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Epoca 6a. Villa hermosa, Tabasco No. 26216 PERIOBIC OFICIAL ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO L1BRiE Y SOBERANO DE TABASCO. PUBLICADO BAJO LA DIRECCION DE LA 5ECR;ARIA DE GOBIERNO Registrado como correspondencia de segunda cla e con fecha 17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Caracter tícas 11282816 7043 6 DE MARZO DE 2010! JUICIO ORDINARIO CIVIL DE USUCAPiÓN A QUIEN CORRESPONDA.- PRESENTE. En el expediente número 519/2005, relativo JI Juicio Ordinario Civil de Usucapión pr9movido por MARIA LUISA MATEO GONZÁL~Z, . en co,ntra de GREGaRIO GARCIA ABURTO y FRANCISCA LOZADA RODRIGUEZ, REGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COME~CIO DE ESTA JURISDICCiÓN, se dictó una resolución el diecisiete de junio de dos mil nueve que copiado a la letra dicen: SENTENCIA DEFINITIVA JUZGADO CIVIL qE PRIMSRA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDléI~L DEL ESTADO, -TENOSIQUE DE PINO SUAREZ, ESTADO DE TABASCO, REPUBYICA MEXICANA, JUNIO DIECISIETE DEL DOS MIL OCHO. VISTOS, para resolver en definitiva, los autos que íntegr n el expediente número 519/2005, relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL DE USUCA IÓN, promovido por MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ, en contra de GREGaRIO G RcíA ABURTO, FRANCISCA LaZADA RODRíGUEZ y REGISTRADOR L1CO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL MUNICIPIO DE EMI lA NO ZAPATA, TABASCO, y; RESULTANDO 1. Mediante escrito recibido en este Juzgado, el dieciocho d octubre del dos mil cinco, MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ, demandó en la vía ord naria civil, Juicio de Usucapión, en contra de GREGORIO GARCíA ABURTO, FRA CISCA LOZADA RODRíGUEZ y REGISTRADOR PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO

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Epoca 6a. Villa hermosa, Tabasco

No. 26216

PERIOBICOFICIALORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL GOBIERNOCONSTITUCIONAL DEL ESTADO L1BRiEY SOBERANO DE TABASCO.

PUBLICADO BAJO LA DIRECCION DE LA 5ECR;ARIA DE GOBIERNORegistrado como correspondencia de segunda cla e con fecha17 de agosto de 1926 DGC Núm. 0010826 Caracter tícas 11282816

70436 DE MARZO DE 2010!

JUICIO ORDINARIO CIVIL DE USUCAPiÓN

A QUIEN CORRESPONDA.-PRESENTE.

En el expediente número 519/2005, relativo JI Juicio OrdinarioCivil de Usucapión pr9movido por MARIA LUISA MATEO GONZÁL~Z, . en co,ntra deGREGaRIO GARCIA ABURTO y FRANCISCA LOZADA RODRIGUEZ,REGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COME~CIO DE ESTAJURISDICCiÓN, se dictó una resolución el diecisiete de junio de dos mil nueve quecopiado a la letra dicen:

SENTENCIA DEFINITIVA

JUZGADO CIVIL qE PRIMSRA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDléI~L DEL ESTADO,-TENOSIQUE DE PINO SUAREZ, ESTADO DE TABASCO, REPUBYICA MEXICANA,JUNIO DIECISIETE DEL DOS MIL OCHO.

VISTOS, para resolver en definitiva, los autos que íntegr n el expedientenúmero 519/2005, relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL DE USUCA IÓN, promovidopor MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ, en contra de GREGaRIO G RcíA ABURTO,FRANCISCA LaZADA RODRíGUEZ y REGISTRADOR PÚ L1CO DE LAPROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL MUNICIPIO DE EMI lA NO ZAPATA,TABASCO, y;

RESULTANDO

1. Mediante escrito recibido en este Juzgado, el dieciocho d octubre del dosmil cinco, MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ, demandó en la vía ord naria civil, Juiciode Usucapión, en contra de GREGORIO GARCíA ABURTO, FRA CISCA LOZADARODRíGUEZ y REGISTRADOR PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO

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2 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

DEL MUNICIPIO E EMILlANO ZAPATA, TABASCO, reclamándoles las prestacionesque obran eh su scrito inicial de demanda, mismas que por economía procesal setienen por transe itas como si a la letra se insertaren, para los efectos legalesconducentes.

2. Por auto de fecha treinta y uno de ese mismo mes y año, se dio entrada ala demanda en 131 vía y forma propuesta y con las copias simples de la demanda ydocumentos que se acompañaron, se ordenó correr traslado a los demandados, yemplazarlos a juiqio para que dentro del término de nueve días hábiles produjeran sucontestación, refiriéndose a las prestaciones y a cada uno de los hechos aducidos porel actor en su demanda, confesándolos o negándolos y expresando los que ignore por

-no ser propios, a~í también, se les requiriera para que señalaran domicilio para oír yrecibir citas y notí icaciones en esta ciudad, apercibidos que en caso de no hacerlo lassubsecuentes noti icaciones, aun las de carácter personal, les surtirían efectos a travésde la lista que se fijara en los tableros de avisos de este Juzgado.

3. Mediante diligencia de fecha veintidós de junio del año dos mil siete, laactuario Judicial adscrita al Juzgado Mixto de Primera Instancia del municipio deEmiliano Zapata, Tabasco, practicó la diligencia de emplazamiento con el demandadoREGISTRADOR J!>ÚBLlCO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, entendiendo ladiligencia con el ciudadano CARLOS MARIO OROPEZA CORREA, en su domlciíioseñalado en autos, por lo que a través de el se les corrió traslado y se les emplazó ajuicio para que dentro del término de nueve días más uno den razón de la distancia,diera contestacióri a la demanda y así mismo se le requiere para que señalara domiciliopara oír y recibir citas y notificaciones apercibido que de no hacerlo las subsecuentes lesurtirán sus efectfs por medio de la lista que se fije en los tableros de avisos de estejuzgado. .

I

4. Por auto de fecha diez de agosto del dos mil siete, se tuvo por perdido elderecho a los demandados GREGORIO GARCíA ABURTO, FRANCISCA LOZA DARODRíGUEZ y f1.EGISTRADOR PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIODEL MUNICIPIO DE EMILlANO ZAPATA, TABASCO, para contestar la demandainstaurada en sur' contra, por lo que se les declaró en rebeldía y se les tuvo porcontestada la demanda en sentido negativo, así también se les' tuvo por domicilioseñalado para recibir toda clase de citas y notificaciones, las listas fijadas en lostableros de aviso del Juzgado; de igual forma se señaló fecha para la celebración de laaudiencia previa de conciliación.

5. M diante diligencia del cinco de septiembre del dos mil siete, se llevó aefecto la audiencia previa y de conciliación, con la asistencia de la parte actora MARIALUISA MATEO G NZÁLEZ, de la conciliadora judicial adscrita de este Juzgado, no asílos demandados REGORIO GARCíA ABURTO FRANCISCA LOZADA RODRíGUEZy REGISTRADOFt PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO del municipio deErniliano Zapata. Tabasco, de igual forma se abrió el periodo de ofrecimiento depruebas por el término de diez días comunes a las partes.

60 conieCha cuatro de octubre del mismo año, se tuvo a la parte actora porexhibiendo en tie. -,po y forma pruebas de su parte, no así de los demandados a quienesse les dio por per ido ese derecho, de igual forma se declaró precluído el término para

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 3

su ofrecimiento, por lo que se admitieron las pruebas ofrecidas y se s~ñaló fecha parala audiencia de pruebas y alegatos, I

7. El veintinueve de enero del dos mil ocho, se llevó a efectoila audiencia depruebas y alegatos, contando con ,la comparecencia de I~ parte act~ra, el abogadopatrono de la parte actora, sus testigos propuestos, no aSI las partesfdemandadas, apesar de encontrarse legalmente notificados; desahogadas las p uebas que seencontraban preparadas, se señaló fecha para la conclusión de dicha a diencia.

8. El siete de mayo del año dos mil ocho, se llevó a efecto la bontinuación dela audiencia de pruebas y alegatos, contando con la comparecencia del abogadopatrono de la parte actora, no así las partes demandadas, a pesar ·Ide encontrarselegalmente notificados; para el desahogo de los alegatos, por lo que se les concedió untérmino de cinco días para exhibir sus conclusiones por escrito. !

i

9. En acuerdo del veintiséis de febrero del actual, se tuvol por perdido elderecho a las partes, para que exhibieran sus conclusiones dentro deqtérmino que seles dio para hacerlo. I

I

I

10. Finalmente por acuerdo del diez de junio del año en cu~so, se citó a lapartes para oír sentencia definitiva, misma que hoy se pronuncia y;.

CONSIDERANDOI

1. Este Juzgado es competente para conocer y resolver la presentecontroversia de conformidad con los artículos 16, 18, 28 fracción 111, del Código deProcedimientos Civiles en vigor, .Y39 de la Ley Orgánica del Poder JUdi+al del Estado.

11. La actora MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ, promtvi6 en la víaOrdinaria Civil .Julcio de Usucapión ¡ basándose substancialmente en ¡los hechos queobran en su escrito inicial de demanda, mismos que por economía procesal se tienenpor transcritos como si a la letra se insertaren, para los efectos legales cFnducentes, loscuales se encuentran visibles a foja dos a la cuatro de autos. ,

• I

Los demandados GREGaRIO GARcíA ABURTO, FRANciSCA LaZADARODRíGUEZ y REGISTRADOR PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y D$L COMERCIODEL MUNICIPIO DE EMILlANO ZAPATA, TABASCO, fueron debidamenteemplazados a juicio como consta en autos, I

111. La actora MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ para justificar suspretensiones, en términos del artículo 240 del Código de Procedimientos Civiles envigor, desahogó I?s siguientes medios de prueba:

A) Confesional a cargo del demandado GREGaRIO GAR<¡;íA ABURTO,quien en la audiencia de pruebas y alegatos de fecha veintinueve de enero del dos milDcha, fue declarado fictamente confeso de las posiciones calificadas de legales,admitiendo tácitamente los siguientes hechos:

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4 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

H••• P'RIMERA POSICIÓN.- QUE ES CIERTO QUE CONOCE A LASEÑORA MARIA. LUISA MA TEO GONZÁLEZ. SEGUNDA POSICIÓN.- QUE ESCIERTO QUE RESULTA SER PROPIETARIO DE UN PREDIO URBANO CONCONSTRUCCIÓN UBICADO EN AVENIDA MACUSPANA S/N MARCADO COMOLOTE 33 MAN~ANA XXI DE LA COLONIA MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.TERCERA PREqUNTA.~ QUE ES CIERTO QUE EL PREDIO DE SU PROPIEDADMENCIONADO ~N LA PREGUNTA ANTERIOR SE ENCUENTRA INSCRITO EN ELREGISTRO PUB ICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO BAJO EL PREDIO10,482, A FOLl 2 DEL LIBRO MAYOR VOLUMEN 45. CUARTA POSICIÓN.- QUEES CIERTO QUt EL PREDIO DE SU PROPIEDAD UBICADO EN LA A VENIDAMACUSPANA S'" LOTE 33 MANZANA XXI DE LA COLONIA MUNICIPAL DE ESTACIUDAD CONS A DE UNA SUPERFICIE DE 200.00 METROS CUADRADOS.QUINTA POSICI'PN.- QUE ES CIERTO QUE DESDE EL AÑO DE 1989 CEDIÓGRATUITA Y VdLUNTARIAMENTE EL PREDIO DE SU PROPIEDAD A QUE ESTEJUICIO SE REFIJ;RE A FA VOR DE LA SEÑORA MARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZ.SEXTA POSICI(fJN.- QUE ES CIERTO QUE PERSONALMENTE ACUDiÓ ENCOMPAÑíA DE ¡SU CÓNYUGE A LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y DEPLANEAC¡ÓN MUNICIPAL PARA CEDER SUS DERECHOS A FAVOR DE LASEÑORA MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ. SÉPTIMA POSICIÓN.- QUE ESCIERTO QUE ~ECONOCE A LA SEÑORA MARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZCOMO DUEf'¡A [lNICA DEL BIEN INMUEBLE EN LITIGIO. OCTAVA POSICIÓN.-QUE ES CfERTr}¡) QUE LA CESIÓN DE DERECHOS QUE HIZO A FAVOR DE LASEÑORA MARIA: LUISA MA TEO GONZÁLEZ DEL PREDIO A QUE ESTE JUICIO SEREFIERE FUE SiN RESERVAS DE NINGUNA CLASE. NOVENA POSICIÓN.- QUEES CIERTO QU~ DESD~ HACE CASI DIECISIETE.. AÑOS QUE LA SEÑORA MARIALUISA filA TEO .GONZALEZ VIVE COMO DUENA DEL PREDIO UBICADO ENAVENIDA MACU,SPANA S/N LOTE 33 MANZANA XXI, COLONIA MUNICIPAL DEESTA CIUDAD. pÉCIMA POSICIÓN.- QUE ES CIERTO QUE EL BIEN INMUEBLEDE SU PROPIE4DAD ANTES REFERIDO NO REPORTA NINGUNA CLASE DEGRAVAMEN. D~CIMA PRIMERA POSICIÓN.- QUE ES CIERTO QUE DESDE HACEDJECJSJEH~ AÑX·S LA ~EÑORA MARIA. LUISA MATEO GONZÁLEZ HABITA ENFORMA PUBLI A, PACIFICA Y CONTINUA EL PREDIO UBICADO EN AVENIDAMACUSPANA S MANZANA XXI LOTE 33 DE LA COLONIA MUNICIPAL DE ESTECIUDAD. DÉCIMA SEGUNDA POSICIÓN.- QUE ES CIERTO QUE LA PROMOVENTEES QUIEN DE~DE HACE DIECISIETE AÑOS SE ENCARGA DE PAGAR ELCONSUMO DE ~GUA POTABLE Y LUZ ELÉCTRICA DEL PREDIO DONDE VIVE. .. ".

Probanza a la que en términos de los artículos 254 y 318 del Código deProcedimientos Civiles en vigor, se le concede valor indiciario, toda vez que los hechoscontenidos en lap posiciones calificadas de legales, se contraponen con las demásprobanzas desahpgadas en autos, como es que cedió la propiedad del inmueble objetode 1;:, litis, cuando del acta de fecha doce de agosto de mil novecientos noventa y dos,se advierto lo q uEtcedió fue los derechos de posesión de este.

Tiene aplicaclón a lo anterior la siguiente jurisprudencia que a la letra dice:I

". ..No IRegistro.: 222,767Jurisprudencia

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Materia(s): Común, Civi/Octava ÉpocaInstancia: Tribunales Colegiados de CircuitoFuente: Semanario Judicial de la FederaciónVII, Mayo de .1991Tesis: 1.50.C.J/15Página: 81Genealogía: Gaceta número 41, Mayo de 1991, página 67.Apéndice 1917-1995, Tomo IV, Segunda Parte, tesis 506, página 357.

CONFESIÓNFICTA. VALOR PROBATORIO DE LA.

De acuerdo con las reglas de la lógica y la experiencia I única limitacióna la que se encuentra sujeta la libertad del juzgador para '¡preciar pruebasconforme a la legislación procesal actual la confesión judicial hJce prueba plena,cuando el que Ié!hace se sujeta a las formalidades establecidas Jr>orla ley, siendoéste una persona capaz de obligarse, y deponga sobre hechos propios, sincoacción o violencia. Ahora bien, el Código de Procedimiento$ Civiles para elDistrito Federal, establece en su artículo 311, que las posiciones deberánarticularse en términos precisos, contener un solo hecho nropío y no serinsidiosas; en el numeral 312 señala que las posiciones deber~n concretarse ahechos que sean objeto del debate; por su parte, el artículo 32~ dispone que setendrá por confeso al articulan te respecto a los hechos propiosl que afirmare enlas posiciones; finalmente, el artículo 322 del citado cuerpo procesel de leyes,ordena que el que deba absolver posiciones será declarado conieso: "10. Cuandosin justa causa no comparezca; 20. Cuando 'se niegue a declerer; 30. Cuando alhacerlo insista en no responder afirmativa o negativamente". IEI contenido detales dispositivos hace evidente la posibilidad jurídica de que I~ confesión fictapueda revestir valor probatorio pleno, siempre y cuando reúna la$ exigencias quelos propios preceptos procesales establecen, y no se encuentra ¡contradicha conotros medios de prueba, o estándolo, se adminicule con ~tros elementosprobatorios, que al ser examinados conforme a las reglas de la lógica y de laexperiencia, en su conjunto produzcan mayor convicción que los discrepantes.

. I

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERlA CIVJ~ DEL PRIMER~~ro I

Amparo directo 1480/90. Irene Huitrón López. 16 de agosto de 1990.Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretario! Walter Arel/anoHobelsberger.

Amparo directo 2860/90. María Dolores Díaz García. 6 de septiembre de1990. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Seclretario: EduardoFrancisco Núñez Gaytán.

Amparo directo 743/91. Petra Santiago. 14 de 1Jarzo de 1991.Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Caballero Cárderas. Secretario:Alejandro Javier Pizaña Ni/a.

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6 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

Ampar~ directo 317/91. Giovanni Guido Bussani y otra. 22 de marzo de1991. Unenimided de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretario: WalterArel/ano Hobe/sberger.

Ampar(J directo 1355/91. Fernando Vogel Soloveichik. 18 de abril de1991. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretaria: MaríaGuadalupe Gama Casas.

Notas:

Esta tesis contendió en la contradicción 165/2003-PS' resuelta por laPrimera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 92/2004, que aparece publicada en elSemanario Judicte! de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo XXI,febrero d~ 20iS' página 118, con el rubro: "DIVORCIO NECESARIO. LACONFESION FI TA, POR SI MISMA, ES INSUFICIENTE PARA TENER PORACREDITADOS OS HECHOS EN QUE SE FUNDA LA ACCiÓN."

El crit~rio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis8112004-PS, reso/elta por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de laNación en su ~esión celebrada el seis de abril dos mil cinco, en la cual sedeterminó que ~o existe la contradicción de criterios sustentados, por el PrimerTribunal Colegi4do en Materia Civil del Tercer Circuito, y por la otra, con el criteriosustentado porl'os Tribunales Colegiados Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto enMateria Civil de.,lPrimer Circuito, así como por el Tercer Tribunal Colegiado enMateria Civil de' Primer Circuito, y por la otra, con el criterio sustentado por losTribunales Co/etJiados Cuarto, Quinto y Sexto en Materia Civil del Primer Circu,itoy el Primer Tribúnel Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, por el contrarioque sí existe cantradicción de tesis entre los criterios sustentados por el QuintoTribunal Colegiéfdo en Materia Civil del Primer Circuito y, por otro lado, el Cuarto yel Sexto Tribuneles Colegiados en Materia Civil del Primer Circuito. De estaconuedicclon d~ tesís derivó la tesis 1a.lJ. 6212005,que aparece publicada en elSemsnerlo Jud~cial de la Federación JI su Gaceta, Novena, Época, Tomo XXIII,febrero de 20q6, página 125, con el rubro: "CONFESION FICTA POR NOCOMPARECER SIN JUSTIFICACiÓN A ABSOL VER POSICIONES., ESINSUFICIENTE /POR sí MISMA PARA TENER POR ACREDITADA LA EXISTENCIADE UN CONTR~ TO DE ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO (LEGISLACIÓN DELDISTRITO FEDeRAL). ". .

Por ejecutorie de fecha 8 de noviembre de 2006, la Primera Sala declaróinexistente la contredicclon de tesis 7612006-PS en que participó el presentecriterio ... "

Nota: Sobre el tema tratado existe denuncia de contradicción de tesis7612006,en la Primera Sala...".

8) Confesional a cargo de la demandada FRANCISCA LOZA DARODRíGUEZ, quien en la audiencia de pruebas y alegatos de fecha veintinueve deenero del dos mili ocho, fue declarado fictamente confesa de las posiciones calificadasde legales, adrniílendo tácitamente los siguientes hechos:

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 7

" ...PRIMERA POSICIÓN.- QUE ES CIERTO QUE CONOC~ A LA SEÑORAMARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZ. SEGUNDA POSICIÓN.- QUE ~S CIERTO QUERESULTA SER PROPIETARIO DE UN PREDIO URBANO CON ~ONSTRUCCIÓNUBICADO EN AVENIDA MACUSPANA SIN MARCADO COMO LOtE 33 MANZANAXXI DE LA COLONIA MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD. TERCERA P~EGUNTA.- QUEES CIERTO QUE EL PREDIO DE SU PROPIEDAD MENCI NADO EN LAPREGUNTA ANTERIOR SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REG STRO PUBLIcaDE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO BAJO EL ~REDIO 10,4821A FOLIO 2 DELLIBRO MAYOR VOLUMEN 45. CUARTA POSICION.- QUE ES qlERTO QUE ELPREDIO DE SU PROPIEDAD UBICAbo EN LA AVENIDA MACUS 'ANA SIN LOTE33 MANZANA XXI DE LA COLONIA MUNICIPAL DE ESTA CIUD D CONSTA DEUNA SUPERFICIE DE 200.00 METROS CUADRADOS. QUINTA PO ICIÓN.- QUE ESCIERTO QUE DESDE EL AÑO DE 1989 CEDIÓ GRATUITA Y VOL NTARIAMENTEEL PREDIO DE SU PROPIEDAD A QUE ESTE JUICIO SE REFIERE. FAVOR DE LASEÑORA MARIA LUISA MATEO G9NZÁLEZ. SEX!~ POSICIÓN.- t.?UE ES CIERTOQUE PERSONALMENTE ACUDIO EN COMPANIA DE SU CÓNYUGE A LAD.IRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y D€ PLANEACIÓN MUNICIPAL PARA CSDERSUS DERECHOS A FA VOR DE LA SEN ORA MARIA LUISA MA nEO GONZALEZ.SÉPTIMA POSICIÓN.- qUE ES CIERTO QljE R,ECONOCE A LA fEÑORA MARIALUISA MA TEO GONZALEZ COMO DUENA UNICA DEL BIEN· INMUEBLE ENLITIGIO. OCTAVA POSICIÓN.- QUE ES CIERTO QUE LA CESIÓt.¡!DE DERECHOSQUE HIZO A FA VOR DE LA SEÑORA MARIA LUISA MA TEO $ONZÁLEZ DELPREDIO A QUE ESTE JUICIO SE REFIERE FUE SIN RESERVAIs DE NINGUNACLASE. NOVENA .pOSIC/ÓN.- QUE ES CIERTO QUE DES E HACE CA S!DIECISIETE AÑOS QUE LA SEÑORA MARIA LUISA MA TEO ONZÁLEZ VIVECOMO DUEÑA DEL PREDIO UBICADO EN A VENIDA MACUSPA A SIN LOTE 33MANZANA XXI, COLONIA MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD. DÉC MA POSICIÓN.-QUE ES CIERTO QUE EL BIEN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD A TES REFERIDONO REPORTA NINGUNA CLASE DE GRAVAMEN. DÉCIMA PRIM RA POSICIÓN.-QUE ES CIERTO QUE DESDE HACE DIECISIETE AÑOS LA SEÑORA MARIA LUISAMATEO GONZÁLEZ HABITA EN FORMA PÚBLICA, PAcíFICA ~ CONTINUA ELPREDIO UBICADO EN AVENIDA MACUSPANA SIN MANZANA XXI LOTE 33 DE LAC. OLONIA MUNICIPAL DE ESTE CIUDAD. DÉCIMA SEGUNDA P01· CIÓN.- Q._UE ESCIERTO QUE LA PROMOVENTE ES QUIEN DESDE HACE DIECI IETE ANOS SEENCARGA DE PAGAR EL CONSUMO DE AGUA POTABLE Y LUZ LÉCTRICA DELPREDIO DONDE VIVE ... ". '

I

Probanza a la que en términos de los artículos 254 y 31~ del Código deProcedimientos Civiles en vigor, se le concede valor indiciario, toda vez que los hechoscontenidos en las posiciones calificadas de legales, se contrapone~ con las demásprobanzas desahogadas en autos, como es que cedió la propiedad de inmueble objetode la litis, cuando del acta de fecha doce de-agosto de mil novecíent s noventa y dos,'se-advierto lo que cedió fue los derechos de posesión de este.

