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CONVENIO GENERAL DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACiÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL IFAI", REPRESENTADO POR SU COMISIONADO PRESIDENTE, MTRO. ALONSO LUJAMBIO IRAZABAL, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL SECRETARIO EJECUTIVO, ÁNGEL JOSÉ TRINIDAD ZALDíVAR, y POR LA OTRA PARTE EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, EN LO SUCESIVO "EL PODER JUDICIAL", REPRESENTADO POR LA TITULAR, MAG. ALMA CAROLINA VIGGIANO AUSTRIA, PRESIDENTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE HIDALGO CONFORME A LAS SIGUIENTES: l. DE "EL IFAI": 1.1 Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículos 10 y 80 del Decreto del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2002, este es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, considerado como una entidad paraestatal de control indirecto, no apoyada presupuestalmente. Que de confonnidad con lo dispuestopor los articulos 33 y 37, fracciones XII y XV, de la Ley Federalde Transparencia y Acceso a la InfonnaciónPública Gubernamental, en lo sucesivola LFTAIPG;1° Y 3° del Decretodel Instituto Federalde Acceso a la Información Pública;2°, 15 Y 16 fracciones111 y IV del Reglamento Interiordel InstitutoFederalde Acceso a la Infonnación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 2007, cuenta con facultades suficientes para la celebración del presenteinstrumento. 1.2 Que de acuerdo con el articulo 37, fracción XV, de la LFTAIPG, tiene como atribución la de cooperar, respecto de la materia de dicha ley con los demás sujetos obligados, las entidades federativas, los municipios o sus órganos de acceso a la información, mediante la celebración de acuerdos o programas. 1.3 1.4 Que con fundamento en los articulos 34 y Quinto Transitorio de la LFTAIPG, el Mtro. Alonso Lujambio Irazábal fue nombrado comisionado del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública por el C. Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, a partir del 10 de abril de 2005 y hasta el 31 de marzo de 2012, y fue designado como Comisionado Presidente del - - - - -- - -- - - - - - - DECLARACIONES: ~lPOP UP.E!.,. OE ACCt~L elk4f~WN PUtlLlCA REVISADO 1 de 9

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CONVENIO GENERAL DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN POR UNAPARTE EL INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACiÓN PÚBLICA,EN LO SUCESIVO "EL IFAI", REPRESENTADO POR SU COMISIONADOPRESIDENTE, MTRO. ALONSO LUJAMBIO IRAZABAL, ASISTIDO EN ESTEACTO POR EL SECRETARIO EJECUTIVO, ÁNGEL JOSÉ TRINIDADZALDíVAR, y POR LA OTRA PARTE EL PODER JUDICIAL DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, EN LO SUCESIVO "EL PODERJUDICIAL", REPRESENTADO POR LA TITULAR, MAG. ALMA CAROLINAVIGGIANO AUSTRIA, PRESIDENTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIAY DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE HIDALGOCONFORME A LAS SIGUIENTES:

l. DE "EL IFAI":

1.1 Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 45 de la Ley Orgánica dela Administración Pública Federal, artículos 10 y 80 del Decreto del InstitutoFederal de Acceso a la Información Pública, publicado en el Diario Oficial dela Federación el 24 de diciembre de 2002, este es un organismodescentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimoniopropios, considerado como una entidad paraestatal de control indirecto, noapoyada presupuestalmente.

Que de confonnidad con lo dispuesto por los articulos 33 y 37, fracciones XIIy XV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Infonnación PúblicaGubernamental, en lo sucesivo la LFTAIPG; 1° Y 3° del Decreto del InstitutoFederal de Acceso a la Información Pública; 2°, 15 Y 16 fracciones 111 y IV delReglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Infonnación Pública,publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 2007, cuentacon facultades suficientes para la celebración del presente instrumento.

1.2

Que de acuerdo con el articulo 37, fracción XV, de la LFTAIPG, tiene comoatribución la de cooperar, respecto de la materia de dicha ley con los demássujetos obligados, las entidades federativas, los municipios o sus órganos deacceso a la información, mediante la celebración de acuerdos o programas.

