Plan de convivencia 2014 15

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PLAN DE CONVIVENCIA IES Virgen de la Cabeza. Marmolejo (Revisado en septiembre de 2014, adecuando los protocolos ante acoso escolar, maltrato infantil, violencia de género y agresión hacia el profesorado o el personal no docente a la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes…). 2014 Aprobado en fecha reflejada en la parte inferior Junta de Andalucía 18/09/2014

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PLAN DE

CONVIVENCIA IES Virgen de la Cabeza. Marmolejo

(Revisado en septiembre de 2014, adecuando los protocolos

ante acoso escolar, maltrato infantil, violencia de género y

agresión hacia el profesorado o el personal no docente a la

Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas

para la promoción de la convivencia en los centros

docentes…).

2014

Aprobado en fecha reflejada en la parte inferior

Junta de Andalucía

18/09/2014

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ÍNDICE

ÍNDICE ............................................................................................................... 1

DIAGNÓSTICO Y OBJETIVOS .............................................................................. 5

A.- CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO. ................................ 5

La localidad ........................................................................................................ 5

Las Familias: ...................................................................................................... 6

El Centro: ............................................................................................................ 6

Alumnado: .......................................................................................................... 7

Conflictividad detectada en el Centro: ............................................................... 8

B) NORMAS DE CONVIVENCIA: ....................................................................... 10

1. Puntualidad y horario ................................................................................... 10

2. Orden en pasillos, aulas y desplazamientos ................................................. 11

3. Faltas de asistencia ...................................................................................... 11

4. Trabajos y exámenes .................................................................................... 11

5. Cuidado medioambiental ............................................................................. 12

6. Aseos y Servicios ......................................................................................... 12

7. Actitud en el aula y dentro del Centro ......................................................... 12

8. Normas de conducta de carácter general. .................................................... 13

9. Actitud en el aula: ........................................................................................ 14

10. Teléfonos móviles / Golosinas / Juegos de azar ........................................ 15

11. Recreos / Cafetería / Pistas Deportivas ...................................................... 15

12. Viajes, salidas y visitas .............................................................................. 16

Medidas para garantizar su cumplimiento: ....................................................... 16

Baremación de las conductas contrarias a las normas de convivencia: ................... 17

FALTAS LEVES Y GRAVES. SANCIONES ................................................ 17

1.-Conductas contrarias a las normas de convivencia. .................................... 17

2.- Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. ......................... 19

El Carné por puntos: ................................................................................................ 23

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN EN SUPUESTOS DE ACOSO ESCOLAR. ....................................................................................................... 25

Características del Acoso Escolar. ................................................................... 25

Tipos de acoso. ................................................................................................ 26

Consecuencias del acoso. ................................................................................. 26

Protocolo ........................................................................................................... 26

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO INFANTIL 30

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Características del maltrato infantil. ................................................................ 30

Tipología del maltrato. ..................................................................................... 30

Clasificación del maltrato en cuanto a la gravedad. ........................................ 31

Protocolo ........................................................................................................... 32

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO EDUCATIVO ..................................................... 35

Características de la violencia de género. ........................................................ 35

Tipos de violencia de género. .......................................................................... 35

Protocolo ........................................................................................................... 36

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE AGRESIÓN HACIA EL PROFESORADO O EL PERSONAL NO DOCENTE.................................... 39

Caracterización. ............................................................................................... 39

Protocolo ........................................................................................................... 40

ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA ................................ 41

ACTUACIONES DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO ................................ 43

ACTUACIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN .. 44

GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA ......................................................... 44

C) COMISIÓN DE CONVIVENCIA ..................................................................... 46

Funciones de la Comisión de Convivencia y Plan de actuación. ..................... 46

Plan de reuniones. ............................................................................................. 46

D) AULA DE CONVIVENCIA: ............................................................................. 49

Normas específicas para el funcionamiento del aula de convivencia. .............. 49

Finalidad del aula de convivencia: .................................................................. 49

Objetivos: ......................................................................................................... 49

Profesorado que atenderá el Aula de Convivencia: ......................................... 50

Normas específicas para el funcionamiento del Aula de Convivencia. ........... 50

Funcionamiento del Aula de Convivencia ........................................................ 51

Funciones en el ámbito del centro ................................................................... 52

Funciones en el ámbito individual o de intervenciones específicas ................ 53

Funciones del Coordinador o Coordinadora del Aula de Convivencia ........... 54

Normas específicas para el funcionamiento del Aula de Convivencia ............ 55

E) PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA ........................................................... 58

A. Propuestas para la mejora de la convivencia escolar. .................................. 58

B. Otras medidas para la mejora de la convivencia. ......................................... 63

El agrupamiento del alumnado como prevención de las faltas contra la convivencia. ................................................................................................................. 64

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La atención a la diversidad .............................................................................. 64

Especial atención a los alumnos de los primeros cursos de la ESO. ............... 65

F) MEDIDAS PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS .................................................................................................................... 66

Serán obligaciones del profesor de guardia: .................................................... 66

Apertura y cierre de las aulas. .......................................................................... 67

G) MEDIACIÓN. FUNCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DEL ALUMNADO EN LA MEDIACIÓN ................................................................................. 68

Delegados y Delegadas de grupo.. ................................................................... 68

H) DELEGADOS Y DELEGADAS DE PADRES Y MADRES ........................... 69

La figura del delegado o la delegada de padres y madres se regula en la Orden de 20 de junio de 2011 ................................................................................................. 69

Funciones respecto a la mediación en la resolución pacífica de conflictos entre el alumnado o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa: ............... 72

I) NECESIDADES FORMATIVAS ....................................................................... 73

Las necesidades formativas en materia de convivencia se recogen en la Orden de 20 de junio de 2011 ................................................................................................. 73

J) SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN ................................................................... 75

Difusión, seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia. ........................ 75

K) COLABORACIÓN CON OTRAS ENTIDADES ............................................. 76

L) RECOGIDA DE INCIDENCIAS ....................................................................... 77

FICHA DE REFLEXIÓN I – Aula de Convivencia ......................................... 78

FICHA DE REFLEXIÓN II – Aula de Convivencia ....................................... 80

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DIAGNÓSTICO Y OBJETIVOS

A.- CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO.

LA LOCALIDAD

Marmolejo es una localidad de 7.380 habitantes según el último censo de 2.011, población estancada, o en leve retroceso, produciéndose pérdida de habitantes año tras año, debido a las bajas expectativas de trabajo que ofrece una localidad que ha basado su economía en una agricultura basada principalmente en el monocultivo del olivar y productos de huerta, sin desarrollar ningún tipo de industria para dar salida a los productos que generaba.

En cuanto al régimen de propiedad de la tierra, es de destacar que un gran número de habitantes son propietarios de pequeñas parcelas, mientras que también se encuentran algunos propietarios de grandes latifundios. La población de Marmolejo, ligada a la tierra y a sus vaivenes, ha sido ahorradora, sin afán alguno de ostentación, pero con la seguridad de tener esos ahorros que poco a poco han ido acumulando con el esfuerzo de todos los miembros de la familia, para asegurarse un futuro que les permitiera mantener una situación digna cuando la situación fuera desfavorable. Prueba de ello es la existencia de 9 oficinas bancarias en el 2.011.

Dado que la principal actividad económica es la agricultura, es lógico pensar que una gran parte de la población cotiza a la Seguridad Social por el régimen agrario. Existen unas 1500 personas cotizando en el régimen agrícola en la localidad, de las cuales, unas 1300 personas han percibido durante alguna temporada el subsidio agrícola; importante destacar que duplica el número de mujeres al de hombres que cotizan en este régimen.

En cuanto al sector industrial, relacionado con el campo, funcionan tres almazaras de aceite de oliva, de gran tradición en la localidad.

En los años noventa comenzó a despertar un tímido embrión industrial que en pocos años se convirtió en el motor de la economía local. Fue fuente de generación de empleo, asumiendo casi toda la mano de obra joven, sin cualificación, y creó riqueza que se tradujo en un bienestar general. Lamentablemente solo fue el sueño de una noche de verano. Demasiado pronto los malos presagios que sacudían el país también llegaron a este pequeño pueblo de Andalucía y comenzó el proceso inverso: cerraron casi todas las industrias, y según datos del Instituto Nacional de Estadística, en el año 2.009 no se creó ninguna.

Marmolejo se puede considerar como una localidad formada en su mayoría por familias trabajadoras; en algunas de ellas se cuenta con un sueldo estable, en una gran parte, con trabajos temporales e inestables, completando sus necesidades económicas con el subsidio agrícola, necesario e incluso imprescindible para un gran número de familias que tan solo pueden dar unas pocas peonadas en el campo, cada día menos rentable.

Consecuencia de la anterior situación, podemos decir que:

- Un 10% de la población compone la clase alta.

- Un 30% la clase media.

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- Un 45% la clase media-baja.

- Un 15% la clase baja.

En la actualidad se encuentran familias con graves problemas para cubrir sus necesidades mínimas, rondando, si no en él, el umbral de la pobreza.

La población joven que años atrás abandonaba pronto el entorno escolar para incorporarse al mundo del trabajo, en la actualidad al no tener opciones laborales, permanece más en el centro e intentan, al menos, obtener el título de graduado en Educación Secundaria; son conscientes que en el futuro, esta preparación puede ser la que marque la diferencia entre el paro o el trabajo. A continuación, muchos se matriculan en Formación Profesional, y el resto cursa bachillerato, como paso a estudios posteriores.

LAS FAMILIAS:

En los últimos años, la sociedad en nuestro país está experimentando un cambio rápido y radical. La típica familia formada por padre, madre e hijos, con unos roles muy definidos, y una autoridad incuestionable, pertenece a nuestra historia, reciente, pero historia. Actualmente la composición de la familia ha cambiado. Encontramos familias con un solo progenitor, hijos de padres divorciados, hijos que, debido al trabajo de los padres, pasan mucho tiempo solos, nadie les controla sus actividades. Muy a menudo, los padres, que en Educación Infantil y Primaria seguían a diario los progresos de sus pequeños, ahora se desentienden de su evolución escolar. No dedican tiempo a hablar con sus hijos e hijas, tiempo para exigirles su responsabilidad de adquirir una formación que les permita continuar estudios posteriores, etc.

Y lamentablemente, Marmolejo no permanece al margen de esta corriente. Nuestros alumnos y alumnas necesitan más del apoyo familiar, el alumnado debe asumir su responsabilidad, retomar el hábito de estudio, sentirse satisfecho por el trabajo realizado, disfrutar con la lectura, … Esto también supone un trabajo para las familias que deben apoyar a sus hijos con el asesoramiento del profesorado. Trabajar juntos padres, madres, profesores y profesoras para conseguir el objetivo común.

Actualmente las relaciones con las familias, en general, son escasas. Como en casi todos los centros, la presencia familiar se produce cuando existe un conflicto. La falta de formación de algunos padres y madres hace que ante un problema, en ocasiones desautoriza al profesorado sin contrastar las informaciones que su hijo/a les da, haciendo un flaco favor a la formación de nuestros educandos.

Cabe decir, que la asistencia a la reunión tutorial de inicio de curso suele ser masiva, pero a lo largo del año, sobre todo durante la campaña de la aceituna, un gran número de padres/madres sólo vienen cuando el tutor se preocupa de citarlos.

Sobre las relaciones de las familias con el Centro, es curioso observar que aquellos padres/madres cuyos hijos/as llevan un adecuado proceso educativo y son menos problemáticos en el respeto a las normas de convivencia, son también los que se relacionan mejor y con mayor asiduidad con el profesorado.

EL CENTRO:

El I.E.S. “Virgen de la Cabeza” está situado en el límite del casco urbano de la localidad de Marmolejo, junto a la carretera A-420 en dirección al Balneario.

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Según consta en nuestra página WEB, el actual I.E.S. "Virgen de la Cabeza" se inauguró en 1.961 como centro para la formación de agricultores. Su nombre original fue de "Granja Escuela" y se dedicó a impartir los cursos de Capataces Agrícolas.

A partir del año 65 se comenzaron a dar cursos monográficos (maquinaria, ganadería...) destinados a profesionales del sector agro-ganadero y con la finalidad de elevar el nivel técnico de la agricultura.

En el curso 1.973/74 con la Ley General de Educación se inician en este Centro los estudios de Formación Profesional Agraria de primer y segundo grado, en Explotaciones Agrarias. En el mismo curso se inicia la reducción de las enseñanzas de Capataces Agrícolas.

Con la LOGSE, en 1.992-93 se inician las enseñanzas de formación profesional de Ciclos Formativos, Educación Secundaria y Bachillerato pasando a denominarse: "IES VIRGEN DE LA CABEZA".

ALUMNADO:

Debido a la gran variedad de enseñanzas que se imparten en nuestro Centro, se sientan en nuestras aulas alumnos procedentes tanto de nuestra localidad como de toda la geografía andaluza, y en ocasiones incluso, procedentes de otras comunidades.

En la ESO, el alumnado procede básicamente de nuestra localidad, aunque también hay un pequeño grupo de alumnado de otras localidades, que por problemas, en ocasiones suyos y en ocasiones de sus familias de procedencia, están en situación de acogida en el Convento-Hogar de “San José de la Montaña” y desde aquí se incorporan, primero a los centros de Educación Infantil, Primaria, y posteriormente a nuestro Centro para continuar con la Educación Secundaria.

Suelen ser un tipo de alumnado con deficiencias afectivas, en general no problemáticos, pero con bajo rendimiento académico.

Otro tipo de alumnado que asiste a la ESO en nuestro Centro, está interno durante el periodo lectivo en la Residencia Escolar “La Granja”, contigua al IES, acoge alumnado procedente, en unas ocasiones, de lugares donde sus familias tienen problemas para mantenerlos escolarizados, y en otras ocasiones, acoge alumnado procedente de familias con conductas disruptivas, que en ocasiones presentan conductas inapropiadas contra la convivencia.

En Bachillerato, el alumnado procede básicamente de nuestra localidad puesto que aquel alumno que estaba acogido en el Convento-Hogar, ya es mayor y ha abandonado el mismo, y el alumnado que estaba en la ESO desde la Residencia Escolar, cuando pasa la etapa de escolarización obligatoria, también abandona nuestra localidad.

En Ciclos Formativos es donde encontramos un tipo de alumnos y alumnas con una procedencia más diversa: El alumnado procede, en parte de nuestra localidad, y en su mayoría de otros puntos de la provincia o Andalucía. Su edad está comprendida entre los 16 años y no hay un límite de edad definido por arriba. A veces encontramos alumnos con 50 años o más. Residen muchos de ellos en la Residencia Escolar “La Granja”, y otros, en pisos alquilados a modo de los estudiantes universitarios.

Como vemos, en nuestro centro encontramos alumnado con unas necesidades, aspiraciones, edad, etc. muy variadas y a los que hay que atender.

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CONFLICTIVIDAD DETECTADA EN EL CENTRO:

El clima de convivencia en nuestro Centro, es el propio de un centro de sus características, siendo la normalidad su rasgo más destacable. En él no se han dado situaciones, ni individuales ni colectivas, que puedan considerarse de alto riesgo.

Uno de los principales problemas de nuestro Centro, causa en ocasiones de faltas contra la convivencia, es el gran desinterés del alumnado por su formación. Ello acarrea un notable retaso educativo, que desemboca en la incapacidad para seguir el normal desarrollo de la clase. El alumnado pierde cualquier interés por su educación, negándose incluso a trabajar cualquier tipo de adaptación curricular que se le ofrezca, cayendo en conductas disruptivas y planteando problemas de convivencia dentro del aula.

En los últimos años, consecuencia de los cambios sociales, de la mayor independencia y libertad que los jóvenes reclaman, de la pérdida del poder y autoridad que tenían los padres para educar a sus hijos, se ha llegado a una situación, lamentablemente muy generalizada en casi todos los centros educativos que es la falta de esfuerzo, responsabilidad y hábito de estudio que provoca el fracaso escolar en un número elevado del alumnado de la ESO.

Nuestro centro no es ajeno a estos cambios sociales, y el reto que tenemos es el de conseguir reducir el fracaso escolar. Toda la comunidad educativa debe implicarse y apostar de forma decidida por conseguir ese fin común.

Un alto número de alumnos sólo desean terminar su Educación Obligatoria; es la meta máxima a la que aspiran. El resto se reparte entre realizar estudios post-obligatorios en Ciclos Formativos de grado medio y estudios universitarios superiores.

La disciplina en nuestro centro no presenta serios problemas. Las faltas contra la convivencia se han reducido mucho desde que se implantó el sistema del carné por puntos. Los alumnos y alumnas saben qué pueden perder ante cada infracción que cometan contra las normas de convivencia e intentan no cometerlas. Paralelamente a la pérdida de puntos funciona un sistema de recuperación realizando algunas tareas, a veces de colaboración con la Coordinadora de Convivencia o con la Jefa de Estudios.

Los mayores problemas de convivencia y disciplina escolar se manifiestan en los alumnos de 1º, 2º y 3º de E.S.O, principalmente en los dos últimos. En 3º las conductas disruptivas se dan en alumnado que ya tienen, o están cerca de cumplir los 16 años, no tienen ninguna motivación para alcanzar cualquier tipo de titulación, y esperan estar fuera de la edad de escolarización obligatoria para abandonar el centro. Ya en 4º de ESO el alumnado que cursa este nivel, piensa seguir estudios posteriores, bien de Bachillerato, o bien en la Formación Profesional. Tiene interés por su formación, y generalmente no plantea problemas de convivencia.

Ya en Bachillerato y Ciclos Formativos el alumnado, si bien suelen relajarse en el cumplimiento de algunas normas porque piensan que son mayores y que el cumplimiento de éstas solo afecta al alumnado de la ESO, no suele plantear problemas que afecten gravemente a la convivencia en el IES.

Los motivos principales de sanción son las interrupciones y juegos en el aula que impiden el normal desarrollo de la clase. Otro motivo de sanción habitual es la asistencia a clase de alumnos/as sin material o aún teniéndolo, negarse a usarlo, dificultando de igual manera el normal desarrollo de la clase. En menor grado se producen incidencias de falta de respeto al profesorado o a compañeros/as.

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Como dijimos al principio, la principal causa de estos comportamientos contrarios a las normas es la total falta de interés de estos alumnos por su formación:

En el 95% de los casos los alumnos/as sancionados tienen malos o muy malos resultados académicos.

Resumiendo, podemos extraer las siguientes conclusiones:

a. Las conductas consideradas graves son muy escasas.

b. Las conductas leves corresponden en aproximadamente un 90% al concepto “Perturbación del normal desarrollo de las actividades de clase”. El resto son “Actuaciones incorrectas contra algún miembro de la comunidad” o “Faltas y retrasos injustificados de asistencia a clase”.

c. Las incidencias negativas en el clima de convivencia del centro son especialmente significativas en el alumnado de 1º y 2º de ESO y menos relevantes en 3º ESO y muy reducidas en 4º ESO, Bachillerato y Ciclos Formativos.

d. Entre los cursos 2009-10, 2010-11 y 2011-12 se ha producido una reducción significativa de las conductas contrarias a la convivencia.

La reducción de las faltas contrarias a la convivencia ha sido posible por la aplicación de medidas como:

a. Implantación del carné por puntos.

b. El uso de la agenda escolar como medio rápido de comunicación entre profesorado y familias.

c. Todas las conductas disruptivas han sido sancionadas con inmediatez aplicando la normativa vigente y el Plan de Convivencia.

d. En la elaboración de horarios se procura lograr el mayor número posible de grupos flexibles y desdobles según el profesorado disponible, haciendo que las clases estén menos masificadas.

e. El funcionamiento del Aula de Convivencia como lugar para la sanción y la reflexión.

f. El funcionamiento del aula de apoyo.

g. La colaboración que normalmente encontramos en las familias de los alumnos sancionados.

h. La inmediatez en el tratamiento y la resolución de conflictos.

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B) NORMAS DE CONVIVENCIA:

Las normas de centro y de aula se entienden como pautas o acuerdos que permiten

la implicación de cada persona en el adecuado funcionamiento del centro, garantizando el

respeto de los derechos de toda la comunidad educativa.

El alumnado, el profesorado y las familias deben conocer y asimilar las normas de

convivencia del centro.

