PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2018-2020 · 2020-03-02 · 4 sostenible y eficiente, como por...

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TEXTO VIGENTE. Aprobado por Decreto de fecha 5 de junio de 2018 de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y modificado por Decreto nº 075 de 13 de febrero de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2018-2020

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TEXTO VIGENTE. Aprobado por Decreto de fecha 5 de junio de 2018 de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y modificado por Decreto nº 075 de 13 de febrero de

2020 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES

2018-2020

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ÍNDICE

1. Introducción. ............................................................................................................. 3

2. Ámbito subjetivo y temporal. ................................................................................... 4

3. Objetivos estratégicos. ............................................................................................. 5

4. Líneas de subvención. .............................................................................................. 5

4.1. Movilidad sostenible……………………………………………………………….5 4.2. Educación y sensibilización medioambiental………………………………….21 4.3. Regeneración urbana y eficiencia energética…………………………………27

5. Cumplimiento igualdad efectiva de mujeres y hombres…………………….……..32

6. Aprobación y publicidad. ....................................................................................... 33

7. Seguimiento, actualización y evaluación del Plan. ............................................... 33

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1. Introducción.

El marco normativo de los Planes Estratégicos de Subvenciones viene

constituido por el artículo 8 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, Ley General de

Subvenciones (LGS) donde se establece la obligación de cualquier Administración de

elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones por los órganos competentes en la

concesión de subvenciones y concretar en dicho Plan los objetivos y efectos pretendidos

por su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus

fuentes de financiación.

El citado artículo 8 LGS ha sido desarrollado por los artículos 10 a 15 del

Reglamento de la LGS, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, (en

adelante RGS), que tratan respectivamente de los principios rectores, ámbito, contenido,

competencia para su aprobación, seguimiento y efectos del incumplimiento de los

Planes estratégicos de subvenciones.

En el ámbito del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con los artículos 9 y 10 así

como la Disposición Transitoria segunda de la Ordenanza de Bases Reguladoras

Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus

Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 (en adelante OBRS), modificada por

Acuerdo de 31 de mayo de 2017 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, toda Área de

Gobierno que gestione subvenciones dispondrá de un plan estratégico en el que se

deberán incluir todas sus líneas de subvención, así como las de los organismos públicos

dependientes de las mismas.

Mediante Decreto de 30 de diciembre de 2014 del Delegado del Área de

Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y modificado por Decretos de 2 de noviembre

de 2015, de 11 de marzo de 2016 y de 16 de marzo de 2017 de la Delegada del Área de

Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad se aprobó el Plan estratégico de

subvenciones del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad para los ejercicios

2015-2017.

Las líneas de subvención contenidas en dicho Plan iban dirigidas

fundamentalmente, por un lado, a la protección del medio ambiente, contribuyendo a la

mejora de la calidad del aire, potenciando la utilización de combustibles limpios que

supongan ahorro de recursos naturales y, por otro, al fomento de una movilidad

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sostenible y eficiente, como por ejemplo, mediante el diseño y la gestión de programas

de educación ambiental.

El Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2018-2020 aprobado por

Decreto de 5 de junio de 2018, de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente

contenía dos líneas de subvención para contribuir a alcanzar el objetivo estratégico

fijado, que es la mejora de la calidad del aire de la ciudad de Madrid y la lucha contra el

cambio climático.

Para contribuir a la consecución de los objetivos fijados en el Plan de Calidad de

Aire y Cambio Climático, el Avance de la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental “Madrid

360”, presentado en septiembre de 2019, amplia las medidas del Plan A y contempla el

establecimiento de una línea de ayudas dirigidas a impulsar la renovación por vehículos

menos contaminantes de la flota de taxis, de autobuses de transporte discrecional y de

ruta, de vehículos de particulares y de carga y descarga, así como de instalación de

puntos de recarga eléctrica y la sustitución de instalaciones térmicas y de climatización

por tecnologías más eficientes y menos contaminantes en el municipio de Madrid.

Para dar cobertura a la citada estrategia se modifica el Plan Estratégico de

Subvenciones del Área de gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, al incorporar una

nueva línea de subvención denominada “Regeneración urbana y eficiencia energética” y

se establecen nuevas convocatorias en las líneas existentes.

2. Ámbito subjetivo y temporal.

Los órganos gestores de las líneas de subvención que incluye el presente plan

estratégico son:

- Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.

- Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental.

- Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes.

- Dirección General de Planificación e Infraestructuras de la Movilidad.

El Plan Estratégico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad tendrá

vigencia de tres años, para el periodo 2018-2020.

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3. Objetivos estratégicos.

El objetivo estratégico del Plan de Subvenciones del Área de Gobierno de Medio

Ambiente y Movilidad es el de contribuir a la mejora de la calidad del aire de la Ciudad

de Madrid y a la lucha contra el cambio climático.

Indicadores:

- Conseguir una reducción en el año 2030 superior al 40% de las emisiones totales

de GEI del municipio de Madrid respecto al año 1990.

- Cumplir el compromiso de reducción del 50% de las emisiones de GEI causadas

por la movilidad urbana en el 2030 con respecto al año 2012.

4. Líneas de subvención.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1: MOVILIDAD SOSTENIBLE Objetivo operativo: Apoyar el desarrollo del vehículo eléctrico y ECO. Indicadores Incremento del porcentaje de vehículos no contaminantes que circulan en la Ciudad de

Madrid y, en particular, aumento de la flota de taxis no contaminantes hasta alcanzar un

70% en ECO y un 0,20% en CERO EMISIONES.

En esta línea se incluyen las siguientes actuaciones:

A) Convocatoria para la adquisición de vehículos autotaxi con clasificación ambiental CERO emisiones y ECO.

B) Convocatoria para la adquisición de vehículos destinados a la renovación de vehículos particulares.

C) Convocatoria para la adquisición de vehículos para la renovación de la flota

de autobuses de transporte discrecional y regular de uso especial.

D) Convocatoria para la adquisición de vehículos destinados a la renovación de furgonetas y camiones ligeros (N1 y N2) que desarrollen la actividad de distribución urbana de mercancías en la ciudad de Madrid.