1.3

1.4 Que con fundamento en los articulos 34 y Quinto Transitorio de la LFTAIPG,el Mtro. Alonso Lujambio Irazábal fue nombrado comisionado del InstitutoFederal de Acceso a la Información Pública por el C. Presidente de laRepública, Vicente Fox Quesada, a partir del 10 de abril de 2005 y hasta el31 de marzo de 2012, y fue designado como Comisionado Presidente del- - - - -- - -- - - - - - -

DECLARACIONES:

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REVISADO1 de 9

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1.5 Que conforme a lo establecido en las fracciones 111 y IV del artículo 16 de suReglamento Interior, y el acuerdo ACTI23/09/2003.09 b), el Pleno de "ELIFAI" determinó delegarle la facultad de aprobar y suscribir convenios decolaboración y apoyo con entidades federativas, incluidas sus dependenciasy entidades, siempre que estén orientados a aspectos de divulgación,promoción y capacitación.

1.6 Que con fundamento en los artículos 36 de la LFTAIPG; 6°, fracción IV y 23fracción I del Reglamento Interior de "EL IFAI", publicado en el Diario Oficialde la Federación el 2 de mayo de 2007, el Mtro. Alonso Lujambio Irazábal,Comisionado Presidente, cuenta con facultades para suscribir el presenteinstrumento, quien es asistido por Ángel José Trinidad Zaldívar, cuyonombramiento como Secretario Ejecutivo del Instituto Federal de Acceso a laInformación Pública fue aprobado por el Pleno en la sesión extraordinariacelebrada el día 30 de abril de 2004, lo cual consta en el acuerdo ACT-EXT/30/04/2004.01; así como en la sesión del Órgano de Gobiernocorrespondiente al día 13 de mayo de 2004, lo cual consta en el acuerdoACT-ORGOB/13/05/20O4.02, quien cuenta con facultades para asistir en lasuscripción del presente documento de conformidad con lo dispuesto por losartículos 6° del Decreto del Instituto Federal de Acceso a la InformaciónPública, y 6°, fracción VI, y 25 fracciones 11 y 111 del Reglamento Interior delInstituto Federal de Acceso a la Información Pública.

1.7 Que cuenta con un proyecto especial de cooperación con el Banco Mundial ylos fondos necesarios y suficientes proporcionados por el propio BancoMundial para el desarrollo de un Sistema Electrónico de Solicitudes deAcceso a la Información en las entidades federativas, plenamente ajustable alas legislaciones locales.

1.8 Que para todos los efectos de este convenio senala como su domicilio legalel ubicado en Avenida México, número 151, Colonia Del Carmen Coyoacán,Delegación Coyoacán, C.P. 04100, México, D. F.

11.- DE "El PODER JUDICIAL"

11.1 Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 93 de la constitución políticapara el estado de Hidalgo, se deposita el ejercicio del Poder Judicial delEstado en un Tribunal Superior de Justicia y Jueces del Fuero Común, en unConsejo de la Judicatura, en un Tribunal Fiscal Administrativo y en unTribunal Electoral, en los términos de ésta Constitución y su Ley Orgánica,siendo representante de este quien desempene el cargo de Presidente delTribunal Superior de Justicia.

11.2 Que de conformidad con los artlculos 3. 4 fracción 11 y ~ "í8t:cio,,¡js"roy"XXVIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estad d~ lPiid3f~~\'Wr'Presidente del Tribunal Superior de Justicia podrá convenir c~~ct\Federal. M r: V I ~ ~

1.5

1.6

1.7

1.8

11.-

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Que la C. Magistrada Lic. Alma Carolina Viggiano Austria, asumió el cargo dePresidenta del Tribunal Superior de Justicia y con ello la representación delPoder Judicial, el 10 de octubre de 2006, previa la protesta formal rendidaante el Honorable Congreso del Estado y cuenta con las facultades parasuscribir el presente Convenio General de Colaboración atento a lo queestablece el artículo 37 fracción XXVIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial,por lo que cuenta con facultades para la celebración del presente convenio.