C) Confesional a cargo del demandado REGISTRADOR RÚBLlCO DE LAPROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL .MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA,TABASCO, quien en la audiencia de pruebas y alegatos de fecha vein~inueve de enero

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8 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

del dos mil ochoJ fue declarado fictamente confesa de las posiciones calificadas delegales, admitien~o tácitamente los siguientes hechos:

I

. u•••SE9UNDA POSICIÓN.- QUE ES CIERTO QUE EN LA DEPENDENCIA ASU CARGO SE ENCUENTRA INSCRITO UN PREDIO URBANO UBICADO ENAVENIDA MAC~PANA S/N DE LA COLONIA MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD ANOMBRE DE G EGORIO GARCíA ABURTO y FRANCISCA LOZADA RODRíGUEZ.TERCERA PRE UNTA.- QUE ES CIERTO QUE EL PREDIO ANTES DICHOCONSTA DE Uo/A SUPERFICIE DE 200.00 M2. CUARTA POSICIÓN.- QUE ESCIERTO QUE E . PREDIO EN MENCIÓN SE ENCUENTRA REGISTRADO BAJO ELPREDIO NUME O 10,482 A FOLIOS 2 DEL LIBRO MAYOR VOLUMEN 45. QUINTAPOSICIÓN.- QU ES CIERTO QUE EL MENCIONADO INMUEBLE NO REPORTANINGUNA CLAS DE GRAVAMEN. SEXTA POSICIÓN.- QUE ES CIERTO QUE ELTITULO DE P OPIEDAD QUE AMPARA EL MENCIONADO INMUEBLE FUEEXPEDIDO PORIEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ESTA CIUDAD DETENOSIQUE, TA~L ..".

Probanka a la que en términos de los artículos 254 y 318 del Código deProcedimientos Giviles en vigor, se le concede valor o pleno, toda vez que los hechoscontenidos en las posiciones calificadas de legales, no se contraponen con las demásprobanzas desahogadas en autos.

I

Tiene aplicación a lo anterior al siguiente jurisprudencia que a la letra dice:I

U••• No ena ÉpocaInstancia: Tribu ales Colegiados de CircuitoFuente: Seman rio Judicial de la Federación y su GacetaXXIII, Enero de 006Tésis: VI.10.C. 22Página: 2180

CONFfSIÓN FICTA. SU EFICACIA EN MATERIA CIVIL.

No pute aceptarse que la confesión ficta carece de eticecle, cuando alcontestar la d anda la misma parte a quien se declara confesa ha negadoexpresamente I s hechos materia de la confesión. El hecho de negar la demandaproduce como etecto jurídico errojer sobre el actor la carga de la prueba de todoslos elementos qe su acción, y entre las pruebas admitidas por la ley se encuentrala confesión fic~a, cuya eficacia no puede desconocerse por la circunstancia deque la demand~ haya sido negada expresamente. Cuando no comparece sin justaca.usa la perso a que haya de absolver posiciones incurre en violación del deberde contestar e interrogatorio formulado por su adversario, y el/o no puedeinterpretarse s lvo prueba en contrario, sino como admisión de los hechos queson legalmente objeto del interrogatorio; el no comparecer viene a probar quecarece de valor para presentarse a admitir un hecho y un pretexto para no~econocer una Iverd.ad que redunda en su perjuicio; en efecto, el silencio delInterrogado se ¡atribuye a la conciencia de no poder negar un hecho ante lapresencia judicAal y bajo protesta de decir verdad, pues según se ha afirmado la

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confesión es un fenómeno contrario a la naturaleza del hombre, siempre presto ahuir de lo que puede dañarle. Como la parte demandada en el momento de negarla demanda no se enfrenta al dilema de mentir o aceptar la ve"'~d ante el Juezbajo proteste, sino sólo persigue el propósito de obligar a su ontrario a quepruebe sus aseveraciones, tal negativa no puede constituir ning na presuncióncontraria a los hechos admitidos como ciertos por virtud de la co fesión ficta.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MA TERIA CIviL DEL SEXTOCIRCUITO.

Amparo directo 138/95. Enedina Martínez viuda de Gutiérrez. 23 demarzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido ..Secretario: Martín Amador lbarra.

IAmparo directo 1/2005. Enrique Elizalde de la Vega. j de febrero de

2005. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Pertido. Secretario:José Daniel Nogueira Ruiz. !

Nota: Sobre el tema tratado existe denuncia de contradicción de tesis76/2006, en la Primera Sala... ''.

D) Documentales públicas, consistentes en:

Oficio número 4726/27028/352 de fecha doce de septiembre del dos milcinco, signado por el ciudadano JOSE MARIA CAMARA ZURITA, l.Jefe de OficinaTelecomlTelégrafos, visible a foja once de autos.

Oficio número DG/2258/05 de fecha diecinueve de septiembre del dos milcinco, signado por el C.P. GUILLERMO CARLOS PRIEGO DE WIT, Director Generalde SAPAET, visible a foja doce de autos.

Certificado de libertad o gravamen de fecha primero de marzo del año dos mil

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10 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

cinco, expedida por el Registrador Público de la Propiedad y del Comercio de EmilianoZapata, Tabasco, visíble a foja trece de autos.

Oficio D~PM/2005 de fecha siete de abríl del año dos mil cinco, signada porel Tte. De Inf. Rt . MARIO RODRíGUEZ ALONSO, Director de Seguridad PublicaMunicipal de este unicipio, visible a foja dieciséis de autos.

Constancia de domicilio Ignorado de fecha doce de abril del año dos milcinco, signada por el licenciado TOMAS ALBERTO PUC ACOSTA, secretario del H.Ayuntamiento Constitucional del municipio de Tenosique, Tabasco, visible a fojadiecisiete de autos¡

Acta de fecha doce de agosto de mil novecientos noventa y dos, levantadaante la presencia del arquitecto JORGE MANUEL MARTíNEZ lÓPEZ, Coordinador dePlanificación de los Asentamientos Humanos, visible a foja dieciocho de autos.

ITitulo de adjudicación y propiedad del inmueble según acta de cabildo

número c.ncuenta celebrada el día veintidós de noviembre de mil novecientos ochenta yocho re nombre [de FRANCISCA laZADA RODRíGUEZ y GREGaRIO GARCíAABURTO. Visible él. foja veinte de autos.

A las documentales descritas, en términos de los artículos 269 y 319 delCódigo de Procedimientos Civiles en vigor en el Estado, se les concede pleno valorprobatorio, en razón de estar expedida por personas en ejercicio de sus funciones.

E) Documentales privadas, consistentes en:I

Oficio 2$01264100/1209 de fecha veintiséis de agosto del año dos mil cinco,signado por el licehciado FERNANDO CÓRDOVA VEITES, Apoderado Legal del IMSSen Tabasco, visible a foja ocho de autos.

Escrito qriqina] de fecha veinticinco de agosto del año dos mil cinco, dirigidoal Administrador· de Teléfonos de México, signado por MARIA lUISA MATEOGONZÁlEZ, visible a foja nueve de autos.

ICarta de posesión de fecha veinticinco de enero del dos mil cinco, signada

por el ciudadano CARLOS POlANCO GANZO, Jefe de Sector de la colonia Municipal,visible a foja catorce de autos.

Constancia de hechos de fecha siete de abril del dos mil cinco, signada porel ciudadano CP,RLOS POlANCO GANZO, Jefe de sector de la colonia Municipal,visible a foja quince de autos.

Plano de fecha noviembre de mil novecientos ochenta y ocho, de un predioubicado en el lotetr.úrnero 33 de la manzana XII de la colonia Municipal de Tenosique,Tabascc.Visible a foja diecinueve de autos.

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 11

I

Constancia de residencia de fecha seis de septiembre d~1 dos mil siete,expedida por SONIA L1ZCANO CABRERA, Jefe de Sector de la colonia Municipal deesta ciudad, a favor de MARIA LUISA MATEO GONZALEZ, visible ~ foja doscientosochenta y ocho de autos.

Aviso recibo de fecha 07 de agosto del 2007, expedido Comisión Federal deElectricidad, a favor de LaZADA RODRíGUEZ FRANCISCO, visible ~ foja doscientosochenta y nueve de autos. I

I

A las documentales descritas, en términos de los artículos 272 y 318 delCódigo de Procedimientos Civiles en vigor en el Estado, se les concedel valor indiciario,en razón de que no fueron ratificadas por la persona que las expidió, len términos delprimer numeral invocado. . I

I

F) Documentales, consistentes en:

Copia fotostáticas simples del escrito de techatreinta y uno dr agosto del dosmil cinco, signado por MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ, dirigido al1dministrador deCorreos y Telégrafos, visible a foja seis de autos.

I .

. Copia fotostática simple del escrito de fecha dos de septiemlbre del año dosmil cinco, signado por MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ, dirigido al'director generalde ·SAPAET, visible a foja siete de autos

Copia fotostática simple del escrito de fecha veinticinco de agosto del dos milcinco, signado por MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ, dirigido al Director del InstitutoFederal Electoral, visible a foja diez de autos. I

I

Copia fotostática simple del recibo con número de folio 497021de fecha 17 deabril del 2005, a favor de MARIA LUISA MATEaS GLEZ, expedidd por SAPAET,visible a foja veintiuno de autos. I

I

Documentales a las que en términos del artículo 318 del Códi~o Adjetivo Civilvigente, se les concede valor indiciario por tratarse de copia fotostática cuya existenciano esta corroborada con otros medios de prueba.

I

G) Testimoniales a cargo de las ciudadanas SILVIA PAtRICIA PÉREZLÓPEZ y ENEREYDA VERA REYES, quienes en la audiencia de pruebas y alegatosde fecha veintinueve de enero del dos milocha, la primera de las mencionadas testigosmánifestó:

" ...PRIMERA PREGUNTA. QUE DIGA LA TESTIGO, SI dONO CE A LAPRC}MOVENTE DE ESTE JUICIO; calific.ada de legal la testigo resoonde: SI, LASENORA MARIA LUISA MATEO GONZALEZ. SEGUNDA PREGUNtA. QUE DIGALA TEST/GO, SI CONOCE A LOS DEMANDADOS DE ESTE JUICIOr calificada de'egé!.', el testigo responde: SI, EL SEf}OR GREGORIO GARCíA ~BURTO y LASEN ORA FRANCISCA LOZADA RODRIGUEZ. TERCERA PREGUN A. QUE DIGALA TEStiGO, DESDE CUANDO CONOCE A LAS PERS NAS ANTES

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12 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

MENCIONAD~; csiiticede de legal fa testigo responde: A LAS SEÑORA MARIALUISA MA TE GONZALES DESDE HACE VEINTE ANOS Y A LOS DEMANDADOSGREGORIO G. nct» ABURTO y FRANCISCA LOZADA RODRíGUEZ, DIECISIETEAÑOS. CUARtA PREGUNTA. QUE DIGA LA TESTIGO, SI SABE Y LE CONSTA,DONDE VIVE 4A SEÑORA MARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZ; calificada de legal latestigo resPoide: VIVE EN LA AVENIDA MACUSPANA, MANZANA VEINTIUNO,LOTE TREINT Y TRES, DE LA COLONIA MUNICIPAL. QUINTA PREGUNTA. QUEDIGA LA TE TlGO SI SABE Y LE CONSTA, DONDE VIVEN LOS SEÑORESGREGORIO GARCíA ABURTO y FRANCISCA LOZADA RODRíGUEZ; calificada delegal la testig(> responde: NO LO SE, POR QUE DESpE QUE LE DEJARON ELPREDIO A DÓÑA MARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZ, SE IGNORA EN DONDEVIVEN. SEXTA PREGUNTA. QUE DIGA LA TESTIGO SI SABE Y LE CONSTA,·DESDE CUANDO VIVE LA SEÑORA MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ EN LAAVENIDA MAaUSPANA, MANZANA VEINTIUNO, LOTE TREINTA Y TRES, DE LACOLONIA MUf'JIlCIPAL DE ESTA CIUDAD; calificada de legal, la testigo responde:DESDE HACE DIECISIETE AÑOS, HA SIDO LA ÚNICA DUEÑA EN EL PREDIO ENEL QUE VIVE SÉPTIMA PREGUNTA. QUE DIGA LA TESTIGO, SI SABE Y LECONSTA. coíJ,o ADQUIRIÓ LA SEÑORA MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ ELPREDIO DONiJE ACTUALMENTE VIVE; calificada de legal la testigo responde: SELO DONARON LOS ANTIGUOS DUEÑOS EN FORMA VOLUNTARIA. OCTAVAPREGUNTA. qUE DIGA LA TESTIGO SI SABE Y LE CONSTA, QUE S!!PERFICIE yMEDIDAS TIENE EL PREDIO EN LITIGIO EN DONDE VIVE LA SENORA MARIALUISA MA TEO GONZÁLEZ; calificada de legal la testigo responde: TIENE OCHODE FRENTE, 'VIEINTlCINCO DE FONDO, QUE HACEN UN TOTAL DE DOSCIENTOSMETROS CUAORADOS. NOVENA PREGUNTA. QUE DIGA LA TESTIGO SI SABE YLE CONSTA, I SI LA SEÑORA MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ, HA SIDOMOLESTADA :CON PROBLEMA ALGUNO EN EL PREDIO QUE TIENE ENPOSESIÓN; calificada de legal la testigo responde: NINGÚN PROBLEMA, PORQUE TODA LA COLONIA LA CONOCE COMO ÚNICA DUEÑA DEL PREDIO ENQUE VIVE. DÉCIMA PREGUNTA. QUE DIGA LA TESTIGO SI SABE Y LE CONSTAQUE PERSONf'. ES LA QUE PAGA EL CONSUMO DE LUZ DEL PREDJO DONDEVIVE LA SEÑORA MARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZ; calificada de legal, la testigoresponde: LA MISMA SEÑORA MARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZ, POR QUE ELLAVIVE AHí. DÉq/MA PRIMER PREGUNTA. QUE DIGA LA TESTIGO SI SABE Y ~ECONSTA QUE !PERSONA ES LA QUE PAGA EL CONSUMO DE AGUA DEL PREDIODONDE VIVE L.A SEÑORA MARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZ; calificada de legal,la testigo responde: LA SEÑORA MARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZ, POR QUEELLA VIVE AH(... ".

I

Dando como razón de su dicho:

U ••• ME CONSTA POR QUE CONOZCO A LA SEÑORA DESDE HACETIEMP~ Y SE QUE LA SEÑORA FRANCISCA LOZADA RODRíGUEZ y GREGORIOG~RCjA ABUI¡?TO LE DONARON EL PREDiO EN AGRADECIMIENTO PORHABERLOS CqlDADO CUANDO EL ESTUVO ENFERMO ... ".

La se~unda de las mencionadas testigos manifestó:I

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 13

"...PRIMERA PREGUNTA. QUE DIGA LA TEST/GO, SI ONOCE A LAPROMOVENTE DE ESTE JUICIO; calificada de legal la testigo re ponde: SI, LASEÑORA MARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ. SEGUNDA PREGU TA. QUE DIGALA TEST/GO, SI CONOCE A LOS DEMANDADOS DE ESTE JUICI ; calificada delegal, el testigo responde: SON LOS SEÑORES GREGORIO GAR íA ABURTO yFRANCISCA LOZADÁ RODRíGUEZ. TERCERA PREGUNTA. qUE DIGA LATEST/GO, DESDE CUANDO CONOCE A LAS PERSONAS ANTES MENCIONADAS;calificada de legal la testigo responde: A LA SEÑORA MARIA ILUISA MA TEOGONZÁLEZ DESDE HACE TREINTA Y TRES AÑOS Y A LOS IDEMANDADOSGREGORIO GARCíA ABURTO y SU ESPOSA FRANCISCA LOZADj4 RODRíGUEZ,DESDE HACE COMO DJECISIETE AÑOS. CUARTA PREGUNTA. IQUE DIGA LATESTIGO, SI SABE Y LE CONSTA, DONDE VIVE LA SEÑORA MARIA LUISAMA TEO GONZÁLEZ; calificada de legal la testigo responde: EN LA A VENIDAMACUSPANA, MANZANA VEINTIUNO, LOTE TREINTA Y TRES, DI= LA COLONIAMUNICIPAL DE ESTA CIUDAD DE TENOSIQUE, TABASCO. QUINtA PREGUNTA.QUE DIGA LA TESTIGO SI SABE Y LE CONSTA, DONDE VIVEN10S SEÑORESGREGORIO GARCíA ABURTO y FRANCISCA LOZADA RODRíGU ; calificada delegal la testigo responde: NO SABEMOS, PUES DESDE QUE ELL S SE FUERONNUNCA MAS SUPIMOS DE ELLOS. SEXTA PREGUNTA. QUE DIGA LA TESTIGO SISABE Y LE CONSTA, DESDE CUANDO VIVE LA SEÑORA MARIA I LUISA MATEOGONZÁLEZ EN LA AVENIDA MACUSPANA, MANZANA VEJ~TlUNO' LOTETREINTA Y TRES, DE LA COLONIA MUNICIPAL DE ESTA CIUDA ; calificada delegal, la testigo responde: DESDE HACE MAS DE DIECISIETE A-OS. SÉPTlM~PREGUNTA. QUE DIGA LA TEST/GO, SI SABE Y LE CONSTA, C MO ADQUIRIOLA SEÑORA MARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZ EL PREDIO DONDEACTUALMENTE VIVE; calificada de legal la testigo responde: LOS GREGORIOGARCíA ABURTO y SU ESPOSA, LE DONARON EL PREDIO ~ LA SEÑORAMARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ. OCTAVA PREGUNTA. QUE ous» LA TESTIGOSI SABE Y LE CONSTA, QUE SUPERFICIE Y MEDIDAS TIENE FL PREDIO ENLITIGIO, DONDE VIVE LA SEÑORA MARIA LUISA MA TEO GONZALEZ; calificadade legal la testigo responde: TIENE OCHO DE FRENTE, VEJNTJCJNICODE FONDO,EN TOTAL UNA SUPERFICIE DE DOSCIENTOS METROS CUADRADOS. NOVENAPREGUNTA. QUE DIGA LA TESTIGO SI SABE Y LE CONSTA, $1 LA SEÑORAMARIA LUISA MATEO GONZÁLEZ, HA SIDO MOLESTADA CC!)N PROBLEMAALGUNO EN EL PREDIO QUE TIENE EN POSESIÓN; calificada d~ legal la testigoresponde: HASTA AHORITA, LA SEÑORA MARIA LUISA, NUN~A HA TENIDOPROBLEMAS DE QUE ALGUIEN LE RECLAME, POR QUE EL PREDIO ES DEELLA. DÉCIMA PREGUNTA. QUE DIGA LA TESTIGO SI SABE Y LI.: CONSTA QUEPERSONA ES LA QUE PAGA EL CONSUMO DE LUZ DEL PREDIO IJ)ONDE VIVE LASEÑORA MARIA LUISA MA TEO GONZÁLEZ; calificada de I~gal, la testigoresponde: ELLA MISMA. DÉCIMA PRIMER PREGUNTA. QUE DIGA LA TEST/GO SISABE Y LE CONSTA QUE PERSONA ~S LA QUE PAGA EL CON~UMO DE ~GUADEL PREDIO DONDE VIVE LA SENORA MARIA LUISA MAT~O GONZALEZ;califica,da de legal, la testigo responde: LA SEÑORA MARIA J LUISA MA TEOGONZALEZ, ES LA QUE PAGA LUZ Y AGUA, POR QUE ELLA ES LA QUE ESTAAHí VIVIENDO... ".

Dando como razón de su dicho:

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14 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

U...POR~UE YO LA CONOZCO DESDE HACE MUCHO TIEMPO A ELLA YCONocí AL SE - OR GREGORIO GARCíA ABURTO Y FRANCISCA LOZADARODRíGUEZ, Y ERON ELLOS LOS QUE LE DONARON EL PREDIO, PERO NOLE DIERON ESC ITURA, POR ESO ES QUE LA' SEÑORA MARIA LUISA MA TEONECESITA ESCR~TURARLA A SU NOMBRE. .. ''.

,I

Referente a esta testimonial, desahogada en la audiencia de pruebas yalegatos del veintinueve de enero del dos milocha, carece de valor probatorio entérminos de lo dispuesto por el numeral 318 del Código de Procedimientos Civiles envigor del Estado; tpda vez que del análisis realizado a la testimonial de referencia seadvierte, que las testiqos de merito, no saben a ciencia cierta sobre las circunstanciasde modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, pues, al momento darcontestación a la séptima pregunta la primer testigo manifestó: "Oue la señora MARIALUISA MA TEO G~NZALEZ adquirió el predio donde actualmente vive, porque selo donaron los a,ntiguos dueños en forma voluntaria" por su parte la segundatestigo e respuest~ a la mi pregunta dijo: "Que la señora MARIA LUISA MATEOGONZALEZ adqu*rió el pr donde actualmente vive, porque los GREGORIOGARCIA ABURT y su esposo, le donaron el predio a la señora MARIA LUISAMATO GONZALE "y al dar la razón de su dicho la primera manifestó: UMECONSTAPOR QUE CONOZCO A LA SEÑORA DESDE HACE TIEMPO Y SE QUE LASEÑORA FRANC$CA LOZADA RODRíGUEZ y GREGORIO GARCíA ABURTO uiDONARON EL IfREDIO EN AGRADECIMIENTO POR HABERLOS CUIDADOCUANDO EL ESTVVO ENFERMO", por su parte la segundo testigo manifestó: uPORQUE YO LA CO~OZCO DESDE HACE MUCHO TIEMPO A ELLA Y CONocí ALSEÑOR GREGOR¡/O GARCíA ABURTO Y FRANCISCA L,OZADA RODRíGUEZ, YFUERON ELLOS ILOS QUE LE DC:.'JARON EL PREDIO, PERO NO LE DIERONESCRITURA, POFf ESO ES QUE LA SEÑORA MARiA LUISA MATEO NECESITAESCR1TURARLA ~ SU NOMBRE", lo que se contradice con las propias aseveracionesde la actora hechas en el punto tres de hechos de su escrito de demandada, ya quemanifiesta que lo~ ciudadanos FRANCISCA LaZADA RODRíGUEZ y GREGaRIOGARCIA ABURTQ, ante la presencia del arquitecto JORGE MANUEL MARTINEZLÓPEZ, Coordinador de Planificación de los Asentamientos Humanos de ObrasPublicas del H. Ayuntamiento le cedieron totalmente los derechos de posesiónrespecto del predio motivo de esta litis; de lo que se colige, la falta de credibilidadsubjetiva como objetiva en su testimonio, en el contenido y forma de sus declaraciones,'pues a dichos testlñcantes se infiere que no le consta a ciencia cierta los hechos porellos depuestos, pues no fueron firmes y contestes, de donde se concluye que no lesconstan los hechos s.obre los que deponen.

Tiene, aplicación a lo anterior la siguiente jurisprudencia que a la letra dice:

u..•Sépti~a ÉpocaInstancia: Terceral SalaFuente: Semanarif Judicial de la Federación48 Cuarta ParteTesis:Página: 17

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 15

IGenealogía: Apéndice 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, t~sis 306, página864.

TEST/GOS. APRECIACIÓN DE SU DICHO.

No es bastante la afirmación de los testigos en el sertido de que lodeclarado por ellos lo saben y les consta de vista y de oíd~s, sino que esmenester que manifiesten en qué circunstancias y por qué medios se dieroncuenta de los hechos sobre los que depusieron, sin que obste que no hayan sidotachados por la parte contraria, pues a pesar de ello, el tribuna{ está facultadopara apreciar libremente según su criterio el valor de los testimonios rendidos.

Sexta Época, Cuarta Parte:

Volumen LXXIV, página 51. Amparo directo 2181/60. Behene Hermanosde México, S.A. 23 de agosto de 1963. Unanimidad de cuatro votos, Ponente:Mario G. Rebolledo.

Séptima Épo'ca, Cuarta Parte:

Volumen 8, página 83. Amparo directo 5947/68. J. Carmen MendiolaRoldán. 22 de agosto de 1969. Unanimidad' de cuatro votos.' Ponente: ErnestoSalís López.

I

Volumen 19, página 74. Amparo directo 6378/64. Constantino SuárezRamos. 31 de julio de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponentes Ernesto SolísLópez.

Volumen 30, pagma 78. Amparo directo 4961170. Sebélrstián FragosoSaucedo. 21 dejunio de 1971. Cinco votos. Ponente: Ernesto Sotis $ánchez.

I

Volumen 32, página 45. Amparo directo 3769170. Julia V¡frgas Luna. 13de agosto de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.

Nota: En el Semanario Judicial de la Federación, la reierencle delamparo directo 3581/69 promovido por Marcela Colín Viuda I de Salas esincorrecta, por lo que se corrige con apoyo en el Volúmen 30, págilrJa 781 como seobserva en este registro ... rs I

I

H) Inspección judicial, en el inmueble ubicado en la Avenida Macuspana,manzana 21, lote 33 de la colonia Municipal de esta ciudad, misma que se desahogódentro de la audiencia de pruebas y alegatos de fecha veintinueve de enero del dos milocho, con los resultados visibles a foja trescientos treinta y nueve frelnte y vuelta deautos.

¡

Probanza a la que de conformidad con los artículos 289 y 31P de! Código deProcedimientos Civiles en vigor, se le concede valor probatorio, toda ~ez que para sudesahogó no se requirió ~e conocímientos especiales. .

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16 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

1) Pericial, a cargo del ingeniero TOMAS RUIZ CARA VEO, del inmuebleubicado en la Avenida Macuspana, manzana 21, lote 33 de la colonia Municipal de estaciudad, con los resultados visibles a foja trescientos catorce a la trescientos diecisietede autos.

Dictamerh al que se le concede valor probatorio en términos de los artículos284 y 318 del Códlqo Procesal Civil en vigor, en razón que fue desahogado conforme alas reglas que el Citado ordenamiento regula para esta prueba y esta apoyado confotografías, cuya eficacia se analizara al momento de estudiarse la acción.

I

. J) Presuncional legal y humana, en todo lo qué favorezca a la partedemandante, la prih1era es aquella que establece expresamente la ley y la segunda, esaquella que el juez deduce de los hechos comprobados.

K) Instrumental de actuaciones, consistente en todas las actuaciones deljuicio, en todo lo que beneficie a la parte actora.

Ii •

L) Supetvenientes, no las hubo durante el procedimiento.

VI. El artículo 924 del Código Civil en vigor, define a la usucapión como unmedio de adquirir Un derecho real, mediante la posesión que exija la ley.

IPor su parte el artículo 931, dispone entre otras cosas, ni el que ejerce una

posesión derivada ni el que se ostenta como subordinado, conforme lo dispuesto porlos diversos 879 y 883, pueden adquirir por usucapión.

I .De igual fbrma, el numeral 936 señala: para que proceda, la posesión debe

ser: 1. Originaria, esto es, a título de dueño; 11. Pacífica; 111. Continua, y IV. Pública.

Finalmente, el diverso 937 de este mismo cuerpo de leyes, que quien hacevale¡ la usucapión sosteniendo tener causa generadora de la posesión, debe probar laexistencia del título que la genere.

IDe lo anterior, se desprende que para que prospere la acción de usucapión

es necesario que el demandante acredite lossiquientes elementos:

-a) Que cuenta con justo título para poseer el bien a usucapir, demostrando la

existencia de la causa generadora de la posesión, lo que implica revelar el acto que laoriginó, la fecha y el lugar exactos en que tuvo verificativo, los sujetos que intervinierony la materia del mismo; y,

b) Las cualidades !: : su posesión, es decir, que ha ejercido la posesión anombre propio, de manera Pi .a, pacífica, continua y por diez años si es de buena feo veinte si 'es de mala fe.

Previo análisis en su conjunto de las pruebas aportadas en autos yjustipreciadas entre tsi, hacen convicción en el que juzga que la actora MARIA LUISAMATEO GONZALE;Z, no acreditó la acción de usucapión y los demandadosGREGORIO GARCIA ABURTO, FRANCISCA LaZADA. RODRíGUEZ, Y el

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. 6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 17

• IREGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERClq DEL MUNICIPIODE EMILlANO ZAPATA, TABASCO, no comparecieron a juicio; en términos delnumeral 240 del Código de Procedimientos Civiles 240 del Código de Procedimientosen vigor, el cual dispone que el actor debe probar su acción y ell demandado susexcepciones y defensas, atendiendo a las siguientes consideraciones¡

En la especie, la actora en su escrito de demanda de fecha dieciocho deoctubre del dos mil cinco, señala corno causa generadora de la poseslión un contrato decesión de derechos de posesión, esto al referir en el punto 111de hechos lo siguiente:

I

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18 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE.2010

manifestaron: "SaXTA POS/CIÓN.- QUE ES CIERTO QUE PERSONALMENTEACUDIÓ EN COMPAÑíA DE SU CÓNYUGE A LA DIRECCIÓN DE OBRASPÚBLICAS Y DE /:LANEACIÓN MUNICIPAL PARA 9EDER SUS DERECHOS AFA VOR DE LA SEr' ORA MARIA LUISA MATEO GONZALEZ.".

No obstante quedar plenamente justificada la causa generadora de laposesión invocada por la demandante, no es suficiente para tener por probado el justotítulo, conforme al lartículo 902 del Código Civil en vigor, debido que el contrato decesión de derechos de posesión celebrado entre la hoy actora y los demandadosGREGORIO GARdíA ABURTO y FRAr.JCISCO LOZADA RODRIGUEZ no trasfiere lapropiedad del inmueble ubicado en la avenida Macuspana de la Colonia Municipal deeste municipio, adquirido mediante título de fecha veintinueve de noviembre de milnovecientos ochenta y ocho, sino simplemente los derechos de posesión del referidoinmueble. I

De modq que si lo que se exige en la acción es que la causa que revele yacredite la actora es que tiene una posesión material en concepto de dueño, ello no seobtiene de una cesión de derechos posesorios, porque ésta sólo refiere a derechospersonales u oblig~ciones y no a derechos reales.

I

Tiene aPlicación a lo anterior los siguientes criterios jurisprudenciales que a laletra dicen:

" ...Nove a ÉpocaInstancia: Tribun les Colegiados de CircuitoFuente: Semanari Judicial de la Federación y su GacetaIV, Octubre de 19 6Tesis: !/.10.C. T.8 CPágina: 585

PRESc'i/PCIÓN ADQUISITIVA. EL CONTRATO DE CES/ON DEDER~CHOS, NO fS APTO PARA ACREDITAR LA "POSESION EN CONCEPTO DEDUENO".

La facu~tad que tiene una persona llamada acreedor para exigir de otrallamada deudor e$ un derecho personal, que también se conoce con el nombre deobligación. Una e las formas de transmisión de los derechos personales es lacesión de derech s o créditos, regulada por el Código Civil del Estado de México,en sus artículos el 1858 al 1886. En cembio, el poder jurídico dírecto e inmediatoque tiene una pe sona sobre una cosa para su aprovechamiento económico totalo parcial y con e clusión de terceros constituye lo que se conoce como derechosreales y la trenstnision de éstos tiene dos fuentes, según lo sea la muerte delpropietario la q~e la origine y entonces será la sucesión testamentaria ointestamentaria! que rija la transmisión del dominio o bien por actos entre vivosmediante contrat s traslativos de dominio, como son la compraventa, permuta odonación. Por ú timo, cuando es el Estado el que interviene, puede ser laadjudicación, el ~ecomiso o la expropiación las que efectúen la transmisión delpatrimonio. Así, cuendo se invoca como causa generadora de la posesión como

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 19

• Ielemento de la eccton de usucepton un denommado contreto de cesto n dederechos, celebrado entre el actor y el causahabiente del demendedo, entonces,e~ documento que contiene la cesión de derechos nC?es traslativo de dominiosino en todo caso de derechos personales que tuviere el cede~te respecto deldueño del inmueble, que es el demandado en la acción de usucepion. De modoque si lo que se exige en la acción es que la causa que revele y ecredite el actores que tiene una posesión material en concepto de dueño, ello 110se obtiene deuna cesión de derechos, porque ésta sólo se refiere a derech~s personelesuobligaciones y no a derechos reales; por lo cual la parte actora, si bien revela ydemúestra la causa generadora de su posesión, con ello denota que pudo tener otiene un derecho de crédito que le transmite su cedente frente al ~upuesto deudorde éste, pero de ninguna manera que tengll una posesión en conceptodedueño yante ello no acredita el primer elemento de la acción de usucapiórt.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MA TERIAS CIVIL ry DE TRABAJODEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 872/96. Laurentino Hernéndez Censeco, 19 deseptiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Pérez González.Secretaria: Vianey Gutiérrez Velázquez ... "

" ... Novena ÉpocaInstancia: Tribunales Colegiados de CircuitoFuente: Semanario Judicial de la Federación y su GacetaXX\/, Abril de 2007Tesis: l. 70.C.90 CPágina: 1668

CESIÓN DE DERECHOS, SI EN EL CONTRAro SE TRA.NSMITEN LOSDERECHOS DE PROPIEDAD DE UN BIEN INMUEBLE, ÉSTE CPNSTITUYE UNTíTULO SUBJETlVAMENíE VÁLIDO PARA ACREDITAR LA POSESIÓN ENCONCEPTO DE PROPIETARIO. I

Si en un contrato de cesión de derechos una de las partes transfiere aotra sus derechos, ello implica que la propiedad de la cosa u obj,to que eran delcedente pasan a formar parte del patrimonio del cesionario, qu/~n la recibe y.laincorpora a su esfera de dominio. Dada la especial naturaleza Idel contrato decesión de derechos, es dable señalar que se trata de un contrato eonsensust, quepuede adquirir modalidades diversas en función de la causa-fuente que lo origineo según los términos en que se pacte. Es decir, si la cesión d~ derechos es atítulo oneroso, podría configurar un contrato de compraventa, si ~xiste un preciocierto en dinero a cambio del derecho cedido; o una donación, s! se celebran atítulo gratuito; o en su caso, una permuta si las partes acuerdan dar una cosa porotra. Por las razones expuestas, el contrato de cesión de derechos puedeconstituir un título subjetivamente válido, para hacer creer, iuruiedemente alcesionario, que es apto para transmitir 'Ia propiedad y, como consecuencie deello, que se posee el inmueble con el carácter de propietario.

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20 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

-~------<--t - '=I

SÉPTIlWO TRIBUNAL COLEGIADO EN MA TERIA CIVIL DEL PRIMERCIRCUITO. I

I

Amparb directo 173/2007. Patricia Tamargo Bello. 29 de marzo de 2007.Unanimidad de Votos. Ponente: Sara Judith Montalvo Trejo. Secretario: ArnulfoMateos García. I

I

Nota: Sobre el tema tratado existe denuncia de contradicción de tesis4812007-PS,en IJ Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ... "

En esel orden de ideas, al 110 ser suficiente la causa generadora de laposesión invocada por la actora, a nada conduciría analizar las característica de laposesión y demás pruebas allegadas a juicio, dado que no se colmaría con todos losrequisitos que exi~e la ley para declarar procedente la usucapión,

Consecuentemente, se absuelve a los demandados FRANCISCA LaZADARODRíGur;:z, G~EGOR¡O GARCíA ABURTO y REGISTRADOR PÚBLICO DE LAPROPIECAD y IDEL COMERCIO DEL MUNICIPIO DE EMILlANO ZAPATA,TABASCO, de las¡prestaciones que les demandó la actora.

Debido que los demandado GREGaRIO GARCIA ABURTO, FRANCISCALOZA DA RODRI<!3UEZ v , REGISTRADOR PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DELCOMERCIO DEL MUNICiPIO DE EMILlANO ZAPATA, TABASCO, no comparecierona juicio, notifiquesele la presente resolución donde fue emplazado a juicio, en términosdel artículo 229 fracción IV del Código de Procedimientos Civiles en vigor.

En virtud de que el último de los demandados, tiene su domicilio fuera de lajurisdicción de dónde ejerce sus funciones éste juzgado, con fundamento en losartículos 124, 143

1

Y 144 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, con los insertosnecesarios, gíres~ atento exhorto al Juez Mixto de Primera Instancia del municipio deErniiiano Zapata, Tabasco, para en auxilio y colaboración de este juzgado ordene aquien corresponda notifique esta resolución al demandado de referencia en el domicilioampliamente conocido en aquel municipio.

I .No ha I~gar a condenar a la parte actora al pago de gastos y costas, de

conformidad con fl artículo 93 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, t?da vezque de las constancias de autos, no se advierte que la actora haya promovido contemeridad o mala .fe, debido que promovió conforme a lo dispuesto por el artículo 936del Código Civil e~ vigor.

IPor lo !fpuesto y fundado, y además, con apoyo en los artículos 322, 323,

324, 325, 326 Y r27, del Código de Procedimientos Civiles en vigor, 14 y 16 de laConstitución Federal, es de resolver y se: .

R E S U EL V E.

PRIMERO. Este Juzgado resulto competente para conocer y fallar la presentecausa y la via en que se tramito este asunto fue la correcta.

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 21

. . SEGUNDO. La actora MARIA LUISA MATEO GONZALtZ, no probó suacción de usucapión que promovió en .contra de FRANCISCA LOZA A RODRíGUEZ,~REGORIO GARCIA ABURTO y REGiSTRADOR PÚBLICO DE L PROPIEDAD YDEL COMERCIO DEL MUNICIPIO DE EMILlANO ZAPATA, TABA ca, quienes nocomparecieron a juicio.

TERCERO. Se absuelve a los demandados FRANlj:;ISCA LOZADARODRíGUEZ, GREGORIO GARcíA ABURTO y REGISTRADOR PÚBLICO DE LAPROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE EMILlANO ZAPATA, TABASCQ; de todas y cadauna de las prestaciones que les demandó la actora MARIAI LUISA MATEOGONZÁLEZ. I

CUARTO. Debido que los demandado GREGORIO GARCIA ABURTO,FRANCISCA LOZA DA RODRIGUEZ y REGISTRADOR PÚBLICO DE LAPROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE EMILlANO ZAPATA, TABASCO, nocomparecieron a juicio, notifíquesele la presente resolución donde 'fue emplazado ajuicio, en términos del artículo 229 fracción IV del Códiqo de Procedimientos Civiles envigor.

En virtud de que el último de los demandados, tiene su domicilio fuera de lajurisdicción de donde ejerce sus funciones éste juzgado, con fundamento en losartículos 124, 143 Y 144 del Código de Procedimientos Civiles en viqor, con los insertosnecesarios, gírese atento exhorto al Juez Mixto de Primera Instancia del municipio deEmiliano Zapata, Tabasco, para en auxilio y colaboración de este juzqado ordene aquien corresponda notifique esta resolución al demandado de referencia en el domicilioampliamente conocido en aquel municipio.

QUINTO. Ejecutoriada que sea la presente resolución, háganse lasanotaciones correspondientes en el Libro de Gobierno. devuéivanse!e él cada una de laspartes los documentos que sean de su propiedad, previo el acuse de recibocorrespondiente y archívese el presente asunto como legal y definitivamente concluido.

SEXTO. No ha lugar a condenar a la parte actora al pago de gastos y costas,de conformidad con el artículo 93 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, todavez que de las constancias de autos, no se advierte que la actora haya promovido contemeridad o mala fe.

Notifíquese personalmente y cúmplase.

Así DEFINITIVAMENTE, LO RESOLViÓ, MANDA Y FIRMA ELLICENCIADO FLAVIO PEREYRA PEREYRA, JUEZ CIVIL DE PR!í\¡'EERA INSTANCIADEL DISTRITO JUDICIAL DE TENOSIQUE DE PINO SUÁREZ, TA13ASCO, POR yANTE LA SECRETARIA JUDICIAL liCENCIADA SUSANA CACHO PEREZ, CONQUIEN LEGALMENTE ACTÚA, CERTIFICA Y DA FE.

EN VíA DE NOTIFICACiÓN PAR?, SU PUBLICACiÓN EN EL PERIOt ICO OFICIAL yEN UNO DE LOS DE MAYOR CIRCULACiÓN EN EL ESTADO, QUE, E EDITA EN LA,

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CIUDAD DE VIL~HERMOSA' TABASCO, POR TRES VECES DE TRES EN TRES;EXPIDO EL PRE ENTE EDtCTO EN LA CIUDAD DE TENOSIQUE DE PINO SUAREZ,ESTA~O DE TAS.Ó SCO, MÉXICO, A LOS VEINTITRÉS OíASDEL MES DE FEBRERODEL ANO DOS M ~c_ CONSTE.

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"t, •.••••~~ RETARIO GADO CIVIL; -......' ..¡-"-:¡¡. ~- '1 f".. ;'. (¡:;n~,,",.~. ., rs'~! _:-.¡~ 'p);.":' , o.A \• , 1- "if: 'fJ?:"-<'"5f<~ r j> 1c':; ~ ; ~~/,,~,\ , z.,:;.., ~(~"~¡; ..'1i·.(~ll-'!! (J .

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 23

No.- 26161 INFORMACiÓN DE DOMINIO

AL PÚBLICO EN GENERAL:

Se les hace de su conocimiento que los ciudadanosGREGORIO PERALTA BALLONA y ROSALVASANCHEZ TORREZ, promoviendo ante este Juzgado Civilde Primera Instancia del Décimo Sexto Distrito Judicial deNacajuca, Tabasco, el Juicio de PROCEDIMIENTOJUDICIAL NO CONTENCIOSO DE DILIGENCIAS DEINFORMACiÓN DE DOMINIO, radicándose bajo elnúmero· de expediente 00708/2008, ordenando laciudadana Jueza, su publicación por Edictos, por auto defecha quince de diciembre del dos milocha, mismo quecopiado a la letra dice:-

AUTO DE INICIO

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DELDECIMOSEXTO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.NACAJUCA, TABASCO. A QUINCE DE DICIEMBREDEL DOS MIL OCHO.-

PRIMERO.- Por presentados los ciudadanos GREGORIOPERALTA BALLONA y ROSALVA SANCHEZ TORREZ,con su escrito que se provee, y documentos anexosdetallados en la razón secretarial, señalando comodomicilio para oír y recibir citas y notificaciones en laavenida de la Plaza número 3, fraccionamiento 17 de Juliode este municipio de Nacajuca, Tabasco, autorizando paratales efectos a los ciudadanos licenciados ANABELLADEL CARMEN FRIAS HERNANDEZ y/o JULIO CESARRAMIREZ SANCHEZ y/o CLAUDIA DEL CARMENPEREZ LOPEZ y/o LORENZO SOLlS HERNANDEZ,designando al primero de los nombrados como suabogado patrono, personalidad que se le reconoce porreunir los requisitos estabiecidcs por 102 artlcu'cs 811 y 85del Código de Procedimientos Civiles en vigor, ya que noaparece inscrita su cédula profesional en el libro deregistro que se lleva en este juzgado, promoviendoPROCEDIMIENTO DE JUICIO NO CONTENCIOSO DEINFORMACiÓN DE DOMINIO, del predio rústico ubicadoen la ranchería el Tigre perteneciente al municipio deNacajuca, Tabasco, con superficie de 507,78 metroscuadrados, 00-05-07 ..78 Has., con las siguientes medidasy colindancias siguientes: AL NORTE 1.50 mts, conCARRETERA DEL TIGRE A GUANOSOLO, y 2040 mts,con ADELFa RAMON FRIAS y SANTIAGO PERALTABALLONA; al SUR 21.75 mts, con el ciudadanoASUNCiÓN JIMENEZ RAMIREZ; al ESTE 56.40 mts., conel ciudadano ASUNCiÓN JIMENEZ RAMIREZ, y alOESTE 32.40 mts, con el ciudadano SANTIAGOPERALTA BALLONA---SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por losartículos 877,922,936 Y 1318 del Código civil en vigor, enrelación con los numerales 710, 711, 713 Y 755 del Códigode Procedimientos Civiles, ambos ordenamientos vigentesen el Estado, se da entrada a la promoción en la vía yforma propuesta, en consecuencia, fórmese expediente,

regístrese en el libro de qobietno que se tramita en estejuzgado bajo el número que le! corresponda y dé se avisode su inicio a la H. Superioridad; ordenándose notificar alAgente del Ministerio. Públicd adscrito, al RegistradorPúblico de la Propiedad y d~1 Comercio de Jalpa deMéndez, Tabasco; así como ~ los colinélantes del predioASUNCiÓN JIMENEZ RAMIR$Z, SANTIAGO PERALTABALLONA, ADELFO RAM¡N FRIAS Y MAR!AREMEDIOS PERALTA BALL NA, quienes tienen susdomicilios en la ranchería el Ti re de est~ municipio, paraque dentro del término de TRE DIAS HABILES contadosa partir del dia siguiente d~ la notificación de esteproveído, manifiesten lo que a sus derechos convenga. Yde conformidad con el Artículo ~23 Fracción 111del Códigode Procedimientos Civiles en \ligar, requiérase a dichoscolindantes para que dentro dell término antes .concedido,señalen domicilio y persona ~n esta ciudad, para losefectos de oír citas y notificaciones. apercibiéndolos quede no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aun las decarácter personal, les' surtirán sus efectos por listas fijadasen los tableros de avisos de este juzgado, y comparezcana la diligencia testimonial que en su oportunidad seseñale.---TERCERO.- Asimismo y con fundamento en lo dispuestopor los artículos 139 párrafo ~inal y 755 fracción 111delCódigo de Procedimientos Ci~iles en vigor, se ordenapublicar el presente proveído ai¡.manera de EDICTOS, porTRES VECES CONSECUTIVf\S de TRES EN TRESDIAS, en el Periódico Oficial dql Estado, así como en 'unode los diarios de mayor circutación que se editan en laCiudad de Villahermosa, Tabasco, lo anterior entendiendoel "término "mayor circulación" como los periódicos quetienen más publicidad dentro de 18 entidad i' mayorcirculación por el número de sus ventas, por !os que lapublicación cumpliria con su cometido, el cual es la de lapublicídad del predio que se pretende adjudicar porinformación de dominio, ya que al existir algún propietariocon titulo legal suficiente, éste debe de comparecer ahacer valer sus derechos conforme a la ley lecorresponda, pero sin embargo. y al no hacerse laspublicaciones correspondientes se estaría violando laqarantia de audiencía del que tenqa mejor derecho sobreel predio motivo de la presente causa, lo anterioratendiendo que el artículo 14 Constitucional consagran unconjunto de modalidades a que tiene que sujetarse un actode cualquiera autoridad para que produzca valida menteefecto sobre la vida, libertad, las propiedades, posesioneso derechos de los gooern¡ados, modalidades queconstituyen las garantías de sl:=guridarl jurídica entre lasque se encuentra la de auciencia, que implica la principaldefensa de que disponen los particulares frente a laautoridad que, mediante el poder público, pretenda privarlode sus derechos o intereses, para lo cual podría decirseque primeramente debe la autoridad notificar al particularafectado de sus pretensiones, considerando entonces que

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tal acto es el inicio en puridad de la garantía de audiencia,porque el particular para defenderse o no, según a suinterés convenga, debe tener conocimiento del acto que seimpone; por lo que en este 'Orden de ideas y al no hacerselas publicaciones en los periódicos de mayor circulaciónen la entidad y citados con anterioridad, se estaría en unaviolación a la garantía de audiencia de quien tenga mejorderecho sobre el predio de ¡la presente causa; así tambiénse ordena fijar AVISOS e~ los tableros de avisos del HAyuntamiento Constitucional; Receptoría de Rentas;Delegación de Tránsito; J4zgado de Paz; Juzgado Penalde Primera Instancia; Dirección de Seguridad Pública;encargada del Mercado Público y Agente del MinisterioPúblico Investigador por ~er los lugares públicos másconcurridos de esta localid~d; y deberá fijarse en el lugarde la ubicación del pre io por conducto del ActuarioJudicial adscrito para hace le saber al público en generalque si alguna persona tien~ interés en este juicio, deberácomparecer ante este juz$ado a hacerlos valer en untérmino de QUINCE OlAS contados a partir de la últimapublicación que se exhibe.--,CUARTO- Por otra parte IY como diligencia para mejorproveer, gírense atentos ofiqios al Presidente Municipal delH. Ayuntamiento Constitucional de este municipio, paraque informe a este juzqadoi si el predio RUSTICO motivode las presentes diligencilas PERTENECE O NO ALFUNDO LEGAL de este Mu~icipio.---QUiNTO- Respecto a lal Testimonial que ofrece elpromóvente, se reservan para ser acordadas en elmomento procesal oportuno.->-SEXTO- Toda vez que ~I Registrador Público de laPropiedad y del Comercio qe Jalpa de Méndez, Tabasco,tiene su domicilio fuera de íesta jurisdicción, así como elencar.gado de la Comisión Nacional del Agua de la ciudadde Villahermosa, Tabasco, con fundamento en losartículos 124 y 143 del Cóqigo de Procedimientos Civilesen vigor, gírese atento exhorto al Juez Cívíl del PrimeraInstancia de la ciudad de Jalpa de Méndez, Tabasco,para-

que en auxilio y colaboración de este juzgado, ordenen aquien corresponda den cumplimiento a lo ordenado en elPunto Segundo del presente proveido; asimismo losrequiera para que dentro del término antes concedido,señale domicilio y persona en esta ciudad para los efectosde oír citas y notificaciones, apercibido que de no hacerlolas subsecuentes notificaciones aun las de carácterpersonal le surtirán sus efectos por medio de listas fijadasen los tableros de avisos de este juzgado---Notifíquese personalmente y cúmplase----Así LO PROVEYÓ, MANDA Y FIRMA LA CIUDADANALICENCIADA ROSA LENNY VILLEGAS PEREZ, JUEZCIVIL DE PRIMERA !NSTANCIA, ASISTIDA DE LASECRETARIA JUDICIAL DE ACUERDOS, LICENCIADAMARIA DEL SOCORRO ZALAYA CAMACHO, CONQUIEN ACTUA, CERTIFICA Y DA FE.- FIRMADO.- DOSFIRMAS ILEGIBLES.---

Y PARA SU PUBLICACiÓN EN EL PERiÓDICO OFICIALDEL ESTADO, Así COMO EN UNO DE LOS DIARIOS DEMAYOR CIRCULACiÓN QUE SE EDITAN EN LA CIUDADDE VILLAHERMOSA, TABASCO, POR TRES VECESCONSECUTIVAS DE TRES EN TRES OlAS;HACIENDOLE SABER A LAS PERSONAS QUE SECREAN CON DERECHO EN ESTE JUICIO, QUEDEBERAN COMPARECER ANTE ESTE JUZGADO AHACERLOS VALER, EN UN TÉRMINO DE QUINCE OlASHABILES, CONTADOS A PARTIR DEL OlA SIGUIENTEDE LA ULTIMA PUBLICACiÓN QUE SE EXHIBA,EXPIDO EL PRESENTE EDICTO A LOS VEINTISIETEOlAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL NUEVE, ENLA CIUDAD DE NACAJUCA, TABASCO.---

LA SECRETARIA JUDICIAL DE ACUERDOS.L1CDA. MABI IZQUIERDO GOMEZ.

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 25

No. 26162 INFORMACiÓN DE DOMINIO

AL PÚBLICO EN GENERAL.PRESENTE:

Que en el Expediente 237/2009 RELATIVO ALPROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DEINFORMACiÓN DE DOMINIO promovido JUVENTINOHERRERA DE LA CRUZ Y LIDIA RAMOS LÉON,CON FECHA VEINTISEIS DE MAYO DEL AÑO DOSMIL NUEVE, SE DICTO UN AUTO DE INICIO QUECOPIADO A LA LETRA DICE:-----"RAZÓN SECRETARIAL.- En veintiséis de mayo delaño dos mil nueve, la Secretaria Judicial de cuenta alciudadano Juez, con el escrito signado por losCiudadanos JUVENTINO HERRERA DE LA CRUZ YLIDIA RAMOS LEÓN Y anexos, de fecha diecinueve demayo del presente año y recepcionados el dia mismodía del año actual. Conste.------

AUTO DE INICIOVIA DE PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO

CONTENCIOSO INFORMACiÓN DE DOMINIO.

JUZGADO DE PAZ DEL SEGUNDO DISTRITOJUDICIAL DE FRONTERA, CENTLA, TABASCO, AVEINTISEIS (26) DE MAYO DEL AÑO DOS MILNUEVE .------VISTO.- Lo de cuenta, se acuerda.-------PRIMERO.- Se tiene por- presentados a los ciudadanosJUVENTINO HERRERA DE LA CRUZ Y LIDIA RAMOSLEÓN, con el escrito de cuenta y documentos anexos,consistente en: CONTRATO DE ENAJENACIÓN, defecha catorce de noviembre del año mil novecientossetenta y siete, INSCRIPICIÓN EN EL CATASTRO,con número 6375 de fecha cuatro de abril de milnovecientos noventa y uno, ASIGNACiÓN DENÚMERO OFICIAL, de fecha siete de febrero del añodos mil uno, expedida por el Director de Obras PúblicasING. JOSÉ ANGEL VASCONCELOS LÓPEZCONSTANCIA DE POSESiÓN, fecha veinte de febrerodel año mil novecientos noventa y uno, expedida por elDelegado Municipal de la Villa Cuauhtémoc, Centla,Tabasco, Ciudadano CACIANO OLAN SILVAN, UNRECIBO DE PAGO PREDIAL, CONSTANCIA DELDIRECTOR DE CAT ASTRO~ de fecha catorce de mayodel año dos mil nueve, expedida por el Director 'de

Catastro Arq. CARLOS MARIO VILLANUEVACELORIO DOS ACTAS olE NACIMIENTO, con número18202 y la segunda conl número de control 172477;promoviendo en la V1íA DE PROCEDIMIENTOJUDICIAL NO CONTENCIOSO, DILIGENCIAS DE

INFORMACiÓN DE DOM1N'O' respecto de un prediosuburbano ubicado en I Villa Cuauhtémoc, Centla,Tabasco, constante de un superficie de 1,400 M2 (MilCuatrocientos metros Cu drados) con las siguientesmedidas y colindancias SIgUientes: al NORTE: 24.00Mts. Con Napoleón Dion cio Ramón, al SUR: 26.00Mts. Con Calle Francisco 1

1

" Madero, AL ESTE: 56.00Mts con Victorino León y OESTE: 56.00 Mts conMARGARITA HERNÁNDEt.----SEGUNDO.- Con fundambnto en los Artículo 1295,1304, 1305, 1318 Y demásl relativo del Código Civil, enconcordancia con los nu1erales 18, 24, 55, 69 Y 70fracción 1, 119, 124, 755 Y demás relativos del Códigode Procedimientos Civilef, ambos en vigor en elEstado; se da entrada a la! denuncia en la vía y formapropuesta; consecuencia,' fórmese el expedienterespectivo, regístrese en e~ Libro de Gobierno que selleva en este Juzgado .bajo el número que lecorresponda, dese aviso ~e su inicio al H. TribunalSuperior de Justicia del Estado, y al C. Agente delMinisterio Público adscrjto a este Juzgado laintervención que en derechd le corresponda.-----TERCERO.- Se ordena la publicación de este auto através de edictos que se publicaran por tres vecesconsecutivas de tres en treJ días en el periódico Oficialdel Estado y en un Diario d~ Mayor Circulación, que seedite en la ciudad de Viñahérrnosa, Tabasco; así comotambién se fijen avisos en los lugares públicos másconcurridos en esta ciudad, para que quien se crea conlo mejor derecho comparezca ante este juzgado adeducir sus derechos legale$, señalándose para el/o untérmino de TREINTA OlAS, contados a partir del díasiguiente de la fecha de la última publicación de losedictos respectivos y para que proceda a fijar avisos enlos lugares públicos más concurridos en los tablerosdestinados al efecto de esta ~ependencia.-----

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26 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

CUARTO.- Notifíquese al Director del Registro Públicode la Propiedad y del Comercio, con domicilioampliamente conocido en If¡ Ciudad de Villahermosa,Tabasco, la radicación y trámite que guardan laspresentes diligencias de IN~ORMACIÓN DE DOMINIO,promovido por los Ciudadanps JUVENTINO HERRERALEÓN Y LIDIA RAMOS L~ÓN, a fin de que en untérmino de TRES DIAS corríputabíe manifieste lo que asus derechos o intereses i convenga; como también

I

para que señale domicilio r autorice persona en estaciudad, para los efectos, de oír y recibir citas ynotificaciones aun las de c~rácter personal, apercibidoque en caso de no hpcerlo, las subsecuentesnotificaciones le surtirán ,us efectos por las listasfijadas en los tableros ide avisos del Juzgado,debiéndosele entregar COPirS fotostática debidamenteselladas y rubricadas del escrito inicial y documentospresentado por el promoven~e.------QUINTO,- Como el domicilio del Director del registroPúblico de la Propiedad y ~el Comercio se encuentrafuera de esta Jurisdicción, 'con apoyo en los artículos119 y 124 del Código de Rrocedimientos civiles antesinvocado, y con los insettos necesarios y por losconductos legales pertinent~s, gírese atento exhorto alciudadano Juez de Paz competente de aquella ciudadpara que en auxilio a las labores de este juzgado, sesirva notificar lo anterior Ial registrador Público enmención, concediéndole por razón de la distancia undía más para que desahog~e la notificación ordenada,con 12 supl'ca: de que tan :pronto se encuentre en suPoder dicho exhorto lo nlande a diligenciar en sustérminos a la brevedad Pfsible y devolverlo bajo lamisma circunstancia.----SEXTO.- En cuanto a las ~estimoniales que ofrece elpromovente, dígasele que ~or el momento no ha lugarde señalar fecha para su dlesahogo, hasta en tanto sedé cumplimiento a lo requenoo en los puntos queanteceden.------

SÉPTIMO.- Señala el promovente para oír, recibir citasy notificaciones el ubicado en la calle Francisco 1.Madero Número 88, de la Villa Cuauhtémoc, Centla,Tabasco, y por autorizando para tales efectos, alCiudadano Licenciado VICTOR MANUEL RINCONSÁNCHEZ y al pasante de derecho CiudadanoRAFAEL BAEZ CALDERON.----OCTAVO.- Asimismo se requiere a la parte actora paraque en el término de TRES DIAS HABILES,proporcione a este juzgado el domicilio correcto de loscolindantes y sus respectivos traslados para estar encondiciones de notificarlos y éstos a su vez, seanrequeridos para que manifieste lo que a sus derechosconvenga en cuanto al presente juicio, de conformidadcon el numeral 90 del Código de Procedimientos Civilesen vigor en el Estado.-

NOTIFlaUESE PERSONALMENTE Y CÚMPLASE.-----

Asl LO PROVEYÓ, MANDA Y FIRMA EL CIUDADANOLICENCIADO LUDWIG OVANDO RAMON JUEZ DEPAZ DE, ESTE MUNICIPIO, POR ANTE LASECRETARIA JUDICIAL DE ACUERDOSCIUDADANA LICENCIADA ANDREA GONZÁCEZLARA, aUE CERTIFICA y DA FE.------

Lo que transcribo para su publicación en el PeriódicoOficial del Estado, como en un diario de mayorcirculación en el Estado, anunciándose por TRESveces consecutivas de TRES EN TRES DIAS

A T E N T A M E N T E.EL C. JUEZ DE PAZ.

LIC. LUDWIG OVANDO RAMÓN1-2-3

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 27

No. 26198 JUICIO ESPECIAL DE CANCELACiÓNDE PENSiÓN ALIMENTICIA

IJUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE H.1CARDENAS, TABASCO.

JOSE GUADALUPE y MARTHA ALICIA VIDAL PALMADONDE SE ENCUENTRE:

QUE EN EL EXPEDIENTE CIVIL NÚMERO 515/2006,relativo a juicio ESPECIAL DE CANCELACiÓN DEPENSiÓN ALIMENTICIA promovido por GUADALUPEVIDAL NARANJO, en contra de CELIA PALMACORDOVA, JOSE GUADALUPE y MARTHA ALICIAVIDAL PALMA el doce de enero del año en curso, se dictóun acuerdo que establece:----JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIADEL SEXTO DISTRITO JUDICIAL DE CARDENAS,TABASCO, MÉXICO. DOCE DE ENERO DE DOS MILDIEZ.---VISTO.- El escrito de cuenta, se acuerda:---PRIMERO.- Se tiene por presentado al actor de lapresente causa, ciudadano GUADALUPE VIDALNARANJO, con su escrito de cuenta, en cuanto a lo quesolicita no ha lugar a acordar favorable su petición enrelación que se giren los oficios ordenados en el auto defecha veintinueve de septiembre del año dos mil seis, envirtud de que los mismos ya fueron girados, mediante losoficios 3024, 3025, 3026, 3027 Y 3028. de fecha veintitrésde octubre del dos mil seis por lo que deberá estarse a loproveído por auto de fecha treinta y uno de mayo y ochode diciembre ambos del dos mil seis.----SEGUNDO.- Como se advierte de los presentes autos ycomo lo solicito el actor, en su escrito de cuenta en losque solicita que los demandados JOSE GUADALUPE yMARTHA ALICIA VIDAL PALMA, sea emplazadamediante edictos; en consecuencia, toda vez que ya obranen los presentes autos, los informes rendidos por laslnstítuto " Federal Electoral; por el titular de la UnidadJurídica del Sistema de Agua y Saneamiento de esteMunicipio; Administrador Municipal de SAPAET; y Jefe deOficina Jurídica de la Comisión Federal de Electricidad,consistentes en que en dichas instituciones no existenregistro alguno a nombre de los demandados dondeconste su domicilio, por lo tanto, se ignora el mismo; y enconsecuencia, de conformidad con lo dispuesto en losartículos 131 fracción 111y 139 Fracción 1I del Código deProcedimientos Civiles en vigor en Tabasco, se ordenaemplazar a los demandados JOSE GUADALUPE yMARTHA ALICIA VIDAL PALMA, por medio de EDICTOS,los cuales deberán ser publicados por tres veces de tresen tres días en el Periódíco Oficial y en otro de mayorcirculación en el Estado de Tabasco, haciéndole saber a lademandada, que deberá presentarse dentro del término deTREINTA OlAS hábiles, para que pase a recoger las ------

copias de la del1!anda y anex~s a la primera secretaria deéste Juzgado, mismas que quedan a su disposición, en lainteligencia que dicho térrnino comenzará a correr a partirdel día siguiente de la úllirna fecha de publicaciónordenada y vencido que sea Iel término de referencia seles tendrán por legalmente ~mplazados y empezará acorrer a partir del dia siquiente, el término de NUEVEOlAS hábiles, para que proríuzca su contestación anteeste recinto judicial, advertida que de no hacerlo serádeclarada en rebeldía y se le tendrá por contestada lademanda en sentido neqativo, tal y como lo establecen losnumerales 228 y 229 fracciones I y 11del Código AdjetivoCivil Vigente en esta entidad: asimísmo, requiéranselespara que señale domicilio en ¡éste municipio, para efectosde oír y recibir citas y notificaciones, apercibida que de nohacerlo, las subsecuentes notificaciones aun las decarácter personal, le surtirá sus efectos por las LISTASfijadas en los tableros de avisos de este Juzgado, tal ycomo lo establece el precepto legal 229 fracción 11 enrelación al numeral 136 de la! Ley Procesal Civil aplicableantes mencionada.---NOTIFIQUESE POR LISTA YiCÚMPLASE.---Así LO PROVEYÓ, MANDA I Y FIRMA EL CIUDADANOLICENCIADO OSCAR PERE21 ALONSO, JUEZ PRIMEROCIVIL DE PRIMERP, I~~STANCIA DEL SE)~TO DISTRITOJUDICIAL DE CARDENAS, tABASCO, MEXICO, ANTELA SECRETARIA JUDICIAL! LICENCIADA CHRISTELLPEREZ HERNANDEZ, CON QUIEN LEGALMENTEACTUA, QUE CERTIFICA Y 9A FE.---

Y PARA SU PUBLICACiÓN 1'N EL PERIODICO OFICIALDEL ESTADO Y EN OT O DE LOS DE MAYORCIRCULACiÓN ESTATAL Q E SE PUBLIQUE, EXPIDOEL PRESENTE EDICTO A L S VEINTIOCHO OlAS DELMES DE ENERC? DEL AÑep DOS MIL DIEZ, EN LACIUDAD DE H. CARDENAS, tABASCO.----

ATENTAMENTELA SECRETA~IA JUDICIAL.

LIC. CHRISTELL PEkEZ HERNANDEZ.

1-2-3

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28 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

I

JUIICIO EJECUTIVO MERCANTILI PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TABASCO

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL OCTAVO DISTRITO JUDICIAL DE TEAPA, TABASCO.

No. 26213

SE CONVOCA POSTORES PARAREMATE EN PRIMERA ALMONEDA.PRESENTE.

QUE EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 362/2006,RELATIVO AL JUICIO EJ!=CUTIVO MERCAÍ\lTIL,PROMOVIDO POR EL LICENCIADO KLEVER RAMOSDOPORTO, EN CONTRA DEL CIUDADANOALFREDO HERNÁNDEZ' G. y/o ALFREDOHERNÁNDEZ GARCíA, E~ FECHA ONCE DEFEBRERO DEL DOS MIL DI$Z, SE DICTO UN AUTOMISMO QUE COPIADO INTEGRAMENTE A LALETRA DICE---- I

"JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DELOCTAVO DISTRITO JUDICIA!L DE TEAPA, TABASCO.MÉXICO ONCE DE FEBRERO DE DOS MIL DIEZ.----VISTO:- El escrito de cuenta, se acuerda.----PRIMERO.- En cuanto al escrito presentado por elactor ejecutante Lice nciak:lo KLEVER RAMOSDOPORTO. en donde solicita se saque a remate albien embargado en este juicio, es de decírsele, quetoda vez que las partes actor' y demandado no hicieronmanifestación alguna respecto de la vista ordenada delos avalúos emitidos por el Irjlgeniero MIGUEL ANGELGARCíA GONZÁLEZ e Ingeniero JOSÉ ALFREDOBEL TRAN, perito propuestos por la parte actora y enrebeldía de la demandada, dándole ambos un valorcomercial de SETECIENTOSl MIL PESOS, conforme loprevienen los articulas 1078 Y 1410 del Código deComercio en vigor, se les tie~e por perdido el derechopara hacerlo ---- ¡SEGUNDO.- Ahora bien, fonforme lo previene elnumeral 1257 del Código de Comercio en Vigor, todavez que no existe diferencia Idel valor comercial de losavalúos efectuados por losl peritos de las partes lacantidad de base, para el valor comercial del predioembargado será de SETECI~NTOS MIL PESOS, por loque se declara aprobada ésta cantídad para todos losefectos legales a que haya I*ar.----TERCERO.- Como lo solicit. el ejecutante LicenciadoKLEVER RAMOS DOPaR 0, con fundamento en elarticulo 1411 del Código d1 Comercio en vigor, 473,475, 476, 477, 478, 480, 481, 482 Y relativos delCodígo Federal de pro.cedímtentos Civiles Vigente en elEstado, sáquese a públic subasta en PRIMERAALMONED.A., y al mejor pos or, el bien inmueble que acontinuación se describe Predio urbano conconstrucción ubicado en lel Boulevard LicenciadoFrancisco Trujillo Gurria sin número, de la ciudad deTeapa, Tabasco, constante Q1euna superficie de 584.00

m2, Inscrito en el Registro Público de la Propiedad ydel Comercio de Jalapa. Tabasco, registro número 32,predio número 8995, folio 205, volumen 29, EscrituraPública del 31 de Diciembre de 1988, a nombre deALFREDO HERNÁNDEZ GARCíA Con la siguienteNota de Inscripción: Jalapa, Tabasco, a tres de enerodel dos mil siete, EL EMBARGO JUDICIAL, contenidoen esta escritura pública a que este testimonio serefiere presentado hoy a las 12.54 horas, fue inscritobajo el número 001 del libro general de entradas; afolios de! 001 al 005 del libro de duplicados volumen 83quedando afectado por dicho embargo el predionúmero 8995, folio 203 del libro mayor volumen 29.-Rec. No 3822054; al cual se le fijó un valor comercialpor la cantidad de $700.000.00 (SETECIENTOS MILPESOS, 00/100 M.N.), siendo postura legal para elremate la que cubra cuando menos el monto del avalúofijado al bien inmueble embargado.--CUARTO.- En virtud de que el bien que se pretenderematar es inmueble, anúnciese la presente subastapor TRES VECES DENTRO DE NUEVE DíAS, en elPeriódico Oficial del Estado, yen uno de los diarios demayor circulación que se editan en el Estado, aelección del ejecutante, fijándose además, avisos enlos sitios públicos de mayor concurrencia de estaciudad, así como en el lugar de la ubicación del predioen cuestión. convocando postores, los cuales deberánacudir a la diligencia de remate en el local que ocupa

. este H Juzgado, la cual tendrá verificativo a las DIEZHORAS DEL DíA VEINTE DE ABRIL DEL DOS MILDIEZ, debiendo los licitadores depositar previamenteen numerario oen cheque certificado a favor delTribunal, en el Departamento de Consignaciones yPagos comunes a estos Juzgados, una cantidad igual ópor lo menos el diez por ciento del valor del inmuebleque sirve de base para el remate, sin cuyo requisito noserán ádmitidos -----NOTIFíQUESE PERSONALMENTE Y CÚMPLASE AsíLO PROVEYÓ, MANDA Y FIRMA LA CIUDADANALICENCIADA GUADALUPE LÓPEZ MADRIGAL, JUEZCIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITOJUDICIAL, POR Y ANTE LA CIUDADANALICENCIADA GUADALUPE 1. CANO MOLLlNEDO,SECRETARIA JUDICIAL DE ACUERDOS CON QUIENLEGALMENTE ACTÚA, CERTIFICA Y DA FE-----

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6 DE MARZO DE 2010 PERIÓj:>ICO OFICIAL 29

y PARA SU PUBLICACiÓN POR TRES VECESDENTRO DE NUEVE DíAS EN EL PERiÓDICOOFICIAL DEL ESTADO y EN UNO DE LOS DIARIOSDE MAYOR CIRCULACiÓN QUE SE EDITAN EN LACAPITAL DE NUESTRO ESTADO, SE EXPIDE ELPRESENTE EDICTO PARA EFECTOS DE SACAR APÚBLICA SUBASTA EN PRIMERA ALMONEDA Y ALMEJOR POSTOR ,EL BIEN INMUEBLE ANTESDISCRITO, CONFORME A LO ESTABLECIDO PORLOS ARTíCULOS 1411 DEL CÓDIGO DE COMERCIOEN VIGOR Y 473,475,476,477,478,480, 481, 482 YDEMÁS RELATIVOS DEL CÓDIGO FEDERAL DEPROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACiÓNSUPLETORIA EN MATERIA MERCANTIL DADO ENLA CIUDAD DE TEAPA, TABASCO, EL QUINCE DEFEBRERO DEL DOS MIL DIEZ.----

SECRETARIA JUDICIAL.L/CDA. GUADALUPE T. CANO MOLLlNEDO

CUENTA SECRETARIAL.- En once de febrerode dosmil diez, la Secretaria Judicial da cuenta a laCiudadana Juez, con el escrito suscrito por KLEVERRAMOS DOPORTO, recibido el cinco del mes y año encurso-e-Conste. ----JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DELOCTAVO DISTRITO JUDICIAL DE TEAPA, TABASCO,MÉXICO. ONCE DE FEBRERO DE DOS MIL DIEZ----VISTO.- El escrito de cuenta, se acuerda:----PRIMERO.- En cuanto al escrito presentado por elactor ejecutante Licenciado KLEVER RAMOSDOPORTO, en donde solicita se saque a remate elbien embargado en este juicio, es de decírsele, que.toda vez que las partes actor y demandado no hicieronmanifestación alguna respecto de la vista ordenada delos avalúos emitidos por el Ingeniero MIGUEL ÁNGELGARCíA GONZÁLEZ e Ingeniero JOSÉ ALFREDOSILVA BELTRÁN, perito propuesto por la palie actora yen rebeldía de la demandada, dándole ambos un valorcomercial de SETECIENTO MIL PESOS, conforme loprevienen los artículos 1078 Y 1410 del Código deComercio en Vigor, se les tiene por perdido el derechopara hacerlo. -----SEGUNDO.- Ahora bien, conforme lo previene elnumeral 1257 del Código de Comercio en Vigor, todavez que no existe diferencia del valor comercial de losavalúos efectuados por los peritos de las partes, lacantidad de base para el valor comercial del predioembargado será de SETECIENTOS MIL PESOS, por loque se declara aprobada esta cantidad para todos losefectos legales a que haya lugar.------TERCERO.- Como lo solicita el ejecutante LicenciadoKLEVER RAMOS DOPORTO, con fundamento en elartículo 1411 del Código de Comercio en Vigor, 473,475, 476, 477, 478, 480, 481, 482 Y relativos delCódigo Federal de Procedimientos Civiles Vigente en elEstado, sáquese a pública subasta en PRIMERA

ALMONEDA, Y al mejor postor, el bien inmueble que acontinuación se describe:~----Predio urbano con construcción ubicado en elBoulevard Licenciado Francisco Trujillo Gurria sinnúmero, de la ciudad de lteapa, Tabasco, constante deuna superficie de 584.001 m2, Inscrito en el RegistroPúblico de la Propiedad I y del Comercio de Jalapa,Tabasco, registro número ]32, predio número 8995, folio205, volumen 29, Escritur~ Pública del 31 de Diciembrede 1988, a nombre df ALFREDO HERNÁNDEZGARCíA, con la SigUiente~'Nota de Inscripción; Jalapa,Tabasco, a tres de en ro del dos mil siete, ELEMBARGO JUDICIAL, e ntenido en esta escritura aque este testimonio se refiere presentado hoy a las12.54 horas, fue inscrito ~ajo el número 001 del librogeneral de entradas; a foliq>sdel 001 al 005 del libro deduplicados volumen 83 quedando afectado por dichoembargo el predio número 8995, folio 203 del libromayor volumen 29.- Rec. tiJa 3822054; al cual se le fijóun valor comercial por I~ cantidad de $700.000.00(SETECIENTOS MIL PE~OS, 00/100 M.N.), siendopostura legal para el remate la que cubra cuandomenos el monto del avajúo fijado al bien inmuebleembargado.- ICUARTO- En virtud de ¡.e el bien que se pretenderematar es inmueble, anú ciese la present,e subastapor TRES VECES DENT O DE NUEVE OlAS, en elPeriódico Oficial del Estaco, y en uno de los diarios demayor circulación que s~ editan en el Estado, aelección del ejecutante, fij?ndose además, avisos enlos sitios públicos de mayor concurrencia de estaciudad, así como en el lugéjr de la ubicación del predioen cuestión. convocando pbstores, los cuales deberánacudir a la diligencia de remate en el local que ocupaeste H. Juzgado, la cual tendrá verificativo a las DIEZHORAS DEL DíA VEINTE IDE ABRIL DEL DOS MILDIEZ, debiendo los licitad res depositar previamenteen numerario o en cheq e certificado a favor delTribunal, en el Departam nto de Consignaciones yPagos comunes a estos Juz ados, una cantidad igual ópor lo menos el diez por ci nto del valor del inmuebleque sirve de base para el r mate, sin cuyo requisito noserán admitidos.----- ,NOTFíQUESE PERSONALr'!1ENTE Y CÚMPLASE.----Así LO PROVEYÓ, MANDAI Y FIRMA LA CIUDADANALICENCIADA GUADALUPE ILÓPEZ MADRIGAL, JUEZCIVIL DE PRIMERA INSlrANCIA DEL DISTRITOJUDICIAL, POR Y ANTE LA CIUDADANALICENCIADA GUADALUPEI T CANO MOLLlNEDO,SECRETARIA JUDICIAL DEIACUERDOS CON QUIENLEGALMENTE ACTÚA, CERTIFICA Y DA FE.----Este proveído se publicó en Ila lista de acuerdos del díaonce de febrero del dos mil ~iez, y con la misma fechase turna a la Actuaria para sul notificación.----Conste----Exp 362/2006.

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30 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

INFORMACION DE DOMINIOPODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TABASCO

JUZGADO DE PAZ DE MACUSPANA, TABASCO.

No.- 26219

I"AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL"

Que en el expediente número 75/2010, relativo ALPROCEDIMIENTO JUDICI~L NO CONTENCIOSO DEINFORMACiÓN DE D MINIO, promovido porFRANCISCO HERNANDE FELlX, 15/01/2010, sedictó auto de inicio que copi do a la letra dice:----JUZGADO DE PAZ D~·L NOVENO DISTRITOJUDICIAL DEL ESTADO, ON SEDE EN LA CIUDADDE MACUSPANA, TABAS O, A QUINCE DE ENERODEL AÑO DOS MIL DIEZ.- -VISTOS; La razón de cuenta de la secretaría, seacuerda:--PRIM5RO.- Se tiene por presentados a losciudadanos FRANCISCO HERNANDEZ FELlX, con suescrito de cuenta y anexos consistentes en;certificación expedida por! el Licenciado AGUSTINMAYO CRUZ, Registrador I Público de la Propiedad ydel Comercio de Jalapa, tabasco, del predio rústicoubicado en la Ranchería C¡:acahuatalillo del Municipiode Macuspana, Tabasco; I Original de un plano delpredio urbano rustico del predio motivo de la presenteIiti" , él nombre de FRANC~SCO HERNANDEZ FELlX;Original de la constancia e p.edida por la Subdirecciónde Catastro de éste Munici io de Macuspana, Tabasco;así como una constancia I expedida por GREGORIOGERONIMO HERNANDEZi Delegado Municipal de laVilla Benito Juárez, Macuspana, Tabasco; con loscuales viene en la víal de PROCEDIMIENTOJUDICIAL NO CONTENCI<!>SO a promover JUICIO DEPROCEDIMIENTO JUDICIIAL N!J CONTENCIOSODILIGENCIAS DE INFOIRMACION DE DOMINIO,respecto al predio Urbanol ubicado rustico ubicadoen la Ranchería Cacahuatalillo, de este Municipiode tV'.acuspana, Tabasco, constante de unasuperficie total de 33 .34 m2 (TRESCIENTOSTREINTA Y SIETE PUN O TREINTA Y CUATROMETROS) el cual se enc entra localizado dentro lassiguientes medidas y colin ancias: AL NORTE: 21.00metros con VICTOR HE NANDEZ GERONIMO; ALSUR: 20.00 metros con SI ON HERNANDEZ PEREZ;AL ESTE: 15.10 metros c n ERASMO CRUZ ARIAS;AL OESTE: 17.50 metros con CAMINO REAL.---SEGUNDO.- Con fundamerlto en los artículos 877, 889,890,900,901,902,903,906,907,924,936,939,940,941, 942, 1318 Y relativos d~1Código Civil vigente en elEstado, en relación con 100snumerales 16, 710, 711,712 Y 755 Y relativos del lCóciqo de ProcedimientosCiviles en vigor se admite 113 solicitud en la vía y formapropuesta; en consecuencjia, fórmese el expedienterespectivo, regístrese en ~l libro de gobierno bajo elnúmero que le corresponda, dése aviso de su inicio alTribunal Superíor de J~sticia del Estado, y laintervención correspondiente al agente del MinisterioPúblico adscrito a este Juzgado así como alRegistrador Público de la Propiedad y del Comercio deesta Ciudad.---

TERCERO.- Al respecto, dése amplia publicidad pormedio de edictos que se publicarán en el PeriódicoOficial del Estado, por tres veces, de tres en tres díasconsecutivamente y en uno de los diarios de mayorcirculación de los que editan en la Capital del Estado,mismos que se editan en los lugares públicos másconcurridos de esta ciudad y en la ubicación delinmueble, lo anterior es con la finalidad de que quien secrea con derechos sobre el predio mencionado conanterioridad comparezca a este juzgado a hacer valersus derechos y conforme lo dispone el artículo 139 dela Ley Adjetiva Civil vigente fíjense los avisos en loslugares públicos de costumbre y en el lugar deubicación del predio de referencia, agregados que seanlos periódicos y a petición del promovente se fijaráfecha y hora para el desahogo de la prueba testimonial;asimismo para estar en condiciones de hacerlo se lerequiere a la promovente para que en su siguienteintervención en los autos, nombre a los testigos tendrána su cargo la intervención en la diligencia en comento,apercibido que de no hacerlo reportará el perjuicioprocesal que sobrevenga si no lleva a cabo el actodentro de la oportunidad que se le haya conferido; deconformidad con lo establecido en el numeral 90 delCódigo de Procedimientos Civiles en vigor.---CUARTO.- Hágasele saber al Registrador Público de laPropiedad y del Comercio de Jalapa, Tabasco, laradicación de la presente diligencia a fin de queexprese lo que a su derecho corresponda si los tuviere.Asimismo, requiéraseles para que dentro de término deTRES DIAS HABILES contados al día siguiente de lanotificación que se les haga del presente proveidoseñale domicilio en esta ciudad para oír y recibir citas ynotificaciones, advertidos que en caso de nocomparecer las subsecuentes notificaciones aun las decarácter personal le surtirán sus efectos por la listafijada en los t-ableros de avisos del juzgado, lo anteriorcon fundamento en el artículo 136 del Código deProceder en la materia.---QUINTO.- Consecuentemente, y con fundamento enlos artículos 241 y 264 del Código de ProcedimientosCiviles en vigor en el Estado, gírese atento oficio alPresidente Municipal de esta Ciudad, y a la Direcciónde Catastro Municipal de esta Ciudad de Macuspana,Tabasco, asi como a la Delegación Agraria en elEstado con atención al Jefe de Terrenos Nacionalescon domicilio conocido en la ciudad de Villa hermosa,Tabasco, para los efectos de que informen a estejuzgado, si el predio rústico ubicado en la rancheríaCacahuatalillo de ésta Ciudad de Macuspana, Tabasco;AL norte: 21.00 metros con VICTOR HERNANDEZGERONIMO; AL SUR: 20.00 metros con SIMONHERNANDEZ PEREZ; AL ESTE: 15.10 metros conERASMO CRUZ ARIAS; AL OESTE: 17.50 metros con

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 31

CAMINO REAL; pertenece o no al fundo legal delmunicipio a la nación y en cuanto a la Dirección deCatastro Municipal, deberá informar a este Tribunal sise encuentra catastrado el predio mencionado enlíneas anteriores a nombre de persona alguna,respectivamente.---SEXTO.- Apareciendo que el Registrador Público de laPropiedad y del Comercio tiene intervención en estadiligencia y que tiene su domicilio en la ciudad deJalapa, Tabasco, con apoyo en lo dispuesto por losartículos 143 y 144 del Código de ProcedimientosCiviles vigente en el Estado, gírese atento exhorto conlas inserciones necesarias al Juez de Paz de aquellaciudad, para los efectos de que en auxilio ycolaboración de este juzgado, ordene a quiencorresponda notifique este acuerdo al funcionario antesmencionado.----SEPTIMO.- Dese al Agente del Ministerio PúblicoAdscrito al Juzgado, la intervención que por derecho lecorresponde, con domicilio ampliamente conocido en laPlanta Baja de este Recinto Judicial.---OCTAVO.- Queda a cargo del promovente dar eltrámite correspondiente a los oficios ordenados en elpresente auto de inicio.---NOVENO.- Asimismo como lo solicita el promovente,notjfiquesele a los colindantes VICTOR HERNANDEZGERONIMO, SIMON HERNANDEZ PEREZ yERASMO CRUZ ARIAS quienes tienen domicilioubicado en la rancheria Cacahuatalillo perteneciente aeste Ciudad de Macuspana, Tabasco; haciéndolesaber la radicación de la presente causa con elinserción del auto de inicio del Quince de enero del añoque transcurre; asimismo 'que se le concede un términode -¡RES OlAS HABILES, contados a partir del díasiguiente al en que le sea legalmente notificado delpresente proveído para que manifiesten lo que susderechos corresponda y señalen domicilio en estaciudad para oír y recibir citas JI notificaciones,advertidos de hacer caso omiso en el primer término sele tendrá por perdido el derecho para hacerlo conposterioridad de conformidad con lo establecido en elnúmero 90 y 118 del Código en cita, asimismo en caso

de no comparecer las subsecuentes notificaciones aunlas de carácter personal le lsurtiran sus efectos por lalista fijada en los tableros de avisos del juzgado, loanterior con fundamento en el artículo 136 del Códigode Proceder en la materia.--~DECIMO.- Téngase a los p~movente señalando comodomicilio para oír y reci ir citas y notificaciones,DESPACHO JURIDICO U ICADO EN LA CALLEMELCHOR OCAMPO NUM RO 438 de esta Ciudad deMacuspana, Tabasco y auto izando para oírlas aun lasde carácter personal así co~o para recibirlas, inclusivecopias certificadas de a tuaciones Judiciales alLicenciado JULIO CESAR Z PATA LOPEZ. RICARDOCHABLE ALVAREZ, desíqnando al primero de losnombrados como su abOldO patrono, con cedulaprofesional 395412; person lidad que se le tiene porreconocida toda < vez que I letrado de merito tieneregistrada su cedula profesi nal en el libro que paratales efectos se lleva en estejuzgado.---NO.TIFIQUESE PERSONAL~ENTE y CUMPLASE.----ASI LO PROVEYO. MANDA V FIRMAEL CIUDADANOLICENCIADO HOMAR CALbERON JIMENEZ, JUEZDE PAZ DE MACUSPANA, TABASCO, POR Y ANTEEL SECRETARIO JUDICIAL LICENCIADO LEVITMOSCOSO GONZALEZ, C<pN QUIEN ACTUA, QUECERTIFICA Y DA FE.---

Por mandato judicial y paJ'a su publicación en elperiódico oficial del estado y n otro periódico dé los demayor circulación de los qu editan en la capital delestado, por tres veces dentr de nueve días, expido elpresente edicto en la ciudad ~e Macuspana, estado deTabasco, república mel<icana.t a los diecinueve días delmes de Febrero del año dos [f¡il Diez.--- .

ATENTA~ENTESUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCiÓN.

EL SECRETARIO JUDI IAL DEL JUZGADO.

LIC. LEVIT Moscdso GONZALEZ1-2-3

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32 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

JUICIO EJECUTIVO MERCANTILJUZ~ADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO

JUDICIAL DE H. CARDENAS, TABASCO.

No. 26217

AL PÚBLICO EN GENERAL:

QUE EN EL EXPEDIEJ,TE NÚMERO 345/2008,RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL,PROMOVIDO POR EL L1CE CIADO JOAQUIN AYALOSHERNANDEZ, ENDOSATAR O EN PROCURACION DEROBERTO CUSTODIO DE~' A CRUZ, EN CONTRA DEJUAN JOSÉ SOLlS PALAC OS y SANTOS MORALESRAMIREZ, EL N~EVE DE F BRERO DEL AÑO DOS MILDIEZ, SE LLEVO A EFEC O UNA DILIGENCIA QUEESTABLECE:---. .DILIGENCIA DE REMATE E1PRIMERA ALMONEDA.En la ciudad de H. Cárdena , Tabasco, siendo las diezhoras del día nueve de fe rero del año dos mil diez,estando en audiencia públi a el ciudadano LicenciadoOSCAR PEREZ ALONSO. Juez Primero de PrimeraInstancia del Distrito Judicibl de Cárdenas, Tabasco,asistida de la. ciudadana Lic~nciada CHRISTELL PEREZHERNANDEZ. que certifica y ~a fe, se HACE CONST AR:--Que comparece el ciudadanol ROBERTO CUSTODIO DELA CRUZ, endosante en la, presente causa, quien seidentifica con su credencial para votar, con folio número0000046191176, con firma y fotografía que coincide conlos rasqos físicos de la pers~na que tengo a la vista, lacual devuelvo por ser de su u o personal, quedando copiasimple de la misma en auto para mayor constancia yquien bajo protesta de decir I verdad, por sus generalesmanifestó llamarse como ha ¡quedado escrito, ser de 40años de edad, fecha de nacimiento 29 de mayo de 1969,estado civil casado, oriqinar]o de' Cárdenas, Tabasco,grado de estudios comercio, bcupación auxiliar contable,con domicilio actual en 'a Manzana C, lote 2,departamento 201, colonia Intpnavit Deportiva, Cárdenas,Tabasco: el Licenciado HASSr-N TORRES FERNANDEZacreedor reerubargante, quierh se identifica con su cédulaprofesional, con folio número 3560526, con firma .yfotografía que coincide con los rasgos físicos de lapersona que tenga a la vista, 1$cual le devuelvo por ser desu uso personal, quedando copia simple de la misma enautos para mayor constancia y quien bajo protesta de decírla verdad, por sus generales rinanifestó llamarse como haquedado escrito, ser de 36 años de edad, estado civilcasado, originario de Cárdenas, Tabasco, grado deestudios Licenciatura, ocupación litigante, con domicilioactual en la Calle Zafiro. casa K3, Fraccionamiento VillaEsmeralda, Cárdenas, Tabasco: haciéndo constar laincomparecencia' de los demandados JUAN SOLlSPALACIOS y SANTOS MORALES RAMIREZ, y delciudadano ROBERTO SOLlS PALACIOS, no obstante dehaber sido debidamente notifictldos.---Seguidamente se da cuenta al Ciudadano Juez de lacausa, con el oficio número 5613, signado por la LicenciadaL1L1DEL ROSARIO HERNAN[jEZ HERNANDEZ y el oficionúmero 415, signado por la Licenciada PATRICIASANCHEZ ROMERO, recibidos con fecha ocho de febrerodel presente año.----

VISTO Y 0100 LO ANTERIOR POR EL CIUDADANOJUEZ ACUERDA:--PRIMERO.- Se tiene por recibido el oficio número 568,signado por la Licenciada LIL1 DEL ROSARIOHERNANDEZ HERNANDEZ, Juez Segundo de lo Civil deVillahermosa, Tabasco, mediante el cual devuelvedebidamente diligenciado el exhorto número 19/2010,mismo que se agrega a los presentes autos, para quesurta sus efectos legales conducentes.---SEGUNDO.- Se tiene por recibido el oficio número 415,signado por la Licenciada PATRICIA SANCHEZROMERO, Juez Penal de este municipio, por medio delcual acusa de recibo el oficio número 179, e informa quefijó el aviso correspondiente; por lo tanto, agréguese eloficio de referencia, para todos los efectos legales a quehaya lugar.---TERCERO.- Seguidamente se deja asentado que obranen autos los acuses de fijación de avisos en los sitiospúblicos más concurridos de este Municipio yen la Ciudadde Villahermosa, Tabasco, para los efectos legalesprocedentes.----A continuación, se declara abierta la audiencia y elCiudadano Juez personalmente pasa lista de postores, ala cual no acude postor alguno.---A continuación, se procede a esperar media hora paraadmitir a los postores que se presenten en esta sala deaudiencia, conforme a lo establecido en el numeral 435fracción 11del Código Procesal Civil en vigor, aplicadosupletoriamente al Código de Comercio aplicable.----En este orden de ideas y habiendo transcurrido mediahora de espera y haciéndose constar que no comparecióninqún postor dentro de la media hora concedido, deco~formidad con el artículo 435 del Código Procesal' Civilen vigor en el Estado, de aplicación supletoria al Códigode Comercio aplicable, por lo cual no se admitiránpostores.---Acto seguido. se le concede el uso de la voz a ROBERTOCUSTODIO DE LA CRUZ, quien manifiesta lo siguiente:"Con fundamento en el articulo 436 del Código ProcesalCivil en vigor, aplicado supletoria mente a la materiamercantil de proceder, solicito que se saque a segundaalmoneda con la rebaja de ley correspondiente y que segiren los avisos y edictos correspondientes, es todo lo quedeseo manifestar". Asimismo, en uso de la voz el acreedorreembargante manifiesta lo siguiente: "que estoy deacuerdo con lo manifestado por el endosante, es todo loque deseo manifestar" .----Por lo anterior. el Ciudadano Juez de la causa seacuerda-PRIMERO.- En virtud de las manifestaciones vertidas porel acreedor reeembargante y el endosante ROBERTOCUSTODIO DE LA CRUZ, Y como lo solicita éste último,de conformidad con lo establecido por los artículos 433,434 Y 436 del Código de Procedimientos Civiles de

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 33

proceder, aplicado supletoriamente al Código de Comercioaplicable, sáquese a pública subasta en SEGUNDAALMONEDA Y al mejor postor el siguiente bien inmuebleque a continuación se describe:---PARTE ALlCUOTA DEL PREDIO RUSTICO, UBICADOEN LA RANCHERíA CORREGIDORA CUARTASECCIÓN, DEL MUNICIPIO DEL CENTRO, CONSTANTEDE UNA SUPERFICIE DE 81-15-52 (OCHENTA Y UNHECTAREA, QUINCE AREAS y CINCUENTA Y DOSCENTIAREAS, CON LAS MEDIDAS. Y COLlNDANCIASSIGUIENTES: AL NORTE EN 1435.00 METROS CONPROPIEDAD DE JULIO CESAR Y TITO DE APELLIDOSMORALES MORALES, AL SUR EN 249.00, 418.00METROS, 18.00 METROS, 305.00 METROS, 55.00METROS, 75.00 METROS, 85.00 METROS Y 180.00METROS CON ZONA FEDERAL DEL RIO CARRIZAL, ALESTE EN 1054.00 METROS CON PROPIEDAD DE JOSÉPALOMERA GUTIERREZ, AL NORESTE EN 188.00 CONPROPIEDAD DE JULIO CESAR MORALES MORALES YAL OESTE EN 413.00 METROS CON PROPIEDAD DECELEDONIO GONZALEZ, INSCRITO BAJO EL NÚMERO10989, DEL LIBRO GENERAL DE ENTRADAS, A FOLIOS60435 AL 60437 DEL LIBRO DE DUPLICADOSVOLUMEN 125, QUEDANDO AFECTADO POR DICHOCONTRATO EL PREDIO NUMERO 145294, FOLIO 94,DEL LIBRO MAYOR VOLUMEN 573, PROPIEDAD DEJUAN JaSE y ROBERTO, AMBOS DE APELLIDOSSOLlS PALACIOS, al cual se le fijo un valor comercial porla cantidad de $6,100.000 (SEIS MILLONES CIEN MILPESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), pero el precio queservirá de base para el remate se rebajará un diez porciento.---SEGUNDO.- Con fundamento en el articulo 434 fracciónIV del Código Procesal Civil en aplicable, de aplicaciónsupletoria al Código de Comercio de proceder, se hacesaber a los licitadores que deseen intervenir en la presentesubasta, que deberán depositar previamente en elDepartamento de Consignaciones y Pagos adscrito a esteJuzgado, cuando menos el diez por ciento (10%) de lacantidad que sirva de base para el remate, sin cuyorequisito no serán admitidos.---TERCERO.- Como en este asunto se rematará un bieninmueble, con fundamento en el artículo 433 fracción IVdel Código' de Procedimientos Civiles de proceder,aplicado supletoriamente al Código de Comercio aplicable,anúnciese la presente subasta por DOS VECES DE SIETEEN SIETE OlAS, en el Periódico Oficial del Estado, asícomo en uno de los Diarios de Mayor circulación que se----

editen en la ciudad de Villaherrnosa, Tabasco y a costa dela parte actora. Fijándose además AVISOS en los sitiospúblicos más concurridos de la ciudad de Villahermosa,Tabasco y en este Municipio, para lo cual expídanse losAVISOS y EDICTOS cqrrespondientes, convocandopostores, en la inteligencia de que dicho r.emate se llevaráa cabo en este Juzgado a uas DOCE HORAS DEL OlAVEINTIDÓS DE MARZO DE~ AÑO DOS MIL DIEZ.---CUARTO.- Tomando en cuenta que el bien inmueblesujeto a remate, se encuentra fuera del lugar de laJurisdicción de este Juzqado, por lo tanto, de conformidadcon el numeral 433 fr$cción V del CÓdigo deProcedimientos Civiles aplicable en el Estado, aplicadosupletoriamente a la Materia 'Mercantil de proceder, gíreseatento exhorto al Juez Civ~1 en turno de la ciudad deVillahermosa, Tabasco, para 'que en auxilio y colaboraciónde este Juzgado, proceda a maridar a fijar AVISOS en lossitios públicos más concurridos de esta ciudad, en elentendido de que la subasta tendrá verificativo en elJuzgado Primero de lo Civil df H. Cárdenas, Tabasco.---QUINTO.- Notifíquese al ciudadano ROBERTO SOLlSPALACIOS, copropietario del íbien inmueble a subastar, enel domicilio señalado en el pulnto cuarto de fecha veintitrésde septiembre del año dos rrjil nueve, para hacerie saberque si a sus intereses conviene, puede participar en lasubasta ordenada en los puntos anteriores.---Con lo anterior se da por terminada la presente diligencia,firmándose al margen por Icjs que en ella intervinieron,quedando debidamente notificado el actor y el acreedorreembargante, por ante el Clildadano Juez y la SecretariaJudicial que certifica y da fe'--l

y PARA SU PUBLICACiÓN ElN EL PERiÓDICO OFICIALDEL ESTADO POR DOS VE!CES DE SIETE EN SIETEOlAS Y EN OTRO DE MAYOR CIRCULACiÓN ESTATALQUE SE PUBLIQUE, EXPIDO EL PRESENTE EDICTO ALOS VEINTIDOS DíAS DELI MES DE FEBRERO DELAÑO DOS MiL DiEZ----

ATENTAI1/IENTELA SECRETARIA JUDICIAL.

LIC. CHRISTELL PEREZ HERNANDEZ.

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34 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

No- 26182 AVISO NOTARIAL

Al calce un sello con el Escudo Nacional y Leyenda que lo circunscribe y dice: ESTADOS

UNIDOS MEXICANbs.- LIC. JOSÉ LUIS OCAÑA ANDRADE.- NOTARIO PÚBLICO No. 4.- H.

CÁRDENAS, TABASCO.- SELLO DEL TITULAR DE LA NOTARIA.

En curnptirrtiento de lo dispuesto por el Párrafo Tercero del Artículo 680 del Código

de Procedimientosl Civiles para el Estado de Tabasco, HAGO SABER: Que por escritura

número 10376, Volumen CXXVII, de fecha 29 de diciembre de 2009, otorgada ante mi fe,

'en mi carácter de Notario Adscrito de la Notaría Pública número Cuatro, del municipio deI

Cárdenas, TabaS(1O, se radicó la sucesión testamentaria a bienes del señor MANUEL

CASTAÑEDA CANCHE. La señora CECILIA CASTAÑEDA SEGURA, por su propio

derecho, y los señores JUAN MANUEL CASTAÑEDA SEGURA Y MARCO ANTONIO

CASTAÑEDA SEGIURA, por conducto de su apoderada la señora CECILIA CASTAÑEDA

SEGURA, aceptaron la herencia. Asimismo, el señor MARCO ANTONIO CASTAÑEDAi

SEGURA, por conducto de su apoderada la señora CECILIA CASTAÑEDA SEGURA,

aceptó el cargo d~ Albacea que se le confirió, por lo que se procederá a formular el

inventario de los bienes hereditarios.

I

H. Cárdenas, Tabasco, a 29 de enero de 2010.

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 35

No.- 26183

N C) T A R f A P Ú B L I e A No. 31

~ __=--::.= ~ ~====-=-=-_-_-~::---=_~==:::_-=;=__-=--.::.:=-=::::.==-:.=~:::====~~:::==--===E~::::::---=:::---"-~ . _. n

DR. JESUS ANTONIO PINA GUTIERREZNOTARIO PÚBLICO NÚMERO TREINTA Y UNO

BARTOLOMÉ REYNES BEREZALUCE, ANTES CALLE 24, #116, COL. FLORIDA, C.•. 86040VILLAHERMOSA, TABASCO

TELEFONOS: 3154546, 3139466 Y 3139467.

Villa hermosa, Tab., a 17 d~ FEBRE~O del 2010

"PRIMER AVISO NOTARIAL"

Al calce un sello con el Escudo f\Jaclonal e¡/ Centro. que dice "rRepútJlicaMexlcclnaEstados Unidos Mexicanos- Dr. JESÚS ANTONlo PIÑAGUTIÉRREZ. NotariO Fúblico Número Treint¿'Jy Uno". Jesús Antonio PiñaGutiérrez, Notario PlJlllico NlJmerO Treinté1v Uno del Estac10de!Tabasco,

j

con Adscripción el] el Municipio de Centro, y Sede en esta ciUd¿iCJ.encumplimiento de lo dIspuesto por el Artículo 680 del Cqdlgo deProcedimientos Civiles p¿'Jr¿iel Estado de Tabasco, HAGO SABER;Que porEscritura Públicci NLJrnero 7090 (SIETEMIL NOVENTA), del Volu~nen 250(DOSCIENTOS CINCUENTA), otorgada ante mí, el día DIECISIETE deFEBREROdel año DOS MIL DIEZ, se radicó para su tramitación Notarial laSucesión Testamentaria a bienes de la extinta señora ROSA DEL CARMENOíAZ GUTIÉRRf=Z í]1 ]ipn pn ,/íril t,lmhién f'lP r-onocid,J comn R<bSADELCARMEN DíAZ GUTIÉRREZ VIUDA DE PIÑERA Y/O ROSA DEL <tARMENDíAZ GUTIÉRREZ DE PIÑERA. Las Herederas instituidas senoras ROSACELERINA y GRISELDA DEL CARMEN ambas de apellidos PIÑE~ DIAZ,ACEPTARON LA HERENCIA v la señora GRISELDA DEL CARMEN PIÑERADIAZ ACEPTO el cargo eje ALBACEA. que le fue discernidq por laTestadora, protestó el fiel y legal (jesempeño del ¿'Jlbaceazgoy manifestóque con tal carácter, en cumplirniento de su cometido, pro¿eejcrc] aforrnul,]r el inventar io eje los tJienes relictos" '-:;:<:-:~~':;-;~'"

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ATENTAMEN. E;J- "t~0:nj..'<'".·;, i;..\.\\~. --., UJ . -. ':t~{V'-;t'••~,:..z.·.~ \

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DEL ESTADO YDEL PA:rRtMONI \{~F~'EqE~A#"~'\.'r:S'¡;- ~ .\.~. ,.J <~)~/I'-::',oj.). 'r 00//

DR. JESÚS ANTONIO PIÑ)t~.

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36 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

NO.-26153 JUICIO PROCEDIMIENTO JUDICIALNO aONTENCIOSO DE MEDIOS PREPARATORIOS

DE DECLARACiÓN DE AUSENCIA

JUZGADO PRIMERO Da: LO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO.

C GREGaRIO GONZALEZ Rfl\MONDONDE SE ENCUENTRE

IEN EL EXPEDIENTE NÚMEIRO 00908/2009 RELATIVOAL JUICIO PROCEDIMIEl\~TO JUDICIAL NOCONTENCIOSO DE MEDIOS PREPARATORIOS DEDECLARACiÓN DE AUSENCIA PROMOVIDO PORNORMA LEaN JIMENEZ, CpN FECHA CATORCE DEAGOSTO DOS MIL NUEVE, SE DICTO PROVEIDO QUECOPIADO A LA LETRA DICE:---

AUTO DE INICIO DE PROC~D1MEINTO JUDICIAL NOCONTENCIOSO.

JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DE PRIMERAINSTANCIA DEL DISTRIT~ JUDICIAL DE CENTRO,VILLAHERMOSA, TABASCO A CATORCE DE AGOSTODOS MIL NUEVE.----VISTO.- Lo de cuenta se acuerda.>-PRiMERO.- Por presentada; a la Ciudadana NORMALEaN JIMENEZ, con su escrito de solicitud y documentosanexos consistentes en: una acta de matrimonio, tresactas de nacimiento, dos esdrituras originales, original deuna de averiguación previa, copias simples con el quepromueve PROCEDIMltTO JUDICIAL NOCONTENCIOSO DE DECLA ACiÓN DE AUSENCIA--- .SEGUNDO.- Atendiendo al punto que antecede y confundamento en los articulas ~8, 205, 487, 710, 711, 712del Código de Civil en vigor, * da entrada a la solicitud enla via y forma propuesta; i en consecuencia, fórmeseexpediente regístrese en el libro de gobierno bajo elnúmero que le corresponda ~ dese aviso de su inicio a lah. superioridad. Asimismo dé$ele intervención al ministerioPúblico adscrito al Juzqado.v-¡TERCERO.- Con apoyo en ~I artículo 751 del Código deProcedimientos Civiles en vigpr en el Estado, háganse laspublicaciones de este provetdo mediante edictos en elPeriódico Oficial del Estadq y en un diario de mayorcirculación de esta ciudad, ya que aquí el último domiciliodel que se pretende tíeclarar Ausente, dichaspublicaciones deberán hacejse durante tres meses conintervalos de QUINCE DIAS lhaciendo saber la petición dedeclaración de ausencia <l!el ciudadano GREGaRIOGOr\lZALEZ RAMON. promovido por NORMA LEaNJIMENEZ para que aquellas personas que tengan interéslegítimo en manifestar oposición alguna a la solicitudcomparezcan a este juzgado a deducirla antes de los-------

CUATRO MESES que signan al a fecha de la últimapublicación.---CUARTO.- Previo cotejo con las copias simples queexhibe, hágasele devolución de los documentosoriginales. -------QUINTO- La promovente señala como domicilio para oír yrecibir citas y notificaciones el ubicado con el número 147del circuito de Venus, en el fraccionamiento Galaxias decolonia Tabasco dos mil esta ciudad, autorizando paratales efectos y recibir documentos a los LicenciadosALEJANDRO OLAN NIÑO, JORGE DEL RIO BASaRA,JaSE FELlX RAMOS ZETINA y RAQUEL HOSANNILLAAGUILAR, designando como abogado patrono al primerode los mencionados, en término del articulo 84 y 85 delCódigo de Procedimientos Civiles en vigor, vista la revisiónque se le hizo en el libro de cédulas que se lleva en esteJuzgado se encuentra registrada la Cédula delprofesionista ante mencionado, por lo que se le tiene porreconocida la personalidad para todos los efectos legalesa que haya lugar---Notifíquese personalmente y cúmplase----Lo proveyó, 'manda y firma la ciudadana licenciadaMARTHA PATRICIA CRUZ OLAN, Juez Primero Familiardel Distrito Judicial del Centro, ante la secretaria judiciallicenciada DELTA ROSA ACOSTA que autoriza y da fe.-Este inicio se publicó en la lista de acuerdo de esta mismafecha y se registró en el libro de gobierno bajo el número00908/2009 y se dio aviso de su inicio con el oficio número5396.

PARA SU PUBLICACiÓN EN EL PERIODICO OFICIALDEL ESTADO y EN UNO DE MAYOR CIRCULACiÓNPOR QUINCE DIAS, EXPIDO EL PRESENTE EDICTO ALOS DIEZ DIAS MES DE FEBRERO.DOS MIL DIEZ, ENLA CIUDAD DE VILLAHERMOSA, TABASCO.---

ATENTAMENTELA SECRETARIA DE ACUERDOS.

LIC. DELTA ROSA ACOST A

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 37

JUICIO ESPECIAL HIPOTECARlbPODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TABASCO.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDIICIAL DEL CENTRO.

. A QUIEN CORRESPONDA

Que en el expediente 448/2009, relativo al Juicio EspecialHipotecario, promovido por el licenciado José Alberto CastilloSuárez, apoderado General para pleitos y cobranzas de laInstitución de crédito banco Nacional de México, sociedadanónima, integrante del grupo financiero Banamex, en contrade Marca Antonio Concepción Montiel, en veintiocho deenero del dos mil diez, se dictó un proveido que establece.----JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DELDISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO. VILLAHERMOSA,TABASCO, VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DIEZ.---Visto el escrito de cuenta, se acuerda.v-v-Primero.- Con base en el segundo cómputo secretarialvisible a foja noventa y siete frente de autos, se advierte, queha fenecido el plazo concedido al demandado, para que dieracontestación a la vista que se le otorgó con el avalúo exhibidopor el perito de la parte actora, y como no hizo uso de estederecho, se le tiene por perdido, de conformidad con elnumeral 118 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.---Tomando en cuenta que el demandado no exhibió- avalúoemitido sobre el bien inmueble objeto de la hipoteca, deconformidad con el articulo 577 fracción 11,de la Ley adjetivacivil en vigor, se le tiene por conforme con el avalúo exhibidopor su contraria.v-c-Atento a lo anterior, se aprueba el avalúo emitido por el Ing.Guillermo Brown Lastra, perito valuador de la parteejecutante, para todos los efectos legales a que haya lugar.---Segundo.- Por presentado el licenciado José AlbertoCastillo Suárez, apoderado legal de la parte actora, con suescrito ce cuenta, como lo solicita, y con fundamento en losartículos 426, 427 fracción 11,433, 434, 435, Y 577 del Códigoadjetivo civil vigente, sáquese a subasta pública y en primeraalmoneda al mejor postor, el siguiente bien inmueblehipotecado.····a).- Predio urbano con construcción ubicado en la calleJalapa número doscientos catorce, lote ocho, manzana VI,del fraccionamiento Residencial Prados de Villahermosa, deesta ciudad, constante de una superficie de 219.00 m2(doscientos diecinueve metros cuadrados), localizado dentrode las medidas y colindancias siguientes: Al Norte: 10.63metros, con lote número veinte; Al Sur: 2.50 metros, y 867metros con calle Paseo de Jalapa; Al Este: 20.00 metros conlote número siete; y Al Oeste, 2000 metros con el lotenúmero nueve; inscrito en el Registro Público de la Propiedady del Comercio, el veintiuno de noviembre de mil novecientosnoventa y cuatro, inscrito bajo el número 12,762 del librogeneral de entradas, a folios 89,823 al 89,835, del libro deduplicados volumen 118, quedando afectado el predionúmero 24,746 a folio 161, del libro mayor volumen 96, anombre de marco Antonio Concepción Montiel, al cual se lefijó un valor comercial de $1,550,000.00 (un millón quinientoscincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional), y será posturalegal la que cubra cuando menos esta cantidad.------

Tercero.- Se les hace saber a los postores que deseenparticipar en la subasta, qUeJeberán consignar previamenteen la Tesorería Judicial del ribunal Superior de Justicia delEstado, actualmente ubicad donde residen los juzgadosCiviles y Familiares en la avetida Gregario Méndez Magaña,sin número frente al, recreativ de la colonia Atasta de Serrade esta ciudad, una cantidad .igual, por lo menos al diez porciento, de la cantidad que sirte de base para el remate, sincuyo requisito no serán admiti~os------Cuarto.- Como lo previene ~I numeral 433 fracción IV delCódigo de Procedimientos ~iviles vigente en el estado,anúnciese la venta del inmueble descrito en lineasprecede.ntes, por dos veces ¡de siete en siete días, en elPeriódico Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayorcirculación que se editen en esta ciudad; y expídansele losavisos y edictos necesarios {ara que sean fijados en loslugares más concurridos e esta localidad, para supublicación en convocación d postores, en la inteligencia deque la subasta en cuestión, s llevará a efecto en el recintode este juzgado a las diez horas en punto del veinticincode marzo del dos mil diez.---+Quinto.- En cuanto a la solicitud que hace el apoderado de laactora en el primer párrafo ~e su escrito que se provee,respecto que se le tenga por perdido el derecho al acreedorreembargante Instituto MeXijano del Seguro Social paradesahogar la vista otorgada on el estado de ejecución delpresente juicio, no ha lugar acordar favorable, y deberáestarse al auto de veinticinco d enero del dos mil diez.-----Sexto.- En virtud que aun no e ha notificado a las partes, elauto de veinticinco de enero I:lel dos mil diez, túrnense lospresente autos a la actuaria judicial adscrita, para quenotifique a las partes de manera conjunta el presenteproveido, y el antes rnencionado.>-Notifíquese personalmente y cUmplase.-----;\si lo proveyó, manda y firmp la licenciada Liii el RosarioHernández Hernández, .Jueza Segundo Civil de PrimeraInstancia del Primer Distrito .Judicial del Centro, por y ante lalicenciada Adriana de Jesús Rodriguez Ramos, SecretariaJudicial, que certifica y da fe.---L

I

Por mandato Judicial y para su publicación en el PeriódicoOficial del Estado yen uno de los diarios de mayor circulaciónque se edite en esta ciudad, p~blíquese la presente subastapor dos veces de siete en sie~e días, se expide el presenteedicto a los dieciséis de febrer~ del dos mil diez, en la ciudadde Villa hermosa, Capital del Estado de Tabasco.-----,

La Secretaria Judicial.Lic. Adriana de .Jesús Rodríguez Ramos.

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38 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

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No. 26231 JUI~IO ORDINARlq CIVIL DE PRESCRIPCiÓN DEACCION HIPOTECARIA

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE MACUSPANA, TABASCO.

Que en el expediente civil número 390/2008, relativo alJuico ORDINARIO CIVIL pE PRESCRIPCiÓN DEACCiÓN HIP<;nECARIA, 9~omovido por GE,RMANREYES CRlsOsTOMO, en. contra de la UNION DECREDITO VALLE ANAHUM:; SOCIEDAD ANÓNIMADE CAPITAL VARIABLE Y REGISTRO PÚBLICO DELA PROPIEDAD Y DEL qOMERCIO DE JALAPA,TABASCO, con fecha catorce de Mayo del año dos milnueve, se dicto un acuerdo mismo que copiadoíntegramente dice lo siguientf.------".... JUZGADO CIVIL DE PFRIMERA INSTANCIA DELNOVENO DISTRITO JUDICIAL DE MACUSPANA,TABASCO, MÉXICO. CATdRCE DE MAYO DE DOSMIL NUEVE.----- I

'(lsTOs.- El escrito de cuenta, se acuerda:-----UNICO.- Se tiene por, ¡:jresentado al ciudadanoGERMAN REYES CRISOSTOMO, con su escrito decuenta, solicitando se le expidan los EDICTOS enrazón de que la UNiÓN DE q;REDITO resulta de ser dedomicilio ignorado; en consecuencia de lo anterior, ycomo lo peticiona el prornovente toda vez que se hanrecepcionado todos los í informes que fueronso.licitandos a diversas dePJe dencias, sin que ningunode ellos proporciona domicili donde se pueda localizara la demandara por lo anta se declara que lademandada UNiÓN DE CR DITO, es presuntivamentede domicilio ignorado; por lojque con fundamento en lodispuesto por la Fracción 11 del artículo 139 del Códigode Procedimientos Civiles I en vigor en el Estado,procédase a emplazar a 11 demandada UNiÓN DECREDITO, por edictos, por TRES VECES, DE TRESEN TRES DíAS, en el ptriódico Oficial y en otroperiódico de los de mayor circulación de los que seeditan en la capital del estado, para los fines de que lademandada en cita se entere de la demanda instauradaen su contra y comparezca ante este juzg-ado en' untérmino de TREINTA DíASI a recoger las copias detraslado, dicho término empezará a correr a partir deldía siguiente en que se haga la última publicación, yvencido el mismo, en caso ~e que no comparezca, sele dará por legalmente emptazada ,a juici<? y empezaráa correr el término de NUtVE DIAS HABILES, paraque la citada demandada ,produzca su contestacióndirectamente ante este juzqádo, en el entendido que aldar contestación a la rnísma, deberá hacerlo------------

refiriéndose a las peticiones y a cada uno de loshechos aducidos por el actor en la demanda,confesándolos o negándolos y expresando los queignore por no ser propios, por lo que cuando aduzcanhechos incompatibles con los referidos por el actor, setendrán como negativas de estos últimos. El silencio olas evasivas harán que se tenqan por admitidos loshechos sobre los cuales no se suscitó controversia, encaso de no dar contestación se le tendrá porcontestada la demanda en sentido negativo y se ledeclarará en rebeldía, con fundamento en el artículo136 Segundo Párrafo del Código de ProcedimientosCiviles en vigor del Estado, requiérase a dichademandada para que señale domicilio para oír y recibircitas y notificaciones en esta ciudad, prevenida que deno hacerlo le surtirán sus efectos por lista fijada en lostableros de avisos deJ Juzgado, aun las de carácterpersonal. ------NOTIFíQUESE POR LISTA Y CÚMPLASE.------Así LO PROVEYÓ, MANDA Y FIRMA EL CIUDADANOLICENCIADO ADALBERTO ORAMAS CAMPOS, JUEZCIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL NOVENODISTRITO JUDICIAL DE MACUSPANA, TABASCO,MÉXICO, ANTE EL SECRETARIO JUDICIALLICENCIADA JUANA DE LA CRUZ OLAN, CONQUIEN LEGALMENTE ACTÚA, QUE CERTIFICA Y DAFE.---

Por mandato Judicial y para su publicación en elPeriódico Oficial del Estado y en otro periódico demayor circulación de los que editan en la capital delEstado, por Tres Veces de Tres en Tres Días, expido elpresente edicto en la ciudad de Macuspana, Estado deTabasco, República Mexicana, a los veintiún días delmes de mayo del año dos mil Nueve.----

ATENTAMENTE.LA SECRETARIA JUDICIAL

DEL JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DELNOVENO DISTRITO JUDICIAL DE MACUSPANA,

TABASCO.LIC. JUANA DE LA CRUZ OLAN.

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 39

No. 26225 INFORMACiÓN DE DOMINIO

JUZGADO DE PAZ DEL SÉPTIMO DISTRITO JUDICIAL DE HUIMANG~ILLO, TABASCO.

AL PÚBLICO EN GENERAL.

SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO ENGENERAL QUE EN EL EXPEDIENTE CIVIL NÚMERO00301/2009, RELATIVO AL JUICIO DEINFORMACiÓN DE DOMINIO, PROMOVIDO PORHECTOR RUIZ GARCíA, CON FECHA DIECISIETEDE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, SE DICTO UNAUTO DE INICIO QUE ESTABLECE:------

AUTO DE INICIO

JUICIO DE PAZ DEL SÉPTIMO DISTRITO JUDICIALDE HUIMANGUILLO, TABASCO, A DIECISIETE DEJUNIO DEL DOS MIL NUEVE.----Visto: el contenido de la razón secretaria! se acuerda:--PRIMERO.- Téngase por presentado al ciudadanoHéctor Ruiz García, con su escrito de cuenta ydocumento que acompaña consistentes en: Certificadoexpedido por el Registrador Público de la Propiedad ydel Comercio de H. Cárdenas, Tabasco, con uncontrato privado de compraventa a nombre de HéctorRuiz García, Original del plano del predio rústicoubicado en la Colonia José Narciso Rovirosa. de estemunicipio de Huimanguillo, Tabasco, constante de unasuperficie de 50-40-54.314 Hectáreas, por la cantidadde $150,0000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS00/100 M.N.) con las medidas y colindancias Al Norte:1000.00 metros con los CC. Gladis Chablé y Arnulfo delos Santos Marín; Al Sur: 1000.00 con los CC. ElizabethRodríguez Hernández y Federico Vázquez Nudin; AlEste: 500.00 metros con el C. Miguel Chable Alonso; AlOeste: 500.00 metros con la C. Eusebia EstradaJ iménez. ------

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por los

numerales 710, 713, 755 Y relativo del Código deProcedimientos Civiles en el Estado, 877, 901, 936,

939, 1303, 1304, 1318 Y demás aplicables del Código

Civil vigente en el Estado, se admite la solicitud en lavía y forma propuesta; en consecuencia, fórmese elexpediente respectivo, ¡regístrese en el Libro deGobierno bajo el númerp que le: corresponda, deseaviso de su inicio al Tribunal Superior de Justicia del

Estado, y la intervención correspondiente al .Aqente delMinisterio Público adscrito a este Juzgado así como al

Registrador Público de la IPropiedad y del Comercio deH. Cárdenas, Tabasco para que 'manifieste lo que a surepresentación convenga. ¡-----

TERCERO.- Asimismo, 1 gírese atento oficio alRepresentante Estatal del Tabasco de la Secretaria dela Reforma Agraria con: domicilio en la ciudad deVillahermosa, Tabasco, acompañándole copia de la

solicitud y anexos, para que dentro del plazo de quincedías, contados a partir del siguiente al que reciba elreferido oficio, informe él este juzgado, si el prediomotivo de las presentes diligencias, pertenece o no a lanación~- De igual forma envíese atento oficio alPresente Municipal de esta Ciudad de Huimanguillo,para que informe, en el pl41Z0de cinco dias contados apartir del siguiente en qUE! reciba el oficio a girar. si elpredio motivo de las presentes diligencias pertenece o

no al fundo legal del municipio, debiéndose realizar lasinserciones necesarias <l los oficios referidos, loscuales quedan a cargo del interesado dar el trámitecorrespondiente. ----CUARTO.- Con fundamento en el artículo 1318 delCódigo Civil antes citado, publíquese este proveído enel periódico oficial y en otro mayor circulación delEstado, por tres veces de tres en tres díasconsecutivos y fíjense 10$ avisos respectivos en loslugares públicos más .conqurridos de esta ciudad y enel de la ubicación del predio motivo de esteprocedimiento, a efecto de que las personas que se

crean con derecho sobre el predio de referencia ---------

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40 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

comparezcan a deducirlo en yn término no mayor detreinta días, que se computarán a partir de la últimapublicación de los edictos respectivos.v->

IQUINTO.- Notifíquese a los cdlindantes Gladis Chable,

Arnulfo de los Santos Marih, Elizabeth RodríguezHenández, Federico Vázquez Nudin, Miguel Chable

Alonso y Eusebia Estrada Jilnénez, todos ellos condomicilio en las inmediacionesldel predio ubicado en la

Colonia José Narciso Rovirosa de este municipio deHuimanguillo, Tabasco; haciéndole saber la radicaciónde la presente causa, para que dentro del plazo de tresdías, manifiesten algún derecho sobre el predio materiade este juicio, contados a partir del siguiente de susnotificaciones, asimismo deberán señalar domicilio enesta ciudad, para oír citas y rliotificaciones, advertidosque en caso de no hacerlo¡ así las subsecuentesnotificaciones aun las de carácter personal les surtiránefecto por lista fijadas en los tableros de avisos de estejuzgado de conformidad con el artículo 136 del Códigode Procedimientos Civiles en vigor en el Estado.-----SEXTO.- Apareciendo de autos que el RegistradorPúblico de 'Ia Propiedad y Idel Comercio tiene sudomicilio fuera de esta .Jurisdiéción con fundamento en

los artículos 119, 124 Y I 143 del Código deProcedimientos Civiles del IEstado; gírese atentoexhorto con las inserciones riecesanas al CiudadanoJuez competente de Paz de lal Ciudad de H. Cárdenas,Tabasco, para que en auxilio: y colaboración de esteJuzgado ordenen a quien corresponda notifique laspresentes diligencias al Re~istrador Público de laPropiedad y del Comercio coh domicilio ampliamenteconocido y le haga saber quel tiene el término de tresdías contados a partir del día síguiente de sunotificación, para hacer valer los derechos que tuviereasí como para que señale domlicilio en esta ciudad paraoír citas y notificaciones, ya que de no hacerlo le

surtirán sus efectos por medid> de listas fijadas en los

tableros de avisos del juzgado debiéndose hacer lasinserciones necesarias al exhorto.----

SÉPTIMO.- En cuanto a la información testimonial que

ofrece el promovente a cargo de los ciudadanos NaborRodríguez Hernández, Rooselvet RodríguezHernández y Ezequiel Naranjo Hernández, se reservasu desahogo, para el momento procesal oportuno.----OCTAVO.- Se tiene al promovente señalando como

domicilio para oír y recibir citas y notificaciones la listé!de los tableros de avisos de este Juzgado de estemunicipio de Huimanguillo, Tabasco, autorízando para

recibirlas en su nombre así como toda clase dedocumentos al Licenciado Emilio Hernández Ramos,designando a éste último como abogado patrono entérminos de los artículos 84 y 85 del Código deProcedimientos Civiles en vigor en el Estado, ahorabien dígasele que para efectos de tener por aceptadadicha designación, será hasta en tanto dichoprofesionista regístrese su cédula profesional.----.Notifíquese personalmente.--- Cúmplase.----Así lo proveyó, manda y firma el Ciudadano Maestro enDerecho GILBERTO MELOUIADES MIRANDA DIAZ,Juez de Paz de este Distrito Judicial; asistido de laCiudadana BEATRIZ SÁNCHEZ DE LOS SANTOS,Secretaria Judicial que certifica y da fe.------

y POR MANDATO JUDICIAL Y PARA SU

PUBLICACiÓN POR TRES VECES DENTRO DENUEVE OlAS, EN EL PERiÓDICO OFICIAL DELESTADO Y EN LOS DE M/WOR CIRCULACiÓN EN

EL ESTADO QUE SE EDITAN EN LA CIUDAD DEVILLAHERMOSA, TABASCO, EXPIDO EL PRESENTEEDICTO A LOS DIECISIETE DíAS DE JUNIO DELDOS MIL NUEVE.----CONSTE.-------

LA SECRETARIA JUDICIAL.

C. BEATRIZ SÁNCHEZ DE LOS SANTOS.1-2-3

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 41

No 26226 JUICIO ORDINARIO CIVIL DE US~CAPIÓNe PRO MAR CONSTRUCCIONES SA DE CVPRESENTE

En el expediente 17/2003, relativo al JuicioORDINARIO CIVIL DE USUCAPiÓN, promovido porMODESTA JURADO RODRíGUEZ, en contra dePROMAR CONSTRUCCIONES SA DE CV, endieciocho de marzo de dos mil nueve, se dictó un autoque copiado a la letra dice-----

SE ORDENA EMPLAZAR POR EDICTO

JUZGADO CUARTO· DE LO CIVIL DE PRIMERAINSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CENTRO,VILLAHERMOSA, TABASCO, DIECIOCHO DEMARZO DEL DOS MIL NUEVE.-----Vistos en autos el contenido de la razón secretarial seprovee -----

PRIMERO.- Se recibe el escrito signado por laciudadana Modesta Jurado Rodríguez, actoraen lapresente causa, toda vez que se han girado los oficiosa diversas dependencias solicitando, informe sobre eldomicilio de la parte demandada PromarConstrucciones, SA DE CV, sin que se haya obtenidodomicilio alguno, en consecuencia, como lo solicita y deconformidad con el numeral 139 fracción 11del Códigode Procedimientos Civiles en vigor en el Estado,notifíquese a Promar Construcciones, S.A DE C V, pormedio de edictos, que se expidan y publiquen porTRES VECES, DE TRES EN TRES DíAS en elPeriódico Oficial del Estado, así como en uno de losDiarios de Mayor Circulación que se editan en estaciudad, para los efectos de que se cumpla con loordenado mediante auto de inicio dictado en lospresente autos.-----

Haciéndose del conocimiento de la ciudadanaModesta Jurado Rodríguez, que deberá presentarseante este Juzgado a recoger las copias del trasladodentro del término de CUARENTA DíAS, contados apartir de la última publicación de los edictos, asimismose les hace saber que se le concede un término deNUEVE DíAS HÁBILES, para contestar la demanda,empezando a correr dicho término, al día siguiente devencido el término para recoger los traslados.-----

SEGUNDO.- Digasele a la promovente, quedeberá apersonarse a esta secretaria, para los efectosde que realice los trámites necesarios para lapublicación de los edictos correspondientes ------NOTíQUESE POR LISTA Y CUMPLASE-----Lo proveyó, manda y firma la ciudadana licenciadaALMA ROSA PEÑA MURILLO, Jueza del juzgadoCuarto de lo Civil de Primera Instancia del Distrito

Judicial deCentro, ante I~ Secretaria Judicial licenciadaJANET RODRíGUEZ LÓpEZ, que certifica y da fe-----

ISE ACLARA AUTO

JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PRIMERAINSTANCIA DEL DIST~ITO JUDICIAL DE CENTRO,VILLAHERMOSA, TAB~SCO, TREINTA DE MARZODEL DOS MIL NUEVE.--i--Vistos en autos el contenido de la razón secretarial seprovee.------ I

PRIMERO- Se recibe el escrito signado por laciudadana Modesta Jurado Rodríguez, actora en lapresente causa, mediante el cual manifiesta que enauto de fecha dieciocho de marzo del dos mi! nueve, enel párrafo del punto primero por un error se ordenó quequien deberá presentarse ante el juzgado a recoger lascopias de traslado y a qulen se le concede término a laciudadana Modesta Jurado Rodríguez, siendo locorrecto a la parte demandada Promar Construcciones,SA DE CV, por lo que dicho punto queda de lasiguiente manera--- ¡

Haciéndose del cpnocimiento a la demandadaPromar Construcciones, S.A De CV, que deberápresentarse ante este juz~ado a recoger las copía~ deltraslado dentro del término de CUARENTA DIAS,contados a partir de la últirjna publicación de los edictos,asimismo se les hace saber que se le concede untérmino de NUEVE DíAS I HÁBILES, para contestar lademanda, empezando a correr dicho término, al díasrquiente de vencido el! término para recoger lostraslados.------- ¡

SEGUNDO.- Por ¡otra parte, en cuanto a ladesignación de aboqado patrono que hace lapromovente al licenciado Ricardo Ruiz Torres, sedesecha dicha petición, toda vez que deberá estarse alpunto CUARTO, del auto de fecha quince de enero deldos mil tres.-----

TERCERO.- Por último, la ocursante otorgamandato judicial a favor de la licenciada MayraSecundina Mendoza Chávez, por lo que deconformidad con los artículos 2848, 2849, 2891 delCódigo Cívil en vigor, deberá comparecer a ratificardicho mandato al recinto d$ este juzgado, señalándosepara tal efecto las trece horas de cualquier día hábil---NOTIFi.oUESE POR L1ST~ y CUMPLASE-----Lo proveyó, manda y firma la ciudadana licenciadaALMA ROSA PEÑA MUFlILLO, Jueza del JuzgadoCuarto de lo Civil de Primera Instancia del Distrito

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42 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

Judicial de Centro, ante la Secretaria Judicial licenciadaJANET RODRIGUEZ LÓPEZ, que certifica y da fe.-----

AUTO DE 1t1JICIOORDINARIO CIVIL Dl: USUCAPiÓN

JUZGADO CUARTO DE- La CIVIL DE PRIMERAINSTANCIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DELCENTRO, TABASCO A QUIINCE DE ENERO DELAÑO DOS MIL TRES-----Visto lo de cuenta, se acuerda:+----,

PRIMERO.- Se tienel por presentada a laciudadana MODESTA JURADO RODRíGUEZ,promoviendo por su propio derecho, con su escrito decuenta y documentos anexos consistentes en una actade matrimonio original de fecha treinta de agosto de milnovecientos ochenta, expedida por el Notario Públiconúmero 830 de Naucalpan, Estado de México, con lo'cual viene a dar cumplimiento íal requerimiento que se

. le hiciera en el punto primero del auto de fecha trece dediciembre del año dos mil dos,1asimismo con el escritode demanda inicial viene a promover juicioORDINARIO CIVIL DE USU<CAPIÓN, en contra dePROMAR CONSTRUCCIONEIS, SA DE C.V., condomicilio en Bosques de _diruelos número cientocuarenta, departamento doscientos cinco, delegaciónCuajimalpa de México, Distrito Federal, de quien sereclama las prestaciones que señala en los número 1, 2Y 3 del capitulo de prestaciones de su escrito inicial dedemanda -----

SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos2390, 2391 2395, 2397 Y demás relativos del CódigoCivil y numerales 16,18, 28 2~3, 204, 205, 206, 211 Ydemás relativos del Código del Procedimientos Civiles,ambos en vigor en el Estadb, se da entrada a lademanda en la vía propuesta, en consecuencia,fórmese expediente, regístrese en el libro de gobiernoque se lleva en este H. Juzgadb bajo el número que selleva en este H. Juzgado bajo el número que lecorresponda, y dese avisol de su inicio a laSuperioridad.----- I

TERCERO.- En consecuencia, y como losolicita la promovente en su lescrito que se provee,emplácese a la empresa PROMARCONSTRUCCIONES, SA Dft CV, en el domicilioseñalando en autos y córrase traslado con las copiasimples de la demanda yl documentos anexos,haciéndoles saber que tienen I un término de NUEVEDíAS HÁBILE;S, para que dontesten la demanda,término que empezará a contar a partir del díasiguiente al en que sean legalmente emplazados,misma, que deberán hacertlo refiriéndose a laspeticiones y a cada uno de los hechos aducidos por elactor en la demanda, confesándolos o negándolos yexpresando los que ignore ~or no ser propios. Elsilencio y las evasivas harán que se tenga por

admitidos los hechos sobre los que no se suscitócontroversia. Asimismo, deberá requerirlos para queseñalen domícilio para los efectos de oír y recibir citas ynotificaciones, apercibidos que de no hacerlo, lassubsecuentes notificaciones aun las de carácterpersonal les surtirán efectos por medio de lista que sefije en los tableros de avisos de este Juzgado, deconformidad con los artículos 131, 135 Y 136 delCódigo Procesal Civil en vigor en el Estado.-------

CUARTO.- Téngase a la ciudadana MODESTAJURADO RODRíGUEZ, por otorgando mandato judiciala favor del licenciado RICARDO RUIZ TORRES, por loque de conformidad con los artículos 2848, 2849, 2891del Código Civil en vigor, dígasele que deberácomparecer a ratificar dicho mandato al recinto de esteJuzgado, señalándose para tal efecto las trece horasde cualquier día hábil.-------

QUINTO.- Toda vez que el domicilio de lademandada empresa PROMAR CONSTRUCCIONES,S.A DE ev., se encuentra fuera del territorio dentro dela cual ejerce su jurisdicción la suscrita Juzgadora, confundamento en el numeral 104 del Código deProcedimientos Civiles en Vigor, se ordena girar atentoexhorto al Juez Civil competente de México, DistritoFederal, para que en auxilio y colaboración de laslabores de este juzgado, ordene a quien correspondase dé cumplimiento a lo ordenado en el este auto,facultándole además para aplicar cualquier medida deapremio, acordar promociones tendientes alperfeccionamiento del citado exhorto, ampliándose eltérmino de la demandada hasta por TRES DíAS máspor razón de la distancia, para que dé cumplimiento alo ordenado en este auto ------NOTIFíQUESE PERSONALMENTE CUMPLASE.-----Lo proveyó, manda y firma la ciudadana licenciadaNORMA LIDIA GUTIÉRREZ GARCíA, Juez Cuarto delo Civil de Primera Instancia del Primer Distrito Judicialdel Centro, Tabasco, asistida de la licenciada SANDRAFABIOLA BRICEÑO RAMÓN, que certifica y da, fe-----

EXPIDO EL PRESENTE EDICTO PARA SUPUBLICACiÓN POR TRES VECES DE TRES ENTRES DíAS EN EL PERiÓDICO OFICIAL DELESTADO, Así COMO EN UNO DE LOS DIARIOS DEMAYOR CIRCULACiÓN QUE SE EDITAN EN ESTACIUDAD.

A LOS VEINTE DíAS DEL MES DE ABRIL DE DOSMIL NUEVE, EN LA CIUDAD DE VILLAHERMOSA,CAPITAL DEL ESTADO DE TABASCO.

SECRETARIA JUDICIAL.LIC. JANET RODRíGUEZ LÓPEZ.

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 43

No- 26230 NOTARIA PUBLICA NÚMERO t¡JNOLIC. HEBERTO TARACENA RUIZ

HIDALGO No. 10CUNDUACÁN, TABASCO

TELS. 914.33.600.45 914.66.307.96

AVISO NOTARIALI

LICENCIADO HEBERTO TARACENA RUIZ, NOTARIO P~BLICO NÚMERO

UNO EN EL MUNICIPIO DE CUNDUACÁN, TABASCO, CON DOMI1CILIO EN CALLE

HIDALGO NUM ERO DIEZ. ------------------------------------.:---------~-------------------

---_--- -------------------- ---------- HAGO CONSTAR --------------------1-------------------_--- QUE EL DÍA VEINTICINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ,; EN TESTIMONIO

16,768, VOLUMEN SIETE (PA), DEL PROTOCOLO A MI CARGO~ SE INICIÓ LA

TESTAMENTARIA DE LA CIUDADANA FRANCISCA DE LA CRUZ ~ARCIA, CON LA

PRESENCIA DE LOS CIUDADANOS MARCELO HERNANDEZ DE LA (:RUZ y MAURA

HERNANDEZ DE LA CRUZ, QUIENES FUERON INSTITUIDOS CdMO HEREDEROS

UNIVERSALES, SEGÚN TESTAMENTO PUBLICO NUMERO 14,879, VQ>LUMEN 147, DE

FECHA VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL OCHO. LOS COMPAREcJENTES ACEPTAN

LA HERENCIA INSTITUIDA EN SU FAVOR, ASIMISMO ACEPTA EL CA~GO DE ALBACEA

EL CIUDADANO MARCELO HERNANDEZ DE LA CRUZ PROTESTO CUMP~IR FIELMENTE y

SE OBLIGA A FORMAR EL INVENTARIO DE LOS BIENES.

DOY A CONOCER ESTAS DECLARACIONES POR MEDIO DE DOS PUBLICACIONES

INSERTADAS EN EL "PERIODICO OFICIAL" QUE SE EDITA EN ~ CIUDAD DE. • I

VILLAHERMOSA, TABASCO, DE DIEZ EN DIEZ DIAS.--------------------~------------------

N ICO NUMERO UNO---//

LIC. HEBERTO TARACENA RUIZ

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44 PERIODICO OFICIAL 6 DE MAt<LU ut:. zin u

. No- 26227

~OTARIA PUBLICA NUMERO VEINTISIETELIC. ADAN AUGUSTO lOPEZ H RNÁNDEZTITULARLIC. ADELA RAMOS lÓPEZSUSTITUTOPLUTARCO EUAS CALLES 515COL. GARCIA.VILLAHERMOSA, TABASCO.

Teléfonos 352-16-94, 352-16-95 Y 352-16-97Fax: [email protected]

Villahermosa, Tab., a 11 de Febrero del Año 2010.

AVISO NOTARIAL

Por Escritura Pública Número 31,301 TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOSUNO del Volumen CDLI CUADRICENTESIMO QUINCUAGESIMO PRIMERO,otorgada Ante la Suscrita, el día veinte de noviembre del año dos mil nueve,laseñora SIMONA CRUZ PABLO, como Única y Universal Heredera, ACEPTA elcargo de Albacea Ejecutor Testamentario instituida a su favor, inició la tramitaciónnotarial de la Sucesión Testamentaria a bienes de quien en vida llevó el nombre deSEBASTIAN GONZALEZ RAMIREZ, quien falleció en la Ciudad de Agua Dulce,Veracruz, el velnte de enero-del año dos mil siete.-

I ; f{

El autor de dicha Suceslón, otorgó su TESTAMENTO PÚBLICO ABIERTO,mediante EscritUra Pública. Núrlíero 18104 dieciocho mil ciento cuatro del VolumenCXCII centésimo nonagéSinl:O'.t~gundo, otorgada el dieciocho de enero del año dos

I :1 . e: r

mil siete, ante r\ Licenq~OPJ~onorato Alvarez Campos, Notario Público Númerodiez, de la Ciud9d de las Ghoapas Veracruz.

En el TESTAMENTO de referencia, designó a la señora SI MONA CRUZPABLO como Albacea y Ejecutor Testamentario y como su única y universalheredera.-

Se emite leste aviso, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 680del Código de p~ocedimientos Civiles en vigor en el Estado.-

,LOP

TITUTO'-'~NOTARIA PUBLICA NUMERO VEINTISIETE

IMELDA

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 45

No.- 26240 JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIOJUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL.DISTRITO

JUDICIAL DEL CENTRO I

AL PUBLICO EN GENERAL:

En el Expediente 705/2008, relativo al juicio ESPECI,AjL HIPOTECARIO,i

promovido por el licenciado JOSE ANTELMO ALEJANDRO i, MENDEZ, en su

carácter de Apoderado General para pleitos y cobranzas de] INSTITUTO DELi

FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADOf1.ES,en contra del

ciudadano RAÚL LÓPEZ CRUZ; se dictó un proveído que c09iado a la letra se

lee:

AUTO DE FECHA: 09/FEBRERO/2010.

JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCiA DE DISTRITOJUDICIAL DE CENTRO, VILLAHERMOSA, TABASCO, A NUEVE DE FEBRERO DEDOS MIL DIEZ.

Visto en autos el contenido de la razón Secretarial s~provee :PRIMERO.- Se tiene al licenciado JOSÉ ANTE MO ALEJANDRO

MÉNDEZ, apoderado del actor, con~~~~~.qe cuenta, e n el cual exhibeavalúo original del bien ,inmueble .!~l€rfá~ aeC1á{1~ valuado por el ingenieroJOSE FELIPE CAMPOS PEREZ, de lffi,€fia ~~~~~tlrde~~bre de Idos mil nueve, elcual se agrega a los presente2.i.'.autS".~'.~.;éi~...l~.•~.:.~~,ue'~~'rta s.u$ efectos legalescond ucentes lt1, ..~.-o.·';"'J:'(,"1 ~- 't¡,¡ IL • f ~ .,Y. ~~ 'iéV~ 15:,", "'~ ~ ,

.En cuanto a lo que s~~~a ~f~~{~'Atid9~~e que Ise de inicio a lasección de ejecución, es de indicaH~~~Aue~a~'5erá~estarse al punto segundo delauto de fecha dieciocho de enero d~I;a.ñ.Q;fl(t-ucrC·asímismo ~utoriza para oír yrecibir toda clase de citas y notiñcacíonesaílicenciado NICANDRO RODRÍGUEZCAZANGO.

SEGUNDO.- como lo solicita en el mismo y toda vez que la partedemandada no exhibió avalúo correspondiente, en consecuencia y deconformidad con el numeral 577 fracción IU del Código de Protedimiento Civilesvigente en el Estado, se le tiene por conforme con el avalúo exhibido y seprocede al remate del. bien inmueble únicamente con el avalúo emitido por laparte actora, para todos los efectos legales a que haya lugar. i

TERCERO.- En consecuencia y de conformidad con lb establecido porlos artículos 433, 434, 435 Y 577 fracción UI y demás relativbs del Código deProcedimientos Civiles en vigor, sáquese a pública subasta en PRIMERAALMONEDA Y al mejor postor el siguiente bien inmueble que ~ continuación sedescribe: .

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46 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

A).- P~EDIO URBANO y CONSTRUCCIÓN, ubicado en el departamentonúmero (VS-3),' ubicado en el Claustro Valle del Silencio del CondominioHorizontal denominado "Villa los Claustros Tercera Etapa Lote "O", ubicado en elkilómetro quince más quinientos de la carretera Villa hermosa a Teapa de laRanchería "Parrilla" del municipio de Centro, Tabasco, resuelta en una solaplanta baja, constante de una superfic1e de terreno se SESENTA Y CINCOMETROS CATORCE CENTÍMETROS CUADRADOS, una superficie construida deTREINTA y SEI~ METROS CUARENTA Y SEIS CENTÍMETROS CUADRADOS, unasuperficie construida ni habitable de CUATRO METROS SETENTA Y TRESCENTÍMETROS <tUADRADOS, y una superficie libre privativa sin construcción deVEINTITRÉS METROS NOVENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS,localizable dentro de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, oncemetros catorce centímetros con departamento VR-3 del Claustro Valle del Rey;AL ESTE, en dos medidas: tres metros veintidós centímetros, y tres metrosdiecinueve centfrnetros con departamento CV-6 del Claustro de Valle, AL SUR,en dos medidas; nueve metros diecisiete centímetros con departamento VS-2 yun metro noventa y siete centímetros con departamento CV-6 del Claustro deValles; Y AL OaSTE, seis metros cuarenta y un centímetros con andador áreacomún, correspondiéndole un área privativa de' cajón de estacionamiento dedoce metros cuadrados y un indiviso de 0.990% (cero punto novecientosnoventa por cierto) con respecto al condominio. Inscrito en el Registro Públicode la Propiedad! y del Comercio de esta Ciudad el once de abril de dos mil cinco,bajo el número 'cuatro mil trescientos tres del Libro General de Entradas, a foliosdel veintiocho ¡mil setecientos ochenta y ocho al veintiocho mil ochocientosdiecisiete del qbro de Duplicados Volumen ciento veintinueve, afectando entreotros el folio n~,mero,uno del Libro de Condominios, Volumen ciento tres., anombre de R4UL LOPEZ CRUZ, al cual se le fijo un Valor Comercial de$227,500.00 (~OSCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS PESOS 001'100M.N.), misma que servirá de base para el remate y es postura legal la que cubracuando menos ~I precio del avalúo.

CUARTO.- Se hace saber a los licitadores que deseen intervenir en lapresente subasta que deberán depositar previamente en el Departamento deConslqnaciones y Pagos de los Juzgados Civiles y Familiares, ubicado en el localque ocupan dichos juzgados, situado en la Avenida Gregario Méndez sin númerode la Colonia Atasta de Serra de esta Ciudad Capital, cuando menos unacantidad equivalente al DIEZ POR CIENTO de la cantidad que sirve de base parael remate. I

QUI~TO.- Como en este asunto se rematará un bien !nmuebleanúnciese la presente subasta por DOS VECES DE SIETE EN SIETE DIAS en elPeriódico oficiall del Estado, así como en uno de los Diarios de Mayor circulaciónque se editen en esta Ciudad, fijándose además los avisos en los sitios públicosmás concurridos de costumbre de esta ciudad, para lo cual expídanse losedictos y ejertjplares correspondientes, convocando postores en la inteligenciade que dicho r mate se llevará a cabo en este Juzgado a las NUEVE HORAS ENPUNTO DEL D' DIECISIETE DE MARZO DE DOS~IL DIEZ.

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6 DE MARZO DE 2010 PERIÓDICO OFICIAL 47

Notifíquese personalmente y Cúmplase.LO PROVEYO, MANDA Y FIRMA LA CIUDADANA LI<tENCIADA NORMA

LIDIA GUTIÉRREZ GARCÍA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL bEL CENTRO DELPRIMER DISTRITO JUDICIAL DE CENTRO, POR Y ANTE I LA SECRETARIAJUDICIAL DE ACUERDOS LICENCIADA ALEXANDRA AQU]NO JESÚS, QUECERTIFICA Y DA FE.

Por lo que, por Mandato Judicial, y para su publicación en el Periódico Oficial delEstado, Así como en uno de los Diarios de Mayor Circulaciónl que se editan enesta Ciudad, anúnciese el presente Edicto por Tres Veices Dentro delTermino de Nueve Días, con anticipación a la fecha señalada, dado a losCuatro Días del mes de Marzo de Dos Mil Diez, erl esta Ciudad deVillahermosa, Capital del Estado de Tabasco. I

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48 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

I

No.- 26229 .¡JUICIO EJECUTIVO MERCANTILPODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TABASCO.

JUZGADO CIVIL DE PR~MERA INSTANCIA DEL OCTAVO DISTRITO JUDICIAL DE TEAPA, TABASCO.i

SE CONVOCA POSTORES P/lJRAREMATE EN PRIMERA ALMO~EDA.PRESENTE.

QUE EN EL EXPEDIENl1E NÚMERO 328/2006,

RELÁTIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL,

PROMOVIDO POR EL LICENCIADO AURELlANO

GARCíA ALEGRíA Y/O CARL YLE OROPEZA

DOMíNGUEZ Y/O RICARDO QOMiNGUEZ ALEJANDRO,

ENDOSATARIOS EN PROC.lJRACIÓN AL COBRO DEL

CIUDADANO FRANCISCO I CALZADA MELO, EN

CONTRA DEL CIUDADAfiJO ORESTE UBALDO

STIVALET CORRAL, EN ~ECHA DIECINUEVE DE

FEBRERO DEL DOS MIL DIEZ, SE DICTO UN AUTO

MISMO QUE COPIADO INTEIGRAMENTE. A LA LETRA

DICE:----

"JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL,OCTAVO DISTRITO JUDICI~L DE TEAPA, TABASCO,

MÉXICO, DIECINUEVE DE 'FEBRERO DE DOS MIL

DIEZ. VISTO· El escrito de cuenta, se acuerda:

PRIMERO.- Como lo solicita el ejecutante Licenciado

AURELIANO GARCIA ALEGRIA, en su escrito de cuenta,

con fundamento en los artículos 1411 del Código de

Comercio aplicable al presente juicio, 473, 475, 476, 477,

478, 480, 481, 482 Y demás relativos del Código Federal

de Procedimientos Civiles en \Aigor, sáquese a remate, en

pública subasta. en PRIMER)/\ ALMONEDA, Y al mejor

postor, los bienes inmuebles que a continuación se

describen: A)- Unión de 1Il0s predios urbanos con

construcción ubicado en la carretera Villahermosa- Teapa

sin número de la Colonia Morelia de Teapa, Tabasco,

constante de las superficies de 605.82 m2 localizado: ~I

norte en 8500 metros con N'lARIA DOLORES ALFARO

MANDUJANO; Al Sur 8400 metros con MARTA ELENA

ALFAR O MANDUJANO; Al Este 8.16 metros con

carretera Teapa-Víllaherrnosal AL OESTE: 616 Metros

Cal) calle sin nombre. Y el otro predio con superficie de

1,74370 m2, Al Norte 814.00 metros con ELENA

MONTEJO ALFARO; Al Sur 47.00 y 32.20 con CECILIA

ELENA MONTEJO ALFARO; Al Este: 24.48 metros con

zona Federal de la carretera Teapa-Villahermosa; Al

Oeste 616, 616, 616 con calle sin número y 201

metros ----

con CELlDA ELENA MANDUJANO. Inscrito el embargo

judicial en el Registro Público de la Propiedad y del

Comercio de Jalapa, Tabasco, el once de diciembre del

dos mil seis. bajo el número 1Ó80 del libro general de

entradas, a folios del 5563 al 5566 del libro de duplicados

volumen 82; quedando afectado por dicho embargo los

predios número 13,774 Y 11608, de los libros mayores

volúmenes 32, 48, 40 Rec, No. 3821618, a los cuales se

les fíjó un valor comercial por la cantidad de $619,453.095

(SEISCIENTOS DIECINUEVE MiL CUATROCIENTOS

CINCUENTA Y TRES PESOS 095/100 M.N) siendo

postura legal para el remate la que cubra cuando menos

el monto del avalúo fijado al bien inmueble ernbarqado. B)

Unión de cuatro predios rústicos EL DÓLAR, LA

TRINIDAD, EL PASO Y SAN RAFAEL, ubicados en la

Ribera el Blanquillo de Pichucalco, Chiapas, con

superficies de 2-10-00 hectáreas, 32-63-00-00 hectáreas,

32-63-00.00 hectáreas y 65-13-00.00 hectáreas, con una

superficie total de 132-49-00.00 hectáreas, con las

siguientes medidas y colindancias: Al Norte: con

Audomaro Murillo Navarro, con Jorge Quevedo, con

Ricardo Quevedo, rancho San Rafael, señora Nelly

Riverroll de la Vera; Al Sur: Señor Murillo, con Eduardo

Hernández, con Nelly Riverroll Viuda de Vera, Ramón

Hernández Salvatierra, Al Este con Río Pichicalco, Rio

Pichucalco, Río Pichucalco, Río Pichucalco; Al Oeste: con

camino Real, papelería de terren~s nacionales, con tierras

nacionales, con el Rancho Santo Domíngo del señor

César Fernández Inscrito el embargo judicial en el

Registro Público de la Propiedad de ~ichucalco, Chiapas,

bajo el número 006, del libro primero original de la Sección

Segunda de fecha nueve de enero del dos mil siete, por

orden 01/2007 -E, fechado el tres y recibido el cuatro de

enero del dos mil siete, a los cuales se les fijó un valor

comercial por la cantidad de $1 '941 ,20925 (UN MILLON

NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS

NUEVE PESOS 25/100 MN) siendo postura legal para el

remate la que cubra cuando menos el monto del avalúo

fijado al bien inmueble embargado. C) Predio Rústico ------

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 49

denominado SONORA, ubicado en la ranchería José

María Morelos y Pavón del Municipio de Teapa-Tabasco,

con una superficie de 160-76-24 hectáreas, con las

siguientes medidas y colindancias al norte 450 y 2860

con Eugenio Sánchez del Aguila, al Sur 177,475 Y 2500

metros con Julio Sánchez Pérez y Fidelia Lu de Roi, al

este 235 y 120 metros con María Esther González Olán;

al Oeste: 41 y 120 metros con carretera Teapa San

Antonio y Julio Sánchez Pérez: Inscrito el embargo

judicial en el Registro Público de la Propiedad y del

Comercio de Jalapa, Tabasco, el once de diciembre del

dos mil seis, bajo el número 1080 del libro general de

entradas, a folios del 5563 al 5566 del libro de duplicados

volumen 82; quedando afectado por dicho embargo el

predio número 9,648 de los libros mayores volúmenes 32,

48, 40 Rec No. 3821618, al cual se le fijó un valor

comercial por la cantidad de $3'539,945.10 (TRES

MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL

NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 10/100

MN) siendo postura legal para el remate la que cubra

cuarido menos el monto del avalúo fijado al bien Inmueble

embargado. SEGUNDO.- En virtud que los bienes que se

pretenden rematar se tratan de bienes inmuebles,

anúnciese la presente subasta por TRES VECES

DENTRO DE NUEVE DIAS, en el Periódico Oficial del

Estado, y en uno de los diarios de mayor circulación que

se editan en el Estado, a elección del ejecutante, fijándose

además, avisos en los sitios públicos de mayor

concurrencia de ésta ciudad, así como en el lugar de la

ubicación de los predios en cuestión, convocando

postores, quienes deberán acudir a la diligencia de remate

en el local que ocupa éste H. Juzgado, la cual tendrá

verificativo a las DIEZ HORAS DEL DIA OCHO DE ABRIL

DEL DOS MIL. DIEZ, debiendo los licitadores depositar

previamente en numeraría o en cheque certificado a favor

del Tribunal, en el Departamento de -----------------

Consiqnaciones y Pagos dornunes a éstos Juzgados, una

cantidad igualo por lo mellas el diez por ciento del valor

de los inmuebles que sirve de base para el remate, sin

cuyo requisite no serán admitidos----

NOTIFIQUESE PERSONAlMENTE y CÚMPLASE- Así

LO PROVEYO, MANDA y FIRMA LA CIUDADANA

LICENCIADA GUADALUP$ LOPEZ MADRIGAL, JUEZA

CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO

JUDICIAL, POR Y ANTE ~A CIUDADANA LICENCIADA

GUADALUPE T. CANO I MOLLlNEDO, SECRETARIA

JUICIAL DE ACUERDOS I CON QUIEN LEGALMENTE

ACTUA, CERTIFICA y DA ~EI

Y PARA SU PUBLlCACIÓNI POR TRES VECES DENTRO

DE NUEVE OlAS EN E~ PERiÓDICO OFICIAL DEL

ESTADO Y EN UNO DEI LOS DIARIOS DE MAYOR

CIRCULACiÓN QUE SE ~DITAN EN LA CAPITAL DE

NUESTRO ESTADO, S~ EXPIDE EL PRESENTE

EDICTO PARA EFECTO~ DE SACAR A PUBLICA

SUBASTA EN PRIMERA IALMONEDA Y AL MEJOR

POSTOR EL BIEN INM~EBLE ANTES DESCRITO

CONFORME A LO ~STABLECIDO POR LOS

ART]CULOS 1411 DEL CbDIGO DE COMERCIO ENI

VIGOR Y 473, 475, 476, !477, 478, 480, 481, 482 Y

DEMAS RELATIVOS DE~ CÓDIGO FEDERAL DE

PROCEDIMIENTOS CIVILES DE APLICACiÓN

SUPLETORIA EN MATERIA MERCANTil, DADO EN lA

CIUDAD DE TEAPA, TAB4sco, El VEINTICINCO DE

FEBRERO DEL DOS Mil DI~Z.----

II

SECRETAR~A JUDICIAL.

LIC. GUADALUPE T 1 CANO MOLLlNEDO.

1-2-3

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so PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

NO.-25882 INFORMACiÓN DE DOMINIO

PODER JUDICIAL DEL ES: ADu DE TABASCO.JUZGADO :lE PAZ DE

MACUSPANA,TABASCO."AVISO AL PUBLICO EN GENERAL".

QUE EN EL EXPtlENTE NUM~RO 320/2009, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO JUDICI~L NOCONTENCIOSO D INFORMACION DE DOMINIO, PROMOVIDO POR DEYANIRA HERNANDEZCRUZ, 07/08/2009, SE DICTO AUTO DE INICIO QUE COPIADO A LA LETRA DICE:

••...JUZGADO DE ~AZ DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL DE MACUSPANA, TABASCO. A SIETEDE AGOSTO DEL Mo DOS MIL NUEVE.

Visto.- el iriforrne de la razón secretarial, se acuerda:PRIMERO:- SI= tiene por presentada a la ciudadana DEYANIRA HERNÁNDEZ CRUZ, con su

escrito de cuenta yldocumentos que acompaña consistentes en: Original de la información del Prediomotivo del presente juicio expedido por el Ing. MIGUEL LUNA ZURITA, subdirector de catastromunicipal, del tres ~e julio del presente año; Original del CERTIFICADO NEGATIVO DE PROPIEDAD,del tres de julio dfl año que transcurre, signado por el Registrador Publico de la Propiedad y elComercio el Licendiado Agustin Mayo Cruz, de Jalapa, Tabasco; Original de un contrato privado decesación de dereclios, del doce de febrero del dos mil cuatro; Original del Plano del predio motivo dela presente diligerlcia. todas las documentales antes descritas fueron expedidas a favor de lapromovente del p~sente Juicio y copias simple que acompaña con los cuales viene a promoverJUICIO DE PRO EDIMIENTOS JUDICIAL NO CONTENCIOSO DILIGENCIAS DE mFORMACIÓNDE DOMINIO, res ecto al predio urbano ubicado en la Calle Prolongación Alatorre, sin número, de laColonia Centro, del'esta ciudad de Macuspana, Tabasco; constante de una superficie de 75.00 m2, elcual se encuentra ocalizado dentro las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 10.00 metroscon CALLE PROL NGACIÓN ALATORRE; AL SUR 1000 metros con CARLOS CASTRO; AL ESTE:7.50 metros con C~NAL DE DESAGUE, AL OESTE: 7.50 metros con CALLEJÓN SIN NOMBRE.

TERCERO. I respecto, dése amplia publicidad por medio de edictos que se publicarán en elPeriódico Oficial d I Estado, por tres veces, de tres en tres dias consecutivamente y en uno de losDiarios de mayor circulación de los que editan en la Capital del Estado, mismos que se editan en loslugares públicos más concurridos de esta ciudad y en la ubicación del inmueble, lo anterior es conla finalidad de que quién se crea con derechos sobre el predio mencionado con anterioridadcomparezca a éstl' juzgado a hacer valer sus derechos y conforme lo dispone el articulo 139 de laLey Adjetiva Civil igente fljense los avisos en los lugares públicos de costumbre y en el lugar deubicación del predi de referencia, agregados que sean los periódicos y a petición del promovente sefijará fecha y horaCPara el desahogo de la prueba testimonial a cargo de los ciUdad.anos CARLOSCASTRO LOPEZ, RJIDIO DE LA CRUZ MOO y ESAU CORTES CALDERON.

QUINTO. e nsecuentemente, y con fundamento en los articulas 241 y 264 del Código deProcedimientos Civiles en vigor en el Estado, girese atento oficio' al EllAS ALVAREZ ZURITA,.Presidente Municipal de esta Ciudad, y a la Dirección d'" Catastro Municipal de ésta Ciudad deMacuspana, Tabasco, asi como a la Delegación Agraria en el Estado con atención al Jefe deTerrenos Nacionales con domicilio conocido en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, para los efectosde que informen' ~ este juzgado, si el predio urbano ubicado en la Calle Prolongación Alatorre, sinnúmero, de la Colpnia Centro, de esta ciudad de Macuspana, Tabasco; constante de una superficiede 75.00 m2, ell'ual se encuentra localizado dentro las siguientes medidas y colindancias: ALNORTE: 1000 etros con CALLE PROLONGACiÓN ALATORRE; AL SUR: 10.00 metros conCARLOS CASTR ; AL ESTE: 7.50 metros con CANAL DE DESAGUE; AL OESTE: 7.50 metros conCALLEJÓN SIN OMBRE, pertenece o no al fundo legal del municipio a la nación y en cuanto a laDirección de Catastro Municipal deberá informar a éste Tribunal si se encuentra catastrado el prediomencionado en lineas anteriores a nombre de persona alguna, respectivamente.

POR MANDATO .¡JUDiCIAL Y PARA SU PUBLICACiÓN EN EL PERiÓDICO OFICIAL DEL ESTADOY EN OTRO PERiÓDICO DE LOS DE MAYOR CIRCULACiÓN DE LOS QUE EDITAN EN LACAPITAL DEL EtADO' POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DíAS, E?<PIDO El PRESENTEEDICTO EN lA - IUDAD DE MACUSPANA. ESTADO DE TABASCO, REPUBLlCA MEXICANA, ALOS ONCE('~0.:s E;9$E~,.DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS Mil NUEVE.

r~ _ . t '\/, ...() \\

"/ _".~' ~""\ )1 \\ A T E N T A M E N TE.i,1:; : .~.: <;,:~.f, ~ N~'UFRAGIO EFE . O REELECCiÓN.\' ~ ; ':. '-:'\'~'~~~i~ l SECRETA J ICIA DEL JUZGADO.\ ~},~~0'('~l)o/'~\!¡ ,

\ '\ t? <."'"" ~~.p "'iIf/,---í~Ll\CUISPANA

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6 DE MARZO DE 2010 PERiÓDICO OFICIAL 51

INDICE TEMATICO

~~-.-~_Ub-J_-==_--__-- _ __ C_o_nt_e_n_id_o ~-----_1Página I

No- 26216

No.- 26161

No.- 26162

No- 26198

NO.-26213

No- 26219

No- 26217

No- 26182

NO.-26183

No.- 26153

No.- 26278

No.- 26231

No- 26225

No- 26226

No~ 26230

No.- 26227

No- 26240

No- 26229

No.- 25882

JUICIO ORD. CIVIL DE USUCAPiÓN EXP. 519/2005 ' . .

INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 00708/2008..... ' .

INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 237/2009 .

JUICIO ESPECIAL DE CANCELACiÓN DE PENSiÓN ALIMENTICIA EXP .. 515/2006

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL EXP. 362/2006 .

INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 75/2010 .

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL EXP. 345/2008 .

AVISO NOTARIAL C MANUEL CASTAÑEDA CANCHE .

AVSO NOTARIAL C ROSA DEL C. DIAZ GUTIERREZ .

JUICIO PROC JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE MEDIOS PREAARATORIOS DE

DECLARACiÓN DE AUSENCIA EXP 00908/2009 .

JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO EXP. 448/2009 .

JUICIO ORD CIVIL DE PRESCRIPCiÓN DE ACCiÓN HIPOTECARIA E¡:XP. 390/2008.

INFORM.ACIÓN DE DOMINIO EXP. 00301/2009................ .

JUICIO ORD CIVIL DE USUCAPiÓN EXP. 17/2003........ . .

AVISO NOTARIAL C FRANCISCA DE LA CRUZ GARCIA .

AVISO NOTARIAL C SEBASTIAN GONZALEZ RAMIREZ .

JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO EXP. 705/2008........................ .

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL EXP. 328/2006 .

INFORMACiÓN DE DOMINIO EXP. 320/2009 .

INDICE. . , .

ESCUDO.

1

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25272830

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52 PERiÓDICO OFICIAL 6 DE MARZO DE 2010

.~

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