E) Convocatoria para la instalación de infraestructuras de recarga para

vehículos eléctricos.

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A) Convocatoria para la adquisición de vehículos autotaxi con clasificación ambiental CERO emisiones y ECO.

Objetivos y efectos:

En esencia, se pretende contribuir a la mejora de la calidad del aire y fomentar la

modernización del sector del taxi, potenciando la utilización de combustibles limpios que

supongan el ahorro de los recursos naturales escasos y promuevan la protección del

medio ambiente, así como la reducción en la emisión de gases contaminantes que

produce el parque circulante de vehículos de la ciudad.

Plazo necesario para su consecución: Convocatorias anuales en los ejercicios 2018,

2019 y 2020.

Costes previsibles y fuentes de financiación.

Las cantidades previstas para esta línea de subvención son:

Año 2018.- 799.938 euros

Año 2019.- 4.000.000 euros

Año 2020.- 3.000.000 euros.

No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera

de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el

2020, durante el ejercicio 2020, los créditos destinados a financiar, entre otras, las

ayudas para sufragar la renovación de la flota de taxis, podrán ser incrementadas,

estando previsto que la presente convocatoria pueda alcanzar los 5.000.000 de euros,

condicionado en todo caso a la existencia de crédito suficiente en el Presupuesto

General de Ayuntamiento de Madrid.

La fuente de financiación es municipal.

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Plan de Acción: La forma de concesión de esta subvención será la ordinaria, es decir,

mediante un procedimiento de concurrencia competitiva. Será compatible con otras

ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras

Administraciones o entes públicos.

El órgano gestor es la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la

Circulación. El mecanismo para poner en marcha la línea de subvención definida

anteriormente consiste en la aprobación de las bases reguladoras de la subvención, que

se concretará en la aprobación y publicación de la convocatoria pública correspondiente.

La financiación en los tres ejercicios en los que está prevista la convocatoria se

hará con cargo a la aplicación presupuestaria “Otras subvenciones a empresas

privadas”:

2018/001/097/133.01/779.99 para el año 2018

2019/001/097/133.01/779.99 para el año 2019

2020/001/150/133.01/779.99 para el año 2020

Sistemas de evaluación y seguimiento: Indicadores y metas:

INDICADOR 2018 Nº VEHÍCULOS

SUBVENCIONADOS

PORCENTAJE VEHÍCULOS SUBVENCIONADOS

RESPECTO AL TOTAL DE SUSTITUCIONES (*)

Vehículos Cero emisiones 5 0.23 %

Vehículos ECO. 1.300 61.90 %

TOTAL 1.305 62.13 %

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INDICADOR 2019 Nº VEHÍCULOS

SUBVENCIONADOS

PORCENTAJE VEHÍCULOS SUBVENCIONADOS

RESPECTO AL TOTAL DE SUSTITUCIONES (*)

Vehículos Cero emisiones 10 0.47 %

Vehículos ECO. 1.500 71.42 %

TOTAL 1.510 71.89 %

INDICADOR 2020 Nº VEHÍCULOS

SUBVENCIONADOS

PORCENTAJE VEHÍCULOS SUBVENCIONADOS

RESPECTO AL TOTAL DE SUSTITUCIONES (*)

Vehículos Cero emisiones 20 0.95 %

Vehículos ECO. 1.600 76.19 %

TOTAL 1.620 77.14 %

(*) Las cantidades indicadas se estiman para un total de 2.100 sustituciones en el

período subvencionable.

Resultados de la evaluación:

Durante los años 2016 y 2017 el sistema de evaluación realizado permitió obtener los

siguientes datos:

INDICADOR 2016 Nº VEHÍCULOS

SUBVENCIONADOS PORCENTAJE RESPECTO AL

TOTAL DE SUBVENCIONADOS

Subvención del tramo I 3 3%

Subvención del tramo II 270 97%

INDICADOR 2017 Nº VEHÍCULOS

SUBVENCIONADOS PORCENTAJE RESPECTO AL

TOTAL DE SUBVENCIONADOS

Vehículos eléctricos 4 0,41 %

Vehículos ECO, no diésel.

962 99,59 %

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Datos relativos a convocatorias de años anteriores:

Durante los últimos años el presupuesto destinado a subvenciones para facilitar el

cambio a vehículos de bajas emisiones y eléctricos ha aumentado de forma muy

importante. Así, si para el año 2015 se previó un presupuesto de 79.000 euros; en 2016

se dedicaron a esta finalidad 279.000 euros. En 2017 esta cifra ascendió hasta

1.500.000 euros.

El Decreto de 25 de mayo de 2017, de la Delegada del Área de Gobierno de

Medio Ambiente y Movilidad aprobó la convocatoria de subvención TAXI FREE 2017. Su

objeto era regular un procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión de

subvenciones, con la finalidad de financiar a los profesionales del taxi la adquisición de

vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi, estableciéndose dos

tramos de subvención:

Tramo 1

- Turismos con etiqueta Cero emisiones.

- Turismos Eurotaxi con etiqueta ECO, no propulsados por combustible diésel.

Tramo 2: Turismos con etiqueta ECO, no propulsados por combustible diésel.

- Datos cuantitativos:

Solicitantes 1007

Cumplen requisitos 968

Número de concesiones 966

B) Convocatoria para la adquisición de vehículos destinados a la renovación de vehículos particulares.

Objetivos y efectos: Se satisfacen los siguientes objetivos de naturaleza medioambiental:

1º) Favorecer el mejor cumplimiento de la Directiva 2008/50/CE, de 21 de mayo de

2008, relativa a la Calidad del Aire y a una Atmósfera más Limpia en Europa, la Ley

34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, así

como del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del

aire.