11.3

11.4 Que de conformidad al Decreto Publicado en el Diario Oficial de laFederación se adicionó un párrafo segundo al articulo 6 de la LeyFundamental de la República senalando, entre otras, la obligación de laFederación, los Estados y el D.F. de establecer mecanismos de acceso a lainformación y procedimientos de revisión expeditos.

Que senala como domicilio, carretera México-Pachuca, km. 84.5, SectorPrimario, C.P. 42085, Pachuca de Soto, Hidalgo.

11.5

111.- DE "LAS PARTES":

ÚNICA.- Qué, de conformidad con las anteriores declaraciones, "EL IFA!" Y "ELPODER JUDICIAL", en lo sucesivo "LAS PARTES", reconocen recfprocamente supersonalidad jurfdica y aceptan la capacidad legal con que se ostentan parasuscribir el presente acuerdo.

Atentas a lo anterior, manifiestan conocer el alcance y contenido de esteConvenio, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:

PRIMERA.- OBJETO.

El objeto del presente Convenio General de Colaboración consiste en establecerlas bases de coordinación entre "LAS PARTES" que permitan el desarrollo y laexpansión del derecho de acceso a la información en el Estado de Hidalgo,poniendo a disposición del público los instrumentos técnicos e informáticos deacceso a la información gubemamental más avanzados en el pals, siempre enbeneficio de la ciudadanla y la población entera, en los términos de lanormatividad vigente.

CLÁUSULAS:

OIRECCION GENERAL JE

ASUNTOS JURiOICOSnIRFr.r.IÓN tONS I¡J:lTl V A

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"El PODER JUDICIAL" con el apoyo y asesoria de "El IFAI", implementará el"SISTEMA INFOMEX", a fin de facilitar el acceso público a la información públicaque obre en poder de sus sujetos obligados por la ley de Transparencia y Accesoa la Información Pública Gubernamental del Estado de Hidalgo (l TAIPGEH).

SEGUNDA.- COMPROMISOS DE "LAS PARTES":

Realizar de manera conjunta las actividades necesarias para que el públicopueda tener acceso, vía el "SISTEMA INFOMEX", a la información pública enpoder de los sujetos obligados de "EL PODER JUDICIAL" por la L TAIPGEH,así como el acceso ylo corrección de sus datos personales y sus respuestas.Asimismo, el "SISTEMA INFOMEX" dispondrá de una herramientaelectrónica para que los solicitantes puedan interponer los recursos deaclaración que correspondan.

a)

Trabajar conjuntamente para las adiciones especificas e implementaci6n querequieran efectuarse en el "SISTEMA INFOMEX", en atenci6n a lo queestablece la L TAIPGEH. "LAS PARTES" trabajarán conforme a un plan detrabajo para que el "SISTEMA INFOMEX" pueda ponerse en operación parael beneficio de la sociedad de Hidalgo.

b)

e) Disenar de manera conjunta los esquemas para la celebración de reunionesde trabajo y cursos de capacitación dirigidos a los servidores públicosdesignados por "EL PODER JUDICIAL", a fin de que obtengan losconocimientos y habilidades necesarias que permitan la adecuada atenciónde las solicitudes de acceso a la información, solicitudes de acceso y/ocorrección de datos personales, sus respuestas y, en su caso, la resoluciónde los recursos de aclaración que presenten los interesados vía el "SISTEMAINFOMEX".

