P. E. O. U. U.E.-16 PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA EN ...€¦ · ordenación urbanística...
Transcript of P. E. O. U. U.E.-16 PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA EN ...€¦ · ordenación urbanística...
P. E. O. U. U.E.-16
PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA
EN EL AMBITO DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN
U.E.-16
ARRIPAUSUETA.
DURANGO.
PROMOTOR : JUANA MUNICHA URBERUAGA
ARQUITECTOS : CARLOS MAURTUA ORMAECHEA.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA.
MAYO, 2010.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
2
M E M O R I A
PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA P.E.O.U. U.E.-16
AMBITO DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN U.E.-16 ARRIPAUSUETA
DURANGO.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
3
ÍNDICE DE LA MEMORIA
1.1.- ANTECEDENTES 1.1.1.- ENCARGO 1.1.2.- EQUIPO REDACTOR 1.1.3.- SITUACIÓN URBANÍSTICA DEL MUNICIPIO DE DURANGO
1.1.4.- SITUACIÓN ACTUAL DE LA GESTIÓN URBANÍSTICA DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA DEL ÁMBITO DE LA UE-16, ARRIPAUSUETA, DE DURANGO.
1.1.5.- OBJETO DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16,
ARRIPAUSUETA. 1.2.- INFORMACIÓN URBANÍSTICA 1.2.1.- DELIMITACIÓN 1.2.2.- NORMAS PARA EL DESARROLLO DEL P.E.O.U. DE LA U.E.-16, ARRIPAUSUETA. 1.2.3.- ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD. RELACIÓN DE PROPIETARIOS Y PARCELAS
1.3.- DESCRIPCIÓN DE LA ORDENACIÓN 1.3.1.- DESCRIPCIÓN FÍSICA DEL ÁREA. USOS Y EDIFICACIONES EXISTENTES 1.3.2.- BASE TOPOGRÁFICA 1.3.3.- OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN 1.3.4.- JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN PROPUESTA
1.3.4.1. CRITERIOS PARA LA DEFINICIÓN DE LA ESTRUCTURA GENERAL DEL ÁREA
1.3.4.2. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE USOS PORMENORIZADOS DEL ÁREA 1.3.4.3. CRITERIOS DE DISTRIBICIÓN DE LA EDIFICABILIDAD DEL ÁREA
1.3.4.4. ADECUACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN DEL SUELO DEL ÁREA PROPUESTA A LA NORMATIVA VIGENTE
1.3.5.- PARCELAS PRIVADAS RESULTANTES
1.4.- JUSTIFICACIÓN DE LA PROCEDENCIA DE LA REDACCIÓN DEL PRESENTE PLAN ESPECIAL
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
4
1.1.- ANTECEDENTES
1.1.1.- ENCARGO.-
El presente “Plan Especial de Ordenación Urbana de la Unidad de Ejecución UE-16,
ARRIPAUSUETA” se redacta por encargo de Doña Juana Municha Urberuaga,
propietaria de las diversas fincas comprendidas en dicho ámbito, que representan
el 100 % de la superficie total integrante en el Plan Especial de Ordenación
Urbana UE-16, Arripausueta.
Por lo tanto , según la legislación urbanística vigente, Ley 2/2.006, de 30 Junio de
Suelo y Urbanismo, la referida propietaria ostenta la totalidad del suelo, y por ello
pueda llevar adelante la iniciativa de la elaboración y tramitación administrativa
del presente instrumento de ordenación pormenorizada, Plan Especial de
Ordenación Urbana UE-16, Arripausueta.
1.1.2.- EQUIPO REDACTOR.-
El equipo redactor está compuesto por los arquitectos Catalina Hernández
Cardona y Carlos Maurtua Ormaechea con domicilio profesional en Durango, calle
Galtzareta nº 11.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
5
1.1.3.- SITUACIÓN URBANÍSTICA DEL MUNICIPIO DE DURANGO.-
En el término municipal de Durango se encuentra vigente la Segunda Revisión de
las Normas Subsidiarias de Planeamiento, aprobadas definitivamente por las
Órdenes Forales 676/2003 de 12 de septiembre y 76/2005 de 14 de enero,
dictadas por el Departamento de Relaciones Municipales y Urbanismo de la
Excma. Diputación Foral de Bizkaia, publicada su normativa en el B.O.B. nº 77 de
25 de abril de 2005.
Dicho planeamiento delimita el ámbito comprendido dentro de la denominada
Unidad de Ejecución UE-16, Arripausueta, en una superficie de 18.596 m2. (que
según medición reciente son 18.787 m2.), con la clasificación de suelo urbano y
con la calificación de residencial, con el uso de vivienda como uso predominante.
1.1.4.- SITUACIÓN ACTUAL DE LA GESTIÓN URBANÍSTICA DEL PLAN
ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA DEL ÁMBITO DE LA UE-16,
ARRIPAUSUETA, DE DURANGO.-
Hacia finales de 2008 este equipo redactor junto con el letrado D. Javier Navarro
Unamunzaga, reciben el encargo de elaborar un Proyecto de Reparcelación de
Propietario único para el ámbito que nos ocupa.
Dicha reparcelación da continuidad a las distintas fases de la gestión urbanística
de la U.E-16, Arripausueta, en base a la Ordenación urbanística contenida en las
NNSS de Durango.
De los diversos contactos con los Organismos Públicos involucrados surge una
problemática inesperada:
• La existencia de un “Plan de Encauzamiento del Río Ibaizabal a su
paso por los TTMM de Iurreta y Durango” elaborado por la empresa
de ingeniería Fulcrun por encargo del Departamento de Ordenación
del Territorio y Medio Ambiente, del Gobierno Vasco.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
6
Las necesidades de suelo para el dominio público hidráulico que plantea dicho Plan
hacen inviable la ordenación urbanística de la U.E.-16 / Arripausueta tal y como
está concebida en las NNSS. De Durango.
A este respecto cabe indicar que dichas Normas Subsidiarias cuentan con la
Aprobación Definitiva correspondiente y para ello, con el informe favorable de la
Comisión de Ordenación del Territorio y la dirección de Aguas de dicho
departamento en el EXPEDIENTE 2HI-036/03-P05 se refiere a Arripausueta en
estos términos:
El Sector Arripausueta (2,78 Has) linda al norte con el Río Ibaizabal.
Se indica que se deberán acondicionar las rasantes por encima de la cota
de inundabilidad ( T=500 años ) que se establece en 112,61 m. (Apart.2.
Consideraciones).
En el Sector Arripausueta la cota de inundabilidad no es constante, varía
de oeste a este, entre los 112m y 113 m. (Apart. 3. Propuesta de
Informe).
Sin embargo no se realiza ninguna referencia respecto a la propuesta de
Ordenación de las referidas NNSS.
Analizado ahora el Plan de Encauzamiento, observamos que se superpone con la
ordenación urbanística contenida en las NNSS de manera que se retira respecto al
río existente y de este a oeste, 40 m y 30 m respectivamente.
De este modo las edificaciones contempladas deben retirarse 19 m y 10 m en la
trayectoria este oeste del Río Ibaizabal.
En definitiva la ordenación urbanística de las NNSS en el ámbito de la U.E.-16 /
Arripausueta se hace inviable.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
7
Por ello, se hace necesaria una modificación de dicha ordenación, que plantee
una alternativa que:
- Respete las exigencias del Plan de Encauzamiento del Río Ibaizabal.
- Respete los aprovechamientos urbanísticos contemplados en las NNSS
de Durango.
1.1.5.- OBJETO DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA DEL
ÁMBITO DE LA UE-16, ARRIPAUSUETA.-
El presente documento desarrolla el P.E.O.U. de la Unidad de Ejecución U.E.-16 /
Arripausueta que comprende un ámbito del suelo urbano del municipio de
Durango.
El objetivo del presente Plan Especial de Ordenación Urbana es la realización de
una nueva propuesta urbanística que permita compatibilizar:
• Los intereses municipales:
Manteniendo las previsiones de las NNSS en cuanto a la
continuación del eje viario de Landako, la creación de una parcela
de equipamiento, la propuesta de una parcela para la construcción
de viviendas de VPO que también, como en el caso anterior,
respeta la prevista en las NNSS. Y por último la construcción , al
norte del ámbito, entre el eje viario y el Río Ibaizabal de las
parcelas destinadas a viviendas libres (con sus servicios auxiliares
y suelo destinado a uso terciario y comercial).
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
8
• Los intereses Sectoriales de Organismos Supramunicipales, en este
caso, URA, Agencia Vasca del Agua:
Respetando para ello las previsiones contempladas en el Plan de
Encauzamiento reelaborado en el año 2008 por la empresa de
ingeniería FULCRUN.
• Los intereses privados:
En este caso de la única propietaria de los terrenos que conforman
el presente ámbito: Doña Juana Municha Urberuaga.
En la propuesta del presente Plan Especial de Ordenación Urbana
se respetan los derechos edificatorios y dentro de las limitaciones
resultantes por la presencia de los distintos intereses encontrados,
se propone una solución urbanística que se integra en el entorno
urbano que le rodea.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
9
1.2.- INFORMACIÓN URBANÍSTICA
1.2.1.- DELIMITACIÓN.-
El ámbito del presente Plan Especial está situado en el límite nor-este del núcleo
urbano residencial del municipio de Durango. Sus límites son los siguientes:
NORTE - Río Ibaizabal, que se interpone entre los términos municipales
de Durango e Iurreta.
SUR - Suelo urbano, Equipamiento Deportivo del Sector del P.P. de
Faustebekoa.
ESTE - Parcela de Viveros Areitio, en el Término municipal de
Abadiño.
OESTE - En la zona norte Verde Urbano entre la Unidad de Ejecución y
las Instalaciones Educativas Municipales de Educación Vial, y
dos edificios residenciales en la zona sur, que pertenecen al
barrio de Landako.
1.2.2.- NORMAS PARA EL DESARROLLO DEL P.E.O.U. de la U.E.-16_____
ARRIPAUSUETA.-
En la revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Durango, en el área
correspondiente a la Unidad de Ejecución UE-16, Arripausueta, vigente y de
aplicación a dicho ámbito, la redacción dada al artículo 2.3.16, que forma parte
del Título II, NORMAS ESPECÍFICAS, Capítulo III, NORMAS PARA EL
DESARROLLO DE LAS UNIDADES DE EJECUCIÓN DELIMITADAS EN EL SUELO
URBANO, establece los siguientes parámetros urbanísticos:
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
10
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
11
Artº 2.3.16 UNIDAD DE EJECUCION Nº 16. ARRIPAUSUETA.
SITUACION: Arripausueta, Río Ibaizabal, límite con Abadiño.
CLASIFICACION
DE SUELO:
Urbano.
CALIFICACION: Edificación Abierta.
ORDENACION:
• Procede de la extensión de suelo urbano hasta el límite del
término municipal por el este.
• Cota inundabilidad variable entre 112 y 113 m según P.T.S.
• Ordenación mediante tres bloques, dos de ellos en forma de U que
conforman una plaza pública y un tercero alineado por el este, y
situado al sur de la prolongación de Landako Etorbidea, como figura
en el plano de normativa.
• Uso residencial en todas las plantas, salvo en el ala sur del bloque
1, que dispone también de soportales de comunicación entre la
plaza y los juegos infantiles situados al oeste de la Unidad.
• Parcelas privadas vinculadas a las edificaciones según grafía,
pudiendo ocuparse bajo la rasante los suelos privados libres de
edificación y los calificados TP.
• Bloque 1: 44 viv. de promoción libre.
Bloque 2: 50 viv. de promoción libre.
Bloque 3: 50 viv. de de protección oficial.