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2º) Contribuir a la mejora del medio ambiente urbano y de la salud y seguridad de los

ciudadanos y a la eficiencia de la economía gracias a un uso más racional de los

recursos naturales, promover la disminución del consumo de energía y la mejora de la

eficiencia energética y fomentar los medios de transporte de menor coste social,

económico, ambiental y energético, tanto para personas como para mercancías, en

cumplimiento de los objetivos de la política de movilidad sostenible establecidos en la

Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

3º) La actuación subvencional contribuye activamente a mejorar la sostenibilidad

ambiental de la movilidad urbana de la Ciudad de Madrid mediante la reducción de

emisiones de CO2 y la reducción de la temperatura del planeta, favoreciendo el

cumplimiento de los compromisos adoptados por el Reino de España en el Acuerdo

Internacional de París de diciembre de 2015 y en la reciente United Nations Change

Conference COP25 de Chile- Madrid de diciembre de 2019.

Plazo necesario para su consecución:

Convocatoria anual en el ejercicio 2020.

No obstante la consecución de los objetivos y efectos perseguidos por esta línea de

actuación subvencional exige la continuidad en el tiempo de diversas convocatorias de

subvenciones con idéntica finalidad, por lo que se prevé la inclusión de esta

convocatoria en el próximo “Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de

Medio Ambiente y Movilidad del periodo 2021-2023” con las cuantías anuales que en

cada caso se determinen.

Costes previsibles y fuentes de financiación:

Ejercicio 2020: 15.5000 euros.

La financiación es íntegramente municipal con cargo a la aplicación presupuestaria

001/150/172.11/789.00 “Otras transferencias de capital a familias” del Presupuesto

General del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2020, aprobado mediante Acuerdo

Plenario de 23 de diciembre de 2019.

No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera

de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el

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2020, durante el ejercicio 2020, los créditos destinados a financiar, entre otras, las

ayudas para sufragar la sustitución de vehículos privados podrán ser incrementadas,

estando previsto que la presente convocatoria pueda alcanzar los 25.000.000 de euros,

condicionado en todo caso a la existencia de crédito suficiente en el Presupuesto

General de Ayuntamiento de Madrid.

Plan de Acción:

La forma de concesión de esta subvención será la ordinaria, es decir, mediante

un procedimiento de concurrencia competitiva. Es compatible con otras subvenciones o

ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera

otra Administración Pública autonómica, nacional o comunitaria o de cualquier otra

ayuda otorgada por entes privados.

El mecanismo para iniciar esta actuación subvencional consiste en la aprobación

de las oportunas bases reguladoras de la subvención, que se concretará en la

aprobación y publicación de la convocatoria pública correspondiente.

El órgano gestor es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental.

Sistema de evaluación y seguimiento. Indicadores y metas.

Para llevar a cabo el seguimiento y consiguiente evaluación de esta subvención,

se establecerán una serie de indicadores relacionados con el objeto de la subvención,

que permiten conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el

cumplimiento de los objetivos.

Indicadores: 1. De actividad (concesiones frente a solicitudes):

Porcentaje de concesiones de ayudas frente a las solicitudes (Nº de solicitudes concedidas / Nº de solicitudes recibidas x 100).

2. De resultado (elementos sustituidos):

2.1. Nº de vehículos CERO Emisiones objeto de la ayuda matriculados y sujetos al IVTM en Madrid.

2.2. Nº de vehículos ECO objeto de la ayuda matriculados y sujetos al IVTM en Madrid.

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2.3. Nº de vehículos “C” objeto de la ayuda matriculados y sujetos al IVTM en Madrid.

Metas: La ponderación de cada indicador y la meta se determinará en el Plan

Estratégico en vigor. Para la ponderación de los indicadores de cada ámbito del

proyecto se considerará el importe de la ayuda de la Convocatoria anual.

1. De actividad (concesiones frente a solicitudes): 90% 2. De resultado (elementos sustituidos): Para la anualidad 2020:

1.000 vehículos CERO Emisiones.

2.000 vehículos ECO.

2.000 vehículos de clasificación ambiental “C”.

El Inventario de Emisiones de Contaminantes a la Atmosfera en el Municipio de Madrid

del año 2017, señala que el grupo de actividad denominado SNAP 07 “Transporte por

carretera” contribuye en un 47 % de las emisiones de NOx en el municipio de Madrid.

Por tal motivo una de las medidas contempladas en la Estrategia “Madrid 360” es

establecer una línea de subvenciones para contribuir a la modernización de las flotas de

vehículos, dada la gran diferencia de emisión de NOx entre las distintas categorías

según etiqueta de la DGT.

Los siguientes datos nos indican la relación entre la emisión de NOx para las diferentes

categorías:

Para vehículos turismo, la relación de los factores de emisión (gr/km) para el

municipio de Madrid es la siguiente:

Turismos Total

Municipio

Sin distintivo 0,705

B 0,453

C 0,098

ECO 0,015

CERO 0,000

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Por tanto, un vehículo de clasificación ambiental “A” (sin distintivo) emite de

media para el municipio de Madrid 1,6 veces más que un “B”, 7,2 veces más que un “C”

y 47 veces más que un ECO, y así sucesivamente.

Datos relativos a convocatorias de años actuales y resultados de la evaluación:

No existen convocatorias previas en años anteriores.

C) Convocatoria para la adquisición de vehículos para la renovación de la flota

de autobuses de transporte discrecional y regular de uso especial.

Objetivos y efectos:

Esta convocatoria tiene como objetivo impulsar una movilidad más eficiente y

sostenible en la ciudad de Madrid, promoviendo la renovación de la flota de autobuses

de transporte discrecional y de ruta.

Plazo necesario para su consecución:

La convocatoria de la subvención está prevista para el ejercicio 2020.

No obstante, la consecución de los objetivos y efectos perseguidos por esta línea

de actuación subvencional exige la continuidad en el tiempo de diversas convocatorias

de subvenciones con idéntica finalidad, por lo que se prevé la inclusión de esta

convocatoria en el próximo “Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de

Medio Ambiente y Movilidad del periodo 2021-2023” con las cuantías anuales que en

cada caso se determinen.

Costes previsibles y fuentes de financiación:

Ejercicio 2020: 2 millones de euros.

La fuente de financiación es municipal. La aplicación presupuestaria a la que se

imputará el gasto será la nº 001/150/172.11/779.99 “Otras subvenciones a empresas

privadas” del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2020.

