OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

46
OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL Ing. Oswaldo Terán M.

description

http://www.ingenierohugo.com.mx/ La Cámara de Comercio Internacional expidió estas reglas, las cuales buscan determinar los lineamientos comerciales que deben contemplarse en cualquier contrato internacional.

Transcript of OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

Page 1: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

OPERACIONES DE COMPRAVENTA

INTERNACIONAL

Ing. Oswaldo Terán M.

Page 2: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

INTRODUCCIÓN

• La Cámara de Comercio Internacional expidió estas reglas, las cuales buscan determinar los lineamientos comerciales que deben contemplarse en cualquier contrato internacional.

Page 3: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

• Esta iniciativa, de unificar los conceptos para el establecimiento de negocios internacionales, surgió desde 1919, fecha desde la cual se han venido reformando estas cláusulas comerciales, siendo el 2000 el último año en el que fueron modificadas.

INTRODUCCIÓN

Page 4: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

1. Determinar el alcance del precio. 2. Establecer el lugar exacto en el que debe

ser entregada la mercancía. 3. Definir cuál de las dos partes

contractuales quedará a cargo de contratar y asumir el costo del transporte.

4. Precisar la responsabilidad que cada parte debe asumir en cuanto al costo y trámite de los documentos.

¿Cuáles son las finalidades de los INCOTERMS?

Page 5: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

5. Clarificar cuál de las partes llevará a cabo la contratación del seguro y asumirá el costo del mismo.

6. Puntualizar el momento y el lugar en el que se va a transferir, de vendedor hacia comprador, la responsabilidad sobre la mercancía y asumirá los riesgos de la misma.

¿Cuáles son las finalidades de los INCOTERMS?

Page 6: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

Los INCOTERMS están clasificados en cuatro

grupos principales:

Page 7: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

Grupo E: Este grupo es de Salida

En este grupo sólo se encuentra la cláusula EXW (Ex Works – En Fábrica). El vendedor pone a disposición del cliente, bien sea en la fábrica o almacén del vendedor o en un lugar previamente establecido, la mercancía. Bajo este Incoterm, es el comprador quien asume todos los costos y riesgos de la transacción. Las obligaciones del vendedor se reducen al adecuado empaque de los productos, su respectivo embalaje y el cumplimiento en la entrega de la mercancía, incluyendo la documentación necesaria para la venta.

Page 8: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

Grupo F:

Determina que no es necesario el pago del transporte principal. Dentro de este grupo se incluyen tres cláusulas:

Page 9: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

FCA (Free Carrier–Libre Transportista)El vendedor asume la responsabilidad de entregar la mercancía a la empresa de transporte que haya sido seleccionada por el comprador, previo acuerdo del lugar de entrega. En cuanto a los riesgos, es importante aclarar que la selección del sitio donde se efectúe dicha entrega incide en las obligaciones de ambas partes, puesto que si se escoge el sitio de trabajo del vendedor, éste asume la responsabilidad sobre la mercancía, pero si se realiza en cualquier otro lugar, es el comprador quien asume esta obligación.

Page 10: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

FCA (Free Carrier–Libre Transportista)• Dentro de las obligaciones que establece esta

cláusula para el vendedor están: los costos de exportación y aduana, flete, correcto empaque de la mercancía, embalaje requerido y entrega de la mercancía, lo cual debe incluir la documentación necesaria para realizar la transacción.

• Así mismo, el comprador está en la obligación de cancelar los costos de la mercancía, seguro y gastos de importación. Además, debe pagar los fletes y asumir los gastos de importación y los que se generen por cualquier demora.

Page 11: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

FOB (Free On Board – Libre a Bordo/ Puerto de Carga Convenido):

• En esta cláusula se establece que la responsabilidad que tiene el vendedor sobre la mercancía se termina en el momento en el que ésta pasa la borda de la embarcación, la cual debe estar ubicada en el lugar convenido previamente. A partir de ese momento, todos los riesgos son asumidos por el comprador.

Page 12: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

FOB (Free On Board – Libre a Bordo/ Puerto de Carga Convenido):

• Dentro de las obligaciones que se estipulan para el vendedor están: Asumir los gastos de aduana y exportación, organizar toda la documentación requerida tanto para la venta como para los trámites aduaneros y encargarse del flete desde el almacén hasta el lugar que se acordó para la exportación.

