos y el equipo de seguridad. Ninguna de estas actividades

eximirá al Contratista de ninguna obligación o responsabilidad.

El Contratista notificará al Ingeniero cuando se haya terminado cualquier

trabajo y antes de cubrirlo, guardarlo o empaquetarlo para fines de

almacenamiento o transporte. El Ingeniero llevará a cabo el examen,

inspección, medición o prueba sin demoras injustificadas, o notificará

rápidamente al Contratista que no es necesario hacerlo. Si el Contratista

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Sección VII. Condiciones generales 293

no hiciera la notificación, deberá, a solicitud del Ingeniero, y corriendo

con los correspondientes gastos, descubrir los trabajos y posteriormente

reponerlos a su estado anterior .

7.4 Pruebas

Esta Sub-cláusula se aplicará a todas las pruebas que se señalen en el

Contrato, diferentes de las Pruebas Posteriores a la Terminación (si las

hubiere ).

Salvo que se especifique de otra manera en el Contrato, el Contratista

proporcionará todos los aparatos, asistencia, documentos e información

adicional, electricidad, equipos, combustible, bienes consumibles,

instrumentos, mano de obra, materiales y personal con las debidas

calificaciones y experiencia que sean necesarios para realizar

eficientemente las pruebas especificadas. El Contratista acordará con el

Ingeniero la hora y el lugar para realizar las pruebas especificadas de

cualesquiera Instalaciones, Materiales y otras partes de las Obras.

El Ingeniero podrá, con arreglo a la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes],

variar el sitio o los detalles de pruebas específicas, o instruir al

Contratista que lleve a cabo pruebas adicionales. Si esas pruebas

modificadas o adicionales reflejan que los Equipos, los Materiales o la

mano de obra sometidos a prueba no se ajustan al Contrato, el costo de

realización de dicha Variación correrá por cuenta del Contratista, sin

perjuicio de las demás disposiciones del Contrato.

El Ingeniero notificará al Contratista con al menos 24 horas de

anticipación sobre su intención de presenciar las pruebas. Si el Ingeniero

no se presenta en el lugar y a la hora acordados, el Contratista podrá

proceder a realizar las pruebas, salvo que el Ingeniero indique otra cosa,

y para los efectos se considerará que las pruebas se han realizado en

presencia del Ingeniero.

Si el Contratista sufre demoras y/o incurre en algún Costo por el

cumplimiento de esas instrucciones o como resultado de una demora

ocasionada por el Contratante, el Contratista notificará al Ingeniero y

sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista] tendrá

derecho a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora, si se ha

retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, en virtud de la

Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dicho costo más utilidades, que se incluirá en el Precio

del Contrato.

Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con

la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o decidir al

respecto.

El Contratista enviará sin demora al Ingeniero informes debidamente

certificados sobre las pruebas. Cuando se hayan aprobado las pruebas

especificadas, el Ingeniero refrendará el certificado de pruebas del

Contratista o le emitirá un certificado para tal efecto. Si el Ingeniero no

presencia las pruebas, se considerará que éste ha aceptado los valores

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Sección VII. Condiciones generales 294

registrados como precisos.

7.5 Rechazo

Si, como resultado de un examen, inspección, medición o prueba,

cualquiera de los Equipos, Materiales o elementos de mano de obra se

consideran defectuosos o de otra forma no ceñidos al Contrato, el

Ingeniero podrá rechazarlos mediante notificación al Contratista con la

justificación correspondiente. En ese caso, el Contratista subsanará

rápidamente el defecto y se asegurará que el elemento rechazado se

ajuste al Contrato.

Si el Ingeniero exige que se vuelvan a poner a prueba dichos Equipos,

Materiales o elementos de mano de obra, las pruebas se repetirán bajo

los mismos términos y condiciones. Si el rechazo y las pruebas

adicionales obligan al Contratante a incurrir en costos adicionales, el

Contratista, sujeto a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del

Contratante], reembolsará dichos costos al Contratante.

7.6 Medidas

Correctivas

Sin perjuicio de cualesquiera pruebas o certificaciones previas, el

Ingeniero podrá instruir al Contratista que:

(a) retire del Lugar de las Obras y reemplace cualquier Equipo o

Material que no se ajuste al Contrato,

(b) retire y realice nuevamente cualquier trabajo que no se ajuste al

Contrato, y

(c) lleve a cabo cualquier trabajo que se requiera con urgencia para la

seguridad de las Obras, bien sea a causa de un accidente, una

situación imprevisible u otra causa.

El Contratista acatará las instrucciones bien sea en un plazo razonable,

que corresponderá (si lo hubiere) al que se especifique en la orden, o de

manera inmediata si se señala el carácter urgente de conformidad con el

inciso (c) anterior.

Si el Contratista no cumple las instrucciones, el Contratante tendrá

derecho a contratar y remunerar a otras personas para que hagan el

trabajo. Salvo en la medida en que el Contratista hubiera tenido derecho

a remuneración por el trabajo, el Contratista, sujeto a la Subcláusula 2.5

[Reclamaciones del Contratante], pagará al Contratante todos los costos

que se generen a raíz de esta deficiencia.

7.7 Propiedad de los

Equipos y los

Materiales

Salvo que se especifique de otra manera en el Contrato, y en la medida

en que sea consistente con las Leyes del País, todos los Equipos y

Materiales pasarán a ser propiedad del Contratante, libre de todo

gravamen, en el que ocurra primero de los siguientes eventos:

(a) cuando dichos Equipos y Materiales sean incorporados en las

Obras;

(b) cuando el Contratista sea pagado por el valor de los Equipos y

Materiales en virtud de la Subcláusula 8.10 [Pago de Equipos y

Materiales en Caso de Suspensión].

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Sección VII. Condiciones generales 295

7.8 Regalías

Salvo disposición en contrario en las Especificaciones, el Contratista

pagará todas las regalías, rentas y demás pagos devengados por concepto

de:

(a) Materiales naturales obtenidos fuera del Lugar de las Obras, y

(b) la eliminación de materiales provenientes de demoliciones y

excavaciones y otro material excedente (ya sea natural o artificial),

excepto en la medida en que en el Contrato se contemplen zonas de

eliminación de desechos en el Lugar de las Obras.

8. Inicio, Demoras y Suspensión

8.1 Inicio de las Obras

A menos que se indique otra cosa en las Condiciones especiales, la Fecha

de Inicio será la fecha en que se hayan cumplido las condiciones

previas que se mencionan a continuación y el Contratista haya recibido

la instrucción del Ingeniero en donde da constancia sobre el acuerdo de

las Partes en que se han cumplido dichas condiciones y para que se

inicien las obras:

(a) firma del Contrato por ambas partes, y si es requerido, la

aprobación del Contrato por parte de las autoridades

correspondientes del país,

(b) entrega al Contratista de evidencia razonable sobre los arreglos

financieros previstos (de conformidad con la Subcláusula 2.4

[Arreglos Financieros del Contratista]),

(c) salvo en los casos especificados en los Datos del Contrato, la

posesión del Sitio de la Obra debe ser entregada al Contratista

junto con los permisos, de acuerdo con el inciso (a) de la

Subcláusula 1.13 [Cumplimiento de Legislación], tal como se

requiere para el Inicio de las Obras;

(d) recibo del Adelanto de Pago por parte del Contratista de acuerdo

con la Subclásula 14.2 [Adelanto de Pago], siempre que la garantía

bancaria haya sido entregada al Contratista; y

(e) si la mencionada instrucción del Ingeniero no es recibida por el

Contratista dentro de los 180 días contados desde la fecha de

recibo de la Carta de Aceptación, el Contratista estará facultado

para terminar el Contrato de conformidad con la Subcláusula 16.2

[Terminación por el Contratista].

El Contratista comenzará la ejecución de las Obras tan pronto como sea

razonablemente posible después de la Fecha de Inicio, y procederá con

las Obras con la diligencia debida y sin demoras.

8.2 Plazo de

Terminación

El Contratista terminará todas las Obras, y cada Sección (si la hubiere),

dentro del Plazo de Terminación de las Obras o la Sección (según sea el

caso), incluidas:

(a) la aprobación de las Pruebas a la Terminación, y

(b) la terminación de todos los trabajos exigidos en el Contrato para

considerar finalizadas las Obras o la Sección, a los efectos de la

recepción de obra con arreglo a la Subcláusula 10.1 [Recepción de

las Obras y Secciones].

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Sección VII. Condiciones generales 296

8.3 Programa

El Contratista presentará al Ingeniero un programa cronológico detallado

dentro de un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que reciba

la notificación con arreglo a la Subcláusula 8.1 [Inicio de las Obras]. El

Contratista presentará asimismo un programa revisado en los casos en

que el programa previo no sea consistente con el progreso real

alcanzado o con las obligaciones del Contratista. Cada uno de los

programas incluirá:

(a) el orden en que el Contratista tiene previsto llevar a cabo las Obras,

incluido el calendario previsto de cada etapa de diseño (si

procede), Documentos del Contratista, adquisiciones, fabricación

del Equipo , entregas en el Lugar de las Obras, construcción,

montajes y pruebas,

(b) cada una de estas etapas de trabajo por cada Subcontratista

designado (conforme se define en la Cláusula 5 [Subcontratistas

Designados]),

(c) la secuencia y el calendario de las inspecciones y pruebas que se

especifiquen en el Contrato, y

(d) un informe de apoyo que incluya:

(i) una descripción general de los métodos que prevé adoptar el

Contratista y de las etapas principales en la ejecución de las

Obras, y

(ii) detalles que reflejen el cálculo estimativo razonable del

Contratista en cuanto al número de cada clase de Personal del

Contratista y de cada tipo de Equipos del Contratista que se

requerirán en el Lugar de las Obras para cada etapa principal.

Salvo que el Ingeniero notifique al Contratista, dentro de un plazo de 21

días contados a partir de la fecha en que reciba un programa, sobre la

medida en que dicho programa no se ajusta al Contrato, el Contratista

procederá de conformidad con lo establecido en el programa, sujeto a sus

demás obligaciones en virtud del Contrato. El Personal del Contratante

tendrá derecho a planificar sus actividades en función del programa.

El Contratista notificará sin demoras al Ingeniero acerca de cualquier

posible acontecimiento o circunstancia futura que pueda afectar el

trabajo de manera adversa, aumentar el Precio del Contrato o demorar la

ejecución de las Obras. El Ingeniero podrá exigir al Contratista que

presente un cálculo estimativo del efecto previsto de los posibles

acontecimientos o circunstancias futuras, o una propuesta con arreglo a

la Subcláusula 13.3 [Procedimiento de Variación].

Si, en cualquier momento, el Ingeniero notifica al Contratista que un

programa no cumple (en la medida señalada) con el Contrato o no

coincide con el progreso real alcanzado ni con las intenciones

manifestadas por el Contratista, éste presentará al Ingeniero un programa

revisado de conformidad con esta Subcláusula.

8.4 Prórroga del Plazo

de Terminación

De conformidad con la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del

Contratista], el Contratista tendrá derecho a una prórroga del Plazo de

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Sección VII. Condiciones generales 297

Terminación en el caso y en la medida en que la terminación para los

efectos de la Subcláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones] se

haya demorado o vaya a demorarse por cualquiera de las siguientes

razones:

(a) una Variación (salvo que se llegue a un acuerdo para ajustar el

Plazo de Terminación con arreglo a la Subcláusula 13.3

[Procedimiento de Variación] ) o cualquier otro cambio sustancial

en la cantidad de un rubro de trabajo incluido en el Contrato,

(b) una causa de demora que dé derecho a una prórroga del plazo en

virtud de una Subcláusula de estas Condiciones,

(c) condiciones climáticas excepcionalmente adversas,

(d) escasez imprevista de personal o Bienes a raíz de epidemias o

medidas gubernamentales, o

(e) cualquier demora, impedimento o prevención que obedezca o se

atribuya al Contratante, el Personal del Contratante u otros

contratistas del Contratante.

Si el Contratista considera que tiene derecho a una prórroga del Plazo de

Terminación, notificará de ello al Ingeniero de conformidad con la

Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista]. Al decidir cada

prórroga en virtud de la Subcláusula 20.1, el Ingeniero revisará las

decisiones previas y podrá aumentar, más no reducir, el tiempo total de

prórroga.

8.5 Demoras

Ocasionadas por

las Autoridades

En los casos en que se apliquen las condiciones que se enumeran a

continuación, a saber:

(a) el Contratista se ha ceñido diligentemente a los procedimientos

pertinentes establecidos por las autoridades públicas legalmente

constituidas en el País,

(b) dichas autoridades demoran o interrumpen el trabajo del

Contratista, y

(c) la demora o interrupción era Imprevisible,

dicha demora o interrupción se considerará causa de demora de

conformidad con el inciso (b) de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo

de Terminación].

8.6 Avance

Si en cualquier momento:

(a) el avance real es muy lento para concluir dentro del Plazo de

Terminación, y/o

(b) el avance se ha rezagado (o se rezagará) con respecto al programa

actual objeto de la Subcláusula 8.3 [Programa],

por cualquier razón que no sean las que se enumeran en la Subcláusula

8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], entonces el Ingeniero podrá

exigir al Contratista que presente, con arreglo a la Subcláusula 8.3

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Sección VII. Condiciones generales 298

[Programa], un programa modificado y un informe complementario en

el que se describan los métodos modificados que el Contratista tiene

previsto adoptar para acelerar el progreso y terminar las Obras dentro del

Plazo de Terminación.

Salvo que el Ingeniero notifique otra cosa, el Contratista adoptará esos

métodos modificados , que podrán requerir aumentos en las horas de

trabajo y en el número de miembros del Personal del Contratista y de

Bienes, bajo el riesgo y expensas del Contratista. Si esos métodos

modificados obligan al Contratante a incurrir en costos adicionales, el

Contratista, sujeto a la notificación establecida en la Subcláusula 2.5

[Reclamaciones del Contratante], pagará dichos costos al Contratante,

además de una indemnización por demora (si corresponde) en virtud de

la Subcláusula 8.7 infra.

Los costos adicionales de los métodos revisados incluyendo medidas

para acelerar el progreso, exigidas por el Ingeniero para reducir los

atrasos resultantes de las razones enumeradas en la Subcláusula 8.4

[Prorroga del Plazo de Terminación] deberán ser pagadas por el

Contratante sin generar, sin embargo, ningún beneficio de pago adicional

al Contratista.

8.7 Indemnización por

Demora

Si el Contratista no cumple con lo dispuesto en la Subcláusula 8.2 [Plazo

de Terminación], el Contratista deberá indemnizar al Contratante por

dicho incumplimiento, con arreglo a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones

del Contratante]. La indemnización por demora corresponderá al monto

que se señale en los Datos Contractuales, que se pagará por cada día que

transcurra entre la fecha de vencimiento del Plazo de Terminación

pertinente y la fecha que se señale en el Certificado de Recepción de

Obra. Sin embargo, el importe total adeudado con arreglo a esta

Subcláusula no superará el monto máximo estipulado en los Datos

Contractuales para indemnización por demora (si lo hubiere ).

Esta indemnización por demora será la única indemnización que deberá

pagar el Contratista por dicho incumplimiento, salvo en el caso de

terminación del Contrato en virtud de la Subcláusula 15.2 [Terminación

por parte del Contratante], antes de la terminación de las Obras. Las

indemnizaciones mencionadas no eximirán al Contratista de su

obligación de terminar las Obras ni de otros deberes, obligaciones o

responsabilidades que tenga en virtud del Contrato.

8.8 Suspensión de las

Obras

El Ingeniero podrá en cualquier momento exigir al Contratista que

suspenda total o parcialmente las Obras. Durante dicha suspensión, el

Contratista protegerá, guardará y resguardará la Obra o la

correspondiente parte de la misma contra deterioros, pérdidas o daños.

El Ingeniero también podrá notificar la causa de la suspensión. Siempre

y cuando se notifique la causa y ésta sea responsabilidad del Contratista,

no se aplicarán las siguientes Subcláusulas 8.9, 8.10 y 8.11.

8.9 Consecuencias de

la Suspensión

Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo por cumplir

las instrucciones del Ingeniero en virtud de la Subcláusula 8.8

[Suspensión de las Obras] o por reanudar los trabajos, notificará de ello

al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del

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Sección VII. Condiciones generales 299

Contratista], tendrá derecho a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora, si se ha

retrasado o se retrasará la Terminación de las Obras, en virtud de la

Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de cualquier Costo de esa índole, que se incluirá en el

Precio del Contrato.

Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con

la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una

decisión al respecto.

El Contratista no tendrá derecho a una prórroga del plazo, ni al pago del

Costo, en que incurra para corregir las consecuencias derivadas de

diseños, mano de obra o materiales defectuosos atribuibles al Contratista

o al incumplimiento del Contratista en cuanto a proteger, guardar o

resguardar las Obras de conformidad con la Subcláusula 8.8 [Suspensión

de las Obras].

8.10 Pago de los

Equipos y

Materiales en Caso

de Suspensión

El Contratista tendrá derecho a recibir un pago por el valor (a la fecha de

la suspensión) de los Equipos y los Materiales que no se hayan entregado

en el Lugar de las Obras, si:

(a) se ha suspendido el trabajo en los Equipos o la entrega de los

Equipos y los Materiales por más de 28 días, y

(b) el Contratista ha marcado los Equipos y los Materiales como

propiedad del Contratante de conformidad con las instrucciones del

Ingeniero.

8.11 Suspensión

Prolongada

Si la suspensión prevista en la Subcláusula 8.8 [Suspensión de las

Obras] continúa por más de 84 días, el Contratista podrá pedir permiso al

Ingeniero para proceder con los trabajos. Si el Ingeniero no concede

dicho permiso dentro de un plazo de 28 días a partir de la solicitud, el

Contratista, mediante notificación al Ingeniero, podrá considerar la

suspensión como una omisión de la parte afectada de las Obras en virtud

de la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes] . Si la suspensión afecta la

totalidad de las Obras, el Contratista podrá hacer una notificación de

terminación con arreglo a la Subcláusula 16.2 [Terminación por parte del

Contratista].

8.12 Reanudación de

las Obras

Después de que se conceda el permiso o instrucción para proceder con

los trabajos, el Contratista y el Ingeniero examinarán conjuntamente las

Obras, los Equipos y los Materiales afectados por la suspensión. El

Contratista subsanará cualquier deterioro, defecto o pérdida ocasionado

en las Obras, los Equipos o los Materiales durante la suspensión luego de

recibir del Ingeniero la respectiva orden según la Cláusula 13

[Variaciones y Ajustes].

9. Pruebas a la Terminación

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Sección VII. Condiciones generales 300

9.1 Obligaciones del

Contratista

El Contratista llevará a cabo las Pruebas a la Terminación de acuerdo

con lo dispuesto en esta Cláusula y en la Subcláusula 7.4 [Pruebas], tras

suministrar los documentos de conformidad con el inciso (d) de la

Subcláusula 4.1 [Obligaciones Generales del Contratista].

El Contratista notificará al Ingeniero con al menos 21 días de

anticipación sobre la fecha a partir de la cual el Contratista podrá realizar

cada una de las Pruebas a la Terminación. Salvo que se convenga en otra

cosa, las Pruebas a la Terminación se llevarán a cabo dentro de los 14

días posteriores a dicha fecha, o en el o los días que indique el Ingeniero.

Al considerar los resultados de las Pruebas a la Terminación, el

Ingeniero hará lugar a un margen para tener en cuenta el efecto que

pueda tener en el desempeño y otras características de las Obras

cualquier uso de las mismas por parte del Contratante. Tan pronto como

las Obras o una Sección de las mismas hayan aprobado cualesquiera

Pruebas a la Terminación, el Contratista presentará al Ingeniero un

informe certificado de los resultados de dichas pruebas.

9.2 Demora en las

Pruebas

Si el Contratante demora indebidamente las Pruebas a la Terminación, se

aplicarán la Subcláusula 7.4 [Pruebas] (inciso quinto ) y/o la Subcláusula

10.3 [Interferencia con las Pruebas a la Terminación].

Si el Contratista demora indebidamente las Pruebas a la Terminación, el

Ingeniero podrá exigirle, mediante notificación, que lleve a cabo las

pruebas dentro de 21 días después de recibida dicha notificación. El

Contratista realizará las pruebas en el día o los días que determine dentro

de ese plazo y notificará de ello al Ingeniero.

Si el Contratista no lleva a cabo las Pruebas a la Terminación dentro del

plazo de 21 días, el Personal del Contratante podrá proceder con las

pruebas, a riesgo y expensas del Contratista. En ese caso se considerará

que las Pruebas a la Terminación se han realizado en presencia del

Contratista, y los respectivos resultados se aceptarán como precisos.

9.3 Repetición de las

Pruebas

Si las Obras, o una Sección, no pasan las Pruebas a la Terminación, se

aplicará la Subcláusula 7.5 [Rechazo], y el Ingeniero o el Contratista

podrán exigir que se repitan las pruebas fallidas y las Pruebas a la

Terminación sobre cualquier trabajo conexo bajo los mismos términos y

condiciones.

9.4 Fracaso de las

Pruebas a la

Terminación

Si las Obras, o una Sección, no aprueban las Pruebas a la Terminación

que se hayan repetido en virtud de la Subcláusula 9.3 [Repetición de las

Pruebas], el Ingeniero tendrá derecho a:

(a) ordenar nuevas Pruebas a la Terminación con arreglo a la

Subcláusula 9.3;

(b) si el fracaso no permite al Contratante obtener sustancialmente el

beneficio total de las Obras o de la correspondiente Sección,

rechazar las Obras o la Sección (conforme proceda), en cuyo caso

el Contratante tendrá los mismos recursos que se contemplan en el

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Sección VII. Condiciones generales 301

inciso (c) de la Subcláusula 11.4 [Incumplimiento en Cuanto a la

Reparación de los Defectos]; o

(c) emitir un Certificado de Recepción de Obra, si el Contratante así lo

solicita.

En caso del inciso (c) anterior, el Contratista procederá de conformidad

con todas las demás obligaciones contraídas en virtud del Contrato, y el

Precio del Contrato se reducirá en la proporción que sea adecuada para

cubrir el valor reducido para el Contratante como consecuencia de esta

falla. A menos que en el Contrato se señale la reducción pertinente por

la falla (o se defina su método de cálculo), el Contratante podrá exigir

que la reducción sea: (i) convenida entre ambas Partes (solamente para

subsanar en forma integral dicha falla) y que se pague antes de que se

emita el correspondiente Certificado de Recepción de Obra, o (ii)

decidida y pagada con arreglo a las Subcláusulas 2.5 [Reclamaciones del

Contratante] y 3.5 [Decisiones].

10. Recepción de las Obras por parte del Contratante

10.1 Recepción de las

Obras y Secciones

Salvo en los casos que se contemplan en la Subcláusula 9.4 [Fracaso de

las Pruebas a la Terminación], el Contratante recibirá las Obras (i)

cuando se hayan terminado de conformidad con el Contrato, incluidos

los asuntos que se señalan en la Subcláusula 8.2 [Plazo de Terminación],

a excepción de los casos permitidos que figuran en el inciso (a) infra; y

(ii) cuando se haya emitido un Certificado de Recepción de Obra, o se lo

considere emitido de conformidad con esta Subcláusula.

El Contratista podrá solicitar un Certificado de Recepción de Obra

mediante notificación al Ingeniero como mínimo 14 días antes de que a

juicio del Contratista las Obras sean terminadas y listas para la

recepción. Si las Obras están divididas en Secciones, el Contratista podrá

igualmente solicitar un Certificado de Recepción de Obra por cada

Sección.

Dentro un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que reciba la

solicitud del Contratista, el Ingeniero deberá:

(a) emitir al Contratista el Certificado de Recepción de Obra, en el que

se indicará la fecha de terminación de las Obras o la Sección de

conformidad con el Contrato, a excepción de cualesquiera defectos

y trabajos menores pendientes que no afecten sustancialmente el

uso de las Obras o la Sección para el fin previsto (bien sea hasta

que, o durante, se terminen dichos trabajos y se reparen dichos

defectos ); o

(b) rechazar la solicitud, aduciendo las razones y señalando los trabajos

que debe hacer el Contratista para que se pueda emitir el

Certificado de Recepción de Obra. El Contratista procederá a

terminar estos trabajos antes de emitir otra notificación con arreglo

a esta Subcláusula.

Si el Ingeniero no emite el Certificado de Recepción de Obra o no

rechaza la solicitud del Contratista dentro del plazo de 28 días, y si las

Obras o la Sección (conforme proceda) se ajustan sustancialmente al

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Sección VII. Condiciones generales 302

Contrato, el Certificado de Recepción de Obra se considerará emitido el

último día de ese plazo.

10.2 Recepción de

partes de las

Obras

El Ingeniero podrá, a la sola discreción del Contratante, emitir un

Certificado de Recepción de Obra para cualquier parte de las Obras

Permanentes.

El Contratante no podrá usar ninguna parte de las Obras (excepto como

medida temporal definida en el Contrato o acordada por ambas Partes)

salvo y hasta que el Ingeniero haya emitido un Certificado de Recepción

de Obra para esa parte. Sin embargo, si el Contratante usa alguna parte

de las Obras antes de que se emita el Certificado de Recepción de Obra:

(a) la parte que se use se considerará recibida a partir de la fecha de su

uso,

(b) el Contratista dejará de ser responsable del cuidado de dicha parte a

partir de esa fecha, en la que dicha responsabilidad se traspasará al

Contratante, y

(c) el Ingeniero emitirá un Certificado de Recepción de Obra

correspondiente a esa parte, si así lo solicita el Contratista

Después de que el Ingeniero emita un Certificado de Recepción de Obra

para una parte de las Obras, se dará al Contratista la más pronta

oportunidad para tomar las medidas necesarias a fin de llevar a cabo las

Pruebas a la Terminación que queden pendientes. El Contratista realizará

dichas pruebas tan pronto como sea posible antes de la fecha de

vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos correspondiente.

Si el Contratista incurre en algún Costo como resultado de la recepción

y/o el uso de una parte de las Obras por parte del Contratante, aparte de

los usos que se especifiquen en el Contrato o que acuerde el Contratista,

éste (i) notificará al Ingeniero; y (ii) con sujeción a la Subcláusula 20.1

[Reclamaciones del Contratista] tendrá derecho al pago de dicho Costo

más utilidades, monto que se incluirá en el Precio del Contrato. Tras

recibir esta notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la

Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer el costo y las

utilidades.

Si se emite un Certificado de Recepción de Obra para una parte de las

Obras (que no sea una Sección), se deberá reducir la indemnización por

demora correspondiente a la terminación del resto de las Obras.

Asimismo se deberá reducir la indemnización por demora

correspondiente al resto de la Sección (si procede) en la que se incluya

esta parte. Para cualquier período de demora que transcurra después de la

fecha señalada en el Certificado de Recepción de Obra, la reducción

proporcional de estas indemnizaciones por demora se calculará como la

proporción entre el valor certificado de la parte y el valor total de las

Obras o la Sección (conforme proceda). El Ingeniero procederá de

conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o

establecer esas proporciones. Las disposiciones contenidas en este inciso

se aplicarán únicamente a la tarifa diaria de indemnizaciones por demora

con arreglo a la Subcláusula 8.7 [Indemnización por Demora] y no

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Sección VII. Condiciones generales 303

afectarán el monto máximo de dichas indemnizaciones.

10.3 Interferencia con

las Pruebas a la

Terminación

Si el Contratista se ve impedido de realizar, por más de 14 días, las

Pruebas a la Terminación por causa del Contratante, se considerará que

el Contratante ha recibido las Obras o la Sección (según proceda) en la

fecha en que de otra forma se habrían concluido las Pruebas a la

Terminación.

En ese caso, el Ingeniero emitirá el Certificado de Recepción de Obra

correspondiente, y el Contratista realizará las Pruebas a la Terminación

tan pronto como sea posible, antes de la fecha de vencimiento del Plazo

para la Notificación de Defectos. El Ingeniero exigirá la realización de

las Pruebas a la Terminación, notificando para ello con una antelación

de 14 días y de conformidad con las disposiciones pertinentes del

Contrato.

Si el Contratista sufre una demora y/o incurre en algún Costo como

resultado de la demora en la realización de las Pruebas a la Terminación,

notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1

[Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha

retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, de

conformidad con la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de

Terminación], y

(b) un pago por dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el

Precio del Contrato.

Tras recibir la notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la

Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión

al respecto.

10.4 Superficies que

Requieren

Reacondiciona-

miento

Salvo indicación en contrario en el Certificado de Recepción de Obra, un

certificado correspondiente a una Sección o parte de las Obras no será

considerado que certifica la terminación de algún suelo u otras

superficies que requieran reacondicionamiento.

11. Responsabilidad por Defectos

11.1 Terminación de

Trabajos

Pendientes y

Reparación de

Defectos

A fin de que las Obras y los Documentos del Contratista, así como

cada una de las Secciones, puedan estar en las condiciones exigidas

en el Contrato (a excepción del uso y desgaste justo), a la fecha de

vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente o

tan pronto como sea posible después de esa fecha, el Contratista

deberá:

(a) terminar los trabajos que queden pendientes en la fecha

señalada en el Certificado de Recepción de Obra, dentro del

plazo razonable que indique el Ingeniero, y

(b) realizar todos los trabajos exigidos para reparar los defectos o

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Sección VII. Condiciones generales 304

daños, conforme notifique el Contratante (o en su nombre) el,

o antes del, día de vencimiento del plazo para la Notificación

de Defectos correspondiente a las Obras o a la Sección (según

proceda).

Si se detecta algún defecto u ocurre algún daño, el Contratante (o

alguien en su nombre) notificará debidamente al Contratista.

11.2 Costo de

Reparación de los

Defectos

Los trabajos que se mencionan en el inciso (b) de la Subcláusula

11.1 [Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de

Defectos] se llevarán a cabo a riesgo y expensas del Contratista, si, y

en la medida en que, dichos trabajos se atribuyan a:

(a) cualquier diseño que sea responsabilidad del Contratista,

(b) Equipos , Materiales o mano de obra que no se ciñan al

Contrato, o

(c) incumplimiento de cualquier otra obligación por parte del

Contratista.

Si, y en la medida en que, dichos trabajos se atribuyan a cualquier

otra causa, el Contratante (o alguien en su nombre) notificará sin

demora al Contratista y se aplicará la Subcláusula 13.3

[Procedimiento de Variación].

11.3 Prórroga del Plazo

para la Notificación

de Defectos

Con sujeción a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante],

el Contratante tendrá derecho a una prórroga del Plazo para la

Notificación de Defectos correspondiente a las Obras o a una

Sección si, y en la medida en que, las Obras, la Sección o un

elemento importante de los Equipos (según corresponda y después

de la recepción) no puedan utilizarse para los fines que fueron

concebidos debido a algún daño o defecto atribuible al Contratista.

Sin embargo, el Plazo para la Notificación de Defectos no podrá

prorrogarse por más de dos años.

Si se suspendiera la entrega o el montaje de los Equipos y Materiales

de conformidad con las Subcláusulas 8.8 [Suspensión de los

Trabajos] o 16.1 [Derecho del Contratista de Suspender los

Trabajos], las obligaciones del Contratista en virtud de esta cláusula

no se aplicarán a ninguno de los daños o defectos que ocurran más

de dos años después del momento en el que, de lo contrario, habría

vencido el respectivo Plazo para la Notificación de Defectos de las

Instalaciones y Materiales.

11.4 Incumplimiento en

Cuanto a la

Reparación de

Defectos

Si el Contratista no subsana cualesquiera daños o defectos en un

plazo razonable, el Contratante (o alguien en su nombre) podrá fijar

una fecha límite para ello . Dicha fecha deberá ser notificada al

Contratista con una antelación razonable.

Si el Contratista no repara el daño o defecto para la fecha que se

señala en la notificación, y los trabajos de reparación debieron

realizarse por cuenta del Contratista de conformidad con la

Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], el

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Sección VII. Condiciones generales 305

Contratante podrá (a su opción ):

(a) realizar los trabajos por sí mismo o encargárselos a un tercero,

de manera razonable y cargando los gastos al Contratista, pero

este último no tendrá responsabilidad alguna en cuanto a

dichos trabajos, y, sujeto a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones

del Contratante], el Contratista pagará al Contratante los

costos en que haya incurrido razonablemente para reparar el

defecto o daño;

(b) exigir al Ingeniero acordar o establecer una reducción

razonable del Precio del Contrato de conformidad con la

Subcláusula 3.5 [Decisiones]; o

(c) si el daño o defecto priva sustancialmente al Contratante de la

totalidad del beneficio de las Obras o de una parte importante

de ellas, terminar el Contrato en su totalidad o la Sección

correspondiente a la parte importante que no pueda usarse para

el fin previsto. Sin perjuicio de cualesquiera otros derechos, en

virtud del Contrato o de otra forma, el Contratante tendrá

derecho a recuperar todos los montos pagados por las Obras o

dicha parte (según corresponda), más los costos financieros y

el costo de desmontarlas, despejar el Lugar de las Obras y

devolver los Equipos y Materiales al Contratista.

11.5 Retiro de Trabajos

Defectuosos

Si el defecto o daño no pueden repararse rápidamente en el Lugar de

las Obras y el Contratante así lo aprueba, el Contratista podrá retirar

del Lugar de las Obras los elementos defectuosos o dañados de los

Equipos con el fin de repararlos. El consentimiento del Contratante

puede obligar al Contratista a aumentar el monto de la Garantía de

Cumplimiento en una suma igual al costo total de reposición de esos

elementos o a proporcionar otra garantía adecuada.

11.6 Pruebas Adicionales Si los trabajos de reparación de cualquier daño o defecto afectan el

funcionamiento de las Obras, el Ingeniero podrá exigir que se repita

cualquiera de las pruebas contempladas en el Contrato. Para ello,

deberá hacerse una notificación en un plazo de 28 días contados a

partir de la fecha de reparación del daño o defecto.

Estas pruebas se llevarán a cabo bajo las mismas condiciones que

las anteriores, excepto que dichas pruebas se llevarán a cabo a

riesgo y expensas de la Parte responsable, con arreglo a la

Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], para el

costo del trabajo de reparación.

11.7 Derecho de Acceso Hasta tanto se emita el Certificado de Cumplimiento, el Contratista

tendrá derecho de acceso a las Obras, según sea razonablemente

necesario para cumplir con lo dispuesto en esta Cláusula, salvo en la

medida en que sea inconsistente con restricciones razonables de

seguridad del Contratante.

11.8 Búsqueda por

parte del

Contratista

El Contratista buscará, a solicitud del Ingeniero, la causa de

cualquier defecto, bajo la dirección de éste. A no ser que los costos

de reparación corran por cuenta del Contratista con arreglo a la

Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], el Costo de

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Sección VII. Condiciones generales 306

la búsqueda más utilidades serán acordados o determinados por el

Ingeniero de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] y se

incluirán en el Precio del Contrato.

11.9 Certificado de

Cumplimiento

Se considerará que el Contratista ha cumplido todas sus

obligaciones cuando el Ingeniero emita el Certificado de

Cumplimiento, en el que se indicará la fecha en que el Contratista

cumplió sus obligaciones en virtud del Contrato.