Las normas han de ser eficaces y evaluables, pudiendo ser revisadas y modificadas

si se considera necesario para garantizar su eficacia y cumplimiento.

Las normas de convivencia se establecen de acuerdo a:

• Capítulo III del Decreto 327/2010 de 13 de julio, que regula el Reglamento Orgánico de los IES. Su corrección también se lleva a cabo según lo dispuesto en este Reglamento.

• Orden de 20 de junio de 2011 por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los Centros Docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas.

1. Las normas de convivencia del centro son de obligado cumplimiento para todo el alumnado, tanto dentro como fuera del aula, con independencia de que la actividad en que éstos participen se realice dentro o fuera del horario lectivo.

2. Los profesores tienen la responsabilidad de que se mantenga, dentro del aula, el necesario clima de trabajo para que los alumnos estudien, trabajen y aprendan.

3. Todo profesor que sea testigo de una infracción de las Normas de Convivencia establecidas, con independencia del lugar y del momento en que ésta se produzca, está obligado a intervenir para intentar resolver la situación planteada.

Si la infracción se considera como conducta contraria a las normas de convivencia, podrá imponer una de las sanciones recogidas en el art. 35 y 36 del Decreto 327/2010, y si la infracción se considera como conducta gravemente contraria a las normas de convivencia, el director/a impondrá la sanción acorde al art. 38 del citado Decreto.

1. Puntualidad y horario

1. La puntualidad en el cumplimiento de las actividades lectivas del Centro es obligación de todos. El horario lectivo comienza a las 8:15 h. y se prolonga hasta las 14:45 h. No se permitirán retrasos en la entrada superiores a los 10 minutos. Si por circunstancias justificadas algún alumno/a llegase tarde a clase deberá comunicarlo a la Jefatura de Estudios, profesorado de guardia e incorporarse a su grupo. La justificación debe hacerse mediante comunicación escrita, llamada telefónica o presencia de los padres o tutores en el centro.

2. El alumnado que justifique debidamente su retraso se incorporará a su clase y entregará posteriormente a su tutor/a el citado justificante, para que su ausencia sea considerada como justificada.

3. Durante el horario escolar el alumnado no podrá abandonar el Centro. En caso de tener una causa justificada - o presentarse un imprevisto- para hacerlo deberá

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procederse según el apartado de “entrada y salida de alumnos y alumnas durante la

jornada escolar” recogido en el Proyecto Educativo y en el ROF de nuestro centro.

2. Orden en pasillos, aulas y desplazamientos

1. El alumnado debe permanecer en su aula en horas de clase y sólo se podrá salir excepcionalmente en caso de necesidad presentando la tarjeta que acredite la autorización del profesor/a. No se permitirán las salidas en los cambios de clase. La convivencia en los tiempos intermedios, entre clases, debe transcurrir sin perturbar la normalidad, actitud de espera, por lo que no están permitidos los juegos, los gritos, las carreras o cualquier acto que perturbe la convivencia.

2. Los alumnos deben esperar al profesor en el aula (NO en los pasillos).

3. Los alumnos deben mantener una actitud correcta en clase, no estando permitido el uso de gorras, viseras, móviles, aparatos de música y otros dispositivos electrónicos o no, ni objetos que puedan distraer al propio alumno o a sus compañeros o interrumpir al profesor. Los profesores retirarán los objetos, aparatos o dispositivos antes mencionados, entregándolos para su custodia en Jefatura de Estudios hasta que sean recogidos por sus padres/madres a partir del día siguiente a su retirada.

4. Los desplazamientos que se realicen entre clases – por traslado a aulas específicas o de especialidad – deben hacerse con la mayor brevedad, orden y con el menor ruido posible.

3. Faltas de asistencia

1. La asistencia a clase es obligatoria y se controla cada hora. Las faltas a clase por parte del alumnado se justificarán dentro de un plazo máximo de tres días y puede realizarse a través de la Agenda, por escrito firmado o mediante comunicación oral o escrita de los padres o tutores legales, al tutor/a, siendo éste el encargado de considerar si el motivo de la falta es realmente justificada, salvo en el caso de las faltas en el mismo día previas a un control: en esa circunstancia el Profesor/a advertirá al alumno/a de que la validez de la prueba que va a realizar está supeditada a que la Jefatura de Estudios dé por buena la justificación que, previa a la realización del examen, habrá entregado al Profesor/a.

2. Un número de faltas injustificadas en el trimestre -según la periodicidad semanal de las áreas, materias y/o módulos - puede dar lugar a la pérdida del derecho a la evaluación continua.

3. El profesorado pasará lista todos los días y en cada clase utilizando un parte de asistencia. Periódicamente los tutores/as y/o la Jefatura de Estudios informará a las familias de las ausencias de sus hijos o hijas, circunstancia que se reflejará además en el boletín de notas trimestral y en el registro del Programa Séneca.

4. Trabajos y exámenes

1. El trabajo bien hecho es una exigencia permanente en este Instituto. Para ello es necesario que todo el alumnado planifique y aproveche su tiempo de forma permanente, buscando la mayor perfección en las tareas así como el cumplimiento diario de los deberes.

2. La inasistencia del alumnado a un examen, la no entrega de un trabajo o del cuaderno de clase en las fechas propuestas por el profesorado, solamente quedará justificada mediante un informe médico (si es por causa de enfermedad) o mediante

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carta o comunicación personal de los padres o tutores. Si la causa de inasistencia está debidamente justificada, el alumno o la alumna en cuestión tendrá derecho a que se le realice otro examen o se aplace la fecha de entrega de trabajos o cuadernos y si no queda suficientemente justificada la inasistencia no se tendrá ese derecho.

3. El alumnado que no agote el tiempo destinado a la realización de un examen debe permanecer en el aula hasta el toque de timbre que marca el fin de ese periodo.

5. Cuidado medioambiental

1. El cuidado del medio ambiente comienza en el propio Instituto: nuestra vida académica estará envuelta en el mejor clima de orden, limpieza, estética y protección de la Naturaleza.

2. Todo el alumnado debe contribuir al embellecimiento del Centro así como a controlar los consumos de energía, agua y papel. El especial diseño arquitectónico del edificio y de sus componentes (ventanas, radiadores, puntos de luz y grifería) permite una colaboración activa y compartida.

3. Al final de la jornada escolar todo el alumnado dejará ordenada su mesa y silla, facilitando así las tareas de limpieza diaria. Igualmente los/as delegados/as de cada grupo o el alumnado que determinen las normativas internas de cada tutoría, se encargarán de asegurar que las aulas queden con las ventanas cerradas y en orden, en colaboración con el último profesor/a del día.

4. Queda establecido, como norma general, el respeto por la limpieza en las aulas, pasillos, patios y demás espacios comunes. En el Centro existen papeleras y contenedores que deben ser empleados para depositar en ellos todo tipo de desperdicios, evitándose así la suciedad de nuestro entorno cotidiano y medio ambiental.

5. De acuerdo con la legislación vigente, cualquier deterioro voluntario que se produzca por el mal uso del material o las instalaciones del Centro, además de ser considerado una falta grave, deberá ser reparado a cargo del alumnado que lo hayan realizado o inducido y por ello no está permitido escribir o rayar las mesas de las aulas así como realizar pintadas en puertas, suelos o paredes. Cualquier desperfecto que se observe debe comunicarse a los tutores, tutoras o miembros del Equipo Directivo para repararlo a la mayor brevedad.

6. Aseos y Servicios

1. El trato adecuado de estas dependencias es el mayor reflejo de los valores humanos y personales de cuantos las utilizan. Usar siempre las escobillas y las papeleras, controlar la cantidad adecuada de agua, jabón y papel además de ser medidas solidarias, reflejan nuestro grado de compromiso con la Naturaleza.

2. La utilización de estas dependencias se realizará en caso de necesidad, no pudiendo permanecer en ellas más tiempo del necesario y siempre respetando la intimidad de las personas. Al amparo de este espacio de privacidad, se considerará falta grave el consumo de tabaco u otras sustancias que atenten contra la salud.

7. Actitud en el aula y dentro del Centro

1. El trato entre todos (Alumnado, Profesorado y Personal de Administración y Servicios) en el aula y fuera de ella se debe regir bajo unas relaciones de cortesía y

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consideración hacia los demás, lo que conlleva – entre otras cosas – la presencia en el Centro correctamente vestidos/as y aseados/as, evitando prendas que atenten contra el decoro. El saludo en escaleras y pasillos, pedir permiso antes de entrar a alguna dependencia, hablar sin gritar, pedir las cosas por favor o ceder el paso, son hábitos que debemos cultivar. Por el contrario debemos evitar a toda costa actitudes groseras, de desconsideración o acciones que puedan ofender a las personas en su forma de ser, de pensar, raza o identidad sexual.

2. Serán consideradas como faltas muy graves, que la dirección y el profesorado no tolerará en ningún caso, las que atenten contra la integridad física, sexual o ideológica, la grabación y/o la difusión de imágenes de estos actos, así como cualquier acción de violencia contra la propiedad individual o del propio Centro.

3. También supone un derecho básico de todos, el aprovechamiento en las clases que nadie puede menoscabar o impedir con su mala conducta o desobediencia a las normas. El profesorado garantizará en todo momento que los tiempos de clase transcurran con el máximo aprovechamiento y cuando se ponga en peligro este derecho fundamental para todos, podrá privarse del derecho a clase, al alumno/a que incumpla las normas.

8. Normas de conducta de carácter general.

1. El respeto a los demás es la norma fundamental del Centro, en el comportamiento, en la forma de expresarse, en la manera de vestir, en la tolerancia para con los demás y en la aceptación de las normas.

2. Los alumnos deben entrar y salir del Centro por cualquiera de las dos puertas peatonales existentes. Está prohibido saltar la valla o utilizar la puerta de acceso de vehículos, así como utilizar las salidas de emergencia como uso normal.

3. Los alumnos deben ser puntuales en todos los actos programados por el Centro en los que deban participar, especialmente en la entrada a todas las clases, y de forma muy particular a primera hora. Por ello, las puertas del Centro se cerrarán a las 8:25 horas. Los alumnos que deseen acceder al Centro después de esta hora, salvo que presenten una justificación válida, deberán esperar fuera del Centro hasta el siguiente cambio de hora.

4. Al entrar al Centro por motivo justificado, se incorporará a su clase, explicando al profesor/a que imparte materia en ese momento los motivos de su retraso. Más tarde entregará a su profesor/a tutor/a el justificante de dicho retraso para registrar en Séneca su ausencia a una o varias clases como falta justificada.

5. En cualquier lugar o dependencia del Centro y en cualquier actividad a realizar por el mismo tanto dentro del recinto escolar como fuera del mismo, los alumnos respetarán a los Profesores y a la autoridad de éstos, respetarán a cuantas personas trabajan o se encuentran en el Centro o en sus proximidades o en el entorno en que se realiza la actividad, se respetarán entre ellos mismos y respetarán el mobiliario y las instalaciones del Centro o del lugar en que se encuentren por participar en una actividad.

6. Los alumnos tendrán siempre y en todo momento un trato correcto con los compañeros.

7. Los alumnos esperarán en el aula a los profesores de guardia siempre que falte un profesor.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 14

8. Los alumnos no pueden permanecer sin motivo alguno en pasillos, patios, cafetería y otras dependencias del Centro durante las horas de clase, y en cualquier otro lugar no autorizado durante las horas de recreo o destinadas a otras actividades. Entre clases, sólo podrán salir del aula los alumnos que necesiten ir al servicio (con autorización del profesor y tarjeta que lo acredite), o que deban recibir la siguiente clase en otro lugar del Centro; el resto de alumnos, permanecerá en el aula.

9. Los alumnos no pueden manipular o utilizar de forma inadecuada cualquiera de los medios materiales con que cuenta el Centro en materia de seguridad y prevención.

10. Los alumnos, dentro de los edificios, no pueden utilizar, usar o portar sobre la cabeza gorras, viseras, sombreros, pañuelos o similares. Ni tampoco prendas que impidan su identificación, excepto por prescripción médica debidamente acreditada.

11. Los alumnos no pueden salir del Centro hasta la finalización de su jornada escolar. Excepcionalmente se permitirá la salida del Centro según el artículo142 del ROF.

9. Actitud en el aula:

1. No está permitido:

• Pintar en las mesas y paredes ni ensuciar el aula.

• Realizar actos o acciones que molesten a los demás ni que perjudiquen o alteren el normal desarrollo de las clases.

• Hablar en alto con los compañeros.

• Hacer ruidos extraños o distorsionadores

• Comer, masticar chicle.

• Tirar papeles u otros objetos al suelo o a los compañeros.

• Cambiarse del sitio adjudicado por el Profesor.

• Levantarse sin permiso y andar o correr por el aula.

• Tirar o lanzar el material de trabajo a los compañeros.

• Estar trabajando otra asignatura.

• Traer animales al Centro.

• Salir del aula sin permiso.

• Cualquier otra acción, no enumerada anteriormente, que pueda ser entendida

como perturbación del normal desarrollo de las clases.

• Cuando el profesor explique, el alumno debe prestar la máxima atención.

2. Hay diferentes ritmos de trabajo. Los alumnos que terminen primero deben respetar, en silencio, el trabajo y la concentración de los demás.

3. El alumnado debe permanecer en su aula en horas de clase y sólo se podrá salir excepcionalmente, en caso de necesidad, con la tarjeta de autorización del profesor/a que le da su autorización. No se permitirán las salidas en los cambios de clase. Por tanto, no está permitido dejar salir del aula a los alumnos que terminan

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 15

un examen antes de la finalización de la hora; ni dejar fuera del aula a los alumnos que no tienen que hacer un examen; ni dejarles salir para comprar en cafetería.

4. Para que se lleve a cabo correctamente el trabajo de enseñanza y aprendizaje es imprescindible atender sólo a lo que se está tratando en la asignatura (el contenido de la clase, dudas, ejercicios...).

5. Los alumnos tienen la obligación de hacer los trabajos y deberes que los Profesores les manden para ser realizados fuera del horario de clase.

6. En los niveles en donde exista la Agenda del Alumno como herramienta de trabajo, los alumnos tienen el deber de traerla todos los días, de cuidarla con esmero y presentarlo a los profesores siempre que lo soliciten.

7. El profesor tiene la responsabilidad de la organización de la clase. Siempre se debe respetar su autoridad.

8. El respeto a los demás debe ser norma fundamental para que pueda ser recíproco

10. Teléfonos móviles / Golosinas / Juegos de azar

1. La comunicación desde el exterior hacia el Centro y viceversa de cualquier emergencia o imprevisto que se le presente a cualquier alumno/a está garantizada a través de la telefonía fija de la que está dotado el Instituto. Por ello, no está permitido el uso de teléfonos móviles durante los periodos de clase o en cualquier otra actividad lectiva resultando muy recomendable ni siquiera traerlos al Centro, que no se hará responsable, en ningún caso, de su pérdida.

2. Otros dispositivos electrónicos (radio-casetes, walkman, MP3…) que perturban el orden y la debida atención, tampoco se permiten durante los periodos de clase, salvo autorización expresa del Profesor/a; la custodia en el Centro de ellos será de la exclusiva responsabilidad de su propietario/a.

3. No está permitido consumir golosinas durante el desarrollo de las clases o en la realización de determinadas actividades complementarias o extraescolares, tales como visitas a museos, conciertos o exposiciones.

4. En ningún caso se permitirán en el Centro los juegos de azar (cartas …)

11. Recreos / Cafetería / Pistas Deportivas

5. Los recreos son un tiempo de descanso que debe aprovecharse para la comunicación, el juego o reponer energías. El profesorado de guardia estará pendiente de su vigilancia. Durante el mismo no se realizarán juegos y actividades peligrosas o que puedan resultar molestas para los demás. El alumnado durante los recreos deberá trasladarse a las pistas y patios exteriores.

6. El uso de la cafetería se realizará desde el respeto a su personal y al orden de prioridad en la llegada.

7. Los alumnos sólo pueden permanecer en la cafetería del Centro en períodos de recreo. No está permitido comprar en horario de clases.

8. Durante los tiempos de recreo se podrá usar la biblioteca como espacio de estudio y consulta, en el más estricto silencio, por lo que no está permitido permanecer en las aulas durante éste tiempo excepto cuando un/a profesor/a quede a cargo de un grupo de alumnado para la realización de trabajos. Los profesores de guardia en la biblioteca velarán por el orden y el silencio para facilitar el estudio.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 16

9. A lo largo de la semana el uso de las pistas deportivas se realiza de acuerdo al calendario de competiciones establecido por el Departamento de Educación Física o el profesorado responsable de las mismas. Todo el alumnado está obligado a respetar y no interferir en las competiciones y/o clases del Departamento.

10. No está permitida la salida del centro durante los recreos salvo en el caso del alumnado con mayoría de edad que se comprobará a través de la exhibición de su tarjeta de identificación escolar o D.N.I. y que tenga autorización expresa para ello.

12. Viajes, salidas y visitas

Obligaciones por parte de los alumnos participantes.

1. Los alumnos deben cumplir todas las normas de conducta y de convivencia del Centro mientras participan en actividades extraescolares o complementarias y aquellas que estén directamente relacionadas con la actividad que realizan.

2. Se consideran obligaciones de los alumnos relacionadas con las actividades:

a. Con independencia del lugar en que se encuentren, mantener una actitud, un comportamiento y una educación dignos de elogio.

b. Respetar a los profesores y monitores acompañantes, a sus compañeros y a cuantas personas tengan relación directa o indirecta con la actividad.

c. Respetar las instalaciones, los materiales y los bienes utilizados en la actividad. Los gastos ocasionados por daños y desperfectos causados por los alumnos de forma intencionada o por negligencia serán sufragados por los alumnos causantes de los mismos o por sus padres o tutores legales.

d. Están obligados a informarse de los horarios establecidos o que se establezcan durante la realización de la actividad y a cumplirlos rigurosamente.

e. Las establecidas por los profesores y monitores responsables de la actividad.

3. El incumplimiento de las obligaciones durante la realización de actividades extraescolares o complementarias se considerará falta grave o muy grave con la circunstancia agravante de que tal incumplimiento deteriora y daña la imagen del Centro porque el alumno representa públicamente al Centro cuando participa en una actividad del mismo.

4. Todas las salidas y viajes se regirán por lo establecido en el ROF del centro, en el apartado del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares donde se definen las características y requisitos de las mismas.

MEDIDAS PARA GARANTIZAR SU CUMPLIMIENTO:

Básicamente, para mejorar la convivencia en el Centro, se realizan una serie de medidas preventivas como pueden ser: la difusión del Plan de Convivencia, información al alumnado y familias, forma de realizar los agrupamientos, acción tutorial, etc. pero cuando se produce el incumplimiento de alguna norma contra la convivencia, entran en juego una serie de medidas que van desde el apercibimiento oral para hacer ver al alumnado el error de su conducta, hasta la aplicación del carné por puntos con diferentes pérdidas, según la gravedad de sus acción.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 17

Para la aplicación del sistema del carné por puntos, todas las faltas están clasificadas agrupándolas en dos grupos:

• Conductas contrarias a las normas de convivencia, que implican una pérdida ente uno y tres puntos.

• Conductas gravemente contrarias a las normas de convivencia, llevarían una pérdida de cuatro o más puntos.

Tanto alumnado como familias está informados de este sistema de sanción de las conductas contrarias a la convivencia, siendo conscientes de que la pérdida de diez puntos implica una suspensión del derecho de asistencia a clase por un día, veinte puntos la suspensión de dos días, y así sucesivamente.

Junto a este sistema de pérdida de puntos por acciones negativas, se ofrece la posibilidad de recuperarlos realizando trabajos en el aula de convivencia, o tareas para mejorar la convivencia y/o limpieza del Centro. Para poder beneficiarse de este sistema de recuperación de puntos las faltas cometidas no han de ser muy graves, y el alumnado infractor ha de solicitar al profesor/a que ha puesto la sanción su disponibilidad para realizar alguna acción para recuperar puntos perdidos.

BAREMACIÓN DE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA:

FALTAS LEVES Y GRAVES. SANCIONES

Esta tipificación de faltas supone el desarrollo del Art. 20 del Capítulo II del DECRETO 19/2.007.

1.-Conductas contrarias a las normas de convivencia.

