Plan Contingencia
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CONTRATO DE ELABORACION DE PLANES DE CONTINGENCIAEstablecimiento: Calle Justo Arias y Araguez 145-153-157 Esquina Calle Zela
Conste por el presente contrato, la contratacin para el Servicio de Elaboracin de Expediente Tcnicos sobre PLANES DE CONTINGENCIA para los Establecimientos indicados lneas arriba, que celebran de una parte el Sr ING GUIDO PARODI ESPINOZA, identificado con DNI N 00410414 en su condicin de representante legal del Establecimiento INVERSIONES PARODI SAC con RUC N 20449451261, con sede Administrativa ubicado en la Calle Arias y Araguez N 145-153-157 del Distrito, Provincia y Regin Tacna a quien en adelante se le denominar LA EMPRESA y de otra parte: El Ing OSCAR PASCUAL POMA HUANCA, identificado con D.N.I. 00514260, CIP N 73360 y Habilidad Profesional vigente para el ejercicio de la Profesin de Ingeniero en el pas , con domicilio legal ubicado en el lote 06 de la Manzana D Urbanizacin Villa Jess, Distrito de Pocollay, Provincia y Regin-Tacna quien en su condicin de Representante Legal de la Consultora CORPORACION TAURO EIRL con RUC 20449225253 a quien en adelante se le denominar EL CONSULTOR en los trminos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: DEL OBJETO DE LA CONTRATACION
Elaboracin del Plan de Contingencia del Establecimiento DORADO HOTEL, ubicado en la Calle Justo Arias y Araguez N 145-153-157 esquina con la Calle Zela, Distrito, Provincia y Regin Tacna. Ello a cargo de EL CONSULTOR que es persona natural cuya actividad principal es desarrollar Proyectos vinculantes a Seguridad, entre ellos la formulacin de Planes de Contingencia.
CLAUSULA SEGUNDA: TERMINOS DE REFERENCIA
El CONSULTOR deber cumplir estrictamente con los requisitos necesarios para la buena elaboracin del Plan de Contingencia, en base a lo dispuesto por la Ley N 28551 y el D.S. N 066-2,007-PCM, con la directa participacin de LA EMPRESA para un mejor desarrollo del trabajo que se le encarga.
CLAUSULA TERCERA: PLAZOS DE EJECUCIN
Los plazos de ejecucin de las diferentes etapas requeridas para que el Establecimiento est en condiciones de ser Inspeccionada por Defensa Civil, son los siguientes:
1.- Dos semanas (15 das hbiles) para la entrega del diagnstico preliminar del estado actual de la infraestructura hotelera. Se entregar una relacin por Especialidades de las eventuales observaciones a efecto de que LA EMPRESA proceda a ejecutarlas por cuenta propia.
2.- Dos semanas (15 das hbiles) para la entrega del Expediente completo, computados desde que LA EMPRESA haya ejecutado el total de los trabajos materia de observacin por parte del CONSULTOR.
Adicionalmente, si el GRUPO INSPECTOR efecta observaciones, el CONSULTOR proceder al levantamiento de las observaciones, hasta que el GRUPO INSPECTOR d su aprobacin a LA EMPRESA.
CLAUSULA CUARTA: MONTO NETO CONTRACTUAL Y RESPONSABILIDADES
El monto total del presente Contrato asciende a S/2,950.00
1.- Pago al personal Profesional que suscriba el Expediente correr por cuenta del CONSULTOR.
2.- El pago de salarios y honorarios de personal Operario y Tcnico que ejecutar los trabajos de reparaciones, refacciones, reforzamientos y otros, sern cubiertos por la EMPRESA.
3. La Elaboracin de los PLANOS DE ARQUITECTURA, INGENIERA (Instalaciones Elctricas, Sanitarias, Estructuras (en su defecto, Certificado de Estabilidad Estructural) y SEGURIDAD y su respectiva suscripcin y refrendo, ser por cuenta del CONSULTOR.
4.- Elaboracin de MEMORIAS DESCRIPTIVAS, por cuenta del CONSULTOR.
5.-Elaboracin de Especificaciones Tcnicas, por cuenta del CONSULTOR
6.- PLOTEO de los PLANOS DE ARQUITECTURA, INGENIERIA y SEGURIDAD por cuenta del CONSULTOR.
7.- Elaboracin de las Memorias Descriptivas y su respectiva suscripcin y refrendo, por cuenta del CONSULTOR.
8.- Formulacin del PLAN DE CONTINGENCIA y su suscripcin como profesional responsable junto con el mximo representante de LA EMPRESA.
9.- Formulacin del Cuadro de Acabados finales y su suscripcin, por cuenta del CONSULTOR
10.-Entrega del CERTIFICADO DE CAPACITACIN en PRIMEROS AUXILIOS, suscrita por profesional responsable, por cuenta del CONSULTOR.
11.-Determinacin de la CAPACIDAD DE AFORO, por cuenta del CONSULTOR.
12.-Determinacin de la Sealizacin de Reglamento para su ejecucin por LA EMPRESA. Ello a propuesta del CONSULTOR.
13.-Elaboracin de CRONOGRAMAS, por parte del CONSULTOR
CLAUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO
Ser de la siguiente manera:
--60% del monto total neto a la suscripcin del presente contrato
--40% Del monto total neto a la entrega del expediente para su ingreso o trmite ante Defensa Nacional del Gobierno Regional de Tacna.
CLAUSULA SEXTA: DE LAS CONSIDERACIONES
El CONSULTOR deber desarrollar el trabajo en estrecha coordinacin con LA EMPRESA, quien deber atender las recomendaciones en su integridad.
CLAUSULA SPTIMA PRIMERA: VIGENCIA DEL CONTRATO
Ser de lo que resulte de la aplicacin de la Clusula Tercera
CLAUSULA OCTAVA: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA
Proporcionar al CONSULTOR las facilidades y toda informacin disponible y requerida para la correcta prestacin del servicio, objeto del presente contrato.
CLAUSULA NOVENA: DE LA AMPLIACIN DEL PLAZO DE ELABORACIN DE LOS PLANES DE CONTINGENCIA
Los plazos indicados, podrn ampliarse por situaciones no imputables a la EMPRESA y al CONSULTOR.
CLAUSULA DECIMA : DE LA RESOLUCIN DEL CONTRATO
El incumplimiento de EL CONSULTOR o de LA EMPRESA de alguna de sus obligaciones contractuales, ser causal de resolucin administrativa del contrato.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: DECLARACIN DEL CONSULTOR
EL CONSULTOR declara que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, en estrecha armona con las facilidades y cumplimiento de levantamiento de observaciones por parte de LA EMPRESA
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: BASE LEGAL:
Constitucin Poltica del Per
Cdigo Civil Peruano.
Ley N 28551 .D.S. N 066-2,007-PCM
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.
CLAUSULA DECIMA QUINTA: DE LOS DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. Para efectos del mismo se tendr por vlida cualquier notificacin efectuada a esta direccin. Los domicilios consignados slo podrn ser variados previo aviso, con Carta Notarial cursada con una anticipacin no menor de siete (07) das.
En seal de conformidad, las partes lo firman, en la ciudad de Tacna a los 10 das del mes de Julio del 2,014.
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LA EMPRESA EL CONSULTOR