El Ingeniero emitirá el Certificado de Cumplimiento dentro de 28

días después de la última fecha de vencimiento de los Plazos para la

Notificación de Defectos, o tan pronto cuando, después de dicha

fecha, el Contratista haya suministrado todos los Documentos del

Contratista y haya terminado y puesto a prueba todas las Obras,

incluida la reparación de cualesquiera defectos. Se emitirá una copia

del Certificado de Cumplimiento al Contratante.

Se considerará que únicamente el Certificado de Cumplimiento

constituye la aceptación de las Obras.

11.10 Obligaciones no

Cumplidas

Después de emitido el Certificado de Cumplimiento, cada una de

las Partes seguirá responsable del cumplimiento de cualquier

obligación que quede pendiente en ese momento. A los efectos de la

determinación de la naturaleza y la medida de las obligaciones

incumplidas, se considerará que el Contrato sigue vigente.

11.11 Despeje del Lugar

de las Obras

Tras recibir el Certificado de Cumplimiento, el Contratista removerá

del Lugar de las Obras cualquier Equipo del Contratista remanente,

así como los materiales excedentes, escombros, desechos y Obras

Temporales .

Si todos estos elementos siguen en el Lugar de las Obras 28 días

después de que el Contratista haya recibido el Certificado de

Cumplimiento, el Contratante podrá venderlos o deshacerse de los

mismos. El Contratante tendrá derecho a recibir un pago por

concepto de los costos incurridos en relación con, o atribuibles a,

dicha venta o eliminación y con el reacondicionamiento del Lugar

de las Obras.

Se pagará al Contratista cualquier saldo remanente del monto de la

venta. Si dicho monto es inferior a los costos del Contratante, el

Contratista reembolsará al Contratante la diferencia.

12. Medición y Evaluación

12.1 Trabajos que se

medirán

Las Obras se medirán y evaluarán para su pago, de conformidad con

lo dispuesto en esta Cláusula. El Contratista deberá mostrar en cada

certificado según las Subcláusulas 14.3 [Solicitud de Certificados

de Pago Provisionales], 14.10 [Declaración de Terminación], y

14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] las cantidades y otros

detalles relacionando los montos que considere que le corresponden

según el Contrato.

Cuando el Ingeniero requiera que sea medida cualquier parte de las

Obras, se notificará de ello con antelación razonable al

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Sección VII. Condiciones generales 307

Representante del Contratista, quien deberá:

(a) rápidamente atender al Ingeniero o enviar a otro representante

calificado para que asista al Ingeniero a hacer la medición, y

(b) suministrar cualquier detalle que solicite el Ingeniero.

Si el Contratista no asiste al Ingeniero o no envía a un

representante, la medición que haga el Ingeniero (o que se haga en

su nombre) se aceptará y dará por exacta.

Salvo estipulación diferente en el Contrato, cuando se deban medir

cualquiera de las Obras Permanentes a partir de registros, éstos

serán preparados por el Ingeniero. Cuando y como le sea solicitado,

el Contratista acudirá a revisar y acordar los registros con el

Ingeniero, para posteriormente firmarlos una vez acordados. Si el

Contratista no se presenta, los registros serán aceptados como

exactos.

Si el Contratista examina los registros y no está de acuerdo con

ellos, o no los firma según lo acordado, notificará al Ingeniero sobre

los aspectos que considere inexactos. Tras recibir esa notificación, el

Ingeniero revisará los registros y los confirmará o modificará, y

certificará el pago de las partes que no se encuentran en discusión.

Si el Contratista no notifica al respecto al Ingeniero dentro de un

plazo de 14 días contados a partir de la solicitud de examinar los

registros, éstos será aceptados, como exactos.

12.2 Método de

Medición

Salvo indicación en sentido diferente en el Contrato y sin perjuicio

de las prácticas locales:

(a) las mediciones se harán en función de la cantidad real neta de

cada elemento de las Obras Permanentes, y

(b) el método de medición se ceñirá a la Lista de Cantidades u otros

Formularios pertinentes.

12.3 Evaluación Salvo disposición en otro sentido en el Contrato, el Ingeniero

procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin

de acordar o determinar el Precio del Contrato mediante la

evaluación de cada rubro de trabajo, aplicando para ello la medición

acordada o determinada de acuerdo con las Subcláusulas 12.1 y 12.2

supra y la tarifa pertinente o el precio para el rubro.

Para cada rubro de trabajo, la tarifa apropiada o el precio serán las

que se especifiquen en el Contrato para el rubro en cuestión o, en su

defecto, las que se especifiquen para trabajos similares.

Cualquier rubro de trabajo que se incluya en la Lista de Cantidades

sin precio ni tarifa especificados se considerará incluido en las

demás tarifas o precios de la Lista de Cantidades y no será pagado

por separado.

Sin embargo, será apropiado especificar una nueva tarifa o precio

para un rubro de trabajo si:

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Sección VII. Condiciones generales 308

(a)

(i) la cantidad medida del rubro cambia en más del 25%

respecto de la cantidad de este rubro que figura en la

Lista de Cantidades u otro Formulario,

(ii) este cambio en cantidad multiplicado por la tarifa

especificada para ese rubro excede 0,25% del Monto

Contractual Aceptado,

(iii) este cambio en cantidad modifica directamente el Costo

por cantidad unitaria de este rubro en más del 1%, y

(iv) este rubro no se especifica en el Contrato como un ―rubro

de tarifa fija‖; ó

(b)

(i) el trabajo fue ordenado con arreglo a la Cláusula 13

[Variaciones y Ajustes],

(ii) en el Contrato no se especifica tarifa ni precio para ese

rubro, y

(iii) ningún precio o tarifa especificado es adecuado porque el

rubro de trabajo no es de características similares, o no se

ejecuta bajo condiciones similares a las de otros rubros

señalados en el Contrato.

Todas las tarifas o precios nuevos se derivarán de cualquier tarifa o

precio pertinente del Contrato, haciendo los ajustes razonables para

tomar en cuenta los aspectos que figuran en los incisos (a) o (b),

según proceda. De no haber tarifas ni precios relevantes para

derivar unos nuevos, éstos se derivarán en función del Costo

razonable de ejecutar los trabajos, más utilidades, tomando en

cuenta cualquier otro aspecto pertinente.

Hasta tanto se acuerde o se determine la tarifa o el precio adecuado,

el Ingeniero establecerá una tarifa o precio provisional para los fines

de los Certificados de Pago Provisionales, tan pronto como se

inicien los trabajos pertinentes.

12.4 Omisiones Siempre que la omisión de cualquier trabajo forme parte de una

Variación (o constituya una Variación total), cuyo valor no se haya

acordado, si:

(a) el Contratista incurrirá (o ha incurrido) en costos que, de no

haberse omitido el trabajo, se habrían considerado como

incluidos en el Monto Contractual Aceptado;

(b) la omisión del trabajo ocasionará (o ha ocasionado) que la

suma no se incluya en el Precio del Contrato; y

(c) este costo no se considera incluido en la evaluación de

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Sección VII. Condiciones generales 309

cualquier trabajo que se haya remplazado;

entonces el Contratista notificará debidamente al Ingeniero, con

información de apoyo. Una vez que reciba esa notificación, el

Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5

[Decisiones] a fin de acordar o establecer este costo, monto que se

incluirá en el Precio del Contrato.

13. Variaciones y Ajustes

13.1 Derecho a Variar El Ingeniero podrá iniciar Variaciones en cualquier momento antes

de que se emita el Certificado de Recepción de Obra para las Obras,

bien sea mediante una orden o una solicitud dirigida al Contratista

para que presente una propuesta.

El Contratista ejecutará cada una de las Variaciones, con carácter

obligatorio, a no ser que envíe sin demora al Ingeniero una

notificación en la que indique (con documentos de apoyo) que: (i) no

puede obtener inmediatamente los Bienes requeridos para la

Variación, o (ii) dicha Variación ocasiona un cambio sustancial en

la secuencia o progreso de las Obras. Una vez recibida esa

notificación, el Ingeniero anulará, confirmará o variará la orden.

Las Variaciones pueden incluir:

(a) cambios a las cantidades de cualquier rubro de trabajo incluido

en el Contrato (no obstante, dichos cambios no necesariamente

constituyen una Variación),

(b) cambios a la calidad y otras características de cualquier rubro

de trabajo,

(c) cambios a los niveles, posiciones y/o dimensiones de cualquier

parte de las Obras,

(d) omisiones de cualquier trabajo a no ser que deba ser realizado

por otros,

(e) cualesquiera trabajos, Equipos, Materiales o servicios

adicionales necesarios para las Obras Permanentes, incluidas

cualesquiera Pruebas a la Terminación, perforaciones y otras

pruebas y actividades de exploración asociadas, o

(f) cambios a la secuencia o al calendario de ejecución de las

Obras.

El Contratista no alterará ni modificará las Obras Permanentes, a

menos y hasta cuando el Ingeniero ordene o apruebe una Variación.

13.2 Ingeniería de Valor El Contratista podrá, en cualquier momento, presentar al Ingeniero

una propuesta escrita que (a su juicio), si se adopta, (i) acelerará la

terminación de las Obras, (ii) reducirá el costo que supone para el

Contratante la ejecución, el mantenimiento y el funcionamiento de

las Obras, (iii) mejorará la eficiencia o el valor que representan para

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Sección VII. Condiciones generales 310

el Contratante las Obras terminadas, o (iv) de otra forma será de

beneficio para el Contratante.

La propuesta se elaborará corriendo por cuenta del Contratista los

costos correspondientes, e incluirá los rubros que se enumeran en la

Subcláusula 13.3 [Procedimiento de Variación].

Si el Ingeniero aprueba una propuesta que incluye un cambio en el

diseño de parte de las Obras Permanentes, entonces salvo que ambas

Partes acuerden algo diferente:

(a) el Contratista diseñará esta parte,

(b) se aplicarán los incisos (a) a (d) de la Subcláusula 4.1

[Obligaciones Generales del Contratista], y

(c) si este cambio genera una reducción en el valor contractual de

esa parte, el Ingeniero procederá de conformidad con la

Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer un

pago, que se incluirá en el Precio del Contrato. Este pago será

la mitad (50%) de la diferencia entre los siguientes montos:

(i) la reducción en el valor contractual, que se derive del

cambio, excluidos los ajustes en virtud de las

Subcláusulas 13.7 [Ajustes por Cambios en la

Legislación] y 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo], y

(ii) la reducción (si la hubiere) en el valor que representan

para el Contratante los trabajos modificados, tomando en

cuenta cualquier reducción de la calidad, la duración

prevista o las eficiencias operativas.

No obstante, si el monto (i) es inferior al monto (ii), no se incluirá

ningún pago.

13.3 Procedimiento de

Variación

Si el Ingeniero solicita una propuesta, antes de ordenar una

Variación, el Contratista responderá por escrito tan pronto como sea

posible, señalando las razones por las que no puede cumplir (si ese

es el caso), o bien presentando:

(a) una descripción de los trabajos propuestos a realizarse y un

programa de ejecución al respecto,

(b) la propuesta del Contratista para realizar cualquier

modificación necesaria al programa de conformidad con la

Subcláusula 8.3 [Programa] y al Plazo de Terminación, y

(c) la propuesta del Contratista para evaluar la Variación.

Tras recibir dicha propuesta (en virtud de la Subcláusula 13.2

[Ingeniería de Valor] o de otra forma), el Ingeniero responderá, tan

pronto como sea posible, dando aprobación, desaprobando la

propuesta o dando comentarios. El Contratista no demorará ningún

trabajo mientras espera una respuesta.

Las instrucciones para ejecutar una Variación, junto con

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Sección VII. Condiciones generales 311

cualesquiera de los requisitos para el registro del Costo, serán

impartidas por el Ingeniero al Contratista, quien deberá acusar

recibo.

Cada Variación se evaluará de conformidad con la Cláusula 12

[Medición y Evaluación], salvo que el Ingeniero solicite o apruebe

otra cosa de conformidad con esta Cláusula.

13.4 Pago en Monedas

Aplicables

Si el Contrato contempla el pago del Precio del Contrato en más de

una moneda, entonces en el momento en que se acuerde, apruebe o

determine un ajuste, de conformidad con lo que se señala supra, se

especificará el monto pagadero en cada una de las monedas

aplicables. Para tales efectos, se hará referencia tanto a las

proporciones reales o previstas de las monedas en el Costo del

trabajo modificado, como a las proporciones de las diferentes

monedas estipuladas para el pago del Precio del Contrato.

13.5 Montos

Provisionales

Cada Monto Provisional se usará, total o parcialmente, solamente de

conformidad con las instrucciones del Ingeniero, y el Precio del

Contrato se ajustará en forma acorde. La suma total pagada al

Contratista incluirá únicamente los montos correspondientes a

trabajos, insumos o servicios a que se refiera el Monto Provisional

que indique el Ingeniero. Para cada Monto Provisional, el Ingeniero

podrá dar indicaciones en cuanto a:

(a) trabajos (incluido el suministro de Equipos, Materiales o

servicios) que deba realizar el Contratista y que hayan de

evaluarse con arreglo a la Subcláusula 13.3 [Procedimiento de

Variación]; o

(b) Equipos, Materiales o servicios que el Contratista haya de

adquirir de un Subcontratista designado (según se define en la

Cláusula 5 [Subcontratistas Designados]) o de otra forma; y

respecto de los cuales habrá de incluirse lo siguiente en el

Precio del Contrato:

(i) los montos reales pagados (o pagaderos) por el

Contratista, y

(ii) un monto por costos fijos y utilidades, calculado como

un porcentaje de esos montos reales aplicando la tasa

porcentual pertinente (si procede) que se indique en el

Formulario correspondiente. De no existir esa tasa, se

aplicará la que figure en los Datos del Contrato.

A solicitud del Ingeniero, el Contratista presentará cotizaciones,

facturas, comprobantes y cuentas o recibos para fines de

verificación.

13.6 Trabajos por día Para trabajos menores o de carácter incidental, el Ingeniero podrá

ordenar que se ejecute una Variación como Trabajos por Día. El

trabajo se evaluará de conformidad con el Listado de Trabajos por

Día que se incluye en el Contrato y se ceñirá al procedimiento que

se indica a continuación. De no incluirse en el Contrato ningún

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Sección VII. Condiciones generales 312

Listado de Trabajos por Día, esta Subcláusula no se aplicará.

Antes de ordenar Bienes para los trabajos, el Contratista presentará

cotizaciones al Ingeniero. Al solicitar un pago, el Contratista

presentará facturas, comprobantes y cuentas o recibos de los Bienes.

A excepción de los rubros para los que en el Listado de Trabajos por

Día especifique que no corresponde pago, el Contratista entregará

diariamente al Ingeniero declaraciones precisas en duplicado, que

incluirán los siguientes detalles sobre los recursos utilizados en la

ejecución de los trabajos del día anterior, a saber:

(a) nombres, ocupaciones y horas de trabajo del Personal del

Contratista,

(b) identificación, tipo y tiempo de uso de Equipos del Contratista

y de Obras Temporales, y

(c) cantidades y tipos de Equipos y Materiales utilizados.

El Ingeniero firmará y devolverá al Contratista una copia de cada

declaración que sea correcta o sea convenida. Posteriormente, el

Contratista presentará al Ingeniero declaraciones con los precios de

estos recursos, antes de incluirlos en la próxima Declaración de

conformidad con la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de

Pago Provisionales].

13.7 Ajustes por

Cambios en la

Legislación

El Precio del Contrato se ajustará a fin de reflejar cualquier aumento

o reducción en el Costo que se produzca a raíz de un cambio en las

Leyes del País (incluidas la introducción de nuevas Leyes y la

derogación o modificación de Leyes vigentes) o un cambio en la

interpretación judicial o gubernamental oficial de dichas Leyes,

después de la Fecha Base, que afecte el cumplimiento de las

obligaciones contraídas por el Contratista en virtud del Contrato.

Si el Contratista sufre (o sufrirá) una demora o incurre (o incurrirá)

en Costos adicionales como consecuencia de esos cambios en las

Leyes o en dichas interpretaciones, que se realicen después de la

Fecha Base, el Contratista notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a

la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho

a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha

retrasado o retrasará la terminación de las Obras, en virtud de

la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de cualquier Costo de esa índole, monto que se incluirá

en el Precio del Contrato.

Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad

con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o

una decisión al respecto.

Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista no tendrá derecho a la

prórroga mencionada si la demora correspondiente ya ha sido

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Sección VII. Condiciones generales 313

tomada en cuenta para establecer una ampliación de plazo anterior,

ni el Costo se pagará por separado si dicho monto ya se ha tomado

en cuenta en la indexación de cualesquiera datos en el cuadro de

datos de ajuste de conformidad con las disposiciones de la

Subcláusula 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo].

13.8 Ajustes por

Cambios en el Costo

En esta Subcláusula, ―cuadro de datos de ajuste‖ significa el cuadro

completo de los datos de ajuste correspondientes a monedas local y

extranjera que se incluyen en los Formularios. De no existir dicho

cuadro de datos de ajuste, esta Subcláusula no se aplicará.

Si se aplica esta Subcláusula, los montos pagaderos al Contratista se

ajustarán por alzas o bajas en el costo de la mano de obra, los Bienes

y otros insumos de las Obras, mediante la suma o resta de los

montos establecidos en las fórmulas que se establecen en esta

Subcláusula. En la medida en que las disposiciones de esta u otras

cláusulas no contemplen la compensación total por alzas o bajas de

los Costos, se considerará que el Monto Contractual Aceptado

incluye las sumas para cubrir las contingencias de otros aumentos o

reducciones en los costos.

El ajuste que se aplicará al monto de otra forma pagadero al

Contratista, conforme se valore de acuerdo con el Formulario

adecuado y se certifique en los Certificados de Pago, se calculará a

partir de las fórmulas para cada una de las monedas en que sea

pagadero el Precio del Contrato. No se aplicarán ajustes a los

trabajos valorados en función del Costo o precios vigentes. Las

fórmulas serán del siguiente tipo general:

Pn = a + b Ln/ Lo + c En/Eo + d Mn/Mo + ...... donde:

―Pn‖ es el factor multiplicador de ajuste que se aplicará al valor

contractual estimativo en la moneda pertinente del trabajo realizado

en el período ―n‖, siendo este período de un mes, salvo otra

indicación en los Datos Contractuales;

―a‖ es un coeficiente fijo, que se indica en el cuadro de datos de

ajuste pertinente y representa la porción no ajustable de los pagos

contractuales;

―b‖, ―c‖, ―d‖, … son coeficientes que representan la proporción

estimada de cada elemento de costo relacionado con la ejecución de

las Obras, tal como se indica en el cuadro de datos de ajuste

correspondiente; dichos elementos de costo tabulados pueden ser

indicativos de recursos tales como mano de obra, equipos y

materiales;

―Ln‖, ―En‖, ―Mn‖, … representan los índices de costos vigentes o

los precios de referencia para el período ―n‖, expresados en la

moneda de pago correspondiente, cada uno de los cuales es

aplicable al elemento de costo tabulado en la fecha correspondiente

a 49 días antes del último día del período (al cual se refiera el

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Sección VII. Condiciones generales 314

respectivo Certificado de Pago); y

―Lo‖, ―Eo‖, ―Mo‖, … representan los índices de costo base o los

precios de referencia, expresados en la moneda de pago

correspondiente, cada uno de los cuales es aplicable al elemento

relevante de costo tabulado en la Fecha Base.

Se usarán los índices de costos o precios de referencia que figuran

en el cuadro de datos de ajuste. Si su fuente estuviese en duda, el

Ingeniero determinará lo que corresponda . Para tal fin, se hará

referencia al valor de los índices en fechas determinadas a efectos

de clarificar la fuente; si bien es posible que esas fechas (y por ende

esos valores) puedan no corresponder a los índices de costo base.

En los casos en que la ―moneda del índice‖ no sea la moneda de

pago pertinente, cada índice será convertido a la moneda de pago

pertinente al tipo de venta, establecida por el banco central del País,

correspondiente a esta moneda en la fecha anterior para la cual se

requiera que el índice sea aplicable.

Hasta el momento en que se disponga de cada uno de los índices de

costos vigentes, el Ingeniero establecerá un índice provisional para

emitir los Certificados de Pago Provisionales. Cuando se cuente con

un índice de costo vigente, el ajuste se recalculará según

corresponda.

Si el Contratista no termina las Obras dentro del Plazo de

Terminación, los ajustes de precios posteriores se harán utilizando

(i) cada índice o precio aplicable 49 días antes del vencimiento del

Plazo de Terminación de las Obras, o (ii) el índice o precio vigentes;

de ambos, el que resulte más favorable para el Contratante.

Las ponderaciones (coeficientes) de cada factor de costo indicado en

el cuadro o cuadros de datos de ajuste se ajustarán únicamente si se

vuelven irrazonables, desequilibrados o inaplicables a raíz de

Variaciones.

14. Precio del Contrato y Pago

14.1 Precio del Contrato Salvo que se indique otra cosa en las Condiciones Especiales:

(a) el Precio del Contrato será acordado o establecido con arreglo

a la Subcláusula 12.3 [Evaluación] y estará sujeto a ajustes de

conformidad con el Contrato;

(b) el Contratista pagará todos los impuestos, derechos y cargos

exigibles a éste en virtud del Contrato, y el Precio del

Contrato no será ajustado por ninguno de dichos costos salvo

en los casos contemplados en la Subcláusula 13.7 [Ajustes por

Cambios en la Legislación];

(c) cualesquiera de las cantidades que se indiquen en la Lista de

Cantidades u otro Formulario son estimativas y no deben

considerarse como las cantidades reales y correctas:

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Sección VII. Condiciones generales 315

(i) de las Obras que el Contratista deberá ejecutar , ni

(ii) para los fines de la Cláusula 12 [Medición y Evaluación];

y

(d) el Contratista presentará al Ingeniero, dentro del plazo de 28 días

contado a partir de la Fecha de Inicio, el desglose propuesto de

todos los precios de cada suma global que se indiquen en los

Formularios. El Ingeniero podrá tomar en cuenta dicho desglose

al elaborar los Certificados de Pago, pero no estará obligado por

el mismo.

(e) Sin perjuicio de las disposiciones del inciso (b), anterior, los

Equipos del Contratista, incluidos los respectivos repuestos

esenciales, importados por el Contratista con el único fin de

ejecutar el Contrato estarán exentos del pago de impuestos y

derechos de importación.

14.2 Pago Anticipado El Contratante hará un pago anticipado, en forma de préstamo sin

intereses para fines de movilización y apoyo de flujo de caja, cuando

el Contratista suministre una garantía de conformidad con esta

Subcláusula. El total del pago anticipado, el número y la frecuencia

de las cuotas (en caso de que sea más de una) y las monedas y

proporciones aplicables se indicarán en los Datos Contractuales.

Salvo y hasta que el Contratante reciba esta garantía, o si en los

Datos Contractuales no se indica el total del pago anticipado, esta

Subcláusula no se aplicará.

El Ingeniero entregará al Contratista y al Contratante un Certificado

de Pago Provisional correspondiente al pago anticipado o a su

primera cuota después de que reciba una Declaración (en virtud de

la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pagos

Provisionales]) y después de que el Contratante reciba (i) la

Garantía de Cumplimiento de acuerdo con la Subcláusula 4.2

[Garantía de Cumplimiento] y (ii) una garantía por montos y

monedas equivalentes al pago anticipado. Esta garantía será emitida

por una entidad y de un país (u otra jurisdicción) aprobados por el

Contratante, y adoptará el formato que se adjunta a las Condiciones

Especiales u otro formato que apruebe el Contratante.

El Contratista se asegurará que la garantía sea válida y exigible hasta

que se reembolse el pago anticipado, pero su monto será reducido

en forma gradual en una suma igual a la de los reembolsos abonados

por el Contratista conforme se indique en los Certificados de Pago.

Si en los términos de la garantía se especifica su fecha de

vencimiento, y el pago anticipado no se ha reembolsado a más tardar

28 días antes de esa fecha, el Contratista prorrogará la validez de

dicha garantía hasta que el pago anticipado haya sido reembolsado .

Salvo indicación diferente en los Datos del Contrato, el pago

anticipado será reembolsado mediante deducciones porcentuales de

los pagos provisionales establecidos por el Ingeniero de

conformidad con la Subcláusula 14.6 [Emisión de Certificados de

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Sección VII. Condiciones generales 316

Pago Provisionales], de la siguiente manera:

(a) las deducciones se empezarán a realizar en el Certificado de

Pago Provisional inmediatamente posterior al certificado cuyo

total de pagos provisionales certificados (excluidos el pago

anticipado y las deducciones y reembolsos de montos

retenidos) supere el 30 por ciento (30%) del Monto

Contractual Aceptado menos Montos Provisionales; y

(b) las deducciones se harán a la tasa de amortización que figure

en los Datos Contractuales del monto de cada Certificado de

Pago Provisional (excluidos el pago anticipado y las

deducciones por reembolsos, así como reembolsos de montos

retenidos ) en las monedas y proporciones del pago anticipado

hasta que éste se haya reembolsado ; siempre que el pago

anticipado sea reembolsado en su totalidad antes de que se

certifique para su pago el 90 por ciento (90%) del Monto

Contractual Aceptado menos Montos Provisionales.

Si el pago anticipado no se ha reembolsado antes de la emisión del

Certificado de Recepción de Obra o antes de la terminación del

Contrato con arreglo a la Cláusula 15 [Terminación por parte del

Contratante], la Cláusula 16 [Suspensión y Terminación por parte

del Contratista] o la Cláusula 19 [Fuerza Mayor] (conforme

proceda), la totalidad del saldo pendiente será inmediatamente

debido y, en caso de terminación según lo dispuesto en la Cláusula

15 [Terminación por el Contratante] y Subcláusula 19.6

[Terminación Opcional, Pago y Finiquito], pagadero por el

Contratista al Contratante.

14.3 Solicitud de

Certificados de

Pago Provisionales

El Contratista presentará al Ingeniero a finales de cada mes una

Declaración en seis copias, en la forma que apruebe el Ingeniero, en

la que figuren de manera detallada los montos a los que considere

tener derecho, junto con la documentación de apoyo que incluirá el

informe de avance mensual de conformidad con la Subcláusula 4.21

[Informes de Avance].

La Declaración incluirá los siguientes elementos, según corresponda,

que se expresarán en las diferentes monedas en que sea pagadero el

Precio del Contrato y en la secuencia indicada a continuación:

(a) el valor contractual estimativo de las Obras realizadas y los

Documentos del Contratista que se hayan producido hasta

finales de ese mes (incluidas las Variaciones, pero excluidos

los elementos que se señalan en los incisos (b) a (g) infra);

(b) cualesquiera de los montos que deban agregarse o deducirse

por cambios en la legislación y en los costos, según lo

dispuesto en las Subcláusulas 13.7 [Ajustes por Cambios en la

Legislación] y 13.8 [Ajustes por Cambios en los Costos];

(c) cualquier monto que deba deducirse para fines de retención,

calculado aplicando el porcentaje de retención señalado en los

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Sección VII. Condiciones generales 317

Datos Contractuales al total de los montos mencionados supra,

hasta que el monto así retenido por el Contratante alcance el

límite de los Montos Retenidos (si los hubiere) establecidos en

los Datos Contractuales;

(d) cualesquiera de los montos que deban agregarse para el pago

anticipado y (si existe más de una cuota de pago) que deban ser

deducidas para sus reembolsos de conformidad con la

Subcláusula 14.2 [Pago Anticipado];

(e) cualesquiera de los montos que deban agregarse o deducirse

por concepto de Equipos o Materiales de conformidad con la

Subcláusula 14.5 [Equipos y Materiales para las Obras];

(f) cualesquiera otras adiciones o deducciones que sean pagaderas

en virtud del Contrato o de otra forma, incluidas las

mencionadas en la Cláusula 20 [Reclamaciones, Controversias

y Arbitraje]; y

(g) la deducción de montos certificados en todos los Certificados

de Pago anteriores.

14.4 Calendario de

Pagos

Si el Contrato incluye un calendario de pagos en el que se

especifiquen las cuotas en que se pagará el Precio del Contrato,

entonces, salvo indicación en otro sentido en dicho calendario,

(a) las cuotas indicadas en dicho calendario de pagos serán los

valores contractuales estimados para los fines del inciso (a) de

la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago

Provisionales];

(b) no se aplicará la Subcláusula 14.5 [Equipos y Materiales para

las Obras] ; y

(c) si estas cuotas no están definidas por referencia al avance real

alcanzado en la ejecución de las Obras, y si el avance real

resulta ser inferior o superior al que se usara de base para

programar el calendario de pagos, el Ingeniero podrá proceder

de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de

acordar o establecer nuevas cuotas, que habrán de tomar en

cuenta el grado en el que el avance resulta inferior o superior al

que sirvió de base anteriormente para las cuotas.

Si el Contrato no incluye un calendario de pagos, el Contratista

presentará cifras estimativas no obligatorias de los pagos que prevé

serán pagaderos cada trimestre. La primera cifra estimativa se

presentará dentro de un plazo de 42 días contados a partir de la

Fecha de Inicio. Cada trimestre se presentarán cifras estimativas

revisadas, hasta que se emita el Certificado de Recepción de Obra

para las Obras.

14.5 Equipos y

Materiales para las

Obras

En el caso de que se aplique esta Subcláusula, los Certificados de

Pago Provisionales incluirán, con arreglo al inciso (e) de la

Subcláusula 14.3, (i) un monto por concepto de los Equipos y

Materiales que se hayan enviado al Lugar de las Obras para

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Sección VII. Condiciones generales 318

incorporarlos en las Obras Permanentes, y (ii) una reducción en los

casos en que el valor contractual de dichos Equipos y Materiales

esté incluido como parte de las Obras Permanentes con arreglo al

inciso (a) de la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago

Provisionales].

Esta Subcláusula no se aplicará si las listas mencionadas en los

incisos (b)(i) o (c)(i) infra no se incluyen en los Formularios.

El Ingeniero determinará y certificará cada adición si se cumplen las

siguientes condiciones:

(a) el Contratista ha:

(i) mantenido un registro adecuado (que incluya las órdenes,

recibos, Costos y el uso de los Equipos y Materiales), el

cual está disponible para inspección, y

(ii) presentado una declaración del Costo de adquisición y

entrega de los Equipos y Materiales en el Lugar de las

Obras, con comprobantes satisfactorios;

y, o bien:

(b) los Equipos y Materiales pertinentes:

(i) son aquellos que se enumeran en los Formularios para

pago contra envío,

(ii) se han enviado al País, y están en ruta al Lugar de las

Obras, de conformidad con el Contrato; y

(iii) se describen en un conocimiento de embarque sin

salvedades u otro comprobante de envío, que se ha

presentado al Ingeniero junto con un comprobante de

pago del flete y seguro, y cualesquiera otros documentos

razonablemente requeridos y una garantía bancaria

emitida en una forma y por una entidad aceptables para

el Contratante en montos y monedas equivalentes al

monto adeudado en virtud de esta Subcláusula: esta

garantía podrá adoptar una forma similar al formato

referido en la Subcláusula 14.2 [Pago Anticipado] y será

valida hasta que los Equipos y Materiales hayan sido

almacenados adecuadamente en el Lugar de las Obras y

se hayan protegido contra pérdidas, daños o deterioro;

o

(c) los Equipos y Materiales pertinentes:

(i) son aquellos enumerados en los Formularios para pago

contra entrega en el Lugar de las Obras, y

(ii) han sido entregados y almacenados adecuadamente en el

Lugar de las Obras, están protegidos contra pérdidas,

daños o deterioro y parecen ceñirse a lo dispuesto en el

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Sección VII. Condiciones generales 319

Contrato.

El monto adicional que se ha de certificar será el equivalente del

80% del costo que establezca el Ingeniero para los Equipos y

Materiales (incluida la entrega en el Lugar de las Obras), tomando

en cuenta los documentos que se mencionan en esta Subcláusula y el

valor contractual de dichos Equipos y Materiales.

Las monedas de este monto adicional serán las mismas que las

correspondientes al monto que se volverá pagadero cuando se

incluya el valor contractual con arreglo al inciso (a) de la

Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales].

En ese momento, el Certificado de Pago incluirá la reducción

aplicable que será equivalente a este monto adicional para los

Equipos y Materiales pertinentes y se expresará en las mismas

monedas y proporciones que dicho monto.

14.6 Emisión de

Certificados de

Pago Provisionales

No se certificará ni pagará ningún monto hasta que el Contratante

haya recibido y aprobado la Garantía de Cumplimiento.

Posteriormente, el Ingeniero entregará al Contratante y al

Contratista, dentro de un plazo de 28 días después de recibir una

Declaración y documentos justificativos, un Certificado de Pago

Provisional en el que se indicará el monto que el Ingeniero

determine con criterio justo que es pagadero, junto con información

complementaria de cualquier deducción o retención realizadas por el

Ingeniero en la Declaración, si los hubiere.

Sin embargo, antes de emitir el Certificado de Recepción de las

Obras, el Ingeniero no estará obligado a emitir un Certificado de

Pago Provisional por un monto que (después de retenciones y otras

deducciones) sea inferior al monto mínimo establecido en los Datos

Contractuales para los Certificados de Pago Provisionales (si los

hubiere). En ese caso, el Ingeniero notificará apropiadamente al

Contratista.

No se retendrán Certificados de Pago Provisionales por ninguna otra

razón, aunque:

(a) si el Contratista suministra un elemento o realiza un trabajo

que no se ciñe al Contrato, podrá retenerse el costo que supone

la rectificación o reposición hasta que se lleve a cabo esta labor

de rectificación o reposición; o

(b) si el Contratista no ha cumplido o no cumple cualquiera de los

trabajos u obligaciones de conformidad con el Contrato, y el

Ingeniero le ha dado las notificaciones del caso, el valor

correspondiente a dicho trabajo u obligación podrá retenerse

hasta que éstos se cumplan.

El Ingeniero podrá, en cualquier Certificado de Pago, hacer

cualquier corrección o modificación que hubiera debido hacerse en

un Certificado de Pago anterior. Los Certificados de Pago

Provisionales no se considerarán como indicativos de la aceptación,

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Sección VII. Condiciones generales 320

aprobación, consentimiento o satisfacción del Ingeniero.

14.7 Pagos El Contratante pagará al Contratista:

(a) la primera cuota del pago anticipado, dentro de un plazo de 42

días contados a partir de la fecha de emisión de la Carta de

Aceptación o dentro de un plazo de 21 días después de recibir

los documentos de conformidad con las Subcláusulas 4.2

[Garantía de Cumplimiento] y 14.2 [Pago Anticipado], lo que

ocurra más tarde;

(b) el monto certificado en cada Certificado de Pago Provisional,

dentro de los 56 días posteriores al momento en que el

Ingeniero haya recibido la Declaración y los documentos

justificativos o, cuando el préstamo o crédito del Banco (de

donde proviene parte de los pagos al Contratista) sea

suspendido, el monto que figure en cualquier declaración

presentada por el Contratista, dentro de 14 días después de la

presentación de dicha declaración. Cualquier discrepancia será

rectificada en el próximo pago al Contratista; y

(c) el monto certificado en el Certificado de Pago Final, dentro de

los 56 días posteriores al momento en que el Contratante haya

recibido dicho certificado, o si se suspendiera el préstamo o

crédito del Banco (de donde proviene parte de los pagos al

Contratista), el monto no disputado que figure en la

Declaración Final, dentro de los 56 días posteriores a la fecha

de notificación de la suspensión de conformidad con la

Subcláusula 16.2 [Terminación por el Contratista].