1.- Son conductas contrarias a las normas de convivencia las que se opongan a las establecidas por los institutos conforme a la normativa vigente y, en todo caso, las siguientes:

a. Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase.

b. La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje.

c. Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros.

d. Las faltas injustificadas de puntualidad.

e. Las faltas injustificadas de asistencia a clase.

f. La incorrección y desconsideración hacia los otros miembros de la comunidad educativa.

g. Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 18

2.- Se consideran faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad de un alumno o alumna, las que no sean excusadas de forma escrita por el alumnado, o sus representantes legales si es menor de edad. Ante ciertas faltas difíciles de justificar, se aceptará dicha justificación de manera ocasional, pero no cuando se convierte en norma.

3.- Sin perjuicio de las correcciones disciplinarias que se impongan en el caso de las faltas injustificadas, en nuestro Proyecto Educativo (pág. 279) se define el 20% como porcentaje máximo de ausencias del alumnado para no perder el derecho a la evaluación continua

4.- Las conductas contrarias a las normas de convivencia recogidas en este artículo prescribirán en el plazo de treinta días naturales contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los periodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la provincia.

Correcciones de las conductas contrarias a las normas de convivencia.

1. Por la conducta contemplada en el apartado 1.a) se podrá imponer la corrección de suspensión del derecho de asistencia a esa clase de un alumno o alumna. La aplicación de esta medida implicará:

a. El centro deberá prever la atención educativa del alumno o alumna al que se imponga esta corrección.

b. Deberá informarse a quienes ejerzan la tutoría y la Jefatura de Estudios en el transcurso de la jornada escolar sobre la medida adoptada y los motivos de la misma. Asimismo, el tutor o tutora deberá informar de ello al padre, a la madre o a los representantes legales del alumno o de la alumna. De la adopción de esta medida quedará constancia escrita en el centro.

2. Por las conductas, distintas a la prevista en el apartado anterior, podrán imponerse las siguientes correcciones:

a. Amonestación oral.

b. Apercibimiento por escrito.

c. Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de nuestro centro..

d. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.

e. Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencia al centro por un período máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.

3. Las actividades formativas que se establecen en la letra d) del apartado anterior podrán ser realizadas en el aula de convivencia.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 19

Órganos competentes para imponer las correcciones de las conductas contrarias a las normas de convivencia.

1. Será competente para imponer la corrección prevista en el apartado 1 el profesor o profesora que esté impartiendo la clase.

2. Serán competentes para imponer las correcciones previstas en el apartado 2 a):

• Para la prevista en la letra a), todos los profesores y profesoras del instituto.

• Para la prevista en la letra b), el tutor o tutora del alumno o alumna.

• Para las previstas en las letras c) y d), el Jefe o Jefa de Estudios.

• Para la prevista en la letra e), el director o directora, que dará cuenta a la Comisión de Convivencia.

2.- Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

1. Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el instituto las siguientes:

a. La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

b. Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

c. El acoso escolar, entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.

d. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.

e. Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial o xenófoba, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales.

f. Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

g. La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.

h. El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos del instituto, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas.

i. La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del instituto.

j. Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.

k. El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la comisión de convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 20

2. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el instituto, prescribirán a los dos meses contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los periodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la provincia.

Medidas disciplinarias por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

1. Por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia recogidas en el apartado anterior podrán imponerse las siguientes medidas disciplinarias:

a. Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de los institutos de educación secundaria.

b. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del instituto por un período máximo de un mes.

c. Cambio de grupo.

d. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.

e. Suspensión del derecho de asistencia al Centro durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.

f. Cambio de centro docente.

2. Las actividades formativas que se establecen en las letras d) del apartado anterior podrán ser realizadas en el aula de convivencia, de acuerdo con lo dispuesto en el Plan de Convivencia.

3. Cuando se imponga la medida disciplinaria prevista en la letra e) del apartado 1, el director o directora podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa contrastación de que se ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno o alumna.

4. Asimismo, cuando se imponga la medida disciplinaria a que se refiere la letra f) del apartado 1 anterior, la Consejería competente en materia de educación garantizará un puesto escolar en otro centro docente.

Órgano competente para imponer las medidas disciplinarias de las conductas gravemente perjudiciales para las normas de convivencia.

Será competencia del Director o Directora del centro la imposición de las medidas disciplinarias previstas para las conductas gravemente perjudiciales, de lo que dará traslado a la comisión de convivencia.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 21

Procedimiento para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias

Procedimiento general.

1. Para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias previstas en el presente Plan de Convivencia, será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna.

Cuando la corrección o medida disciplinaria a imponer sea la suspensión del derecho de asistencia al centro o cualquiera de las contempladas en las letras a), b), c) y d) del apartado 1 anterior, y el alumno o alumna sea menor de edad, se dará audiencia a sus padres, madres o representantes legales.

Asimismo, para la imposición de las correcciones previstas en las letras c), d) y e), deberá oírse al profesor o profesora o al tutor o tutora del alumno o alumna.

Las correcciones y medidas disciplinarias que se impongan serán inmediatamente ejecutivas.

2. Los profesores y profesoras y el tutor del alumno o alumna deberán informar a quien ejerza la jefatura de estudios y, en su caso, al tutor o tutora, de las correcciones que impongan por las conductas contrarias a las normas de convivencia. En todo caso, quedará constancia escrita y se informará a los padres, madres o representantes legales del alumno o de la alumna de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.

Reclamaciones.

1. El alumno o alumna, así como sus padres, madres o representantes legales, podrán presentar en el plazo de dos días lectivos una reclamación contra las correcciones o medidas disciplinarias impuestas, ante quien las impuso.

En el caso de que la reclamación fuese estimada, la corrección o medida disciplinaria no figurará en el expediente académico del alumno o alumna.

2. Asimismo, las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora en relación con las conductas del alumnado a que se refiere el presente Reglamento, podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres, madres o representantes legales del alumnado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A tales efectos, el director o directora convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de dos días lectivos, contados desde que se presentó la instancia, para que este órgano proceda a confirmar o revisar la decisión y proponga, si corresponde, las medidas oportunas.

Procedimiento para la imposición de la medida disciplinaria del cambio de

centro:

Inicio del expediente.

El director o directora del instituto acordará la iniciación del procedimiento en el plazo de dos días, contados desde que se tuvo conocimiento de la conducta. Con carácter previo podrá acordar la apertura de un período de información, a fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento.

a) Instrucción del procedimiento:

1. La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por un profesor o profesora del instituto designado por el director o directora.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 22

2. El director o directora notificará fehacientemente al alumno o alumna, así como a su padre, madre o representantes legales la incoación del procedimiento, especificando las conductas que se le imputan, así como el nombre del instructor o instructora, a fin de que en el plazo de dos días lectivos formulen las alegaciones oportunas.

3. El director o directora comunicará al servicio de inspección de educación el inicio del procedimiento y lo mantendrá informado de la tramitación del mismo hasta su resolución.

4. Inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, el instructor o instructora pondrá de manifiesto el expediente al alumno o alumna y, si es menor de edad, a su padre, madre o representantes legales, comunicándoles la sanción que podrá imponerse, a fin de que en el plazo de tres días lectivos puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.

b) Recusación del instructor:

El alumno o alumna, o su padre, madre o representantes legales, podrán recusar al instructor o instructora. La recusación deberá plantearse por escrito dirigido al director o directora del centro, que deberá resolver y ante la cual el recusado o recusada realizará sus manifestaciones al respecto, siendo de aplicación las causas y los trámites previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo que proceda.

c) Medidas provisionales:

Excepcionalmente, y para garantizar el normal desarrollo de la convivencia en el instituto, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción, el director o la directora por propia iniciativa o a propuesta del instructor o instructora, podrá adoptar como medida provisional la suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la aplicación de esta medida provisional, el alumno o alumna deberá realizar las actividades que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.

d) Resolución del procedimiento:

1. A la vista de la propuesta del instructor o instructora, el director o director/a dictará resolución del procedimiento en el plazo de veinte días a contar desde su iniciación. Este plazo podrá ampliarse en el supuesto que existieran causas que lo justificaran.

La resolución de la dirección contemplará, al menos, los siguientes extremos:

• Hechos probados. • Circunstancias atenuantes y agravantes, en su caso. • Medida disciplinaria. • Fecha de efectos de la medida disciplinaria.

e) Recursos.

Contra la resolución dictada por el director o directora se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La resolución del mismo, que pondrá fin a la vía administrativa, deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 23

Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso.

EL CARNÉ POR PUNTOS:

Este sistema, implantado en el Centro desde hace unos años, se ha demostrado útil para la mejora de la convivencia. Una vez conocido por todo el alumnado, éste sabe qué acciones restan puntos, y cuáles otras le permiten recuperar los perdidos.

Como norma, los alumnos/as saben que la pérdida de 10 puntos acarrea la suspensión del derecho de asistencia al Centro por un día, 20 puntos dos días, y así sucesivamente.

En caso de una falta grave contra el profesorado, PAS, compañeros, instalaciones del Centro, etc, con carácter de urgencia, y de forma inmediata el alumnado se verá suspendido del derecho de asistencia a alguna clase o al Centro, comunicándolo en ese momento a su padre/madre o tutor/a legal, mientras se analiza el caso y se impone la sanción correspondiente.

Cuando el alumnado vuelve al Centro después de cumplir una sanción, en caso de reincidir en conductas disruptivas, tras analizar con el/la Coordinador/a de Convivencia o el Jefe/a de Estudios el compromiso de convivencia que firmó al serle comunicada la sanción, será informado que las conductas contrarias a las normas de convivencia del IES tendrán la reincidencia como agravante, con lo que la sanción por el incumplimiento de las normas será más inmediata.

La baremación que hacemos es la siguiente:

Conductas que restan puntos:

Siempre y cuando la conducta, por su intencionalidad o reiteración no requiera ser considerada de más gravedad de lo meramente reflejado en la siguiente tabla:

Estar fuera del aula sin permiso: ...................................................................... 1

Incorporación injustificada al Centro después de la 1ª hora: ........................... 1

Retraso en la incorporación a clase: ................................................................ 1

No traer material necesario para el trabajo en clase: ....................................... 1

Deterioro leve de las instalaciones: ................................................................. 2

Conductas inapropiadas en el aula de clase o aula de convivencia: ................ 2

Llevar móvil o aparatos electrónicos: .............................................................. 2

Incitación o encubrimiento de faltas de comportamiento: ............................... 3

Agresiones o amenazas leves o insultos a compañeros: .................................. 3

Impedir el normal desarrollo de la clase (se levanta sin permiso, habla reiteradamente sin permiso, tira objetos, molesta a los compañeros/as; … ..... 3

Desobedecer las indicaciones del profesor/a: .................................................. 3

Falta de respeto al profesorado o PAS: ............................................................ 5

Abandono del Centro sin permiso: .................................................................. 6

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 24

Hurto: ............................................................................................................. 10

Falsificación de documentos y/o personalidad: ............................................. 10

Fumar, beber alcohol o consumir sustancias estupefacientes: ....................... 10

Incumplimiento de una sanción: .................................................................... 10

Retar la autoridad del profesor/a: .................................................................. 15

Deterioro grave de las instalaciones: ............................................................. 20

Agresiones o amenazas a los compañeros/as: ............................................... 20

Impedir el desarrollo de las actividades del centro: ....................................... 25

Insultos o amenazas al profesorado y PAS: ................................................... 30

Ausencias de forma selectiva a determinadas clases: Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia y se comunican urgentemente a sus tutores legales.

Otras faltas no previstas, pero manifiestamente graves: Se concretarán por el Equipo Directivo y/o la Comisión de Convivencia según la gravedad.

Una vez el alumno/a ha perdido puntos, y siempre que la falta no suponga una conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el Centro, el profesor/a que lo ha sancionado podrá ofrecer la posibilidad de recuperar en parte o en su totalidad los puntos perdidos. Para ello, tras dar su autorización, el alumno/a sancionado/a contactará con el Coordinador/a de Convivencia o con el titular de la Jefatura de Estudios para manifestarle su intención de recuperar puntos. Desde estos órganos se le indicará la fórmula de hacerlo.

Conductas que recuperan puntos:

Ser elegido/a unánimemente por el Equipo Educativo del curso en la sesión de evaluación (hasta un alumno de cada diez): ................................................. 3

Participar en proyectos de clase: ....................................................................... 2

Participar en proyectos de Centro: ..................................................................... 3

Aprobar todas las materias en una evaluación: .................................................. 2

Hacer las tareas encomendadas en el Aula de Convivencia: ............................. 1

Hacer las tareas de intendencia (limpieza de aulas, patios, distribución de carteles, etc: ....................................................................................................... 2

Durante el periodo en que el alumno/a tenga suspendido el derecho de asistencia a clase por sanción disciplinaria no podrá incorporarse al Centro por ningún motivo. Las actividades encomendadas a realizar en casa, junto con la comunicación de la sanción, las entregará al tutor/a en el momento de su vuelta al Centro.

Sin menoscabo de lo anterior, cuando la sanción suponga un elevado número de días de suspensión del derecho de asistencia a clase, el tutor/a concertará una hora semanal para que el alumno/a sancionados puedan acceder al Centro con objeto de dirigirle las actividades encomendadas.

Cualquier prueba o examen que el alumno/a sancionado debiera hacer en los días que tiene suspendido el derecho de asistencia a clase o al Centro los realizará tras su incorporación, previo acuerdo con el profesor/ implicado/a.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 25

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACOSO ESCOLAR, AGRESIÓN A PERSONAL DEL CENTRO Y MALTRATO.

En el BOJA nº 132 de 7 de julio de 2011se recoge la Orden de 20 de junio de 2011 de la Consejería de Educación, se incluyen como anexos los protocolos de actuación que deben seguir los centros educativos ante supuestos de acoso escolar, agresión hacia el Profesorado o el Personal de Administración y Servicios, o maltrato infantil.

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN EN SUPUESTOS DE ACOSO ESCOLAR.

Características del Acoso Escolar.

El acoso escolar es entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.

Es importante no confundir este fenómeno con agresiones esporádicas entre el alumnado y otras manifestaciones violentas que no suponen inferioridad de uno de los participantes en el suceso y que serán atendidas aplicando las medidas educativas que el centro tenga establecidas en su plan de convivencia y, en todo caso, de acuerdo con lo especificado en los Decretos 327/2010 y 328/2010, ambos de 13 de julio, por los que se aprueban los Reglamentos Orgánicos de los institutos de educación secundaria, y de las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria y los centros públicos específicos de educación especial.

El acoso escolar presenta las siguientes características:

• Intencionalidad. La agresión producida no constituye un hecho aislado y se dirige a una persona concreta con la intención de convertirla en víctima.

• Repetición. Se expresa en una acción agresiva que se repite en el tiempo y la víctima la sufre de forma continuada, generando en ella la expectativa de ser blanco de futuros ataques.

• Desequilibrio de poder. Se produce una desigualdad de poder físico, psicológico o social, que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones interpersonales.

• Indefensión y personalización. El objetivo del maltrato suele ser un solo alumno o alumna, que es colocado de esta manera en una situación de indefensión.

• Componente colectivo o grupal. Normalmente no existe un solo agresor o agresora, sino varios.

• Observadores pasivos. Las situaciones de acoso normalmente son conocidas por terceras personas que no contribuyen suficientemente para que cese la agresión.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 26

Tipos de acoso.

La agresión y el acoso pueden adoptar distintas manifestaciones:

• Exclusión y marginación social.

• Agresión verbal.

• Vejaciones y humillaciones.

• Agresión física indirecta.

• Agresión física directa.

• Intimidación, amenazas, chantaje.

• Acoso a través de medios tecnológicos o ciber-acoso. Intimidación, difusión de insultos, amenazas o publicación de imágenes no deseadas a través del correo electrónico, páginas web o mensajes en teléfonos móviles.

• Acoso o agresión contra la libertad y orientación sexual.

• Acoso sexual o abuso sexual.

Consecuencias del acoso.

• Para la víctima: puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico, riesgo físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de personalidad y riesgo para su desarrollo equilibrado.

• Para el agresor o agresora: puede ser la antesala de una futura conducta antisocial, una práctica de obtención de poder basada en la agresión, que puede perpetuarse en la vida adulta e, incluso, una sobrevaloración del hecho violento como socialmente aceptable y recompensado.

• Para los compañeros y compañeras observadores: puede conducir a una actitud pasiva y complaciente o tolerante ante la injusticia y una percepción equivocada de valía personal.

PROTOCOLO

Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna, tiene la obligación de comunicarlo a un profesor o profesora, al tutor o tutora, a la persona responsable de la orientación en el centro o al equipo directivo, según el caso y miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de la situación. En cualquier caso, el receptor o receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia, a un miembro del equipo directivo.

Paso 2. Actuaciones inmediatas.

Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora de los alumnos o alumnas afectados y la persona o personas responsables de la orientación en el centro para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda.

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La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la información recogida y las actuaciones acordadas.

En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de acoso escolar se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de Educación.

Paso 3. Medidas de urgencia.

En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran para proteger a la persona agredida y evitar las agresiones:

• Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada, así como medidas específicas de apoyo y ayuda.

• Medidas cautelares dirigidas al alumno o alumna acosador.

Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado.

El tutor o tutora, o la persona o personas responsables de la orientación en el centro, previo conocimiento del equipo directivo, con la debida cautela y mediante entrevista, pondrán el caso en conocimiento de las familias o responsables legales del alumnado implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas adoptadas.

Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado.

El director o directora, con las debidas reservas de confidencialidad y protección de la intimidad de los menores afectados y la de sus familias o responsables legales, podrá informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado. Si lo estima oportuno informará también al resto del personal del centro y a otras instancias externas (sociales, sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial).

Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes.

Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el equipo directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación:

• Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.

• Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del centro, en clase, o en actividades complementarias y extraescolares.

• Asimismo, la dirección del centro solicitará al departamento de orientación o al equipo de orientación educativa que, con la colaboración de la persona que ejerce la tutoría, complete la información. Esto se hará, según el caso, observando al alumnado afectado, contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras, hablando con el alumnado afectado o entrevistando a las familias o responsables legales del alumnado. Si se estima conveniente, se completará la información con otras fuentes complementarias, tales como el personal de administración y servicios, o personal de los servicios sociales correspondientes.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 28

Una vez recogida toda la información, el director o directora del centro realizará un informe con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información aportada por las diferentes fuentes.

En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:

• Garantizar la protección de los menores o las menores.

• Preservar su intimidad y la de sus familias o responsables legales.

• Actuar de manera inmediata.

• Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores.

• Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.

• No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.

Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias.

Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director o directora del centro a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III del Título V de los Decretos 327/2010 y 328/2010, ambos de 13 de julio. Estas correcciones o medidas disciplinarias se registrarán según lo establecido en el artículo 12.1 de la presente Orden.

Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia.

El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de convivencia del centro.

Paso 9. Comunicación a la inspección educativa.

El equipo directivo remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección de Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se establece en el Paso 2 de este protocolo.

Paso 10. Medidas y actuaciones a definir.

El equipo directivo, con el asesoramiento de la persona o personas responsables de la orientación educativa en el centro, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para cada caso concreto de acoso escolar. Asimismo, si se considera necesario, podrá contar con el asesoramiento del Gabinete Provincial de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar y de la inspección educativa.

Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean de aplicación en el centro y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnado en conflicto, que garanticen el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona o personas agresoras, incluyendo actuaciones específicas de sensibilización para el resto del alumnado así como para el alumnado observador. Todo ello, sin perjuicio de que se apliquen al alumnado acosador las medidas correctivas recogidas en el plan de convivencia.

Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para cada caso de acoso escolar:

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• Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de atención y apoyo social, intervención individualizada por la persona orientadora para el aprendizaje y desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, autoestima y asertividad y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores.

• Actuaciones con el alumnado agresor: aplicación de las correcciones correspondientes estipuladas en el plan de convivencia, actuaciones educativas en el aula de convivencia del centro, en su caso, o programas y estrategias específicos de modificación de conducta y ayuda personal, y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores.

• Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores pasivos: actuaciones de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, emocionales y de empatía, campañas de sensibilización así como actividades de mediación y de ayuda entre iguales.

• Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas, sean víctimas o agresores, actuaciones para una mejor coordinación y comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, así como establecimiento de compromisos de convivencia.

• Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y

servicios: orientaciones sobre cómo intervenir positivamente en la situación y cómo hacer el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección, así como actividades de formación específica.

La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las medidas y actuaciones previstas, informando periódicamente a la comisión de convivencia, a las familias o responsables legales del alumnado y al inspector o inspectora de referencia del grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado.

Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado.

Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento confidencialidad absoluta en el tratamiento del caso.

Paso 12. Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa.

El inspector o inspectora de referencia realizará un seguimiento de las medidas y actuaciones definidas y aplicadas, así como de la situación escolar del alumnado implicado.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO INFANTIL

Características del maltrato infantil.

De acuerdo con el artículo 3 del Decreto 3/2004, de 7 de enero, por el que se establece el sistema de información sobre maltrato infantil en Andalucía, se entenderá por maltrato infantil cualquier acción, omisión o trato negligente, no accidental, por parte de los padres o madres, cuidadores o cuidadoras o instituciones, que comprometa la satisfacción de las necesidades básicas del menor o la menor, e impida o interfiera en su desarrollo físico, psíquico y/o social.

Tipología del maltrato.

• Maltrato físico: cualquier acto, no accidental, ocasionado a un menor o una menor por su progenitor o progenitora o sustituto o sustituta que le provoque daño físico o enfermedad, o le coloque en situación de riesgo grave de padecerla.

• Maltrato psicológico/emocional: las personas adultas del grupo familiar manifiestan de forma reiterada una hostilidad verbal hacia el menor o la menor, a través de insultos, desprecio, crítica o amenaza de abandono y un constante bloqueo de las iniciativas infantiles de interacción (desde la evitación hasta el encierro). Asimismo, puede producirse abandono psicológico/emocional a través de una ausencia persistente de respuesta a las señales, expresiones emocionales y conductas procuradoras de proximidad e interacción iniciadas por el menor o la menor y una falta de contacto o de expresividad emocional en las interacciones mutuas, por parte de una figura adulta estable.

• Maltrato pasivo por negligencia o abandono físico/cognitivo: las necesidades físicas y psicológicas básicas del menor o la menor (alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, educación y cuidados médicos) no son atendidas temporal o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con él.

• Abuso sexual: cualquier clase de contacto o interacción sexual de una persona adulta con un menor, en la que la persona adulta, que por definición goza de una posición de poder o autoridad sobre aquel o aquella, lo utiliza para la realización de actos sexuales o como objeto de estimulación sexual. También se contempla su comisión por personas menores de 18 años, cuando sean significativamente mayores que el menor o la menor-víctima o cuando estén en una posición de poder o control sobre este o esta.

• Corrupción: cuando la persona adulta incita al menor o la menor a la realización o implicación en conductas antisociales, autodestructivas o desviadas, particularmente en las áreas de agresión, sexualidad (contempladas ya en el abuso sexual) o uso de sustancias adictivas, dificultando la normal integración social infantil y pudiendo producir una incapacidad para las experiencias sociales normales.

• Explotación laboral: los padres, madres o cuidadores y cuidadoras asignan al menor o la menor con carácter obligatorio, y para la obtención de beneficios económicos o similares, la realización continuada de trabajos

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(domésticos o no) que exceden los límites de lo habitual, deberían ser realizados por personas adultas e interfieren de manera clara en sus actividades y necesidades sociales y/o escolares.

• Síndrome de Munchaüsen por poderes: los padres, madres o cuidadores y cuidadoras someten al niño o la niña a continuos ingresos y exámenes médicos, alegando síntomas físicos patológicos ficticios o generados de manera activa por ellos mismos (mediante la inoculación de sustancias al niño o la niña, por ejemplo). Como consecuencia, el menor o la menor se ve sometido a continuos ingresos, exámenes médicos y pruebas diagnósticas molestas e innecesarias y que, incluso, pueden ser perjudiciales para su salud física y mental.

• Maltrato prenatal: abuso de drogas o alcohol durante el embarazo, o cualquier circunstancia vital de la madre que se haga incidir voluntariamente en el feto, y que provoca que el bebé nazca con un crecimiento anormal, patrones neurológicos anómalos, con síntomas de dependencia física de dichas sustancias, u otras alteraciones imputables a su consumo por parte de la madre.

• Retraso no orgánico en el crecimiento: también denominado retraso psicosocial del crecimiento, se refiere al diagnóstico médico de aquellos niños que no incrementan su peso con normalidad en ausencia de una enfermedad orgánica. Sin embargo, se produce una ganancia sustancial de peso durante la estancia en el hospital o bien hay una recuperación del retraso evolutivo cuando el niño dispone de un ambiente de cuidados adecuados. Aparece por lo general en niños menores de dos años y se caracteriza por la desaceleración o retraso del desarrollo físico, sin que exista un cuadro clínico que lo justifique. También puede producirse un funcionamiento emocional y del desarrollo deficientes.

• Maltrato institucional: cualquier programa, legislación, procedimiento o actuación u omisión por parte de organizaciones o instituciones públicas o privadas o bien procedente del comportamiento individual de un profesional que conlleve abuso, negligencia, detrimento de la salud, del desarrollo y de la seguridad o que viole los derechos básicos de los menores

Los indicadores y niveles de gravedad en función de la tipología del maltrato se encuentran descritos en el Manual de instrucciones para la cumplimentación y tramitación de la hoja de detección y notificación del maltrato infantil, editado por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Clasificación del maltrato en cuanto a la gravedad.

• Casos de maltrato leve: cuando la conducta maltratante no es frecuente y su intensidad es mínima. Los efectos del maltrato recibido no han provocado daños en el menor o la menor ni se prevé que se produzcan. Si se ha producido daño, éste no es significativo, por no requerir intervención o tratamiento especializado. En estas circunstancias se procurará, siempre que sea posible, la intervención con las familias o responsables legales del menor o la menor, desde el propio ámbito que haya detectado el maltrato, en colaboración con los servicios sociales correspondientes, los cuales prestarán el apoyo y asesoramientos necesarios.

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• Casos de maltrato moderado: cuando el maltrato recibido, por su intensidad o frecuencia, ha provocado daños en el menor o la menor, o se prevé que puedan producirse en su futuro desarrollo. Por tanto se requiere de algún tipo de intervención o tratamiento especializado, así como el establecimiento de un plan de intervención interdisciplinar y personalizada por parte de los servicios sociales correspondientes, en coordinación entre otros, con los servicios educativos y sanitarios, para salvaguardar la integridad del menor o la menor dentro de su núcleo familiar.

• Casos de maltrato grave: cuando los efectos del maltrato recibido puedan hacer peligrar la integridad física o emocional del menor o la menor, o provocar daños significativos en su desarrollo, o existe un alto riesgo de que puedan volverse a producir los episodios de maltrato, o bien el niño o niña es muy pequeño o padece algún tipo de enfermedad o discapacidad que lo hacen especialmente vulnerable. Estas circunstancias podrán implicar la adopción de una medida protectora por parte de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de protección del menor, o en su caso, la derivación a los servicios sociales correspondientes para un tratamiento especializado en el medio.

PROTOCOLO

Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.

De acuerdo con la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor, y sin perjuicio del deber general de denuncia previsto en la normativa estatal de aplicación, cualquier persona o entidad y, en especial la que por razón de su profesión o finalidad tenga noticia de la existencia de una situación de maltrato, deberá ponerlo en conocimiento de cualquier autoridad, que inmediatamente lo comunicará a la Administración competente, Autoridad Judicial o Ministerio Fiscal. Por tanto, cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación de maltrato infantil tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del equipo directivo a través de las vías ordinarias que el centro tenga establecidas para la participación de sus miembros.

Paso 2. Actuaciones inmediatas.

Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora del alumno o alumna afectado y la persona o personas responsables de la orientación en el centro, para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda.

La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la información recogida y las actuaciones acordadas.

En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de maltrato infantil, se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de Educación.

Paso 3. Servicios médicos.

Cuando se sospeche de la existencia de lesiones, algún miembro del equipo directivo acompañará al menor o la menor a un centro sanitario para su valoración clínica, informando posteriormente a la familia de la actuación realizada. En cualquier caso, se solicitará un informe o parte de lesiones, que se adjuntará al informe realizado.

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Paso 4. Evaluación inicial.

La dirección del centro solicitará al departamento de orientación o equipo de orientación educativa que corresponda la evaluación inicial del caso, en la que colaborará el tutor o tutora o el equipo docente, con la información que haya obtenido del menor o la menor, y de su familia.

Esta información se recabará, según el caso:

• Observando al menor o la menor.

• Contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras.

• Hablando con el menor o la menor.

• Entrevistando a la familia.

Si se estima conveniente, se contactará asimismo con los servicios sociales y con cualquier otra fuente que pueda aportar alguna información.

En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:

• Garantizar la protección del menor o la menor.

• Preservar su intimidad y la de su familia.

• Actuar de manera inmediata.

• Generar un clima de confianza básica en el menor o la menor.

• Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.

• No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.

Paso 5. Hoja de Detección y Notificación del maltrato infantil.

A través de la información recogida, se determinará el nivel de gravedad del maltrato caso de existir, y se cumplimentará un ejemplar de la Hoja de Detección y Notificación, contemplada en el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil en Andalucía, según lo establecido en la Orden de 23 de junio de 2006, por la que se aprueban los modelos de la Hoja de Detección y Notificación del Maltrato Infantil.

La citada Hoja de Detección y Notificación presenta dos modalidades, la versión impresa y la informática, a la cual se puede acceder a través del Sistema de Información Séneca, o directamente a través de la web SIMIA, a la que puede accederse desde la página web de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a través del siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/igualdadybienestarsocial/simia, en el cual es posible realizar su cumplimentación y envío automático a los Servicios de Protección de Menores de las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, para los casos que se consideren graves.

Esta Hoja consta de tres ejemplares, el primero de los cuales será conservado por el centro educativo, mientras que los otros dos se remitirán de forma conjunta a los servicios sociales correspondientes de acuerdo al nivel de gravedad del maltrato. Los tres disponen de la misma clave para la identificación inequívoca del caso.

La Hoja de Detección y Notificación dispone de una serie de apartados a cumplimentar por el centro educativo, referidos a los datos de identificación del menor o la menor, la fuente de detección, la instancia a la que se comunica el caso, la tipología e indicadores del maltrato, la valoración de su nivel de gravedad, el origen del maltrato, así

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como las observaciones que se consideren pertinentes. Otros apartados de la Hoja de Detección y Notificación son para uso exclusivo de los servicios sociales competentes (órgano que propone la inscripción, provincia y fecha de la propuesta).

Una vez cumplimentada la Hoja, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 8 del Decreto 3/2004, por el que se establece el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil en Andalucía, se procederá del modo siguiente:

• El centro educativo conservará para sí el primer ejemplar, correspondiente al Servicio o Centro Notificador, y enviará los dos restantes a los servicios sociales de la Corporación Local competente, en el caso de que el maltrato se considere leve o moderado, o bien al Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, cuando se haya valorado como grave.

• Cuando se haga uso de la versión informática de la Hoja, si el maltrato es leve o moderado, se imprimirán los tres ejemplares de la misma para su posterior envío por correo normalizado de acuerdo a lo mencionado en el párrafo anterior.

• En los casos graves se podrá realizar, asimismo, el envío telemático a la Delegación Provincial, y se conservará, previa impresión, el ejemplar correspondiente al profesional que notifica.

Todo ello no es incompatible con la utilización de cualquier medio de comunicación que se estime necesario, especialmente en los casos de urgencia donde pueda estar en peligro la integridad del menor o la menor.

Paso 6. Derivación en función de la gravedad.

Según lo dispuesto en la Orden de 11 de febrero de 2004, por la que se acuerda la publicación del texto íntegro del Procedimiento de Coordinación para la Atención a Menores Víctimas de Malos Tratos en Andalucía, el centro actuará de la siguiente forma, atendiendo a la gravedad de la situación detectada:

• Casos de maltrato leve: pueden ser resueltos a través de actuaciones planificadas por el propio centro educativo. La dirección lo notificará a los servicios sociales de la Corporación Local mediante el envío de la Hoja de Detección y Notificación y del informe realizado sobre el caso, para su conocimiento, conservando en su poder su propio ejemplar.

• Casos de maltrato moderado: la dirección lo notificará a los servicios sociales de la Corporación Local mediante el envío de la Hoja de Detección y Notificación y del informe realizado sobre el caso, para su estudio e intervención; y al Servicio Provincial de Inspección de Educación, conservando en su poder su propio ejemplar.

• Casos de maltrato grave: la dirección lo notificará al Servicio Provincial de Inspección de Educación, al Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y en su caso, al Juzgado de Guardia del partido judicial correspondiente adjuntando los informes técnicos pertinentes, conservando en su poder su propio ejemplar.

• Casos urgentes: se efectuará una notificación inmediata a la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, Autoridad

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Judicial o Ministerio Fiscal, además de a todas las instituciones anteriores. Asimismo se tomarán las medidas oportunas para garantizar la atención que el menor o la menor requiera, tales como su acompañamiento a centros sanitarios, o la petición de protección policial.

Evaluación y seguimiento.

En todos los casos de maltrato, haya sido necesaria o no la intervención de agentes externos al centro educativo, el equipo directivo realizará un seguimiento de la situación y de las condiciones en que se encuentre el alumno o alumna afectado. Para ello, periódicamente realizará un análisis de la situación basándose en los indicadores que detectaron la situación, recabando la información que fuera necesaria. De volver a detectarse una situación de maltrato, volvería a iniciarse el proceso, siempre en este siempre en este caso notificándolo a las autoridades competentes.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO EDUCATIVO

Características de la violencia de género.

Se entiende por violencia de género aquella que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por el hecho de serlo. Esta violencia comprende cualquier acto de violencia basada en género que tenga como consecuencia, o que tenga posibilidades de tener como consecuencia, perjuicio o sufrimiento en la salud física, sexual o psicológica de la mujer, incluyendo amenazas de dichos actos, coerción o privaciones arbitrarias de su libertad, tanto si se producen en la vida pública como privada.

En relación con el ámbito escolar, el artículo 14 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, dispone que las personas que ejerzan la dirección de los centros educativos y los consejos escolares adoptarán los protocolos de actuación y las medidas necesarias para la detección y atención a los actos de violencia de género dentro del ámbito escolar.

Tipos de violencia de género.

• Violencia física: cualquier acto de fuerza contra el cuerpo de la mujer, con resultado o riesgo de producir lesión física o daño, ejercida por quien sea o haya sido su cónyuge o por quien esté o haya estado ligado a ella por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia. Asimismo, se consideran actos de violencia física contra la mujer los ejercidos por hombres en su entorno familiar o en su entorno social y/o laboral.

• Violencia psicológica: toda conducta, verbal o no verbal, que produzca en la mujer desvalorización o sufrimiento, a través de amenazas, humillaciones o vejaciones, exigencia de obediencia o sumisión, coerción, insultos, aislamiento, culpabilización o limitaciones de su ámbito de libertad, ejercida por quien sea o haya sido su cónyuge o por quien esté o haya estado ligado a ella por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia. Asimismo, tendrán la consideración de actos de violencia psicológica contra la mujer los

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ejercidos por hombres en su entorno familiar o en su entorno social y/o laboral.

• Violencia económica: la privación intencionada, y no justificada legalmente, de recursos para el bienestar físico o psicológico de la mujer y de sus hijas e hijos o la discriminación en la disposición de los recursos compartidos en el ámbito de la convivencia de pareja.

• Violencia sexual y abusos sexuales: cualquier acto de naturaleza sexual forzada por el agresor o no consentida por la mujer, abarcando la imposición, mediante la fuerza o con intimidación, de relaciones sexuales no consentidas, y el abuso sexual, con independencia de que el agresor guarde o no relación conyugal, de pareja, afectiva o de parentesco con la víctima.

PROTOCOLO

Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación de violencia de género ejercida sobre una alumna, tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del director o directora del centro, a través de las vías ordinarias que el centro tenga establecidas para la participación de sus miembros. En cualquier caso, el receptor o receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia, a un miembro del equipo directivo.

Paso 2. Actuaciones inmediatas.

Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora del alumnado afectado, la persona responsable de coeducación y la persona o personas responsables de la orientación en el centro, para recopilar toda la información posible sobre el presunto acto violento, analizarla y valorar la intervención que proceda.

La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la información recogida y las actuaciones acordadas.

En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de violencia de género se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de Educación.

Con la finalidad de asegurar la necesaria coordinación institucional y procurar una intervención integral ante estos casos, el Servicio Provincial de Inspección de Educación informará del inicio del protocolo de actuación a los servicios especializados en materia de violencia de género.

Paso 3. Medidas de urgencia.

En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran para proteger a la alumna afectada y evitar las agresiones:

• Medidas para garantizar la inmediata seguridad de la alumna, así como medidas específicas de apoyo y ayuda.

• Medidas cautelares con el agresor o agresores, en caso de ser alumno o alumnos del centro, considerándose entre ellas la no asistencia al centro, si el caso lo requiere.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 37

Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado.

El tutor o tutora o la persona o personas responsables de la orientación en el centro, previo conocimiento del director o directora del centro, con la debida cautela y mediante entrevista, pondrán el caso en conocimiento de las familias o responsables legales del alumnado implicado, aportándoles información sobre la situación y sobre las medidas adoptadas.

Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden a la alumna víctima de violencia de género.

El director o directora, con las reservas debidas de confidencialidad, protección de la intimidad de los menores afectados y de la de sus familias o responsables legales, podrá informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado. Si lo estima oportuno informará también a otro personal del centro y a otras instancias externas (sociales, sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial).

Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes.

Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el director o directora del centro recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación:

• Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.

• Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del centro, en clase, o en actividades complementarias y extraescolares.

• Asimismo, la dirección del centro solicitará al departamento de orientación o equipo de orientación educativa que, con la colaboración del tutor o tutora, complete la información. Esto se hará, según el caso, observando al alumnado afectado, contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras, hablando con el alumnado afectado o entrevistando a las familias o responsables legales del alumnado. Si se estima conveniente, se completará la información con otras fuentes complementarias, tales como el personal de administración y servicios, o personal de los Servicios Sociales correspondientes.

• Una vez recogida toda la información, el director o directora del centro realizará un informe con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información aportada por las diferentes fuentes.

En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:

• Garantizar la protección de los menores o las menores.

• Preservar su intimidad y la de sus familias o responsables legales.

• Actuar de manera inmediata.

• Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores.

• Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.

• No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.

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Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias.

En caso de que la persona o personas agresoras sean alumnos del centro, una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director o directora del centro a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III del Título V de los Decretos 327/2010 y 328/2010, ambos de 13 de julio. Estas correcciones o medidas disciplinarias se registrarán según lo establecido en el artículo 12.1 de la presente Orden.

Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia.

Sin perjuicio del principio de confidencialidad y de la obligada protección de la intimidad de los menores y las menores, y la de sus familias, el director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de convivencia del centro.

Paso 9. Comunicación a la inspección educativa.

El director o directora del centro remitirá asimismo el informe al Servicio Provincial de Inspección de Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se establece en el Paso 2 de este protocolo.

Paso 10. Medidas y actuaciones a definir.

El equipo directivo, con el asesoramiento de la persona responsable de coeducación, y la persona o personas responsables de la orientación educativa en el centro, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para cada caso concreto de violencia de género en el ámbito educativo. Asimismo, si se considera necesario, podrá contar con el asesoramiento del Gabinete Provincial de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar y de la inspección educativa. Igualmente, para cualquiera de las medidas y actuaciones definidas, se podrá solicitar asesoramiento específico y apoyo profesional del centro municipal de la mujer, o del centro provincial del Instituto Andaluz de la Mujer.

Estas medidas y actuaciones se referirán a las intervenciones a realizar mediante un tratamiento individualizado, con la alumna víctima y con el alumno o alumnos agresores.

Asimismo, si el caso lo requiere, se incluirán actuaciones con los compañeros y compañeras de este alumnado, y con las familias o responsables legales. De manera complementaria, se contemplarán actuaciones específicas de sensibilización para el resto del alumnado del centro. Todo ello, sin perjuicio de que se apliquen al alumnado agresor las medidas correctivas recogidas en el plan de convivencia.

Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para cada caso de violencia de género en el ámbito educativo:

• Actuaciones con la alumna víctima de violencia de género: actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de atención y apoyo social, intervención individualizada por la persona orientadora para el aprendizaje y desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, autoestima y asertividad y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores.

• Actuaciones con el alumno o alumnos agresores: aplicación de las correcciones y medidas disciplinarias correspondientes estipuladas en el plan

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de convivencia, actuaciones educativas en el aula de convivencia del centro, en su caso, o programas y estrategias específicos de modificación de conducta y ayuda personal, y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores.

• Actuaciones con los compañeros y compañeras del alumnado implicado: actuaciones de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, emocionales y de empatía, campañas de sensibilización para la igualdad de género y de prevención y rechazo de la violencia, así como programas de mediación y de ayuda entre iguales.

• Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas. En el caso de la víctima, orientaciones sobre cómo abordar el hecho en el ámbito familiar e información sobre posibles apoyos externos y recursos institucionales disponibles para recibir ayuda psicológica y asesoramiento jurídico. En el caso del alumnado agresor, orientaciones sobre cómo educar para prevenir, evitar y rechazar todo tipo de violencia y, en especial, la violencia de género, e información sobre programas y actuaciones para la modificación de conductas y actitudes relacionadas con la violencia de género.

• Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y servicios: orientaciones sobre cómo intervenir ante una situación de violencia de género y cómo desarrollar acciones de sensibilización, prevención y rechazo de la violencia, así como actividades de formación específica.

La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las actuaciones y las medidas previstas, informando periódicamente a la comisión de convivencia, a las familias o responsables legales del alumnado, y al inspector o inspectora de referencia, del grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado.

Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado.

Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento confidencialidad absoluta en el tratamiento del caso.

Paso 12. Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa.

El inspector o inspectora de referencia realizará un seguimiento de las medidas y actuaciones definidas y aplicadas, así como de la situación escolar del alumnado implicado.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE AGRESIÓN HACIA EL PROFESORADO O EL PERSONAL NO DOCENTE

Caracterización.

Este protocolo pretende articular los mecanismos de protección, asistencia y apoyo al profesorado o al personal que ejerce sus funciones en el ámbito de la enseñanza.

En Andalucía, con fecha 3 de septiembre de 2010, se formalizó un protocolo marco de colaboración entre la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y el Ministerio Fiscal en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la coordinación de actuaciones ante

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determinados supuestos en el ámbito escolar, donde se incluía las agresiones al profesorado.

Para la aplicación y desarrollo de lo establecido en el mencionado protocolo marco de colaboración se tendrá en cuenta lo que sigue:

a) Conductas protegidas:

• Agresiones.

• Intimidaciones graves.

• Resistencia activa grave.

• Cualquier otra conducta que tuviera la consideración de delito o falta en el Código Penal.

Las conductas descritas pueden ser cometidas por el alumnado o por cualquier persona que tenga relación con el mismo.

b) Sujetos protegidos:

La protección jurídica irá dirigida al profesorado y al personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria de los centros públicos, en el ejercicio de sus funciones. También irá dirigida al profesorado de los centros docentes privados concertados.

Este protocolo se aplicará al profesorado y personal descrito, en el ejercicio de sus funciones, independientemente de que el hecho se produzca en el interior del centro docente o fuera del mismo.

PROTOCOLO

Paso 1. Primera actuación ante una situación de agresión.

Ante cualquier posible agresión al personal del centro procede mantener la calma, tratar de contener la situación y, en último extremo, responder exclusivamente mediante el empleo de medios de legítima defensa y solicitar ayuda. El auxilio y presencia de los compañeros o compañeras u otras personas cercanas servirá en un primer momento para contener y/o acabar con la situación de violencia, además de que puedan actuar como testigos de los hechos si ello fuera preciso.

Paso 2. Solicitud de ayuda externa.

En el caso de que, a pesar de los intentos de disuadir al agresor o agresores, la situación de violencia persista, se pasará a reclamar ayuda inmediata a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, bien sea a la Policía Local, Policía Nacional o Guardia Civil para que se personen en el centro o lugar donde se desarrollen los hechos que motivaron la actuación.

Paso 3. Comunicación al equipo directivo y a la inspección educativa.

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de agresión tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del director o directora del centro o, en caso de ausencia, de otro miembro del equipo directivo.

El director o directora, o el equipo directivo notificará inmediatamente el hecho al inspector o inspectora de referencia del centro quien, en función de la gravedad de los

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hechos, se personará en el centro o, al menos, atenderá al profesional agredido vía telefónica.

Paso 4. Servicios médicos.

En caso de agresión a un profesional, si fuera necesario, éste se dirigirá, acompañado de algún miembro del equipo directivo del centro, al correspondiente Servicio de Medicina Preventiva o al Servicio de Urgencias, donde se procederá al reconocimiento y a las actuaciones pertinentes, por parte de los facultativos de los servicios médicos. En cualquier caso, se solicitará un informe o parte de lesiones.

ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA

1. Contacto con el profesional agredido.

El inspector o inspectora de referencia del centro, cuando tenga conocimiento de que se ha producido una situación de agresión hacia un profesional, en función de la gravedad de los hechos se personará en el centro o atenderá al profesional agredido vía telefónica.

2. Ofrecimiento de asistencia jurídica.

En el caso del personal de centros públicos, el inspector o inspectora de referencia del centro le ofrecerá asistencia jurídica, según lo establecido en los artículos 11.5 y 16.2 del Decreto 327/2010, de 13 de julio, en los artículos 9.5 y 14.2 del Decreto 328/2010, de 13 de julio, y en la Orden de 27 de febrero de 2007, por la que se regula la asistencia jurídica al personal docente de todos los niveles educativos, a excepción del universitario, dependiente de la Consejería de Educación, y se establece el procedimiento para el acceso a la misma. Esta asistencia jurídica se proporcionará tanto en los procedimientos judiciales iniciados frente al personal docente, como en aquellos otros que éste inicie en defensa de sus derechos frente a actos que atenten contra su integridad física o provoquen daños en sus bienes.

La inspección educativa informará sobre la asistencia jurídica que podrá articularse, en función de la opción de quienes resulten interesados, por las siguientes fórmulas:

a. A través de Letrados adscritos al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda del Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía. Quienes resulten interesados en el uso de esta fórmula deben conocer que la asistencia jurídica por parte de los Letrados adscritos al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía se proporcionará exclusivamente para aquellos procedimientos judiciales que se diriman contra ellos y conforme a las previsiones de la antedicha disposición adicional segunda.

b. A través de profesionales que facilite la Consejería de Educación.

c. A través de profesionales elegidos por la persona interesada, en la forma prevista en el artículo 8 de la Orden de 27 de febrero de 2007.

Asimismo, la inspección educativa le informará sobre el procedimiento para cursar la solicitud de asistencia jurídica que se presentará en la correspondiente Delegación Provincial de Educación, con la siguiente documentación:

• Solicitud, según modelo previsto en el Anexo I de la citada Orden.

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• Informe de la dirección del centro, según modelo previsto en el Anexo II de la Orden, en el que se recoja una descripción detallada de los hechos.

• En su caso, copia de la citación judicial correspondiente donde conste el tipo de trámite procedimental para el que se requiere la presencia del profesional letrado.

• Pruebas y documentación que contribuyan al esclarecimiento de los hechos, en particular las que acrediten que los hechos se produjeron en el desempeño de la actividad docente o como consecuencia de ella.

Estudiada la solicitud y demás documentación aportada, la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de Educación dictará Resolución, previo informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, en un plazo que permita hacer efectivo el ejercicio del derecho cuyo reconocimiento se requiere.

3. Ofrecimiento de apoyo psicológico.

En el caso del personal de centros públicos, el inspector o inspectora de referencia del centro orientará e informará al personal afectado y, si fuera preciso, arbitrará las medidas necesarias, a fin de que la persona interesada reciba asistencia psicológica, que se podrá articular mediante una de las siguientes modalidades: bien a través del área de apoyo a la función tutorial del profesorado y de asesoramiento sobre la convivencia escolar del correspondiente Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional, o bien a través de la intervención de profesionales externos, en el marco de los correspondientes acuerdos que la Consejería de Educación pueda suscribir para esta finalidad.

Asimismo, la inspección educativa le informará sobre el procedimiento para cursar la solicitud de asistencia psicológica, en la que se podrá hacer constar la modalidad elegida para ello, y que se presentará en la correspondiente Delegación Provincial de Educación, acompañada de informe de la dirección del centro, en el que se recogerá una descripción detallada de los hechos.

Junto con la solicitud podrá aportarse también cuanta documentación acredite que los hechos se produjeron en el desempeño de la actividad docente o como consecuencia de ella.

Estudiada la solicitud y demás documentación aportada, la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de Educación dictará Resolución autorizando la asistencia psicológica solicitada, en un plazo que permita hacer efectivo el ejercicio del derecho cuyo reconocimiento se requiere.

4. Informe a la Delegación Provincial de Educación.

Por último, el inspector o inspectora de referencia del centro recabará la información necesaria para su traslado a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación. El informe especificará, en su caso, los daños materiales producidos, incluido el posible daño patrimonial sufrido por la Administración o su personal a consecuencia de destrozos, sustracciones e incluso por la incapacidad laboral del profesional agredido. También se harán las recomendaciones de índole administrativo que se pudiesen adoptar. A dicho informe se adjuntará, en su caso, el informe o parte de lesiones de los servicios médicos para su traslado a la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales de la Delegación Provincial de Educación.

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ACTUACIONES DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO

1. Recogida de la información.

El equipo directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación, realizando un informe con los datos obtenidos:

• Profesional agredido.

• Identificación del agresor o agresora.

• Testigos.

• Tutor o tutora, en el caso de que la agresión haya sido cometida por un alumno o alumna.

• Otros profesionales que tengan relación con la situación de agresión.

• Otro personal del centro o de la comunidad educativa que tenga contacto o relación con el agresor o agresora.

2. Canalización de la denuncia.

A fin de agilizar su tramitación procesal, las denuncias serán canalizadas por la dirección del centro a las secciones de menores de las correspondientes fiscalías provinciales, mediante la cumplimentación del modelo 1, adjunto al presente protocolo, incorporando el parte de asistencia médica si lo hubiera, en el caso del alumnado menor de edad.

En el supuesto de personas mayores de 18 años, la denuncia, que se realizará de acuerdo con el modelo 2, se trasladará al Juzgado de Guardia o a los Cuerpos de Seguridad del Estado.

A estos efectos, y según lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, hay que distinguir dentro del alumnado dos franjas de edad:

• Hasta 14 años no se les exigirá responsabilidad con arreglo a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, sino que se les aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes.

• De 14 a 18 años son responsables penalmente conforme a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, correspondiendo la instrucción del expediente a la Fiscalía de Menores y su enjuiciamiento al Juez de Menores.

En el caso de personas de 18 o más años su instrucción corresponde, conforme al artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a los Jueces de Instrucción y su enjuiciamiento al Juzgado de lo Penal o a la Audiencia Provincial.

3. Información a las familias del alumnado implicado.

Si el agresor o agresora fuera un alumno o alumna del centro, el director o directora del centro procederá a comunicar los hechos a sus familias.

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4. Aplicación de medidas disciplinarias.

Si el agresor o agresora es un alumno o alumna del centro, se procederá a la adopción de medidas disciplinarias en función de lo establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido en los Decretos 328/2010 y 327/2010, ambos de 13 de julio, por los que se aprueban los Reglamentos Orgánicos de los institutos de educación secundaria, y de las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria y los centros públicos específicos de educación especial.

5. Comunicación a la comisión de convivencia.

El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de convivencia de centro, para su conocimiento.

6. Comunicación a la inspección educativa y otros servicios de la Delegación Provincial.

El director o directora del centro remitirá asimismo el informe al Servicio Provincial de Inspección de Educación, todo ello sin perjuicio de la comunicación inmediata del suceso.

Si existiese parte de lesiones y/o incapacidad laboral del profesional agredido, la dirección del centro comunicará también estos hechos a la Asesoría Médica de la Delegación Provincial de Educación.

7. Registro informático.

En caso de agresión a un profesional, los datos específicos de cada incidente se registrarán según lo establecido en el artículo 12.1 de la presente Orden.

ACTUACIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN

La persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de Educación comunicará al centro el rechazo de la agresión y pondrá a disposición del mismo y de sus profesionales aquellas medidas de apoyo que se estimen convenientes.

Como acción preventiva, tras mediar una agresión y a petición del profesional, la persona titular de la Delegación Provincial podrá determinar su adscripción temporal a otro centro de trabajo.

GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA

La finalidad principal de esta guía es la de orientar a los profesionales en las acciones legales que puedan emprenderse en cada situación y caso.

1. Jurisdicción.

De la ejecución de las infracciones que se contemplan en este protocolo de actuación pueden nacer dos tipos de acciones, lo que obliga a precisar ante qué jurisdicción pueden ejercitarse las mismas:

• Acción Penal: en tanto que se encuentran tipificadas en el Código Penal, como delito o falta para el castigo del culpable o la culpable, y únicamente puede ejercitarse ante la jurisdicción penal.

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• Acción Civil: en los supuestos en que se hayan producido daños y perjuicios, y con el fin de conseguir la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios causados por el hecho punible. La acción civil derivada de un ilícito criminal puede ejercitarse conjuntamente con la penal, o bien separadamente ante la jurisdicción civil.

Por tanto, cuando un profesional sufra algún tipo de infracción penal de la que se deriven daños y perjuicios, podrá ejercerse no sólo la acción penal para el castigo del culpable o la culpable, sino también la acción civil para reclamar la indemnización que corresponda, bien dentro del propio proceso penal, o bien separadamente ante la jurisdicción civil, teniendo en cuenta en este último supuesto que si el proceso penal se encuentra ya iniciado, no se podrá promover pleito alguno hasta que aquel no haya concluido mediante sentencia firme.

2. Inicio del procedimiento.

Puede iniciarse mediante denuncia o mediante querella:

• Denuncia: Consiste en hacer una declaración de conocimiento sin que por ello se efectúe una calificación jurídica de los hechos, ni se pida la incoación de proceso penal, ni se asuma la condición de parte en éste, ni se pida la práctica de diligencias. Resulta mucho más ágil, ya que no requiere especiales requisitos formales para su admisión.

• Querella: A diferencia de la denuncia, es un acto del ejercicio de la acción penal mediante el cual el querellante asume la cualidad de parte acusadora a lo largo del procedimiento. Debe formularse siempre por escrito ante el órgano jurisdiccional competente.

Además, los atestados que redacten los funcionarios de la policía, a consecuencia de las averiguaciones que hubiesen practicado cuando son requeridos desde el propio centro docente, tendrán la consideración de denuncia.

3. Plazo.

La responsabilidad penal se extingue por prescripción del delito o falta, por lo que la acción penal debe promoverse con anterioridad al transcurso de los plazos de prescripción que se establecen, fundamentalmente, en función de la duración de la pena que la ley señale para el delito o falta cometidos.

Concretamente, en el caso de las faltas, el plazo de prescripción establecido por el Código Penal es de seis meses.

4. Pruebas. Por último, hay que recordar que en materia penal rige el principio de presunción de inocencia, por lo que el denunciante debe procurar acudir al juicio con pruebas suficientes para poder enervar dicha presunción.

En este sentido resulta de gran utilidad:

- La declaración de testigos.

- Los partes de asistencia sanitaria, en el caso de agresiones físicas. Es recomendable que en todos los supuestos en que se produzcan agresiones físicas, el profesional sea asistido, de forma inmediata, por un facultativo.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 46

C) COMISIÓN DE CONVIVENCIA

La comisión de convivencia es un órgano de mediación y tratamiento de conflictos

que se ocupa de la planificación, gestión y seguimiento de la convivencia en el centro.

Representa el núcleo básico de representación de todos los sectores de la

comunidad educativa en temas de convivencia.

La comisión de convivencia desempeña un papel activo en el impulso y desarrollo

de medidas promotoras, preventivas, paliativas y restauradoras de una convivencia

positiva en el centro.

FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA Y PLAN DE ACTUACIÓN.

El plan de actuación de esta Comisión se llevará a cabo de acuerdo a las funciones que se le encomiendan desde el artículo 66.4 del Decreto 327/2010, de 13 de julio por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria Obligatoria:

a. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los conflictos.

b. Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.

c. Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.

d. Mediar en los conflictos planteados.

e. Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas.

f. Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.

g. Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.

h. Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el instituto.

i. Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el instituto.

PLAN DE REUNIONES.

Una vez por trimestre se realizará una reunión ordinaria, en la que se revisará el estado de la Convivencia en el Centro y se propondrán actuaciones de mejora.

La Jefatura de Estudios convocará reuniones extraordinarias de la comisión cuando se den circunstancias que aconsejen una toma de decisiones conjunta.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 47

Uno de los miembros de la Comisión, elegido por mayoría, ejercerá de Secretario y levantará acta de cada una de las reuniones que se realicen. El/la titular de la Jefatura de Estudios será el/la responsable de custodiar las actas de las sesiones.

Las decisiones que se deriven de cada reunión de la Comisión de Convivencia serán comunicadas por el director a los diferentes sectores de la comunidad educativa.

De acuerdo a la normativa, esta comisión deberá informar, al menos dos veces al pleno del Consejo Escolar

Contenido de las reuniones

En cada sesión, el equipo directivo a través de la Jefatura de Estudios informará sobre la situación de la convivencia en el centro a través del análisis de casos.

Dada la incidencia que sobre la misma pueden tener las faltas que atenten gravemente contra la convivencia, el absentismo, el fracaso escolar, las necesidades educativas especiales, la intervención directa de las familias y el desarrollo de los horarios, serán éstos motivo de análisis cuando afecten al clima del Centro o a la formación individual de nuestro alumnado.

También serán de interés para esta Comisión las situaciones especiales o de riesgo a las que individualmente pueda estar sometido un alumno o alumna cuando afecten a su estabilidad física o emocional y siempre que se valore como pertinente algún tipo de intervención.

A partir de los informes y registros se valorarán los avances y las dificultades encontradas proponiendo cuantas medidas se estimen oportunas al Consejo Escolar.

Participantes:

A la Comisión de Convivencia podrá asistir, cuando se le requiera, el profesor o profesora que tenga asignada la coordinación de las actividades del Aula de Convivencia, con el fin de informar sobre el plan de actividades que en la misma se llevan a cabo.

De acuerdo a la normativa vigente, a las reuniones de esta Comisión de Convivencia relacionadas con el seguimiento y supervisión del Plan de Convivencia se incorporará la persona responsable de la orientación en el centro, así como la persona designada por el Consejo Escolar para impulsar medidas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, y el coordinador o coordinadora del proyecto «Escuela: Espacio de Paz». Asimismo también podrá incorporarse, en su caso, el educador o educadora social de la zona educativa o del centro, en aquellas reuniones en que se considere necesario.

También se podrá requerir la asistencia de cualquier otro miembro de la comunidad escolar para informar de aspectos que interesen de dicha Comisión.

Informes y documentos:

Desde la Comisión de Convivencia se podrá emitir informes o difundir los temas tratados, exceptuando los que, por su carácter, atenten contra la intimidad de las personas.

Mediación:

La Comisión de Convivencia o algunos de sus miembros por designación de la misma, podrán actuar de mediadores ante situaciones que, por su complejidad, requieran de su intervención.

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La Comisión de Convivencia a través de los informes de la dirección del centro (de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 20 de junio de 2001, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, conocerá el grado de cumplimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro por familias o alumnado y adoptará cuantas medidas considere pertinentes para potenciar, facilitar o controlar su cumplimiento.

Memoria Final:

Al finalizar el curso, esta Comisión elaborará un informe, coordinado por la Jefatura de Estudios y destinado al Consejo Escolar, en el que se evaluará el estado de la convivencia y se propondrán medidas, en su caso, a tener en cuenta en el próximo curso.

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D) AULA DE CONVIVENCIA:

Según la normativa vigente:

Tendrá la posibilidad de ofrecer una atención educativa al alumnado que se ve

privado de su derecho a participar en el normal desarrollo de las actividades lectivas

como consecuencia de una corrección o medida disciplinaria.