No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera

de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el

2020, durante el ejercicio 2020, los créditos destinados a financiar, entre otras, las

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ayudas para sufragar la renovación de la flota de autobuses discrecionales y de ruta

podrán ser incrementadas, estando previsto que la presente convocatoria pueda

alcanzar los 5.000.000 de euros, condicionado en todo caso a la existencia de crédito

suficiente en el Presupuesto General de Ayuntamiento de Madrid.

Plan de Acción:

La forma de concesión de estas subvenciones será la ordinaria, es decir,

mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los requisitos que,

en su caso, se determinen.

El mecanismo para iniciar esta actuación subvencional consiste en la aprobación

de las oportunas bases reguladoras de la subvención, que se concretará en la

aprobación y publicación de la convocatoria pública correspondiente.

El órgano gestor de esta subvención es la Dirección General de Planificación e

Infraestructuras de la Movilidad.

Sistema de evaluación y seguimiento. Indicadores y metas

Para llevar a cabo el seguimiento y consiguiente evaluación de esta subvención,

se establecerán una serie de indicadores relacionados con el objeto de la subvención,

que permiten conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el

cumplimiento de los objetivos.

Indicadores de resultado:

- Nº de vehículos CERO Emisiones.

- Nº de vehículos ECO.

- Nº de vehículos “C”.

Metas:

- 5 vehículos CERO Emisiones.

- 25 vehículos ECO.

- 110 vehículos de clasificación ambiental “C”.

Al objeto de relacionar la mejora de la calidad del aire con las categorías de los

vehículos subvencionados, se aportan los siguientes datos que nos indican la relación

entre la emisión de NOx para las diferentes categorías:

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Para el caso de las flotas de transporte discrecional y regular de uso especial, vehículos

de más de 3,5 t los factores de emisión son:

Autobuses más de 3,5

tn

Total Municipio

Sin distintivo 3,578

B 1,684

C 0,085

Por tanto, un vehículo de más de 3,5 toneladas, de clasificación ambiental “A” (sin

distintivo) emite de media para el municipio de Madrid 2,1 veces más que un “B”, y 42

veces más que un “C” y así sucesivamente.

Datos relativos a convocatorias de años actuales: No existen convocatorias previas en años anteriores.

D) Convocatoria para la adquisición de vehículos destinados a la renovación de furgonetas y camiones ligeros (N1 yN2) que desarrollen la actividad de distribución urbana de mercancías en la ciudad de Madrid.

Objetivos y efectos: Se satisfacen los siguientes objetivos de naturaleza medioambiental:

1º) Favorecer el mejor cumplimiento de la Directiva 2008/50/CE, de 21 de mayo de

2008, relativa a la Calidad del Aire y a una Atmósfera más Limpia en Europa, la Ley

34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, así

como del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del

aire.

2º) Contribuir a la mejora del medio ambiente urbano y de la salud y seguridad de los

ciudadanos y a la eficiencia de la economía gracias a un uso más racional de los

recursos naturales, promover la disminución del consumo de energía y la mejora de la

eficiencia energética y fomentar los medios de transporte de menor coste social,

económico, ambiental y energético, tanto para personas como para mercancías, en

cumplimiento de los objetivos de la política de movilidad sostenible establecidos en la

Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

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3º La actuación subvencional contribuye activamente a mejorar la sostenibilidad

ambiental de la movilidad urbana de la Ciudad de Madrid mediante la reducción de

emisiones de CO2 y la reducción de la temperatura del planeta, favoreciendo el

cumplimiento de los compromisos adoptados por el Reino de España en el Acuerdo

Internacional de París de diciembre de 2015 y en la reciente United Nations Change

Conference COP25 de Chile- Madrid de diciembre de 2019.

Plazo necesario para su consecución:

Convocatoria anual en el ejercicio 2020.

No obstante la consecución de los objetivos y efectos perseguidos por esta línea

de actuación subvencional exige la continuidad en el tiempo de diversas convocatorias

de subvenciones con idéntica finalidad, por lo que se prevé la inclusión de esta

convocatoria en el próximo “Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de

Medio Ambiente y Movilidad del periodo 2021-2023” con las cuantías anuales que en

cada caso se determinen.

Costes previsibles y fuentes de financiación:

Ejercicio 2020: 4 millones de euros (4.000.000,00 €).

La financiación es íntegramente municipal con cargo a la aplicación

presupuestaria 001/150/172.11/789.00 “Otras transferencias de capital a familias” del

Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2020, aprobado mediante

Acuerdo Plenario de 23 de diciembre de 2019.

No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera

de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el

2020, durante el ejercicio 2020, los créditos destinados a financiar, entre otras, las

ayudas para sufragar la renovación de flota de vehículos de carga y descarga podrán

ser incrementadas, estando previsto que la presente convocatoria pueda alcanzar los

10.000.000 de euros, condicionado en todo caso a la existencia de crédito suficiente en

el Presupuesto General de Ayuntamiento de Madrid.

Plan de Acción:

La forma de concesión de esta subvención será la ordinaria, es decir, mediante un

procedimiento de concurrencia competitiva. Es compatible con otras subvenciones o

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ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera

otra Administración Pública autonómica, nacional o comunitaria o de cualquier otra

ayuda otorgada por entes privados.

El mecanismo para iniciar esta actuación subvencional consiste en la aprobación

de las oportunas bases reguladoras de la subvención, que se concretará en la

aprobación y publicación de la convocatoria pública correspondiente.

El órgano gestor es la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de la

Movilidad.

Sistema de evaluación y seguimiento. Indicadores y metas.

Para llevar a cabo el seguimiento y consiguiente evaluación de esta subvención,

se establecerán una serie de indicadores relacionados con el objeto de la subvención,

que permiten conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el

cumplimiento de los objetivos.

Indicadores

De resultado (elementos sustituidos): Nº de vehículos CERO Emisiones objeto de la ayuda matriculados. Nº de vehículos ECO objeto de la ayuda matriculados. Nº de vehículos “C” objeto de la ayuda matriculados

Metas: De resultado (elementos sustituidos): Para la anualidad 2020: 100 vehículos CERO Emisiones. 400 vehículos ECO. 400 vehículos de clasificación ambiental “C” En total se subvencionarían 900 vehículos para la distribución urbana de mercancías.