• Remate del parque lineal de ribera del Ibaizabal y cesión de solar
para equipamiento C.A.
GESTION
URBANISTICA:
• Sistema de Actuación: Compensación de propietario único.
• Redacción y aprobación del proyecto de urbanización de la Unidad
de Ejecución.
• Urbanización de la Unidad de acuerdo con el proyecto aprobado.
• La cesión al Ayuntamiento del 10% de aprovechamiento libre de
cargas de urbanización, se materializará en la parcela de viviendas
de protección oficial.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
12
Nos encontramos con la tipología edificatoria de vivienda colectiva en edificación
abierta, cuya ordenanza y normas específicas ya figuran establecidas en las
vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento de Durango.
Por lo tanto:
• Con respecto a la vivienda colectiva de tipología abierta es de aplicación
el Capítulo V “Normas Específicas de las Zonas Residenciales en
edificación abierta (E.A)”, artículos 2.5.1 al 2.5.4.
1.2.3.- ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD. RELACIÓN DE PROPIETARIOS Y
PARCELAS.-
Dentro del ámbito del presente expediente la totalidad de las fincas pertenecen al
dominio privado. La relación de las fincas afectadas, su dimensión, su referencia
catastral y titularidad, se corresponde con la que a continuación se reseña, amen
de reflejarse en el correspondiente plano parcelario de INFORMACIÓN I-4.
Nº FINCA
PROPIETARIO
SUP. M2. CON APROVECHAMIENTO
URBANÍSTICO.
1
JUANA MUNICHA URBERUAGA
5.392,28
2
JUANA MUNICHA URBERUAGA
5.509,68
3
JUANA MUNICHA URBERUAGA
6.656,00
4
JUANA MUNICHA URBERUAGA
1.129,04
SUPERFICIE TOTAL DEL AMBITO DE LA UE-16 ARRIPAUSUETA.
18.787,00 M2.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
13
1.3.- DESCRIPCIÓN DE LA ORDENACIÓN
1.3.1.- DESCRIPCIÓN FÍSICA DEL ÁREA. USOS Y EDIFICACIONES
EXISTENTES.-
El ámbito de la UE-16 ARRIPAUSUETA está perfectamente delimitado en los
planos de la propia Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de
Durango, en concreto, en los planos V.1.5, “CLASIFICACIÓN DEL SUELO. ESTADO
MODIFICADO” y O.6-3 Y O.6-6 “NORMATIVA, CALIFICACIÓN Y ORDENACIÓN
PORMENORIZADA”.
Este suelo está limitado por el Río Ibaizabal al Norte, el término municipal de
Abadiño al este, las instalaciones del Gimnasio Open Klub al sur y una zona de
verde urbano junto a las Instalaciones municipales de Educación vial y edificios
residenciales, al oeste.
De acuerdo con el plano parcelario y el topográfico de la Modificación Puntual de
Normas antes mencionada, el terreno delimitado tiene una extensión de
18.787,00 m2.
Se trata de unos terrenos con forma casi rectangular, con ligera pendiente
ascendente en dirección norte sur.
Actualmente se destinan a plantaciones de arbustos y pequeños árboles dentro de
las instalaciones de Viveros Areitio S.A.
Junto al río, a lo largo de la orilla de éste, crece la característica vegetación de
ribera, en buen estado.
No existen edificaciones dentro del ámbito. Tampoco hay constancia de
infraestructuras que discurran por el mismo.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
14
1.3.2.- BASE TOPOGRÁFICA.-
Para la redacción del P.E.O.U. Nº 4, Artabilla, se ha utilizado la base topográfica,
facilitada por el Ayuntamiento de Durango así como la realizada por la empresa
de topografía “INFORLUR, S.L.”, con domicilio en Eitua 50 industrialdea, del
municipio de Berriz, en Bizkaia, con el grado de detalle correspondiente a la
escala 1:500 y en soporte informático.
1.3.3.- OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN.-
El objetivo de la presente ordenación es:
- Mantener la estructura viaria prevista en las NNSS de Durango.
- Mantener la parcela de equipamiento prevista en las NNSS de
Durango.
- Mantener la configuración ( alineaciones, rasante y alturas ) de la
parcela para viviendas de VPO prevista en las citadas NNSS de
Durango.
- Reordenar las parcelas y los edificios destinados a viviendas de
régimen “libre” teniendo en cuenta la limitación que crea el
mencionado Plan de Encauzamiento del Río Ibaizabal.
Respetando el aprovechamiento urbanístico asignado y creando tres
edificios, paralelos entre sí y perpendiculares a la directriz del eje
viario y del río Ibaizabal.
Es decir, tres edificios que se alinean según el eje norte-sur, según la
calificación de “Edificación Abierta” que se recoge en las propias NNSS
de Durango y para los que se establecen las ocupación máxima
posible.
El perfil edificatorio previsto de los mismos es PB + 5 + A.
Se permitirá la realización, bajo rasante, de un garaje comunitario que
englobe las tres parcelas previstas.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
15
El contenido del presente P.E.O.U. viene definido por los artículos 69 y 70 de la
vigente Ley del Suelo y Urbanismo del País Vasco ( Ley 2/2006, de 30 de junio ).
El contenido de los citados artículos es el siguiente:
• Artículo 69.- Ámbito y contenido de los planes especiales.
1- Los planes especiales establecen la ordenación, según los casos para
el término municipal completo o parte del mismo, comprendiendo
una o varias clases de suelo, o para el ámbito concreto o área
definida por el planeamiento general o que el propio plan delimite, en
coherencia con su objeto.
2- La ordenación propia de los planes especiales se establece mediante
las determinaciones necesarias para su objeto específico, en los
términos que disponga, en su caso, el correspondiente plan general.
3- Las determinaciones del plan especial se formalizarán en documentos
similares que son previstos para el plan parcial, si bien ajustando su
contenido a su propio objeto, junto con la documentación exigida por
la normativa de evaluación de impacto ambiental cuando dichos
planes afecten en todo o en parte al suelo clasificado como no
urbanizable.
• Artículo 70.- Plan especial de ordenación urbana.
El plan especial de ordenación urbana tiene por objeto desarrollar la
ordenación estructural del plan general mediante el establecimiento de la
ordenación pormenorizada de aquellas áreas de suelo urbano para las que
el plan general permite diferir dicha ordenación. El plan especial de
ordenación urbana podrá ser así mismo utilizado para modificar la
ordenación pormenorizada del suelo urbano contenida en la documentación
del plan general.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
16
Por lo tanto, el presente Plan Especial de Ordenación Urbana tiene los siguientes
objetivos:
• Crear un núcleo residencial, manteniendo el espíritu de las NNSS donde
se configura:
- Una parcela de equipamiento público. ( Se respeta la
anteriormente prevista en las NNSS aumentando su tamaño).
- Una parcela para viviendas VPO. ( Se respeta la anteriormente
prevista en las NNSS ).
- Tres parcelas para viviendas en régimen libre. ( Se respetan los
aprovechamientos urbanísticos contemplados en las NNSS ).
• Respetar la vialidad prevista en las NNSS con ligeros ajustes en las
secciones de las calzadas.
• Respetar las zonas verdes contempladas en las NNSS.
• Crear una importante reserva de suelo para cederla al dominio público
hidráulico.
En su conjunto, se respetan las directrices de las NNSS y se realizan los ajustes
necesarios debido a las limitaciones que la nueva situación genera.
La nueva Ordenación propuesta se concreta en las siguientes fichas urbanísticas:
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
17
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
18
Artº 2.3.16 UNIDAD DE EJECUCION Nº 16. ARRIPAUSUETA.
SITUACION: En Arripausueta, junto al Río Ibaizabal ( al norte), en el límite con Abadiño.
CLASIFICACION
DE SUELO:
Urbano.
CALIFICACION: Edificación Abierta.
ORDENACION:
• Procede de la extensión de suelo urbano hasta el límite del término municipal por
el este.
• Rasante para las plantas bajas: 115,10.
( Cota de inundabilidad: variable entre 112 y 113 m según P.T.S. )
• Ordenación mediante cuatro bloques, tres de ellos colocados según el eje norte
sur, paralelos entre sí, y el cuarto alineado por el este, y situado al sur de la
prolongación de Landako Etorbidea, como figura en el plano de normativa.
• Uso residencial en todas las plantas de los bloques A, salvo en el ala sur de los
mismos, en cuyas plantas bajas se podrá alojar, además, un uso terciario o
comercial.
• Uso residencial en todas las plantas del bloque B (VPO).
• Siempre que se habiliten viviendas en P. Baja, el espacio entre la fachada (que
aloje los huecos para iluminación natural) y el límite de la parcela privada será,
como mínimo, de tres metros.
• Parcelas privadas vinculadas a las edificaciones según grafía, pudiendo ocuparse
bajo la rasante los suelos privados libres de edificación y los calificados TP.
• Edificación s / rasante:
Bloque A-1: 3.242,12 M2 edif. Viviendas de promoción libre.
414,00 M2 edif. Uso comercial-terciario.
Bloque A-2: 3.656,11 M2 edif. Viviendas de promoción libre.
Bloque A-3: 3.656,11 M2 edif. Viviendas de promoción libre.
Bloque B-1: 4.437,00 M2 edif. Viviendas de protección oficial.
• Remate del parque lineal de ribera del Ibaizabal y cesión de solar para
equipamiento C.A.
GESTION
URBANISTICA:
• Sistema de Actuación: Concertación de propietario único.
• Redacción y aprobación del proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución.
• Urbanización de la Unidad de acuerdo con el proyecto aprobado.
� Redacción de un Estudio de Detalle para los supuestos de:
reasignación de usos (terciario, comercial o dotacional) en los distintos edificios sin
que para ello, en ningún caso, disminuya el aprovechamiento urbanístico asignado
a las viviendas de protección oficial.
• La cesión al Ayuntamiento del 15% de aprovechamiento libre de cargas de
urbanización, se materializará en la parcela de viviendas de protección oficial.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
19
1.3.4.- JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACION PROPUESTA.-
1.3.4.1.- CRITERIOS PARA LA DEFINICION DE LA ESTRUCTURA GENERAL
DEL ÁREA.-
El ajuste que se propone será respetuoso en sus trazas generales con la
Ordenación de las NNSS. De tal forma que:
• La ordenación se realizará mediante cuatro bloques, tres de
ellos en paralelo, conformando dos espacios privados de uso
público para juegos entre ellos y un cuarto edificio alineado por
el este, situado al sur de la prolongación de Landako
Etorbidea, en su extremo.
• Se propone un uso residencial en todas las plantas, salvo en
el bloque A-1 que en planta baja dispone de una zona
comercial, y soportales de comunicación entre las espacios
privados y la zona verde situada al oeste de la Unidad y en el
Bloque B-1 en cuya planta Baja, se dispone una zona
comercial.
• Se proponen las parcelas privadas vinculadas a las
edificaciones según grafía, pudiendo ocuparse bajo la rasante
los suelos privados libres de edificación y los calificados TP.
• Bloque A –1 : viviendas de promoción libre.
Bloque A –2 : viviendas de promoción libre.
Bloque A –3 : viviendas de promoción libre.
Bloque B –1 : viviendas de protección oficial.
• Se creará del parque lineal de ribera del Ibaizabal y Cesión de
un solar para equipamiento CA.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
20
1.3.4.2.- CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE USOS PORMENORIZADOS DEL
ÁREA.-
La superficie total del ámbito es de 18.787 m2. La totalidad de esta superficie
tiene aprovechamiento urbanístico, según lo especificado con anterioridad en este
mismo documento.
La superficie de reserva de suelo destinada para dotaciones públicas tiene un total
de 13.546,04 m2. De estos, 3.817,02 m2 se reservan para el sistema viario y la
superficie de reserva de suelo de espacios libres con el carácter de sistema local
de dominio y uso público es de 6.290,44 m2.
Se reservan 3.438,58 m2 para equipamiento público municipal en la red de
sistemas locales.
Los 5.240,96 m2 restantes de suelo se reservarán para suelo privado.
La superficie calificada como parcelas privadas para edificación residencial es
5.240,96 M2.
Son las siguientes:
PARCELA REGIMEN DE LAS VIVIENDAS COLECTIVAS SUPERFICIE PARCELA
A-1
A-2
A-3
B-1
VIVIENDAS REGIMEN LIBRE
VIVIENDAS REGIMEN LIBRE
VIVIENDAS REGIMEN LIBRE
VIVIENDAS REGIMEN VPO
1.204,30
1.408,20
1.232,40
1.396,06
TOTAL PARCELAS PRIVADAS
5.240,96
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
21
1.3.4.3.- CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE LA EDIFICABILIDAD DEL
ÁREA.-
La edificabilidad asignada por las NNSS a la Unidad de Ejecución U.E.-16 /
ARRIPAUSUETA es 0,82 M2/M2. Teniendo en cuenta que la superficie total del
ámbito es 18.787 M2. la superficie de techo edificable es 15.405,34 M2.
Respetando el espíritu de las NNSS la distribución de los aprovechamientos en las
distintas parcelas es el siguiente:
PARCELAS
RESIDENCIAL
VIV. COLECTIVA
SUPERFICIE PARCELAS
SUPERFICIE EDIFICABLE
RESIDENCIAL / TERCIARIO
COMERCIAL
OCUPACIÓN MAXIMA
A-1 (LIBRE) 1.204,30 M2 3.242,12 M2 414,00 M2 646,00 M2
A-2 (LIBRE) 1.408,20 M2 3.656,11 M2 - 646,00 M2
A-3 (LIBRE) 1.232,40 M2 3.656,11 M2 - 646,00 M2
B-1 (V.P.O)
1.317,25 M2
4.437,00 M2
-
795,00 M2
5.162,15 M2 14.991,34 M2 414,00 M2 2.733,00 M2
El perfil edificatorio asignado a los distintos edificios es:
PB + 5 + A en los edificios para vivienda libre
PB + 5 + A en el edificio para viviendas VPO.
De modo orientativo podemos establecer que con los aprovechamientos asignados
a cada tipología, el número resultante de viviendas es:
Viviendas libres:
10.554,34 M2 edif. : 110 M2/viv. = 96 VIVIENDAS.
Viviendas VPO:
4.437,00 M2 edif. : 80 M2/viv. = 55 VIVIENDAS.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
22
Este número de viviendas podrá incrementarse en función de las tipologías de
viviendas que se diseñen y la superficie de las mismas.
El aprovechamiento urbanístico asignado a las viviendas protegidas mantiene la
proporción que plantean las actuales N.N.S.S. de Durango.
En la Ordenación urbanística actual:
M2. de edificabilidad VPO / M2. edificabilidad total = Proporción.
4.366,68 M2. / 15.262,29 M2. = 28,61 %
Con la nueva propuesta:
4.437,00 M2. / 15.405,34 M2. = 28,80 %
El edificio que se propone para alojar las viviendas VPO tiene un exceso de cabida.
Debido a su situación junto a la parcela de equipamiento municipal podría resultar
de interés para el Ayto. de Durango alojar en la planta baja del nuevo edificio que
se plantea algún módulo dotacional, siempre que no se alteren los parámetros
urbanísticos del edificio que plantea el presente P.E.O.U.
Si se propone dicho módulo dotacional, será necesario redactar un Estudio de
Detalle que defina de modo preciso la solución arquitectónica derivada de tal
propuesta.
Así mismo, la planta baja del nuevo edificio propuesto podría alojar algún tipo de
Uso Terciario o comercial, de carácter privado.
Para ello sería, igualmente, necesario la redacción de un Estudio de Detalle que
reasigne aprovechamientos urbanísticos sin menoscabo, en ningun caso, de los
asignados a las viviendas de protección oficial.
Siempre que en planta baja se aloje un uso comercial o terciario, el espacio físico
existente entre éste y el límite de propiedad, de titularidad privada, se incorporará
al úso público en continuidad funcional con las aceras circundantes.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
23
1.3.4.4.- ADECUACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN DEL SUELO DEL ÁREA
PROPUESTA A LA NORMATIVA VIGENTE.-
Límites de la edificabilidad física.
Como ya se ha expuesto en epígrafes anteriores, la edificabilidad máxima sobre
rasante determinada en la presente propuesta es de 0,82 m2/m2 idéntica a la
establecida por las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Durango para esta
Unidad de Ejecución.
Cesiones de suelo para dotaciones públicas.
La ordenación urbanística que contiene la presente propuesta respeta el espíritu
de las NNSS de manera que el resultado final incrementa ligeramente los
suelos que han de pasar a dominio público.
El análisis más detallado de las necesidades viarias lleva como resultado un
ajuste de las secciones de los viales reduciéndose la superficie destinada a este
sistema local , sin embargo, con los espacios verdes ocurre todo lo contrario:
Mantener el espíritu de las NNSS y respetar, además los condicionantes
impuestos por el Plan de Encauzamiento del Río Ibaizabal conlleva un
incremento de la reserva del sistema local de espacios verdes.
El cuadro comparativo del contenido de ambas propuestas es el siguiente:
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
24
PROPUESTA
NNSS
PROPUESTA
P.E.O.U.
Superficie total delimitada
RESERVA DE SUELO PARA DOTACIONES PUBLICAS
- SIST. VIARIO
- SIST. ESPACIOS VERDES
RESERVA DE SUELO PARA EQUIPAMIENTO C.A.
18.596 M2
13.111,00 M2
5.764,60 M2
4.502,90 M2
2.843,50 M2
18.787 M2
13.546,04 M2
3.817,02 M2
6.290,44 M2
3.438,58 M2
1.3.5.- PARCELAS PRIVADAS RESULTANTES.-
Las formas y superficies de las parcelas privadas resultantes, del ámbito del
PEOU, son consecuencia de las determinaciones de las NNSS y el condicionante
que impone el Plan de Encauzamiento del Río Ibaizabal tantas veces
mencionado en este documento.
Para completar la ordenación de este Plan Especial se ha previsto, en cada
parcela, una edificación según los criterios del CAPITULO V del TITULO II de las
NNSS: Normas especificas de las zonas residenciales en “Edificación abierta” con
las limitaciones que los parámetros edificatorios de este P.E.O.U. establecen.
Las alineaciones sobre rasante y bajo rasante que figuran en la documentación
gráfica tienen carácter de máximos ya que dentro de los límites de cada parcela
tienen cabida, con cierta holgura, los aprovechamientos correspondientes
asignados.
CATALINA HERNANDEZ CARDONA - CARLOS MAURTUA ORMAECHEA, Arquitectos MAYO de 2010
_______________________________________________________________________________________________________________________ PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN URBANA UE-16 , ARRIPAUSUETA. DURANGO.
25
1.4.- JUSTIFICACIÓN DE LA PROCEDENCIA DE LA REDACCIÓN DEL
PRESENTE PLAN ESPECIAL
Como consecuencia de las importantes limitaciones que supone la adecuación de
las previsiones de las NNSS para el ámbito de la UE-16 / ARRIPAUSUETA el Plan
de Encauzamiento del Río Ibaizabal es preciso reordenar todo el ámbito referido.
El Plan especial de Ordenación Urbana es el instrumento de planeamiento de
ordenación pormenorizada adecuado según establece la propia Ley 2/2006: Ley
del suelo y Urbanismo del País Vasco.
Durango, Mayo de 2.010
Los arquitectos:
Catalina Hernández Cardona
Carlos Maurtua Ormaechea