El Plan de Convivencia determinará el profesorado que atenderá educativamente

el aula de convivencia dentro de su horario regular de obligada permanencia en el centro,

y la posible colaboración de otros profesionales.

Programación de actuaciones que permitan un proceso de reflexión,

reconocimiento y responsabilización por parte del alumnado para favorecer actitudes y

conductas positivas para la convivencia.

Actuaciones a desarrollar de acuerdo con los criterios pedagógicos establecidos

por el equipo técnico de coordinación pedagógica.

NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE CONVIVENCIA.

Finalidad del aula de convivencia:

1. Ser punto de llegada y acogida del alumnado que incumple las normas de convivencia en clase.

2. Atender los problemas de convivencia en el centro, con inmediatez y desde la reflexión.

3. Ser un Aula de atención educativa para el alumnado derivado a ella.

Objetivos:

1. Proponer acciones preventivas desde cuantas actividades, programas y proyectos se realicen en el centro, muy especialmente desde el Plan de Acción Tutorial (P.A.T), Escuela Espacio de Paz y Coeducación.

2. Fomentar actitudes de prevención y orientación del profesorado evitando, en la medida de lo posible, los procedimientos disciplinarios como vía única para propiciar un cambio de actitudes del alumnado disruptivo.

3. Fomentar actitudes de prevención en las familias desde el seguimiento educativo de sus hijos e hijas y desde la implicación en su proceso educativo.

4. Crear una infraestructura humana, organizativa, espacial y temporal capaz de dar respuesta, desde las posibilidades del centro, a cuantas situaciones conflictivas se planteen.

5. Fomentar actitudes, hábitos y habilidades de mediación entre el alumnado del centro, muy especialmente entre los delegados y delegadas de curso así como representantes del Consejo Escolar.

6. Evaluar las conductas problemáticas del alumnado desde una perspectiva integral, considerando sus circunstancias individuales, familiares y sociales e interviniendo desde el horizonte posible de su formación.

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7. Estudiar en algunos casos las relaciones existentes entre fracaso escolar, absentismo y autoestima, promoviendo intervenciones orientadoras dirigidas al alumnado, las familias y el profesorado.

8. Propiciar y difundir entre el profesorado cuantas actividades de formación se ofrezcan.

9. Negociar, facilitar y promover acciones encaminadas a orientar intervenciones educativas que mejoren la actitud del alumnado y su escala de valores.

10. Promover, desde actitudes positivas y educativas, a la participación y colaboración de todos los miembros de la comunidad escolar en la mejora de la convivencia y en la resolución de cuantos conflictos puedan generarse.

Profesorado que atenderá el Aula de Convivencia:

1. A principio de curso, los profesores que deseen realizar guardias en el Aula de Convivencia lo solicitarán por escrito al Equipo Directivo, quien ha de organizar el horario del Centro de manera que queden cubiertos 35 tramos horarios de guardia en horario de mañana (30 horas lectivas y 5 recreos).

2. En el caso de que se den más solicitudes que tramos horarios, el profesorado será elegido por sorteo para el presente curso, y los que queden excluidos serán los primeros en ocupar el puesto el próximo año sin participar en sorteo.

Normas específicas para el funcionamiento del Aula de Convivencia.

1. El alumno/a expulsado de clase acudirá al aula de convivencia acompañado del delegado y presentará el documento descriptivo de la falta cometida, donde se detallará cuáles son las actividades que debe realizar el alumno en el aula de convivencia.

2. En determinadas ocasiones, el profesor/a que ha impuesto la sanción podrá entregar a posteriori el parte de la falta cometida para evitar la interrupción de la tarea docente.

3. El profesor/a que impone la sanción, registrará, en el programa de convivencia la falta cometida, y la pérdida de puntos que ello acarrea.

4. Ya en el Aula de Convivencia, el profesor/a hablará con el alumno/a expulsado/a y le asesorará en la confección de la “ficha de reflexión” (Anexo AL FINAL). La ficha de reflexión será archivada en la carpeta correspondiente del Aula de Convivencia.

5. El alumnado deberá entrevistarse en el plazo de una semana con el tutor/a de convivencia para revisar el compromiso firmado en su ficha de reflexión.

6. El profesor/a de guardia en el aula de convivencia, enviará un mensaje a la familia a través de PASEN. En el mensaje hará constar el curso, grupo, nombre del alumno e incluirá un texto en el que se informe de que el alumno/a ha sido enviado al aula de convivencia por una conducta contraria a las normas de convivencia.

7. El profesor/a que ha impuesto la sanción, entregará la copia blanca del documento explicativo de la falta, al tutor/a del alumnado. Una vez enterado éste/a, comunicará la sanción al Jefe/a Estudios.

8. El profesorado del Aula de Convivencia actuará como profesorado de apoyo y supervisará el trabajo que el/la alumno/a tenga que realizar, según se haya acordado

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entre el/la tutor/a, el profesorado de su equipo docente, el Departamento de Orientación, el Responsable de Convivencia y Jefatura de Estudios.

9. En el caso de que el alumno no tenga actividades que realizar en el Aula de Convivencia, el profesor/a de guardia le facilitará actividades del “banco de

actividades” preparadas al efecto por los diversos departamentos.

10. El profesor que expulsa deberá supervisar si el alumno ha realizado las actividades propuestas. En caso de que no las haya realizado este hecho se considerará una conducta agravante contra las normas de convivencia del Centro.

11. Si el/la alumno/a falta injustificadamente al Aula de Convivencia uno o varios días, su periodo de permanencia en el Aula se ampliará en dichos días. También se podrá ampliar este periodo en caso de que el/la alumno/a no trabaje en el Aula o no se comporte de forma adecuada.

12. Si fueran sancionados más alumnos que puestos escolares hay en el Aula de Convivencia, el profesor de guardia de Convivencia requerirá la colaboración del profesorado de guardia de Pasillo o del miembro del Equipo Directivo de guardia para que acompañe a algunos de los alumnos en otra dependencia.

FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE CONVIVENCIA

El eje vertebrador de la Convivencia es el Aula de Convivencia. Es un espacio pequeño, agradable, atendido por un profesor en su guardia, al que acuden alumnos que por diversos motivos no pueden permanecer en el aula con el profesor y sus compañeros.

En nuestro centro esta herramienta se utiliza desde hace varios cursos pero queremos potenciar su utilidad y que ésta se convierta en un verdadero instrumento transformador de conductas. Este espacio no puede quedar reducido a ser considerado un aula de castigo.

El centro dispone de un Aula de Convivencia situada en el módulo de dirección, en la planta baja, atendida en todo momento por un profesor/a de guardia de acuerdo con el cuadrante de guardias existente.

Está destinada a atender en ella a aquel alumnado que por diferentes causas se vea privado del derecho de asistencia a clase o requiera un proceso de adaptación a la dinámica normal del aula.

Cada profesor/a de guardia realizará las tareas acordadas y rellenará los protocolos adecuados a cada momento de los correspondientes alumnos/as.

Nuestro objetivo principal es que el Aula de Convivencia sea un verdadero espacio de reflexión y a su vez:

• Mejorar el clima de convivencia del Centro en todos los espacios escolares (aula, pasillos, patio,…)

• Crear espacios nuevos para aprender a resolver los conflictos de manera pacífica, reflexiva, dialogada y transformadora.

• Participar en el proceso educativo con principios solidarios.

• Generar confianza en medios alternativos a la permisividad violenta y a la expulsión.

El aula cumple diversas funciones:

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 52

• Atender al alumnado que por problemas conductuales no puede permanecer en su aula.

• Derivar los casos atendidos a otras instancias del Centro.

• Hacer de termómetro de la conflictividad en el Centro, ya que por ella pasan todos los conflictos y se pueden estudiar no sólo cualitativa sino también cuantitativamente.

En su primera función, se atiende al alumnado diariamente durante todo el horario escolar por el profesorado que le corresponde según la rotación de sus guardias. El Aula de Convivencia debe ser un espacio que repercuta en la práctica real de la mejora de la convivencia y no sea un mero espacio donde permanece el alumno expulsado, sino que allí reflexione sobre lo reprobable de su conducta y conozca las consecuencias de ésta, valore su actitud y aprenda a evitar que la situación se vuelva a repetir en otro momento.

Debemos instaurar un protocolo para que cuando alguien es expulsado de su clase sea trasladado al Aula de Convivencia; allí le espera un/una profesor/profesora que le hace rellenar una Ficha de Reflexión y después mantiene una entrevista con él o ella. Si es posible, y tras un compromiso escrito del alumno/a, éste vuelve a su clase. Si un chico o una chica han pasado varias veces por el Aula de Convivencia tiene un tratamiento distinto. La Ficha de atención es diferente y su caso será derivado a otras instancias del Centro resolutivas de conflictos. El profesorado que atiende el Aula informa a los Tutores y a los/las profesores/as implicados en el caso, del desarrollo de la entrevista, a través de una Ficha informativa.

En su segunda función, el Aula cumple una labor de estudio y derivación de casos a otras instancias del Centro: Jefatura de Estudios, Orientación, Mediación, etc. La asistencia al aula de convivencia siempre se comunica a Jefatura de Estudios y aquí se estudia cada actuación respecto al alumnado junto al/la Coordinadora de convivencia del centro: si necesita algún tipo de intervención respecto a orientación, educadora social…

En su tercera función, el Aula nos permite conocer cuántos y de qué tipos han sido los conflictos que hemos tenido en el Centro. Por ella pasan todos los casos.

Desde Jefatura de Estudios se ofrece esta información a los Tutores/as, Equipos Educativos, al Claustro (una vez al trimestre) y a la Comisión de Convivencia.

La evaluación de las funciones del Aula la lleva a cabo semanal y trimestralmente la Coordinadora de Convivencia y Jefatura de Estudios en colaboración con tutores y co-tutores del aula, mediación y orientación. En estas evaluaciones se detallan datos globales de paso por el aula, compromisos adoptados, evolución individual de cada alumno/a, derivaciones efectuadas y resultados, además de nuevas propuestas a desarrollar.

El funcionamiento del Aula de Convivencia y del profesorado encargado de la misma, debe realizarse desde las directrices que marcan el Equipo Directivo y el Departamento de Orientación. Asimismo su colaboración debe ser muy estrecha con tutores, tutoras y profesorado en general, en relación con sus demandas.

Desde esta premisa, se definen a continuación las especificidades de su funcionamiento:

Funciones en el ámbito del centro

1. Proponer estrategias de intervención preventiva a familias, profesorado, equipo directivo y alumnado. Para ello será prioritario potenciar, desde sus intervenciones,

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 53

actitudes de diálogo, respeto, la colaboración, la participación y el consenso. Estas acciones preventivas deben realizarse desde la orientación familiar, la búsqueda de las causas últimas del absentismo y del fracaso escolar, la formación del profesorado y su retroalimentación desde análisis compartidos.

2. Su acción debe estar íntimamente coordinada con el Departamento de Orientación y el Equipo Directivo.

3. Intervenir por iniciativa propia o a demanda del profesorado y equipo directivo en la resolución de cuantos conflictos puedan producirse.

4. Acoger a alumnado derivado desde otros ámbitos del centro de acuerdo a los criterios definidos por el E.T.C.P.

5. Ser una instancia previa, complementaria, alternativa o paralela a las vías sancionadora o disciplinaria.

6. Diseñar los objetivos y las actuaciones del Plan Anual de Convivencia que deben reflejarse en el Plan Anual de Centro.

7. Coordinar y organizar los equipos e mediación.

8. Evaluar las intervenciones desde el análisis sistematizado que debe proyectarse en la Memoria de Fin de Curso así como elaborar la documentación y registros que requieren los protocolos de intervención.

Funciones en el ámbito individual o de intervenciones específicas

1. Acogida de alumnado derivado por el profesorado o el equipo directivo en procesos disciplinarios de distinta gravedad, con el fin de abordar con ellos intervenciones educativas paralelas a la vía disciplinaria o simplemente de carácter orientador.

2. Seguimiento educativo de alumnos y alumnas que han protagonizado procesos disruptivos, conflictivos o de riesgo.

3. Coordinación del profesorado adscrito a la guardia en el Aula de Convivencia con el fin de que sus actuaciones sean coherentes con la línea integradora y educativa que la define.

4. Las intervenciones del Coordinador o Coordinadora de Convivencia pueden presentarse en tres ámbitos:

• De negociación u orientación del conflicto de carácter disruptivo,

• De la mediación de los conflictos entre iguales (individuales y colectivas)

• Las correspondientes al apoyo de alumnado sometido a experiencias de marginación, acoso o cualquier otra relacionada con procesos de socialización negativa.

5. Colaborar con el departamento de Orientación y el profesorado en cuantos casos de integración de inmigrantes sean susceptibles de ser atendidos para facilitar su socialización.

6. Colaborar con el equipo directivo en materia de convivencia desde una perspectiva educativa.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 54

Funciones del Coordinador o Coordinadora del Aula de Convivencia

Las funciones del Coordinador o Coordinadora del Aula de Convivencia y del profesorado encargado de la misma, deben realizarse desde las directrices que marcan el Equipo Directivo y el Departamento de Orientación. Asimismo su colaboración debe ser muy estrecha con tutores, tutoras y profesorado en general, en relación con sus demandas.

Desde esta premisa, se definen a continuación las especificidades de su funcionamiento:

• Proponer estrategias de intervención preventiva a familias, profesorado, equipo directivo y alumnado. Para ello será prioritario potenciar, desde sus intervenciones, actitudes de diálogo, respeto, la colaboración, participación y el consenso. Estas acciones preventivas deben realizarse desde la orientación familiar, la búsqueda de las causas últimas del absentismo y del fracaso escolar, la formación del profesorado, …

• Intervenir por iniciativa propia o a demanda del profesorado y equipo directivo en la resolución educativa y pacífica de cuantos conflictos puedan producirse.

• Impulsar el desarrollo del Plan de Convivencia del centro y participar en su evaluación, detectando los factores de riesgo y analizando las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa con el objetivo de mejorar el clima escolar.

• Apoyar el desarrollo del Plan de Acción Tutorial, en coordinación con el Departamento de Orientación, en aspectos que se refieran al desarrollo de las competencias sociales del alumnado y la prevención y resolución de conflictos entre iguales.

• Promover, desde actitudes positivas y educativas, la participación, la mediación y la colaboración de todos los miembros de la comunidad escolar, la mejora de la convivencia y la resolución de cuantos conflictos puedan generarse.

• Ser una instancia previa, complementaria, alternativa o paralela a las medidas disciplinarias.

• Diseñar los objetivos y las actuaciones del Plan Anual de Convivencia que deben reflejarse en el Plan Anual de Centro.

• Las intervenciones del Coordinador o Coordinadora de Convivencia deben ejercerse desde la voluntariedad de las partes y la confidencialidad.

• Colaborar en la detección de las necesidades de formación en materia de convivencia y resolución de conflictos, de todos los sectores que componen la comunidad educativa.

• Participar en la comunicación y coordinación de las actuaciones de apoyo individual o colectivo, según el procedimiento establecido y promover la cooperación educativa entre el profesorado y las familias, así como otras propuestas que fomenten las relaciones del centro con su entorno social, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Convivencia del Centro.

• Colaborar con el departamento de Orientación en la normalización, socialización e integración de alumnado de necesidades educativas especiales

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 55

y de cuantos alumnos puedan demandar ayuda personal ante situaciones de acoso psicológico, físico o situaciones personales de riesgo.

• Coordinar a los alumnos que pudieran desempeñar acciones de mediación entre iguales.

• Aquellas otras que aparezcan en el Plan de Convivencia del Centro o que le sean encomendadas por el equipo directivo del centro encaminadas a favorecer la convivencia escolar.

• Las intervenciones del Coordinador o Coordinadora de Convivencia deben reflejarse en un protocolo que se estructurará en cuatro momentos:

a) Diagnóstico b) Intervención c) Evaluación y d) Seguimiento.

De ellos debe quedar constancia en el correspondiente archivo del Aula de Convivencia.

Normas específicas para el funcionamiento del Aula de Convivencia

El Aula de Convivencia funcionará de acuerdo a las siguientes normas:

1. El Aula de Convivencia podrá ser atendida por un profesor o profesora encargado de la misma, profesorado de guardia y, en su caso, un educador o educadora de Integración Social.

2. El coordinador o coordinadora del Aula de Convivencia será responsable de establecer las estrategias educativas pertinentes con el alumnado derivado a la misma, así como supervisar el libro de registro, protocolos de intervención, material educativo y documentación en general de la misma.

3. El profesorado de guardia destinado al Aula de Convivencia atenderá al alumnado derivado a la misma realizando las siguientes funciones:

• Recabar información sobre las circunstancias que han provocado la derivación.

• Realizar una primera valoración o diagnóstico de lo sucedido restableciendo la serenidad y el equilibrio emocional cuando este se ha roto por parte del alumno o alumna afectados.

• Reflexionar y realizar un análisis de lo ocurrido propiciando actitudes de autocontrol y autocrítica.

• Búsqueda de soluciones posibles, alternativas o planteamientos de reparación por iniciativa del propio alumno o alumna amonestados.

• Realización de actividades educativas en el tiempo de permanencia en el Aula de Convivencia.

• En su caso, comunicación de los cambios de actitud del alumnado al profesorado que ha promovido la derivación, al tutor o la tutora, a la Jefatura de Estudios o al Departamento de Orientación.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 56

• Cumplimentar el Protocolo de Intervención

• Realización de un seguimiento personal los casos abordados hasta su resolución positiva, siempre que sea posible y conveniente.

• Intervenir en la mediación de los conflictos que se generen entre el alumnado en el tiempo de la guardia.

4. Los procesos de intervención educativa del Aula de Convivencia se realizarán siempre en coordinación con el departamento de Orientación, la Jefatura de Estudios y, en su caso, el profesorado implicado en los mismos.

5. En el Aula de Convivencia podrá ser atendido alumnado que presenta conductas educativas contrarias a la convivencia o gravemente contrarias a la convivencia con el fin de normalizar sus procesos educativos de integración, normalización y socialización.

6. En ningún caso debe ser derivado al Aula de Convivencia alumnado que presenta conductas ocasionalmente leves o menos graves de carácter aislado o esporádico. Será el propio profesorado con su autoridad moral y competencia profesional quien resuelva estas situaciones.

7. El Aula de Convivencia funcionará, según disponibilidad horaria y de personal, en horario de clases y tiempos de recreo. Ocasionalmente podrá funcionar en horario de tarde cuando las posibilidades del centro lo permitan y las circunstancias lo demanden.

8. Las actuaciones del Aula de Convivencia deben reforzar la autoridad del equipo directivo y del profesorado en el marco de una educación en valores y desde intervenciones exclusivamente formativas.

9. Actividades a realizar por el alumnado derivado al Aula de Convivencia. El alumnado derivado al Aula de Convivencia podrá realizar, entre otras, las siguientes actividades de carácter educativo:

• Ejercicios escritos de reflexión sobre acciones que perturban la convivencia.

• Actividades de mediación.

• Fichas o ejercicios sistemáticos relacionados con programas de habilidades sociales y prácticas asertivas o de socialización.

• Actividades de normalización realizadas fuera del centro, debidamente autorizadas por el equipo directivo y el acompañamiento del educador de integración social.

• Actividades de reparación o compensación respecto a un daño hecho (orales, escritas, de carácter manual, mecánico, gráfico, etc.).

• Redacción de contratos o compromisos de mejora.

• Lecturas educativas.

• Realización de trabajos, informes o presentaciones relacionadas con temáticas formativas.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 57

• Utilización de las TICs desde la selección de contenidos educativos y uso de páginas webs relacionadas con valores humanos.

• Incorporación a actividades educativas de otros grupos que puedan redundar positivamente en el cambio de actitud de determinados alumnos o alumnas.

• Cuantas puedan determinar el equipo directivo o el departamento de Orientación.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 58

E) PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA

Educar para la convivencia supone promover la cultura de paz a través de la

difusión de valores y hábitos de convivencia democrática, poniendo el acento en la

participación, el diálogo y la corresponsabilidad entre los diferentes integrantes de la

comunidad educativa.