El pago del monto adeudado en cada moneda se hará en la cuenta

bancaria que designe el Contratista en el país de pago (para esta

moneda) que se especifique en el Contrato.

14.8 Retraso en los

Pagos

Si el Contratista no recibe un pago de conformidad con la

Subcláusula 14.7 [Pagos], el Contratista tendrá derecho a recibir

durante el período de mora un cargo financiero compuesto mensual

sobre el monto insoluto. Se considerará dicho período como

comenzando a correr a partir de la fecha de pago que se especifica

en la Subcláusula 14.7 [Pagos], sin consideración (en caso de su

inciso (b)) de la fecha en que se emita cualquier Certificado de Pago

Provisional.

Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, estos

cargos financieros se calcularán a la tasa anual de tres puntos

porcentuales sobre la tasa de descuento del banco central del país de

la moneda de pago o, si ésta no se encuentra disponible, la tasa

interbancaria ofrecida, y se pagarán en dicha moneda.

El Contratista tendrá derecho a recibir este pago sin notificación

formal o certificación , y sin perjuicio de cualquier otro derecho o

recurso.

14.9 Pago del Monto Cuando haya sido emitido el Certificado de Recepción de Obra para

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Sección VII. Condiciones generales 321

Retenido las Obras, el Ingeniero certificará para pago la primera parte del

Monto Retenido a favor del Contratista. Si se emite un Certificado

de Recepción de Obra para una Sección o parte de las Obras, se

certificará y pagará una proporción del Monto Retenido. Esta

proporción será igual a la mitad (50%) de la proporción calculada

dividiendo el valor contractual estimado de la Sección o parte entre

el Precio final estimado del Contrato.

Lo más pronto posible después de la última fecha de vencimiento de

los Plazos para la Notificación de Defectos, el Ingeniero certificará

el saldo remanente del Monto Retenido para su pago al Contratista.

De haberse emitido un Certificado de Recepción de Obra para una

Sección, se certificará una proporción de la segunda mitad del

Monto Retenido y se pagará sin demora después de la fecha de

vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos

correspondiente a dicha Sección. Esta proporción será igual a dos

quintos (40%) de la proporción calculada dividiendo el valor

contractual estimado de la Sección entre el Precio final estimado del

Contrato.

Sin embargo, si alguno de los trabajos quedara por ejecutar de

conformidad con la Cláusula 11 [Responsabilidad por Defectos], el

Ingeniero podrá retener la certificación del costo estimado de este

trabajo hasta que éste haya sido ejecutado.

Al calcularse estas proporciones, no se tomará en cuenta ninguno de

los ajustes con arreglo a las Subcláusulas 13.7 [Ajustes por Cambios

en la Legislación] y 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo].

Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, cuando el

Certificado de Recepción de Obra para las Obras haya sido emitido

y la primera mitad del Monto Retenido haya sido certificada para

pago por el Ingeniero, el Contratista tendrá derecho a reemplazar la

garantía para la segunda mitad del Monto Retenido por otra

otorgada por una entidad que apruebe el Contratante, en el formato

que se adjunta a las Condiciones Especiales o en otro formato

aprobado por el Contratante. El Contratista deberá asegurarse de

que la garantía se emita por los montos y en las monedas de la

segunda mitad del Monto Retenido y que sea válida y exigible hasta

que el Contratista haya ejecutado y terminado las Obras y reparado

cualesquiera defectos, según se especifica en la Subcláusula 4.2 en

relación con la Garantía de Cumplimiento. Una vez que el

Contratante reciba la garantía requerida, el Ingeniero certificará y el

Contratante pagará la segunda mitad del Monto Retenido. La

liberación de dicha mitad contra presentación de una garantía se

hará en lugar de la liberación con arreglo al segundo párrafo de esta

Subcláusula. El Contratante devolverá la garantía al Contratista

dentro del plazo de 21 días después de recibir una copia del

Certificado de Cumplimiento.

Si la Garantía de Cumplimiento requerida en virtud de la

Subcláusula 4.2 es una garantía a la vista, y el monto garantizado al

amparo de ésta al momento de emisión del Certificado de Recepción

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Sección VII. Condiciones generales 322

de Obra es más de la mitad del Monto Retenido , entonces no se

exigirá la garantía correspondiente al Monto Retenido . Si el monto

garantizado al amparo de la Garantía de Cumplimiento al momento

de emisión del Certificado de Recepción de Obra es menos de la

mitad del Monto Retenido , la garantía correspondiente al Monto

Retenido sólo se requerirá por la diferencia entre la mitad del Monto

Retenido y el monto garantizado al amparo de la Garantía de

Cumplimiento.

14.10 Declaración de

Terminación

Dentro del plazo de 84 días contados a partir de la fecha en que

reciba el Certificado de Recepción de Obra correspondiente a las

Obras, el Contratista presentará al Ingeniero una declaración de

terminación en seis copias con documentos complementarios, de

conformidad con la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de

Pago Provisionales], en la que se muestre:

(a) el valor de todos los trabajos realizados de acuerdo con el

Contrato hasta la fecha señalada en el Certificado de

Recepción de Obra correspondiente a las Obras,

(b) cualquier monto adicional que el Contratista considere

pagadero, y

(c) un cálculo estimativo de cualesquiera otros montos que el

Contratista considere que serán pagaderos a su favor en virtud

del Contrato. Los montos estimados se incluirán por separado

en esta Declaración de terminación.

El Ingeniero procederá después a certificar de conformidad con la

Subcláusula 14.6 [Emisión de Certificados de Pago Provisionales].

14.11 Solicitud de

Certificado de Pago

Final

Dentro del plazo de 56 días después de recibir el Certificado de

Cumplimiento, el Contratista presentará al Ingeniero un borrador de

declaración final en seis copias, en un formato aprobado por el

Ingeniero y con documentos complementarios, en el cual se muestre

detalladamente:

(a) el valor de todos los trabajos realizados de conformidad con el

Contrato, y

(b) cualquier monto adicional que el Contratista considere

pagadero a su favor en virtud del Contrato o de otra manera.

Si el Ingeniero no está de acuerdo con una parte del borrador de

declaración final o no puede verificarla, el Contratista presentará

dentro del plazo de 28 días después de recibido dicho borrador, la

información adicional que solicite razonablemente el Ingeniero y

hará los cambios en el borrador que ambos determinen de común

acuerdo. Luego, el Contratista preparará y presentará al Ingeniero la

declaración final de la manera acordada. Esta declaración

consensuada se denomina ―Declaración Final‖ en estas Condiciones.

Sin embargo, si, después de deliberaciones entre el Ingeniero y el

Contratista y de cualquier de los cambios acordados al borrador de

declaración final, resultare evidente que existe una controversia, el

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Sección VII. Condiciones generales 323

Ingeniero entregará al Contratante (con copia al Contratista) un

Certificado de Pago Provisional correspondiente a las partes acordadas

del borrador de declaración final. Posteriormente, si se resolviera la

controversia en forma definitiva con arreglo a las Subcláusulas 20.4 [

Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] o 20.5

[Transacción Amigable], el Contratista entonces preparará y entregará

al Contratante una Declaración Final (con copia al Ingeniero).

14.12 Finiquito Al presentar la Declaración Final, el Contratista presentará un

finiquito confirmando que el total de la Declaración Final constituye

el pago total y definitivo de todos los montos adeudados al

Contratista en virtud del Contrato o en relación con éste. Este

finiquito podrá indicar que el mismo entrará en vigencia cuando el

Contratista reciba la Garantía de Cumplimiento y el saldo pendiente

de ese total, en cuyo caso el finiquito entrará en vigor en esa fecha.

14.13 Emisión de

Certificado de Pago

Final

Dentro del plazo de 28 días posteriores al momento en que haya

recibido la Declaración Final y el finiquito de conformidad con las

Subcláusulas 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] y 14.12

[Finiquito], el Ingeniero entregará, al Contratante y al Contratista, el

Certificado de Pago Final, en el que se indicará:

(a) el monto que equitativamente el Ingeniero haya determinado,

como pagadero con carácter definitivo, y

(b) después de reconocer al Contratante todos los montos

anteriormente pagados por el mismo, así como todas las

sumas a que éste tenga derecho, el saldo (si lo hubiere)

adeudado por el Contratante al Contratista o viceversa,

conforme corresponda.

Si el Contratista no ha solicitado un Certificado de Pago Final de

conformidad con las Subcláusulas 14.11 [Solicitud de Certificado de

Pago Final] y 14.12 [Finiquito], el Ingeniero le solicitará que lo

haga. Si el Contratista no presenta una solicitud dentro del plazo de

28 días, el Ingeniero emitirá el Certificado de Pago Final por el

monto que equitativamente determine como pagadero.

14.14 Fin de la

Responsabilidad del

Contratante

El Contratante no será responsable ante el Contratista por ninguna

de las materias o rubros contemplados o relacionados con el

Contrato o la ejecución de las Obras, salvo en la medida en que el

Contratista haya incluido un monto expresamente para ello:

(a) en la Declaración Final y, también,

(b) en la Declaración de terminación que se describe en la

Subcláusula 14.10 [Declaración de Terminación], (excepto por

asuntos o cosas que se susciten después de la emisión del

Certificado de Recepción de Obra correspondiente a las Obras)

Sin embargo, esta Subcláusula no limitará las responsabilidades del

Contratante en el marco de sus obligaciones de indemnización ni sus

responsabilidades en casos de fraude, incumplimiento deliberado o

mala conducta evidente de su parte.

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Sección VII. Condiciones generales 324

14.15 Monedas de Pago

El Precio del Contrato se pagará en la moneda o monedas señaladas

en el Formulario de Monedas de Pago. Si se señala más de una

moneda, los pagos se harán de la siguiente manera:

(a) si el Monto Contractual Aceptado sólo se expresa en Moneda

Local:

(i) las proporciones o los montos de las Monedas Local y

Extranjeras y los tipos de cambio fijo que se usarán para

calcular los pagos serán los que se indican en el

Formulario de Monedas de Pago, salvo que ambas Partes

acuerden de otra manera;

(ii) los pagos y las deducciones en virtud de las Subcláusulas

13.5 [Montos Provisionales] y 13.7 [Ajustes por Cambios

en la Legislación] se harán en las monedas y

proporciones correspondientes; y

(iii) otros pagos y deducciones en virtud de los incisos (a) a

(d) de la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de

Pago Provisionales] se harán en las monedas y

proporciones que se especifican en el inciso (a)(i) supra;

(b) el pago de las indemnizaciones que se especifican en los Datos

Contractuales se hará en las monedas y proporciones que se

señalan en el Formulario de Monedas de Pago;

(c) otros pagos al Contratante por parte del Contratista se harán en

la moneda en la cual el Contratante haya efectuado el gasto

correspondiente, o en la moneda acordada entre las Partes;

(d) si cualquier monto pagadero por el Contratista al Contratante

en una moneda específica supera el monto pagadero por el

Contratante al Contratista en esa moneda, el Contratante podrá

recuperar el saldo de ese monto de los demás importes

adeudados al Contratista en otras monedas; y

(e) si no se señalan tipos de cambio en el Formulario de Monedas

de Pago, se usarán los que prevalezcan en la Fecha Base y que

sean determinados por el banco central del País.

15. Terminación por Parte del Contratante

15.1 Notificación Para

Hacer

Correcciones

Si el Contratista no cumple con cualesquiera de las obligaciones en

virtud del Contrato, el Ingeniero podrá exigirle, mediante

notificación, que corrija la falla y la subsane dentro de un plazo

determinado razonable.

15.2 Terminación por

parte del

Contratante

El Contratante tendrá derecho a dar por terminado el Contrato si el

Contratista:

(a) no cumple con lo dispuesto en la Subcláusula 4.2 [Garantía de

Cumplimiento] o con una notificación dada de conformidad

con la Subcláusula 15.1 [Notificación Para Hacer

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Sección VII. Condiciones generales 325

Correcciones],

(b) abandona las Obras o demuestra claramente de otra manera

que no tiene intenciones de continuar cumpliendo sus

obligaciones bajo el Contrato,

(c) sin una excusa razonable:

(i) no procede con las Obras de conformidad con la Cláusula

8 [inicio, Demoras y Suspensión], o

(ii) no cumple con una notificación emitida de conformidad

con las Subcláusulas 7.5 [Rechazo] o 7.6 [Medidas

Correctivas] dentro del plazo de 28 días después de

recibirla,

(d) subcontrata la totalidad de las Obras o cede el Contrato sin el

acuerdo requerido,

(e) quiebra o se vuelve insolvente; entra en liquidación; se dicta en

su contra una orden de administración judicial ; entra en

concurso de acreedores; prosigue sus actividades bajo la

autoridad de un administrador judicial, un fiduciario o un

administrador en beneficio de sus acreedores, o si se realiza

cualquier acto o se produce cualquier hecho que (bajo las

Leyes pertinentes) tenga un efecto análogo a cualquiera de los

actos o hechos señalados supra, o

(f) da u ofrece dar (directa o indirectamente) a cualquier persona

cualquier soborno, regalo, gratificación, comisión u otra cosa

de valor como incentivo o recompensa:

(i) por hacer o no hacer cualquier acción relacionada con el

Contrato, o

(ii) por mostrar o no mostrar favor o posición a alguna

persona en relación con el Contrato,

o si cualquier miembro del Personal del Contratista, representante o

Subcontratista del Contratista da u ofrece (directa o indirectamente)

a cualquier persona cualquiera de esos incentivos o recompensas

que se describen en el inciso (f) supra. Sin embargo, los incentivos y

recompensas de carácter lícito para el Personal del Contratista no

darán lugar a la terminación del Contrato.

En cualquiera de dichas situaciones o circunstancias, el Contratante

podrá, previa notificación al Contratista con una antelación de 14

días, terminar el Contrato y expulsar al Contratista del Lugar de las

Obras. Sin embargo, en el caso de los incisos (e) o (f), el Contratante

podrá, mediante notificación, terminar inmediatamente el Contrato.

La decisión de terminar el Contrato por parte del Contratante no

perjudicará ninguno de sus demás derechos con arreglo al Contrato

o a otra fuente.

En ese caso, el Contratista abandonará el Lugar de las Obras y

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Sección VII. Condiciones generales 326

entregará al Ingeniero cualesquiera Bienes requeridos, todos los

Documentos del Contratista y otros documentos de diseño

elaborados por o para el Contratista. Sin embargo, el Contratista

realizará sus mejores esfuerzos para cumplir inmediatamente

cualquier orden razonable que se incluya en la notificación para: (i)

la cesión de cualquier subcontrato, y (ii) la protección de la vida o la

propiedad, o la seguridad de las Obras.

Con posterioridad a la terminación, el Contratante podrá terminar

las Obras y/o encargárselas a otras entidades, en cuyo caso el

Contratante y dichas entidades podrán usar cualesquiera Bienes,

Documentos del Contratista y otros documentos de diseño

elaborados por el Contratista o en su nombre.

El Contratante notificará al Contratista que se le entregarán los

Equipos del Contratista y las Obras Temporales en el Lugar de las

Obras o en sus inmediaciones. El Contratista inmediatamente hará

los arreglos necesarios para el retiro de los mismos por su cuenta y

riesgo. Sin embargo, si para entonces el Contratista no ha pagado

un monto adeudado al Contratante, este último podrá vender dichos

elementos a fin de recuperar ese monto y luego abonar al Contratista

cualquier saldo remanente.

15.3 Valoración en la

Fecha de

Terminación

Tan pronto como sea posible después de que entre en vigor una

notificación de terminación en virtud de la Subcláusula 15.2

[Terminación por parte del Contratante], el Ingeniero procederá de

conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o

establecer el valor de las Obras, los Bienes, los Documentos del

Contratista y cualesquiera otros montos adeudados al Contratista por

trabajos ejecutados de conformidad con el Contrato.

15.4 Pagos después de la

Terminación

Después de que entre en vigor una notificación de terminación en

virtud de la Subcláusula 15.2 [Terminación por parte del

Contratante], el Contratante podrá:

(a) proceder de conformidad con la Subcláusula 2.5

[Reclamaciones del Contratante],

(b) retener pagos adicionales al Contratista hasta que se hayan

determinado los costos de ejecución, terminación y reparación

de cualesquiera defectos, indemnizaciones por demora en la

terminación (si las hubiere) y todos los demás costos en que

incurra el Contratante, o

(c) recuperar del Contratista el monto de cualesquiera pérdidas e

indemnizaciones incurridos por el Contratante y cualquier

costo adicional para terminar las Obras, después de considerar

cualquier suma adeudada al Contratista en virtud de la

Subcláusula 15.3 [Valoración en la Fecha de Terminación].

Después de recuperar los montos correspondientes a esas

pérdidas, indemnizaciones y costos adicionales, el Contratante

pagará cualquier saldo remanente al Contratista.

15.5 Derecho del

Contratante de

El Contratante tendrá derecho a terminar el Contrato, en cualquier

momento y por su propia conveniencia, previa notificación de tal

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Sección VII. Condiciones generales 327

Terminar el

Contrato por

Conveniencia

terminación al Contratista. La terminación entrará en vigor 28 días

después de la fecha en que el Contratista haya recibido esta

notificación o en que el Contratante haya devuelto la Garantía de

Cumplimiento, lo que ocurra más tarde. El Contratante no terminará

el Contrato con arreglo a esta Subcláusula con el propósito de

ejecutar las Obras él mismo o encargárselas a otro contratista ni para

evitar una terminación del Contrato por parte del Contratista en

virtud de la Subcláusula 16.2 [Terminación por Parte del

Contratista].

Con posterioridad a esta terminación, el Contratista procederá de

conformidad con la Subcláusula 16.3 [Cese de las Obras y Retiro de

los Equipos del Contratista] y será pagado según se estipula en la

Subcláusula 16.4 [Pago a la Terminación].

15.6 Prácticas

Corruptivas o

Fraudulentas

15.6.1 El Banco exige a todos los prestatarios (incluyendo los

beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y

organismos contratantes, al igual que a todas las firmas,

entidades o personas oferentes por participar o participando

en proyectos financiados por el Banco incluyendo, entre

otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y

concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios,

empleados y representantes), observar los más altos niveles

éticos y denunciar al Banco todo acto sospechoso de fraude

o corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado

durante el proceso de selección y las negociaciones o la

ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción

están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de:

(a) práctica corruptiva; (b) práctica fraudulenta; (c) práctica

coercitiva; y (d) práctica colusoria. Las definiciones que se

transcriben a continuación corresponden a los tipos más

comunes de fraude y corrupción, pero no son exhaustivas.

Por esta razón, el Banco también adoptará medidas en caso

de hechos o denuncias similares relacionadas con supuestos

actos de fraude y corrupción, aunque no estén especificados

en la lista siguiente. El Banco aplicará en todos los casos los

procedimientos establecidos en la Cláusula 15.6.1 (c).

(a) El Banco define los términos que se indican a

continuación:

(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar,

recibir o solicitar, directa o indirectamente,

cualquier cosa de valor para influenciar las

acciones de otra parte;

(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u

omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y

circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a

alguna parte para obtener un beneficio financiero o

de otra naturaleza o para evadir una obligación;

(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o

causar daño, o amenazar con perjudicar o causar

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Sección VII. Condiciones generales 328

daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o

a sus bienes para influenciar las acciones de una

parte; y

(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o

más partes realizado con la intención de alcanzar

un propósito inapropiado, incluyendo influenciar

en forma inapropiada las acciones de otra parte;

(b) Si se comprueba que, de conformidad con los

procedimientos administrativos del Banco, cualquier

firma, entidad o persona actuando como Oferente o

participando en un proyecto financiado por el Banco

incluyendo, entre otros, Oferentes, proveedores,

contratistas, subcontratistas, consultores y

concesionarios, organismos ejecutores u organismos

contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios,

empleados y representantes), ha cometido un acto de

fraude o corrupción, el Banco podrá:

(i) decidir no financiar ninguna propuesta de

adjudicación de un contrato o de un contrato

adjudicado para la adquisición de bienes y la

contratación de obras financiadas por el Banco;

(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se

determina, en cualquier etapa, que existe evidencia

suficiente para comprobar el hallazgo de que un

empleado, agente o representante del Prestatario,

el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante

ha cometido un acto de fraude o corrupción;

(iii) cancelar y/o acelerar el pago de una parte del

préstamo o de la donación relacionada

inequívocamente con un contrato, cuando exista

evidencia de que el representante del Prestatario, o

Beneficiario de una donación, no ha tomado las

medidas correctivas adecuadas en un plazo que el

Banco considere razonable y de conformidad con

las garantías de debido proceso establecidas en la

legislación del país Prestatario;

(iv) emitir una amonestación en el formato de una carta

formal de censura a la conducta de la firma,

entidad o individuo;

(v) declarar a una persona, entidad o firma inelegible,

en forma permanente o por determinado período

de tiempo, para que se le adjudiquen o participen

en contratos bajo proyectos financiados por el

Banco, excepto bajo aquellas condiciones que el

Banco considere ser apropiadas;

(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes

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Sección VII. Condiciones generales 329

encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o

(vii) imponer otras sanciones que considere ser

apropiadas bajo las circunstancias del caso,

incluyendo la imposición de multas que

representen para el Banco un reembolso de los

costos vinculados con las investigaciones y

actuaciones. Dichas sanciones podrán ser

impuestas en forma adicional o en sustitución de

otras sanciones.

(c) El Banco ha establecido procedimientos administrativos

para los casos de denuncias de fraude y corrupción

dentro del proceso de adquisiciones o la ejecución de

un contrato financiado por el Banco, los cuales están

disponibles en el sitio virtual del Banco

(www.iadb.org). Para tales propósitos cualquier

denuncia deberá ser presentada a la Oficina de

Integridad Institucional del Banco (OII) para la

realización de la correspondiente investigación. Las

denuncias podrán ser presentadas confidencial o

anónimamente.

(d) Los pagos estarán expresamente condicionados a que la

participación de los Oferentes en el proceso de

adquisiciones se haya llevado de acuerdo con las

políticas del Banco aplicables en materia de fraude y

corrupción que se describen en esta Cláusula 15.6.; y

(e) La imposición de cualquier medida que sea tomada por

el Banco de conformidad con las provisiones referidas

en el literal b) de esta Cláusula podrá hacerse de forma

pública o privada, de acuerdo con las políticas del

Banco.

15.6.2 El Banco tendrá el derecho a exigir que en los contratos

financiados con un préstamo o donación del Banco, se

incluya una disposición que exija que los oferentes,

proveedores, Contratistas, subcontratistas, consultores y

concesionarios permitan al Banco revisar sus cuentas y

registros y cualquier otros documentos relacionados con la

presentación de propuestas y con el cumplimiento del

contrato y someterlos a una auditoría por auditores

designados por el Banco. Para estos efectos, el Banco tendrá

el derecho a exigir que se incluya en contratos financiados

con un préstamo del Banco una disposición que requiera

que los oferentes, proveedores, Contratistas, subcontratistas,

consultores y concesionarios: (i) conserven todos los

documentos y registros relacionados con los proyectos

financiados por el Banco por un período de tres (3) años

luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo

contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la

investigación de denuncias de fraude y corrupción, y

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Sección VII. Condiciones generales 330

pongan a la disposición del Banco los empleados o agentes

de los oferentes, proveedores, Contratistas, subcontratistas,

consultores y concesionarios que tengan conocimiento del

proyecto financiado por el Banco para responder las

consultas provenientes de personal del Banco o de cualquier

investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente

designado para la revisión o auditoría de los documentos. Si

el oferente, proveedor, Contratista, subcontratista, consultor

o concesionario incumple el requerimiento del Banco, o de

cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por

parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá

tomar medidas apropiadas contra el oferente, proveedor,

Contratista, subcontratista, consultor o concesionario.

15.6.3 El Contratista declara y garantiza:

(a) que ha leído y entendido la prohibición sobre actos de

fraude y corrupción dispuesta por el Banco y nos

obligamos a observar las normas pertinentes;

(b) que no ha incurrido en ninguna infracción de las

políticas sobre fraude y corrupción descritas en este

documento;

(c) que no ha tergiversado ni ocultado ningún hecho

sustancial durante los procesos de adquisición o

negociación del contrato o cumplimiento del contrato;

(d) que ninguno de sus directores, funcionarios o

accionistas principales han sido declarados

inelegibles para que se les adjudiquen contratos

financiados por el Banco, ni han sido declarados

culpables de delitos vinculados con fraude o corrupción;

(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o

accionistas principales han sido director, funcionario o

accionista principal de ninguna otra compañía o entidad

que haya sido declarada inelegible para que se le

adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha

sido declarado culpable de un delito vinculado con

fraude o corrupción;

(f) que ha declarado todas las comisiones, honorarios de

representantes, pagos por servicios de facilitación o

acuerdos para compartir ingresos relacionados con el

contrato o el contrato de consultoría financiado por el

Banco;

(g) que reconoce que el incumplimiento de cualquiera

de estas garantías constituye el fundamento para la

imposición por el Banco de cualquiera o de un conjunto

de medidas que se describen en esta Cláusula 15.6.1 (b).

16. Suspensión y Terminación por parte del Contratista

16.1 Derecho del

Contratista a

Suspender los

Si el Ingeniero no realiza la certificación de conformidad con la

Subcláusula 14.6 [Emisión de Certificados de Pago Provisionales] o

el Contratante no cumple con lo dispuesto en las Subcláusulas 2.4

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Sección VII. Condiciones generales 331

Trabajos [Arreglos Financieros del Contratante] o 14.7 [Pagos], el

Contratista podrá, previa notificación al Contratante con una

antelación mínima de 21 días, suspender los trabajos (o reducir el

ritmo de trabajo) salvo y hasta que el Contratista haya recibido el

Certificado de Pago, pruebas razonables o pago, conforme proceda y

según se indique en la notificación.

Sin perjuicio de lo anterior, si el Banco ha suspendido los

desembolsos al amparo de su préstamo o crédito, con cuyos recursos

se han realizado los pagos al Contratista, total o parcialmente para la

ejecución de las Obras, y no hay recursos alternativos disponibles

conforme se contempla en la Subcláusula 2.4 [Arreglos Financieros

del Contratante], el Contratista podrá, previa notificación, suspender

los trabajos o reducir su ritmo en cualquier momento, pero con un

plazo mínimo de 7 días contados a partir de la fecha en que el

Prestatario haya recibido del Banco la notificación de suspensión.

La acción del Contratista no perjudicará su derecho a los cargos

financieros en virtud de la Subcláusula 14.8 [Retraso en los Pagos] y

a terminar el Contrato con arreglo a la Subcláusula 16.2

[Terminación por parte del Contratista].

Si el Contratista recibe posteriormente dicho Certificado de Pago,

prueba o pago (conforme se describa en la Subcláusula pertinente y

en la notificación mencionada supra) antes de hacer una notificación

de terminación, el Contratista reanudará su trabajo normal tan

pronto como sea razonablemente posible.

Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo a raíz de

la suspensión de los trabajos (o reducción del ritmo de trabajo) de

conformidad con esta Subcláusula, el Contratista notificará al

Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del

Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha

retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, en virtud

de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dicho Costo más utilidades, el cual será incluido en

el Precio del Contrato.

Tras recibir esta notificación, el Ingeniero procederá de conformidad

con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o a

una decisión al respecto.

16.2 Terminación por

parte del

Contratista

El Contratista tendrá derecho a terminar el Contrato si:

(a) no recibe evidencia razonable dentro del plazo de 42 días

después de haber dado una notificación con arreglo a la

Subcláusula 16.1 [Derecho del Contratista a Suspender los

Trabajos] en relación con un incumplimiento de la

Subcláusula 2.4 [Arreglos Financieros del Contratante],

(b) el Ingeniero no emite el Certificado de Pago correspondiente,

dentro del plazo de 56 días después de haber recibido una

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Sección VII. Condiciones generales 332

Declaración y documentos complementarios,

(c) el Contratista no recibe el monto adeudado al amparo de un

Certificado de Pago Provisional dentro del plazo de 42 días

contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo

establecido en la Subcláusula 14.7 [Pagos] para realizar los

pagos (salvo en cuanto a deducciones de conformidad con la

Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante]),

(d) el Contratante no cumple sustancialmente sus obligaciones en

virtud del Contrato a tal forma de afectar sustancial y

adversamente el balance económico del Contrato o la

capacidad del Contratista para cumplir el Contrato,

(e) el Contratante no cumple con lo dispuesto en la Subcláusula

1.6 [Contrato] o la Subcláusula 1.7 [Cesión],

(f) una suspensión prolongada afecta la totalidad de las Obras

conforme se describe en la Subcláusula 8.11 [Suspensión

Prolongada], o

(g) el Contratante quiebra o se vuelve insolvente; entra en

liquidación; se dicta en su contra una orden judicial o de

administración; entra en concurso de acreedores; continúa sus

actividades bajo la autoridad de un administrador judicial, un

fideicomisario o un administrador en beneficio de sus

acreedores, o si se realiza cualquier acto o se produce

cualquier hecho que (bajo las Leyes aplicables) tenga un

efecto análogo a cualquiera de los actos o hechos señalados

supra,

(h) si el Banco suspende el préstamo o crédito de donde proviene

parte o la totalidad de los pagos al Contratista, y éste no ha

recibido los montos que se le adeudan, una vez vencido el

plazo de 14 días que se estipula en la Subcláusula 14.7 [Pagos]

para pagos en virtud de Certificados de Pago Provisionales, el

Contratista podrá, sin perjuicio de sus derechos a cargos

financieros con arreglo a la Subcláusula 14.8 [Retraso en los

Pagos], tomar una de las siguientes medidas: (i) suspender los

trabajos o reducir su ritmo, o (ii) terminar sus servicios en

virtud del Contrato mediante notificación al Contratante, con

copia al Ingeniero. Dicha terminación entrará en vigor 14 días

después de efectuada la notificación correspondiente.

(i) si el Contratista no recibe instrucciones de parte del

Ingeniero registrando el acuerdo de ambas partes con

el cumplimiento de las condiciones para el Inicio de

las Obras de conformidad con la Subcláusula 8.1

[Inicio de las Obras].

En cualquiera de estas situaciones o circunstancias, el Contratista

podrá terminar el Contrato, previa notificación al Contratante con

una antelación mínima de 14 días. Sin embargo, en el caso de los

incisos (f) o (g), el Contratista podrá terminar inmediatamente el

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Sección VII. Condiciones generales 333

Contrato mediante notificación.

La elección del Contratante de terminar el Contrato será sin

perjuicio de cualesquiera de los derechos del Contratista en virtud

del Contrato o de otra fuente.

16.3 Cese de las Obras y

Retiro de los

Equipos del

Contratista

Después de que entre en vigencia una notificación de Terminación

con arreglo a las Subcláusulas 15.5 [Derecho del Contratante de

Terminar el Contrato por Conveniencia], 16.2 [Terminación por

Parte del Contratista] o 19.6 [Terminación Opcional, Pago y

Finiquito], el Contratista deberá, sin demora:

(a) suspender todo trabajo adicional, con excepción del que pueda

haber ordenado el Ingeniero para la protección de la vida o la

propiedad, o para la seguridad de las Obras,

(b) entregar los Documentos del Contratista, los Equipos, los

Materiales y los demás trabajos por los que haya recibido

pago, y

(c) retirar todos los demás Bienes del Lugar de las Obras, salvo

los que sea necesario dejar por razones de seguridad, y

abandonar el Lugar de las Obras.

16.4 Pago a la

Terminación

Después de que entre en vigencia una notificación de Terminación

con arreglo a la Subcláusula 16.2 [Terminación por parte del

Contratista], el Contratante deberá, sin demora:

(a) devolver al Contratista la Garantía de Cumplimiento,

(b) pagar al Contratista de conformidad con la Subcláusula 19.6

[Terminación Opcional, Pago y Finiquito], y

(c) pagar al Contratista el monto correspondiente a cualquier

pérdida o daño sufrido por el Contratista como consecuencia

de la terminación.

17. Riesgos y Responsabilidades

Indemnizaciones El Contratista indemnizá y ampará al Contratante, al Personal del

Contratante y sus respectivos representantes de toda reclamación,

daño, pérdida y gasto (incluidos honorarios y gastos de abogados)

relacionado con:

(a) lesiones corporales, enfermedades o muerte, de cualesquiera

personas, que se produzcan a raíz o en el curso del diseño del

Contratista (si lo hubiere), la ejecución y la terminación de las

Obras y la reparación de cualesquiera defectos, salvo que sean

atribuibles a cualquier negligencia, acto deliberado o

incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el

Personal del Contratante o cualquiera de sus respectivos

representantes, y

(b) daños a o pérdida de cualesquiera propiedades, ya sean bienes

raíces o personales (aparte de las Obras), en la medida en que

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Sección VII. Condiciones generales 334

dicho daño o pérdida se produzca como resultado o en el curso

del diseño del Contratista (si lo hubiere), la ejecución y

terminación de las Obras y la reparación de cualesquiera

defectos, salvo y en la medida en que dicho daño o pérdida sea

atribuible a cualquier negligencia, acto deliberado o

incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el

Personal del Contratante, sus respectivos representantes o

cualquier persona directa o indirectamente empleada por

cualquiera de ellos.

El Contratante indemnizará y amparará al Contratista, al Personal del

Contratista y sus respectivos representantes frente a y de cualquiera de

las reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos honorarios y

gastos de abogados ) relacionados con (1) lesiones corporales,

enfermedades o muerte atribuibles a cualquier negligencia, acto

deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Contratante,

el Personal del Contratante o cualquiera de sus respectivos

representantes, y (2) los asuntos en los que la responsabilidad al

respecto pueda estar excluida de la cobertura de seguros, conforme se

describe en los incisos (d) (i), (ii) y (iii) de la Subcláusula 18.3

[Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad].

17.2 Cuidado de las

Obras por parte

del Contratista

El Contratista asumirá plena responsabilidad por el cuidado de las

Obras y Bienes a partir de la Fecha de Inicio hasta la emisión del

Certificado de Recepción de Obra (o éste se considere emitido de

conformidad con la Subcláusula 10.1 [Recepción de las Obras y

Secciones]) para las Obras, momento en que dicha responsabilidad se

transferirá al Contratante. Si se emite un Certificado de Recepción de

Obra (o se considera emitido) para cualquier Sección o parte de las

Obras, la responsabilidad del cuidado de dicha Sección o parte pasará

al Contratante.

Una vez se transfiera debidamente la responsabilidad al Contratante,

el Contratista asumirá la responsabilidad del cuidado de los trabajos

que queden pendientes en la fecha que se señale en el Certificado de

Recepción de Obra, hasta que los mismos hayan sido concluidos.

Si las Obras, Bienes o Documentos del Contratista sufren alguna

pérdida o daño durante el período en que estén bajo el cuidado del

Contratista, por cualquier causa que no figure en la Subcláusula 17.3

[Riesgos del Contratante], el Contratista rectificará la pérdida o el

daño, por su cuenta riesgo , a fin de que dichas Obras, Bienes o

Documentos del Contratista se ciñan a las disposiciones del Contrato.