Al objeto de relacionar la mejora de la calidad del aire con las categorías de los

vehículos subvencionados, se aportan los siguientes datos que nos indican la relación

entre la emisión de NOx para las diferentes categorías:

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Para el caso de la Distribución Urbana de Mercancías (vehículos ligeros N1y pesados

N2), los factores de emisión son:

Ligeros N1 Total Municipio

Sin distintivo 1,010

B 0,719

C 0,238

ECO 0,117

CERO 0,000

Pesados N2 Total Municipio

Sin distintivo 3,578

B 1,684

C 0,085

Datos relativos a convocatorias de años actuales y resultados de la evaluación:

No existen convocatorias previas en años anteriores para esta actuación subvencional.

E) Convocatoria para la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos

Objetivos y efectos:

Apoyar el desarrollo del vehículo eléctrico que por su ausencia de emisiones

directas en su lugar de utilización debe jugar un papel protagonista en la

renovación del parque de vehículos de la ciudad y la reducción de emisiones del

tráfico rodado.

Promover el desarrollo de soluciones para la recarga que permitan impulsar de

manera definitiva la utilización de vehículos eléctricos.

Promover la instalación de puntos de recarga tanto para flotas urbanas como en

oficinas o en comunidades de propietarios.

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Plazo necesario para su consecución:

La convocatoria de la subvención para instalación de infraestructuras de recarga está

prevista para los ejercicios 2019 y 2020.

No obstante la consecución de los objetivos y efectos perseguidos por esta línea de

actuación subvencional exige la continuidad en el tiempo de diversas convocatorias de

subvenciones con idéntica finalidad, por lo que se prevé la inclusión de esta

convocatoria en el próximo “Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de

Medio Ambiente y Movilidad del periodo 2021-2023” con las cuantías anuales que en

cada caso se determinen.

Costes previsibles y fuentes de financiación:

Para la convocatoria 2019 se prevé una aplicación presupuestaria de 1.000.000

euros.

Para la convocatoria de 2020 se prevé una aplicación presupuestaria de 1.500.000

euros.

No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera de

las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el

2020, durante el ejercicio 2020, los créditos destinados a financiar, entre otras, las

ayudas para sufragar la instalación de infraestructuras de recarga podrán ser

incrementadas, estando previsto que la presente convocatoria pueda alcanzar los

3.700.000 de euros , condicionado en todo caso a la existencia de crédito suficiente en

el Presupuesto General de Ayuntamiento de Madrid.

La fuente de financiación es municipal.

Plan de Acción:

La forma de concesión de la subvención será mediante el procedimiento de

concurrencia competitiva conforme a los requisitos que en su caso se determinen.

El órgano gestor es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental.

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Los programas o partidas a las que se imputará el gasto público son con cargo a la

aplicación presupuestaria nº 001/150/172.11/789.00 “Otras transferencias de capital a

familias”

Sistemas de evaluación y seguimiento: Indicadores:

INDICADORES

Descripción del indicador

Tipo de indicador

Valoración Fuente de verificación

Fórmula de cálculo

Porcentaje de concesiones de ayudas frente a las solicitudes (Nº de solicitudes concedidas / Nº de solicitudes recibidas x 100).

De actividad

Expedientes de solicitudes recibidas y expedientes de concesión de ayudas

Informes de la Entidad colaboradora

Porcentaje

Características operativas de la instalación de infraestructura de recarga

De resultado

Nº puntos de recarga de instalados x potencia

Proyecto de instalación y comprobación directa in situ

Sumatorio

Metas: La ponderación de cada indicador y la meta se determinará en el Plan Estratégico en

vigor. Para la ponderación de los indicadores de cada ámbito del proyecto se

considerará el importe de la ayuda de la Convocatoria anual.

De actividad (concesiones frente a solicitudes): 95 %

De resultado (elementos instalados): 300 puntos de recarga

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LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2: EDUCACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN AMBIENTAL

Objetivo operativo: fomento del conocimiento y los valores sobre el medio ambiente,

mediante el diseño y la gestión de programas de educación ambiental.

Indicadores:

El mantenimiento de las actividades de los futuros congresos nacionales de

medioambiente, actuaciones para la protección, conservación y fomento de la

biodiversidad urbana, y la realización de estudios y seguimientos de aves en la ciudad

de Madrid.

En esta línea se incluyen las siguientes actuaciones:

A) Subvención nominativa para la organización y ejecución del Congreso

Nacional de Medio Ambiente (CONAMA).

B) Premios “Ahorro, Eficiencia Energética y Cambio Climático en centros

públicos educativos de Infantil y Primaria del Ayuntamiento de Madrid”.

C) Subvención nominativa a favor de la Sociedad Española de Ornitología (SEO

BirdLife).

A) Subvención nominativa para la organización y ejecución del Congreso Nacional de Medio Ambiente (CONAMA).

Objetivos y efectos: En el ámbito de la protección del medio ambiente se fija como

objetivo el fomento del conocimiento y los valores sobre medio ambiente, mediante el

diseño y la gestión de programas de educación ambiental.

En este sentido se promueve un foro de debate, estudio e intercambio de conocimiento

que analice la situación ambiental en España y fomente el desarrollo sostenible. Por lo

tanto, la línea de subvención es coincidente con los objetivos establecidos en el Área

que a continuación se detallan:

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Generar actuaciones para fomentar el conocimiento e intercambio de

experiencias en los temas medioambientales que favorezcan una mejor gestión

medioambiental de la ciudad.

Fomentar actividades formativas y de sensibilización medioambiental que se

traduzcan en las prácticas profesionales y estilos de vida de los ciudadanos.

Plazo necesario para su consecución: La convocatoria de la subvención está prevista

para el ejercicio 2020.

Costes previsibles y fuentes de financiación.

Subvención 2020: 41.000 euros

La fuente de financiación es municipal.

Plan de Acción: La forma de concesión de esta subvención será nominativa.

El órgano gestor es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental.

