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PLAN GENERAL DE TUÉJAR 4.1 INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

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PLAN GENERAL DE TUÉJAR

4.1 INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

  

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 1

Informe de Sostenibilidad Ambiental

del Plan General de Tuéjar (Valencia)

MEMORIA

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ÍNDICE

1.- ANTECEDENTES 7 1.1.- JUSTIFICACIÓN LEGAL, OBJETIVOS Y CONTENIDOS 7 1.2.- DOCUMENTO DE REFERENCIA 9 1.3.- ÁMBITO DE ESTUDIO 11 1.4.- NORMATIVA APLICABLE 12

1.4.1.- NORMATIVA EUROPEA 12 1.4.2.- NORMATIVA ESTATAL 13 1.4.3.- NORMATIVA AUTONÓMICA 13 1.4.4.- LEGISLACIÓN DE CARÁCTER SECTORIAL 13 1.4.5.- NORMATIVA URBANÍSTICA MUNICIPAL 16

2.- MEDIO FÍSICO, SOCIOECONÓMICO Y PLANEAMIENTO URBANÍSTICO ACTUAL 19 2.1.- MEDIO FÍSICO 19

2.1.1.- Climatología 19 2.1.1.1.- Marco climático general 19 2.1.1.2.- Valores climáticos 20

2.1.2.- Geología 27 2.1.2.1.- Tectónica 27 2.1.2.2.- Estratigrafía 27

2.1.3.- Litología 33 2.1.4.- Edafología 34

2.1.4.1.- Clasificación 34 2.1.4.2.- Capacidad agrológica del suelo 35

2.1.5.- Hidrología 37 2.1.5.1.- Hidrología superficial 37 2.1.5.2.- Dominio Público Hidráulico 38 2.1.5.3.- Plan de Acción Territorial de Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA) 39 2.1.5.4.- Hidrología subterránea 39 2.1.5.5.- Accesibilidad a los recursos hídricos 42

2.1.6.- Vegetación y flora 43 2.1.6.1.- Sectorización biogeográfica 43 2.1.6.2.- Vegetación potencial 44 2.1.6.3.- Vegetación actual 46 2.1.6.4.- Flora protegida 64

2.1.7.- Fauna 66 2.1.8.- Espacios naturales protegidos 71

2.1.8.1.- LIC del Alto Turia 71 2.1.8.2.- ZEPA del Alto Turia y Sierra del Negrete 73 2.1.8.3.- Microrreservas de flora El Picarcho y Riberas del río Tuéjar 75 2.1.8.4.- Paraje Natural Municipal Nacimiento del Río Tuéjar 77

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2.1.8.5.- Hábitats naturales de interés 78 2.1.8.6.- Montes de Utilidad Pública 88 2.1.8.7.- Vías pecuarias 89 2.1.8.8.- Patrimonio arqueológico, arquitectónico y etnológico 91 2.1.8.9.- Cuevas 92

2.1.9.- Paisaje 93 2.1.10.- Riesgos ambientales 93

2.1.10.1.- Riesgo de inundación 93 2.1.10.2.- Riesgo de contaminación de los acuíferos 95 2.1.10.3.- Riesgo de erosión 98 2.1.10.4.- Riesgo de inestabilidad de laderas 101 2.1.10.5.- Riesgo de incendio forestal 102 2.1.10.6.- Riesgo sísmico 103

2.2.- MEDIO SOCIOECONÓMICO 104 2.2.1.- Antecedentes históricos 104 2.2.2.- Demografía 110 2.2.3.- Sectores productivos 116

2.2.3.1.- Estructura económica 116 2.2.3.2.- Sector agrario 120 2.2.3.3.- Sector ganadero 122 2.2.3.4.- Sector industrial 122 2.2.3.5.- Sector de la construcción 124 2.2.3.6.- Sector servicios 126 2.2.3.7.- Usos del suelo 130 2.2.3.8.- Transportes 133

2.2.4.- Infraestructuras 133 2.2.4.1.- Carreteras 133 2.2.4.2.- Plan de Acción Territorial de carácter sectorial de Corredores de Infraestructuras (PATCI) 133 2.2.4.3.- Redes eléctricas 134 2.2.4.4.- Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana 134

2.2.5.- Datos socioeconómicos del municipio 135 2.2.5.1.- Datos del Instituto Valenciano de Estadística 135 2.2.5.2.- Datos del Anuari Estadístic i Comarcal de la Comunitat Valenciana 139

2.3.- PLANEAMIENTO URBANÍSTICO ACTUAL 167 2.3.1.- Instrumento de planeamiento vigente 167 2.3.2.- Objetivos 167 2.3.3.- Grado de desarrollo del planeamiento vigente 168

2.3.3.1.- En Suelo Urbano 168 2.3.3.2.- En Suelo Urbanizable 169 2.3.3.3.- En Suelo No Urbanizable 170

3.- ALTERNATIVAS ANALIZADAS 172 3.1.- ALTERNATIVA 0 172

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3.2.- ALTERNATIVA 1 183 3.3.- ALTERNATIVA 2 187 3.4.- ALTERNATIVA 3 187

4.- PLAN GENERAL PROPUESTO 192 4.1.- MODELO TERRITORIAL 192

4.1.1.- Elementos geográficos 192 4.1.2.- Vías de comunicación supramunicipales 194 4.1.3.- Aptitud de los terrenos que se proponen para la ocupación del territorio 194 4.1.4.- Preservación de los elementos con valores singulares 194

4.2.- CLASIFICACIÓN DEL SUELO 202 5.- OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL 203

5.1.- ÁMBITO INTERNACIONAL 203 5.2.- ÁMBITO EUROPEO 204 5.3.- ÁMBITO ESTATAL 204 5.4.- ÁMBITO AUTONÓMICO 204

6.- PROBABLES EFECTOS SIGNIFICATIVOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE 205 6.1.- EFECTOS AMBIENTALES SOBRE LA ATMÓSFERA 206 6.2.- EFECTOS AMBIENTALES SOBRE EL SUELO 210 6.3.- EFECTOS AMBIENTALES SOBRE LA HIDROLOGÍA 210 6.4.- EFECTOS AMBIENTALES SOBRE LA VEGETACIÓN Y LA FAUNA 211 6.5.- EFECTOS SOBRE EL PAISAJE 212 6.6.- EFECTOS SOBRE LA POBLACIÓN Y LA CALIDAD DE VIDA 212 6.7.- EFECTOS SOBRE EL PATRIMONIO CULTURAL 213

7.- MEDIDAS PREVENTIVAS 214 7.1.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE LA ATMÓSFERA 214

7.1.1.- Protección de la calidad atmosférica 214 7.1.2.- Medidas preventivas generales en la fase de obras 215

7.2.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE EL SUELO 217 7.2.1.- Utilización racional del suelo 217 7.2.2.- Medidas preventivas generales en la fase de obra 221

7.3.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE LOS RECURSOS HÍDRICOS 221 7.3.1.- Uso eficiente del agua 221 7.3.2.- Protección de la calidad del agua 222 7.3.3.- Protección de cauces y frente al riesgo de inundación 224 7.3.4.- Medidas preventivas generales en la fase de obras 225

7.4.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE LA VEGETACIÓN Y FAUNA 226 7.4.1.- La protección del medio natural 226 7.4.2.- Medidas preventivas generales en la fase de obras 229

7.5.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE EL PAISAJE 232

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7.5.1.- Protección y puesta en valor del paisaje 232 7.5.2.- Medidas preventivas generales en la fase de obras 235

7.6.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE LA POBLACIÓN Y LA CALIDAD DE VIDA 236 7.6.1.- Mejora del entorno urbano 236 7.6.2.- Fomento de la movilidad urbana sostenible 238 7.6.3.- Equipamientos y dotaciones públicas 239 7.6.4.- Acceso a la vivienda 241

7.7.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE EL PATRIMONIO CULTURAL 241 7.7.1.- Conservación y puesta en valor 241 7.7.2.- Revitalización del patrimonio rural 243 7.7.3.- Medidas preventivas generales en la fase de obras 244

7.8.- MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LOS DIFERENTES USOS 244 7.8.1.- Actividades industriales 244 7.8.2.- Actividades extractivas 245 7.8.3.- Actividades ganaderas 245 7.8.4.- Zonas residenciales 246 7.8.5.- Actividades turísticas 246

8.- PROGRAMA DE SEGUIMIENTO 247 8.1.- INTRODUCCIÓN 247 8.2.- INDICADORES AMBIENTALES 247

8.2.1.- Protección del medio natural 247 8.2.2.- Uso racional de los recursos naturales 248

8.2.2.1.- Suelo 248 8.2.2.2.- Recursos hídricos 249 8.2.2.3.- Recursos energéticos 250

8.2.3.- Prevención de riesgos naturales o inducidos 251 8.2.4.- Prevención de la contaminación 253 8.2.5.- Conservación y puesta en valor del patrimonio cultural 254 8.2.6.- Pervivencia del patrimonio rural 255 8.2.7.- Planificación sostenible de implantación de infraestructuras 256

8.3.- DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS PREVISTAS PARA EL SEGUIMIENTO 247 9.- RESUMEN NO TÉCNICO DE LA INFORMACIÓN 260 10.- INFORME DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA 261

10.1.- INTRODUCCIÓN 261 10.2.- VIABILIDAD ECONÓMICA DE LAS DETERMINACIONES RELATIVAS A LOS SUELOS

URBANIZABLES RESIDENCIALES, INDUSTRIALES Y RED PRIMARIA PREVISTA EN EL PLAN 261 10.3.- VIABILIDAD ECONÓMICA DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE LOS ESPACIOS DE ELEVADO

VALOR AMBIENTAL, PAISAJÍSTICO Y CULTURAL PREVISTOS EN EL PLAN 264 11.- CONCLUSIÓN 266

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EQUIPO REDACTOR:

Coordinador JUAN LUIS PERALES Aparejador

Redactores ENRIQUE SOLAZ RÓDENAS Ingeniero Agrónomo

JOSÉ LUIS CALABUIG ORTUÑO Arquitecto

Colaboradores NICOLAU VIVES RIERA Geógrafo

VICTOR CASAÑA LÓPEZ Técnico Ambiental

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1.- ANTECEDENTES

1.1.- JUSTIFICACIÓN LEGAL, OBJETIVOS Y CONTENIDOS El instrumento de planeamiento vigente en el Termino Municipal de Tuéjar (Valencia) son las Normas

Subsidiarias de Planeamiento aprobadas en 1989.

Dicha herramienta de planeamiento urbanístico, transcurridas más dos décadas desde su aprobación, resulta escasamente eficaz en relación a las perspectivas urbanísticas y ambientales actuales, debido a las condiciones que se detallan en el apartado 1.3 de la Memoria Informativa del Avance del Plan General (“Circunstancias y necesidades que motivan la revisión del planeamiento”), entre ellas la falta de adaptación a la nuevo marco legislativo, hecho que determina la necesidad de actualizar dicho instrumento y elaborar un Plan General coherente con las nuevas necesidades.

Con la entrada en vigor de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se da inicio un nuevo ciclo tanto en la tramitación de los planeamientos urbanísticos como en la metodología de evaluación a seguir, introduciendo un componente preventivo con carácter previo a la toma de decisiones final. En este sentido, y de acuerdo con el Art. 3 de la Ley 9/2006, serán objeto de Evaluación Ambiental los planes y programas, así como sus modificaciones, que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente y que cumplan los dos requisitos siguientes:

a) Que se elaboren o aprueben por una Administración pública.

b) Que su elaboración y aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Ministros o del Consejo de Gobierno de una comunidad autónoma.

Se entenderá que tienen efectos significativos sobre el medio ambiente aquellos planes y programas que tengan cabida en alguna de las siguientes categorías:

a) Los que establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental en las siguientes materias: agricultura, ganadería, silvicultura, acuicultura, pesca, energía, minería, industria, transporte, gestión de residuos, gestión de recursos hídricos, ocupación del dominio público marítimo terrestre, telecomunicaciones, turismo, ordenación del territorio urbano y rural, o del uso del suelo.

b) Los que requieran una evaluación conforme a la normativa reguladora de la Red Ecológica Europea Natura 2000, regulada en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y la fauna silvestres.

Considerando que el Plan General de Tuéjar se encuentra dentro de los supuestos previstos en la

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legislación, el Ayuntamiento de Tuéjar aprobó en Pleno de 4 de diciembre de 2008 el Documento Consultivo y lo remitió a continuación al órgano ambiental competente, la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, con el objetivo de que las distintas Administraciones y/u organizaciones consultadas pudieran completar o aportar sugerencias que debieran tenerse en cuenta a la hora de proponer un modelo territorial.

Desde el punto de vista de la documentación a elaborar, el proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) se traduce en un Documento Inicial (DI), a confeccionar por el órgano promotor del Plan, un Documento de Referencia (DR), a elaborar por el órgano ambiental competente, un Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), a elaborar por el órgano promotor del plan de acuerdo con las directrices marcadas por el órgano ambiental competente en el DR; y, por último, una Memoria Ambiental (MA) a redactar conjuntamente por el órgano promotor y el ambiental.

Seguidamente, se muestra un esquema donde se puede apreciar la estructura básica del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica.

Fuente: Elaboración propia a partir de la Ley 9/2006.

El Anexo I de la Ley 9/2006, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas, determina la información que deberá contener el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) y que deberá ser, como mínimo, la siguiente:

a) Un esbozo del contenido, objetivos principales del plan o programa y relaciones con otros planes y programas conexos.

b) Los aspectos relevantes de la situación actual del medio ambiente y su probable evolución en caso

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de no aplicar el plan o programa.

c) Las características ambientales de las zonas que puedan verse afectadas de manera significativa.

d) Cualquier problema ambiental existente que sea relevante para el plan o programa, incluyendo en concreto los relacionados con cualquier zona de particular importancia ambiental designada de conformidad con la legislación aplicable sobre espacios naturales y especies protegidas.

e) Los objetivos de protección ambiental fijados en los ámbitos internacional, comunitario o nacional que guarden relación con el plan o programa y la manera en que tales objetivos y cualquier aspecto ambiental se han tenido en cuenta durante su elaboración.

f) Los probables efectos significativos en el medio ambiente, incluidos aspectos como la biodiversidad, la población, la salud humana, la fauna, la flora, la tierra, el agua, el aire, los factores climáticos, los bienes materiales, el patrimonio cultural, incluido el patrimonio histórico, el paisaje y la interrelación entre estos factores.

g) Las medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, contrarrestar cualquier efecto significativo negativo en el medio ambiente por la aplicación del plan o programa.

h) Un resumen de las razones de la selección de las alternativas previstas y una descripción de la manera en que se realizó la evaluación, incluidas las dificultades (como deficiencias técnicas o falta de conocimientos y experiencia) que pudieran haberse encontrado a la hora de recabar la información requerida. La selección de las alternativas en caso de propuestas tecnológicas, incluirá un resumen del estado del arte de cada una y justificará los motivos de la elección respecto a las mejores técnicas disponibles en cada caso.

i) Una descripción de las medidas previstas para el seguimiento, de conformidad con el art. 15.

j) Un resumen no técnico de la información facilitada en virtud de los párrafos precedentes.

k) Un informe sobre la viabilidad económica de las alternativas y de las medidas dirigidas a prevenir, reducir o paliar los efectos negativos del plan o programa.

En el presente Informe de Sostenibilidad Ambiental del Avance del Plan General de Tuéjar se tendrán en cuenta todos estos aspectos con el fin de conseguir un elevado nivel de protección del medio ambiente y contribuir a la integración de los aspectos ambientales en el planeamiento urbanístico municipal.

1.2.- DOCUMENTO DE REFERENCIA En consonancia con el Documento Consultivo, aprobado por el Ayuntamiento de Tuéjar en Pleno de 4

de diciembre de 2008 y como consecuencia de que las consultas realizadas a las Administraciones públicas afectadas por parte la Dirección General del Medio Natural de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda aún no se han informado, el Ayuntamiento prosigue con el procedimiento debido a la

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necesidad de continuar su tramitación, aplicando el Documento Consultivo indicado como Documento de Referencia, conforme a la legislación vigente al respecto.

Las disposiciones y directrices contenidas en dicho Documento Consultivo se han tenido siempre presentes en la elaboración del actual documento, recogiéndolas y procurando dotar al territorio analizado de un marco ambiental, territorial y legal para su futura aplicación, en el contexto del Plan General de Tuéjar.

Se han tenido en cuenta cada uno de los criterios ambientales y principios de sostenibilidad aplicables al Avance del Plan General del municipio de Tuéjar que desde el Documento Consultivo se apuntan, conforme al grado de determinación y definición posible en cada uno de ellos, en función de la fase de tramitación del planeamiento en la que nos encontramos.

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1.3.- ÁMBITO DE ESTUDIO El ámbito de estudio del ISA será el Término Municipal de Tuéjar. En la imagen siguiente se puede

observar la situación geográfica del municipio Tuéjar, en el ámbito de la comarca de Los Serranos, dentro de la provincia de Valencia, en su extremo noroeste.

El Término Municipal de Tuéjar cuenta con una superficie total de 121,9 km². La población total es de 1.206 habitantes según datos del Instituto Nacional de Estadística (2012). La densidad demográfica resultante es de 9,9 hab/km².

Tuéjar limita con las localidades de Alpuente, Aras de los Olmos, Titaguas, Chelva, Benagéber, y Sinarcas todas ellas de la provincia de Valencia. También limita con Santa Cruz de Moya y Talayuelas, estos dos últimos pertenecientes a la provincia de Cuenca, de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

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1.4.- NORMATIVA APLICABLE A continuación, se muestra un listado de las principales referencias legislativas que afectan al Plan

General de Tuéjar, debiéndose tener en cuenta también sus modificaciones posteriores, así como otros cuerpos normativos relacionados.

1.4.1.- NORMATIVA EUROPEA Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las

repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. (DOCE nº L175 de 05/07/1985).

Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. (DOCE nº L073 de 14/03/1997).

Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. (DOCE L197/30 de 21/07/2001).

Directiva 2003/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por la que se establecen medidas para la participación del público en la elaboración de determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente y por la que se modifican, en lo que se refiere a la participación del público y el acceso a la justicia, las Directivas 85/337/CE y 96/61/CE del Consejo. (DOCE nº L156/17 de 25/06/2003).

Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres. (DOCE nº L103 de 25/04/1979).

Directiva 49/97/CE, de la Comisión, de 29 de julio, por la que se modifica la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, relativa a la conservación de las aves silvestres. (DOCE nº L223 de 13/08/1997).

Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. (DOCE nº L206 de 22/07/1992).

Directiva 97/62/CE del Consejo, de 27 de octubre de 1997, por la que se adapta al progreso científico y técnico la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de fauna y flora silvestres. (DOCE nº L305 de 08/11/1997).

Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales. (DOCE nº 143/56 de 30/04/2004).

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1.4.2.- NORMATIVA ESTATAL Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de

Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos.

Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental. (BOE nº 239 de 05/10/1988).

Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. (BOE 102 de 29/04/2006).

1.4.3.- NORMATIVA AUTONÓMICA Ley 2/1989, de 3 de marzo, de la Generalitat Valenciana de Impacto Ambiental. (DOGV 1021 de

08/03/1989).

Decreto 162/1990, de 15 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de Impacto Ambiental (DOGV 1412 de 30/10/1990).

Orden de 3 de enero de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda por la que se establece el contenido mínimo de los estudios de impacto ambiental que se hayan de tramitar ante esta Conselleria (DOGV 4922 de 12/01/2005).

Resolución de 18 de mayo de 2004, del director general de Gestión del Medio Natural, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, sobre delegación de competencias en las direcciones territoriales de Territorio y Vivienda (DOGV 4764 de 31/05/2004).

1.4.4.- LEGISLACIÓN DE CARÁCTER SECTORIAL Ley 11/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de Participación Ciudadana de la Comunitat

Valenciana (DOCV 5803 de 10/07/2008).

Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Forestal de la Comunitat Valenciana. (DOGV 2168 de 21/12/1993 y DOGV 2195 de 28/01/1994).

Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad Valenciana (DOGV 2520 de 01/06/1995).

Acuerdo de 15 de junio de 2007, del Consell, por el que se aprueba el Inventario Forestal de la Comunitat Valenciana (DOGV 5536 de 18/06/2007).

Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el pliego general

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de normas de seguridad en prevención de incendios forestales que se han de observar en la ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus alrededores. (DOGV 4678 de 27/01/2004).

Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. (BOE 71 de 24/03/1995).

Decreto 179/2004, de 24 de septiembre, del Consell de la Generalitat, de regulación del senderismo y deportes de montaña de forma compatible con la conservación del medio natural. (DOGV 4853 de 30/09/2004).

Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. (BOE 280 de 22/11/2003).

Resolución de 26 de abril de 1988, de la Dirección General de Producción Agraria, por la que se establecen normas para la señalización de las vías pecuarias. (DOGV 4993 de 26/04/2005).

Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. (DOGV 3267 de 18/06/1998).

Ley 7/2004, de 19 de octubre, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. (DOGV 4867 de 21/10/2004).

Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. (DOGV 5449 de 13/02/2007).

Orden de 31/07/1987, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula la concesión de autorizaciones para la realización de actividades arqueológicas en la Comunidad Valenciana. (DOGV 645 de 13/08/1987).

Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. (DOGV 4788 de 02/07/2004).

Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat, del Suelo No Urbanizable. (DOGV 4900 de 10/12/2004).

Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Urbanística Valenciana. (DOGV 5167 de 31/12/2005).

Decreto 67/2006, de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. (DOGV 5264 bis de 23/05/2006).

Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana. (DOGV 5325 de 16/08/2006).

Ley 27/2006, por la cual se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. (BOE nº 171 de 19/07/2006).

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Acuerdo de 28/01/2003, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba definitivamente el Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunitat Valenciana (PATRICOVA). (DOGV 4429 de 30/01/2003).

Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica. (DOGV 4394 de 09/12/2002).

Decreto 266/2004, de 3 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen normas de prevención y corrección de la contaminación acústica en relación con actividades, instalaciones, edificaciones, obras y servicio. (DOGV 4901 de 13/12/2004 y DOGV 4962 de 09/03/2005).

Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental. (BOE 301 de 17/12/2005).

Decreto 104/2006, de 14 de julio, del Consell, de planificación y gestión en materia de contaminación acústica. (DOGV 5305, de 18/07/2006).

Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de espacios naturales protegidos de la Comunidad Valenciana. (DOGV 2423, de 09/01/1995).

Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. (BOE 299 de 14/12/2007).

Real Decreto 1197/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. (BOE 310 de 28/12/1995).

Real Decreto 1193/1998, de 12 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre. (BOE 151 de 25 de junio de 1998).

Acuerdo del Gobierno Valenciano, de 10 de julio de 2001, por el que se aprueba la lista y delimitación de los Lugares de Interés Comunitario (LIC), como contribución a la constitución de la Red Natura 2000, para su remisión al Ministerio de Medio Ambiente, a los efectos de su propuesta a la Comisión Europea.

Orden de 20 de diciembre de 1985, de la Conselleria de Agricultura y Pesca, sobre protección de especies endémicas o amenazadas (DOGV 336 de 03/02/1986).

Decreto 218/1994, de 17 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se crea la figura de protección de especies silvestres denominada microrreserva vegetal (DOGV 2379 de 03/11/1994).

Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, regulador del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. (BOE 82 de 05/04/1990).

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Decreto 32/2004, de 27 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, y se establecen categorías y normas para su protección (DOGV 4705 de 04/03/2004).

Orden de 27 de noviembre de 2003, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se crea el Banco de Datos de Biodiversidad de la Comunitat Valenciana (DOGV 4656 de 23/12/2003).

Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunidad Valenciana (PATFOR), aprobado por Decreto 58/2013, de 3 de mayo, del Consell.

1.4.5.- NORMATIVA URBANÍSTICA MUNICIPAL El documento marco en materia de normativa urbanística municipal actualmente vigente son las

Normas Subsidiarias de Planeamiento de Tuéjar, aprobadas por la Comisión Territorial de Urbanismo (CTU) el 25 de abril de 1989 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Valencia el 8 de junio de 1989.

Sobre este documento se han realizado las siguientes modificaciones y documentos de desarrollo, como se analiza en el apartado 1.1 de la Memoria Informativa del Plan:

- Modificación de las Normas Subsidiarias: 10 modificaciones. Aprobada definitivamente por la CTU de fecha 31/01/1996, y publicada en el BOP de fecha 02/05/1996.

- Modificación de las Normas Subsidiarias nº 10. Aprobada definitivamente por la CTU de fecha 31/01/2001, y publicada en el DOGV de fecha 06/04/2001. Incluye planos de ordenación refundidos, recogiendo todas las modificaciones anteriores.

- Modificación de las Normas Subsidiarias nº 11: alineaciones en casco. Aprobada definitivamente por la CTU de fecha 02/02/2006, y publicada en el DOGV de fecha 03/04/2006.

- Modificación de las Normas Subsidiarias nº 12: reclasificación de suelo para centro de día para la tercera edad. Aprobada definitivamente por la CTU de fecha 12/05/2006, y publicada en el BOP de fecha 29/12/06 y en el DOCV de fecha 18/04/2007.

- Declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) del Acueducto de Peña Cortada, con la categoría de Monumento, mediante el Decreto 159/2004, de 3 de septiembre, del Consell de la Generalitat (publicado en el DOGV de 08/09/04).

- Declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) de la Iglesia de Nuestra Señora

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de los Ángeles, con la categoría de Monumento, por resolución de 31 de agosto de 2005, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, de la Consellería de Cultura, Educación y Deportes (publicado en el BOE de 27/09/05) y delimitación de su entorno de protección mediante Decreto de 24/10/2006 del Consell de la Generalitat (publicado en el DOGV de 28/12/2006).

- Declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) del Recinto Amurallado de Tuéjar, con la categoría de Monumento, por resolución de 9 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, de la Consellería de Cultura, Educación y Deportes, y delimitación de su entorno de protección mediante Decreto de 24/10/2006 del Consell de la Generalitat (publicado en el DOGV de 28/12/2006).

- Declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) del Castillo de Tuéjar, por resolución de 20 de diciembre de 2005, con la categoría de Monumento, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, de la Consellería de Cultura, Educación y Deportes, y delimitación de su entorno de protección mediante Decreto de 25/10/2006 del Consell de la Generalitat (publicado en el DOCV de 10/01/2007).

- Ordenanza de Bases Generales para la adjudicación de Programas de Actuación Integrada por gestión indirecta.

- Bases particulares reguladoras del PAI de las unidades de ejecución 1 y 2 de Suelo Urbano (publicado en el DOGV de 25/06/08).

- Programa de Actuación para las Unidades de Ejecución 1 y 2 de Suelo Urbano por gestión indirecta, presentado por Urbe Construcciones y Obras Públicas S.L. Aprobado por el Ayuntamiento de Tuéjar el 4-12-09.

- Plan Especial de reserva de suelo dotacional y ordenación de usos para Tanatorio, en la parcela 128 del polígono 8, promovido por el Ayuntamiento de Tuéjar. Aprobado definitivamente por la CTU de fecha 26/11/2010 y publicado en el BOP de 28/05/2011).

- Modificación de las Normas Subsidiarias nº 13: adecuación de los usos permitidos a los que vienen desarrollándose en la parcela de la Cooperativa Agrícola San Diego, en el ámbito de la avenida Ramón Villlanueva Moreno, nº 69 y calle San Juan, nº 46, 48, 50, 52 y 54. Aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Tuéjar el 29/03/2012 (publicado en el BOP de 16/02/2012).

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- Modificación de las Normas Subsidiarias nº 14: sobre cambio de uso de suelo dotacional equipamiento sanitario-asistencial-social a equipamiento docente-educativo. Aprobada definitivamente por la CTU de fecha 01/06/2012 (publicado en el BOP de 06/07/2012).

- Plan Especial de Protección y Declaración del Paraje Natural Municipal nacimiento del Río Tuéjar, promovido por el Ayuntamiento de Tuéjar. Aprobado definitivamente por el Consell de la Generalitat de fecha 20/09/2013 y publicado en el DOCV de 25/09/2013).

Se encuentran en trámite los siguientes documentos:

- Normas de Gestión de los Espacios Red Natura 2000: Alto Turia, Sabinar de Alpuente y Sierra Negrete, promovido por la Dirección General del Medio Natural. Presentado Documento Consultivo.

- Plan Especial de Reserva de suelo dotacional y Ordenación de usos en torno al Cementerio, promovido por el Ayuntamiento de Tuéjar.

- Modificación de las Normas Subsidiarias nº 1/2011: sobre construcción de un centro de educación infantil.

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2.- MEDIO FÍSICO, SOCIOECONÓMICO Y PLANEAMIENTO URBANÍSTICO ACTUAL

En este segundo gran apartado del ISA se van a desarrollar los aspectos relacionados con el entorno físico o ambiental, el medio socioeconómico y el planeamiento urbanístico del Término Municipal de Tuéjar, que suponen un condicionante al planeamiento urbanístico propuesto.

2.1.- MEDIO FÍSICO

2.1.1.- Climatología

2.1.1.1.- Marco climático general

El Término Municipal de Tuéjar, al igual que el resto de la Comunidad Valenciana, se encuadra en el dominio regional de clima mediterráneo occidental, caracterizado por tener inviernos moderados y veranos calurosos. Se caracteriza plenamente por la existencia de un periodo seco durante el verano.

Atendiendo al tipo de clima comarcal, según el Atlas Climático de la Comunidad Valenciana, Tuéjar pertenece a la tipología de “Climas de los Valles del Turia y Palancia” (PÉREZ CUEVA, A. J. 1994). La característica diferencial de estas comarcas respecto del resto es que su relieve se articula entorno a sierras individualizadas y valles abiertos de orientación ibérica. De Norte a Sur se disponen, paralelamente, la Sierra de Espadán, el valle del Palencia, el eje montañoso de Javalambre-Calderona, el valle del Turia y el conjunto de sierras que se extienden desde Sinarcas a Buñol.

Esta disposición del relieve tiene una importante trascendencia climática, tanto en las precipitaciones como en las temperaturas. Las primeras tienen una marcada influencia orográfica, no tanto porque los ejes montañosos sean sectores especialmente húmedos, sino porque los valles son bastantes secos. En ellos se produce un moderado efecto de sombra pluviométrica respecto a los flujos del NW, de origen atlántico, y sobretodo, respecto a los flujos del E y NE, de procedencia mediterránea. Este moderado efecto de sombra pluviométrica, junto con el hecho de que las tierras centrales valencianas no son particularmente lluviosas, llega a configurar sectores que rozan los rasgos semiáridos, como ocurre en la cubeta de Casinos.

Las temperaturas también están influidas por estas características del relieve. Por una parte, se observan notables contrastes, sobretodo en invierno, entre las tierras litorales y las elevadas tierras de interior, y por otro, la orientación de los valles es bastante favorable al encauzamiento de brisas, lo que modera algo las máximas estivales y disminuye la continentalidad.

Las heladas se producen debido a la influencia continental combinada con la elevada altitud media de la zona. La época con mayor presencia de heladas, cubre los meses de enero, febrero y diciembre principalmente.

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El término insolación hace referencia a las horas de sol, siendo la insolación efectiva o tiempo que permanece visible el disco solar a lo largo de un día, el parámetro que presenta una estrecha relación con la radiación solar. En el término municipal de Tuéjar, la cantidad anual de horas de Sol se encuentra en el rango de las 2600 horas.

Las brisas marinas penetran con cierta dificultad como consecuencia de determinados relieves transversales, que sin dejar de ser modestos, impiden su entrada. Sin embargo, en días normales de verano, la brisa acaba entrando hasta el final de ambos valles.

El efecto del relieve sobre los flujos de aire hace que la transición climática hacia el interior sea gradual, existiendo más contraste entre el clima de las sierras y el de los valles, a una misma distancia al mar.

2.1.1.2.- Valores climáticos

La caracterización climática del término municipal de Tuéjar exige, además del estudio contextual macroclimático, prestar atención a las peculiaridades climáticas del mismo.

La caracterización climática se ha realizado utilizando la información de los observatorios meteorológicos existentes en el Atlas Climático de la Comunidad Valenciana. Para la caracterización general, se han seleccionado dos estaciones, debido a que el observatorio de Tuéjar no recoge datos de temperaturas. Por tanto, se ha seleccionado como fuente para las temperaturas el observatorio del Embalse de Benagéber, mientras que los datos de precipitación se han tomado del observatorio de Tuéjar. En la tabla siguiente se ofrecen los principales datos de ambos observatorios:

Datos generales de los observatorios considerados

Observatorio Código AeMet Latitud Longitud Altitud

Embalse de Benagéber 8-388 39º 44´ N 01º 06´ W 461

Tuéjar 8-394 39º 46´ N 01º 02´ W 603

Fuente: Atlas Climático de la Comunidad Valenciana.

Según los observatorios mencionados, los datos de precipitación y de temperatura obtenidos son los siguientes:

Valores térmicos y pluviométricos medios mensuales

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Mes del año Temperatura media

mensual (ºC)

Pluviometría media

mensual (mm)

Enero 8,1 29,5

Febrero 8,7 37,6

Marzo 10,8 30,2

Abril 12,9 41,4

Mayo 16,9 48

Junio 21,2 33,1

Julio 24,8 12,3

Agosto 24,8 24,6

Septiembre 21,7 35,2

Octubre 16,4 54,5

Noviembre 11,4 55,8

Diciembre 8,4 39,3

ANUAL 15,5 441,6

Fuente: Atlas Climático de la Comunidad Valenciana.

Como se puede apreciar en la tabla anterior, la temperatura media anual de Tuéjar es de 15,5º C, mientras que la precipitación media anual es de 441,6 mm.

Se ha calculado el diagrama ombrotérmico correspondiente a los datos anteriores, representándose la temperatura y precipitación media mensual. En estos climodiagramas la escala de precipitaciones siempre es el doble que la de temperaturas, para de esta manera observar si hay un periodo de aridez, ya que en base al índice de Gaussen, la aridez se define P = 2T.

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Diagrama de Gaussen para Tuéjar

0

5

10

15

20

25

30

Enero

Febrer

oMarz

oAbri

lMay

oJu

nio Julio

Agosto

Septie

mbre

Octubre

Noviembre

Diciem

bre

Meses del año

Tem

pera

tura

s (ºC

)

0

10

20

30

40

50

60

Pre

cipi

taci

ones

(mm

)

Temperatura media mensual (ºC) Pluviometría media mensual (mm)

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del Atlas Climático de la Comunidad Valenciana.

A partir de los climodiagramas se observa que existe un periodo de sequía, desde junio hasta septiembre, donde las barras de las precipitaciones se sitúan por debajo de las líneas de la temperatura, marcando la aridez propia del clima mediterráneo.

2.1.1.2.1.- Vientos

El viento está estrechamente asociado a las diferencias de presión existentes entre distintas zonas. Aunque hay que considerarlo tanto en el plano vertical como horizontal, las velocidades horizontales son casi siempre muy superiores a las verticales.

El viento constituye una magnitud vectorial definida por su dirección y velocidad. La primera se expresa por el punto de procedencia y, generalmente se distinguen las direcciones fundamentales de la rosa de los vientos. La velocidad, por su parte, puede expresarse de varias formas como nudos y kilómetros por hora.

Las intensidades medias del viento son en general débiles, ya que no suelen sobrepasar los 15-20 km/h. Las máximas velocidades medias se producen en invierno, con cierto desplazamiento hacia la primavera, siendo los vientos de componente oeste los más fuertes.

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Para el estudio de la distribución del viento en la zona, se dispone de los datos proporcionados por el Mapa Eólico Nacional, 1994. Puesto que Tuéjar no dispone de estación de medida propia, se han tomado los datos aportados por dos observatorios, que a pesar de su distancia, nos sirven para caracterizar el municipio.

OBSERVATORIO LATITUD LONGITUD ALTITUD

Pantano de la Forata 39º 20´ 20´´ N 00º 52´ 06´´ W 320

Aeropuerto de Manises 39º 30´ 00´´ N 00º 28´ 00´´ W 62

El observatorio del Pantano de la Forata, se ubica en un pequeño cerro a unos 300 metros aguas arriba del embalse de Loriguilla. Por las alturas próximas, la dirección privilegiada del viento será la NW-SE. La estación se encuentra cercana a edificios destinados al mantenimiento del embalse.

Por su parte, la estación del aeropuerto de Valencia se encuentra en un terreno llano y despejado, alzándose una serie de montes no muy altos a una distancia de 4-6 Km.

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PANTANO DE FORATA

ACUMULADO % HORAS VELOCIDAD MEDIA (NUDOS)

FACTOR DE POTENCIA

POTENCIA MEDIA (W/m2)

Enero 36,1 6,0 2,17 38

Febrero

Marzo 31,7 5,4 2,59 33

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto 47,7 4,4 5,53 38

Septiembre 85,5 2,4 5,63 6

Octubre 73,8 4,1 7,43 44

Noviembre 40,6 1,4 13,49 3

Diciembre 63,3 4,7 3,25 28

Primavera 31,7 5,4 2,59 33

Verano 47,7 4,4 5,53 38

Otoño 68,6 3,2 9,70 26

Invierno 54,3 5,0 2,95 31

TOTAL 56,3 4,0 5,46 30

Fuente: Mapa Eólico Nacional, 1994.

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AEROPUERTO DE MANISES

ACUMULADO % HORAS VELOCIDAD MEDIA (NUDOS)

FACTOR DE POTENCIA

POTENCIA MEDIA (W/m2)

Enero 31,8 7,2 6,39 196

Febrero 31,8 7,6 5,70 211

Marzo 32,1 7,4 5,27 177

Abril 32,0 7,1 4,81 144

Mayo 31,8 6,3 5,31 112

Junio 32,1 5,8 4,88 77

Julio 32,0 5,6 4,11 61

Agosto 32,1 5,4 4,47 58

Septiembre 32,0 4,9 4,85 49

Octubre 32,2 6,0 6,06 110

Noviembre 31,8 6,0 6,37 115

Diciembre 32,0 7,2 7,05 221

Primavera 32,0 6,9 5,18 144

Verano 32,1 5,6 4,50 65

Otoño 32,0 5,7 6,06 91

Invierno 31,9 7,3 6,38 209

TOTAL 32,0 6,4 5,89 127

Fuente: Mapa Eólico Nacional, 1994.

% HORAS: es el porcentaje total mensual de horas de funcionamiento de la estación. Su valor da una estimación de la fiabilidad o representatividad de los resultados.

VELOCIDAD MEDIA: Velocidad media mensual, en nudos.

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FACTOR DE POTENCIA: Potencia eólica aprovechable.

POTENCIA MEDIA: Calculada a partir del factor de potencia, expresada en watios/m2.

2.1.1.2.2.- Plan Eólico de la Comunidad Valenciana

El Plan Eólico de la Comunidad Valenciana, fue aprobado en fecha 26 de julio de 2001 (desarrollo y Ejecución del Plan Eólico, aprobado el 25 de febrero de 2003). El término de Tuéjar se ve afectado por este Plan, al incluirse una porción de la superficie al noreste del municipio en la zona 8 del Plan Eólico, tal y como se puede apreciar en la siguiente imagen.

Detalle del Plan Eólico de la Comunidad Valenciana

Fuente: Agencia Valenciana de la Energía (AVEN).

El Plan Eólico de la Comunidad Valenciana tiene la naturaleza de plan de acción territorial de carácter sectorial. El Acuerdo de 26 de julio de 2001, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan Eólico de la Comunidad Valenciana, presenta una serie de condicionamientos urbanísticos para la implantación de instalaciones eólicas:

• Los parques eólicos podrán implantarse, exclusivamente, sobre suelo clasificado como no urbanizable (indistintamente si es en régimen común o protegido), o bien sobre suelo urbanizable o urbano, siempre que éste se encuentre calificado como uso industrial.

• La distancia mínima a la que deberán encontrarse los parques eólicos de cualquier espacio

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clasificado como suelo urbano o urbanizable, según el planeamiento urbanístico municipal vigente en la fecha de aprobación del Plan Eólico de la Comunidad Valenciana es de 1.000 metros, no estableciéndose ninguna distancia mínima en caso de uso exclusivamente industrial.

• Cualquier suelo que se clasifique como urbano o urbanizable y su uso vaya a ser distinto del industrial con posterioridad a la aprobación de un parque eólico, deberá mantener una distancia mínima de 1.000 metros.

La propuesta de desarrollo de esta zona para aprovechamiento eólico está aprobada y ejecutada, no afectando a Tuéjar. El desarrollo de nuevos parques eólicos en la zona apta estaría sujeto a la correspondiente tramitación de Plan Especial, de acuerdo a lo previsto en el Plan Eólico. Para las instalaciones eólicas distintas a los parques eólicos, no incluidas en el Plan Eólico, se aplicará lo indicado en el Art. 24 de la LSNU, sobre generación de energía renovable entre otros temas.

2.1.2.- Geología El término municipal de Tuéjar queda encuadrado dentro de las Hojas Geológicas nº 637 “Landete”, nº

638 “Alpuente”, nº 665 “Mira”, y nº 666 “Chelva”, a escala 1:50.000 de acuerdo con la Memoria del Mapa Geológico de España (IGME).

2.1.2.1.- Tectónica

El área sobre la que se asienta el término municipal de Tuéjar está enclavada en la parte suroriental de la Cordillera Ibérica, cuyas directrices NO-SE predominan en los elementos estructurales de la zona.

El área está cubierta por sedimentos paleozoicos (un pequeño afloramiento en el núcleo anticlinal principal), triásicos en facies germánica (Keuper, Muschelkaki y Buntsandstein), y jurásicos y cretácicos, ambos carbonatados y con los dos episodios detríticos del Weald y de Utrillas. El Terciario y Cuaternario están escasamente representados.

La disposición tectónica de estas formaciones resulta extremadamente compleja por la presencia de una estructuración violenta de directrices ibéricas (NO-SE) con pliegues volcados y fallas cabalgantes con vergencia al SO. Por efecto de los fenómenos de distensión que han acompañado y seguido los empujes orogénicos del NE, las estructuras han sido recortadas por numerosas líneas y zonas de fractura de directriz casi normal (NE-SO), dando lugar a un mosaico de bloques dislocados e independientes. Además, a la complejidad del área ha contribuido la presencia de un importantes y extenso asomo triásico de carácter parcialmente extrusivo.

2.1.2.2.- Estratigrafía

Los materiales existentes en el área de estudio son de edades muy variadas. Así, tenemos formaciones del Paleozoico, Triásico, Jurásico, Cretácico y formaciones modernas del Neógeno y

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Cuaternario que recubren a las anteriores.

La disposición estructural del Mesozoico, que está afectado por innumerables fallas, no favorece su estudio, resultando muy difícil levantar columnas estratigráficas completas.

Triásico

Como en toda la Cordillera Ibérica, se presenta en facies Germánica. En el término municipal de Tuéjar están representadas las tres series triásicas, que alcanzan en conjunto gran desarrollo. Aflora ampliamente por gran parte del término, con una disposición tectónica muy violenta que impide observar la continuidad de las series estratigráficas.

• Buntsandstein:

El contacto entre el Buntsandstein y el Paleozoico es claramente discordante y, al propio tiempo, transgresivo el primero sobre el segundo.

En el contacto se observa que la base del Triásico la forman conglomerados de cuarzo y cuarcita construidos por cantos que en la base tienen un tamaño máximo de 20 cm, medio de 6 cm y mínimo de 1 mm. Este tramo conglomerático tiene un espesor de 12 m.

Por encima hay una serie de 110 m de potencia, en la que alternan areniscas silíceas de grano grueso a medio, de tonos blancos y rosados, micáceas, con arcillas rojas, limolíticas, micáceas y compactas. Las areniscas están compuestas por cuarzo, carbonatos y/u óxidos de hierro y matriz arcillosa.

Completa la serie Buntsandstein un potente tramo de 113 m, en el que predominan las areniscas silíceas, rojas y blancas, de grano medio, micáceas, con estratificación cruzada. Contienen hierro en laminaciones, o bien de tipo detrítico, así como restos carbonosos en los niveles inferiores del tramo y óxidos de hierro y matriz arcillosa en los superiores. En la parte baja hay delgadas intercalaciones de arcillas arenosas rojas.

• Muschelkalk

En todos los lugares donde puede observarse el contacto, las calizas y dolomías del Muschelkalk descansan sobre las facies arenosas del Buntsandstein, existiendo entre ambos una marcada cicatriz que parece indicar una interrupción en la sedimentación, cuya amplitud ni puede conocerse.

El Muschelkalk en el área de estudio esyá efinido por dos tramos calizo-dolomíticos separados por un tramo rojo intermedio de facies keuperoide.

El tramo calizo-dolomítico inferior tiene una potencia de 48 m y comienza por dolomías grises y negras, que en parte son oolíticas, entre las que se intercalan niveles de arenisca dolomítica, oquerosa, de 0,5 a 1 m de espesor. El resto está constituido por dolomías negras, que en la parte inferior son algo

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nodulosas y contienen fucoides, mientras que hacia arriba pasan a calizas dolomíticas con Myophoria orbicularis y Myophoria cf. cardiisoides, que permiten datar estos niveles como Anisiense Superior.

El tramo rojo intermedio, con una potencia de 25 m, está constituido por arcillas y margas rojas, amarillas e irisadas, con yesos y anhidrita.

La segunda barra calcárea es la más importante del Muschelkalk, teniendo una potencia que oscila entre 50 y 80 m. Está constituida por una serie calcáreo-dolomítica en la que se suceden tramos dolomíticos negros, generalmente arcillosos y nodulosos, con otros calizos o calizo-dolomíticos, de tonos grises y ocres, que son micritas fosilíferas con Gasterópodos, Ostrácodos y restos Crionoideos. La presencia de Myophoria cf. laevigata, Myophoriophis cf. camposinensis y Avicula sp., permite asegurar que el Muschelkalk Superior corresponde al Ladiniense.

• Keuper

Constituido por margas abigarradas con yesos versicolores y abundantes sales solubles. En la parte inferior presenta varias intercalaciones de calizas dolomíticas vacuolares. Es la serie triásica más ampliamente extendida en el área de estudio.

• Jurásico

Sus materiales se distribuyen por toda la superficie NO y en la zona SE, próxima al limite del término municipal.

• Hettangiense-Pliensbachiense

Conjunto calizo-dolomítico, muy pobre en fósiles en el que se han distinguido de abajo arriba: más de 90 m de dolomías vacuolares, masivas, con alguna intercalación de calizas (pelmicritas dismicríticas) con secciones de Ostrácodos; 26 m de calizas oquerosas, estratificadas en bancos de 0,5 a 1,5 m. Son pelsparitas oolíticas con entraclastos y contienen secciones de Glomospira y Ostrácodos; 17 m de calizas localmente dolomitizadas, estratificadas en bancos de 0,5 a 1 m. Se trata de intraespatitas fosilíferas con Lingulina, Glomospira y Ataxophramiidae.; 15 m de calizas brechoideas, en general masivas. Son micritas de Ostrácodos.; 88 m de dolomías oquerosas con pequeños niveles bandeados, que en su parte central son micritas dolomíticas; 27 m de calizas con algunos niveles de oolitos ferruginosos. Micritas con pellets y fósiles (Gasterópodos y Ostrácodos); 32 m de calizas con nódulos de sílex y niveles lumaquélicos hacia la parte superior. Biosparitas con Ammobaculites, Textularia, Glomospira y Ataxophragmiidae.

• Toarciense

Se separa en dos tramos: el inferior, de carácter margoso con algunas intercalaciones de calizas arcillosas y una potencia de 20 m, y el superioe representado por 15 m de calizas microcristalinas en bancos muy delgados.

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• Dogger

Comprende desde el Aalaniense al Calloviense Inferior, conjunto que comienza y termina con niveles de oolitos y costras ferruginosas. La potencia total del tramo es de 73 m y lo constituyen calizas microcristalinas con intercalaciones de niveles nodulosos-brechoides y de nódulos de sílex.

• Oxfordiense

Se divide en dos tramos de diferente litología: el inferior, integrado por calizas arcillosas y nodulosas con pequeñas juntas margosas, y el superior, de margas grises con alguna intercalación de calizas arcillosas.

• Kimmeridgiense Inferior

Litológicamente, esta unidad está constituida por una alternancia regular y monótona de calizas y calizas arcillosas en bancos de 15 a 30 cm, con algunas delgadas intercalaciones de margas. Esta alternancia, que es micácea y carbonosa, presenta microfacies de micritas muy poco fosilíferas, localmente con pellets y/o limo muy fino.

• Kimmeridgiense Medio a Superior y Portlandiense

Se tarta de dos tramos con características litológicas distintas: el inferior, representado por calizas microcristalinas, generalmente masivas, de tonos claros, con abundantes pisolitos, y el superior, constituido por calizas microcristalinas en la base, gris blanquecinas y a veces arenosas, y por un conjunto de arcillas calcáreas limolíticas y versicolores e intercalaciones de calizas limolíticas o arenosas con frecuentes ostreidos.

Las microfacies del nivel inferior son micritas pisolíticas con intraclastos en la parte inferior y con matriz esparítica en la superior. En el nivel inferior se observan microfacies de biomicritas arenosas o limolíticas y con pellets.

La potencia del tramo inferior es de 90 m y la del superior, 100 m. El primero comprende el Kimmridgiense Medio y Superior y el segundo se data como Portlandiense.

La fase Neocimérica ha afectado al Jurásico Superior, erosionándolo, de modo que el Barremiense en facies Weald se apoya en ocasiones sobre el Kimmeridgiense y otras veces sobre el Posrtlandiense, que constituye una unidad discontinua.

Cretácico

Ocupa una extensión relativamente reducida. En líneas generales, se distingue un tramo inferior de facies Weald, el Aptiense marino, el Albiense de facies continental, el Cenomeniense Inferior marino, el conjunto dolomítico, el Santoniense y el Campaniense-Maastrichtiense en facies Garúmnica.

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• Barremiense en facies Weald

Se apoya indistintamente sobre niveles Kimmeridgienses o Portlandienses. Litológicamente lo forman una serie de arcillas limolíticas abigarradas y calizas margosas y, sobre ellas, arenas y areniscas poco cementadas, blancas o versicolores, con pasadas arcillosas. Presenta intercalaciones de calizas microcristalinas arenosas y pisolíticas, sobre todo en los niveles bajos. Las potencias medidas superan los 100 m.

• Aptiense

El Aptiense presenta una potencia de 50 m. Se trata de un conjunto dominantemente calizo, arenoso en la base, con intercalaciones de arcillas calcáreas, preferentemente en la parte media del conjunto.

• Albiense

Las potencias observadas don del orden de 40 m. Se trata de un conjunto dominantemente arenoso, de tonos blanquecinos, amarillentos o incluso algo rojizos, compuesto por cuarzo y feldespatos potásicos, con delgadas intercalaciones de arcillas algo micáceas, generalmente grises o verdosas. En la base, las arenas son de grano grueso, habiendo algunos niveles con costras ferruginosas. La presencia de lignito es muy rara en los afloramientos del área de estudio, siendo más frecuente que las arenas contengan algo de caolín. Todo el conjunto es azoico, como es característico de esta formación.

• Cenomaniense Inferior o Medio

Está formado por un conjunto de carácter calizo, arenoso en la base y con intercalaciones de areniscas y margas en la parte media. Las microfacies de estos niveles con muy constantes (biointraesparitas o biointramicritas).

El paso del Albiense infrayacente es relativamente transicional, con pérdida del carácter arenoso, mientras que el paso a la unidad dolomítica superior es neto.

• Cenomaniense Medio a Coniaciense

Sobre las calcarenitas y calizas del Cenomaniense Inferior a Medio se encuentra un potente tramo de dolomías en el que sólo excepcionalmente pueden reconocerse algunos niveles de calizas o margas. La mayor parte del tramo está representada por el conjunto de dolomías, que generalmente son cristalinas (dolesparitas) y carentes de restos orgánicos. Hacia la mitad del tramo dolomítico aparecen 10 a 15 m de calizas microcristalinas.

• Santoniense

El espesor total es, al menos, de 150 m. El Cretácico Superior en facies marina termina con un tramo de calizas microcristalinas, que puede representar algunas intercalaciones de margas, siempre menos

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potentes que aquéllas.

Se trata de un tramo de 50 m de calizas microcristalinas, que en determinados niveles son algo dismicríticas y contienen intraclastos y pellets.

Neógeno-Mioceno

Los afloramientos Neógenos se limitan a zonas localizadas en el borde occidental. Se trata de una serie de carácter detrítico-terrígeno, constituida por conglomerados groseros de cantos calizos mesozoicos, poco cementados, que pasan lateralmente a areniscas de grano grueso. Entre ellos se intercalan pasadas irregulares de arcillas arenosas y limos rojos.

Cuaternario

Los depósitos cuaternarios están limitados a los depósitos aluviales en el valle del río Tuéjar, con cierta extensión horizontal entre Tuéjar y Chelva.

Fuente: Instituto Geológico y Minero de España (IGME).

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2.1.3.- Litología En cuanto a las litología presente en el término municipal, cabe destacar la variedad existente.

En la zona centro del territorio se distinguen formaciones de rocas consolidas que se corresponden a grandes superficies homogéneas con litologías de arcillas, margas y yesos, areniscas, y dolomías.

Al norte del núcleo y extendiéndose hacia el este hasta la zona centro las formaciones son igualmente de rocas consolidas formando superficies homogéneas de calcáreas, y de calcáreas combinadas con margas.

Los depósitos aluviales del río Tuéjar, sobre la que se asienta el núcleo de población y las superficies tradicionales de regadío, están conformados por rocas no consolidadas que litológicamente se clasifican como cantos, gravas y limos.

En cuanto a la zona occidental, se presentan formaciones de rocas consolidadas muy variadas, destacando areniscas y arcillas, limos y arenas, dolomías y calcáreas, y calcáreas y margas.

Fuente: Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge.

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2.1.4.- Edafología

2.1.4.1.- Clasificación

Los suelos predominantes en el término municipal de Tuéjar pertenecen al Orden Inceptisol; Suborden Ochrept; grupo Xerochrept.

Fuente: Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge.

ORDEN SUBORDEN GRUPO ASOCIACIÓN INCLUSIÓN

Inceptisol Ochrept Xerochrept n/a Haploxeralf+Rhodoxeralf

Inceptisol Ochrept Xerochrept Xerorthent Xerumbrept

El régimen de humedad de estos suelos es xérico, tipificando a las áreas con climas mediterráneos, donde los inviernos son húmedos y frescos y los veranos son cálidos y secos. La humedad, que se produce en el invierno cuando la evapotranspiración potencial es mínima, es particularmente efectiva para la lixiviación. En este tipo de régimen de humedad, la sección de control de humedad en años normales está seca en todas partes por 45 días o más consecutivos en los 4 meses siguientes al solsticio de invierno. También en años normales, la sección de control de humedad está húmeda en alguna parte por más de la mitad de los días acumulativos por año, en los que la temperatura del suelo a una profundidad de 50 cm es

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mayor de 5ºC.

Los Inceptisoles son suelos de mayor representación territorial, siendo muy comunes en la Península Ibérica. Su falta de madurez es manifiesta en el perfil, que suele conservar cierta semejanza con el material originario, sobretodo si éste es muy resistente. Estos suelos pueden permanecer en equilibrio con el ambiente o evolucionar paulatinamente hacia otro orden caracterizado por un grado determinado de madurez. Pero si se forman en pendiente, pueden desaparecer con el tiempo a causa de la erosión.

Siempre que la humedad no falte, son buenos suelos para pastos y, en muchas ocasiones, asiento de una agricultura bien desarrollada. Cuando se localizan en pendientes, su aprovechamiento idóneo es el bosque y, dado que existe un cierto equilibrio entre el tiempo de formación del suelo y los procesos de alteración de la roca, con una estabilidad limitada, la pérdida de vegetación conduce frecuentemente a una erosión preocupante.

El suborden Ochrept corresponde a inceptisoles que presentan horizonte cámbico con un epipedón óchrico; o que tienen un epipedón úmbrico o mólico de menos de 25 cm de espesor y un régimen de temperatura mésico (suelos con temperatura media anual entre 8-15ºC) o más cálido.

El grupo Xerochrept corresponde a suelos pardo calizos sobre material no consolidado. El perfil representativo es ABwC; presentan una profundidad de alrededor de 60-70 cm, pH superior a 7 y textura arcillo-limosa. Son suelos con carbonato cálcico libre en todo el perfil y pobres en materia orgánica. Se trata de suelos con una capacidad productiva media-alta, estando limitados por su bajo nivel de nutrientes y alta erosionabilidad. Es recomendable su uso en régimen de agricultura extensiva.

La diferencia que presentan los dos tipos de suelos presentes en el término municipal se observa en las asociaciones que conforma el suelo dominante.

2.1.4.2.- Capacidad agrológica del suelo

La capacidad de uso agrario pretende establecer la vocación equilibrada de una determinada área cartográfica, atendiendo a las características del suelo y del resto de los componentes ecológicos. Establece, en cada zona del territorio, los usos agrarios generales agrícola, forestal y pastizal, evaluando qué características tiene el suelo de forma natural y cuáles son las limitaciones que restringen su utilización (erosión, pendiente, espesor, afloramientos/pedregosidad, salinidad, características físicas y químicas, exceso de agua, heladas).

Se distinguen cinco clases jerarquizadas por su capacidad de uso agrícola:

• CLASE A: Muy elevada capacidad de uso.

• CLASE B: Elevada capacidad de uso.

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• CLASE C: Moderada capacidad de uso.

• CLASE D: Baja capacidad de uso.

• CLASE E: Muy baja capacidad de uso.

Fuente: Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge.

En la superficie ocupada por el término municipal de Tuéjar, se encuentran suelos de clase D, de Baja capacidad de uso, de forma predominante. Los suelos de clase D y E, están ocupados pos masa forestal, y se encuentra limitado su uso por la pendiente y la pedregosidad.

También se han aprovechado suelos de muy baja capacidad, en el límite este del término y en la zona centro, así como parte de los suelos de clase C, para el cultivo de leñosos en secano, destacando el almendro y el olivo, por ser cultivos poco exigentes y resistentes a condiciones adversas.

El resto de los suelos con capacidad agrológica moderada están cultivados con herbáceos en secano, destacando los cereales, y en espacial la cebada.

En cuanto a los suelos más fértiles, de clase B, con elevada capacidad agrológica, localizados en las proximidades del núcleo urbano, están asociados a los cultivos tradicionales de regadío. Son suelos con una gran vocación agrícola, y presentan una pedregosidad baja, pudiéndose ver únicamente limitados determinados cultivos por el espesor efectivo o por sus características químicas (contenido en materia

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orgánica, carbonatos, pH, etc.).

2.1.5.- Hidrología

2.1.5.1.- Hidrología superficial

El Término Municipal de Tuéjar pertenece a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), incluyéndose en el Sistema de Explotación del Turia, que comprende la cuenca propia del río Turia en su totalidad. La superficie total comprendida por este sistema es de 6.913 Km2.

Según datos de la Confederación Hidrográfica del Júcar del año 1997, los recursos hídricos totales del Sistema ascienden a 634,0 Hm3, la mayor parte procedente de la descarga de acuíferos. La demanda global del sistema alcanza un valor de 684,92 Hm3 anuales de los que, la mayor parte, el 68% corresponde al sector agrícola. Las demandas urbana e industrial suponen un valor del 29% y 2,92% respectivamente.

• Cursos de agua

De forma general, los cauces que constituyen la Confederación Hidrográfica tienen un régimen marcadamente mediterráneo, caracterizado por unas fuertes sequías en verano frente a inundaciones en otoño.

La red fluvial del término municipal de Tuéjar, está conformada por el río Turia (caudal medio de 14 m3/s). Los aportes hídricos de este río se producen principalmente por torrentes y barrancos originados por los deshielos en la zona de su nacimiento (Muela de San Juan (Montes Universales)) y por las fuertes tormentas que se producen en su cuenca hidrográfica.

Hay que destacar también el río Tuéjar, que nace en la Rambla de Arquela, en Tuéjar, y desemboca en el Pantano de Loriguilla, convirtiéndose así en un afluente del río Turia, que desemboca en el mar Mediterráneo.

• Infraestructuras hidráulicas

De las 43 presas con las que cuenta el área de la Confederación Hidrográfica, dentro del Sistema de Explotación al que pertenece el término municipal, es el Embalse de Benagéber, en el Término Municipal homónimo, el que posee una mayor relevancia.

Se construyó en el año 1955, en el cauce del río Turia, sobre 722 ha, con una capacidad máxima de 228 hm³. Tiene una presa de gravedad, su destino principal es el riego.