El Contratista será responsable de cualquier pérdida o daño causado

por cualquier acción del Contratista después de la emisión de un

Certificado de Recepción de Obra. El Contratista también será

responsable de cualquier pérdida o daño que ocurra después de que se

haya emitido un Certificado de Recepción de Obra y los mismos se

hubieren producido a raíz de algún hecho previo que fuere

responsabilidad del Contratista.

17.3 Riesgos del

Contratante

Los riesgos a que se hace referencia en la Subcláusula 17.4

[Consecuencias de los Riesgos del Contratante] infra, en la medida en

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Sección VII. Condiciones generales 335

que afecten directamente la ejecución de los trabajos en el País, son:

(a) guerra, hostilidades (ya sea que la guerra sea declarada o no),

invasión, acto de enemigos extranjeros,

(b) rebelión, terrorismo, sabotaje por personas ajenas al Personal del

Contratista, revolución, insurrección, usurpación del poder o

asunción militar de éste, o guerra civil en el País,

(c) disturbios, conmoción o desórdenes dentro del País provocados

por personas ajenas al Personal del Contratista,

(d) municiones de guerra, material explosivo, radiación ionizante o

contaminación por radioactividad en el País, salvo en los casos

en que ello pueda ser atribuible al uso de dichas municiones,

materiales explosivos, radiaciones o radioactividad por el

Contratista,

(e) ondas de presión causadas por aeronaves u otros aparatos aéreos

que viajen a velocidades sónicas o supersónicas,

(f) uso u ocupación de cualquier parte de las Obras Permanentes

por parte del Contratante, salvo en los casos que se puedan

especificar en el Contrato,

(g) diseño de cualquier parte de las Obras por el Personal del

Contratante u otras personas por quienes es responsable el

Contratante, y

(h) cualquier fuerza de la naturaleza que sea Imprevisible o contra

la cual no se habría podido esperar razonablemente que un

Contratista con experiencia tomara medidas preventivas

adecuadas.

17.4Consecuencias de

los Riesgos del

Contratante

Si y en la medida en que cualquiera de los riesgos que se enumeran en

la Subcláusula 17.3 supra ocasione pérdidas o daños a las Obras,

Bienes o Documentos del Contratista, el Contratista notificará sin

demora al Ingeniero y rectificará dicha pérdida o daño en la medida

requerida por el Ingeniero.

Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo por

subsanar esa pérdida o daño, el Contratista dará una notificación

adicional al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones

del Contratista], tendrá derecho a :

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha

retrasado o se demorará la terminación de las Obras, en virtud

de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) un pago por dicho Costo, monto que se incluirá en el Precio del

Contrato. En el caso de los incisos (f) y (g) de la Subcláusula

17.3 [Riesgos del Contratante], se pagará el Costo más

utilidades.

Tras recibir esa notificación adicional, el Ingeniero procederá de

conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un

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Sección VII. Condiciones generales 336

acuerdo o una decisión al respecto.

17.5 Derechos de

Propiedad

Intelectual e

Industrial

En esta Subcláusula, ―violación‖ significa una violación (o pretendida

violación) de cualquier patente, diseño registrado, derecho de autor,

marca registrada, marca comercial, secreto comercial o cualquier otro

derecho de propiedad intelectual o industrial relacionado con las

Obras; y ―reclamación‖ significa una reclamación (o proceso judicial

de reclamación) en la que se alegue una violación.

Cuando una de las Partes no notifique a la otra sobre cualquier

reclamación dentro del plazo de 28 días después de recibirla, se

considerará que dicha Parte ha renunciado a su derecho de

indemnización en virtud de esta Subcláusula.

El Contratante indemnizará y amparará al Contratista contra y de

cualquier reclamación en la que se alegue una violación que se

produce o se produjo:

(a) como resultado inevitable del cumplimiento del Contrato por

parte del Contratista, o

(b) como resultado del uso de cualquiera de las Obras por parte del

Contratante:

(i) para fines distintos a los señalados en el Contrato o los que

razonablemente se deduzcan de él, o

(ii) en conjunto con cualquier otra cosa que no haya

suministrado el Contratista, salvo que el uso fuera

divulgado al Contratista antes de la Fecha Base o se haya

señalado en el Contrato.

El Contratista indemnizará y amparará al Contratante contra y de

cualquier otra reclamación que surja de o en relación con (i) la

fabricación, uso, venta o importación de cualquier Bien, o (ii)

cualquier diseño que sea responsabilidad del Contratista.

Si una de las Partes tiene derecho a ser indemnizada en virtud de esta

Subcláusula, la Parte a la cual corresponda indemnizar podrá (a su costo)

realizar negociaciones para la transacción de la reclamación y de

cualquier litigio o arbitraje que pudiera surgir de aquella. La otra Parte

ayudará, a solicitud y expensas de la Parte que indemniza, a impugnar la

reclamación. Esta otra Parte (y su Personal) no hará ninguna admisión

que pueda perjudicar a la Parte que indemniza, a no ser que ésta no se

haya puesto al frente de una negociación, litigio o arbitraje a pesar de

habérselo solicitado la otra Parte.

17.6 Limitación de

Responsabilidad

Ninguna de las Partes será responsable ante la otra por la privación de

uso de las Obras, pérdida de ganancia, pérdida de contratos ni

pérdidas o daños indirectos o emergentes que pueda sufrir la otra Parte

en relación con el Contrato, a menos que así sea dispuesto

específicamente con arreglo a la Subcláusula 8.7 [Daños por

Demora].; Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos];

Subcláusula 15.4 [Pagos después de la Terminación]; Subcláusula

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Sección VII. Condiciones generales 337

16.4 [Pago a la Terminación]; Subcláusula 17.1 [Indemnizaciones];

Subcláusula 17.4 (b) [Consecuencias de los Riesgos del Contratante];

y Subcláusula 17.5 [Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial]

La responsabilidad total del Contratista ante el Contratante, en virtud

del Contrato o en relación con éste, salvo por lo dispuesto en las

Subcláusulas 4.19 [Electricidad, Agua y Gas], 4.20 [Equipos del

Contratante y Materiales de Libre Disposición], 17.1

[Indemnizaciones] y 17.5 [Derechos de Propiedad Intelectual e

Industrial], no excederá el monto que resulte de la multiplicación de

un factor (menor o mayor que uno) por el Monto Contractual

Aceptado, conforme figura en los Datos Contractuales, o (de no

especificarse ese factor u otra suma) el Monto Contractual Aceptado.

Esta Subcláusula no limitará la responsabilidad en caso de fraude,

incumplimiento deliberado o mala conducta grave de la Parte que

incumple.

17.7 Uso del

Alojamiento y

las

Instalaciones

del

Contratante

El Contratista asumirá toda la responsabilidad por el cuidado del

alojamiento y las instalaciones suministradas por el Contratante, si los

hubiere, conforme se detallen en las Especificaciones, desde las

respectivas fechas de entrega al Contratista hasta el cese de ocupación

(pudiendo ocurrir la entrega o el cese de ocupación después de las

fechas señaladas en el Certificado de Recepción de las Obras).

Si el alojamiento o las instalaciones mencionadas anteriormente

sufren alguna pérdida o daño mientras estén bajo la responsabilidad y

cuidado del Contratista por cualquier motivo aparte de los que sean

responsabilidad del Contratante, el Contratista rectificará, a su costo,

la pérdida o el daño a satisfacción del Ingeniero.

18. Seguro

18.1 Requisitos

Generales en

Materia de

Seguros

En esta Cláusula, ―Parte aseguradora‖ significa, para cada tipo de seguro,

la Parte responsable de contratar y mantener el seguro que se indica en la

Subcláusula pertinente.

Cuando el Contratista sea la Parte aseguradora, cada seguro se

contratará con aseguradoras bajo los términos aprobados por el

Contratante. Esos términos deberán ser consistentes con los términos

acordados por ambas Partes antes de la fecha de la Carta de

Aceptación. Este acuerdo de términos tendrá precedencia sobre las

disposiciones de esta Cláusula.

Cuando el Contratante sea la Parte aseguradora, los seguros se

contratarán con aseguradoras y bajo términos aceptables por el

Contratista. Estos términos deberán ser consistentes con los términos

acordados por ambas Partes antes de la fecha de la Carta de

Aceptación. Este acuerdo de términos tendrá precedencia sobre las

disposiciones de ésta Cláusula.

Si se requiere una póliza de seguro colectivo, la cobertura se aplicará

por separado a cada asegurado como si se hubiera emitido una póliza

individual para cada uno de ellos. Si una póliza cubre a otras partes

adicionales, es decir, además de los asegurados que se señalan en esta

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Sección VII. Condiciones generales 338

Cláusula, (i) el Contratista actuará al amparo de la póliza en nombre

de los asegurados colectivos adicionales, salvo que el Contratante

actuará en nombre del Personal del Contratante, (ii) los asegurados

colectivos adicionales no podrán recibir pagos directamente del

asegurador ni tener cualquier otro trato directo con el asegurador, y

(iii) la Parte aseguradora exigirá a todos los asegurados colectivos

adicionales que cumplan las condiciones establecidas en la póliza.

Toda póliza contra daños y perjuicios dispondrá que los pagos sean

hechos en las monedas requeridas para fines de reparación de la

pérdida o el daño pertinente. Los pagos que se reciban de los

aseguradores se usarán para reparar dicha pérdida o daño.

La Parte aseguradora pertinente presentará a la otra Parte, dentro de

los plazos respectivos que figuren en los Datos Contractuales

(calculados a partir de la Fecha de Inicio):

(a) evidencia de que se han contratado los seguros descritos en esta

Cláusula, y

(b) copias de las pólizas de los seguros que se señalan en las

Subcláusulas 18.2 [Seguro de las Obras y los Equipos del

Contratista] y 18.3 [Seguro Contra a Lesiones Personales y

Daños a la Propiedad].

Cuando se pague cada una de las primas, la Parte aseguradora

suministrará a la otra los comprobantes de pago. Cada vez que se

presenten comprobantes o pólizas, la Parte aseguradora notificará

también al Ingeniero.

Cada una de las Partes cumplirá sin demoras las condiciones

estipuladas en cada una de las pólizas de seguro. La Parte aseguradora

mantendrá a las aseguradoras informadas acerca de cualquier cambio

relevante parala ejecución de las Obras y se asegurará que el seguro se

mantenga de conformidad con lo dispuesto en esta Cláusula.

Ninguna de las Partes hará modificaciones sustanciales a los términos

de los seguros sin la previa aprobación de la otra Parte. Si una

aseguradora hace (o trata de hacer) cualquier modificación, la Parte

que primero sea notificada por el asegurador notificará sin demora a la

otra.

Si la Parte aseguradora no contrata ni mantiene vigentes los seguros

que deba contratar y mantener en virtud del Contrato, o no presenta

comprobantes satisfactorios ni copias de las pólizas de conformidad

con esta Subcláusula, la otra Parte podrá (a su discreción y sin

perjuicio de cualquier otro derecho o recurso) contratar seguros con la

cobertura pertinente y pagar las primas correspondientes. La Parte

aseguradora pagará a la otra el monto de esas primas, y el Precio del

Contrato se ajustará de conformidad.

Nada de lo dispuesto en esta Cláusula limita las obligaciones,

responsabilidades o compromisos del Contratista o el Contratante en

virtud de los términos del Contrato o de otra fuente. Cualesquiera de

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Sección VII. Condiciones generales 339

los montos no asegurados o no recuperados de las aseguradoras serán

asumidos por el Contratista o el Contratante de conformidad con

dichas obligaciones, responsabilidades o compromisos. Sin embargo,

si la Parte aseguradora deja de contratar y mantener en vigencia un

seguro que se encuentre disponible y que dicha Parte deba contratar y

mantener en virtud del Contrato, y la otra Parte no aprueba la omisión

ni contrata el seguro por la cobertura pertinente a este incumplimiento,

la Parte aseguradora pagará cualesquiera de los montos que habrían

sido recuperables al amparo del seguro.

Los pagos que haga una Parte a la otra estarán sujetos a la Subcláusula

2.5 [Reclamaciones del Contratante] o a la Subcláusula 20.1

[Reclamaciones del Contratista], según corresponda.

El Contratista podrá contratar todos los seguros relacionados con el

Contrato (incluido, pero no de manera exclusiva, el seguro

mencionado en la Cláusula 18) con aseguradoras provenientes de

cualquier país elegible.

18.2 Seguro de las

Obras y los

Equipos del

Contratista

La Parte aseguradora asegurará las Obras, los Equipos, los Materiales

y los Documentos del Contratista por un valor igual o mayor al costo

total de reposición, incluidos los costos de demolición, retiro de

escombros y honorarios profesionales y utilidades. El seguro será

válido desde la fecha en que se presenten las pruebas con arreglo al

inciso (a) de la Subcláusula 18.1 [Requisitos Generales en Materia de

Seguros] hasta la fecha de emisión del Certificado de Recepción de

las Obras.

La Parte aseguradora mantendrá este seguro a fin de proporcionar

cobertura hasta la fecha de emisión del Certificado de Cumplimiento,

por pérdidas o daños imputables al Contratista a raíz de una causa que

ocurra antes de la emisión del Certificado de Recepción de Obra, y

por las pérdidas o daños causados por el Contratista durante cualquier

otra operación (incluidas las contempladas en la Cláusula 11

[Responsabilidad por Defectos]).

La Parte aseguradora asegurará los Equipos del Contratista por un

valor igual o mayor al costo total de reposición, incluida la entrega en

el Lugar de las Obras. En relación con cada uno de los elementos de

los Equipos del Contratista, el seguro estará vigente durante el

transporte del mismo al Lugar de las Obras y hasta que se deje de

necesitar como Equipo del Contratista.

Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, los seguros

contemplados en esta Subcláusula:

(a) deberán ser contratados y mantenidos por el Contratista como

Parte aseguradora,

(b) deberán estar a nombre conjunto de las Partes, quienes tendrán

derecho a recibir conjuntamente pagos de las aseguradoras y

pagos retenidos o asignados a la Parte que asuma efectivamente

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Sección VII. Condiciones generales 340

los costos de rectificación por pérdidas o daños,

(c) deberán cubrir todas las pérdidas y daños que se deban a causas

no especificadas en la Subcláusula 17.3 [Riesgos del

Contratante],

(d) deberán cubrir asimismo, hasta donde sea específicamente

requerido en los Documentos de Licitación del Contrato,

pérdidas o daños a una parte de las Obras atribuibles al uso o la

ocupación de otra parte de las Obras por parte del Contratante, y

pérdidas o daños ocasionados por los riesgos enumerados en los

incisos (c), (g) y (h) de la Subcláusula 17.3 [Riesgos del

Contratante], excluidos (en cada caso) riesgos que no sean

asegurables bajo términos comercialmente razonables, con

deducibles por incidente no mayores al monto señalado en los

Datos del Contrato (de no indicarse monto, este inciso (d) no

será aplicable), y

(e) podrá, sin embargo, excluir la pérdida, los daños y el

reacondicionamiento de:

(i) una parte de las Obras que esté en condiciones defectuosas

debido a un vicio de diseño, materiales o mano de obra (pero la

cobertura incluirá cualesquiera otras partes que se pierdan o

dañen como resultado directo de esta condición defectuosa y no

según se describe en el inciso (ii) infra),

(ii) una parte de las Obras que se pierda o dañe por el

reacondicionamiento de cualquier otra parte de las Obras que

esté en condiciones defectuosas debido a un defecto de diseño,

materiales o mano de obra,

(iii) una parte de las Obras que haya sido recibida por el

Contratante, salvo en la medida en que el Contratista sea

responsable por la pérdida o daño, y

(iv) Bienes mientras no estén en el País, sujeto a la Subcláusula

14.5 [Equipos y Materiales para las Obras].

Si, después de haber transcurrido más de un año a partir de la Fecha

Base, la cobertura descrita en el inciso (d) supra deja de estar

disponible bajo términos comercialmente razonables, el Contratista

(como Parte aseguradora) notificará al Contratante, con información

complementaria. El Contratante entonces: (i) con sujeción a la

Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante] tendrá derecho a

recibir el pago de un monto equivalente a los términos

comercialmente razonables que el Contratista debería haber previsto

pagar por dicha cobertura, y (ii) salvo que obtenga la cobertura bajo

términos comercialmente razonables, se considerará que ha aprobado

la omisión de conformidad con la Subcláusula 18.1 [Requisitos

Generales en Materia de Seguros].

18.3 Seguro Contra La Parte aseguradora asegurará contra la responsabilidad de cada una

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Sección VII. Condiciones generales 341

Lesiones

Personales y

Daños a la

Propiedad

de las Partes por cualquier pérdida, daño, muerte o lesión corporal que

pueda ocurrir a cualquier propiedad física (salvo los elementos

asegurados con arreglo a la Subcláusula 18.2 [Seguro de las Obras y

los Equipos del Contratista]) o a cualquier persona (a excepción de

personas aseguradas con arreglo a la Subcláusula 18.4 [Seguro del

Personal del Contratista]), que surjan a raíz del cumplimiento del

Contrato por parte del Contratista y antes de la emisión del Certificado

de Cumplimiento.

El seguro será por un monto límite, por incidente, no menor al que se

señale en los Datos Contractuales, sin limitar el número de incidentes

que puedan ocurrir. Si en los Datos del Contrato no se señala ningún

monto, esta Subcláusula no será aplicable.

Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, los seguros

especificados en esta Subcláusula:

(a) deberán ser contratados y mantenidos por el Contratista como

Parte aseguradora,

(b) deberán estar a nombre de ambas Partes,

(c) deberán cubrir la responsabilidad por todas las pérdidas y daños

que sufra la propiedad del Contratante (salvo los elementos

asegurados con arreglo a la Subcláusula 18.2) como

consecuencia del cumplimiento del Contrato por parte del

Contratista, y

(d) podrá, sin embargo, excluir responsabilidades en la medida en

que surjan de:

(i) el derecho del Contratante a hacer que las Obras

Permanentes se ejecuten en, sobre, debajo o a través de

cualquier terreno, y de ocupar ese terreno para las Obras

Permanentes,

(ii) los daños que se produzcan como resultado inevitable de

las obligaciones del Contratista en cuanto a la ejecución de

las Obras y la reparación de cualesquiera defectos, y

(iii) una causa señalada en la Subcláusula 17.3 [Riesgos del

Contratante], salvo en la medida en que exista una

cobertura bajo términos comercialmente razonables.

18.4 Seguro para el

Personal del

Contratista

El Contratista contratará y mantendrá un seguro de responsabilidad

civil contra reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos

honorarios y gastos de abogados ) como resultado de lesiones,

enfermedades o muerte de cualquier persona empleada por el

Contratista o cualquier otro miembro del Personal del Contratista.

El seguro deberá cubrir al Contratante y al Ingeniero contra

responsabilidad por reclamos, daños, pérdidas y gastos (incluyendo

honorarios y gastos de abogados) que surjan de lesiones, enfermedad

o muerte de cualquier persona empleada por el Contratista o cualquier

otro miembro del personal del Contratista, excepto que este seguro

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Sección VII. Condiciones generales 342

podrá excluir pérdidas y reclamaciones en la medida en que sean

producto de cualquier acto o negligencia del Contratante o del

Personal del Contratante.

El seguro deberá ser mantenido en plena vigencia y efecto durante

todo el tiempo en que el personal mencionado trabaje en la ejecución

de las Obras. En el caso de los empleados de un Subcontratista, este

último podrá contratar el seguro, pero el Contratista será responsable

de velar por el cumplimiento de esta Cláusula.

19. Fuerza Mayor

19.1 Definición de

Fuerza Mayor

En esta cláusula, ―Fuerza Mayor‖ significa un evento excepcional o

circunstancia:

(a) que está fuera del control de una Parte,

(b) contra la que dicha Parte no pudo razonablemente haber tomado

provisiones para protegerse antes de celebrar el Contrato,

(c) que, una vez producida, dicha Parte no pudo razonablemente

haber evitado o superado , y

(d) que no pueda atribuirse sustancialmente a la otra Parte.

La Fuerza Mayor puede incluir, pero no de manera exclusiva,

acontecimientos excepcionales o circunstancias como las que

enumeran a continuación, siempre y cuando se cumplan las

condiciones de los incisos (a) a (d) supra:

(i) guerra, hostilidades (ya sea que la guerra sea declarada o

no), invasión, acto de enemigos extranjeros,

(ii) rebelión, terrorismo, sabotaje por personas distintas al

Personal del Contratista, revolución, insurrección,

usurpación del poder o asunción del poder por los militares,

o guerra civil,

(iii) disturbio, conmoción, huelga o cierre patronal por

personas distintas al Personal del Contratista,

(iv) municiones de guerra, material explosivo, radiación

ionizante o contaminación por radioactividad, salvo en los

casos en que ello pueda ser atribuible al uso de dichas

municiones, materiales explosivos, radiaciones o

radioactividad por el Contratista, y

(v) desastres naturales como terremotos, huracanes, tifones o

actividad volcánica.

19.2 Notificación de

Casos de Fuerza

Mayor

Si por Fuerza Mayor una de las Partes se ve o se verá impedida de

cumplir sus obligaciones sustanciales en virtud del Contrato, ésta

notificará a la otra sobre la situación o circunstancia constitutiva de la

Fuerza Mayor y especificará las obligaciones que no se puedan o no

se podrán cumplir. La notificación se hará dentro del plazo de 14 días

a partir de la fecha en que la Parte tomó , o debió haber tomado

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Sección VII. Condiciones generales 343

conocimiento, de la situación o circunstancia constitutiva de la Fuerza

Mayor.

Una vez que se haga la notificación, la Parte estará eximida del

cumplimiento de sus obligaciones por el tiempo que dicha Fuerza

Mayor le impida cumplirlas.

Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Cláusula, la Fuerza

Mayor no será aplicable a las obligaciones de pago de cualesquiera de

las Partes de hacer los pagos a la otra Parte en virtud del Contrato.

19.3 Obligación de

Reducir

las Demoras

Cada una de las Partes hará en todo momento todo lo que esté a su

alcance para reducir al mínimo cualquier demora en el cumplimiento

del Contrato como resultado de una situación o circunstancia de

Fuerza Mayor.

Una Parte notificará a la otra cuando deje de verse afectada por la

situación o circunstancia de Fuerza Mayor.

19.4 Consecuencias

de laFfuerza

Mayor

Si el Contratista se ve impedido de cumplir sus obligaciones

sustanciales en virtud del Contrato por motivo de Fuerza Mayor que

se haya notificado con arreglo a la Subcláusula 19.2 [Notificación de

Fuerza Mayor] y sufre demoras o incurre en Costos por dicho motivo,

el Contratista, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del

Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de dicha demora , si se ha

retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, en virtud la

Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) si la situación o circunstancia es del tipo que se describe en los

incisos (i) a (iv) de la Subcláusula 19.1 [Definición de Fuerza

Mayor] y, en el caso de los incisos (ii) a (iv), ocurre en el País,

el pago de dichos Costos , incluyendo los costos de rectificación

o reemplazo de las Obras o los Bienes dañados o destruidos por

Fuerza Mayor, hasta donde estos daños o pérdidas no son

indemnizables por medio de la póliza de seguro referida en la

Subcláusula 18.2 [Seguro de las Obras y los Equipos de

Contratista].

Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad

con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una

decisión al respecto.

19.5 Fuerza Mayor que

Afecte a un

Subcontratista

Si un Subcontratista tiene derecho, en virtud de cualquier contrato o

acuerdo relacionado con las Obras, a ser exonerado de su

responsabilidad por Fuerza Mayor, bajo términos adicionales o más

amplios que los que se especifican en esta Cláusula, dicha situación o

circunstancia adicional o más amplia de fuerza mayor no exonerará al

Contratista del cumplimiento de sus obligaciones ni le darán derecho a

ser exonerado de responsabilidad con arreglo a esta Cláusula.

19.6 Terminación

Opcional, Pago y

Si la ejecución sustancial de todas las Obras en curso es impedida

por un período continuo de 84 días por algún motivo de Fuerza Mayor

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Sección VII. Condiciones generales 344

Finiquito que se haya notificado de conformidad con la Subcláusula 19.2

[Notificación de Fuerza Mayor], o por varios períodos que sumen un

total de más de 140 días debido al mismo motivo de Fuerza Mayor

que se haya notificado, cualquiera de las Partes podrá notificar a la

otra la terminación del Contrato. En ese caso, la terminación entrará

en vigencia 7 días después de la notificación, y el Contratista

procederá de conformidad con la Subcláusula 16.3 [Cese de las Obras

y Retiro de los Equipos del Contratista].

Tras dicha terminación, el Ingeniero determinará el valor de los

trabajos realizados y emitirá un Certificado de Pago que deberá

incluir:

(a) los montos adeudados por cualquier trabajo realizado cuyo

precio se estipula en el Contrato;

(b) el Costo de los Equipos y Materiales ordenados para las Obras

que se hayan entregado al Contratista, o cuya entrega deba

aceptar el Contratista. Estos Equipos y Materiales pasarán a ser

propiedad (y estar bajo el riesgo) del Contratante al momento en

que los pague, y el Contratista pondrá los mismos a disposición

del Contratante;

(c) otros Costos o responsabilidades en que dentro de las

circunstancias haya incurrido razonable y necesariamente el

Contratista en las circunstancias con la expectativa de terminar

las Obras;

(d) el Costo de retirar las Obras Temporales y los Equipos del

Contratista del Lugar de las Obras y el de devolverlos a los

trabajos del Contratista en su país (o cualquier otro destino que

no suponga un costo mayor); y

(e) el Costo de repatriar, en la fecha de terminación, al personal y la

mano de obra empleados totalmente por el Contratista en

relación con las Obras.

19.7 Liberación del

Cumplimiento

del Contrato

Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Cláusula, si surge

una situación o circunstancia que esté fuera del control de las Partes

(incluida, pero no de manera exclusiva, la Fuerza Mayor) y que vuelva

imposible o ilícito para cualquiera o ambas Partes cumplir sus

obligaciones contractuales o que, en virtud de la ley que rige el

Contrato, otorgue a las Partes el derecho de ser liberadas de seguir

cumpliendo el Contrato, entonces, mediante notificación de una de las

Partes a la otra sobre dicha situación o circunstancia:

(a) las Partes quedarán liberadas de seguir cumpliendo el Contrato,

sin perjuicio de los derechos de cada Parte respecto de cualquier

incumplimiento previo del Contrato, y

(b) el monto pagadero al Contratista por el Contratante será el

mismo que habría sido pagadero de conformidad con la

Subcláusula 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito] si el

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Sección VII. Condiciones generales 345

Contrato hubiera sido terminado con arreglo a la Subcláusula

19.6.

20. Reclamaciones, Controversias y Arbitraje

20.1 Reclamaciones

del Contratista

Si el Contratista considera que tiene derecho a cualquier prórroga

del Plazo de Terminación o cualquier pago adicional en virtud de

cualquier Cláusula de estas Condiciones o de otra forma vinculada

con el Contrato, el Contratista enviará una notificación al Ingeniero

en la que describirá el evento o circunstancia que origina el reclamo.

La notificación se hará tan pronto como sea posible, a más tardar 28

días después de que el Contratista se dé cuenta, o hubiera debido

darse cuenta, de dicho evento o circunstancia.

Si el Contratista no notifica un reclamo dentro de dicho plazo de 28

días, no se prorrogará el Plazo de Terminación, el Contratista no

tendrá derecho a recibir pagos adicionales y el Contratante quedará

liberado de cualquier responsabilidad vinculada con el reclamo. De

otra forma, se aplicarán las siguientes disposiciones de esta

Subcláusula.

El Contratista también enviará cualquier otra notificación requerida

en el Contrato, así como información complementaria sobre la

reclamación, que sea pertinente a dicho evento o circunstancia.

El Contratista mantendrá los registros actualizados que sean

necesarios para fundamentar el reclamo, ya sea en el Lugar de las

Obras o en otro sitio aceptable para el Ingeniero. Sin admitir la

responsabilidad del Contratante, el Ingeniero podrá, tras recibir

cualquier notificación con arreglo a esta Subcláusula, seguir de

cerca la contabilidad y ordenar al Contratista que mantenga registros

actualizados adicionales. El Contratista permitirá al Ingeniero

verificar todos esos registros, y (de requerírsele) presentará copias al

Ingeniero.

Dentro del plazo de 42 días contado a partir del momento en que el

Contratista se dé cuenta (o hubiera debido darse cuenta) del evento o

circunstancia que originó el reclamo, o dentro de cualquier otro

plazo que proponga el Contratista y apruebe el Ingeniero, el

Contratista enviará al Ingeniero un reclamo completo y

pormenorizado que incluya toda la información complementaria del

fundamento del reclamo y de la prórroga del plazo o pago adicional

exigidos. Si el evento o circunstancia que origina el reclamo tiene un

efecto continuo:

(a) este reclamo completo y pormenorizado se considerará como

temporal;

(b) el Contratista enviará mensualmente reclamos temporales

adicionales, en las que especificará la demora acumulada o el

monto exigido, además de toda la información adicional que

pueda requerir razonablemente el Ingeniero; y

(c) el Contratista enviará un reclamo definitivo dentro de 28 días

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Sección VII. Condiciones generales 346

después de que el evento o circunstancia deje de producir

efectos, o dentro de cualquier otro plazo que proponga el

Contratista y apruebe el Ingeniero.

Dentro del plazo de 42 días contados a partir de la fecha en que

reciba un reclamo o cualquier información adicional que respalde un

reclamo anterior, o dentro de cualquier otro plazo que proponga el

Ingeniero y apruebe el Contratista, el Ingeniero responderá dando su

aprobación, o bien negando su aprobación y dando comentarios

detallados. El Ingeniero también podrá solicitar cualquier

información adicional que sea necesaria, pero deberá dar su

respuesta sobre los principios del reclamo en el plazo indicado

anteriormente.

Dentro del plazo de 42 días definido anteriormente, el Ingeniero

deberá, de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones], acordar

o decidir sobre: (i) las prórrogas (si las hubiere) del Plazo de

Terminación (antes o después de su vencimiento) según la

Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], o (ii) los

pagos adicionales (si los hubiere) a que el Contratista tuviere

derecho según el Contrato.

Cada Certificado de Pago deberá incluir los pagos adicionales de los

reclamos que razonablemente se hayan determinado como

pagaderos en virtud de la respectiva disposición del Contrato. Salvo

y hasta que la información suministrada sea suficiente para

fundamentar todo el reclamo, el Contratista sólo tendrá derecho a

recibir pagos por la parte del reclamo que haya podido demostrar.

Si el Ingeniero no responde dentro del plazo definido en esta

Cláusula, cualquiera de las partes puede considerar que el reclamo

ha sido rechazado por el Ingeniero y cualquiera de ellas puede

referirlo a la Comisión para la Resolución de Controversias según la

Subcláusula 20.4 [Obtención de Decisión de la Comisión para la

Resolución de Controversias].

Los requisitos de esta Subcláusula son adicionales a los que se

establecen en cualquier otra Subcláusula que se aplique a un

reclamo. Si el Contratista no cumple con esta u otra Subcláusula en

relación con cualquier reclamo, prórroga del plazo o pago adicional,

dará cuenta de la medida (si la hubiere) en que el incumplimiento

haya impedido o perjudicado la investigación adecuada del

reclamo, salvo que el reclamo sea excluido con arreglo al segundo

inciso de esta Subcláusula.

20.2 Nombramiento de

la Comisión para la

Resolución de

Controversias

Las controversias serán referidas a una Comisión para la Resolución

de Controversias para su decisión de conformidad con la

Subcláusula 20.4 [Obtención de una Decisión de la Comisión para la

Resolución de Controversias]. Las Partes nombrarán una Comisión

para la Resolución de Controversias, para la fecha que se señale en

los Datos Contractuales.

La Comisión para la Resolución de Controversias estará formada,

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Sección VII. Condiciones generales 347

según se disponga en los Datos del Contrato, por una o tres personas

debidamente calificadas (―los miembros‖), cada una de las cuales

hablará con fluidez el idioma para comunicaciones que se defina en

el Contrato y será un profesional con experiencia en el tipo de

construcción que concierne a las Obras y en la interpretación de

documentos contractuales. Si no se indica el número de miembros y

las Partes no resuelven otra cosa, la Comisión para la Resolución de

Controversias estará formada por tres personas.

Si las Partes no han designado conjuntamente la Comisión para la

Resolución de Controversias 21 días antes de la fecha señalada en

los Datos Contractuales, y dicha Comisión debe estar formada por

tres personas, cada Parte propondrá un miembro para la aprobación

de la otra Parte. Los dos primeros miembros propondrán al tercer

miembro y las Partes deberán acordar sobre éste, quien actuará

como presidente.

Sin embargo, si las Partes han acordado una lista de miembros

potenciales y ésta es parte del Contrato, los miembros serán

seleccionados entre los que aparecen en la lista, que no sea

cualquiera de ellos que no pueda o no quiera aceptar el

nombramiento

El acuerdo entre las Partes y bien el miembro único o bien cada uno

de los tres miembros, incorporará por referencia las Condiciones

Generales del Convenio de la Comisión para la Resolución de

Controversias que se incluyen en el Anexo de estas Condiciones

Generales, con las enmiendas que acuerden entre ellos.

Los términos de la remuneración, bien sea del miembro único o bien

de los tres miembros, incluida la remuneración de cualquier experto

a quien consulte la Comisión para la Resolución de Controversias,

se establecerán de común acuerdo entre las Partes al momento en

que se acuerden los términos de nombramiento. Cada Parte será

responsable de pagar la mitad de la remuneración.

Si las Partes así lo acuerdan en cualquier momento, podrán referir

cualqier asunto a la Comisión para la Resolución de Controversias

para que ésta de su opinión. Ninguna de las Partes consultará con la

Comisión sobre cualquier materia sin el consentimiento de la otra

Parte.

Si un miembro rehúsa o no puede actuar por muerte, incapacidad,

renuncia o terminación del nombramiento, se nombrará a un

sustituto de acuerdo con el mismo procedimiento que se utilizó para

designar o acordar sobre la la persona que está siendo sustituida,

conforme se describe en esta Subcláusula.

El nombramiento de cualquier miembro podrá terminarse por mutuo

acuerdo de ambas Partes, pero no por el Contratante o el Contratista

actuando por si mismos. Salvo que las Partes dispongan otra cosa, el

nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias

(incluido cada miembro) expirará cuando entre en vigencia el

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Sección VII. Condiciones generales 348

finiquito mencionado en la Subcláusula 14.12 [Finiquito].

20.3 Desacuerdo sobre la

Composición de la

Comisión para la

Resolución de

Controversias

Si se aplica cualquiera de las siguientes condiciones:

(a) las Partes no llegan a un acuerdo respecto del nombramiento

del miembro único de la Comisión para la Resolución de

Controversias, para la fecha señalada en el primer inciso de la

Subcláusula 20.2 [Nombramiento de la Comisión para la

Resolución de Controversias],

(b) para dicha fecha una de las las Partes no nombra un miembro

(para aprobación de la otra Parte) o no aprueba un miembro

designado por la otra Parte, para una Comisión para la

Resolución de Controversias compuesta por tres miembros,

(c) para la misma fecha las Partes no llegan a un acuerdo respecto

del nombramiento del tercer miembro (para actuar como

presidente) de la Comisión para la Resolución de

Controversias, o

(d) las Partes no llegan a un acuerdo respecto del nombramiento

de un sustituto dentro de 42 días después de la fecha en que el

miembro único o uno de los tres miembros rehúse o no pueda

actuar por muerte, incapacidad, renuncia o terminación del

nombramiento,

entonces la entidad o funcionario encargado del nombramiento que

se designe en los Datos del Contrato nombrará, a solicitud de una o

ambas Partes y después de consultar con ellas, dicho miembro de la

Comisión para la Resolución de Controversias. Este nombramiento

será definitivo y concluyente. Cada Parte será responsable de pagar

la mitad de la remuneración de la entidad o funcionario encargado

del nombramiento.

20.4 Obtención de

dDecisión de la

Comisión para la

Resolución de

Controversias

Si surge una controversia (de cualquier tipo) entre las Partes en

relación con, o a raíz de, el Contrato o la ejecución de las Obras, ,

incluida cualquier controversia relativa a cualquier certificado,

decisión, orden, opinión o valoración del Ingeniero, cualquiera de

las Partes podrá remitir la controversia por escrito a la Comisión

para la Resolución de Controversias para su decisión, con copias a la

otra Parte y al Ingeniero. Dicha remisión deberá indicar que el caso

se remite con arreglo a esta Subcláusula.

En el caso de una Comisión para la Resolución de Controversias que

esté compuesta por tres personas, se considerará que la Comisión ha

recibido el caso en la fecha en que lo reciba el presidente de la

misma.

Ambas Partes pondrán a disposición de la Comisión para la

Resolución de Controversias, tan pronto como sea posible, toda la

información adicional requerida y le proporcionarán el acceso

necesario al Lugar de las Obras e instalaciones pertinentes que la

Comisión pueda requerir para llegar a una decisión sobre dicha

controversia. Se considerará que la Comisión no actúa en calidad de

árbitro(s).

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Sección VII. Condiciones generales 349

Dentro del plazo de 84 días contado a partir de la fecha en que

reciba el caso en cuestión, o en el plazo que proponga la Comisión

para la Resolución de Controversias y aprueben ambas Partes, la

Comisión emitirá su decisión, la cual deberá ser fundamentada y

expresar que se basa en esta Subcláusula. La decisión será

obligatoria para ambas Partes, quienes la cumplirán sin demora,

salvo y hasta que sea modificada en una transacción amigable o en

un laudo arbitral conforme se señala adelante. A menos que el

Contrato haya sido abandonado, rechazado o terminado, el

Contratista seguirá ejecutándolas Obras de conformidad con el

Contrato.

Si alguna de las Partes está inconforme con la decisión de la

Comisión para la Resolución de Controversias, dicha Parte podrá,

dentro del plazo de 28 días después de recibir la decisión, notificar a

la otra Parte acerca de su inconformidad y su intención de entablar

un proceso de arbitraje. Si la Comisión para la Resolución de

Controversias no comunica su decisión dentro del plazo de 84 días

(o en el plazo que se apruebe de otra forma) después de recibir el

caso, entonces cualquiera de las Partes podrá, dentro de los 28 días

siguientes al vencimiento de ese plazo, notificar a la otra Parte

acerca de su inconformidad y su intención de entablar un proceso

de arbitraje.

En cualquiera de esos casos, la notificación de inconformidad

indicará que la misma se efectúa de conformidad con esta

Subcláusula, expondrá el asunto objeto de la controversia y la razón

o razones de la inconformidad. A excepción de lo que se señala en

las Subcláusulas 20.7 [Incumplimiento de una Decisión de la

Comisión para la Resolución de Controversias] y 20.8 [Vencimiento

del Nombramiento de la Comisión para la Resolución de

Controversias], ninguna de las Partes tendrá derecho a iniciar un

proceso de arbitraje de una controversia si no se ha hecho una

notificación de inconformidad con arreglo a esta Subcláusula.

Si la Comisión para la Resolución de Controversias ha comunicado

a ambas Partes su decisión respecto de un asunto objeto de

controversia, y ninguna de ellas ha hecho una notificación de

inconformidad dentro del plazo de 28 días después de haber recibido

la decisión de la Comisión, la decisión pasará a ser definitiva y

obligatoria para ambas Partes.

20.5 Transacción

Amigable

Cuando se haya hecho una notificación de inconformidad con

arreglo a la Subcláusula 20.4 supra, ambas Partes tratarán de llegar

a una transacción amigable antes de iniciar el proceso de arbitraje.

Sin embargo, a no ser que ambas Partes acuerden otra cosa, podrá

iniciarse un arbitraje en o después del quincuagésimo sexto (56º)

día transcurrido desde la fecha de la notificación de inconformidad

y de la intención de iniciar un proceso de arbitraje, aún cuando no se

hubiere intentado llegar a un acuerdo amigable.

20.6 Arbitraje Salvo que se indique de otra forma en las Condiciones Especiales,

cualquier disputa no resuelta amigablemente y respecto de la cual la

decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias (de

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Sección VII. Condiciones generales 350

haberse emitido) no haya adquirido carácter definitivo y obligatorio

se resolverá en forma definitiva mediante arbitraje internacional.

Salvo que ambas Partes acuerden otra cosa:

(a) para contratos con contratistas extranjeros, el arbitraje será

internacional, administrado por la institución nominada en los

Datos del Contrato y, a elección de dicha institución, de

acuerdo con las reglas de arbitraje de la misma (si las hubiere)

o las de UNCITRAL,

(b) la sede del arbitraje será la ciudad donde esté localizada la

sede de la institución designada,

(c) el arbitraje se llevará a cabo en el idioma para comunicaciones

que se define en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma], y

(d) para contratos con contratistas nacionales, el arbitraje será

conducido de acuerdo con procedimientos realizados de

acuerdo con las Leyes del País del Contratante.

Los árbitros tendrán plena facultad para abrir, verificar y modificar

cualquier certificado, decisión, orden, opinión o tasación del

Ingeniero, así como cualquier decisión de la Comisión para la

Resolución de Controversias, que sean pertinentes a la controversia.

Nada descalificará a los representantes de las Partes y al Ingeniero

para servir de testigo y presentar evidencia ante el árbitro o árbitros

en relación con cualquier asunto pertinente a la controversia.

Ninguna de las Partes estará limitada en los procedimientos ante el

árbitro o árbitros a las pruebas o argumentos presentados

previamente ante la Comisión para la Resolución de Controversias

para obtener su decisión, ni a las razones de inconformidad

señaladas en su respectiva notificación. Cualquier decisión de la

Comisión para la Resolución de Controversias será admisible como

prueba en el arbitraje.

El arbitraje podrá iniciarse antes o después de la terminación de las

Obras. Las obligaciones de las Partes, el Ingeniero y la Comisión

para la Resolución de Controversias no serán alteradas a raíz de

cualquier proceso de arbitraje que se esté llevando a cabo durante la

ejecución de las Obras.

20.7 Incumplimiento de

una Decisión de la

Comisión para la

Resolución de

Controversias

En el caso en que una de las Partes incumpla una decisión definitiva

y obligatoria de la Comisión para la Resolución de Controversias, la

otra Parte podrá, sin perjuicio de los demás derechos que pueda

tener, someter dicho incumplimiento a arbitraje con arreglo a la

Subcláusula 20.6 [Arbitraje]. Las Subcláusulas 20.4 [Obtención de

una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] y

20.5 [Transacción Amigable] no serán aplicables en este caso.

20.8 Vencimiento del

Nombramiento de

la Comisión para la

Resolución de

Si surge una controversia entre las Partes en relación con, o a raíz

de, el Contrato o la ejecución de las Obras, y no existiere una

Comisión para la Resolución de Controversias, ya sea por el

vencimiento del nombramiento de la misma o por otra razón:

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Sección VII. Condiciones generales 351

Controversias (a) las Subcláusulas 20.4 [Obtención de una Decisión de la

Comisión para la Resolución de Controversias] y 20.5

[Transacción Amigable] no se aplicarán, y

(b) la controversia podrá ser sometida directamente a arbitraje con

arreglo a la Subcláusula 20.6 [Arbitraje].

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Sección VII. Condiciones generales 352

ANEXO

A. Condiciones Generales del Convenio de la

Comisión para la Resolución de Controversias

1. Definiciones Cada ―Convenio de la Comisión para la Resolución de

Controversias‖ es un acuerdo tripartito celebrado por y entre:

(a) el ― Contratante‖;

(b) el ―Contratista‖; y

(c) el ―Miembro‖ que se define en el Convenio de la Comisión

para la Resolución de Controversias como:

(i) el miembro único de ―la Comisión para la Resolución de Controversias‖ y, cuando sea este el caso, todas las referencias a los ―Demás Miembros‖ no serán aplicables, o

(ii) una de las tres personas que en conjunto se denominan ―la

Comisión para la Resolución de Controversias‖ y, cuando

este sea el caso, las otras dos personas se llamarán los

―Otros Miembros‖.

El Contratante y el Contratista han celebrado (o tienen previsto

celebrar) un contrato, denominado ―el Contrato‖ y definido en el

Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, que

incluye este anexo. En el Convenio de la Comisión para la

Resolución de Controversias, los términos y las expresiones que no

se definan de otra manera tendrán el significado que se les atribuya

en el Contrato.

2. Disposiciones

Generales

Salvo indicación en otro sentido en el Convenio de la Comisión

para la Resolución de Controversias, dicho Convenio entrará en

vigencia en la última de las siguientes fechas:

(a) la Fecha de Inicio definida en el Contrato,

(b) la fecha en que el Contratante, el Contratista y el Miembro hayan firmado el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, o

(c) la fecha en que el Contratante, el Contratista y cada uno de los

Demás Miembros (si los hubiere) hayan firmado

respectivamente un convenio de la Comisión para la

Resolución de Controversias.

El empleo del Miembro es un nombramiento personal. En cualquier

momento el Miembro podrá, previa notificación con una antelación

mínima de 70 días, presentar su renuncia ante el Contratante y el

Contratista, y el Convenio de la Comisión para la Resolución de

Controversias expirará al vencimiento de dicho plazo.

3. Garantías El Miembro garantiza y acuerda que es y será imparcial e

independiente con respecto al Contratante, el Contratista y el

Ingeniero. El Miembro divulgará sin demora a cada uno de ellos y a

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Sección VII. Condiciones generales 353

los Demás Miembros (si los hubiere) cualquier hecho o

circunstancia que pareciera inconsistente con su garantía y acuerdo

de imparcialidad e independencia.

El nombramiento del Miembro por parte del Contratante y el

Contratista, se basa en la declaración del Miembro en el sentido de

que:

(a) tiene experiencia en el trabajo que realizará el Contratista en virtud del Contrato,

(b) tiene experiencia en la interpretación de documentos contractuales, y

(c) habla con fluidez el idioma para comunicaciones que se define

en el Contrato.

4. Obligaciones

Generales del

miembro

El Miembro deberá:

(a) no tener interés financiero ni de otra índole en el Contratante,

el Contratista o el Ingeniero, ni ningún interés financiero en el

Contrato, salvo por el pago de conformidad con el Convenio

de la Comisión para la Resolución de Controversias;

(b) no haber sido contratado previamente como consultor ni de

otra forma por el Contratante, el Contratista o el Ingeniero,

salvo en los casos en que se hubiere informado por escrito al

Contratante y Contratista, antes de que firmaran el Convenio

de la Comisión para la Resolución de Controversias;

(c) haber informado por escrito al Contratante, el Contratista y los

Demás Miembros (si los hubiere), antes de firmar el Convenio

de la Comisión para la Resolución de Controversias y, a su leal

saber y entender, y hasta donde se recuerde, sobre cualquier

relación profesional o personal con cualquier director,

funcionario o empleado del Contratante, el Contratista o el

Ingeniero, así como cualquier participación previa en el

proyecto general del que forme parte el Contrato;

(d) no ser contratado, durante la vigencia del Convenio de la

Comisión para la Resolución de Controversias, como consultor

o de otra forma por el Contratante, el Contratista o el

Ingeniero, salvo en lo que puedan haber acordado por escrito

el Contratante, el Contratista y los Demás Miembros (si los

hubiere);

(e) cumplir las normas de procedimiento que se anexan y con lo

dispuesto en la Subcláusula 20.4 de las condiciones

contractuales;

(f) no asesorar al Contratante, el Contratista, el Personal del

Contratante ni al Personal del Contratista sobre la ejecución

del Contrato, salvo conforme se contempla en las normas de

procedimiento que se anexan;

(g) mientras sea Miembro, no discutir ni llegar a acuerdos con el

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Sección VII. Condiciones generales 354

Contratante, el Contratista o el Ingeniero en relación con su

contratación por parte de cualquiera de ellos, ya sea como

consultor o de otra forma, después de que cese su cargo en

virtud del Convenio de la Comisión para la Resolución de

Controversias;

(h) asegurar su disponibilidad para todas las visitas al lugar de las

obras y todas las audiencias que sean necesarias;

(i) familiarizarse con el Contrato y el avance de las Obras (y de

cualquier otra parte del proyecto del que forme parte el

Contrato) estudiando toda la documentación recibida, que

deberá mantenerse en un archivo de trabajo vigente;

(j) tratar como confidenciales y privados los detalles del Contrato

y todas las actividades y audiencias de la Comisión para la

Resolución de Controversias, no dándoles publicidad ni

divulgación sin el consentimiento previo por escrito del

Contratante, el Contratista y los Demás Miembros (si los

hubiere); y

(k) estar disponible para asesorar y opinar, sobre cualquier tema

pertinente del el Contrato, cuando se lo soliciten tanto el

Contratante como el Contratista, sujeto al acuerdo de los

Demás Miembros (si los hubiere).

5. Obligaciones

Generales del

Contratante y el

Contratista

El Contratante, el Contratista, el Personal del Contratante y el

Personal de Contratista no solicitarán asesoría ni consultarán con el

Miembro sobre el Contrato, salvo en el curso normal de las

actividades de la Comisión para la Resolución de Controversias en

virtud del Contrato y del Convenio de la Comisión para la

Resolución de Controversias. El Contratante y el Contratista

velarán por el cumplimiento de esta disposición por parte del

Personal del Contratante y el Personal del Contratista,

respectivamente.

El Contratante y el Contratista se comprometen mutuamente y

frente al Miembro a que, salvo en casos en que el Contratante, el

Contratista y el Miembro y los Demás Miembros (si los hubiere)

acuerden otra cosa por escrito, el Miembro:

(a) no será nombrado árbitro en ningún proceso de arbitraje que se

realice en virtud del Contrato;

(b) no será llamado como testigo en relación con cualquier

controversia sometida a uno o más árbitros designados para

cualquier proceso de arbitraje que se realice en virtud del

Contrato; y

(c) no será responsable por ninguna reclamación que se haga sobre

cualquier acción u omisión en el ejercicio o supuesto ejercicio

de las funciones como Miembro, a menos que se demuestre

que dicho acto u omisión se realizó de mala fe.

El Contratante y el Contratista por medio del presente, en forma

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Sección VII. Condiciones generales 355

conjunta y solidaria, indemnizan y liberan al Miembro de cualquier

reclamación de cuya responsabilidad se le libere con arreglo al

párrafo anterior.

Cuando el Contratante o el Contratista refieran una controversia a la

Comisión para la Resolución de Controversias en virtud de la

Subcláusula 20.4 de las Condiciones del Contrato, frente a lo cual el

Miembro se vea obligado a hacer una visita al lugar de las obras y

asistir a una audiencia, el Contratante o el Contratista suministrarán

la garantía adecuada por el monto equivalente a los gastos

razonables en que pueda incurrir el Miembro. No se considerará

ningún otro pago adeudado o pagado al Miembro.

6. Pago El Miembro será remunerado en la moneda que se designe en la

Comisión para la Resolución de Controversias, de la siguiente

manera:

(a) un honorario anticipado por mes calendario, el cual se

considerará como pago total por:

(i) estar disponible, previa notificación de 28 días, para todas

las visitas al lugar de las obras y las audiencias;

(ii) familiarizarse y estar al día con todos los hechos atinentes

al proyecto y mantener archivos pertinentes;

(iii) todos los gastos de oficina y generales, que incluyen

servicios secretariales, fotocopias y suministros de oficina

relacionados con sus funciones; y

(iv) todos los servicios prestados en virtud del presente

Convenio, excepto por los que se mencionan en los incisos

(b) y (c) de esta Cláusula.

El honorario anticipado se pagará con vigencia a partir del último

día del mes calendario en que entre en vigencia el Convenio de la

Comisión para la Resolución de Controversias y hasta el último día

del mes calendario en que se emita el Certificado de Recepción de

Obra correspondiente por la totalidad de las Obras.

A partir del primer día del mes calendario posterior al mes en el que

se emita el Certificado de Recepción de Obra correspondiente a la

totalidad de las Obras, el honorario anticipado antedicho se reducirá

en un tercio. Este honorario reducido se pagará hasta el primer día

del mes calendario en que renuncie el Miembro o se dé por

terminado de otra manera el Convenio de la Comisión para la

Resolución de Controversias;

(b) una tasa diaria que se considerará el pago completo por

concepto de:

(i) cada día completo o parte de un día, hasta un máximo de

dos días de viaje en cada dirección, por el viaje entre el

domicilio del Miembro y el lugar de las obras, u otro lugar

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Sección VII. Condiciones generales 356

de reunión con los Demás Miembros (si los hubiere);

(ii) cada día de trabajo dedicado a visitas al Lugar de las

Obras, audiencias o la preparación de decisiones; y

(iii) cada día dedicado a la lectura de documentación

presentada en preparación para una audiencia;

(c) todos los gastos razonables, incluidos gastos de viaje

necesarios (boleto aéreo en clase inferior a primera, hotel y

viáticos, así como otros gastos directos de viaje) en que incurra

en relación con el ejercicio de sus funciones como Miembro,

así como el costo de llamadas telefónicas, servicios de

mensajero especial (courier), fax y télex. Será necesario

presentar un recibo para todos los rubros que excedan el 5% de

la tasa diaria a que se hace referencia en el inciso (b) de esta

Cláusula;

(d) cualesquiera de los impuestos establecidos en el País sobre los

pagos que se hagan al Miembro (salvo que se trate de un

ciudadano o de un residente permanente del País) en virtud de

esta Cláusula 6.

Los honorarios anticipados y la tasa diaria serán los que se

especifiquen en el Convenio de la Comisión para la Resolución de

Controversias. Salvo que se especifique otra cosa, esos honorarios y

esa tasa serán fijos durante los primeros 24 meses calendario y

serán ajustados con posterioridad a ese período por acuerdo entre el

Contratante, el Contratista y el Miembro, en cada aniversario de la

fecha en que haya entrado en vigor el Convenio de la Comisión

para la Resolución de Controversias.

Si las partes no llegan a un acuerdo respecto del honorario

anticipado o la tasa diaria del Miembro, la entidad designada o el

funcionario encargado del nombramiento que se señalen en los

Datos del Contrato determinarán el monto de los honorarios y la

tasa que se usarán.

El Miembro presentará facturas para el pago de los honorarios

anticipados mensuales y boletos aéreos, por trimestres adelantados.

Las facturas de los demás gastos y las tasas diarias se presentarán

después de efectuada una visita al lugar de las obras o una

audiencia. Todas las facturas serán acompañadas de una breve

descripción de las actividades realizadas durante el período en

cuestión e irán dirigidas al Contratista.

El Contratista pagará cada factura del Miembro en su totalidad

dentro del plazo de 56 días calendario después de recibir cada

factura, y solicitará al Contratante (en las Declaraciones con arreglo

al Contrato) el reembolso de la mitad del importe de dichas

facturas. El Contratante pagará al Contratista de conformidad con el

Contrato.

Si el Contratista no paga al Miembro el monto que le corresponda

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Sección VII. Condiciones generales 357

en virtud del Convenio de la Comisión para la Resolución de

Controversias, el Contratante pagará al Miembro la suma adeudada

y cualquier otro monto que sea necesario para mantener en

funcionamiento la Comisión para la Resolución de Controversias,

sin perjuicio de los derechos o recursos del Contratante. Además

de todos los demás derechos que se deriven de este incumplimiento,

el Contratante tendrá derecho al reembolso de todos los montos

pagados en exceso de la mitad de dichos pagos, más todos los

costos que suponga la recuperación de dichos montos y los

correspondientes cargos financieros calculados a la tasa

especificada en la Subcláusula 14.8 de las Condiciones del

Contrato.

Si dentro de los 70 días posteriores a la entrega de una factura

válida el Miembro no recibe el pago del monto adeudado, éste

podrá: (i) suspender sus servicios (sin notificación) hasta que reciba

el pago, o (ii) renunciar a su nombramiento mediante notificación

con arreglo a la Cláusula 7.

7. Terminación En cualquier momento: (i) el Contratante y el Contratista podrán

terminar conjuntamente el Convenio de la Comisión para la

Resolución de Controversias, previa notificación al Miembro con

una antelación mínima de 42 días; o (ii) el Miembro podrá

renunciar de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 2.

Si el Miembro no cumple el Convenio de la Comisión para la

Resolución de Controversias, el Contratante y el Contratista podrán,

sin perjuicio de sus demás derechos, terminar dicho Convenio

mediante notificación al Miembro. La notificación entrará en

vigencia cuando sea recibida por el Miembro.

Si el Contratante y el Contratista no cumplen el Convenio de la

Comisión para la Resolución de Controversias, el Miembro podrá,

sin perjuicio de sus demás derechos, terminar dicho Convenio

mediante notificación al Contratante y al Contratista. La

notificación entrará en vigencia cuando estos dos últimos la

reciban.

Cualquiera de esas notificaciones, renuncias o terminaciones serán

definitivas y obligatorias para el Contratante, el Contratista y el

Miembro. Sin embargo, una notificación emitida por el Contratante

o el Contratista, pero no por ambos, carecerá de validez.

8. Incumplimiento

del Miembro

Si el Miembro no cumple cualquiera de sus obligaciones de

conformidad con la Cláusula 4 (a) - (d) supra, no tendrá derecho a

ningún pago ni gastos en virtud del presente y, sin perjuicio de sus

demás derechos, reembolsará tanto al Contratante como al

Contratista cualquier pago o gastos recibidos por el Miembro o los

Demás Miembros (si los hubiere), en concepto de procedimientos o

decisiones (de haberlas) de la Comisión para la Resolución de

Controversias que se declaren nulas y sin efecto a raíz de dicho

incumplimiento.

Si el Miembro no cumple cualquiera de las obligaciones

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Sección VII. Condiciones generales 358

establecidas en la Cláusula 4 (e) - (k) supra, no tendrá derecho a

recibir ningún pago ni gastos estipulados en el presente a partir de

la fecha y en la medida del incumplimiento y, sin perjuicio de sus

demás derechos, reembolsará tanto al Contratante como al

Contratista los pagos y gastos que ya hubiere percibido el Miembro

por concepto de procedimientos o decisiones (de haberlas) de la

Comisión para la Resolución de Controversias que se declaren

nulas y sin efecto a raíz de dicho incumplimiento.

9. Controversias Cualquier controversia o reclamo que surjan de, o con relación a,

este Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias,

o el incumplimiento, la terminación o la invalidez de dicho

convenio, deberá ser sometido a arbitraje institucional para su

resolución definitiva. Si no se llega a un acuerdo respecto del

instituto de arbitraje, el arbitraje se regirá por el Reglamento de

Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional y será conducido

por un árbitro designado de conformidad con dicho Reglamento.

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Sección VII. Condiciones generales 359

NORMAS DE PROCEDIMIENTO

Salvo que el Contratante y el Contratista acuerden otra cosa, la Comisión para la Resolución de

Controversias realizará visitas al lugar de las obras en intervalos no mayores de 140 días,

incluidas las épocas de construcciones críticas, a solicitud del Contratante o el Contratista.

Salvo que el Contratante, el Contratista y la Comisión para la Resolución de Controversias

acuerden otra cosa, el período entre visitas consecutivas no será inferior a 70 días, excepto en la

medida requerida para convocar una audiencia conforme se señala más abajo.

La oportunidad y el programa de cada visita al lugar de las obras serán acordados en forma

conjunta por la Comisión para la Resolución de Controversias, el Contratante y el Contratista

o, en ausencia de un acuerdo, serán decididos por la Comisión para la Resolución de

Controversias. El objeto de las visitas al lugar de las obras es permitir que dicha Comisión se

familiarice y se mantenga al día con el avance de las Obras y cualquier problema o reclamación

real o potencial, y, en la medida de lo posible, haga todo lo que esté a su alcance para evitar que

los problemas o reclamaciones potenciales se conviertan en controversias.

El Contratante, el Contratista y el Ingeniero asistirán a las visitas al lugar de las obras, cuya

coordinación estará a cargo del Contratante en cooperación con el Contratista. El Contratante

se encargará de que se cuente con instalaciones de conferencia y servicios secretariales y de

fotocopia adecuados. Al concluir cada visita y antes de abandonar el lugar de las obras, la

Comisión para la Resolución de Controversias elaborará un informe de las actividades

realizadas durante la visita y enviará copias del mismo al Contratante y el Contratista.

El Contratante y el Contratista entregarán a la Comisión para la Resolución de Controversias

una copia de todos los documentos que solicite, incluidos documentos contractuales, informes

de avance, instrucciones de variaciones, certificados y otros documentos relacionados con el

cumplimiento del Contrato. Todas las comunicaciones entre la Comisión para la Resolución de

Controversias y el Contratante o el Contratista se realizarán con copia a la otra Parte. Si la

Comisión para la Resolución de Controversias está formada por tres personas, el Contratante y

el Contratista enviarán copias de los documentos solicitados y las comunicaciones a cada una

de esas personas.

Si se remite una controversia a la Comisión para la Resolución de Controversias de

conformidad con la Subcláusula 20.4 de las Condiciones del Contrato, dicha Comisión

procederá según se establece en la Subcláusula 20.4 y estas normas. Con sujeción al plazo para

notificar sobre una decisión y otros factores pertinentes, la Comisión para la Resolución de

Controversias deberá:

(a) actuar justa e imparcialmente entre el Contratante y el Contratista, dándole a cada uno

de ellos oportunidad razonable para presentar su caso y de responder al caso del otro, y

(b) adoptar procedimientos adecuados para la controversia, sin incurrir en demoras ni

gastos innecesarios.

La Comisión para la Resolución de Controversias podrá realizar una audiencia sobre la

controversia, en cuyo caso decidirá respecto de la fecha y el lugar en que se llevará a cabo, y

podrá solicitar que antes de la audiencia o durante la misma se le presenten documentación y

argumentos escritos del Contratante y el Contratista.

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Sección VII. Condiciones generales 360

Salvo que el Contratante y el Contratista acuerden otra cosa por escrito, la Comisión para la

Resolución de Controversias tendrá la facultad de adoptar un procedimiento inquisitorio, negar

a cualquier persona, excepto los representantes del Contratante, el Contratista y el Ingeniero,

admisión a las audiencias y el derecho a ser oído en las mismas, y proceder en ausencia de

cualquier parte que según la Comisión para la Resolución de Controversias haya recibido

notificación de la audiencia; pero tendrá discreción para decidir si, y en qué medida, ejercerá

dicha facultad.

El Contratante y el Contratista facultan a la Comisión para la Resolución de Controversias,

entre otros aspectos, a:

(a) establecer el procedimiento que se aplicará para resolver una controversia;

(b) decidir sobre la jurisdicción de la Comisión para la Resolución de Controversias y sobre

el alcance de cualquier controversia que se le presente;

(c) realizar las audiencias que considere necesarias, sin someterse a otras normas o

procedimientos que no sean los que se contemplan en el Contrato y en estos

procedimientos;

(d) tomar la iniciativa para establecer los hechos y los asuntos necesarios para la toma de una

decisión,

(e) hacer uso de sus conocimientos especializados, si los tuviere,

(f) decidir sobre el pago de cargos financieros de conformidad con el Contrato,

(g) decidir sobre cualquier recurso de reparación provisional, tales como medidas temporales

o de conservación, y

(h) abrir, examinar y modificar cualquier certificado, decisión, , orden, opinión o tasación del

Ingeniero, que sea pertinente para la controversia.

La Comisión para la Resolución de Controversias no expresará ninguna opinión durante las

audiencias en relación con los argumentos presentados por las Partes. Posteriormente, la

Comisión para la Resolución de Controversias tomará y anunciará su decisión de conformidad

con la Subcláusula 20.4, o en la forma en que acuerden el Contratante y el Contratista por

escrito. Si la Comisión para la Resolución de Controversias está formada por tres personas:

(a) se reunirá en privado después de las audiencias, a fin de deliberar y preparar su

decisión;

(b) tratará de llegar a una decisión unánime. Si ello resultara imposible, la decisión se

tomará por mayoría de los Miembros, quienes podrían solicitar al Miembro minoritario

que prepare un informe escrito para el Contratante y el Contratista; y

(c) si un Miembro no asiste a una reunión o audiencia o no cumple cualesquiera funciones

necesarias, los otros dos Miembros podrán proceder de todas maneras a tomar a una

decisión, a menos que:

(i) el Contratante o el Contratista no estén de acuerdo en que lo hagan, o

(ii) el Miembro ausente sea el presidente de la Comisión para la Resolución de

Controversias e instruya a los Miembros que no tomen ninguna decisión.

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Sección VIII. Condiciones Especiales (CE)

Las siguientes Condiciones Especiales complementarán las CG. En casos de discrepancia, las

presentes disposiciones prevalecerán sobre las que figuran en las CG .

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Sección VIII. Condiciones especiales

362

Parte A – Datos del Contrato

Condiciones Subcláusula Datos

Nombre y dirección del

Contratante

1.1.2.2 y 1.3 Nombre del contratante:

Es la UNIDAD EJECUTORA DEL

PROGRAMA DE LA UNIDAD DE

COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y

PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO

EXTERNO del MINISTERIO DE

PLANIFICACIÓN FEDERAL,

INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

Dirección del Contratante: Unidad

Ejecutora del Programa: Av. Pte. Roque

Saenz Peña 938, 6° piso

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Código postal: C1035AAQ

Argentina

Nombre del Banco 1.1.2.11 Es el Banco Interamericano de Desarrollo

(BID).

Nombre del Prestatario 1.1.2.12 Es la República Argentina

Plazo de Ejecución 1.1.3.3 20 (veinte) meses

Período de Notificación de

Defectos

1.1.3.7 12 (Doce) Meses

Secciones 1.1.5.6 No se usan secciones.

Ley aplicable 1.4 Todo cuanto no esté previsto en la

documentación licitatoria, será resuelto de

acuerdo con las disposiciones de la Ley

13.064 de Obras Públicas, sus

modificaciones y normas complementarias,

la cual será de aplicación al contrato en

forma supletoria.

Idioma que rige 1.4 Español.

Idioma para comunicaciones 1.4 Español.

Cesión 1.7 Se sustituye por el siguiente texto: ―El

contratista tiene la obligación de ejecutar

el contrato por sí, quedando prohibida la

cesión o subcontratación, salvo

consentimiento expreso de la autoridad

administrativa, en cuyo caso el

cocontratante cedente continuará obligado

solidariamente con el cesionario por los

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Sección VIII. Condiciones especiales

363

Condiciones Subcláusula Datos

compromisos emergentes del contrato.

Para ello, se deberá verificar que el

cesionario cumpla con todos los requisitos

de la convocatoria al momento de la

cesión, tenga capacidad técnico financiera

suficiente para la totalidad del contrato

original y que el saldo de dicha capacidad

supere el monto de obra que falte ejecutar.

Asimismo, el cedente deberá haber

ejecutado al tiempo de la cesión, no

menos del treinta por ciento del monto de

los trabajos. El cesionario deberá

presentar documentos que sustituyan

garantías de cualquier naturaleza que

hubiera presentado o se le hubiere

retenido al contratista cedente‖.

Plazo para acceder al Lugar

de las Obras

2.1 Conjuntamente con la fecha de inicio

Garantía de Cumplimiento 4.2 Ver Subcláusula 4.2 de las Condiciones

Especiales – Parte B - Disposiciones

Específicas.

Total pago anticipado 14.2 Se sustituye el primer párrafo de la

Cláusula por: ―El Contratante pagará al

Contratista el Anticipo por el monto,

modalidad y fecha establecidas en las

CEC- Parte B –Disposiciones Específicas,

contra la presentación de una garantía.

Esta garantía será emitida por una entidad

y de un país (u otra jurisdicción)

aprobados por el Contratante, y adoptará

el formato que se adjunta a las

Condiciones Especiales. También se

admitirá la presentación de un Seguro de

Caución emitido de acuerdo a las

disposiciones de la Superintendencia de

Seguros de la Nación, y que sea aceptable

por el Contratante. La Póliza de Seguro de

Caución se ajustará en lo pertinente, a la

modalidad prevista en la cláusula de los

Datos de Licitación referida a la Garantía

de Mantenimiento de Oferta‖

Tasa de amortización de pago

anticipado

14.2(b) Ver Subcláusula 14.2 de las Condiciones

Especiales – Parte B - Disposiciones

Específicas.

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Sección VIII. Condiciones especiales

364

Condiciones Subcláusula Datos

Retenciones por fondo de

reparo

14.3 Del importe de cada certificado mensual

se descontará y retendrá el 5% en

concepto de fondo de reparo; estos

descuentos se realizarán sin perjuicio de la

garantía de cumplimiento del Contrato.

El fondo de reparo se le retendrá al

Contratista hasta la recepción final de la

obra, en garantía de la correcta ejecución

de los trabajos y para hacer frente a las

reparaciones que fueran necesarias, y que

el Contratista no ejecutara cuando le fuera

ordenado.

El Contratista podrá sustituir el fondo de

reparo por alguna de las garantías

previstas en las Instrucciones a los

Oferentes, Cláusula 19.2 y en los DDL,

Cláusula 19.2, sin perjuicio de lo

estipulado en la subcláusula 14.9 de las

Condiciones Especiales.

Responsabilidad máxima total

del Contratista ante el

Contratante

17.6 No aplica

Plazos para entregar los seguros: 18.1

a. comprobantes de

seguros

A más tardar a la fecha de inicio (ver Sub-

cláusula 18.1 de las Disposiciones

Específicas)

b. pólizas relevantes A más tardar a la fecha de inicio (ver Sub-

cláusula 18.1 de las Disposiciones

Específicas)

Monto máximo de cantidades

deducibles del seguro contra

riesgos del Contratante

18.2(d) Diez por ciento (10%)

Monto mínimo del seguro de

responsabilidad civil (contra

riesgos de terceros)

18.3 La cobertura mínima del seguro de

lesiones a otras personal o fallecimiento

será equivalente a $ 3.000.000 (Pesos tres

millones), con una franquicia máxima del

10%

Fecha límite para el

nombramiento de la Comisión

para la Resolución de

Controversias

20.2 28 días después de la Fecha de Inicio

Número de miembros de la

Comisión para la Resolución

de Controversias

20.2 Un solo Miembro

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Sección VIII. Condiciones especiales

365

Condiciones Subcláusula Datos

Lista de posibles miembros

únicos de la Comisión para la

Resolución de Controversias

20.2 Ninguno

Entidad o funcionario

encargado del nombramiento

(de no llegarse a un acuerdo)

20.3 La Unidad de Coordinación de Programas

y Proyectos con Financiamiento Externo.

Cuadro: Resumen de Secciones NO APLICA

Parte B – Disposiciones Específicas

Subcláusula 1.1. Se sustituye el segundo párrafo por el siguiente:

―Los términos que se refieren a personas o partes, incluyen a

personas físicas o jurídicas, salvo el caso en que el contexto

sugiera algo diferente.

Subcláusula 1.1.1.1. Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Forman parte del contrato, el acto administrativo que resuelve

la adjudicación, la oferta del Adjudicatario la contrata o

convenio de locación de obra, con los documentos que allí se

enumeren y forman parte del mismo, la Documentación

Licitatoria en su conjunto, con las aclaraciones, ampliaciones o

enmiendas que se hubiesen realizado.‖

Subcláusula 1.1.1.2. Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Convenio‖ o ―Contrata‖, es el instrumento suscripto por las

partes al que se hace referencia en la Subcláusula 1.6 y a través

del cual se formaliza el contrato de locación de obra.

Subcláusula 1.1.1.4. ―Carta de Oferta‖ se entiende como referida al Formulario de

Oferta previsto en la Sección IV del Pliego, presentado por el

oferente junto a su propuesta.

Subcláusula 1.1.1.5 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Especificaciones‖: Es la parte del Pliego que describe la obra

licitada y las condiciones técnicas bajo las cuales se ejecutará la

misma.

Subcláusula 1.1.1.7 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―Formularios‖: Son los

formularios de la Sección IV del Pliego, que el oferente debe

completar y utilizar para presentar su oferta.

Subcláusula 1.1.1.8 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Oferta‖ es la propuesta presentada por el oferente en el acto de

apertura (formularios y documentación acompañada). También

forman parte de la oferta las aclaraciones, rectificaciones y/o

documentación adicional que el oferente eventualmente pudiese

presentar como consecuencia de un requerimiento del

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Sección VIII. Condiciones especiales

366

contratante en el proceso de evaluación.

Subcláusula 1.1.2.4 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Ingeniero‖ o ―Inspector de Obra‖ es el profesional designado

por el contratante para representarlo en la obra. Sus funciones

son fiscalizar e inspeccionar la obra a fin que ésta se ejecute y

se desarrolle en un todo de acuerdo con los términos del

contrato y la legislación aplicable.

Subcláusula 1.1.2.5 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Representante del Contratista‖ o ―Representante Técnico‖ es

el profesional designado por el Contratista para representarlo en

la obra, con arreglo a la Subcláusula 4.3 [Representante del

Contratista]. Tiene a su cargo y es responsable por la dirección

técnica de los trabajos.

Subcláusula 1.1.2.6 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―Son las personas que

el Contratante notifique al Contratista que son parte de su

personal.‖

Subcláusula 1.1.2.7 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Son las personas que el Contratista notifique al Contratante

que son parte de su personal.‖

Subcláusula 1.1.3.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Fecha de Inicio‖: es la fecha en que se extiende el Acta de

Replanteo, -de acuerdo a lo prescripto en la cláusula 4.7 y sus

subcláusulas de los Datos del Contrato-, o la fecha en que se

cumplan veintiún (21) días corridos contados desde la firma del

contrato, lo que ocurra primero. El plazo de ejecución de la

obra comenzará a contarse desde la Fecha de Inicio.

Subcláusula 1.1.3.5 Cuando el Pliego se refiere al ―Certificado de Recepción de

Obras‖, alude al Acta de Recepción Provisoria.

Subcláusula 1.1.3.7 Cuando el Pliego se refiere al ―Período para la Notificación de

Defectos‖, alude al Plazo de Garantía, de acuerdo a lo que se

establece en la cláusula 9 de los Datos del Contrato.

Subcláusula 1.1.3.8 Cuando el Pliego se refiere al ―Certificado de Cumplimiento‖,

alude al Acta de Recepción Definitiva.

Subcláusula 1.1.3.9 Se agrega a la cláusula lo siguiente:

―Salvo que se especifiquen que son hábiles, los plazos en días

son de días corridos.‖

Subcláusula 1.1.4.1 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Monto Contractual Aceptado‖, es el monto por el cual se

adjudica la obra, de acuerdo a lo establecido en el acto

administrativo de adjudicación.

Subcláusula 1.1.4.5 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Declaración Final‖ es el Informe Final al que se hace

referencia en las cláusula 14.10 y 14.11 de los Datos del

Contrato.

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Sección VIII. Condiciones especiales

367

Subcláusula 1.1.4.9 Cuando el Pliego se refiere al ―Certificado de Pago‖, alude al

Certificado de Obra.

Subcláusula 1.1.5.1 Se elimina el segundo párrafo de la cláusula.

Subcláusula 1.1.6.5 Se sustituye la cláusula: ―Leyes‖, alude en forma genérica a

cualquier norma jurídica, sea de carácter nacional, provincial o

municipal. La ley 13064 de Obras Públicas será aplicable al

contrato en forma supletoria, de modo que todas las cuestiones

que no estén específicamente resueltas en el Pliego, se

resolverán de acuerdo a lo que establezca dicha ley.

Subcláusula 1.2 (e) Se sustituye en la subcláusula 1.2.(e) de las CGC por la

siguiente: ―la palabra ―propuesta‖ es sinónimo de ―oferta‖ y

―proponente‖ de ―oferente‖.

Subcláusula 1.3 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―Las comunicaciones

al Contratista se efectuarán, ordinariamente, mediante Orden

de Servicio y las de éste al Comitente, se canalizarán a través

del Inspector de Obra por medio del Libro de Notas de

Pedidos. El procedimiento de comunicación se regirá por las

siguientes pautas:

1.- Las decisiones que adopte el Inspector de Obra en el

ejercicio de sus funciones, deberán comunicarse al

Contratista mediante Ordenes de Servicio, las que serán

cronológicamente consignadas en el Libro de Ordenes

de Servicio.

El original firmado será retirado y quedará en poder del

Contratista, el duplicado con la constancia de recepción

será retirado y quedará en poder del Comitente y el

triplicado se mantendrá en el Libro que quedará

depositado en la oficina de la Inspección en el

Emplazamiento.

2.- Se considerará que toda Orden de Servicio está

comprendida en las estipulaciones del Contrato y que no

importa modificación de lo pactado ni encomienda de

trabajos adicionales, salvo el caso que en la misma se

hiciera manifestación explícita de lo contrario.

3.- El Representante Técnico, deberá notificarse de toda

Orden de Servicio en el día de la fecha de esta. El

Representante Técnico está obligado a tomar vista diaria

del Libro de Ordenes de Servicio en las dos primeras

horas del horario de trabajo normal de la obra dejando

constancia escrita y firmada en dicho libro.

En ese acto queda subsidiariamente notificado de toda

Orden de Servicio de la que aún no se hubiere

notificado.

4.- El Representante Técnico al notificarse de una Orden

de Servicio podrá asentar su reserva al cumplimiento de

esta. En ese caso, la obligatoriedad de cumplir la orden

de servicio queda suspendida por TRES (3) días hábiles,

plazo dentro del cual el Representante Técnico debe

exponer los fundamentos de su objeción al

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Sección VIII. Condiciones especiales

368

cumplimiento, pudiendo ampliar dichos fundamentos

dentro de los siguientes SIETE (7) días hábiles. Este

plazo podrá ser ampliado por el Inspector de Obra según

las circunstancias.

5.- Si el Inspector de Obra, en cualquier momento a

partir de la notificación firmada con reserva, reitera la

Orden de Servicio, aquella deberá ser cumplida por el

Representante Técnico sin más dilaciones, sin perjuicio

de los derechos que eventualmente corresponda

reconocer al Contratista, en virtud de lo que por

intermedio del Representante Técnico hubiere

peticionado y fundado dentro de los plazos mencionados

precedentemente.

6.- El Comitente podrá disponer la ejecución de los

trabajos ordenados y no ejecutados por el Contratista,

por terceros o directamente, a costa de éste,

deduciéndose el importe resultante del primer

certificado que se le extienda y, en caso necesario, del

fondo de reparo.

7.-La negativa a notificarse por el Representante

Técnico, la falta de toma de vista, o el incumplimiento

de la Orden de Servicio será sancionado con la

aplicación de una multa al Contratista de pesos UN MIL

($1.000) por cada día de incumplimiento. Además, esa

circunstancia facultará al Comitente a exigir la remoción

del Representante Técnico y cursar la comunicación que

corresponda al Consejo o Colegio Profesional

respectivo.‖

Subcláusula 1.5 (a) y (b) Se sustituyen los incisos (a) y (b) por los siguientes:

―(a) el convenio o contrata, suscripto por las partes de

acuerdo a lo previsto en la cláusula 1.6. de las

Condiciones Generales

(b) el acto administrativa de adjudicación.‖

Subcláusula 1.6 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Las partes celebrarán un Convenio dentro de un plazo de 28 días

contados a partir de la fecha en que el Contratista reciba la

notificación del Acto Administrativo de Adjudicación. El Convenio

se basará en el formulario que se anexa en las Condiciones

Especiales. Los costos de los sellos fiscales y cargos similares (si los

hubiere) que exija la ley para celebrar el Convenio correrán por

cuenta del adjudicatario.‖

Subcláusula 2.4 No aplica

Subcláusula 2.5 No aplica la primera oración del segundo párrafo (plazo para

efectuar reclamaciones).

El segundo párrafo de dicha cláusula se reemplaza por el

siguiente:

―Se enviará una notificación sobre cualquier prórroga del

Período para la Notificación de Defectos antes de que venza

dicho plazo.‖

Subcláusula 3.1 Se sustituye la cláusula por la siguiente: El Contratante

designará al Ingeniero o Inspector de obra quien tendrá como

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Sección VIII. Condiciones especiales

369

función fiscalizar e inspeccionar la obra a fin que ésta se ejecute

y se desarrolle en un todo de acuerdo con los del contrato y la

normativa aplicable. No tendrá la potestad de modificar el

Contrato.

Salvo indicación diferente en estas Condiciones:

(a) cuando el Inspector de Obra cumpla sus

obligaciones o ejerza sus facultades, ya sea que éstas se

especifiquen en el Contrato o que se deriven en forma

implícita del mismo, se considerará que actúa en

nombre del Contratante;

(b) el Inspector de Obra no tendrá autoridad para

eximir a ninguna de las Partes de cualesquiera deberes,

obligaciones o responsabilidades en virtud del Contrato;

(c) ninguna aprobación, verificación, certificado,

consentimiento, examen, inspección, orden,

notificación, propuesta, solicitud, prueba o acto de esa

índole del Ingeniero (incluida la no desaprobación)

eximirá al Contratista de cualquier responsabilidad que

tenga en virtud del Contrato, incluida la responsabilidad

en cuanto a errores, omisiones, discrepancias e

incumplimientos; y

El Inspector de Obra obtendrá la aprobación específica del

Contratante antes de actuar, en los siguientes supuestos:

(a) Prórrogas del plazo de terminación y/o costo

adicional del contrato.

(b) Modificaciones de obra, a excepción de

situaciones de emergencia conforme lo determine la

Inspección,

Sin perjuicio de la obligación de obtener aprobación, como se

indica supra, si a juicio del Ingeniero ocurre una emergencia

que afecte la seguridad personal, la seguridad física de las

Obras o de la(s) propiedad(es) colindante(s), éste podrá, sin

eximir al Contratista de sus deberes y responsabilidades en

virtud del Contrato, ordenar al Contratista que lleve a cabo las

obras o actividades que sean necesarias, según el Ingeniero,

para mitigar o reducir el riesgo. El Contratista cumplirá

inmediatamente cualquier instrucción de esa índole que le dé el

Ingeniero, aún a falta de la aprobación de dicha instrucción por

parte del Contratante.‖

Subcláusula 3.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―El Inspector de Obra podrá delegar sus obligaciones y

responsabilidades en otra persona con condiciones y aptitudes

similares, por lapsos razonablemente breves y causas fundadas,

con autorización previa del Contratante. Dicha delegación

deberá ser comunicada al Contratista.‖

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Sección VIII. Condiciones especiales

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Subcláusula 3.3 3.3 Se sustituye la cláusula por la siguiente: ―El Inspector de

Obra podrá impartir instrucciones al Contratista en

cualquier momento, y proporcionarle los Planos

adicionales o modificados que se necesiten para la

ejecución de las Obras y la reparación de cualquier

defecto, de conformidad con el Contrato. En el caso de

que una orden constituya una Variación, se aplicará la

Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes].

Siempre que sea posible, las instrucciones se impartirán por

escrito.‖

Subcláusula 3.4 No aplica.

Subcláusula 3.5 El Inspector es receptor exclusivo de toda presentación del

Contratista relacionada con cualquier aspecto de la obra o del

Contrato. Resolverá las cuestiones inherentes a la obra, de

acuerdo a las facultades conferidas en este Pliego, y propiciará

la resolución, que estará a cargo del Comitente, de las

reclamaciones que impliquen modificaciones o alteraciones de

la obra y/o del contrato.

Subcláusula 4.1 Se sustituye el primer párrafo del artículo por el siguiente: ―El

Contratista ejecutará, terminará y reparará cualquier defecto de

las obras, de conformidad con el contrato, sus variaciones

debidamente aprobadas por el Contratante y las instrucciones

del Ingeniero...‖

Subcláusula 4.2 El monto de la Garantía de Cumplimiento será en pesos y por

una suma equivalente al 5% al valor del contrato, y podrá ser a

través de una Póliza de Seguro de Caución, con la modalidad en

la cláusula de los Datos de la Licitación referida a la Garantía

de Mantenimiento de Oferta (19). El contratista suministrará la

Garantía de Cumplimiento dentro de los 28 días de haberle sido

notificado el Acto Administrativo de Adjudicación.

Subcláusula 4.4 Se agrega a la cláusula lo siguiente:

―El contratista no podrá subcontrar obras por más del 40% del

monto del contrato‖.

Subcláusula 4.7 Se sustituye por las siguiente subcláusulas:

―4.7.1 El replanteo de la obra deberá iniciarse dentro de los

veintiún (21) días corridos de firmado el Contrato.

El replanteo se llevará a cabo por el Inspector de Obra

con asistencia del Contratista o de su Representante

Técnico autorizado y consistirá en el establecimiento de

señales o puntos fijos de referencia que el Contratista

queda obligado a conservar por su cuenta.

Si en el terreno ya estuviesen colocadas las señales

necesarias para la ubicación de las obras, el replanteo

consistirá en el reconocimiento y entrega de estos

testigos al Contratista. Esas referencias determinarán el

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Sección VIII. Condiciones especiales

371

eje longitudinal de la obra, progresivas y niveles. En

base a éstas, el Contratista complementará, a medida

que el estado de las obras lo exija, el replanteo de detalle

de acuerdo con los planos generales y detalles del

proyecto y conforme con las modificaciones que el

Inspector de Obra introduzca durante el curso de los

trabajos. Los gastos en concepto de jornales, movilidad,

útiles y materiales que ocasione el replanteo así como

los de revisión de los replanteos de detalles que el

Comitente considere conveniente realizar, son por

cuenta exclusiva del Contratista.

4.7.2 Cuando por circunstancias especiales no fuera posible

efectuar el replanteo total de las obras, se efectuará un

replanteo parcial de las mismas. En este caso, el

replanteo parcial deberá comprender como mínimo una

sección continua de la obra, en la que se puedan ejecutar

trabajos que tengan un valor no inferior a la mitad del

monto total del Contrato.

El replanteo deberá ser completado totalmente antes de

haber transcurrido un tercio del plazo contractual,

contado desde la fecha en que se efectuó el primer

replanteo parcial. Si el replanteo no fuere completado

totalmente dentro del término indicado en el párrafo

precedente, por causas no imputables al Contratista, éste

podrá solicitar la ampliación del plazo contractual en la

medida y proporción que demuestre que el

cumplimiento del plazo original se ha visto alterado por

la incidencia del replanteo incompleto.

4.7.3 Terminado el replanteo se extenderá por duplicado un

acta en la que conste haberlo efectuado conforme al

proyecto, que será firmada por el Inspector de Obra y el

Contratista o su Representante Técnico autorizado.

Cualquier observación que deseare formular el

Contratista, relacionada con el replanteo y que pudiera

dar lugar a reclamos, deberá constar al pie del acta en

forma de reserva, sin cuyo requisito no se considerará

válido ningún reclamo.

Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas

en el acta de replanteo deberá ser presentado con

expresión de fundamento dentro de los treinta (30) días

hábiles posteriores a la firma de dicha acta. Vencido

dicho plazo el Contratista perderá los derechos

respectivos y se tendrá por no efectuada la reserva.

4.7.4 Si el Contratista no concurriese al replanteo, se le fijará

un nuevo plazo de diez (10) días hábiles para la

concreción del mismo. Si tampoco concurriese a esta

segunda citación sin que existan, a exclusivo juicio del

Comitente, causas justificadas que le hayan impedido

asistir o si habiendo concurrido, se negase a firmar el

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Sección VIII. Condiciones especiales

372

acta que se labrará con tal motivo, con la certificación

de testigos o autoridad competente, se considerará que

el Contratista hace abandono de la obra contratada,

pudiendo, en ese caso, el Comitente declarar rescindido

el Contrato con las penalidades consiguientes.

Queda establecido que las obras deberán iniciarse dentro

del plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados a

partir de la Fecha de Inicio.

4.7.5 El replanteo comprenderá la entrega al Contratista de los

terrenos necesarios para las obras a ejecutar, es decir el

Emplazamiento.

4.7.6 Cuando para la ejecución de las obras se requiera la

remoción de algún punto fijo de amojonamiento o

marcaciones oficiales, el Contratista deberá

comunicarlo con la antelación debida al Comitente, a

efectos de que éste tome las precauciones necesarias

para que las mismas no sufran alteración alguna durante

la construcción de las obras.‖

Subcláusula 4.8

Se agregan las siguientes subcláusulas:

―4.8.1 El Contratista es responsable por la seguridad de todas

las actividades desarrolladas en el Emplazamiento y en

cualquier otro lugar, fuera del mismo, donde se realicen

trabajos relacionados con el Contrato.

4.8.2 En la zona de construcción, el Contratista deberá

impedir que el público transite por tramos que presenten

cortes, obstáculos peligrosos o etapas constructivas no

terminadas, que puedan originar accidentes, a cuyo

efecto colocará letreros de advertencia, barreras u otros

medios eficaces a los fines perseguidos. El Contratista

no tendrá derecho a indemnización alguna en concepto

de daños y perjuicios producidos por el tránsito público

en la obra.

4.8.3 Cuando las obras se ejecuten en o a través de vías de

comunicación en uso, el Contratista no podrá en ningún

caso interrumpir el libre tránsito público de vehículos y

toda vez que para la ejecución de los trabajos tuviera

que ocupar la calzada, deberá construir o habilitar vías

provisionales laterales o desviará la circulación por

caminos auxiliares previamente aprobados por el

Inspector de Obra.

Tanto en el caso de vías laterales como en el de caminos

auxiliares, el Contratista deberá mantenerlos en buenas

condiciones de transitabilidad.

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Sección VIII. Condiciones especiales

373

Es obligación del Contratista señalar todo el recorrido

que comprende el desvío y caminos auxiliares,

asegurando su eficacia con todas las advertencias

necesarias, para orientar y guiar el tránsito, tanto de día

como de noche para lo cual, en este último caso, serán

absolutamente obligatorias señales luminosas.

El Contratista será el único responsable de los

accidentes que resulten atribuibles al estado del desvío o

a deficiencias, sustracción o rotura del señalamiento o

de las medidas de protección.

4.8.4. Si el Contratista no diera cumplimiento a sus

obligaciones relativas a habilitación de desvío y

señalizaciones, el Comitente, previa intimación, podrá

ejecutar dichos trabajos por cuenta y cargo del

Contratista, no solamente en lo que se refiere al costo,

sino también en lo que atañe a las responsabilidades

emergentes. En estos casos al formularle cargo por los

costos de las obras ejecutadas, se le recargará un 50% en

concepto de penalidades.

4.8.5. Todas las tareas y obligaciones enunciadas en las

Subcláusulas 4.8.1, 4.8.2 y 4.8.3 precedentes, estarán

exclusivamente a cargo del Contratista y no recibirán

pago directo alguno, considerándose su pago incluido

dentro de los ítems del Contrato.

Será también por cuenta exclusiva del Contratista el

pago de los derechos de arrendamiento que corresponda

satisfacer cuando el mismo ocupe terrenos fiscales en

zonas portuarias, ferroviarias, etc., destinados a la

instalación de depósitos para sus elementos de trabajo,

alojamiento de personal obrero u otros fines

correspondientes a la obra.

4.8.6. Si el Contratista optase por mantener el tránsito durante

la ejecución de la obra, por media calzada o por las

banquinas, deberá contar con la previa autorización del

Inspector de Obra y adoptar la señalización y demás

medidas adecuadas a las circunstancias, con el fin de

prevenir accidentes. También en este supuesto, rige lo

estatuido en la Subcláusula que antecede (4.8.5).

4.8.7. Con una anticipación mínima de quince (15) días

hábiles a la iniciación de los trabajos, el Contratista está

obligado a presentar al Inspector de Obra un plan de

desvíos para el tránsito, el que deberá reunir las

condiciones de factibilidad y seguridad necesarias para

el desplazamiento del transporte y guardar coherencia

con el plan de trabajos respectivo.

El Contratista no podrá iniciar ninguna tarea relacionada

con dicho plan de desvíos, hasta tanto no cuente con la

aprobación del Inspector de Obra, la que le será

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Sección VIII. Condiciones especiales

374

comunicada mediante Orden de Servicio dentro de los

quince (15) días hábiles de haber recibido dicho plan;

vencido dicho plazo sin observaciones se considerará

automáticamente aprobado el mismo.

4.8.8. Quedará totalmente a cargo del Contratista, a partir del

replanteo, la permanente conservación de: obras básicas,

desagües, superficies de rodamiento, obras de arte y

cualquier otra instalación existente en la zona de camino

correspondiente a la obra.‖

Subcláusula 4.9 Se sustituye la cláusula por la siguientes subcláusulas:

4.9.1 El Contratista queda obligado a declarar, en

oportunidad de concluir cualquier etapa de trabajos

medible, por escrito y en forma indubitable, que los

mismos se ajustan a todos los requerimientos de

calidad explícita o implícitamente requeridos en la

documentación que integra el Contrato,

interpretados según las reglas del arte y, en su caso,

a las órdenes de servicio emanadas del Inspector de

Obra.

A tal efecto, deberá anexar al certificado mensual

un listado resumen de los ensayos efectuados,

indicando progresivas, ubicación respecto al eje,

valores alcanzados, espesores de capas y el

cumplimiento de los aspectos relacionados con la

terminación superficial, condiciones geométricas

y/o gálibo.

Dicha declaración de calidad se hace bajo la

responsabilidad exclusiva y solidaria del Contratista

y del Representante Técnico.

El listado mencionado precedentemente deberá ser

rubricado por el Inspector de Obra, quedando bajo

su exclusiva responsabilidad la verificación

exhaustiva o por muestreo al azar de los valores

insertos en el mismo y la conformación de los

controles de calidad efectuados por el Contratista,

especialmente en lo referente al cumplimiento de la

especificaciones contractuales.

4.9.2 La omisión de la declaración y/o el listado

requerido en la Subcláusula anterior será motivo

suficiente para la no tramitación y pago del

certificado mensual correspondiente.

En el caso de que se detecten errores u omisiones

en la declaración y/o en el listado presentado, los

mismos deberán ser subsanados a conformidad del

Inspector de Obra, para poder continuar el trámite

de aprobación del certificado en cuestión. Las

reiteraciones de errores o declaraciones incorrectas

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Sección VIII. Condiciones especiales

375

de calidad, dará lugar al Comitente a cursar las

comunicaciones que correspondan al Registro

Nacional de Constructores de Obras Públicas,

Registros Provinciales y al Consejo o Colegio

Profesional donde esté matriculado el

Representante Técnico.

4.9.3 El Inspector de Obra notificará al Contratista

cualquier defecto que advirtiera durante la

ejecución de los trabajos o que se evidenciaran en

el transcurso del período de garantía. Los controles

del Inspector de Obra, y las disposiciones que los

prevén, deben interpretarse y aplicarse bajo el

criterio básico que, en ningún caso alteran,

disminuyen o anulan las responsabilidades que, en

virtud del Contrato, le incumben exclusivamente al

Contratista. El Inspector de Obra también podrá

ordenar al Contratista la búsqueda de un probable

defecto, así como que se descubra y se examine

cualquier trabajo que, a su criterio, pueda

contenerlo.

4.9.4 Si la corrección de lo ejecutado con el fin de

cumplimentar la calidad requerida, obliga al

Contratista a la alteración, remoción, destrucción

y/o reconstrucción parcial o total de cualquier otra

etapa constructiva previa o posterior a la que se

trata, el costo de los trabajos quedará a su exclusivo

cargo y no recibirá pago adicional alguno toda vez

que la Contratista realizó el autocontrol respectivo

y la declaración de cumplir integralmente con la

calidad exigida.

4.9.5 El control de calidad establecido en las Subcláusulas

anteriores se hace extensivo en su plenitud a los

materiales a emplear en la ejecución de los trabajos.

El Contratista queda obligado a declarar, en

oportunidad del ingreso de los materiales al obrador,

acopio, depósito o lugar de destino provisorio de

aquellos y previo a su empleo en la aludida ejecución

de los trabajos, por escrito y en forma indubitable, que

los mismos se ajustan a todos los requerimientos de

calidad explícita o implícitamente especificados en la

documentación que integra el Contrato, interpretados

según la normativa vigente y, en su caso, a las

aclaraciones efectuadas mediante órdenes de servicio

extendidas por el Inspector de Obra. La declaración de

calidad de los materiales deberá incluir los valores

identificatorios de los parámetros con los que se

evalúa el concepto en cuestión.

A los efectos de posibilitar los controles que

normalmente deba practicar el Inspector de Obra, el

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Sección VIII. Condiciones especiales

376

Contratista equipará correctamente el laboratorio de

campaña. Cuando tales controles requieran la

intervención de los laboratorios centrales y/o

regionales, los gastos de provisión, extracción, envase

y transporte de las muestras hasta donde deban

realizarse los ensayos, serán por cuenta exclusiva del

Contratista.

4.9.6 El Contratista está obligado a emplear materiales

nuevos en todas las obras, salvo en los casos en que a

juicio del Comitente se estime aceptable la utilización

de materiales usados, para lo cual el Contratista deberá

ser previamente autorizado por escrito, efectuándose

en cada caso la reducción que corresponda del precio

contractual.

El Contratista es responsable de cualquier reclamo o

demanda que pudiere originar la provisión o el uso

indebido de materiales patentados.

4.9.7 Aún cuando nada se hubiere previsto en las

Condiciones Especiales del Contrato, siempre podrá el

Comitente disponer se empleen, total o parcialmente,

materiales provistos por él. En tal caso, se

indemnizará al Contratista por los perjuicios que

demuestre fehacientemente le ocasiona el cambio de

provisión. A requerimiento de la Inspección, el

Contratista deberá presupuestar el monto de estos

perjuicios aun antes de haberse dispuesto el cambio.

4.9.8 Si el Inspector de Obra ordena al Contratista que se

realice una prueba no consignada en la Especificación

para determinar si un trabajo tiene o no un Defecto y

la misma arroja un resultado positivo, el Contratista

correrá con los gastos de la prueba y las muestras

utilizadas. Si no existen Defectos, la prueba se

considerará una Causal de Prórroga solamente en

aquellos casos en los cuales haya afectado la

evolución prevista de las tareas. Si no se hubieren

detectado Defectos, el costo del ensayo quedará a

cargo del Comitente. El Contratista deberá efectuar el

ensayo ordenado por el Inspector aún cuando no

hubiere acuerdo previo acerca del costo del ensayo, en

ese caso deberá dejarse constancia de la mano de obra,

materiales y equipos insumidos para ejecutar el

ensayo.

Subcláusula 4.10 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Antes de la Fecha Base, el Contratante pondrá a disposición de

los eventuales oferentes, todos los datos pertinentes de los que

disponga sobre las condiciones subterráneas e hidrológicas del

Lugar de las Obras, incluidos aspectos ambientales. A su vez, el

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Sección VIII. Condiciones especiales

377

Contratante pondrá a disposición del Contratista todos los datos

de esa índole que obtenga después de la Fecha Base. El

Contratista será responsable de interpretar todos esos datos.

Salvo cuestiones físicas imprevisibles, según se definen en la

cláusula 4.12, se considerará que el Contratista ha obtenido toda

la información necesaria acerca de los eventos y circunstancias

que puedan tener influencia o incidencia en la Oferta o las

Obras. En la misma medida, se considerará que el Contratista

ha inspeccionado y examinado el Lugar de las Obras, sus

alrededores, los datos mencionados anteriormente y otra

información disponible, y que antes de presentar la Oferta

estaba satisfecho con respecto a todos los asuntos pertinentes,

incluidos (más no taxativamente):

(a) la forma y la naturaleza del Lugar de las Obras,

incluidas las condiciones subterráneas,

(b) las condiciones hidrológicas y climáticas,

(c) la medida y la naturaleza de los trabajos y

Bienes necesarios para la ejecución y

terminación de las Obras y la reparación de

cualesquiera defectos,

(d) la legislación, los procedimientos y las

prácticas laborales del País, y

(e) los requisitos del Contratista en cuanto a

acceso, alojamiento, dependencias, personal,

electricidad, transporte, agua y otros servicios.‖

El Oferente asume la responsabilidad de las procedencias

previstas por él mismo para los distintos materiales, de la

evaluación de las reales distancias de origen a obra y del medio

contemplado para su transporte. Los eventuales cambios que se

produzcan no darán derecho a reclamo alguno por parte del

Contratista.‖

Subcláusula 4.12

Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―En esta Subcláusula, ―condiciones físicas‖ se refiere a

condiciones físicas naturales y artificiales, así como otras

obstrucciones y contaminantes físicos que el Contratista

encuentre en el Lugar de las Obras durante la ejecución de las

mismas, incluidas condiciones subterráneas e hidrológicas pero

no climáticas.

Si el Contratista se enfrenta con condiciones físicas adversas

que resulten extraordinarias e imprevisibles, notificará de ello al

Inspector tan pronto como sea posible.

En esa notificación se describirán las condiciones físicas, de

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Sección VIII. Condiciones especiales

378

manera que el Inspector de Obra pueda inspeccionarlas, y se

expondrán las razones por las que el Contratista las considera

extraordinarias e mprevisibles. El Contratista seguirá con la

ejecución de las Obras adoptando las medidas que sean

adecuadas y razonables para las condiciones físicas, y cumplirá

las instrucciones que pueda darle la Inspección. Si alguna orden

constituye una Variación, se aplicará la Cláusula 13

[Variaciones y Ajustes].

Si, habiendo encontrado condiciones físicas que sean

extraordinarias e imprevisibles, el Contratista hace la

notificación al respecto y sufre demoras o incurre en Costos a

raíz de las condiciones mencionadas, el Contratista tendrá

derecho a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se

ha retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, de

conformidad con la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo

de Terminación], y

(b) el pago de dichos Costos, que se incluirán en el Precio del

Contrato, salvo que hubiere otras condiciones físicas de

las Obras que fueran más favorables de lo que podría

haber previsto el Contratista cuando presentó su Oferta,

que pudieran dar lugar a compensaciones.‖

Subcláusula 5.2 No aplica.

Subcláusula 5.3 No aplica.

Subcláusula 5.4 No aplica.

Subcláusula 6.7 No aplica desde el cuarto párrafo, inclusive, hasta el final

(Programa de Prevención del HIV-SIDA).

Subcláusula 6.21 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―El contratista no empleará trabajo infantil‖

Subcláusula 6.23

Organizaciones de

Trabajadores.

Se añade la siguiente subclásula adicional después de la

Subcláusula 6.22.

―Subcláusula 6.23. Organizaciones de Trabajadores.

En países donde la ley nacional reconozca el derecho de los

trabajadores a establecer y adherirse sin interferencia a

organizaciones de su elección, y el derecho de negociación colectiva,

el Contratista cumplirá con la ley nacional. El Contratista no

discriminará ni tomará represalias en contra del personal que

participe, o trate de participar, en dichas organizaciones. En los casos

en que la ley nacional restrinja las organizaciones de trabajadores, el

Contratista se asegurará de que su personal tenga medios alternativos

para expresar sus quejas y defender sus derechos en relación con las

condiciones de trabajo y los términos de empleo, tales como comités

o foros laborales para facilitar el diálogo entre los representantes de

los trabajadores y el Contratante. En los casos en que la ley nacional

no se pronuncie al respecto, el Contratista no discriminará ni tomará

represalias en contra del personal que participe, o trate de participar,

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Sección VIII. Condiciones especiales

379

en organizaciones y foros constituidos para promover buenas

condiciones de trabajo y términos favorables de empleo, en

consonancia con el Contrato.‖

Subcláusula 7.4 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Esta Sub-cláusula se aplicará a todas las pruebas que se

señalen en el Contrato, diferentes de las Pruebas Posteriores a

la Terminación (si las hubiere).

Salvo que se especifique de otra manera en el Contrato, el

Contratista proporcionará todos los aparatos, asistencia,

documentos e información adicional, electricidad, equipos,

combustible, bienes consumibles, instrumentos, mano de obra,

materiales y personal con las debidas calificaciones y

experiencia que sean necesarios para realizar eficientemente las

pruebas especificadas. El Contratista acordará con el Inspector

de Obra la hora y el lugar para realizar las pruebas

especificadas de cualesquiera Instalaciones, Materiales y otras

partes de las Obras.

El Inspector podrá variar el sitio o los detalles de pruebas

específicas, o instruir al Contratista que lleve a cabo pruebas

adicionales. Si esas pruebas modificadas o adicionales reflejan

que los Equipos, los Materiales o la mano de obra sometidos a

prueba no se ajustan al Contrato, el costo de realización de

dicha Variación correrá por cuenta del Contratista, siendo de

aplicación lo previsto en la cláusula 4.9.8 de los Datos del

Contrato.

El Inspector de Obra notificará al Contratista con al menos 24

horas de anticipación sobre su intención de presenciar las

pruebas. Si el Inspector de Obra no se presenta en el lugar y a la

hora acordados, el Contratista podrá proceder a realizar las

pruebas, salvo que el Inspector de Obra indique otra cosa, y

para los efectos se considerará que las pruebas se han realizado

en presencia del Inspector.

El Contratista enviará sin demora al Inspector de Obra

informes debidamente certificados sobre las pruebas. Cuando se

hayan aprobado las pruebas especificadas, el la Inspección

refrendará el certificado de pruebas del Contratista o le emitirá

un certificado para tal efecto. Si el Ingeniero no presencia las

pruebas, se considerará que éste ha aceptado los valores

registrados como precisos.‖

Subcláusula 7.6 Se sustituye la cláusula por las siguientes subcláusulas:

7.6.1 ―Sin perjuicio de cualesquiera pruebas o certificaciones

previas, el Inspector podrá instruir al Contratista para que:

(a) retire del Lugar de las Obras y reemplace cualquier

Equipo o Material que no se ajuste al Contrato,

(b) retire y realice nuevamente cualquier trabajo que no se

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Sección VIII. Condiciones especiales

380

ajuste al Contrato, y

(c) lleve a cabo cualquier trabajo que se requiera con urgencia

para la seguridad de las Obras, bien sea a causa de un

accidente, una situación imprevisible u otra causa.

7.6.2 El período de corrección de Defectos es de cinco (5) días

hábiles. El Contratista debe corregir todos los Defectos

detectados durante la vigencia del plazo de ejecución de

las obras o bien en el Período de garantía. A tal efecto, el

Inspector de Obra le cursará la pertinente ―Orden de

Servicio‖ y a partir de la fecha de su recepción comenzará

a correr el plazo de ―Corrección de Defectos‖ que se le

fije, si el indicado precedentemente no fuere adecuado a

las circunstancias. En el supuesto que el Defecto se

evidenciara durante el período de garantía, éste período se

extenderá por igual lapso que el que demande la

corrección del defecto. Esta ampliación comprenderá el

total o parte de la obra, según se haya previsto o no

recepciones definitivas parciales.

7.6.3 El Inspector de Obra certificará que los Defectos

detectados hayan sido corregidos. Si el Inspector de Obra

considera que la corrección de un Defecto no es esencial,

puede solicitar al Contratista una cotización para la

correspondiente reducción en el Precio del Contrato. Si el

Inspector de Obra considera aceptable la cotización, la

someterá a la decisión definitiva del Comitente.

7.6.4 El Inspector de Obra deberá notificar al Contratista con

una anticipación de veintiocho (28) días hábiles como

mínimo, su intención de encomendar a terceros la

corrección de un Defecto. Si el Contratista no efectúa la

corrección correspondiente dentro de dicho período, el

Inspector de Obra podrá delegar la corrección a terceros.

El costo de la misma se deducirá de cualquier crédito a

favor del Contratista emergente de este Contrato o de

otros celebrados con el Comitente.

7.6.5 Los materiales rechazados serán retirados de la obra por

el Contratista dentro del plazo de ocho (8) días hábiles.

Cuando el Contratista no cumpliese esta orden, el Inspector

de Obra, previa notificación con indicación del lugar de

depósito, podrá retirar los materiales rechazados y serán

por cuenta del Contratista los gastos que se originen. El

Comitente no se responsabiliza por pérdida, sustracciones u

otros perjuicios que esta medida pudiere causar al

Contratista. A pedido del mismo, el Inspector de Obra

podrá autorizar la corrección del material rechazado, si a su

juicio, la naturaleza del mismo lo hiciera practicable.‖

Subcláusula 8.1 No aplica.

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Sección VIII. Condiciones especiales

381

Se aplica lo dispuesto en el último párrafo de la cláusula 4.7.4

de los Datos del Contrato. En caso de preverse el pago de un

anticipo, el mismo deberá hacerse efectivo como condición para

el inicio de los trabajos.

Subcláusula 8.3 Se sustituye la primera oración del primer párrafo de la cláusula

por el siguiente:

―El Contratista presentará al Inspector un programa cronológico

detallado dentro de un plazo de 28 días contados a partir de la

Fecha de Inicio...‖

No aplica el inciso (b) del primer párrafo.

Subcláusula 8.4 Se sustituye el último párrafo de la cláusula por el siguiente:

―Si el Contratista considera que tiene derecho a una prórroga

del Plazo de Terminación, notificará de ello al Inspector de

Obra, quien a la brevedad elevará al Contratante la petición,

propiciando lo que estime corresponda. Al mismo tiempo,

suspenderá la aplicación de las consecuencias automáticas del

incumplimiento del plazo, en un todo de acuerdo con la

resolución que haya propiciado. Si el contratista ha omitido

notificar a tiempo cualquier demora, o no haya colaborado para

evitarla o limitarla, caducará su derecho a que esa demora sea

computada para determinar la nueva fecha en que concluirá el

plazo de ejecución de la obra.‖

Subcláusula 8.7 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

8.7.1 El incumplimiento del plan de trabajos y/o del Plazo de

Terminación dará lugar a la aplicación automática de

multas, las que se determinarán en la forma detallada más

abajo.

Los importes de cada multa serán descontados por el

Comitente a través de los certificados de obra emitidos

inmediatamente después. Si no hubiere certificación

pendiente de pago, o su monto fuere insuficiente, las

multas se harán efectivas sobre el fondo de reparo o la

garantía del contrato.

El Contratista podrá efectuar alegaciones dentro de los

diez (10) días hábiles computados desde la certificación

de la multa, las que serán analizadas por el Inspector de

Obra, y con su opinión, serán elevadas para su resolución

definitiva por parte del Comitente.

En el caso de una resolución favorable al Contratista, se

procederá a la devolución de la suma deducida, en

concepto de multa, juntamente con la liquidación del

primer certificado que se emita con posterioridad a la

fecha de la respectiva resolución, con más los intereses

previstos para los supuestos de mora en el pago por parte

del Contratante.

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Sección VIII. Condiciones especiales

382

Si el Contratista no concretare descargo alguno dentro del

plazo señalado, la multa aplicada quedará definitivamente

consentida.

8.7.2 Monto de las multas: Supuestos

a) Cuando al vencimiento del plazo establecido en el

Contrato para la finalización de las obras y las

ampliaciones aprobadas, ellas no estén totalmente

terminadas, el Comitente impondrá multas por los

siguientes importes: durante las cuatro (4) primeras

semanas de mora, el uno por mil (1 0/00) del monto

contractual de los trabajos correspondientes a cada uno

de los plazos vencidos, por cada semana. Durante las

ocho (8) semanas siguientes, el dos por mil (2 0/00), del

mismo valor, por semana. Desde la semana número

trece (13) en adelante, el tres por mil (3 0/00) del Precio

de Contrato, por cada semana, hasta un máximo del

quince por ciento (15 %) del mismo valor, si el

Comitente no resuelve con anterioridad la rescisión del

Contrato.

b) Cuando el monto total de certificación de un

determinado mes no alcance el ochenta por ciento (80

%) del plan de trabajos aprobado para la misma fecha, el

Comitente facturará mensualmente en concepto de

multa, a partir del primer certificado que acuse el déficit

de ejecución, los importes que a continuación se indican

Durante las doce (12) primeras semanas, el dos por mil

(2 0/00) del Precio de Contrato, por cada semana.

Durante las semanas siguientes se aplicará el cuatro por

mil (4 0/00) del citado valor, por semana, hasta un

máximo del quince por ciento (15%) del mismo valor, si

el Comitente no resuelve con anterioridad la rescisión

del Contrato.

En el caso que las obras no se encuentren totalmente

terminadas dentro del plazo aprobado para su ejecución

total, a las penalidades que a esa fecha correspondan se

adicionarán las contempladas en el apartado a), más los

gastos de Inspección de Obra.

8.7.3. Si se prorroga la Fecha de Terminación Contractual

después de efectuado el pago de la multa, el Supervisor

de Obra corregirá cualquier pago excesivo a cargo del

Contratista reajustando el certificado de pago siguiente.

El Contratista percibirá intereses sobre el pago

excesivo, los cuales se calcularán desde la fecha de

pago hasta la fecha del reintegro a la tasa fijada por la

legislación vigente.

Subcláusula 8.9 No aplica el anteúltimo párrafo.

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Sección VIII. Condiciones especiales

383

Subcláusulas 9, 10 y 11 Se sustituyen las cláusulas y sus correspondientes subcláusulas

por las siguientes:

9.1. ―El Contratista notificará en forma fehaciente al

Inspector de Obra el momento en que considera que, a

su juicio, las obras están en condiciones de ser recibidas.

En ningún caso la Recepción Provisoria podrá

efectuarse hasta tanto no sea realizado el control de

calidad correspondiente, única forma de aseverar que los

trabajos responden efectivamente a las condiciones

contractuales y de verificar la calidad de la obra a

recibir.

Dicho control de calidad y la redacción del respectivo

informe por parte del Comitente, deberá efectuarse en

un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la fecha

de la notificación efectuada por el Contratista.

En el caso de no encontrarse objeciones a la calidad y

terminación de los trabajos, se procederá a efectuar la

medición de los mismos y se labrará, ad referéndum del

Comitente, el acta de Recepción Provisoria, en

presencia del Contratista o de su Representante Técnico

debidamente autorizado, a menos que declare por escrito

que renuncia a ese derecho y acepta de antemano el

resultado de lo actuado.

En dicha Acta, se dejará debida constancia de la

adecuación de los trabajos y de que el Plazo de Garantía

fijado, correrá a partir de la fecha en que el Contratista

solicitó la Recepción, destacándose de que esa fecha no

es coincidente con la determinación de los trabajos y de

que sólo será válida la de la presentación de la solicitud.

Si a través del control de calidad se detectan

deficiencias contrarias al Pliego, deberán ser notificadas

fehacientemente al Contratista.

Una vez corregidas las fallas, procederá una nueva

solicitud formal del Contratista, definiendo así la posible

Fecha de Comienzo del Plazo de Garantía.

Bajo ningún concepto corresponde expresar en el Acta

reserva alguna acerca de la realización de trabajos

durante el Plazo de Garantía, ya que si ello resultara

necesario y los trabajos están incluidos tácita o

expresamente en las especificaciones de los ítem, su

ausencia implica un incumplimiento de las cláusulas

contractuales y, por ende, no corresponde la recepción.

Solamente podrá dejarse constancia de algunos trabajos

de mantenimiento rutinario, no incluidos en los distintos

ítems de construcción. 9.2 A los efectos del cómputo definitivo de los trabajos, la

medición de la obra será la registrada durante el curso

de los trabajos, sin perjuicio del reajuste correspondiente

una vez resueltos los reclamos pendientes, si los

hubiere.

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Sección VIII. Condiciones especiales

384

9.3 El Comitente realizará los controles finales, aludidos en

la Subcláusula 9.1 de los Datos del Contrato, por la vía

y procedimientos que considere oportuno, debiendo el

Contratista suministrar, por su exclusiva cuenta, el

personal y elementos necesarios para efectuar dichos

controles. Si no lo hiciera dentro del lapso que se le fije

al efecto, el Comitente podrá efectuar las pruebas por

cuenta del Contratista sin que éste tenga derecho a

reclamo alguno. El importe de los gastos ocasionados

por este motivo, le serán deducidos de cualquier suma

que tenga a percibir.

10.1 Si el Contratista o su Representante Técnico -

debidamente notificados - no concurrieren al acto de

medición final o de extensión del acta de Recepción

Provisional, el Comitente realizará, por sí y ante sí,

dichas diligencias, dejando constancia de la citación y

ausencia de los nombrados.

10.2 La Recepción Provisional será una sola a la terminación

total de los trabajos, aún cuando para la ejecución

hubieran regido plazos parciales, salvo que el Comitente

acordara en forma excepcional recepciones provisorias

parciales por razones exhaustivamente analizadas y

fundamentadas.

11.1 Durante el Plazo de Garantía, el Contratista será

responsable de la conservación de las obras y de las

reparaciones requeridas por los Defectos o desperfectos

provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente

de los trabajos. Si el Contratista no realiza los trabajos

de conservación y reparación, previa intimación, con

fijación de plazo para la realización de dichas tareas, el

Comitente podrá llevarlos a cabo por cuenta y cargo de

aquél.

11.2 Transcurrido el Plazo de Garantía, tendrá lugar la

Recepción Definitiva, la que se efectuará con las

mismas formalidades que la Provisional, previa

verificación del buen estado de las obras y del correcto

funcionamiento de las instalaciones especiales, a cuyo

efecto se realizarán las pruebas que el Comitente estime

necesarias, pudiéndose repetir total o parcialmente las

establecidas para la Recepción Provisional.

11.3 El Contratista entregará al Comitente el Emplazamiento

en su totalidad y en forma definitiva en el momento de

suscribir el acta de Recepción Definitiva.

11.4 En el caso que al celebrarse el acta de Recepción

Definitiva el Contratista no entregase el Emplazamiento

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Sección VIII. Condiciones especiales

385

totalmente liberado, no se cancelará la fianza hasta tanto

se verifique esa circunstancia.

11.5 En el caso que por cualquier circunstancia el Contratista

no se presentara al acto de Recepción Definitiva, o éste

no pudiera efectuarse por razones imputables al mismo,

el Comitente podrá por sí o por terceros efectuar la

liberación del Emplazamiento con cargo a la

Contratista.‖

Subcláusulas 12.1. y

12.2

Se sustituyen por las siguientes cláusulas y subcláusulas:

12.1.1 Los trabajos ejecutados de acuerdo al Contrato serán

medidos por la Inspección y por períodos mensuales,

con asistencia del Representante Técnico. El Inspector

de Obra consignará de inmediato sus resultados a los

fines de la correspondiente certificación. El Contratista

presentará mensualmente al Inspector de Obra

declaraciones del valor contractual del trabajo ya

efectuado (certificados de obra) descontando el importe

acumulativo certificado previamente, dentro de los

cinco (5) primeros días corridos del mes siguiente al de

ejecución de los trabajos. Tal presentación deberá estar

acompañada de toda la documentación necesaria para

poder efectivizar el cobro del aludido importe, en los

formularios y con las formalidades que le indique el

Inspector.

12.1.2. El Inspector de Obra controlará la declaración mensual

del Contratista y autorizará la emisión de la factura

correspondiente, dentro de los cinco (5) días corridos de

recibida la misma.

De esa manera, está convalidando que la disposición de

los fondos públicos que bajo su responsabilidad

autoriza, responde a las condiciones prefijadas.

12.1.3 La emisión de la factura implica también, certificar la

adecuación de los trabajos realizados a la normativa

contractual.

12.1.4. La valorización del trabajo finalizado se hará según el

Contrato y sus modificaciones, incluyendo también la

valuación de Modificaciones, Causales de Prórroga y

deducciones por retención.

12.1.5. El Inspector de Obra podrá excluir cualquier ítem

consignado en un certificado previo o reducir la

proporción de cualquier ítem previamente certificado,

en vista de posterior información o verificación.

12.1.6 El Contratista solicitará a la Inspección, en tiempo

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Sección VIII. Condiciones especiales

386

oportuno, autorización para ejecutar: a) Trabajos que

cubran obras cuya cantidad y calidad serían de difícil

comprobación una vez cubiertas, y b) Tareas de

medición posterior imposible. En ambos casos se

labrará acta previa en la que se dejará constancia del

estado y medida de tales obras y de toda otra

circunstancia que se considere conveniente.

12.2 La Lista de Ítems y Cantidades, contenida en el

Formulario de Presupuesto de la Oferta (incluido en la

Sección 3), comprende los rubros correspondientes a la

construcción, montaje, prueba y puesta en servicio de

los trabajos que deba ejecutar el Contratista.

Subcláusulas 12.3 Se sustituye por las siguientes subcláusulas:

12.3.1 ―La Lista de Ítems y Cantidades se usa para calcular el

Precio del Contrato; no obstante, al Contratista se le

paga por la cantidad de trabajo realmente ejecutado y al

precio unitario especificado en el citado Formulario

cotizado para cada ítem.

12.3.2 Cualquier rubro de trabajo que se incluya en la Lista de

Cantidades sin precio ni tarifa especificados se

considerará incluido en las demás tarifas o precios allí

consignados.

12.3.3 Si la cantidad de trabajo realmente ejecutado difiere de

la indicada en la Lista de Cantidades para un ítem en

particular en más de un veinte (20) por ciento, el

Inspector de Obra ajustará el precio de común acuerdo

con el Contratista, y lo someterá a la decisión del

Comitente. El precio así determinado se aplicará, en

caso de aumento, sólo sobre la cantidad que exceda de

la que para el ítem figura en el Contrato. Si se trata de

disminución, se aplicará a la totalidad del trabajo del

ítem; el monto resultante de aplicar a esa cantidad el

precio unitario determinado, no podrá superar el monto

que contractualmente correspondía al 80 % del ítem.

12.3.4 Pagos por modificaciones. El Contratista deberá calcular

el costo de una Modificación del Precio del Contrato y

entregar al Inspector de Obra su cotización para llevar a

cabo la Modificación cuando éste lo solicite. La

Inspección analizará la cotización, la cual deberá

presentarse dentro de los siete (7) días hábiles de la

petición de la misma o dentro del período que el

Inspector de Obra determine con anterioridad a la orden

de efectuar la Modificación, lo que deberá contar a su

vez con el consentimiento previo del Comitente.

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Sección VIII. Condiciones especiales

387

12.3.5 Si el trabajo en la Modificación involucra a un ítem

vigente con anterioridad a la misma y si, según la

opinión del Inspector de Obra, el volumen de trabajo no

causa modificaciones en su precio unitario, se utilizará

el mismo precio para calcular el Valor de la

Modificación. Si el precio unitario no resultare

aplicable, o si la naturaleza del trabajo involucrado en

la Modificación no se corresponde con los ítems

vigentes antes mencionados, el Contratista podrá

proponer nuevos precios para los trabajos de que se

trata.

12.3.6 En el supuesto que la cotización del Contratista no sea

razonable, el Comitente por medio del Inspector de

Obra ordenará la ejecución de los trabajos y

determinará los precios aplicables basado en sus

propios cálculos. En este caso y, siempre que sea

posible, partirá de los precios contractuales

correspondientes a trabajos análogos semejantes y, de

no existir estos últimos, será establecido mediante el

correspondiente detalle.

12.3.7 Cuando, debido a una situación de emergencia, la

urgencia en la Modificación, impida la presentación de

una cotización, esta última no se efectuará. En este

supuesto el Inspector de Obra y el Representante

Técnico, llevarán una cuenta minuciosa de las

inversiones realizadas, la que servirá como elemento

ilustrativo para fijar luego el precio en instancia

administrativa o judicial.

12.3.8 El Contratista deberá advertir al Inspector de Obra, tan

tempranamente como le sea posible, sobre futuros y

específicos eventos o circunstancias que no hayan

podido ser previstos en los estudios técnicos del

Contratista y que obedezcan a hechos posteriores que

pudieren, ya sea afectar en forma adversa la calidad de

la obra, incrementar el precio del Contrato o bien

demorar la Fecha de Terminación Contractual,

indicando la solución correspondiente y su presupuesto.

El Contratista no tendrá derecho a un pago adicional

por costos que pudieron haberse evitado mediante una

advertencia previa.

12.3.9 El Contratista proveerá al Inspector de Obra el detalle

de los precios unitarios propuestos para la

modificación.‖

Subcláusula 12.4

No aplica.

Subcláusula 13.1

Se sustituyen el primero y el último párrafo por los siguientes:

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Sección VIII. Condiciones especiales

388

―El Comitente podrá ordenar variaciones del contrato en

cualquier momento antes de la Recepción Definitiva de las

Obras‖

―El contratista no ejecutará ninguna modificación de obra sin la

aprobación previa del comitente, bajo pena de no

reconocimiento de los gastos incurridos que no estuviesen

previstos en el contrato.‖

Subcláusula 13.2

No aplica

Subcláusula 13.3

Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Si el Inspector solicita una propuesta para elevar al comitente,

a los efectos de aprobar una Variación, el Contratista

responderá por escrito tan pronto como sea posible, señalando

las razones por las que no puede cumplir (si ese es el caso), o

bien presentando una descripción de los trabajos propuestos a

realizarse y un programa de ejecución al respecto, la propuesta

del Contratista para realizar cualquier modificación necesaria

al programa de conformidad con la Subcláusula 8.3 [Programa]

y al Plazo de Terminación, y la propuesta del Contratista para

evaluar la Variación.

Tras recibir dicha propuesta, el Inspector elevará los

antecedentes al Comitente para que resuelva. El Contratista no

demorará ningún trabajo mientras espera una respuesta, pero no

realizará aquellos que estén contemplados en la variación en

trámite antes de recibir la aprobación del Comitente.

Una vez aprobada por el Comitente, las instrucciones para

ejecutar una Variación, junto con cualesquiera de los requisitos

para el registro del Costo, serán impartidas por el Inspector al

Contratista.‖

Subcláusula 13.5

No aplica.

Subcláusula 13.6

No aplica.

Subcláusula 13.7

Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―El precio del contrato correspondiente a la moneda local,

estará sujeto a ajustes para tener en cuenta las fluctuaciones del

costo de los insumos. En tal caso, los montos autorizados en

cada certificado de pago, luego de las deducciones por concepto

del anticipo y por indemnización por daños y perjuicios, se

deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de

precios a los montos que deban pagarse. Sin embargo, no se

practicarán Ajustes de Precios con posterioridad al vencimiento

de los plazos contractuales. Los factores de ajuste de precios

están definidos en los Anexos que para Licitaciones Nacionales

e Internacionales se encuentran incluidos en la Sección IX.‖

Subcláusula 13.8

Se reemplaza esta subcláusula por la siguiente:

―La metodología a aplicar para redeterminar los precios en

moneda local se indica en la Sección IX. Las solicitudes de pago

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Sección VIII. Condiciones especiales

389

en moneda extranjera que hayan sido aceptadas por el Contratante, no

estarán sujetas a ajuste de precios y se pagará el monto de moneda

extranjera sin variaciones.‖

Subcláusula 14.1 Se sustituye el inciso (d) por el siguiente:

―El contratista no podrá modificar los análisis de precios

presentados en su oferta. Excepcionalmente, y a pedido del

Comitente, podrá desglosar aquellos precios que puedan haber

sido expresados en sumas globales, siempre que ello no importe

modificar la esencia de sus análisis de precios.‖

El inciso (e) no aplica.

Subcláusula 14.2 El anticipo se hará en un pago, en efectivo y en pesos de

moneda local, y será equivalente al 10% (diez por ciento) del

monto adjudicado, redeterminado a la fecha de firma del

contrato -si correspondiere- de acuerdo a la metodología de

Redeterminación de Precios indicada en la Sección IX. Será

devuelto a través de descuentos a realizarse sobre los

certificados de obra, comenzado por el emitido inmediatamente

después de que el contratista reciba el anticipo. La tasa de

amortización será del 10% (diez por ciento), que se calculará en

base al monto de cada certificado de obra, a valores básicos,

redeterminándose sólo el remanente, en el caso que

correspondiera. El anticipo financiero no está sujeto a

redeterminación de precios.

Subcláusula 14.3 Aplica lo dispuesto en la Cláusula 12.1 y sus subcláusulas.

Subcláusula 14.4 No aplica.

Subcláusula 14.5 No aplica.

Subcláusula 14.6 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―No se certificará ni pagará ningún monto hasta que el

Contratante haya recibido y aprobado la Garantía de

Cumplimiento. Si el Contratista suministra un elemento o

realiza un trabajo que no se ciñe al Contrato, podrá retenerse el

costo que supone la rectificación o reposición hasta que se lleve

a cabo esta labor de rectificación o reposición. Por otra parte, si

el Contratista no ha cumplido o no cumple cualquiera de los

trabajos u obligaciones de conformidad con el Contrato, y el

Inspector de Obra le ha dado las notificaciones del caso, el

valor correspondiente a dicho trabajo u obligación podrá

retenerse hasta que éstos se cumplan.‖

Subcláusula 14.7 Se sustituye la cláusula por la siguiente: El Contratante pagará

al Contratista:

(a) el anticipo, dentro de un plazo de 42 días contados a partir

de la fecha de celebración del convenio de locación de

obra (contrata) o dentro de un plazo de 21 días después de

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Sección VIII. Condiciones especiales

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recibir los documentos de conformidad con las

Subcláusulas 4.2 [Garantía de Cumplimiento] y 14.2

[Pago Anticipado], lo que ocurra más tarde;

(b) los Certificados de Obra, dentro de los 60 días posteriores

al momento en que el Inspector de obra haya recibido la

declaración y los documentos justificativos a los que se

hace referencia en el numeral 12.1.1. de los Datos del

Contrato. Si el comitente observara el certificado, dicho

plazo quedará interrumpido, y en consecuencia, los 60

días se contarán desde que el Contratista haya presentado

nuevamente los antecedentes debidamente corregidos.

(c) el monto certificado en las recepciones provisorias y

definitivas, dentro de los 90 días posteriores al momento

en que el Contratante haya recibido dicho certificado.

Subcláusula 14.8 La tasa de interés por pagos atrasados será equivalente a la tasa

de descuento de certificados de obra, a treinta días, fijada por el

Banco de la Nación Argentina.

Subcláusula 14.9 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Luego de la Recepción Provisoria de los trabajos, el contratista

tendrá derecho a la devolución del 50% de los montos retenidos

en concepto de Fondo de Reparo y a sustituir la otra mitad con

una garantía, en alguna de las modalidades y condiciones

previstas para la Garantía de Cumplimiento. Aprobada la

Recepción Definitiva de los trabajos, el Comitente procederá a

la brevedad a devolverle al Contratista la parte restante del

Fondo de Reparo, que no hubiese sido sustituida previamente

por una garantía, y la Garantía de Cumplimiento.‖

Subcláusula 14.10 Se sustituye por la siguiente cláusula:

―Conjuntamente con el pedido de emisión del certificado de

Recepción Provisional, y en todo caso como condición previa a

la emisión de éste, el Representante Técnico deberá presentar

por duplicado un Informe Final (R.P.) de cumplimiento de

Contrato. En ese Informe el Representante Técnico detallará el

desarrollo que haya tenido el Contrato, incluyendo

especialmente toda incidencia que haya implicado

modificación, cambio o un desarrollo contractual distinto al

emergente del Contrato.

El Informe también deberá incluir la evolución parcial y total de

la obra en relación a los rubros significativos en la ejecución, la

evolución de la inversión, cumplimiento parcial y total de

plazos, etc., todo ello presentado en forma clara, explícita y con

anexos gráficos que faciliten la rápida visualización del

contenido. También deberá incluir la enumeración y síntesis

conceptual de las Ordenes de Servicio emitidas y reclamos

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Sección VIII. Condiciones especiales

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pendientes de resolución final.

Este Informe, producido y firmado por el Representante

Técnico, deberá estar también firmado por el Contratista al solo

efecto de que conste su conocimiento y su conformidad o

disconformidad con el contenido del mismo.

Si el Contratista no está de acuerdo con el Informe del

Representante Técnico podrá agregar sus propias notas como

anexo. Estas notas no sustituyen el Informe del Representante

Técnico quien las emite en carácter personal como profesional

en ejercicio de aquella función.

El original del Informe pasará a formar parte inseparable del

certificado de Recepción Provisional, adoptándose los recaudos

físicos pertinentes a tal fin y el duplicado pasará a formar parte

del legajo de la obra. Será presentado al Inspector de Obra,

quien deberá dejar constancia en el mismo de su conformidad o

disconformidad total o parcial con su contenido y, en estos dos

últimos casos, detallará su posición respecto a cada punto de

desacuerdo.‖

Subcláusula 14.11 Antes de la finalización del Plazo de Garantía, el Contratista

deberá presentar al Inspector de Obra un Informe Final (R.D.)

detallado del importe total que considere le es adeudado según

lo estipulado en el Contrato. El Inspector de Obra certificará

cualquier pago final adeudado al Contratista dentro de los

sesenta (60) días corridos a partir de la fecha de recepción del

Informe pertinente si el mismo es correcto y completo. En caso

contrario, el Inspector de Obra emitirá un programa

estableciendo el alcance de las correcciones y agregados

necesarios. Si el Informe Final (R.D.) continúa siendo

insatisfactorio, el Inspector de Obra estimará la suma adeudada

al Contratista y elevará al Comitente los antecedentes para su

resolución.

Conjuntamente con el Informe Final (R.D.), el Contratista

deberá presentar una información integral, relacionada con la

construcción, en la que se detalle las características

geométricas y estructurales de la obra, destacando en especial,

aquellos aspectos que difieren del proyecto original.

Complementará dicha información con un juego original y dos

(2) copias conforme a obra ejecutada, de todos los planos que

formaron parte del Contrato, incorporando en los mismos la

vinculación de la obra con puntos fijos existentes que hayan

sido identificados al elaborarse el Proyecto Ejecutivo.

También deberá incluirse en Informe Final (R.D.), el Plan

Anual de Mantenimiento, que deberá incluir: (i) información

sobre el tipo y frecuencia del mantenimiento requerido,

personal y equipo necesarios; y (ii) costo anual estimado para

la ejecución de dichas tareas.

Subcláusula 14.12 Aplica 14.11.

Subcláusula 14.13 Aplica 14.11.

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Sección VIII. Condiciones especiales

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Subcláusula 15.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

15.2.1. El Contrato podrá rescindirse por cualquiera de las

causas y en orden a las disposiciones contenidas en los

artículos 49 al 54 de la Ley Nacional de Obras Públicas

Nº 13.064. Notificada la decisión que rescinda el

contrato por causas imputables al contratista, éste tendrá

un plazo de diez (10) días para que pueda formular las

alegaciones que estime hagan a su derecho. El rechazo

de las alegaciones por parte del Comitente agotará la vía

administrativa. A su vez, en el supuesto que el

Contratista entienda que existen causas atribuibles al

Comitente para fundamentar la rescisión, deberá

ponerlas en conocimiento de éste manifestando su

petición concreta que se rescinda el Contrato.

15.2.2. Producida la rescisión, cualquiera fuere la causa de la

misma, el Comitente tendrá derecho a tomar posesión

inmediata de la obra en el estado en que se encuentre, en

cuyo caso se hará inventario y avalúo de los trabajos,

materiales y equipos.

15.2.3. El inventario se hará con intervención del Inspector de

Obra y del Representante Técnico, sin interrupciones

dilatorias. Si el Contratista o su Representante Técnico,

previamente citados al efecto, no concurriesen - por sí o

por apoderado - al acto del Inventario, el Comitente

estará de todas maneras habilitado para realizarlo, en

cuyo caso enviará al Contratista, bajo constancia, una

copia del mismo.

15.2.4. El avalúo se efectuará de común acuerdo entre el

Inspector de Obra y el Representante Técnico, sujeto a

la posterior aprobación del Comitente. En caso de

disconformidad entre ellos, el Comitente dispondrá que

el diferendo se resuelva por la vía pertinente.

15.2.5. Los materiales y equipos que el Comitente no decida

adquirir, serán retirados del Emplazamiento por el

Contratista a su costa, dentro del término que se le fije al

efecto, el que no será menor de quince (15) días

corridos, computados desde la fecha de notificación de

la medida adoptada. Si el Contratista no diera

cumplimiento a esta orden, el Comitente hará retirar y

depositar fuera de la obra esos materiales y equipos,

corriendo todos los gastos a cargo de aquél.

15.2.6. Los trabajos que no sean de recibo serán demolidos por

el Contratista en el plazo que le señale el Inspector de

Obra. Si incumpliera tal orden, el Comitente dispondrá

de la demolición de los mismos, corriendo los gastos

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Sección VIII. Condiciones especiales

393

consiguientes por cuenta del Contratista.

15.2.7. El importe que arroje la liquidación de los trabajos

ejecutados, que fueren de recibo, tanto los terminados

como los inconclusos, materiales y enseres aceptados a

precio de avalúo, constituirá un crédito a favor del

Contratista, previa deducción de los pagos efectuados a

cuenta. Este crédito, cuando la rescisión hubiere sido

causada por el Contratista, quedará pendiente de pago

hasta la terminación y liquidación final de los trabajos,

para responder por el excedente de costos de los mismos

y de los perjuicios que se originen por la rescisión del

Contrato o la mala ejecución de los trabajos hechos por

el Contratista. Si la suma retenida resultare insuficiente

para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la

rescisión irrogue al Comitente, y tampoco fueren

suficientes las garantías constituidas por el Contratista,

se le fijará a éste un plazo perentorio para que abone el

saldo resultante, bajo apercibimiento de accionarse

judicialmente.

Subcláusula 15.3 Aplica 15.2 y sus subcláusulas.

Subcláusula 15.4 Aplica 15.2 y sus subcláusulas.

Subcláusula 15.5 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―El Contratante tendrá derecho a rescindir el Contrato en

cualquier momento y por su propia conveniencia, previa

notificación de tal terminación al Contratista. La terminación

entrará en vigor 28 días después de la fecha en que el

Contratista haya recibido esta notificación o en que el

Contratante haya devuelto la Garantía de Cumplimiento, lo que

ocurra más tarde. El Contratante no terminará el Contrato con

arreglo a esta Subcláusula con el propósito de ejecutar las Obras

él mismo o encargárselas a otro contratista ni para evitar una

rescisión del Contrato por parte del Contratista. La rescisión

que se produzca por la causal descripta en esta cláusula tendrá

las consecuencias previstas en el artículo 54 de la ley 13.064‖

Subcláusula 16.1 No aplica.

Subcláusula 16.2 Aplica 15.2 y sus subcláusulas.

Subcláusula 16.3 Aplica 15.2 y sus subcláusulas.

Subcláusula 16.4 Aplica 15.2 y sus subcláusulas.

Subcláusula 17.1 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―El Contratista indemnizará y amparará al Contratante, al

Personal del Contratante y sus respectivos representantes de

toda reclamación, daño, pérdida y gasto (incluidos honorarios y

gastos de abogados) relacionado con:

(a) lesiones corporales, enfermedades o muerte, de

cualesquiera personas, que se produzcan a raíz o en el

curso del diseño del Contratista (si lo hubiere), la

ejecución y la terminación de las Obras y la reparación de

cualesquiera defectos, salvo que sean atribuibles a

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Sección VIII. Condiciones especiales

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cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento

del Contrato por parte del Contratante, el Personal del

Contratante o cualquiera de sus respectivos representantes,

y

(b) daños a o pérdida de cualesquiera propiedades, ya sean

bienes raíces o personales (aparte de las Obras), en la

medida en que dicho daño o pérdida se produzca como

resultado o en el curso del diseño del Contratista (si lo

hubiere), la ejecución y terminación de las Obras y la

reparación de cualesquiera defectos, salvo y en la medida

en que dicho daño o pérdida sea atribuible a cualquier

negligencia, acto deliberado o incumplimiento del

Contrato por parte del Contratante, el Personal del

Contratante, sus respectivos representantes o cualquier

persona directa o indirectamente empleada por cualquiera

de ellos.

El Contratante indemnizará y amparará al Contratista, al

Personal del Contratista y sus respectivos representantes frente

a y de cualquiera de las reclamaciones, daños, pérdidas y gastos

(incluidos honorarios y gastos de abogados ) relacionados con

lesiones corporales, enfermedades o muerte atribuibles a

cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del

Contrato por parte del Contratante, el Personal del Contratante

o cualquiera de sus respectivos representantes.‖

Subcláusula 17.2 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―El Contratista asumirá plena responsabilidad por el cuidado de

las Obras y Bienes a partir de la Fecha de Inicio hasta la

emisión del Acta de Recepción Definitiva, momento en que

dicha responsabilidad se transferirá al Contratante. Si se emite

un Certificado de Recepción Parcial, la responsabilidad del

cuidado de dicha Sección o parte pasará al Contratante.

Si las Obras, Bienes o Documentos del Contratista sufren

alguna pérdida o daño durante el período en que estén bajo el

cuidado del Contratista, por cualquier causa que no figure en la

Subcláusula 17.3 [Riesgos del Contratante], el Contratista

rectificará la pérdida o el daño, por su cuenta riesgo , a fin de

que dichas Obras, Bienes o Documentos del Contratista se

ciñan a las disposiciones del Contrato.‖

Subcláusula 17.6 No aplica.

Subcláusula 18.1 Salvo instrucción en contrario por parte del Comitente o el

Inspector de Obra, la evidencia de contratación de los seguros

de esta cláusula y las copias de las respectivas pólizas de los

seguros previstos en las cláusulas 18.2 y 18.3 deberán ser

presentadas a más tardar en la Fecha de Inicio.