• Por su parte, el comprador debe cancelar el monto de la mercancía y el costo de la importación. Así mismo debe realizar trámites de aduana, cancelar los fletes y seguro, así como los costos que se presenten en caso de que haya alguna demora.

Page 13: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

FAS (Free Along Ship – Libre al Costado del Buque/ Puerto de Carga Convenido):

• La responsabilidad del vendedor finaliza en el momento en el que la carga es ubicada en el costado de la embarcación, a partir de ese instante, es el comprador quien asume los costos por cualquier demora, daño o pérdida de la mercancía.

Page 14: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

FAS (Free Along Ship – Libre al Costado del Buque/ Puerto de Carga Convenido):

• Se determinan, como obligaciones que adquiere el vendedor con esta cláusula, las siguientes: Encargarse de la mercancía, incluyendo la documentación requerida por la misma, pagar el flete hasta el lugar de la exportación, adelantar los trámites de aduana que le corresponden, cancelar los gastos de exportación y asegurarse del correcto empaque y embalaje de la mercancía.

Page 15: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

FAS (Free Along Ship – Libre al Costado del Buque/ Puerto de Carga Convenido):

• En lo que respecta al comprador, sus obligaciones son: Cancelar el costo de los productos y los gastos de importación, asumir el monto por concepto del flete desde el lugar de exportación hasta su destino final, hacerse cargo de los trámites de aduana que le corresponden, pagar los seguros y cualquier gasto que genere cualquier demora que se pueda presentar.

Page 16: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

Grupo C:

• En este grupo se establece el pago del transporte principal y está conformado por las siguientes cláusulas:

Page 17: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CFR (Cost and Freight–Costo y Flete):

• Las condiciones que esta cláusula plantea para el vendedor son similares a las estipuladas en la FOB, la diferencia radica en que la CFR lo obliga a que contrate el espacio dentro del barco, en el cual se transportará la carga, y asuma el valor del flete hasta su llegada al destino. El comprador asume el riesgo desde el momento en que es entregada la mercancía.

Page 18: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CFR (Cost and Freight–Costo y Flete):

• Dentro de las obligaciones asumidas por éste se encuentran: coordinar todo lo referente al flete desde su almacén hasta el lugar de importación, asumir el costo de la exportación, realizar las gestiones que le exige la aduana, organizar debidamente la mercancía, su correcto empaque y documentación requerida.

Page 19: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CFR (Cost and Freight–Costo y Flete):

• El comprador está obligado a adelantar los trámites que le exija la aduana para la importación, cancelar la mercancía y los costos de la importación, encargarse del flete desde el lugar de la importación hasta su destino final y asumir cualquier rubro que se genere por demoras.

Page 20: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CIF (Cost, Insurance and Freight – Costo, Seguro y Flete):

• Implica que el vendedor se hace responsable de la mercancía hasta el momento en el que pasa la borda de la embarcación que lo transportará. Así mismo, debe asumir el costo del flete hasta el puerto previamente acordado.

Page 21: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CIF (Cost, Insurance and Freight – Costo, Seguro y Flete):• En cuanto al seguro, este debe ser pagado por

el vendedor, puesto que cualquier daño que se presente en la mercancía, durante su transporte, es su responsabilidad. Sin embargo, esta cláusula sólo obliga al vendedor a adquirir un seguro mínimo, en caso de que el comprador quiera que la cobertura del seguro sea más amplia, debe acordarlo con el vendedor o adquirirlo por su propia cuenta.

Page 22: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CIF (Cost, Insurance and Freight – Costo, Seguro y Flete):

• El vendedor está obligado, además, a adelantar los trámites de aduana que le competen, organizar toda la documentación requerida para la exportación de su mercancía y cerciorarse de que ésta se encuentre debidamente empacada.

Page 23: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CIF (Cost, Insurance and Freight – Costo, Seguro y Flete):

• Por su parte, el comprador debe asumir el costo de la mercancía y de los gastos de importación, gestionar todo lo que le exige la aduana, hacerse cargo del flete desde el lugar de importación hasta donde sea necesario y asumir cualquier efecto generado por demoras que se puedan presentar.