En cuanto a los canales principales del Sistema de Explotación del Turia, destaca el Canal del Campo de Turia, que parte desde el Embalse de Benagéber y supone el inicio de una red de acequias que fertiliza los ricos campos de Casinos, Lliria y Bétera. El canal tiene una longitud de 62 Km y una capacidad de 25 m3/s.

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2.1.5.2.- Dominio Público Hidráulico

Será de aplicación en este tipo de suelo el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo.

De acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Aguas, integran el Dominio Público Hidráulico:

- Las aguas continentales, superficiales y subterráneas renovables.

- Los cauces de corrientes naturales, continuos y discontinuos.

- Los lechos de los lagos o lagunas y de los embalses superficiales en cauces públicos.

- Los acuíferos subterráneos.

- Las aguas procedentes de la desalación de agua del mar una vez que, fuera de la planta de producción, de incorporen a los anteriores.

En aplicación de la normativa actual, deberán respetarse unas bandas de protección en concepto de servidumbre de paso de 5 metros a cada lado del barranco y del cauce. En cuanto a las acequias de riego, deberá respetarse una distancia igual a la mitad del ancho del cauce a cada lado de la misma, con un mínimo de 1 metro, en concepto de cajero.

En cuanto a los edificios ubicados en parcelas lindantes a cauces públicos, como ríos, canales, barrancos y acequias, la distancia mínima de la edificación al margen del cauce será de 15 metros.

En las bandas de protección antes descritas podrán desenvolverse los usos característicos de los Suelos No Urbanizables adyacentes, prohibiéndose las obras de fábrica y cerramientos que impidan el acceso desde los caminos a los cauces y barrancos, o interrumpan el libre discurso de las aguas que circulan por ellos naturalmente y en avenidas.

Las bandas de protección de cauces, barrancos y acequias se consideran no edificables a todos los efectos, con la sola excepción de aquellas intervenciones sin vuelo de transformación para mejorar el rendimiento de los predios colindantes.

Las zonas de servidumbre de los barrancos son:

• Zona de servidumbre para uso público, con una anchura de 5 metros, en la que se prohíbe cualquier labor o construcción que pueda hacer variar el curso natural de las aguas o alterar su calidad en perjuicio del interés público o de terceros, o cuya destrucción por la fuerza de las avenidas pueda ocasionar daños a personas o cosas.

• Zona de policía de 100 metros de ancho, en las que se condicionará el uso del suelo y las

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actividades que se desarrollen.

En cuanto a los acuíferos, y de conformidad con el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, se requiere autorización para realizar cualquier obra que tenga por finalidad la extracción o aprovechamiento del agua, perturbe su régimen o deteriore su calidad, o de cualquier tipo cuando el acuífero afectado haya sido declarado como sobreexplotado o en riesgo de estarlo.

Respecto a los pozos o captaciones de agua destinados al consumo humano, tienen una regulación especial en el art. 18.1.d) LOT, que obliga a los planes urbanísticos a:

“Establecer los perímetros de protección de las captaciones de agua destinadas a consumo humano con un régimen de protección similar al descrito en el punto anterior o mediante incorporación a la red primaria de espacios libres y zonas verdes cuando afecten a suelos urbanos y urbanizables. Los perímetros se establecen con carácter general en 300 metros contados desde el límite exterior del punto de captación, salvo que estudios pormenorizados justifiquen una distancia distinta a la dada”.

2.1.5.3.- Plan de Acción Territorial de Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA)

El 30 de enero de 2.003, se aprobó el PATRICOVA, un instrumento de ordenación del territorio previsto en la Ley 6/1989 de Ordenación del Territorio de la Comunidad Valenciana, y en la nueva Ley de Ordenación del Territorio y Paisaje (Ley 4/2004). El PATRICOVA lleva parejo la limitación de usos urbanísticos en función del riesgo de inundación.

En el apartado 2.1.10.1 de este Informe, relativo a los Riesgos de Inundación, se desarrolla con más detalle el contenido de este Plan Territorial.

2.1.5.4.- Hidrología subterránea

Dentro de la clasificación de Sistemas de Acuíferos de España, el término municipal de Tuéjar se reparte entre el denominado Sistema acuífero 53 “Mesozoico septentrional valenciano (Cuenca Media del Turia)” y el Sistema acuífero 54 “Calizo Jurásico de Albarracín-Javalambre” (Alto Turia).

El sistema acuífero 53 limita al norte con la línea que une las poblaciones de Garaballa, Talayuelas, Tuéjar e Higueruelas y con la Sierra de Olocau; al este con la Plana de Valencia; al sur con los valles medio y bajo de los ríos Magro y Cabriel, respectivamente, y al oeste con las poblaciones de Villatoya, Venta del Moro, Camporrobles y Sinarcas. Abarca una superficie de 3.400 Km2 y comprende tres subsistemas bien diferenciados: las Serranías, la Plana de Utiel, y Liria-Casinos-Buñol-Cheste.

Los materiales que afloran en el sistema tienen edades comprendidas entre el Triásico y el Cuaternario. En general, los materiales jurásicos, cretácicos y cuaternarios presentan permeabilidades altas

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o medias, los sedimentos terciarios son de una permeabilidad media o baja y las rocas triásicas presentan una permeabilidad muy baja o media.

El sistema acuífero 54 abarca una superficie de 3.000 Km2, situados en las provincias de Teruel, Cuenca, Valencia y Guadalajara, y está dividido en dos grandes subsistemas acuíferos: el de los Montes Universales y el de Alpuente. Además comprende varios acuíferos de menor importancia como los de Arquillo-Villel, Vallanca, La Olmeda, y La Sima.

En este sistema tienen su nacimiento los ríos Tajo, Júcar y Turia y sus afluentes los ríos Hozseca, Cabriel, Mayor y Molinillo, Ebrón, Arcos y Tuéjar. Todos estos ríos reciben alimentación de los acuíferos del sistema.

Los materiales que afloran en la zona tienen edades comprendidas entre el Silúrico y el Cuaternario. En general, los materiales paleozoicos, triásicos y terciarios son poco permeables, mientras que los sedimentos mesozoicos presentan permeabilidades muy elevadas. Los materiales acuíferos corresponden a las calizas y dolomías del Jurásico, y el substrato y los límites de los acuíferos están constituidos por sedimentos triásicos y paleozoicos permeables.

El término municipal de Tuéjar se localiza sobre los subsistemas de las Serranías y Alpuente.

El subsistema de las Serranías (Unidad hidrogeológica 8.18 “Las Serranías”) comprende una superficie de 1.400 Km2 y posee unos recursos comprendidos entre 150 y 200 Hm3/año; las salidas se producen al río Turia (50 Hm3/año), al acuífero de Buñol-Cheste (90 Hm3/año) y a la Plana de Utiel (10 Hm3/año).

La Unidad 8.18 se trata de un acuífero multicapa formado por calizas o dolomías del Cretácico Superior; margas, margocalizas, calizas arenosas, arcillas y arenas del Cretácico Inferior y Medio; calizas del Jurásico Superior y calizas/dolomías del Jurásico Inferior y Medio.

La facies predominante es la bicarbonatada cálcico-magnésica.

La mayoría de las aguas analizadas son aptas para el riego, pues pertenecen por lo general a las clases C2S1 y C3S1.

El residuo seco es bajo, oscilando entre 200 y 350 mg/l.

El contenido en nitratos es menor que 30 mg/l en el 80% de los análisis, y el de sulfatos oscila entre 100 y 550 mg/l. A pesar de ello, en muy pocos casos se superan para ambos iones los límites admisibles de la R.T.S.

En general las aguas subterráneas del sistema son de buena calidad para cualquier uso.

El subsistema de Alpuente (Unidad hidrogeológica 8.15 “Alpuente”) se sitúa entre las provincias de

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Valencia, Castellón, Cuenca y Teruel. Tiene una superficie poligonal de 1.098,57 km2, con una superficie aflorante de alta permeabilidad de 640 km2 con materiales pertenecientes al jurásico. Las entradas al acuífero proceden fundamentalmente de la infiltración de agua de lluvia (75 Hm3/año) y de aportaciones laterales de otros acuíferos (10 Hm3/año). Las salidas vienen determinadas por manantiales (46 Hm3/año), ríos (28 Hm3/año) y bombeo (1 Hm3/año). El uso total es de 1 Hm3/año (urbano).

CÓDIGO NOMBRE TIPO Litología

08.15 Alpuente Carbonatado Dolomías y calizas dolomíticas del Muschelkalk (nivel inferior). Calizas y dolomías con módulos de silex del Lías-Dogger (nivel intermedio y

principal) y calizas arenosas y dolomías del Cretácico (nivel superior). En los alrededores de Aras de Alpuente, aparecen depósitos

cuaternarios de aluvial-diluvial (conglomerados, gravas, arenas y limos) que constituyen un acuífero colgado, sustrato impermeable del Trías.

Datos básicos de la Unidad Hidrogeológica. Fuente: Confederación Hidrográfica del Júcar.

Los niveles piezométricos están situados en 600 m.s.n.m.

Dentro del ámbito de esta unidad hidrogeológica se sitúan los siguientes acuíferos:

COD. NOMBRE SISTEMA ACUÍFERO LITOLOGÍA EDAD

GEOLÓGICA ESPESOR MEDIO (m)

08.15

Acuífero inferior 56.03.02 Dolomías y calizas dolomíticas Muschelkalk 100-150

Acuífero intermedio 56.03.02 Calizas y dolomías Lías-Dogger 300-450

Acuífero superior 56.03.02 Calizas arenosas y dolomías Cretácico 40

Cuaternario 56.03.03 Conglomerados, gravas, arenas y limos Cuaternario 25-50

Landete-Garaballa Calizas arenosas y dolomías Jurásico-

Cretácico 400-600

El Revolcador 56.03.01 Calizas y calizas dolomíticas Lías 160

Alpuente-La Yesa 56.03.02 Calizas y calizas dolomíticas Lías-Dogger 300-450

Alpuente-Titaguas 56.03.03 Calizas y calizas dolomíticas Malm-Cretácico 200-300

Acuíferos dentro de la Unidad Hidrogeológica. Fuente: IGME

En cuanto a la calidad, las aguas subterráneas de está unidad hidrogeológica están incluidas, en el 80% de los casos, en el grupo de las bicarbonatadas cálcicas y/o magnésicas, mientras que el resto está

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formado por aguas sulfatadas cálcicas y/o magnésicas. En la mayoría de los análisis el residuo seco está comprendido entre 300 y 600 mg/l. Los nitratos permanecen por debajo de 15 mg/l. Su clasificación es la siguiente:

Clasificación Conductividad (µS/cm) Nitratos (mg/l) Fuente de datos

Abastecimiento Riego Mín. Med. Máx. Mín. Med. Máx.

C1S1, C2S1, C3S2 468 488 507 10 11 11 DGOHCA-ITGE

(1998)

Calidad del agua. Fuente: IGME.

Los principales focos de contaminación existentes en la unidad son:

Foco Localización Grado Contaminante Observaciones Fuente de datos

Agrícola Puntual Bajo Nitratos, Sulfatos Bajo contenido en nitratos y

sulfatos por actividades agrícolas

DGOH-IGME (1998)

Urbano Puntual Bajo Nitritos Bajo contenido en nitritos por residuos urbanos

DGOH-IGME (1998)

Industrial Puntual Indicios Plomo Indicios de plomo por actividades industriales

DGOH-IGME (1998)

Focos de contaminación. Fuente: IGME.

2.1.5.5.- Accesibilidad a los recursos hídricos

La accesibilidad a los recursos hídricos subterráneos viene detallada en la Cartografía Temática de la Comunidad Valenciana, en la que se consideran las siguientes variables:

• Régimen de los cursos fluviales existentes e importancia de los acuíferos presentes.

• Calidad de las aguas subterráneas.

• Rendimiento potencial de las captaciones de agua subterránea expresado en caudal específico (l/s).

• Profundidad desde la que debe bombearse el agua.

• Accesibilidad territorial que expresa cuál es el grado de dificultad para emplazar instalaciones de extracción de agua.

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La mayor parte del término de Tuéjar, presenta una accesibilidad baja y media, a excepción del extremo oeste y de una franja en la mitad norte, en el que la clase de accesibilidad es alta. Las principales características que motivan una accesibilidad mayoritaria baja y media son tener unos cauces estacionales o semipermanentes y acuíferos muy reducidos, con una calidad baja o incluso salobre del agua y sin acceso actual al tratarse de una zona de alomada a abrupta. En cuanto a las zonas en las que la accesibilidad predominante es alta, pueden indicar que los cauces son permanentes, la calidad del agua es apta para consumo humano y/o presenta accesos territoriales.

2.1.6.- Vegetación y flora

2.1.6.1.- Sectorización biogeográfica

Desde un punto de vista biogeográfico y siguiendo la sistemática propuesta por Rivas Martínez (1987), se ha efectuado la sectorización biogeográfica del término municipal de Tuéjar:

REINO: Holártico

REGIÓN: Mediterránea

SUBREGIÓN: Mediterránea Occidental

SUPERPROVINCIA: Mediterráneo-Iberolevantina

PROVINCIA: Valenciano-Catalano-Provenzal

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SECTOR: Setabense

2.1.6.2.- Vegetación potencial

Se entiende por vegetación potencial de un territorio, el conjunto de comunidades vegetales que constituyen las cabezas de serie presentes en dicho territorio y que, en ausencia de actividad humana, debieran constituir su cubierta vegetal. Esta vegetación potencial vendría condicionada en primer lugar por el clima, fundamentalmente a través de los regímenes de precipitación y temperaturas, y de manera secundaria por las características del suelo.

Fuente: Series de Vegetación de España 1:400.000. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

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Según el Mapa de Series de Vegetación de España 1:400.000 (Rivas Martínez, 1987), el término municipal de Tuéjar presenta varias series de vegetación potencial:

CÓDIGO SERIE FACCIÓN SERIE DE VEGETACIÓN

22a Serie supramediterránea castellano-maestrazgo-manchega

basófila de Quercus rotundifolia o encina: Junipero thuriferae-Querceto rotundifoliae sigmetum.

22b Típica Serie mesomediterránea manchega y aragonesa basófila de

Quecus rotundifolia o encina: Bupleuro rigidi-Querceto rotundifoliae sigmetum.

22ba Termófila murciano-manchega con Pistacia lentiscus

Serie mesomediterránea manchega y aragonesa basófila de Quercus rotundofolia o encina: Bupleuro rigidi-Querceto

rotundifoliae sigmetum.

29 Típica Serie mesomediterránea murciano-almeriense, guadiciano-bacense, setabense, valenciano-tarraconense y aragonesa

semiárida de Quercus coccifera o coscoja: Rhamno lycioidis-Querceto cocciferae sigmetum.

29b Termófila murciana Serie mesomediterránea murciano-almeriense, guadiciano-bacense, setabense, valenciano-tarraconense y aragonesa

semiárida de Quercus coccifera o coscoja: Rhamno lycioidis-Querceto cocciferae sigmetum.

Fuente: Series de Vegetación de España 1:400.000

En las series mesomediterráneas de la encina rotundifolia o carrasca (22b y 22ba), su etapa madura corresponde a un bosque denso de encinas que, en ocasiones, puede albergar otros árboles (enebros, quejigos, alcornocales) y que posee un sotobosque arbustivo en general no muy denso.

La serie mesomediterránea de la coscoja (29 y 29b) corresponde, en su etapa madura, a bosquetes densos de Quercus coccifera en los que prosperan diversos espinos, sabinas, pinos y otros arbustos mediterráneos.

Finalmente, en la serie basófila supramediterránea de la carrasca (22a), su etapa madura, corresponde a un bosque de Quercus rotundifolia, en el que aparecen con frecuencia enebros y, sobre todo, sabinas albares.

En la siguiente tabla se relaciona un conjunto de bioindicadores pertenecientes a las diversas etapas de regresión de estas series:

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ETAPAS DE REGRESIÓN Y BIOINDICADORES DE LAS SERIES DE VEGETACIÓN EN EL T.M. DE TUÉJAR

Series de vegetación 22a 22b/22ba 29/29b

I. Bosque Quercus rotundifolia Juniperus thurifera

Juniperus hemisphaerica Rhamnus infectoria

Quercus rotundifolia Bupleurum rigidum

Teucrium pinnatifidum Thalictrum tuberosum

II. Matorral denso Rosa agrestis Rosa micrantha

Rosa cariotii Crataegus monogyna

Quercus coccifera Rhamnus lycioides Jasminum fruticans

Retama sphaerocarpa

Quercus coccifera Rhamnus lycioides Pinus halepensis

Juniperus phoenicea

III. Matorral degradado Genista pumila Linum appressum

Fumana procumbens Globularia vulgaris

Genista scorpus Teucrium capitatum Lavandula latifolia

Helianthemum rubellum

Sideritis cavanillesii Linum suffruticosum

Rosmarinus officinalis Helianthemum marifolium

IV. Pastizal Festuca hystrix Dactylis hispanica Koeleria vallesiana

Stipa tenacissima Brachypodium ramosum

Brachypodium distachyon

Stipa tenacissima Lygeum spartum

Brachypodium ramosum

Fuente: Series de Vegetación de España 1:400.000

2.1.6.3.- Vegetación actual

De la Consulta del Banco de Datos de Biodiversidad de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, se ha obtenido el siguiente amplio listado de flora reconocida como presente en el término municipal de Tuéjar:

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Nombre científico

Acer granatense Lathyrus annuus

Acer negundo Lathyrus cicera

Achillea ageratum Lathyrus latifolius

Achillea odorata Lathyrus sphaericus

Adiantum capillus-veneris Launaea fragilis

Aegilops geniculata Lavandula latifolia

Agave americana Lavandula pedunculata

Agrimonia eupatoria Lavatera cretica

Agrostis castellana Legousia castellana

Agrostis stolonifera Legousia scabra

Ailanthus altissima Leontodon longirrostris

Ajuga chamaepitys Leontodon taraxacoides

Alisma plantago-aquatica Lepidium draba

Alkanna tinctoria Lepidium graminifolium

Allium moschatum Leucanthemopsis flaveola

Allium roseum Leucanthemopsis pallida

Alopecurus aequalis Leucanthemopsis pallida ssp. virescens

Althaea hirsuta Leucanthemopsis radicans

Alyssum granatense Leucanthemum maestracense

Alyssum simplex Leucanthemum vulgare

Amaranthus hybridus Leucanthemum vulgare ssp. pujiulae

Amelanchier ovalis Leuzea conifera

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Anacyclus clavatus Limodorum abortivum

Anagallis arvensis Limodorum trabutianum

Anagallis tenella Limonium echioides

Anarrhinum bellidifolium Linaria aeruginea

Anchusa italica Linaria arvensis

Andryala ragusina Linaria glauca ssp. Aragonensis

Anthemis arvensis Linaria hirta

Anthemis cotula Linaria repens ssp. blanca

Anthoxanthum odoratum Linaria simplex

Anthyllis cytisoides Linum appresum

Anthyllis montana Linum bienne

Anthyllis vulneraria ssp. gandogeri Linum narbonense

Antirrhinum barrelieri Linum strictum

Antirrhinum barrelieri ssp. barrelieri Linum suffruticosum

Antirrhinum barrelieri ssp. litigiosum Listera ovata

Aphyllanthes monspeliensis Lithodora fruticosa

Apium nodiflorum Lithospermum officinale

Arabidopsis thaliana Lobularia maritima

Arabis auriculata Loeflingia hispanica

Arabis hirsuta Lolium perenne

Arabis planisiliqua Lolium rigidum

Arabis turrita Lonicera etrusca

Arbutus unedo Lonicera implexa

Arctium minus Lonicera periclymenum

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Arenaria leptoclados Lotus corniculatus

Arenaria modesta Lotus deltortii

Arenaria serpyllifolia Lunaria annua

Argyrolobium zanonii Luzula fosteri

Aristolochia paucinervis Lycopus europaeus

Aristolochia pistolochia Lygeum spartum

Artemisia absinthium Lysimachia ephemerum

Artemisia campestris Lythrum borysthenicum

Artemisia campestris ssp. glutinosa Lythrum hyssopifolia

Artemisia herba-alba Lythrum salicaria

Artemisia herba-alba ssp. valentina Lythrum thymifolia

Arundo donax Lythrum tribracteatum

Asparagus acutifolius Lythrum tribracteatum

Asparagus horridus Malcolmia africana

Asperula cynanchica Malva neglecta

Asphodelus aestivus Malva parviflora

Asphodelus fistulosus Malva sylvestris

Asphodelus ramosus Mantisalca salmantica

Asplenium adiantum-nigrum Marrubium supinum

Asplenium fontanum Marrubium vulgare

Asplenium foreziense Marsilea strigosa

Asplenium onopteris Matthiola fruticulosa

Asplenium ruta-muraria Medicago littoralis

Asplenium trichomanes Medicago lupulina

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Asplenium trichomanes ssp. quadrivalens Medicago minima

Aster aragonensis Medicago polymorpha

Aster sedifolius Medicago rigidula

Aster squamatus Medicago sativa

Asterolinon linum-stellatum Medicago suffruticosa ssp. leiocarpa

Astragalus hamosus Melica ciliata

Astragalus incanus Melica minuta

Astragalus monspessulanus Melilotus albus

Astragalus sesameus Melilotus elegans

Astragalus stella Melilotus indicus

Atractylis humilis Mentha cervina

Avena barbata Mentha longifolia

Avena barbata ssp. barbata Mentha pulegium

Avena sativa Mentha suaveolens

Avena sterilis ssp. ludoviciana Mercurialis ambigua

Avenula bromoides Mercurialis huetii

Baldellia ranunculoides Merendera montana

Ballota hirsuta Metzgeria furcata

Ballota nigra ssp. foetida Micromeria fruticosa

Barbilophozia barbata Micropyrum tenellum

Barbula bolleana Minuartia campestris

Bartramia pomiformis Minuartia hybrida

Bellis perennis Moehringia pentandra

Biscutella atropurpurea Muscari comosum

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Biscutella auriculata Muscari neglectum

Biscutella calduchii Myosotis ramosissima

Biscutella stenophylla Myriophyllum alterniflorum

Biscutella turolensis Narcissus bulbocodium

Blackstonia perfoliata Narcissus triandrius ssp. pallidulus

Bombycilaena erecta Narduroides salzmanii

Borago officinalis Neatostema apulum

Brachypodium distachyon Neotinea maculata

Brachypodium phoenicoides Nepeta mallophora

Brachypodium retusum Nepeta nepetella

Brachypodium sylvaticum Nerium oleander

Bromus hordeaceus Neslia paniculata ssp. thracica

Bromus madritensis Odontites viscosus

Bromus rubens Odontites viscosus ssp. australis

Bromus squarrosus Oenothera rosea

Bromus tectorum Olea europaea

Bryonia dioica Onobrychis argentea ssp. hispanica

Bryum argenteum Onobrychis saxatilis

Buglossoides arvensis Ononis diffusa

Bupleurum baldense Ononis fruticosa

Bupleurum fruticescens Ononis minutissima

Bupleurum rigidum Ononis pusilla

Bupleurum semicompositum Ononis reclinata

Buxus sempervirens Ononis reclinata ssp. mollis

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 52

Calamintha acinos Ononis spinosa

Calamintha alpina ssp. meridionalis Ononis tridentata

Calamintha clinopodium Ononis tridentata ssp. angustifolia

Calamintha nepeta Onopordum acanthium

Calendula arvensis Onopordum corymbosum

Calluna vulgaris Ophrys apifera

Calystegia sepium Ophrys fusca

Camelina microcarpa Ophrys speculum

Campanula dichotoma Opuntia maxima

Campanula erinus Orchis langei

Campanula hispanica Origanum vulgare ssp. Virens

Campanula semisecta Orobanche amethystea

Campylopus pilifer Orobanche clausonis

Capsella bursa-pastoris Orobanche gracilis

Cardamine hirsuta Orobanche latisquama

Carduus assoi Orthotrichum rupestre

Carduus bourgeanus Osyris alba

Carduus pycnocephalus Oxalis corniculata

Carex distans Pallenis spinosa

Carex flacca Panicum repens

Carex halleriana Papaver argemone

Carex humilis Papaver dubium

Carex mairii Papaver hybridum

Carex panicea Papaver rhoeas

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 53

Carex pendula Parapholis incurva

Carlina hispanica Parietaria judaica

Carlina vulgaris Paronychia argentea

Carthamus lanatus Paronychia capitata

Catananche caerulea Paronychia cymosa

Caucalis platycarpos Paronychia kapela

Celtis australis Pellia endiviifolia

Centaurea aspera Petrorhagia prolifera

Centaurea aspera ssp. aspera Petroselinum crispum

Centaurea aspera ssp. stenophylla Peucedanum hispanicum

Centaurea calcitrapa Peucedanum officinale

Centaurea melitensis Peucedanum officinale ssp. Stenocarpum

Centaurea ornata Phagnalon rupestre

Centaurea paniculata ssp. castellana Phagnalon sordidum

Centaurea pinae Phillyrea angustifolia

Centaurea scabiosa Phlomis lychnitis

Centaurea spachii Phragmites australis

Centaurium erythraea Phragmites australis ssp. australis

Centaurium pulchellum Picnomon acarna

Centaurium quadrifolium ssp. barrelieri Picris echioides

Centaurium quadrifolium ssp. quadrifolium Pimpinella espanensis

Centaurium spicatum Pimpinella gracilis

Centranthus calcitrapae Pinus halepensis

Cephalanthera damasonium Pinus nigra

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Cephalanthera rubra Pinus nigra ssp. salzmannii

Cephalaria leucantha Pinus pinaster

Cerastium brachypetalum Piptatherum miliaceum

Cerastium gracile Piptatherum miliaceum ssp. miliaceum

Ceratonia siliqua Piptatherum paradoxum

Ceterach officinarum Pistacia lentiscus

Chaenorhinum minus Pistacia terebinthus

Chaenorhinum origanifolium ssp. crassifolium Pleurochaete squarrosa

Chaenorhinum serpyllifolium ssp. Robustum Plumbago europaea

Chenopodium album Poa annua

Chenopodium murale Poa bulbosa

Chondrilla juncea Poa compressa

Cichorium intybus Poa flaccidula

Cirsium arvense Poa pratensis ssp. angustifolia

Cirsium monspessulanum Poa trivialis

Cirsium monspessulanum ssp. ferox Polygala monspeliaca

Cistus albidus Polygala rupestris

Cistus clusii Polygonatum odoratum

Cistus ladanifer Polygonum aviculare

Cistus laurifolius Polygonum maritimum

Cistus populifolius Polypodium cambricum

Cistus salviifolius Polypodium vulgare

Cladium mariscus Polypogon maritimus ssp. subspathaceus

Clematis flammula Polypogon viridis

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Cleonia lusitánica Populus alba

Clypeola johnthalspi Populus nigra

Colutea arborescens Populus x canadensis

Colutea brevialata Porella platyphylla

Conopodium arvense Potamogeton densus

Consolida pubescens Potamogeton nodosus

Convolvulus althaeoides Potentilla caulescens

Convolvulus arvensis Potentilla neumanniana

Convolvulus lanuginosus Potentilla reptans

Convolvulus lineatus Prunus dulcis

Conyza bonariensis Prunus spinosa

Conyza canadensis Pterogonium gracile

Conyza primulaefolia Pulicaria dysenterica

Coris monspeliensis Punica granatum

Coronilla juncea Quercus coccifera

Coronilla minima ssp. lotoides Quercus faginea

Coronilla minima ssp. minima Quercus ilex ssp. rotundifolia

Coronilla scorpioides Quercus pyrenaica

Corrigiola telephiifolia Quercus x numantina

Corynephorus fasciculatus Ranunculus bulbosus

Crataegus monogyna Ranunculus repens

Crepis pulchra Rapistrum rugosum

Crepis vesicaria ssp. haenseleri Reseda lutea

Crepis vesicaria ssp. taraxacifolia Reseda luteola

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Crucianella angustifolia Reseda phyteuma

Crypsis schoenoides Reseda undata

Cuscuta epithymum Rhamnus alaternus

Cynara scolymus Rhamnus lycioides ssp. lycioides

Cynodon dactylon Rhamnus pumilus

Cynoglossum cheirifolium Robinia pseudacacia

Cynoglossum creticum Roemeria hybrida

Cytinus hypocistis Rorippa nasturtium-aquaticum

Cytisus scoparius Rosa pimpinellifolia

Cytisus scoparius ssp. Reverchonii Rosa tomentosa

Cytisus scoparius ssp. scoparius Rosmarinus officinalis

Dactylis hispanica Rostraria cristata

Dactylorhiza fuchsii Rosulabryum capillare

Damasonium polyspermum Rubia peregrina

Daphne gnidium Rubia peregrina ssp. longifolia

Daucus carota Rubia peregrina ssp. peregrina

Delphinium gracile Rubus caesius

Descurainia sophia Rubus canescens

Desmazeria rigida Rubus ulmifolius

Dianthus broteri Rubus vigoi

Dianthus turolensis Rumex acetosella ssp. angiocarpus

Dicranum scoparium Rumex bucephalophorus

Digitalis obscura Rumex conglomeratus

Dipcadi serotinum Rumex crispus

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Diplotaxis erucoides Rumex pulcher

Dipsacus fullonum Ruscus aculeatus

Dittrichia viscosa Ruta angustifolia

Doronicum plantagineum Sagina sabuletorum

Dorycnium hirsutum Salix alba

Dorycnium pentaphyllum Salix atrocinerea

Dorycnium pentaphyllum ssp. pentaphyllum Salix elaeagnos

Dorycnium rectum Salix purpurea

Ecballium elaterium Salix triandra

Echinaria capitata Salsola kali

Echinops ritro Salvia lavandulifolia

Echium creticum ssp. coincyanum Salvia verbenaca

Echium vulgare Sambucus ebulus

Elaeoselinum asclepium Sambucus nigra

Eleocharis acicularis Samolus valerandi

Eleocharis multicaulis Sanguisorba minor

Eleocharis palustris Sanguisorba rupicola

Eleocharis quinqueflora Santolina chamaecyparissus

Elymus curvifolius Santolina chamaecyparissus ssp. squarrosa

Elymus hispidus Saponaria ocymoides

Elymus repens Sarcocapnos enneaphylla

Epilobium hirsutum Satureja intricata

Epilobium parviflorum Saxifraga corsica ssp. cossoniana

Epipactis kleinii Saxifraga cuneata

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Equisetum arvense Saxifraga cuneata ssp. paniculata

Equisetum ramosissimum Saxifraga dichotoma

Erica arborea Saxifraga latepetiolata

Erica cinerea Saxifraga tridactylites

Erica multiflora Scabiosa atropurpurea

Erica scoparia Scabiosa stellata

Erigeron acer Scabiosa turolensis

Erinacea anthyllis Scandix pecten-veneris

Erodium chium Scapania curta

Erodium ciconium Schismus barbatus

Erodium cicutarium Schoenus nigricans

Erophila verna Scirpus cernuus

Erophila verna ssp. Spathulata Scirpus holoschoenus

Eruca vesicaria Scirpus holoschoenus ssp. holoschoenus

Erucastrum nasturtiifolium Scirpus lacustris

Eryngium campestre Scirpus supinus

Erysinum gomezcampoigroga Scleranthus annuus

Euphorbia characias Scolymus hispanicus

Euphorbia exigua Scorzonera angustifolia

Euphorbia flavicoma Scorzonera hispanica

Euphorbia helioscopia Scorzonera laciniata

Euphorbia hirsuta Scrophularia auriculata

Euphorbia minuta Scrophularia balbisii

Euphorbia nicaeensis Scrophularia balbisii ssp. valentina

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Euphorbia peplus Sedum acre

Euphorbia segetalis Sedum album

Euphorbia serrata Sedum brevifolium

Eurhynchium crassinervium Sedum dasyphyllum

Fabronia pusilla Sedum sediforme

Festuca arundinacea Sedum sediforme ssp. sediforme

Festuca arundinacea ssp. fenas Senecio gallicus

Festuca capillifolia Senecio vulgaris

Festuca durandoi Serratula flavescens ssp. leucantha

Ficus carica Setaria adhaerens

Filago arvensis Sherardia arvensis

Filago congesta Sideritis angustifolia

Filago minima Sideritis hirsuta

Filago pyramidata Sideritis montana ssp. ebracteata

Filipendula vulgaris Sideritis romana

Fissidens dubius Sideritis tragoriganum

Foeniculum vulgare Silene colorata

Foeniculum vulgare ssp. piperitum Silene gallica

Fraxinus angustifolia Silene latifolia

Fraxinus ornus Silene legionensis

Frullania dilatata Silene mellifera

Frullania tamarisci Silene nocturna

Fumana ericifolia Silene nutans

Fumana ericoides Silene rubella ssp. segetalis

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Fumana procumbens Silene saxifraga

Fumana scoparia Silene vulgaris ssp. vulgaris

Fumana thymifolia Silybum marianum

Fumaria capreolata Sisymbrella aspera

Fumaria densiflora Sisymbrium crassifolium ssp. crassifolium

Fumaria officinalis Sisymbrium erysimoides

Fumaria parviflora Sisymbrium irio

Galium aparine Sisymbrium officinale

Galium lucidum Sisymbrium runcinatum

Galium maritimum Smilax aspera

Galium parisiense Solanum nigrum

Galium tricornutum Solidago virgaurea

Galium verum Sonchus asper ssp. asper

Genista hispanica ssp. hispanica Sonchus maritimus ssp. aquatilis

Genista pumila Sonchus oleraceus

Genista scorpius Sonchus tenerrimus

Geranium molle Sonchus tenerrimus ssp. tenerrimus

Geranium purpureum Sorbus domestica

Geranium robertianum Stachys officinalis

Geranium rotundifolium Staehelina dubia

Geum sylvaticum Stellaria media

Gladiolus illyricus Stellaria media ssp. media

Globularia alypum Stipa offneri

Globularia vulgaris Stipa parviflora

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Glyceria plicata Stipa tenacissima

Gnaphalium luteo-album Taeniatherum caput-medusae

Grimmia laevigata Tamarix canariensis

Grimmia orbicularis Tamarix gallica

Grimmia trichophylla Tanacetum corymbosum

Guillonea scabra Taraxacum laevigatum

Gypsophila hispanica Taraxacum obovatum

Halimium umbellatum ssp. viscosum Taraxacum pyropappum

Hedera helix Taraxacum vulgare

Hedwigia stellata Telephium imperati

Hedypnois cretica Teline patens

Helianthemum apenninum Tetragnatha extensa

Helianthemum hirtum Tetragonolobus maritimus

Helianthemum marifolium Teucrium angustissimum

Helianthemum syriacum Teucrium botrys

Helianthemum violaceum Teucrium capitatum

Helichrysum serotinum Teucrium chamaedrys

Helichrysum stoechas Teucrium pseudochamaepitys

Heliotropium europaeum Teucrium scordium

Herniaria cinerea Teucrium thymifolium

Herniaria glabra Thalictrum tuberosum

Herrniaria hirsuta Thapsia villosa

Herniaria scabrida Thesium humifusum

Hieracium amplexicaule Thlaspi stenopterum

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Hieracium aragonense Thymelaea pubescens

Hieracium compositum Thymelaea tinctoria

Hieracium glaucinum Thymus mastichina

Hieracium schmidtii Thymus vulgaris

Hippocrepis ciliata Thymus vulgaris ssp. vulgaris

Hippocrepis fruticescens Torilis arvensis ssp. neglecta

Hirschfeldia incana Torilis nodosa

Holcus lanatus Tortella flavovirens

Holosteum umbellatum Tortella tortuosa

Homalothecium aureum Tortula atrovirens

Homalothecium sericeum Trachelium caeruleum

Hordeum murinum Tragopogon dubius

Hordeum murinum ssp. leporinum Tragopogon porrifolius

Hormatophylla lapeyrousiana Tribulus terrestris

Hornungia petraea Trichostomum brachydontium

Hyoscyamus albus Trifolium angustifolium

Hyparrhenia hirta Trifolium arvense

Hypecoum imberbe Trifolium campestre

Hypecoum pendulum Trifolium ochroleucon

Hypericum montanum Trifolium pratense

Hypericum perforatum Trifolium repens

Hypnum cupressiforme Trifolium striatum

Hypnum jutlandicum Trifolium tomentosum

Hypochoeris radicata Trigonella monspeliaca

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Imperata cylindrica Trigonella polyceratia

Inula conyza Typha angustifolia

Inula montana Typha domingensis

Inula salicina Typha latifolia

Iris lutescens Ulex parviflorus

Iris pseudacorus Ulmus minor

Jasione crispa Umbilicus rupestris

Jasione crispa ssp. sessiliflora Urospermum picroides

Jasione montana Urtica dioica

Jasione sessiliflora ssp. sessiliflora Urtica urens

Jasminum fruticans Vaccaria hispanica

Jasonia tuberosa Valerianella dentata

Juglans regia Verbascum sinuatum

Juncus acutus Verbena officinalis

Juncus articulatus Veronica anagallis-aquatica

Juncus bufonius Veronica arvensis

Juncus capitatus Veronica hederifolia

Juncus inflexus Veronica polita

Juncus maritimus Veronica praecox

Juncus pygmaeus Veronica tenuifolia

Juncus subnodulosus Viburnum tinus

Juncus tenageia Vicia hirsuta

Juniperus communis Vicia lutea

Juniperus communis ssp. communis Vicia peregrina

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Juniperus communis ssp. hemisphaerica Vicia sativa ssp. nigra

Juniperus oxycedrus Vicia sativa ssp. sativa

Juniperus oxycedrus ssp. badia Vicia tenuifolia

Juniperus oxycedrus ssp. oxycedrus Vicia villosa ssp. pseudocracca

Juniperus phoenicea Vinca difformis

Juniperus phoenicea ssp. phoenicea Viola alba

Juniperus thurifera Viola canina

Knautia subscaposa Viola odorata

Koeleria vallesiana Viola rupestris

Lactuca saligna Vulpia ciliata

Lactuca tenerrima Wangenheimia lima

Lactuca viminea Weissia controversa

Lactuca viminea ssp. ramosissima Xanthium spinosum

Lamarckia aurea Xeranthemum inapertum

Lamium amplexicaule

Fuente: Banco de Datos de Biodiversidad. Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.

En el D 70/2009, de 22 de mayo, que crea y regula el catálogo valenciano de especies de flora y fauna amenazadas, destacan como hábitats forestales en la zona: Ononidetum tridentatae, 1520*, vegetación sipsícola; y Eucladio-Adiantetum capilliveneris, 4220*, manantiales petrificantes.

2.1.6.4.- Flora protegida

En la Comunidad Valenciana existen varias especies vegetales que se encuentran en peligro de extinción, bien por su recolección incontrolada, su utilización comercial o por su ámbito de distribución geográfica, lo que hace necesario que se adopten medidas para su conservación.

En los catálogos valencianos de especies de flora amenazada, destacan las siguientes especies de interés:

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• Protegidas no catalogadas: Cleonia lusitánica, Halimium umbellatum ssp. viscosum, Jasione sessiliflora ssp. sessiliflora, Juncus capitatus, Listeria ovata, Narcissus bulbocodium, Narcissus triandrius ssp. pallidulus, Saxifraga dichotoma y Saxifraga longifolia.

La Orden de 20 de diciembre de 1985, de la Conselleria de Agricultura y Pesca, sobre protección de especies endémicas o amenazadas (DOGV 336 del 03 de febrero de 1986) establece tres anexos que hacen referencia a las especies incluidas en tres niveles diferentes de protección:

- ANEXO I: las plantas que figuran en este anexo se declaran protegidas en todo el territorio de la Comunidad Valenciana. Esta protección implica la prohibición de recolección, tala y desenraizamiento de estas plantas, así como la utilización de sus partes y semillas y su comercialización.

- ANEXO II: queda sometida a autorización previa la recolección, tala y desenraizamiento, así como la utilización de partes o semillas de las plantas incluidas en este anexo.

- ANEXO III: queda sometida a autorización previa tala y desenraizamiento, aunque no la siega o recogida de partes o semillas de las plantas incluidas en este anexo.

No obstante, cuando la recolección se haga con fines comerciales o industriales, será necesaria también una autorización previa para cualquier actuación sobre estas plantas. Queda exceptuado de esta necesidad de autorización la recolección de hojas de palmito (Chamaerops humilis) con fines artesanales.

En las cuadrículas que encuadran al término municipal de Tuéjar se han detectado las siguientes especies incluidas en los anexos de la Orden:

- ANEXO I: queda prohibida la recolección, tala y desenraizamiento de Littorella uniflora, Juncus capitatus, Marsilea strigosa, Myriophyllum alterniflorum.

- ANEXO II: se requiere autorización para recolectar, talar y desenraizar a Baldellia ranunculoides, Cleonia lusitánicaa, Crypsis schoenoides, Damasonium polyspermum, Halimium umbellatum ssp. viscosum, Jasione sessiliflora ssp. sessiliflora, Listera ovata, Lythrum borysthenicum, Lythrum thymifolia, Mentha cervina, Narcissus bulbocodium, Narcissus triandrius ssp. pallidulus, Saxifraga dichotoma.

- ANEXO III: se requiere autorización para tala y desenraizamiento de Anagallis tenella, Asplenium foreziense, Cephalanthera damasonium, Dactylorhiza fuchsii, Doronicum plantagineum, Elymus curvifolius, Erica cinerea, Hieracium compositum, Hieracium schmidtii, Juncus pygmaeus, Limodorum trabutianum, Lythrum tribracteatum, Orchis langei, Paronychia cymosa, Polygonum maritimum, Quercus pyrenaica.

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2.1.7.- Fauna De la consulta del Banco de Datos de Biodiversidad de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua,

Urbanismo y Vivienda, se ha obtenido un listado de las especies faunísticas presentes en las cuadrículas UTM 10 X 10 Km en las que se ubica el término municipal de Tuéjar:

ESPECIE ESTADO LEGAL

Nombre científico Nombre común

Agalenatea redii

Anax imperator

Anguilla anguilla Anguila Categoria UICN · Vulnerable

Convenio de Barcelona · Anexo III

Anthocharis cardamines

Anthocharis euphenoides

Aquila chrysaetos Águila Real

Catálogo nacional · Interés especial

Categoria UICN · Casi amenazada

Convenio de Berna · Anexo II

Convenio de Bonn · Anexo II

Directiva de aves · Anexo I

Arvicola sapidus Rata de agua Catálogo Valenciano de Fauna · Anexo II - Protegidas

Categoria UICN · Preocupación menor

Barbus guiraonis Barbo mediterráneo Categoria UICN · Vulnerable

Directiva de hábitats · Anexo V

Barbus haasi Barbo colirrojo Categoria UICN · Vulnerable

Directiva de hábitats · Anexo V

Blanus cinereus Culebrilla ciega Catálogo nacional · Interés especial

Convenio de Berna · Anexo III

Callophrys rubi

Calopteryx haemorrhoidalis

Ceriagrion tenellum

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Cervus elaphus Ciervo rojo

Categoria UICN · Vulnerable

Convenio de Berna · Anexo III

Directiva de hábitats · Anexo IV

Circaetus gallicus Águila Culebrera

Catálogo nacional · Interés especial

Convenio de Berna · Anexo II

Convenio de Bonn · Anexo II

Directiva de aves · Anexo I

Coenagrion caerulescens

Colias alfacariensis

Crocothemis erythraea

Dama dama Gamo Categoria UICN · No evaluado

Convenio de Berna · Anexo III

Elaphe scalaris Culebra de escalera Catálogo nacional · Interés especial

Convenio de Berna · Anexo III

Erynnis tages

Euchloe crameri

Gibbaranea bituberculata

Gibbaranea gibbosa

Glaucopsyche melanops

Gonepteryx cleopatra

Hieraaetus fasciatus Aguila azor perdicera

Catálogo nacional · Vulnerable

Catálogo Valenciano de Fauna · Anexo I - Vulnerable

Categoria UICN · En peligro

Convenio de Berna · Anexo II

Convenio de Bonn · Anexo II

Directiva de aves · Anexo I

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Hieraaetus pennatus Aguililla calzada

Catálogo nacional · Interés especial

Convenio de Berna · Anexo II

Convenio de Bonn · Anexo II

Directiva de aves · Anexo I

Lacerta lepida Lagarto ocelado Catálogo Valenciano de Fauna · Anexo II - Protegidas

Convenio de Berna · Anexo II

Lepus granatensis Liebre ibérica Categoria UICN · Preocupación menor

Libellula depressa

Libythea celtis

Lutra lutra Nútria paleártica

Catálogo nacional · Interés especial

Catálogo Valenciano de Fauna · Anexo I - En peligro de extinción

Categoria UICN · Casi amenazada

Convenio de Berna · Anexo II

Directiva de hábitats · Anexo II · Anexo IV

Lycaena phlaeas

Malpolon monspessulanus Culebra bastarda Catálogo Valenciano de Fauna · Anexo II - Protegidas

Convenio de Berna · Anexo III

Mangora acalypha

Melitaea deione

Natrix maura Culebra viperina Catálogo nacional · Interés especial

Convenio de Berna · Anexo III

Neophron percnopterus Alimoche común

Catálogo nacional · Vulnerable

Catálogo Valenciano de Fauna · Anexo I - Vulnerable

Categoria UICN · En peligro

Convenio de Berna · Anexo II

Convenio de Bonn · Anexo II

Directiva de aves · Anexo I

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Oncorhynchus mykiss Trucha arcoiris

Onychogomphus uncatus

Orthetrum brunneum

Orthetrum coerulescens

Parachondrostoma turiense Madrija Catálogo Valenciano de Fauna · Anexo II - Protegidas

Categoria UICN · En peligro

Parachtes teruelis

Pieris rapae

Platycnemis latipes

Pleurodeles waltl Gallipato

Catálogo nacional · Interés especial

Catálogo Valenciano de Fauna · Anexo I - Vulnerable

Convenio de Berna · Anexo III

Polyommatus thersites

Procambarus clarkii Cangrejo rojo americano

Prunella lacinata

Prunella vulgaris

Psammodromus algirus Lagartija colilarga Catálogo nacional · Interés especial

Convenio de Berna · Anexo III

Pseudophilotes panoptes

Rana perezi Rana común

Catálogo Valenciano de Fauna · Anexo II - Protegidas

Convenio de Berna · Anexo III

Directiva de Hábitats · Anexo V

Spialia sertorius

Squalius valentinus Cacho Categoria UICN · Vulnerable

Sympecma fusca

Sympetrum fonscolombei

Tomares ballus

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 70

Fuente: Banco de Datos de Biodiversidad. Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.

En este listado de especies se ha incluido su estado legal, considerando los diversos Convenios y Directivas, así como la categoría UICN y los catálogos tanto nacional como autonómico.

En los catálogos valencianos de especies de fauna amenazada, destacan las siguientes especies de interés:

• En peligro de extinción: Lutra lutra (nutria).

• Vulnerables: Austropotamobius pallipes (cangrejo de río autóctono), Pleurodeles waltl (gallipato), Oxygastra curtisii, Neophron percnopterus (alimoche común) y Hierateus fasciatus (águila perdicera).

• Protegidas: Chondrostoma turiense (madrija).

En Fuente Cupido se señala la presencia de Pleurodeles waltl (gallipato), Alytes obstetricans (sapo partero) y Rana perezi (rana común), incluidos en el proyecto Life Anfibios.

El Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, regulado por el Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo:

• En peligro de extinción: reservada para aquellas cuya supervivencia es poco probable si los factores causales de su actual situación siguen actuando.

• Sensibles a la alteración de su hábitat: referida a aquellas cuyo hábitat característico está particularmente amenazado, en grave regresión, fraccionado o muy limitado.

• Vulnerables: destinada a aquellas que corren el riesgo de pasar a las categorías anteriores en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ellas no son corregidos.

• De interés especial: se podrán incluir las que, sin estar contempladas en ninguna de las precedentes, sean merecedoras de una atención particular en función de su valor científico, ecológico, cultural o por su singularidad.

En las cuadrículas correspondientes al término municipal de Tuéjar, aparecen especies incluidas en el Catálogo Nacional de especies amenazadas, dentro de la categoría de interés especial. Esta catalogación implica la redacción de un Plan de Manejo que determine las medidas necesarias para mantener las poblaciones en un nivel adecuado.

Por su parte, el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, está regulado por el Decreto 32/2004, de 27 de febrero, donde se establecen diversas categorías y normas para su protección. De entre las categorías, se distingue:

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• Especies valencianas catalogadas (Anexo I). Especies, subespecies o poblaciones cuya protección en la Comunidad Valenciana exige la adopción de medidas específicas de conservación. A dichos efectos, se establece la siguiente clasificación: en peligro de extinción y vulnerables.

• Especies protegidas (Anexo II). Especies, subespecies o poblaciones no amenazadas ni sujetas a aprovechamientos cinegéticos o piscícolas, considerados beneficiosas o que no precisan controles habituales para evitar daños importantes a otras especies protegidas, a la ganadería, a la agricultura o a la salud y seguridad de las personas, cuya protección exige la adopción de medidas generales de conservación.

• Especies tuteladas (Anexo III). Especies, subespecies o poblaciones de especies autóctonas no amenazadas ni sujetas a aprovechamientos cinegéticos o piscícolas que puedan precisar controles habituales para evitar daños a otras especies protegidas o catalogadas, cinegéticas o piscícolas, a la ganadería, a la agricultura o a la salud y seguridad de las personas. Asimismo, se incluyen en esta categoría aquellas especies exóticas con poblaciones reproductoras en libertad que requieran de la adopción de medidas de control de poblaciones.

En las cuadrículas consideradas y que enmarcan al término municipal de Tuéjar, se han encontrado especies protegidas, tuteladas y una catalogada como vulnerable. Con respecto a los ejemplares, huevos, larvas, crías o restos de las especies catalogadas, quedan prohibidas las siguientes conductas: muerte, deterioro, recolección, liberación, comercio, exposición para el comercio, transporte, intercambio, oferta con fines de venta, captura, persecución, molestias, naturalización y tenencia, salvo que estuvieran autorizadas. También se prohíbe la destrucción y alteración de su hábitat y, en particular, de los lugares de reproducción, reposo, campeo o alimentación.

Para las especies protegidas, quedan prohibidas las conductas relacionadas con la alteración o destrucción de la vegetación, así como dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, y la destrucción o daño, recolección y retención de sus nidos, de sus crías o de sus huevos, estos últimos aun estando vacíos. En relación con los mismos, quedan prohibidos la posesión, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos o de sus restos, incluyendo el comercio exterior.

Por último, con respecto a los ejemplares, huevos, larvas, crías o restos de especies tuteladas, quedan prohibidas las siguientes conductas: muerte, recolección, comercio de ejemplares vivos o la captura, salvo que estuvieran autorizadas.

2.1.8.- Espacios naturales protegidos

2.1.8.1.- LIC del Alto Turia

En el término municipal de Tuéjar destaca, como área de interés para la conservación de la

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naturaleza, el área protegida por la Red Natura 2000 (Directiva 92/43/ CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992) relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres; el LIC Alto Turia.

El LIC Alto Turia, presenta una superficie de 14.449 Ha. Se trata de un área básicamente fluvial estructurada alrededor del río Turia. Alberga importantes ejemplos de bosques de galería y roquedos escarpados, denominados las Hoces del Turia.

Como hábitats y especies destacables, este LIC contiene más del 2% del hábitat “fruticedas termófilas” y una muy buena representación de la vegetación de manantiales de aguas carbonatadas. El hábitat mejor representado son los matorrales con palmito y los matorrales arborescentes con Juniperus. En cuanto a los hábitats evaluados como insuficientemente representados en la propuesta de 1997, se destaca la representación de “Molinio-Holoschoenion”, “Nerio-Tamaricetea” y retamares. Diversos hábitats prioritarios, ligados casi todos ellos al río, incrementan también su representación.

Por lo que respecta a las especies, mencionar la presencia en la zona de buenas poblaciones de rapaces, como Circaetus gallicus (águila culebrera), Hierateus pennatus (águila calzada), Hierateus fasciatus (águila perdicera), Aguila chrysaetos (águila real), Bubo bubo (búho real), etc. También consta la presencia de Lutra lutra (nutria) y Microtus cabrerae (topillo de cabrera). En cuanto a los peces, destaca Chondrostoma

turiense (madrija) y Rutilus arcasii (bermejuela).

Fuente: Ministerio de Medio Ambiente y Medio rural y Marino

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2.1.8.2.- ZEPA del Alto Turia y Sierra del Negrete

Las zonas de especial protección para las aves (ZEPA), son catalogadas por los estados miembros de la Unión Europea como zonas naturales de singular relevancia para la conservación de la avifauna amenazada de extinción, de acuerdo con lo establecido en la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, y modificaciones subsiguientes (“Directiva de Aves” de la UE).

En las zonas de protección se prohíbe o limita la caza de aves, en sus fechas y sus técnicas; se regula la posible comercialización; los estados miembros están obligados a actuar para conservar las condiciones medioambientales requeridas para el descanso, reproducción y alimentación de las aves. La convención parte del reconocimiento de que las aves del territorio europeo son patrimonio común y han de ser protegidas a través de una gestión homogénea que conserve sus hábitats.

En este sentido, la totalidad de la superficie de Tuéjar forma parte de la ZEPA del Alto Turia y Sierra de Negrete. Esta ZEPA fue declarada zona de especial protección para las aves por la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, mediante el Acuerdo de 5 de junio de 2009, del Consell, de ampliación de la Red de Zonas de Especial Protección paras las Aves de la Comunidad Valenciana.

La ZEPA del Alto Turia y Sierra del Negrete ocupa una superficie de 100.314,70 ha, incluyendo una parte o la totalidad de los municipios de Alpuente, Aras de los Olmos, Benagéber, Bugarra, Calles, Chelva, Chera, Chulilla, Domeño, Gestalgar, Higueruelas, La Yesa, Loriguilla, Losa del Obispo, Pedralba, Requena, Sinarcas, Sot de Chera, Titaguas, y Tuéjar.

Las especies de aves del anexo I de la Directiva 79/40CEE presentes en la zona son:

Nombre común Nombre científico

Alimoche común Neophron percnopterus

Culebrera europea Circaetus gallicus

Águila real Aquila chrysaetos

Aguililla calzada Hieraaetus pennatus

Águila-azor perdicera Hieraaetus fasciatus

Halcón peregrino Falco peregrinus

Alcaraván común Burhinus oedicnemus

Búho real Bubo bubo

Chotacabras gris Caprimulgus europaeus

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Martín pescador Alcedo atthis

Calandria Melanocorypha calandra

Terrera común Calandrella brachydactyla

Cogujada montesina Galerida theklae

Totovía Lullula arborea

Bisbita campestre Anthus campestris

Collalba negra Oenanthe leucura

Curruca rabilarga Sylvia undata

Chova piquirroja Pyrrhocorax pyrrhocorax

En esta zona nidifican 18 especies del anexo I. Es un área destinada principalmente a la protección del águila-azor perdicera y el águila real. Además existen importantes poblaciones de alimoche común, culebrera europea, aguililla calzada, halcón peregrino y búho real, entre otras rapaces. También destaca la presencia de chova piquirroja y collalba negra.

Otras protecciones vigentes en la zona son el LIC Alto Turia (ES5232006) (parte del ámbito).

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Fuente: Ministerio de Medio Ambiente y Medio rural y Marino

2.1.8.3.- Microrreservas de flora El Picarcho y Riberas del río Tuéjar

Por medio del Decreto 218/1994, de 17 de octubre, del Gobierno Valenciano, se creó la figura de protección de especies denominada microrreserva vegetal.

Las microrreservas de flora son zonas de menos de 20 hectáreas de extensión, declaradas mediante Orden de la Conselleria de Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, a propuesta propia o de los propietarios del terreno, a fin de favorecer la conservación de las especies botánicas raras, endémicas o amenazadas, o las unidades de vegetación que la contienen.

En la microrreserva se encuentran protegidas las plantas y los sustratos sobre las que éstas crecen (suelo, roca, etc.), pero no necesariamente la fauna. En consecuencia, la declaración de una microrreserva no implica limitaciones para el desarrollo de la caza. No obstante lo anterior, en la Orden por la que se declara una microrreserva pueden establecerse medidas adicionales para proteger a aquellas especies de animales (especialmente insectos) que resultan necesarios para la supervivencia de las plantas, al garantizar la polinización de las flores, dispersión de las semillas, etc.

Los distintos estudios realizados durante varios años por investigadores especialistas sobre la situación de las poblaciones de los taxones vegetales endémicos, raros o amenazados en el ámbito de la Comunidad Valenciana, han orientado sobre las prioridades para el establecimiento de microrreservas.

La microrreserva El Picarcho fue declarada mediante Orden, de 4 de mayo de 1999, de la Conselleria de Medio Ambiente, y la microrreserva Riberas del río Tuéjar, mediante Orden, de 22 de octubre de 2002, de la Conselleria de Medio Ambiente

Durante la tramitación de las citadas órdenes se han cumplido los pasos procedimentales establecidos en el artículo quinto del Decreto 218/1994, y todas las microrreservas que se declaran cumplen los requisitos exigidos en el artículo tercero de dicho Decreto.

La microrreserva El Picarcho cuenta con una superficie de 7,770 ha., perteneciente a monte de utilidad pública (“El Monte de Tuéjar”, nº 61 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública) propiedad del Ayuntamiento de Tuéjar.

Las especies prioritarias son Quercus pyrenaica, Cytisus scoparius subsp. scoparius, Cistus ladanifer, Polygonatum odoratum.

Las unidades de vegetación prioritarias son el robledal de Quercus pyrenaica (código Natura 2000: 9230), y los jarales de Cistus laurifolius (código Natura 2000: 4030).

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Las actuaciones de conservación que contempla el plan de gestión son las siguientes: instalación de carteles informativos con recomendaciones; censo y seguimiento periódico de la población de Quercus

pyrenaica; recogida de semillas de las especies prioritarias y depósito en banco de germoplasma; refuerzo poblacional de Quercus pyrenaica, a partir de material proveniente de la propia microrreserva o de áreas inmediatas; clareo periódico de los individuos de Pinus pinaster, destinado a favorecer la regeneración del bosque de Quercus pyrenaica.

En cuanto a las limitaciones de uso, queda prohibida cualquier actividad silvícola no citada anteriormente; queda prohibida cualquier práctica deportiva que conlleve un deterioro de las plantas o el suelo en la microrreserva o en sus zonas marginales. En el caso de observarse impactos negativamente significativos en la microrreserva, como consecuencia del elevado número de visitantes, el acceso se podrá restringir gradualmente, dando prioridad a las visitas que tengan carácter científico, cultural o educativo.

La microrreserva Riberas del Río Tuéjar cuenta con una superficie de 5,730 ha., perteneciente en parte a monte de utilidad pública propiedad de la Generalitat Valenciana (V1011, “Riberas del Río Tuéjar”, nº 178 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública), y en parte a monte de utilidad pública propiedad del Ayuntamiento de Tuéjar (“El Monte de Tuéjar”, nº 61 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública).

Las especies prioritarias: Salix atrocinerea, Salix eleagnos subsp. angustifolia, Tamarix gallica, Populus nigra, Juniperus phoenicea, Teucrium thymifolium, Odontites viscosus subsp. australis.

Las unidades de vegetación prioritarias son: matorrales ribereños termomediterráneos de la Nerio-

Tamaricetea (Código Natura 2000:92D0), bosques de galería de Salix y Populus alba (Vinco difformis-

Populetum albae) (Código Natura 2000: 92A0), y comunidades de roquedos calcáreos (Teucrion buxifolii) (Código Natura 2000: 8210).

Las actuaciones de conservación que contempla el plan de gestión son las siguientes: instalación de cartel informativo con recomendaciones; censo y seguimiento de la especie Salix atrocinerea; muestreo fitosociológico de las unidades de vegetación prioritarias; eliminación progresiva de aquellos chopos que estén enfermos o muertos y de las robinias y moreras, con objeto de naturalizar la zona y recuperar progresivamente el bosque de ribera. Aquellas robinias y moreras que presenten porte arbóreo serán reubicadas en zonas de jardines o áreas recreativas que presenten condiciones adecuadas; regeneración del hábitat típico de ribera con reintroducción de las siguientes especies: Salix eleagnos subsp.

angustifolia, Salix atrocinerea, Salix alba, Populus alba, Nerium oleander, Myrtus communis, Lysimachia

ephemerum, Lythrum salicaria, Dorycnium rectum, Epilobium hirsutum,Iris pseudacorus; en la zona más alejada de la ribera donde se encuentra la población de Sequoia sempervirens, se introducirán las especies Acer granatense y Fraxinus angustifolia con el objeto de naturalizar la zona e incrementar la biodiversidad; censo y seguimiento de Sequoia sempervirens, con objeto de estudiar los factores que en su día ocasionaron su desaparición (en la región mediterránea existieron en el Plioceno inferior) y que en la actualidad continúan

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influyendo; con el objeto de impedir el estacionamiento de vehículos en el interior de la microrreserva, se colocará una valla de postes de madera unidos con cuerdas.

En cuanto a las limitaciones de uso: no se podrá realizar en la microrreserva cualquier actividad que conlleve una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica; queda prohibido el vertido de escombros en el interior de la microrreserva; con el fin de evitar los procesos erosivos, el acceso a la microrreserva queda restringido a los caminos ya existentes. No se podrá aparcar vehículos en el interior de la microrreserva.

Fuente: Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge.

2.1.8.4.- Paraje Natural Municipal Nacimiento del Río Tuéjar

Los Parajes Naturales Municipales son una de las siete categorías de espacios protegidos definidas en la Ley 11/1994 de la Generalitat Valenciana, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana. El Paraje Natural Municipal es una figura mixta, prevista por la citada Ley. Son declarados por la Generalitat, pero su gestión corre a cargo de los ayuntamientos. Estos parajes son zonas comprendidas en uno o varios términos municipales, con valores naturales de interés local que requieren su protección, conservación y mejora. Únicamente se admitirán en estos parajes los usos compatibles con las finalidades que motivaron su declaración, excluyéndose la utilización urbanística de los terrenos.

En el término se encuentra el Paraje Natural Municipal del Nacimiento del Río Tuéjar, con aprobación

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definitiva por parte de la Generalitat Valenciana.

En su descripción se señalan los siguientes elementos:

Tiene una superficie de 600,6 hectáreas, toda ella en el término municipal de Tuéjar. El paraje tiene una accidentada orografía, que unida a una amplia variedad de ecosistemas, especies animales protegidas y elementos arquitectónicos y arqueológicos, lo convierten en uno de los más bellos de la comarca de Los Serranos.

El nacimiento del Tuéjar alberga diversos ecosistemas. En la rambla del río hay ejemplares de chopos, sauces y fresnos, destacando plantas como las adelfas o el junqueral. En las laderas del valle encontramos pino carrasco, madroño y carrasca junto a brezo, lentisco, enebro y sabina negral. En las zonas más altas y expuestas al frío existen numerosas coscojas y comunidades de labiadas.

En lo que se refiere a la fauna es de reseñar la presencia de especies protegidas como el águila perdicera, el alimoche, el búho real, la chova piquirroja. También es normal encontrar jabalíes, ciervos y perdices, así como depredadores como el gato montés y la gineta.

En el río conviven el mirlo acuático, la oropéndola, el sapo corredor y el partero. También se pueden apreciar nutrias, anguilas, truchas arco iris y cachos.

Es importante también la existencia de numerosos elementos culturales que aportan riqueza a la

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zona. El acueducto de la Peña Cortada, Bien de Interés Cultural, el azud, el antiguo nevero de La Lacaba o el yacimiento arqueológico de los corrales de Silla son un buen ejemplo.

2.1.8.5.- Hábitats naturales de interés

En el término municipal de Tuéjar aparecen un elevado número de distintos tipos de hábitats que contienen especies de interés. En las tablas siguientes, se expone una breve descripción de los mismos. El código corresponde al código NATURA 2000.

HÁBITAT A

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

9530 853310 75 Aceri granatensis- Quercion fagineae Rivas-Martínez 1987

9340 834033 2 Junipero thuriferae-Quercetum rotundifoliae Rivas-Martínez 1987

HÁBITAT B

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

9340 834034 > 75 Quercetum rotundifoliae Br.-Bl. & O. Bolòs Vives 1956

HÁBITAT C

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

9530 853310 80 Aceri granatensis- Quercion fagineae Rivas-Martínez 1987

9340 834033 5 Junipero thuriferae-Quercetum rotundifoliae Rivas-Martínez 1987

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HÁBITAT D

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

4030 303063 83 Erico scopariae-Cistetum populifolii O. Bòlos 1957

HÁBITAT E

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

8210 7211B1 0 – 25 % Asplenietum hispanici Pérez-Raya & Molero 1988

9560 856131 25 – 50 % Buxo sempervirentis-Juniperetum phoeniceae Rivas-Martínez 1969

7220 622021 0 – 25 % Eucladio-Adiantetum capilli-veneris Br.-Bl. ex Horvatic 1934

8210 721153 0 – 25 % Jasonio glutinosae-Teucrietum thymifolii

Rigual, Esteve & Rivas Goday 1963 corr. Alcaraz & De la Torre 1988

6420 54201O 0 – 25 % Peucedano hispanici-Sonchetum aquatilis O. Bòlos 1957

8210 7211B4 0 – 25 % Polypodietum serrati Br.-Bl. in Br.-Bl., Roussine & N_gre 1952

9560 856132 25 – 50 % Rhamno lycioidis-Juniperetum phoeniceae Rivas-Martínez & G. López in G. López 1976

5210 421014 25 – 50 % Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

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HÁBITAT F

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

8220 722023 < 25 % Asplenietum septentrionali-foreziensis Mateo 1983

8220 722097 25 – 50 % Pterogonio-Polypodietum vulgaris Mateo 1983

HÁBITAT G

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

9230 722023 50 – 75 % Luzuloforsteri-Quercetum pyrenaicae Rivas-Martínez 1963

8220 722097 25 – 50 % Pterogonio-Polypodietum vulgaris Mateo 1983

HÁBITAT H

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

8210 721172 25 – 50 % Campanulo hispanicae-Saxifragetum valentinae Rivas Goday & Borja 1961

HÁBITAT I

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

4030 303062 > 75 % Erico scopariae-Arctostaphyletum crassifoliae Mateo & Mansanet in Mateo 1983

8210 7211B6 25 – 50 % Saxifragetum latepetiolatae G. López 1978

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HÁBITAT J

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

4030 303062 > 75 % Erico scopariae-Arctostaphyletum crassifoliae Mateo & Mansanet in Mateo 1983

HÁBITAT K

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

8210 721153 1 Jasonio glutinosae-Teucrietum thymifolii

Rigual, Esteve & Rivas Goday 1963 corr. Alcaraz & De la Torre 1988

5210 421014 70 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

5330 433460 20 Rosmarinion officinalis Br.-Bl. ex Moliner 1934 (matorrales termomediterráneos)

6220 52207B 9 Teucrio pseudochamaepityos-Brachypodietum ramosi O. Bòlos 1957

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HÁBITAT L

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

92A0 82A060 3 Salicion tiandro-neotrichae Br.-Bl. & O. Bòlos 1958

720 622021 1 Eucladio-Adiantetum capilli-veneris Br.-Bl. ex Horvatic 1934

8210 721153 1 Jasonio glutinosae-Teucrietum thymifolii

Rigual, Esteve & Rivas Goday 1963 corr. Alcaraz & De la Torre 1988

6420 54201O 1 Peucedano hispanici-Sonchetum aquatilis O. Bòlos 1957

7210 621020 10 Phragmition communis Koch 1926

8210 7211B4 1 Polypodietum serrati Br.-Bl. in Br.-Bl., Roussine & N_gre 1952

5110 411520 40 Pruno-Rubion ulmifolii O.Bòlos 1954

5210 421010 40 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

92A0 82A060 5 Salicion tiandro-neotrichae Br.-Bl. & O. Bòlos 1958

HÁBITAT M

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

6420 542015 < 25 % Holoschoenetum vulgaris Br.-Bl. ex Tchou 1948

92A0 82A060 50 – 75 % Salicion tiandro-neotrichae Br.-Bl. & O. Bòlos 1958

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HÁBITAT N

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

7220 622021 1 Eucladio-Adiantetum capilli-veneris Br.-Bl. ex Horvatic 1934

8210 721153 1 Jasonio glutinosae-Teucrietum thymifolii

Rigual, Esteve & Rivas Goday 1963 corr. Alcaraz & De la Torre 1988

6420 54201O 1 Peucedano hispanici-Sonchetum aquatilis O. Bòlos 1957

7210 621020 10 Phragmition communis Koch 1926

8210 7211B4 1 Polypodietum serrati Br.-Bl. in Br.-Bl., Roussine & N_gre 1952

5110 411520 40 Pruno-Rubion ulmifolii O.Bòlos 1954

5210 421010 40 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

92A0 82A060 5 Salicion tiandro-neotrichae Br.-Bl. & O. Bòlos 1958

HÁBITAT Ñ

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

1520 152012 3 Onodidteum tridentatae Br.-Bl. & Bòlos 1958

9340 834034 1 Quercetum rotundifoliae Br.-Bl. & O. Bòlos in Vives 1956

5210 421014 60 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

5330 433460 15 Rosmarinion officinalis Br.-Bl. ex Moliner 1934 (matorrales termomediterráneos)

6220 52207B 15 Teucrio pseudochamaepityos-Brachypodietum ramosi O. Bòlos 1957

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HÁBITAT O

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

92D0 82D013 > 75 % Tamaricetum gallicae Br.-Bl. & O. Bòlos 1958

HÁBITAT P

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

5330 433532 1 Hedero-Cytisetum patentis Mateo 1983

7220 622021 1 Eucladio-Adiantetum capilli-veneris Br.-Bl. ex Horvatic 1934

1520 152012 2 Onodidteum tridentatae Br.-Bl. & Bòlos 1958

5210 421014 50 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

5330 433460 35 Rosmarinion officinalis Br.-Bl. ex Moliner 1934 (matorrales termomediterráneos)

6220 52207B 10 Teucrio pseudochamaepityos-Brachypodietum ramosi O. Bòlos 1957

HÁBITAT Q

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

5210 421014 50 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

5330 433460 40 Rosmarinion officinalis Br.-Bl. ex Moliner 1934 (matorrales termomediterráneos)

6220 52207B 10 Teucrio pseudochamaepityos-Brachypodietum ramosi O. Bòlos 1957

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HÁBITAT R

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

6220 522212 1 Dactylido hispanicae-Lygeetum sparti Rivas-Martínez ex Alcaraz 1984

1520 152012 5 Onodidteum tridentatae Br.-Bl. & Bòlos 1958

5210 421014 20 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

5330 433460 60 Rosmarinion officinalis Br.-Bl. ex Moliner 1934 (matorrales termomediterráneos)

6220 52207B 10 Teucrio pseudochamaepityos-Brachypodietum ramosi O. Bòlos 1957

HÁBITAT S

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

1520 152012 5 Onodidteum tridentatae Br.-Bl. & Bòlos 1958

5330 433460 80 Rosmarinion officinalis Br.-Bl. ex Moliner 1934 (matorrales termomediterráneos)

HÁBITAT T

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

1520 152012 5 Onodidteum tridentatae Br.-Bl. & Bòlos 1958

5210 421014 55 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

5330 433460 35 Rosmarinion officinalis Br.-Bl. ex Moliner 1934 (matorrales termomediterráneos)

6220 52207B 5 Teucrio pseudochamaepityos-Brachypodietum ramosi O. Bòlos 1957

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HÁBITAT U

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

1520 152012 80 Onodidteum tridentatae Br.-Bl. & Bòlos 1958

HÁBITAT V

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

6420 542015 25 – 50 % Holoschoenetum vulgaris Br.-Bl. ex Tchou 1948

92D0 82D033 25 – 50 % Rubo ulmifolii-Nerietum oleandri O.Bòlos 1956

HÁBITAT W

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

9340 834034 1 Quercetum rotundifoliae Br.-Bl. & O. Bòlos in Vives 1956

5210 421014 70 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

5330 433460 20 Rosmarinion officinalis Br.-Bl. ex Moliner 1934 (matorrales termomediterráneos)

6220 52207B 9 Teucrio pseudochamaepityos-Brachypodietum ramosi O. Bòlos 1957

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HÁBITAT X

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

5210 421014 40 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

5330 433460 40 Rosmarinion officinalis Br.-Bl. ex Moliner 1934 (matorrales termomediterráneos)

6220 52207B 15 Teucrio pseudochamaepityos-Brachypodietum ramosi O. Bòlos 1957

HÁBITAT Y

CÓDIGO COBERTURA (%) DESCRIPCIÓN

UE Inter. Española

9340 834034 5 Quercetum rotundifoliae Br.-Bl. & O. Bòlos in Vives 1956

5210 421014 60 Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae Br.-Bl. & O. Bòlos 1954 (comunidades de Juniperus)

5330 433460 25 Rosmarinion officinalis Br.-Bl. ex Moliner 1934 (matorrales termomediterráneos)

6220 52207B 10 Teucrio pseudochamaepityos-Brachypodietum ramosi O. Bòlos 1957

2.1.8.6.- Montes de Utilidad Pública

De la consulta de la cartografía temática de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, se desprende que Tuéjar cuenta con 80,10 Km2 clasificados como Monte de Utilidad Pública:

• “El Monte de Tuéjar”, nº V061 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, ubicado en la demarcación forestal de Chelva y perteneciente al Ayuntamiento de Tuéjar. Tiene una superficie de 7.150 Ha. Aunque figura como parcialmente deslindado y parcialmente amojonado, el Informe de la Sección Forestal de 27-3-2009 indica que no lo está ni se considera “acertado hacerlo por la firmeza de sus límites actuales, incluyendo los enclavados, derivada del conocimiento popular sobre la compra por el pueblo de Tuéjar de todas las tierras. El citado Informe incluye en el apartado “Antecedentes” un relato

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de la historia de estos terrenos. Numerosos parajes fueron repoblados con pino carrasco (Pinus halepensis) como especie única.

• “Riberas del Río Tuéjar”, nº V178 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, perteneciente a la Generalitat Valenciana. Sus límites fueron definidos considerando las máximas avenidas extraordinarias del río, mediante la Ley de Estimación de Riberas de 1943. Fue repoblado anteriormente con especies de crecimiento rápido, como chopos y eucaliptos, y en 2007 con especies propias de las riberas y de los suelos frescos y profundos, como Populus alba, sauces, fresnos, arces, almeces, etc.

• “Monte Embalse del Generalísimo”, nº V3061 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública. Fue consorciado con el ICONA y pertenece a la Confederación Hidrográfica del Júcar. Fue repoblado con pino carrasco (Pinus halepensis), chopos híbridos y algunos fresnos y arces. En la actualidad, los chopos hay que quitarlos por estar muy envejecidos (pasados de turno) y se detectan plagas, desrames y tronchado de fustes, y sustituirlos por especies apropiadas más longevas, según el citado Informe de la Sección Forestal de 27-3-2009.

• Se representan grafiados en la siguiente imagen:

2.1.8.7.- Vías pecuarias

Protegidas por la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias, se consideran corredores ecológicos, esenciales para la migración, la distribución geográfica y el intercambio genético de las especies

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silvestres. Además, y atendiendo a la demanda social creciente, las vías pecuarias pueden constituir un instrumento favorecedor del contacto del hombre con la naturaleza y de la ordenación del entorno medioambiental.

Las vías pecuarias, por orden de importancia, se definen como:

• Cordel: vía pastoril para ganados trashumantes que, según la legislación de la Mesta, debe tener 45 varas de ancho (37,5 metros). El concepto de Mesta se refiere a una institución nacida durante el reinado de Alfonso X el Sabio (1252-1284) y cuya función era proteger la trashumancia de los ganados en los territorios de la Corona de Castilla.

• Vereda: vía pastoril para los ganados trashumantes que, según la legislación de la Mesta, debe tener como mínimo 25 varas de ancho (20 metros).

• Colada: faja de terreno por donde pueden transitar los ganados para ir de unas partes a otras, bien en campos libres, adehesados o eriales, bien en los de propiedad particular después de levantadas las cosechas. Tiene la superficie que determine el acto administrativo de clasificación de las mismas.

El término municipal de Tuéjar está atravesado por 3 vías pecuarias, todas ellas veredas:

• Vereda de Talayuelas. Cruza el Término Municipal de Este a Oeste, por el borde norte del casco urbano. Su aprobación fue publicada en el DOCV el 12/01/1990. Tiene una longitud clasificada de 8.500 metros y una anchura legal de 20 metros.

• Vereda de Domeño. Ubicada al norte del Término Municipal, fue aprobada con la publicación en el DOCV del 12/01/1990. Su longitud es de 3.100 metros, mientras que la anchura legal es de 20 metros.

• Vereda de Titaguas. Localizada al norte del casco urbano de Tuéjar, en forma paralela al río Tuéjar, fue publicada su aprobación en el DOCV el 12/01/1990. Posee una longitud clasificada de 2.600 metros y su anchura legal es de 20 metros.

Se aclara que el Cordel nº. 14 o de Aras de Alpuente a Domeño, que en Titaguas cuenta con una anchura de 37´61 m, en término de Tuéjar parece coincidir con la Vereda de de Domeño, con una anchura legal de 20 m. No obstante, se somete al respecto a lo que indique la administración competente en la materia.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 91

Como bienes de dominio público de la Comunidad Valenciana, vienen reguladas por Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. En estas zonas no está permitida ninguna edificación.

En las zonas objeto de cualquier forma de ordenación, el nuevo trazado deberá asegurar el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad y continuidad de los trazados junto con la del tránsito ganadero, de conformidad con el artículo 12 del citado cuerpo legal.

Cuando se proyecte una obra pública sobre terreno por el que discurra una vía pecuaria, la administración actuante deberá asegurar que el trazado alternativo de la vía pecuaria garantice el mantenimiento de sus características y la continuidad del tránsito ganadero.

Conforme a la legislación al respecto, se prohíbe todo tipo de edificaciones, transformaciones, movimientos de tierra y vertidos que no hayan sido previamente autorizados por los organismos competentes.

2.1.8.8.- Patrimonio arqueológico, arquitectónico y etnológico

2.1.8.8.1.- Inventario patrimonial

El patrimonio cultural valenciano es una de las principales señas del pueblo valenciano y el testimonio de su contribución a la cultura universal. Los bienes que lo integran constituyen un legado patrimonial de inapreciable valor, cuya conservación y enriquecimiento corresponde a todos los valencianos y especialmente a las instituciones y los poderes públicos que lo representan.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 92

La ley trata de fomentar el aprecio general del patrimonio cultural, a través de educación y la información, como el medio más eficaz de asegurar la colaboración social en su protección y conservación.

Entendemos que el patrimonio susceptible de protección no es solamente el arquitectónico, sino también todos aquellos aspectos de índole arqueológica, etnológica, agrícola, territorial, etc. que forman parte de la memoria histórica de una colectividad. La Ley del Patrimonio Histórico Español declara que el patrimonio histórico está formado por los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico,

paleontológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que

tengan valor artístico, histórico o antropológico.

El listado y fichas individuales de los elementos singulares protegidos por motivos culturales en el Plan General figura en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos adjunto (incluyendo los elementos patrimoniales protegidos por la legislación y los recopilados en el Servicio de Patrimonio Cultural de la Conselleria de Cultura i Esport), al que se remite para evitar reiteración.

2.1.8.8.2.- Afecciones legales

Las afecciones en materia de patrimonio histórico están reguladas en la Ley del Patrimonio Histórico Español (Ley 6/1985, de 25 de junio) así como en el Art. 62 de la Ley 4/98, de 11 de junio, por la que se regula el patrimonio cultural (histórico-artístico) de la Comunidad Valenciana.

Son ámbitos de Protección del Patrimonio las delimitaciones y enclaves en los que se ha detectado la existencia de restos, indicios o formaciones del pasado, y sus respectivos entornos, como yacimientos arqueológicos, lugares históricos o arquitecturas, que constituyen una herencia cultural insustituible merecedora por ello de una especial protección para evitar su deterioro sistemático por constituir muestras de identidad cultural del transcurso de la historia colectiva.

La localización geográfica de las distintas piezas que dan origen a los ámbitos merecedores de protección especial que se reseñan en virtud de su interés histórico-cultural, se corresponde con investigaciones conocidas.

Todas las actuaciones públicas o privadas que se realicen en los mismos deberán llevarse a cabo cumpliendo las medidas de protección señaladas.

2.1.8.9.- Cuevas

Con la aprobación de la Ley 11/94, de espacios naturales protegidos de la Comunidad Valenciana, se declararon protegidas, con carácter general, “todas las cuevas, simas y demás cavidades subterráneas” sitas en el ámbito territorial valenciano (Art. 16).

En el Catálogo de las Cuevas de la Comunidad Valenciana, aprobado el Decreto 65/2006 del Consell

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de 12 de Mayo, no se han encontrado cavidades catalogadas en el municipio de Tuéjar.

2.1.9.- Paisaje En el Término Municipal de Tuéjar podemos diferenciar las siguientes unidades y subunidades de

paisaje:

• Unidad de Paisaje Urbano.

• Subunidad del Núcleo Histórico.

• Subunidad de Zona de Expansión o Ensanche.

• Unidad de Paisaje Rural-Agrícola.

• Subunidad de Regadío

• Subunidad de Herbáceos en Secano

• Subunidad de Leñosos en Secano.

• Unidad de Paisaje Seminatural.

• Subunidad de las Riberas del río Tuéjar

• Subunidad de las Riberas del río Turia y Embalse de Benagéber

• Subunidad de Monte Bajo.

• Subunidad de Forestal Arbolado.

En el correspondiente Avance del Estudio de Paisaje se dearrolla la información sobre las Unidades de Paisaje y los Recursos Paisajísticos.

2.1.10.- Riesgos ambientales

2.1.10.1.- Riesgo de inundación

El 30 de enero de 2003, se aprobó el PATRICOVA, instrumento de ordenación del territorio previsto en la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. Este Plan limita los usos urbanísticos en función del riesgo de inundación.

En él y en la Cartografía Temática de la Comunidad Valenciana, en la clasificación de niveles de riesgo de inundación en función de la frecuencia y magnitud con que se produce, se establecen 6 niveles, como combinación de tres niveles de frecuencia y dos de calados alcanzados. Las frecuencias utilizadas son: alta (menos de 25 años de período de retorno), media (entre 25 y 100 años de período de retorno) y baja (entre 100 y 500 años de período de retorno). En cuanto a los calados, se distinguen entre menos y más de

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80 cm, ya que a partir de esta altura los daños producidos comienzan a elevarse.

Así, se obtienen los siguientes niveles de riesgo:

• Riesgo 1: frecuencia alta (25 años) y calado alto (> 0,8 m).

• Riesgo 2: frecuencia media (100 años) y calado alto (> 0,8 m).

• Riesgo 3: frecuencia alta (25 años) y calado bajo (< 0,8 m).

• Riesgo 4: frecuencia media (100 años) y calado bajo (< 0,8 m).

• Riesgo 5: frecuencia baja (500 años) y calado alto (> 0,8 m).

• Riesgo 6: frecuencia baja (500 años) y calado bajo (< 0,8 m).

Como puede verse en el siguiente mapa, el municipio de Tuéjar presenta dos zonas con riesgo de inundación. La primera de ellas se corresponde con el río Tuéjar y con el barranco del Prado, que vierte sus aguas en él. Las superficies afectadas presentan un riesgo de inundación de nivel 6 (frecuencia entre 100 y 500 años y calado menor de 0,8 m), y entre ellas comprende la carretera CV-390 y parte de la zona de Almacenes, al norte del casco urbano. Tanto en el área con este riesgo de esta zona como en la Urbanizable prevista en torno a ella, no se admitirá el uso de vivienda en planta baja, ni actividades con riesgo potencial de contaminación. La segunda se corresponde con el cauce del río Turia, que también presenta riesgo de inundación de nivel 6 desde la confluencia con la rambla de Bercolón hasta la cola del embalse de Benagéber, y de nivel 1 (frecuencia menor de 25 años y calado mayor de 0,8 m) en la zona correspondiente a la cola del embalse de Benagéber. Ambas áreas se incluyen en el Programa para actuaciones de restauración hidrológico-forestal (actuación VI03) del PATRICOVA.

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Fuente: Conselleria d’Infraestructures, Territori i Medi Ambient.

El Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunitat Valenciana (D 81/2010, de 7 de mayo, del Consell) señala en el municipio riesgo de inundación Bajo, por lo cual no tiene obligación de elaborar un Plan de Actuación Municipal frente a este riesgo.

2.1.10.2.- Riesgo de contaminación de los acuíferos

El término “vulnerabilidad de las aguas subterráneas” fue introducido a finales de la década de los años sesenta por el hidrogeólogo francés Margat. El concepto se basa en la tesis de que el medio geológico y la cubierta edafológica proporcionan un cierto grado de protección a las aguas subterráneas frente a contaminantes, de origen tanto natural como derivados de actividades humanas.

La Comunidad Valenciana es una de las autonomías españolas donde mayor importancia cuantitativa adquiere la fase subterránea del ciclo hidrológico y donde más intensamente se explotan las aguas subterráneas, de ahí el interés por conocer la vulnerabilidad de las mismas en lo que puede contribuir a su protección y preservación en volumen y calidad.

El 60% de la superficie de la Comunidad está ocupada por afloramientos muy permeables y sólo el 15% por materiales con permeabilidades extraordinariamente bajas.

Se estima que la infiltración directa del agua de lluvia hasta las capas profundas del subsuelo alcanza

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un valor de unos 1.600 Hm3/año y que la recarga adicional inducida por riego puede llegar a los 400 Hm3/año.

El aprovechamiento de aguas subterráneas por bombeo asciende a unos 1.500 Hm3/año, lo que equivale a un caudal continuo de 48 m3/s.

El método empleado para conocer la vulnerabilidad para las aguas subterráneas considera tres variables significativas – permeabilidad, espesor de la zona no saturada y calidad del agua subterránea – a partir de las que se obtienen las diferentes categorías en la valoración de la vulnerabilidad. Así, el significado de las distintas categorías es el siguiente:

• CATEGORIA I: Vulnerabilidad muy baja.

Tiene la finalidad de distinguir las porciones del territorio prácticamente invulnerables para las aguas subterráneas por inexistencia de acuíferos, dominada por materiales de muy baja permeabilidad, en los que si existe algún nivel de agua subterránea, es de carácter muy localizado y su calidad es inadecuada para cualquier uso.

• CATEGORIA II: Vulnerabilidad baja.

El objetivo de esta estrategia es integrar las porciones del territorio que presentan un grado de protección muy elevado para las aguas subterráneas, en particular, para las de calidad apta para cualquier uso, así como las que presentan escaso interés hidrogeológico por mala calidad de las aguas o por baja permeabilidad.

• CATEGORIA III: Vulnerabilidad media.

Esta categoría tiene por finalidad agrupar las porciones del territorio en las que existen aguas subterráneas con calidad potable o excepcionable para el consumo humano (y apta para cualquier otro uso) que carecen de protección natural efectiva contra la contaminación físico-química por la ausencia de formaciones geológicas de baja permeabilidad interpuestas, si bien existe un grado de protección suficiente frente a la contaminación de tipo microbiológico por espesor o condiciones de permeabilidad adecuadas en la zona no saturada para garantizar la completa autodepuración.

• CATEGORIA IV: Vulnerabilidad alta.

Se establece esta categoría para representar las zonas del territorio en las que existen acuíferos de gran productividad con aguas de excelente calidad y espesor insuficiente para garantizar la autodepuración de contaminantes microbiológicos.

Estas zonas se desarrollan fundamentalmente sobre los acuíferos calcáreos por figuración y karstificación de borde de las planas litorales y sobre acuíferos kársticos de interior con drenaje natural por

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 97

manantiales y con espesor reducido de la zona no saturada.

• CATEGORIA V: Vulnerabilidad muy alta.

Esta categoría corresponde a las zonas del territorio especialmente sensibles para las aguas subterráneas por carecer de protección natural, debido al reducido o nulo espesor de la zona no saturada, con independencia de la calidad natural del agua subterránea, siempre que se den unas mínimas condiciones de permeabilidad que permitan el flujo.

El término municipal de Tuéjar, presenta las siguientes categorías en materia de vulnerabilidad a la contaminación:

• Vulnerabilidad muy baja: se trata de la categoría predominante, ocupando la mayor parte de la superficie del término, y se corresponde litológicamente con las formaciones arcillosas, prácticamente impermeables, y a los limos con gravas.

Desde el punto de vista urbanístico, estos terrenos son los que menores limitaciones de implantación presentan por riesgo de contaminación de las aguas subterráneas, aunque por su naturaleza arcillosa pueden ocasionar problemas geotécnicos de implantación.

Como consecuencia de su elevado poder confinante, estas áreas son las más adecuadas para acoger los equipamientos estratégicos de tratamiento de residuos sólidos urbanos y peligrosos, en particular los

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vertederos controlados.

• Vulnerabilidad baja: esta categoría está presente en el extremo oeste del término, y se asienta sobre arenas arcillosas y limosas, con baja permeabilidad. Mencionar que esta porción del terreno presenta intercaladas áreas con otras categorías de vulnerabilidad.

Los terrenos incluidos en esta categoría presentan escasas limitaciones desde el punto de vista de contaminación de las aguas subterráneas para la implantación de usos urbanísticos. Pueden admitir usos industriales, siempre que garanticen la inocuidad de sus actividades mediante las medidas correctoras de impermeabilización, tratamiento y control de vertidos.

• Vulnerabilidad media: se encuentra presente en las franjas norte y sur, junto a los límites del término municipal, donde predominan las margas.

La adecuación urbanística de esta categoría de terrenos es compatible con los usos residenciales intensivos y extensivos desde el punto de vista de la contaminación de las aguas subterráneas, presentando limitaciones para usos industriales intensivos por el riesgo de contaminación físico-química de elevada carga que comportan, aunque pueden ser compatibles usos industriales aislados o industria urbana. Cualquiera de estas actividades debe tener controlado el tratamiento de sus residuos y contar con medidas de impermeabilización en sus zonas de procesos y almacenamiento.

• Vulnerabilidad alta: se presenta en una zona al oeste del término, y en una franja horizontal sobre el caso urbano en la mitad este. La litología presenta rocas calcáreas y dolomías, que permiten el paso del agua por ser rocas permeables.

Por el riesgo de contaminación de las aguas subterráneas que comportan estas zonas, son desaconsejables los usos urbanísticos industriales y residenciales intensivos, así como la protección por interés agrícola intensivo, que facilita las labores de transformación agrícola, generadoras de contaminación extensiva por nitratos lixiviados de los procesos de abonado.

De forma general, es en este punto donde se presenta el mayor problema en cuanto a la contaminación de los acuíferos como consecuencia de la situación del término de Tuéjar, de ahí que, ante cualquier uso industrial, deban establecerse las medidas de protección pertinentes.

2.1.10.3.- Riesgo de erosión

La erosionabilidad del suelo, o susceptibilidad del mismo a los procesos erosivos, depende de una serie de propiedades intrínsecas entre las que destacan los contenidos en materia orgánica, e tipo de textura y la forma y estabilidad de los agregados que resultan de la unión de las distintas partículas del suelo.

La materia orgánica y la textura son dos factores importantes en la formación de la estructura (característica de los agregados del suelo). Un suelo de textura equilibrada y rico en materia orgánica

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poseerá una estructura grumosa y resistente al impacto de las gotas de lluvia. Este tipo de agregados confiere al suelo un aspecto esponjoso y una buena capacidad de absorber y retener agua.

La erosionabilidad del suelo puede ser modificada por diversas situaciones de impacto ambiental. Así, el fuego destruye la materia orgánica y hace disminuir la estabilidad de los agregados. Cuando, después del incendio, las gotas de lluvia golpean la superficie del suelo desnudo, desmenuzan los agregados. Las partículas finas (arcillas y limos) que los constituían se dispersan y taponan los pequeños poros del suelo.

Este proceso produce un efecto de sellado superficial que dificulta la infiltración y aumenta el agua que corre por la superficie (escorrentía) erosionando el suelo. En general, cualquier fenómeno que favorezca la escorrentía produce un aumento en la erosionabilidad, porque el arrastre de las capas superficiales del suelo deja al descubierto los horizontes inferiores, que suelen tener unas características más desfavorables. Otras situaciones como el laboreo, el pisoteo del ganado o la utilización abusiva de maquinaria pesada en prácticas forestales o agrícolas, destruyen los agregados del suelo.

La degradación de la vegetación natural por diversas causas (agricultura, incendios, pastoreo, usos urbano-industriales, explotaciones mineras, explotación forestal, etc.) da lugar a un empobrecimiento en la materia orgánica y a un deterioro de la estructura, que puede originar una disminución de la permeabilidad del suelo al agua.

2.1.10.3.1.- Riesgo de erosión actual

La erosión actual de la zona, que es la erosión que existe teniendo en cuenta la protección de la cubierta vegetal, se concentra más en las zonas de mayor pendiente.

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De forma general, las zonas con un mayor riesgo de erosión son aquellas con pendientes acentuadas, por lo que los principales problemas se presentan en las zonas más montañosas de Tuéjar, donde cualquier actuación que se realice deberá tener en cuenta este riesgo y evitar, en la medida de lo posible, la eliminación de la cobertura vegetal, que podría conllevar un incremento de esta pérdida de suelo por diversos factores erosivos.

En cuanto a suelos contaminados, no se conocen casos de contaminación de suelos en el municipio de Tuéjar. Sin embargo y relacionado con los procesos agrícolas y ganaderos, se considera que la aplicación de buenas prácticas ambientales evitaría la aplicación excesiva de productos fitosanitarios que pudieran llegar a contaminar el suelo y los acuíferos, así como la generación de lixiviados, por lo que debería ser aplicada en la agricultura y la ganadería del municipio.

2.1.10.3.2.- Riesgo de erosión potencial

En base a la Cartografía Temática de la Comunidad Valenciana, la erosión potencial (predicción de pérdidas de suelo si desapareciera el papel protector de la cubierta vegetal) en el término municipal de Tuéjar es mayor en las zonas montañosas donde las pendientes son más acusadas, provocando un espesor efectivo de suelo de escasos centímetros, lo que no favorece la presencia de una cobertura vegetal densa y arbolada.

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2.1.10.4.- Riesgo de inestabilidad de laderas

Las características geológicas del terreno (como la litología, morfología, pendiente o agentes erosivos externos) y la vegetación, son determinantes en la obtención de las zonas que presentan riesgo de deslizamiento. Este riesgo se clasifica en cuatro tipos de zonas según el grado de inestabilidad: zonas de riesgo de deslizamiento bajo, zonas de riesgo de deslizamiento medio, zonas de riesgo de deslizamiento alto y zonas de desprendimientos.

En el término municipal de Tuéjar, como se puede apreciar en la imagen siguiente, de dan todos los grados de riesgo de inestabilidad de laderas, incluyendo el riesgo de desprendimiento en las orillas del río Turia. El riesgo de inestabilidad se centra en las zonas de mayor pendiente de las áreas montañosas del término.

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La existencia de un desarrollo kárstico evolucionado en la Provincia de Valencia entraña un cierto riesgo de hundimientos locales del terreno, especialmente en las zonas montañosas calizas y en las llanuras que las rodean. Este proceso puede ocurrir de forma repentina o lentamente y comprender áreas reducidas o grandes extensiones de terreno. Pueden producirse con mayor probabilidad en zonas yesíferas. Sin embargo, la ocurrencia tan dilatada en el tiempo de tales fenómenos resulta poco significativa.

2.1.10.5.- Riesgo de incendio forestal

En los últimos años, se han producido diversos incendios en el término municipal de Tuéjar, que han afectado a superficies forestales, tanto arboladas como rasas, en general de escasa importancia superficial. Según datos procedentes de la Conselleria Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y del Instituto Valenciano de Estadística, desde el año 2000 los incendios en los que se ha visto afectada una mayor superficie fueron los ocurridos en 2003, de naturaleza intencionada, donde fueron arrasadas 24,75 ha.

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AÑO SUPERFICIE (Ha)

2000 -

2001 -

2002 -

2003 24,75

2004 0,10

2005 0,62

2006 0,41

2007 -

Fuente: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.

En cuanto al riesgo de incendios, la superficie de matorral en el término de Tuéjar, tanto en las zonas de ladera como la pendiente que presentan, puede potenciar la extensión de posibles incendios de una forma rápida, poniendo de manifiesto que el riesgo puede llegar a ser elevado, principalmente en épocas estivales y zonas donde aparezcan especies vegetales pirófitas. Por ello, se hace necesario establecer las medidas oportunas con el fin de prevenir posibles incendios en las áreas arboladas y rasas del término municipal.

Con este objetivo y durante septiembre de 2008, la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda elaboró el Plan de prevención de incendios forestales de la demarcación forestal de Chelva, que afecta a determinados municipios de la provincia de Valencia, incluyendo a Tuéjar. Dicho Plan se encuentra aún en fase de información pública, según la Web de la Conselleria del ramo.

Respecto a incendios y uso forestal son de aplicación el Art. 3.1 del D 6/2004 de 23 de enero del Consell y Art. 50 de la lL 43/2003de 21 de noviembre de Montes.

2.1.10.6.- Riesgo sísmico

Uno de los riesgos geológicos que interesa conocer es el relativo a la ocurrencia de movimientos sísmicos. En la provincia de Valencia no se conoce la existencia de terremotos especialmente catastróficos, aunque sí algunos bastante notables. El riesgo sísmico, reflejado en el Mapa Geocientífico de la Provincia de Valencia, está definido por factores como el grado de severidad geológica, la población anual, el beneficio inmediato (beneficio de la aplicación de planes y normativas antisísmicas) y el riesgo de catástrofe.

En base a esta cartografía, el término municipal de Tuéjar queda incluido en un territorio con riesgo sísmico relativo Bajo, tal y como se aprecia en la figura.

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Riesgo sísmico en Tuéjar

Fuente: Mapa Geocientífico de la Provincia de Valencia.

2.2.- MEDIO SOCIOECONÓMICO

2.2.1.- Antecedentes históricos El municipio es muy rico en elementos del Patrimonio Histórico, encontrándose restos arqueológicos

que corresponden a distintas épocas de la historia por todo el término, aunque principalmente en el valle del Tuéjar. Se han encontrado desde hachas de sílex hasta restos ibéricos, monedas romanas, cerámica árabe, etc. En la cueva de Las Palomas se ha encontrado cerámica basta hecha a mano de la Edad del Bronce. En Los Chorros se pueden observar tramos de conducción de agua que pueden corresponder a un acueducto romano, quizá el mismo que pasa por Calles y Chelva. En el Rincón de la Mina, en un área próxima al término de Sinarcas y separada del extenso Campo de las Herrerías por la Peña del Rayo, existen numerosas y profundas galerías, que podrían corresponder a una explotación minera, de hierro, de época romana. El Campo de las Herrerías conserva grandes cantidades de escoria de hierro. En el Rincón de la Mina se dice que hay, en el conjunto de galerías, una plazoleta o rotonda central con una pequeña fuente subterránea. Se dice que una de estas galerías podría atravesar la sierra del Norte de Sinarcas, saliendo al término de Talayuelas, en la provincia de Cuenca.

Aunque no se dispone de datos suficientes para situar en el tiempo de una forma exacta el origen de esta población, según se desprende de los restos arqueológicos hallados por esta tierra han pasado diversos pueblos y civilizaciones. Podría decirse, si nos atenemos a los más antiguos vestigios descubiertos, que Tuéjar data de la Edad del Bronce, aunque atendiendo a las ruinas de su Castillo, parece remontarse a la etapa de dominación romana, según algunos historiadores. En época musulmana era conocido como

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“Tuexa”. Conquistada por Jaime I en el siglo XIII, pasó a formar parte del señorío de Jérica. En 1370 recibió carta puebla para que la ocupasen moradores cristianos, ordenando que los moriscos fuesen trasladados extramuros. En 1385 pasó al señorío de la familia Ladrón de Vilanova, vizcondes de Chelva, estando ligada a la misma hasta el año 1773, en que pasó a la corona. Según otras fuentes, la cesión de los derechos dominicales a Tuéjar por parte del vizconde de Chelva se produjo en 1827.

Participó activamente en la Guerra de la Unión, y durante el levantamiento de las Germanías sus habitantes se agermanaron y se volvieron contra el señor territorial. En 1520 fue ahorcado Tejedor, el cabecilla de los agermanados, y el pueblo en venganza asaltó y quemó el palacio del vizconde.

La expulsión de los moriscos en 1609 afectó a 56 familias. Entre 1572 y 1910 la población creció de manera continua, gracias a los beneficios que reportaba una agricultura próspera, pasando de 387 habitantes a 2.243. A lo largo del siglo XX, la emigración hacia lugares más atractivos profesionalmente (especialmente la ciudad de Valencia) dio lugar a una fuerte regresión demográfica, como se analiza en el apartado 2.2.2. Hasta 1950 eran habitadas dos aldeas, Las Olmedillas y Los Felipes, ambas en las proximidades del río Turia, que fueron desalojadas para la construcción del embalse de Benagéber. También se cita la de Los Agustines y varias masías en el borde del río, anegadas por las aguas de este embalse.

Los datos que siguen de la sucesión de dominios sobre estas tierras muestran la amplitud de acontecimientos históricos que las afectaron:

Con esta misiva que sigue, Tuéjar adquiririó su condición como pueblo, mediante el posterior otorgamiento de su Carta Puebla por la viuda de Pedro de Jérica, señor feudal de estos territorios:

CARTA DE PEDRO, REY DE ARAGÓN, VALENCIA, MALLORCA, CERDEÑA Y CÓRCEGA, CONDE DE

BARCELONA, DEL ROSELLÓN Y CERDAÑA, A DOÑA BUENAVENTURA DE ARBOREA, ESPOSA DE DON PEDRO

DE JÉRICA.

"Pedro por la gracia de Dios Rey de Aragón, Valencia, Mallorca, Cerdeña y Córcega y Conde de Barcelona, del Rosellón y Cerdaña; a nuestra noble y querida Buenaventura de Arborea, esposa del noble en otro tiempo Pedro de Xérica, salud y cariño. Como según ha llegado recientemente a nuestros oídos, vos, empeñada en la repoblación de los castillos y lugares del río, queréis poner en ellos o enviar moros, sabiendo vos de antemano que dichos lugares, por mandato nuestro, fueron poco ha despoblados y vaciados de moros, por los nefandos crímenes, tanto de lesa majestad como otros que allí mismo se cometían por los moros que allí entonces los poblaban, frecuentemente hemos proveído que los castillos y lugares del dicho río se pueblen de cristianos y se mantengan los lugares de Chelva y Tuexa y los castillos y fortalezas de los mismos, tanto para aumento de la fe católica como para utilidad de la República del Reino de Valencia, y tanto más porque los referidos castillos están situados en la frontera del Reino de Castilla, por lo cual os decimos y mandamos que dichos lugares y castillos de Chelva y de Tuexa los pobléis con cristianos, al

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menos donde subsisten sus muros y fortalezas, cuando nos de ciencia cierta por las predichas causas lo proveamos y queramos.

Mas si quisiéreis colocar en los mismos lugares algunos sarracenos, los pongáis y pobléis en los arrabales y extramuros de los dichos lugares de Chelva y Tuexa, y esto de ningún modo lo contravengáis, si queréis evitar mi ira e indignación. Dado en Tarragona en el día 23 de abril del año de la Natividad del Señor 1370.

Firmado Pedro Rey de Aragón, Valencia, Mallorca, Cerdeña y Córcega, Conde de Barcelona, del Rosellón y Cerdeña."

SEÑORES QUE LO FUERON A PARTIR DEL AÑO 1272 EN QUE EL REY DON JAIME EL CONQUISTADOR DEJÓ EN FEUDO EL ESTADO A SU HIJO NATURAL DON JAIME DE JÉRICA.

“Terminada la reconquista, Don Jaime I repartió su territorio entre sus hijos y los guerreros más distinguidos que le acompañaban, según testamento otorgado ante D. Simón San Fenicio, en Montpellier el día 7 de las calendas, 3 de septiembre de 1272, habiendo reinado 62 años, 10 meses y 15 días, y fallecido en 1276, a los 72 años de edad.

Efectuado el reparto de bienes, dejó a su hijo natural Jaime, en feudo, las villas de Jérica y Toro, Eslida, Bes, Aín, Sueza, Fauzana y otras, agregando, además, a este estado el de este Valle, constituido por los pueblos de Chelva, Tuéjar, Calles, Domeño, y Loriguilla, y Sinarcas con Benagéber como alquería, con la condición de que si muriera dicho hijo antes que su otro hermano natural (éstos se distinguieron de las otras ramas de hermanos por el sobrenombre de Jérica), por derecho de sustitución le heredase sus estados y viceversa, y extinguida la rama, volviese este estado al patrimonio real, según el testamento antes mencionado.

A partir de estos momentos se reconoce como señor de estos estados a Jaime I de Jérica, el cual dejó heredero de estos estados a Jaime II de Jérica, después de haberlos gobernado 29 años.

Don Jaime II de Jérica, habiéndolos poseído 37 años, los dejó a su muerte, por testamento, a su hijo Jaime III de Jérica.

Jaime III de Jérica tuvo tres hijos, que fueron: Jaime IV de Jérica, Juan Alfonso de Jérica y Pedro de Jérica. Por haber muerto el primero antes de posesionarse de los estados, le sucedió Juan Alfonso.

Don Juan Alfonso de Jérica aumentó sus posesiones con varias poblaciones más, fue enemigo de los musulmanes y los echó de sus estados. No se sabe con quién se casó y sí sólo que murió sin hijos, por lo que le sucedió su hermano Pedro, fallecido en 1372, y en su representación su hija Beatriz, por agotamiento de la rama varonil de esta descendencia.

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Don Pedro de Jérica murió sin dejar hijos varones y sí dos hijas, la mayor de las cuales, Beatriz de Jérica, heredó estos estados actuando de tutora, curadora, usufructuaria y administradora de los mismos su madre, Buenaventura de Arborea, según testamento hecho en el Real del Rey, situado en la rambla de Valencia, el 2 de octubre de 1371.

Extinguida esta rama varonil en D. Juan Alfonso y habiéndole premuerto su hermano Pedro de Jérica, en acción de guerra habida contra los musulmanes en 1372 al servicio del rey de Castilla, no quedando en la misma otros herederos que las dos hijas del mismo, pasando el estado a Beatriz, hija mayor de Pedro de Jérica, y en su nombre y por su menor edad su madre Buenaventura de Arborea, usufructuaria de todos los bienes y tutora y curadora de su hija Beatriz, heredera universal de su padre. Gobernando dicha señora, arranca la fundación de los pueblos de este estado, concediendo los derechos e imponiéndoles obligaciones, que constan en las cartas pueblas que se dieron al efecto, quedando aquí extinguida la rama después de 114 años de gobierno de los mismos. Doña Buenaventura, en su condición tutelar de su hija menor Beatriz, parece ser, o bien porque veía que estos estados volvían a incorporarse a la Corona conforme al testamento de Don Jaime I el Conquistador o bien por alimentos de su hija ya referida o en recuperación o pagamiento de su dote, o por donación de nuevo hecha por el rey Pedro IV de Aragón a sus sobrinas, que vendió el estado con sus castillos a Ramón de Vilanova, por el año 1380, en 26.000 libras, las que había ganado sirviendo a S.M. y cuya suma fue depositada en la Tabla de Valencia. Compró sólo lo civil, pero no la jurisdicción criminal.

Sucediole en la gobernación su descendiente Pedro Ladrón de Vilanova, habiéndose juntado en él el señorío de Castalla y el de Manzanera; casado con Violante Voil y alcanzando el título de primer vizconde de Chelva, concedido por el rey Don Juan I en 1390. Tuvo un hijo, llamado Ramón de Vilanova, y al casarse con Elvira Pallás, su padre le hizo donación del vizcondado de Chelva en 1412.

Don Ramón Ladrón de Vilanova, casado con Elvira Pallás, hija de D. Jaime Roger Pallás, de la casa de los condes de Pallás, tuvo por hijos a Roger, primogénito, a Jaime y a Baltasar. Murió el primero, y estos estados los heredó su hermano Jaime, y a Baltasar le dejó Castalla. Don Baltasar tuvo un hijo, llamado Ramón de Castalla, el cual acrecentó mucho su casa, con el estado de Maza, por donación que le hizo Doña Brianza Maza, hermana del último señor por línea masculina, y también agregó la baronía de Parcent y Torre de Espioca, que compró Ramón de Castalla; de su mujer Doña Luisa tuvo un hijo, Baltasar Ladrón de Vilanova, que casó con Francisca Mendoza, hija del marqués de Mondéjar y primer duque de Mandas. Don Ramón Ladrón de Vilanova, segundo vizconde de Chelva, poseyó este estado 27 años, y a su muerte le sucedió en el mismo su hijo D. Roger Ladrón de Pallás.

De Roger Ladrón y Pallás murió sin sucesión, por lo que le sucedió en el estado su hermano Jaime después de haberlo poseído unos 30 años.

Don Jaime Ladrón y Pallás, cuarto vizconde, casó dos veces; la primera con Dª. Sigilina Ariño, de la

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cual tuvo a Pedro Ladrón y Pallás y a Luis Pallás de Vilanova. En segundas nupcias casó con Dª. Angela de Centelles y Pallás, de la cual tuvo a Jaime Ladrón y Pallás, teniendo ya el padre 80 años. Este último hijo es el que casó con Isabel Bonet, de la cual tuvo a Francisco, que después murió violentamente. Murió Jaime Ladrón y Pallás y le sucedió su hijo D. Pedro.

Don Pedro Ladrón y Pallás, primogénito del cuarto vizconde de Chelva, alcanzó del rey Don Juan II llamarse Egregio, y sus sucesores, por carta de Monzón de 21 de agosto de 1470. Tuvo dos hijos llamados Pedro y Francisco. Por muerte del primogénito Pedro heredó estos estados D. Francisco, quién no tuvo sucesión y murió el 6 de marzo de 1575.

Hubo pleito en la sucesión y diose sentencia en favor de otro D. Francisco, hijo de Jaime Pallás y de Isabel Bonet y nieto del vizconde D. Jaime, pero con condición de que no podía casarse por ser tenido antes del matrimonio, aunque después lo legitimaron para que de esta suerte volviera en vínculo a los legítimos herederos.

Don Francisco Ladrón y Pallás II, murió de un arcabuzazo y puñaladas el 1 de octubre de 1584 a manos de cuatro musulmanes.

Don Pedro Ladrón y Pallás II, hermano del anterior, le sucedió en el vizcondado. A quien sucedió su hijo Don Jaime Ceferino Ladrón y Pallás. Casó con Francisca Ferrer, hermana del gobernador de Valencia, y tuvieron a D. Juan Ramón y Pallás, que le reemplazó, muriendo en San Lorenzo de El Escorial el 6 de diciembre de 1617. A éste, Don Felipe III le dio el título de conde de Sinarcas en el año 1599.

Don Juan Ladrón y Pallás, hijo del anterior, casado con Mariana Velasco Ibarra, de cuyo matrimonio nacieron D. Gaspar Ladrón y Dª. Francisca. El primero le sucedió en el Estado y la última casó con Gimeno Pérez de Calatayud, conde del Real. Poseyó el estado 14 años y murió el 10 de mayo de 1631.

Dª. Mariana Velasco Ibarra, hija del marqués de Salinas y viuda del anterior, quedó gobernando estos estados durante la menor edad de su hijo Gaspar.

Don Gaspar Ladrón y Pallás, hijo de D. Juan Ladrón y de Dª. Mariana Velasco, casó en 1644 con Dª. María de Silva, hija del marqués de Orán y duquesa que fue después de Villahermosa, de cuyo matrimonio tuvieron dos hijos, que son la egregia Dª. Mariana Ladrón, que nació en Madrid en el año 1650, y Dª. Lucrecia Ladrón, nacida en Chelva el 10 de mayo de 1654. Murió D. Gaspar sin sucesión varonil el 7 de febrero de 1655, encargándose de estos estados su hija Dª. Mariana, pero gobernando su abuela.

Doña Mariana Velasco Ibarra, tuvo sentencia real a favor de su nieta, dada en la Real Audiencia de Valencia, según auto de publicación y mandamiento de 14 de abril de 1655, contra Francisco Ladrón de Vilanova. Murió Dª. Mariana el 10 de julio de 1668 siendo señora de honor de la reina y aya del príncipe.

Doña Mariana Ladrón y Pallás, hija del conde D. Gaspar y Dª. Mariana de Silva, menina de la reina

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Doña María de Austria, que poseía estos estados desde la muerte de su padre, casó con D. Juan de Palafox, hijo primogénito del marqués de Ariza, a los que por servicios de dicha egregia señora, les concedió el rey Don Felipe IV sobre los títulos de vizconde de Chelva y conde de Sinarcas, el de marqués de Sot de Soneja. Por muerte de D. Juan de Palafox, casó en segundas nupcias con D. Antonio Colona, conde de Anna y primogénito de los condes de Elda, la cual, en virtud de la posesión que tenía de estos estados y como heredera de su abuela, siendo menor se declaró le competía el beneficio de la restitución en íntegro, contra la sentencia que el Supremo de Aragón obtuvo en favor de Don Francisco Ladrón de Vilanova.

Hubo después pretendientes de este estado: la ilustre Dª. Mariana Ladrón y Silva, condesa de Anna, marquesa de Sot y Navarrés. La egregia Dª. Angela Ladrón de Vilanova; el egregio D. Gimeno Pérez de Calatayud, conde del Real y Villamonte; el egregio D. Luis Marrades y vizconde de Sañen; el ilustrísimo D. Pimental, marqués de Tarragona, y el ilustrísimo y reverendísimo D. Francisco de Rojas, obispo de Murcia y Cartagena.

Después de resuelto el pleito, parece ser que quedaron gobernándolo como señores del estado el duque de Lécema, marqués del Real y Almenara, de la casa del duque de Villahermosa, habiendo menudeado por este tiempo las demandas sobre el derecho del señorío entre las diferentes ramas que se consideraban con bases para reclamarlo con resolución alterna para unos y otros, e incluso los pueblos del estado se revelaban contra el poder abusivo de los señores, resistiéndose en algunas ocasiones a reconocerles como tales y rendirles el homenaje y pleitesía que era norma en aquellos tiempos, como aconteció, entre otros, con los Zarzuelas en Jérica, y formular reclamaciones distintas y demandas de incorporación del estado a la Corona, la que dio lugar a la Real y Suprema sentencia dictada a favor y conforme a lo solicitado por Jérica, de 23 de octubre de 1479, de incorporación del estado.

Siendo el señor el conde de Real y Almenara, de la casa Villahermosa, por el año 1758, Tuéjar formula sus demandas de incorporación del estado a la Corona, siendo el 20 de abril de 1773 cuando definitivamente se incorporó el estado a la Corona, con reserva de determinados derechos dominicales a favor del duque de Villahermosa, con quien agobiado por los continuos incidentes y cuestiones que surgían con los vasallos, y después de algunas entrevistas con representaciones de todos estos pueblos del vizcondado, se llevó a efecto definitivamente la cesión de los derechos dominicales, sobre los que el duque de Villahermosa sostenía le correspondían, cesión previa de la relación de lo que debía de pagar cada uno de los pueblos del vizcondado, llevada a efecto el 11 de septiembre de 1865, mediante convenio habido entre este pueblo y el menciona

Se convino la cesión asignándose a cada pueblo la cantidad que había de pagar, para abono de los 340.000 reales señalados al efecto, correspondiendo a Tuéjar abonar 52.000 reales.

En estas cantidades figuraban los derechos de cena y percha que desde muchos años antes no los pagaban los pueblos, condonando varias cantidades a éstos.

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Y con esos 52.000 reales se lleva a efecto el convenio y entra en posesión definitiva con plenitud de derechos la villa, y en el disfrute de montes y demás del patrimonio municipal.”

2.2.2.- Demografía El estudio de las características de los individuos que componen una población es parte fundamental

en el análisis demográfico y tiene un especial interés cuando se trata de utilizarlo para profundizar en el conocimiento de las estructuras sociales o económicas de la misma.

Los datos de este apartado se completan con las tablas de la serie A, del apartado 2.2.5.

• Área Funcional.

El municipio de Tuéjar forma parte de la comarca de Los Serranos, que en buena parte coincide con el área funcional a la que se suele asignar en los estudios de población. Ésta ocupa un 13% de la superficie de la Provincia de Valencia, con una densidad de población de apenas 12 hab/Km2, muy inferior a la media de la Provincia de Valencia (204 hab/Km2) y de la Comunidad (177 hab/Km2).

La dinámica de Los Serranos revela una progresiva despoblación en la segunda mitad del siglo XX, frenada en las últimas décadas, en las que se ha alcanzado un cierto equilibrio. La mayor estabilidad en la población se produce en los núcleos de la comarca con mayor desarrollo industrial, continuando el retroceso en los municipios menores, aunque este fenómeno se ha frenado en los últimos años. Esta situación ha incrementado notablemente la tasa de envejecimiento, especialmente en los municipios peor comunicados o más alejados de los principales núcleos urbanos.

En el Informe sobre “Previsiones de población y vivienda para el Planeamiento en la Comunidad Valenciana” (de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte), el municipio de Tuéjar se encuentra en el Área Funcional de Lliria, Subárea de Lliria II, que coincide en buena parte con la comarca de Los Serranos. Los datos de población y viviendas de esta Subárea Funcional (SAF) son los siguientes:

SAF Lliria II 1981 1991 2001

Habitantes 9.089 8.157 6.589

Viviendas 7.839 8.716 9.266

Su pirámide de edades muestra una reducción significativa en la población de edad inferior a 10 años, que tiende a estabilizarse. Como consecuencia, presenta un índice de juventud (P<14 años / P>65 años) que apenas alcanza el 40%, muy por debajo del de la Comunidad Valenciana, que se sitúa en torno al 100%. El índice de vejez (P>65 años / Ptotal) se sitúa por encima del 25%, muy superior al de la Comunidad Valenciana, en torno al 15%. Estos datos muestran una clara tendencia al envejecimiento, siendo de las

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comarcas menos pobladas de la Comunidad.

El crecimiento vegetativo anual presenta un índice claramente negativo, aunque viene siendo frenado en los últimos años, tendiendo a estabilizarse.

El crecimiento anual de viviendas es muy inferior al de la Comunidad Valenciana, con un descenso pronunciado en la década de los 80 y una mayor estabilidad a partir de los 90, aunque siempre muy por debajo del de la Comunidad. Especialmente notable es el descenso del índice de las viviendas principales, contrarrestado por un crecimiento de la segunda residencia, especialmente significativo en el municipio de Tuéjar, como luego veremos.

• Municipio.

El municipio de Tuéjar contaba en 1646 con 118 casas habitadas (unos 500 habitantes). Durante el siglo XVIII creció mucho, llegando a 1794 con 500 vecinos (unos 2.250 habitantes) según Cavanilles. En 1900 había bajado a 1.881 habitantes. Como se aprecia en el gráfico siguiente y en la tabla A1, la población siguió a partir de entonces una tendencia ascendente bastante continua hasta 1940, alcanzando los 2.400 habitantes (2.243 en 1910, 2.198 en 1920, 1973 en 1930, 2.348 en 1940). Si bien la emigración es una constante en el municipio desde 1910, sus efectos se acusan realmente a partir de 1950-60, generalmente en busca de empleo en las zonas industriales de Valencia y Barcelona, los dos principales focos de atracción para la gente de Tuéjar. Ello supuso una disminución notable del crecimiento vegetativo por el saldo migratorio, dando lugar a la disminución y el envejecimiento de la población. En 1950 se contabilizaron 2.316, disminuyendo a partir de entonces de forma acusada. En 1960 quedaban 1.897 habitantes, y 1.776 en 1970. Esta decadencia tiende a frenarse a partir de los años 80, coincidiendo con la crisis económica, que disminuyó la emigración, provocando incluso algún retorno. En los últimos años se ha alcanzado una cierta estabilidad, al igual que su Comarca. En la actualidad cuenta con una población de 1.206 habitantes, según datos del año 2012, superando la población con que contaba en el año 2003, y la densidad de población en el municipio era de 9,9 hab/Km2, una de las más bajas de la Comunidad, algo inferior a la de su Comarca antes apuntada y muy inferior a la media de la Provincia de Valencia (204 hab/Km2) y de la Comunidad (177 hab/Km2).

Observando los cuadros de crecimiento vegetativo se aprecia que no existen diferencias demasiado notables entre nacimientos y defunciones (excepción hecha de los últimos 10 años), por lo que se ha deducir que la emigración es constante en el pueblo, dándose ésta de forma extraordinaria en las décadas de los 60 y 80. La más fuerte emigración se produjo en los 50, pero ello porque gran cantidad de personas de otras provincias se trasladaron a vivir aquí, con motivo de la terminación de las obras de construcción de la presa del embalse de Benagéber, marchándose después a sus lugares de origen. Al anegar las aguas de este

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embalse masías y aldeas en sus riberas (como Los Felipes, Los Agustines y Las Olmedillas) se produjo el desalojo de sus habitantes, que marcharon a lugares próximos de Valencia.

Esta evolución se expresa de forma gráfica en la siguiente gráfica:

1000

1200

1400

1600

1800

2000

2200

2400

2600

1877

1887

1897

1900

1910

1920

1930

1940

1950

1960

1970

1981

1991

1996

1998

2000

2002

2003

2004

Hab

itant

es

Evolución poblacional

Evolución de la población en el período censal 1877-2004

Esta tendencia regresiva suele ser habitual en las zonas rurales lejanas de las grandes urbes. No obstante, en las últimas décadas la población se ha mantenido relativamente estable, existiendo una tendencia al equilibrio, como se observa en la siguiente tabla.

Evolución de la población de Tuéjar. Fuente: Instituto Valenciano de Estadística (IVE).

El Informe sobre “Previsiones de población y vivienda para el Planeamiento en la Comunidad Valenciana” (de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte) señalaba un descenso de población más acelerado en el municipio, esperando una población de 1.114 hab para el año 2001, inferior a los 1.243 censados ese año, debido a la tendencia positiva antes apuntada, iniciada en 1991. Pequeños aumentos puntuales de población en los últimos años, unidos a una menor tendencia al envejecimiento, nos indican que la población adulta emigra en menor grado, pudiendo preverse una ligera recuperación de habitantes, unido a un incremento de la población estival por las potencialidades turísticas del municipio.

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Tampoco se han cumplido las expectativas del Planeamiento vigente, excesivamente optimistas, que preveían 1.776 para el año 2000, muy por encima de los 1.268 censados ese año.

Las siguientes tablas muestran la evolución de la población de Tuéjar en los últimos años.

Fuente: Instituto Valenciano de Estadística (IVE).

Evolución de la población de Tuéjar. Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE).

Tuéjar 1999 2000

2001 2002 2003 2004

2005 2006 2007 2008

2009

2010

2011

Empadronados .290 .268

1.243 .225 .186 .212

1.225 .208 .300 .271 .236

1.201

1.234

Variación -

-22

-25 18 39 6

13 17

92 29

-35

-35

33

Acumulado

--

22 -

47 65 104 78 -

65 82 0 19 -

54 -

89 -

56

Fuente: Instituto Valenciano de Estadística (IVE).

En la última década se puede observar una disminución de la población en el primer lustro, y un posterior incremento en el último lustro, dando lugar a una tendencia general de equilibrio en el número de residentes del término municipal. El aumento de población entre 2003 y 2007 se debió a un incremento en la tasa de inmigración, tendencia que se rompe en 2008.

La pirámide de la población de Tuéjar para el año 2011 recoge las tendencias demográficas del

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municipio e informa de los procesos que han ido transformando su composición.

Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE, 2011)

La silueta abulbada de la pirámide es propia de las poblaciones desarrolladas, en las que se manifiesta la persistencia de tasas de natalidad relativamente bajas que producen una base estrecha, y el progresivo aumento de la esperanza de vida que hace que en los últimos tramos de la pirámide, los perfiles tiendan a hacerse paralelos al eje.

Se advierten 3 partes claramente diferenciadas. El tramo comprendido entre los 0 y los 25 años representa una forma piramidal invertida, que refleja la presencia de unas cohortes algo reducidas de jóvenes. El segundo tramo, de los 25 a los 65 años, deja constancia del peso que la población potencialmente activa tiene en la estructura poblacional del municipio. Por último, el apuntamiento del último tramo de la pirámide a partir de los 65 años, recoge la instantánea del envejecimiento.

La anchura de los últimos peldaños de la pirámide con respecto a la base son indicativos de la importancia de la población más anciana, pudiéndose observar la existencia de un número mayor de ancianos > 84 años que de niños de 0 a 4 años.

Si repasamos los índices más importantes elaborados para este año, vemos como:

- El índice de dependencia, es del 59,7%, por lo que la población activa es menor que la inactiva.

- La maternidad, es del 12,8%, muy bajo en relación al valor para la Comunidad Valenciana o para el de España, que está en torno al 21%, con lo que el crecimiento vegetativo es negativo.

- El índice de reemplazo (92,6%) indica que a medio plazo se reducirá, aunque de una manera muy leve, la fuerza de trabajo en el municipio.

- En conjunto existe un 53,9% de población masculina y un 46,1% de población femenina, por lo que

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no existen problemas de masculinización, dentro de esta sociedad.

En el estudio de población presentado en la fase inicial del Plan General, con datos anteriores a 2003, ya se apreciaba un notable envejecimiento de la población en el municipio, que se ha agravado con los años, destacando que el número de habitantes de edad comprendida entre 30 y 50 años (321), así como los mayores de 50 (604), superan a la población menor de 20 años (176).

Con datos de 2002, por grupos de edad, el más numeroso en Tuéjar era el de mayores de 60 años, al igual que en su Comarca (aunque menos acusadamente), mostrando un índice de envejecimiento (P>64 años / P<15 años) del 337,1%, muy superior al de su Provincia (109,4%) y Comunidad (114,7%), donde los grupos más numerosos se daban entre 20 y 39 años. El índice de maternidad (P 0-4 años / Mujeres 15-49 años), en torno al 16,3%, era inferior al de su Provincia y Comunidad, en torno al 21%. El índice de tendencia (P 0-4 años / P 5-9 años), próximo al 111%, era algo superior al de los entornos mencionados. El índice de renovación de la población activa (P 20-29 años / P 55-64 años), 87,6%, era muy inferior al de su Provincia y Comunidad, en torno al 110%.

Los datos de la Ficha municipal del IVE adjuntos en el Anexo muestran una pirámide de edades más actualizada, donde se tiende a acentuar la forma de “tronco” estrecho, que corresponde a los más jóvenes, que soporta una “frondosa copa”, cada vez más ancha, que corresponde a las personas mayores, mucho más acusada que las medias de ámbitos mayores, como la provincia. Esta base más estrecha indica un descenso en la proporción de niños y jóvenes. Los porcentajes de hombres y mujeres se mantienen equilibrados, salvo situaciones puntuales.

Estos datos confirman la tendencia al envejecimiento de la población en el municipio antes apuntada, con un descenso acusado en la natalidad y un peso cada vez mayor en el conjunto de los grupos de mayor edad. Los nacimientos no son suficientes para mantener un saldo vegetativo equilibrado, acentuándose el envejecimiento de la población. Pese a ello, en los últimos años se ha alcanzado una cierta estabilidad, superando en la actualidad la población con que contaba en el año 2002. Resulta también importante la incidencia de la población estacional, incrementándose notablemente en fines de semana y festivos, alcanzando en verano los 4.000 habitantes.

Según el lugar de nacimiento (tabla A4), en Tuéjar predominan los naturales del mismo municipio, con porcentajes superiores a los de su Comarca, y muy superiores a los de la Provincia y Comunidad. La población del municipio natural de otros municipios de cualquier ámbito, es porcentualmente muy inferior que en su Comarca, Provincia y Comunidad. Ello muestra la escasa inmigración que recoge este municipio de otras comunidades, a lo que contribuye la falta de desarrollo de los sectores industrial y de servicios.

El crecimiento vegetativo de la población (tabla A5) viene siendo de signo negativo sostenido, con porcentajes similares a los de su Comarca y menos equilibrados que los de su Provincia y Comunidad. A ello

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contribuye el fuerte descenso en la natalidad, más acentuado en Tuéjar y su Comarca por el envejecimiento de la población antes comentado.

El saldo migratorio (tablas A6, A7 y A8) es variable en Tuéjar, con una importante emigración a otras zonas de la Comunidad Valenciana, compensada en buena parte por inmigración proveniente del extranjero en los últimos años.

En cuanto a hogares según número de familias y tamaño (tablas A9 y A10), predominan en el término los hogares de una familia y un núcleo, con un número de miembros en general inferior a los de su entorno. Destaca en particular el alto porcentaje de viviendas unipersonales, muestra de la tendencia al envejecimiento antes apuntada.

En síntesis, los datos sobre población reflejan una clara tendencia al envejecimiento, y una estabilización del saldo migratorio (superado el fuerte éxodo de los años 60), con un peso cada vez mayor de la segunda residencia en el municipio. Los movimientos migratorios estables son escasos frente a los temporales, con un notable incremento de población en los meses de verano.

2.2.3.- Sectores productivos

2.2.3.1.- Estructura económica

Los datos de este apartado se completan con las tablas de la serie B y D, del apartado 2.2.5.

Desde el punto de vista socio-económico, Tuéjar se encuentra enclavado en una de las comarcas más deprimidas de la Comunidad Valenciana. En la economía del municipio sigue teniendo gran importancia el sector primario: la agricultura y, en menor medida, la ganadería y la minería, propios de una economía rural escasamente desarrollada, si bien se aprecia un progresivo declive de estas actividades a favor de los sectores industriales y de servicios.

El porcentaje de población activa (tabla B1) es en Tuéjar similar al de su Comarca, aunque algo inferior al de su entorno, debido también en parte al envejecimiento de la población antes apuntado. Destaca además el bajo porcentaje de población activa femenina en el municipio, que a su vez se puede relacionar con el menor desarrollo del sector servicios. La población activa tiende a disminuir, aun contabilizando como tal buen número de empresarios agrarios mayores de 65 años.

En consecuencia, la tasa de actividad (tabla B3) es inferior a la de su entorno, particularmente entre las mujeres, aunque también la de paro entre varones, no incluyendo en el mercado de trabajo una parte importante de la población.

La distribución del empleo por sectores de actividad viene expresada en el siguiente gráfico (con datos de 2002).

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02 04 06 08 0

1 0 01 2 01 4 01 6 01 8 0

A g r ic u l t u r aI n d u s t r iaC o n s t r u c c ió nS e r v ic io s

Por sectores de actividad, en Tuéjar predominaba hasta hace poco la agricultura, como muestra la tabla B2 (con datos de 1991), con porcentajes superiores a los de su Comarca y muy superiores a los de su Provincia y Comunidad, si bien se han reducido de un 31,2% en 1991 a un 19,5 % de la ocupación de la población activa del municipio, según los datos más recientes. El sector ganadero sigue siendo importante, con una notable concentración de granjas, principalmente de ganado porcino, con unas 2.500 cabezas (una de las mayores densidades de la provincia de Valencia, aunque se ha reducido notablemente en los últimos años), casi un millar de cabezas de lanar, granjas avícolas y numerosas colmenas. En cambio, los sectores industrial y de servicios presentaban hasta hace poco porcentajes muy inferiores a los de su entorno, lo que tiene su reflejo en el escaso desarrollo económico de la población y en los bajos porcentajes de empleo femenino. En los últimos años, el sector servicios y la construcción han experimentado un importante desarrollo como consecuencia del creciente turismo y la demanda de segunda residencia en la zona.

La industria es muy escasa en el término, inferior a otros municipios de su entorno, no alcanzando el 16% del empleo. Los principales subsectores por las cifras de generación de ocupación, como se observa en la siguiente tabla, son la madera, los productos metálicos y otros productos minerales.

A lim e n to sM a d e r aO tr o s m in e r a le sM e tá l ic o sM a q u in a r iaM u e b le s

Las principales industrias en el municipio son algunos talleres mecánicos, de alfarería y ladrillos, de madera (muebles), una pequeña empresa de confección, tres empresas registradas que extraen caolín (dos en la vertiente septentrional de la Rodana y una cerca del barranco del Prado, a unos 2 Km del casco urbano) y algez (yeso) en la partida del Prado. La materia prima se dirige al lavadero de arenas y gravas que hay en la partida de la Cueva (al Oeste del pueblo).

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El trabajo a domicilio, muy practicado en la localidad en los años sesenta y setenta por medio de tricotadores, casi ha desaparecido.

El sector servicios ha experimentado en Tuéjar un progresivo desarrollo, debido entre otros factores a la mejora del nivel de vida experimentado en las últimas décadas, al proceso de externalización de determinadas actividades y servicios que antes eran desarrollados en el seno de las propias empresas, y a los mayores requerimientos de mano de obra por unidad producida, lo que favorece la generación de empleo en este sector. Las principales actividades de este tipo en Tuéjar son: hostelería, sanidad, educación, transportes, telecomunicaciones, comercio, servicios financieros, servicios a empresas y a las Administraciones Públicas. Este sector se caracteriza por su falta de asociacionismo, escasa oferta en plazas hoteleras, con una demanda muy estacional y falta de servicios complementarios a la hostelería.

El paro en su conjunto (tablas B4 y B5) presentaba en Tuéjar una evolución positiva, tendiendo a disminuir de forma similar a su entorno hasta los últimos años, en que se ha vuelto a incrementar notablemente.

Por sectores (tabla B6), el paro es más acusado en el sector servicios, debido probablemente al empleo temporal en este sector, seguido por el industrial y la construcción. Es muy reducido en el sector agrícola, tradicionalmente mayoritario en el municipio, no empleando a más población por su escasa rentabilidad. Les rentas agrarias se complementan con algunos trabajos que se realizan fuera del término (como la recolección en la huerta) o con las del sector ganadero, que siguen siendo importantes. Se considera necesario promocionar otros sectores, particularmente el de servicios, por las cualidades potenciales del municipio para el turismo y como lugar de residencia, contribuyendo además a paliar el desempleo femenino.

El índice de contrataciones (tabla B7), es en general muy bajo en el municipio, siendo en su mayoría del sector servicios, lo que muestra el escaso desarrollo de los demás sectores, adquiriendo el de servicios vinculados al turismo una importancia creciente en Tuéjar.

El número de cooperativas (tablas B8 y B9) es de una en Tuéjar, muy inferior proporcialmente al de su entorno, debido al estancamiento generalizado de su economía, y a la dependencia del sector agrícola y su escasa rentabilidad antes apuntadas. Se trata de la Cooperativa Agrícola San Diego de Alcalá, con unos 200 socios, que funciona desde 1958 y elabora diversos productos: vino (que era embotellado en Valencia con la marca Vega Campillo, aunque actualmente se comercializa a granel), aceite (elaborado en una almácera propia) y piensos (en molinos para molturar).

En la actualidad y en base a las fuentes estadísticas consultadas, el número de empresas presentes en Tuéjar asciende a 55. Dicha cifra se ha obtenido como resultado de contabilizar el número total de centro de cotización, ya que a falta de un censo de empresas, se trata del dato que más se asemejaría a la cifra

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total de empresas.

En la actualidad y en base a las fuentes estadísticas consultadas, el número de empresas presentes en Tuéjar asciende a 55. Dicha cifra se ha obtenido como resultado de contabilizar el número total de centro de cotización, ya que a falta de un censo de empresas, se trata del dato que más se asemejaría a la cifra total de empresas. De la cifra anterior se obtiene una tasa empresarial de 43,27 empresas por cada 1.000 habitantes.

Fuente: Ministerio de Trabajo e Inmigración (diciembre 2007)

De la cifra anterior se obtiene una tasa empresarial de 43,27 empresas por cada 1.000 habitantes.

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Considerando los datos que se reflejan en el gráfico, el sector productivo que presenta un mayor número de empresas es el de servicios, con 161.

El índice de inversiones por habitante en Tuéjar (tablas D1 y D2) sufre variaciones notables según años, por la alta repercusión que tienen éstas en un municipio escasamente poblado. El desarrollo del área industrial prevista se espera que contribuya a incentivar y estabilizar estas inversiones, y reducir la dependencia del sector agrícola.

El sector agrícola sigue siendo el de mayor peso en la economía local, con un tercio de la población activa, aunque en conjunto los terrenos de cultivo no superan el 27% del total del término. Destaca la pujanza del sector servicios, orientado principalmente al turismo y la segunda residencia.

La tasa de paro registrada es del 13,4% (INEM, a 31 de marzo de 2011).

Entre los objetivos prioritarios del Plan figura el de propiciar una mayor diversificación de la economía, desarrollando sectores terciarios y de servicios, junto a los industriales o vinculados a la agricultura existentes, como complemento de la economía local y para permitir mayores posibilidades de empleo en la población.

2.2.3.2.- Sector agrario

La actividad agrícola debe destacarse como significativa en el término municipal, considerando el predominio de cultivos de secano con plantaciones de cereales, cebollas y tubérculos.

La importancia de este sector productivo requiere de un análisis más detallado, por lo que se ha optado por el empleo de dos fuentes de información principales. La primera de ellas, el censo agrario procedente del INE (Instituto Nacional de Estadística), se justifica por su amplia aceptación, su campo o abanico de análisis, extensivo a cuestiones sociológicas relacionadas con el sector y por su valor contrastable derivado de su periodicidad (cada 10 años). Sus desventajas –vigencia superada, tamaño muestral – no invalidan sus ventajas, de forma que, aún cuando la información ofrecida puede resultar algo desfasada (1999), se adopta esta fuente como punto de partida en el análisis dinámico de la actividad agraria, en diversos aspectos referidos a las explotaciones y en ciertas componentes sociológicas de los titulares.

La segunda fuente de información empleada, la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, carece de la misma aceptación que la anterior, no tan extensiva a otros organismos. Sin embargo, proporciona información más reciente que puede ser significativa, en términos relativos, e indicativa de la situación actual de algunas variables sectoriales. Esta fuente incluye algunas diferencias en el censado de las superficies en función del apartado de análisis de que se trate, pero estas variaciones no resultan relevantes en el conjunto de la información aportada.

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Tuéjar dispone de una superficie municipal total de 12.192 hectáreas. De ellas, 1.346 corresponden a tierras de cultivo, lo que equivale al 11,04%.

En base a la información disponible, los cultivos herbáceos ocupan 389 ha, y los leñosos 957 ha (lo que representa un 3,20 y 7,88% de la superficie total del término, repectivamente). Por otra parte, la superficie dedicada al regadío tradicional (huerta) se ha visto fuertemente reducida al existir un proceso de sustitución por olivo. El regadío se da principalmente en torno al río Tuéjar, próximo al casco urbano, regado por las numerosas acequias de éste. El secano se distribuye en las demás zonas del término donde la topografía y el suelo lo permiten, siendo su principal limitación lo accidentado y las pendientes del terreno. A partir de la construcción del embalse de Benagéber, las dificultades de acceso a la parte Oeste del término también redujeron mucho la actividad agrícola en esa zona.

La actividad agraria incluye, según el Censo de 1999 extraído del INE, 94 explotaciones, incluyendo todas ellas tierras repartidas en base a la superficie utilizada. Se define una actividad agrícola con tierras como aquella cuya superficie total, en una o varias parcelas aunque no sean contiguas, sea igual o superior a 0,1ha.

Así, el modo en que se reparten las explotaciones agrarias del municipio de Tuéjar, refleja que el 88,0% de las mismas tienen una superficie de 0,1 a 4,9 ha, no existiendo explotaciones con superficie igual o superior a 100 ha.

Superficie (ha) Explotaciones (1999)

0,1 - 4,9 361

5,0 - 9,9 36

10,0 - 19,9 7

20,0 - 49,9 3

50,0 - 99,9 3

> 100,0 0

TOTAL 410

Fuente: Instituto Valenciano de Estadística (IVE).

Del total de explotaciones existentes en base al censo agrario (1999), únicamente 36 superaban las 5 ha de superficie, sólo 3 se encontraban por encima de las 20 ha y otras 3 por encima de las 50 ha. Con estos resultados, se deduce que un número muy limitado de explotaciones ofrecía condiciones de sostenibilidad económica adecuada para el mantenimiento, por sí solas, de las unidades familiares. Sin embargo, el número

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de explotaciones con dedicación exclusiva de sus titulares es elevada (52,4%).

Estos resultados muestran cómo la relación de la población de Tuéjar con la actividad agrícola sigue manteniendo un carácter tradicional y generalizado, siendo de 4,45 el número de explotaciones por titular. Esta cifra se explica por el elevado número de pequeñas parcelas gestionadas en régimen de tiempo parcial o de fin de semana por parte de titulares que residen en la capital o presentan una ocupación secundaria.

Tal como sucede en la mayoría de los municipios de la comarca, la reposición de efectivos agrarios supone uno de los grandes problemas del sector, que se añade a la estructura minifundista del mismo.

2.2.3.3.- Sector ganadero

La ganadería tiene una gran relevancia en Tuéjar ya que, en base a la información suministrada por el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), en la actualidad existen aproximadamente 25.000 cabezas de ganado porcino repartidas en unas 40 explotaciones, y más de 150.000 aves en diversas granjas.

Precisamente, según el censo agrario de 1999, es el ganado porcino y avícola, el que tiene un mayor peso en el municipio (71,65 y 25,7%, respectivamente) considerando el total de unidades ganaderas.

Tipo UG (1999)

Avícola 2.332

Bovino 111

Caprino 27

Porcino 6.493

Cunícola 1

Equino 1

Ovino 98

TOTAL 9.070

Fuente: Instituto Valenciano de Estadística (IVE).

Con anterioridad ya tuvo bastante importancia el pastoreo, con ganado lanar y cabrío, como complemento de la agricultura, en la actualidad casi desaparecidos, y más antiguamente la apicultura y la cría del gusado de seda.

2.2.3.4.- Sector industrial

Este sector presenta un escaso desarrollo en el municipio y, en general, en su comarca, a lo que

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contribuye su distancia a las principales infraestructuras viarias supramunicipales y la existencia de amplias áreas industriales en otros municipios más próximos al área metropolitana de Valencia. A nivel comarcal, las principales zonas de concentración industrial serían Chelva y Villar del Arzobispo, como define la Estrategia Territorial del a Comunidad Valenciana, por lo que no se espera tampoco un crecimiento importante de este sector en el municipio.

Durante el siglo XX cabe destacar la existencia de fábricas de baldosas, piedra artificial, yeso, bovedillas y otros materiales de construcción, un lavadero de arenas que producía importantes cantidades de sílice y caolín, carpinterías de madera y metálicas, y serrerías. En cuanto a explotaciones minerales, destaca la mina de hierro de la partida El Rodeno, junto al límite con Cuenca, y la fundición del Campo de las Herrerías, próxima a él, además de otras canteras de yeso, caolín y arcillas, para alfarería y cerámica.

La única área industrial en el planeamiento del municipio en la actualidad es la mencionada Zona de Almacenes, situada a la entrada de la población desde la autovía CV-35. Las actividades en ellas están generalmente vinculadas a usos agrícolas o industriales escasamente mecanizados, o almacenes, mezclados con viviendas, generalmente unifamiliares. Aun con ello, su colindancia con usos residenciales obliga a limitar los niveles de molestias de las actividades en la zona más próxima, en particular por ruido. A solicitud del Ayuntamiento, se propone destinarla a uso residencial, trasladando las actividades industriales a zonas menos molestas para la población y mejorando la imagen urbana.

Se dan también algunas industrias y grandes almacenes junto a edificios residenciales en el Suelo Urbanizable previsto en el Plan vigente (los Sectores A y B, destinados a uso global Residencial y conocidos como el área de “Los Secanos”, en el borde Norte del casco, entre éste y la CV-35), que dificultan su desarrollo.

Por último, cabe señalar la existencia un buen número de naves dispersas, vinculadas generalmente a actividades ganaderas o agrícolas, principalmente en el área al Nor-Oeste de la población.

Tomando como fuente la Tesorería General de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo e Inmigración, Tuéjar contaba, a diciembre de 2007, con 24 empresas dedicadas al sector industrial, que daban empleo a 148 trabajadores.

Fuente: Ministerio de Trabajo e Inmigración. Tesorería general de la Seguridad Social. (Diciembre 2007).

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2.2.3.5.- Sector de la construcción

Los datos de este apartado se completan con las tablas de la serie E, del apartado 2.2.5 y los datos de vivienda del Instituto Nacional de Estadística (que figuran en el Anexo 4.3 del Estudio de necesidades de Vivienda de Protección Pública y Libre).

En el Informe sobre “Previsiones de población y vivienda para el Planeamiento en la Comunidad Valenciana”, se preveía un porcentaje de viviendas principales ocupadas en Tuéjar entre el 40 y el 50% de las totales para el año 2001, por lo que el de viviendas vacías o de segunda residencia se podría estimar en torno al 55%. El número de viviendas presentaba en conjunto una continua reducción, como se observa en el cuadro siguiente:

Viviendas 1981 1991 2001

Tuéjar 888 1.036 1.106

% respecto a SAF Lliria II 11,33 11,89 11,94

Su desglose para el Municipio nos daba las siguientes cifras:

Crecimiento anual de viviendas Previsión para el 2001

Crecimiento demográfico - 11

Estructura familiar 7

Segunda residencia 10

Rigidez del mercado 1

Total inercial 7

Modelo territorial 2

% viviendas principales / totales 40-50

Confirmando esta previsión, los datos de vivienda del Instituto Nacional de Estadística más recientes (que figuran en el Anexo 4.3), señalan un porcentaje de viviendas principales en Tuéjar del 46% y de viviendas vacías o de segunda residencia del 54% (Tabla C1). De éstas, el 85% corresponde a viviendas de segunda residencia y el 15% a viviendas vacías. Comparándolos con los datos de la provincia de Valencia se observa en Tuéjar un mayor porcentaje de viviendas de segunda residencia (el 46% del total, frente al 16% en la provincia de Valencia), siendo sensiblemente menor el de viviendas vacías (el 8% del total, frente al 17% en la provincia de Valencia). Estos datos también se reflejan en los datos del IVE (tabla E3 del Anexo

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4.2), destacando el alto porcentaje de viviendas secundarias, superior al de la Provincia y Comunidad, aunque inferior al de su Comarca.

A este alto porcentaje de viviendas de segunda residencia, con un alto porcentaje de ocupación en época estival, contribuye el potencial atractivo del municipio para este uso, por sus cualidades ambientales y la mejora de las comunicaciones por carretera. El sector turístico es además uno de los escasos valores en alza en la economía local, y de los más compatibles con la sostenibilidad y la potenciación de los valores ambientales y culturales del municipio, por lo que se considera un sector a potenciar entre los objetivos del Plan. En consecuencia, a la demanda de viviendas de primera residencia en el municipio habrá que sumarle un porcentaje importante para segunda residencia, con el fin de facilitar el desarrollo de este sector, sin menoscabo de una racional ocupación del suelo, manteniendo las tipologías tradicionales y el modelo territorial de ciudad compacta.

No es especialmente preocupante el porcentaje de viviendas vacías, muy inferior al de su entorno, como hemos visto, teniendo en cuenta además el amplio Núcleo Histórico de Tuéjar y la despoblación sufrida en décadas anteriores, que ha dejado obsoletas algunas viviendas. Pese a ello, no se ha llegado a un importante grado de abandono del patrimonio inmobiliario. Las nuevas viviendas son generalmente para uso propio, por lo que suelen ocuparse apenas se acaban. Las escasas promociones recientes para la venta han sido frenadas por la baja demanda actual. Como problema puntual cabe señalar la necesidad de potenciar la renovación urbana, principalmente en el Núcleo Histórico, por el amplio patrimonio existente y su facilidad de degradación por abandono, como muestran las Tabla C15 y C16, con un importante porcentaje de viviendas vacías anteriores a 1900 y muy escaso en las más recientes.

En cuanto al parque de viviendas existente, cabe destacar en Tuéjar el mayor porcentaje de viviendas con antigüedad mayor de un siglo y el menor crecimiento en los periodos de expansión económica (años 60-80 y 90-2000) en relación a su provincia (Tablas C2, C3, C9 y C10). Ello muestra una mayor estabilidad en su desarrollo, mantenida aun en periodos de despoblamiento y sin bruscas expansiones en los de crecimiento. En estos periodos de expansión económica se observa en Tuéjar un incremento de viviendas secundarias, que absorben la mayor parte de este crecimiento.

El número de plantas en los edificios es mayoritariamente de 2, con porcentajes menores de 1 y 3 plantas, y muy escasos los de mayor altura, no rebasando en ningún caso las 5 (Tablas C6 y C13). Ello pese a que el Plan vigente permite hasta 4 plantas en la mayor parte de la población.

En cuanto a instalaciones de las viviendas, en Tuéjar la mayoría tiene conexión a los servicios públicos existentes (Tablas C7 y C14), siendo al inferior el porcentaje de viviendas con teléfono y no existiendo red de gas. También destaca el bajo índice de viviendas con garaje, especialmente en las zonas de mayor antigüedad, lo que constituye un importante problema en la población, como se analiza en el Estudio de movilidad y tráfico. Comparando los datos de instalaciones de las viviendas principales con sus

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entornos (tabla E4), Tuéjar y su Comarca presentan porcentajes de servicios algo inferiores a su Provincia y Comunidad, careciendo de instalaciones de agua caliente, aire acondicionado, teléfono, gas y servicios higiénicos en porcentajes superiores a estos ámbitos.

La superficie útil de las viviendas se encuentra mayoritariamente entre 75 y 105 m2, con porcentajes similares a los de su provincia (Tabla C8).

En general, predomina la vivienda unifamiliar y su estado de conservación es bueno, como muestran las Tablas C4 y C5 referidas a la vivienda principal, y C11 y C12 referidas a la vivienda secundaria.

Los datos del municipio sobre licencias de obras (tablas E1 y E2) muestran que éstas se destinan principalmente a obra nueva. Presentan una actividad constructiva estable hasta 2006, con un importante descenso a partir de entonces, al igual que en su Comarca, Provincia y Comunidad. Las obras de rehabilitación y demolición son más bien escasas, pese a contar con un patrimonio edificado muy amplio para la población actual.

Los datos de edificación nueva (tablas E5 a E9), muestran que la demanda en el municipio se dirige principalmente a edificación de una sola vivienda, siendo las obras de otros usos no residenciales, de rehabilitación o de demolición, muy escasos. Las viviendas protegidas son también escasas, debido entre otras causas a la escasa actividad constructiva en el municipio, el destino a segunda residencia de buena parte de ésta y el elevado precio de los solares urbanos existentes.

Comparando la clasificación y calificación del suelo en el municipio con las de su entorno (tabla E11), se observan porcentajes relativamente bajos de suelo urbano y urbanizable en el municipio. Es escaso el suelo urbano y urbanizable de uso industrial, y no se dan zonas destinadas a uso terciario, ni dotacionales en el no urbanizable (aunque sí existen equipamientos, infraestructuras, áreas recreativas e incluso reservas dotacionales en este suelo, no contabilizados en esta tabla). Como se analiza en otros apartados, en el municipio predomina el suelo rústico protegido, correspondiente en su mayoría a Monte Público, calificado como de protección forestal.

Tomando como fuente la Tesoría General de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo e Inmigración, Tuéjar contaba, a diciembre de 2007, con 11 empresas dedicadas a la construcción, que daban empleo a 49 trabajadores.

2.2.3.6.- Sector servicios

Los datos de este apartado se completan con las tablas de la serie G, del apartado 2.2.5.

Tuéjar tiene un buen grado de terciarización, aunque los servicios que se ofertan son poco especializados. Si se observa la evolución en cuanto a establecimientos comerciales en el periodo 2006-2008, se puede ver un ligero incremento en el período analizado, pasando de 36 a 43 establecimientos.

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Este sector concentra la mayor parte de las actividades productivas en el comercio al por menor, con escasa o nula representación de los servicios dedicados al transporte, servicios educativos, culturales o de ocio.

Esto provoca una necesidad de desplazamiento por parte de la población para acceder a servicios más especializados, así como aquellos relacionados con el ocio.

SERVICIOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

Comercio al por mayor e intermediarios 5

Comercio al por menor 38

Comercio al por menor de alimentación, bebidas y tabaco: 15

- Frutas, verduras, hotalizas y tubérculos 1

- Carnes, despojos, huevos, aves, conejos, caza 3

- Pescados y otros productos de la pesca 1

- Pan, pastelería, confitería y productos lácteos 4

- Labores de tabaco y productos de fumador 2

- Productos alimenticios y bebidas en general 4

Comercio al por menor de productos no alimenticios: 15

- Textil, confección, calzado y artículos de cuero 2

- Productos farmacéuticos, droguería, perfumería y cosmética 1

- Equipamiento hogar, bricolage, construcción y saneamiento 6

- Vehículos terrestres, accesorios y recambios 1

- Combustibles, carburantes y lubricantes 1

- Otro comercio al por menor 4

Comercio al por menor mixto y otros (grandes almacenes, hipermercados, almacenes populares y resto)

8

TOTAL 43

Fuente: Camerdata. Asociación para la Investigación de Medios de Comunicación (AIMC). 2008.

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EQUIPAMIENTO BÁSICO NÚMERO DE ESTABLECIMIENTOS

Hoteles 1

Restaurantes 3

Cafeterías 1

Cafés y Bares 8

Oficinas bancarias 2

Oficinas Cajas de Ahorro 1

Farmacias 1

Establecimiento de venta de carburantes y aceites,... para vehículos 1

Fuente: Camerdata. Asociación para la Investigación de Medios de Comunicación (AIMC). 2008.

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Fuente: Camerdata - AIMC (2010)

En cuanto a servicios turísticos o de alojamiento, el municipio cuenta también con un camping y trece casas rurales, superando en porcentaje por habitante a su Comarca, Provincia y Comunidad (tablas G1 a G8). Ello muestra la potencialidad del municipio para el turismo, aunque depende en buena parte de las dotaciones de Chelva.

En cuanto a equipamientos culturales y de ocio, tales como cines, museos o teatros (tablas G9 a G12), éstos no se dan en el municipio, dependiendo de los municipios mayores de su entorno. Tan solo cabe señalar la presencia de instalaciones deportivas, en su mayoría públicas (tabla G13), la Casa de la Cultura y la Biblioteca.

Respecto a educación (tabla G14 y G15), Tuéjar cuenta con un centro de enseñanza público, con dos Unidades de Infantil y cuatro de Primaria, según los datos de que se dispone, dependiendo para niveles superiores de los centros en municipios de su entorno, principalmente de Chelva.

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En cuanto a entidades financieras (tabla G16), Tuéjar cuenta con un Banco y una Caja rural, que facilitan el desarrollo económico local.

Los usos terciarios se señalan como compatibles en la mayoría de las zonas del casco urbano, con limitaciones para evitar molestias en las áreas residenciales. No se señalan zonas destinadas específicamente a este uso.

2.2.3.7.- Usos del suelo

Los datos de este apartado se completan con las tablas de la serie C, del apartado 2.2.5.

En Tuéjar, el 63% del término es terreno forestal, principalmente monte maderable, mientras que los terrenos de cultivo no llegan al 27%. Este terreno forestal es en su mayoría Monte Público, administrado por la Consellería, lo que facilita su conservación. La topografía abrupta del municipio dificulta otros usos, favoreciendo el notable desarrollo histórico que alcanzó la actividad forestal y la ganadería.

La explotación de los bosques, principalmente sus pinares, cuenta con una larga tradición, contribuyendo históricamente al desarrollo de la población, si bien se encuentra en declive debido al descenso de los precios de la madera. En la actualidad el terreno forestal alcanza unas 7.700 Ha, pobladas en su gran mayoría por espesos bosques de pinos, más de 5.000 de las cuales son para madera, mayoritariamente de propiedad pública. Además de su valor económico, cabe destacar su interés paisajístico, a pesar de los incendios, que en la última década arrasaron una superficie de unas 185 Ha.

La zona agrícola se limita al valle del Tuéjar, de relieve más suave. Por su suelo y climatología, es mayoritaria la zona de secano, si bien las terrazas aluviales del río permiten una importante zona de regadío en sus riberas, conduciendo las aguas del Tuéjar y de algunas fuentes mediante varias acequias y canales.

Por cultivos, predominan los de secano aunque también hay de regadío, y las superficies labradas sobre las improductivas. Destacan los cultivos leñosos, principalmente frutales y, en menor medida, olivares y viñas en el secano, con presencia destacable de hortalizas, cereales y tubérculos en la zona de regadío antes referida.

La distribución de la superficie del término entre secano y regadío viene detallada en la siguiente tabla:

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Tipología Secano Regadío Total

TIERRAS DE CULTIVO 1.187 138 1.325

Cultivos herbáceos 71 78 149

Barbechos 268 39 307

Cultivos leñosos 848 21 869

TOTAL TERRENO FORESTAL 9.650 0 9.650

Monte maderable 4.642 0 4.642

Monte abierto 4.802 0 4.802

Monte leñoso 206 0 206

TOTAL OTRAS SUPERFICIES 1.229 0 1.229

Erial y pastos 83 0 83

Terreno improductivo 1.089 0 1.089

Superficie no agrícola 46 0 46

Ríos y lagos 11 0 11

SUPERFICIE TNO. MUNICIPAL 12.066 138 12.204

Fuente: Consellería de Agricultura, 2003.

Según datos algo más antiguos, cabe señalar que entre los cultivos de secano destacaba el almendro, que no se cultivaba a mediados del siglo XX y que en los años precedentes se extendía por unas 550 Ha. Le siguen en importancia los cereales, como la cebada y, en menor medida, el trigo, con 261 Ha; la viña, que en los últimos años padece una regresión (en 1959 había 500 Ha y en 1991 solo 115), y el olivo (83 Ha). Su vino es reputado como de calidad.

La zona de regadío se encuentra principalmente en el valle del río Tuéjar. Se trata de suelos de vega, con una capa aluvial profunda. Presenta un paisaje característico, mosaico de huerta, cultivos herbáceos y frutales. Su superficie cultivada es de unas 454 Ha, de las cuales al rededor de 200 Ha están ocupadas por hortalizas y el resto principalmente frutales. Entre las hortalizas cabe destacar la cebolla, la patata y el maíz, aunque también se cultivan judías verdes, tomates, lechugas, pimientos, etc. Entre los frutales diseminados,

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destaca el manzano y el peral.

La estructura de la propiedad está basada en pequeñas explotaciones, debido al sistema hereditario y a la naturaleza del terreno, que obliga a la ejecución de bancales, sin que lleguen a existir más latifundios que los montes propiedad del municipio. Esto, unido a la baja calidad del secano a causa de los condicionantes topográficos, ha determinado la localización de la población junto al regadío, que es donde la agricultura resulta más rentable. Según datos aportados, hay un total de 495 explotaciones agrarias, de las cuales 178 tienen una extensión inferior a 2 Ha, 224 tienen entre 2 y 5 Ha y el resto supera las 5 Ha, sin llegar a sobrepasar las 30 Ha por lo general. El 97% de la tierra es trabajada en régimen de propiedad, quedando un 2% en arrendamiento y un 1% en aparcería. La fragmentación de la propiedad, junto con la falta de relevo generacional, motivan que la dedicación a la agricultura sea generalmente a tiempo parcial, para permitir a sus gentes dedicarse a otras actividades, muestra de las dificultades por las que atraviesa este sector.

El Plan establece protecciones para las zonas de uso forestal y ambientes singulares, destinando el resto del Suelo No Urbanizable preferentemente a usos agrícolas u otros compatibles en este medio.

Las siguientes tablas detallan la distribución de usos del suelo en el municipio:

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda, 2008.

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2.2.3.8.- Transportes

Los datos de este apartado se completan con las tablas de la serie F, del apartado 2.2.5.

En cuanto a transportes públicos, las únicas conexiones directas del municipio con las poblaciones más importantes de su entorno se producen mediante la línea de autobuses de la empresa Hispano-Chelvana, que une Valencia con el Rincón de Ademuz por la CV-35, con servicio diario. Pasan por la travesía de la carretera CV-390 (Avenida Ramón de Villanueva Moreno), con parada en ella. Se echa en falta una mejor conexión con las poblaciones de su entorno, principalmente con Chelva, para rentabilizar las posibles mejoras de transporte público.

En cuanto a transportes privados, el número de vehículos (tabla F1) ha experimentado un incremento continuo en los últimos años, similar al de su entorno aunque siempre por debajo de él. Por tipos de vehículos (tabla F2), el mayor porcentaje lo tienen los turismos, con porcentajes similares a los de los demás ámbitos comparados, destacando en relación a aquellos el mayor porcentaje de furgo-camiones y tractores en Tuéjar, propio de un municipio predominantemente agrícola.

2.2.4.- Infraestructuras

2.2.4.1.- Carreteras

Constituyen áreas de protección especial los terrenos ocupados u ocupables por vías de dominio y uso público para la circulación de vehículos, y aquellos que por su situación respecto a éstas en sus márgenes les afecta la Ley de Carreteras del estado 25/88 de 29 de julio y el Reglamento General (BOE 27 septiembre 1994), así como la Ley de Carreteras de la Comunidad Valenciana 6/91 de 27 de marzo, modificada por la Ley 14/2005, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales.

El planeamiento del municipio cataloga la red viaria supramunicipal y sus zonas de protección fuera de las áreas urbanas como suelo no urbanizable protegido, conforme a la legislación sectorial de aplicación.

2.2.4.2.- Plan de Acción Territorial de carácter sectorial de Corredores de Infraestructuras (PATCI)

El Consell de la Generalitat, mediante Decreto 113/2004, de 2 de julio, ordenó la redacción del Plan de Acción Territorial de Corredores de Infraestructuras en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

El citado Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial de Corredores de Infraestructuras es un instrumento de ordenación del territorio de los previstos en la Ley 4/2004, de 30 de junio de la Generalitat Valenciana, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje.

El Plan de Acción Territorial contempla la reserva de suelo para la ejecución del Proyecto de Trasferencias de Recursos Hídricos de la Cuenca del Ebro a diversas Cuencas, entre las que se encuentran las del Júcar y las de Segura en la Comunidad Valenciana. Este Plan no presenta incidencia en el término de

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Tuéjar, puesto que el curso del posible trasvase circularía alejado del término.

2.2.4.3.- Redes eléctricas

A las redes de alta y baja tensión, les son de aplicación las afecciones señaladas por:

• La Disposición 8ª de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre de Energía Eléctrica.

• El RD 3151/68 de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Alta tensión.

• El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión: RD 842/2002, de 2 de agosto, vigente en lo no anulado por la sentencia del TS del 17 de febrero de 2.004.

• La Orden de 27 de marzo de 1991 de la Conselleria, sobre extensión de redes eléctricas.

• Ley 54/1997 del Sector Eléctrico.

• El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

El desarrollo de las áreas afectadas por Infraestructuras de Servicios deberá llevarse a cabo mediante la redacción de los correspondientes Planes Especiales de Infraestructuras.

2.2.4.4.- Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana

Según el Plan Integral de Residuos (PIR), el Término Municipal de Tuéjar pertenece a la Zona VII en que se divide la Comunidad Valenciana. Según la cartografía temática de la Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge, en Tuéjar no hay prevista ninguna instalación de residuos urbanos.

La gestión de los RSU en el municipio deberá adaptarse al Plan Zonal de Residuos de las Zonas VI, VII y IX (aprobado en la Orden de 29 de octubre de 2004, del Conseller de Territorio y Vivienda) del Plan

Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana (aprobado en el Decreto 317/1997 de 24 de diciembre y modificado en el Decreto 32/1999 de 2 de marzo, del Gobierno Valenciano). Conforme a él, en el municipio se prevé una Estación de transferencia de residuos, y se requiere un Ecoparque tipo B (para poblaciones de hasta 10.000 habitantes). Para la aprobación de cualquier Plan que suponga incrementos sustanciales en la generación de residuos se deberá solicitar autorización del Consorcio responsable de la valorización y eliminación de los residuos en el área, analizando su afección al Proyecto de Gestión que desarrolla el Plan Zonal de Residuos, conforme se propone recoger en las NNUU de este PG. Según información municipal, el Consorcio prevé un Ecoparque móvil en el municipio, para realizar este servicio. El Plan recogerá las instalaciones de tratamiento de Residuos previstas conforme al proyecto de gestión del citado Plan Zonal de Residuos, adjudicado el 20-11-2006 a la UTE ECORED, que actualmente están en trámite de obtener la autorización ambiental integrada, conforme a la información que se obtenga sobre las mismas. Este proyecto

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no contempla ninguna infraestructura de valorización (planta) ni eliminación (vertedero) de residuos urbanos en el término que afecte al Plan General, según el Informe del Consorcio Valencia Interior, de 10-11-2010.

2.2.5.- Datos socioeconómicos del municipio

2.2.5.1.- Datos del Instituto Valenciano de Estadística

Los siguientes datos han sido obtenidos del Instituto Valenciano de Estadística (IVE).

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2.2.5.2.- Datos del Anuari Estadístic i Comarcal de la Comunitat Valenciana

Los siguientes datos han sido obtenidos del “Anuari estadístic municipal i comarcal de la Comunitat Valenciana”.

A1 Evolución de la Población de derecho

1960 1970 1975 1981 1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1998 1999 2000 2001 2002

Tuéjar 2.026 1.818 1.653 1.551 1.476 1.468 1.485 1.453 1.463 1.387 1.400 1.399 1.375 1.365 1.342 1.311 1.290 1.268 1.243 1.225

% Municipio/Comarca 7,31% 8,12% 8,39% 8,51% 8,36% 8,32% 8,36% 8,23% 8,31% 8,16% 8,22% 8,14% 7,91% 7,81% 7,82% 7,69% 7,59% 7,35% 7,23% 7,15%

Los Serranos 27.703 22.385 19.696 18.221 17.645 17.640 17.755 17.645 17.608 16.993 17.026 17.191 17.375 17.469 17.169 17.041 16.989 17.263 17.185 17.128

% Comarca/Provincia 1,93% 1,27% 1,02% 0,88% 0,85% 0,84% 0,84% 0,83% 0,82% 0,80% 0,80% 0,79% 0,79% 0,79% 0,79% 0,78% 0,78% 0,78% 0,77% 0,76%

Provincia de Valencia 1.438.043 1.769.552 1.935.343 2.065.704 2.078.815 2.088.302 2.115.260 2.135.283 2.160.258 2.117.927 2.135.942 2.165.455 2.188.472 2.200.319 2.172.840 2.172.796 2.187.633 2.201.200 2.227.170 2.267.504

% Provincia/Comunidad 57,55% 57,49% 56,97% 56,64% 55,69% 55,63% 55,52% 55,42% 55,36% 54,91% 54,90% 54,82% 54,73% 54,62% 54,19% 54,00% 53,80% 53,42% 52,99% 52,41%

Comunidad Valenciana 2.498.905 3.078.095 3.397.314 3.646.778 3.732.682 3.754.225 3.810.043 3.852.623 3.902.429 3.857.234 3.890.578 3.950.298 3.998.840 4.028.774 4.009.329 4.023.441 4.066.474 4.120.729 4.202.608 4.326.710

A2 Población de derecho a 1 de enero de 2002, según la edad, grupos quinquenales

Total 0 a 4 5 a 9 10 a 14 15 a 19 20 a 24 25 a 29 30 a 34 35 a 39 40 a 44 45 a 49 50 a 54 55 a 59 60 a 64 65 a 69 70 a 74 75 a 79 80 a 84 85 y más

Tuéjar 1.225 20 41 50 63 80 69 85 84 70 71 61 84 73 104 90 91 47 42

% grupo edad/total 100,00% 1,63% 3,35% 4,08% 5,14% 6,53% 5,63% 6,94% 6,86% 5,71% 5,80% 4,98% 6,86% 5,96% 8,49% 7,35% 7,43% 3,84% 3,43%

Los Serranos 17.128 396 585 630 822 1.237 1.250 1.161 1.165 1.073 963 1.022 1.080 1.096 1.205 1.166 1.031 682 564

% grupo edad/total 100,00% 2,31% 3,42% 3,68% 4,80% 7,22% 7,30% 6,78% 6,80% 6,26% 5,62% 5,97% 6,31% 6,40% 7,04% 6,81% 6,02% 3,98% 3,29%

Provincia de Valencia 2.267.504 95.790 104.526 113.198 132.970 182.439 201.290 193.425 185.454 171.051 146.988 137.116 123.337 107.316 110.737 99.300 78.615 47.214 36.738

% grupo edad/total 100,00% 4,22% 4,61% 4,99% 5,86% 8,05% 8,88% 8,53% 8,18% 7,54% 6,48% 6,05% 5,44% 4,73% 4,88% 4,38% 3,47% 2,08% 1,62%

Comunidad Valenciana 4.326.710 188.789 203.876 223.629 256.620 343.215 377.039 364.494 351.183 322.098 275.040 257.109 234.773 208.525 215.235 192.388 152.635 90.896 69.166

% grupo edad/total 100,00% 4,36% 4,71% 5,17% 5,93% 7,93% 8,71% 8,42% 8,12% 7,44% 6,36% 5,94% 5,43% 4,82% 4,97% 4,45% 3,53% 2,10% 1,60%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 140

A3 Población según grandes grupos de edad, a 1 de enero de 2002

Total hasta 19 20-39 40-59 60 o más

Tuéjar 1.225 174 318 286 447

% grupo edad/total 100,00% 14,20% 25,96% 23,35% 36,49%

Los Serranos 17.128 2.433 4.813 4.138 5.744

% grupo edad/total 100,00% 14,20% 28,10% 24,16% 33,54%

Provincia de Valencia 2.267.504 446.484 762.608 578.492 479.920

% grupo edad/total 100,00% 19,69% 33,63% 25,51% 21,17%

Comunidad Valenciana 4.326.710 872.914 1.435.931 1.089.020 928.845

% grupo edad/total 100,00% 20,18% 33,19% 25,17% 21,47%

A4

Población a 1 de enero de 2001

Según sexo Según el lugar de nacimiento

Total Mujeres Hombres Mismo municipio Diferente municipio de la comarca Diferente comarca de la provincia Diferente provincia de la C.V. Otra Comunidad Autónoma Extranjero

Tuéjar 1.243 589 654 1.082 23 91 0 43 4

% grupo/total 100,00% 47,39% 52,61% 87,05% 1,85% 7,32% 0,00% 3,46% 0,32%

Los Serranos 17.185 8.334 8.851 10.190 718 4.589 128 1.196 364

% grupo/total 100,00% 48,50% 51,50% 59,30% 4,18% 26,70% 0,74% 6,96% 2,12%

Provincia de Valencia 2.227.170 1.137.005 1.090.165 1.081.504 104.796 469.999 43.167 440.828 86.876

% grupo/total 100,00% 51,05% 48,95% 48,56% 4,71% 21,10% 1,94% 19,79% 3,90%

Comunidad Valenciana 4.202.608 2.136.121 2.066.487 1.981.535 269.948 702.567 96.597 881.946 270.017

% grupo/total 100,00% 50,83% 49,17% 47,15% 6,42% 16,72% 2,30% 20,99% 6,42%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 141

A5

Crecimiento vegetativo

1996 1997 1998 1999 2000

Total Mujeres Hombres Total Mujeres Hombres Total Mujeres Hombres Total Mujeres Hombres Total Hombres Hombres

Tuéjar -7 -1 -6 -19 -6 -13 -15 -7 -8 -6 -8 2 -17 -8 -9

% grupo/población total -0,52% -0,07% -0,45% -1,42% -0,45% -0,97% -1,14% -0,53% -0,61% -0,47% -0,62% 0,16% -1,34% -0,63% -0,71%

Los Serranos -110 -57 -53 -134 -45 -89 -141 -65 -76 -157 -83 -74 -130 -66 -64

% grupo/población total -0,64% -0,33% -0,31% -0,78% -0,26% -0,52% -0,83% -0,38% -0,45% -0,92% -0,49% -0,44% -0,75% -0,38% -0,37%

Provincia de Valencia -722 -121 -601 -470 95 -565 -526 -31 -495 -519 -44 -475 1.657 957 700

% grupo/población total -0,03% -0,01% -0,03% -0,02% 0,00% -0,03% -0,02% 0,00% -0,02% -0,02% 0,00% -0,02% 0,08% 0,04% 0,03%

Comunidad Valenciana 677 1.010 -333 481 853 -372 543 690 -147 541 989 -448 4.212 2.536 1.676

% grupo/población total 0,02% 0,03% -0,01% 0,01% 0,02% -0,01% 0,01% 0,02% 0,00% 0,01% 0,02% -0,01% 0,10% 0,06% 0,04%

A6

Emigraciones, 1997-2001

1997 1998 1999 2000 2001

Otras CC AA Comunidad Valenciana Otras CC AA Comunidad Valenciana Otras CC AA Comunidad Valenciana Otras CC AA Comunidad Valenciana Otras CC AA Comunidad Valenciana

Tuéjar 2 17 1 22 1 29 3 14 4 24

% grupo/población total 0,15% 1,27% 0,08% 1,68% 0,08% 2,25% 0,24% 1,10% 0,32% 1,93%

Los Serranos 48 307 30 379 40 500 46 537 67 490

% grupo/población total 0,28% 1,79% 0,18% 2,22% 0,24% 2,94% 0,27% 3,11% 0,39% 2,85%

Provincia de Valencia 7.626 34.846 9.019 41.621 9.719 42.844 9.602 44.512 10.055 41.925

% grupo/población total 0,35% 1,60% 0,42% 1,92% 0,44% 1,96% 0,44% 2,02% 0,45% 1,88%

Comunidad Valenciana 17.637 56.425 20.149 67.679 21.676 71.691 23.014 76.339 24.100 72.294

% grupo/población total 0,44% 1,41% 0,50% 1,68% 0,53% 1,76% 0,56% 1,85% 0,57% 1,72%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 142

A7

Inmigraciones, 1997-2001

1997 1998 1999 2000 2001

Comunidad Valenciana

Otras CCAA Extranjero Comunidad

Valenciana Otras CCAA Extranjero Comunidad

Valenciana Otras CCAA Extranjero Comunidad

Valenciana Otras CCAA Extranjero Comunidad

Valenciana Otras CCAA Extranjero

Tuéjar 12 4 0 21 4 0 15 2 0 6 4 0 19 2 11

% grupo/población total 0,89% 0,30% 0,00% 1,60% 0,31% 0,00% 1,16% 0,16% 0,00% 0,47% 0,32% 0,00% 1,53% 0,16% 0,88%

Los Serranos 398 39 10 599 49 15 782 41 27 465 62 88 364 66 223

% grupo/población total 2,32% 0,23% 0,06% 3,52% 0,29% 0,09% 4,60% 0,24% 0,16% 2,69% 0,36% 0,51% 2,12% 0,38% 1,30%

Provincia de Valencia 34.209 8.441 2.265 40.780 9.866 3.081 42.012 10.679 5.116 44.128 12.783 20.374 41.376 13.346 29.919

% grupo/población total 1,57% 0,39% 0,10% 1,88% 0,45% 0,14% 1,92% 0,49% 0,23% 2,00% 0,58% 0,93% 1,86% 0,60% 1,34%

Comunidad Valenciana 56.425 25.026 6.473 67.679 28.513 10.481 71.691 32.165 20.887 76.339 36.734 53.737 72.294 37.534 78.050

% grupo/población total 1,41% 0,62% 0,16% 1,68% 0,71% 0,26% 1,76% 0,79% 0,51% 1,85% 0,89% 1,30% 1,72% 0,89% 1,86%

A8

Saldo migratorio, 1997-2001

1997 1998 1999 2000 2001

Comunidad Valenciana

Otras Comunidades Autónomas

Comunidad Valenciana

Otras Comunidades Autónomas

Comunidad Valenciana

Otras Comunidades Autónomas

Comunidad Valenciana

Otras Comunidades Autónomas

Comunidad Valenciana

Otras Comunidades Autónomas

Tuéjar -5 -1 -14 -8 -5 2 3 1 1 -2

% grupo/población total -0,37% -0,07% -1,07% -0,61% -0,39% 0,16% 0,24% 0,08% 0,08% -0,16%

Los Serranos 91 220 282 -72 -126 -9 19 1 16 -1

% grupo/población total 0,53% 1,28% 1,65% -0,42% -0,74% -0,05% 0,11% 0,01% 0,09% -0,01%

Provincia de Valencia -637 815 -841 847 -832 960 -384 3.181 -549 3.291

% grupo/población total -0,03% 0,04% -0,04% 0,04% -0,04% 0,04% -0,02% 0,14% -0,02% 0,15%

Comunidad Valenciana 0 7.389 0 8.364 0 10.489 0 13.720 0 13.434

% grupo/población total 0,00% 0,18% 0,00% 0,21% 0,00% 0,26% 0,00% 0,33% 0,00% 0,32%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 143

A9 Hogares según número de familias, 1991

Total Con una familia, sin núcleo Con una familia y un núcleo Con una familia y dos núcleos Con una familia y más de dos núcleos Con más de una familia No familiares, unipersonales No familiares con dos o más personas

Tuéjar 519 9 388 5 0 0 117 0

% grupo/total 100,00% 1,73% 74,76% 0,96% 0,00% 0,00% 22,54% 0,00%

Los Serranos 6.243 139 4.600 61 2 1 1.431 9

% grupo/total 100,00% 2,23% 73,68% 0,98% 0,03% 0,02% 22,92% 0,14%

Provincia de Valencia 671.072 10.802 554.322 9.785 186 96 93.919 1.962

% grupo/total 100,00% 1,61% 82,60% 1,46% 0,03% 0,01% 14,00% 0,29%

Comunidad Valenciana 1.218.924 18.095 1.008.568 19.725 434 230 168.202 3.670

% grupo/total 100,00% 1,48% 82,74% 1,62% 0,04% 0,02% 13,80% 0,30%

A10 Hogares según tamaño, 1991

1 miembro 2 miembros 3 miembros 4 miembros 5 miembros 6 miembros 7 miembros 8 miembros 9 miembros 10 y más miembros Tamaño medio

Tuéjar 117 156 95 101 36 11 2 0 1 0 2,67

% grupo/total 22,54% 30,06% 18,30% 19,46% 6,94% 2,12% 0,39% 0,00% 0,19% 0,00%

Los Serranos 1.431 1.822 1.110 1.166 483 166 43 16 4 2 3,28

% grupo/total 22,92% 29,18% 17,78% 18,68% 7,74% 2,66% 0,69% 0,26% 0,06% 0,03%

Provincia de Valencia 93.919 159.691 143.239 161.939 73.938 26.555 7.801 2.477 877 636 3,14

% grupo/total 14,00% 23,80% 21,34% 24,13% 11,02% 3,96% 1,16% 0,37% 0,13% 0,09%

Comunidad Valenciana 168.202 296.087 256.509 289.175 135.485 50.130 15.284 5.018 1.761 1.273 3,15

% grupo/total 13,80% 24,29% 21,04% 23,72% 11,12% 4,11% 1,25% 0,41% 0,14% 0,10%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 144

B1

Población mayor de 16 años y su relación con la actividad, 1991

Ocupados Buscan la primera ocupación Desocupados (que han trabajado antes) Contados al margen Total activos Total inactivos

Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres

Tuéjar 433 349 84 34 10 24 50 16 34 12 12 0 517 375 142 654 256 398

% grupo/total 31,22% 80,60% 19,40% 2,45% 29,41% 70,59% 3,60% 32,00% 68,00% 0,87% 100,00% 0,00% 37,27% 72,53% 27,47% 47,15% 39,14% 60,86%

Los Serranos 5.332 4.133 1.199 325 127 198 482 276 206 79 79 0 6.139 4.536 1.603 8.199 2.736 5.463

% grupo/total 31,38% 77,51% 22,49% 1,91% 39,08% 60,92% 2,84% 57,26% 42,74% 0,46% 100,00% 0,00% 36,13% 73,89% 26,11% 48,25% 33,37% 66,63%

Provincia de Valencia 706.963 491.426 215.537 40.519 16.483 24.036 117.855 59.606 58.249 11.118 11.118 0 865.337 567.515 297.822 792.262 223.563 568.699

% grupo/total 33,38% 69,51% 30,49% 1,91% 40,68% 59,32% 5,56% 50,58% 49,42% 0,52% 100,00% 0,00% 40,86% 65,58% 34,42% 37,41% 28,22% 71,78%

Comunidad Valenciana 1.260.424 876.433 383.991 72.135 30.500 41.635 225.404 118.476 106.928 19.789 19.789 0 1.557.963 1.025.409 532.554 1.441.811 412.545 1.029.266

% grupo/total 32,68% 69,53% 30,47% 1,87% 42,28% 57,72% 5,84% 52,56% 47,44% 0,51% 100,00% 0,00% 40,39% 65,82% 34,18% 37,38% 28,61% 71,39%

B2

Población ocupada por sectores económicos y sexo (población de derecho >16 años), 1991

Agricultura Construcción Industria Servicios

Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres

Tuéjar 162 161 1 64 63 1 71 38 33 136 49 87

% grupo/total 37,41% 99,38% 0,62% 14,78% 98,44% 1,56% 16,40% 53,52% 46,48% 31,41% 36,03% 63,97%

Los Serranos 1.706 1.588 118 684 671 13 1.127 714 413 1.815 1.160 655

% grupo/total 32,00% 93,08% 6,92% 12,83% 98,10% 1,90% 21,14% 63,35% 36,65% 34,04% 63,91% 36,09%

Provincia de Valencia 53.840 48.389 5.451 65.085 62.748 2.337 201.052 155.091 45.961 386.986 225.198 161.788

% grupo/total 7,62% 89,88% 10,12% 9,21% 96,41% 3,59% 28,44% 77,14% 22,86% 54,74% 58,19% 41,81%

Comunidad Valenciana 101.971 88.476 13.495 126.358 122.080 4.278 351.541 267.491 84.050 680.554 398.386 282.168

% grupo/total 8,09% 86,77% 13,23% 10,03% 96,61% 3,39% 27,89% 76,09% 23,91% 53,99% 58,54% 41,46%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 145

B3

Tasa de actividad y tasa de paro por sexo, 1991

Tasa de actividad Tasa de paro

Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres

Tuéjar 43,70 58,32 26,30 16,25 6,93 40,85

Los Serranos 42,58 61,71 22,69 13,15 8,88 25,20

Provincia de Valencia 51,86 70,75 34,37 18,30 13,41 27,63

Comunidad Valenciana 51,60 70,34 34,10 19,10 14,53 27,90

B4 Paro Registrado

1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003

Tuéjar 90 90 75 43 45 43 51 66

% grupo/población total 6,71% 6,71% 5,72% 3,33% 3,55% 3,46% 4,16% 5,39%

Los Serranos 701 658 638 529 420 444 504 498

% grupo/población total 4,08% 3,83% 3,74% 3,11% 2,43% 2,58% 2,94% 2,91%

Provincia de Valencia 146.957 136.448 118.044 96.373 83.500 81.756 79.485 81.262

% grupo/población total 6,76% 6,28% 5,43% 4,41% 3,79% 3,67% 3,51% 3,58%

Comunidad Valenciana 256.146 235.597 205.893 168.403 141.193 127.144 134.007 140.236

% grupo/población total 6,39% 5,88% 5,12% 4,14% 3,43% 3,03% 3,10% 3,24%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 146

B5

Paro registrado en 1999 Paro registrado en 2000 Paro registrado en 2001 Paro registrado en 2002 Paro registrado en 2003

Total Según sexo

Total Según sexo

Total Según sexo

Total Según sexo

Total Según sexo

Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres

Tuéjar 43 12 31 45 21 24 43 25 18 51 30 21 66 43 23

% grupo/población total 3,33% 27,91% 72,09% 3,55% 46,67% 53,33% 3,46% 58,14% 41,86% 4,16% 58,82% 41,18% 5,39% 65,15% 34,85%

Los Serranos 529 248 281 420 205 215 444 242 202 504 247 257 498 287 211

% grupo/población total 3,11% 46,88% 53,12% 2,43% 48,81% 51,19% 2,58% 54,50% 45,50% 2,94% 49,01% 50,99% 2,91% 57,63% 42,37%

Provincia de Valencia 96.373 58.701 37.672 83.500 52.432 31.068 81.756 51.316 30.440 79.485 47.741 31.744 81.262 48.296 32.966

% grupo/población total 4,41% 60,91% 39,09% 3,79% 62,79% 37,21% 3,67% 62,77% 37,23% 3,51% 60,06% 39,94% 3,58% 59,43% 40,57%

Comunidad Valenciana 168.403 98.051 70.352 141.193 85.198 55.995 127.144 77.086 50.058 134.007 77.635 56.372 140.236 80.849 59.387

% grupo/población total 4,14% 58,22% 41,78% 3,43% 60,34% 39,66% 3,03% 60,63% 39,37% 3,10% 57,93% 42,07% 3,24% 57,65% 42,35%

B6

Paro registrado a 2003

Total Según sectores de actividad

Agricultura Construcción Industria Servicios Sin ocupación anterior

Tuéjar 66 3 6 19 32 6

% grupo/total 5,39% 4,55% 9,09% 28,79% 48,48% 9,09%

Los Serranos 498 21 50 118 274 35

% grupo/total 2,91% 4,22% 10,04% 23,69% 55,02% 7,03%

Provincia de Valencia 81.262 1.731 7.462 16.640 46.866 8.563

% grupo/total 3,58% 2,13% 9,18% 20,48% 57,67% 10,54%

Comunidad Valenciana 140.236 2.618 12.971 34.308 76.601 13.738

% grupo/total 3,24% 1,87% 9,25% 24,46% 54,62% 9,80%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 147

B7

Contrataciones registradas por sexo y sectores 2002

Total Sexo Actividad

Mujeres Hombres Agricultura Construcción Industria Servicios

Tuéjar 6 0 6 1 0 0 5

% grupo/población total 100,00% 0,00% 100,00% 16,67% 0,00% 0,00% 83,33%

Los Serranos 203 68 135 27 46 32 98

% grupo/población total 100,00% 33,50% 66,50% 13,30% 22,66% 15,76% 48,28%

Provincia de Valencia 54.599 22.538 32.061 1.306 8.105 7.318 37.870

% grupo/población total 100,00% 41,28% 58,72% 2,39% 14,84% 13,40% 69,36%

Comunidad Valenciana 99.395 39.806 59.589 2.777 16.794 15.896 63.928

% grupo/población total 100,00% 40,05% 59,95% 2,79% 16,90% 15,99% 64,32%

B8 Número de cooperativas

1995 1996 1997 1998 1999

Tuéjar

% Municipio/Comarca

2 1 1 1 1

3,64% 1,85% 1,72% 1,72% 1,67%

Los Serranos

% Comarca/Provincia

55 54 58 58 60

2,86% 2,66% 2,69% 2,68% 2,60%

Provincia de Valencia

% Provincia/Comunidad

1.924 2.029 2.153 2.165 2.305

63,46% 63,31% 62,97% 62,66% 62,64%

Comunidad Valenciana 3.032 3.205 3.419 3.455 3.680

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 148

B9 Número de cooperativas, en 1999

Total De trabajo asociado De consumo Del Campo De servicios De vivienda De crédito Otras

Tuéjar 1 0 0 1 0 0 0 0

% grupo/total 100,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Los Serranos 60 21 2 28 0 2 1 6

% grupo/total 100,00% 35,00% 3,33% 46,67% 0,00% 3,33% 1,67% 10,00%

Provincia de Valencia 2.305 1.610 57 322 51 133 11 121

% grupo/total 100,00% 69,85% 2,47% 13,97% 2,21% 5,77% 0,48% 5,25%

Comunidad Valenciana 3.680 2.411 90 679 91 198 40 171

% grupo/total 100,00% 65,52% 2,45% 18,45% 2,47% 5,38% 1,09% 4,65%

C1

Distribución general de tierras (Ha), 2000

Cultivos Prados y pastizales Terreno forestal Otras superficies Total superficie

del término Cultivo herbáceo Herbáceo Cultivo

leñoso TOTAL Prados naturales Pastizales TOTAL Monte

maderable Monte abierto

Monte leñoso TOTAL Erial a

pastos Espartizal Terreno improductivo

Superficie no agrícola

Ríos y lagos TOTAL

Tuéjar 390 2.086 807 3.283 0 0 0 5.064 1.688 934 7.686 798 0 359 53 25 1.235 12.204

% grupo/total 3,20% 17,09% 6,61% 26,90% 0,00% 0,00% 0,00% 41,49% 13,83% 7,65% 62,98% 6,54% 0,00% 2,94% 0,43% 0,20% 10,12% 100,00%

Los Serranos 5.745 11.496 22.260 39.501 700 785 1.485 35.514 8.672 38.360 82.546 7.521 130 3.022 3.246 1.651 15.570 139.102

% grupo/total 4,13% 8,26% 16,00% 28,40% 0,50% 0,56% 1,07% 25,53% 6,23% 27,58% 59,34% 5,41% 0,09% 2,17% 2,33% 1,19% 11,19% 100,00%

Provincia de Valencia 61.232 68.086 296.713 426.031 725 7.857 8.582 222.858 60.179 191.025 474.062 50.584 1.204 21.757 79.537 17.477 170.559 1.079.234

% grupo/total 5,67% 6,31% 27,49% 39,48% 0,07% 0,73% 0,80% 20,65% 5,58% 17,70% 43,93% 4,69% 0,11% 2,02% 7,37% 1,62% 15,80% 100,00%

Comunidad Valenciana 105.885 186.815 591.415 884.115 2.663 24.471 27.134 384.089 131.570 498.140 1.013.799 153.016 9.371 55.771 145.467 37.290 400.915 2.325.963

% grupo/total 4,55% 8,03% 25,43% 38,01% 0,11% 1,05% 1,17% 16,51% 5,66% 21,42% 43,59% 6,58% 0,40% 2,40% 6,25% 1,60% 17,24% 100,00%

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C2

Distribución de superficies por cultivo (Ha), 2000

Cultivos herbáceos Cultivos leñosos Total superficie cultivada Cereales Leguminosas Tubérculos Cultivos

industriales Cultivos

forrajeros Hortalizas TOTAL Cítricos Frutales Viña Viveros Olivar y otros leñosos TOTAL

Tuéjar 85 0 70 0 16 219 390 0 565 76 0 166 807 1.197

% grupo/total 7,10% 0,00% 5,85% 0,00% 1,34% 18,30% 32,58% 0,00% 47,20% 6,35% 0,00% 13,87% 67,42% 100,00%

Los Serranos 2.796 83 170 45 1.814 827 5.735 1.348 7.308 5.328 16 8.260 22.260 27.995

% grupo/total 9,99% 0,30% 0,61% 0,16% 6,48% 2,95% 20,49% 4,82% 26,10% 19,03% 0,06% 29,51% 79,51% 100,00%

Provincia de Valencia 31.000 1.813 3.101 1.496 3.008 20.105 60.523 109.849 57.684 64.493 2.174 62.513 296.713 357.236

% grupo/total 8,68% 0,51% 0,87% 0,42% 0,84% 5,63% 16,94% 30,75% 16,15% 18,05% 0,61% 17,50% 83,06% 100,00%

Comunidad Valenciana 48.858 3.965 5.403 3.187 7.298 36.172 104.883 192.584 151.888 92.774 3.213 150.956 591.415 696.298

% grupo/total 7,02% 0,57% 0,78% 0,46% 1,05% 5,19% 15,06% 27,66% 21,81% 13,32% 0,46% 21,68% 84,94% 100,00%

D1 Inversión registrada (miles de pesetas)

1997 1998 1999 2000 2001

Tuéjar 0 31.157 3.629 130.772 52.024

Inversión/habitante 0 24 3 103 42

Los Serranos 586.176 355.934 309.571 554.643 1.895.661

Inversión/habitante 34 21 18 32 110

Provincia de Valencia

41.504.614

33.575.594

50.005.765 55.451.822 85.554.766

Inversión/habitante 19 15 23 25 38

Comunidad Valenciana

79.909.208

91.705.940

108.731.618

110.865.898

164.555.900

Inversión/habitante 20 23 27 27 39

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 150

D2

Inversión registrada (miles de pesetas), 2002

Total Inversión industrial Inversión no industrial

Total Ampliación Nueva Total Ampliación Nueva

Tuéjar 421 421 0 421 0 0 0

% grupo/total 100,00% 100,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Los Serranos 7.049.557 7.024.486 1.039.706 5.984.780 25.071 0 25.071

% grupo/total 100,00% 99,64% 14,75% 84,90% 0,36% 0,00% 0,36%

Provincia de Valencia 199.210.019 156.700.702 35.169.343 121.531.360 42.509.317 2.307.074 40.202.243

% grupo/total 100,00% 78,66% 17,65% 61,01% 21,34% 1,16% 20,18%

Comunidad Valenciana 623.142.696 520.133.419 276.923.200 243.210.220 103.009.276 8.567.929 94.441.347

% grupo/total 100,00% 83,47% 44,44% 39,03% 16,53% 1,37% 15,16%

E1

Licencias de obra concedidas

1995 1996 1997 1998 1999

Total Nueva planta

Rehabilitación y demolición Total Nueva

planta Rehabilitación y

demolición Total Nueva planta

Rehabilitación y demolición Total Nueva

planta Rehabilitación y

demolición Total Nueva planta

Rehabilitación y demolición

Tuéjar 3 3 0 2 2 0 3 3 0 3 2 1 4 4 0

% grupo/total 100,00% 100,00% 0,00% 100,00% 100,00% 0,00% 100,00% 100,00% 0,00% 100,00% 66,67% 33,33% 100,00% 100,00% 0,00%

Los Serranos 72 44 28 41 29 12 28 19 9 61 33 28 97 64 33

% grupo/total 100,00% 61,11% 38,89% 100,00% 70,73% 29,27% 100,00% 67,86% 32,14% 100,00% 54,10% 45,90% 100,00% 65,98% 34,02%

Provincia de Valencia 3.926 2.650 1.276 3.892 2.470 1.422 4.202 2.835 1.367 5.564 3.663 1.901 6.203 4.123 2.080

% grupo/total 100,00% 67,50% 32,50% 100,00% 63,46% 36,54% 100,00% 67,47% 32,53% 100,00% 65,83% 34,17% 100,00% 66,47% 33,53%

Comunidad Valenciana 9.534 6.319 3.215 9.218 6.042 3.176 11.428 7.672 3.756 22.643 13.631 9.012 15.510 10.497 5.013

% grupo/total 100,00% 66,28% 33,72% 100,00% 65,55% 34,45% 100,00% 67,13% 32,87% 100,00% 60,20% 39,80% 100,00% 67,68% 32,32%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 151

E2 Licencias concedidas por tipo de obra, 1999

Total Nueva planta Rehabilitación en edificios Rehabilitación en locales Demolición total exclusivamente

Tuéjar 4 4 0 0 0

% grupo/total 100,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Los Serranos 97 64 32 1 0

% grupo/total 100,00% 65,98% 32,99% 1,03% 0,00%

Provincia de Valencia 6.203 4.123 1.745 109 226

% grupo/total 100,00% 66,47% 28,13% 1,76% 3,64%

Comunidad Valenciana 15.510 10.497 4.151 238 624

% grupo/total 100,00% 67,68% 26,76% 1,53% 4,02%

E3

Viviendas según tipo: viviendas familiares, viviendas colectivas y alojamientos, 1991

Viviendas familiares ocupadas principales

Viviendas familiares ocupadas secundarias

Viviendas familiares desocupadas

Viviendas colectivas

Viviendas familiares de otro tipo

Viviendas familiares no consta

Alojamientos fijos

Alojamientos móviles

Total Viviendas

Tuéjar 515 386 134 0 1 0 1 0 1.037

% grupo/total 49,66% 37,22% 12,92% 0,00% 0,10% 0,00% 0,10% 0,00% 100,00%

Los Serranos 6.060 7.427 1.799 9 43 1.524 2 0 16.864

% grupo/total 35,93% 44,04% 10,67% 0,05% 0,25% 9,04% 0,01% 0,00% 100,00%

Provincia de Valencia 663.244 201.001 158.065 726 2.759 6.925 771 24 1.033.515

% grupo/total 64,17% 19,45% 15,29% 0,07% 0,27% 0,67% 0,07% 0,00% 100,00%

Comunidad Valenciana 1.205.331 517.694 313.658 1.768 4.909 47.471 1.148 67 2.092.046

% grupo/total 57,61% 24,75% 14,99% 0,08% 0,23% 2,27% 0,05% 0,00% 100,00%

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E4a

Viviendas familiares principales según sus instalaciones y servicios, 1991

Agua corriente en la vivienda

Agua corriente

en el edificio, pero no en la

vivienda

No tiene agua corriente

Tiene agua caliente

No tiene agua caliente

Tiene refrigeración

No tiene refrigeración

Tiene cocina

No tiene cocina

Tiene energia eléctrica

No tiene energia eléctrica

Tuéjar 515 0 0 400 115 8 507 515 0 513 2

% grupo/total 100,00% 0,00% 0,00% 77,67% 22,33% 1,55% 98,45% 100,00% 0,00% 99,61% 0,39%

Los Serranos 6.048 0 12 5.316 744 76 5.984 5.995 65 6.011 49

% grupo/total 99,80% 0,00% 0,20% 87,72% 12,28% 1,25% 98,75% 98,93% 1,07% 99,39% 0,81%

Provincia de Valencia 662.982 12 250 618.348 44.896 22.609 640.635 659.940 3.304 660.497 2.747

% grupo/total 99,96% 0,00% 0,04% 93,23% 6,77% 3,41% 96,59% 99,50% 0,50% 99,63% 0,41%

Comunidad Valenciana 1.203.670 31 1.630 1.129.261 76.070 34.831 1.170.500 1.199.068 6.263 1.198.896 6.435

% grupo/total 99,86% 0,00% 0,14% 93,69% 6,31% 2,89% 97,11% 99,48% 0,52% 99,60% 0,53%

E4b

Viviendas familiares principales según sus instalaciones y servicios, 1991

Tiene gas distribuido por tuberias

No tiene gas distribuido por tuberias

Tiene teléfono

No tiene teléfono

Calefacción colectiva

Calefacción individual

Calefaccción aparato movil o fijo

No tiene calefacción

Water o baño y ducha

Water solamente

Solamente baño o ducha

No tiene servivios higiénicos

Tuéjar 0 515 246 269 13 16 481 5 470 43 0 2

% grupo/total 0,00% 100,00% 47,77% 52,23% 2,52% 3,11% 93,40% 0,97% 91,26% 8,35% 0,00% 0,39%

Los Serranos 0 6.060 2.959 3.101 32 241 5.501 286 5.687 270 14 89

% grupo/total 0,00% 100,00% 48,83% 51,17% 0,53% 3,98% 90,78% 4,72% 93,84% 4,46% 0,23% 1,47%

Provincia de Valencia 108.955 554.289 521.804 141.440 6.618 36.661 571.850 48.115 648.552 7.862 3.067 3.763

% grupo/total 16,43% 83,61% 78,71% 21,33% 1,00% 5,53% 86,25% 7,26% 97,82% 1,19% 0,46% 0,57%

Comunidad Valenciana 117.669 1.087.662 909.384 295.947 11.486 58.658 1.030.746 104.441 1.176.800 16.866 4.313 7.352

% grupo/total 9,78% 90,36% 75,55% 24,59% 0,95% 4,87% 85,63% 8,68% 97,77% 1,40% 0,36% 0,61%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 153

E5 Media de viviendas por edificio de nueva planta

1995 1996 1997 1998 1999

Tuéjar 4 1 1 1 1,7

Los Serranos 1,4 2,7 - 1,3 1,3

Provincia de Valencia 4,3 4,1 - 3,6 3,6

Comunidad Valenciana 3,9 3,9 - 3,7 3,6

E6

Edificación de nueva planta

1995 1996 1997 1998 1999

Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas

Tuéjar 3 12 2 2 3 3 2 1 4 5

% Municipio/Comarca Los Serranos 4,05% - 6,67% 3,17% 8,33% - 4,08% 2,13% 5,26% 10,87%

74 - 30 63 36 - 49 47 76 46

% Comarca/Provincia Provincia de Valencia 1,98% - 0,88% 0,57% 0,87% - 0,88% 0,29% 1,16% 0,24%

3.735 - 3.421 11.059 4.153 - 5.567 16.100 6.532 19.169

% Provincia/Comunidad 40,50% - 39,01% 38,22% 36,13% - 37,00% 33,94% 34,41% 32,19%

Comunidad Valenciana 9.223 - 8.770 28.938 11.496 - 15.046 47.430 18.983 59.546

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 154

E7

Edificación de nueva planta, 1999

Edificios a construir

Viviendas Media de viviendas por edificio, 1999

Total Residenciales No residenciales

Tuéjar 4 3 1 5 1,7

% grupo/total 100,00% 75,00% 2,50%

Los Serranos 76 36 40 46 1,3

% grupo/total 100,00% 47,37% 52,63%

Provincia de Valencia 6.532 5.396 1.136 19.169 3,6

% grupo/total 100,00% 82,61% 17,39%

Comunidad Valenciana 18.983 16.531 2.452 59.546 3,6

% grupo/total 100,00% 87,08% 12,92%

E8

Obras de rehabilitación

1995 1996 1997 1998 1999

Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas

Tuéjar 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

% Municipio/Comarca 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Los Serranos 26 5 11 0 9 3 27 12 33 6

% Comarca/Provincia 2,29% 1,21% 1,05% 0,00% 0,65% 0,41% 1,63% 1,92% 1,87% 0,91%

Provincia de Valencia 1.134 413 1.051 255 1.387 736 1.661 626 1.763 657

% Provincia/Comunidad 43,94% 62,48% 41,30% 48,94% 42,66% 68,21% 42,08% 60,84% 40,55% 64,10%

Comunidad Valenciana 2.581 661 2.545 521 3.251 1.079 3.947 1.029 4.348 1.025

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E9

Obras de demolición

1995 1996 1997 1998 1999

Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas Edificios a construir Viviendas

Tuéjar - - - - 1 1 - - - -

% Municipio/Comarca 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 25,00% 50,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Los Serranos 0 0 5 8 4 2 2 4 2 4

% Comarca/Provincia 0,00% 0,00% 1,09% 1,60% 0,71% 0,32% 0,29% 0,47% 0,24% 0,37%

Provincia de Valencia 437 580 460 499 565 630 688 843 848 1.071

% Provincia/Comunidad 52,84% 56,48% 52,15% 46,55% 54,64% 55,07% 49,78% 50,42% 52,31% 52,24%

Comunidad Valenciana 827 1.027 882 1.072 1.034 1.144 1.382 1.672 1.621 2.050

E10

Solicitudes de calificación provisional, 2000 Calificaciones provisionales, 2000

Total

Viviendas

protegidas de nueva

construcción

Viviendas ya construidas Rehabilitación Total

Viviendas

protegidas de nueva

construcción

Viviendas ya construidas Rehabilitación

Tuéjar 0 0 0 2 3 2 3 3

% grupo/total 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Los Serranos 1 0 0 19 20 18 19 12

% grupo/total 100,00% 0,00% 0,00% 1900,00% 100,00% 90,00% 95,00% 60,00%

Provincia de Valencia 11.088 4.140 2.316 4.632 10.483 5.226 1.573 3.684

% grupo/total 100,00% 37,34% 20,89% 41,77% 100,00% 49,85% 15,01% 35,14%

Comunidad Valenciana 19.365 9.267 3.721 6.377 18.219 10.416 2.504 5.299

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 156

E11

Planeamiento del suelo,1998 (ha)

Superficie total (ha)

Suelo urbano Suelo urbanizable Suelo no urbanizable

Residencial Dotacional Industrial Terciario Total Residencial Dotacional Industrial Terciario Total Dotacional Rústico

Total Protegido No protegido

Tuéjar 12.203,84 26,30 2,46 1,68 0,00 30,44 9,07 0,00 0,00 0,00 9,07 0,00 9.947,83 2.216,50 12.164,33

% grupo/total 100,00% 0,22% 0,02% 0,01% 0,00% 0,25% 0,07% 0,00% 0,00% 0,00% 0,07% 0,00% 81,51% 18,16% 99,68%

Los Serranos 139.401,22 492,28 32,03 34,58 2,17 561,06 413,29 0,00 57,87 0,00 471,16 62,39 85.727,22 52.579,39 138.369,00

% grupo/total 100,00% 0,35% 0,02% 0,02% 0,00% 0,40% 0,30% 0,00% 0,04% 0,00% 0,34% 0,04% 61,50% 37,72% 99,26%

Provincia de Valencia 1.077.750,77 24.455,24 2.804,32 5.356,46 342,65 32.958,67 14.710,13 1.218,32 5.113,68 376,26 21.418,38 6.218,64 570.393,04 446.762,04 1.023.373,72

% grupo/total 100,00% 2,27% 0,26% 0,50% 0,03% 3,06% 1,36% 0,11% 0,47% 0,03% 1,99% 0,58% 52,92% 41,45% 94,95%

Comunidad Valenciana 2.316.171,59 57.149,42 6.907,11 10.603,39 524,15 75.184,07 47.927,83 2.920,21 10.627,10 786,31 62.261,45 9.947,45 985.764,22 1.183.014,40 2.178.726,08

% grupo/total 100,00% 2,47% 0,30% 0,46% 0,02% 3,25% 2,07% 0,13% 0,46% 0,03% 2,69% 0,43% 42,56% 51,08% 94,07%

F1 Parque de vehículos

1998 1999 2000 2001 2002

Tuéjar 561 578 608 635 652

% vehículos/habitante 42,79% 44,81% 47,95% 51,09% 53,22%

Los Serranos 8.417 8.955 9.314 9.784 10.232

% vehículos/habitante 49,39% 52,71% 53,95% 56,93% 59,74%

Provincia de Valencia 1.210.029 1.271.279 1.318.460 1.363.482 1.406.855

% vehículos/habitante 55,69% 58,11% 59,90% 61,22% 62,04%

Comunidad Valenciana 2.306.390 2.434.573 2.524.767 2.630.706 2.730.405

% vehículos/habitante 57,32% 59,87% 61,27% 62,60% 63,11%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 157

F2 Parque de vehículos,2002

Total Turismos Motos Furgo-Camiones Autobuses Tractores Otros

Tuéjar 652 382 37 214 1 6 12

% grupo/total 100,00% 58,59% 5,67% 32,82% 0,15% 0,92% 1,84%

Los Serranos 10.232 6.092 566 2.997 17 192 368

% grupo/total 100,00% 59,54% 5,53% 29,29% 0,17% 1,88% 3,60%

Provincia de Valencia 1.406.855 1.042.519 97.671 221.111 2.327 13.505 29.722

% grupo/total 100,00% 74,10% 6,94% 15,72% 0,17% 0,96% 2,11%

Comunidad Valenciana 2.730.405 2.019.921 185.843 445.844 4.262 21.223 53.312

% grupo/total 100,00% 73,98% 6,81% 16,33% 0,16% 0,78% 1,95%

G1

Hoteles y hostales

1998 1999 2000 2001 2002

Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas

Tuéjar 1 39 1 39 1 39 1 39 1 39

Hoteles/millar habitantes 0,76 29,75 0,78 30,23 0,79 30,76 0,80 31,38 0,82 31,84

Los Serranos 6 272 6 272 8 327 8 327 7 311

Hoteles/millar habitantes 0,35 15,96 0,35 16,01 0,46 18,94 0,47 19,03 0,41 18,16

Provincia de Valencia 171 16.816 173 17.340 181 18.451 193 20.770 203 22.292

Hoteles/millar habitantes 0,08 7,74 0,08 7,93 0,08 8,38 0,09 9,33 0,09 9,83

Comunidad Valenciana 650 84.711 667 86.365 679 87.747 711 92.197 745 99.300

Hoteles/millar habitantes 0,16 21,05 0,16 21,24 0,16 21,29 0,17 21,94 0,17 22,95

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 158

G2

Campings

1998 1999 2000 2001 2002

Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas

Tuéjar 1 540 1 540 1 540 1 540 1 540

Campings/millar hab. 0,76 411,90 0,78 418,60 0,79 425,87 0,80 434,43 0,82 440,82

Los Serranos 2 747 2 747 2 747 2 747 2 747

Campings/millar hab. 0,12 43,84 0,12 43,97 0,12 43,27 0,12 43,47 0,12 43,61

Provincia de Valencia 37 19.236 32 16.496 32 16.330 33 17.708 35 18.970

Campings/millar hab. 0,02 8,85 0,01 7,54 0,01 7,42 0,01 7,95 0,02 8,37

Comunidad Valenciana 142 68.677 134 65.016 131 64.702 131 66.039 133 69.368

Campings/millar hab. 0,04 17,07 0,03 0,16 0,03 15,70 0,03 15,71 0,03 16,03

G3 Agencias de viaje

1998 1999 2000 2001 2002

Tuéjar

Agencias/millar hab.

0 0 0 0 0

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Los Serranos

Agencias/millar hab.

0 0 0 0 0

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Provincia de Valencia 363 405 432 478 492

Agencias/millar hab. 0,17 0,19 0,20 0,21 0,22

Comunidad Valenciana

Agencias/millar hab.

700

0,17

773

0,19

814

0,20

910

0,22

956

0,22

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G4

Apartamentos

1998 1999 2000 2001 2002

Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas

Tuéjar 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Apartamentos/millar hab. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Los Serranos 6 24 9 38 9 38 9 38 5 22

Apartamentos/millar hab. 0,00 0,01 0,01 0,02 0,01 0,02 0,01 0,02 0,29 1,28

Provincia de Valencia 3.562 18.855 3.991 21.084 4.439 23.295 4.405 23.158 4.649 24.521

Apartamentos/millar hab. 1,64 0,09 1,82 0,10 2,02 0,01 1,98 10,40 2,05 10,81

Comunidad Valenciana 22.451 108.291 25.421 121.598 27.003 128.831 29.858 129.902 30.642 132.895

Apartamentos/millar hab. 5,58 0,27 6,25 0,30 6,55 31,26 7,10 30,91 7,08 30,72

G5

Casas rurales

1998 1999 2000 2001 2002

Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas

Tuéjar 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Casas rurales/millar hab. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Los Serranos 2 260 2 260 5 37 7 53 26 160

Casas rurales/millar hab. 0,12 15,26 0,12 15,30 0,29 2,14 0,41 3,08 1,52 9,34

Provincia de Valencia 23 509 35 648 53 443 88 698 131 992

Casas rurales/millar hab. 0,01 0,23 0,02 0,30 0,02 0,20 0,04 0,31 0,06 0,44

Comunidad Valenciana 134 1.933 197 2.661 255 1.954 344 2.625 483 3.533

Casas rurales/millar hab. 0,03 0,48 0,05 0,65 0,06 0,47 0,08 0,62 0,11 0,82

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G6

Albergues

1998 1999 2000 2001 2002

Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas

Tuéjar 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Albergues/millar hab. 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Los Serranos 2 260 2 260 2 290 2 290 4 392

Albergues/millar hab. 0,12 15,26 0,12 15,30 0,12 16,80 0,12 16,88 0,23 22,89

Provincia de Valencia 4 362 4 398 7 551 10 689 13 845

Albergues/millar hab. 0,00 0,17 0,00 0,18 0,00 0,25 0,00 0,31 0,01 0,37

Comunidad Valenciana 18 1.059 24 1.381 28 1.627 33 1.839 38 2.095

Albergues/millar hab. 0,00 0,26 0,01 0,34 0,01 0,39 0,01 0,44 0,01 0,48

G7

Cafeterías

1998 1999 2000 2001 2002

Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas

Tuéjar 1 38 1 38 1 38 1 38 1 38

Cafeterías/millar hab. 0,76 28,99 0,78 29,46 0,79 29,97 0,80 30,57 0,82 31,02

Los Serranos 7 415 8 459 8 459 8 466 8 481

Cafeterías/millar hab. 0,41 24,35 0,47 27,02 0,46 26,59 0,47 27,12 0,47 28,08

Provincia de Valencia 697 41.464 737 43.455 771 30.111 804 50.598 837 53.208

Cafeterías/millar hab. 0,32 19,08 0,34 19,86 0,35 13,68 0,36 22,72 0,37 23,47

Comunidad Valenciana 1.721 97.991 1.806 101.176 1.867 88.387 1.974 112.965 2.042 117.886

Cafeterías/millar hab. 0,43 24,36 0,44 24,88 0,45 21,45 0,47 26,88 0,47 27,25

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G8

Restaurantes

1998 1999 2000 2001 2002

Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas Número Plazas

Tuéjar 4 466 4 466 4 466 4 466 4 466

Restaurantes/millar hab. 3,05 355,45 3,10 361,24 3,15 367,51 3,22 374,90 3,27 380,41

Los Serranos 36 2.780 43 3.151 46 3.333 47 3.411 47 3.533

Restaurantes/millar hab. 2,11 163,14 2,53 185,47 2,66 193,07 2,73 198,49 2,74 206,27

Provincia de Valencia 3.330 239.342 3.488 250.330 3.638 261.575 3.819 275.676 3.997 290.787

Restaurantes/millar hab. 1,53 110,15 1,59 114,43 1,65 118,83 1,71 123,78 1,76 128,24

Comunidad Valenciana 8.147 532.181 8.527 556.055 8.801 576.461 9.168 607.325 9.558 644.446

Restaurantes/millar hab. 2,02 132,27 2,10 136,74 2,14 139,89 2,18 144,51 2,21 148,95

G9 Número de salas de cine

1998 1999 2000 2001 2002

Tuéjar 0 0 0 0 0

Cines/millar habitantes 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Los Serranos 0 0 0 0 0

Cines/millar habitantes 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Provincia de Valencia 157 159 163 214 217

Cines/millar habitantes 0,07 0,07 0,07 0,10 0,10

Comunidad Valenciana 307 319 369 416 410

Cines/millar habitantes 0,08 0,08 0,09 0,10 0,09

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G10 Sistema bibliotecario valenciano, 2002

Agencias de lectura Bibliotecas Bibliotecas especializadas Otros Volúmenes existentes Lectores Socios Préstamos

Tuéjar 0 1 0 0 3.419 495 485 64

S.bibliot./millar hab. 0,00 0,82 0,00 0,00 2.791,02 404,08 395,92 52,24

Los Serranos 7 5 0 2 16.488 8.005 7.703 3.535

S.bibliot./millar hab. 0,41 0,29 0,00 0,12 962,63 467,36 449,73 206,39

Provincia de Valencia 139 132 20 56 2.368.194 2.589.511 445.171 1.183.082

S.bibliot./millar hab. 0,06 0,06 0,01 0,02 1.044,41 1.142,01 196,33 521,76

Comunidad Valenciana 256 238 40 101 4.263.665 5.173.725 778.083 2.131.089

S.bibliot./millar hab. 0,06 0,06 0,01 0,02 985,43 1.195,76 179,83 492,54

G11 Recintos escénicos, 2000

Tuéjar 0

Recintos esc./millar hab. 0,00

Los Serranos 0

Recintos esc./millar hab. 0,00

Provincia de Valencia 69

Recintos esc./millar hab. 0,03

Comunidad Valenciana 138

Recintos esc./millar hab. 0,03

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G12 Museos Colecciones museográficas

1998 1999 2000 2001 2002 1998 1999 2000 2001 2002

Tuéjar 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Museos/millar habitantes 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Los Serranos 0 0 1 1 1 1 1 1 1 1

Museos/millar habitantes 0,00 0,00 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06

Provincia de Valencia 23 23 33 34 35 28 28 33 34 33

Museos/millar habitantes 0,01 0,01 0,01 0,02 0,02 0,01 0,01 0,01 0,02 0,01

Comunidad Valenciana 69 69 87 88 89 57 57 72 74 75

Museos/millar habitantes 0,02 0,02 0,02 0,02 0,02 0,01 0,01 0,02 0,02 0,02

G13 Infraestructura deportiva pública, 2001

Número de instalaciones Espacios convencionales reglamentarios Espacios convencionales no reglamentarios Espacios no convencionales

Tuéjar 5 10 1 1

Inf.dep.pública/millar hab. 4,02 8,05 0,80 0,80

Los Serranos 53 76 19 2

Inf.dep.pública/millar hab. 3,08 4,42 1,11 0,12

Provincia de Valencia 1.253 2.858 588 204

Inf.dep.pública/millar hab. 0,56 1,28 0,26 0,09

Comunidad Valenciana 2.556 5.669 928 394

Inf.dep.pública/millar hab. 0,61 1,35 0,22 0,09

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 164

G14

Alumnos por nivel de estudios, curso 00-01

Total Educación infantil Educación primaria Educación secundaria obligatoria Bachillerato LOGSE BUP y COU Formación profesional Ciclos formativos Educación especial Programas de Garantía Social

Tuéjar 77 27 50 0 0 0 0 0 0 0

% grupo/total 100,00% 35,06% 64,94% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Los Serranos 1.669 340 744 455 113 0 0 17 0 0

% grupo/total 100,00% 20,37% 44,58% 27,26% 6,77% 0,00% 0,00% 1,02% 0,00% 0,00%

Provincia de Valencia 354.329 57.704 129.110 100.266 21.657 16.670 8.694 18.496 1.345 387

% grupo/total 100,00% 16,29% 36,44% 28,30% 6,11% 4,70% 2,45% 5,22% 0,38% 0,11%

Comunidad Valenciana 677.814 112.698 251.619 195.102 40.047 28.712 12.811 33.932 2.222 671

% grupo/total 100,00% 16,63% 37,12% 28,78% 5,91% 4,24% 1,89% 5,01% 0,33% 0,10%

G15

Centros por titularidad y unidades por nivel de estudios, curso 00-01

Centros Unidades

Total Públicos Privados Total Educación infantil

Educación primaria

Educación secundaria obligatoria

Bachillerato LOGSE

BUP y COU

Formación profesional

Ciclos formativos

Educación especial

Programas de Garantía Social

Tuéjar 1 1 0 6 2 4 0 0 0 0 0 0 0

% grupo/total 100,00% 100,00% 0,00% 100,00% 33,33% 66,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Los Serranos 19 19 0 125 27 64 29 4 0 0 1 0 0

% grupo/total 100,00% 100,00% 0,00% 100,00% 21,60% 51,20% 23,20% 3,20% 0,00% 0,00% 0,80% 0,00% 0,00%

Provincia de Valencia 1.009 672 337 16.340 3.086 6.236 4.108 851 558 351 918 201 31

% grupo/total 100,00% 66,60% 33,40% 100,00% 18,89% 38,16% 25,14% 5,21% 3,41% 2,15% 5,62% 1,23% 0,19%

Comunidad Valenciana 1.950 1.411 539 30.840 5.925 11.860 7.854 1.543 984 543 1.719 356 56

% grupo/total 100,00% 72,36% 27,64% 100,00% 19,21% 38,46% 25,47% 5,00% 3,19% 1,76% 5,57% 1,15% 0,18%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 165

G16 Oficinas de entidades financieras, 2002

Total Bancos Cajas de ahorro Cajas rurales, laborales y cooperativas de crédito Secciones de crédito en cooperativas

Tuéjar 2 1 0 1 0

% grupo/total 100,00% 50,00% 0,00% 50,00% 0,00%

Los Serranos 28 5 10 10 3

% grupo/total 100,00% 17,86% 35,71% 35,71% 10,71%

Provincia de Valencia 2.197 763 997 386 51

% grupo/total 100,00% 34,73% 45,38% 17,57% 2,32%

Comunidad Valenciana 4.128 1.477 1.873 707 71

% grupo/total 100,00% 35,78% 45,37% 17,13% 1,72%

G17

Presupuesto preventivo: Clasificación económica de los ingresos (miles de pesetas), 2002

Total Capít. I

Impuestos directos

Capít. II Impuestos indirectos

Capít. III Tasas y

otros ingresos

Capít. IV Transferencias

corrientes Capít.V Ingresos

patrimoniales Capít. VI Enajenación de inversiones

reales Capít. VII Transferencias de

capital Capít. VIII Variación de activos

financieros

Capít. IX Variación de

pasivos financieros

Tuéjar - ---------

% grupo/total - ---------

Los Serranos 8.112.299 1.487.980 161.841 1.489.248 1.618.748 814.185 639.795 1.900.496 6 0

% grupo/total 100,00% 18,34% 2,00% 18,36% 19,95% 10,04% 7,89% 23,43% 0,00% 0,00%

Provincia de

Valencia 1.559.459.328 520.615.222 55.263.804 207.004.373 421.056.127 18.042.016 50.249.959 108.610.391 1.470.947 177.146.490

% grupo/total 100,00% 33,38% 3,54% 13,27% 27,00% 1,16% 3,22% 6,96% 0,09% 11,36%

Comunidad Valenciana 3.289.873.512 1.059.707.189 144.252.231 546.660.683 742.439.805 60.930.161 128.841.340 239.502.118 5.435.937 362.104.048

% grupo/total 100,00% 32,21% 4,38% 16,62% 22,57% 1,85% 3,92% 7,28% 0,17% 11,01%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 166

G18

Presupuesto preventivo: Clasificación económica de los gastos ( miles de pesetas), 2002

Total gastos Capít. I Remuneración de personal Capít. II Compra de bienes corrientes y

servicios Capít. III Intereses

Capít. IV Transferencias

corrientes

Capít. VI Inversiones

reales Capít. VII Transferencias de capital Capít. VIII Variación de activos

financieros Capít. IX Variación de pasivos

financieros

Tuéjar - --------

% grupo/total - --------

Los Serranos 8.435.917 2.149.391 2.306.206 71.248 317.892 3.465.535 1.230 0 124.416

% grupo/total 100,00% 25,48% 27,34% 0,84% 3,77% 41,08% 0,01% 0,00% 1,47%

Provincia de

Valencia 1.553.147.912 470.911.224 400.982.158 57.307.258 151.543.516 396.050.867 7.558.276 1.967.815 66.826.799

% grupo/total 100,00% 30,32% 25,82% 3,69% 9,76% 25,50% 0,49% 0,13% 4,30%

Comunidad Valenciana 3.279.954.557 952.162.747 865.850.872 101.399.241 262.186.517 899.987.031 27.691.984 20.437.287 150.238.880

% grupo/total 100,00% 29,03% 26,40% 3,09% 7,99% 27,44% 0,84% 0,62% 4,58%

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 167

2.3.- PLANEAMIENTO URBANÍSTICO ACTUAL

2.3.1.- Instrumento de planeamiento vigente Este apartado se desarrolla en el punto 1.4.5 del presente documento, al que se remite.

2.3.2.- Objetivos Entre los principales objetivos del Planeamiento vigente figuraban en él los siguientes, de forma

resumida, como se analiza en el apartado 1.1 de la Memoria del Plan:

- Que el Plan sea operativo, para fomentar la reactivación económica del municipio, por encontrarse en una de las Comarcas menos desarrolladas de la Comunidad.

- La conservación de las zonas agrícolas y masas forestales, por su interés e influencia dentro de una política comarcal más amplia encaminada a la potenciación del turismo en la Serranía.

- El control de las edificaciones en suelo no urbanizable, evitando la formación de urbanizaciones espontáneas de segunda residencia y la proliferación incontrolada de almacenes de tipo agrícola.

- Tomar medidas higiénico-sanitarias que contribuyan al saneamiento del casco urbano en lo referente a la abundancia de establecimientos ganaderos sin unas mínimas condiciones. El estudio de estas medidas debe ser especialmente cuidadoso para no afectar a la economía del sector.

- Evitar el deterioro de las zonas más antiguas del casco, respetando en lo posible la trama y características existentes, revitalizándolas y evitando su posible desertización.

- Ajustar el crecimiento urbano a las necesidades y tendencias actuales, potenciando el eje de la Avenida Ramón de Villanueva Moreno (travesía de la CV-390), de forma que las edificaciones dispersas que ya existen en la actualidad queden englobadas dentro de una trama más coherente.

- Acondicionar los espacios libres y equipamientos para que resulten acordes con las necesidades de la población.

- Desviar el tráfico hacia el embalse de Benagéber (CV-390) en su travesía urbana, que en la actualidad pasa por la Avenida Ramón de Villanueva Moreno, aunque no figuraba grafiado en el documento.

Cabe señalar que en el planeamiento vigente se desestimó la propuesta de reclasificación como Suelo Urbanizable de la zona de “El Castillo”, al Este del casco, “por no existir expectativas reales a corto plazo”, en coherencia con la resolución de la Comisión Provincial de Urbanismo de 13-12-1979 sobre Modificación del planeamiento de Tuéjar en este sentido, por “defectos de forma y de fondo”.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 168

2.3.3.- Grado de desarrollo del planeamiento vigente

2.3.3.1.- En Suelo Urbano

Como se analiza en el apartado 1.2 de la Memoria del Plan, el desarrollo por Zonas en los últimos años ha sido el siguiente:

• Zona de Casco Antiguo.

Se mantiene mayoritariamente su trama urbana histórica y su patrimonio edificado en uso, lo que facilita su conservación y revitalización. A ello han contribuido las normas de protección del Plan vigente, la declaración como Área de Rehabilitación preferente (zona ARU) de la totalidad del Núcleo Histórico y la reciente Declaración como Bien de Interés Cultural de la Iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles, el Recinto Amurallado, el Castillo de Tuéjar y sus entornos de protección, evitando una mayor degradación de este conjunto. Pese a ello, el área presenta una creciente despoblación, degradación de construcciones antiguas y reformas poco adecuadas a los materiales y modos de construir tradicionales.

• Zona de Ensanche.

Es el área que ha experimentado un mayor crecimiento de la edificación, principalmente en dirección Norte, hacia la carretera CV-35, entorno al eje de la CV-390, travesía urbana aunque de escaso tráfico, y en la parte Oeste del casco. Como actuaciones desarrolladas cabe destacar la urbanización de nuevos viales, especialmente en el borde Oeste del casco (calles Ronda de Valencia y Hondonera Los Ojos) y la creación algunos de equipamientos propuestos en el planeamiento vigente. Entre ellos cabe señalar el nuevo Centro Educativo, el Centro de día para la tercera edad (conocido como La Residencia), el Jardín biosaludable (con aparatos de ejercicio para mayores) en la calle Hondonera, la reciente Piscina cubierta en el Polideportivo municipal, en su primera fase, y apertura de nuevos viales en estas zonas. Generalmente han sido costeados directamente por la administración, incluyendo la obtención de los suelos dotacionales y la realización de las obras de urbanización, lo que ha supuesto un considerable esfuerzo económico, principalmente para el Ayuntamiento, ante la falta de otros medios de gestión. Lo mismo sucede con el área de reserva dotacional prevista en Suelo No Urbanizable Suelo junto al Polideportivo y las Escuelas (en las que se preveía un centro de Formación Profesional), que no se ha desarrollado ni obtenido, salvo la parte incluida en el Centro Educativo mencionado.

Además de ello, cabe destacar como principales problemas en el área:

• La presencia todavía de numerosos solares sin edificar y de algunas Zonas Verdes, Equipamientos y viales sin obtener ni urbanizar en zonas de borde del casco, especialmente los perimetrales, dando lugar a importantes medianeras visibles desde el suelo rústico e impidiendo la continuidad de la red viaria.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 169

• Molestias por tráfico y ruido generados por las vías mencionadas.

• Molestias por actividades poco compatibles con el uso residencial, como industrias, almacenes o granjas.

• Falta de integración paisajística con el Núcleo Histórico, a la que contribuyen su trama urbana rectilínea de amplias manzanas, que contrasta con el tejido tradicional, la presencia de grandes volúmenes de edificación, incrementados en ocasiones por las pendientes de algunas zonas y voladizos cerrados, y numerosas medianeras vistas, principalmente en zonas de borde y hacia el suelo rústico.

• Zona Residencial Unifamiliar.

Esta Zona se limita a tres manzanas en el borde Oeste del casco, incluidas en las Unidades de Ejecución nº 1, 2 y 3, y la mitad de dos manzanas incluidas en la Unidad de Ejecución nº 4. La Zona presenta algunos viales urbanizados y algunas edificaciones. La Unidad de Ejecución nº 1, denominada Residencial Unifamiliar "A", se destinó en el Plan a “viviendas de promoción pública” Se supone que quería decir “viviendas de protección pública”, ya que de otro modo difícilmente sería viable al tratarse de terrenos privados, como así se ha interpretado en el Programa de Actuación Integrada para el desarrollo de las Unidades de Ejecución nº 1 y 2, aprobado recientemente. En él se destinan a viviendas de protección pública las manzanas de la Unidad nº 1, lo que permitirá en un futuro próximo una importante oferta de VPP en el municipio. No se han desarrollado en cambio las Unidades nº 3 y 4.

• Zona de Almacenes.

Subsiste en ella un importante número de naves, vinculadas generalmente a actividades agrícolas o industriales escasamente mecanizadas, mezcladas con usos residenciales, generalmente en edificación de vivienda unifamiliar. Su situación a la entrada de la población desde la autovía CV-35 y su colindancia con zonas residenciales generan también molestias para la población y degradan la imagen urbana, además de dificultar la apertura de los viales previstos en el planeamiento. Cabe señalar que en el plano de zonificación refundido (Plano 4) de la Modificación nº 10 de las Normas Subsidiarias, esta zona figura como Ensanche, de uso residencial. A solicitud del Ayuntamiento, se propone destinarla a uso residencial. Dada su edificabilidad, parámetros urbanísticos y características de las viviendas existentes en la zona, se destina a viviendas de tipología similar a la anterior, pero con parámetros más similares a los establecidos en sus Normas.

2.3.3.2.- En Suelo Urbanizable

Presentan esta clasificación los Sectores A y B, destinados a uso global Residencial (con una densidad máxima de 50 viv/Ha) y conocidos como el área de “Los Secanos”, en el borde Norte del casco, entre éste y la CV-35. No se han desarrollado. Pese a ello, han alcanzado un cierto grado de consolidación por edificación, principalmente en torno al eje de la carretera CV-390, de escaso tráfico. La edificación existente en esta zona limita las posibilidades de ordenación futura, y ha creado problemas de proximidad

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entre usos poco compatibles, como industrias y grandes almacenes junto a edificios residenciales. Su delimitación y ordenación deberá adaptarse además a las condiciones que impone el reciente proyecto de la rotonda prevista en el enlace de la CV-35 con la travesía urbana de la CV-390, en el acceso a la población, y a la ampliación de las zonas de protección en la actual legislación de carreteras.

2.3.3.3.- En Suelo No Urbanizable

Dentro de él se distinguen las siguientes Zonas, cuya ubicación figura en los planos adjuntos:

• Común.

• De Protección Forestal y Paisajística.

• De Protección Agrícola.

• De Protección Arqueológica.

• De Protección Minera.

En estas zonas cabe señalar las siguientes deficiencias, en buena parte por falta de una cartografía e información adecuadas:

• La zona de Protección Forestal no incluye amplias áreas forestales del tercio Sur-Este del término.

• La zona de Protección Agrícola no incluye áreas de regadío, con características similares a las protegidas, al Oeste del río Tuéjar ni al Norte de la CV-35.

• La zona de Protección Arqueológica se limita a un área entorno al yacimiento de El Castellar, existiendo otros muchos yacimientos en el término.

• La zona de Protección Minera se limita a un área entre el Km 3 y 5 de la CV-390, existiendo otras canteras en el término.

Las zonas agrícolas y masas forestales protegidas en el Plan vigente se conservan mayoritariamente, no habiendo sufrido alteraciones de consideración (salvo por incendios puntuales). Contribuye a ello la declaración como Monte de Utilidad Pública de la buena parte del término y las protecciones de estos montes (LIC del Alto Turia, ZEPA del Alto Turia y Sierra del Negrete, Paraje Natural Municipal nacimiento del Río Tuéjar, y Microrreservas de flora “El Picarcho” y “Riberas del río Tuéjar”). Como zonas degradadas cabe destacar las del entorno a las canteras, como las de la zona del monte de El Castillo (abandonadas), las del Km 3 de la CV-390 antes mencionada o la del Cerro la Sal (en explotación autorizada), y la utilización como vertedero de algunas áreas no autorizadas, como la situada junto a la Vereda de Talayuelas, próxima a la Subestación eléctrica.

Se han realizado algunas actuaciones tendentes al desarrollo turístico del municipio y al mejor

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 171

aprovechamiento de sus potencialidades en este sector, destacando las instalaciones turísticas realizadas cerca del Azud del Tuéjar, incluyendo un camping y el acondicionamiento de diversas áreas recreativas.

Del área de reserva dotacional prevista en Suelo No Urbanizable junto al Polideportivo y las Escuelas antes mencionada, únicamente se ha obtenido y desarrollado la parte incluida en el Centro Educativo referido.

El Plan vigente no establece áreas urbanizables separadas del casco urbano y limita las condiciones para edificar fuera de él, evitando la formación de núcleos de población en suelo no urbanizable. Pese a ello, cabe destacar la aparición de un importante número de edificaciones aisladas, generalmente viviendas de segunda residencia, en el área entre la población y el Azud del Tuéjar (al Norte del casco) y en la zona de La Rocha (al Sur del casco), y de un buen número de naves, vinculadas generalmente a actividades ganaderas o agrícolas, principalmente en el área al Nor-Oeste de la población. Su dispersión en el territorio hace difícil el necesario control sanitario, amplía el área afectada por las molestias que producen, especialmente de olores y falta de integración en el paisaje, multiplica las instalaciones y servicios que requieren, la movilidad y los problemas de accesibilidad, y hace difícil su conexión a las infraestructuras urbanas.

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3.- ALTERNATIVAS ANALIZADAS

3.1.- ALTERNATIVA 0 Esta alternativa significaría la no ejecución del Plan General de Tuéjar, con lo que las condiciones del

suelo continuarían tal y como establecen las Normas Subsidiarias vigentes, desfasadas desde el punto de vista urbanístico y ambiental.

Esta alternativa supondría, además, no adecuar el instrumento de planeamiento urbanístico al escenario legislativo actual, muy diferente al marco normativo de hace 20 años. Los planos principales de esta alternativa corresponden a los de la serie I-2.0 del Plan.

En las actuales Normas Subsidiarias de Tuéjar, las superficies de las distintas Zonas se resumen en el cuadro siguiente:

Suelo Zona Superficie (ha)

Urbano

Casco Antiguo 13,64

Ensanche 14,92

Almacenes 1,68

Total SU 30,24

Urbanizable

Sector A 4,75

Sector B 4,32

Total SZ 9,07

No Urbanizable

Común 2.217,00

S.N.U.P. Agrícola 144,0

S.N.U.P. Arqueológica 5,00

S.N.U.P. Forestal-Paisajística 9.794,83

S.N.U.P. Minera 4,00

Total SNU 12.164,83

TOTAL TÉRMINO 12.204,14

Las superficies del planeamiento vigente, incluyendo las diferentes modificaciones aprobadas, medidas sobre la cartografía digital del nuevo Plan, se recogen en el siguiente cuadro:

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 173

Suelo Zona Superficie

m2s

Urbano Total SU 311.833,12

Urbanizable

Sector A 48.231,92

Sector B 42.573,60

Total SZ 90.805,52

No Urbanizable

Reserva Municipal de Suelo 16.393,37

Común 35.832.043,79

S.N.U.P. Agrícola 2.006.224,70

S.N.U.P. Arqueológica 43.343,95

S.N.U.P. Forestal-Paisajística 82.726.999,32

S.N.U.P. Minera 60.126,52

Total SNU 120.685.131,65

TOTAL TÉRMINO 121.087.770,29

Entre los problemas actuales que hacen recomendable la revisión del planeamiento y descartar esta alternativa, como se analiza en el apartado 1.3 de la Memoria del Plan, cabe destacar:

- Falta de consolidación de la urbanización y edificación, especialmente en los bordes urbanos, con presencia de viales sin abrir, numerosos solares sin edificar, importantes medianeras y desmontes vistos desde espacios públicos. A ello contribuye la falta de adecuación del planeamiento vigente a la realidad construida y a las demandas de la población en algunos casos.

- Desarrollo disperso del sector industrial.

- Molestias por colindancia de usos residenciales con industriales en la parte Norte del casco.

- Falta de desarrollo del sector servicios.

- Sustitución de tipologías, sistemas constructivos y materiales tradicionales por otros más modernos y estandarizados, y falta de integración de las edificaciones más recientes con la arquitectura tradicional, perdiéndose sus características y dando lugar a diferencias volumétricas y estéticas muy

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 174

notables.

- Progresivo deterioro de la edificación en el Núcleo Histórico, incluyendo su abandono.

- Falta de protección individual y pormenorizada para un buen número de elementos de interés cultural o ambiental en el municipio, incluyendo pozos y fuentes, yacimientos arqueológicos, elementos etnológicos, riberas de los ríos y amplias zonas de monte entorno al casco.

- Falta de integración paisajística de la zona de expansión con el núcleo histórico, y del borde urbano con la zona agrícola, en particular cuando se producen notables medianeras en vistas principales.

- Impactos ambientales en suelo rústico por proliferación de viviendas aisladas, especialmente concentradas al Norte del casco y de la CV-35, y de actividades ganaderas, industriales o extractivas en zonas dispersas, especialmente al Nor-Oeste del casco, además de la aparición de puntos de vertido de residuos sólidos.

- Falta de adecuación de las protecciones a los valores y riesgos ambientales presentes, motivado en parte por la ausencia de una cartografía de estos riesgos en el planeamiento anterior.

- Escaso desarrollo de una red de caminos rurales que permita visitar los principales hitos paisajísticos del término.

- Dificultad de acceso a ciertas áreas del casco urbano por el tráfico motorizado, que en el Plan vigente se intentó resolver con ensanchamientos de viales y recortes de esquinas, en ocasiones difíciles de compatibilizar con la trama histórica, y molestias para la población en las pocas calles accesibles por él.

- Molestias por la travesía urbana de la carretera CV-390, si bien es de escaso tráfico.

- Conveniencia de completar redes de saneamiento separativas, reutilizando en lo posible las aguas pluviales y posibilitando su filtrado antes de su vertido.

- Se remite también a los problemas señalados en el Plan de Acción Local de la Agenda 21, impulsado desde el Ayuntamiento de Tuéjar.

Para contribuir a su solución y mejorar la calidad paisajística de la población, se propone:

- Mejorar la integración de la zona de expansión con el núcleo histórico y la del borde urbano con la zona agrícola, evitando los elementos que la distorsionan o sus vistas, como medianeras, volúmenes excesivos, o sistemas constructivos, materiales o colores poco adecuados.

- Completar la urbanización y edificación de las áreas previstas con los parámetros de calidad exigibles, acabando con viales ajardinados los bordes urbanos y evitando la iluminación fuera de él.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 175

- Evitar las vistas de traseras de edificación en los bordes urbanos o hacia el núcleo histórico.

- Regularizar el perfil urbano.

- Evitar instalaciones aéreas.

- Reducir el tráfico de vehículos en la población, sin perjuicio para los residentes, en particular en el Núcleo Histórico.

- Realizar un Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, incluyendo los elementos de interés cultural, en particular los señalados en el Inventario de la Consellería de Cultura, y desarrollar la normativa de protección del Núcleo Histórico de Tuéjar, con objeto de preservar sus características ambientales, tipológicas y formales, y controlar los cambios paisajísticos que el crecimiento urbano y las nuevas edificaciones produzcan, como ya indicaba la Memoria del Plan vigente.

- Revisar la ordenación del casco urbano, adaptándola a las nuevas necesidades de la población y a la realidad en las áreas edificadas, donde el Plan anterior, realizado sobre una cartografía de menor precisión, establecía alineaciones que no siempre se ajustan a lo edificado. Se mantendrá en lo posible lo consolidado y los criterios de ordenación del documento anterior, preservando la trama urbana originaria y las tipologías tradicionales, particularmente en el Núcleo Histórico.

- Incorporar las modificaciones y documentos de desarrollo del Plan anterior aprobados o en trámite, con las condiciones que para ellos establezca la administración competente.

- Revisar la ordenación de las áreas de expansión previstas en el Plan anterior, y solo parcialmente realizadas, adaptándola a las nuevas necesidades de la población, manteniendo en lo posible los criterios de ordenación del documento anterior y lo consolidado.

- Redefinir las zonas urbanas de expansión con criterios y volumetría más homogéneos, para evitar la distorsión del perfil urbano tradicional y la presencia de actividades molestas en una zona mayoritariamente residencial. En ella se integrarán el área de Viviendas Unifamiliares no desarrollada y la destinada a Almacenes en las Normas Subsidiarias, además de la Zona de “Ensanche”.

- Mejorar la accesibilidad y paliar los problemas de tráfico en la población, incorporando el proyecto de la rotonda prevista en la CV-35, posibilitando una alternativa a la travesía urbana de la CV-390 (a acondicionar como paseo ajardinado), una vía de circunvalación al núcleo histórico e itinerarios peatonales y ciclistas para fomentar la movilidad sostenible.

- Reducir en lo posible el ruido, especialmente en la travesía de la carretera CV-390, junto a la CV-35 y en las zonas residenciales colindantes a industriales, con medidas correctoras y protectoras.

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- Reducir en lo posible las molestias por proximidad de usos residenciales e industriales, evitando actividades industriales con grados de calificación elevados en zonas residenciales y aplicando a las existentes los niveles exigibles a los usos residenciales colindantes.

- Redelimitar las Unidades de Ejecución previstas en el Plan anterior, en el borde Oeste del casco urbano, e incorporar a nuevas Unidades y Áreas de Reparto los suelos dotacionales por obtener y urbanizar que requieren actuaciones integradas, junto con las parcelas privadas que alcanzarán con ello la condición de solar. Se procurará con ello una correcta distribución de beneficios y cargas entre los propietarios afectados, teniendo en cuenta lo consolidado y la capacidad de gestión del Ayuntamiento, contribuyendo a su consolidación con las dotaciones adecuadas.

- Limitar las nuevas áreas urbanizables de uso residencial a completar la ronda en el borde Oeste del casco hasta la salida a la CV-390 desde el Polideportivo municipal, ya parcialmente urbanizada, dada la falta de perspectiva de crecimiento de la población antes apuntada y la existencia de importantes bolsas de suelo vacante en el casco urbano aún por desarrollar. Se descartan con ello buena parte de las alternativas estudiadas en versiones anteriores del Plan, de nuevos Sectores en torno al casco con unas previsiones de crecimiento alejadas de la realidad. Se pretende con ello permitir un desarrollo más equilibrado del casco, excluyendo en particular las zonas menos adecuadas para ello, como las laderas del Castillo y la zona agrícola a cota más baja en el borde Sur, por las dificultades topográficas en incidencia en el paisaje que supondrían. Estas áreas urbanizables deberán tener densidades, trama urbana y tipologías similares a las del casco, para favorecer su integración. Se prevé con ello cubrir la demanda de viviendas a medio y largo plazo, evitando una mayor dispersión de las áreas de expansión residencial y procurando un núcleo urbano más compacto y homogéneo. Los nuevos Sectores deberán suplir las principales carencias dotacionales de la población, además de costear íntegramente las dotaciones y servicios urbanísticos que requieran. Su desarrollo requerirá la previa colmatación mayoritaria del suelo urbano del mismo tipo y se deberá realizar de forma gradual, acorde al ritmo de crecimiento de la población.

- Reservar para uso residencial y actividades económicas compatibles con ella, el área Urbanizable prevista en el Plan anterior en el borde Norte del casco (acceso a la población desde la autovía), redelimitándola para adaptarse a los límites físicos y a las nuevas condiciones de la rotonda prevista entre la CV-35 y la travesía de la CV-390, acondicionada como paseo ajardinado. La falta de perspectiva de crecimiento de la población y las limitaciones que imponen las protecciones de estas infraestructuras en tanto no se ejecuten, hacen inviable su mantenimiento como Urbanizable, desclasificándola pero reservándolas para estos usos en Suelo No Urbanizable a fin de no perder la oportunidad de un futuro desarrollo que lo haga viable.

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- Reservar para construcciones vinculadas a usos agrícolas, la zona de pajares y almacenes al Sur-Este del Núcleo Histórico, ordenando la edificación existente e incluyendo aparcamientos públicos al aire libre para paliar los problemas de accesibilidad al mismo y contribuir a su revitalización.

- Reservar para la implantación de actividades productivas de Industria Ligera con las dotaciones adecuadas un área junto a la cantera del Cerro la Sal, alejada 3,5 km del casco urbano de la población, evitando la proximidad de áreas residenciales y su actual dispersión. Esta área se considera idónea para este tipo de actividades por su situación en una zona agrícola de secano con menor valor ambiental, ya degradada por la actividad minera referida (pendiente de regeneración del espacio afectado), alejada de las vistas principales y con buena conexión a las infraestructuras básicas (acceso desde carreteras, agua y electricidad), aunque requerirá la adecuación de estos servicios a las necesidades de estos usos. Se destina básicamente a actividades productivas con grados de calificación de tipo bajo, excluyendo las susceptibles de causar molestias o riesgos para la población, o impactos ambientales elevados.

- Minimizar los impactos de las viviendas aisladas en suelo rústico, especialmente concentradas en el área del Camino al Azud del Tuéjar (al Norte del casco) y en el la zona de La Rocha (al Sur del casco), dotándolas de las condiciones de urbanización e integración ambiental necesarias, y evitando su extensión, especialmente en las zonas próximas de mayor valor ambiental, como el entorno del río Tuéjar y los suelos forestales.

- Revisar las protecciones en Suelo No Urbanizable adecuándolas a sus valores y riesgos ambientales, potenciando los elementos que generan estos valores, preservando de la urbanización las zonas de mayor interés para la conservación y evitando actuaciones que pongan en peligro su conservación. Se valoran como objeto de protección las áreas delimitadas como LIC y ZEPA del Alto Turia, el Paraje Natural Municipal nacimiento del Río Tuéjar, las Microrreservas de flora “El Picarcho” y “Riberas del río Tuéjar”, los suelos forestales, los de ribera de los cauces principales, el paisaje agrícola de la zona de huerta en las terrazas del Tuéjar, los pozos y fuentes, y las zonas con valores culturales en este suelo, como yacimientos arqueológicos o elementos etnológicos.

- Incluir en las zonas de protección de infraestructuras las protecciones de carreteras y las Áreas de reserva para uso Dotacional en Suelo No Urbanizable.

- Zonificar el Suelo No Urbanizable Común delimitando las áreas para usos diferenciados, facilitando la implantación de actividades compatibles en él que posibiliten un uso racional y sostenible del territorio, contribuyendo al desarrollo económico del municipio y evitando la actual dispersión de actividades que multiplican las dotaciones e infraestructuras necesarias y amplían las áreas afectadas por las molestias que genera. Se proponen en particular las siguientes Zonas:

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- Núcleos de población aislados, incluyendo las parcelas edificadas y el suelo dotacional mínimo indispensable para dotarlo de los servicios necesarios para minimizar sus impactos.

- Reserva para uso residencial y actividades económicas compatibles con ella, el área indicada en el borde Norte del casco (acceso a la población desde la autovía).

- Reserva para construcciones vinculadas a usos agrícolas, la zona de pajares y almacenes al Sur-Este del Núcleo Histórico.

- Reserva para la implantación de actividades productivas en el área junto a la cantera del Cerro la Sal.

- Ámbito del Plan Especial de Reserva de suelo dotacional y Ordenación de usos en torno al Cementerio, conforme a este documento en trámite.

- Señalar las cuadrículas con Aprovechamientos Mineros, para hacer compatible esta actividad con las señaladas en el Plan, con independencia de la clasificación y calificación del suelo en el mismo, como es el caso del área ocupada por las instalaciones de la explotación minera del Cerro la Sal, siempre que cuentan con sus debidas autorizaciones y Declaración de Impacto Ambiental favorable vigentes. Se recuerda que el ejercicio de estos derechos requiere el cumplimiento de las debidas condiciones de minimización de impactos y restauración de los espacios afectados.

- Facilitar el acceso a la vivienda en el casco urbano, fomentando la creación de Viviendas de Protección Pública y de residencias permanentes en régimen de alquiler para personas mayores, discapacitadas o menores de 35 años, conforme a lo señalado en los Art. 9 de la LOTPP, 46.4 y 52.2.d de la LUV, y 14 y 15 del ROGTU. Se prevé para ello repartir equitativamente las reservas para viviendas en este régimen en el Suelo Urbano previstas en el Plan vigente entre las diferentes Actuaciones Integradas previstas, facilitando su desarrollo, y destinar al menos un 30% de las viviendas en los Sectores Urbanizables residenciales propuestos a este tipo de viviendas, conforme a la LS.

- Reducir en lo posible el consumo de agua y los vertidos contaminantes, fomentando la reutilización de las aguas pluviales o fecales depuradas.

- Reducir en lo posible el consumo de energía y de recursos menos sostenibles, y fomentar su sustitución por fuentes renovables.

- Adecuar la normativa municipal a la actual legislación urbanística, posterior a la tramitación del planeamiento vigente, en particular a la LS, LOTPP, LUV, LSNU, ROGTU, RPje y RZ.

Las propias Normas Subsidiarias vigentes señalaban como indicadores de la conveniencia de Revisar

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el planeamiento:

- La ocupación simultánea del 80% del Suelo Urbano y del 60% del Urbanizable.

- Alcanzar una población equivalente al 75% del potencial máximo establecido en dichas Normas. Ésta era de 2.223 habitantes (corrigiendo los errores de cálculo en su Memoria).

- No haber desarrollado ninguno de los Planes Parciales previstos para el Suelo Urbanizable en cuatro años desde la aprobación de dichas Normas.

El tercero de estos indicadores se ha superado.

El Cuadro resumen de superficies, como figura en el apartado 15 de la Memoria Justificativa del Plan, es el siguiente:

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CLASIFICACIÓN

DEL SUELO CALIFICACIÓN

SUPERFICIE (m2s)

%

s/ total

Urbano Total Suelo Urbano SU 312.788 0,26%

Urbanizable Total Suelo Urbanizable SZ 16.420 0,01%

No Urbanizable

Común A - Genérico SNUCA 12.689.250 10,48%

Común B - Núcleos Aislados SNUCB 49.025 0,04%

Común C - Reserva para uso residencial y actividades económicas SNUCC 152.758 0,13%

Común D - Reserva para construcciones vinculadas a usos agrícolas SNUCD 6.896 0,01%

Común E - Reserva para actividades productivas SNUCE 50.947 0,04%

Común F - PE Reserva Cementerio SNUCF 25.070 0,02%

Total Común SNUC 12.973.945 10,71%

Protección Especial SNUPE 29.360.579 24,25%

Protección Forestal2 SNUPF 75.217.105 62,12%

Protección Agrícola-Paisajística2 SNUPA 2.295.005 1,90%

Protección de Cauces y Barrancos2 SNUPB 360.310 0,30%

Protección por Riesgo de Inundación2 SNUPR 445.413 0,37%

Protección de Pozos y Fuentes2 SNUPP 106.205 0,09%

Protección de Infraestructuras1 SNUPI * *

Protección de Dominio Pecuario1 SNUPD * *

Protección Cultural1 SNUPC * *

Total Protegido SNUP 107.784.617 89,02%

TOTAL Suelo No Urbanizable SNU 120.758.562 99,73%

TOTAL TÉRMINO S 121.087.770 100,00%

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1 Incluida en las zonas anteriores.

2 Se indica únicamente la parte de estas superficies que no se superpone con las anteriores. Sus superficies completas son las siguientes:

CALIFICACIÓN SUPERFICIE (m2s)

Protección Forestal SNUPF 102.532.380

Protección Agrícola-Paisajística SNUPA 2.313.218

Protección de Cauces y Barrancos SNUPB 3.131.070

Protección por Riesgo de Inundación3 SNUPR 2.336.304

Protección de Pozos y Fuentes SNUPP 1.204.607

Protección de Infraestructuras4 SNUPI 1.761.830

Protección de Dominio Pecuario SNUPD 643.000

3 Sin incluir la superficie señalada con este riesgo por la Confederación Hidrográfica, ya que se superpone en su mayor parte con la señalada en el PATRICOVA.

4 Sin incluir la superficie protegida de líneas eléctricas y antenas de telefonía, a definir por sus compañías suministradoras.

Comparándolo con las superficies del planeamiento vigente (alternativa 0), según los datos del mismo recogidos en el apartado 1.4 de la Memoria Informativa (adaptados a la nomenclatura del nuevo Plan), se obtiene el siguiente cuadro:

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CLASIFICACIÓN

DEL SUELO CALIFICACIÓN Alternativa 4 Alternativa 05 Alternativa 4 -

Alternativa 0

Urbano Total Suelo Urbano SU 312.788 311.833 954

Urbanizable Total Suelo Urbanizable SZ 16.420 90.806 -74.385

No Urbanizable

Común A - Genérico SNUCA 12.689.250 35.848.437 -23.159.187

Común B - Núcleos Aislados SNUCB 49.025 0 49.025

Común C - Reserva para uso residencial y actividades económicas SNUCC 152.758 0 152.758

Común D - Reserva para construcciones vinculadas a usos agrícolas SNUCD 6.896 0 6.896

Común E - Reserva para actividades productivas SNUCE 50.947 0 50.947

Común F - PE Reserva Cementerio SNUCF 25.070 0 25.070

Aprovechamiento Minero SNUAM 0 60.127 -60.127

Total Común SNUC 12.973.945 35.908.564 -22.934.618

Protección Especial SNUPE 29.360.579 0 29.360.579

Protección Forestal2 SNUPF 75.217.105 82.726.999 -7.509.894

Protección Agrícola-Paisajística2 SNUPA 2.295.005 2.006.225 288.780

Protección de Cauces y Barrancos2 SNUPB 360.310 0 360.310

Protección por Riesgo de Inundación2 SNUPR 445.413 0 445.413

Protección de Pozos y Fuentes2 SNUPP 106.205 0 106.205

Protección de Infraestructuras1 SNUPI * 0 *

Protección de Dominio Pecuario1 SNUPD * 0 *

Protección Cultural1 SNUPC * 43.344 *

Total Protegido SNUP 107.784.617 84.776.568 8.357.341

TOTAL Suelo No Urbanizable SNU 120.758.562 120.685.132 -887.518

TOTAL TÉRMINO S 121.087.770 121.087.770 0

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5 Superficies del Plan vigente medidas sobre la cartografía de este Plan, incluidas las modificaciones aprobadas. La zona de Aprovechamiento Minero se ha considerado una zona del Suelo No Urbanizable Común aunque en las NNSS la denomina protegida, en coherencia con la normativa actual.

Las principales diferencias respecto al planeamiento vigente (alternativa 0) son las siguientes:

- El ligero aumento de Suelo Urbano se debe principalmente a la inclusión de la ampliación del Colegio realizada sobre Suelo No Urbanizable de Reserva municipal en las NNSS (con unos 2.450 m2s), por lo que en realidad la superficie total de Suelo Urbano disminuye ligeramente por ajustes de borde, desclasificando pequeñas áreas no desarrolladas.

- El Suelo Urbanizable disminuye sensiblemente, al pasar a Reserva para uso residencial y actividades económicas en No Urbanizable el área de Los Secanos, limitando el Urbanizable al área antes señalada como Reserva municipal de suelo (que era de 16.928 m2s) y una pequeña ampliación junto al Núcleo Histórico en el bode Sur-Este del casco, que parcialmente ya era urbana y sobre la que el Ayuntamiento realizó obras de encauzamiento de aguas de escorrentía y algunos viales. El Suelo Urbanizable en relación con el Urbano pasa de un 29% a un 5%, habida cuenta de las amplias bolsas de Suelo Urbano vacante existentes y la evolución demográfica del municipio. Se incrementa en cambio la densidad de viviendas en los nuevos Sectores Urbanizables respecto al planeamiento vigente, pasando de 50 a 75 viv/Ha, en coherencia con el modelo de ciudad compacta y para evitar un mayor consumo de suelo para unas mismas necesidades de vivienda.

- Aumenta notablemente el Suelo No Urbanizable Protegido, distinguiéndose además nuevas categorías de protección en función de sus valores ambientales (Especial para las zonas LIC y el Paraje Natural Municipal, de Cauces y barrancos, de Pozos y fuentes, por Riesgo de inundación, de Infraestructuras y de Dominio Pecuario) y redelimitando las preexistentes (Forestal, Agrícola-paisajística y Cultural) de forma más acorde a la realidad y a los valores que motivan esta protección.

- Disminuye notablemente el Suelo No Urbanizable Común, como consecuencia del incremento del Protegido, y se distinguen diversas zonas en él conforme a la legislación.

3.2.- ALTERNATIVA 1 Esta alternativa corresponde al anterior Concierto Previo para este Plan General, aprobado por el

Ayuntamiento el 5-1-2006, del que no se continuó su tramitación. Los planos principales de esta alternativa corresponden a los de la serie I-2.1 del Plan.

El cuadro resumen de superficies de esta alternativa es el siguiente:

CLASIFICACIÓN DEL SUELO CALIFICACIÓN SUPERFICIE

(m2) %

s/parcial % s/total

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Urbano TOTAL Suelo Urbano SU 314.113,32 100,00% 0,26%

Urbanizable Total Suelo Urbanizable SZ 650.942,94 100,00% 0,54%

No Urbanizable

Genérico SNUCA 10.778.807,48 8,97%

Reserva Residencial SNUCB 271.953,40 0,23%

Apto para Uso Agropecuario SNUCC 1.987.424,79 1,65%

Apto para Energías Renovables SNUCD 2.488.815,21 2,07%

Apto para Energía Fotovoltaica SNUCE 1.501.630,11 1,25%

Total Común SNUC 17.028.630,99 14,18%

Protección Especial SNUPE 23.213.332,88 19,32%

Protección Forestal SNUPF 77.326.534,42 64,37%

Protección Agrícola-Paisajística SNUPA 1.660.328,43 1,38%

Protección de Cauces y Barrancos SNUPB 807.806,17 0,67%

Protección de Borde Urbano SNUPU 86.081,14 0,07%

Protección de Pozos y Fuentes SNUPP * *

Protección Viaria SNUPV * *

Protección Cultural SNUPC * *

Total Protegido SNUP 103.094.083,04 85,82%

TOTAL Suelo No Urbanizable SNU 120.122.714,03 100,00% 99,20%

TOTAL TÉRMINO S 121.087.770,29 100,00%

* Estas superficies se superponen a las de otras zonas en Suelo No Urbanizable, por lo que sus superficies ya vienen computadas en las del resto y en el total, contabilizando como No Urbanizable Genérico el no incluido en las superficies de las demás zonas.

Aunque buena parte de sus propuestas se mantienen en la actual Versión Preliminar del Plan General, que corresponde a la alternativa 4 y se analiza en el apartado siguiente, se señalanan como principales diferencias la presencia de las siguientes zonas, indicando los principales motivos por los que se han descartado estas propuestas:

- Un área urbanizable residencial junto a la CV-35, al Norte del casco urbano, donde ya existe un importante número de viviendas diseminadas. Se descarta por suponer un modelo de crecimiento extensivo,

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separado del núcleo urbano y con un mayor consumo de recursos por vivienda que en aquel, principalmente de suelo, contrario al modelo del Plan de ciudad compacta.

- Un área Industrial también junto a la CV-35, al Nor-Oeste del casco urbano, algo más alejada de éste, donde también existen algunas naves industriales. Se descarta por haber quedado más limitada el área por la ampliación de la zona de protección de la carretera CV-35, por la mayor afección sobre el paisaje que tendría por su situación junto a la carretera y por las dificultades para conectarla a las infraestructuras básicas, en particular a la red viaria en condiciones adecuadas, como señala el informe de la Consellería de Infraestructuras y Transportes. Se propone en su lugar ubicarla en un área más reducida, con menor impacto en el paisaje y mayor facilidad para conectarla a las infraestructuras básicas, junto a la cantera del Cerro la Sal, área ya altamente degradada.

- Una mayor superficie de suelo urbanizable entorno al casco. Se descarta por considerarse un cremiento excesivo, dada la evolución de la población en los últimos años, que podría dar lugar a un crecimiento más disperso, dificultando la consolidación de las zonas ya previstas para ello y la secuencia lógica de su desarrollo.

- En Suelo No Urbanizable Común:

- Un área apta para instalaciones de producción de energías renovables, en el borde Norte del municipio, coincidiendo con el área no protegida señalada como apta para aprovechamiento eólico en el PECV, en la que ya existe un importante parque solar. Se descarta por falta de propuestas viables para desarrollar este tipo de instalaciones en el municipio, y por considerar más conveniente que este tipo de zonas se establezcan con criterios supramunicipales.

- Un área para instalaciones de producción energía fotovoltaica, en la parte central del municipio, próxima a la subestación eléctrica existente. Se descarta por los mismos motivos que la zona anterior.

- Un área para instalaciones ganaderas, en una zona al Oeste de la anterior, sin especiales valores ambientales alejada de la población y de las principales vistas del paisaje, para desplazar a ella las actividades de este tipo dispersas en el municipio, evitando las molestias que producen actualmente en el paisaje, por olores, por la dificultad del control sanitario y la necesidad de multiplicar sus dotaciones. Se descarta por la dificultad de este tipo de actividades para reubicarse y concentrarse en un área.

- Áreas de reserva residencial para las zonas previstas para posible desarrollo urbano a largo plazo, una vez se consoliden las zonas urbanizables previstas, evitando actuaciones que dificulten su desarrollo futuro. Se descarta por suponer una mayor extesión de modelos de

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crecimiento extensivos, y por falta de demanda suficiente para desarrollar siquiera las zonas ya previstas para ello.

- Un área de Protección de Borde Urbano, en previsión de una expansión futura del mismo. Se descarta, en coherencia con la reducción propuesta del suelo urbanizable.

Comparando esta alternativa con la propuesta (alternativa 4), se obtiene el siguiente cuadro.

CLASIFICACIÓN

DEL SUELO CALIFICACIÓN Alternativa 4 Alternativa 1 Alternativa 4 -

Alternativa 1

Urbano Total Suelo Urbano SU 312.788 314.113 -1.326

Urbanizable Total Suelo Urbanizable SZ 16.420 650.943 -634.523

No Urbanizable

Común A - Genérico SNUCA 12.689.250 10.778.807 1.910.443

Común B - Núcleos Aislados SNUCB 49.025 0 49.025

Común C - Reserva para uso residencial y actividades económicas SNUCC 152.758 271.953 -119.196

Común D - Reserva para construcciones vinculadas a usos agrícolas SNUCD 6.896 0 6.896

Común E - Reserva para actividades productivas SNUCE 50.947 0 50.947

Común F - PE Reserva Cementerio SNUCF 25.070 0 25.070

Común G - Apto para Uso Agropecuario SNUCG 0 1.987.425 -1.987.425

Común H - Apto para Energías Renovables SNUCH 0 2.488.815 -2.488.815

Común I - Apto para Energía Fotovoltaica SNUCI 0 1.501.630 -1.501.630

Total Común SNUC 12.973.945 17.028.631 -4.054.686

Protección Especial SNUPE 29.360.579 23.213.333 6.147.246

Protección Forestal2 SNUPF 75.217.105 77.326.534 -2.109.429

Protección Agrícola-Paisajística2 SNUPA 2.295.005 1.660.328 634.676

Protección de Cauces y Barrancos2 SNUPB 360.310 807.806 -447.497

Protección por Riesgo de Inundación2 SNUPR 445.413 0 445.413

Protección de Pozos y Fuentes2 SNUPP 106.205 * *

Protección de Infraestructuras1 SNUPI * * *

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Protección de Dominio Pecuario1 SNUPD * * *

Protección Cultural1 SNUPC * * *

Protección de Borde Urbano SNUPU 0 86.081 -86.081

Total Protegido SNUP 107.784.617 103.094.083 4.690.534

TOTAL Suelo No Urbanizable SNU 120.758.562 120.122.714 635.848

TOTAL TÉRMINO S 121.087.770 121.087.770 0

En él destaca la importante reducción de Suelo Urbanizable, y de No Urbanizable Común, que pasa a Protegido.

3.3.- ALTERNATIVA 2 Esta alternativa corresponde al Documento Consultivo de este Plan General, Aprobado por el Pleno

del Ayuntamiento con fecha 4 de diciembre de 2008, sobre el que la Dirección General de Evaluación Ambiental y Territorial de la Conselleria de Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, emitió Documento de Referencia al mismo el 26-7-2012. Los planos principales de esta alternativa corresponden a los de la serie I-2.2 del Plan.

Si bien el Documento Consultivo no incluye cuadro resumen de superficies, se señala como principal diferencia respecto a la alternativa anterior una considerable reducción de Suelo Urbanizable, eliminando en particular el área residencial de baja densidad propuesta en la zona del Nacimiento del río Tuéjar, al Norte de la CV-35, que pasa a delimitarse como Suelo No Urbanizable Común Núcleos Dispersos, con una superficie más ajustada al área con edificaciones.

3.4.- ALTERNATIVA 3

Esta alternativa corresponde al Avance de Plan General expuesto al público en 2010. Los planos

principales de esta alternativa corresponden a los de la serie I-2.3 del Plan.

El cuadro resumen de superficies de esta alternativa es el siguiente:

CLASIFICACIÓN DEL SUELO CALIFICACIÓN SUPERFICIE (m2s) % s/parcial % s/total

Urbano Núcleo Histórico NUH 61.503 19,59%

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Ampliación de Casco ACA 55.975 17,83%

Viviendas Adosadas ADO 18.620 5,93%

Viviendas Adosadas-1 ADO-1 11.950 3,81%

Espacio Libre Privado ELP 729 0,23%

Equipamiento Privado EQP 1.504 0,48%

Total Suelo Privado SPR 150.282 47,86%

Zona Verde - Espacio Libre Público ZVL 28.987 9,23%

Equipamiento Público EQU 31.906 10,16%

Red Viaria - Aparcamiento de Vehículos RV+AV 102.833 32,75%

Total Suelo Dotacional Público SDP 163.726 52,14%

TOTAL Suelo Urbano SU 314.008 100,00% 0,26%

Urbanizable

Sector 1 - Residencial S-1 11.067 6,70%

Sector 2 - Residencial S-2 8.406 5,09%

Sector 3 - Residencial S-3 13.235 8,01%

Sector 4 - Residencial S-4 21.954 13,30%

Sector 5 - Residencial S-5 54.661 33,10%

Sector 6 - Industrial S-6 55.801 33,79%

Total Suelo Urbanizable SZ 165.124 100,00% 0,14%

No Urbanizable

Común A - Genérico SNUCA 11.556.682 9,58%

Común B - Núcleos Aislados SNUCB 34.326 0,03%

Común C - Aprovechamiento Minero SNUCC 17.876 0,01%

Común D - Reserva Dotacional SNUCD 14.899 0,01%

Total Común SNUC 11.623.783 9,64%

Protección Especial SNUPE 29.360.579 24,34%

Protección Forestal SNUPF 76.480.140 63,41%

Protección Agrícola-Paisajística SNUPA 2.079.800 1,72%

Protección de Cauces y Barrancos2 SNUPB 671.659 0,56%

Protección por Riesgo de Inundación2 SNUPR 392.677 0,33%

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Protección de Pozos y Fuentes1 SNUPP * *

Protección de Infraestructuras1 SNUPI * *

Protección Cultural1 SNUPC * *

Total Protegido SNUP 108.984.855 90,36%

TOTAL Suelo No Urbanizable SNU 120.608.639 100,00% 99,60%

TOTAL TÉRMINO S 121.087.770 100,00%

1 Estas superficies se superponen a las de otras zonas en Suelo No Urbanizable, por lo que ya vienen

computadas en las del resto y en el total, contabilizando como No Urbanizable Común A el no incluido en otras zonas.

2 En Protección de Cauces y Barrancos y Protección por Riesgo de Inundación se indican únicamente

las superficies en estas zonas no incluidas en otras protecciones.

Las superficies completas de estas zonas, superpuestas a otras protecciones, son las siguientes:

CALIFICACIÓN SUPERFICIE (m2s)

Protección de Cauces y Barrancos SNUPB 3.131.070,10

Protección por Riesgo de Inundación SNUPR 2.304.536,14

Protección de Pozos y Fuentes SNUPP 1.036.725,66

Protección de Infraestructuras3 SNUPI 1.694.153,79

3 En Protección de Infraestructuras se indican únicamente las superficies de la zona de protección de

carreteras.

Comparando esta alternativa con la propuesta (alternativa 4), se obtiene el siguiente cuadro.

CLASIFICACIÓN

DEL SUELO CALIFICACIÓN Alternativa 4 Alternativa 3 Alternativa 4 -

Alternativa 3

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Urbano Total Suelo Urbano SU 312.788 314.008 -1.220

Urbanizable Total Suelo Urbanizable SZ 16.420 165.124 -148.704

No Urbanizable

Común A - Genérico SNUCA 12.689.250 11.556.682 1.132.568

Común B - Núcleos Aislados SNUCB 49.025 34.326 14.699

Común C - Reserva para uso residencial y actividades económicas SNUCC 152.758 0 152.758

Común D - Reserva para construcciones vinculadas a usos agrícolas SNUCD 6.896 0 6.896

Común E - Reserva para actividades productivas SNUCE 50.947 0 50.947

Común F - PE Reserva Cementerio SNUCF 25.070 0 25.070

Común G - Apto para Uso Agropecuario SNUCG 0 0 0

Común H - Apto para Energías Renovables SNUCH 0 0 0

Común I - Apto para Energía Fotovoltaica SNUCI 0 0 0

Común J - Aprovechamiento Minero SNUCJ 0 17.876 -17.876

Común K - Reserva Dotacional SNUCK 0 14.899 -14.899

Total Común SNUC 12.973.945 11.623.783 1.350.162

Protección Especial SNUPE 29.360.579 29.360.579 0

Protección Forestal2 SNUPF 75.217.105 76.480.140 -1.263.035

Protección Agrícola-Paisajística2 SNUPA 2.295.005 2.079.800 215.205

Protección de Cauces y Barrancos2 SNUPB 360.310 671.659 -311.349

Protección por Riesgo de Inundación2 SNUPR 445.413 392.677 52.736

Protección de Pozos y Fuentes2 SNUPP 106.205 * *

Protección de Infraestructuras1 SNUPI * * *

Protección de Dominio Pecuario1 SNUPD * * *

Protección Cultural1 SNUPC * * *

Protección de Borde Urbano SNUPU 0 0 0

Total Protegido SNUP 107.784.617 108.984.855 -1.200.238

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TOTAL Suelo No Urbanizable SNU 120.758.562 120.608.639 149.923

TOTAL TÉRMINO S 121.087.770 121.087.770 0

En él cabe destacar las siguientes diferencias respecto a la alternativa anterior:

- Se reduce considerablemente el Suelo Urbanizable junto al casco, ajustándose más a las necesidades reales de crecimiento de la población, y se redelimita para permitir una ronda con dimensiones adecuadas evitando la travesía urbana de la CV-390.

- Se elimina el Suelo Urbanizable Industrial de un Sector propuesto anteriormente al Norte de la CV-35, reservando para este uso otra zona junto la cantera del Cerro la Sal, ambos separados del casco urbano.

- Se eliminan las zonas específicas en Suelo No Urbanizable Común para aprovechamiento ganadero o de energías renovables, por la escasa viabilidad de estas propuestas, pasando a regular estos usos en las Normas para el Suelo No Urbanizable Común.

- Se ajusta el área de Suelo No Urbanizable Común Núcleos Dispersos, en el Nacimiento del Tuéjar (al Norte del casco), a las parcelas realmente ocupadas por edificaciones y limitando la actuación a minimizar sus impactos y completar el suelo dotacional necesario, conforme a la DT 4ª de la LSNU, pasando a denominarse Núcleos Aislados en coherencia con ella.

La reducción de Suelo No Urbanizable de Protección Forestal en la Alternativa 4 respecto a ésta se debe principalmente a la adaptación al PATFOR, aprobado con posterioridad a la redacción de la Alternativa 3.

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4.- PLAN GENERAL PROPUESTO

4.1.- MODELO TERRITORIAL El modelo territorial propuesto viene condicionado por los elementos que se caracterizan a

continuación, como se analiza en el apartado 1 de la Memoria Justificativa del Plan.

4.1.1.- Elementos geográficos El término municipal se puede clasificar en los siguientes ambientes:

- Las áreas montañosas, que ocupan la mayor parte del municipio, con excepción de los valles del Turia y del Tuéjar. Forman parte de las estribaciones montañosas que bajan desde la sierra de Javalambre, dando lugar a una serie de valles y barrancos que discurren generalmente de Norte a Sur, hasta el curso del río Turia. Predominan en ellas los materiales cretácicos, aunque en ocasiones aparece el Jurásico de las alineaciones montañosas ibéricas y algunos asomos de calizas triásicas. Destacan en ellas los cerros Gordo, Campillos, Rodeno (con 1.305 m), Campana (con 1.088 m), la Montalbana y la Loma de las Grajas. Presentan un elevado valor forestal, paisajístico y ecológico, lo que motiva su protección. Su mayor parte es Monte de Utilidad Pública, lo que facilita su conservación. En su vegetación predomina el matorral y el pino blanco.

Se propone en esta zona conservar y potenciar sus valores ambientales, incluyendo los suelos naturales o forestales existentes, en coherencia con la delimitación de los suelos de uso forestal en el PATFOR.

- El entorno del Turia, que cruza el término por su parte central, en dirección Norte-Sur, fuertemente encajado por los relieves montañosos anteriores. Se adentra en él el embalse de Benagéber, ampliando la superficie inundable. Sus características ambientales singulares, constituyendo hábitat prioritario de diversas especies ligadas en su mayoría al río. Su importancia en la red fluvial y la propuesta de declaración como LIC del Alto Turia (además de la ZEPA que incluye a la totalidad del término), motivan su especial protección. Incluye esta zona el entorno forestal del río, constituido mayoritariamente por montes públicos, y diversos barrancos de régimen muy irregular, afluentes directos del Turia y bien conservados. Entre ellos destacan, por su margen derecha, los barrancos de Canales, el Calor, las Salinas, el Prado y la rambla de Arquela; y por su margen izquierda los barrancos del Canjirón y del Algezar.

Se propone proteger especialmente esta zona, limitando las posibles actuaciones en ella a las necesarias para su mejor conservación y disfrute público compatible, en coherencia con su declaración como LIC del Alto Turia.

- El valle del Tuéjar, que cruza el término por su parte Este, bordeando la población y saliendo hacia Chelva. El área presenta una topografía más suave, formada por materiales aluviales (suelos de vega),

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dando lugar a una fértil y amplia huerta, regada por medio acequias procedentes de este río. En ella predominan los cultivos hortícolas, herbáceos y frutales, en parcelas de tamaño pequeño, creando un paisaje agrícola tradicional de huerta, formado por un mosaico de cultivos, de colores y direcciones variados. La vegetación de este ámbito es principalmente la arvense y nitrófila propia de los terrenos cultivados, siendo más escasos los fragmentos de vegetación natural, en los márgenes y linderos de los cultivos, dado el uso intensivo de la tierra. A los aprovechamientos tradicionales del agua cabe añadir el de diversos molinos, generalmente con azudes, y el de una pequeña central hidroeléctrica, todos ellos en desuso. Sus principales valores ambientales son los del propio río y sus afluentes (a proteger por conservación de sus riberas y como protección frente al riesgo de inundación), y los de la zona agrícola por motivos económicos y paisajísticos, además de las pequeñas construcciones dispersas de valor histórico y etnológico. Actualmente destaca el uso turístico de las áreas recreativas junto al río y manantiales próximos, como el Azud del Tuéjar o la Fuente del Saz.

Se propone proteger en esta zona las áreas consideradas de mayor valor ambiental: el Paraje Natural Municipal nacimiento del Río Tuéjar, las riberas del Tuéjar, la zona agrícola de regadío y los elementos de valor singular, generalmente vinculados a la proximidad del río y del casco urbano. En el resto del área se propone regular sus aprovechamientos para evitar actuaciones discordantes con su entorno.

- El casco urbano, situado en la parte Este del término, vertiente Sur-Oeste de la montaña denominada el Castillo y cabecera del valle del río Tuéjar. Su núcleo histórico presenta un considerable valor cultural, con un tejido urbano tradicional bien conservado, numerosas construcciones que muestran los usos y modos de construir vernaculares, y edificaciones singulares de gran interés, todo ello en un área de valor paisajístico considerable y alta visibilidad por su situación en ladera de la montaña referida, motivando su declaración como Área de Rehabilitación preferente.

Limitado su crecimiento hacia el Este por el citado monte, su expansión se produjo inicialmente en las demás direcciones siguiendo la topografía de la ladera, interrumpida por una pequeña elevación hacia el Sur, donde se asienta la Ermita de San Cristóbal. La presencia de las carreteras, CV-35 por el Norte y CV-390 atravesando el casco por su mitad Norte, han propiciado un crecimiento más reciente en esta dirección, paralelamente a esta última vía, apareciendo mezclados usos residenciales e industriales o pequeños almacenes.

Se propone en esta zona evitar los factores que perjudican la calidad de vida, como la degradación del núcleo histórico, los problemas de accesibilidad, las molestias por colindancia con usos industriales y carreteras, la falta de integración paisajística de sus construcciones más recientes, las edificaciones con alturas o tipologías que distorsionan la imagen urbana, y mejorar las dotaciones para la población, entre otras crear redes viarias no motorizadas conectando las principales dotaciones y elementos de interés cultural. Al tiempo se pretende completar la trama urbana prevista y una ampliación moderada entorno al casco,

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conforme a las tipologías tradicionales.

4.1.2.- Vías de comunicación supramunicipales Sus principales vías de comunicación son la carretera CV-35 Valencia–Ademuz (antes C-234) y la

carretera CV-390 (antes V-622) en dirección a Utiel.

No existen líneas de ferrocarril en el municipio ni en la comarca, siendo la más próxima la vía Madrid-Valencia, con estación en Utiel, y la línea de cercanías de Valencia, con Lliria como estación más cercana.

En cuanto a transporte de uso público, el principal es línea de autobuses de la empresa Hispano-Chelvana, con servicio diario entre Valencia y Ademuz por la CV-35, y parada en el casco urbano de Tuéjar.

Cabe señalar además la red de caminos municipales, y las vías pecuarias: Vereda de Talayuelas, de Titaguas y de Domeño.

Existe un proyecto de rotonda en el enlace de la CV-35 con la CV-390, para mejorar el acceso al casco urbano, y la previsión de una red viaria perimetral por los nuevos sectores para reducir la travesía urbana de CV-390.

4.1.3.- Aptitud de los terrenos que se proponen para la ocupación del territorio

Entre los objetivos principales del Plan General figura revisar la ordenación del casco urbano, fomentando la conservación y rehabilitación del núcleo histórico, adaptando a la realidad y a los diferentes usos y tipologías existentes las zonas de ampliación de casco, y facilitando la gestión de las zonas expansión.

El área señalada como urbana en el Plan anterior, o bien se encuentra urbanizada o bien se prevé completar su urbanización mediante la gestión de sus correspondientes áreas de reparto, contando ya con algunas edificaciones realizadas en estos ámbitos, por lo que se ha considerado conveniente mantener su clasificación como urbana. Tan solo se proponen pequeños ajustes de borde, para adaptarse a lo urbanizado y edificado.

En el Plan vigente, los terrenos al Oeste del casco venían señalados como Suelo No Urbanizable de Protección Agrícola, y los situados al Este como No Urbanizable Común. El área a Norte y Sur del Polideportivo se reservaba para uso dotacional, y el área al Norte del casco, entre éste y la CV-35, se clasificaba como Urbanizable.

Se analizan a continuación las diferentes áreas de crecimiento propuestas en versiones anteriores del Plan:

- El área destinada en el planeamiento vigente a “Reserva municipal” en Suelo No Urbanizable, en el

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borde Oeste del casco, junto al Polideportivo y las Escuelas. Se trata también de una zona colindante al núcleo urbano y de elevado grado de antropización, en parte ya desarrollada con el Colegio público existente. Se propone completarla para permitir una ronda por el perímetro urbano alternativa a la travesía de la CV-390 por la población, en parte ya urbanizada, reduciendo las molestias y riesgos que esta vía supone.

- El área señalada como Urbanizable en el planeamiento vigente, en el borde Norte del casco, conocida como “Los Secanos”. Se trata de una zona de menor valor agrícola y elevado grado de antropización por su colindancia con la CV-35 y el núcleo urbano, que presenta ya algunas construcciones. Su falta de desarrollo en el tiempo transcurrido desde la aprobación del Plan anterior y los nuevos condicionantes que impone la rotonda prevista en el enlace entre la CV-35 y la CV-390, motivan su desclasificación, reservándola para uso residencial y la implantación de actividades económicas compatibles con ella, a fin de no perder oportunidades para un futuro crecimiento de la población, una vez se ejecuten las mejoras viarias previstas en este enlace de carreteras.

- El borde Sur del casco, un área muy degradada ocupada mayoritariamente por antiguos pajares y granjas, algunos de ellos en estado ruinoso. Dada la falta de perspectiva de crecimiento de la población y los condicionantes impuestos por la edificación existente, se propone reservarla para su uso actual, construcciones vinculadas a las actividades agrícolas, reordenándola y dotándola de aparcamientos para paliar la escasez y baja accesibilidad del Núcleo histórico colindante, limitado el área urbanizable a completar una zona de borde, fuera del área de acumulación de aguas, donde el Ayuntamiento ya realizó obras para encauzar las pluviales, incluyendo una ladera que se destina a zona verde para conservar el paisaje en el linde con el Núcleo histórico y una banda para aparcamiento por el problema comentado.

- El área junto a la cantera del Cerro la Sal, al Oeste del casco urbano. Se trata de una zona altamente degradada por la actividad extractiva colindante, por lo que el impacto de nuevas actividades en ella es reducido. Se propone reservarla para actividades productivas, aprovechando las infraestructuras con las que se cuenta en la zona, completándolas para las necesidades dotacionales de los usos que se propongan.

Se propone también completar la red viaria perimetral del casco, estructurando la ordenación y facilitando la circunvalación rodada, mejorando en particular la conexión con el borde Sur del casco, paliando su actual situación de aislamiento y falta de plazas de aparcamiento, que limitan su renovación urbana e incluso los usos agrícolas en esta zona.

El crecimiento del casco hacia el Este no se considera conveniente por encontrarse el monte de El Castillo, con mayor impacto paisajístico además de contar con un área declarada BIC. El crecimiento en todo el resto del perímetro excedería las necesidades de la población, dado el ritmo de expansión de las últimas décadas, por lo que se descartan las zonas con menos aptitudes para ello, como es la zona al Sur del Cerro de San Cristóbal, por encontrarse a una cota inferior a las redes de saneamiento actuales del municipio y

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más alejada de las principales infraestructuras de comunicación.

El crecimiento del casco urbano en las áreas de borde previstas se pretende realizar continuando el modo de ordenación tradicional: viviendas entre medianeras, con tipologías similares a las del casco y un máximo de tres plantas para evitar que se distorsione el perfil urbano tradicional.

Las áreas a ocupar para ello son zonas de borde urbano notablemente antropizadas, como se ha comentado, ocupadas generalmente por cultivos, presentando ya algunas construcciones dispersas y diversos viales utilizados por la población. No presentan elementos protegidos ni son de elevado valor ambiental ni riesgos ambientales elevados, como puede observarse en los planos de cartografía temática (planos I-6) y en el Informe de Sostenibilidad Ambiental aportados. Tan solo cabe destacar el riesgo de inundación (a nivel 6: frecuencia entre 100 y 500 años, y calado menor de 0,8 m) en una zona al Norte del casco, cruzando la travesía de la CV-390 en dirección al cauce del río Tuéjar. Como medida preventiva se propone en el ámbito afectado por este riesgo no admitir actividades con riesgo potencial de contaminación, ni el uso de vivienda en planta baja.

Como condiciones para minimizar los impactos ambientales de estas áreas, se proponen las siguientes medidas:

- No incrementar la densidad de edificación respecto a las áreas colindantes del mismo tipo.

- Reducir en lo posible la ocupación de suelo, procurando concentrar la edificación y limitando el suelo pavimentado, para mantener en lo posible la vegetación, el suelo natural y la infiltración actual de aguas en el terreno.

- Adaptar la ordenación de las áreas urbanas a la topografía, evitando movimientos de tierra innecesarios.

- Procurar la delimitación de los bordes urbanos con viales perimetrales y su ajardinamiento, como mínimo con una hilera de arbolado y arbustos, para mejorar su integración en el entorno.

- No superar en general 3 plantas, para evitar que la nueva edificación distorsione el perfil urbano tradicional.

- Emplear preferentemente materiales y sistemas constructivos adaptados al medio, como cubiertas de teja y cerramiento donde predomine el macizo sobre el hueco.

- Emplear preferentemente pavimentos permeables en los suelos al aire libre, y recoger el agua de lluvia para su reutilización.

- Contar con redes de saneamiento separativas, conectando las aguas fecales a la EDAR y las

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pluviales a instalaciones de tratamiento previo al vertido, y reutilizando todas ellas para riego, limpieza u otros usos admisibles.

- Mantener en lo posible el arbolado existente en las zonas verdes y espacios libres ajardinados, empleando para completarlo preferentemente especies autóctonas presentes en su entorno y que requieran riegos mínimos, todo ello conforme a los Art. 14.2 de la LOTPP y 27 y 28 del ROGTU.

- Las construcciones en subsuelo público deberán posibilitar la vegetación en superficie con arbolado.

- Incluir el enterramiento de las líneas eléctricas y de telefonía desde su conexión con las existentes en las condiciones para su desarrollo.

- En las áreas colindantes a fuentes sonoras, si la atenuación acústica de la franja de separación con ellas prevista no resultara suficiente para no superar los límites sonoros admisibles en función de los usos previstos, según el Estudio Acústico a realizar, deberán añadirse pantallas acústicas conforme al Art. 8.1 del ROGTU.

- Reducir en lo posible el consumo de recursos, fomentando los usos racionales y eficientes, empleando preferentemente energías de fuentes renovables en las nuevas viviendas e instalaciones públicas, e incorporando criterios de arquitectura bioclimática en el diseño de las edificaciones (orientación, apertura de ventanas, materiales de construcción, etc.), al objeto de disminuir los requerimientos energéticos de las actuaciones urbanísticas.

- Utilizar pavimentos drenantes o porosos en espacios públicos.

Se incorpora al Plan el área dotacional prevista en torno al Cementerio, que incluye los usos de Tanatorio y Crematorio, conforme al Plan Especial para el mismo en tramitación.

En el resto del término se mantienen las limitaciones existentes para la edificación fuera de las zonas previstas para ello, admitiendo básicamente construcciones necesarias para los usos agrícolas en Suelo No Urbanizable Común conforme a los usos y tipologías tradicionales, y protegiendo las áreas de mayor valor o riesgo ambiental de actuaciones incompatibles con ellos, como se desarrolla en el siguiente apartado. No se han admitido reclasificaciones de nuevas áreas separadas del núcleo de población existente, contrarias al modelo de ciudad compacta. Cabe señalar que en el anterior Concierto Previo para este Plan General, aprobado por el Ayuntamiento el 5-1-2006, se proponía un área urbanizable residencial junto a la CV-35, al Norte del casco urbano, donde ya existe un importante número de viviendas diseminadas, y un área Industrial también junto a la CV-35, al Nor-Oeste del casco urbano, algo más alejada de éste, donde también existen algunas naves industriales, además de una mayor superficie de suelo urbanizable en torno al casco.

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La primera se eliminó en el Documento Consultivo, reduciendo también la superficie urbanizable en torno al casco, y la segunda se eliminó con el documento expuesto en 2010. La actual propuesta elimina también la mayor parte de los nuevos sectores propuestos en torno al casco en el documento expuesto en 2010, reduciendo de nuevo su superficie urbanizable y centrando la actividad en completar con las dotaciones adecuadas lo ya clasificado como urbano.

Como condiciones para las actuaciones en Suelo No Urbanizable, se señalan las siguientes:

- Garantizar la depuración de vertidos.

- El uso racional de los recursos hídricos, evitando la sobre-explotación de los acuíferos y vertidos o abonos contaminantes, minimizando el consumo y fomentando la reutilización de las aguas pluviales y fecales depuradas.

- La conservación de la vegetación existente, por sus valores ambientales y paisajísticos.

- No incrementar la erosión del suelo, manteniendo y mejorando las condiciones que lo reducen, como bancales, vegetación o cursos de pluviales para evitar la escorrentía.

Respecto a las actividades mineras, conforme a lo indicado en el Documento de Referencia:

- Se recogerán en el Plan los derechos mineros existentes y la normativa de aplicación al respecto. Éstos son:

o Explotación de recursos de la Sección A, autorizada el 20-5-1997, nº 1194, para 5´31 Ha, denominada Cerro de La Sal, a nombre de General Constructor, SA.

o Concesión de explotación directa, otorgada el 27-11-1997, nº 2741, denominada El Prado, a nombre de Yesos Monrabal, SL.

o Concesión explotación derivada, otorgada el 24-1-2002, nº 2817, denominada El Aljezar, a nombre de Yesos Monrabal, SL.

o Permiso de investigación, en trámite, solicitado el 29-8-2005, nº 2999, denominado Tuéjar, a nombre de Recursos Mineros Torgi, SL.

o Explotación de recursos de la Sección A, en trámite, denominada El Aljezar 2, a nombre de Yesos Monrabal, SL.

- No habrá en él prohibiciones genéricas de la actividad minera, conforme al Art. 122 de la L 22/1973 de Minas.

- Se establecerá un perímetro de protección de 500 m en torno al ámbito de las canteras, con prohibición expresa del uso residencial en él.

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- No se admitirán industrias fabriles insalubres o peligrosas (conforme al Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas) a menos de 2.000 m de cualquier núcleo residencial.

Respecto a las explotaciones ganaderas, conforme a lo indicado en el Documento de Referencia:

- Se aplicarán las limitaciones derivadas de la Ley 6/2003 de Ganadería de la Comunidad Valenciana para las explotaciones ganaderas autorizadas, de acuerdo a la información que se obtenga sobre las mismas. Para ello se propone realizar un inventario de las explotaciones ganaderas existentes, comprobando sus autorizaciones y declaraciones o estimaciones de impacto ambiental aprobadas y el cumplimiento de sus condiciones, aplicando las medidas disciplinarias establecidas en la legislación en caso de incumplimiento.

Para evitar actuaciones que pudieran dificultar el desarrollo de las zonas de posible implantación de usos urbanos o dotacionales de interés para la población, o facilitar actividades aisladas que necesariamente deben implantarse en suelo rústico, se establecen subzonas en Suelo No Urbanizable Común con limitaciones para estos aprovechamientos.

4.1.4.- Preservación de los elementos con valores singulares

Entre los objetivos prioritarios del Plan están la conservación y potenciación de los valores ambientales, haciendo compatible con ellos el desarrollo deseado.

Destacan como elementos de interés:

- El área propuesta como LIC del Alto Turia, entorno al cauce de este río y los barrancos tributarios de él, por formar parte de un conjunto en el que se prevé una protección ambiental de índole supramunicipal, además de por los valores y riesgos ambientales señalados para las zonas forestales, y por conservar buena parte de la vegetación arbórea y arbustiva propia de estos montes y de las zonas de ribera en el municipio. El Plan clasifica esta zona como Suelo No Urbanizable de Protección Especial, regulando medidas para la conservación y potenciación de sus valores ambientales en coherencia con su declaración como ámbito de especial interés ambiental.

- Las áreas declaradas Microrreservas de flora, denominadas “El Picarcho” (situada en el borde Sur-Oeste del término, junto a los límites con Sinarcas y Cuenca) y “Riberas del río Tuéjar” (al Norte del casco urbano), catalogadas en el Inventario de Microrreservas de flora de la Comunidad Valenciana y publicadas en el DOGV de 28-05-99 (corregido en los DOGV de 30-04-01 y 05-11-01). Por tratarse de áreas de singulares de valor especial, se incluyen en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, además de estar incluidas en Suelo No Urbanizable de protegido (Especial, Forestal o de Cauces y Barrancos), regulando medidas para la

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conservación y potenciación de sus valores ambientales, en coherencia con su declaración como ámbito de especial interés ambiental, al igual que en el caso anterior.

- El área propuesta como ZEPA del Alto Turia y Sierra del Negrete, aprobada por Acuerdo de 5 de junio de 2009, del Consell de la Generalitat, DOCV de 09 de Junio 2009. Incluye la totalidad del término municipal. En consecuencia, las condiciones que se establezcan para ella por la administración superior son de aplicación a todas las zonas de ordenación de este Plan.

- El ámbito del Plan Especial de Protección del Paraje Natural Municipal nacimiento del Río Tuéjar. El Plan clasifica esta zona como Suelo No Urbanizable de Protección Especial, regulando medidas para la conservación y potenciación de sus valores ambientales en coherencia con su inclusión en el citado Plan Especial como ámbito de interés ambiental. Incluye la Microrreserva “Riberas del río Tuéjar”, protegida conforme al apartado anterior.

- Las áreas de monte, que ocupan la mayor parte del municipio, por sus valores ecológicos y paisajísticos y sus altos riesgos ambientales de erosión potencial y contaminación de acuíferos. El Plan clasifica estas zonas como Suelo No Urbanizable de Protección Forestal, fomentando su conservación y estableciendo limitaciones a los posibles usos o actuaciones para evitar su degradación, en coherencia con la delimitación de los suelos de uso forestal en el PATFOR y con lo regulado para estas Sierras en los planeamientos de municipios colindantes.

- Los cursos de aguas permanentes y ocasionales, por su importancia en la red hidrológica, y por la vegetación y fauna que alojan. Cabe destacar entre ellos los ríos Turia y Tuéjar, y los barrancos de Canales, el Calor, las Salinas, el Prado, el Canjirón, el Algezar y la rambla de Arquela. El Plan clasifica estas zonas como Suelo No Urbanizable de Protección de cauces y barrancos, al igual que el resto de cauces del término, limitando los posibles usos para la conservación de este ambiente y previniendo al tiempo del riesgo de inundaciones. Buena parte de ellas se encuentra además incluida en las zonas de protección Especial del LIC del Alto Turia y del Paraje Natural Municipal nacimiento del Río Tuéjar, o en la señalada con Riesgo de inundación en el PATRICOVA o en el Estudio de Inundabilidad realizado por la Confederación Hidrográfica del Júcar para éste tramo del río Tuéjar.

- Los pozos y fuentes del municipio, por su importancia para el abastecimiento de la población y sus valores ambientales. Además del manantial del Azud, que abastece a la población, destacan en particular las Fuentes del Saz, la Zazadilla, los Campillos, el Olmo, la Tartalona, Salada, la Zagra baja, Nueva de la Tosquilla, Cupido, la Umbría, Cabera, Nueva y de la Mojonera. El Plan los señala como Suelo No Urbanizable de Protección de Pozos y Fuentes, que comprende el área entorno a ellos, con un radio mínimo de 300 m para las captaciones de agua destinadas a consumo humano (la del manantial del Azud), conforme a lo establecido en los Art. 18.1.d de la LOTPP y 38 del ROGTU, y de 100 m para el resto de captaciones y fuentes que se han localizado hasta ahora, limitando las actuaciones a fin de evitar su contaminación y

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sobre-explotación.

- La zona de huerta de las terrazas aluviales entorno al río Tuéjar, por su interés para la economía local y para la conservación de los usos y costumbres tradicionales, y del paisaje que configuran, en coherencia con su entorno rural. El Plan la señala como zona de Protección Agrícola-Paisajística, estableciendo medidas para la conservación de los valores mencionados, evitando su transformación y urbanización, o construcciones discordantes con el paisaje.

- Los recorridos de interés histórico, cultural o recreativo vinculado a la naturaleza o a los usos y costumbres locales, como patrimonio cultural heredado. Entre ellos destacan las vías pecuarias que cruzan el término (las veredas de Talayuelas, Titaguas y Domeño), y los caminos rurales que comunican con las áreas de mayor valor ambiental y con las poblaciones colindantes. El Plan los señala como recorridos de interés paisajístico-cultural, para senderismo y eco-turismo, y como Red Primaria o Estructural, para facilitar las labores de conservación. Las vías pecuarias además se clasifican como Suelo No Urbanizable de Protección de Dominio Pecuario (SNUPD), por su protección legal y como Bien de Dominio Público.

- El Núcleo Histórico de Tuéjar, protegido por su trama urbana y características ambientales. En él cabe distinguir las siguientes áreas según su origen: Recinto Musulmán Amurallado, Barrio Extramuros, Arrabal y Expansión posterior a la Conquista, y Expansión a partir del siglo XVII. El Plan propuesto califica el Núcleo Histórico de Tuéjar como Zona de Ordenación, estableciendo normativa específica para proteger y potenciar los valores señalados y los modos tradicionales de construir. Se propone aplicar también sus condiciones estéticas a las fachadas de las manzanas colindantes recayentes a estas Zonas, a fin de homogeneizar el vial limítrofe con ella.

- Las construcciones de interés histórico, arquitectónico, etnológico o paisajístico y los yacimientos arqueológicos y elementos singulares de interés natural. Entre ellos destacan el Acueducto de la Peña Cortada (que nace en el río Tuéjar y continúa por Chelva, Calles y Domeño), el Castillo y el Recinto Amurallado (vinculados al origen de la población), y la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de los Ángeles (enteramente Barroca), todos ellos declarados Bienes de Interés Cultural. Además de éstos, cabe señalar: los yacimientos arqueológicos y elementos etnológicos en el término (recogidos en su mayoría en el Inventario General de la Dirección General de Patrimonio Artístico de la Consellería de Cultura); la Ermita de San Cristóbal; los espacios naturales singulares de interés para la conservación, como fuentes, árboles y arboledas monumentales; y diversas construcciones de valor histórico o etnológico, como antiguos molinos, azudes, una noria, corrales tradicionales, lavaderos, panteones en el antiguo cementerio y edificios de interés arquitectónico en el casco urbano. Estos elementos vendrán recogidos en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, con fichas individualizadas analizando sus características definitorias y opciones para su conservación y mejora. Los situados en Suelo No Urbanizable se señalan además como zona de Protección Cultural, y los situados en Suelo Urbano o Urbanizable (si los hubiera), como protegidos en la zona de

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ordenación que establezca el Plan.

4.2.- CLASIFICACIÓN DEL SUELO Para el desarrollo de este modelo, el Plan clasifica el suelo del término en los siguientes tipos, con

arreglo a la legislación urbanística:

- Suelo Urbano. Formado por el área edificada y urbanizada, total o parcialmente, del núcleo de población, que coinciden básicamente con lo clasificado como tal en el planeamiento anterior, salvo pequeños ajustes de borde, para adaptarse a lo edificado y completar la red viaria. Predominan en el núcleo las edificaciones de tipología unifamiliar de dos o tres plantas, aunque la normativa actual permite también construcciones plurifamiliares de hasta cuatro plantas en la zona de Ensanche, y de 3+cambra en el Núcleo Histórico. Las escasas edificaciones de cuatro plantas existentes, generalmente sin ascensor, dan lugar a medianeras vistas y viviendas de inferior calidad en la última planta, lo que degrada la imagen urbana. Para evitarlo, el nuevo Plan propone limitar a un máximo de tres el número de plantas, salvo las manzanas mayoritariamente edificadas con 4 plantas cuya altura no dificulten su integración paisajística en el casco urbano.

- Suelo Urbanizable. Formado por las áreas previstas para la expansión del núcleo residencial entorno al casco actual. Se prevé una edificación de características similares a las de éste, de media densidad, limitando las alturas para evitar que distorsione el perfil tradicional del núcleo, y permitiendo completar una red viaria perimetral e importantes dotaciones para la población. En todas ellas se establecerán los mecanismos de gestión para garantizar la calidad de la urbanización, con las dotaciones adecuadas, y el reparto equitativo de beneficios y cargas, con arreglo a la legislación.

- Suelo No Urbanizable. Formado por el territorio preservado del proceso de urbanización, por la presencia de valores a proteger o simplemente por no considerar conveniente su urbanización. En él se establecen medidas protectoras para conservar y potenciar los valores antes señalados, y directrices para sus aprovechamientos y posibles actuaciones en el suelo no protegido.

Respecto al planeamiento anterior, se modifican las siguientes áreas:

- Se crean los nuevos Sectores de Suelo Urbanizable indicados entorno al casco, incluyendo la “Reserva municipal” del Plan vigente en Suelo No Urbanizable, junto al Polideportivo y las Escuelas.

- Se reajusta puntualmente el Suelo Urbano a lo consolidado en zonas de borde.

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5.- OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Mediante el análisis de documentos de ámbitos de diferentes escalas (de la global a la local), se

pretende la comprobación pormenorizada del cumplimiento de los objetivos de protección ambiental aplicables al desarrollo del presente Plan General. Los documentos analizados son resumidos a continuación.

5.1.- ÁMBITO INTERNACIONAL En el ámbito internacional, los principales documentos de protección ambiental son los siguientes:

- Declaración de Estocolmo Sobre El Medio Humano (1972).

- Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo (1992).

- Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (ONU; Johannesburgo, 2002).

- Carta de las ciudades europeas hacia la sostenibilidad (Carta de Aalborg, Dinamarca, 27 de Mayo de 1994).

- Carta de Lisboa. (Suscrita por los participantes en la Segunda Conferencia Europea de Pueblos y Ciudades Sostenibles, 1996).

- Declaración de Hannover de los líderes municipales en el umbral del siglo XXI (Tercera Conferencia Europa sobre Ciudades y Municipios Sostenibles, 2000).

- Declaración de Sevilla (adoptada el 23 de enero de 1999 por los participantes de la Conferencia Euro-mediterránea de Ciudades Sostenibles, en Sevilla, España).

- Convención de las Naciones Unidas para la Lucha contra la Desertificación (UNCCD) - Ginebra, Suiza.

- Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre El Cambio Climático.

- Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

- Convenio sobre la Diversidad Biológica convenio de RIO.

- Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

- Convención sobre Especies Migratorias.

- Declaración de Ramsar.

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- Recomendaciones aprobadas por la Conferencia Internacional sobre la Conservación de los Humedales y las Aves Acuáticas.

- Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (FAO).

- Instrumento de Ratificación de 19 de mayo de 1987, del protocolo de enmienda de 3 de diciembre de 1982 del Convenio de 2 de febrero de 1971 relativo a los humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, hecho en París.

- Instrumento de Ratificación, de 22 de enero de 1985, de la Convención de 23 de junio de 1979 sobre conservación de especies migratorias. (BOE núm. 259, de 29.10.85).

- Instrumento de Ratificación del Tratado de la Carta de la Energía y del Protocolo de la Carta de la Energía sobre la eficacia energética y los aspectos medioambientales relacionados, hechos en Lisboa el 17 de diciembre de 1994 (BOE núm. 65, de 17.3.98).

- Instrumento de Ratificación del Protocolo sobre las zonas especialmente protegidas y la diversidad biológica en el Mediterráneo y anexos, adoptado en Barcelona el 10 de junio de 1995 y en Montecarlo el 24 de noviembre de 1996, (BOE núm. 302, de 18.12.99).

5.2.- ÁMBITO EUROPEO En el ámbito europeo o comunitario, los principales documentos de protección ambiental son los

siguientes:

- VI Programa de acción en materia de Medio Ambiente.

- Estrategia de la Unión Europea para un desarrollo sostenible.

- Convenio Europeo del Paisaje.

5.3.- ÁMBITO ESTATAL En el ámbito estatal o nacional, el principal documento de protección ambiental es el siguiente:

- Estrategia española de desarrollo sostenible.

5.4.- ÁMBITO AUTONÓMICO En el ámbito autonómico, el principal documento de protección ambiental es el siguiente:

- Estrategia de Desarrollo Sostenible de la Comunidad Valenciana.

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6.- PROBABLES EFECTOS SIGNIFICATIVOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

La Ley 9/2006 en su Anexo I señala la información mínima que deberá contener el Informe de Sostenibilidad Ambiental. Entre esta información se encuentra:

“f) Los probables efectos significativos en el medio ambiente, incluidos aspectos como la biodiversidad, la población, la salud humana, la fauna, la flora, la tierra, el agua, el aire, los factores climáticos, los bienes materiales, el patrimonio cultural, el paisaje, y la interrelación con estos factores”.

La ley también especifica que “Estos efectos deben comprender los efectos secundarios, acumulativos, sinérgicos, a corto, medio y largo plazo, permanentes y temporales, positivos y negativos.”

La definición de estos efectos es la siguiente:

Efecto positivo: aquel admitido como tal, tanto por la comunidad técnica y científica como por la población en general, en el contexto de un análisis completo de los costes y beneficios genéricos y de las externalidades de la actuación contemplada.

Efecto negativo: aquel que se traduce en pérdida de valor naturalístico, estético cultural, paisajístico, de productividad ecológica, o en aumento de los perjuicios derivados de la contaminación, de la erosión, de la colmatación y demás riesgos ambientales en discordancia con la estructura ecológico-geográfica, el carácter y la personalidad de una localidad determinada.

Efecto a corto, medio o largo plazo: aquel cuya incidencia puede manifestarse, respectivamente, dentro del tiempo comprendido en un ciclo anual, antes de cinco años o en período superior.

Efecto permanente: aquel que supone una alteración indefinida en el tiempo de factores de acción predominante en la estructura o en la función de los sistemas de relaciones ecológicas o ambientales presentes en el lugar.

Efecto temporal: aquel que supone una alteración no permanente en el tiempo, con un plazo temporal de manifestación que puede estimarse o determinarse.

Efecto indirecto o secundario: aquel que supone incidencia inmediata respecto a la interdependencia, o en general, respecto a la relación de un sector ambiental con otro.

Efecto acumulativo: aquel que al prolongarse en el tiempo la acción del agente inductor, incrementa progresivamente su gravedad, al carecerse de mecanismos de eliminación con efectividad similar a la del incremento del agente causante del daño.

Efecto sinérgico: aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varios agentes supone una incidencia ambiental mayor que el efecto suma de las incidencias individuales

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contempladas aisladamente. Asimismo, se incluye en este tipo, aquél efecto cuyo modo de acción induce en el tiempo la aparición de otros nuevos.

6.1.- EFECTOS AMBIENTALES SOBRE LA ATMÓSFERA Durante la fase de construcción y funcionamiento de las actuaciones urbanísticas propuestas en el

Plan General de Tuéjar, así como en todas las infraestructuras asociadas a las mismas, se producirán una serie de acciones como, por ejemplo, desbroces, tránsito de maquinaria, movimientos de tierras, etc. Dichas acciones provocarán consecuencias como el aumento de las partículas en suspensión, humos, olores, aumento de los niveles sonoros, etc.

El efecto previsible del Plan General de Tuéjar sobre la calidad atmosférica se puede diferenciar en tres impactos:

- Emisión de elementos contaminantes.

- Aumento de los niveles sonoros.

- Incremento de la contaminación lumínica.

Respecto a la emisión de elementos contaminantes, el aumento demográfico que plantea el nuevo instrumento de planeamiento urbanístico incidirá en un crecimiento de la emisión de sustancias contaminantes, básicamente debido a los medios de comunicación privados. Dicho efecto se valora como moderado, teniendo en cuenta la aplicación de las correspondientes medidas preventivas y correctoras para minimizar la afección del Plan General a la calidad atmosférica.

En lo que se refiere al aumento de los niveles sonoros, debido a las mismas razones que el párrafo anterior (incremento poblacional y aumento de vehículos privados), se producirá una acentuación de los niveles sonoros más elevados en zonas urbanas concretas. Este efecto se valora como moderado, contando con las medidas preventivas y correctoras a aplicar.

Finalmente, en relación a la contaminación lumínica, los nuevos desarrollos urbanísticos conllevarán la localización de nuevos puntos luminosos en el viario. Dichos elementos necesarios para la iluminación pueden provocar niveles de contaminación lumínica en función de su disposición, diseño y según los materiales utilizados. Respecto al impacto, considerando la modificación de la luminosidad de los terrenos objeto de desarrollo urbanístico (de terreno agrícola a urbano), así como el carácter permanente de la iluminación, este efecto se considera moderado.

A continuación se analizan con más detalle estos efectos y las medidas correctoras propuestas:

• Contaminación atmosférica

La contaminación atmosférica se produce principalmente por la presencia en concentraciones

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elevadas de partículas en suspensión, hidrocarburos, óxidos de nitrógeno y azufre, y monóxido de carbono. Éstos derivan principalmente de los motores de combustión en vehículos y actividades industriales con vertidos de gases a la atmósfera. Los hidrocarburos aromáticos pueden resultar especialmente tóxicos, y en ocasiones cancerígenos. Los hidrocarburos, óxidos de nitrógeno y monóxido de carbono contribuyen además a la formación del "smog" fotoquímico.

También hay que tener en cuenta el polvo y partículas en suspensión generados durante las obras y movimientos de tierras en general, que se añaden a la contaminación atmosférica existente en la zona. El polvo, formado por partículas en suspensión de pequeño tamaño y forma irregular, procede de la disgregación, trituración o pulverización de materiales diversos.

En el área de estudio, los principales focos de contaminación atmosférica son las áreas urbanas, en especial la travesía de la carretera CV-390, su conexión con la CV-35 y la zona industrial. A ellos se añade la actividad constructiva y urbanizadora en las zonas menos consolidadas. En la actualidad ésta se produce principalmente en el borde Oeste de la población, semi-consolidado en su urbanización y edificación. El polvo en las áreas urbanizadas se reduce considerablemente cuando sus viales se encuentran pavimentados. También hay que tener en cuenta en las áreas urbanas las emisiones contaminantes de óxido de azufre e hidrocarburos procedentes del fuel-oil empleado en calefacciones.

La calidad atmosférica de las áreas urbanas en el ámbito de estudio es en general buena, debido fundamentalmente al escaso tráfico, lo que reduce las emisiones contaminantes de los vehículos, y lo reducido del sector industrial. Como factores que contribuyen a mejorar la calidad del aire, cabe señalar:

La vegetación de la zona, especialmente su amplia zona de monte arbolado, que favorece la eliminación de CO2.

El viento, que facilita la dispersión de los contaminantes gaseosos.

Las medidas correctoras de la contaminación atmosférica deberán ir encaminadas a:

Reducir en lo posible el tráfico.

Fomentar el empleo de energías limpias, reduciendo las emisiones contaminantes.

Evitar la formación de polvo, especialmente en la realización de obras.

El Plan propuesto incluye diferentes medidas en este sentido, destacando:

La reconversión de la travesía de la carretera en vial urbano, reurbanizándolo con mayor amplitud de aceras.

La creación de una red de senderos no motorizados en todo el municipio, para fomentar la movilidad sostenible.

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Limitar la calificación de actividades en zonas colindantes a las residenciales.

Medidas correctoras de las molestias por la ejecución de obras, evitando en particular la formación de polvo y las emisiones contaminantes de la maquinaria empleada.

En materia de calidad del aire, el municipio viene incluido en la Zona ES1008: TURIA (A. INTERIOR), del Estudio sobre Evaluación de la calidad del aire en la Comunidad Valenciana. En base a los datos del mismo para el año 2011, en la zona no se rebasan los valores límite anuales de contaminación establecidos para el año 2011 en la normativa al respecto de aplicación (en particular Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; RD 1073/2002, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire; y Directiva 2008/50/CE). En consecuencia, conforme a lo indicado en el Informe del Servicio de Protección del Ambiente Atmosférico (Área de Calidad Ambiental, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda) de fecha 29-10-2008, el municipio no está afectado por Planes o Programas de mejora de la calidad del aire.

• Ruido ambiental

Este factor se analizará con mayor profundidad en el Estudio Acústico que acompañará al Plan General. Como anticipo del mismo, se señalan como principales fuentes sonoras actuales estimadas como causantes de contaminación acústica en el municipio.

Las medidas correctoras de las molestias por ruido y la probable evolución en caso de no aplicarlas son similares a las propuestas contra la contaminación atmosférica en el punto anterior, por lo que se remite a ellas.

a) Vías principales de comunicación.

Las principales vías de comunicación y su influencia sonora en el núcleo de población son las siguientes:

La carretera CV-35 Valencia–Ademuz (antes C-234). Aunque forma parte de la red básica de carreteras, su intensidad de tráfico es reducida en este tramo.

La carretera CV-390 (antes V-622) en dirección a Utiel. Su intensidad de tráfico es muy reducida, limitándose sus molestias a su travesía por el casco urbano de Tuéjar.

No existen líneas de ferrocarril en el municipio ni en la comarca, siendo la más próxima la vía Madrid-Valencia, con estación en Uriel, y la línea de cercanías de Valencia, con Lliria como estación más cercana.

En cuanto a transporte de uso público, el principal es línea de autobuses de la empresa Hispano-Chelvana, con servicio diario entre Valencia y Ademuz por la CV-35, y parada en el casco urbano de Tuéjar.

Los caminos rurales y las vías pecuarias del término apenas presentan tráfico, por lo que su influencia

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sonora es muy escasa. En el Plan se destinan principalmente a vías peatonales o no motorizadas, conforme a su legislación. En cualquier caso se debe limitar la velocidad de los vehículos a motor en ellos, para evitar molestias puntuales.

b) Áreas industriales.

La única área industrial existente en el municipio está situada en el borde Norte del casco urbano. Está compuesta por naves y almacenes, lindando en ocasiones con viviendas. Su colindancia con zonas residenciales y equipamientos obliga a limitar los niveles de molestias de las actividades en el área más próxima, en particular por ruido y contaminación atmosférica. El nuevo Plan destina esta área a uso residencial, conforme a su entorno, manteniéndose las actividades productivas que no resulten incompatibles con él, y propone un área para actividades productivas junto a la cantera del Cerro la Sal, en una zona degradada por dicha cantera y alejada de las zonas residenciales, evitando las molestias por estas actividades.

c) Áreas destinadas a usos terciarios.

Los usos terciarios se señalan como compatibles en la mayoría de las zonas, con limitaciones para evitar molestias en las áreas residenciales. No se señalan zonas destinadas específicamente a este uso, si bien se proponen como compatibles en grado mayor de calificación en el área industrial antes mencionada. El cumplimiento de la normativa para estos usos deberá garantizar la no superación de los límites de nivel sonoro establecidos para cada zona.

d) Áreas recreativas.

Las actividades recreativas, englobadas en el uso terciario, se señalan como compatibles en la mayoría de las zonas, con limitaciones para evitar molestias en las áreas residenciales. El cumplimiento de la normativa para estos usos deberá garantizar la no superación de los límites de nivel sonoro establecidos en éstas.

Las Áreas recreativas existentes en el término son generalmente zonas en entornos naturales privilegiados, como fuentes o miradores, habilitadas para el disfrute de la naturaleza, por lo que no son generadoras de molestias por ruido. Destacan entre ellas las del Azud (junto al río Tuéjar, con complejo hostelero), el Saz (junto al río Tuéjar a su paso por la población), la Zazadilla (cerca de la CV-35), la Tartalona, Fuente Cabera y la Zagra Alta y Baja (con refugio o cabaña forestal, denominado también Caseta del tío Elías), estas últimas cerca del río Turia. Cabe señalar también la zona destinada a Parque Público Natural (PNL) del Paraje Natural Municipal nacimiento del Río Tuéjar. Se pretende acondicionar como área recreativa para uso y disfrute de la naturaleza, de forma compatible con su conservación, especialmente de su vegetación. Servirá al tiempo como conector biológico entre la zona de monte y la agrícola en el valle del río Tuéjar. Dado el uso de espacio libre para disfrute de la naturaleza al que se destina, no se prevén en él

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actividades ruidosas, que resultarían incompatibles con la protección ambiental de este espacio.

e) Áreas residenciales y comerciales.

Las actuaciones propuestas por el Plan en el casco urbano prevén un crecimiento moderado entorno a él, previa consolidación de las zonas urbanas ya previstas, con tipologías de densidad similares a las del casco urbano.

En el resto del término no se señalan áreas residenciales, y se pretende evitar este uso en ellas. Se limitan para ello los pequeños núcleos dispersos aparecidos en los últimos años, estableciendo medidas para minimizar sus impactos.

El uso comercial se admite en las zonas residenciales, con las limitaciones de compatibilidad que impone su normativa sectorial, al igual que se ha señalado para el uso terciario.

6.2.- EFECTOS AMBIENTALES SOBRE EL SUELO El planeamiento urbanístico tiene como objetivo, entre otros aspectos, delimitar nuevo suelo

urbanizable en consonancia con el crecimiento del municipio. Este proceso conlleva ineludiblemente transformaciones de suelo agrícola en suelo urbano.

En la fase de construcción y funcionamiento de las actuaciones urbanísticas y las infraestructuras asociadas, causará efectos sobre el sustrato edáfico como la compactación del mismo, la supresión del manto de vegetación y de los cultivos existentes. Las alteraciones topográficas serán de carácter irreversible, ya que durante la fase de construcción se llevarán a cabo tareas de explanación de los terrenos. En el caso concreto que nos ocupa, el municipio de Tuéjar, el relieve no soportará alteraciones destacables, ya que el territorio donde se plantean los crecimientos urbanísticos posee una geomorfología suave, casi llana.

Una consecuencia directa del desarrollo de nuevos espacios urbanos es la disminución de la potencialidad agraria que significa para el propio territorio. La supresión de la capa superficial del suelo imposibilita el desarrollo de las particularidades del mismo. Este efecto se puede considerar prácticamente irreversible, aunque se puede devolver a su situación inicial con una intervención importante. El efecto por la ocupación del suelo desde el punto de vista de las actuaciones derivadas del planeamiento urbanístico se considera como moderado.

6.3.- EFECTOS AMBIENTALES SOBRE LA HIDROLOGÍA En cuanto a la hidrología superficial, las fases de construcción y funcionamiento de los desarrollos

urbanísticos previstos en el planeamiento provocarán efectos sobre el medio hídrico superficial, destacando el aumento de la escorrentía por la impermeabilización que suponen las obras de urbanización.

Los trabajos de desbroce de vegetación, compactación por paso de maquinaria y la posterior

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pavimentación, suponen la alteración de la infiltración de las aguas, incidiendo ello en la hidrología superficial y en la propia calidad hídrica.

Debido a las obras de urbanización, se causará la compactación del suelo, convirtiéndolo en una pantalla impermeable que impide la infiltración del agua.

A consecuencia de la pavimentación de la superficie del suelo, la escorrentía superficial se incrementará notablemente en comparación con la situación actual. Con la aplicación de las técnicas e instalaciones de recogida de aguas pluviales para evitar encharcamientos y acumulaciones de agua en los nuevos sectores urbanos, se estima que este impacto puede ser compatible.

Por lo que respecta a la hidrología subterránea, según la cartografía temática de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, la vulnerabilidad de los acuíferos es muy baja en Tuéjar en las áreas donde se propone llevar a cabo transformaciones de suelo. Con la aplicación de las pertinentes medidas correctoras para evitar cualquier infiltración a la hidrología subterránea, se considera que este efecto puede ser moderado.

De otra parte, el incremento demográfico causará un aumento en el consumo de recursos hídricos. Se producirá, por tanto, un mayor consumo de agua potable en el municipio de Tuéjar, siendo posible minimizar dicho consumo mediante la construcción de una eficiente red de distribución de agua en las obras de urbanización de los sectores previstos en el planeamiento urbanístico, evitando consumos innecesarios y potenciando la reutilización de las aguas depuradas. Por consiguiente, el efecto de este factor se puede considerar como moderado.

6.4.- EFECTOS AMBIENTALES SOBRE LA VEGETACIÓN Y LA FAUNA

La vegetación natural existente en las zonas de expansión del casco urbano de Tuéjar es muy escasa, limitándose a campos de cultivo. Por tanto, el principal efecto será la eliminación de cultivos en aquellas parcelas afectadas por el desarrollo urbano previsto en el planeamiento. En consecuencia, las actuaciones previstas en el planeamiento podrían tener efectos sobre la fragmentación y reducción del hábitat de la fauna, con molestias y desplazamientos debido a la ocupación del territorio.

Las especies más adaptadas a la antropización recolonizarán las zonas que se pretende urbanizar. En la fase de funcionamiento se implantarán nuevos sectores urbanos, que son por naturaleza más restrictivos para la fauna.

No obstante, el Sistema de Espacios Abiertos definido en el Estudio de Paisaje anexo prevé la conservación de zonas destinadas a la creación de un conjunto integrado de corredores ecológicos y paisajísticos que relacionarán los enclaves naturales más importantes, debiendo conformar una red con los

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términos municipales colindantes.

Así pues, la vegetación sufrirá la desaparición en aquellas zonas en las que el suelo deba ser ocupado por las actividades antrópicas. Sin embargo, las características actuales de las masas vegetales existentes presentan escasa relevancia ecológica. La valoración de este impacto se considera compatible.

La apuesta por la preservación del proceso urbanizador de grandes extensiones de territorio (atendiendo a sus valores ambientales y culturales), en particular las consideradas de mayor valor ambiental, evita impactos más elevados.

6.5.- EFECTOS SOBRE EL PAISAJE Respecto al paisaje existente en Tuéjar, se remite al apartado destinado al paisaje en el presente

documento y, sobretodo, al Estudio de Paisaje del PG de Tuéjar.

En las zonas afectadas por reclasificaciones en el Plan General de Tuéjar, el paisaje es llano, con uso agrícola, entorno al paisaje fluvial del río Tuéjar y al del propio paisaje urbano. El desarrollo del planeamiento urbanístico supondrá la eliminación de tierras de cultivo siendo suponiendo un impacto negativo debido a la antropización de determinados espacios circundantes al núcleo urbano.

El entorno paisajístico estará perturbado por el movimiento de tierras, el tránsito de maquinaria y las instalaciones auxiliares. Este efecto debe considerarse como negativo, aunque se trata de un impacto inherente a cualquier proceso de urbanización, que deberá ser minimizado con la puesta en marcha de las medidas de prevención ambiental y paisajística. Además, se ocuparán superficies cuyos observadores potenciales, desde las carreteras CV-35 y la CV-390, verán disminuida la calidad paisajística del entorno.

6.6.- EFECTOS SOBRE LA POBLACIÓN Y LA CALIDAD DE VIDA

Los factores socioeconómicos son de los más afectados por el desarrollo de documentos de ordenación urbana, ya que el fin último de éstos es la mejora y adecuación del hábitat urbano para aumentar el bienestar y el nivel de vida de la sociedad, dotando a la misma de los espacios necesarios para la vivienda, el trabajo, los equipamientos y el ocio-esparcimiento, potenciando el desarrollo económico y las comunicaciones.

En el terreno socioeconómico y cultural son múltiples las consecuencias que se pueden derivar del Plan General, aunque en ocasiones es difícil interpretar su carácter positivo o negativo. Sintéticamente, las principales alteraciones que pueden producirse son:

- Cambios en la estructura demográfica.

- Redistribución espacial de la población.

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- Cambios en las condiciones de circulación.

- Efecto sobre la salud humana de la contaminación atmosférica y los ruidos.

- Cambios en los sectores productivos asociados al territorio.

- Remodelación del sistema territorial.

Los efectos positivos sobre los factores naturales del medio deben suponer una mejora en la calidad de vida de los ciudadanos.

Así pues, se considera que el Plan General contribuirá a la valorización y diversificación del término municipal de Tuéjar, contribuyendo al desarrollo sostenible del mismo y, consecuentemente, a la calidad de vida y bienestar social de sus ciudadanos.

Entre otros, se destaca el objetivo de aumentar la dotación de equipamientos públicos y zonas verdes del municipio.

6.7.- EFECTOS SOBRE EL PATRIMONIO CULTURAL El patrimonio cultural de una población es una de las señas de identidad de sus habitantes. Por ello,

cualquier actuación debe valorar la posible afección a este tipo de bienes culturales.

Conforme al Artículo 62 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano: “Para la realización de obras, públicas o privadas, en inmuebles comprendidos en zonas o áreas de protección arqueológicos o paleontológicos, así como, en general, en todos aquellos en los que se conozca o presuma fundadamente la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos de interés relevante, el promotor de las obras deberá aportar al correspondiente expediente un estudio previo sobre los efectos que las obras proyectadas pudieran causar en los restos de esta naturaleza, suscrito por un técnico competente. Las actuaciones precisas para la elaboración de dicho estudio serán autorizadas por la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, que establecerá los criterios a los que se ha de ajustar la actuación, y se supervisarán por un arqueólogo o paleontólogo designado por la propia Conselleria.”

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7.- MEDIDAS PREVENTIVAS En este apartado se presentan las medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo

posible, contrarrestar cualquier efecto significativo negativo en el medio ambiente por la aplicación del Plan, para que no rebase los límites aceptables.

Prevenir el impacto ambiental significa introducir medidas protectoras y correctoras en la actuación o en el medio, de manera que se consiga:

- Corregir los efectos negativos.

- Incrementar los efectos positivos.

- Aprovechar mejor las oportunidades del medio para el desarrollo territorial del planeamiento.

Las medidas correctoras para corregir los efectos negativos tienen por objeto, por orden de preferencia:

- Evitar que ocurran, previendo su aparición y actuando en las fases iniciales.

- Mitigarlos hasta límites aceptables, caracterizando adecuadamente los impactos.

- Compensar por ellos, cuando los impactos sean inevitables, creando condiciones ambientales similares a las afectadas en lugares distintos a donde se produjo el impacto.

Las medidas correctoras más importantes se han adoptado durante la toma de decisiones y han consistido en proteger las zonas más vulnerables, de mayor calidad ecológica o de mayores riesgos ambientales, de la acción urbanizadora.

Se proponen las siguientes medidas para remediar los impactos ocasionados por el desarrollo del Plan General de Tuéjar.

7.1.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE LA ATMÓSFERA

7.1.1.- Protección de la calidad atmosférica En el documento de Plan General se prevén instalaciones o aparatos de vigilancia y control de la

contaminación lumínica, acústica y atmosférica que, por su carácter móvil, no se señalan en los planos.

La urbanización interior de los nuevos Sectores Urbanizables deberá minimizar la contaminación lumínica, conforme a las condiciones de buenas prácticas de alumbrado a establecer en sus Normas Urbanísticas. No se admitirá sistema de iluminación alguno fuera de los ámbitos urbanos o urbanizables desarrollados, más allá de posibles alumbrados de vigilancia o los necesarios para las actividades autorizadas en ellos.

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Con el objeto de mejorar los entornos urbanos, se plantea limitar la contaminación lumínica y los ruidos generados por los usos y actividades permitidos por el Plan en las diferentes Zonas de ordenación, conforme al Art. 8.2 del ROGTU. Se establecerán para ello normas limitando la iluminación y la emisión de ruidos a exterior, y puntos para instalaciones o aparatos de vigilancia y control de la contaminación lumínica, acústica y atmosférica, conforme al Art. 52 del ROGTU y demás normativa al respecto.

Los Planes Parciales o de Reforma Interior que se realicen en desarrollo del Plan deberán evitar la contaminación lumínica, procurando el empleo de sistemas de alumbrado de vapor de sodio, con luminarias de escasa altura, dirigiendo la iluminación hacia el suelo y evitando su dispersión. En especial se limitará la contaminación lumínica de la zona para actividades productivas propuesta, por su situación en un área de suelo rústico alejada del núcleo urbano, a exterior y en horario nocturno, reduciendo ésta al mínimo indispensable por seguridad y para el funcionamiento de las actividades previstas en él.

7.1.2.- Medidas preventivas generales en la fase de obras

Sobre la calidad del aire, se proponen las siguientes medidas con el fin de prevenir el impacto ambiental:

- Diseñar adecuadamente los edificios e infraestructuras para impedir el efecto barrera del viento, para lo que se tendrá en cuenta los vientos dominantes y sus características.

- Control de los niveles de emisiones y mantenimiento de los motores de la maquinaria de obra según indicaciones del fabricante.

- Control, mediante riego, de la suspensión de polvo en las operaciones de tránsito de vehículos, maquinaria e instalaciones, prestando especial atención a las plazas, pistas de acceso y zonas sin asfaltar, con el fin de afectar lo menos posible al ser humano y a las especies de flora y fauna del entorno.

- Mantenimiento efectivo de los viales de acceso a las áreas urbanizadas, para evitar la formación de polvo y la acumulación de barro en las vías de comunicación por el tránsito de camiones.

- La caja de los camiones, una vez cargados, irá cubierta de manera que se reduzcan las emisiones de partículas a la atmósfera. Se limitará la velocidad de los vehículos a 30 km/h en las obras para evitar la creación de nubes de polvo que dificulten temporalmente la visibilidad y afecten de forma negativa a la fauna y la flora.

- Incorporar criterios de arquitectura bioclimática en el diseño de las edificaciones destinadas tanto a vivienda como a equipamientos colectivos (orientación, apertura de ventanas,

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materiales de construcción, etc.), al objeto de disminuir los requerimientos energéticos de las actuaciones urbanísticas.

- Incorporar instalaciones energéticas, de energías renovables y/o más eficientes, especialmente placas fotovoltaicas para iluminación general y colectores solares para calefacción y agua sanitaria, con la finalidad de potenciar el ahorro energético y minimizar los gastos derivados del consumo.

Sobre la producción de olores, se debería:

- Aplicar sistemas de desodorización en las depuradoras de aguas residuales.

- Efectuar una recogida continuada de los residuos urbanos en contenedores debidamente cerrados, integrándose en el sistema de gestión de residuos urbanos del municipio.

Respecto a la producción de ruidos y vibraciones:

- No se consideran necesarias medidas correctoras para el transito de vehículos de obra por tratarse de impactos de pequeña magnitud (a demás de la limitación de velocidad antes mencionada).

- No se consideran necesarias medidas correctoras por ruido procedente de la recogida de residuos al corresponder a la entidad gestora la utilización de tecnologías que no superen los umbrales legales de protección en este ámbito.

- Se limitará la velocidad de los vehículos privados a 30 km/h en los viales de zonas urbanizadas, de forma que se reduzca la producción de ruido por rodadura y motores.

- Se realizarán, en caso de ser necesario para no superar los límites sonoros admisibles, pantallas acústicas en las que se tenga en cuenta el diseño paisajístico.

- Se instalarán barreras acústicas para separar los usos sensibles (residencial y zonas verdes) de lugares de emisión, atendiendo principalmente a las infraestructuras de comunicación.

En relación con la contaminación lumínica:

- Se utilizaran sistemas de iluminación que no proyecten la radiación directa fuera de las zonas urbanas, en particular sobre las formaciones vegetales o carreteras.

- Se evitará la proyección de haces lumínicos hacia la bóveda celeste.

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7.2.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE EL SUELO

7.2.1.- Utilización racional del suelo Como se analiza en el apartado 2.1.1 de la Memoria Justificativa del Plan, entre los objetivos

prioritarios del Plan se encuentra fomentar un uso racional del suelo, aprovechando sus potencialidades para satisfacer los deseos de la población, pero conservando sus principales valores ambientales y evitando los riesgos que una sobreexplotación conllevaría.

El Plan propone como desarrollo lógico completar primero las áreas de Suelo Urbano vacante del planeamiento vigente (incluidas en parte en Unidades de Ejecución ya previstas y solo parcialmente desarrolladas), y después la nueva área de expansión antes referida, limitada a completar la ronda de la CV-390 en el borde Oeste del casco. Su ubicación facilita su conexión aprovechando las infraestructuras existentes, conforme al modelo de ciudad compacta defendido por la LOTPP. En coherencia con ello, se proponen tipologías y edificabilidades de densidad similar a la del casco actual.

La nueva área de expansión venía señalada en parte como No Urbanizable de Reserva para uso dotacional (a Norte y Sur del Polideportivo) y en parte como No Urbanizable protegida (zona Protección Agrícola). Esta protección es de limitado valor ambiental, ya que se encuentra notablemente antropizada por los usos agrícolas actuales, de escaso valor económico en los últimos años por su baja rentabilidad, lo que está llevando al abandono de los cultivos o su sustitución por plantaciones de secano, con menor coste de mano de obra, y cuenta con una amplia zona protegida, por lo que la reclasificación de esta superficie no supone cambios considerables en el conjunto, ni altera sustancialmente el modelo territorial. No obstante, se propone proteger el resto del área de cultivos de regadío, añadiendo a su valor agrícola el paisajístico, por configurar el entorno rural del casco urbano y por su vinculación a los usos y costumbres locales.

Respecto a las demás áreas protegidas, con el nuevo Plan se mantienen y se amplían, adaptándolas a los diferentes valores y riesgos ambientales, y limitando los usos a los compatibles con la conservación de estos valores: los suelos forestales, los cauces de agua, las zonas de ribera, los pozos y fuentes, las redes de acequias y caminos rurales, y los elementos de interés cultural.

No se admitirá la reclasificación de Suelo No Urbanizable Protegido con el presente Plan por su valor o riesgo ambiental o incidencia en el paisaje, o que haya sufrido los efectos de un incendio, conforme a los Art. 59 LFCV, 14.1 de la LOTPP y 25.1 del ROGTU. Se excluyen por ello del proceso urbanizador en particular las áreas señaladas con Protección Especial, Forestal, y de Cauces y Barrancos. La reclasificación de nuevas áreas requerirá una justificación detallada de sus afecciones ambientales y de la necesidad de su implantación en este ámbito, manteniendo siempre una prudente distancia con las zonas de mayor valor, para mitigar sus impactos.

En cualquier caso, los cambios de clasificación que se propongan deberán:

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- Revisar el Plan General cuando se superen los límites establecidos en las NNUU para ello.

- Motivar suficientemente, a juicio de la administración competente, la necesidad o el interés público a que obedezcan y el carácter inaplazable y urgente de su satisfacción.

- Justificar la coherencia de la propuesta con el Modelo territorial expuesto en este documento.

- Separar usos incompatibles o limitarlos en las zonas colindantes hasta que resulten compatibles, si ello es posible. En particular se deberá evitar la proximidad entre las zonas residenciales e industriales, procurando siempre accesos independientes para ellas.

- Aportar compromiso suficiente de su simultánea urbanización, con los parámetros de calidad señalados en estas Normas, y de su conexión a las infraestructuras y servicios urbanísticos existentes.

- Evitar altas densidades o tipologías de edificación que den lugar a volúmenes superiores a los existentes en su entorno.

- Evitar bajas densidades o tipologías que den lugar a una elevada ocupación de suelo por edificación.

- Mantener los cauces de barrancos y sus riberas libres de urbanización, como corredores verdes para la fauna y la vegetación del lugar.

- Mantener las vías de comunicación existentes y la red de acequias, garantizando su funcionalidad.

- Justificar la adecuación paisajística a su entorno, cuidando en particular los bordes urbanos, delimitados preferentemente por viales ajardinados (con arbolado y arbustos perimetrales como mínimo) o Zonas Verdes.

- Contar con transporte público hasta el casco urbano, y prever las reservas de suelo necesarias para su implantación.

La reclasificación como Urbanizables de nuevas áreas, en los ámbitos y con las condiciones señaladas para ello, requerirá la ampliación de la Red Primaria que ello exija conforme al Art. 19 del ROGTU, y en particular:

- La obligación de ceder gratuitamente a la administración Suelo No Urbanizable Protegido, como Parque Público Natural de Red Primaria, en una superficie igual a la reclasificada, conforme a lo señalado en los Art. 13.6 de la LOTPP y 20 del ROGTU, preferentemente en las áreas señaladas como tales en este documento.

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- Conllevar un crecimiento proporcional de las infraestructuras y dotaciones públicas, para dar servicio a las nuevas demandas que supongan las nuevas zonas Urbanizables y mejorar los porcentajes dotacionales de la población.

- Contar con acceso rodado y red viaria para tráfico no motorizado, mediante viales incluidos en la Red Primaria y conectados a la red viaria existente.

- Conectarse a la red de saneamiento municipal, ejecutando las ampliaciones que ello requiera, o contar con su propia red colectiva y depuración previa al vertido, conforme a la reglamentación al respecto.

- Contar con redes separativas de pluviales y fecales, instalaciones de pretratamiento de las aguas pluviales (para eliminar sólidos en suspensión, aceites o grasas arrastrados) y las que se requieran para la reutilización de todas estas aguas para usos no potables.

- Demostrar documentalmente la disponibilidad de agua para las necesidades previstas, con informe favorable del organismo de cuenca competente conforme al Art. 19.2 de la LOTPP, con caudal y presión suficientes para el normal abastecimiento y el funcionamiento de la red de hidrantes.

- Primar los sistemas que supongan un menor consumo de recursos, en particular de agua y suelo.

- Las conexiones a todas las redes de instalaciones existentes que requiera deberán ser subterráneas desde el punto de conexión hasta el Sector correspondiente. Las redes de instalaciones en los suelos dotacionales del interior del Sector deberán ser igualmente subterráneas, no admitiéndose ningún tipo de instalación aérea en los mismos.

El desarrollo de los Sectores Urbanizables propuestos requerirá la previa o simultánea realización de las conexiones y mejoras de la Red Primaria establecidas como condición para su ejecución. No se deberá admitir el desarrollo de ningún Sector si éstas no se encuentran realizadas en su totalidad, en particular la depuración de vertidos y los suministros y accesos, con las condiciones establecidas en el Plan.

Se consideran mejoras a tener en cuenta en la adjudicación de Programas:

a) El mayor compromiso razonable del urbanizador de destinar los terrenos en que se concrete su retribución en especie a la promoción de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública, conforme al Art. 16 del ROGTU.

b) La cesión de suelos dotacionales o protegidos por sus valores ambientales o culturales, además de los establecidos por el planeamiento para la actuación, sin cargo a los propietarios del área.

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c) La implantación de sistemas que reduzcan el consumo de agua (como la reutilización de las aguas residuales) o de energía (como el empleo de energías renovables o de luminarias de bajo consumo).

d) Las que faciliten la conservación de la urbanización, como sistemas de riego por goteo o de limpieza de viales, el empleo de materiales de mayor durabilidad o la adaptación de las infraestructuras a las necesidades futuras.

e) Las que mejoren la conexión e integración con su entorno, urbano y rústico.

La ocupación de suelo con valor agrícola en la zona urbanizable, por su situación en áreas de cultivos, supone la eliminación de este uso en su ámbito.

Como medidas protectoras se propone:

- Ocupar la menor superficie posible de este suelo en la implantación de las instalaciones necesarias.

- Utilizar el suelo vegetal para zonas verdes y ajardinadas, evitando que se mezcle con el suelo inerte, conforme al punto 1 de este capítulo.

- Evitar la compactación del suelo natural en las zonas de paso o almacenamiento de vehículos, mediante laboreo sencillo de la tierra para facilitar la restitución de su estructura edáfica.

- Desplazar la maquinaria y establecer los viales siguiendo las curvas de nivel, evitando regueros y escorrentías.

- Reponer el perfil del terreno acabadas las obras, preferentemente mediante tierras recogidas, acopiadas y seleccionadas de entre las extraídas en el sitio.

En áreas afectadas por procesos erosivos, se propone:

- Recuperar la capa edáfica superficial.

- Fomentar la estabilización del suelo con vegetación o cultivos protectores, según proceda.

- Reforestar con vegetación autóctona presente en su entorno, especialmente en las áreas más erosionadas.

- Realizar cortavientos con plantaciones en las zonas más expuestas a erosión eólica.

- Evitar escorrentías superficiales y el lavado del suelo en las zonas más erosionables, mediante la excavación de canales, obras de drenaje, reduciendo la pendiente, altura y

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longitud de los taludes o terraplenes, cubriéndolos con vegetación y protegiendo las capas bajas de sedimentos.

7.2.2.- Medidas preventivas generales en la fase de obra Con el fin de prevenir el impacto sobre la calidad del suelo, se proponen las siguientes medidas:

- Con carácter previo a la ocupación del terreno, se procederá a la retirada de las tierras vegetales, así como a su laboreo y acondicionamiento de forma que pueda ser utilizada en los trabajos de restauración. Estos acopios de tierra vegetal se situarán en lugares llanos, con buen drenaje de agua de lluvia y protegidos de la erosión hídrica y eólica. La altura máxima de los acopios no excederá en ningún caso de 1,5 m. Durante periodos de tiempo prolongados (más de 1 mes) serán estabilizados mediante una siembra de semillas de especies de gramíneas y leguminosas.

- Respetar las estructuras de retención de agua y suelo existentes, evitando modificar las cuencas y los cursos de agua tanto permanentes como temporales.

- Se reservarán espacios controlados y aislados para el almacenamiento de sustancias peligrosas y residuos de obra, así como el transporte de estas mercancías a expertos cualificados. Al finalizar los trabajos de obra se procederá a la retirada a vertederos autorizado de los distintos residuos generados.

- Se retirarán por gestor autorizado de residuos peligrosos los aceites usados y los neumáticos fuera de uso, o cualquier otro residuo calificado como tal, procedente de las obras de urbanización.

- Sobre los suelos compactados donde hubiera tenido lugar la ocupación de infraestructuras o viales de labor se procederá a utilizar el subsolador previamente a la extensión del suelo.

- Se habilitarán una única zona de servicios donde se localizará el parque de maquinaria. Esta zona será ubicada dentro de la zona de los nuevos sectores urbanizables.

- Se impedirá el tránsito de personas y vehículos fuera de las áreas habilitadas para ello o en zonas colindantes a las formaciones vegetales, para evitar la compactación del suelo.

7.3.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE LOS RECURSOS HÍDRICOS

7.3.1.- Uso eficiente del agua Como se analiza en el apartado 2.1.1 de la Memoria Justificativa del Plan, se condiciona con carácter

general el desarrollo de los usos y actividades en el término a justificar la capacidad de suministro de agua

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para los mismos, conforme a los estudios específicos de caudal y calidad del agua que se aporten para su desarrollo, y de los informes del organismo responsable de la cuenca hidrográfica.

El cálculo del consumo estimado en los Suelos Urbanos o Urbanizables previstos en el Plan se encuentra desarrollado en el apartado 5.2 del Estudio de los recursos Hídricos, por lo que se remite a él.

7.3.2.- Protección de la calidad del agua Como se analiza en el apartado 2.1.1 de la Memoria Justificativa del Plan, las aguas para el consumo

humano deberán cumplir los requisitos de calidad y potabilidad establecidos en su normativa, en particular las Directivas 80/778/CEE y 98/83/CE sobre calidad de las aguas destinadas al consumo humano, la Reglamentación Técnico Sanitaria aprobada mediante el RD 1138/1990, y el Decreto 24/1984 de la Generalitat Valenciana sobre normas de control y garantías sanitarias de abastecimientos de aguas para consumo público.

Si las dotaciones de los nuevos usos requirieran un consumo superior al aquí previsto, será requisito para su implantación aportar Estudio de los recursos Hídricos, debiendo justificar la capacidad para su abastecimiento, el empleo de agua reciclada para todos los usos que no requieran agua potable y la realización de las instalaciones necesarias para todo ello.

Para conseguir el uso más eficiente de los recursos hídricos (conforme al Art. 17.c de la LOTPP, sobre Uso sostenible del agua), se proponen las siguientes medidas para todas las actuaciones urbanísticas en el municipio:

- Crear sistemas de saneamiento separativos, evitando los problemas que generan las lluvias torrenciales en los colectores (sobredimensión, desbordamiento, etc.), y facilitando la reutilización las aguas pluviales y, previo control sanitario, las residuales depuradas, para riego de las zonas verdes, de las áreas ajardinadas interiores de parcelas o de las zonas agrícolas próximas, estaques, limpieza, protección contra incendios u otros usos admisibles, cumpliendo los mínimos de calidad de las aguas establecidos por la normativa. Para ello se deberá crear la necesaria infraestructura con cargo a los Sectores correspondientes, incluyendo una instalación de tratamiento de las aguas pluviales previo al punto de vertido, con el fin de eliminar sólidos en suspensión, aceites o grasas arrastrados.

- La Estación Depuradora y los aliviaderos de pluviales deberán contar con instalaciones para la reutilización del agua depurada, incluyendo depósito de almacenamiento, bombeo y conexión a red de riego, con objeto de minimizar el consumo.

- Las aguas no potables (a utilizar para riego u otros usos compatibles) deberán conducirse por redes independientes de las de abastecimiento de la población.

- Se deberá contar con sistemas de riego por goteo conectados a la red de aguas no potables, para

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las zonas verdes, áreas ajardinadas y alcorques en viales.

- En las zonas verdes y áreas ajardinadas (públicas y privadas) se deberá emplear preferentemente vegetación de especies autóctonas, presentes en su entorno y que requieran escaso consumo de agua.

Los principales cauces de agua, permanentes o estacionales, presentes en el término se incluyen en la Zona de Protección de Cauces y Barrancos (SNUPB) o en la de Protección Especial (SNUPE). En ellos y en sus zonas de ribera se limitan las posibles actuaciones por su importancia en la red hidrológica y para la conservación de este ambiente, previniendo al tiempo del riesgo de inundaciones. También se recogen como zonas protegidas por Riesgo de Inundación (SNUPR) la señaladas en el PATRICOVA.

Los pozos de abastecimiento de la población y fuentes del municipio se incluyen en general en la zona de Protección de Pozos y Fuentes (SNUPP), que comprende el área entorno a ellos, con un círculo de radio 300 m para las captaciones de agua destinadas a consumo humano (conforme a lo establecido en los Art. 18.1.d de la LOTPP y 38 del ROGTU) y de 100 m para el resto de captaciones. El Plan limitará las actuaciones en estas zonas, a fin de evitar su contaminación y sobre-explotación.

No se admitirán captaciones sin las autorizaciones correspondientes, y previo estudio que justifique el caudal a extraer y su afección sobre el acuífero.

• Vertidos de aguas residuales.

En aplicación de la Ley de Aguas, se deberá prohibir el vertido directo o indirecto a los cauces, lagunas o acuíferos subterráneos, de aguas residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, así como la acumulación de residuos que puedan constituir un peligro de contaminación de las aguas o de degradación del entorno. La implantación de actividades industriales o de otro tipo que puedan suponer la producción de residuos no previstos en la actual EDAR o que no se pudiera conectar a ella, deberá contar con las medidas correctoras pertinentes para su depuración hasta los parámetros de vertido contemplados en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. El área de reserva para actividades productivas prevista, alejado del casco urbano, deberá contar con su propia EDAR, como condición para su desarrollo.

• Vertidos de residuos sólidos.

Únicamente podrán realizarse en los lugares expresamente acondicionados para este fin. En los vertederos clandestinos o legales colmatados se deberán aplicar medidas de regeneración del paisaje, que incluyan su limpieza y estabilización de taludes mediante plantaciones autóctonas.

• Conservación de los recursos de agua.

En las Zonas Verdes o ajardinadas señaladas por el Plan se deberán emplear especies vegetales de bajo consumo de agua y sistemas de riego por goteo. En las nuevas áreas urbanizablse a desarrollar, se

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propone el empleo de sistemas de saneamiento separativos, y reutilizar en lo posible las aguas pluviales y las residuales previamente depuradas, para riego y limpieza.

Además de estas medidas, se considera necesario:

- Contar con el deslinde claro del dominio público de cauces y barrancos.

- Implantar los sistemas de tratamiento de residuos necesarios.

- Reducir a niveles admisibles la carga contaminante de los vertidos.

- Separar los vertidos en origen, para facilitar el tratamiento adecuado de cada uno de ellos previamente a su reutilización o vertido.

- Recircular las aguas usadas, evitando su deterioro.

- Prever el tratamiento de vertidos accidentales y descargas bruscas.

- Para actividades agrícolas, aplicar las Normas del Código Valenciano de Buenas Prácticas Agrarias (Orden de 29-3-2000, de la Consellería de Agricultura) y fomentar un eficaz uso de fertilizantes y productos fitosanitarios, evitando especialmente el empleo de abonos con alto contenido de nitratos por su riesgo de contaminación, e insecticidas no biodegradables (como DDT y afines) por su agresividad sobre la fauna.

7.3.3.- Protección de cauces y frente al riesgo de inundación

Para cualquier actuación próxima a los cauces, se proponen las siguientes medidas:

- Los cauces y drenajes naturales se mantendrán limpios, comprobándolo con la periodicidad requerida.

- Las obras que crucen cauces o barrancos se diseñarán con luces generosas y sistemas constructivos que minimicen la afección a la vegetación y a los cauces.

- Se prohibirán las construcciones, equipamientos o instalaciones que dificulten el paso de las aguas.

- Las construcciones en estas zonas se diseñarán de modo que permitan la circulación de las aguas, prohibiéndose los sótanos, elevando la cota de suelo de planta baja y colocando la maquinaria sobre bancadas.

- Se prohibirá el almacenamiento de residuos tóxicos o peligrosos en zonas inundables.

- Se protegen además por riesgo de inundación todas las zonas señaladas con él en el

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PATRICOVA.

- Todos los proyectos de obras que afecten a cauces de agua, sean continuos o discontinuos, deberán ir acompañados de los correspondientes estudios de inundabilidad.

- Las actuaciones en estos ámbitos deberán contar con Informe favorable de los organismos encargados de las obras de defensa y encauzamiento frente a avenidas, en especial de la Confederación Hidrográfica del Júcar y de la Conselleria competente en la materia.

7.3.4.- Medidas preventivas generales en la fase de obras

Sobre la calidad del agua, se deberán tomar las siguientes medidas:

- El diseño de los trabajos se hará de modo que no supongan riesgo de alcance del cauce por materiales en suspensión, escombros, etc.

- Cuando se prevea la posibilidad de contaminación, se colocarán balsas de decantación que intercepten las zonas de escorrentía antes de alcanzar el cauce.

- El emplazamiento del parque de maquinaria se situará fuera del dominio público hidráulico y de su zona de servidumbre.

- Se reservarán espacios controlados y aislados de almacenamiento de sustancias peligrosas y residuos de obra, así como el transporte de estas mercancías a expertos cualificados. Al finalizar los trabajos de obra se procederá a la retirada a vertederos autorizado de los distintos residuos generados.

- Se efectuará el control de los puntos de vertido en los momentos de máximo uso.

- Se tratará de minimizar la escorrentía mediante implantación de vegetación adecuada, favoreciendo la infiltración del agua de lluvia y evitando la erosión en las zonas no impermeabilizadas.

- Se implantarán redes separativas que faciliten un sistema independiente de canalización de aguas pluviales y de saneamiento.

- Se evitarán los usos y actividades por cuya ejecución, ya sea en funcionamiento normal o por accidente, pudiera producirse contaminación significativa de cualquier cauce próximo.

- Se efectuará una recogida continuada de los residuos urbanos en contenedores debidamente cerrados, integrándose en el sistema de gestión de residuos urbanos del municipio.

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- Se impedirá el acceso de los vehículos privados a las zonas de los cauces, mediante obstáculos o cerramientos naturales de los vehículos privados para evitar posibles vertidos involuntarios o intencionados de sustancias contaminantes.

En relación a los recursos hídricos, se deberá:

- Asegurar la utilización de dispositivos de bajo consumo de agua en las edificaciones y en los sistemas de riego.

- Incorporar instalaciones sanitarias de bajo consumo de agua, así como el diseño de redes de conducción que permitan la recirculación del recurso para usos sucesivos (por ejemplo, aguas de lavado y aseo dirigidas a cisternas).

Sobre los drenajes naturales, se deberán llevar a cabo las siguientes medidas:

- Planificar detalladamente los movimientos de tierra con la finalidad de reducir al máximo las superficies de suelo alteradas y las actuaciones de restauración posteriores.

- Minimizar los movimientos de tierra y los desmontes, mediante una adecuada planificación y zonificación de las distintas acciones vinculadas.

- Impedir el tránsito de maquinaria y el aparcamiento de la misma fuera de la zona de obras y, en su caso, de la zona delimitada para su movimiento.

- Utilizar de pavimentos drenantes o porosos en espacios públicos.

- Minimizar la escorrentía mediante implantación de vegetación adecuada, favoreciendo la infiltración del agua de lluvia y evitando la erosión en zonas no impermeabilizadas.

- Implantar redes separativas, que faciliten un sistema independiente de canalización de aguas pluviales.

- Disminuir las pendientes de los taludes en las zonas modificadas, para evitar procesos erosivos.

- Construir muros de contención cuando sea necesario para evitar deslizamientos del suelo y posibles desprendimientos de materiales.

7.4.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE LA VEGETACIÓN Y FAUNA

7.4.1.- La protección del medio natural Como se analiza en el apartado 2.1.1 de la Memoria Justificativa del Plan, se clasifican como Suelo

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No Urbanizable, con carácter general, los terrenos excluidos del proceso de urbanización por la presencia de valores a proteger, riesgos ambientales elevados o simplemente por no estar prevista su urbanización, conforme al Art. 1 de la LSNU. En los espacios de interés para la conservación por motivos ambientales se señalan diversas protecciones, en función de las características de cada suelo, con los siguientes objetivos:

- En la Zona de Protección Especial (SNUPE), que comprende los ámbitos con figuras de protección ambiental aprobadas (LIC del Alto Turia y Paraje Natural Municipal nacimiento del Río Tuéjar), fomentar la conservación de sus valores ambientales con arreglo a su normativa de aplicación. Lo mismo se propone para la ZEPA del Alto Turia y Sierra del Negrete, aunque no se señala por abarcar la totalidad del término.

- En la Zona de Protección Forestal (SNUPF), que comprende los suelos naturales, seminaturales o incultos de entidad considerable, con vegetación de interés para la conservación, fomentar la conservación de la vegetación y fauna asociada, evitando actividades que incrementen la erosión o el riesgo de previendo contaminación de acuíferos, dada su elevada vulnerabilidad.

- En la Zona de Protección Agrícola-Paisajística (SNUPA), que comprende las zonas de regadío de las terrazas aluviales entorno a las riberas del río Tuéjar, junto al casco urbano, fomentar la conservación de su uso y paisaje agrícolas.

- En la Zona de Protección de Cauces y Barrancos (SNUPB), que comprende las riberas del río Tuéjar, en la parte Este del término, evitar nuevas transformaciones de suelo y actuaciones que pudieran perjudicar la conservación de sus valores ambientales, conforme a los Art. 14.5 de la LOTPP y 33 del ROGTU.

- En la Zona de Protección de Pozos y Fuentes (SNUPP), que comprende estos elementos con un círculo de radio 300 m para las captaciones de agua destinadas a consumo humano y de 100 m para el resto, con objeto de evitar la contaminación y sobre-explotación de los acuíferos, permitiendo únicamente actuaciones de escaso potencial contaminante y que cuenten con las medidas correctoras que garanticen su no afección a los acuíferos.

- En las Zonas de Protección Riesgo de inundación (SNUPR), que comprende las áreas con este riesgo conforme al PATRICOVA, con niveles de riesgo 1 y 6, en el Estudio de Inundabilidad realizado por la Confederación Hidrográfica del Júcar para éste tramo del río Tuéjar, y la zona de acumulación de aguas y conos de inundación al Sur-Este del casco señalada en el Documento de Referencia, se aplicará lo regulado en él para sus niveles de riesgo respectivo, prohibiendo toda reclasificación en las zonas de riesgo Alto y los usos señalados en su Normativa.

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Además de estas protecciones por motivos ambientales, el Plan protege:

- Por motivos Culturales, los elementos de patrimonio inmueble de interés para la conservación y su entorno inmediato, incluyéndolos en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, estableciendo normas específicas para su protección.

- Por aplicación de la normativa sectorial, las principales infraestructuras del municipio y de conexión con su entorno, que forman parte además de la Red Primaria de reservas de suelo dotacional, facilitando su protección. En estas zonas únicamente se admitirán actuaciones previa autorización de la administración competente, y con las limitaciones señaladas en su normativa sectorial correspondiente. Se incluyen en ellas las carreteras y las vías pecuarias, por su valor cultural además de por su uso para la población.

Las reclasificaciones de suelo que se pretendan con posterioridad a la aprobación de este Plan deberán ajustarse a estos criterios de protección.

Los Planes o Proyectos que desarrollen las determinaciones del presente Plan podrán redelimitar las áreas establecidas en el mismo para una mejor adecuación a sus valores ambientales o a condiciones más idóneas para su desarrollo conforme a las previsiones del Plan, sin alterar los aprovechamientos urbanísticos de las áreas que lo tuvieran. Estas redelimitaciones se deberán tramitar mediante las figuras de planeamiento correspondientes, con arreglo a la LUV. Cuando excedan los límites establecidos para la revisión del planeamiento general, deberá procederse a ella.

Se proponen las siguientes directrices para la conservación del patrimonio vegetal del municipio:

- Evitar obras o instalaciones en zonas con vegetación de especies singulares, protegidas o endemismos.

- Evitar el uso de especies alóctonas fuera del casco urbano para evitar su dispersión. En especial debe evitarse el uso de especies de los géneros Opuntia y Agave, y árboles y arbustos como Robinia pseudoacacia, Nicotiana glauca y Ailanthus altissima.

- Evitar la realización de marcas o señales con pintura u otros materiales en los árboles.

- Evitar el vertido de escombros en lugares no autorizados.

- Limitar la extracción maderera en lugares con alto riego de erosión, como laderas de pronunciada pendiente.

- Evitar los aclareos o labores silvícolas, salvo en los siguientes casos:

- Extracciones por motivos fitosanitarios o para prevención de daños por caída sobre personas o bienes.

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- Aclareos post-incendio, conforme a programas de actuación para el caso a largo plazo.

- Aclareos para reducción de combustibilidad en las inmediaciones de pistas forestales.

- En las nuevas zonas a urbanizar se proponen la revegetación de las nuevas Zonas Verdes con especies autóctonas propias de este ambiente.

- Con carácter general, se propone evitar el tráfico motorizado fuera de la red viaria, salvo para los usos debidamente autorizados.

Se proponen las siguientes directrices sobre conservación de las especies de fauna protegidas:

- Evitar voladuras, ruidos y vibraciones en zonas y épocas de reproducción.

- Realizar inspección previa de la zona afectada por obras, y respetar los nidos detectados.

- Evitar que las obras, instalaciones o cerramientos de parcela impidan la conexión entre hábitats de interés y el libre desplamiento de la fauna silvestre.

- Detectar las zonas de cruce de carreteras por la fauna y establecer medidas para evitar colisiones, como pasos adecuados para la fauna, limitar la velocidad o facilitar la visibilidad en ellos.

- Detectar las zonas más sensibles para la fauna y establecer medidas para evitar perturbaciones en ellas, como iluminaciones innecesarias, paso de vehículos o aparcamientos.

- Señalizar los tendidos de instalaciones aéreos con estructuras visibles por aves de gran tamaño (salvapájaros) para evitar colisiones y electrocución.

7.4.2.- Medidas preventivas generales en la fase de obras

Sobre las formaciones vegetales y las especies de interés, se deben cumplir las siguientes medidas:

- Vigilar el tránsito de maquinaria pesada y restringirlo al máximo, evitando su acceso a las zonas naturales.

- Se evitará, siempre que sea posible, la destrucción de la vegetación autóctona, integrándola en las zonas urbanizadas.

- Se evitara las extracciones y aprovechamientos de áridos u otros recursos abióticos, en longitud superior a los 50 metros lineales de los cauces o márgenes.

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- Priorizar y potenciar la conservación de la vegetación autóctona, y en particular de ejemplares o especies notables.

- Se evitará la introducción de especies exóticas, susceptibles de convertirse en invasoras, en las zonas a ajardinar o restaurar.

- Revegetar los taludes, terraplenes y otros terrenos afectados por movimientos de tierra, con especies autóctonas y propias de la zona.

- En actuaciones urbanísticas colindantes con zonas de monte, disponer de hidrantes preparados para las labores de lucha contra incendios.

- Con objeto de recuperar la flora y los hábitats faunísticos, y facilitar la integración paisajística, se procederá a la plantación y siembra de especies autóctonas en los lugares previstos para ajardinar o restaurar.

- La plantación incluirá, cuando los suelos lo requieran por no disponer de acopios suficientes o calidad adecuada, aporte de tierra vegetal, fertilizantes, enmiendas y los laboreos necesarios.

- Se retirarán por gestor autorizado de residuos peligrosos los aceites usados y los neumáticos fuera de uso, o cualquier otro residuo calificado como tal, procedente de las obras de urbanización.

- Se efectuará una recogida continuada de los residuos urbanos en contenedores debidamente cerrados, integrándose en el sistema de gestión de residuos urbanos del municipio.

- Se impedirá el acceso no previsto de los vehículos privados desde los nuevos sectores urbanizables a las zonas naturales, mediante obstáculos o cerramientos, desde los nuevos sectores urbanizables de los vehículos privados para evitar posibles vertidos involuntarios o intencionados de sustancias contaminantes.

- Se limitará el paso a lugares de interés o sensibles (localizaciones de especies catalogadas, hábitats prioritarios, etc.)

- Se procederá a incluir, dentro de las acciones de sensibilización ambiental del municipio, algunas que informen de las características naturales de la zona y de las medidas dirigidas a limitar los impactos ambientales en el entorno, como: no transitar fuera de los caminos, no producir ruidos no molestar a la fauna, no efectuar cortas o arrancar especies vegetales, no depositar basuras, etc.

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En relación a las especies de fauna de interés:

- Vigilar el tránsito de maquinaria pesada y restringirlo al máximo, evitando su acceso a las zonas naturales.

- Se propone se reduzcan los trabajos de urbanización generadores de ruidos y vibraciones a momentos fuera de la época de reproducción y cría de las especies faunísticas (aprox. marzo a junio) en las proximidades de los hábitat y áreas sensibles de las especies protegidas.

- Trasladar los ejemplares de especies con poca movilidad (reptiles, anfibios) existentes en las áreas directamente afectadas por ocupación, y liberalos inmediatamente en áreas próximas de calidad apropiada para la especie.

- Colocar en los tendidos eléctricos dispositivos salvapájaros y aislantes, con objeto de evitar la electrocución o choque de las aves cuando proceda.

- Las zonas de aparcamiento de las máquinas se ubicarán lo más lejos posible de las zonas naturales, para evitar la afección de la fauna por el ruido.

- Las medidas dirigidas a la protección de las formaciones vegetales responsables de las perdidas de hábitat coinciden con la mayoría de las propuestas en el punto anterior.

- Las medidas dirigidas al control de los impactos producidos por la generación de residuos coinciden con la mayoría de las propuestas en el punto anterior.

- El tráfico rodado, tanto de maquinaria en obra como de vehículos privados, limitará su velocidad en el ámbito de los nuevos sectores de suelo urbanizable a 30 Km/hora, para evitar atropellos.

- Se impedirá el acceso no previsto de los vehículos privados desde los nuevos sectores urbanizables a las zonas naturales, mediante obstáculos o cerramientos, desde los nuevos sectores urbanizables de los vehículos privados para evitar posibles vertidos involuntarios o intencionados de sustancias contaminantes.

- Con objeto de recuperar la flora y los hábitats faunísticos, y facilitar la integración paisajística, se procederá a la plantación y siembra de especies autóctonas en los lugares previstos para ajardinar o restaurar.

- Las conducciones eléctricas en el ámbito de los nuevos sectores de suelo urbanizable discurrirán por canalizaciones subterráneas, con objeto de evitar colisiones de aves y electrocuciones de la fauna terrestre. En los tendidos eléctricos aéreos, se aplicarán las medidas anticolisión y antielectrocución para las aves en los apoyos y cables eléctricos.

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- Se limitará el paso a lugares de interés o sensibles (como áreas de nidificación de especies protegidas, por ejemplo).

- Se utilizaran sistemas de iluminación que no proyecten la radiación directa fuera del ámbito de los suelos urbanizados.

- Se procederá a incluir, dentro de las acciones de sensibilización ambiental del municipio, algunas que informen de las características naturales de la zona y de las medidas dirigidas a limitar los impactos ambientales en el entorno, como: no transitar fuera de los caminos, no producir ruidos, no molestar a la fauna, no efectuar cortas o arrancar especies vegetales, no depositar basuras, etc.

- Estas últimas acciones se orientarán también específicamente a los colectivos de cazadores y pescadores, buscando su colaboración en la conservación del entorno natural.

- Se emplearán productos fitosanitarios poco agresivos para la fauna silvestre de la zona.

- Se propiciará desarrollar medidas compensatorias del tipo: colocar bebederos, charcas de reproducción de anfibios, refugios, etc.; instalar nidales para aves y adecuar lugares para la colonización por parte de quirópteros.

7.5.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE EL PAISAJE

7.5.1.- Protección y puesta en valor del paisaje Para la ampliación del Suelo Urbanizable no se admitirá la reclasificación de Suelo No Urbanizable

Protegido por su valor o riesgo ambiental o incidencia en el paisaje, o que haya sufrido los efectos de un incendio, conforme al Art. 14.1 de la LOTPP.

En el Suelo No Urbanizable Común se deberán armonizar las construcciones con el paisaje tradicional agrícola del municipio.

No se admitirá la reclasificación de Suelo No Urbanizable Protegido con el presente Plan por su valor o riesgo ambiental o incidencia en el paisaje, o que haya sufrido los efectos de un incendio, conforme a los Art. 59 LFCV, 14.1 de la LOTPP y 25.1 del ROGTU. Se excluyen por ello del proceso urbanizador en particular las áreas señaladas con Protección Especial, Forestal, y de Cauces y Barrancos. La reclasificación de nuevas áreas requerirá una justificación detallada de sus afecciones ambientales y de la necesidad de su implantación en este ámbito, manteniendo siempre una prudente distancia con las zonas de mayor valor, para mitigar sus impactos.

Se propone preservar el carácter de las unidades del paisaje afectadas por las zonas urbanas (Núcleo histórico, Zona de expansión y Rural agrícola de Regadío y de Secano, herbáceos y leñosos), procurando

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evitar su alteración con elementos discordantes o integrar en ellas las actuaciones propuestas y los nuevos Sectores de Suelo Urbanizable.

Como se analiza en el apartado 2.2.1 de la Memoria Justificativa del Plan, los Estudios de Paisaje o de Integración Paisajística que se realicen en desarrollo del Plan deberán:

Identificar los hitos geográficos y las características del territorio que constituyan referentes del paisaje del ámbito afectado. Se propone para ello mantener el perfil urbano del núcleo tradicional y evitar edificación con tipologías y volúmenes discordantes.

Reducir en lo posible el impacto de la edificación en el paisaje, procurando configurar el borde urbano con Zonas Verdes o viales perimetrales ajardinados (con arbolado de porte alto y arbustos), evitando medianeras o traseras de edificación vistas, volúmenes grandes y simples, colores y materiales de acabado estridentes, y alterar en lo posible la topografía inicial.

Desarrollar Programas de imagen urbana para los bordes urbanos, las áreas de protección ambiental o cultural del casco, y las zonas afectadas por el desarrollo de los Sectores Urbanizables propuestos, estudiando sus fachadas, definiendo sus límites e integrando las tipologías previstas con la edificación preexistente.

Como medidas protectoras contra la contaminación luminosa, se propone realizar la red de alumbrado público mediante farolas bajas, emitiendo la luz hacia el suelo y con carcasa de protección, evitando la iluminación dispersa, principalmente en las zonas de borde urbano, siempre que lo permita la seguridad viaria. Se proponen como condiciones concretas para las redes de alumbrado público en la nueva zona residencial:

Lámparas de vapor de sodio de alta presión (VSAP) o vapor de sodio de baja presión (VSBP), excepto en los casos en los que se pretenda iluminar monumentos, edificaciones singulares o similares.

Luminarias con carcasa superior y grupo óptico (lámpara alojada en el interior de un reflector aluminizado, que recupera la iluminación hacia el cielo y la dirige hacia el suelo), preferentemente de vidrio plano, de manera que el flujo superior emitido sea inferior al 2% del total saliente, con una inclinación máxima de 5º (10º para las de vidrio plano) respecto a la horizontal y viseras laterales para evitar la difusión de la luz fuera del ámbito a iluminar, con reductores de flujo programados en función del horario.

En viales para vehículos no motorizados:

- Altura máxima de las luminarias: 4 m.

- Potencia máxima de las luminarias: 70 w.

- Nivel máximo de iluminación: 15 lux.

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En viales para vehículos motorizados, salvo cuando requiera otras condiciones la iluminación de carreteras:

- Altura máxima de las luminarias: 8 m.

- Potencia máxima de las luminarias: 150 w.

- Nivel máximo de iluminación: 20 lux.

- La red de alumbrado general deberá contar con equipos centralizados de regulación de flujo en los centros de mando, reduciendo la intensidad de iluminación y el consumo eléctrico como mínimo un 50% durante la madrugada.

- Los alumbrados de carácter ornamental, deportivo y de anuncios luminosos deberán evitar la emisión de luz fuera del ámbito a iluminar, y se deberán apagar fuera del horario en que se requieran, en particular tras la media noche, permaneciendo únicamente los de seguridad y con el flujo limitado al mínimo necesario.

- La iluminación en los bordes urbanos y construcciones aisladas en entorno rural deberá evitar deslumbramientos, proyectando en general la iluminación hacia el suelo.

No se admitirán:

- Luminarias monocromáticas.

- Fuentes de luz que emitan por encima de la horizontal, como proyectores o láseres.

- Tubos fluorescentes, salvo los de luz cálida o temperatura de color inferior a 3.800 K, en luminarias similares a las empotrables a techo y dirigidas totalmente hacia el suelo.

- Lámparas de emisión ultravioleta superior al 15% de la radiación total, por debajo de los 400 mm.

- Las columnas o báculos se deberán adaptar al entorno para reducir su impacto visual. Si son metálicos, se deberán pintar de color negro mate, y las carcasas del mismo color o en verde oscuro mate.

- Cumplir las recomendaciones del Comité Español de Iluminación y del Comité Internacional de Iluminación para el diseño de los sistemas de alumbrado, iluminación, luminancia y uniformidad de la luz, y la Guía del alumbrado público del IDAE, evitando excesos de iluminación injustificados.

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7.5.2.- Medidas preventivas generales en la fase de obras

En relación a la calidad intrínseca del paisaje, se debe tener presente lo detallado a continuación:

- Se definirá un modelo arquitectónico en las ordenanzas sobre condiciones estéticas de edificación que respete las características de las edificaciones de la comarca, en cuanto a tonalidades, formas y materiales de construcción, con la finalidad de favorecer la integración paisajística de los elementos construidos.

- Se propone adecuarse a la arquitectura popular de la zona y procurar el uso de los materiales de construcción tradicionales.

- Mitigar el impacto mediante el uso de pantallas de camuflaje y vegetales.

- Imitar la distribución natural de la vegetación del entorno.

- Integrar cromática y tipológicamente las edificaciones e infraestructuras de los sectores edificables.

- Diseñar la zonificación de usos encaminada a minimizar la alteración de los elementos paisajísticos de mayor interés.

- Se efectuará una recogida continuada de los residuos urbanos en contenedores debidamente cerrados, integrándose en el sistema de gestión de residuos urbanos del municipio.

- Con objeto de recuperar la flora y los hábitats faunísticos y facilitar la integración paisajística, se procederá a la plantación y siembra de especies autóctonas en los lugares previstos para ajardinar o restaurar.

Sobre la incidencia visual, hay que remarcar lo siguiente:

- No se prevén medidas correctoras dirigidas a atenuar los efectos de la utilización de grúas y estructuras elevadas en fase de obra dada su temporalidad.

- Elegir ubicaciones poco visibles desde el exterior para evitar el impacto sobre todo de elementos de las instalaciones y equipamientos de uso residencial.

- Evitar interceptar líneas visuales de elementos emblemáticos y catalogados dentro de los núcleos de población al desarrollar las nuevas urbanizaciones.

- Usar pantallas paisajísticas en caso de que sea necesario para interceptar líneas visuales con núcleos de población o infraestructuras.

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- Diseñar los elementos de la actuación en consonancia con el exterior de la zona: alturas, formas, líneas, etc.

- Ajustar las edificaciones al relieve de la zona y perfil del núcleo tradicional.

- Las conducciones eléctricas y de telecomunicaciones ocuparán canalizaciones subterráneas, con objeto de evitar su visibilidad dentro del ámbito del Plan.

- Se utilizaran sistemas de iluminación que no proyecten la radiación directa fuera del suelo urbanizado.

7.6.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE LA POBLACIÓN Y LA CALIDAD DE VIDA

7.6.1.- Mejora del entorno urbano Como se analiza en el apartado 2.2.1 de la Memoria Justificativa del Plan, con objeto de mejorar la

calidad de vida de la población y determinar de forma provisional los objetivos de calidad paisajística, conforme a lo dispuesto en los Art. 5.1.a de la LOTPP y 28.b del RPje, se propone:

- Establecer medidas de protección para los elementos característicos del Núcleo Histórico: la trama urbana, su volumetría, las tipologías, materiales y modos tradicionales de construir, y los elementos singulares, adaptados a las distintas zonas dentro de él (Recinto Musulmán Amurallado, Barrio Extramuros, Arrabal y Expansión posterior a la Conquista, y Expansión a partir del siglo XVII). Se pretende con ello una homogeneidad de materiales, volumetría y composición de fachadas, manteniendo el perfil del casco y los tipos tradicionales, y evitando elementos discordantes. Para ello se propone:

- Fomentar la rehabilitación y conservación de los edificios con tipologías, materiales o sistemas constructivos tradicionales.

- Protección ambiental de la trama urbana y los espacios más representativos.

- Protección singular de las construcciones con mayor valor histórico o patrimonial.

- Establecimiento de normas estéticas acordes a la arquitectura tradicional para las nuevas construcciones, manteniendo volumetría, tipologías edificatorias y características constructivas tradicionales propias del lugar.

- Potenciar la conservación y mantenimiento los edificios, permitiendo en su caso la reforma, restauración, rehabilitación o ampliación, y la edificación en solares vacantes, condicionado todo ello a la conservación del estilo y carácter del área. Se deberán aplicar para ello las medidas contenidas en el Art. 5.2.a del ROGTU.

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- Favorecer la conservación de la población residente, los usos y las actividades tradicionales.

- Limitar el tránsito y aparcamiento de vehículos privados en el Núcleo Histórico, sin perjuicio para los residentes ni para las actividades legalmente establecidas en él.

- Incrementar las dotaciones públicas en las zonas urbanas, generando espacios libres, rehabilitando o construyendo edificios con destino a equipamientos públicos o viviendas sujetas a algún régimen de protección pública. Se deberán aplicar para ello las medidas contenidas en el Art. 5.2.b del ROGTU.

- Restaurar y consolidar las zonas urbanas y periurbanas, proporcionando un borde definido al núcleo de población que configure su fachada urbana, especialmente en las vistas desde las principales vías de comunicación.

- En las zonas colindantes a carreteras (CV-35 y CV-390), establecer las medidas correctoras necesarias para no superar los límites sonoros admisibles en función de los usos previstos. Caso de resultar necesarias, se implantarían pantallas antirruido conforme al Art. 8.1 del ROGTU.

- Reducir en lo posible el tráfico motorizado a través de las áreas urbanas, desviándolo hacia viales periféricos y reservando áreas para aparcamientos disuasorios a la entrada de la población.

- Limitar la contaminación lumínica y los ruidos generados por los usos y actividades permitidos por el Plan en las diferentes Zonas de ordenación, conforme al Art. 8.2 del ROGTU. Se establecerán para ello normas limitando la iluminación y la emisión de ruidos a exterior, y puntos para instalaciones o aparatos de vigilancia y control de la contaminación lumínica, acústica y atmosférica, conforme al Art. 52 del ROGTU y demás normativa al respecto.

- Homogeneizar las tipologías edificatorias en cada Zona de Ordenación prevista, evitando las diferencias notables de edificación y volumetría en parcelas contiguas que ahora se producen.

- Integrar paisajísticamente los nuevos Sectores Urbanizables propuestos con las áreas colindantes del casco urbano.

- Preservar el carácter de las unidades del paisaje afectadas por las zonas urbanas (Núcleo histórico, Zona de expansión y Rural agrícola de Regadío y de Secano, herbáceos y leñosos), procurando evitar su alteración con elementos discordantes o integrar en ellas las actuaciones propuestas y los nuevos Sectores de Suelo Urbanizable.

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- Definir una red de itinerarios paisajísticos para senderismo y eco-turismo, apoyada en las vías pecuarias y caminos rurales que cruzan el municipio, que relacionen los hitos, elementos sobresalientes del paisaje o los que configuran su carácter, con el sistema de espacios abiertos. Los itinerarios a proponer, partirán del casco urbano y comunican con los elementos más sobresalientes del paisaje.

Todo ello vendrá recogido en el Estudio de Paisaje, de acuerdo con los Art. 11 y 30 de la LOTPP. Para la gestión de las actuaciones propuestas para la mejora de los entornos urbanos, se propone la realización de Programas de Restauración Paisajística y Programas de Imagen Urbana, conforme a lo previsto en los Art. 27.3 y 36 de la LOTPP respectivamente, en particular para los bordes urbanos.

Las principales carencias dotacionales detectadas en el casco urbano son: de Zonas Verdes públicas acondicionadas como tales, de Equipamientos de tipo cultural, deportivo o asistencial (paliadas por las recientes dotaciones de la Residencia, el Jardín de la calle Hondonera, el Auditorio y la Piscina), de accesibilidad motorizada a la parte más antigua de la población y de falta de continuidad de la red viaria en los bordes urbanos. El Plan establece como objetivo básico mejorar el nivel dotacional en todas las áreas urbanas, y propone para ello:

- Completar la obtención del área destinada a Zona Verde de la colina de San Cristóbal, y su acondicionamiento como tal, con cargo a los suelos no consolidados en su entorno.

- Completar la red viaria entorno al casco mediante actuaciones integradas en las zonas sin consolidar, previendo para ello Unidades de Ejecución y Áreas de Reparto que faciliten su gestión.

- Acondicionar áreas para aparcamientos públicos disuasorios en las zonas más próximas al Núcleo Histórico Tradicional, evitando el tráfico a través de él, y en las entradas a la población, así como plazas de aparcamiento para discapacitados, especialmente junto a zonas verdes y equipamientos. Para ello se proponen reservas para aparcamiento público en los suelos urbanizables, superiores a los mínimos de la legislación (Capítulo V Sección 1ª del ROGTU), a la entrada de la población desde la CV-35 y junto al Núcleo Histórico Tradicional, a cargo de las Actuaciones Integradas que se planteen.

- Establecer amplias reservas de suelo para dotaciones que suplan las carencias de éstas en la población en los suelos urbanizables.

- Medidas para mejorar el aprovechamiento del potencial turístico, cultural y recreativo del término, dados sus elevados valores naturales, como la creación de una red de senderos que conecte las principales áreas con estos valores, completando su acondicionamiento compatible con su conservación, con un Centro de Interpretación en la población.

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7.6.2.- Fomento de la movilidad urbana sostenible Conforme al apartado 2.2.2 de la Memoria Justificativa del Plan y al Estudio de movilidad del Plan, se

analizan los desplazamientos generados por el mismo y su afección a la red viaria existente y propuesta, justificando la capacidad o mejoras necesarias para satisfacer esta demanda.

Con objeto de fomentar el transporte público en el municipio y facilitar la accesibilidad de los ciudadanos, se propone en el Plan:

- Señalar las reservas de suelo necesarias para las vías de comunicación que cruzan el municipio, conforme a la legislación sectorial al respecto, e incluir todas ellas en la Red Primaria o Estructural de dotaciones públicas, facilitando el acceso al municipio.

- Señalar recorridos no motorizados, peatonales y para bicicletas, separados del tránsito rodado y seguros, que permitan la conexión interurbana y el acceso a los equipamientos y dotaciones que conforman la ordenación estructural.

Con objeto de mejorar la calidad del ambiente urbano se propone, en relación con la movilidad:

- Limitar el tránsito y aparcamiento de vehículos privados en el casco urbano de la población, particularmente en la zona de Núcleo Histórico, sin perjuicio para los residentes ni para las actividades legalmente establecidas en él.

- Establecer amplias reservas para aparcamiento privado en los nuevos Sectores Urbanizables propuestos, superando el mínimo señalado en el Capítulo V Sección 1ª del ROGTU a fin de reducir el número de vehículos estacionados en viales públicos.

Aunque excede de las posibilidades del Plan, se recoge la propuesta señalada en el Art. 7 de la LOTPP de fomentar la implantación de servicios regulares de transporte público y colectivo, y de instalaciones que faciliten la intermodalidad en los medios de transporte, y que fomenten y hagan atractivo el uso del mismo. Se propondrá para ello la mejora del transporte público en las comunicaciones con las principales poblaciones de su entorno, reservando el suelo que se estime necesario para ello en el Plan.

7.6.3.- Equipamientos y dotaciones públicas Como se analiza en el apartado 2.2.3 de la Memoria Justificativa del Plan, a continuación se

enumeran, a modo de síntesis, los equipamientos y dotaciones públicas con los que se pretende dotar al municipio:

Recreativo-deportivo (PRD):

• Pistas al aire libre complementarias a las existentes en el Polideportivo municipal.

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Educativo-cultural (PED):

• Ludoteca (en proyecto).

• Centro de interpretación de la naturaleza.

Asistencial (PTD):

• Suelo destinado a viviendas públicas dedicadas a residencia permanente en régimen de alquiler para personas mayores, discapacitadas o menores de 35 años.

Para la prestación de servicios que no puede realizar el Ayuntamiento por sí solo, se propone coordinar con la administración supramunicipal correspondiente la gestión de los mismos. En particular se requerirá coordinación para los servicios de:

• Enseñanza superior y especializada.

• Atención sanitaria especializada.

• Gestión de residuos.

• Gestión del transporte público.

Administrativo-Institucional (PAD):

• Centros u oficinas que requiera la gestión de los servicios municipales para la población y los nuevos Sectores previstos.

Infraestructura-servicio urbano (PID):

• Sistemas separativos de las aguas pluviales y residuales para los nuevos Sectores.

• Sistemas para depósito y reutilización de las aguas pluviales y las residuales depuradas, para riego, limpieza u otros usos admisibles.

• La implantación de un Ecoparque, conforme a las condiciones establecidas por el Consorcio responsable de la valorización y eliminación de los residuos en el área.

• Sistemas para facilitar la recogida selectiva de residuos.

• Sistemas para implantación de instalaciones o aparatos de vigilancia y control de la contaminación lumínica, acústica y atmosférica.

Aparcamiento público de vehículos (AV):

• Aparcamientos disuasorios.

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7.6.4.- Acceso a la vivienda Como se analiza en el apartado 2.2.4 de la Memoria Justificativa y en el Estudio de necesidades de

Vivienda de Protección Pública y Libre del Plan, entre los objetivos principales de la política de vivienda supramunicipal se encuentra facilitar el acceso a la misma a la población, fomentando para ello la creación de Viviendas de Protección Pública, como señalan los Art. 9 de la LOTPP, 46.4 de la LUV, 14 del ROGTU y 10 de la LS.

Sin embargo, no se aprecia en el municipio una demanda importante de Viviendas de Protección Pública en la actualidad, y son escasas las construcciones recientes acogidas a ella, según los datos estadísticos consultados. La única área prevista para ello en el Plan vigente, la Unidad de Ejecución nº 1, no se ha desarrollado, aunque se ha aprobado recientemente su programación, reservando para VPP más de un 30% de su edificabilidad. No se han producido viviendas de protección pública en otras áreas, por lo que en la actualidad no existe oferta de VPP en el municipio, quedando el mercado de vivienda limitado a las viviendas libres.

Asumiendo en el Plan la necesidad de responder a esta demanda general de Viviendas de Protección Pública y satisfacer la posibles necesidades al respecto de la población actual del municipio, a petición del Ayuntamiento y conforme al estudio de demanda de vivienda en la población referido, se propone destinar a Viviendas en este régimen el 30% de las viviendas en los nuevos Sectores Urbanizables residenciales junto al casco, adecuados para ello por su uso pretendido como vivienda permanente y por su densidad de edificación prevista. A ello se destinará necesariamente el aprovechamiento correspondiente a la administración. Esta condición se incluirá en sus Fichas de Planeamiento y Gestión, y en los Proyectos de Reparcelación de esta área, debiendo establecer en ellas las compensaciones que correspondan a las parcelas en que se sitúen, con arreglo a las diferencias entre el valor del suelo residencial libre y el destinado a VPP.

7.7.- MEDIDAS PREVENTIVAS SOBRE EL PATRIMONIO CULTURAL

7.7.1.- Conservación y puesta en valor Conforme al apartado 2.1.4 de la Memoria Justificativa del Plan y al Catálogo de Bienes y Espacios

Protegidos, se protegen los espacios y bienes inmuebles que se consideran de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnológico, arquitectónico o botánico y los que integran un ambiente característico o tradicional, así como los que se pretenden conservar por su representatividad del acervo cultural común o por razones paisajísticas o por sus valores naturales, y los bienes inmuebles en el término que integran el patrimonio cultural Valenciano según su legislación específica, conforme al Art. 77 de la LUV. Se incluyen fichas individuales de cada elemento protegido, justificando los valores a proteger y las

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actuaciones permitidas en ellos. Este Catálogo se deberá ampliar incluyendo los nuevos elementos que se descubran o valoren de interés para la conservación, conforme a los conceptos anteriores.

Se señalan como Bienes de Interés Cultural (BIC) los elementos que cuentan con declaración como tales, expresamente o por aplicación de la LPHE o de la LPCV, y sus entornos de afección. La protección de estos elementos se deberá desarrollar mediante Planes Especiales de Protección específicos, conforme a los Art. 34.2 y 39 de la LPCV.

Se señalan como Bienes de Relevancia Local los elementos cuya significación a nivel municipal de carácter histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico, paleontológico o etnológico, justifica la aplicación del régimen de protección, las limitaciones y las medidas de fomento que la LPCV reserva a los bienes inventariados.

Se incluyen además en el Catálogo:

- Todos los yacimientos arqueológicos o paleontológico conocidos, en particular los que figuran en el Inventario General de la Dirección General de Patrimonio Artístico de la Consellería de Cultura, completados con la información obtenida sobre ellos. Su inclusión en el Catálogo del Plan tendrá por objeto contribuir a su conservación por medio de su conocimiento, debiendo extremarse las medidas de vigilancia y control de las actuaciones en sus entornos.

- Los elementos etnológicos que figuran en el Inventario General de la Dirección General de Patrimonio Artístico de la Consellería de Cultura, completados con aquellos que se consideren representativos de los usos y costumbres locales.

- Los elementos y espacios naturales de interés ambiental, tales como los árboles o arboledas singulares o representativas de la vegetación de su zona.

- Los elementos de Patrimonio arquitectónico más destacables o representativos de la edificación de su zona, por su valor histórico, artístico, paisajístico o ambiental, ejemplos de la arquitectura vernácula y de los modos tradicionales de construir.

Los niveles de protección y de intervención sobre ellos se establecen con arreglo al Art. 77 de la LUV y la Sección 8ª del Capítulo IV del ROGTU. Conforme a ellos, se proponen los siguientes niveles de protección:

- Integral para los elementos señalados como Bienes de Interés Cultural, Bienes de Relevancia Local, los yacimientos arqueológicos, los retablos cerámicos y los demás elementos catalogados que, por su valor histórico o fragilidad, requieran tal condición.

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- Parcial para los elementos no incluidos en el apartado anterior que, no siendo íntegramente merecedores de conservación, presenten elementos de valor intrínseco, en particular los elementos definitorios de su estructura arquitectónica o espacial.

- Ambiental para los elementos cuyo interés para la conservación resida en constituir un conjunto o entorno de valor intrínseco. Se aplicará en particular a los tejidos urbanos históricos y a los que configuran espacios de interés.

Para la recuperación de los elementos catalogados y del Núcleo Histórico, el Plan regulará un régimen de protección especial, estableciendo un nivel de intervención en los edificios preferentemente de conservación y mantenimiento y, en su caso, reforma, restauración, rehabilitación o ampliación, condicionado a la conservación del estilo y carácter de la zona.

7.7.2.- Revitalización del patrimonio rural Como se analiza en el apartado 2.1.5 de la Memoria Justificativa del Plan, con carácter general, se

procurará:

- Evitar la implantación de actividades calificadas susceptibles de producir perjuicios a la población, pudiendo el Ayuntamiento rechazar la propuesta si se considera que estos perjuicios superan a los beneficios que estas actuaciones pudieran reportar. En cualquier caso, se deberá cumplir lo establecido en la reglamentación sobre la actividad de que se trate y demás normativa de aplicación, incluyendo las medidas correctoras y las distancias a núcleos de población que se establezcan.

- Fomentar la conservación y conocimiento de los elementos de interés cultural, incluyéndolos en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, y evitando actuaciones que puedan dañarlos.

Con objeto de evitar la parcelación de fincas en Suelo No Urbanizable, que a menudo tiene por objeto la edificación fuera de la legalidad, se propone evitar segregaciones inferiores a la Unidad mínima de cultivo legalmente establecida, conforme al Decreto 217/99 de la GV.

Para la revitalización del patrimonio rural se propone, además de lo indicado, fomentar su conocimiento y disfrute públicos, potenciando recorridos de interés paisajístico-cultural, para senderismo y eco-turismo. Con ellos se pretende crear itinerarios paisajísticos, relacionando los diferentes sistemas de espacios abiertos en el municipio e integrando sus hitos paisajísticos. Estos senderos tendrán inicio preferiblemente en el casco urbano, para vincularlos a la población, y conectarán en lo posible con los caminos existentes de mayor interés.

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7.7.3.- Medidas preventivas generales en la fase de obras

Se prevé en el presente Informe de Sostenibilidad Ambiental que la aparición de restos arqueológicos o paleontológicos en el curso de las obras determinaría la obligación de suspender la actuación, delimitar el perímetro de afección y notificar inmediatamente a la Conselleria de Cultura i Esport al efecto de que se determinen las medidas oportunas, de conformidad con la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano.

7.8.- MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LOS DIFERENTES USOS

7.8.1.- Actividades industriales Para las Licencias de Actividades que puedan generar vertidos y/o residuos se exigirá justificación del

tratamiento que se les dará, conforme a la Orden de 17 de Julio de 1989 de la Consellería de Industria.

Los vertidos solo se podrán realizar bajo las siguientes condiciones:

- Se prohibirá el vertido directo o indirecto a los cauces, lagunas o acuíferos subterráneos, de aguas residuales susceptibles de alterarlas y producir daños, así como la acumulación de residuos que puedan constituir un peligro de contaminación de las aguas o de degradación del entorno, en aplicación de la Ley de Aguas.

- Se deberá cumplir lo establecido según recomendaciones sobre vertidos a la red de alcantarillado de la Entitat de Sanejament de la Generalitat Valenciana y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, u Ordenanza municipal sobre el tema.

- Cada industria a instalar deberá contar con sistema separativo de pluviales y fecales, tratando estas últimas con su propia estación de depuración previa al vertido, para garantizar el cumplimiento de las medidas anteriores.

- Las actividades industriales deberán contar con arqueta de registro previa a la conexión a la red municipal en zonas accesibles desde el exterior de la parcela, de forma que permita la inspección de vertidos conforme al Art. 32 del Decreto 266/1994, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano, para poder comprobar el cumplimiento de los límites vertido. Se recomienda también el cumplimiento de las mejoras en los tratamientos propuestos en el apartado 2.1.9 anterior.

- A las industrias existentes se les concederá un plazo para la adaptación de sus instalaciones al cumplimiento de estas medidas, estimado en dos años, pasado el cual se les deberá advertir de este deber y sancionar, hasta la retirada de la Licencia de Actividad si persiste su incumplimiento.

- En zonas de almacenamiento de materias primas o productos residuales, se recomienda la impermeabilización del suelo y dotación de imbornales de recogida de aguas pluviales conectadas a la red,

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 245

para evitar la contaminación por metales pesados.

- Se prohibirá el vertido directo o indirecto a los cauces, lagunas o acuíferos subterráneos, de aguas residuales susceptibles de alterarlas y producir daños, así como la acumulación de residuos que puedan constituir un peligro de contaminación de las aguas o de degradación del entorno, en aplicación de la Ley de Aguas.

- Las emisiones de polvo, vibraciones, humos y cualquier otro aspecto capaz de alterar el medio ambiente, se regirán por la legislación medio-ambiental y por la Normativa Urbanística al respecto.

7.8.2.- Actividades extractivas Para las Licencias de Actividades relacionadas con explotaciones extractivas, aunque en la actualidad

no se dan en el término y no son previsibles, se proponen exigir justificación del cumplimiento de las siguientes condiciones, para el caso de que se plantearan:

Además de las autorizaciones preceptivas de los organismos competentes, el solicitante deberá aportar al Ayuntamiento Estudio de Impacto Ambiental para la actividad y Plan de Restauración del espacio natural afectado, indicando:

- Información detallada sobre el lugar previsto para las labores extractivas y su entorno, con descripción del medio físico y referencia a su geología, hidrogeología, hidrología, climatología, vegetación, paisaje y demás elementos que permitan definir la configuración del medio.

- Descripción de los usos y aprovechamientos previstos, obras de infraestructura, instalaciones, servicios y características de la actividad.

- Medidas previstas para la restauración del espacio natural afectado, protección del paisaje, protección contra la contaminación del subsuelo, impacto sobre los recursos de la zona, almacenamientos de residuos, calendario de ejecución, coste estimado de la restauración, etc.

- La aprobación de este Plan de Restauración por el Ayuntamiento es requisito para la concesión de la Licencia.

- Se deberán realizar controles periódicos del cumplimiento de este Plan de Restauración.

7.8.3.- Actividades ganaderas Se deberá evitar su implantación en terrenos próximos a núcleos de población, cumpliendo las

limitaciones al respecto establecidas en la legislación sectorial correspondiente.

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Los residuos que generen deberán ser tratados adecuadamente y controlados periódicamente, conforme a la citada normativa.

7.8.4.- Zonas residenciales Las medidas correctoras de sus impactos se señalan en apartados anteriores, y consisten en la

completa dotación de los servicios e infraestructuras necesarios para evitar vertidos incontrolados, la recogida y tratamiento de residuos, y las actuaciones señaladas para mejorar su impacto paisajístico, sobre el suelo y la vegetación.

Como mejoras de la calidad ambiental en las zonas urbanas se propone conservar y potenciar las zonas arboladas y el suelo permeable, que reducen las temperaturas en verano y el gasto energético del acondicionamiento.

7.8.5.- Actividades turísticas Se deberá potenciar el turismo sostenible, vinculado a actividades de agricultura ecológica y a la

conservación del patrimonio cultural y rural, como complemento de las demás actividades productivas del municipio. Para ello, se propone a la administración municipal:

- Formar a personal especializado para asesoramiento en la materia.

- Facilitar la información de que se disponga para la promoción de actividades de este tipo.

- Realizar cursos de formación y talleres para el fomento de este tipo de actividades.

- Fomentar la conservación, restauración y rehabilitación de los elementos incluidos el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, como fomento del patrimonio rural.

- Desarrollar los Programas de Paisaje que se propongan para mejora de la imagen urbana y restauración paisajística, especialmente la creación de rutas de interés paisajístico, ecológico y cultural.

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8.- PROGRAMA DE SEGUIMIENTO

8.1.- INTRODUCCIÓN En este capítulo se da respuesta al apartado i) del Anexo 1 de la Ley 9/2006, en el que se define el

contenido mínimo del ISA. Dicho apartado determina que el ISA contendrá “una descripción de las medidas previstas para el seguimiento, de conformidad con el artículo 15”.

A su vez, el artículo 15 determina que los “órganos promotores deberán realizar un seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación o ejecución de los planes y programas, para identificar con prontitud los efectos adversos no previstos y permitir llevar a cabo las medidas adecuadas para evitarlos”. A estos efectos “para evitar duplicidades podrán utilizarse mecanismos de seguimiento ya existentes”.

Se han cumplimentado también, en el apartado 8.2, los Indicadores Ambientales señalados habitualmente en los Documentos de Referencia.

8.2.- INDICADORES AMBIENTALES Aun no contando con el Documento de Referencia emitido por la administración competente al

Documento Consultivo aprobado en Pleno del Ayuntamiento de Tuéjar el 4 de diciembre de 2008, se cumplimentan aquí los Indicadores Ambientales señalados habitualmente en Documentos de Referencia emitidos por este organismo a otros Planes Generales, con los datos de que se dispone. Los datos indicados del Plan vigente corresponden a los que figuran en el mismo, si bien pueden diferir de los que resultarían midiendo sobre la cartografía actual.

Los Indicadores de los que no se dispone de datos, se deberán completar con el Plan que desarrolle este documento.

8.2.1.- Protección del medio natural

I1.1 Porcentaje de Suelo No Urbanizable

• Plan vigente: 99,68%.

• Plan propuesto: 99,73%.

I1.2 Porcentaje de Suelo No Urbanizable Protegido

• Plan vigente: 81,48%.

• Plan propuesto: 89,01%.

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I1.3: M² de Suelo protegido por figuras e instrumentos ambientales y afecciones legales

ambientales. Suelo No Urbanizable Protegido no incluyendo las protecciones legales de infraestructuras.

• Plan vigente: 99.438.300 m²s.

• Plan propuesto: 107.784.617 m²s.

Superficie en el término protegida por otras figuras o instrumentos ambientales:

LIC del Alto Turia: 23.213.333 m²s

ZEPA del Alto Turia y Sierra del Negrete: 121.087.770 m²s (la totalidad del término).

Paraje Natural Municipal nacimiento del Río Tuéjar (en trámite): 6.147.246 m²s

Microrreservas de flora: “El Picarcho” (77.441,50 m²s) y “Riberas del río Tuéjar” (52.800,49 m²s). Total 130.241,99 m²s.

8.2.1.- Uso racional de los recursos naturales

8.2.1.1.- Suelo

I2.1. Porcentaje de Suelo Urbanizable y Urbano distinguido por usos (estimados, ya que

se definirán con la Ordenación Pormenorizada).

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Clasificación Uso global Plan propuesto Plan vigente

m2s % m2s %

Urbano

Residencial 147.439 47,14% 150.321 49,70%

Industrial 0 0,00% 12.480 4,13%

Dotacional Privado 2.233 0,71% 0 0,00%

Dotacional Público 163.116 52,15% 149.032 46,17%

Total SU 312.788 100,00% 311.833 100,00%

Urbanizable

Residencial 16.420 100,00% 90.700 100,00%

Industrial 0 0,00% 0 0,00%

Total SZ 16.420 100,00% 90.700 100,00%

Total SU+SZ 329.208 402.533

I2.2. Porcentaje de Suelo Protegido respecto al Suelo No Urbanizable

• Plan vigente: 70,25%.

• Plan propuesto: 89,26%.

I2.3. Nº de habitantes en suelo residencial respecto al nº de habitantes total

• Plan vigente: Se estima próximo al 100%.

• Plan propuesto: Se estima próximo al 100%.

8.2.1.2.- Recursos hídricos

I3.1. Consumo total por habitante y día

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

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I3.2. Distribución de la demanda: porcentaje residencial y servicios, industria y municipal

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I3.3. Porcentaje de viviendas conectadas a EDAR

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I3.4. Porcentaje de reutilización de agua depurada

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I3.5. Nº de vertidos ilegales detectados

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I3.6. Nº de actividades realizadas de mejoras en cauces

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

8.2.1.3.- Recursos energéticos

I4.1. Consumo total de energía por habitante

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

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I4.2. Consumo público, doméstico e industrial

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I4.3. Porcentaje de energía procedente de energías renovables

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I4.4. Porcentaje de viviendas con energía solar

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

8.2.2.- Prevención de riesgos naturales o inducidos I5.1. Porcentaje de población expuesta a riesgo sísmico

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto. El nivel de riesgo sísmico es bajo en todo el término, según se detalla en el apartado 2.1.10.6 del presente documento.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I5.2. Porcentaje de superficie con riesgo de inundación

• Según el PATRICOVA, se trata del 1’90% de la superficie.

I5.3. Nº de habitantes expuestos a riesgo de inundación

• Plan vigente: Suelo residencial en zonas con riesgo de inundación según el PATRICOVA (a nivel 6): 5.424 m²s neto en zona de Almacenes y 10.734 m²s bruto en Suelo Urbanizable Residencial.

• Plan propuesto: Suelo residencial en zonas con riesgo de inundación según el PATRICOVA (a nivel 6): 5.424 m²s m²s neto en zona de Viviendas Adosadas-1.

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I5.4. Distribución de usos del Suelo No Urbanizable

Usos Suelo No Urbanizable Plan propuesto Plan vigente

m2s % m2s %

Total SNU Protegido 107.784.617 89,01% 84.776.568 70,01%

Común A - Genérico 12.694.372 10,48% 35.848.437 29,61%

Común B - Núcleos Aislados 49.025 0,04% 0 0,00%

Común C - Reserva para uso residencial y actividades económicas 147.636 0,12%

0 0,00%

Común D - Reserva para construcciones vinculadas a usos agrícolas 6.896 0,01%

0 0,00%

Común E - Reserva para actividades productivas 50.947 0,04% 0 0,00%

Común F - PE Reserva Cementerio 25.070 0,02% 0 0,00%

Aprovechamiento Minero 0 0,00% 60.126,52 0,05%

Total SNU Común 12.973.945 10,71% 35.908.564 29,65%

Total término 121.087.770 100,00% 121.087.770 100,00%

I5.5. N° de instalaciones potencialmente contaminadoras del suelo instaladas en suelos

con alta vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos.

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I5.6. N° de actividades sometidas a Autorización Ambiental Integrada (AAI).

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

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8.2.3.- Prevención de la contaminación I6.1. Tm de residuos totales producidos anualmente

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I6.2. Kg de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) por habitante y día

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I6.3. Porcentaje de recogida selectiva

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I6.4. Distribución en gestión: % vertedero, % incineración, % reutilización y % reciclaje

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I6.5. Tm de residuos peligrosos gestionados

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I6.6. Tm de residuos de la construcción gestionados

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

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I6.7. Porcentaje de la población expuesta a niveles superiores a los establecidos en el

Anexo 1 de la Ley 7/2002

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I6.8. Nº de Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS) declaradas

• En el municipio de Tuéjar no existe ninguna ZAS declarada.

I6.9. Nº de Planes de mejora de la calidad del aire existentes (PMCA)

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

8.2.4.- Conservación y puesta en valor del patrimonio cultural I7.1. Nº de Bienes de Interés Cultural (BIC) declarados

En el municipio existen los siguientes BIC:

• Acueducto de la Peña Cortada

• Castillo de Tuéjar

• Iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles

• Recinto amurallado de Tuéjar

I7.2. Nº de actuaciones emprendidas para restaurar/declarar bienes de Patrimonio

Cultural

• Plan propuesto: Se incluye el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos en el planeamiento.

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8.2.5.- Pervivencia del patrimonio rural I8.1. Porcentaje de población que habita en medio rural

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I8.2. Porcentaje de suelo de alta capacidad agrológica en estado de abandono

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

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8.2.6.- Planificación sostenible de implantación de infraestructuras

I9.1. Distribución de población por modo de transporte (% coche, % público, % bicicleta,

% peatón)

• Plan vigente: No se dispone de datos al respecto.

• Plan propuesto: No se dispone de datos al respecto.

I9.2. Nº de autobuses de transporte municipal por habitante

• Plan vigente: Ninguno.

• Plan propuesto: Ninguno.

I9.3. Km de carril bici

• Plan vigente: 0 km.

• Plan propuesto: 56,936 km.

I9.4. Porcentaje de nuevas infraestructuras justificadas por aumento poblacional

• Plan propuesto: Dado que el Suelo Urbanizable propuesto supone un incremento de un 5% respecto al Suelo Urbano actual, se estima un incremento similar de infraestructuras.

8.3.- DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS PREVISTAS PARA EL SEGUIMIENTO

Conforme al Art. 14 de la LEA, una vez aprobado el Plan, el Ayuntamiento deberá poner a disposición del órgano ambiental, de las Administraciones públicas afectadas y del público consultados, los siguientes documentos:

a) El Plan aprobado. b) Una declaración que resuma los siguientes aspectos:

1. De qué manera se han integrado en el Plan los aspectos ambientales.

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2. Cómo se han tomado en consideración el informe de sostenibilidad ambiental, los resultados de las consultas, la memoria ambiental y, cuando proceda, las discrepancias que hayan podido surgir en el proceso.

3. Las razones de la elección del Plan aprobado, en relación con las alternativas consideradas. c) Las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan

o programa. d) Un resumen no técnico sobre la documentación contenida en los puntos b) y c).

El Ayuntamiento de Tuéjar, como promotor del Plan, deberá elaborar un informe de seguimiento de la actividad urbanística de su competencia, que deberá considerar al menos la sostenibilidad ambiental y económica a que se refiere el Art. 15 de la LS, con una periodicidad mínima anual. En él se deberán analizar los efectos en el medio ambiente de la aplicación o ejecución del Plan, para identificar con prontitud los efectos adversos no previstos y permitir llevar a cabo las medidas adecuadas para evitarlos realizar un seguimiento, conforme al Art. 15.1 de la LEA. El órgano ambiental correspondiente deberá participar en este seguimiento.

Dado que también el Plan de Participación Pública del Estudio de Paisaje contienen Planes de seguimiento, a fin de evitar duplicidades y que resulten más operativos, se procurará realizar todos ellos simultáneamente y utilizar los mecanismos de seguimiento ya existentes, conforme al Art. 15.2 de la LEA.

• Plan de Seguimiento (o Vigilancia Ambiental).

1. Finalidad:

- Comprobar que las medidas correctoras propuestas se han realizado. - Proporcionar advertencias inmediatas acerca de los valores alcanzados por los indicadores ambientales

preseleccionados. - Proporcionar información para verificar los impactos predichos y mejorar las técnicas de prevención de

impactos. - Proporcionar información de la calidad y oportunidad de las medidas correctoras adoptadas.

2. Impactos ambientales a considerar. Se seguirán aquellos impactos ambientales considerados más fuertes, y en concreto:

- Efectos inducidos en el modelo territorial y en los sectores económicos del municipio. - Afección de las aguas vertidas a cauces públicos. - Afección al paisaje. - Afección a la vegetación y la fauna. - Efectos inducidos en la erosión del suelo.

3. Indicadores ambientales.

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Para que el Plan de seguimiento resulte efectivo, se escogen unos pocos indicadores ambientales, fáciles de medir y representativos del sistema afectado, que se deberán analizar periódicamente y con frecuencia.

En el presente Plan se han escogido los siguientes indicadores:

- Disciplina urbanística. Comprobar si se han producido nuevas actuaciones, construcciones o actividades no autorizadas en el término, especialmente edificaciones dispersas en Suelo No Urbanizable, transformaciones agrícolas, aterramiento de cauces, instalaciones ganaderas, extracciones de agua, movimientos de tierra o apertura de nuevos caminos.

- Calidad de las aguas vertidas a cauce público. Analizar los datos suministrados por la entidad gestora de la EDAR, detectando si existen vertidos contaminantes no admisibles por la EDAR y su procedencia. En particular, comprobar el cumplimiento de las limitaciones a vertidos en la zona industrial, por su elevada vulnerabilidad a la contaminación y la presencia de actividades susceptibles de contaminación. Analizar el nivel de contaminación de las aguas en cauces públicos. Comprobar el estado de las redes de saneamiento y abastecimiento, detectando posibles fugas, riesgo de acúmulo de gases, vertidos ilegales, capacidad de evacuación de aguas y calidad de la depuración. Comprobar el estado de los aliviaderos y las instalaciones de pretratamiento de pluviales, para evitar el vertido a cauces de sólidos en suspensión, aceites o grasas arrastrados por las aguas de lluvia. Detectar si existen usos o actividades en el municipio que realicen vertidos sin control de depuración previa, especialmente si se realizan sobre los acuíferos que abastecen a la población.

- Calidad y caudal de los acuíferos que abastecen a la población. Analizar los datos suministrados por la entidad gestora del pozo que abastece a la población, sobre calidad para el consumo humano y caudal. Detectar si existen otras extracciones en los mismos acuíferos, a fin de evitar su sobre-explotación.

- Gestión de residuos. Comprobar el grado de cumplimiento de la recogida de residuos en todas las zonas urbanas. Comprobar el grado de cumplimiento de la gestión de residuos de construcción y demolición de las obras en el municipio. Detectar si existen vertidos incontrolados de residuos sólidos y su potencial contaminante.

- Calidad acústica. Comprobar si los niveles sonoros de recepción externa en las zonas residenciales colindantes a los principales focos de emisión (actividades industriales, carreteras y usos terciarios) superan los límites establecidos en la normativa al respecto, y la eficacia de las medidas correctoras propuestas en el Plan.

- Calidad atmosférica.

Comprobar si los niveles de emisiones atmosféricas en las actividades y la maquinaria utilizada en las obras se ajustan a la normativa de aplicación.

Caso de detectar las deficiencias aquí señaladas, se deberán proponer de forma inmediata las

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medidas concretas para evitar los riesgos ambientales que generan, además de la restitución de la legalidad urbanística y de los valores ambientales dañados.

4. Instrumentación y operación del Plan de seguimiento.

El desarrollo del Plan de seguimiento constará de:

- Toma de datos. Ésta se realizará en función del parámetro a considerar y de la actividad que provoca el

impacto a detectar.

- Análisis de los datos y evaluación del impacto.

- Plan de respuesta a las tendencias detectadas, sobre todo para aquellos impactos que han alcanzado los niveles críticos.

- Preparación de un informe periódico por técnicos competentes en las materias estudiadas, coordinado por el Director Ambiental. Este informe se deberá redactar anualmente, y deberá contener los niveles de impacto detectados, la eficacia observada de las medidas correctoras y la propuesta de corrección de los documentos del Plan para mejorar su eficacia o responder a las nuevas situaciones detectadas, en particular del propio Plan de seguimiento. Su incumplimiento motivará la no aprobación de los documentos de desarrollo en las áreas afectadas, y la orden de ejecución de las correcciones necesarias.

Se desarrollará mediante las siguientes fases: - Fase preliminar. Análisis de las medidas protectoras y correctoras propuestas en el ISA, con objeto de

realizar un Informe Preliminar evaluando los aspectos considerados.

- Fase de ejecución. Control de la aplicación de todas las medidas protectoras especificadas en el ISA y elaboración por el Director Ambiental de informes periódicos, remitidos al órgano con competencia en materia ambiental y/o a la Administración Autonómica o Local con competencia que lo solicite.

- Fase final. Elaboración de una memoria o informe anual, donde se evaluarán los resultados obtenidos en la aplicación de las medidas propuestas y, en su caso, los problemas detectados, siendo de gran importancia reflejar en dichos informes la detección, en su caso, de los efectos no previstos. Esta memoria o informe anual deberá ser remitido al órgano ambiental para su conocimiento.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 260

9.- RESUMEN NO TÉCNICO DE LA INFORMACIÓN El presente Informe de Sostenibilidad ambiental deriva de la entrada en vigor de la Ley 9/2006, de 28

de Abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (Boletín Oficial del Estado de 29/04/2006).

El objetivo dicha norma es el de promover un desarrollo sostenible, a efectos de conseguir un elevado grado de protección del medio ambiente, mediante la integración de los aspectos ambientales en la preparación y determinaciones de los planes o programas de actuación, valorando a priori aquellos aspectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

Desde la óptica de la sostenibilidad, el modelo de ordenación del territorio que se propone en el Plan General de Tuéjar es el mantenimiento de cierta estructura y de un cierto nivel de explotación sostenible de los sistemas no urbanos (rurales y naturales) y de un núcleo urbano único y compacto.

Con objeto de alcanzar el escenario sostenible para el término de Tuéjar, y de acuerdo con la normativa de protección ambiental y de aplicación al presente Informe, así como teniendo en cuenta las características ambientales que puedan verse afectadas por el plan, se han propuesto una serie de medidas que deberán servir para la planificación y ordenación territorial. Previamente se han establecido los objetivos de protección en cuánto a calidad de vida de los ciudadanos y desarrollo sostenible.

En este sentido, se consideran fundamentales las propuestas para la protección de los Lugares de Interés Comunitario (LIC’s), las zonas del territorio ocupadas por el Dominio Público Hidráulico, las vías pecuarias, los yacimientos arqueológicos, los Montes de Utilidad Pública y demás elementos de interés cultural o ambiental singular, dado que se les atribuye un elevado valor ambiental y paisajístico.

Durante la elaboración del planeamiento urbanístico y determinación de los usos que se proponen, se han tenido en cuenta las características de vulnerabilidad y capacidad del territorio, los riesgos ambientales existentes conforme a la Cartografía temática de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, urbanismo y vivienda, así como los Planes de Acción territorial y demás planes supramunicipales que le afectan. Además, se ha tenido en cuenta la valoración de aspectos paisajísticos del municipio.

La gestión de los residuos, tanto los generados actualmente como los previstos por los nuevos desarrollos residenciales, se circunscribirán a las directrices marcadas por el Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana.

De este modo, el planeamiento urbanístico define los usos del suelo y se convierte en la expresión del “modelo municipal” por el cuál se opta. En consecuencia, la inclusión de estas medidas en el planeamiento y su aplicación, acercará el municipio de Tuéjar a un escenario más sostenible.

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL - PLAN GENERAL DE TUÉJAR 261

10.- INFORME DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA

10.1.- INTRODUCCIÓN En este apartado se analiza la viabilidad económica de las alternativas y de las medidas preventivas

propuestas, conforme al Art. 15.4 de la LS. La revisión del planeamiento urbanístico de Tuéjar puede sintetizarse en tres grandes actuaciones con implicaciones económicas y que determinan su viabilidad económica:

- Dotar al municipio de espacios adecuados para la construcción de nuevas viviendas, tanto en régimen de protección como de régimen libre, que cubran la demanda prevista de viviendas.

- Posibilitar espacios adecuados para la implantación de actividades industriales-terciarias.

- Proteger aquellos espacios de elevado valor ambiental, paisajístico, cultural, etc. que garanticen un desarrollo sostenible y el bienestar de las personas.

Las dos primeras son estimables económicamente utilizando metodologías generalmente aceptadas y partiendo de los datos existentes en el mercado inmobiliario actual.

La valoración económica y, por lo tanto, la determinación de la viabilidad económica de la tercera presenta mayores dificultades. Aunque la ciencia económica ha desarrollado metodologías para la valoración económica de los aspectos ambientales, no han sido aceptadas de forma unánime por los expertos y agentes implicados, y todas ellas han sido objeto de numerosas críticas.

10.2.- VIABILIDAD ECONÓMICA DE LAS DETERMINACIONES RELATIVAS A LOS SUELOS URBANIZABLES RESIDENCIALES, INDUSTRIALES Y RED PRIMARIA PREVISTA EN EL PLAN

La metodología seguida para la estudiar la viabilidad económica de las determinaciones del plan relativas a los suelos urbanizables residenciales, industriales y red primaria se basa en establecer los costes de producción de los productos inmobiliarios y sus precios de venta. La comparación entre costes de producción y precios de ventas será indicador de la viabilidad económica de estas actuaciones.

Los costes de producción y los precios de venta de los productos inmobiliarios se calcularán de acuerdo con los datos actuales existentes del mercado inmobiliario del municipio, así como las determinaciones de la vigente legislación aplicable (como en el caso de las viviendas en régimen de protección pública).

El producto inmobiliario que se utilizará para el estudio es la vivienda o la nave industrial. Se comparará el coste de producción del metro cuadro de vivienda o metro cuadrado de nave industrial y los precios de venta del metro cuadrado de estos productos inmobiliarios.

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Es de destacar que la vivienda es un bien que podemos considerar como necesario, y que el acceso a la vivienda digna y adecuada es un derecho reconocido por la Constitución Española (Art. 47 de la CE), por lo que el planeamiento debe facilitarlo en condiciones adecuadas.

La actividad inmobiliaria, aunque haya periodos temporales de crisis como el presente, se considera un sector muy importante de la economía.

Comparando los precios de venta y los costes de producción de viviendas en régimen de protección, se considera que se produce un beneficio estimado de alrededor del 6%, lo cual determina la viabilidad económica de estas actuaciones.

Si se compara los precios de venta y los costes de producción de las viviendas libres, se pueden obtener rendimientos parecidos o mayores (en función del mercado), indicativo de la viabilidad económica de las actuaciones de viviendas libres.

Comparando los costes de producción y precios de venta de productos inmobiliarios industriales, se estima un beneficio económico mayor, entorno al 15 % (si bien es más variable, en función de la rentabilidad de las actividades que se implanten en ellas), claro indicativo de la viabilidad económica de este tipo de actuaciones.

A los beneficios económicos que reporta la actividad inmobiliaria, cabe añadir los beneficios difícilmente estimables económicamente, como son el bienestar de las personas que podrán disfrutar de dichas viviendas y el desarrollo económico general que se producirá por la implantación de nuevas industrias en el municipio, o los beneficios de la reubicación de industrias existentes en el casco urbano, que se desplazarán a los suelos industriales, mejorando las condiciones de vida de los habitantes del núcleo urbano residencial.

Las actuaciones propuestas tendrán también efectos negativos sobre el medio ambiente, como se ha descrito, destacando los relativos al incremento del consumo de recursos, como el suelo o el agua, y las transformaciones del territorio a que darán lugar. Para minimizarlos, se proponen en el documento medidas preventivas, reductoras y correctoras de los efectos negativos del Plan. La mayor parte de ellas se establecen como condiciones para el desarrollo de los nuevos Sectores Urbanizables y las Actuaciones Integradas propuestas en las zonas menos consolidadas del Suelo Urbano, por lo que su realización deberá quedar garantizada en los Programas de Actuación que los desarrollen, sin suponer costes para la administración, ni siquiera por el aprovechamiento de cesión obligatoria ya que está exento de cargas de urbanización en cumplimiento del Art. 16.1.b de la LS.

En el resto de las áreas urbanas, las principales propuestas son de mejora de la imagen urbana y la calidad de su urbanización. Deberán desarrollarse en los Programas de Paisaje que se incluyan en el Plan General. Su realización dependerá de la obtención de financiación (para su ejecución y mantenimiento) y de

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la disponibilidad del suelo necesario (además de las autorizaciones de las administraciones competentes), por lo que no compromete a la hacienda local, ya que no se podrán realizar si no cuentan con estos requisitos.

La obtención del Parque Público Natural propuesto se plantea gratuita para la administración, por cesión de los nuevos suelos residenciales reclasificados. Por si ello no se produjera, se establece que las áreas propuestas como Parque Público Natural solo alcanzarán la condición de suelo dotacional si son efectivamente cedidas para este uso, aplicándoles mientras tanto el régimen del suelo establecido en función de su clasificación y calificación. Se propone en ellas mantener en lo posible la vegetación y usos actuales, reduciendo los costes de mantenimiento.

Aunque la implantación de estos servicios y dotaciones en zonas urbanizables no suponga cargas para la administración, sí lo supondrá su mantenimiento y la prestación de los servicios resultantes, al pasar a ser de titularidad pública una vez se reciban las obras. Como contribución a ese mantenimiento cabría considerar los impuestos y el cobro de servicios que conllevarán las licencias y actividades que en ellos se generen. Pero ello dependerá de la efectiva construcción y ocupación en los solares resultantes. Para ponderar su impacto en las Haciendas Públicas afectadas, para la aprobación de los Programas para el desarrollo de estas actuaciones se deberá incluir un informe o memoria de sostenibilidad económica, conforme al Art. 15.4 de la LS.

Las mejoras dotacionales se espera que supongan un incremento del turismo y los servicios, que deberán aprovecharse para sufragar los gastos de mantenimiento o reinvertir en mejoras para potenciar los elementos de interés de la población, que motivan su atractivo.

Como medidas para reducir los consumos de recursos y costes de mantenimiento, se proponen las siguientes (a desarrollar con más detalle en el Plan General):

- Sistemas para la reutilización de las aguas pluviales y residuales depuradas.

- Sistemas de riego por goteo.

- Empleo de vegetación que requiera consumos de agua y cuidados reducidos en todas las zonas verdes o ajardinadas.

- Sistemas reductores del consumo eléctrico, especialmente en alumbrado público.

- Fomento de las energías renovables.

- Fomento del transporte no motorizado.

El desarrollo de los Planes de seguimiento, vigilancia y control ambiental, así como la protección del patrimonio señalado en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, debe ser realizado por los técnicos

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municipales, con las ayudas que precisen para realizar esta labor, para lo que deberá ser el Ayuntamiento quien facilite los medios para ello, a incluir en sus presupuestos municipales.

El cumplimiento de las medidas preventivas, reductoras y correctoras en Suelo No Urbanizable previstas en el Plan no requiere gastos especiales, bastando mantener la necesaria disciplina urbanística en el municipio por los medios de vigilancia y control del Ayuntamiento, con las ayudas pertinentes de la administración superior.

10.3.- VIABILIDAD ECONÓMICA DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE LOS ESPACIOS DE ELEVADO VALOR AMBIENTAL, PAISAJÍSTICO Y CULTURAL PREVISTOS EN EL PLAN

Como ya se ha comentado, la valoración económica de los beneficios económicos que reporta la protección y conservación del medio ambiente, así como su correcta gestión, no cuenta con una metodología comúnmente aceptada y las metodologías propuestas no están exentas de críticas.

No obstante, los expertos en la materia suelen coincidir en los enormes beneficios que reportan las medidas de protección, conservación y gestión del medio ambiente. Las funciones económicas que realiza el medio ambiente se pueden clasificar en:

a) Funciones de soporte. El medio ambiente proporciona el sustrato físico de las actividades humanas.

b) Funciones de producción conjunta. Se trata de relaciones en las que las decisiones humanas son predominantes, pero el medio ambiente tiene un papel activo. Se incluirían aquí las funciones de producción agrícola, producción animal, etc.

c) Funciones de producción natural: energía solar, viento, regulación del agua, materias primas, nutrientes, productos medicinales, etc.

d) Funciones de significación cultural, científica, cultural, contemplación, etc.

e) Funciones de hábitat, ya que el medio ambiente determina y define el “hogar ecológico” de los hombres y del resto de los seres vivos.

f) Funciones de procesado. Se refieren a la capacidad de la naturaleza para amortiguar los riesgos y peligros de las actividades humanas, sobre todo en relación con los residuos producidos por ellas.

g) Funciones de regulación, evitando inundaciones, erosión del suelo productivo, niveles de radiación excesivos, etc.

Todas estas funciones que realiza el medio ambiente son necesarias para el correcto funcionamiento

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de la vida humana, o bien disminuyen los costes económicos de preservar la calidad de vida (costes para evitar las perdidas por inundaciones, efectos sobre la salud de contaminantes, etc).

Las previsiones del planeamiento respecto a la conservación y protección de los espacios de elevado valor ambiental del municipio se dirigen precisamente al mantenimiento de las funciones antes descritas y, por lo tanto, al manteniendo y recuperación de dichas funciones en el municipio.

La viabilidad económica de las determinaciones del planeamiento referentes a la protección y conservación del medio ambiente se considera justificada, ya que es el soporte del desarrollo económico del municipio y evita costes en la reparación de daños ligados a los riesgos naturales.

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11.- CONCLUSIÓN Tras lo expuesto a lo largo del presente Informe de Sostenibilidad Ambiental del Avance del Plan

General de Tuéjar, se permanece a disposición del organismo ambiental competente en materia de evaluación ambiental estratégica, para cuantas aclaraciones sean oportunas, a fin de valorar la protección del medio ambiente y la integración de los aspectos ambientales en la adopción de un nuevo instrumento de planificación urbanística municipal.

El contenido y nivel de detalle del presente informe es coherente con la concreción del documento evaluado, y cumple con las observaciones realizadas en el Documento Consultivo presentado por el órgano promotor del Plan General, el Ayuntamiento de Tuéjar. El presente Informe de Sostenibilidad Ambiental se ha elaborado de forma interactiva con el instrumento de planeamiento urbanístico, la Versión Preliminar del Plan General de Tuéjar, de modo que éste ha ido incorporando las sugerencias y recomendaciones que desde la perspectiva del ISA se consideraban necesarias para mejorar la integración ambiental del Plan General.

Por todo lo anterior, se concluye la viabilidad ambiental del documento evaluado, sin perjuicio de posteriores aportaciones al mismo, bien sea por el público interesado, bien por las administraciones competentes, y que darán lugar a la ulterior conformación de la Memoria Ambiental del Plan General, como compendio de las diferentes aportaciones realizadas al procedimiento evaluativo, con el fin de crear un instrumento urbanístico lo más sostenible posible.