La financiación se incluirá en el capítulo 4 del Presupuesto General del

Ayuntamiento de Madrid, con cargo a la aplicación presupuestaria nº

001/150/172.11/489.01, “Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro”.

Sistemas de evaluación y seguimiento: Indicadores:

Anualmente se analizará el grado de cumplimiento de los objetivos a través de la

valoración de los indicadores previstos.

A) De actividad:

Nº grupos de trabajo/comités técnicos en torno a temas de sostenibilidad.

Nº de informes y diagnósticos o propuestas generados en los grupos de

trabajo.

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B) De resultado:

Nº de gobiernos locales participantes.

Nº de asistentes de gobiernos locales.

Nº de colaboradores técnicos en grupos de trabajo.

C) De impacto:

Número de noticias publicadas en medios de comunicación.

Número de visitas a la web de CONAMA.

Los indicadores de las actuaciones se cuantificarán con motivo de la primera

revisión anual del Plan Estratégico y se establecerán los valores concretos que

corresponden a cada indicador. Esta operación de cuantificación se realizará todos los

años de vigencia del Plan.

Datos relativos a convocatorias de años anteriores:

En años anteriores se ha apoyado esta línea de actuación a través de una

subvención nominativa a la Fundación CONAMA , institución responsable hasta ahora

de la organización del Congreso Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) y otros foros

similares, cuyo objetivo fundamental es el establecimiento de un foro de debate y

estudio que analiza cada dos años la situación ambiental en España y que potencia un

desarrollo sostenible, fomentando la participación, la cooperación y el intercambio de

experiencias entre profesionales que desarrollan su labor en los diferentes ámbitos de

actuación implicados.

Desde el 2004 y con carácter bianual el Ayuntamiento de Madrid ha establecido

convenios de colaboración y ha participado activamente en numerosas actividades de la

Fundación CONAMA, con el objetivo de apoyar iniciativas de formación, conocimiento y

análisis de los temas medioambientales urbanos ligados al desarrollo sostenible.

La última aportación económica se realizó en el año 2016 a través de una

subvención nominativa, con imputación a la partida presupuestaria

2016/G/001/097/172.11/489.01 y por un importe inicial y ejecutado de 25.000 €.

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B) Premios “Ahorro, Eficiencia Energética y Cambio Climático en centros públicos educativos de Infantil y Primaria del Ayuntamiento de Madrid”.

El objetivo de los premios es fomentar el ahorro y eficiencia energética en los

centros públicos educativos del Ayuntamiento de Madrid, que contribuye a alcanzar el

objetivo operativo de la línea en la que se incluyen.

Plazo necesario para su consecución:

La convocatoria de los premios está prevista para los ejercicios 2018 y 2019.

Publicación de las bases de la convocatoria en junio de 2018 y junio de 2019 y

concesión de los premios en junio del 2019 y en junio de 2020.

Costes previsibles y fuentes de financiación.

Premios 2019: 25.000 euros.

Premios 2020: 25.000 euros

La fuente de financiación es municipal, con cargo a la aplicación

001/150/172.11/482.03 “premios”, del Presupuesto General del Ayuntamiento de

Madrid para el 2020.

Indicadores PREMIOS eficiencia energética:

A) De actividad:

Nº de centros educativos concursantes.

Nª de centros educativos admitidos por cumplir las bases del concurso.

B) De resultado:

Euros ahorrados en consumo energético: gas y electricidad.

KW consumidos en relación con el año anterior.

Metros cúbicos de gas consumidos respecto del año anterior.

Metas: Ahorro de un 10% de la energía en cómputo medio en todos los centros

educativos participantes.

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C) Subvención nominativa a favor de la Sociedad Española de Ornitología (SEO BirdLife).

Objetivos y efectos:

Apoyar el desarrollo de acciones en favor de la conservación y fomento de la

biodiversidad urbana de la Ciudad de Madrid.

Contribuir a la creación de una conciencia social acerca de los problemas

ambientales e implicando a los ciudadanos en la protección de su entorno a

distintas escalas.

Fomentar una labor investigadora que comprende un programa de seguimiento

de las poblaciones de aves comunes en el municipio de Madrid y de la avifauna

existente en el tramo naturalizado del río Manzanares.

Celebración de jornadas de información y debate sobre especies exóticas

invasoras y control de cotorras en medios urbanos así como labores de

coordinación, seguimiento y difusión de las acciones efectuadas y de los

resultados obtenidos.

Plazo necesario para su consecución: la convocatoria de esta subvención está

prevista para el ejercicio 2018.

Costes previsibles y fuentes de financiación:

Subvención 2018: 55.500 euros

La fuente de financiación es municipal.

Plan de Acción: La forma de concesión de esta subvención será nominativa.

El órgano gestor es la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes.

Se imputará a la aplicación presupuestaria nº 001/097/171.02/779.99, “Otras

subvenciones a empresas privadas”.

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Sistemas de evaluación y seguimiento: Indicadores:

ACTIVIDADES ACCIONES INDICADORES DE

SEGUIMIENTO

ESTUDIO Y SEGUIMIENTO DE AVES EN MADRID

Programa de seguimiento de aves urbanas

- Adaptación de una aplicación para dispositivos móviles para que los ciudadanos y ciudadanas puedan registrar las aves que observan en cualquier lugar de Madrid - Creación de un espacio web del programa

- Campaña de difusión

- Cursos de formación para los voluntarios

- Informes de resultados

- Número de descargas de la aplicación

- Número de visitas al espacio web

- Número de participantes en los cursos de formación

- Número de voluntarios participantes en el programa de seguimiento

Programa de seguimiento de aves en el tramo naturalizado del río Manzanares

- Creación de un espacio web donde se expliquen los objetivos del trabajo a realizar, cómo realizarlo y cómo integrarse en la red de participación.

- Campaña de difusión

- Cursos de formación para los voluntarios

- Censos profesionales - Informe de resultados

- Número de visitas al espacio web

- Número de participantes en los cursos de formación - Número de voluntarios participantes en el programa de seguimiento

Actuaciones para la protección, conservación y fomento de la biodiversidad urbana

- Jornadas de información y debate sobre especies exóticas invasoras y control de cotorras en medios urbanos

- Número de participantes en cada una de las jornadas

- Impacto en medios de las comunicaciones sobre las jornadas

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Metas:

Actividad 1a. Programa de seguimiento de aves urbanas

- Número de visitas al espacio web: 1.000

- Número de participantes en los cursos de formación: 20

- Número de voluntarios participantes en el programa de seguimiento: 50

Actividad 1b. Seguimiento de aves en el tramo naturalizado del río Manzanares

- Número de visitas al espacio web: 500

- Número de participantes en los cursos de formación: 20

- Número de voluntarios participantes en el programa de seguimiento: 15 2.- Actuaciones para la protección, conservación y fomento de la biodiversidad urbana

- Número de participantes en la jornada de técnicos y científicos: 25

- Número de participantes en la jornada de público general y medios de comunicación: 40

Datos relativos a convocatorias de años anteriores: No existen convocatorias en

años anteriores.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3: REGENERACIÓN URBANA Y EFICIENCIA ENERGÉTICA.

Objetivo operativo: Impulsar la sustitución de instalaciones térmicas y de climatización

por tecnologías más eficientes y menos contaminantes.

Indicadores:

Establecer medidas dirigidas al ámbito de la transición energética del sector residencial

y comercial, en particular, la eliminación de las calderas de carbón en el año 2022 y la

reducción al 50% de las calderas de gasóleo en el año 2027.

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En esta línea se incluye la siguiente actuación: Convocatoria para la sustitución de instalaciones térmicas y de climatización por tecnologías más eficientes y menos contaminantes.

Objetivo y efectos:

1- Sustitución de calderas de carbón de más de 50 kW de potencia por sistemas

conectados a redes urbanas sin transporte de combustible en viviendas sitas en

el municipio de Madrid.

2- Sustitución de calderas de gasóleo de más de 50 kW de potencia por sistemas

conectados a redes urbanas sin transporte de combustible en viviendas,

establecimientos, oficinas, locales o empresas sitas en el municipio de Madrid.

3- Sustitución de sistemas de climatización poco eficientes y contaminantes por

sistemas cero emisiones (bomba calor) de alta eficiencia y sostenibilidad. Esta

línea está restringida para PYMES, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro

con domicilio social en el municipio de Madrid, al considerar que es en este tipo

de actividades económicas (restauración, pequeño comercio…etc.) donde el

impacto energético será más elevado.

Plazo necesario para su consecución: Convocatoria anual en el ejercicio 2020.

No obstante la consecución de los objetivos y efectos perseguidos por esta línea de

actuación subvencional exige la continuidad en el tiempo de diversas convocatorias de

subvenciones con idéntica finalidad, por lo que se prevé la inclusión de esta

convocatoria en el próximo “Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de

Medio Ambiente y Movilidad del periodo 2021-2023” con las cuantías anuales que en

cada caso se determinen.

Costes previsibles y fuentes de financiación: Ejercicio 2020: 12.500.000 euros

ANUALIDAD CERO

CARBÓN CALDERAS GASOLÉO

CLIMATIZACIÓN PYMES

TOTAL ANUALIDAD

2020 2.000.000 euros 8.500.000 euros 2.000.000 euros 12.500.000 euros

Page 29: PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2018-2020 · 2020-03-02 · 4 sostenible y eficiente, como por ejemplo, mediante el diseño y la gestión de programas de educación ambiental. El

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La fuente de financiación es municipal. La aplicación presupuestaria a la que se le

imputará este gasto público es 001/150/172.11/789.00 “Otras transferencias de capital a

familias”.

Plan de Acción: La forma de concesión de estas subvenciones será la ordinaria, es decir, mediante un

procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los requisitos que, en su caso,

se determinen. Se concretarán en la aprobación y publicación de las bases reguladoras

y de las convocatorias públicas anuales correspondientes

Serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad,

procedentes de otras Administraciones o entes públicos.

El órgano gestor es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental. Sistema de evaluación y seguimiento. Indicadores y metas INDICADORES

Ámbito del objetivo

Tipo de indicador

Descripción del Indicador Fuente de verificación

Fórmula del cálculo

"Cero Carbón"

De actividad

1 Porcentaje de concesiones de ayudas frente a las solicitudes (Nº de solicitudes concedidas / Nº de solicitudes recibidas x 100).

Expedientes de solicitudes recibidas y expedientes de concesión de ayudas

Porcentaje

De resultado

2 Nº de calderas de carbón de más de 50 kW de potencia sustituidas por sistemas conectados a redes urbanas sin transporte de combustible en viviendas.

Expedientes de concesión de ayudas

Sumatorio

"Salas de calderas de

gasóleo"

De actividad

3 Porcentaje de concesiones de ayudas frente a las solicitudes (Nº de solicitudes concedidas / Nº de solicitudes recibidas x 100).

Expedientes de solicitudes recibidas y expedientes de concesión de ayudas

Porcentaje

De resultado

4 Nº de calderas de gasóleo de más de 50 kW de potencia sustituidas por sistemas conectados a redes urbanas sin transporte de combustible en viviendas, establecimientos, oficinas, locales o empresas.

Expedientes de concesión de ayudas

Sumatorio

"Climatización eficiente y sostenible

para PYMES"

De actividad

5 Porcentaje de concesiones de ayudas frente a las solicitudes (Nº de solicitudes concedidas / Nº de solicitudes recibidas x 100).

Expedientes de solicitudes recibidas y expedientes de concesión de ayudas

Sumatorio

De resultado

6 Nº de sistemas de climatización poco eficientes y contaminantes de establecimientos de PYMES sustituidas por sistemas cero emisiones (bomba calor) de alta eficiencia y sostenibilidad.

Expedientes de concesión de ayudas

Sumatorio

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METAS: La ponderación de cada indicador y la meta se determinará en el Plan Estratégico en

vigor. Para la ponderación de los indicadores de cada ámbito del proyecto se

considerará el importe de la ayuda de la Convocatoria anual.