La promoción de la convivencia en los centros educativos debe ir dirigida a la

difusión de los valores, las habilidades sociales y las estrategias necesarias para facilitar

la convivencia y aprender a afrontar los conflictos de forma constructiva, minimizando sus

consecuencias negativas y evitando que se prolonguen en el tiempo.

Promover la convivencia supone, en definitiva, asumir las competencias social y

ciudadana y de autonomía e iniciativa personal como ejes fundamentales en todo el

proceso educativo.

A. PROPUESTAS PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

El contexto educativo desde un punto de vista sistémico, está condicionado por la interacción del colegio, la familia y la sociedad. Cuando surgen los problemas, se intenta buscar las causas y los culpables, lo que conduce a que cada uno de estos sistemas se defienda a sí mismo y tienda a descargar la culpa sobre el otro. De este modo, en el desarrollo de este proyecto se evitará cualquier tentación de culpabilizar y se enfocará la atención en la búsqueda de soluciones.

Diferentes factores que se extienden a los distintos ámbitos de la comunidad educativa han dado como resultado un importante descenso en los niveles de rendimiento escolar y de forma paralelamente inversa un aumento de problemas respecto a la convivencia escolar.

El objetivo prioritario es la mejora de la convivencia y, consecuentemente, la mejora académica del alumnado y de su grupo. Este proyecto tiene una clara orientación práctica, buscando mejorar las condiciones del centro.

El trabajo de mejora de convivencia por el que apostamos tiene una clara orientación práctica. Se trata no sólo de un cambio educativo, que a veces surge sin intencionalidad o como mera innovación, sino que es un cambio que implica a todo el centro en su conjunto.

En el desarrollo del proyecto que pretendemos se requiere la secuenciación de diversas etapas, aún sabiendo que estas etapas se solapan entre sí o incluso se repiten en varias ocasiones antes de que el ciclo se complete. Así, no podemos hablar de planificación del proceso como algo previo, sino que se convierte en una tarea continua.

De cualquier manera, estas etapas serían básicamente tres:

1. Fase de iniciación. Consiste en la decisión de iniciar los cambios y desarrollar un compromiso con el proceso. Se tendrá que realizar un diagnóstico del estado actual del Centro fijando los ámbitos de mejora y la planificación del proceso.

2. Fase de desarrollo. Las actividades principales son realizar planes de acción concretos, llevarlos a cabo y mantener el compromiso hacia el proyecto, comprobar periódicamente el progreso y superar los problemas.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 59

3. Fase de institucionalización. Se trata de conseguir que los cambios dejen de ser una novedad y se conviertan en la forma habitual de hacer las cosas en el centro. Esto no es algo que se produzca de forma automática, ya que en muchas ocasiones los cambios tienden a desaparecer después del entusiasmo inicial. Las principales actividades para culminar con éxito esta fase son asegurar que el cambio se incorpora a las estructuras, organización y recursos del centro; eliminar prácticas contradictorias, establecer vínculos permanentes con el currículum y con la enseñanza en el aula.

Nuestro centro no presenta graves problemas de convivencia pero entendemos que nos encontramos en el momento justo en que se debe actuar y fomentar la prevención para evitar que los problemas de convivencia que existen se hagan crónicos o se agraven.

Este hecho justifica la necesidad de poner en juego nuestra creatividad y

corresponsabilidad para atender la diversidad sin dañar la comprensividad y ejercer como herramienta de compensación educativa. Aportando nuestro esfuerzo en mejorar el centro escolar desde la práctica y la reflexión.

Además los objetivos generales que hemos desarrollado anteriormente pretendemos:

• Aprender a considerar la convivencia, no sólo como mera aplicación de medidas disciplinarias, sino como un fin educativo a trabajar. La convivencia es un objetivo formativo en sí mismo y fundamental en todo el proceso educativo.

• Potenciar la elaboración y revisión de normas de convivencia de aula y de centro con criterios comunes.

• Planificar y coordinar los procedimientos en asuntos disciplinarios.

• Apostar por las medidas de atención a la diversidad (modalidades, agrupamientos flexibles, grupos de apoyo…) como favorecedoras de un buen clima de convivencia.

Para trabajar en ello hemos establecido diferentes mecanismos de actuación, por un lado, aquellos que ya están puestos en práctica pero son mejorables y se pueden impulsar desde otras actuaciones complementarias y enriquecedoras y, por otro lado, mecanismos novedosos que no utilizamos pero creemos que podrían repercutir positivamente en la mejora del clima de convivencia del centro.

Dichos mecanismos son los siguientes:

• Grupo de Trabajo.

• Tutoría compartida.

• Escuela de padres y madres.

• Mediación escolar.

• Junta de delegados.

• Aula de Convivencia.

• Atención NEAE.

En el IES Virgen de la Cabeza no podemos hablar de convivencia escolar sin hablar de uno de las estrategias que creamos al respecto:

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 60

Grupo de trabajo de Convivencia. Después del aumento de sanciones que llegaban a Jefatura de Estudios consideramos oportuno la creación de dicho grupo con el fin de hacer partícipe al profesorado ya que contábamos con profesores interesados y sensibles a la problemática. Este grupo ha trabajado en la elaboración de normas de comportamiento y funcionamiento del centro, así como en la revisión del carné por puntos, un mecanismo utilizado para sancionar las conductas disruptivas y favorecer las positivas y puso en marcha la tutoría compartida, estrategia que desarrollaremos a continuación.

Dados los buenos resultados conseguidos, apostamos por la continuidad de este proyecto pero intentaremos institucionalizar su presencia en el centro, y utilizarlo para que las intervenciones también se hagan con las familias y las acerquemos a la vida de nuestro entorno escolar.

Hablar de Tutoría Compartida significa asumir el problema derivado del alumnado que presenta dificultades en la convivencia escolar como un problema comunitario en el que todos somos responsables, lo que concede a toda la comunidad educativa potestad para intervenir y participar en la carga tutorial, con el fin de reestructurar y mejorar las relaciones interpersonales derivadas de la diversidad del alumnado de nuestros centros. Por tanto, la Tutoría Compartida contempla la participación e implicación de las familias, de todo el profesorado, del resto del alumnado y de otros órganos e instituciones sociales que comparten las mismas finalidades que la comunidad educativa.

En nuestro centro esta iniciativa se pone en marcha durante el curso 2011/2012 como resultado de un grupo de trabajo creado para contribuir a paliar los problemas de conducta existentes.

El segundo tutor o tutora llega a ser una figura fundamental de la acción tutorial, imprescindible para el perfil de este alumnado, combinando roles de mediación, de conciliación, de aplicador de medidas disciplinarias, de persona adulta amiga y confidente, de representación familiar en el centro y de dinamizador de su integración escolar en el aula y en el centro. Los modelos de Tutoría Compartida tienen un marcado carácter preventivo, se trata de personalizar la acción tutorial con el alumnado, vinculando su seguimiento académico y personal a una persona que asume responsabilidades tutoriales individualizadas y que desarrolla estrategias de intervención pedagógicamente diseñadas y evaluadas.

Este cotutor o cotutora establece un vínculo afectivo con su tutorando durante el desarrollo del programa. Se pretende reconvertir la conducta del alumnado potenciando sus habilidades personales y adecuando su aprendizaje a sus niveles de progreso. La motivación y la valoración del aprendizaje, por parte de este alumnado, conseguirá mejorar el clima escolar.

Algunos de los objetivos de la Tutoría Compartida son:

• Abordar los problemas de conducta y comportamiento desde una perspectiva en la que prime más el proceso de gestión del conflicto que la aplicación de correcciones, disminuyendo así las conductas contrarias a las normas de convivencia.

• Lograr la co-implicación de toda la comunidad educativa en los casos derivados del alumnado con déficit de atención, aprendizaje o integración socio-afectiva.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 61

• Dar respuesta educativa al alumnado con actitudes de rechazo escolar, integrándolos en la dinámica docente normalizada.

• Concienciar de la necesidad de un trabajo cooperativo en el que todo “el alumnado es alumnado de todo el profesorado”, independientemente de su pertenencia o no al equipo docente o a su condición de tutor o tutora.

• Beneficiar al resto del alumnado en su marcha académica y su desarrollo socio-afectivo a través de la dinámica positiva que genere el proyecto.

• Descargar de tareas al tutor o tutora.

• Mejorar el clima del aula.

La creación de una Escuela de Padres y Madres pretende ser un cauce de participación a través del cual los padres y madres se impliquen en la labor que desarrollamos el profesorado en el centro. Además esta iniciativa quiere dar respuesta a la creciente demanda de información y formación de muchos padres y madres que se enfrentan a la difícil tarea de educar a sus hijos.

Con la puesta en marcha de una Escuela de Madres y Padres pretendemos:

• Fomentar la participación de las familias en asuntos del centro educativo.

• Mejorar las relaciones interpersonales familia-alumnado-profesorado.

• Crear un lugar de encuentro en el que padres, educadores y especialistas de muy diversos ámbitos intercambien información, clarifiquen dudas, expresen opiniones, etc.

• Crear una comunidad de Paz en la que se desarrollen valores universales y comportamientos y actitudes basados en la cultura de la No-Violencia (responsabilidad, tolerancia, respeto, solidaridad y justicia)

• Implicar a las familias en la Educación Pacificadora que estamos trabajando con sus hijos.( Desarrollar formas de pensamiento crítico ante la sociedad; reflexionar y asumir valores, normas y actitudes facilitadoras de la convivencia y capaces de dar respuesta a los problemas que se les plantean diariamente; reconocer y aceptar los valores que existen en la diversidad de los individuos, los sexos, los pueblos y las culturas (coeducación); y desarrollar la capacidad de comunicar, compartir y cooperar con los demás).

• Fortalecer vínculos estables con las instituciones del entorno, especialmente con el Ayuntamiento, a través de las Concejalías de Educación y Asuntos Sociales.

La mediación escolar supone un mecanismo novedoso para nuestro centro, pero lo consideramos fundamental ya que hace al mediador partícipe directo de la resolución de conflictos.

El diálogo es lo que subyace en el planteamiento de la mediación escolar como estrategia de actuación ante los conflictos escolares de convivencia. Consiste en la asistencia de una o varias terceras personas que ayudan a las partes a resolver sus diferencias de una forma productiva y positiva. Cabe señalar que la mediación, con todas las habilidades que conlleva (escucha activa, empatía, búsqueda de alternativas) es profundamente educativa. En todo caso, se seguirán estas pautas:

• En conflictos entre alumnos mediarán alumnos.

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• La participación es absolutamente voluntaria para ambas partes.

• Las partes pueden elegir a los mediadores, y en todo caso deben aceptarlos. Todo lo que se diga durante la sesión de mediación es absolutamente confidencial.

• La solución no la debe dar el equipo mediador, sino que debe salir de las partes. La labor del equipo mediador es fomentar la comunicación y ayudar al esclarecimiento de la situación por medio de escucha activa, de preguntas abiertas y de ordenación de los temas y los sentimientos en cuestión, así como promover la búsqueda de acuerdos.

No utilizaremos la mediación como un recurso para todos los conflictos. Sólo se promoverá en conflictos de convivencia entre iguales.

No podemos rechazar la concepción del conflicto como un espacio educativo. Éste es un hecho cotidiano de la vida y una oportunidad para aprender y no un obstáculo en la tarea educativa. Es importante detectar el conflicto, cómo se aborda, se trata y se soluciona. Es necesario encontrar una vía alternativa que favorezca la convivencia, por ello, optamos por una resolución cooperativa de los conflictos en los que el acuerdo y la negociación ocupan lugares prioritarios y los alumnos son responsables en el proceso de resolución.

La tarea principal será generar un grupo de alumnos mediadores que se formarán y actuarán al respecto cuando sea necesario. Para ello la educadora social trabajara con ellos su formación.

Por tanto, a través de la herramienta de mediación contribuiremos a:

• Formar un grupo de alumnos dentro de la institución escolar capaces de escuchar y orientar a otras personas, un grupo iniciado en técnicas de mediación y resolución de conflictos.

• Favorecer la autonomía de los estudiantes en la resolución participativa y cooperativa de conflictos.

• Favorecer la asunción de valores como compromiso personal, colaboración y responsabilidad solidaria.

Entre las acciones que tendremos que llevar a cabo destacamos las siguientes:

• Profundización en el conocimiento del clima escolar.

• Información a la comunidad educativa de esta actividad. Desarrollo de sesiones informativa.

• Convocatoria y selección de estudiantes mediante entrevistas, con la colaboración del Departamento de Orientación, Educadora Social, Coordinadora de Convivencia y Jefatura de Estudios.

• Preparación y desarrollo de formación para los alumnos seleccionados.

Asimismo el Equipo Directivo llevará a cabo observaciones directas sobre los participantes tanto para facilitar procesos como para establecer límites y directrices. También al profesorado del centro se le pedirá implicación y colaboración, e incluso la posibilidad de formación al respecto, para un mejor funcionamiento de esta experiencia.

En el IES Virgen de la Cabeza no contamos aún con una Junta de delegad@s. Precisamente consideramos que el impulso de ésta puede ayudarnos a acometer algunas de

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 63

nuestras iniciativas y convertirse en un instrumento de acción importante en la vida del centro.

Estará formada por cada uno de los delegados y delegadas de grupo y representarán al conjunto del alumnado. Podrán proponer al Consejo Escolar la adopción de medidas de mejora en la convivencia.

Este grupo de alumnos participará activamente en los mecanismos establecidos respecto a la convivencia, de los cuales venimos hablando en este apartado de nuestro proyecto, pero al mismo tiempo esta Junta de delegados y delegadas se convierte en estrategia de mejora de la convivencia.

Por último, tenemos que hablar de la relación que se establece entre la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y la mejora de la convivencia escolar. Nuestra pretensión en avanzar en planteamientos inclusivos en educación lo que conlleva la colaboración e implicación activa del profesorado y de la comunidad educativa en general.

B. OTRAS MEDIDAS PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA.

Entendemos la convivencia como meta y condición necesaria para el buen desarrollo del trabajo del alumnado y del profesorado, garantizándose que no se produzca segregación de los alumnos por razón de sus creencias, sexo, orientación sexual, etnia o situación económica y social. La convivencia engloba también la promoción de la igualdad efectiva entre alumnos y alumnas. La medidas preventivas deben anteceder a las medidas correctivas, en este sentido tiene un interesante papel el Aula de Convivencia donde se propicia la reflexión del alumnado ante sus actuaciones.

Actividades preventivas con el alumnado:

Las actuaciones con el alumnado se pueden desarrollar a través de:

• Actividades de tutoría lectiva desarrolladas por los tutores de grupo.

• Actividades y actitudes desarrolladas por el profesorado del Equipo Docente del grupo.

• Actividades realizadas por el Orientador.

• Actividades realizadas con la Jefatura de Estudios

• Actividades realizadas con el/la Coordinador/a de Convivencia.

• Actividades sobre el conocimiento del carné por puntos (pérdida y recuperación).

• Equipos de mediación como órgano de participación del alumnado, en la resolución de conflictos.

• Implicar a los padres en la formación moral y académica de sus hijos.

• Atención grupal de los tutores a las familias de los alumnos.

• Atención individualizada a las familias por parte del orientador.

• Proponer la suscripción de compromisos educativos y de convivencia a las familias de los alumnos y a los propios alumnos.

Principios de las medidas correctivas:

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 64

• Las correcciones que hayan de aplicarse por el incumplimiento de las normas de convivencia habrán de tener un carácter educativo y recuperador. Se procurará que el alumnado pueda recuperar puntos realizando algún trabajo académico o de ayuda a la comunidad educativa. Corresponde al profesor/a que ha impuesto la sanción la potestad de permitir o no la recuperación de puntos según las características de la falta.

• La imposición de las correcciones previstas respetará la proporcionalidad con la conducta del alumno o alumna y deberá contribuir a la mejora de su proceso educativo.

• La imposición de las correcciones deberá tener en cuenta la edad de los alumnos, así como sus circunstancias personales, familiares o sociales.

El agrupamiento del alumnado como prevención de las faltas contra la convivencia.

Para el fomento de la convivencia y la mejora de los rendimientos escolares, en nuestro Plan de Centro, se recoge (pág. 245):

“El orientador asesorará sobre la atención a los/as alumnos/as que sin estar

diagnosticados como alumnos/as con N.E.E. , precisen a lo largo de su proceso de

enseñanza-aprendizaje, la aplicación de medidas educativas que mejoren su rendimiento y

eviten el fracaso escolar.

Este tipo de medidas podrían ser:

• Utilización de diferentes tipos de agrupamientos. Desdobles, agrupamientos

flexibles, etc.

• Distribución homogénea de repetidores/as y alumnos/as que han promocionado

por imperativo legal.

• Distribución homogénea en un mismo grupo de alumnos/as que cursen diferentes

optativas, sobre todo en 1º y 2º de ESO, alumnos/as que cursen Francés,

Cambios Sociales, Tecnología Aplicada, Refuerzo de Lengua y Refuerzo de

Matemáticas”.

Por tanto, se favorecerá que no se configuren grupos claramente diferenciados en cuanto a su rendimiento escolar, procurando evitar que el alumnado que no promociona de curso se concentre sólo en algún o algunos grupos y que las materias de elección determinen este tipo de agrupamientos. Se procurará el reparto del alumnado con una misma optativa o con la misma opción respecto a las enseñanzas de religión en diversos grupos y posteriormente, como prioridades a la hora de definir los horarios, establecer las conexiones necesarias entre grupos diferentes en las horas que correspondan.

La atención a la diversidad

La atención a la diversidad se centrará en los siguientes temas:

• Agrupamiento del alumnado.

• Agrupamientos flexibles.

• Criterios de promoción y titulación.

• La optatividad.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 65

• Prevención del absentismo escolar.

• Refuerzo dentro o fuera del aula.

• Adaptaciones curriculares significativas o no significativas.

• Protocolos de detección de dificultades de aprendizaje.

• Apoyo educativo.

• Programa de Diversificación Curricular.

• PROA.

Especial atención a los alumnos de los primeros cursos de la ESO.

El alumnado de primer curso de ESO cuenta con diversas dificultades en su proceso formativo. Por una parte se ve sometido a un sistema de organización de centro distinta a la que estaba acostumbrado en sus colegios, sacado de su entorno conocido de amigos y profesores. Por otra, un aumento de materias, profesores y un aumento también de los niveles de exigencia de estudio, trabajo y atención. Todo ello en una edad de cambio y en un entorno de convivencia a veces complicado.

En esta edad se perfila ya una parte importante del fracaso escolar, por ello deberíamos plantearnos realizar cambios organizativos que contribuyan a mejorar esta situación.

Los cambios deben proceder del análisis y la reflexión colectiva, del compromiso del profesorado, abiertos a otros cambios fruto de la valoración de los resultados obtenidos, y muy flexibles. Es un trabajo colectivo que hay que hacer y que no debe ser definido por una sola persona, sino por el conjunto de los implicados.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 66

F) MEDIDAS PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS

Al abordar la convivencia en los centros educativos es importante prestar una

especial atención a las medidas para prevenir los conflictos. Junto a estas medidas deben

contemplarse diversas estrategias para detectar e intervenir adecuadamente ante los

conflictos y problemas de convivencia.

La prevención supone poner en marcha estrategias organizativas y actuaciones de

sensibilización que permitan anticiparnos a los problemas, reduciendo los riesgos y

permitiendo su detección precoz.

La intervención ante los conflictos debe tener un carácter fundamentalmente

educativo y recuperador, dando prioridad a medidas como la mediación que fomentan el

diálogo y los acuerdos, y evitando focalizar la atención en las correcciones o medidas

disciplinarias que, en su caso, pudieran aplicarse.

Como complemento a otra serie de medidas preventivas, una correcta labor del profesorado de guardia es esencial para prevenir problemas de convivencia en el Centro.

Serán obligaciones del profesor de guardia:

• Velar por el cumplimiento del normal desarrollo de las actividades docentes y no docentes.

• Velar por el normal desarrollo de las actividades en el tiempo de recreo, dedicando una mayor atención al alumnado de los primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria a fin de garantizar su integración en el instituto en las mejores condiciones posibles.

• Procurar el mantenimiento del orden en aquellos casos en que por ausencia del profesorado encargado de este cometido, sea necesario, así como atender a los alumnos y alumnas en sus aulas con funciones de estudio o trabajo personal asistido. Cuando esto ocurra, el profesorado de guardia deberá:

Permanecer con los alumnos en el aula asignada, siempre que ésta no tenga la consideración de aula específica.