Page 24: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CPT (Carriage Paid To – Porte Pagado Hasta):

• En esta cláusula, el vendedor hace entrega de la carga a la empresa transportadora de su elección y asumir el costo de transporte hasta el lugar que se ha definido.

Page 25: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CPT (Carriage Paid To – Porte Pagado Hasta):

• A partir del momento de la entrega, es el comprador quien se responsabiliza por cualquier daño en la mercancía.

• La CPT se puede aplicar en cualquier sistema de transporte, incluyendo el multimodal.

• La exigencia, como se ha visto en los casos anteriores, es que el vendedor despache la mercancía para que sea exportada.

Page 26: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CPT (Carriage Paid To – Porte Pagado Hasta):

• En términos de obligaciones, el vendedor debe hacerse cargo del flete desde su fábrica o almacén hasta el lugar de importación, asumir los gastos parciales de la importación y todos los requeridos por la exportación, organizar el adecuado empaque de la mercancía y adelantar todo lo que le exige la aduana.

Page 27: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CPT (Carriage Paid To – Porte Pagado Hasta):

• Para el comprador, esta cláusula estipula como obligaciones el pago de los productos y de los demás gastos de la importación, realizar sus propios trámites aduaneros, coordinar tanto los fletes como los seguros desde el lugar de la importación hasta la planta y asumir las consecuencias que se generen por cualquier demora.

Page 28: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CIP (Carriage and Insurance Paid To – Porte y Seguro Pagado Hasta:

• El vendedor es quien escoge la empresa encargada de transportar la mercancía hasta su lugar de destino y asumir los costos de esta operación. Además, esta en la obligación de adquirir un seguro, el cual debe estar soportado por el comprador, con el fin de cubrir cualquier daño que se presente durante el transporte de la mercancía o incluso la pérdida de la misma.

Page 29: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CIP (Carriage and Insurance Paid To – Porte y Seguro Pagado Hasta:

• Definiendo las obligaciones del vendedor, la CIP establece que éste debe encargarse del empaque de la mercancía, costear, parcialmente, la importación de la carga, encargarse del flete desde su fábrica hasta el lugar de importación, adquirir el seguro desde el lugar de importación hasta el lugar de importación y realizar los trámites que le exige la aduana.

Page 30: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

CIP (Carriage and Insurance Paid To – Porte y Seguro Pagado Hasta:

• Por su parte, el comprador asume los demás gastos de la importación, adelanta los trámites aduaneros que le corresponden, cancelar el valor de la mercancía y los rubros que se generen en caso de que se presente alguna demora y organizar el flete y el seguro desde el punto de importación hasta su destino final.

Page 31: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

Grupo D:

• Este es el grupo de llegada, en el cual, el vendedor es quien asume todos los gastos que requieren para garantizar que la carga llegue a su destino final. A este grupo pertenecen las siguientes cláusulas:

Page 32: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DAF (Delievered at Frontier – Entregado en Frontera o “A mitad de puente”):

• La obligación del vendedor llega hasta el momento en el que la mercancía es entregada en la frontera, sin que pase la aduana del país que está comprando los productos.

Page 33: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DAF (Delievered at Frontier – Entregado en Frontera o “A mitad de puente”):

• Son obligaciones del vendedor: Asumir los gastos de exportación, adquirir un seguro y un flete que tengan una cobertura parcial, hacer entrega de la mercancía con su respectiva documentación, efectuar los trámites de aduana que le corresponden, empacar correctamente la carga y organizar el flete desde su almacén hasta el lugar donde se realizará la exportación.

Page 34: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DAF (Delievered at Frontier – Entregado en Frontera o “A mitad de puente”):

• Con respecto al comprador, éste debe asumir varios gastos, tales como: el costo de la mercancía, el valor de la importación y cualquier rubro adicional causado por demoras. Así mismo, debe encargarse de adquirir el seguro parcial para la carga, adelantar sus trámites de aduana y costear el flete desde el lugar de importación hasta el lugar donde sea requerido, incluyendo el respectivo seguro.

Page 35: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DES (Delivered Ex Ship – Entrega Sobre Buque en Puerto de Destino):

• La indicación de esta cláusula es que el vendedor hace entrega de la carga en la embarcación que la va a transportar, puesto que la exigencia de la DES es que sea por vía marítima, la cual debe estar ubicada en el puerto de destino acordado previamente.