De actividad (concesiones frente a solicitudes):

Ámbito de “Cero carbón”: 95%

Ámbito de “Salas de calderas de gasóleo”: 95%

Ámbito de “Climatización eficiente y sostenible para PYMES”: 95%

De resultado (elementos sustituidos): Para la anualidad 2020:

Ámbito de “Cero carbón”: 80 calderas de carbón de más de 50 kW de potencia

sustituidas.

Ámbito de “Salas de calderas de gasóleo”: 340 calderas de gasóleo de más de

50 kW de potencia sustituidas.

Ámbito de “Climatización eficiente y sostenible para PYMES”: 1.000 sistemas de

climatización poco eficientes sustituidos.

Datos relativos a convocatorias de años actuales y resultados de la evaluación:

No existen convocatorias previas en años anteriores.

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Resumen líneas de subvención

Línea Actuaciones Coste

1. Movilidad Sostenible

A) Convocatoria en 2018, 2019 y 2020 de

subvenciones para la adquisición de vehículos

autotaxi con clasificación ambiental CERO

emisiones y ECO.

7.799.938 de euros

B) Convocatoria 2020 para la adquisición de

vehículos destinados a la renovación de vehículos

particulares.

15.500.000 euros

C) Convocatoria 2020 para la adquisición de

vehículos para la renovación de la flota de

autobuses de transporte discrecional y regular de

uso especial.

2.000.000 euros

D) Convocatoria 2020 para la adquisición de

vehículos destinados a renovación de furgonetas y

camiones ligeros de distribución urbana de

mercancías.

4.000.000 euros

E) Convocatoria 2019 y 2020 de subvenciones para

instalación de infraestructuras de recarga

2019: 1.000.000 euros

2020: 1.500.000 euros

2.Educación y

sensibilización

medioambiental

A) Subvención nominativa CONAMA para el 2020 41.000 euros

B) Premios “Ahorro, Eficiencia Energética y Cambio

Climático en centros públicos educativos de Infantil

y Primaria del Ayuntamiento de Madrid”. 2019 y

2020.

50.000 euros

C) Subvención nominativa para el 2018 a favor de

la Sociedad Española de Ornitología (SEO

BirdLife).

55.500 euros

3. Regeneración urbana

y eficiencia

energética.

Convocatoria 2020 para la sustitución de

instalaciones térmicas y de climatización por

tecnologías menos contaminantes.

12.500.000 euros

Page 32: PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2018-2020 · 2020-03-02 · 4 sostenible y eficiente, como por ejemplo, mediante el diseño y la gestión de programas de educación ambiental. El

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Los costes totales para las dos líneas de subvención ascienden a 855.438 euros

para el ejercicio 2018, existiendo en el Proyecto de Presupuestos para 2018,

actualmente en tramitación, importe suficiente para dar cobertura a los gastos previstos

en el Plan para el citado ejercicio.

Los costes totales de las líneas de subvención para el 2020 ascienden a la

cantidad de 38.566.000 euros, existiendo en el Presupuesto General del Ayuntamiento

de Madrid del ejercicio 2020, aprobado mediante Acuerdo Plenario de 23 de diciembre

de 2019, importe suficiente para dar cobertura a los gastos previstos en el Plan para el

citado ejercicio.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera de

las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el

2020, durante el ejercicio 2020, los créditos destinados a financiar las ayudas para

sufragar la instalación de puntos de recarga, la sustitución de vehículos privados por

otros con etiquetas O, ECO o C, de vehículos eléctricos, la renovación de la flota de

taxis, de vehículos de carga y descarga, autobuses discrecionales y de ruta, y la

renovación de calderas, podrán ser incrementados hasta una cuantía máxima de

61.200.000 euros, de acuerdo con lo dispuesto en la Estrategia Sostenibilidad

Ambiental Madrid 360, en el marco del cumplimiento de las obligaciones impuestas por

la Ley Orgánica 2/2010, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera.

5. Cumplimiento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

El apartado segundo del artículo 21 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,

para la igualdad efectiva de mujeres y hombres dispone que: “Las Entidades Locales

integrarán el derecho de igualdad en el ejercicio de sus competencias y colaborarán, a

tal efecto, con el resto de las Administraciones Públicas”.

Más concretamente el artículo 35 de dicho texto legal dispone que: “Las

Administraciones Públicas, en los planes estratégicos de subvenciones que adopten en

el ejercicio de sus competencias, determinarán los ámbitos en que, por razón de la

existencia de una situación de desigualdad de oportunidades entre hombres y mujeres,

las bases reguladoras de las correspondientes subvenciones puedan incluir la valoración

Page 33: PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2018-2020 · 2020-03-02 · 4 sostenible y eficiente, como por ejemplo, mediante el diseño y la gestión de programas de educación ambiental. El

33

de las actuaciones de efectiva consecución de la igualdad por parte de las entidades

solicitantes” y en su párrafo segundo continúa diciendo que “A estos efectos podrán

valorarse, entre otras, las medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar,

de responsabilidad social de la empresa, o la obtención del distintivo empresarial en

materia de igualdad regulado en el Capítulo IV del Título IV de la presente Ley”.

6. Aprobación y publicidad.

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de

Medio Ambiente y Movilidad, según lo establecido en el artículo 9.3 de la Ordenanza de

Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento

de Madrid, corresponde al titular del Área de Gobierno, previa emisión de informe por el

Área de gobierno competente en materia de Hacienda.

Según el artículo 6.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,

acceso a la información pública y buen gobierno, y el artículo 9 de la Ordenanza de

Transparencia de la Ciudad de Madrid de 27 de julio de 2016, el presente Plan

Estratégico junto con modificaciones y actualizaciones será objeto de publicación en el

Portal de Gobierno Abierto del Ayuntamiento de Madrid.

7. Seguimiento, actualización y evaluación del Plan.

Según establece el artículo 10.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras

Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid, cada

Área de Gobierno realizará anualmente la actualización de los planes y emitirá un

informe sobre su grado de ejecución, sus efectos y repercusiones presupuestarias.

El informe y propuesta del Plan actualizado se enviarán al área de gobierno

competente en materia de Hacienda, al objeto de que emita informe con carácter previo

a su aprobación.