PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES … · CUADRO DE CARACTERÍSTICAS ANEXO 1....
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PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -1-
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN,
MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SUMINISTRO DE GASÓLEO CLASE “A” Y CLASE “C”
PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA
(INGESA) EN CEUTA. (EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2015)
ÍNDICE
1. RÉGIMEN JURÍDICO
2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
3. OBJETO DEL CONTRATO
4. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER
5. PRESUPUESTO Y PRECIO
6. PLAZO DE EJECUCIÓN
7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
7.1. Procedimiento de adjudicación
7.2. Forma de adjudicación
7.3. Publicidad de la licitación
7.4. Publicidad de los pliegos
8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES
8.1. Condiciones de aptitud
8.2. Criterios objetivos de solvencia
8.3. Garantía provisional
9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES
9.1. Presentación de las proposiciones
9.2. Plazo y lugar de presentación
9.3. Forma de presentación
9.4. Contenido de las proposiciones
9.4.1. Sobre 1: “Documentación administrativa”
9.4.2. Sobre 2: Oferta económica y documentación para valoración de criterios
cuantificables de forma automática
9.4.4. Presentación de muestras
10. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
10.1. Criterios de valoración
10.2. Procedimiento de valoración
10.2.1. Valoración de los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas
matemáticas
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -2-
10.2.2. Valoración global de las ofertas
10.3. Ofertas con valores desproporcionados o anormales
11. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
11.1. Mesa de contratación
11.2. Calificación de la documentación administrativa
11.3. Apertura de proposiciones evaluables mediante criterios de evaluación automática
11.4. Propuesta de adjudicación
12. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14 EJECUCIÓN DEL CONTRATO
14.1. Responsable del contrato
14.2. Condiciones de la ejecución
14.3. Obligación de confidencialidad
14.4. Otras condiciones de ejecución
14.5. Lugar de entrega
14.6. Recepción del suministro
14.7. Condiciones especiales de ejecución
14.8. Facultad de control e inspección
14.9. Incumplimiento de las obligaciones contractuales
14.10. Obligaciones y gastos exigibles al contratista
14.11. Responsabilidades del contratista
15. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
16. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
16.1. Cesión del contrato
16.2. Subcontratación
17. PAGO DEL PRECIO
18. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
19. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
20. PLAZO DE GARANTÍA
21. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
ANEXO 1. Licitación Electrónica
ANEXO 2. Dirección electrónica a efectos de notificaciones
ANEXO 3. Solicitud para participar en la licitación.
ANEXO 4. Índice de documentación en sobre 1
ANEXO 5. Compromiso de constitución de UTE
ANEXO 6. Acreditación de no estar incurso en las prohibiciones de contratar
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -3-
ANEXO 7. Declaración sobre empresas vinculadas o pertenecientes al mismo grupo
ANEXO 8. Sumisión a los Tribunales españoles para empresas extranjeras
ANEXO 9. Autenticidad de documentos electrónicos
ANEXO 10. Declaración sobre confidencialidad
ANEXO 11. Modelo de oferta económica
ANEXO A. Guía para la presentación de ofertas mediante la plataforma de contratación electrónica.
ANEXO B. Requisitos técnicos para la presentación de ofertas mediante la plataforma de
contratación electrónica
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -4-
1. RÉGIMEN JURÍDICO
1.1. El contrato que regula el presente pliego tiene naturaleza administrativa, y se regirá,
además de por lo establecido en el mismo y en el de prescripciones técnicas, por lo
dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante,
TRLCSP) y, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General
de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto
1098/2001, de 12 de octubre (en adelante, RGLCAP) y el Real Decreto 817/2009, de 8
de mayo.
Asimismo, respecto al uso de medios electrónicos para la tramitación del expediente de
contratación pública, se aplicará lo expresamente dispuesto en la Ley 11/2007, de 22
de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, el Real
Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, que la desarrolla parcialmente, y la Orden
EHA/1307/2005, de 29 de abril que regula el empleo de medios electrónicos en
procedimientos de contratación.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho administrativo y, en su
defecto, las normas de derecho privado
1.2. Se presume que, al presentar su proposición, el licitador acepta de forma incondicional
el contenido de este pliego de cláusulas administrativas particulares y se somete a la
legislación vigente en materia de contratación administrativa y a la jurisdicción
contencioso-administrativa para las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del
contrato.
1.3. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia
de legislación laboral y fiscal, así como de las que puedan promulgarse durante la
ejecución del contrato con respecto al personal que emplee en la ejecución del mismo.
No se derivará ninguna responsabilidad para el INGESA del incumplimiento por parte del
adjudicatario de estas obligaciones.
1.4. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los
documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -5-
particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las
partes del contrato.
2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación es el Gerente de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria en Ceuta, por delegación del Director de la Entidad, conforme a la Resolución de 6
de marzo de 2006 de aquél, sobre delegación de competencias en diversos órganos del
Instituto (B.O.E. núm. 65, de 17 de marzo de 2006), correspondiendo en consecuencia al
Gerente de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, la celebración de
contratos, conciertos o convenios para la prestación de asistencia sanitaria así como sus
modificaciones, que correspondan a sus centros de gestión, cuando su cuantía no exceda de
901.518,16 euros, y previa autorización del Director del Instituto cuando su importe sea
superior, y la tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra los actos
derivados de los mismos, de su adjudicación, efectos y extinción.
La dirección postal del órgano de contratación es la siguiente: Hospital Universitario
(Registro General). Urbanización Loma Colmenar s/n, código postal 51003, Ceuta.
Número de teléfono: 856907000; número de fax: 856907065. Horario de apertura:
laborables de lunes a viernes de 9 a 14 horas. La dirección de correo electrónico es:
El acceso a su perfil de contratante se verifica a través de la siguiente dirección electrónica:
www.contrataciondelestado.es.
3. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato al que se refiere este pliego es el suministro de gasóleo clase A y
clase C para las instalaciones del Hospital Universitario del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria en Ceuta, cuyas características concretas se describen en el pliego de
prescripciones técnicas.
El contrato se adjudicará a un único licitador, quedando el mismo obligado al suministro del
gasóleo tanto de clase A como de clase C.
Asimismo, en el apartado 2 del Cuadro de características del presente pliego se señalan las
nomenclaturas correspondientes a la Clasificación Estadística de Productos por Actividades
(CPA) y del Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV), y, en su caso, los lotes en que
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -6-
se divide el objeto del contrato.
4. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER
Se pretende con este contrato garantizar el funcionamiento de las instalaciones del Hospital
Universitario del INGESA en Ceuta, fundamentalmente para la calefacción y generación de
agua caliente sanitaria (ACS), generación de vapor para lavandería industrial y motores de
combustión interna de grupos electrógenos, justificándose así la necesidad e idoneidad del
contrato proyectado conforme al art. 22 del TRLCSP.
5. PRESUPUESTO Y PRECIO
5.1. El presupuesto máximo de contratación, su distribución y detalle de imputación, la forma
de tramitación del expediente de gasto, el valor estimado del contrato y el sistema de
revisión de precios figuran en el apartado 4 del Cuadro de características.
5.2. El suministro quedará supeditado a las necesidades del Hospital Universitario, sin que
se defina con exactitud la cuantía total del contrato en el momento de su formalización
5.3. El precio unitario (por litro) del producto se fija conforme a la siguiente fórmula:
P = (PCE + (DESV) + GCH) + IPSI
P (euros/litro) es el precio de adjudicación, redondeado con cuatro decimales.
PCE (euros/litro) es el precio, sin tasas, publicado semanalmente en el Boletín Petrolero
de la Comisión Europea para cada litro de gasóleo A (automoción) o gasóleo C
(calefacción) en España. Se aplicará el PCE vigente en la semana anterior al suministro
y según la clase de gasóleo suministrado.
DESV (%) es el porcentaje de la desviación, positiva o negativa, ofertado por el
adjudicatario sobre PCE. Será idéntico para el gasóleo A y gasóleo C.
GCH es el gravamen complementario sobre carburantes y combustibles petrolíferos
que, en su caso, resulte aplicable.
IPSI es el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación que, en el
presente caso, grava la producción o importación del gasóleo. Incluye igualmente los
correspondientes gravámenes complementarios.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -7-
6. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato y sus posibles prórrogas se describen en el apartado 5 del
Cuadro de características.
7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
7.1. Procedimiento de adjudicación
El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, sujeto a regulación armonizada,
conforme a lo dispuesto en los artículos 9, 15, 138 y 157 a 161 del TRLCSP, y su
tramitación se indicará en el apartado 6.2 del Cuadro de características.
7.2. Forma de adjudicación.
La tramitación de presente procedimiento podrá realizarse de forma electrónica o en
soporte papel o, exclusivamente, por vía electrónica, según se indique en el apartado 6.2
del Cuadro de características.
7.2.1. Tramitación electrónica
Cuando el licitador opte por la licitación electrónica, el acceso y descarga de los pliegos, la
presentación de las solicitudes de participación y proposiciones, la aportación de
documentos y las comunicaciones y notificaciones entre licitador y órgano de contratación
se realizarán exclusivamente a través de la plataforma de contratación pública utilizada por
el INGESA para las licitaciones electrónicas en la dirección web
http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta, cuya descripción, características,
sistema de acceso y operatividad se establecen en el anexo 1 del presente pliego.
Conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/1307/2005, de 29 de abril, por la que se regula
el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación, la opción por el
uso de medios electrónicos vincula al licitador durante toda la fase de licitación del
contrato.
7.2.2. Comunicaciones electrónicas
Cuando sea admisible la presentación de la documentación en formato papel, las
comunicaciones, notificaciones, requerimientos e intercambio de información entre la
Administración y los licitadores que no hagan uso del sistema de contratación electrónica
podrán realizarse, a opción de los licitadores, a través de correo electrónico, cumpliéndose
las exigencias de la Disposición adicional decimosexta del TRLCSP por remisión de su
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -8-
Disposición adicional decimoquinta.
A tal efecto, los licitadores que opten por este sistema de notificación electrónica deberán
cumplimentar el anexo 2 y darse de alta en la página web www.contrataciondelestado.es
de la Plataforma de Contratación del Estado para la realización y práctica de los trámites
señalados en el párrafo anterior.
7.3. Publicidad de la licitación
El anuncio de licitación se publicará en los diarios oficiales y plataformas de licitación
señalados en el apartado 6.3 del Cuadro de características.
Los gastos de publicidad originados por esta convocatoria serán por cuenta del
adjudicatario y su importe máximo no superará la cantidad señalada en el apartado 6.4 del
Cuadro de características.
7.4. Publicidad de los pliegos
Los pliegos se pueden descargar del perfil del contratante de la Gerencia de Atención
Sanitaria de CEUTA (www.contrataciondelestado.es) y de la Plataforma de Licitación
Electrónica MERCURIO en la dirección web:
http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta
A efectos de lo establecido en el artículo 158.2 del texto refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público, en el supuesto de que sea necesario solicitar información adicional
sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria del presente procedimiento,
deberá realizarse, al menos 12 días antes de la fecha límite fijada para la recepción de
ofertas.
8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES
8.1. Condiciones de aptitud
Podrán optar a la realización del contrato las personas físicas o jurídicas, españolas o
extranjeras, a título individual o en unión temporal, que tengan plena capacidad de obrar,
cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte
de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, acrediten su solvencia económica y
financiera y profesional o técnica en la forma que determina este pliego o, en los casos en
que así se exija, se encuentren debidamente clasificados, y no estén incursas en algunas
de las prohibiciones para contratar que enumera el art. 60 del TRLCSP.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -9-
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional
que, en su caso, se exige en el apartado 7.1 del Cuadro de características.
Las empresas extranjeras no comunitarias deben reunir además los requisitos
establecidos en el art. 55 del TRLCSP.
8.2. Criterios objetivos de solvencia
8.2.1. Los empresarios interesados en participar en el procedimiento de contratación
habrán de reunir las condiciones de solvencia económica y financiera y técnica
que se indican en los apartados 7.2 a 7.5 del Cuadro de características.
8.2.2. Los licitadores se comprometerán a dedicar o adscribir a la ejecución del
contrato los medios personales o materiales que, en su caso, se indiquen en el
apartado 7.5 del cuadro de características.
8.3. Garantía provisional
Los licitadores constituirán la garantía provisional que, en su caso, se exija en el
apartado 8.1 del Cuadro de características.
9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES
9.1. Presentación de las proposiciones
Los empresarios que reúnan los requisitos de capacidad y solvencia establecidos en la
cláusula anterior podrán participar en el procedimiento de contratación presentando la
solicitud que figura en el anexo 3, acompañada de los sobres nº 1 (Documentación
administrativa), nº 2 (Oferta económica y documentación para valoración de criterios
cuantificables de forma automática.), y además, en su caso, el documento original de la
garantía provisional.
9.2. Plazo y lugar de presentación
9.2.1 Cuando sea obligatorio emplear el sistema de licitación electrónica, los
licitadores presentarán sus solicitudes y documentación, dentro del plazo señalado en el
anuncio de licitación, a través de la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO
en la dirección web http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta .
No obstante, para el documento original acreditativo de constitución de la garantía
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -10-
provisional se estará a lo contemplado en el apartado 9.3.5 de este pliego.
9.2.2. Cuando no sea obligatoria la tramitación electrónica del expediente, los licitadores
podrán presentar sus proposiciones en el Registro General de la Gerencia de Atención
Sanitaria, cuya dirección y horario de apertura figura en el apartado 2 de este pliego, o
enviadas por correo dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio público de
licitación.
Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de
imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la
remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. También podrá
anunciarse por correo electrónico. El envío del anuncio por correo electrónico solo será
válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido
íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al
destinatario.
Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición del envío
y anuncio al órgano de contratación) no será admitida la documentación si es recibida por
el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo
señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada
fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
9.3. Forma de presentación.
9.3.1. Para participar en el procedimiento los licitadores presentarán la indicada
solicitud (anexo 3) acompañada de los dos sobres cerrados, identificados en su
exterior con el objeto del contrato al que se concurre y firmados por el licitador o
persona que le represente, indicando el nombre y apellidos o razón social de la
empresa, número de teléfono y de fax y dirección de correo electrónico, todo ello
de forma legible.
9.3.2. Toda la documentación a presentar por los interesados habrá de ser original o
bien copia que tenga carácter de auténtica o compulsada conforme a la
legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de
constitución de la garantía provisional que, en todo caso, habrá de ser original.
9.3.3. En caso de licitación electrónica, cuando la documentación que se exige en este
pliego se presente en formato electrónico, antes de adjuntar la documentación
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -11-
mediante la Plataforma MERCURIO, los licitadores deberán registrarse en la
citada plataforma y firmar mediante firma electrónica reconocida, válidamente
emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la
identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos
asociados a la misma, en los que sea necesaria la firma del apoderado, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, y demás
disposiciones de contratación pública electrónica.
9.3.4. La firma electrónica reconocida según el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de
diciembre, de Firma Electrónica es la firma electrónica avanzada basada en un
certificado reconocido (válidamente emitida por un Prestador de Servicios de
Certificación) y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma,
(por ejemplo DNIe, u otras tarjetas criptográficas que reúnan los requisitos
establecidos en la norma de referencia).
9.3.5. La acreditación de la constitución de la garantía provisional no podrá realizarse,
en ningún caso, por medios electrónicos, informáticos o telemáticos Aquellos
documentos originales que acrediten la constitución de la garantía provisional,
si procede, habrán de ser entregados en el Registro General del órgano de
contratación, cuya dirección y horario de apertura figura en el apartado 2 de este
pliego, o enviados por correo dentro del plazo de admisión señalado en el
anuncio de licitación. El licitador deberá justificar la fecha de imposición del
envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión
de la garantía provisional mediante télex, fax o telegrama en el mismo día.
También podrá anunciarse por correo electrónico. El envío del anuncio por
correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y
recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se
identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de
ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano
de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo
señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días, siguientes a la
indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en
ningún caso.
9.3.6. Las instrucciones para la presentación de ofertas a través de la plataforma se
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -12-
encuentran en el Anexo A - Guía para la presentación de ofertas mediante la
plataforma de contratación electrónica de la Gerencia de Atención
Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en Ceuta y Anexo B -
Requisitos técnicos para la presentación de ofertas mediante la plataforma
de contratación electrónica de este pliego.
Una vez presentada una oferta a través de la plataforma electrónica de
contratación MERCURIO, se generará un recibo electrónico que garantizará la
fecha, hora y contenido de su oferta.
Una vez entregada o remitida la documentación no podrá ser retirada.
Es responsabilidad de los interesados que los documentos se envíen libres de
virus que dificulten o imposibiliten su lectura. En cualquier caso, la mera
presencia de virus en la oferta no determinará, por sí misma, la exclusión de la
misma, siempre que se pueda tener acceso a su contenido.
9.3.7. Salvo que se indique expresamente en el apartado 9.5 del Cuadro de
características, no se se admitirán variantes, por lo que cada licitador sólo podrá
presentar una proposición y tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión
temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de
una unión temporal. La contravención de esta prohibición dará lugar al rechazo de
todas las ofertas incursas en duplicidad.
9.3.8. La documentación se presentará en castellano. En el caso de presentarse alguna
documentación en otro idioma o lengua sin la traducción jurada correspondiente, la
Administración contratante se reserva la facultad de no considerar dicha
documentación.
9.3.9. Si existiese alguna dificultad técnica en el envío, el licitador, antes de la
finalización del plazo de presentación de las ofertas, podrá realizar un envío
previo de la firma de conformidad con lo dispuesto en el apartado h) de la
Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, a través de la Plataforma de licitación electrónica MERCURIO. En
este caso, la Plataforma registrará sólo la firma electrónica y la ubicación de los
documentos integrantes de la oferta que se ha tratado de enviar (en adelante
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -13-
“Oferta Original”). Posteriormente, y en un plazo máximo de 24 horas, el licitador
que hubiera presentado su firma de esta forma, deberá presentar la oferta
propiamente dicha en formato electrónico, a través de la Plataforma de Licitación
Electrónica MERCURIO. De no efectuarse esta segunda remisión en el plazo
indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada. La oferta presentada en
formato electrónico en esta segunda fase no podrá sufrir ninguna modificación
respecto a la Oferta Original. Si una vez realizadas las comprobaciones técnicas
oportunas (Función Hash), se comprobase que la documentación recibida en la
segunda fase ha sufrido modificaciones respecto a la Oferta Original, la
propuesta del licitador no será tenida en cuenta en el procedimiento de licitación
9.4. Contenido de las proposiciones
Los licitadores habrán de presentar DOS (2) SOBRES, bien en formato papel o a través de
la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO en formato electrónico, en este último
caso sólo si se ha optado por la licitación electrónica, con la siguiente denominación:
- Sobre 1: Documentación administrativa.
- Sobre 2: Oferta económica y documentación para valoración de criterios
cuantificables de forma automática.
Además, en su caso, deberán presentar el resguardo original acreditativo de
haber depositado, en concepto de garantía provisional, la cantidad que se indica en
apartado 8.1 del Cuadro de características, en la forma indicada en el apartado 9.3.5
de este pliego.
9.4.1. Sobre 1: “Documentación administrativa”
Este sobre contendrá los siguientes documentos:
A. Índice de documentos
La relación de documentos que se presentan se ajustará al modelo que
figura en el anexo 4.
B. Dirección de correo electrónico
Los licitadores que, con arreglo a lo dispuesto en la cláusula 7.2.2
presenten sus proposiciones en formato papel y opten por la utilización de
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -14-
medios electrónicos para la realización de las comunicaciones y
notificaciones, habrán de presentar cumplimentado el anexo 2 y darse de
alta en la página web de la Plataforma de Contratación del Estado.
(www.contrataciondelestado.es)
C. Acreditación de la personalidad jurídica y la capacidad de obrar
1º. Si el licitador es persona física deberá presentar documento que acredite
debidamente su personalidad (Documento Nacional de Identidad para
españoles; y pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo para
extranjeros).
2º. Si los licitadores fueran personas jurídicas españolas, deberán presentar
la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro
Mercantil cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación
mercantil que les sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad
de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución,
estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se
regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro
oficial, según el tipo de persona jurídica, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 72 del TRLCSP.
3º. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados
miembros de la Unión Europea se acreditará mediante la inscripción en los
Registros correspondientes, de acuerdo con la legislación del Estado donde
están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o
un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación en
los términos exigidos en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP y 9 del RGLCAP.
Asimismo, deberán acreditar que cuenta con la autorización especial
regulada en el artículo 58.2 del TRLCSP o, en caso de no necesitarla para
ejecutar el contrato, deberán presentar una declaración responsable en la
que haga constar dicha circunstancia.
4º. La capacidad de obrar de los demás empresarios extranjeros se
acreditará en los términos exigidos en los artículos 55 y 72.3 del TRLCSP y
10 del RGLCAP.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -15-
A estos efectos, deberán aportar un informe de la Misión Diplomática
Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina
Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en que
se haga constar:
- Que, previa acreditación de la empresa, figura inscrita en el Registro local
profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con
habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se
extiende el objeto del contrato.
- Que su Estado de procedencia admite a su vez la participación de
empresas españolas en la contratación con la Administración y con los
entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los
enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente
análoga.
D. Acreditación de la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán
poder bastante al efecto y copia autenticada de su Documento Nacional de
Identidad o del documento que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el
Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es
necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo
94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
E. Habilitación empresarial
Los licitadores habrán de presentar los documentos que, en su caso, se
exijan en el apartado 7.1 del Cuadro de características.
F. Unión temporal de empresas (en adelante UTE)
Cuando dos o más empresas liciten agrupadas en una UTE, cada uno de los
empresarios que la componen acreditará su capacidad y personalidad en la
forma prevista en los apartados anteriores, debiendo indicar en documento
privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la
participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente
en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios y la persona o entidad
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -16-
que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de
todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá de estar
firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de
la UTE (anexo 5).
G. Solvencia económica, financiera y técnica
Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica
o profesional con los medios descritos en los apartados 7.2 del Cuadro de
características.
H. Prohibición de contratar
Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones
para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, conforme al modelo
que se incorpora en el anexo 6. La prueba de esta circunstancia podrá
hacerse también por cualquiera de los otros medios señalados en el artículo
73 del TRLCSP.
La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá
expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de
las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las
disposiciones vigentes.
I. Garantía provisional
Resguardo original acreditativo de haber depositado, en concepto de garantía
provisional, la cantidad que, en su caso, se indica en apartado 8.1 del cuadro
de características.
J. Empresas vinculadas o pertenecientes al mismo grupo de empresas
A los efectos previstos en el art. 86 RGLCAP, los licitadores aportarán una
declaración responsable, en la que se haga constar expresamente si otras
sociedades del mismo grupo empresarial, entendiendo por éstas las que se
encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de
Comercio, han presentado proposiciones, relacionando, en caso afirmativo,
los nombres de las correspondientes empresas (anexo 7)
K. Empresas extranjeras
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Las empresas extranjeras aportarán una declaración de someterse a la
jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para
todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del
contrato con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que
pudiera corresponder al licitante (anexo 8).
L. Autenticidad de documentos electrónicos.
En el caso de presentar la oferta a través de la Plataforma de Licitación
Electrónica MERCURIO, los licitadores presentarán una declaración expresa
responsable, según modelo que figura en el anexo 9 del presente pliego, en
la que se manifieste que el contenido de los documentos electrónicos
presentados a través de la citada plataforma concuerdan fielmente con los
originales y se comprometen a acreditarlo cuando el órgano de contratación
se lo requieran.
M. Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad.
Los licitadores interesados en que se les aplique las preferencias de
adjudicación que se establecen en la cláusula 10.2.1 del presente pliego
para el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas,
deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar
su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con
discapacidad superior al 2 por 100, según lo dispuesto en la disposición
adicional cuarta del TRLCSP.
N. Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial.
Tal como prevé el artículo 140 del TRLCSP, las empresas licitadoras tendrán
que indicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria, según
modelo que figura en el anexo 10 de este pliego, qué documentos
administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer,
constitutivos de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá
además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra
forma) en el propio documento señalado como tal. Los documentos y datos
presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de
carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus
intereses comerciales legítimos, perjudicar la leal competencia entre las
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empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones
establecidas en la Ley de Protección de datos de Carácter Personal. De no
aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato
posee dicho carácter.
Las empresas que figuren inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y
Empresas Clasificadas del Estado quedarán exentas de aportar la
documentación exigida en los apartados C (párrafos 1º y 2º) y D, siempre que
aporten certificado acreditativo de la inscripción en el citado Registro,
acompañado de una declaración expresa responsable en la que manifieste
que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado
variación.
En el caso de que los licitadores estén inscritos en el Registro de Licitadores del
Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, podrán presentar Certificación del citado
Registro, la cual les dispensará de la aportación de los documentos que en ella se
recogen mientras tengan validez las circunstancias acreditadas en su día. Junto a
la certificación indicada, se deberá presentar declaración expresa responsable
de la empresa en la que manifieste que no se han modificado los datos obrantes
en el mismo, salvo lo relativo a los datos referidos a obligaciones tributarias y de
Seguridad Social, en su caso.
9.4.2. Sobre 2: Oferta económica y documentación para valoración de criterios
cuantificables de forma automática
9.4.2.1. Oferta económica
9.4.2.1.1. Este sobre contendrá la oferta económica firmada y redactada
según el modelo que se adjunta como anexo 11 a fin de aplicar los criterios de
adjudicación establecidos evaluables mediante fórmula matemática.
9.4.2.1.2. El licitador, al formular su propuesta económica, incluirá en el
precio ofertado toda clase de gastos necesarios para la ejecución del contrato.
9.4.2.1.3. No se aceptarán aquellas ofertas que tengan omisiones, errores, o
tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime
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fundamental para la oferta. En caso de discordancia entre las cantidades reflejadas en
cifras y las cantidades reflejadas en letras, prevalecerán las cantidades reflejadas en
letras.
9.4.2.1.4. El porcentaje ofertado será único para las dos clases de
gasóleo a suministrar y se indicará con dos decimales como máximo, no
considerándose aquellos dígitos que superen dicha cantidad.
9.4.3. Presentación de muestras
Será obligatoria la presentación de muestras cuando se indique expresamente en
el apartado 9.6 del Cuadro de características. La falta de presentación de las
muestras en el lugar, tiempo y forma indicados en el citado apartado determinará la
inadmisión del licitador o, en su caso, la no valoración de su proposición respecto
al lotes o lotes cuyas muestras sean preceptivas.
10. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
10.1. Criterios de valoración
Los criterios que sirven de base para la adjudicación del contrato son los que se
relacionan en el apartado 10 del Cuadro de características.
10.2. Procedimiento de valoración
10.2.1. Valoración de los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas
matemáticas
La valoración de las ofertas respecto a los criterios cuantificables mediante la
mera aplicación de fórmulas se realizará conforme al siguiente procedimiento:
1º.- Se ordenarán de menor a mayor porcentaje de desviación ofertado.
2º.- Se asignará una puntuación a cada oferta de acuerdo con la fórmula
(100 – n), donde n es el valor cuantitativo del ordinal en el que ha quedado
clasificada cada oferta.
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10.2.2. Valoración global de las ofertas
Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los
criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando
seleccionada la que obtenga mayor puntuación. Si se produjera un empate en
la puntuación entre dos o más licitadores, éste se dirimirá a favor del que
hubiera obtenido mayor puntuación en la valoración de los criterios
cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas; si persistiera el
empate la propuesta de adjudicación se decidirá a favor del que hubiera
obtenido mayor puntuación en la valoración, si existieran, de los criterios
evaluables mediante juicios de valor, y de persistir tal situación, se atenderá a
los criterios preferenciales previstos en la disposición adicional cuarta del
TRLCSP indicados en el apartado M de la cláusula 9.4.1, a favor de la
empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad,
siempre que sea superior al 2 por 100, o, en su caso, disponga del mayor
porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla; y, en última
instancia, mediante sorteo a celebrar en acto público mediante insaculación.
10.3. Ofertas con valores desproporcionados o anormales
El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciará, en su caso, mediante
la aplicación de los parámetros objetivos relacionados en el apartado 11 del Cuadro de
características.
11. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
11.1. Mesa de contratación
El órgano de contratación estará asistido por una MESA DE CONTRATACIÓN que
será el órgano competente para valoración de las ofertas. Estará constituida por un
Presidente, un mínimo de cuatro vocales y un Secretario, designados por el órgano de
contratación, el último entre funcionarios del propio órgano de contratación o en su
defecto, entre el personal a su servicio. Entre los vocales deberá figurar necesariamente
un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el
asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -21-
La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de
contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a
la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el
artículo 146.1 del TRLCSP.
En lo no previsto en el presente pliego, la Mesa procederá conforme a lo previsto en
los artículos 25 a 30 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, en cuanto resulte de
aplicación, y, en su defecto, por lo dispuesto en los artículos 81 a 83 del Reglamento
aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
11.2. Calificación de la documentación administrativa
La Mesa de Contratación procederá, en sesión no pública, a calificar los documentos
presentados en tiempo y forma, a cuyos efectos, el Presidente ordenará
exclusivamente la apertura del sobre 1. La documentación contenida en este sobre
será examinada por la Mesa, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de
aquélla que no sea considerada bastante.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación
personal presentada, lo comunicará a los interesados verbalmente y a través de
correo electrónico, o en su caso a través de la Plataforma de Licitación Electrónica
MERCURIO, concediéndoles un plazo inferior a siete días naturales a fin de que los
corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación o, en su caso a través de la
indicada plataforma.
11.3. Apertura de proposiciones evaluables mediante criterios de evaluación
automática.
La apertura del sobre nº 2 se realizará en sesión pública en el lugar, día y hora
indicados en el anuncio de la licitación.
En dicho acto en primer lugar se dará conocimiento de las ofertas admitidas y
excluidas, y a continuación se abrirán las proposiciones contenidas en el sobre de
criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas, correspondiente a las ofertas
admitidas, dando a conocer su contenido.
Serán desestimadas aquellas proposiciones económicas que no concuerden con la
documentación presentada y admitida, variaran sustancialmente del modelo
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -22-
establecido, comportasen error manifiesto en el importe de la proposición o cuando
existiese reconocimiento por parte del licitador de que la proposición adolece de error
o inconsistencia que la hagan inviable.
11.4. Propuesta de adjudicación
La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación una propuesta de
adjudicación razonada que incluirá la ponderación de los criterios de valoración,
acompañada de las actas de las reuniones y de la documentación generada en sus
actuaciones, así como los informes que se hubieran emitido. Esta propuesta no crea
derecho alguno a favor del licitador propuesto.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición
que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
12. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
12.1. El órgano de contratación podrá, siempre antes de la adjudicación, renunciar a la
ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el
expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse
producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o
de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo de indemnizar a los
licitadores, en ambos supuestos, de los gastos que su participación en la licitación les
hubiese efectivamente ocasionado.
12.2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta
económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar
desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la
documentación justificativa de las siguientes circunstancias:
a) Certificación administrativa, a efectos de contratar con el Sector Público,
expedida por el órgano competente en la forma y con los efectos previstos
reglamentariamente, de hallarse al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
b) Certificación administrativa, a efectos de contratar con el Sector Público,
expedida por el órgano competente en la forma y con los efectos previstos
reglamentariamente, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -23-
obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes.
c) Certificación administrativa de encontrarse de alta en el Impuesto sobre
Actividades Económicas referida al ejercicio corriente en el epígrafe
correspondiente al objeto del contrato, o el último recibo del pago del Impuesto,
acompañado de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la
matrícula del citado impuesto.
d) Documento que acredite la constitución de una garantía definitiva por el importe
señalado, en su caso, en el apartado 8.2 del Cuadro de características a
disposición del órgano de contratación en cualquiera de las formas previstas en
el art. 96 del TRLCSP.
e) Cuando el adjudicatario tenga la condición de unión temporal de empresas,
escritura pública de constitución inscrita en el Registro Especial del Ministerio de
Economía y Hacienda o análogo y nombramiento de un representante o
apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y
cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción.
f) Justificación del abono de los gastos de publicidad del anuncio de licitación.
g) Certificado original emitido por una entidad aseguradora debidamente
autorizada que acredite la contratación de una póliza de Seguro de
Responsabilidad Civil para la realización de actividades de igual naturaleza a la
contratada. Este seguro cubrirá los daños y perjuicios ocasionados tanto a la
Administración contratante como a terceros, derivados de la calidad de la
prestación realizada y de la ejecución del contrato de suministro, por el período
de tiempo pactado como de ejecución del contrato. El importe de la suma
asegurada por la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil debe ser como
mínimo la que se indica en el apartado 20.1 del Cuadro de características.