Si el aula asignada al grupo es específica, deberá preferentemente permanecer con los alumnos en el aula del grupo o en la que determine la Jefatura de Estudios.

• Anotar en el parte correspondiente las incidencias que se hubieran producido, incluyendo las ausencias o retrasos del profesorado.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 67

• Auxiliar oportunamente a aquellos/as alumnos/as que sufran algún tipo de accidente, gestionando, en colaboración con el equipo directivo del centro, el correspondiente traslado a un centro sanitario en caso de necesidad y comunicarlo a la familia.

• Atender, en su caso, el Aula de Convivencia, de acuerdo con lo establecido en este Plan de Convivencia.

• Evitar que los alumnos/as permanezcan en los pasillos durante los cambios de clase.

• Colaborar con Jefatura de Estudios en el control y supervisión de las tareas o correcciones impuestas al alumnado.

• Notificar a las familias las ausencias de alumnos menores de edad, que se hayan ausentado del Centro sin permiso.

Los recreos son un tiempo de descanso que debe aprovecharse para la comunicación, el juego o reponer energías. En ocasiones son el lugar donde se producen o resuelven conflictos de forma traumática. Para encauzar positivamente estos conflictos que puedan surgir, el profesorado de guardia estará pendiente de su vigilancia. Durante el mismo no se realizarán juegos y actividades peligrosas o que puedan resultar molestas para los demás.

El alumnado durante los recreos, salvo autorización expresa, no podrá permanecer en las aulas ni pasillos, deberá trasladarse a los patios exteriores.

Se prohíbe la permanencia del alumnado en los servicios o aseos si no lleva la autorización correspondiente de algún profesor, o en los periodos de recreo, por el profesorado de guardia.

Apertura y cierre de las aulas.

Otra medida para mejorar la convivencia, así como prevenir hurtos o deterioros, es el control de apertura y cierre de las aulas. Para ello todas ellas están dotadas de una llave maestra, que disponen todos los profesores. A primera hora de la jornada lectiva, las clases estarán abiertas; se cerrarán en el recreo y siempre que el grupo se traslade a un aula específica. El responsable de cerrar las puertas es el profesor saliente; en caso de olvido, el alumno/a delegado/a de grupo se encargará de buscar al profesor de guardia para que la cierre.

Otras medidas para prevenir, mejorar, resolver, … conflictos, impregnan los diferentes capítulos de este Plan de Convivencia.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 68

G) MEDIACIÓN. FUNCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DEL ALUMNADO EN LA MEDIACIÓN

El Plan de Convivencia del centro incluirá el procedimiento general para derivar

un caso de conflicto hacia la mediación, estableciendo qué casos son derivables, quiénes

son los agentes que deben intervenir, a qué tipo de compromisos se puede llegar y el

procedimiento a seguir para su resolución y posterior seguimiento.

El recurso a la mediación en los centros educativos supone el compromiso de

propiciar la resolución pacífica de los conflictos a través del diálogo, facilitando la

comunicación entre las partes enfrentadas, equilibrando posibles desajustes de poder y

propiciando acuerdos o soluciones consensuadas por ambas partes.

Entre las funciones de los delegados y de las delegadas del alumnado se

contemplará la colaboración con el tutor o la tutora del grupo en la mediación para la

resolución pacífica de los conflictos que pudieran presentarse entre el alumnado.

Delegados y Delegadas de grupo..

Los Delegados/as de grupo son los responsables de mantener el orden en ausencia de profesores.

En todo momento, el Delegado/a de curso informará al tutor/a de posibles problemas en una clase o con determinado/s profesores.

El Delegado/a colaborará con el tutor/a y demás profesores/as en el mantenimiento de la convivencia en el grupo.

Desde el Departamento de Orientación, en coordinación con Jefatura de Estudios, se elaborarán las actuaciones encaminadas a potenciar la figura del delegado/a de grupo como mediador de conflictos y coordinador de la difusión de todas las medidas que mejoren la convivencia escolar.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 69

H) DELEGADOS Y DELEGADAS DE PADRES Y MADRES

La persona delegada de padres y madres es aquella elegida de entre las familias de

un grupo-aula con la finalidad de fomentar la implicación de las familias, haciéndolas

corresponsables del proceso educativo. Su responsabilidad es representar a las familias

velando por los intereses de sus hijas e hijos de manera colectiva, e implicarlas en la

mejora de la convivencia escolar y de los rendimientos educativos.

Esta figura responde a la necesidad de afrontar la educación como una

responsabilidad compartida que requiere del esfuerzo de todas las personas implicadas en

ella.

La comunicación entre familia y escuela favorece la construcción de una escuela

inclusiva, en la que la colaboración de todos los sectores de la comunidad educativa sea la

base sobre la que se construya una convivencia positiva.

La figura del delegado o la delegada de padres y madres se regula en la Orden de 20 de junio de 2011

Artículo 4. Contenidos del Plan de Convivencia.

h) Procedimiento de elección y funciones de los delegados o de las delegadas de los padres y madres del alumnado, de acuerdo con lo recogido en los artículos 9 y 10 de la presente Orden, entre las que se incluirá la de mediación en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa.

Artículo 9. Procedimiento de elección de los delegados y delegadas de padres y madres del alumnado.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.2 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, y en el artículo 22.2 del Reglamento Orgánico de las Escuelas Infantiles de Segundo Ciclo, de los Colegios de Educación Primaria, de los Colegios de Educación Infantil y Primaria y de los Centros Públicos Específicos de Educación Especial, el Plan de Convivencia contemplará la figura del delegado o delegada de los padres y madres del alumnado en cada uno de los grupos.

2. Las personas delegadas de padres y madres del alumnado en cada uno de los grupos serán elegidas para cada curso escolar por los propios padres, madres o

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 70

representantes legales del alumnado en la reunión que el profesorado que ejerza la tutoría debe realizar con las familias antes de finalizar el mes de noviembre, a la que se refiere el artículo 18.2. En la convocatoria de esta reunión deberá hacerse constar, como puntos del orden del día, la elección de delegado o delegada de padres y madres del alumnado, así como la información de las funciones que se les atribuye en la presente Orden y en el Plan de Convivencia del centro.

3. Las asociaciones de madres y padres del alumnado legalmente constituidas en el centro podrán colaborar con la dirección y con el profesorado que ejerce la tutoría en la difusión de la convocatoria a que se refiere el apartado anterior y en el impulso de la participación de este sector de la comunidad educativa en el proceso de elección de las personas delegadas de madres y padres del alumnado en cada uno de los grupos.

4. Las personas delegadas de los padres y las madres del alumnado en cada grupo se elegirán por mayoría simple mediante sufragio directo y secreto, de entre las madres y padres del alumnado de cada unidad escolar presentes en la reunión. Previamente a la elección, las madres y los padres interesados podrán dar a conocer y ofrecer su candidatura para esta elección. En este proceso, la segunda y tercera personas con mayor número de votos serán designadas como subdelegadas 1ª y 2ª, que sustituirán a la persona delegada en caso de ausencia o renuncia de la misma y podrán colaborar con ella en el desarrollo de sus funciones. En este proceso de elección se procurará contar con una representación equilibrada de hombres y mujeres.

Artículo 10. Funciones de las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo.

Las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo tendrán las siguientes funciones:

a. Representar a las madres y los padres del alumnado del grupo, recogiendo sus inquietudes, intereses y expectativas y dando traslado de los mismos al profesorado tutor.

b. Asesorar a las familias del alumnado del grupo en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.

c. Implicar a las familias en la mejora de la convivencia y de la actividad docente en el grupo y en el centro e impulsar su participación en las actividades que se organicen.

d. Fomentar y facilitar la comunicación de las madres y los padres del alumnado con el tutor o tutora del grupo y con el resto del profesorado que imparte docencia al mismo.

e. Facilitar la relación entre las familias del alumnado del grupo y el equipo directivo, la asociación de padres y madres del alumnado y los representantes de este sector en el Consejo Escolar.

f. Colaborar en el desarrollo de las actividades programadas por el centro para informar a las familias del alumnado del grupo y para estimular su participación en el proceso educativo de sus hijos e hijas, especialmente en las recogidas en los artículos 7 y 18.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 71

g. Mediar en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado del grupo o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa, de acuerdo con lo que, a tales efectos, disponga el Plan de Convivencia.

h. Colaborar en el establecimiento y seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia que se suscriban con las familias del alumnado del grupo.

i. Cualesquiera otras que les sean atribuidas en el Plan de Convivencia del centro.

Artículo 17. Juntas de delegados y delegadas de padres y madres del alumnado.

1. Con objeto de facilitar la participación de los padres y las madres del alumnado en los centros docentes, los reglamentos de organización y funcionamiento podrán contemplar nuevos cauces de participación de este sector de la comunidad educativa en la vida de los centros. A tales efectos, se podrán crear juntas de delegados y delegadas de padres y madres del alumnado.

2. Las juntas de delegados y delegadas de los padres y madres del alumnado estarán constituidas por las personas delegadas de madres y padres de la totalidad de los grupos del centro. Su finalidad será coordinar las demandas y actuaciones de sus componentes y dar traslado de sus propuestas al equipo directivo y a la comisión de convivencia, en los términos que se establezca en el reglamento de organización y funcionamiento.

En nuestro Centro, las funciones de los delegados y delegadas de padres y madres, se sintetizan en:

• Representar a los padres y madres de alumnos del grupo.

• Tener estrecha relación con el tutor/a y tener la información de la situación del grupo, problemas, carencias, falta de profesorado etc. que tenga el grupo.

• Ser intermediario entre el tutor/a y los padres/madres en los asuntos generales sobre cualquier información general, quejas, propuestas, proyectos etc..

• Colaborar con el tutor en la resolución de posibles conflictos en el grupo en los que estén involucradas alumnos/as y familias (faltas colectivas del alumnado, etc.), en la organización de de visitas culturales y, en su caso, en la gestión de contactos con organismos, instituciones, entidades, asociaciones o empresas de interés para desarrollar dichas actividades y salidas, conseguir ayudas o subvenciones, etc.

• Participar en el desarrollo de actividades curriculares, a petición del profesorado, que necesiten de la demostración de habilidades y/o aportaciones de experiencias personales o profesionales.

• Elaborar y dar información a los padres sobre temas educativos y aspectos relacionados con la vida y organización del Instituto (Actividades extraescolares, salidas, programas que se imparten, servicios, disciplina etc.).

• Animar a los padres y madres a participar en la Escuela de Padres como recurso que sirve para mejorar la atención a sus hijos en todos los aspectos.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 72

Funciones respecto a la mediación en la resolución pacífica de conflictos entre el alumnado o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa:

1. El tutor/a podrá requerir la participación del delegado de padres, o de algunos padres, en los procesos de mediación de los conflictos que afecten al curso de sus hijos. Para ello el tutor podrá convocar a los padres afectados cuando lo crea necesario.

2. Los delegados de padres y madres tendrán las siguientes funciones:

a. Ser colaboradores activos que favorezcan el buen funcionamiento del grupo y del centro en su conjunto.

b. Fomentar el respeto por las normas del centro.

c. Ser mediadores/as en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa.

d. Impulsar medidas que favorezcan la igualdad por razones de género.

e. Ser enlace entre familia y tutoría, el AMPA, la Junta de Delegados/as, los representantes de padres y madres en el Consejo Escolar o el Equipo directivo del centro.

f. Colaborar con el tutor/a.

g. Fomentar la tutoría de padres y madres.

h. Colaborar con el Equipo de Orientación.

i. Realizar un seguimiento de las sanciones.

j. Potenciar los compromisos de convivencia educativos.

k. Realizar un seguimiento del alumnado absentista, favoreciendo su incorporación al centro.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 73

I) NECESIDADES FORMATIVAS

A partir del diagnóstico realizado y de los objetivos, actuaciones y medidas que se

planteen, el equipo directivo del centro recogerá las demandas de formación en materia de

convivencia escolar de los distintos sectores de la comunidad educativa.

Especialmente se contemplarán las necesidades de formación en materia de

convivencia de los miembros de la comisión de convivencia, del equipo directivo, del

profesorado que ejerza la tutoría y de las personas que realicen en el centro funciones de

mediación para la resolución pacífica de los conflictos.

De las necesidades de formación que se determinen se dará traslado al

correspondiente centro del profesorado para su inclusión, en su caso, en el plan de

actuación del mismo.

Las necesidades formativas en materia de convivencia se recogen en la Orden de 20 de junio de 2011

Artículo 4. Contenidos del Plan de Convivencia.

i) La programación de las necesidades de formación de la comunidad educativa en

esta materia, según se dispone en el artículo 11.

Artículo 11. Necesidades de formación.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 i) el Plan de Convivencia incluirá

la programación de las actividades de formación de la comunidad educativa en

materia de convivencia escolar, de acuerdo con los objetivos, actuaciones y

medidas que se planteen.

2. En particular, se incluirán las necesidades de formación en esta materia de los

miembros de la comisión de convivencia, del equipo directivo, del profesorado que

ejerza la tutoría y de las personas que realicen en el centro funciones de mediación

para la resolución pacífica de los conflictos.

3. Las necesidades de formación del profesorado serán propuestas al Equipo

Directivo por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica o por el

Departamento de Formación, Evaluación e Innovación Educativa, según

corresponda de acuerdo con lo recogido en los Decretos 328/2010 y 327/2010,

ambos de 13 de julio. Por lo que se refiere a las necesidades de formación del

alumnado y de las familias podrán ser propuestas por la comisión de convivencia y

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 74

por las asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado legalmente

constituidas en el centro, así como por de delegados y delegadas del alumnado.

4. De las necesidades de formación que se determinen se dará traslado al

correspondiente centro del profesorado para su inclusión, en su caso, en el plan de

actuación del mismo.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 75

J) SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

Conocer de cerca la puesta en práctica del Plan de Convivencia permitirá detectar

los desajustes o dificultades y, con ello, poder corregirlos en el momento en que se

produzcan, garantizando así su correcto desarrollo.

Se deben establecer los cauces y las personas responsables de realizar el

seguimiento y la evaluación del Plan de Convivencia a fin de detectar posibles problemas

y proponer los ajustes necesarios.

Es importante la participación de toda la comunidad educativa en el seguimiento

de lo planificado, incrementando de este modo la implicación y el compromiso.

DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

Este Plan de Convivencia será materia obligada de análisis en las distintas tutorías, especialmente al principio de curso y en los grupos de 1º de ESO, con el fin de que el alumnado que está en el centro por primera vez tenga una visión clara de la normativa que regula la convivencia en el centro.

La Comisión de Convivencia dedicará una reunión trimestral al estudio y seguimiento de este Plan de Convivencia, con el objetivo de evaluar las actuaciones que se están llevando a cabo y aquellas previstas para mejorar los apartados susceptibles de mejora.

En todos los casos de maltrato, haya sido necesaria o no la intervención de agentes externos al centro educativo, el Equipo Directivo realizará un seguimiento de la situación y de las condiciones en que se encuentre el alumno o alumna afectado. Para ello, periódicamente realizará un análisis de la situación basándose en los indicadores que detectaron la situación, recabando la información que fuera necesaria. De volver a detectarse una situación de maltrato, volvería a iniciarse el proceso, siempre en este caso notificándolo a las autoridades competentes.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 76

K) COLABORACIÓN CON OTRAS ENTIDADES

Uno de los objetivos que se persiguen con el Plan de Convivencia en los centros

docentes es facilitar la cooperación con entidades e instituciones del entorno que

contribuyan a la construcción de comunidades educadoras.

La conexión del centro educativo con su entorno es un aspecto fundamental dentro

de un modelo de escuela capaz de adaptarse a las necesidades reales del alumnado y de

sus familias, poniendo en valor los recursos que el propio entorno puede ofrecer para

mejorar el proceso educativo.

La colaboración con entidades e instituciones del entorno debe quedar formalizada

a través de convenios de cooperación que sean coherentes con los objetivos educativos

establecidos en el Plan de Centro, concretando los objetivos, los agentes, los tiempos y los

mecanismos para revisar y evaluar esa colaboración.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 77

L) RECOGIDA DE INCIDENCIAS

El Decreto 285/2010, de 11 de mayo, por el que se regula la utilización del sistema

de información Séneca para la gestión del sistema educativo andaluz, establece en el

Artículo 13 que la inclusión en Séneca de la información referida al seguimiento de las

conductas contrarias a la convivencia escolar es obligatoria para todos los centros

sostenidos con fondos públicos.

Se establece un plazo máximo de treinta días hábiles para el registro de las

incidencias desde que éstas se producen.

El análisis de esta información servirá de base para las medidas de planificación

de recursos, asesoramiento, orientación, formación e intervención que correspondan a

cada centro.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 78

ANEXO

FICHA DE REFLEXIÓN I – AULA DE CONVIVENCIA

ALUMNO/A:

CURSO:

FECHA:

HORA:

Todas las personas cometemos errores. El problema no está en el error en sí

mismo, sino en las causas que lo provocan y en las actitudes negativas que traen como

consecuencia. Por tanto, para salir del error, tenemos que reflexionar, auto-observarnos y

conocer las causas que nos han llevado a tal actitud o acción.

Por favor, contesta con atención a las siguientes preguntas:

Cuenta lo que ha ocurrido:

¿Cuál ha sido la causa del incidente?:

¿Por qué has actuado así?:

Escribe cómo te sentiste. ¿Cómo te sientes ahora?

¿Cómo crees que se sintió el/la profesor/a?

¿Cómo crees que se han sentido tus compañeros/as?

¿Qué consecuencias ha tenido y puede tener este incidente?

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 79

¿Qué podrías haber hecho para evitarlo?

¿Qué puedes hacer ahora para resolver esta situación?

¿A qué te comprometes en el futuro?

¿Quieres añadir algo?

Fecha y firma: Marmolejo, a ….. de …………………. de ……….

Para cumplir con mi compromiso personal de ser mejor conmigo mismo y contribuir a la satisfacción de las personas que me rodean voy a realizar un diario de auto-observación durante una semana.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 80

FICHA DE REFLEXIÓN II – AULA DE CONVIVENCIA

ALUMNO/A:

CURSO:

FECHA:

HORA:

Una vez que has leído la ficha que rellenaste la última vez, contesta con atención a las siguientes preguntas:

Escribe tus compromisos de la Ficha I y la fecha de esa vez:

¿Crees que has cumplido tu compromiso?

De todo lo que te habías planteado, ¿qué ha salido mal? ¿Por qué lo has roto? (Señala la respuesta correcta):

□ Por olvido.

□ Por culpa de otras personas,

□ Otras razones que comento:

.¿Cómo te sientes después de haber roto el compromiso? Ten en cuenta que la próxima vez tendrás otro tipo de corrección que ya no será en el ”Aula de Convivencia”.

¿Qué estás dispuesto/a a hacer para que no vuelva a suceder?.

Ahora vas a hacer un nuevo compromiso con la intención de que sea respetado siempre. Una persona puede faltar a su palabra y contradecir un acuerdo una vez, pero no continuamente, más aún si tenemos en cuenta que el primer beneficiado o beneficiada eres tú. La próxima ocasión no podremos ayudarte en el “Aula de Convivencia”, puesto que esto demostraría que no sirve para corregir tu conducta y la dirección del Centro tendrá que imponerte una de otro tipo.

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Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 81

NUEVO COMPROMISO

Para mejorar mi actuación personal me comprometo a:

Fecha: Marmolejo, a ….. de ………………….. de ………….

Firma del alumno o de la alumna:

COMPROMISO PARA MEJORA DE LA CONVIVENCIA

Yo, ___________________________________ me comprometo a reparar el daño causado a __________________________________ (personas afectadas), por la falta de respeto a mi _________________________ (clase, compañero/a, profesor/a…

insultándole, pegándole, mintiéndole, gritándole, impidiendo el desarrollo de la clase...

Para ello voy a realizar las siguientes actividades (señalar):

□ Pedir disculpas.

□ Controlar mis ganas de……………………………

□ Arreglarlo, repararlo...

□ Otras (indica cuáles):

Con el compromiso de que no se volverá a repetir.

Fecha y firma: