PLAN MUNICIPAL GESTION DE RIESGOS...
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PROYECTO DE MITIGACIÓNDE DESASTRES NATURALES
CARACTERIZACIÓN Y PLANIFICACIÓNTERRITORIAL PARA LA GESTIÓN
LOCAL DE RIESGOSREGIÓN CT-09
INFORMEFINAL
PLAN MUNICIPAL DE
ORDENAMIENTO
TERRITORIAL
MUNICIPIO DE
OCOTEPEQUE
EN EL DEPARTAMENTO DE
OCOTEPEQUE
Enero de 2006
SECRETARIA DE GOBERNACION Y JUSTICIA PROYECTO MITIGACION DE DESASTRES NATURALES (PMDN)
Plan Municipal de Ordenamiento Territorial Municipio de Ocotepeque
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PLAN MUNICIPAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
MUNICIPIO DE OCOTEPEQUE, OCOTEPEQUE
I. Diagnóstico Territorial (UTC-PMDN) .......................................................................3
I.1 Perfil Municipal ....................................................................................................3
II. Mapa Zonificación Territorial.....................................................................................6
II.1. Marco Metodológico para Zonificación Territorial (UTC-PMDN).................8
II.2. Cobertura Vegetal y Uso Actual de la Tierra.....................................................9
II.2.1. Memoria Técnica para la Generación y Validación del Mapa.................9
II.2.2. Cuantificación Cobertura Vegetal y Uso Actual de la Tierra ................10
II.2.3. Indicadores Cobertura (PMDN) ...............................................................12
II.3. Capacidad y Conflictos de Uso del Territorio..................................................13
II.3.1. Memoria Técnica para la Generación del Mapa .....................................13
II.3.2 Cuantificación Conflictos de Uso por Estrato (Mapas, Cuadros y
Gráficos).......................................................................................................15
II.3.3. Indicadores de Conflictos de Uso (PMDN)...............................................18
II.4. Condiciones de Accesibilidad.............................................................................19
II.4.1 Memoria Técnica para la Generación del Mapa .....................................19
II.4.2. Cuantificación Accesibilidad por Estrato.................................................20
II.4.3. Indicadores de Accesibilidad (PMDN)......................................................22
II.5. Áreas de Manejo Especial ..................................................................................23
II.5.1. Zonas Amenazadas .....................................................................................24
II.5.2 Áreas Protegidas .........................................................................................26
II.5.3 Zonas Productoras de Agua y Márgenes Fluviales..................................26
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II.6. Propuesta de Zonificación Territorial ..............................................................27
II.6.1 Mapa de Zonificación Territorial..............................................................28
II.6.2. Conclusiones Generales sobre la Zonificación Territorial......................29
II.6.3. Indicadores de Zonificación Territorial (PMDN)....................................30
III. Normativas de Uso del Territorio .........................................................................31
IV. Plan de Ocupación (PMDN) ..................................................................................32
V. Anexos..........................................................................................................................32
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I. Diagnóstico Territorial (UTC-PMDN)
I.1 Perfil Municipal
Localización
El Municipio de Nueva Ocotepeque, está situado en la parte Sur del Departamento de Ocotepeque,
y es la cabecera departamental del Departamento de Ocotepeque, siendo la ultima ciudad de
Honduras sobre la carretera de occidente y colinda con la Republica de El Salvador. La carretera
es asfaltada y se encuentra en buen estado, el municipio tiene una extensión territorial de 196.4
Km2. Área en la que se ubican su cabecera municipal con sus barrios, 8 aldeas y 110 caseríos,
entre las aldeas se mencionan las siguientes: Antigua Ocotepeque, El Barreal, El Volcán, La
Comunidad, Pie del Cerro, San José de La Reunión, San Miguel y San Rafael. Fue fundada como
Ocotepeque desde 1530, pero fue destruida el 7 de Junio de 1934 por las inundaciones causadas por
el río Marchala, en l936 por Decreto N.83 se señala al 17 de Septiembre de 1935 como fecha de
fundación de la Nueva Ocotepeque como ciudad y cabecera del Departamento de Ocotepeque. En
una monografía inédita del Prof. Marco Tulio Chinchilla se asegura que el actual Ocotepeque era
parte del hábitat de los Mayas Meridionales o Chortis. El municipio de Nueva Ocotepeque esta
situado en la zona del trifinio que se forma por la confluencia de las fronteras de tres países:
Guatemala, El Salvador y Honduras.
Orografía. El relieve del municipio de Nueva Ocotepeque, es irregular y Mixto, tiene topografía
que va desde plana en el valle de Sesecapa hasta escarpada en la zona montañosa correspondiente a
la cordillera del Merendón, que surge al sur del departamento de Ocotepeque, la parte occidental
comienza con el cerro Montecristo en la zona del trifinio, mientras la occidental comienza en las
montañas de Peña de Cayaguanca y el Pital. El territorio de Nueva Ocotepeque en la zona fronteriza
con El Salvador forma parte de la reserva biológica El Pital. Los rangos altitudinales del municipio
van desde 800 a 2730 msnm.,
Hidrología. Cuenca hidrográfica del Río Lempa. El río Lempa, es uno de los más largos de
Latinoamérica que desemboca en el Océano Pacifico, y es el único río trinacional de Centroamérica,
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en un pequeño tramo de su recorrido, entre la quebrada de Gualcho y la quebrada El Poy, sirve de
línea divisoria entre Honduras y el Salvador.
Entre sus principales afluentes están los siguientes ríos y riachuelos: Río Marchala, Sinuapa, Quilio,
Tulas, Pomola, y Frío; las quebradas del Desmonte, Jutiapa, Cuajiala, del Presidente, de Polcho y
El Poy.
Es la única cuenca hidrográfica de Nueva Ocotepeque, riega en su totalidad el valle de Sesecapa y
las llanuras de Atulapa en Guatemala.
Límites
Al norte colinda con los municipios de Santa Fe, Concepción y Sinuapa, Ocotepeque.
Al sur con la Republica de El Salvador.
Al este con el municipio de Sinuapa, Ocotepeque.
Al Oeste colinda con el municipio de Santa Fe, Ocotepeque.
Población
Los datos proporcionados por las autoridades del municipio de Nueva Ocotepeque, coinciden con
los proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística INE, para el año 2001 que indican una
población global para el municipio de 15668 personas, de las cuales 7509 son hombres y 8159 son
mujeres.
En Nueva Ocotepeque, aunque no tuvimos acceso a cifras, pero según opinión de personas
consultadas hay un porcentaje importante de niños en edad escolar que no están matriculados,
especialmente en la zona rural.
En el municipio de Nueva Ocotepeque, hay varias actividades económicas, pero prevalecen las
actividades agropecuarias, alrededor de las que se desarrollan las otras actividades comerciales y de
servicios, que se encuentran en muy buena proporción, también tiene un lugar importante la
ganadería; en la agricultura se destaca la producción de maíz, arroz, fríjol, cebolla, papa, tabaco,
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tomate y repollo, productos que comercializan localmente y los excedentes hacia El Salvador,
Guatemala y San Pedro Sula.
En Nueva Ocotepeque, existen varios hoteles con servicios de buena calidad, actividad que se
desarrolla por su ubicación estratégica de ser un lugar de paso para tres países.
Experiencia en Prevención y Mitigación de Desastres Naturales
En el municipio de Nueva Ocotepeque, funciona el CODEM, Comité de Emergencia Municipal
que es coordinado por el Alcalde y presidido por la Profesora Maria Haydee Guillén y en el que
están incorporados los diversos sectores de la sociedad civil. Al nivel de aldeas el CODEM se
apoya en los patronatos.
Se tiene previsto organizar el Comité de Operaciones de Emergencia COE, que en la practica sería
el mismo CODEM, en el que estarán integrados: la Policía con sus elementos y los trabajadores de
la salud como unidades de rescate y de respuesta rápida. En Nueva Ocotepeque, no hay filial de la
Cruz Roja ni Cuerpo de Bomberos. El CODEM se activa solamente en situaciones de emergencia,
por lo que es necesario cambiar esa mentalidad dándole a esta organización la responsabilidad de
realizar las actividades previas a los eventos tal como se establece en la ley de Emergencias.
En el municipio de Nueva Ocotepeque, suponemos que como resultado del trabajo realizado por el
Proyecto Trifinio existen estudios señalando zonas de riesgo, pero no pudimos encontrarlos, una de
las razones es que la municipalidad no dispone en sus archivos de estos estudios, por lo que hemos
recurrido a otras organizaciones tales como CODEPO-APS para obtener información.
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II. Mapa Zonificación Territorial
Mapa de Zonificación Municipal
Instrumento de identificación espacial que permite precisar las diferentes afectaciones legales,
geofísicas, políticas, económicas, ambientales, sociales y de cualquier otra naturaleza que recaen en
espacios geográficos de la jurisdicción municipal
El Ordenamiento Territorial (O.T.) es un proceso orientado a ordenar las diversas actividades que el
hombre realiza en el territorio, mediante la ocupación ordenada y el uso sostenible de los recursos
naturales. No obstante el modelo de caracterización y planificación territorial para la Gestión Local
de Riesgos limita su alcance hasta la propuesta de zonificación territorial. La Zonificación
Territorial es la base, principalmente técnica y científica, de un proceso que está orientado a
identificar alternativas de usos más adecuados de los diversos espacios y de sus recursos naturales:
áreas con vocación agrícola, pecuaria, forestal, pesquera, minero-energético, protección,
conservación de la biodiversidad, ecoturismo y urbano-industrial, entre otras. A partir de esta se
pueden desarrollar propuestas de zonificación de tipo sectorial, útiles para implementar políticas
para el desarrollo de un determinado espacio geográfico.
El Ordenamiento Territorial (O.T.) Es el proceso organizador del uso y ocupación del territorio,
para la aplicación de los lineamientos del Plan o Estrategia Nacional de Desarrollo tendiente a
lograr una armonía entre el mayor bienestar de la población y la optimización en el uso de los
recursos naturales, estableciendo la articulación de las dimensiones sectorial y territorial, normando
el empleo del territorio y promoviendo la disminución de las desigualdades territoriales y sociales
(Ley General de Ordenamiento Territorial).
El hombre actúa en el territorio, y por consiguiente, el ordenamiento territorial, significa ubicar las
diversas actividades socioeconómicas que este desarrolla en el lugar más adecuado, teniendo en
cuenta las potencialidades y limitaciones que presenta el territorio.
En este sentido, el Ordenamiento Territorial Municipal es considerado como un instrumento de la
planificación que, a través de la consideración del territorio, como sustento de los recursos naturales
y de las actividades humanas, promueve y orienta el desarrollo físico espacial, la organización y
localización de los asentamientos humanos y sus actividades económicas y sociales.
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II.1. Marco Metodológico para Zonificación Territorial (UTC-PMDN)
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II.2. Cobertura Vegetal y Uso Actual de la Tierra
II.2.1. Memoria Técnica para la Generación y Validación del Mapa
El mapa de uso actual de la tierra proporcionado por el contratante fue preparado mediante técnicas
de teledetección y clasificación automatizada utilizando herramientas de análisis digital. Para contar
con un producto terminado que se apegue a las normativas de procesos denominados como
“Clasificación Supervisada” se realizó un muestreo estadístico para el cual se utilizó fichas con la
información necesaria.
En estas fichas se recopilaron las verificaciones de campo referidas a un punto (x,y,z) con un radio
de inspección de 300 metros. El tamaño total de la muestra en el área de estudio (región completa)
fue de 100 puntos y la distribución de la misma se estableció por el contratante, utilizando para ello
las funciones estadísticas (Classifier - Accuracy Assessment) del software Erdas Imagine.
Una vez concluido el proceso de validación y, con los sus resultados obtenidos, se procedió al ajuste
del mapa. De acuerdo a la experiencia del PMDN en los primeros 15 municipios trabajados por el
proyecto y a las referencias bibliográficas estudiadas, las variaciones fueron mínimas y, más que
todo, tomaron sustento del cambio de uso que haya acontecido desde el momento de la toma de la
fotografía aérea (años 2000-2001) sobre el área de estudio. El intervalo de confianza mínimo fue del
85%.
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II.2.2. Cuantificación Cobertura Vegetal y Uso Actual de la Tierra
La superficie total del Municipio es de 17,481.87 Has, gran parte de estas son utilizadas para
diferentes actividades o están ocupadas por coberturas vegetales tales como Bosques de Pinares,
Bosques Latífoliados, Bosques Mixtos, Pastizales, etc. como se observa a continuación:
Cuadro N. 1 Coberturas Vegetales y Uso Actual del Suelo en el Municipio.
Cobertura Vegetal Área % Área Total Agricultura tecnificada - semitecnificada 1.54% 269.26 Agricultura tradicional - matorrales 29.50% 5,157.39 Asentamientos humanos 1.30% 227.11 Bosque pinar - coníferas 30.47% 5,326.79 Bosque latífoliado 10.41% 1,820.72 Bosque mixto 5.65% 987.48 Cuerpos de agua 0.16% 28.61 Cultivos de café 1.90% 332.36 Pastizales - sabanas 18.26% 3,193.03 Suelos desnudos 0.80% 139.12 100.00% 17,481.87
Gráfico N. 1 Porcentaje de las Áreas Según Uso Actual del Territorio Municipal
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Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
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Imagen N. 2 Coberturas Vegetales y Uso Actual del Suelo en el Municipio
Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
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II.2.3. Indicadores Cobertura (PMDN)
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II.3. Capacidad y Conflictos de Uso del Territorio
II.3.1. Memoria Técnica para la Generación del Mapa La valoración de los conflictos de uso se hace sobre la base de comparar las categorías existentes de
uso actual de la tierra dándoles una calificación apreciativa en función de cada tipo de tierra
presente en el municipio. Los tipos de tierra según pendiente fueron tomados del estudio realizado
por DEC, 1999. La estratificación de las diferentes categorías de uso actual se hizo en función del
relieve y la profundidad del suelo lo que establece un primer nivel mínimo de zonificación
territorial que se aplicó para elaborar los planes de ordenamiento dentro de cada municipio.
Por razón de disponibilidad de datos detallados en los tipos de tierra se incluyeron solo cuatro clases
que son: Tierras Planas (P) con pendientes promedio menores de 15% y Tierras de Ladera (L) con
pendientes promedio mayores a 15%. A su vez, ambos tipos de tierra se subdividen en suelos
superficiales (S0) y suelos profundos (S1).
Esta zonificación trata de agrupar las variaciones en la topografía y las características del suelo para
definir una capacidad de uso. Por ejemplo los valles por ser tierras planas en donde se encuentran
suelos profundos tienen potencial para ser utilizados en actividades de agricultura intensiva, pero
esta misma actividad no es adecuada para los suelos superficiales de ladera.
Para la definición de los conflictos de uso se ha definido que cuando la tierra es utilizada de acuerdo
a su capacidad se dice que esta en uso adecuado, en el caso contrario está en conflicto. Se pueden
tener dos tipos de conflictos, el primero se da cuando la actividad que se esta realizando es de
mayor intensidad a la que la tierra puede soportar en este caso el conflicto es el sobreuso, el
segundo caso es el subuso que se da cuando la tierra se utiliza por debajo de su potencial. Por
ejemplo tendríamos un sobreuso en una zona agrícola que esta en pendientes fuertes porque provoca
un alto grado de erosión, esta actividad sobrepasa la capacidad de la tierra para mantener el suelo
con un grado de erosión aceptable. Un caso de subuso son las áreas de matorral en zonas planas, ya
que estas zonas podrían utilizarse de forma más intensiva con usos agrícolas. Las reglas generales
utilizadas en este análisis de conflictos de uso se resumen así:
"En las tierras planas el uso agrícola tecnificado constituye por lo general uso adecuado de la tierra,
mientras que en las laderas el uso adecuado es para el desarrollo forestal y agroforestal.
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"La presencia de cobertura permanente de bosque se considera en general como uso adecuado para
las zonas de ladera, particularmente en suelos superficiales y pendientes altas. Se hace excepción
para el bosque de pino en suelos profundos que se califica como subuso.
•La presencia de cobertura arbórea (excluyendo al matorral) se considera siempre como uso
adecuado para el bosque ribereño que protege las fuentes de agua y como subuso en tierras planas.
•El matorral se interpreta generalmente como degradación de la cobertura forestal, por lo que su
presencia en ladera generalmente es penalizado como sobreuso mientras que en tierras planas se
califica como subuso.
•La agricultura migratoria tradicional en suelos superficiales y el suelo expuesto se consideran
siempre como un sobreuso.
•Los pastos y sabanas se consideran como sobreuso solo en ladera con suelos superficiales.
•Finalmente, las áreas de asentamientos humanos se discriminan en clases separadas dependiendo
del tipo de tierra en que se encuentran.
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En el cuadro 2 a continuación se presenta la matriz de evaluación de conflictos y su leyenda
cromática.
Cuadro N. 2 Evaluación de Conflictos de Uso de la Tierra. TIERRA LADERA (L) TIERRA PLANA (P) SIMBOLO CATEGORIA
ACTUAL
USO
SUELO
SUPERFICIAL
(S0)
SUELO
PROFUNDO (S1)
SUELO
SUPERFICIAL
(S0)
SUELO
PROFUNDO (S1)
A1 Agricultura Tecnificada SOBREUSO ADECUADO ADECUADO ADECUADO
A2 Agricultura Trad. -Matorral-
Guamil SOBREUSO SUBUSO SUBUSO SUBUSO
BP Bosque de Pino ADECUADO SUBUSO SUBUSO SUBUSO
BL Bosque latifoliado ADECUADO ADECUADO SUBUSO SUBUSO
BLR Bosque
ribereño
latifoliado
ADECUADO ADECUADO ADECUADO ADECUADO
BL/P Bosque Mixto ADECUADO ADECUADO SUBUSO SUBUSO
P Pastos - sabanas SOBREUSO ADECUADO ADECUADO SUBUSO
SD Suelo desnudo SOBREUSO SOBREUSO SOBREUSO SOBREUSO
C URBANO URBANO URBANO URBANO
Asentamientos humanos LADERA LADERA PLANO PLANO
La matriz de conflictos analiza de manera comparativa las diferentes categorías de uso en cada tipo
de tierra para valorar su estado de conflicto actual, bajo la noción general de que las tierras planas
poseen una mejor aptitud de uso para la agricultura tecnificada y consecuentemente las laderas
tienen mejor aptitud para usos forestales y/o agroforestales.
II.3.2 Cuantificación Conflictos de Uso por Estrato (Mapas, Cuadros y Gráficos) Como se mencionó anteriormente la superficie total del Municipio es de 17,481.87 Has, las cuales
son utilizadas para diferentes actividades o están ocupadas por coberturas vegetales, encontrando
que un área de 8,645.48 Has (49.45%) están siendo utilizadas adecuadamente, un total de 6,354.90
Has (36.35%) se encuentran en sobre uso y otras 2,224.72 Has (12.73%) se encuentran en sub uso
como se detalla a continuación:
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Cuadro N. 3 Conflictos de Uso de la Tierra en el Municipio
Conflictos de Uso Área % Área Total Adecuado 49.45% 8,645.48 Sobre Uso 36.35% 6,354.90 Sub Uso 12.73% 2,224.72 Urbano Plano 1.47% 256.77 17,481.87
Gráfico N. 2 Porcentaje de las Áreas Según Conflictos de Uso en el Territorio Municipal
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Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
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Imagen N. 3 Conflictos de Uso en el Territorio Municipal
Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
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II.3.3. Indicadores de Conflictos de Uso (PMDN)
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II.4. Condiciones de Accesibilidad
II.4.1 Memoria Técnica para la Generación del Mapa La accesibilidad se refiere a la facilidad de movimiento dentro del territorio. Desde el punto de vista
conceptual del ordenamiento es una función muy importante por que integra la vialidad existente y
las limitaciones (costos) al movimiento debido a restricciones del terreno, por ejemplo, la pendiente,
lo que permite representar espacialmente la totalidad del municipio y así definir espacios
territoriales con mayor o menor facilidad de acceso.
La accesibilidad también ha sido definida como la habilidad para interacción o contacto con sitios
de oportunidad social o económica (Deichmann, 1997). Tradicionalmente se utiliza una superficie
de fricción calculada mediante procesos matemáticos, pero en este caso se simplificó mediante una
modificación al análisis de accesibilidad tradicional considerando dos aspectos:
a) El Grado de Intercomunicación entre los Asentamientos Urbanos, para lo cual se mapean las vías
de acceso principal que comunican las aldeas, categorizándolas en principales (vías pavimentadas),
secundarias (vías de tierra que comunican aldeas), y otras vías de tierra que comunican otros centros
poblados (caseríos) en las que se pueden encontrar carreteras de acceso vehicular, veredas y
senderos. (Mapa de Planimetría Básica)
b) La Accesibilidad Potencial, que se refiere a la facilidad de acceso a un punto determinado por
vías naturales, este tipo de acceso esta condicionado por el relieve (pendientes), así los relieves
fuertes tienden a ser inaccesibles por vías naturales, mientras que las zonas planas suelen ser, en
general, más accesibles. Basados en lo anterior debe elaborarse una superficie de fricción que
contiene valores relativos de acceso que representan el costo de trasporte de de un sitio a otro, en
términos de categorías discretas, y que se clasifican de la siguiente forma:
• Acceso fácil: Zonas planas (pendientes <15%), zonas con acceso por vías pavimentadas y de tierra
que comunican aldeas.
• Acceso difícil: Zonas de laderas (pendientes >15% y <45%) y zonas con acceso por de vías de
tierra con pendientes fuertes.
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• Acceso muy difícil: Zonas escarpadas (pendientes >45%) sin vías de acceso. Es de hacer notar que
en el análisis de accesibilidad los rangos de pendientes son asignados en toda la variación del
terreno, a diferencia de los rangos utilizados en el análisis de conflictos de uso en donde a cada
unidad de tierra se le asigno el promedio de pendientes dentro del polígono de la unidad de tierra.
II.4.2. Cuantificación Accesibilidad por Estrato El Municipio de Ocotepeque es accesible encontrando una red vial de tierra distribuida en la
mayoría del área:
Cuadro N. 4 Accesibilidad en el Municipio
Accesibilidad en el Municipio Área % Área Total Difícil 21.53% 3,764.33 Fácil 56.84% 9,935.83 Muy Difícil 21.63% 3,781.70 100.00% 17,481.87 Gráfico N. 3 Porcentaje de las Áreas Según la Accesibilidad en el Territorio Municipal
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Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
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Imagen N. 4 Condiciones de Accesibilidad en el Territorio Municipal
Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
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II.4.3. Indicadores de Accesibilidad (PMDN)
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II.5. Áreas de Manejo Especial
Imagen N. 5 Ubicación de las Áreas de Manejo Especial en el Territorio Municipal
Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
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II.5.1. Zonas Amenazadas
El Municipio de OCOTEPEQUE,
Departamento de OCOTEPEQUE tiene
una superficie de 17,481.87 hectáreas, de
las cuales 9,775.03 (56 %) están dentro
de la categoría de Áreas de Manejo
Especial ver Grafico # 1, dichas áreas
son definidas por el PMDN como:
Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
Gráfico # 1: Territorio Municipal por Área de Manejo
4 4 %
5 6 %
Áreas de Manejo Especial Resto del Territorio Municipal
“Zonas que merecen una consideración exclusiva por su relevancia en el desarrollo del
territorio e incluye: zonas amenazadas por inundaciones y deslizamientos, áreas protegidas
y zonas productoras de agua y márgenes fluviales.”
Gráfico # 2: Porcentaje Áreas de Manejo Especial
Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
75%
10%
15%
Áreas Bajo Amenaza
Áreas Protegidas
Áreas de Margenes Fluviales
De estas 9,775.03 Hectáreas de Manejo
especial identificadas en el municipio de
OCOTEPEQUE, 7,347.26 Has. (75%)
son Áreas bajo Amenaza, 983.58 Has.
(10%) son Áreas protegidas y 1,444.19
Has. (15 %) son Áreas productoras de
agua y márgenes fluviales. Ver grafico
#2.
En el caso de las áreas bajo amenaza,
un 97 % de estas, son áreas sujetas a
deslizamientos y el restante 3 % están
sujetas a procesos de inundación,
principalmente en los alrededores de la
ciudad de Antigua Ocotepeque. Ver
grafico #3.
Gráfico # 3: Área por tipo de Amenaza 3 %
9 7 %
Áreas Bajo Amanaza a deslizamientosÁreas Bajo Amanaza a Inundaciones
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Gráfico # 4: Niveles de Amenaza por Deslizamientos
Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
0 %
3 4 %
6 6 %
Amenaza Alt a
Amenaza Media
Amenaza Baja
Por ultimo, dentro de las áreas bajo
amenaza a deslizamiento, los niveles de
amenaza dentro de las mismas son
principalmente media y baja amenaza,
34% y 66% respectivamente. Ver grafico
#4.
Y, en el caso de las áreas sujetas a
inundaciones, un 2 % de esta tiene
profundidades mayores a los dos metros, por
lo tanto se considera área de alta amenaza, un
95% niveles menores a 1 metro o sea baja
amenaza y solamente un 3% con
profundidades entre 1 y 2 metros considerado
como amenaza media. Ver Gráfico #5.
Gráfico # 5: Niveles de Amenaza por inundaciones
Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
2 % 3 %
9 5 %
Ame na z a Alt a
Ame na z a Me dia
Ame na z a Ba ja
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II.5.2 Áreas Protegidas En el Municipio de Ocotepeque se encuentran dos Áreas Protegidas: El Parque Nacional Trifinio y
la Reserva Biológica de El Pital, Ambas fueron legalizadas como tales mediante Decreto Ley 87-87
de los Bosques Nublados (Anexo N. 1). La ubicación de estas áreas en el territorio municipal se
pueden observar en la imagen N 5.
II.5.3 Zonas Productoras de Agua y Márgenes Fluviales Las Zonas productoras de agua en el municipio son varias y abastecen a la mayoría de las
comunidades del vital liquido, Estas áreas corresponden a las zonas que legalmente están protegidas
según la Ley Forestal, en donde se establece una protección de 150m a los lados de los cauces de
agua permanente y 150m en los nacimientos. De igual forma se establece la protección de las
microcuencas productoras de agua delimitándolas desde 100m aguas abajo de la toma de agua que
abastece a una población determinada (Imagen N. 5).
Cuadro N. 5 Resumen de Áreas de Uso Especial:
Sub Total %
Sub Total %
Sub Total %
Sub Total %
Total %
17481.87 1009775.03 56
7347.26 757116.30 97
02414.68 344701.62 66
230.96 35.15 27.32 3
218.49 95983.58 10
1444.19 157706.84 44
-Areas Bajo Amenaza -Areas Bajo Amanaza a deslizamientos -Amenaza Alta
-Areas Protegidas
-Areas Bajo Amanaza a Inundaciones -Amenaza Alta -Amenaza Media -Amenaza Baja
- Resto del Territorio Municipal -Areas de Margenes Fluviales
DESCRIPCION
AREA HAS.
-Amenaza Media -Amenaza Baja
-Area del Municipio -Areas de Manejo Especial
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II.6. Propuesta de Zonificación Territorial La zonificación es un proceso de sectorización de un territorio en unidades espaciales relativamente
homogéneas de acuerdo al criterio que se utilice. Estos criterios pueden variar, de acuerdo a los
propósitos de la zonificación, y generalmente están relacionados a factores biofísicos, sociales,
económicos, culturales, políticos o administrativos.
Las categorías de zonificación que se identifican a continuación son el resultado de la aplicación del
Modelo de Caracterización y Planificación Territorial para la Gestión Local de Riesgos elaborado y
propuesto por el PMDN:
Cuadro N. 6 Resumen de Categorías de Zonificación de Primer Orden: Ocotepeque
Areas Totales has.Descripción Sub Total % Sub Total % Total %
- Area del Muncipio 17,481.87 100Categoria de Zonificación 7,707.00 44.09 -Cuerpos de agua - 0.00 -Desarrollo Agrícola/Ganadero Actual 215.54 2.80 -Desarrollo Potencial Agrícola/Ganadero y/o Urbana 461.68 5.99 -Núcleos poblacionales 190.84 2.48 -Zonas de Desarrollo Forestal y Agroforestal 4,522.87 58.69 -Zonas de Restauración Ecológica 2,316.08 30.05
Areas de Manejo Especial 9,775.03 55.92 -Areas Protegidas 983.58 10.06 -Zonas Amenazadas 7,347.26 75.16 -Protección de Márgenes fluviales 1,444.19 14.77 Gráfico 9: Zonificación de las Áreas Municipales por Categoría
26%
13%
56%
1%3%
1%
0%
-Cuerpos de agua
-Desarrollo Agrícola/Ganadero Actual
-Desarrollo Potencial Agrícola/Ganadero y/o Urbana
-Núcleos poblacionales
-Zonas de Desarrollo Forestal y Agroforestal
-Zonas de Restauración Ecológica
-Areas de M anejo Especial
Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
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II.6.1 Mapa de Zonificación Territorial Imagen N. 6 Zonificación en el Territorio Municipal
Fuente: Propia. ASP-PMDN. 2005
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II.6.2. Conclusiones Generales sobre la Zonificación Territorial Aproximadamente, el 56% del territorio correspondiente al Municipio de Nueva Ocotepeque se encuentra dentro de la categoría de Áreas de manejo especial, mismas que constituyen el principal interés del Programa de Mitigación de Desastres Naturales (PMDN). En la dirección de garantizar un manejo sostenible de las mismas se incluyen en este plan las normativas de Uso del Suelo correspondientes a las tres categorías de manejo especial, a saber:
� 7,347.26 Has. (75%) son Áreas bajo Amenaza
� 983.58 Has. (10%) son Áreas protegidas
� 1,444.19 Has. (15 %) son Áreas productoras de agua y márgenes fluviales. Ver grafico #2.
La presencia de la amenaza del río Marchala en el municipio es causa de que un importante porcentaje, 75 % del total de las áreas de manejo especial, corresponda a la categoría de áreas bajo amenaza. Tal y como se observa en el cuadro #6 (Resumen de categorías de Zonificación), el resto del territorio municipal esta constituido en un 88 % por las categorías de Desarrollo Forestal y Agroforestal (58 %) y la categoría de Restauración Ecológica (30 %). De lo anterior, es posible concluir que la vocación y potencial del territorio del Municipio de Nueva Ocotepeque se concentra en estrategias y programas de conservación, protección, reforestación, Agroforesteria y manejo especial.
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II.6.3. Indicadores de Zonificación Territorial (PMDN)
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III. Normativas de Uso del Territorio Estas son las áreas Bajo Amenaza, las Áreas Protegidas y las Zonas Productoras de Agua.
En el caso de las Áreas Bajo Amenaza las normativas definen un régimen de gestión que actúa
como mecanismo de prevención a la ocurrencia de un fenómeno natural, reduciendo la
vulnerabilidad de los municipios meta del proyecto. Estas normativas son presentadas en una ficha
pro-forma en donde se refleja el polígono de amenaza en sus diferentes manifestaciones (Alta,
Media y Baja). Para cada nivel de amenaza se presentan normativas que cumplen con el referido rol
de prevención.
Estas fichas pueden ser observadas a través de los siguientes hipervínculos:
Normativas Ocotepeque\AREAS BAJO AMENAZA
Normativas Ocotepeque\Normativas Areas Protegidas Ocotepeque
Normativas Ocotepeque\Zonas Productoras de Agua Ocotepeque
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IV. Plan de Ocupación (PMDN)
V. Anexos
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La Gaceta República de Honduras Decreto número 87-87 Congreso Nacional CONSIDERANDO: que la explicación técnica y racional de los recursos naturales de la nación es
de utilidad y necesidad pública, y que la reforestación del país y la conservación de los bosques se
declara de conveniencia nacional y de Interés colectivo.
CONSIDERANDO: Que la escasez de recurso hídrico a nivel nacional es el resultado directo del
deterioro de los bosques nublados ocasionados por los descombros tala y quema de la cobertura
vegetal de las cuencas captadoras de Agua.
CONSIDERANDO: Que los bosques nublados que se encuentran ubicados en los picos y cerros
con altitudes arriba de 1800 metros sobre el nivel del mar son los ecosistemas que tienen la mayor
capacidad de Generar Agua potable a un bajo costo para beneficio de las comunidades
circunvecinas.
CONSIDERANDO: Que los bosques nublados son los últimos refugios y áreas de protección para
la fauna silvestre de forma especial para aquellas especies en peligro de extinción que han logrado
escapar a los incendios cacería irracional y pérdida de su propio medio ambiente.
CONSIDERANDO: Que los bosques en referencia representan “BANCOS GENETICOS “Y
Fuentes de Semillas de aquellas especies de flora que han sido y están siendo explotadas
irracionalmente.
CONSIDERANDO: Que estos bosques nublados constituyen “reservas “ de incalculable
importancia para la conservación de los suelos agua, recursos forestales , diversidad de la vida
animal y vegetal y la calidad de la vida ambiental en general.
CONSIDERANDO: Que la protección de estos bosques nublados ofrecen oportunidades para el
desarrollo cultural, científico, artístico, educativo, espiritual y de esparcimiento así como los
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beneficios de una actividad turística nacional e internacional a las comunidades en el área de
influencia.
CONSIDERANDO: Que es obligación del estado velar por la preservación de aquellas áreas
silvestres que por su riqueza biológica, histórica, y cultural forman parte del patrimonio de todos los
hondureños, siendo además, áreas que al conservarse en su estado intacto contribuyen al desarrollo
sostenido de las comunidades aledañas.
CONSIDERANDO: Que los niveles de destrucción de nuestros recursos naturales por causa de los
descombros, incendios, deforestación cacería irracional, han alcanzado proporciones tales bien
pueden considerarse de emergencia nacional.
DECRETA: Artículo 1.- Declarar como parques Nacionales a perpetuidad los siguientes bosques nublados: 1.- Montecristo Trifinio Ocotepeque 2.- Cerro Azul Copan 3.-Celaque Lempira , Copan y Ocotepeque 4.-Santa Bárbara Santa Bárbara 5.- Casuca Cortes 6.-Azul Meambar Cortes y Comayagua 7.- Pico Pijol Yoro 8.-Pico Bonito Atlántida y Yoro 9.-Montaña de Yoro Yoro y Francisco Morazán. 10.-Agatta Olancho 11.-Montaña Comayagua Comayagua Articulo 2.- Declarar como refugio de vida silvestre a perpetuidad , los siguientes bosques nublados: 1.- Erapuca Copan y Ocotepeque 2.-Puca Lempira 3.-Mixcure Intibucá 4.-Montaña Verde Santa Barbara, Intibucá 5.-Texiguat Atlántida y Yoro 6.-El Armado Olancho 7.-La Muralla Olancho 8.-Corralitos Francisco Morazan Artículo 3.- Declarar como reservas biológicas a perpetuidad los siguientes bosques nublados:
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1.- El pital Ocotepeque 2.-Guisayote Ocotepeque 3.-Volcan - Pacayita Lempira – Ocotepeque 4.-Opalaca Intibucá – Lempira 5.- Misoco Olancho –Francisco Morazán – El Paraíso. 6.- El Chile Francisco Morazan 7.- Yuscaran El Paraíso 8.-Yerba Buena Francisco Morazán 9.- Guajiquiro La Paz 10.-Montecillos Comayagua, La Paz 11.- Montaña de San Pablo Marcala 12.-El Chiflador Marcala 13.- Sabanetas Marcala 14.-San Pedro Marcala 15.-Mogola Márcala 16.-Montaña El Pacayal Chinada 17.-Las Trancas Opatoro 18.- El Cedro Opatoro Artículo 4.- Los parques nacionales, refugios de vida silvestre y reservas biológicas que se incluyen
en los Artículos 1,2 y 3 de este mismo decreto, serán administrados por la Secretaria de Recursos
Naturales en coordinación con las municipalidades respectivas, la comisión Coordinadora de
Protección de los Recursos Naturales y en el medio Ambiente, creado según Acuerdo del Poder
Ejecutivo Nº 460-86 del 30 de mayo de 1986 y con la participación de las autoridades y poblaciones
locales , así como otras entidades del Estado todo en base al plan de manejo especifico que se
establezca para cada uno de los bosques escogidos y por escoger.
Articulo 5.- Para cada una de esas áreas se declarara una “Zona Protegida a Perpetuidad “. Cuya
área estará comprendida entre el pasto mas elevado y la cuota de 1800, 2000 ó 2100M sn m, según
establezcan en los estudios respectivos a ser elaborados por cada área en particular.
Dentro de los límites de esa zona no se permitirá ninguna actividad agrícola, pastoral, tala, quema,
minería, asentamientos humanos así como los relacionados con cacería, pesca de cualquier índole,
construcción de carretera, viviendas, establecimientos comerciales, públicos, privados que causen
disturbios ecológicos.
Articulo 6.- Las áreas que s encuentran dentro del perímetro de las
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“Zonas Protegidas a perpetuidad” serán consideradas de conveniencia nacional y de interés
colectivo, por tanto sus propietarios, usuarios y de mas derecho habientes tendrán que sujetarse a las
regulaciones a las regulaciones y demás disposiciones que para su uso emita la institución estatal
encargada, Según el presente decreto, tanto del manejo de áreas silvestres como las que para esta
zona se estiman en el mismo. Estas áreas no podrán ser objetos de transacciones publicas o
privadas, excepto en los casos que el mismo. Estas áreas no podrán ser objeto de transacciones
publicas o privadas, excepto en los casos que el mismo estado las autorice con la finalidad de
garantizar las preservación de las mismas.
Articulo 7.- Con el Propósito de proteger cada una de las zonas boscosas declaradas protegidas a
perpetuidad , se declara a las mismas con una franja periférica la cual se denominara “ZONAS DE
AMORTIGUAMIENTO” y cuyo ancho no será menor a 2 kilómetros contados a partir del anillo
inferior de la zona protegida a perpetuidad . En estas zonas de amortiguamiento no se permitirán los
asentamientos humanos, excepto los ya existentes antes de la publicación del presente decreto.
Además se prohíbe la cacería, ganadería extensiva, quemas, descombros forestales, minería, pesca,
construcción de viviendas y carreteras.
Articulo 8.- Dentro de las zonas de amortiguamientos se establecerán “Zonas de Uso Especial”
conformadas por aquellas áreas que fueron alteradas por el hombre previo a la emisión de este
decreto y cuyo uso futuro estará sujeto a las regulaciones o dispocisiones que se establezcan en un
Plan de Manejo Particular para cada área, en lo cual se asistirán técnicamente al usuario o
propietario, con el fin de minimizar el impacto de tales actividades. El aprovechamiento de los
recursos naturales dentro de esta zona que dará a si mismo, sujeta a una reglamentación especial.
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Artículo 9.- Los terrenos de propiedad privada, incluidos dentro de los límites de las siguientes
áreas:
a) Zonas de Amortiguamiento.
b) Zonas de uso especial. Estarán sujetas a disposiciones y recomendaciones de uso y
aprovechamiento definidas en el plan de manejo el cual será elaborado por la dirección de
recursos renovables y aprobado por la Comisión Coordinadora de Protección de los
Recursos naturales y del medio ambiente y sus propietarios usuarios y demás derecho
habientes podrán obtener el usufructo y reliar cualquier transacción publica o privada
siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en el Plan de Manejo.
Articulo 10.- La Secretaria de Recursos Naturales con el asesoramiento de la Comisión
Coordinadora de Protección de los recursos Naturales y Medio Ambiente y la participación de las
Municipalidades queda Facultada para celebrar convenios, firmar acuerdos y aceptar donaciones de
Instituciones o personas naturales o Jurídicas así como de personas u organismos de otros países
cuando los mismos coadyuven en logro de objetos de protección y manejo de los bosques nublados
objeto de este decreto.
Artículo 11.-Los limites de las áreas enumeradas en los artículos 1,2 y 3 del presente decreto, serán
descritos en los reglamentos respectivos y serán publicados en el diario oficial de “La Gaceta”.
Articulo 12.- Los propietarios de terrenos u ocupantes de buena fe, en donde se encuentren
ubicados parques nacionales, se indemnizaran de acuerdo con las modalidades que para estos
casos estipulada la Ley de Reforma Agraria , y serán ejecutados por el poder ejecutivo a través de la
secretaria de Recursos Naturales.
Artículo 13.- El presente decreto será ejecutado por la Secretaria de Recursos Naturales con el
asesoramiento de la comisión coordinadora de Protección de los Recursos Naturales.
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Artículo 14.- El presente Decreto entrara en vigencia desde el día de publicación en el diario oficial
“La Gaceta”
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central en el Salón de Sesiones del
Congreso Nacional a los 02 días del mes de Julio del 2005.
Carlos Orbin Montoya Presidente Oscar Armando Melara Murillo Secretario Norberto Martel Cruz Secretario