Realizar, de manera conjunta, eventos de promoción del derecho de accesoa la información pública, la cultura de la transparencia y la rendición decuentas, destinados a la sociedad de Hidalgo.

d)

TERCERA.- COMPROMISOS DE "EL IFAI":

a) Otorgar de manera gratuita a "EL PODER JUDICIAL" el "SISTEMAINFOMEX", debidamente diseñado, conforme a los contenidos de laL TAIPGEH. El "SISTEMA INFOMEX" será puesto a disposición del público,en los tiempos y formas que "LAS PARTES" convengan, con el fin de brindara las personas que requieran acceso a la información pú (}

corrección de datos personales en poder de las depend n~I~J~N ¡ ~:A4.~~;~SOdesconcentrados y entidades, la máxima facilidad de formula sus solicitudes, "e~!!\

recibir las respuestas e interponer recursos de aclaració Q rm~~it~Ei\D.O"SISTEMA INFOMEX". Asimismo, el "SISTEMA INFOMEX" o~i~ihtarl ~("\,

OIRECCIÓ" GENERAL DE4 de 9 ASUNT9S JUfllOrCOS

DIRECCION CONSULTWA

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PODER JUDICIAL" la generación de estadrsticas derivadas del proceso deatención de las solicitudes de información.

Brindar capacitación a los servidores públicos designados por "El PODERJUDICIAL" para la implementación y operación técnica del "SISTEMAINFOMEX", así como en la gestión de las solicitudes de acceso a lainformación, datos personales, sus respuestas y, en su caso, la resolución delos recursos de aclaración que se interpongan vía dicho sistema.

b)

e) Apoyar al "El PODER JUDICIAL" en la realización de acciones(conferencias, seminarios, talleres, diplomados y demás eventos), con lafinalidad de fomentar la cultura democrática y de transparencia en laciudadania y los servidores públicos de la administración pública del Estadode Hidalgo.

Celebrar cursos de capacitación para los servidores públicos designados por"EL PODER JUDICIAL", en materia de ejercicio del derecho de acceso a lainformación pública; protección de datos personales; clasificación dearchivos; catalogación y conservación de archivos y demás temas afines aesta materia, de acuerdo a lo que se establece en el ámbito nacional einternacional.

d)

Colaborar con "EL PODER JUDICIAL" en torno al enriquecimiento delcontenido que en materia de transparencia y acceso a la información públicapueda incorporar en su portal electrónico (www.pjhidalgo.gob.mx).

e)

CUARTA.- COMPROMISOS DE "El PODER JUDICIAL":

a) Recibir de parte de "EL IFA!" Y poner en ejecución, para todo público el"SISTEMA INFOMEX". Asimismo, promover y establecer que se atiendan, através de dicho sistema, las solicitudes de acceso a la información,solicitudes de acceso VIo corrección de datos personales, sus respuestas y,en su caso, la resolución de los recursos de aclaración que presenten losinteresados.

Organizar y realizar. de manera conjunta con "EL IFAI". una estrategia decapacitación dirigida a sus servidores públicos para implementar y operar el"SISTEMA INFOMEX". con el fin de que éstos adquieran los conocimientos yhabilidades necesarios para gestionar solicitudes de acceso a la información,solicitudes de acceso ylo corrección de datos personales. sus respuestas Y.en su caso. la resolución de los recursos de aclaración que presenten losinteresados.

b)

e)

eso a laarchivos;

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archivos y demás temas relativos aconvengan.

Promover diversas actividades encaminadas al conocimiento público de laL TAIPGEH, asf como el conocimiento de la LFTAIPG. Asimismo impulsar larealización de diversos eventos con la finalidad de fomentar la cultura de latransparencia y la rendición de cuentas entre la ciudadania y los servidorespúblicos de la administración pública estatal previo acuerdo de "LASPARTES",

d)

QUINTA.- SEGUIMIENTO.

Para el adecuado desarrollo de las actividades que se generan con motivo delcumplimiento del objeto de este Convenio, "LAS PARTES" están de acuerdo enintegrar una Comisión Técnica, misma que estará formada por dos representantesde cada una de ellas. quienes podrán ser sustituidos en cualquier tiempo previanotificación que se realice por lo menos con 24 horas de anticipación a la otraparte.

¡CIÓN LABORAL.SEXT A.- RELA'

"LAS PARTES" convienen que el personal asignado por parealización del presente Convenio, se entenderá relacionadp'manera exclusiva con aquella que lo empleó, por ende, cada uhasu responsabilidad por ese concepto, y en ningún caso serán popatrones solidarios o sustitutos o beneficiarios. Aclarando que! c¡- - ... . - ... ..,

estas materias, que "LAS PARTES"

~aa-. . UJ:Ia. ' " . .r-P~ . J~. '. . <-, Ilah,""~lro- "~',cte. ¡; ~

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a de ellas asumiráoft$1d8'r.~á9 m' . \ )cada una dé "LAS" '.-_:-.- .. _..,c-.:__&.--

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para afrontar la responsabilidad queseguridad social que se establezcanresponsabilidad a la otra parte.

SÉPTIMA.- RESPONSABILIDAD CIVIL.

Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad civilpor danos y pe~uicios que pudieran causarse, como consecuencia delincumplimiento del presente Convenio por caso fortuito o fuerza mayor.

OCTAVA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL

"LAS PARTES" aceptan que la propiedad industrial y derechos de autor derivadosde los trabajos realizados con motivo de este convenio (sistemas informáticos,publicaciones de diversas categorías, artículos, folletos, etcétera, as! como lascoproducciones y difusión), estarán sujetos a las disposiciones legales aplicables,otorgando el reconocimiento correspondiente a quienes hayan intervenido en laejecución de dichos trabajos. As! mismo "LAS PARTES" asumen suresponsabilidad en caso de que infrinjan derechos de autor o violen otros registrosde derechos de propiedad intelectual, a nivel nacional e internacional.

NOVENA.- PUBLICIDAD.

"LAS PARTES" acuerdan que el presente instrumento y los documentos quederiven del mismo son públicos, salvo lo señalado en la Cláusula anterior, y losparticulares tendrán acceso a los mismos en los términos y con las restriccionesque establecen la lFTAIPG y la lTAIPGEH.

DÉCIMA.- NORMA TIVIDAD.

El presente Convenio se firma sin pe~uicio de lo sei'\alado por los ordenamientosjurídicos existentes en materia de transparencia y acceso a la información públicade Hidalgo y de la Federación.

DÉCIMA PRIMERA.- VIGENCIA.

Este instrumento tendrá una vigencia indefinida, la cual empezaráde la fecha de su firma.

derivecon sus

de las relaciones de trabajo y detrabajadores, deslindando de toda

y DERECHOS DE AUTOR.

a contar a partir

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7de9 Cf.ni¡10--

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DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES.

Con el fin de modificar o adicionar el presente Convenio General de Colaboración,"LAS PARTES" someterán a consideración de la Comisión Técnica cualquierconvenio modificatorio adicional que consideren necesario para ese efecto, mismoque deberá estar aprobado por los órganos de dirección de cada una de las partesy suscrito por sus representantes legales.

DÉCIMA TERCERA.- TERMINACiÓN ANTICIPADA.

Cualquiera de "LAS PARTES" podrá dar por terminado el presente Convenio,siempre que lo notifique por escrito a la otra parte, con un mfnimo de treinta dfashábiles de anticipación, a la fecha en que operará la terminación. En tal caso "LASPARTES" tomarán las medidas necesarias para evitar pe~uicios tanto a ellascomo a terceros. Asimismo "LAS PARTES" se comprometen a concluir losproyectos ya iniciados, para que éstos no se vean afectados por la terminaciónanticipada de alguna de ellas.

DÉCIMA CUARTA.- EJECUCiÓN.

A efecto de alcanzar los objetivos sena lados en el presente Convenio, "LASPARTES" suscribirán acuerdos específicos de ejecución cuando asilo considerennecesario.

DÉCIMA QUINTA.- INTERPRETACiÓN.

"LAS PARTES" convienen que el presente instrumento es producto de la buena fey sin dolo, por lo que toda duda que su~a respecto a su interpretación, operación ycumplimiento, será resuelto de común acuerdo.

Leído que fue el presente convenioalcances, lo firman por cuadruplicadodel mes de octubre de dos mil siete.

de su contenido~, Hidalgo al día'

ye

POR "EL IFAI"

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