Page 36: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DES (Delivered Ex Ship – Entrega Sobre Buque en Puerto de Destino):

• El vendedor está obligado a costear el flete desde su fábrica o almacén hasta el lugar de importación y los gastos de exportación, realizar todos los trámites que le exija la aduana, hacer entrega de la mercancía con su respectiva documentación y cerciorarse de que esté empacada de manera adecuada. No se puede dejar de lado la adquisición de un seguro, el cual debe cubrir desde el lugar de la exportación al de importación.

Page 37: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DES (Delivered Ex Ship – Entrega Sobre Buque en Puerto de Destino):

• Haciendo referencia a las obligaciones adquiridas por el comprador, éste debe pagar el monto correspondiente a la mercancía, asumir los gastos de la importación, hacerse cargo de los trámites de aduana que le competen, contratar el servicio de acarreo y el seguro, cubriendo desde el lugar de importación hasta el lugar donde es requerida y, finalmente, responder por cualquier demora que se presente.

Page 38: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DEQ (Delivered Ex Quay – Entrega en Muelle de Destino, con Derechos Pagados):

• Con esta cláusula, el vendedor es responsable de poner la mercancía en el muelle acordado, asumiendo todos los riesgos y rubros que se generen con el transporte de la carga desde su almacén hasta el lugar donde se encuentra la embarcación. Por su parte, el comprador debe realizar el despacho de la mercancía, para que esta sea importada, asumiendo todos los gastos y realizando todos los trámites que exija esta transacción.

Page 39: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DEQ (Delivered Ex Quay – Entrega en Muelle de Destino, con Derechos Pagados):

• Puntualmente, las obligaciones del vendedor son: Hacer entrega de la carga, la cual debe incluir la documentación requerida, realizar sus trámites aduaneros, costear el flete desde la fábrica hasta el lugar de la importación, sin dejar de lado la adquisición de un seguro desde el lugar de exportación hasta el de importación, y los gastos de la exportación verificar el adecuado empaque de la mercancía.

Page 40: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DEQ (Delivered Ex Quay – Entrega en Muelle de Destino, con Derechos Pagados):

• Para el comprador, la DEQ estipula como obligaciones: pagar los productos que va a importar, contratar el flete que transportara la carga desde el lugar de importación hasta su almacén o planta, incluyendo el respectivo seguro, asumir el valor de la importación y los rubros que se presenten en caso de demora.

Page 41: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DDU (Delivered Duty Unpaid – Entrega en Destino con Derechos No Pagados):

• El vendedor cumple con todas sus obligaciones en el momento en el que la mercancía llega al lugar convenido de importación, asumiendo los gastos que se generen al transportar la carga hasta este sitio, lo que incluye impuestos, trámites y riesgos.

Page 42: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DDU (Delivered Duty Unpaid – Entrega en Destino con Derechos No Pagados):

• El comprador está obligado a pagar la mercancía y los gastos de importación, responder ante cualquier demora que se presente, costear el flete y el seguro desde el lugar de importación y realizar los trámites aduaneros que le corresponden.

Page 43: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DDU (Delivered Duty Unpaid – Entrega en Destino con Derechos No Pagados):

• Como se mencionó al comienzo, las obligaciones que asume el vendedor, con la aplicación de esta cláusula, son: empacar adecuadamente la mercancía, adelantar sus trámites aduaneros, organizar la mercancía con su debida documentación y contratar el flete desde la fábrica hasta el lugar de la importación, incluyendo el seguro desde el lugar de exportación hasta el de importación.

Page 44: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DDP (Delivered Duty Paid – Entrega en Destino con Derechos Pagados):

• El vendedor está obligado a entregar la mercancía en su lugar de destino final, el cual debe ser acordado previamente.

Page 45: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

DDP (Delivered Duty Paid – Entrega en Destino con Derechos Pagados):

• Lo anterior significa que debe asumir todos los costos, trámites y riesgos que implique la exportación de la carga hasta el país comprador.

• La única obligación que asume el comprador, a través de esta cláusula, es el pago de la mercancía a importar.

Page 46: OPERACIONES DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

¿PREGUNTAS?