Subcláusula 18.4 El seguro para el personal en relación de dependencia del

contratista deberá cumplir con las previsiones de la ley 24.557 –

Riesgos del Trabajo, y su reglamentación vigente.

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Sección VIII. Condiciones especiales

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Subcláusula 19.6 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Si la ejecución sustancial de todas las Obras en curso es

impedida por un período continuo de 90 días por algún motivo

de Fuerza Mayor que se haya notificado de conformidad con la

Subcláusula 19.2 [Notificación de Fuerza Mayor], o por varios

períodos que sumen un total de más de 140 días debido al

mismo motivo de Fuerza Mayor que se haya notificado,

cualquiera de las Partes tendrá derecho a la rescisión del

contrato. En ese caso, la terminación entrará en vigencia 7 días

después de la notificación, y será de aplicación lo dispuesto en

el artículo 54 de la ley de Obras Públicas 13.064.‖

Subcláusula 19.7 No aplica.

Subcláusula 20.1 Se sustituye la cláusula por la siguiente:

―Las reclamaciones del Contratista para cuya presentación no se

establezcan expresamente otros plazos, deberán ser interpuestas

dentro de los diez (10) días hábiles de producido el hecho que

las motiven, quedando aquél obligado a fundarlas en forma

debida con determinación de valores, datos pertinentes y

documentación respaldatoria, si fuera necesario, en el plazo de

treinta (30) días hábiles a partir del vencimiento del primer

término. Si no lo hiciera, perderá todo derecho vinculado al

objeto del reclamo. Si el Comitente no resolviera el reclamo en

el plazo de treinta días hábiles, contados desde que el

contratista fundó el mismo, se considerará al silencio como

rechazo del pedido.‖

Subcláusula 20.6 No aplica el Arbitraje.

Toda cláusula contenida en el Documento Estándar de

Licitación, que haga alusión expresa o implícitamente a la

utilización del procedimiento de arbitraje para la solución de

controversias, no es aplicable en el marco del presente

Programa. La decisión de la Comisión de Resolución de

Controversias agota la instancia administrativa.

Cualquier disputa no resuelta amigablemente y respecto de la

cual la decisión de la Comisión para la Resolución de

Controversias no haya sido aceptada por alguna de las partes, se

resolverá en forma definitiva mediante los Tribunales Federales

Competentes.

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Índice de Formularios

Notificación de Adjudicación .....................................................................................................

Modelo de Contrato de Locación de Obras .................................................................................

Garantía de Cumplimiento ..........................................................................................................

Fianza por Pago Anticipado .........................................................................................................

Garantía Mediante Retención de Pagos ......................................................................................

Metodología de Redeterminación de Precios para Licitaciones Públicas Internacionales

Sección IX. Anexo a las Condiciones Especiales

– Formularios del Contrato

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 397

Notificación de Adjudicación

CARTA DE ACEPTACIÓN

[papel con membrete del Contratante]

[fecha]

A: [nombre y dirección del Contratista]

Le notificamos por la presente que su Oferta de fecha [fecha] para la ejecución de [nombre y

número de identificación del Contrato, conforme aparece en los Datos del Contrato] por el

Monto Contractual Aceptado de valor equivalente a [monto en cifras y en palabras] [nombre

de la moneda], con las rectificaciones y modificaciones que se hayan hecho de conformidad

con las Instrucciones a los Oferentes, ha sido aceptada por nuestro representante.

Sírvase suministrar la Garantía de Cumplimiento dentro de un plazo de 28 días de

conformidad con las Condiciones Contractuales, usando para ello uno de los Formularios de

Garantía de Cumplimiento que se incluyen en la Sección IX del Documento de Licitación,

Anexo a las Condiciones Especiales – Formularios del Contrato.

Firma autorizada:

Nombre y cargo del firmante:

Nombre del representante:

Adjunto: Contrato

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 398

Modelo de Contrato de Locación de Obras

REF.: Obra:

PROYECTO: .................

Entre la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON

FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN

FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, representada por........., con domicilio

legal en ..........., por una parte, a quien en adelante se designará con la palabra ―Comitente‖ y

la empresa ........., con domicilio en............, representada en este acto por..........., en su

carácter de ..........de la empresa, a quien en adelante se designará con la palabra ―Contratista‖,

por la otra, adjudicataria de la Licitación Pública ........ Nº ......, en virtud de la Disposición

UCPyPFE Nº........, se ha convenido en celebrar el siguiente Contrato de Locación de Obras:--

-------------------

ARTICULO 1º: El Contratista se compromete a ejecutar la obra de la referencia en el marco

del ―PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA ……………. DEL NORTE GRANDE,

CONTRATO DE PRESTAMO BID …………./OC-AR, en un todo de acuerdo con el

contenido de su propuesta, y lo dispuesto en los Planos, Lista de Cantidades, Memoria

Descriptiva, Bases y Condiciones Generales y Particulares para la Licitación referida y demás

Documentos de la Licitación, que ha estudiado y aceptado al presentar su oferta.----------------

-----------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 2º: La Provincia de …………………, a través de su Dirección Provincial de

Vialidad u organismo competente de su dependencia, tendrá a su cargo la Inspección de las

obras contratadas, por sí, - y con apoyo de servicios de consultoría, en el supuesto que

corresponda – y colaborará con la UEP – UCPyPFE en la supervisión de los trabajos, de

conformidad con lo establecido por el Convenio de Adhesión, Transferencia y Mantenimiento

suscripto por dicha repartición.---------------------------------------------------

ARTICULO 3º: Las obras objeto de este Contrato, aplicando los precios unitarios

consignados en el Formulario de Presupuesto de la Oferta que como Anexo I forma parte del

presente, importan la suma de PESOS .........($ ........).-----------------

ARTICULO 4º: Se deja expresa constancia que el equipo mínimo indispensable para la

ejecución de la obra no podrá ser desafectado de la misma, salvo manifiesta autorización del

Comitente.--------------------------------------------------------

ARTICULO 5º: Como garantía del estricto cumplimiento de sus obligaciones, el Contratista

ha entregado la Póliza de Seguro de Caución Nº ........, emitida por ......., por la suma de

PESOS ........, importe que cubre el ..... (...%) del monto de este Contrato. Se deja constancia

que esta garantía deberá ampliarse en el caso de que procediera a la redeterminación del

monto del contrato, de conformidad con las previsiones del Pliego.--------------------------------

-------------------------------------

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Page 399: OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 CIUDAD DE FORMOSA DOCUMENTO · 2011-01-06 · DOCUMENTOS DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE . OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2. POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN

Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 399

ARTICULO 6°: El plazo de ejecución de la presente obra será de ..... (...) meses.--

ARTICULO 7°: La falta de cumplimiento parcial o total de las obligaciones que le

corresponden al Contratista de acuerdo al Contrato, solo podrá ser eximida de responsabilidad

si fuera atribuible a fuerza mayor, con el alcance definido en la Documentación Licitatoria.---

-----------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 8º: Las partes convienen que los precios básicos de la oferta que forman parte

de este contrato podrán ser redeterminados, si fuera procedente, conforme la metodología

prevista a tal efecto en el Pliego.---------------------------------

ARTICULO 9º: En prueba de conformidad con lo establecido en los Artículos del presente

Contrato, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los días

del mes de ........de ……….., en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.---------------------------

--------------------------------------------------------------

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 400

Garantía de Cumplimiento

Opción 1: (Garantía a la Vista)

______________________________ [Nombre del banco y dirección de la sucursal u oficina emisora]

Beneficiario: ___________________ [Nombre y dirección del Contratante]

Fecha: ________________

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO No.: _________________

Hemos sido informados que ________________ [nombre del Contratista] (denominado en lo

sucesivo ―el Contratista‖) ha celebrado con ustedes el contrato No. _____________ [número de

referencia del contrato], de fecha ____________, para la ejecución de _____________________

[nombre del contrato y breve descripción de las Obras] (denominado en lo sucesivo ―el Contrato‖).

Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del Contrato, se requiere una

Garantía de Cumplimiento.

A solicitud del Contratista, nosotros, _______________ [nombre del banco], por medio de la

presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar a ustedes cualquier suma o sumas

cuyo total no exceda en total la cantidad de ___________ [monto en cifras] ( )

[monto en palabras]1, pagadera(s) en las monedas y proporciones en que sea pagadero el Precio

del Contrato, una vez que recibamos de ustedes la primera reclamación por escrito

acompañada de una declaración escrita en la que se especifique que el Contratista no ha

cumplido una o más de las obligaciones que ha contraído en virtud del Contrato, sin

necesidad de que ustedes tengan que probar o aducir las causas o razones de su reclamación o

de la suma allí especificada.

La presente garantía expirará a más tardar el día …. de …… de 2… 2, , y cualquier

reclamación de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra oficina en o antes

de esa fecha.

1 El garante indicará un monto que represente el porcentaje del precio contractual estipulado en el Contrato,

denominado en la(s) Moneda(s) del Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el

Contratante.

2 Indique la fecha correspondiente a 28 días después de la fecha de terminación prevista. El Contratante

deberá tener en cuenta que en caso de prórroga del plazo de terminación del contrato, tendrá que solicitar

al garante una prórroga de esta garantía. Dicha solicitud deberá cursarse por escrito y antes de la fecha

de vencimiento estipulada en la garantía. Al preparar esta garantía, el Contratante podría considerar

agregar el siguiente texto en el formulario, al final del penúltimo párrafo: “El garante acuerda conceder

una prórroga única de esta garantía por un plazo máximo de [seis meses] [un año], ante la solicitud de

dicha prórroga cursada por escrito por el Contratante, solicitud que deberá presentarse al garante antes

del vencimiento de la garantía”.

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 401

Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías a la Vista,

publicación No. 458 de la Cámara de Comercio Internacional, con exclusión del inciso (ii) del

subartículo 20(a).

_____________________

[firma(s)]

Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva (incluidas las notas de pie de página) sirve

de guía para preparar este formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 402

Opción 2: Garantía de Cumplimiento

Por medio de esta fianza, ____________________ como Obligado Principal (denominado en

lo sucesivo ―el Contratista‖) y _________________________] como Fiador (denominado en

lo sucesivo ―el Fiador‖) se obligan firme, conjunta y solidariamente a sí mismos, así como a

sus herederos, ejecutores, administradores, sucesores y cesionarios, ante

_____________________] como obligante (denominado en lo sucesivo ―el Contratante‖) por

el monto de __________________, cuyo pago deberá hacerse correcta y efectivamente en los

tipos y proporciones de monedas en que sea pagadero el Precio del Contrato.

POR CUANTO el Contratista ha celebrado un Contrato escrito con el Contratante el día

de de 20 , por ___________________, de

conformidad con los documentos, planos, especificaciones y enmiendas respectivas, los

cuales, en la medida aquí contemplada, forman parte de la presente fianza a modo de

referencia y se denominan en lo sucesivo el Contrato.

POR CONSIGUIENTE, la condición de esta obligación es tal que, si el contratista cumple

oportuna y debidamente el Contrato mencionado (incluidas cualesquiera enmiendas al

mismo), esta obligación carecerá de validez y efecto; de lo contrario, se mantendrá con plena

validez y vigencia. Si el Contratista incumple alguna disposición del Contrato, y el

Contratante así lo declara y cumple sus propias obligaciones en virtud del Contrato, el Fiador

podrá remediar el incumplimiento sin demora o alternativamente proceder sin demora a:

(1) finalizar el Contrato de conformidad con los términos y condiciones establecidos;

u

(2) obtener una o más Ofertas de oferentes calificados, para presentarlas al

Contratante con vistas a la terminación del Contrato de conformidad con los

términos y condiciones del mismo, y una vez que el Contratante y el Fiador

decidan respecto del Oferente con la oferta evaluada como la más baja que se

ajuste a las condiciones, hacer un Contrato entre dicho Oferente y el Contratante

y facilitar, conforme avance el trabajo (aún cuando exista una situación de

incumplimiento o una serie de incumplimientos en virtud del Contrato o Contratos

de terminación concertados con arreglo a este párrafo), fondos suficientes para

sufragar el costo de terminación menos el saldo del Precio del Contrato; pero sin

exceder, incluidos otros gastos e indemnizaciones que puedan ser responsabilidad

del Fiador en virtud de esta Fianza, el monto que se señala en el primer párrafo de

la presente Fianza. El término ―Saldo del Precio del Contrato,‖ conforme se usa en

este párrafo, significará el importe total que deberá pagar el Contratante al

Contratista en virtud del Contrato, menos el monto que haya pagado debidamente

el Contratante al Contratista; o

(3) pagar al Contratante el monto exigido por éste para finalizar el Contrato de

conformidad con los términos y condiciones establecidos en el mismo, por un total

máximo que no supere el de esta Fianza.

El Fiador no será responsable por un monto mayor que el de la penalización especificada en

esta Fianza.

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 403

Cualquier demanda al amparo de esta Fianza deberá entablarse antes de transcurrido un año

desde la fecha de emisión del Certificado de Recepción de Obra.

Esta Fianza no crea ningún derecho de acción o de uso para otras personas o firmas que no

sean el Contratante definido en el presente documento o sus herederos, ejecutores,

administradores, sucesores y cesionarios.

En testimonio de lo cual, el Contratista ha firmado y sellado la presente Fianza y el Fiador ha

estampado en ella su sello debidamente certificado con la firma de su representante legal, en

el día de la fecha, de de 20

.

FIRMADO EL en nombre de

Por en carácter de

En presencia de_______________________________________________________

FIRMADO EL en nombre de

Por en carácter de

En presencia de

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 404

Fianza por Pago Anticipado

Garantía a la Vista

______________________________ [Nombre del Banco y Dirección de la Sucursal u Oficina Emisora]

Beneficiario: ___________________ [Nombre y Dirección del Contratante]

Fecha: ________________

FIANZA POR PAGO ANTICIPADO No.: _________________

Hemos sido informados que ________________ [nombre del Contratista] (denominado en lo

sucesivo ―el Contratista‖) ha celebrado con ustedes el Contrato No. _____________ [número

de referencia del contrato], de fecha ____________, para la ejecución de

_____________________ [nombre del contrato y breve descripción de las Obras] (denominado en lo

sucesivo ―el Contrato‖).

Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del Contrato, es preciso hacer

un pago anticipado por un monto de ___________ [monto en cifras] ( ) [monto en

palabras] contra una fianza por pago anticipado.

A solicitud del Contratista, nosotros, _______________ [nombre del banco], por medio de la

presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar a ustedes cualquier suma o sumas

cuyo total no exceda de ___________ [monto en cifras] ( ) [monto en palabras]1 una

vez que recibamos de ustedes el primer reclamo por escrito acompañado de una declaración

escrita en la que se especifique que el Contratista no ha cumplido su obligación en virtud del

Contrato por haber usado el pago anticipado para otros fines que no son los contemplados

para los costos de movilización en relación con las Obras.

Para realizar cualquier reclamo o pago en virtud de esta garantía, se requiere como condición

que el pago anticipado que se menciona anteriormente deba haber sido depositado en la

cuenta bancaria del Contratista No. ___________ en _________________ [nombre y dirección

del banco].

El monto máximo de esta garantía se reducirá gradualmente en la misma cantidad de los

pagos anticipados que realice el contratista conforme se indica en las copias de los estados o

certificados de pago provisionales que se nos deberán presentar. Esta garantía expirará, a más

tardar, en el momento en que recibamos una copia del certificado provisional de pago en el

que se indique que se ha certificado para pago el ochenta por ciento (80%) del Precio del

1 El garante indicará una suma que represente el monto del pago anticipado que se estipula en el contrato,

denominado en la(s) moneda(s) del contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el

Contratante.

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 405

Contrato, o bien el día ___ de _______, 2___2, cualquiera que ocurra primero. En

consecuencia, cualquier reclamo de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra

oficina en o antes de la fecha señalada.

Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías a la Vista,

publicación No. 458 de la Cámara de Comercio Internacional.

____________________

[firma(s)]

Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva (incluidas las notas de pie de página) sirve

de guía para preparar este formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.

2 Indique la fecha de culminación prevista del plazo de terminación. El Contratante deberá tener en cuenta

que en caso de prórroga del plazo de terminación del contrato, el Contratante tendrá que solicitar al

garante una prórroga de esta garantía. Dicha solicitud deberá cursarse por escrito y antes de la fecha de

vencimiento estipulada en la garantía. Al preparar esta garantía, el Contratante podría considerar

agregar el siguiente texto en el formulario, al final del penúltimo párrafo: “El garante acuerda conceder

una prórroga única de esta garantía por un plazo máximo de [seis meses] [un año], ante la solicitud de

dicha prórroga cursada por escrito por el Contratante, que deberá presentarse al garante antes del

vencimiento de la garantía”.

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 406

Garantía Mediante Retención de Pagos

Garantía a la Vista

______________________________ [Nombre del Banco y Dirección de la Sucursal u Oficina Emisora]

Beneficiario: ___________________ [Nombre y Dirección del Contratante]

Fecha: ________________

GARANTÍA MEDIANTE RETENCIÓN DE PAGOS No.: _________________

Hemos sido informados que ________________ [nombre del Contratista] (denominado en lo

sucesivo ―el Contratista‖) ha celebrado con ustedes el Contrato No. _____________ [número

de referencia del contrato], de fecha ____________, para la ejecución de

_____________________ [nombre del contrato y breve descripción de las Obras] (denominado en lo

sucesivo ―el Contrato‖).

Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del contrato, cuando se haya

emitido el Certificado de Recepción de Obra y se haya certificado para pago la primera mitad

del Monto Retenido, deberá hacerse el pago de [indique la otra mitad del Monto Retenido o si

el monto garantizado al momento de emitirse el Certificado de Recepción es menos de la

mitad del Monto Retenido, la diferencia entre la mitad del Monto Retenido y el monto

garantizado bajo la Garantía de Cumplimiento] contra una Garantía Mediante le Retención de

Pagos.

A solicitud del contratista, nosotros, _______________ [nombre del banco], por medio de la

presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar a ustedes cualquier suma o sumas

cuyo total no exceda de ___________ [monto en cifras] ( ) [monto en palabras]1 una

vez que recibamos de ustedes el primer reclamo por escrito acompañado de una declaración

escrita en la que se especifique que el Contratista no ha cumplido su obligación en virtud del

Contrato por haber usado el pago anticipado para otros fines que no son los contemplados

para los costos de movilización en relación con las Obras.

Para que se pueda realizar cualquier reclamo o pago en virtud de esta garantía, es condición

que el Contratista haya recibido en su cuenta bancaria No. ___________ en

_________________ [nombre y dirección del banco] la segunda mitad del Monto Retenido que se

menciona anteriormente.

1 El garante indicará una suma que represente el monto de la segunda mitad del monto retenido o, si el

monto en garantía en virtud de la garantía de cumplimiento al momento de emitirse el certificado de

recepción es menos de la mitad del monto retenido, la diferencia entre la mitad del monto retenido y el

monto en garantía en virtud de la garantía de cumplimiento. Dicho monto se designará en la(s) moneda(s)

de la otra mitad del monto retenido según se especifica en el contrato, o en una moneda de libre

convertibilidad aceptable para el Contratante.

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 407

Esta garantía expirará, a más tardar, 21 días después de que el Contratante reciba una copia

del Certificado de Cumplimiento emitido por el Ingeniero. En consecuencia, cualquier

reclamo de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra oficina en o antes de la

fecha señalada.

Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI relativas a las Garantías a la Vista,

publicación No. 458 de la Cámara de Comercio Internacional.

____________________

[firma(s)]

Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva sirve de guía para preparar este

formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 408

Adjuntos: Formularios de Llamado a

Licitación Anexo – Ajuste de Precios para Licitaciones Públicas

Internacionales

El monto del precio ajustado es el que resulte de la aplicación de la metodología que se

desarrolla a continuación:

Los precios están sujetos a ajuste mensual.

La fórmula de la Cláusula 13.8 de las C.G.C. se reemplaza por:

Pc = 0,10 + 0,9 * FRi

Los precios de las certificaciones de pago se redeterminarán utilizando las siguientes

expresiones matemáticas:

FMI =

Factor de variación de precios del componente Materiales.

Mediante la expresión matemática que se desarrolla en el apartado

I., pondera las variaciones de los precios de los principales

materiales de cada obra.

FEMi = Factor de variación de precios del componente Equipos y

Máquinas. Mediante la expresión matemática que se desarrolla en

el apartado II pondera la variación de los precios correspondientes

a utilización de equipo de construcción (amortización, repuestos y

reparaciones)

MOi/MO0= Factor de variación de precios del componente Mano de Obra. Es la

relación entre el indicador de precio correspondiente al Mes de la

Redeterminación (MOi) y el indicador de precio básico (MO0);

MO0 = INDEC ICC CUADRO 1.4

Ti/T0 Factor de variación de precios del componente Transporte

Carretero. Es la relación entre el indicador del precio

correspondiente al mes de la Redeterminación (Ti) y el indicador

de precio básico (To),

To = TABLAS TRANSPORTE CARRETERO DE VIALIDAD NACIONAL.

CLi/CL0 Factor de variación de precios del componente Combustible y

Lubricantes. Es la relación entre el indicador de precio

correspondiente al Mes de la Redeterminación (CLi) y el indicador

de precio básico (CL0);

CL0 = GAS OIL S/INDEC IPIB 33360.1 (ANEXO) LUBRICANTES

S/PORCENTAJE DE ANALISIS DE PRECIOS BASICOS

CLTMOEMM aaaaa ,,,, Coeficientes de ponderación. Representan la incidencia del costo

de los componentes en el costo directo total de la obra. Costo

directo es el precio total menos los impuestos, la utilidad, el costo

financiero, los gastos indirectos y los gastos generales.

Debe verificarse que: 1 CLTMOEMM aaaaa

CLTMOEMM aaaaa ,,,, Para la redeterminación del precio de las Obras serán α MM = 0,3094,

α EM = 0,1387 , α MO = 0,1171 , α CL = 0,2206 , α T = 0,2141

0

0

000

1CF

CFCFk

CL

CLa

T

Ta

MO

MOaFaFaF ii

CLi

Ti

MOEMiEMMiMRi

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 409

0

0

CF

CFCFi =

Factor de variación del componente Costo Financiero.

CF0 = 0.0294

CFi= 112/1 30

n

ii

CF0= 112/1 30

0 n

i

ii = Indicador correspondiente al Costo Financiero. Es la Tasa Nominal

Anual Activa a 30 días del Banco de la Nación Argentina, expresada

en coeficiente, considerando el valor del día 15 del mes inmediato

anterior al de la ejecución de los trabajos, o en su defecto el día hábil

posterior.

i0 = Indicador correspondiente al Costo Financiero. Es la Tasa Nominal

Anual Activa a 30 días del Banco de la Nación Argentina, expresada

en coeficiente, considerando el valor del día 15 del Mes Base del

Contrato, o en su defecto el día hábil posterior.

i0 = 18.85%

n = Los días que fija cada Contrato como plazo de pago de cada

certificado.

n=56

k Coeficiente ―k‖ de Ponderación del Costo Financiero.

k = 0.0288

Mes de Redeterminación i: la redeterminación se calculará y certificará mensualmente

adoptando como valores de cada mes de redeterminación los correspondientes al mes

de ejecución de los trabajos.

Los componentes de la expresión matemática serán calculados con cuatro decimales

con redondeo simétrico. El valor de FRi resultante será aplicado con cuatro decimales.

Los precios e indicadores de precios a utilizar serán los publicados por INDEC.

I - Variación de precios del componente Materiales.

El factor que mide la variación de los precios del componente Materiales (FMi), se

determinará aplicando la siguiente expresión que pondera la variación de los n

subcomponentes y/o elementos más representativos de cada obra:

Donde:

M1i, M2i, M3i , …, Mni = precios o indicadores de precios del Mes de

Redeterminación ―i‖ de los n materiales más representativos de la obra : Material 1

(M1): Agregado Pétreo 9-20, Material 2 (M2): Agregado Pétreo 0-9, Material 3

(M3):Arena 0 -6 ,Material 4 (M4): Cemento Pórtland , Material 5 (M5) : Cal Aérea

00

3

0

2

0

1 .......3

3

2

2

1

1

Mn

Mnb

M

Mb

M

Mb

M

MbF i

Mni

Mi

Mi

MMi

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 410

Hidratada, Material 6 (M6) : Acero en Barras p/Armaduras, Material 7 (M7) : Fuel

oil, Material 8 (M8) : Cemento asfáltico Material 9 (M9) : E.R.1. Material 10 (M10) :

Madera p/Encofrado, Material 11 (M11) : Clavos y Alambres

M1o, M2o, M3o ,…, Mn0 = precios o indicadores de precios del Mes Base de los n

materiales más representativos de la obra (Material 1: M1, Material 2: M2, Material

3:M3, Material n:Mn).

Los materiales considerados serán al menos 3. La sumatoria del costo-costo de los

materiales o grupos de materiales Mi que se seleccionen, deberá ser mayor o igual al 75%

del costo-costo total de los materiales de la obra.

Los Coeficientes "b" serán los siguientes:

MnMMM bbbb ,,, 321 Coeficientes de ponderación de los Materiales. Representan la incidencia

de los n materiales más representativos en el costo-costo total del

componente Materiales. Cada bMi se calculará como la relación del monto

total del material Mi y la suma de los montos correspondientes a todos los

materiales considerados. Debe verificar que:

ni

i

Mib1

= 1.

MnMMM bbbb ,,, 321 Para la redeterminación del precio de la Obra serán

bM1=0,3687, bM2=0,2979, bM3=0,1708, bM4=0,0177, bM5=0,0932; bM6=0,0111;

bM7=0,0296

Materiales para la Obra

M1i/M10= Factor de variación de precios del Material 1:

Material: Cemento Pórtland -Fuente de información para los Indicadores

de Precios: Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB) -

CIIU-3: 2694 - Código CPC: 37440-1 Cemento Portland.

M10 = _________

M2i/M20 = Factor de variación de precios del Material 2:

Material: Agregado grueso -Fuente de información para los Indicadores

de Precios: Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB) -

CIIU-3: 1410 - Código CPC: 15320-1 Piedras.

M20 = _________

M3i/M30= Factor de variación de precios del Material 3:

Material: Agregado fino -Fuente de información para los Indicadores de

Precios: Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB) - CIIU-3:

1410 - Código CPC: 15310-1 Arenas.

M30 = _________

M4i/M40= Factor de variación de precios del Material 4:

Material: Suelo seleccionado - Fuente de información para los

Indicadores de Precios :

M40 = 15400-21 INDEC-Cap. Materieales

M5i/M50= Factor de variación de precios del Material 5: MADERA P/ENCOFR.

M50 = VALORES MENSUALES DE TABLA I VIALIDAD

NACIONAL

M6i/M60= Factor de variación de precios del Material 6: ACERO P/ARMADURAS

M60 = 41242-11 INDEC-CAPÍT.MATERIALES

M7i/M70= Factor de variación de precios del Material 7:

Material: Hormigón -Fuente de información para los Indicadores de

Precios: Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB) - CIIU-3:

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 411

2695 - Código CPC: 37510-1 Hormigón.

M60 = _________

M8i/M80= Factor de variación de precios del Material 8: Cemento Asfáltico

M80 = VALORES MENSUALES DE TABLA I VIALIDAD

NACIONAL

II - Variación de precios del componente Equipos y Máquinas.

El factor que mide la variación de los precios del componente Equipos y Máquinas

(FEMi), se determinará aplicando la siguiente expresión que pondera la variación de los

subcomponentes Amortización de Equipos (AE) y Reparaciones y Repuestos (RR) de la

obra:

Donde:

AEi/AE0= Factor que mide la variación de los precios del subcomponente

Amortización de Equipos. Es la relación entre el índice

correspondiente al Mes de la Redeterminación (AEi) y el índice al Mes

Base (AE0);

AE0= A) AMORTIZACION DE EQUIPOS IMPORTADO (S/OFERTA BASICA)

VARIACION DOLAR BANCO NACION TIPO COMPR., DIA 15 DE C/MES O

HABIL POSTERIOR.

EQUIPO NACIONAL: S/INDEC IPIB NACIONAL CUADRO 3.2. POS. 29 (se

aplicara a cada equipo ofertado o grupo de equipos importados y nacionales)

B) OBRAS VIALES: CRITERIO DE LA DIRECCION NACIONAL DE

VIALIDAD: (S/RESOL. CONJUNTA 681 Y 199/02) (70% EQUIPOS

IMPORTADOS + 30% EQUIPOS NACIONALES) EQUIPO IMPORTADO =

DOLAR BCO. NACION DIA 15 DE C/MES O DIA HABIL POSTER.

MOi/MO0= Factor que mide la variación de los precios del componente Mano de

Obra. Es la relación entre el indicador de precio correspondiente al

Mes de la Redeterminación (MOi) y el indicador de precio del Mes

Base (MO0);

MO0 = INDEC ICC CUADRO 1.4

RRAE cc , Coeficientes de ponderación de los subcomponentes Amortización de

Equipos ―cAE‖ y Reparaciones y Repuestos ―cRR‖. Representan la

incidencia de estos subcomponentes en el precio total del componente

Equipos y Máquinas en el total de la obra de recuperación y otras

intervenciones obligatorias y de las actividades de mantenimiento.

Cada ―ci― se calculará como la relación del monto total del

subcomponente y el monto total del componente Equipos y Máquinas.

Debe verificarse que: 1 RRAE cc .

RRAE cc , Para la redeterminación del precio de la Obra serán

CAE=0,6605 , CRR=0,3395

000

3,07,0MO

MO

AE

AEc

AE

AEcF ii

RR

i

AEEMi

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Sección IX. Apéndice a las condiciones especiales – Formularios de contrato 412

III –Fórmula de Redeterminación de precios.

Esta fórmula de ajuste de precios aplica únicamente a la parte del precio del Contrato a pagar

en pesos de la República Argentina.

0294.0

0294.00288.012206.02141.01171.01387.03094.0

000

iiiiEMiMiRi

CF

CL

CL

T

T

MO

MOFFF

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Adjuntos: Formularios de llamado a licitación 1

ANUNCIO ESPECÍFICO DE ADQUISICIONES

LLAMADO A LICITACIÓN

ARGENTINA

PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA DEL NORTE GRANDE, CONTRATO

DE PRÉSTAMO BID1851/OC-AR.

OBRA: __________________________________________________________________

BID1851/OC-AR.

Número del contrato o la licitación

Este llamado a licitación se emite como resultado del anuncio general de adquisiciones para

este proyecto publicado en la edición No. [Indique el número] de Development Business del día

[indique la fecha]2.

El [indique el nombre del prestatario] [ha recibido/ha solicitado/tiene previsto solicitar] un

[préstamo/crédito] [del Banco Interamericano de Desarrollo (BID] para financiar el costo del

[indique el nombre del proyecto], y se propone utilizar parte de los fondos de este

[Préstamo/Crédito] para efectuar los pagos estipulados en el Contrato de [indique el nombre y

el número del contrato]3. El [indique el nombre del organismo ejecutor] invita a los oferentes

elegibles a presentar ofertas selladas para [indique una descripción de las obras que se

contratarán]4. El período de entrega/construcción es [indique el número de días/meses/años o

las fechas]5.

La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de licitación pública internacional

establecidos en la publicación del Banco Interamericano de Desarrollo titulada Políticas para

Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo y está

abierta a oferentes provenientes de todos los países que se especifican en dichas políticas6.

Los oferentes elegibles que estén interesados podrán solicitar información adicional y examinar

los documentos de licitación en [indique el nombre del organismo] en la dirección que se indica

infra [indique la dirección al final del documento] de a horas [indique el horario

2 Día, mes, año. Por ejemplo, 31 de enero de 2004.

3 [Indique lo siguiente si corresponde]. Este contrato estará cofinanciado por [Indique el nombre del organismo de

cofinanciamiento]. La licitación se regirá por las reglas y los procedimientos de elegibilidad del Banco Interamericano de

Desarrollo.

4 Se deberá presentar una breve descripción del tipo o los tipos de bienes u obras, con indicación de las cantidades, la

ubicación del proyecto y otra información necesaria que permita a los posibles oferentes decidir si participarán o no en la

licitación. Si en los documentos de licitación se exige a los oferentes que cuenten con cierta experiencia o aptitudes

específicas, dichos requisitos también deberán incluirse en este párrafo.

5 Agregar esta oración si corresponde.

6 Ocasionalmente, los contratos podrán financiarse con fondos especiales, lo cual podría restringir aún más los criterios de

elegibilidad a un grupo particular de países miembros. En ese caso, ello deberá indicarse en este párrafo.

DOCUMENTO VALIDO

SOLO COMO C

ONSULTA

Page 414: OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2 CIUDAD DE FORMOSA DOCUMENTO · 2011-01-06 · DOCUMENTOS DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE . OBRA: “VINCULACIÓN R.P.N°2. POR AVENIDA CIRCUNVALACIÓN

Adjuntos: Formularios de llamado a licitación 2

de oficina]7. Los oferentes interesados podrán comprar un juego completo de documentos de

licitación en [indique el idioma], solicitándolo por escrito a la dirección que se indica infra y

contra el pago de una suma no reembolsable8 de [indique el monto en moneda local] o en

[indique el monto en la moneda convertible que se haya especificado]. El método de pago será

[indique el método de pago]9. El documento deberá enviarse por [indique la forma de envío]

10.

Las ofertas deberán enviarse a la dirección que se indica infra a más tardar el día [indique la

fecha y la hora]. Todas las ofertas deberán ir acompañadas de una Garantía de la Oferta por un

monto de [indique el monto en moneda local o el porcentaje mínimo del precio de la oferta] o

un monto equivalente en una moneda de libre convertibilidad11

. Las ofertas que lleguen tarde

serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes y de

todas aquellas personas que quieran asistir, en la dirección que se señala infra12

, el día [indique

la fecha y hora].

[Indique el nombre de la oficina]

[Indique el nombre del funcionario]

[Indique el apartado postal o la dirección postal]

Teléfono: [Indique el código de país y de ciudad]

Fax: [Indique el código de país y de ciudad]

Correo electrónico: [Indique la dirección de correo electrónico].

7 Por ejemplo, de 9.00 a 12.00 horas.

8 La suma deberá ser una cantidad nominal que cubra los costos de impresión y de envío.

9 Por ejemplo, cheque de caja, depósito directo en una cuenta bancaria específica, etc.

10 La forma de envío suele ser por correo aéreo para envíos al exterior y por correo terrestre o servicio de

encomienda especial (courier) para envíos locales. Cuando la urgencia o la seguridad así lo exijan, podrán requerirse servicios de courier para envíos al exterior.

11 El monto de la Garantía de la Oferta deberá indicarse como monto fijo o como porcentaje mínimo del precio

de la oferta. De no requerirse garantía de la oferta (que suele ser el caso en contratos de suministro), ello deberá indicarse en el párrafo.

12 La oficina donde se abrirán las ofertas no tiene por qué ser necesariamente la misma que la aquella donde

se examinen o emitan los Documentos de Licitación o donde se presenten las ofertas. De tratarse de oficinas diferentes, deberán aparecer todas las direcciones, enumeradas, al final del anuncio, por ejemplo, (1), (2), (3). En ese caso, el texto del párrafo se referirá a la dirección (1), (2), etc. Para la presentación de ofertas sólo se podrá indicar una oficina y su dirección, la cual deberá estar ubicada cerca del lugar donde se realizará la apertura de las mismas.

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