La falta de cumplimentación adecuada del anterior requerimiento en el plazo
señalado significará la retirada de la oferta del licitador, procediéndose en este caso a
recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan
quedado clasificadas las ofertas.
12.3. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la recepción de la documentación descrita en el apartado anterior, y antes
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -24-
del transcurso del plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de la
apertura pública de proposiciones. Este último plazo se ampliará en quince días hábiles
cuando existan proposiciones que puedan considerarse desproporcionadas o anormales.
12.4. La adjudicación del contrato será motivada, se notificará a los licitadores y,
simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante y, en su caso, en la Plataforma
de Licitación Electrónica MERCURIO.
La notificación, cuyo contenido se adecuará a las previsiones recogidas en el artículo
151.4 del TRLCSP, se realizará por correo electrónico a la dirección que los licitadores
hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el
art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los
Servicios Públicos. Por tanto, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los
efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco
días.
12.5. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la
adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la
divulgación de esa información pueda obstaculizar la aplicación de una norma,
resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de
empresas públicas o privadas o la competencia leal entre ellas, de acuerdo con el art.
153 del TRLCSP.
13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13.1. El contrato se formalizará en documento administrativo. No obstante, el contratista
podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los
correspondientes gastos. En ningún caso, se podrán incluir en el documento en que se
formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la
adjudicación.
13.2. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al
artículo 40.1, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días
hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y
candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP. El órgano de
contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no
superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el
requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -25-
hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del
contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del
recurso hubiera levantado la suspensión. En los restantes casos, la formalización del
contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél
en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la
forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP
13.3. El contrato será firmado mediante firma electrónica reconocida a través de la
Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO si el adjudicatario optó por este
sistema de licitación. Igualmente, la empresa adjudicataria firmara los pliegos de
cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
13.4. La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante. Asimismo, se
publicará en el Boletín Oficial del Estado un anuncio en el que se dé cuenta de dicha
formalización en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde la fecha
de la misma. Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada el anuncio
deberá enviarse además, en el plazo señalado en el párrafo anterior, al «Diario Oficial
de la Unión Europea»
13.5. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato
dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la
garantía definitiva del importe de la garantía provisional que en su caso se hubiese
exigido. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se
indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera
ocasionar.
14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
14.1. Responsable del contrato
El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato, indicándolo en el
apartado 12.1 del Cuadro de características, persona física o jurídica vinculada o no a la
Administración contratante, al que corresponderá supervisar su ejecución, relacionarse
con el coordinador técnico o responsable de la empresa contratista y adoptar las
decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta
realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que se le
atribuyan.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -26-
14.2. Condiciones de la ejecución
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas contenidas en este pliego,
en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario, observando fielmente lo
establecido en el pliego de prescripciones técnicas y conforme a las instrucciones que,
para su interpretación, el INGESA dé al contratista.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, según lo
dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP.
14.3. Obligación de confidencialidad
La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional
respecto de los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento
por razón de la prestación del contrato. Este deber subsistirá aún después de que el
contrato se haya extinguido bien por su cumplimiento bien por su resolución, de
conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal.
14.4. Otras condiciones de ejecución
El contrato habrá de ejecutarse con arreglo a las condiciones señaladas en el apartado
12.2 del Cuadro de características.
14.5. Lugar de entrega
El adjudicatario estará obligado a realizar la entrega de los bienes en el lugar
establecido en el pliego de prescripciones técnicas.
14.6. Recepción del suministro
14.6.1. El contratista será responsable de la calidad técnica de los suministros objeto
del contrato, así como de las consecuencias que se deduzcan para el
INGESA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o
conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
14.6.2. El órgano de contratación determinará si las prestaciones del contratista se
ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento,
requiriendo en su caso, la entrega del suministro contratado y la subsanación
de los defectos observados con ocasión de su recepción.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -27-
14.6.3. Si la Administración acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes
adquiridos, tendrá derecho a reclamar la reposición de los que fuesen
inadecuados, inservibles o presentase deficiencias de calidad. El plazo de
reposición máximo será de 30 días naturales desde la recepción de la
comunicación al adjudicatario.
14.6.4. La recepción del suministro se producirá, en todo caso, en los términos
señalados en el apartado 12.3 del Cuadro de características.
14.7. Condiciones especiales de ejecución
A los efectos del art. 118 del TRLCSP, tendrán la consideración de condiciones
especiales de ejecución las contenidas expresamente en el apartado 12.4 del Cuadro
de características.
14.8. Facultad de control e inspección
El control e inspección de la Administración se extenderá a todos los aspectos relativos
al contenido del suministro y al cumplimiento de las cláusulas y prescripciones de los
correspondientes pliegos administrativos y técnicos, comprendiendo, entre otras, las
siguientes facultades:
a) Comprobar la efectiva prestación del suministro por la adjudicataria,
estableciendo los sistemas de control que estime oportunos para verificar su
cumplimiento conforme a la propuesta contenida en su oferta técnica.
b) Recibir puntualmente el resumen de las actividades realizadas así como
cualquier otra información que le sea solicitada.
c) Requerir de la adjudicataria los informes o documentos que considere
necesarios relacionados con la prestación del suministro.
d) Efectuar comprobaciones sobre calidad del bien suministrado.
14.9. Incumplimiento de las obligaciones contractuales
14.9.1. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del
contrato y, en su caso, de los plazos parciales de la entrega de los bienes,
así como de las obligaciones que se derivan del contrato. En caso de
ejecución defectuosa o demora, la Administración podrá optar por la
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -28-
resolución del contrato o por la imposición de las penalidades señaladas en
el apartado 13 del Cuadro de características.
14.9.2. La aplicación y pago de estas penalidades no excluye la indemnización a
que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios
ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.
14.9.3. El importe de las penalidades o de los daños y perjuicios ocasionados a la
Administración se hará efectivo mediante la deducción de las mismas en las
sucesivas facturaciones. Asimismo, la garantía definitiva responderá de las
penalidades e indemnizaciones exigibles al adjudicatario, quien, en todo
caso, habrá de reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda en
el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en
causa de resolución.
14.10. Obligaciones y gastos exigibles al contratista
El contratista asumirá a su cargo exclusivo los gastos e impuestos, anuncios, ya sea
en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de
formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de
cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar
correctamente el suministro contratado. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos
los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son
los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales,
instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y
toda clase de tributos, aranceles y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la
ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser
éstos repercutidos como partida independiente.
14.11. Responsabilidades del contratista
El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos
que se causen al INGESA y a terceros como consecuencia de las operaciones que
requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran
consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será
responsable dentro de los límites señalados en las leyes.
15. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
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15.1. El contrato podrá modificarse de acuerdo con lo establecido en los artículos 107 y 108
del TRLCSP, así como en los supuestos previstos en el apartado 14 del Cuadro de
características.
15.2. La modificación del contrato se formalizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
156 del TRLCSP.
16. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
16.1. Cesión del contrato
Los derechos y obligaciones derivadas del contrato podrán cederse por el contratista a
un tercero, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
16.2. Subcontratación
16.2.1. El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial de la
prestación cuando así se haya previsto en el apartado 15.1 del Cuadro de
características.
16.2.2. La subcontratación deberá ajustarse a los requisitos establecidos en el art.
227 del TRLCSP. Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate
con terceros no podrán exceder del porcentaje que se señale en el apartado
15.2 del Cuadro de características. En el supuesto de no consignarse límite
alguno, el contratista podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda
del 60 por 100 del importe de la adjudicación.
17. PAGO DEL PRECIO
17.1. El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de suministro con arreglo a las
condiciones establecidas en el apartado 16 del Cuadro de características.
17.2. El INGESA tendrá la obligación de abonar al contratista el precio dentro de los treinta
días siguientes a la fecha de aprobación de la conformidad de la prestación ejecutada
por el responsable del servicio que determine la Gerencia de Atención Sanitaria. La
Administración deberá aprobar esta conformidad dentro de los treinta días siguientes
a la prestación del suministro.
17.3. La demora en el pago por plazos superiores a los indicados devengará en favor del
contratista los interesas de demora y la indemnización por los costes de cobro en los
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términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen
medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, de
conformidad con lo establecido en el art. 216.4 del TRLCSP.
Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el
contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, ante el registro
administrativo correspondiente, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la
fecha de la prestación del suministro. Si se incumpliera este plazo, el devengo de
intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de presentación
de la factura en el citado registro.
17.4. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder,
en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la
Administración, con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del
reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los
términos establecidos en el TRLCSP.
17.5. El contratista que, según lo establecido en los párrafos anteriores tenga derecho de
cobro frente al INGESA, podrá ceder el mismo conforme a Derecho en los términos
previstos en el art. 218 del TRLCSP.
18. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 20 respecto al plazo de garantía, el contrato se
entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya prestado el suministro conforme a los
términos establecidos en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción del
INGESA.
19. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
19.1. El contrato se resolverá por las causas previstas en los artículos 223 y 299 del
TRLCSP, con los efectos previstos en los artículos 225 y 300 de la citada Ley.
19.2. Son también causas de resolución del contrato las que se relacionan en el apartado 17
del Cuadro de características.
19.3. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a
instancia del contratista, mediante expediente que se tramitará de acuerdo con el
procedimiento establecido en el artículo 109 del RGLCAP.
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20. PLAZO DE GARANTÍA
20.1. El plazo de garantía será el señalado en el apartado 18 del Cuadro de
características.
20.2. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en la
prestación ejecutada, la Administración tendrá derecho a reclamar al contratista la
subsanación de los mismos.
21. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
21.1. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el artículo 210 del
TRLCSP y los acuerdos que adopte en el ejercicio de las mismas pondrán fin a la vía
administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
21.2. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones litigiosas
relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de de este
contrato será el contencioso-administrativo, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la
interposición de cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
21.3. No obstante, no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios
contra los actos susceptibles de recurso especial en materia de contratación.
21.4. El recurso especial podrá interponerse contra los anuncios de licitación, los pliegos y
los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la
contratación; los actos de trámites adoptados en el procedimiento de adjudicación
cuando decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la
imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio
irreparable a derechos e intereses legítimos, y los acuerdos de adjudicación.
21.5. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 42 y
siguientes del TRLCSP. Contra la resolución de este recurso especial sólo procederá
la interposición de recurso contencioso administrativo.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -32 -
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
- CUADRO DE CARACTERÍSTICAS-
1. IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE
1.1. Nº Expediente: P.A. 1/2015
1.2. Órgano de contratación: GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DE CEUTA
1.3. Perfil del contratante: www.contrataciondelestado.es
2. DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO
2.1. Objeto del contrato: SUMINISTRO DE GASÓLEO CLASE “A” Y CLASE “C” PARA EL HOSPITAL
UNIVERSITARIO DE CEUTA.
2.2. Codificación:
CPA: 19.20.26. Gasóleos
CPV: 09134100 Gasoil. 2.3. División por lotes: NO SI
3. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER Se pretende con este contrato garantizar el funcionamiento de las instalaciones del Hospital Universitario del INGESA en Ceuta, fundamentalmente de calefacción y generación de agua caliente sanitaria (ACS), generación de vapor para lavandería industrial y motores de combustión interna de grupos electrógenos, justificándose así la necesidad e idoneidad del contrato proyectado conforme al art. 22 del TRLCSP.
4. PRESUPUESTO Y PRECIO
4.1. Presupuesto máximo sin IPSI: 735.233.- €, IPSI 0% , Presupuesto total: 735.233.-€
4.2. Distribución por Centro de Gestión y Anualidad.
Centro de gestión Anualidad Importe € IPSI € TOTAL € Aplicación
presupuestaria
Atención Especializada
(5102)
2015 367.616,5 0,00 367.616,5 2223 2210.3
Atención Especializada
(5102) 2016 367.616,5 0,00 367.616,5 2223 2210.3
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -33-
4. PRESUPUESTO Y PRECIO
4.3. Tramitación presupuestaria del expediente: Normal
Anticipada ( por lo cual la adjudicación y formalización de este contrato queda sometida a la condición suspensiva de
existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el ejercicio
correspondiente)
4.4.. Sistema de determinación del precio: Precio unitario
4.5. Valor estimado del contrato: 1.470.466.- €.
4.6. Revisión de precios: NO No procede la revisión de precio conforme a los dispuesto en el art. 89.1 del TRLCSP,
exceptuándose las producidas por las oscilaciones semanales en el mercado de los precios de hidrocarburos, o en su
caso por las variaciones que tengan lugar en virtud de cambios en la normativa vigente.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
5.1. Plazo de ejecución: 1 año Fecha de inicio de la ejecución: A partir del establecido en el contrato
5.2. Prórroga: SI, pudiendo prorrogarse antes de su finalización por mutuo acuerdo de las partes, sin que la duración
total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de dos años, ni éstas puedan ser concertadas aislada o
conjuntamente por un plazo superior al fijado originariamente.
6. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
6.1. Procedimiento: Procedimiento abierto, sujeto a regulación armonizada
6.2. Tramitación: Ordinaria Urgente
Licitación electrónica o en formato papel (opcional para el licitador)
Licitación electrónica (obligatoria para el licitador)
6.3. Publicidad de la licitación: Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE)
Boletín Oficial del Estado (BOE)
Perfil del contratante (www.contrataciondelestado.es)
Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO: http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta
6.4. Importe máximo de gastos de publicidad: MIL QUINIENTOS EUROS (1.500 €)
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -34-
7. HABILITACION Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES
7.1. Habilitación empresarial: SI Autorización como operador al por mayor de productos petrolíferos o certificado de
inscripción en el Registro de Distribuidores al por menor de productos petrolíferos. NO
7.2. Clasificación: SI NO
7.3. Solvencia económica y financiera: Los licitadores deberán presentar una declaración sobre el volumen global de negocios por importe igual o superior a
600.000 euros en al menos uno de los tres últimos años.
7.4. Solvencia técnica o profesional: Los licitadores deberán presentar una relación de los principales suministros
efectuados durante los tres últimos años, cuyo importe anual sea igual o superior a 600.000 euros en al menos uno de los
tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados
se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una
entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o,
a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
7.5. Compromiso de adscripción de medios personales o materiales: SI NO
8. GARANTÍAS
8.1. Garantía provisional: SI NO
8.2. Garantía definitiva: SI NO En el presente contrato, atendidas las circunstancias concurrentes, el órgano de
contratación, exime al adjudicatario de la obligación de constituir garantía definitiva, de conformidad con el art. 95.1 del
TRLCSP, por considerar que la entrega efectiva del suministro es de naturaleza consumible y su recepción se efectuará
antes del pago del precio. Asimismo, considera el citado órgano de contratación, que la cuantía no puede fijarse con
anterioridad, ya que viene dada en función del consumo real y efectivo, por lo que el precio final sólo se conocerá una vez
prestado el suministro objeto del contrato.
9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES
9.1. Lugar, tiempo y forma para la presentación de las proposiciones: Véase cláusula 9.2 y 9.3 del presente pliego.
9.2. Documentos que deben incluirse en el sobre 1: Véase cláusula 9.4.1 del pliego.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -35-
9.3. Documentos que deben incluirse en el sobre 2: Oferta económica según modelo anexo 11.
9.4. Documentos que deben incluirse en el sobre 3: No procede sobre 3
9.5. Variantes: SI NO
Cada licitador podrá presentar únicamente una sola proposición económica, sin que sea admisible ninguna variante. La
contravención de esta prohibición dará lugar al rechazo y no admisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.
9.6 Presentación de muestras: SI NO
10. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas Valoración
10.1. 10.1.1 Porcentaje de desviación, positivo o negativo, ofertado sobre los precios sin
tasas publicados en el Boletín Petrolero de la Comisión Europea para el gasóleo en
España……………………………….……………………………………………………………..
(Se valorará conforme a la fórmula descrita en la cláusula 10.2.1)
0-100 puntos
10.2. Umbral mínimo de puntuación en los criterios evaluables mediante juicios de valor: NO
11. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
Los criterios para apreciar las ofertas con valores anormales o desproporcionados, se considerarán conforme a los artículos
85 y 86 del RGLCAP.
12. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
12.1. Responsable del contrato: Directora de Gestión y SS.GG. de Atención Sanitaria - Ceuta
12.2. Condiciones de ejecución: Las señaladas en el pliego de prescripciones técnicas.
12.3. Recepción del suministro: La entrega y recepción de los bienes se ajustará a lo dispuesto en el pliego de
prescripciones técnicas. Se entenderá realizada la entrega cuando, depositados los bienes en el lugar señalado en la
cláusula 14.5 y examinados, se encuentren de conformidad con el presente pliego y el de prescripciones técnicas
particulares. La simple entrega del albarán no implicará la conformidad de la entrega en tanto no se compruebe la calidad,
cantidad y, en su caso, el funcionamiento adecuado de los bienes.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -36-
12. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Si en el momento de la entrega, se estima que los bienes no se encuentran en estado de ser recibidos, se hará constar así
en dicho acto y se darán las instrucciones precisas al suministrador para que subsane los defectos observados o proceda
a un nuevo suministro, de conformidad con lo pactado.
12.4. Condiciones especiales de ejecución del contrato: SI NO
13. PENALIDADES
Podrán imponerse las penalidades previstas en el art. 212 del TRLCSP por los cumplimientos defectuosos e
incumplimientos de la prestación, así como por la demora del plazo total.
14. RÉGIMEN DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO (ART. 106 TRLCSP)
14.1. Modificaciones del contrato: SI NO
14.2. Condiciones, alcance y límites de la modificación contractual: No procede
14.3. Porcentaje máximo: No procede
14.4. Procedimiento: No procede
15. SUBCONTRATACIÓN
15.1. Autorización para subcontratar: NO SI
15.2. Porcentaje máximo: NINGUNO
16. RÉGIMEN DE PAGOS
Forma de pago: Pago único Pago a cuenta El pago del precio del suministro se efectuará mediante abonos
que tendrán la consideración de pagos a cuenta, por períodos mensuales vencidos, previa conformidad de las facturas
correspondientes presentadas por el contratista, relativas a las entregas realizadas.
17. OTRAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -37-
Al amparo de lo establecido en los apartados f) del artículo 223 del TRLCSP, se consideran causa de resolución por
incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales las siguientes:
A) Pérdida sobrevenida de los requisitos y/o capacidad para contratar con la Administración.
B) El incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del contrato. No obstante, cuando se produzca este
supuesto, la Administración requerirá al contratista para que regularice la situación en un plazo de cinco días a partir del
requerimiento.
C) Incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación.
D) Obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración.
E) Incumplimiento de cualquier prestación complementaria o compromiso asumido por el contratista en su oferta que haya
sido considerada en la valoración de su oferta por afectar a los criterios de adjudicación del contrato.
18. PLAZO DE GARANTÍA
Plazo de garantía: SI Tres meses, desde la recepción conforme de la última factura.
NO
19. INFORMACIÓN
19.1. Aspectos técnicos: OFICINA TÉCNICA Teléfono: 856 90 72 87
Horario: En días laborables de Lunes a Viernes de 8,30 a 14,30.
19.2. Aspectos administrativos: UNIDAD DE SUMINISTROS Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Teléfono: 856 90 70 39 Fax: 856 90 72 89, Correo electrónico: [email protected]
19.3 Soporte Técnico de la Plataforma de Contratación Electrónica MERCURIO:
Teléfono:: 902 999 048, Correo electrónico:: [email protected]
Por medio del formulario de soporte técnico en el siguiente enlace : http://mercurio.altia.es/?page_id=257
Horario: En días laborables de Lunes a Jueves de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00 y los Viernes de 9:00 a 14:00 horas
(Durante los meses de Julio y Agosto el horario en días laborables de Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 horas.)
20. OTRAS OBSERVACIONES
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -38-
20.1. El importe de la suma asegurada por la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil exigido en la cláusula 12.2.f.
debe ser como mínimo de 1.200.000 euros.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 39-
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
ANEXO 1
LICITACIÓN ELECTRÓNICA
El apartado 3 de la Disposición adicional decimosexta del TRLCSP dispone que en
cumplimiento del principio de transparencia en la contratación y de eficacia y
eficiencia de la actuación administrativa, se fomentará y preferirá el empleo de
medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de
contratación pública por los licitadores o los candidatos.
Asimismo, la disposición adicional decimoquinta del citado texto legal establece
que las comunicaciones e intercambios de información que deban efectuarse en
los procedimientos de contratación pública podrán hacerse, de acuerdo con los
que establezcan los órganos de contratación o los órganos a los que corresponda
su resolución, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o
telemáticos.
Por último, la disposición adicional única del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo,
por el que se desarrolla parcialmente texto refundido de la Ley de Contratos del
Sector, prevé que, al objeto de fomentar la agilidad, eficacia y eficiencia de tales
procedimientos, las comunicaciones requerimientos y notificaciones podrán
realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Es por ello que el Gerente de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria en Ceuta, en aplicación de la citada normativa y de la Orden
EHA/1307/2005, de 29 de abril, por la que se regula el empleo de medios
electrónicos en los procedimientos de contratación, ha dispuesto que la presente
licitación pueda tramitarse por vía electrónica de forma que la presentación de las
proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones
entre el órgano de contratación y los licitadores pueda efectuarse a través de la
Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO que el INGESA pone a
disposición de los interesados en la dirección web
http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta, cuya descripción,
características, sistema de acceso y operatividad se establecen en el Anexo A -
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA --40-
Guía para la presentación de ofertas mediante la plataforma de contratación
electrónica de la Gerencia de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de
Gestión Sanitaria en Ceuta y Anexo B - Requisitos técnicos para la
presentación de ofertas mediante la plataforma de contratación electrónica
del presente pliego, garantizándose en todo momento la libre concurrencia y no
discriminación o restricción de acceso al procedimiento. No obstante, la
acreditación de las garantías que, en su caso, se exijan en la licitación se realizará
mediante la presentación de los documentos originales.
En el perfil del contratante de la Gerencia de Atención Sanitaria del INGESA en
Ceuta (www.contrataciondelestado.es) existe un acceso directo a la citada
Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO, donde se encuentra disponible
toda la documentación relativa a la licitación en curso, así como un canal de
comunicación directa con el órgano de contratación por el que se podrán plantear
preguntas, solicitar aclaraciones, presentar las ofertas y recibir las notificaciones,
así como ejercer cualesquiera otros derechos que confieran las normas a los
interesados.
La Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO cumple íntegramente todos los
requisitos legales y técnicos exigidos por el TRLCSP y demás normativa de
desarrollo, ajustándose a los siguientes principios:
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos no son discriminatorios,
encontrándose a disposición del público de forma compatible con las tecnologías
de la información y comunicación de uso general.
- Toda la información y las especificaciones técnicas necesarias para la
presentación electrónica de las ofertas y solicitudes de participación se
encuentran a disposición de todas las partes interesadas desde el perfil del
contratante del órgano de contratación, siendo de uso general y amplia
implantación.
- Los sistemas de comunicaciones y para el intercambio y almacenamiento
de información garantizan la igualdad entre los licitadores y la integridad de
los datos transmitidos y que sólo los órganos competentes, en la fecha
señalada para ello, puedan tener acceso a los mismos, o que en caso de
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA --41-
quebrantamiento de esta prohibición de acceso, la violación puede
detectarse con claridad.
- La aplicación permite acreditar la fecha y hora de la emisión o recepción de
las comunicaciones, la integridad de su contenido y el remitente y
destinatario de las mismas.
- Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos
administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan
efectos jurídicos y se emitan tanto en la fase preparatoria como en las fases
de licitación, adjudicación y ejecución del contrato son autenticados
mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003,
de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, garantizándose técnicamente
que la firma se ajusta a las disposiciones de esta norma.
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA --42-
ANEXO 2
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DECLARA:
Que señala como dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones la siguiente:
.______________________________________________
Que acepta la tramitación electrónica del expediente para la contratación del SUMINISTRO DE
GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE
GESTIÓN SANITARIA (INGESA) EN CEUTA. (EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2015) a través
de la Plataforma de Contratación del Estado, en cuanto a las comunicaciones y notificaciones que
se realicen entre la empresa y la Administración contratante, con plena validez jurídica en plazos y
recepción de notificaciones.
Que, por tanto, se compromete a darse de alta como operador económico en la página web de la
Plataforma de Contratación del Estado, siendo responsabilidad exclusiva de la empresa la
realización correcta del registro en la misma.
Fecha y firma
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA --43-
ANEXO 3
SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
SOLICITA: Ser admitido en el procedimiento abierto para la contratación del
SUMINISTRO DE GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA (INGESA) EN CEUTA. (EXPEDIENTE Nº: P.A.
1/2015). A tal efecto, sin perjuicio de las notificaciones que hayan de practicarse en la forma
prevista en la normativa sobre contratos del sector público y el pliego de cláusulas administrativas
particulares, se autoriza al INGESA a notificar los actos e incidencias del presente expediente de
contratación a través del correo electrónico y número de fax que figuran en los datos de
identificación del empresario licitador.
Fecha y firma
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 44-
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
ANEXO 4
ÍNDICE DE DOCUMENTOS SOBRE Nº 1
(marcar con X los documentos presentados)
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:
N.I.F. / C.I.F.: TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DIRECCIÓN:
EXPEDIENTE: SUMINISTRO DE GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA (INGESA) EN CEUTA. (EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2015)
Dirección electrónica a efectos de notificaciones (anexo 2)
Personalidad jurídica, capacidad de obrar y representación
D.N.I. o documento que lo sustituya (empresarios individuales)
Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional D.N.I. o documento
que lo sustituya (personas jurídicas)
Inscripción en los Registros o certificación o presentación de certificación que se indica en
el anexo I del RGLCAP (empresas no españolas miembros de la UE)
Autorización especial a que se refiere el art. 58.2 del TRLCSP o, en su caso, declaración
responsable en la que haga constar la circunstancia de no precisarla (empresas no
españolas miembros de la UE)
Certificación expedida por la respectiva Misión Diplomática u Oficina Consular sobre la
inscripción de la empresa en el Registro local, profesional, comercial o análogo, o, en su
defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local, en el ámbito de las actividades a
las que se extiende el objeto de la licitación (empresas no comunitarias)
Informe de reciprocidad (empresas no comunitarias)
Representación del empresario
Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
Declaración responsable en la que se manifiesta que las circunstancias reflejadas en el
certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no han
experimentado variación
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA --45-
Inscripción en el Registro de Licitadores del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
Declaración responsable en la que se manifiesta que las circunstancias reflejadas en el
certificado del Registro de Licitadores del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria no han
experimentado variación
Compromiso de constitución de UTE (anexo 5)
Autorización como operador al por mayor de productos petrolíferos o certificado de
inscripción en el Registro de Distribuidores al por menor de productos petrolíferos
Solvencia económica y financiera y técnica
Solvencia económica y financiera: Declaración responsable sobre el volumen anual de
negocios.
Solvencia técnica o profesional: Relación de los principales suministros en 2012, 2013 y
2014 de análoga naturaleza a los de la presente contratación y certificados acreditativos
de los mismos.
Acreditación de no estar incurso en las prohibiciones de contratar (anexo 6)
Declaración sobre empresas vinculadas o pertenecientes al mismo grupo (anexo 7)
Sumisión a los Tribunales españoles para empresas extranjeras (anexo 8)
Autenticidad de documentos electrónicos (anexo 9)
Acreditación de número de trabajadores con discapacidad
Declaración sobre confidencialidad (anexo 10)
Otros documentos: (Especificar)
Fecha y firma
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n - 51003 CEUTA
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 46-
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
ANEXO 5
COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS
D./Dª , con Documento Nacional de Identidad nº , y domicilio en , C/
, en nombre y representación de .
D./Dª , con Documento Nacional de Identidad nº , y domicilio en , C/
, en nombre y representación de .
SE COMPROMETEN
1º. A concurrir conjunta y solidariamente a la contratación del SUMINISTRO DE
GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE
GESTIÓN SANITARIA (INGESA) EN CEUTA. (EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2015)
2º. A constituirse en Unión de Empresarios en caso de resultar adjudicatarios de la citada
contratación.
3º. La participación de cada una de las empresas, en el ámbito de sus competencias, en
la Unión Temporal de Empresas, sería la siguiente:
% Participación de la empresa
% Participación de la empresa
4º. Designan a D./Dª para que, durante la vigencia del contrato, ostente la plena
representación de la Unión Temporal de Empresarios ante el Instituto Nacional de
Gestión Sanitaria. El domicilio a efectos de notificaciones de la Unión Temporal de
Empresarios será: , C/ .
Lugar y fecha
Fdo.: Fdo.:
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 47-
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
ANEXO 6
MODELO DE DECLARACIÓN
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DECLARA RESPONSABLEMENTE
1º. Que ni él/ella, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de los administradores o
representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar
con la Administración señaladas en el artículo 60 de la Ley de Contratos del sector Público (texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
2º. Que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, con el alcance que previenen los artículos 13 y
14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pública (Real Decreto
1098/2001, 12 de octubre).
3º. Que el licitador está dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe
correspondiente al objeto del contrato y no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En..................., a........de...............................de 2015
Fdo:
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 48-
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
ANEXO 7
MODELO DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A UN GRUPO EMPRESARIAL
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DECLARA RESPONSABLEMENTE (*)
Que en el procedimiento de contratación del SUMINISTRO DE GASÓLEO PARA EL
HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN
SANITARIA (INGESA) EN CEUTA. (EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2015) no presenta
oferta ninguna otra empresa perteneciente al mismo grupo empresarial, (entendiéndose por
sociedades del mismo grupo empresarial aquéllas que se encuentran en alguno de los
supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio).
Que también presentan oferta las empresas (Indicar nombres) pertenecientes al mismo
grupo empresarial.
Y para que conste se firma la presente en , a de de 2015
(*) Señalar lo que proceda
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 49-
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
ANEXO 8
DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES ESPAÑOLES PARA LAS EMPRESAS EXTRANJERAS
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD someterse a la jurisdicción de los Juzgados y
Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo
o indirecto, pudieran surgir del contrato de SUMINISTRO DE GASÓLEO PARA EL
HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA
(INGESA) EN CEUTA. (EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2015) con renuncia expresa, en su
caso, al fuero jurisdiccional extranjero que le pudiera corresponder.
Y para que conste se firma la presente en , a de de 2015.
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 50-
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
ANEXO 9
DECLARACIÓN RESPONSABLE- Autenticidad de documentos electrónicos
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que el contenido de la documentación
presentada al procedimiento de contratación del SUMINISTRO DE GASÓLEO PARA EL
HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA
(INGESA) EN CEUTA. (EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2015) a través de la Plataforma de
Licitación Electrónica MERCURIO, concuerda fielmente con los originales,
comprometiéndose a presentar los mismos ante la Gerencia de Atención Sanitaria del
INGESA en Ceuta cuando así se le requiera.
Y para que conste se firma la presente en , a de de 2015
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 51-
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
ANEXO 10
DECLARACIÓN SOBRE CONFIDENCIALIDAD
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
COMUNICA: Que a los efectos de los establecido en el artículo 140 de la LCSP, la información
contenida en los siguientes documentos presentados para licitar en el procedimiento abierto para
la contratación del SUMINISTRO DE GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA (INGESA) EN CEUTA.
(EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2015), deberá ser considerada como confidencial:
(RELACIÓN DE DOCUMENTOS)
Fecha y firma
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA
PCAP SUMINISTRO GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 52-
GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA
ANEXO 11
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR
NOMBRE Y APELLIDOS:
N.I.F. / C.I.F.:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO: FAX E.MAIL:
D E C L A R A
Que, enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento abierto convocado por el INGESA para la contratación del SUMINISTRO DE GASÓLEO PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA (INGESA) EN CEUTA. (EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2015), considera que se encuentra en situación de participar como licitador del mismo.
Que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares que sirve de base a la convocatoria, que lo acepta incondicionalmente y que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Que se compromete en nombre (propio o de la Empresa que representa) a la
ejecución del suministro conforme a las siguientes condiciones:
- Porcentaje de desviación, positiva o negativa, ofertado sobre los precios sin tasas publicados en el Boletín Petrolero de la Comisión Europea para el gasóleo en España:
o En cifras (con expresión del signo y dos decimales como máximo): ______ %
o En letras (incluyendo el literal del signo, “más” o “menos”, entendiéndose como “más” si no se especificara): ___________________________________________ por ciento
(En caso de contradicción, prevalecerá lo expresado en letras) Lugar, fecha y firma
GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n - 51003 CEUTA